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  • 7/25/2019 Vacaciones Vendidas

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    Informativo Contable

    2da. quincena, MARZO 2006REVISTA DE ASESORA ESPECIALIZADA D4

    I NFORMATIVOC ABALLERO B USTAMANTE

    Consultas

    REDUCCIN DEL PERODOVACACIONAL (VACACIONES

    VENDIDAS, VACACIONESTRABAJADAS, )

    Consulta

    Uno de los trabajadores de la empresa CEYOS.A., desea "vender 10 das de sus vacaciones(22.03.2006 - 31.03.2006) de los 30 das que lecorresponde en el mes de marzo". Dicho traba-jador cuenta con ms de un ao de continualabor en la empresa y su remuneracin mensuala la fecha asciende a S/. 1,500.00, adems sesabe que se encuentra afiliado al SNP. Cmosera el tratamiento contable y tributario por elmes de marzo de dicho trabajador?

    Respuesta

    1. El descanso vacacional es el derecho quetiene el trabajador, que consiste en sus-pender sus servicios durante un cierto n-mero de das al ao sin perder su remu-

    neracin habitual, con la finalidad de res-taurar fuerzas y poder realizar ocupacio-nes personales o a la distraccin.

    2. En la prctica suele ocurrir que por dife-rentes razones el trabajador solicita a suempleador trabajar en los das de goce va-cacional, que suelen llamarlo Venta deVacaciones, Vacaciones Trabajadas,Vacaciones Vendidas, etc., pero no esotra cosa que la reduccin de das de des-canso vacacional que acuerda el trabaja-dor conjuntamente con su empleador.Laboralmente, de conformidad con el ar-tculo 19 del Decreto Legislativo N 713,el descanso vacacional puede reducirsede 30 a 15 das, con la respectiva com-pensacin de 15 das de remuneracin,que deber pagarse independientementede la remuneracin vacacional.A continuacin se muestra un modelo deacuerdo de reduccin del perodo va-cacional, que debe constar por escritocon la respectiva compensacin de remu-neracin:

    ACUERDO DE REDUCCIN DE VACACIONES

    Conste mediante el presente documento, el acuerdo de reduccin del descanso vacacional que celebran deuna parte ................., con domicilio en .............................. con RUC N ............... debidamente representada porsu .........(cargo) , identificado con D.N.I. N ............. domiciliado en .............., a la que en adelante se le denomi-nar el EMPLEADOR, y de la otra parte el Sr. .................... identificado con D.N.I. N ............. con domicilio en.................. , al que en adelante se le denominar el TRABAJADOR, en los trminos y condiciones siguientes:PRIMERO:El TRABAJADOR mediante carta del .... de ...... de ..... solicit al EMPLEADOR laborar 15 das de sudescanso vacacional correspondiente al perodo de .......... manifestando que deseaba hacerlo efectivo del ...........al .......... de ......

    SEGUNDO: El EMPLEADOR, luego de verificar la pertinencia y licitud de la solicitud hecha por el TRABAJA-DOR y habiendo realizado las coordinaciones requeridas, acepta la solicitud de ste; en tal sentido el TRABA-JADOR laborar durante quince (15) de los treinta (30) das correspondientes a su descanso vacacional del.......... al ........, a cuyo trmino har uso de los 15 das restantes de descanso vacacional.

    TERCERO: En cumplimiento de lo dispuesto por el artculo 19 del D.Leg. N 713, el EMPLEADOR se compro-mete a abonar al TRABAJADOR, adems de la remuneracin vacacional correspondiente, la remuneracinpor los 15 das laborados, la cual ser otorgada una vez concluida la prestacin.

    En seal de aceptacin y conformidad, firman las partes a los ............. das del mes de ......... de ................

    Trabajador Empleador

    3. Respecto de los das de reduccin, consi-deramos que ste es un lmite mximo ypor lo tanto no existira inconveniente en

    que la reduccin del descanso vacacionalsea de menos das, tal como ocurre en elcaso planteado (10 das).

    4. El sueldo pagado al empleado debe serreconocido cuando ste ha prestado susservicios en la entidad, es decir, en fun-

    cin a lo devengado, como un gasto ocomo un costo, tal como lo establece elprrafo 10 de la NIC 19 Beneficios de los

    Mes Marzo

    Detalle Das Rem. Rem. ONP Remun.diaria mensual 13% Neta

    Remuneracin por el trabajo realizado 10 50.00 500.00 65.00 435.00

    Remuneracin por el derecho al descansoadquirido gozado (20 das) y no gozado (10 das) 30 50.00 1,500.00 195.00 1,305.00

    Total Remuneracin en el mes S/. 2,000.00 260.00 1,740.00

    Trabajadores (modificada el 2002) y en loconcerniente a las ausencias retribuidas(descanso adquirido) se debe reconocerdesde el momento que ganan dicho de-recho, en forma acumulativa, a la fechadel pago (28.02.2005) solamente se elimi-na la obligacin pendiente de pago, talcomo se muestra a continuacin:

    REGLA GENERAL APLICABLE

    VACACIONES DIASTRABAJADOS

    30 das 0 das

    Mnimode das dedescanso 15 das 15 das

    Por las vacaciones pagadas:

    REGISTRO CONTABLE

    x 41 REMUNERACIONES Y

    PARTICIPACIONES

    POR PAGAR 1,305.00412 Vacaciones por

    pagar10 CAJA Y BANCOS 1,305.00

    104 Cuentas corrientes28/02 Por la cancelacin de la vacacin. x

    x 41 REMUNERACIONES Y

    PARTICIPACIONES

    POR PAGAR 195.00412 Vacaciones por

    pagar62 CARGAS DE PERSO-

    NAL 135.00627 Seguridad y previ-

    sin social627.1 EsSalud

    40 TRIBUTOS POR PAGAR 330.00403 Contribuciones e

    institucionespblicas

    403.1 ONP 195.00403.2 EsSalud 135.00

    01/03 Por el registro de las aportaciones devengadas. x

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    Consultas

    toria y Final del TUO de la LIR (D.S. N 179-2004-EF) resulta aplicable lo dispuesto enel segundo prrafo del artculo 71 de laLIR (retencin sobre lo devengado) alpago y retencin por concepto de lasaportaciones a Essalud (RgimenContributivo de la Seguridad Socialen Salud - RCSSS) y ONP, la retencinpor estos conceptos deber empozarse alfisco en el mes de abril, en la oportuni-dad que corresponde abonar las obliga-ciones del perodo marzo conforme al ar-tculo 19 del D.S. N 012-92-TR(03.12.92) por el cual no tiene incidenciael momento en que se efecta el pago dela vacacin en la oportunidad en que de-ben abonarse las aportaciones.

    7. De conformidad con el artculo 20 delD.Leg. N 713 (08.11.91) el empleadorest obligado a hacer constar expresa-mente en el libro de Planillas, la fecha que

    debe figurar segn el ltimo prrafo delartculo 19 del D.S. N 012-92-TR enla planilla del mes al que corresponde eldescanso (en nuestro caso marzo).

    MEDICIN POSTERIOR ALRECONOCIMIENTO DE UN

    ACTIVO FIJOConsulta

    La empresa JOXI S.A. tiene dentro de susactivos fijos un terreno cuyo valor en libros al31.12.2006 asciende a S/. 180,000.00. Sin em-

    bargo, la empresa conoce que el valor arance-lario de este terreno asciende a S/. 120,000.00(monto inferior al valor en libros); motivo porel cual nos pregunta cul sera el procedimien-to a seguir? y si este valor fuese S/. 200,000.00,qu debe hacer?

    Respuesta

    1. Dado que el terreno en cuestin se tratade un bien destinado a su uso que gene-rar beneficios en ms de un perodo alActivo Fijo Tangible de la empresa, y porlo tanto le resultar aplicable la NIC 16

    (modificada en 2003): Inmuebles, maqui-naria y equipo que regula el reconoci-miento, medicin, presentacin y revela-cin de este tipo de bienes.

    2. De esta forma, conforme con el prrafo 29de la NIC 16, la medicin posterior al re-conocimiento de un activo fijo se puededar a travs de dos modelos: i) del costoy ii) de revaluacin. La empresa ser laencargada de elegir cualquiera de losmodelos para efectos de poder medir di-cho activo fijo, que en nuestro caso resul-ta ser un terreno (Ver Grfico) .

    3. El Valor Arancelario es un valor (por me-tro cuadrado) determinado por el Conse-jo Nacional de Tasaciones (CONATA) apro-bado por norma legal para fines tributa-rios (determinacin del valor del terreno

    para efectos de hallar la base imponibledel Impuesto Predial) y no representa elvalor comercial del mismo.

    4. De lo antes expuesto, queda claro quebajo el modelo del costo el valor arance-lario no tiene ningn efecto (sea inferior

    o superior al valor en libros) y que tam-poco lo tiene para el modelo de revalua-cin, puesto que ste pretende mostrar elimporte por el cual podra ser intercam-biado (vendido) en una transaccin reali-zada en condiciones de independenciamutua.

    5. Como podemos ver, en cualquiera de losdos modelos que se hubiese elegido nocorresponde considerar el valor arancela-rio. Si por el contrario, luego de una tasa-cin efectuada por profesional competen-te a toda la clase, se determina que el va-lor comercial del bien es menor al valoren libros (sin perjuicio de aplicar la NIC 36)se puede optar por el modelo de revalua-cin y reducir el valor en libros del activo,tal como a continuacin mostramos:

    REGISTRO CONTABLE

    x 68 PROVISIONES DEL

    EJERCICIO xxx.xx

    689 Otras provisiones

    del ejercicio32 PROVISIONES PARA

    DESVALORIZACIONES

    DE LOS BIENES DELACTIVO FIJO xxx.xx

    321 Terreno

    x/x Por la disminucin del

    valor del terreno. x

    x 94 GASTOS

    ADMINISTRATIVOS xxx.xx79 CARGAS IMPUTABLES

    A CUENTA DE COSTOS xxx.xx

    x/x Por la disminucin del valor del terreno. x

    MEDICIN POSTERIOR AL RECONOCIMIENTO

    Modelo del costo

    Costo de adquisicinmenos la deprecia-cin acumulada y elimporte acumuladode las prdidas pordeterioro del valor.(NIC 36).

    Modelo derevaluacin

    Valor razonable, en el

    momento de la reva-luacin, menos la de-preciacin acumula-da y el importe acu-mulado de la prdidapor deterioro de va-lor que haya sufrido.

    Por los das trabajados en el perodo va-cacional:

    REGISTRO CONTABLE

    x 62 CARGAS DE PERSONAL 545.00

    627 Seguridad yprevisin

    social 500.00627.1 EsSalud 45.00

    40 TRIBUTOS POR PAGAR 110.00403 Contribuciones e

    institucionespblicas

    403.1 ONP 65.00403.2 EsSalud 45.00

    41 REMUNERACIONES Y

    PARTICIPACIONES

    POR PAGAR 435.00411 Remuneraciones

    por Pagarx/x Por la reduccin de vacaciones (22 marzo al 31 de marzo). x

    x 41 REMUNERACIONES

    Y PARTICIPACIONES

    POR PAGAR 435.00411 Remuneraciones

    por pagar10 CAJA Y BANCOS 435.00

    104 Cuentas corrientes31/3 Por pago de los das trabajados. x

    5. En lo concerniente al Impuesto a la Ren-ta, las remuneraciones vacacionales sonrentas de quinta categora y son deduci-bles como gasto de conformidad con lo

    establecido en el inciso v) del artculo 37 de la Ley del Impuesto a la Renta, tal comose encuentra establecido en la RTF N 07719-4-2005 (14.01.2006). De esto quetodo lo que percibe el trabajador en el mesde marzo constituye renta de quinta cate-gora y ser deducible en la medida quecumpla con el requisito de ser pagadasantes de la presentacin de la DeclaracinJurada Anual. Para efectos de la retencinde quinta categora, se utilizar el Formu-lario Virtual PDT 600 Remuneraciones delperodo febrero donde deber declararsela retribucin del mes de febrero y la va-cacin de marzo pagada anticipadamen-te.

    6. Por otro lado, dado que de conformidadcon la Decimonovena Disposicin Transi-