La filosofía política del liberalismo. Hobbes, Locke y Rawls
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1 Unidad 8
UNIDAD 8: PODER POLÍTICO Y CIUDADANÍA DEMOCRÁTICA.
(ORIGEN Y LEGITIMIDAD DEL PODER. CIUDADANÍA,
DEMOCRACIA Y ESTADO).
1. EL CONCEPTO DE PODER POLÍTICO:
El poder designa la capacidad de imponer nuestros propios fines a otras personas. El
poder político tiene como rasgo específico la existencia y exigencia de un fin
compartido.
En todas las sociedades, desde las primitivas hasta las actuales, han existido formas de
poder. Las primeras sociedades humanas fueron sociedades sin Estado o sociedades
tribales. Las primeras sociedades con Estado aparecen con las grandes civilizaciones en
torno al año 3.300 a. de C. en Oriente Próximo. En las sociedades actuales el poder
político se ejerce fundamentalmente a través del Estado y sus instituciones.
2. EL CONCEPTO DE ESTADO:
El Estado es un tipo de organización política que tiene las siguientes
características:
- Posee jurisdicción universal sobre su propio territorio.
- Su poder está diversificado institucionalmente.
- Es el origen y fuente exclusiva de la legalidad vigente.
- Tiene el monopolio del poder coercitivo y de la fuerza.
- Es soberano ya que no comparte el poder con ninguna otra instancia
- Potencialmente el Estado puede asumir todas aquellas funciones en las que
exista un interés público (las funciones asumidas por los Estados son variables
según la ideología de los gobiernos, un gobierno fascista las controla en su
beneficio, un gobierno social las controla en beneficio de los ciudadanos, un
Estado liberal las disminuye), y siempre controla como mínimo la seguridad
interior y exterior y algún sistema público de enseñanza.
3. LEGALIDAD Y LEGITIMIDAD DEL ESTADO:
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El Estado es aquella institución a la que se le reconoce el derecho de ejercer el poder
político, es decir, se le reconoce la autoridad para imponer un orden y tomar decisiones que
nos afectan como ciudadanos. El poder político ejercido por el Estado debe estar
legitimado, es decir, justificado éticamente.
Uno de los estudios más reconocidos sobre la legitimidad del poder político, lo realizó el
sociólogo Max Weber (1864-1920). Este sociólogo elaboró una clasificación de las formas
posibles de legitimación del poder, que se concentran en las tres siguientes:
- Poder político basado en la autoridad carismática. Se basa en la creencia en las
extraordinarias cualidades personales del dirigente. Tiene su origen en la admiración
y el reconocimiento, incluso en la veneración, de los valores excepcionales de una
persona. La persona aparece revestida de autoridad y es obedecida por su carisma
personal. El liderazgo carismático implica muy variadas concepciones y patrones de
autoridad basadas en diferentes cualidades: valentía, integridad, sabiduría,
santidad, agresividad. Ejemplos: Julio César, Juana de Arco, Napoleón, Gandhi,
Hitler, Stalin, Che Guevara.
- Poder político de autoridad tradicional. Se basa en la creencia establecida y
aceptada de que ciertas normas, costumbres, leyes e instituciones inmemoriales
deben ser respetadas por su supuesta excelencia. Las monarquías son un claro
ejemplo de este tipo de autoridad. Ciertos patrones de autoridad, como el patriarcado,
el vasallaje y la esclavitud, tienen también componentes tradicionalistas. Las
obligaciones de obediencia están basadas en la costumbre y en la tradición.
- Poder político basado en la autoridad legal-racional. Se basa en la creencia de
que la legalidad de las formas políticas deben basarse exclusivamente en el
derecho, en procedimientos legales cuyas normas deben ser formuladas de modo
explícito. Este tipo de autoridad responde a una concepción racionalista del poder
político y obedece al doble supuesto de que: La ley es la expresión de la soberanía
popular, considerada la única fuente de legalidad y toda la sociedad civil debe
someterse universalmente al imperio de la ley. El estado democrático, se sustenta
en este tipo de autoridad, desde esta concepción del poder, el poder es legítimo si
representa la voluntad e intereses de la mayoría de los ciudadanos.
4. ORIGEN DEL ESTADO: TEORÍAS DEL CONTRATO SOCIAL.
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Para explicar cuál ha podido ser el origen del Estado como principal forma de organización
política los filósofos han elaborado las llamadas teorías del contrato social. Vamos a analizar,
en primer lugar, las tres teorías filosóficas del contractualismo clásico más conocidas: la de
Thomas Hobbes, la de John Locke y la de Rousseau. Para terminar expondremos la teoría
filosófica más destacada del contractualismo contemporáneo, la de Rawls.
4.1. El contrato entendido como sometimiento: Thomas Hobbes (1588-1679)
El estado de naturaleza en el que todavía no hay Estado, se caracteriza por:
- Los seres humanos actuamos movidos únicamente por dos principios: defender
nuestra vida y satisfacer nuestros deseos e intereses y para ello no hay más límite
que el que la propia naturaleza de cada uno imponga. Es decir, el ser humano tiene
una tendencia primaria y natural a la conservación de la vida pero también tiene
una tendencia innata a la satisfacción egoísta de sus deseos e intereses que aquella
no puede frenar.
- Entonces es un estado caracterizado por la inseguridad física y la lucha permanente
de todos contra todos desde el momento en que es inevitable la colisión entre
individuos al coincidir necesariamente sus deseos e intereses (el hombre es un lobo
para el hombre).
Los seres humanos son conscientes de que en esta situación de permanente conflicto y
guerra no es posible progreso alguno, la vida en permanente estado de guerra es pobre,
solitaria, desagradable, brutal y corta. Su deseo de huir de la inseguridad y buscar la paz les
lleva a suscribir un pacto social, origen del Estado. Mediante el pacto:
- Cada individuo transfiere el derecho de gobernarse, que hasta entonces ha tenido, al
soberano, siempre y cuando los demás hagan lo mismo.
- La voluntad del soberano se convierte en norma objetiva de conducta, fuente de
legislación y orden que los demás están obligados a obedecer y cuyas decisiones no
pueden cuestionar.
- Los derechos del soberano son absolutos y comprenden la totalidad de la organización
política del Estado (no hay división de poderes). El Estado absoluto manda sin
limitación. La razón es que sólo un poder absoluto podría dominar las tendencias
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egoístas de los seres humanos e implantar el orden necesario para el progreso.
Como vemos la teoría del pacto social conduce a Hobbes a la justificación ideológica
del Estado absolutista. Justifica así las monarquías absolutas de la Europa de la época.
4.2. Contrato entendido como otorgamiento: John Locke (1632-1704)
Lo mismo que Hobbes, Locke parte de la situación inicial del ser humano en estado de
naturaleza. Pero mientras que Hobbes tiene una visión pesimista del estado de
naturaleza, caracterizado por una situación insostenible de inseguridad y violencia, Locke
tiene una concepción optimista. En el estado de naturaleza:
El ser humano tiene unos derechos naturales, que la razón que también es un don
natural, descubre como universales, son tres: el derecho a la vida, a la libertad y a la
propiedad.
El derecho de propiedad es un derecho natural del individuo, que convierte en propiedad
los resultados del esfuerzo de su trabajo.
El estado de naturaleza no es como decía Hobbes un estado de guerra permanente
pero sí es cierto que a medida que se desarrolla la producción de bienes aparecen
desigualdades económicas entre los individuos, entre aquellos que apenas poseen y los
que poseen en abundancia, de ahí que los interese humanos entre en conflicto.
En esa situación el individuo tiene derecho no sólo a disponer y gozar de su vida, libertad y
propiedad, sino que también tiene derecho a castigar a todo aquel que intente privarle de
ellos. Por tanto, se precisa la existencia de una justicia imparcial y de una fuerza coactiva que
imponga el cumplimiento de las decisiones judiciales, ya que en el estado de naturaleza la
parte perjudicada no es suficientemente fiable para ejecutar una sentencia justa.
Para conseguir esta imparcialidad el ser humano renuncia a su derecho a juzgar y castigar,
pero conservando sus restantes tres derechos sin disminución. Se constituye así el Estado,
cuya justificación es garantizar el cumplimiento estricto de los derechos naturales,
derechos que el Estado debe ser el primero en respetar. Por tanto el Estado ha de estar al
servicio de los individuos, su función es mediar entre los intereses de los individuos.
Pero como el individuo desconfía de que el Estado se mantenga dentro de los límites
pactados, para impedir cualquier extralimitación que atente contra sus derechos naturales, se
constituirá un sistema equilibrado de poderes o división que impida en la práctica la
soberanía absoluta.
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La teoría de la división de poderes en Locke, distingue entre el poder legislativo, en
el que se incluye el judicial, y el poder ejecutivo. Locke concede prioridad política al poder
legislativo, formado por representantes elegidos directamente por los ciudadanos.
Como vemos su forma de concebir el pacto social conduce a Locke a la justificación
ideológica del Estado liberal y a la monarquía no absoluta sino constitucional y
representativa que fue efectivamente la forma de gobierno adoptada en Inglaterra después
de la revolución de 1688.
4.3. Contrato como reconocimiento: Jean Jacques Rousseau (1712-1778)
Según Rousseau en el estado de naturaleza el ser humano es algo así como un bruto feliz,
no hay más ley que el instinto de supervivencia, suavizado por una segunda tendencia
natural, la compasión, sentimiento que lleva al ser humano a evitar el sufrimiento
innecesario a los demás y que constituye la base de la sociabilidad. Vemos el optimismo
antropológico de Rousseau: el ser humano es bueno por naturaleza y es la civilización la
que lo corrompe.
El ser humano salió de su estado originario de simple felicidad por causa de algún
descubrimiento fortuito, la fabricación de armas, o el dominio sobre el fuego, lo que dio a
algunos individuos cierta superioridad sobre otros. Aparecen, entonces, las desigualdades
sociales, resultado de la propiedad privada, es decir, de la capacidad de algunos de adueñarse
de los recursos naturales y reducir a los demás a una situación de dependencia económica. La
nueva situación de desigualdad entre los hombres dio lugar a un estado permanente de
desconfianza, violencia y recurso a la fuerza, similar al estado de naturaleza descrito por
Hobbes.
En este punto, los propietarios convencen a los demás de la necesidad de crear una
sociedad fundada en la propiedad y por tanto en el interés egoísta, la desigualdad y la
injusticia, todo lo cual ha corrompido la naturaleza original de hombre.
Pero la corrupción de la sociedad puede rectificarse mediante un nuevo contrato social en
el que se integren de manera armónica la libertad del individuo con las obligaciones
derivadas de su incorporación a la sociedad. Se consigue mediante la teoría de la voluntad
general o "Yo común": cada individuo participa libremente para definir qué es lo que
quiere ese “Yo común” o voluntad general, a la vez que se somete a ella porque así se
obedece a sí mismo que la ha definido.
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La fórmula de contrato pactado implica simultáneamente participación libre y dependencia
total de la voluntad general, así se supera la contradicción entre individuo y sociedad.
Frente a la voluntad general, el individuo no tiene ningún derecho, salvo el de participar en
su determinación a través del sufragio; debemos conformar la voluntad particular a la general
para integrarnos en la sociedad. La voluntad general es la norma objetiva, ética y política, de
la comunidad y está por encima de los individuos que le han dado forma y en tanto que es
descubierta a través del ejercicio libre del voto, obliga tanto a la mayoría que la ha
descubierto como a la minoría que votó en su contra.
La voluntad de todos casi nunca es unánime por ello lo que importa políticamente es la
voluntad general, la voluntad de la mayoría, que debe ser la voluntad del Estado. Este es
el principio de la democracia y del sufragio universal. Rousseau señala la importancia del
respeto a las minorías que tienen derecho a hacer valer su voluntad pero siempre deben
aceptar la voluntad general.
Como vemos Rousseau justifica ideológicamente el Estado liberal democrático.
4.4. El Neocontractualismo: John Rawls (1921-2002)
Rawls plantea los términos del pacto o contrato social como la necesidad de conciliar,
en las democracias actuales, la libertad del individuo con la justicia social.
Según Rawls, en el ser humano encontramos dos tendencias naturales: por un lado,
posee una tendencia egoísta que le impulsa a la satisfacción de sus deseos y a la
consecución de sus fines individuales; por otro, tiende, por instinto y necesidad de
supervivencia, a la búsqueda de formas de cooperación interindividual. Es ahí donde
surge la noción misma de justicia.
Rawls elabora una utopía en la que imagina a unos individuos sometidos a una situación de
completo desconocimiento social: ignorantes de su status, entorno cultural, personalidad
psicológica y sociológica o pertenencia a una clase social. Es lo que Rawls denomina el
velo de la ignorancia. El velo de la ignorancia propicia que todos estén en igualdad de
condiciones y supone la eliminación de los elementos subjetivos y circunstanciales que
constituyen un obstáculo insalvable para la obtención de un consenso imparcial. Todos tienen
las mismas posibilidades de pertenecer a una clase favorecida o no, desempeñar una
ocupación u otra, tener más o menos inteligencia o salud, triunfar o fracasar... La
incertidumbre respecto al futuro es exactamente la misma para todos.
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La ignorancia radical de cualesquiera circunstancias personales o ambientales permite
suponer que los participantes en el pacto tratarán de elegir unos principios fundacionales
que realmente garanticen la justicia social, elimina el residuo indeseable del egoísmo y de
los intereses y crea las condiciones idóneas para argumentar y decidir imparcialmente.
En esta situación, aunque los participantes buscan naturalmente su interés individual,
son conscientes de que tienen que extender al máximo esa tendencia pues pueden
ocupar cualquier lugar en el organigrama social. Por ello es imprescindible presentar
propuestas que sean aceptables para todos.
Según Rawls los seres humanos deben organizar su convivencia social de acuerdo
con aquellos principios que permitan la realización de la justicia entendida como
imparcialidad, los principios más convenientes para garantizar la justicia social así
entendida son:
- Principio de libertades. Propone la distribución de igual número de libertades para
todos. Pero además cada individuo tendrá el máximo de libertades posibles
compatible con el máximo de libertades de todos los demás.
- Principio de diferencia. La distribución de los bienes en esa sociedad se hará
atendiendo a dos principios. Uno: Sólo se admitirán las desigualdades económicas
en caso de que esa desigualdad resulte más beneficiosa para todos que la igualdad,
y si hemos de admitir la desigualdad, entonces debe existir un beneficio
compensatorio de los menos aventajados. Dos: Los individuos accederán a los
distintos cargos y posiciones sociales en igualdad de condiciones.
Rawls justifica el Estado social y democrático de derecho. Las ideas políticas de Rawls
constituyen, como hemos dicho, una utopía ya que la realidad demuestra que existen
numerosas situaciones injustas. Por ejemplo, en la sociedad de la abundancia y el
bienestar existen personas sin trabajo, sin vivienda, sin cobertura sanitaria ni bienes de
ningún tipo.
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5. EL CONCEPTO DE CIUDADANÍA: DEL SÚBDITO AL CIUDAD ANO
El concepto de ciudadanía surge con el Estado de derecho. Con anterioridad a la
aparición del Estado derecho no podemos hablar propiamente de ciudadano sino que
tenemos que hablar de súbdito.
Ambos conceptos se refieren a la persona natural de un país y sujeta al ordenamiento
jurídico y político del mismo. Pero el concepto de súbdito, a diferencia del concepto
ciudadano, conlleva la idea de sometimiento, la persona queda a expensas de un poder
que está al margen del control de las leyes. Por el contrario el concepto ciudadano
supone que la persona es reconocida no sólo como sujeto de obligaciones sino también
de derechos. Los ciudadanos son miembros de sociedades que reconocen los mismos
derechos y deberes para todos los individuos incluso para los que detentan el poder, que
están igualmente sometidos al ordenamiento jurídico. La relación entre el ciudadano y
el poder no se basa en el sometimiento, como en el caso del súbdito, se basa en que el
primero legitima el segundo, es decir, el poder emana del reconocimiento del mismo
que hacen los ciudadanos, por eso el ciudadano participa del poder político.
6. FORMAS DE ESTADO
A continuación nos ocuparemos de las diferentes formas del Estado habidas a lo
largo de la historia: Estado absolutista, Estado liberal de derecho, Estado socialista y
Estado democrático y social de derecho.
6.1. El Estado absolutista:
El Estado moderno comienza a fraguarse en Europa durante los siglos XV y XVI
con el auge de las monarquías absolutas. El Estado absolutista se basaba en los
siguientes principios:
- La separación entre la sociedad y el rey. Todos los poderes del Estado
emanaban del rey, sujeto absoluto de derechos.
- El derecho divino de la autoridad del monarca. La autoridad emanada de Dios
es depositada en cada una de las naciones cristianas. El cuerpo social, incapaz
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de gobernarse por sí mismo, ha de delegar sus poderes en el monarca. Por ello
hablamos de súbditos, no de ciudadanos.
- La negación del derecho de rebelión. El monarca puede emplear todos los
medios que estime convenientes para el gobierno de la nación (razón de
Estado). Ni siquiera en caso de injusticia flagrante está admitida la rebelión
contra su autoridad.
6.2. El Estado liberal de derecho:
A lo largo del siglo XVIII aparecerá un movimiento revolucionario apoyado por las
clases medias burguesas basado ideológicamente en doctrinas de carácter liberal. Este
movimiento revolucionario triunfará con la Independencia de los Estados Unidos (1782)
y con la Revolución Francesa (1789), que marca el tránsito de la sociedad estamental a
la sociedad de clases y la aparición del Estado liberal que se pone al servicio de los
intereses del conjunto de la sociedad.
En el Estado liberal la soberanía se trasladará de la voluntad absoluta del rey al
pueblo formado por los ciudadanos (en realidad la burguesía). Por ello hablamos de tres
conceptos clave: ciudadano, soberanía nacional y de Estado de derecho. La soberanía
nacional exige el recurso a un sistema representativo que haga posible la expresión de la
voluntad general de los ciudadanos. Se establece así un sistema parlamentario.
El Estado liberal se basa en los siguientes principios:
- El imperio de la ley. Lo que significa que tanto los gobernantes como los
gobernados están sometidos a una ley común, que está por encima de ellos. Esta
ley quedará plasmada en un texto escrito en forma de Constitución o Carta
Magna. Las actuaciones de los representantes del Estado no pueden ser
discrecionales o arbitrarias, sino que están sometidas a la ley, a cuyo control los
representantes están sujetos como cualquier ciudadano (legalidad de la
administración).
- La división de poderes. Charles-Louis de Secondat, barón de Montesquieu
(1689-1755), consideró que la adecuada organización política del Estado debía
apoyarse en una Constitución que no permitiera a ningún gobierno abusar del
poder que se le había confiado. Para evitar esos abusos, propuso la división de
poderes que se ha hecho clásica. En el estado liberal el poder legislativo elabora
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las leyes, el poder ejecutivo las aplica, y el poder judicial vela por su correcto
cumplimiento. Además de la división de poderes, tiene que darse una efectiva
independencia entre ellos; es decir, no puede ser un único poder el que dicte las
leyes, el que las haga cumplir, y el que juzgue si se han violado. El poder
legislativo será además elegido por los ciudadanos.
- El sufragio. EI Estado liberal es una organización política de carácter
representativo, fundada en la regla de las mayorías, en la cual reside la soberanía
nacional. Esas mayorías representativas se construyen mediante el ejercicio del
derecho al voto por medio de la convocatoria de elecciones periódicas. En un
primer momento el Estado liberal se basará en fórmulas limitadoras de este
derecho por razones fundamentalmente económicas. Es lo que llamamos
sufragio censitario, en el que sólo tienen derecho al voto aquellos ciudadanos
con un cierto nivel económico. Hasta finales del siglo XIX y comienzos del XX
no se establecerá el sufragio universal. En el parlamento democrático, elegido
por sufragio universal, todos los ciudadanos tienen derecho al voto.
- Los derechos y libertades fundamentales. El Estado liberal se caracteriza por ser
un Estado de derecho basado en el establecimiento de un conjunto de derechos
básicos que garantizan la vida, la seguridad jurídica y las libertades o derechos
fundamentales y naturales de todo individuo en cuanto ciudadano del Estado.
- Los derechos naturales de los individuos son libertad, igualdad ante la ley,
seguridad y propiedad privada. Este último es declarado un derecho natural
absoluto, sagrado e inviolable. Soporte ideológico de la burguesía ascendente, el
derecho de propiedad será la medida de la capacidad individual y habrá de
ajustarse a las condiciones de la libre competencia mercantil.
- Puesto que el Estado recibe su poder del pueblo éste siempre tiene el derecho de
rebelarse contra la tiranía y contra cualquier exceso de de poder.
- Liberalismo económico (desarrollado Adam Smith, 1723-1790): Economía de
mercado y minimización o no intervención del Estado en asuntos económicos
que debe dejar la máxima libertad posible a la sociedad. El Estado liberal debe
ser un mero árbitro que armonice los intereses individuales y garantice
imparcialmente las reglas de la libre concurrencia económica, limitando sus
funciones a aquellas actividades que el interés individual no promueve, defensa,
justicia y obras públicas. Debe dejar libertad para comprar y vender, para la
contratación y el despido de los trabajadores, para la búsqueda del beneficio,
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limitando al máximo su intervención en asuntos económicos ya que la libertad
de los individuos para defender sus intereses egoístas llevará por sí sola a un
progreso continuo y a un equilibrio en el reparto de la riqueza, como si una
mano invisible dirigiera el progreso económico a favor de todos.
6.3. El Estado comunista:
Si en el siglo XVIII surge la concepción política liberal que lucha por la libertad
individual (Independencia de EEUU y Revolución Francesa) en el siglo XIX aparece la
concepción política socialista que lucha por la igualdad.
Se puede considerar al socialismo como un movimiento social, en lucha contra las
consecuencias surgidas del liberalismo económico y de la Revolución Industrial. Frente
a las doctrinas liberales, que sostenían que la libre competencia habría de llevar a un
equilibrio en el reparto de la riqueza, la realidad demostró que este sistema liberal
propiciaba el enriquecimiento rápido de los empresarios y comerciantes más hábiles y
conducía a una gran masa de la población a una vida miserable. Frente a esta situación
surgen las organizaciones obreras y las doctrinas políticas de corte socialista.
Se dieron varias corrientes, entre las que destacamos el comunismo que hace una
defensa estricta de la igualdad defendiendo la comunidad de bienes. El impulso
decisivo al movimiento comunista se lo dieron Karl Marx (1818-1883) y Friedrich
Engels (1820-1895).
Marx y sus seguidores sostenían que el Estado no es un árbitro imparcial en la lucha
de clases sino que está siempre al servicio de la clase dominante. Proponen una
revolución social que acabe con el Estado e instaure una dictadura del proletariado.
Los principios en los que se basa del Estado comunista son los siguientes:
- La revolución comunista. El desequilibrio entre las fuerzas productivas y las
relaciones de producción conducirá inevitablemente a una revolución social, en
la que la burguesía como clase dominante será sustituida por la clase
trabajadora.
- La desaparición de las clases sociales. La revolución social acaba con la división
social entre burgueses, explotadores, propietarios de los medios de producción,
y proletarios, explotados, poseedores únicamente de su fuerza de trabajo,
poniendo fin a la estructura clasista propia de las sociedades capitalistas. No se
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trata de que la clase trabajadora se alterne en el poder con la burguesía como
clase dominante, sino que la burguesía como clase es eliminada. El Estado
socialista es exclusivamente un Estado obrero con una sola clase social, los
trabajadores o proletariado.
- La dictadura del proletariado. A pesar del carácter internacional de la clase
trabajadora, la revolución social será nacional en la medida en que es nacional el
Estado burgués que se ha de destruir. Tras la conquista del poder por la clase
obrera se instaura como forma de organización política "la dictadura del
proletariado"; un Estado obrero de partido único, el Partido Comunista, que
liquida toda oposición política en su empeño por construir una sociedad sin
clases.
- La abolición de la propiedad privada. La dictadura del proletariado elimina la
institución de la propiedad privada, pilar del Estado liberal, socializando los
bienes y los medios de producción social, "expropiando a los expropiadores", y
estableciendo finalmente la propiedad colectiva, gestionada totalmente por el
Estado.
- La planificación económica. Al pasar los medios de producción social a manos
del Estado socialista desaparece la iniciativa privada y la libre competencia
mercantil. Corresponde por tanto al Estado determinar qué, cuánto y cuándo se
va a producir; quién lo va a producir, es decir, la división del trabajo; y cómo se
a distribuir lo producido, es decir, la distribución social de la riqueza. El Estado
se convierte en el representante y depositario de los intereses de la sociedad.
- La destrucción del Estado. Tras un período de duración indeterminada se
conquistará la sociedad comunista autogestionada, el "paraíso socialista", reino
utópico de la libertad, en el que la ausencia de clases sociales y la eliminación
de la propiedad privada harán finalmente innecesaria la existencia del Estado.
6.4. El Estado democrático y social de derecho:
Tras la Segunda Guerra Mundial, el Estado democrático y social de derecho se
constituye en el modelo político del mundo occidental. El contexto político y
económico, dada la presión que sobre el capitalismo ejercía el bloque comunista,
favorecía su aparición. En este modelo de Estado a los derechos característicos del
Estado liberal, que pretenden garantizar la libertad de los individuos, se suman otros
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derechos, exigidos por la socialdemocracia, que conciernen al plano de la igualdad
entre los ciudadanos como son el derecho a la sanidad, a la educación y al trabajo.
Analizamos a continuación las características de esta forma de Estado:
- Como Estado, el poder político está organizado de acuerdo con los principios
de soberanía y monopolio legítimo de la violencia.
- Como Estado de Derecho, tiene las siguientes características y exigencias
que expusimos al hablar del Estado liberal.
- Como Estado Social, reconoce que garantizar determinados derechos de los
ciudadanos exige la intervención del Estado como son el derecho a la
educación, a la sanidad y al trabajo.
- Como Estado Democrático, promueve la participación política de los
ciudadanos y encuentra su legitimidad en el principio de soberanía
ciudadana, formulada y garantizada por el Derecho.
Como vemos, este modelo de Estado constituye el modelo político del mundo
occidental y responde a la necesidad de incluir políticas sociales y de favorecer la
participación ciudadana en el marco de las democracias liberales. En su dimensión
económica supuso la aceptación de la economía de mercado y en su dimensión social,
supuso la intervención del Estado (contraria a las políticas más liberales) en aquellos
asuntos considerados fundamentales para la vida de los ciudadanos y para la
preservación de las instituciones y bienes públicos. Su logro más señalado fue el
denominado estado de bienestar.
Sin embargo, con el fin de la denominada Guerra Fría, coincidente con la caída del
muro de Berlín en 1989 y la desaparición de la Unión Soviética, el estado de bienestar
entra en crisis. La globalización, caracterizada por la expansión planetaria del sistema
de producción capitalista y del liberalismo económico, permitirá una proyección
verdaderamente internacional de este modelo de Estado pero al mismo tiempo minará
las bases sociales sobre las que se funda. Es decir se expande el modelo de economía de
mercado y el liberalismo económico pero no el modelo social de Estado.
El debate sobre si el Estado debe o no ocuparse de los asuntos sociales e intervenir
en el mercado es un debate que sigue abierto.
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7. MODELOS DE DEMOCRACIA
7.1. Definición y modelos:
Democracia significa, literalmente, gobierno del pueblo. La palabra procede de los
términos griegos demos (pueblo) y cratos (poder). La democracia ateniense del siglo V
a. de C. constituye el referente clásico de esta forma de organización política. Sin
embargo aquella democracia, pese a ser un precedente insólito en la historia política de
la humanidad, no reconocía los mismos derechos políticos a todos los miembros de la
comunidad. De la participación en los asuntos públicos quedaban excluidos los
extranjeros, los esclavos y las mujeres pues las condiciones de participación eran ser
varón, libre y natural de Atenas.
Actualmente suelen considerarse dos modelos de democracia: el modelo de
democracia representativa y el modelo de democracia directa o participativa. Las
características fundamentales del Estado democrático de derecho, expuestas
anteriormente, son todas ellas referibles a estos modelos de democracia.
- La democracia representativa. Se trata del modelo de democracia vigente, que
permite a los individuos elegir a sus representantes políticos o ser elegidos por el
conjunto de la ciudadanía. Las instituciones y los poderes democráticos están
bajo el control de la ley y sujetos a los procedimientos electivos que el
ordenamiento jurídico dispone.
- La democracia directa o participativa. La democracia directa consiste en la
participación de todos los ciudadanos en la administración y gestión de los
asuntos públicos. Modelo inspirado en la democracia ateniense, en la que no
sólo los ciudadanos tenían el derecho de participar en los asuntos de la polis,
sino también la obligación de hacerlo, en él se sustituye el modelo
parlamentarista, propio de las democracias representativas, por un modelo en el
que el conjunto de los ciudadanos, reunidos en Asamblea, discute, y decide las
medidas políticas a adoptar. El problema fundamental del modelo directo
consiste en que su realización en sociedades tan complejas y masificadas como
las actuales no parece posible. A esta dificultad, sus defensores responden de
distintas maneras. Abogan, sobre todo, por la posibilidad de hacer un uso
político de las tecnologías de la información, que permita adoptar decisiones
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conjuntas sin la intermediación de representantes. Los detractores de la
democracia directa consideran, sin embargo, que ese uso masivo de las
tecnologías de la comunicación, así como el carácter prácticamente instantáneo
de la información, eliminaría el necesario componente deliberativo que debe
acompañar la toma de decisiones.
Como hemos dicho el modelo vigente es el de la democracia representativa, pero este
modelo muchas veces es criticado porque, se dice, se trata de una democracia
meramente formal pero no social. Veamos la diferencia entre estos dos modelos:
- Democracia formal: En este tipo de democracia el Estado cumple las
condiciones abstractas, legales o formales para ser considerado democrático,
formalmente los ciudadanos pueden participar en la gestión de su comunidad
pero materialmente, es decir, realmente no lo hacen. Su intervención se limita a ir
a las urnas cada 4 años y nada más.
- Democracia social: Supone la primera pero va más allá. Los ciudadanos tienen
un poder real, efectivo y material de participar e intervenir en la gestión de su
comunidad, es decir el Estado articula estrategias y procedimientos reales de
participación ciudadana. Y dado que el poder de participación está en función
sobre todo del poder económico el Estado debe propiciar una redistribución
equitativa de la riqueza.
8. GLOBALIZACIÓN
El término globalización se utiliza para caracterizar el tiempo en que vivimos.
Originariamente, la globalización alude a un fenómeno económico: la expansión
planetaria del sistema de producción capitalista. Con la caída del muro de Berlín, en
1989, y el desmantelamiento del bloque comunista, la economía de mercado, basada en
el principio de libre competencia, se extiende por todo el planeta.
8.1. Sentidos de la globalización
a) Desde un punto de vista económico, por globalización entendemos la tendencia
de los mercados y de las empresas a extenderse según el modelo capitalista de libre
mercado, alcanzando una dimensión mundial que sobrepasa las fronteras nacionales. De
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esta forma se produce una interdependencia económica creciente entre todos los países
del mundo provocada por el aumento de las transacciones entre países, de capitales,
mercancías, bienes y servicios y de personas y trabajadores, si bien, no en la misma
medida:
- Capitales: la globalización supone la libre circulación de capitales, lo cual
constituye la base del capitalismo financiero, a través fundamentalmente de las
transacciones en Bolsa y gracias a las nuevas tecnologías de la comunicación,
especialmente Internet.
- Mercancías, bienes y servicios: la globalización supone la circulación
condicionada de mercancías, bienes y servicios, de acuerdo con las políticas
económicas y arancelarias de las grandes potencias. En este caso hay libertad
relativa de movimiento ya que los países desarrollados ponen trabas a que los
países en vías de desarrollo exporten sus mercancías y compitan con las suyas.
- Personas y trabajadores: la globalización supone la circulación restringida de
personas y trabajadores, según las condiciones de salida de los países de origen
y las políticas de inmigración de los países receptores. Personas y trabajadores
gozan de una liberad muy restringida de movimiento debido a las leyes de
inmigración que pretenden controlar los flujos migratorios mundiales.
b) Desde un punto de vista político y cultural, la globalización se caracteriza por
el intento de extender el modelo occidental de las democracias representativas al resto
del mundo. Para muchos ciudadanos esto representa un objetivo legítimo, pero para
otros significa una intromisión políticamente inaceptable. Estas perspectivas opuestas
dan lugar a dos grandes posiciones, a favor o en contra de la globalización.
8.2. Posiciones a favor y en contra de la globalización
a) Los partidarios de la globalización consideran:
� Desde un punto de vista político y cultural, la globalización de los valores
democráticos, sobre la base de la Declaración Universal de los Derechos
Humanos, es un objetivo política y moralmente irrenunciable. Tales valores y
derechos no serían exclusivos de una cultura determinada, sino que
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representarían un patrimonio común de la humanidad y, por tanto, un criterio
universal de legitimación del poder político.
� Desde un punto de vista económico, la economía de libre mercado
favorecería el intercambio comercial y cultural entre los pueblos, lo que
históricamente puede jugar un papel esencial en la resolución pacífica de los
conflictos.
b) Los detractores de la globalización consideran:
� Desde un punto de vista político y cultural tras los alegatos a favor de la
democracia y de los derechos humanos se esconde el interés de las grandes
potencias occidentales y de las corporaciones transnacionales por controlar
política, económica y militarmente el planeta: los grandes intereses
económicos condicionan, cuando no determinan de hecho, las políticas de
los Estados y así, por ejemplo, la denuncia de aquellos regímenes políticos
que conculcan los derechos y libertades de los seres humanos se subordina
intereses económicos.
� Desde un punto de vista económico, la defensa del libre mercado quedaría
contradicha por las políticas económicas de los Estados más poderosos, que
subvencionan a determinados sectores productivos de sus países contra la
competencia de los países subdesarrollados, cuyos productores no pueden
hacer frente a las tasas con que los países del Primer Mundo protegen sus
mercados.
A su vez entre los detractores de la globalización circulan dos posiciones que para
distinguirse utilizan términos diferentes: los partidarios de la antiglobalización y los
partidarios de altermundialización,
- Por una parte, el término antiglobalización designa aquellos movimientos
contrarios a la globalización económica y contrarios también a la extensión de
los principios y valores propios de la cultura occidental. Dentro de estos
movimientos se incluyen grupos con objetivos que difieren notablemente:
grupos anarquistas, organizaciones radicales de extrema izquierda y de extrema
derecha y diversos fundamentalismos de origen religioso. Unos defienden
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políticas revolucionarias contra el sistema capitalista, otros pretenden la
preservación de determinados modos de vida contra las influencias culturales
externas desde posiciones nacionalistas, indigenistas o fundamentalistas.
- Por otra parte, el término altermundialización surgió para definir la posición de
aquellos que, estando en contra de la globalización capitalista, se manifiestan a
favor de la extensión planetaria o mundialización de los derechos humanos y, en
particular, de los derechos de tercera generación (preservación del medio
ambiente, desarrollo económico, acceso a las nuevas tecnologías). La frase "otro
mundo es posible" se ha convertido en el lema de estos movimientos. El uso del
término "mundialización" señalaría una diferencia de marcado carácter ético
frente a la "globalización", definida simplemente como la tendencia de los
mercados a extenderse a lo largo y ancho del planeta.
9. TECNOLOGÍAS DE LA COMUNICACIÓN Y SOCIEDAD DEL ESPECTÁCULO
Durante el siglo XX aparecieron o se consolidaron medios de comunicación
audiovisual que han ejercido una enorme influencia en nuestra vida, entre ellos destacan
la televisión e Internet (el cine ha jugado una función cultural y política indudable,
propagando ideas y modos de entender la existencia, modas de todo tipo e incluso
gestos, pero no ha ejercido tanta influencia como la televisión). El imperio de la imagen
que caracteriza el mundo contemporáneo encuentra en ellos su máxima expresión.
La influencia de las nuevas tecnologías de la comunicación ha sido decisiva en
cualquiera de los sentidos en los que cabe entender el fenómeno de la globalización.
Reparemos, por lo pronto, en estos tres:
- En un sentido económico, las tecnologías de la comunicación trascienden las
barreras físicas, espaciales y temporales, que condicionan la producción e
intercambio de mercancías, recursos, bienes y servicios. Gracias a ellas la
economía funciona como un sistema global, es decir, un sistema que funciona
como una unidad en tiempo real a escala planetaria. Gracias a esta
simultaneidad de las comunicaciones, las transacciones financieras se han
multiplicado de manera espectacular, superando ampliamente la circulación de
mercancías o bienes tangibles.
- En un sentido político, las decisiones, las acciones y las consecuencias de las
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19 Unidad 8
mismas son conocidas sin apenas dilación. Los acontecimientos políticos ya no
están circunscritos a las fronteras nacionales de los Estados. Todo está
interrelacionado lo que produce en los ciudadanos una sensación de
inestabilidad política, incertidumbre social y temor que a su vez facilita su
manipulación.
- En un sentido cultural, los nuevos medios de comunicación han generado
relaciones entre personas y grupos pertenecientes a distintos órdenes sociales y
culturales, permitiendo nuevas formas de interacción social. Incluso a un nivel
afectivo las relaciones humanas se han visto profundamente modificadas.
Mantenemos relaciones que no llegan a cristalizar en acción y contacto
personal pero en las que ponemos nuestro tiempo y recursos y forman, por
tanto, parte de nuestra vida.
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EJERCICIO N º 1
Unidad 8: Poder político y ciudadanía democrática. (Origen y legitimidad del poder. Ciudadanía, democracia y Estado). Nombre: Curso:
Responde en el espacio en blanco
1. Señala qué forma de legitimación de la autoridad se da en los siguientes casos:
a. Basada en la tradición: b. Basada en las cualidades personales del dirigente: c. Monarquía: d. Estados democráticos: e. Dictadura fascista: f. República:
2. ¿Qué son las teorías del contrato social? 3. Señala qué filósofo pudo hacer las siguientes afirmaciones. Nos referimos a uno de los
siguientes: Thomas Hobbes, John Locke, Jean Jaques Rousseau y John Rawls.
a. Los derechos del hombre en el estado de naturaleza son el derecho a la vida, a la libertad, a la propiedad y a castigar a todo aquel que le prive de los tres derechos mencionados. Por tanto, se precisa la existencia de una justicia impartida con imparcialidad y de una fuerza coercitiva que imponga el cumplimiento de las decisiones judiciales. Para conseguir esa imparcialidad surge el Estado. Pero el propio Estado estará sometido a las leyes y no tendrá poder absoluto. Pero como el individuo desconfía de que el Estado se mantenga dentro de los límites pactados, para impedir cualquier extralimitación que atente contra sus derechos naturales, se constituirá un sistema equilibrado de poderes o división que impida en la práctica la soberanía absoluta.
b. La voluntad de todos casi nunca es unánime por ello lo que importa políticamente es la voluntad general, la voluntad de la mayoría, que debe ser la voluntad del Estado.
c. La situación ideal y utópica para llegar a un consenso social sería aquella en la que los individuos que tuviesen que llegar al acuerdo estuvieran en una situación de completo desconocimiento social: ignorantes de su estatus, de su entorno cultural, circunstancias sociales, pertenencia a una clase social u otra. La ignorancia de las circunstancias personales haría que los participantes buscasen unos principios válidos para todos y una situación
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realmente justa.
d. El estado de naturaleza se caracteriza por la inseguridad física y la violencia permanente, ya que es inevitable la colisión de los diferentes intereses individuales. Esta situación de conflicto insalvable lleva a los hombres a suscribir un pacto social que da origen al Estado. Mediante este pacto cada individuo trasfiere el derecho de gobernarse a un hombre, el soberano, a quien los demás están obligados a obedecer y cuyos poderes son absolutos.
e. En el estado de naturaleza el hombre está guiado por el instinto de supervivencia suavizado por una tendencia natural a la compasión. Este sentimiento lleva al ser humano a evitar el sufrimiento innecesario de los demás.
f. El Estado absoluto manda sin limitación. La razón es que sólo un poder
absoluto podría dominar las tendencias egoístas de los seres humanos e implantar el orden necesario para el progreso.
g. Es la justificación ideológica del Estado liberal y de la monarquía no absoluta sino constitucional y representativa.
h. Las desigualdades sociales son el resultado de la propiedad privada, es decir, de
la capacidad de algunos de adueñarse de los recursos naturales y reducir a los demás a una situación de dependencia económica. En este punto, los propietarios se convencen y convencen a los demás de la ineludible necesidad de crear una sociedad política fundada en la propiedad, que si bien es causa de la desigualdad también es algo inherente a la vida en grupo. Éste es el origen de la sociedad, basada en el principio del interés egoísta, la propiedad individual, la desigualdad y la injusticia; todo lo cual ha corrompido la naturaleza original de hombre.
i. Frente a la voluntad general, el individuo no tiene ningún derecho, salvo el de participar en su determinación a través del sufragio; debemos conformar la voluntad particular a la general para integrarnos en la sociedad. La voluntad general es la norma objetiva, ética y política, de la comunidad y está por encima de los individuos que le han dado forma y en tanto que es descubierta a través del ejercicio libre del voto, obliga tanto a la mayoría que la ha descubierto como a la minoría que votó en su contra.
j. Cada individuo tendrá el máximo de libertades posibles compatible con el máximo de libertades de todos los demás y os individuos accederán a los distintos cargos y posiciones sociales en igualdad de condiciones.
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4. ¿Asumen diferentes Estados las mismas funciones en asuntos de interés público? Respuesta
razonada 5. Define el término Estado
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EJERCICIO N º 2 Unidad 8: Poder político y ciudadanía democrática. (Origen y legitimidad del poder. Ciudadanía, democracia y Estado). Nombre: Curso:
1. ¿Qué tipo de Estado tiene entre sus principios el de negación del derecho de
rebelión?
2. ¿Qué tipo de Estado introduce por primera vez la separación de poderes?
3. ¿Qué tipo de Estado introduce el principio de una economía planificada totalmente
por el propio Estado (el Estado decide qué, cuánto, quién y dónde se produce y qué,
cuánto, quién y dónde se consume?
4. ¿Qué modelo de democracia permite a los ciudadanos elegir a sus representantes
políticos o ser elegidos por el conjunto de la ciudadanía?
5. ¿Qué modelo de democracia tenemos en España?
6. ¿Qué forma de gobierno tenemos en España?
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EJERCICIO N º 3 Unidad 8: Poder político y ciudadanía democrática. (Origen y legitimidad del poder. Ciudadanía, democracia y Estado). Nombre: Curso:
Marca la respuesta correcta:
1. La globalización consiste, originariamente, en la expansión planetaria del
A. Comunismo.
B. Anarcosindicalismo.
C. Capitalismo.
D. Ninguna de las anteriores.
2. Desde un punto de vista político, la globalización se caracteriza por el intento de
extender el modelo de la
A. Democracia directa.
B. Democracia liberal representativa.
C. Dictadura del proletariado.
D. Ninguna de las anteriores
3. La globalización supone la circulación restringida de capitales, lo cual
constituye la base del capitalismo financiero; supone la circulación condicionada
de mercancías, bienes y servicios, de acuerdo con las políticas económicas y
arancelarias de las grandes potencias; y supone la circulación libre de personas y
trabajadores, según las condiciones de salida de los países de origen y las
políticas de inmigración de los países receptores.
A. Verdadero
B. Falso
C. Ninguna de las anteriores.
4. La doctrina política que defiende la aplicación de políticas sociales por parte del
Estado para beneficio de los más desfavorecidos es :
A. Socialdemocracia.
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B. Neoliberalismo.
C. Conservadurismo.
D. Ninguna de las anteriores.
5. El neoliberalismo globalizador ¿produce mayor o menor diversidad? ¿cuál de
estas dos opciones es correcta?
A. La globalización contribuye a generar diversidad en todo el mundo y a
ampliar la comunicación entre sus habitantes
B. Dado que sólo cuenta el provecho económico, la verdadera diversidad no
es rentable, lo rentable es la producción estandarizada y sólo sobreviven
los grandes monopolios.
6. La influencia de las nuevas tecnologías de la comunicación ha sido decisiva en
el fenómeno de la globalización, por ello, en un sentido político:
A. Las transacciones financieras se han multiplicado de manera
espectacular, superando ampliamente la circulación de mercancías o
bienes tangibles.
B. Los acontecimientos políticos ya no están circunscritos a las fronteras
nacionales de los Estados. Todo está interrelacionado lo que produce en
los ciudadanos una sensación de inestabilidad política, incertidumbre
social y temor que a su vez facilita su manipulación.
C. Los nuevos medios de comunicación han generado relaciones entre
personas y grupos pertenecientes a distintos órdenes sociales y
culturales, permitiendo nuevas formas de interacción social. Incluso a
un nivel afectivo las relaciones humanas se han visto profundamente
modificadas. Mantenemos relaciones que no llegan a cristalizar en
acción y contacto personal pero en las que ponemos nuestro tiempo y
recursos y forman, por tanto, parte de nuestra vida.