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UNIVERSIDAD CENTRAL DEL ECUADOR
FACULTAD DE JURISPRUDENCIA, CIENCIAS POLÍTICAS Y SOCIALES
CARRERA DE DERECHO
“MOVILIDAD HUMANA E INTEGRACIÓN SOCIAL DENTRO DEL PLAN
NACIONAL DEL BUEN VIVIR EN EL ORDENAMIENTO JURÍDICO
ECUATORIANO”
Proyecto de Investigación previa a la obtención del Título de
ABOGADA
AUTORA: Jiménez Soto Diana Carolina
E-mail: [email protected]
TUTOR: Dr. Yépez Proaño Luis Marcelo
QUITO – ECUADOR
Enero, 2016
ii
DEDICATORIA
“La motivación te ayuda a comenzar.
El hábito te mantiene firme en tu camino.”
Jim Ryun
A mi Dios por no dejarme vencer por las adversidades, a mi madre la señora Maria Soto
que ha sido un pilar fundamental. A mis hermanos por darme ánimos de superarme.
Y a mí querido Andres que siempre estuviste en el momento justo para brindarme tu
amor incondicional.
iii
DECLARATORIA DE ORIGINALIDAD
Quito, 08 diciembre de 2015
Yo, Diana Carolina Jiménez Soto, con cédula de ciudadanía N° 1721845095 autora de la
investigación, libre y voluntariamente DECLARO, que el trabajo de grado titulado
“MOVILIDAD HUMANA E INTEGRACION SOCIAL DENTRO DEL PLAN
NACIONAL DEL BUEN VIVIR EN EL ORDENAMIENTO JURIDICO
ECUATORIANO” es de mi plena autoría original y no constituye plagio o copia alguna,
constituyéndose en documento único, como mandan los principios de la investigación
científica, de ser comprobado lo contrario me someto a las disposiciones legales pertinentes.
Es todo cuanto puedo decir en honor a la verdad.
Atentamente
Diana Carolina Jiménez Soto
C.C. N° 1721845095
Correo electrónico: [email protected]
iv
AUTORIZACIÓN DE LA AUTORÍA INTELECTUAL
Yo, Diana Carolina Jiménez Soto, en calidad de autora del proyecto innovador de
investigación realizado sobre, “MOVILIDAD HUMANA E INTEGRACION SOCIAL
DENTRO DEL PLAN NACIONAL DEL BUEN VIVIR EN EL ORDENAMIENTO
JURIDICO ECUATORIANO”, por medio de la presente autorizo a la Universidad Central
del Ecuador, hacer uso de todos los contenidos que me pertenecen o parte de los que
contienen esta obra, con fines estrictamente académicos o de investigación.
Los derechos que como autora me corresponden, con excepción de la presente autorización,
seguirán vigentes a mi favor, de conformidad con lo establecido en los artículos 5, 6, 8; 19 y
demás pertinentes de la Ley de Propiedad Intelectual y su Reglamento.
Quito D.M., a 08 de diciembre de 2015
Diana Carolina Jiménez Soto
C.C. N° 1721845095
Correo electrónico: [email protected]
v
APROBACIÓN DEL TUTOR
vi
APROBACIÓN DEL TRIBUNAL CALIFICADOR DEL PROYECTO DE
INVESTIGACION
Los miembros del Jurado Examinador aprueban el informe de titulación:
“MOVILIDAD HUMANA E INTEGRACION SOCIAL DENTRO DEL PLAN
NACIONAL DEL BUEN VIVIR EN EL ORDENAMIENTO JURIDICO
ECUATORIANO”
Para constancia firman.
PRESIDENTE
VOCAL VOCAL
vii
INDICE DE CONTENIDO
DEDICATORIA .................................................................................................................... ii
DECLARATORIA DE ORIGINALIDAD .......................................................................... iii
AUTORIZACIÓN DE LA AUTORÍA INTELECTUAL .................................................... iv
APROBACIÓN DEL TUTOR .............................................................................................. v
APROBACIÓN DEL TRIBUNAL CALIFICADOR DEL PROYECTO DE
INVESTIGACION ............................................................................................................... vi
INDICE DE CONTENIDO ................................................................................................. vii
ÍNDICE DE CUADROS ...................................................................................................... xi
ÍNDICE DE TABLAS ......................................................................................................... xii
ÍNDICE DE GRÁFICOS ................................................................................................... xiii
RESUMEN EJECUTIVO .................................................................................................. xiv
ABSTRACT ........................................................................................................................ xv
INTRODUCCIÓN ................................................................................................................. 1
JUSTIFICACIÓN .................................................................................................................. 3
GLOSARIO ........................................................................................................................... 6
CAPÍTULO I ......................................................................................................................... 8
DETERMINACIÓN DEL PROBLEMA .............................................................................. 8
1.1. DIAGNÓSTICO DE LA SITUACIÓN ACTUAL ..................................................... 10
1.1.1. Elementos de Hecho ............................................................................................. 10
1.1.2. Elementos de Derecho .......................................................................................... 10
1.2. DETERMINACIÓN DE NUDOS CRÍTICOS (SUB-PROBLEMAS) ...................... 11
1.3. PREGUNTAS DIRECTRICES................................................................................... 12
1.4. PLANTEAMIENTO DEL PROBLEMA.................................................................... 12
1.4.1. Macro .................................................................................................................... 12
1.4.2. Meso ..................................................................................................................... 13
1.4.3. Micro .................................................................................................................... 13
1.5. ÁRBOL DE PROBLEMAS ........................................................................................ 14
1.6. FORMULACIÓN DEL PROBLEMA ........................................................................ 15
1.7. OBJETIVOS................................................................................................................ 15
1.7.1. General .................................................................................................................. 15
1.7.2. Específicos ............................................................................................................ 16
viii
1.8. ANÁLISIS CRÍTICO .................................................................................................. 16
1.9. PROGNOSIS (pronóstico de lo que sucederá) ........................................................... 17
CAPÍTULO II ...................................................................................................................... 18
MARCO TEÓRICO ............................................................................................................ 18
2.1. ANTECEDENTES DE LA INVESTIGACIÓN ......................................................... 18
2.2. FUNDAMENTACIÓN TEÓRICO – DOCTRINARIA ............................................. 19
MARCO DOCTRINARIO .................................................................................................. 25
2.3. FUNDAMENTACIÓN LEGAL ................................................................................. 25
2.4. HIPÓTESIS (o planteamiento ideológico a defender, o pregunta directriz) ............... 28
2.5. DETERMINACIÓN DE LAS VARIABLES ............................................................. 29
ESQUEMA DEMOSTRATIVO ......................................................................................... 29
TITULO I ............................................................................................................................ 29
SOBRE LAS MIGRACIONES: CONCEPTOS, HISTORIA, MARCO INTERNACIONAL
............................................................................................................................................. 29
3.1. CONCEPTOS GENERALES ..................................................................................... 29
3.1.1. Migración.............................................................................................................. 31
3.1.2. Emigración............................................................................................................ 32
3.1.3. Inmigración ........................................................................................................... 33
3.1.4. Refugio ................................................................................................................. 33
3.1.5. Movilidad Humana ............................................................................................... 34
3.1.6. Migración o movilidad humana ............................................................................ 35
3.2. TEORIAS DE LA MIGRACIÓN ............................................................................... 37
3.2.1. Teoría de la modernización .................................................................................. 37
3.2.2. Teorías de la dependencia (teoría del sistema mundial) ....................................... 39
3.2.3. Teoría del articulacionismo .................................................................................. 41
3.3. ORIGEN Y EVOLUCIÓN HISTORICA DE LA MIGRACIÓN .............................. 43
3.4. LA MIGRACIÓN EN LA REPÚBLICA DEL ECUADOR ...................................... 47
3.4.1. Migrantes ecuatorianos en el exterior y migrantes en retorno .............................. 53
3.4.2. Inmigrantes en el Ecuador y Refugiados .............................................................. 56
3.4.3. El caso de los refugiados en el Ecuador ............................................................... 58
3.4.4. Ecuador en el marco internacional relativo al tema migratorio ........................... 59
TITULO II ........................................................................................................................... 62
EL PLAN NACIONAL PARA EL BUEN VIVIR ............................................................ 62
4.1. UN NUEVO MODELO DE DESARROLLO: RÉGIMEN DEL BUEN VIVIR ....... 62
ix
4.2. BENEFICIOS DE LA MIGRACIÓN ......................................................................... 64
4.3. PERSONAS Y GRUPOS DE ATENCIÓN PRIORITARIA ...................................... 65
4.4. NUEVA LEGISLACIÓN MIGRATORIA EN EL ECUADOR ................................ 66
4.4.1. Tipos de movilidad humana ................................................................................. 68
4.4.2. Etapas del proceso de movilidad humana............................................................. 69
4.5. EL PROYECTO DE LEY ORGANICA DE MOVILIDAD HUMANA ................... 70
4.5.1. Aspectos más importantes e innovadores del Proyecto de ley de movilidad
humana............................................................................................................................ 70
TÍTULO III .......................................................................................................................... 72
LA POLÍTICA MIGRATORIA DE PUERTAS ABIERTAS Y SUS IMPACTOS PARA EL
ECUADOR .......................................................................................................................... 72
5.1. PRINCIPIOS Y FUNDAMENTOS DE LA POLITICA MIGRATORIA DE PUERTAS
ABIERTAS .......................................................................................................................... 72
5.1.1. Críticas de la opinión pública internacional sobre la política migratoria
implementada por el Estado ecuatoriano. ....................................................................... 73
5.2. CONSECUENCIAS DE LA MIGRACIÓN: SOCIAL Y SEGURIDAD NACIONAL
............................................................................................................................................ 75
5.2.1. Migración y Seguridad ......................................................................................... 76
5.2.2. El desempleo y la pobreza como argumentos de rechazo a los inmigrantes ....... 77
5.2.3. La delincuencia en el país como consecuencia de la Política de Puertas Abiertas78
5.2.4. La Discriminación por parte de ecuatorianos a migrantes extranjeros ............... 78
MARCO METODOLÓGICO ............................................................................................. 80
6.1. DETERMINACIÓN DE LAS UNIDADES DE OBSERVACIÓN ........................... 80
6.2. APLICACIÓN DE LOS MÉTODOS PREVIAMENTE DETERMINADOS ............ 82
6.3. APLICACIÓN DE LAS TÉCNICAS (observaciones, encuestas, entrevistas, análisis
documental) E INSTRUMENTOS DE INVESTIGACIÓN (diario de campo, fichas
formularios de cuestionarios) ............................................................................................. 83
6.4. APLICACIÓN DE LA MATRIZ DE OPERACIONALIZACIÓN DE LAS
VARIABLES ..................................................................................................................... 84
CAPITULO IV .................................................................................................................... 85
PROCESAMIENTO Y ANÁLISIS DE LA INFORMACIÓN ........................................... 85
7.1. TABULACIÓN E INTERPRETACIÓN DE RESULTADOS ................................. 86
7.2. SÍNTESIS DE LAS ENTREVISTAS ....................................................................... 100
7.3. ANÁLISIS E INTERPRETACIÓN DE LA ENTREVISTA. ................................... 103
x
7.4. COMPROBACIÓN DEL OBJETIVO ...................................................................... 104
7.5. VERIFICACIÓN DE HIPÓTESIS ........................................................................... 105
CONCLUSIONES Y RECOMENDACIONES ................................................................ 106
Conclusiones ...................................................................................................................... 106
Recomendaciones .............................................................................................................. 110
CAPITULO V ................................................................................................................... 113
PROPUESTA .................................................................................................................... 113
8.1. JUSTIFICACIÓN...................................................................................................... 113
8.2. OBJETIVO GENERAL ............................................................................................ 114
8.3. OBJETIVOS ESPECÍFICOS .................................................................................... 114
8.4. UBICACIÓN SECTORIAL Y FÍSICA .................................................................... 115
8.5. BENEFICIARIOS ..................................................................................................... 116
8.6. FACTIBILIDAD ....................................................................................................... 117
8.7. DESCRIPCIÓN DE LA PROPUESTA .................................................................... 117
BIBLIOGRAFÍA ............................................................................................................... 134
ANEXOS ........................................................................................................................... 138
xi
ÍNDICE DE CUADROS
Cuadro 1 Árbol de problemas ....................................................................................................... 14
Cuadro 2 Clasificación de la movilidad humana .......................................................................... 68
Cuadro 3 Proceso de movilidad humana ...................................................................................... 69
Cuadro 4 Población ....................................................................................................................... 81
Cuadro 5 Operacionalización de variables ................................................................................... 84
Cuadro 6 Resumen de entrevistas ............................................................................................... 101
xii
ÍNDICE DE TABLAS
Tabla 1 Indicadores macroeconómicos de la economía del Ecuador 1980-1999 ......................... 49
Tabla 2 pregunta 1 encuesta a inmigrantes ................................................................................... 86
Tabla 3 Pregunta 1 encuesta a funcionarios de la U. de migración .............................................. 87
Tabla 4 Pregunta 2 encuesta a inmigrantes ................................................................................... 88
Tabla 5 Pregunta 2 encuesta a funcionarios de la U. de migración .............................................. 89
Tabla 6 Pregunta 3 encuesta a inmigrantes ................................................................................... 90
Tabla 7 Pregunta 3 encuesta a funcionarios de la U. de migración .............................................. 91
Tabla 8 Pregunta 4 encuesta a inmigrantes ................................................................................... 92
Tabla 9 Pregunta 4 encuesta a funcionarios de la U. de migración .............................................. 93
Tabla 10 Pregunta 5 encuesta a inmigrantes ................................................................................. 94
Tabla 11 Pregunta 5 encuesta a funcionarios de la U. de migración ............................................ 95
Tabla 12 Pregunta 6 encuesta a inmigrantes ................................................................................. 96
Tabla 13 Pregunta 6 encuesta a funcionarios de la U. de migración ............................................ 97
Tabla 14 Pregunta 7 encuesta a inmigrantes ................................................................................. 98
Tabla 15 pregunta 7 encuesta a funcionarios de la U. de migración ............................................ 99
xiii
ÍNDICE DE GRÁFICOS
Gráfico 1 Mapa de los principales flujos migratorios en el mundo .............................................. 47
Gráfico 2 Estadística de Cobertura de necesidades básicas periodo 1997-2001 ......................... 50
Gráfico 3 Principales destinos de los inmigrantes ecuatorianos por país ..................................... 54
Gráfico 4 Destino de la inmigración de los ecuatorianos periodo 1996-2001 .............................. 55
Gráfico 5 Remesas de los inmigrantes ecuatorianos periodo 1990-2004 ..................................... 65
Gráfico 6 Pregunta 1 encuesta a inmigrantes ............................................................................... 86
Gráfico 7 Pregunta 1 encuesta a funcionarios de la U. de migración ........................................... 87
Gráfico 8 Pregunta 2 encuesta a inmigrantes ................................................................................ 88
Gráfico 9 Pregunta 2 encuesta a funcionarios de la U. de Migración ........................................... 89
Gráfico 10 Pregunta 3 encuesta a inmigrantes .............................................................................. 90
Gráfico 11 Pregunta 3 encuesta funcionarios de la U. de migración ............................................ 91
Gráfico 12 Pregunta 4 encuesta a inmigrantes .............................................................................. 92
Gráfico 13 Pregunta 4 encuesta a inmigrantes .............................................................................. 93
Gráfico 14 Pregunta 5 encuesta a inmigrantes .............................................................................. 94
Gráfico 15 Pregunta 5 encuesta a funcionarios de la U. de migración ......................................... 95
Gráfico 16 Pregunta 6 encuesta a inmigrantes .............................................................................. 96
Gráfico 17 Pregunta 6 encuesta a funcionarios de la U. de migración ......................................... 97
Gráfico 18 Pregunta 7 encuesta a inmigrantes .............................................................................. 98
Gráfico 19 Pregunta 7 encuesta a inmigrantes .............................................................................. 99
xiv
RESUMEN EJECUTIVO
MOVILIDAD HUMANA E INTEGRACIÓN SOCIAL DENTRO DEL PLAN
NACIONAL DEL BUEN VIVIR EN EL ORDENAMIENTO JURIDICO
ECUATORIANO
A partir de la adopción de la Constitución ecuatoriana del 2008, se han planteado una serie de
nuevas denominaciones legales, principios y derechos que se consagran en la norma suprema
del Estado. En efecto, existen cambios innovadores e incluso vanguardistas, que modifican
muchas de las concepciones que se mantenían hasta antes de la entrada en vigencia de la
Constitución actual. De esta manera, la innovación en materia de aplicación de derechos en
cuanto a la movilidad humana ha sido un puntal de la nueva norma. Así pues, el
reconocimiento de derechos como el de libre movilidad humana, el derecho a migrar,
principios como el de la ciudadanía universal y la eliminación de considerar a seres humanos
“ilegales” por su irregularidad migratoria, han planteado una serie de dificultades a la hora de
plasmar estos preceptos en la práctica cotidiana de los ciudadanos y los migrantes; el hecho
de disponer aún de leyes sobre la materia que datan de inicios de los años 70´s plantean
también una incongruencia entre las concepciones doctrinarias y las de la actual Constitución.
Descriptores: MOVILIDAD HUMANA, LEGISLACION MIGRATORIA, POLITICA
MIGRATORIA, CIUDADANIA UNIVERSAL, BUEN VIVIR, INTEGRACION
SOCIAL
xv
I CERTIFY that the above and foregoing is a true and correct translation of the original document in Spanish. Silvia Donoso Acosta Certified Translator ID.: 0601890544
ABSTRACT
HUMAN MOBILITY AND SOCIAL INTEGRATION, WITHIN THE GOOD-LIVING
PLAN, IN THE ECUADORIAN LEGAL SYSTEM.
As of the adoption of the 2008 Ecuadorian Constitution, there have been a series of new legal
denominations, principles and rights consecrated in the State’s supreme norm. In fact, there
are innovative and even avant-guard changes that modify many of the competences held up
until the coming into power of the standing Constitution. In this way, the innovations in
manners of the application of rights related to human mobility have been punctual in this new
norm. Thereupon, the recognition of rights such as the right to free human mobility, the right
to migrate, principles like that of universal citizenship and the elimination of the term
“illegals” for human beings under an irregular migratory status, have brought forward a series
of difficulties at the time of embodying these precepts in citizens’ and immigrants’ daily
practice. The fact that we still have laws that date back to the ‘70s, constitutes an
incongruence between doctrinaire conceptions and those of the standing Constitution.
Keywords: HUMAN MOBILITY, MIGRATORY LAW, MIGRATORY POLICY,
UNIVERSAL CITIZENSHIP, GOOD-LIVING, SOCIAL INTEGRATION.
1
INTRODUCCIÓN
Las reformas establecidas en la Constitución de la República del Ecuador del año 2008,
como consecuencia de un proceso político cuya propuesta apuntaba a realizar cambios
estructurales en el Estado y su andamiaje jurídico, generando derechos y principios en
distintos ámbitos, entre uno de ellos, la movilidad humana que es tema de interés para el
proyecto propuesto.
En tal virtud esta nueva concepción de movilidad humana será analizada a partir de tres
ejes fundamentales: a) la vigilancia y apoyo que el Estado ecuatoriano brinda a nuestros
emigrantes ecuatorianos, b) el aumento del flujo migratorio en la República del Ecuador
como resultado de las nuevas políticas públicas; y c) el análisis de la normativa migratoria
vigente en el país, especialmente de la Ley de Migración y la Ley de Extranjería, y su
discrepancia con la Constitución actual.
El motivo de realizar el presente trabajo es precisamente descubrir todas las aristas que
forman este nuevo modelo establecido por el Estado, conocer en qué consisten todos aquellos
nuevos conceptos de libre movilidad humana implementados; y una vez despejadas todas las
incógnitas conceptuales determinar el grado de efectividad que ha tenido esta nueva
concepción, si los cambios han sido positivos, neutrales o tal vez negativos para la sociedad
ecuatoriana.
Por lo expuesto, en el presente trabajo se utilizará el método científico con la finalidad de
establecer un proceso sistemático de estudio de los diferentes tipos de teorías que intentan
explicar el fenómeno de la migración y sus consecuencias jurídicas y sociales especialmente
para el presente objeto de estudio. Se aplicará también el método exegético, con la finalidad
de realizar un estudio de las normas legales establecidas en los cuerpos legales de interés para
2
el presente proyecto especialmente como: el Plan Nacional de Buen Vivir, 2009-2013, 2013-
2017, como documentos directrices de las políticas públicas del presente gobierno en
distintas materias de interés del esquema político vigente; la Constitución de la República del
2008, en cuyo contenido se establecen prerrogativas innovadoras como se han indicado; las
leyes de migración y extranjería, que pese a tener más de cuatro décadas aun rigen en el país
sobre la materia migratoria; y un breve comentario sobre el proyecto de Ley Orgánica de
Movilidad Humana, como cuerpo legal que se pretende integrar a la legislación nacional
para establecer en sola normativa una regulación coherente entre la constitución y demás
leyes de menor jerarquía, como las ya mencionadas.
La aplicación del método histórico cronológico se ha tomado en cuenta para establecer
antecedentes respecto de la movilidad humana, se pretende además mediante este método
conocer sobre el inicio de las migraciones y el fundamento histórico de este fenómeno, así
como las diferentes teorías que se han presentado para explicar la etiología del tema
propuesto.
3
JUSTIFICACIÓN
La migración, como parte de lo que hoy denomina la legislación nacional como
“movilidad humana”, ha sido un hecho permanente desde la aparición del hombre sobre la
faz del planeta, dado que se ha caracterizado al hombre por movilizarse de forma constante
en busca de mejores medios de vida, en este sentido las migraciones de las primeras
unidades sociales de los humanos , como las tribus, que son otro tipo de organizaciones
sociales antes que organizaciones políticas como las del Estado, no tienen necesariamente las
ampliaciones y repercusiones políticas, sociales y económicas que construyen la movilidad
humana y la migración en la actualidad.
Si duda que la aparición del Estado Moderno, como una unidad político-administrativa de
mayor complejidad tanto instrumental como conceptualmente, trae consigo otras
implicaciones jurídicas que se derivan de la adopción de este tipo de organización social, que
tiene la finalidad de regular la vida de sus asociados en su interrelación diaria, así como la
tutela y protección frente a factores externos.
La diferencia entre los estados y las tribus, constituyen la génesis del tratamiento jurídico
de la migración, pues de ello se desprenden ideas y conceptos de nacionalidad, fronteras,
connacionales y foráneos, hechos que se constatan justamente cuando aparece el Estado. Si
bien las diversas teorías que explican la aparición del Estado esgrimen diferentes razones
para su justificación, surgen múltiples fenómenos jurídicos, económicos, sociales, políticos,
entre ellos el de la migración, esta como una parte de la movilidad de los seres humanos que
ven en aquella posibilidad la oportunidad de satisfacer de una mejor manera sus necesidades
al no pueden alcanzar en sus propios lugares de origen.
4
Por tal motivo la inserción de seres humanos de una nacionalidad en otra sociedad, en
otro Estado y sobre cómo estos son tratados en el ordenamiento jurídico de los Estados de
recepción ha sido diferente a lo largo de la historia, discriminación, explotación laboral,
xenofobia, son males a los que los migrantes se han visto abocados cuando han decidido
emprender este proceso.
En el caso de la República del Ecuador no es un fenómeno ajeno la migración, en virtud
de esto el país cuenta desde el año de 1971 con dos cuerpos legales que se encargan de la
regulación migratoria: por un lado está la Ley de Migración, que tiene por finalidad la
coordinación y regulación de los servicios que el Estado presta en estos ámbitos,
especialmente sobre los procedimientos de entradas y salidas del país; y, la Ley de
Extranjería, cuya potestad regulatoria específicamente trata y regula la situación de los
extranjeros en el Ecuador, estas leyes están basadas en una concepción de control a los
extranjeros como un mecanismo de seguridad del Estado, consideración sustentada en el
contexto histórico que atravesaba el país, la región y el continente durante esos años, como
consecuencia de constantes cambios que aquella época sufría lo que conllevo a que los países
adopten medidas para contrarrestar la influencia política de otros Estados. Este tipo de
concepción persiste hasta la actualidad en el caso de las leyes mencionadas.
En este contexto a partir del 2007 la República del Ecuador vivió un nuevo proceso
político que conllevó a la adopción de una nueva Constitución, la de Montecristi en el año
2008, que realiza una modificación política de las concepciones que hasta ese entonces
habían permanecido en la base jurídica del país. Es así que en esta Constitución, entre otras
cosas, a la migración se la enmarca en otra denominación mucho más moderna y mejor
concebida ideológica y sociológicamente, la de “movilidad humana”. A la vez el termino
deriva en otras formas de entender a esta; por ejemplo, a los migrantes se los llama más bien
individuos en “situación de movilidad humana”, la migración es considerada un derecho; la
5
estigmatización de considerar a los seres humanos como “ilegales” es abolida, y se considera
como un estado irregular las personas que no han cumplido con todas las formalidades para
residir en el país.
Así explicado, la intensión principal al realizar esta investigación es determinar cuáles son
los efectos jurídicos al incluir a la movilidad humana en el Plan Nacional del Buen Vivir
2009-2013 y 2013-2017, el cambio que ha surgido en la conceptualización de la migración
en el contexto de la Constitución actual, y como esta entabla una incompatibilidad con las
leyes regulatorias vigentes en la materia; finalmente se plantea la necesidad de la adopción
de una nueva Ley de Movilidad Humana que garantice los derechos de los inmigrantes y
garantice también la seguridad del Estado y sus ciudadanos a la vez.
6
GLOSARIO
Emigración.- al respecto, (Cabanellas, 2008, pág. 157) describe “Fenómeno social,
económico y político a la vez, consistente en el abandono voluntario que uno o
muchos individuos hacen de su patria, para ir a establecerse en otro Estado, con el
objeto de aprovechar facilidades de trabajo, oportunidades de negocios y a veces la
simple tranquilidad.”
Inmigración.- (Ossorio, 2010, pág. 498) señala lo siguiente “Acción o efecto de
inmigrar, de llegar a un país para establecerse en él los que estaban domiciliados en
otro. Se dice especialmente de los que forman nuevas colonias o se domicilian en las
ya formadas.”
Migración.- (Ossorio, 2010, pág. 598) considera lo siguiente “Con este término se
designan los movimientos y traslados de personas, sea dentro del país mismo o
atravesando, límites de dos o más Estados. […] y son determinados por la búsqueda
de mejores condiciones de trabajo.”
Movilidad Humana.- (Comisión Andina de Juristas, 2011) considera que es la
“movilización de personas de un lugar a otro en ejercicio de su derecho a la libre
circulación. Es un proceso complejo y motivado por diversas razones (voluntarias o
forzadas), que se realiza con la intencionalidad de permanecer en el lugar de destino
por periodos cortos o largos, o incluso, para desarrollar una movilidad circular.”
OIM / IOM (siglas en inglés).- Organización Internacional para las Migraciones
País de origen.- (Organización Internacional para las Migraciones, 2015) lo define
“país del cual procede un migrante o flujos migratorios.”
País receptor.- (Organización Internacional para las Migraciones, 2015) considera
que “país de destino o tercer país que recibe a una persona. En el caso de retorno o
7
repatriación, también se considera país receptor al país de origen. País que, por
decisión ejecutiva, ministerial o parlamentaria, ha aceptado recibir anualmente un
cupo de refugiados o de migrantes.”
Pasaporte.-“Es el documento de nacionalidad e identidad otorgado a los ciudadanos
del país emisor, para su identificación y protección en el extranjero. Por lo que, se
trata de un permiso oficial que autoriza, al poseedor, a salir y a regresar al país de que
es súbdito.” (Mercado & Palmerín, 2015, pág. 32).
Trata de personas.- “La captación, el transporte, la acogida o la recepción de
personas, recurriendo a la amenaza o al uso de la fuerza u otras formas de coacción, al
fraude, al engaño, al abuso de poder o de una situación de vulnerabilidad o a la
concesión o recepción de pagos o beneficios para obtener el consentimiento de un
apersona que tenga autoridad sobre otra, con fines de explotación.” (Organización
Internacional para las Migraciones, 2015).
Visa.- “Es el significado formal consignado por las autoridades en un pasaporte, para
indicar que el documento ha sido examinado y considerado válida para la entrada
legal en un país.” (Mercado & Palmerín, 2015, pág. 32).
8
CAPÍTULO I
DETERMINACIÓN DEL PROBLEMA
A raíz de la entrada en vigencia de la nueva norma suprema, como consecuencia de un
nuevo proceso político que desarrollo la República del Ecuador, se han implementado una
serie de innovaciones legislativas que han cambiado varios de los paradigmas jurídicos que se
tenía hasta ese entonces, uno de esos aspectos innovadores constituyen las políticas públicas
migratorias que han traído consigo esta nueva legislación constitucional. Estas han sido
consideradas un avance histórico para el país, para región e incluso algunos sostienen que
para el mundo entero, entre ellas está el de considerar a la migración como un derecho dentro
del amplio espectro que encierra el concepto de movilidad humana, denominación además
que, para la normativa nacional es reciente; la consideración de la idea de la ciudadanía
universal; la eliminación de considerar a los seres humanos que migran de una manera no
regular como “ilegales”, son entre otros aspectos, conceptos, derechos y principios novedosos
que se instituyen en la Constitución de Montecristi del 2008 y que por supuesto conllevan
una nueva conceptualización del fenómeno de la movilidad humana en la legislación
nacional, lo que ha derivado además en una serie de consecuencia desprendidas de estos
preceptos jurídicos sobre la movilidad humana, entre ellos el que Ecuador se haya
convertido en un país receptor de una gran cantidad de inmigrantes.
La legislación que el país posee sobre migración aparte de estar dispersa en varios
cuerpos legales, data de inicios de la década de los años 70´s, concebida en un contexto
histórico muy diferente al actual, leyes además que no han evolucionado, por lo que su
incompatibilidad con la Constitución actual es evidente. Por ello ante la necesidad de una
nueva ley que regule la materia mencionada, se ha presentado en la Asamblea Nacional el
9
Proyecto de Ley Orgánica de Movilidad Humana que tiene como premisa fundamental ser
compatible con la Constitución y entender las necesidades de los personas en situación de
movilidad y en especial de nuestros migrantes.
Por otro lado hay que señalar que entre los nuevos lineamientos de políticas públicas
implementadas está el Plan Nacional del Buen Vivir 2009-2013 y 2013-2017, se encuentra la
movilidad humana con el objetivo primordial de identificar, planificar y enunciar las
políticas y lineamientos que tengan que ver con la movilidad humana, migración, integración
social de las personas que se encuentran en situación de movilidad humana considerando tres
categorías fundamentales en este sentido: emigrantes ecuatorianos; ingreso de inmigrantes al
Ecuador y refugiados. De esta manera, para el análisis del trabajo investigativo propuesto, se
ha optado por la perspectiva de movilidad humana, por dos motivos: la regulación efectiva de
la movilidad humana, especialmente la inmigración al país en precautela de los derechos de
los migrantes, de los ciudadanos ecuatorianos y del Estado; y la necesidad de que se adopte
una ley compatible con la Constitución actual que permita una regulación efectiva de flujo
migratorio y de movilidad humana en el país.
El problema planteado radica en que la legislación actual no se encuentra en concordancia
con los principios y derechos que estable la Constitución de la República del Ecuador,
coadyuvando a la no integración del migrante en nuestra sociedad, además cabe preguntarse
si nuestra sociedad está preparada para tolerar una política migratoria de puertas abiertas
tomando en consideración que en temas como seguridad, empleo, vivienda existen carencias,
empero, es evidente que una nueva ley de movilidad humana que regule la migración, es
urgente e indispensable para implementar una política migratoria responsable, y que
obviamente guarde compatibilidad con la Constitución, respetando los derechos de los seres
humanos.
10
1.1. DIAGNÓSTICO DE LA SITUACIÓN ACTUAL
1.1.1. Elementos de Hecho
Como consecuencia de que el país a partir del año 2000 cuenta con una economía
dolarizada que se ha ido estabilizando en el transcurso del tiempo, así como por el cambio de
las políticas migratorias que se ha dado a partir de un nuevo modelo político implementado
en el año 2008, se ha evidenciado un incremento considerable de inmigrantes en Ecuador,
sobre todo en los últimos años, por lo que Estado ecuatoriano se ha visto en la obligación de
regular y garantizar la libre movilidad con la creación de una nueva ley migratoria.
1.1.2. Elementos de Derecho
El surgimiento de nuevas políticas migratorias, como la movilidad humana implementada
en la Constitución de la República del Ecuador (artículos 9, 40, 41, 42, 392, 393 y 416
principalmente), y en el Plan Nacional del Buen Vivir 2009-2013 y 2013-2017, en la cual se
han establecido varios derechos relacionados con la migración, llegando a considerar al
extranjero como nacional lo que ha ocasionado un considerable incremento del flujo
inmigratorio en el país, especialmente en los últimos años, las leyes en materia migratoria con
las que actualmente contamos datan de inicios de los 70´s, sin que se haya realizado ninguna
reforma importante durante los años de su vigencia más que las codificaciones del 2004 y
2005. Lo que evidencia que en su contenido normativo se hallan consideraciones
desactualizadas que no guardan coherencia con la realidad actual, ni con la Constitución
vigente.
En tal virtud son necesarias entonces una serie de reformas sobre movilidad humana que
regulen de una manera responsable, justa pero efectiva y en concordancia con la Constitución
todos los fenómenos que se han derivado de las reformas jurídicas sobre movilidad humana
11
en el país, que han desarrollado hechos colaterales, como un incremento significativo del
flujo inmigratorio al Ecuador.
1.2. DETERMINACIÓN DE NUDOS CRÍTICOS (SUB-PROBLEMAS)
La política de puertas abiertas se implementó con la intención de fomentar el turismo
principalmente como un medio de impulsar este sector como dinamizador de la economía del
país, sin embargo muchos extranjeros vieron a Ecuador por las facilidades migratorias, como
un país de factible acceso migratorio y donde sus garantías podían ser reconocidas, generando
como consecuencia un aumento de los índices migratorios lo que ha generado una actitud de
rechazo hacia los inmigrantes extranjeros por vincularlos a estos con los problemas sociales y
económicos que enfrenta el país.
La implementación de la movilidad humana como un derecho del que se desprenden otros
al igual que otros principios, ha traído consigo reacciones y preocupaciones de distintos
países de la región y la crítica de la opinión pública internacional, con posiciones a favor y en
contra, ya que el Ecuador se ha convertido en un destino de ciudadanos de diferentes países,
en donde se les reconoce una multiplicad de derechos, que en ocasiones son mal utilizados y
aplicados.
12
1.3. PREGUNTAS DIRECTRICES
¿Qué es movilidad humana?
¿Cuál es la intensión principal del Estado ecuatoriano al incluir una política pública de
puertas abiertas?
¿Cree usted que Ecuador es considerado un país tránsito?
¿Cuáles son las consecuencias de una libre movilidad humana en el país?
¿Cómo se pretende integrar al migrante a la sociedad? ¿Cuáles serían las medidas que podría
adoptar el estado ecuatoriano para propenderá la integración de los inmigrantes a la sociedad?
¿Cuál es la intención principal del gobierno actual al impulsar una nueva Ley Orgánica de
Movilidad Humana que regule de mejor manera las diversas formas de desplazamiento de los
seres humanos?
¿Existe una preocupación real del Estado ecuatoriano sobre el ingreso masivo de ciudadanos
extranjeros?
1.4. PLANTEAMIENTO DEL PROBLEMA
1.4.1. Macro
La Constitución de la República del Ecuador del año 2008 estableció una serie de
paradigmas jurídicos, políticos, que se reflejan en el contenido del articulado de esta norma
legal caracterizada por una corriente que se ha denominado como neoconstitucionalista
marcada por una idea garantista desde el Estado, se hallan en ella establecidos una serie de
derechos cuya observancia y cumplimiento están garantizadas por esta entidad jurídica
colectiva. Entre estos se halla, la instauración de la movilidad humana como un derecho
humano, lo que origina a su vez una serie de cambios en la concepción de la política
13
migratoria del país, si bien constituyen un avance en el reconocimiento de los derechos de las
personas, también ha ocasionado por, ejemplo, un incremento del flujo inmigratorio al país,
mismo que ha conllevado una serie de resistencias por parte de la sociedad ecuatoriana.
1.4.2. Meso
Las leyes vigentes, de extranjería y de migración, constituyen cuerpos legales que regulan
aspectos parciales de la movilidad humana como la migración en el país dejando de lado el
concepto general de movilidad humana que es que se instituye en la Constitución.
1.4.3. Micro
El establecimiento de los derechos sobre movilidad humana que se encuentran en la
Constitución de Montecristi, junto con las políticas públicas instauradas por el gobierno de
turno, contenidas en el Plan Nacional del Buen Vivir, ha ocasionado un giro respecto del
tratamiento del Estado sobre el fenómeno migratorio.
Por un lado se ha atendido a los emigrantes ecuatorianos que se encuentran en otras
latitudes, con el fin de asistirlos para que se sientan tutelados por su Estado ecuatoriano,
implementando planes de retorno, y de asistencia jurídica por parte de las representaciones
diplomáticas ecuatorianas en otros países, especialmente, España, Italia y Estados Unidos.
En otro ámbito sobre la movilidad humana en especial la migración es la idea de una
política de “puertas abiertas”, ciudadanía universal, contenidas en la Constitución del
Ecuador, lo cual ocasiona también que el país sea considerado de acogida para las personas
que se encuentran en situación de movilidad humana, especialmente ciudadanos de países
como Colombia, Haití, Cuba y Venezuela entre otros, han visto en el Ecuador la oportunidad
de establecerse sea de manera temporal o definitiva, justamente amparados en estos nuevos
conceptos y normas migratorias que se han establecido, originando un excesivo flujo
14
inmigratorio, acarreando consecuencias para el país y sus ciudadanos, cuestionando la
eficacia del control de la legislación ecuatoriana en materia migratoria.
1.5. ÁRBOL DE PROBLEMAS
Elaboración: Diana Jiménez
Contenido legal de
la Constitución
sobre movilidad
humana como
derecho.
Preparación de la
sociedad para acoger e
integrar a los inmigrantes.
El derecho a la libre movilidad humana ha generado una política migratoria
de puertas abiertas contenidas en la legislación constitucional del país,
ocasionado un flujo inmigratorio desordenado escudado en consideraciones
y omisiones legales vigentes en las actuales leyes sobre movilidad humana.
Flujo inmigratorio
deficientemente
regulado y
controlado.
Incompatibilidad
con la Ley de
Migración y Ley de
Extranjería vigentes.
Norma suprema
establece derecho a
la libre movilidad
humana.
PROBLEMA
EFECTOS
CAUSAS
Plan Nacional del Buen
vivir establece un
nuevo paradigma de
política migratoria.
Cuadro 1 Árbol de problemas
15
1.6. FORMULACIÓN DEL PROBLEMA
La aplicación de los lineamientos propuestos en el Plan Nacional del Buen Vivir (2009-
2013 / 2013-2017), así como los derechos sobre movilidad humana contenidos en la
Constitución, han ocasionado un incremento acelerado del flujo inmigratorio al Ecuador, lo
que ha traído resistencia en la sociedad ecuatoriana y hace imposible una real integración
social de los inmigrantes, a pesar que nuestra Constitución promulga la libre movilidad
humana.
A ello hay que adicionar que las leyes sobre migración del país datan de más de 40 años
por lo que su contenido, concebido bajo otros paradigmas y contexto legal e histórico, no
guardan compatibilidad con lo establecido en la Constitución hoy vigente. Justamente, por los
motivos ya nombrados, por lo cual es necesario establecer las dificultades jurídicas que
entraña el establecimiento de este tipo derechos en el ámbito de la movilidad humana.
1.7. OBJETIVOS
1.7.1. General
Determinar si la normativa actual en cuanto a movilidad humana guarda
concordancia con la Constitución de la República del Ecuador, con el fin de establecer
una regulación jurídica en base a la nueva normativa referente a la migración y la
integración social de las personas que se hallen situación de movilidad humana y así
proponer lineamientos que deben ser tomados en cuenta a momento de legislar una
nueva normativa en materia migratoria.
16
1.7.2. Específicos
Analizar el contenido conceptual y jurídico que entraña la denominación de
“movilidad humana”, misma que se halla incluida en la Constitución de la República
como un derecho humano.
Analizar las políticas migratorias que se hallan establecidas en el Plan
Nacional del Buen Vivir, y como estas han contribuido al incremento del flujo
migratorio e inmigratorio principalmente en el país.
Establecer las dificultades jurídicas que se derivan del contenido de la
Constitución y del Plan Nacional del Buen Vivir en relación con las leyes de
migración y extranjería del país vigente hasta la actualidad.
1.8. ANÁLISIS CRÍTICO
El proceso político en que se desenvolvió el Ecuador a partir del año 2007, trajo consigo
una serie de cambios en la estructura política, y jurídica del Estado ecuatoriano. La adopción
de una nueva Constitución, en el año 2008, en donde se establecen una serie de cambios
políticos, económicos, y sociales, lógicamente tuvo su efecto legal en el ámbito de la
migración, debido al reconocimiento de derechos a los migrantes, la consideración de las
varias formas de movilidad humana, el principio de ciudadanía universal, el derecho a migrar,
entre otros, constituyen innovaciones que han traído beneficios y perjuicios para el Estado
ecuatoriano.
Desentrañar estos nuevos conceptos y analizar los aspectos positivos y negativos como se
ha dicho y las consecuencias, es lo que se pretende en el presente proyecto, tomando en
cuenta, que el Ecuador se ha convertido en estos últimos años en un país de acogida de
inmigrantes. Así también otro documento en que se basa la agenda nacional para la
instauración de políticas y lineamientos del gobierno es el Plan Nacional del Bien Vivir 2009-
17
2013 / 2013-2017, en el que se hallan estimadas las ideas que dirigen las diferentes áreas de
la política pública, se halla considerado igualmente a la movilidad humana y los aspectos que
se han nombrado ya en varias ocasiones anteriores.
1.9. PROGNOSIS (pronóstico de lo que sucederá)
El establecimiento de nuevos conceptos y derechos sobre movilidad humana contenidos en
la Constitución han generado cambios, pues al estar establecidos estos principios y derechos
en la Constitución de la República del Ecuador, el resto del andamiaje jurídico sobre el que se
cimenta el Estado, debe guardar una coherencia y compatibilidad con lo que esta norma
fundamental establece.
En tal virtud las normas sobre migración y extranjería, como se denominan aquellas leyes,
esencialmente se basan en la idea de resguardar la seguridad del Estado por sobre los
derechos de los individuos que se encuentran en situación de movilidad humana, en este
contexto, se hace necesaria y justa la reforma a las leyes mencionadas, o mejor aún la
adopción de una nueva ley que plasme en su contenido estos nuevos postulados jurídicos
sobre movilidad humana, respetando los derechos de los individuos en esa situación, pero sin
descuidar las derechos de los demás habitantes del país, así como la seguridad del Estado. Es
necesaria para una eficaz regulación de la movilidad humana que en la ley se establezcan
medidas regulatorias de migración en apego a los derechos que asisten a los migrantes y los
habitantes del país y al Estado mismo.
En este sentido el proyecto presentado pretende evidenciar las inconsistencias en las leyes
actuales sobre movilidad humana con la Constitución, la necesidad urgente de una nueva Ley
de Migración que sea fundamentada en base a los lineamientos jurídicos de respeto a los
derechos humanos.
18
CAPÍTULO II
MARCO TEÓRICO
2.1. ANTECEDENTES DE LA INVESTIGACIÓN
El Ecuador es un país que ostenta la doble calidad de emisor y receptor de migrantes,
sumada la acogida de los desplazados de otras naciones, fenómeno complementario a la
migración, en los últimos años se ha registrado un número elevado de inmigrantes que no
solo están de tránsito sino que su objetivo es permanecer en el país. Dentro de este contexto
se busca estudiar e investigar la nueva política de movilidad humana, especialmente la
migratoria que está impulsando el gobierno, donde se incluirá puntos transcendentales e
históricos que han llevado a la administración estatal a fomentar esta nueva orientación lo
que para algunos constituye un desafío que traerá consigo aspectos positivos y negativos.
Si bien el tema de investigación puede haber sido abordado por otras investigaciones
realizadas por otros autores, se busca tratarlo desde óptica que han sido omitidas o tocadas de
una manera muy baladí. Se nombra a continuación algunos trabajos previos realizados en
torno al tema de interés para el proyecto propuesto:
Susana Quiloango (2011) en su documento de trabajo denominado “Políticas públicas
migratorias en el Ecuador” en la que hace un enfoque sobre la migración internacional en el
que pone de manifiesto acertadamente que la migración ha sido un proceso constante en la
historia y las dinámicas de las poblaciones de todas las regiones del mundo. No obstante,
durante las dos últimas décadas se ha incrementado los flujos demostrando una notoria
visibilidad de las migraciones internacionales a escala global (pág. 5).
19
Andrés Burbano (2012) en su tesis “La Movilidad humana e integración social en
Ecuador” aborda la movilidad humana como un proyecto plurinacional e intercultural
ecuatoriano .El autor se inserta dentro de una perspectiva que mira la diversidad de manera
positiva. Por eso, se puede afirmar, según él, que el proyecto ecuatoriano sobre movilidad
humana se enmarca dentro del interculturalismo (pág. 3). Analiza la convivencia e
interrelación que se suscitan de la migración, de la movilidad humana en general.
Carla Montenegro (2012) en su tesis “Ecuador y la política migratoria de puertas
abiertas y libre de visado”, hace énfasis en cuáles son las distintas razones que motivan a las
personas a migrar ya sea de manera voluntaria o forzosa. Señala que la migración voluntaria
representa a todas aquellas personas que por libre elección deciden salir de su lugar de
residencia, ya sea por estudios, razones laborales, vínculos familiares, afinidades culturales, o
por el simple hecho de buscar una vida diferente a la que tenían en sus países (pág. 5). Lo que
a su vez deriva en consecuencias tanto para el inmigrante, como para el Estado receptor y la
sociedad de acogida.
2.2. FUNDAMENTACIÓN TEÓRICO – DOCTRINARIA
El proceso de movilizarse de un lugar a otro estaba anteriormente conceptualizado solo
como migración, y cada uno de los otros hechos de traslación de los seres humanos por
diferentes motivos recibían una denominación específica y desconectada de otras situaciones
similares, por ejemplo, los refugiados, los turistas, etc. eran considerados fenómenos sociales
diferentes a la migración; no existía un concepto que englobe a todas las formas de
movimientos que realizan los seres humanos al desplazarse de un lugar a otro por distintas
circunstancias, debido a que las legislaciones de los Estados estaban alineadas en una forma
de concepción de cada caso en particular, y las leyes estaban supeditadas principalmente a la
limitación de los flujos migratorios como mecanismos de salvaguardar la seguridad de cada
20
Estado. El contexto histórico mundial en las décadas intermedias del siglo XX obedecían a
una bipolarización del mundo y de allí justamente todos los cuidados que se mantenía en
torno a los flujos de las personas a través de los continentes estaban fundamentado por las
política migratoria restrictivas que implementaban ciertos Estados. En tal virtud la migración
era considerada un fenómeno social singularizado sin que guarde una relación con otros
procesos de movilidad de las personas. Este concepto se halla, en el caso de nuestra
legislación aún palpable, pues existen cuerpos legales que mantienen una división que no
relaciona los casos de movilidad y desplazamiento de los seres humanos, como es el caso de
la Ley de Migración y la Ley de Extranjería que datan de 1971 y ciertas codificaciones que
se realizaron en el año 2004 y 2005.
La movilidad humana que es el concepto que actualmente se maneja en las
denominaciones de los procesos de traslación de los seres humanos, y que también se expresa
en el Constitución, es una denominación más bien nueva, moderna, que abarca un sentido
mucho más amplio de las denominaciones parciales que se enunciaban en la legislación
anterior, no solo nacional sino incluso a nivel internacional; es así que el concepto de
la movilidad humana, engloba todo traslado de las personas de una lugar hacia otro, donde
esta se convierte en un sujeto foráneo a su nuevo lugar de acogida, consecuentemente se
establece que:
El concepto de movilidad humana abarca todo movimiento espacial de la población, que puede
manifestarse a través de la circulación o movilidad habitual de las personas y/o de las migraciones.
La movilidad humana (…) comprende diferentes formas incluyendo desde el turismo hasta las
migraciones propiamente dichas. Su incidencia sobre el territorio es muy importante ya que
implica efectos sociales, económicos, políticos y culturales e incide sobre aspectos relativos a la
circulación, comercio inversiones e intercambio de conocimientos, entre otros. (Huete, 2009, pág.
47).
Así entendido, la movilidad humana no solo implica un desplazamiento geográfico, sino
una movilidad que va más allá, toca puntos más profundos, incluso inmateriales como el
21
social, puesto que las personas tienen en esta la posibilidad de ascender o descender de una
clase socio económico a otra, o de cambiar la actividad laboral o profesional, trasladan
costumbres, cultura que entra en interacción con la sociedad de acogida, lo que por lo tanto
transforma a la movilidad humana en un acción mucho más compleja que necesariamente
demanda otro tratamiento social y jurídico con la finalidad de regular los derechos, deberes,
y obligaciones de las instituciones y las personas.
En este mismo sentido, la migración se considera como los “desplazamientos de
población, de una región a otra (rurales, urbanos, interregionales, etc.) o de uno o varios
países a otro u otros. En general, se alude a una cierta continuidad o tendencia en el proceso
y no a un traslado coyuntural.” (Gómez, 2004, pág. 14) .
Los cambios que han sucedido en el país por el advenimiento de un nuevo proceso
político a partir de los años 2007/2008, han sido propuestos en documentos que marcan el
camino de las política de gobierno y del Estado en varia áreas, como la movilidad humana,
cambios que han sido expresado en los Planes Nacionales del Buen Vivir (2009/2013) en los
que se encuentra también lineamientos de la políticas de movilidad humana que ha adoptado
el gobierno. La legislación constitucional del país, y el documento que dirige los lineamientos
de las políticas públicas del gobierno en diferentes áreas, una de ellas la libre movilidad
humana, han planteado en sus contenidos cambios considerables en el aspecto de la
migración, especialmente en la atención de los ecuatorianos emigrantes, la libre circulación
de los seres humanos ( puertas abiertas), y garantizar los derechos a los inmigrantes que se
encuentran en el país, lo que ha ocasionado, un incremento considerable de inmigrantes en el
Ecuador, según datos del Ministerio del Interior 150 mil extranjeros ingresaron al Ecuador en
el 2015 un 23% más que el 2014, lo que nos permite evidenciar un crecimiento bastante
considerable al de años anteriores justamente por considerarlo como un país benefactor y
garantista de sus derechos de movilidad humana.
22
Esta situación ha originado una serie de cuestionamientos sobre las regulaciones
migratorias en el país, pues se asocia a estas el incremento de inmigrantes, lo que ha
ocasionado distintos tipos de acciones que no son del todo bien vistas en la sociedad
ecuatoriana, como el incremento de competencia de fuerza laboral, la asociación de los
inmigrantes a la escalada de hechos delictivos, y por supuesto el evidente choque cultural que
se deriva de la convivencia entre nacionales e inmigrantes, sin dejar a un lado las fuertes
críticas de las misma autoridades gubernamental quienes en el 2008 emitieron fuertes
criterios xenofóbicas hacia nacionales de nuestro país vecino al relacionarlos con el
incremento de la delincuencia en el Ecuador.
Las prerrogativas migratorias se hallaron también establecidas en el Plan Nacional del
Buen Vivir primero, y de una manera más amplia en el del 2009-2013, y posteriormente
aunque no con la misma amplitud, en el del 2013-2017, en el primer documento, se explica la
etiología de la migración ecuatoriana como un fenómeno derivado de la implementación en el
país de políticas neoliberales por los gobiernos de turno durante los año 80´s y 90´s, que
deterioraron las condiciones de vida de los ecuatorianos obligándolos a buscar mejoras de sus
condiciones de existencia en diversas latitudes del planeta. En ese contexto los emigrantes
ecuatorianos no tuvieron durante varios periodos de gobierno el tutelaje debido del estado
ecuatoriano, por lo que a través de estos nuevos lineamientos políticos y normativos
instituidos en los planes de desarrollo y gobierno y la legislación constitucional se busca, a
partir del gobierno del presidente Rafael Correa, subsanar los descuidos y desatenciones
gubernamentales en este ámbito.
En este contexto es que, en primer lugar el Plan Nacional del Buen Vivir 2009-2013
estableció en sus consideraciones: “La movilidad humana no es sólo un derecho, sino
también un mecanismo de integración que busca el reconocimiento de la ciudadanía de
residencia entre ciudadanos latinoamericanos para el desarrollo humano en nuestros países”
23
(Secretaría Nacional de Planificación y Desarrollo, 2009, pág. 258). Como se advierte, en el
contenido del documento citado se reafirma los establecimientos de derechos y principios que
se han nombrado anteriormente, trasladando estos a un accionar del estado en políticas
públicas que tiendan a cristalizar lo expresado en el Plan y en la Constitución.
Se manifiesta adicionalmente a lo indicado que los migrantes, están expuestos a una serie
de abusos y discriminaciones en los estados de destino o acogida, por lo que es necesario
garantizar sus derechos como seres humanos primeramente y como migrantes.
En el Plan Nacional del Buen Vivir 2013-2017, específicamente en el objetivo 2do. se
vuelve a considerar en un tema de su contenido a la movilidad humana, en el cual además se
confirman los conceptos descritos anteriormente y se reiteran los principios antedichos sobre
la migración y la explicación histórica de la migración ecuatoriana con el fundamento
político económico ya explicado.
Remarca en el contenido del Plan actualizado, el retorno de los migrantes ecuatorianos a
su país, como producto del mejoramiento de las condiciones de vida que ofrece ahora el
Ecuador, como consecuencia del acertado manejo de las políticas públicas del gobierno de
turno, encontramos los siguientes puntos que consideramos importantes para la presente
investigación.
En este contexto en el punto 2.5 del objetivo 2, estableció algunos puntos que se adecuan a
la movilidad humana, la no discriminación, la cohesión social y la convivencia pacífica de
los habitantes del territorio ecuatoriano. (Secretaría Nacional de Planificación y Desarrollo,
2013, pág. 124).
Así también en el acápite 2.7 hace mención la necesidad de establecer un marco
normativo sobre la movilidad humana para favorecer la cohesión social, es decir, se evidencia
24
un espíritu integracionista en este sentido, y de hecho el objetivo 12 , que trata
específicamente uno de sus puntos sobre la integración latinoamericana, expresa que la
movilidad humana es un mecanismo para lograr la integración latinoamericana, y la manera
de facilitar ello sería por medio de una política migratoria no restrictivas sino más bien todo
lo contrario; instrumentadas como legislaciones que permitan y faciliten la circulación de los
seres humanos por el territorio de los países de la región. (Secretaría Nacional de
Planificación y Desarrollo, 2013, pág. 336).
En este punto se manifiesta la reiteración de que la libre movilidad humana constituye un
mecanismo de integración de los pueblos por lo cual es necesario el reconocimiento de
derechos para que las personas que se encuentran en esta situación (migración) se sientan
amparados por el Estado a través de su legislación. Sin embargo de lo mencionado cabe la
interrogante sobre si el resto de países latinoamericanos por ejemplo, guardarán una
reciprocidad de los lineamientos que se han establecido en la legislación del Ecuador para
garantizar los derechos de los inmigrantes, o si aún estas consideraciones, reconocimientos de
derechos y facilidades migratorias no han sido implementadas por el resto de países de la
región, el país puede causar un flujo migratorio que afecte a la región, pues Ecuador puede
ser la puerta de tránsito para la salida a otros destinos, estos miramientos ideológicos y
conceptualizaciones se traslucen en el contenido de la Constitución.
25
MARCO DOCTRINARIO
2.3. FUNDAMENTACIÓN LEGAL
El proceso político que marcó un punto de quiebre de la crisis institucional y política que
vivió el Ecuador durante la décadas posteriores al retorno a la democracia durante los años
80´s y 90´, conllevó al planteamiento de una nueva Constitución del estado ecuatoriano. El
nuevo proyecto político encabezado por el Presidente Rafael Correa impulsó la adopción de
una nueva Norma Constitucional (2008), en la que, entre otras cosas, se plasmaron ideas
novedosas a nivel de legislación de derechos y garantías de los mismos, algunas de ellas en
referencia al tema de interés del proyecto como la movilidad humana, como denominación y
concepto de los procesos de traslación de los seres humanos, el reconocimiento de derechos a
los seres humanos de quienes se hallan en esta situación, los principios de ciudadanía
universal, el de eliminación de la consideración de “ ilegales “ a las personas en estado
irregular de migración, entre los principales aspectos, y se pone especial énfasis a la tutela
que debe el Estado a los emigrantes ecuatorianos; en tal virtud los cambios innovadores que
se han implementado en la norma suprema ha genero nuevas concepciones de la misma, al
respeto podemos encontrar, como “la necesidad de instaurar en el país un modelo de Estado
constitucional de derecho, que ubique a la protección de los derechos fundamentales de los
ciudadanos y ciudadanas como núcleo sustantivo del pacto constitucional” (Montúfar, 2008,
pág. 353).
A raíz de esto se han incluido artículos en la Constitución de la República del Ecuador que
garantizan la libre movilidad entre los cuales podemos mencionar los siguientes el Art. 9 de
la Constitución, establece acerca de las personas extranjeras que se encuentren en el
territorio ecuatoriano tendrán los mismos derechos y deberes que las ecuatorianas, de acuerdo
con la Constitución. (Constitución del Ecuador, 2008). En este artículo no se realiza ninguna
26
diferenciación en el goce de derechos respecto de la condición migratoria regular o irregular,
los extranjeros tienen la misma consideración de derechos que los nacionales, lo que podría
entenderse además de la protección del Estado a los extranjeros por muchas razones, y como
mecanismo de integración de la región, una manifestación de la denominada política de
“puertas abiertas”, brindando una mayor garantía de derechos a las personas que se
encuentran en situación de movilidad.
La sección tercera del capítulo III de la Constitución, sobre los de derechos de las
personas y los grupos de atención prioritaria, aborda en su contenido íntegro sobre la
movilidad humana. El artículo 40 reconoce a las personas el derecho a migrar, y hace énfasis
a que a ningún ser humano como ilegal por su condición migratoria. (Constitución del
Ecuador, 2008). Es evidente que del texto citado se colige que la migración es reconocida
como un derecho, y recuérdese que la migración implica una doble vía de circulación de las
personas, egreso e ingreso de estas del territorio, porque se asimilaría que los individuos que
ingresan al país en condición de inmigrantes lo hacen fundados en que esta posibilidad es un
derecho reconocido por la Constitución ecuatoriana. Esto podría ser además el fundamento
que explica también por qué el país se ha convertido en un destino para la movilidad humana
en el ámbito de la inmigración sobre todo en estos últimos años.
El resto del contenido del artículo citado hace alusión a la protección y tutelaje del Estado
ecuatoriano a las y los ecuatorianos emigrantes, y a estos en situación de retorno voluntario al
país, expresando el deber de asistirlos.
En el artículo 41 se encuentra el reconocimiento de los derechos de asilo y refugio, y
establece al Estado como garante de la vigencia y reconocimiento de esos derechos, así como
la asistencia humanitaria y jurídica de emergencia que se debe otorgar en esos casos.
27
El artículo 42 trata sobre el desplazamiento forzado, obligatorio, y garantiza la protección
y asistencia del estado ecuatoriano en estos asuntos. Los grupos de atención prioritaria, como
las niñas, niños, adolescentes, adultos mayores, mujeres embarazadas, discapacitados gozarán
de “asistencia preferente” por obvias razones. En el acápite final del artículo en mención, se
formula el reconocimiento de otros derechos a las personas en situación de movilidad
humana al expresar que todo ser humano tiene derecho a retornar a su lugar de origen de una
manera voluntaria, segura y digna (Constitución del Ecuador, 2008). En este artículo
podemos apreciar que el retorno de las personas solo pude ser voluntario y no bajo ninguna
otra condición, lo que garantiza la estadía de las personas extranjeras en el territorio
ecuatoriano hasta que expresen voluntad contraria.
En art 416 propone la ciudadanía universal, es decir que promulga que los derechos
universales son aplicables a todos por igual, con la intensión de borrar la línea divisoria entre
nacionales y extranjeros, pero muchos analistas en la materia consideran la ciudadanía
universal se encuentra limitada, pues consideran que todo lo relativo a la movilidad humana
debe estar plasmado en una normativa con rango de ley con el fin de guardar coherencia con
lo que garantiza la Constitución.
Es importante resaltar los principios de trascendental importancia en torno tema de la
movilidad humana, puesto que estos influyen de manera directa en la construcción y
aplicabilidad de las normas en este ámbito, De esta manera, se establecen tres principios
angulares que marcarán el direccionamiento que debe tomar en cuenta la legislación del país
en este ámbito, a partir del principio de la ciudadanía universal, el principio de la libre
movilidad de los seres humanos por todo el planeta, el principio de la eliminación de la
condición de extranjero.
28
Normativa cuya objetivo es regular “la organización y coordinación de los servicios
relativos a la entrada y salida de nacionales o extranjeros del país, mediante el examen y
calificación de sus documentos y la vigilancia del cumplimiento de las disposiciones legales
respecto a la permanencia y actividad de los extranjeros residentes en el territorio
ecuatoriano.”. Es decir su función más bien una regulación administrativa, de forma, antes
que una normativa sustantiva que contenga elementos de interés para la investigación.
2.4. HIPÓTESIS (o planteamiento ideológico a defender, o pregunta directriz)
Por diversas circunstancias, el Ecuador ha sido considerado como un país de acogida de un
flujo cada vez más creciente de inmigrantes. Las facilidades legislativas, especialmente
contenidas en la Constitución de la República, el sistema de economía dolarizada que dota al
país de una cierta estabilidad económica, la política migratoria del gobierno de “puertas
abiertas”, entre otras causas, han motivado un incremento de inmigrantes al país. Es
necesario por lo tanto el establecimiento de una normativa que regule de forma efectiva y
responsable este caso de movilidad humana para que respalde a las autoridades en la toma de
decisiones necesarias que regulen esta situación de forma efectiva, sin colocar en riesgo los
derechos de las personas que se encuentran en esta situación de movilidad humana,
respetando también los derechos de los demás ciudadanos, y precautelando también la
seguridad del país.
29
2.5. DETERMINACIÓN DE LAS VARIABLES
ESQUEMA DEMOSTRATIVO
TITULO I
SOBRE LAS MIGRACIONES: CONCEPTOS, HISTORIA, MARCO
INTERNACIONAL
3.1. CONCEPTOS GENERALES
Los desplazamientos humanos han caracterizado a la historia de la humanidad, sean estos
por diversos motivos que los originaron, como lo han explicado algunos autores desde la
óptica que plantean en sus teorías para la explicación de la etiología de este fenómeno; sea
para satisfacer necesidades en otros territorios; por curiosidad de explorar nuevas latitudes del
planeta, por verse obligados a hacerlo, por correr peligro su integridad física o la vida
inclusive si permanecen en un sitio determinado, entre otros casos, los seres humanos han
realizado a lo largo de la historia continuos viajes en busca de aspiraciones como las que se
han señalado.
Con el aparecimiento de una normativa social se evidenciada a través del Estado, se inicia
también una serie de regulaciones de la vida en comunidad de los seres humanos, uno de esas
aristas a ser normadas es la situación de los foráneos que se insertaban en una comunidad
haciendo de esta su nuevo hogar; como se verá más detalladamente adelante, la migración de
los miembros de un Estado, puede ser interna, cuando la movilidad se realiza dentro del
territorio del mismo estado; o, externa, o internacional, cuando la movilidad de los individuos
se realiza fuera del territorio del Estado al que pertenecen, con el ánimo de fijar su residencia
en el país de destino. Y es este último aspecto del fenómeno migratorio el que acarrea una
30
mayor dificultad, tanto social, como jurídica debido a como un foráneo es asimilado en otra
sociedad jurídicamente ya organizada, cuál es su estatus jurídico en el país de acogida,
cuáles son sus derechos, sus obligaciones, y bajo qué condiciones es que un Estado lo acepta,
lo integra, o lo deporta.
En tal virtud las dificultades que atraviesan los seres humanos que se han desplazado a
otros estados para fijar allí su residencia tiene varios puntos a considerarse, como la
discriminación de los nacionales del estado receptor, los requisitos que han de cumplir para
regularizar su estatus jurídico en el estado que los acoge, entre otras cosas, son aspecto que
entrañan vicisitudes normativas migratorias, de ahí que no en pocas ocasiones las políticas
migratorias y la estructura legal de un estado en este campo, es considerada como injusta,
excesivamente restrictiva, o permisiva en ciertas ocasiones. Pero generalmente la migración
internacional, sobre todo, es asociada “con varias formas de injusticia por las políticas
represivas que apuntan al control de las fronteras y al combate de la migración clandestina,
(…). Esta situación ha dirigido a que muchos observadores de la migración internacional,
estimen un “estado de crisis” en el sistema internacional de migración.”, (González, Lugares,
procesos y migrantes: aspectos de la migración colombiana, 2009, pág. 29) por las duras
condiciones en que se desvuelven las personas que deciden o que se ven forzada a realizar esa
acción.
Por las lógicas variantes que se pueden dar en los procesos de movilidad humana , como
es el caso de la migración, se han establecido denominaciones y conceptos fundamentales que
se manejan en el argot de este fenómeno, por tal razón podemos puntualizar que conceptos
son importantes para tener en cuenta en el ámbito de la movilidad humana, siendo esta una
denominación que ha sido acogida en la legislación nacional y en la doctrina internacional
por cuanto engloba una concepción más amplia e integra de todas las forma de movimiento
que realizan los seres humano.
31
3.1.1. Migración
Es el término que generalmente se usa para señalar al flujo de personas o animales que se
trasladan de un sitio a otro con la finalidad de fijar su residencia en el lugar de destino, en
donde su objetivo primordial es mejorar su situación de vida y/o lograr satisfacer sus
necesidades, puesto que en su país de origen tenían carencias; una definición más técnica y
enfocada especialmente al ser humano, es aquella que manifiesta que las migraciones “son
desplazamientos de personas o grupos de un país o de una región a otra para establecerse en
esta última, ya sea en forma estacional o permanente. Generalmente estos desplazamientos se
dan bajo influencia de factores políticos o económicos.” (Guaygua, Riveros, & Quisbert,
2002, pág. 10).
En tal contexto la migración puede ser a su vez de manera interna, dentro del mismo
territorio de un Estado; o externa, cuando el traslado se realiza a las afueras de las fronteras
de un país para establecerse en otro; se denomina también a este tipo de migración como
internacional, misma que es la más controversial debido a que se suscitan conflictos dadas las
diferentes legislaciones y consideraciones que cada país establece sobre las personas que
ingresan en el territorio de su jurisdicción, en el que obviamente impera una ley que regula
esa acción. Justamente es importante destacar sobre lo que son los procesos de movilidad
humana, que son asimilados como las migraciones internacionales “o externas, que se
refieren a los procesos por los cuales los ciudadanos de un determinado país cruzan las
fronteras para residir en otro. La migración tienen una doble dirección, los que salen
(emigrantes) y los que ingresan (inmigrantes). (Guaygua, Riveros, & Quisbert, 2002, pág.
12).
Las migraciones humanas entrañan dos tipos de procesos que se diferencia y a su vez se
relacionan, así cuando un individuo se moviliza de su estado originario para establecerse en
32
otro es considerado como emigrante respecto del suyo, pero inmigrante respecto del estado de
destino, lo que produce diferentes efectos jurídicos respecto de cada legislación de esos
Estados, de origen y de destino o acogida respectivamente; las causas que originan que un ser
humano migre son diversas; como se explicará más adelante al exponer las teorías más
importantes que se han esgrimido sobre este tema, pero se puede manifestar que
principalmente obedece a dos acciones , por un lado por una necesidad fundamentalmente
económica, con el ánimo de mejorar el nivel de vida suyo y de su familia; y, el
desplazamiento forzado, como consecuencia de conflictos bélicos, políticos que ponen en
peligro evidente la vida o la integridad física de las personas, ante cual se ven en la necesidad
de desplazarse a otro estado para evitar ese riesgo. Diversas son las teorías que ha explicado
la etiología de la migración, y varias las consideraciones según la óptica de sus autores, estas
ponencias para explicar este fenómeno varían de acuerdo a cada factor que propicia la
migración, pero que fundamentalmente se resume en los factores hace poco mencionados.
3.1.2. Emigración
La emigración, como una de las manifestaciones de la migración, es un fenómeno social
que ha existido desde tiempos muy antiguos, el ser humano, por varias razones ha buscado
dejar su lugar de origen para trasladarse a otros sitios por varias razones, como por
conquista, curiosidad, aventura, por satisfacer necesidades propias del ser humano, etc.,
varias son las causas que propician el abandono del lugar de origen de los individuos para
buscar otras alternativas de vida fuera de él. Para los autores Mercado y Palmerín, (2015), la
emigración es la “salida o desplazamiento de una persona o un grupo de personas, de una
región a otra, o de un país a otro, ya sea de forma temporal o permanente”. Añaden a este
concepto los autores citados, que los desplazamientos se fundan en la necesidad de satisfacer
necesidades económicas principalmente del emigrante y su entorno familiar; se busca por
33
medio de la emigración mejor nivel de vida del individuo que lo realiza. Existen también
casos en los la emigración es forzada, como en los casos de una situación de guerra, de
persecución política, religiosa, étnica, entre otras, que provocan el abandono del lugar de
origen de los emigrantes, para salvaguardar su integridad física e incluso su vida.
3.1.3. Inmigración
“Es la entrada y el cambio de residencia de una persona, o grupo de personas, de una
región a otra, o de un país a otro, ya sea de forma temporal o permanente. Se dice, entonces,
que es el movimiento migratorio que consiste en la llegada de personas a un lugar distinto del
lugar de origen, para establecerse en él” (Mercado & Palmerín, 2015). Se ha de entender
entonces que la inmigración es una de los dos canales de la migración, que se refiere al
ingreso de los seres humanos a un país de destino en donde el inmigrante pretende
establecerse de manera prolongada o definitiva. Aquí podemos reafirmar que la movilidad
humana es un concepto general que barca a fenómenos como el de la migración.
3.1.4. Refugio
Se ha denominado así a la persona que se ha visto obligada a desplazarse al territorio de
otro Estado para salvaguardar su integridad física o su vida, como consecuencia de padecer
en su país un período de permanente riesgo derivado de una situación bélica, política ,
religiosa, etc. La característica esencial de este status de refugiado, es el hecho de que una
persona se ve forzada, obligada a dejar su lugar de residencia. Puesto que su Estado materno
no puede garantizar la seguridad de sus ciudadanos y esto origina una situación de
desplazamiento y movilidad.
Ossorio define a refugiado como a la “persona que, a consecuencia de guerras,
revoluciones o persecuciones políticas, se ve obligada a buscar refugio fuera de su país”
(Ossorio, 2010, pág. 824).
34
Esta consideración de refugio se halla establecida en la legislación internacional, en
convenciones y tratados sobre el tema, e incluso es considerado como parte de los derechos
fundamentales de las personas de acuerdo a la Declaración Universal de los derechos
Humanos, y en la Organización de las Naciones Unidas que cuenta con un organismo
especializado para tratar el tema de los refugiados, la ACNUR, Alto Comisionado de las
Naciones Unidas para los Refugiados, creada en el año de 1950 tiene como finalidad de
dirigir y coordinar la acción internacional para proteger a las personas refugiadas y apátridas
en todo el mundo (Agencia de las Nacines Unidas para los Refugiados, 2015).
En el ámbito de los refugiados si bien son parte de la movilidad humana, es otro el
tratamiento legal respecto de ellos, dadas las condiciones en las que se desarrolló su
movilidad y los derechos que comprometen esta forma de movilidad.
3.1.5. Movilidad Humana
La movilidad humana es un concepto relativamente nuevo nacido de una idea la cual es
englobar en una sola denominación, a todo traslado que pueda realizar el ser humano, como
una manera de ejercer el derecho a la libre circulación, en tal virtud constituye un concepto
general en que cabe todo tipo de movilidad como la migración, el turismo, el refugio, etc.
Huete, manifiesta al respecto que: “La movilidad humana es por tanto definida como el
conjunto de movimientos humanos que atraviesan las fronteras de una unidad territorial
(doméstica, local, regional, internacional) implicando algún tipo de permanencia en el nuevo
territorio.” (Huete, Turistas que llegan para quedarse: una explicación sociológica sobre la movilidad
residencial, 2009, pág. 47). En general, la movilidad humana apunta a un concepto amplio
donde se incluye a los migrantes, emigrantes, refugiados, apátridas, desplazados. En el caso
de la legislación ecuatoriana hay que realizar una diferenciación en lo que se encuentra
establecido en la Constitución vigente a partir del 2008, en donde se incorporan estos
35
conceptos y diferenciaciones de movilidad humana (artículos 40, 41 y 42 especialmente). En
tanto que en a leyes de migración y extranjería, vigentes de hace varias décadas, no se
establece esta diferenciación ni consideración conceptual, por lo que podría afirmarse que no
guardan una compatibilidad jurídica con lo que se establece en la Constitución de
Montecristi.
3.1.6. Migración o movilidad humana
Es común encontrar una confusión entre lo que se comprende como movilidad humana y
migración, se asimila a estos conceptos como sinónimos, pero como habrá podido ya notarse
entrañan una clara diferenciación conceptual.
La movilidad humana al ser una denominación y un concepto nuevo aun no es entendida
en su real dimensión y delimitación conceptual mucho más amplia e integral. “Comprende
diferentes formas incluyendo desde el turismo hasta las migraciones propiamente dichas,
(…). El concepto de movilidad humana abarca todo movimiento espacial de la población, que
puede manifestarse a través de la circulación o movilidad habitual de las personas y/o de las
migraciones.” (Huete, 2009, pág. 47). Por tanto la movilidad humana engloba todas las
formas de desplazamiento geográfico del ser humano de una región a otra, de un país a otro,
pero además no solo se queda en esta visión material que entraña la movilización de
personas, sino que incluso trata sobre aspectos inherentes a los seres humanos no materiales
y de cómo estos también son susceptibles de ser trasladados de un lugar a otro, por ejemplo,
al migrar un individuo a más de la ubicación de su residencia en otro lugar, este lleva
consigo una bagaje cultural al nuevo destino, por lo tanto se manifiesta en este aspecto
también la interculturalidad como un hecho concomitante a la movilidad humana, y a la
migración como parte de ella. Esta moderna denominación también trata de asimilar a la
movilidad humana como un derecho de los seres humanos, y como una herramienta de
36
política al propender la integración y la circulación de las personas por distintos territorios y
formar así una identidad grupal, regional, como el caso de la UNASUR (Unión de Naciones
Suramericanas).
En tanto la migración es una de las manifestaciones de la movilidad humana, que consiste
en el desplazamiento de las personas de un lugar a otro, de un Estado a otro, por voluntad
propia, con el ánimo de permanecer en el lugar de destino por un tiempo prolongado o
indefinido.
Los artículos de la Constitución referentes a la movilidad humana y migración, hacen
referencia tácita a estas situaciones, sin que se exprese una diferenciación clara ni
conceptualización de lo que entraña estos aspectos. Podría afirmar, que el artículo 9, sobre la
garantía de los derechos de los extranjeros en el Ecuador, se refiere a una situación de estos
en movilidad humana, puesto que no se hace diferencia sobre su estatus para el ejercicio de
los derechos de estos en el territorio ecuatoriano. Los artículos 40, 41, y 42, cuya sección se
denomina justamente “movilidad humana”, en el primer artículo de esta apartado (art 40), se
establece ya una diferenciación o mejor dicho una jerarquización de lo que es movilidad
humana y migración, pues establece dentro del concepto de la movilidad humana los
derechos de migración, asilo y refugio como expresiones de ese concepto global.
La dificultad en este tratamiento conceptual se halla más bien en el contenido de la Ley de
Migración y la Ley de Extranjería, pero sobre todo en esta última. Se puede afirmar que la
movilidad humana en el país carece de una ley que la regule y la reglamente, puesto que los
dos cuerpos legales anteriormente nombrados solo hacen referencia a la regulación de ciertos
aspectos de la movilidad humana considerados en la migración; de ahí la omisión de estas
leyes en el regulación de otras formas de la movilidad humana a más de la
37
descontextualización jurídica que poseen por la falta de concordancia de su contenido con las
garantías establecidas en la Constitución de la República.
En conclusión, la conceptualización de movilidad humana se refiere a todo fenómeno de
traslación de las personas, y cuando se hace referencia a la migración se habla de uno de los
aspecto de la movilidad humana, lo que evidencia que pese al parecido en el concepto
definen distintos aspectos del estos fenómenos.
3.2. TEORIAS DE LA MIGRACIÓN
Para responder a la inquietud sobre la etiología del fenómeno de la migración se han
esgrimido algunas teorías al respecto, las cuales se exponen a continuación, aquellas que han
buscado explicar este fenómeno, cada una desde su perspectiva y particular consideración
sobre ¿Qué le impulsa a un individuo a dejar su patria, su país su familia para desplazarse y
afincarse en un territorio, en un país, diferente?
3.2.1. Teoría de la modernización
Esta teoría fue presentada a finales de los años 60´s, por el autor argentino Gino Germani,
quien sostuvo que las migraciones se pueden aplicar a través de la idea de la dicotomía entre
modernización y tradicionalismo, pues el migrante a la hora de tomar la decisión de
trasladarse a otro lugar como sitio de residencia, lo hace basado en consideraciones que
pueden englobarse en estos aspectos económicos y sociales que el autor sostiene como
fundamento de su explicación. El autor manifiesta que las sociedades se pueden clasificar en
los aspectos que señala, modernización y tradicionalismo. La última de estas están
conformadas por países, sociedades, no industrializadas, cuya actividad comercial y sustento
económico se basa principalmente en la actividad agrícola, lo que condiciona la cultura
tradicionalista de las personas que conformas este tipo de sociedades.
38
En clara diferenciación a lo antes dicho, se encuentran en cambio los países
modernizados, que tienen un alto grado de desarrollo industrial y sus actividades económicas
son diversificadas como consecuencia de ese desarrollo industrial y tecnológico que poseen,
lo que permite que las personas dentro de esas sociedades tengan un mejor nivel de vida, y
más acceso a distintos tipos de comodidades.
El autor Herrera Carassou al referirse al autor de esta teoría indica que “Germani (1969),
considera que el proceso migratorio es concebido como el eje o mecanismo principal del
cambio de la sociedad tradicional a la moderna, al realizarse el traslado de los individuos de
uno a otro medio, así como de la adopción y asimilación del modo de vida que poseen las
sociedades industrializadas. (Herrera, 2006, pág. 76) , En definitiva, el citado autor resume a
la teoría de Germani de la manera siguiente:
La concepción de la teoría de la modernización plantea que; migra la población más progresista
puesto que dejan sus lugares de origen para acceder a nuevas y mejores oportunidades en los
centros urbanos, mismas que fungen como factores de atracción o rechazo y que influyen o
estimulan la decisión de emigrar; supone también, que al elevar los niveles de educación de la
población y desaparecer el analfabetismo, junto a la propagación de los medios de comunicación,
el alza en los niveles de vida de la población, la extensión de los servicios médicos, la adopción de
las pautas de conducta y consumo, las sociedades tradicionales, estarían viviendo un proceso de
modernización. (Herrera, 2006, pág. 77)
Bajo la perspectiva de la teoría de la modernización, la migración es un “proceso de
mejora y progreso, un proceso en el cual determinados individuos (generalmente los más
emprendedores) se trasladan de un país o región pobre a otra más rica, movidos tanto por
factores de exclusión como de atracción” (Malgesini, 2000, pág. 37)
Esta teoría es criticada por cuanto encierra un concepto egoísta utilitarista del individuo,
que se traslada a un lugar por el impulso individual, antes de tomar en cuenta otros factores
colectivos, sociales, que también impulsa a la migración, es así que tampoco explica esta
39
teoría el porqué de algunos individuos que se encuentran en similares situaciones sean
sociales políticas o económicas no toman la decisión de salir de su país, sino que deciden
permanecer allí, y porqué otros en cambio si toman la decisión de salir de su patria. Así
mismo, tampoco explica esta teoría por qué los individuos de una región que deciden migrar
pueden escogen en su mayoría un lugar, país o región determinada, tanto dentro como fuera
de su país, es decir porque los migrantes escogen el lugar a donde irán.
La teoría de la modernización es criticado también en el sentido de que no considera otros
factores como componentes de la migración, pues no solo es una decisión de un individuo ir a
otro país, sino que esto encierra otros elementos pues no es un fenómeno unidireccional,
puesto que interviene tanto el pensamiento del individuo que migra como de las condiciones
del país que lo recepta, por lo que existe una relación entre estos elementos principalmente.
En conclusión son tres los puntos que principalmente se critica a la ponencia de Germani:
a) Se otorga una excesiva relevancia al aspecto psicosocial de la de migración,
determinando este factor como decisivo para que una persona resuelva migrar.
b) No se considera otros aspectos fundamentales de la sociedad como es la estructura
social y económica que impulsan a que los individuos migren.
c) No realizar un análisis de la migración tomando en cuenta otros factores apartados de
los postulados que propone Germani, como el tradicionalismo y la modernización
como determinantes de clases sociales de las personas.
3.2.2. Teorías de la dependencia (teoría del sistema mundial)
Esta teoría es sostenida por el sociólogo estadounidense Immanuel Wallerstein (New York
1930), catedrático de la Universidad de Columbia, quien manifiesta que la migración es un
fenómeno derivado y ligado al sistema económico mundial, la teoría del autor fue propuesta
40
luego de sus trabajos realizados sobre temas de la descolonización africana durante el siglo
XX, lo que permitió argumentar una serie de ideas que explicaban la dependencia mundial de
ciertos países de otros desarrollados y poderosos y como la migración es un aspecto de todo
este fenómeno macro.
La teoría de la dependencia se contrapone a las ideas que, desde el punto de vista de los
críticos de la teoría antes expuesta de la modernización, son las que fundamentan o explican
el fenómeno de la migración. De esta manera la teoría de la dependencia sostienen que la
migración no es un fenómeno individual, personalista exclusivamente, sino un fenómeno
macro que involucra a los estados. Así la idea central de esta corriente sostiene que el proceso
migratorio no es considerado como el resultante de un conjunto de individuos que llevan a
cabo elecciones racionales sino como el resultante de desigualdades socio espaciales que se
reproducen sistemáticamente. La economía de mercado que siempre ha tenido un carácter
internacional “mercantiliza” los medios de producción, establece flujos de capital y
mercancías y crea las condiciones ideológicas que traen como resultado la existencia de
migrantes potenciales. (Aguirre, 2013)
Así entonces la migración nos es un fenómeno apartado de otros sino que obedece a un
sistema económico, político y social mundial, que determina las relaciones entre los Estados
y las personas, el desarrollo del capitalismo es lo que hace reaccionar a las personas a
desplazarse de sistemas económicos estatales pobres, agrícolas, a sistemas políticos
económicos más desarrollados que brindan una calidad de vida difundida como mejor; de
esta manera la teoría de la dependencia sostiene que la migración es un “mecanismo de
extracción de excedente, renta, plusvalías, desde los países dependientes y periféricos,
“subdesarrollados” o en vías de desarrollo, hacia los países centrales, desarrollados o más
41
ricos.” (Malgesini, 2000, pág. 37), como consecuencia del desbalance del sistema mundial
como se ha explicado.
Al igual que en el caso anterior las críticas sobre esta teoría son estimadas en el sentido
contrario a la teoría de la modernización, es decir, la teoría de la dependencia considerada a
la migración solo desde el punto de vista de un fenómeno de estados ricos y estado pobres
dejando de lado otros factores micro, individuales de las personas, los que prevalecen
únicamente según la teoría de la modernización. La migración encierra un elemento
fundamental que es el factor doméstico, comunitario que también intervine en este
fenómeno.
3.2.3. Teoría del articulacionismo
Como suele suceder en muchas de las explicaciones que se intentan dar de un fenómeno
determinado, al existir ponencias contrapuestas que son criticadas, se emite una posición
ecléctica, que concilia los factores razonables y positivos de las teorías antagonistas. En este
caso, la teoría del articulacionismo concilia las teorías antedichas manifestando que el
fenómeno migratorio es un hecho en el que intervienen elementos tanto personales,
domestico, comunitarios como estatales, derivados del sistema económico que rige en el
mundo y a los estados del planeta. Pero el punto más importante que tal vez estima esta
posición, es en considerar la relación que un migrante posee con su país de origen. Esta
interrelación se manifestaría principalmente en tres aspectos: “ 1) La salida, llegada y
asentamiento; 2) la vinculación inicial y posterior; y; 3) el retorno o los retornos” (Malgesini,
2000, pág. 38). Una reflexión acerca de la teoría del articulacionismo señala que:
Las migraciones son consideradas como un proceso de articulación de espacios geopolíticos y
culturales y un proceso de configuración de redes sociales. En coherencia con este enfoque, los
migrantes son considerados en su calidad de seres entre dos o más mundos. Serán entonces la
conexión de las pautas migratorias con las estrategias de los grupos domésticos, el envío de
remesas, la creación de redes internacionales, etc. Malgensini (2000, pág. 38),
42
Se evidencia mediante esta teoría que el fenómeno migratoria encierra un cúmulo de
elementos que no actúan por cuerdas separadas en este proceso, sino todo lo contrario, que
interactúan y que ligan a las personas, a sus comunidades, así como a los estados de origen
con los estados que receptan migrantes, esta relación genera un proceso de articulación entre
los elementos que se han mencionado, de ahí justamente la teoría articulacionista centra una
de sus consideraciones en la explicación de las migraciones principalmente en un aspecto
económico, a la que denominan como la migración laboral, que es uno de los aspectos, sino
el principal, que genera el flujo migratorio. Estas migraciones son propias del sistema
capitalista, en que la acumulación del capital es el factor preponderante para el alance de un
buen nivel de vida.
Desde esta misma perspectiva para el articulacionismo, indica que el capitalismo de los
países desarrollados requiere de la fuerza laboral de los países menos desarrollados para
ampliar su economía, y su progreso, así lo ha demostrado la historia, en la que los países
económicamente poderosos han logrado su desarrollo en base a la migración, tanto interna
como externa. Malgensini, expone el pensamiento de Meillasoux, indicando que en este
ámbito , de la migración laboral, la fuerza proletaria se ha separado en dos castas: la de
aquellos trabajadores que están integrados al sistema laboral del país, y la de aquellos
trabajadores migrantes que solo obtienen un beneficio parcial de ese sistema que es al pago
del salario solamente, por la condición propia de foráneos y por lo tanto objeto de las
discriminaciones que también forman parte del fenómeno de la migración, en varios aspectos
por supuesto, y no solo en el campo laboral.
La discriminación laboral en el ámbito de la migración podría determinarse en dos tipos:
1. La no integración del inmigrante al sistema laboral del país, por lo tanto no
obtienen beneficios que el sistema laboral otorga a los demás trabajadores.
43
2. El ingreso es parcial, en los que se les reconoce un salario mejor y algún beneficio
informal pero no tienen beneficios laborales, familiares, y otras prorrogativas que
la ley establece para los trabajadores nacionales o inmigrantes regularizados.
La fuerza laboral de los inmigrantes está destinada a la realización de aquellas labores que
los nacionales no aceptan en realzarlas, por diversos motivos; uno de los ejemplos más
representativos de lo indicado, es según el articulacionismo, el fenómeno migratorio entre los
Estados Unidos de América y México, especialmente en el sector agroindustrial de California
(sur de USA) fenómeno en el que se evidencia muchas de las tesis propuestas por esta teoría.
Como se ha explicado, a través de la presentación de las teorías se ha pretendido explicar
desde distintos puntos de vista, la etiología de los procesos migratorios, cada una de estas
teorías han explicado desde su óptica, desde su concepción los parámetros y aspectos que las
personas consideran para decidirse a abandonar su lugar de residencia para establecerse en
otro sitio; empero la movilidad humana, es el proceso migratorio que no solo implica una
visión geográfica material del fenómeno, sino que implica una serie de factores y
explicaciones que van más allá de esos factores materiales, tomando en cuenta que la
migración también está supeditada a causas y efectos inmateriales subjetivos que promueven
la migración, pero sin duda que cuando se hace referencia a este ámbito de la movilidad
humana, el factor económico se torna en un elemento preponderante tanto como explicativo
de la migración.
3.3. ORIGEN Y EVOLUCIÓN HISTORICA DE LA MIGRACIÓN
A lo largo de la historia la migración ha sido un proceso que ha permitido el desarrollo y
expansión de la especie humana originada por distintos motivos, el descubriendo de nuevos
mundos, la colonización de sitios deshabitados, la búsqueda de nuevas fuentes de
alimentación y satisfacción de necesidades básicas ante las carencias de recursos en un sito, y
44
en fin varios son los motivos que pueden originar la migración, es así que el hombre moderno
“ha ensayado el camino de la migración para alcanzar sus metas más anheladas, pero
conviene no olvidar también que muchos millones de seres humanos han cruzado los
océanos y las fronteras de tierras desconocidas a lo largo de la historia para conservar su
existencia y sobrevivir.” (Herrera, 2006, pág. 36), lo que plantearía la idea de que la
inmigración, por los menos en sus inicios, o en su aspecto fundamental atañe a la
supervivencia, a la necesidad de cubrir necesidades que garanticen la vida.
Las migraciones primitivas realizadas por los humanos han permitido la colonización del
planeta en busca de nuevos territorios llevados por el hambre y la necesidad de buscar nuevos
habitas para sobrevivir, así se explica el desplazamiento y la población del resto del mundo a
partir de la evolución del hombre en el continente africano.
La colonización es otro de los motivos de la migración, la griega, la romana, la
americana, son otros de los hechos que demuestran las grandes migraciones que se han
acontecido a lo largo de la historia de la humanidad.
Pero la migración en un aspecto similar al que lo concibe actualmente estaría originada
con el advenimiento de la revolución industrial, que marca una nueva división del trabajo, y
la clasificación de los estados modernos industrializados y por lo tanto ricos, y en los estados
subdesarrollados, de baja tecnología, pobres y dependientes de los estados desarrollados. Es a
partir de ese fenómeno moderno que “los grandes movimientos internos y externos de
trabajadores, principalmente a los centros urbanos se convierte en una tendencia creciente.
Este fenómeno será un factor importante a la hora de distinguir las migraciones modernas de
los periodos anteriores.” (Herrera, 2006, pág. 45), es decir de los periodos primitivos que se
han mencionado muy brevemente, y que obedecen a otras lógicas históricas de pensamiento y
45
de coyunturas políticas y sociales que no coinciden plenamente con los procesos migratorios
y sus orígenes como los concebimos en la actualidad.
A través de las líneas que preceden más que establecer un análisis pormenorizado histórico
de las migraciones lo que se ha pretendido es evidenciar la idea de que la migración, no
constituye un fenómeno reciente, sino que es concomitante a la evolución del ser humano. Si
bien las causas pueden diferir y haberse cambiado y/o ampliado y complica en la actualidad
debido al diferente contexto histórico, no es menos cierto que la migración ha marcado la
historia de la humanidad.
En este contexto sin duda que las condiciones económicas y sociales de las personas en
cada una de este tipo de sociedades son diferentes, marcadas cada una por las características
mencionadas, por lo que la migración tomó ya a partir de esta época un giro similar al actual.
Las personas de los países no desarrollados y afectados por crisis económicas, buscan
emigrar a los países desarrollados para conseguir mejores condiciones de vida, incrementar
sus ingresos económicos para poder subsistir ellos mismos y sus familiares. (Leander, 2009,
págs. 16,17)
En las últimas décadas especialmente, las migraciones a los países desarrollados han sido
un fenómeno constante , países como Australia, Canadá, Estados Unidos y algunos de
Europa, han visto un incremento del flujo inmigratorio como países de destino, por las
condiciones económicas favorables que poseen; si bien los migrantes a estos países han
provenido de todo el mundo, se puede manifestar que especialmente regiones como América
Latina, África y Asia, han sido las regiones que más seres humanos en condición de
inmigrantes han tenido en los territorios nombrados.
46
La explicación de la ola migratoria a los países desarrollados, como es el caso de América
Latina, estaría fundamentada como sostiene Leander en la siguiente reflexión sobre el
fenómeno migratorio:
Es un proceso de acumulación progresivamente más problemático y dependiente; una tardía y
pronunciada expansión demográfica, basada en altas tasas de fecundidad y el rápido descenso de la
mortalidad; la contradicción entre acumulación y empleo, exacerbada por el retraso en el
desarrollo capitalista (…). La migración internacional fluye del llamado “subdesarrollo” hacia el
“desarrollo” de América Latina y el Caribe, hacia los Estados Unidos, a la par que la migración de
capital también asume formas particulares, tendientes a aprovechar la mano de obra barata de los
países del área. (Leander, 2009, pág. 20)
La idea citada fundamenta y evidencia que los procesos migratorios se hallan supeditados
a las condiciones que ha ido implantando el sistema económico que rige el mundo, un sistema
en que se ha valorado el capital por sobre los seres humanos, y en la procura de ello se han
implementado políticas de los gobiernos que han deteriorado el nivel de vida de los personas,
ante lo cual estas ven en la emigración la posibilidad de cambiar ese destino de pobreza y
carencias en sus respectivas patrias consideradas subdesarrolladas.
La mayoría de los países desarrollados son considerados, como consecuencia de la
migración por las razones que se han mencionado, como sociedades multiétnicas, por la
diversidad cultural que poseen como consecuencia de la inmigración. La migración
internacional constituye por lo tanto una característica subyacente de los países desarrollados,
industrializados, que han construido ese progreso con el apoyo de la fuerza de trabajo
proveniente de estados subdesarrollados.
Entre otras razones, las ideas fundamentales que explican la migración se han presentado
en estas líneas. Las distintas teoría que se han propuesto para explicar la migración toman en
consideración muchas de las reflexiones que se han presentado, pero por lo complejo de este
fenómeno y la gran amplitud de causas y efectos que conlleva estas parecerían que se quedan
47
cortas en sus explicaciones, lo que no resta méritos a sus concepciones, sino que más bien
evidencian lo complejo que es la movilidad humana y el fenómeno migratorio.
Se presenta a continuación un gráfico en el que se señalan los principales flujos
migratorios de las últimas décadas, que como podrá apreciarse es marcadamente evidente
desde países y regiones consideradas subdesarrolladas hacia países desarrollados.
Principales flujos migratorios en el mundo
Gráfico 1 Mapa de los principales flujos migratorios en el mundo
Fuente: (paneff.wordpress.com, 2013)
3.4. LA MIGRACIÓN EN LA REPÚBLICA DEL ECUADOR
La migración es un fenómeno permanente, constante entre los seres humanos cuyos
motivos son de los más variados, mismos que se encuentran estimados y explicados en las
teorías que se han presentado sobre la migración y que ya sea nombrado. Sin embargo de ello
en el Ecuador, no es sino durante la profunda crisis que atravesó el país durante la década de
48
los 90´s iniciada en los 80´s en donde el fenómeno migratorio alcanzó grandes proporciones
por la crisis institucional, política y sobre todo económica que atravesaba el país.
Alberto Acosta y otros autores describen la profunda y crítica situación económica de
aquella época en cifras e indicadores que evidenciaban la grave crisis que propició la masiva
emigración de ecuatorianos, según ellos, la más grande vista hasta la fecha en la historia del
Ecuador, en los siguientes términos:
Ecuador, país Latinoamericano, el más pequeño de la región andina, y con una población de poco
más de 12 millones de habitantes, concluyó el siglo XX con una crisis sin precedentes. Luego de
un prolongado periodo de estancamiento desde 1980 hasta 1998, en el cual la economía apenas
creció a un 0,3% de promedio anual, al año 1999 se recordará por registrar la mayor caída del PIB
(…). Entre el año 1995 y el 2000 se haya experimentado el empobrecimiento más acelerado en la
historia de América Latina. El número de pobres creció de 3,9 a 9,1 millones, en términos
porcentuales de 34% al 71%; la pobreza extrema dobló su número de 2,1 a 4,5 millones, el salto
relativo fue del 12% a un 31%. […] Lo anterior vino acompañado de una mayor concentración de
riqueza. Así , mientras en 1990 el 20% más pobre recibía el 4,6$ de los ingresos, en el año 2000
captaba menos del 2,5%; entre tanto el 20% más rico incrementaba su participación del 52% AL
62%. (Acosta, López, & Villamar, 2004, pág. 260)
Cuadro presentado por el Banco Central del Ecuador que corrobora el panorama crítico de
la situación económica del país entre los años 1980-1999, como motivadores del éxodo
migratoria de los ecuatorianos.
49
Indicadores Macroeconómicos de la economía ecuatoriana 1980-1999
Tabla 1 Indicadores macroeconómicos de la economía del Ecuador 1980-1999
Año PIB
millones de
US $
Población
millones
PIB per
cápita US$
Tasa de crecimiento del
PIB per cápita %
1980 11895 7.646 1.556
1981 13968 7.851 1.779 14,4
1982 13188 8.139 1.620 - 8,9
1983 11183 8.319 1.344 - 17,0
1984 11381 8.503 1.338 -0,4
1985 11835 8.692 1.362 1,7
1986 10305 8.884 1.160 -14,8
1987 9095 9.081 1.002 -13,6
1988 9094 9.282 980 -2,2
1989 9523 9.488 1.004 2,4
1990 10351 9.698 1.067 6,3
1991 11343 9.899 1.146 7,4
1992 11991 10.105 1.187 3,6
1993 15056 10.314 1.460 23,0
1994 18573 10.528 1.764 20,8
1995 20195 10.747 1.879 6,5
1996 21268 10.970 1.939 3,2
1997 23635 11.198 2.111 8,9
1998 23255 11.430 2.035 -3,6
1999 16675 11.667 1.429 -29,8
Fuente: Banco Central del Ecuador, Información estadística mensual No. 1811 (Ramirez & Ramirez, 2005, pág.
28)
La inequidad en el reparto de la riqueza propiciado por gobiernos que se debían a grupos
de poder acentuaban una profunda injusticia y crisis social que terminó propulsando el
fenómeno migratorio de millones de ecuatorianos como una alternativa de encontrar un mejor
futuro para ellos y sus familias en otro países, puesto que en el Ecuador el futuro en verdad
50
más que incierto, resulta evidentemente desalentador por la crisis económica que se ha
descrito en cifras presentadas por Alberto Acosta y otros autores.
La calamitosa situación del país se veía también reflejada en el índice que presentaba el
Instituto Nacional de Estadísticas y Censos, por citar un ejemplo sobre el nivel de
satisfacción de necesidades básicas, se evidencia en el gráfico que a continuación se presenta,
que un alto índice de la población, sobre todo en los años de crisis, especialmente 1999, no
alcanzaba a satisfacer sus necesidades básicas.
Gráfico 2 Estadística de Cobertura de necesidades básicas periodo 1997-2001
Fuente: (Instituto Nacional de Estadísticas y Censos, 2015).
Como puede apreciarse en la tabla, a finales de la década de los 90’s el Ecuador entró en
una profunda crisis económica que encontró su punto más alto en el año 1999, año en cual se
instaura el sistema de dolarización en el país, a una cambio de 25.000 sucres (moneda
nacional vigente hasta ese entonces) por dólar, lo que produjo una disminución
sustancialmente por la conversión del cambio para los ecuatorianos, con las consecuencias
obvias que hechos como estos generan, durante esos años causó un gran éxodo de los
ecuatorianos a otros países, especialmente Estado Unidos de América, España, Italia, entre
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10
20
30
40
50
60
1997 1998 1999 2000 2001
Po
rce
nta
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FALTA DE COBERTURA DE LAS NECESIDADES BÁSICAS POR AÑO
51
otros países económicamente desarrollados principalmente con la finalidad de encontrar una
estabilidad económica que les permita satisfacer sus necesidades y las de sus familias.
En este contexto de profunda crisis es que en el Ecuador se “inauguró un proceso inédito
de emigración, una verdadera estampida, (…). La estimación sobre el movimiento
emigratorio ocurrido desde que arrancó la ola fluctúa en más de un millón de personas. Esto
en una población económicamente activa (PEA) de algo más de 5 millones de personas
representa el 20%.” (Acosta, López, & Villamar, 2004, pág. 261)
En la actualidad se estima que los ecuatorianos emigrantes son más de 2 millones y medio,
distribuidos principalmente en Estados Unidos de América, España, en Italia, y un menor
porcentaje en otros países como Bélgica, Chile y Venezuela. Podemos nombrar
posteriormente que durante las décadas de la emigración, los gobiernos de turno muy poco o
nada hicieron por prestar asistencia a los emigrantes ecuatorianos, no existía prácticamente
una política pública, ni la decisión política de apoyar a los ecuatorianos que migraron como
producto de la crisis de los año 90´s.
Finalmente un cuadro de la migración de ecuatoriana especificada por año y gobierno,
indicando la cantidad de personas que salieron del país, como se observará, los años de
mayor éxodo migratorio coinciden entre los gobierno causantes de la crisis económica y el
incremento de compatriotas que emigraron del país.
52
Migración por periodos presidenciales
Migración 1989 -1992:
Rodrigo Borja
Años Migración
1990 23.539
1991 25.880
1992 25.900
Migración 1993 – 1996
Sixto Duran Ballén
Años Migración
1993 30.683
1994 37.349
1995 33.146
1996 29.780
Migración 1997 – 1988:
Abdalá Bucaram / Fabián Alarcón
Años Migración
1997 30.931
1998 45.332
53
Migración 2000 – 2002:
Gustavo Noboa
Años Migración
2000 158.359
2001 148.607
2002 140.973
Migración 2003 – 2004:
Lucio Gutiérrez
Años Migración
2003 129.080
2004 64.081
Fuente: (Ramirez & Ramirez, 2005, págs. 188,189)
3.4.1. Migrantes ecuatorianos en el exterior y migrantes en retorno
La emigración ecuatoriana a otros países no es fenómeno reciente, incluso estudiosos del
tema estiman que dos fueron los grandes procesos de emigración que ha visto el país, uno
durante los año 50´s hasta 1998, en donde el principal destino eran los Estados Unidos de
América y Canadá; y otro a partir del año 1999 hasta el año 2008, como consecuencia de la
crisis económica que ya se ha explicado, y cuyos destinos estaban centrados principalmente a
países europeos como España e Italia, así como se reiteraba la tendencia anterior de emigrar
a los Estado Unidos, y se amplía el fenómeno a otros países como Chile y Venezuela en
especial.
54
El cuadro siguiente en una muestra estadística corrobora la afirmacion de que el país ha
pasado por dos grandes procesos migratorios, cuyos destinos han cambiado en cada en cada
uno de estos preiodos como podrá apreciarse.
Gráfico 3 Principales destinos de los inmigrantes ecuatorianos por país
Fuente: Asociación Pro defensa de sus derechos Eurowork
El destino del flujo migratorio de los ecuatorianos es cambiante a partir del año 1996, en
donde pasa a ser el principal destino España, por las distintas facilidades que presentaba la
política migratoria del país ibérico, en contraposición a la Estados de Unidos de América, que
implementa cada vez medidas más restrictivas para el control de la inmigración.
En el cuadro siguiente se aprecia lo principales destino escogidos por los ecuatorianos para
su destino de inmigración de acuerdo a años y porcentajes.
0
10
20
30
40
50
60
70
Estados Unidos España Italia Otros países
DESTINOS PRINCIPALES DE LOS EMIGRANTES ECUATORIANOS
Hasta 1995 1995 - 2000
%
55
Gráfico 4 Destino de la inmigración de los ecuatorianos periodo 1996-2001
Fuente: INEC
El Ecuador, por las condiciones socio económicas que tantas veces se ha nombrado, se
“convirtió en un país de emigrantes, el principal destino que buscaban los ecuatorianos sin
lugar a duda fueron los Estados Unidos, pero por las restricciones de las leyes en ese ámbito
limitaron los flujos migratorios, los ecuatorianos fueron buscando otras alternativas para
emigrar. En este contexto, “España pareció como una nueva tierra de acogida, por el idioma,
las condiciones favorables de residencia, y de trabajo ofrecidas a los latinoamericanos en
general. Y por las redes sociales que la migración ecuatoriana logró construir y consolidar.”
(Odgers Ortíz & Ruiz, 2015, pág. 531)
0
10
20
30
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50
60
España Estados Unidos Italia Paisessudamericanos
Otros paíseseuropeos
Otros países
PAÍSES DE DESTINO DE LA INMIGRACIÓN PERÍODO 1996 -2001
Porcentaje
56
3.4.2. Inmigrantes en el Ecuador y Refugiados
Según una nota de prensa del diario “El comercio” (26 de mayo de 2015) que toma datos
de la Dirección de Migración en el Ecuador la mayoría de inmigrantes en el Ecuador
provienen de Colombia, Venezuela, Haití, y Cuba.
Añade el artículo que principalmente en el caso de los inmigrantes europeos que llegan al
Ecuador por ejemplo, se relacionan en actividades laborales como la docencia universitaria,
comercio, asesorías y actividades del sector estatal, cabe mencionar que la adopción del dólar
como moneda del nacional, (a partir del año 2000), y las facilidades migratorias, como la
eliminación de visado para el ingreso, estarían entre las causas por la cuales el Ecuador se ha
convertido en un país receptor de inmigrantes. En este sentido la política migratoria de
“puertas abiertas”, y el derecho a la ciudanía universal estarían también entre los factores
que influyen para que extranjeros decidan permanecer de manera indefinida en el país.
En tal virtud podemos mencionar que los ciudadanos colombianos representan el 50.8 %
de los extranjeros en el Ecuador, a estos les siguen cubanos, haitianos y venezolanos. Este
alto número de inmigrantes colombianos se explicaría debido al conflicto armado interno que
enfrenta el vecino del norte entre el ejército colombiano y las fuerzas irregulares de las FARC
(Fuerzas Armadas Revolucionarias de Colombia), más otros grupos armados vinculados al
narcotráfico y la delincuencia organizada. El desplazamiento de los colombianos al Ecuador
se debe al clima bélico que vive Colombia, especialmente en el sur del país, y justamente por
la cercanía limítrofe es que muchos colombianos deciden en emigrar para salvaguardar su
vida y la de sus familias estableciéndose en el Ecuador.
En este contexto es que la autora Nashira Chávez (2008, págs. 148,149) en su obra sobre
el estudio de la geopolítica del continente, los conflictos armados y las migraciones
57
manifiesta que en “el imaginario de los ecuatorianos el escenario de la regionalización de la
estrategia narcoterrorista propone a los factores negativos al conflicto colombiano como
identitarios de los migrantes colombianos.” Se ha construido entonces la idea de que “la
migración se halla vinculada con al dinámicas de violencia en el norte”, explicando así el
fenómeno migratorio de los colombianos, como una consecuencia más de la implementación
del Plan Colombia de Estados Unidos y el gobierno colombiano en la región.
Por otro lado, también los ciudadanos haitianos tienen un especial tratamiento en la
legislación migratoria en el Ecuador, debido a que el Estado les emitió un visado especial de
no migrantes de hasta por 5 años debido a las condiciones de calamidad en que quedó el país
caribeño por el desastre producido por el terremoto de 2010.
En los últimos años también se ha evidenciado un incremento inmigratorio por parte de
ciudadanos cubanos al Ecuador, las dos principales causa para que ellos tomen la decisión de
inmigrar al Ecuador, estarían basadas en motivaciones política y económicas, como lo
corroboran los resultados estadísticos de las encuestas que se presentarán en el capítulo IV
del trabajo. Las motivaciones serían entonces principalmente, por la economía dolarizada del
Ecuador, por las facilidades migratorias que brinda el Estado ecuatoriano, y por tal razón bien
pueden decidir permanecer en el país, o utilizarlo como lugar de tránsito para iniciar su
camino hacia los Estados Unidos de América para lograr beneficiarse del tratamiento especial
que este país contempla en favor de los ciudadanos cubanos que logran arribar a su territorio.
Cabe finalmente realizar una diferenciación entre la movilidad humana migratoria y de
refugio, que respecto de los grupos nacionales que se han nombrado se estiman en este
ámbito, pues, podría considerarse a los ciudadanos colombianos en especial, por cuanto se
ven inmersos en un clima de violencia, como refugiados, por las razones explicadas, en tanto
que en los otros casos se puede mantener el concepto de inmigrantes.
58
3.4.3. El caso de los refugiados en el Ecuador
La definición de refugiado de la “convención sobre el estatuto de los refugiados, adoptada
en 28 de julio de 1951 por las Naciones Unidas, entrada en vigor el 22 de abril de 1954,
concibe al refugiado como la persona quien debido a fundados temores se ser perseguida por
motivos de raza, religión, nacionalidad , pertenencia a determinado grupo social u opiniones
políticas, se encuentra fuera del país de su nacionalidad y no pueda o, a causa de dichos
temores, no quería acogerse a la protección de tal país; o que careciendo de nacionalidad y
hallándose, a consecuencia de tales acontecimientos, fuera del país donde antes tuviera su
residencia habitual, no pueda o , a causa de dichos temores, no quiera regresar a él. (Agencia
de las Nacines Unidas para los Refugiados, 2015)
En este contexto es que, por las situaciones políticas beligerantes que existen
especialmente en el vecino país de Colombia, es que muchos de sus ciudadanos se han visto
abocados a la forzosa necesidad de desplazarse al Ecuador, especialmente a los territorio de
frontera, para salvaguardar su integridad personal, huyendo de la violencia desatada en sus
país, por los enfrentamientos armados entre el ejecito y los distintos grupos armados que
operan en el país.
Es así como el Ecuador ha acogido a un alto número de colombianos desplazados que han
visto en el país un refugio para alejarse de la violencia, y el país los ha acogido como
aplicación del derecho humanitario, como es el caso. La comunidad colombiana es el grupo
de inmigrantes más grande que reside en el país. El Ecuador, “es el país latinoamericano con
la mayor cantidad de población de refugiados al albergar a más de 58.398 personas, 98% de
ellas colombianas,” según el Alto comisionado de las Naciones Unidas para los refugiados
(ACNUR). (El Universo, 2014)
59
3.4.4. Ecuador en el marco internacional relativo al tema migratorio
La Declaración Universal de los Derechos Humanos, en el artículo 13 en el numeral 1 y 2
reconoce el derecho a migrar, así en el texto de la redacción del artículo citado señala que
todo ser humano tiene derecho a circular libremente y a elegir su residencia, además que esta
tiene derecho a salir de cualquier país, incluso del propio, y a regresar a su país.
(Organización de las Naciones Unidas, 2008)
El Ecuador como signatario de la declaración se halla en el deber de adoptar esta
legislación como nacional, y más aún cuando la Constitución manifiesta que en materia de
derechos humanos la legislación internacional se halla plenamente vigente en la normativa
interna (artículo 16 y 17 e la Constitución), a lo que hay que añadir que el deber supremo del
Estado ecuatoriano, como también lo establece la Constitución, es el de garantizar el
cumplimiento y goce de los derechos humanos, además también signatario de los principales
convenios internacionales que garantizan los derechos humanos, como el Pacto Internacional
de derechos civiles y políticos de 1966; la Convención Internacional sobre la eliminación de
toda forma de discriminación racial de 1963; el convenio No. 97 sobre la protección de los
derechos de todos los trabajadores migrantes; la Carta Andina para la promoción y protección
de los Derechos Humanos de 1998; y más documentos por el estilo que tienen la finalidad de
mantener vigente el respeto y la protección de los derechos humanos, en sus diferentes
formas de manifestarse estos, uno de ellos justamente es en la movilidad humana.
En los últimos años en especial, el país ya no solo que se ha convertido en un país de
emigrantes por las causas antes explicadas, sino que también se ha convertido en un receptor
de personas en situación de movilidad humana, sea por migración y refugio especialmente.
Tal situación estaría fundada por las facilidades que presenta la legislación nacional respecto
de la movilidad humana, la migración y de los derechos de los migrantes, como lo establece
60
la Constitución del país; así como por el sistema de economía dolarizada que rige en el
Ecuador y que representa la posibilidad obtener ingresos económicos en una moneda de
mejor nivel adquisitivo y considerada como “fuerte” a nivel mundial.
El fenómeno migratorio ha sido en el país, uno de los aspectos más trascendentales, a tal
punto que las remesas de los compatriotas que han emigrado constituyen un aporte
importante para la economía nacional, incluso se afirma que gracias al envío de esas divisas
es que se ha mantenido la dolarización. Así también el gran número de emigrantes
ecuatorianos ha hecho necesario establecer la decisión política de que el Estado preste
asistencia a los compatriotas que se encuentra en esta situación de movilidad humana,
implementando políticas publicas dirigidas en ese orden. Se evidencia lo manifestado en el
contenido de la Constitución del Ecuador, y en el Plan Nacional del Buen Vivir, mismos que
ya se han nombrado en varias ocasiones.
Incluso, a decir de algunos analistas políticos, la institucionalidad y la política migratoria
en el Ecuador, tomó relevancia a partir de la entrada al poder de gobierno del presidente
Rafael Correa en el 2006 y cumpliendo uno de sus ofrecimientos propuestos por el en
campaña electoral, se creó la Secretaría Nacional del Migrante, siendo misión de esta cartera
de estado “ la definición y ejecución de políticas migratorias, encaminadas al desarrollo
humano de todos sus actores, que servirá de enlace en las acciones de atención, protección y
desarrollo de la persona migrante,(…)”. (Quiloango, 2011, pág. 27) Se evidencia de esta
manera la importancia que el gobierno de turno otorgó al fenómeno de la movilidad humana
y migratorio, especialmente a la emigración de los ecuatorianos, implementado políticas
públicas de asistencia e incluso implementando programas de repatriación para quienes así lo
decidieran a través de los programas “plan retorno”, brindando facilidad de importación de
menaje de casa; y “ cucayo”, para adquisición de préstamos a los emigrantes que decidan
61
retornar para que emprendan una actividad económica en el país; estos programas eran
impulsados y ejecutados por la Secretaria Nacional del Migrante ( SENAMI).
Todas estas políticas han sido trasladas al accionar institucional pertinente, fundamentadas
en la Constitución de la República y en el diseño de las políticas gubernamentales sobre ese
ámbito, lo que ha constituido un hito en la política social y en la legislación constitucional de
la materia en el país, aunque con las propias dificultades que ello también ha conllevado,
como un incremento de la inmigración al territorio nacional, por ejemplo.
Muchas de las innovaciones respecto de la legislación del tema de movilidad humana y la
de la migración en especial, son consideradas como derechos y principios vanguardistas y
progresivos; pero también estos son objeto de crítica por las facilidades que plantea su
ejecución y reconocimiento. A este respecto Marina Orín (2015) sostiene que “mientras siga
extiendo discriminación junto a la libre movilidad, nos encontramos frente a conceptos los
cuales no están listos para ser empleados, ni ser garantizados.” por las dificultades culturales,
y legislativas de otros Estados que necesariamente entran en relación por el carácter propio de
la movilidad humana, puesto que esta involucra la participación de otros Estados a través de
la legislación.
62
TITULO II
EL PLAN NACIONAL PARA EL BUEN VIVIR
4.1. UN NUEVO MODELO DE DESARROLLO: RÉGIMEN DEL BUEN VIVIR
El Buen Vivir es un principio incorporado en la Constitución del Ecuador del 2008, que
proviene de un axioma de los pueblos y culturas ancestrales de la región andina al que ellos
llaman “Sumak Kawsay” (buen vivir en castellano), “y que retomando el principio indígena,
busca la armonía con la naturaleza, los ancestros y el cosmos, lo cual hace que se supere la
idea de desarrollo en cualquiera de sus versiones.” (Nogués, Soler, & Caballero, 2014), en
este amplio y nuevo concepto de desarrollo, se podría afirmar que el Buen Vivir busca no
solo un desarrollo económico, material de los seres humanos como eje central alrededor de
los cuales gira el resto de componentes de la sociedad y el mundo, sino que la
conceptualización se dirige más bien a considerar que el buen vivir es un sistema, un
régimen integral de desarrollo, en donde el ser humano no es el único individuo a
considerarse, sino que él es parte de un todo, de un entorno natural que debe ser respetado y
mantenido como parte de todo esa diversidad conceptual que es el buen vivir.
Los autores citados define al buen vivir, como “un régimen de desarrollo conjunto,
organizado, sostenible y dinámico de los sistemas económicos, políticos, socio- culturales y
ambientales, que garantizan la relación del buen vivir, del sumak kawsay.” (Nogués, Soler, &
Caballero, 2014)
Esta cosmovisión ha sido trasladada a la Constitución el Ecuador del 2008, como
indicativo del país como un Estado plurinacional e intercultural, y como un avance en los
objetivos que persigue la organización de la sociedad en un Estado ampliando el concepto de
63
bienestar a un entorno más integral que solo el material, en cuidado de la naturaleza, en el
respeto de los derechos de todos los individuos sim importan su condición material y/o
jurídica. Esta aspiración se halla expresada inclusive antes del articulado de la Constitución,
como un fundamento en que se basa la nombrada legislación, estableciendo que los
ecuatorianos decidimos construir “una nueva forma de convivencia ciudadana, en diversidad
y armonía con la naturaleza, para alcanzar el buen vivir, el sumak kawsay;” (Constitución del
Ecuador, 2008)
La Constitución del Ecuador incorpora los conceptos de buen vivir o sumak kawsay en
los artículos 275 al 278 bajo el título “régimen del buen vivir”, en donde se establecen las
formas en que se han conseguir el buen vivir mediante las políticas públicas que se
implementen desde el gobierno.
La relación de lo mencionado en torno al buen vivir, con la movilidad humana se halla en
que, como se dijo, el buen vivir, tiene una visión amplia sobre la visión y misión del Estado
de los seres humanos, y del respeto de los derechos de todos los individuos que conforman el
contexto natural y material de la sociedad, la movilidad humana engloba una serie de
acciones de los seres humanos, así como principios y derechos que poseen , y para hacer
efectivo ese buen vivir que se pregona, el estado debe garantizar el acatamiento de esas
prerrogativas a través de sus políticas públicas , en este caso que se menciona, el de
garantizar el goce de los derechos de los migrantes.
El Plan Nacional del Buen Vivir, es una documento en donde se establece la hoja de ruta,
la planificación de la políticas del gobierno en el sentido que se ha explicado, en el plan de
2009-2013, se hace una mayor referencia que en el actual (2013 -2017) sobre la obligación
del Estado de tutelar a las personas que se encuentran en situación de movilidad humana, a
los migrantes, y en especial a los emigrantes ecuatorianos.
64
4.2. BENEFICIOS DE LA MIGRACIÓN
“En términos generales la migración es un fenómeno benéfico, con ventajas potenciales
tanto para los países de origen como para los países de destino; sin embargo, y para que estos
beneficios se concreten, es esencial que la migración sea ordenada.” (Blanco & Zlotnik,
2006, pág. 29)
Así al ser la migración un tipo de movilidad humana de doble vía esta conlleva beneficios
para las sociedades y los países en los que acontece este fenómeno.
El intercambio cultural, por ejemplo es uno de los beneficios que se pueden manifestar,
como se ha explicado, cuando un ser humano se traslada a otro lugar no solo que lleva
consigo su materialidad, su fuerza laboral, sino que en este se halla una identidad cultural del
sitio de donde proviene, este se convierten en un representante de la cultura de su nación. Por
ello bien hace la Constitución ecuatoriana al reconocer la interculturalidad de Estado.
Varios pueden ser también otros beneficios, pero el económico, es uno de los que más se
evidencian en la migración, tanto a nivel microeconómico, por el envío de las remesas de los
inmigrantes a sus familias para su mantenimiento, cuanto a nivel macro económico, debido a
que al enviar la subvenciones dinamizan la economía del país, y como en el caso del Ecuador,
estas se convirtieron en el sustento de la dolarización; por lo cual la migración provee
también de fuerza laboral económica a los países desarrollados, como el caso de los Estado
Unidos de América, con la inmigración latina.
Se presenta a continuación una tabla estadística en donde se muestra el incremento del
envío de remesas por parte de los emigrantes ecuatorianos, y hay que notar que estas
representan un aporte importante durante el periodo del ingreso en la dolarización, y los años
posteriores a ella.
65
Ingreso por remesas 1990- 2004
Gráfico 5 Remesas de los inmigrantes ecuatorianos periodo 1990-2004
Fuente: Banco Central del Ecuador y Dirección Nacional de Migración (Ramirez & Ramirez, 2005, pág.
100)
4.3. PERSONAS Y GRUPOS DE ATENCIÓN PRIORITARIA
El capítulo 3ro. de la Constitución sobre los “derechos de las personas y grupos de
atención prioritaria” , en el artículo 35 enumera los grupos de atención prioritaria entre los
cuales se nombra a las y los adultos mayores, niñas, niños, adolescentes, personas con
discapacidad, personas privadas de la libertad, personan con enfermedades catastróficas,
hay que señalar que no se establece una diferenciación en cuanto a la garantía de estos
derechos a estas personas de acuerdo su condición de estadía en el país, es decir se puede
asimilar que estos derechos cobijan a toser humano que se encuentre en el territorio nacional.
Incluidos las que se encuentran en situación de movilidad.
0
200
400
600
800
1000
1200
1400
1600
1800
1990 1991 1992 1993 1994 1995 1996 1997 1998 1999 2000 2001 2002 2003 2004
REMESAS MILONES DE USD
Remesas milones de USD
66
Los artículos del contenido de este capítulo establecen por separado y de forma
particularizada en cada sección de la constitución pertinente, los derechos que acogen a cada
grupo que se ha nombrado. En el artículo 40, 41 y 42, se trata de manera especializada la
situación de la movilidad humana, cabe mencionar que el análisis de los artículos citados se
realizó ya en el apartado sobre el sustento legal de la investigación.
4.4. NUEVA LEGISLACIÓN MIGRATORIA EN EL ECUADOR
La Constitución del Ecuador introduce este nuevo concepto amplio de la movilidad
humana, que como ya se ha explicado abarca a todo proceso de traslación de los seres
humanos, como los viajes por turismo, la migración, el tráfico de personas, los refugiados,
etc.
El artículo 40 de la Constitución establece a la movilidad humana como un derecho, y
textualmente esta prerrogativa se halla expresado en el enunciado: “Se reconoce a las
personas el derecho a migrar (…).” A lo que se agrega que ninguna persona será por lo tanto
identificada en base a su condición migratoria.
Otro derechos que se reconocen e las persona en situación de movilidad y que se hallan
conexos con el nombrado se hallan también expresados en los contenidos de los artículos
subsiguientes, como el 41 y 42, entre ellos se puede nombrar: Art. 42 “las personas que han
sido desplazadas tendrán derecho a recibir protección y asistencia humanitaria emergente de
las autoridades, que asegure el acceso a alimentos, alojamiento, vivienda y servicios médicos
sanitarios (…)”.
Todas las personas y grupos desplazados tienen derecho a retornar a su lugar de origen de
forma voluntaria, segura y digna.” (Constitución del Ecuador, 2008)
67
Tanto el concepto, la denominación de la movilidad humana, al ser una nueva
consideración en la Constitución de Ecuador, que rige a partir del 2008, hace necesario una
nueva legislación a este respecto, debido a que las leyes anteriores sobre el tema fueron
inspiradas bajo otras concepciones muy diferentes, y acorde al contexto histórico e interés
político de la época, La movilidad humana era denominación que ni siquiera se sospechaba
en aquella época, porque normativas que recogen este nuevo concepto Constitucional en
verdad son necesarias.
Se presenta a continuación unos cuadros en donde, la Comisión Andina de Juristas explica
de manera didáctica, todos hechos que engloba la movilidad humana, tipos, etapas y procesos
de la misma.
68
4.4.1. Tipos de movilidad humana
Cuadro 2 Clasificación de la movilidad humana
TIPO DESCRIPCION
Por el territorio
Según el ámbito espacial puede ser:
Movilidad humana internacional.- cruce de fronteras de otros estados.
Movilidad interna.- dentro del territorio de cada estado.
Por las causas que originan la
movilidad
Migración
Refugio y asilo
Desplazamiento forzado
Trata de personas
Movilidad por causas ambientales, etc.
Existen otras causas que van apareciendo paulatinamente conforme la movilidad humana los evidencia.
Por la dirección
Movilidad de salida.
Movilidad de ingreso.
Por el tiempo de permanencia
Temporal.- por un tiempo transitorio.
Permanente.- por tiempo indefinido.
Circular (alternan permanencia en dos o más lugares).
Por la dimensión territorial del
marco jurídico que la regula
Ordenamientos Jurídicos de diferente dimensión territorial:
Nacional.- un solo estado.
Binacional.- entre dos estados.
Internacional.- entre varios estados.
Por la voluntad del individuo
De acuerdo a la voluntad de la persona en el proceso de movilidad:
Movilidad voluntaria o Libre.- el individuo decide por sí mismo realizar la movilidad.
Movilidad Obligatoria.- El individuo se moviliza por cumplir con lo establecido en la ley.
Movilidad Forzada.- La movilidad del individuo se realiza en contra de la voluntad de este.
Es decir la persona se moviliza por circunstancias ajenas a su voluntad. Por ejemplo en los
conflictos armados.
Por la condición documentaria
de la persona que se moviliza
Evidente en el proceso de movilidad internacional.
Movilidad regular o documentada.- realizada con todos los permisos, documentos y
procesos que la estipula le ley de los países receptores.
Movilidad irregular o indocumentada.- La persona no cuenta con los permisos del estado
receptor.
Fuente: Comisión Andina de Juristas 2011
69
3. Llegada, asentamiento y
estadía en el lugar de destino.
4.4.2. Etapas del proceso de movilidad humana
El proceso de movilidad humana no siempre sigue un mismo lineamiento definido en
todos los casos, las etapas de esta varían de acuerdo a cada situación y contexto social,
político y jurídico tanto de las personas en esa situación como del o los estados que interviene
en la acción de la movilidad.
Sin embargo se ha estimado que en la mayoría de casos el proceso de movilidad humana
se presenta las siguientes etapas:
Previa a la salida.
Etapa de tránsito.
Asentamiento y estadía en el país de destino.
Integración definitiva o retorno.
Cuadro sobre el proceso de la movilidad humana
Fuente: (Organización Internacional para las Migraciones, 2015)
4. Retorno al país de
origen o integración en la
sociedad de acogida.
1. Intención, obligación o
necesidad de salir,
preparación y decisión de
viaje.
2. Desplazamiento hacia el
lugar de destina o tránsito.
Cuadro 3 Proceso de movilidad humana
70
4.5. EL PROYECTO DE LEY ORGANICA DE MOVILIDAD HUMANA
El Misterio de Relaciones Exteriores y Movilidad Humana manifiesta en su página
institucional que el proyecto de Ley Orgánica de Movilidad Humana permitirá articular en un
solo cuerpo normativo, toda la legislación que sobre el tema actualmente se halla dispersa, en
otro cuerpos legales como la Ley de Extranjería, la Ley de Migración, y a su vez también
permitirá tener una legislación que guarde compatibilidad con la Constitución vigente desde
el 2008.
Según la cartera de estado encargada del tema, el proyecto de ley permitirá legislar sobre
la movilidad humana en los siguientes puntos más destacables:
Construir una legislación que refleje lo principios de la Constitución del 2008.
Regular a nivel nacional las distintas modalidades migratorias, desde el enfoque constitucional de
la libre movilidad.
Articular más de una docena de cuerpos normativos en un solo cuerpo legal.
Pero sobre todo, saldar la deuda social con nuestros migrantes que desde un enfoque de derechos
permita el acceso a los distintos programas de desarrollo en salud, educación e inserción laboral
(Ministerio de Relaciones Exteriores y Movilidad Humana, 2015).
4.5.1. Aspectos más importantes e innovadores del Proyecto de ley de movilidad
humana
Los aspectos que el proyecto de ley pretende normar en su contenido buscan guardar una
coherencia con lo que se establece en la Constitución de la Republica, y estos serían
principalmente los siguientes:
Reconocimiento del migrante y su contribución a la sociedad.
Los planes, proyectos del Estado deberán contemplar prerrogativas en favor de los
migrantes nacionales y extranjeros tendientes a la integración social mutua.
La asistencia y protección a los emigrantes ecuatorianos en el exterior es un deber del
Estado.
Desconcentración, calidad y agilidad en los servicios migratorios.
71
El control de ingresos y salidas del país está enfocado en el respeto a los derechos de
las personas en situación de movilidad humana.
Prevención de migración riesgosa, sobre todo de los menores de edad.
Si embargo de todo lo indica, a criterio del conocido jurista internacionalista, y a quien
además se le realizó una entrevista sobre el tema que será expuesta más adelante, señala
algunas reparaciones sobre el proyecto de ley orgánica de movilidad humana, por cuanto a su
parecer “la propuesta enviada (…) a la Asamblea en junio pasado violenta los principios
constitucionales de igualdad, de movilidad humana y libre tránsito, de la eliminación
progresiva de la condición de extranjero y de la unificación familiar, entre otros.”
(Valenzuela, 2015).
El jurista, entre otras apreciaciones contrarias al proyecto de ley ejemplifica que las más
importantes de estas vulneraciones se refieren a casos como que el principio de igualdad por
cuanto se realiza una distinción entre los ecuatorianos emigrantes y el resto de ecuatorianos;
además menciona sobre la existencia de vulneraciones al principio de libre movilidad
humana y de tránsito, por cuanto se determinan tiempos de estadía en el país.
72
TÍTULO III
LA POLÍTICA MIGRATORIA DE PUERTAS ABIERTAS Y SUS IMPACTOS PARA
EL ECUADOR
5.1. PRINCIPIOS Y FUNDAMENTOS DE LA POLITICA MIGRATORIA DE
PUERTAS ABIERTAS
La que se denomina comúnmente como política de puertas abiertas, respecto de la
movilidad humana, que consiste sencillamente en dejar entrar y salir a las personas del
territorio sin mayores restricciones legales, en este caso es una aplicación del gobierno
ecuatoriano. Sin embargo este derecho establecido en la Constitución, se ve limitado por la
legislación específica de la materia contenida en la Ley de Extranjería, y la ley de Migración
especialmente; y por otro lado también se ve esta limitante, puesto que en las relaciones
internacionales, como lo es el caso de la migración, no solo se aplica la legislación de un
estado sino la de por lo menos otro, como país de acogida por ejemplo.
La autora Orin manifiesta que por las prerrogativas y garantías que existen en la
Constitución de Ecuador, “las autoridades administrativas y judiciales deben garantizar los
derechos establecidos en la Constitución, (…) no pudiendo recurrir a formalidades legales
contenidas en normas, reglas que restringen el contenido esencial del derecho protegido a
nivel constitucional e internacional.” (Orin, 2015)
Sin embargo de todo ello los derechos y principios que se establecen en la legislación
constitucional del Ecuador, y en las políticas migratorias de país, también han conllevado al
planteamiento de críticas y dificultades derivadas de esta situación, como el incremento del
flujo de inmigrantes al país.
Como aplicación de los principios y derechos que se establecen en la constitución las
autoridades de Ecuador eliminaron el visado para el ingreso al país, a excepción de ciertos
73
países como China, Afganistán, Bangladesh, Eritrea, Etiopía, Kenia, Nigeria, Pakistán ,
Somalia y desde diciembre del 2015 a los cubanos, a cuyos ciudadanos se mantiene el
requerimiento de visado para su ingreso al país, lo que además lesiona el derecho promulgado
por la Constitución y evidencia una discriminación, si se mantiene un estricto apego a lo
promulgado por la Ley Máxima. El resto de ciudadanos de otros países no requieren de un
visado para ingresar al país, mientras su permanecía no vaya a ser superior a los 90 días,
pudiendo existir una prórroga de 90 días adicionales para las personas ciudadanas de los
países miembros de la UNASUR.
5.1.1. Críticas de la opinión pública internacional sobre la política migratoria
implementada por el Estado ecuatoriano.
Los principios y los derechos que se han establecido en la Constitución del Ecuador del
2008, obedecen a una concepción política de diversos aspectos de la vida de los seres
humanos y del papel que debe jugar el Estado en procura de la garantía de esos derechos que
consagra la ley máxima.
Como se ha visto, en lo referente a la movilidad humana, se han establecido
principalmente dos principios, que son el de la ciudadanía universal, y la eliminación de la
clasificación de los seres humanos en “ilegales” por sus estatus migratorio; así como dos
derechos principalmente que son, el de la libre movilidad humana, y el derecho migrar.
Todo ello constituye una visión innovadora, de vanguardia respecto de la movilidad
humana y de la migración. Sin embargo ello también acarrea una serie de cuestionamientos y
dificultades que se plantean alrededor de estas prerrogativas constitucionales.
Si bien estos principios y derechos se tratan de acuerdo a muchos de “una evolución en el
concepto de ciudadanía, y de un concepto más integrador, cada vez menos excluyente, con la
intención de borrar esa línea divisoria entre extranjeros y nacionales” (Orin, 2015), conlleva
74
también una sucesión de dificultades a la hora de poner en práctica y concretar en acciones
esto conceptos, derechos y principios.
La visión incluyente que tiene los axiomas citados, también intentan garantizar una libre
movilidad humana, y el respecto a los derechos de los seres humano en ese tipo de
situaciones, para propender a la eliminación de rechazos, discriminaciones, xenofobia e
intentar una integración de todos los humanos.
Una de las dificultades que se puede deducir de la denominada movilidad humana, es que
en este proceso no solo interviene la legislación del estado de origen de las personas, sino que
estas, al emigrar y establecerse en otro Estado, están bajo el imperio de la ley del estado de
acogida, por lo que la legislación del estado de origen no puede intervenir en el tratamiento
legal sobre migración del otro país. Si bien existen tratados o convenios internacionales en
este aspecto, la movilidad humana está sujeta a lo que establezcan las leyes de los estados así
como las leyes supranacionales que entre ellos se hayan estipulado, esto constituye una de
las primeras limitantes a la libre movilidad humana.
Para otros la libre movilidad humana y la ciudadanía universal son una utopía, que más
bien trae como consecuencia una inestabilidad al sistema legislativo internacional sobre el
tema, así como presenta una dificultad de aplicación en las legislaciones de los otros estados,
un ejemplo de ello es que un país puede convertirse en un territorio de tránsito por las
facilidades de ingreso que presenta, cuando un flujo inmigratorio a los países vecinos
generando un problema regional, como el caso de los cubanos que se encuentran varados en
la frontera entre Nicaragua y Costa Rica, por el cierre de fronteras de Nicaragua para evitar el
flujo de los inmigrantes en su paso hacia Estados Unidos, la gran mayoría de cubanos
inmersos en este caso viajaron de la isla del Caribe hacia Ecuador y desde ahí iniciaron su
75
periplo por vía terrestre hacia el país del norte , originando el problema que se ejemplifica
(BBC, 2015).
5.2. CONSECUENCIAS DE LA MIGRACIÓN: SOCIAL Y SEGURIDAD NACIONAL
Diversos son las consecuencias que se deducen de la movilidad humana y de la migración,
desde aspectos macro, como el sostenimiento económico de un país, hasta circunstancias
domesticas como el aparecimiento de otros tipos de familias, como las monoparentales, por
ejemplo.
Como se ha de suponer, de acuerdo a que la migración es un fenómeno tanto de emisión
como de recepción de seres humanos, las consecuencias, se hallan también en estas dos
aristas del problema. Sin embargo de ello, se presentan a continuación, algunos de los
problemas más evidentes que presentan la migración y sobre todo la inmigración.
Sociales:
Cambio de la estructura familiar: niños sin padres o familias monoparentales.
Las mujeres son por lo general las que quedan como jefas de familia, y asumen
nuevos roles dentro del núcleo familiar y de la sociedad en general.
Discriminación y xenofobia.
Abuso laboral, especialmente os inmigrantes irregulares, que deben aceptar
condiciones de trabajo injustas para obtener recurso para subsistir.
Económicas:
El envío de las remesas de los migrantes contribuye al sostenimiento de la economía
de sus respectivas familias y del país de origen. Como el caso del Ecuador, en que
ayudan a sostener la dolarización.
76
Se pierde la mano de obra calificada, debido a que los inmigrantes formados
académicamente en alguna área salen a prestar sus servicios profesionales en otros
países.
Abuso laboral, por el pago de salarios inferiores a los que establece la ley, así como la
no prestación de la seguridad social y demás cuestiones relacionadas a aquello.
Para los estados de acogida, la oportunidad de contratación de mano de obra barata.
Consecuencias culturales:
Cambio de identidad de las personas que se han visto inmersas en un flujo migratorio,
por la permanencia en medio de otras formas de cultura, parte de la cual es asimilada
y adoptada.
Por lo tanto hay un cambio de costumbres y tradiciones o estas se ven influenciadas
por el aporte de otras culturas de los migrantes.
Se puede manifestar que en conclusión la migración posee aspectos beneficiosos y
perjudícales tanto para las personas que lo realizan como para los estados de origen o
de acogida.
5.2.1. Migración y Seguridad
En varios foros internacionales sobre todo, la migración es muchas veces nombrada como
uno de los aspectos que atenta contra la seguridad interna de los Estados. (González, 2009,
pág. 37), sobre todo de los países desarrollados, de ahí una de las razones del porqué de las
políticas y legislaciones migratorias restrictivas, que buscan evitar la inmigración irregular a
sus territorios.
La seguridad de un Estado no está solo concebida con la precautela de evitar
enfrentamientos armados de cualquier índole dentro de un país , sino que la seguridad abarca
y se halla influida por unas serie de factores que ligan hechos, entre ellos los de migración
77
con aspectos que puedan atentar contra la seguridad del Estado y de sus ciudadanos, por
ejemplo, se asocia la inmigración a la proliferación de la pobreza, el desempleo, y ello trae
consigo la dedicación de los inmigrantes a actividades no licitas para obtener recursos
económicos que le permitan sobrevivir , propiciando así un incremento de hechos delictivos,
en alguno casos desde luego; pero estos riesgos son los que justamente buscan evitar
políticas restrictivas de migración de algunos países.
El clima de la política internacional, el sistema económico que impera en el mundo, es el
causante de muchos de los desplazamientos de los seres humanos, y ante el problemas que el
ingreso de extranjeros representa por las consecuencias que en varias veces ya se han
nombrado “las respuestas políticas a la migración responden a un clima general del temor y
de inestabilidad en la política internacional de la seguridad” (González, 2009, pág. 38) para
salvaguardar todos los aspectos que ha desarrollado un estado a base del esfuerzo de sus
ciudadanos y de la responsabilidad de sus autoridades y gobiernos.
5.2.2. El desempleo y la pobreza como argumentos de rechazo a los inmigrantes
Los datos estadísticos que se han presentado desvirtúan que la inmigración sea la que
ocasiona la pobreza y el desempleo en el país, como se señaló y como las estadísticas lo
muestran, y se ha de insistir en ello, la mayoría de inmigrantes al país, poseen un nivel
académico de instrucción superior y de nivel secundario lo que les permite acceder a puesto
de trabajo con mayor rapidez. De igual manera un alto porcentaje de inmigrantes son
generadores de emprendimientos propios, un poco más del 25% montan su propio negocio
(Falconí, 2012, pág. 66) para obtener recursos económicos.
También podría fundamentarse estos emprendimientos en base a que por la dificultad de
conseguir un trabajo de manera pronta o para generar ingresos de manera urgente, así como
78
para obtener una justa remuneración por ello, muchos migrantes deciden en emprender su
propio modo de subsistencia mediante un negocio propio.
5.2.3. La delincuencia en el país como consecuencia de la Política de Puertas Abiertas
Se ha atribuido a la inmigración las causas de delincuencia en el Ecuador, especialmente
en el caso de los colombianos, pues se les atribuye acciones delictivas, narcotráfico,
prostitución, y la aparición de organizaciones delictivas vinculadas al narcotráfico, extorción,
debido a que estos fueron delitos recurrentes en el país vecino del norte durante la lucha
interna del Estado y los carteles de la droga.
Por el hecho de provenir de zonas pobres del país colombiano, especialmente del sur
caracterizado por actividad agrícola de los campesinos, y considerarlos personas con un bajo
grado de formación académica, desempleados como consecuencia de la destrucción de sus
lugares de producción, y por el carácter de refugiados son atribuidos de causantes de pobreza
y delincuencia. Pero las autoridades ecuatorianas han salido a defender tanto la política
migratoria del país, como a calificar de infundados las percepción de vincular a la
delincuencia con la inmigración, colombiana especialmente., y de hecho los datos de la
estadística demuestran que la mayoría de delitos y personas que participan en ello son
ecuatorianos, aunque no se niega que en algunos caso existan también hechos delictivos
consumados por personas de otras nacionalidades.
5.2.4. La Discriminación por parte de ecuatorianos a migrantes extranjeros
Como consecuencia de los hechos descrito en estos últimos títulos sobre las
consecuencias de la migración, los compatriotas ecuatorianos han discriminado en ocasiones
a los inmigrantes por atribuirle como los causantes de un incremento delictivo.
La sociedad civil y medios de comunicación atribuyen a los inmigrantes la causa en el aumento del
desempleo, la delincuencia, la deficiente prestación de servicios sociales, entre otros. No obstante,
79
para los migrantes la discriminación o xenofobia se percibe en distintos grados dependiendo de su
nacionalidad, etnia, género, estratificación social, motivos del desplazamiento y sociedad de
destino (Velásquez, 2013).
Pero otro factor que también hay tomar en cuenta es que los desavenencias con los
inmigrantes también se suscitan por el choque cultural entre la idiosincrasia ecuatoriana
respecto con la de los inmigrantes.
Sin embargo esta discriminación es más evidente y marcada contra cierto tipo de
inmigrantes que en otros casos, como a los inmigrantes provenientes de países anglosajones,
cuya inmigración es incluso deseada en el caso del Ecuador, de ahí la clasificación que
algunos plantean entre inmigrantes “buenos” y otros como “no deseados”.
80
CAPÍTULO III
MARCO METODOLÓGICO
TRABAJO PRÁCTICO SOBRE LAS UNIDADES DE OBSERVACIÓN, POBLACIÓN
Y MUESTRA
6.1. DETERMINACIÓN DE LAS UNIDADES DE OBSERVACIÓN
Con la finalidad de recabar información de una manera eficaz, fidedigna, y objetiva de los
aspectos que se estudiaron en el proyecto se analizaron las siguientes unidades de
observación:
Ministerio de Relaciones Exteriores y Movilidad Humana.
Plan Nacional de Buen Vivir (209-2013 / 2013-2017).
Constitución de la República del Ecuador 2008.
Proyecto de Ley Orgánica de Movilidad Humana.
Funcionarios de la Unidad de Migración del Ministerio .Personas que se encuentran
en situación de movilidad humana de inmigración.
POBLACIÓN
El universo poblacional corresponde a 114 personas, de los cuáles detallaremos a
continuación la cantidad y cuáles son las técnicas a emplear en relación a obtener respuestas
sobre el tema a desarrollarse:
1. Funcionarios con conocimiento sobre el tema del Ministerio de Relaciones Exteriores
y Movilidad Humana se tomará en cuenta a 78 personas, a quiénes se les aplicará una
encuesta.
2. Emigrantes ecuatorianos en el exterior y en situación de retorno, inmigrantes
internacionales en Ecuador se tomara en cuenta a 26 personas, a quiénes se les
aplicará una encuesta.
81
3. Académicos de trascendencia y conocimiento sobre el tema, se tomará en cuenta a 3,
a quiénes se les aplicará entrevista.
Cuadro 4 Población
INSTITUCIÓN NÚMERO DE
PERSONAS
ÁREA DE
INVESTIGACIÓN
Ministerio de Relaciones
Exteriores y Movilidad
Humana
78
Entidad a cargo
Personas que se
encuentran en situación de
movilidad humana
26
Involucrados
Total 114
Elaborado por: Diana Jiménez
MUESTRA
N: Corresponde a la totalidad de las personas a ser entrevistadas.
n: Funcionarios del Ministerio de Relaciones Exteriores y Movilidad Humana de la República
del Ecuador.
PQ: Emigrantes ecuatorianos en el exterior y en situación de retorno, inmigrantes
internacionales en Ecuador y refugiados.
E: Docentes y académicos que tienen conocimiento sobre el tema
K: Público en general
82
La totalidad de las personas a ser encuestadas corresponde a un total de 114.
N= n + PQ
E+K
6.2. APLICACIÓN DE LOS MÉTODOS PREVIAMENTE DETERMINADOS
Método científico.- Concebido como un medio de cognición, conocido como un
conjunto organizado, sistemático y lógico de leyes, categorías, etapas, procesos y
técnicas que llevadas a la práctica nos permite genera el conocimiento científico sobre
un determinado objeto de estudio; este método implica la observación, identificación
de la problemática dentro del campo de acción y la formulación de soluciones.
Método exegético.- El Método exegético es el estudio de las normas jurídicas civiles
artículo por artículo, dentro de éstos, palabra por palabra buscando el origen
etimológico de la norma, figura u objeto de estudio, desarrollarlo, describirlo y
encontrar el significado que le dio el legislador.
Método sintético.- La agrupación de normas que tengan un mismo fin. Este es el que
abusa de la síntesis como un procedimiento ordenado para conocer la verdad de las
cosas, ya que se suma una materia en su composición, así también se entiende como
un resumen concreto, pero también completo de lo que se está analizando, este se
debe de agrupar orgánicamente para integrar el todo y se comprenda mejor.
Método histórico.- Consiste en que las instituciones deben remontarse a su pasado y
ver si sus normas evolucionan en su búsqueda para cumplir los fines que son
investigar sucesos pasados y relevantes para las sociedades humanas.
83
6.3. APLICACIÓN DE LAS TÉCNICAS (observaciones, encuestas, entrevistas, análisis
documental) E INSTRUMENTOS DE INVESTIGACIÓN (diario de campo, fichas
formularios de cuestionarios)
DEFINICIÓN DE LAS TÉCNICAS
Documental.- Fundamentada en documentos, textos, libros, folletos, estudios
estadísticos.
De campo.- Visita el campo directo donde se observa el problema de la investigación.
Entrevista.- Diálogo directo con conocedores de la problemática aplicando preguntas
preestablecidas.
DEFINICIÓN DE LOS INSTRUMENTOS
Cuestionario.- Formulario de preguntas que permiten dilucidar el problema de la
investigación, el cual se utilizará en las entrevistas con los diferentes actores que
involucran el tema de movilidad humana dentro del plan nacional del buen vivir, y la
inmigración.
Historial de libros revisados.- Texto con detalle de los libros que han sido
estudiados.
Libro de campo.- Cuaderno organizado con fechas, apuntes importantes de la
investigación realizada.
Fichaje-lectura científica.- El fichaje, a través de fichas nemotécnicas para la
sistematización de la información obtenida en del Ministerio en la cual se está
realizando la investigación. Lectura Científica, aportará conocimiento por medio de
una lectura profunda y comprensiva de textos, leyes, derecho comparado, entre otros.
84
6.4. APLICACIÓN DE LA MATRIZ DE OPERACIONALIZACIÓN DE LAS
VARIABLES
Cuadro 5 Operacionalización de variables
Variable Independiente Dimensiones Indicadores Número de
ítems
Técnica o
Instrumento
Movilidad Humana e
Integración Social dentro
Plan Nacional de Buen
Vivir, se relación con el
marco normativo de la
migración.
Constitución
Estado como ente receptor
de extranjeros y encargado
que velar por los derechos
de la personas en situación
de movilidad humana.
74
Investigación de campo
Encuestas
Entrevistas
Variables Dependientes Dimensiones Indicadores Número de
ítems
Técnica o Instrumento
Grado de efectividad del
cumplimento de los
derechos establecidos en
la Constitución y de los
lineamiento del Buen
Vivir en materia de
movilidad humana.
Ineficacia de la
legislación actual como
medios de regulación del
flujo migratorio.
Necesidad de una Nueva
ley de Movilidad
Humana para optimizar
el control del flujo
migratorio.
Constitución
Plan Nacional del Buen
Vivir
Constitución
Ley de extranjería
Implementación de política
migratoria de “puertas abiertas”
Incremento de la inmigración
en el Ecuador
Rechazo de la sociedad ante el
inmigrante Vinculación de
extranjero con problemas
sociales.
Implementación de normas y
políticas restrictivas para el
control de la inmigración.
7
4
Investigación de campo
Encuestas
Entrevistas
Elaboración: Diana Jiménez
85
CAPITULO IV
PROCESAMIENTO Y ANÁLISIS DE LA INFORMACIÓN
En la aplicación de la encuesta se ha decidido realizar una separación entre lo que estiman
los funcionarios de la Cancillería, de la unidad de Migración y las consideraciones que tienen
personas inmigrantes sobre el tema. Esta separación se la realizó para determinar con mayor
precisión las diferentes razones que tiene y pensamientos que tienen las personas desde las
distintas perspectivas en que se hallan. Así las respuesta de las preguntas se hallan dividas en
la opinión emitida por los inmigrantes en primer término, y las emitidas por los funcionarios
públicos respectivamente.
86
7.1. TABULACIÓN E INTERPRETACIÓN DE RESULTADOS
1. ¿Está usted de acuerdo que el Ecuador tenga una política migratoria de puertas
abiertas para facilitar la entrada de inmigrantes al país?
INMIGRANTES
Gráfico 6 Pregunta 1 encuesta a inmigrantes
Tabla 2 pregunta 1 encuesta a inmigrantes
1. DETALLE
FRECUENCIA
ABSOLUTA
PORCENTAJE
SI 22 84.62
NO 4 15.38
NO SABE 0 0.00
TOTAL 26 100.00
Elaboración: Diana Jiménez
La respuesta mayoritaria de las personas inmigrantes es que por supuesto están de acuerdo
con la política de “puertas abiertas”, pues es aquello lo que les permitió su ingreso al país, lo
que evidencia la facilidad que representa la adopción de esta política de gobierno en lo
referente a la movilidad humana en el ámbito de la inmigración.
85%
15% 0%
SI
NO
NO SABE
87
FUNCIONARIOS PÚBLICOS DE LA UNIDAD DE MIGRACIÓN
Gráfico 7 Pregunta 1 encuesta a funcionarios de la U. de migración
Tabla 3 Pregunta 1 encuesta a funcionarios de la U. de migración
1. DETALLE
FRECUENCIA
ABSOLUTA
PORCENTAJE
SI 22 28.21
NO 54 69.23
NO SABE 2 2.56
TOTAL 78 100.00
Elaboración: Diana Jiménez
La respuesta de los funcionarios de la Unidad de Migración, del Ministerio de Relaciones
Exteriores y Movilidad Humana, es diametralmente contrapuesta a lo manifestado por los
inmigrantes. La gran mayoría manifiestan estar en contra de la política migratoria de
“puertas abiertas”, tal afirmación podría atribuirse que como funcionarios relacionados a este
servicio público administrativo han palpado directamente el incremento de un flujo de
inmigrantes poco ordenado y regulado como consecuencia de la aplicación de esa política.
28%
69%
3%
SI
NO
NO SABE
88
2. ¿Cree usted que en el Ecuador se han incrementado el número de inmigrantes por la
adopción de una política y legislación demasiado permisiva sobre asuntos
migratorios.
INMIGRANTES
Gráfico 8 Pregunta 2 encuesta a inmigrantes
Tabla 4 Pregunta 2 encuesta a inmigrantes
2. DETALLE
FRECUENCIA
ABSOLUTA
PORCENTAJE
SI 14 53.85
NO 12 46.15
NO SABE 0 0.00
TOTAL 26 100.00
Elaboración: Diana Jiménez
La opinión de los inmigrantes en esta pregunta es dividida, una ligera mayoría estima que
la inmigración en el Ecuador se ha incrementado debido a la política permisiva del país en
esta materia. Sin embargo un gran número también afirma lo contrario. Podría manifestarse
que los resultados más bien denotan una falta de conocimiento sobre la realidad de la
inmigración en el país, por la razón que los inmigrantes se hallan inmersos en la problemática
lo que les resta una objetividad en su apreciación.
54%46%
0%
SI
NO
NO SABE
89
FUNCIONARIOS PÚBLICOS DE LA UNIDAD DE MIGRACIÓN
Gráfico 9 Pregunta 2 encuesta a funcionarios de la U. de Migración
Tabla 5 Pregunta 2 encuesta a funcionarios de la U. de migración
2. DETALLE
FRECUENCIA
ABSOLUTA
PORCENTAJE
SI 76 97.44
NO 2 2.56
NO SABE 0 0.00
TOTAL 78 100.00
Elaboración: Diana Jiménez
La respuesta de los funcionarios públicos es casi unánime (97%), afirman que en el
Ecuador se ha evidenciado un incremento de la inmigración como consecuencia de una
permisibilidad de la legislación, esta afirmación es plenamente confiable debido a que los
funcionarios son los que trabajan a diario con esta situación movilidad humana, por lo tanto
son conocedores del tema de primera fuente. Esta repuesta además mantiene una coherencia
con el criterio manifestado en la pregunta anterior.
97%
3%0%
SI
NO
NO SABE
90
3. ¿Considera usted que existe tolerancia de los ecuatorianos hacia los inmigrantes?
INMIGRANTES
Gráfico 10 Pregunta 3 encuesta a inmigrantes
Tabla 6 Pregunta 3 encuesta a inmigrantes
3. DETALLE
FRECUENCIA
ABSOLUTA
PORCENTAJE
SI 6 23.08
NO 20 76.92
NO SABE 0 0.00
TOTAL 26 100.00
Elaboración: Diana Jiménez
Los inmigrantes en su mayoría consideran que los ecuatorianos no son tolerantes con
ellos, se podría entender que esto se debe, entre otras razones, a un gran incremento del
número de inmigrantes que han arribado al país en los últimos años. Y por lo tanto aquello ha
suscitado la molestia de los ecuatorianos por atribuirles los causantes de problemas sociales,
económicos, y como producto del choque cultural característico de la migración.
23%
77%
0%
SI
NO
NO SABE
91
FUNCIONARIOS PÚBLICOS DE LA UNIDAD DE MIGRACIÓN
Gráfico 11 Pregunta 3 encuesta funcionarios de la U. de migración
Tabla 7 Pregunta 3 encuesta a funcionarios de la U. de migración
3. DETALLE
FRECUENCIA
ABSOLUTA
PORCENTAJE
SI 46 58.97
NO 30 38.46
NO SABE 2 2.56
TOTAL 78 100.00
Elaboración: Diana Jiménez
La respuesta por parte de los funcionarios guarda relación con la de los inmigrantes en este
aspecto, con lo que se confirma que la inmigración produce un rechazo generalizado por
parte de los ciudadanos del país de destino, o de acogida, además que no ha sido contestada
solo como funcionarios públicos sino como ciudadanos ecuatorianos comunes.
59%
38%
3%
SI
NO
NO SABE
92
4. ¿Cree usted que debe existir una política más restrictiva y selectiva sobre la
inmigración en el país?
INMIGRANTES
Gráfico 12 Pregunta 4 encuesta a inmigrantes
Tabla 8 Pregunta 4 encuesta a inmigrantes
4. DETALLE
FRECUENCIA
ABSOLUTA
PORCENTAJE
SI 4 15.38
NO 22 84.62
NO SABE 0 0.00
TOTAL 26 100.00
Elaboración: Diana Jiménez
Los inmigrantes lógicamente están en contra de que impongan políticas o legislaciones
que restrinjan el flujo inmigratoria, pues tiene a aspiración de que más personas realizasen
repliquen su acción como un acto subyacente de solidaridad; así también seguramente ven la
posibilidad de otros miembros de su familia puedan inmigrar. Esta pregunta guarda relación
en el mismo sentido con la respuesta manifestada en la pregunta 1 sobre la política de
puertas abiertas, ampliamente defendida.
15%
85%
0%
SI
NO
NO SABE
93
FUNCIONARIOS PÚBLICOS DE LA UNIDAD DE MIGRACIÓN
Gráfico 13 Pregunta 4 encuesta a inmigrantes
Tabla 9 Pregunta 4 encuesta a funcionarios de la U. de migración
4. DETALLE
FRECUENCIA
ABSOLUTA
PORCENTAJE
SI 60 76.92
NO 16 20.51
NO SABE 2 2.56
TOTAL 78 100.00
Elaboración: Diana Jiménez
Se confirma el sentir de los funcionarios que se viene manifestando a lo largo de las
respuestas de la encuesta, una gran mayoría consideran necesaria la implementación de
medidas y normativas que restrinjan, o que limiten la inmigración al país. Guarda relación lo
afirmado en esta respuesta con lo sostenido por ese mismo sector a manifestarse en contra de
la política de puertas abiertas en el tema migratorio que ha implementado el gobierno.
77%
20%3%
SI
NO
NO SABE
94
5. ¿Cree usted que es necesario limitar el ingreso de inmigrantes al Ecuador de una
manera legal?
INMIGRANTES
Gráfico 14 Pregunta 5 encuesta a inmigrantes
Tabla 10 Pregunta 5 encuesta a inmigrantes
5. DETALLE
FRECUENCIA
ABSOLUTA
PORCENTAJE
SI 6 23.08
NO 18 69.23
NO SABE 2 7.69
TOTAL 26 100.00
Elaboración: Diana Jiménez
La respuesta a esta pregunta es totalmente negativa en su mayoría, , los inmigrantes se
manifiesta abiertamente a favor de que el Ecuador siga manteniendo la política de puertas
abiertas, para que las personas puedan seguir libremente ejerciendo su derecho a una libre
movilidad humana.
23%
69%
8%
SI
NO
NO SABE
95
FUNCIONARIOS PÚBLICOS DE LA UNIDAD DE MIGRACIÓN
Gráfico 15 Pregunta 5 encuesta a funcionarios de la U. de migración
Tabla 11 Pregunta 5 encuesta a funcionarios de la U. de migración
5. DETALLE FRECUENCIA ABSOLUTA PORCENTAJE
SI 54 69.23
NO 16 20.51
NO SABE 8 10.26
TOTAL 78 100.00
Elaboración: Diana Jiménez
La mayoría de los encuestados manifiestan estar en contra de que se siga permitiendo un
ingreso no selectivo al Ecuador, por lo que consideran necesaria la implementación de
medios legales, jurídicos para regular la inmigración y limitar adecuada y justamente el flujo
inmigratorio excesivo en el país.
69%
21%
10%
SI
NO
NO SABE
96
6. ¿Cree usted que en el país hay un número excesivo de inmigrantes?
INMIGRANTES
Gráfico 16 Pregunta 6 encuesta a inmigrantes
Tabla 12 Pregunta 6 encuesta a inmigrantes
6. DETALLE
FRECUENCIA
ABSOLUTA
PORCENTAJE
SI 4 15.38
NO 22 84.62
NO SABE 0 0.00
TOTAL 26 100.00
Elaboración: Diana Jiménez
Las personas que se encuentran en situación de movilidad humana no consideran que en
país exista un número exagerado de personas en esa situación. Se puede manifestar que
aunque lo hubiera, el sentido de solidaridad con personas en la misma situación seguramente
le haría responder de igual manera.
15%
85%
0%
SI
NO
NO SABE
97
FUNCIONARIOS PÙBLICOS DE LA UNIDAD DE MIGRACIÓN
Gráfico 17 Pregunta 6 encuesta a funcionarios de la U. de migración
Tabla 13 Pregunta 6 encuesta a funcionarios de la U. de migración
6.DETALLE
FRECUENCIA
ABSOLUTA
PORCENTAJE
SI 58 74.36
NO 16 20.51
NO SABE 4 5.13
TOTAL 78 100.00
Elaboración: Diana Jiménez
La percepción por parte de los funcionarios públicos es que efectivamente existe un
número excesivo de inmigrantes en el país. Esto se debería a las razones que se han expuesto
en las preguntas anteriores. También es una percepción más objetiva respecto de la cantidad
de inmigrantes que existen en el país y especialmente aquellos inmigrantes que solicitan visa
en el país.
74%
21%
5%
SI
NO
NO SABE
98
7. ¿A qué atribuye usted que el Ecuador se haya convertido en estos últimos años, en un
país receptor de inmigrantes?
INMIGRANTES
Gráfico 18 Pregunta 7 encuesta a inmigrantes
Tabla 14 Pregunta 7 encuesta a inmigrantes
7. DETALLE FRECUENCIA
ABSOLUTA PORCENTAJE
Bonanza económica del país 12 42.86
Facilidad para ingresar al
Ecuador 6 21.43
Facilidad de control migratoria
de las autoridades 2 7.14
Otras razones 8 28.57
TOTAL 28 100.00
Elaboración: Diana Jiménez
La respuesta de la mayoría de los inmigrantes es que vienen a Ecuador por mejorar sus
condiciones económicas. El hecho de que el Ecuador cuente con una economía dolarizada les
permitiría obtener recursos en esta moneda, lo que les representa un mayor nivel adquisitivo
en su país por las remesas que envían. Esta tendencia además sostiene a algunas de las teorías
que se manifiestan sobre la etiología de la inmigración, sobre que el principal fundamento de
aquello es el factor económico.
43%
21%
7%
29%
BONANZAECONOMICA DEL PAIS
FACILIDAD PARAINGRESAR ALECUADOR
FACILIDAD DECONTROLMIGRATORIA DE LASAUTORIDADES
99
FUNCIONARIOS PÙBLICOS DE LA UNIDAD DE MIGRACIÓN
Gráfico 19 Pregunta 7 encuesta a inmigrantes
Tabla 15 pregunta 7 encuesta a funcionarios de la U. de migración
7. DETALLE
FRECUENCIA
ABSOLUTA
PORCENTAJE
Bonanza económica del país 16 16.33
Facilidad para ingresar al
Ecuador 60 61.22
Facilidad de control migratoria
de las autoridades 18 18.37
Otras razones 4 4.08
TOTAL 98 100.00
Elaboración: Diana Jiménez
La respuesta en este ámbito por parte de los funcionarios públicos de la Unidad de
Migración, está más bien definida como que la inmigración es más producto de las
facilidades normativas antes que la causa económica. El criterio de los funcionarios se
mantiene a lo largo de la encuesta al atribuir a esta la principal razón de la inmigración en el
Ecuador. Pero en las teorías de la migración casi todas estiman al factor económico como
determinan, en mayor o en menor grado como motivo de la inmigración. Como se vio en el
apartado de la investigación sobre el tema.
16%
61%
19%4%
BONANZA ECONOMICADEL PAIS
FACILIDAD PARAINGRESAR ALECUADOR
FACILIDAD DECONTROL MIGRATORIADE LAS AUTORIDADES
OTRAS RAZONES
100
7.2. SÍNTESIS DE LAS ENTREVISTAS
Para la realización de la entrevista se seleccionó a personas expertas en los temas de la
movilidad humana, la migración. Los entrevistados fueron los siguientes:
Abg. Julio Álava
Funcionario del Viceministerio de Movilidad Humana -Unidad de Migración.
Dr. Oscar Valenzuela Morales
Abogado
Magister en Ciencias Internacionales
Especialista en Migración y Extranjería
Abg. Esteban Chamorro
Funcionario del Viceministerio de Movilidad Humana -Unidad de Migración.
A continuación un resumen del contenido más importante de las ideas planteadas por los
entrevistados en base al cuestionario.
101
Resumen de las Entrevistas
Cuadro 6 Resumen de entrevistas
Preguntas Abg. J. Álava Dr. O. Valenzuela Abg. E. Chamorro
Pregunta No. 1
¿Qué es “Movilidad
humana”, y que concepto
implica esta nueva
denominación establecida
en la Constitución del
Ecuador del 2008?
La Constitución
reconoce el derecho a
migrar da mayor valor
a los de derechos de
los extranjeros.
La movilidad humana
es el derecho de las
persona a movilizarse
de un logar a otros. Art
40 de la Constitución.
Las personas en
situación de movilidad
humana gozan de todos
los derechos además de
todos lo inherentes a su
condición de seres
humanos.
El concepto es nuevo y se
halla en los artículo 40, 41, y
42 de la Constitución.
Es un proceso que realiza una
persona o un grupo de ellas
para establecerse en otro sitio
diferente a su lugar de origen.
Es un concepto acorde con la
Declaración Universal de los
Derechos Humanos.
Pregunta No.2
¿En qué consiste la
política migratoria de
“puertas abiertas”. Está
usted de acuerdo que ese
tipo de políticas se
instauren en el marco
jurídico del Ecuador?
Es un país libre para el
tránsito de las
personas.
Está de acuerdo con la
política de “puertas
abiertas”.
La política migratoria
de “puertas abiertas” es
el resultado de algunos
preceptos señalados en
la Constitución de la
República, entre ellos la
eliminación del
requisito de visas
consulares de turismo
para los nacionales de
los Estados que las
requerían.
No debe existir
contraposición de las
leyes. Debe existir una
libre movilidad y
puertas abiertas de
acuerdo a los tratados
que ha suscrito el
Ecuador.
Que los extranjeros puedan
ingresar y permanecer en el
territorio ecuatoriano sin visa
y permanecer hasta por 6
meses.
Ha traído consecuencias
económicas y sociales al país.
Se debe implementar un mejor
control del flujo de
inmigrantes.
102
Pregunta No. 3
¿Cree usted que la
“ciudadanía universal”
propuesta por la ley
constitucional del
Ecuador es un derecho
y/o principio que deber
ser adoptado en las
legislaciones sobre el
tema en los demás países
del mundo, Cree usted
que tenga acogida esa
iniciativa?
“Ciudadanía
universal” no tendrá
acogida por parte de
las legislaciones de
otros países.
Si el Ecuador
reconoce esto, el resto
de países deberían ser
recíprocos.
El concepto de
ciudadanía universal no
está definido ni en la
Constitución, ni en
ningún otro cuerpo
legal del Ecuador.
El proyecto de ley de
movilidad humana no
aporta nada en este
sentido. Reconoce los
mismos derechos
humanos que son
universales ya.
Es un principio establecido en
la constitución y en la doctrina
mundial sobre el tema de
migración. La ciudadanía
universal es un paso para
eliminar la discriminación.
Es un buen principio pero aun
es una utopía.
Pregunta No. 4
¿Cuál sería la razón de la
inmigración al país y cuál
sería la alternativa legal
para limitar la
inmigración al país?
Por la política
migratoria del país,
porque es un país libre
para el tránsito.
Existen mayores
oportunidades de
trabajo y de educación
No se debe limitar la
migración al país.
La inmigración es un
fenómeno mundial, y
este es de ida y vuelta
como lo ha demostrado
la historia.
La inmigración es
buena, aporta cultura y
desarrollo a un país.
La dolarización en un
atractivo para la inmigración.
Las leyes migratorias son muy
permisivas.
El Ecuador posee una
diversidad de climas y
geografía que lo hace
atractivo para los inmigrantes.
El Ecuador es un país óptimo
para inmigrar por todas estas
razones.
Elaboración: Diana Jiménez
103
7.3. ANÁLISIS E INTERPRETACIÓN DE LA ENTREVISTA.
Se colige de las repuestas obtenidas, en relación a la legislación migratoria del país
constituye un avance significativo en la legislación sobre esta materia, pues se han hecho
progresivos los derechos de las personas en esta situación.
La ciudadanía universal, aunque no es un concepto que se halle del todo definido en la
legislación nacional, es una propuesta que tiende a la integración de los seres humanos y a la
eliminación de los prejuicios que se desprenden de la migración. Sin embargo aún queda
mucho camino por recorrer para que este concepto sea aplicado y reconocido en las
legislaciones de los demás estados del mundo.
La migración es un proceso beneficioso para los estados, siempre y cuando sea ordenado,
y regulado eficaz y correctamente, pues la migración aporta al desarrollo cultural y
económico de los países.
En todo este contexto nombrado es necesaria una regulación normativa, jurídica fundada
en los derechos que se reconocen a nivel universal y constitucional del Ecuador para
garantizar los derechos de las personas que se encuentran en situación de movilidad humana
y migración. El proceso migratorio sistemático permitirá un flujo de personas ordenado, sin
peligro para aquellas y evitará o por lo menos aminorará las consecuencias negativas que se
desprenden de la inmigración, como la xenofobia, explotación y demás problemas inmersos
a este fenómeno.
104
7.4. COMPROBACIÓN DEL OBJETIVO
El objetivo general planteado sobre establecer la coherencia y compatibilidad de la
movilidad humana, en el aspecto de la migración, entre la Constitución y los planes de las
políticas de gobierno se ha cumplido, debido a que se ha estudiado los documentos
mencionados, logrando establecer que existe una adecuado relación entre ellos, estableciendo
cambios importantes a la política y legislación migratoria del país.
Se ha determinado también que las leyes que actualmente regulan la actividad migratoria
en el país no guardan una relación ni compatibilidad jurídica con la Constitución, por el
diferente contexto histórico y concepción política en que se emitieron, lo que evidencia la
necesidad urgente de una nueva ley migratoria que vaya de la mano con la Constitución del
Ecuador.
Por otro lado, sobre los objeticos específicos, se ha comprobado que el incremento del
flujo inmigratorio en el país, obedece principalmente a dos razones: por un lado el hecho de
que el Ecuador cuente con un sistema económico dolarizado lo cual hace atractivo para la
inmigración, pues las personas al obtener sus salarios lo hacen en una moneda considerada
como “dura” lo que les representa un mejor nivel adquisitivo. Por otro lado, la política
migratoria del actual gobierno denominada como de “puertas abiertas” y la eliminación del
visado, salvo muy pocas excepciones, junto a los principios y derechos establecidos en la
Constitución, presenta una facilidad para el inmigrante, para considerar al Ecuador como un
país de destino o de tránsito hacia otros destinos.
105
7.5. VERIFICACIÓN DE HIPÓTESIS
La hipótesis plantada estaba concebida en la idea de que la Movilidad humana constituye
un eje fundamental en la política migratoria del país, evidenciado en la legislación que se
establece en la constitución y en las agendas de trabajo planteadas en los Planes del Buen
Vivir de cada uno de los periodos de gobierno del Presidente Rafael Correa.
El estado ha prestado especial atención a este aspecto de la movilidad humana,
estableciendo principio y derechos que son considerados innovadores y vanguardistas dentro
el tratamiento de este tema, pese a las dificultades que también entraña estas nuevas ideas.
Dificultades que variado tipo desde, las política, jurídica, hasta la sociales, lo que evidencia
una vez más la necesidad de la adopción de un nueva ley orgánica de movilidad humana que
regula esta acción humana, y organice la migración.
106
CONCLUSIONES Y RECOMENDACIONES
Conclusiones
El concepto de movilidad humana abarca una concepción más integral de lo que
implican los diferentes procesos de traslación de los seres humanos. Engloba en una
sola idea a todas las motivaciones y acciones que tienen las personas para
transportarse de un lugar a otro de manera temporal o definitiva. Hasta hace unos
años, cada hecho de movilidad era considerado como un fenómeno individual, a parte
el uno del otro, y por lo tanto recibían distintos tipos de tratamientos, desligando por
ello ideas que confluyen cuando los humanos están inmersos en procesos de
movilidad. Esta nueva concepción por lo tanto acertadamente acogida en la
legislación constitucional del país, y proyectada en una posible institucionalización
de la ley de Movilidad Humana, pone en evidencia una modernización en el
tratamiento conceptual y legal de este hecho que cada vez es más evidente y creciente
en el planeta.
El aumento de inmigrantes en el país evidencia la ausencia de una normativa que
regule de una manera eficaz, pero respetuosa de los derechos de los inmigrantes,
sobre esta situación. Los principios establecidos en la Constitución y las leyes de
extranjería y migración no guardan una coordinación entre sus concepciones y
normativas, por lo que se evidencia esta falencia regulatoria, que facilita la
inmigración y no prevé efectivamente un control migratorio en el país, así como los
procesos de regulación de los extranjeros que se residencian en el país.
La falta de una actualización de la normativa atinente a la migración, como son las
leyes de extranjería y de migración, y de su adecuación a la actual Constitución
produce una contraposición regulatoria de la inmigración en el país. Por lo que en
107
muchos casos los inmigrantes recurren a acciones fraudulentas para la regularización
de su estatus en el país (caso matrimonios ficticios de los ciudadanos cubanos por
ejemplo).
Por las “facilidades” regulatorias y legales que se han establecido en el Ecuador, este
se ha convertido en un país de recepción de inmigrantes, lo que ha ocasiona que
aparezcan redes de corrupción (falsificación de documentos, matrimonios ficticios,
venta de cartas de invitación, adulteración de documentos, etc.) para lograr la
regularización de los individuos que desean poseer un estatus regular de permanencia
en el país.
La masiva concurrencia de inmigrantes especialmente de Cuba y Colombia en el
Ecuador, por diversos motivos, ha hecho que en el Ecuador se desarrolle y se
evidencia un sentimiento de rechazo en contra de los inmigrantes de estos dos países
principalmente.
Si bien la promulgación de la política de “puertas abiertas”, la propuesta de un
principio de ciudadanía universal, el derecho de libre movilidad humana, son una
innovación vanguardista contenida en la Constitución del Ecuador, fenómenos como
la inmigración masiva que se han evidenciado en el país hacen necesario también la
adopción de una ley que ordene y regule eficientemente la movilidad humana,
respetando los derechos humanos de los inmigrantes pero, también respetando y
garantizando lo derechos de los demás ciudadanos del país. No se debe entender esto
como una limitación al derecho de la libre movilidad sino más bien como un
mecanismo de control que justamente efectivice los derechos de todos los ciudadanos
y personas que residen en el ecuador independientemente de su condición migratoria.
El concepto de “movilidad humana” es nuevo en el ámbito del fenómeno social
denominado tradicionalmente como migración, y más aún como un derecho de los
108
seres humanos. Por lo que este debe será a más de explicado debidamente,
detalladamente regulado y normado en la ley o leyes que traten sobre ese ámbito, con
la finalidad de efectivizar justamente los derechos de los seres humanos en situación
de movilidad.
Este nuevo concepto, no solo que constituye una nueva denominación, sino que
mediante este se intenta dar un giro a la conceptualización tradicional anterior sobre la
migración, se intenta que este nuevo concepto de la movilidad humana englobe todo
proceso o hecho de traslado de seres humanos de un lugar a otro por cualquier motivo,
es decir, abarca a refugio, la migración interna, la migración internacional, movilidad
forzada etc. Este nueva concepción comprende de una manera más integral el
fenómeno del desplazamiento de los humanos por el planeta por diversos motivos,
concibiendo esto como un derecho de estos para la construcción de un nuevo
concepto jurídico que se relaciona además con la ciudadanía universal, y la
eliminación de conceptos como el de seres humanos “ilegales “por su condición de
movilidad. Este conceptos, instaurados en la legislación nacional constitucional, no se
hallan adecuados a la legislación anterior a la vigencia de la nueva constitución del
país, por lo que en muchas consideraciones de la leyes de extranjería y de migración,
aún se mantienen normativas que responden a una visión arcaica de la movilidad
humana.
La realización de la migración está principalmente ligada a la necesidad económica,
antes que por cualquier otro factor, ello como efecto del sistema económico mundial,
que privilegia al capital por sobre los seres humanos. Las consecuencias políticas que
se despliegan alrededor de este interés, es lo que ha ocasionado éxodos masivos en el
mundo. Como loa latinoamericanos hacia Estados Unidos, y Europa; los africanos
hacia el sur europeo. Los asiáticos hacia el Japón, y países de cultura y sistema
109
anglosajón cono Australia y Nueva Zelanda, etc. La migración por la falta de
oportunidades laborales se podrá entender que se relaciona a una situación que
explican teorías como la del articulacionismo, por cuanto por la situación de
mencionada, y demás factores económicos, los seres humanos se ven forzados a
trasladarse por una necesidad económica, pero en ultimo termino es el individuo que
decide en movilizarse en ejercicio de un derecho reconocido incluso por la
Declaración Universal de los Derechos Humanos.
Ecuador solo solicita visa para ingresar al país a: Afganistán, Bangladesh Eritrea,
Etiopia, Kenia, Nepal, Nigeria, Pakistán, Somalia, Senegal, Cuba. Lo significa que
existe un criterio selectivo de la aplicación de esta medida migratoria que limita la
libre movilidad humana. El Estado se reserva por lo tanto la facultad de recibir o no
los ciudadanos de estas naciones, se evidencia entonces que esta figura de reserva de
movilidad puede ser aplicada en casos excepcionales.
La política migratoria que promulga el Ecuador, no solo estaba basa en el
reconocimiento de los derechos de las personas en situación de movilidad humana,
como la migración, para salvaguardarlos y garantizarlos por parte del Estado, sino que
corresponde a una más de las manifestaciones de un proyecto político que busca la
integración regional y latinoamericana, por medio de la libre circulación de las
personas por esos territorios. Al circular las personas libremente por esta región se
construye una identidad regional, que obedece a una identificación colectiva ya no
solo de los países que integran esta zona, sino a una identificación regional, la
movilidad libre facilita y produce este efecto en las personas, puesto que transitan
libre por su “patria grande”.
El contenido del proyecto de ley de movilidad humana está más bien encaminado al
mejoramiento de las condiciones de los emigrantes ecuatorianos en el exterior, sobre
110
la protección que el Estado les debe en el exterior por su condición vulnerable, por la
deuda histórica que el estado ha tenido con los compatriotas en este estado migratorio.
El proyecto también se enfoca en tutelar los derechos de las personas en condición de
rejugados, de asilados en el país. No existe un mayor contenido tendiente a regular el
ingreso de inmigrantes al Ecuador. El proyecto parece más bien en enfocarse en
garantizar los derechos de las personas en condición de movilidad pero no en
establecer mecanismos de control del flujo inmigratorio.
Recomendaciones
El nuevo concepto de movilidad humana que abarca situaciones más amplias en su
conceptualización, como se ha explicado en el trabajo investigativo, no cuenta con
una ley que la regule y norme de la manera y en los ámbitos a que esta se refiere. Lay
leyes existentes abarcan de manera limitada aspectos exclusivamente migratorios y no
otros hechos de movilidad humana. Por lo que en definitiva la promulgación de una
ley de movilidad humana es necesario para regular de manera eficiente y justa la
situación de las personas que se encuentran es ese escenario. Ley que además
guardaría, o al menos eso sería lo lógico, una compatibilidad ideológica, conceptual y
doctrinaria con la Constitución actual, cuestión que no sucede con las leyes actuales
que regulan esta materia.
En aplicación del principio de legalidad en materia de movilidad humana. Las normas
que se aplican en la ley de movilidad humana para el ingreso al país, y para la
inmigración deben estar claramente determinadas y expresadas; los criterios y
requisitos, regulaciones, derechos, vulneraciones, etc. deben ser claros, concisos,
precisos para evitar resquicios legales que permitan una tergiversación de la ley, y
valerse de ello para evadir los controles y regulaciones migratorias.
111
Las resoluciones de inadmisión en ciertos casos de ingreso al país, o la
implementación de medidas restrictivas de la libre movilidad humana, deben estar
fundadas en claros elementos de convicción legales establecidos en la ley y en la
administración de la movilidad humana y migratoria del país.
Establecimiento de sanciones y responsabilidades administrativas civiles e incluso
penales, para las personas que incurren en la situación de irregularidad culposa o
dolosa, mediante procesos administrativos y judiciales, que restando los derechos de
los individuos, garanticen un efectivo cumplimento de la ley de movilidad humana en
situación de inmigración y respetando además el debido proceso en todas las
acciones mencionadas.
La política inmigratoria debe estar direccionada a la provisión del país de mano de
obra altamente tecnificada, como en la mayoría de países desarrollados, y como es el
caso de algunos sudamericanos a través de la “inmigración calificada”, que
constituye una herramienta mediante la cual se busca un aporte de los inmigrantes al
país.
Al ser la libre movilidad humana un principio que busaca la integración regional,
mediante la construcción de una identidad supranacional, las políticas y las
legislaciones deben migratoria deben ser congruentes entre los países de la región, por
tal motivo la normativa del país en la materia debe también tomar en cuenta la
legislación regional que sobre el tema exista, como las resoluciones de la Comunidad
Andina, y de la UNASUR, y demás organismos regionales.
No debe existir un tratamiento político de la movilidad humana y de la migración, con
respectos de cuidadnos de una nacionalidad determinada (Caso Manuela Picq, por
ejemplo, pareja sentimental del dirigente indígena opositor al gobierno a quien se le
revocó la visa, aduciendo motivos políticos ) sino que los criterios en que debe
112
fundamentarse la legislación y las políticas de la movilidad humana deben ser técnico
y jurídicos, que tal manera de salvaguardad los varios aspectos que toca este
fenómeno, sin desconocer los derechos de los seres humanos en situación de
movilidad humana.
113
CAPITULO V
PROPUESTA
8.1. JUSTIFICACIÓN
Una vez que se ha determinado el problema, se ha hecho su respectivo planteamiento,
formulación y se ha determinado los fundamentos teóricos, doctrinarios y legales, se ha
planteado la necesidad de regularizar y normar de una manera efectiva la movilidad humana
en la legislación ecuatoriana, sin atropellar los derechos de las personas que se hallan en esa
situación, pero protegiendo a la vez la estabilidad económica, social y política del país.
En virtud de lo cual, el contexto político actual que vive el Ecuador, es imperante la
necesidad de contar con una nueva Ley Migratoria que regule de manera efectiva todos los
ámbitos que involucran la movilidad humana, y no solo regular sino además, garantizar
principios y derechos fundamentales consagrados tanto en la Constitución de la República del
Ecuador como en Tratados y Convenios Internacionales. Como es de conocimiento general se
encuentra en trámite de debate desde 18 de julio del 2015 en la Asamblea Nacional el
Proyecto de Ley Orgánica de Movilidad Humana, que para algunos autores ecuatorianos y
desde un punto de vista personal, se considera que este proyecto vulnera derechos y garantías
constitucionales ya que afecta el principio de libre movilidad humana consagrado en la
Constitución ecuatoriana del 2008.
Con estos antecedentes queda plenamente justificado el planteamiento de la presente
propuesta, mediante la cual se propondrá compatibilizar la legislación sobre la movilidad
humana acorde con lo que establece la Constitución de la República del Ecuador, reformando
o sustituyendo las obsoletas leyes vigentes en un cuerpo normativo que guarde relación con la
114
nueva legislación constitucional y con las corrientes doctrinarias que protegen los derechos
de los seres humanos.
8.2. OBJETIVO GENERAL
Solicitar a la Asamblea Nacional que se archive el Proyecto de Ley Orgánica de
Movilidad Humana, considerando que algunos de sus artículos incurren en
inconstitucionalidad, y a la vez proponer ciertos lineamientos que deberían tomarse en cuenta
al momento de crear un nuevo Proyecto de Ley, especialmente en lo referente a los
parámetros tomarse en cuenta para la regularización de inmigrantes internacionales.
8.3. OBJETIVOS ESPECÍFICOS
Establecer ciertos lineamientos con fundamentos teóricos y legales los cuales deberían ser
tomados en cuenta tanto por las Comisiones de la Asamblea encargadas de crear un nuevo
Proyecto de Ley así como por los organismos que tienen la iniciativa de ley, con la finalidad
de dar estricta observancia a los principios y derechos consagrados en la Constitución.
Proteger la estabilidad y seguridad del estado y de sus ciudadanos mediante la
implementación de una eficiente normativa que permita la regularización de los inmigrantes
y el ingreso de personas en movilidad humana al país, como herramienta jurídica de respeto a
los derechos de las personas en esa situación.
Evidenciar que mediante la implementación de una legislación migratoria de perspectivas
innovadoras, como los casos de Canadá, Australia, entre otros se puede normar de manera
efectiva y legal la inmigración de las personas hacia el país, implementado una política de
selectividad y calificación de estas, sin que esto quiera decir la instauración de una política
migratoria de discriminación, sino más bien de una normativa que protege los derechos de
115
las partes involucradas ( personas inmigrantes – Estado receptor – sociedad de acogida) en un
proceso como el migratorio.
8.4. UBICACIÓN SECTORIAL Y FÍSICA
La legislación sobre movilidad humana es de ámbito nacional por lo tanto la ubicación
sectorial abarca todo el territorio nacional. Sin embargo la propuesta de solicitar el archivo
del Proyecto de Ley Orgánica de Movilidad Humana se la realizará ante la Asamblea
Nacional la cual tiene su sede en la ciudad de Quito, provincia de Pichincha, país Ecuador.
También se debe tomar en cuenta que la legislación sobre movilidad humana y migración
debe guardar relación con los Convenios Internacionales celebrados por el país con otros
estados. Especialmente se ha de tener en cuenta que el país forma parte de la UNASUR, que
es un proyecto de integración regional, por lo tanto la movilidad humana debe además
guardar relación con los objetivos de la organización regional de la que el Ecuador forma
parte.
Para una mejor ubicación a continuación se presenta un mapa que señala la división
política y administrativa actual del Ecuador:
116
Fuente: Portal web del Instituto Geográfico Militar, www.geoportaligm.gob.ec/mapas-oficiales.
8.5. BENEFICIARIOS
Los beneficiarios de la implementación de una normativa acorde la Constitución de la
República del Ecuador podrían estimarse en los siguientes grupos:
Las personas que se hallan en situación de movilidad humana.
El Estado ecuatoriano, al realizar e institucionalizar una adecuada legislación, y
regularización de los inmigrantes, previene flujos inmigratorios riesgosos, y
desordenados, tanto para las personas que se encuentran en esa situación como para el
Estado mismo.
Los ecuatorianos , la comunidad en general y demás residentes en el país, debido a
que una inmigración ordenada, previene el aparecimiento de fenómenos colaterales a
esta, como la explotación laboral de inmigrantes, la discriminación, la xenofobia,
tráfico de personas, redes de coyoteros (personas que trafican con seres humanos),
inmigración no deseada.
117
8.6. FACTIBILIDAD
Al desarrollar la presente propuesta se ha tomado en cuenta la viabilidad de la misma a
nivel interno, considerando elementos como el tiempo del cual se dispone para desarrollarla,
los recursos que se tiene para elaborar la misma los cuales son de diversos tipos ya que se
requieren recursos económicos, sobre todo recursos bibliográficos, material de apoyo,
llegando a la conclusión que la elaboración de la misma es realmente factible, pues estas
condiciones dependen más que nada del autor del presente proyecto de investigación, las
cuales quedan perfectamente solventadas para continuar con el desarrollo de la propuesta.
Se pueden considerar como factores externos que permiten el desarrollo de la propuesta la
disponibilidad de un material de consulta que nos permita fundamentar la misma el cual se
encuentra principalmente en las bibliotecas, tanto de instituciones públicas como privadas, se
tiene a disposición una buena herramienta como es el Internet, el cual nos permite extraer
datos, información de acontecimientos en el país, catálogos de jurisprudencias en materia
migratoria, tratados y convenios internacionales en materia de movilidad humana lo cual
facilita enormemente la investigación que se realiza. Por lo cual queda evidenciada la
viabilidad para desarrollar el trabajo de la propuesta que tiene un carácter general.
8.7. DESCRIPCIÓN DE LA PROPUESTA
La propuesta se basa principalmente en la determinación de lineamientos para la creación
de una normativa legal que regule de manera eficaz y justa el flujo migratorio al Ecuador, de
tal manera que respete los derechos de los migrantes establecidos en la Constitución de la
República del Ecuador y demás tratados sobre derechos humanos que el Ecuador es
signatario, así como también teniendo en cuenta el bienestar del Estado y de los ciudadanos
ecuatorianos.
118
La implementación de esta normativa permitiría una selectividad en la migración, pero no
desde una perspectiva discriminatoria, xenófoba, sino desde una apreciación de seguridad
nacional y cumplimento de los deberes y derechos de las partes involucradas, el principal
medio para ello radica en la voluntad política de las autoridades estatales principalmente de
aquellas que tienen a su cargo la aplicación de las políticas y normas migratorias.
En consecuencia de lo dicho, al implementar una política migratoria adecuada y de
acuerdo a las necesidades del país y los derechos de los migrantes, se obtiene beneficios en
distintos ámbito como el político, social, económico, etc., para ambas partes, lo cual
constituye un conjunto de beneficios para las partes involucradas.
LINEAMIENTOS A CONSIDERAR AL MOMENTO DE CREAR UN NUEVO
PROYECTO DE LEY ORGÁNICA DE MOVILIDAD HUMANA
Como se ha señalado en el objetivo general de la presente propuesta el documento que se
presenta a continuación contiene parámetros y normativa legal que debe considerarse al
momento de redactar un nuevo Proyecto de Ley Orgánica de Movilidad Humana puesto que
se solicitará el archivo del proyecto de ley actual; es decir constituyen pautas específicas de
temas particulares, que se han obtenido luego de haber realizado la presente investigación.
Contenido.-
Este documento tendrá la siguiente estructura:
1.-Motivaciones para solicitar el archivo del proyecto de ley actual.
2.-Normativa nacional e internacional aplicable en materia de movilidad
humana.
3.-Temas generales y específicos que debe incluir la nueva ley.
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4.-Propuestas de otros países que pueden ser aplicadas en la legislación
ecuatoriana en materia de movilidad humana
Desarrollo.-
1.-Motivaciones para solicitar el archivo del proyecto de ley actual.
La normativa actualmente vigente en materia de movilidad humana, en particular la Ley
de Migración y la Ley de Extranjería, han sido cuestionadas por sus múltiples contradicciones
con los derechos de las personas en movilidad humana que fueron reconocidos en la
Constitución ecuatoriana del 2008 y los instrumentos internacionales relativos a este tema;
ante este contexto se presentó a la Asamblea Nacional el Proyecto de Ley Orgánica de
Movilidad Humana el cual está integrado por 18 Considerandos, 14 Títulos y 184 artículos,
entre los cuales podemos encontrar dos Disposiciones Derogatorias, dos Disposiciones
Generales y ocho Disposiciones Transitorias, la misma que sustituirá a las leyes y
reglamentos vigentes en materia de movilidad humana. La perspectiva generada por el nuevo
cuerpo legal era enorme, debido a que la iniciativa de enmarcar en una sola ley todo el ámbito
relacionado con la movilidad humana era novedoso y sobretodo significaba un gran avance
en la legislación migratoria pues que se creía que estaría enmarcado dentro de los principios
constitucionales que promulga nuestra norma suprema en materia migratoria, empero la
realidad es otra, el Proyecto de Ley presentado vulnera los principios en materia de movilidad
humana consagrados en la Constitución de la República del 2008; entre ellos podemos
mencionar al libre tránsito, a la eliminación progresiva de la condición de extranjero, a la
igualdad de derechos, la no discriminación y la implementación de una Ley Extraterritorial,
en tal contexto y con los antecedentes mencionados a continuación realizaré un breve análisis
de los artículos que vulneran los principios constitucionales:
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a) Condición migratoria a los ciudadanos ecuatorianos.-
El Proyecto de Ley en su Art. 43 otorga una categoría migratoria, la de emigrantes
ecuatorianos, a todos los ciudadanos de nacionalidad ecuatoriana que se encuentren fuera del
territorio nacional lo cual simboliza un término nuevo en materia migratoria, al tiempo que
quebranta los principios constitucionales de igualdad y de no discriminación establecidos en
la Constitución de la República en los Art. 7 y 8 que establece quienes son ecuatorianos por
nacimiento y quienes lo son por naturalización.
En tal contexto podemos señalar que la norma suprema no hace una diferenciación ni
mucho menos establece categorías para las personas de nacionalidad ecuatoriana que viven
en el extranjero. Por lo tanto, se entiende que los ciudadanos ecuatorianos que se encuentren
por cualquier causa o circunstancia fuera del país deberían seguir gozando de los mismos
derechos y cumpliendo las mismas obligaciones, puesto que es más que evidente que nuestra
norma suprema establece que todos los ecuatorianos son iguales en todas partes del mundo;
por lo tanto el Proyecto de Ley Orgánica de Movilidad Humana es bastante discriminatorio
porque de ninguna manera el Estado emisor, Ecuador, debería categorizar a sus nacionales
inclusive porque estaría estableciendo una clara diferencia entre los mismos ecuatorianos.
b) Ley Extraterritorial.-
Un aspecto relevante en el Proyecto de Ley es que propone que sus normas sean de ámbito
y aplicación extraterritorial, vulnerando los principios del derecho y principalmente la
soberanía de los otros Estados.
En tal virtud resulta utópico que la ley nacional pueda ser aplicada a los ecuatorianos que
se encuentran en otro Estado pues no solo vulnera la soberanía del estado receptor sino que
resulta absurdo obligar a los ciudadanos ecuatorianos que se encuentran en el exterior a
121
someterse a una ley territorial del Ecuador puesto que están en la obligación de cumplir y
someterse a las leyes del Estado receptor.
c) Vulneración de principios establecidos en la Constitución de la República
del Ecuador.-
La norma suprema establece principios como son la igualdad de derechos y obligaciones,
tanto para ecuatorianos como para ciudadanos de otra nacionalidad, lo cual ha generado un
avance en el ámbito de derechos humanos. Empero podemos analizar que en el Proyecto de
Ley existen omisiones y disposiciones que implican una regresividad y sobretodo una
contradicción con la Constitución de la República del Ecuador, un ejemplo claro es que no se
permite subsanar la condición migratoria de irregular sino que se inicia un proceso de
deportación. En este punto podemos encontrar un clara contradicción con lo establece la
norma suprema en relación a la libre movilidad humana y de no considerar a ningún ser
humano como ilegal. A la vez en el articulado del Proyecto no existe claridad sobre la
naturaleza ya sea judicial o administrativa para ser aplicado el procedimiento de deportación.
En tal virtud existen significativas inconsistenticas en el Proyecto de Ley ya que es
evidente la vulneración de principios emanados por la Constitución de la República del
Ecuador como el de movilidad humana, igualdad de derechos, y no discriminación, entre
otros. Por lo expuesto es evidente que el Proyecto de Ley debe ser archivado, y se promueva
la construcción de un nuevo cuerpo legal donde participen todos los sectores involucrados
con el tema migratorio para que se construya una nueva ley que garantice derechos y supere
los problemas críticos relacionados con la movilidad humana siendo respetuosa de las
principios constitucionales y de los convenios y tratados internacionales pero sin dejar a un
lado la seguridad nacional.
122
2.- Normativa nacional e internacional aplicable en materia de movilidad humana.
La normativa nacional e internacional es extensa en materia de movilidad humana entre
los cuales podemos señalar:
a) Instrumentos Internacionales:
Declaración Universal de los Derechos Humanos 1948.- es un documento adoptado por
la Asamblea Nacional de las Naciones Unidas en el cual se promulga principios básicos de
derechos humanos, hace referencia de forma directa o indirecta a las garantías que deben ser
otorgadas al ser humano en general y a los migrantes en particular, podemos hacer referencia
al Art 13 el cual establece los siguiente que todo ser humano es libre de elegir su residencia y
a circular con libertad.
En el mismo instrumento legal hace referencia a las personas que se encuentran en
situación de refugio, así en el Art. 14 numeral primero y segundo en los cuales hace
referencia al derecho al asilo y a elegir el país en el cual quiera permanecer.
Declaración de Cartagena sobre Refugiados 1984 y Plan de Acción Brasil 2014.- se
realizó en la ciudad de Cartagena es una declaración basada en la Convención de los
Refugiados celebrada entre los países de Centro América y México. El 2 y 3 de diciembre del
2014 los gobiernos de América Latina y el Caribe se reunieron en Brasilia, el cual concluyo
en un proceso conmemorativo puesto que tanto la Declaración como el Plan de Brasil
mantiene en mismo pensamiento y alto nivel para idear un nuevo marco regional para velar
por la integridad del refugiado, mejorar las condiciones y los procedimientos para otorgar el
refugio.
Convención internacional sobre la protección de los derechos de todos los
trabajadores migratorios y de sus familiares de 1990.- este instrumento internacional se
123
aprobó en base a los principios fundamentales consagrados en la ONU en materia de
derechos humanos, su objetivo principal es buscar el respeto de los trabajadores migrantes y
sus familias.
Entre los Instrumentos Internacionales más relevantes tenemos los siguientes:
Protocolo Especial relativo a Apátridas (1930).
Declaración Universal sobre Derechos Humanos (1948).
Convención No. 97 de la OIT relativa a la Migración para Empleo
(revisada 1949).
Convención relativa al Estatuto de los Refugiados (1951) y su
Protocolo (1967).
Convención sobre el Estatus de Apátrida (1954).
Convención de la OIT relativa a la Discriminación con Respecto al
Empleo y Ocupación (1958).
Convención sobre la Reducción de Apátridas (1961).
Convención de la OIT (No. 118) concerniente a la igualdad del Trato
de Nacionales y No Nacionales en Seguridad Social (1962).
Convención para la Reducción de Casos de Apátridas (1973).
Convención No. 143 de la OIT relativa a las Migraciones en
Condiciones de Abuso y la Promoción de Igualdad de Oportunidades y Trato de
los Trabajadores Migrantes (1975).
Convención relativa a la Cooperación Internacional sobre la Asistencia
Administrativa a los Refugiados (1985).
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b) Instrumentos Regionales:
Carta Andina para Promoción y Protección de los Derechos Humanos.
Decisión 397: Tarjeta Andina de Migraciones (TAM).
Decisión 545: Instrumento Andino de Migración Laboral.
Decisión 548 sobre el Mecanismo Andino de Cooperación en materia
de Asistencia y Protección Consular y Asuntos Migratorios.
Decisión 584: Instrumento Andino de Seguridad y Salud en el Trabajo.
c) Instrumentos Nacionales:
La Constitución de la República del Ecuador, publicada en el Registro
Oficial No. 449 de 20 de octubre de 2008, la cual constituye la norma suprema del
Estado, puesto que según el artículo 424 de este cuerpo legal, toda la normativa
debe guardar conformidad con los derechos y principios reconocidos en ella. En
materia de movilidad humana, y en el caso específico de un nuevo Proyecto de
Ley Orgánica de Movilidad Humana, al momento de crearlo se deberá tomar en
cuenta los siguientes artículos:
1. Artículo 9, referente a la igualdad de derechos para ecuatorianos y
extranjeros.
2. Artículo 11, principios de aplicación de los derechos, sobre todo en los
numerales 2, 3, 4, 7.
3. Sección tercera, referente a Movilidad Humana, artículos 40, 41 y 42.
4. Artículo 66, numeral 14, referente a los Derechos de Libertad.
5. Artículo 84, referente a las Garantías Normativas.
125
6. Título VII, Régimen del Buen Vivir, Sección Décima, Población y
Movilidad Humana, artículos 391 y 392; y artículo 393 referente a la
Seguridad Humana.
7. Título VIII, Relaciones Internacionales, artículo 416, en sus numerales
6.
3.-Temas generales y específicos que debe incluir la nueva ley.
El nuevo Proyecto de Ley Orgánica de Movilidad Humana, debe ser integral, es decir
deberá abarcar todos los aspectos que ésta conlleva, debido a que actualmente se encuentran
regulados por varias normas, por lo cual es necesario que incluya necesariamente los
siguientes temas:
1. Migración.- en el cual deberá normarse todo lo relativo al ingreso,
permanencia y salida de los ciudadanos extranjeros que no tengan la intención de
permanecer en el Ecuador por un tiempo indefinido.
2. Extranjería.- en este campo deberá regularse todos los temas pertinentes a los
ciudadanos extranjeros que ingresen al país con el ánimo de residir en él por un
tiempo indefinido.
3. Naturalización.- se regulará el proceso para adquirir la nacionalidad
ecuatoriana mediante la naturalización para los ciudadanos extranjeros.
4. Asilo y Refugio.- debe abarcar un proceso rápido y simplificado para las
solicitudes de refugio de ciudadanos extranjeros que se encuentren en situaciones de
riesgo en su país de origen, como por ejemplo, guerras, guerrillas y grupos
paramilitares, etc., que atenten contra su seguridad física. Así como también se regule
el tema del asilo político, para las personas que se consideren perseguidos políticos.
126
5. Apátridas.- en el cual deberá normarse a las personas consideradas apátridas es
decir aquellas personas que se consideran sin Estado.
6. Documentos de viaje.- en este campo deberá regularse todos los documentos
de viaje por ejemplo el pasaporte, los salvoconductos.
7. Migrantes ecuatorianos.- en este campo se deberá regular e implementar
lineamientos, soluciones para contrarrestar la emigración ecuatoriana velando por su
seguridad, integración familiar, y el impacto que produce en la sociedad.
4.-Propuestas de otros países que pueden ser aplicadas en la legislación ecuatoriana en
materia de movilidad humana (Migración calificada).
Desde la perspectiva cultural, la posibilidad de convivencia entre personas de diferentes
culturas permite también un enriqueciendo de la misma, tanto del migrante como de los
connacionales del estado receptor, pues el convivir diario alienta al intercambio de
experiencia y percepciones de distintos aspectos de la vida lo que al final es un incremento
del bagaje cultural de ambas partes. En este mismo aspecto al existir una migración ordenada
y regularizada técnicamente la sociedad receptora aceptará de mejor manera a los migrantes,
disminuyendo así el choque cultural propio de la migración.
En consecuencia de lo dicho la migración es una oportunidad para los inmigrantes y para
el país receptor por cuanto resulta un beneficio muto por las razones expuestas, pero siempre
y cuando esta se realice de un modo ordenado y sistematizado, que garantice seguridad para
las partes involucradas y respeto para los derechos de las personas.
En la presente investigación se tomará en cuenta específicamente el tema de la migración
calificada, la cual es aplicada en países como Estados Unidos, Canadá y Australia los cuales
han tenido resultados favorables, por lo tanto la posibilidad de que esta pueda ser aplicada en
el Ecuador es viable por los benéficos resultados que han tenido en otros países. Por lo cual a
127
más de la instauración de una normativa que guarde una compatibilidad con la Constitución
del país, se podrían tomar la siguiente consideración en la legislación especializada sobre la
movilidad humana y la migración:
Migración calificada:
Para que entendemos de una mejor manera, que es la migración calificada, podemos
mencionar un breve concepto que la Organización Internacional del Migrante que la
puntualiza como una forma particular de la migración laboral y define al migrante calificado
como:
“El trabajador migrante que por sus competencias recibe un tratamiento preferencial en cuanto a su
admisión en un país distinto al suyo. Por esas razones está sujeto a menos restricciones en lo que
respecta a la duración de su estadía en el país receptor, al cambio de empleo y a la reunificación
familiar” (OIM, 2006, pág. 41).
Sostiene el autor Seguí Gonzales (2009), que la migración selectiva consiste “como lo
indica su nombre, en el reclutamiento de (…) trabajadores, dispuestos a inmigrar y escogidos
teniendo en cuenta las necesidades y las circunstancias de los países a que se destinen. Vale
decir que se tiene por selectiva aquella migración reclutada en función de la calidad laboral
del migrante y de las necesidades y circunstancias del país que lo recibe. ”
El mismo autor citado en torno a lo manifestado señala que “la inmigración será o no
será selectiva, o será selectiva en mayor o en menor grado según se ajuste en su calidad y
volumen a las condiciones de los países receptores” (Seguí Gonzales, 2009, pág. 84). Los
parámetros en los que los Estado basan sus parámetros de selección no siempre obedecen a
una línea común, debido a que las necesidades y aspiraciones de estos varían sustancialmente
de acuerdo a sus proyectos de gobierno, pero en la mayoría de casos son atinentes al
desarrollo económico. Por lo que la selección variará de acuerdo a las necesidades de cada
128
estado, flexibilizando así los requerimientos que demande para que las personas opten por
migra a ese país. En el caso del Ecuador, esta selectividad puede fundamentarse en las
necesidades de desarrollo económico y productivo del país especialmente, o en las
necesidades académicas para la formación de profesionales de más alto nivel en el país, por
ejemplo. Por esta razón es que la política de calificación y selección de inmigrantes es que
variaría de acuerdo a la necesidad de cada Estado y sus planes futuros.
En este contexto podemos señalar que este tipo de política migratoria no debe confundirse
como un mecanismo de discriminación de las personas que toman la decisión de inmigrar,
sino como una medida de control de esta situación, en concordancia con las necesidades del
país, y de los objetivos estratégicos del gobierno, como podría ser el caso del Estado
ecuatoriano con el impulso del cambio de la matriz productiva que se pretende. Otros tipos
de situaciones de movilidad humana, como en casos de emergencia por desastres naturales, o
por salvaguardar la vida de algunas personas por diversos tipos de conflictos, existen figuras
jurídicas plenamente legales a las que personas en esas situaciones pueden acogerse, como el
caso de los refugiados, y los asilados, por ejemplo. Así, la inmigración puede ser realizada
bajo otros parámetros de calificación sin que implique o se perciba como discriminatoria.
La migración puede traer consigo varios beneficios tanto para el migrante como para el
país de recepción. En el caso del Ecuador, al permitir el ingreso y residencia de personas
calificadas en destrezas, áreas y técnicas que se requiere para el desarrollo del país y la
implementación del proyecto de nueva matriz productiva que se ha planificado realizar,
estableciendo así un beneficio mutuo, para el estado receptor y el migrante.
129
El ingreso regularizado de personas altamente calificadas en áreas técnicas que el país
demanda permite también un desarrollo de la tecnología que se posee en el país. El
inmigrante calificado, aporta con su conocimiento al desarrollo tecnológico del país receptor,
de ahí la importación de la implementación de políticas migratoria que tome en cuenta este
aspecto para la regulación de la inmigración.
Si bien es cierto la migración calificada se podría considerar de cierta manera
discriminatoria, debido a que los ciudadanos extranjeros no estarían en igualdad de
condiciones; sin embargo para resolver este dilema se debe realizar una ponderación de
derechos, ya que también está el deber del Estado ecuatoriano de proteger a sus
connacionales y asegurar la paz y seguridad, tal como lo determina la misma Constitución en
sus artículos 3, numeral 8 y 393 referente a la seguridad humana. Además que la migración
calificada se aplicaría para los ciudadanos extranjeros que quieran permanecer de forma
indefinida en el Ecuador. Tal prerrogativa incluiría la posibilidad que estas personas puedan
prestar su contingente tanto en el sector público como en el privado.
Por otra parte también se debe tomar en cuenta el principio de reciprocidad internacional,
puesto que si el Ecuador ha adoptado una política de puertas abiertas para todos los
ciudadanos extranjeros que ingresen al territorio ecuatoriano, de la misma manera debería
existir un trato igualitario para los ecuatorianos que ingresen a otros países, lo cual no sucede
en la actualidad.
También se debe tomar en consideración en base a la experiencia que ha vivido el
Ecuador, de mantener sus fronteras abiertas, el hecho de que no siempre es positivo, dado que
si bien es cierto el reconocimiento del principio de ciudadanía universal constituye un gran
avance en materia de reconocimiento de derechos humanos, esto ha traído varios problemas
para el mismo estado ecuatoriano, como el aumento de la inseguridad, el desplazamiento de
130
las fuentes de trabajo para los ecuatorianos, y en definitiva el costo que implica el hecho de
mantener en el país una gran cantidad de ciudadanos extranjeros, que sin duda utilizan todos
los beneficios públicos como son: la salud, la educación, el trabajo, la seguridad social, entre
otros; mientras existen muchos grupos de connacionales ecuatorianos que requieren una
mayor y urgente atención por parte del Estado ecuatoriano.
Por las razones mencionados en estos párrafos es que se podría considerar positiva la
aplicación de la migración calificada, debido a que no es una restricción de derechos sino más
bien una regulación que puede conllevar un mejor acceso a los derechos reconocidos en la
Constitución, tanto para ciudadanos ecuatorianos como para ciudadanos extranjeros, logrando
de esta manera una mejor convivencia dentro de la sociedad, que en definitiva es el fin último
del Derecho.
El caso de la política migratoria de Canadá
Como un ejemplo claro de instaurar en su legislación la migración califica es Canadá,
considerado uno de los países gestores de este modelo, al implementar en su política
migratoria el ingreso de profesiones de alto nivel académico; con habilidades técnicas
específicas, podemos mencionar que la política migratoria canadiense es digna de destacar,
debido a que se han unido esfuerzos en el gobierno fomentando la integración del migrante
con el nacional, lo que ha traído no solo un desarrollo económico considerable sino un
crecimiento cultural, llegando a ser considerado entre los países que mejor ha desarrollado su
política migratoria así como uno de los que brinda mayor acogida a los inmigrantes, que
además es poseedor de uno de los mejores niveles de vida del mundo, y que ha fundamentado
justamente su desarrollo en este campo en base a una organización y control de la peticiones
de inmigración. "La clave del éxito de Canadá es que, de hecho, buscamos nuevos
ciudadanos. No buscamos trabajadores temporales; no buscamos inmigrantes. Buscamos
131
ciudadanos. Y creo que ese es un punto filosófico que nos diferencia" explicó Hewitt-Smith,
directora de ICC, Instituto para la Ciudadanía Canadiense, refiriéndose que el país conviven
una serie de personas provenientes de todo el mundo no se han desarrollado problemas
sociales atribuibles al fenómeno migratorio, sino que más bien al ser un proceso ordenado,
informado ha sido más bien exitoso. Uno de los requerimientos que demanda este país al
conceder la autorización para inmigrar a él es la valoración de las profesiones o mano de obra
calificada para ejercer actividades que el país necesita, así como poseer un suficiente
conocimiento del inglés o francés para garantizar el entendimiento e integración entre las
personas, tanto inmigrantes como canadienses.
La categorización de inmigración selectiva en Canadá se realiza en base a estos niveles:
Nivel O: trabajos de gestión, como gerentes y administradores en diferentes áreas.
Nivel A: trabajadores profesionales acreditando su título universitario, en el área
de salud, médicos, dentistas, y demás profesiones técnicas, como arquitectura,
ingenierías, etc.
Nivel B: trabajadores técnico y operarios calificados, también acreditando lo
mencionado por un título de laguna institución debidamente reconocida. Por
ejemplo, electricistas, fontaneros, cocineros, etc (Immigration.ca , 2015).
Otros países como China, Japón, Estados Unidos, Australia, también tienen muy bien
estructurada y normada jurídicamente la inmigración, buscan en esto que los inmigrantes
sean personas “que aporten valor, que sean solventes y que no supongan competencia laboral
respecto de los propios nacionales de esta manera gestionan una inmigración selectiva de
manera que a población inmigrantes suponga una aportación a la riqueza y desarrollo del
país.” (Para Rodríguez-Santana, 2012, pág. 200)
132
Si embargo de lo manifestado, un error en el que se puede caer es en considerar solo como
aportantes de una riqueza material a los inmigrantes, conceptualización que puede
desvirtuarse, debido a que el inmigrante puede aportar de otras maneras, por ejemplo el
culturalmente, debido a que un solo Estado estaría integrado por varias personas de diferentes
naciones, lo cual ocasiona un enriquecimiento de la cultura del país receptor.
Posibles efectos de una inmigración descontrolada, caso de España
Los efectos de una inmigración descontrolada son perjudiciales tanto para el país de
recepción, como los mismos inmigrantes por los diversos problemas que se acontecen en
medio de este fenómeno, autores como Para Rodríguez-Santana ejemplifican el caso de
España como una muestra del desorden y de la carencia de una política migratoria ordenada y
eficiente, pues el país Ibérico durante una temporada (décadas finales de del siglo anterior),
se dedicó a aceptar la inmigración de manera desordenada y sin restricción alguna, lo que
causó un rechazo de los españoles a los inmigrantes y los problemas de inseguridad y
desempleo que les fueron atribuidos a esta política abierta de inmigración.
Las pandillas de latinos americanos que llegaron a realizar actos ilícitos en ciudades de
España, la violencia que desataban, la renuencia a la asimilación de la cultura española, la
imposición de otras cultura y religiones y la crítica violenta en contra de la del país de
acogida, (caso de los musulmanes), la baja preparación académico de los migrantes
provenientes del norte de África especialmente por ejemplo, más bien contribuyeron a causar
un problema social en España antes que a contribuir al crecimiento del país. Si bien puede
criticarse de exagerado y sesgada y no del todo precisa a esta apreciación, puesto que las
crisis también obedecen a otros factores, algunos puntos se desataron justamente como
consecuencia de la falta de un orden en la política migratoria y hay que señalar que España
133
es un país considerado del primer mundo y pese a lo cual ha enfrentado problemas como los
señalados.
Justamente con el propósito de evitar acontecimientos como estos es que en otros países
como los que se nombró anteriormente como Canadá, al efectuar y ejecutar políticas
migratorias ordenadas y debidamente estudiadas la inmigración se efectúa en un clima de
seguridad y acogida favorable a los inmigrantes, demostrando así de las experiencia
mencionadas, como la canadiense que, esta es una alternativa válida, fiable y plenamente
aplicable para la inmigración, y la movilidad en general, de ahí que es una opción el hecho de
ajustar criterios de calificación y selectividad a las personas que quieran inmigrar al Ecuador,
y que estén en actitud de hacerlo como aportantes de beneficios antes que de perjuicios para
el país.
Conclusión
En tal virtud la migración calificada tiene muchas ventajas para el país receptor, debido a
que se multiplica el capital humano y las capacidades de innovación puesto que la medida
aplica a garantizar recursos humanos altamente calificados, es así que podemos deducir que
la implementación de una migración califica puede traer efectos positivos para el país ya que
contaríamos con profesionales de alto nivel para un crecimiento en ciencia y tecnología lo
cual ayudaría al desarrollo y crecimiento de diversos sectores, empero cabe mencionar que se
deben unir esfuerzos para integrar al migrante con el nacional para que existía una
convivencia pacífica y una adecuada integración social; para para garantizar la integridad de
su territorio.
134
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138
ANEXOS
Anexo 1
Encuesta
Tema: “Movilidad humana e integración social dentro del plan nacional del buen vivir en el
ordenamiento jurídico ecuatoriano”
1. ¿Está usted de acuerdo que Ecuador tenga una política migratoria de puertas abiertas
para facilitar la entrada de inmigrantes al país?
SI ( ) NO ( ) NO SABE ( )
2. Cree usted que en el Ecuador se han incrementado el número de inmigrantes por la
adopción de una policía y legislación demasiado permisiva sobre asuntos migratorios.
SI ( ) NO ( ) NO SABE ( )
3. Considera usted que existe tolerancia de los ecuatorianos respectos de los inmigrantes.
SI ( ) NO ( ) NO SABE ( )
4. ¿Cree usted que debe existir una política más restrictiva y selectiva sobre inmigración
en el país?
SI ( ) NO ( ) NO SABE ( )
Instrucciones:
Lea con atención cada una de las interrogantes que a continuación se le
presentan.
La información obtenida es de carácter reservado. Servirá únicamente como
referente investigativo, razón por lo cual le solicitamos que responda con la
mayor sinceridad.
139
5. ¿Cree usted que es necesario limitar el ingreso de los inmigrantes al Ecuador de una
manera legal?
SI ( ) NO ( ) NO SABE ( )
6. Cree usted que en el país hay un número excesivo de inmigrantes
SI ( ) NO ( ) NO SABE ( )
7. ¿A qué atribuye usted que el Ecuador se haya convertido en estos últimos años, en un
país receptor de inmigrantes?
Bonanza económica del país ( )
Facilidades para ingresar al Ecuador ( )
Falta de control migratoria de las autoridades ( )
Otras razones ( )
140
Anexo 2
Temas a tratar en las entrevistas:
a. ¿Qué es “Movilidad humana”, que conceptos implica esta nueva denominación y
concepto establecido en la Constitución del Ecuador del 2008?
b. ¿En qué consiste la política migratoria de “puertas abiertas”. Está usted de acuerdo
que ese tipo de políticas se instauren en el marco jurídico del Ecuador?
c. ¿Cree usted que la “ciudadanía universal” propuesta por la ley constitucional del
Ecuador es un derecho y/o principio que deber ser adoptado en las legislaciones sobre
el tema en los demás países del mundo, Cree usted que tenga acogida esa iniciativa?
d. ¿Cuál sería la razón de la inmigración al país y cuál sería la alternativa legal para
limitar la inmigración al país?