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1 VII Reunión Presencial del Grupo de Trabajo Ad Hoc sobre Certificación de Origen Digital de la ALADI 14 y 15 de abril de 2015 Montevideo - Uruguay ALADI/RP.GTAH.COD/VII/Acta 15 de abril de 2015 VII REUNIÓN PRESENCIAL DEL GRUPO DE TRABAJO AD HOC SOBRE CERTIFICACIÓN DE ORIGEN DIGITAL DE LA ALADI 14 y 15 de abril de 2015 Montevideo, Uruguay www.aladi.org ACTA En la ciudad de Montevideo, en la Sede de la ALADI, durante los días 14 y 15 de abril de 2015, se celebró la VII Reunión Presencial del Grupo de Trabajo Ad hoc sobre Certificación de Origen Digital de la ALADI, con la presencia de representantes técnicos de entidades gubernamentales y privadas de Argentina, Bolivia, Brasil, Chile, Colombia, Cuba, Ecuador, México, Paraguay, Uruguay y Venezuela. La relación de participantes se incluye como Anexo I de la presente Acta. 1. Palabras de apertura El Acto de Apertura estuvo a cargo del Subsecretario de Desarrollo del Espacio de Libre Comercio, Dr. César Augusto Llona, quien dio la bienvenida a las delegaciones presentes, y resaltó la importancia de esta instancia para trabajar en la actualización de las especificaciones técnicas y procedimientos aprobados por la Resolución 386 del Comité de Representantes, así como avanzar en la implementación de la certificación de origen digital como herramienta de facilitación del comercio en los países de la Región. Acto seguido, se dio inicio a la jornada de trabajo.

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VII Reunión Presencial del Grupo de Trabajo Ad Hoc sobre Certificación de Origen Digital de la ALADI 14 y 15 de abril de 2015 Montevideo - Uruguay

ALADI/RP.GTAH.COD/VII/Acta 15 de abril de 2015

VII REUNIÓN PRESENCIAL DEL GRUPO DE TRABAJO AD HOC SOBRE

CERTIFICACIÓN DE ORIGEN DIGITAL DE LA ALADI

14 y 15 de abril de 2015 Montevideo, Uruguay

www.aladi.org

ACTA

En la ciudad de Montevideo, en la Sede de la ALADI, durante los días 14 y 15 de abril de 2015, se celebró la VII Reunión Presencial del Grupo de Trabajo Ad hoc sobre Certificación de Origen Digital de la ALADI, con la presencia de representantes técnicos de entidades gubernamentales y privadas de Argentina, Bolivia, Brasil, Chile, Colombia, Cuba, Ecuador, México, Paraguay, Uruguay y Venezuela. La relación de participantes se incluye como Anexo I de la presente Acta.

1. Palabras de apertura

El Acto de Apertura estuvo a cargo del Subsecretario de Desarrollo del Espacio de Libre Comercio, Dr. César Augusto Llona, quien dio la bienvenida a las delegaciones presentes, y resaltó la importancia de esta instancia para trabajar en la actualización de las especificaciones técnicas y procedimientos aprobados por la Resolución 386 del Comité de Representantes, así como avanzar en la implementación de la certificación de origen digital como herramienta de facilitación del comercio en los países de la Región.

Acto seguido, se dio inicio a la jornada de trabajo.

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2. Aprobación de la Agenda de Trabajo

La Coordinación estuvo a cargo de la Dra. Sabina Barone del Departamento de

Integración Física y Digital, quien sometió la Agenda Tentativa de trabajo a la

aprobación de las delegaciones presentes, la cual fue aceptada con la incorporación de

un punto adicional en “Otros asuntos”, solicitado por la delegación de Argentina.

En tal sentido, lucen incorporadas como Anexos II y III de la presente Acta, la

Agenda y la Agenda Comentada.

Seguidamente, y continuando con el orden estipulado en la Agenda, se dio

comienzo al análisis de los temas incluidos en la misma.

3. Nuevas funcionalidades del Sistema Informático de Certificación de Origen

Digital de la ALADI (SCOD)

La Secretaría General informó sobre el estado de los trabajos que viene realizando respecto de los ajustes y mejoras que permitirán optimizar las funcionalidades del Sistema Informático de Certificación de Origen Digital de la ALADI (SCOD).

A título de ejemplo, algunas de las funcionalidades son:

1) Para ingresar al SCOD, el usuario será su correo electrónico. Esta simplificación tiene los siguientes beneficios:

a) Es una buena práctica que se está adoptando en diversas aplicaciones, b) Es fácil de recordar, y c) Es único.

2) En el caso en que el FA también es FE, se unifica su registro

permitiéndole realizar las operaciones posibles para ambos roles.

3) Se agregan reportes más detallados.

4) Se incorporan varias prácticas de usabilidad de Internet.

4. Temas pendientes

4.1. Tratamiento a los husos horarios en el registro de los Funcionarios Habilitados (FH) en el Sistema Informático de Certificación de Origen Digital de la ALADI (SCOD) y determinación de la fecha/hora al firmar un Certificado de Origen Digital (COD) (adopción de estampado/sello de tiempo/timestamping).

La Secretaría General manifestó estar trabajando en el desarrollo de una propuesta basada en el Timezone.

Al respecto, todas las fechas y horas del sistema serían almacenadas en el

SCOD con el formato de Timezone GMT 0. Al realizar la consulta, se verificaría la fecha de firma utilizando el Timezone de la capital del país que emitió el certificado de origen consultado. Para mantener la consistencia de los Timezone a lo largo del tiempo se

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utilizaría una herramienta que permite obtener los datos de las zonas horarias actualizados e históricos, la cual contempla las modificaciones por el horario de verano en los diferentes países.

Al respecto, la delegación de Brasil solicitó que los desarrollos que se realicen,

tengan en cuenta la particularidad de aquellos países que tienen varios husos horarios, como Brasil. 4.2. Tratamiento a los errores formales y rectificaciones

La Secretaría General recordó que en la pasada Reunión de Grupo de Trabajo Ad Hoc se acordó crear un Grupo de Trabajo que funcionara mediante la modalidad de Foro Virtual, para dar tratamiento más profundo y establecer un posible procedimiento en ocasión de las diversas alternativas que el tema plantea.

En consecuencia, el 17 de octubre de 2013 se creó el Foro Virtual específico

para dar tratamiento a este tema, integrado por aquellos países que participan en Acuerdos que contemplan la posibilidad de rectificar este tipo de errores, sin perjuicio de la eventual participación de los demás países.

Al respecto, la Secretaría General presentó el Documento

ALADI/RP.GTAH.COD/VII/dt 1, el cual contiene, en primer lugar, la lista de Acuerdos que contemplan la posibilidad de rectificar este tipo de errores; en segundo lugar, un esquema general del procedimiento actual para la rectificación de certificados en formato papel; y por último, una serie de alternativas para la certificación digital, las cuales se sometieron a consideración de los países.

Las delegaciones se inclinaron por mantener el procedimiento que se lleva a

cabo actualmente, es decir, la comunicación de la Aduana y la Nota de la Entidad

Habilitada, ambas en papel y con firma autógrafa, en el entendido que no sería

oportuno generar más costos y complejidades a los sistemas aduaneros y teniendo en

cuenta que una solución de otro tipo, no necesariamente reflejaría celeridad en el

procedimiento.

No obstante lo anterior, las delegaciones manifestaron que, en la oportunidad de

la aprobación de una nueva versión del COD, se podría analizar la pertinencia de

adoptar otra alternativa.

4.3. Emisión de certificado en reemplazo de uno anterior en forma previa a su presentación en la Aduana La Secretaría expresó que algunos Acuerdos como el ACE 18 contemplan a

título expreso la posibilidad de que la Entidad Habilitada emita un nuevo certificado en reemplazo de uno anterior siempre que el mismo no haya sido presentado a la Aduana.

La disposición que se encuentra actualmente en vigor figura en el literal i) del

Anexo III (ACE 18.44) que contiene el Instructivo de Llenado para las Entidades Habilitadas para la Emisión de los Certificados de Origen:

“i) La Entidad habilitada podrá emitir un nuevo certificado en reemplazo de uno anterior, en el caso que el mismo haya sido emitido pero no presentado ante la Administración Aduanera correspondiente dentro de los plazos estipulados al

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efecto, esto es, 60 días consecutivos a partir de la fecha de emisión de la factura comercial. En el caso de que así se proceda, la Entidad habilitada deberá dejar constancia de este reemplazo, solamente, en sus respectivos registros”. Mediante el ACE 18.77 - aún no en vigor - esta disposición fue ajustada en su

redacción como sigue: “i) La Entidad habilitada podrá emitir un nuevo certificado en reemplazo de uno anterior, en el caso que el mismo haya sido emitido pero no presentado ante la Administración Aduanera correspondiente dentro de los plazos estipulados al efecto, esto es, 60 días contados desde la fecha de emisión de la factura comercial. En el caso de que así se proceda, la Entidad habilitada deberá dejar constancia de este reemplazo, solamente, en sus respectivos registros”. Debido a que el nuevo certificado se emite en reemplazo de uno anterior, la

práctica de las Entidades Habilitadas ha sido emitir el certificado nuevo contra entrega del juego completo de originales del anterior, de manera tal de asegurarse que únicamente se presente a la Aduana el último de ellos.

Dado que esta práctica no se puede recrear en el modo digital y teniendo en

cuenta que, por un lado, la Entidad Habilitada debe asegurarse que el COD que se solicita reemplazar no fue presentado a la Aduana y, por otro, que la Aduana requiere conocer que el COD que se presenta no fue anulado por la Entidad Habilitada, la Secretaría General puso a consideración de las delegaciones la siguiente sugerencia, sin perjuicio de la existencia de otras.

Actualización permanente y publicación por parte de la Entidad Habilitada, de una Lista con los COD anulados identificados por su código de identificación único y

Actualización permanente y publicación por parte de la Aduana de cada país, de una Lista con todos los COD recibidos, identificados por su código de identificación único.

El mantenimiento de las respectivas Listas en tiempo real sería responsabilidad

de las Entidades Habilitadas y las Aduanas, respectivamente, para lo cual ambas partes deberían poner la información a disposición, a través de un web service de consulta.

A los efectos de optimizar las verificaciones, se propuso que cada Entidad

Habilitada y la Aduana de cada país centralicen en un repositorio único la información que se pretende contrastar.

Así, las Entidades Habilitadas, antes de emitir un COD en reemplazo de uno

anterior, procederían a consultar la Lista publicada por la Aduana del país de importación, si dicho Certificado ya fue presentado. En caso de verificar que ello no sucedió, ingresarían el COD anulado en la Lista pertinente y, posteriormente, emitirían el nuevo Certificado en reemplazo del anterior. En contrapartida, la Aduana del país de importación, al recibir cada COD, debería verificar el estado de dicho Certificado en la Lista publicada por la Entidad Habilitada, y así asegurarse de que no fue revocado.

Las delegaciones de Ecuador y Venezuela manifestaron que continuarán

evaluando la propuesta.

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Las restantes delegaciones evaluaron la propuesta y entendieron que este punto no requiere un tratamiento específico urgente, no obstante lo cual en el futuro se podría evaluar la posibilidad de crear un repositorio único.

4.4. Validación de la Entidad Habilitada (EH) por la que firma el Funcionario

Habilitado (FH) En virtud de que, actualmente, la consulta Web no verifica la relación entre el

FH y la EH que emitió el certificado, pues no es requerido el dato de la EH (EHId) como parámetro en la consulta web, la Secretaría General planteó por un lado, una modificación en el ingreso de los datos en el SCOD en relación a la EH para ingresar el código (EHId) asignado por cada país; y por otro, un cambio en la consulta web, consistente en incluir el parámetro EH en dicha consulta, de modo de validar que el FH que firmó el COD esté autorizado a firmar COD por esa EH.

Las delegaciones estuvieron de acuerdo con la propuesta presentada por la

Secretaría. En tal sentido, se entendió pertinente que se tome el código asignado a la EH del propio CID del FH.

La delegación de Ecuador solicitó asistencia técnica a la Secretaría General.

4.5. Mercancías que comprende la habilitación de cada Entidad Habilitada (EH) y jurisdicción o territorio donde dicha Entidad ejerce la facultad para la certificación del origen A los efectos de reflejar en la certificación digital, los mismos requerimientos que

en la certificación en papel, la Secretaría General consultó acerca de la pertinencia de incluir en la carga de cada Entidad Habilitada en el SCOD, la información requerida en el Formulario que figura en el Anexo 3 del Anexo de la Resolución 252 del Comité de Representantes, a saber: Mercancías que comprende la habilitación de cada Entidad Habilitada (EH) y jurisdicción o territorio donde dicha Entidad ejerce la facultad para la certificación del origen.

En tal sentido, el Campo 5 del referido Formulario establece que se identifique,

además de la dirección, la jurisdicción o territorio donde la Entidad Habilitada ejerce la facultad para la certificación del origen, y en los Campos 6 y 7 las mercancías que comprende la habilitación, esto es si dicha habilitación comprende al universo de productos o a parte de este, identificándolo por los capítulos, sectores, partidas o ítem del Sistema Armonizado.

Por ejemplo, crear un campo denominado “Mercancías que comprende la habilitación” y dos opciones de llenado: 1) Universo, y 2) Texto libre para aquellos casos en que la habilitación esté restringida a ciertos productos.

Asimismo, crear un campo denominado “Jurisdicción” con dos opciones de

llenado: 1) Nacional y 2) Texto libre, para aquellos casos en que la habilitación esté restringida a un ámbito de circunscripción territorial determinado. Ej. Provincia.

En el mismo sentido que en el punto 4.4, se planteó una modificación en la

consulta web, de modo de agregar la información del alcance de la habilitación y de la jurisdicción de la EH de emisión.

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Dicha información podría estar a disposición en el sitio Web de la ALADI, para ser consultada por el público en general, tal como está hoy en el Registro de Firmas para el sistema papel.

Al respecto, las delegaciones estuvieron de acuerdo con la propuesta

presentada y manifestaron que por defecto el sistema asuma “Universo”, en el caso de Mercancías que comprende la habilitación; y “Nacional”, en el caso de Jurisdicción.

5. Propuestas para una futura actualización de la estructura del COD.XSD

5.1. Analizar la pertinencia de incluir un campo específico con el nombre del

Funcionario Habilitado (FH)

La Secretaría General hizo notar que el nombre del funcionario firmante es lo que le permite hoy en día a los importadores poder cotejar con el Registro de Firmas de la ALADI si dicho funcionario estaba habilitado en la fecha de firma del Certificado de Origen.

Al respecto, en el Campo 10 del Formulario que figura en el Anexo 3 del Anexo

a la Resolución 252, se solicita que se registre la firma autógrafa y sello o aclaración de firma del Funcionario autorizado.

La Secretaría General realizó la aclaración de que, si bien en el XML del COD

no existe ningún campo específico para el nombre del FH, éste está contenido en la firma digital (CID) de dicho funcionario.

En tal sentido, se detectó que en el caso de los COD facilitados por Brasil para

realizar pruebas con el visualizador, viajan dos campos: X509SubjectName y X509Certificate, mientras que en los recibidos de Argentina, Colombia y Chile, únicamente está presente el X509Certificate.

En el X509SubjectName, el nombre del FH se encuentra contenido en el campo,

y se puede ver en el archivo XML, mientras que en el X509Certificate, se lo puede obtener utilizando diversos aplicativos de visualización del COD, pero no aparece directamente en la vista del XML.

A los efectos de permitir que los importadores puedan acceder al nombre del FH

firmante, la Secretaría solicitó la consideración de los países con relación a las siguientes alternativas:

a) Crear un campo Mandatorio para el nombre del FH, que sea cargado

automáticamente a partir del campo X509SubjectName del CID del FH. b) Que tanto el campo X509SubjectName como el X509Certificate estén

presentes en el XML del COD en lo que a la firma del FH refiere. c) Que solamente esté presente el X509Certificate, y en este caso, para poder

visualizar el nombre del FH, se podrían utilizar, por ejemplo, diversos aplicativos de visualización del COD.

Las delegaciones entendieron que la mejor alternativa sería la alternativa b), en

el entendido que no se estaría agregando nuevos campos a la estructura. No obstante, solicitaron disponer de más tiempo para un análisis más profundo del tema y

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puntualizaron que eventualmente su implementación tendría lugar en ocasión de la próxima versión del COD.

5.2. Incluir en la columna “Observaciones y expresiones regulares” del campo

3.2.4 (País de la empresa productora), del Anexo 4 del Documento

ALADI/SEC/di 2327/Rev. 2; y del XSD, la lista de países miembros de la

ALADI

La Secretaría General consultó a las delegaciones sobre la pertinencia de restringir el valor del campo <ProducerCountry> a uno de la lista de países miembros de la ALADI.

Al respecto, las delegaciones de los países que utilizan este campo prefirieron

no restringir el valor del mismo, lo cual fue consensuado.

5.3. Reorganización de la subcategoría <PACComments>

En virtud de que la subcategoría <PACComments> permite agregar solamente un comentario PAC la Secretaría General propuso ajustar dicha subcategoría para que permita agregar más de un comentario PAC y que refleje alguna relación o vínculo con los productos informados en la categoría Goods.

La Secretaría propuso las siguientes alternativas:

a) Agregar en la Categoría Goods un campo que indique que el producto que

se informa tiene Insumos PAC. (Se agregaría un campo GoodsPACInputsComment)

b) Cambiar la denominación del campo PACInputsOrderNo por PACGoodsOrderNo (el cual está asociado con GoodsOrderNo) y la posibilidad que dicho campo permita agregar o referenciar a más de 1 GoodsOrderNo.

c) Cambiar el campo PACInputsOrderNo para que acepte "String".

Las delegaciones de Argentina, Brasil y Uruguay coincidieron en que la opción

b) presentada por la Secretaría General es la más adecuada desde el punto de vista

técnico, por lo cual será tenida en cuenta en ocasión de la próxima modicación de la

estructura del COD.

5.4. Incorporación del Acrónimo “C” para la categoría de Acuerdos Comerciales y de los siguientes Acuerdos: A67 Perú-México; A68 Argentina-Venezuela; A69 Brasil-Venezuela; A71 Panamá - Cuba y C28 Colombia-Venezuela

La Secretaria General expresó que a los Acuerdos que estaban pendientes de incorporación, se debería agregar el ACE 71 suscripto entre Panamá y Cuba el 16 de marzo de 2009, al cual le correspondería el acrónimo A71.

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Asimismo, informó que en el momento que se inicie el procedimiento para una modificación de la estructura, presentará una propuesta relativa a la asignación de tipo de campos que le correspondan a dicho Acuerdo.

Las delegaciones estuvieron de acuerdo con la propuesta.

5.5. Propuestas de actualizaciones identificadas por los Países en las etapas

de homologación

La delegación de Brasil propuso establecer como “Facultativos” para el ACE 18 los campos 8.1 (País de la empresa consignataria) y 8.2 (Nombre/Razón Social de la empresa consignataria).

Las delegaciones estuvieron de acuerdo con dicho ajuste.

6. Otros asuntos

6.1. Aclaración relativa al concepto de campos Facultativos y su diferencia con

los campos Opcionales

Ante reiteradas consultas sobre este punto, la Secretaría General clarificó el alcance de ambos conceptos, recordando que los campos denominados Facultativos son “aquellos para los cuales la obligatoriedad del llenado depende de las particularidades específicas de la operación de comercio.”, por ejemplo, aquellos Acuerdos que prevén que la factura asociada a la operación de importación pueda ser emitida por un tercer operador, normalmente establecen que en el campo “Observaciones del Certificado de Origen”, se coloque tal información en caso que dicho tercer operador haya participado en la operación concreta para la cual se está determinando el origen.

Así, si el Acuerdo prevé la posibilidad de actuación de un tercer operador y dicho operador actúa en la operación concreta, esta información debe quedar consignada en el campo de Observaciones.

En cambio, los campos Opcionales son aquellos cuyo llenado no es obligatorio

en ningún caso. No obstante, por la naturaleza digital del COD, esa información se considera información complementaria al proceso, por ejemplo, teléfono o fax.

Asimismo, se aclaró que tanto los campos Facultativos como los Opcionales,

pueden estar completados o sin completar. En el caso de los campos Facultativos, su llenado está dado por las

características de la operación concreta, así como por las disposiciones en materia de Origen del Acuerdo respectivo.

En el caso de los campos Opcionales, su llenado depende exclusivamente de la

decisión del exportador o de la Entidad Habilitada. Asimismo, la delegación de Brasil solicitó sustituir, para la versión en portugués

del documento ALADI/SEC/di 2327, el término “Opcional” y su abreviatura “O” por “Complementar” y “C”, respectivamente.

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En cuanto a la inclusión o no en el XML del COD de ambos tipos de campos cuando están vacíos, la Secretaría planteó que ambas alternativas son igualmente válidas, no obstante lo cual, manifestó la conveniencia de acordar por parte de todos los países la utilización de una de las dos.

Al respecto, las delegaciones acordaron mantener ambas alternativas, en el

entendido que cualquiera de ellas serán válidas tanto para los sistemas de emisión de COD, como para los de recepción.

Respecto de los campos 10.3.1 “Mercadería facturada por un Tercer Operador”

y 10.4.1 “Mercadería facturada por Operador de un Tercer país”, la Secretaría hizo notar que actualmente, en la columna “Longitud” del Anexo 4 del Documento ALADI/SEC/di 2327/Rev.2, el tipo de campo está definido como “boolean”, debiendo indicarse una de estas dos alternativas: TRUE/FALSE.

En los casos en que no hay una operación con tercer operador o, en su caso,

con operador de un tercer país, quien completa el COD está obligado a colocar FALSE, y de esta forma, se comporta en los hechos, como un campo Mandatorio en lugar de Facultativo.

Por tal motivo, la Secretaría General sometió a consideración de las

delegaciones la conveniencia de modificar el tipo de campo, transformándolos en un string (texto), teniendo en cuenta, además, que dos Acuerdos (ACE 65 Chile-Ecuador; y ACE 46.2 Chile–Cuba), establecen que en el campo “Observaciones” del Certificado de Origen se debe colocar la siguiente leyenda: “Operación facturada por un operador de un país no parte”.

Las delegaciones de Brasil, Chile, Cuba y Ecuador manifestaron su acuerdo con

la propuesta realizada por la Secretaría General, mientras que la delegaciones de Argentina y Venezuela solicitaron disponer de más tiempo para evaluarla.

6.2. Campos Mandatorios

Las delegaciones acordaron que en el XML todos los campos Mandatorios

deben ser completados con algún valor y no pueden figurar vacíos. A tales efectos, instruyeron a la Secretaría General a implemenar a la brevedad los ajustes necesarios en el XSD.

6.3. Procedimiento para evitar que los servidores de correo alteren el XML,

ocasionando la violación de la integridad

La Secretaría General hizo notar que en las pruebas realizadas en el Visualizador con algunos COD enviados por los países miembros, el sistema advirtió que se había alterado la integridad del documento. Al respecto, se observó que algunos servidores de correo alteran el XML, razón por la cual se produce este tipo de respuesta al realizar la consulta pertinente.

La Secretaría planteó a las delegaciones estudiar si el procedimiento

denominado “Canonicalización”, podría ser una posible solución a este inconveniente. La canonicalización es el proceso de convertir el contenido XML a su

representación física, llamada forma canónica, a fin de eliminar cambios sutiles que puedan resultar en una firma inválida sobre la información. Es necesario aplicar la

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canonicalización debido a la naturaleza del lenguaje XML y la forma en la que es analizada por diferentes procesadores e intermediarios, los cuales pueden cambiar el contenido de forma tal que la firma ya no es válida, sin embargo, la información firmada aún sea lógicamente equivalente. La canonicalización elimina estas posibles variantes convirtiendo el XML a su forma canónica antes de generar o validar la firma.

Las delegaciones de Argentina y Uruguay propusieron como alternativa para

evitar que se viole la integridad de la fima, la compactación de los XML, teniendo en cuenta que en las pruebas realizadas no tuvieron problemas al compactarlo y enviarlo como adjunto en el correo electrónico. Las demás delegaciones estuvieron de acuerdo con esta propuesta.

6.4. Presentación de las mejoras al visualizador del COD

Luego de la presentación realizada por la Secretaría General respecto de las

mejoras en el aplicativo, en particular lo referente a la validación de los CODs emitidos en el ámbito del ACE14 y referentes a productos del Sector Automotor, y la validación de la EH a la cual pertenece el FH que emitió el COD, la delegación de Argentina manifestó su conformidad con las mejoras, así como con la funcionalidad existente, relativa a la posibilidad de validar con distintas versiones del XSD.

6.5. Versionado del XSD

Las delegaciones de Argentina, Brasil y Uruguay informaron que harán llegar a

la Secretaría General una propuesta conjunta de ajustes a introducir en el XSD. Asimismo, la delegación de Argentina se comprometió a enviar una propuesta

referida a la administración de las diferentes versiones del XSD, para su consideración por parte de todos los países miembros.

Por último, la Secretaría General resaltó la importancia de que los países

completen las pruebas de homologación interna en forma previa a las de homologación externa, ya que estas son las instancias que permiten realizar los ajustes necesarios antes de intercambiar COD en Producción jurídicamente válidos.

7. Aprobación del Acta de la VII Reunión Presencial

8. Clausura

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ANEXO I

LISTA DE PARTICIPANTES

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ANEXO I

LISTA DE PARTICIPANTES

ARGENTINA Claudio Jorge Levalle Director del Área de Origen de Mercaderías Subsecretaría de Comercio Exterior Secretaría de Comercio Ministerio de Economía y Finanzas Públicas [email protected] Pedro Monforte Jefe Departamento de Informática AFIP [email protected] Gabriel Finkelstein Consultor Cancillería [email protected] Sergio Otero Sistemas CERA – QAMWAN [email protected] Sergio Sebastián Giordano Gerente Departamento Origen Cámara de Exportadores de la República Argentina [email protected] Ruben Enrique Giordano Gerente Cámara de Exportadores de la República Argentina [email protected], [email protected] Carolina Pereyra Responsable Sistema COD-AIERA AIERA [email protected] Juan Carlos Ríos Consultor Externo IT Cámara Argentina de Comercio [email protected] Andrés Traverso Jefe Departamento Comercio Exterior Cámara Argentina de Comercio [email protected]

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Adriano Adolfo De Fina Gerente AIERA [email protected] BOLIVIA Elizabeth Roxana Medrano Rodríguez Directora General Ejecutiva Servicio Nacional de Verificación de Exportaciones (SENAVEX) [email protected] Gerson Mackay Flores Funcionario Unidad de Negociaciones Comerciales Ministerio de Relaciones Exteriores [email protected] Pamela Karem Zannier Aillón Jefa de la Unidad de Sistemas y Planificación Servicio Nacional de Verificación de Exportaciones (SENAVEX) [email protected] BRASIL Cibele Lemos Oldemburgo Analista de Comércio Exterior Departamento de Negociaçoes lnternacionais (DEINT) do Ministério do Desenvolvimento, lndústria e Comércio Exterior (MDIC). [email protected] Rodrigo Ferri Soares de Faria Auditor Fiscal da Receita Federal Coordenação-Geral de Administração Aduaneira [email protected] Kaio Cézar de Melo Coordenador de Comércio Exterior FIESP [email protected] Ricardo Melo Supervisor Associação Comercial de Santos [email protected] Gilmar Caregnatto Coordenador Técnico Federação das Indústrias do Grande do Sul [email protected] Jonatas Ressel Coordenador Federação das Associações Comerciais e Empresariais do Estado do Paraná FACIAP [email protected]

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Francisco Gimenez Soler Director FGS FECOMERCIO-RS/FGS [email protected] Ronnie Já Pimentel Coordenador Política Comercial e Sistemas CNI – Confederação Nacional da Indústria [email protected] Elaine María Saquette Supervisora de Certificação de Origem FASISC – Federação das Associações Empresariais de SC [email protected] Angela Soares Coordenadora de Serviços FACESP [email protected] Arno Gleisner Vice-Presidente Fecomércio-RS – Federação do Comércio de Bens e Serviços do Rio Grande do Sul [email protected] Rigoberto Benitez Analista de Sistemas FACIAP [email protected] Camilla Mafissoni Analista de Políticas e Indústria CNI –Confederação Nacional da Indústria [email protected] Rodrigo Bregola Coordenador Sindical Fecomércio-PR - Federação do Comércio de Bens e Serviços do Paraná [email protected] Rodrigo Pinto Primeiro Secretário Delegação do Brasil Junto a ALADI e ao MERCOSUL [email protected] CHILE Juan Carlos Prado Jefe Departamento de Certificación y Verificación de Origen DIRECON [email protected]

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Claudia Valenzuela Prieto Fiscalizador – Subdepartamento de Origen Servicio Nacional de Aduanas [email protected] Marcela Rubio Jefe Verificación de Origen DIRECON [email protected] Miguel Ángel Vivanco Asistente Subdepartamento de Informática DIRECON [email protected] María Del Rosario Altina Venegas Analista de Sistemas Servicio Nacional de Aduanas [email protected], [email protected] Priscilla Cruz Jefe Informática SOFOFA [email protected] Alfredo Núñez Reveco Asesor Informático EDITRADE S.A. – UCCO S.A. [email protected] Mikel Valenzuela Urtubia Subgerente UCCO Unidad Central de Certificación de Certificación de Origen Ucco S.A. [email protected] Paula Correa Popovic Jefa Unidad Asesoría en Comercio Exterior y Certificación de Origen Sociedad de Fomento Fabril - SOFOFA [email protected] COLOMBIA Edgar Carrillo Moncada Jefe Oficina Sistemas de Información Ministerio de Comercio Industria y Turismo [email protected] Luz Marina Rivera Rojas Ministro Plenipotenciario – Representante Alterna Representante Permanente de Colombia ante ALADI [email protected]

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CUBA Miriam Valdés Abreu Funcionaria Ministerio Comercio Exterior y la Inversión Extranjera [email protected] Sandra Hernández de la Torre Directora de Informática Cámara de Comercio [email protected] Ofelia Arteaga Representante Alterna de Cuba ante ALADI Embajada de Cuba [email protected] ECUADOR Carlos Ernesto Vera Sánchez Director de Origen Ministerio de Comercio Exterior [email protected] George Alfonso Sempertegui Sempertegui Jefe de Desarrollo Informático Servicio Nacional de Aduana del Ecuador [email protected] MÉXICO Francisco Javier Vázquez Chávez Subdirector Secretaría de Economía [email protected] PARAGUAY Celso Alejandro Bareiro Recalde Director General Ministerio de Industria y Comercio [email protected], [email protected] URUGUAY Pilar Silveira Asesor APC – Ministerio de Economía y Finanzas [email protected] Ivannah María Garelli Ruggia Ministro Consejero Representación de Uruguay ante ALADI [email protected]

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Fabiana Fernández Colamanici Jefe Departamento Valor y Origen Dirección Nacional de Aduanas [email protected] Matías Prieto Director Desarrollo de Sistemas Dirección Nacional de Aduanas [email protected] Alvaro Decaux Ing. en Computación Dirección Nacional de Aduanas [email protected] María Rossana Donamarí Jefe Certificados de Origen Cámara Nacional de Comercio y Servicios del Uruguay [email protected] Adriana Velazco Transaction [email protected] José Valverde Transaction [email protected] VENEZUELA Rafael Martínez Director de Tecnologías de la Información y la Comunicación Ministerio del Poder Popular para el Comercio [email protected] SECRETARIA GENERAL DE LA ALADI César Llona Subsecretario de Desarrollo del Espacio de Libre Comercio [email protected] Carlos Landauer Jefe del Departamento de Información y Estadística [email protected] Gloria Folle Departamento de Información y Estadística [email protected] Julio Delgado Departamento de Información y Estadística [email protected]

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Analía Correa Departamento de Acuerdos y Negociaciones [email protected] Sabina Barone Departamento de Integración Física y Digital [email protected] Carolina Ramos Suárez Departamento de Integración Física y Digital [email protected]

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ANEXO II

AGENDA

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ANEXO II

AGENDA

Primera jornada: 14/04/2015

Sesión matutina: 09:00 a 12:00

1. Palabras de apertura

2. Aprobación de la Agenda de Trabajo

3. Nuevas funcionalidades del Sistema Informático de Certificación de Origen Digital de la ALADI (SCOD)

4. Temas pendientes:

4.1 Tratamiento a los husos horarios en el registro de los Funcionarios Habilitados (FH) en el Sistema Informático de Certificación de Origen Digital de la ALADI (SCOD) y determinación de la fecha/hora al firmar un Certificado de Origen Digital (COD) (adopción de estampado/sello de tiempo/timestamping).

Sesión vespertina: 14:00 a 18:00

4.2 Tratamiento a los errores formales y rectificaciones. 4.3 Emisión de certificado en reemplazo de uno anterior en forma previa a su

presentación en la Aduana. 4.4 Validación de la Entidad Habilitada (EH) por la que firma el Funcionario Habilitado (FH).

4.4.1 El Sistema no devuelve ninguna referencia de pertenencia del Funcionario Habilitado (FH) a una Entidad Habilitada (EH); 4.4.2 Incluir campo EHId en el registro de la Entidad Habilitada (EH) en el Sistema Informático de Certificación de Origen Digital de la ALADI (SCOD); 4.4.3 Modificar parámetros de consulta del Web Service (WS)

4.5 Mercancías que comprende la habilitación de cada Entidad Habilitada (EH) y jurisdicción o territorio donde dicha Entidad ejerce la facultad para la certificación del origen.

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Segunda jornada: 15/04/2015

Sesión matutina: 09:00 a 13:00

5. Propuestas para una futura actualización de la estructura del cod.xsd

5.1 Analizar la pertinencia de incluir un campo específico con el nombre del Funcionario Habilitado (FH)

5.2 Incluir en la columna “Observaciones y expresiones regulares” del campo 3.2.4 (País de la empresa productora), del Anexo 4 del Documento ALADI/SEC/di 2327/ Rev. 2; y del xsd, la lista de países miembros de la ALADI.

5.3 Reorganización de la subcategoría PACComments1: Se debe de ajustar la subcategoría PACComments para que permita agregar más de un comentario PAC y que refleje alguna relación o vínculo con los productos informados en la categoría Goods.

Se proponen 3 alternativas: a) Agregar en la Categoría Goods un campo que indique que el producto que

se informa tiene Insumos PAC. (Se agregaría un campo GoodsPACInputsComment)

b) Cambiar la denominación del campo PACInputsOrderNo por

PACGoodsOrderNo (el cual está asociado con GoodsOrderNo) y la posibilidad que dicho campo permita agregar o referenciar a más de 1 GoodsOrderNo.

c) Cambiar el campo PACInputsOrderNo para que acepte "String".

5.4 Incorporación del Acrónimo “C” para la categoría de Acuerdos Comerciales y de

los siguientes Acuerdos: A67 Perú-México; A68 Argentina Venezuela; A69 Brasil Venezuela; A71 (Panamá y Cuba) y C28 Colombia Venezuela.

Sesión vespertina: 15:00 a 18:00

5.5 Propuestas de actualizaciones identificadas por los Países en las etapas de homologación.

a. Propuestas de Brasil: i. establecer como Facultativos, los campos 8.1 (País de la

empresa consignataria) y 8.2 (Nombre/Razón Social de la empresa consignataria) para el ACE18

1 La subcategoría PACComments es de aplicación exclusiva para el comercio intra-

MERCOSUR. Se refiere a aquellos bienes que han cumplido con la Política Arancelaria Común (PAC).

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6 Otros asuntos

6.1 Aclaración relativa al concepto de campos Facultativos y su diferencia con los campos opcionales 6.2 Procedimiento para evitar que los servidores de correo alteren el XML, ocasionando la violación de la integridad 6.3 Presentación de las mejoras al visualizador del COD 6.4 Versionado del XSD

7 Aprobación del Acta de la VII Reunión Presencial 8 Clausura

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ANEXO III

AGENDA COMENTADA

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ANEXO III

AGENDA COMENTADA

Primera jornada: 14/04/2015

Sesión matutina: 09:00 a 12:00

1. Palabras de apertura

2. Aprobación de la Agenda de Trabajo

3. Nuevas funcionalidades del Sistema Informático de Certificación de Origen

Digital de la ALADI (SCOD)

La Secretaría General informará sobre el estado de los trabajos que viene realizando respecto de los ajustes y mejoras que permitirán optimizar las funcionalidades del Sistema Informático de Certificación de Origen Digital de la ALADI (SCOD). 4. Temas pendientes: 4.1 Tratamiento a los husos horarios en el registro de los Funcionarios Habilitados

(FH) en el Sistema Informático de Certificación de Origen Digital de la ALADI (SCOD) y determinación de la fecha/hora al firmar un Certificado de Origen Digital (COD) (adopción de estampado/sello de tiempo/timestamping).

La Secretaría General se referirá a los avances que se han registrado en el tratamiento de este tema e informará los países que han enviado la información solicitada con respecto a la referencia por la cual obtener la hora oficial.

Sesión vespertina: 14:00 a 18:00

4.2 Tratamiento a los errores formales y rectificaciones Con el objetivo de dar tratamiento a esta temática en el ámbito de la Certificación de Origen Digital de la ALADI, la Secretaría General presenta en el Documento ALADI/RP.GTAH.COD/VII/dt 1 de 14 de abril de 2015, la lista de Acuerdos que contemplan la posibilidad de rectificar errores formales; un esquema general del procedimiento actual para la rectificación de certificados en formato papel; y las siguientes alternativas para su consideración, sin perjuicio de que puedan existir otras.

1. ALTERNATIVA 1: Nota en papel de la Aduana y Rectificación mediante un nuevo XML

2. ALTERNATIVA 2: Nota en papel de la Aduana y Rectificación mediante la inclusión de campos específicos en el XML del COD

3. ALTERNATIVA 3: Solicitud de rectificación de la Aduana y Rectificación mediante un nuevo XML

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4. ALTERNATIVA 4: Solicitud de rectificación de la Aduana mediante un nuevo XML y Rectificación mediante la inclusión de campos específicos en el XML del COD

5. ALTERNATIVA 5: Solicitud de rectificación de la Aduana y Rectificación mediante la inclusión de campos específicos en el XML del COD

6. ALTERNATIVA 6: Nota en papel de la Aduana y Rectificación mediante un nuevo COD XML

7. ALTERNATIVA 7: Solicitud de rectificación de la Aduana mediante un XML y rectificación mediante un nuevo COD XML

4.3 Emisión de certificado en reemplazo de uno anterior en forma previa a su presentación en la Aduana Algunos Acuerdos como el ACE 18 contemplan a título expreso la posibilidad de que la Entidad Habilitada emita un nuevo certificado en reemplazo de uno anterior siempre que el mismo no haya sido presentado a la Aduana. La disposición que se encuentra actualmente en vigor figura en el literal i) del Anexo III (ACE 18.44) que contiene el Instructivo de Llenado para las Entidades Habilitadas para la Emisión de los Certificados de Origen: “i) La Entidad habilitada podrá emitir un nuevo certificado en reemplazo de uno anterior, en el caso que el mismo haya sido emitido pero no presentado ante la Administración Aduanera correspondiente dentro de los plazos estipulados al efecto, esto es, 60 días consecutivos a partir de la fecha de emisión de la factura comercial. En el caso de que así se proceda, la Entidad habilitada deberá dejar constancia de este reemplazo, solamente, en sus respectivos registros”. Mediante el ACE 18.77 -aún no en vigor- esta disposición fue ajustada en su redacción como sigue: “i) La Entidad habilitada podrá emitir un nuevo certificado en reemplazo de uno anterior, en el caso que el mismo haya sido emitido pero no presentado ante la Administración Aduanera correspondiente dentro de los plazos estipulados al efecto, esto es, 60 días contados desde la fecha de emisión de la factura comercial. En el caso de que así se proceda, la Entidad habilitada deberá dejar constancia de este reemplazo, solamente, en sus respectivos registros”.

Debido a que el nuevo certificado se emite en reemplazo de uno anterior, la práctica de las Entidades Habilitadas ha sido emitir el certificado nuevo contra entrega del juego completo de originales del anterior, de manera tal de asegurarse que únicamente se presente a la Aduana el último de ellos. Dado que esta práctica no se puede recrear en el modo digital y teniendo en cuenta que, por un lado, la Entidad Habilitada debe asegurarse que el COD que se solicita reemplazar no fue presentado a la Aduana y, por otro, que la Aduana requiere conocer que el COD que se presenta no fue reemplazado/revocado por la Entidad Habilitada, la Secretaría General pone a consideración de las delegaciones la siguiente sugerencia, sin perjuicio de la existencia de otras.

Actualización permanente y publicación por parte de la Entidad Habilitada, de una Lista con los COD reemplazados/revocados identificados por su código de identificación único y

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Actualización permanente y publicación por parte de la Aduana de cada país, de una Lista con todos los COD recibidos, identificados por su código de identificación único.

El mantenimiento de las respectivas Listas en tiempo real sería responsabilidad de las Entidades Habilitadas y las Aduanas, respectivamente, para lo cual ambas partes deberían poner la información a disposición, a través de un Web Service de consulta. A los efectos de optimizar las verificaciones, se propone que cada Entidad Habilitada y la Aduana de cada país centralicen en un repositorio único la información que se pretende contrastar. Así, las Entidades Habilitadas, antes de emitir un COD en reemplazo de uno anterior, procederían a consultar la Lista publicada por la Aduana del país de importación, si dicho Certificado ya fue presentado. En caso de verificar que ello no sucedió, ingresarían el COD Reemplazado/Revocado en la Lista pertinente y, posteriormente, emitirían el nuevo Certificado en reemplazo del anterior. En contrapartida, la Aduana del país de importación, al recibir cada COD, debe verificar el estado de dicho Certificado en la Lista publicada por la Entidad Habilitada, y así asegurarse de que no fue revocado. 4.4 Validación de la Entidad Habilitada (EH) por la que firma el Funcionario Habilitado (FH) Actualmente, la consulta Web no verifica la relación entre el FH y la EH que emitió el certificado, pues no es requerido el dato de la EH (EHId) como parámetro en la consulta web. Esto significa que un FH registrado en un EH determinada, podría también firmar COD de otras EH con el mismo CID, sin que el sistema detecte esta inconsistencia. Al respecto, se plantea por un lado, una modificación en el ingreso de los datos en el SCOD en relación a la EH para ingresar el código (EHId) asignado por cada país; y por otro, un cambio en la consulta web, consistente en incluir el parámetro EH en dicha consulta, de modo de validar que el FH que firmó el COD esté autorizado a firmar COD por esa EH. A su vez se ve la necesidad de crear un código de respuesta del XML diferente para éstos casos; se sugiere el siguiente código: 08 CID del FH no corresponde al EH registrado en el directorio del SCOD. El XML que devuelve el Web Service sería: <?xml version="1.0" encoding="utf-8"?> <SCOD> <Respuesta> <CodigoRespuesta>08</CodigoRespuesta>

<Descripcion CID del FH no corresponde al EH registrado en el directorio del SCOD <Descripcion>

</Respuesta> <EH> <EHId>003<EHId> <EHNombre>Cámara de Comercio de Argentina </EHNnombre> <FH> <FHName>José Gómez </FHName> </FH> </EH> </SCOD>

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4.5 Mercancías que comprende la habilitación de cada Entidad Habilitada (EH) y jurisdicción o territorio donde dicha Entidad ejerce la facultad para la certificación del origen Cabe hacer notar que aquellos Acuerdos que utilizan el Registro de Firmas de la ALADI contemplado en la Resolución 252 del Comité de Representantes, deben enviar los datos que alimentan dicho Registro completando el Formulario que figura en el Anexo 3 del Anexo a dicha Resolución. Al respecto, en el Campo 5 del referido Formulario se establece que se identifique, además de la dirección, la jurisdicción o territorio donde la Entidad Habilitada ejerce la facultad para la certificación del origen. Asimismo, en los Campos 6 y 7 se debe aclarar cuáles son las mercancías que comprende la habilitación, esto es si dicha habilitación comprende al universo de productos o a parte de este, identificándolo por los capítulos, sectores, partidas o ítem del Sistema Armonizado. Dado que dicha habilitación está referida a la Entidad Habilitada, y a los efectos de reflejar en la certificación digital este requerimiento que hoy no está contemplado, se plantea la posibilidad de modificar el SCOD de forma tal de incluir dicha información en la carga de cada Entidad Habilitada. Por ejemplo, crear un campo denominado “Mercancías que comprende la habilitación” y dos opciones de llenado: 1) Universo, y 2) Texto libre para aquellos casos en que la habilitación esté restringida a ciertos productos. Asimismo, crear un campo denominado “Jurisdicción” con dos opciones de llenado: 1) Nacional y 2) Texto libre, para aquellos casos en que la habilitación esté restringida a un ámbito de circunscripción territorial determinado. Ej. Provincia. En el mismo sentido que en el punto 4.4, se plantea una modificación en la consulta web, de modo de agregar la información del alcance de la habilitación y de la jurisdicción de la EH de emisión. Dicha información podría estar a disposición en el sitio Web de la ALADI, para ser consultada por el público en general, tal como está hoy en el Registro de Firmas para el sistema papel. Asimismo, esta información podría ser devuelta como información adicional en la respuesta del Web Service: <?xml version="1.0" encoding="utf-8"?> <SCOD> <Respuesta> <CodigoRespuesta>00</CodigoRespuesta>

<Descripcion> CID Válido (Vigente, No Revocado y correspondiente a un FH válido) </Descripcion> </Respuesta> <EH> <EHId>001<EHId> <EHNombre>Federación Paraguaya de Madereros (FEPAMA) </EHNnombre> <EHJurisdiccion>Nacional </EHJurisdiccion> (*) <EHMercaderías>Maderas y manufacturas de maderas. Capítulo 44, y los siguientes item: 9403.30.00, 9403.40.00, 9403.50.00, 9403.60.00, 9403.90.10</EHMercaderías> (*)

<FH> <FHName>Juan Perez</FHName> </FH> </EH> </SCOD>

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Segunda jornada: 15/04/2015

Sesión matutina: 09:00 a 13:00

5. Propuestas para una futura actualización de la estructura del COD.XSD

5.1 Analizar la pertinencia de incluir un campo específico con el nombre del Funcionario Habilitado (FH)

En el Campo 10 del Formulario que figura en el Anexo 3 del Anexo a la Resolución 252, se solicita que se registre la firma autógrafa y sello o aclaración de firma del Funcionario autorizado, en la misma forma que constará en los Certificados de Origen. Del mismo modo, en los Formularios de Certificado de Origen habitualmente se requiere que, además de la firma autógrafa, se coloque el nombre o aclaración de firma de la persona que los firmó. Si bien en el XML del COD no existe ningún campo específico para el nombre del FH, éste está contenido en la firma digital (CID) de dicho funcionario.

5.2 Incluir en la columna “Observaciones y expresiones regulares” del campo 3.2.4 (País de la empresa productora), del Anexo 4 del Documento ALADI/SEC/di 2327/ Rev. 2; y del XSD, la lista de países miembros de la ALADI Se observa la necesidad de restringir el valor del campo <ProducerCountry> a uno de la lista de países miembros de la ALADI.

5.3 Reorganización de la subcategoría PACComments2 Actualmente, la subcategoría PACComments permite agregar solamente un comentario PAC. Se debe ajustar dicha subcategoría PACComments para que permita agregar más de un comentario PAC y que refleje alguna relación o vínculo con los productos informados en la categoría Goods. Se proponen 3 alternativas: a) Agregar en la Categoría Goods un campo que indique que el producto que

se informa tiene Insumos PAC. (Se agregaría un campo GoodsPACInputsComment)

b) Cambiar la denominación del campo PACInputsOrderNo por PACGoodsOrderNo (el cual está asociado con GoodsOrderNo) y la posibilidad que dicho campo permita agregar o referenciar a más de 1 GoodsOrderNo.

2 La subcategoría PACComments es de aplicación exclusiva para el comercio intra-

MERCOSUR. Se refiere a aquellos bienes que han cumplido con la Política Arancelaria Común (PAC).

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c) Cambiar el campo PACInputsOrderNo para que acepte "String".

5.4 Incorporación del Acrónimo “C” para la categoría de Acuerdos

Comerciales y de los siguientes Acuerdos: A67 Perú-México; A68 Argentina-Venezuela; A69 Brasil-Venezuela; A71 Panamá - Cuba y C28 Colombia-Venezuela A los Acuerdos que estaban pendientes de incorporación a la estructura del COD se agrega el ACE 71 suscripto entre Panamá y Cuba el 16 de marzo de 2009, y registrado en la ALADI el 18 de diciembre de 2013.

Sesión vespertina: 15:00 a 18:00

5.5 Propuestas de actualizaciones identificadas por los Países en las etapas de homologación a. Propuestas de Brasil:

i. establecer como Facultativos, los campos 8.1 (País de la empresa

consignataria) y 8.2 (Nombre/Razón Social de la empresa consignataria) para el ACE18.

6 Otros asuntos

6.1 Aclaración relativa al concepto de campos Facultativos y su diferencia con los campos opcionales 6.2 Procedimiento para evitar que los servidores de correo alteren el XML, ocasionando la violación de la integridad 6.3 Presentación de las mejoras al visualizador del COD 6.4 Versionado del XSD

7 Aprobación del Acta de la VII Reunión Presencial 8 Clausura

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