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Hernán F. Pirsch Página 1 UNIVERSIDAD NACIONAL DE LUJAN MEDIOS DE PAGO DEL COMERCIO INTERNACIONAL

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    UNIVERSIDAD NACIONAL DE LUJAN

    MEDIOS DE PAGO DEL

    COMERCIO INTERNACIONAL

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    MEDIOS DE PAGO

    MEDIOS DE PAGO: Son aquellas modalidades con las cuales el importador puede cancelar la deuda contraída con el exportador. Son los instrumentos con los que cuenta un importador para cancelar una obligación que contrajo con un exportador, fruto de un contrato de compra venta internacional. Son los medios con que cuenta una persona (Importador) para cancelar su deuda con otra persona (Exportador) a raíz de un contrato. PRINCIPAL OBLIGACIÓN DEL EXPORTADOR: Entregar la mercadería en tiempo y forma. PRINCIPAL DERECHO DEL EXPORTADOR: Cobrar por la mercadería entregada en tiempo y forma. PRINCIPAL DERECHO DEL IMPORTADOR: Exigir la entrega y la posesión de la mercadería en tiempo y forma. PRINCIPAL OBLIGACIÓN DEL IMPORTADOR: Cancelar la deuda por esa mercadería entregada en tiempo y forma. INSTRUMENTO: Es la forma en que se cancela la deuda, son los elementos a usar. PLAZO: Es el tiempo en que se cancela la deuda (cuando). Los instrumentos más usados son:

    Cheque Pagaré

    Orden de Pago ó Transferencia. Letra de Cambio. Carta de crédito.

    Cobranza. Pago en cuenta abierta.

    Pago contra reembolso. Intercambio compensado. Alquiler.

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    MODALIDAD INSTRUMENTO PLAZO

    CUENTA CORRIENTE

    (OPENS TERMS)

    CHEQUE CONTADO

    ANTICIPADO

    ORDEN DE PAGO

    VISTA

    COBRANZA BANCARIA

    A "X" DIAS DE PLAZO

    CARTA DE CREDITO

    COMBINADO (EF. Y A PLAZO)

    El PAGO ANTICIPADO es aquel que se realiza antes de la recepción de la mercadería. El Vendedor fija el momento en que recibirá ese pago anticipado. Generalmente se fija el pago anticipado por dos aspectos:

    ES UNA FORMA DE FINANCIACION.

    POR EL RIESGO. Estos dos factores son los que deben analizar al momento de evaluar una operación. La CUENTA CORRIENTE es de amplia utilización entre empresas que comercializan desde bastante tiempo y gran confianza entre ellos. Como su nombre lo indica, importa una transferencia de fondos entre cuentas, sin las garantías y los recaudos que tienen las operaciones analizadas anteriormente. La cuenta corriente es una modalidad por la cual el Exportador le entrega mercadería al Importador sin tener algún documento que garantice la operación. Los créditos entre el Exportador y el Importador son blandos, quiere decir que no hay instrumento bancario que garantice la operación. La Cuenta Corriente es la operación que implica mayor riesgo para el Exportador.

    En la operatoria estándar la exportación de mercadería se realiza sin tener ninguna garantía de pago por parte del exportador. Los documentos de Cuenta Corriente son enviados directamente al comprador sin intervención bancaria, por lo tanto el importador tiene el traspaso de la titularidad de la mercadería cuando los recibe. A partir de los INCOTERMS se define la entrega y los riesgos de la mercadería. El Documento de Embarque o Conocimiento de Embarque (Bell of leade) le da al Exportador las herramientas para demostrar que:

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    Se entregó la mercadería; Hay un contrato de transporte; Ese documento se convierte en título de propiedad de la mercadería. Quién posea ese documento es quien tiene derecho sobre la mercadería. Al enviarle los documentos se esta traspasando la mercadería sin tener elementos o instrumentos que avalen esa operación. La Cuenta Corriente es recomendable cuando existe entre el Comprador y el Vendedor una relación sólida, de mutua confianza y experiencia previa. También es recomendable cuando el riesgo país donde se encuentra el comprador es aceptable. La operación en Cuenta Corriente implica los mayores riesgos para el exportador, dado que puede ocurrir que no cobre esa mercadería.

    EXPORTADOR IMPORTADOR Corre con el riesgo de no poder cobrar Le interesa que el medio de pago le esa mercadería. brinde una financiación o ventaja en

    la cobranza. El Seguro de Crédito a la Exportación (por medio de una Compañía de Seguros), permite minimizar el riesgo de la operación, dado que ante el no pago del importador, lo cubre ese seguro. Las operaciones financieras como el Factoring Forfoiting se realizan cuando empresas financieras toman o compran ese documento por la exportación y asumen el riesgo financiero. Si el Exportador no quiere correr esos riesgos puede exigir otros instrumentos como:

    Orden de Pago Garantía Bancaria Carta de Crédito

    El Importador puede exigir por un pago anticipado una garantía bancaria de pago anticipado, por la cual se obliga al Exportador a pagar por la operación de comercio si esta no se lleva a cabo. El Pago Anticipado se puede realizar por cualquiera de estos modos:

    Transferencia Efectivo

    Cheque Acreditado

    Es decir que los fondos deben estar acreditados en la cuenta del Exportador antes de despachar la mercadería. El Pago Anticipado implica que no hay confianza entre las partes. También puede ser usado como financiamiento del exportador en casos excepcionales En un Pago Anticipado, el Riesgo Patrimonial del Exportador está cubierto. El Pago Anticipado se realiza por medio de instrumentos bancarios:

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    CHEQUE (MENOR SEGURIDAD DE COBRO)

    ORDEN DE PAGO (REDUCIDA SEGURIDAD DE COBRO) COBRANZA BANCARIA (MAYOR SEGURIDAD DE COBRO) CARTA DE CREDITO (LA MÁS SEGURA DE TODAS) La complejidad, el costo y la seguridad de cobro de cada una de ellas es de menor a mayor. En toda operación o contrato de compra venta interviene alguno de los medios de pago detallados. Pero siempre se debe hablar de dos tipos de documentos: DOCUMENTOS FINANCIEROS: Cheque Pagaré Letra de Cambio, etc. DOCUMENTOS COMERCIALES: Facturas Comerciales Conocimiento de Embarque (Bill of lading)

    Cheque: Es un título de crédito. Es una Orden de Pago que expresa y compromete al deudor, en relación a un determinado beneficiario. El cheque permite girar los fondos adeudados contra un banco. Los Elementos que intervienen son los siguientes: BANCO INTERVINIENTE CUENTA CORRIENTE FONDOS SUFICIENTES CHEQUERA FIRMA REGISTRADA Las Partes que intervienen son: LIBRADOR GIRADO BENEFICIARIO

    Librador: es el deudor, es quien completa y firma el cheque. Girado: es el encargado de pagar el cheque. Es el banco del librador. Beneficiario: es el acreedor del deudor. Características del cheque: LITERAL AUTONOMO TRANSMISIBLE A TERCEROS

    CHEQUE

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    Literal: porque lo que el documento expresa, es lo que realmente se cumplirá. (Si dice “pague $ 100.- el banco efectuará el pago de $ 100.- aunque la factura adeudada sea por otro monto) Autónomo: dado que el documento en sí mismo, es independiente del negocio que le dio origen. Transmisible a terceros: pues el crédito puede estar a nombre de una persona, y esta transmitirla a un tercero. Formas de libranzas del cheque: AL PORTADOR A LA ORDEN NOMINATIVO Cheque al portador: se libra en blanco, el beneficiario es quien lo tiene en la mano.

    Cheque a la orden: Este cheque tiene el nombre de la persona beneficiaria. Puede transferirlo a través de un endoso. Cheque nominativo: Este cheque sólo puede ser cobrado por la persona a la orden de quien se emite, la que solo puede cederlo a través de un documento ó escritura pública. Los cheques pueden ser: Cheque personal: Es una orden de pago simple librado contra un banco en el cual el librador tiene fondos en su cuenta. Cheque bancario: Ofrece mayor garantías, es librado por un banco, en el que el importador esta vinculado contra otro banco de la plaza del exportador. Cheque bancario documentario: Se usa muy poco, se le entrega al exportador una vez que este entrego los documentos de embarque. Cheque del viajero: Es utilizado por viajeros, empresarios, turistas pero aunque no es muy usual también se puede usar como un pago de una operación internacional. Todo cheque es enviado al cobro por intermedio del banco que interviene. Cuando se cobra, se liquida el importe neto al exportador (deducidos los gastos de cobranzas y comisiones), quien lo aplica para cancelar la factura por su venta al exterior.

    PPAAGGAARREE

    Es otro instrumento de pago, en el cual solo hay dos personas que intervienen: LIBRADOR

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    BENEFICIARIO

    El librador que toma la característica del banco, dado que gira sobre si mismo. El beneficiario que será quien lo cobre. Tiene igual características que el cheque. Tiene la particularidad de tener un mecanismo llamado “protesto”, por el cual el beneficiario ante la falta de pago del mismo puede presentarse ante un escribano y manifestarle que no ha podido cobrar. De este modo se pueden iniciar las acciones legales.

    ORDEN DE PAGO O TRANSFERENCIAS Es la transferencia de fondos que un ordenante o tomador o deudor (importador) efectúa a favor de un beneficiario o destinatario o acreedor (exportador) por lo general mediante los canales bancarios. El exportador que utilice este instrumento solo cuenta con un deudor, el importador. El ordenante ordena que se le pague al acreedor. Para ello debe concurrir a un banco de su plaza, para solicitarle que intermedie la forma de pagarle al acreedor. El banco del ordenante es el banco emisor, que emitirá la orden de pago para el beneficiario. Lo hace a través de un banco en la plaza del exportador, al que le remite la orden de pago, solicitando que bajo determinadas condiciones le abone al beneficiario Partes que intervienen en una Orden de Pago ó Transferencia: 1) Ordenante: Es el pagador de los fondos transferidos. 2) Banco remitente: Es el Banco del país del importador encargado de efectuar el pago. 3) Beneficiario: Es el que cobra los fondos transferidos, o sea es el exportador. 4) Banco pagador o corresponsal: Banco del país del exportador que le efectúa el pago al exportador.

    La Orden de Pago (por su naturaleza jurídica) es revocable, que se puede dejar sin efecto por el ordenante unilateralmente, sin consentimiento del beneficiario. Clase de Ordenes de Pago: Simple, es aquella que no tiene condiciones para ser cobrada. El banco le informa al beneficiario sobre el arribo de la orden de pago, y este ante la sola presentación del recibo la cobra.

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    Condicionada, es aquella pagadera mediante el cumplimiento de las estipulaciones establecidas por el ordenante o girador. Documentaria es la que lleva en el instructivo, la orden de presentar los documentos comerciales representativos del embarque, solicitados por el deudor.

    Transferible, si así lo estipula expresamente en su texto, Intransferible, cuando sólo puede cobrarlo el beneficiario. Divisible, cuando para su cobro puede ser parcializada, ó Indivisible, cuando no puede ser parcializada.

    Aspectos Prácticos: 1) Designación del banco pagador: Es designado por las instrucciones.

    2) Gastos y comisiones bancarias: Importador: Paga los gastos y comisiones del Banco remitente. Exportador: Paga los gastos y comisiones del Banco pagador. 3) Archivo de la orden de pago: El exportador debe ir archivando las operaciones y por separado una copia de la orden de pago recibida del exterior. El importador debe proceder de la misma manera. 4) Transferencia de la orden de pago: Si la transferencia llega a un Banco en el que el exportador no posee cuenta, este está autorizado a derivar la transferencia a un Banco en el cual sí posea cuenta. Ventaja de la Transferencia Para el exportador: Para el importador:

    Costo reducido. Costo reducido

    Fuentes de financiación. Seguridad de pago

    Agilidad de cobro. No afecta el margen crediticio

    Comodidad en el cobro.

    Desventaja de la Transferencia Para el exportador: Para el importador:

    Inseguridad de cobro. Afectación del flujo de caja.

    Desmejoramiento de las Inseguridad respecto de la mercadería condiciones de venta. embarcada

    Dificultad de financiamiento.

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    LETRAS DE CAMBIO Las Letras de Cambio también tienen tres personas:

    Librador Girado Aceptante

    La Letra de Cambio es uno de los instrumentos de pago más utilizados en el comercio internacional. Pueden emitirse como consecuencia de la apertura de una

    Carta de Crédito documentario, que le da origen, o bien como instrumento independiente. Es una orden de pago escrita, donde el ordenante (librador) instruye a una persona (girado) para pagar incondicionalmente a otra persona (tomador ó beneficiario) una suma de dinero determinada. Librador es quien emite la letra. Girado es aquel contra quien ésta se emite y pasa a tener obligación cuando este la acepte. Beneficiario es el sujeto a favor de quien se emite la letra. Clases de Letras de Cambio A la vista: son aquellas pagaderas con su sola presentación. A plazo: determinado plazo a contar de su presentación. Con aval: puede ser bancario o financiero y representa la sustitución del comprador como responsable final de la cancelación de la Letra. Sin aval: Es una mera “Cobranza Bancaria”, dado que es girada por el exportador (vendedor) a su importador (comprador) del exterior y aceptada por éste, y la única garantía que lleva es la solvencia moral y la derivada de su patrimonio económico. El girado debe aceptar la letra a fin de quedar obligado a su pago. Tanto en caso de falta de aceptación como de falta de pago por el girado, la letra debe ser protestada (salvo cláusula sin protesto). El protesto es un acto auténtico y solemne, a través del cual se deja expresa constancia de la falta de aceptación o pago, y su función consiste en habilitar la acción cambiaria a favor del portador de la letra y contra

    todo otro obligado o avalista.

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    RIESGOS DE UNA OPERACIÓN DE COMERCIO INTERNACIONAL

    Cuando se realiza una operación de comercio internacional, se deben tener en cuenta y analizar determinados riesgos:

    Riesgo País

    Riesgo Soberano

    Riesgo de Transferencia de Divisas

    Riesgo Bancario

    Riesgo Comercial

    Riesgo de Fluctuación

    Riesgo de la Transacción Riesgo País: Cuando se decide a exportar, el exportador debe analizar el estado económico del país. El riesgo país hace que el importador pueda tener dificultad para pagar por las restricciones al movimiento de divisas. Riesgo Soberano: Se debe evaluar el riesgo que el estado como deudor se vea incapacitado a cancelar una deuda contraída (default). Riesgo de Transferencia de Divisas: También se debe considerar si existen restricciones a la libre transferencia de fondos de un país al exterior. (Hoy en la R. A. hay un plazo mínimo para poder efectuar la transferencia de divisas), por ejemplo Bienes de Capital – plazo de 180 días para abonarlo. Riesgo Bancario: Existe el riesgo que el Banco no cumpla con el compromiso asumido. Es decir que no actúe de acuerdo a la responsabilidad y eficiencia requerida. Esta situación puede existir en cualquier país. Si es un Banco Público, también se considera que ingresa en un riesgo soberano. En el Riesgo Bancario Privado, analizo la capacidad que tiene el mismo de afrontar el pago comprometido. Riesgo Comercial: El riesgo que se genera cuando el importador no cumple con su compromiso de pago. Desde el Exportador, cuando el importador no paga, o quiebra, etc. Desde el Importador, cuando el exportador no embarca la mercadería.

    Riesgo de Fluctuación de Tipo de Cambio: Puede suceder que la moneda en la que opero fluctúe en relación a mi moneda local, y que dicha fluctuación me genere una pérdida. Hay herramientas financieras que minimizan ese riesgo, por ejemplo: Contrato con cláusula de ajuste por devaluación o fluctuación de moneda. Así se da en el Mercado a Futuro. Aparecen las OPCIONES que son esas herramientas para cubrir los riesgos de operar en divisas.

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    Las Opciones pueden ser contratos a futuro de moneda FORWARD, contrato de negocio a recibir los valores en determinada fecha. Se paga con el banco a que tal día venderé x u$s y el banco se compromete ese día a pagarme por ellos x $. Todos estos riesgos deben ser muy estudiados y evaluados por un importador. Riesgo de la Transacción: También existe la posibilidad de que haya un incumplimiento originado por las condiciones del contrato, cuando el mismo genere a las partes determinadas obligaciones de difícil cumplimiento, generando un riesgo en la transacción. Por ejemplo, por exportación de algún artículo a un país con sanciones a su comercio se corre el riesgo de no cobrar nada. Toda operación debe ser estudiada y evaluada contra los riesgos asumidos. OTROS RIESGOS RIESGO DE TRANSPORTE. RIESGO DE VARIACIÓN DE LA TASA DE INTERÉS RIESGO DE VARIACIÓN DE PRECIOS RIESGO DE FALTA DE DOCUMENTACIÓN El Riesgo de Transporte implica cualquier acontecimiento del Medio de Transporte que se minimiza con un Seguro de Transporte. El Riesgo de Variación de la Tasa de Interés se produce en una financiación, por la cual se asume un costo que varía al variar la tasa de Interés. El Riesgo de Variación de Precios, surge si tenemos un contrato de comodities, en el cual el precio de estos bienes varían constantemente. Para evitar esas variaciones, existen los contratos de Forward de comodities. El Riesgo de Falta de Documentación, existe cuando algún documento de embarque por la falla de confección o falta de algo, genere el no cobro de la operación. Esto sucede cuando hay discrepancias entre la carta de crédito y los documentos de embarque. ALTERNATIVAS PARA CUBRIR ESTOS RIESGOS *RIESGO PAIS se puede cubrir con:

    Pago Anticipado

    Carta de Crédito Confirmada (En un banco de una plaza distinta del importador, en el exterior)

    Seguro de Crédito a la Exportación

    Financiación (con recursos)

    Forfaiting (sin recursos)

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    *RIESGO SOBERANO se puede cubrir con:

    Pago Anticipado

    Seguro de Crédito a la Exportación

    Carta de Crédito Confirmada

    *RIESGO DE TRANSFERENCIAS DE DIVISAS se puede cubrir con una cláusula por una Restricción Cambiaria, en la cual el importador se compromete a pagar desde una cuenta en el exterior o por una subsidiaria (generalmente entre multinacionales).

    *RIESGO CAMBIARIO se mitiga eligiendo bancos de primer nivel. Para el Exportador aparece el riesgo cambiario cuando hay una carta de crédito, en este caso el no elige el banco, pero lo puede cubrir por medio de una carta de crédito confirmada. Otra forma es un seguro de crédito a la exportación, el cual a veces se toma para cubrir el riesgo de una carta de crédito en lugar de una confirmada. *RIESGO COMERCIAL, se cubre con instrumentos bancarios como Carta de Crédito, Pago Anticipado, Financiación (sin recursos), Seguro de crédito que cubra el riesgo comercial. *RIESGO DE TRANSACCION, se trata de cubrir con cláusulas en el contrato. Luego de analizar los riesgos, se decide el instrumento de pago a utilizar.

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    COBRANZA Se inicia con el acreedor, que intenta cobrar la deuda del deudor. Es un medio de pago, mediante el cual un Banco, llamado remitente, actuando por cuenta, orden y riesgo de un ordenante ó exportador, tramita el cobro de calores frente a un girado, librado, deudor ó importador) por intermedio de la plaza del deudor llamado cobrador, sin más responsabilidad que cumplir con las instrucciones de su cliente. PARTES INTERVINIENTES:

    LIBRADOR o GIRADOR: Es el exportador. Banco REMITENTE: Banco de la plaza del exportador encargado de tramitar el cobro de los efectos yo valores. Banco COBRADOR: Banco de la plaza del importador encargado de cobrar ante este cumpliendo con el mandato que le formula el banco remitente mediante la carta de instrucción.. LIBRADO o GIRADO: Es el que efectúa el pago o sea el importador. GARANTE: Es el que ofrece las garantías. La Cobranza directa se produce cuando el mismo Banco del Exportador gestiona la cobranza ante el importador en forma directa. La mayoría de las Cobranzas son Indirectas , aquellas en las cuales el Banco del Exportador solicita a otro Banco de la plaza del Importador que le gestiona la cobranza al importador.

    (1)

    EXPORTADOR IMPORTADOR (2)

    (3) (8) (6) (5) (7) (4)

    BANCO REMITENTE BANCO COBRADOR

    Pasos de una COBRANZA A LA VISTA

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    1 : CONTRATO INTERNACIONAL

    2 : DOCUMENTO DE EMBARQUE 3 : X PRESENTA AL BANCO X DOCUMENTOS Y CARTA REMESA 4 : BANCO X ENVIA AL BANCO M TODA LA DOCUMENTACIÓN

    5 : M ES NOTIFICADO POR EL BANCO M QUE DEBE PAGAR. La cobranza puede ser A LA VISTA ó A PLAZO

    a)= COBRANZA A LA VISTA: La documentación se entrega contra el pago de la cobranza.

    6 : M PAGA AL BANCO M LA DEUDA.

    7 : BANCO M ENVIA AL BANCO X EL PAGO 8: PAGO DEL BANCO X A X .-

    b)= COBRANZA A PLAZO: La documentación se entrega contra la aceptación de la deuda, que se da generalmente contra una letra

    de cambio. (1)

    EXPORTADOR IMPORTADOR (2) (3) (8) (7) (6) (5) (10) (4)

    BANCO REMITENTE BANCO COBRADOR (9)

    Si la Cobranza es A PLAZO los pasos son los siguientes:

    1 : CONTRATO INTERNACIONAL 2 : DOCUMENTO DE EMBARQUE CON FECHA

    3 : X PRESENTA AL BANCO X DOCUMENTOS Y CARTA REMESA Y FECHA DE PAGO

    4 : BANCO X ENVIA AL BANCO M TODA LA DOCUMENTACIÓN

    5 : BANCO M ENVIA LA LETRA A M PARA QUE LA ACEPTE. 6 : M LA ACEPTA Y LA DEVUELVE AL BANCO M. 7 : BANCO M ENTREGA A M LOS DOCUMENTOS.

    8 : M A TANTOS DIAS DEL B. L. , PAGA EN EL BANCO M 9 : BANCO M GIRA LOS FONDOS AL BANCO X

    10 : BANCO X PAGA AL X .-

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    COMISIONES

    El Artículo 21 de Brochure 522 habla de cargos y gastos dentro de una cobranza. Allí se especifica como se cobra y que sucede si no se hace.

    COBRANZA BANCARIA IMPAGA (ART. 9) El banco (x brochure) debe actuar en buena fe y cuidado razonable. Se parte de la premisa de que el banco hará todo lo posible por realizar la cobranza. ACCIONES QUE PUEDE TOMAR EL BANCO M PARA COBRAR A M

    ENVIO DE AVISO

    ENVIO DE CARTA DOCUMENTO

    LLAMADOS Si la cobranza tiene una letra de cambio con protesto. Es una acción legal que tiene el banco para poder cobrar por medio del protesto (se pone en evidencia la deuda incumplida por el importador) Al utilizar una cobranza, se tiene en cuenta el riesgo, dado que esta no asegura el cobro de esa deuda, pues ningún banco asume el compromiso de pago si el importador no paga. Si la operación es pago a la vista, el riesgo está atenuado, dado que es un pago contra documentos. Si el pago es a plazo, el M se hace de los documentos sin haber pagado. La cobranza es recomendable cuando:

    El riesgo comercial es bajo

    El riesgo país es bajo

    Cuando no hay control de divisas. El régimen cambiario del país del M no está amparado por el control de divisas.

    VENTAJAS

    EXPORTADOR: IMPORTADOR: Costos reducidos. Costo reducido. Comodidad en el cobro. Seguridad de pago. Facilitación de las ventas. No afecta el margen crediticio

    DESVENTAJAS EXPORTADOR: IMPORTADOR: Inseguridad de cobro. Inseguridad respecto a la Desmejoramiento de las mercadería embalada las condiciones de ventas Dificultades de financiamiento.

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    Demora en el cobro. VENTAJAS RESPECTO A LA CARTA DE CREDITO Operatoria simple y rápida Menor Costo No afecta el margen crediticio del X ó M Comparado contra la Cuenta Corriente, está tiene más seguridad. DESVENTAJAS RESPECTO A LA CARTA DE CREDITO El Banco es sólo un agente de cobro. No asume compromiso de pago. Dificultades de descontar la letra. Dificultad de financiación. MODALIDADES

    SIMPLE: Es el cobro de documentos financieros, a los que no se los acompaña con documentos comerciales. Por ejemplo: Una LETRA DE CAMBIO. Generalmente es cuando ya se ha emitido un documento financiero y el mismo ha sido aceptado por el deudor. DOCUMENTARIA: El cobro de documentos financieros, debe ir acompañado de documentos comerciales. Tiene 2 posibilidades: CONTRA PAGO y CONTRA ACEPTACION CONTRA PAGO: Se entregan los documentos comerciales solo contra la presentación del pago de la cobranza. Básicamente es un pago contado CONTRA ACEPTACION: Solo contra la aceptación de la deuda se entregan los documentos comerciales. Es un pago financiado, el exportador en el caso de que el importador no quiera aceptar la letra de cambio puede protestarla. OPERATORIA: El ordenante le entrega la orden de cobranza al Banco Remitente, donde le indica que realice la cobranza. Este se lo envía al Banco Cobrador bajo lo que se denomina carta de remesa, esta debe contener:

    Datos personales del ordenante.

    Nombre completo.

    Razón Social

    Nombre de Fantasía.

    Domicilio Legal N° de Cuenta (con la que opera el ordenante y donde será depositado el

    pago. Datos del deudor.

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    Gestión encomendada a los bancos para realizar la tarea. Documentos acompañantes del medio de pago, consignando se el

    ordenante le da al banco la facultad de ejercer el protesto. Fecha cierta. Firma del Ordenante.

    Elección del Banco Cobrador: Surgirá en base a la información suministrada por el importador en el contrato de la compra – venta. Transferencia de la cobranza: Si la cobranza llega a un Banco con el que el exportador no esta vinculado, este la puede transferir a otro banco. Presentación de los documentos: Los documentos deben ser presentados al importador en la misma forma en que se han recibido. Entrega contra pago o aceptación: Se realiza la entrega una vez realizado el pago. Pago parcial: Los pagos parciales son aceptados según la legislación del país no obstante, los documentos financieros se entregan una vez aceptada la deuda. Gastos de la cobranza: Por lo general los gastos bancarios de la plaza del exportador como la del importador corren por cuenta del importador. DIFERENCIA CON LA CARTA DE CREDITO Y LA ORDEN DE PAGO

    * Primero y principal, la cobranza se origina en la tramitación realizada por el exportador, quien es el que tiene derecho a cobrar. En cambio, la

    carta de crédito y la orden de pago son medios de pago en los cuales la operatoria es originada por el importador quien es el que tiene la obligación de pagar.

    COBRANZAS DE EXPORTACIÓN: Ejemplos: EXPORTADOR Metales Aurora S.A. Avda. Rocca 2001 – Campana IMPORTADOR Metalúrgica Sao Paulo S.A.

    Rua das Pedras 2511 – Sao Paulo Mercadería 100 bobinas de Acero Precio Unitario U$D 1,000.- x Bobina CPT Sao Paulo Condición de Pago 60 días Embarque

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    Paso 1 Se retira el formulario Paso 2 Obtención de documentación remitente

    Carta de Porte

    Factura Comercial

    Certificado de Origen

    Lista de Empaque

    Letra de Cambio por el total del importe facturado. Paso 3 Completa la gestión de cobranzas Paso 4 Entrego los documentos para la cobranza. Paso 5 El Banco tilda los documentos presentados. Paso 6 El Banco informa y envía al Banco Do Brasil (corresponsal) los

    documentos. Paso 7 El Banco Do Brasil procura la aceptación de la Letra de Cambio.

    CARTA DE CREDITO

    Es un acuerdo por el cual el banco de la plaza del importador ( emisor ) actuando según las instrucciones de su cliente y por su cuenta se compromete a pagar o a hacer pagar el importe de las letras de cambio libradas por su

    cliente al exportador o beneficiario, siempre y cuando este último cumpla con las exigencias del mismo. Partes que intervienen en la Carta de Crédito: 1) Ordenante. 2) Banco emisor ó negociador: su función y responsabilidad es negociar los documentos financieros que hayan sido librados. Atiende los intereses del importador. 3) Beneficiario.

    4) Banco avisador ó notificador: se limita a dar aviso al exportador que hay un crédito abierto a su nombre.- 5) Banco designado ó pagador: es el encargado de pagarle al exportador. 6) Banco confirmador es el que asume como responsable del pago como deudor principal ante el exportador.

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    7) Representante de la compra.

    VENTAJAS DE LA CARTA DE CREDITO PARA EL EXPORTADOR: Seguridad de cobro. Mejoramiento en las condiciones de venta. Agilidad de cobro. Comodidad en el cobro. PARA EL IMPORTADOR: Seguridad de pago. Fuentes de financiación. DESVENTAJAS DE LA CARTA DE CREDITO PARA EL EXPORTADOR: Costo elevado. Dificultades en las ventas. PARA EL IMPORTADOR: Costo elevado. Afectación del margen crediticio. Garantías exigidas. Seguridad respecto de las mercaderías embarcadas. Clases de CARTAS DE CREDITO Revocable: Su modificación esta permitida sin ningún aviso previo. Irrevocable: Su modificación no esta permitida. Confirmado: El Banco corresponsal es el que queda obligado a efectuar el pago en el caso en que el Banco emisor no lo haga. Transferible: El crédito puede ser transferido a terceros. Intransferible: El crédito no puede ser transferido.

    Divisible: Están permitidos los embarques parciales. Indivisible: No se permiten los embarques parciales. Según el lugar de pago: A) En el país del beneficiario. B) En la plaza del Banco emisor.

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    C) En cualquier lugar. Según la moneda de pago: A) Divisas. B) En moneda local del beneficiario. Tipos especiales de Cartas de Crédito 1) REVOLVING CREDIT: Es aquel que se repone automáticamente en su valor y es utilizable a lo largo de distintos periodos, previstos en sus términos. Existen dos variantes: a) Rotativo no acumulativo: De no cumplirse lo establecido en un periodo, el

    crédito queda sin efecto. b) Rotativo acumulativo: Lo no embarcado en un periodo puede acumularse al periodo siguiente o a los subsiguientes. 2) CREDITO SUBSIDIARIO: Es el que por cuenta y orden del beneficiario, el Banco corresponsal abre a favor de un nuevo y distinto beneficiario pero con las imputaciones del crédito principal 3) CREDITO BACK TO BACK: Habiendo recibido una carta de crédito del exterior, su beneficiario (el exportador ) logra que el mismo banco corresponsal abra un nuevo crédito a favor de otro beneficiario quien probablemente sea el productor del bien a exportar o el proveedor de la materia prima. La garantía del nuevo crédito es el crédito ya recibido. 4) CREDITO STAND-BY: Se trata de una carta de crédito contingente, es decir que solo se toman operativas en tanto y en cuanto se produzcan las condiciones de eventualidad previstas en su término. 5) CREDITO COMERCIAL: El exportador recibe el crédito directamente del banco emisor y debe proceder de la misma forma en cuanto al envío de documentos exigidos. Estos documentos si quiere los puede hacer llegar por medio de un banco de su plaza. 6) CREDITO DOMESTICO: Opera de la misma forma que la carta de crédito

    internacional, pero su uso esta restringido al mercado local o interno. Lo mas habitual es que se lo use para instrumentar operaciones de exportación efectuadas por exportadores no-productores. Transformaciones de una Carta de Crédito Las modificaciones de una Carta de Crédito no son permitidas sin el acuerdo del beneficiario con el Banco Emisor, y si hubiera también del Banco Confirmador.

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    Las Cartas de Crédito están legisladas a través de la Brochure 500, revisión del año 1993 por el I. C. C. Es un compromiso asumido por el importador. El Banco asume un compromiso. Ese compromiso es condicionado. 1° Por la obligación que asume el Banco Emisor de hacer pagar la carta de crédito. 2° Por el hecho que el Exportador debe cumplir con las condiciones establecidas en el contrato. El Banco es un mero agente financiero que se limita a controlar la documentación entregada por el Exportador. Los documentos de embarque deben reflejar que se están cumpliendo esas obligaciones y condiciones. El conocimiento de embarque, demuestra que se está cumpliendo, pero el exportador debe presentar toda la documentación y revisar y asegurar la integridad de cada uno de esos documentos.- El Importador cuando hace la apertura de una carta de crédito, le da al Banco las instrucciones a incluirse para pagar al exportador. El importador solicitará el cumplimiento de lo fijado en el contrato de compra venta internacional. OPERACIÓN DE CARTA DE CREDITO PAGO A VISTA

    Paso 1 – Contrato

    Importador M. S.A. Exportador E. S.A. Contrato por 100 Ventiladores de techo Mod. A3514 Precio de venta U$D 100 CIF B. A. Embarque 30/09/02 Pago Vista L/C

    Paso 2 – Apertura L/C

    El importador hace la solicitud a su Banco de una Carta de Crédito e informa las condiciones a cumplir por el exportador para poder cobrarla. El exportador comienza la fabricación.

    (1)

    EXPORTADOR IMPORTADOR (5) (6) (10) (9) (2) (7) (4) (11) (8)

    BANCO XXXXXXX BANCO MIIIIIIIIIIII (3)

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    1 : CONTRATO COMPRA VENTA INTERNACIONAL

    2 : APERTURA DE CARTA DE CREDITO

    3 : EMISION CARTA DE CREDITO

    4 : BANCO X NOTIFICA AL BENEFICIARIO DE LA L/C 5 : X DESPACHA LA MERCADERIA 6 : EL X PRESENTA Y NEGOCIA LOS DOCUMENTOS

    7 : BANCO X PAGA AL X 8 : BANCO X ENVIA DOCUMENTOS AL BANCO M

    9 : BANCO M ENVIA DOCUMENTOS A M 10 : M PAGA AL BANCO M 11: BANCO M REEMBOLSA A BANCO X

    OPERACIÓN DE CARTA DE CREDITO PAGO A PLAZO

    (1)

    EXPORTADOR IMPORTADOR (5) (6) (10) (8) (2) (9) (4) (11) (7)

    BANCO XXXXXXX BANCO MIIIIIIIIIIII (3)

    1 : CONTRATO COMPRA VENTA INTERNACIONAL 2 : APERTURA DE CARTA DE CREDITO

    3 : EMISION CARTA DE CREDITO 4 : BANCO X NOTIFICA AL BENEFICIARIO DE LA L/C 5 : X DESPACHA LA MERCADERIA

    6 : EL X PRESENTA Y NEGOCIA LOS DOCUMENTOS 7 : BANCO X ENVIA LOS DOCUMENTOS AL BANCO M

    8 : BANCO M ENVIA DOCUMENTOS A M 9 : BANCO X PAGA A LOS DIAS DETERMINADOS A X

    10 : EL DIA DETERMINADO M PAGA AL BANCO M

    11: BANCO M REEMBOLSA A BANCO X

  • Hernán F. Pirsch Página 23

    RIESGO

    BANCO CONFIRMADOR: EL BANCO CORRESPONSAL QUEDA OBLIGADO

    A EFECTUAR EL PAGO EN CASO QUE EL EMISOR NO LO HAGA. TODO COMPROMISO ES CONDICIONADO.

    LA CONDICION ES QUE EL EXPORTADOR PRESENTE LA DOCUMENTACIÓN. TODO ESTO GENERA COSTO.

    COSTO DE CONFIRMACION.