UNIVERSIDAD JOSÉ ANTONIO PÁEZ · aceptado por el Doctor en Ciencias Políticas Rodolfo Plaza...
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UNIVERSIDAD JOSÉ ANTONIO PÁEZ
PROCESOS CRIMINALÍSTICOS Y CRIMINOLÓGICOS QUE AYUDAN A LA
INVESTIGACIÓN PENAL EN LAS DISTINTAS BRIGADAS DEL CUERPO DE
INVESTIGACIONES CIENTÍFICAS PENALES Y CRIMINALÍSTICAS DEBIDO A
LAS CONDUCTAS DELICTUALES PRESENTES.
San Diego, septiembre de 2014
Autor : Carlos Blanco
C.I . V-19.772.977
ii
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA UNIVERSIDAD JOSÉ ANTONIO PÁEZ
FACULTAD DE CIENCIAS JURÍDICAS Y POLÍTICAS ESCUELA DE DERECHO CARRERA: DERECHO
PROCESOS CRIMINALÍSTICOS Y CRIMINOLÓGICOS QUE AYUDA N A LA INVESTIGACIÓN PENAL EN LAS DISTINTAS BRIGADAS D EL
CUERPO DE INVESTIGACIONES CIENTÍFICAS PENALES Y CRIMINALÍSTICAS DEBIDO A LAS CONDUCTAS DELICTUALES
PRESENTES.
Trabajo de Grado presentado como requisito parcial para optar al título de: Abogado
San Diego, septiembre de 2014
Autor: Carlos Blanco
Tutor: Dra. Hegel Hernandez.
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REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA UNIVERSIDAD JOSÉ ANTONIO PÁEZ
FACULTAD DE CIENCIAS JURÍDICAS Y POLÍTICAS ESCUELA DE DERECHO CARRERA: DERECHO
PROCESOS CRIMINALÍSTICOS Y CRIMINOLÓGICOS QUE AYUDA N A LA INVESTIGACIÓN PENAL EN LAS DISTINTAS BRIGADAS D EL
CUERPO DE INVESTIGACIONES CIENTÍFICAS PENALES Y CRIMINALÍSTICAS DEBIDO A LAS CONDUCTAS DELICTUALES
PRESENTES.
CONSTANCIA DE ACEPTACIÓN
Tutor Académico: Dra.- Hegel Hernández. C.I. Nº V- 2.719.212
Tutor Institucional: Abg.- Edgar Castro C.I. Nº V-7.133.699
Tutor Metodológico: Abg.- Carmen Rodríguez. C.I. Nº V-3.922.769
San Diego, septiembre de 2014
Autor: Carlos Blanco.
C.I. Nº V-19.772.977
iv
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA UNIVERSIDAD JOSÉ ANTONIO PÁEZ
FACULTAD DE CIENCIAS JURÍDICAS Y POLÍTICAS ESCUELA DE DERECHO CARRERA: DERECHO
PROCESOS CRIMINALÍSTICOS Y CRIMINOLÓGICOS QUE AYUDA N A LA INVESTIGACIÓN PENAL EN LAS DISTINTAS BRIGADAS D EL
CUERPO DE INVESTIGACIONES CIENTÍFICAS PENALES Y CRIMINALÍSTICAS DEBIDO A LAS CONDUCTAS DELICTUALES
PRESENTES.
INSTITUCIÓN: CUERPO TÉCNICO DE INVESTIGACIONES CIENTÍFICAS PENALES Y CRIMINALÍSTICAS (C.IC.PC) DELEGACIÓN VALENCIA DEL ESTADO CARABOBO.
San Diego, septiembre de 2014
Autor: Carlos Blanco
Tutor: Dra. Hegel Hernandez.
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DEDICATORIA
He logrado una meta mas en mi vida, doy principalmente gracias a Dios
Todopoderoso, por iluminarme con su luz y sabiduría, dándome la fortaleza y fuerza
de voluntad para culminar mi carrera.
A mis padres por darme la vida, mi madre por el apoyo que necesito para
seguir adelante y a mi padre que desde el cielo guía mis pasos y estará orgulloso de
este logro. A ustedes gracias por bridarme amor y bendiciones. Los amo.
A mi tia Maira Martínez que gracias a su apoyo me ayudo a seguir adelante.
A todos mis amigos que con tanto cariño y apoyo, me ayudaron a mantenerme
en pie.
A mis tutores, que con su paciencia y gran ayuda me asesoraron, fue de gran
importancia. Mi cariño y respeto siempre lo tendrán.
A mis compañeros de clase, el triunfo lo compartiremos.
A todas aquellas personas que nunca dudaron que lograría este triunfo, mi
triunfo también es de todos ustedes!
Carlos Blanco.
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AGRADECIMIENTO
En primer lugar a Dios por ser el omnipotente y el creador de la vida. Quien
guía mis pasos nunca nos abandona y desampara.
A la Universidad José Antonio Páez, por abrir sus puertas para nuestra
formación académica.
A mi Tutora Académico Dra. Hegel Hernández por ser una persona
preocupada y dedicada a su trabajo, gracias por su apoyo incondicional, sus consejos
y humildad con la que me ayudó a desarrollar este logro en mi vida. Mil Gracias.
A los profesores por guiarme en esta meta y por brindarnos su sabiduría.
Agradezco al Abg. Edgar Castro, por abrirme las puertas en dicha institución,
su colaboración desinteresada y el material suministrado que me fue de gran utilidad
para la elaboración de este informe.
Mil Gracias….!
vii
ÍNDICE GENERAL
CONTENIDO pp.
INTRODUCCIÓN ……………………………………………………………… 1
CAPÍTULOS
I LA INSTITUCIÓN
1.1. Denominación……………………………………………….. 4
1.2. Reseña Histórica……………………………………………... 4
1.3. Misión…………………………………………………..……. 5
1.4. Visión………………………………………………..……….. 5
1.5. Valores Institucionales……………………………………….. 5
1.6. Ubicación………………………………………….……….… 5
1.7. Descripción……………………………..……………….…… 5
1.8. Organigrama……………………………………………….… 6
II EL PROBLEMA
2.1. Planteamiento del Problema……………………..………….. 7
2.2. Formulación del Problema………………………..…………. 12
2.3. Objetivos de la Investigación……………………..…………. 12
2.3.1. Objetivo General…………………………………….. 12
2.3.2 Objetivos Específicos……………………………… 13
2.4. Justificación de la Investigación…………………………….. 13
2.5. Limitaciones de la Investigación……………………………. 15
III MARCO TEÓRICO
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3.1. Antecedentes de la Investigación…………………………….. 17
3.2 Bases Teóricas……………………………………………….. 21
3.3. Bases Legales……………………………………..………….. 29
3.4. Definición de Términos Básicos………………...…………… 35
IV BASES METODOLÓGICAS
4.1. Tipo de Investigación………………………………………… 38
4.2. Técnicas e Instrumentos de Recolección de Datos…………... 39
4.3. Fases de la Investigación…………………………………….. 40
V RESULTADOS, CONCLUSIONES Y RECOMENDACIONES
5.1. Resultados……………………………………………………. 42
5.2. Conclusiones…………………………………………………. 44
5.3. Recomendaciones……………………………………………. 46
REFERENCIAS BIBLIOGRÁFICAS ………….………………. 47
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REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA UNIVERSIDAD JOSÉ ANTONIO PÁEZ
FACULTAD DE CIENCIAS JURÍDICAS Y POLÍTICAS ESCUELA DE DERECHO CARRERA: DERECHO
PROCESOS CRIMINALÍSTICOS Y CRIMINOLÓGICOS QUE AYUDA N A LA INVESTIGACIÓN PENAL EN LAS DISTINTAS BRIGADAS D EL
CUERPO DE INVESTIGACIONES CIENTÍFICAS PENALES Y CRIMINALÍSTICAS DEBIDO A LAS CONDUCTAS DELICTUALES
PRESENTES.
RESUMEN INFORMATIVO
El presente informe de pasantías está dirigido Determinar los aportes de la Criminología en los procesos Criminalísticos que desarrollan las brigadas del Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas (C.I.C.P.C) de la subdelegación plaza de toro del estado Carabobo. el cual se puede decir que produce eficacia en dicha institución, generando mayor seguridad jurídica, cumpliendo de esta manera con lo establecido en la Constitución y demás leyes de la República.El enfoque más importante que se busca dentro de todo el proyecto en general, es saber si todos estos procesos son eficaces para así comprobar desde el punto de vista legislativo lo que se pretende, la lucha contra el delito, y para ello hay que reconocer a los delincuentes labor que se realiza en cada una de las brigadas por los funcionarios adscritos al Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas los cuales están bien adiestrados para la realización de dicha labor. Se utilizó un tipo de investigación documental, la recolección de los datos se realizó a través de la observación documental, considerando como herramienta útil para esta investigación el derecho penal y las técnicas de interpretación jurídica, de manera que fortalece la idea de comprobación científica del delito y del delincuente; es decir, hay algo que va mucho más allá del conocimiento de un delito.
Palabras Claves: C.I.C.P.C, Investigación, Criminalística, Delito, Delincuente.
Autor : Carlos Blanco. Tutor : Dra. Hegel Hernandez. Fecha: septiembre de 2014
INTRODUCCIÓN
Hasta ahora se ha considerado el delito como un concepto jurídico que los
legisladores traducen en prohibiciones, en formulas contenidas en un cuerpo principal
de leyes denominado Código Penal, o en otros códigos como el de Justicia Militar o
en leyes especiales. El delito así estimado es un ente jurídico, que describe una
porción de aquellas acciones que la cultura especial de un pueblo considera
antijurídicas, esto es contradictorio con la regulación armónica de convivencia
civilizada, que se ha formado en el país. Para que exista la criminalidad debe existir
un hecho delictivo y para que este fenómeno se forme intervienen múltiples factores
derivados, unos de la personalidad del delincuente, otros del mundo que le circunda al
hecho mismo, por tanto, el crimen es un producto bio-social que no puede
combatirse, únicamente con medidas unitarias sino con una diversidad de medios.
Estos medios son: preventivos, represivos y asegúrativos, así como las penas y
castigos, forman sólo una parte de la lucha contra la delincuencia y criminalidad.
El sistema policial de investigación de Venezuela confiere vital importancia al
respeto de la persona humana y la plena observación de los derechos humanos por
parte de todos sus miembros en el ejercicio de las funciones policiales. Dentro de los
fines perseguidos por esta institución se encuentran la investigación de los delitos, la
que requiere de un proceso metodológico técnico y científico especializado a fin de
poder explicar y esclarecer la comisión de un hecho punible y poder lograr su total
esclarecimiento.
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El propósito de desarrollar la presente investigación se encarnó en la necesidad
de determinar los aportes de la Criminología en los procesos Criminalísticos que
desarrollan las brigadas del Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y
Criminalísticas (CICPC) de la subdelegación valencia del estado Carabobo. Por ser
este un tema poco indagado, y de relevante importancia en el proceso penal
venezolano. Para tal efecto la investigación quedo estructurada de la siguiente
manera:
Capítulo I. Contiene la información institucional donde se desarrollo la
investigación; partiendo de su definición luego se presenta la reseña histórica, misión,
visión, valores institucionales, ubicación descripción y organización.
Capítulo II. Comprende la contextualización del problema, la formulación del
problema se establece el objetivo general y los objetivos específicos y se plantea la
justificación de la investigación.
Capítulo III. Describe el marco teórico, conformado por los antecedentes de la
investigación, bases teóricas, bases legales y la definición de términos básicos.
Capítulo IV. Está conformado por el Marco Metodológico y contiene el tipo de
investigación utilizado para el desarrollo del estudio, este a su vez comprende el
propósito, nivel y diseño. De igual modo en este capítulo de describen las técnicas e
instrumentos para la recolección de datos utilizados en la investigación y las fases
metodológicas.
Capítulo V. Refleja los resultados obtenidos con la investigación así como
también las conclusiones y recomendaciones. Finalmente se realiza una descripción
detallada de las referencias bibliográficas utilizadas.
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CAPÍTULO I
LA INSTITUCIÓN
1.1. Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas
(C.I.C.P.C)
Es el principal organismo de investigaciones penales de Venezuela, encargado
del esclarecimiento científico de los delitos con miras a la posterior aplicación de la
justicia por los órganos competentes.
1.2. Reseña Histórica
Al finalizar la dictadura del General Marcos Pérez Jiménez el país no disponía
de un cuerpo investigativo con carácter científico para los delitos. Esta situación se
trató de resolver a principios del gobierno provisional cuando asumió el control del
Estado, el 23 de enero de 1958 el Contralmirante Wolfgang Larrazábal Ugueto, quien
ordenó mediante el Decreto N° 3 de fecha 24 de enero de 1958, la disolución de la
Seguridad Nacional del Organigrama del Ministerio de Relaciones Interiores.
Con la promulgación del Decreto, el país quedó totalmente desprovisto de un
cuerpo de policía para la investigación criminal y no disponía de una estructura que
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se ajustase al esquema del nuevo proyecto socio-político planteado que pudiera
utilizarse como base institucional en la reconstrucción de una nueva policía, dedicada
solamente a la investigación criminal. Este vacío se resolvió con la creación de un
cuerpo de policía que iba a tener funcionamiento transitorio; es decir, emergencia del
momento, se creó una policía temporal denominada Criminológica para que actuara
en la parte delictiva.
No obstante esta policía transitoria no contaba con ningún ordenamiento
técnico ni jurídico como respaldo y tenía muchas limitaciones para enfrentar la
delincuencia, entre otras razones porque no manejaba las técnicas de investigación
moderna aplicables al campo policial a lo cual se sumaba que muchas de sus
actuaciones no contaban con ningún respaldo de acuerdo a las normas legales
establecidas. Por tal razón, fue sustituida, el 20 de febrero de 1958, mediante Decreto
Nº 48, estructurado en 14 artículos, refiriéndose los tres primeros entre otros aspectos,
a la forma operativa de cómo debía funcionar la nueva policía, designada con el
nombre de Cuerpo Técnico de Policía Judicial, estableciendo que sería dependiente
orgánicamente del Ministerio de Justicia y auxiliar del Poder Judicial.
El Ministro de Justicia Dr. René de Solá, estuvo encargado de nombrar al
Director para la nueva policía investigativa, como lo estableció el Decreto Nº 48 en
su artículo 8, debió hacer la propuesta a varios profesionales del Derecho, ya que se
consideraba que debía ser un abogado que ejerciera el cargo, por el conocimiento de
las leyes y la aplicación de las mismas con exactitud, aunque el decreto no lo
estableció. Numerosos fueron los rechazos a la postulación. Finalmente, el cargo fue
aceptado por el Doctor en Ciencias Políticas Rodolfo Plaza Márquez. Debido a la
relación de amistad con el Ministro y por planteárselo como un reto, desde esa fecha
hasta 1958 ejerció la profesión colaborando con el Consejo Venezolano del Niño.
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Por disposición de la Junta de Gobierno y de conformidad con el decreto Nº 48
de fecha 20 de febrero de 1958, se nombra al ciudadano Doctor Rodolfo Plaza
Márquez Director del Cuerpo Técnico de Policía Judicial, juramentado el 11 de
marzo de 1958, por el Dr. René de Sola, en el edificio Universidad sede del
Ministerio de Justicia en la Dirección de Administración siendo publicado en Gaceta
Oficial Nº 25.607. Ese mismo día por orden del Ministro, el Dr. Plaza inició
actividades acompañado por el doctor Carlos Eduardo Guerrero Galavís.
1.3. Misión
El Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas es una
institución que garantiza la eficiencia en la investigación del delito, mediante su
determinación científica, asegurando el ejercicio de la acción penal que conduzca a
una sana administración de justicia.
1.4. Visión
Ser la institución indispensable, por su reconocida capacidad científica y
máxima excelencia de sus recursos, con la finalidad de alcanzar el más alto nivel de
credibilidad nacional e internacional en la investigación del fenómeno delictivo
organizado y criminalidad violenta.
1.5. Valores Institucionales
Respeto, honestidad, ética, moral, disciplina, vocación de servicio.
1.6. Ubicación
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Avenida Monseñor Gregorio Adams, en el Sector Plaza de Toros, vía
Hipódromo.
1.7. Descripción
• Servir como órgano principal de Investigación Científica, Penales y
Criminalísticas.
• Fortalecerla idea de la comprobación científica del delito y del delincuente.
• Orientar la fase de investigativa del proceso.
• Generar eficiencia y organización en la investigación penal.
• Estar subordinado funcionalmente al Ministerio Público.
1.8. Organigrama
JEFE DE DESPACHO
Áreas de Análisis Asesoría Jurídica
Supervisor de Investigaciones
Técnica Sustanciación
Jefe De Investigaciones
Brigada
de
Homicidio
Brigada
de
persona
s
Brigada
de
Vehículo
Brigada
de
Droga
Brigada de
patrimonio
Brigada de
Violencia
Brigada de
Delincuencia
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CAPÍTULO II
EL PROBLEMA
2.1. Planteamiento del Problema
La justicia a nivel mundial constituye uno de los principales propósitos a
alcanzar por la mayoría de los países en donde impera un sistema garantista que
proteja los derechos y garantías de sus nacionales. Con el transcurrir de los años el
sistema jurídico de cada país busca según el principio de progresividad su mejoría en
cuanto a su aplicación, de esta manera el Derecho representa un orden normativo e
institucional de la conducta humana en la sociedad, inspirado en postulados de
justicia, cuya base son las relaciones sociales existentes que determinan su contenido
y carácter.
En este sentido ha sido evidente el invaluable aporte del derecho para el logro
de una armoniosa relación de convivencia humana, este a su vez busca en todas sus
áreas del saber abarcar cualquier situación que amerite ser reglada y de manera
objetiva ser resuelta; destacándose el derecho penal como una rama del derecho de
evidente importancia, pues éste es el conjunto de normas que regulan el ejercicio del
Grupo de Guardia I Grupo de Guardia II Grupo de Guardia III Grupo de Guardia IV
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poder sancionador estableciendo penas y delitos; por su parte Mariaca (2010) lo
define como “la rama del ordenamiento jurídico que contiene las normas impuestas
bajo amenaza de sanción” (p. 13). Sin embargo no basta con la existencia de un
compendio normativo que establezca penas y delitos, es necesario que exista una
imperatividad que obligue su cumplimiento y que además garantice su aplicación en
términos de justicia y respeto, buscando con ello sancionar al culpable y librar al
inocente.
Es por ello que surge la investigación penal entendida como el conjunto de
diligencias orientadas al descubrimiento y comprobación científica del delito, sus
características, la identificación de sus autores o partícipes, así como el
aseguramiento de los sujetos activos y pasivos.
La conducta humana siempre ha sido compleja y muchas ocasiones el origen
de sus actos es desconocido, de allí nacen diferentes ciencias y disciplinas que buscan
una respuesta al comportamiento criminal de los seres humanos. Por lo tanto, la
administración de justicia, se ha visto obligada a requerir el auxilio de datos cada vez
más objetivos y de medios de pruebas, por métodos científicos. Como la marcha
racional del espíritu para llegar al conocimiento de la verdad. La investigación se
puede definir como la serie de pasos que dan respuesta lógica a una pregunta
específica, la criminalística multidisciplinaria reúne conocimientos generales
sistemáticos ordenados, verificables y falibles. Esta es mucho más segura en
comparación con la subjetividad del testimonio de testigos.
En este sentido, el contexto donde se realizó la investigación está constituido
por uno de los organismos encargados de investigar la comisión de hechos punibles,
representado por el Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas
(C.I.C.P.C), quienes están en la obligación de realizar la diligencias de investigación
respetando los principios referentes a los derechos humanos y al debido proceso, con
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expresa consideración de la presunción de inocencia, derecho a la libertad y respeto a
los procedimientos establecidos. Con miras al logro de estos objetivos en cada
delegación se observa la división de las operaciones que realizan en diferentes
brigadas entre las que se pueden mencionar; la brigada de personas, brigada de
homicidios, brigada de delitos informáticos, brigada de extorción y secuestro y
brigada de robo entre otras.
Esta organización permite ampliar los conocimientos de cada funcionario,
debido a la experiencia por su trabajo de investigación en delitos específicos, sin
embargo aun cuando esta organización representa una herramienta que busca mejorar
la actividad investigativa, no pretende la obtención de información que brinde la
oportunidad de conocer los motivos por los cuales un determinado individuo
desarrolla una conducta delictual. De esta manera es preciso considerar que aun
cuando existen marcadas diferencias entre la criminalística y la criminología, ambas
deben actuar de la mano; por su parte Núñez (2009, p. 5) afirma que:
La confusión de terminología entre criminalística y criminología, ya viene desde hace tiempo. La criminología es una ciencia que alimenta al Derecho Penal, estudia el delito, el delincuente, la víctima y el control social, es decir un estudio del delito en general, en ocasiones con estadísticas. En cambio la criminalística investiga la forma de actuar del delincuente (como se cometió el hecho) e intenta individualizarlo. Es decir el estudio (investigación técnica) de un delito en particular.
Cabe considerar que son muchas las funciones asignadas legalmente a los
funcionarios que laboran dentro del Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y
Criminalísticas (C.I.C.P.C) de toda Venezuela; entre las que cuentan la de llevar a
cabo procedimientos de investigación relacionadas con cualquier delito, tipificado en
las normas penales ordinarias y especiales que se encuentran vigentes en el país, esto
con ocasión de esclarecer la forma como se produjo la comisión del hecho punible.
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De la posición del autor se desprende que si bien los procesos de orden Criminalístico
son relevantes para el descubrimiento del delito y de esta manera alcanzar los
objetivos de la investigación penal, si estos se realizaran en conexión con los
procesos de análisis de orden criminológicos los resultados obtenidos pudieran ser
más amplios en razón del aporte científico que reviste su análisis. Pues La
criminología, como se puede observar no se exterioriza de una manera independiente,
sistemáticamente cultivada. Sino que se deriva de diversas ramas de la investigación
humana, hasta que al final se llega a reunir todas estas piezas dispersas y con ello se
desarrolla una disciplina propia, llamada criminología.
En este orden de ideas las causas que generan la no aplicación de la
criminología en la investigación penal en Venezuela, son principalmente la carencia
manifiesta por el legislador de un enfoque social en la investigación penal. Al
respecto Gabaldon (2012, p. 7) afirma que:
Por una parte, como ha sostenido uno de los informes sobre encuadramiento jurídico institucional, si el texto constitucional, en aras de tornarla más efectiva y eficiente, dada su complejidad e importancia, reserva la competencia general de la investigación penal al C.I.C.P.C, resulta contrario a la voluntad de la Constitución, que por vía legal se le atribuyan otras funciones adicionales, todas de naturaleza administrativa, porque la figura de la mencionada reserva, configura implícitamente una prohibición de atribuirle al cuerpo policial, funciones diferentes a la investigación penal.
De la posición del autor se evidencia que la actuación del funcionario policial
de investigación bien pudiera abarcar otros ámbitos en pro una investigación más
completa, sin embargo su actuación se encuentra limitada al mandato legal. Por otra
parte se hace evidente la sobrecarga del trabajo de investigación motivo por el cual
los funcionarios no dedican la especial atención que merece la investigación en casos
de complejos matices; al respecto ob. cit (2012, p. 9) manifiesta que:
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Esta situación llevaría a estimular el uso de mecanismos informales de selección de los casos prioritarios, concentrándose los pocos esfuerzos disponibles en aquellas causas más fáciles de resolver e instruir o en aquellos que, por su notoriedad pública, estatus de la víctima opresiones de superiores, demanden atención privilegiada, en detrimento de la investigación del total de los casos y con el correspondiente aumento de la impunidad.
La realidad manifiesta por el autor, no es ajena a la Delegación, Plaza de Toro
del Cuerpo Técnico de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas del
estado Carabobo, en cuya delegación existe un permanente cumulo de investigaciones
por desarrollar, por lo que la actuación del funcionario en muchos casos se reducen a
recaudos formales que tienen poca incidencia en el desarrollo de la investigación,
mientras que se entiende como meta del trabajo la remisión del expediente al
Ministerio Público con los recaudos mínimos requeridos. Las consecuencia de una
investigación netamente criminalística y casi automatizada recaen en detrimento del
investigado o imputado por la comisión de cualquier hecho punible resaltando la falta
de humanización de la investigación.
Es importante destacar que la criminología en el país ha sido aplicada en lo que
respecta al derecho penal en la fase de ejecución de la sentencia, buscando con ella
analizar los motivos por el cual el sujeto desarrolla la conducta punible; así pues
Flores (2012, p. 40) afirma que:
La investigación criminológica, realizada en Latinoamérica ha estado reducida al estudio de las poblaciones penales condenada, concretamente a los individuos que se encuentran en las cárceles buscando en ellos las causas que los condujeron al delito, con la idea, quizás de poder tomar medidas para reducir la criminalidad, por lo que podría pensarse que se ha querido seguir la línea de la investigación aplicada. En todo caso las investigaciones realizadas han sido escasas y apartadas de la realidad latinoamericana.
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De manera que según la posición del autor, la investigación criminológica en
Latinoamérica ha buscado interpretar realidades de hecho, sin embargo esta ciencia
no debe ser encasillada para ser aplicada en situaciones en donde ya el sujeto se
encuentre condenado, por el contrario si se aplicara en fases anteriores del proceso
penal como la investigación los resultados podrían ser mas provechos y con ello se
buscaría minimizar los niveles de criminalidad y delincuencia que se conocen en la
actualidad.
Desde esta perspectiva que tiene su base en la posición del autor, cabe señalar
que la labor de investigación penal en Venezuela y específicamente la desarrolla por
los funcionarios del Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalística
de la subdelegación valencia del estado Carabobo; Es susceptible de ser analizada a
profundidad con la intensión de mejorar sus funciones garantizando así los ideales
perseguidos por la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela.
Es por ello que surgió la iniciativa de realizar la presente investigación con el
propósito de estudiar los procesos criminalisticos y criminológicos que sirven de
ayuda a la investigación penal y que son realizados por las distintas brigadas del
Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas (C.I.C.P.C). De
manera que con la presente investigación se pretende estudiar los aportes de la
criminología en la investigación penal.
2.2. FORMULACIÓN DEL PROBLEMA
¿Cuáles son los aportes de los procesos Criminológicos en el desarrollo de los
procesos Criminalísticos desplegados por las brigadas del Cuerpo de Investigaciones
Científicas Penales y Criminalísticas (C.I.C.P.C) de la subdelegación valencia del
estado Carabobo?
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2.3. OBJETIVOS DE LA INVESTIGACIÓN
2.3.1. Objetivo General
Determinar los aportes de la Criminología en los procesos Criminalísticos que
desarrollan las brigadas del Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y
Criminalísticas (C.I.C.P.C) de la subdelegación valencia del estado Carabobo.
2.3.2. Objetivos Específicos
• Diagnosticar la situación actual de los procesos Criminalísticos que realizan las
brigadas del (C.I.C.P.C) de la subdelegación valencia del estado Carabobo.
• Analizar la aplicación de los procesos criminológicos en las investigaciones
realizadas por las brigadas del (C.I.C.P.C) de la subdelegación valencia del estado
Carabobo.
• Demostrar la factibilidad de la aplicación de la Criminología en los procesos de
interés Criminalísticos.
2.4. JUSTIFICACIÓN Y ALCANCE DE LA INVESTIGACIÓN
Durante siglos se han buscado las causas, los factores y los procesos que llevan
al delito, La investigación criminal es el proceso tendiente a comprobar la existencia
de un delito y tendiente a comprobar la responsabilidad del autor. Tanto uno como el
otro conlleva a realizar una investigación y esta deberá ser llevada a cabo por un
investigador. La tarea de investigador no es sencilla y no cualquiera posee las dotes
necesarias. El investigador debe ser observador, sagaz, minucioso, paciente con
buena memoria, ordenado, intuitivo, discreto y perseverante.
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La presente investigación reviste gran importancia puesto que buscó analizar a
profundidad la relación existente entre la Criminología y la Criminalística y en qué
medida ambas pueden fusionarse en función del logro de los objetivos planteados en
la investigación penal; de igual modo posee relevancia teórica, práctica y
metodológica. En lo que respecta a lo teórico se encuentra plenamente justificada ya
que se profundizó en los conocimientos sobre estas ciencias auxiliares del derecho
penal a fin de lograr avances procesales en el desarrollo de la investigación penal.
Desde el punto de vista práctico el desarrollo del presente estudio representa
una contribución de incalculable valor tanto para el C.I.C.P.C como para los
operadores de justicia del área penal, debido a que plantea un análisis sustentado de
los aportes que puede otorgar la criminología a la investigación penal. Por ello es
pertinente señalar lo expresado por González (2001, p. 15) cuando considera que:
El Cuerpo de Investigaciones Penales, Científicas y Criminalísticas (CICPC), es el órgano principal en materia de investigaciones penal en Venezuela, este a través de la división de investigación de homicidios, cumple un papel preponderante y es la columna vertebral, la base principal de hacer respetar los principios constitucionales de las garantías humanas, es la división que se apoya en la investigación policial, para el esclarecimiento de los casos y determinar lo que realmente sucedió en el lugar de los hechos.
Tomando en cuenta que esta investigación se enmarca en el área del Derecho y
la Criminalística, con esta se logró avance del conocimiento sobre la temática en el
medio; pues hasta la actualidad no existía una investigación de esta naturaleza que se
haya realizado en la Universidad José Antonio Páez (UJAP).
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Así mismo se justifica metodológicamente ya que las técnicas e instrumentos
empleados en su desarrollo poseen validez y confiabilidad, pues los mismos fueron
extraídos de fuentes directas.
De igual modo, con esta investigación se busca nutrir de conocimientos a los
profesionales interesados en el área sobre los aportes de la Criminología en los
procesos Criminalísticos que desarrollan las brigadas del Cuerpo de Investigaciones
Científicas Penales y Criminalísticas (C.I.C.P.C) de la subdelegación valencia del
estado Carabobo. De igual modo presentar un material investigativo que valore a
profundidad la problemática planteada y con base a ello sirva a los funcionarios de la
delegación principal del C.I.C.P.C del estado Carabobo como herramienta que amplié
los conocimientos ya existentes sobre la materia. En tal sentido se espera que los
resultados y productos de la investigación sean una contribución al desarrollo de la
ciencia y de la sociedad, sirviendo de punto de partida para el desarrollo de otras
investigaciones sobre el tema.
Finalmente, los aspectos que motivaron al autor para la creación del Trabajo
Especial de Grado, fueron principalmente la carencia de investigaciones sobre el área
objeto de estudio y la poca disposición de profundizar conocimientos sobre un área
tan importante, de igual modo fue la carencia de material teórico práctico que existe
sobre el área.
2.5. LIMITACIONES DE LA INVESTIGACIÓN
Entre las limitaciones que se presentaron para el desarrollo de la investigación
destacan el factor tiempo de los funcionarios del C.I.C.P.C, puesto que el flujo de
trabajo es elevado dentro de la institución así mismo hermetismo en cuanto a la
operatividad dentro de la institución sin embargo al conocer las metas propuestas con
la elaboración del estudio que se pretende desarrollar se mostraron bastante
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interesados. Otra de las limitaciones de la realización de este proyecto de pasantías
son las horas otorgadas para su realización (160 hrs), por lo tanto es casi imposible y
complejo ahondar a profundidad en el tema a desarrollarse.
Por otro lado la deficiencia de material teórico existente sobre la materia
represento una limitación, para el logro de los objetivos planteados en la
investigación, ya que son pocos los autores que han escrito sobre la materia enfocado
específicamente en la etapa de investigación del proceso penal.
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CAPÍTULO III
MARCO TEÓRICO
En este capítulo se exponen los antecedentes relacionados con el problema
planteado de la investigación. Adicionalmente, las bases teóricas que proporcionan un
conocimiento exhaustivo del problema y la fundamentan; por lo que tiene el
propósito de darle un sistema coordinado y coherente de conceptos y proposiciones
que permitirán situar el problema y el resultado de su análisis dentro del conjunto de
conocimientos existentes. Por su parte Hernández, Fernández y Baptista (2007)
consideran que el marco teórico es: “un compendio escrito de artículos, libros y otros
documentos que describen el estado pasado y actual del conocimiento sobre el
problema de estudio. Nos ayuda a documentar como nuestra investigación agrega
valor a la literatura existente” (p. 36).
3.1 ANTECEDENTES DE LA INVESTIGACIÓN
Son aquellos que ofrecen al investigador conocer estudios previos sobre la
temática objeto de estudio; al respecto Claret (2009) define los antecedentes como
aquellos que “Se refieren a la revisión de trabajos previos sobre el tema en estudio
realizados fundamentalmente en instituciones de educación superior reconocidas, o
en su defecto, en otras organizaciones”(p. 19). Con base a ello los antecedentes de la
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investigación están constituidos por investigaciones realizadas por autores en
estudios anteriores las cuales permitirán tener una base para el desarrollo de la
investigación que se está desarrollando.
Por su parte, Hernández, M. (2013) en tu trabajo de investigación titulado: La
Criminalistica como Ciencia Multidisciplinaria y Auxiliar del Derecho Penal y su
Relación con los Casos de Homicidio en el estado Carabobo; Tema presentado en la
Universidad José Antonio Páez, para optar al título de Abogado; Con el desarrollo de
este estudio se planteo como propósito principal analizar la Criminalística como
ciencia multidisciplinaria auxiliar del derecho penal y su relación con la solución de
los casos de homicidios en el estado Carabobo. En la misma se utilizo metodología de
tipo descriptiva, con un diseño de campo, apoyada en la documentación y los
criterios referenciales de expertos. El diseño de investigación fue conformado en tres
fases: documentación levantamiento de aplicación, la población, se selecciono en el
universo de quienes ejercen funciones en el Cuerpo de Investigaciones Científicas
Penales y Criminalísticas del Estado Carabobo, consultadas mediante cuestionarios
pilicotomico, los datos se recogieron bajo un sistema de estadísticas maestral
aleatoria simple e intencional no probabilística , cuyo resultado recolectó la opinión
de toda población seleccionada, con los que se indago sobre la eficacia operativa , de
los procedimientos para la obtención y resguardo de evidencias del delito de
homicidio , que influye sobre la solución de los casos de homicidio en el estado
labores ejecutadas por la Brigada de homicidios Cuerpo Táctico o Especiales de
investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas.”
Esta investigación se relaciona de manera directa con la investigación
desarrollada, pues aun cuando la temática se diferencian aporto un gran cumulo de
información que crea un precedente sobre la problemática planteada.
28
Por otro lado Bohorquez, B. y Ginette, S. (2009) en su investigación que lleva
por título: Análisis de la Figura Delictual del Sicariato y su Incidencia en el
Municipio Maracaibo; tema presentado en la Universidad Rafael Urdaneta, de
Maracaibo estado Zulia, para optar al título de Abogado; el cual tuvo como objetivo
principal analizar de la figura delictual del sicariato y su incidencia en el municipio
Maracaibo. Para lo cual se utilizo una metodología de tipo descriptiva bajo un diseño
documental realizado según las normas metodológicas de la Universidad Rafael
Urdaneta. En la investigación se realizo una disertación sobre el delito sus teorías el
delito de homicidio y el análisis sobre el sicariato desde el punto de vista legal y
doctrinal subsiguientemente se comprendieron ciertas citas jurisprudenciales sobre
causas que están relacionadas con el delito del sicariato pero no expresan ningún tipo
de pronunciamiento del tribunal en torno al mismo, por cuanto se tratan de recursos
solicitados por las partes afectadas ante el tribunal supremo de justicia.
Así mismo se realizaron entrevistas no estructuradas a expertos de la brigadas
de homicidios del C.I.C.P.C delegación Maracaibo en el instituto de criminología de
la universidad del Zulia para conocer su opinión en cuanto a la figura delictual, sus
características las incidencias de este delito en los últimos años a este tenor se
recogieron datos estadísticos suministrados por el Cuerpo de Investigaciones
Científicas Penales y Criminalísticas delegación Maracaibo en cuanto a la acepción
del sicariato con otro móviles delictuales como el ajuste de cuentas, enfrentamientos
entre bandas, las venganza, entre otros del mismo modo se revisaron noticias
importantes e resaltantes en dos diarios de prensa regional Panorama y la Verdad, con
el fin de demostrar el aumento considerable de casos por sicariato en el municipio
Maracaibo en último lugar se propusieron positivas recomendaciones para suscitar
una mayor atención y estudio en relación al tema del sicariato como delito de acción
pública con el propósito de controlar su aumento y su impacto en la comunidad
marabina.
29
Este trabajo se relaciona de manera indirecta con la investigación que se
pretende desarrollar debido a que la intención principal del investigador fue el
análisis de la figura delictual especifica del sicariato; mientras que la presente tiene
la finalidad dar a conocer los aportes que puede presentar la utilización de la
criminología en la fase de investigación penal. Sirviendo de gran ayuda porque el
análisis realizado fue enfocado desde la perspectiva criminológica; significando así
un material teórico que amplía las bases sobre las cuales se desarrollarlo esta
investigación.
De igual modo, Posada, E. y Salazar, J. (2005) en su estudio titulado:
Aproximaciones Criminológicas y de la Personalidad del Abusador Sexual; tema
presentado en la Universidad Católica Andrés Bello (UCAB). Para optar al título de
Abogado: Esta investigación se ha generado dado que la impunidad es el mayor
incentivo para la comisión de toda clase de delitos Así, la sensación de que hay muy
pocas posibilidades de ser castigados, estimula a muchos seres humanos a llevar a
cabo actos que de otro modo no realizarían. Se trata de hechos en los que impera el
secreto rige la ley del silencio, la confusión de las víctimas y victimarios, en las que
se mezclan sentimientos de culpa, auto recriminación , terror y afecto en los casos de
abuso sexual intrafamiliar la violencia física o psicológica presente en el 100% de los
casos, la naturalización de los abusos al hacerle creer a las víctimas que lo que hacen
es normal, las amenazas, la responsabilidad siempre en cabeza del abusador y la
asimetría existente entre las criaturas abusadas y sus victimarios.
Todas estas realidades que conforman el fenómeno en estudio son
frecuentemente ignorados o minimizados por una parte importante de nuestra
sociedad, y si bien el análisis de las causas profundas de semejante actitud.
Esta investigación se relaciona de manera indirecta con la investigación
realizada debido a que aun cuando ambas tienen como variable a desarrollar los
30
procesos criminológicos; se diferencia en que la presente investigación busca la
implementación de la criminología en los procesos de investigación penal, mientras
que la investigación planteada busca analizar el perfil criminológico del abusador
sexual.
3.2. BASES TEÓRICAS
Investigación Criminal
Conforme a la doctrina jurídica tradicional, es el proceso tendiente a comprobar
la existencia de un delito y tendiente a comprobar la responsabilidad del autor. Al
respecto Guillen (2011) la define como: “…el conjunto de saberes interdisciplinarios
y acciones sistemáticas integrados para llegar el conocimiento de una verdad
relacionada con el fenómeno delictivo” (p. 48). Comprende el manejo de estrategias
que contextualizan el papel de la víctima, del delincuente y del delito como tal.
El dominio de la investigación como proceso metodológico se basa en los
principios y teorías de las respectivas ciencias; en los procedimientos jurídicos y la
reconstrucción del hecho mediante las circunstancias de tiempo, modo y/o lugar para
sustentar en forma técnico científica, los resultados conducentes al esclarecimiento de
un presunto delito y a la identificación de sus autores.
Que Comprende la Investigación Criminal
• El manejo de estrategias que contextualizan el papel de la víctima, del
delincuente y del delito como tal.
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• El estudio de las técnicas orientadas a contrarrestar, controlar y prevenir la
acción delictiva.
• El dominio de la investigación como proceso metodológico que se basa en los
principios y teorías de las respectivas ciencias, en los procedimientos jurídicos y la
reconstrucción del hecho mediante las circunstancias de tiempo, modo y/o lugar para
sustentar en forma técnico científica, los resultados conducentes al esclarecimiento de
un presunto delito y a la identificación de sus autores.
• El empleo de los principios y teorías de las ciencias y sus correspondientes
disciplinas que apoyan la acción investigativa.
• La aplicación de los procedimientos jurídicos.
• La reconstrucción del hecho para visualizar el todo de lo sucedido a través de
Circunstancia de modo tiempo y lugar.
En este sentido Smyth (2003, p. 233) considera que:
La Investigación Criminal, es decir, la investigación del delito y del delincuente, orienta su esfuerzo a establecer la verdad de los hechos y la responsabilidad de los mismos. En este esfuerzo convergen el accionar policial, fiscal y judicial. En la fase preliminar, una vez conocido el hecho, “notitia criminis”, y comprobado, se realizaran las diligencias preliminares básicamente en la escena. En el planeamiento, una vez identificado, delimitado y definido el problema, se formularán las hipótesis correspondientes sobre el hecho, la víctima y el autor; así mismo se planificarán las acciones y diligencias pertinentes. En la fase ejecutiva se procederá al acopio de la información según es planificado para verificar las hipótesis, a su análisis y al recaudo de pruebas. Las conclusiones comprenderán las conclusiones menores y la Conclusión general.
Importancia de la Investigación Criminal
La importancia de la investigación criminal reside en que el investigador tiene
conocimientos amplios y profundos del desarrollo de una investigación, teniendo en
cuenta el uso apropiado de los recursos y los pasos que debe seguir, según el caso (el
32
hecho punible) por investigar, partiendo de una buena planeación y coordinación en
procura de resultados propuestos, siempre apoyado por la criminalística, la cual
permite darle el aporte técnico-científico (objetivo). Rivera, (2008), considera que:
“La investigación criminal tiene como fin primordial la búsqueda de la verdad
mediante la reconstrucción histórica de los antecedentes para determinar cómo
ocurrió el hecho, quién, cuándo y por qué se cometió” (p. 123).
Metodología de la Investigación Criminalística
La metodología de la investigación criminal comprende diversas areas entre
ellas:
• Criminalística de Campo: Aplica los conocimientos, métodos y técnicas con el
objeto de proteger, observar y fijar el lugar de los hechos, así como para coleccionar y
suministrar las evidencias materiales asociadas al hecho al laboratorio de
criminalística.
• Balística Forense: Aplica los conocimientos, métodos y técnicas con el objeto
de investigar con sus ramas: interior, exterior y de efectos los fenómenos, formas y
mecanismos de hechos originados con armas de fuego cortas y largas portátiles.
• Documentoscopia: Aplica los conocimientos, métodos y técnicas con el objeto
de estudiar y establecer la autenticidad o falsedad de todo tipo de documentos como
escritura cursiva, de molde, mecanografiadas o de imprenta, haciendo probable la
identificación de los falsarios.
• Explosivos e Incendios: Aplica los conocimientos, métodos y técnicas en la
investigación de siniestros producidos por explosivos o incendios, a fin de localizar
cráteres, focos y además evidencias y determinar sus orígenes, formas y
manifestaciones.
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• Fotografía Forense: Aplica los conocimientos, métodos y técnicas a fin de
imprimir y revelar las gráficas necesarias en auxilio de las investigaciones que
aplican a todas las disciplinas de la criminalística.
• Hechos de Tránsito Terrestre: Aplica los conocimientos, métodos y técnicas a
fin de investigar los fenómenos, formas, orígenes y manifestaciones en
atropellamientos, colisiones entre dos o más vehículos, volcaduras, proyecciones
sobre objetos fijos y caídas de personas producidas por vehículos automotores.
• Sistemas de Identificación: Aplica los conocimientos, métodos y técnicas a fin
de identificar inequívocamente a personas vivas o muertas, putrefactas, descarnadas o
quemadas.
• Técnicas Forenses de Laboratorio: Aplica los conocimientos, métodos y
técnicas de las ciencias naturales química, física y biología a fin de realizar los
análisis y manejo propio del instrumental científico, para identificar y comparar las
evidencias materiales asociadas a hechos presuntamente delictuosos.
Perfil Criminal
El perfil criminológico puede definirse como una estimación acerca de las
características biográficas y del estilo de vida del responsable de una serie de
crímenes graves y que aún no se ha identificado. Garrido (2006, p. 68), considera
que:
El objetivo de este perfil es delimitar las características del presunto culpable para disminuir el rango de posibles culpables y ayudar a la policía focalizando y restringiendo las posibilidades de investigación, posibilitándoles el centrarse en los blancos realistas. Este punto es muy importante, ya que cuando se tratan de crímenes violentos o seriales, la alarma social y las posibilidades de que se vuelvan a repetir los hechos, hacen necesaria actuar con rapidez y detener cuanto antes al asesino.
No obstante, el perfil tiene sus limitaciones, no es una ciencia exacta, está
basada en el análisis de la huella psicológica que el asesino deja en sus crímenes y en
34
datos estadísticos recolectado de otros casos y de los datos teóricos aportados por la
psicología y la criminología. Estamos por tanto hablando de probabilidades.
Ámbitos de Aplicación del Perfil Criminológico
Generalmente, el uso del perfil criminológico se restringe generalmente a
crímenes importantes tales como homicidios y violaciones. Cuando se trabajan en
homicidios donde el culpable es un desconocido para la víctima, el perfil puede
ayudar a dar luz sobre el crimen y encaminar a la policía en sus investigaciones.
Cuando se quiere evaluar la posibilidad de relacionar varios homicidios,
realizar un perfil sobre el autor de los asesinatos puede ayudar a determinar si
estamos ante un asesino en serie o ante asesinos inconexos. En otras ocasiones, el
perfil ayuda a conocer ante qué tipo de personas nos enfrentamos y éste arma puede
usarse antes de su captura, provocando por ejemplo al agresor en los medios de
comunicación, y después de su captura, preparando los interrogatorios.
Otro ámbito de aplicación del perfil es su función teórica, en cuanto a que el
análisis y evaluación de casos sirven para aumentar el conocimiento que se tiene
sobre la propia técnica y sobre el hecho criminal.
Metodología del Perfil Criminológico
Para la elaboración de un perfil criminal es necesario el análisis y evaluación de
estas fuentes: escena del crimen, perfil geográfico, modus operandi y firma del
asesino y victimología.
35
• Escena del crimen: La escena del crimen es, como su nombre indica, el lugar
que el asesino ha elegido para matar a su víctima. Las escenas pueden ser varias si el
asesino ha usado varios lugares desde que atrapa su víctima hasta que la deja. Puede
atraparla en un sitio, torturarla en un segundo, matarla en un tercero y trasladarla a un
cuarto para abandonarla allí. En cualquier caso, la escena principal es donde la muerte
o agresión de mayor importancia y el resto son secundarias. Generalmente es en la
primaria donde hay más transferencia entre el asesino y su víctima, por lo cual suele
ser en la que hay más evidencias psicológicas y físicas. Es importante por esto la
protección de la escena o escenas del crimen ya que cada pista puede ser clave,
además, es necesario evaluar si ha habido una manipulación de dicha escena, lo que
suele llamarse actos de precaución o conciencia forense (cuando elimina pruebas
físicas).
• Perfil geográfico: Este perfil describe el aspecto geográfico donde se
desenvuelve el delincuente, sus escenas del crimen, los puntos geográficos de esos
crímenes, sus desplazamientos, el terreno en el que actúa, zona de riesgo, base de
operaciones. Este perfil nos dice mucho del mapa mental del criminal, que es la
descripción que el delincuente tiene en su cabeza de las zonas geográficas en las que
se desenvuelve en su vida. Su casa, su calle, su barrio, su ciudad están descritos en la
mente del criminal en función de las experiencias que ha tenido con cada uno de esos
lugares, nos describe su zona de confianza, su territorio, las zonas de influencia, cómo
se mueve y se desplaza por ellas.
La comprensión de estos datos nos puede dar información de en qué zona vive,
dónde debemos buscarlo y dónde puede actuar. Como cualquier depredador, éste
ataca a sus víctimas en el territorio en el que se sienta seguro, su presa tenga menos
posibilidades y pueda huir si es necesario. Como cualquier persona, las conductas que
requieren intimidad o que pueden provocar cierto estrés, son más fáciles de realizar
36
en terreno conocido que en aquel desconocido que nos provoca inseguridad. Para el
asesino en serie matar es su objetivo, pero no olvida su sentido de supervivencia que
le hace tratar de evitar que le capturen. Por eso va a matar en aquellas zonas en las
que se sienta cómoda. Este hecho puede desaparecer en determinado tipo de asesino
en serie, en concreto en los desorganizados, en lo que su sed de muerte se produce
por impulsos y no tiene tanto control sobre ese aspecto. Generalmente, su deterioro
mental también hace que no planifique tanto sus crímenes.
Por otro lado, ese deterioro mental hace que no sea capaz de desplazarse a
grandes distancias para buscar a su víctimas ni para acabar con sus vidas, por lo que
también actúa en su zona geográfica. El estudio de casos ha mostrado que en la
mayoría de los asesinos en serie, sus primeros actos se realizan cerca del lugar donde
reside o trabaja y posteriormente se van alejando a medida que van adquiriendo
seguridad y confianza. Cuando decimos cerca del lugar donde vives es una cercanía
relativa ya que el asesino tampoco se va a exponer a ser reconocido actuando en
lugares muy próximos a su hogar y en el que las posibles víctimas y testigos puedan
conocerlo. Un tipo de asesino, el viajero, rompe esta regla en cuanto a que prefiere
viajar lejos de su zona habitual de residencia para matar.
• Modus operandi y firma: El modus operandi es el método que usa el asesino
para llevar a cabo su crimen, describe las técnicas y las decisiones que el asesino ha
tenido que tomar. De esta evaluación sacamos información sobre cómo mata nuestro
asesino y qué características psicológicas se pueden deducir de este método:
planificador, inteligente, profesión que puede desarrollar, descuidado, perfeccionista,
sádico. El modus operandi, al contrario que la firma, puede variar a lo largo del
tiempo puesto que, como habilidades, pueden aprenderse o evolucionar o degenerarse
con los crímenes posteriores. El modus operandi tiene naturaleza funcional. (Garrido,
37
2006) y tiene tres metas: proteger la identidad del delincuente, consumar con éxito la
agresión y facilitar la huida.
Por lo que se refiere a la firma, ésta es el motivo del crimen, el por qué, refleja
la razón por la que el asesino hace lo que hace. Nos da una información más profunda
ya que nos presenta qué quiere decir con el crimen, y más psicológica puesto que nos
habla de sus necesidades psicológicas. El asesino mantiene su firma estable a lo largo
de su carrera criminal, por lo que, aunque cambie su modus operandi podemos
relacionarlo por dicha firma. Esto no quiere decir que físicamente la conducta o
conductas que describen la firma del delincuente no puedan cambiar. El aspecto
profundo de la firma no cambia, la ira, venganza, sadismo permanece inalterable pero
la forma de plasmarla puede evolucionar, incrementar, disminuir o degenerarse en
función del propio desarrollo de la motivación a la que representa.
• Victimología: La víctima tiene una importancia crucial puesto que es la
protagonista del hecho criminal, presencia el crimen en primera persona, sobre ella
recae el acto criminal y se representan el modus operandi y la firma del asesino. Si la
víctima sobrevive puede aportar mucha información de primera mano acerca de su
agresor y de sus circunstancias, si ésta fallece es necesario realizar una autopsia
psicológica. En esta autopsia se tratan de recoger varios aspectos personales y
sociales de la víctima. Es necesario reunir una serie de información respecto a su
domicilio, educación, estado civil, aficiones, situación económica, temores, hábitos,
enfermedades, amistades, trabajo.
De toda esta información se desprende primariamente una clasificación de la
víctima en cuanto al riesgo que suponen para ser agredidas. En este caso hablamos de
víctimas de bajo y del alto riesgo (Ressler 2005). Como es lógico, las víctimas de alto
riesgo tienen una mayor probabilidad de ser atacadas y además de no suponer muchos
38
problemas para sus atacantes. Por otra parte, el estudio y análisis de la víctima nos da
información de cómo su asesino se relaciona con sus víctimas, lo que nos proporciona
una huella psicológica importante para realizar el perfil. En un crimen hay dos
protagonistas, el asesino y su víctima, entre ellos hay una relación, el asesino usa a la
víctima para narrar su historia, para satisfacer sus fantasías personales pero también
para dejar constancia de su relación con el mundo. Y es en esta relación donde se
refleja más su personalidad.
3.3. BASES LEGALES
En esta sección de la investigación se encuentran plasmados los fundamentos
jurídicos o entorno legislativo que sustentan la investigación y que se encuentran
relacionados con la participación ciudadana y los órganos de administración de
justicia.
Constitución de la República Bolivariana de Venezuela
La Constitución de la República Bolivariana de Venezuela Titulo VII
Seguridad de la Nación Capítulo IV de los Órganos de seguridad ciudadana establece
los órganos encargados de la seguridad ciudadana por lo cual le da el carácter
constitucional al Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas
Artículo 332: El Ejecutivo Nacional, para mantener y restablecer el orden
público, proteger al ciudadano o ciudadana, hogares y familias, apoyar las decisiones
de las autoridades competentes y asegurar el pacífico disfrute de las garantías y
derechos constitucionales, de conformidad con la ley, organizará:
1.- Un Cuerpo Uniformado de Policía Nacional.
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2.- Un Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas.
3.- Un Cuerpo de Bomberos y Bomberas y Administración de Emergencias de
Carácter Civil.
4.- Una Organización de Protección Civil y Administración de Desastres.
Los órganos de seguridad ciudadana son de carácter civil y respetaran la
dignidad y los derechos humanos, sin discriminación alguna. La función de los
órganos de seguridad ciudadana constituye una competencia concurrente con los
Estados y Municipios en los términos establecidos en esta Constitución y la ley.
Título III: Derechos Civiles
La Constitución Nacional, establece la actuación de los expertos en
Inspecciones Técnicas y por ende de las actuaciones deperitaje sobre dando su
basamento legal desde el mismo momento en que ésta establece la creación de un
Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas., así mismo el
artículo 49 de la Carta Magna establece lo siguiente:
Artículo 49: El debido proceso se aplicará a todas las actuaciones judiciales y
administrativas; en consecuencia:
1.- La defensa y la asistencia jurídica son derechos inviolables en todo estado y
grado de la investigación y del proceso. Toda persona tiene derecho a ser notificada
de los cargos por los cuales se le investiga, de acceder a las pruebas y de disponer del
tiempo y de los medios adecuados para ejercer su defensa. Serán nulas las pruebas
obtenidas mediante violación del debido proceso. Toda persona declarada culpable
tiene derecho a recurrir del fallo, con las excepciones establecidas en esta
Constitución y la ley.
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2.- Toda persona se presume inocente mientras no se pruebe lo contrario.
3.- Toda persona tiene derecho a ser oída en cualquier clase de proceso, con las
debidas garantías y dentro del plazo razonable determinado legalmente, por un
tribunal competente, independiente e imparcial establecido con anterioridad. Quien
no hable castellano o no pueda comunicarse de manera verbal, tiene derecho a un
intérprete.
4.- Toda persona tiene derecho a ser juzgada por sus jueces naturales en las
jurisdicciones ordinarias, o especiales, con las garantías establecidas en esta
Constitución y en la ley. Ninguna persona podrá ser sometida a juicio sin conocer la
identidad de quien la juzga, ni podrá ser procesada por tribunales de excepción o por
comisiones creadas para tal efecto.
5.- Ninguna persona podrá ser obligada a confesarse culpable o declarar contra sí
misma, su cónyuge, concubino o concubina, o pariente dentro del cuarto grado de
consanguinidad y segundo de afinidad. La confesión solamente será válida si fuere
hecha sin coacción de ninguna naturaleza.
6.- Ninguna persona podrá ser sancionada por actos u omisiones que no fueren
previstos como delitos, faltas o infracciones en leyes preexistentes.
7.- Ninguna persona podrá ser sometida a juicio por los mismos hechos en virtud
de los cuales hubiese sido juzgada anteriormente.
8.- Toda persona podrá solicitar del Estado el restablecimiento o reparación de la
situación jurídica lesionada por error judicial, retardo u omisión injustificados. Queda
a salvo el derecho del o de la particular de exigir la responsabilidad personal del
magistrado o de la magistrada, del Juez o de la Jueza; y el derecho del Estado de
actuar contra éstos o éstas.”
41
El Decreto con Fuerza de Ley de los Órganos de Investigaciones
Científicas, Penales y Criminalísticas, Título II, Capítulo I.
Investigación Penal
Artículo 8: A los efectos del presente Decreto Ley se entenderá como
investigación penal el conjunto de diligencias orientadas al descubrimiento y
comprobación científica del delito, sus características, la identificación de sus autores
o participes, así como el aseguramiento de sus objetos activos y pasivos.
Establece las competencias del C.I.C.P.C, como "órgano principal en materia de
investigaciones penales", que estará "al servicio exclusivo de los intereses del
Estado".
Artículo 11. Corresponde al órgano principal de investigaciones penales:
Practicar las diligencias que le ordene el Ministerio Público, encaminadas a investigar
y hacer constar la perpetración de un hecho punible, con todas las circunstancias que
puedan influir en su calificación y la responsabilidad de los autores y demás
partícipes, identificación de las víctimas, de las personas que tengan conocimiento de
los hechos, así como el aseguramiento de los objetos activos y pasivos relacionados
con el delito.
• Colaborar con los demás órganos de seguridad ciudadana en la creación de
centros de prevención del delito y en la organización de los sistemas de control o
bases de datos criminalísticos para compartir la información de los servicios de
inteligencia, en cuanto a narcotráfico, terrorismo internacional, desaparición de
personas, movimiento de capitales ilícitos, delincuencia organizada y otros tipos
delictivos.
• Elaborar, analizar en coordinación con el Instituto Nacional de Estadística y
presentar al Ministerio del Interior y Justicia las estadísticas de criminalidad, cuando
42
sean requeridas, con el objeto de adoptar las políticas de prevención y se apliquen las
medidas necesarias para garantizar el fin del Estado en materia de seguridad.
• Desarrollar políticas de prevención, orientación, publicidad, colaboración e
información a fin de aplicar medidas técnicas que permitan reducir y evitar la
actividad delictiva.
• Auxiliar en caso de necesidad a la Dirección Nacional de Identificación y
Extranjería, y colaborar en la identificación, localización y aprehensión de
ciudadanos extranjeros solicitados por otros países.
• Las demás actuaciones o funciones que le sean atribuidas de conformidad con
la ley.
Capítulo III, Actuación de los Órganos de Investigaciones Penales, Sección
Primera, Actuación del Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y
Criminalísticas Actividad de investigación criminal.
Artículo 16. La actividad de investigación criminal debe ser ejercida por el
Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas, bajo la dirección del
Ministerio Publico. Los demás órganos de seguridad ciudadana sólo podrán realizar
actividades de investigación criminal en los casos legalmente previstos, con sujeción
absoluta al ámbito de sus competencias, o ejercer funciones auxiliares en el marco de
sus atribuciones, siempre y cuando sean requeridas por el Fiscal del Ministerio
Público o por el Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas,
respetando la no interferencia en funciones propias de la investigación criminal.
Código Penal; Título I, De la aplicación de la ley penal
Artículo 1: Nadie podrá ser castigado por un hecho que no estuviere
expresamente previsto como punible por la ley, ni con penas que ella no hubiere
establecido previamente.
43
Código Orgánico Procesal Penal. Capítulo IV, De los Órganos de Policía de
Investigaciones Penales.
Órganos
Artículo 113. Son órganos de policía de investigaciones penales los
funcionarios o funcionarias a los cuales la ley acuerde tal carácter, y todo otro
funcionario o funcionaria que deba cumplir las funciones de investigación que este
Código establece.
Facultades
Artículo 114. Corresponde a las autoridades de policía de investigaciones
penales, la práctica de las diligencias conducentes a la determinación de los hechos
punibles y a la identificación de sus autores o autoras y partícipes, bajo la dirección
del Ministerio Público.
Investigación Policial
Artículo 115. Las informaciones que obtengan los órganos de policía, acerca de
la perpetración de hechos delictivos y de la identidad de sus autores o autoras, y
demás partícipes, deberá constar en acta que suscribirá el funcionario o funcionaria
actuante, para que sirvan al Ministerio Público a los fines de fundar la acusación, sin
menoscabo del derecho de defensa del imputado o imputada.
Sección Sexta, De la Experticia
Experticias
44
Artículo 223. El Ministerio Público realizará u ordenará la práctica de
experticias cuando para el examen de una persona u objeto, o para descubrir o valorar
un elemento de convicción, se requieran conocimiento o habilidades especiales en
alguna ciencia, arte u oficio.
El o la Fiscal del Ministerio Público, podrá señalarle a los o las peritos
asignados, los aspectos más relevantes que deben ser objeto de la peritación, sin que
esto sea limitativo, y el plazo dentro del cual presentarán su dictamen.
Peritos
Artículo 224. Los o las peritos deberán poseer título en la materia relativa al
asunto sobre el cual dictaminarán, siempre que la ciencia, el arte u oficio estén
reglamentados. En caso contrario, deberán designarse a personas de reconocida
experiencia en la materia.
Los o las peritos serán designados o designados y juramentados o juramentadas
por el Juez o Jueza, previa petición del Ministerio Público, salvo que se trate de
funcionarios adscritos o funcionarias adscritas al órgano de investigación penal, caso
en el cual, para el cumplimiento de sus funciones bastará la designación que al efecto
le realice su superior inmediato.
Serán causales de excusa y recusación para los o las peritos las establecidas en
este Código. El o la perito deberá guardar reserva de cuanto conozca con motivo de
su actuación.
En todo lo relativo a los traductores o traductoras e intérpretes regirán las
disposiciones contenidas en este artículo.
3.4. DEFINICIÓN DE TÉRMINOS BÁSICOS
45
• Acción: es la vía de derecho por la cual un particular o el Ministerio Publico
ante un Tribunal se aplican la ley a un caso determinado. Diccionario de la Real
Academia Española (2001)
• Cadena de Custodia: Herramienta que garantiza la seguridad, preservación e
integridad de los elementos probatorios colectados, recibidos y examinados que
aportan indicios y pruebas a la investigación penal, los cuales están bajo la estricta
responsabilidad de los cuerpos de investigación penales su guarda y almacenaje
deben corresponder con las normativas establecidas en el Manual Único de
Procedimientos. Enciclopedia Omega (1990)
• Criminalística de Campo: Llamada criminalística de campo es aquella donde
se entiende la investigación que se lleva a cabo en el propio lugar de los hechos.
Enciclopedia Omega (1990)
• Criminalística de laboratorio: es la que se realiza en los laboratorios de
criminalística donde se encuentran los instrumentos usados para el examen de los
indicios. Diccionario de la lengua Española (2006)
• Criminalística: Disciplina que estudia el delito tal como se ha producido,
como hecho material, con el auxilio de las ciencias naturales, con el fin de precisar su
forma concreta de comisión y la identificación de sus autores. Diccionario de la
lengua Española (2006)
• Criminología: Disciplina que estudia el fenómeno delictivo como hecho
individual y social, en sus orígenes, manifestaciones, evolución y progreso. Larousse
(2002)
46
• Delito: Acción u omisión de un acto que castiga la Ley Penal. Diccionario
Teide (1975)
• Experticia: Es una prueba pericial. Es un medio probatorio personal que busca
la convicción de, Juez sobre la existencia o inexistencia de ciertos hechos a través de
personas con conocimientos técnicos o científicos especiales. Diccionario de la Real
Academia Española (2001)
• Investigación criminal: es el proceso tendiente a comprobar la existencia de
un delito y probar la responsabilidad del autor. Diccionario de la lengua Española
(2006)
• Prueba: Demostración de la existencia de un hecho físico o jurídico, según las
formas y condiciones exigidas por la ley. Diccionario de la lengua Española (2006)
• Psicología Judicial: Conjunto de Conocimientos sistemáticos sobre las
características y reacciones psicológicas de los diversos sujetos que intervienen en el
proceso (juez, testigos, reo, etc). Diccionario Enciclopédico Omeba (1969)
47
CAPÍTULO IV
BASES METODOLÓGICAS
La metodología está referida al conjunto de procedimientos lógicos, tecno –
operacionales implícitos en todo proceso de investigación, con objeto de ponerlos de
manifiesto y sistematizarlos. Por su parte Ramírez (1998), considera que la
metodología “... constituye la médula de la investigación” (p. 57), refiere al desarrollo
propiamente dicho del trabajo investigativo. La metodología de investigación por ser
la herramienta para desarrollar conocimiento es más bien estable, convencional con
criterios estandarizados y transversales que permiten que el conocimiento sea
comunicable en diferentes campos disciplinares, contextos y regiones del mundo.
4.1. TIPO DE INVESTIGACIÓN
Propósito: En cuanto al propósito la presente investigación es teórica puesto
que esta amplia las bases teóricas existentes la problemática planteada, por su parte
Pardinas (2005, p. 223) define la investigación teórica como:
La construcción de una teoría o parte de la misma, pero también lo es reconstruirla, reestructurarla, reformularla, remodelarla, fundamentarla, integrarla, ampliarla o desarrollarla. Igualmente, es investigación teórica la revisión o el examen de una teoría o de alguna de sus partes o aspectos, el contratarla, comprobarla, validarla o verificarla, cuestionarla, impugnarla, rebatirla o refutarla.
48
Nivel: Atendiendo al nivel de la investigación se considera de tipo descriptivo
debido a que la futura investigación busca interpretar realidades de hecho; por su
parte Rivas (1995) señala que la investigación descriptiva, “trata de obtener
información acerca del fenómeno o proceso para describir sus implicaciones” (p. 54).
Este tipo de investigación, no se ocupa de la verificación de la hipótesis, sino de la
descripción de hechos a partir de un criterio o modelo teórico definido previamente.
Diseño: De acuerdo a la estrategia o diseño de la investigación es documental,
que para Arias (2004) expresa que ésta “es un proceso basado en la búsqueda,
recuperación, análisis, crítica e interpretación de datos secundarios, es decir, los
obtenidos y registrados por otros investigadores en fuentes documentales: impresas,
audiovisuales o electrónicas” (p. 25). Para llevar a cabo satisfactoriamente la
investigación se requiere la definición de los requerimientos por medio de una
documentación que permite darle soporte y mayor veracidad al estudio realizado y
obtener nuevos conocimientos para su análisis.
4.2. TÉCNICAS E INSTRUMENTOS DE RECOLECCIÓN DE DATOS
Las técnicas que se utilizarán en la investigación son la observación directa que
según el autor (op. cit), indica que esta consiste “en visualizar o captar mediante la
vista, en forma sistemática, cualquier hecho, fenómeno o situación que se produzca
en la naturaleza o en la sociedad, en función de unos objetivos de investigación pre-
establecidos”. (p.67).
Así mismo, se aplicará la técnica documental que consiste en la revisión
bibliográfica y la entrevista que tiene como objetivo recabar información, adiestrarse
en los recursos y modalidades de la misma.
49
Los instrumentos son todos aquellos medios de los cuales se vale el
investigador para poder tener un contacto directo con la fuente de información y a su
vez poder recabar la información necesaria para el desarrollo de la investigación; por
su parte Palella y Martins (2010) consideran que “un instrumento de recolección de
datos es, en principio, cualquier recurso del cual pueda valerse el investigador para
acercársele a los fenómenos y extraer de ellos información” (p. 125). Los
instrumentos que se utilizarán para la recolección de datos en la investigación fueron
la ficha bibliográfica, ficha hemerografica, reporte de páginas electrónicas, ficha de
trabajo entre otras.
4.3. FASES DE LA INVESTIGACIÓN
En atención a esta modalidad de investigación, se introdujeron tres (3) fases en
el estudio, a fin de cumplir con los requisitos involucrados en un estudio documental:
Fase 1: Objetivo No. 1
Diagnosticar la situación actual de los procesos Criminalísticos que realizan las
brigadas del (C.I.C.P.C) de la subdelegación valencia del estado Carabobo. Con este
objetivo se pretendió presentar una visión general sobre la situación actual de los
procesos criminológicos realizados las brigadas del (C.I.C.P.C) de la subdelegación
valencia del estado Carabobo, permitiendo al investigador precisar la situación real
actual. Para el logro de tal objetivo el investigador realizo una investigación
exhaustiva durante el periodo de pasantías en esta institución.
Fase 2: Objetivo No. 2
Analizar la aplicación de los procesos criminológicos en las investigaciones
realizadas por las brigadas del (C.I.C.P.C) de la subdelegación valencia del estado
50
Carabobo. El investigador se planteo este propósito con la intensión de evaluar la
viabilidad de la aplicación de los procesos criminológicos en la investigación penal, a
fin de determinar los aportes de esta importante ciencia en la fase de investigación
penal.
Fase 3: Objetivo No. 3
Demostrar la factibilidad de la aplicación de la Criminología en los procesos de
interés Criminalísticos. Finalmente con base a los resultados obtenidos con los dos
primeros objetivos el investigador buscó con este objetivo dar a conocer la
factibilidad de la utilización de la criminología, logrando así aportar un material
teórico que sustente los fundamentos que apoyan la iniciativa.
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CAPITULO V
RESULTADOS, CONCLUSIONES Y RECOMENDACIONES
5.1. RESULTADOS
Entre los resultados obtenidos, se destacan los principales logros del trabajo,
cuyo objetivo fue determinar los aportes de la Criminología en los procesos
Criminalísticos que desarrollan las brigadas del Cuerpo de Investigaciones Científicas
Penales y Criminalísticas (C.I.C.P.C) de la subdelegación valencia del estado
Carabobo, evidenciándose que la formulación de propuestas pretende fijar posiciones
que sustenten la utilización de la criminología en el desarrollo de procesos
criminalísticas. Partiendo de ello se debe mencionar que la investigación contribuye a
lucha contra la delincuencia puesto que esta no admite desmayos en el afán de
combatirla, cada día vemos como se apoya, tecnifica y entrena al antisocial, mientras
que las autoridades, no se da tiempo en evaluaciones. El avance de la criminalidad,
exige un trabajo más complejo de la técnica policial, lo que lleva a desarrollar
métodos de estudios modernos; es así que la criminalística surge como auxiliar
indispensable del derecho penal. Podemos decir que es una ciencia humana; ya que se
realiza por humanos pero auxiliado por todas las ciencias, para darle mayor
efectividad y el menor error posible.
52
La conducta humana siempre ha sido compleja y en muchas ocasiones el origen
de sus actos es desconocido, de allí nacen diferentes ciencias y disciplinas que buscan
una respuesta al comportamiento criminal de los seres humanos. Por lo tanto, la
administración de justicia, se ha visto obligada a requerir el auxilio de datos cada vez
más objetivos y de medios de pruebas, por métodos científicos. Se entiende por
método científico, (del griego métodos de meta y con dos de vía) como la marcha
racional del espíritu para llegar al conocimiento de la verdad. La investigación se
puede definir como la serie de pasos que dan respuesta lógica a una pregunta
específica, la criminalística multidisciplinaria reúne conocimientos generales
sistemáticos ordenados, verificables y falibles. Esta es mucho más segura en
comparación con la subjetividad del testimonio de testigos y de la criminología como
ciencia auxiliar. La naturaleza de la criminalística es explicativa; todas las ciencias
que con ella colaboran así lo demuestran, tienden a conseguir una repuesta lógica y
coherente, racional a las incógnitas criminales.
38
53
5.2. CONCLUSIONES
El análisis de los procesos criminalisticos y criminológicos que ayudan a la
investigación penal en las distintas brigadas del C.I.C.P.C, es una labor de alta
efectividad, pues brinda el resguardo y certeza de las causas, brindando rapidez en su
recuperación y búsqueda, reafirmando parámetros de conservación y seguridad
adecuados a las normas, brindando como garantía de que cada caso estará
debidamente procesado.
Durante siglos se han buscado las causas, los factores y los procesos que llevan
al delito, pero más allá del acierto o no de los resultados obtenidos (todos nos han
legado algo), cabe plantearse la cuestión de otra manera, dado que en las conocidas
condiciones criminógenas que encontramos cotidianamente ya no merece la pena
explicar el crimen, sino trabajar sobre las razones por las cuales a pesar de todo hay
gente que no delinque. Los paradigmas han cambiado (tal vez se ven diferentes), y
seguirán haciéndolo, puesto que se imponen otros planteos, tales como abatir la
violencia, brindar seguridad, superar el castigo, revisar la ley y recuperar a la víctima.
En suma, democratizar la sociedad también desde el aseguramiento de los bienes
jurídicos de todos.
En un momento particular de la sociedad, dado por la comunicación masiva, el
ciberespacio financiero, la cooperación penal internacional, el aumento de delitos, la
desprotección de la víctima y el preocupante expansionismo penal, resulta apropiado
54
detenerse a meditar sobre algunas cosas que están pasando, pues que podemos ser
protagonistas y no meros espectadores. Los paradigmas sobre el crimen van siendo
absorbidos por la compleja problemática social, ya que el progreso del hombre
incuestionable en muchos aspectos tales como el conocimiento, el saber científico y
las comunicaciones nos ubica en la encrucijada de replantear la cuestión del crimen.
El desvalor social del delito supondría una identidad comunitaria ofendida por la
conducta que ocasiona un daño o menoscabo social. Sin embargo, tal afirmación no
condice con los conflictos culturales ocasionados por procesos discriminatorios
masivos, de extra y macro victimización. Allí, el desvalor inicial o primario estaría en
la desatención hacia esos sectores o cortes transversales de la misma comunidad.
En tales circunstancias, la problemática delictual sería de segundo y tercer
orden, puesto que la prevención debería dirigirse hacia los procesos de victimización
generadores de reacciones quizás no del todo justificadas, pero atendibles comunitaria
y humanitariamente. Estoy convencido de que la violencia (sin importar de dónde
provenga) es inaceptable. La violencia de segundo orden, vale decir la que responde a
una primaria, solo puede ser aplicable en su mínima expresión (legítima defensa
individual y social), pero no debe ser el objeto de legitimación de la violencia, sino
una respuesta deficiente porque no hemos encontrado todavía otra más racional.
En estos momentos la política criminal está ofreciendo soluciones meramente
formales a problemas reales. Esas soluciones representan un simple progreso
manuscrito, pero vacío de contenido, hueco de respuestas a los problemas sociales
que dan lugar a no pocas conductas transgresoras.
55
5.3. RECOMENDACIONES
• El personal debe participar en charlas talleres, cursos, Conferencias entre otras.
Para seguir estando actualizados en el área jurídica, penal y criminalística.
• Incentivar al personal a través de reconocimiento al logro.
• Seguir planificando actividades por departamento para la organización de cada
brigada.
• Aplicar normas y correctivos al momento de estudio por Brigadas y
departamentos.
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