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UNIVERSIDAD COMPLUTENSE DE MADRID FACULTAD DE CIENCIAS POLÍTICAS Y SOCIOLOGÍA LA CONSTRUCCIÓN DE NACIÓN E IDENTIDAD NACIONAL EN COLOMBIA: EL TRÁNSITO DE LA RES NULLIUS A LA RES PUBLICAE TRABAJO DE FIN DE MÁSTER Diego Felipe Rodríguez Merchán Tutor: Heriberto Cairo Carou Madrid, 2018

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UNIVERSIDAD COMPLUTENSE DE MADRID

FACULTAD DE CIENCIAS POLÍTICAS Y SOCIOLOGÍA

LA CONSTRUCCIÓN DE NACIÓN E IDENTIDAD NACIONAL EN COLOMBIA: EL

TRÁNSITO DE LA RES NULLIUS A LA RES PUBLICAE

TRABAJO DE FIN DE MÁSTER

Diego Felipe Rodríguez Merchán

Tutor: Heriberto Cairo Carou

Madrid, 2018

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El individualismo es un sentimiento reflexivo y apacible

que lleva a cada individuo a aislarse de sus semejantes

y refugiarse en la familia y los amigos; de suerte que,

después de formar esta sociedad pequeña para uso particular,

abandona la sociedad grande a su propia suerte.

Alexis de Tocqueville

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ÍNDICE

INTRODUCCIÓN ...................................................................................................................1

1. Diseño de la Investigación ........................................................................................3

1.1. Problema de investigación .......................................................................................3

1.2. Objetivos ..................................................................................................................3

1.2.1. Generales ..........................................................................................................3

1.2.2. Específicos ........................................................................................................4

1.3. Metodología..............................................................................................................5

1.4. Hipótesis ..................................................................................................................8

1.4.1. Hipótesis principal ..............................................................................................8

1.4.2. Hipótesis secundarias ........................................................................................8

1.5. Métodos ...................................................................................................................9

CAPÍTULO PRIMERO: MARCO TEÓRICO .........................................................................11

1. El problema de la identidad y su construcción......................................................11

2. La nación y la identidad nacional ...........................................................................13

3. El sentido político y sociocultural o étnico del concepto de nación durante el

siglo XVIII ........................................................................................................................17

CAPÍTULO SEGUNDO: REPASO DE LAS NARRATIVAS SOBRE EL ORIGEN DE LA

NACIÓN COLOMBIANA ......................................................................................................19

1. La narrativa de la élite criolla blanca y mestiza .....................................................20

1.1. La “nación española” en su acepción política .........................................................20

1.2. El breve paso por la gran nación en sentido sociocultural o étnico .........................23

1.3. Una nación independiente ......................................................................................23

2. Los elementos precolombinos de una identidad pluriténica y multicultural .......26

3. La extensión morisca y judía del converso en América ........................................29

CAPÍTULO TERCERO: PRÁCTICAS Y REPRESENTACIONES PARA LA

CONSTRUCCIÓN DE NACIÓN EN COLOMBIA A PARTIR DEL SIGLO XIX .....................32

1. Principales rasgos y elementos de la construcción de Nación ............................32

2. Obstáculos y retos del proceso de construcción de Nación ................................34

3. Orígenes de la institución museal y de la instrucción pública en Colombia .......38

4. La consolidación de los símbolos nacionales .......................................................40

4.1. La bandera, el escudo de armas y los colores nacionales ......................................40

4.2. El Himno Nacional ..................................................................................................45

4.3. El 20 de julio ...........................................................................................................46

4.4. Símbolos patrios en la actualidad ...........................................................................47

5. Antecedentes de la Nación en la Constitución de 1886 ........................................49

CAPÍTULO CUARTO: CONSTRUCCIÓN DE NACIÓN E IDENTIDAD NACIONAL TRAS LA

CONSTITUCIÓN DE 1991 ...................................................................................................51

1. Constitución Política de 1991..................................................................................52

1.1. De la Nación soberana al Pueblo soberano ............................................................59

1.2. Competencias departamentales y municipales en materia de cultura .....................62

2. Ley General de Cultura y Sistema Nacional de Cultura ........................................63

2.1. Principios y definiciones .........................................................................................63

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2.2. Patrimonio Cultural de la Nación ............................................................................64

2.3. Fomento y estímulos a la creación, investigación y a la actividad artística y cultural

......................................................................................................................................66

2.4. Sistema Nacional de Cultura ..................................................................................67

2.4.1. Recursos para financiar el Sector Cultura ........................................................69

3. Sistema Nacional de Patrimonio Cultural de la Nación .........................................71

3.1. Patrimonio Cultural Material de la Nación ...............................................................75

3.1.1. Patrimonio Arqueológico de la Nación .............................................................76

3.1.1.1. Patrimonio Cultural Sumergido de la Nación .............................................77

3.1.2. Patrimonio Colombiano de Imágenes en Movimiento.......................................79

3.1.2.1. Beneficios, incentivos y estímulos para las obras cinematográficas ..........80

3.1.3. Patrimonio Documental o Archivístico de la Nación .........................................83

3.1.4. Patrimonio bibliográfico y hemerográfico..........................................................84

3.2. Patrimonio Cultural Inmaterial de la Nación ............................................................85

3.2.1. Lengua castellana y lenguas nativas ................................................................87

3.2.2. Uso de Símbolos Patrios ..................................................................................88

3.2.3. Festivales de Teatro y Artes Escénicas............................................................89

4. Instancias y redes culturales ..................................................................................90

4.1. Museos públicos y privados ....................................................................................90

4.2. Casas de Cultura ....................................................................................................91

4.3. Red Nacional de Bibliotecas Públicas.....................................................................92

5. Patrimonio Natural de la Nación .............................................................................93

5.1. Sistema Nacional de Áreas Protegidas y Sistema de Parques Nacionales Naturales

......................................................................................................................................94

6. Sistema de Educación Nacional .............................................................................96

6.1. Lineamientos curriculares .......................................................................................98

6.1.1. Ciencias sociales (Educación básica primaria y secundaria - Educación Media)

................................................................................................................................ 100

6.1.2. Cátedra de Estudios Afrocolombianos ........................................................... 103

6.1.3. Constitución Política y democracia................................................................. 104

6.1.4. Educación artística ......................................................................................... 105

6.1.5. Ciencias naturales y educación ambiental ..................................................... 105

6.1.6. Educación ética y valores humanos ............................................................... 106

6.1.7. Lengua castellana .......................................................................................... 106

6.1.8. Indicadores de logros curriculares.................................................................. 107

7. Sistema Nacional del Deporte ............................................................................... 107

8. Reconocimiento de la diversidad étnica y cultural .............................................. 109

9. Sistema de Medios Públicos ................................................................................. 111

9.1. Televisión pública ................................................................................................. 111

9.2. Radio pública........................................................................................................ 112

10. Marca País .............................................................................................................. 112

11. Políticas Públicas Culturales ................................................................................ 115

11.1. Antecedentes y evolución de las políticas culturales .......................................... 115

11.2. Características de las políticas públicas culturales ............................................. 118

11.3. Políticas culturales relacionadas con la identidad nacional ................................. 119

11.3.1. Política de Salvaguarda del Patrimonio Cultural Inmaterial (PCI) ................. 119

11.3.2. Política de Museos ....................................................................................... 121

11.3.2.1. Red Nacional de Museos ....................................................................... 121

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v

11.3.2.2. Programa de Fortalecimiento de Museos (PFM) .................................... 122

11.3.2.3. Infraestructura museal ........................................................................... 124

11.3.2.4. Exposiciones itinerantes del Museo Nacional ........................................ 124

11.3.2.5. Museo Nacional de Memoria Histórica................................................... 125

11.3.3. Política de Estímulos.................................................................................... 125

11.3.4. Política de Concertación .............................................................................. 126

11.3.5. Política de Diversidad cultural ...................................................................... 129

11.3.5.1. Pueblos indígenas ................................................................................. 130

11.3.5.2. Comunidades afrodescendientes........................................................... 131

11.3.6. Política para el emprendimiento y las industrias culturales........................... 134

CAPÍTULO QUINTO: EL TRÁNSITO DE LA RES NULLIUS A LA RES PUBLICAE ........ 139

1. Los nuevos contornos de la Nación y de la identidad nacional ......................... 140

2. El Núcleo duro de la construcción de identidad nacional .................................. 147

3. El tránsito de la Res nullius a la Res Publicae ..................................................... 150

CONCLUSIONES .............................................................................................................. 153

BIBLIOGRAFÍA ................................................................................................................. 159

ANEXOS ............................................................................................................................ 173

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TABLAS, GRÁFICAS Y MAPAS

Tabla 1: Uso del concepto de nación en la Constitución Política de 1886 ............... 49

Tabla 2: Artículos relacionados con la nación, identidad nacional y cultura en la

Constitución Política de 1991 ................................................................................... 52

Tabla 3: Indicadores de logros curriculares por nivel educativo y grados.................. 99

Tabla 4: Líneas de acción del Programa de Fortalecimiento de Museos (PFM) .... 122

Tabla 5: Nuevos contornos de la Nación y de la identidad nacional en Colombia ... 143

Gráfica 1: Conformación del Sistema Nacional de Cultura ....................................... 69

Gráfica 2: Industrias culturales ................................................................................ 135

Gráfica 3: Núcleos de la construcción de identidad nacional.................................. 150

Mapa 1: Sistemas, instancias e instituciones relacionadas con la construcción de

nación e identidad nacional .................................................................................... 142

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INTRODUCCIÓN

Entre los que han diagnosticado la debilidad del sentimiento nacional

colombiano, hay quienes lo atribuyen a la conquista y a la colonia (leyenda negra

británica), a la ausencia de símbolos, mitos e instituciones nacionales que puedan

forjar unidad (Palacios, 2001), al temple dócil y deferente del colombiano (Bushnell,

2007), o a la histórica invisibilización del negro e indio en un proyecto nacional de

una élite blanca y mestiza (Castillo, 2006).

Sin embargo, más allá de asumir a la nación y a la identidad nacional como un

problema histórico, y aún más, como posible origen de gran parte de los problemas

colombianos, el presente documento pretende dar un giro al tradicional

acercamiento a estos conceptos, abriendo una nueva perspectiva que, desde la

comprensión de la voluntad inequívoca del Estado colombiano de construir nación,

pueda instrumentalizarlos para lograr objetivos de interés público.

La superación de la aporía del porqué no fuimos ni somos podría contribuir a

transformar estratégicamente a la nación y a la identidad nacional en un instrumento

para construir lo que seremos. Bajo este enfoque, eminentemente constructivista, el

presente trabajo pretende avanzar en un primer estadio de la investigación acuciosa

que demanda esta materia, el cual es identificar las herramientas jurídicas y políticas

a partir de las cuales el Estado colombiano construye nación e identidad nacional.

Con este propósito, se describirán a través de algunos hitos de la historia

colombiana los principales rasgos, retos y obstáculos de la construcción de nación,

que explican la vigencia del problema de la identidad nacional en el panorama

colombiano. Dicho análisis permitirá reconstruir el proyecto nacional dominante

desde la declaración de independencia, que encuentra su más profunda

manifestación normativa en la Constitución de 1886.

Este recorrido histórico brinda el contexto necesario para la comprensión del

surgimiento de la Nación pluriétnica y multicultural tras la promulgación de la

Constitución Política de 1991, la cual incorpora el problema de la construcción de

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una identidad nacional heterogénea como una obligación de los gobiernos nacional y

regionales. A partir de este nuevo paradigma se ha creado un entramado

institucional conformado por sistemas, redes e instancias cuya identificación y

descripción constituyen el objetivo central del presente Trabajo de Fin de Máster.

Los nuevos contornos de la dimensión espiritual del país que se han fijado a

partir de una arquitectura institucional más incluyente, tienen una profunda relación

con la redefinición del papel del ciudadano, quien a la vez que reclama - aunque sea

tardíamente- la consolidación de un Estado nacional, asume un rol determinante al

esforzarse por cumplir los deberes y obligaciones inherentes a su condición. Esta

nueva concepción de la identidad nacional y su relación con el ejercicio virtuoso de

la ciudadanía, permitirá comprender una forma diferente de abordar el problema de

la apropiación de lo público por el ciudadano.

A este proceso en virtud del cual el ciudadano se involucra y apropia de lo

público a través del surgimiento de vínculos y lazos derivados de la identidad

nacional es al que denominaremos el tránsito de la Res nullius (cosa de nadie) a la

Res publicae (cosa de todos)1. Sin embargo, antes de emprender tan ambiciosa

tarea, resulta imperioso conocer de antemano los actuales contornos de la nación

colombiana, los cuales están profundamente determinados por el conjunto de

instituciones, procesos, sistemas, redes e instancias que regulan los contextos en

los cuales se desarrolla la identidad nacional.

Por esta razón, este Trabajo de Fin de Máster representa tan solo el primer

paso del tránsito de la Res nullius a la Res publicae y se concentra exclusivamente

en el estudio de las principales herramientas con las que cuenta el Estado para la

construcción de nación e identidad nacional en Colombia. El inicio de esta odisea

facilitará la comprensión del imaginario colectivo como catalizador del tejido social

que se requiere para afrontar los principales retos de una Colombia en paz.

1 El concepto de res nullius constituye la denominación que en Derecho Romano se hace a aquellos

bienes que no tienen dueño y nunca lo han tenido. Por otro lado, la res publicae es aquella que pertenece al pueblo o al Estado (Terrazas, 2012).

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1. Diseño de la Investigación

1.1. Problema de investigación

El problema de investigación del Trabajo Fin de Máster es identificar y analizar

cómo el Estado colombiano construye nación e identidad nacional a través de

instrumentos jurídicos y políticos.

Este objeto de estudio parte del diagnóstico reiterado de la debilidad histórica

de los vínculos y lazos que unen a los colombianos, la cual ha pretendido superarse

a partir de la inclusión en la Constitución de 1991 de la construcción de nación e

identidad nacional como un deber del Estado asociado al acceso a los bienes y

servicios culturales.

Así mismo, el reconocimiento constitucional de la Nación como pluriétnica y

multicultural, redefinió las formas tradicionales para abordar el problema de la

construcción de identidad nacional, implicando su ingreso sostenido y permanente

en la agenda pública de los gobiernos nacionales y regionales.

A partir de la Constitución de 1991, emerge una auténtica revolución en la

construcción de nación e identidad nacional en Colombia, caracterizada por el

surgimiento de un entramado institucional compuesto por sistemas, instancias y

redes que serán objeto de estudio y caracterización en el presente documento.

1.2. Objetivos

1.2.1. Generales

1. Identificar y analizar cuáles son las principales herramientas a partir de las

cuales el Estado colombiano construye nación e identidad nacional.

2. Establecer y analizar los nuevos contornos de la Nación y de la identidad

nacional en Colombia a partir del entramado institucional previamente

identificado.

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1.2.2. Específicos

1. Examinar las principales narrativas sobre el origen de la nación colombiana

para comprender el porqué la identidad nacional es actualmente un problema

público.

2. Analizar determinados artículos de la Constitución de 1886 para comprender

los usos del concepto de nación y descifrar su proyecto implícito de nación

colombiana.

3. Descubrir la Constitución Política de 1991 como un punto de inflexión al fijar

el nuevo paradigma de la Nación pluriétnica y multicultural.

4. Analizar las principales normas e instituciones a través de las cuales el

Estado colombiano ha fomentado la identidad nacional.

5. Identificar la articulación de diversos sistemas nacionales en la construcción

de identidad nacional, tales como el Sistema Nacional de Cultura, el Sistema

Nacional de Patrimonio Cultural de la Nación, Sistema Nacional de Áreas

Protegidas, Sistema de Parques Nacionales Naturales, Sistema Nacional del

Deporte y el Sistema de Medios Públicos.

6. Identificar las redes e instancias culturales a través de las cuales se difunde la

identidad nacional.

7. Determinar el papel del Sistema de Educación y de los lineamientos

curriculares establecidos por el Ministerio de Educación en la formación de

identidad nacional.

8. Identificar y analizar el rol del reconocimiento de la diversidad étnica y cultural

como eje transversal de construcción de identidad nacional.

9. Descubrir la importancia de la marca país en la formación de identidad

nacional desde el imaginario internacional sobre Colombia.

10. Analizar las principales políticas públicas relacionadas con la identidad

nacional en temas de patrimonio cultural inmaterial, museos, diversidad

cultural, emprendimiento e industrias culturales, concertación y estímulos,

adelantadas por el Ministerio de Cultura.

11. Categorizar las herramientas identificadas para comprender cómo funciona la

construcción de identidad nacional desde lo público.

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12. Descubrir los contornos de la Nación colombiana a través de la elaboración

de un mapa de sistemas, instancias e instituciones relacionadas con la

construcción de identidad nacional.

13. Proponer a la nación y a la identidad nacional como vehículos para fomentar

la apropiación ciudadana de lo público a través del tránsito de la Res nullius a

la Res publicae.

1.3. Metodología

Para lograr los objetivos propuestos se abordará el problema de investigación

a través del método cualitativo a partir de la revisión de fuentes primarias y

secundarias documentales. El método cualitativo resulta ser el más apropiado

atendiendo la naturaleza del problema de investigación, cual es analizar la

construcción de la identidad nacional desde el Estado, a partir de los discursos de

diferentes actores como investigadores, asociaciones, agremiaciones, el Gobierno

Nacional, el Ministerio de Educación, el Ministerio de Cultura, Ministerio de

Comercio, Industria y Turismo, la Asamblea Nacional Constituyente, el Congreso de

la República, etc.

Si bien en algunos acápites de la investigación serán utilizados ciertos datos

cuantitativos como cifras y estadísticas, estos serán analizados en el marco del

discurso del cual se extraen, conservando así la naturaleza cualitativa de la

investigación, la cual se centrará principalmente en fuentes primarias y secundarias

de orden documental.

La hipótesis de trabajo planteada en el diseño de la investigación parte del

punto de vista del Estado como agente de cambio, desde donde herramientas

políticas o jurídicas pueden utilizar la identidad nacional como instrumento o vehículo

para lograr objetivos de interés público.

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Fuentes Primarias

Las fuentes primarias que serán utilizadas para obtener la información que

será objeto de análisis fueron clasificadas en institucionales, normativas y

periodísticas:

Institucionales

Se analizarán fuentes primarias de origen institucional, a saber, informes,

estudios, compilaciones de entidades públicas tales como el Ministerio de Cultura, el

Ministerio de Educación Nacional, Ministerio de Comercio, Industria y Turismo,

Departamento Administrativo Nacional de Estadística, Procolombia, entre otras. El

propósito de la revisión de fuentes institucionales es examinar los principales

sistemas, instituciones, procesos, instancias, redes y políticas públicas que son

adelantadas en materia de cultura, educación, deporte y turismo, las cuales, de

acuerdo con las hipótesis de la investigación, tienen un impacto profundo en la

formación de nación e identidad nacional.

Normativas

Serán revisadas igualmente normas de diferente jerarquía, tales como la

Constitución Política de la República de Colombia de 1886, la Constitución Política

de Colombia de 1991, y el especial tratamiento que se le da al concepto de nación.

Se analizarán leyes y decretos leyes (expedidos por el Presidente en virtud de

facultades extraordinarias concedidas por el Congreso), y Decretos Reglamentarios

en los cuales se encuentran regulados aspectos fundamentales de la Nación y de la

identidad nacional colombianas tales como: el Sistema Nacional de Cultura, el

Sistema Nacional del Deporte, el Patrimonio Cultural material e inmaterial de la

Nación, el Sistema de Parques Nacionales Naturales, la Ley General de Educación y

la Red Nacional de Bibliotecas Públicas, entre otros.

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Periodísticas

Asimismo, estudiaremos artículos de prensa y noticias en periódicos y

semanarios de amplia circulación que nos permitirán conocer reflexiones sobre la

nación y la identidad nacional, así como elementos de la actualidad colombiana. La

prensa escrita tendrá el papel fundamental de acercarnos a la cotidianidad de la

realidad colombiana.

Fuentes Secundarias

Las fuentes secundarias documentales que serán empleadas para el objeto

de estudio fueron clasificadas en Académicas e Históricas:

Académicas

Las fuentes secundarias de carácter académico nos permitirán analizar los

fundamentos teóricos de los conceptos de nación e identidad nacional a través de

autores como Benedict Anderson, Eric Hobsbawm y Luis Carlos Castillo. Este último

autor resulta de especial relevancia en temas relacionados con la inclusión de las

comunidades negras e indígenas en el marco de la reimaginación de la identidad

nacional colombiana.

Históricas

De igual forma, se analizarán fuentes secundarias para reconstruir las

narrativas sobre el origen de la nación a lo largo de la historia de Colombia, de

fuentes de conocida reputación, tales como los historiadores Jaime Jaramillo Uribe,

Jorge Orlando Melo y David Bushnell. Igualmente, se analizarán ensayos como el de

Fabio Wasserman, acerca de la identidad nacional del criollo en tiempos de la

colonia y el de Enrique Serrano sobre los orígenes moriscos y judíos de la nación

colombiana.

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1.4. Hipótesis

1.4.1. Hipótesis principal

El Estado colombiano utiliza herramientas jurídicas y políticas para construir

nación e identidad nacional para lo cual articula un conjunto de sistemas e

instituciones que representan sus nuevos y dinámicos contornos.

1.4.2. Hipótesis secundarias

Las diferentes narrativas sobre el origen de la nación colombiana permiten

comprender a la identidad nacional como un problema transversal y dinámico

a lo largo de la historia colombiana.

La Constitución de 1886 constituye la manifestación normativa del proyecto

de Regeneración Nacional de Rafael Núñez.

La Constitución Política de 1991 representa un punto de inflexión al fijar el

nuevo paradigma de la Nación pluriétnica y multicultural.

La Constitución Política de 1991 demarca la nueva entrada de la identidad

nacional diversa y heterogénea en la agenda pública de los gobiernos

nacionales y regionales.

El actual marco jurídico consagrado a partir de la promulgación de la

Constitución de 1991 y contenido en Leyes, Decretos leyes, Decretos

Reglamentarios y Resoluciones, contienen herramientas para reafirmar la

identidad nacional y aportar al proceso de construcción de la Nación

colombiana.

Las políticas públicas adelantadas principalmente por el Ministerio de Cultura

constituyen un aporte fundamental en la formación de identidad nacional.

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El Sistema de Educación y los lineamientos curriculares del Ministerio de

Educación Nacional son herramientas indispensables para la creación del

imaginario colectivo de la Nación colombiana en niños y jóvenes.

La marca país contribuye a la proyección de una imagen internacional

diferente a la construida por los estigmas del narcotráfico, del conflicto

armado y de la corrupción.

Permitir la participación ciudadana en la construcción de nación e identidad

nacional legitima las herramientas jurídicas y políticas del Estado.

El Sistema Nacional de Cultura y el Patrimonio cultural material e inmaterial

de la Nación, así como los Parques Nacionales Naturales son elementos

indispensables para la construcción de nación e identidad nacional en

Colombia.

El Sistema Nacional del Deporte cumple un rol estratégico en la conformación

de la identidad nacional, principalmente por el impacto de la imagen

proyectada a nivel internacional.

1.5. Métodos

Para abordar el problema de investigación se emplearán tanto el método

histórico, como el crítico - racional y el cualitativo (Beltrán, 1985).

Histórico

Para comprender las principales razones por las cuales historiadores y

académicos consideran la formación de una Nación colombiana como un proceso

inacabado, como una nación a pesar de sí misma (Bushnell, 2007), o como una

nación negada (Serrano, 2016), resulta necesario estudiar con detalle el particular

surgimiento de la República de Colombia, especialmente, del imaginario de la

independencia como “conato” de la Nación. Como bien lo explicaba Beltrán (1985, p.

12): “La sociología no puede versar sobre el presente sino buscando su génesis en

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el pasado: si ha de haber una sociología del presente ha de apoyarse en una historia

del presente, esto es en una historia”.

Crítico - Racional

“La pretensión de una ciencia exenta de juicios de valor es un imposible”

(Beltrán, 1985, p. 24). El propósito del texto es analizar más allá de la perspectiva

racional los principales aspectos que integran a la Nación y a la identidad nacional

en Colombia, para así, sin que al investigador le sea posible despojarse de la

condición misma de ciudadano colombiano, proponerlos como vehículo capaz de

fomentar la apropiación de lo público.

En este tránsito de la Res nullius a la Res publicae, se encontrará que los

valores y manifestaciones culturales tienen un papel primordial, pues únicamente

desde ellos es posible comprender el imaginario colectivo de la Nación colombiana y

el vínculo invisible que compone el tejido social.

Cualitativo

El método cualitativo pretende analizar la realidad social a través del lenguaje,

intentando, mediante la hermenéutica, asignar significados compartidos por la

sociedad y el investigador (Beltrán, 1985). El proyecto de investigación pretende

identificar algunas características de la realidad social colombiana a partir de

elementos comunes del lenguaje, conceptos, que si bien pueden parecer técnicos,

engloban problemas públicos y colectivos que son objeto de intervención estatal. Se

hace referencia concretamente al significado de la nación, de la identidad nacional y

la influencia que pueden tener para involucrar a los ciudadanos en lo colectivo,

palabras y expresiones que intentan explicar la realidad colombiana, caracterizada

principalmente por un abismo entre lo público y lo privado.

De esta manera, a partir del análisis del lenguaje y sus significados, se

pretende reconstruir desde los textos académicos, históricos, institucionales y

normativos, las principales herramientas jurídicas y políticas del Estado para la

construcción de identidad nacional.

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CAPÍTULO PRIMERO: MARCO TEÓRICO

1. El problema de la identidad y su construcción

El problema de la construcción de identidades, especialmente en el contexto

de la Nación pluriétnica y multicultural colombiana, implica abordar teóricamente a la

identidad desde diferentes enfoques. Para el efecto, resulta de gran utilidad el

estudio realizado por Luis Carlos Castillo (2006), quien explica la evolución del

concepto de identidad desde autores como Erikson (1963), Goffman (1970), Berger

y Luckmann (1999), Giddens (1995) entre otros.

En primer lugar, para Erik Erikson (1963) la identidad del sujeto como ser

social implica su pertenencia a “grupos coherentes histórica y geográficamente:

[como] la familia, la clase, la comunidad, la nación”(Erikson, 1963, p. 31). La

identidad del yo se define en función de su calidad de miembro de una organización,

por medio de los procesos psíquico, social y somático(Erikson, 1963).

Por otro lado, Goffman (1970) distinguió 3 tipos de identidad: i) La personal:

entendida como “las marcas positivas o soportes de la identidad, y la combinación

única de los ítems de la historia vital, adherida al individuo por medio de esos

soportes de la identidad.” (Goffman, 1970, p. 73). Esta identidad parte del sujeto que

se puede diferenciar de todos los demás y que al relacionarse adquiere

inevitablemente algunos rasgos que identifican al otro y que antes los diferenciaban;

ii) La del yo: es una “cuestión subjetiva, reflexiva, que necesariamente debe ser

experimentada por el individuo cuya identidad se discute” (Goffman, 1970, p. 126); y

iii) la social: se construye a partir de una “sociedad [que] establece los medios para

categorizar a las personas y [del] el comportamiento de atributos que se perciben

como corrientes y naturales en los miembros de cada una de esas categorías”

(Goffman, 1970, p. 14). En este sentido, la identidad social está dada por las

apariencias del sujeto que permiten deducir en qué categorías se halla y cuáles son

sus atributos (Goffman, 1970).

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Para autores como Berger y Luckmann (1999), la identidad es una

construcción social que “se define como ubicación en un mundo determinado y

puede asumírsela subjetivamente solo junto con ese mundo. Dicho de otra manera,

todas las identificaciones se realizan dentro de horizontes que implican un mundo

social especifico” (Berger y Luckmann, 1999, p. 166). Para estos autores, la

identidad es un “fenómeno que surge de la dialéctica del individuo y la sociedad”

(Berger y Luckmann, 1999, p. 215), es decir, se construye desde la sociedad a partir

de las relaciones con otros individuos.

En este mismo sentido, Mead y Durkheim definen la identidad del individuo en

relación con la del grupo al que pertenecen. De un lado, la unidad del grupo como

punto de referencia permite que estos hablen de sí como “nosotros”, y de otro lado,

simultáneamente al presuponerse la identidad del miembro del grupo todos pueden

hablar de sí mismos como un “yo”, lo cual implica que no hay identidad sin un

colectivo de por medio (Arellano, 1995).

Por el contrario, para autores como Habermas, la identidad social está

caracterizada exclusivamente por la racionalidad y las relaciones comunicativas

(Arellano, 1996). Para Habermas, la identidad del yo significa la capacidad de los

sujetos dotados de lenguaje y aptos para la acción de permanecer idénticos a sí

mismos a pesar de sufrir cambios profundos, situación que únicamente es posible a

través de atributos reconocidos intersubjetivamente (Arellano, 1996). Para que sea

viable una identidad racional en las sociedades actuales deben confluir tres

elementos: i) El surgimiento de una conciencia de igualdad de oportunidades

generales para participar en procesos de comunicación donde se forma la identidad;

ii) “La nueva identidad no puede articularse en imágenes del mundo tradicionales y

sin embargo deben suponer la vigencia de una moral universalista” (Arellano, 1996,

p. 42), y iii) La identidad no puede estar basada en valores tradicionales de una

forma retrospectiva, pero tampoco en planes o proyectos de modo prospectivo

(Arellano, 1996).

Con relación al concepto de la identidad del yo, Giddens (1995) descarta su

construcción social al asociarla con aquello de lo que el individuo es consciente.

Para el autor “La cuestión existencial de la identidad del yo está ligada a la

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naturaleza frágil de la biografía que el individuo «suministra» acerca de sí” (Giddens,

1995, p. 74). La identidad del sujeto no está determinada por su comportamiento ni

por las reacciones de los demás (construcción social de la identidad), sino por “la

capacidad para llevar adelante una crónica particular” (Giddens, 1995, p. 74).

Paralelamente surgía la discusión entre las perspectivas sociológica

constructivista y la ilustrada o esencialista. La primera sostenía la construcción de la

identidad a partir de las relaciones sociales, la cual se caracterizaba por ser flexible,

dinámica, histórica, relacional, situacional y dislocada. Bajo esta perspectiva las

identidades nunca están plenamente definidas, están siempre inacabadas,

incompletas, inestables y fracturadas. Para la segunda perspectiva, la identidad es

innata, esta dada a proiri al sujeto y es concebida como sustancial, inalterable,

unitaria y fija, con total independencia del medio social en el que interactúan los

sujetos (Castillo, 2006).

Sin perjuicio de la evolución del concepto de identidad, actualmente el debate

teórico no admite la existencia de una identidad esencial o única, sino que asume

una identidad múltiple, contradictoria, descentrada y fragmentada. Desde el enfoque

constructivista, la identidad se conforma a partir de la negación del otro, o de lo

diferente, y se reconoce que en los sujetos sociales o colectivos pueden existir

múltiples identidades, algunas de ellas más dominantes que otras. Cada una de

estas múltiples identidades o polos de identidad se construyen a través de procesos

de identificación donde los sujetos son insertados a través de los símbolos y el

discurso en un espacio simbólico determinado (Castillo, 2006).

2. La nación y la identidad nacional

Sobre la nación y la identidad nacional la literatura académica ha identificado

dos posturas dominantes asumidas por los denominados primordialistas y los

modernistas. Los primeros, en su versión atenuada, son aquellos que sostienen que

la nación habría existido desde siempre, constituyendo un dato objetivo

incuestionable y ahistórico, que puede ser determinado a partir de la lengua, la

sangre y la visión del mundo. En cambio, los modernistas sostienen que la nación es

un fenómeno moderno y tradicionalmente construido, que surge en los siglos XVIII y

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XIX a través de la acción nacionalizadora y homogeneizadora del Estado. Para estos

últimos la nación operó desde dos frentes: uno interno, mediante los símbolos

nacionales, la imposición del idioma, la unificación del mercado, la implementación

de un sistema de educación nacional, y el sometimiento de minorías; y otro externo,

a partir de la definición de fronteras y del proceso de diferenciación con los

extranjeros (Castillo, 2006).

En primer lugar, Smith (1997), primordialista atenuado, precisa que la

identidad es un concepto moderno que no puede ser empleado para definir a la

comunidad griega clásica, y que implica por lo menos los siguientes elementos:

Una comunidad política, a su vez, supone al menos ciertas

instituciones comunes y la existencia de un solo código de derechos

y deberes para todos los miembros de la comunidad. También

supone un espacio social definido, un territorio suficientemente bien

delimitado y demarcado, con el que se identifican sus miembros y al

que sienten que pertenecen (Smith, 1997, p. 8).

Así mismo, Smith (1997) sostiene que la identidad nacional cumple con las

siguientes funciones: i) “suministrar una sólida «comunidad de historia y destino»

para rescatar a las personas del olvido personal y restaurar la fe colectiva” (Smith,

1997, p. 147), ii) “ofrece renovación y dignidad personal en y con la regeneración

nacional; supone pasar a formar parte de una «super-familia» política que devolverá

a todas y cada una de las familias que la componen los derechos de nacimiento”

(Smith, 1997, p. 147), y finalmente, iii) “la importancia que concede a la realización

del ideal de la fraternidad. El ideal mismo hace pensar en la estrecha relación que

existe entre la familia, la comunidad étnica y la nación, al menos en el plano

ideológico” (Smith, 1997, p. 147)

Por otro lado, Renan (2014) acudió a una definición subjetiva por medio de la

cual la nación se constituye como un plebiscito cotidiano que trasciende criterios

objetivos como la lengua, la religión, la raza, los intereses y la geografía. La nación

entendida como principio espiritual y consciencia moral esta integrada por una

voluntad colectiva articulada en un pasado y presente compartido. Como señala

Renan (2014):

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Una es la posesión en común de un rico legado de recuerdos; el otro

es el consentimiento actual, el deseo de vivir juntos, la voluntad de

mantener la herencia indivisa que se ha recibido (…) La existencia

de la nación (si se me permite la metáfora) es un plebiscito cotidiano,

al igual que la existencia del individuo es una afirmación perpetua de

la vida (Renan, 2014, pp. 67-69).

Para Renan (2014), otro de los factores esenciales en la construcción de la

Nación es el olvido o error histórico que facilita la superación del papel de la

violencia en el origen de todas las formaciones políticas: “la esencia de una nación

es que todos los individuos tengan mucho en común, y también que todos hayan

olvidado muchas cosas” (Renan, 2014, p. 29).

Para Hobsbawm (2002) las naciones surgen en la modernidad como

tradiciones inventadas que representan reglas rituales o naturales que son

aceptadas por la sociedad, y que a base de repetición y continuidad con el pasado

histórico fomentan normas y valores. Igualmente, identifica tres tipos de tradiciones

inventadas:

a) Las que establecen o simbolizan cohesión social o pertenencia al

grupo, ya sean comunidades reales o artificiales; b) Las que

establecen o legitiman instituciones, estatus, o relaciones de

autoridad, y c) Las que tienen como principal objetivo la

socialización, el inculcar creencias, sistemas de valores o

convenciones relacionadas con el comportamiento (Hobsbawm,

2002, p. 16).

La importancia del estudio de los nacionalismos radica, según Hobsbawm

(2013), en su rol dentro de la construcción del Estado Nación. Un concepto de gran

importancia para la presente investigación es el de protonacionalismo popular, que

es aquel que permite explicar la continuidad del sentimiento nacional tras la pérdida

de la comunidad real. Estos sentimientos de pertenencia colectiva preexistentes son

de dos clases: i) “formas supralocales de identificación popular que van más allá de

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las que circunscriben los espacios reales en que las personas pasaban la mayor

parte de su vida” y ii) “lazos y vocabularios políticos de grupos selectos vinculados

de forma más directa a estados e instituciones y que puedan acabar

generalizándose, extendiéndose y popularizándose” (Hobsbawm, 2013, pp. 55-56).

Por su parte, Connor (1998) crea las siguientes categorías de nación en

función del grado de conciencia nacional: i) Nación potencial: son aquellos en los

que la identidad nacional está aún por llegar, afirmando que “La identidad que tiene

sentido para ellos está restringida a la aldea, al clan, a la tribu o a otros

agrupamientos similares” (Connor, 1998, pp. 75-76). Para este autor no basta con

que los intelectuales sostengan que la nación existe, pues normalmente son un

indicador equívoco del estado de conciencia nacional (Connor, 1998); ii) Nación:

“Son el grupo humano más amplio que se caracteriza por el mito de una

ascendencia común. Mito cuya realidad histórica resulta irrelevante” (Connor, 1998,

p. 76); iii) Naciones retoño: “se crean cuando un sector importante de una nación ha

estado separado geográficamente de su grupo de origen durante un período tan

prolongado como para que haya llegado a desarrollar una conciencia independiente”

(Connor, 1998, p. 76); iv) Naciones en la diáspora: “Son pueblos que habitan fuera

de su patria y que no han asimilado la identidad de la región que les ha acogido”

(Connor, 1998, p. 76); y v) Sociedades de inmigración: “Son aquellos cuya lealtad

primaria no se adscribe a la etnonación o a las etnonaciones de sus antepasados,

sino a la sociedad creada como resultado de la emigración” (Connor, 1998, p. 76).

Entre los modernistas, Gellner (1997) sostiene que el nacionalismo y la nación

son construcciones de la sociedad industrial altamente especializada que surgen por

los avances del proceso de alfabetización general y de la educación como valores e

ideales modernos. Para este autor el proceso de homogeneización se surte a partir

de un adiestramiento que sucede de forma similar a como funciona un ejército

moderno: “Proporciona a todos los reclutas un adiestramiento sumamente largo y

bastante completo: alfabetización, cálculo, hábitos de trabajo y fundamentos sociales

básicos, y familiarización con los fundamentos técnicos y sociales básicos” (Gellner,

1997, p. 45).

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Finalmente, Anderson (1993) propone a la nación como una comunidad

política imaginada, limitada y soberana. Es imaginada porque aunque la mayoría de

sus miembros jamás se conocerán entre sí, son conscientes de pertenecer a una

comunidad; es limitada al estar conformada por un número finito de habitantes y por

estar circunscrita a fronteras finitas; soberana en tanto reemplaza la legitimidad de

los reinos dinásticos divinamente ordenados; y finalmente se imagina como

comunidad porque a pesar de la desigualdad social representa siempre un escenario

de “compañerismo profundo, horizontal” (Anderson, 1993, p. 25).

Para Anderson (1993), el concepto de nación se construye al igual que las

religiones sobre la fatalidad, bajo la idea de dar la vida por la nación, de huir de la

muerte y trascender en el tiempo a través de ella. Lo que hizo imaginables a las

comunidades fue la confluencia semifortuita de un sistema de producción y de

relaciones productivas (capitalismo), con el avance en la tecnología de las

comunicaciones (imprenta), y la “fatalidad de la diversidad lingüística humana”

(Anderson, 1993, p. 70).

Anderson (1993) analiza particularmente el papel de los “pioneros criollos” en

el nacimiento de los nuevos Estados americanos, destacando que ni la lengua, ni el

liberalismo o la ilustración, ni el deseo de las clases medias de participar en política

explican el surgimiento de la comunidad imaginada. Para este autor, fue la

existencia de unidades administrativas y económicas en los siglos XVI y XVIII las

que favorecieron el surgimiento de un sentido de pertenencia para los criollos,

manifestado en una lengua oficial difundida a través del capitalismo impreso.

3. El sentido político y sociocultural o étnico del concepto de nación durante

el siglo XVIII

El concepto de nación para Wasserman (2015) es polisémico y requiere de

una interpretación histórica y lingüística. Para el efecto, realiza una aproximación

desde las definiciones históricas contenidas en el Diccionario de la Real Academia

Española y otros diccionarios donde destaca la siguiente evolución conceptual:

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1. En la versión del Diccionario de 1734, la nación era sinónimo del acto de nacer o

reflejaba una condición de nacimiento. Igualmente era empleado para dar cuenta

del lugar de nacimiento de una persona o grupo, especialmente de las naciones

universitarias, mercantiles o conciliares de la Edad Media. Del mismo modo, se

utilizó para relacionar a los habitantes o pobladores de un país, provincia o reino.

2. También podía significar de forma genérica la condición de extranjero.

3. Asimismo, la palabra nación se usaba para designar poblaciones con rasgos

físicos y culturales compartidos. En este sentido lo empleó Feliz de Azara:

“Llamaré nación a cualquiera congregación de indios que tengan el mismo

espíritu, formas y costumbres, con idioma propio tan diferente de los conocidos

por allá, como el español del alemán” (Wasserman, 2015, p. 24).

4. En otros diccionarios de los siglos XVII y XVIII, se encontraba la siguiente

definición: “Nombre colectivo que significa algún pueblo grande, Reino, o

Estado, sujeto a un mismo Príncipe, o Gobierno” (Wasserman, 2015, p. 25).

Esta última acepción, de carácter más político, fue ampliamente difundida por

tratadistas y divulgadores del derecho natural y estuvo asociada a la nación como

cuerpo político desde un punto de vista contractualista, que ya se usaba en 1758 por

autores como Emmer Vattel, inclusive antes de la Revolución Francesa2

(Wasserman, 2015).

Con relación a la evolución del concepto de nación durante el siglo XVIII,

Wasserman (2015) concluye lo siguiente:

Este breve repaso permite concluir que hasta fines del siglo XVIII la

voz nación era utilizada en dos sentidos diversos que corrían por

carriles separados: el político y el socio cultural o étnico (…) [La]

pertenencia a una nación entendida como la sujeción a un Estado o

a una misma estructura política, no implicaba ni tenía como

presupuesto que sus miembros debieran compartir una identidad

2 El primer intelectual neogranadino en usar los conceptos de patria y nación fue Pedro Fermín de Vargas, quien en 1788 en su escrito “Pensamientos Políticos” emplea el término nación 12 veces y en “Memorias sobre la población del reino” de 1788, lo utiliza en 13 oportunidades. En estos escritos el término opera como un “significante vacío” pero parece tener una connotación “racial” sin quedar muy claro si hace referencia a un dominio español, al Imperio o a la Nueva Granada (Castillo, 2006).

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étnica o algún otro atributo que los distinguiera. Si bien se admitía

que una cierta homogeneidad de la población podía contribuir a su

gobernabilidad, el fundamento de la nación entendida como sujeto

político reposaba en el derecho divino o en la concreción de pactos

entre sus miembros, ya sean cuerpos colectivos o individuos

(Wasserman, 2015, p. 26).

Finalmente, el político y jurista de finales del siglo XIX y XX, José María

Samper, perteneciente a la élite política colombiana, católica y conservadora,

entendía a la nación como:

cosa histórica, el hecho social y político por excelencia; a ella están

adheridos un nombre, una lengua, un cúmulo de tradiciones, una

inseparable idea de existencia y honor, de derechos y deberes

colectivos. La nación es todo, el primer objeto que ocupa la mente

del legislador constituyente (Samper, 1951, p. 11)3.

CAPÍTULO SEGUNDO: REPASO DE LAS NARRATIVAS SOBRE EL ORIGEN DE LA NACIÓN COLOMBIANA

En este capítulo se realizará una breve relación de las diferentes narrativas

que explican el origen y evolución de la Nación colombiana. Dadas las dimensiones

de la presente investigación fueron seleccionadas solo algunas narrativas que

responden a las preferencias y preconcepciones del autor sobre la materia, y que

bajo ninguna circunstancia pretenden nombrar de forma taxativa los inacabables

momentos de inflexión que ha tenido la formación de la Nación y de la identidad

nacional en Colombia.

La particular evolución de la Nación colombiana permite comprender la

vigencia de la identidad nacional como problema de interés público. El reiterado

diagnóstico de la carencia de vínculos y lazos que unan a los colombianos en la

3 En este mismo sentido lo ratificaría en su calidad de constituyente en la redacción del artículo 2º de la Constitución Política de 1886, en el cual se establecía que la soberanía residía exclusivamente en la Nación.

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búsqueda de un proyecto común, encuentra su raíz en una nación por naturaleza

diversa que históricamente se negó a sí misma.

Esta “Deuda histórica” que nace para la organización política con la

declaración de independencia, ha intentado zanjarse en repetidas oportunidades a

través de la creación de símbolos y tradiciones basadas en la determinación elitista,

racista y etnocéntrica de una única identidad nacional construida sobre la

estigmatización del otro.

Este contexto permitirá comprender la razón por la cual la Nación y la

identidad nacional constituyen un auténtico problema de interés público que ha sido

objeto de intervención por parte del Estado, a través del diseño de un entramado

institucional integrado por sistemas, instancias, redes y políticas públicas.

1. La narrativa de la élite criolla blanca y mestiza

La narrativa de la élite criolla, que fue ampliamente difundida a modo de

“historia patria” mediante la instrucción pública y la institución museal, estuvo

marcada principalmente por tres etapas: La primera en la cual la élite se consideraba

parte de una “nación española” en sentido político, una segunda en la que se

imaginaron como integrantes de una gran nación en sentido sociocultural, y una

tercera en la que iniciaron la construcción de la nación independiente y antagonista

de la peninsular.

1.1. La “nación española” en su acepción política

Como fue analizado en el marco teórico, Wasserman (2015) defiende la

existencia de dos grandes acepciones del concepto de nación en el siglo XVIII, a

saber, la política y la sociocultural o étnica. En la primera, la nación se asimila a

aquella población que se encuentra bajo la autoridad de un mismo gobierno, príncipe

o monarca. En la segunda, la voz de nación abarca un conglomerado que comparte

rasgos sociales, étnicos y culturales. Si bien en sentido estricto no puede

relacionarse la existencia de una “nación española”, al ser esta un artificio propio de

la modernidad, desde la teoría de Wasserman (2015) y a partir de una análisis

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discursivo del imaginario de “nación” entre los españoles peninsulares y los criollos

de la época, la expresión puede ser empleada como cuerpo político4, y como un

claro antecedente de lo que más adelante conformaría la nación española moderna.

En tiempos de la colonia española en territorio americano, la Nación con

mayúscula significaba la totalidad de los reinos, provincias y pueblos que debían

obediencia a la monarquía española (Wasserman, 2015). Esta concepción era

compartida tanto por los españoles peninsulares como por la élite criolla. Los

primeros, bajo la acepción política de la nación, referirían los territorios sobre los

cuales ejercían soberanía, tal como lo describía Finestrad: “El Pueblo Americano y el

Español, ambos forman nuestra Nación y ambos dos deben reconocer por su

legítimo Rey y Señor Natural al Señor Don Carlos III” (Wasserman, 2015, p. 27).

En un principio, los próceres independentistas, que en su mayoría hacían

parte de la élite criolla, jamás cuestionaron la lealtad al rey ni su sentido de

pertenencia a la “nación española” (Wasserman, 2015). Fue así como el mismo

Antonio Nariño, en lo que pareciera más un instinto de supervivencia que una libre

declaración de voluntad, alegó en el marco de su defensa en 1795 por la traducción

e impresión de la Declaración de los Derechos del Hombre:

Uno es el piadoso monarca que a todos nos gobierna, unos mismos

somos sus vasallos, unas son sus justas leyes; ellas no distinguen

para el premio y el castigo a los que nacen a los cuatro y medio

grados de latitud, de los que nacen a los cuarenta, y abrazan toda la

extensión de la Monarquía y su influencia benéfica debe comprender

igualmente a toda la nación (Wasserman, 2015, p. 27).

Si bien como lo explica Bushnell (2007) podría pensarse que inicialmente

Nariño solo esperaba ciertas libertades para la Colonia y no propiamente su

independencia, especialmente después de haber sido condenado a diez años de 4 Sobre el particular precisa Wasserman (2015, pp. 21-22): “Mi hipótesis en ese sentido es que en esos años nación se fue constituyendo en un «concepto histórico fundamental», vale decir, aquel que «en combinación con varias docenas de otros conceptos de similar importancia, dirige e informa por entero el contenido político y social de una lengua» en tanto actúan como «conceptos guía del movimiento histórico».”

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prisión en un puesto militar en el norte de África, al exilio perpetuo de América y

habiéndole sido confiscadas todas sus propiedades, Nariño habría de convertirse en

uno de los férreos defensores de la independencia, siempre con más vocación de

ideólogo que la de mártir.

Por otra parte Camilo Torres, ya no en el contexto de una defensa judicial,

sino en la Proclama en 1809, demandaba la finalización de los prejuicios contra la

élite criolla, más derechos, libertades y autonomía, pero manteniendo siempre su

unidad con la “nación española” como cuerpo político:

Las Américas, señor, no están compuestas de extranjeros a la

nación española. Somos hijos, somos descendientes de los que han

derramado su sangre por adquirir estos nuevos dominios de la

corona de España […] Tan españoles somos como los

descendientes de Don Pelayo y tan acreedores por esta razón, a las

distinciones, privilegios y prerrogativas del resto de la nación

(Wasserman, 2015, p. 36)5.

Refuerza la teoría de Wasserman (2015), sobre la existencia de la “nación

española” en tierra americana, que algunos españoles como el Fiscal de la

Audiencia de Charcas nacido en Zaragoza, Victorian de Villava, en su escrito

Apuntes para una reforma de España, de 1797, propusiera la creación de un

Consejo Supremo de la Nación con algunos representantes americanos. Sin

embargo, esta posición no era la única, pues existían aquellos que destacaban la

existencia de la “nación española” con sus respectivos valores, y de otro lado, la de

sus colonias, como lo identificó José Cadalso en su Defensa de la nación española

de 1768 (Wasserman, 2015).

5 Sin embargo, y al igual que Antonio Nariño, su visión sobre la conformación de una nación independiente cambió en poco más de un año a favor de la imperiosa necesidad de conformar una nación neogranadina (Wasserman, 2015) Igualmente, Pedro Fermín de Vargas, otrora funcionario y defensor de la administración colonial, empieza a demostrar un cambio en la percepción de la “Madre Patria” como “Madrastra impecable” y a volverse partidario de la idea de una nueva comunidad imaginada con un destino común y sentido de pertenencia por su territorio. Esta transición se muestra con claridad en su escrito “Relación sucinta del estado actual de las colonias españolas en la América Meridional”, donde los conceptos de patria y nación empiezan a adquirir una connotación diferenciadora e identificadora (Castillo, 2006).

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La posición que excluía a las colonias, más específicamente a las élites

criollas, de la “nación española”, en cualquiera de sus dos sentidos, alimentó los

prejuicios que serían la semilla del deseo y la lucha independentista por conformar

una propia nación:

La apelación a este calificativo sería de gran importancia, pues uno

de los elementos que se pusieron en juego a la hora de considerar a

algunos reinos o provincias como naciones, era la posible

reivindicación de una población nativa que permitiera

particularizarlas, darles espesor histórico e identificarlas

(Wasserman, 2015, p. 29).

1.2. El breve paso por la gran nación en sentido sociocultural o étnico

La transformación de la “nación española” (en sentido político) en naciones

independientes de América, tuvo un tránsito intermedio por la idea de naciones

“consideradas en clave étnica, sociocultural o territorial que, a su vez, formaban

parte de la nación española por el hecho de compartir la lealtad a la Corona y a las

leyes de la monarquía” (Wasserman, 2015, p. 28). Ya no se trataba de una única

nación, sino de varias naciones con rasgos étnicos y socioculturales diversos, que

hacían parte de la “nación española” en sentido político, sometidos todos a la

autoridad de la Corona.

1.3. Una nación independiente

Si bien se escoja entre partir de una nación preexistente a las declaraciones

de independencia o de una élite que aspiraba a conformar un cuerpo político

independiente, resulta más que evidente la presencia de una voluntad colectiva que

se concretaba en la necesidad de depositar la soberanía en el cuerpo de la nación,

lo que fuera que esto significara (Wasserman, 2015).

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Castillo (2006) sostiene que si bien hubo dos factores que influenciaron los

movimientos independentistas, a saber, las ideas ilustradas y las políticas de

impuestos de Carlos III, estos no explican el surgimiento de la nación en el plano

emocional. Para que fuera posible la comunidad imaginada de los criollos “fueron

necesarios dos procesos cruciales íntimamente asociados: en primer lugar, el

surgimiento de una conciencia, pionera, de identidad nacional; [y] en segundo lugar,

la presencia de un exterior discursivo, dado por el discurso ilustrado de la igualdad y

la libertad” (…) (Castillo, 2006, pp. 147-148).

Este proceso de construcción de la comunidad imaginada en la élite criolla

educada se habría beneficiado del surgimiento del capitalismo impreso, donde a

través de periódicos como Papel Periódico, El Correo Curioso, El Redactor

Americano y el Semanario de la Nueva Granada, fueron difundidas las ideas de la

ilustración que iban incorporando en sus discursos los conceptos de patria y nación

en un sentido cada vez más emotivo y representativo de la tensión entre criollo y

peninsular (Castillo, 2006).

Igualmente este proceso fue posible a través del castellano y el catolicismo

como lengua y religión compartidas por los criollos, los cuales, a partir de las

divisiones administrativas y económicas en virreinatos, capitanías y audiencias,

aisladas y con profundas diferencias geográficas, contribuyeron al surgimiento de un

sentido de patria y de lealtad al interior de los territorios previamente establecidos

por la Corona (Castillo, 2006).

Inicialmente, en las declaraciones de independencia y en las primeras

constituciones americanas, el concepto de nación se empleaba en su acepción de

cuerpo político, al margen de cualquier distinción étnica o rasgo sociocultural que

identificara a los pobladores. Por ejemplo, como señala Wasserman (2015), el jurista

Andrés Bello, artífice del Código Civil colombiano, consideraba sinónimos a la nación

y al Estado.

Con el paso de los años, como habría de ser natural, el deseo nacional se

traduciría en la unificación de los dos sentidos del término nación, tanto el étnico o

sociocultural como el político, tal como quedaría incorporado en el sintagma del

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Estado Nacional (Wasserman, 2015). Este proceso de unificación conceptual tuvo

las siguientes características:

Esta nota distintiva se expresaba a través de la voz nacionalidad,

que si bien todavía tenía un carácter algo difuso en cuanto a sus

contenidos y a sus contornos, evidenciaba la progresiva tendencia a

aunar en el concepto de nación la pertenencia a una comunidad

política representada por un Estado y una identidad colectiva de

carácter sociocultural. (…) Esta mutación conceptual fue posible por

la concurrencia de varios factores, comenzado por la conformación

de identidades e intereses compartidos entre distintos grupos

sociales y regionales tras décadas de vida independiente

(Wasserman, 2015, p. 49).

Esta transformación estuvo marcada por varios factores que explican los

principales contornos del limitado concepto de Nación colombiana tras la

independencia, manifiesto en la exclusión de indios y negros, los cuales a grandes

rasgos, siguieron siendo considerados inferiores y fueron objeto de los mismos

vejámenes en una sustitución casi imperceptible de su victimario (Castillo, 2006).

La independencia, contrario a lo promulgado en los discursos populistas sobre

la urgencia impostergable de conformar una nueva nación, libre e independiente,

con igualdad de sus pobladores alrededor de un proyecto nacional, significó una

continuación de la estructura social y económica de la colonia, con un reemplazo del

rol correspondiente al español peninsular por el del criollo americano y sus nuevos

imaginarios6 (Bushnell, 2007).

Tal como lo explica Bushnell (2007), tras la independencia no hubo

transformaciones sociales fundamentales ni reformas estructurales nacionales,

situación que se explicaba por la ausencia en la Nueva Granada de un gobierno

6 Para Anderson (1993), a diferencia del surgimiento del nacionalismo en Europa que incluía la participación y vinculación de las clases bajas en la política, en América, el deseo independentista fue impulsado principalmente por el miedo a levantamientos violentos de negros e indígenas. Durante las luchas de los criollos por la independencia, los indios, negros y mulatos no fueron más que sus instrumentos, pues al ser una masa iletrada no fueron parte de la difusión del sentimiento nacional iniciada por el capitalismo impreso (Castillo, 2006).

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nacional que pudiese imponerlas. La reforma más importante, por lo menos en el

papel, fue la abolición de la esclavitud con la imposición de la libertad de vientres,

limitada en varias oportunidades para calmar el descontento de terratenientes

influyentes7.

A su vez, también se realizó la liquidación y distribución de los resguardos

entre familias de indígenas para que estos los recibieran como propiedad privada,

aun cuando ni siquiera constituía un reclamo generalizado de estas comunidades8.

La distribución de los resguardos obedecía más a una estrategia de los blancos y

mestizos para dividir los territorios en pequeñas parcelas para luego apoderarse de

ellas a través de medios justos o injustos, y no a una necesidad de redistribuir la

tierra ni mucho menos de reparar o indemnizar los daños causados por la Colonia a

los indígenas (Bushnell, 2007) (Castillo, 2006).

2. Los elementos precolombinos de una identidad pluriténica y multicultural

Es realmente tras el reconocimiento realizado en la Constitución de 1991 de la

Nación como pluriétnica y multicultural que surge la necesidad de rastrear algunos

elementos que integran la identidad nacional en los periodos que anteceden a las

declaraciones de independencia. La ruptura con el imaginario dominante de la élite

criolla representa una nueva oportunidad de reconstruir conjuntamente el ideario

7 Los negros esclavos participaron en el Ejército Libertador, no por un sentido de pertenencia o una conciencia nacional, sino por un cálculo utilitarista que les llevaría a obtener la libertad (Castillo, 2006). Por esta razón, la abolición de la esclavitud no correspondió a un reconocimiento de su igualdad y libertad connaturales, sino que constituyó el forzoso cumplimiento de Bolívar a lo prometido al general Pétion, libertador de Haití, que condicionó su apoyo militar a la liberación de los esclavos. 8 Según Castillo (2006), los indios no estuvieron plenamente involucrados en las discusiones y luchas independentistas, lo cual justifica que estuvieran al margen de las principales reformas del nuevo gobierno criollo:

en los albores del movimiento independentista, los indios luchaban fieramente por la defensa del resguardo y otros habían sido arrancados de sus comunidades. La exclusión que les imponía el no saber leer en castellano los mantenía completamente alejados de las discusiones que se desarrollaban en los círculos intelectuales criollos. Por ello, entre otros factores, los indígenas no podían sentir como suya una lucha que se apoyaba en la idea de independencia y «defensa de la patria» Durante la gesta libertadora la mayor parte de la masa indígena permaneció indiferente y muchas veces prefería huir a las montañas antes que enrolarse en una causa que le parecía extraña. (Castillo, 2006, p.168)

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nacional desde diferentes narrativas y perspectivas que permitan reivindicar

identidades invisibilizadas de una nación históricamente negada.

Los primeros habitantes en asentarse en el norte de Sudamérica llegaron

aproximadamente entre el 14.000 y el 12.000 antes de nuestra era. Estos individuos

se agrupaban en clanes familiares que vivían de la caza, la pesca y la recolección de

verduras y frutas. Tras el avance de la agricultura representada principalmente por el

cultivo exitoso del maíz, la papa, la yuca y otros tubérculos, iniciaron los primeros

asentamientos permanentes (Melo, 2017).

Estas sociedades agrícolas tuvieron un amplio proceso de expansión durante

los siglos III a.C. y el siglo X d.C. donde:

un jefe, electivo o hereditario, tenía autoridad sobre varias

comunidades, bandas o grupos familiares, compuestos de miles de

personas. Aunque no existían clases sociales, había una fuerte

desigualdad de rangos: caciques, caciques menores, capitanes,

sacerdotes y chamanes, gente del común y, en algunos sitios,

prisioneros esclavos. (…) La aparición de sacerdotes acompañó la

invención de sistemas simbólicos complejos y de formas de

religiosidad. Los chamanes, jeques o mohanes guiaban los rituales y

recogían, junto con mitos, historias y relatos sobre la comunidad, el

conocimiento del clima y sus relaciones con los astros y el de las

plantas alucinógenas y medicinales (Melo, 2017, p. 24).

En sus formas más complejas, los cacicazgos formaron “confederaciones” o

“imperios o Estados en formación”, donde un cacique superior ejercía autoridad

sobre decenas o centenares de tribus regidas por caciques menores, algunas de las

cuales estaban compuestas por comunidades familiares mandadas por un capitán.

Los principales grupos de habitantes precolombinos fueron los muiscas, los taironas,

los sinúes, los quimbayas, otros grupos del Cauca y del sur, grupos de la Amazonia

y Orinoquia, y los Caribes (Melo, 2017).

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Bushnell (2007) describe la Colombia Precolombina como un territorio

habitado por comunidades indígenas aisladas unas de otras, con una organización

similar a la de los clanes, estructurados sobre lazos de sangre, y con carencia de

gobiernos consolidados, dirigidos por los denominados Zipas y Zaques (muiscas),

con una marcada dominación de los clanes fuertes sobre los débiles.

Si bien las distintas comunidades indígenas contaban con una cultura,

valores, y tradiciones claramente definidas y alrededor de las cuales construyeron

cada una su propia identidad, tuvieron que asumir un proceso de asimilación tras la

conquista, que dada su estructura organizativa y las marcadas desventajas

tecnológicas - principalmente armamentísticas -, se consolidó sin mayor resistencia

(Bushnell, 2007).

Este proceso de asimilación9 y el histórico abandono estatal de las

comunidades indígenas, que pasa por las promesas incumplidas desde la

independencia hasta la Constitución de 1991, dificultaron por siglos que la Nación

colombiana acogiera rasgos identitarios pluritétnicos, empoderando primordialmente

el proyecto nacional de unos pocos.

Por ello, es importante destacar el periodo precolombino como una fuente

inagotable de identidad, pues tras el tardío reconocimiento constitucional de la

Nación como pluriétnica y multicultural, se han emprendido grandes esfuerzos para

reivindicar los grupos étnicos indígenas, facilitando la reinvención del imaginario

colectivo desde la diversidad.

Solo a través del reconocimiento del origen precolombino de la identidad

indígena es posible llevar la conciencia sobre la Nación colombiana a periodos

previos a la conquista y a la colonia, rompiendo el mito según el cual la

9 La cúspide del proceso de asimilación se evidencia con la defensa y lealtad de ciertos grupos indígenas a favor del Rey en las batallas independentistas. Durante la sociedad monárquica la Iglesia estuvo encargada de adoctrinar a los indígenas sobre la autoridad y respeto debido al Rey, situación que dio lugar a levantamientos indígenas a su favor en Riohacha, Santa Marta, Valledupar y Nariño (Serrano, 2016).

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colombianidad surge únicamente tras la independencia10, siendo que una de las

identidades que la integra, yacía sobre sus tierras desde antes del 12.000 a.C.

(Melo, 2017).

3. La extensión morisca y judía del converso en América

Una de las teorías más recientes y controvertidas es la sostenida por Enrique

Serrano (2016) quien afirma que la Nación colombiana se origina antes del periodo

de la independencia y fue forjada por los conversos que fueron forzados a migrar al

Nuevo Mundo para huir de la persecución por sus orígenes musulmanes o judíos. El

mencionado autor explica dicho proceso así:

Entonces, partiré de la afirmación de que las raíces de la Colombia

de hoy no empezaron en 1810, ni en 1819, ni con Bolívar, Santander

o Nariño. Los sujetos de la nación ya estaban conformados como

indianos, existían desde hace tiempo y tenían su origen bien

definido, hablaban claramente un español mozárabe de las

provincias del sur, desprovisto del ceceo y la explosividad glotal

castellanas; eran católicos, y aún tenían una organización social

medieval andalusí – y, en otra medida, de Asturias y Extremadura –

digna de ser estudiada a los ojos de la antropología histórica seria

(Serrano, 2016, p. 22).

A partir del siglo XV inicia la persecución de moros y judíos en lo que se

denomina la “limpieza de sangre”, la cual implicaba “que [los] antepasados de la

segunda, tercera, cuarta e incluso hasta la novena generación no hubieran sido ni

musulmanes ni judíos, ni hubieran tenido mezclas raciales con ellos” (Serrano, 2016,

p. 35). La limpieza de sangre fue relevante principalmente en tres aspectos. En

primer lugar condicionaba la posibilidad de casarse únicamente con personas de

estirpe limpia. También limitaba la elección de profesiones u oficios, destinando a los

cristianos nuevos los oficios viles o trabajos manuales. En último lugar, determinaba

la posibilidad de formar parte del clero regular o secular español, excluyendo o

10 Este mito proviene del proceso mismo de construcción de la comunidad imaginada, donde la élite criolla excluía el pasado indígena del imaginario colectivo, acudiendo exclusivamente a ejemplos provenientes de la antigüedad clásica, de Grecia, Roma y de la Ilustración (Castillo, 2006).

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estigmatizando a los cristianos nuevos a misiones alejadas de sus familias (Serrano,

2016).

El control del origen cristiano era realizado por los tribunales de la inquisición

a través de las partidas de nacimiento y bautismo, y principalmente a partir de los

apellidos, - cuyo uso empezó a generalizarse en el siglo XV- para perseguir y

castigar los orígenes espurios. Esta situación implicó que la mayoría de los

habitantes, al no poder acreditar su origen cristiano, cayeran en el terreno de los

denominados cristianos nuevos11, que fue el nombre que se les dio a los hijos de los

conversos (Serrano, 2016).

Para retornar a la normalidad, los cristianos nuevos se sometían a bautizos

colectivos y cambiaban sus apellidos para borrar el rastro de sus orígenes

musulmanes o judíos. En esta práctica el apellido podía escogerse bien fuese a

partir del lugar del que eran originarios, o a través del plural del nombre de un

antepasado, o un oficio, o cualquier característica física o particularidad (Serrano,

2016).

Con la intensificación de la persecución en los siglos XV y XVI, les quitaron a

los cristianos nuevos sus tierras y fueron excluidos o limitados en el ejercicio de

oficios o en la pertenencia a gremios. Esta situación dio lugar a la migración interna

en España, desplazando a los cristianos nuevos al sur y al oeste, o inclusive,

forzando a algunos a asentarse en la frontera con Portugal, especialmente los judíos

expulsados de España en 1492. Sin embargo, en 1533 se decreta en Portugal la

expulsión de los judíos o su conversión forzosa, dejando entre las pocas opciones

de los cristianos nuevos la migración a América, la cual en aquel entonces podía

realizarse sin contar con autorización alguna (Serrano, 2016).

La limpieza de sangre y la persecución por los orígenes fue determinante en

la migración definitiva de quienes buscaban “purificar” su pasado a través de dos

estrategias. La primera era huir de España y lograr una nueva identidad

11 Los cristianos viejos, que eran una minoría, eran aquellos que podían acreditar a través de partidas de bautismo que tanto ellos como sus antepasados eran cristianos y que durante el periodo de la Reconquista habían mantenido dicha condición (Serrano, 2016).

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aprovechando las ventajas del Nuevo Mundo, y la segunda era realizar una hazaña

o algo destacado que llamase la atención de la Corona y les permitiese vivir con

tranquilidad por generaciones (Serrano, 2016).

Este contexto favoreció que los hijos de los conversos, especialmente

andaluces, extremeños y demás habitantes del antiguo Reino Nazarí de Granada,

escogieran la posibilidad de migrar a América para poder vivir allí en paz y

tranquilidad, sin ser perseguidos, al margen de los prejuicios sobre su origen

musulmán o judío, pudiendo conservar parte de sus costumbres, su lengua y su

cultura (Serrano, 2016).

Ya en territorio americano los cristianos nuevos eran identificados por hablar

en su mayoría mozárabe, caracterizado por sus arabismos y por sus formas de

cortesía y saludo respetuoso. La continuidad de la vigilancia por parte de las

autoridades religiosas y políticas españolas en América tuvo un impacto en el

lenguaje, pues como lo explica Serrano (2016):

Esas fórmulas de cortesía fueron claves para reconocer a los

cristianos nuevos, porque no solo hablaban con corrección, sino

evitando el ceceo que pudiera parecer impostado o artificioso, y

procurando además no ofender a los interlocutores de modo alguno.

Esa manera tan prevenida de hablar y esas formas rituales

caracterizaron a los indianos, los protegieron durante siglo y medio

de persecución, y cuando empezaron ya a no ser necesarias

permanecieron en el habla de sus descendientes (Serrano, 2016, p.

50).

Con más de tres siglos de mestizaje racial mas no cultural, surge la nación

que es calificada por Serrano (2016) como no planeada ni deseada12. Esta nación

explica algunos rasgos de la sociedad colombiana actual, tal como su propensión a

alejarse de los problemas, sus modales y su excesiva cortesía. Igualmente, revela el

12 No planeada porque partió de su expulsión de España y no deseada al ser producto de lo que llama “fatalidad” y no de una suerte o destino (Serrano, 2016)

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origen de prácticas elitistas al otorgar privilegios o reconocimientos en función del

nombre o la estirpe. Como lo explica Serrano (2016):

Lo que hoy somos, y que nos compone de manera tan fundamental

e irreversible, se originó en el sur de España, más o menos, en la

región central y occidental de Andalucía, en Asturias, el País Vasco

y Extremadura. Los dialectos y las formas de hablar que regían en

aquellas regiones fueron en su mayoría los de los cristianos nuevos,

es decir, conversos del islam o del judaísmo que ya tenían una, dos

o tres generaciones cuando tuvo lugar el descubrimiento de América

(Serrano, 2016, p. 32).

La conformación de una nación de origen morisco y judío en América permite

comprender algunos rasgos de nuestra identidad. El particular comportamiento dócil

y deferente del colombiano, el cual explicaba Bushnell (2007) como derivado del

adoctrinamiento de la Corona española a través de la Iglesia, es atribuido por

Serrano (2016) a los orígenes de la Nación en la migración forzosa de moros y

judíos a tierra americana, quienes adoptaron un estilo de vida que revela atributos

fortuitos de la colombianidad.

CAPÍTULO TERCERO: PRÁCTICAS Y REPRESENTACIONES PARA LA CONSTRUCCIÓN DE NACIÓN EN COLOMBIA A PARTIR DEL SIGLO XIX

1. Principales rasgos y elementos de la construcción de Nación

Para Castillo (2006), en Colombia hubo un proceso consciente de

construcción de identidad nacional que se manifestó en la segunda mitad del siglo

XIX tras la combinación de capitalismo y Estado. A este proceso iniciado por el

criollo le denomina Proyecto de Nación Mestiza, el cual asimilaba el progreso y la

civilización de Europa y Estados Unidos con la creación de homogeneidad étnica y

cultural mediante el exterminio, asimilación e invisibilización de la población negra e

indígena. En virtud de este proyecto, los negros e indígenas hallaron en el mestizaje

su única oportunidad de hacer parte de la comunidad imaginada.

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Por otro lado, una de las grandes contradicciones en la evolución de la Nación

colombiana, es cómo la dinámica “bipartidista” de las élites políticas, que dividió

durante el siglo XIX a la sociedad en Bolivaristas y Santanderistas, Liberales y

Conservadores, Gólgotas y Draconianos, Radicales o Independientes (y cuanta

facción coyuntural pudiesen imaginar), constituyó “una de las fuerzas unificadoras en

una nación dolorosamente fragmentada geográfica y culturalmente” (Bushnell, 2007,

pp. 142-143). Resulta difícil comprender cómo en una nación fragmentada y

aparentemente vacía de contenidos, la adscripción a un partido, por convicción o

inercia, constituía el único vínculo capaz de unir con ímpetu a los miembros de la

sociedad, los cuales estarían dispuestos a dar su vida por su partido pero no por su

patria.

Parte de esta fuerza unificadora fue encabezada por los partidos políticos

Liberal y Conservador - actualmente existentes -, que fuera de enfrentar

violentamente a los colombianos, también lograron:

promover la colaboración más allá de las fronteras de clase, o, (sic)

en términos diferentes, estaban destinados a servir como

mecanismos de control social mediante los cuales los dirigentes de

las clases altas manipulaban a sus seguidores de las clases

inferiores (Bushnell, 2007, p. 143).

A su vez, y al igual que los partidos políticos, la religión católica fungió

igualmente como una de las pocas instituciones que servían “al menos

nominalmente, para unir a todos los miembros de la sociedad” (Bushnell, 2007, p.

145). Si bien la Iglesia tuvo amplia participación en política a favor de los

conservadores, la religión católica trascendió la lucha partidista y se consolidó como

el principal culto de los colombianos, cumpliendo un papel de capital importancia en

el control del casi inexistente orden social. Tal fue su influencia, que Rodríguez

Woroniuk (2015, p. 284) aseveraría la existencia de “una profunda hibridación entre

el partido conservador y la Iglesia católica en la afirmación de una identidad nacional

con contenido religioso”.

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Cabe destacar igualmente la repercusión del florecimiento cultural colombiano

en el siglo XIX, que logró exitosamente sembrar las bases de la colombianidad al

describir con precisión las costumbres y estilo de vida de la época. Uno de los

principales iconos de la literatura denominada costumbrista fue María de Jorge

Isaacs (1867), una novela que “ofrecía una evocación poderosamente nostálgica de

la vida de una hacienda del Valle del Cauca” (Bushnell, 2007, p. 187).

Otro aspecto que facilitó la difusión de la Nación a mediados del siglo XX, y en

el contexto de un proceso inacabado tras más de un siglo de vida republicana, fue el

tránsito del medio escrito (capitalismo impreso) a los medios de comunicación

masivos. Esta transformación contribuyó radicalmente a la reducción de las

diferencias entre las regiones en materia de cultura y educación, facilitando la

consolidación de un proyecto nacional (Bushnell, 2007).

Igualmente, el arte ocupó un lugar preponderante en la conformación de la

nación, teniendo especial representación con el nobel de literatura Gabriel García

Márquez, quien “contribuyó al surgimiento de una literatura nacional que remplazó

las fragmentarias tradiciones literarias regionales que predominaron hasta mediados

del siglo XX” (Bushnell, 2007, p. 427). También resultan representativos escritores

como Manuel Mejía Vallejo y Álvaro Mutis; artistas como Alejandro Obregón, Enrique

Grau y el escultor Fernando Botero, entre muchos otros que han contribuido a la

difusión de un ideario de nación, que busca romper con los estereotipos internos y

externos con los que tradicionalmente suele asociarse al colombiano.

2. Obstáculos y retos del proceso de construcción de Nación

Uno de los grandes retos que tuvo que enfrentar la construcción de nación en

Colombia fue la profunda división y fragmentación territorial, auspiciada por la falta

de vías de comunicación y el desigual desarrollo de las regiones (Bushnell, 2007).

Esta situación generó continuos brotes de violencia que se traducirían en la lucha

entre federalistas y centralistas durante la llamada Patria Boba, pugna que se

decantaría finalmente, por presión del regionalismo, en la república federalista

consagrada en la Constitución de Rionegro de 1863. Fue en efecto el régimen

federal la prueba fehaciente de la fragilidad de los lazos que mantenían la unidad en

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la Nueva Granada, acentuados por la creciente debilidad del Estado Nacional tras

las reformas federales de mediados del siglo XIX (Bushnell, 2007).

Para Uprimny (2018), son múltiples los factores que explican la debilidad del

sentimiento nacional en Colombia, tales como:

nuestra endemoniada fragmentación geográfica; la formación de

diversidades regionales tempranas y fuertes; la creación precoz de

los partidos Liberal y Conservador, que generaron subculturas e

identidades políticas que resultaron durante mucho tiempo más

fuertes que nuestra débil identidad nacional; nuestra violencia

política, que ha sido muchas veces una consecuencia y una causa

de esta precaria y fragmentada identidad nacional, etc. (Uprimny,

2018, ¶ 6).

Ya en pleno siglo XX, una de las más dolorosas consecuencias de la debilidad

del sentimiento nacional fue la pérdida de Panamá13, facilitada por la penosa Guerra

de los Mil Días y por la intervención oportunista de los Estados Unidos, que reflejaba

la profunda fragmentación y los fuertes regionalismos existentes:

Si algo hizo más tolerable la separación de Panamá, fue el hecho de

que, así como los panameños nunca habían sentido gran solidaridad

hacia el resto de Colombia, los colombianos del interior no tenían

lazos culturales ni de ningún tipo que los ataran profundamente a los

habitantes del istmo. (…) [La pérdida de Panamá] Contribuyó a que

lo que quedó de Colombia fuera un poco más homogéneo y dio a los

colombianos un blanco externo contra el cual la mayoría de ellos

podía reaccionar. Sobre todo, junto con la Guerra de los Mil Días, a

la que siguió inmediatamente, la separación de Panamá funcionó

como golpe saludable para la clase política del país, al demostrar la

necesidad de trascender la tradicional división entre los partidos y de

13 Tal como lo relata Serrano (2016), Panamá se suponía como parte de Colombia, pero pertenecía a una periferia intratable, agresiva y amenazante.

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trabajar conjuntamente por cierto tiempo en la inconclusa labor de

construcción de la nación (Bushnell, 2007, p. 223-224).

Igualmente ha constituido un obstáculo para la formación de la identidad

nacional el histórico abandono de las regiones periféricas por parte del Estado

Colombiano. Esta vacancia ha sido paulatinamente ocupada por grupos guerrilleros

(Bushnell, 2007), paramilitares (Acemoglú y Robinson, 2012) o gamonales

regionales (García, 2010), situación que ha contribuido a la perpetuación de la lucha

armada campesina y a la consolidación de prácticas clientelistas dentro de las

estructuras sociales colombianas.

Con relación a la presencia de grupos guerrilleros, Bushnell (2007) sostiene

que las antiguas Fuerzas Armadas Revolucionarias de Colombia (FARC-EP)

ofrecían a los campesinos un sistema de justicia rudimentaria que suplía la ausencia

o ineficiencia de las instituciones colombianas, llegando inclusive a reemplazar al

Estado en materia tributaria al establecer los llamados impuestos revolucionarios.

A su vez, como lo relatan Acemoglú y Robinson (2012), los paramilitares,

principalmente las Autodefensas Unidas de Colombia (AUC), controlaban gran parte

del territorio nacional (llegando a acumular el 10% de toda la tierra rural), cobraban

impuestos, administraban justicia y contaban inclusive con una representatividad del

35% en el Congreso de la República. La historia del fracaso del proyecto de nación

se explica en razón a que Colombia:

es un Estado sin centralización suficiente y con una autoridad lejos

de ser completa sobre todo el territorio. Aunque el Estado pueda

proporcionar seguridad y servicios públicos en grandes áreas

urbanas como Bogotá y Barranquilla, existen partes significativas del

país en las que proporciona pocos servicios públicos y

prácticamente ninguna ley y orden. (…) en algunas partes del país,

las instituciones económicas funcionan bastante bien, y hay niveles

de capital humano y habilidad emprendedora; no obstante, en otras

partes, las instituciones son muy extractivas y ni siquiera

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proporcionan un mínimo nivel de autoridad estatal (Acemoglú y

Robinson, 2012, p. 446).

De otro lado, según García (2010), la debilidad institucional y la falta de

presencia estatal ha influenciado profundamente el surgimiento del clientelismo en el

ámbito público y privado, práctica que en ausencia de cohesión social e identidad

nacional, ha permitido articular los olvidados intereses regionales. Para García

(2010), el funcionamiento clientelar de la sociedad colombiana tiene los siguientes

rasgos:

I. Desde la colonia no ha habido una auténtica presencia estatal en la totalidad

del territorio colombiano. El Estado, a partir de una estructura profundamente

centralizada, ha tenido que acudir a líderes locales y regionales, grandes

gamonales, que sin cuestionar la autoridad del Estado dominan las

dinámicas, no siempre desde la legalidad.

II. Las prácticas clientelistas o inclusive corruptas, se han percibido,

especialmente en el ámbito rural, como una práctica de justicia distributiva

donde los más acaudalados y poderosos redimen su deuda con los menos

favorecidos.

III. También se han aceptado las prácticas clientelistas como pactos válidos que

permiten mantener la paz en aquellos lugares donde el Estado muestra su

incapacidad de regular los distintos intereses.

IV. Finalmente, el clientelismo ha fungido como articulador de los intereses cada

vez más contrapuestos entre las normas jurídicas y la realidad social. El

clientelismo político ha sido un puente entre el abismo cultural existente entre

el ser y el deber ser, entre las normas y la realidad.

Así mismo, el crecimiento sostenido de la desigualdad en Colombia es otra de

las realidades que dificulta hablar de una auténtica nación, pues la profunda brecha

social entre ricos y pobres representa una ruptura del imaginario de la Nación

colombiana, uno para los ricos y otro para los pobres, pero nunca uno para todos.

Existe un factor transversal que también condicionó profundamente el

surgimiento de la Nación colombiana en los inicios de la vida republicana. Éste fue el

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particular carácter dócil y condescendiente de la base social producto de siglos de

subordinación a la Corona e Iglesia españolas, los cuales habían inculcado al

campesinado indígena y mestizo una profunda deferencia, caracterizada por llamar

a su patrón como “amo” o “su merced”, expresión que inclusive subsiste en la

actualidad (Bushnell, 2007).

Es así como la construcción de nación e identidad nacional en Colombia, tal

como lo afirman las teorías constructivistas, ha sido un proceso histórico lento que

se ha ido consolidando hasta el siglo XX:

La aparición de sentimientos de nacionalismo, que unieran después

de la Independencia a los habitantes de toda Colombia, fue un

proceso lento y que se consolidó apenas en el siglo XX, en parte

como respuesta a ofensas externas – la pérdida de Panamá en

1903, el ataque peruano a Leticia en 1932, la percepción

internacional de los colombianos como violentos y narcotraficantes

en las dos últimas décadas del siglo – y en parte por el avance de un

sistema escolar universal y de medios de comunicación modernos

(Melo, 2017, p. 15).

3. Orígenes de la institución museal y de la instrucción pública en Colombia

La institución museal y la instrucción pública han sido dos herramientas

tradicionales en la modernidad para adelantar la construcción de la nación y de la

identidad nacional. Ambos instrumentos fueron empleados para adelantar la tarea de

homogeneizar y normalizar a los habitantes de la recién creada República,

especialmente a aquellos que conformaban en aquella época el imaginario colectivo

de la élite criolla educada.

La institución museal surge en el siglo XIX con un propósito eminentemente

científico (botánico), como resultado de la misión encomendada al político y botánico

Francisco Antonio Zea, entonces Vicepresidente, dentro del proyecto subyacente de

lograr el reconocimiento de la joven nación por parte de las Cortes Europeas. Dicha

misión recibió un importante apoyo por parte del Barón Cuvier, Secretario de la

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Sección de Ciencias del Instituto de Francia y miembro de la Academia Francesa, y

de sus colegas Magendie, Brongniart, Dumeril, Desfontaines y Humboldt (Rodríguez

Prada, 2008).

El primer antecedente de esta institución es el Museo Nacional de Colombia,

fundado a través del Decreto 117 del 8 de julio de 1823 con el nombre de Museo de

Historia Natural y Escuela de Minas. Su finalidad era promover la investigación, el

desarrollo y la docencia, proyecto que fue liderado por un grupo de especialistas

franceses traídos por la denominada Comisión Zea, quienes no solo aportaron

conocimiento sino que dotaron sus instalaciones de instrumentos, colecciones y

recursos bibliográficos de origen parisino y londinense, en el cual fueron invertidos

más de 13.000 francos (Rodríguez Prada, 2008).

Los inicios del Museo Nacional giran notoriamente alrededor de las ciencias

naturales, especialmente en la explotación de los recursos de un país que se

reconocía desde sus orígenes como extraordinariamente favorecido por la

naturaleza, condición intrínsecamente ligada a la idea de progreso y desarrollo de la

Nación (Rodríguez Prada, 2008).

Bajo el acervo principalmente relacionado con las ciencias naturales surgieron

a lo largo del siglo XX, otros 20 museos, fundados en su mayoría por instituciones

educativas, hasta que en 1939, inicia una nueva tradición hacia la arqueología y

posteriormente en la década de 1950 hacia el arte (Ministerio de Cultura, 2010).

Con relación a la instrucción pública, clara fuente de identidad nacional en la

difusión y enseñanza de los valores patrios, debe resaltarse el férreo impulso de

Francisco de Paula Santander, principalmente a través de la expedición en 1826 de

la Ley de organización y arreglo de la Instrucción Pública. Esta Ley distingue entre la

instrucción general impartida en escuelas de enseñanza primaria y elemental, en

parroquias, cabeceras de Cantón y en colegios nacionales, de la enseñanza de

ciencias generales y especiales ofrecida en universidades departamentales y

centrales (Rodríguez Prada, 2008).

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40

De dicha labor se obtiene en los primeros años de la República, según relata

Rodríguez Prada (2008), soportado en el informe del Secretario del Interior en el

Congreso de 1827, 53 escuelas de enseñanza mutua con 3.509 estudiantes y 434

escuelas del antiguo método con 16.200 estudiantes; 3 universidades; 5 colegios en

Caracas, Bogotá y Quito, con restablecimiento de 7 colegios adicionales y fundación

de 9 más. Según las estadísticas, para la época existían 960 estudiantes de idiomas,

667 de filosofía o ciencias naturales, 49 de medicina, 312 de jurisprudencia y 87 de

teología.

4. La consolidación de los símbolos nacionales

Como lo reconoce la Corte Constitucional (1997, ¶ VI No. 3), los símbolos

patrios “son representación material de toda una serie de valores comunes a una

nación constituida como Estado”, como una “representación del ser nacional”. Para

Velandia (2001, ¶ 1) los símbolos nacionales son aquellos que “encarnan [a la

Nación] en su dimensión de patria y república, la identifican, [y] son expresión de su

soberanía”.

4.1. La bandera, el escudo de armas y los colores nacionales

Con Francisco de Miranda se da el primer antecedente del uso de una

bandera nacional cuando el 12 de marzo de 1806 ondeó una bandera con los

colores amarillo, azul y rojo, a bordo de su velero tras la fracasada invasión a Coro.

En 1811, Miranda, junto con Lino de Clemente y José Sata y Bussy, propondrían

dicho pabellón en el Congreso de Venezuela para que fuese adoptado como insignia

nacional. El uso de esta bandera sería obligatorio en todo el territorio nacional a

partir de la instrucción que el Libertador diera al Gobernador de la Isla Margarita el 8

de octubre de 1813 (Presidencia de la República, 2018a) (Exposición de motivos de

la Ley 12 de 1984).

Sin embargo, con ocasión de la falta de unificación de un pabellón nacional14,

tuvo que adoptarse provisionalmente para las Provincias Unidas de la Nueva

14 Se presentaron varios prototipos para la conformación del pabellón nacional como el de las regiones confederadas del Valle del Cauca, de Cundinamarca y de Cartagena (Velandia, 2001).

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41

Granada, especialmente para el uso de la Marina, el pabellón de la provincia de

Cartagena. La bandera se encontraba conformada por 3 cuadrilongos concéntricos,

el exterior encarnado, el segundo amarillo y el tercero verde con una estrella de

ocho puntas o radios en el centro (Ley del 26 de abril de 1814 expedida por el

Congreso de las Provincias Unidas de la Nueva Granada).

Casi 3 meses después, el 14 de julio de 1814, las Provincias Unidas de la

Nueva Granada adoptaron por ley una bandera compuesta por 3 fajas de colores

rojo amarillo y verde, la cual fue utilizada en múltiples batallas independentistas,

tales como la del Pantano de Vargas y la de Boyacá, diferenciándose de la bandera

usada por los venezolanos que incluía los colores amarillo, azul y rojo (Velandia,

2001).

El 14 de julio de 1815 se expidió la Ley sobre el Escudo de armas y sus

esmaltes, el cual estaría conformado por cuatro cuarteles, el primero con el Volcán

Chimborazo arrojando llamas de fuego por la parte del Altizana; en el segundo un

cóndor alzando vuelo y con la garra levantada; en el tercero la cascada del

Tequendama y en el cuarto el istmo de Panamá con 2 barcos a sus lados

representando los dos mares. Sobre los cuarteles, una granada abierta, con un

timbre de un arco y una aljaba con flechas en aspa, con una de ellas vertical. La

guirnalda estaría compuesta por granadas y ramas entrelazadas y en su

circunferencia estarían los colores de la bandera con la inscripción “Provincias

Unidas de la Nueva Granada” (Restrepo, 2001).

Con la creación de la Gran Colombia fueron adoptados provisionalmente en el

Congreso de Angostura de 1819, las armas y el pabellón de Venezuela, por “ser

más conocidos” al haber sido ondeados por el Libertador tras las luchas de

independencia de lo que hoy son Colombia, Ecuador y Venezuela. Esta decisión fue

ratificada mediante Ley del 12 de julio en el Congreso de Cúcuta de 1821

(Presidencia de la República, 2018a). En aquel entonces, el Escudo venezolano

constaba de la efigie de una india con el torso desnudo, símbolo de la América Libre,

cubierta con una falda de hojas, penacho de plumas, brazaletes de colores y aljaba

terciada a la espalda. La india estaba sentada a la orilla de un río, y en su mano

derecha llevaba una corona de laurel y en la izquierda una lanza rematada con un

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gorro frigio, a la orilla del río se acercaba un caimán, y en el horizonte un sol

resplandeciente en el cielo azul (Restrepo, 2001).

La interpretación más reputada de los colores de la bandera, amarillo, azul y

rojo, se atribuye a Francisco Antonio Zea en el mencionado Congreso de Angostura

de 1819, donde explicaba que el amarillo representaba a los pueblos que amaban la

federación, el azul a los mares que nos separaban del “yugo ominoso” español, y el

rojo, la sangre que estaríamos dispuestos a derramar por conservar nuestra libertad.

Otra interpretación hace significar al amarillo con la riqueza, al azul con el mar,

particularmente los océanos que nos rodean y el rojo, con la sangre derramada por

los mártires de la independencia (Presidencia de la República, 2018a).

Mediante Decreto del 10 de enero de 1820, Francisco de Paula Santander

modificó el escudo de armas por un cóndor en un campo azul con una granada y

una espada en las garras, abajo un globo con 10 estrellas presididas de una llama,

coronados por una guirnalda de laurel y orlado con la cinta y estrella de la Orden de

Libertadores con el mote “Vixit et Vincet Amore Patriae" (Restrepo, 2001).

Posteriormente, la Ley del 6 de octubre de 1821 expedida por el Congreso

General de Colombia en Cúcuta, bajo el gobierno de Francisco de Paula Santander,

fijó como escudo de armas dos cornucopias llenas de frutos y flores de países fríos,

templados y cálidos, con un hacecillo de lanzas con una segur atravesada, arcos y

flechas cruzadas atados por la parte inferior con una cinta tricolor. Las armas debían

figurar en los sellos oficiales como símbolo de la “abundancia, fuerza y unión, con

que los ciudadanos de Colombia estén resueltos a sostener su independencia”.

También debía usarse en las monedas de oro, platino y plata, rodeado en su

circunferencia por la frase “República de Colombia”, y para estas últimas, en el

anverso estaría impreso un busto de la libertad en traje romano con la cabeza

ceñida con faja donde se grabe la palabra “Libertad” (Restrepo, 2001).

Las armas, la bandera y la acuñación de monedas se mantuvieron incluso

después del colapso de la Gran Colombia, a través de la Ley Fundamental del 17 de

diciembre de 1831, con la salvedad del cambio en el nombre de la República a

“Estado de la Nueva Granada” (Velandia, 2001).

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Las armas fueron posteriormente modificadas a través de la expedición de la

Ley del 9 de mayo de 1834, donde se estableció un escudo dividido en 3 fajas

horizontales que llevarían en el campo azul superior una granada de oro con tallo y

hojas doradas abierta y graneada de rojo, a cada lado una cornucopia dorada, la

izquierda vertiendo hacia el centro monedas y la derecha frutos propios de la zona

tórrida. Estas simbolizarían “el nombre que lleva esta República y lo segundo la

riqueza de sus minas y la feracidad de sus tierras” (Artículo 1º de la Ley 3ª del 9 de

mayo de 1834)15.

En la faja del medio, en campo de color platino, iría un gorro rojo enastado en

una lanza simbolizando la libertad y el metal precioso originario, y en la inferior, el

istmo de Panamá en azul, con los dos mares ondeados de plata, y un navío negro

con velas desplegadas en cada uno, simbolizando su importancia y su integración

con la República. El escudo estaría sostenido en la parte superior por una corona de

laurel verde pendiente del pico de un cóndor con las alas desplegadas y en una cinta

ondeante asida del escudo se escribirá sobre oro en letras negras el mote “Libertad

y Orden”. El escudo descansaría sobre un campo verde acompañado de plantas

menudas (Artículos 2º al 4º de la Ley 3ª del 9 de mayo de 1834).

Los colores nacionales serían el rojo, el azul y el amarillo distribuidos dentro

del pabellón nacional en 3 divisiones verticales de igual magnitud, con el propósito

de diferenciarse de la bandera venezolana, distribuidas la más cercana al asta roja,

la central azul y la extrema superior amarilla. La bandera tendría el escudo de armas

en la mitad de la franja azul y para el caso de las banderas mercantes llevarían

también una estrella blanca con 8 rayos (Artículos 5º al 9º de la Ley del 9 de mayo

de 1834 y Decreto 309 de 1890).

15 Los principales símbolos nacionales se siguieron usando conforme lo dispuesto en la Ley del 9 de mayo de 1834 de la entonces República de la Nueva Granada, salvo en lo relacionado con la denominación del Estado en los regímenes centralistas y federalistas. La Ley del 23 de junio de 1858 adoptó el nombre de “Confederación Granadina”, modificada por el Decreto del 26 de julio de 1861 a “Estados Unidos de la Nueva Granada”, reformado igualmente por el Decreto de fecha 26 de noviembre de 1861 por el de “ Estados Unidos de Colombia”. Este último incluyó 9 estrellas blancas de ocho rayos en el fondo azul del pabellón representando a los Estados confederados. Finalmente a través del artículo 16 de la Ley 124 de 1887 y del Decreto 838 de 1889, se adoptó la actual denominación como “República de Colombia” (Velandia, 2001).

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El único momento en el cual se interrumpió el escudo nacional establecido en

1834, fue tras la fugaz revolución del General Melo del 17 de abril al 4 de diciembre

de 1854. En esta oportunidad se modificó el escudo fijando sobre las fasces

granadinas de forma horizontal, un haz de flechas de inspiración romana, con un

cóndor parado en el centro sosteniendo con sus garras las astas de 3 banderas

colombianas diagonales. Frente al cóndor estaría un escudo dividido en dos fajas,

en la superior una granada con su fruto al centro y prolongaciones laterales de sus

tallos y en el inferior el istmo de Panamá. Sobre las fasces figuraría el mote “ab

ordine Libertas” (Restrepo, 2001).

El Decreto de fecha 26 de noviembre de 1861 expedido por Tomás Cipriano

de Mosquera, fuera de adaptar los símbolos nacionales al modelo federal, modificó

la disposición de las fajas del pabellón, de verticales a horizontales, retomando el

modelo originario de 1806 de Francisco de Miranda (Presidencia de la República,

2018a). De igual forma mantuvo los colores amarillo, azul y rojo, en este nuevo

orden, y estableció las dimensiones exactas de la bandera de guerra, la naval y la de

los estandartes de los cuerpos de caballería.

Estas disposiciones serían unificadas a través del Decreto 861 del 17 de mayo

de 1924, especificando las dimensiones de la bandera de guerra, de los estandartes

y del escudo de armas. De igual forma precisó para este último algunos de los

elementos que lo componen: i) el gorro rojo es frigio y simboliza la libertad, ii) los

mares adyacentes debían estar ondeados de plata, iii) las 4 banderas sobre las que

reposa deben estar divergentes de la base a 90º las inferiores, las superiores

separadas de las primeras por un ángulo de 15º y recogidas hacia el vértice del

escudo. Por último, el Decreto dispuso que el jefe del escudo estaría sostenido por

una corona de laurel pendiente del pico de un cóndor con las alas desplegadas y

que en una cinta de oro asida al escudo y entrelazada a la corona, iría en letras

negras y mayúsculas el lema “LIBERTAD Y ORDEN”.

Las últimas modificaciones fueron leves cambios en el uso de la bandera de

guerra y del escudo de armas, regulando inclusive que el gorro frigio, los barcos y la

cabeza del cóndor debían apuntar hacia la derecha como símbolo de legitimidad.

Igualmente, fueron establecidas las fechas en las cuales podría y debía izarse la

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bandera nacional, tales como el 16 de marzo (Insurrección de los Comuneros), 24

de mayo (Batalla de Pichincha), 24 de junio (Batalla de Carabobo), 20 de julio

(aniversario de la independencia), 24 de julio (natalicio del libertador), 7 de agosto

(batalla de Boyacá), entre otras (Decreto 3558 de 1949 y Resolución 04325 de

1965).

Otros antecedentes son la declaratoria del 7 de agosto de cada año como

fiesta nacional de la bandera con un solemne juramento en todas las escuelas (Ley

28 de 1925). También se obliga a las escuelas a contar con pabellón y escudo en el

aula principal o en un salón de actos y de iniciar las tareas con un acto solemne

izando el pabellón patrio y entonando el himno nacional (Decreto 1108 de 1925,

Decreto 1722 de 1942 y Decreto 2388 de 1948).

Finalmente, el Decreto 2229 de 1947 crea la Institución de la bandera para

fomentar el culto por los símbolos de la nacionalidad colombiana. En esta fecha se

realiza un reconocimiento a aquellos estudiantes destacados por su comportamiento

cívico, ceremonia que sería acompañada de un juramento solemne, religioso y

patriota de todo el alumnado.

4.2. El Himno Nacional

El Himno Nacional, tras múltiples intentos fallidos, fue adoptado oficialmente a

través de la Ley 33 de 1920, a partir de un poema escrito por Rafael Núñez, con

música de Oreste Síndici. Fue interpretado por primera vez el 11 de noviembre de

1887 y estrenado en el Palacio de San Carlos el 6 de diciembre del mismo año. Su

transcripción, realizada por José Rozo Contreras, fue oficializada a través del

Decreto 1963 de 1946 (Presidencia de la República, 2018a). Si bien constituyó un

gran aporte para la causa de la unificación nacional emprendida por Núñez, su tardía

adopción era un claro reflejo de la debilidad del sentimiento nacional en la ya no tan

joven República (Bushnell, 2007).

Sobre su uso dispone la Resolución número 04325 de 1965 las ocasiones en

las cuales se autoriza a interpretar o cantar el Himno Nacional en colegios, escuelas

o por la ciudadanía en general. Entre estas se encuentran las ceremonias por

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festividades patrias, los actos solemnes relacionados con educación pública, las

fiestas deportivas patrocinadas por el Estado y las recepciones de naves aéreas y

marítimas extranjeras de visita oficial.

4.3. El 20 de julio

Tal fue el desconcierto de los primeros años de la República que mediante la

Ley 60 de 1873 fue declarado el 20 de julio como aniversario de la proclamación de

la independencia nacional. Cabe recordar que en dicha fecha en el año de 1810 fue

suscrita el Acta de la Revolución, en la que se “juró fidelidad a Fernando VII, aun

cuando reclamara para sí autoridad total para gobernar en su nombre durante su

infortunado cautiverio” (Bushnell, 2007, p. 65). Aunado a lo anterior, el 20 de julio fue

conformada la Junta Suprema de Gobierno de Bogotá, la cual aún estaba integrada

por el Virrey Amar y Borbón (González, 2009).

Según González (2009), este particular suceso tiene su explicación en los

siguientes acontecimientos históricos:

1. De conformidad con el discurso del entonces Presidente Manuel Murillo Toro,

se escogió el 20 de julio de 1810 por considerar que con dicho levantamiento

se inició la campaña de independencia cerrada por las victorias militares en

Boyacá, Carabobo, Pichincha y Ayacucho. Según el mencionado autor, dicho

levantamiento y las batallas fueron considerados como un mismo conjunto,

privilegiando el inicio de la acción como determinante para la independencia

nacional.

2. De otro lado, González (2009) apela al imaginario colectivo generado alrededor

de esta fecha, la cual aparece reseñada en los calendarios de la época como

“Revolución e instalación de la Suprema Junta” en 1811, “Nuestra Libertad” y el

día de “Santa Librada” en 1812, “Día de la independencia” en 1813, “Día

memorable de nuestra transformación política” en 1814, “Día de la Libertad” en

1815, y en los años siguientes como fiesta cívica en torno a la “memoria del 20

de julio” o “Día de la independencia nacional”.

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3. Durante la sustitución de los símbolos religiosos por “formas alegóricas” del

nuevo Estado Nación, en el marco de las reformas de la facción liberal radical

durante el federalismo, fue de trascendental importancia:

la erección de estatuas a los jefes militares de la lucha

independentista, el rebautizo de calles y plazas con los nombres de

las batallas que les dieron gloria a los ejércitos libertadores, la

colocación de la primera piedra para construir un monumento en

memoria de los mártires en la Plaza de los Mártires, nombrada así

desde 1850 y bautizar Parque Santander al espacio que se conocía

como plaza de San Francisco (González, 2009, ¶ 9).

En este contexto de transformación de la simbología de la Nación colombiana,

resultaba de gran importancia representar la “unidad” de los Estados

Federados, para lo cual se decidió unificar la fiesta patria alrededor del 20 de

julio (González, 2009).

4.4. Símbolos patrios en la actualidad

La última norma que reguló el asunto fue la Ley 12 de 1984, que deroga la

Ley 3ª de 1834 y adopta como símbolos patrios a la bandera, el escudo y el himno

nacional. Con relación a la bandera y al escudo, únicamente precisa que el cóndor

que sostiene el escudo debe mirar hacia la derecha. De otro lado, establece que el

himno nacional continuaría siendo el que compuso Oreste Síndici, con letra de

Rafael Núñez, reconocido por ley y aceptado universalmente por lo que denomina la

“comunidad colombiana”.

Esta norma consagró igualmente la posibilidad de sancionar penalmente el

uso indebido e irrespetuoso que ultraje públicamente los símbolos nacionales,

facultad que fue materializada en el artículo 461 del Código Penal (Ley 599 de

2000). Dicho precepto fue posteriormente declarado inexequible por la Corte

Constitucional mediante Sentencia C-575 de 2009, por resultar contrario al principio

de fragmentariedad y de necesidad del derecho penal, al contar con herramientas

menos lesivas de naturaleza administrativa para sancionar dichas conductas. Sin

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embargo, aún subsiste como falta sancionada con destitución, para funcionarios de

carrera o de libre nombramiento y remoción de la Rama Ejecutiva, el “menospreciar

o ultrajar la bandera o el escudo de Colombia, u otro emblema patrio” (numeral 31

del artículo 15 de la Ley 13 de 1984).

La Ley 12 de 1984 es reglamentada por el Decreto 1967 de 1991, el cual

regula aspectos relacionados con la obligación de izar la bandera y cantar el himno

en las festividades patrias, ceremonias oficiales y en los duelos nacionales.

Igualmente obliga a izar el pabellón en los departamentos, municipios y distritos en

la conmemoración de su fundación.

Este Decreto brinda orientaciones para interpretar y oír el himno y para el uso

del escudo de armas y demás símbolos patrios, asignando el deber de fomentarlos a

educadores y padres de familia y fijando las multas para quienes los irrespeten.

Finalmente, se expide la Ley 198 de 1995 que ordena la izada de la Bandera

Nacional y la colocación permanente de símbolos patrios en los establecimientos

públicos y educativos, instalaciones militares y de policía y en misiones diplomáticas

y consulares de Colombia en el exterior. Los establecimientos públicos y privados de

educación primaria y secundaria deben celebrar una vez por semana durante los

periodos académicos, ceremonias cívicas donde deben izar la bandera y cantar el

himno nacional.

De otro lado, el Instituto Nacional de Radio y Televisión (Inravisión), hoy

RTVC- Sistema de Medios Públicos, debía producir un programa de 15 minutos

alusivo a la izada de la Bandera, con la ejecución del himno nacional y una apología

a un héroe nacional o un hecho relevante de la historia de nuestra independencia, el

cual debía ser difundido los domingos a partir de las 8:00 a.m. por el canal 3, hoy

Señal Colombia.

Igualmente, todos los canales y estaciones de televisión y radiodifusoras con

programación continua de 24 horas diarias, debían emitir la versión oficial del Himno

Nacional, a las 6:00 a.m. y a las 6:00 p.m., mientras que los de programación parcial

debían hacer lo mismo al iniciar y cerrar sus labores diarias.

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También han sido reconocidos como símbolos patrios, aunque no todos

señalados oficialmente, la Orquídea, específicamente la Cattleya Trianae, como Flor

Nacional (Declaración de la Academia Colombiana de Historia del 16 de noviembre

de 1936), el majestuoso Cóndor de los Andes como ave nacional, la Palma de Cera

del Quindío, Ceroxylon Quindiuense, como árbol nacional (Ley 61 de 1985), el

Sombrero Vueltiao Zenú como símbolo cultural de la Nación (Ley 908 de 2004) y la

esmeralda como piedra representativa del país (Presidencia de la República,

2018a).

5. Antecedentes de la Nación en la Constitución de 1886

La Constitución de 1886 se expide tras la victoria de Núñez en la guerra civil

de 1885, en la cual se realizan profundas reformas conservadoras y autoritarias

tendientes a la eliminación del federalismo, el fortalecimiento de los poderes

presidenciales y al restablecimiento de la religión como fuente de orden público

(Melo, 2017).

A continuación se analizarán algunos artículos de la Constitución de 1886 (ver

Tabla 1) donde es posible encontrar diferentes usos del concepto de nación, tanto

para referirlo en su sentido sociocultural, como en su sentido político.

Tabla 1

Uso del concepto de nación en la Constitución Política de 1886

Uso del concepto Artículo

Sentido sociocultural

El preámbulo constitucional describe el proyecto

de la Regeneración del entonces Presidente

Rafael Núñez, enmarcado bajo el propósito de la

unidad nacional como una reivindicación del

centralismo sobre el federalismo. Igualmente,

implica un proyecto sociocultural de unanimidad

social con un claro referente en la élite blanca

católica.

En los artículos 2º y 38, el concepto de nación se

emplea para relacionar al conglomerado de

personas que comparten una identidad, valores,

Preámbulo

“(…) Y con el fin de afianzar la unidad nacional y

asegurar los bienes de la justicia, la libertad y la

paz, hemos venido en decretar, como

decretamos, la siguiente (…)”

Artículo 2º. “La soberanía reside esencial y

exclusivamente en la Nación, y de ella emanan

los poderes públicos, que se ejercerán en los

términos que esta constitución establece.”

Artículo 38. “La Religión Católica, Apostólica

Romana, es la de la Nación; los Poderes

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lengua, religión y tradiciones, excluyendo de

antemano a las minorías étnicas y religiosas. En

la unidad nacional no había espacio para la

diferencia.

La religión católica se consolida como la de la

Nación retomando su papel en la educación

pública.

públicos la protegerán y harán que sea

respectada como esencial elemento del orden

social.”

Artículo 41. “La educación pública será

organizada y dirigida en concordancia con la

Religión Católica. (…)”

Sentido Político

El concepto de nación se emplea como

organización política, la cual retoma la idea de

una república unitaria y centralizada. Para la

defensa de la Nación, se dispondría de un único

ejército (en contraposición a los múltiples

ejércitos del periodo federal).

La Carta Política condensa el discurso de

quienes han obtenido la victoria tras una

confrontación bélica e ideológica. Por tal razón

serán recurrentes las referencias a la Nación

como Administración Central, lo unitario y lo

centralizado.

Artículo 1º. “La Nación Colombiana se

reconstituye en forma de república unitaria”

Artículo 166. “La Nación tendrá para su defensa

un Ejército permanente. La Ley determinará el

sistema de reemplazos del Ejército, así como los

ascensos, derechos y obligaciones de los

militares”

Conglomerado de nacionales

El concepto de nación también ha sido utilizado

para referirse al pueblo colombiano, a un

conglomerado de nacionales que son

representados en las corporaciones y a quienes

les corresponde la titularidad sobre los bienes

públicos.

Artículo 105. “Los individuos de una y otra

Cámara representan a la Nación entera, y

deberán votar consultando únicamente la justicia

y el bien común”

Artículo 4º. “El Territorio, con los bienes públicos

que de él forman parte, pertenece únicamente a

la Nación (…)”

Competencia específica sobre todo el territorio

nacional

Las instituciones “de la Nación” son aquellas con

jurisdicción y competencia específica sobre todo

el territorio nacional.

Artículo 142. “El Ministerio Público será ejercido,

bajo la suprema dirección del Gobierno, por un

Procurador general de la Nación (…)”

Ente del ordenamiento territorial

Con la adopción de un modelo de república

unitario, los antiguos estados pasaron a ser

departamentos, que estarían a su vez integrados

por municipios y harían todos parte del poder

Ejecutivo.

Habrían entonces en el ordenamiento territorial,

la Nación, departamentos y municipios, entre

otros.

Artículo 151. “Son atribuciones de la Corte

Suprema:

3ª Conocer de los negocios contenciosos en que

tenga parte la Nación o que constituyan litigio

entre dos o más departamentos”

Fuente: Elaboración propia con base en el articulado de la Constitución de 1886.

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La Constitución de 1886 se circunscribe en el proyecto de Regeneración del

movimiento conservador encabezado por Núñez, que pretendía imponer de forma

autoritaria un modelo de nación en el que cabían tan solo unos pocos. Sobre el

proyecto de la Regeneración explica Melo:

Para los ideólogos de la Regeneración el país debía reconocer como

elementos centrales de la nacionalidad el catolicismo, los elementos

hispánicos, el idioma español y las formas culturales propias de una

sociedad jerárquica y respetuosa de la superioridad de los blancos.

Estas visiones se mezclaban con los prejuicios étnicos y sociales de

las clases altas pero chocaban con las diferencias culturales de

regiones y grupos sociales, así como con la resistencia liberal a ver

en la religión el elemento clave de la nación (Melo, 2017, p. 170).

El discurso elitista, racista y etnocéntrico de la Constitución de 1886, marcado

por la supremacía de valores y tradiciones occidentales sobre las manifestaciones

“populares” de una nación negada, contrasta con la llegada de una nueva

Constitución en 1991, producto de un movimiento más participativo e inclusivo, que

llevó al reconocimiento de la Nación como pluriétnica y multicultural, acercando

nuevamente el problema de la identidad nacional a la agenda pública de los

gobiernos nacional y regionales.

CAPÍTULO CUARTO: CONSTRUCCIÓN DE NACIÓN E IDENTIDAD NACIONAL TRAS LA CONSTITUCIÓN DE 1991

A partir del reconocimiento constitucional de la Nación colombiana como

pluriétnica y multicultural, se presenta una ruptura en la concepción tradicional de la

Nación y de la identidad nacional como un asunto homogéneo y exclusivo del ámbito

de la educación. Este nuevo paradigma de la Nación diversa retoma la identidad

nacional como problema público y lo eleva a rango constitucional al establecerlo

como deber del Estado ligado al acceso a la cultura (Artículo 70 C.P.).

Es así como la Constitución Política de 1991 demarca la nueva entrada de la

identidad nacional diversa y heterogénea en la agenda pública de los gobiernos

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nacionales y regionales con la continuidad y permanencia que demanda un mandato

constitucional.

Este nuevo posicionamiento en la agenda se evidencia en la conformación de

un entramado institucional que desde la perspectiva de la acción sin daño pretende

regular los contextos y condiciones en los cuales habrá de desarrollarse la identidad

nacional. Para el efecto, se ha construido un conjunto de sistemas, instituciones,

instancias y redes articulados alrededor de la Nación e identidad nacional que serán

analizados a continuación.

1. Constitución Política de 1991

El análisis del articulado constitucional, más allá de marcar el derrotero

jurídico político del Estado colombiano, permite reconstruir el discurso subyacente

de la Asamblea Constituyente en los temas relacionados con la Nación colombiana.

Con esta finalidad se revisará parte del texto constitucional para enlazar los

principios, valores y directrices que orientan el ordenamiento jurídico en lo

relacionado con la nación, la identidad y la cultura nacional.

Tabla 2

Artículos relacionados con la nación, identidad nacional y cultura en la Constitución Política

de 1991

Uso del Concepto Artículo

El constituyente Alberto Zalamea Acosta,

sugirió una redacción distinta del preámbulo

donde se establecía “en representación de la

Nación colombiana”, a la cual calificó como un

conjunto formado por el devenir histórico del

pasado y el presente nacional (Presidencia de

la República, 1991)

Se insiste en la unidad nacional como

propósito constitucional, en lo que pareciera

referirse al fenómeno de la violencia más que

al centralismo en la Constitución de 1886.

PREÁMBULO

“EL PUEBLO DE COLOMBIA,

en ejercicio de su poder soberano, representado

por sus delegatarios a la Asamblea Nacional

Constituyente, invocando la protección de Dios, y

con el fin de fortalecer la unidad de la Nación

(…)”

Hubo un cambio significativo en la redacción

del artículo equivalente en la Constitución de

1886, pues siguiendo el modelo francés la

Artículo 3. “La soberanía reside exclusivamente en

el pueblo, del cual emana el poder público. El

pueblo la ejerce en forma directa o por medio de

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soberanía dejó de residir en la Nación y pasó

a manos del pueblo.

En el siguiente acápite se explicará la

discusión sobre este tema en el seno de la

Asamblea Constituyente.

sus representantes, en los términos que la

Constitución establece.”

Aunque tardío y con ocasión de la

heterogénea composición de la Asamblea

Nacional Constituyente, la cual contó con

representación de las comunidades indígenas

a través de delegatarios del Movimiento de

Autoridades conformado por las

organizaciones AICO (Autoridades Indígenas

de Colombia) y la ONIC (Organización

Nacional Indígena de Colombia), así como con

la participación indirecta de las comunidades

negras a través del lobby con delegatarios en

la Asamblea, se logró el reconocimiento

constitucional de la Nación pluriétnica y

multicultural (Castillo, 2006)

Artículo 7. “El Estado reconoce y protege la

diversidad étnica y cultural de la Nación

colombiana.”

Se consagra la obligación compartida entre el

Estado y el pueblo colombiano de proteger los

elementos que integran la Nación,

especialmente los valores culturales

representados en el Patrimonio Cultural de la

Nación y los naturales, constituidos por el

Patrimonio Natural de la Nación.

Artículo 8. “Es obligación del Estado y de las

personas proteger las riquezas culturales y

naturales de la Nación.”

El castellano, las lenguas y dialectos de los

grupos étnicos integran la denominada lengua

común que caracteriza a las naciones

modernas. Este artículo desarrolla la idea de

la Nación como pluriétnica y multicultural al

reconocer la existencia de lenguas nativas, las

cuales son oficiales en sus respectivos

territorios.

Artículo 10. “El castellano es el idioma oficial de

Colombia. Las lenguas y dialectos de los grupos

étnicos son también oficiales en sus territorios. La

enseñanza que se imparta en las comunidades

con tradiciones lingüísticas propias será bilingüe.”

La religión católica deja de ser la de la Nación

en virtud de la consagración de la libertad de

cultos.

Artículo 19. “Se garantiza la libertad de cultos.

Toda persona tiene derecho a profesar libremente

su religión y a difundirla en forma individual o

colectiva.

Todas las confesiones religiosas e iglesias son

igualmente libres ante la ley.”

La condición material de ciertos elementos

que componen la identidad colombiana,

implica su protección a través de la

sustracción del comercio entre particulares,

siendo inalienables (no es legal su

Artículo 63. “Los bienes de uso público, los

parques naturales, las tierras comunales de grupos

étnicos, las tierras de resguardo, el patrimonio

arqueológico de la Nación y los demás bienes que

determine la ley, son inalienables, imprescriptibles

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54

enajenación o venta), imprescriptibles (no es

susceptible de ser adquirido por prescripción

adquisitiva) e inembargables (no es

susceptible de ser embargado por autoridad

judicial).

e inembargables.”

Uno de los propósitos de la educación es el

acceso a los bienes y valores de la cultura, la

cual es definida en el artículo 70 como

fundamento de la nacionalidad.

A través de este precepto constitucional se

logra la articulación entre el sector educación y

el sector cultura bajo el propósito de construir

identidad nacional.

Artículo 67. “La educación es un derecho de la

persona y un servicio público que tiene una función

social; con ella se busca el acceso al

conocimiento, a la ciencia, a la técnica, y a los

demás bienes y valores de la cultura.

La educación formará al colombiano en el respeto

a los derechos humanos, a la paz y a la

democracia; y en la práctica del trabajo y la

recreación, para el mejoramiento cultural,

científico, tecnológico y para la protección del

ambiente.

(…)”

La Nación pluriétnica reivindica los derechos

de los grupos étnicos reconociendo su

derecho a la identidad cultural.

Este artículo reconoce la identidad cultural de

los grupos étnicos como parte del acervo que

conforma el concepto dinámico y complejo de

la Nación colombiana.

La diversidad étnica y cultural se protege y

conserva a partir de la educación, la cual

permite su reconocimiento, promoción y

difusión, suprimiendo las tradicionales

prácticas de homogeneidad propias de la

educación moderna.

Artículo 68. “Los particulares podrán fundar

establecimientos educativos. La ley establecerá las

condiciones para su creación y gestión.

La comunidad educativa participará en la dirección

de las instituciones de educación.

La enseñanza estará a cargo de personas de

reconocida idoneidad ética y pedagógica. La Ley

garantiza la profesionalización y dignificación de la

actividad docente.

Los padres de familia tendrán derecho de escoger

el tipo de educación para sus hijos menores. En

los establecimientos del Estado ninguna persona

podrá ser obligada a recibir educación religiosa.

Las (sic) integrantes de los grupos étnicos

tendrán derecho a una formación que respete y

desarrolle su identidad cultural

(…)”

Este precepto constitucional impone la

obligación al Estado colombiano de construir

nación e identidad nacional, proceso que

vincula directamente al deber de garantizar el

acceso a los bienes y servicios de la cultura.

La cultura es el componente dinámico de la

Nación, es aquel que renueva y reinventa

constantemente el imaginario colectivo sobre

el cual se construye y deconstruye la identidad

Artículo 70. “El Estado tiene el deber de

promover y fomentar el acceso a la cultura de

todos los colombianos en igualdad de

oportunidades, por medio de la educación

permanente y la enseñanza científica, técnica,

artística y profesional en todas las etapas del

proceso de creación de la identidad nacional.

La cultura en sus diversas manifestaciones es

fundamento de la nacionalidad. El Estado

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nacional.

Por esta razón, el artículo 70 reconoce la

importancia de la cultura para la Nación,

dándole la categoría de fundamento, pero ya

no en el marco de una única identidad, sino en

el contexto de la diversidad étnica y cultural.

reconoce la igualdad y dignidad de todas las que

conviven en el país. El Estado promoverá la

investigación, la ciencia, el desarrollo y la difusión

de los valores culturales de la Nación.”

Al estar tradicionalmente la cultura al margen

de la generación de lucro, se constituye en

deber del Estado su promoción y fomento a

través de estímulos e incentivos. La cultura se

convierte en un claro ejemplo de la

intervención del Estado ante una falla del

mercado.

Artículo 71. “La búsqueda del conocimiento y la

expresión artística son libres. Los planes de

desarrollo económico y social incluirán el fomento

a las ciencias y, en general, a la cultura. El Estado

creará incentivos para personas e instituciones que

desarrollen y fomenten la ciencia y la tecnología y

las demás manifestaciones culturales y ofrecerá

estímulos especiales a personas e instituciones

que ejerzan estas actividades.”

El patrimonio cultural es uno de los

componentes de la Nación, que en su

connotación tradicional incluía únicamente los

elementos materiales de las manifestaciones

culturales, los cuales son objeto de medidas

de protección principalmente físicas.

Esta limitación queda evidenciada en este

artículo, con una preocupación exclusiva por

los bienes culturales que integran el

patrimonio material, dejando de lado

manifestaciones, prácticas y usos que serían

reconocidos posteriormente a través de la Ley

1185 de 2008.

Artículo 72. “El patrimonio cultural de la Nación

está bajo la protección del Estado. El patrimonio

arqueológico y otros bienes culturales que

conforman la identidad nacional, pertenecen a

la Nación y son inalienables, inembargables e

imprescriptibles. La ley establecerá los

mecanismos para readquirirlos cuando se

encuentren en manos de particulares y

reglamentará los derechos especiales que

pudieran tener los grupos étnicos asentados en

territorios de riqueza arqueológica.”

Este artículo recuerda a la nación potencial de

Connor o al protonacionalismo de Hobsbawm,

representando el estadio final y el deber ser de

la consolidación de la Nación y la identidad

nacional, cual es el sentido de pertenencia que

condiciona la voluntariedad inminente de la

acción de engrandecer y dignificar a la Nación.

Al margen de este marco deontológico,

formula la obligación de todos los habitantes

de proteger los recursos culturales (patrimonio

cultural) y los naturales (patrimonio natural) de

la Nación.

Artículo 95. “La calidad de colombiano enaltece a

todos los miembros de la comunidad nacional.

Todos están en el deber de engrandecerla y

dignificarla. El ejercicio de los derechos y

libertades reconocidos en esta Constitución implica

responsabilidades.

Toda persona está obligada a cumplir la

Constitución y las leyes.

Son deberes de la persona y del ciudadano:

(…)

8. Proteger los recursos culturales y naturales del

país y velar por la conservación de un ambiente

sano; (…)”

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Si bien la identidad nacional no se impone, la

calidad de nacional se ostenta para el ejercicio

de derechos civiles, políticos, económicos,

sociales y culturales.

Las herramientas jurídicas y políticas del

Estado para la construcción de identidad

nacional recaerán principalmente sobre los

que ostenten la calidad de nacionales en virtud

de la Constitución y la ley.

Artículo 96. “Son nacionales colombianos:

1. Por nacimiento:

a) Los naturales de Colombia, que con una de dos

condiciones: que el padre o la madre hayan sido

naturales o nacionales colombianos o que, siendo

hijos de extranjeros, alguno de sus padres

estuviere domiciliado en la República en el

momento del nacimiento y;

b) Los hijos de padre o madre colombianos que

hubieren nacido en tierra extranjera y fuego (sic)

se domiciliaren en territorio colombiano o

registraren en una oficina consular de la República.

2. Por adopción:

a) Los extranjeros que soliciten y obtengan carta

de naturalización, de acuerdo con la ley, la cual

establecerá los casos en los cuales se pierde la

nacionalidad colombiana por adopción;

b) Los Latinoamericanos y del Caribe por

nacimiento domiciliados en Colombia, que con

autorización del Gobierno y de acuerdo con la ley y

el principio de reciprocidad, pidan ser inscritos

como colombianos ante la municipalidad donde se

establecieren, y;

c) Los miembros de los pueblos indígenas que

comparten territorios fronterizos, con aplicación del

principio de reciprocidad según tratados públicos.

Ningún colombiano por nacimiento podrá ser

privado de su nacionalidad. La calidad de nacional

colombiano no se pierde por el hecho de adquirir

otra nacionalidad. Los nacionales por adopción no

estarán obligados a renunciar a su nacionalidad de

origen o adopción.

Quienes hayan renunciado a la nacionalidad

colombiana podrán recobrarla con arreglo a la ley.”

El mapa y el territorio son elementos que

integran la identidad de la Nación. Constituyen

los límites espaciales donde confluyen los

imaginarios colectivos y las manifestaciones

que conforman la identidad colombiana.

La detallada precisión del territorio en disputa

recuerda cómo controversias y guerras han

resultado históricamente determinantes para

unir o cohesionar a los nacionales en un

propósito común.

Artículo 101. “Los límites de Colombia son los

establecidos en los tratados internacionales

aprobados por el Congreso, debidamente

ratificados por el Presidente de la República, y los

definidos por los laudos arbitrales en que sea parte

la Nación.

Los límites señalados en la forma prevista por esta

Constitución, sólo podrán modificarse en virtud de

tratados aprobados por el Congreso, debidamente

ratificados por el Presidente de la República.

Forman parte de Colombia, además del territorio

continental, el archipiélago de San Andrés,

Providencia, Santa Catalina y Malpelo, además de

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57

las islas, islotes, cayos, morros y bancos que le

pertenecen.

También son parte de Colombia, el subsuelo, el

mar territorial, la zona contigua, la plataforma

continental, la zona económica exclusiva, el

espacio aéreo, el segmento de la órbita

geoestacionaria, el espectro electromagnético y el

espacio donde actúa, de conformidad con el

Derecho Internacional o con las leyes colombianas

a falta de normas internacionales.”

Artículo 102. “El territorio, con los bienes públicos

que de él forman parte, pertenecen a la Nación.”

A pesar de recaer ahora la soberanía sobre el

pueblo colombiano en vez de en la Nación, el

artículo 189 la dota de honra y protege su

independencia a través del Presidente de la

República como Comandante Supremo de las

Fuerzas Armadas.

A su vez, el Presidente simboliza la unidad de

la Nación, representando sin distinción los

intereses de todos los colombianos.

Artículo 188. “El Presidente de la República

simboliza la unidad nacional y al jurar el

cumplimiento de la Constitución y de las leyes, se

obliga a garantizar los derechos y libertades de

todos los colombianos.”

Artículo 189. “Corresponde al Presidente de la

República como Jefe de Estado, Jefe del Gobierno

y Suprema Autoridad Administrativa

(…)

6. Proveer a la seguridad exterior de la República,

defendiendo la independencia y la honra de la

Nación y la inviolabilidad del territorio; declarar la

guerra con permiso del Senado, o hacerla sin tal

autorización para repeler una agresión extranjera;

y convenir y ratificar los tratados de paz, de todo lo

cual dará cuenta inmediata al Congreso.”

Artículo 217. “La Nación tendrá para su defensa

unas Fuerzas Militares permanentes constituidas

por el Ejército, la Armada y la Fuerza Aérea.”

La Constitución parte de la necesidad de

descentralizar territorialmente gran parte de

las funciones que antes cumplía con

exclusividad el Gobierno Nacional. En virtud

de lo anterior, otorga competencias

subsidiarias y complementarias al gobernador

departamental en materia de desarrollo

cultural.

Artículo 305. “Son atribuciones del gobernador:

(…)

6. Fomentar de acuerdo con los planes y

programas generales, las empresas, industrias y

actividades convenientes al desarrollo cultural,

social y económico del departamento que no

correspondan a la Nación y a los municipios.”

Este artículo reivindica la identidad cultural de

las comunidades raizales del Archipiélago de

Artículo 310. [Con relación al Departamento

Archipiélago de San Andrés, Providencia y Santa

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58

San Andrés, Providencia y Santa Catalina, la

cual conforma la identidad nacional

colombiana.

Dicho reconocimiento se acompaña con

medidas de protección y salvaguarda,

garantizando igualmente su participación en

los cuerpos de representación popular.

Catalina]

“Mediante ley aprobada por la mayoría de los

miembros de cada cámara se podrá limitar el

ejercicio de los derechos de circulación y

residencia, establecer controles a la densidad de la

población, regular el uso del suelo y someter a

condiciones especiales la enajenación de bienes

inmuebles con el fin de proteger la identidad

cultural de las comunidades nativas y

preservar el ambiente y los recursos naturales

del Archipiélago.

Mediante la creación de los municipios a que

hubiere lugar, la Asamblea Departamental

garantizará la expresión institucional de las

comunidades raizales de San Andrés (…)”

Ciertas funciones en materia cultural y de

preservación del patrimonio son asignadas al

municipio como parte del proceso de

descentralización territorial.

Artículo 311. “Al municipio como entidad

fundamental de la división político-administrativa

del Estado le corresponde prestar los servicios

públicos que determine la ley, construir las obras

que demande el progreso local, ordenar el

desarrollo de su territorio, promover la participación

comunitaria, el mejoramiento social y cultural de

sus habitantes y cumplir las demás funciones que

le asignen la Constitución y las leyes.”

Artículo 313. “Corresponde a los concejos:

(…)

9. Dictar las normas necesarias para el control, la

preservación y defensa del patrimonio

ecológico y cultural del municipio.”

Como consecuencia de la condición de la

Nación como pluriétnica y multicultural, la

Constitución dispuso la conformación de

entidades territoriales autónomas para las

comunidades indígenas, con el propósito de

preservar su identidad colectiva.

Artículo 329. “La conformación de las entidades

territoriales indígenas se hará con sujeción a lo

dispuesto en la Ley Orgánica de Ordenamiento

Territorial, y su delimitación se hará por el

Gobierno Nacional, con participación de los

representantes de las comunidades indígenas,

previo concepto de la Comisión de Ordenamiento

Territorial.

Los resguardos son de propiedad colectiva y no

enajenable.

La ley definirá las relaciones y la coordinación de

estas entidades con aquellas de las cuales formen

parte.

(…)”

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59

Con ocasión de este artículo transitorio, el

Congreso de la República expidió la Ley 70 de

1993, cuyo propósito era el reconocimiento de

las comunidades negras como cultura

integrante de la nacionalidad colombiana, que

debe ser preservada y protegida para

salvaguardar la diversidad cultural y étnica de

la Nación.

Artículo Transitorio 55. “Dentro de los dos años

siguientes a la entrada en vigencia de la presente

Constitución, el Congreso expedirá, previo estudio

por parte de una comisión especial que el

Gobierno creará para tal efecto, una ley que les

reconozca a las comunidades negras que han

venido ocupando tierras baldías en las zonas

rurales ribereñas de los ríos de la Cuenca del

Pacífico, de acuerdo con sus prácticas

tradicionales de producción, el derecho a la

propiedad colectiva sobre las áreas que habrá de

demarcar la misma ley.

En la comisión especial de que trata el inciso

anterior tendrán participación en cada caso

representantes elegidos por las comunidades

involucradas.

La propiedad así reconocida sólo será enajenable

en los términos que señale la ley.

La misma ley establecerá mecanismos para la

protección de la identidad cultural y los derechos

de estas comunidades, y para el fomento de su

desarrollo económico y social.

(…)”

*Todas las Negritas fuera del texto original.

Fuente: Elaboración propia con base en el articulado de la Constitución de 1991.

1.1. De la Nación soberana al Pueblo soberano

Con relación a la soberanía, que a partir de la Constitución de 1991 dejó de

residir en la Nación y pasó al Pueblo, se presentó un arduo debate en la sesión del

11 de abril de 1991 en el seno de la Asamblea Nacional Constituyente. En esta

sesión, se enfrentaron diferentes tesis sobre el concepto de soberanía y el origen de

los poderes públicos, encabezadas principalmente por Álvaro Leyva, quien sugería

al Pueblo como único titular de la soberanía, y de otro lado, por Alberto Zalamea,

quien no se encontraba de acuerdo con “la supremacía del pueblo sobre la Nación[,]

porque en primer lugar, el pueblo es un elemento de la Nación y en segundo lugar,

la Nación es el conglomerado de individuos que están ligados por aspectos

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60

culturales, étnicos, religiosos, de lengua y de tradición” (Presidencia de la República,

1991, p. 2).

El delegatario Raimundo Emiliani Román, partidario de la soberanía nacional,

argumentaba que la soberanía popular había sido el fundamento de los gobiernos de

partido, del terror de la revolución francesa y de la tiranía de los gobiernos totalitarios

y comunistas, razón por la cual debía conservarse la titularidad de la soberanía en la

Nación. Afirmaba igualmente que el pueblo es tan solo una parte de la Nación, y que

al hacer residir la soberanía en él, aquella se dividía y podía surgir la tiranía. Para

que la soberanía residiera en todo el pueblo y no únicamente en una parte de él, se

requería emplear el concepto de nación, o siquiera el de soberanía nacional

(Presidencia de la República, 1991).

Alberto Zalamea observaba sobre el particular lo siguiente:

a mí me parece que a la Nación habría que buscarle una definición,

es una comunidad de individuos ligados ¿Por qué ? Ligados por una

tradición, por una lengua, por una religión generalmente, por historia,

por tradiciones, por nuestros propios muertos, muertos que tenemos

desde 1.810 en adelante, en Colombia, que están enterrados forman

parte de la Nación, nosotros no podemos considerar que la Nación

somos solamente nosotros, los colombianos de hoy, de 1.991, creo

que una Nación es una unidad étnica, social, es una amalgama de

tradiciones que está unida, no por vínculos jurídicos únicamente,

sino por vínculos de otra categoría, son derechos naturales, son

vínculos sociales, son vínculos morales, culturales, históricos, me

parece que tratar de cambiar así como así a la Nación soberana que

surge de nuestra historia y que a todos finalmente nos trasciende,

tratar de cambiar esa Nación simplemente por un concepto

impreciso, vago, y generalmente muy discutible de pueblo puede ser

muy peligroso (…) el pueblo es solamente uno de los elementos

constitutivos de la Nación, a nosotros nos enseñaban en la escuela,

en el colegio pues que la Nación estaba integrada por el pueblo, que

es un elemento personal, es transitorio, por el territorio que aquí

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61

siempre olvidamos, y naturalmente por la soberanía que es el

elemento jurídico, que es el único del cual nos estamos acordando

en estas discusiones, el pueblo pues no puede estar por encima de

la Nación, el pueblo pues no puede cambiar lo que es la historia, la

Nación, no puede renegar de esa contextualidad, de esa virtualidad

que significa la historia y la cultura de un país (…) Pues que el

pueblo no lo es todo, el pueblo no puede ser absolutamente

soberano, y un pueblo que reniegue de su Nación es un pueblo

condenado (…)(Presidencia de la República, 1991, p. 21).

Adiciona Leyva Durán, que resulta técnicamente inadmisible combinar la

soberanía nacional y la popular, pues no se trata de términos accesorios, sino que

implican en el caso de la nación, en su acepción norteamericana, un reconocimiento

sociológico, que no constituye una auténtica fuente de poderes. Aclara igualmente

que los poderes públicos emanan del pueblo y no de la soberanía nacional, en

contraposición a lo establecido por la Constitución de 1886 (Presidencia de la

República, 1991).

El argumento determinante para la sustitución de la soberanía nacional por la

soberanía popular reside en la temporalidad, en el sentido que el concepto de

pueblo preexiste a la nación. Este atributo permite reemplazar la tradicional

constitución de la estructura del Estado desde arriba y su imposición hacia abajo, le

da sentido a la democracia participativa y le restituye al pueblo su poder, tal como lo

reflejan las tendencias en el desarrollo de la organización estatal a nivel mundial.

Resalta particularmente Álvaro Leyva que el concepto de nación en la revolución

francesa excluía a parte del pueblo, razón por la cual, no podía confundirse sin

reparo el pueblo con la nación, habiendo esta última excluido históricamente a parte

del pueblo (Presidencia de la República, 1991).

Finalizando el debate de la Comisión, y habiéndose aprobado preliminarmente

la redacción que combinaba una soberanía nacional que residía en el pueblo,

interviene Jorge Rodríguez Arbelaéz, Rector del Colegio de Altos Estudios de

Quirama, quien explica que la soberanía o es nacional o es popular, y habiéndose

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acordado que se trataría de soberanía que reside en el pueblo, únicamente podría

tratarse de soberanía popular (Presidencia de la República, 1991).

1.2. Competencias departamentales y municipales en materia de cultura

De forma complementara a los precitados artículos constitucionales 305, 311

y 313, fue expedida la Ley 715 de 2001. Esta ley asigna en su artículo 74 como

competencia de los departamentos, la coordinación de acciones entre los municipios

para fomentar las artes en todas sus expresiones y demás manifestaciones

simbólicas expresivas (Artículo 74.13 de la Ley 715 de 2001).

Por otro lado, los municipios tienen funciones más específicas relacionadas

con los siguientes aspectos de la cultura (Artículo 76.8 de la Ley 715 de 2001):

1. Fomentar el acceso, innovación, creación y producción artística y cultural.

2. Apoyar y fortalecer los procesos de información, investigación, comunicación y

formación de expresiones multiculturales.

3. Apoyar la construcción, dotación, sostenimiento y mantenimiento de la

infraestructura cultural y su apropiación creativa por parte de las comunidades

locales.

4. Proteger el patrimonio cultural en sus distintas expresiones y su incorporación al

desarrollo económico y a la construcción de ciudadanía.

5. Apoyar el desarrollo de redes de bienes, servicios, información e instituciones

culturales.

6. Formular, orientar y ejecutar planes, programas, proyectos y eventos locales con

base en el Plan Decenal de Cultura.

La Ley Orgánica de Ordenamiento Territorial (LOOT), Ley 1454 de 2011, a

pesar de haber desaprovechado una gran oportunidad para regular definitivamente

la distribución armónica de competencias entre entidades territoriales, resaltó la

importancia del ordenamiento territorial en el fortalecimiento de la identidad cultural,

y que éste debía comprenderse desde la diversidad social, étnica y cultural como

fundamento de la unidad de la Nación (Artículos 2º y 3º de la Ley 1454 de 2011).

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63

De igual forma, reguló algunas competencias territoriales en materia cultural,

reservando para la Nación la política general de parques nacionales y áreas

protegidas y la conservación de las áreas de importancia histórica y cultural. De otro

lado, los departamentos establecerían directrices y orientaciones para el

ordenamiento territorial en función de los objetivos de desarrollo cultural, mientras

que los municipios formularían y adaptarían los planes de ordenamiento territorial a

lo local (Artículos 2º y 3º de la Ley 1454 de 2011).

2. Ley General de Cultura y Sistema Nacional de Cultura

La Ley General de Cultura, Ley 397 de 1997, comprende una reorganización

del sector cultural de conformidad con las directrices constitucionales, con cambios

de gran importancia como la creación del Ministerio de Cultura en reemplazo del

Instituto Colombiano de Cultura – Colcultura y la creación del Sistema Nacional de

Cultura. Esta transformación facilitó la descentralización territorial a través de la

conformación de consejos, los cuales contribuyeron entre otros aspectos, al

crecimiento de la participación ciudadana en la formulación e implementación de

programas y políticas públicas del sector.

Esta Ley contempla 4 ejes temáticos: Principios fundamentales y definiciones,

Patrimonio Cultural de la Nación, Fomento y estímulos, y Sistema Nacional de

Cultura.

2.1. Principios y definiciones

La Ley 397 de 1997 reglamenta los artículos 70, 71 y 72 de la Constitución

Política, estableciendo principios que resultan de especial relevancia en lo

relacionado con la construcción de identidad nacional. Uno de ellos reconoce el

papel de la cultura como fundamento de la nacionalidad, y la califica como una

“actividad propia de la sociedad colombiana en su conjunto, como [un] proceso

generado individual y colectivamente por los colombianos. Dichas manifestaciones

constituyen parte integral de la identidad y la cultura colombianas” (Numeral 2º del

artículo 1º de la Ley 397 de 1997).

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A su vez, la Ley adopta en su artículo 1º la definición de cultura de la

UNESCO (Bravo, 2010) al entenderla como “el conjunto de rasgos distintivos,

espirituales, materiales, intelectuales y emocionales que caracterizan a los grupos

humanos y que comprende, más allá de las artes y las letras, modos de vida,

derechos humanos, sistemas de valores, tradiciones y creencias” (Artículo 1º de la

Ley 397 de 1997).

Igualmente, se destacan entre sus principios por su especial relación con la

construcción de nación e identidad nacional en el marco de la diversidad étnica y

cultural:

1. El reconocimiento a la existencia de diversidad y variedad cultural.

2. La protección y difusión del patrimonio cultural y lingüístico de los grupos

étnicos.

3. La obligación de todos de valorar, proteger y difundir el patrimonio cultural.

4. La protección y fomento de las lenguas nativas y dialectos en los territorios

de las comunidades y grupos étnicos (Artículo 1º numerales 3º y 6º de la Ley

397 de 1997).

2.2. Patrimonio Cultural de la Nación

El Patrimonio Cultural de la Nación está integrado por bienes materiales,

manifestaciones inmateriales, productos y representaciones culturales que son

expresión de la nacionalidad colombiana. Entre los elementos que lo componen

están: la tradición, las costumbres, los hábitos, conocimientos ancestrales, paisaje

cultural, la lengua castellana y las lenguas y dialectos nativos. Además lo integran

aquellos bienes materiales e inmateriales que despierten “interés histórico, artístico,

científico, estético o simbólico en ámbitos como el plástico, arquitectónico, urbano,

arqueológico, lingüístico, sonoro, musical, audiovisual, fílmico, testimonial,

documental, literario, bibliográfico, museológico o antropológico”16 (Artículo 4º de la

Ley 397 de 1997 modificado por el artículo 1º de la Ley 1185 de 2008).

16 El artículo 1º de la Ley 1185 de 2008 eliminó del artículo 4º de la Ley 397 a los valores culturales

como integrantes del Patrimonio cultural. De igual manera suprimió los aspectos de interés ambiental y ecológico, y las manifestaciones, productos y representaciones de la cultura popular.

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Igualmente, establece que la política pública del Gobierno en temas

relacionados con el Patrimonio Cultural de la Nación deberá estar orientada a

salvaguardar, conservar, proteger, recuperar y divulgar el patrimonio, con la finalidad

particular de servir de “testimonio de la identidad cultural nacional, tanto en el

presente como en el futuro” (Artículos 4º y 5º de la Ley 397 de 1997 y artículo 1º de

la Ley 1185 de 2008)

La declaración de bienes como de interés cultural y por consiguiente su

ingreso al Patrimonio Cultural de la Nación corresponde al Ministerio de Cultura,

previo concepto favorable del Consejo Nacional de Patrimonio Cultural. En el ámbito

departamental, distrital y municipal, le corresponde a las gobernaciones, alcaldías o

autoridades de comunidades afrodescendientes o autoridades indígenas, previo

concepto favorable de los consejos departamentales o distritales de patrimonio

cultural (Artículo 8º de la Ley 397 de 1997 modificado por el artículo 5º de la Ley

1185 de 2008).

De la Ley General de Cultura se desprende una clasificación inicial del

Patrimonio Cultural de la Nación en Patrimonio Arqueológico17, Patrimonio Cultural

Sumergido y Patrimonio Bibliográfico, Hemerográfico, Documental y de imágenes en

movimiento, los cuales se analizarán en el acápite correspondiente al Sistema

Nacional de Patrimonio Cultural de la Nación (Artículos 6º, 9º y 12 de la Ley 397 de

1997).

El artículo 4º de la Ley 1185 de 2008 cambia la denominación del antiguo

Consejo de Monumentos Nacionales, por el de Consejo Nacional de Patrimonio

Cultural, que asume funciones de órgano asesor del Gobierno Nacional en temas de

salvaguardia, protección y manejo del Patrimonio Cultural de la Nación. A su vez, se

crean consejos departamentales (que incluyen territorios indígenas y comunidades

17 El artículo 3º de la Ley 1185 de 2008, establece que el patrimonio arqueológico comprende

aquellos vestigios de la actividad humana, restos orgánicos e inorgánicos que permiten reconstruir los orígenes y trayectorias socioculturales pasadas. Con relación a la definición originaria contenida en la Ley 397 de 1997, elimina los denominados bienes originarios de culturas desaparecidas, o coloniales, elementos geológicos o paleontológicos o de la tradición o identidad de las comunidades indígenas existentes, optando por una definición más genérica y omnicomprensiva.

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negras) y distritales de patrimonio cultural, que tendrán a cargo funciones análogas a

las del Consejo Nacional pero dentro de su ámbito territorial.

Los bienes que integran el Patrimonio Cultural de la Nación deberán

incorporarse en el Inventario de bienes del Patrimonio Cultural, e inscribirse en el

Registro de bienes de interés cultural (Antes Registro Nacional del Patrimonio

Cultural), que será alimentado por las entidades del orden nacional y territorial a

cargo de su manejo y gestión (Artículo 14 de la Ley 397 de 1997 modificado por el

artículo 9º de la Ley 1185 de 2008).

2.3. Fomento y estímulos a la creación, investigación y a la actividad artística y

cultural

El Estado a través del Ministerio de Cultura estimulará los principales campos

de la cultura como los museos, el cine, las obras literarias, las expresiones culturales

tradicionales, la historia, la antropología, la arqueología, el patrimonio y la filosofía.

Entre los principales incentivos se encuentran bolsas de trabajo, becas, premios,

concursos, festivales, talleres, ferias, festivales, exposiciones, créditos, beneficios

aduaneros, arancelarios, exenciones tributarias y difusión preferencial en televisión y

radio, entre otros estímulos (Artículos 18, 19 y 21 de la Ley 397 de 1997).

De otro lado, el artículo 24 reconoce la importancia de la producción de bienes

y servicios culturales - a lo que denomina expresiones creadoras- dentro de la

conformación de identidad y sentido de pertenencia, resaltando su papel capital en

el fortalecimiento de la diversidad cultural del país.

Adicionalmente, crea figuras como el Gestor Cultural, quien tiene a su cargo el

impulso y coordinación de actividades, planes, programas y proyectos de las

entidades que integran el Sistema Nacional de Cultura. La norma contempla la

capacitación y formación de gestores a través de convenios con universidades

públicas o privadas, como un esfuerzo por institucionalizar la cultura a partir de la

profesionalización de los artistas (Artículos 28 y 29 de la Ley 397 de 1997).

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67

2.4. Sistema Nacional de Cultura

La Ley 397 crea el Sistema Nacional de Cultura, al cual define como aquel

“Conjunto de instancias y procesos de desarrollo institucional, planificación e

información articulados entre sí, que posibiliten el desarrollo cultural y el acceso de

la comunidad a los bienes y servicios culturales según los principios de

descentralización, participación y autonomía” (Artículo 57 de la Ley 397 de 1997).

El Sistema es reglamentado mediante el Decreto 1589 de 1998, el cual

incluye dentro de sus elementos constitutivos a los espacios de participación y a los

procesos de financiación y formación, cuyo objeto es contribuir a garantizar el

acceso a las manifestaciones, bienes y servicios culturales, así como promover la

creatividad de los colombianos (Artículos 1º y 2º del Decreto 1589 de 1998).

Para garantizar su operatividad y funcionamiento, el sistema se encuentra

articulado con otros sistemas nacionales y regionales, tales como los de

planificación, salud, educación, ciencia y tecnología, ambiental, deporte y recreación,

y se encuentra integrado por los siguientes subsistemas (Artículo 5º numeral 5.4 del

Decreto 1589 de 1998):

1. Gestión Cultural: Planificación, evaluación y seguimiento de planes,

programas y proyectos culturales.

2. Información cultural SINIC: Instancias y procesos de desarrollo institucional

para recoger, organizar, procesar, comunicar y difundir la información del

ámbito cultural.

3. Concertación: Promoción de programas y actividades dirigidas a rescatar,

defender y promover el talento nacional, democratizar el acceso de todas las

personas a los bienes, servicios y manifestaciones culturales, consolidar

instituciones culturales y profundizar su relación con la comunidad. Lo

integran el Ministerio de Cultura, las entidades territoriales y las entidades

culturales privadas sin ánimo de lucro (Cajas de Compensación Familiar,

Cámaras de Comercio, ONG`s, etc.)

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El Sistema está integrado por el Ministerio de Cultura, los consejos territoriales

de cultura, los fondos mixtos de promoción, y las entidades públicas y privadas que

participan en la financiación, fomento o ejecución de actividades relacionadas con la

cultura (Artículo 57 de la Ley 397 de 1997).

Así mismo, se crea el Consejo Nacional de Cultura como órgano asesor en la

salvaguardia, protección y manejo del patrimonio y los consejos departamentales y

distritales de cultura como instancias de concertación entre Estado y sociedad civil.

Cabe destacar que los Consejos están integrados por representantes de diversos

ámbitos del Sector Cultura, tales como personalidades artísticas y culturales,

organizaciones y asociaciones civiles, representantes de comunidades negras,

indígenas y de población con discapacidad, entre otros. (Artículos 59 y 60 de la Ley

397 de 1997 reglamentados por el Decreto 1313 de 2008 y por el Decreto 1782 de

2003).

El artículo 62 de la Ley 397 de 1997 faculta al Ministerio de Cultura para la

creación de los Consejos Nacionales de las Artes y la Cultura en cada una de sus

manifestaciones artísticas y culturales, para lo cual deberá cumplir con los

parámetros del Decreto 3600 de 2004, donde reglamenta las funciones y

composición de los Consejos. En su calidad de órganos asesores en políticas,

planes y programas, deben estar integrados por el Ministro de Cultura o su

delegado, que será el Director del área respectiva, dos representantes de amplia

trayectoria nombrados por el Ministerio y un representante por cada uno de los cinco

grupos regionales (Región Caribe, Occidente, Centro Oriente, Amazonia y

Orinoquia, y Sur).

Se crean igualmente los fondos mixtos para la promoción de la cultura y de las

artes como entidades sin ánimo de lucro, con personería jurídica, aportes públicos y

privados, regidas por derecho privado pero con control fiscal. Los fondos tienen la

facultad de proponer un candidato para representar a las regiones Caribe,

Occidente, Centro oriente, Orinoquia y Amazonia (Artículo 63 de la Ley 397 de 1997

y Decreto 1493 de 1998).

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Finalmente, cabe recordar que fue a través de la Ley 397 de 1997 que se crea

el Sector Administrativo de la Cultura, en cabeza del Ministerio de Cultura como

órgano rector a cargo de la formulación, coordinación, ejecución y vigilancia de la

política pública en temas culturales (Artículo 66 de la Ley 397 de 1997).

Gráfica 1

Conformación del Sistema Nacional de Cultura

Fuente: Ministerio de Cultura (2013, p. 47)

*El Consejo Nacional Asesor de Lenguas indígenas se denomina en sentido estricto “Consejo

Nacional Asesor de Lenguas Nativas”.

2.4.1. Recursos para financiar el Sector Cultura

Las entidades que hacen parte del Sistema podrán asignar los recursos de su

presupuesto para la salvaguardia, conservación, recuperación, protección,

sostenibilidad y divulgación del patrimonio cultural, los cuales constituyen gasto

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público social que de conformidad con el artículo 350 constitucional es un gasto

prioritario (Artículo 4º de la Ley 397 de 1997 modificado por el artículo 1º de la Ley

1185 de 2008 y artículo 20 del Decreto 2941 de 200918).

Otra fuente de financiación es el incremento del 4% al Impuesto Nacional al

Consumo sobre los servicios de telefonía, datos, internet y navegación móvil

establecidos en los artículos 200 y 201 de la Ley 1819 de 2016, cuya distribución se

encuentra regulada en el artículo 85 de la Ley 1753 de 2015.

Con el propósito de financiar las actividades de estímulo y fomento de la

cultura, la Ley 666 de 2001 crea la Estampilla Procultura. Para el efecto autoriza a

las asambleas departamentales, concejos distritales y concejos municipales para

crear de forma autónoma un hecho generador, una tarifa, una base gravable y los

demás aspectos relacionados con la estampilla. Estos recursos podrán destinarse

para estimular y promocionar la creación, las actividades artísticas y culturales, la

investigación, el fortalecimiento de expresiones culturales; para adecuar espacios

públicos para la realización de actividades culturales, para la dotación de centros y

casas culturales; para la formación y capacitación técnica y cultural, así como para la

seguridad social de creadores y gestores.

Con este mismo propósito los municipios cuentan particularmente con

recursos propios y del Sistema General de Participaciones19, los cuales deben

emplear además de las finalidades de la estampilla, para proteger el patrimonio

cultural, apoyar las redes de bienes, información cultural, servicios e instituciones

culturales y formular, orientar y ejecutar planes, programas y proyectos de acuerdo

con el Plan decenal de Cultura (Artículo 78 de la Ley 715 de 2001).

18 Con el propósito de comprender la evolución y facilitar la identificación de las normas del Sector

Cultura, se conserva la denominación inicial de los Decretos Reglamentarios unificados a través del Decreto Único Reglamentario del Sector Cultura No. 1080 de 2015. 19 El Sistema General de Participaciones es aquel en virtud del cual la Nación transfiere recursos a

las entidades territoriales para la financiación de los servicios de su competencia de acuerdo con lo establecido en la Ley (Artículo 1º de la Ley 715 de 2001).

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Finalmente, la Ley 1530 de 2012 dispone que podrán emplearse los recursos

derivados del Sistema General de Regalías20 para financiar proyectos territoriales

relacionados con las necesidades socioculturales de la población, siendo prioritarios

aquellos que tengan un impacto cultural (Artículos 23 y 27 de la Ley 1530 de 2012).

Del total de fuentes de financiación, la Estampilla Procultura aporta el 49,6%,

el Sistema General de Participaciones el 18,7%, el Sistema General de Regalías el

11,2% y el Impuesto Nacional al Consumo el 4,8% (Ministerio de Cultura, 2017c).

3. Sistema Nacional de Patrimonio Cultural de la Nación

Existen algunos antecedentes de la protección del Patrimonio Cultural de la

Nación en Colombia, inclusive previos a la Constitución de 1991, que si bien no

constituyen elementos articulados de un sistema, lo protegen como patrimonio

histórico, artístico y científico. Dentro de estas normas se encuentran las siguientes:

Ley 84 de 1881 que establece la celebración del centenario de Simón Bolívar.

Ley 53 de 1919, a través de la cual se completa el pago de la Quinta de

Simón Bolívar y se funda el Museo Boliviano.

Ley 47 de 1920, por medio de la cual se prohíbe extraer del territorio nacional

documentos, bienes y obras de arte de interés histórico o tradicional que

hagan parte de museos y bibliotecas públicas o privadas sin permiso del

Gobierno (Artículos 1º al 5º de la Ley 47 de 1920). La Ley 47 dispuso que los

museos y bibliotecas debían disponer de una sección de documentos y

bienes que por su escasez, rareza o valor extraordinario histórico y político,

no podrían ser extraídos bajo ninguna circunstancia (Artículos 5º al 7º de la

Ley 47 de 1920).

La Ley 32 de 1924 establece el régimen jurídico de la conservación y

embellecimiento de los monumentos históricos de Cartagena.

La Ley 103 de 1931, reglamentada por el Decreto 904 de 1941, declara de

utilidad pública todos los monumentos y objetos arqueológicos de la Nación,

20 El Sistema General de Regalías se encuentra definido en el artículo 360 de la C.P. como el

conjunto de órganos, procedimientos y regulaciones para la asignación de los ingresos provenientes de la explotación de los recursos naturales no renovables entre las distintas entidades territoriales de conformidad con la ley.

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especialmente los de San Agustín, Pitalito, Alto Magdalena, creando el

Monumento Nacional del cual hacen parte los templos, sepulcros, estatuas,

piedras, objetos de oro, alfarería y demás utensilios indígenas, cuya venta y

exportación quedaba prohibida.

La Ley 14 de 1936, a través de la cual se aprueba la adhesión de Colombia al

Tratado sobre la protección de muebles de valor histórico, dentro de los

cuales se encuentran los monumentos y demás bienes de la época

precolombina, colonial, de la emancipación y la República, y de los demás

que tengan significación histórica o natural.

La Ley 36 de 1936, aprobatoria del Pacto de Roerich para la protección de las

instituciones artísticas, científicas y monumentos históricos a través de una

bandera universal para preservar los monumentos inmuebles de propiedad

nacional donde repose el tesoro cultural de los pueblos.

La Ley 94 de 1945 que prohíbe construcciones de cualquier naturaleza sobre

monumentos históricos tales como murallas, bastiones o castillos de

Cartagena, a menos que se traten de las necesarias para su conservación o

por razones de defensa nacional.

La Ley 107 de 1946 declara monumentos nacionales de utilidad pública los

lugares que por su antigüedad y belleza arquitectónica deban ser protegidos

como patrimonio nacional.

También fue expedida la Ley 163 de 1959, reglamentada por el Decreto 264

de 1963, que declara como patrimonio histórico, artístico y científico nacional

los monumentos, tumbas, templos, sepulcros, estatuas, cerámicas, utensilios,

joyas, piedras y ruinas prehispánicas, objetos arqueológicos, que tengan

especial interés para el estudio de civilizaciones y culturas pasadas, o para

investigaciones paleontológicas. Igualmente incluye los bienes muebles de

origen colonial y prehistórico, los relacionados con las luchas por la

independencia o con los orígenes de la República, los monumentos de

sectores antiguos de ciudades coloniales o aquellas “obras” de la naturaleza

de interés científico.

A través de la Ley 45 de 1983, aprobatoria de la Convención para la

protección del Patrimonio Mundial Cultural y Natural, los Estados partes se

comprometen a conservar el patrimonio cultural (monumentos, conjuntos y

lugares) y natural (monumentos naturales, formaciones geológicas y

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fisiográficas, y lugares y zonas naturales), creando un comité

intergubernamental y un fondo para la protección del patrimonio.

Ley 63 de 1986, a través de la cual se aprueba la Convención sobre las

medidas que deben adoptarse para prohibir e impedir la importación, la

exportación y transferencias de propiedad ilícita de bienes culturales.

La Ley 16 de 1992, aprobatoria del Convenio entre la República de Colombia

y la República del Perú para la protección, conservación y recuperación de

bienes arqueológicos, históricos y culturales, suscrito en Bogotá el 24 de

mayo de 1989.

Ley 340 de 1996, mediante la cual se aprueba la Convención para la

protección de los bienes culturales en caso de conflicto armado firmada en la

Haya en 1954, y la Ley 1130 de 2007, aprobatoria del Segundo Protocolo

suscrito en 1999.

A través del Decreto 853 de 1998 se declara el segundo domingo del mes de

septiembre de cada año como Día Nacional del Patrimonio Cultural, que sería

celebrado bajo la Dirección de Patrimonio del Ministerio de Cultura.

El Sistema se crea a partir de la expedición de la Ley 1185 de 2008, la cual

establece en su artículo 2º que está constituido por los siguientes elementos: las

instancias públicas del nivel nacional y territorial, los bienes de interés cultural y por

las manifestaciones de la Lista Representativa de Patrimonio Cultural Inmaterial.

Igualmente se integra por la articulación de instancias, procesos, planes,

información, competencias y obligaciones públicas y de particulares (Artículo 2º de la

Ley 1185 de 2008).

El Decreto 763 de 2009 precisó el objeto del Sistema, el cual es contribuir a la

valoración, preservación, salvaguardia, protección, recuperación, conservación,

sostenibilidad, divulgación y la apropiación social del Patrimonio Cultural.

El propósito de la apropiación social se pretende lograr a partir de la

implementación de programas y proyectos formativos e informativos a nivel nacional

y regional que estimulen “la participación activa de comunidades, instituciones, entes

territoriales, colectividades y agentes culturales, en los procesos de valoración y

reflexión sobre el patrimonio cultural” (Artículo 2º del Decreto 763 de 2009).

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Las entidades que integran el sistema son el Ministerio de Cultura

(Coordinador General), Instituto Colombiano de Antropología e Historia, el Archivo

General de la Nación, el Instituto Caro y Cuervo, los consejos nacional,

departamentales y distritales de Patrimonio Cultural, las entidades territoriales y las

demás entidades públicas o privadas que desarrollen, financien, fomenten o

ejecuten actividades relacionadas con el patrimonio (Artículo 5º de la Ley 397 de

1997 modificado por el artículo 2º de la Ley 1185 de 2008 y Decreto 763 de 2009).

Sobre el particular cabe destacar la descripción del Patrimonio Cultural de la

Nación que hace el Consejo de Estado en su sentencia del 3 de noviembre de 2005,

donde plantea que:

(...) bajo la figura de «patrimonio» surgió una relación jurídica que

comporta una relación de pertenencia de determinados bienes o

elementos que por sus connotaciones espirituales en la

configuración de la identidad individual y colectiva del componente

humano del Estado Colombiano, le es inherente una especial

relevancia o interés general que trasciende al plano jurídico por

voluntad del Constituyente; y un sujeto de derecho, que es el

encarnado en la Nación, en la cual se subsume o confluye la

titularidad que a todos y cada uno de los colombianos les

corresponde sobre dichos elementos u objetos llamados a conformar

ese patrimonio (…) (Consejo de Estado, 2005, § 2.2 párr. 6)

Con la finalidad de lograr la colaboración de los particulares, bien sean

propietarios de los bienes o terceros que hayan obtenido la declaratoria de interés,

fue establecido un beneficio tributario sobre el Impuesto de Renta. Este consiste en

deducir todos los aportes en dinero o gastos destinados a actividades de

conservación, mantenimiento y elaboración de Planes Especiales de Manejo y

Protección de bienes de interés cultural o Planes Especiales de Salvaguardia

debidamente aprobados (Artículo 56 de la Ley 397 de 1997 modificado por el

artículo 14 de la Ley 1185 de 2008 y artículo 77 del Decreto 763 de 2009).

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A través del Decreto 2406 de 2005 se crea la Comisión Intersectorial Nacional

de Patrimonio Mundial integrada por los Ministerios de Relaciones Exteriores,

Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible, Ministerio de Cultura y el Instituto

Colombiano de Antropología e Historia. Sus principales funciones son promover

políticas públicas para identificar, proteger, conservar y divulgar el patrimonio cultural

y natural de la Nación, así como promover la participación ciudadana para fomentar

la asimilación de los bienes del patrimonio como suyos (Artículo 4º de la Convención

para la Protección del Patrimonio Mundial Cultural y Natural y artículo 3º del Decreto

2406 de 2005).

Finalmente, el Patrimonio Cultural de la Nación cuenta con un sistema de

protección que está integrado por los mecanismos preventivos y correctivos de

carácter penal y administrativo contemplados en las normas del sistema, en el

Código Penal y de Policía (Ley 397 de 1997, Ley 1185 de 2008, Decreto 763 de

2009, Ley 594 de 2000, Ley 599 de 2000, Acuerdo 79 de 2003 y la Ley 1801 de

2016).

3.1. Patrimonio Cultural Material de la Nación

El Patrimonio Cultural Material de la Nación incluye los bienes muebles e

inmuebles que son declarados de interés cultural por el Ministerio de Cultura, previo

concepto favorable del Consejo Nacional de Patrimonio Cultural. A nivel territorial

son declarados por la gobernación o alcaldía, previo concepto de los consejos

departamentales o distritales del patrimonio cultural (Ley 397 de 1997 modificada por

la Ley 1185 de 2008 y reglamentada por el Decreto 763 de 2009).

Uno de los criterios de valoración para declarar un bien como de interés

cultural es la Representatividad y contextualización sociocultural. Esta implica que

los bienes deben crear lazos emocionales de la sociedad hacia objetos y lugares,

revelando el sentido de pertenencia de un grupo humano e implicando “referencias

colectivas de memoria e identidad” (Artículo 6º del Decreto 763 de 2009).

Este criterio está profundamente relacionado con el valor simbólico que

pueden tener los bienes al manifestar modos de ver y de sentir el mundo. Como lo

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describe la norma: “El valor simbólico tiene un fuerte poder de identificación y

cohesión social. Lo simbólico mantiene, renueva y actualiza deseos, emociones e

ideales construidos e interiorizados que vinculan tiempos y espacios de memoria”

(Artículo 6º del Decreto 763 de 2009).

3.1.1. Patrimonio Arqueológico de la Nación

El Patrimonio Arqueológico de la Nación, caracterizado en las consideraciones

del Decreto 833 de 2002 como elemento básico de la identidad nacional,

“comprende aquellos vestigios producto de la actividad humana y aquellos restos

orgánicos e inorgánicos que, mediante los métodos y técnicas propios de la

arqueología y otras ciencias afines, permiten reconstruir y dar a conocer los orígenes

y las trayectorias socioculturales pasadas y garantizan su conservación y

restauración” (Artículo 6º de la Ley 397 de 1997).

Este patrimonio pertenece únicamente a la Nación y no requiere ningún tipo

de declaración pública o privada para su reconocimiento, en tanto se declara el

territorio nacional como un área de potencial riqueza arqueológica (Artículos 3º y 4º

del Decreto 833 de 2002).

Los bienes que conforman dicho patrimonio se encuentran inscritos en el

Registro de bienes integrantes del Patrimonio Arqueológico, el cual es administrado

por el Instituto Colombiano de Antropología e Historia con propósitos de inventario,

catalogación e información cultural (Artículo 14 del Decreto 833 de 2002).

La política estatal sobre el patrimonio arqueológico procura que “éste sirva de

testimonio de la identidad cultural nacional tanto en el presente como en el futuro”,

para lo cual se requiere su protección, conservación, rehabilitación, divulgación y

recuperación (Artículo 5º del Decreto 833 de 2002).

Por último, se debe precisar que es el Instituto Colombiano de Antropología e

Historia la única entidad autorizada para aplicar el régimen de manejo del Patrimonio

Arqueológico, el cual incluye no solo bienes muebles e inmuebles de carácter

arqueológico, sino también la información arqueológica y/o en general el contexto

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77

arqueológico (Artículo 55 del Decreto 763 de 2009 y artículo 3º del Decreto 833 de

2002).

3.1.1.1. Patrimonio Cultural Sumergido de la Nación

Inicialmente, la protección de las que se denominaban antigüedades

náufragas se encontraba regulada por el Código Civil y estaba a cargo de la

Comisión de Antigüedades Náufragas reglamentada por los Decretos 29 de 1984, 23

de 1987, 2268 de 2002, 2515 de 2009 y 498 de 2011.

Con ocasión de la controversia presentada con la Sea Search Armada por el

descubrimiento de la presunta ubicación del Galeón San José hundido en 1708, se

expidió la Ley 1675 de 2013 que pretendía generar el marco jurídico para proteger el

Patrimonio Cultural Nacional de cazadores de tesoros y de pretensiones extranjeras.

El objetivo de la Ley es fijar las condiciones para proteger, visibilizar y recuperar el

Patrimonio Cultural Sumergido haciendo énfasis en el ejercicio de soberanía y la

generación de conocimiento científico sobre el mismo (Artículo 2º de la Ley 1675 de

2013).

El artículo 2º define al Patrimonio Cultural Sumergido como parte del

patrimonio arqueológico y lo caracteriza estratégicamente como propiedad de la

Nación. Dentro de esta subcategoría se encuentran los bienes producto de la

actividad humana que sean culturalmente representativos, que tengan más de 100

años y que se encuentren sumergidos en aguas internas, fluviales, lacustres, en el

mar territorial, zona contigua, zona económica exclusiva, plataforma continental o

insular y otras zonas delimitadas por líneas base. Estos bienes pueden ser restos

orgánicos e inorgánicos, asentamientos, cementerios, evidencia física de grupos

humanos desaparecidos, restos humanos, especies náufragas (naves, artefactos

navales, su dotación, elementos y restos), cualquiera que sea su estado y cualquiera

que sea la causa de la inmersión, hundimiento, naufragio o echazón (Artículo 2º de

la Ley 1675 de 2013).

Según el artículo 3º de la Ley 1675 de 2013 los criterios para que los bienes

puedan considerarse Patrimonio Cultural Sumergido son:

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1. “Representatividad: Cualidad de un bien o conjunto de bienes, por la que

resultan significativos para el conocimiento y valoración de particulares

trayectorias y prácticas socioculturales que hacen parte del proceso de

conformación de la nacionalidad colombiana, en su contexto mundial.”

(Subrayado fuera del texto original)

2. “Singularidad: Cualidad de un bien o conjunto de bienes, que los hace

únicos o escasos en relación con los demás bienes conocidos, relacionados

con las particulares trayectorias y prácticas socioculturales, de las cuales

dichos bienes son representativos.”

3. “Repetición: Cualidad de un bien o conjunto de bienes muebles por la cual

resultan similares, dadas sus características, su condición seriada y por tener

valor de cambio o fiscal, tales como monedas, lingotes de oro y plata o

piedras preciosas en bruto.”

4. “Estado de conservación: Grado de integridad de las condiciones físicas de

los materiales, formas y contenidos originales que caracterizan a un bien o

conjunto de bienes muebles e inmuebles, incluidos los contextos espaciales

en los que se encuentran.”

5. “Importancia científica y cultural: Potencial que ofrece un bien, o conjunto

de bienes muebles o inmuebles, de aportar al mejor conocimiento histórico,

científico y cultural de particulares trayectorias y prácticas socioculturales que

hacen parte del proceso de conformación de la nacionalidad colombiana, en

su contexto mundial.” (Subrayado fuera del texto original)

La aplicación de los criterios debe complementarse con el principio de unidad,

el cual, según la Corte Constitucional (2014, §6.3, párr. 8) “implica que si un conjunto

de bienes, teniendo la similitud como su principal característica, conforman una

unidad cultural que perdería ese sentido si uno de los bienes que la conforma es

desligado del grupo, en esos casos el conjunto total de los bienes resulta indivisible

y todos deberán ingresar al patrimonio cultural de la Nación”.

El Decreto 1698 de 2014 crea el Registro Nacional de Bienes del Patrimonio

Cultural Sumergido, administrado por el Instituto Colombiano de Antropología e

Historia en colaboración con la Dirección General Marítima (DIMAR). De igual forma

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consagra el deber de la Armada Nacional de vigilar y controlar los contextos

arqueológicos y bienes sumergidos, con custodia permanente de los bienes hallados

por parte del Ministerio de Cultura.

En la revisión de la constitucionalidad del criterio de repetición para determinar

qué bienes integran el Patrimonio Cultural Sumergido, recordaba la Corte

Constitucional (2014) que fue la Asamblea Constituyente de 1991 la que puso en

cabeza de la Nación la titularidad de aquellos bienes que contribuyen a su desarrollo

cultural y aportan a la construcción de nuestra identidad nacional.

3.1.2. Patrimonio Colombiano de Imágenes en Movimiento

Adoptando las recomendaciones de la Conferencia General de la UNESCO,

Colombia incluyó a las imágenes en movimiento como parte del Patrimonio Cultural

Material de la Nación, integradas principalmente por las obras audiovisuales y las

obras cinematográficas, caracterizadas por la vulnerabilidad del soporte material que

las incorpora (Artículo 12 de la Ley 397 de 1997 y artículo 14 del Decreto 358 de

2000).

En las consideraciones del Decreto 358 de 2000 se entiende la obra

cinematográfica como la “conjunción indisoluble de una propuesta artística y de

lenguaje distintivos, de un conjunto de imágenes en movimiento y un soporte

material que la hace posible”, siendo este último susceptible de protección,

conservación, restauración y difusión en los términos de la Ley 397 de 1997.

Son múltiples las normas que reconocen la importancia del cine como medio

de expresión de nuestra identidad nacional, como una expresión cultural que genera

identidad social y memoria nacional, y como un auténtico formador de identidad

colectiva (Artículo 40 de la Ley 397 de 1997, artículo 14 del Decreto 358 de 2000,

artículo 1º de la Ley 814 de 2003 y artículo 9º del Decreto 255 de 2013).

El Ministerio de Cultura es la entidad encargada de declarar las obras

cinematográficas nacionales como de interés cultural, “en consideración a [su]

capacidad y condición testimonial de la identidad cultural nacional en el presente y

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80

en el futuro” (Artículo 15 del Decreto 358 de 2000). De igual forma, la recuperación,

conservación y preservación del patrimonio colombiano de imágenes en movimiento

está a cargo de la Dirección de Cinematografía (Parágrafo del artículo 12 de la Ley

397 de 1997).

3.1.2.1. Beneficios, incentivos y estímulos para las obras cinematográficas

La Ley 397 diseñó un conjunto de incentivos para fomentar la cinematografía

nacional, tales como: Estímulos a la creación, producción, exhibición, divulgación,

conservación, preservación y a la infraestructura física y técnica requerida para las

obras cinematográficas (Artículo 41 de la Ley 397 de 1997).

También hizo extensiva la deducción tributaria sobre el Impuesto de Renta

para los gastos de duplicación, conservación y mantenimiento de las obras

audiovisuales nacionales declaradas de interés cultural (Artículo 21 del Decreto 358

de 2000).

Esta ley también crea el Fondo Mixto de Promoción Cinematográfica

Proimágenes Colombia, como entidad autónoma con personería jurídica propia del

nivel nacional. Su propósito principal es fomentar y consolidar la preservación del

patrimonio nacional de imágenes en movimiento y la industria cinematográfica, a

través de herramientas como incentivos directos, créditos y premios (Artículos 42 y

43 de la Ley 397 de 1997).

Los productores de obras cinematográficas que reciban beneficios, incentivos

o apoyo económico deberán facultar al Ministerio de Cultura para que este último

pueda proyectar y difundir la obra en muestras o festivales nacionales o

internacionales o pueda comercializarla para video o proyección por televisión. De

igual forma, con la declaratoria de la obra como de interés cultural se entiende

autorizado el Ministerio para exhibirla en muestras, festivales o actos de carácter

cultural (Artículos 47 y 49 del Decreto 358 de 2000).

Para poder acceder a estos estímulos y beneficios tanto la empresa como la

producción o coproducción deben cumplir con los requisitos legales para recibir la

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certificación por parte del Ministerio de Cultura de ser producto nacional (Artículos 42

y 43 de la Ley 397 de 1997, artículo 4º del Decreto 358 de 2000 y Resolución 1708

de 2009).

También se crea a través de la Ley 814 de 2003, denominada Ley del Cine, la

Cuota para el Desarrollo Cinematográfico deducible de la renta. Esta cuota

constituye una contribución parafiscal21 a cargo de exhibidores cinematográficos,

distribuidores para salas de cine o salas de exhibición en el territorio nacional y para

los productores de largometrajes colombianos (Artículo 5º de la Ley 814 de 2003 y

Decreto 352 de 2004).

Esta cuota hará parte de la cuenta especial sin personería jurídica

denominada Fondo para el Desarrollo Cinematográfico (FDC), administrada y

manejada por Proimágenes Colombia y dirigida por el Consejo Nacional de las Artes

y de la Cultura en Cinematografía (Artículo 9º y 12 de la Ley 814 de 2003 y Decreto

352 de 2004).

Este Fondo estará destinado para los siguientes fines (Artículo 11 de la Ley

814 de 2003):

1. La concesión de estímulos e incentivos de los que trata la Ley 397.

2. Otorgamiento de estímulos y subsidios de recuperación por exhibición de

obras cinematográficas en salas de cine.

3. Concesión de créditos para la realización cinematográfica, para el

establecimiento o mejora de la infraestructura de exhibición y para el

establecimiento de laboratorios de procesamiento cinematográfico en

condiciones especiales.

4. Otorgamiento de garantías a la producción cinematográfica.

5. Conformación del Registro de Información y registro cinematográfico SIREC.

6. Investigación, estudios de factibilidad, asistencia técnica y formación.

21 Según la Unidad de Gestión Pensional y Parafiscales (2018, párrafo 1), los parafiscales “son los

gravámenes establecidos con carácter obligatorio por la Ley, que afectan a un determinado y único grupo social y económico y se utilizan para beneficio del propio sector.”

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7. Creación, producción, coproducción de largometrajes y cortometrajes

colombianos, entre otros.

Dentro de los estímulos más relevantes que contempla la norma se encuentra

la reducción de un porcentaje específico de la Cuota para el Desarrollo

Cinematográfico, así como el beneficio tributario consistente en la posibilidad de

deducir del Impuesto a la Renta hasta el 165 % de las donaciones e inversiones en

dinero realizadas a producciones o coproducciones cinematográficas nacionales

aprobadas por el Ministerio de Cultura (Artículos 14, 15 y 16 de la Ley 814 de 2003,

modificado este último por el artículo 195 de la Ley 1607 de 2012).

De otro lado, a través del Decreto 2291 de 2003 se reglamenta la composición

del Consejo Nacional de las Artes y de la Cultura en Cinematografía y se crean los

consejos departamentales y distritales que tendrían funciones análogas pero a nivel

territorial (Artículo 1º del Decreto 2291 de 2003, parágrafo 4º del artículo 69 del

Decreto 763 de 2009).

Tal ha sido el impacto de los beneficios e incentivos otorgados a través de la

Ley del Cine, que se ha incrementado sustancialmente el número de estrenos de

películas nacionales por año, el cual pasó de un promedio de 4 en el periodo 1997 –

2003 a 41 películas colombianas en 2016 (Ministerio de Cultura, 2017c).

Finalmente, la Ley 1556 de 2012 crea el Fondo Fílmico Colombia (FFC), como

una cuenta especial del Ministerio de Comercio, Industria y Turismo, administrado

por Proimágenes Colombia y dirigido por el Comité Promoción Fílmica Colombia

(CPFC). Este fondo está destinado a la inversión en actividades de promoción de

Colombia como lugar de filmación, a través del pago de una contraprestación a

aquellas empresas productoras que rueden películas total o parcialmente en el

territorio nacional. Esta contraprestación equivale al 40% del valor de los gastos por

concepto de servicios cinematográficos contratados con sociedades colombianas y a

un 20% del valor de los gastos en hotelería, alimentación y transporte (Artículos 5º y

ss. de la Ley 1556 de 2012).

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La expedición de la Ley 1556 ha generado un fuerte impacto en la producción

cinematográfica en el territorio nacional, muestra de ello es la aprobación de 27

proyectos cinematográficos extranjeros con una inversión en el país de $107.804

millones de pesos (Ministerio de Cultura, 2017c).

3.1.3. Patrimonio Documental o Archivístico de la Nación

El artículo 3º de la Ley 594 de 2000 define al Patrimonio Documental como

aquel “Conjunto de documentos conservados por su valor histórico o cultural”. Los

archivos, una vez cumplen su función probatoria, garantizadora y perpetuadora, son

“potencialmente parte del patrimonio cultural y de la identidad nacional”, así como

“partes fundamentales de la memoria colectiva” (Artículos 4º y 5º de la Ley 594 de

2000 y artículo 3º del Decreto 1515 de 2013).

Los órganos encargados de declarar documentos, tanto públicos como

privados, como bienes de interés cultural son: a nivel nacional la Junta Directiva del

Archivo General de la Nación, y a nivel territorial los gobernadores, alcaldes y

autoridades de grupos étnicos, previa evaluación y concepto de los consejos

departamentales o distritales tanto de archivo como de patrimonio cultural. Para el

efecto, deberán incluirse previamente en la Lista Indicativa de Candidatos a Bienes

de Interés Cultural y cumplir los mismos criterios de valoración descritos en el

numeral 3.1 (Artículos 39 y 45 de la Ley 594 de 2000, artículo 3º del Decreto 1515

de 2013, artículo 9º del Decreto 2578 de 2012 y artículos 3º y 7º del Decreto 1100 de

2014).

Al ser declarados de interés cultural, los documentos ingresan al patrimonio

colombiano y se acogen al régimen especial que prohíbe su destrucción, traslado

fuera del país y su transferencia a cualquier título, obligando a su tenedor a

conservarlos permanentemente y a permitir su acceso al público.

No obstante lo anterior, los archivos y documentos históricos privados

declarados de interés cultural pueden ser adquiridos por la Nación cuando su

propietario los ofreciere en venta, o podrán ser expropiados vía administrativa en

caso de encontrarse en peligro de destrucción, desaparición, deterioro o pérdida

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(Artículos 39 y 45 de la Ley 594 de 2000, artículo 3º del Decreto 1515 de 2013,

artículo 9º del Decreto 2578 de 2012 y artículo 3º del Decreto 1100 de 2014).

La entidad responsable de este patrimonio es el Archivo General de la Nación,

quien tendrá a su cargo la orientación y coordinación de la función archivística para

salvaguardar el patrimonio documental como parte integral de la riqueza cultural de

la Nación y fijar las políticas para garantizar su conservación y uso adecuado

(Artículo 2º de la Ley 80 de 1989 y el artículo 4º y 33 de la Ley 594 de 2000).

El Gobierno Nacional podrá establecer estímulos no tributarios tales como

premios, asistencia técnica, divulgación, pasantías, becas, concursos, publicaciones,

capacitación y distinciones honoríficas para incentivar y fomentar los archivos

privados declarados de interés público, o para aquellas personas o instituciones que

con sus acciones y trabajos académicos, culturales o científicos contribuyan a la

salvaguarda, difusión o incremento del patrimonio documental nacional (Artículos 40

y 50 de la Ley 594 de 2000).

3.1.4. Patrimonio bibliográfico y hemerográfico

Con el propósito de guardar memoria y acrecentar el patrimonio nacional, la

Ley 44 de 1993 establece la obligación para todo editor o importador de obras

impresas (impreso de carácter monográfico, publicación seriada o material

cartográfico o musical), productor de obras audiovisuales y productor de fonogramas

(grabación sonora o fonograma, discos, cintas, bandas sonoras), de entregar para

su conservación, según el tipo de obra, a la Biblioteca Nacional de Colombia, la

Biblioteca del Congreso y la Biblioteca de la Universidad Nacional de Colombia, uno

o varios ejemplares, según corresponda, para su depósito legal (Decreto 460 de

1995)

Dentro de los primeros 5 días siguientes de cada mes, la Biblioteca Nacional

remitirá al Instituto Caro y Cuervo un listado de las obras depositadas para la

elaboración del Anuario Bibliográfico Nacional (Artículo 29 del Decreto 460 de 1995).

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Finalmente, cabe destacar cómo el artículo 2º y 10º de la Ley 1379 de 2010

define el Patrimonio bibliográfico y documental en función de su contribución “a la

construcción de la identidad de la Nación en su diversidad”.

3.2. Patrimonio Cultural Inmaterial de la Nación

Con la expedición de la Ley 1185 de 2008 se introduce el concepto de

Patrimonio Cultural Inmaterial, el cual comprende las “manifestaciones, prácticas,

usos, representaciones, expresiones, conocimientos, técnicas y espacios culturales,

que las comunidades y los grupos reconocen como parte integrante de su patrimonio

cultural. Este patrimonio genera sentimientos de identidad y establece vínculos con

la memoria colectiva” (Artículo 11-1 de la Ley 397 de 1997 adicionado por la Ley

1185 de 2008 de conformidad con la Convención para la Salvaguardia del

Patrimonio Cultural Inmaterial aprobada en París el 17 de octubre de 2003 y

adoptada por Colombia a través de la Ley 1037 de 2006)

El Decreto 2941 de 2009 complementó el concepto de Patrimonio Cultural

Inmaterial de la Nación así:

hacen parte de dicho patrimonio los usos, prácticas,

representaciones, expresiones, conocimientos y técnicas, junto con

los instrumentos, objetos, artefactos, espacios culturales y naturales

que les son inherentes, así como las tradiciones y expresiones

orales, incluidas las lenguas, artes del espectáculo, usos sociales,

rituales y actos festivos, conocimientos y usos relacionados con la

naturaleza y el universo, técnicas artesanales, que las comunidades,

los grupos y en algunos casos los individuos reconozcan como parte

de su patrimonio cultural. El Patrimonio Cultural Inmaterial incluye a

las personas que son creadoras o portadoras de las manifestaciones

que lo integran (Artículo 2º del Decreto 2941 de 2009).

Este decreto reitera en su artículo 4º la vocación del Patrimonio Cultural de la

Nación, particularmente del inmaterial, de “servir como testimonio de la identidad

cultural nacional en el presente y en el futuro”. Para ello, el Ministerio de Cultura

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junto con las demás entidades que integran el Sistema Nacional de Patrimonio

Cultural, deberán fomentar y apoyar técnica y presupuestalmente las iniciativas

tendientes a documentar, investigar y revitalizar estas manifestaciones de acuerdo

con sus competencias.

Estas manifestaciones, prácticas y usos deberán ser incluidos en la

denominada Lista Representativa de Patrimonio Cultural Inmaterial cuyo manejo a

nivel nacional le corresponde al Ministerio de Cultura en coordinación con el Instituto

Colombiano de Antropología e Historia. A nivel departamental, distrital o municipal le

corresponde al gobernador, alcalde o a la autoridad de grupo étnico, previo concepto

favorable del Consejo Nacional, departamental o distrital según corresponda

(Artículo 8º de la Ley 1185 de 2008 y Artículo 6º y ss. del Decreto 2941 de 2009).

Las Listas Representativas de Patrimonio Cultural Inmaterial contendrán los

siguientes campos para clasificar las manifestaciones: Lenguas y tradición oral;

organización social; conocimiento tradicional sobre la naturaleza y el universo;

medicina tradicional; producción tradicional, técnicas y tradiciones asociadas a la

fabricación de objetos artesanales; artes populares; actos festivos y lúdicos; eventos

religiosos tradicionales de carácter colectivo; conocimientos y técnicas tradicionales

asociadas al hábitat; cultura culinaria, y patrimonio cultural inmaterial asociado a los

espacios culturales (Artículo 8º del Decreto 2941 de 2009).

Se destacan particularmente los criterios de lenguas y tradición oral, que son

descritos por la norma como vehículo del patrimonio inmaterial y factor de identidad

e integración de los grupos humanos; y los actos festivos y lúdicos, como

acontecimientos que son generadores de identidad, pertenencia y cohesión social

(Artículo 8º del Decreto 2941 de 2009).

Las manifestaciones incluidas en las Listas Representativas deberán cumplir

con diferentes criterios de valoración, algunos de ellos relacionados con la identidad

nacional, tales como (Artículo 9º del Decreto 2941 de 2009):

1. Representatividad: La manifestación debe estar relacionada con la identidad

del grupo, comunidad o colectividad.

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87

2. Relevancia: Que la manifestación contribuya de manera fundamental a los

procesos de identidad cultural.

3. Naturaleza e identidad colectiva: Que la manifestación sea reconocida por la

respectiva colectividad como parte fundamental de su identidad, memoria,

historia y patrimonio cultural.

Igualmente se crea el Comité del Patrimonio Cultural Inmaterial como órgano

asesor del Ministerio de Cultura integrado por un delegado de las direcciones de

Patrimonio, de Etnocultura y de Fomento Regional, así como del Instituto

Colombiano de Antropología e Historia (Resolución 263 de 2004 del Ministerio de

Cultura).

A continuación se analizarán algunas de las manifestaciones, prácticas y usos

que integran el Patrimonio Cultural Inmaterial de la Nación como la lengua, los

símbolos patrios y los festivales.

3.2.1. Lengua castellana y lenguas nativas

El artículo 10º de la Constitución Política establece que el idioma castellano es

el oficial de Colombia, y que las lenguas y dialectos de los grupos étnicos lo son en

sus respectivos territorios.

Tanto la Ley 2ª de 1960 como la Ley 14 de 1979 establecen diversas medidas

para la defensa del idioma patrio, como la obligatoriedad del uso del castellano en

los documentos de carácter oficial, la creación de la Academia Colombiana de la

Lengua como órgano consultivo y el establecimiento del día 23 de abril, aniversario

de la muerte de Cervantes, como Día Nacional de la Lengua Castellana.

Por otro lado, también son reconocidas como oficiales las lenguas nativas

habladas por los grupos étnicos del país22, tales como las de origen indoamericano

habladas por los pueblos indígenas, la romaní hablada por los pueblos Rom o

gitanos, y las criollas habladas por comunidades afrodescendientes (el creole en la

22 El día 21 de febrero de cada año fue declarado como el Día Nacional de las Lenguas Nativas

(Artículo 25 de la Ley 1381 de 2010).

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comunidad raizal de San Andrés, Providencia y Santa Catalina, y el palenquero de

los cimarrones en San Basilio de Palenque), cuyo uso constituye un derecho tanto

en el ámbito público como privado a nivel nacional (Artículo 1º y 5º de la Ley 1381 de

2010).

Las lenguas nativas quedaron incorporadas automáticamente en la Lista

Representativa de Manifestaciones del Patrimonio Cultural Inmaterial a partir de la

expedición de la Ley 1381, estando por consiguiente amparadas por el Régimen de

protección, salvaguardia y fortalecimiento (Artículo 3º y 11 de la Ley 1381 de 2010).

Dentro de las principales medidas de preservación, salvaguarda y

fortalecimiento se encuentran los planes de urgencia para rescatar lenguas en

peligro de extinción; la documentación de lenguas en estado de precariedad; la

reivindicación de lenguas extintas; el acceso a medios de comunicación masiva; la

producción de materiales de lectura, audio, audiovisuales y digitales en lenguas

nativas; la conservación y difusión de materiales sobre lenguas nativas; la

enseñanza obligatoria de lenguas nativas en escuelas de las comunidades; y

programas de investigación y formación por parte de Colciencias (Artículos 10º al 22

de la Ley 1381 de 2010).

También se crea a través del artículo 24 de la Ley 1381 de 2010, el Consejo

Nacional Asesor de Lenguas Nativas como organismo técnico y asesor en la

adopción de planes y programas para su fortalecimiento, integrado mayoritariamente

por miembros de las comunidades y grupos étnicos (Decreto 1003 de 2012).

Según el Ministerio de Cultura, actualmente existen 68 lenguas nativas, de las

cuales 65 son indígenas, 2 criollas (creole y palenquero) y una romaní del pueblo

gitano, las cuales son habladas por aproximadamente 850.000 personas (Ministerio

de Cultura, 2018a).

3.2.2. Uso de Símbolos Patrios

A través de la Ley 12 de 1984 se adoptan los símbolos patrios nacionales, a

saber: la Bandera, el Escudo y el Himno nacional, los cuales, como lo reconoce la

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Corte Constitucional en Sentencia C- 469 de 1997, integran el Patrimonio Cultural de

la Nación. El uso de los símbolos patrios (componente inmaterial) también fue

regulado por la Ley 198 de 1995 y reglamentado mediante el Decreto 1967 de 1991,

tal como se explicó en el acápite respectivo.

3.2.3. Festivales de Teatro y Artes Escénicas

La actividad teatral y escénica es objeto de promoción y apoyo por parte del

Estado por su contribución al afianzamiento y conservación de la cultura nacional.

Para el efecto, se ha diseñado un sistema de atención y apoyo preferente, con

asistencia en presupuesto, infraestructura y equipos para aquellas obras teatrales

que “promuevan los valores de la cultura colombiana” (Artículos 1º, 8º y 13 de la Ley

1179 de 2007).

Con esta finalidad han sido promovidas iniciativas como la declaración del día

27 de marzo como Día Nacional del Teatro, la creación del Festival Nacional del

teatro y el apoyo financiero a los principales festivales teatrales como el Festival

Artístico Nacional e Internacional de Cultura Popular Invasión Cultural a Bosa y el

Festival Iberoamericano de Teatro de Bogotá, ambas declaradas Patrimonio Cultural

inmaterial de la Nación mediante las Leyes 1040 de 2006 y 1686 de 2013

respectivamente.

Cabe resaltar el importante papel de la Ley 1493 de 2011 en la formalización

del sector del espectáculo público de las artes escénicas, las cuales son reconocidas

como fundamentales para la construcción de la base social y de los procesos de

identidad cultural del país. Para cumplir este propósito se crea el registro de

productores en el Portal Único de la Ley de espectáculos públicos de las artes

escénicas – PULEP, y se diseñan incentivos como deducciones al impuesto de renta

para inversiones en infraestructura de escenarios públicos y exenciones al IVA para

algunos servicios artísticos (Artículos 2º, 4º y 6º de la Ley 1493 de 2011).

Finalmente, esta ley crea la Contribución Parafiscal Cultural a la boletería de

espectáculos públicos de artes escénicas que será recaudada por el Ministerio de

Cultura y posteriormente trasladada al municipio o distrito que la generó, cuya

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destinación específica será la inversión en construcción, adecuación, mejoramiento y

dotación de la infraestructura de los escenarios para espectáculos públicos de artes

escénicas (Artículos 7º, 12 y 13 de la Ley 1493 de 2011).

4. Instancias y redes culturales

Las instancias del Sistema Nacional de Cultura son los responsables de la

formulación, ejecución y seguimiento de las políticas culturales, así como de la

generación de espacios de participación (Artículo 5º numeral 5.1. y 6º del Decreto

1589 de 1998).

De otro lado, las redes de servicios culturales son un conjunto de

organizaciones y procedimientos para disponer de información y servicios culturales,

las cuales operan bajo el principio de cooperación interinstitucional y dentro de las

cuales se encuentran los museos, las bibliotecas y las casas de cultura (Artículo 5º

del Decreto 1589 de 1998).

Estas redes e instancias constituyen espacios de difusión de la identidad

nacional, democratizando el acceso a la cultura que otrora fuera exclusivo de los

más privilegiados. Los museos, las bibliotecas y las casas de cultura, han permitido

comunicar con mayor transversalidad los contenidos culturales que integran nuestra

identidad, cumpliendo sin lugar a duda un rol pedagógico intergeneracional que ha

impedido el olvido de nuestros valores, creencias y tradiciones.

4.1. Museos públicos y privados

La entidad encargada de la protección, conservación y desarrollo de los

museos es la Unidad Administrativa Especial Museo Nacional, la cual tiene a su

cargo la adopción de inventivos para la creación y crecimiento de los museos como

depositarios de los bienes muebles representativos del Patrimonio Cultural de la

Nación (Artículo 49 de la Ley 397 de 1997).

Su rol principal dentro del Sistema Nacional de Cultura es “[estimular] el

carácter activo de los Museos al servicio de los diversos niveles de educación como

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entes enriquecedores de la vida y de la identidad cultural nacional, regional y local”

(Artículo 49 de la Ley 397 de 1997 – Cursiva fuera del texto original).

Para el efecto, el Museo Nacional realiza un gran esfuerzo por localizar,

adquirir, investigar y conservar aquellos testimonios representativos de los periodos,

áreas y valores de la historia del arte y de la cultura nacional. De igual manera,

apoya la gestión de los museos y otorga incentivos a las donaciones y

contribuciones de mecenazgo para el funcionamiento y desarrollo de museos

públicos y privados (Artículo 19 del Decreto 1746 de 2003 y artículo 54 de la Ley 397

de 1997).23

Igualmente, mediante la Resolución 1975 de 2013 del Ministerio de Cultura,

fue creado el Consejo Nacional de Museos como ente asesor en la formulación y

desarrollo de la política, planes y programas del área y fueron implementadas redes

temáticas y territoriales de museos.

4.2. Casas de Cultura

El surgimiento de las Casas de Cultura como entidades oficiales se remonta a

la creación de Colcultura en 1968, como un compromiso del Estado de abordar

desde los municipios la interlocución con la ciudadanía en materia cultural (Ministerio

de Cultura, 2010).

Las casas de cultura fueron concebidas inicialmente como centros

primordiales para la educación informal encargados de la difusión, proyección y

fomento de las políticas y programas culturales en las diferentes entidades

territoriales (Artículo 23 de la Ley 397 de 1997).

Este importante reconocimiento estuvo acompañado de la obligatoriedad por

parte del Estado de apoyar las casas de cultura, mandato que fue suprimido 3 años

después tras la expedición de la Ley 617 de 2000, que dejó a los municipios en

23 Existen iniciativas que vinculan directamente al sector museal con la identidad nacional, tal como lo

muestra la creación del Museo para la Identidad Nacional en Honduras.

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libertad para crear dichos centros en caso de contar con recursos suficientes para

ello (Artículo 75 de la Ley 617 de 2000).

A partir de este momento se presenta una ruptura en el papel de las casas de

cultura como centros de difusión local, pues so pretexto de garantizar la autonomía

territorial se dejó su creación al arbitrio de las entidades territoriales, sometiendo su

desarrollo al posicionamiento de la cultura en la agenda del gobierno local de turno.

Sin perjuicio de lo anterior, aún subsiste el artículo 25 de la Ley 397 de 1997

que obliga al municipio a destinar del 6% de los recursos derivados de la

participación de propósito general destinados a cultura (Sistema General de

Participaciones), por lo menos el 2% para bibliotecas públicas y casas de cultura.

Igualmente se han articulado asociaciones de casas de cultura por regiones,

de las cuales se escoge un representante para el Consejo Nacional de Cultura y otro

para los consejos departamentales, lo cual permite su reconocimiento e interacción

dentro del Sistema Nacional de Cultura (Artículos 58 y 60 de la Ley 397 de 1997).

4.3. Red Nacional de Bibliotecas Públicas

La Ley 98 de 1993 reconoce el papel del libro en la conservación del

Patrimonio de la Nación, declarando para el efecto la Feria Internacional del Libro de

Bogotá como evento cultural de carácter e interés nacional. Su difusión le

corresponde tanto al Ministerio de Educación como al Ministerio de Cultura, con

asesoría del Consejo Nacional del Libro y la Lectura y la Cámara Colombiana del

Libro (Artículos 1º, 5º y 14 de la Ley 98 de 1993 y Decreto 374 de 1985).

Así mismo, tal como lo había ordenado inicialmente el artículo 24 de la Ley

397 de 1997, mediante la Ley 1379 de 2010 se establece la Red Nacional de

Bibliotecas Públicas coordinada por la Biblioteca Nacional de Colombia. Esta Red

articula e integra las bibliotecas públicas estatales y sus servicios en los órdenes

nacional, departamental, distrital y municipal (Artículo 7º de la Ley 1379 de 2010).

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93

Una de las principales finalidades de la Red es promover la recolección,

organización, conservación y acceso al patrimonio documental y bibliográfico de la

Nación, función para la cual se sirve de la asesoría del Comité Técnico Nacional de

Bibliotecas Públicas y de los comités departamentales de bibliotecas públicas

(Artículos 10º y 38 de la Ley 1379 de 2010).

La ley establece igualmente para cada municipio la obligación de contar con

por lo menos una biblioteca pública municipal, para lo cual incorpora incentivos

tributarios como la posibilidad de descontar del impuesto a la renta, el 100% de las

donaciones en dinero para la construcción, dotación o mantenimiento de bibliotecas

de la Red y de la Biblioteca Nacional. Así mismo, ordena destinar mínimo el 10% del

incremento del 4% del IVA y de la Estampilla Procultura para crear, fortalecer y

sostener la Red.

Para la administración de los recursos destinados a financiar la Red se crea

un fondo cuenta sin personería jurídica denominado Fondo para el fomento de la

Red Nacional de Bibliotecas Públicas y Biblioteca Nacional, compuesto por las

donaciones realizadas por personas jurídicas obligadas al pago del impuesto a la

renta.

Por último, la ley dispone que los recursos derivados de las sanciones

pecuniarias impuestas por incumplimiento del Depósito Legal, harán parte del

Presupuesto General de la Nación como un fondo especial de inversión de la

Biblioteca Nacional destinado al cumplimiento de sus funciones relacionadas con el

Patrimonio bibliográfico y documental de la Nación (Artículos 1º y 3º del Decreto

2907 de 2010).

5. Patrimonio Natural de la Nación

El Patrimonio Natural de la Nación está compuesto por la biodiversidad del

país y por el concepto omnicomprensivo de ambiente, que integra recursos naturales

renovables como la atmósfera, el espacio aéreo, la fauna, la flora, el suelo, el

subsuelo y los recursos del paisaje. Estos elementos hacen parte del patrimonio

común nacional y constituyen un derecho que contribuye al bienestar físico y

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94

espiritual de la comunidad (Artículo 1º de la Ley 99 de 1993 y Decreto-Ley 2811 de

1974).

Si bien para el manejo y protección del patrimonio natural confluyen tanto el

Estado como los particulares, es el Ministerio de ambiente y desarrollo sostenible el

“encargado de impulsar una relación de respeto y armonía del hombre con la

naturaleza” (Artículo 2º de la Ley 99 de 1993). Para cumplir esta finalidad define las

políticas y regulaciones para la recuperación, conservación, protección,

ordenamiento, manejo, uso y aprovechamiento de los recursos naturales renovables.

Las orientaciones, normas, actividades, recursos, programas e instituciones

relacionadas con la conservación y protección del medio ambiente y los recursos

naturales, se encuentran articuladas por lo que la ley denomina el Sistema Nacional

Ambiental – SINA (Artículo 4º de la Ley 99 de 1993).

5.1. Sistema Nacional de Áreas Protegidas y Sistema de Parques Nacionales

Naturales

El componente más importante del Patrimonio Natural es el Sistema Nacional

de Áreas Protegidas – SINAP, el cual es coordinado por la Unidad Administrativa

Especial Parques Nacionales Naturales de Colombia junto con el Consejo Nacional

de Áreas Protegidas. Su propósito es integrar todas las áreas susceptibles de

protección para salvaguardar el patrimonio natural y cultural nacional.

Dentro de las áreas protegidas se incluyen los Parques Nacionales Naturales,

las Reservas Forestales Protectoras, los Parques Naturales Regionales, los Distritos

de manejo integrado, los Distritos de Conservación de suelos, las Áreas de

Recreación y las Reservas Naturales de la Sociedad Civil (Artículos 7º, 10º y 44 del

Decreto 2372 de 2010).

Al interior del SINAP se encuentra el Sistema de Parques Nacionales que se

define como “el conjunto de áreas con valores excepcionales para el Patrimonio

Nacional que, en beneficio de los habitantes de la Nación y debido a sus

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95

características naturales, culturales o históricas, se reserva” 24, el cual tiene las

siguientes finalidades (Artículo 328 del Decreto Ley 2811 de 1974 y Decreto 2372 de

2010):

1. Conservar la fauna, la flora y las zonas donde se encuentren reliquias

históricas, culturales y arqueológicas para que permanezcan sin deterioro.

2. Perpetuar en estado natural muestras de comunidades bióticas, regiones

fisiográficas, unidades biogeográficas, recursos genéticos y especies

silvestres amenazadas de extinción.

3. Mantener la diversidad biológica, el equilibrio ecológico y la valoración social

de la naturaleza.

4. Proteger ejemplares de fenómenos naturales, culturales, históricos y otros de

interés internacional, para contribuir a la preservación del patrimonio común

de la humanidad.

5. “Incrementar el bienestar de los habitantes del país mediante la perpetuación

de valores excepcionales del patrimonio nacional” (numeral 12 del artículo 3º

del Decreto 622 de 1977).

6. Conservar espacios naturales asociados a elementes de la cultura material o

inmaterial de grupos étnicos. Uno de los criterios que imposibilitan la

sustracción de espacios de las áreas protegidas es el significado cultural, que

se interpreta como un proceso activo para la pervivencia de grupos étnicos

reconocidos como culturas diferenciadas en el país.

El Sistema de Parques contempla áreas como los Parques Nacionales,

Reservas Naturales, Áreas Naturales Únicas, Santuarios de Flora, Santuarios de

Fauna, y Vías de Parques, teniendo cada una de ellas un uso y una administración

específica que se realizarán de acuerdo con los principios de conservación,

investigación, educación, recreación, cultura, y de recuperación y control.

De estos principios se destacan el de investigación, orientado al manejo y uso

de los valores naturales e históricos del país, el de educación como medio de

difusión del conocimiento de las riquezas naturales e históricas, y el de cultura como

24 Las normas relacionadas con las Áreas Protegidas relacionan los valores naturales, históricos,

sociales y culturales como fundamento de su protección.

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96

conocimiento de los valores propios de una región (Artículos 329 y ss. del Decreto

Ley 2811 de 1974).

El Ministerio tiene a su cargo administrar las áreas que integran el Sistema de

Parques Nacionales Naturales y velar por la protección del patrimonio natural y la

diversidad biótica de la Nación. Estas funciones deberán cumplirse de forma

coordinada con los demás sectores involucrados a través del Consejo Nacional

Ambiental, donde cuentan con participación las comunidades negras e indígenas

(Artículos 5º y 13º de la Ley 99 de 1993).

Otra entidad que crea la Ley es el Instituto de Hidrología, Meteorología y

Estudios Ambientales – IDEAM, cuya función principal es el levantamiento y manejo

de la información científica y técnica sobre los ecosistemas que forman parte del

patrimonio ambiental del país25 (Artículo 17 de la Ley 99 de 1993).

6. Sistema de Educación Nacional

El Artículo 67 de la Constitución Política de 1991 establece a la educación

como un derecho cuyo propósito es garantizar el acceso al conocimiento, a la

ciencia, a la técnica y a los demás bienes y valores de la cultura. La importancia del

precepto constitucional se encuentra en la articulación de los sectores de educación

y cultura con el objetivo de lograr una formación idónea en “todas las etapas del

proceso de creación de la identidad nacional” (Artículo 70 de la C.P.).

Bajo esta perspectiva, los sectores tradicionales de la formación de identidad

nacional se entrelazan generando un vínculo estrecho entre la educación como

vehículo para acceder a la cultura y el atributo de la cultura como fundamento de la

nacionalidad.

La Ley General de Educación, Ley 115 de 1994, desarrolla el artículo 67

constitucional y establece los siguientes fines de la educación y de los niveles

25 La norma se refiere indistintamente al Patrimonio Natural de la Nación como patrimonio ambiental,

patrimonio ecológico y cultural, y patrimonio paisajístico.

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97

educativos (Artículos 5º, 13 y 20 de la Ley 115 de 1994 y artículo 6º de la Ley 30 de

1992):

1. La formación para facilitar la participación de todos en las decisiones que los

afectan en la vida cultural de la Nación.

2. La formación en el respeto a la cultura nacional, a la historia colombiana y a

los símbolos patrios.

3. “El estudio y comprensión crítica de la cultura nacional y de la diversidad

étnica y cultural del país, como fundamento de la unidad nacional y de su

identidad“ (numeral 6º del artículo 5º de la Ley 115 de 1994, cursiva fuera del

texto original)

4. La creación y fomento de una conciencia de la soberanía nacional.

5. Adquisición de una conciencia para la conservación, protección, mejoramiento

y defensa del Patrimonio Cultural de la Nación.

6. Fomentar el interés y respeto por la identidad cultural de los grupos étnicos.

7. Facilitar el conocimiento y comprensión de la realidad nacional para

consolidar los valores propios de la nacionalidad colombiana, entre los cuales

se encuentran la solidaridad, tolerancia, democracia, justicia, convivencia

social, cooperación y ayuda mutua. La Educación para el trabajo y el

desarrollo humano también contempla entre sus fines el conocimiento y la

reafirmación de los valores nacionales.

8. Son objetivos de la Educación superior (universitaria) promover la unidad

nacional, y conservar y fomentar el patrimonio cultural del país.

Para cumplir estos fines designa como responsables de la educación a la

sociedad, la familia y el Estado, siendo deber de la primera “fomentar, proteger y

defender la educación como patrimonio social y cultural de toda la Nación” (Literal a

del artículo 8º de la Ley 115 de 1994, cursiva fuera del texto original).

El reconocimiento constitucional de la Nación colombiana como pluriétnica y

multicultural implicó la adaptación del sistema educativo a las necesidades de los

grupos y comunidades étnicas. Para ello, la norma implementa un sistema de

etnoeducación con la finalidad de afianzar los procesos de identidad étnica de

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98

acuerdo con su cultura, lengua, usos, costumbres y tradiciones (Artículos 55 y ss. de

la Ley 115 de 1994, Decreto 804 de 1995 y artículo 13 de la Ley 397 de 1997).

El actual Plan Nacional Decenal de Educación 2016- 2026 (2017) se

construye sobre el principio orientador de consolidar el sentimiento de nación,

contemplando como una de sus metas la participación activa y democrática de los

colombianos en “el desarrollo humano y la integralidad de una formación que

contribuya a la construcción de nación en un contexto de diversidad cultural y social

y de creciente internacionalización” (MEN, 2017, p. 18).

El Plan hace especial énfasis en el propósito de construcción de identidad

nacional estableciendo los siguientes lineamientos estratégicos:

1. “Promover estrategias de discusión y debate sobre la construcción de paz y

nación a través de la educación, teniendo en cuenta referentes regionales,

nacionales e internacionales” (MEN, 2017, p. 52).

2. “Articular los medios masivos de comunicación con la formación en una

cultura de la paz y el sentimiento de nación” (MEN, 2017, p. 56)

3. Formular nuevos paradigmas educativos que reconozcan “la construcción de

nación y la consolidación de la paz sobre la base de la equidad, la inclusión,

así como, el respeto y el cuidado de sí y de los otros.” (MEN, 2017, p. 18).

6.1. Lineamientos curriculares

Los currículos constituyen un “conjunto de criterios, planes de estudios,

programas, metodología y procesos que contribuyen a la formación integral y a la

construcción de la identidad cultural nacional, regional y local” (Artículos 2º y 76 de la

Ley 115 de 1994, cursiva fuera del texto original).

Si bien las instituciones educativas se rigen por el principio de autonomía

escolar y curricular, la ley ha definido que los currículos deberán ser aprobados por

las Secretarías de Educación y contemplarán como mínimo un núcleo común. Este

núcleo incluye áreas obligatorias en ciencias sociales, historia, geografía, educación

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artística y cultural, y humanidades y ciencias políticas (Artículos 23 y 31 de la Ley

115 de 1994 y Resolución 2343 de 1996 del Ministerio de Educación Nacional).

La construcción de los currículos por parte de las instituciones educativas

debe realizarse de conformidad con los fines y objetivos señalados en la Ley 115 de

1994, de tal forma que contribuyan al “afianzamiento de la identidad nacional con

pleno reconocimiento de la diversidad cultural” (Artículo 7º y ss. de la Resolución

2343 de 1996).

El seguimiento al cumplimiento de los logros curriculares es realizado a través

de la formulación de los siguientes indicadores (Resolución 2343 de 1996 del MEN):

Tabla 3

Indicadores de logros curriculares por nivel educativo y grados

Nivel educativo y grados Indicadores de logros curriculares

Grados primero, segundo y tercero de la

educación básica en:

1. Ciencias sociales, historia y geografía

2. Educación artística

3. Constitución Política y democracia

1. “Manifiesta gusto y pregunta sobre las

características de sus expresiones artísticas

y sobre el entorno natural y socio cultural”

2. “Diferencia entre paisaje cultural y natural”.

Grados cuarto, quinto y sexto de la educación

básica en:

1. Ciencias sociales, historia y geografía

2. Constitución Política y democracia

3. Educación en ética y en valores

humanos

1. “Tiene sentido de pertenencia como miembro

de la nación colombiana, con tradición,

diversidad cultural y valores propios”

2. “Descubre, comprende y valora la riqueza de

las culturas de los pueblos indígenas y de las

comunidades afrocolombianas”.

Grados séptimo, octavo y noveno de la

educación básica en:

1. Ciencias sociales, historia y geografía

2. Constitución Política y democracia

3. Educación Artística

1. “Comprende que la cultura es el producto de

las prácticas sociales y de la vida cotidiana”

2. “Proceso de formación del juicio apreciativo,

compresivo de sí mismo, de la sociedad a la

que pertenece y de su patrimonio natural

cultural”.

Grados décimo y undécimo de la educación

media:

1. Ciencias sociales, historia y geografía

2. Constitución Política y democracia

3. Educación artística

4. Educación física, recreación y deportes

1. “Denota un comportamiento respetuoso y

sensible con la naturaleza, con los otros y

con el patrimonio cultural.”

2. “Confía en sí mismo y se muestra

comprometido con su visión particular del

mundo y con su pertenencia a un proceso

cultural”

3. “Respeta y valora las diferencias de cultura

corporal en los distintos grupos étnicos y

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100

sociales”

4. “Relaciona las fuentes de los hechos con los

contextos sociales, culturales e históricos en

los que se produjeron.”

Fuente: Elaboración propia con base en la Resolución 2343 de 1996 del MEN.

Con el objetivo de brindar una guía en la formulación de los programas

curriculares de las instituciones educativas, el Ministerio de Educación Nacional en

coordinación con las juntas nacionales, departamentales y distritales de educación, y

con participación de la comunidad educativa, ha formulado lineamientos generales

del proceso curricular que se analizarán en el siguiente acápite (Artículos 78, 157 y

ss. de la Ley 115 de 1994 y Resolución 2343 de 1996).

Los lineamientos curriculares vigentes fueron publicados hace más de 15

años, razón por la cual, el Plan Nacional Decenal de Educación 2016 – 2026 se

propuso revisar y actualizar los ya existentes, haciéndolos más generales,

pertinentes y flexibles (MEN, 2017).

6.1.1. Ciencias sociales (Educación básica primaria y secundaria - Educación Media)

Tal como lo reconoce el lineamiento, la educación en ciencias sociales tuvo

inicialmente el propósito homogeneizante y normalizante de favorecer el desarrollo

de una “cultura general”, la cual se conformaría a partir de la enseñanza de valores e

identidad nacional mediante el reconocimiento de los símbolos patrios, de los

próceres y sus gestas (MEN, 2002a).

Esta tendencia se ilustra claramente con el Decreto 2388 de 1948, expedido

por el gobierno conservador de Mariano Ospina Pérez, por medio del cual se

intensificaba la enseñanza de la historia patria. En las consideraciones de la norma

quedaba manifiesta la concepción según la cual “el conocimiento de la historia

patria, el culto a los próceres y la veneración por los símbolos de la nacionalidad son

elementos inapreciables de fuerza social, de cohesión nacional y de dignidad

ciudadana”.

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101

Por ende, fue declarada como obligatoria la enseñanza de la historia de

Colombia en todos los grados, únicamente a través de textos, materiales visuales y

audiovisuales, y películas autorizadas por el Ministerio de Educación Nacional con la

intervención de la Academia Colombiana de Historia.

El Decreto igualmente contempló la realización de una celebración en las

escuelas, colegios y facultades universitarias en el mes de julio, consistente en una

sesión solemne sobre las glorias de Colombia, los fundadores y cultores de la

nacionalidad, los sentimientos de libertad, democracia y sobre los deberes

ciudadanos. Inclusive la norma llegó aún más lejos, exhortando a las instituciones

educativas a contar con retratos de Bolívar, Santander y de otros próceres y

heroínas de la República suministrados por el Ministerio de Educación (Artículos 9º y

10º del Decreto 2388 de 1948).

También fue expedido el Decreto 3408 de 1948 cuyo objetivo principal era

“imprimir en el educando un vigoroso sentimiento colombianista”, para lo cual

redistribuye el pensum escolar incorporando contenidos relacionados con una visión

panorámica de todas las etapas de la historia nacional, la República, biografías de

los próceres y el estudio crítico del pasado (Artículos 2º al 5º del Decreto 3408 de

1948).

Si bien las anteriores normas se entienden tácitamente derogadas por la Ley

General de Educación, fue con el reconocimiento constitucional de la Nación

pluriétnica y multicultural que los lineamientos incluyeron dentro de las ciencias

sociales un componente más relativo denominado “La identidad cultural: las

identidades individuales y colectivas y sus interacciones en los procesos de

globalización” (MEN, 2002a, p. 53).

Este nuevo componente habría de lograrse a partir de la articulación de los

siguientes ejes generadores:

1. La construcción de Identidad y memoria colectiva que se lograría a partir de

disciplinas como la historia, la antropología, la geografía, la ciencia política, la

economía, la sociología y la demografía. Este eje utiliza conceptos

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102

fundamentales como tiempo, espacio, memoria, cultura, sociedad, sujeto,

identidad y alteridad, integrados bajo imaginarios colectivos y personales

(MEN, 2002a).

2. “La Defensa de la condición humana y el respeto por su diversidad:

multicultural, étnica, de género y opción personal de vida como recreación de

la identidad colombiana” (MEN, 2002a, p. 54). A partir de este eje se formulan

dos problemas básicos, el primero, la necesidad de una educación

multicultural, y el segundo, la capacidad de la educación para acoger la

diversidad.

3. “Las construcciones culturales de la humanidad como generadoras de

identidades y conflictos” (MEN, 2002a, p. 54). Este eje se centra en la

construcción de la cultura a partir de una “creación negociada entorno a

valores y reglas del juego que van a ser consideradas como prioritarias [,] y

que van a comprometer a todas y todos, y a cada una y uno de las y los

ciudadanos en un tipo de solidaridad que, sin ignorar los intereses

particulares, los trasciende” (MEN, 2002a, p. 59).

4. Las culturas como creadoras de diferentes saberes valiosos, con énfasis en el

reconocimiento de la sociedad multicultural como huida a la homogeneización

promovida por los medios masivos de comunicación.

En 2006 el Ministerio de Educación Nacional publica los Estándares Básicos

de Competencias (2006), donde al terminar el tercer grado las ciencias sociales

deben permitir que el estudiante se reconozca como “ser social e histórico, miembro

de un país con diversas etnias y culturas, con un legado que genera identidad

nacional” (MEN, 2006, p. 122).

Finalmente, a través de la Ley 1874 de 2017 se restableció la enseñanza

obligatoria de la historia de Colombia y se incluyó dentro de los lineamientos

curriculares de las ciencias sociales, con el propósito principal de “Contribuir a la

formación de una identidad nacional que reconozca la diversidad étnica cultural de la

Nación colombiana” (Artículo 1º a 7º de la Ley 1874 de 2017).

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103

6.1.2. Cátedra de Estudios Afrocolombianos

Esta Cátedra fue inicialmente creada por la Ley 70 de 1993 y es obligatoria en

los niveles de preescolar, básica y media (Decretos 804 de 1995 y 1122 de 1998).

Su principal finalidad es superar el esquema integracionista y homogeneizador a

través de los siguientes objetivos específicos:

1. “Conocer y exaltar los aportes histórico-culturales, ancestrales y actuales de

las comunidades afrocolombianas a la construcción de la nación colombiana”

(MEN, 2002b, p. 3).

2. “Reconocer y difundir los procesos de reintegración, reconstrucción,

resignificación y redignificación étnica y cultural de los descendientes de los

africanos esclavizados en Colombia, en la perspectiva de nuevas lecturas

sobre la configuración de la identidad nacional” (MEN, 2002b, p. 3).

3. “Contribuir al fortalecimiento de la identidad, autorreconocimiento y

autoestima de los colombianos en el contexto del sentido de pertenencia a la

Nación colombiana” (MEN, 2002b, p. 3).

4. “Superar el desconocimiento del aporte significativo de los afrocolombianos a

la construcción de la nacionalidad en lo material, lo cultural y lo político, así

como la escasa retribución del país a éstos en términos de reconocimiento y

valoración como etnia” (MEN, 2002b, p. 13).

5. Oficializar y promover el uso de lenguas y dialectos de grupos étnicos (MEN,

2002b).

6. “Incidir en la construcción de sociedades nacionales, particulares y

multiculturales” (MEN, 2002b, p. 23).

7. "Superar los paradigmas de homogenización y estereotipización escolar”

(MEN, 2002b, p. 27).

8. “Resaltar el aporte de la afrocolombianidad al patrimonio sociorracial y cultural

nacional” (MEN, 2002b, p. 30).

9. Fomentar el “Conocimiento y difusión de saberes, prácticas, valores, mitos y

leyendas construidos ancestralmente por las comunidades negras que

favorezcan su identidad y la interculturalidad” (literal a del artículo 3º del

Decreto 1122 de 1998).

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104

6.1.3. Constitución Política y democracia

A partir de la expedición de la Carta Política de 1991 la enseñanza de la

Constitución y la instrucción cívica se vuelven obligatorias en las instituciones de

educación oficiales y privadas (Artículo 41 de la C.P.). Si bien inicialmente la

instrucción cívica se vio reducida a la enseñanza de los símbolos patrios y el culto a

los próceres, el nuevo lineamiento curricular propone una enseñanza de lo cívico a

partir de lo cotidiano, contribuyendo particularmente a la resolución de los problemas

diarios y a la generación de una convivencia pacífica (MEN, 1998a).

A partir de la transformación de la instrucción cívica se reformulan sus

objetivos con relación a la construcción de identidad nacional así:

1. “Fomentar en el educando un sentido de identidad nacional, regional y étnica

como base para su integración en dinámicas más universales” (MEN, 1998a,

p. 15).

2. Descubrir las virtudes cívicas a través de la historia de la Nación y su gente

(MEN, 1998a).

3. Comprender que la Nación está en proceso de construcción y que constituye

una “obra” que requiere el compromiso de todos y en el que todos pueden

participar de forma incluyente (MEN, 1998a).

4. Al ser la Nación un proceso de construcción colectiva requiere de la

enseñanza de los mecanismos de participación que acerquen a los jóvenes a

las dinámicas propias de una auténtica democracia participativa (MEN,

1998a).

5. Construir un país y una sociedad cohesionada por unos principios básicos de

formación de su ciudadanía (MEN, 1998a).

6. Fortalecer el sentimiento nacional para facilitar la construcción de un espacio

público sólido (MEN, 1998a).

El Ministerio de Educación Nacional formula igualmente en sus lineamientos

diversas dimensiones con sus respectivos componentes y hábitos. Uno de ellos es la

construcción de una cultura política para la democracia. Este componente propone

una ciudadanía que representa un sentimiento común de pertenencia a una

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105

comunidad social y política, que interactúa en un “espacio donde se comparten

historias, luchas, tradiciones, símbolos, ritos y celebraciones” (MEN, 1998a, p. 31).

Igualmente, las competencias ciudadanas establecidas en los Estándares

Básicos del Ministerio de Educación Nacional (2006), deberían permitir a estudiantes

de sexto a séptimo (educación básica secundaria) reconocer su identidad a partir de

la pertenencia a diversos grupos, tales como familia, colegio, barrio, país (MEN,

2006, p. 175).

6.1.4. Educación artística

El lineamiento curricular para la Educación artística reconoce el rol indiscutible

en la formación de identidad nacional de manifestaciones como el teatro, la danza,

las artes visuales y plásticas, el diseño gráfico, la cinematografía, la televisión, la

literatura y la música tradicional. Lo anterior queda comprendido en el logro

curricular para los niveles preescolar, básico y medio denominado “comprensión de

los sentidos estéticos y de pertenencia cultural” (MEN, 1998f, pp. 84-100).

De igual forma, el lineamiento dirige la educación artística a la defensa,

conservación, preservación, pero sobre todo, al respeto y enriquecimiento del

patrimonio cultural de la Nación (MEN, 1998f).

6.1.5. Ciencias naturales y educación ambiental

La Educación ambiental se construye alrededor del “proyecto futuro de la

Nación”, con componentes relacionados con la construcción de una nueva ética que

permita el “rescate de las tradiciones, costumbres e historia de cada comunidad para

la consolidación de una identidad nacional respetando nuestro carácter multiétnico y

pluricultural” (MEN, 1998b, p. 25). Los lineamientos resaltan igualmente el rol del

conocimiento científico para “sentar las bases de la identidad nacional del estudiante

colombiano” (MEN, 1998b, p. 78).

Por otro lado, los Estándares Básicos del Ministerio de Educación Nacional

(2006) establecían como competencia indispensable la importancia de mantener la

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106

biodiversidad y su papel en el desarrollo nacional, reconociendo e identificando los

paisajes naturales y culturales del país.

6.1.6. Educación ética y valores humanos

Los lineamientos curriculares de la ética comprenden dimensiones

relacionadas con la formación de la persona moral, componente que inevitablemente

debe abordarse desde la construcción de identidad y desde la generación de un

sentido de pertenencia a un grupo familiar, a una comunidad, a una región y a un

país (MEN, 1998c, p. 28).

Para el efecto el Ministerio de Educación sugiere un componente denominado

“Identidad y Sentido de Pertenencia”, donde resalta la importancia del

reconocimiento de esta dimensión como un proceso dinámico de construcción social

al que no duda en llamar “nuestra accidentada construcción como nación” (MEN,

1998c, p. 15).

El Ministerio parte de la premisa según la cual “La consolidación de los

imaginarios nacionales y regionales no debe significar la homogeneización y la

supresión de las particularidades culturales” (MEN, 1998c, p. 9). Esta premisa debe

manifestarse y medirse en el “contacto con la diversidad cultural del país, con sus

problemas y conflictos, con sus avances y progresos, con sus triunfos, con sus

relaciones y reconocimientos, [lo cual] permitirá que los jóvenes vayan construyendo

ese sentido de pertenencia a la nación colombiana” (MEN, 1998c, p. 50).

6.1.7. Lengua castellana

El universo simbólico y cultural se construye a partir del lenguaje donde cada

sujeto “llena el mundo de significados y a la vez configura su lugar en el mundo”

(MEN, 1998d, p. 25). El lenguaje, más allá de un conjunto de signos y símbolos,

constituye un auténtico patrimonio cultural de la Nación (MEN, 1998d).

El viraje fundamental en la concepción institucional del lenguaje inicia con el

reconocimiento de las lenguas y dialectos de los grupos étnicos como oficiales

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107

dentro de sus respectivos territorios (Artículo 10º de la Constitución Política). A partir

de este momento los lineamientos adoptan un nuevo enfoque guiado por el respeto

a la diversidad cultural, reconociendo “los múltiples códigos sociales, culturales y

lingüísticos que circulan [en el territorio nacional]” (MEN, 1998d, p. 58).

Los lineamientos curriculares del Ministerio de Educación Nacional parten de

la nueva conceptualización de la lengua desde la diversidad cultural:

Esta conceptualización sin tener en cuenta las lenguas maternas

como matrices vivas para la reproducción y recreación del

pensamiento, la identidad y la cultura, pasaría a ser otra teorización

más sin mayor impacto en la cotidianeidad de los pueblos indígenas,

ni en la búsqueda de la identidad y unidad nacional desde la

diversidad (MEN, 1998d, p. 60).

6.1.8. Indicadores de logros curriculares

Los logros y sus indicadores hacen parte del Sistema Nacional de Evaluación

de la Educación y tienen como base el siguiente propósito: “La identidad cultural y

educativa se forma por los procesos sociales y es necesario tomar conciencia de

que como país poseemos una identidad que puede ser mantenida, modificada o

cambiada a través de procesos sociales” (MEN, 1998e, p. 12).

El principal aporte de los lineamientos es reconocer la importancia de

explicitar los logros curriculares y sus indicadores como pasos indispensables

alrededor de los cuales se puede ir conformando la identidad nacional (MEN,

1998e).

7. Sistema Nacional del Deporte

La Ley 181 de 1995 crea el “Sistema Nacional del Deporte, la recreación, el

aprovechamiento del tiempo libre, la educación extraescolar y la educación física”, a

cargo de COLDEPORTES (Departamento Administrativo del Deporte, la Recreación,

la Actividad Física y el Aprovechamiento del Tiempo Libre) con el apoyo consultivo

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del Consejo Nacional del Deporte. Este último Consejo carece de representación de

los diferentes actores involucrados en las actividades deportivas y recreativas,

estando plenamente constituido por delegados del Presidente de la República.

Uno de sus objetivos rectores es “Favorecer las manifestaciones del deporte y

la recreación en las expresiones culturales, folclóricas o tradicionales y en las fiestas

típicas, arraigadas en el territorio nacional, y en todos aquellos actos que creen

conciencia del deporte y reafirmen la identidad nacional” (Numeral 14 del artículo 3º

de la Ley 181 de 1995 y artículo 9º del Decreto 4183 de 2011).

A su vez, la educación extraescolar comprende la formación integral de niños

y jóvenes en el tiempo libre y pretende “la transformación del mundo juvenil con el

propósito de que éste incorpore sus ideas, valores y su propio dinamismo interno al

proceso de desarrollo de la Nación” (Artículo 5º de la Ley 181 de 1995).

De otro lado, se entiende el deporte como una actividad humana orientada a

generar valores morales, cívicos y sociales, debiendo integrar a toda la población

nacional sin importar las limitaciones físicas, sensoriales o psíquicas, la pertenencia

a grupos étnicos, edad o región (Artículos 15, 24 y 25 de la Ley 181 de 1995, Ley

582 de 2000 y Decreto 641 de 2000).

Asimismo, la Ley contempla diversos programas de estímulos para ofrecer

subsidios, educación, créditos, exenciones, becas y otros beneficios para promover,

fomentar y reconocer a los deportistas de alto rendimiento o con reconocimientos

deportivos oficiales (Artículos 36 y 45 de la Ley 181 de 1995).

El Decreto 4183 de 201126 incluye dentro del objeto de COLDEPORTES

contribuir a la cultura, la cohesión social y conciencia nacional, y consagra dentro de

26 Mediante el Decreto 2743 de 1968 se crea Coldeportes como un instituto adscrito al Ministerio de Educación. Luego, a través del Decreto 1746 de 2003 se transforma en establecimiento público de carácter nacional adscrito al Ministerio de Cultura. Finalmente, a través del Decreto 4183 de 2011 se transforma en el Departamento Administrativo del Deporte, la Recreación, la Actividad Física y el aprovechamiento del tiempo libre – Coldeportes como organismo principal del Departamento Administrativo que lleva el mismo nombre. Actualmente cursa un proyecto de ley para la creación del Ministerio del Deporte.

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109

sus funciones (numerales 14 y 18 respectivamente del artículo 4º del Decreto 4183

de 2011):

1. “Apoyar y promover las manifestaciones del deporte y la recreación que

generen conciencia, cohesión social e identidad nacional”.

2. “Apoyar la promoción del deporte y la recreación en las comunidades

indígenas a nivel local, regional y nacional representando sus culturas”.

8. Reconocimiento de la diversidad étnica y cultural

La Constitución Política de 1991 reconoció expresamente la diversidad étnica

y cultural de la Nación disponiendo de un conjunto de garantías para preservar la

identidad de los diferentes grupos étnicos (Artículo 7º C.P.).

La primera manifestación del reconocimiento constitucional fue la expedición

de la Ley 21 de 1991, a través de la cual fue aprobada la Convención 169 de la

Organización Internacional del Trabajo (OIT) sobre pueblos indígenas y tribales en

países independientes. En virtud de esta Convención el Estado colombiano asumió

la obligación de garantizar y proteger el derecho de las comunidades indígenas a

tener una identidad propia, adaptando su legislación e incorporando medidas en

temas educativos, productivos, ambientales, lingüísticos, de titularidad de la tierra,

de participación en política, jurisdicción propia y Patrimonio Cultural de la Nación.

El último instrumento que se ha expedido para la protección de la diversidad

étnica y cultural es el Decreto 1232 de 2018 a través del cual se creó el Sistema

Nacional de prevención y protección de los derechos de los Pueblos Indígenas en

aislamiento y estado natural. A través de este sistema se establecen entre otras

medidas la prevención temprana y urgente de amenazas a la condición de

asilamiento, el estudio y registro de los pueblos, la formulación de planes y

programas de prevención, formación, sensibilización, divulgación, monitoreo y

control, etc.

Otro de los reconocimientos más importantes fue la expedición de la Ley 70

de 1993, cuyo principal objetivo fue el establecimiento de mecanismos de protección

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110

de la identidad cultural y de los derechos de las comunidades negras de Colombia

como grupo étnico. Uno de los principios que fundamentan y orientan los

mecanismos contemplados por la Ley es “El reconocimiento y la protección de la

diversidad étnica y cultural y el derecho a la igualdad de todas las culturas que

conforman la nacionalidad colombiana” (Artículo 1º de la Ley 70 de 1993).

Para ello, entre otras medidas, les fue otorgada la propiedad colectiva sobre

las tierras baldías en las zonas ribereñas de la Cuenca del Pacífico que

tradicionalmente habían venido ocupando, y les fueron otorgados los siguientes

derechos (Artículos 1º, 34, 48 y ss. de la Ley 70 de 1993, Decreto 1745 de 1995,

Decreto 1627 de 1996, Decreto 3050 de 2002 y Decreto 1523 de 2003):

1. Garantías de etnoeducación (Becas y créditos educativos para la formación

técnica, tecnológica y profesional).

2. Respeto de su patrimonio económico, natural, cultural y social.

3. Fomento de sus valores artísticos, sus medios de expresión y creencias

religiosas.

4. Participación en las instancias de planeación y desarrollo económico, social

ambiental y cultural nacional, departamental, distrital y municipal.

5. Créditos e inserción en prácticas y actividades productivas tradicionales.

También fue creada la Comisión Intersectorial para el avance de la población

afrocolombiana, palenquera y raizal. Su principal propósito es evaluar sus

condiciones de vida y presentar recomendaciones al Gobierno para la eliminación de

barreras que impidan su progreso y velar por la protección y realización efectiva de

sus derechos civiles (Decreto 4181 de 2007 modificado por el Decreto 4401 de

2008).

A pesar de los esfuerzos realizados en procura de la salvaguarda de la

diversidad cultural nacional, la consolidación del proyecto nacional alrededor de los

grupos étnicos se ha enfrentado a profundos retos en materia de seguridad, ya que:

lamentablemente gran parte de las tierras en cuestión quedaba expuesta a

incursiones de guerrilleros y paramilitares, así que los afrocolombianos fueron

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111

los más afectados por el fenómeno de desplazamiento forzoso, y no sólo a

consecuencia de la violencia estrictamente política sino por los intentos de

jefes paramilitares y aliados suyos de tomar estas tierras para siembras

comerciales (Bushnell, 2007, p. 424).

9. Sistema de Medios Públicos

Debe reconocerse igualmente el papel de los medios de comunicación

nacionales y regionales en la difusión de contenidos relacionados con la

construcción de identidad nacional, específicamente a través de los canales y la

programación educativa y cultural de la televisión y radiodifusión pública (Ley 14 de

1991).

9.1. Televisión pública

La operación de la televisión pública está a cargo de RTVC- Sistema de

Medios Públicos y de las organizaciones regionales de televisión27, las cuales

prestan el servicio mediante la programación, emisión y transmisión de canales

educativos y culturales (Artículo 37 de la Ley 14 de 1991).

Una de las finalidades del servicio de televisión es difundir las expresiones

culturales siempre bajo el principio del respeto al pluralismo social y cultural. Para

ello, la programación ofrecida debe cumplir con una cuota mínima de contenido

cultural, el cual no es solamente el que aporta conocimiento científico, filosófico,

académico, artístico o popular, sino aquel cuyo propósito es fortalecer la identidad

cultural de los habitantes del territorio nacional (Artículo 2º y Parágrafo 1º del artículo

61 de la Ley 182 de 1995).

Actualmente la televisión pública cuenta con dos canales: Canal institucional y

Señal Colombia. El Canal institucional difunde temas de interés público,

especialmente proyectos de ley y asuntos de política social del Estado, mientras que

27 Actualmente existen 8 canales regionales para los cuales en 2016 fueron destinados $572.211

USD (Ministerio de Cultura, 2017c)

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112

Señal Colombia es de carácter educativo y cultural con programación infantil, ficción,

no ficción y especiales culturales y deportivos (Ministerio de Cultura, 2017c).

La recién creada Autoridad Nacional de Televisión ANTV28 es la entidad

encargada de brindar las herramientas para la ejecución de planes y programas del

servicio público de televisión, y de garantizar la eficiencia del servicio y la pluralidad

informativa.

Para la promoción del acceso a medios de producción y distribución

audiovisual de grupos y comunidades étnicas se creó el proyecto Televisión Étnica,

el cual contó en 2016 con un presupuesto de $479.950 USD (Ministerio de Cultura,

2017c).

9.2. Radio pública

La radio cuenta con las siguientes emisoras nacionales: Radiónica, Radio

Nacional de Colombia y Señal Memoria. Radio Nacional cuenta con cobertura en las

5 regiones del país y tiene el propósito principal de promulgar y conservar la música,

la cultura y las tradiciones nacionales, así como producir contenidos incluyentes,

culturales y de interés general. Por su parte, Radiónica se posiciona como la radio

joven apoyando el mercado musical independiente y a los artistas emergentes. Por

último, Señal Memoria constituye una iniciativa para la preservación y circulación del

acervo de la radio (Ministerio de Cultura, 2017c).

10. Marca País

La Marca País o Country Brand es un término que se le atribuye al consultor

de políticas públicas británico Simon Anholt, quien lo acuñó en 1996 al entender el

mundo como un solo mercado donde los países compiten a través de marcas para

ganar la mayor cantidad de transacciones comerciales, sociales, políticas y

culturales (SIC, 2017).

28 La ANTV fue creada a través de la Ley 1507 de 2012 con ocasión de la liquidación de la Comisión Nacional de Televisión prevista constitucionalmente.

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113

El diseño de una marca país representa una decisión estratégica para el

posicionamiento de la imagen y reputación nacional en el mercado internacional,

para lo cual genera una propuesta de valor específica. Esta propuesta suele reflejar

el prestigio de su población, de sus empresas y de sus atributos naturales a partir

del “conjunto de características, valores y creencias con las que la sociedad se auto

identifica y se auto-diferencia de las demás” (Echeverri, Rosker y Restrepo, 2010, p.

410).

El surgimiento de la Marca País en Colombia se remonta al estudio de

competitividad contratado en la década de 1990 por el Gobierno Nacional a Michael

Porter. En su Informe Monitor, Porter resaltó la necesidad de obtener el

reconocimiento internacional de los productos colombianos por su calidad y servicio

(Echeverri, Rosker y Restrepo, 2010).

Tras más de una década, este diagnóstico logró materializarse en un primer

programa denominado Identidad Colombia. Este programa fue impulsado por

Artesanías de Colombia, con el apoyo de la primera dama Lina Moreno de Uribe,

Proexport Colombia y el Instituto para la Exportación y Moda (Inexmoda), con la

finalidad de posicionar a Colombia en el mundo de la moda y las artesanías

(Echeverri, Rosker y Restrepo, 2010).

El éxito de la experiencia convenció a sus gestores de la necesidad de

extenderla a otros sectores productivos de Colombia, para lo cual fueron

conformados un Comité Académico y un Consejo Asesor. Estos cuerpos consultivos

contaban con representantes de los diferentes sectores y con la asesoría del

consultor internacional David Ligthle. Tras visitar 14 ciudades y 131 municipios

Lightle concluyó que el “empuje, la amabilidad y el ser «echados pa’lante» eran los

elementos diferenciadores del país y que todas estas características se conjugaban

en la palabra pasión” (Echeverri, Rosker y Restrepo, 2010, p. 413).

Así nació en 2005 la Marca País bajo el lema “Colombia es pasión”, con el

objetivo específico de posicionar la imagen positiva del país en el extranjero y

superar la asociación con fenómenos de narcotráfico, terrorismo y corrupción. El

proceso de implementación de la marca se realizó en dos etapas, una interna con la

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114

difusión nacional del proyecto a través de la estrategia “Cuenta conmigo Colombia”;

y una segunda, externa, centrada en mejorar la percepción del país como un lugar

con crecientes oportunidades en exportaciones, turismo e inversión extranjera

(Echeverri, Rosker y Restrepo, 2010, p. 413).

“Colombia es Pasión” tuvo 5 frentes de acción: la publicidad, el patrocinio, la

comercialización de licencias de marca, las relaciones públicas (visitas de

periodistas extranjeros) y la divulgación interna (contenido mediológico). Su objetivo

era generar sentido de pertenencia con la marca, fomentar el orgullo nacional y

promocionar el país a nivel mundial (Procolombia, 2018a).

En 2007 se lanza la campaña “Colombia: El riesgo es que te quieras quedar”,

la cual finaliza en 2011 y es reemplazada por la Marca País CO, con el lema “La

Respuesta es Colombia”. Esta última iniciativa se sustenta en la promoción de

Colombia como la respuesta a las necesidades de turismo, exportación, cultura e

inversión por el momento histórico que atraviesa (Procolombia, 2018a).

La iniciativa “La Respuesta es Colombia” pretende resaltar atributos

nacionales como la megadiversidad, innovación, sostenibilidad, riqueza natural y

ambiental, la gente y su cultura, articulándolos en 3 ejes principales: las

exportaciones, la inversión y el turismo (Procolombia, 2018a).

El Logo de la Marca País utiliza figuras geométricas que simbolizan las

regiones y colores que representan los recursos hídricos del país, la variedad de

climas, tierras y minerales, la biodiversidad, los paisajes, la flora y la amabilidad y

pasión de los colombianos (Procolombia, 2018a).

Actualmente la marca es administrada por Procolombia (antes Proexport). En

2014 figuraba entre las 10 marcas país con mayor crecimiento, ocupando en el

mismo año el puesto 45 y estando avaluada en 159 mil millones de dólares

(Procolombia, 2018b).

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115

11. Políticas Públicas Culturales

Tras la Constitución de 1991, el posicionamiento del problema de la identidad

nacional en la agenda pública de los gobiernos nacionales y regionales, ha dado

lugar a la implementación de diferentes políticas públicas como instrumento para

avanzar en la construcción de identidad nacional desde diversos escenarios de la

vida nacional.

Al ser la cultura el fundamento de la nacionalidad (Artículo 70 C.P.), las

políticas públicas relacionados con la identidad nacional han sido asumidas por

organismos públicos a cargo del fomento y la enseñanza de la cultura, a saber, el

Ministerio de Educación y el Ministerio de Cultura.

En consecuencia, a continuación se examinarán los antecedentes de las

políticas culturales, su evolución, sus características y algunos ejemplos que tienen

estrecha relación con la conformación de la identidad nacional. Estos son tan solo

algunos casos en los cuales las políticas culturales contribuyen a la formación de

identidad, siendo claro que en algún sentido, todos los aspectos de la cultura tienen

vértices con la identidad. Por esta razón, se debe precisar que el objetivo del

presente acápite no es abarcar en cantidad las políticas culturales más relevantes,

sino rescatar aquellas que permitan comprender su dinamismo y evolución.

11.1. Antecedentes y evolución de las políticas culturales

El surgimiento de las políticas públicas culturales según Mendoza y Barragán

(2005), está profundamente ligado a la promulgación de los derechos culturales

incluida en la Declaración Universal de los Derechos Humanos. En sus primeras

acepciones, las políticas culturales eran un conjunto de principios operativos,

prácticas y procedimientos, de intervención o no intervención, para satisfacer

necesidades culturales de la comunidad (Mendoza y Barragán, 2005).

El Ministerio de Cultura elaboró su propio concepto de Políticas públicas

culturales:

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116

Las políticas culturales son las grandes definiciones que asume el

país para orientar los procesos y acciones en el campo cultural,

mediante la concertación y la activa participación del Estado, las

entidades privadas, las organizaciones de la sociedad civil y los

grupos comunitarios, para de esta manera responder con creatividad

a los requerimientos culturales de la sociedad (Ministerio de Cultura,

2010, p. 32).

Germán Rey (2010) identifica tres grandes momentos en el desarrollo de las

políticas públicas en materia de cultura, el primero en la segunda mitad del siglo XIX

centrado en la construcción de instituciones para la atención de las artes y la

conservación del patrimonio cultural; un segundo, en la primera mitad del siglo XX

donde se entendió la cultura como instrumento para la construcción de la Nación, de

la modernidad y de la participación popular; y el último, en la segunda mitad del siglo

XX donde se inserta la cultura en un escenario global para interactuar con otras

áreas de la gestión pública.

Por otro lado, Bravo (2010) realiza un breve recorrido histórico por la

evolución de las intervenciones estatales en cultura:

1. República liberal (1930-1946): Un periodo caracterizado por la

reestructuración de la Biblioteca Nacional, la creación del Archivo Nacional,

de los Salones Nacionales de artes visuales, del Instituto Etnográfico

Nacional, del Instituto Caro y Cuervo, del Servicio Arqueológico Nacional y de

la Comisión Folclórica Nacional. Otros proyectos de gran envergadura fueron

la implementación del programa Cultura aldeana cuyo propósito era llevar la

cultura a las aldeas mediante Bibliotecas aldeanas y Casas sociales. También

fue relevante la democratización de la cultura a través de trabajos editoriales

como la Revista de Indias y la Biblioteca Colombiana de Cultura Popular.

2. Conservatismo (1946-1953): Aunque pierden impulso algunas iniciativas de la

hegemonía liberal, surgen otras como la publicación del Ministerio de

Educación Nacional denominada Hojas de cultura popular, así como la

creación del Instituto de Cultura Hispánica con el propósito de volver a mirar

hacia España.

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117

3. Dictadura militar (1953-1957): Llega en 1954 la televisión nacional a Colombia

como principal medio masivo de comunicación.

4. Frente Nacional (1958-1974): Creación en 1968 del Instituto Colombiano de

Cultura – Colcultura, como una dependencia del Ministerio de Educación

Nacional. En 1974 se elabora el primer Plan de Cultura que incluía la idea de

crear el Ministerio de Cultura.

5. Periodo de 1974 a 1991: Bajo el gobierno de López Michelsen se impulsan la

Biblioteca, el Archivo Nacional y las bellas artes. En el Plan General de

Desarrollo de Belisario Betancur se propuso “una política cultural afincada en

el fortalecimiento de la identidad cultural de la nación” (Bravo, 2010, p. 54) y

se inició con el proceso de descentralización de la cultura mediante las Juntas

Regionales de Cultura. Finalmente, el gobierno de Virgilio Barco se

caracterizó por la protección del patrimonio cultural y por el fortalecimiento de

los organismos regionales a través de la creación de los consejos

departamentales de cultura.

6. Constitución de 1991 a la fecha: Tras la promulgación de la nueva

Constitución y el reconocimiento de la cultura como fundamento de la

nacionalidad, surge una fuerte revolución del sector encabezada por la

expedición de la Ley General de Cultura y la creación del Ministerio y del

Sistema Nacional de Cultura.

En este periodo se formula el Plan Nacional de Cultura 1992-1994 que

fortaleció el Sistema Nacional de Cultura, impulsó la investigación y creación

a través de becas, y favoreció la comunicación e intercambio cultural (Bravo,

2010).

En este mismo sentido el Plan Nacional de Cultura 2001-2010, propició la

participación de la ciudadanía en la formulación de las políticas culturales,

rescatando la importancia de la creación y la memoria y promoviendo nuevos

canales de comunicación y diálogo cultural (Bravo, 2010).

Para Mendoza y Barragán (2005) las políticas culturales propiamente dichas

llegan a Colombia con la creación de Colcultura. Esta histórica relación entre cultura

y educación facilitó la ampliación paulatina pero progresiva del acceso de sectores

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118

populares a la cultura, permitiendo la “articulación de los proyectos políticos de

nación con los proyectos de promoción de la cultura” (Rey, 2010, p. 26).

En 1974 se formula el primer Plan Nacional de Cultura, al cual siguieron entre

otros el del periodo 1982-1985, cuyo propósito era el fortalecimiento y protección de

la identidad nacional a partir del “rescate e impulso de las formas culturales

regionales en sus múltiples manifestaciones” (Mendoza y Barragán, 2005, p. 174).

También resulta relevante el Plan Nacional de Desarrollo para el periodo

2002-2006 “Cultura para construir nación y ciudadanía”, acompañado del Plan

nacional de cultura 2001-2010, donde la “cultura está llamada a ser el común

denominador de la construcción colectiva de un proyecto de futuro, pues brinda las

herramientas necesarias para fomentar la convivencia, la reconciliación y el diálogo

intercultural” (Mendoza y Barragán, 2005, p. 181).

11.2. Características de las políticas públicas culturales

Las siguientes son las principales características de las políticas públicas

culturales (Rey, 2010):

1. Atienden a los diferentes campos o ámbitos de la cultura.

2. Son integrales al estar articuladas sectorialmente con políticas económicas,

sociales y medioambientales.

3. Combinan lo general y lo diferencial al garantizar el acceso universal a

bienes y productos culturales, pero siempre atendiendo a la diversidad étnica

y cultural de la sociedad.

4. Son públicas más que estatales en el sentido de necesitar de la participación

activa de la sociedad para poder concertar y vigilar los propósitos

relacionados con la cultura. Como lo explica Rey (2010, p. 35) “La cultura no

admite ningún tipo de intervención hegemónica por parte del Estado que

signifique una intromisión en la libertad de creación”.

5. Buscan la descentralización y las autonomías regionales y locales. El

Sistema Nacional de Cultura está articulado a través de entidades

descentralizadas territorialmente y por servicios (Consejos departamentales,

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119

distritales, municipales, secretarías departamentales, consejos sectoriales y

territoriales, fondos mixtos, etc.) La descentralización no es regionalización

de las políticas sino auténtica creación desde lo local.

6. Se construyen y se ejecutan participativamente desde abajo. A pesar de las

críticas que califican la participación ciudadana de populista o ineficiente,

temas cruciales como la diversidad, la interculturalidad y las posibilidades de

expresión o de creación, únicamente pueden entenderse a través de la

concertación.

7. Por su especial naturaleza, combinan e integran antecedentes, conceptos,

contextos, objetivos, líneas de acción, actores y criterios de evaluación.

11.3. Políticas culturales relacionadas con la identidad nacional

Como lo explica Rey (2010) la arquitectura institucional cultural determina el

contenido de las políticas públicas culturales, situación que se presenta por dos

razones:

1. Las instituciones recogen las comprensiones de la cultura que predominan

en la sociedad.

2. Al no permitir la participación social y ciudadana, las políticas públicas

tradicionalmente se limitan a las áreas definidas en la arquitectura

institucional diseñada, alejándose cada vez más de la realidad.

Esta situación explica el porqué las políticas que se analizarán a continuación

suelen reproducir iniciativas normativas e institucionales, pues más allá de la

pretensión hegemónica de determinar los contenidos artísticos o culturales, buscan

construir una auténtica cultura a partir de la regulación del “entramado social que

permite su desarrollo” (Ministerio de Cultura, 2010, p. 10).

11.3.1. Política de Salvaguarda del Patrimonio Cultural Inmaterial (PCI)

La conservación del patrimonio cultural inmaterial es un problema público

relativamente reciente y se encuentra estrechamente relacionado con la definición

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120

de las prácticas y actividades que de forma desprevenida construyen y reconstruyen

constantemente el imaginario dinámico de la identidad nacional.

El objetivo general de la política es “el fortalecimiento de la capacidad social

de gestión del PCI para su salvaguardia y fomento” (Ministerio de Cultura, 2010).

Para ello se deben cumplir entre otros los siguientes objetivos específicos (Ministerio

de Cultura, 2010):

1. Al estar constituido principalmente por manifestaciones culturales, la política

pretende apoyar los procesos sociales de organización, planeación y gestión

cultural de las comunidades y colectividades nacionales, regionales y locales.

2. Generar nuevas metodologías y estrategias participativas e integrales al

interior del Sistema Nacional de Cultura, que faciliten la identificación,

documentación, registro, investigación, recuperación, preservación,

promoción, valoración, transmisión, revitalización y gestión del PCI.

3. Promover en la educación formal y en la educación para el trabajo y el

desarrollo humano la valoración, apropiación social y sensibilización del PCI.

Para el efecto se deben adaptar los currículos, módulos y guías educativas en

coordinación con el Ministerio de Educación. De igual forma deberá

promoverse el diseño e implementación de programas de capacitación de

gestores culturales.

La política para la salvaguarda del PCI reconoce que la única forma de

preservarlo es fomentando su conocimiento al interior de las comunidades, de tal

forma que no solo se forje una conciencia colectiva sobre su importancia

(sensibilización y capacitación), sino que se generen las condiciones propicias que

permitan “la circulación de las manifestaciones, el reconocimiento a sus gestores,

recreadores e intérpretes colectivos, y el apoyo a los emprendimientos culturales

comunitarios” (Ministerio de Cultura, 2010, p. 30).

Para el efecto, la política pretende centrarse en fortalecer la transmisión de la

memoria social, la historia y la tradición oral de las comunidades a través de la

creación de Centros de Memoria, Museos Comunitarios y Centros locales de

documentación y creación artística (Ministerio de Cultura, 2010).

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121

Con relación a la generación de conocimiento del PCI al interior de las

comunidades, la política fomenta la elaboración de estudios científicos, técnicos y

artísticos, así como la creación de redes de investigación y fondos de fomento. Para

los grupos étnicos esta labor implica un esfuerzo adicional, pues suelen tener

debilidades en capacidades investigativas que les dificultan sistematizar, conservar y

recuperar sus saberes tradicionales (Ministerio de Cultura, 2010).

Para este último caso, la conservación y recuperación del PCI recurre a “los

adultos mayores como portadores de tradiciones y valores relacionados con el PCI,

y a las mujeres por su papel especial en la transmisión de este patrimonio y su

contribución constante al mantenimiento de la memoria colectiva” (Ministerio de

Cultura, 2010, p. 33).

Finalmente, la política señala que no toda manifestación debe ser incluida en

la Lista Representativa de Patrimonio Cultural Inmaterial –LRPCI, sino únicamente

aquella que “sea la expresión de valores relevantes de un grupo humano y sea un

elemento constitutivo de la identidad de la nación colombiana o de uno de los

pueblos o comunidades que la conforman” (Ministerio de Cultura, 2010, p. 40).

11.3.2. Política de Museos

Por la tradicional importancia de los museos en la difusión de la identidad

nacional y por su pertenencia a las redes e instituciones culturales, a continuación se

analizarán los diferentes componentes de la política pública de dicho sector.

11.3.2.1. Red Nacional de Museos

Uno de los programas pioneros más relevantes relacionados con la institución

museal fue la creación en 1995 de la Red Nacional de Museos. Si bien hoy en día ha

sido recogida por nuevos programas, fue la que sembró los lineamientos sobre los

cuales yace actualmente la política pública del sector. Sus principales objetivos

fueron (Ministerio de Cultura, 2010):

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122

1. La realización de seminarios y talleres de capacitación sobre temas

museológicos.

2. El apoyo al registro y catalogación de las colecciones de los museos a través

del software Colecciones Colombianas. Para aquellos museos que no

tuviesen equipos de cómputo se les entregarían las correspondientes fichas

básicas para proceder con el inventario, registro y catalogación de las

colecciones.

3. La capacitación en gestión de redes organizacionales y formulación de

proyectos operativos.

4. Divulgación de actividades y servicios de los museos a través de la

modernización de la página web www.museoscolombianos.gov.co. Esta

página ha permitido optimizar la difusión del sector mediante asesorías,

visitas institucionales, coloquios, talleres de formación y encuentros

nacionales, regionales y locales. Como parte de este proceso fue publicado el

Directorio Nacional de Museos.

5. Administración, seguimiento y gestión cultural de los museos pertenecientes

al Ministerio que se encuentran fuera de Bogotá y que no cuentan con planta

de personal para su funcionamiento.

11.3.2.2. Programa de Fortalecimiento de Museos (PFM)

La otra gran instancia a cargo de la implementación de la política pública del

sector es el Programa de Fortalecimiento de Museos (PFM). Este programa recoge

los objetivos de la antigua Red Nacional de museos y formula seis nuevas líneas de

acción (Ver Tabla 4).

Tabla 4

Líneas de acción del Programa de Fortalecimiento de Museos (PFM)

Línea de acción Descripción

Organización del sector

museal en niveles

organizativos, redes

1. A 2014 han sido creadas 24 redes que reúnen más de 500

museos del país (Programa de Fortalecimiento de Museos,

2014).

2. Fueron conformadas en 2012 la Mesa Nacional de Museos y el

Consejo Nacional de Museos (Programa de Fortalecimiento de

Museos, 2014).

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123

departamentales, redes

temáticas, mesas culturales

y comités de trabajo

3. Fortalecimiento del Sistema de Información de Museos

Colombianos (Simco) a través de:

Asesorías especializadas.

Inclusión en el directorio de museos.

Licencia gratuita del software Colecciones

Colombianas.

Postulación de proyectos para becas, premios,

pasantías y recursos concertados.

Postulación al programa de exposiciones itinerantes.

Formulación de un diagnóstico técnico de la gestión

museal.

Acompañamiento institucional a un plan de

fortalecimiento.

Gestión del patrimonio de las

entidades museales del país

1. Licenciamiento gratuito del software Colecciones Colombianas

que permite:

Realizar el inventario, registro, catalogación,

documentación y gestión de las colecciones.

Facilitar la investigación y conservación de las

colecciones

2. Programa Nacional de estímulos a proyectos museológicos. En

2014 este programa otorgó premios y becas por un valor de

$325.000.000 de pesos destinados a renovación museográfica,

investigaciones museológicas, unidades productivas y

proyectos de accesibilidad para población con discapacidad

(Programa de Fortalecimiento de Museos, 2014).

En la Convocatoria de estímulos de 2018 se entregaron cinco

becas por valor de $580.000.000 de pesos para proyectos que

desarrollaran iniciativas relacionadas con la reconciliación, el

diálogo y la convivencia pacífica (Programa de Fortalecimiento

de Museos, 2018c).

Capacitación y generación

de estímulos para la

formación de recursos

humanos

1. Generación de talleres, seminarios, coloquios y materiales

guías cargados en la página web (Ministerio de Cultura, 2010).

2. Para 2014 habían convenios con el programa de maestría en

museología de la Universidad Nacional de Colombia y se han

dictado diplomados en ciudades como Cali, Barranquilla y

Pereira (Programa de Fortalecimiento de Museos, 2014).

3. Programa En Clave de museo. Es una estrategia de formación

virtual en museología que busca generar material pedagógico y

comunicativo sobre gestión de colecciones, conservación,

museografía, educación, comunicación, y proyectos y

planeación. Para cada eje temático dispone de videos tutoriales

segmentados en capítulos que son de público acceso

(Programa de Fortalecimiento de Museos, 2018b).

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124

Apoyo técnico y orientación

en financiación y

emprendimiento

1. Para el periodo comprendido entre 2011 y 2014 se realizaron

más de 677 asesorías especializadas en temas como

museografía, conservación, inventario, registro y catalogación.

2. Se han dictado talleres presenciales en gestión y competitividad

en ciudades como Tunja, Cartagena y Santa Marta.

3. Acompañamiento a propuestas productivas para plataformas

digitales y para productos culturales y artísticos con carácter

Transmedia.

Comunicaciones 1. Rediseño de la página web.

2. Creación de cartillas temáticas (Boletín El Itinerante).

3. Manuales pedagógicos para facilitar la interacción entre los

museos.

Museos del Ministerio de

Cultura

1. Gestionar los procesos educativos y culturales de los museos

del Ministerio de Cultura.

Fuente: Elaboración propia con base en Programa de Fortalecimiento de Museos (2018a)

11.3.2.3. Infraestructura museal

Parte del diagnóstico de la problemática del sector fue la ausencia de una

infraestructura y mobiliario aptos para adelantar la actividad museal. Para solucionar

esta debilidad se tomaron las siguientes medidas (Ministerio de Cultura, 2010): i)

Adaptar las edificaciones para el acceso de personas en situación de discapacidad;

ii) Mejorar la señalización; iii) Adaptar áreas de exposición para la exhibición,

conservación y seguridad de la exposición, y la iii) Adecuación de áreas de reserva

técnica y de servicios para el público.

En el marco de esta iniciativa en 2014 fueron adquiridos equipos de

conservación preventiva, se levantaron estados de conservación de las instalaciones

de todos los museos del país y se restauraron 148 piezas de diferentes colecciones

(Programa de Fortalecimiento de Museos, 2018a).

11.3.2.4. Exposiciones itinerantes del Museo Nacional

El programa Exposiciones Itinerantes del Museo Nacional de Colombia realiza

convocatorias cada año para que directores y encargados de museos, centros o

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125

lugares de memoria, casas de cultura, centros culturales, centros educativos o

bibliotecas, puedan llevar a sus respectivas sedes colecciones del Museo Nacional y

así difundir en todos los rincones del país el patrimonio cultural que éste alberga

(Programa de Fortalecimiento de Museos, 2018a).

11.3.2.5. Museo Nacional de Memoria Histórica

Por último, la iniciativa para la construcción del Museo Nacional de Memoria

Histórica29 nos invita a pensar en la implementación del Acuerdo Final para la

Terminación del Conflicto y la Construcción de una Paz Estable y Duradera30 como

un auténtico hito para la construcción de identidad nacional. La posibilidad de

reinventar el imaginario colectivo de lo que nos define como colombianos, permitirá

pasar la página de la violencia y empezar a asumir los nuevos retos que demanda

una sociedad más justa y equitativa.

11.3.3. Política de Estímulos

El Programa Nacional de Estímulos (PNE) surge con la creación del Ministerio

de Cultura con el propósito de articular los incentivos compuestos por becas y

premios que antes otorgaba Colcultura. Actualmente el PNE cuenta con un amplio

portafolio de becas de creación, formación e investigación, pasantías, residencias

artísticas y premios para obras inéditas (Ministerio de Cultura, 2010).

El principal propósito de este programa, en palabras de la entonces Ministra

de Cultura Paula Marcela Moreno, es “fortalecer esos procesos de creación,

investigación, circulación y apropiación social de la cultura, para evidenciar el mapa

latente y vivo de la diversidad nacional, con su autenticidad y características,

proponiendo una nueva perspectiva que fortalezca nuestra identidad” (Ministerio de

Cultura, 2010).

29 La construcción de un Museo de Memoria Histórica es una de las medidas de reparación de las

víctimas contemplada en el artículo 148 de la Ley 1448 de 2011. 30 Este acuerdo fue suscrito entre el Gobierno Nacional de Colombia y las Fuerzas Armadas

Revolucionarias de Colombia (FARC) en noviembre de 2016 para dar solución al conflicto interno de más 50 años.

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126

Los siguientes son los principios generales del programa señalados en el Plan

Decenal de Cultura 2001-2010 (Ministerio de Cultura, 2010, p. 605):

1. Creación individual y colectiva en condiciones de equidad, libertad y dignidad.

2. Democratización de la creación cultural y de su circulación.

3. Fomento del goce y disfrute de la cultura en el nivel internacional, nacional,

regional y local.

4. Estímulo de los procesos socioculturales como punto de partida para la

producción y consumo cultural.

Los estímulos son entregados a través de convocatorias públicas anuales de

forma transversal para las direcciones de artes, cinematografía, comunicaciones,

fomento regional, poblaciones y patrimonio del Ministerio de Cultura (Ministerio de

Cultura, 2010). Para salvaguardar la diversidad étnica y cultural se han establecido

convocatorias públicas diferenciadas para las comunidades indígenas y

afrodescendientes (Ministerio de Cultura, 2010).

En 1998, primer año del programa, fueron entregados estímulos cercanos a

los 4.612 millones de pesos (Ministerio de Cultura, 2010). Para 2017, entre becas,

pasantías, premios y reconocimientos, fueron adjudicados más de 1.918 millones de

pesos y 22.000 dólares, fuera de las residencias y pasantías sufragadas por el

Ministerio de Cultura (Ministerio de Cultura, 2017a).

A lo largo del 2018 se han abierto 155 convocatorias para entregar más de

12.800 millones de pesos para artistas, investigadores y gestores, cifra histórica

desde la creación del Ministerio de Cultura (Presidencia de la República, 2018b).

Para este programa se ha presentado un incremento del 383% de los recursos

entregados, pasando de 26.917 millones entre 2002 y 2010, a más de 102.000

millones entre 2010 y 2018 (Ministerio de Cultura, 2017a).

11.3.4. Política de Concertación

Con la finalidad de romper con el tradicional acercamiento hegemónico que

ejerce el Estado sobre el desarrollo cultural de la Nación, el Ministerio de Cultura ha

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127

asumido una posición más horizontal orientada a la concertación con la sociedad

civil, las organizaciones sociales, los gremios, movimientos sociales, empresas,

fundaciones y entidades del tercer sector.

Este nuevo enfoque permite que la sociedad desde la diversidad cultural

indique hacia donde debe dirigirse la cultura, sus tendencias y su evolución. Para

lograr este objetivo, la concertación, más allá de la distribución equitativa de

recursos, se anticipa incluyendo a nuevos actores para revitalizar el dinamismo

cultural y adaptarse al entorno en el nivel nacional, regional y local (Ministerio de

Cultura, 2010).

El objetivo general de la política es impulsar, estimular y visibilizar los

procesos, proyectos y actividades de carácter cultural e interés común, reconociendo

y respetando la diversidad cultural de la Nación y contribuyendo a democratizar el

acceso a bienes, servicios y manifestaciones culturales (Ministerio de Cultura, 2010).

La Política de Concertación es transversal a las políticas culturales y adopta

múltiples ámbitos geográficos y niveles de influencia. Estos enriquecen la labor de

las instituciones al producir un intercambio de experiencias que cualifican el trabajo

cultural de las diferentes organizaciones (Ministerio de Cultura, 2010).

El propósito de la política más allá de generar acciones esporádicas, permite

fortalecer proyectos y procesos que tienen una gran influencia en la persistencia y

continuidad de la gestión cultural en el mediano y largo plazo (Ministerio de Cultura,

2010). Las siguientes son las líneas temáticas impulsadas por el programa

(Ministerio de Cultura, 2018b):

1. “Leer es mi cuento” desarrolla la lectura y escritura a través de proyectos

relacionados con el fortalecimiento de bibliotecas.

2. Actividades artísticas y culturales de duración limitada tales como festivales,

carnavales, fiestas tradicionales, recitales, mercados, seminarios, congresos,

etc.

3. Fortalecimiento de procesos artísticos y culturales para los siguientes

proyectos:

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128

Creación, difusión e investigación

Estudios para la formulación de políticas públicas relacionadas;

Programación artística y conservación del PCI.

4. Programas de formación artística y cultural bien sea por medio de la

educación informal o de la educación para el trabajo y el desarrollo humano.

5. Emprendimiento cultural para proyectos productivos y/o comunitarios, o de

industrias culturales y creativas dirigidas a la circulación, acceso y

comercialización de bienes y servicios culturales.

6. Circulación artística a escala nacional para proyectos que fomenten,

promocionen y difundan expresiones artísticas y manifestaciones del

patrimonio cultural, y la circulación y participación de los artistas nacionales

en presentaciones, giras, intercambios, grupos de proyección, circuitos de

festivales, carnavales o fiestas tradicionales.

7. Fortalecimiento cultural a contextos poblacionales específicos como pueblos

indígenas, comunidades afrocolombianas, raizales, palenqueras y Rom para

la recuperación y transmisión de saberes y prácticas culturales.

8. Igualdad de oportunidades culturales para las personas con discapacidad por

medio de proyectos que fomenten su reconocimiento, inclusión social y

participación.

El programa opera a través de convocatorias públicas anuales donde

entidades territoriales, organizaciones e instituciones culturales pueden presentar

sus iniciativas para que sean apoyadas mediante recursos económicos del Ministerio

de Cultura. En 2017 fueron destinados 85.764 millones de pesos para apoyar 2.003

proyectos, de los cuales 41.894 millones serían bajo la modalidad de cofinanciación

(Ministerio de Cultura, 2017b).

En la Convocatoria 2017 fueron destinados 20.533 millones de pesos para

festivales, encuentros y carnavales en diferentes áreas artísticas; 10.970 millones

para formación artística y cultural; 5.656 millones para fortalecimiento de espacios

culturales; 2.228 millones para fortalecimiento cultural a contextos específicos, y tan

solo 876 millones para población en situación de discapacidad. Del total de

beneficiarios, 941 eran organizaciones del sector privado, 233 alcaldías municipales,

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129

3 gobernaciones, 9 consejos comunitarios de comunidades negras y 65

comunidades indígenas (Ministerio de Cultura, 2017b).

En el periodo 2011- 2018 han sido entregados 283.593 millones de pesos

para apoyar 12.582 proyectos en todo el país (Ministerio de Cultura, 2018c). Esto ha

fortalecido la descentralización de la política pública cultural y ha representado una

posibilidad para los grupos étnicos, municipios fronterizos y para la población en

situación de discapacidad, de participar en el proceso de construcción de identidad

nacional.

11.3.5. Política de Diversidad cultural

La política de diversidad cultural hace especial énfasis en ciertas

comunidades que tradicionalmente han estado al margen del desarrollo cultural

nacional. Entre estas se encuentran los pueblos indígenas, las comunidades

afrocolombianas (palenqueras y raizales), Rom o gitanos y grupos en situación de

vulnerabilidad tales como madres cabeza de hogar, jóvenes y primera infancia

(Ministerio de Cultura, 2010).

Para el efecto se han diseñado 8 estrategias que guían la política pública y

que se enuncian a continuación (Ministerio de Cultura, 2010):

1. Fortalecer el proceso de apropiación y ejercicio de derechos culturales de los

grupos poblacionales.

2. Adoptar el enfoque diferencial y acciones afirmativas que fomenten el

reconocimiento y protección de sus identidades, eliminando obstáculos que

impidan su acceso a bienes y servicios culturales.

3. Promover el enfoque de acción sin daño para que la intervención no altere la

esencia de la diversidad.

4. Prevenir la discriminación y exclusión social removiendo prejuicios y

estereotipos.

5. Salvaguardar la diversidad de expresiones culturales especialmente aquellas

que estén bajo amenaza, en peligro de extinción o de grave menoscabo.

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130

6. Tomar las medidas para que el Sistema Nacional de Cultura observe la

diversidad cultural en la consulta, consentimiento y concertación con las

comunidades.

7. Fortalecer la capacidad de los pueblos y comunidades para la gestión de su

patrimonio incorporando cuando sea posible tecnologías de la información y

comunicación.

8. Promover y desarrollar espacios de cooperación y coordinación

interinstitucional.

11.3.5.1. Pueblos indígenas

La política de diversidad para los pueblos indígenas es siempre indicativa,

producto de la concertación y del diálogo intercultural (Ministerio de Cultura, 2010).

Actualmente se cuenta con la información del último Censo Nacional de 200531, que

indicaba la existencia de 87 pueblos indígenas, con una población de 1.392.623

indígenas, que corresponden al 3,43% de la población nacional. Los pueblos

indígenas ocupan aproximadamente 34 millones de hectáreas correspondientes al

29,8% del territorio nacional (DANE, 2007).

La atención diferenciada para los grupos étnicos, especialmente para los

pueblos indígenas, parte de 3 principios elementales: reconocimiento y respeto de la

autonomía sobre su patrimonio cultural, garantía de la permanencia y fortalecimiento

de la diversidad cultural como parte integral de la Nación y el respeto por la unidad

inseparable entre población, cultura y territorio (Ministerio de Cultura, 2010).

Bajo estos principios se han adelantado múltiples acciones clasificadas en los

siguientes ejes (Ministerio de Cultura, 2010):

1. Gestión Cultural: Fortalecimiento y generación de capacidades de gestión

cultural; recuperación y revitalización de tradiciones, memoria colectiva,

historias y centros ceremoniales; robustecimiento de su participación en el

31 Actualmente se está realizando el Censo Nacional 2018, el cual incluye importantes componentes

relacionados con los grupos étnicos, con profundos retos en materia de precisión en el diagnóstico de la población indígena, especialmente por su dispersión, por su asentamiento en zonas de difícil acceso y por la existencia de pueblos indígenas en aislamiento voluntario o estado natural.

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131

Sistema Nacional de Cultura; adaptación de convocatorias públicas culturales

a las particularidades de las comunidades; enfoque diferencial en planes y

programas del Ministerio; consulta y concertación a partir de los planes de

vida de las comunidades.

2. Protección de la integridad cultural de los pueblos en riesgo o desplazados:

Planes de salvaguardia a los 34 pueblos indígenas en riesgo; acciones para

prevenir y mitigar el desarraigo de comunidades desplazadas; adopción de

medidas y directrices para los pueblos en aislamiento voluntario (Decreto

1232 de 2018).

3. Desarrollo normativo: Divulgar las normas y políticas culturales entre los

pueblos indígenas y adoptar prácticas de participación y concertación para la

definición de un régimen legal aplicable a los indígenas.

4. Fomento de las lenguas indígenas: Fortalecimiento, fomento y salvaguardia

de las 65 lenguas indígenas y promoción de la investigación lingüística y

enseñanza de la lengua.

5. Comunicación intercultural: Visibilizar la importancia de los pueblos indígenas

y su contribución a la historia y a la conformación de la Nación.

6. Emprendimiento cultural: Garantizar la muestra, circulación y comercialización

de sus productos culturales de forma adecuada y digna.

7. Protección de sitios sagrados: Protección de la relación territorio y patrimonio

a partir de medidas como la adopción de la denominada “Línea Negra” que

impide adelantar proyectos de explotación de recursos naturales en territorios

indígenas32.

11.3.5.2. Comunidades afrodescendientes

Para estas comunidades la política pública también es indicativa y se

construye a partir de la concertación y el diálogo intercultural (Ministerio de Cultura,

2010). La denominación “Afrodescendiente” incluye a las comunidades

afrocolombianas ubicadas en el corredor pacífico colombiano, las palenqueras

asentadas en San Basilio de Palenque y las raizales del Archipiélago de San

Andrés, Providencia y Santa Catalina (DANE, 2007).

32 Actualmente está pendiente de ser firmado un Proyecto de Decreto que redefine y precisa los

contornos de la Línea Negra.

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132

Según el Censo Nacional de 2005 la población afrocolombiana ascendía a

4.311.757 personas que equivalían al 10,62% de la población. A corte del año 2010,

se habían otorgado 162 títulos para Territorios Colectivos de Comunidades Negras

(TCCN) que ocupan 5.215.977 hectáreas equivalentes al 4,46% del territorio

nacional. Estos territorios son ocupados por 63.440 familias ubicadas en Antioquia,

Cauca, Chocó, Nariño, Risaralda y Valle del Cauca (PNUD, 2012).

De otro lado, durante el gobierno de Juan Manuel Santos fueron otorgados

títulos colectivos a 32 Consejos Comunitarios por una extensión aproximada de

476.704 hectáreas a favor de 14.764 familias (ANT, 2016).

La política para comunidades afrocolombianas, raizales y palenqueras ha

formulado acciones relacionadas con la gestión cultural, comunicación intercultural,

emprendimiento cultural, protección de comunidades en riesgo o desplazadas y

desarrollo normativo, además de ciertas líneas de acción especializadas como

(Ministerio de Cultura, 2010):

1. Fortalecimiento de la memoria histórica a través del Sistema Nacional de

Cultura. Para ello se llevan a cabo acciones que promueven el conocimiento

de las artes, obras y manifestaciones de autores afrocolombianos; se fomenta

la investigación participativa para la recuperación histórica y reconocimiento

de su aporte a la construcción de nación; se incentiva en el sistema educativo

la revalorización de la memoria histórica y valores culturales de los

afrocolombianos; se fortalecen los centros de memoria y museos

comunitarios; y se diseña una sección dedicada a los afrocolombianos en el

Museo Nacional.

2. Fomento de las lenguas de los pueblos raizal y palenquero: Fortalecimiento y

salvaguardia y promoción de la investigación lingüística y enseñanza de la

lengua.

3. Prevención de la discriminación y la exclusión social, especialmente de

prácticas racistas, a través de campañas sistemáticas y medios de

comunicación masivos; formulación de acciones afirmativas para superar la

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133

brecha de la desigualdad e inequidad y eliminación de las barreras para el

acceso a la educación y la cultura.

4. Integración regional y afianzamiento de las relaciones de amistad y

cooperación con los países de África. Esto se logra mediante programas de

internacionalización de la cultura afrocolombiana y su articulación con la

diáspora africana; cooperación regional para la investigación, integración y

divulgación de la historia; y difusión del rol de los afrodescendientes en la

construcción de las Américas.

Uno de estos proyectos es el denominado “Diáspora Africana en Colombia”, el

cual consiste en la creación de un circuito de espacios patrimoniales del Centro

Histórico y la zona insular de la ciudad de Cartagena (por ser el punto de llegada de

esta población a Colombia). Su finalidad es impulsar las potencialidades culturales y

productivas de la población afrocolombiana y fomentar oportunidades de

emprendimiento cultural a partir de innovación y creatividad. El recorrido está

compuesto de 8 ejes temáticos ubicados en diferentes espacios de la ciudad de

Cartagena, así (Ministerio de Cultura, 2018d):

1. Resistencia y libertad como símbolo de la lucha de los afrocolombianos en el

Baluarte San José en el barrio Getsemaní, Cartagena.

2. Territorio, poblamiento, técnicas, relaciones y usos, que se ubicará en el

corregimiento de Bocachica y Caño de Loro.

3. Lugares de memoria y conciencia afro, única temática que será desarrollada

en todo el territorio nacional.

4. Literatura, poesía y tradición oral y cocinas tradicionales que se ubicará en la

Casa del Inquisidor.

5. Intercambios de experiencias y saberes a desarrollarse en la Iglesia de San

Pedro Claver.

6. Artes y artesanías que se realizará en el Castillo de San Felipe.

7. Creación artística y paisaje sonoro, temática a desarrollar en la Bóveda de la

Reculá del Ovejo.

8. Estética afro cuya ubicación aún está por definir.

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134

11.3.6. Política para el emprendimiento y las industrias culturales

Los antiguos vehículos de la identidad nacional se han ido adaptando a los

profundos cambios sociales y económicos, transformando radicalmente sus lógicas

para incluir nuevos medios de producción y distribución cada vez más coincidentes

con la tecnología, la producción industrial y con el despliegue de los mercados

nacionales e internacionales (Ministerio de Cultura, 2010).

Es así como surgen las industrias culturales, también conocidas como

industrias creativas, de futuro o de contenido, las cuales “conjugan la creación,

producción y comercialización de bienes y servicios basados en contenidos

intangibles de carácter cultural, generalmente protegidos por el derecho de autor”

(UNESCO y CERLALC, 2000, p. 11).

El portafolio de las industrias culturales tradicionalmente incluye a la edición

impresa, multimedia, producción cinematográfica y audiovisual, industria fonográfica,

la artesanía y el diseño, y para otros abarca inclusive la arquitectura, las artes

plásticas, las artes del espectáculo, los deportes, la manufactura de instrumentos

musicales, la publicidad y el turismo cultural (UNESCO y CERLALC, 2000) (Ver

Gráfica 2).

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135

Gráfica 2

Industrias culturales

Fuente: Ministerio de Cultura (2010, p. 558).

La característica distintiva de las industrias culturales es su doble naturaleza.

Por un lado, la posibilidad que tienen sus productos y servicios de transmitir valores,

ideas, modelos de vida y “contenidos simbólicos que reflejan el perfil espiritual de la

comunidad, preservando así el sentido de pertenencia a su identidad” (Ministerio de

Cultura, 2010, p. 559). Por otro lado, el reconocimiento económico a los creadores y

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136

demás agentes del proceso y como motor de un amplio potencial de desarrollo

económico y social (Ministerio de Cultura, 2010).

Es así como las industrias culturales han complementado paulatinamente las

funciones que otrora eran exclusivas de la literatura, las artes visuales y la música,

realizando importantes contribuciones a las reflexiones sobre los orígenes de la

Nación y su carácter distintivo y en la elaboración de signos de identidad nacional

(García Canclini, 2001).

En 2008 fue constituido el Grupo de Emprendimiento Cultural del Ministerio de

Cultura que formuló 5 líneas de acción para fomentar la industria cultural entre

empresas y emprendedores del sector cultura (GEC, 2018):

1. Línea de financiación para ampliar los recursos mediante la generación de

nuevas líneas y capitales semilla. En esta línea se destacan proyectos como:

línea de créditos blandos exclusiva en el Banco de Desarrollo Empresarial y

Comercio Exterior – Bancoldex (2014); línea de cobertura de garantías

financieras de hasta un 50% para la obtención de créditos (2014- 2016);

líneas de capital semilla con el Fondo Emprender del SENA; y el Programa

ALDEA Cultural y Creativa, iniciativa conjunta con INNpulsa Colombia a

través de la creación de una comunidad que ofrece conexiones claves para

superar obstáculos y obtener financiación (2017- actualmente).

2. Línea de investigación para la generación de información y conocimiento para

facilitar la formulación de políticas públicas. En esta línea se destacan

proyectos como la actualización de resultados a 2012 de la Cuenta Satélite de

Cultura de Colombia (2014); Análisis económico de la información de la

Cuenta Satélite y actualización año a año (2015); y publicaciones e

investigaciones como la Revisa “Cultura a la medida” y “Serie Cuadernos de

trabajo”.

3. Línea de Formación para brindar conceptos e instrumentos prácticos que

permitan desarrollar el potencial de cada uno de los eslabones de las

industrias culturales. En esta línea se han desarrollado proyectos como

Emprendimiento Cultural para el desarrollo local a través de asesorías y

encuentros (2014); Emprende Cultura, Cultura para la prosperidad, programa

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137

enfocado en aprovechar el potencial cultural productivo de personas en

situación de vulnerabilidad inscritos en la Red Unidos o en el Registro Único

de Víctimas (2014-2016); y los Nodos de Emprendimiento cultural como una

red de instituciones, agentes, organizaciones y empresas culturales para

fortalecer y promover la industria (2015) (GEC, 2018). En solo este último

programa han sido invertidos entre 2015 y 2016 un promedio anual de

$118.357 USD (Ministerio de Cultura, 2017c).

4. Línea de articulación para coordinar a instituciones, agentes, organizaciones y

empresas con las políticas de desarrollo económico y social. Integran esta

línea proyectos como: Procesos regionales de industrias creativas para

brindar formación y acompañamiento mediante encuentros y asesorías

(2014); y mesas de competitividad para identificar obstáculos sectoriales en

artes escénicas, espectáculo musical en vivo, editorial y espacios

independientes (2014-2016).

5. Línea de Circulación para promover la difusión nacional e internacional de

expresiones culturales y la promoción del intercambio de bienes y servicios.

En esta línea de acción resultan relevantes los siguientes proyectos:

Mercados Culturales Nacionales para fortalecer espacios internos como el

Mercado Insular de Expresiones Culturales, Circulart en Medellín, Mercado

Cultural del Caribe, Mercado Musical del Pacífico, Bogotá Music Market y

otros (2014).

También se destacan proyectos como la Estrategia de Circulación

Internacional para promover a través de la cofinanciación la participación de

empresarios de la música colombiana en ferias internacionales como Womex,

MaMa Festival and Convention, el Festival Internacional de Buenos Aires y el

Performing Arts Market of Seoul (2014-2016).

Finalmente está el proyecto de Mercado de Industrias Culturales del Sur –

MICSUR para crear y consolidar una plataforma para el conocimiento, la

difusión, promoción, circulación y comercialización de bienes y servicios

generados por las industrias culturales y creativas de la región (2014- 2016).

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138

Del mismo modo han sido formulados por el Grupo de Emprendimiento

Cultural, proyectos transversales como LASO, que nace en 2009 con el fin de

conformar una plataforma-red para la construcción de redes de trabajo colaborativo

para la creación, gestión y comercialización de contenidos culturales. Otra iniciativa

es el programa Mujeres tejedoras de vida que busca promover el desarrollo de

capacidades en mujeres artesanas colombianas a través de la formación en

conocimientos prácticos (GEC, 2018).

De otro lado fue creado en 2011 el Observatorio de Cultura y Economía con la

finalidad de rastrear, generar, procesar y divulgar información que contribuya a

generar instrumentos de análisis e investigaciones en economía de la cultura y a

facilitar la toma de decisiones de los agentes de la industria cultural (GEC, 2018).

Para el desarrollo de estas líneas y actividades, el Ministerio de Cultura ha

destinado un presupuesto promedio entre el año 2009 y 2016 de $901.638 USD

(Ministerio de Cultura, 2017c).

Luego, en un intento poco innovador y bastante etéreo, se dio la expedición

de la Ley 1834 de 2017 denominada Ley Naranja, con el objeto de promover las

industrias creativas como sector de la economía que fomenta el tejido social y la

identidad (Artículo 3º de la Ley 1834 de 2017). El propósito de la ley es desarrollar,

fomentar, incentivar y proteger las industrias creativas, las cuales entiende en el

mismo sentido indicado por la definición de la UNESCO. La ley incluye entre las

industrias creativas a otras áreas como el patrimonio cultural material e inmaterial, la

educación artística, cultural y creativa, y las agencias de noticias y servicios de

información (Artículo 2º de la Ley 1834 de 2017).

Para lograr su objetivo propone las estrategias denominadas “7íes”,

Información, Instituciones, Industria, Infraestructura, Integración, Inclusión e

Inspiración, las cuales articula creando el Consejo Nacional de la Economía Naranja

(Artículo 5º de la Ley 1834 de 2017).

Igualmente, la norma formula incentivos y beneficios que en su mayoría ya

existían, como facilidades para la importación y exportación; simplificación de

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trámites migratorios; promoción de agremiaciones; incentivos estratégicos

sectoriales; fomento de la educación para el progreso cultural y creativo; apertura de

líneas de crédito y cooperación técnica con la Financiera de Desarrollo Territorial -

FINDETER; y financiación a emprendimientos creativos a través de Bancoldex

(Artículos 8 al 11 de la Ley 1834 de 2017).

Finalmente, en lo que pareciera ser un subproducto de la Marca País, la Ley

ordena la creación del sello “Creado en Colombia” como mecanismo para divulgar

los bienes y servicios creativos originados en el país (Artículo 5º de la Ley 1834 de

2017).

CAPÍTULO QUINTO: EL TRÁNSITO DE LA RES NULLIUS A LA RES PUBLICAE

Históricamente la identidad nacional como problema público adquiere mayor

relevancia en los primeros años de la independencia donde la inesperada orfandad

obligó a los criollos independentistas a iniciar la invención de una tradición. En este

relato, siempre imaginado, la élite étnica, política, social y económica hizo prevalecer

ininterrumpidamente su ideario durante casi todo el siglo XX (Castillo, 2006).

Sin embargo, es con la promulgación de la Constitución Política de 1991 que

surge el nuevo paradigma de la Nación pluriétnica y multicultural, el cual, fuera de

representar un reconocimiento histórico, ha ubicado el problema de la identidad

nacional en las agendas públicas de los gobiernos nacionales con una acentuada

continuidad y permanencia.

Este nuevo posicionamiento en la agenda se ha materializado en la

expedición de leyes, decretos, reglamentos y normativas que han intentado dar una

forma institucional a lo tradicionalmente etéreo, no desde un enfoque determinista,

sino desde la perspectiva de la regulación de los contextos y las condiciones

necesarias para que la identidad nacional se pueda construir, desarrollar, promover

y reinventar.

Paralelamente, desde el Gobierno Nacional a través de los Ministerios de

Cultura, de Ambiente, de Educación Nacional y más recientemente desde el

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Ministerio de Comercio, Industria y Turismo, se han venido formulando diversas

políticas públicas a partir de la interpretación del rol de los distintos ámbitos de la

vida en sociedad en la construcción de nación e identidad nacional.

La articulación de la dimensión institucional junto con el diseño de un

entramado de sistemas, instancias, redes y políticas públicas, constituyen los

contornos actuales de la Nación y de la identidad nacional, los cuales se definen de

antemano como dinámicos y flexibles, adaptándose continuamente a la evolución de

las tradiciones sin dejar de lado lo que nuestra historia pluriétnica y multicultural ha

demarcado como esencial y permanente.

1. Los nuevos contornos de la Nación y de la identidad nacional

Tradicionalmente los contornos de la Nación y de la identidad nacional en

Colombia estaban principalmente determinados por el sistema educativo en manos

de la Iglesia Católica. Su principal función sería reproducir desde una perspectiva

homogeneizante y normalizante los contenidos obligatorios dictados y aprobados por

el Ministerio de Educación Nacional. Estos contenidos se veían reducidos al

conocimiento de la historia patria y de las biografías de los próceres, a partir del

material didáctico suministrado y aprobado por el Ministerio de Educación.

Igualmente, la identidad nacional estuvo fuertemente marcada tanto por la

religión como por la cultura. De un lado, la religión católica, como lo reconocía la

Constitución de 1886, era la de la Nación33. De otro lado, la cultura reflejaba el

ideario de una clase social y política heredera de los valores tradicionales, a la cual

únicamente tenía acceso una élite reducida (Ministerio de Cultura, 2010).

Es realmente con la Constitución Política de 1991 que se rompen las barreras

que tradicionalmente cooptaban a la Nación y a la identidad Nacional. El

33 Rey (2010) explica el paso a la modernidad desde la cultura cooptada por la religión así:

Este distanciamiento de la cultura de la creencia religiosa es precisamente una de las claves de la modernidad latinoamericana. La Iglesia, que se resistía a perder su hegemonía, se unió a la resistencia que los grupos conservadores expresaban frente a las opciones laicas, modernas y pluralistas de la cultura (Rey, 2010, p. 25)

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141

reconocimiento de la Nación como pluriétnica y multicultural representa los

siguientes efectos con relación a los antiguos contornos de la Nación:

1. Rompe con el imaginario de la élite blanca y mestiza como representante de

la colombianidad al reconocer la existencia de diferentes grupos y

comunidades étnicas que hacen parte de la identidad nacional.

2. Elimina la pretensión hegemónica y normalizante de imponer un único modelo

de identidad nacional.

3. Incluye dentro del imaginario colectivo a diferentes culturas al margen de

criterios de raza, etnia, lengua, religión y capacidad económica.

A partir de este nuevo paradigma constitucional ha surgido un entramado de

sistemas, instituciones e instancias que si bien no todas se sustentan

normativamente en el reconocimiento constitucional de la cultura como fundamento

de la nacionalidad, coinciden en un único propósito: la construcción de la identidad

nacional. Para el efecto, con base en las herramientas políticas y jurídicas

empleadas por el Estado, se ha construido el siguiente mapa que comprende los

nuevos contornos de la Nación y de la identidad nacional:

Mapa 1

Sistemas, instancias e instituciones relacionadas con la construcción de nación e identidad

nacional

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142

Fuente: Elaboración propia.

Para facilitar la comprensión de los nuevos contornos de la Nación y de la

identidad nacional fue elaborado un mapa complementario que relaciona los actores

institucionales e instancias que participan en dicho proceso (Anexo A).

Este nuevo contexto ha redefinido los contornos de la identidad nacional y le

ha permitido trascender el tradicional campo de la educación y la cultura para

asentarla en nuevos ámbitos gobernados por la industria, la tecnología y la

innovación. Para la comprensión de esta dinámica sobreviniente, a continuación se

analizarán los nuevos contornos de la Nación y de la identidad nacional en Colombia

a partir de los sistemas, instancias e instituciones identificadas:

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143

Tabla 5

Nuevos contornos de la Nación y de la identidad nacional en Colombia

Sistemas, Instancias e Instituciones Nuevos contornos

Sistema Nacional de Cultura

Un eje de gran relevancia para la construcción de la

identidad nacional ha sido la conformación del Sistema

Nacional de Cultura y la implementación de la Política

Pública de Concertación.

El Sistema Nacional de Cultura ha permitido la

descentralización territorial y funcional de la gestión

cultural a través de las entidades territoriales y los

consejos departamentales, distritales y municipales para

la Cultura, el Patrimonio Cultural y el Archivo.

De otro lado, la política de concertación ha abierto

profundos espacios de participación ciudadana en la

conformación de la identidad nacional, creando los

siguientes cuerpos colegiados integrados por

representantes de diversos ámbitos y sectores de la vida

nacional:

1. Consejo Nacional de Cultura

2. Consejo Nacional de medios de comunicación

ciudadanos y comunitarios

3. Consejo Nacional de las artes y la cultura en

Cinematografía

4. Consejos Nacionales de Áreas Artísticas (Danza,

Música, Teatro, Literatura, Artes Plásticas y

Visuales)

5. Consejo Nacional de Patrimonio Cultural

6. Consejo Nacional del Libro y la Lectura

7. Consejo Nacional Asesor en Lenguas Nativas

8. Consejo Nacional de Museos

9. Consejo Nacional Ambiental

10. Consejo Nacional de Áreas Protegidas

11. Consejos departamentales, distritales y

municipales de Cultura, de Patrimonio Cultural y

de Archivo

Estas nuevas instancias han permitido romper el

tradicional acercamiento hegemónico del Estado en la

determinación de los contenidos de la cultura, abriendo un

espacio que no es exclusivamente de participación

ciudadana, sino que implica la concertación de la política

con los diferentes sectores y grupos que integran la

Nación pluriétnica y multicultural.

Por otro lado, la política de estímulos es la concreción del

principio de acción sin daño, de tal forma que la

intervención pública no altere la esencia de la diversidad.

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144

Sistema Nacional

de Patrimonio

Cultural de la

Nación

Patrimonio

Arqueológico y

Patrimonio Cultural

Sumergido

El tradicional patrimonio arqueológico extiende

constantemente sus alcances gracias a los avances de la

ciencia y la tecnología. Esto se evidencia con el

Patrimonio Cultural Sumergido, el cual surge con las

nuevas capacidades tecnológicas de extraer patrimonio

cultural del fondo de las aguas nacionales. Sin dichas

posibilidades, tal reconocimiento sería eminentemente

retórico. De igual forma, el conflicto derivado del

descubrimiento del Galeón San José constituyó un

impulso significativo en el reconocimiento de este

patrimonio como elemento de la Nación.

Patrimonio de

Imágenes en

movimiento

El desarrollo de las artes audiovisuales y cinematográficas

abrió las puertas a una nueva forma de expresión del arte

que paulatinamente fue adquiriendo un espacio propio al

interior de la cultura. Con el posicionamiento de esta

nueva industria y su creciente potencial en la difusión de

las identidades y culturas nacionales e internacionales,

surge el Patrimonio de imágenes en movimiento como

una posibilidad de salvaguardar la creación artística

protegiendo el soporte físico que las incorpora.

Patrimonio

documental,

archivístico,

bibliográfico y

hemerográfico

En campos tradicionales como los documentos escritos, la

identidad nacional nace con la imprenta (capitalismo

impreso) y evoluciona a nuevos escenarios digitales que

transformarán sin duda alguna sus actuales dimensiones.

Patrimonio Cultural

Inmaterial de la

Nación

Con su reconocimiento se supera a la tradición oral y

escrita como el único vehículo de transmisión de

manifestaciones, prácticas, usos y expresiones que

reflejan la identidad nacional. La conformación de

inventarios de público acceso contribuye a la apropiación

del PCI a través de la documentación detallada de las

prácticas que identifican a los diferentes grupos que

conforman la Nación.

Instancias y Redes Culturales

La construcción de la identidad nacional avanza a través

de la inclusión de nuevos actores, instituciones e

instancias para su difusión. Así, lo que antes realizaban

exclusivamente el Museo Nacional y la Biblioteca

Nacional, actualmente es realizado por una compleja red

de museos y bibliotecas públicas que actúan junto con

actores públicos y privados, entre los que se destacan las

casas de cultura, las Cajas de Compensación Familiar, las

Cámaras de Comercio, el Banco de la República,

Organizaciones No Gubernamentales, entre otros

gestores culturales y partícipes del sistema.

A diferencia de los anteriores ejemplos, el Patrimonio

Natural de la Nación en lugar de evolucionar intenta

apenas subsistir. Los valores naturales que integran la

identidad nacional y que otrora fueran reconocidos con

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145

Patrimonio Natural de la Nación

orgullo por los próceres, hoy parecen obstáculos

insalvables para el desarrollo económico. Esta condición

explica la existencia de un sistema principalmente

preventivo que propende por salvaguardar y conservar la

riqueza natural, dejando de lado la necesidad de

promover su apropiación por parte de los colombianos.

No obstante lo anterior, los lineamientos curriculares

promovidos por el Ministerio de Educación para las

Ciencias Naturales y Educación ambiental podrán tener

un impacto apenas visible en las generaciones por venir.

De aquellos se espera que reflejen otro tipo de relación

con la naturaleza que comprenda el importante rol de la

biodiversidad para la identidad nacional y el desarrollo

sostenible.

Sistema de Educación Nacional

El Sistema de Educación Nacional ha transformado

radicalmente la perspectiva desde la cual se ha abordado

históricamente el problema de la identidad nacional. Ha

pasado del determinismo autoritario tendiente a

homogeneizar y normalizar, al diseño de lineamientos

curriculares construidos de forma concertada con la

comunidad académica y con diferentes sectores culturales

y productivos.

El nuevo enfoque del proceso educativo ha partido de la

autonomía curricular, limitándose al establecimiento de un

núcleo común básico cada vez más inclinado a garantizar

un estándar de calidad que a ejercer un acto de poder. A

pesar del ineluctable juicio de valor que implica la

exigencia de contenidos mínimos obligatorios, estos

tienden a ser más dinámicos y flexibles, contemplando

logros curriculares que reconocen la importancia de la

diversidad y la convivencia pacífica.

Cabe destacar la Etnoeducación, la Cátedra de Estudios

Afrocolombianos y la enseñanza de lenguas nativas como

iniciativas flexibles que incluyen en el imaginario colectivo

a poblaciones marginadas del proyecto de nación.

Sistema Nacional del Deporte

El Sistema Nacional del Deporte articula dos estrategias

relacionadas con la identidad nacional. La primera es el

deporte como vehículo de cohesión social y conciencia

nacional. La segunda, entiende la recreación, el

aprovechamiento del tiempo libre y la educación

extraescolar como una forma de participación activa en

las manifestaciones culturales, folclóricas y tradicionales

que reafirman la identidad nacional.

El reconocimiento de la diversidad étnica y cultural

constituye un hito de la identidad colombiana que surge

formalmente desde la promulgación de la Constitución

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146

Diversidad Étnica y Cultural

Política de 1991. La Nación pluriétnica y multicultural ha

condicionado de forma transversal los diferentes ámbitos

desde los cuales se construye identidad nacional.

De esta forma, el Sistema Nacional de Cultura cuenta con

órganos asesores de política pública especializados en

temas de diversidad como el Consejo Nacional asesor en

Lenguas Nativas y ha garantizado representación de los

grupos étnicos en los distintos cuerpos colegiados.

Por otro lado, el Sistema de Educación Nacional se ha

adaptado a un modelo más diverso y flexible incorporando

lineamientos curriculares que incluyen la Cátedra de

Estudios Afrocolombianos y la enseñanza de lenguas

nativas. Asimismo el Ministerio de Educación ha

recuperado e implementado el concepto de

Etnoeducación establecido desde la Ley 70 de 1993.

Finalmente, a través del Sistema de Medios Públicos se

han propuesto iniciativas como la Televisión Étnica que

habilita el uso de medios de comunicación masivos para

la difusión de las identidades de grupos y comunidades

étnicas.

Sistema de Medios Públicos

El Sistema de Medios Públicos (televisión y radio pública)

se ha consolidado como un importante canal de

transmisión de contenidos culturales y educativos,

teniendo un vínculo directo con la difusión de la historia

nacional y de los símbolos patrios.

El Sistema cuenta actualmente con organismos

regionales de televisión y radio que han facilitado la

descentralización del servicio público y la pluralidad

informativa. Igualmente, cuenta con iniciativas como la

Televisión étnica que acerca el servicio público a grupos y

comunidades típicamente aisladas de los medios masivos

de comunicación.

Marca País

La identidad nacional ha adquirido desde finales del siglo

XX nuevos matices industriales y comerciales que han

estrechado los vínculos entre el sector cultural y el

económico. Es así como surge la estrategia de la Marca

País con el propósito de posicionar a los países en el

mercado internacional a partir de una reputación

construida por ciertos elementos propios de la identidad

nacional. Si bien su propósito es primordialmente

económico, su funcionamiento tiene un alto impacto en la

construcción de identidad, al tener el potencial de

transformar el imaginario internacional del colombiano e

inclusive la percepción de los nacionales sobre sí mismos.

Surgen igualmente las industrias culturales o creativas

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147

Industrias Culturales y Creativas

como una forma de conjugar el desarrollo económico con

la creación, producción y comercialización de bienes y

servicios basados en intangibles culturales. Esta reciente

concepción recoge campos innovadores para la evolución

de la identidad nacional, la cual empieza a interactuar con

diferentes campos como la moda, el turismo, el diseño, la

publicidad, los contenidos multimedia, los software de

contenidos, los servicios audiovisuales interactivos y los

servicios de información.

Fuente: Elaboración propia.

2. El Núcleo duro de la construcción de identidad nacional

La construcción de identidad nacional comprende un conjunto de elementos

diversos y heterogéneos que contribuyen desde diferentes ámbitos de la vida

nacional a la conformación de un imaginario colectivo intensamente dinámico34. Bajo

este enfoque, a través de la presente investigación se propone el siguiente principio

o atributo que permitirá abordar, caracterizar y entender con mayor facilidad el

proceso de construcción de identidad nacional en Colombia.

El proceso de conformación de identidad nacional se compone de un núcleo

duro integrado por aquellos atributos más rígidos y estables que constituyen el pilar

sobre el cual habrá de construirse y deconstruirse constantemente la identidad

nacional. No se trata de elementos inalterables o inmutables, pues la nación y la

identidad nacional serán siempre históricas, sino que constituyen características que

por su estabilidad y permanencia se asientan en el núcleo de la construcción de

identidad35.

En este sentido, el núcleo duro de la construcción de identidad nacional en

Colombia está compuesto entre otros por los siguientes principios o atributos:

34 Estos elementos muestran la tensión en la conformación de la identidad étnica entre primordialistas y circunstancialistas, la cual encuentra un intento de síntesis al sostener que aquellos elementos permanentes que perduran por siglos se explican desde los sentimientos primordiales, mientras que aquellos más dinámicos responden a las circunstancias sociales profundamente cambiantes (Castillo, 2006). 35 Mansilla (2000) critica la existencia de un núcleo de la identidad nacional. Sobre el particular sostiene que los elementos que componen la nación son de carácter histórico, y que a pesar de perdurar por siglos, pueden cambiar intempestivamente. Lo que se propone en la presente investigación como núcleo no es un elemento de la identidad nacional, sino propiamente un atributo o un principio que debe orientar su construcción.

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148

1. La diversidad étnica y cultural como eje articulador de las distintas

identidades que conforman el imaginario colectivo colombiano. Sin perjuicio

del dinamismo e historicidad de los usos, las tradiciones, las prácticas, las

creencias, los valores y las pautas de comportamiento, la construcción de la

identidad nacional deberá recoger las identidades de todos los grupos y

comunidades que la integran. La rigidez de este atributo impide la imposición

de un imaginario sobre los demás, permitiendo la convivencia de identidades

colectivas que confluyen en una sola, la colombiana.

2. El Patrimonio Natural de la Nación. La biodiversidad como elemento

ahistórico trasciende la temporalidad de la cultura y se constituye como un

elemento indispensable alrededor del cual debe construirse no solo la

identidad nacional sino la del sujeto. El valor intrínseco de la naturaleza y de

la diversidad representa una marca indeleble de la Nación colombiana36.

Por otro lado, y partiendo de la visión constructivista de la identidad, el

proceso de conformación de identidad nacional en Colombia integra igualmente

elementos de naturaleza más flexible y dinámica, que se adaptan a la evolución de

las naciones y dentro de los cuales se encuentran el Sistema Nacional de Cultura, el

Sistema Nacional de Patrimonio Cultural de la Nación, el Sistema de Educación

Nacional, el Sistema Nacional del Deporte, el Sistema de Medios Públicos, la Marca

País y las Industrias Culturales o Creativas (Ver Gráfica 3).

Estos elementos son profundamente históricos y coyunturales, los cuales, a

pesar de perdurar por siglos, como los símbolos patrios y la historia patria,

dependerán siempre de los imaginarios colectivos pasajeros que “pueden ser

desplazados en forma inesperadamente rápida por otros parámetros normativos y

por otras tradiciones que pronto también llegan a ser percibidas como pilares

centrales del acervo nacional” (Mansilla, 2000, p. 122).

36 Este reconocimiento de la biodiversidad como una marca distintiva de la construcción de identidad nacional, cuenta con remotos antecedentes en reconocidos escritos del sabio Caldas, de Nariño, de Torres y de Pedro Fermín de Vargas, quienes exaltaban la riqueza patria en recursos naturales y vida animal (Castillo, 2006).

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149

La importancia de los contenidos flexibles y dinámicos de la construcción de

identidad nacional es que permiten su adecuación a los diferentes contextos,

situaciones y coyunturas políticas, sociales y económicas, evitando que elementos

pétreos y rígidos alejados de la realidad disipen el sentido de pertenencia.

En este sentido el surgimiento del Sistema Nacional de Cultura responde al

surgimiento de una sociedad más abierta y participativa, con una estructura más

horizontal y menos autoritaria, disponiendo de órganos consultivos que facilitan la

participación y concertación con diferentes grupos sociales.

A su vez, el Sistema Nacional de Patrimonio Cultural de la Nación se ha

adaptado a los avances en ciencia y tecnología, primero con la inclusión del

patrimonio de imágenes en movimiento y luego con el Patrimonio Cultural

Sumergido. De igual forma, el Sistema ha ido incluyendo paulatinamente elementos

intangibles de la Nación, lo cual implica un reconocimiento de la dimensión espiritual

dentro de la diversidad y pluralidad cultural.

Paralelamente, el Sistema de Medios Públicos surge como respuesta al

desarrollo de los medios de comunicación, apropiando la innovación tecnológica en

la televisión y la radio como vehículo para difundir masivamente los elementos de la

identidad nacional.

Finalmente, iniciativas como la Marca País y las Industrias Culturales

constituyen los más recientes cambios y adaptaciones de los mecanismos de

construcción de identidad nacional, que surgen a partir de la generación de sinergias

entre cultura, industria y mercado, con el propósito de facilitar el flujo continuo del

imaginario patrio en una sociedad capitalista cada vez más interesada en la forma

que en el fondo.

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150

Gráfica 3

Núcleos de la construcción de identidad nacional

Fuente: Elaboración propia.

3. El tránsito de la Res nullius a la Res Publicae

A través de la historia fueron identificadas las diferentes narrativas sobre el

origen de la Nación colombiana que permiten comprender los amplios retos que

implica la construcción de la identidad nacional. Los diferentes rasgos que definen el

complejo y heterogéneo concepto de colombianidad han debido transitar el difícil

sendero de un proceso de identificación donde el proyecto de nación blanco

pretendió negar, invisibilizar y desaparecer a indios y negros a los cuales siempre

consideró como inferiores (Castillo, 2006).

Este proyecto encontró su última manifestación normativa en la promulgación

de la Constitución de 1886, que desde su origen demostró la pretensión hegemónica

de imponer el proyecto de la Regeneración a través de la religión católica,

fomentando a su vez la educación religiosa, los elementos hispánicos, la lengua

castellana y las formas culturales de la élite blanca (Melo, 2017).

Este particular desarrollo y evolución de la Nación colombiana permite

comprender la consagración en la Constitución de 1991 de la construcción de

Núcleo Duro

• Diversidad Étnica y Cultural

• Patrimonio Natural de la Nación

Núcleo Dinámico

• Sistema Nacional de Cultura

• Sistema Nacional de Patrimonio Cultural de la Nación

• Instancias y Redes Culturales

• Sistema Nacional de Educación

• Sistema Nacional del Deporte

• Sistema de Medios Públicos

• Marca País

• Industrias Creativas y Culturales

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identidad nacional como deber del Estado (Artículo 70 C.P.), circunstancia que

responde a las razones históricas que evidencian la debilidad de los vínculos y lazos

que unían a los protagonistas de un proyecto de nación fracasado.

Este lento proceso de construcción de la nueva Nación pluriétnica y

multicultural tiene el reto de formular un proyecto común que impulse a los

colombianos a la movilización colectiva, y le permita a su vez convertirse en un actor

realmente influyente en lo público. Como bien lo explica Rodrigo Uprimny (2018) en

su columna “Colombia: ¿Acto de fe?”:

(…) carecemos de proyectos colectivos o de relatos fundadores que

logren aglutinarnos, unificarnos y movilizarnos como pertenecientes

a una misma comunidad. Por eso la sociedad colombiana es débil

para actuar colectivamente, aunque muchos colombianos sean

audaces y exitosos como individuos.

Esta débil identidad nacional ha tenido algunas consecuencias

positivas, como la ausencia de un chauvinismo agresivo, pero

también efectos negativos, pues hemos carecido de la capacidad de

actuar colectivamente para acometer grandes proyectos globales.

Una de nuestras tareas pendientes como país es entonces, sin caer

en el chauvinismo, construir esa cohesión nacional sobre la base de

un relato que nos una dentro de la diversidad de nuestras regiones,

nuestro pueblos y nuestros territorios (Uprimny, 2018, ¶ 5-7)

Es por ello que la cuestión de la nación y de la identidad nacional no es un

tema accesorio para el Estado colombiano, pues tras la promulgación de la nueva

Carta Política se constituyó como un deber asociado a la cultura, con la finalidad de

saldar su deuda histórica con la formación de una nación pluritétnica y multicultural.

Esta relevancia del problema público de la identidad nacional trasciende la

órbita del mandato constitucional y se presenta como una decisión política

estratégica, que permite desde la institucionalidad y desde la política pública,

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152

construir vínculos y lazos más fuertes que unan a los colombianos alrededor del

proceso de apropiación de lo público.

Esta apropiación está íntimamente relacionada con el sentido de pertenencia

a la comunidad imaginada y con la comprensión de la importancia de la participación

activa de los ciudadanos en las decisiones que los afectan. Por esta razón, la

identidad nacional puede representar una huida a la “cooptación” de lo público,

facilitando que los destinos de la Nación puedan trascender los partidos, las

instituciones y los gobiernos.

Igualmente, la construcción de nación e identidad nacional permite superar el

obstáculo de la falta de legitimidad de las instituciones, donde tanto la nación como

lo público se impregnan de la desconfianza y de la decepción generalizada37,

situación que ha fortalecido el individualismo tradicional del colombiano abandonado

por el Estado a su suerte.

La comunidad imaginada, pluriétnica y multicultural, se construye a partir de la

generación de fuertes lazos invisibles que logren unidad sin unanimidad, que

provoquen cohesión social alrededor de un proyecto futuro, exhortando a los

ciudadanos a cumplir su olvidado papel en lo público. Al construir nación e identidad

nacional, el Estado genera las condiciones propicias para una participación activa y

de calidad, habilitando el escenario propicio para el surgimiento de modelos de

gobernanza abiertos y colaborativos que permitan delegar exitosamente ciertas

funciones en la ciudadanía.

Actualmente, los destinos de la Nación colombiana demandan un ciudadano

virtuoso activamente involucrado en lo público. Es a este proceso de transformación

de la aglutinación de individuos aislados en ciudadanos apropiados de la comunidad

37 Serrano (2016) explica esta asociación de la historia de la nación a la del Estado en los siguientes términos:

Como lo demuestran a un tiempo su tradición y su presente, el pueblo colombiano considera que su pasado como nación es casi irrelevante, o al menos poco digno de mayores estudios, y por eso predomina la confusión tan generalizada entre historia del Estado e historia de la nación, la última de las cuales, en la mayor parte de la historiografía existente, se confunde con la primera, se resuelve con prejuicios o se escamotea de un tajo (Serrano, 2016, p. 22)

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imaginada al que se denomina en el presente documento “el tránsito de la Res

nullius a la Res publicae”.

La comprensión de la forma como el Estado construye nación e identidad

nacional constituye el primer estadio para analizar su contribución al tránsito de la

Res nullius a la Res publicae. Es por ello que el objeto del presente trabajo estuvo

determinado por la reconstrucción de las herramientas políticas y jurídicas

empleadas por el Estado colombiano para tal fin, sin perder el horizonte que inspiró

la investigación, el cual es analizar su potencial en la apropiación de lo público y la

generación de capital social.

Sin embargo, en un acto de consciencia sobre las condiciones de espacio y

tiempo para acometer el proyecto de investigación, el presente documento se limitó

a proponer el estudio de la nación y la identidad nacional desde la perspectiva

anunciada, con la intención de continuar en un futuro cercano con su acucioso

estudio.

CONCLUSIONES

Quienes pretenden comprender las causas de los múltiples problemas que

aquejan a Colombia suelen recurrir al argumento de una nación débil, una nación a

pesar de sí misma, una nación negada38, o inclusive hay quienes afirman que

Colombia parece un pueblo sin nación (Palacios, 2001). El presente trabajo de

investigación surge a partir de la hipótesis que sostiene esta debilidad histórica de

los lazos y vínculos que unen a la nación colombiana.

Sin ninguna pretensión determinista ni reduccionista, el propósito del presente

documento, más que explicar el origen del caos, pretende comprender a la nación y

a la identidad nacional como un instrumento público de amplio potencial para lograr

objetivos de interés general, que contribuyan a retomar el concepto de ciudadano

virtuoso en un contexto más horizontal y participativo de gobierno.

38 Algunos historiadores colombianistas como Anthony McFarlane, David Bushnell y Javier Ocampo han estudiado a la Nación colombiana como una nación inconsciente de sí (Serrano, 2016).

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154

Este complejo proceso, al que se ha denominado el tránsito de la Res nullius

a la Res publicae, requiere agotar un primer estadio que demanda un conocimiento

detallado de las principales herramientas a través de las cuales el Estado construye

nación. Con este objetivo en ciernes fueron identificadas a través de la historia las

diversas narrativas sobre el surgimiento de la nación que constituyen

indudablemente el fundamento de nuestra heterogeneidad.

Las diferentes narrativas que se han construido sobre los orígenes y evolución

de la identidad nacional rondan el imaginario colectivo colombiano como una lluvia

de fotogramas aún sin articular. Si bien algunos de los rasgos de la evolución de

nuestra identidad subsisten, otros se han ido perdiendo en la tradicional pretensión

hegemónica de consolidar una identidad superior negando la del otro.

A lo largo de este proceso de conformación de la nación y de la identidad

nacional iniciado en el siglo XIX, han sido identificados en este estudio algunos

factores históricamente relevantes que forjaron la nación de la élite blanca y mestiza.

Entre estos se destacan la religión católica, la lengua castellana, los tardíos

símbolos nacionales (la bandera, el escudo de armas, el himno nacional y las

festividades), los partidos políticos, la prensa (capitalismo impreso) y la literatura

costumbrista. También fueron establecidas dos instituciones que tradicionalmente

han construido identidad nacional a partir de la homogeneización, tales como la

instrucción pública a cargo de la Iglesia (sistema de educación nacional) y la

institución museal, inicialmente como depositaria del patrimonio material

arqueológico y botánico.

Paralelamente, este proyecto de nación tuvo que enfrentarse a profundos

retos como el aislamiento producido por la compleja geografía nacional y sus

consecuentes regionalismos; la violencia política bipartidista; el carácter

frecuentemente dócil, indiferente e indolente por parte de su población; la pérdida

territorial de Panamá; la desigualdad social; las instituciones políticas y económicas

extractivas; y especialmente el abandono estatal que ha facilitado el surgimiento de

diferentes actores armados como guerrillas, paramilitares y gamonales regionales,

que asumen el control territorial y legitiman la estructura clientelar de la sociedad

colombiana.

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155

Desde el punto de vista normativo, el proyecto de nación de la élite blanca y

mestiza tuvo su cúspide en la promulgación autoritaria de la Constitución de 1886, la

cual impuso a través del proyecto de Regeneración un modelo de nación que excluía

directamente a las minorías religiosas, étnicas y culturales. Tras obtener la victoria

en la guerra civil, este proyecto tenía como objetivo lograr la unidad nacional y la

centralización política a partir de elementos homogeneizadores como la religión

católica (art. 38), la educación pública religiosa (art. 41), los elementos hispánicos, el

castellano y las formas culturales de la élite blanca, negando “lo popular” como

fuente de identidad regional.

Con la promulgación de la Constitución Política de 1991 se presentó una

ruptura en el paradigma de la nación y de la identidad nacional principalmente a

partir de 4 elementos: i) El reconocimiento de la Nación colombiana como pluriétnica

y multicultural (Artículos 7º, 10º, 19, 63, 68, 310, 329 y el artículo transitorio 55); ii)

La inclusión constitucional de la obligación de construir identidad nacional a través

del acceso a bienes y servicios culturales (Artículos 67 y 70); iii) El ingreso de la

construcción de identidad nacional en la agenda pública de los gobiernos nacional y

regionales (Artículos 67, 70, 71, 305 y 311); y iv) El Surgimiento de un entramado de

instituciones, sistemas, instancias y redes (Artículos 72 y 313).

Los tres primeros elementos se han materializado en el cuarto, permitiendo el

surgimiento de una auténtica arquitectura institucional, dentro de la cual se han

identificado, sin ánimo de proponer un listado taxativo, los siguientes instrumentos:

1. El Sistema Nacional de Cultura ha permitido articular instituciones, instancias,

recursos y redes a través del Ministerio de Cultura. A partir del sistema se han

financiado proyectos y políticas públicas con los recursos propios de las

entidades que conforman el sistema, así como aquellos provenientes de la

Estampilla Procultura, del Sistema General de Participaciones, del Sistema

General de Regalías y del Impuesto Nacional al consumo, haciendo que su

reconocimiento no resulte eminentemente retórico. Este Sistema ha permitido

el reconocimiento de una identidad diversa que se difunde a partir de una

estructura descentralizada y participativa

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2. El Sistema Nacional de Patrimonio Cultural de la Nación se ha adaptado a la

evolución de la nación y de la identidad nacional, comportando una auténtica

transformación que va desde lo tangible hasta lo inmaterial. Este sistema

facilita, analizado desde la teoría constructivista, la formación dinámica de la

nación desde las diversas manifestaciones y prácticas culturales que

conforman diariamente nuestra identidad. El surgimiento de nuevos campos

del patrimonio cultural como el de imágenes en movimiento, el sumergido y el

inmaterial facilitan la comprensión de una nación y una identidad nacional que

se construyen desde la realidad social.

3. Las Redes e instancias culturales han extendido y difundido ampliamente el

acceso a bienes y servicios culturales, donde a través de los museos públicos

y privados, las bibliotecas públicas y las casas de cultura se ha logrado la

paulatina ruptura del ideario tradicional que limitaba su acceso a la élite

blanca.

4. El Patrimonio Natural de la Nación, reconocido como un eje fundamental de la

identidad colombiana por los mismos próceres de la independencia, quienes

se ufanaban de la riqueza natural que llevaría indefectiblemente a Colombia

por el sendero de las potencias mundiales, actualmente lucha por subsistir. El

Sistema Nacional de Áreas Protegidas y el Sistema de Parques Nacionales

Naturales representan la perspectiva de la protección y conservación ante

una visión de progreso que trivializa a los valores naturales de la nación y

estigmatiza la riqueza natural como un obstáculo para el desarrollo.

5. El Sistema de Educación Nacional, herramienta tradicional de la construcción

de nación e identidad nacional desde la homogeneización y normalización, ha

iniciado a partir de la Constitución de 1991, una redefinición de sus alcances

a partir de la estandarización de un núcleo común desde la perspectiva

secular de la calidad de la educación, pero respetando la autonomía curricular

de los establecimientos educativos.

Para el efecto, si bien ha conservado su papel en la instrucción y difusión de

los símbolos nacionales representantes del proyecto de nación blanco y

mestizo, han incorporado lineamientos curriculares más dinámicos y flexibles

desde la Ciencias sociales, la Constitución Política y Democracia, la

Educación artística, las Ciencias Naturales, la Ética y la lengua castellana. El

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157

nuevo paradigma de la Nación pluriétnica y multicultural impulsó la adaptación

curricular mediante la inclusión de la Cátedra de Estudios Afrocolombianos y

la enseñanza de las lenguas nativas.

6. El Sistema Nacional del Deporte, que inicialmente hacía parte del sector de

educación y posteriormente del cultural, ha empezado a adquirir entidad

propia a través de proyectos que pretenden la creación de su propio

ministerio. Este sector, en un crecimiento acelerado por los buenos resultados

de los deportistas en las competiciones internacionales, ha fomentado la

construcción de identidad nacional atendiendo su estrecha relación con la

generación de cohesión social y sentido de pertenecía. Así mismo, ha incluido

la recreación y el aprovechamiento del tiempo libre como una oportunidad de

participación colectiva en los procesos de construcción de identidad nacional.

7. Se ha identificado la diversidad étnica y cultural como un nuevo enfoque

transversal de la construcción de nación e identidad nacional que ha adquirido

suficiente relevancia parar ser considerada una categoría autónoma. Desde la

promulgación de la Constitución de 1991 y su reconocimiento de la Nación

colombiana como pluriétnica y multicultural, el eje de la diversidad ha

permeado de forma transversal las demás categorías de construcción

identificadas, de tal forma que no resulta admisible una herramienta jurídica y

política del Estado que no la contemple dentro de sus principios.

Este nuevo paradigma constituye la reivindicación de los negros e indios

históricamente invisibilizados y vistos como inferiores, en un país que respira

desde sus más lejanos orígenes diversidad y heterogeneidad.

8. El Sistema de Medios Públicos representa la evolución del capitalismo

impreso y su rol en la difusión de la comunidad imaginada. A través de la

televisión y la radio pública se han difundido contenidos culturales y

educativos a nivel nacional y regional en un esfuerzo por competir o

complementar las demás fuentes de identidad subjetiva y colectiva que

ofrecen los medios de comunicación masivos y redes sociales.

9. La Marca País muestra la necesidad de construir identidad nacional desde la

perspectiva del imaginario internacional. La ruptura de la asociación del

colombiano con fenómenos de narcotráfico, corrupción y terrorismo

representa un nuevo horizonte en la construcción de nación e identidad

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nacional, como una evolución de la teoría constructivista que demarca la

internacionalización de las relaciones sociales, comerciales y económicas.

10. Finalmente, las políticas públicas son herramientas que facilitan la

construcción de identidades múltiples, contradictorias, descentradas,

inestables y fracturadas, partiendo siempre desde una perspectiva

constructivista. La diversidad étnica y cultural ha impuesto la necesidad de

asumir estrategias dinámicas y flexibles para construir identidad nacional, no

desde un enfoque homogeneizante y normalizante, sino desde estructuras

cambiantes que permitan regular los contornos sin determinar los contenidos.

Las principales políticas públicas que revelan este potencial son las

relacionadas con: el Patrimonio Cultural Inmaterial (PCI), museos (Programa

de fortalecimiento de museos - PFM), Concertación, Estímulos, Diversidad

cultural y emprendimiento e industrias culturales.

Este entramado de instituciones, sistemas, redes e instancias demarca los

nuevos contornos de la nación caracterizados por una ruptura con el proyecto de la

élite blanca al reconocer la existencia de la diversidad étnica y cultural, eliminando la

pretensión hegemónica y normalizante al incluir a la heterogeneidad en la esencia

del imaginario colectivo.

A partir del análisis de los nuevos contornos de la nación y de la identidad

nacional se ha formulado un principio o atributo que permitirá, desde una perspectiva

constructivista, proponer el núcleo duro de la construcción de identidad nacional en

Colombia. Este núcleo duro estaría conformado inicialmente por dos elementos que

habrían de presentar mayor estabilidad y permanencia, como lo son la Diversidad

étnica y cultural y el Patrimonio Natural de la Nación.

La identificación de un núcleo duro y otro más dinámico y flexible, más allá de

fijar contenidos inamovibles o inalterables de la identidad nacional, pretende formular

elementos a partir de los cuales pueda adelantarse la construcción y deconstrucción

de la identidad nacional, facilitando que cuando la Nación pierda su rumbo, pueda

volver al núcleo duro para cimentar nuevamente las bases de su identidad.

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Finalmente, se concluye que la comprensión de las principales herramientas

jurídicas y políticas a través de las cuales el Estado colombiano construye

actualmente nación e identidad nacional, constituyen un primer paso para el estudio

detallado de su mencionado potencial en el proceso de transformación del habitante

indolente en un ciudadano virtuoso, dotando de pasión y emotividad el

relacionamiento racional entre el Estado y sus nacionales. Quizás sea este el

vehículo indicado para encauzar sus grandes esfuerzos por inducir la apropiación

del colombiano por lo público. La nación negada, la nación de nadie, la nación

inconsciente de sí, reclama el retorno del auténtico colombiano como su legítimo

propietario.

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Granada.

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Granada.

Ley del 12 de julio de 1821, Congreso General de Colombia en Cúcuta.

Ley del 6 de octubre de 1821, Congreso General de Colombia en Cúcuta.

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170

Ley del 17 de diciembre de 1831, Convención del Estado de la Nueva Granada.

Ley 3ª del 9 de mayo de 1834, Congreso de la Nueva Granada.

Ley del 23 de junio de 1858, Congreso de la Confederación Granadina.

Ley 60 de 1873, Diario Oficial No. 2.854 del 16 de mayo de 1873.

Ley 84 de 1881, Diario Oficial No 5.073 del 14 de julio de 1881.

Ley 124 de 1887, Diario Oficial No. 7.108 del 17 de julio de 1887.

Ley 53 de 1919, Diario Oficial No. 16.951 del 13 de noviembre de 1919.

Ley 33 de 1920, Diario Oficial No.17.330 del 20 de octubre de 1920.

Ley 47 de 1920, Diario Oficial No.17.390 del 2 de noviembre de 1920.

Ley 32 de 1924, Diario Oficial, No. 19.754 del 17 de noviembre de 1924.

Ley 28 de 1925, Diario Oficial No. 19.832 del 21 de febrero de 1925.

Ley 103 de 1931, Diario Oficial No. 21.812 del 10 de octubre de 1931.

Ley 14 de 1936, Diario Oficial No. 23.097 del 30 de enero de 1936.

Ley 94 de 1945, Diario Oficial No. 26.019 del 27 de diciembre de 1945.

Ley 107 de 1946, Diario Oficial No. 29.322 del 7 de enero de 1947.

Ley 163 de 1959, Diario Oficial No. 30.139 del 23 de enero de 1960.

Ley 2 de 1960, Diario Oficial No. 30.302 del 11 de agosto de 1960.

Ley 14 de 1979, Diario Oficial No. 35.226 del 23 de marzo de 1979.

Ley 12 de 1984, Diario Oficial No. 36.528 del 12 de marzo de 1984.

Ley 13 de 1984, Diario Oficial No. 36.538 del 20 de marzo de 1984.

Ley 45 de 1983, Diario Oficial No. 36.415 del 22 de diciembre de 1983.

Ley 61 de 1985, Diario Oficial No. 37.152 del 18 de septiembre de 1985.

Ley 63 de 1986, Diario Oficial No. 37.718 del 21 de noviembre de 1986.

Ley 80 de 1989, Diario Oficial No. 39.116 del 22 de diciembre de 1989.

Ley 14 de 1991, Diario Oficial No. 39.651 de 30 de enero de 1991.

Ley 21 de 1991, Diario Oficial No. 39.720 del 6 de marzo de 1991.

Ley 16 de 1992, Diario Oficial No. 40.618 del 8 de octubre de 1992.

Ley 30 de 1992, Diario Oficial No. 40.700 del 29 de diciembre de 1992.

Ley 44 de 1993, Diario Oficial No. 40.740 del 5 de febrero de 1993.

Ley 70 de 1993, Diario Oficial No. 41.013 del 31 de agosto de 1993.

Ley 98 de 1993, Diario Oficial No. 41.151 del 23 de diciembre de 1993.

Ley 99 de 1993, Diario Oficial No. 41.146 del 22 de diciembre de 1993.

Ley 115 de 1994, Diario Oficial No. 41.214 del 8 de febrero de 1994.

Ley 181 de 1995, Diario Oficial No. 41.679 del 18 de enero de 1995.

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171

Ley 182 de 1995, Diario Oficial No. 41.681 del 20 de enero de 1995.

Ley 198 de 1995, Diario Oficial No. 41.932 del 17 de julio de 1995.

Ley 340 de 1996, Diario Oficial No. 42.958 del 15 de enero de 1996.

Ley 397 de 1997, Diario Oficial No. 43102 del 7 de agosto de 1997.

Ley 582 de 2000, Diario Oficial No. 44.040 del 12 de junio de 2000.

Ley 594 de 2000, Diario Oficial No. 44.093 del 20 de julio de 2000.

Ley 599 de 2000, Diario Oficial No. 44.097 del 24 de julio del 2000.

Ley 617 de 2000, Diario Oficial No. 44.188 del 9 de octubre de 2000.

Ley 666 de 2001, Diario Oficial No. 44.503 del 30 de julio de 2001.

Ley 715 de 2001, Diario Oficial No. 44.654 del 21 de diciembre de 2001.

Ley 814 de 2003, Diario Oficial No. 45.237 del 3 de julio de 2003.

Ley 908 de 2004, Diario Oficial No. 45.666 del 9 de septiembre de 2004.

Ley 1037 de 2006, Diario Oficial No. 46.741 del 4 de septiembre de 2007.

Ley 1040 de 2006, Diario Oficial No. 46.341 del 26 de julio de 2006.

Ley 1130 de 2007, Diario Oficial No. 46.543 del 15 de febrero de 2007.

Ley 1179 de 2007, Diario Oficial No. 46.858 del 31 de diciembre de 2007.

Ley 1185 de 2008, Diario Oficial No. 46.929 del 12 de marzo de 2008.

Ley 1379 de 2010, Diario Oficial No. 47.593 del 15 de enero de 2010.

Ley 1381 de 2010, Diario Oficial No. 47.603 del 25 de enero de 2010.

Ley 1454 de 2011, Diario Oficial No. 48.115 del 29 de junio de 2011.

Ley 1493 de 2011, Diario Oficial No. 48.294 del 26 de diciembre de 2011.

Ley 1530 de 2012, Diario Oficial No. 48.433 del 17 de mayo de 2012.

Ley 1556 de 2012, Diario Oficial No. 48.486 del 9 de julio de 2012.

Ley 1607 de 2012, Diario Oficial No. 48.655 del 26 de diciembre de 2012.

Ley 1675 de 2013, Diario Oficial No. 48.867 del 30 de julio de 2013.

Ley 1686 de 2013, Diario Oficial No. 48.996 del 6 de diciembre de 2013

Ley 1753 de 2015, Diario Oficial No. 49.538 del 9 de junio de 2015.

Ley 1801 de 2016, Diario Oficial No. 49.949 del 29 de julio de 2016.

Ley 1819 de 2016, Diario Oficial No. 50.101 del 29 de diciembre de 2016.

Ley 1834 de 2017, Diario Oficial No. 50.242 del 23 de mayo de 2017.

Ley 1874 de 2017, Diario Oficial No. 50.459 del 27 de diciembre de 2017.

Decretos:

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172

Decreto del 10 de enero de 1820 de la República de la Nueva Granada.

Decreto 117 del 8 de julio de 1823 del Congreso de la Nueva Granada.

Decreto del 26 de julio de 1861 de los Estados Unidos de Nueva Granada.

Decreto del 26 de noviembre de 1861 de los Estados Unidos de Nueva Granada.

Decreto 838 de 1889 de la República de Colombia.

Decreto 309 de 1890, Diario Oficial No. 8.054 del 8 de mayo de 1890.

Decreto 861 de 1924, Diario Oficial No. 19.607 del 24 de mayo de 1924.

Decreto 1108 de 1925, Diario Oficial No. 19.953 del 21 de julio de 1925.

Decreto 904 de 1941, Diario Oficial No. 24.663 del 19 de mayo de 1941.

Decreto 1722 de 1942, Diario Oficial No. 25.018 del 29 de julio de 1942.

Decreto 2229 de 1947, Diario Oficial No. 26.483 del 21 de julio de 1947.

Decreto 2388 de 1948, Diario Oficial No. 26.779 del 28 de julio de 1948.

Decreto 3408 de 1948, Diario Oficial No. 26.851 del 22 de octubre de 1948.

Decreto 3558 de 1949, Diario Oficial No. 27.177 del 29 de noviembre de 1949.

Decreto 264 de 1963, Diario Oficial No. 31.025 del 12 de diciembre de 1963.

Decreto 2811 de 1974, Diario Oficial No. 34.243 del 27 de enero de 1975.

Decreto 622 de 1977, Diario Oficial No. 34.759 del 5 de abril de 1977.

Decreto 29 de 1984, Diario Oficial No. 36.459 del 24 de enero de 1984.

Decreto 374 de 1985, Diario Oficial No. 36.863 del 19 de febrero de 1985.

Decreto 23 de 1987, Diario Oficial No. 37.756 del 14 de enero de 1987.

Decreto 1967 de 1991, Diario Oficial No. 39.973 del 15 de agosto de 1991.

Decreto 460 de 1995, Diario Oficial No. 1.768 del 21 de marzo de 1995.

Decreto 804 de 1995, Diario Oficial No. 41.853 del 18 de mayo de 1995.

Decreto 1745 de 1995, Diario Oficial No. 42.049 del 13 de octubre de 1995.

Decreto 1627 de 1996, Diario Oficial No. 42.877 del 13 de septiembre de 1996.

Decreto 853 de 1998, Diario Oficial No. 43.296 del 11 de mayo de 1998.

Decreto 1122 de 1998, Diario Oficial No. 43.325 del 23 de junio de 1998.

Decreto 1493 de 1998, Diario Oficial No. 43.357 del 6 de agosto de 1998.

Decreto 1589 de 1998, Diario Oficial No. 43.360 del 11 de agosto de 1998.

Decreto 358 de 2000, Diario Oficial No. 43.932 del 13 de marzo de 2000.

Decreto 641 de 2000, Diario Oficial No. 44.394 del 20 de abril de 2001.

Decreto 833 de 2002, Diario Oficial No. 44.786 del 1 de mayo de 2002.

Decreto 2268 de 2002, Diario Oficial No. 44.962 del 12 de octubre de 2002.

Decreto 3050 de 2002, Diario Oficial No. 45.036 del 17 de diciembre de 2002.

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173

Decreto 1523 de 2003, Diario Oficial No. 45.213 del 9 de junio de 2003.

Decreto 1746 de 2003, Diario Oficial No. 45.229 del 25 de junio de 2003.

Decreto 1782 de 2003, Diario Oficial No. 45.231 del 27 de junio de 2003.

Decreto 2291 de 2003, Diario Oficial No. 45.278 del 13 de agosto de 2003.

Decreto 352 de 2004, Diario Oficial No. 45.452 del 5 de febrero de 2004.

Decreto 3600 de 2004, Diario Oficial No. 45.721 del 3 de noviembre de 2004.

Decreto 2406 de 2005, Diario Oficial No. 45.970 del 15 de julio de 2005.

Decreto 4181 de 2007, Diario Oficial No. 46.797 del 30 de octubre de 2007.

Decreto 1313 de 2008, Diario Oficial No.46.969 del 23 de abril de 2008.

Decreto 4401 de 2008, Diario Oficial No. 47.178 del 19 de noviembre de 2008.

Decreto 763 de 2009, Diario Oficial No. 47.287 del 10 de marzo de 2009.

Decreto 2515 de 2009, Diario Oficial No. 47.402 del 6 de julio de 2009.

Decreto 2941 de 2009, Diario Oficial No. 47.433 del 6 de agosto de 2009.

Decreto 2372 de 2010, Diario Oficial No. 47.757 del 1 de julio de 2010.

Decreto 2907 de 2010, Diario Oficial No. 47793 del 6 de agosto de 2010.

Decreto 498 de 2011, Diario Oficial No. 47.993 del 24 de febrero de 2010.

Decreto 4183 de 2011, Diario Oficial No. 48.242 del 3 de noviembre de 2011.

Decreto 1003 de 2012, Diario Oficial No. 48.432 del 16 de mayo de 2012.

Decreto 2578 de 2012, Diario Oficial No. 48.643 del 13 de Diciembre de 2012.

Decreto 255 de 2013, Diario Oficial No. 48.710 del 20 de febrero de 2013.

Decreto 1515 de 2013, Diario Oficial No. 48.856 del 19 de julio de 2013.

Decreto 1100 de 2014, Diario Oficial No. 49.185 del 17 de junio de 2014.

Decreto 1698 de 2014, Diario Oficial No. 49.265 del 5 de septiembre de 2014.

Decreto 1080 de 2015, Diario Oficial No. 49.523 del 26 de mayo de 2015.

Decreto 1232 de 2018, Diario Oficial No. 50.657 del 17 de julio de 2018.

Resoluciones:

Resolución 2343 de 1996 del Ministerio de Educación Nacional de Colombia

Resolución 263 de 2004 del Ministerio de Cultura de Colombia.

Resolución 1708 de 2009 del Ministerio de Cultura de Colombia.

Resolución 1975 de 2013 del Ministerio de Cultura de Colombia.

ANEXOS

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174

Anexo A. Mapa de actores institucionales e instancias en la construcción de nación e identidad nacional en Colombia