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UNIVERSIDAD REGIONAL AUTÓNOMA DE LOS ANDES “UNIANDES” FACULTAD DE JURISPRUDENCIA CARRERA DE DERECHO PROYECTO DE INVESTIGACIÓN PREVIO A LA OBTENCIÓN DEL TÍTULO DE ABOGADA DE LOS TRIBUNALES DE LA REPÚBLICA. TEMA: “INCORPORAR EN EL ARTÍCULO 149 DEL CÓDIGO ORGÁNICO INTEGRAL PENAL, UN INCISO QUE ESTABLEZCA UNA SANCIÓN PARA LA PERSONA QUE MEDIANTE LOS MEDIOS DE PRENSA ESCRITA PROMOCIONE EL ABORTO.” AUTORA: OLIVO BARRE YURY ALEXANDRA ASESOR: Abg. SALTOS SALGADO MARCO FERNANDO, MSc. SANTO DOMINGO ECUADOR 2017

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UNIVERSIDAD REGIONAL AUTÓNOMA DE LOS ANDES

“UNIANDES”

FACULTAD DE JURISPRUDENCIA

CARRERA DE DERECHO

PROYECTO DE INVESTIGACIÓN PREVIO A LA OBTENCIÓN DEL

TÍTULO DE ABOGADA DE LOS TRIBUNALES DE LA REPÚBLICA.

TEMA:

“INCORPORAR EN EL ARTÍCULO 149 DEL CÓDIGO ORGÁNICO

INTEGRAL PENAL, UN INCISO QUE ESTABLEZCA UNA SANCIÓN PARA

LA PERSONA QUE MEDIANTE LOS MEDIOS DE PRENSA ESCRITA

PROMOCIONE EL ABORTO.”

AUTORA: OLIVO BARRE YURY ALEXANDRA

ASESOR: Abg. SALTOS SALGADO MARCO FERNANDO, MSc.

SANTO DOMINGO – ECUADOR

2017

CERTIFICACIÓN DEL LECTOR DEL TRABAJO DE TITULACIÓN

Yo, Dr. José María Beltrán Ayala, en calidad de Lector del Proyecto de

Titulación.

CERTIFICO:

Que el presente trabajo de titulación realizado por la estudiante Sra. Olivo

Barre Yury Alexandra, sobre el tema: “INCORPORAR EN EL ARTÍCULO 149

DEL CÓDIGO ORGÁNICO INTEGRAL PENAL, UN INCISO QUE

ESTABLEZCA UNA SANCIÓN PARA LA PERSONA QUE MEDIANTE LOS

MEDIOS DE PRENSA ESCRITA PROMOCIONE EL ABORTO”, ha sido

cuidadosamente revisado por el suscrito, por lo que he podido constatar que

cumple con todos los requisitos de fondo y forma establecidos por la Universidad

Regional Autónoma de los Andes, para esta clase de trabajos, por lo que autorizo

su presentación.

Santo Domingo, octubre de 2017

-----------------------------------

Dr. José María Beltrán Ayala

LECTOR

DEDICATORIA

Dedico este trabajo de investigación a mis padres por todo el apoyo incondicional

que siempre he tenido de ellos.

A mi hijo ADRIÁN por ser la persona, que me inspira a ser cada día mejor, a

luchar para salir adelante.

A mi esposo JUAN CARLOS por todo el apoyo que me ha brindado a lo largo de

estos años a su lado.

A mis hermanos porque a pesar de vivir lejos siempre he recibido una palabra

de aliento y ánimos para seguir adelante. Especialmente a mi hermano JORGE

LUIS que, aunque hace muchos años no está conmigo, siempre estará presente

en mi vida.

AGRADECIMIENTO

A DIOS por guiar mi camino y mantenerme con bien, a mis padres por todo su

apoyo cariño y comprensión.

A mi esposo JUAN CARLOS que desde que inicie la carrera ha estado a mi lado

apoyándome en todo momento.

A la Universidad Regional Autónoma de los Andes, por brindarme la oportunidad

de educarme en sus aulas.

Al Dr. MARCO SALTOS por toda la paciencia y guiar este trabajo de

investigación.

A mis catedráticos por compartir sus conocimientos a lo largo de estos años.

RESUMEN

En el presente trabajo de investigación, se plantea una reforma al artículo 149

del Código Orgánico Integral Penal, a fin que se agregue un inciso que

establezca una sanción para la persona que mediante los medios de prensa

escrita promocione el aborto, que es un problema social, económico, de salud,

a nivel nacional, que ha ido incrementándose a través de los años, pese a que

en la Ley de Comunicación en el artículo 67 manifiesta la prohibición de todo

mensaje que incite a la comisión de un acto ilegal, también es importante

mencionar que la Constitución de la República garantiza el derecho a la vida

desde la concepción; por lo tanto el tema es de gran importancia para el Estado

y para la sociedad en general.

La metodología utilizada en el trabajo de investigación es: cualitativa y

cuantitativa; se utilizaron los métodos inductivo, deductivo, analítico, sintético,

histórico-lógico; además de otras técnicas de investigación como la encuesta,

entrevista, bibliográfica. La línea de investigación según el Manual de

investigación de UNIANDES corresponde a “Retos, Perspectivas y

Perfeccionamiento de las Ciencias Jurídicas en el Ecuador”, subtema “El

ordenamiento jurídico Ecuatoriano, presupuestos históricos, teóricos filosóficos

y constitucionales”.

Con la investigación realizada se puede apreciar la necesidad de implementar

un inciso que establezca una sanción para la persona que mediante los medios

de prensa escrita promocione el aborto; por cuanto es un problema que afecta a

toda la sociedad en general, en algunos casos pudiendo causar la muerte de la

mujer que decide practicarse un aborto, es muy importante que las autoridades

tomen las acciones necesarias para evitar que se sigan publicando anuncios

donde se ofrece el servicio de una forma ilegal.

ABSTRACT

In the present research work, the researcher proposes a reform at article 149

about the Integrated Organic Code from Criminal Procedure, so that an incision

is added that establishes a sanction for the person who, through the written press,

promotes abortion, which is a social, economic and health problem, at national

level, which has been increasing over the years, despite the fact that in the

Communication Law in article 67 shows the prohibition of any message that

incites the commission of an illegal act , it is also important to mention that the

Republic Constitution guarantees the right to life from conception; therefore the

subject is of great importance for the State and for society in general.

The methodology used in the research work is: qualitative and quantitative; we

used the inductive, deductive, analytical, synthetic, historical-logical methods; in

addition to other research techniques such as the survey, interview,

bibliographical. The research line according to the UNIANDES Research Manual

corresponds to "Challenges, Perspectives and Improvement of Legal Sciences

in Ecuador", sub-theme "The Ecuadorian legal order, historical budget,

philosophical and constitutional theorists".

With the research carried out, one can appreciate the need to implement an

incision that establishes a sanction for the person who, through the written press,

promotes abortion; because it is a problem that affects the whole society in

general, in some cases may cause the death of the woman who decides to have

an abortion, it is very important that the authorities take the necessary actions to

prevent the continued publication of advertisements where offers the service in

an illegal way.

ÍNDICE GENERAL

PORTADA

APROBACIÓN DEL ASESOR DEL TRABAJO DE TITULACIÓN

DECLARACIÓN DE AUTENTICIDAD

DERECHOS DE AUTOR

CERTIFICACIÓN DEL LECTOR DEL TRABAJO DE TITULACIÓN

DEDICATORIA

AGRADECIMIENTO

RESUMEN

ABSTRACT

ÍNDICE GENERAL

ÍNDICE DE TABLAS

ÍNDICE DE GRÁFICOS

ÍNDICE DE ANEXOS

INTRODUCCIÓN ............................................................................................................ 1

Antecedentes de la investigación ................................................................................. 1

Formulación del problema ............................................................................................. 2

Delimitación del problema ............................................................................................. 2

Objeto de investigación .................................................................................................. 2

Campo de acción ............................................................................................................ 3

Identificación de la Línea de Investigación ................................................................. 3

Objetivos .......................................................................................................................... 3

General ............................................................................................................................. 3

Específicos ....................................................................................................................... 3

Idea a Defender .............................................................................................................. 4

Preguntas científicas ...................................................................................................... 4

Justificación del tema ..................................................................................................... 4

CAPÍTULO I .................................................................................................................... 5

1. MARCO TEÓRICO .................................................................................................... 5

EPÍGRAFE I ..................................................................................................................... 5

1.1. Origen y evolución del objeto de investigación. .............................................. 5

1.1.1. Origen y evolución del aborto ........................................................................ 5

1.1.2. El Aborto ............................................................................................................ 9

1.1.2.1. ¿Qué es aborto? ............................................................................................... 9

1.1.2.2. El Aborto es un crimen muy grave contra Dios y contra la humanidad . 10

1.1.2.3. Generalidades del aborto .............................................................................. 11

1.1.3. Tipos de aborto .................................................................................................. 11

1.1.3.1. Aborto Espontáneo ........................................................................................ 11

1.1.3.2. Aborto Inducido ............................................................................................... 12

1.1.3.3. Aborto Auto Inducido ..................................................................................... 12

1.1.3.4. Otros tipos de abortos ................................................................................... 13

1.1.3.4.1. Aborto Empírico ........................................................................................... 13

1.1.3.4.2. Aborto Inseguro ........................................................................................... 13

1.1.3.4.3. Aborto Delictivo ........................................................................................... 13

1.1.3.4.4. Aborto Doméstico ........................................................................................ 14

1.1.3.4.5. Aborto Profesional ...................................................................................... 14

1.1.3.4.6. Aborto Seudoprofesional ........................................................................... 14

1.1.3.5 Muerte ............................................................................................................... 14

1.1.3.6 Complicaciones de los procedimientos abortivos ...................................... 14

1.1.3.7. Consecuencias en la mujer que se practicó el aborto .............................. 15

1.1.3.8. Alteraciones psicológicas de las mujeres que han abortado .................. 16

1. 1.4. El bien jurídico protegido en el delito de aborto ........................................... 16

1.1.4.1. Aborto que contempla Código Orgánico Integral Penal ........................... 17

1.1.4.1.1. Aborto con muerte ...................................................................................... 17

1.1.4.1.2. Aborto no consentido .................................................................................. 18

1.1.4.1.3. Aborto consentido ....................................................................................... 18

1.1.4.1.4. Aborto no punible ........................................................................................ 19

1.1.5. Principios Constitucionales en el Ecuador .................................................... 20

1.1.5.1. Derecho a la Vida. .......................................................................................... 20

1.1.5.2. Derecho a la Integridad ................................................................................. 21

1.1.5.3. Derechos de las personas y grupos de atención prioritaria .................. 22

1.1.5.4. Código Civil ..................................................................................................... 23

1.1.5.5. Código Orgánico Integral Penal ................................................................... 23

1.1.5.6. Sujetos protegidos .......................................................................................... 23

1.1.5.7. Derechos de familia ....................................................................................... 24

1.1.6. Fundamentación en Tratados Internacionales .......................................... 25

1.1.6.1. Convención Americana sobre Derechos Humanos. ................................. 26

1.1.7. La prensa escrita ............................................................................................ 26

1.1.7.1. Inicios de la prensa escrita en el Ecuador .................................................. 27

1.1.7.2. Publicación ...................................................................................................... 29

1.1.7.3. Las publicaciones en la prensa escrita. ...................................................... 29

1.1.7.4. Ley Orgánica de Comunicación ................................................................... 31

1.1.7.5. Definición de clandestino .............................................................................. 33

1.1.8. DERECHO COMPARADO ........................................................................... 34

1.1.8.1. Rusia ................................................................................................................ 34

1.1.8.2. El Salvador ...................................................................................................... 35

EPÍGRAFE II .................................................................................................................. 36

1.2 Diferentes posiciones teorías respecto al aborto ...................................... 36

1.2.1. Dr. Alfredo Achával ........................................................................................ 36

1.2.2. Dr. Jorge Zavala Baquerizo .......................................................................... 36

1.2.3. Dr. Manuel Chávez Ascencio ....................................................................... 36

1.2.4. Dr. Altez Ortega Rogelio ............................................................................... 37

1.2.5. Dr. José Joaquín Flor Vazcones .................................................................. 37

EPÍGRAFE III ................................................................................................................ 38

1.3. Análisis crítico respecto a las diferentes posiciones doctrinarias dadas por

autores respecto al aborto y las publicaciones en la prensa escrita. ................... 38

1.3.1. Dr. Alfredo Achával ........................................................................................ 38

1.3.2. Dr. Jorge Zavala Baquerizo .......................................................................... 39

1.3.3. Dr. Manuel Chávez Ascencio ....................................................................... 39

1.3.4. Dr. Altez Ortega Rogelio ............................................................................... 40

1.3.5. Dr. José Joaquin Flor Vazcones .................................................................. 40

EPÍGRAFE IV ................................................................................................................ 41

1.4. Conclusiones parciales del capítulo. .............................................................. 41

CAPITULO II ................................................................................................................. 42

2. MARCO METODOLÓGICO Y PLANTEAMIENTO DE LA PROPUESTA. .... 42

2.1. Caracterización del problema seleccionado para la investigación ............... 42

2.2. Descripción del procedimiento metodológico para la investigación .......... 42

2.2.1. Metodología de la investigación .................................................................. 42

2.2.2. Modalidades de la investigación .................................................................. 43

2.2.2.1. Cualitativa ........................................................................................................ 43

2.2.2.2. Cuantitativa ...................................................................................................... 43

2.3.1. Métodos de investigación ............................................................................. 43

2.3.1.1. Inductivo – deductivo ..................................................................................... 43

2.3.1.2. Analítico ........................................................................................................... 44

2.3.1.3. Sintético ........................................................................................................... 44

2.3.1.4. Histórico – lógico ............................................................................................ 44

2.4. Técnicas de investigación ................................................................................ 44

2.4.1. Encuestas ........................................................................................................ 44

2.4.2. Entrevista ......................................................................................................... 45

2.4.3. Bibliográfica ..................................................................................................... 45

2.5. Herramientas de la investigación ....................................................................... 45

2.5.1. Fichaje ................................................................................................................. 45

2.5.2. Guía de entrevista ............................................................................................. 46

2.5.3. Cuestionario ........................................................................................................ 46

2.6. Diseño de la investigación ................................................................................... 46

2.6.1. Cálculo de la muestra de la población……………………………………….46

2.7. Interpretación de la entrevista realizada ........................................................ 56

2.8. Planteamiento de la propuesta ........................................................................ 56

2.8.1. Tema ................................................................................................................ 57

2.8.2. Objetivo de la propuesta ............................................................................... 57

2.8.3. Justificación de la propuesta ........................................................................ 57

2.8.4. Descripción de la propuesta ......................................................................... 57

2.8.5. Verificación de la idea a defender ............................................................... 58

2.9. Conclusiones parciales del capítulo. .............................................................. 58

CAPÍTULO III ................................................................................................................ 60

3.VALIDACIÓN Y/O EVALUACIÓN DE RESULTADOS DE SU

APLICACIÓN ................................................................................................................ 60

3.1. Tema ....................................................................................................................... 60

Exposición de motivos ................................................................................................. 60

3.3. LEY REFORMATORIA AL CÓDIGO ORGÁNICO INTEGRAL PENAL ....... 63

3.4. Conclusiones parciales del capítulo ............................................................... 64

3.5. CONCLUSIONES GENERALES ..................................................................... 65

3.6. RECOMENDACIONES ..................................................................................... 66

BIBLIOGRAFÍA

ANEXOS

ÍNDICE DE TABLAS

TABLA N0 1 MUESTRA DE DATOS ........................................................................... 47

TABLA 2 ENCUESTADOS ......................................................................................... 47

TABLA 3 PREGUNTA 1 .............................................................................................. 49

TABLA 4 PREGUNTA 2 ............................................................................................. 50

TABLA 5 PREGUNTA 3 .............................................................................................. 51

TABLA 6 PREGUNTA 4 .............................................................................................. 52

TABLA 7 PREGUNTA 5 .............................................................................................. 53

TABLA 8 PREGUNTA 6 .............................................................................................. 54

TABLA 9 PREGUNTA 7 .............................................................................................. 55

ÍNDICE DE GRÁFICOS

GRÁFICO 1. PREGUNTA 1 ........................................................................................ 49

GRÁFICO 2. PREGUNTA 2 ........................................................................................ 50

GRÁFICO 3. PREGUNTA 3 ........................................................................................ 51

GRÁFICO 4. PREGUNTA 4 ........................................................................................ 52

GRÁFICO 5. PREGUNTA 5 ........................................................................................ 53

GRÁFICO 6. PREGUNTA 6 ........................................................................................ 54

GRÁFICO 7. PREGUNTA 7 ........................................................................................ 55

ÍNDICE DE ANEXOS

Anexo 1. Carta de aprobación de Perfil de Proyecto de Investigación

Anexo 2. Certificados de viabilidad

Anexo 3. Formulario de Encuesta

Anexo 4. Formulario de Entrevista

Anexo 5. Fotografías

1

INTRODUCCIÓN

Antecedentes de la investigación

El aborto ha sido un problema muy controvertido desde la antigüedad, y se ha

ido agravando con el pasar de los años, en la mayoría de países el aborto es

considerado como un delito contra la vida, con las excepciones que la ley

establece y debido a esta incriminación, se practican muchos abortos

clandestinos, sin dejar de mencionar que el derecho a la vida es una de las

garantías constitucionales absolutas, el primer derecho más natural por lo tanto

una de las formas de garantizar este derecho es la debida penalización para

quienes intenten, siquiera, violentarlo, por lo tanto la vida del ser humano debe

ser respetada en todos los momentos o fases, no se puede hablar del aborto

como un derecho, ya que se encuentra moralmente como injusto.

Revisados los temas existentes dentro de las diferentes bibliotecas y el CDIC de

la Universidad Regional Autónoma de los Andes “UNIANDES”, de esta Provincia

de Santo Domingo de los Tsáchilas, así también en internet, con el fin de

constatar la existencia de un trabajo de investigación o informe jurídico sobre

“INCORPORAR EN EL ARTÍCULO 149 DEL CÓDIGO ORGÁNICO INTEGRAL

PENAL, UN INCISO QUE ESTABLEZCA UNA SANCIÓN PARA LA PERSONA

QUE MEDIANTE LOS MEDIOS DE PRENSA ESCRITA PROMOCIONE EL

ABORTO” se ha podido verificar a través de internet la existencia de una tesis

de la Universidad Laica Vicente Rocafuerte de Guayaquil, con el siguiente tema

“ABORTO INDUCIDO EN EL ECUADOR”; siendo la autora la señorita

CHIPANTIZA PÉREZ PATRICIA DEYSI, realizada la investigación entre el año

2014-2015, sin embargo el tema que se propone tiene un enfoque diferente, la

propuesta se orienta a realizar una reforma en el artículo 149 del Código

Orgánico Integral Penal, por lo que la presente investigación es de carácter

original, pertinente, veraz y efectiva.

2

Formulación del problema

No existe una sanción para la persona que acude a los medios de prensa escrita

a solicitar que se publiquen anuncios donde se promociona el aborto, pese a que

en el país la práctica del aborto es penalizada, en el Ecuador existe una alto

índice de abortos según datos del Instituto Nacional de Estadísticas y Censos

(INEC) en el 2014 hubo 17.882 abortos no espontáneos, lo que representa el

5,31 % del total de embarazos registrados. De esos la gran mayoría 15.732 tuvo

alguna complicación por tratarse abortos clandestinos. Debe considerarse que

únicamente se registran los datos de los que tuvieron complicación, pero los que

no sufrieron ninguna complicación pasan desapercibidos.

Es importante mencionar que vivimos en un Estado de derechos; el artículo 11

numeral 9 de la Constitución de la República señala que el más alto deber del

Estado consiste en respetar y hacer respetar los derechos garantizados en la

Constitución, de la misma forma el Estado reconocerá y garantizará la vida

incluido el cuidado y protección desde la concepción. Con las publicaciones en

la prensa escrita sobre anuncios donde se facilitan los contactos para la práctica

del aborto ilegal se está permitiendo que las clínicas clandestinas se lucren

mediante el cometimiento de un delito.

Con la presente investigación se busca que mediante la sanción que se imponga

tanto a la persona que va realizar su anuncio como a la prensa que lo publique

se pueda contribuir a la disminución del aborto.

Delimitación del problema

El presente trabajo investigativo se realizará en la ciudad de Santo Domingo de

los Colorados, provincia de Santo Domingo de los Tsáchilas, en las Unidades

Judiciales de lo Penal, Tránsito y Contravenciones.

Objeto de investigación

El objeto de la investigación es el capítulo segundo, delitos contra los derechos

de libertad, sección primera delitos contra la inviolabilidad de la vida, artículo 149

del Código Orgánico Integral Penal de la Legislación Ecuatoriana.

3

Campo de acción

Se encuentra determinado para la presente investigación es la ciudad de Santo

Domingo de los Colorados, provincia de Santo Domingo de los Tsáchilas,

concretamente la Unidad Judicial Penal y Tránsito. Esta investigación se

realizará en el cantón Santo Domingo, en el año 2016.

Identificación de la Línea de Investigación

La línea de investigación jurídica:

“Retos, Perspectivas y Perfeccionamiento de las Ciencias Jurídicas en

Ecuador”

El ordenamiento Jurídico Ecuatoriano, Presupuestos históricos, teóricos

filosóficos y constitucionales.

Objetivos

General

Incorporar en el artículo 149 del Código Orgánico Integral Penal, un inciso que

establezca una sanción con pena privativa de libertad de seis meses a dos años

a la persona que mediante los medios de prensa escrita promocione el aborto.

Específicos

Fundamentar de manera constitucional, jurídica y doctrinaria la necesidad de

sancionar este tipo comportamientos, que va en contra del derecho a la vida.

Elaborar los componentes jurídicos necesarios para que la incorporación

planteada alcance las expectativas del objetivo general del proyecto.

4

Acudir a diferentes instalaciones de la localidad tales como Fiscalía General

del Estado, Unidad Judicial de Garantías Penales, y Abogados en libre

ejercicio del cantón Santo Domingo, para recolectar información relacionada

en el tema planteado.

Validar la presente propuesta por expertos.

Idea a Defender

Con la propuesta de incorporar en el artículo 149 del Código Orgánico Integral

Penal un inciso que establezca una sanción para la persona que mediante los

medios de prensa escrita promocione el aborto se lograra evitar que se publiquen

anuncios en la prensa escrita que promocionen la práctica ilegal del aborto, y

erradicación de los abortos clandestinos que día a día van en aumento,

garantizando el derecho a la vida establecido en la Constitución de la República

del Ecuador.

Preguntas científicas

¿Por qué es importante que se incorpore en el artículo 149 del Código Orgánico

Integral Penal, un inciso que establezca una sanción para la persona que

mediante los medios de prensa escrita promocione el aborto?

¿Qué responsabilidad tendría la prensa escrita al momento de publicar anuncios

que van en contra de lo estipulado en la Legislación Ecuatoriana?

¿Cuáles serían las consecuencias para una mujer que decide practicarse un

aborto en forma clandestina?

Justificación del tema

En la presente investigación con la incorporación en el artículo 149 del Código

Orgánico Integral Penal, un inciso que establezca una sanción para la persona

que mediante los medios de prensa escrita promocione el aborto, se busca que

5

no exista más abortos clandestinos que muchas veces pueden terminar con la

muerte de la mujer que toma la decisión de realizarse un aborto, la prensa escrita

debe ser muy cuidadosa y regirse a la ley al momento de publicar contenidos,

hacerlo de una forma responsable.

El aborto es un problema que ha venido evolucionando desde la antigüedad y

cada día va en aumento, al aplicar una sanción a quienes promocionen el aborto

en la prensa escrita se busca erradicar el problema que afecta, no solo a la mujer

que decide abortar, sino a la familia.

CAPÍTULO I

1. MARCO TEÓRICO

EPÍGRAFE I

1.1. Origen y evolución del objeto de investigación.

1.1.1. Origen y evolución del aborto

Para iniciar con la presente investigación es importante dar a conocer desde

cuando inicio el aborto y su estado actual, la práctica del aborto se la ha venido

realizando desde la antigüedad.

“Los pueblos primitivos y posteriormente a ellos India y Egipto acordaban

derecho Patriarcal absoluto y los padres podían vender o matar a sus hijos, aun

antes de nacer” (Achával, 1994, pág. 362).

En Grecia se realizaba la práctica del aborto para controlar la natalidad, y

mantener los estables las condiciones sociales y económicas, era practicado por

los médicos, y más aún en los casos de embarazos extraconyugales.

Platón recomendaba el aborto a las mujeres embarazadas mayores de cuarenta

años o cuya pareja era mayor de cincuenta años, por otra parte, Aristóteles

6

sostenía que el feto se convierte en humano a los cuarenta días de su

concepción si es masculino y a los noventa si es femenino y recomendaba el

aborto pata limitar el tamaño de la familia.

En la antigua Roma el aborto estaba permitido, el Derecho Romano no

consideraba al bebe no nacido como persona, aunque les reconocía los

derechos tales como el derecho a nacer.

El hombre siempre ha estado preocupado por el proceso de la concepción de su

propia especie, sea para favorecerla como también para evitarla. En todas las

culturas, desde las más antiguas hasta las presentes, encontramos evidencias

documentadas sobre este asunto. No siempre el proceso de concepción y contra

concepción fue visto con una connotación moral. Hubo distintas ópticas para

evaluar la licitud o ilicitud de estos actos.

El aborto se puede definir como, la terminación deliberada del embarazo, dando

como resultado la muerte intencionada del feto antes de su nacimiento

espontáneo. Tal vez, el método más común y extendido y más efectivo utilizado

en la antigüedad, fue el de punzar el óvulo mediante la manipulación manual o

mecánica. Otro método abortivo recomendado por un autor hipocrático a una

mujer embarazada, fue hacer que ésta saltara alto en el aire golpeando con los

talones sus propias nalgas. La embriotomía o corte quirúrgico del feto, fue

también conocida por los griegos y romanos. Se usaba como último recurso

cuando la vida de la madre estaba amenazada durante el nacimiento o cuando

se creía que el feto estaba muerto en el útero.

Las ideas principales que hablan respecto al aborto surgen en los filósofos

antiguos, los que con mayor precisión expresaron opiniones acerca del aborto y

el infanticidio, fueron: Pitágoras, Platón y Aristóteles. En términos generales

tenían dos preguntas que eran fundamentales en el tema desde su perspectiva:

El pitagorismo, se caracterizó por dar gran importancia al alma dentro de su

doctrina. Sostenía que ella es la parte esencial de la persona y su naturaleza es

inmortal. El alma es un ente divino. La asociación con el cuerpo es sólo temporal,

7

transitoria. El destino del alma es volver a la divinidad de donde viene. Su

existencia terrenal, obedece a un proceso de “trasmigración” que tiene como

fundamento un fuerte acento ético. La fuerza moral realizada conscientemente

en la asociación existencial del alma con un cuerpo, decide el posterior estado

de vida. Pitágoras estaba en desacuerdo del aborto. Creía que el feto poseía un

alma y que era un ser animado desde el primer momento de la concepción.

Cualquier esfuerzo por terminar con la vida del embrión o con el nacimiento de

cualquier especie animal fue condenado moralmente desde su punto de vista.

Por otro lado, las opiniones de Platón sobre el aborto y también las de Aristóteles

poseen un fondo mucho más práctico o utilitario que aquellos argumentos

sostenidos por los pitagóricos. Toman en cuenta sus consecuencias en el medio

social, como actos políticos. Platón también cree en el dualismo cuerpo-alma y

en el dogma de la transmigración de las almas debido al fuerte arraigo que existe

en su doctrina de la teoría pitagórica. No obstante, y en apoyo a sus ideas

políticas elaboradas en la concepción de un Estado lo vemos apoyar

decididamente el aborto y el infanticidio. Platón autoriza el aborto como parte de

un programa eugenésico. Este programa vincula las estrictas reglas del

matrimonio con el propósito final de producir un tipo humano lo más perfecto

posible que pueda servir a todo el Estado. Como ya se había comentado,

Aristóteles sostenía conceptos parecidos a los de Platón en cuanto a una

fundamentación utilitaria para justificar el aborto y el infanticidio, agregando,

además, otro motivo: la sobrepoblación del Estado.

Esta última causal transforma al aborto y el infanticidio, según su opinión, en un

acto moralmente legítimo y justificado. Aristóteles descubre la relación causal

entre la sobrepoblación y la pobreza del Estado que, a su vez, origina

conmociones sociales que ponen en peligro la estabilidad del mismo. Por eso es

necesario regular el crecimiento de la familia como una especie de defensa moral

que hace el Estado sobre sí mismo.

En principio, un aborto sea de la naturaleza que sea, es un problema humano

difícil, y casi siempre traumático para la mujer; incluso cuando lo decide con

plena libertad y no existen otros factores como una violación o un incesto.

8

Alternativas para evitar el aborto siempre serán preferibles; por ello hay que

profundizar en la educación sexual y en el uso de métodos anticonceptivos. Para

la mujer, decidir un aborto es complicado en virtud de que la confronta con

factores sociales, culturales, religiosos; de salud y de responsabilidad, así como

con un proyecto de existencia individual y familiar. La mujer toma generalmente

la decisión después de una amplia reflexión, tanto racional como afectiva. No es

una resolución a la ligera; conoce que están involucrados diversos valores que

debe ponderar. En esta forma, dicha decisión involucra su integridad como ser

humano y a diversos derechos fundamentales suyos como son la dignidad, la

libertad de decisión, la igualdad de género, el derecho a no ser discriminada y la

protección a la salud, tanto física como psíquica.

El aborto es un problema que se ha venido dando desde la antigüedad, ya que

atenta contra el derecho a la vida y a la integridad física de la embarazada, pese

que antiguamente el aborto era permitido e incluso era realizado por médicos

con el paso del tiempo las leyes ha ido evolucionando y cada país se rige por

sus propias leyes en los cuales algunos permiten el aborto y otro solo en casos

excepcionales como es el caso de Ecuador que solo lo permite en dos casos

cuando esté en peligro la vida de la madre y la única solución sea el aborto y

cuando se trata de una violación a una persona a una mujer que padezca

discapacidad mental.

La Constitución de la República del Ecuador de 2008 vigente desde ese año, es

el fundamento y la fuente de la autoridad jurídica que sustenta la existencia del

Ecuador y de su gobierno. La supremacía de esta Constitución la convierte en el

texto principal dentro de la política ecuatoriana, y para la relación entre el

gobierno con la ciudadanía.

El Ecuador se rige por la Carta Magna, el ordenamiento jurídico de nuestro

Estado, debe ser acatada con orientación a un bienestar colectivo e individual,

sin embargo también procura los derechos fundamentales de cada individuo que

pertenezca al estado, derechos que se encuentran consagrados en el titulo dos

de la misma, y que para su efectiva protección se tiene además un conjunto de

9

garantías encaminadas a ser las tutoras de los derechos que en determinado

caso deban hacerse efectivos. (Cuaspud, 2016, pág. 32).

El artículo 11 numeral 8; “el contenido de los derechos se desarrollará de manera

progresiva a través de las normas, la jurisprudencia y las políticas públicas. El

Estado generará y garantizará las condiciones necesarias para su pleno

reconocimiento y ejercicio”. (Constitución , 2008).

En artículo 49 de la Constitución de 1998, el Estado garantizaba el derecho a la

vida desde su concepción, y en la actual Constitución de la misma manera se

reconoce y se garantiza el derecho a la vida, incluido el cuidado y protección

desde la concepción, se debe respetar el derecho a la vida, con las publicaciones

en la prensa escrita se está atentando contra este derecho innato del que está

por nacer que es derecho a la vida, se debe tener que en la Carta Magna

garantiza la inviolabilidad del derecho a la vida, no hay pena de muerte, es por

ello la necesidad de que se sancione con pena privativa de libertad a la persona

que haga publicidad del aborto mediante los medios de prensa escrita.

Actualmente en el Ecuador es ilegal salvo en los casos que la ley lo permite

debemos ser conscientes que la práctica del aborto no es solución al problema,

solo es una salida fácil, pero hay que tomar en cuenta que el ser que se quiere

abortar es inocente no tiene, la culpa de nada y nadie tiene ningún derecho de

quitarle la vida. En el Ecuador a pesar de que existen sanciones para el aborto

es necesario tomar otras medidas que ayuden a la disminución de los altos

índices de abortos que existen.

1.1.2. El Aborto

1.1.2.1. ¿Qué es aborto?

“Del latín abortus privación, y ortus, nacimiento. Equivale al mal parto, parto

anticipado, nacimiento antes de tiempo generalmente se dice que no ha podido

llegar a su perfecta madurez y debido desarrollo”. (Diccionario Jurídico

Elemental, 2011, pág. 13).

10

La palabra aborto proviene del latín abortus, que a su vez deriva del término

aborior. Este concepto se utilizaba para referir a lo opuesto a orior, o sea, lo

contrario a nacer. Por lo tanto, el aborto es la interrupción del desarrollo del feto

durante el embarazo, cuando éste todavía no haya llegado a las veinte semanas.

Una vez pasado ese tiempo, la terminación del embarazo antes del parto se

denomina parto pre término.

En principio, un aborto sea de la naturaleza que sea, es un problema humano

difícil, y casi siempre traumático para la mujer; incluso cuando lo decide con

plena libertad y no existen otros factores como una violación o un incesto.

Alternativas para evitar el aborto siempre serán preferibles; por ello hay que

profundizar en la educación sexual y en el uso de métodos anticonceptivos. Para

la mujer, decidir un aborto es complicado en virtud de que la confronta con

factores sociales, culturales, religiosos; de salud y de responsabilidad, así como

con un proyecto de existencia individual y familiar.

La mujer toma generalmente la decisión después de una amplia reflexión, tanto

racional como afectiva. No es una resolución a la ligera; conoce que están

involucrados diversos valores que debe ponderar. En esta forma, dicha decisión

involucra su integridad como ser humano y a diversos derechos fundamentales

suyos como son la dignidad, la libertad de decisión, la igualdad de género, el

derecho a no ser discriminada y la protección a la salud, tanto física como

psíquica. (Cuaspud, 2016, pág. 32).

1.1.2.2. El Aborto es un crimen muy grave contra Dios y contra la

humanidad

En el momento de la concepción el nuevo ser tiene todas las características

inherentes al ser humano. “Un aborto causa la muerte al feto y éste siente dolor

cuando es abortado, causa pena y dolor mental a la mujer porque es víctima de

la violencia, y más que todo causa luto, tristeza y angustia espiritual”. (Merino,

2016, pág. 42).

11

El aborto es el desprendimiento del feto del vientre de la madre, sin que haya

llegado a su madurez total, este puede ser provocado en algunos casos en otros

puede ser espontaneo, por caso fortuito, cuando el aborto es provocado se

incurriendo en un delito que se encuentra debidamente tipificado en el Código

Orgánico Integral Penal, una de las principales causas para llegar a tal punto de

provocarse o recurrir a alguien para la práctica ilegal del aborto es la falta de

planificación familiar, o la falla de los anticonceptivos.

1.1.2.3. Generalidades del aborto

Se define al aborto como la interrupción y finalización prematura del embarazo

de forma natural o voluntaria. En un sentido más amplio, puede referirse a la

interrupción o malogramiento de cualquier proceso o actividad durante el

embarazo.

El aborto tiene diferentes definiciones de acuerdo con la forma en que el mismo

se realice, es así que se puede realizar un aborto de manera inducida por

medicamentos, o a su vez por un médico, así como también de manera

voluntaria por la mujer.

Desde el punto de vista jurídico se define al aborto como la expulsión prematura

violenta provocada al feto, o su destrucción en el vientre materno. De esta

manera se señala un concepto de aborto restringido en el sentido que lo limita a

la expulsión prematura del feto.

1.1.3. Tipos de aborto

Según la OMS Organización Mundial de la Salud clasifica el aborto en tres clases

principalmente a saber:

1.1.3.1. Aborto Espontáneo

Según el Dr. Flavio Sánchez López define al aborto espontaneo de la siguiente

manera: “Es la expulsión del feto, no viable por causas fisiológicas ósea cuando

12

las causas que originan el aborto con independientes de la voluntad del hombre”.

(Flavio Sánchez, 1998, pág. 51).

Este tipo de aborto también se lo conoce con el nombre de casual, natural o

involuntario, en estos casos la muerte del feto se produce por algún tipo de

anomalía no prevista ni deseada por la madre por ejemplo; la insuficiencia de la

función progestacional del cuerpo amarillo o de la placenta, insuficiencia de la

función trófica o vegetativa del ovario, enfermedades del útero, etc.

El aborto espontáneo se produce muchas veces por el hecho de que el útero se

contrae, es decir constriñe lo que existe en su interior, produciendo

complicaciones de esta manera a que se desarrolle el feto en condiciones aptas

para su crecimiento, causando de esta manera el aborto.

1.1.3.2. Aborto Inducido

Este tipo de aborto también se lo conoce con el nombre de artificial, voluntario o

intencionado, pues el mismo se produce cuando la muerte del niño es procurada

de cualquier manera: doméstica, química o quirúrgica.

Generalmente el aborto inducido se lo asocia con un tipo de aborto seguro en

donde puede intervenir un profesional de la salud que realice los procedimientos

necesarios para que el resultado final salvaguarde la integridad física de la mujer,

lo cual a la vez conlleva que el riesgo de abortos clandestinos se reduzca.

1.1.3.3. Aborto Auto Inducido

Es el realizado por la misma mujer. Se utilizan objetos tales como agujas de tejer

o varillas de paraguas, o sustancias como detergente o vinagre, con el fin de

destruir el embrión o simplemente dilatar el cuello uterino.

Este tipo de aborto generalmente se llega a realizar en los países en vías de

desarrollo donde coinciden en un ordenamiento jurídico restrictivo en cuanto

tiene que ver con los derechos de libertad sexual y reproductiva de la mujer, pues

13

al penalizar el aborto salvo ciertas excepciones, muchas mujeres optan por

acudir a lugares clandestinos en donde no se regulan estándares de calidad por

entidades de control calificadas, dejando de esta manera en situación de

vulnerabilidad a las mujeres que deciden realizar este tipo de procedimientos.

1.1.3.4. Otros tipos de abortos

1.1.3.4.1. Aborto Empírico

Lo realizan personas sin conocimientos médicos, generalmente en condiciones

de limpieza deficientes y con equipo e instrumentos inapropiados.

Este tipo de aborto posiblemente sea uno de los más peligrosos ya que la

persona que no realiza no adquirió de forma profesional los procedimientos para

llevar a cabo el aborto, sino de una forma de costumbre poniendo en riesgo la

vida de la madre pudiendo llegar a causar lesiones graves e incluso la muerte.

1.1.3.4.2. Aborto Inseguro

Se define como el procedimiento llevado a cabo, ya sea por personas que

carecen de la capacidad requerida en un ambiente totalmente insalubre o por la

propia mujer que está embarazada sin el conocimiento adecuado en el tema.

Muchos de estos procedimientos que presumiblemente, interrumpen el

embarazo son muy populares, pero suelen ser muy peligrosos.

1.1.3.4.3. Aborto Delictivo

El Dr. Flavio Sánchez señala lo siguiente respecto al aborto delictivo. “Es la

interrupción maliciosa del proceso de la concepción o cuando es causado por la

voluntaria y eficaz intervención del hombre” (Flavio Sánchez, 1998, pág. 52).

Este tipo de aborto de práctica de forma ilegal, en algunos casos con el

consentimiento de la mujer, pero en otros sin el consentimiento de la misma. En

14

las Constituciones políticas de los Estados y en nuestra Legislación Ecuatoriana

se garantiza el derecho a la vida, y la violación a esta norma constituye delito.

1.1.3.4.4. Aborto Doméstico

Es un aborto auto provocado, en muchos casos el mismo es asistido y alentado

a realizarlo por alguna amiga, por la madre, o por otra persona que tenga interés

en que el feto no llegue a su madurez y se interrumpa el embarazo, se lo realiza

sin ninguna precaución y de manera totalmente insegura.

1.1.3.4.5. Aborto Profesional

“Es practicado por partera, farmacéutico, médico. Son las tres profesiones que

hacen abuso, según el Código de su arte o ciencia (art. 86)”. (Achával, 1994,

pág. 386).

1.1.3.4.6. Aborto Seudoprofesional

Es el aborto que es realizado por enfermeras, empleados de farmacia.

1.1.3.5 Muerte

“Es la más grave, como es lógico, de todas las complicaciones. Puede

encontrarse la muerte durante el propio aborto, poco tiempo después o varios

días después”. (Achával, 1994, pág. 369).

1.1.3.6 Complicaciones de los procedimientos abortivos

“(…) Clandestinas; b) Inexperiencia; c) septicidad; d) Con causas genitales y

extra genitales ignoradas (…)”. (Achával, 1994, pág. 368).

La clandestinidad está derivada más del temor a la pena que de la persecución

y esa circunstancia hace cómplices obligados, tanto al que causa el aborto y a la

mujer, el autor manifiesta que en algunos casos puede producirse un aborto de

15

forma clandestina “Por conservar un empleo, a mantener el presupuesto familiar

equilibrado, a evitar la promiscuidad de los hijos numerosos en viviendas ya

inicialmente insuficientes, a evitar la necesidad entre otras cosas”. (Achával,

1994, pág. 368).

La clandestinidad del aborto, es decir causar el aborto en forma ilegal y silencioso

hace que el delito sea dividido en dos grupos tales como:

1.1.3.7. Consecuencias en la mujer que se practicó el aborto

En el 30% de los casos, la persona que aborta sufre enfermedades inflamatorias

de la pelvis. Éstas producen dolores muy intensos y, a veces, aquejan

constantemente durante largos períodos de tiempo. Algunos se vuelven

crónicos, por lo que la mujer sufrirá un dolor en la pelvis de manera permanente.

El aborto, legal o ilegal también daña física y psicológicamente a la mujer y hasta

puede acarrearle la muerte. La propaganda proabortista continuamente

proclama la mentira de que el aborto legal es médicamente "seguro", y de que

es necesario legalizarlo o despenalizarlo debido a la gran cantidad de muertes

maternas causadas por el aborto ilegal. Esta estrategia para legalizar el aborto

se llama engañosamente "Maternidad sin riesgos".

Entre las complicaciones físicas del aborto en la mujer están las infecciones, las

hemorragias, las complicaciones debido a la anestesia, las embolias pulmonares

o del líquido amniótico, así como las perforaciones, laceraciones o desgarros del

útero.

Además de las complicaciones físicas, las mujeres sufren emocional y

espiritualmente de lo que ya se ha identificado como el "Síndrome post-aborto."

Estos efectos del aborto incluyen sentimientos de culpa, angustia, ansiedad,

depresión, baja autoestima, insomnio, diversos tipos de neurosis y de

enfermedades psicopáticas, tendencia al suicidio, pesadillas en las que

aparecen los restos del bebé abortado, recuerdos dolorosos en la fecha en que

hubiera nacido.

16

1.1.3.8. Alteraciones psicológicas de las mujeres que han abortado

Se ha encontrado que la tasa de suicidio entre las mujeres que abortan, es mayor

que la de las mujeres que no abortan. Esto refleja depresión, angustia y miseria.

El Síndrome post-aborto puede tardar años en manifestarse debido a la

represión a la que recurren muchas mujeres como mecanismo de defensa.

Según Juan Cardona, psiquiatra y académico de la Real Academia de Medicina

de Valencia y miembro del equipo investigador español, «después del trauma

que supone el aborto se deteriora la afectividad, la capacidad de querer, la

voluntad, y todo lo demás viene en cascada: la ruptura con parejas sucesivas, la

depresión y otras consecuencias negativas».

En cuanto a la relación de pareja, la doctora Emily Milling halló que el 70 por

ciento de las 400 parejas de su estudio se rompieron en el año siguiente al

aborto. Por otro lado, el doctor Phillip Ney, psiquiatra infantil de la Universidad

de British Columbia, descubrió que el aborto aumenta el maltrato a los otros hijos.

De hecho, en Estados Unidos el maltrato infantil ha aumentado un 1000 por cien

desde que se legalizó el aborto.

También el suicidio aumenta notablemente entre las mujeres que han abortado.

Los investigadores finlandeses Speckhard y Vaughan constataron que la tasa de

suicidio en el año posterior al aborto era tres veces más alta que la media

femenina, y siete veces más alta que la de las mujeres que habían dado a luz.

El estudio más completo sobre el SPA data de 1997, y fue financiado por el

Gobierno de Finlandia. Sobre una muestra de 9.129 mujeres, el estudio reveló

que las que abortaron tuvieron 4 veces más probabilidades de morir al año

siguiente que las que habían dado a luz.

1. 1.4. El bien jurídico protegido en el delito de aborto

En el derecho penal el aborto ha estado fuertemente condicionado por la

valoración social que se ha concedido a la vida intrauterina en los diferentes

períodos históricos. Así, la concepción del feto como una parte interna de la

17

mujer que prevaleció en el Derecho Romano dio lugar a que hasta la época

imperial el aborto no se castigara penalmente. Solo a partir de ese período

comenzó su punición y no por razones asociadas al valor intrínseco del embrión

o feto sino por motivos esencialmente utilitaristas relacionados con argumentos

demográficos o por considerarse una ofensa al padre legítimo.

Por lo tanto y tomando en consideración lo que han manifestado varios grupos

de la sociedad en contra del aborto se entiende que el derecho a la vida es el

bien jurídico protegido en este tipo de casos, aun cuando la persona de la que

se trate esté en formación dentro del vientre de su madre.

De acuerdo con la investigación al referirse al problema del aborto como un

problema eminentemente social, se puede dar cuenta de que la penalización del

aborto es la medida más efectiva para proteger bienes jurídicos fundamentales

como lo es la vida, con las publicaciones en la prensa escrita se está

incentivando al aborto ilegal a recurrir por la ignorancia en muchas ocasiones a

métodos clandestinos para abortar, en donde no solo se pierde una vida que está

por nacer, sino también en muchos casos se duplica ésta pérdida con los altos

riesgos que este tipo de prácticas conllevan a la mujer que se los practica.

1.1.4.1. Aborto que contempla Código Orgánico Integral Penal

1.1.4.1.1. Aborto con muerte

Según el artículo 147 señala lo siguiente: “Cuando los medios empleados con el

fin de hacer abortar a una mujer causen la muerte de esta, la persona que los

haya aplicado o indicado con dicho fin, será sancionada con pena privativa de

libertad de siete a diez años, si la mujer ha consentido en el aborto; y, con pena

privativa de libertad de trece a dieciséis años, si ella no lo ha consentido”.

(Código Orgánico Integral Penal, 2014).

“El aborto tiene mucha relación con el sistema político imperante, por ejemplo en

Cuba el gobierno socialista determinó que el aborto solo será castigado cuando

se practique contra la voluntad de la mujer, con ánimo de lucro o por personal no

18

capacitado y en lugares no provistos con los equipos y facilidades que aseguren

su salud y su vida”. (Paredes, 2005, pág. 57)

El aborto se ha montado en nuestro medio como una verdadera industria. La

proliferación de médicos, obstétricos, enfermeras, artesanales empíricos, que

actúan al margen de la ley es una realidad, ilícitamente se enriquecen utilizando

los medios de prensa escrita tales como periódicos, panfletos, etc., que se

entregan o que están al alcance de todos los ciudadanos, lucrándose con esta

práctica y de las necesidades de mujeres. Es inocultable el beneficio las

personas que se encuentran involucradas en la práctica del aborto clandestino,

y como tal produce serias consecuencias, así como perder la vida y en algunos

casos la infertilidad.

La mujer que aborta en la clandestinidad, conoce que está exponiendo su vida,

su salud, su libertad y, con frecuencia sufre alteraciones o trastornos sociológicos

más fuertes que cuando lo realiza bajo la protección de la ley, y se sabe que

cuenta con servicios médicos y sanitarios adecuados.

1.1.4.1.2. Aborto no consentido

Según el artículo 148 señala lo siguiente: “La persona que haga abortar a una

mujer que no ha consentido en ello, será sancionada con pena privativa de

libertad de cinco a siete años.

Si los medios empleados no han tenido efecto, se sancionará como tentativa”.

(Código Orgánico Integral Penal, 2014).

“Nadie tiene derecho de quitarle la vida a nadie, y menos la mujer que está

gestando una vida en su vientre”. (Gustavo, 1972, pág. 55).

1.1.4.1.3. Aborto consentido

Según el artículo 149 señala lo siguiente: “La persona que haga abortar a una

mujer que ha consentido en ello, será sancionada con pena privativa de libertad

de uno a tres años.

19

La mujer que cause su aborto o permita que otro se lo cause, será sancionada

con pena privativa de libertad de seis meses a dos años”. (Código Orgánico

Integral Penal, 2014).

El aborto consentido se refiere cuando la madre está de acuerdo en que se le

practique el aborto, sin tomar en cuenta los riesgos que corre su vida, y

arrebatando el derecho de nacer a un ser inocente e indefensos que en incapaz

de defenderse.

1.1.4.1.4. Aborto no punible

En la legislación ecuatoriana únicamente se admite legalmente dos casos en los

que se puede practicar el aborto.

Según el artículo 150 señala lo siguiente:

“El aborto practicado por un médico u otro profesional de la salud capacitado,

que cuente con el consentimiento de la mujer o de su cónyuge, pareja, familiares

íntimos o su representante legal, cuando ella no se encuentre en posibilidad de

prestarlo, no será punible en los siguientes casos:

1. Si se ha practicado para evitar un peligro para la vida o salud de la mujer

embarazada y si este peligro no puede ser evitado por otros medios.

2. Si el embarazo es consecuencia de una violación en una mujer que padezca

de discapacidad mental.” (Código Orgánico Integral Penal, 2014).

Es aquel aborto que se practica en casos excepcionales los cuales están

permitidos por la ley, siempre y cuando se cumpla con lo establecido en la

misma, lo cual es para garantizar la vida de la madre o en el caso de violación a

una mujer que padezca discapacidad mental.

20

1.1.5. Principios Constitucionales en el Ecuador

1.1.5.1. Derecho a la Vida.

El Artículo 45 señala lo siguiente: “Las niñas, niños y adolescentes gozarán de

los derechos comunes del ser humano, además de los específicos de su edad.

El Estados reconocerá y garantizará la vida, incluido el cuidado y protección

desde la concepción” (Constitución , 2008).

El derecho a la vida es un derecho individual del cual gozan las personas y que

no pueden ni deben ser restringidos por el Estado. Este concepto es una

expectativa que se cumpla tal, ya que su cumplimiento está muy lejos en realidad

actual, en vista a la problemática planteada, las sanciones impuestas a quienes

realicen este tipo de publicaciones, donde se atenta contra vida, se encuentran

señalas administrativamente pues se refiere a la empresa de comunicación, pero

no hay una sanción para quien directamente y bajo voluntad propia lo haga o

pague para hacerlo.

El Estado cuida y protege a las personas y garantiza la vida del que está por

nacer, es por esta razón que en el Ecuador existen instituciones como el Centro

Médico de Orientación y Planificación Familiar (CEMOPLAF) es una institución

que brinda asesoría en temas de planificación familiar, para que las parejas

puedan llevar un control y prevenir embarazos no deseados, que en algunos

casos terminan con lo que es la práctica ilegal del aborto.

La Constitución de la República del Ecuador en su artículo 19 señala lo siguiente:

“La ley regulará la prevalencia de contenidos con fines informativos, educativos

y culturales en la programación de los medios de comunicación, y fomentará la

creación de espacios para la difusión de la producción nacional independiente,

(…)”.

21

Los medios de comunicación tienen la obligación de brindar contenidos que

informen adecuadamente a la ciudadanía, realizando una minuciosa clasificación

previo a ser expuestos al público en general.

1.1.5.2. Derecho a la Integridad

Silvana Esperanza Erazo Bustamante señala lo siguiente: “El derecho a la

integridad personal es uno de los derechos fundamentales consagrados en la

mayoría de las Constituciones; es un derecho que tiene su origen en el respeto

a la vida y a su digno desarrollo. Reconocer este derecho equivale a no lesionar

a nadie, ni física, ni psicológicamente, ni moralmente. Lo que significa que el

individuo tiene derecho a la plenitud corporal, este derecho no puede desligarse

del derecho a la vida, presupuesto de todos los derechos humanos, por tanto el

derecho a la integridad personal, protege la vida de este pero en forma parcial,

esto es, protege sus dimensiones fundamentales, como son las física, psíquica

y morales. (Erazo Bustamante, 2013, pág. 61).

El ansiado “(respeto debido a la integridad del organismo humano), proveniente

del pensamiento Ilustrado, abandona el concepto de mujer como ser sexuado,

cuya resimbolización resulta esencial para contribuir a desterrar figuras penales

que realmente no deben ser sujetas de control punitivo. Los postulados de

igualdad que formula el liberalismo clásico describen al hombre y a la mujer sin

relación alguna a su diferente sexualidad y a la misma vez unifican la

universalidad de esos postulados a la única idea del hombre como referencia

para la creación del derecho positivo. La integridad del organismo humano es la

integridad del hombre, que impide hoy en día darse cuenta que a la mujer le

corresponde también una ciudadanía plena que incluye la posibilidad

característica de disponer o no de la maternidad sin restricción alguna por parte

del control formal punitivo”. (Cubillo, 2006).

Mientras que la Convención Americana de los Derechos Humanos en su artículo

número 5 establece lo siguiente: “Derecho a la Integridad Personal: 1.- Toda

persona tiene derecho a que se respete su integridad física, psíquica y moral”.

22

1.1.5.3. Derechos de las personas y grupos de atención prioritaria

El artículo 35 manifiesta lo siguiente; “Las personas adultas mayores, niñas,

niños y adolescentes, mujeres embarazadas, personas con discapacidad,

personas privadas de libertad y quienes adolezcan de enfermedades

catastróficas o de alta complejidad, recibirán atención prioritaria y especializada

en los ámbitos público y privada. (…)” (Constitución, 2008).

El artículo 78 manifiesta como grupos de atención prioritaria, “los niños, niñas y

adolescentes son sujetos plenos de derecho y estarán protegidos por la

legislación, órganos y tribunales especializados, los cuales respetarán,

garantizarán y desarrollarán los contenidos de esta Constitución, la Convención

sobre los Derechos del Niño y demás Tratados Internacionales que en esta

materia haya suscrito y ratificado la República. El Estado, las familias y la

sociedad asegurarán, con prioridad absoluta, protección integral, para lo cual se

tomará en cuenta su interés superior en las decisiones y acciones que les

conciernan. El Estado promoverá su incorporación progresiva a la ciudadanía

activa, y creará un sistema rector nacional para la protección integral de los

niños, niñas y adolescentes”. (Constitución de la República Bolivariana de

Venezuela, 2000).

Es así como la Constitución de la República, pone especial énfasis a la

protección y garantía de los derechos de los niños, niñas y adolescentes,

considerándolos como personas plenas y en esa medida sujetos de derechos, a

la vez que, los denomina grupo de atención prioritaria, reconociéndolos como

titulares de todos los derechos humanos, además de los específicos de su edad.

A su vez y pese a que no encuentra escrito, el motivo de la presente investigación

es dar prioridad a los niños, sin saber de su origen, es decir se refiere

específicamente a la protección desde el vientre materno, donde actualmente

existen publicaciones mediante la prensa escrita que incentivan el aborto y al ser

practicado dentro de un centro médico clandestino o artesanal, pone en riesgo

la vida y la integridad de quienes tienen acceso a esta publicación.

23

1.1.5.4. Código Civil

El artículo 61 señala lo siguiente: “La ley protege la vida del que está por nacer.

El Juez en consecuencia tomara a petición de cualquier persona o de oficio,

todas las providencias que le parezcan convenientes para proteger la existencia

del no nacido, siempre que crea que de algún modo peligra”. (Código Civil, 2015).

1.1.5.5. Código Orgánico Integral Penal

El Código Orgánico Integral Penal tiene como finalidad normar el poder punitivo

del Estado, tipificar las infracciones penales, establecer el procedimiento para el

juzgamiento de las personas con estricta observancia del debido proceso,

promover la rehabilitación social de las personas sentenciadas y la reparación

integral de las víctimas. El Estado a través de sus funciones, en este caso la

legislativa, tiene la obligación de elaborar leyes acordes con las demandas

actuales de la sociedad, para que la misma se regule y en lo posible respetando

siempre los derechos de las personas, ya sean víctimas o procesados.

Conforme al tema de la presente investigación la penalización del aborto se los

contempla en el Art. 150 ibídem, es importante tener en cuenta que la presente

investigación trata únicamente de hacer extensible la punibilidad del aborto en

los casos de incitación mediante la prensa escrita, por ello se ha tomado como

objeto de análisis al Art. 149, pues lo que se pretende es únicamente sancionar

a quien voluntariamente publique a manera de un servicio incite la promulgación

de la práctica clandestina del aborto, pues al considerarse como un medio

público afecta en lo principal el derecho a la vida.

1.1.5.6. Sujetos protegidos

El artículo 2 señala lo siguiente: “Las normas del presente Código son aplicables

a todo ser humano, desde su concepción hasta que cumpla dieciocho años de

edad. Por excepción, protege a personas que han cumplido dicha edad, en los

casos expresamente contemplados en este Código”. (Código de la Niñez y

Adolescencia, 2012)

24

En la actualidad el niño con sujeto (sujeto de derecho) “tiene derechos generales

específicos en consideración a su etapa de desarrollo psicosomático y a su

entorno social, dando origen a la doctrina de la protección integral y recusándose

la anterior doctrina de la situación irregular que convertía al menor en un objeto

del derecho y otorgaba solo protección a los menores que se encontraban en

irregularidad (…). Derecho del niño a la vida y a su integridad.” (Lamonja, 2012,

pág. 54).

La concepción es un acto donde se concibe en un futuro o después de un tiempo

determinado a un ser humano, de tal manera que la leyes Ecuatorianas sufren

un choque en cuanto a la definición de niño, niña, adolescentes, pues en la

norma del Código Civil, el efecto de la concepción no tiene validez alguna, no así

el CNA que como se refiere anteriormente este protege la unión de células

sexuales llamado “concepción” , así mismo el artículo 6 de la Convención sobre

los Derechos del Niño dispone que los Estados reconocen que todo niño tiene

derecho intrínseco a la vida por tal motivo el aborto en el Ecuador se encuentra

debidamente legislado garantizando en la máxima medida posible la

supervivencia y desarrollo del niño.

1.1.5.7. Derechos de familia

El artículo 69 de la Constitución de la República del Ecuador señala lo siguiente:

1. “Se promoverá la maternidad y paternidad responsable; la madre y el padre

estarán obligados al cuidado, crianza, educación, alimentación, desarrollo

integral y protección de los derechos de sus hijas e hijos, en particular cuando

se encuentren separados de ellos por cualquier motivo (…)”

La protección integral de la familia tiene efectos vitalicios, imprescriptibles e

inembargables, y no están sujetos a comercio, es así como el Estado tiene el

deber constitucional de velar por la estabilidad moral y material de la familia, lo

que significa, el compromiso a orientar sus decisiones legislativas, judiciales,

administrativas y de política pública en general para garantizar el derecho a vivir

en familia y de entro ello a la protección del no nacido (concebido) y que está por

25

nacer; el Estado no actúa en sustitución de la familia sino que lo hace

conjuntamente con ella, la familia está llamada a cumplir los fines primarios de

protección, educación y cuidado de los hijos, mientras que el Estado debe velar

por su cumplimiento y exigirlo cuando sea necesario, es decir es una obligación

compartida entre los miembros e integrantes de la familia así como también del

Estado que las representa.

1.1.6. Fundamentación en Tratados Internacionales

Declaración de los Derechos Humanos 10 de diciembre de 1948 fue proclamada

por las naciones unidas denominándola declaración de los derechos del hombre

siendo cambiado el título el 5 de febrero de 1952 a declaración de los Derechos

Humanos.

El artículo 3 señala lo siguiente “todo individuo tiene derecho a la vida, la libertad

y a la seguridad de su persona.” (Lamonja, 2012, pág. 24)

La Convención Americana sobre Derechos Humanos (Pacto de San José 1969)

en su artículo 4 señala lo siguiente: “Toda persona tiene derecho a que se

respete su vida. Este derecho estará protegido por la ley y, en general, a partir

del momento de la concepción. Nadie puede ser privado de la vida

arbitrariamente”.

Estos tratados son garantista de derechos y deben ser respetados como tal, si

bien es cierto desde la antigüedad se ha venido practicando el aborto, en la

actualidad se busca que se respeten los derechos de las de las personas incluido

el cuidado y protección desde la concepción.

En el Ecuador las constituciones anteriores han sido protectoras del derecho a

la vida y la que se encuentra vigente actualmente de la misma manera, el Estado

garantiza a las mujeres embarazadas no ser discriminadas por su estado los

ámbitos educativos, social y laboral, atención médica gratuita, “la protección

prioritaria y cuidado de su salud integral y de su vida durante el embarazo, parto

y posparto”. (Nacional, Constitución , 2008)

26

1.1.6.1. Convención Americana sobre Derechos Humanos (Pacto de san

José 1969).

Artículo 4. Derecho a la Vida

“Toda persona tiene derecho a que se respete su vida. Este derecho estará

protegido por la ley y, en general, a partir del momento de la concepción. Nadie

puede ser privado de la vida arbitrariamente”.

En la actualidad vivimos en una sociedad donde se lucha constantemente por

los derechos humanos para que sean respetados, es por ello que no se puede

permitir arrebatarle la vida a un inocente, y más aún que se lo realice de forma

clandestina poniendo en riesgo la vida de la mujer, en el Código Orgánico

Integral Penal vigente únicamente permite que se realice el aborto en los

siguientes casos, si se ha practicado para evitar un peligro para la vida o salud

de la mujer embarazada siempre y cuando no exista otro medio para evitarlo. SI

dicho embarazo es consecuencia de una violación y únicamente si la mujer

padece discapacidad mental.

En ningún otro caso es permitido el aborto en la Legislación Ecuatoriana pero a

pesar de ello exista estadísticas escalofriantes sobre casos de abortos ilegales

que registra el Instituto de Estadísticas, también es muy importante mencionar

que los casos que son registrados son aquellos que sufrieron alguna

complicación pero los que por el contrario todo salió aparentemente bien pasan

desapercibidos. Es por ello que existe la necesidad de establecer una sanción

para aquellas personas que hagan publicidad del aborto mediante la prensa

escrita.

1.1.7. La prensa escrita

La información es un derecho de las personas, el autor “La información es un

derecho natural, en función del cual la sociedad tiene la obligación de proveer de

un servicio público de expertos para garantizar lo mejor posible la respuesta al

derecho natural de todo individuo y de toda sociedad al conocimiento de las

27

verdades más esenciales para llevar a una vida socialmente digna” (Blázquez,

2000, pág. 17).

Los medios de prensa escrita juegan un papel muy importante en la sociedad,

pues son necesarios nos mantienen informados de los acontecimientos

importantes, de cierta forma los contenidos de los medios influyen en las

personas, al momento de publicar anuncios donde se facilita los contactos para

acceder a practicarse un aborto de forma clandestina, están en contra de los

derechos establecidos en la Constitución.

La prensa busca crear un conjunto de métodos de investigación adecuados para

poder presentar cualquier tipo de información valiosa y de interés público, ser

objetivo, buscar fuentes seguras y por tanto verificables para el receptor o

público.

El interés humano de registrar todo aquello cuanto acontecía dio origen a cuatro

bloques de documentos que bien podrían considerase la semilla de los medios

de comunicación social. Surgieron así las crónicas, herederas de los Annali de

la antigua Roma, las cuales se trataban de un compendio de todas aquellas

aventuras de los monarcas así como de los acontecimientos ciudadanos de la

época, con un claro tinte propagandístico. Por su parte, las llamadas cartas-diario

comendarían a añadir informaciones de corte político o militar a la

correspondencia mercantil. En tercer lugar se situarían los almanaques,

considerados vehículo de alfabetización de la gente más desfavorecida por

excelencia, los cuales incluían desde predicciones del tiempo a consejos y

proverbios moralizantes.

1.1.7.1. Inicios de la prensa escrita en el Ecuador

El primer periódico se editó el año 1835 y desde esa época Ambato ha sido un

gran centro de difusión del pensamiento escrito por medio de periódicos, revistas

y libros.

28

En nuestro país la prensa se originó en la época de la Colonia. Todo inició con

la primera imprenta que se instaló en la ciudad de Ambato. Esta fue traída por

los padres jesuitas y operada por el tipógrafo alemán Johanes Schartz. Esta

imprenta fue trasladada el año 1670 al seminario de San Luis en la ciudad de

Quito.

Uno de nuestros próceres más destacados, Eugenio de Santa Cruz y Espejo,

publicó el primer número de las “Primicias de la Cultura de Quito”. La Publicación

de las “Primicias de la Cultura de Quito” dio origen al ejercicio del periodismo en

el Ecuador. Esta publicación, debido a la coyuntura del momento, le da a Espejo

no sólo el carácter de iniciador, sino de máximo exponente del periodismo

nacional.

La publicación de las “Primicias de la Cultura de Quito” se dio poco después del

retorno del exilio en el que Espejo intensificó su actividad política y ayudó a

formar la “Sociedad Patriótica de Amigos del País”.

Hasta 1825 la imprenta fue utilizada para imprimir hojas sueltas y para el

periódico titulado “El Espectador Quiteño” cuyo impresor fue Ignacio Vinuesa,

quien trabajó en la casa de Manuel de la Peña. En este periódico se imprimen

alusiones personales contra el General Juan José Flores, Intendente General del

Departamento de Quito (1823-30), que después se convertirá en el primer

presidente de la República del Ecuador, influencia que le mantendría hasta 1845

año del triunfo de la Revolución Marxista. Indagado por los ataques de este

periódico el General hizo asaltar la imprenta, romper la prensa y arrojar los tipos

a la calle, según los datos señalados por Juan Ceriola.

En medio de los levantamientos por conseguir la independencia española,

aparece en el año de 1809 la “Gaceta de la Corte de Quito” del cual se editaron

seis números. Sus escritores estaban en contra de la revolución. Con el número

seis, la Gaceta de la Corte de Quito desapareció, justificando que no era

decoroso denominarse, por la situación de este momento, la es Gaceta de la ex

Corte de Quito. Esta fue la primera publicación de índole satírica que apareció

en el Ecuador.

29

Como podemos evidenciar, el periodismo es una actividad que consiste en

recolectar, sintetizar, generar quizás y publicar información relativa a la

actualidad, para obtener dicha información relativa en la actualidad, el periodista

debe recurrir obligatoriamente a fuentes verificables o a su propio testimonio. La

base del periodismo es la noticia.

1.1.7.2. Publicación

Cabanellas lo define, “Acto de llevar a conocimiento en general un hecho o cosa.

Manifestación o revelación de lo reservado (...) divulgación o publicación”.

(Cuevas, 2011, pág. 328).

Dentro de la actual Constitución de la República, se establece en el inciso

segundo, artículo 19 el carácter restrictivo de las publicaciones, es decir los fines

que persigue produciendo espacios para la difusión de la producción nacional

independiente. “Se prohíbe la emisión de publicidad que induzca a la violencia,

la discriminación, el racismo, la toxicomanía, el sexismo, la intolerancia religiosa

o política y toda aquella que atente contra los derechos”, sin embargo esto no se

cumple, pues es la prensa escrita la que violenta estos derechos, atentando

contra la vida y la integridad.

Los medios de comunicación reflejan de forma general el modelo cultural en el

que se desenvuelve nuestra sociedad y los valores que imperan en la misma.

En nuestra sociedad de la información, los medios de comunicación social

cumplen una función transcendental como instrumentos socializadores, con un

fuerte impacto en la configuración de los valores, creencias y actitudes de las

personas que se desenvuelven en ella.

1.1.7.3. Las publicaciones en la prensa escrita.

La tratadista María del Carmen Alva señala lo siguiente: “El aborto, al convertirse

en un hecho cotidiano, es la solución más fácil cuando los anticonceptivos fallan.

30

Los medios de comunicación y otras instituciones estar interesados en su

promoción”. (Lopez Alva, 2007, pág. 43).

Al estudiar el fenómeno de los efectos de la publicidad tenemos la obligación de

relacionarlo con los fenómenos socioculturales. No tenemos que olvidar que el

estudio de la publicidad está íntimamente ligado y relacionado con las ciencias

sociales y psicológicas. Y uno de los fenómenos más importantes es el consumo.

La única forma de entender la publicidad es comprender primero el fenómeno

del consumo, y cómo ha evolucionado pasando de una sociedad basada en el

ahorro, a una sociedad de consumo basada en la compra exacerbada de

cualquier producto y servicio. De ahí la importancia del estudio de la publicidad

como elemento más visible y relevante de la sociedad de consumo.

Por medio de las estrategias publicitarias, tales como la percepción oculta o

subliminal, los anuncios se van introduciendo en nuestra mente, y con ellas la

"falsedad" del mundo y de los personajes por ellas creadas ya que contienen

roles y estereotipos sociales que acaban condicionando nuestra conducta.

Los mensajes publicitarios exhiben personajes que desempeñan un papel

concreto en la sociedad, esta función es muchas veces sexista e irreal. Ser

hombre o mujer, joven o adulto, niño o anciano, conlleva cumplir con unas

labores y obligaciones predispuestas y que la publicidad se encarga de

perpetuar. Como un ejemplo claro y conciso podemos mencionar a la corriente

comercial "light", quienes apelan a la delgadez como una herramienta de poder

para así persuadir a las mujeres a que luzcan "bellas" siendo delgadas a través

de sus productos.

La prensa busca crear un conjunto de métodos de investigación adecuados para

poder presentar cualquier tipo de información valiosa y de interés público, ser

objetivo, buscar fuentes seguras y por tanto verificables para el receptor o

público. Además es de vital importancia para seguir los acontecimientos más

importantes día tras día, para recibir información cultural de nuestra ciudad,

estado y país, para conocer y enterarnos lo que la gente “importante” realiza y

en qué nos beneficia a nosotros, informarnos de eventos deportivos y

31

socioculturales de la región, para aprender acerca de algo nuevo (documentales

médicos o científicos, entrevistas, puntos de opinión de escritores dominantes

de un tema en específico, etcétera), incluso para las candidaturas de nuestros

gobernantes. Con esto finalmente podemos contestar y concluir que la prensa

hoy, es un medio importante para mantenernos informados a la población.

La prensa escrita debe clasificar de forma adecuada la información que será

expuesta ante el público, por cuanto toda la ciudadanía tiene acceso a los

periódicos porque son muy económicos y fáciles de adquirir, es por ello que no

deben realizar publicaciones en las que se faciliten números donde se las

mujeres pueden practicarse un aborto clandestinamente poniendo en riesgo su

propia vida.

1.1.7.4. Ley Orgánica de Comunicación

En el artículo 60 señala lo siguiente: “Identificación y clasificación de los tipos de

contenidos. - Para efectos de esta Ley, los contenidos de radiodifusión sonora,

televisión, los canales locales de los sistemas de audio y video por suscripción,

y de los medios impresos, se identifican y clasifican en:

Informativos, de opinión, formativos, educativos, culturales, entretenimiento,

deportivos, publicitarios.

Los medios de comunicación tienen la obligación de clasificar todos los

contenidos de su publicación o programación con criterios y parámetros jurídicos

y técnicos.

Incumplimiento de la obligación de clasificar los contenidos, será sancionado

administrativamente por la Superintendencia de la Información y Comunicación

con una multa de 1 a 5 salarios básicos”. (Ley Orgánica de Comunicación, 2013).

Los medios de comunicación tienen la obligación de clasificar los contenidos que

publican tanto en los medios visuales como en los medios escritos, porque son

medios abiertos al público en general y en los casos de los anuncios en la prensa

32

escrita donde se dan a conocer lo números que facilitan el acceso a practicarse

un aborto de forma clandestina, no están cumpliendo con la obligación de

informar adecuadamente a la ciudadanía.

En el artículo 67 señala lo siguiente: “Se prohíbe la difusión a través de los

medios de comunicación de todo mensaje que constituya incitación directa o

estímulo expreso al uso ilegítimo de la violencia, a la comisión de cualquier acto

ilegal, la trata de personas, la explotación, el abuso sexual, apología de la guerra

y del odio nacional, racial o religioso.

El incumplimiento de lo dispuesto en este artículo será sancionado

administrativamente por la Superintendencia de la Información y Comunicación

con una multa de 1 a 5 salarios básicos por cada ocasión en que se omita cumplir

con esta obligación, sin perjuicio de que el autor de estas conductas responda

judicialmente por la comisión de delitos (…)”. (Ley Orgánica de Comunicación,

2013).

Los medios de comunicación que no cumplan con lo establecido en la ley tienen

sanciones, sin embargo no acatan a la cabalidad lo dispuesto en la norma, es

por ello la necesidad de que existe una sanción para la personas que solicite al

medio de comunicación publicar anuncios donde se ofrece un acto ilícito como

es la práctica del aborto.

El artículo 71 señala lo siguiente: “La información es un derecho constitucional y

un bien público; y la comunicación social que se realiza a través de los medios

de comunicación es un servicio público que deberá ser prestado con

responsabilidad y calidad, respetando los derechos de la comunicación

establecidos en la Constitución, los instrumentos internacionales y contribuyendo

al buen vivir de las personas.

Todos los medios de comunicación tienen las siguientes responsabilidades

comunes en el desarrollo de su gestión:

Respetar los derechos humanos y promover su plena aplicabilidad;

33

Acatar y promover la obediencia a la Constitución, a las leyes y a las decisiones

legítimas de las autoridades públicas;

Contribuir al mantenimiento de la paz y la seguridad;

Impedir la difusión de publicidad engañosa, discriminatoria, sexista, racista o que

atente contra los derechos humanos de las personas;

Los medios de comunicación tienen la obligación de brindar un servicio con

responsabilidad y calidad respetando los derechos de la comunicación

estipulado en la Constitución los instrumentos internacionales, y contribuyendo

al buen vivir de las y los ciudadanos” (Ley Orgánica de Comunicación, 2013).

1.1.7.5. Definición de clandestino

La Organización Mundial de la Salud define el aborto peligroso como una

intervención destinada a la interrupción de un embarazo practicada por personas

que carecen de la preparación necesaria y de un entorno que no rúne las

condiciones médicas mínimas, o ambas cosas a la vez.

El aborto y su práctica clandestina del aborto “tienen connotación mundial que

es necesario analizar. En 1995, se realizaron aproximadamente 26 millones de

abortos legales y 20 millones de abortos ilegales en todo el mundo, lo cual resulta

en una tasa mundial de 35 abortos por cada 1.000 mujeres de 15-44 años. Entre

las subregiones del mundo, Europa Oriental presentó la tasa más elevada (90

por 1.000) y Europa Occidental la más baja (11 por 1.000). Entre los países

donde el aborto es legal y no restringido, la tasa más elevada, 83 por 1.000, se

registró en Viet Nam, y la más baja, 7 por 1.000, en Bélgica y los Países Bajos.

En general, las tasas de aborto en los países que restringen el procedimiento por

ley (y donde muchos abortos se realizan en condiciones inseguras) no son más

bajas que las tasas que predominan en los países que permiten el aborto”.

(Aborto clandestino: Factores Asociados, Impacto en la Salud Pública y Análisis

de la situación Legal , 2005)

34

El aborto provocado es fundamentalmente el punto médico en una sociedad, por

tal motivo hay que hacer un enfoque social donde suele soslayarse

intencionalmente, salvo excepciones el tema es tratado con absoluta reserva,

pero público a la vez o es tratado como delicado, espinoso, embarazoso, ya que

obliga a estos profesionales a una salida más fácil tal como la no existencia del

problema.

La doble moral y el sentimiento de culpa lo que les impide reflexionar las

consecuencias del aborto inseguro. Son los aspectos sociales, económicos,

entre ellos la mala información, el acceso a publicidades donde ofrecen estos

tipos de servicios, sin embargo, no hay un control sobre aquella persona que

oferte servicios de este tipo ya que se encuentran rodeando el aborto es muy

importante para comprender integralmente y tomar una actitud profesional y ética

respecto a la mujer que aborta o desea abortar.

El derecho a que se respete su vida; entendida esta como el respeto a la

integridad de la misma desde que la vida se ha originado en el vientre de la

madre. La vida es el primer derecho fundamental del cual se desprenden todos

los demás derechos que ejercemos a lo largo de la misma, por lo tanto este

derecho debe tener especial atención dentro de los sistemas de derechos

humanos internacionales

El derecho a que se respete su integridad física, psíquica y moral; respeto en

este sentido a la protección de las personas a vivir en un ambiente libre de

violencia en contra de su persona ya sea de palabra u obra, que pueda causar

algún tipo de lesión física, y secuelas psicológicas o sociales.

1.1.8. DERECHO COMPARADO

1.1.8.1. Rusia

La ley promulgada por el presidente Ruso con fecha 15 de noviembre del 2013,

donde se prohíbe la publicidad del aborto, cabe señalar que este país en 1920

durante la era soviética fue el primer país en legalizar el aborto.

35

El presidente ruso, Vladimir Putin promulgó una ley que prohíbe la publicidad del

aborto en un intento de incrementar la natalidad en un país afectado por el

alarmante envejecimiento de su población. La nueva ley prohíbe la publicidad de

todos los servicios médicos destinados a la interrupción artificial del embarazo.

Con los nuevos nacimientos disminuyendo dramáticamente en Rusia, el país

quiere evitar seguir los pasos de Japón, donde las tasas de natalidad, abortos y

que cada vez más mujeres eligen dar a luz mucho más tarde, han situado a

Japón en el "camino de la extinción" para su pueblo.

Para combatir la epidemia del aborto, se ha propuesto también prohibir abortos

gratuitos en los centros de salud administrados por el gobierno, exigir

prescripciones para la píldora del “día siguiente”; exigir el consentimiento de los

padres para los adolescentes y el consentimiento del marido para las mujeres

casadas.

1.1.8.2. El Salvador

El Salvador es uno de los países más estrictos en el tema del aborto, con largas

penas de prisión para la mujer que se someta a uno.

Ese fue el caso reciente de Evelyn Hernández, una estudiante salvadoreña de

18 años que tuvo un aborto espontáneo tras haber sido violada en reiteradas

ocasiones por un pandillero.

A principios de julio, la joven fue sentenciada a 30 años de prisión por "homicidio

agravado en perjuicio de su hijo recién nacido".

La controvertida sentencia de 30 años de cárcel contra Evelyn Hernández, la

joven que parió a un bebé muerto tras ser violada por un pandillero en El

Salvador

La jueza tomó la decisión porque Hernández no buscó atención prenatal.

36

Antes de 1998, en El Salvador se permitía abortar cuando el embarazo era el

resultado de una violación, si se trataba de un bebé con malformaciones o si la

madre corría riesgo de muerte.

Un nuevo Código Penal y la posterior reforma a la Constitución complicaron la

situación de miles de mujeres salvadoreñas.

EPÍGRAFE II

1.2 Diferentes posiciones teorías respecto al aborto

1.2.1. Dr. Alfredo Achával

“En la actualidad el aborto es un tema social, económico, jurídico, político,

religioso y médico. Muchos países han evolucionado hacia la realización de

abortos en establecimiento de salud, con una decisión y consentimiento

exclusivamente de la mujer y no más allá del tercer mes de la concepción”

(Achával, 1994, pág. 363).

1.2.2. Dr. Jorge Zavala Baquerizo

“Partiendo del principio de que el estado considera intolerable la conducta de la

persona que provoca el aborto y, además, considerando en el aborto es un delito

contra la vida y que los miembros de la profesión sanitaria tiene, precisamente

como finalidad preservar la integridad física y la salud de todos los seres

humanos desde el instante de la concepción” (Baquerizo, 2000, pág. 94).

1.2.3. Dr. Manuel Chávez Ascencio

“Los derechos de familia al ser reconocidos (no otorgados ni concedidos) por la

autoridad y contenerse en la legislación, son también derechos públicos

subjetivos; son oponibles erga omnes; son derechos originarios e innatos, ya que

su nacimiento no depende de la voluntad del miembro de la familia o de ésta”

teniendo a este:

37

“Derecho de nacer y a la seguridad social del concebido, mediante el cual se

debe entender que todo concebido, tiene el derecho desde el momento de la

concepción, el derecho a la protección social y del Estado, para asegurar su

nacimiento. Aquí menciona Chávez Asencio el problema del aborto, del cual

señal a que aunque sea consentido libremente por los padres o por la madre,

constituye un atentado directo contra el derecho humano primario a la vida del

concebido y no nacido, derecho que los estados deben garantizar”. (Asencio,

1997, pág. 23).

1.2.4. Dr. Altez Ortega Rogelio

“En todo proceso de creación de publicidad subliminal debemos respetar las

siguientes premisas: a) el umbral de frecuencia debe de estar lo más próximo

posible del límite de captación consciente, que por otro lado no es predecible al

ser variable por individuo e incluso por día para cada persona. b) los mensajes

visuales son más probablemente efectivos que los aurales. c) Los sujetos deben

estar pre sensibilizados hacia el contenido del mensaje, preferentemente con

una excitación emocional o un entrenamiento para percibir "entre líneas" los

mensajes”. (Altez, 2007, Pág. 23).

1.2.5. Dr. José Joaquín Flor Vazcones

La vida no puede realizarse plenamente sin la conservación de la salud; de

donde se desprende inmediatamente la existencia del derecho y del deber de

conservar la propia salud. El conservar la propia salud trae como consecuencia

el procurar conservar la integridad corporal que exige en cada uno de los seres

humanos titulares del derecho conservar todas y cada una de las partes de su

cuerpo y no privarse de ellas por ninguna causa, a no ser que esa privación sea

necesaria para el bien de todo el cuerpo a fin de conservar la vida. (Vazcones,

2010, pág. 271).

38

EPÍGRAFE III

1.3. Análisis crítico respecto a las diferentes posiciones doctrinarias dadas

por autores respecto al aborto y las publicaciones en la prensa escrita.

En el presente epígrafe se analizará teorías, y se investigará conjeturas que se

considera válido para el desarrollo de la presente problemática, como

fundamento para reparar el problema social, moral y penal del aborto, vulnerando

derechos que se devienen con la facilidad de publicación para la práctica ilegal

del aborto, debido a que se encuentra un vacío en cuanto no se encuentra

legislado una sanción para aquella persona que acuda a los medios de prensa

escrita con el fin de ofertar un servicio ilícito como es el aborto, en base al estudio

de libros y artículos argumentando las ideas básicas que forman parte para el

desarrollo, y así proponer modificaciones orientadas para la solución del

problema.

1.3.1. Dr. Alfredo Achával

Respecto a lo señalado por el autor podemos manifestar lo siguiente:

Religioso ya que la iglesia católica y la Constitución dice que la vida humana

debe ser respetada desde el momento de su concepción, en el tema económico

existen mujeres de bajos recursos económicos que optan por realizarse un

aborto en clínicas clandestinas y es ahí donde se puede llegar hasta la muerte

de la madre, en el tema medico podríamos mencionar que existen varias clases

de aborto, como ejemplo el aborto culposo que puede ocurrir por imprudencia,

impericia o negligencia al momento de realizar intervenciones médicas.

Pero al fin y al cabo todo depende de nuestras autoridades y la decisión que

tomen, en las personas solo está el hacer la reflexión, y evitar que se sigan

perdiendo vidas por causa de personas irresponsables.

39

1.3.2. Dr. Jorge Zavala Baquerizo

La ética de un profesional de la medicina no le permite realizar este tipo de actos

ya que son ellos quienes deber cuidar y preservar la vida de cada persona, pero

hay casos que los médicos realizan el aborto a sabiendas que está prohibido,

aquí no les importa la norma legal tipificada y están incurriendo en un delito ya

que actúan de forma dolosa ya que tienen la intención de causar la muerte al no

nacido.

1.3.3. Dr. Manuel Chávez Ascencio

Lo manifestado por el autor es muy acertado por cuanto, los seres humanos

tenemos derechos innatos y por lo tanto deben ser respetados no solo por la

progenitora sino por la sociedad en general, no se puede poner en riesgo la vida

de una persona practicándole un aborto sin contar con las condiciones

adecuadas y menos aún en un país como es Ecuador donde se prohíbe el aborto

y únicamente se permite cuando se encuentre en riesgo la vida de la madre.

El aborto ha sido un problema que ha estado presente durante todas las épocas

de existencia del ser humano. Adquiriendo en la actualidad una gran importancia,

tanto por sus implicaciones como por las diferentes posturas que existen frente

a él.

El aborto es un aspecto muy serio, ya que en pocas palabras se trata de quitarle

vida a un ser humano. Pero legalizarlo sería una buena opción. Si se ponen a

analizar los puntos buenos de la legalización de aborto son varios, ya que muy

probablemente disminuirían las muertes de madres por abortos.

Como no está legalizado el aborto, muchas personas lo practican

clandestinamente, y esto trae sus consecuencias porque al ser ilegal, no tiene a

nadie quien les exijan una higiene en los consultorios ni en los instrumentos que

utilizan para practicarlos. Aparte hay personas inexpertas que con tal de

conseguir dinero a cualquier costa, practican estas operaciones, creyendo que

es una cosa muy sencilla; y como madre lo que quiere es abortar, pues se

40

somete a esta cirugía sin precaución alguna, cuando en realidad su vida está en

manos del doctor.

1.3.4. Dr. Altez Ortega Rogelio

Los medios tienen un gran impacto en el pensamiento y comportamiento de la

sociedad. Por ellos nos enteramos de todo lo que sucede en nuestro entorno y

nos formamos un criterio según la información que nos proporcionan. Según la

forma en la que se redacte la noticia, podemos darle una importancia mayor o

menor en nuestro entorno, aunque también están las noticias que no llegan a

sus páginas o programas porque el gobierno les pide que escondan la

información o porque sus líneas editoriales no le permite publicarlas.

En sus editoriales y columnas de opinión pueden llegar a inflar a una persona

tanto como quieran y les convenga para algún beneficio, o criticarlas para

perjudicarlas en algún aspecto, y así han acabado con muchas carreras políticas,

artísticas, deportivas, etcétera, en lo que se ve claramente la influencia que

tienen sobre la sociedad.

Entonces los medios ejercen una gran influencia en la sociedad, pues le dicen lo

bueno y lo malo, según ellos, pero la mayoría de la gente que lo lee lo toma como

un hecho y sigue lo que ve en las páginas. Además de que estos medios ponen

lo que le conviene seguramente piensan en la cantidad de ingresos que tendrán

publicando todos los anuncios solicitados; sin embargo, hacen caso omiso a las

prohibiciones que establece nuestra Legislación, en cuanto a que deben

seleccionar sus contenidos antes de ser expuestos al público.

1.3.5. Dr. José Joaquín Flor Vazcones

El autor resalta la conservación de la integridad corporal, todos los seres

humanos deben procurar cuidar su salud, y una mujer que acepta practicarse, y

un aborto, estaría atentando contra su integridad ella y la persona que lo realiza,

corriendo el riesgo de no poder tener más hijos a causa de algún mal

41

procedimiento. Se debe respetar la vida tanto de la madre como del que está por

nacer.

Todos tenemos derecho a conservar la integridad de nuestro cuerpo, sin

exponernos a la realización de prácticas ilegales que podrían llegar a ser

contraproducente para la salud y traer consecuencias inmediatas o en el futuro.

EPÍGRAFE IV

1.4. Conclusiones parciales del capítulo.

Con la investigación realizada se puede evidenciar que el aborto es un

problema que ha evolucionado y cada vez aumenta en la sociedad, existen

muchas posiciones de diferentes autores sobre el tema.

Con la presente investigación se ha llegado a establecer que existe la

necesidad que de sancionar a aquellas personas que mediante los medios

de prensa escrita hace publicidad del aborto.

De toda la información recopilada de diferentes textos para la presente

investigación ha servido para fundamentar la propuesta planteada, y poder

argumentar de forma constitucional, jurídica y doctrinaria.

42

CAPITULO II

2. MARCO METODOLÓGICO Y PLANTEAMIENTO DE LA PROPUESTA.

Este capítulo contiene la descripción y narración de la metodología utilizada para

validar la problemática planteada, los mismos que son requeridos para enfocar

el tema de estudios.

2.1. Caracterización del problema seleccionado para la investigación

El presente trabajo de investigación se basa en una argumentación jurídica de la

necesidad de reformar el artículo 149 del Código Orgánico Integral Penal, a fin

de que se sancione a aquellas personas que hagan publicidad del aborto

mediante la prensa escrita, debido a que en nuestra legislación es prohibida la

práctica del aborto, únicamente se puede dar en dos casos específicos

señalados en la ley.

La investigación es un proceso meticuloso y sistematizado en el que se busca

resolver problemas, en cualquier campo de aplicación: científico o ciencias

sociales; por otro lado sea cual fuera su campo de acción lo que garantiza en

ambos casos es la generación de alternativas de solución viables.

2.2. Descripción del procedimiento metodológico para la investigación

2.2.1. Metodología de la investigación

La metodología de la investigación es una disciplina de conocimiento encargada

de elaborar, definir y sistematizar el conjunto de técnicas, métodos y

procedimientos que se deben seguir durante el desarrollo de un proceso de

investigación para la producción de conocimiento.

Orienta la manera en que vamos a enfocar una investigación y la forma en que

vamos a recolectar, analizar y clasificar los datos, con el objetivo de que nuestros

resultados tengan validez y pertinencia, y cumplan con los estándares de

43

exigencia científica. Es importante hacer constar la metodología utilizada para el

presente trabajo de investigación, la misma que será detallada a continuación.

2.2.2. Modalidades de la investigación

2.2.2.1. Cualitativa

Permitió tener un entendimiento más profundo sobre el tema objeto de

investigación.

2.2.2.2. Cuantitativa

Fue muy útil porque se pudo examinar los datos de manera numérica, en el

ámbito de la encuesta aplicada.

2.3.1. Métodos de investigación

La palabra método se deriva del griego meta: hacia, a lo largo; y odos que

significa camino, por lo que podemos deducir que método significa el camino

más adecuado para lograr un fin.

También podemos decir que el método es el conjunto de procedimientos lógicos

a través de los cuales se plantean los problemas científicos y se ponen a prueba

las hipótesis y los instrumentos de trabajo investigados.

Los métodos utilizados en la investigación son detallados a continuación.

2.3.1.1. Inductivo – deductivo

Este método permitió singularizar y concluir sobre los problemas, partiendo de lo

particular a lo general, para establecer las causar que han generado estos

fenómenos, estos métodos se utilizaron en el desarrollo del marco teórico.

44

2.3.1.2. Analítico

Este método fue de mucha importancia por cuanto se logró realizar un análisis

detallado de la problemática, sobre que no existe una sanción para aquellas

personas que realizan publicidad del aborto mediante la prensa escrita.

2.3.1.3. Sintético

Este método fue de mucha utilidad, en virtud de existir varias doctrinas, se

sintetiza toda la información hasta obtener un resuenen, para la finalización del

presente trabajo de investigación.

2.3.1.4. Histórico – lógico

Este método fue de mucha importancia en la investigación, nos permite estudiar

lo que aconteció en la historia del objeto de investigación, la forma en que ha

venido evolucionando y el estado actual del fenómeno.

2.4. Técnicas de investigación

Es el conjunto de instrumentos y medios a través de los cual se efectúa el método

y solo se aplica a una ciencia.

La técnica es indispensable en el proceso de la investigación científica, ya que

integra la estructura por medio de la cual se organiza la investigación, La técnica

pretende los siguientes objetivos:

Ordenar las etapas de la investigación, aportar instrumentos para manejar la

información, llevar un control de los datos, orientar la obtención de

conocimientos.

2.4.1. Encuestas

Es una técnica que sirvió al momento de la recolección de la muestra tomada del

universo, la misma que consistió en la formulación de preguntas, realizada a

45

personas sobre la base de un cuestionario; esta encuesta fue aplicada

específicamente a Jueces de la Unidad Judicial Penal, Tránsito y

Contravenciones, estudiantes de derecho de la Universidad Autónoma Regional

de los Andes matriculados en el año 2016 y abogados en el libre ejercicio del

Cantón Santo Domingo.

2.4.2. Entrevista

Es un formulario previamente elaborado sumamente importante en la presente

investigación, porque permitió la recopilación de datos mediante el dialogo, los

cuales fueron de fundamentales en la investigación.

2.4.3. Bibliográfica

Esta técnica de investigación fue de gran importancia en el trabajo de

investigación, el análisis de los diferentes textos relacionados con el tema objeto

de investigación aportando con los conocimientos de los autores de cada obra

debidamente citada.

2.5. Herramientas de la investigación

Las herramientas de la investigación nos ayudan a realizar una investigación de

forma ordenada, brindando las facilidades para llegar a concluir con un exitoso

trabajo de investigación.

2.5.1. Fichaje

El fichaje es una técnica auxiliar de todas las demás técnicas empleada en

investigación científica; consiste en registrar los datos que se van obteniendo en

los instrumentos llamados fichas, las cuales, debidamente elaboradas y

ordenadas contienen la mayor parte de la información que se recopila en una

investigación por lo cual constituye un valioso auxiliar en esa tarea, al ahorra

mucho tiempo, espacio y dinero.

46

La presente herramienta de investigación fue utilizada para incluir en la

investigación datos, escuchados leídos, tomar los apuntes necesarios de los

libros, revistas que se relacionan al tema objeto de investigación.

2.5.2. Guía de entrevista

Es una ayuda memoria de mucha utilidad al momento de realizar la entrevista

para obtener información sobre el tema propuesto.

2.5.3. Cuestionario

Es una serie de preguntas que se realizar tanto a los entrevistados como a los

encuestados con la finalidad de obtener los resultados de la investigación.

Un cuestionario puede aparecer por escrito, indicando al estudiante que

responda en una hoja cada una de las preguntas.

2.6. Diseño de la investigación

La presente investigación es de carácter estadístico porque se trata de

investigación concluyente, tiene como finalidad que se establezca una sanción

para aquellas personas que mediante los medios de prensa escrita hagan

publicidad al aborto, así mismo es de carácter bibliográfico porque se procedió a

analizar la doctrina, la constitución, los códigos, para cumplir con los objetivos

de la investigación.

2.6.1. Cálculo de la muestra de la población a profesionales del derecho y

otros.

La población sobre la cual se desarrolló en presente trabajo de investigación fue

la siguiente:

Jueces Unidad Judicial Penal, Tránsito y Contravenciones

Abogados en libre ejercicio

Estudiantes de Derecho de Uniandes, Santo Domingo 2016

47

Cálculo muestral

𝒏 =𝑵

(𝑬)𝟐 (𝑵 − 𝟏) + 𝟏

n= Tamaño de la muestra

N= Población o universo

E= Error máximo admisible (0.05)

La presente encuesta fue realizada a las siguientes personas Jueces Unidad

Judicial de lo Penal, Tránsito y Contravenciones, abogados en libre ejercicio,

Estudiantes de derecho de Uniandes, Santo Domingo 2016, con la finalidad de

demostrar la problemática existente y la necesidad de que se incorpore el inciso

propuesto en el Código Orgánico Integral Penal.

Tabla N0 1 Muestra de datos

Composición Números

Universo 2.101

Tamaño de la muestra 336

Tabla 2 Encuestados

Estratos Muestra

Jueces de la Unidad Judicial Penal, Tránsito y Contravenciones

13

Abogados en libre ejercicio 1.268

Estudiantes de Derecho de Uniandes, Santo Domingo 2016 820

Total 2.101

48

Fórmula:

𝑛 =2.101

(0.05)2(2.101 − 1) + 1

𝑛 =2.101

(0.0025)(2.100) + 1

𝑛 =2.101

0.2475 + 1

𝑛 =2.101

6,25

𝑛 = 336.16

49

Pregunta No 1 ¿Conoce usted si actualmente existe una sanción para quienes

realizan publicidad del aborto mediante los medios de prensa escrita?

Tabla 3 Pregunta N0 1

Indicadores Frecuencia Porcentajes

Si 0 0 %

No 336 100 %

Total 336 100 %

Gráfico 1. Pregunta N° 1

Elaborado Por: Yury Alexandra Olivo

Análisis e interpretación de resultados.

De la encuesta aplicada el 100% de los encuestados respondió que desconoce

si actualmente existe una sanción para aquellas personas que promocionen el

aborto mediante los medios de prensa escrita, es por ello la necesidad que se

aplique la reforma propuesta, por cuanto en la actualidad no existe una sanción

penal, únicamente sanciones administrativas para los medios de comunicación

que no clasifiquen de forma adecuada los contenidos que serán expuestos a la

ciudadanía.

0%

100%

Gráfico N.1

Si

No

50

Pregunta No 2 ¿Considera usted que se debe prohibir las publicaciones en la

prensa escrita que promocionan el aborto?

Tabla N0 4 Pregunta N0 2

Indicadores Frecuencia Porcentajes

Si 261 78 %

No 75 22 %

Total 336 100 %

Gráfico 2. Pregunta N° 2

Elaborado Por: Yury Alexandra Olivo

Análisis e interpretación de resultados.

De la encuesta realizada se desprende lo siguiente, el 78%, manifestó su

negativa respecto a estas publicaciones, por cuanto consideran que los medios

de prensa escrita son para informar oportunamente, por lo se debe prohibir las

publicaciones en la prensa escrita que promocionan el aborto, y un 22%

considera que no es necesario que se prohíban dichas publicaciones que hacen

promoción al aborto.

78%

22%

Gráfico N. 2

Si

No

51

Pregunta No 3 ¿Considera usted que las publicaciones en la prensa escrita

facilitan el acceso a practicarse un aborto clandestino?

Tabla N0 5 Pregunta N0 3

Indicadores Frecuencia Porcentajes

Si 280 83%

No 56 17%

Total 336 100%

Gráfico 3. Pregunta N° 3

Elaborado Por: Yury Alexandra Olivo

Análisis e interpretación de resultados

De la encuesta realizada se puede llegar a concluir que la mayoría de los

encuestados considera que las publicaciones emitidas por la prensa escrita si

facilitan el acceso a que una mujer pueda practicarse un aborto clandestino de

una manera más fácil, mientras una minoría de los encuestados indica que las

publicaciones en la prensa no influyen en la decisión de una mujer de abortar o

no.

83%

17%

Gráfico N.3

Si

No

52

Pregunta No 4 ¿Considera usted que el legislador Ecuatoriano debe crear una

norma que prohíba la promoción de la práctica ilegal del aborto?

Tabla N0 6 Pregunta N0 4

Indicadores Frecuencia Porcentajes

Si 290 87 %

No 46 13 %

Total 336 100%

Gráfico 4. Pregunta N° 4

Elaborado Por: Yury Alexandra Olivo

Análisis e interpretación de resultados

De la encuesta aplicada el 87% de los encuestados señala que se debe crear

una norma que prohíba las publicaciones en la prensa escrita que promocionan

el aborto, por cuanto es un problema que aumenta progresivamente, es por ello

esta propuesta en el sentido que se reforme el artículo 149 del Código Orgánico

Integral Penal, mientras que un 13% no considera necesaria una reforma.

87%

13%

GráficoN. 4

Si

No

53

Pregunta No 5 ¿Considera usted que existe la necesidad de realizar una reforma

en el artículo 149 del COIP a fin de sancionar a quien solicite la publicación de

la práctica ilegal del aborto y al medio de prensa escrita que lo publica?

Tabla 7 Pregunta N 5

Indicadores Frecuencia Porcentajes

Si 300 89 %

No 36 11%

Total 336 100%

Gráfico 5. Pregunta N° 5

Elaborado Por: Yury Alexandra Olivo

Análisis e interpretación de resultados

De la siguiente pregunta se puede evidenciar que la mayoría de los encuestados

considera que es necesario una reformar al Código Orgánico Integral Penal, por

cuanto no existe en la norma antes mencionada una sanción para las personas

que promocionen el aborto mediante los medios de prensa escrita, mientras que

una mínima minoría considera que no es necesaria realizar la reforma planteada

por el investigador.

89%

11%

Gráfico N.5

Si

No

54

Pregunta No 6 ¿Considera usted que la práctica del aborto clandestino tiene

consecuencias en la mujer?

Tabla N0 8 Pregunta N0 6

Indicadores Frecuencia Porcentajes

Si 285 85%

No 51 15%

Total 336 100%

Gráfico 6. Pregunta N° 6

Elaborado Por: Yury Alexandra Olivo

Análisis e interpretación de resultados

De la encuesta aplicada se puede evidenciar que un 85% de los encuestados

manifiesta que si existen consecuencias en la mujer, por cuanto al momento de

realizarse el aborto, lo hacen en lugares inadecuados donde no cuentan con los

instrumentos médicos apropiados, acarreando consecuencias graves a corto y

largo plazo.

85%

15%

Gráfico N. 6

Si

No

55

Pregunta No 7 ¿Considera usted que la práctica del aborto clandestino es un

problema para la sociedad?

Tabla N0 9 Pregunta N0 7

Indicadores Frecuencia Porcentajes

Si 298 89%

No 38 11%

Total 336 100%

Gráfico 7. Pregunta N° 7

Elaborado Por: Yury Alexandra Olivo

Análisis e interpretación de resultados

De la encuesta aplicada la mayoría de la preguntada señala que si es un

problema para la sociedad, por cuanto no solo afecta a la mujer, sino a la familia

y por ende a la sociedad en general, mientras que un 11% manifiesta que la

práctica del aborto clandestino no afecta de ninguna manera a la sociedad.

89%

11%

Gráfico N. 7

Si

No

56

2.7. Interpretación de la entrevista realizada

Pregunta uno ¿En su experiencia considera usted que el derecho a la vida

consagrado en la Constitución es garantizado de manera efectiva por el Estado?

Si, en la Constitución de la Republica se garantiza hasta la saciedad el derecho

a la vida, además es reconocido a nivel internacional los tratados y convenios

internacionales entre otros bienes jurídicos que protegen es el derecho a la vida.

Pregunta dos ¿En su experiencia considera usted que se debe sancionar a las

personas y al medio de prensa escrita que hacen publicidad al aborto? Si, deben

ser sancionados porque están promocionado el quitar la vida a un ser humano,

por cuanto se estar alentando a realizar se un aborto lo cual está prohibido en

nuestra legislación.

Pregunta tres ¿En su experiencia como Juez garantista de Derechos Humanos

apoyaría usted la reforma planteada en el artículo 149 del Código Orgánico

Integral Penal?

En el caso que se este vulnerando un derecho, debe realizarse una reforma al

Código Orgánico Integral Penal que está vigente desde aproximadamente dos

años, y se debe ir perfeccionando y actualizando, no puede ser perfecto porque

conforme va avanzando se debe ir realizando ciertas reformas. Pregunta cuatro

¿En su experiencia considera usted que existe un vacío legal en el Código

Orgánico Integral Penal?

Si, por cuanto la Constitución de la República del Ecuador es garantista de

derechos, y no se puede permitir que personas irresponsablemente ofrezcan

realizar abortos, más aun cuando en nuestra legislación es prohibido la práctica

del aborto a excepción de los casos contemplados en la ley.

2.8. Planteamiento de la propuesta

Una vez realizada la investigación correspondiente el estudiante plantea la

propuesta de reforma con la finalidad de brindar una solución al problema que

57

existe actualmente en la sociedad en general, esto es, la realización de abortos

practicados clandestinamente, atentando contra un derecho innato de los seres

humanos como es el derecho a la vida, igualmente como estudiante de derecho

se pretende presentar una propuesta que pueda contribuir con el

perfeccionamiento de las leyes en el Ecuador.

2.8.1. Tema

Incorporar en el artículo 149 del Código Orgánico Integral Penal, un inciso que

establezca una sanción para la persona que mediante los medios de prensa

escrita promocione el aborto.

2.8.2. Objetivo de la propuesta

Elaborar los componentes jurídicos necesarios para incorporar en el artículo 149

del Código Orgánico Integral Penal, un inciso que establezca una sanción para

la persona que mediante los medios de prensa escrita promocione el aborto.

2.8.3. Justificación de la propuesta

La presente propuesta se justifica con los resultados obtenidos durante la

investigación, los mismos que fueron positivos en apoyo a la propuesta

planteada por el estudiante indicando; además que la reforma planteada buscar

que se respeten los derechos de las y los ciudadanos consagrados en la

Constitución de la República del Ecuador.

2.8.4. Descripción de la propuesta

El Ecuador siendo un Estado Constitucional de derechos que protege

principalmente la conservación del núcleo familiar con la propuesta de reformar

incorporar en el artículo 149 del Código Orgánico Integral Penal, un inciso que

establezca una sanción para la persona que mediante los medios de prensa

escrita promocione el aborto, se busca endurecer la ley debido a que en el país

existe la prohibición del aborto y únicamente es permitido en dos casos: a).- Si

58

se ha practicado para evitar un peligro para la vida o salud de la mujer

embarazada y si este peligro no puede ser evitado por otros medios; b).- Si el

embarazo es consecuencia de una violación en una mujer que padezca de

discapacidad mental.

Es por ello que nace la necesidad de plantear a una reforma al artículo antes

mencionado por cuanto no se está respetando las normas establecidas en la ley.

2.8.5. Verificación de la idea a defender

Con la investigación realizada se ha podido evidenciar satisfactoriamente la

necesidad que existe de que sancione a las personas que realicen publicidad del

aborto mediante los medios de prensa escrita. El tema del aborto es un problema

que a través del tiempo ha venido evolucionando de forma sorprendente en

algunos países incluso es permitido el aborto, pero en la legislación ecuatoriana

no, salvo es casos específicos señalados en la ley, es por ello que ninguna

persona puede realizar ningún tipo de publicidad donde se ofrezca servicios

ilícitos, como es la práctica clandestina del aborto.

2.9. Conclusiones parciales del capítulo.

Al concluir el presente capitulo se ha podido llegar a las siguientes conclusiones

parciales.

Con la caracterización del problema se ha llegado a evidenciar el problema

existente por la falta d una figura jurídica que contemple una sanción para

aquellas personas que mediante los medios de prensa escrita realizan

publicidad al aborto.

Los resultados han sido muy favorables al tema de investigación, la propuesta

presentada es clara y viable como es proyecto de reforma al Código Orgánico

Integral Penal, y de esta forma solucionar el tema detectado.

59

La metodología empleada para el desarrollo del trabajo de investigación fue

de mucha ayuda por cuanto ayudo a obtener los resultados oportunos.

Por parte del investigador se presenta una propuesta clara y viable con la

finalidad que sea acogida por las autoridades correspondientes, a fin de que

la misma pueda llegar a materializarse.

60

CAPÍTULO III

3. VALIDACIÓN Y/O EVALUACIÓN DE RESULTADOS DE SU APLICACIÓN

3.1. Tema

Incorporar en el artículo 149 del Código Orgánico Integral Penal, un inciso que

establezca una sanción para la persona que mediante los medios de prensa

escrita promocione el aborto.

En el presente capítulo se presentará la propuesta de incorporar un inciso al

artículo 149 del Código Orgánico Integral Penal, a fin de que se establezca una

sanción para las personas que mediante los medios de prensa escrita

promocione el aborto.

Exposición de motivos

El Código Orgánico Integral Penal, fue aprobado por la Asamblea Nacional, el

28 de enero del 2014 y publicado en el Suplemento del Registro Oficial No. 180

del 10 de febrero del 2014, en la actualidad se ha venido aplicando reformas en

diferentes vacíos legales que existe en el mismo con la finalidad de ir mejorando

la leyes en el país, la reforma planteada en el presente trabajo de investigación

se trata sobre agregar un inciso en el artículo 149 del Código Orgánico Integral

Penal a fin de que se sancione a las personas que mediante los medios de

prensa escrita promocionen el aborto.

61

LA ASAMBLEA NACIONAL DE LA REPÚBLICA DEL ECUADOR

LA COMISIÓN LEGISLATIVA Y DE FISCALIZACIÓN

CONSIDERANDO:

Que, el artículo 1 de la Constitución de la República del Ecuador reconoce a

nuestro Estado como constitucional de derechos y justicia, orientado optimizar

los derechos en contenidos en la misma de manera progresiva.

Que, el numeral uno del artículo 11 de la Constitución de la República del

Ecuador establece los derechos se podrán ejercer, promover y exigir de forma

individual o colectiva.

Que, el numeral quinto del artículo 134 de la Constitución de la República del

Ecuador otorga el derecho a los ciudadanos y ciudadanas para presentar

proyectos de ley.

Que, el inciso primero del artículo 424 del mismo cuerpo legal, ordena que la

Constitución es la Norma Suprema del Estado y prevalece sobre cualquier otra

del ordenamiento jurídico y, por lo tanto, las normas y los actos del poder público

deben mantener conformidad con las disposiciones constitucionales.

Que, el artículo 45 de la Constitución de la República del Ecuador reconoce y

garantiza el derecho a la vida, incluido el cuidado y protección desde la

concepción.

Que, el artículo 35 de la Constitución de la República del Ecuador señala lo

siguiente: Las personas adultas mayores, niñas, niños y adolescentes, mujeres

embarazadas, personas con discapacidad, personas privadas de libertad y

quienes adolezcan de enfermedades catastróficas o de alta complejidad,

recibirán atención prioritaria y especializada en los ámbitos público y privada.

Que, el artículo 67 de la Constitución de la República del Ecuador señala lo

siguiente: Se reconocer la familia en sus diversos tipos. El Estado la protegerá

como núcleo fundamental de la sociedad.

62

Que, el artículo 19 de la Ley Orgánica de Comunicación regulará la prevalencia

de contenidos con fines informativos, educativos y culturales en la programación

de los medios de comunicación, y fomentará la creación de espacios para la

difusión de la producción nacional independiente.

Que, el artículo 4 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos (Pacto

de san José 1969), señala lo siguiente: Derecho a la Vida. Toda persona tiene

derecho a que se respete su vida. Este derecho estará protegido por la ley y, en

general, a partir del momento de la concepción. Nadie puede ser privado de la

vida arbitrariamente”.

Que, el artículo 20 del Código de la Niñez y la Adolescencia reconoce lo siguiente

Los niños, niñas y adolescentes tienen derecho a la vida desde su concepción.

Es obligación del Estado, la sociedad y la familia asegurar por todos los medios

a su alcance, su supervivencia y desarrollo.

Que, el artículo 2 del Código de la Niñez y la Adolescencia manifiesta lo

siguiente: Las normas del presente Código son aplicables a todo ser humano,

desde su concepción hasta que cumpla dieciocho años de edad.

Que, el artículo 61 del Código Civil señala lo siguiente: La ley protege la vida del

que está por nacer. El Juez en consecuencia tomara a petición de cualquier

persona o de oficio, todas las providencias que le parezcan convenientes para

proteger la existencia del no nacido, siempre que crea que de algún modo

peligra.

Que, el artículo 67 de la Ley Orgánica de Comunicación señala lo siguiente:

Prohibición.- Se prohíbe la difusión a través de los medios de comunicación de

todo mensaje que constituya incitación directa o estímulo expreso al uso ilegítimo

de la violencia, a la comisión de cualquier acto ilegal, la trata de personas, la

explotación, el abuso sexual, apología de la guerra y del odio nacional, racial o

religioso.

63

El incumplimiento de lo dispuesto en este artículo será sancionado

administrativamente por la Superintendencia de la Información y Comunicación

con una multa de 1 a 5 salarios básicos por cada ocasión en que se omita cumplir

con esta obligación, sin perjuicio de que el autor de estas conductas responda

judicialmente por la comisión de delitos.

Que, el artículo 60 de la Ley Orgánica de Comunicación señala lo siguiente:

“Identificación y clasificación de los tipos de contenidos. - Para efectos de esta

Ley, los contenidos de radiodifusión sonora, televisión, los canales locales de los

sistemas de audio y video por suscripción, y de los medios impresos, se

identifican y clasifican en:

Informativos, de opinión, formativos, educativos, culturales, entretenimiento,

deportivos, publicitarios.

Los medios de comunicación tienen la obligación de clasificar todos los

contenidos de su publicación o programación con criterios y parámetros jurídicos

y técnicos.

Incumplimiento de la obligación de clasificar los contenidos, será sancionado

administrativamente por la Superintendencia de la Información y Comunicación

con una multa de 1 a 5 salarios básicos”.

En ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, expide la siguiente:

3.3. LEY REFORMATORIA AL CÓDIGO ORGÁNICO INTEGRAL PENAL

A continuación del inciso segundo, articulo 149 del Código Orgánico Integral

Penal agréguese el siguiente inciso que dice:

La persona que mediante los medios de prensa escrita promocione el aborto

será sancionada con una pena privativa de libertad de seis meses a dos años.

64

Disposición Final

La presente Ley Reformatoria entrara en vigencia a partir de la fecha de su

publicación en el Registro Oficial.

Dr. José Serrano Salgado Dra. Libia Rivas Ordoñez PRESIDENTE DE LA ASAMBLEA NACIONAL SECRETARIA

3.4. Conclusiones parciales del capítulo

Concluido el presente capitulo se puede realizar las siguientes conclusiones del

siguiente capítulo.

La propuesta de que se sancione a aquellas personas que hagan publicidad

del aborto mediante los medios de prensa escrita, contribuye a disminuir los

índices de abortos en el país, evitando que se vulnere uno de los derechos

fundamentales establecidos en la Constitución de la República del Ecuador,

como es el derecho a la vida.

El presente trabajo de investigación es un aporte a las leyes ecuatorianas a

fin de mejorar el ordenamiento jurídico vigente.

Con la presente propuesta se busca erradicar la práctica ilegal del aborto en

nuestro país, y que la prensa escrita realice sus publicaciones respetando la

ley.

Se hace constar un certificado de viabilidad con la finalidad de validad la

propuesta por un experto en la materia en Derecho Penal.

65

3.5. CONCLUSIONES GENERALES

Concluido el presente trabajo de investigación se realizarán las siguientes

conclusiones generales.

Vivimos en un Estado Constitucional de derechos, en la actual Constitución

de la Republica se determinan normas para la protección de derechos

humanos de los ciudadanos y ciudadanas y en especial para las mujeres

embarazadas por tratarse de un grupo de atención prioritario.

En la Ley de Comunicación existen disposiciones que regulan los contenidos

de los medios de comunicación tanto visuales como escritos, pero dichas

disposiciones no las cumples los diarios y continúan publicando anuncios que

promocionan la práctica del aborto.

En el Ecuador existen disposiciones constitucionales donde claramente de

proteger el derecho a la vida, así mismo en los tratados internacionales se

encuentra garantizado el derecho a la vida desde la concepción, sin embargo,

estas disposiciones no son acatadas en forma debida por los administradores

de los diarios.

Antiguamente ya existía el aborto y con el pasar del tiempo ha venido

evolucionando hasta la actualidad que se ha convertido en un problema

social.

Existe la ley que regula el contenido de las publicaciones en los medios. Esta

ley solo es respetada por los medios de comunicación nacionales, pero los

diarios regionales no cumplen con las disposiciones de la ley, la Constitución

y los Convenios Internacionales.

66

3.6. RECOMENDACIONES

Que se realice conferencias a los administradores y editores de los medios

de prensa escrita a fin de que realicen la correcta clasificación de los anuncios

que son difundidos a la ciudadanía.

A los medios de prensa escrita que respeten las disposiciones señaladas en

la Ley Orgánica de Comunicación en cuanto a la clasificación de los

contenidos que publican diariamente.

A las mujeres que se encuentran en estado de gestación que tomen

conciencia y se den cuenta que el aborto no es la solución, que todos

tenemos derecho a la vida y que al practicarse un aborto de manera

clandestina están poniendo en riesgo su propia salud.

A los estudiantes de derechos al momento de realizar su trabajo de

investigación lo hagan de forma consciente, realicen una búsqueda rigurosa

de bibliografía para que no tengan inconvenientes con el desarrollo de la

investigación.

A las autoridades a fin de que se investiguen a las personas que solicitan este

tipo de publicaciones en la prensa escrita, y de esta forma se pueda llegar a

los responsables de practicar ilegalmente abortos.

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http://dspace.uniandes.edu.ec/simple-search?query=aborto

ANEXOS

ANEXO 1. Carta de aprobación de Perfil de Proyecto de Investigación

Anexo 2. Certificados de viabilidad

Anexo 3. Formulario de encuestas

Marque con una “X”, la respuesta que considere pertinente.

Pregunta 1 ¿Conoce usted si actualmente existe una sanción para quienes

realizan publicidad del aborto mediante los medios de prensa escrita?

SI NO

Pregunta 2 ¿Considera usted que se debe prohibir las publicaciones en la prensa

escrita que promocionan el aborto?

SI NO

Pregunta 3 ¿Considera usted que las publicaciones en la prensa escrita facilitan

el acceso a practicarse un aborto clandestino?

SI NO

Pregunta 4 ¿Considera usted que el legislador Ecuatoriano debe crear una

norma que prohíba la promoción de la práctica ilegal del aborto?

SI NO

Pregunta 5 ¿Considera usted que existe la necesidad de realizar una reforma en

el artículo 149 del COIP a fin de sancionar a quien solicite la publicación de la

práctica ilegal del aborto y al medio de prensa escrita que lo publica?

SI NO

Pregunta 6 ¿Considera usted que la práctica del aborto clandestino tiene

consecuencias en la mujer?

SI NO

Pregunta 7 ¿Considera usted que la práctica del aborto clandestino es un

problema para la sociedad?

SI NO

ANEXO 4. Formulario de entrevista

Dr. José María Beltrán, Juez del Tribunal de Garantías Penales del Cantón Sto.

Domingo, rogaría de la manera más comedida me colabore respondiendo unas

preguntas relacionadas a mi trabajo de investigación titulado: “INCORPORAR

EN EL ARTÍCULO 149 DEL CÓDIGO ORGÁNICO INTEGRAL PENAL UN

INCISO QUE ESTABLEZCA UNA SANCIÓN PARA LA PERSONA QUE

MEDIANTE LOS MEDIOS DE PRENSA ESCRITA PROMOCIONE EL

ABORTO”. Sus respuestas me serán de mucha utilidad para culminar la

presente investigación.

Pregunta uno ¿En su experiencia considera usted que el derecho a la vida

consagrado en la Constitución es garantizado de manera efectiva por el Estado?

Pregunta dos ¿En su experiencia considera usted que se debe sancionar a las

personas y al medio de prensa escrita que hacen publicidad al aborto?

Pregunta tres ¿En su experiencia considera usted que existe un vacío legal en

el Código Orgánico Integral Penal?

Pregunta cuatro ¿En su experiencia como Juez garantista de Derechos

Humanos apoyaría usted la reforma planteada en el artículo 149 del Código

Orgánico Integral Penal?

ANEXO 5. Fotografías