UNIVERSIDAD JOSÉ ANTONIO PÁEZ · aceptado por el Doctor en Ciencias Políticas Rodolfo Plaza...

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i UNIVERSIDAD JOSÉ ANTONIO PÁEZ PROCESOS CRIMINALÍSTICOS Y CRIMINOLÓGICOS QUE AYUDAN A LA INVESTIGACIÓN PENAL EN LAS DISTINTAS BRIGADAS DEL CUERPO DE INVESTIGACIONES CIENTÍFICAS PENALES Y CRIMINALÍSTICAS DEBIDO A LAS CONDUCTAS DELICTUALES PRESENTES. San Diego, septiembre de 2014 Autor: Carlos Blanco C.I . V-19.772.977

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UNIVERSIDAD JOSÉ ANTONIO PÁEZ

PROCESOS CRIMINALÍSTICOS Y CRIMINOLÓGICOS QUE AYUDAN A LA

INVESTIGACIÓN PENAL EN LAS DISTINTAS BRIGADAS DEL CUERPO DE

INVESTIGACIONES CIENTÍFICAS PENALES Y CRIMINALÍSTICAS DEBIDO A

LAS CONDUCTAS DELICTUALES PRESENTES.

San Diego, septiembre de 2014

Autor : Carlos Blanco

C.I . V-19.772.977

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REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA UNIVERSIDAD JOSÉ ANTONIO PÁEZ

FACULTAD DE CIENCIAS JURÍDICAS Y POLÍTICAS ESCUELA DE DERECHO CARRERA: DERECHO

PROCESOS CRIMINALÍSTICOS Y CRIMINOLÓGICOS QUE AYUDA N A LA INVESTIGACIÓN PENAL EN LAS DISTINTAS BRIGADAS D EL

CUERPO DE INVESTIGACIONES CIENTÍFICAS PENALES Y CRIMINALÍSTICAS DEBIDO A LAS CONDUCTAS DELICTUALES

PRESENTES.

Trabajo de Grado presentado como requisito parcial para optar al título de: Abogado

San Diego, septiembre de 2014

Autor: Carlos Blanco

Tutor: Dra. Hegel Hernandez.

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REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA UNIVERSIDAD JOSÉ ANTONIO PÁEZ

FACULTAD DE CIENCIAS JURÍDICAS Y POLÍTICAS ESCUELA DE DERECHO CARRERA: DERECHO

PROCESOS CRIMINALÍSTICOS Y CRIMINOLÓGICOS QUE AYUDA N A LA INVESTIGACIÓN PENAL EN LAS DISTINTAS BRIGADAS D EL

CUERPO DE INVESTIGACIONES CIENTÍFICAS PENALES Y CRIMINALÍSTICAS DEBIDO A LAS CONDUCTAS DELICTUALES

PRESENTES.

CONSTANCIA DE ACEPTACIÓN

Tutor Académico: Dra.- Hegel Hernández. C.I. Nº V- 2.719.212

Tutor Institucional: Abg.- Edgar Castro C.I. Nº V-7.133.699

Tutor Metodológico: Abg.- Carmen Rodríguez. C.I. Nº V-3.922.769

San Diego, septiembre de 2014

Autor: Carlos Blanco.

C.I. Nº V-19.772.977

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REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA UNIVERSIDAD JOSÉ ANTONIO PÁEZ

FACULTAD DE CIENCIAS JURÍDICAS Y POLÍTICAS ESCUELA DE DERECHO CARRERA: DERECHO

PROCESOS CRIMINALÍSTICOS Y CRIMINOLÓGICOS QUE AYUDA N A LA INVESTIGACIÓN PENAL EN LAS DISTINTAS BRIGADAS D EL

CUERPO DE INVESTIGACIONES CIENTÍFICAS PENALES Y CRIMINALÍSTICAS DEBIDO A LAS CONDUCTAS DELICTUALES

PRESENTES.

INSTITUCIÓN: CUERPO TÉCNICO DE INVESTIGACIONES CIENTÍFICAS PENALES Y CRIMINALÍSTICAS (C.IC.PC) DELEGACIÓN VALENCIA DEL ESTADO CARABOBO.

San Diego, septiembre de 2014

Autor: Carlos Blanco

Tutor: Dra. Hegel Hernandez.

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DEDICATORIA

He logrado una meta mas en mi vida, doy principalmente gracias a Dios

Todopoderoso, por iluminarme con su luz y sabiduría, dándome la fortaleza y fuerza

de voluntad para culminar mi carrera.

A mis padres por darme la vida, mi madre por el apoyo que necesito para

seguir adelante y a mi padre que desde el cielo guía mis pasos y estará orgulloso de

este logro. A ustedes gracias por bridarme amor y bendiciones. Los amo.

A mi tia Maira Martínez que gracias a su apoyo me ayudo a seguir adelante.

A todos mis amigos que con tanto cariño y apoyo, me ayudaron a mantenerme

en pie.

A mis tutores, que con su paciencia y gran ayuda me asesoraron, fue de gran

importancia. Mi cariño y respeto siempre lo tendrán.

A mis compañeros de clase, el triunfo lo compartiremos.

A todas aquellas personas que nunca dudaron que lograría este triunfo, mi

triunfo también es de todos ustedes!

Carlos Blanco.

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AGRADECIMIENTO

En primer lugar a Dios por ser el omnipotente y el creador de la vida. Quien

guía mis pasos nunca nos abandona y desampara.

A la Universidad José Antonio Páez, por abrir sus puertas para nuestra

formación académica.

A mi Tutora Académico Dra. Hegel Hernández por ser una persona

preocupada y dedicada a su trabajo, gracias por su apoyo incondicional, sus consejos

y humildad con la que me ayudó a desarrollar este logro en mi vida. Mil Gracias.

A los profesores por guiarme en esta meta y por brindarnos su sabiduría.

Agradezco al Abg. Edgar Castro, por abrirme las puertas en dicha institución,

su colaboración desinteresada y el material suministrado que me fue de gran utilidad

para la elaboración de este informe.

Mil Gracias….!

vii

ÍNDICE GENERAL

CONTENIDO pp.

INTRODUCCIÓN ……………………………………………………………… 1

CAPÍTULOS

I LA INSTITUCIÓN

1.1. Denominación……………………………………………….. 4

1.2. Reseña Histórica……………………………………………... 4

1.3. Misión…………………………………………………..……. 5

1.4. Visión………………………………………………..……….. 5

1.5. Valores Institucionales……………………………………….. 5

1.6. Ubicación………………………………………….……….… 5

1.7. Descripción……………………………..……………….…… 5

1.8. Organigrama……………………………………………….… 6

II EL PROBLEMA

2.1. Planteamiento del Problema……………………..………….. 7

2.2. Formulación del Problema………………………..…………. 12

2.3. Objetivos de la Investigación……………………..…………. 12

2.3.1. Objetivo General…………………………………….. 12

2.3.2 Objetivos Específicos……………………………… 13

2.4. Justificación de la Investigación…………………………….. 13

2.5. Limitaciones de la Investigación……………………………. 15

III MARCO TEÓRICO

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3.1. Antecedentes de la Investigación…………………………….. 17

3.2 Bases Teóricas……………………………………………….. 21

3.3. Bases Legales……………………………………..………….. 29

3.4. Definición de Términos Básicos………………...…………… 35

IV BASES METODOLÓGICAS

4.1. Tipo de Investigación………………………………………… 38

4.2. Técnicas e Instrumentos de Recolección de Datos…………... 39

4.3. Fases de la Investigación…………………………………….. 40

V RESULTADOS, CONCLUSIONES Y RECOMENDACIONES

5.1. Resultados……………………………………………………. 42

5.2. Conclusiones…………………………………………………. 44

5.3. Recomendaciones……………………………………………. 46

REFERENCIAS BIBLIOGRÁFICAS ………….………………. 47

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REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA UNIVERSIDAD JOSÉ ANTONIO PÁEZ

FACULTAD DE CIENCIAS JURÍDICAS Y POLÍTICAS ESCUELA DE DERECHO CARRERA: DERECHO

PROCESOS CRIMINALÍSTICOS Y CRIMINOLÓGICOS QUE AYUDA N A LA INVESTIGACIÓN PENAL EN LAS DISTINTAS BRIGADAS D EL

CUERPO DE INVESTIGACIONES CIENTÍFICAS PENALES Y CRIMINALÍSTICAS DEBIDO A LAS CONDUCTAS DELICTUALES

PRESENTES.

RESUMEN INFORMATIVO

El presente informe de pasantías está dirigido Determinar los aportes de la Criminología en los procesos Criminalísticos que desarrollan las brigadas del Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas (C.I.C.P.C) de la subdelegación plaza de toro del estado Carabobo. el cual se puede decir que produce eficacia en dicha institución, generando mayor seguridad jurídica, cumpliendo de esta manera con lo establecido en la Constitución y demás leyes de la República.El enfoque más importante que se busca dentro de todo el proyecto en general, es saber si todos estos procesos son eficaces para así comprobar desde el punto de vista legislativo lo que se pretende, la lucha contra el delito, y para ello hay que reconocer a los delincuentes labor que se realiza en cada una de las brigadas por los funcionarios adscritos al Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas los cuales están bien adiestrados para la realización de dicha labor. Se utilizó un tipo de investigación documental, la recolección de los datos se realizó a través de la observación documental, considerando como herramienta útil para esta investigación el derecho penal y las técnicas de interpretación jurídica, de manera que fortalece la idea de comprobación científica del delito y del delincuente; es decir, hay algo que va mucho más allá del conocimiento de un delito.

Palabras Claves: C.I.C.P.C, Investigación, Criminalística, Delito, Delincuente.

Autor : Carlos Blanco. Tutor : Dra. Hegel Hernandez. Fecha: septiembre de 2014

INTRODUCCIÓN

Hasta ahora se ha considerado el delito como un concepto jurídico que los

legisladores traducen en prohibiciones, en formulas contenidas en un cuerpo principal

de leyes denominado Código Penal, o en otros códigos como el de Justicia Militar o

en leyes especiales. El delito así estimado es un ente jurídico, que describe una

porción de aquellas acciones que la cultura especial de un pueblo considera

antijurídicas, esto es contradictorio con la regulación armónica de convivencia

civilizada, que se ha formado en el país. Para que exista la criminalidad debe existir

un hecho delictivo y para que este fenómeno se forme intervienen múltiples factores

derivados, unos de la personalidad del delincuente, otros del mundo que le circunda al

hecho mismo, por tanto, el crimen es un producto bio-social que no puede

combatirse, únicamente con medidas unitarias sino con una diversidad de medios.

Estos medios son: preventivos, represivos y asegúrativos, así como las penas y

castigos, forman sólo una parte de la lucha contra la delincuencia y criminalidad.

El sistema policial de investigación de Venezuela confiere vital importancia al

respeto de la persona humana y la plena observación de los derechos humanos por

parte de todos sus miembros en el ejercicio de las funciones policiales. Dentro de los

fines perseguidos por esta institución se encuentran la investigación de los delitos, la

que requiere de un proceso metodológico técnico y científico especializado a fin de

poder explicar y esclarecer la comisión de un hecho punible y poder lograr su total

esclarecimiento.

11

El propósito de desarrollar la presente investigación se encarnó en la necesidad

de determinar los aportes de la Criminología en los procesos Criminalísticos que

desarrollan las brigadas del Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y

Criminalísticas (CICPC) de la subdelegación valencia del estado Carabobo. Por ser

este un tema poco indagado, y de relevante importancia en el proceso penal

venezolano. Para tal efecto la investigación quedo estructurada de la siguiente

manera:

Capítulo I. Contiene la información institucional donde se desarrollo la

investigación; partiendo de su definición luego se presenta la reseña histórica, misión,

visión, valores institucionales, ubicación descripción y organización.

Capítulo II. Comprende la contextualización del problema, la formulación del

problema se establece el objetivo general y los objetivos específicos y se plantea la

justificación de la investigación.

Capítulo III. Describe el marco teórico, conformado por los antecedentes de la

investigación, bases teóricas, bases legales y la definición de términos básicos.

Capítulo IV. Está conformado por el Marco Metodológico y contiene el tipo de

investigación utilizado para el desarrollo del estudio, este a su vez comprende el

propósito, nivel y diseño. De igual modo en este capítulo de describen las técnicas e

instrumentos para la recolección de datos utilizados en la investigación y las fases

metodológicas.

Capítulo V. Refleja los resultados obtenidos con la investigación así como

también las conclusiones y recomendaciones. Finalmente se realiza una descripción

detallada de las referencias bibliográficas utilizadas.

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CAPÍTULO I

LA INSTITUCIÓN

1.1. Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas

(C.I.C.P.C)

Es el principal organismo de investigaciones penales de Venezuela, encargado

del esclarecimiento científico de los delitos con miras a la posterior aplicación de la

justicia por los órganos competentes.

1.2. Reseña Histórica

Al finalizar la dictadura del General Marcos Pérez Jiménez el país no disponía

de un cuerpo investigativo con carácter científico para los delitos. Esta situación se

trató de resolver a principios del gobierno provisional cuando asumió el control del

Estado, el 23 de enero de 1958 el Contralmirante Wolfgang Larrazábal Ugueto, quien

ordenó mediante el Decreto N° 3 de fecha 24 de enero de 1958, la disolución de la

Seguridad Nacional del Organigrama del Ministerio de Relaciones Interiores.

Con la promulgación del Decreto, el país quedó totalmente desprovisto de un

cuerpo de policía para la investigación criminal y no disponía de una estructura que

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se ajustase al esquema del nuevo proyecto socio-político planteado que pudiera

utilizarse como base institucional en la reconstrucción de una nueva policía, dedicada

solamente a la investigación criminal. Este vacío se resolvió con la creación de un

cuerpo de policía que iba a tener funcionamiento transitorio; es decir, emergencia del

momento, se creó una policía temporal denominada Criminológica para que actuara

en la parte delictiva.

No obstante esta policía transitoria no contaba con ningún ordenamiento

técnico ni jurídico como respaldo y tenía muchas limitaciones para enfrentar la

delincuencia, entre otras razones porque no manejaba las técnicas de investigación

moderna aplicables al campo policial a lo cual se sumaba que muchas de sus

actuaciones no contaban con ningún respaldo de acuerdo a las normas legales

establecidas. Por tal razón, fue sustituida, el 20 de febrero de 1958, mediante Decreto

Nº 48, estructurado en 14 artículos, refiriéndose los tres primeros entre otros aspectos,

a la forma operativa de cómo debía funcionar la nueva policía, designada con el

nombre de Cuerpo Técnico de Policía Judicial, estableciendo que sería dependiente

orgánicamente del Ministerio de Justicia y auxiliar del Poder Judicial.

El Ministro de Justicia Dr. René de Solá, estuvo encargado de nombrar al

Director para la nueva policía investigativa, como lo estableció el Decreto Nº 48 en

su artículo 8, debió hacer la propuesta a varios profesionales del Derecho, ya que se

consideraba que debía ser un abogado que ejerciera el cargo, por el conocimiento de

las leyes y la aplicación de las mismas con exactitud, aunque el decreto no lo

estableció. Numerosos fueron los rechazos a la postulación. Finalmente, el cargo fue

aceptado por el Doctor en Ciencias Políticas Rodolfo Plaza Márquez. Debido a la

relación de amistad con el Ministro y por planteárselo como un reto, desde esa fecha

hasta 1958 ejerció la profesión colaborando con el Consejo Venezolano del Niño.

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Por disposición de la Junta de Gobierno y de conformidad con el decreto Nº 48

de fecha 20 de febrero de 1958, se nombra al ciudadano Doctor Rodolfo Plaza

Márquez Director del Cuerpo Técnico de Policía Judicial, juramentado el 11 de

marzo de 1958, por el Dr. René de Sola, en el edificio Universidad sede del

Ministerio de Justicia en la Dirección de Administración siendo publicado en Gaceta

Oficial Nº 25.607. Ese mismo día por orden del Ministro, el Dr. Plaza inició

actividades acompañado por el doctor Carlos Eduardo Guerrero Galavís.

1.3. Misión

El Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas es una

institución que garantiza la eficiencia en la investigación del delito, mediante su

determinación científica, asegurando el ejercicio de la acción penal que conduzca a

una sana administración de justicia.

1.4. Visión

Ser la institución indispensable, por su reconocida capacidad científica y

máxima excelencia de sus recursos, con la finalidad de alcanzar el más alto nivel de

credibilidad nacional e internacional en la investigación del fenómeno delictivo

organizado y criminalidad violenta.

1.5. Valores Institucionales

Respeto, honestidad, ética, moral, disciplina, vocación de servicio.

1.6. Ubicación

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Avenida Monseñor Gregorio Adams, en el Sector Plaza de Toros, vía

Hipódromo.

1.7. Descripción

• Servir como órgano principal de Investigación Científica, Penales y

Criminalísticas.

• Fortalecerla idea de la comprobación científica del delito y del delincuente.

• Orientar la fase de investigativa del proceso.

• Generar eficiencia y organización en la investigación penal.

• Estar subordinado funcionalmente al Ministerio Público.

1.8. Organigrama

JEFE DE DESPACHO

Áreas de Análisis Asesoría Jurídica

Supervisor de Investigaciones

Técnica Sustanciación

Jefe De Investigaciones

Brigada

de

Homicidio

Brigada

de

persona

s

Brigada

de

Vehículo

Brigada

de

Droga

Brigada de

patrimonio

Brigada de

Violencia

Brigada de

Delincuencia

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CAPÍTULO II

EL PROBLEMA

2.1. Planteamiento del Problema

La justicia a nivel mundial constituye uno de los principales propósitos a

alcanzar por la mayoría de los países en donde impera un sistema garantista que

proteja los derechos y garantías de sus nacionales. Con el transcurrir de los años el

sistema jurídico de cada país busca según el principio de progresividad su mejoría en

cuanto a su aplicación, de esta manera el Derecho representa un orden normativo e

institucional de la conducta humana en la sociedad, inspirado en postulados de

justicia, cuya base son las relaciones sociales existentes que determinan su contenido

y carácter.

En este sentido ha sido evidente el invaluable aporte del derecho para el logro

de una armoniosa relación de convivencia humana, este a su vez busca en todas sus

áreas del saber abarcar cualquier situación que amerite ser reglada y de manera

objetiva ser resuelta; destacándose el derecho penal como una rama del derecho de

evidente importancia, pues éste es el conjunto de normas que regulan el ejercicio del

Grupo de Guardia I Grupo de Guardia II Grupo de Guardia III Grupo de Guardia IV

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poder sancionador estableciendo penas y delitos; por su parte Mariaca (2010) lo

define como “la rama del ordenamiento jurídico que contiene las normas impuestas

bajo amenaza de sanción” (p. 13). Sin embargo no basta con la existencia de un

compendio normativo que establezca penas y delitos, es necesario que exista una

imperatividad que obligue su cumplimiento y que además garantice su aplicación en

términos de justicia y respeto, buscando con ello sancionar al culpable y librar al

inocente.

Es por ello que surge la investigación penal entendida como el conjunto de

diligencias orientadas al descubrimiento y comprobación científica del delito, sus

características, la identificación de sus autores o partícipes, así como el

aseguramiento de los sujetos activos y pasivos.

La conducta humana siempre ha sido compleja y muchas ocasiones el origen

de sus actos es desconocido, de allí nacen diferentes ciencias y disciplinas que buscan

una respuesta al comportamiento criminal de los seres humanos. Por lo tanto, la

administración de justicia, se ha visto obligada a requerir el auxilio de datos cada vez

más objetivos y de medios de pruebas, por métodos científicos. Como la marcha

racional del espíritu para llegar al conocimiento de la verdad. La investigación se

puede definir como la serie de pasos que dan respuesta lógica a una pregunta

específica, la criminalística multidisciplinaria reúne conocimientos generales

sistemáticos ordenados, verificables y falibles. Esta es mucho más segura en

comparación con la subjetividad del testimonio de testigos.

En este sentido, el contexto donde se realizó la investigación está constituido

por uno de los organismos encargados de investigar la comisión de hechos punibles,

representado por el Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas

(C.I.C.P.C), quienes están en la obligación de realizar la diligencias de investigación

respetando los principios referentes a los derechos humanos y al debido proceso, con

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expresa consideración de la presunción de inocencia, derecho a la libertad y respeto a

los procedimientos establecidos. Con miras al logro de estos objetivos en cada

delegación se observa la división de las operaciones que realizan en diferentes

brigadas entre las que se pueden mencionar; la brigada de personas, brigada de

homicidios, brigada de delitos informáticos, brigada de extorción y secuestro y

brigada de robo entre otras.

Esta organización permite ampliar los conocimientos de cada funcionario,

debido a la experiencia por su trabajo de investigación en delitos específicos, sin

embargo aun cuando esta organización representa una herramienta que busca mejorar

la actividad investigativa, no pretende la obtención de información que brinde la

oportunidad de conocer los motivos por los cuales un determinado individuo

desarrolla una conducta delictual. De esta manera es preciso considerar que aun

cuando existen marcadas diferencias entre la criminalística y la criminología, ambas

deben actuar de la mano; por su parte Núñez (2009, p. 5) afirma que:

La confusión de terminología entre criminalística y criminología, ya viene desde hace tiempo. La criminología es una ciencia que alimenta al Derecho Penal, estudia el delito, el delincuente, la víctima y el control social, es decir un estudio del delito en general, en ocasiones con estadísticas. En cambio la criminalística investiga la forma de actuar del delincuente (como se cometió el hecho) e intenta individualizarlo. Es decir el estudio (investigación técnica) de un delito en particular.

Cabe considerar que son muchas las funciones asignadas legalmente a los

funcionarios que laboran dentro del Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y

Criminalísticas (C.I.C.P.C) de toda Venezuela; entre las que cuentan la de llevar a

cabo procedimientos de investigación relacionadas con cualquier delito, tipificado en

las normas penales ordinarias y especiales que se encuentran vigentes en el país, esto

con ocasión de esclarecer la forma como se produjo la comisión del hecho punible.

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De la posición del autor se desprende que si bien los procesos de orden Criminalístico

son relevantes para el descubrimiento del delito y de esta manera alcanzar los

objetivos de la investigación penal, si estos se realizaran en conexión con los

procesos de análisis de orden criminológicos los resultados obtenidos pudieran ser

más amplios en razón del aporte científico que reviste su análisis. Pues La

criminología, como se puede observar no se exterioriza de una manera independiente,

sistemáticamente cultivada. Sino que se deriva de diversas ramas de la investigación

humana, hasta que al final se llega a reunir todas estas piezas dispersas y con ello se

desarrolla una disciplina propia, llamada criminología.

En este orden de ideas las causas que generan la no aplicación de la

criminología en la investigación penal en Venezuela, son principalmente la carencia

manifiesta por el legislador de un enfoque social en la investigación penal. Al

respecto Gabaldon (2012, p. 7) afirma que:

Por una parte, como ha sostenido uno de los informes sobre encuadramiento jurídico institucional, si el texto constitucional, en aras de tornarla más efectiva y eficiente, dada su complejidad e importancia, reserva la competencia general de la investigación penal al C.I.C.P.C, resulta contrario a la voluntad de la Constitución, que por vía legal se le atribuyan otras funciones adicionales, todas de naturaleza administrativa, porque la figura de la mencionada reserva, configura implícitamente una prohibición de atribuirle al cuerpo policial, funciones diferentes a la investigación penal.

De la posición del autor se evidencia que la actuación del funcionario policial

de investigación bien pudiera abarcar otros ámbitos en pro una investigación más

completa, sin embargo su actuación se encuentra limitada al mandato legal. Por otra

parte se hace evidente la sobrecarga del trabajo de investigación motivo por el cual

los funcionarios no dedican la especial atención que merece la investigación en casos

de complejos matices; al respecto ob. cit (2012, p. 9) manifiesta que:

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Esta situación llevaría a estimular el uso de mecanismos informales de selección de los casos prioritarios, concentrándose los pocos esfuerzos disponibles en aquellas causas más fáciles de resolver e instruir o en aquellos que, por su notoriedad pública, estatus de la víctima opresiones de superiores, demanden atención privilegiada, en detrimento de la investigación del total de los casos y con el correspondiente aumento de la impunidad.

La realidad manifiesta por el autor, no es ajena a la Delegación, Plaza de Toro

del Cuerpo Técnico de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas del

estado Carabobo, en cuya delegación existe un permanente cumulo de investigaciones

por desarrollar, por lo que la actuación del funcionario en muchos casos se reducen a

recaudos formales que tienen poca incidencia en el desarrollo de la investigación,

mientras que se entiende como meta del trabajo la remisión del expediente al

Ministerio Público con los recaudos mínimos requeridos. Las consecuencia de una

investigación netamente criminalística y casi automatizada recaen en detrimento del

investigado o imputado por la comisión de cualquier hecho punible resaltando la falta

de humanización de la investigación.

Es importante destacar que la criminología en el país ha sido aplicada en lo que

respecta al derecho penal en la fase de ejecución de la sentencia, buscando con ella

analizar los motivos por el cual el sujeto desarrolla la conducta punible; así pues

Flores (2012, p. 40) afirma que:

La investigación criminológica, realizada en Latinoamérica ha estado reducida al estudio de las poblaciones penales condenada, concretamente a los individuos que se encuentran en las cárceles buscando en ellos las causas que los condujeron al delito, con la idea, quizás de poder tomar medidas para reducir la criminalidad, por lo que podría pensarse que se ha querido seguir la línea de la investigación aplicada. En todo caso las investigaciones realizadas han sido escasas y apartadas de la realidad latinoamericana.

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De manera que según la posición del autor, la investigación criminológica en

Latinoamérica ha buscado interpretar realidades de hecho, sin embargo esta ciencia

no debe ser encasillada para ser aplicada en situaciones en donde ya el sujeto se

encuentre condenado, por el contrario si se aplicara en fases anteriores del proceso

penal como la investigación los resultados podrían ser mas provechos y con ello se

buscaría minimizar los niveles de criminalidad y delincuencia que se conocen en la

actualidad.

Desde esta perspectiva que tiene su base en la posición del autor, cabe señalar

que la labor de investigación penal en Venezuela y específicamente la desarrolla por

los funcionarios del Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalística

de la subdelegación valencia del estado Carabobo; Es susceptible de ser analizada a

profundidad con la intensión de mejorar sus funciones garantizando así los ideales

perseguidos por la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela.

Es por ello que surgió la iniciativa de realizar la presente investigación con el

propósito de estudiar los procesos criminalisticos y criminológicos que sirven de

ayuda a la investigación penal y que son realizados por las distintas brigadas del

Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas (C.I.C.P.C). De

manera que con la presente investigación se pretende estudiar los aportes de la

criminología en la investigación penal.

2.2. FORMULACIÓN DEL PROBLEMA

¿Cuáles son los aportes de los procesos Criminológicos en el desarrollo de los

procesos Criminalísticos desplegados por las brigadas del Cuerpo de Investigaciones

Científicas Penales y Criminalísticas (C.I.C.P.C) de la subdelegación valencia del

estado Carabobo?

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2.3. OBJETIVOS DE LA INVESTIGACIÓN

2.3.1. Objetivo General

Determinar los aportes de la Criminología en los procesos Criminalísticos que

desarrollan las brigadas del Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y

Criminalísticas (C.I.C.P.C) de la subdelegación valencia del estado Carabobo.

2.3.2. Objetivos Específicos

• Diagnosticar la situación actual de los procesos Criminalísticos que realizan las

brigadas del (C.I.C.P.C) de la subdelegación valencia del estado Carabobo.

• Analizar la aplicación de los procesos criminológicos en las investigaciones

realizadas por las brigadas del (C.I.C.P.C) de la subdelegación valencia del estado

Carabobo.

• Demostrar la factibilidad de la aplicación de la Criminología en los procesos de

interés Criminalísticos.

2.4. JUSTIFICACIÓN Y ALCANCE DE LA INVESTIGACIÓN

Durante siglos se han buscado las causas, los factores y los procesos que llevan

al delito, La investigación criminal es el proceso tendiente a comprobar la existencia

de un delito y tendiente a comprobar la responsabilidad del autor. Tanto uno como el

otro conlleva a realizar una investigación y esta deberá ser llevada a cabo por un

investigador. La tarea de investigador no es sencilla y no cualquiera posee las dotes

necesarias. El investigador debe ser observador, sagaz, minucioso, paciente con

buena memoria, ordenado, intuitivo, discreto y perseverante.

23

La presente investigación reviste gran importancia puesto que buscó analizar a

profundidad la relación existente entre la Criminología y la Criminalística y en qué

medida ambas pueden fusionarse en función del logro de los objetivos planteados en

la investigación penal; de igual modo posee relevancia teórica, práctica y

metodológica. En lo que respecta a lo teórico se encuentra plenamente justificada ya

que se profundizó en los conocimientos sobre estas ciencias auxiliares del derecho

penal a fin de lograr avances procesales en el desarrollo de la investigación penal.

Desde el punto de vista práctico el desarrollo del presente estudio representa

una contribución de incalculable valor tanto para el C.I.C.P.C como para los

operadores de justicia del área penal, debido a que plantea un análisis sustentado de

los aportes que puede otorgar la criminología a la investigación penal. Por ello es

pertinente señalar lo expresado por González (2001, p. 15) cuando considera que:

El Cuerpo de Investigaciones Penales, Científicas y Criminalísticas (CICPC), es el órgano principal en materia de investigaciones penal en Venezuela, este a través de la división de investigación de homicidios, cumple un papel preponderante y es la columna vertebral, la base principal de hacer respetar los principios constitucionales de las garantías humanas, es la división que se apoya en la investigación policial, para el esclarecimiento de los casos y determinar lo que realmente sucedió en el lugar de los hechos.

Tomando en cuenta que esta investigación se enmarca en el área del Derecho y

la Criminalística, con esta se logró avance del conocimiento sobre la temática en el

medio; pues hasta la actualidad no existía una investigación de esta naturaleza que se

haya realizado en la Universidad José Antonio Páez (UJAP).

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Así mismo se justifica metodológicamente ya que las técnicas e instrumentos

empleados en su desarrollo poseen validez y confiabilidad, pues los mismos fueron

extraídos de fuentes directas.

De igual modo, con esta investigación se busca nutrir de conocimientos a los

profesionales interesados en el área sobre los aportes de la Criminología en los

procesos Criminalísticos que desarrollan las brigadas del Cuerpo de Investigaciones

Científicas Penales y Criminalísticas (C.I.C.P.C) de la subdelegación valencia del

estado Carabobo. De igual modo presentar un material investigativo que valore a

profundidad la problemática planteada y con base a ello sirva a los funcionarios de la

delegación principal del C.I.C.P.C del estado Carabobo como herramienta que amplié

los conocimientos ya existentes sobre la materia. En tal sentido se espera que los

resultados y productos de la investigación sean una contribución al desarrollo de la

ciencia y de la sociedad, sirviendo de punto de partida para el desarrollo de otras

investigaciones sobre el tema.

Finalmente, los aspectos que motivaron al autor para la creación del Trabajo

Especial de Grado, fueron principalmente la carencia de investigaciones sobre el área

objeto de estudio y la poca disposición de profundizar conocimientos sobre un área

tan importante, de igual modo fue la carencia de material teórico práctico que existe

sobre el área.

2.5. LIMITACIONES DE LA INVESTIGACIÓN

Entre las limitaciones que se presentaron para el desarrollo de la investigación

destacan el factor tiempo de los funcionarios del C.I.C.P.C, puesto que el flujo de

trabajo es elevado dentro de la institución así mismo hermetismo en cuanto a la

operatividad dentro de la institución sin embargo al conocer las metas propuestas con

la elaboración del estudio que se pretende desarrollar se mostraron bastante

25

interesados. Otra de las limitaciones de la realización de este proyecto de pasantías

son las horas otorgadas para su realización (160 hrs), por lo tanto es casi imposible y

complejo ahondar a profundidad en el tema a desarrollarse.

Por otro lado la deficiencia de material teórico existente sobre la materia

represento una limitación, para el logro de los objetivos planteados en la

investigación, ya que son pocos los autores que han escrito sobre la materia enfocado

específicamente en la etapa de investigación del proceso penal.

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CAPÍTULO III

MARCO TEÓRICO

En este capítulo se exponen los antecedentes relacionados con el problema

planteado de la investigación. Adicionalmente, las bases teóricas que proporcionan un

conocimiento exhaustivo del problema y la fundamentan; por lo que tiene el

propósito de darle un sistema coordinado y coherente de conceptos y proposiciones

que permitirán situar el problema y el resultado de su análisis dentro del conjunto de

conocimientos existentes. Por su parte Hernández, Fernández y Baptista (2007)

consideran que el marco teórico es: “un compendio escrito de artículos, libros y otros

documentos que describen el estado pasado y actual del conocimiento sobre el

problema de estudio. Nos ayuda a documentar como nuestra investigación agrega

valor a la literatura existente” (p. 36).

3.1 ANTECEDENTES DE LA INVESTIGACIÓN

Son aquellos que ofrecen al investigador conocer estudios previos sobre la

temática objeto de estudio; al respecto Claret (2009) define los antecedentes como

aquellos que “Se refieren a la revisión de trabajos previos sobre el tema en estudio

realizados fundamentalmente en instituciones de educación superior reconocidas, o

en su defecto, en otras organizaciones”(p. 19). Con base a ello los antecedentes de la

27

investigación están constituidos por investigaciones realizadas por autores en

estudios anteriores las cuales permitirán tener una base para el desarrollo de la

investigación que se está desarrollando.

Por su parte, Hernández, M. (2013) en tu trabajo de investigación titulado: La

Criminalistica como Ciencia Multidisciplinaria y Auxiliar del Derecho Penal y su

Relación con los Casos de Homicidio en el estado Carabobo; Tema presentado en la

Universidad José Antonio Páez, para optar al título de Abogado; Con el desarrollo de

este estudio se planteo como propósito principal analizar la Criminalística como

ciencia multidisciplinaria auxiliar del derecho penal y su relación con la solución de

los casos de homicidios en el estado Carabobo. En la misma se utilizo metodología de

tipo descriptiva, con un diseño de campo, apoyada en la documentación y los

criterios referenciales de expertos. El diseño de investigación fue conformado en tres

fases: documentación levantamiento de aplicación, la población, se selecciono en el

universo de quienes ejercen funciones en el Cuerpo de Investigaciones Científicas

Penales y Criminalísticas del Estado Carabobo, consultadas mediante cuestionarios

pilicotomico, los datos se recogieron bajo un sistema de estadísticas maestral

aleatoria simple e intencional no probabilística , cuyo resultado recolectó la opinión

de toda población seleccionada, con los que se indago sobre la eficacia operativa , de

los procedimientos para la obtención y resguardo de evidencias del delito de

homicidio , que influye sobre la solución de los casos de homicidio en el estado

labores ejecutadas por la Brigada de homicidios Cuerpo Táctico o Especiales de

investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas.”

Esta investigación se relaciona de manera directa con la investigación

desarrollada, pues aun cuando la temática se diferencian aporto un gran cumulo de

información que crea un precedente sobre la problemática planteada.

28

Por otro lado Bohorquez, B. y Ginette, S. (2009) en su investigación que lleva

por título: Análisis de la Figura Delictual del Sicariato y su Incidencia en el

Municipio Maracaibo; tema presentado en la Universidad Rafael Urdaneta, de

Maracaibo estado Zulia, para optar al título de Abogado; el cual tuvo como objetivo

principal analizar de la figura delictual del sicariato y su incidencia en el municipio

Maracaibo. Para lo cual se utilizo una metodología de tipo descriptiva bajo un diseño

documental realizado según las normas metodológicas de la Universidad Rafael

Urdaneta. En la investigación se realizo una disertación sobre el delito sus teorías el

delito de homicidio y el análisis sobre el sicariato desde el punto de vista legal y

doctrinal subsiguientemente se comprendieron ciertas citas jurisprudenciales sobre

causas que están relacionadas con el delito del sicariato pero no expresan ningún tipo

de pronunciamiento del tribunal en torno al mismo, por cuanto se tratan de recursos

solicitados por las partes afectadas ante el tribunal supremo de justicia.

Así mismo se realizaron entrevistas no estructuradas a expertos de la brigadas

de homicidios del C.I.C.P.C delegación Maracaibo en el instituto de criminología de

la universidad del Zulia para conocer su opinión en cuanto a la figura delictual, sus

características las incidencias de este delito en los últimos años a este tenor se

recogieron datos estadísticos suministrados por el Cuerpo de Investigaciones

Científicas Penales y Criminalísticas delegación Maracaibo en cuanto a la acepción

del sicariato con otro móviles delictuales como el ajuste de cuentas, enfrentamientos

entre bandas, las venganza, entre otros del mismo modo se revisaron noticias

importantes e resaltantes en dos diarios de prensa regional Panorama y la Verdad, con

el fin de demostrar el aumento considerable de casos por sicariato en el municipio

Maracaibo en último lugar se propusieron positivas recomendaciones para suscitar

una mayor atención y estudio en relación al tema del sicariato como delito de acción

pública con el propósito de controlar su aumento y su impacto en la comunidad

marabina.

29

Este trabajo se relaciona de manera indirecta con la investigación que se

pretende desarrollar debido a que la intención principal del investigador fue el

análisis de la figura delictual especifica del sicariato; mientras que la presente tiene

la finalidad dar a conocer los aportes que puede presentar la utilización de la

criminología en la fase de investigación penal. Sirviendo de gran ayuda porque el

análisis realizado fue enfocado desde la perspectiva criminológica; significando así

un material teórico que amplía las bases sobre las cuales se desarrollarlo esta

investigación.

De igual modo, Posada, E. y Salazar, J. (2005) en su estudio titulado:

Aproximaciones Criminológicas y de la Personalidad del Abusador Sexual; tema

presentado en la Universidad Católica Andrés Bello (UCAB). Para optar al título de

Abogado: Esta investigación se ha generado dado que la impunidad es el mayor

incentivo para la comisión de toda clase de delitos Así, la sensación de que hay muy

pocas posibilidades de ser castigados, estimula a muchos seres humanos a llevar a

cabo actos que de otro modo no realizarían. Se trata de hechos en los que impera el

secreto rige la ley del silencio, la confusión de las víctimas y victimarios, en las que

se mezclan sentimientos de culpa, auto recriminación , terror y afecto en los casos de

abuso sexual intrafamiliar la violencia física o psicológica presente en el 100% de los

casos, la naturalización de los abusos al hacerle creer a las víctimas que lo que hacen

es normal, las amenazas, la responsabilidad siempre en cabeza del abusador y la

asimetría existente entre las criaturas abusadas y sus victimarios.

Todas estas realidades que conforman el fenómeno en estudio son

frecuentemente ignorados o minimizados por una parte importante de nuestra

sociedad, y si bien el análisis de las causas profundas de semejante actitud.

Esta investigación se relaciona de manera indirecta con la investigación

realizada debido a que aun cuando ambas tienen como variable a desarrollar los

30

procesos criminológicos; se diferencia en que la presente investigación busca la

implementación de la criminología en los procesos de investigación penal, mientras

que la investigación planteada busca analizar el perfil criminológico del abusador

sexual.

3.2. BASES TEÓRICAS

Investigación Criminal

Conforme a la doctrina jurídica tradicional, es el proceso tendiente a comprobar

la existencia de un delito y tendiente a comprobar la responsabilidad del autor. Al

respecto Guillen (2011) la define como: “…el conjunto de saberes interdisciplinarios

y acciones sistemáticas integrados para llegar el conocimiento de una verdad

relacionada con el fenómeno delictivo” (p. 48). Comprende el manejo de estrategias

que contextualizan el papel de la víctima, del delincuente y del delito como tal.

El dominio de la investigación como proceso metodológico se basa en los

principios y teorías de las respectivas ciencias; en los procedimientos jurídicos y la

reconstrucción del hecho mediante las circunstancias de tiempo, modo y/o lugar para

sustentar en forma técnico científica, los resultados conducentes al esclarecimiento de

un presunto delito y a la identificación de sus autores.

Que Comprende la Investigación Criminal

• El manejo de estrategias que contextualizan el papel de la víctima, del

delincuente y del delito como tal.

31

• El estudio de las técnicas orientadas a contrarrestar, controlar y prevenir la

acción delictiva.

• El dominio de la investigación como proceso metodológico que se basa en los

principios y teorías de las respectivas ciencias, en los procedimientos jurídicos y la

reconstrucción del hecho mediante las circunstancias de tiempo, modo y/o lugar para

sustentar en forma técnico científica, los resultados conducentes al esclarecimiento de

un presunto delito y a la identificación de sus autores.

• El empleo de los principios y teorías de las ciencias y sus correspondientes

disciplinas que apoyan la acción investigativa.

• La aplicación de los procedimientos jurídicos.

• La reconstrucción del hecho para visualizar el todo de lo sucedido a través de

Circunstancia de modo tiempo y lugar.

En este sentido Smyth (2003, p. 233) considera que:

La Investigación Criminal, es decir, la investigación del delito y del delincuente, orienta su esfuerzo a establecer la verdad de los hechos y la responsabilidad de los mismos. En este esfuerzo convergen el accionar policial, fiscal y judicial. En la fase preliminar, una vez conocido el hecho, “notitia criminis”, y comprobado, se realizaran las diligencias preliminares básicamente en la escena. En el planeamiento, una vez identificado, delimitado y definido el problema, se formularán las hipótesis correspondientes sobre el hecho, la víctima y el autor; así mismo se planificarán las acciones y diligencias pertinentes. En la fase ejecutiva se procederá al acopio de la información según es planificado para verificar las hipótesis, a su análisis y al recaudo de pruebas. Las conclusiones comprenderán las conclusiones menores y la Conclusión general.

Importancia de la Investigación Criminal

La importancia de la investigación criminal reside en que el investigador tiene

conocimientos amplios y profundos del desarrollo de una investigación, teniendo en

cuenta el uso apropiado de los recursos y los pasos que debe seguir, según el caso (el

32

hecho punible) por investigar, partiendo de una buena planeación y coordinación en

procura de resultados propuestos, siempre apoyado por la criminalística, la cual

permite darle el aporte técnico-científico (objetivo). Rivera, (2008), considera que:

“La investigación criminal tiene como fin primordial la búsqueda de la verdad

mediante la reconstrucción histórica de los antecedentes para determinar cómo

ocurrió el hecho, quién, cuándo y por qué se cometió” (p. 123).

Metodología de la Investigación Criminalística

La metodología de la investigación criminal comprende diversas areas entre

ellas:

• Criminalística de Campo: Aplica los conocimientos, métodos y técnicas con el

objeto de proteger, observar y fijar el lugar de los hechos, así como para coleccionar y

suministrar las evidencias materiales asociadas al hecho al laboratorio de

criminalística.

• Balística Forense: Aplica los conocimientos, métodos y técnicas con el objeto

de investigar con sus ramas: interior, exterior y de efectos los fenómenos, formas y

mecanismos de hechos originados con armas de fuego cortas y largas portátiles.

• Documentoscopia: Aplica los conocimientos, métodos y técnicas con el objeto

de estudiar y establecer la autenticidad o falsedad de todo tipo de documentos como

escritura cursiva, de molde, mecanografiadas o de imprenta, haciendo probable la

identificación de los falsarios.

• Explosivos e Incendios: Aplica los conocimientos, métodos y técnicas en la

investigación de siniestros producidos por explosivos o incendios, a fin de localizar

cráteres, focos y además evidencias y determinar sus orígenes, formas y

manifestaciones.

33

• Fotografía Forense: Aplica los conocimientos, métodos y técnicas a fin de

imprimir y revelar las gráficas necesarias en auxilio de las investigaciones que

aplican a todas las disciplinas de la criminalística.

• Hechos de Tránsito Terrestre: Aplica los conocimientos, métodos y técnicas a

fin de investigar los fenómenos, formas, orígenes y manifestaciones en

atropellamientos, colisiones entre dos o más vehículos, volcaduras, proyecciones

sobre objetos fijos y caídas de personas producidas por vehículos automotores.

• Sistemas de Identificación: Aplica los conocimientos, métodos y técnicas a fin

de identificar inequívocamente a personas vivas o muertas, putrefactas, descarnadas o

quemadas.

• Técnicas Forenses de Laboratorio: Aplica los conocimientos, métodos y

técnicas de las ciencias naturales química, física y biología a fin de realizar los

análisis y manejo propio del instrumental científico, para identificar y comparar las

evidencias materiales asociadas a hechos presuntamente delictuosos.

Perfil Criminal

El perfil criminológico puede definirse como una estimación acerca de las

características biográficas y del estilo de vida del responsable de una serie de

crímenes graves y que aún no se ha identificado. Garrido (2006, p. 68), considera

que:

El objetivo de este perfil es delimitar las características del presunto culpable para disminuir el rango de posibles culpables y ayudar a la policía focalizando y restringiendo las posibilidades de investigación, posibilitándoles el centrarse en los blancos realistas. Este punto es muy importante, ya que cuando se tratan de crímenes violentos o seriales, la alarma social y las posibilidades de que se vuelvan a repetir los hechos, hacen necesaria actuar con rapidez y detener cuanto antes al asesino.

No obstante, el perfil tiene sus limitaciones, no es una ciencia exacta, está

basada en el análisis de la huella psicológica que el asesino deja en sus crímenes y en

34

datos estadísticos recolectado de otros casos y de los datos teóricos aportados por la

psicología y la criminología. Estamos por tanto hablando de probabilidades.

Ámbitos de Aplicación del Perfil Criminológico

Generalmente, el uso del perfil criminológico se restringe generalmente a

crímenes importantes tales como homicidios y violaciones. Cuando se trabajan en

homicidios donde el culpable es un desconocido para la víctima, el perfil puede

ayudar a dar luz sobre el crimen y encaminar a la policía en sus investigaciones.

Cuando se quiere evaluar la posibilidad de relacionar varios homicidios,

realizar un perfil sobre el autor de los asesinatos puede ayudar a determinar si

estamos ante un asesino en serie o ante asesinos inconexos. En otras ocasiones, el

perfil ayuda a conocer ante qué tipo de personas nos enfrentamos y éste arma puede

usarse antes de su captura, provocando por ejemplo al agresor en los medios de

comunicación, y después de su captura, preparando los interrogatorios.

Otro ámbito de aplicación del perfil es su función teórica, en cuanto a que el

análisis y evaluación de casos sirven para aumentar el conocimiento que se tiene

sobre la propia técnica y sobre el hecho criminal.

Metodología del Perfil Criminológico

Para la elaboración de un perfil criminal es necesario el análisis y evaluación de

estas fuentes: escena del crimen, perfil geográfico, modus operandi y firma del

asesino y victimología.

35

• Escena del crimen: La escena del crimen es, como su nombre indica, el lugar

que el asesino ha elegido para matar a su víctima. Las escenas pueden ser varias si el

asesino ha usado varios lugares desde que atrapa su víctima hasta que la deja. Puede

atraparla en un sitio, torturarla en un segundo, matarla en un tercero y trasladarla a un

cuarto para abandonarla allí. En cualquier caso, la escena principal es donde la muerte

o agresión de mayor importancia y el resto son secundarias. Generalmente es en la

primaria donde hay más transferencia entre el asesino y su víctima, por lo cual suele

ser en la que hay más evidencias psicológicas y físicas. Es importante por esto la

protección de la escena o escenas del crimen ya que cada pista puede ser clave,

además, es necesario evaluar si ha habido una manipulación de dicha escena, lo que

suele llamarse actos de precaución o conciencia forense (cuando elimina pruebas

físicas).

• Perfil geográfico: Este perfil describe el aspecto geográfico donde se

desenvuelve el delincuente, sus escenas del crimen, los puntos geográficos de esos

crímenes, sus desplazamientos, el terreno en el que actúa, zona de riesgo, base de

operaciones. Este perfil nos dice mucho del mapa mental del criminal, que es la

descripción que el delincuente tiene en su cabeza de las zonas geográficas en las que

se desenvuelve en su vida. Su casa, su calle, su barrio, su ciudad están descritos en la

mente del criminal en función de las experiencias que ha tenido con cada uno de esos

lugares, nos describe su zona de confianza, su territorio, las zonas de influencia, cómo

se mueve y se desplaza por ellas.

La comprensión de estos datos nos puede dar información de en qué zona vive,

dónde debemos buscarlo y dónde puede actuar. Como cualquier depredador, éste

ataca a sus víctimas en el territorio en el que se sienta seguro, su presa tenga menos

posibilidades y pueda huir si es necesario. Como cualquier persona, las conductas que

requieren intimidad o que pueden provocar cierto estrés, son más fáciles de realizar

36

en terreno conocido que en aquel desconocido que nos provoca inseguridad. Para el

asesino en serie matar es su objetivo, pero no olvida su sentido de supervivencia que

le hace tratar de evitar que le capturen. Por eso va a matar en aquellas zonas en las

que se sienta cómoda. Este hecho puede desaparecer en determinado tipo de asesino

en serie, en concreto en los desorganizados, en lo que su sed de muerte se produce

por impulsos y no tiene tanto control sobre ese aspecto. Generalmente, su deterioro

mental también hace que no planifique tanto sus crímenes.

Por otro lado, ese deterioro mental hace que no sea capaz de desplazarse a

grandes distancias para buscar a su víctimas ni para acabar con sus vidas, por lo que

también actúa en su zona geográfica. El estudio de casos ha mostrado que en la

mayoría de los asesinos en serie, sus primeros actos se realizan cerca del lugar donde

reside o trabaja y posteriormente se van alejando a medida que van adquiriendo

seguridad y confianza. Cuando decimos cerca del lugar donde vives es una cercanía

relativa ya que el asesino tampoco se va a exponer a ser reconocido actuando en

lugares muy próximos a su hogar y en el que las posibles víctimas y testigos puedan

conocerlo. Un tipo de asesino, el viajero, rompe esta regla en cuanto a que prefiere

viajar lejos de su zona habitual de residencia para matar.

• Modus operandi y firma: El modus operandi es el método que usa el asesino

para llevar a cabo su crimen, describe las técnicas y las decisiones que el asesino ha

tenido que tomar. De esta evaluación sacamos información sobre cómo mata nuestro

asesino y qué características psicológicas se pueden deducir de este método:

planificador, inteligente, profesión que puede desarrollar, descuidado, perfeccionista,

sádico. El modus operandi, al contrario que la firma, puede variar a lo largo del

tiempo puesto que, como habilidades, pueden aprenderse o evolucionar o degenerarse

con los crímenes posteriores. El modus operandi tiene naturaleza funcional. (Garrido,

37

2006) y tiene tres metas: proteger la identidad del delincuente, consumar con éxito la

agresión y facilitar la huida.

Por lo que se refiere a la firma, ésta es el motivo del crimen, el por qué, refleja

la razón por la que el asesino hace lo que hace. Nos da una información más profunda

ya que nos presenta qué quiere decir con el crimen, y más psicológica puesto que nos

habla de sus necesidades psicológicas. El asesino mantiene su firma estable a lo largo

de su carrera criminal, por lo que, aunque cambie su modus operandi podemos

relacionarlo por dicha firma. Esto no quiere decir que físicamente la conducta o

conductas que describen la firma del delincuente no puedan cambiar. El aspecto

profundo de la firma no cambia, la ira, venganza, sadismo permanece inalterable pero

la forma de plasmarla puede evolucionar, incrementar, disminuir o degenerarse en

función del propio desarrollo de la motivación a la que representa.

• Victimología: La víctima tiene una importancia crucial puesto que es la

protagonista del hecho criminal, presencia el crimen en primera persona, sobre ella

recae el acto criminal y se representan el modus operandi y la firma del asesino. Si la

víctima sobrevive puede aportar mucha información de primera mano acerca de su

agresor y de sus circunstancias, si ésta fallece es necesario realizar una autopsia

psicológica. En esta autopsia se tratan de recoger varios aspectos personales y

sociales de la víctima. Es necesario reunir una serie de información respecto a su

domicilio, educación, estado civil, aficiones, situación económica, temores, hábitos,

enfermedades, amistades, trabajo.

De toda esta información se desprende primariamente una clasificación de la

víctima en cuanto al riesgo que suponen para ser agredidas. En este caso hablamos de

víctimas de bajo y del alto riesgo (Ressler 2005). Como es lógico, las víctimas de alto

riesgo tienen una mayor probabilidad de ser atacadas y además de no suponer muchos

38

problemas para sus atacantes. Por otra parte, el estudio y análisis de la víctima nos da

información de cómo su asesino se relaciona con sus víctimas, lo que nos proporciona

una huella psicológica importante para realizar el perfil. En un crimen hay dos

protagonistas, el asesino y su víctima, entre ellos hay una relación, el asesino usa a la

víctima para narrar su historia, para satisfacer sus fantasías personales pero también

para dejar constancia de su relación con el mundo. Y es en esta relación donde se

refleja más su personalidad.

3.3. BASES LEGALES

En esta sección de la investigación se encuentran plasmados los fundamentos

jurídicos o entorno legislativo que sustentan la investigación y que se encuentran

relacionados con la participación ciudadana y los órganos de administración de

justicia.

Constitución de la República Bolivariana de Venezuela

La Constitución de la República Bolivariana de Venezuela Titulo VII

Seguridad de la Nación Capítulo IV de los Órganos de seguridad ciudadana establece

los órganos encargados de la seguridad ciudadana por lo cual le da el carácter

constitucional al Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas

Artículo 332: El Ejecutivo Nacional, para mantener y restablecer el orden

público, proteger al ciudadano o ciudadana, hogares y familias, apoyar las decisiones

de las autoridades competentes y asegurar el pacífico disfrute de las garantías y

derechos constitucionales, de conformidad con la ley, organizará:

1.- Un Cuerpo Uniformado de Policía Nacional.

39

2.- Un Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas.

3.- Un Cuerpo de Bomberos y Bomberas y Administración de Emergencias de

Carácter Civil.

4.- Una Organización de Protección Civil y Administración de Desastres.

Los órganos de seguridad ciudadana son de carácter civil y respetaran la

dignidad y los derechos humanos, sin discriminación alguna. La función de los

órganos de seguridad ciudadana constituye una competencia concurrente con los

Estados y Municipios en los términos establecidos en esta Constitución y la ley.

Título III: Derechos Civiles

La Constitución Nacional, establece la actuación de los expertos en

Inspecciones Técnicas y por ende de las actuaciones deperitaje sobre dando su

basamento legal desde el mismo momento en que ésta establece la creación de un

Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas., así mismo el

artículo 49 de la Carta Magna establece lo siguiente:

Artículo 49: El debido proceso se aplicará a todas las actuaciones judiciales y

administrativas; en consecuencia:

1.- La defensa y la asistencia jurídica son derechos inviolables en todo estado y

grado de la investigación y del proceso. Toda persona tiene derecho a ser notificada

de los cargos por los cuales se le investiga, de acceder a las pruebas y de disponer del

tiempo y de los medios adecuados para ejercer su defensa. Serán nulas las pruebas

obtenidas mediante violación del debido proceso. Toda persona declarada culpable

tiene derecho a recurrir del fallo, con las excepciones establecidas en esta

Constitución y la ley.

40

2.- Toda persona se presume inocente mientras no se pruebe lo contrario.

3.- Toda persona tiene derecho a ser oída en cualquier clase de proceso, con las

debidas garantías y dentro del plazo razonable determinado legalmente, por un

tribunal competente, independiente e imparcial establecido con anterioridad. Quien

no hable castellano o no pueda comunicarse de manera verbal, tiene derecho a un

intérprete.

4.- Toda persona tiene derecho a ser juzgada por sus jueces naturales en las

jurisdicciones ordinarias, o especiales, con las garantías establecidas en esta

Constitución y en la ley. Ninguna persona podrá ser sometida a juicio sin conocer la

identidad de quien la juzga, ni podrá ser procesada por tribunales de excepción o por

comisiones creadas para tal efecto.

5.- Ninguna persona podrá ser obligada a confesarse culpable o declarar contra sí

misma, su cónyuge, concubino o concubina, o pariente dentro del cuarto grado de

consanguinidad y segundo de afinidad. La confesión solamente será válida si fuere

hecha sin coacción de ninguna naturaleza.

6.- Ninguna persona podrá ser sancionada por actos u omisiones que no fueren

previstos como delitos, faltas o infracciones en leyes preexistentes.

7.- Ninguna persona podrá ser sometida a juicio por los mismos hechos en virtud

de los cuales hubiese sido juzgada anteriormente.

8.- Toda persona podrá solicitar del Estado el restablecimiento o reparación de la

situación jurídica lesionada por error judicial, retardo u omisión injustificados. Queda

a salvo el derecho del o de la particular de exigir la responsabilidad personal del

magistrado o de la magistrada, del Juez o de la Jueza; y el derecho del Estado de

actuar contra éstos o éstas.”

41

El Decreto con Fuerza de Ley de los Órganos de Investigaciones

Científicas, Penales y Criminalísticas, Título II, Capítulo I.

Investigación Penal

Artículo 8: A los efectos del presente Decreto Ley se entenderá como

investigación penal el conjunto de diligencias orientadas al descubrimiento y

comprobación científica del delito, sus características, la identificación de sus autores

o participes, así como el aseguramiento de sus objetos activos y pasivos.

Establece las competencias del C.I.C.P.C, como "órgano principal en materia de

investigaciones penales", que estará "al servicio exclusivo de los intereses del

Estado".

Artículo 11. Corresponde al órgano principal de investigaciones penales:

Practicar las diligencias que le ordene el Ministerio Público, encaminadas a investigar

y hacer constar la perpetración de un hecho punible, con todas las circunstancias que

puedan influir en su calificación y la responsabilidad de los autores y demás

partícipes, identificación de las víctimas, de las personas que tengan conocimiento de

los hechos, así como el aseguramiento de los objetos activos y pasivos relacionados

con el delito.

• Colaborar con los demás órganos de seguridad ciudadana en la creación de

centros de prevención del delito y en la organización de los sistemas de control o

bases de datos criminalísticos para compartir la información de los servicios de

inteligencia, en cuanto a narcotráfico, terrorismo internacional, desaparición de

personas, movimiento de capitales ilícitos, delincuencia organizada y otros tipos

delictivos.

• Elaborar, analizar en coordinación con el Instituto Nacional de Estadística y

presentar al Ministerio del Interior y Justicia las estadísticas de criminalidad, cuando

42

sean requeridas, con el objeto de adoptar las políticas de prevención y se apliquen las

medidas necesarias para garantizar el fin del Estado en materia de seguridad.

• Desarrollar políticas de prevención, orientación, publicidad, colaboración e

información a fin de aplicar medidas técnicas que permitan reducir y evitar la

actividad delictiva.

• Auxiliar en caso de necesidad a la Dirección Nacional de Identificación y

Extranjería, y colaborar en la identificación, localización y aprehensión de

ciudadanos extranjeros solicitados por otros países.

• Las demás actuaciones o funciones que le sean atribuidas de conformidad con

la ley.

Capítulo III, Actuación de los Órganos de Investigaciones Penales, Sección

Primera, Actuación del Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y

Criminalísticas Actividad de investigación criminal.

Artículo 16. La actividad de investigación criminal debe ser ejercida por el

Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas, bajo la dirección del

Ministerio Publico. Los demás órganos de seguridad ciudadana sólo podrán realizar

actividades de investigación criminal en los casos legalmente previstos, con sujeción

absoluta al ámbito de sus competencias, o ejercer funciones auxiliares en el marco de

sus atribuciones, siempre y cuando sean requeridas por el Fiscal del Ministerio

Público o por el Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas,

respetando la no interferencia en funciones propias de la investigación criminal.

Código Penal; Título I, De la aplicación de la ley penal

Artículo 1: Nadie podrá ser castigado por un hecho que no estuviere

expresamente previsto como punible por la ley, ni con penas que ella no hubiere

establecido previamente.

43

Código Orgánico Procesal Penal. Capítulo IV, De los Órganos de Policía de

Investigaciones Penales.

Órganos

Artículo 113. Son órganos de policía de investigaciones penales los

funcionarios o funcionarias a los cuales la ley acuerde tal carácter, y todo otro

funcionario o funcionaria que deba cumplir las funciones de investigación que este

Código establece.

Facultades

Artículo 114. Corresponde a las autoridades de policía de investigaciones

penales, la práctica de las diligencias conducentes a la determinación de los hechos

punibles y a la identificación de sus autores o autoras y partícipes, bajo la dirección

del Ministerio Público.

Investigación Policial

Artículo 115. Las informaciones que obtengan los órganos de policía, acerca de

la perpetración de hechos delictivos y de la identidad de sus autores o autoras, y

demás partícipes, deberá constar en acta que suscribirá el funcionario o funcionaria

actuante, para que sirvan al Ministerio Público a los fines de fundar la acusación, sin

menoscabo del derecho de defensa del imputado o imputada.

Sección Sexta, De la Experticia

Experticias

44

Artículo 223. El Ministerio Público realizará u ordenará la práctica de

experticias cuando para el examen de una persona u objeto, o para descubrir o valorar

un elemento de convicción, se requieran conocimiento o habilidades especiales en

alguna ciencia, arte u oficio.

El o la Fiscal del Ministerio Público, podrá señalarle a los o las peritos

asignados, los aspectos más relevantes que deben ser objeto de la peritación, sin que

esto sea limitativo, y el plazo dentro del cual presentarán su dictamen.

Peritos

Artículo 224. Los o las peritos deberán poseer título en la materia relativa al

asunto sobre el cual dictaminarán, siempre que la ciencia, el arte u oficio estén

reglamentados. En caso contrario, deberán designarse a personas de reconocida

experiencia en la materia.

Los o las peritos serán designados o designados y juramentados o juramentadas

por el Juez o Jueza, previa petición del Ministerio Público, salvo que se trate de

funcionarios adscritos o funcionarias adscritas al órgano de investigación penal, caso

en el cual, para el cumplimiento de sus funciones bastará la designación que al efecto

le realice su superior inmediato.

Serán causales de excusa y recusación para los o las peritos las establecidas en

este Código. El o la perito deberá guardar reserva de cuanto conozca con motivo de

su actuación.

En todo lo relativo a los traductores o traductoras e intérpretes regirán las

disposiciones contenidas en este artículo.

3.4. DEFINICIÓN DE TÉRMINOS BÁSICOS

45

• Acción: es la vía de derecho por la cual un particular o el Ministerio Publico

ante un Tribunal se aplican la ley a un caso determinado. Diccionario de la Real

Academia Española (2001)

• Cadena de Custodia: Herramienta que garantiza la seguridad, preservación e

integridad de los elementos probatorios colectados, recibidos y examinados que

aportan indicios y pruebas a la investigación penal, los cuales están bajo la estricta

responsabilidad de los cuerpos de investigación penales su guarda y almacenaje

deben corresponder con las normativas establecidas en el Manual Único de

Procedimientos. Enciclopedia Omega (1990)

• Criminalística de Campo: Llamada criminalística de campo es aquella donde

se entiende la investigación que se lleva a cabo en el propio lugar de los hechos.

Enciclopedia Omega (1990)

• Criminalística de laboratorio: es la que se realiza en los laboratorios de

criminalística donde se encuentran los instrumentos usados para el examen de los

indicios. Diccionario de la lengua Española (2006)

• Criminalística: Disciplina que estudia el delito tal como se ha producido,

como hecho material, con el auxilio de las ciencias naturales, con el fin de precisar su

forma concreta de comisión y la identificación de sus autores. Diccionario de la

lengua Española (2006)

• Criminología: Disciplina que estudia el fenómeno delictivo como hecho

individual y social, en sus orígenes, manifestaciones, evolución y progreso. Larousse

(2002)

46

• Delito: Acción u omisión de un acto que castiga la Ley Penal. Diccionario

Teide (1975)

• Experticia: Es una prueba pericial. Es un medio probatorio personal que busca

la convicción de, Juez sobre la existencia o inexistencia de ciertos hechos a través de

personas con conocimientos técnicos o científicos especiales. Diccionario de la Real

Academia Española (2001)

• Investigación criminal: es el proceso tendiente a comprobar la existencia de

un delito y probar la responsabilidad del autor. Diccionario de la lengua Española

(2006)

• Prueba: Demostración de la existencia de un hecho físico o jurídico, según las

formas y condiciones exigidas por la ley. Diccionario de la lengua Española (2006)

• Psicología Judicial: Conjunto de Conocimientos sistemáticos sobre las

características y reacciones psicológicas de los diversos sujetos que intervienen en el

proceso (juez, testigos, reo, etc). Diccionario Enciclopédico Omeba (1969)

47

CAPÍTULO IV

BASES METODOLÓGICAS

La metodología está referida al conjunto de procedimientos lógicos, tecno –

operacionales implícitos en todo proceso de investigación, con objeto de ponerlos de

manifiesto y sistematizarlos. Por su parte Ramírez (1998), considera que la

metodología “... constituye la médula de la investigación” (p. 57), refiere al desarrollo

propiamente dicho del trabajo investigativo. La metodología de investigación por ser

la herramienta para desarrollar conocimiento es más bien estable, convencional con

criterios estandarizados y transversales que permiten que el conocimiento sea

comunicable en diferentes campos disciplinares, contextos y regiones del mundo.

4.1. TIPO DE INVESTIGACIÓN

Propósito: En cuanto al propósito la presente investigación es teórica puesto

que esta amplia las bases teóricas existentes la problemática planteada, por su parte

Pardinas (2005, p. 223) define la investigación teórica como:

La construcción de una teoría o parte de la misma, pero también lo es reconstruirla, reestructurarla, reformularla, remodelarla, fundamentarla, integrarla, ampliarla o desarrollarla. Igualmente, es investigación teórica la revisión o el examen de una teoría o de alguna de sus partes o aspectos, el contratarla, comprobarla, validarla o verificarla, cuestionarla, impugnarla, rebatirla o refutarla.

48

Nivel: Atendiendo al nivel de la investigación se considera de tipo descriptivo

debido a que la futura investigación busca interpretar realidades de hecho; por su

parte Rivas (1995) señala que la investigación descriptiva, “trata de obtener

información acerca del fenómeno o proceso para describir sus implicaciones” (p. 54).

Este tipo de investigación, no se ocupa de la verificación de la hipótesis, sino de la

descripción de hechos a partir de un criterio o modelo teórico definido previamente.

Diseño: De acuerdo a la estrategia o diseño de la investigación es documental,

que para Arias (2004) expresa que ésta “es un proceso basado en la búsqueda,

recuperación, análisis, crítica e interpretación de datos secundarios, es decir, los

obtenidos y registrados por otros investigadores en fuentes documentales: impresas,

audiovisuales o electrónicas” (p. 25). Para llevar a cabo satisfactoriamente la

investigación se requiere la definición de los requerimientos por medio de una

documentación que permite darle soporte y mayor veracidad al estudio realizado y

obtener nuevos conocimientos para su análisis.

4.2. TÉCNICAS E INSTRUMENTOS DE RECOLECCIÓN DE DATOS

Las técnicas que se utilizarán en la investigación son la observación directa que

según el autor (op. cit), indica que esta consiste “en visualizar o captar mediante la

vista, en forma sistemática, cualquier hecho, fenómeno o situación que se produzca

en la naturaleza o en la sociedad, en función de unos objetivos de investigación pre-

establecidos”. (p.67).

Así mismo, se aplicará la técnica documental que consiste en la revisión

bibliográfica y la entrevista que tiene como objetivo recabar información, adiestrarse

en los recursos y modalidades de la misma.

49

Los instrumentos son todos aquellos medios de los cuales se vale el

investigador para poder tener un contacto directo con la fuente de información y a su

vez poder recabar la información necesaria para el desarrollo de la investigación; por

su parte Palella y Martins (2010) consideran que “un instrumento de recolección de

datos es, en principio, cualquier recurso del cual pueda valerse el investigador para

acercársele a los fenómenos y extraer de ellos información” (p. 125). Los

instrumentos que se utilizarán para la recolección de datos en la investigación fueron

la ficha bibliográfica, ficha hemerografica, reporte de páginas electrónicas, ficha de

trabajo entre otras.

4.3. FASES DE LA INVESTIGACIÓN

En atención a esta modalidad de investigación, se introdujeron tres (3) fases en

el estudio, a fin de cumplir con los requisitos involucrados en un estudio documental:

Fase 1: Objetivo No. 1

Diagnosticar la situación actual de los procesos Criminalísticos que realizan las

brigadas del (C.I.C.P.C) de la subdelegación valencia del estado Carabobo. Con este

objetivo se pretendió presentar una visión general sobre la situación actual de los

procesos criminológicos realizados las brigadas del (C.I.C.P.C) de la subdelegación

valencia del estado Carabobo, permitiendo al investigador precisar la situación real

actual. Para el logro de tal objetivo el investigador realizo una investigación

exhaustiva durante el periodo de pasantías en esta institución.

Fase 2: Objetivo No. 2

Analizar la aplicación de los procesos criminológicos en las investigaciones

realizadas por las brigadas del (C.I.C.P.C) de la subdelegación valencia del estado

50

Carabobo. El investigador se planteo este propósito con la intensión de evaluar la

viabilidad de la aplicación de los procesos criminológicos en la investigación penal, a

fin de determinar los aportes de esta importante ciencia en la fase de investigación

penal.

Fase 3: Objetivo No. 3

Demostrar la factibilidad de la aplicación de la Criminología en los procesos de

interés Criminalísticos. Finalmente con base a los resultados obtenidos con los dos

primeros objetivos el investigador buscó con este objetivo dar a conocer la

factibilidad de la utilización de la criminología, logrando así aportar un material

teórico que sustente los fundamentos que apoyan la iniciativa.

51

CAPITULO V

RESULTADOS, CONCLUSIONES Y RECOMENDACIONES

5.1. RESULTADOS

Entre los resultados obtenidos, se destacan los principales logros del trabajo,

cuyo objetivo fue determinar los aportes de la Criminología en los procesos

Criminalísticos que desarrollan las brigadas del Cuerpo de Investigaciones Científicas

Penales y Criminalísticas (C.I.C.P.C) de la subdelegación valencia del estado

Carabobo, evidenciándose que la formulación de propuestas pretende fijar posiciones

que sustenten la utilización de la criminología en el desarrollo de procesos

criminalísticas. Partiendo de ello se debe mencionar que la investigación contribuye a

lucha contra la delincuencia puesto que esta no admite desmayos en el afán de

combatirla, cada día vemos como se apoya, tecnifica y entrena al antisocial, mientras

que las autoridades, no se da tiempo en evaluaciones. El avance de la criminalidad,

exige un trabajo más complejo de la técnica policial, lo que lleva a desarrollar

métodos de estudios modernos; es así que la criminalística surge como auxiliar

indispensable del derecho penal. Podemos decir que es una ciencia humana; ya que se

realiza por humanos pero auxiliado por todas las ciencias, para darle mayor

efectividad y el menor error posible.

52

La conducta humana siempre ha sido compleja y en muchas ocasiones el origen

de sus actos es desconocido, de allí nacen diferentes ciencias y disciplinas que buscan

una respuesta al comportamiento criminal de los seres humanos. Por lo tanto, la

administración de justicia, se ha visto obligada a requerir el auxilio de datos cada vez

más objetivos y de medios de pruebas, por métodos científicos. Se entiende por

método científico, (del griego métodos de meta y con dos de vía) como la marcha

racional del espíritu para llegar al conocimiento de la verdad. La investigación se

puede definir como la serie de pasos que dan respuesta lógica a una pregunta

específica, la criminalística multidisciplinaria reúne conocimientos generales

sistemáticos ordenados, verificables y falibles. Esta es mucho más segura en

comparación con la subjetividad del testimonio de testigos y de la criminología como

ciencia auxiliar. La naturaleza de la criminalística es explicativa; todas las ciencias

que con ella colaboran así lo demuestran, tienden a conseguir una repuesta lógica y

coherente, racional a las incógnitas criminales.

38

53

5.2. CONCLUSIONES

El análisis de los procesos criminalisticos y criminológicos que ayudan a la

investigación penal en las distintas brigadas del C.I.C.P.C, es una labor de alta

efectividad, pues brinda el resguardo y certeza de las causas, brindando rapidez en su

recuperación y búsqueda, reafirmando parámetros de conservación y seguridad

adecuados a las normas, brindando como garantía de que cada caso estará

debidamente procesado.

Durante siglos se han buscado las causas, los factores y los procesos que llevan

al delito, pero más allá del acierto o no de los resultados obtenidos (todos nos han

legado algo), cabe plantearse la cuestión de otra manera, dado que en las conocidas

condiciones criminógenas que encontramos cotidianamente ya no merece la pena

explicar el crimen, sino trabajar sobre las razones por las cuales a pesar de todo hay

gente que no delinque. Los paradigmas han cambiado (tal vez se ven diferentes), y

seguirán haciéndolo, puesto que se imponen otros planteos, tales como abatir la

violencia, brindar seguridad, superar el castigo, revisar la ley y recuperar a la víctima.

En suma, democratizar la sociedad también desde el aseguramiento de los bienes

jurídicos de todos.

En un momento particular de la sociedad, dado por la comunicación masiva, el

ciberespacio financiero, la cooperación penal internacional, el aumento de delitos, la

desprotección de la víctima y el preocupante expansionismo penal, resulta apropiado

54

detenerse a meditar sobre algunas cosas que están pasando, pues que podemos ser

protagonistas y no meros espectadores. Los paradigmas sobre el crimen van siendo

absorbidos por la compleja problemática social, ya que el progreso del hombre

incuestionable en muchos aspectos tales como el conocimiento, el saber científico y

las comunicaciones nos ubica en la encrucijada de replantear la cuestión del crimen.

El desvalor social del delito supondría una identidad comunitaria ofendida por la

conducta que ocasiona un daño o menoscabo social. Sin embargo, tal afirmación no

condice con los conflictos culturales ocasionados por procesos discriminatorios

masivos, de extra y macro victimización. Allí, el desvalor inicial o primario estaría en

la desatención hacia esos sectores o cortes transversales de la misma comunidad.

En tales circunstancias, la problemática delictual sería de segundo y tercer

orden, puesto que la prevención debería dirigirse hacia los procesos de victimización

generadores de reacciones quizás no del todo justificadas, pero atendibles comunitaria

y humanitariamente. Estoy convencido de que la violencia (sin importar de dónde

provenga) es inaceptable. La violencia de segundo orden, vale decir la que responde a

una primaria, solo puede ser aplicable en su mínima expresión (legítima defensa

individual y social), pero no debe ser el objeto de legitimación de la violencia, sino

una respuesta deficiente porque no hemos encontrado todavía otra más racional.

En estos momentos la política criminal está ofreciendo soluciones meramente

formales a problemas reales. Esas soluciones representan un simple progreso

manuscrito, pero vacío de contenido, hueco de respuestas a los problemas sociales

que dan lugar a no pocas conductas transgresoras.

55

5.3. RECOMENDACIONES

• El personal debe participar en charlas talleres, cursos, Conferencias entre otras.

Para seguir estando actualizados en el área jurídica, penal y criminalística.

• Incentivar al personal a través de reconocimiento al logro.

• Seguir planificando actividades por departamento para la organización de cada

brigada.

• Aplicar normas y correctivos al momento de estudio por Brigadas y

departamentos.

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REFERENCIA BIBLIOGRÁFICAS

Arias. F (2004). El proyecto de investigación. Introducción a la metodología

científica. 5ta. Edición. Editorial Espíteme. Balestrini, M. (1997). Cómo se elabora un proyecto de investigación. Consultores

Asociados. Caracas- Venezuela. Claret, Arnoldo. (2009). Como Hacer y Defender una Tesis. Caracas – Venezuela,

Editorial Texto, C.A. Código Orgánico Procesal Penal, Gaceta Oficial N. Decreto N° 9.042 (12 de junio

de 2012.) Código Penal, Gaceta Oficial N. 5.768E (13 de Abril 2005) Constitución de la República Bolivariana de Venezuela. (1999). Gaceta Oficial de

la República Bolivariana de Venezuela, Nº 5.453 (extraordinario). Marzo 24, 2000.Enmienda Nº1:G.O 5.908 del 19 Feb-09.

Decreto con fuerza de ley de los órganos de investigaciones Científicas, Penales y

Criminalísticas (Gaceta Oficial Nº38.598)de fecha 5 de enero del 2007. Diccionario de la Real Academia Española (2001) 15ª Edición 19ª reimpresión

Madrid, España: Editorial VUTL. Diccionario Enciclopédico Omeba (1969) Diccionario; Edición Nº 25; Buenos Aires,

Argentina: Editorial Bibliográfica Argentina SRL. Diccionario Enciclopédico Omeba (1969) Diccionario; Edición Nº 25; Buenos Aires,

Argentina: Editorial Bibliográfica Argentina SRL.

57

Diccionario Larousse (2002) Primera Edición – 6ta reimpresión, Mexico: ediciones

Larousse. Diccionario Teide (1975) Quinta Edición, Barcelona, Madrid: Editorial Teide, S.A Flores, C. (2012). Lecciones de Criminología. 4ta. Edición; Caracas – Venezuela:

Vadell Hermanos Editores. Gabaldon, L. (2012). Diagnostico y Propuesta de Reforma del Cuerpo de

Investigaciones Científicas Penales y Criminalisticas; Caracas – Venezuela: Consultado en fecha 19 de agosto de 2014; Disponible en: [www.academia.educ].

Garrido, V. (2006). El rastro del asesino. El perfil psicológico de los criminales en

la investigación policial. Barcelona: Ariel. Editorial Copal, CA. González, C. (2001). Educación para la participación Ciudadana Perspectiva en

el Ámbito Municipal . Trabajo de Grado no Publicado. Universidad de Oriente, Cumaná.

Guillén, L. (2011). Formación Jurídica de los Abogados frente al SPA, Revista

Defensa Penal. Interpretación y Análisis Jurídico, México, Distrito Federal. Hernandez, R., Fernandez, C. Y Baptista, P. (2007). Metodología de la

Investigación. McGraw-Hill Interamericana. México. Marica, G. (2010). Derecho Penal General. México DF. Editorial Pirámides Núñez, J. (2009). Victimologia y Violencia criminal. Un enfoque criminológico y

psicológico. La Paz. Ed. Academia boliviana de ciencias jurídico penales. Palella S. y Martins F, (2010) Metodología de la Investigación Cuantitativa.

Caracas – Venezuela. FEDUPEL. Pardinas, F. (2005). Metodologia y Técnicas de Investigación en ciencias sociales.

Trigesimoctva edicion. Mexico, D.F.: Siglo XXI Editores. Ramirez, T. (1998). Cómo Hacer un Proyecto de Investigación. Editor Tulio A.

Ramírez C. Caracas. Real Academia Española (2001). Diccionario de la Lengua Española, Vigésima

Segunda Edición. Madrid España.

58

Ressler, R. y Shachtman, T. (2005). Asesinos en serie. Barcelona: Ariel. Rivas, I. (1995). Técnicas de Documentación Investigación I. UNA. Caracas,

Venezuela. Rivera, C. (2008) Introducción al estudio sistemático del proceso penal

acusatorio, México, Ed. Magister. Sabino, C. (2000). Como hacer una tesis. 2da edición. Editorial Epistema. Caracas,

Venezuela. Smyth, F. (2003). Investigación del delito, Barcelona, Ed. Planeta.