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i UNIVERSIDAD CENTRAL DEL ECUADOR FACULTAD DE JURISPRUDENCIA, CIENCIAS POLÍTICAS Y SOCIALES ESCUELA DE DERECHO TEMA: PROPIEDAD INTELECTUAL DE BIODIVERSIDAD Y CONOCIMIENTOS TRADICIONALES EN EL ECUADOR TESIS PREVIA A LA OBTENCIÓN DEL TÍTULO DE ABOGADO DE LOS TRIBUNALES Y JUZGADOS DE LA REPÚBLICA DEL ECUADOR AUTOR: Cando Cañizares Valeria Estefanía TUTOR: Dr. Ortiz Francisco, M.Sc. QUITO 2014

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UNIVERSIDAD CENTRAL DEL ECUADOR

FACULTAD DE JURISPRUDENCIA, CIENCIAS POLÍTICAS Y SOCIALES

ESCUELA DE DERECHO

TEMA:

PROPIEDAD INTELECTUAL DE BIODIVERSIDAD Y CONOCIMIENTOS

TRADICIONALES EN EL ECUADOR

TESIS PREVIA A LA OBTENCIÓN DEL TÍTULO DE ABOGADO DE LOS

TRIBUNALES Y JUZGADOS DE LA REPÚBLICA DEL ECUADOR

AUTOR:

Cando Cañizares Valeria Estefanía

TUTOR:

Dr. Ortiz Francisco, M.Sc.

QUITO

2014

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DEDICATORIA

La presente tesis es, en síntesis el resultado de mi esfuerzo, está dedicado a mis padres Sr.

Patricio Cando y Sra. Lourdes Cañizares, por su amor, respaldo, comprensión, apoyo y

solidaridad. Son el orgullo más grande de mi vida, son la inspiración y motivo para haber

culminado mis estudios y haber cumplido con mi meta.

A mi Dios, a mi Niño y Virgencita que me bendicen día a día, me dio inteligencia y fuerza

para continuar pese a toda adversidad.

Valeria Estefanía Cando Cañizares.

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AGRADECIMIENTOS

Mis más sinceros agradecimientos a mis maestros, doctores preparados que con todo su

esmero y profesionalismo hicieron de mí una profesional de bien.

Agradezco a mi director de tesis Dr. Francisco Ortiz, que en todo momento estuvo

dispuesto a guiarme en la elaboración de mi tesis.

Agradezco a Dr. Marcelo Ruiz, quién me con su conocimiento y experiencia me guió y

ayudó con información y con respaldo continuo. Al ser catedrático de la materia de mi tesis

me inspiró con su forma de enseñanza.

Agradezco a mi querida Universidad Central que me abrió las puertas, me enseño e inculco

valores y me hizo una mujer útil para mi país.

Valeria Estefanía Cando Cañizares.

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DECLARATORIA DE ORIGINALIDAD

Quito, 17 de Septiembre del 2014

Yo, VALERIA ESTEFANIA CANDO CAÑIZARES, autora de la investigación, con

cédula de ciudadanía N° 1721940680, libre y voluntariamente DECLARO, que el trabajo de

grado titulado “PROPIEDAD INTELECTUAL DE BIODIVERSIDAD Y

CONOCIMIENTOS TRADICIONALES EN EL ECUADOR” es de mi plena autoría,

original y no constituye plagio o copia alguna, constituyéndose en documento único, como

mandan los principios de la investigación científica, de ser comprobado lo contrario me

someto a las disposiciones legales pertinentes.

Es todo cuanto puedo decir en honor a la verdad.

Valeria Estefanía Cando Cañizares

CC. 1721940680

Correo: [email protected]

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AUTORIZACION DE LA AUTORIA INTELECTUAL

Yo, VALERIA ESTEFANIA CANDO CAÑIZARES, en calidad de autora del trabajo de

investigación o tesis realizada sobre “PROPIEDAD INTELECTUAL DE BIODIVERSIDAD

Y CONOCIMIENTOS TRADICIONALES EN EL ECUADOR”, por la presente autorizo a la

UNIVERSIDAD CENTRAL DEL ECUADOR, hacer uso de todos los contenidos que me

pertenecen o de parte de los que contienen esta obra, con fines estrictamente académicos o de

investigación.

Los Derechos que como autora me corresponden, con excepción de la presente autorización,

seguirán vigentes a mi favor, de conformidad con lo establecido en los artículos 5, 6, 8, 19 y

demás pertinentes de la Ley de Propiedad Intelectual y su Reglamento.

Quito, a 17 de Septiembre del 2014

Valeria Estefanía Cando Cañizares

CC. 172194068-0

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APROBACION DE JURADO

Los miembros del Tribunal de Grado, aprueban el informe sobre el tema

PROPIEDAD INTELECTUAL DE BIODIVERSIDAD Y CONOCIMIENTOS

TRADICIONALES EN EL ECUADOR.

De acuerdo a las disposiciones reglamentarias emitidas por la UNIVERSIDAD

CENTRAL DEL ECUADOR.

Para constancia firman.

-------------------------

PRESIDENTE

------------------------ -----------------------

VOCAL VOCAL

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ÍNDICE

DEDICATORIA ...................................................................................................................................... ii

AGRADECIMIENTOS ......................................................................................................................... iii

DECLARATORIA DE ORIGINALIDAD ........................................................................................... iv

AUTORIZACION DE LA AUTORIA INTELECTUAL .................................................................... v

.................................................................................................................................................................. vi

APROBACION DE JURADO ............................................................................................................. vii

ÍNDICE ................................................................................................................................................. viii

RESUMEN EJECUTIVO...................................................................................................................... xi

ABSTRACT ........................................................................................................................................... xii

INTRODUCCIÓN .................................................................................................................................. 1

CAPITULO I .......................................................................................................................................... 4

EL PROBLEMA .................................................................................................................................... 4

1.1. Planteamiento del Problema ................................................................................................. 4

1.1.1. Ubicación del Problema en un Contexto Socio-Cultural ............................................ 5

1.1.2. Delimitación del Problema ............................................................................................ 7

1.1.3. Formulación del Problema ............................................................................................ 8

1.1.4. Evaluación del Problema ............................................................................................... 8

1.2. Objetivos ................................................................................................................................. 8

1.2.1. Objetivo General .................................................................................................................. 8

1.2.2. Objetivos Específicos ............................................................................................................ 9

1.3. Justificación ................................................................................................................................. 9

CAPÍTULO II ....................................................................................................................................... 11

MARCO TEÓRICO ............................................................................................................................ 11

2.1. Fundamentación Teórica .......................................................................................................... 11

2.1.1. Antecedentes de estudio ..................................................................................................... 18

2.1.2. Definición de términos básicos .......................................................................................... 37

2.2. Hipótesis ..................................................................................................................................... 54

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2.3. Variables .................................................................................................................................... 55

2.3.1. Variables Independientes.- ................................................................................................ 55

2.3.2. Variables Dependientes ...................................................................................................... 55

CAPITULO III ..................................................................................................................................... 57

MARCO METODOLÓGICO ............................................................................................................. 57

3.1. Tipos de Investigación. .............................................................................................................. 58

3.1.1. Investigación Bibliográfica ................................................................................................ 58

3.1.2. Investigación de Campo ..................................................................................................... 59

3.1.3. Investigación Histórica ...................................................................................................... 59

3.1.4. Investigación Descriptiva ................................................................................................... 62

3.2. Población o muestra .................................................................................................................. 64

3.2.1. Población ............................................................................................................................. 64

3.2.2. Muestra ............................................................................................................................... 65

3.3. Métodos ...................................................................................................................................... 65

3.3.1. Método Científico ............................................................................................................... 66

3.3.2. Técnicas ............................................................................................................................... 66

3.3.2.2. Entrevista ......................................................................................................................... 67

3.3.2.4. Visita domiciliaria ........................................................................................................... 69

3.3.3. Instrumentos ........................................................................................................................... 70

3.4. Recolección de la Información ................................................................................................. 70

. ........................................................................................................................................................... 71

3.5. Procesamiento y análisis de la información ............................................................................ 71

CAPÍTULO IV ..................................................................................................................................... 72

ANÁLISIS E INTERPRETACIÓN DE RESULTADOS ................................................................. 72

4.1. Formulario N°1 .......................................................................................................................... 73

4.1.1.- Análisis e interpretación de resultados ........................................................................... 81

4.2. Formulario N°2 .......................................................................................................................... 82

4.2.1.- Análisis e interpretación de resultados. .......................................................................... 87

CONCLUSIONES ............................................................................................................................ 87

RECOMENDACIONES .................................................................................................................. 88

CAPITULO V ....................................................................................................................................... 89

PROPUESTA ........................................................................................................................................ 89

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5.1. Justificación ............................................................................................................................... 89

5.2. Objetivo ...................................................................................................................................... 90

5.2.1. Objetivo General ................................................................................................................ 90

5.2.2. Objetivos Específicos .......................................................................................................... 90

5.3. Ubicación Sectorial y Física ...................................................................................................... 91

5.4. Mapa ........................................................................................................................................... 91

5.5. Características de la Propuesta ................................................................................................ 92

5.5.1. Beneficiarios ........................................................................................................................ 93

5.6. Factibilidad ................................................................................................................................ 94

5.6.1. Factibilidad Interna ........................................................................................................... 94

5.6.2. Factibilidad Externa .......................................................................................................... 94

5.7. Descripción de la Propuesta ..................................................................................................... 95

5.7.1. Fases del Proyecto .............................................................................................................. 97

5.8. Cronograma de Actividades ..................................................................................................... 97

5.9. Presupuesto ................................................................................................................................ 98

Impactos ............................................................................................................................................ 98

Evaluación ......................................................................................................................................... 98

Bibliografía ....................................................................................................................................... 99

Bibliografía Virtual ........................................................................................................................ 100

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RESUMEN EJECUTIVO

PROPIEDAD INTELECTUAL DE BIODIVERSIDAD Y CONOCIMIENTOS

TRADICIONALES EN EL ECUADOR

Nuestro país es megadiverso no solo por su flora y su fauna sino también por cúmulo de

conocimientos de las poblaciones y comunidades indígenas que ha sido transmitida de manera oral de

generación en generación. Pero el motivo de investigación es como proteger estos conocimientos

tradicionales y biodiversidad de la devastación y explotación indebida de multinacionales extranjeras.

Claramente en la Constitución de la Republica en su Art. 402: que no se puede otorgar derechos

incluidos de propiedad intelectual sobre productos derivados o sintetizados, obtenidos a partir del

conocimiento colectivo asociado a la biodiversidad nacional. Es por ello que el estado debe crear un

sistema sui generis para poder proteger nuestra biodiversidad y los conocimientos relacionados con los

mismos. Aun no se encuentra normado del todo es por ello que estos recursos se encuentran

vulnerables pese a que la Convención de Diversidad Biológica regula la protección a los países que lo

suscribieron.

PALABRAS CLAVES:

1. Propiedad Intelectual

2. Biodiversidad

3. Conocimientos Tradicionales

4. Patente

5. Biotecnología

6. Biopiratería

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ABSTRACT

INTELLECTUAL PROPERTY OF BIODIVERSITY AND TRADITIONAL

KNOWLEDGE IN ECUADOR

Our country is not only mega- diverse due to its flora and fauna, but also for the body of knowledge

of indigenous peoples and communities that have been transmitted orally from generation to

generation. But the reason for this research is how to protect traditional knowledge and biodiversity of

the devastation and undue exploitation of foreign multinationals. Clearly, the Constitution in its Article

402 states that they cannot grant rights including intellectual property or derivative or synthesized

products obtained from the collective knowledge associated with the national biodiversity. That is why

the state should create a sui generis system to protect our biodiversity and knowledge relating thereto.

Yet it is not regulated at all; this is why these resources are vulnerable despite the fact that the

Convention on Biological Diversity regulates the protection for countries that signed it.

KEYWORDS:

Intellectual Property

Biodiversity

Traditional Knowledge

Patent

Biotechnology

Bio – Piracy

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INTRODUCCIÓN

El Ecuador, como sabemos y como lo dice nuestra Constitución de la Republica en su Art. 1, es un

Estado constitucional de derechos y justicia, social, democrático, soberano, independiente, unitario,

intercultural, plurinacional y laico…

Al ser un país multicultural y por poseer una elevada biodiversidad, se convierte en un paraíso para

los intereses de la industria farmacéutica, puesto que su mayor riqueza está reflejada en el saber

ancestral relacionado al mundo vegetal aun cuando es un patrimonio intangible. El Estado Ecuatoriano

de cierta forma no le ha dado la importancia y protección que debería tener este campo. Existen

cuerpos legales q lo protegen pero deberían ser revisado y actualizados para una mayor protección a la

propiedad intelectual nacional

En nuestro país de 13.465.323, 1.018.176 se han identificado a un grupo o nacionalidad étnica

(Censo de Población 2010) y alrededor de dos millones sostienen formas de vida, sistemas

administrativos, costumbres y religiosidades, así como manejo de recursos naturales con tradición

indígena.

Es necesario comprender y respetar la cosmovisión de las diferentes culturas y así mismo es de vital

prioridad impedir que el cúmulo de conocimientos tradicionales producto de las tradiciones de los

pueblos desaparezcan o sean usados sin un consentimiento libre, previo e informado de sus titulares

quienes más que nada son las Nacionalidades y Pueblos Indígenas, Montubios, Afroecuatorianos y

campesinos. Necesario a su vez plantear y desarrollar políticas que se apliquen de manera social,

económica y social ya que todo nuestro ecosistema se encuentra amenazado porque los recursos

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naturales están siendo utilizados de manera equivocada y ejerciendo presiones externas en

ecosistemas frágiles, creando así un impacto ambiental.

Uno de los motivos que me llevó a realizar la siguiente investigación es un caso comprobado de “la

cascarilla”, es un árbol endémico de los bosques andinos del sur del país el cual posee una corteza

usada para combatir el paludismo o malaria. Como es conocida esta enfermedad era letal en ciertos

casos y aun en la actualidad sigue afectando a ciertos países tropicales. Ese descubrimiento obviamente

produjo regalías, y obviamente el Ecuador no participo de ellas.

Son casos y cuestiones indignantes que no deberían repetirse es por ello que se debe hacer una

reforma o creación de ley urgente. Además de ello el país es signatario del Convenio sobre la

Diversidad Biológica, el cual reconoce desde el derecho del país de origen y de los Pueblos Indígenas

hasta los beneficios generados por el uso comercial de la biodiversidad.

En la actualidad, es importante valorizar el saber ancestral y su valioso aporte para la investigación

científica en el país. Como bien es cierto en nuestro país se vive la consecuencia de la ausencia de una

legislación adecuada, sumada también a los actuales estilos de vida ponen en peligro los recursos

naturales.

Por ello en el desarrollo de la tesis se comprenderá lo importante de una adecuada legislación que

permita la protección de los mismos.

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En el I capítulo se expondrán definiciones de propiedad intelectual su reseña histórica. Además

comentaré acerca del proyecto de ley propuesto por el Instituto Ecuatoriano de Propiedad Intelectual y

una comparación con la Ley de Protección, Acceso de Diversidad Biológica Peruana y los

Conocimientos Colectivos de los Pueblos Indígenas.

En el II capítulo se mostrará un enfoque primordial en la investigación de los conocimientos

ancestrales, en su valoración y debida protección, ya que con el pasar del tiempo este tipo de

conocimientos se van perdiendo.

En el III capítulo tratará de brindar una definición de biopiratería ya que como tal no se encuentra

una definición enmarcada, más bien es un concepto dado por expertos en el tema.

En IV se podrán apreciar el resultado de las encuestas, entrevistas que se tomaron para poder lograr

y terminar la investigación.

En el V se desarrollará en sí la propuesta, con el problema de investigación, justificación, objetivos,

hipótesis y demás.

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CAPITULO I

EL PROBLEMA

Tema: “Propiedad Intelectual de Biodiversidad y Conocimientos Tradicionales en el Ecuador”

1.1.Planteamiento del Problema

En la actualidad el conocimiento ancestral y explotación de biodiversidad se han visto afectados por

la apropiación de las empresas multinacionales que han puesto en peligro el sustento de nuestra

existencia y de las generaciones futuras. En el ámbito internacional se han creado políticas, convenios e

instrumentos para la adecuada conservación de nuestro territorio y de igual manera del conocimiento

ancestral, pero en nuestro país no existen políticas no son suficientemente efectivas en la preservación

y defensa de sus recursos, valores y sabiduría tradicional. Cabe señalar que en la actual Constitución de

la República limita de una manera la protección de los conocimientos ancestrales y los recursos

genéticos en su Art. 402 que dice “Art. 402.- Se prohíbe el otorgamiento de derechos, incluidos los de

propiedad intelectual, sobre productos derivados o sintetizados, obtenidos a partir del conocimiento

colectivo asociado a la biodiversidad nacional”.

Pese a que existe una normativa, se han dado y se siguen dando este tipo de atropellos no solo en

nuestro país sino en todo el mundo. Nuestro país debería crear una ley íntegra y un organismo de

control para poder frenar este tipo de abusos.

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1.1.1. Ubicación del Problema en un Contexto Socio-Cultural

Al hablar de una protección íntegra de la biodiversidad y conocimientos tradicionales se debe

tomar en consideración la Decisión 391 de la Comunidad Andina: los procesos culturales como

generadores de diversidad biología se debe a que existen variedades de plantas y animales que han sido

cultivadas y desarrolladas por las comunidades por medio de prácticas tradicionales lo que significa

que se no las descubrieron sino que fueron desarrolladas.

Al tener acceso a este tipo de conocimientos tradicionales las grandes empresas minimizan tiempo y

dinero ya que si consultaran a un indígena les diría como se extrae, como se cultiva hasta como se

utiliza; un laboratorio no lo haría de esa forma, tomaría varios años estudiarla, examinar molécula x

molécula para determinar en donde radica cierto tipo de cura o medicamento.

Es por ello que se le debe dar mayor importancia y valoración a este tipo de conocimientos; pero

como bien sabemos la Convención de la Biodiversidad de una u otra manera protegen los

conocimientos tradicionales y la biodiversidad de cada país suscrito, de ahí que cabe la importancia

repetir que se debe dar una adecuada protección por parte del Estado.

La relación entre la tierra y los seres humanos ha creado este tipo de cosmovisión, de esta manera

también radica la trascendencia de que se debe entregar un derechos sobre sus tierras y territorios, así

como de todos los recursos generados en ellas.

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Tenemos que tener en cuenta que así como se debe proteger y valorar estos conocimientos también

es importante darnos cuenta que de a poco estos conocimientos empiezan a desaparecer. Los más

ancianos mueren, con ellos desaparecen todos estos conocimientos. En muchas ocasiones no se ha

dado un registro de todos estos saberes, puesto que estos saberes no constaban en un libro sino estaban

plasmados y conservados por la costumbre. Es por ello que es indispensable que ese registro

anteriormente analizado se lleve a cabo y no solo quede como letra muerta.

Si bien es cierto que parte de estos conocimientos fueron desapareciendo de a poco con la

colonización, que se impusieron prácticas, creencias, simbología. Los invasores crearon un poder

maligno que en este caso era el poder de los chamanes, ya que tenía sus propias creencias, sabiduría.

Puesto que con la llegada de los españoles trajeron consigo nuevas clase de enfermedades con lo cual,

los indígenas tuvieron que lidiar y curar a todos los pueblos. Así mismo hubo enfermedades que no

tenían ninguna defensa como fue la viruela, con la cual murieron muchos indígenas americanos.

Como hemos notado el interés por estos conocimientos tanto por agentes económicos y

tradicionales. Como uno de los más interesados en estos conocimientos y biodiversidad encontramos a

las bioindustrias que buscan derivados de la biodiversidad, al igual que la empresa Fitomejoradora que

identifica y trata de acceder a prácticas tradicionales de fitomejoramiento variedades criolla y parientes

silvestres de las especies cultivadas.

Tenemos también a la industria extractiva que se apoya en el conocimiento tradicional para

identificar recursos de alto nivel comercial también lo utilizan en los estudio de impacto ambiental para

actividades de prospección y explotación de los recursos naturales. La industria de diseño tiene un

particular interés en pinturas naturales usadas en los pueblos indígenas. Es por ello que nuestro país

debe concentrarse en una protección al respecto.

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Es de vital importancia su protección ya que en la región de la cuenca amazónica se encuentra entre

el 30% al 50% de la biodiversidad de la tierra, los médicos indígenas son los custodios de siglos y

siglos de conocimientos acumulados de los recursos medicinales. El conocimiento científico se

encuentra protegido lo que no lo esta es este tipo de conocimientos tradicionales.

Es importante también preservar, recuperar y proteger estos conocimientos ya que se debe

reconocer los fundamentos espirituales de los sistemas ancestrales, la protección de los territorios de

los pueblos indígenas el cual está en manos de los pueblos indígenas que los poseen y los generan.

1.1.2. Delimitación del Problema

Como tema principal es la biopiratería y maneras de cómo proteger a la biodiversidad y

conocimientos tradicionales, con este antecedente podemos determinar claramente que ésta

problemática afecta directamente a las generaciones futuras que no podrán contemplar ni transmitir

este tipo de conocimientos; con la devastación del medio ambiente originada por los seres humanos,

las generaciones futuras no podrán conocer cierta biodiversidad.

Afecta principalmente a comunidades que viven de sus conocimientos y costumbres, con la

migración hacia las ciudades y países ya no se puede transmitir ninguna costumbre. Las comunidades

que viven en aislamiento voluntario son las únicas comunidades que mantienen sus costumbres

intactas.

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1.1.3. Formulación del Problema

¿Cómo pueden las comunidades indígenas hacer válidos sus derechos de propiedad intelectual

sobre sus conocimientos ancestrales y su biodiversidad?

1.1.4. Evaluación del Problema

Conforme la sociedad ha ido evolucionando, la ideología y creencias han cambiado, adecuándose a

nuevas tendencias extranjeras. Es así como podemos referenciar nuestro problema principal, la pérdida

de identidad de los habitantes de las comunidades indígenas, cada vez más se van perdiendo esos

conocimientos transmitidos de generación en generación

1.2.Objetivos

1.2.1. Objetivo General

Elaborar una reforma legal que permita proteger y conservar los conocimientos tradicionales y

biodiversidad de nuestro país del despojo de cultura, tradición e identidad creando un Organismo

Regulador que realice una Base de Datos conteniendo toda la Información de Conocimientos

Tradicionales y Biodiversidad.

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1.2.2. Objetivos Específicos

Justificar la normativa legal vigente que sancione la apropiación indebida de los conocimientos

ancestrales de las Comunidades Indígenas.

Analizar y evaluar la información de derecho comparados con los países que cuenten con una

ley que proteja los conocimientos ancestrales de las Comunidades Indígenas.

Diseñar componentes para establecer una propuesta o creación de ley en el que se reconozca la

Propiedad Intelectual de las Comunidades Indígenas por el Estado a nivel nacional e

internacional.

1.3. Justificación

Cabe señalar que el valor esencial del tema de estudio radica en defender los recursos biológico y

conocimiento ancestral de nuestras comunidades indígenas, como bien se conoce y como está

consagrado en la Constitución de la República, nuestra país es unitario, intercultural y plurinacional, de

allí la supremacía de la conservación y protección de los mismo. Es un tema actual e innovador ya que

se han dado casos en los que plantas o especies nativas del Ecuador han sido patentadas por

farmacéuticas internacionales, y nuestro país no hay recibido nada, es allí que la protección legal y

social es de vital trascendencia porque se pone en peligro el sustento de nuestra existencia y de las

generaciones futuras. Siendo nuestro país diverso en biodiversidad, en clima, de nacionalidades es

necesario crear una legislación adecuada compatible con la Constitución de la República y con los

tratados internacionales ratificados en el Ecuador.

El saber ancestral realiza un aporte fundamental a la investigación científica, es por ello que se debe

desarrollar políticas que se apliquen a nivel social, cultural, económico y ambiental.

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Es de vital trascendencia ya que los conocimientos trasmitidos de generación en generación se van

perdiendo conforme pasa el tiempo, empresas multinacionales van saqueando nuestra biodiversidad, es

por ello que el proyecto de investigación es viable, es decir, se lo puede llevar a cabo

satisfactoriamente.

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CAPÍTULO II

MARCO TEÓRICO

2.1. Fundamentación Teórica

Si bien es cierto, esta problemática es a nivel mundial, más aún de América Latina que cuenta con

una gran riqueza de biodiversidad; en este caso tenemos un claro ejemplo en Perú, donde se creó la Ley

de Protección al Acceso a la Diversidad Biológica Peruana y los Conocimientos Colectivos de los

Pueblos Indígenas. En esta ley claramente se crea una Comisión Nacional de Protección al Acceso a la

Diversidad, que está conformada por representantes que conocen y pueden proteger a los pueblos y

nacionalidades. Con la creación de ésta ley se protege a todo conocimiento y saber ancestral. En cual se

crea un registro para los conocimientos colectivos y biodiversidad, de esta manera se puede crear una

protección muy independiente de los estamentos que señala la Ley de Propiedad Intelectual.

En México también se creó la Ley Federal de Protección al Ambiente, uno de los objetivos

primordial es la participación ciudadana en la gestión ambiental, a través de la denuncia popular, el

acceso a la información ambiental y la posibilidad de impugnar los actos que dañen el ambiente. Con

esta ley se garantiza el control y prevención de la contaminación del aire, agua y suelo; en resumen es

importante esta ley ya que considera que los ecosistemas son un patrimonio común de la sociedad y de

su equilibrio dependen la vida y las posibilidades productivas del país, las mismas que deberán ser

aprovechados de una manera segura y óptima.

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Otra ley importante para el desarrollo de la investigación es la Ley de Protección Ambiental de

Aragón cuyo objeto es la intervención administrativa para la protección, prevención, reducción y

control de la contaminación y del impacto ambiental. Servirá como respaldo y apoyo a la investigación

ya que es una ley completa y estructurada, la que garantiza la calidad de vida y desarrollo sostenible

de intervención ambiental.

Los pueblos indígenas reconocen que el Estado no protege este tipo de conocimientos, sino que esa

misma protección les ha significado la muerte de muchos nativos. El Estado no se preocupa por

defender este territorio sino de extraer petróleo sin pensar en los impactos que se pueden dar como

consecuencia del mismo.

La UNESCO en la conferencia mundial sobre la Educación superior realizadas en París en Octubre

del 1998, establece en la Declaración Mundial sobre la Educación Superior en el siglo XXI, que entre

las misiones y funciones de la Educación Superior está en contribuir a comprender, interpretar,

preservar, reforzar, fomentar y difundir las culturas nacionales y regionales, internacionales e

históricas.

Las Universidades y Escuelas Politécnicas han contribuido en las investigaciones y difusión de la

realidad de las comunidades y pueblos del Ecuador. Muchos de estos conocimientos están

desapareciendo por lo que es urgente un registro ya que conocimientos no están sistematizados, ya que

fueron transmitidas de forma oral.

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En la actualidad siguen los debates y conferencias acerca de preservación y conservación de estos

conocimientos, pero debemos tomar en cuenta que todo el país debe juntar esfuerzos para precautelar y

propiciar la conservación y uso sustentable de la biodiversidad y conocimientos tradicionales.

Debemos tomar en consideración que también existen pueblos en aislamiento y se debe conservar

los recursos genéticos y los conocimientos ancestrales asociados que se encuentran en tierras

comunitarias de los pueblos indígenas. En si estos pueblos son conocidos porque han ingresado a

documentar todo este tipo de costumbres y forma de vida. El Estado debe garantizar el respeto y

protección ya que se encuentran hoy en día muy vulnerables por las constantes concesiones realizadas

por el país para la extracción de recursos mineros.

El más importante para el estudio y protección de estos conocimientos y biodiversidad es el

Convenio de Diversidad Biológica el cual está suscrito nuestro país el cual en su Art. 1 se refiere a la

protección y conservación de la diversidad biológica, a la utilización sostenible de sus componentes, a

la participación de sus beneficios los que se derivan de los recursos genéticos.

Este mismo convenio también se obliga a que los Estados integrantes reconozcan el valor de estos

conocimientos dentro de los contratos de acceso a los recursos genéticos y que la legislación nacional

también los reconozca.

Uno de los principales problemas no solo de nuestro país sino a nivel mundial es cómo proteger a

estos conocimientos tradicionales, desde un enfoque privado ya que estos conocimientos son

colectivos, es por ellos que el Convenio de Diversidad Biológica plantea la necesidad de que se

establezca sistema sui generis de protección para las características colectivas de los conocimientos

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tradicionales porque es uno de sus objetivos es “equilibrar los beneficios entre quien posee los recursos

biológicos y sus conocimientos asociados y quien posee la tecnología, mediante acuerdos justos y

equitativos.

Desde la vigencia del Convenio la Comunidad Andina de Naciones (CAN), hizo esfuerzos para

proteger los conocimientos de los pueblos indígenas sobre los recursos genéticos, el cual dio como

resultado la expedición de la norma andina Decisión 391 el cual regula el acceso a estos recursos, que

todos los países debían desarrollar una legislación para proteger estos conocimientos tradicionales. En

su Art. 7, se reconoce el papel fundamental de los conocimientos tradicionales relacionados con la

conservación y manejo de los recursos genéticos y biológicos. Ocho años después de aprobada esta

decisión Perú creo la norma nacional de protección.

En la Octava Disposición Transitoria indica que se debe establecer un régimen especial o una

norma de armonización, según corresponda, que este orientado a fortalecer la protección de los

conocimientos, innovaciones y prácticas tradicionales de las comunidades indígenas, afroamericanas y

locales.

La CAN aprobó la Decisión 523 (Estrategia Regional de Biodiversidad de los Países del Trópico

Andino, julio 2002), entre lo principal se destaca el derecho de la propiedad colectiva de los

conocimientos de los conocimientos tradicionales; se plantea la necesidad de trabajar en la elaboración

del Régimen Común Andino para la Protección de los Conocimientos Tradicionales, en consulta y

participación con los pueblos indígenas.

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Luego se creó la Decisión 486 sobre el Régimen Común de Propiedad Intelectual que en su Art 3

dice: “Los Países Miembros asegurarán que la protección conferida a los elementos de la propiedad

industrial se concederá salvaguardando y respetando su patrimonio biológico y genético, así como los

conocimientos tradicionales de sus comunidades indígenas, afroamericanas o locales. En tal virtud, la

concesión de patentes que versen sobre invenciones desarrolladas a partir de material obtenido de

dicho patrimonio o dichos conocimientos estará supeditada a que ese material haya sido adquirido de

conformidad con el ordenamiento jurídico internacional, comunitario y nacional. Los Países Miembros

reconocen el derecho y la facultad para decidir de las comunidades indígenas, afroamericanas o

locales, sobre sus conocimientos colectivos”.

En la Convención de Diversidad Biológica en su Art. 8 señala: Cada Parte Contratante, en la

medida de lo posible y según proceda: Con arreglo a su legislación nacional, respetará, preservará y

mantendrá, los conocimientos, las innovaciones y las prácticas de las comunidades indígenas y locales

que entrañen estilos tradicionales de vida pertinentes para la conservación y la utilización sostenible de

la diversidad biológica y promoverá su aplicación más amplia, con la aprobación y la participación de

quienes posean esos conocimientos, innovaciones y prácticas, y fomentará que los beneficios derivados

de la utilización de esos conocimientos, innovaciones y prácticas se compartan equitativamente”

Como instrumento referencial tenemos las Directrices de Bonn que se establecieron para asegurar el

significado y valor de los conocimientos tradicionales sean considerados dentro de los contratos de

accesos a recursos genéticos mediante la emisión de certificados de origen que indiquen cuales son las

comunidades indígenas locales que se beneficien de ello.

En algunos países esto ya se está llevando a cabo, aun en nuestro país no se ha implementado esto,

pero en el IEPI en el proyecto de ley presentado ya se está tomando en cuenta considerar que si expide

una patente se divulgue el país de origen.

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Como por ejemplo en la India se requiere que se revele la fuente y el origen geográfico de los

materiales biológico. En Costa Rica es necesario presentar el certificado de origen y el consentimiento

fundamentado previo; y, en los países de la Comunicad Andina la solicitud de patente debe incluir una

copia de contrato de acceso y si es aplicable, de la autorización de las comunidades indígenas,

afroamericanas o locales para el uso de su conocimiento tradicional (Art. 26 de la Decisión 486 de la

Comunidad Andina). Los únicos países que tienen una ley que protege a los conocimientos

tradicionales son solo Panamá y Perú.

En Panamá en el 2000 se estableció el Régimen Especial de Propiedad Intelectual para Proteger los

Derechos de los Pueblos Indígenas, que principalmente utiliza la marca o diseño que protege “la mola”

que es una especie de tejido del Pueblo Kuna.

Una de las potencias mundiales como lo es Estados Unidos no ratificado el Convenio de Diversidad

Biológica, ya que en su legislación acepta patentes sobre plantas sin considerar la propiedad soberana

de los países partes de la Convención. Con un certificado se estaría creando una limitación al

otorgamiento de patentes dentro de los tratados de libre comercio, los mismos que fortalecen los

derechos de propiedad intelectual para los inversionistas norteamericanos.

Nuestro país debe crear medidas que aseguren la aplicación correcta del Convenio el cual asegure

una transferencia de tecnología y de esta manera se asegure una participación equitativa respecto a las

patentes. Como es claro los sistemas de Propiedad Intelectual no son suficientes para proteger los

conocimientos tradicionales sino se crea una ley específica.

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La Declaración de Naciones Unidas sobre los derechos de los Pueblos Indígenas 2007 en su Art. 31

indica que: “los pueblos indígenas tiene derecho a mantener, controlar, proteger y desarrollar el

patrimonio cultural, sus conocimientos tradicionales, sus expresiones culturales, tradicionales y las

manifestaciones de sus ciencias, tecnologías y culturas, comprendidos los recursos humanos y

genéricos, las semillas, las medicinas, el reconocimiento de las propiedades de la fauna y flora, las

tradiciones orales, las literaturas, los diseños, los deportes y juegos tradicionales, y las artes visuales e

interpretativas. También tiene derecho a mantener, controlar, proteger y desarrollar su propiedad

intelectual de dicho patrimonio cultural, sus conocimientos tradicionales y sus expresiones culturales

tradicionales.

Tenemos también el Convenio 169 de la OIT que menciona que los gobiernos deberán: Art. 6 literal

a. Consultar a los pueblos interesados, mediante procedimientos apropiados y en particular a través de

sus instituciones representativas, cada vez que se prevean medidas legislativas o administrativas

susceptibles de afectarles directamente.

Art. 6 numeral 2. Las consultas llevadas a cabo en aplicación de este convenio deberán efectuarse

de buena fe y de una manera apropiada a las circunstancias, con la finalidad de llegar a un acuerdo o

lograr el consentimiento acerca de las medidas propuestas.

También debemos considerar el Fondo para el Medio Ambiente Mundial que se creó en 1995 como

mecanismo financiero independiente que otorga donaciones a los países en desarrollo para proyectos

que reanudan en beneficio del ambiente mundial.

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2.1.1. Antecedentes de estudio

Para realizar un estudio completo acerca de las patentes o en sí de la propiedad intelectual debemos

basarnos a lo que es primeramente propiedad. Para el jurista Guillermo Cabanellas el término

propiedad es “el dominio que un individuo tiene sobre una cosa determinada, con la que puede hacer lo

que desee su voluntad”

Andrés Bello, jurista venezolano en el Art. 582 del Código Civil Chileno indica que el derecho de

propiedad es el derecho real en una cosa corporal para gozar y disponer de arbitrariamente; no siendo

contra la ley o contra el derecho ajeno. La propiedad separada del goce de la cosa se llama mera o nuda

propiedad. Que comprende tres facultades principales que son el uso, el disfrute y disposición. Esta

distinción proviene del Derecho Romano.

Cuando hablamos de diversidad biológica según el Convenio Internacional sobre la Diversidad

Biológica, hace referencia a la amplia gama y variedad de seres vivos sobre la tierra y patrones

naturales que la conforman, el mismo que resulta del resultado de la evolución de miles y miles de

años, a la par de las crecientes influencias de los seres humanos. Comprende de igual manera la

variedad de ecosistemas y diferencias genéticas dentro de cada especie.

En “El saqueo del conocimiento” de Martin Khor, 2003; indica que los conocimientos ancestrales

hacen valiosas contribuciones a dos aspectos principales de desarrollo sostenible: el ambiente y la

satisfacción de las necesidades humanas. Aduciendo que el conocimiento tradicional tiene que ser

relacionado con el área de producción de alimentos, desarrollo de cultivos, cuidados en la salud y

medicamentos.

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“Recolección de Plantas y Conocimientos Ancestrales” de Virginia Nazarea, 2003 nos muestra una

manera de incentivar y proteger a los conocimientos ancestrales y biodiversidad, como por ejemplo

crear huertos demostrativos, los cuales sirven para orientar a los estudiantes de la carrera a la

sensibilización, educación y capacitación mediante la siembra de variedades de plantas tradicionales.

Hoy por hoy se han visto los conocimientos ancestrales o “La propiedad Intelectual como

herramienta moderna capitalista dentro del sistema mundial” Fernando Valdospinos, 2006 llegando a

la conclusión que este tipo de biodiversidad son vistas por las multinacionales como un negocio

multimillonario, mientras tanto los países donde son originarios ya se la biodiversidad o conocimiento

no son reconocidos ningún haber a su favor.

Ya se habla acerca de un sistema sui generis para la protección de conocimientos tradicionales pero

que aún no consta en un reglamento o reforma a la actual Ley de Propiedad Intelectual en la tesis de

Galo Maldonado, 2003 “Los recurso genéticos, conocimientos tradicionales y folcklore como nuevos

objeticos de protección dentro de la Propiedad Intelectual”

En la tesis de Gerardo Naranjo, 2009 “Protección de los Conocimientos Ancestrales” nos da una

mayor perspectiva de la biopiratería y como afecta no solo a nuestro país sino también a los demás

países de Sudamérica.

2.1.1.1. Antecedentes Investigativos

Acerca del tema se han pronunciado varios medios de comunicación, entre ellos el escrito; así

tenemos el diario El Comercio, que en su columna Tendencias, manifiesta que nuestro país ya no se

utiliza remedios caseros, como hace años se lo realizaba cotidianamente, sino únicamente se compra

una pastilla y se pone fin a los malestares generales.

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Al ser un problema general y que inmiscuye a todos los ecuatorianos como tal, la Secretaria

Nacional de Educación Superior, Ciencia, Tecnología e Innovación ha implementado una serie de

talleres en varias comunidades indígenas denominado “Proyecto Vicat” como lo manifiesta Andrés

Calero1, técnico biológico de la Coordinación de Saberes Ancestrales; con este proyecto se logra crear

una base de datos científicos y de ésta manera poder cuantificar la perdida de saberes ancestrales.

Willian Rojas, director del Departamento de Biodiversidad del Ministerio de Ambiente, explica que

la biopiratería es un acceso ilegal a un recurso genético por parte de científicos, llevados con fines de

investigación, buscando extraer principios activos útiles para elaborar medicinas, con la extracción de

los mismos se procederá con la patente.

Un caso claro de biopiratería también tenemos la extracción de 3.500 muestras de ADN Waorani,

con el fin de vender el material genético. Con ello se busca un gen que pueda resistir a varias

enfermedades. Existen denuncias que los científicos se presentan como turistas, les pagan para poder

conocer sus costumbres o en este caso extraer sangre. 2

2.1.1.2. Antecedentes Históricos

La economía de nuestro país ha sufrido varios cambios significativos en los últimos años. Así

tenemos la Guerra con el Perú en 1995 que culmina por los años de 1999 y subsiguiente a eso vino la

1 Calero, Andrés (2014) Los esfuerzos en Ecuador por frenar la pérdida de conocimientos ancestrales. El

Comercio. Obtenido el día 10 de enero del 2014, desde la dirección: http://www.elcomercio.com.ec/tendencias/esfuerzos-ecuador-frenar-perdida-de.html 2 Diario El telégrafo, Ecuador, un territorio frágil para la biopiratería hace 40 años (infografía y documentos) , 29

de junio del 2014, obtenido de: http://www.entornointeligente.com/articulo/2742112/Ecuador-un-territorio-fragil-para-la-biopirateria-hace-40-anos-Infografia-y-Documentos-29062014

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dolarización, lo que ocasiono que nuestra economía tenga que equipararse con la norteamericana, lo

cual ocasiono un incremento desorbitante de los precios de bienes y servicios.

Con todos estos cambios producidos en nuestro país los más perjudicados fueron los indígenas,

montubios, y todas las comunidades existentes, que también fueron manipulados por movimientos y

partidos políticos para conseguir objetivos específicos en campañas electorales.

Tabla N°1

Nacionalidades y pueblos del Ecuador

Costa: -Awá en Carchi, Esmeraldas, Imbabura -Chachi en Esmeraldas -Epera en Esmeraldas -Tsa’chila en Pichincha -Pueblo Manta-Huancavilca-Puná en Manabí, Guayas

Amazonía -A’l Cofán en Sucumbíos -Secoya en Sucumbíos -Siona en Sucumbíos -Huaorani en Orellana, Pastaza, Napo -Shiwiar en Pastaza -Zápara en Pastaza -Achuar en Pastaza, Morona Santiago -Shuar en Morona Santiago, Zamora, Chinchipe, Pastaza, Napo, Orellana, Sucumbíos, Guayas,

Esmeraldas -Kichwa Amazonía en Sucumbíos, Orellana, Napo y Pastaza

Sierra: -Pueblo Karanki en Imbabura -Pueblo Natabuela en Imbabura -Pueblo Otavalo en Imbabura -Pueblo Kayambi en Pichincha, Imbabura, Napo -Pueblo Kitukara en Pichincha -Pueblo Panzaleo en Cotopaxi -Pueblo Chibuleo enTungurahua -Pueblo Salasaca en Tungurahua -Pueblo Waranca en Bolívar -Pueblo Puruhá en Chimborazo -Pueblo Cañari en Azuay, Cañar -Pueblo Saraguro en Loja, Zamora Chinchipe

Fuente: SIISE, Versión 4,0 (2004)

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Como todas las sociedades humanas aquellas comunidades han creado sus propias costumbres,

rituales tecnología y en general modos de vida y subsistencia. Hay que tomar en cuenta que nuestro

ecosistema influye en la cultura y costumbre de su población, ya que es capaz de ofrecerle todo lo

necesario para su subsistencia.

Nuestro país se caracterizó por su elevada población indígena, según estudios el 80% de estos

pueblos son predominante agropecuarios y rurales. Con una alta dependencia a los recursos naturaleza,

forjando así redes de comercio, sistemas de migración temporal nacional e internacional. En varias

poblaciones o provincias, se ha notado que las personas económicamente activas han disminuido a

causa de las migraciones constantes para buscar un sustento para su familia.

El padre Juan de Velazco propuso una división histórica para el Ecuador en la antigüedad.

Posteriormente el autor guayaquileño Emilio Estrada habla de 4 periodos prehispánicos en el Ecuador:

En primer lugar tenemos el periodo Precerámico o Paleoindio comprende desde el año 8.000 AC

hasta el 4.000 AC, en cual se reflejan restos óseos y en gran cantidad puntas de flecha fabricadas

generalmente de obsidiana y basalto, instrumentos cortadores y raspadores. Como cultura más

representativa encontramos al hombre de las Vegas quien utilizó la madera para la elaboración de

implementos de caza como es la jabalina y lanzas, elaboro cuchillos con tiras de caña y elaboro así

mismo implementos de labranza utilizando grandes caracolas marinas.

Sus asentamientos fueron de carácter temporal y se desplazaron desde el norte ocupando territorios

que incluían bosques y paramos. En la costa en cambio los asentamientos fueron permanentes por su

fauna diversa.

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Luego tenemos el Período Formativo y Agroalfarero, como principal cultura tenemos a la Valdivia

que ocupo extensos territorios de la Provincia de Manabí, Esmeraldas y la Provincia de Santa Elena,

quien se destacó por la alfarería más antigua de América. En esta etapa culmina el desarrollo de

domesticación de plantas con el establecimiento de la agricultura como medio básico de subsistencia,

acelerando el crecimiento poblacional, el mismo que se manifiesta en la formación de las primeras

aldeas agrícolas, mostrándose ciertos niveles de división de trabajo, los grupos sociales empezaron a

diferenciarse. Este periodo corresponde a sociedades más dinámicas e ingeniosas con una fuerte base

agrícola. En este periodo es utilizada la concha Spondylus, la misma que fue intercambiada por

productos de las comunidades andinas, es utilizada también como emblema ritual objeto de sacrificios

relacionados a la producción agrícola.

Posteriormente tenemos el Periodo de Desarrollo Regional en el cual se determinó por primera vez

las diferencias regionales o territoriales en la organización política y social de los pueblos que la

conformaron. Las culturas que se desarrollaron en este período evidenciaron una agricultura prospera

con lo que se recurre a nuevas técnicas de riego, camellones y terrazas de cultivo y de una gran

variedad en la producción de artefactos, inclusive el metal. También es utilizada la coca con fines

ceremoniales. Se emplea moldes y sellos para la producción en serie se da el surgimiento de la

orfebrería con aleaciones de oro y cobre. También se da el aprovechamiento de la concha Spondylus

con fines alimenticios, suntuarios y de trabajo; técnica de modelado para estatuillas. Las culturas más

destacadas tenemos a las Tolita, Cerro Narrío, Bahía, Jambelí entre otras.

En el Periodo de Integración surgen los señoríos, confederaciones, estados y ciudades, se da una

estratificación social más acentuadas. Como cultura representativa tenemos a los Manteños quienes

contemplaron las naves españolas por primera vez surcando las aguas ecuatoriales. Desarrollaron

delicadas técnicas de trabajo en oro y plata y también se dedicaron a actividades de aspectos religiosos.

Los artefactos más conocidos fueron las sillas y tronos usados para fines religiosos y políticos de igual

manera utilizaron algodón con diversa técnicas e producción textil. Se denota también un progreso en

la arquitectura con la construcción de tolas y montículos funerarios.

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De esta manera podemos notar el transcurso y avances que se dieron durante el tiempo, a la par se

dio un avance en la medicina, la misma que fue considerada como magia, religiosa y empírica. Hasta la

actualidad las enfermedades, maleficios o pecados cometidos son tratados por un curandero quien

primero debe adivinar que tenía y luego atacar con hierbas medicinales. En la antigüedad se

practicaron también cirugías como lo era el cráneo trepanado el cual consistía en eliminar fragmentos

de hueso, se creía que de esa manera se podía liberar a los enfermos de los espíritus que los

atormentaban. Incluso se encontraron cráneos con aleaciones de metal al igual que dentaduras con

enmiendas de metal. Así mismo se practicaban las amputaciones por castigo pero también por

necesidad médica; se practicaba “restaurar lo dislocado, eliminar lo superfluo, separar lo que se ha

unido, reunir lo dividido y reparar los defectos de la naturaleza.

Con el pasar del tiempo los pueblos y nacionalidades se encuentran bajo varias desventajas severas

en relación a los otros pueblos ya constituidos y se encuentran casi de manera invariable en el

escalafón más bajo de los indicadores socioeconómicos que existen al margen del poder. Contra todo

esto las comunidades y pueblos han logrado prosperar como comunidades diferenciadas en sus tierras

tradicionales.

Se han involucrado fuertemente en la defensa de la naturaleza, ambiente, educación, organización,

etc. Por lo que se presencia una fuerte oposición a la intervención de las empresas mineras, petrolera y

madereras, como también han manifestado rechazo en contra de la Ley Minera, Aguas y de Educación.

Los Pueblos y nacionalidades indígenas de la Amazonía (Zamora Chinchipe, Morona Santiago,

Pastaza, Puyo, Napo, Orellana, Sucumbíos) están constantemente reclamando la violación de sus

derechos consagradas en la Constitución de la República, principalmente el derecho a la Consulta

Previa, libre e informada, ya que generalmente el Gobierno no respeta este derecho colectivo,

establecido y reconocido por el mismo cuerpo legal, donde se explota indiscriminadamente el recursos

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naturales, puesto que el deber de los gobiernos es de consultar a los pueblos previo la toma de

decisiones que puedan afectarlos o a la vez beneficiarlos.

Se requiere una plena y efectiva participación de las comunidades indígenas locales en la

formulación, implementación y monitoreo de actividades el de las tierras, agua, proteger los bosques y

sus medios de vida, y el permanente combate a la pobreza, los mismos que indican que deben ser

temas primordiales del Estado.

En el caso de las patentes como antecedente tenemos que inició en Italia, con el estatuto de Venecia

en 1474, mismo que fue emitido por la República de Venecia. Se emitió un decreto por el cual los

nuevos dispositivos y la actividad inventiva, una vez que habían sido puestos en práctica, tenían que

ser comunicados a la República para obtener protección jurídica contra los infractores potenciales. El

período de protección era de 10 años.

La primera patente registrada se otorgó en el año 1421 en Florencia, Italia al arquitecto e ingeniero

Filippo Brunelleschi. La patente le dio un monopolio de tres años en la manufactura de una barca de

transporte con un engranaje de elevación, usado para levantar mármol. Estos privilegios otorgados a

los inventores se propagaron desde Italia hacia otros países europeos.

Desde su inicio la Constitución de los Estados Unidos de América (USA), reconoció la necesidad

de proteger la propiedad intelectual de las innovaciones desarrolladas por científicos, inventores y

empresarios. Thomas Jefferson, tercer presidente de los Estados Unidos junto con otros líderes,

promovió la creación del primer sistema nacional de patentes en el año 1790. El Primer Congreso de

los Estados Unidos aprobó la propuesta en donde se requería entregar los modelos de los inventos,

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limitando la duración de una patente a 14 años. Después de 1880, la Oficina de Patentes y Marcas de

los Estados Unidos (USPTO), no requirió entregar los modelos de las patentes por no tener espacio

donde almacenarlos.

Como bien es conocido la Industria Farmacéutica ha sido la gran impulsadora del sistema de

patentes en todos los países, por la emisión de medicamentos recientemente modificados o

desarrollados. Cuando una patente expira se puede utilizar el nombre genérico que obviamente pasaría

a Propiedad Pública y puede ser producida por cualquier empresa que cumpla con los requisitos que

exija la ley local.

Las farmacéuticas son de carácter internacional que utilizan para curar dolencias o males sustancias

obtenida por especieros o curanderos o simplemente lo adquirían o compraban a países en vías de

desarrollo.

Uno de los ejemplos claros de patentes farmacéuticas esta Friederich Wahter, quien al calentar

cianato de amonio consiguió producir úrea. El primer fármaco sintético fue acetofenidina

comercializado por Bayer. En 1899 el ácido acetilsalicílico conocido comúnmente como la aspirina. El

caso más sonado hasta nuestros tiempos es la patente de la Ayahuasca y la extracción de 750

Epipedobates tricolor (Epipedobates anthonyl), entre otros.

En la década de los 80, el dueño del Laboratorio farmacéutico estadounidense Loren Miller, obtuvo

plantas de Ayahuasca del pueblo Cofán de nuestra amazonía, al llegar a Estados Unidos obtuvo la

patente de la planta. Cuyo nombre científico de la ayahuasca es banisteriopsis caapi, que al ser

comercializada en el mismo país fue reconocida como nativa de la selva amazónica. Es por ello que la

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Coordinadora de las Organizaciones Indígenas de la Cuenca Amazónica (Coica), la Alianza para los

Pueblos Indígenas y Tradicionales de la Cuenca Amazónica y el Centro para el Derecho Internacional

del Medio Ambiente (Ciel) en 1996 presentaron una solicitud de revocación de esta planta que es

sagrada utilizada para rituales por cientos de años utilizados por los indígenas.

La patente fue cancelada y se la restableció en el 2001 al mismo Loren Miller. Las Oficina de

Patentes y Marcas Registradas de Estados Unidos (PTO) en Washington rechazó la patente en el hecho

de que publicaciones que describen a la ayahuasca eran conocidas y disponibles antes de la

presentación de la solicitud de patente, por lo tanto no representa ningún descubrimiento.

La ayahuasca es una planta con la cual se produce una bebida alucinógena que usan los chamanes

en sus ritos religiosos. Es una planta trepadora que se ha extendido sobre los andes hasta las costas del

pacifico de Ecuador y Colombia. Los pueblos indígenas advierten que su uso indebido podría ser al

igual que la coca, ser transformado en un narcótico de alta peligrosidad para la sociedad.

Con esta patente formaría parte de la biopiratería de especies vegetales y conocimientos ancestrales

de los pueblos indígenas. Las transnacionales farmacéuticas desde varias décadas han puesto su

atención en la selva húmeda tropical en donde se presume que el 30% de las plantas que crecen es

medicinal.

La epibatidina es un alcaloide obtenido de la piel de Epipedobates tricolor (Epipedobates anthonyl),

que es doscientas veces más potente que analgésicos comunes. Esta patente fue obtenida en la década

de los 70, de la piel de la rana, fue desmenuzada y triturada para extraer de ella la epibatidina. La rana

es una variedad endémica del sur occidente del país.

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Los beneficios son diversos que ha desatado hace algunos años una profunda investigación por

parte de importantes laboratorios farmacéuticos ha dado lugar a varias patentes relacionadas con sus

efectos y procedimientos para su preparación.

Este es un caso crítico puesto que estas ranas fueron sacadas del Ecuador y farmacéuticas se

benefician del todo de esta patente. Cuando se concedió esta patente el país no contaba con una

protección definida es por ello que de aquí las grandes industrias farmacéuticas entraban y salían de las

comunidades. Con estos antecedentes el Ecuador aprobó el CONVENIO DE LAS NACIONES

UNIDAS SOBRE DIVERSIDAD BIOLÓGICA - Río de Janeiro, Brasil, junio 5, 1992; cuya

aprobación y ratificación por Ecuador consta en el R.O. 148 de marzo 16, 1993); y la DECISIÓN 391:

RÉGIMEN COMÚN SOBRE ACCESO A LOS RECURSOS GENÉTICOS de la Comisión del

Acuerdo de Cartagena (R.O. 41, de octubre 7, 1996). Con estos instrumentos se daba la protección

adecuada que esta tipo de material genético y conocimientos ancestrales.

De esta manera el IEPI con estos instrumentos ha podido de alguna manera frenar estos atropellos

que se han venido dando en épocas pasadas. Ya que la patente de la epibatidina fue registrada cuando

el país no contaba con una protección adecuada. Además fue declarado Patrimonio de la Humanidad es

por ello que se aprovecharon las farmacéuticas de esta situación.

Para una mejor prevención el IEPI también creo la oficina de Recursos Genéticos, Conocimientos

Tradicionales y Expresiones Culturales. Es una dependencia de la Dirección Nacional de Obtenciones

Vegetales. La ex Directora Nacional de Obtenciones Vegetales Deyanira Camacho asegura que los

derechos de la propiedad intelectual dan valor a la biodiversidad y que al protegerla se respalda a todos

sus actores: a los que inventan, a las industrias que giran alrededor de esas creaciones, a los

inversionistas e incluso a las comunidades indígenas originarias y sus saberes tradicionales.

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“Sin duda los estudios de los norteamericanos fueron un importante aporte para la comunidad

científica, pero ese resultado solo fue posible gracias a dos factores fundamentales: la valiosa

información entregada por la comunidad indígena y la investigación realizada en 750 ranas en nuestro

país...”, indica al referirse al caso de la Epibatidina.

El problema en Ecuador es que aunque se requiere tener un permiso del Ministerio de Ambiente (de

acceso a los recursos) para trabajar en biodiversidad, los investigadores extranjeros por lo general se

internan en las comunidades y logran que los indígenas les traspasen los conocimientos tradicionales

respecto del uso de determinada planta. Luego van a su país, lo procesan, lo patentan y regresan al

Ecuador el medicamento, que para muchos es inasequible.

“Este científico ya no tiene que descubrir para qué sirve. Y no solo se llevan de aquí nuestros

recursos genéticos y biológicos, sino que además el conocimiento, y ni el Ecuador ni las comunidades

reciben un centavo”, explica ella.

La oficina de Recursos Genéticos, Conocimientos Tradicionales y Expresiones Culturales trabaja de

forma paralela en proyectos que permitan proteger la biodiversidad y los saberes de nuestras

comunidades. Uno de ellos es la construcción de una base de datos en la que se detallen los recursos

genéticos y conocimientos tradicionales existentes en el país. Hay algunos de dominio público que se

conocen a través de libros, pero otros que solo guardan celosamente las comunidades. Para ello,

cuentan entre su equipo con el antropólogo Pablo Hermida, quien propicia un acercamiento y

conocimiento con las diferentes poblaciones.

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Ecuador protege las nuevas creaciones relacionadas con la obtención de variedades vegetales, por

ejemplo, nuevas semillas de papa, maíz, frutilla o variedades de rosas. Sin embargo, no todos los

sectores se han preocupado por registrar los resultados de sus investigaciones, pese a que ello

contribuye al incremento en cantidad y calidad de las cosechas del país.

Las cifras lo demuestran. El IEPI ha emitido 335 certificados de obtentor para nuevas variedades de

flores y tiene otras 365 solicitudes de registro en trámite. Pero en otras áreas como la agrícola no

existen solicitudes ni certificados otorgados. Hay, además, cuatro certificados emitidos para nuevas

variedades de frutillas y cinco en trámite. Y en proceso de registro, tres variedades de caña de azúcar,

dos de alcachofa, dos de arroz (semilla), una de pasto (semilla) y una de piña.

Deyanira Camacho también indica que “Vivimos en un país eminentemente agrícola y las semillas

deberían ser las principales que se protejan. Hay instituciones que hacen investigación agropecuaria y

no protegen sus creaciones, y luego no pueden recibir los réditos que debe generar una investigación,

pues el país no puede exportar conocimientos”

COICA es Coordinadora de las Organizaciones Indígenas de la Cuenca Amazónica, cuyos países

integrantes son: Venezuela, Ecuador, Guyana Francesa, Surinam, Colombia, Brasil, Perú, Bolivia,

Guayana; es una instancia de coordinación de 9 organizaciones indígenas amazónicas, fundada en

Lima en 1984, donde funcionó como sede hasta 1992. Desde 1993, ésta se encuentra de manera

permanente en Quito, donde es legal y jurídicamente reconocida por el Estado.

En el caso de la ayahuasca COICA siempre estuvo pidiendo la revocación de la patente, pidió

revisiones para que esta patente quedara sin efecto puesto que consideraban que esta era una planta

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sagrada utilizada en rituales por cientos de años por los indígenas. Fue comercializada en Estado

Unidos y fue reconocida como nativa de la selva amazónica.

Parte integrante de COICA es COFENIAE Confederación de Nacionalidades Indígenas de la

Amazonía Ecuatoriana, indica que esta decisión tomada por COICA establece un antecedente jurídico,

e indicaron que la Oficina de Patentes y Marcas Registradas de Estados Unidos (PTO) debe abordar la

cuestión de si es ético o no que las solicitudes de patentes reclamen derechos particulares sobre una

planta o conocimientos que es sagrado para un grupo cultural o étnico.

COICA en si representa a más de 400 comunidades, con esta patente indicaron que es una grave

afrenta porque están comercializando un elemento de sus ceremonias religiosas y curativas, ya que

según la tradición solo los chamanes están autorizados a preparar brebajes ceremoniales hecho de la

planta sagrada y ningún miembro de la comunidad puede beberlo sin la guía del chaman.

Cualquiera puede patentar una planta en Estados Unidos si se trata de una variedad nueva y distinta.

La idea original consiste en recompensar a los cultivadores de frutas con el derecho exclusivo al uso y

la venta de nuevas variedades.

La COICA declaró a Miller como enemigo de los pueblos indígenas, y por consiguiente le pueden

impedir penetrar en sus territorios. Ante esto la organización gubernamental norteamericana IAF

(Fundación Interamericana) resolvió condicionar en el futuro sus ayudas a COICA, pues consideró que

esto era una amenaza para un ciudadano estadounidense.

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En 1995 la Coordinadora de la COICA se enteró de la existencia de la patente por lo que decidió

luchar por su revocatoria, protestando también por lo que considera un caso flagrante de “biopiratería”.

Antonio Jacanamijoy, coordinador general de la organización, en la petición hecha a la Oficina de

Patentes de Estados Unidos, expresó: “Los pueblos indígenas representados por la COICA creen que la

comercialización de un ingrediente de nuestras ceremonias religiosas y curativas es un profundo insulto

a más de 400 culturas que habitan en la cuenca amazónica. La ayahuasca les da a los chamanes el

poder para curar a nuestros enfermos, hablar con los espíritus y adivinar el futuro. Pertenece a todas las

comunidades que la usan. Es imposible que sea propiedad de un solo hombre”.

Los pueblos indígenas advierten sobre el uso indebido que se podría dar a la ayahuasca, pues, temen

que al igual que la coca, podría ser transformado en un narcótico de alta peligrosidad para la sociedad.

Luego de unos años, no sería nada raro que los chamanes que utilizan la ayahuasca, sean perseguidos

como actualmente sucede con los cocaleros de Perú y Bolivia.

Patentar la ayahuasca forma parte de la historia de la “biopiratería” de las especies vegetales y de

los conocimientos ancestrales de los pueblos indígenas. Las transnacionales farmacéuticas, desde hace

varios años, han puesto el ojo en la selva húmeda tropical en donde se presume que el 30% de las

plantas que crecen es medicinal.

Todo indica que esta es la primera vez que un grupo de indígenas exige la anulación de una patente

basándose en valores religiosos y ceremoniales. Según los entendidos sentará precedentes importantes

para establecer los límites de la propiedad intelectual sobre conocimiento tradicional y la biodiversidad

de otras sociedades y culturas.

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Los primeros logros del trabajo de COICA, fueron constatados en 1999, el 3 de noviembre, cuando

la Oficina de Patentes y Registro de Marcas de los Estados Unidos, decidió suspender

provisionalmente la patente ya citada, habiendo argumentado que la planta patentada había sido

conocida con anterioridad y que ya había estado disponible antes de la patente. La legislación de los

USA sobre el tema establece que un invento o descubrimiento no puede ser patentado si ha sido

previamente descrito en una publicación impresa en cualquier país, mínimo un año antes de la fecha en

que se haya hecho la aplicación para la patente. Se logró la suspensión temporal de la patente porque la

presentada como “nueva variedad de Yagé” había sido descrita antes en el Herbario de la Universidad

de Michigan. Irónicamente, en la decisión no primó el respeto por los conocimientos ancestrales.

Hay que tener presente que los Estados Unidos, es uno de los pocos países que no ha ratificado el

Convenio sobre la Coordinadora de las Organizaciones Indígenas de la Cuenca Amazónica.

2.1.1.3. Fundamentación Legal

Al hablar de la Propiedad Intelectual debemos basarnos a la Constitución de la República en la

Sección segunda que trata del Ambiente sano, se refiere en su art. 14 a que se debe reconoce el

derecho de la población a vivir en un ambiente sano y ecológicamente equilibrado, que garantice la

sostenibilidad y el buen vivir, sumak kawsay. Se declara de interés público la preservación del

ambiente, la conservación de los ecosistemas, la biodiversidad y la integridad del patrimonio genético

del país, la prevención del daño ambiental y la recuperación de los espacios naturales degradados. Es

importante tomar en consideración este artículo ya que hace concienciar a las personas a la

conservación y preservación de nuestro medio ambiente, nuestra biodiversidad y conocimientos

ancestrales.

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Así como también lo manifiesta en la Sección cuarta en Cultura y ciencia en el artículo 21que las

personas tienen derecho a construir y mantener su propia identidad cultural, a decidir sobre su

pertenencia a una o varias comunidades culturales y a expresar dichas elecciones; a la libertad estética;

a conocer la memoria histórica de sus culturas y a acceder a su patrimonio cultural; a difundir sus

propias expresiones culturales y tener acceso a expresiones culturales diversas. No se podrá invocar la

cultura cuando se atente contra los derechos reconocidos en la Constitución.

En el artículo 3 nos enumera los deberes primordiales del Estado que entre ellos tenemos:

1. Garantizar sin discriminación alguna el efectivo goce de los derechos establecidos en la

Constitución y en los instrumentos internacionales, en particular la educación, la salud, la

alimentación, la seguridad social y el agua para sus habitantes.

2. Garantizar y defender la soberanía nacional.

3. Fortalecer la unidad nacional en la diversidad…

Al hablar de la soberanía, también conlleva a la protección de nuestro conocimiento ancestral y el

deber del Estado como bien lo menciona el artículo precedente es garantizar la protección y defenderlo,

pero no se lo puede proteger ya que no existe una normativa o una legislación que la proteja del todo

simplemente esta mencionándolo pero en la práctica es todo lo contrario.

Como referencia también debemos contar con la Ley de Propiedad Intelectual, la misma que nos

indica que los conocimientos tradicionales y biodiversidad no se puede proteger con la patente, ya que

debe cumplir los tres requisitos para configurarse como tal que es la novedad, nivel inventivo y que sea

de aplicación industrial. Los conocimientos colectivos y biodiversidad no son nuevos, no tienen un

nivel inventivo como tal no se puede proteger de esa manera.

Tampoco por derechos de autor, ni como obtenciones vegetales ya que debe existir un

mejoramiento vegetal de plantas. El Convenio de Diversidad Biológica (Río de Janeiro, Junio 1992) es

una manifestación entre 150 gobiernos que persiguen la protección, conservación de la diversidad

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biológica, la utilización sostenible de sus componentes y la participación justa de sus beneficios que se

deriven de la utilización de los recursos genéticos, un acceso adecuado a estos recursos y una

transferencia apropiada de las tecnologías pertinentes.

Dentro del Código Civil, en su Art. 601, en el Título Segundo concerniente al Dominio indica que

las producciones del talento o del ingenio son propiedad de sus autores, mismas que están regidas por

leyes especiales.

En el Art. 57 numeral 12 de Constitución de la Republica indica: Mantener, proteger y desarrollar

los conocimientos colectivos; ciencias, tecnologías y saberes ancestrales; recursos genéticos que

contienen la diversidad biológica y la agrodiversidad; su medicinas y prácticas de medicina tradicional;

con inclusión del derecho a recuperar, promover y proteger los lugares rituales y sagrados, así como

plantas, animales, minerales y ecosistemas dentro de sus territorios; y el conocimiento de los recursos y

propiedades de la fauna y flora. Se prohíbe toda forma de apropiación sobres sus conocimientos,

innovaciones y prácticas.

La Constitución en realidad no protege a la biodiversidad y conocimientos ancestrales o

tradicionales del todo ya que no se ha creado una ley específica al respecto. Dentro del territorio

nacional se encuentra protegida, sabemos claramente que debemos proteger nuestro medio para tener

así un buen vivir.

En el Art. 171 de nuestra Constitución, establece que: las autoridades de las comunidades, pueblos y

nacionalidades indígenas ejercerán funciones jurisdiccionales, con base en sus tradiciones ancestrales y

su derecho propio, dentro de su ámbito territorial, con garantías de participación y decisión de las

mujeres. Las autoridades aplicaran normas y procedimientos propios para la solución de sus conflictos

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internos, y que no sean contrarios a la Constitución y a los derechos humanos reconocidos en

instrumentos internacionales. El Estado garantizara que las decisiones de la jurisdicción indígena sean

respetadas por las instituciones y autoridades públicas. Dichas decisiones estarán sujetas al control de

constitucionalidad. La ley establecerá los mecanismos de coordinación y cooperación entra la

jurisdicción indígena y la jurisdicción ordinaria.

Este aspecto es fundamental ya que se está respetando ciertamente a las autoridades de los pueblos

indígenas; estas comunidades tienen sus propias autoridades, dirigentes y representantes.

Con la Constitución del 2008 se creó este “Sistema Nacional de Ciencia, Tecnología, Innovación y

Saberes Ancestrales” que es coordinado por Secretaria Nacional de Ciencia y Tecnología, organismo

del Estado adscrito a la Secretaria Nacional de Planificación y Desarrollo que tiene como objetivos

principales recuperar, fortalecer y potenciar los saberes ancestrales. Se ha creado un organismo, pero

¿cómo se puede resguardar sino existe una ley que la proteja del todo?

El Estado a través de este organismo ha implementado la política de implementar propuestas para

fomentar la investigación en la cual participan la mayoría de universidades y escuelas politécnicas del

país, y también esta las propuestas del sector privado.

En el Art. 322 indica que se reconoce la propiedad intelectual de acuerdo con las condiciones que

señale la ley. Se prohíben toda forma de apropiación de conocimientos colectivos, en el ámbito de las

ciencias, tecnología y saberes ancestrales. Se prohíbe también la apropiación sobre los recursos

genéticos que contiene diversidad biológica y la agrobiodiversidad. Al igual que el Art. 402 indica que

se prohíbe el otorgamiento de derechos, incluidos los de propiedad intelectual, sobre productos

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derivados o sintetizados, obtenidos a partir del conocimiento colectivo asocia a la biodiversidad

nacional. Este artículo es fundamental ya que es una barrera para que se proteja con un sistema de

Propiedad Intelectual, es por ello que el IEPI solo creara un registro de todos estos conocimientos y

biodiversidad para evitar que sean apropiados tanto por nacionales como personas extranjeras.

2.1.2. Definición de términos básicos

Área Protegida.- Espacio terrestre y/o marino con límites geográficos definidos que está regulada y

administrada para alcanzar objeticos específicos de conservación, porque tiene una alta diversidad

biológica in situ (Fundación José Peralta 2001)

Biodiversidad o diversidad biológica.- Es la totalidad de genes, especies y ecosistemas (Reid y

Miller 1989). Los genes diferencian a unos individuos de otros, las especies son un grupo de individuos

que se encuentran en el mismo hábitat, se reproducen entre sí y generan descendencia fértil, y los

ecosistemas agrupan a los hábitats donde viven las poblaciones de plantas, animales y microbios.

(Nebel Wright 199; Pérez de las Heras 2004)

Conservación.- Es el manejo y aprovechamiento sostenible de los recursos biológicos renovables

con el fin de perpetuar en el tiempo y el espacio la tasa de su población para garantizar su uso

permanente.

Ecosistema.- Es una comunidad de seres vivos que coexisten en un determinado espacio geográfico

y cuyos procesos de vida se relacionan entre si

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Preservación.- Es la protección de los recursos biológicos y ecosistemas contra riesgos,

particularmente con el fin de resguardarlos de daños materiales y garantizar su existencia.

Propiedad.- Es el dominio que un individuo tiene sobre una cosa determinada, con la que puede

hacer lo que dese su voluntad (Guillermo Cabanellas)

Expresiones del folklore: Producciones de elementos característicos del patrimonio cultural

tradicional, constituidas por el conjunto de obras literarias y artísticas, creadas en el territorio nacional,

por autores no conocidos o que no se identifiquen, que se presuman nacionales del País, de sus

comunidades étnicas y se transmitan de generación en generación, de manera que reflejen las

expectativas artísticas o literarias tradicionales de una comunidad. (Ley de Propiedad Intelectual)

2.1.2.1. Conceptos

2.1.2.1.1 PROPIEDAD INTELECTUAL.

La propiedad intelectual, desde el punto de vista de la tradición continental europea y de gran parte

de los países latinoamericanos, supone el reconocimiento de un derecho particular en favor de un autor

u otros titulares de derechos, sobre las obras del intelecto humano.

A decir del Dr. Esteban Argudo, profesor de la materia “Derechos de Autor y Protección” en la

Pontificia Universidad Católica del Ecuador, la protección de la propiedad intelectual otorga al autor,

creador o inventor, el derecho de ser reconocidos como titulares de la obra o creación, y por lo tanto,

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son los únicos que pueden explotar o permitir la explotación de su obra o creación. De igual forma, el

titular de dichos derechos está facultado para ejercer todas las acciones que se requieran para impedir

que terceros exploten su obra o creación sin su autorización.3

En los términos de la Declaración Mundial sobre la Propiedad Intelectual, votada por la Comisión

Asesora de las políticas de la Organización Mundial de la Propiedad Intelectual (OMPI), el 26 de junio

del año 2000, es entendida similarmente como "cualquier propiedad que, de común acuerdo, se

considere de naturaleza intelectual y merecedora de protección, incluidas las invenciones científicas y

tecnológicas, las producciones literarias o artísticas, las marcas y signos distintivos, los dibujos y

modelos industriales y las indicaciones geográficas".

Al igual que los bienes materiales, todas las creaciones intelectuales pueden ser objeto de un tipo de

propiedad más conocido como Propiedad Intelectual. Esto quiere decir que una obra literaria, artística

o científica corresponde al autor por el solo hecho de crearla.

Según la OMPI, Organización Mundial de la Propiedad Intelectual indica que la Propiedad

Intelectual tiene que ver con las creaciones de la mente: las invenciones, las obras literarias y artísticas,

los símbolos, los nombres, las imágenes y los dibujos y modelos utilizados en el comercio.4 Los

derechos de propiedad intelectual protegen los intereses de los creadores en virtud de sus creaciones,

otorgados por el estado para usarlos o explotarlos comercial e industrialmente.

3 Dr. Esteban Argudo, Socio Fundador en Estudio Jurídico AA&B Legal

4 www.wipo.int. Página oficial de la OMPI

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Los derechos de propiedad intelectual permiten a los creadores o a los titulares de patentes, de

marcas o de obras protegidas por derecho de autor obtener provecho de su obra o de su inversión en la

creación. Estos derechos se exponen en el artículo 27 de la Declaración Universal de Derechos

Humanos, que contempla el derecho de toda persona a la protección de los intereses morales y

materiales que se derivan de la autoría de las producciones científicas, literarias o artísticas.

La propiedad intelectual debe protegerse y fomentarse por varios motivos determinantes. En primer

lugar, porque el progreso y bienestar de la humanidad dependen de su capacidad de crear e inventar

nuevas obras en los ámbitos de la tecnología y la cultura. En segundo lugar, porque mediante la

protección jurídica de las nuevas creaciones se incentiva la inversión en nuevos recursos, lo que, a su

vez, propicia que se siga innovando. En tercer lugar, porque con el fomento y la protección de la

propiedad intelectual se estimula el crecimiento económico, se generan nuevas plazas de trabajo,

nuevas industrias con lo que se enriquece y mejora la calidad de vida.

Como parte del sistema de las Naciones Unidas, la OMPI constituye un foro en el que sus Estados

miembros elaboran y armonizan las normas y prácticas destinadas a proteger los derechos de propiedad

intelectual. La OMPI adicional administra los sistemas de registro internacional de marcas, diseños

industriales y denominaciones de origen, y un sistema internacional de presentación de solicitudes de

patente. Ante la aceleración de la mundialización del comercio y la rápida evolución de la innovación

tecnológica, resulta fundamental la función de la OMPI en la consolidación de estos nuevos sistemas,

encargándose de negociar tratados, de afianzar los sistemas de registro y la observancia de los derechos

de propiedad intelectual, y de prestar asistencia, formación jurídica y técnica mediante diversas

actividades, puesto que la propiedad intelectual supone reconocimiento de un derecho particular en

favor de un autor u otros titulares de derechos sobre obras de intelecto humano.

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A su vez la Declaración Mundial sobre la Propiedad Intelectual indica que la propiedad intelectual

es "cualquier propiedad que, de común acuerdo, se considere de naturaleza intelectual y merecedora de

protección, incluidas las invenciones científicas y tecnológicas, las producciones literarias o artísticas,

las marcas y signos distintivos, los dibujos y modelos industriales y las indicaciones geográficas”5

El Ministerio de Educación y Cultura del Gobierno de España también emite un concepto de

propiedad intelectual como es el conjunto de derechos que corresponden a los autores y a otros titulares

(artistas, productores, organismos de radiodifusión...) respecto de las obras y prestaciones fruto de su

creación. 6

La Universidad de Guatemala señala que propiedad intelectual se utiliza para denominar el derecho

de propiedad que se genera sobre los productos de la creatividad humana.7 En un marco amplio se

puede considerar que se genera una propiedad sobre creaciones o invenciones.

La capacidad creativa del hombre se revela de las formas más variadas, ya sea como obras, cuadros,

canciones, etc., cuya finalidad es la manifestación de valores puramente estéticos o como respuesta a

problemas que enfrentamos actualmente en la ciencia, la industria o el comercio.

El Consejo Nacional de Ciencia y Tecnología (Conacyt) la define como el “conjunto de derechos

patrimoniales de carácter exclusivo que otorga el Estado por un tiempo determinado a las personas

físicas o morales que llevan a cabo creaciones artísticas, o que realizan invenciones o innovaciones, y

5 www.wipo.int/about-wipo/es/pac/ip_declaration.htm

6 www.educacion.gob.es/

7 www.propiedadintelectual.udg.mx

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de quienes adoptan indicaciones comerciales; éstos pueden ser productos y creaciones objetos de

comercio”8

Según el Centro de Documentación Europea de Alicante indica que la Propiedad Intelectual

creación original, en cuanto que plasmación material de la individualidad y subjetividad del creador. El

mayor o menor grado artístico no entra en consideración, basta que estemos ante una obra o creación

fruto de la individualidad creativa de su autor, y con independencia de que éste se articule en un único

sujeto o en varios.9

2.1.2.1.2. PATENTE.

Es un conjunto de derechos exclusivos que el Estado concede a un inventor por un cierto periodo de

tiempo para la divulgación y explotación de su invención. Si alguien desea hacer uso de la tecnología

patentada deberá contar con una autorización de quien es el titular de la patente.

Según la OMPI una patente es un derecho exclusivo concedido a una invención, es decir, un

producto o procedimiento que aporta, en general, una nueva manera de hacer algo o una nueva

solución técnica a un problema. Una patente proporciona protección para la invención al titular de la

patente. La protección se concede durante un período limitado que suele ser de 20 años.

8 www.conacyt.mx/

9 www.cde.ua.es/

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La protección de una patente significa que la invención no puede ser confeccionada, utilizada,

distribuida o vendida comercialmente sin el consentimiento del titular de la patente. El cumplimiento

de los derechos de patente normalmente se hace respetar en los tribunales que, en la mayoría de los

sistemas, tienen la potestad de sancionar las infracciones a la patente. Del mismo modo, un tribunal

puede asimismo declarar no válida una patente si un tercero obtiene satisfacción en un litigio

relacionado con la patente.

El titular de una patente tiene el derecho de decidir quién puede -o no puede- utilizar la invención

patentada durante el período en el que está protegida la invención. El titular de la patente puede dar su

permiso, o licencia, a terceros para utilizar la invención de acuerdo a términos establecidos de común

acuerdo. El titular puede asimismo vender el derecho a la invención a un tercero, que se convertirá en

el nuevo titular de la patente. Cuando la patente expira, expira asimismo la protección y la invención

pasa a pertenecer al dominio público; es decir, el titular deja de detentar derechos exclusivos sobre la

invención, que pasa a estar disponible para la explotación comercial por parte por parte de terceros. Las

patentes constituyen incentivos para las personas, ya que les ofrece reconocimiento por su creatividad y

recompensas materiales por sus invenciones comercializables. Estos incentivos alientan la innovación,

que garantiza la mejora constante de la calidad de la vida humana.

Las invenciones patentadas han invadido todos los aspectos de la vida humana, desde la luz

eléctrica (cuyas patentes detentaban Edison y Swan) al plástico (cuyas patentes detentaba Baekeland),

pasando por los bolígrafos (cuyas patentes detentaba Biro) y los microprocesadores (cuyas patentes

detentaba Intel), por ejemplo.

Todos los titulares de patentes deben, a cambio de la protección de la patente, publicar información

sobre su invención, a fin de enriquecer el cuerpo total de conocimiento técnico del mundo. Este

creciente volumen de conocimiento público promueve una mayor creatividad e innovación en otras

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personas. Así pues, las patentes proporcionan no sólo protección para el titular sino asimismo

información e inspiración valiosa para las futuras generaciones de investigadores e inventores.

La CLEA, cuyo significado es Colección de Leyes Electrónicamente Accesibles, proporciona

información de propiedad intelectual de amplia gama a diversos países y regiones, de igual manera de

tratados administrados por al OMPI. Muchas oficinas nacionales o regionales de patentes proporcionan

información sobre la legislación nacional o regional correspondiente en sus sitios Web. En la siguiente

dirección figura una lista de URL de oficinas nacionales y regionales de propiedad intelectual. 10

Según el portal de inventores mexicanos una patente le permite al inventor evitar que otros hagan

uso comercial, sin su permiso, de su invento. Este monopolio y derecho de control sobre la idea dura

generalmente 20 años, después de los cuales la patente pasa a ser del dominio público y cualquiera

puede hacer uso de ella.

Se otorga una patente a cambio de revelarla públicamente y que otros puedan aprender de ella. Una

patente es una clase de propiedad personal, con muchos de sus atributos. Puede ser vendida,

hipotecada, heredada en caso de muerte del inventor. También el inventor puede autorizar a otros a

fabricar, usar o vender su invento, obteniendo regalías o compensaciones por ello.

El derecho del inventor incluye evitar que otros fabriquen productos semejantes o “equivalentes” de

su tecnología patentada. En caso de infracción, el inventor puede demandar legalmente al infractor,

solicitando el pago de daños y demandar al infractor abstenerse de transgredir la ley en el futuro.

10

www.wipo.int/directory/es/urls.jsp

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Según el Instituto Ecuatoriano de Propiedad Intelectual una patente es un derecho negativo,

otorgado por el Estado a un inventor o a su causahabiente (titular secundario). Este derecho permite al

titular de la patente impedir que terceros hagan uso de la tecnología patentada. El titular de la patente

es el único que puede hacer uso de la tecnología que reivindica en la patente o autorizar a terceros a

implementarla bajo las condiciones que el titular fije. En definitiva, las patentes son sistemas de

monopolios otorgados por los Estados por un tiempo limitado que actualmente, según normas del

ADPIC es de veinte años. Después de la caducidad de la patente cualquier persona puede hacer uso de

la tecnología de la patente sin la necesidad del consentimiento del titular de ésta. La invención entra

entonces al dominio público.

El titular de una patente puede ser una o varias personas nacionales o extranjeras, físicas o jurídicas,

combinadas de la manera que se especifique en la solicitud, en el porcentaje ahí mencionado. Los

derechos de las patentes caen dentro de lo que se denomina propiedad industrial y, al igual que la

propiedad inmobiliaria, estos derechos se pueden transferir por actos entre vivos o por vía sucesoria,

pudiendo: rentarse, licenciarse, venderse, permutarse o heredarse. Las patentes pueden también ser

valoradas, para estimar el importe económico aproximado que debe pagarse por ellas. Una patente es

un conjunto de derechos exclusivos garantizados por un gobierno o autoridad al inventor de un nuevo

producto (material o inmaterial) susceptible de ser explotado industrialmente para el bien del

solicitante de dicha invención (como representante por ejemplo) durante un espacio limitado de tiempo

(generalmente veinte años desde la fecha de solicitud).

2.1.2.1.3. BIOPIRATERIA.

Biopiratería como si no se encuentra establecido en la Constitución o leyes o diccionarios. Es por

ello que recogeré conceptos acerca de biopiratería que me ayudara a desarrollar este capítulo.

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Según Vandana Shiva indica que la biopiratería es: “Uso injustificado de los sistemas de propiedad

intelectual, con el objeto de asegurar la legitimidad de la apropiación exclusiva y en esta misma

dirección, del control sobre múltiples recursos, productos y procesos biológicos, que se relacionan

fundamentalmente, con la diversidad genética” 11

Según James Mittelman indica que la biopiratería es una de las trincheras de las resistencia

contemporánea al proceso de expansión del modelo hegemónico de sociedad y economía, que ha

permitido unir cuestiones aparentes independientes como la degradación medioambiental, la justicia

social y agraria, etc., es un discurso que interconecta deiversas dimensiones de la vida. 12

Según el RAFI, que significa Rural Advancement Foundation International definió a la biopiratería

como “el uso de leyes de propiedad intelectual para tener el control monopólico sobre recurso

genéticos que se basan en los conocimientos y la innovación de agricultores y pueblos indígenas. 13

Según Gunawardane indica que la biopiratería tiene como punto inicial y central “la pérdida de

derechos” respecto a los conocimientos tradicionales que, directa o indirectamente, son utilizados y

apropiados usando mecanismos de la propiedad intelectual u otro derecho.14

11

Shiva, V, Protect or plunder? Understanding intellectual property, Zed books, Londres, 2001, pag 49 12

Cfr. Mittelman, J, The globalization syndrome. Transformation and resistance, cit, pag 167 13

RAFI The Conservation and Development of Indigenous knowledge in the context of Intellectual Property Systems. Report for

UNDP, Noviembre 1993. 14

Gunawardane, Jagath. Biopiracy: defining the problem. En: Midweek Review. http. //origin.island.lk/2002/03/13/midwee04.html

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47

Según Vogel, indica que la biopiratería su punto central es “biofraude” pues este fenómeno es que

los interesados no pagan por una renta económica (derivada de la información genética y los

conocimientos tradicionales) que aprovechan libremente. 15

ETC Group define a la biopiratería como “la apropiación del conocimientos y los recursos genéticos

de comunidades indígenas y de agricultores por individuos e instituciones que buscan control exclusivo

(a través de patentes o propiedad intelectual) sobre dichos conocimientos y recursos. ETC Group

considera que la propiedad intelectual resulta predatoria de los derechos y el conocimiento de estas

comunidades. 16

La organización peruana de Iniciativa Andino amazónica para la prevención de la biopiratería

indica que es “el acceso, uso y/o aprovechamiento ilegal, irregular y/o inequitativo de recursos

biológicos y sus derivados, así como de los conocimientos tradicionales de los pueblos indígenas

asociados a ellos, en especial mediante el uso de la propiedad intelectual, con la finalidad de irrogarse

derechos exclusivos sobre ellos”

Como podemos notar la biopiratería se basa a un acceso ilegal a los recursos biológicos y genéticos

para explotarlos económicamente. Es un tipo de piratería moderna ya que es la explotación,

manipulación, exportación y comercialización de recursos biológicos que va en contra de la

Convención de Diversidad Biológica.

15

vogel, Joseph. Nothing in Bioprospecting makes Sense Except in the Light of Economics; A Callenge for Journalists. En Revista

Iberoamericada de la Economia Ecologica. 2004 16 ETC ha estudiado y sido los más fervientes denunciantes de la biopiratería. A través de Seding. http. //www.etcgroup.org y

www.grain.org

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Es el empleo de los sistemas de propiedad intelectual para legitimar la propiedad y el control

exclusivo de los recursos biológicos y de los productos y procesos biológicos que se han utilizado

durante siglos en las culturas no industrializadas

El concepto de Biopiratería nace cuando se le otorga un valor comercial a los recursos de

biodiversidad y por lo tanto su manejo, conservación y uso deben ser regulados17

La biopiratería es una

práctica mediante la cual investigadores y empresas utilizan ilegalmente la biodiversidad de países

subdesarrollados y los conocimientos colectivos de los pueblos indígenas o campesinos, para realizar

productos y servicios que se explotan comercialmente y/o industrialmente sin la autorización de sus

creadores o innovadores. 18

Para el desarrollo de este capítulo utilizaré el termino Bioprospección que es la explotación de la

biodiversidad biológica y del conocimiento indígena asociado a ella, para facilita la selección y

extracción de recursos genéticos y bioquímicos que puedan resultar en productos comerciales. 19

Con el avance de la ingeniería genética, la bioprospección se concentra en los genes de proteínas y

principios procedentes de especies silvestres de los bosques tropicales, de suelo y del mar. La

bioprospección se concentra también en los conocimientos tradicionales ligados a los recursos

genéticos. 20

17

HERNANDEZ, Ana María, Biopiratería y Propiedad Intelectual. pag 120 18

Cruz Roja Ecuatoriana, Junta Provincial de Imbabura 19

Ecuatoriana, Junta Provincial de Imbabura 20

http://base.d-p-h.info/en/fiches/premierdph/fiche-premierdph-1858.html

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La bioprospección es la búsqueda de información a partir de especies biológicas para su uso

posterior en procesos de producción en diversos sectores. Ejemplo de esa información es la contenida

en el material genético de todos los seres vivos en el compuesto químico que producen, en sus

interacciones o en el conocimiento de las personas que de una manera u otra han estudiado a estos

seres vivos.10

2.1.2.1.4. CONOCIMIENTO TRADICIONAL O ANCESTRAL.

Antes de iniciar un estudio y dar una valoración de los conocimientos tradicionales o ancestrales

debemos saber que su significado.

En la Decisión 391 de la Comunidad Andina: los procesos culturales como generadores de

diversidad biología se debe a que existen variedades de plantas y animales que han sido cultivadas y

desarrolladas por las comunidades por medio de prácticas tradicionales lo que significa que se no las

descubrieron sino que fueron desarrolladas.

Se denomina como "Conocimientos Tradicionales" a aquellos que poseen los pueblos indígenas,

afroamericanos y comunidades locales transmitidos de generación en generación, habitualmente de

manera oral y desarrollado al margen del sistema de educación formal. Es relevante su doble

característica en el seno de las culturas indígenas, por un lado, por su antigüedad, y por otro lado, por

su actualidad. Es decir que se tratan de conocimientos dinámicos que se encuentran en constante

proceso de adaptación, basados en un cuerpo sólido de valores y bagajes míticos profundamente

enraizados en la vida cotidiana de los pueblos indígenas. Los conocimientos tradicionales no son

estáticos, sino al contrario, se encuentran en constante proceso de innovación y se adaptan a cambios

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dependiendo el medio en donde interactúan los pueblos indígenas. Esto nos dice el Lic. Rodrigo de la

Cruz, Asesor Técnico de COICA

En el Convenio de Biodiversidad también consta una definición más restringida de estos

conocimientos: Con arreglo a su legislación nacional, respetará, preservará y mantendrá los

conocimientos, las innovaciones y las prácticas de las comunidades indígenas y locales que entrañen

estilos tradicionales de vida pertinentes para la conservación y la utilización sostenible de la diversidad

biológica y promoverá su aplicación más amplia, con la aprobación y la participación de quienes

posean esos conocimientos, innovaciones y prácticas, y fomentará que los beneficios derivados de la

utilización de esos conocimientos, innovaciones y prácticas se compartan equitativamente.

En general el conocimiento tradicional es aquel conocimiento de los pueblos indígenas y de las

comunidades en general relacionado con las plantas medicinales. Se refiere a que este conocimiento es

transmitido de generación en generación, es una visión del mundo y una explicación sobre el orden de

las cosas en todo el universo. Este conocimiento adquiere una fuerza importante ya que al integrarse la

tierra con el ser humano, la naturaleza la biodiversidad integra un todo único e inseparable. La

naturaleza en si le da todo su conocimiento le dota de herramientas que el ser humano solo las elabore

y se nutra de ellas. Es por ello que las industrias farmacéuticas buscan productos nuevos en los que se

pueda emplear este tipo de conocimientos, de allí que resurge otro problema, el afán de lucro.

El conocimiento tradicional de las comunidades o nacionalidades son un conjunto de saberes que

tienen dichos pueblos sobre la vida, relaciones y prácticas dentro de un habitad natural, es decir, de sus

entorno y que han sido adquiridos por medio de la transmisión de generación en generación por lo que

se constituyen o deberán constituir un derecho de dichos pueblos.

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Una clara definición de conocimientos ancestrales es el Art. 8 literal j que indica que el “termino

conocimientos tradicionales, se emplea en el sentido de conocimientos, innovaciones y prácticas de las

comunidades indígenas y locales que entrañen estilos tradicionales de vida que interesan para la

conservación y utilización sostenible de la diversidad biológica”

Es importante, para toda la humanidad tener un antibiótico, poder con un medicamento sanar cierta

herida. Las industrias farmacéuticas han logrado obtener estos conocimientos y poderlos convertir en

medicamentos que sirvan para el consumo humano sin saber que hay detrás de esos conocimientos.

Como ya vimos en los anteriores capítulos, estas enormes industrias se han aprovechado de los pueblos

y nacionalidades de nuestro país para extraer, especies, plantas y parte de estos conocimientos y

nuestro país no ha recibido nada de lo que este tipo de extracción les produjo.

Al tener acceso a este tipo de conocimientos tradicionales las grandes empresas minimizan tiempo y

dinero ya que si consultaran a un indígena les diría como se extrae, como se cultiva hasta como se

utiliza; un laboratorio no lo haría de esa forma, tomaría varios años estudiarla, examinar molécula x

molécula para determinar en donde radica cierto tipo de cura o medicamento.

Es por ello que se le debe dar mayor importancia y valoración a este tipo de conocimientos; pero

como bien sabemos la Convención de la Biodiversidad de una u otra manera protegen los

conocimientos tradicionales y la biodiversidad de cada país suscrito, de ahí que cabe la importancia

repetir que se debe dar una adecuada protección por parte del Estado.

Es por ello también que COICA, Coordinadora de las Organizaciones Indígenas de la Cuenca

Amazónica, ha promovido el reconocimiento de los derechos colectivos de los pueblos indígenas en

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conjunto, puesto que este tipo de conocimientos no son de uno o de otro pueblo sino que no responden

a una territorialidad. Y sobre todo que para esta coordinadora las patentes u otro tipo de propiedad

privada no son aceptables ya que de cierta manera están creando un límite donde no debería ni existir

Pero debemos tomar en consideración que el Convenio 169 de la OIT en Art. 6 literal a, indica que:

Se consultara a los pueblos interesados (indígenas) mediante procedimientos apropiados en particular a

través de sus instituciones representativas cada vez que se prevea medidas legislativas o

administrativas susceptibles de afectarles directamente.

Las consultas llevadas a cabo en la aplicación de este convenio deberá efectuarse de buena fe y de

una manera apropiada a las circunstancias, con la finalidad de llegar a un acuerdo o lograr el

consentimiento acerca de las medidas propuestas (Art. 6, numeral 2)

La relación entre la tierra y los seres humanos ha creado este tipo de cosmovisión, de esta manera

también radica la trascendencia de que se debe entregar un derechos sobre sus tierras y territorios, así

como de todos los recursos generados en ellas. Con este tipo de conocimientos se debería dar un

intercambio no comercial, este sería una de las estrategias llevadas a cabo por el IEPI.

Tenemos que tener en cuenta que así como se debe proteger y valorar estos conocimientos también

es importante darnos cuenta que de a poco estos conocimientos empiezan a desaparecer. Los más

ancianos mueren, con ellos desaparecen todos estos conocimientos. En muchas ocasiones no se ha

dado un registro de todos estos saberes, puesto que estos saberes no constaban en un libro sino estaban

plasmados y conservados por la costumbre. Es por ello que es indispensable que ese registro

anteriormente analizado se lleve a cabo y no solo quede como letra muerta.

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Si bien es cierto que parte de estos conocimientos fueron desapareciendo de a poco con la

colonización, que se impusieron prácticas, creencias, simbología. Los invasores crearon un poder

maligno que en este caso era el poder de los chamanes, ya que tenía sus propias creencias, sabiduría.

Puesto que con la llegada de los españoles trajeron consigo nuevas clase de enfermedades con lo cual,

los indígenas tuvieron que lidiar y curar a todos los pueblos. Así mismo hubo enfermedades que no

tenían ninguna defensa como fue la viruela, con la cual murieron muchos indígenas americanos.

Como hemos notado el interés por estos conocimientos tanto por agentes económicos y

tradicionales. Como uno de los más interesados en estos conocimientos y biodiversidad encontramos a

las bioindustrias que buscan derivados de la biodiversidad, al igual que la empresa Fitomejoradora que

identifica y trata de acceder a prácticas tradicionales de fitomejoramiento variedades criolla y parientes

silvestres de las especies cultivadas.

Tenemos también a la industria extractiva que se apoya en el conocimiento tradicional para

identificar recursos de alto nivel comercial también lo utilizan en los estudio de impacto ambiental para

actividades de prospección y explotación de los recursos naturales. La industria de diseño tiene un

particular interés en pinturas naturales usadas en los pueblos indígenas. Es por ello que nuestro país

debe concentrarse en una protección al respecto.

Es de vital importancia su protección ya que en la región de la cuenca amazónica se encuentra entre

el 30% al 50% de la biodiversidad de la tierra, los médicos indígenas son los custodios de siglos y

siglos de conocimientos acumulados de los recursos medicinales. El conocimiento científico se

encuentra protegido lo que no lo esta es este tipo de conocimientos tradicionales.

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2.1.2.1.5. DIVERSIDAD BIOLÓGICA

Es conocida también como diversidad, su origen data del siglo XVIII cuando se analizó el

ecosistema de cada país. Conforme fue transcurriendo el tiempo adquirió una fundamental importancia

con el deterioro acelerado de la biodiversidad, viéndose así una urgente normativa que lo proteja. La

Convenio de Diversidad Biológica (Río de Janeiro, 1992) indica que “Se entiende la variabilidad de

organismos vivos de cualquier fuente, incluidos, entre otras cosas, los ecosistemas terrestres y marinos

y otros ecosistemas acuáticos, complejos ecológicos de los que forman parte. Comprende la diversidad

dentro de cada especie, entre las especies y los ecosistemas”

La Decisión 391 (Cartagena, Julio 1996), en el Título Uno, Art. 1, la define como “Variabilidad de

organismos vivos de cualquier fuente, incluidos entre otros, los ecosistemas terrestres y marinos, y

otros ecosistemas acuáticos, así como los complejos ecológicos de los que forma parte. Comprende la

diversidad existente dentro de cada especie, entre las especies y los ecosistemas, como resultado de los

recursos de procesos naturales y culturales”.

2.2. Hipótesis

La propuesta de reforma legal en casos de apropiación de conocimientos ancestrales y

biodiversidad en el país permitirá proteger de los abusos y saqueos de las multinacionales

creando un Organismo de Control y Regulador

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2.3. Variables

Las variables como conocemos es una posible predicción, una explicación o especulación del tema;

es una respuesta previa al problema. Señala los posibles resultados que se espera encontrar, se adelanta

al proceso de investigación (G: Pérez y otros)

2.3.1. Variables Independientes.-

Estas variables son aquellas cuya influencia en las dependientes se pretende describir. En mi caso de

investigación lo que se propone es una reforma o creación de una ley que resguarde y proteja la

biodiversidad y conocimientos tradicionales.

2.3.2. Variables Dependientes

Reflejan los efectos, los resultados respecto a los cuales se buscan las causas. en la investigación se

desarrollará y se denotará la importancia de un ente regulador y de un sistema de propiedad intelectual

que permita su protección integral. En el caso de la investigación se debe dar una adecuada protección

a estos conocimientos y biodiversidad, debe tener una mayor inversión y atención, se debe dar una

mayor inclusión social a todas las comunidades que hoy por hoy se encuentran sumidos en la pobreza y

abandono.

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Tabla N° 2

VARIABLE

INDEPENDIENTE

Definición

Conceptual

Definición

Operacional

ITEM INDICADOR

Propuesta de reforma

legal en los casos de

apropiación de

conocimientos

ancestrales y

biodiversidad

Carencia de

protección

para

ámbitos

vulnerables

Art. 402 CR se

prohíbe el

otorgamiento de

derechos sobre

productos obtenidos

a partir del

conocimiento

colectivo asociado a

la biodiversidad

nacional

1,2 Conocimientos

ancestrales y

biodiversidad deben

ser protegidos.

VARIABLES

DEPENDIENTE

Definición

conceptual

Definición

Operacional

ITEM INDICADORES

Protección de abusos

y saqueos de

multinacionales

Crear una

normativa

Proponer la

creación o reforma

legal.

3,4,5 Proponer una

reforma o creación de

legislación adecuada

Creación de un

Organismo de

Control y Regulador

Con la

creación

legal se lo

implementar

á

Creación de un ente

protector

6,7 Organismo

encargado de crear

un mecanismo sui

generis

Elaborado por: Valeria Estefanía Cando Cañizares

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CAPITULO III

MARCO METODOLÓGICO

Los métodos investigativos conducen a una indagación íntegra, la misma que puede agrupar varios

procedimientos. En la metodología podemos expresar la unidad de lo objetivo y lo subjetivo del

conocimiento de la realidad.

Así tenemos al Método Empírico, el que permite buscar y encontrar datos de la realidad, para que

de esa manera se puedan analizar e interpretar mediante una explicación teórica. En la investigación es

fundamental este método, puesto que los conocimientos ancestrales en sí, no se basan a conocimientos

adquiridos, no en libro, o enseñados por investigadores, o son métodos científicos, sino son

conocimientos y costumbres transmitidas de generación en generación, la reiteración de actos

constituye una costumbre milenaria.

En el transcurso de esta investigación propondré los demás métodos a utilizarse, que son

importantes para el desarrollo de la misma.

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3.1. Tipos de Investigación.

En la investigación utilizaré el Exploratorio, ya que del tema de estudio se buscará delimitar el

objeto de investigación, de este modo y si es posible realizar un rastreo bibliográfico. Para ello me

basaré en entrevistas y encuestas que delimitarán en sí el problema de fondo, delimitando la solución.

Como segundo tipo tenemos al explicativo, el mismo que responde a las causas de los eventos

físicos y sociales. Con los instrumentos de investigación podremos delimitar las causas que producen

la pérdida de estos conocimientos y valoración de la biodiversidad.

Se basa también en una investigación Descriptiva, la misma que se aproxima al problema de

investigación; en ella se prueba la hipótesis y se describen los hechos.

3.1.1. Investigación Bibliográfica

Tiene una vital importancia, ya que acerca del tema se ha escrito y publicado varios textos,

constituye una excelente introducción a varios tipos de investigación. Es el punto principal con que

empezaré a desarrollar la investigación, con información y documentos que me permitirán determinar

cuáles son los conocimientos existentes en mi área de estudio.

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3.1.2. Investigación de Campo

Con la ayuda de éste tipo de investigación se realizará un análisis sistemático de la realidad, con el

propósito de describirlos, interpretarlos, entender su naturaleza, factores que constituyen la raíz del

problema. Explicar sus causas y consecuencias que acarean a la sociedad. Sin la protección de la

biodiversidad y conocimientos ancestrales se perdería nuestra cultura, nuestra identidad. Las

poblaciones no tendrían sus costumbres delimitadas, todos sus remedios caseros no existirían ya que

serían patentados por farmacéuticas internacionales. Estos recursos generados serían aprovechados por

la multinacional más no por el país que generó el conocimiento.

3.1.3. Investigación Histórica

La patente se inició en Italia, con el Estatuto de Venecia de 1474, misma que fue emitida por la

República de Venecia, la que consistía en que toda actividad inventiva puesta en práctica tenía que ser

comunicado a la República para obtener inmediatamente protección jurídica por un periodo de 10 años.

La primera patente registrada se otorgó en el año 1421 en Florencia, Italia al arquitecto e ingeniero

Filippo Brunelleschi. La patente le dio un monopolio de tres años en la manufactura de una barca de

transporte con un engranaje de elevación, usado para levantar mármol. Estos privilegios otorgados a

los inventores se propagaron desde Italia hacia otros países europeos.

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Desde su inicio la Constitución de los Estados Unidos de América (USA), reconoció la necesidad

de proteger la propiedad intelectual de las innovaciones desarrolladas por científicos, inventores y

empresarios. Thomas Jefferson, tercer presidente de los Estados Unidos junto con otros líderes,

promovió la creación del primer sistema nacional de patentes en el año 1790. El Primer Congreso de

los Estados Unidos aprobó la propuesta en donde se requería entregar los modelos de los inventos,

limitando la duración de una patente a 14 años. Después de 1880, la Oficina de Patentes y Marcas de

los Estados Unidos (USPTO), no requirió entregar los modelos de las patentes por no tener espacio

donde almacenarlos.

Nuestro país protege las nuevas creaciones relacionadas con la obtención de variedades vegetales,

por ejemplo, nuevas semillas de papa, maíz, frutilla o variedades de rosas. Sin embargo, no todos los

sectores se han preocupado por registrar los resultados de sus investigaciones, pese a que ello

contribuye al incremento en cantidad y calidad de las cosechas del país.

El IEPI ha emitido 335 certificados de obtentor para nuevas variedades de flores y tiene otras 365

solicitudes de registro en trámite. Pero en otras áreas como la agrícola no existen solicitudes ni

certificados otorgados. Hay, además, cuatro certificados emitidos para nuevas variedades de frutillas y

cinco en trámite. Y en proceso de registro, tres variedades de caña de azúcar, dos de alcachofa, dos de

arroz (semilla), una de pasto (semilla) y una de piña.

Con tal antecedente, la biopiratería apareció en 1992 con la firma del Convenio sobre la Diversidad

Biológica. Se creó como un mensaje de advertencia ya que se ponía en peligro los conocimientos

tradicionales y la biodiversidad de los pueblos y podían ser objeto de apropiación indebida y patentada

por empresas extranjeras.

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Al patentarlo estas empresas tiene el control exclusivo sobre el conocimiento y recursos. Se ha

establecido que el mercado mundial de medicinas y medicamentos a base de plantas alcanza un valor

de $400 mil millones por año, el 40% de los medicamentos son directa o indirectamente a partir de

recursos naturales.

Como se conoce para acceder a los componentes de la biodiversidad conlleva procesos, permisos,

trámites, documentos que no todas las personas cumplirán. Más aun las especies de difícil adquisición

que tiene un alto precio por el hecho de ser una rareza, es por ello que de manera ilícita se accede a

ellas, se las vende y se moviliza el recurso, este proceso es común y a ello se lo llama piratería.

Al tratar de acceder a un recurso genético es más grave ya que para evitar o altos costos y tiempo,

simplemente transportan la muestra y ya con un conocimiento adquirido solo investigan lo que les será

útil.

Hoy en día los microorganismos también son sujetos de biopiratería, esto requiere obviamente un

esfuerzo mucho mayor al que ya he mencionado ya que es prácticamente imposible llevar un control.

Al igual que en los recursos genéticos se dificulta el control de entrada y salida de los mimos, ya que

como se sabe son microscópicos y pueden ser transportados sin problema.

Pero como conocemos no solo son utilizados por las farmacéuticas sino también son utilizados para

colecciones privadas, también son utilizados para productos alimentarios y ornamentales. El negocio

ilegal de especies es rentable es el tercero en América Latina después del comercio de drogas y de

armas, por su importancia económica.

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Como se ha mencionado anteriormente claro es el caso de la patente de la Ayahuasca, el Sr. Miller a

quien se le concedió la patente se denotan dos puntos importantes, el acceso ilegal de los recurso

biológicos y el uso de conocimientos ancestrales sin previo acuerdo con la comunidades que la poseen.

Parte de estas investigaciones y resultados benefician en parte al desarrollo humano, constituyen un

avance genial para la ciencia y tecnología, causa también el renombre del científico que lo creo y de la

farmacéutica que lo patenta, pero no debemos basarnos a ese hecho en especial ya que se está

atentando a la naturaleza ya que se está manipulando a los animales a las necesidades humanas.

En parte la flora y fauna constituyen el alimento y subsistencia de los seres humanos pero con ello

se demuestra que el hombre es el mayor depredador de la naturaleza y que no le basta con alimentarse

y nutrirse de ella, sino que ahora se hacen manipulaciones genéticas para su subsistencia.

3.1.4. Investigación Descriptiva

Según investigaciones de las Naciones Unidas, el tráfico de animales es la tercera actividad ilícita

más grande del mundo, es superado por el tráfico de drogas y de armas.

La Política y Estrategia Nacional de Biodiversidad del Ecuador, es una herramienta para conservar

y utilizar sustentablemente su diversidad biológica y define cuatro líneas prioritarias:

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Consolidar y potenciar la sustentabilidad de las actividades productivas basadas en la

biodiversidad nativa.

Asegurar la existencia, integridad y funcionalidad de los componentes de la

biodiversidad, ecosistemas, especies y genes

Equilibrar presiones para la conservación y uso sustentable de la biodiversidad

Garantizar el respeto y ejercicio de los derechos individuales y colectivos para

participar en las decisiones relativas al acceso y control de los recursos, asegurar que los

beneficios de la conservación y uso de la biodiversidad y de los conocimientos, innovaciones y

prácticas de las comunidades y poblaciones locales sean justas y equitativamente distribuidos.

(Ministerio de Ambiente del Ecuador 2001-2010)

Pero no solo podemos basarnos a los planes del Estado sino también a los requerimientos de los

pueblos indígenas. Lo que demandan los pueblos indígenas son el consentimiento previo, en relación a

la protección del conocimiento tradicional y plantas medicinales y el derecho de determinar medidas

para su desarrollo.

Los derechos principales reclamado por Pueblos Indígenas alrededor del tema de acceso a los

recursos naturales y protección del conocimiento tradicional (International Alliance, Citado por

Swedish Scientific Council o Biological Diversity. Fair and Equitable. Septiembre 1999) son:

Derecho de Propiedad Comunal de tierras y territorios

Derechos de Autodeterminación

Derecho a ejercer el derecho consuetudinario de acuerdo con sus prácticas sociales y

culturales

Derecho a ser representados legal y políticamente por medio de sus propias

instituciones

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Derecho a controlar la propiedad del conocimiento tradicional

Todos estos derechos se relacionan entre sí, ya que es importante porque los indígenas pueden

decidir sobre su conocimiento tradicional. Con una propiedad comunal se puede repartir

equitativamente los beneficios generados por la utilización del acceso de los recursos genéticos y del

conocimiento tradicional, el hecho de ser representados política y legalmente por sus propias

instituciones les dará una personería jurídica y podrán dar una opinión en un contrato y poder discernir

en lo positivo y negativo.

Al basarse a la distribución equitativa de recursos tenemos que basarnos a la tierra, a los recursos

naturales y conocimientos tradicionales.

3.2. Población o muestra

3.2.1. Población

La investigación se la realizará en la ciudad de Quito, en el Instituto Ecuatoriano de Propiedad

Intelectual, Ministerio de Ambiente, entidades conocedoras del tema a investigar. Además, la

población también está conformada por profesionales del Derecho especializados en el Área

Internacional, Intelectual. La población está integrada por 64 servidores públicos del Instituto

Ecuatoriano de Propiedad Intelectual, de la sección de Obtenciones Vegetales, 51servidores públicos

del Ministerio de Ambiente en el Dirección Nacional de Biodiversidad y 10 Abogados de libre

ejercicio especializados en el Área Ambiental e Intelectual

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3.2.2. Muestra

El total de la población es de 125 elementos muestrales, como es pequeña no se trabajará con

muestra sino con la totalidad de la misma.

3.3. Métodos

Método Exegético.- A través de este método se analizará y estudiará artículo por artículo de la

legislación tanto ecuatoriana como la de otros países, fundamentando así el tema de investigación.

Método Histórico – Lógico.- Permitirá conocer mediante la historia como ha ido evolucionado el

fenómeno de la biopiratería, evidenciando si en el tiempo se han dado soluciones.

Método inductivo – Deductivo.- Es un proceso de análisis de actos particulares para lograr la ley

general de los determina, se utilizará este método por cuanto partiré del análisis de los particulares, se

indagará la relación jurídica penal partiendo de lo particular a lo general, es decir, persona que infrinja

la ley será sancionada con una pena dependiendo de la gravedad y de los perjudicados.

Método analítico – sintético.- Analizará la situación que atraviesan las comunidades al ser

vulnerados por personas que quieren lucrar con su conocimiento que ha sido entregado de generación

en generación.

Método exploratorio – descriptivo.- Permitirá identificar cuáles son las cusas y las consecuencias

que traería la creación de una ley de protección a la biodiversidad y conocimientos ancestrales.

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3.3.1. Método Científico

En esta investigación no se utilizara este método ya que no se creara ningún aporte a la ciencia,

ninguna técnica.

3.3.2. Técnicas

Para el efecto se utilizarán fichas bibliográficas, mediante este instrumento se llevará un registro y

control de un libro, artículo o cualquier escrito que me proporcionará información. De igual manera se

ocuparán las fichas hemerográficas, mediante la cual recopilaré información de periódicos, revistas.

Como sabemos la investigación no solo se basa a documentos, esta se complementa con la técnica

de observación, mediante la cual se recopilará información adicional que la detallada en fichas. La

entrevista y encuesta, servirán fundamentalmente ya que mediante ellas se recopilará información de

personas que conocen bien el tema a investigar y podrán esclarecer todas las dudas planteadas. Con el

resultado podremos establecer datos estadísticos que servirán como un aporte permanente para evitar

conflictos y problemas futuros en el país

3.3.2.1. Observación

El tema es de actualidad, lo demuestran estadísticas, censos de población que se han realizado en el

país, demostrando que se han de a poco se van perdiendo los conocimientos ancestrales; de igual

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manera la biodiversidad, se va perdiendo con el aumento de la globalización mundial. Las poblaciones

y nacionalidades, van perdiéndose y sumiéndose en la pobreza por la falta de interés gubernamental.

En base a esa despreocupación, me propongo realizar una investigación incluyente y demostrativa.

3.3.2.2. Entrevista

Al ser una comunicación interpersonal establecida entre el investigador y el sujeto de estudio,

recolectaré información a través de sus repuestas verbales a las interrogantes planteadas acerca del

problema.

El entrevistado posee información de gran importancia, la que permitirá esclarecer el problema y la

solución en el transcurso de la investigación; determinar la idoneidad del tema, averiguar los diversos

puntos de vista para adoptar una contribución significativa y provechosa.

Como base tenemos este formulario:

1.- la Ley de Propiedad Intelectual comprende derechos de autor, propiedad industrial y obtenciones

vegetales, en cuestión de la biodiversidad y conocimientos tradicionales dentro de cuál de ellas se

encuentra enmarcado.

2.- ¿Qué medidas está tomando el IEPI para proteger la biodiversidad y los conocimientos

concernientes a la biodiversidad ya que no se los puede proteger con la propiedad intelectual?

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68

3.- hasta donde tengo conocimiento el IEPI está impulsando un proyecto de ley para estos casos en

que estado está el mismo

4.- ¿El IEPI ha tenido reuniones con otros países y han discutido acerca del tema?

5.- Con respecto al tema de investigación ¿cuáles instrumentos internacionales son la base para la

protección integra de biodiversidad y conocimientos ancestrales vigentes en nuestro país?

3.3.2.3. Encuesta

Este método servirá para recolectar información de un grupo seleccionado de personas, es decir de

la muestra ya determinada. Es de fácil aplicación, es flexible y los datos que se obtienen son confiables

ya que las respuestas se limitan a lo planteado. Como base tenemos este formulario:

UNIVERSIDAD CENTRAL DEL ECUADOR

FACULTAD DE JURISPRUDENCIA, CIENCIAS POLÍTICAS Y

SOCIALES

ESCUELA DE DERECHO

Encuesta para determinar y afianzar información relacionada a Propiedad Intelectual de Biodiversidad

y Conocimientos Tradicionales. Instrucciones: Por favor, lea detenidamente las preguntas a

continuación y contéstelas.

1.- ¿Conoce usted qué es biodiversidad y conocimientos ancestrales?

SI DESCONOCE

NO

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69

2.- Conoce usted ¿Qué es la biopiratería?

SI DESCONOCE

NO

3.- ¿Cree usted que en nuestro país los conocimientos tradicionales y biodiversidad se encuentran

protegidos por la ley íntegramente?

SI DESCONOCE

NO

4.- ¿Considera usted que existen leyes y convenios internacionales que protegen la biodiversidad y

conocimientos ancestrales?

SI DESCONOCE

NO

5.- Ponga una (X) en la respuesta que considere correcta:

5.1.- Cuál sería una adecuada protección para la biodiversidad y conocimientos tradicionales.

Derechos de Autor ( ) Propiedad Industrial ( ) Obtenciones Vegetales ( ) Otro sistema de Registro ( )

5.2.- Considera usted que la ausencia de patentes en el Ecuador es debido a:

Falta de iniciativa propia ( ) Falta de incentivo académico ( ) Falta de conocimiento o investigación ( )

Falta de documentación o Bibliografía ( ) Falta de conocimiento de Tutores o Directores ( )

3.3.2.4. Visita domiciliaria.- No aplica en nuestra investigación.

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70

3.3.3. Instrumentos

Con los instrumentos podremos obtener una detallada información empírica de los hechos.

Tenemos con instrumento y técnica la recolección de datos que se realiza con la determinada

orientación de ciertas técnicas e instrumentos de investigación. Tenemos la entrevista, la encuesta, la

revisión documental, el criterio de expertos, etc.

3.3.3.1. Diario de Campo.- No aplica en la investigación.

3.3.3.2. Formulario de Cuestionario

Está estructurado de una manera dinámica, con preguntas abiertas, cerradas y de opción múltiple,

las que me permitirá desarrollar inquietudes que se ha tenido en toda la investigación y así poder

esclarecer la solución del problema.

3.4. Recolección de la Información

Se utilizarán la técnica de la observación, entrevista, encuesta; con la información resultante podré

realizar estadísticas, cuadros, gráficos para establecer y delimitar el problema a fondo.

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71

Estableciendo un registro visual de lo que ocurre, se perseguirán a fondo los objetivos planteados en

el investigación

.

3.5. Procesamiento y análisis de la información

El procedimiento para el procesamiento y análisis de datos será de carácter estadístico, el mismo

que permitirá la interpretación cuantitativa y cualitativa de las respuestas formuladas a cada una de las

interrogantes planteadas mediante el instrumento de validación. En virtud de lo cual, se diseñaran

cuadros estadísticos con los datos agrupados en porcentajes, permitiendo la interpretación de los

resultados mediante graficas de pasteles.

La Estadística Descriptiva, será de utilizada para analizar, estudiar y describir la totalidad de los

individuos de la población, con el fin de obtener información para analizarla, elaborarla y simplificar

para poder esclarecer el problema.

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72

CAPÍTULO IV

ANÁLISIS E INTERPRETACIÓN DE RESULTADOS

El objetivo de la investigación es denotar la importancia de la biodiversidad y conocimientos

ancestrales demostrar qué tanto conocen los alumnos de la Universidad Central del Ecuador, Escuela

de Derecho acerca del tema, si conocen la debida protección tanto nacional e internacionalmente. La

presente encuesta fue realizada a 20 estudiantes entre Séptimo y Octavo Nivel de la carrera; con los

resultados obtenidos procederé a realizar las estadísticas que me ayudaran a determinar y fortalecer el

tema investigativo. El formulario N°2 está enfocado a la comunidad, en este caso las encuestas fueron

realizadas en el pueblo Kayambi, en la ciudad de Cayambe, comunidad conocida como la Chimba. Las

personas entrevistadas superan los 20 años de edad y fueron tomadas 40 encuestas para poder realizar

las pertinentes estadísticas y gráficos.

A continuación podremos notar las encuestas realizadas a ambas poblaciones e iré desarrollando

grafico por grafico para mayor comprensión del tema.

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73

4.1. Formulario N°1

UNIVERSIDAD CENTRAL DEL ECUADOR

FACULTAD DE JURISPRUDENCIA, CIENCIAS POLÍTICAS Y

SOCIALES

ESCUELA DE DERECHO

Encuesta para determinar y afianzar información relacionada a Propiedad Intelectual de

Biodiversidad y Conocimientos Tradicionales.

Instrucciones: Por favor, lea detenidamente las preguntas a continuación y contéstelas.

1.- Conoce usted qué es biodiversidad y conocimientos ancestrales:

SI DESCONOCE

NO

2.- Conoce usted ¿Qué es biopiratería?

SI DESCONOCE

NO

3.- ¿Cree usted que en nuestro país los conocimientos tradicionales y biodiversidad se encuentran

protegidos por la ley íntegramente?

SI DESCONOCE

NO

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74

4.- Considera usted que existen leyes y convenios internacionales que protegen la biodiversidad y

conocimientos tradicionales

SI DESCONOCE

NO

5.- Ponga una (X) en la respuesta que considere correcta:

5.1.- Cuál sería una adecuada protección para la biodiversidad y conocimientos tradicionales.

Derechos de Autor ( )

Propiedad Industrial ( )

Obtenciones Vegetales ( )

Sistema de Registro Sui Generis ( )

5.2.- Considera usted que la ausencia de patentes en el Ecuador es debido a.

Falta de iniciativa propia ( )

Falta de incentivo académico ( )

Falta de conocimiento o investigación ( )

Falta de documentación o Bibliografía ( )

Falta de conocimiento de Tutores o Directores ( )

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DESARROLLO

1.- Conoce usted qué es biodiversidad y conocimientos ancestrales:

TABLA N°3

GRÁFICO N°1

Elaborado por: Valeria Estefanía Cando Cañizares

En la pregunta N°1, podemos denotar que todos los encuestados comprenden y conocen la

importancia de la biodiversidad y los conocimientos tradicionales para el desarrollo del país.

Comprenden la magnitud que constituye su protección y cuidado.

100%

0% 0%

Pregunta 1

SI NO DESCONOCE

Respuesta % Porcentaje N° Encuestados

SI 100 20

NO 0 0

DESCONOCE 0 0

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2.- Conoce usted ¿Qué es biopiratería?

TABLA N° 4

Respuesta % Porcentaje N° Encuestado

SI 40 8

NO 25 5

DESCONOCE 35 7

GRÁFICO N°2

Elaborado por: Valeria Estefanía Cando Cañizares

En la pregunta N°2, el 40% tiene una idea de lo que significa en sí la palabra biopiratería, al no

encontrarse en un diccionario, o no ser difundido al 100%, lo encuestados mostraron una cierta

dificultad al conocerla como es el 35% que desconocen cuál es su significado, frente al 25% de las

personas que no saben y no conocen del tema.

40%

25%

35%

Pregunta 2

SI NO DESCONOCE

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3.- ¿Cree usted que en nuestro país los conocimientos tradicionales y biodiversidad se encuentran

protegidos por la ley íntegramente?

TABLA N°5

GRÁFICO N° 3

Elaborado por: Valeria Estefanía Cando Cañizares

En la pregunta N°3 la mayoría de los encuestados, es decir, el 75% están conscientes que existe una

protección a los conocimientos ancestrales y biodiversidad, frente a un 20% que no sabe si se encuentra

protegido en el país.

75%

20%

5%

Pregunta 3

SI NO DESCONOCE

Respuesta % Porcentaje N° Encuestados

SI 75 15

NO 20 4

DESCONOCE 5 1

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4.- Considera usted que existen leyes y convenios internacionales que protegen la biodiversidad y

conocimientos tradicionales

TABLA N° 6

Respuesta % Porcentaje N° Encuestados

SI 75 15

NO 5 1

DESCONOCE 20 4

GRÁFICO N°4

Elaborado por: Valeria Estefanía Cando Cañizares

En la pregunta N°4, la mayoría de los encuestados tiene claro que existen convenios,

tratados, leyes internacionales que protegen a los conocimientos tradicionales como tal. Frente

a una minoría de encuestados que no saben o desconocen la situación.

75%

5%

20%

Pregunta 4

SI NO DESCONOCE

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5.- Ponga una (X) en la respuesta que considere correcta:

5.1.- Cuál sería una adecuada protección para la biodiversidad y conocimientos tradicionales.

Derechos de Autor ( ) Propiedad Industrial ( ) Obtenciones Vegetales ( ) Sistema de Registro

Sui Generis ( )

TABLA N° 7

Respuesta % Porcentaje N° Encuestados

Derechos de Autor 5 1

Propiedad Industrial 35 7

Obtenciones Vegetales 35 7

Sistema de Registro Sui Generis 25 5

GRÁFICO N° 5

Elaborado por: Valeria Estefanía Cando Cañizares

En la pregunta N°5.1, los encuestados concordaron en que la protección de estos conocimientos y

biopiratería deberían estar protegidos dentro de la propiedad industrial como es el tema de patentes y

obtenciones vegetales por tratarse de biodiversidad.

5%

35%

35%

25%

Pregunta 5.1

Derechos de Autor Propiedad Industrial

Obtenciones Vegetales Sistema de Registro Sui Generis

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5.2.- Considera usted que la ausencia de patentes en el Ecuador es debido a.

Falta de iniciativa propia ( ) Falta de incentivo académico ( ) Falta de conocimiento o investigación

( ) Falta de documentación o Bibliografía ( ) Falta de conocimiento de Tutores o Directores ( )

TABLA N° 8

Respuesta % Porcentaje N° Encuestados

Falta de iniciativa propia 5 1

Falta de incentivo académico 45 9

Falta de conocimiento o investigación 25 5

Falta de documentación o Bibliografía 5 1

Falta de conocimiento de Tutores 20 4

GRÁFICO N° 6

Elaborado por: Valeria Estefanía Cando Cañizares

En la pregunta 5.2, los encuestados indicaron que la falta de incentivo en creación o invención de

patentes es por la falta de incentivo académico, seguido por la falta de conocimiento o investigación, es

decir, que por parte de las universidades no se da un incentivo para la investigación. Como explique

se entregan patentes a personas extrajeras pero no mucho nacional. Otros encuestados

indicaron que hace falta más incentivo para la investigación, se debe dar un apoyo a la

investigación de parte de las universidades de instituciones para fomentar este tipo de

creaciones e innovaciones. El 20% indicaron que en mucho de los casos no existe un apoyo de

profesores de directores puesto que existe ese celo profesional.

5%

45% 25%

5% 20%

Pregunta 5.2

Falta de iniciativa propia Falta de incentivo académico

Falta de conocimiento o investigación Falta de documentación o Bibliografía

Falta de conocimiento de Tutores

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4.1.1.- Análisis e interpretación de resultados

Con los resultados expuestos de las encuestas realizadas a la población de la Escuela de

Derecho de Universidad Central, se ha demostrado que se tiene bases e indicios claros de los

que significa biodiversidad y conocimientos ancestrales. Pero a su vez como término

Biopiratería no es muy conocido o lo relacionan con otros términos similares. Al tratarse de

una normativa que proteja a estos conocimientos y biodiversidad tanto nacional o

internacionalmente los estudiantes tiene claro que sí se encuentra protegido de una cierta

manera, no los conocen al 100% cuáles son los convenios o tratados pero entienden que

nuestro país se encuentra suscrito a tales convenios.

Al tratarse del sistema que permitirá proteger a los conocimientos tradicionales y

biodiversidad nuestros encuestados indicaron que deberían protegerse con la propiedad

industrial y obtenciones vegetales, lo que nos trae claramente a relucir que los estudiantes no

conocen las características básicas que comprenden cada uno de ellos.

El resultado de la última pregunta de encuesta quisimos indagar cual es el motivo que

específico para la falta o ausencia de atentes en nuestro país, la mayoría indicó que existe una

falta de incentivo académico y un motivo subsiguiente es la falta de conocimiento e

investigación.3.- ¿Los conocimientos Ancestrales, considera que se están perdiendo en la

actualidad? Mencione sus posibles causas

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82

4.2. Formulario N°2

UNIVERSIDAD CENTRAL DEL ECUADOR

FACULTAD DE JURISPRUDENCIA, CIENCIAS POLÍTICAS Y

SOCIALES

ESCUELA DE DERECHO

Encuesta para determinar y afianzar información relacionada a Propiedad Intelectual de

Biodiversidad y Conocimientos Tradicionales.

Instrucciones: Por favor, lea detenidamente las preguntas a continuación y contéstelas.

1.- ¿Cree usted que la naturaleza y conocimientos ancestrales son importantes de preservar?

SI DESCONOCE

NO

2.- ¿Considera usted que los conocimientos ancestrales son protegidos por el Estado?

SI DESCONOCE

NO

3.- ¿Los conocimientos ancestrales, considera que se están perdiendo en la actualidad?

SI DESCONOCE

NO

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4.- ¿Cree usted que se ve afectada su comunidad con la apropiación de estos conocimientos

transmitidos de generación en generación?

SI DESCONOCE

NO

1.- ¿Cree usted que la naturaleza y conocimientos ancestrales son importantes de preservar?

Tabla N° 9

Respuesta % Porcentaje N° Encuestados

SI 98 38

NO 0 0

DESCONOCE 2 2

Gráfico N° 7

Elaborado por: Valeria Estefanía Cando Cañizares

Para los encuestados de la comunidad todos concordaron que la naturaleza y conocimientos

ancestrales son importantes y necesarios de preservar.

98%

0% 2%

Pregunta 1

SI NO DESCONOCE

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2.- ¿Considera usted que los conocimientos ancestrales son protegidos por el Estado?

Tabla N° 10

Resultado % Porcentaje N° Encuestados

SI 65 26

NO 20 8

DESCONOCE 15 6

Gráfico N° 8

Elaborado por: Valeria Estefanía Cando Cañizares

La mayoría de los encuestados indicaron que sus conocimientos si se encuentran protegidos por el

estado, están de cierta forma agradecidos ya que no se han dado mayor apropiamientos de sus

conocimientos pese a la perdida de los mismos. Reconocen que el gobierno ha favorecido a su

comunidad.

65%

20%

15%

Pregunta 2

SI NO DESCONOCE

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3.- ¿Los conocimientos ancestrales, considera que se están perdiendo en la actualidad?

Tabla N° 11

Respuesta % Porcentaje N° Encuestados

SI 75 26

NO 10 8

DESCONOCE 15 6

Gráfico N° 9

Elaborado por: Valeria Estefanía Cando Cañizares

Debemos reconocer que la mayoría de los encuestados mostraron aceptación en que los

conocimientos ancestrales se están perdiendo con el pasar del tiempo, los niños, niñas y adolescentes

no están siguiendo sus costumbres, sino más bien son atraídos por las diversas costumbres extranjeras

o que se encuentran fuera de su comunidad.

75%

10%

15%

Pregunta 3

SI NO DESCONOCE

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4.- ¿Cree usted que se ve afectada su comunidad con la apropiación de estos conocimientos

transmitidos de generación en generación?

Tabla N° 12

Respuesta % Porcentaje N° Encuestados

SI 75 30

NO 15 6

DESCONOCE 10 4

Gráfico N° 10

Elaborado por: Valeria Estefanía Cando Cañizares

En la última pregunta, encontramos que la mayoría de encuestados se ven afectados por la

apropiación de estos conocimientos, son utilizados por personas no autorizadas, las mismas que se

enriquecen con el conocimiento adquirido por las comunidades.

75%

15%

10%

Pregunta 4

SI NO DESCONOCE

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87

4.2.1.- Análisis e interpretación de resultados.

Con los resultados expuestos, después de la encuesta realizada podemos delimitar que no muchos

habitantes de la comunidad sabían leer, tuve que leerlo en alta voz y llenarlo de acuerdo a las

respuestas emitidas por cada uno de los encuestados. Sabían muy claro que los conocimientos

tradicionales y biodiversidad son importantes de preservar y cuidar, puesto que de la tierra, como ellos

lo identifican la madre tierra es importante para su desarrollo, alimentación, etc. Están conscientes que

existe una protección de parte del Estado pero no conocen claramente cuales son o de que se trata.

Indicaron la gran mayoría que estos conocimientos se están perdiendo con el tiempo y afecta a su

comunidad como tal, los muchachos buscan otras tendencias, la juventud busca nuevas experiencias y

van de apoco despojándose de sus raíces y conocimientos.

CONCLUSIONES

1. La biodiversidad y conocimientos ancestrales son importantes de preservar, cuidar y proteger

no solo por las comunidades sino por todos los ciudadanos que conformamos nuestro país

2. La biodiversidad y conocimientos ancestrales deben ser protegidos por una ley específica que

determine alcances y sanciones en el caso de apropiación.

3. Este tipo de conocimientos deben ser protegidos por un sistema sui generis, no se lo puede

generalizarla en ningún título de la Ley de Propiedad Intelectual.

4. Los conocimientos se están perdiendo con el pasar del tiempo debido a la influencia de las

corrientes extranjeras.

5. La apropiación indebida de estos conocimientos no solo afecta a las comunidades sino también

al país ya que se enriquecen con conocimientos ajenos.

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RECOMENDACIONES

1. Cada municipalidad creará políticas internas para el fomento de la agricultura y preservación

de los conocimientos ancestrales, de igual manera difundirla para que así puedan ser conocidas

por todos.

2. Se debe crear una ley de protección a la biodiversidad y conocimientos de este tipo, como lo

tiene en este caso Perú, que puede ser una muestra del avance que se tiene en Latinoamérica.

3. Se debe crear un sistema donde se registre cada uno de estos conocimientos, este sistema debe

tener protección jurídica, así tendrá mayor validez y protección.

4. Se debe fomentar y fortalecer en los niños, niñas y adolescentes la importancia de la

preservación de los conocimientos tradicionales, que servirá a las generaciones futuras como

sustento de vida y manutención.

5. El Estado como tal debe trabajar a la par con las municipalidades y por ende con cada

comunidad, desarrollar políticas con las que se pueda desarrollar y preservar la biodiversidad y

conocimientos ancestrales.

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CAPITULO V

PROPUESTA

5.1. Justificación

Conforme he desarrollado el tema, he mostrado la importancia y significación de la biodiversidad y

los conocimientos ancestrales, el desarrollo de una ley que los proteja es fundamental para frenar de

una u otra manera la apropiación indebida de este conocimiento innato. Es un tema innovador pese a

que ha sido transmitido y difundido de generación en generación durante el transcurso de los años.

Existen organismos y organizaciones que crean incentivos y crean programas en los que participan

la comunidad y autoridades, en los cuales se difunden sus necesidades, y de igual manera se difunden

sus derechos.

Es trascendente, puesto que inmiscuye a todos los ciudadanos cuidar y proteger estos conocimientos

de personas inescrupulosas que solo quieren lucrar, de carácter general y en el caso de américa latina

de carácter universal.

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5.2. Objetivo

Dentro de los objetivos denotaré el deseo de llegar a la meta, el propósito por el cual se creó la

propuesta. Se encontrará los propósitos, valores y finalidades de la tesis.

5.2.1. Objetivo General

“Socializar y concienciar una política o una ley de protección a los recursos biológicos y

conocimientos ancestrales como tal, a la vez ser difundida para que toda la colectividad esté consciente

de la protección y preservación de las mismas”.

5.2.2. Objetivos Específicos

1. Identificar y conocer los sistemas de protección de propiedad intelectual de los

conocimientos ancestrales de las comunidades y nacionalidades, así como de la sociedad en

general

2. Analizar la importancia de una ley que permita la protección íntegra de estos conocimientos

y recursos.

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KAYAMBI

PICHINCHA

5.3. Ubicación Sectorial y Física

La población o pueblo Kayambi, se encuentra ubicado en la chimba, ubicada en una hora en bus de

la ciudad de Cayambe al noroeste, dentro del cantón Cayambe, misma que cuenta con cinco parroquias

rurales y tres urbanas. Su idioma es el kichwa. Está situado en un valle alto, las aguas termales las

Golondrinas son Administradas por la comunidad en sí.

5.4. Mapa

Para mayor apreciación expondré un mapa del mapa de todo el país con las diversas nacionalidades

distribuidas en las diversas provincias.

Tomado de: gabrielaute.blogspot.com

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5.5. Características de la Propuesta

Con el desarrollo de la investigación he podido denotar la importancia que implica la preservación y

protección de los recursos biológicos y los conocimientos tradicionales. Tiene importancia científica,

ya que gracias a la biodiversidad y al conocimiento acerca del manejo de las mismas, se pueden curar

enfermedades, males y dolencias; es por ello que están en la mira de las farmacéuticas por adquirir

estos conocimientos.

Tiene un significado tanto histórico como actual, puesto que fue transmitido de generación en

generación por nuestros antecesores. Es un tema actual puesto que las comunidades de la amazonia en

este caso, con la explotación petrolera llevada a cabo por el actual gobierno, se han visto en la

necesidad de dar a conocer este tipo de conocimientos, su cosmovisión, su sistema de vida y forma de

ver el mundo, concienciar a la ciudadanía para de una u otra manera proteger a su comunidad, ya que

en varias ocasiones ciertas comunidades se han visto afectadas por los derrames de crudos.

Se caracteriza también por dar un enfoque humano, de dar a entender que en este tema, a parte de la

biodiversidad y los conocimientos tradicionales, se trata también de la importancia de los integrantes

de las comunidades, de su manera de tratar a la naturaleza o pacha mama, que gracias a ellos se puede

transmitir esos conocimientos, gracias a ellos hasta el momento se han mantenido las costumbres vivas,

aún el idioma ancestral se ha mantenido.

Esta propuesta enmarca aspectos importantes para nuestro país que en sí es totalmente agrícola,

depende de la agricultura y ganadería.

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5.5.1. Beneficiarios

Los beneficiaros de la propuesta investigativa no solo son las comunidades indígenas sino también

el país en general, hay ciertos conocimientos que no pueden ser conocidos por toda la población, como

por ejemplo tenemos las técnicas de Shamanes o curanderos, pero hay otros conocimientos o

medicinas caceras que deberían ser difundidas y protegidas por todos y cada uno de los ciudadanos.

5.5.1.1. Beneficiarios Directos

Los beneficiaros directos de la propuesta son las comunidades y nacionalidades que existen en el

país, adicional todos los ciudadanos ya que de esta manera se protege la cultura, las tradiciones y

costumbres transmitidas durante las generaciones. Debemos tomar en consideración que nuestro país

es plurinacional e intercultural de acuerdo a la actual Constitución.

5.5.1.2. Beneficiarios Indirectos

Como beneficiarios indirectos podemos denotar a las demás comunidades y nacionalidades fuera de

nuestro contexto social, es decir, fuera de nuestro país; puesto que en toda latinoamérica existe gran

cantidad de flora y fauna, muchos países se han visto afectados de la apropiación de su cultura, como

indiqué anteriormente el país que cuenta con una ley que protege sus recursos biológicos y

conocimientos ancestrales es Perú.

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5.6. Factibilidad

La investigación enmarca una posibilidad favorable para su aplicación, de primordial creación ya

que de esta manera podemos evitar atropellos o apropiaciones.

5.6.1. Factibilidad Interna

Para la Universidad Central del Ecuador, Escuela de Derecho, será favorable para las actuales y

futuras promociones, la naturaleza de la propuesta es fundamental ya que con la investigación expongo

un mayor desarrollo del tema que hoy por hoy no se encuentra muy enmarcado en nuestra legislación.

Personalmente la investigación ha ampliado mi manera de ver a las diversas comunidades, es factible

la aplicabilidad de mi propuesta.

5.6.2. Factibilidad Externa

Para la Sociedad, es favorable la creación de una ley de protección de recursos biológicos y

conocimientos ancestrales, para las comunidades y nacionalidades es de vital importancia puesto que

de esta manera se está salvaguardando su integridad, modo de vida y cosmovisión. Es importante ser

tratada y analizada por la Asamblea Nacional que es el órgano al que debe ser dirigido cualquier tipo

de reforma o creación de ley.

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5.7. Descripción de la Propuesta

Al tratarse de la creación de ley de protección expondré en base a mis conocimientos y estudios

artículos integrantes de la Ley.

Considerando:

Previa aprobación de la Asamblea Nacional, apruébese y ejecútese la presente ley:

Ley de Protección a Conocimientos Colectivos y Acceso a la Biodiversidad en el Ecuador.

Art. 1.- Objeto de la Ley.- Otorgar protección a los recursos biológicos y conocimientos colectivos

y tradicionales de comunidades y nacionalidades del Ecuador.

Art. 2.- Comisión de Protección.- Créase una comisión para la protección de éstos recursos y

conocimientos que deberá ser integrado un representante del Gobierno Nacional, un representante del

IEPI, del Ministerio de Ambiente, un representante de la CONAIE y demás representantes de las

comunidades y nacionalidades que sean requeridas al respecto.

Art. 3.- Recursos.- Se obtendrá recursos de donaciones, y demás recursos que deriven de

cooperación internacional

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Art. 4.- Funciones.- Serán las siguientes:

Crear un sistema o registro de Integración de Conocimientos del Ecuador

Identificar y evaluar las solicitudes de patentes de invención presentadas en el país y en el

extranjero que tengan relación con recursos biológicos y conocimientos tradicionales de los

pueblos, comunidades o nacionalidades del Ecuador.

Interponer acciones para nulitar acciones o solicitudes presentadas en el extranjero o en el

país que tengan que ver con cualquier tipo de recurso o conocimientos.

Establecer canales de información permanente para la ciudadanía y dialogo con oficinas del

Instituto de Ecuatoriano de Propiedad Intelectual.

Promover vínculos con organismos nacionales que tengan que ver con el ámbito de acción

de la ley.

Art. 5.- Sistema de Integración de Conocimientos.- Consiste en un registro permanente e inalterable

que será llevado así:

• El Registro Nacional Público, en el cual se registrarán los conocimientos que ya son conocidos

por muchas personas fuera de los pueblos y comunidades que ya fueron publicados en libros, revistas,

etc. Este registro lo llevara el IEPI.

• El Registro Nacional Confidencial, en el cual se incluirán los conocimientos de los pueblos y

comunidades que se han adquirido y que solo ellos lo conocen, y,

• El Registro Local, en el que estaría a cargo de cada una de las comunidades y las organizarían

de acuerdo a sus propias costumbres.

Art. 6.- Presentación de Informes.- Para un mejor desempeño de la Comisión ya creada, expedirá

cada mes un resumen de sus actividades, en los que se demostrará acciones realizadas y casos

estudiados.

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5.7.1. Fases del Proyecto

Las fases y etapas seguidas y exigidas por la Escuela de Derecho de la Universidad Central del

Ecuador, una vez terminada la investigación son: la presentación de la Investigación al decanato,

quienes después de un tiempo prudencial darán la orden para que se proceda con la designación del

Tribunal Calificador. El paso siguiente será la defensa de la Tesis en la que será evaluado el material

investigado, el desenvolvimiento y conocimiento del tema. Como paso subsiguiente será presentado a

la Asamblea Nacional, que después de ser evaluado y una vez medido el impacto se podrá ejecutar.

5.8. Cronograma de Actividades

Tabla N°13

N° Actividades Mes

Sep

Mes

Oct

Mes

Nov

Mes

Dic

Mes

Ene

Mes

Feb

1 Presentación de la Investigación al

Decanato y Derechos

*

2 Designación de Tribunal Calificador *

3 Defensa de Tesis *

4 Presentación a Autoridades *

5 Primeras Correcciones *

6 Debates *

7 Ejecútese *

Elaborado por: Valeria Cando C.

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5.9. Presupuesto

No es posible cuantificar porque intervienen organismos públicos con sus propios recursos.

Impactos

El impacto interno como externo es favorable, la aceptación de la sociedad será positiva, puesto que

beneficia a todos los ciudadanos. El impacto tanto interno como externo será importante para nuestro

país, se progresará en relación a otros países en el sentido de protección de lo nuestro de sus raíces y de

sus costumbres; un impacto favorable es para la Escuela de Derecho de la Universidad Central del

Ecuador, puesto que es una investigación completa que servirá como respaldo para su estudio y

respaldo de investigación.

Evaluación

La presente investigación será evaluada, además de mi tutor, por la Escuela de Derecho, por un

Tribunal Calificador, quien emitirá una calificación. Posteriormente será evaluada por la Facultad de

Jurisprudencia, ya que en la biblioteca reposará mi investigación que servirá a los futuros Abogados de

la República. Posteriormente será evaluada por la Asamblea Nacional quien en varios debates podrá

delimitar y editar la presente propuesta de ley.

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Bibliografía

Textos:

1. Alarcón, G. (2002) Jardines indígenas amazónicos y su importancia en la conservación.

En: C. Josse y M. Ríos Ediciones. Resúmenes del Congreso Ecuatoriano de Botánica y II

Simposio Ecuatoriano de Etnobotánica y Botánica Económica.

2. Coica y Alianza del Clima. (2000) Estudio sobre el Art. 8(j). Convenio sobre la

Diversidad Biológica, Quito, Ecuador.

3. Conabio, (1998) La diversidad biológica de México: Estudio de País. Comisión Nacional

para el conocimiento y uso de la Biodiversidad. México D. F., México.

4. Estrella, E. (1993) La biodiversidad en el Ecuador. Historia y realidad. Academia

Nacional de Historia y Museo Nacional de Medicina. Quito, Ecuador.

5. Ministerio de Medio Ambiente, (1999) Zonas Intangibles de la Amazonia Ecuatoriana,

Quito, Ecuador.

6. Pérez de la Heras, M. (sf) Manual del Turismo Sostenible, ¿Cómo conseguir un turismo

social, económico y ambientalmente responsable?, Ediciones Mundi-Prensa Libros, S.A.

Madrid, España

7. Ríos, Monserrate, (2008) Conocimiento Tradicional y Planta Útiles del Ecuador, Saberes

y Prácticas, Ediciones Abya- yala, Quito, Ecuador.

Leyes:

1. Diccionario Jurídico de Cabanellas

2. Diccionario Jurídico Omeba

3. Diccionario jurídico Ruy Días de Ciencias Jurídicas y Sociales

4. Ley de Propiedad Intelectual

5. Constitución de la República del Ecuador

6. OMPI, Ley tipo sobre invenciones para países en desarrollo, Ginebra, 1979.

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Bibliografía Virtual

1. ETC ha estudiado y sido los más fervientes denunciantes de la biopiratería. A través de

Seding. http. //www.etcgroup.org y www.grain.org

2. Gunawardane, Jagath. Biopiracy: defining the problem. En: Midweek Review. http.

//origin.island.lk/2002/03/13/midwee04.html

3. http://base.d-p-h.info/en/fiches/premierdph/fiche-premierdph-1858.html

4. http://www.buenastareas.com/join.php

5. Publicado el 03 de noviembre del 2009, Colegio de Altamira. Madrid España.

http://dep-ciencias-altamira.blogspot.com/2009/11/1988-primer-animal-

transgenico.html

6. Revista el Mundo. http://www.elmundo.es/larevista/num189/textos/hombre1.html

7. United States Patent and Trademark Office. www.uspto.gov

8. www.cde.ua.es/

9. www.conacyt.mx/

10. www.educacion.gob.es/

11. www.peru.gob.pe/

12. www.propiedadintelectual.udg.mx

13. www.wipo.int/about-wipo/es/pac/ip_declaration.htm

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Biopiratería IEPI (INSTITUTO ECUATORIANO DE PROPIEDAD INTELECTUAL)

3 de septiembre de 2013 - 3:59 pm

Tiempo de lectura: 10 minutos | No. de palabras: 1951 | 5957 visitas

Piratas Terrestres y Globalizados

Robo, asalto, secuestro, ilegalidad, abuso, maltrato, son algunos de los términos que se

relacionan con los piratas de antaño. Si la historia la trasladamos al presente nos encontramos

en un mundo globalizado en donde los buscadores de riquezas han dado lugar al término

biopiratería.

Varias organizaciones que trabajan en la protección del ambiente, denominan a la biopiratería

como “el acceso, uso y/o aprovechamiento ilegal, irregular y/o inequitativo de recursos

biológicos y sus derivados, así como de los conocimientos tradicionales de los pueblos

indígenas asociados a ellos, en especial mediante uso de la propiedad intelectual, con la

finalidad de determinar derechos exclusivos sobre ellos”[1]

Casos de biopiratería en el Ecuador

1.- AYAHUASCA UNA PATENTE REVOCADA[2]

Indignación de los chamanes por convertir algo sagrado en un objeto del mercado

La planta conocida como Ayahuasca (Banisteriopsis caapi (Griseb.) Morton L.,

Malpighiaceae), un elemento esencial de una potente mezcla alucinógena, utilizada desde

siempre por los chamanes indígenas en las ceremonias curativas tradicionales, fue patentada

en 1986 por la Oficina de Patentes y Marcas de los EEUU, concediendo los derechos a Loren

Miller, un hombre de negocios norteamericano, quien había recogido lo que se describe en la

solicitud de la patente como una variedad única de la planta de la ayahuasca en Ecuador.

La patente describe posible valor medicinal de la planta en el tratamiento de enfermedades

como el cáncer y para psicoterapia, además de aplicaciones en tratamiento del

parkinsonianismo post-encefálico y la angina de pecho. Menciona también propiedades

antisépticas, bactericidas, amebicinas y antihelmínticas. Como la planta se utiliza con fines

medicinales en el contexto de las ceremonias curativas chamánicas tradicionales, el “rasgo

innovador” de la patente se basó en las características físicas “únicas” de la cepa descrita en

ella, y no en sus propiedades medicinales.

En marzo de 1.999, una delegación de chamanes del Amazonas, vistiendo atuendos

ceremoniales, plumas y collares, junto a sus abogados especializados, presentaron una petición

en la Oficina de Patentes y Marcas de los EE.UU. (PTO), solicitando la reexaminación y la

revocación de la patente.

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En noviembre de 1999, la PTO revocó la controvertida patente, reconociendo que los

chamanes amazónicos y el CIEL (Centro para las Leyes Internacionales sobre el

Medioambiente, Washington D.C.) habían demostrado que la cepa de B. caapi descrita en la

patente no se podía distinguir de las cepas de B. caapi silvestres, y que, por lo tanto, la cepa no

era patentable.

Patente revocada que se restablece[3]

Siendo este un evidente caso de biopiratería, y a pesar de que la patente fue cancelada, el

mundo y las poblaciones indígenas, miran impotentes que la patente fue restablecida al mismo

Loren Miller, en el 2001.

Según información de la Confeniae, el abogado del Ciel David Downes comentó que “la PTO

necesita cambiar sus reglamentos para prevenir solicitudes de patentes, en el futuro, a la

sabiduría tradicional y al empleo de plantas por los pueblos indígenas”. Además, apuntó que

“la PTO debe ya abordar sin rodeos la cuestión de si es ético o no que solicitantes de patentes

reclamen derechos particulares sobre una planta o conocimiento que es sagrado para un grupo

cultural o étnico”.

2.- .COMERCIALIZAN SANGRE HUAORANI

Los Huaorani y Taromenane viven desde siempre en la parte oriental de Ecuador, en las

provincias de Napo, Pastaza y Orellana (zona del Parque nacional Yasuní). No se puede tener

una noción concreta de estos asentamientos, pues los Taromenanes son comunidades que no

han sido contactadas.

Su condición de grupos “puros” u “originales”, ha despertado el interés de la comunidad

científica, al igual que las misiones religiosas han querido establecer algún nivel de contacto

para realizar sus acciones de evangelización y de investigaciones científicas. En junio de 2010,

se denunció por parte de miembros del pueblo huaorani, el tráfico de sangre humana, con

propósitos supuestamente científicos.

“Sangre rica y muy buena”[4]

Según una información publicada el 14 de julio de 2012 en el Comercio de Quito, “la

Defensoría del Pueblo abrió una investigación sobre el supuesto uso ilegal de material

genético de la nacionalidad Huaorani por parte del instituto estadounidense Coriell, la Escuela

Médica Harvard (EE.UU.) y la compañía petrolera Maxus”.

De acuerdo a esta información, Pablo Morales, representante de un grupo de la comunidad

Huaorani, el 19 de junio de 2010, habría presentado ante la Defensoría “una queja en la que

acusa al instituto Coriell de poseer una base de muestras genéticas de esta nacionalidad

indígena y de venderlas ilegalmente”. La Defensoría del Pueblo, como consecuencia de la

denuncia, habría conversado con miembros de la comunidad Huaorani, quienes habrían

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informado que “entre 1990 y 1991, un grupo de brigadistas conformado por dos

norteamericanos, entre ellos un médico de la empresa petrolera Maxus, tomaron muestras de

sangre de miembros de la comunidad sin especificar cuál sería su uso. Pero la comunidad

desconoce hasta hoy el destino de dichas muestras”.

Según la nota, “Manuela Ima, de la Asociación de Mujeres Waorani de la Amazonía

(Amwae), relató que en esa época se realizaron campañas de vacunación y luego se les extrajo

sangre para análisis médicos, pero nunca conocieron los resultados”. “A todos los de la

comunidad nos sacaron sangre, niños, mujeres, jóvenes”.

La Defensoría comprobó que el Instituto Coriell posee ilegalmente desde el 18 de diciembre

de 1991 muestras de sangre de la nacionalidad y desde 1994 hasta la actualidad este

laboratorio ha distribuido un total de siete cultivos celulares y 36 muestras, a través de la

página: http://ccr.coriell.org, enviadas a instituciones de ocho países. Según el organismo, esto

violenta las disposiciones establecidas en la Constitución del Ecuador, que establece en su Art.

66, numeral 3, literal d, “la prohibición del uso de material genético y la experimentación

científica que atente contra los derechos humanos”.

“La Defensoría emitió una resolución defensorial en la que declara que se han vulnerado los

derechos a la identidad cultural, al consentimiento previo, libre e informado para la extracción

y uso de recursos genéticos y el derecho a la identidad cultural y a la integridad personal del

pueblo huaorani”, concluye la nota de Diario El Comercio.

3.- EPIPEDOBATES TRICOLOR

La rana que supera a la morfina

Otro caso, conocido mundialmente, es el aprovechamiento de las propiedades de la rana

Epipedobates tricolor, que es una variedad endémica, presente en el nor occidente del

Ecuador, en las estribaciones de los Andes.

En los años 70 un científico que trabajaba para una institución de salud de EEUU, sacó del

Ecuador, sin autorización, 750 ejemplares de ranitas para extraer una medicina mucho más

potente que la morfina. Las leyes internacionales dicen que todo acceso y uso que se realice de

los recursos naturales de un país, sin cumplir los procedimientos establecidos por la

legislación vigente, constituye una violación de la misma. Ecuador no registra ninguna

solicitud ni autorización concedida al científico John Daly, ni a la Institución Nacional de

Salud de EEUU para la que trabaja, para acceder ni sacar del país los 750 ejemplares de

ranitas Epipedobates tricolor (Epipedobates anthonyl). El efecto legal de lo revisado, aplicado

al caso que nos ocupa, y confirmados ciertos presupuestos (los mismos que integran los

cuerpos legales antes referidos), es que nos encontraríamos ante un caso de

BIOPIRATERÍA[5]

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“Los estudios del científico John Daly son innegablemente un importante aporte para la

comunidad científica y la sociedad global. Su no mención en la descripción de su invento y el

desconocimiento en el registro de la Patente 5,462,956 del origen de sus inquietudes

científicas (el conocimiento ancestral de nuestras comunidades indígenas), así como el no

compartir con Ecuador los beneficios comerciales de los productos derivados de sus recursos

genéticos, devendrían en causal de nulidad de la patente y en el derecho del Estado”[6]

“Ecuador es vulnerable a que su biodiversidad se comercialice en el extranjero. Las leyes

y la carencia de investigación facilitan la propagación de este tipo de tráfico”.[7]

Robar el conocimiento o la información científica que un país pudiera tener para generar un

producto de uso comercial es biopiratería. Utilizar muestras de especies de la biodiversidad

(animales, humanes, plantas) para patentarlas posteriormente también es biopiratería. Y

Ecuador se enfrenta permanentemente a eso, a pesar de las leyes y los convenios.

Por eso David Romo adjudica la responsabilidad de lo que sucede a la legislación ecuatoriana.

El codirector de la Estación de Biodiversidad de la USFQ explica que las leyes están basadas

en un pensamiento de explotación norte-sur, lo que se traduce en una idea de que quienes

vienen de fuera lo hacen con un afán de aprovechamiento. Y gracias a ello se da lugar al

estancamiento de la investigación y a la proliferación de la biopiratería.

Ecuador apetecido por los biopiratas

Por la ubicación geográfica, y pese a ser uno de los países más pequeños de América Latina,

nuestro país posee una única, increíble e inigualable riqueza natural. Por su biodiversidad,

Ecuador ha sido calificado por el Programa de las Naciones Unidas para el Medio Ambiente,

como uno de los 10 países más ricos y mega diversos del mundo[8]

Esta riqueza, también distribuida en otros países de Sudamérica, tal es el caso de Perú, Brasil y

Colombia, se ha convertido en una zona muy apetecida por científicos estadounidenses y

europeos, los actuales vikingos terrestres, que durante siglos han aprovechado la biodiversidad

de nuestras tierras para luego comercializarlas en todo el mundo, sin reconocer el origen ni los

conocimientos ancestrales, utilizados durante siglos por nuestros pueblos indígenas.

Tal parece que el conflicto actual se ha convertido en una guerra por la ciencia y por la

investigación, pues ”el 90% de los recursos genéticos se encuentran en el sur y el 90% de las

patentes, se encuentran en el norte”[9]

¿Por qué un país como el nuestro, rico en biodiversidad, no aprovecha científicamente

sus recursos?

A pesar de que el actual gobierno se ha empeñado en aumentar la inversión en ciencia y

tecnología, los esfuerzos, todavía no son suficientes. Antes se destinaba el 0.06 % del PIB, y

durante el actual Gobierno, se incrementó, a 0.47 % del PIB. La aspiración es llegar al 1% de

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inversión que como mínimo sugieren todas las investigaciones a nivel mundial para tener

razonables recursos en ciencia y tecnología. Japón, destina el 3,1% de su Producto Interno

Bruto (PIB), en tanto que los Estados Unidos invierte el 2,7% y la Comunidad Europea el

1,9%[10]

Leyes internacionales contra la biopiratería[11]

En 1992 el Ecuador aprobó el Convenio de las Naciones Unidas sobre la Diversidad

Biológica, así mismo consta la Decisión 391: Régimen común sobre acceso a los recursos

genéticos de un país para la realización de cualquier tipo de proyecto, obligando a los

científicos a difundir los resultados de las investigaciones y su participación en el beneficio del

uso de los recursos.

Por otro lado, nuestro país es parte de la Convención sobre el comercio internacional de

especies amenazadas de fauna y flora (1975), la cual establece que la exportación de cualquier

espécimen de una especie…requerirá la previa concesión y presentación de un permiso de

exportación, el cual únicamente se concederá una vez satisfechos previos requisitos

establecidos. Adicionalmente, el Ecuador está en proceso de ratificación del Protocolo sobre

Distribución Justa y Equitativa de beneficios de los Recursos Genéticos y Conocimientos

Tradicionales.

IEPI presentó proyecto de ley para evitar la biopiratería[12]

Trabajo de concienciación dentro de comunidades como las shuar, tsáchila y otras

agrupaciones indígenas asentadas en la Costa, así como la elaboración de un proyecto de ley

para la protección de los conocimientos tradicionales, expresiones culturales y recursos

genéticos, son parte de los proyectos en los que trabaja la Dirección Nacional de Obtenciones

Vegetales y Conocimientos Tradicionales del Instituto Ecuatoriano de Propiedad Intelectual

(IEPI) para evitar la biopiratería.

Siempre vamos a encontrar piratas de tierra, mar (tal vez en un futuro hasta de aire), en busca

de riquezas. Si antes usurpaban oro, pieles, marfil, ahora intentan colonizar la investigación,

usurpando conocimientos y riqueza natural a estas tierras megadiversas.

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El caso de la patente sobre el “aloe vera”

IPIBA

Instituto de la Propiedad Intelectual de Buenos Aires

El aloe vera es una planta herbácea, con hojas carnosas gruesas y flores de color rojo. Su uso

tradicional ha sido como abortivo, antihelmíntico, laxante, depurativo, digestivo, diurético y

purgante. Es útil en casos de amenorrea, atónica, dispepsia, quemaduras, el resfriado y la tos.

También para cólicos, la mejora de las enfermedades de la vista, de la piel, tónico para el

cabello, trastornos del crecimiento del pelo, ictericia, supresión de trastornos menstruales y

uterinos, hemorroides, fisuras rectales, restauración de la potencia sexual, dispersión de las

inflamaciones y eliminación de parásitos. En la actualidad los Estados Unidos han concedido

más de mil patentes relacionados con esta planta.[1] Sobre decir que las patentes otorgadas

son meras derivaciones de los usos originales de la planta sin que haya mediado invención

alguna.

El caso de la patente “ayahuasca” (Banisteriopsis caapi)

Inspirado por el éxito de la India en la impugnación de la patente de la cúrcuma, un desafío

fue lanzado contra otra patente otorgada en los EE.UU. Durante generaciones, los chamanes

de las tribus indígenas de la cuenca del Amazonas han procesado la corteza de Banisteriopsis

caapi para producir una bebida ceremonial conocida como “ayahuasca”. La ayahuasca es

utilizada en las ceremonias religiosas y curativas para diagnosticar y tratar enfermedades,

conectarse con los espíritus y adivinar el futuro. Un estadounidense, Loren S. Miller, obtuvo el

patentamiento en los EE.UU. en junio de 1986, otorgándole los derechos sobre una supuesta

variedad de B. caapi a la que él llamó “Da Vine” (Reg. No. 5751 del 17 de junio de 1986). En

la descripción de su solicitud de patente declaró que la planta “fue descubierta en un jardín

doméstico en la selva amazónica de América del Sur”. El titular de la patente alegó que “Da

Vine” era una variedad nueva y distinta de B. caapi, principalmente por el color de la flor. La

Coordinadora de Organizaciones Indígenas de la Amazonía Cuenca (COICA) y cerca de 400

ONG se opusieron en 1994. En su nombre, el Centro Internacional de Derecho Ambiental

(CIEL) presentó una solicitud de nuevo examen de la patente a la USPTO bajo el argumento

de que Da Vine no era nueva ni distinta de la b. caapi. Finalmente la USPTO aceptó los

argumentos de los reclamantes, fundándose en la falta de novedad pero no aceptó el uso

histórico de la B. caapi por parte de los pueblos de la Amazonia. Debido a este tecnicismo

legal, Loren Miller apeló con éxito a principios de 2001 y la patente volvió a adquirir validez

hasta terminar su vigencia.[2]

El caso de la patente sobre la “stevia” (Stevia rebaudiana Bertoni)

En la Argentina puede citarse un caso más que importante: la Stevia rebaudiana Bertoni, que

es una planta originaria del Gran Chaco, cultivada desde tiempos ancestrales por los pueblos

indígenas, especialmente los guaraníes.[3] Originalmente fue una planta silvestre, y sus

primeros cultivos datan de 1908. Sin embargo, ya era conocida desde mucho tiempo atrás por

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sus múltiples aplicaciones en medicina y farmacología, y se hizo famosa en los últimos treinta

años como edulcorante natural muy superior al azúcar. Actualmente es cultivada en diversas

partes del mundo. Supuestas plantas derivadas de la stevia así como nuevos procesos de

producción han sido patentados como edulcorantes en los Estados Unidos, Canadá y Japón. En

todos los casos se ha invocado la “novedad” del producto o proceso que es objeto de la

patente, la cual -como se ha visto en los demás casos presentados- es dudosa.

[1] Entre las principales patentes concedidas se encuentran las siguientes: Patente de EE.UU.

6.375.992, referida a métodos de hidratación de la piel del mamífero que comprende la

administración oral de una determinada composición. Patente de EE.UU. 6.372.791, referida a

un método para desarrollar el metabolismo celular de la piel. Patente de EE.UU. 6.372.234,

sobre productos para aplicaciones tópicas que comprenden cuerpos grasos. Patente de EE.UU.

6.368.639, referida a una formulación a base de plantas destinada al cuidado y reparación de la

piel. Patente de EE.UU. (…) Al respecto ver SAHAI, “Imitations not innovations.”

[2] Sahai, Suman, op. cit. pp. 37 y ss.

[3] En el siglo XIX fue descubierta por el botánico suizo Moises Bertoni, quien la hizo

conocida fuera de su territorio de origen. Al respecto ver: KIENLE, Udo, RUIZ, Manuel y

WILLI, Pedro. “Utilising biodiversity – cui bono? The case of stevia, the sweetener of the

Guaraní People”, en serie Gente, alimento y biodiversdad, Eschborn, Sociedad Alemana de

Cooperación Técnica (GTZ), 2008, pp. 1-2.

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Ley de Protección al Acceso a la Diversidad Biológica Peruana y los Conocimientos

Colectivos de los Pueblos Indígenas, Ley nº 28216, que nos manifiesta:

Según el Art 1.- Objeto de la Ley.- El objeto de la presente Ley es otorgar protección al

acceso a la diversidad biológica peruana y a los conocimientos colectivos de los pueblos

indígenas.

Art 2.- De la creación de la Comisión nacional.- Créase la Comisión nacional para la

protección al acceso a la diversidad biológica peruana y a los conocimientos colectivos de los

pueblos indígenas relacionados con ella, adscrita a la Presidencia del Consejo de Ministros.

Art 3.- De la conformación.- La Comisión nacional de protección al acceso a la diversidad

biológica peruana y a los conocimientos de los pueblos indígenas, está conformada por:

Un representante del Instituto Nacional

de Defensa de la Competencia y Protección de la Propiedad Intelectual (INDECOPI),

que la preside.

Un representante del Ministerio de

Relaciones Exteriores.

Un representante del Ministerio de

Comercio Exterior y Turismo.

Un representante del Consejo Nacional

del Ambiente (CONAM)

Un representante de la Comisión para la

Promoción de Exportaciones (PROMPEX).

Un representante del Instituto Nacional

de Recursos Naturales (INRENA).

Un representante del Instituto Nacional

de Investigación y Extensión Agraria (INIEA).

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Un representante del Centro

Internacional de la Papa (CIP).

Un representante del Centro Nacional

de Salud Intercultural (CENSI).

Un representante de las Universidades

del país relacionadas con el objeto de la presente Ley, designado por la Asamblea

Nacional de Rectores (ANR).

Dos representantes de la Sociedad Civil

(uno de las ONGs y otro de los gremios empresariales) relacionados con el objeto de la

presente Ley.

Un representante de la Comisión

Nacional de Pueblos Andinos, Amazónicos y Afroperuanos (CONAPA).

Art 4.- Funciones de la Comisión.- Son funciones de la Comisión las siguientes:

Crear y mantener un Registro de los

Recursos Biológicos y Conocimientos Colectivos de los Pueblos Indígenas del Perú.

Proteger de actos de biopiratería.

Identificar y efectuar el seguimiento de

las solicitudes de patentes de invención presentadas o patentes de invención

concedidas en el extranjero, relacionadas con recursos biológicos o con conocimientos

colectivos de los pueblos indígenas del Perú.

Evaluar técnicamente las solicitudes

presentadas y las patentes concedidas, precisadas en el literal anterior.

Emitir informes acerca de los casos

estudiados, realizando recomendaciones a seguir en las instancias del Estado

competentes.

Interponer acciones de oposición o

acciones de nulidad contra las solicitudes de patentes de invención o contrapatentes

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concedidas en el extranjero, que se relacionen con material biológico o genético del

Perú o los conocimientos colectivos de sus pueblos indígenas y nativos.

Establecer canales permanentes de

información y diálogo con las oficinas de propiedad industrial de otros países.

Promover vínculos con los organismos

de participación regional del Estado y de la Sociedad Civil.

Elaborar propuestas con la finalidad de

proteger en los diversos foros internacionales la posición del Estado y de los pueblos

indígenas y nativos del Perú, con la finalidad de prevenir y evitar los actos de

biopiratería.

Art 5.- De los recursos de la Comisión.- Son recursos de la Comisión, los siguientes:

a) Los que obtenga de la cooperación internacional.

b) Otros que se deriven de donaciones.

Art 6.- Del informe a la Presidencia del Consejo de Ministros.- La Comisión presentará

semestralmente ante la Presidencia del Consejo de Ministros un informe de las acciones

realizadas y casos estudiados, incluyendo sus recomendaciones.

DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS Y FINALES:

Primera.- Por Resolución de la Presidencia del Consejo de Ministros se dictará las medidas

complementarias que fueran necesarias para cumplir con lo dispuesto por la presente Ley.

Segunda.- Dentro de los noventa (90) días de publicada la presente Ley se expedirá su

reglamento mediante decreto supremo.

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Tercera.- Para los efectos de la aplicación de la presente Ley se entiende por “Biopiratería,

el acceso y uso no autorizado y no compensado de recursos biológicos o conocimientos

tradicionales de los pueblos indígenas por parte de terceros, sin la autorización

correspondiente y en contravención de los principios establecidos en el Convenio sobre

Diversidad Biológica y las normas vigentes sobre la materia. Esta apropiación puede darse a

través del control físico, mediante derechos de propiedad sobre productos que incorporan estos

elementos obtenidos ilegalmente o en algunos casos mediante la invocación de los mismos.”

Cuarta.- Los demás términos técnicos utilizados en la presente Ley están definidos en la

normatividad vigente.