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UNIVERSIDAD REGIONAL AUTÓNOMA DE LOS ANDES “UNIANDES” FACULTAD DE JURISPRUDENCIA CARRERA DE DERECHO PROYECTO DE EXAMEN COMPLEXIVO, PREVIO A LA OBTENCIÓN DEL TÍTULO DE ABOGADA DE LOS TRIBUNALES DE LA REPUBLICA TEMA LA MOTIVACIÒN DE LA SENTENCIA EN EL DELITO DE ROBO TUTOR Abg. MARCELA ZAMBRANO OLVERA AUTORA JAHAIRA YANINA RIZZO GARCÍA QUEVEDO LOS RÌOS AÑO 2017

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UNIVERSIDAD REGIONAL AUTÓNOMA DE LOS ANDES “UNIANDES”

FACULTAD DE JURISPRUDENCIA

CARRERA DE DERECHO

PROYECTO DE EXAMEN COMPLEXIVO, PREVIO A LA OBTENCIÓN DEL

TÍTULO DE ABOGADA DE LOS TRIBUNALES DE LA REPUBLICA

TEMA

LA MOTIVACIÒN DE LA SENTENCIA EN EL DELITO DE ROBO

TUTOR

Abg. MARCELA ZAMBRANO OLVERA

AUTORA

JAHAIRA YANINA RIZZO GARCÍA

QUEVEDO – LOS RÌOS

AÑO 2017

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CERTIFICACION DEL ASESOR

Yo, Abogada MARCELA ZAMBRANO OLVERA, en mi calidad de asesor me permito

certificar que la alumna, JAHAIRA YANINA RIZZO GARCIA, ha elaborado el

proyecto de Examen Complexivo, previo a la obtención del título de Abogada de los

Tribunales de la República, bajo el tema “LA MOTIVACIÒN DE LA SENTENCIA EN EL

DELITO DE ROBO”.

Cumpliendo con los requisitos académicos y reglamentarios de la UNI ANDES; en

tal virtud, puede el trabajo proseguir la correspondiente tramitación.

ASESOR

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DECLARACION DE AUTORIA

Los discernimientos emitidos en el actual trabajo de examen complexivo “LA

MOTIVACIÒN DE LA SENTENCIA EN EL DELITO DE ROBO”, así como también los

contenidos, ideas, análisis y conclusiones son exclusivos del autor.

Autorizo a la Universidad Autónoma de los Andes de Quevedo, para que haga de

este trabajo o parte de ella un documento disponible para su lectura, consulta y

procesos de investigación, según las normas de la Institución.

Cedo los derechos en línea patrimoniales de mi investigación, con fines de difusión

pública, además consiento la reproducción de este trabajo, dentro de las

regulaciones de la Universidad, siempre y cuando esta reproducción no presuma

una ganancia económica y se realice respetando mis derechos de autor.

AUTOR

JAHAIRA RIZZO GARCIA

C.I 0919766444

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DEDICATORIA

Dedico este triunfo primeramente a Dios por dar me la vida y las fuerzas para seguir

en este camino largo y muy honrado, así como es, cumplir mi meta, agradezco a

mi madre, quien fue la que supo guiarme incondicionalmente, por el camino

correcto, que siempre estuvo conmigo apoyándome y a mi hijo por ser una

inspiración para mi superación como profesional y a todos los que aportaron con

su ayuda para salir adelante.

Solo me queda agradecerles infinitamente por todo lo que han hecho por mí como

persona de bien y útil para la sociedad. GRACIAS DE CORAZÓN.

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AGRADECIMIENTO

Con todo mi amor a la Universidad Regional Autónoma De Los Andes que me

acogió en sus aulas siendo para mí el lugar donde alcance una meta más en mi

vida estudiantil, las personas que agradezco este logro esta mi familia, que sin su

apoyo no hubiera podido alcanzar el sueño de ser un Profesional.

A cada uno de mis Maestros que con su conocimiento aportaron para mi

aprendizaje, para poder defender me en mi nueva etapa como profesional, a mis

compañeros que siempre me apoyaron de una u otra forma.

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INDICE GENERAL

1. TEMA ........................................................................................................... 7

2. PROBLEMA QUE SE VA A INVESTIGAR ................................................... 7

3. JUSTIFICACIÓN .......................................................................................... 7

4. OBJETIVOS ................................................................................................. 8

4.1. Objetivo General .......................................................................................... 8

4.2. Objetivos Específicos ................................................................................... 8

5. FUNDAMENTACIÓN TEÓRICA CONCEPTUAL ......................................... 8

5.1. La Motivación ............................................................................................... 8

5.1.1. Concepto de la Motivación ........................................................................... 8

5.1.2. Exigencia de la Motivación ......................................................................... 10

5.1.3. Efectos de la motivación ............................................................................. 11

5.3. Sentencia ................................................................................................... 12

5.3.1. Requisitos de la sentencia .......................................................................... 14

5.4. Justicia ....................................................................................................... 14

5.4.1. Debido proceso .......................................................................................... 16

5.4.2. Estado Constitucional de Derechos y Justicia ............................................ 17

5.5. Delito .......................................................................................................... 18

5.5.1. Teoría del delito .......................................................................................... 19

5.6. Robo ........................................................................................................... 20

5.7. Victima ........................................................................................................ 21

5.7.1. Victimologia ................................................................................................ 21

5.7.2. Víctima de Robo ......................................................................................... 22

5.8. Procesado .................................................................................................. 22

5.9. Pena ........................................................................................................... 23

5.9.1. Finalidad de la pena ................................................................................... 24

5.10. Culpabilidad ................................................................................................ 25

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6. METODOLOGIA. ........................................................................................ 26

7. Desarrollo de la propuesta ......................................................................... 31

7.1. Descripción del caso .................................................................................. 31

7.2. Valoración del Caso ................................................................................... 36

7.3. Conclusiones .............................................................................................. 39

8. Bibliografía ................................................................................................ 40

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1. TEMA

La motivación de la Sentencia en el delito de Robo.

2. PROBLEMA QUE SE VA A INVESTIGAR

¿Cómo lograr que la administración de justicia realice la motivación de la sentencia

en el delito de robo, para garantizar la seguridad jurídica del procesado en el debido

proceso?

3. JUSTIFICACIÓN

La administración de justicia a pesar de la propuesta de cambio puesta de

manifiesto en la restructuración de las leyes deja en evidencia a los juzgadores de

los delitos de robo, para favorecer a las personas en conflicto con la ley, que de

una u otra manera se incrementan diariamente una por la crisis económica y de

valores por la que atraviesa la sociedad ecuatoriana y otra por la falta de la

credibilidad en la administración de justica lo que hace que este importante sector

de la patria se incremente el auge delictivo.

La mala administración de justicia pone en peligro la seguridad jurídica porque en

la mayoría de las sentencias los operadores del Derecho no motivan las sentencias,

esto sucede por una inadecuada aplicación de los procedimientos especiales al no

contar con los elementos suficientes para motivar la sentencia lo que resulta que

todas las decisiones judiciales son nula, los procesos penales como es el delito de

Robo, de ahí la necesidad del estudio del tema.

Es importante el estudio del tema para aplicar correctamente las sanciones sobre

los casos por delito de robo, y lograr que no se incumplan los principios y garantías

jurídicas establecidas en el Código Orgánico Integral Penal 2014 y en la

Constitución de la República del Ecuador 2008.

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4. OBJETIVOS

4.1. Objetivo General

Desarrollar un análisis jurídico sobre la motivación de la sentencia en el delito de

robo para garantizar la seguridad jurídica del procesado en el debido proceso.

4.2. Objetivos Específicos

Fundamentar teóricamente la motivación de la sentencia en el delito de robo.

Determinar el procedimiento metodológico sobre la motivación de la

sentencia en el delito de robo.

Realizar el análisis jurídico, sobre la motivación de las sentencias en el delito

de robo a través del estudio de un caso.

5. FUNDAMENTACIÓN TEÓRICA CONCEPTUAL

5.1. La Motivación

5.1.1. Concepto de la Motivación

Constituye un juicio lógico que se desarrolla alrededor de la pretensión que se

quiere alcanzar, El juez al dictar sentencia debe fundamentar, explicar, exponer

las razones en las que se basa su decisión, y que consta en la parte dispositiva de

la sentencia, para estimar o desestimar la pretensión punitiva, el juez debe

confrontar los hechos con el derecho, además en el caso que el juez estimare la

pretensión punitiva, la motivación o parte lógica de la sentencia debe comprender

también las causas de la calidad y la cantidad de la pena” (Pasquel D. A., 2014)

El Doctor Alfonso Zambrano Pasquel en su comentario sobre la motivacion de laas

sentencias, que es la decision que emiten los juzgadores tienen la finalidad de

desestimar el aspecto punitido de los procesados en las causas penales por lo que

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autor de este trabajo de investigacion coincido plenamente con su enunciado ya

que sin la practica de la motivación y las responsabilidades por carecer de ella, la

administracion de justicia seria un caos.

La Constitución de la República de la Ecuador del año 2008 en artículo 76, numeral

7, literal l), indica que las resoluciones de los poderes públicos deberán ser

motivadas. Si no se enuncian las normas o principios jurídicos en que se funda la

resolución no hay una debida motivación y no se resiste de su aplicación a los

antecedentes de hecho. Se considerarán nulos los actos administrativos,

resoluciones o fallos que no se encuentren debidamente motivados. (Villacorte,

2015).

Los estudiosos del derecho constitucional ayudan al estudiante de derecho al

recopilar las normas como capaz de que sean útiles en la actividad judicial,

destacando en este caso la importancia y valía de la motivación para que se cumpla

el debido proceso y así ofrecer seguridad jurídica tal como dispone el artículo 82 de

la Constitución de la República del Ecuador en armonía del articulo uno que señala

que el ecuador es un Estado Constitucional de Derechos y Justicia por lo que en

este ambiente , la falta de motivación de las decisiones judiciales perjudicarían a

los sujetos procesales.

El artículo 32 del Código Orgánico de la Función Judicial del año 2009, señala el

procedimiento para el juicio contra el Estado por inadecuada administración de

justicia y por revocatoria o reforma de sentencia condenatoria. El artículo 33 del

referido código señala la repetición de lo pagado por el Estado y en el artículo 34

del citado cuerpo legal señala. El procedimiento para sustanciar las causas por la

responsabilidad personal de juezas y jueces, fiscales y defensores y defensores

públicos (Mendigaña, 2009).

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Desde lo argumentado, la investigadora considera que la Constitución de la

República del Ecuador del año 2008 y la doctrina se refieren que las sentencias o

resoluciones del poder público deberán ser motivadas, no hay motivación si no

existe relación entre los fundamentos de hecho y la norma, o sea la existencia del

nexo causal entre la materialidad de la infracción y la responsabilidad del

procesado, si no se cita en base a que se funda la decisión, las resoluciones serán

nulas, y el operador de justicia será responsable por los daños que se causen en la

administración de justicia.

5.1.2. Exigencia de la Motivación

La motivación, es una garantía constitucional del debido proceso y del derecho

a la defensa, estipulado en el literal l), numeral 7, articulo 76 de la Constitución de

la República del Ecuador, aprobada mediante referéndum del mes de octubre del

año 2008 es de exigencia y de obligatorio cumplimiento la fundamentación de las

peticiones, resoluciones y fallos judiciales tanto, para atender la necesidad de

garantizar la defensa de las partes en el debido proceso, como, para atender el

respeto a uno de los pilares básicos del Estado de derecho que fundado en la

publicidad de los actos de gobierno y de sus autoridades y funcionarios son

responsables por sus decisiones, demanda que se conozcan las razones que

amparan y legitiman tales decisiones (Pasquel A. Z., 2014).

Desde lo expresado, se colige que todas las decisiones del poder público en donde

se reclamen o restringa derechos deben estar motivados y la motivación es la

enunciación de la normas o normas en las que se base su decisión, porque de lo

contrario los fundamentos de hechos quedan sin la protección jurídica.

Valorando el contenido de lo aseverado por el doctor Alfonso Zambrano Pasquel,

que ya comento sobre la importancia de la motivación y es que el literal l) del

numeral 7 del artículo 76 de la Constitución de la República del Ecuador afirma que

los procesos que carecen de motivación serán nulos y quienes la emitieron serán

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responsables de la nulidad, situación que se establece en el artículo 32 del Código

Orgánico de la Función Judicial para lo cual los afectados a fin de reponer

integralmente el daño caudado por la administración de justicia.

5.1.3. Efectos de la motivación

Dentro de los efectos de la motivación, está la seguridad jurídica que constituye la

condición esencial para la vida y el desenvolvimiento de las naciones y de los

individuos que las integran, representa la garantía de la aplicación objetiva de la

ley, de tal modo que los individuos saben en cada momento cuáles son sus

derechos y sus obligaciones, a su vez, la seguridad limita y determina las facultades

y los deberes de los poderes públicos. (Luño, 2004)

Es un principio universal reconocido que se basa tanto, en el ámbito de su

publicidad como, en su aplicación dada a las personas de modo, que su persona,

sus bienes y sus derechos no serán vulnerados, caso contrario le serán asegurados

por la sociedad, la protección y reparación de los mismos. Cuando los jueces al

emitir una sentencia citan las normas que se ajustan a los fundamentos de hechos

esgrimidos por las víctimas, estamos convencidos de que prevaleció el derecho y

se hizo justicia, no olvidemos la declaración cuarta del decálogo del abogado “tu

deber es luchar por la justicia, pero el día que encuentre en conflicto el derecho y

la justicia, lucha por la justicia”.

5.2. Nulidad

Para la motivación se debe tener en cuenta los problemas fácticos jurídicos y

probatorios inherentes al respectivo caso, las consideraciones de los distintos

autores frente a los problemas jurídicos presentados en el proceso y el manejo

adecuado de la dogmática, la norma jurídica nacional e internacional y los

precedentes jurisprudenciales; hay que tener en cuenta que un acto procesal sin la

motivación debida es arbitrario y nulo, lo que acarrea una reparación y rectificación

de la misma. (Falconí, 2014)

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Al analizar los comceptos de Ramiro Falconi Garcia, quien realiza un analizis

exautivo a la nulidad que sobrevienen a los procesos que carecen de motivacion,

los juzgadores deven cumplir a cavalidad su compromiso en la administracion de

justicia ya que la sancion al proceso es la nulidad, pero para los servidores publicos

que causaron la nulidad deveran ser responsables civil y penalemte.

La ineficacia en un acto jurídico como consecuencia de carecer de la condiciones

necesarias para su validez, sean ellas de fondo o de forma, o, como dicen otros

autores juicio del que adolece un acto jurídico si se ha realizado con violencia u

omisión de ciertas formas o requisitos indispensables para considerarlos como

válido, por lo cual la nulidad se considera ínsita en el mismo acto sin necesidad de

que haya declarado o juzgado. Se entiende que son nulos actos jurídicos otorgados

por personas incapaces a causa de su dependencia de una representación

necesaria. (Torres G. C., 2012, pág. 619)

Guillermo Cabanellas, doctrinario argentino inclina su análisis a algunos supuestos

criminales o delictuales que pueden motivar que el juzgador omita la motivación y

cause nulidad de su decisión, podría haberse minado el ánimo del juzgador y haber

perdido la capacidad legal, no tener consentimiento, volverle a la causa ilícita y por

ende un objeto ilícito, elementos suficientes, exteriores causantes de nulidad del

proceso. Haciendo énfasis a la motivación, en todo proceso debe observarse esta

garantía básica que recoge el anhelo del artículo 8 de la declaración Universal de

los Derechos Humanos, para que se cumpla lo que estipula la seguridad jurídica

requisito primordial para una adecuada administración de justicia

5.3. Sentencia

Sentencia es una decisión judicial que se dicta se deriva del latín sententia que es

sinónimo de fallo que se deriva luego de una proceso sometido a la decisión del

juez que contiene los argumentos jurídicos, el Código Orgánico Integral Penal

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puesto en vigencia desde agosto del año 2014, en el artículo 621 hace constar que

la sentencia es una decisión que el juez debe emitir en forma oral, luego reducirla

a escrito, en la que incluirá la respectiva motivación, pues carecer de ella podría

acarrear responsabilidad administrativa so pena de la nulidad”. (Villacorte J. A.,

2014, pág. 575)

La puesta en vigencia del Código Orgánico Integral Penal, que recoge la disposición

constitucional expresada en el numeral 6 del artículo 168 de la Constitución de la

República del Ecuador, como bien señala Jesús Villacorte, las sentencias se dictan

en la misma audiencia, luego de su finalización y deberá estar debidamente

motivada, la misma que se reducirá a escrito y se pondrá en conocimiento de los

sujetos procesales para los fines de ley, solamente así se abrá cumplido con todo

el procedimiento y no habrá causa de nulidad.

El Código Orgánico de la Función Judicial del año 2009, en el artículo 130 numeral

4 refiriéndose a las facultades jurisdiccionales de las juezas y jueces “motivar

debidamente sus resoluciones. No habrá motivación si en la resolución no enuncian

las normas o principios jurídicos en que se funda y no se explica la pertinencia de

su aplicación a los antecedentes de hecho. Las resoluciones o fallos que no se

encuentren debidamente motivados serán nulos. (Villacorte J. A., 2014, pág. 282)

Acto procesal emanado de los órganos jurisdiccionales que deciden la causa o

puntos sometidos a su conocimiento, decisión judicial en que la instancia pone fin

al pleito civil o causa criminal, resolviendo respectivamente los derechos de cada

litigante y la condena o absolución del procesado.

Tal como los manifiestan los autores citados, la sentencia es la consecuencia

jurídica a que se somete el procesado después de haberse cumplido el debido

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proceso, en el que se estableció la responsabilidad sobre los hechos investigados

y que el Estado debe establecer la reparación del daño causado a la víctima.

5.3.1. Requisitos de la sentencia

El principal acto del tribunal es el decisorio y lo constituye la sentencia, que es el

último eslabón de la cadena, la finalidad a la cual convergen todos los demás. El

mismo autor conceptúa a la sentencia es considerada como la declaración que

efectúa el juez, en representación del Estado, luego de una serie de actos que

constituyen el proceso, como ejercicio de la función jurisdiccional. (Andrade, 2014).

Desde lo expresado la sentencia da fin al proceso mediante un juicio o fallo

después de un litigio, por cuanto el efecto que produce la declaración de la

sentencia tiene resultados muchas veces contradictorios al debido proceso y la

seguridad jurídica garantizada en la Constitución de la República del Ecuador del

año 2008 y otros organismos constitucionales. La sentencia es el punto más

controvertido del proceso, puesto que pone fin al proceso o puede tomar otra

dirección en base al uso de los diferentes recursos tanto verticales u horizontales a

que dieran lugar, siempre que existan los debidos fundamentos y se sometan a los

requisitos de la impugnación.

5.4. Justicia

“El presente trabajo de investigación tiene su fundamentación teórica en la

declaración de justicia, al señalar que es “dar a cada quien lo que le corresponde

“. (Ulpiano, 1992)

Históricamente el hombre tiene afán de justicia, pero esto cada vez está más lejos,

se queda solamente en declaraciones y pensamientos, porque del resto las leyes

se convierten en cómplices del delito, oportunidad para que los jueces incumplan

con la ley. El término justicia ha motivado que tanto el legislador como la ley

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caminen a pasos acelerados, pues el devenir social así lo exige, ya que los romanos

fueron una civilización que más trato le dio a la impartición de justicia, capaz de que

todo ciudadano, confíe que su caso va a ser resuelto de la mejor forma, en la

actualidad las grandes mafias o ladrones de cuello blanco han intervenido

maliciosamente en la administración de justicia, capaz de hacer cambiar las

decisiones en mérito del derecho.

La justicia suprema, consiste en la voluntad firme y constante de dar a cada uno lo

suyo según el pensamiento y casi las palabras de Justiniano, en latín Flavius Petrus

Sabbatius Iustinianus, fue emperador del Imperio romano de oriente desde el 1 de

agosto de 527 hasta su muerte, originario de Constantinopla o ciudad de

Constantino, nacido en el año 483, como emperador de Roma buscó siempre la

prosperidad de este Imperio en los territorios de occidente que cayeron en manos

de los bárbaros en el año 476, como apasionado del derecho recopila y nos deja

una importante o la más grande herencia que es el Derecho Romano más

conocidas como el Corpus Juris Civilis, o Cuerpo de Derecho Civil (Cuevas, 2011)

Lo manifestado por Cuevas universalmente todos los ciudadanos sabemos de la

grandeza del imperio romano, lo importante del aporte de Justiniano, lo necesario

para el derecho los aportes romanistas en derecho, Justiniano como lo manifiesta

Cuevas, pensando en apuntalar la caída total del romanismo, contribuyó con ello a

la perpetuación del derecho, pues en derecho los romanos desde sus inicios sabían

lo que necesitaba la humanidad y se lo dieron, esto es la garantía a la familia.

Cuando a la familia le descuidaron por dar paso al egoísmo y la traición, cuando se

dieron cuenta ya fue tarde y tuvieron que desaparecer a pesar de más de dos

milenios en la historia.

Quien realice cualquier aportación causal con ánimo de ser autor y el derecho al

apoderamiento incurre en el delito de robo. Para la aplicación de la sanción, se dará

por consumado el robo desde el momento en que el comisor tiene en su poder la

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cosa robada; aun cuando la abandone o lo desapoderen de ella. El bien jurídico

tutelado en este delito es el patrimonio de las personas. La noción del

apoderamiento en el delito de robo de tomar directa o indirectamente la cosas. (

(Marchiori, 1998)

Desde lo considerado, la justicia es el anhelo social de todo ciudadano, con el que

aparentemente se debe reparar los daños causados, aunque en la realidad la

justicia ha sido intervenida por el accionar político y bajo el título de justicia se

sacrifica el más alto derecho ciudadano, para favorecer a personas o grupos de

personas del poder público. El artículo 77 del Código Penal Integral se refiere a la

reparación integral del daño causado, pero analicemos cuánto daño hace o no

permite la reparación integral con la aplicación del artículo 491del citado código,

como es la cooperación eficaz, que concluye, que lapida con lo dispuesto en el

artículo 46 del mismo cuerpo de ley. .

5.4.1. Debido proceso

Es el respeto a los derechos humanos por la administración de la justicia penal,

que como sabemos se refieren a aquellos derechos fundamentales que le son

reconocidos a cualquier persona que por una u otra razón justa o injustamente

entran en contrato con los sistemas de justicia penal en un país, refiriéndonos a un

concepto de justicia penal en sentido amplio; es decir teniendo en cuenta no solo

la fase judicial – penal sino que cubre la actividad de los órganos represivos del

Estado. (Pasquel D. A., 2014, pág. 66)

En la Constitución de la República del Ecuador del año 2008 en el numeral 7 literal

l) indica que en todos los procesos, se asegurara el derecho al debido proceso en

el que se determinaran derechos y obligaciones y se incluirá garantías básicas;

Todas las resoluciones de los poderes públicos deberán ser motivadas, si en la

resolución no se enuncian las pruebas y no se explica la pertinencia a los

antecedentes del hecho no habrá una legitima motivación, los servidores públicos

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responsables serán sancionados por dictar fallos o resoluciones que no se

encuentren debidamente motivados y se consideran nulos.

La constitución vigente aprobada en el año 2008 en su artículo 1 señala que el

Ecuador es un país de derechos constitucionales y de justica y por ende se debe

garantizar el acceso a la justica en todos los órdenes, siempre observando el debido

proceso, por lo tanto concuerdo con los criterios del doctor Zambrano Pasquel.

5.4.2. Estado Constitucional de Derechos y Justicia

Existen dos grandes modelos de justicia constitucional y por ende de

constitucionalismo, como con acierto nos dice el profesor Luis Prieto Sanchis,

claramente fiduciario del iusnaturalismo, constractualista que alentó las

formaciones del primer estado laboral que la formación del primer estado liberal y

el europeo y Kalseniano, lastrado por el legalismo en que desemboco la revolución

Francesa y más tarde(y en el mejor de los casos) El estado de Derecho continental

y que de algún modo puede calificarse de positivista. (Pasquel D. A., 2014, pág. 22)

Desde el positivismo y el neopositivismo, las diferentes corrientes del Derecho han

llevado a que después de la segunda guerra mundial se busque una nueva

corriente que abarque y reconozca todos los derechos de primera segunda y

tercera generación, las diferentes corrientes del Derecho han llevado a que

después de la segunda guerra mundial se busque una nueva corriente que abarque

y reconozca todos los derechos de primera segunda y tercera generación

ciudadana, por lo que se abandona el constitucionalismo formal y las nuevas

constituciones se estructuran en base al Neo constitucionalismo que recoge el más

alto anhelo del ser humano, que se reconozca y respeten todos sus derecho.

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5.5. Delito

Para la escuela positiva el delito es un ente de hecho, es el producto de causas

antropológicas, físicas y sociales. La categoría del delito está dada por ser la

resultante de la contradicción entre el acto y la sociedad. Todo acto que lesione la

sociedad es delito. (Jorge E. Z., 2017).

Si se analizan los conceptos de Jorge Zabala Egas, que se remite al modo de vida

de la sociedad ecuatoriana, que mucho ha sido influenciada desde el mundo

externo, que intervienen agentes externos modernos y organizan los grupos

delictivos, que son hechos muy daños y contrarios a las buenas costumbres de la

sociedad.

Infracción, es trasgresión, quebrantamiento, violación, incumplimiento de una Ley,

pacto o tratado. Denominación genérica de todo lo punible, sea delito o falta

(Cabanellas, 2007, p. 205).

De acuerdo con esta definición el autor tiene la capacidad y la voluntad de realizar

una acción y es quien decide si hacerla o no y será el responsable de dicha acción

penal, se observa que en las penas no siempre se impone no la privación de

libertad del detenido, en este sentido se demuestra si el avance es técnico según

lo estipulado legalmente.

Cada teórico del derecho tiene un mejor concepto sobre el delito, que se ha puesto

en manos del Estado el poder sancionador, pero sin apartarse de los derechos

humanos y en la aplicación de los derechos humanos, quien más pierde es la

víctima, a quien Benjamin Mendelsohn y Hans Von Hentig, se atrevieron a

establecerle grados de responsabilidad, creo que tengan razón, pero creo yo que

es una forma de revictimización, por lo tanto violatorio a los derechos humanos,

entonces están dadas las pautas para el delito campee, la injusticia sea el pan de

cada día, asunto que casi nadie se atreve a nombrar siquiera, pues el Estado es el

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monstruo más grande de todos los monstruos según lo cita el filósofo británico

Tomás Hobbes, para congraciarnos los sociólogos mantienen y defienden que el

delito es parte del cambio social, que es necesario para que las sociedades

avances y se consoliden, así lo señala Devis Moore. .

5.5.1. Teoría del delito

Es una aplicación racional de la ley penal al caso concreto. Se le atribuye una doble

función: por un lado, mediar entre la ley penal y el caso concreto, por otro lado,

mediar entre la ley penal y los hechos materiales que son objeto de juicio. Para el

profesor Enrique Bacigalupo se trata de una teoría de la aplicación de la ley penal,

ya que primero debemos verificar que una conducta humana (acción) se adecua a

la descripción realizada por el tipo (tipicidad), luego que la misma no está autorizada

ni que goce de un permiso (antijurídica) por el ordenamiento jurídico (antijurídica).

Y por último, comprobar que el autor posee las condiciones personales para

imputarle dicha conducta (culpabilidad). (Pasquel D. A., 2014, pág. 118).

El estudio del delito ha sido preocupación desde que el hombre empezó a descubrir

el conocimiento pero junto a ello también evoluciona el delito, que obedece a

circunstancias psicosociales, antropológicas, económicas, culturales, religiosas, en

fin el siglo XXI se caracteriza por la tecnificación del delito, que le va ganando la

partida a quienes se empeñan en la reducción de los índices delictivos, aplicando

aparentemente fórmulas de prevención conocidas como el deber objetivo de

cuidado. Para que las opiniones de Alfonso Zambrano Pasquel tengan mayor

fuerza en el análisis del delito, puedo manifestar que coincido en sus ideas, es

aplicable al trabajo que estoy analizando, pero el delito no necesita que se le

considere como una teoría, el delito es un hecho real, práctico, palpable, que los

sentimos los ciudadanos todos los días, como teoría, corre el peligro de que al

delincuente se le termine concediendo todos los derechos y más bien el reclame

indemnización por que no le han dejado hacer, lo que él sabe hacer.

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5.6. Robo

El Articulo 189 del Código Orgánico Integral Penal del año 2014, tipifica el delito

robo, menciona que la persona que mediante amenazas o violencia sustraiga o se

apodere de cosa mueble ajena, sea que la violencia tenga lugar antes del acto para

facilitarlo, en el momento de cometerlo o después de cometido para procurar

impunidad, será sancionada con pena privativa de libertad de cinco a siete años.

Cuando el robo se produce únicamente con fuerza en las cosas, será sancionada

con pena privativa de libertad de tres a cinco años. (Villacorte J. A., 2014, pág. 444).

Cuando se analiza el derecho penal, puesto en vigencia desde el 10 de agosto del

año 2014, el atentado contra la propiedad tiene una sanción tibia, si se analiza el

artículo 32 del Código Orgánico Integral Penal, en el robo siempre va a existir

estado de necesidad, luego la sanción para el delito de robo es de tres a cinco años,

no existe prisión preventiva, puede existir cooperación eficaz, es aplicable el

procedimiento abreviado, por lo que le tendremos de nuevo en la calle listo para

delinquir, lo más grave que se lesiona el debido proceso y la seguridad jurídica,

garantías establecidas en el nuevo ordenamiento constitucional, pero que nadie

está en posibilidad de cumplir, por lo que en este análisis expreso mi desacuerdo.

.

Delito consistente en el apoderamiento ilegitimo de una cosa mueble, total o

parcialmente ajena, mediante el empleo de la fuerza en las cosas o de intimidación

o violencia en las personases diferentes que dichas fuerzas, violencia o intimidación

tengan lugar antes del hecho, para facilitarlo, en el acto de cometerlo o

inmediatamente después, para lograr el fin propuesto o la impunidad. (Torres G. C.,

2012, pág. 856)

Todos los autores coinciden en la forma de definir el delito de robo, pero en la hora

de sancionar existen incongruencias en la administración de justicia, en donde

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surgen influencias de diversas índole que le limitan al juez la aplicación de la ley,

consecuentemente el perjuicio a las víctimas. Me parece importante añadir al

comentario del robo, el robo es el delito más aberrante, que si no se sanciona

ejemplarizadoramente al que comete rodo, este es el medio para la concurrencia

de otros delitos, que también rechazo, puesto que en todo procedo por delito de

robo existen, tenencia y porte de armas, asociación ilícita, incumplimiento de

decisiones legítimas de autoridad competente, pues el ladrón, esa es su profesión

y más de uno son reincidentes, no actúan solos y solamente con las manos y el

legisladpr sale en su defensa, para de todas ellas sancionar con la pena mayor,

pues la mayoría de los principios del Código Penal son favorables al reo.

5.7. Victima

Se define por victima a la persona natural o jurídica que haya sufrido daños,

incluidos lesiones físicas o mentales, sufrimiento emocional, pérdida económica o

que de otra manera constituyan una violación grave de normas internacionales

reconocida relacionada con los derechos humanos, la conducta de las empresas o

abusos ilícitos del poder. (Marchiori, 1998, pág. 171)

El neo constitucionalismo que creo el Estado constitucional de derechos de justica

doto de derechos al victimario pero se olvidó de la víctima, a pesar de que la víctima

se presenta tan antigua como la humanidad, es tan nueva en su estudio ya que

existen estudiosos de la victimo dogmática, en donde se le atribuye los derechos,

como también responsabilidades, producto de la falta del deber objetivo de cuidado.

5.7.1. Victimologia

Es el estudio científico, cuyo objeto es investigar y analizar las víctimas del

delito. Se refiere a la persona que sufre o es lesionada en su cuerpo, en su

propiedad, por otra. También la palabra victima significa “ser sacrificado” a una

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deidad o dedicado como ofrenda a algún poder sobrenatural (Marchiori, 1998, pág.

2)

Dentro del estudio de las víctimas del delito coincido con la preocupación que el ser

humano demuestra por el ser humano que ha sido víctima del delito y no encuentra

forma de reparación del daño que le han causado, una el deterioro material de las

cosas objeto del hurto y otra la condición jurídica que debe adoptar haciendo valer

sus derechos antes los organismos jurisdiccionales que en este país es una guerra

de dos contra uno.

5.7.2. Víctima de Robo

A la víctima le son sustraídos objetos de su propiedad este delito es el más

frecuente de los hechos cometidos contra la propiedad de las personas, figura

también con los índices más altos en las estadísticas de todos los países del

mundo. En la conducta de robo el delincuente actúa a través de la violencia, o

también con violencia físicas en las personas. La violencia puede tener lugar antes

del robo para facilitarlo, en el acto de cometerlo después de cometido para procurar

impunidad. (Marchiori, 1998, pág. 104)

La víctima del robo es el sujeto pasivo del delito de robo, que sufre desmedro en

su bienes, cabe resaltar que existen dos clases de víctima de robo las que pueden

reparar el daño económico sufrido y las que nunca subsanaran el vacío económico,

debido a su condición social que en e4ste caso pertenece n la mayoría de los

ciudadanos, por lo tanto la víctima del delito de robo a más del daño económico

sufre daño psicológico grave e irreparable.

5.8. Procesado

El artículo 440 del Código Orgánico Integral Penal del año 2014, expresa que” Se

considera persona procesada a la persona natural o jurídica, contra la cual, la o el

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fiscal formule cargos. La persona procesada tendrá la potestad de ejercer todos los

derechos que se le reconoce la constitución, los instrumentos internacionales de

Derechos Humanos y este Código. (Villacorte J. A., 2014, pág. 516)

Aquel contra el cual se ha dictado auto de procesamiento por las pruebas o indicios

existentes o supue4stos contra él; y que como presunto reo comparecerá ante el

juez o tribunal que lo deberá absolver, de no declararlo culpable o imponerle la pena

correspondiente. (Cuevas, 2011, pág. 322)

Sujeto contra el cual se ha dictado un auto llamamiento, ante la evidencia o prueba

suficiente de un delito y de su presunta responsabilidad. De acuerdo con las

circunstancias, esta condición es compatible con la libertad del acusado o impone

su prisión preventiva esencialmente revocable durante el procedimiento. (Torres G.

C., 2012, pág. 773)

El procesado es la persona sobre quien recae el cometimiento de delito nuestra

legislación penal ecuatoriana lo reconoce como tal en virtud de que a pesar de

haber ejecutado el delito, haber causado daño irreparable a la víctima, la

administración de justicia deja abierto la discrecionalidad del juez en la aplicación

de la sanción, que debe ser debidamente motivada.

5.9. Pena

Es un medio de terapeuta social, deja de ser un castigo lo que se pretende lograr

es que el reo enmiende su error y pasar de ser un castigo a una cura y de esta

forma readaptarlo y rehabilitarlo dentro de la sociedad, con el propósito de no

causarle ningún daño en vida personal y garantizarle la reinserción social. (Jorge

E. Z., 2017)

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Jorge Zabala Egas señala que la administración de justicia considera aún que la

pena que se le impone al delincuente se adecúe a las intenciones de rehabilitación,

que solamente se alcanzaría con la voluntad del procesado, además los

condicionantes sociales nunca han mejorado, que el Estado es el principal deudor

para que la sociedad está convulsionada, por lo que en la aplicación de la pena, si

es que llegara a cumplirse.

El Código Orgánico Integral Penal del año 2014 del Ecuador, en el artículo 58

define; “La pena como una restricción a la libertad de las personas, como

consecuencia jurídica de sus acciones u omisiones punibles. Se basa en una

disposición legal e impuesta por una sentencia condenatoria ejecutoriada.

(Villacorte J. A., 2014, pág. 400)

La aplicación de la pena dentro de los delitos contra la propiedad tiene que ver

mucho el valor de las cosas sustraídas, más los indicios que se recaben dentro

de la indagación previa y la aplicación bonachona de la ley penal como por ejemplo

medidas sustitutivas, suspensión condicional de la pena, cooperación eficaz, con

las que prácticamente no existiría sanción y el delincuente quedara listo para seguir

cometiendo sus fechorías.

5.9.1. Finalidad de la pena

La finalidad de la pena en el Código Orgánico Integral Penal del año 2014, en el

artículo 52. Que los fines de la pena son la prevención general para la comisión de

delitos y el desarrollo progresivo de los derechos y capacidades de la persona con

condena así como la reparación integral de la víctima. (Villacorte J. A., 2014, pág.

400)

Una de las finalidades de la pena como es el caso del robo en lo principal se busca

integral en el caso del artículo 628 del Código Orgánico Integral Penal del año 2014,

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concordante con el artículo 77 del mismo cuerpo legal, la misma que dentro del

presente proceso ha sido interrumpida mediante la suspensión condicional de la

pena de acuerdo al artículo 630 del Código de la materia teniendo como

consecuencia la violación a la seguridad jurídica constante en el artículo 82 de la

Constitución del a República del Ecuador del año 2008.

5.10. Culpabilidad

La culpabilidad, como elemento del delito es, una categoría del derecho penal, es

la que logra rebasar la mara producción causal del resultado jurídico como base de

la responsabilidad penal, hay culpabilidad, en la concepción contemporánea,

cuando la persona en la situación concreta pudo actuar de otra manera, es decir,

infringe la norma cuando bien podía no haberlo hecho ha actuado contra derecho

cuando pudo actuar de conformidad a este. (Egas J. Z., 2014)

En el delito de robo los condicionantes siempre estarán entre una flagrancia,

receptación o recuperación de las cosas robadas, por lo que la responsabilidad

penal salta a la vista, pero los juzgadores y los profesionales del derechos tienen

argucias, para que los delincuentes recobren su libertad, aún existiendo la

materialidad de la infracción, la responsabilidad del procesado a través del nexo

causal, en definitiva mi criterio es que las disposiciones legales en el delito de robo

son contrarias a las actuaciones judiciales.

Los autores suelen atribuir a esta palabra dos acepciones distintas. En sentido lato,

significa la posibilidad de imputar a una persona un delito, sea de orden penal o de

orden civil. En sentido estricto, representa el hecho de haber incurrido la culpa

determinante de responsabilidad civil o de responsabilidad penal. (Torres G. c.,

2012, pág. 245)

En el presente proceso la fiscalía ha encontrado serio indicios, primeramente sobre

la existencia material de la infracción que es el delito de robo tipificado en artículo

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189 del Código Orgánico Integral Penal del año 2014, luego la responsabilidad del

procesado en el delito de robo, por ende en el juicio el tribunal le otorgo sentencia

condenatoria.

6. METODOLOGIA.

Método Inducción- Deducción

El método inductivo deductivo se da la relación de lo general con lo particular,

constituye un método teórico muy utilizado en el tránsito del conocimiento empírico

al teórico y permite fundamental los principales resultados del nivel teórico. (Armijos

D. G., 2006, pág. 53)

La inducción es el procedimiento mediante cual se logra inferir cierta propiedad o

relación a partir de hechos particulares, es decir permite el tránsito de lo particular

a lo general. (Armijos D. G., 2006, pág. 53)

Es importante resaltar que en el análisis jurídico del proceso sobre el delito de robo,

se ha utilizado el método inductivo – deductivo, utilizando la inducción en el análisis

de la conducta del individuo, como persona causante del delito, parta hacia el

objetivo general de la administración de justicia, para reducir la delincuencia, la

inseguridad de las personas.

El procedimiento deductivo es el complemento del procedimiento inductivo

mediante el cual el investigador transita partiendo de aseveraciones generales

verdaderas a otras o características generales del objeto. (Armijos D. G., 2006, pág.

54)

Complementando con el análisis jurídico del proceso permite describir la

inseguridad que vive el ciudadano ante la ola delictiva, que involucra a

determinados ciudadanos que atentan contra la propiedad en el cantón Buena Fe,

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producto de ello se encuentran involucrados en los procesos penales por atentar

contra la propiedad.

Analítico sintético

El método analítico sintético, permite el tránsito en el estudio del fenómeno del todo

a las parte, de lo general a lo particular, el análisis es un procedimiento mental que

logra la descomposición integra del fenómeno, este se complementa con la síntesis

que permite integrar mentalmente las partes que constituyen el objeto. (Armijos D.

G., 2006)

Del análisis general del proceso que involucra al estudio general del debido proceso

en la constitución de la República del Ecuador del año 2008 se aprecia que la

sentencia del proceso por robo carece de motivación y que afecta al debido proceso

y a la seguridad jurídica del procesado . En el presente proceso el método analítico

lleva a la convicción de los elementos fácticos con los que se establece la

materialidad de la infracción, el nexo causal entre el delito y la responsabilidad del

procesado.

Sistémico

El método sistémico, permite estudiar al objeto atendiendo a todos sus

componentes y las relaciones entre ellos, capaz de explicar su movimiento y

desarrollo, en el objeto se establecen reacciones de subordinación y coordinación,

capaz de conocer nuestro punto de vista de las partes integrantes del todo y como

ese todo compuesto por partes. (Armijos D. G., 2006)

Se utilizó en el análisis del caso, se precisó que la administración de justicia como

un todo se descompone en las disposiciones constitucionales y las del derecho

penal para lograr la tipificación del delito. El debido proceso y la seguridad jurídica,

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en el presente proceso el sistema judicial no motivó la sentencia, afectando al

debido proceso y a la seguridad jurídica del procesado.

Método particular de la ciencia jurídica

En esta investigación se ha empleado, el procedimiento directo estipulado en el

artículo 640 del Código Orgánico Integral Penal del año 2014, en el presente

proceso por tratarse de un delito flagrante en la audiencia de la calificación de

flagrancia el señor fiscal califica el delito de robo, de acuerdo al artículo 189, inciso

segundo del Código Orgánico Integral Penal del año 2014, pide el inicio de la

instrucción fiscal por el tiempo de diez días de conformidad al artículo 591 de la

norma penal citada.

Instrucción

Esta etapa se inicia con la audiencia de formulación de cargos convocada por la o

el juzgador a petición de la o el fiscal, cuando la o el fiscal cuente con los elementos

suficientes para deducir una imputación, lo hará con fundamento en el: según el

artículo 591 del Código Orgánico Integral Penal del año 2014.

Formulación de cargos

La formulación de cargos contiene:

La individualización de la persona procesada, incluyendo sus nombres y

apellidos y el domicilio, en caso de conocerlo.

La relación circunstanciada de los hechos relevantes, así como la infracción

o infracciones penales que se le imputen.

Los elementos y resultados de la investigación que sirven como

fundamento jurídico para formular los cargos. La solicitud de medidas

cautelares y de protecci6n, salidas alternativas al procedimiento o cualquier

otro pedido que no afecte al debido proceso “según el artículo 595 del

Código Orgánico Integral Penal del año 2014.

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Audiencia de formulación de cargos

Concluido el tiempo de instrucción el fiscal pide al juez de lo penal que conoce la

cusa para que señale día y hora para se lleve la Audiencia de Formulación de

cargos dentro del presente proceso, pues fiscalía cuenta con los elementos

suficientes sobre la existencia material del delito, la responsabilidad del procesado,

la existencia del nexo causal entre el delito y la responsabilidad del procesado

concluirá con dictamen o abstención de acusar, en el presente proceso el dictamen

fue acusatorio, tipificado en el Código Orgánico Integral Penal. artículo y señala

que la persona que mediante violencias o amenazas sustraiga se apodere o

sustraiga de cosa mueble ajena, sea que la violencia tenga lugar antes del acto

para facilitarlo, en el momento de cometerlo o después de cometido para procurar

impunidad, será sancionada con pena privativa de libertad de cinco a siete años.

Cuando el robo se produce únicamente con fuerza en las cosas, será sancionada

con pena privativa de libertad de tres a cinco años.”

Como la instrucción fiscal se inició mediante el procedimiento directo de

conformidad al artículo 640 del Código Orgánico Integral Penal del 2014, la fiscalía

en común acuerdo con el procesado llama a juicio por procedimiento abreviado de

conformidad al artículo 635 del señalado cuerpo legal, declarando la culpabilidad

del procesado.

Etapa de evaluación y preparatoria de juicio

El proceso debió transitar por la etapa de evaluación y preparatoria de juicio de

conformidad al artículo 601 del Código Orgánico Integral Penal que señala “ , la

misma que concluye con el llamamiento a juicio de conformidad al artículo 608 del

Código Orgánico Integral Penal que señala el llamamiento a juicio.

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La audiencia de juicio

el juez de garantías penales de la Unidad Judicial Penal de Quevedo,

administrando justica en nombre del pueblo soberano y por autoridad de la ley,

sentenció a un año al ciudadano Choez Mendoza Guillermo Alejandro de privación

de libertad por el delito de robo tipificado en artículo 189 del Código Orgánico

Integral Penal del año 2014, evidenciándose que procesalmente no existió

motivación en la sentencia incumpliéndose la disposición constitucional, constante

en el literal l), numeral 7, articulo 76, que es la de motivar la sentencia.

Sentencia

Instalada la audiencia de juicio de conformidad al artículo 612 del Código Orgánico

Integral Penal del año 2014, en la que se evacuaron todas las pruebas solicitadas

por los sujetos procesales, para probar en juicio la existencia material del delito y la

responsabilidad del procesado mediante los respectivos alegatos, estando el

proceso en condiciones de resolver, el Tribunal Penal de Quevedo,

ADMINISTRANDO JUSTICIA, EN NOMBRE DEL PUEBLO SOBRERANO DEL

ECUADOR Y POR AUTORIDAD DE LA CONSTITUCION Y DE LAS DEMAS

LEYES DE LA REPUBLICA DECLARA LA CULPABILIDAD DE CHOEZ MENDOZA

GUILLERMO ALEJANDRO DE CONFORMIDAD AL ARTÍCULO 189 del Código

Orgánico Integral Penal del año 2014.

La defensa del procesado acogiéndose al artículo 630 del Código Orgánico Integral

Penal del año 2014, solicita la suspensión condicional de la pena, pedido que fue

concedido en la sentencia quedando el ciudadano listo para delinquir de nuevo y

una vez más burlada la seguridad jurídica, invocada en el artículo 82 de la

Constitución de la República del Ecuador.

El señor agente fiscal señala, que no es procedente la suspensión condicional de

la pena porque no se solicitó en la audiencia de juicio, además consta una

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detención por robo, pero el señor juez que conoce la causa acepta la suspensión

condicional de la pena por un año bajo las siguientes condiciones:

1.- Residir en el lugar

2.- No frecuentar lugares de perdición

3.- prohibición de salida del país

4.-ejercer un trabajo estable

5.-Asistir a programas educativos

6.- presentarse periódicamente el juez los primeros cinco días de cada mes

7.- No reincidir

8.- No tener instrucción fiscal en otro delito

7. Desarrollo de la propuesta

7.1. Descripción del caso

Mediante informe el agente aprehensor cabo primero de policía Julio Fabián Pruna,

informa la detención del ciudadano Guillermo Alejandro Choez Mendoza de

nacionalidad ecuatoriana y con cedula de identidad 1206251835 de estado civil

soltero de ocupación jornalero, lugar de la detención calle Toribio Alcívar y Sergio

Rosado, del cantón Buena fe, quien había forzado las seguridad del domicilio del

ciudadano Arturo Lorenzo Reyes López.

Fundamentos de hecho

La señora representante del ministerio público formula cargos en contra de

Guillermo Alejandro Choez Mendoza, de nacionalidad ecuatoriana y con cedula de

identidad 1206251835 de estado civil soltero de ocupación jornalero por cometer

delito de robo de conformidad a lo que establece artículo 189 segundo inciso de

Código Orgánico Integral Penal, por existir indicios de responsabilidad de acuerdo

a los hechos:

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El ciudadano Arturo Lorenzo Reyes López, tomó contacto con los agentes del

orden del cantón buena fe a manifestar que el ciudadano Guillermo Alejandro

Choez Mendoza, le había sustraído pertenencias de su domicilio, por lo que los

agentes se trasladaron a su domicilio ubicado en el sector Alegría del Congo,

cantón Buena fe Provincia de los Ríos, percatándose que habían forzado la puerta

principal de su vivienda y que habían sustraído dos cilindros de gas, una caja

amplificadora marca bazuca, un triciclo, así mismo el afectado supo indicar que

conocía al que había ingresado a su domicilio, el mismo que había vendido las

cosas en el sector nueva Buena fe, por lo que como aún se encontraba en flagrancia

procedieron a realizar conjuntamente con el afectado el patrullaje por el sector en

mención, logrando la localización del ciudadano Guillermo Alejandro Choez

Mendoza con cedula de identidad 1206251835, en el sector de la nueva Buena fe

a la altura de la cancha sintética del lugar, el mismo que fue reconocido por el

afectado como causante de que había ingresado a su domicilio, por lo que se

procedió a su inmediata detención no sin antes darles a conocer sus derechos

estipulados en la Constitución de la República del Ecuador en los artículos 76 y 77

numerales 3 y 4; así mismo conjuntamente con el hoy detenido se realizó la

recuperación de dos cilindros de gas y una caja amplificadora marca bazuca,

objetos que fueron reconocidos por el afectado.

Audiencia de calificación de la flagrancia:

Mediante providencia de fecha 19 de febrero del 2016, a las 14h56, se señala para

el día 19 de febrero del 2016, a las 15h15, que se lleve a efecto la audiencia de

flagrancia, para determinar la legalidad de la detención del ciudadano Guillermo

Alejandro Choez Mendoza, por haber adecuado su conducta al artículo 189 del

Código orgánico Integral Penal.

Estando el día y hora señalado, con la comparecencia del detenido señor Guillermo

Alejandro Choez Mendoza, los agentes que procedieron a la detención del

ciudadano Guillermo Alejandro Choez Mendoza, Cbop. Julio Fabián Pruna Molina,

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Cbop. Marco Elicéo Vivero Izquierdo y policía Cristhian Javier Loor Nieto, Ab. Flor

Ferrín, representante del ministerio público, Ab. Segundo Ernesto Cepeda Llamoca,

juez de la unidad judicial de lo penal, defensores técnicos del ofendido y la defensa

pública del procesado.

Extracto de la resolución de la audiencia de Flagrancia

El señor juez infiere que se establece que se encuentran en la flagrancia por lo que

califica la legalidad de la detención, comunica a Guillermo Alejandro Choez

Mendoza y sus abogados patrocinadores que se ha iniciado un proceso penal en

su contra que por ser calificado como flagrante y ser sancionado con una pena

inferior a cinco años se tramitara mediante procedimiento directo, que la instrucción

fiscal tendrá un tiempo de diez días que podrán evacuar todas las pruebas. De

conformidad a lo que establece EL Artículo 534 del Código Orgánico Integral Penal

deben cumplirse los cuatro requisitos para que un juez pueda ordenar la prisión

preventiva esto es.1.- elementos de convicción suficiente sobre la existencia de un

delito de ejercicio público de la acción ; existen elementos de con la misma victima

ha comparecido y reconoció a los cuidadanos2. Elementos de convicción claros y

precisos de que la o el procesado es autor o cómplice de la infracción; que se les

encontró comercializando los bienes 3. Indicios de los cuales vse desprenda que

las medidas cautelares no privativas de libertad son insuficientes y que es necesaria

la prisión preventiva para asegurar el cumplimiento de la pena; que no se ha

presentado ningún tipo arraigo social o documentación que se trate de una

infracción sancionada con pena en el artículo. 189 inciso segundo del Código

Orgánico Integral Penal cumplido con los requisitos del artículo 534 se ordenara la

prisión preventiva en en contra de Guillermo Alejandro Choez Mendoza, para cuyo

efecto se ordenara que se gire la boleta constitucional de encarcelamiento, se

señala para el 29 de febrero del 2016 a la 09hoo la audiencia de procedimiento

Directo.

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Alegatos

El policía Marco Eliseo Vivero Izquierdo, Manifiesta que se acercó Reyes Arturo a

indicarles que se encontró con la puerta forzada y que se le habían sustraído un

cilindro de gas una caja parlante y un triciclo unas gallinas, que habían salido con

dirección a Buena Fe indico que estaban vendiendo las cosas en el sector, que

recupero las cosas que habían vendido en 40$ en un prostíbulo, y el gas en el sitio

que venden sustancias toxicas. Arturo reyes indica que al detenido lo vieron

vendiendo la caja. Guillermo Choez que salía a cobrar de su trabajo y que le

detuvieron de sorpresa, en su representación el Ab.Tomas Boza pide la libertad de

su defendido por que no se ha encontrado con evidencia.

En la segunda intervención la señora fiscal formula cargos en contra de Guillermo

Alejandro Choez Mendoza por haber cometido el delito de robo de conformidad a

lo que establece el artículo 189 segundo inciso del Código Orgánico integral penal,

por existir indicios que establece que el procesado es partícipe del robo de

conformidad a lo que señala el artículo 522 numeral 6 del Código Orgánico integral

Penal se dictó prisión preventiva en contra de Guillermo Alejandro Choez Mendoza,

pide que se notifique al procesado en esta resolución. El abogado Tomas Boza,

defensor técnico del procesado, en su alegato concluye determinando que su

patrocinado no tiene ninguna responsabilidad ni participación en el delito del que

se le acusa.

Audiencia de Procedimiento directo

Siendo la fecha, día y hora señalados el Dr. Luis Pesantez Heredia, fiscal de la

provincia de Los Ríos, manifiesta que con el ciudadano Leonardo Bartolo

Zambrano, el otro participante en el delito de robo, ha llegado a un acuerdo, por lo

tanto la audiencia se desarrollará bajo procedimiento abreviado, pidiendo al

procesado Guillermo Alejandro Choez Mendoza se retire de la sala, que la

audiencia es de procedimiento ABREVIADO, porque ha aceptado su participación

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En vista que fue suspendida la audiencia de procedimiento directo en contra del

procesado ciudadano Guillermo Alejandro Choez Mendoza, el abogado Segundo

Ernesto Cepeda Llamoca, juez de la Unidad Judicial Penal de Los Ríos, en

Quevedo, convoca al reinicio de la audiencia de procedimiento directo para el día

15 de marzo del 2016, a las 14h00, considerando que al otro procesado Leonardo

Bartolo Zambrano Zambrano, se le impuso la pena de seis meses, al solicitarse la

suspensión condicional de la pena, le fue concedida,, pero en fojas ciento cincuenta

del segundo cuerpo del proceso, se revoca la suspensión condicional de la pena y

se ordena la inmediata ejecución de la pena, para lo cual se gira la correspondiente

boleta constitucional de captura.

Sentencia del Tribunal Penal de Garantías con Sede del Cantón Quevedo

El juez penal de la Unidad Judicial Penal de los Ríos en Quevedo en apego de

nuestra Constitución de la República del Ecuador en su artículo 76 y en toda la

prueba aportada en esta audiencia ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE

DEL PUEBLO SOBERANO DEL ECUADOR Y POR AUTORIDAD DE LA

CONSTITUCION Y DE LAS LEYES DE LA REPUBLICA DECLARA LA

CULPABILIDAD DE CHOEZ MENDOZA GUILLERMO ALEJANDRO, por haber

adecuado su conducta como autor del injusto penal tipificado y sancionado en el

artículo 189 inciso segundo del Código Orgánica Integral Penal, en el grado de

autor IMPONIENDOLE LA PENA PRIVATIVA DE LIBERTAD UN AÑO, pena que

deberá cumplir en el centro de privación de libertad para personas adultas en

conflicto con la ley.

Audiencia de suspensión condicional de la pena

El señor Juez infiere en el artículo 630 establece la ejecución de la pena privativa

de libertad impuesta en sentencia, se podrá suspender a petición de parte en la

misma audiencia de juicio o dentro de las veinticuatro horas posteriores, siempre y

cuando concurran los siguiente requisitos: Que la pena privativa de libertad prevista

para la conducta no exceda de cinca años, en este caso el ciudadano fue

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sentenciado con una pena privativa de un año cumpliéndose con el numeral. que

la persona no sentenciada no tenga vigente otra sentencia o proceso en curso, de

conformidad con la audiencia de juicio de procedimiento directo del sentenciado e

establece que Choez Mendoza Guillermo Alejandro tiene una detención por robo la

que corresponde a esta causa y en cuanto a la gravedad y siendo un robo simple

se considera que la gravedad de la conducta no es un indicativo para la ejecución

de la sentencia, en este caso se realizó un procedimiento directo en el que se

impulsó la pena de un año cumplido con los elementos la defensa establece que

cumple con los requisitos del articulo 630 considera procedente la solicitud de

suspensión condicional de la pena.

7.2. Valoración del Caso

El caso adquiere valoración jurídica desde el momento en que el ciudadano Arturo

Lorenzo Reyes López, llega a su domicilio ubicado en el recinto La Alegría del

Congo, perteneciente al cantón Buena Fe, provincia de Los Ríos, y, descubre que

las seguridades de su vivienda habían sido forzadas, al revisar en su interior le

faltaban algunas pertenecías de su propiedad, no dudó en dar aviso a la policía

nacional asegurando conocer a los mal hechores y el lugar donde se había vendido

sus pertenecías, como aún se encontraba en flagrancia se pudo dar con la

ubicación de las cosas robas (triciclo, cajas amplificadora y dos cilindros de gas) y

la detención de los causantes del ilícito, con lo que se demuestra la reacción

oportuna de la víctima y la oportuna intervención de la policía.

En la audiencia de calificación de la flagrancia y legalidad de la detención, se

adecúa su conducta al delito de robo tipificado en el artículo 189 del Código

Orgánico Integral Penal, por así disponer el código por ser la pena inferior a cinco

años, se tramitará en procedimiento directo, decretándose la prisión preventiva en

contra de GUILLERMO ALEJANDRO CHOEZ MENDOZA, se señala para la

audiencia de juzgamiento mediante procedimiento directo para el dia de 15 de

marzo del 20016 a las 14:00 horas.

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Mediante providencia del 2 de marzo de 2016 a las 14h34 el Abogado Segundo

Ernesto Cepeda LLamoca Juez de la unidad Judicial Penal de los ríos en Quevedo

convoca a los sujetos procesales a la audiencia de juzgamiento a GUILLERMO

ALEJANDRO CHOEZ MENDOZA. Constituidos en la audiencia en el día y hora

señalados mediante procedimiento directo y existiendo todos los elementos

suficientes a los que se adecua la conducta del procesado en la misma audiencia

oral publica de juzgamiento, se presentaron todas las pruebas documentales y

testimoniales, el fiscal que representa al ministerio público solicita que se declare

la culpabilidad del procesado GUILLERMO ALEJANDRO CHOEZ MENDOZA, que

se tome en cuenta los atenuantes transcendentales de los artículos 45 y 46 del

Código Orgánico Integral Penal, ya que ha colaborado con la policía para recuperar

las cosas, la fiscalía solicita que se le imponga la pena de seis meses de privación

de libertad del procesado GUILLERMO ALEJANDRO CHOEZ MENDOZA.

Al momento de resolver al procesado GUILLERMO ALEJANDRO CHOEZ

MENDOZA, se le impone la pena privativa de libertad de un año, pero el 19 de abril

del 2016, a las 09h00, se realizó la audiencia para resolver la suspensión

condicional de la pena del procesado, la defensa técnica alegó que se encuentran

reunidos todos los requisitos para la suspensión condicional de la pena, pero el

representante del Ministerio Público, Ab. Felipe García concluyó que la suspensión

condicional de la pena opera a favor de quienes se acogen al procedimiento

abreviado, pero al procesado GUILLERMO ALEJANDRO CHOEZ MENDOZA, se

le aplicó el procedimiento Directo, por lo que no se cumplen los requisitos del

artículo 630 del Código Penal. El señor juez de la causa al resolver acepta la

suspensión condicional de la pena y ordena la libertad del sentenciado

GUILLERMO ALEJANDRO CHOEZ MENDOZA.

Cuando todo marchaba bien, el procesado GUILLERMO ALEJANDRO CHOEZ

MENDOZA, incumple el compromiso de presentarse los primeros cinco días de

cada mes, en el mes de noviembre del 2016 el procesado se presenta el 18 de

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noviembre, por lo que se determina que el sentenciado ha incumplido con la

condición impuesta, se ordena la inmediata ejecución de la pena privativa de

libertad, ordenándose inmediatamente se gire la correspondiente boleta

constitucional de captura.

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7.3. Conclusiones

A través de la investigación teórica, los diferentes autores realizan una

fundamentación teórica basada en las diferentes conceptualizaciones sobre

la necesidad de la motivación de la sentencia y el cumplimiento del debido

proceso en la administración de justicia.

Al tener todos los elementos de convicción que con el que se atribuye la

responsabilidad el procesado y determinando la culpabilidad es juzgado a

falta de motivación por cuanto se da incumplimiento al debido proceso.

Realizar todos los procesos y procedimientos para que el juzgador emita la

sentencia en contra de un procesado debe está debidamente fundamentado

para lograr una verdadera administración de justicia.

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40

8. Bibliografía

Andrade, R. V. (2014). Derecho precesal Penal Ecuatoriano . Quito : Edicioes

legales.

Armijos, C. G. (2006a). La investigación científica en preguntas y respuestas. En C.

G. Armijos, La investigación científica en preguntas y respuestas (pág. 52).

Ambato: Corporación Uniandes.

Armijos, C. G. (2006b). La Investigación Científica en preguntas y respuestas. En

C. G. Armijos, La investigación científica en preguntas y respuestas (págs.

74-75). Ambato, Ecuador: Corporación Uniandes.

Armijos, C. G. (2006c). La investigación científica, en preguntas y respuestas. En

C. G. Armijos, La investigación científica, en preguntas y respuestas (pág.

56). Ambato, Ecuador: Corporación Uniandes.

Armijos, D. G. (2006d). La investigacion cientifica preguntas y respuestas. En D. G.

Armijos, La investigacion cientifica preguntas y respuesta. Ambato:

coorporacion uniandes.

Cuevas, G. C. (2011a). DICCIONARIO JURÌDICO ELEMENTAL. En G. C. Cuevas,

Diccionario Jurídico Elemental (pág. 222). Buenos Aires, Argentina: Heliasta.

Cuevas, G. C. (2011b). Diccionario jurídico elemental . En G. C. cuevas. argentina:

Editoria Heliasta.

Egas, J. Z. (2014a). Teoria del delito y sistema acusatorio. En J. Z. Egas, Teoria del

delito y sistema acusatorio. Quito: Murillo Editores.

Egas, J. Z. (Agosto de 2014b). Teoria del delito y sistema acusatorio. En J. Z. Egas,

Teoria del delito y sistema acusatorio. Quito: Murillo Editores.

Egas, J. Z. (2014c). Teoria del Delito y sistema acusatorio . En J. Z. Egas, Teoria

del Delito y sistema acusatorio. Quito : Murillo Editores .

Page 42: UNIVERSIDAD REGIONAL AUTÓNOMA DE LOS ANDESdspace.uniandes.edu.ec/bitstream/123456789/7590/1/... · MOTIVACIÒN DE LA SENTENCIA EN EL DELITO DE ROBO”, así como también los contenidos,

41

Falconí, R. g. (2014). Código Orgánico Integral Penal Comentado . lima : ARA

Editores .

Marchiori, H. (1998). La victima del delito. En H. Marchiori, La victima del delito.

Toluca: Editorial Porrúa.

Mendigaña, J. (2009). Código Orgánico de la Función Judicial. En C. L.

Fiscalización, Código Orgánico de la Función Judicial. Quito, Ecuador:

Registro Oficial.

Pasquel, A. Z. (2014a). Estudfio Introductorio al Código Orgánico Integral Penal .

quito: corporacion de estudio y publicaciones .

Pasquel, A. Z. (2014b). Estudiio Introdutorio al Código Orgánico Integral Penal .

Quito : corporaciones estudio y publicaciones.

Pasquel, A. Z. (2014c). Estudio introductorio al Código Orgánico Integral Penal.

Quito: Coorporaciones estudios y publicaciones.

Pasquel, A. Z. (2014d). Estudio introductorio al Código Orgánico Integral Penal .

Quito: Corporacion de estudios y publicaciones.

Pasquel, D. A. (2014e). Estudio introductorio al Còdigo Orgánico Integral Penal. En

R. A. Pasquel, Estudio introductorio al Còdigo Orgánico Integral Penal (pág.

182). Quito, Ecuador: Talleres CEP.

Torres, G. C. (2012a). Diccionario Ciencias juridicas. En G. c. torres, Diccionario

Ciencias Juridicas . Buenos aires : Heliasta.S.R.L.

Torres, G. c. (2012b). Diccionario Ciencias juridicas . En G. c. Torres, Diccionario

Ciencias juridicas . Buenos Aires: Heliasta S.R.L.

Torres, G. C. (2012c). Diccionario de ciencia juridicas . En G. C. Torres, Diccionario

de ciencia juridicas . Buenos Aires: Heliasta S.R.L.

Page 43: UNIVERSIDAD REGIONAL AUTÓNOMA DE LOS ANDESdspace.uniandes.edu.ec/bitstream/123456789/7590/1/... · MOTIVACIÒN DE LA SENTENCIA EN EL DELITO DE ROBO”, así como también los contenidos,

42

Ulpiano. (1992). Tres màximas de Ulpiano. En M. A. Mojer, Màximas de Ulpiano.

La Plata: Lex.

Villacorte, J. A. (2014a). Código Orgánico Integral Penal . Quito: compilacion.

Villacorte, J. A. (2015b). Compilación. En J. A. Villacorte, Compilación (pág. 36).

Quito, Ecuador: Sofigraf.