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ÍNDICE

1. RESUMEN DE ACCIONES A PROMOVER.............................................................................................. 2

2. CUMPLIMIENTO DE LOS POSTULADOS BÁSICOS DE CONTABILIDAD GUBERNAMENTAL .. 3

3. RESULTADO DE LA GESTIÓN FINANCIERA ....................................................................................... 4

INGRESOS .............................................................................................................................................................. 4

EGRESOS ............................................................................................................................................................... 5

RESULTADO DEL EJERCICIO ............................................................................................................................... 10

BANCOS ............................................................................................................................................................... 12

DEUDORES DIVERSOS ......................................................................................................................................... 14

ACTIVO FIJO ........................................................................................................................................................ 16

DEUDA PÚBLICA Y ADEUDOS (PASIVOS) ............................................................................................................ 19

PROVEDORES Y ACREDORES ............................................................................................................................. 20

APEGO A LA NORMATIVIDAD APLICABLE ........................................................................................................... 24

4. PROGRAMAS FEDERALES- REVISIÓN DOCUMENTAL................................................................... 32

FONDO III (Fondo de Aportaciones para la Infraestructura Social Municipal) ........................................................ 32

FONDO IV (Fondo de Aportaciones para el Fortalecimiento Municipal) ................................................................. 42

PROGRAMA PARA EL DESARROLLO DE ZONAS PRIORITARIAS ........................................................................ 53

5. OBRA PÚBLICA- REVISIÓN FÍSICA ................................................................................................................ 54

PROGRAMA MUNICIPAL DE OBRAS .................................................................................................................... 54

FONDO III (Fondo de Aportaciones para la Infraestructura Social Municipal) ........................................................ 56

FONDO IV (Fondo de Aportaciones para el Fortalecimiento Municipal) ................................................................. 70

PROGRAMA DESARROLLO DE ZONAS PRIORITARIAS ....................................................................................... 71

PROGRAMA FONREGION ..................................................................................................................................... 75

OBRA CONVENIDA (SECOP) ................................................................................................................................ 77

INTEGRACION DE EXPEDIENTES UNITARIOS ...................................................................................................... 79

RELLENO SANITARIO .......................................................................................................................................... 85

RASTRO MUNICIPAL ............................................................................................................................................ 86

6. RESUMEN DE LAS ACCIONES PROMOVIDAS ................................................................................... 87

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RESUMEN DE ACCIONES A PROMOVER

1 Todas las solicitudes de intervención del Órgano Interno de Control se realizarán a la Administración Municipal actual 2 Todas las Recomendaciones se realizarán a la Administración Municipal actual

TIPO DE ACCIÓN Administración

2007-2010 Administración

2010-2013

Acciones Correctivas

Denuncia de Hechos - -

Pliego de observaciones 16 6

Promoción del Fincamiento de Responsabilidades Administrativas

7 1

Informe a la Auditoría Superior de la Federación

- -

Solicitud de Intervención del Órgano Interno de Control

1

- 28

Señalamientos - -

Promoción para el Ejercicio de la Facultad de Comprobación Fiscal

-

Solicitud de Aclaración 6 9

Subtotal 29 44

Acciones Preventivas

Recomendación2 - 33

Recomendación al Desempeño - -

Subtotal 0 -

TOTAL 29 77

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INFORME DETALLADO: CUMPLIMIENTO DE LOS POSTULADOS BÁSICOS DE CONTABILIDAD

GUBERNAMENTAL

DETERMINACIÓN DE LA ENTIDAD DE FISCALIZACIÓN SUPERIOR ESTADO QUE GUARDA LA ACCIÓN PROMOVIDA RESULTADO / OBSERVACIÓN ACCIÓN PROMOVIDA

Los Postulados Básicos de Contabilidad Gubernamental son los fundamentos esenciales para sustentar el registro correcto de las operaciones, la elaboración y presentación oportuna de los Informes Financieros, basados en su razonamiento, eficiencia demostrada, respaldo de legislaciones especializadas y aplicación general de la contaduría gubernamental. De lo anterior se infiere que la contabilidad proporciona información útil, confiable, veraz y oportuna para la toma correcta de decisiones, por lo que, con base en la revisión practicada por esta entidad de fiscalización, se concluye que en los Informes Financieros del municipio de Villa Hidalgo, Zacatecas, se respetaron y cumplieron los Postulados Básicos de Contabilidad Gubernamental, con excepción del denominado: Control Presupuestario.- Debido a que el municipio presentó variaciones considerables respecto a sus presupuestos al obtener ingresos inferiores a los programados en un 17.28% y un subejercicio en su presupuesto de egresos del 11.24%. Revelación Suficiente: En virtud de que el municipio no muestra amplia y claramente los resultados y su situación financiera real, ya que presenta saldos negativos en los rubros de Deudores Diversos, Acreedores Diversos e Impuestos y Retenciones por Pagar.

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INFORME DETALLADO: RESULTADO DE LA GESTIÓN FINANCIERA

INGRESOS

DETERMINACIÓN DE LA ENTIDAD DE FISCALIZACIÓN SUPERIOR ESTADO QUE GUARDA

LA ACCIÓN PROMOVIDA

RESULTADO / OBSERVACIÓN ACCIÓN PROMOVIDA

El municipio de Villa Hidalgo, Zacatecas, obtuvo ingresos en el ejercicio 2010 por un monto total de $47,042,724.22, los cuales se encuentran conformados por $28,151,334.49 de Ingresos Propios y Participaciones con un alcance de revisión de 97.88%. Además de $18,221,168.00 de Aportaciones Federales del Ramo 33 y $670,221.73 de Otros Programas, cuyos resultados se tratarán en los apartados V.- Programas Federales-Revisión Documental y VI.- Obra Pública-Revisión Física.

Resultado AF-01, Observación AF-01

Que corresponde a las Administraciones 2007-2010 y 2010-2013 De la revisión practicada al rubro de ingresos recaudados por el municipio de Villa Hidalgo, Zacatecas, se observó que los ingresos generados diariamente, no son depositados con oportunidad en las cuentas bancarias del municipio, existiendo un desfase de hasta 15 días hábiles, además de disponer de dichos ingresos para sufragar erogaciones inmediatas.

AF-10/56-001 Recomendación Se recomienda a la Administración Municipal actual, que la recaudación diaria de los ingresos sea depositada por lo menos el último día hábil de cada semana, considerando que la distancia del lugar donde el municipio realiza sus operaciones bancarias se ubica a 20 minutos aproximadamente, de distancia de la cabecera municipal. Lo anterior con apego al artículo 96 fracciones l y VII de la Ley Orgánica del Municipio del Estado de Zacatecas y artículo 24 del Código Fiscal Municipal para el Estado de Zacatecas.

Subsiste y por lo tanto no solventa, en virtud de que la Entidad Fiscalizada no presentó documentación ni manifestó conformidad al respecto a la recomendación realizada. Se reitera la Recomendación y se le dará seguimiento.

AF-10/56-002 Solicitud de Intervención del Órgano Interno de Control Es necesario que la Contraloría Municipal actual, en el ámbito de su competencia, realice las acciones de verificación tendientes al cumplimiento de los aspectos recomendados en el punto que antecede e informe de los resultados obtenidos a esta Auditoría Superior del Estado.

Subsiste y por lo tanto no solventa. Se reitera la solicitud de intervención del Órgano Interno de Control.

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INFORME DETALLADO: RESULTADO DE LA GESTIÓN FINANCIERA

EGRESOS

DETERMINACIÓN DE LA ENTIDAD DE FISCALIZACIÓN SUPERIOR ESTADO QUE

GUARDA LA ACCIÓN PROMOVID

A

RESULTADO / OBSERVACIÓN ACCIÓN PROMOVIDA

El presupuesto ejercido por el municipio de Villa Hidalgo, Zacatecas, fue por $50,480,709.11 los cuales se encuentran conformados por $27,890,583.41 de Gasto Corriente y Deuda Pública con un alcance de revisión de 44.73%. Además de $1,376,026.34 de Obra Pública, $18,043,203.37 de Aportaciones Federales del Ramo 33 y $3,170,895.99 de Otros Programas. Los resultados de estos tres últimos rubros se tratarán en los apartados V.- Programas Federales-Revisión Documental y VI.- Obra Pública.- Revisión Física.

Resultado AF-02, Observación AF-02 Que corresponde a la administración 2010-2013 De la revisión efectuada a la muestra seleccionada de egresos por el periodo del 15 de septiembre al 31 de diciembre de 2010, se observaron erogaciones con cargo al Presupuesto de Egresos que no presentan soporte documental o comprobación por $50,316.00, cuyo desglose se muestra a continuación:

No. FECHA PÓLIZA

BENEFICIARIO DEL CHEQUE

OBSERVACIONES

IMPORTE OBSERVADO

EGRESOS

Erogaciones con cargo al Presupuesto de Egresos que no presentan soporte documental o comprobación.

1 25/10/10 E00473 --------------

Del análisis efectuado a la cuenta 4101.- Ayudas, se observó que en fecha 25 de mayo de 2010 el Municipio de Villa Hidalgo, Zac., registra contablemente dentro del Sistema Automatizado de Contabilidad Gubernamental (SACG), la póliza de egresos E00473 por concepto de “Apoyos”, emitiendo para ello el cheque número 1, no anexando comprobación documental que aclare y justifique el gasto.

$40,000.00

2 24/12/10 E00516

Alejandro Delgado Ibarra

De la revisión efectuada a la subcuenta 2701.- Vestuario, Uniformes y Blancos, se observó que el municipio emitió el cheque número 38 a favor de Alejandro Delgado Ibarra por la cantidad de $10,316.00, no anexando soporte documental alguno que ampare la

10,316.00

AF-10/56-003 Pliego de Observaciones Esta Auditoría Superior del Estado, formulará Pliego de Observaciones por la cantidad de $50,316.00, a los CC. Profr. Víctor Manuel Yáñez Torres y Profra. Ma. Del Rosario Ruíz Cárdenas, quienes se desempeñaron durante el periodo del 15 de septiembre al 31 de diciembre del 2010 como Presidente y Tesorera Municipales respectivamente, en la modalidad de Responsable Subsidiario el primero y Directa la segunda de ellos, por realizar erogaciones con cargo al Presupuesto de Egresos que no presentan evidencia documental que justifiquen y respalden los gastos efectuados,. Lo anterior con fundamento en los artículos 74 fracción V, 78 fracción I, 93 fracción IV, 96 fracción I, 185 y 186 y 187 de la Ley Orgánica del Municipio, así como el artículo 7 de la Ley de Fiscalización Superior del Estado de Zacatecas y artículo 5° de la Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos del Estado y Municipios del Estado de Zacatecas.

No se solventa, y se deriva en una solicitud de intervención del Órgano Interno de Control.

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INFORME DETALLADO: RESULTADO DE LA GESTIÓN FINANCIERA

EGRESOS

DETERMINACIÓN DE LA ENTIDAD DE FISCALIZACIÓN SUPERIOR ESTADO QUE

GUARDA LA ACCIÓN PROMOVID

A

RESULTADO / OBSERVACIÓN ACCIÓN PROMOVIDA

erogación efectuada, así como evidencia que justifique el gasto.

TOTAL $50,316.00

Resultado AF-03, Observación AF-03 Que corresponde a la administración 2010-2013 De la revisión efectuada a la subcuenta 2703.- Artículos Deportivos, se observó que el municipio registró dentro de la póliza de egreso número E00025, la emisión del cheque número 16 a favor de Juan Carlos Saucedo Sánchez por la cantidad de $21,734.92, por concepto de Pago de Artículos, anexando entre otros como soporte documental las facturas 0178 A, 0181 A y 0182 A mismas que fueron expedidas por el C. Juan Carlos Saucedo Sánchez (Deportes RO. CAR), no justificando la aplicación y destino del gasto, en virtud de no exhibió evidencia documental de haber entregado los bienes a los beneficiarios, como listas firmadas por los mismos y reporte fotográfico.

AF-10/56-004 Solicitud de Aclaración

Se solicita a la Administración Municipal actual, aclare el destino de los bienes adquiridos por la cantidad de $21,734.92 correspondientes a la emisión del cheque número 16 a favor de Juan Carlos Saucedo Sánchez, toda vez que dichas erogaciones no presentan evidencia documental que justifique la aplicación de los gastos realizados. Lo anterior con fundamento en los artículos 74 fracción V y XII, 93 fracción III y IV, 96 fracción I, 169, 184, 185, 186 y 187 de la Ley Orgánica del Municipio del Estado de Zacatecas, así como el artículo 7 de la Ley de Fiscalización Superior del Estado de Zacatecas.

No se solventa, y se deriva en una Recomendación.

Resultado AF-04, Observación AF-04 Que corresponde a la administración 2010-2013 De la revisión efectuada a la subcuenta 1309.- Aguinaldos, se observó que el municipio de Villa Hidalgo, Zac., otorgó a Regidores la cantidad de $68,900.00 por concepto de aguinaldos durante el mes de diciembre y según póliza de diario número D00116, siendo improcedente debido a que éstos no encuadran en ninguna de las categorías tipificadas en la Ley del Servicio Civil del Estado de Zacatecas, como personal subordinado del ente auditado.

Nombre Puesto Importe

Alberto Delgado Rodríguez Regidor $ 5,300.00 Juan Manuel Cervantes Araujo Regidor 5,300.00 Cesar Baudelio Sánchez Salas Regidor 5,300.00

Emilia Hernández Cisneros Regidora 5,300.00

Silvia Puente Sánchez Regidora 5,300.00

AF-10/56-005 Pliego de Observaciones Esta Auditoría Superior del Estado, formulará Pliego de Observaciones a los CC. Profr. Víctor Manuel Yáñez Torres, Profra. Ma. Del Rosario Ruíz Cárdenas, quienes se desempeñaron durante el periodo del 15 de septiembre al 31 de diciembre de 2010 como Presidente y Tesorera Municipales, así como a los Regidores integrantes del H. Ayuntamiento 2010-2013 que se detallan en el resultado que antecede, por efectuar erogaciones con cargo al Presupuesto de Egresos destinadas al pago de Aguinaldo y otras prestaciones exclusivas para trabajadores otorgados a los Regidores por un importe de $68,900.00, en la modalidad de

Se solventa.

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EGRESOS

DETERMINACIÓN DE LA ENTIDAD DE FISCALIZACIÓN SUPERIOR ESTADO QUE

GUARDA LA ACCIÓN PROMOVID

A

RESULTADO / OBSERVACIÓN ACCIÓN PROMOVIDA

Hermila Escamilla Rodríguez Regidora 5,300.00

Miguel Ángel Ortiz Martínez Regidor 5,300.00 Salvador Cárdenas Gallegos Regidor 5,300.00 Gerardo Rodríguez Valenzuela Regidor 5,300.00 Martha Alicia García Escobedo Regidora 5,300.00

Emilia Sánchez Delgado Regidora 5,300.00

José Delgado Martínez Regidor 5,300.00 Ma. Elena Hernández Robledo Regidora 5,300.00

Total $ 68,900.00

Responsable Subsidiario el primero y Directos los demás mencionados, en virtud de que los Regidores no encuadran en ninguna figura jurídica tipificada en la Ley del Servicio Civil del Estado de Zacatecas, y por otra parte en los artículos 3 y 29 de la Ley Orgánica del Municipio se precisa que son integrantes del Ayuntamiento, y el municipio será gobernado por el Ayuntamiento de elección popular, en consecuencia se entiende que los Regidores tendrían el carácter o equivalente en una relación de Patrones y únicamente tienen derecho de percibir su Dieta por ser de elección popular, ya que no son sujetos a una relación subordinada, así como a un horario ni carga laboral de trabajo. Lo anterior con fundamento en los artículos 28, 50 fracción IV, 185 y 186 de la Ley Orgánica del Municipio, así como el artículo 3º de la Ley del Servicio Civil del Estado de Zacatecas.

Resultado AF-05, Observación AF-05 Que corresponde a la Administración 2007-2010 Derivado de la revisión realizada a las percepciones otorgadas en el periodo del 1° de enero al 15 de septiembre de 2010, a los Maestros Comisionados del municipio de Villa Hidalgo, Zacatecas, se observaron pagos en exceso, por la cantidad total de $558,555.65, cabe señalar, que adicional a la información proporcionada por el municipio se realizó un comparativo de sueldos similares a los cargos de los maestros comisionados, determinándose que con lo erogado vía participaciones se cubría por más la percepción de su cargo, como a continuación se detalla:

No.

CARGO NOMBRE DE MAESTRO

PERIODO

EGRESO VÍA PARTICIPA-CIONES

EGRESO NÓMINA

EGRESO TOTAL

PERCEPCIÓN AUTORIZADA EN PLANTILLA DE PERSONAL

IMPORTE PAGADO EN EXCESO INICI

O TÉRMINO

MENSUAL

POR EL PERIODO

1 Director Desarrollo

Cervantes Araujo Juan Manuel

Enero

Septiembre

165,744.40

160,650.00

326,394.40

18,900.00

160,650.00

160,650.00

AF-10/56-006 Pliego de Observaciones Esta Auditoría Superior del Estado, formulará Pliego de Observaciones a los C.C. Profr. Juan Delgado Martínez, Profr. Gustavo Morales Chávez, Profr. Juan Manuel Cervantes Araujo, Profra. Santa Erika Orta Ricardez, Profr. Juan Pedro Rodríguez Márquez, Profr. Héctor Sánchez Martínez y Profr. Hugo Cesar Santoyo Rodríguez, quienes se desempeñaron durante el periodo del 1° de enero al 15 de septiembre de 2010 como Presidente Municipal, Tesorero Municipal, Director de Desarrollo Económico, Directora de INMUSA, Director de Desarrollo Rural, Director de Oportunidades y Representante Legal, por un importe de conjunto de $558,555.65, por

No se solventa, y se deriva en una solicitud de intervención del Órgano Interno de Control.

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EGRESOS

DETERMINACIÓN DE LA ENTIDAD DE FISCALIZACIÓN SUPERIOR ESTADO QUE

GUARDA LA ACCIÓN PROMOVID

A

RESULTADO / OBSERVACIÓN ACCIÓN PROMOVIDA

Económico

2 Presidente Municipal

Delgado Martínez Juan

Enero

Septiembre

176,905.65

425,000.00

601,905.65

50,000.00

425,000.00

176,905.65

3 Directora de INMUSA

Orta Ricardez Santa Erika

Enero

Septiembre

120,283.25

55,250.00

175,533.25

6,500.00

55,250.00

55,250.00

4

Director De Desarrollo Rural

Rodríguez Márquez Juan Pedro

Enero

Septiembre

106,691.43

55,250.00

161,941.43

6,500.00

55,250.00

55,250.00

5

Director De Oportunidades

Sánchez Martínez Héctor

Enero

Septiembre

129,952.84

55,250.00

185,202.84

6,500.00

55,250.00

55,250.00

6 Representante Legal

Santoyo Rodríguez Hugo Cesar

Enero

Septiembre

105,931.03

55,250.00

161,181.03

6,500.00

55,250.00

55,250.00

IMPORTE TOTAL PAGADO EN EXCESO A MAESTROS COMISIONADOS $558,555.65

Cabe señalar que el monto observado se determinó comparando el importe total autorizado en la Plantilla de personal, contra el total erogado por el municipio tanto vía participaciones, como por medio de pagos efectuados de manera directa, respetando en todos los casos la percepción a que tienen derecho en su calidad de docentes.

erogaciones con cargo al Presupuesto de destinadas al pago de sueldos, compensaciones y otras prestaciones a maestros comisionados superiores a las procedentes, en la modalidad de Responsables Directos. Lo anterior de acuerdo a los artículos 50 fracción IV, 179, 181, 185 y 186 de la Ley Orgánica del Municipio y artículos 7 y 39 de la Ley de Fiscalización Superior del Estado de Zacatecas.

Resultado AF-06, Observación AF-06 Que corresponde a la Administración 2010-2013 Derivado de la revisión realizada a las percepciones otorgadas en el periodo del 15 de septiembre al 31 de diciembre de 2010, a los Maestros Comisionados del municipio de Villa Hidalgo, Zacatecas, se observaron pagos en exceso, por la cantidad total de $180,615.06, cabe señalar, que adicional a la información proporcionada por el municipio se realizó un comparativo de sueldos similares a los cargos de los maestros comisionados, determinándose que con lo erogado vía participaciones se cubría por más la percepción de su cargo, como a continuación se detalla:

No.

CARGO

NOMBRE DE MAESTRO

PERIODO EGRESO VÍA PARTICIPACIONES

EGRESO NÓMINA

EGRESO TOTAL

PERCEPCIÓN AUTORIZADA EN PLANTILLA DE PERSONAL

IMPORTE PAGADO EN EXCESO

INICIO

TÉRMINO

MENSUAL

POR EL PERIODO

1

Presidente Municipal

Yáñez Torres Víctor Manuel

Septiembre

Diciembre

54,232.48

192,500.00

246,732.48

55,000.00

192,500.00

54,232.48

AF-10/56-007 Pliego de Observaciones Esta Auditoría Superior del Estado, formulará Pliego de Observaciones a los C.C. Profr. Víctor Manuel Yáñez Torres, Profra. Ma. Del Rosario Ruíz Cárdenas, Profra. Cristina Delgado González, Profr. David Santillán Escobedo, Profr. Jose Juan Torres Chávez, Profr. Raúl Escamilla Santoyo y Profr. Miguel Ángel Peralta Rodríguez, quienes se desempeñaron durante el periodo del 15 de septiembre al 31 de diciembre de 2010 como Presidente Municipal, Tesorera Municipal, Síndica Municipal, Secretario de Gobierno, Director de Desarrollo Económico, Oficial Mayor y Director de Cultura, por un importe de conjunto de $180,615.06, por concepto de erogaciones con cargo al Presupuesto de Egresos destinadas al pago de sueldos, compensaciones y otras prestaciones a maestros

No se solventa, y se deriva en una solicitud de intervención del Órgano Interno de Control.

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INFORME DETALLADO: RESULTADO DE LA GESTIÓN FINANCIERA

EGRESOS

DETERMINACIÓN DE LA ENTIDAD DE FISCALIZACIÓN SUPERIOR ESTADO QUE

GUARDA LA ACCIÓN PROMOVID

A

RESULTADO / OBSERVACIÓN ACCIÓN PROMOVIDA

2

Síndica Municipal

Delgado González Cristina

Septiembre

Diciembre

42,382.58

105,000.00

147,382.58

30,000.00

105,000.00

42,382.58

3

Secretario de Gobierno

Santillán Escobedo David

Septiembre

Diciembre

59,141.86

28,000.00

87,141.86

8,000.00

28,000.00

28,000.00

4

Dir. Desarrollo Económico

Torres Chávez José Juan

Septiembre

Diciembre

63,114.43

28,000.00

91,114.43

8,000.00

28,000.00

28,000.00

5 Oficial Mayor

Escamilla Santoyo Raúl

Septiembre

Diciembre

34,724.83

14,000.00

48,724.83

4,000.00

14,000.00

14,000.00

6

Dir. De Cultura

Peralta Rodríguez Miguel Ángel

Septiembre

Diciembre

43,720.76

14,000.00

57,720.76

4,000.00

14,000.00

14,000.00

IMPORTE TOTAL PAGADO EN EXCESO A MAESTROS COMISIONADOS

$180,615.06

Cabe señalar que el monto observado se determinó comparando el importe total autorizado en la Plantilla de personal, contra el total erogado por el municipio tanto vía participaciones, como por medio de pagos efectuados de manera directa, respetando en todos los casos la percepción a que tienen derecho en su calidad de docentes.

comisionados, superiores a las procedentes, en la modalidad de Responsables Directos. Lo anterior de acuerdo a los artículos 50 fracción IV, 179, 181, 185 y 186 de la Ley Orgánica del Municipio y artículos 7 y 39 de la Ley de Fiscalización Superior del Estado de Zacatecas.

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INFORME DETALLADO: RESULTADO DE LA GESTIÓN FINANCIERA

RESULTADO DEL EJERCICIO

DETERMINACIÓN DE LA ENTIDAD DE FISCALIZACIÓN SUPERIOR ESTADO QUE GUARDA LA ACCIÓN PROMOVIDA RESULTADO / OBSERVACIÓN ACCIÓN PROMOVIDA

El municipio de Villa Hidalgo, Zacatecas, obtuvo como resultado del ejercicio 2010 un Déficit por el orden de $3,437,984.89, en virtud de que sus egresos fueron superiores a sus ingresos, situación que se explica en función de la existencia al inicio del ejercicio y de la contratación de pasivos en el mismo.

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INFORME DETALLADO: CUENTAS BALANCE

CAJA

DETERMINACIÓN DE LA ENTIDAD DE FISCALIZACIÓN SUPERIOR ESTADO QUE GUARDA LA ACCIÓN PROMOVIDA RESULTADO / OBSERVACIÓN ACCIÓN PROMOVIDA

Resultado AF-07, Observación AF-07 Que corresponde a las Administraciones 2007-2010 y 2010-2013 Derivado de la realización del arqueo de Caja, se verificó que en el apartado de Caja muestra un saldo de $5,653.60 al 31 de diciembre de 2010. Durante la revisión se detectó que el ente fiscalizado no ingresa la recaudación diaria a sus cuentas bancarias, debido a que se dispone de la misma para afrontar gastos menores, ya que no se cuenta con un fondo fijo para sufragarlos.

AF-10/56-008 Recomendación Se recomienda al ente fiscalizado establecer un fondo fijo con el fin de sufragar gastos menores. Es importante mencionar que dicho fondo deberá someterse a la aprobación del H. Ayuntamiento y ser soportado con un documento mercantil que garantice su adecuado manejo firmado por la persona responsable del mismo. Lo anterior con fundamento en los artículos 93 fracción IV, 96 fracción I y 194 de la Ley Orgánica del Municipio del Estado de Zacatecas.

Subsiste y por lo tanto no solventa, en virtud de que la Entidad Fiscalizada no presentó documentación ni manifestó conformidad al respecto a la recomendación realizada. Se reitera la Recomendación y se le dará seguimiento.

AF-10/56-009 Solicitud de Intervención del Órgano Interno de Control Es necesario que la Contraloría Municipal, en el ámbito de su competencia, realice acciones de verificación tendientes al cumplimiento de los aspectos recomendados en el punto que antecede, e informe de los resultados obtenidos a esta Auditoría Superior del Estado.

Subsiste y por lo tanto no solventa. Se reitera la solicitud de intervención del Órgano Interno de Control.

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INFORME DETALLADO: CUENTAS BALANCE

BANCOS

DETERMINACIÓN DE LA ENTIDAD DE FISCALIZACIÓN SUPERIOR ESTADO QUE GUARDA LA ACCIÓN PROMOVIDA RESULTADO / OBSERVACIÓN ACCIÓN PROMOVIDA

Resultado AF-08, Sin Observación La cuenta de Bancos presenta un saldo al 31 de diciembre de 2010 por la cantidad de $1,178,529.10, integrado por 5 cuentas bancarias, mismas que al ser revisadas se observó que están bajo el cuidado y custodia de la Tesorera Municipal; las chequeras se encuentran debidamente resguardadas en la caja fuerte del municipio. Además se observó que existe un adecuado control en el manejo de las cuentas bancarias en virtud de que no se detectaron cheques firmados en blanco ni posfechados y se lleva un orden cronológico en la emisión de los mismos.

Resultado AF-09, Observación AF-08 Que corresponde a las Administraciones 2007-2010 y 2010-2013 Con atención a la denuncia presentada mediante oficio número PM 69 de fecha 29 de octubre de 2010, suscrito por el C. Profr. Víctor Manuel Yáñez Torres en su carácter de Presidente, se observa que la cuenta de Bancos que el municipio informa al 15 de septiembre de 2010, existen cuentas bancarias con saldos contables negativos por un importe de $104,730.85, como a continuación se detalla:

Número de Cuenta

Bancaria

Nombre de la Cuenta Importe

0157-536-488 Gasto Corriente -$

39,514.00

0157-479-107 Ingresos Propios -28,999.21

0157-477-406 Ramo 20 -34,198.24

0165-135-885 Fondo III (2008) -2,000.00

0170-660-612 Fondo IV (2010) -19.40

Total -$

104,730.85

AF-10/56-010 Recomendación

Se recomienda a la administración actual implementar un adecuado control interno en el manejo de las cuentas bancarias del municipio, así como abstenerse de girar cheques cuando no se disponga del saldo mínimo requerido, esto con el fin de no generar cargos por comisiones bancarias, y con esta medida evitar el daño patrimonial al municipio.

Solventa y se le dará seguimiento, en virtud de que acepta la recomendación y se compromete a tomar las medidas correspondientes.

AF-10/56-011 Solicitud de Intervención del Órgano Interno de Control Es necesario que la Contraloría Municipal, en el ámbito de su competencia, realice acciones de verificación tendientes al cumplimiento de los aspectos recomendados en el punto que antecede, e informe de los resultados obtenidos a esta Auditoría Superior del Estado.

Subsiste y por lo tanto no solventa. Se reitera la solicitud de intervención del Órgano Interno de Control.

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BANCOS

DETERMINACIÓN DE LA ENTIDAD DE FISCALIZACIÓN SUPERIOR ESTADO QUE GUARDA LA ACCIÓN PROMOVIDA RESULTADO / OBSERVACIÓN ACCIÓN PROMOVIDA

Cabe mencionar que durante el proceso de aclaración al Acta de Confronta, el municipio de Villa Hidalgo, Zac., presentó oficio sin número, de fecha 20 de octubre de 2011, suscrito por el Profr. Gustavo Morales Chávez, Tesorero Municipal, en el que señala: "Los saldos negativos existentes en estas cuentas, se refieren a que existen cheques en tránsito por lo que la conciliación bancaria nos arroja estos saldos, estos cheques están cancelados…por lo que presentamos copias de cancelación del cheque con su respectiva conciliación bancaria”. No obstante cabe señalar que dichos saldos negativos son consecuencia de no contar con el saldo mínimo requerido por el banco en las cuentas bancarias.

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INFORME DETALLADO: CUENTAS BALANCE DEUDORES DIVERSOS

DETERMINACIÓN DE LA ENTIDAD DE FISCALIZACIÓN SUPERIOR ESTADO QUE GUARDA LA ACCIÓN PROMOVIDA RESULTADO / OBSERVACIÓN ACCIÓN PROMOVIDA

Resultado AF-10, Observación AF-09 Que corresponde a la administración 2007-2010 Derivado del análisis realizado al rubro de Deudores Diversos, se corroboró que existe un saldo al 31 de diciembre de 2010 por la cantidad de $1,653,671.10 correspondiente a préstamos efectuados y no recuperados durante la Administración 2007-2010, de los cuales $40,000.00 corresponden al funcionario Gustavo Morales Chávez (Ex Tesorero Municipal) mismo que no cuenta con documento mercantil que permita la recuperación legal del mismo, de los restantes $1,613,671.10, corresponden a préstamos internos entre cuentas bancarias, de los cuales en el Fondo III se presenta un saldo negativo por la cantidad de ($51,139.71), como se demuestra a continuación:

Nombre de Cuenta

Saldo M o v i m i e n t o s Saldo

Inicial Deudor Acreedor Final

Gustavo Morales Chávez

- 40,000.00 - $ 40,000.00

Ingresos Propios (Cta. 157479107)

40,000.00 - - 40,000.00

Gasto Corriente (Cta. 157536488)

330,000.00 50,000.00 150,000.00 230,000.00

Fondo IV (2009) (Cta. 065135737)

1,394,810.81 83,333.00 83,333.00 1,394,810.81

Fondo III (2009) (Cta. 0165135885)

(51,139.71)

- - (51,139.71)

$ 1,653,671.10

Cabe señalar que durante la revisión a la Cuenta Pública Municipal correspondiente al ejercicio fiscal 2009, se emitió la acción número AF-09/56-025.- Recomendación para una observación similar, misma que no fue atendida.

AF-10/56-012 Pliego de Observaciones Esta Auditoría Superior del Estado, formulará Pliego de Observaciones a los CC. Profr. Juan Delgado Martínez y Profr. Gustavo Morales Chávez, quienes se desempeñaron durante el periodo del 1 de enero al 15 de septiembre del ejercicio sujeto a revisión como Presidente y Tesorero Municipales por la cantidad de $40,000.00, relativa a préstamos personales que no cuentan con documento mercantil que permita la recuperación de los mismos, o en su caso, por no exhibir evidencia fehaciente de las acciones realizadas para su exigibilidad legal, en la modalidad de Responsable Directo al segundo y Subsidiario el primero de ellos. Lo anterior con fundamento en los artículos 74 fracción VIII, 93 fracción III, 96 fracción II, 177, 179, 181 y 186 de la Ley Orgánica del Municipio y 5 de la Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos del Estado y Municipios de Zacatecas.

No se solventa, y se deriva en una solicitud de intervención del Órgano Interno de Control.

AF-10/56-013 Promoción para el Fincamiento de Responsabilidades Administrativas Esta Auditoría Superior del Estado, promoverá ante las autoridades competentes, el inicio y trámite del procedimiento conducente para que se apliquen una o más de las sanciones previstas en el artículo 44 de la Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos del Estado y Municipios de Zacatecas en vigor, a los C.C. Profr. Juan Delgado Martínez y Profr. Gustavo Morales Chávez, quienes se desempeñaron como Presidente y Tesorero Municipales, por el periodo del 1 de enero al 15 de septiembre de 2010, por no realizar el reintegro de los

Esta acción se promoverá ante las autoridades correspondientes según sea el caso, siendo estas la Legislatura del Estado o la Contraloría Interna de Gobierno del Estado.

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INFORME DETALLADO: CUENTAS BALANCE DEUDORES DIVERSOS

DETERMINACIÓN DE LA ENTIDAD DE FISCALIZACIÓN SUPERIOR ESTADO QUE GUARDA LA ACCIÓN PROMOVIDA RESULTADO / OBSERVACIÓN ACCIÓN PROMOVIDA

recursos transferidos en calidad de préstamos internos, o en su caso, por no efectuar las acciones tendientes a la depuración del rubro de Deudores Diversos con la debida autorización de Cabildo, desatendiendo la recomendación emitida en el ejercicio anterior por una observación similar. Lo anterior con fundamento en los artículos 93 fracción III, 96 fracción II, 177, 179, 181 y 186 de la Ley Orgánica del Municipio, así como el artículo 5° fracciones I y XX de la Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos del Estado y Municipios de Zacatecas.

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ACTIVO FIJO

DETERMINACIÓN DE LA ENTIDAD DE FISCALIZACIÓN SUPERIOR ESTADO QUE GUARDA LA ACCIÓN PROMOVIDA RESULTADO / OBSERVACIÓN ACCIÓN PROMOVIDA

El saldo del Activo Fijo en el Estado de Posición Financiera al 31 de diciembre de 2010 fue por $8´934,110.88, en el que se considera la desincorporación de un vehículo tipo camioneta por $25,000.00. Las adquisiciones de bienes muebles e inmuebles del ejercicio fueron por la cantidad de $485,849.02, de las cuales $64,136.00 se realizaron con Recursos Propios representando el (13.20%) y $421,713.02 con Recursos Federales que representan el (86.80%).

Resultado PF-01, Sin Observación Durante el ejercicio 2010 se realizaron adquisiciones con Recursos Federales por un monto total de $421,713.02, el cual deriva de la aplicación de recursos del Fondo IV correspondientes a equipo de cómputo y comunicación y vehículos; es conveniente señalar que dichas adquisiciones fueron incorporadas al Activo Fijo e incrementadas en el Patrimonio del municipio.

Resultado AF-11, Observación AF-10 Que corresponde a la administración 2010-2013 De la revisión practicada a los activos fijos propiedad del municipio en el ejercicio 2010, se observó que cuenta con 29 bienes inmuebles, de los cuales solamente 1 cuenta con escritura y se encuentra inscrito ante el Registro Público de la Propiedad y Comercio, de los 28 restantes no se encuentran escriturados y en consecuencia tampoco están inscritos ante dicho Registro.

No. DESCRIPCIÓN UBICACIÓN SUPERFICIE

1 Panteón Viejo Carretera Villa Hidalgo-Tepetate

2 Jardín De Niños "Benito Juárez"

Calle Morelos, Villa Hidalgo, Zac. Colinda Al Norte Con Calle Revolución, Al Sur Calle Carranza, Al Oriente Con Calle Morelos Y Al Poniente Con Calle Netzahualcóyotl.

3.761 MTS.2

3 Terreno Para Rastro Mpal

Cabecera Municipal Villa Hidalgo, Zac. Colinda Al Norte Con Camino De Uso, Al Sur Con Raymundo Becerra Rodríguez, Al Oriente Con Raymundo Becerra Rodríguez, Al Poniente Con Camino De Uso

400.00 MTS.2

4 Pozo De Agua Potable

Comunidad Zona Benito Juárez, Villa Hidalgo, Zac., Colinda Al Norte Con Julia Acevedo López, Al Sur Con Julia Acevedo López, Al Oriente Con Julia Acevedo López, Al Poniente Con Julia Acevedo López.

100 MTS.2

5 Dif Municipal

Villa Hidalgo, Zac. Colinda Al Norte Con Calle De Uso, Al Sur Con Margarito González Y Raúl Sánchez B. Al Oriente Con Calle De Uso, Al Poniente Con Calle De Uso.

505.40 MTS.2

AF-10/56-014 Recomendación

Se recomienda a la Administración Municipal actual que en la medida de sus posibilidades, a través de la Sindicatura Municipal y de acuerdo con lo establecido en el artículo 152 de la Ley Orgánica de Municipio que señala que el patrimonio inmueble de los municipios deberá inscribirse en la sección correspondiente del Registro Público de la Propiedad y del Comercio, realice los trámites pertinentes para la escrituración e inscripción de los bienes inmuebles antes descritos. Lo anterior con fundamento en los artículos 78 fracción V y 152 de la Ley Orgánica del Municipio del Estado de Zacatecas, así como el artículo 60 de la Ley del Patrimonio del Estado y Municipios.

Subsiste y por lo tanto no solventa, en virtud de que la Entidad Fiscalizada no presentó documentación ni manifestó conformidad al respecto a la recomendación realizada. Se reitera la Recomendación y se le dará seguimiento.

AF-10/56-015 Solicitud de Intervención del Órgano Interno de Control

Es necesario que la Contraloría Municipal, en el ámbito de su competencia, realice las acciones de verificación tendientes al cumplimiento de los aspectos recomendados en el punto que

Subsiste y por lo tanto no solventa. Se reitera la solicitud de intervención del Órgano Interno de Control.

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ACTIVO FIJO

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6 Escuela De Educ. Especial

Villa Hidalgo, Zac. Colinda Al Norte Con Calle Independencia, Al Sur Con Alberto Rodríguez Gaitán, Al Poniente Con Alberto Rodríguez Gaitán, Al Oriente Con Alberto Rodríguez Gaitán.

4,700 MTS.2

7 Campo De Beis-Bol

Comunidad La Lagunita Colinda Al Norte Con El Sr. Tomas Rangel Lozano, Al Sur Con Calle De Por Medio, Al Oriente Con Pedro Pérez Gallegos, Al Poniente Con El Sr. J. Guadalupe Pérez Parra.

8,700.46 MTS.2

8 Centro Cultural

Villa Hidalgo, Zac. Colinda Al Norte Con Ismael Sánchez Sánchez Al Sur Con Ma. De Jesús Torres De Beltrán, Al Oriente Con Saúl Beltrán Torres, Al Poniente Con Calle Hidalgo No.6.

389.89 MTS.2

9 Panteón.

Comunidad El Rucio, Villa Hidalgo, Zac. Colinda Al Norte Con Pedro Flores Macías, Al Sur Con J. Jesús Palacios Chávez, Al Oriente Con Ejido San Agustín Y Anexos Al Poniente Con Calle Principal De La Comunidad.

423.22 MTS.2

10 Cancha De Fut-Bol

Villa Hidalgo, Zac. Colinda Al Norte Con El Sr. Sixto Marín Renovato, Al Sur Con Pedro Sánchez Jaime, Al Oriente Con Calle Netzahualcóyotl, Al Poniente Con Propiedades Del Sr. Raymundo Becerra.

4.05.82 HA.

11 Inspección Zona 109

Villa Hidalgo, Zac. Al Norte Linda Con Sandra Margarita Marín Sánchez, Al Sur Con Calle Moctezuma, Al Oriente Con Calle Cuauhtémoc, Al Poniente Con Alberto Rodríguez Gaitán.

200 MTS.2

12 Campo Deportivo De Fut-Bol

El Verde, Villa Hidalgo, Zac. Linda Al Norte Con Camino A La Honda, Noria De Ángeles, Zac. Al Sur Con Sixto Robledo, Al Oriente Con J. Concepción Jiménez Y Con Lucas Delgado Rivera, Al Poniente Con Ejido San Agustín.

2.19.99 HAS.

13 Panteón Nuevo Villa Hidalgo, Zac. Carretera Villa Hidalgo, Zac. -El Tepetate.

14 Supervisión 65 Y Telesecundarias

Villa Hidalgo, Zac. Colinda Con La Escuela De Educación Especial

15 Auditorio Municipal Villa Hidalgo, Zac. Ubicado En Calle José Ma. Morelos S/N

16 Jardín Principal Villa Hidalgo, Zac. Ubicado En Calle Zaragoza

17 Jardín de la Col. Fco. E. García

Villa Hidalgo, Zac. Ubicado En La Calle Pánfilo Natera Esq. Con Calle González Bocanegra, Col. Fco. E. García.

18 Unidad Deportiva Villa Hidalgo, Zac. Ubicada En Carretera Villa Hidalgo - Pinos

19 Casa De Justicia Villa Hidalgo, Zac. Ubicado Al Lado Norte De La Población.

20 Pies De Casa Villa Hidalgo, Zac. Ubicado Al Lado Norte De La Población.

21 Parque Recreativo "Cristo Rey"

Villa Hidalgo, Zac. Ubicado Al Lado Oriente De La Población.

22 Anterior "Rastro Municipal"

Villa Hidalgo, Zac. Ubicado En Carretera Villa Hidalgo - Ojocaliente.

23 Presidencia Municipal

Villa Hidalgo, Zac. Ubicado En Calle Zaragoza Esquina Con Calle Independencia S/N, Col. Centro

24 Mezcalera Villa Hidalgo, Zac. Ubicado Al Lado Norte De La Población Camino A La Comunidad El

2.06.27 HAS.

antecede e informe de los resultados obtenidos a esta Auditoría Superior del Estado.

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ACTIVO FIJO

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Tepetate

25 Centro De Salud Villa Hidalgo, Zac. Ubicado Al Lado Norte De La Población

26 Jardín Y Lechería Villa Hidalgo, Zac. Ubicado En Calle Netzahualcóyotl Esquina Con Calle Revolución S/N

27 Zona De Tolerancia Villa Hidalgo, Zac., Ubicado Al Norte Camino A La Comunidad El Tepetate

28 Ganadera Villa Hidalgo, Ubicado Al Norte Camino A La Comunidad El Tepetate

29 Cancha De Fut-Bol Y Frigorífico

Ubicado Al Lado Norte De Esta Cabecera Mpal.

8.625.22 m2

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DEUDA PÚBLICA Y ADEUDOS (PASIVOS)

DETERMINACIÓN DE LA ENTIDAD DE FISCALIZACIÓN SUPERIOR ESTADO QUE GUARDA LA ACCIÓN PROMOVIDA RESULTADO / OBSERVACIÓN ACCIÓN PROMOVIDA

El saldo de los adeudos del municipio al 31 de diciembre de 2010 ascendió a un importe de $10,124,980.58, del cual $186,037.59 corresponde a Proveedores, $8,814,661.48 a Acreedores Diversos, - $441,565.26 de Impuestos y Retenciones, $654,583.58 a Deuda Pública a corto plazo y $911,263.19 a Deuda Pública a Largo Plazo, observándose un incremento del 69.50% en relación con el saldo al cierre del ejercicio anterior.

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PROVEDORES Y ACREDORES

DETERMINACIÓN DE LA ENTIDAD DE FISCALIZACIÓN SUPERIOR ESTADO QUE GUARDA LA ACCIÓN PROMOVIDA RESULTADO / OBSERVACIÓN ACCIÓN PROMOVIDA

Resultado AF-12, Observación AF-11 Que corresponde a la administración 2007-2010 Con atención a la denuncia presentada por el H. Ayuntamiento 2010-2013 de Villa Hidalgo, Zacatecas, según oficio número PM 69 de fecha 29 de octubre de 2010 y presentado ante este Órgano de Fiscalización Superior en fecha 3 de noviembre de 2010 suscrito por el ciudadano Profr. Víctor Manuel Yáñez Torres, Presidente Municipal, respecto a la creación de pasivos durante el periodo del 1 al 14 de septiembre, se observó que el H. Ayuntamiento registró dentro del Sistema Automatizado de Contabilidad Gubernamental (SACG) la póliza de diario número D00076 de fecha 02 de septiembre de 2010 por la cantidad de $3,280,004.69, la cual no cuenta con el soporte documental que permita verificar la veracidad del registro de pasivo. Cabe mencionar que durante el proceso de aclaración al Acta de Confronta, el municipio de Villa Hidalgo, Zac., presentó oficio sin número, de fecha 20 de octubre de 2011, suscrito por el Profr. Gustavo Morales Chávez, Tesorero Municipal, en el que señala: "Se anexa documentos de proveedores pendientes de pago como: facturas vales y notas, quedando algunas pendientes de entregar debido a que algunos de los proveedores no dejaron sus facturas, porque prefirieron arreglar directamente con la administración actual…”. No obstante presenta copia fotostática de facturas y notas de venta por la cantidad de $1,532,838.19, así mismo el ente auditado no demuestra la justificación y aplicaciones de bienes y servicios por la cantidad de $3,280,004.69.

AF-10/56-016 Solicitud de Aclaración Se solicita a la Administración Municipal 2007-2010 que para efectos de solventación, presente ante esta Auditoría Superior del Estado, evidencia que permita determinar fehacientemente el destino de los bienes y/o servicios adquiridos por el orden de $3,280,004.69, en virtud de que el registro del pasivo carece de respaldo que garantice su veracidad. Lo anterior con fundamento en los artículos 93 fracción III, 96 fracción I, 177, 179, 181 y 186 de la Ley Orgánica del Municipio del Estado de Zacatecas y 17 fracción X de la Ley de Fiscalización Superior del Estado de Zacatecas.

No se solventa, y se deriva en una promoción para el Fincamiento de Responsabilidades Administrativas.

Resultado AF-13, Observación AF-12 Que corresponde a la administración 2010-2013 Del análisis efectuado a las obligaciones contraídas por el municipio de Villa Hidalgo, Zac., se verificó que durante el periodo correspondiente del 15 de septiembre al 31 de diciembre de 2010, registró adeudos por diversos conceptos por un importe de $62,865.76, observando que dichos compromisos carecen de soporte documental que acredite los registros de deuda y la aplicación de los bienes y/o servicios adquiridos. Cabe mencionar que durante el proceso de aclaración al Acta de Confronta, el municipio de Villa Hidalgo,

AF-10/56-017 Solicitud de Aclaración Se solicita a la Administración Municipal actual que para efectos de solventación, presente ante esta Auditoría Superior del Estado, la evidencia que respalde la aplicación de los bienes y/o servicios adquiridos, en virtud de que el registro de pasivo carecía de respaldo documental, así como evidencia que permita corroborar la recepción de los recursos por la

No se solventa, y se deriva en una promoción para el Fincamiento de Responsabilidades Administrativas.

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PROVEDORES Y ACREDORES

DETERMINACIÓN DE LA ENTIDAD DE FISCALIZACIÓN SUPERIOR ESTADO QUE GUARDA LA ACCIÓN PROMOVIDA RESULTADO / OBSERVACIÓN ACCIÓN PROMOVIDA

Zac., presentó oficio sin número, de fecha 20 de octubre de 2011, suscrito por el Profr. Víctor Manuel Yáñez Torres, Presidente Municipal, en el que señala: "estos pasivos se apasivaron (SIC) debido a que la administración 2007 2010 dejó el adeudo y dichos proveedores vinieron con la administración 2010-2013 a tratar de cobrar lo que se les adeudaba”. No obstante se observa que el registro de los pasivos en mención se efectuó en los meses de octubre, noviembre y diciembre de 2010, por lo que el municipio debió de contar con la documentación comprobatoria para poder registrar los pasivos, no demostrando la justificación y aplicaciones de bienes y servicios por la cantidad de $$62,865.76.

totalidad de los beneficiarios por el orden de $62,865.76. Lo anterior con fundamento en los artículos 93 fracción III, 96 fracción I, 177, 179, 181 y 186 de la Ley Orgánica del Municipio del Estado de Zacatecas y 17 fracción X de la Ley de Fiscalización Superior del Estado de Zacatecas.

Resultado AF-14, Observación AF-13 Que corresponde a la administración 2010-2013 De la revisión practicada a la cuenta de Pasivos del municipio de Villa Hidalgo, Zac., se observó que dentro de ésta se registra la cantidad de $9,000,699.07 correspondiente a Proveedores y Acreedores Diversos por la cantidad de $186,037.59 y $8,814,661.48 respectivamente. Cabe mencionar que durante el proceso de aclaración al Acta de Confronta, el municipio de Villa Hidalgo, Zac., presentó oficio sin número, de fecha 20 de octubre de 2011, suscrito por el Profr. Víctor Manuel Yáñez Torres, Presidente Municipal, en el que señala: "Se iniciará la depuración de los pasivos solicitando a los proveedores una reunión con tesorería del municipio para verificar el estado en que se encuentra con el ente auditado, al tener la revisión efectuaremos lo necesario para cancelar aquellos que sean plenamente aclarados”.

AF-10/56-018 Recomendación Se recomienda a la administración actual efectuar una circularización para confirmar cada uno de los saldos, y en el caso de existir diferencias, depurar esta cuenta para que su Estado de Posición Financiera presente la situación real, cancelando aquellos que no sean plenamente aclarados previa autorización del H. Ayuntamiento.

Subsiste y por lo tanto no solventa, en virtud de que la Entidad Fiscalizada no presentó documentación ni manifestó conformidad al respecto a la recomendación realizada. Se reitera la Recomendación y se le dará seguimiento.

AF-10/56-019 Solicitud de Intervención del Órgano Interno de Control Es necesario que la Contraloría Municipal, en el ámbito de su competencia, realice acciones de verificación tendientes al cumplimiento de los aspectos recomendados en el punto que antecede e informe de los resultados de su actuación a la Auditoría Superior del Estado.

Subsiste y por lo tanto no solventa. Se reitera la solicitud de intervención del Órgano Interno de Control.

Resultado AF-15, Observación AF-14 Que corresponde a la administración 2007-2010 y 2010-2013 De la revisión practicada al rubro de Acreedores Diversos, se observó que existe un saldo por la cantidad de $1,572,803.29, el cual no presentó movimiento durante el ejercicio 2010 como a continuación se describe: Cabe mencionar que durante el proceso de aclaración al Acta de Confronta, el municipio de Villa Hidalgo,

AF-10/56-020 Recomendación Se recomienda a la Administración Municipal actual analizar lo referente al saldo negativo que presenta la cuenta de Acreedores Diversos, asimismo efectuar la circularización correspondiente, a efecto de confirmar cada uno de los saldos para depurarlos, cancelando aquellos que no sean plenamente

Solventa y se le dará seguimiento, en virtud de que acepta la recomendación y se compromete a tomar las medidas correspondientes.

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Zac., presentó oficio sin número, de fecha 20 de octubre de 2011, suscrito por el Profr. Gustavo Morales Chávez, Tesorero Municipal, en el que señala: "esto deriva de que los acreedores no se presentaron a solicitar dicho pago…esta razón es una de las mas importantes por la que la cuenta no tuvo movimientos”.

aclarados previo análisis y autorización del H. Ayuntamiento, para que su Estado de Posición Financiera presente una situación real. Lo anterior en cumplimiento a lo establecido en los artículos 93 fracción IV, 96 fracción I, 191, 192 y 193 de la Ley Orgánica del Municipio del Estado de Zacatecas.

AF-10/56-021 Solicitud de Intervención del Órgano Interno de Control Es necesario que la Contraloría Municipal, en el ámbito de su competencia, realice acciones de verificación tendientes al cumplimiento de los aspectos recomendados en el punto que antecede e informe de los resultados de su actuación a la Auditoría Superior del Estado.

Subsiste y por lo tanto no solventa. Se reitera la solicitud de intervención del Órgano Interno de Control.

Resultado AF-16, Observación AF-15 Que corresponde a las Administraciones 2007-2010 y 2010-2013 De la revisión efectuada a la documentación solicitada mediante oficio de solicitud de información y documentación número PL-02-07-0132/2011, se observó que el H. Ayuntamiento de Villa Hidalgo, Zac., no registró un adeudo con el D.I.F. Estatal por la cantidad de $18,000.00, correspondiente a desayunos escolares modalidad frío, según estado de cuenta emitido por el D.I.F. Estatal. Cabe mencionar que durante el proceso de aclaración al Acta de Confronta, el municipio de Villa Hidalgo, Zac., presentó oficio sin número, de fecha 20 de octubre de 2011, suscrito por el Profr. Gustavo Morales Chávez, Tesorero Municipal, en el que señala: " esta Institución del DIF municipal, no nos aviso del total del adeudo por lo cual solamente registramos de lo que teníamos conocimiento el departamento de tesorería”.

AF-10/56-022 Recomendación Se recomienda a la administración municipal actual registrar dentro del rubro de pasivo la cantidad de $18,000.00 correspondiente al D.I.F. Municipal, así como conciliar mensualmente con ella y el D.I.F. Estatal con el propósito que los estados financieros muestren su situación real. Lo anterior en cumplimiento a lo establecido en los artículos 93 fracción IV, 96 fracción I, 191, 192 y 193 de la Ley Orgánica del Municipio del Estado de Zacatecas.

Solventa y se le dará seguimiento, en virtud de que acepta la recomendación y se compromete a tomar las medidas correspondientes.

AF-10/56-023 Solicitud de Intervención del Órgano Interno de Control Es necesario que la Contraloría Municipal, en el ámbito de su competencia, realice acciones de verificación tendientes al cumplimiento de los aspectos recomendados en el punto que antecede e informe de los resultados de su actuación a la Auditoría

Subsiste y por lo tanto no solventa. Se reitera la solicitud de intervención del Órgano Interno de Control.

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Superior del Estado.

Resultado AF-17, Observación AF-16 Que corresponde a las Administraciones 2007-2010 y 2010-2013 De la revisión efectuada a la cuenta 2104.- Impuestos y Retenciones Por Pagar, se observó un saldo negativo al cierre del ejercicio de 2010 por la cantidad de $(441,565.26), de los cuales $(586,178.99) corresponden al Instituto Mexicano del Seguro Social y $144,613.73 son producto del impuesto del 5% para la Universidad Autónoma de Zacatecas.

AF-10/56-024 Solicitud de Aclaración Se solicita a la Administración Municipal 2007-2010 exhibir ante este Órgano Fiscalizador, aclaración y justificación debidamente documentada, referente al saldo negativo que se tiene pendiente con el Instituto Mexicano del Seguro Social, así como aclarar y justificar el motivo por el cual no fueron enterados oportunamente los recursos correspondientes a la Universidad Autónoma de Zacatecas.

No se solventa, y se deriva en una Recomendación.

AF-10/56-025 Recomendación Se recomienda a la administración municipal actual en lo sucesivo efectuar oportunamente el entero correspondiente a la Universidad Autónoma de Zacatecas, ya que estos recursos no pertenecen al municipio. Lo anterior en cumplimiento a lo establecido en los artículos 93 fracción IV, 96 fracción I, 191, 192 y 193 de la Ley Orgánica del Municipio del Estado de Zacatecas.

Subsiste y por lo tanto no solventa, en virtud de que la Entidad Fiscalizada no presentó documentación ni manifestó conformidad al respecto a la recomendación realizada. Se reitera la Recomendación y se le dará seguimiento.

AF-10/56-026 Solicitud de Intervención del Órgano Interno de Control Es necesario que la Contraloría Municipal, en el ámbito de su competencia, realice acciones de verificación tendientes al cumplimiento de los aspectos recomendados en el punto que antecede e informe de los resultados de su actuación a la Auditoría Superior del Estado.

Subsiste y por lo tanto no solventa. Se reitera la solicitud de intervención del Órgano Interno de Control.

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CUMPLIMIENTO DE LA LEY DE INGRESOS, PRESUPUESTO DE EGRESOS Y ANÁLISIS DE DESVIACIONES PRESUPUESTALES, ASÍ COMO APEGO A LA

NORMATIVIDAD APLICABLE APEGO A LA NORMATIVIDAD APLICABLE

DETERMINACIÓN DE LA ENTIDAD DE FISCALIZACIÓN SUPERIOR ESTADO QUE GUARDA LA ACCIÓN PROMOVIDA RESULTADO / OBSERVACIÓN ACCIÓN PROMOVIDA

El municipio de Villa Hidalgo, Zacatecas, no presentó modificación al presupuesto de Ingresos y Egresos del ejercicio 2010. En relación al presupuesto de Ingresos para el ejercicio 2010, el municipio recaudó y recibió 17.28% menos de lo presupuestado, observándose decrementos en todos los rubros con excepción de Participaciones y Aportaciones Federales, además la cuenta de Deuda Pública fue presupuestada y no presentó movimientos; asimismo existe un subejercicio en el presupuesto de Egresos del 11.24%, registrándose desfases considerables en los conceptos de Materiales y Suministros y Ayudas, Subsidios y Transferencias. Con base en lo anterior se concluye que las variaciones generales son de orden relevante, observándose que lo recibido y recaudado en los Ingresos es menor a lo ejercido en los Egresos, situación no conveniente para el municipio.

Resultado AF-18, Observación AF-17 Que corresponde a la Administración 2010-2013 El H. Ayuntamiento del municipio de Villa Hidalgo, Zacatecas, presentó extemporáneamente en fecha 23 de septiembre de 2011 ante la LX H. Legislatura del Estado de Zacatecas, el expediente integrado con el informe anual de Cuenta Pública Municipal correspondiente al ejercicio fiscal 2010, con el propósito de que se efectuara su análisis y revisión, observándose que no se realizó en el tiempo que establece la Constitución Política del estado Libre y Soberano de Zacatecas en su artículo 121 segundo párrafo, que señala: “...a más tardar el 15 de febrero del año siguiente a la conclusión del año fiscal, el Ayuntamiento enviará a la Legislatura del Estado la Cuenta Pública, junto con los informes y documentos que justifiquen la aplicación de los ingresos y egresos, en el cumplimiento de las metas propuestas en el Plan Municipal y en los programas operativos anuales, así como el manejo del crédito y la situación de la deuda pública; lo anterior, sin perjuicio del informe trimestral que rendirá a la Legislatura...”.

AF-10/56-027 Promoción para el Fincamiento de Responsabilidades Administrativas Esta Auditoría Superior del Estado promoverá ante los órganos competentes, el inicio y trámite del procedimiento conducente para que se apliquen una o más de las sanciones previstas en el artículo 44 de la Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos del Estado y Municipios de Zacatecas en vigor, quienes se desempeñaron durante el periodo del 15 de septiembre al 31de diciembre como miembros del H. Ayuntamiento de Villa Hidalgo, Zacatecas, por no haber entregado en tiempo ante la H. LX Legislatura del Estado de Zacatecas la Cuenta Pública Municipal del ejercicio 2010. Lo anterior con fundamento en los artículos 49 fracción XVI de la Ley Orgánica del Municipio, artículo 121 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Zacatecas, artículos 7, 8 y 9 de la Ley Superior de Fiscalización del Estado de Zacatecas y artículo 5° fracciones I y XX de la Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos del Estado y Municipios de Zacatecas.

Esta acción se promoverá ante las autoridades correspondientes según sea el caso, siendo estas la Legislatura del Estado o la Contraloría Interna de Gobierno del Estado.

Resultado AF-19, Observación AF-18 Que corresponde a la Administración 2007-2010 y 2010-2013 El H. Ayuntamiento de Villa Hidalgo, Zac., no celebró cuando menos una reunión de

AF-10/56-028 Recomendación. Se recomienda al H. Ayuntamiento observar lo establecido en el artículo 41 de la Ley Orgánica del Municipio del Estado de Zacatecas que establece: “Los

Subsiste y por lo tanto no solventa, en virtud de que la Entidad Fiscalizada no presentó documentación ni manifestó conformidad al

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NORMATIVIDAD APLICABLE APEGO A LA NORMATIVIDAD APLICABLE

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Cabildo en cada uno de los meses de marzo, abril y octubre de 2010, contraviniendo los estipulado en el artículo 41 de la Ley Orgánica del Municipio del Estado de Zacatecas.

Ayuntamientos deberán resolver los asuntos de su competencia en forma colegiada, en sesiones públicas ordinarias o extraordinarias e itinerantes; las ordinarias se celebrarán cuando menos una cada mes...”.

respecto a la recomendación realizada. Se reitera la Recomendación y se le dará seguimiento.

AF-10/56-029 Solicitud de Intervención del Órgano Interno de Control Es necesario que la Contraloría Municipal, en el ámbito de su competencia, realice las acciones de verificación tendientes al cumplimiento de los aspectos recomendados en el punto que antecede e informe de los resultados obtenidos a esta Auditoría Superior del Estado.

Subsiste y por lo tanto no solventa. Se reitera la solicitud de intervención del Órgano Interno de Control.

Resultado AF-20, Observación AF-19 Que corresponde a la Administración 2007-2010 Al realizar el procedimiento del análisis a los informes de la Contraloría Municipal, se observó que no fueron presentados los informes correspondientes al primero, segundo y tercer trimestre del ejercicio 2010 a este Ente de Fiscalización Superior, incumpliendo con lo establecido en el artículo 105 fracción X de la Ley Orgánica del Municipio.

AF-10/56-030 Promoción para el Fincamiento de Responsabilidades Administrativas Esta Auditoría Superior del Estado promoverá ante los órganos competentes, el inicio y trámite del procedimiento conducente para que se apliquen una o más de las sanciones previstas en el artículo 44 de la Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos del Estado y Municipios de Zacatecas en vigor, al C. Francisco Pérez Colunga, quien se desempeñó como Contralor Municipal durante el periodo del 1 de enero al 15 de septiembre del ejercicio sujeto a revisión, por no presentar ante la Auditoría Superior del Estado los informes a que le obliga la normatividad, correspondientes al primero, segundo y tercer trimestre del ejercicio 2010, incumpliendo con lo establecido en el artículo 105 fracción X de la Ley Orgánica del Municipio.

Esta acción se promoverá ante las autoridades correspondientes según sea el caso, siendo estas la Legislatura del Estado o la Contraloría Interna de Gobierno del Estado.

Resultado AF-21, Observación AF-20 Que corresponde a la Administración 2007-2010 El H. Ayuntamiento de Villa Hidalgo, Zacatecas, no presentó ante esta Entidad de Fiscalización, el Programa Operativo Anual

AF-10/56-031 Recomendación Se recomienda a la Administración Municipal actual, presentar oportunamente su Plan Operativo Anual sometiéndolo previamente a la autorización del H. Ayuntamiento, ya que

Subsiste y por lo tanto no solventa, en virtud de que la Entidad Fiscalizada no presentó documentación ni manifestó conformidad al respecto a la recomendación

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NORMATIVIDAD APLICABLE APEGO A LA NORMATIVIDAD APLICABLE

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2010 con el propósito de que se efectuara su análisis y revisión, incumpliendo con lo establecido en los artículos 49 fracción XXVII, 99 fracciones l y 170 de la Ley Orgánica del Municipio del Estado de Zacatecas.

además de ser una obligación prevista en la Ley, constituye una importante herramienta para la adecuada toma de decisiones. Lo anterior con fundamento en los artículos 49 fracción XXVII, 99 fracción I y 170 de la Ley Orgánica del Municipio del Estado de Zacatecas.

realizada. Se reitera la Recomendación y se le dará seguimiento.

AF-10/56-032 Solicitud de Intervención del Órgano Interno de Control Es necesario que la Contraloría Municipal, en el ámbito de su competencia, realice acciones de verificación tendientes al cumplimiento de los aspectos recomendados en el punto que antecede, e informe de los resultados obtenidos a esta Auditoría Superior del Estado.

Subsiste y por lo tanto no solventa. Se reitera la solicitud de intervención del Órgano Interno de Control.

Resultado AF-22, Observación AF-21 Que corresponde a la Administración 2010-2013 El H. Ayuntamiento de Villa Hidalgo, Zac., no presentó a esta Entidad de Fiscalización Superior el Plan de Desarrollo Municipal (Plan Trianual), incumpliendo con lo establecido en los artículos 49 fracción XXVII, 99 y 170 de la Ley Orgánica del Municipio del Estado de Zacatecas.

AF-10/56-033 Recomendación Se recomienda a la Administración Municipal actual, que en lo subsecuente sea presentado en tiempo ante esta Auditoría Superior del Estado el Plan de Desarrollo Municipal, una vez que haya sido aprobado por el H. Ayuntamiento, ya que constituye un instrumento indispensable para la planeación y ejecución de las actividades del municipio, observando lo establecido en los artículos 49 fracción XXVII inciso a), 99 fracción I y 170 de la Ley Orgánica del Municipio del Estado de Zacatecas.

Subsiste y por lo tanto no solventa, en virtud de que la Entidad Fiscalizada no presentó documentación ni manifestó conformidad al respecto a la recomendación realizada. Se reitera la Recomendación y se le dará seguimiento.

AF-10/56-034 Solicitud de Intervención del Órgano Interno de Control Es necesario que la Contraloría Municipal, en el ámbito de su competencia, realice acciones de verificación tendientes al cumplimiento de los aspectos recomendados en el punto que antecede, e informe de los resultados obtenidos a esta Auditoría Superior del Estado.

Subsiste y por lo tanto no solventa. Se reitera la solicitud de intervención del Órgano Interno de Control.

Resultado AF-23, Observación AF-22 Que corresponde a la Administración 2010-2013

AF-10/56-035 Recomendación Se recomienda a la Administración Municipal, elaborar la plantilla de

Subsiste y por lo tanto no solventa, en virtud de que la Entidad Fiscalizada no

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NORMATIVIDAD APLICABLE APEGO A LA NORMATIVIDAD APLICABLE

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De la revisión efectuada al rubro de maestros comisionados, se observó que el Municipio de Villa Hidalgo, Zac., no ha implementado la plantilla de Maestros Comisionados que prestaron sus servicios al municipio durante el periodo del 15 de septiembre al 31 de diciembre del ejercicio de 2010 autorizada por el H. Ayuntamiento, misma que deberá reflejar las prestaciones mensuales de cada funcionario erogadas vía Participaciones y vía nómina, las cuales deberán estar apegadas al Tabulador de Sueldos aprobado por el mismo, con la finalidad de que tenga conocimiento del costo por Maestro Comisionado.

maestros comisionados y someterla a autorización del Cabildo, en la cual deberá indicar en forma clara y específica la percepción de cada maestro que será descontada de Participaciones al municipio en forma mensual y la compensación adicional que en su caso se autorice, así como el tabulador de sueldos que señale los puestos, categorías y percepciones de cada uno de ellos, autorizado también por el H. Ayuntamiento. Además es recomendable que se realicen conciliaciones de manera mensual con la finalidad de corroborar la autenticidad de los descuentos realizados por la Secretaría de Finanzas vía Participaciones por este concepto. Lo anterior con fundamento en los artículos 50 fracción IV, 179, 181, 185 y 186 de la Ley Orgánica del Municipio del Estado de Zacatecas.

presentó documentación ni manifestó conformidad al respecto a la recomendación realizada. Se reitera la Recomendación y se le dará seguimiento.

AF-10/56-036 Solicitud de Intervención del Órgano Interno del Control Es necesario que la Contraloría Municipal, en el ámbito de su competencia, realice acciones de verificación tendientes al cumplimiento de los aspectos recomendados en el punto que antecede e informe de los resultados de su gestión a esta Auditoría Superior del Estado.

Subsiste y por lo tanto no solventa. Se reitera la solicitud de intervención del Órgano Interno de Control.

Resultado AF-24, Observación AF-23 Que corresponde a la Administración 2010-2013 Derivado de la revisión efectuada a los maestros comisionados del municipio de Villa Hidalgo, Zac., se detectó que 7 maestros se encuentran laborando para el municipio, de los cuales la Profra. Ma. del Rosario Ruiz Cárdenas, Tesorera Municipal, no se encuentra relacionada dentro de la base de datos la Secretaría de Finanzas del Estado de Zacatecas como maestra comisionada al H. Ayuntamiento de Villa Hidalgo, Zac.

AF-10/56-037 Recomendación Se recomienda a la Administración Municipal resolver lo concerniente al cumplimiento de las funciones de la Profra. Ma. del Rosario Ruiz Cárdenas, en cuanto al desempeño de sus responsabilidades como Tesorera Municipal, ya que esta condición no la exime de cumplir con los preceptos de puntualidad y asistencia derivados de ejercer un cargo o comisión remunerados en el sector público, además de que dicha situación

Subsiste y por lo tanto no solventa, en virtud de que la Entidad Fiscalizada no presentó documentación ni manifestó conformidad al respecto a la recomendación realizada. Se reitera la Recomendación y se le dará seguimiento.

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Sin embargo, en visita de campo se pudo constatar que la mencionada realiza actividades en el ámbito de la docencia, en una institución educativa de la entidad, destinando para ello tiempo que pudiera considerarse dentro de la jornada de labores de la presidencia municipal afectando el buen desempeño de sus responsabilidades, situación que presumiblemente se refleja la falta de oportunidad en la presentación de los informes contables financieros a que le obliga la normatividad. Durante el proceso de aclaración al Acta de Confronta, el municipio de Villa Hidalgo, Zac., presentó oficio sin número, de fecha 20 de octubre de 2011, suscrito por el Profr. Víctor Manuel Yáñez Torres, Presidente Municipal, en el que señala: "Se hace la aclaración que el municipio de Villa Hidalgo solo cuenta con 6 maestros comisionados como se relaciona en la base de la SEFI del estado por lo que la profesora Ma. del Rosario Ruiz Cárdenas no se encuentra comisionada tan es así que no le afecta al municipio en los descuentos vía participaciones por lo que las condiciones de trabajo entre tesorera municipal y el municipio es del 100% aclarando nuevamente que no le está costando doble sueldo al ente auditado aun así esteremos al pendiente de lo que proponga el ente fiscalizador”.

presumiblemente se refleja la falta de oportunidad en la presentación de los informes contables financieros infringiendo diversas disposiciones normativas. Lo anterior, con fundamento en lo establecido en los artículos 5° fracciones I, II y XX de la Ley de Responsabilidades de los Servidores Púbicos del Estado y Municipios de Zacatecas; 93 y 96 de la Ley Orgánica del Municipio del Estado de Zacatecas.

AF-10/56-038 Solicitud de Intervención del Órgano Interno del Control Es necesario que la Contraloría Municipal, en el ámbito de su competencia, realice acciones de verificación tendientes al cumplimiento de los aspectos recomendados en el punto que antecede e informe de los resultados de su gestión a esta Auditoría Superior del Estado.

Subsiste y por lo tanto no solventa. Se reitera la solicitud de intervención del Órgano Interno de Control.

Resultado AF-25, Observación AF-24 Que corresponde a la Administración 2010-2013 Derivado de la revisión practicada al rubro 1000.-Servicios Personales, se llevó a cabo la comparación entre la nómina de personal correspondiente a la segunda quincena del mes de diciembre de 2010 y la Cédula de Autodeterminación de Cuotas Obrero-Patronales del Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) del mismo mes, observándose que el municipio cuenta con 149 trabajadores que no están afiliados a este sistema de seguridad social.

AF-10/56-039 Recomendación Se recomienda nuevamente a la Administración Municipal, afiliar a algún régimen de seguridad social a todos sus trabajadores, observando así lo previsto en el artículo 49 fracción XX en correlación con los artículos 12 fracción I y 15 fracción I de la Ley del Seguro Social. Se dará seguimiento en revisiones posteriores.

Subsiste y por lo tanto no solventa, en virtud de que la Entidad Fiscalizada no presentó documentación ni manifestó conformidad al respecto a la recomendación realizada. Se reitera la Recomendación y se le dará seguimiento.

AF-10/56-040 Solicitud de Intervención del Órgano Interno de Control Es necesario que la Contraloría Municipal, en el ámbito de su

Subsiste y por lo tanto no solventa. Se reitera la solicitud de intervención del Órgano Interno de Control.

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NORMATIVIDAD APLICABLE APEGO A LA NORMATIVIDAD APLICABLE

DETERMINACIÓN DE LA ENTIDAD DE FISCALIZACIÓN SUPERIOR ESTADO QUE GUARDA LA ACCIÓN PROMOVIDA RESULTADO / OBSERVACIÓN ACCIÓN PROMOVIDA

competencia, realice las acciones de verificación tendientes al cumplimiento de los aspectos recomendados anteriormente e informe de los resultados obtenidos a esta Auditoría Superior del Estado.

Resultado AF-26, Observación AF-25 Que corresponde a la Administración 2010-2013 De la revisión practicada al rubro de egresos, en específico a la cuenta de Servicios Personales, se observó que la entidad fiscalizada no cuenta con algún tabulador de sueldos autorizado por el H. Ayuntamiento, que le permita mantener un control adecuado de las percepciones que se asignarán a cada servidor público de la administración Municipal, dependiendo del puesto y función que le sean encomendados.

AF-10/56-041 Recomendación Se recomienda a la Administración Municipal actual, elaborar e implementar el Tabulador de Sueldos y Salarios en dónde se señalen las categorías que existen así como las percepciones que se le asigna a cada una de ellas, asimismo someterlo ante Cabildo para su correspondiente autorización. Lo anterior con fundamento en los artículos 49 fracción XVI en su último párrafo, 170 y 194 de la Ley Orgánica del Municipio del Estado de Zacatecas.

Subsiste y por lo tanto no solventa, en virtud de que la Entidad Fiscalizada no presentó documentación ni manifestó conformidad al respecto a la recomendación realizada. Se reitera la Recomendación y se le dará seguimiento.

AF-10/56-042 Solicitud de Intervención del Órgano Interno de Control Es necesario que la Contraloría Municipal, en el ámbito de su competencia, realice acciones de verificación tendientes al cumplimiento de los aspectos recomendados en el punto que antecede e informe de los resultados de su actuación a la Auditoría Superior del Estado.

Subsiste y por lo tanto no solventa. Se reitera la solicitud de intervención del Órgano Interno de Control.

Resultado AF-27, Observación AF-26 Que corresponde a la Administración 2010-2013 Como resultado de la revisión efectuada al H. Ayuntamiento de Villa Hidalgo, Zac., referente a combustibles, refacciones y mantenimiento de vehículos, se observó que el ente auditado no tiene establecidas políticas internas respecto al suministro de los mismos, debido a que no cuenta con bitácoras que le permitan llevar un estricto control de este rubro.

AF-10/56-043 Recomendación Se recomienda a la Administración Municipal actual, implementar medidas de control interno para el suministro de combustibles, refacciones y mantenimiento de vehículos, elaborando bitácoras por cada vehículo oficial, con el objeto de transparentar y optimizar el ejercicio de los recursos erogados por los conceptos antes mencionados. Lo anterior con fundamento en los artículos 78 fracción V, 92 fracción XVII y 155 de la Ley Orgánica del Municipio del Estado de Zacatecas.

Subsiste y por lo tanto no solventa, en virtud de que la Entidad Fiscalizada no presentó documentación ni manifestó conformidad al respecto a la recomendación realizada. Se reitera la Recomendación y se le dará seguimiento.

AF-10/56-044 Solicitud de Intervención del Órgano Interno de Control

Subsiste y por lo tanto no solventa. Se reitera la

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RESULTADO DEL PROCESO DE AUDITORÍA CUENTA PÚBLICA MUNICIPAL 2010

VILLA HIDALGO, ZAC.

CÓDIGO: PR-ST-TA-05-F01 No. REVISIÓN : 4

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Fecha de Autorización: 2010-12-03

INFORME DETALLADO:

CUMPLIMIENTO DE LA LEY DE INGRESOS, PRESUPUESTO DE EGRESOS Y ANÁLISIS DE DESVIACIONES PRESUPUESTALES, ASÍ COMO APEGO A LA

NORMATIVIDAD APLICABLE APEGO A LA NORMATIVIDAD APLICABLE

DETERMINACIÓN DE LA ENTIDAD DE FISCALIZACIÓN SUPERIOR ESTADO QUE GUARDA LA ACCIÓN PROMOVIDA RESULTADO / OBSERVACIÓN ACCIÓN PROMOVIDA

Es necesario que la Contraloría Municipal, en el ámbito de su competencia, realice las acciones de verificación tendientes al cumplimiento de los aspectos recomendados en el punto que antecede e informe de los resultados obtenidos a esta Auditoría Superior del Estado.

solicitud de intervención del Órgano Interno de Control.

Resultado AF-28, Observación AF-27 Que corresponde a la Administración 2010-2013 De la revisión practicada a los bienes muebles propiedad del municipio en visita de campo, se observó que el inventario de bienes muebles se encuentra desactualizado ya que los bienes adquiridos durante el ejercicio de 2010 no se incluyen en el mismo y los resguardos no coinciden con la ubicación física de cada bien, además de existir artículos que no cuentan con etiqueta ni resguardo.

AF-10/56-045 Recomendación Se recomienda a la Administración Municipal actual, realizar la actualización del inventario de los bienes muebles y verificar que coincida su ubicación física, agregando además etiquetas a cada uno de ellos que permita la identificación de los mismos y elaborando los resguardos correspondientes, siendo obligación del Síndico Municipal tener a su cargo el patrimonio del municipio, por lo que deberá vigilar que se cumpla con lo anterior participando en la elaboración de inventarios físicos semestrales conjuntamente con el Secretario de Gobierno Municipal. Lo anterior con fundamento en los artículos 78 fracción V, 92 fracción XVII, 155 y 156 de la Ley Orgánica del Municipio del Estado de Zacatecas.

Subsiste y por lo tanto no solventa, en virtud de que la Entidad Fiscalizada no presentó documentación ni manifestó conformidad al respecto a la recomendación realizada. Se reitera la Recomendación y se le dará seguimiento.

AF-10/56-046 Solicitud de Intervención del Órgano Interno de Control Es necesario que la Contraloría Municipal, en el ámbito de su competencia, verifique que se lleven a cabo acciones para etiquetar y actualizar el inventario de bienes muebles propiedad del municipio, e informe a la Auditoría Superior del Estado de los resultados obtenidos

Subsiste y por lo tanto no solventa. Se reitera la solicitud de intervención del Órgano Interno de Control.

Resultado AF-29, Observación AF-28 Que corresponde a la Administración 2010-2013 Con motivo de los trabajos de fiscalización relativos a la revisión a la Cuenta Pública Municipal 2010 del H. Ayuntamiento de Villa Hidalgo, Zacatecas, mediante oficio PL-02-

AF-10/56-047 Solicitud de Aclaración Se solicita a la Administración Municipal actual presente para efectos de revisión y validación por parte de este Ente Superior de Fiscalización, la documentación e información mencionada en la observación anterior.

No se solventa, y se deriva en una Recomendación.

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INFORME DETALLADO:

CUMPLIMIENTO DE LA LEY DE INGRESOS, PRESUPUESTO DE EGRESOS Y ANÁLISIS DE DESVIACIONES PRESUPUESTALES, ASÍ COMO APEGO A LA

NORMATIVIDAD APLICABLE APEGO A LA NORMATIVIDAD APLICABLE

DETERMINACIÓN DE LA ENTIDAD DE FISCALIZACIÓN SUPERIOR ESTADO QUE GUARDA LA ACCIÓN PROMOVIDA RESULTADO / OBSERVACIÓN ACCIÓN PROMOVIDA

07-0132/2011 se solicitó a la Administración Municipal presentar ante este Órgano de Fiscalización Superior la siguiente información, misma que no fue exhibida en su totalidad a esta Auditoría Superior del Estado para su revisión:

Relación de licencias de bebidas alcohólicas efectivamente pagadas.

Reporte diario de recaudación emitido por el sistema de Impuesto Predial.

Ingresos por concepto de Impuestos sobre Adquisición de Inmuebles.

De conformidad con los artículos 170 de la Ley Orgánica del Municipio del Estado de Zacatecas y Artículo 17 fracción X de la Ley de Fiscalización Superior del Estado de Zacatecas.

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INFORME DETALLADO: PROGRAMAS FEDERALES- REVISIÓN DOCUMENTAL

RAMO GENERAL 33 FONDO III (Fondo de Aportaciones para la Infraestructura Social Municipal)

DETERMINACIÓN DE LA ENTIDAD DE FISCALIZACIÓN SUPERIOR ESTADO QUE GUARDA LA ACCIÓN PROMOVIDA RESULTADO / OBSERVACIÓN ACCIÓN PROMOVIDA

El presupuesto total asignado al Fondo de Aportaciones para la Infraestructura Social Municipal en el ejercicio 2010 fue por el orden de $11´303,013.00, el cual fue distribuido de la siguiente manera: 95.00% para Infraestructura Básica de Obras por un importe de $10´737,863.00, 3.00% para Gastos Indirectos por $339,090.00 y el 2.00% restante por $226,060.00 para Desarrollo Institucional. Al 31 de diciembre del 2010 los recursos fueron aplicados y revisados documentalmente su totalidad. Además de los recursos ya citados, se recibió un monto de $6,514.00 derivado de Rendimientos Financieros del ejercicio anterior, los cuales no fueron ejercidos en el año sujeto a revisión. De la revisión documental al ejercicio de los recursos, se determinaron las observaciones que a continuación se indican:

Resultado PF-02, Observación PF-01 Que corresponde a la administración 2007-2010 El municipio aprobó recursos del Fondo III mediante el Consejo de Desarrollo Municipal por un monto de $3,169,720.00, relativo a 13 obras improcedentes, las cuales fueron ejercidas al 31 de diciembre de 2010, observando que dicha aplicación y ejecución infringe lo establecido en los artículos 33 y 49 fracción II de la Ley de Coordinación Fiscal, al no beneficiar a sectores de la población en condiciones de rezago social y pobreza extrema. Dichas obras se listan a continuación:

No. de Obra

Descripción Localidad Monto Aprobado/ Ejercido

S/N

CONSTRUCCIÓN DE LA CASA DEL PUEBLO 2da. ETAPA.

EL SOTOLILLO

$ 150,000.00

S/N

MANTENIMIENTO A EDIFICIOS Y ALUMBRADO PÚBLICO.

VARIAS 634,602.00

S/N TERMINACIÓN DE LA CASA DEL PUEBLO.

LA CERCA 100,000.00

S/N TERMINACIÓN DE LA CASA DEL PUEBLO.

SAN ANTONIO DEL BAJÍO

170,000.00

S/N TERMINACIÓN DE LA CASA DEL PUEBLO.

SAN GABRIEL 170,000.00

S/N CONSTRUCCIÓN DE LA CASA DEL PUEBLO.

SAN JOSÉ DE GRACIA

350,000.00

S/N REHABILITACIÓN DE LA CASA DEL PUEBLO.

SAN AGUSTÍN 11,923.00

S/N AMPLIACIÓN DE BOULEVARD SEGUNDA ETAPA.

VILLA HIDALGO

200,000.00

S/N CONSTRUCCIÓN DE DOMO DEL CBTA 138.

VILLA HIDALGO

430,000.00

S/N CONSTRUCCIÓN DE FACHADA EN ESCUELA PRIMARIA

EL FRAYLE 150,000.00

PF-10/56-001 Promoción para el Fincamiento de Responsabilidades Administrativas La Auditoría Superior del Estado, promoverá ante las autoridades competentes, el inicio y trámite del procedimiento conducente para que se apliquen una o más de las sanciones previstas en el artículo 44 de la Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos del Estado y Municipios de Zacatecas en vigor, a los C.C. Profr. Juan Delgado Martínez, Juan Manuel Cervantes Araujo e Iván Francisco Beltrán Garza, quienes se desempeñaron durante el periodo del 1º de enero al 15 de septiembre de 2010, del 1° de enero al 03 de febrero del 2010 y del 04 de febrero al 15 de septiembre de 2010 como Presidente Municipal y Directores de Desarrollo Económico y Social respectivamente, por haber ejercido recursos en 13 obras improcedentes por un monto total de $3,169,720.00, incumpliendo lo establecido en los artículos 33 y 49 fracción II de la Ley de Coordinación Fiscal, así como las obligaciones inherentes a su cargo, previstas en la Ley Orgánica del Municipio y el artículo 5 de la Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos del Estado y Municipios de Zacatecas.

Esta acción se promoverá ante las autoridades correspondientes según sea el caso, siendo estas la Legislatura del Estado o la Contraloría Interna de Gobierno del Estado.

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RAMO GENERAL 33 FONDO III (Fondo de Aportaciones para la Infraestructura Social Municipal)

DETERMINACIÓN DE LA ENTIDAD DE FISCALIZACIÓN SUPERIOR ESTADO QUE GUARDA LA ACCIÓN PROMOVIDA RESULTADO / OBSERVACIÓN ACCIÓN PROMOVIDA

Y CAPILLA.

S/N CONSTRUCCIÓN DE KIOSKO, JARDÍN Y CAMPANARIO.

EL MAGUEY 100,248.00

S/N

INFRAESTRUCTURA BÁSICA EDUCATIVA (REHABILITACIÓN VARIAS ESCUELAS Y CASAS DE PUEBLO).

VARIAS 402,947.00

S/N

TERMINACIÓN DE DOS OFICINAS DE SUPERVISIÓN NIVEL PREESCOLAR.

VILLA HIDALGO

300,000.00

TOTAL $3,169,720.00

Cabe señalar que las obras antes señaladas fueron ejecutadas en su totalidad según el Informe de Avance Físico Financiero al 31 de diciembre de 2010.

Resultado PF-03, Observación PF-02 Que corresponde a la administración 2007-2010 Con recursos del Fondo III dentro del rubro de Gastos Indirectos, el municipio realizó erogación de la cuenta bancaria 0170660426 de BBVA Bancomer, S.A. mediante transferencia a la cuenta número 0157536488 de BBVA Bancomer, S.A. de Gasto Corriente de fecha 19/07/2010 por la cantidad de $114,506.00, constatándose en la revisión documental del expediente unitario que dicha acción se destinó para pagar la nómina de sueldos del personal administrativo de la Dirección de Desarrollo Económico y Social. De lo anterior, el municipio presentó oficio sin número de fecha 17/10/2011 en el que señala que ...."la acción que se realizó fue de separar de la nómina de Gasto Corriente del personal operativo de la Presidencia Municipal el pago al personal del departamento de Desarrollo Económico, por la razón de que los recursos que le llegan al municipio para este concepto son muy limitados"…. No obstante lo expuesto por el municipio, se corroboró el depósito de dichos recursos a la cuenta de Gasto Corriente, constatándose

PF-10/56-002 Promoción para el Fincamiento de Responsabilidades Administrativas La Auditoría Superior del Estado, promoverá ante las autoridades competentes, el inicio y trámite del procedimiento conducente para que se apliquen una o más de las sanciones previstas en el artículo 44 de la Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos del Estado y Municipios de Zacatecas en vigor, a los C.C. Profr. Juan Delgado Martínez y Profr. Gustavo Morales Chávez, quienes se desempeñaron durante el periodo del 1º de enero al 15 de septiembre de 2010 como Presidente y Tesoreros Municipales respectivamente, por haber transferido recursos de la cuenta de Fondo III 2010 a la cuenta de Gasto Corriente, incumpliendo lo establecido en los artículos 33 y 49 de la Ley de Coordinación Fiscal, así como las obligaciones inherentes a su cargo, previstas en la Ley Orgánica del Municipio y el artículo 5 de la Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos del Estado y Municipios de Zacatecas.

Esta acción se promoverá ante las autoridades correspondientes según sea el caso, siendo estas la Legislatura del Estado o la Contraloría Interna de Gobierno del Estado.

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RAMO GENERAL 33 FONDO III (Fondo de Aportaciones para la Infraestructura Social Municipal)

DETERMINACIÓN DE LA ENTIDAD DE FISCALIZACIÓN SUPERIOR ESTADO QUE GUARDA LA ACCIÓN PROMOVIDA RESULTADO / OBSERVACIÓN ACCIÓN PROMOVIDA

que el municipio no exhibió el reintegro de los mismos a la cuenta de Fondo III.

Resultado PF-04, Observación PF-03 Que corresponde a la administración 2007-2010

De la obra denominada “Infraestructura Básica de Salud, rehabilitación de varias casas de salud, en diferentes comunidades”, se expidió de la cuenta bancaria número 00170660426 de BBVA Bancomer, S.A. de Fondo III 2010, el cheque número 52 de fecha 20/05/2010 a nombre de Materiales Rodríguez Báez, S.A. de C.V. por $11,100.00, amparado con la factura número 24229 de fecha 20/05/2010 del citado proveedor por el importe antes citado por concepto de suministro de 88 varillas, de las cuales no se exhiben elementos probatorios de la entrega a los representantes de los Centros de Salud, así como evidencia documental de su aplicación en la obra antes referida.

Asimismo, se adquirieron 76 cubetas de pintura según factura número 20703 expedida por el proveedor Pinturas Felser, S.A. de C.V., pagadas con el cheque número 102 de fecha 12 de agosto de 2010 por un importe de $75,054.56, presentando recibos simples de la Presidencia Municipal, en los cuales se especifica el número de latas de pintura otorgados, firmados de recibido por los beneficiarios y anexando copia de identificación oficial de los mismos, sin embargo no se exhibe evidencia documental por la aplicación de la pintura en los diferentes Centros de Salud debiendo presentar entre otros: bitácoras y/o números generadores de obra por metro cuadrado, reportes fotográficos y actas de entrega recepción por la aplicación de la misma, dando certeza de la correcta aplicación de los recursos erogados.

De lo anterior, el municipio presenta oficio sin número de fecha 17/10/2011 suscrito por

PF-10/56-003 Solicitud de Aclaración

Se solicita a la Administración Municipal 2007-2010 aclare las erogaciones hechas por un monto de $11,100.00 correspondientes a la expedición del cheque número 52 de fecha 20 de mayo de 2010 de la cuenta bancaria número 00170660426 de BBVA Bancomer, S.A. de Fondo III 2010, a nombre de Materiales Rodríguez Báez S.A. de C.V., debiendo exhibir elementos probatorios de la entrega de 88 varillas referidas en la factura número 24229 expedida por el citado proveedor, así como evidencia documental de su aplicación en la obra “Infraestructura Básica de Salud, rehabilitación de varias casas de salud, en diferentes comunidades”. Lo anterior con fundamento en los artículos 17 fracción XIV y 39 de la Ley de Fiscalización Superior del Estado de Zacatecas, 74 fracción III, V y XII, 97, 99 fracción VI y 186 de la Ley Orgánica del Municipio del Estado de Zacatecas, y 46 de la Ley de Coordinación Fiscal.

No se solventa, y se deriva en una promoción para el Fincamiento de Responsabilidades Administrativas.

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DETERMINACIÓN DE LA ENTIDAD DE FISCALIZACIÓN SUPERIOR ESTADO QUE GUARDA LA ACCIÓN PROMOVIDA RESULTADO / OBSERVACIÓN ACCIÓN PROMOVIDA

el C. Francisco Iván Beltrán Garza, Ex Director de Desarrollo Económico y Social en el que señala: ...."que la entrega de material (pintura) fue a los encargados de los centros de salud o autoridades de las comunidades en base a solicitud firmada, marcando en los recibos el número de cubetas entregadas y recibidas respectivamente, el costo de la mano de obra y otros materiales para su aplicación sería cubierto por los centros de salud, desconociéndose el tiempo en que dichos centros hayan aplicado la pintura"....

Por lo que se refiere a las 88 varillas sólo manifiesta que ...."40 fueron aplicadas y/o colocadas en el centro de salud de la comunidad El Fraile para construcción de techo en ampliación del establecimiento"....

De lo anterior, el municipio debió dar el seguimiento correspondiente a la aplicación de los materiales entregados, con el fin de evidenciar la correcta aplicación de los recursos.

Resultado PF-05, Observación PF-04 Que corresponde a la administración 2007-2010 De la obra sin número denominada “Equipamiento de pozo eléctrico mecánico, en Villa Hidalgo”, se programaron recursos por importe de $132,717.00 convenidos con CEAPA, para lo cual el municipio expidió el cheque número 04 de fecha 26 de febrero de 2010 a nombre de la Secretaría de Finanzas, de la cuenta bancaria número 0170660426 de BBVA Bancomer, S.A. de Fondo III 2010, por la cantidad referida, soportado documentalmente con recibo oficial de la Secretaría de Finanzas número 4683100, de los cuales según manifestación del municipio dicha obra no fue ejecutada, por lo que los recursos aportados por la Administración no fueron solicitados para su reintegro a la cuenta bancaria operativa del Fondo III 2010, debiendo realizar el municipio los trámites necesarios para dicho

PF-10/56-004 Recomendación Se recomienda a la Administración Municipal actual, que en el caso de aportaciones convenidas con otras Dependencias se dé el seguimiento necesario hasta la ejecución y/o conclusión de las obras y/o acciones aprobadas para su entrega al Municipio conforme a los Convenios celebrados, en el caso de la obra “Equipamiento de pozo eléctrico mecánico, en Villa Hidalgo” la cual fue cancelada, se realicen los trámites necesarios ante la Secretaría de Finanzas para solicitar el reintegro de los recursos aportados, para su inmediata reprogramación en obras y/o acciones autorizadas dentro del Fondo III con la respectiva aprobación del Consejo de Desarrollo Municipal.

Subsiste y por lo tanto no solventa, en virtud de que la Entidad Fiscalizada no presentó documentación ni manifestó conformidad al respecto a la recomendación realizada. Se reitera la Recomendación y se le dará seguimiento.

PF-10/56-005 Solicitud de Intervención del Órgano Interno de Control Es necesario que la Contraloría Municipal, en el ámbito de su competencia, realice las acciones

Subsiste y por lo tanto no solventa. Se reitera la solicitud de intervención del Órgano

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DETERMINACIÓN DE LA ENTIDAD DE FISCALIZACIÓN SUPERIOR ESTADO QUE GUARDA LA ACCIÓN PROMOVIDA RESULTADO / OBSERVACIÓN ACCIÓN PROMOVIDA

reintegro y reprogramación en obras y/o acciones autorizadas del Fondo III, con la respectiva aprobación del Consejo de Desarrollo Municipal.

de verificación tendientes al cumplimiento de los aspectos recomendados en el punto que antecede, e informe de los resultados obtenidos a esta Auditoría Superior del Estado.

Interno de Control.

Resultado PF-06, Observación PF-05 Que corresponde a la administración 2007-2010

Con recursos del Fondo III 2010 dentro del rubro de Gastos Indirectos, el municipio realizó erogaciones por concepto de “Viáticos y reuniones de consejeros, comisiones del personal del departamento de Desarrollo Económico y Social por diferentes traslados y Adquisición de combustible”, exhibiendo la documentación financiera como soporte documental, sin embargo no presentan Pliegos de Comisión que justifiquen los viáticos pagados, ni bitácoras y vales de consumo de combustible que contengan: cantidad, kilometraje de inicio y final de cada salida, lugar y motivo de la comisión, así como los datos de los vehículos oficiales y firma de la persona quien solicita y del funcionario municipal que autoriza.

PF-10/56-006 Recomendación Se recomienda a la Administración Municipal actual que en lo sucesivo, y en lo que se refiere a las erogaciones por concepto de comisiones y suministro de combustible efectuadas con recursos del Fondo III, se implementen medidas de control interno de manera que se elaboren los pliegos de comisión y bitácoras y vales de combustible, las cuales deben ser requisitadas en su totalidad, conteniendo: nombre de la persona comisionada, destino de la comisión, importe de los viáticos, en el caso de los primeros; y en lo que se refiere a los segundos, cantidad de combustible, kilometraje al inicio y al final de cada salida, lugar y motivo de la comisión, con datos de identificación de los vehículos oficiales, además de estar firmadas por quien solicita y por el funcionario municipal que autoriza el suministro del mismo. Lo anterior con la finalidad de transparentar el ejercicio de los recursos y el uso del combustible en actividades propias del municipio.

Subsiste y por lo tanto no solventa, en virtud de que la Entidad Fiscalizada no presentó documentación ni manifestó conformidad al respecto a la recomendación realizada. Se reitera la Recomendación y se le dará seguimiento.

PF-10/56-007 Solicitud de Intervención del Órgano Interno de Control Es necesario que la Contraloría Municipal, en el ámbito de su competencia, realice las acciones de verificación tendientes al cumplimiento de los aspectos recomendados en el punto que antecede, e informe de los resultados obtenidos a esta Auditoría Superior del Estado.

Subsiste y por lo tanto no solventa. Se reitera la solicitud de intervención del Órgano Interno de Control.

Resultado PF-07, Observación PF-06 Que corresponde a la administración 2007-2010

Con recursos del Fondo III 2010 dentro del rubro de Gastos Indirectos, el municipio realizó erogaciones por concepto de “Conservación y mantenimiento de equipo de transporte”, exhibiendo la documentación comprobatoria respectiva, sin embargo no presentan evidencia documental de los

PF-10/56-008 Recomendación Se recomienda a la Administración Municipal actual que en lo sucesivo, y por lo que se refiere a las erogaciones por concepto de mantenimiento a los vehículos propiedad del municipio efectuadas con recursos del Fondo III, se implementen medidas de control interno, de manera que se integre evidencia documental de los trabajos realizados por el mantenimiento a la maquinaria y a los vehículos oficiales en la que se indique entre

Subsiste y por lo tanto no solventa, en virtud de que la Entidad Fiscalizada no presentó documentación ni manifestó conformidad al respecto a la recomendación realizada. Se reitera la Recomendación y se le dará seguimiento.

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RESULTADO DEL PROCESO DE AUDITORÍA CUENTA PÚBLICA MUNICIPAL 2010

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INFORME DETALLADO: PROGRAMAS FEDERALES- REVISIÓN DOCUMENTAL

RAMO GENERAL 33 FONDO III (Fondo de Aportaciones para la Infraestructura Social Municipal)

DETERMINACIÓN DE LA ENTIDAD DE FISCALIZACIÓN SUPERIOR ESTADO QUE GUARDA LA ACCIÓN PROMOVIDA RESULTADO / OBSERVACIÓN ACCIÓN PROMOVIDA

trabajos realizados por el mantenimiento realizado a la maquinaria y vehículos oficiales, en la que se indique entre otros: área de adscripción, características de la maquinaria y/o vehículos, tipo de trabajo realizado y nombres y firmas de los Responsables Municipales de los mismos y de Funcionarios Municipales que autorizan.

otros: área de adscripción, características de la maquinaria y/o vehículos, tipo de trabajo realizado y nombres y firmas de los Responsables de los mismos y de Funcionarios Municipales que autorizan. Lo anterior con el fin de transparentar el ejercicio de los recursos en actividades propias del municipio.

PF-10/56-009 Solicitud de Intervención del Órgano Interno de Control Es necesario que la Contraloría Municipal, en el ámbito de su competencia, realice las acciones de verificación tendientes al cumplimiento de los aspectos recomendados en el punto que antecede, e informe de los resultados obtenidos a esta Auditoría Superior del Estado.

Subsiste y por lo tanto no solventa. Se reitera la solicitud de intervención del Órgano Interno de Control.

Resultado PF-08, Observación PF-07 Que corresponde a la administración 2007-2010

De la obra denominada “Mantenimiento a edificios y alumbrado público, en diferentes comunidades”, se realizaron erogaciones mediante transferencias bancarias de la cuenta número 00170660426 de BBVA Bancomer, S.A. de Fondo III 2010, de fechas 21/04, 12/05 y 20/08 del 2010 a nombre del proveedor Marco Antonio Correa Chacón por $63,652.55, $80,000.00 y $91,206.90, totalizando un monto de $234,859.45, soportadas con diversas facturas a nombre del citado proveedor por concepto de suministro de material eléctrico, del cual el municipio no exhibe evidencia documental por la aplicación del material entre otros: relación de calles en las cuales se colocó el mismo, bitácoras de obra, reportes fotográficos y actas de entrega recepción que evidencien la correcta aplicación de los recursos.

De lo anterior, el municipio presenta oficio sin número de fecha 17/10/2011 firmado por el C. Francisco Iván Beltrán Garza, Ex Director de Desarrollo Económico y Social en el que señala: ...."que se realizó la adquisición de material eléctrico con la

PF-10/56-010 Solicitud de Aclaración Se solicita la Administración Municipal 2007-2010 aclare las erogaciones realizadas por un monto de $234,859.45 correspondientes a las transferencias bancarias realizadas de la cuenta número 00170660426 de BBVA Bancomer, S.A. de Fondo III 2010, a la cuenta del proveedor Marco Antonio Correa Chacón, por concepto de suministro de material eléctrico relacionado en las facturas números 12928, 12929, 12933, 12934 y 13113, de lo cual deberá exhibir evidencia documental que justifique la aplicación del mismo, consistente en: relación de calles en las cuales se colocó el mismo, bitácoras de obra, reportes fotográficos y actas de entrega recepción que evidencien la correcta aplicación de los recursos. Lo anterior con fundamento en los artículos 17 fracción XIV y 39 de la Ley de Fiscalización Superior del Estado de Zacatecas, 74 fracción III, V y XII, 97, 99 fracción VI y 186 de la Ley Orgánica del Municipio del Estado de Zacatecas, y 46 de la Ley de Coordinación Fiscal.

No se solventa, y se deriva en una promoción para el Fincamiento de Responsabilidades Administrativas.

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finalidad de dar mantenimiento al sistema de alumbrado público a las 32 comunidades del municipio incluyendo la cabecera municipal en el periodo de enero a septiembre del 2010, siendo el departamento de Obras Públicas del municipio el encargado directo de la colocación del material adquirido y pagado"….

Resultado PF-09, Observación PF-08 Que corresponde a la administración 2007-2010

De la obra denominada “Infraestructura Básica Educativa, rehabilitación de varias Instituciones Educativas y Casas del Pueblo”, mediante las erogaciones realizadas con cheque número 101 del 12 de agosto de 2010 por $95,024.00, transferencia electrónica de fecha 13 de abril de 2010 por $200,000.00 y transferencia electrónica de fecha 10 de mayo de 2010 por $100,000.00, se adquirieron 400 cubetas de pintura con el proveedor Pinturas Felser S.A. de C.V., soportando financieramente la erogación realizada con facturas 20702, 20456 y 20523 por los montos mencionados respectivamente, de los cuales presenta como evidencia recibos simples de la Presidencia Municipal, en los cuales se especifica el número de latas de pintura otorgados, firmados de recibido por los beneficiarios y anexando copia de identificación oficial de los mismos, sin embargo no se exhibe evidencia documental por la aplicación de la pintura en las diferentes Instituciones Educativas y Casas de Pueblo, debiendo presentar entre otros: bitácoras y/o números generadores de obra por metro cuadrado, reportes fotográficos y actas de entrega recepción por la aplicación de la misma, dando certeza de la correcta aplicación de los recursos erogados.

PF-10/56-011 Solicitud de Aclaración Se solicita a la Administración Municipal 2007-2010, que para efectos de aclaración de las erogaciones realizadas por un monto de $395,024.00 para la adquisición de 400 cubetas de pintura, presente ante este fiscalizador evidencia documental suficiente y competente que justifique la aplicación y colocación de los materiales adquiridos para Apoyos de Rehabilitación de Instituciones Educativas y Casa de Pueblo, integrando a los expedientes unitarios además de la documentación comprobatoria del gasto, bitácora y/o números generadores de obra por metro cuadrado, reportes fotográficos y actas de entrega recepción por los trabajos realizados, que evidencien el término de los mantenimientos realizados, demostrando la correcta aplicación de los recursos.

No se solventa, y se deriva en una promoción para el Fincamiento de Responsabilidades Administrativas.

Resultado PF-10, Observación PF-09 Que corresponde a la administración

PF-10/56-012 Solicitud de Aclaración Se solicita a la Administración Municipal 2007-

No se solventa, y se deriva en una promoción

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2007-2010

Con recurso del Fondo III se aprobó la obra denominada “Pavimentación y bacheo de calles en diferentes localidades”, de la cual se realizó la revisión documental del expediente unitario, corroborando que el municipio presentó vales por la entrega de material para apoyos a la Vivienda y para construcción y rehabilitación de Canchas Deportivas en Escuelas Primarias y Telesecundarias, por lo que existe incongruencia respecto a los conceptos ejecutados, sin que el municipio aclara dicha situación. Asimismo de los apoyos otorgados para Viviendas e Instituciones Educativas, el municipio no exhibe solicitudes de apoyo debidamente requisitados, así como evidencia de la recepción de los mismos por los Directores de las Instituciones Educativas.

De lo anterior se detectaron las siguientes erogaciones: Cheque 088 de fecha 6 de agosto de 2010 por $40,000.00, y cheque 031 de fecha 14 de abril de 2010 por $150,000.00 ambos a nombre de Cinthya Bereice Gómez Alvarado amparados con las facturas 0275 y 0249 del proveedor en comento por los mismos montos; asimismo trasferencia electrónica de fecha 10 de septiembre de 2010 por $210,000.00 a favor del proveedor Materiales Rodríguez Baez, amparado con factura 24839 por el mismo importe.

2010 que para efectos de aclaración presente ante esta Auditoría Superior del Estado la evidencia documental suficiente y competente que justifique las erogaciones realizadas por la cantidad de $400,000.00 destinados a otorgar apoyos para el Mejoramiento de Vivienda y Planteles Educativos, debiendo anexar al expediente unitario, la documentación comprobatoria soporte de las erogaciones, así como las solicitudes de apoyo debidamente requisitadas y evidencia de la recepción de los mismos por los Directores de las Instituciones Educativas. Asimismo se cumpla con la ejecución de las obras y/o acciones inicialmente programadas, en el caso de realizar modificaciones a las mismas sean con la previa autorización del Consejo de Desarrollo Municipal, con el objeto de lograr una óptima administración de los recursos.

para el Fincamiento de Responsabilidades Administrativas.

Resultado PF-11, Observación PF-10 Que corresponde a la administración 2007-2010 Derivado del análisis al flujo de efectivo realizado a la cuenta bancaria del Fondo III número 165135885 de BBVA Bancomer, S.A., de recursos 2009 ejercidos en 2010 y con base en el Sistema Automatizado de Contabilidad Gubernamental (SACG), se determinaron erogaciones por el orden total de $797,752.71 sin presentar pólizas cheque ni el soporte documental

PF-10/56-013 Pliego de Observaciones La Auditoría Superior del Estado emitirá Pliego de Observaciones por un monto de $797,752.71 correspondiente a la expedición de los cheques que se detallan en el Resultado que antecede, de la cuenta bancaria número 165135885 de BBVA Bancomer, S.A., de recursos 2009 ejercidos en 2010, de los cuales no se exhiben las pólizas cheque ni el soporte documental que justifique el destino y aplicación de los recursos erogados. Lo anterior con fundamento en los artículos 17

Se solventa.

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correspondiente que permita corroborar el destino y aplicación de los recursos erogados. El detalle de lo anterior, se lista a continuación:

FECHA NO. CHEQUE

BENEFICIARIO(A) IMPORTE

26/02/2010

136 SECRETARÍA DE FINANZAS

$ 160,000.00

26/02/2010

138 MUNICIPIO DE VILLA HIDALGO, ZAC.

250,000.00

26/02/2010

140 MATERIALES RODRÍGUEZ BAEZ S.A. DE C.V.

37,752.71

11/03/2010

142 OFELIA MUÑOZ ZAMORA

234,000.00

02/07/2010

144 116,000.00

TOTAL $ 797,752.71

fracción XIV y 39 de la Ley de Fiscalización Superior del Estado de Zacatecas, 74 fracción III, V y XII, 93 fracción IV, 96 fracción I, 97, 99 fracción VI y 186 de la Ley Orgánica del Municipio, 33 y 49 de la Ley de Coordinación Fiscal. Por lo tanto se determina como responsables a los CC. Juan Delgado Martínez, Profr. Gustavo Morales Chávez e Iván Francisco Beltrán Garza, quienes se desempeñaron como Presidente y Tesorero Municipales y Director de Desarrollo Económico y Social respectivamente, durante el periodo del 1º de enero al 15 de septiembre de 2010 los dos primeros y del 04 de febrero al 15 de septiembre de 2010 el último, en su carácter de Responsables Directos y Subsidiario el primero citado.

Resultado PF-12, Observación PF-11 Que corresponde a las administraciones 2007-2010 y 2010-2013

Al cotejar los auxiliares contables del Sistema Automatizado de Contabilidad Gubernamental (SACG) con los Informes Físico Financieros del Fondo III, del ejercicio fiscal 2010, se detectó incongruencia entre la información exhibida por las Direcciones de Tesorería y Desarrollo Económico y Social, lo que no permite tener información, veraz, confiable y oportuna en el ejercicio de los recursos y en la toma de decisiones del municipio.

PF-10/56-014 Recomendación Se recomienda a la Administración Municipal actual que para efectos de presentar ante la Auditoría Superior del Estado los Informes Físico Financieros del Fondo III, se registren cifras y datos reales y precisos derivados de la conciliación periódica de información de las Direcciones de Tesorería y Desarrollo Económico y Social, de manera que se tenga confiabilidad en la información emitida necesaria para la toma de decisiones

Subsiste y por lo tanto no solventa, en virtud de que la Entidad Fiscalizada no presentó documentación ni manifestó conformidad al respecto a la recomendación realizada. Se reitera la Recomendación y se le dará seguimiento.

PF-10/56-015 Solicitud de Intervención del Órgano Interno de Control Es necesario que la Contraloría Municipal, en el ámbito de su competencia, realice las acciones de verificación tendientes al cumplimiento de los aspectos recomendados en el punto que antecede, e informe de los resultados obtenidos a esta Auditoría Superior del Estado.

Subsiste y por lo tanto no solventa. Se reitera la solicitud de intervención del Órgano Interno de Control.

Resultado PF-13, Observación PF-12 Que corresponde a las administraciones 2007-2010 y 2010-2013

Derivado de la revisión al Control Interno del municipio se detectaron las irregularidades que se detallan a continuación:

PF-10/56-016 Recomendación Se recomienda a la Administración Municipal actual que las diferentes áreas principales de la Administración, se coordinen para efecto de medir, vigilar y corroborar el cumplimiento de las metas, objetivos, actividades y resultados programados en la aplicación y ejecución de

Subsiste y por lo tanto no solventa, en virtud de que la Entidad Fiscalizada no presentó documentación ni manifestó conformidad al respecto a la

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DETERMINACIÓN DE LA ENTIDAD DE FISCALIZACIÓN SUPERIOR ESTADO QUE GUARDA LA ACCIÓN PROMOVIDA RESULTADO / OBSERVACIÓN ACCIÓN PROMOVIDA

- Las principales áreas de la

Administración no se coordinan periódicamente para efecto de medir, vigilar y corroborar el cumplimiento de las actividades del municipio, por lo que se presentan diferencias en los resultados obtenidos correspondientes.

- No se cumplen las metas y objetivos

de los Fondos Federales, ya que no se cuenta con una coordinación efectiva y oportuna en las diferentes Direcciones del municipio.

- Se realizan transferencias bancarias

a otras cuentas del municipio lo que no permite el cumplimiento de las metas y objetivos en tiempo y forma, ni la ejecución de la totalidad de las obras y acciones programadas.

El desempeño de las funciones de los titulares de las Direcciones no se cumple conforme lo marca la Ley Orgánica del Municipio del Estado de Zacatecas, lo que debilita a la Administración Municipal, así como los Avances Físicos y Financieros de las obras y acciones programadas.

los recursos de los Fondos Federales, asimismo desempeñen sus funciones los Titulares de las Direcciones conforme a la Ley Orgánica del Municipio del Estado de Zacatecas, de manera que se presente en tiempo y forma la información relativa a la administración de los recursos, así como el cumplimiento de las metas y objetivos y los Avances Físicos y Financieros de las obras y acciones programadas.

recomendación realizada. Se reitera la Recomendación y se le dará seguimiento.

PF-10/56-017 Solicitud de Intervención del Órgano Interno de Control Es necesario que la Contraloría Municipal, en el ámbito de su competencia, realice las acciones de verificación tendientes al cumplimiento de los aspectos recomendados en el punto que antecede, e informe de los resultados obtenidos a esta Auditoría Superior del Estado.

Subsiste y por lo tanto no solventa. Se reitera la solicitud de intervención del Órgano Interno de Control.

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FONDO IV (Fondo de Aportaciones para el Fortalecimiento Municipal)

DETERMINACIÓN DE LA ENTIDAD DE FISCALIZACIÓN SUPERIOR ESTADO QUE GUARDA LA ACCIÓN PROMOVIDA RESULTADO / OBSERVACIÓN ACCIÓN PROMOVIDA

Por lo que respecta a los recursos asignados al Fondo de Aportaciones para el Fortalecimiento Municipal por el orden de $6´828,078.00, los cuales fueron destinados en un 94.18% al rubro de Obligaciones Financieras por $6´430,964.00, 0.27% a Seguridad Pública por $18,280.00, 0.92% a Infraestructura Básica de Obras por $62,500.00 y el 4.63% restante para Adquisiciones por $316,334.00. Al 31 de diciembre del 2010 los recursos fueron aplicados en un 97.22% y revisados documentalmente al 100.00% de lo ejercido. Es conveniente señalar que además de los recursos ya mencionados, se recibieron Rendimientos Financieros del ejercicio anterior por el orden de $3,563.00, los cuales no fueron ejercidos en el año sujeto a revisión. De la revisión documental al ejercicio de los recursos, se determinaron las observaciones que a continuación se indican:

Resultado PF-14, Observación PF-13 Que corresponde a la administración 2007-2010 Del Fondo IV 2010 dentro del rubro de Obligaciones Financieras se aprobó la acción denominada “Liquidación por terminación laboral a personal de base”, de la cual se erogaron recursos por un monto de $40,000.00 de los cuales el municipio expidió de la cuenta bancaria número 0170660612 de BBVA Bancomer, S.A. de Fondo IV 2010, el cheque número 32 de fecha 01/07/2010 por la misma cantidad, a nombre de Juan Manuel Cervantes Araujo, Director de Desarrollo Económico y Social, por el periodo del 1º de enero al 03 de febrero de 2010, del cual no se presenta soporte documental que ampare la erogación realizada.

PF-10/56-018 Pliego de Observaciones La Auditoría Superior del Estado emitirá Pliego de Observaciones por un monto de $40,000.00 correspondiente a la expedición del cheque número 32 de la cuenta bancaria número 0170660612 de BBVA Bancomer, S.A. de Fondo IV 2010, a nombre de Juan Manuel Cervantes Araujo, Director de Desarrollo Económico y Social por el periodo del 1º de enero al 03 de febrero de 2010, del cual no se presenta soporte documental que ampare la erogación realizada. Lo anterior con fundamento en los artículos 17 fracción XIV y 39 de la Ley de Fiscalización Superior del Estado de Zacatecas, 74 fracción III, V y XII, 93 fracción IV, 96 fracción I y 186 de la Ley Orgánica del Municipio, 37 y 49 de la Ley de Coordinación Fiscal. Por lo tanto se determina como responsables a los CC. Profr. Juan Delgado Martínez y Profr. Gustavo Morales Chávez, quienes se desempeñaron como

Se solventa.

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FONDO IV (Fondo de Aportaciones para el Fortalecimiento Municipal)

DETERMINACIÓN DE LA ENTIDAD DE FISCALIZACIÓN SUPERIOR ESTADO QUE GUARDA LA ACCIÓN PROMOVIDA RESULTADO / OBSERVACIÓN ACCIÓN PROMOVIDA

Presidente y Tesorero Municipales respectivamente, durante el periodo del 1º de enero al 15 de septiembre de 2010, en su carácter de Responsables Directo y Subsidiario el primero citado.

Resultado PF-15, Observación PF-14 Que corresponde a la administración 2007-2010

Con recursos del Fondo IV 2010 dentro del rubro de Obligaciones Financieras, el municipio realizó erogaciones por concepto de “Pago a diversos proveedores, adquisición de combustible (gasolina) para vehículos de la Presidencia”, exhibiendo la documentación financiera soporte, sin embargo no presentan bitácoras y vales de consumo que contengan: cantidad, kilometraje de inicio y final de cada salida, lugar y motivo de la comisión, así como las caracterísitcas de los vehículos oficiales y firma de la persona quien solicita y del funcionario municipal que autoriza.

PF-10/56-019 Recomendación Se recomienda a la Administración Municipal actual que en lo sucesivo, y por lo que se refiere a las erogaciones por concepto de combustible efectuadas con recursos del Fondo IV se implementen medidas de control interno de manera que se elaboren las bitácoras y/o vales, los cuales deben ser requisitados en su totalidad, conteniendo: cantidad, kilometraje al inicio y al final de cada salida, lugar y motivo de la comisión, con datos de identificación de los vehículos a los que son destinados, además de estar firmadas por quien solicita y por el funcionario municipal que autoriza el suministro del mismo. Lo anterior con el fin de transparentar el ejercicio de los recursos y uso del combustible en actividades propias del municipio.

Subsiste y por lo tanto no solventa, en virtud de que la Entidad Fiscalizada no presentó documentación ni manifestó conformidad al respecto a la recomendación realizada. Se reitera la Recomendación y se le dará seguimiento.

PF-10/56-020 Solicitud de Intervención del Órgano Interno de Control Es necesario que la Contraloría Municipal, en el ámbito de su competencia, realice las acciones de verificación tendientes al cumplimiento de los aspectos recomendados en el punto

Subsiste y por lo tanto no solventa. Se reitera la solicitud de intervención del Órgano Interno de Control.

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FONDO IV (Fondo de Aportaciones para el Fortalecimiento Municipal)

DETERMINACIÓN DE LA ENTIDAD DE FISCALIZACIÓN SUPERIOR ESTADO QUE GUARDA LA ACCIÓN PROMOVIDA RESULTADO / OBSERVACIÓN ACCIÓN PROMOVIDA

que antecede, e informe de los resultados obtenidos a esta Auditoría Superior del Estado.

Resultado PF-16, Observación PF-15 Que corresponde a la administración 2007-2010 Del rubro de Obligaciones Financieras con recursos del Fondo IV 2010, se aprobó la acción denominada “Préstamo a personal”, erogándose recursos por un monto de $40,000.00 de los cuales el municipio expidió de la cuenta bancaria número 0170660612 de BBVA Bancomer, S.A. de Fondo IV 2010, el cheque número 25 de fecha 01/06/2010 por la misma cantidad, a nombre del C. Gustavo Morales Chávez, Tesorero Municipal, del cual no se presenta soporte documental que ampare la erogación realizada.

PF-10/56-021 Pliego de Observaciones La Auditoría Superior del Estado emitirá Pliego de Observaciones por un monto de $40,000.00 correspondiente a la expedición del cheque número 25 01 de junio de 2010 de la cuenta bancaria número 0170660612 de BBVA Bancomer, S.A. de Fondo IV, a nombre del C. Gustavo Morales Chávez, Tesorero Municipal, del cual no se presenta soporte documental que ampare la erogación realizada. Lo anterior con fundamento en los artículos 17 fracción XIV y 39 de la Ley de Fiscalización Superior del Estado de Zacatecas, 74 fracción III, V y XII, 93 fracción IV, 96 fracción I, y 186 de la Ley Orgánica del Municipio, 37 y 49 de la Ley de Coordinación Fiscal. Por lo tanto se determina como responsables a los CC. Juan Delgado Martínez y Profr. Gustavo Morales Chávez, quienes se desempeñaron como Presidente y Tesorero Municipales respectivamente, durante el periodo del 1º de enero al 15 de septiembre de 2010, en su carácter de Responsable Directo y Subsidiario el primero citado.

No solventa, por lo tanto se deriva en la Promoción de Fincamiento de Responsabilidades Resarcitorias.

Resultado PF-17, Observación PF-16 PF-10/56-022 Promoción Esta acción se

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DETERMINACIÓN DE LA ENTIDAD DE FISCALIZACIÓN SUPERIOR ESTADO QUE GUARDA LA ACCIÓN PROMOVIDA RESULTADO / OBSERVACIÓN ACCIÓN PROMOVIDA

Que corresponde a la administración 2007-2010 Con base en el seguimiento al flujo de efectivo del auxiliar de Bancos del Sistema Automatizado de Contabilidad Gubernamental (SACG) y a la cuenta de Fondo IV 2010, se realizaron transferencias bancarias a Cuentas Propias del municipio por un monto total de $130,000.00, movimientos detectados en registros contables del Sistema Automatizado de Contabilidad Gubernamental (SACG) y cotejados con los estados de cuenta bancaria número 170660612 del banco BBVA Bancomer, S.A. relativa a Fondo IV 2010, sin exhibir elementos probatorios del reintegro de los recursos, lo que infringe lo establecido en los artículos 37 y 49 fracción II de la Ley de Coordinación Fiscal, mismos que se listan a continuación:

FECHA PÓLIZA DIARIO

CUENTA BANCARIA IMPORTE

20/04/2010 D00023 GASTO CORRIENTE 157536488

$ 30,000.00

05/05/2010 D00031 INGRESOS PROPIOS 157479107

100,000.00

TOTAL $ 130,000.00

De la misma manera, se efectuaron transferencias bancarias de la cuenta de Fondo IV recursos 2009, a cuentas bancarias propias por un importe total de $102,502.37, las cuales fueron determinadas en registros contables del Sistema Automatizado de Contabilidad Gubernamental (SACG) y cotejadas con los estados de cuenta bancaria número 165135737 del banco BBVA Bancomer, S.A. relativa a Fondo IV 2009, sin exhibir elementos probatorios del reintegro de los recursos, los que se listan a continuación:

FECHA PÓLIZA DIARIO

CUENTA BANCARIA IMPORTE

19/07/2010 D00052 GASTO CORRIENTE 157536488

$ 40,000.00

19/07/2010 D00053 2,502.37

30/07/2010 D00054 FONDO III 165135885

20,000.00

13/08/2010 D00073 40,000.00

TOTAL $ 102,502.37

para el Fincamiento de Responsabilidades Administrativas La Auditoría Superior del Estado, promoverá ante las autoridades competentes, el inicio y trámite del procedimiento conducente para que se apliquen una o más de las sanciones previstas en el artículo 44 de la Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos del Estado y Municipios de Zacatecas en vigor, a los CC. Profr. Juan Delgado Martínez y Profr. Gustavo Morales Chávez, quienes se desempeñaron durante el período del 1º de enero al 15 de septiembre como Presidente y Tesorero Municipales respectivamente, por realizar transferencias de recursos del Fondo IV 2010 por un monto total $130,000.00 y del Fondo IV 2009 por importe total de $102,502.37 a otras cuentas bancarias del propio municipio, sin haber presentado elementos probatorios del reintegro correspondiente, incumpliendo lo establecido en los artículos 37 y 49 fracción II de la Ley de Coordinación Fiscal, así como las obligaciones inherentes a su cargo, previstas en la Ley Orgánica del Municipio y el artículo 5 de la Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos del Estado y Municipios de Zacatecas.

promoverá ante las autoridades correspondientes según sea el caso, siendo estas la Legislatura del Estado o la Contraloría Interna de Gobierno del Estado.

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FONDO IV (Fondo de Aportaciones para el Fortalecimiento Municipal)

DETERMINACIÓN DE LA ENTIDAD DE FISCALIZACIÓN SUPERIOR ESTADO QUE GUARDA LA ACCIÓN PROMOVIDA RESULTADO / OBSERVACIÓN ACCIÓN PROMOVIDA

Resultado PF-18, Observación PF-17 Que corresponde a la administración 2010-2013 De los recursos de Fondo IV 2010 se realizaron adquisiciones de bienes muebles, erogándose un monto de $85,000.00 mediante la expedición del cheque número 16 de la cuenta bancaria número 017712810 de BBVA Bancomer, S.A. de Fondo IV 2010, de fecha 02/12/2010 a nombre de Juana Martínez Salas por la adquisición de dos vehículos, sin embargo el municipio no exhibió la evidencia documental por la adquisición de éstos, únicamente muestra copia del cheque faltando entre otros: contrato de compra-venta, factura y/o título de propiedad, así como cualquier otro documento legal que acredite la propiedad de los vehículos a nombre del municipio, así como vales de resguardo en los que se indique: área de adscripción, características de los vehículos, nombres y firmas de los responsables de los mismos y funcionarios que autorizan. Cabe señalar que dichas adquisiciones fueron verificadas físicamente en campo, corroborándose que se encuentran al servicio de las actividades propias del municipio.

PF-10/56-023 Solicitud de Aclaración Se solicita a la Administración Municipal actual aclare las erogaciones realizadas por un monto de de $85,000.00 correspondientes a los recursos de la cuenta bancaria número 017712810 de BBVA Bancomer, S.A. Fondo IV 2010, mediante la expedición del cheque número 16 de fecha 02/12/2010, del cual el municipio no exhibió póliza cheque ni soporte documental relativos a la adquisición de dos vehículos, de los cuales no se presenta contrato de compra-venta, factura y/o título de propiedad y/o documento legal que acredite la propiedad de los vehículos a nombre del municipio. Lo anterior con fundamento en los artículos 17 fracción XIV y 39 de la Ley de Fiscalización Superior del Estado de Zacatecas, 74 fracción III, V y XII, 93 fracción IV, 96 fracción I, y 186 de la Ley Orgánica del Municipio del Estado de Zacatecas, y 46 de la Ley de Coordinación Fiscal.

No se solventa, y se deriva en una promoción para el Fincamiento de Responsabilidades Administrativas.

Resultado PF-19, Observación PF-18 Que corresponde a la administración 2010-2013

Dentro de los recursos de Fondo IV se realizaron adquisiciones consistentes en Equipo de Cómputo, Comunicación y Equipo Antimotín, soportados documentalmente con las facturas correspondientes, sin embargo no fueron exhibidos los vales de resguardo debidamente requisitados por los funcionarios municipales y las personas responsables de los mismos. Cabe señalar que dichas adquisiciones fueron verificadas físicamente en el municipio, corroborándose que se encuentran en servicio de

PF-10/56-024 Recomendación Se recomienda a la Administración Municipal actual que tratándose de adquisiciones de bienes muebles con recursos del Fondo IV, elabore los vales de resguardo sobre los bienes adquiridos con estos recursos, los cuales deben contener: área donde se

Subsiste y por lo tanto no solventa, en virtud de que la Entidad Fiscalizada no presentó documentación ni manifestó conformidad al respecto a la recomendación realizada. Se reitera la Recomendación y se le dará seguimiento.

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FONDO IV (Fondo de Aportaciones para el Fortalecimiento Municipal)

DETERMINACIÓN DE LA ENTIDAD DE FISCALIZACIÓN SUPERIOR ESTADO QUE GUARDA LA ACCIÓN PROMOVIDA RESULTADO / OBSERVACIÓN ACCIÓN PROMOVIDA

las actividades propias del mismo. ubican físicamente, nombre, firma y cargo de la persona a quien le fueron asignados, así como de los Funcionarios Municipales responsables (Síndico Municipal como encargado del control del Patrimonio del municipio y del Contralor Municipal para su validación), integrando copia al expediente unitario de cada adquisición, conservando el original en los archivos de los inventarios, a fin de salvaguardar los bienes propiedad del municipio.

PF-10/56-025 Solicitud de Intervención del Órgano Interno de Control Es necesario que la Contraloría Municipal, en el ámbito de su competencia, realice las acciones de verificación tendientes al cumplimiento de los aspectos recomendados en el punto que antecede, e informe de los resultados obtenidos a esta Auditoría Superior del Estado.

Subsiste y por lo tanto no solventa. Se reitera la solicitud de intervención del Órgano Interno de Control.

Resultado PF-20, Observación PF-19 Que corresponde a la administración 2010-2013

De los recursos de Fondo IV, se realizaron erogaciones para el suministro de combustible y aportación al programa “Apoyos invernales con cobijas, DIF”, las cuales fueron soportadas documentalmente con las facturas correspondientes, así como con recibo oficial del Sistema para el Desarrollo Integral de la Familia, Zacatecas, sin embargo el municipio no exhibe vales por el suministro de combustible, relación de personas beneficiadas y reporte fotográfico que evidencie la entrega de las cobijas, respectivamente.

PF-10/56-026 Recomendación Se recomienda a la Administración Municipal actual, que al momento de realizar las acciones relativas a suministro de combustible y aportación para apoyos, presenten evidencia suficiente donde se refleje la correcta aplicación de los recursos consistente en: vales por el suministro de combustible y relación de personas beneficiadas por los programas implementados y

Subsiste y por lo tanto no solventa, en virtud de que la Entidad Fiscalizada no presentó documentación ni manifestó conformidad al respecto a la recomendación realizada. Se reitera la Recomendación y se le dará seguimiento.

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DETERMINACIÓN DE LA ENTIDAD DE FISCALIZACIÓN SUPERIOR ESTADO QUE GUARDA LA ACCIÓN PROMOVIDA RESULTADO / OBSERVACIÓN ACCIÓN PROMOVIDA

reporte fotográfico que evidencie la entrega de los mismos, respectivamente.

PF-10/56-027 Solicitud de Intervención del Órgano Interno de Control Es necesario que la Contraloría Municipal, en el ámbito de su competencia, realice las acciones de verificación tendientes al cumplimiento de los aspectos recomendados en el punto que antecede, e informe de los resultados obtenidos a esta Auditoría Superior del Estado.

Subsiste y por lo tanto no solventa. Se reitera la solicitud de intervención del Órgano Interno de Control.

Resultado PF-21, Observación PF-20 Que corresponde a la administración 2010-2013

Con recursos del Fondo IV, dentro del rubro de Obligaciones Financieras se realizó pago de material eléctrico, mediante la expedición del cheque número 0007 de fecha 26 de noviembre de 2010 de la cuenta bancaria número 001771208010 de BBVA Bancomer, S.A. de Fondo IV 2010, a nombre de Distribuidores Eléctricos y Comisionistas, S.A. de C.V. por el orden de $37,474.96, soportado con la factura número 4816 por concepto de suministro de material eléctrico, del cual el municipio no exhibe evidencia documental por la aplicación del material entre otros: relación de calles en las cuales se colocó el mismo, bitácoras de obra, reportes fotográficos y actas de entrega recepción que evidencien la correcta aplicación de los recursos.

PF-10/56-028 Solicitud de Aclaración Se solicita a la Administración Municipal actual aclare las erogaciones realizadas por un monto de $37,474.96 correspondientes a la expedición del cheque número 0007 de fecha 26 de noviembre de 2010 de la cuenta bancaria número 001771208010 de BBVA Bancomer, S.A. de Fondo IV 2010, a nombre de Distribuidores Eléctricos y Comisionistas, S.A. de C.V., soportado con la factura número 4816 por concepto de suministro de material eléctrico, del cual debe presentar evidencia documental de la aplicación del material consistente en: relación de calles en las cuales se colocó el mismo, bitácoras de obra, reportes fotográficos y actas de entrega recepción que

No se solventa, y se deriva en una promoción para el Fincamiento de Responsabilidades Administrativas.

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FONDO IV (Fondo de Aportaciones para el Fortalecimiento Municipal)

DETERMINACIÓN DE LA ENTIDAD DE FISCALIZACIÓN SUPERIOR ESTADO QUE GUARDA LA ACCIÓN PROMOVIDA RESULTADO / OBSERVACIÓN ACCIÓN PROMOVIDA

evidencien la correcta aplicación de los recursos. Lo anterior con fundamento en los artículos 17 fracción XIV y 39 de la Ley de Fiscalización Superior del Estado de Zacatecas, 74 fracción III, V y XII, 93 fracción IV, 96 fracción I, y 186 de la Ley Orgánica del Municipio del Estado de Zacatecas, y 46 de la Ley de Coordinación Fiscal.

Resultado PF-22, Observación PF-21 Que corresponde a la administración 2010-2013 De los recursos del Fondo IV 2010, cotejados con base al Sistema Automatizado de Contabilidad Gubernamental (SACG), se detectó de la cuenta bancaria número 017712810 de BBVA Bancomer S.A. Fondo IV 2010, la expedición del cheque número 06 de fecha 16/11/2010 por $215,000.00, de la cual el municipio no exhibió póliza cheque ni soporte documental que justifique el destino y aplicación de los recursos erogados.

PF-10/56-029 Pliego de Observaciones La Auditoría Superior del Estado formulará Pliego de Observaciones por un monto de $215,000.00 correspondiente a los recursos erogados de la cuenta bancaria número 017712810 de BBVA Bancomer, S.A. Fondo IV 2010, mediante la expedición del cheque número 06 de fecha 16/11/2010, del cual el municipio no exhibió póliza cheque ni soporte documental que justifique el destino y aplicación de los recursos erogados por el importe antes citado. Lo anterior con fundamento en los artículos 17 fracción XIV y 39 de la Ley de Fiscalización Superior del Estado de Zacatecas, 74 fracción III, V y XII, 93 fracción IV, 96 fracción I, y 186 de la Ley Orgánica del Municipio, 37 y 49 de la Ley de Coordinación Fiscal. Por lo tanto se designa como responsables a los C.C. Profr. Víctor Manuel Yañez Torres y Profra. Ma. del Rosario Ruíz

No solventa, por lo tanto se deriva en la Promoción de Fincamiento de Responsabilidades Resarcitorias.

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FONDO IV (Fondo de Aportaciones para el Fortalecimiento Municipal)

DETERMINACIÓN DE LA ENTIDAD DE FISCALIZACIÓN SUPERIOR ESTADO QUE GUARDA LA ACCIÓN PROMOVIDA RESULTADO / OBSERVACIÓN ACCIÓN PROMOVIDA

Cárdenas, quienes se desempeñaron como Presidente y Tesorera Municipales, durante el periodo del 15 de septiembre al 31 de diciembre de 2010, en su carácter de Responsable Directa y Subsidiario el primero citado.

Resultado PF-23, Observación PF-22 Que corresponde a la administración 2010-2013 De los recursos de Fondo IV 2010, cotejados con base al Sistema Automatizado de Contabilidad Gubernamental (SACG), se detectaron de la cuenta bancaria número 017712810 de BBVA Bancomer S.A. Fondo IV 2010, la expedición de los cheques números 10 y 39 de fechas 24 y 21 de diciembre de 2010, por $225,000.00 a nombre del contratista Leopoldo Morones Fonseca y $91,584.00 del cual se desconoce el nombre del beneficiario, de los cuales el municipio no exhibió pólizas cheque ni soporte documental que justifique el destino y aplicación de los recursos erogados por un importe total de $316,584.00.

PF-10/56-030 Pliego de Observaciones La Auditoría Superior del Estado formulará Pliego de Observaciones por un monto de $316,584.00, correspondiente a los recursos erogados de la cuenta bancaria número 017712810 de BBVA Bancomer, S.A. Fondo IV 2010, mediante la expedición de los cheques números 10 y 39 de fechas 24 y 21 de diciembre de 2010 por $225,000.00 y $91,584.00 respectivamente, a favor sólo el primero del contratista Leopoldo Morones Fonseca, de los cuales el municipio no exhibió pólizas cheque ni soporte documental que justifique el destino y aplicación de los recursos erogados por un importe total de $316,584.00. Lo anterior con fundamento en los artículos 17 fracción XIV y 39 de la Ley de Fiscalización Superior del Estado de Zacatecas, 74 fracción III, V y XII, 93 fracción IV, 96 fracción I, y 186 de la Ley Orgánica del Municipio, 37 y 49 de la Ley de Coordinación Fiscal. Por lo tanto se designa como

Se solventa.

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RESULTADO DEL PROCESO DE AUDITORÍA CUENTA PÚBLICA MUNICIPAL 2010

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FONDO IV (Fondo de Aportaciones para el Fortalecimiento Municipal)

DETERMINACIÓN DE LA ENTIDAD DE FISCALIZACIÓN SUPERIOR ESTADO QUE GUARDA LA ACCIÓN PROMOVIDA RESULTADO / OBSERVACIÓN ACCIÓN PROMOVIDA

responsables a los C.C. Profr. Víctor Manuel Yañez Torres y Profra. Ma. del Rosario Ruíz Cárdenas quienes se desempeñaron como Presidente y Tesorera Municipales, durante el periodo del 15 de septiembre al 31 de diciembre de 2010, en su carácter de Responsable Directa y Subsidiario el primero citado.

Resultado PF-24, Observación PF-23 Que corresponde a las administraciones 2007-2010 y 2010-2013

Derivado de la revisión al Control Interno del municipio se detectaron las irregularidades que se detallan a continuación:

- Las principales áreas de la Administración no se coordinan periódicamente para efecto de medir, vigilar y corroborar el cumplimiento de las actividades del municipio, por lo que se presentan diferencias en los resultados obtenidos correspondientes.

- No se cumplen las metas y objetivos de los Fondos Federales, ya que no se cuenta con una coordinación efectiva y oportuna en las diferentes Direcciones del municipio.

- Se realizan transferencias bancarias a otras cuentas del municipio lo que no permite el cumplimiento de las metas y objetivos en tiempo y forma, ni la ejecución de la totalidad de las obras y acciones programadas.

El desempeño de las funciones de los titulares de las Direcciones no se cumple conforme lo marca la Ley Orgánica del Municipio del Estado de Zacatecas, lo que debilita a la Administración Municipal, así como los Avances Físicos y Financieros de las obras y acciones programadas.

PF-10/56-031 Recomendación Se recomienda a la Administración Municipal actual que las diferentes áreas principales de la Administración, se coordinen para efecto de medir, vigilar y corroborar el cumplimiento de las metas, objetivos, actividades y resultados programados en la aplicación y ejecución de los recursos de los Fondos Federales, asimismo desempeñen sus funciones los Titulares de las Direcciones conforme a la Ley Orgánica del Municipio del Estado de Zacatecas, de manera que se presente en tiempo y forma la información relativa a la administración de los recursos, así como el cumplimiento de las metas y objetivos y los Avances Físicos y Financieros de las obras y acciones programadas.

Subsiste y por lo tanto no solventa, en virtud de que la Entidad Fiscalizada no presentó documentación ni manifestó conformidad al respecto a la recomendación realizada. Se reitera la Recomendación y se le dará seguimiento.

PF-10/56-032 Solicitud de Intervención del Órgano Interno de Control Es necesario que la Contraloría Municipal, en el ámbito de su competencia,

Subsiste y por lo tanto no solventa. Se reitera la solicitud de intervención del Órgano Interno de Control.

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FONDO IV (Fondo de Aportaciones para el Fortalecimiento Municipal)

DETERMINACIÓN DE LA ENTIDAD DE FISCALIZACIÓN SUPERIOR ESTADO QUE GUARDA LA ACCIÓN PROMOVIDA RESULTADO / OBSERVACIÓN ACCIÓN PROMOVIDA

realice las acciones de verificación tendientes al cumplimiento de los aspectos recomendados en el punto que antecede, e informe de los resultados obtenidos a esta Auditoría Superior del Estado.

Resultado PF-25, Observación PF-24 Que corresponde a las administraciones 2007-2010 y 2010-2013

Al cotejar los auxiliares contables del Sistema Automatizado de Contabilidad Gubernamental (SACG) con los Informes Físico Financieros del Fondo IV, del ejercicio fiscal 2010, se detectó incongruencia entre la información exhibida por las Direcciones de Tesorería y Desarrollo Económico y Social, lo que no permite tener información, veraz, confiable y oportuna en el ejercicio de los recursos y en la toma de decisiones del municipio.

PF-10/56-033 Recomendación Se recomienda a la Administración Municipal actual que para efectos de presentar ante la Auditoría Superior del Estado los Informes Físico Financieros del Fondo IV, se registren cifras y datos reales y precisos derivados de la conciliación periódica de información de las Direcciones de Tesorería y Desarrollo Económico y Social, de manera que se tenga confiabilidad en la información emitida necesaria para la toma de decisiones.

Subsiste y por lo tanto no solventa, en virtud de que la Entidad Fiscalizada no presentó documentación ni manifestó conformidad al respecto a la recomendación realizada. Se reitera la Recomendación y se le dará seguimiento.

PF-10/56-034 Solicitud de Intervención del Órgano Interno de Control Es necesario que la Contraloría Municipal, en el ámbito de su competencia, realice las acciones de verificación tendientes al cumplimiento de los aspectos recomendados en el punto que antecede, e informe de los resultados obtenidos a esta Auditoría Superior del Estado.

Subsiste y por lo tanto no solventa. Se reitera la solicitud de intervención del Órgano Interno de Control.

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RESULTADO DEL PROCESO DE AUDITORÍA CUENTA PÚBLICA MUNICIPAL 2010

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CÓDIGO: PR-ST-TA-05-F01 No. REVISIÓN : 4

Páginas : 53 de 89

Fecha de Autorización: 2010-12-03

INFORME DETALLADO: PROGRAMAS FEDERALES- REVISIÓN DOCUMENTAL

PROGRAMA PARA EL DESARROLLO DE ZONAS PRIORITARIAS

DETERMINACIÓN DE LA ENTIDAD DE FISCALIZACIÓN SUPERIOR ESTADO QUE GUARDA

LA ACCIÓN PROMOVIDA

RESULTADO / OBSERVACIÓN ACCIÓN PROMOVIDA

Del programa para el Desarrollo de Zonas Prioritarias se revisaron documentalmente recursos por un monto total de $1´005,547.76 correspondientes a cuatro obras de la muestra, mismas que fueron aprobadas en el rubro de Electrificación. Al 31 de diciembre de 2010 los recursos fueron aplicados y revisados documentalmente al 100.00%. De la revisión documental al ejercicio de los recursos, no se determinaron observaciones que hacer constar.

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RESULTADO DEL PROCESO DE AUDITORÍA CUENTA PÚBLICA MUNICIPAL 2010

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CÓDIGO: PR-ST-TA-05-F01 No. REVISIÓN : 4

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Fecha de Autorización: 2010-12-03

INFORME DETALLADO: OBRA PÚBLICA- REVISIÓN FÍSICA

PROGRAMA MUNICIPAL DE OBRAS

DETERMINACIÓN DE LA ENTIDAD DE FISCALIZACIÓN SUPERIOR ESTADO QUE GUARDA LA ACCIÓN PROMOVIDA RESULTADO / OBSERVACIÓN ACCIÓN PROMOVIDA

Resultado OP-01, Observación OP-01 Que corresponde a las administraciones 2007-2010 Para la ejecución del Programa Municipal de Obras del ejercicio 2010, se asigno un monto de $3,930,000.00; al cierre de la primera quincena de septiembre de 2010 el Municipio ejerció un monto de $937,859.00; cumpliendo con el avance programado para tal fecha. Así mismo según informe de la primera quincena del mes de septiembre de 2010 presentado por el Municipio, las 14 obras programadas, presentaron los avances programados para el periodo; por lo que presenta cumplimiento en la ejecución del Programa Municipal de Obra; sin embargo el Municipio no presenta acta de Cabildo con la aprobación del informe mensual correspondiente la primera quincena de septiembre de 2010.

OP-10/56- 001 Recomendación Se recomienda a la Administración Municipal 2010-2013 que adopte las medidas que considere pertinentes para que la Dirección de Obras Públicas, presente de manera mensual ante el Cabildo para su aprobación respectiva, los informes mensuales correspondientes al Programa Municipal de Obra; lo anterior en virtud de que la Administración Municipal 2007-2010, omitió presentar al Cabildo para su aprobación el informe mensual correspondientes a la primera quincena de septiembre de 2010 y así dar cumplimiento a lo establecido en los artículos: artículo 41 y 49 fracción XVI y 74 fracción XXVI de la Ley Orgánica del Municipio del Estado de Zacatecas, 17 fracción X y XII de la Ley de Fiscalización Superior para el Estado de Zacatecas.

Subsiste y por lo tanto no solventa, en virtud de que la Entidad Fiscalizada no presentó documentación ni manifestó conformidad al respecto a la recomendación realizada. Se reitera la Recomendación y se le dará seguimiento.

Resultado OP-02, Observación OP-02

Que corresponde a las administraciones 2010-2013

Para la ejecución del Programa Municipal de Obras del ejercicio 2010, se asignó un monto de $3,930,000.00; al cierre del 31 de diciembre de 2010 el Municipio ejerció un monto de $1,602,064.14; presentando un subejercicio en su egreso del 59.24 %. Así mismo según informe del mes de diciembre de 2010 presentado por el Municipio, de las 14 obras programadas, 1 se encuentra terminada y 13 sin terminar; por lo que presenta incumplimiento en su programación y ejecución del programa; así mismo el Municipio no presentó acta de Cabildo con la aprobación de los informes mensuales de obra pública correspondiente al periodo del 15 de septiembre al 31 de diciembre de 2010; de igual manera no presentó las modificaciones presupuestales para cada una de las obras, y el cierre del ejercicio.

OP-10/56-002 Recomendación Se recomienda a la Administración Municipal actual presentar ante el Cabildo las modificaciones a la inversión de las obras y el techo financiero, anexando a la aprobación cada una de las modificaciones efectuadas, conteniendo los montos originales aprobados y los modificados; tanto por cada una de las obras como de la inversión total.

Así mismo presentar para su aprobación, la información mensual del Programa Municipal de Obras, como lo establecen los artículos 41, 49 fracción XV, XVI y 170 de la Ley Orgánica del Municipio del Estado de Zacatecas, 17 fracción X y XII de la Ley de Fiscalización Superior para el Estado de Zacatecas.

Subsiste y por lo tanto no solventa, en virtud de que la Entidad Fiscalizada no presentó documentación ni manifestó conformidad al respecto a la recomendación realizada. Se reitera la Recomendación y se le dará seguimiento.

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RESULTADO DEL PROCESO DE AUDITORÍA CUENTA PÚBLICA MUNICIPAL 2010

VILLA HIDALGO, ZAC.

CÓDIGO: PR-ST-TA-05-F01 No. REVISIÓN : 4

Páginas : 55 de 89

Fecha de Autorización: 2010-12-03

INFORME DETALLADO: OBRA PÚBLICA- REVISIÓN FÍSICA

REVISION FISICA A LA OBRA PUBLICA

DETERMINACIÓN DE LA ENTIDAD DE FISCALIZACIÓN SUPERIOR ESTADO QUE GUARDA LA ACCIÓN PROMOVIDA RESULTADO / OBSERVACIÓN ACCIÓN PROMOVIDA

Resultado OP-03, Sin observación. Derivado de la revisión física y documental de 1 (una) obra que constituyó la muestra seleccionada, no se desprenden observaciones que hacer constar.

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RESULTADO DEL PROCESO DE AUDITORÍA CUENTA PÚBLICA MUNICIPAL 2010

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CÓDIGO: PR-ST-TA-05-F01 No. REVISIÓN : 4

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Fecha de Autorización: 2010-12-03

INFORME DETALLADO: OBRA PÚBLICA- REVISIÓN FÍSICA

RAMO GENERAL 33 FONDO III (Fondo de Aportaciones para la Infraestructura Social Municipal)

DETERMINACIÓN DE LA ENTIDAD DE FISCALIZACIÓN SUPERIOR ESTADO QUE GUARDA LA ACCIÓN PROMOVIDA RESULTADO / OBSERVACIÓN ACCIÓN PROMOVIDA

Derivado de la revisión física y documental de 19 (diez y nueve) obras que constituyeron la muestra seleccionada, se desprenden las siguientes observaciones:

Resultado OP-04, Observación OP-03 Que corresponde a la administración 2007-2010 Para la obra "Ampliación de red de agua potable, Villa Hidalgo"; se aprobó un monto federal de $51,371.00, del Fondo III, destinados para la realización de 46.70 m3 de excavación de zanja en material tipo "C" hasta 2.00 m de profundidad. Cabe mencionar que el presupuesto base integrado al expediente unitario solo contempla el concepto de excavación y no especifica de dónde provino el recurso para el suministro, tendido de tubería y materiales aplicados. Durante la revisión física realizada el 4 de octubre de 2011, no fue posible determinar la ubicación de la obra; sin embargo se realizó la verificación de acuerdo a las metas mostradas por el ex Director de Desarrollo Económico y Social, C. Iván Francisco Beltrán Garza, mismas que consisten en 483.00 ml de red de agua potable; considerándose que esta verificación de metas ejecutadas presenta inconsistencias, puesto que el monto de la obra programada para el ejercicio 2010 es únicamente una ampliación de la red de agua potable de aproximadamente 65.00 m. Así mismo cabe mencionar que el inicio de la ejecución de la obra consistente en red de agua potable, colonia La Huerta mostrada por el ex-funcionario su inicio fue en el mes de julio del ejercicio 2009, como se asienta en acta de declaraciones tomada al C. Profr. Mauricio Rodríguez Márquez, integrante del comité de citada colonia y a la cuál se anexa circular emitida de su parte dirigida a los colonos haciéndoles mención del inicio de los trabajos de dicha red. Con base en lo anterior se determina observar el monto total aprobado y erogado de la obra por $51,371.00; en virtud de que no fue posible determinar la ubicación exacta de dicha obra, así mismo por las inconsistencias mencionadas. Cabe mencionar que si durante el proceso de solventación el municipio presenta evidencias que acrediten la ubicación y ejecución de la obra, persistirá la observación referente al resultado arrojado del análisis comparativo realizado del precio

OP-10/56-003 Pliego de Observaciones La Auditoría Superior de Estado emitirá Pliego de Observaciones por la presunción de daño y perjuicio al erario público municipal de Villa Hidalgo, Zac., a quienes se desempeñaron durante el periodo del 1 de enero al 15 de septiembre como Presidente Municipal Profr. Juan Delgado Martínez (Responsable subsidiario), C. José Lozano Dueñas, Director de Obras y Servicios Públicos (Responsable directo), C. Iván Francisco Beltrán Garza, Director de Desarrollo Económico y Social (Responsable directo), y contratista, Fernando Lara Nieves (Responsable solidario); por la cantidad de $51,371.00, por concepto de obra pagada no ubicada, denominada "Ampliación de red de agua potable, Villa Hidalgo", realizada mediante el Fondo III, correspondiente a 46.70 m3 de excavación de zanja en material tipo "C" hasta 2.00 m de profundidad. Cabe mencionar que si durante el proceso de solventación el municipio presenta evidencias que acrediten la ubicación y ejecución de la obra, persistirá la observación referente al resultado arrojado del análisis comparativo realizado del precio unitario ejecutado, correspondiente a la excavación en material tipo "C" con respecto del tabulador de precios unitarios elaborado por la SECOP para el ejercicio 2010, del cual resulta un sobreprecio en dicho concepto por un monto de $41,501.54. Debiendo presentar la Entidad Fiscalizada

No solventa, por lo tanto se deriva en la Promoción de Fincamiento de Responsabilidades Resarcitorias.

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RAMO GENERAL 33 FONDO III (Fondo de Aportaciones para la Infraestructura Social Municipal)

DETERMINACIÓN DE LA ENTIDAD DE FISCALIZACIÓN SUPERIOR ESTADO QUE GUARDA LA ACCIÓN PROMOVIDA RESULTADO / OBSERVACIÓN ACCIÓN PROMOVIDA

unitario ejecutado, correspondiente a la excavación en material tipo "C" con respecto del tabulador de precios unitarios elaborado por la SECOP para el ejercicio 2010, del cual resulta un sobreprecio en dicho concepto por un monto de $41,501.54, como se integra en cuadro siguiente:

COSTO

DIRECTO

UTILIDAD

(30%)I.V.A. P.U.

EXCAVACIÓN CON MEDIOS

MECÁNICOS EN MATERIAL TIPO "C"

DE 0.00 A 4.00 M. DE

PROFUNDIDAD INCLUYE: AFINE DE

FONDO Y TALUDES DEPOSITANDO

EL MATERIAL AL BORDE DE LA

EXCAVACIÓN, MANO DE OBRA,

HERRAMIENTA, EQUIPO Y TODO

LO NECESARIO PARA SU

EJECUCIÓN.

$1,100.00 $140.13 $42.04 $29.15 $211.32 46.70 $51,370.00 $9,868.46 $41,501.54

TOTAL $41,501.54

DIFERENCIACONCEPTO

P. U.

PRESUPUES

TO

PRECIO UNITARIO SECOP 2010

CANTIDADIMPORTE

PAGADO

IMPORTE

DE

ACUERDO A

TABULADO

R SECOP

2010

Derivado de la revisión documental se constató que del importe total aprobado se liberó y ejerció mediante póliza-cheque No. 00059, con respaldo de factura No. 387 ambas del 8 de junio de 2010, por un monto de $51,371.00, a nombre de Fernando Lara Nieves.

elementos probatorios que demuestren la ubicación de la obra o en su caso el destino de los recursos aprobados para la citada obra; exhibiendo documentación técnica tal como: acta de sitio con la participación del Contralor Municipal y el Comité de Obra, Proyecto de la obra, números generadores, memoria fotográfica y demás documentación que considere necesaria para su justificación o en su caso recibo de ingresos expedido por el Municipio de Villa Hidalgo que constate que los recursos aprobados y ejercidos han sido reintegrados a la Tesorería Municipal y demás documentos que sean necesarios para su justificación.

Resultado OP-05, Observación OP-04. Que corresponde a la administración 2007-2010 Para la obra "Ampliación de alcantarillado, colonia Morelos"; se aprobó un monto federal de $1,308,210.00, del Fondo III, para la instalación 808.00 m de red de alcantarillado de 10 pulgadas PVC, la cual consiste en: 387.84 m3 de excavación con máquina en terreno tipo "B", 387.84 m3 de excavación con máquina en terreno tipo "C", suministro y colocación de 808.00 m de tubería PVC de 10 pulgadas, 15 pozos de visita a base de tabicón, 64.64 m3 de plantilla apisonada de 10 cm de espesor, 323.20 m3 de compactación de tierra en tendido de tubería, 452.48 m3 de relleno en excavaciones y 387.00 m3 de acarreo de material de banco. Durante la revisión física realizada el 4 de octubre de 2011, la obra se encontró terminada y operando en una longitud de 808.00 m, de los cuales la obra se ejecutó de manera parcial dentro de propiedad privada, no siendo posible cuantificar la longitud que se encuentra bajo esta condición puesto que se interpone un lindero a base de postería y alambre de púas de la propiedad privada, el cual cruza el trazo de la red de alcantarillado. Así mismo en el proceso de revisión física de la obra

OP-10/56-004 Pliego de Observaciones La Auditoría Superior de Estado emitirá Pliego de Observaciones por la presunción de daño y perjuicio al erario público municipal de Villa Hidalgo, Zac., a quienes se desempeñaron durante el periodo del 1 de enero al 15 de septiembre como Presidente Municipal Profr. Juan Delgado Martínez (Responsable subsidiario), C. José Lozano Dueñas, Director de Obras y Servicios Públicos (Responsable directo), C. Iván Francisco Beltrán Garza, Director de Desarrollo Económico y Social (Responsable directo) y contratista, Fernando Lara Nieves (Responsable solidario); por la cantidad de $747,191.96, por deficiencias constructivas y sobreprecio en la obra "Ampliación de alcantarillado, colonia Morelos", correspondientes a mala calidad en cinco brocales y

No solventa, por lo tanto se deriva en la Promoción de Fincamiento de Responsabilidades Resarcitorias.

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DETERMINACIÓN DE LA ENTIDAD DE FISCALIZACIÓN SUPERIOR ESTADO QUE GUARDA LA ACCIÓN PROMOVIDA RESULTADO / OBSERVACIÓN ACCIÓN PROMOVIDA

se constató que cinco pozos de visita presentan mala calidad en su brocal y tapa instalados, consistente en baja resistencia del concreto con el que se elaboró puesto que presentan desmoronamiento de las mismas, correspondiendo por este concepto un monto observado de $44,900.00. De igual manera y con base en la comparativa de precios unitarios ejecutados correspondiente a la construcción de pozos de visita y la excavación en material tipo "C" y tipo "B" con respecto del tabulador de precios elaborado por la SECOP para el ejercicio 2010; resulta un sobreprecio de $702,291.96, según el desglose del siguiente cuadro:

COSTO

DIRECTO

UTILIDAD

(30%)I.V.A. P.U.

EXCAVACION CON MEDIOS MECÁNICOS EN

MATERIAL TIPO "B" DE 0.00 A 4.00 M. DE

PROFUNDIDAD INCLUYE: AFINE DE FONDO Y

TALUDES DEPOSITANDO EL MATERIAL AL

BORDE DE LA EXCAVACION, MANO DE OBRA,

HERRAMIENTA, EQUIPO Y TODO LO

NECESARIO PARA SU EJECUCION.

$630.00 $36.83 $11.05 $7.66 $55.54 387.84 $244,339.20 $21,540.49 $222,798.71

EXCAVACION CON MEDIOS MECÁNICOS EN

MATERIAL TIPO "C" DE 0.00 A 4.00 M. DE

PROFUNDIDAD INCLUYE: AFINE DE FONDO Y

TALUDES DEPOSITANDO EL MATERIAL AL

BORDE DE LA EXCAVACION, MANO DE OBRA,

HERRAMIENTA, EQUIPO Y TODO LO

NECESARIO PARA SU EJECUCION.

$1,362.00 $140.13 $42.04 $29.15 $211.32 387.84 $528,238.08 $81,956.81 $446,281.27

POZO DE VISITA DE 0.61 A 1.20 MTS.DE

ANCHO CON BASE DE MAMPOSTERIA DE

PIEDRA BRAZA DE 20 CMS. DE ESPESOR,

MURO DE TABIQUE ROJO REC. DE 28 CM. DE

ESPESOR ASENTADO CON MORTERO CEM-

ARENA 1:5 Y APLANADO PULIDO CON

MORTERO CEMENTO ARENA 1:3, ESCALON

DE VARILLA LISA Y PLANTILLA DE 10 CM. DE

ESP. DE CONCRETO F'C=150 KG/CM2.,

INCLUYE: EXCAVACION, RELLENO,

MATERIALES, DESPERDICIOS, MANO DE

OBRA, HERRAMIENTA Y TODO LO NECESARIO

PARA SU EJECUCION. E).- DE 2.00 MTS. DE

PROFUNDIDAD.

$8,980.00 $4,486.65 $1,346.00 $933.22 $6,765.87 15.00 $134,700.00 $101,488.02 $33,211.98

TOTAL $702,291.96

DIFERENCIACONCEPTO

P. U.

PRESUPUEST

O

PRECIO UNITARIO SECOP 2010

CANTIDADIMPORTE

PAGADO

IMPORTE DE

ACUERDO A

TABULADOR

SECOP 2010

Por lo que el monto total observado es de $747,191.95. Derivado de la revisión documental se constató que el importe total aprobado se liberó y ejerció mediante póliza-cheque s/n de fecha 8 de marzo de 2010, con factura no. 365 del 15 de abril de 2010, ambas por un monto de $300,000.00; póliza-cheque s/n del 15 de abril de 2010, con factura No. 395 del 9 de agosto de 2010, ambas por un monto de $300,00.00; No. 58, con factura No. 386, ambas de 8 de junio de 2010 por $202,820.00; No. 119 del 9 de septiembre de 2010, con factura No. 403 del 24 de septiembre de 2010, ambas por un monto de $505,390.00. Pólizas y facturas a nombre de Fernando Lara Nieves.

tapa instalados, consistente en baja resistencia del concreto en virtud de que presentan desmoronamiento de las mismas, por $44,900.00; así mismo sobre precio de los conceptos correspondientes a la construcción de pozos de visita y la excavación en material tipo "C" y tipo "B" con respecto del tabulador de precios elaborado por la SECOP para el ejercicio 2010, por un monto de $702,291.96; debiendo presentar la Entidad Fiscalizada elementos que constaten la reposición de las 5 tapas y brocales que presentan deficiencias constructivas o en su caso recibo de ingresos expedido por el Municipio de Villa Hidalgo que constate que la diferencia de recursos resultante del sobreprecio de los conceptos observados ha sido reintegrado a la Tesorería Municipal y demás documentos que sean necesarios para su justificación.

OP-10/56-005 Promoción para el Fincamiento de Responsabilidades Administrativas Esta Auditoría Superior del Estado, promoverá ante las autoridades competentes, el inicio y trámite del procedimiento conducente para que se apliquen una o más de las sanciones previstas en el artículo 44 de la Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos del Estado y Municipios de Zacatecas en vigor, a los C.C. Profr. Juan Delgado Martínez y Profr. Gustavo Morales Chávez, quienes se desempeñaron como Presidente y Tesorero Municipales, por el periodo del 1 de enero al 15 de septiembre de 2010, por ejecutar la obra "Ampliación de alcantarillado, colonia Morelos" de

Esta acción se promoverá ante las autoridades correspondientes según sea el caso, siendo estas la Legislatura del Estado o la Contraloría Interna de Gobierno del Estado.

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RAMO GENERAL 33 FONDO III (Fondo de Aportaciones para la Infraestructura Social Municipal)

DETERMINACIÓN DE LA ENTIDAD DE FISCALIZACIÓN SUPERIOR ESTADO QUE GUARDA LA ACCIÓN PROMOVIDA RESULTADO / OBSERVACIÓN ACCIÓN PROMOVIDA

manera parcial dentro de propiedad privada, no siendo posible cuantificar la longitud que se encuentra bajo esta condición. Lo anterior con fundamento en los artículos 18 párrafo cuarto, 27 fracción IX, 30 fracción IV de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas del Estado de Zacatecas; artículo 49 párrafo cuarto de la Ley de Coordinación Fiscal; artículo 102 fracciones VI y VIII de la Ley Orgánica del Municipio y artículo 5° de la Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos del Estado y Municipios de Zacatecas.

Resultado OP-06, Observación OP-05. Que corresponde a la administración 2007-2010 Para la obra "Ampliación red de alcantarillado, Villa Hidalgo"; se aprobó un monto federal de $127.600.00, del Fondo III, para la excavación de 93.26 m3 en material tipo "C" hasta una profundidad de 2.50 m incluyendo el despalme del área y mano de obra. Cabe mencionar que el presupuesto base integrado al expediente unitario, sólo contempla el concepto de excavación y no se aclara de dónde provino el recurso para el suministro, tendido de tubería y materiales aplicados. Durante la revisión física realizada el 4 de octubre de 2011, la obra se encontró terminada y operando en una longitud de 109.00 m, sin embargo con base en la comparativa de precios unitarios ejecutados correspondiente al concepto de excavación en material tipo "C" con respecto del tabulador de precios unitarios elaborado por la SECOP para el ejercicio 2010, resulta un sobreprecio de $107,892.67, según el desglose del siguiente cuadro:

COSTO

DIRECTO

UTILIDAD

(30%)I.V.A. P.U.

EXCAVACION CON MEDIOS MECÁNICOS EN

MATERIAL TIPO "C" DE 0.00 A 4.00 M. DE

PROFUNDIDAD INCLUYE: AFINE DE FONDO Y

TALUDES DEPOSITANDO EL MATERIAL AL BORDE

DE LA EXCAVACION, MANO DE OBRA,

HERRAMIENTA, EQUIPO Y TODO LO

NECESARIO PARA SU EJECUCION.

$1,362.00 $140.13 $42.04 $29.15 $211.32 93.26 $127,600.00 $19,707.33 $107,892.67

TOTAL $107,892.67

DIFERENCIACONCEPTO

P. U.

PRESUPUES

TO

PRECIO UNITARIO SECOP 2010

CANTIDADIMPORTE

PAGADO

IMPORTE DE

ACUERDO A

TABULADOR

SECOP 2010

OP-10/56-006 Pliego de Observaciones La Auditoría Superior de Estado emitirá Pliego de Observaciones por la presunción de daño y perjuicio al erario público municipal de Villa Hidalgo, Zac., a quienes se desempeñaron durante el periodo del 1 de enero al 15 de septiembre como Presidente Municipal Profr. Juan Delgado Martínez (Responsable subsidiario), C. José Lozano Dueñas, Director de Obras y Servicios Públicos (Responsable directo), C. Iván Francisco Beltrán Garza, Director de Desarrollo Económico y Social (Responsable directo) y contratista, Fernando Lara Nieves (Responsable solidario); por la cantidad de $107,892.67, correspondiente a sobre precio del concepto correspondiente a la excavación en material tipo "C", con respecto del tabulador de precios elaborado por la SECOP para el ejercicio 2010; concepto derivado de la cuantificación en la obra "Ampliación red de alcantarillado, Villa Hidalgo", realizada mediante el Fondo III;

No solventa, por lo tanto se deriva en la Promoción de Fincamiento de Responsabilidades Resarcitorias.

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Fecha de Autorización: 2010-12-03

INFORME DETALLADO: OBRA PÚBLICA- REVISIÓN FÍSICA

RAMO GENERAL 33 FONDO III (Fondo de Aportaciones para la Infraestructura Social Municipal)

DETERMINACIÓN DE LA ENTIDAD DE FISCALIZACIÓN SUPERIOR ESTADO QUE GUARDA LA ACCIÓN PROMOVIDA RESULTADO / OBSERVACIÓN ACCIÓN PROMOVIDA

Derivado de la revisión documental se constató que el importe total aprobado se liberó y ejerció mediante la póliza-cheque No. 60, con respaldo en factura No. 389, ambas del 6 de agosto de 2010, por un monto de $127,600.00; a nombre de Fernando Lara Nieves.

debiendo presentar la Entidad Fiscalizada elementos que constaten mediante recibo de ingresos expedido por el Municipio de Villa Hidalgo que la diferencia de recursos resultante del sobreprecio de los conceptos observados ha sido reintegrado a la Tesorería Municipal y demás documentos que sean necesarios para su justificación.

Resultado OP-07, Observación OP-06. Que corresponde a la administración 2007-2010 Para la obra "Adquisición de gravas y arenas"; se aprobó un monto federal de $477,856.99, del Fondo III, para la adquisición de un lote de gravas y arenas. Para la revisión física realizada el 4 de octubre de 2011, se realizó un muestreo aleatorio de 20 personas de un universo de 137 beneficiarios a los que correspondió un monto aplicado de $340,446.01; cabe mencionar que un monto de $137,410.99 fue aplicado en la compra de materiales pétreos en la obra denominada "Adquisición de cementos para la obra de pavimentación y bacheo de calles". Desprendiéndose el siguiente resultado de la verificación: 1.- De las 20 personas beneficiadas que fueron entrevistadas, 14 no recibieron ningún tipo de apoyo. 2.- Solamente 6 personas manifestaron haber recibido 7 m3 de arena cada uno. Con base a lo anterior y tomando como referencia el muestreo estadístico mencionado y del cual el 70% corresponde a los beneficiarios que no se les otorgó apoyo de materiales pétreos, el monto observado corresponde a $238,312.21; resultado proporcional del muestreo estadístico realizado a 20 beneficiarios. Derivado de la revisión documental se constató que el importe total aprobado se liberó y ejerció mediante pólizas-cheque No. 1 de fecha 15 de febrero de 2010, con factura No. 280 No. 17, con factura No. 345, ambas del 8 de abril de 2010 y por un monto de $92,800.00, a nombre de Víctor Rodríguez Rodríguez; No. 30, con factura no. 20, ambas de

OP-10/56-007 Pliego de Observaciones La Auditoría Superior de Estado emitirá Pliego de Observaciones por la presunción de daño y perjuicio al erario público municipal de Villa Hidalgo, Zac., a quienes se desempeñaron durante el periodo del 1 de enero al 15 de septiembre como Presidente Municipal Profr. Juan Delgado Martínez (Responsable subsidiario), C. José Lozano Dueñas, Director de Obras y Servicios Públicos (Responsable directo), C. Iván Francisco Beltrán Garza, Director de Desarrollo Económico y Social (Responsable directo); por la cantidad de $238,312.21, por concepto de materiales pagados no entregados a los beneficiarios, resultado de la verificación de la obra "Adquisición de gravas y arenas", realizada mediante el Fondo III, correspondientes a 845.60 m3 de arena programada para 137 beneficiarios; debiendo presentar la Entidad Fiscalizada documentos comprobatorios tales como: relación de beneficiarios, acta de sitio que constate que se ha realizado nueva visita al total de los 137 beneficiarios, en la cual quede asentado la manifestación de cada uno de ellos de la recepción o no de

No solventa, por lo tanto se deriva en la Promoción de Fincamiento de Responsabilidades Resarcitorias.

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RESULTADO DEL PROCESO DE AUDITORÍA CUENTA PÚBLICA MUNICIPAL 2010

VILLA HIDALGO, ZAC.

CÓDIGO: PR-ST-TA-05-F01 No. REVISIÓN : 4

Páginas : 61 de 89

Fecha de Autorización: 2010-12-03

INFORME DETALLADO: OBRA PÚBLICA- REVISIÓN FÍSICA

RAMO GENERAL 33 FONDO III (Fondo de Aportaciones para la Infraestructura Social Municipal)

DETERMINACIÓN DE LA ENTIDAD DE FISCALIZACIÓN SUPERIOR ESTADO QUE GUARDA LA ACCIÓN PROMOVIDA RESULTADO / OBSERVACIÓN ACCIÓN PROMOVIDA

fecha 14 de abril de 2010 y por un monto de $183,230.99, a nombre de Cerro Vara Dulce Sociedad Cooperativa R.L. de C.V.; No. 16, con factura no. 18, ambas del 16 de marzo de 2010 y por un monto de $100,000.00, a nombre de Cerro Vara Dulce Sociedad Cooperativa R.L. de C.V.

los materiales pétreos asignados en la cual participe el Contralor Municipal o en su caso recibo de ingresos expedido por el Municipio de Villa Hidalgo, mismo que constate que el monto de los recursos observados ha sido reintegrado a la Tesorería Municipal y demás documentos que sean necesarios para su justificación.

Resultado OP-08, Observación OP-07. Que corresponde a la administración 2007-2010

Para la obra "Terminación de casa del pueblo, La Cerca"; se aprobó un monto total de $100,000.00, del Fondo III; para la Adquisición de los materiales necesarios para la terminación de la casa del pueblo, incluyendo los conceptos de piso firme, aplanados, enyesado, electrificación, pintura y herrería; mismos que incluyen la mano de obra. Durante la revisión física realizada el 3 de octubre de 2011, la obra se encontró inconclusa; en virtud de que del total del material pagado quedaron pendientes de colocar 24.56 m2 de vitropiso, mismos que se encuentran en el lugar de la obra. Con base a los rendimientos de las parejas oficial-peón y el tiempo que fueron contratadas y pagadas para la aplicación de los materiales suministrados, se considera que debió de haberse colocado el total del piso suministrado en el plazo establecido; por lo que se observa falta de supervisión para analizar el rendimiento de los trabajadores, afectando el costo de la obra tomando en cuenta el pago correspondiente a tres días de salario de la pareja oficial-peón por $1,500.00 Derivado de la revisión documental se constató que el importe total aprobado se liberó y ejerció de acuerdo al siguiente cuadro:

OP-10/56-008 Recomendación Se recomienda a la Administración actual que realice las acciones necesarias para que sea concluida la obra "Terminación de casa del pueblo, La Cerca"; realizada mediante el Fondo III, en virtud de que a la fecha de la visita y asentado en acta de revisión física, se encontró que del total del material pagado quedaron pendientes de colocar 24.56 m2 de vitropiso, mismos que se encuentran en el lugar de la obra; debiendo presentar la Entidad Fiscalizada evidencias necesarias que demuestren que el concepto observado ha sido terminado, exhibiendo acta de sitio en la cual participe el Contralor Municipal, evidencia fotográfica y demás documentación necesaria como constancia que se ha dado cumplimiento

Subsiste y por lo tanto no solventa, en virtud de que la Entidad Fiscalizada no presentó documentación ni manifestó conformidad al respecto a la recomendación realizada. Se reitera la Recomendación y se le dará seguimiento.

OP-10/56-009 Solicitud de intervención del Órgano Interno de Control Es necesario que la Contraloría Municipal, en el ámbito de su competencia, realice las acciones de verificación tendientes al cumplimiento de los aspectos recomendados en el punto que antecede e informe de los resultados obtenidos a esta Auditoría Superior del Estado.

Subsiste y por lo tanto no solventa. Se reitera la solicitud de intervención del Órgano Interno de Control.

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RESULTADO DEL PROCESO DE AUDITORÍA CUENTA PÚBLICA MUNICIPAL 2010

VILLA HIDALGO, ZAC.

CÓDIGO: PR-ST-TA-05-F01 No. REVISIÓN : 4

Páginas : 62 de 89

Fecha de Autorización: 2010-12-03

INFORME DETALLADO: OBRA PÚBLICA- REVISIÓN FÍSICA

RAMO GENERAL 33 FONDO III (Fondo de Aportaciones para la Infraestructura Social Municipal)

DETERMINACIÓN DE LA ENTIDAD DE FISCALIZACIÓN SUPERIOR ESTADO QUE GUARDA LA ACCIÓN PROMOVIDA RESULTADO / OBSERVACIÓN ACCIÓN PROMOVIDA

CHEQUE FACTURA CHEQUE FACTURA CHEQUE FACTURA

26

RECIBO

INTERNO NO.

7842

13-abr-10 13-abr-10 13,981.00 13,981.00RUBEN FLORES

RODRIGUEZ

75 1042 12-jul-10 12-jul-10 11,500.00 11,500.00M A. ISABEL SUSTAITA

M ARTINEZ

46 24237 20-may-10 20/05/2010 14,000.00 14,000.00M ATERIALES RODRIGUEZ

BAEZ SA DE CV.

93 50082053 10-ago-10 12/08/2010 35,519.00 28,379.87M A. ISABEL SUSTAITA

M ARTINEZ

1074 19/08/2010 7,139.13 GABRIEL HUERTA GARZA

9 LISTA DE RAYA 01-mar-10 15-3-10 AL 20-3-10 25,000.00 11,981.00JOEL FLORES

CERVANTES

LISTA DE RAYA 8-3-10 AL 13-3-10 9,000.00JOEL FLORES

CERVANTES

LISTA DE RAYA 20-2-10 AL 27-2-10 9,000.00JOEL FLORES

CERVANTES

LISTA DE RAYA 1-3-10 AL 6-3-10 9,000.00JOEL FLORES

CERVANTES

TOTAL 100,000.00$ 113,981.00$

NÚMERO DE: FECHA: IMPORTE BENEFICIARIO Y/O

PROVEEDOR

Resultado OP-09, Observación OP-08. Que corresponde a la administración 2007-2010 Para la obra "Terminación casa del pueblo, San Gabriel"; se aprobó un monto total de $170,000.00 del Fondo III; para la terminación de la casa del pueblo en la comunidad de San Gabriel, contemplando la adquisición de los materiales para ejecutar los conceptos de firme, piso, aplanados, enyesado, electrificación, herrería y pintura incluyendo para cada uno de estos conceptos la mano de obra. Durante la revisión física realizada el 3 de octubre de 2011, la obra se encontró inconclusa; lo anterior con base a que en la comparativa realizada de materiales ejecutados con respecto de los pagados; presenta materiales pagados no aplicados por $4,551.72, correspondientes a 2.4 ton de cemento gris para ejecutar 30.81 m2 de firme de concreto. Derivado de la revisión documental se constató que el importe total aprobado se liberó y ejerció de acuerdo a la siguiente tabla:

OP-10/56-010 Pliego de Observaciones La Auditoría Superior de Estado emitirá Pliego de Observaciones por la presunción de daño y perjuicio al erario público municipal de Villa Hidalgo, Zac., a quienes se desempeñaron durante el periodo del 1 de enero al 15 de septiembre como Presidente Municipal Profr. Juan Delgado Martínez (Responsable subsidiario), C. José Lozano Dueñas, Director de Obras y Servicios Públicos (Responsable directo) y C. Iván Francisco Beltrán Garza, Director de Desarrollo Económico y Social (Responsable directo); por la cantidad de $4,551.72, por concepto de materiales pagados no aplicados derivados de la cuantificación en la obra "Terminación casa del pueblo, San Gabriel", realizada mediante el Fondo III, correspondientes a 2.4 ton de cemento gris para ejecutar

No solventa, por lo tanto se deriva en la Promoción de Fincamiento de Responsabilidades Resarcitorias.

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RESULTADO DEL PROCESO DE AUDITORÍA CUENTA PÚBLICA MUNICIPAL 2010

VILLA HIDALGO, ZAC.

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INFORME DETALLADO: OBRA PÚBLICA- REVISIÓN FÍSICA

RAMO GENERAL 33 FONDO III (Fondo de Aportaciones para la Infraestructura Social Municipal)

DETERMINACIÓN DE LA ENTIDAD DE FISCALIZACIÓN SUPERIOR ESTADO QUE GUARDA LA ACCIÓN PROMOVIDA RESULTADO / OBSERVACIÓN ACCIÓN PROMOVIDA

CHEQUE FACTURA CHEQUE FACTURA CHEQUE FACTURA

98 11-ago-10 11,340.00GABINO ESCAM ILLA

M ARTÍNEZ

24 31-mar-10 15,000.00GABINO ESCAM ILLA

M ARTÍNEZ

62 09-jun-10 30,000.00GABINO ESCAM ILLA

M ARTÍNEZ

23 26-mar-10 25,000.00GABINO ESCAM ILLA

M ARTÍNEZ

65 808 09-jun-10 27-may-10 20,000.00 8,120.00 J. FELIX RODRÍGUEZ JUÁREZ

807 13/05/2010 9,744.00

816 05/08/2010 2,136.00

96 24846 10/08/2010 10/08/2010 25,670.00 25,670.00M ATERIALES RODRÍGUEZ

BAEZ SA DE CV.

49 24234 20/05/2010 20/05/2010 42,990.00 42,990.00M ATERIALES RODRÍGUEZ

BAEZ SA DE CV.

LISTA DE RAYA 5-10 ABRIL 16,500.00

LISTA DE RAYA 19-24 ABRIL 15,000.00

LISTA DE RAYA 3-8 M AYO 8,500.00

LISTA DE RAYA 26 ABRIL-1 M AYO 16,500.00

LISTA DE RAYA 12-17 ABRIL 13,500.00

LISTA DE RAYA 14-19 JUNIO 8,500.00

LISTA DE RAYA 7-12 JUNIO 2,840.00

TOTAL 170,000.00$ 170,000.00$

NÚMERO DE: FECHA: IMPORTE BENEFICIARIO Y/O

PROVEEDOR

30.81 m2 de firme de concreto; debiendo presentar la Entidad Fiscalizada elementos probatorios que demuestren que los materiales fueron aplicados, tales como: acta de sitio con la participación del Contralor Municipal y Comité de obra, reporte fotográfico y demás documentación que considere necesaria para su justificación.

Resultado OP-10, Observación OP-09. Que corresponde a la administración 2007-2010 Para la obra "Construcción de kiosko, jardín y campanario, El Maguey"; se aprobó un monto total de $100,248.00 del Fondo III; para la construcción de kiosko a base de cimentación de mampostería, cadenas de desplante y cerramiento, castillos según diseño, techo de bóveda de petatillo con vigas de ángulo, barandal y pasamanos de herrería, construcción de piso de concreto en jardín y estructura metálica para continuación de campanario. Durante la revisión física realizada el 3 de octubre de 2011, la obra se encontró inconclusa; lo anterior en virtud de que no ha sido suministrada la estructura metálica para continuación del campanario por un monto de $35,000.00; así mismo con base en la comparativa de materiales pagados con respecto a los aplicados, presenta materiales pagados no aplicados por $16,904.92, correspondientes a 7.35 ton de cemento gris, mismo que no se encontró su ubicación en la obra; por lo que el monto total observado es de $51,904.92. Derivado de la revisión documental se constató que el importe total aprobado se liberó y ejerció mediante pólizas-cheque No. 81, con respaldo de factura No. 24754, ambas del 16 de julio de 2010, por un monto de $65,248..00, a nombre de Materiales Rodríguez Báez S.A. de C.V.; No. 107 con respaldo de factura No. 11; ambas del 9 de septiembre de 2010, ambas

OP-10/56-011 Pliego de Observaciones La Auditoría Superior de Estado emitirá Pliego de Observaciones por la presunción de daño y perjuicio al erario público municipal de Villa Hidalgo, Zac., a quienes se desempeñaron durante el periodo del 1 de enero al 15 de septiembre como Presidente Municipal Profr. Juan Delgado Martínez (Responsable subsidiario), C. José Lozano Dueñas, Director de Obras y Servicios Públicos (Responsable directo), C. Iván Francisco Beltrán Garza, Director de Desarrollo Económico y Social (Responsable directo) y contratista, Mirella Chávez García (Responsable solidario); por la cantidad de $51,904.92, por concepto de materiales pagados no aplicados derivados de la cuantificación en la obra "Construcción de kiosko, jardín y campanario, El Maguey", realizada mediante el Fondo III, correspondientes a estructura metálica para continuación del campanario por un monto de $35,000.00; 7.35 ton de cemento gris, mismo que no se encontró su

No solventa, por lo tanto se deriva en la Promoción de Fincamiento de Responsabilidades Resarcitorias.

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RAMO GENERAL 33 FONDO III (Fondo de Aportaciones para la Infraestructura Social Municipal)

DETERMINACIÓN DE LA ENTIDAD DE FISCALIZACIÓN SUPERIOR ESTADO QUE GUARDA LA ACCIÓN PROMOVIDA RESULTADO / OBSERVACIÓN ACCIÓN PROMOVIDA

por un monto de $35,000.00; pólizas y facturas a nombre de Mirella Chávez García .

ubicación en la obra $16,904.92; debiendo presentar la Entidad Fiscalizada elementos probatorios que demuestren que los materiales fueron suministrados y aplicados y que la obra se encuentra concluida y operando tales como: plano de la ubicación del cemento observado, números generadores, acta de sitio en la cual participe la Contralor Municipal y los beneficiarios, evidencia fotográfica y demás documentos que sean necesarios para su justificación.

Resultado OP-11, Observación OP-10. Que corresponde a la administración 2007-2010 Para la obra "Terminación de dos oficinas de supervisión nivel preescolar, Villa Hidalgo"; se aprobó un monto total de $300,000.00 del Fondo III; para la terminación de módulo con dos oficinas y un salón de juntas a base de: 175.00 m2 de firme de concreto con f'c=150 kg/cm2 y 8 cm de espesor, suministro y colocación de 175.00 m2 de vitropiso y 28.00 m2 de azulejo, 45.00 m2 de muro de tabique rojo, 10.00 m de moldura de pecho paloma en fachada, suministro y colocación de un portón de 6.00 m, 40.00 m de reja metálica (con abrazaderas, postes y anclajes) y 50.00 m de malla ciclónica cal. 10.5 (incluye postes, espadas y alambre de púas). Durante la revisión física realizada el 4 de octubre de 2011, la obra se encontró terminada y operando; sin embargo en con base en la cuantificación de los conceptos ejecutados con respecto a los pagados, presenta conceptos pagados no ejecutados por un monto de $24,467.78, correspondientes a: 16.17 m2 de firme de concreto $3,484.96, 14.17 m2 de suministro y colocación de vitropiso $4,702.88, 0.74 m de suministro y colocación de portón $2,339.08, 5.98 m de suministro y colocación de reja metálica $12,372.38 y 1.99 m de suministro y colocación de malla ciclónica $1,568.48. Derivado de la revisión documental se constató que el importe total aprobado se liberó y ejerció mediante la póliza-cheque s/n, con respaldo en factura No. 23962, ambas del 10 de marzo de 2010, por un monto de $300,000.00; a nombre de Materiales

OP-10/56-012 Pliego de Observaciones La Auditoría Superior de Estado emitirá Pliego de Observaciones por la presunción de daño y perjuicio al erario público municipal de Villa Hidalgo, Zac., a quienes se desempeñaron durante el periodo del 1 de enero al 15 de septiembre como Presidente Municipal Profr. Juan Delgado Martínez (Responsable subsidiario), C. José Lozano Dueñas, Director de Obras y Servicios Públicos (Responsable directo), C. Iván Francisco Beltrán Garza, Director de Desarrollo Económico y Social (Responsable directo) y contratista, Materiales Rodríguez Báez S.A. de C.V., (Responsable solidario); por la cantidad de $24,467.78, por conceptos pagados no ejecutados derivados de la cuantificación en la obra "Terminación de dos oficinas de supervisión nivel preescolar, Villa Hidalgo", realizada mediante el Fondo III, correspondientes a: 16.17 m2 de firme de concreto $3,484.96, 14.17 m2 de suministro y colocación de vitropiso $4,702.88, 0.74 m de suministro y colocación de portón $2,339.08, 5.98 m de

No solventa, por lo tanto se deriva en la Promoción de Fincamiento de Responsabilidades Resarcitorias.

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RAMO GENERAL 33 FONDO III (Fondo de Aportaciones para la Infraestructura Social Municipal)

DETERMINACIÓN DE LA ENTIDAD DE FISCALIZACIÓN SUPERIOR ESTADO QUE GUARDA LA ACCIÓN PROMOVIDA RESULTADO / OBSERVACIÓN ACCIÓN PROMOVIDA

Rodríguez Báez S.A. de C.V. suministro y colocación de reja metálica $12,372.38 y 1.99 m de suministro y colocación de malla ciclónica $1,568.48; debiendo presentar la Entidad Fiscalizada elementos probatorios que demuestren que los conceptos pendientes fueron ejecutados y que la obra se encuentra concluida de acuerdo al proyecto tales como: proyecto de la obra que contenga planta arquitectónica y cortes, bitácora de la obra, números generadores, acta de sitio en la cual participe la Contralor Municipal y los beneficiarios, evidencia fotográfica y demás documentos que sean necesarios para su justificación

Resultado OP-012, Observación OP-11. Que corresponde a la administración 2007-2010 Para la obra "Terminación de construcción de tramo carretero, Caballerías"; se aprobó un monto total de $927,000.00 del Fondo III; para la construcción de terracerías en una longitud de 1.8 km; consistentes en construcción de base, subbase, acarreo de materiales y obras de drenaje. (obra ejecutada por administración directa de la cual para este expediente solo contempla los combustibles, lubricantes y refacciones de vehículos y maquinaria). Durante la revisión física realizada el 4 de octubre de 2011, la obra se encontró terminada y operando; sin embargo con base al análisis de precios unitarios y comparativa del costo por km de construcción de terracerías de esta obra con respecto de la obra "Construcción de terracería de acceso a la comunidad, El Refugio" misma que ejecutó el Municipio durante este mismo ejercicio y de características similares y de la cual su costo fue de $582,128.00, en una longitud de 700.00 metros; resulta un sobreprecio por un monto de $486,298.29; de acuerdo al siguiente cuadro:

OP-10/56-013 Pliego de Observaciones La Auditoría Superior de Estado emitirá Pliego de Observaciones por la presunción de daño y perjuicio al erario público municipal de Villa Hidalgo, Zac., a quienes se desempeñaron durante el periodo del 1 de enero al 15 de septiembre como Presidente Municipal Profr. Juan Delgado Martínez (Responsable subsidiario), C. José Lozano Dueñas, Director de Obras y Servicios Públicos (Responsable directo), C. Iván Francisco Beltrán Garza, Director de Desarrollo Económico y Social (Responsable directo) y contratista, Fernando Lara Nieves (Responsable solidario); por la cantidad de $486,298.29, correspondiente a sobre precio en la ejecución de la obra “Terminación de construcción de tramo carretero, Caballerías” determinado de la comparativa del costo por km de construcción de terracerías de esta obra con respecto de la obra “Construcción

No solventa, por lo tanto se deriva en la Promoción de Fincamiento de Responsabilidades Resarcitorias.

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RAMO GENERAL 33 FONDO III (Fondo de Aportaciones para la Infraestructura Social Municipal)

DETERMINACIÓN DE LA ENTIDAD DE FISCALIZACIÓN SUPERIOR ESTADO QUE GUARDA LA ACCIÓN PROMOVIDA RESULTADO / OBSERVACIÓN ACCIÓN PROMOVIDA

A) TERMINACIÓN DE CONSTRUCCIÓN DE TRAMO

CARRETERO, CABALLERIAS Km 1.80

$927,000.00

(SOLO

INDIRECTOS)

$1,469,005.71 $440,701.71 $486,298.29

B) CONSTRUCCIÓN DE TERRACERÍA DE ACCESO A LA

COMUNIDAD EL REFUGIO

(INCLUYE OBRAS DE DRENAJE)

Km 0.70 $582,128.00 - - -

$486,298.29

SOBREPRECIO

(COSTO-

INDIRECTOS)

TOTAL

OBRA UNIDAD METAS COSTO

COSTO CON

RESPECTO A LA

OBRA B)

INDIRECTOS

29.4409%

Derivado de la revisión documental se constató que el importe total aprobado se liberó y ejerció como se indica en el siguiente anexo:

CHEQUE FACTURA CHEQUE FACTURA CHEQUE FACTURA

29 1576 13-abr-10 10-sep-10 4,400.00 4,400.00 JOSE SANTOS BELTRAN REYES

27 295 13-abr-10 16-abr-10 25,878.00 1,253.00 ABRAHAM CORPUS DE LIRA

294 16-abr-10 7,668.00 ABRAHAM CORPUS DE LIRA

293 16-abr-10 3,105.00 ABRAHAM CORPUS DE LIRA

291 05-abr-10 3,532.00 ABRAHAM CORPUS DE LIRA

290 05-abr-10 1,129.00 ABRAHAM CORPUS DE LIRA

289 05-abr-10 6,972.00 ABRAHAM CORPUS DE LIRA

288 05-abr-10 2,219.00 ABRAHAM CORPUS DE LIRA

111 46562 09-sep-10 01-jul-10 68,446.00 68,446.00 ISM AEL PACHECO ESCOJIDO

21 44958 18-mar-10 20-abr-10 68,115.63 53,000.00 M UNICIPIO DE VILLA HIDALGO

19630 26/03/2010 614.80 CADECO SA DE CV

418 29/04/2010 15,000.00BALCONERIA ROGA

J. FELIX ROBLES CONTRERAS

110 46143 09/09/2010 14/06/2010 100,000.00 100,000.00 ISM AEL PACHECO ESCOJIDO

87 46399 06/08/2010 24/04/2010 90,065.00 90,065.00 ISM AEL PACHECO ESCOJIDO

73 45711 25-jun-10 26-may-10 100,000.00 100,000.00 ISM AEL PACHECO ESCOJIDO

33 44871 15-abr-10 16-abr-10 131,790.00 131,790.00 ISM AEL PACHECO ESCOJIDO

10 44090 03-mar-10 05-mar-10 178,937.00 178,937.00 ISM AEL PACHECO ESCOJIDO

39 44332 06-may-10 18-mar-10 81,343.00 81,343.00 ISM AEL PACHECO ESCOJIDO

135 43927 24-feb-10 26-feb-10 78,025.00 78,025.00 ISM AEL PACHECO ESCOJIDO

9 2 6 ,9 9 9 .6 3$ 9 2 7,4 9 8 .8 0$

NÚMERO DE: FECHA: IMPORTE BENEFICIARIO Y/O

PROVEEDOR

de terracería de acceso a la comunidad El Refugio”, misma que ejecutó por contrato el municipio durante este mismo ejercicio y de características similares, debiendo presentar la entidad fiscalizada elementos probatorios que aclaren la aplicación del monto observado, así como evidencia que constate mediante recibo de ingresos expedido por el Municipio de Villa Hidalgo que la diferencia de recursos resultante del sobreprecio de los conceptos observados ha sido reintegrado a la Tesorería Municipal y demás documentos que sean necesarios para su justificación.

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RAMO GENERAL 33 FONDO III (Fondo de Aportaciones para la Infraestructura Social Municipal)

DETERMINACIÓN DE LA ENTIDAD DE FISCALIZACIÓN SUPERIOR ESTADO QUE GUARDA LA ACCIÓN PROMOVIDA RESULTADO / OBSERVACIÓN ACCIÓN PROMOVIDA

Resultado OP-13, Observación OP-012. Que corresponde a la administración 2007-2010 Para la obra "Construcción de terracería de acceso, Comunidad el Refugio"; se aprobó un monto total de $582,128.00 del Fondo III; para la construcción de la terracerías a base de: despalme de 2,235.00 m3 de material (desperdiciándose), excavación de 4,470.00 m3 bajo la subrasante, excavación para préstamo de 745.00 m3 dentro de una faja de 20.00 m laterales al camino, 7,450.00 m3 de material de banco, compactación de 2,235.00 m3 de los terraplenes en el área de desplante (al 90%), escarificación, desgregado y acamellonado de 1,043.00 m3 de material, excavación de 46.80 m3 para cunetas y contracunetas, acarreo de 7,260.10 m3 de material del banco hacia fuera del lugar de la obra, así como dos obras de drenaje que constan de: 104.50 m3 de excavación, 54.40 m3 de mampostería, 21.44 m3 de concreto hidráulico, y 987.80 kg de acero estructural. Durante la revisión física realizada el 3 de octubre de 2011, la obra se encontró terminada y operando; sin embargo con base en la cuantificación de los conceptos ejecutados con respecto a los pagados, éstos presentan diferencias por un monto de $127,011.85; correspondientes a: 695.00 m3 de despalme de terreno $1,987.70, 2,160 m3 de excavación bajo la subrasante $31,492.80, 1,685.00 m3 de excavación para préstamo en banco $28,308.00, 1,495.00 m3 de acarreo de materia de banco al lugar de la obra $12,454.18, 33.17 m3 de mampostería para obras hidráulicas $29,730.27 y 10.84 m3 de concreto estructural para obras hidráulicas $23,038.90. Derivado de la revisión documental se constató que el importe total aprobado se liberó y ejerció mediante pólizas-cheque No. 90, de fecha 6 de agosto de 2010, con respaldo de factura No. 150, del 8 de septiembre de 2010, ambas por un monto de $291,064.00; No. 112 de fecha 9 de septiembre de 2010, con respaldo de factura No. 153, del 6 de septiembre de 2010, ambas por un monto de $291,064.00; pólizas y facturas a nombre de Leopoldo Morones Fonseca.

OP-10/56-014 Pliego de Observaciones La Auditoría Superior de Estado emitirá Pliego de Observaciones por la presunción de daño y perjuicio al erario público municipal de Villa Hidalgo, Zac., a quienes se desempeñaron durante el periodo del 1 de enero al 15 de septiembre como Presidente Municipal Profr. Juan Delgado Martínez (Responsable subsidiario), C. José Lozano Dueñas, Director de Obras y Servicios Públicos (Responsable directo), C. Iván Francisco Beltrán Garza, Director de Desarrollo Económico y Social (Responsable directo) y contratista, Leopoldo Morones Fonseca (Responsable solidario); por la cantidad de $127,011.85, por conceptos pagados no ejecutados derivados de la cuantificación en la obra "Construcción de terracería de acceso, Comunidad el Refugio", realizada mediante el Fondo III, correspondientes a: 695.00 m3 de despalme de terreno $1,987.70, 2,160 m3 de excavación bajo la subrasante $31,492.80, 1,685.00 m3 de excavación para préstamo en banco $28,308.00, 1,495.00 m3 de acarreo de materia de banco al lugar de la obra $12,454.18, 33.17 m3 de mampostería para obras hidráulicas $29,730.27 y 10.84 m3 de concreto estructural para obras hidráulicas $23,038.90; debiendo presentar el Ente Fiscalizado elementos probatorios, si es el caso de ampliación de metas de que los conceptos observados fueron ejecutados, presentando documentación tal como: proyecto de la obra debidamente aprobado por la Junta Estatal de Caminos que

No solventa, por lo tanto se deriva en la Promoción de Fincamiento de Responsabilidades Resarcitorias.

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RESULTADO DEL PROCESO DE AUDITORÍA CUENTA PÚBLICA MUNICIPAL 2010

VILLA HIDALGO, ZAC.

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Páginas : 68 de 89

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INFORME DETALLADO: OBRA PÚBLICA- REVISIÓN FÍSICA

RAMO GENERAL 33 FONDO III (Fondo de Aportaciones para la Infraestructura Social Municipal)

DETERMINACIÓN DE LA ENTIDAD DE FISCALIZACIÓN SUPERIOR ESTADO QUE GUARDA LA ACCIÓN PROMOVIDA RESULTADO / OBSERVACIÓN ACCIÓN PROMOVIDA

contenga perfiles y seccionamiento del terreno, ubicación del banco de materiales, bitácora de la obra, números generadores, estudio de mecánica de suelos, memoria fotográfica o en su caso recibo de ingresos expedido por el Municipio de Villa Hidalgo, mismo que constate que la diferencia de recursos resultante de los conceptos pagados no ejecutados ha sido reintegrado a la Tesorería Municipal y demás documentos que sean necesarios para su justificación.

Resultado OP-14, Observación OP-13. Que corresponde a la administración 2010-2013 Para la obra "Rehabilitación de drenaje sanitario en calle Morelos (frente a CBTA), Villa Hidalgo"; se aprobó un monto total de $368,945.00 del Fondo III; para la construcción de línea de drenaje de 269.00 m, a base de tubería de PVC de 12"; 6 pozos de visita con brocal de acero regular abierto y 30.00 m de descargas domiciliarias de tubería de PVC de 10"; a base de los siguientes conceptos: trazo y nivelación, corte en banquetas de concreto, excavación en cepa con maquinaria, afine de taludes, cama de arena, reposición de piso de concreto y limpieza de la obra. Durante la revisión física realizada el 4 de octubre de 2011, la obra se encontró terminada y operando; sin embargo con base en la cuantificación de conceptos pagados con respecto a los ejecutados, presenta conceptos pagados no ejecutados por $25,345.85; correspondientes a 66.00 m de corte de banqueta por $4,868.45, 31.68 m3 de excavación en cepa con maquinaria por $1,178.54, 19.80 m2 de afine de taludes $383.57, 1.98 m3 de cama de arena por $657.71, 1 pozo de visita tipo cónico por $5,827.71, 1 brocal de acero regular por $2,599.94, 27.39 m3 de relleno de cepa por $3,808.87, 19.80 m2 de piso de cemento simple por $6,021.06. Derivado de la revisión documental se constató que el importe total aprobado se liberó y ejerció mediante póliza-cheque No. 7 de fecha 16 de diciembre de 2010, con respaldo de factura No. 1165 de fecha 30 de diciembre de 2010, ambas por un monto de

OP-10/56-015 Pliego de Observaciones La AuditorÍa Superior de Estado emitirá Pliego de Observaciones por la presunción de daño y perjuicio al erario público municipal de Villa Hidalgo, Zac., a quienes se desempeñaron durante el periodo del 15 de septiembre al 31 de diciembre de 2010 como Presidente Municipal Profr. Víctor Manuel Yáñez Torres (Responsable subsidiario), Profr. Antonio Cárdenas Rodríguez, Director de Obras y Servicios Públicos (Responsable directo), Profr. José Juan Torres Chávez Director de Desarrollo Económico y Social (Responsable directo) y contratista, Promotora y Edificadora HUGASA S.A. de C.V. (Responsable solidario); por la cantidad de $25,345.85, por conceptos pagados no ejecutados derivados de la cuantificación en la obra "Rehabilitación de drenaje sanitario en calle Morelos (frente a CBTA), Villa Hidalgo", realizada mediante el Fondo III, correspondientes a 66.00 m de corte de banqueta por $4,868.45, 31.68 m3 de excavación en cepa con maquinaria por

No solventa, por lo tanto se deriva en la Promoción de Fincamiento de Responsabilidades Resarcitorias.

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RESULTADO DEL PROCESO DE AUDITORÍA CUENTA PÚBLICA MUNICIPAL 2010

VILLA HIDALGO, ZAC.

CÓDIGO: PR-ST-TA-05-F01 No. REVISIÓN : 4

Páginas : 69 de 89

Fecha de Autorización: 2010-12-03

INFORME DETALLADO: OBRA PÚBLICA- REVISIÓN FÍSICA

RAMO GENERAL 33 FONDO III (Fondo de Aportaciones para la Infraestructura Social Municipal)

DETERMINACIÓN DE LA ENTIDAD DE FISCALIZACIÓN SUPERIOR ESTADO QUE GUARDA LA ACCIÓN PROMOVIDA RESULTADO / OBSERVACIÓN ACCIÓN PROMOVIDA

$66,145.00; No. 8 de fecha 16 de diciembre de 2010, con factura No. 1163 de fecha 15 de diciembre de 2010, por $302,800.50; pólizas y facturas a nombre de Promotora y Edificadora HUGASA S.A. de C.V..

$1,178.54, 19.80 m2 de afine de taludes $383.57, 1.98 m3 de cama de arena por $657.71, 1 pozo de visita tipo cónico por $5,827.71, 1 brocal de acero regular por $2,599.94, 27.39 m3 de relleno de cepa por $3,808.87, 19.80 m2 de piso de cemento simple por $6,021.06; debiendo presentar la Entidad Fiscalizada elementos probatorios que demuestren que los conceptos pendientes fueron ejecutados y que la obra se encuentra concluida de acuerdo al proyecto, tales como: acta de sitio que constate que han sido ejecutados los conceptos pendientes en la que participe el Contralor Municipal y los beneficiarios, evidencia fotográfica y demás documentos que sean necesarios para su justificación o en su caso el reintegro del monto cobrado de más a la Tesorería Municipal.

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RESULTADO DEL PROCESO DE AUDITORÍA CUENTA PÚBLICA MUNICIPAL 2010

VILLA HIDALGO, ZAC.

CÓDIGO: PR-ST-TA-05-F01 No. REVISIÓN : 4

Páginas : 70 de 89

Fecha de Autorización: 2010-12-03

INFORME DETALLADO: OBRA PÚBLICA- REVISIÓN FÍSICA

RAMO GENERAL 33 FONDO IV (Fondo de Aportaciones para el Fortalecimiento Municipal)

DETERMINACIÓN DE LA ENTIDAD DE FISCALIZACIÓN SUPERIOR ESTADO QUE GUARDA LA ACCIÓN PROMOVIDA RESULTADO / OBSERVACIÓN ACCIÓN PROMOVIDA

Derivado de la revisión física y documental de 1 (una) obra que constituyó la muestra seleccionada, no se desprenden observaciones que hacer constar.

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RESULTADO DEL PROCESO DE AUDITORÍA CUENTA PÚBLICA MUNICIPAL 2010

VILLA HIDALGO, ZAC.

CÓDIGO: PR-ST-TA-05-F01 No. REVISIÓN : 4

Páginas : 71 de 89

Fecha de Autorización: 2010-12-03

INFORME DETALLADO: OBRA PÚBLICA- REVISIÓN FÍSICA

PROGRAMA DESARROLLO DE ZONAS PRIORITARIAS

DETERMINACIÓN DE LA ENTIDAD DE FISCALIZACIÓN SUPERIOR ESTADO QUE GUARDA LA ACCIÓN PROMOVIDA RESULTADO / OBSERVACIÓN ACCIÓN PROMOVIDA

Derivado de la revisión física y documental de 4 (cuatro) obra que constituyó la muestra seleccionada, se desprenden las siguientes observaciones:

Resultado OP-15, Observación OP-14.

Que corresponde a la administración 2010-2013

Para la obra "Ampliación red eléctrica con 9 postes, comunidad Presa de Valenzuela"; se aprobó un monto total de $410,132.37 del Programa para el Desarrollo de Zonas Prioritarias, con aportaciones federal de $192,798.00, estatal de $96,399.00, municipal de $120,935.00; para la construcción de dos ampliaciones de red eléctrica: a).- 6 postes de concreto de 12-000, 3 retenidas de 9-400, 1 transformador de 15 KVA auto protegido 33 KV, línea primaria, línea secundaria a base de cable neutranel 2+1 1/0 y (1+1)(6), herrajes y accesorios, 5 luminarias de 110 V, equipo de medición y alumbrado de 127 V, planos y trámites ante la Comisión Federal de Electricidad. b).- 3 postes de concreto de 12-000, 3 retenidas de 9-400, 1 transformador de 15 KVA auto protegido 33 KV, línea primaria, línea secundaria a base de cable neutranel 2+1 1/0 y (1+1)(6), Herrajes y accesorios, 3 luminarias de 110 V, equipo de medición y alumbrado de 127 V, planos y trámites ante la Comisión Federal de Electricidad.

Durante la revisión física realizada el 4 de octubre de 2011, la obra se encontró terminada y sin operar; lo anterior en virtud de que no se tiene liberada ante la Comisión Federal de Electricidad; así mismo la obra presenta conceptos pendientes de realizar por $7,000.00, correspondiente a 1 lote de trámites ante la Comisión Federal de Electricidad.

Derivado de la revisión documental se constató que del importe total aprobado se liberó parcialmente y ejerció mediante póliza-egresos No. E00399 y cargo electrónico con referencia No. 0083041037, de fecha 30 de agosto de 2010, con respaldo de factura No. 162, del 6 de septiembre de 2010, ambas por un monto de $96,399.00.

Asimismo, se exhiben las facturas número. 226, del 11 de febrero de 2011, por un monto de $170,205.60; y número 273 del 28 de junio de 2011 por un monto de $143,527.77, ambas a nombre de

OP-10/56-016 Solicitud de Aclaración Se solicita al Ente Fiscalizado para efecto de aclaración presente evidencia documental que demuestre que la obra "Ampliación red eléctrica con 9 postes, comunidad Presa de Valenzuela" realizada mediante el Programa para el Desarrollo de Zonas Prioritarias; ha sido puesta en operación, ya que en la fecha de la visita de revisión y asentado en acta de revisión física, se constató que el contratista no había realizado ante la Comisión Federal de Electricidad el trámite de la libranza respectiva, concepto contemplado en el presupuesto contratado para su ejecución por un monto de $7,000.00.

De igual manera para el mismo efecto de aclaración, deberá presentar documentos comprobatorios que justifiquen la liberación del recurso por un monto de $313,733.00 y la obra ha sido finiquitada, tales como pólizas-cheque, entre otros; así mismo documentación técnica tal como: proyecto de la obra, estimaciones, números generadores, bitácora de obra, entre otros; de igual manera las pruebas necesarias que demuestren que la obra se encuentra concluida y operando tales como: oficio de libranza expedido por la Comisión Federal de Electricidad, acta de entrega recepción en la cual participe el contralor municipal y los beneficiarios, evidencia fotográfica y demás documentos que sean necesarios para su justificación; lo anterior con fundamento en los artículos 74 fracción XXVI de la Ley Orgánica del Municipio del Estado de Zacatecas y 46 fracción II de la Ley de Coordinación Fiscal. Los conceptos anteriores implican un monto total por aclarar de $320,733.00.

No se solventa, y se deriva en una promoción para el Fincamiento de Responsabilidades Administrativas.

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RESULTADO DEL PROCESO DE AUDITORÍA CUENTA PÚBLICA MUNICIPAL 2010

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CÓDIGO: PR-ST-TA-05-F01 No. REVISIÓN : 4

Páginas : 72 de 89

Fecha de Autorización: 2010-12-03

INFORME DETALLADO: OBRA PÚBLICA- REVISIÓN FÍSICA

PROGRAMA DESARROLLO DE ZONAS PRIORITARIAS

DETERMINACIÓN DE LA ENTIDAD DE FISCALIZACIÓN SUPERIOR ESTADO QUE GUARDA LA ACCIÓN PROMOVIDA RESULTADO / OBSERVACIÓN ACCIÓN PROMOVIDA

Leopoldo Morones Fonseca de las cuales no se presentan las pólizas que justifiquen las erogaciones realizadas para su pago.

Resultado OP-16, Observación OP-15.

Que corresponde a la administración 2010-2013

Para la obra "Ampliación red eléctrica con 4 postes, comunidad Montegrande" realizada mediante el Programa para el Desarrollo a Zonas Prioritarias; se aprobó un monto total de $148,238.00, con aportaciones federal de $79,327.31, estatal de $39,663.66, municipal de $29,247.00; para la construcción de ampliación de red eléctrica a base de 4 postes de concreto de 12-000, 1 transformador de 15 KVA autoprotegido 13.2 KV, línea primaria, línea secundaria a base de cable neutranel 2+1 1/0 y (1+1)(6), herrajes y accesorios, 3 luminarias de 110 V, equipo de medición y alumbrado de 127 V, planos y trámites ante la Comisión Federal de Electricidad.

Durante la revisión física realizada el 3 de octubre de 2011, la obra se encontró terminada y sin operar; lo anterior con base a que no se tiene liberada ante la Comisión Federal de Electricidad; así mismo la obra presenta conceptos pendientes de ejecutar por $6,500.00, correspondiente a 1 lote de trámites ante la Comisión Federal de Electricidad.

Derivado de la revisión documental se constató que del importe total aprobado se liberó parcialmente y ejerció mediante póliza-egresos No. E00399 y cargo electrónico con referencia No. 0083041030, de fecha 30 de agosto de 2010, con respaldo de factura No. 160, del 6 de septiembre de 2010, ambas por un monto de $39,663.50 a nombre de Leopoldo Morones Fonseca.

Asimismo, se exhiben las facturas número 228, del 11 de febrero de 2011 por un monto de $105,043.85; y número 275 del 28 de junio de 2011 por un monto de $3,531.38, ambas a nombre de Leopoldo Morones Fonseca, de las cuales no se presentan las pólizas que justifiquen las erogaciones realizadas para su pago.

OP-10/56-017 Solicitud de Aclaración Se solicita al Ente Fiscalizado para efecto de aclaración presente evidencia documental de que la obra "Ampliación red eléctrica con 4 postes, comunidad Montegrande" realizada mediante el Programa para el Desarrollo a Zonas Prioritarias; ha sido puesta en operación, ya que en la fecha de la visita de revisión y asentado en acta de revisión física, se constató que el contratista no había realizado ante la Comisión Federal de Electricidad el trámite de la libranza respectiva, concepto contemplado en el presupuesto contratado para su ejecución por un monto de $6,500.00. De igual manera para el mismo efecto de aclaración, deberá presentar documentos comprobatorios que constaten la liberación del recurso por $108,574.50 tales como: pólizas-cheque, facturas, entre otros; así mismo documentación técnica de que la obra ha sido finiquitada, tal como: proyecto de la obra, estimaciones, números generadores, bitácora de obra, entre otros; de igual manera las pruebas necesarias que demuestren que la obra se encuentra concluida y operando tales como: oficio de libranza expedido por la Comisión Federal de Electricidad, acta de entrega recepción en la cual participe el contralor municipal y los beneficiarios, evidencia fotográfica y demás documentos que sean necesarios para su justificación; lo anterior con fundamento en los artículos 74 fracción XXVI de la Ley Orgánica del Municipio del Estado de Zacatecas y 46 fracción II de la Ley de Coordinación Fiscal. Los conceptos anteriores implican un monto total por aclarar de $115,077.50.

No se solventa, y se deriva en una promoción para el Fincamiento de Responsabilidades Administrativas.

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RESULTADO DEL PROCESO DE AUDITORÍA CUENTA PÚBLICA MUNICIPAL 2010

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CÓDIGO: PR-ST-TA-05-F01 No. REVISIÓN : 4

Páginas : 73 de 89

Fecha de Autorización: 2010-12-03

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PROGRAMA DESARROLLO DE ZONAS PRIORITARIAS

DETERMINACIÓN DE LA ENTIDAD DE FISCALIZACIÓN SUPERIOR ESTADO QUE GUARDA LA ACCIÓN PROMOVIDA RESULTADO / OBSERVACIÓN ACCIÓN PROMOVIDA

Resultado OP-17, Observación OP-16.

Que corresponde a la administración 2010-2013

Para la obra "Ampliación red eléctrica con 4 postes, comunidad El Fraile" realizada mediante el Programa para el Desarrollo a Zonas Prioritarias; se aprobó un monto total de $394,676.66, con aportaciones federal de $210,492.00, estatal de $105,246.00, municipal de $78,935.66; para la construcción de ampliación de red eléctrica a base de 8 postes de concreto de 12-000, 2 postes de 9-400, 2 transformadores de 15 KVA autoprotegido 33 KV, línea primaria, línea secundaria a base de cable neutranel 2+1 1/0 y (1+1)(6), herrajes y accesorios, 8 luminarias de 110 V, 2 equipos de medición y alumbrado de 127 V, planos y trámites ante la Comisión Federal de Electricidad.

Durante la revisión física realizada el 4 de octubre de 2011, la obra se encontró terminada y sin operar; lo anterior con base a que no se tiene liberada ante la Comisión Federal de Electricidad; así mismo la obra presenta conceptos pendientes de ejecutar por $8,500.00, correspondiente a 1 lote de trámites ante la Comisión Federal de Electricidad.

Derivado de la revisión documental se constató que del importe total aprobado se liberó parcialmente y ejerció mediante póliza-egresos no. E00399 y cargo electrónico con referencia No. 0083041023, de fecha 30 de agosto de 2010, con respaldo de factura No. 164, del 6 de septiembre de 2010, ambas por un monto de $105,246.00;

Asimismo, se exhiben las facturas número 224 del 11 de febrero de 2011 por un monto de $233,486.52; y número 274 del 28 de junio de 2011 por un monto de $37,032.51, ambas a nombre de Leopoldo Morones Fonseca, de las cuales no se presentan las pólizas que justifiquen las erogaciones realizadas para su pago.

Cabe señalar que entre lo aprobado y lo ejercido existe una diferencia de $18,911.63 de los cuales no se detectó la erogación ni el soporte documental.

OP-10/56-018 Solicitud de Aclaración Se solicita al Ente Fiscalizado para efecto de aclaración presente evidencia documental de que la obra "Ampliación red eléctrica con 4 postes, comunidad El Fraile" realizada mediante el Programa para el Desarrollo a Zonas Prioritarias; ha sido puesta en operación, ya que en la fecha de la visita de revisión y asentado en acta de revisión física, se constató que el contratista no había realizado ante la Comisión Federal de Electricidad el trámite de la libranza respectiva, concepto contemplado en el presupuesto contratado para su ejecución por un monto de $8,500.00. De igual manera para el mismo efecto de aclaración, deberá presentar documentos comprobatorios, que constaten la liberación de los recursos por $289,430.66, tales como: facturas, pólizas-cheque entre otros; así mismo documentación técnica de que la obra ha sido finiquitada tal como: proyecto de la obra, estimaciones, números generadores, bitácora de obra, entre otros; de igual manera las pruebas necesarias que demuestren que la obra se encuentra concluida y operando tales como: oficio de libranza expedido por la Comisión Federal de Electricidad, acta de entrega recepción en la cual participe el contralor municipal y los beneficiarios, evidencia fotográfica y demás documentos que sean necesarios para su justificación; lo anterior con fundamento en los artículos 74 fracción XXVI de la Ley Orgánica del Municipio del Estado de Zacatecas y 46 fracción II de la Ley de Coordinación Fiscal. Ambos conceptos implican un monto total por aclarar de $297,930.66.

No se solventa, y se deriva en una promoción para el Fincamiento de Responsabilidades Administrativas.

Resultado OP-18, Observación OP-17. OP-10/56-019 Solicitud de Aclaración No se solventa, y se

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RESULTADO DEL PROCESO DE AUDITORÍA CUENTA PÚBLICA MUNICIPAL 2010

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CÓDIGO: PR-ST-TA-05-F01 No. REVISIÓN : 4

Páginas : 74 de 89

Fecha de Autorización: 2010-12-03

INFORME DETALLADO: OBRA PÚBLICA- REVISIÓN FÍSICA

PROGRAMA DESARROLLO DE ZONAS PRIORITARIAS

DETERMINACIÓN DE LA ENTIDAD DE FISCALIZACIÓN SUPERIOR ESTADO QUE GUARDA LA ACCIÓN PROMOVIDA RESULTADO / OBSERVACIÓN ACCIÓN PROMOVIDA

Que corresponde a la administración 2010-2013

Para la obra "Ampliación red eléctrica con 2 postes, comunidad de Canoas" realizada mediante el Programa para el Desarrollo a Zonas Prioritarias; se aprobó un monto total de $52,500.00, con aportaciones federal de $27,733.33, estatal de $13,866.67, municipal de $10,900.00; para la construcción de ampliación de red eléctrica en 2 circuitos: a.- 1 postes de concreto de 12-000, línea secundaria a base de cable neutranel 2+1 1/0 y (1+1)(6), herrajes y accesorios, 1 luminaria de 110 V. b.- 1 postes de concreto de 12-000, línea secundaria a base de cable neutranel 2+1 1/0 y (1+1)(6), herrajes y accesorios, 1 luminaria de 110 V. Durante la revisión física realizada el 3 de octubre de 2011, la obra se encontró inconclusa; lo anterior en virtud de que uno de los circuitos se encuentra sin iniciar; con base a lo anterior la obra presenta conceptos pendientes de ejecutar por $26,250.50, correspondiente a 1 poste de concreto de 12-000 $5,845.20, 1 luminaria suburbana de 110 V $2,075.47, 50 m de cable neutranel (2+1)(1/0) $7,116.00, 50 m de cable neutranel (1+1)(6) $1,976.50, 1 lote de herrajes y accesorios $9,237.33 Derivado de la revisión documental se constató que del importe total aprobado se liberó parcialmente y ejerció mediante póliza-egresos No. E00399 y cargo electrónico con referencia No. 0083041006, de fecha 30 de agosto de 2010, con respaldo de factura No. 161, del 6 de septiembre de 2010, ambas por un monto de $13,866.50 a nombre de Leopoldo Morones Fonseca. Asimismo, se exhiben las facturas número 227, del 11 de febrero de 2011, por un monto de $23,989.60; factura No. 272 del 28 de junio de 2011 por un monto de $14,646.91, ambas a nombre de Leopoldo Morones Fonseca de las cuales no se presentan las pólizas que justifiquen las erogaciones realizadas para su pago.

Se solicita al Ente Fiscalizado para efecto de aclaración presente documentación de que la obra "Ampliación red eléctrica con 2 postes, comunidad de Canoas" realizada mediante el Programa para el Desarrollo a Zonas Prioritarias; ha sido terminada de acuerdo al monto y proyecto aprobados y ésta se encuentra en operación, ya que en la fecha de la visita de revisión y asentado en acta de revisión física, se constató que no había sido iniciada la ejecución de uno de los circuitos correspondiendo los siguientes conceptos: 1 poste de concreto de 12-000, 1 luminaria suburbana de 110 V, 50 m de cable neutranel (2+1)(1/0), 50 m de cable neutranel (1+1)(6), 1 lote de herrajes y accesorios; todos por un monto de $26,250.50. De igual manera para el mismo efecto de aclaración, deberá presentar documentos comprobatorios, que constaten la liberación de los recursos por $38,636.51 tales como: pólizas-cheque, entre otros; así mismo documentación técnica que demuestre la obra ha sido finiquitada,, tal como: proyecto de la obra, estimaciones, números generadores, bitácora de obra, entre otros; de igual manera las pruebas necesarias que demuestren que la obra se encuentra concluida y operando, acta de entrega recepción en la cual participe el contralor municipal y los beneficiarios, evidencia fotográfica y demás documentos que sean necesarios para su justificación; lo anterior con fundamento en los artículos 74 fracción XXVI de la Ley Orgánica del Municipio del Estado de Zacatecas y 46 fracción II de la Ley de Coordinación Fiscal. Ambos conceptos implican un monto total por aclarar de $64,887.01.

deriva en una promoción para el Fincamiento de Responsabilidades Administrativas.

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RESULTADO DEL PROCESO DE AUDITORÍA CUENTA PÚBLICA MUNICIPAL 2010

VILLA HIDALGO, ZAC.

CÓDIGO: PR-ST-TA-05-F01 No. REVISIÓN : 4

Páginas : 75 de 89

Fecha de Autorización: 2010-12-03

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PROGRAMA FONREGION

DETERMINACIÓN DE LA ENTIDAD DE FISCALIZACIÓN SUPERIOR ESTADO QUE GUARDA LA ACCIÓN PROMOVIDA RESULTADO / OBSERVACIÓN ACCIÓN PROMOVIDA

Derivado de la revisión física y documental de 1 (una) obra que constituyó la muestra seleccionada, se desprende la siguiente observación:

Resultado OP-19, Observación OP-18. Que corresponde a la administración 2007-2010 Para la obra "Ampliación de Boulevard, Cabecera Municipal"; se aprobó un monto total de $1,175,000.00 del Programa Fonregión; para la ampliación de boulevard, consistente en los siguientes conceptos: trazo nivelación, corte de concreto con máquina para corte con disco de diamante, demolición de elementos estructurales de concreto, excavación de 20 cm con medios mecánicos, construcción de guarniciones en camellón a base de concreto hidráulico de f'c=250 kg/cm2, suministro y colocación de arbotantes doble lámpara. Durante la revisión física realizada el 4 de octubre de 2011, la obra se encontró terminada y operando; sin embargo con base en la cuantificación de conceptos pagados con respecto a los ejecutados, presenta conceptos pagados no ejecutados por $369,844.44; correspondientes a 604.40 m de corte de concreto $32,643.64, 604.40 m de excavación de 20 cm con medios mecánicos $4,780.80 y 604.40 m de guarnición de concreto en sección de 20 a 10x30 cm $332,420.00. Derivado de la revisión documental se constató que el importe total aprobado se liberó y ejerció mediante pólizas-cheque No.1087, con respaldo de factura No. 24930, ambas del 9 de septiembre de 2010, por un monto de $157,500.00; No. 1080 de fecha 20 de agosto de 2010 con respaldo de factura No. 24862; del 23 de agosto de 2010, por un monto de $140,000.00; No. 989 con respaldo de factura No. 23971, ambas de fecha 16 de marzo de 2010 por un monto de $687,500.00; No. 1059 con factura No. 24755, ambas de fecha 16 de julio de 2010, por $190,000.00; pólizas y facturas a nombre de Materiales Rodríguez Báez S.A. de C.V. .

OP-10/56-020 Pliego de Observaciones La Auditoría Superior de Estado emitirá Pliego de Observaciones por la presunción de daño y perjuicio al erario público municipal de Villa Hidalgo, Zac., a quienes se desempeñaron durante el periodo del 1 de enero al 15 de septiembre como Presidente Municipal, Profr. Juan Delgado Martínez (Responsable subsidiario), C. José Lozano Dueñas, Director de Obras y Servicios Públicos (Responsable directo), C. Iván Francisco Beltrán Garza, Director de Desarrollo Económico y Social (Responsable directo) y contratista, Materiales Rodríguez Báez S.A. de C.V. (Responsable solidario); por la cantidad de $369,844.44, por conceptos pagados no ejecutados derivados de la cuantificación en la obra "Ampliación de Boulevard, Cabecera Municipal", realizada mediante Fonregión, correspondientes a 604.40 m de corte de concreto $32,643.64, 604.40 m de excavación de 20 cm con medios mecánicos $4,780.80 y 604.40 m de guarnición de concreto en sección de 20 a 10x30 cm $332,420.00; debiendo presentar la Entidad Fiscalizada elementos probatorios que demuestren que los conceptos pendientes han sido ejecutados y que la obra se encuentra concluida de acuerdo al proyecto, tales como: proyecto de la obra, bitácora de la obra, números generadores, acta de sitio en la cual participe la Contralor Municipal y los beneficiarios, evidencia fotográfica o en su caso recibo de ingresos expedido por el Municipio de Villa Hidalgo, mismo que constate que la diferencia de recursos resultante de los conceptos pagados no ejecutados ha sido reintegrado a la Tesorería Municipal y demás documentos que sean

No solventa, por lo tanto se deriva en la Promoción de Fincamiento de Responsabilidades Resarcitorias.

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RESULTADO DEL PROCESO DE AUDITORÍA CUENTA PÚBLICA MUNICIPAL 2010

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CÓDIGO: PR-ST-TA-05-F01 No. REVISIÓN : 4

Páginas : 76 de 89

Fecha de Autorización: 2010-12-03

INFORME DETALLADO: OBRA PÚBLICA- REVISIÓN FÍSICA

PROGRAMA FONREGION

DETERMINACIÓN DE LA ENTIDAD DE FISCALIZACIÓN SUPERIOR ESTADO QUE GUARDA LA ACCIÓN PROMOVIDA RESULTADO / OBSERVACIÓN ACCIÓN PROMOVIDA

necesarios para su justificación.

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RESULTADO DEL PROCESO DE AUDITORÍA CUENTA PÚBLICA MUNICIPAL 2010

VILLA HIDALGO, ZAC.

CÓDIGO: PR-ST-TA-05-F01 No. REVISIÓN : 4

Páginas : 77 de 89

Fecha de Autorización: 2010-12-03

INFORME DETALLADO: OBRA PÚBLICA- REVISIÓN FÍSICA

OBRA CONVENIDA (SECOP)

DETERMINACIÓN DE LA ENTIDAD DE FISCALIZACIÓN SUPERIOR ESTADO QUE GUARDA LA ACCIÓN PROMOVIDA RESULTADO / OBSERVACIÓN ACCIÓN PROMOVIDA

Derivado de la revisión física y documental de 1 (una) obra que constituyó la muestra seleccionada, se desprende la siguiente observación:

Resultado OP-20, Observación OP-19. Que corresponde a la administración 2007-2010 Para la obra "Infraestructura Vial 2a. Etapa, cabecera Municipal"; se aprobó un monto total de $1,205,513.00 de recursos convenidos con Gobierno del Estado a través de la SECOP; para la modernización de Boulevard, consistente en los siguientes conceptos: suministro de material inerte de banco puesto en obra, concreto hidráulico premezclado f'c=250 kg/cm2, banquetas de concreto simple f'c=150 kg/cm2 de 10 cm terminado escobillado, guarnición de concreto hidráulico simple de f'c=150 kg/cm2 en sección trapezoidal de 20 a 15x30 cm, suministro y aplicación de pintura color amarillo trafico sobre guarniciones, relleno y compactación con pisón de mano y agua en capas de 20 cm, suministro y colocación de luminarias tipo express vector con rotula equipado con refractor de cristal prismático, curva angosta y balastro integral de 250 w, marca Holophane. Durante la revisión física realizada el 4 de octubre de 2011, la obra se encontró terminada y operando; sin embargo con base en la cuantificación de conceptos pagados con respecto a los ejecutados, presenta conceptos pagados no ejecutados por $294,830.94; correspondientes a 47.80 m3 de suministro de material inerte de banco $9,148.92, 1,097.50 m2 de banqueta de concreto simple $280,082.00, 64.80 m3 de relleno y compactado de material de banco $5,600.02. Durante el periodo de solventación el Municipio presento oficio s/n de fecha 19 de octubre de 2011, firmando el C. Juan Delgado Martínez, Presidente Municipal, C. Iván Fco. Beltrán Garza, Director de Desarrollo Económico. Luz Ruiz Sánchez, Síndico, funcionarios de la Administración Municipal 2007-2010; en el que manifiestan que mediante acuerdo económico celebrado con la constructora se determinó que por los conceptos y metas faltantes se suministraron y colocaron dos arbotantes doble lámpara (incluyendo material), por un monto de $32,700.00; mismos que se descontarán del monto

OP-10/56-021 Pliego de Observaciones La Auditoría Superior de Estado emitirá Pliego de Observaciones por la presunción de daño y perjuicio al erario público municipal de Villa Hidalgo, Zac., a quienes se desempeñaron durante el periodo del 1 de enero al 15 de septiembre como Presidente Municipal Profr. Juan Delgado Martínez (Responsable subsidiario), C. José Lozano Dueñas, Director de Obras y Servicios Públicos (Responsable directo), C. Iván Francisco Beltrán Garza, Director de Desarrollo Económico y Social (Responsable directo) y contratista, Materiales Rodríguez Báez S.A. de C.V. (Responsable solidario); por la cantidad de $262,130.94 por conceptos pagados no ejecutados derivados de la cuantificación en la obra "Infraestructura Vial 2a. Etapa, cabecera Municipal", realizada con recursos convenidos con Gobierno del Estado a través de la SECOP, correspondientes a 1,027.16 m2 de banqueta de concreto simple; debiendo presentar la Entidad Fiscalizada elementos probatorios que demuestren que los conceptos pendientes han sido ejecutados y que la obra se encuentra concluida de acuerdo al proyecto tales como: proyecto de la obra, bitácora de la obra, números generadores, acta de sitio en la cual participe la Contralor Municipal y los beneficiarios, evidencia fotográfica o en su caso recibo de ingresos expedido por el Municipio de Villa Hidalgo, mismo que constate que la diferencia de recursos resultante de los conceptos pagados no ejecutados ha sido reintegrado a la Tesorería Municipal y demás documentos que sean necesarios para su justificación.

No solventa, por lo tanto se deriva en la Promoción de Fincamiento de Responsabilidades Resarcitorias.

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INFORME DETALLADO: OBRA PÚBLICA- REVISIÓN FÍSICA

OBRA CONVENIDA (SECOP)

DETERMINACIÓN DE LA ENTIDAD DE FISCALIZACIÓN SUPERIOR ESTADO QUE GUARDA LA ACCIÓN PROMOVIDA RESULTADO / OBSERVACIÓN ACCIÓN PROMOVIDA

observado, prevaleciendo un monto de $262,130.94. Derivado de la revisión documental se constató que el importe total aprobado se liberó y ejerció mediante pólizas-cheque No.104 de fecha 27 de agosto de 2010, con respaldo de factura No. 24831, del 13 de agosto de 2010, ambas por un monto de $415,000.00; No. 117 de fecha 9 de septiembre de 2010 con respaldo de factura No. 24904; del 3 de septiembre de 2010, ambas por un monto de $308,259.76; No. 71 del 21 de junio de 2010 con respaldo de factura No. 24799 del 3 de agosto de 2010, ambas por un monto de $120,000.00; No. 84 del 29 de julio de 2010 con factura No. 24790, de fecha 28 de julio de 2010, ambas por $362,254.24; pólizas y facturas a nombre de Materiales Rodríguez Báez S.A. de C.V. .

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INFORME DETALLADO: OBRA PÚBLICA- REVISIÓN FÍSICA

INTEGRACION DE EXPEDIENTES UNITARIOS

DETERMINACIÓN DE LA ENTIDAD DE FISCALIZACIÓN SUPERIOR ESTADO QUE GUARDA LA ACCIÓN PROMOVIDA RESULTADO / OBSERVACIÓN ACCIÓN PROMOVIDA

Resultado OP- 21, Observación OP- 20. Corresponde a la administración 2007-2010 Derivado de la revisión documental de 26 (veintiséis) obras que integraron la muestra de auditoría, se detectó en 19 (diez y nueve) obras, de las cuales corresponden 16 (diez y seis) al Fondo III, 1 (una) al Fondo IV, 1 (una) al Programa Fonregión y 1 (una) convenida SECOP, la falta de integración de los expedientes unitarios con la documentación técnica y social que se debe generar en todas las fases de ejecución de las obras, tales como: proyecto, presupuesto base, programa, factibilidad, estudio, permisos, impacto ambiental, uso del suelo, tenencia de la tierra, acuerdo de modalidad de ejecución, convenio de colaboración, junta de aclaraciones, dictamen y fallo, contrato, catalogo de conceptos contratado, fianzas de anticipo y cumplimiento, programa de ejecución, estimaciones, números generadores, bitácora, reportes de supervisión, reporte fotográfico, acta de entrega-recepción, mismas que se relacionan en la tabla siguiente:

DATOS DE LA OBRA

EXPEDIENTE TECNICO ADJUDICACIÓN

EJECUCIÓN

NO. DE OBRA

NOMBRE DE LA OBRA Y UBICACIÓN

PR

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A) FONDO III

S/N

AMPLIACIÓN DE ALCANTARILLADO, COLONIA MORELOS.

X 1 X X X X X X N/A

X 1 N/A

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1 1 1 1 X X N/A

N/P

N/P

X X X X X X N/A

X X X N/A

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S/N

AMPLIACIÓN RED DE ALCANTARILLADO, VILLA HIDALGO.

X 1 X X X X X X N/A

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1 1 X X N/A

X X X X X X X X N/A

1 X X N/A

S/N

MANTENIMIENTO A EDIFICIOS Y ALUMBRADO

X X X X X X X X N/A

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N/A

N/A

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X X X X X X X N/A

N/A

1 X X N/A

N/A

OP-10/56- 022 Promoción para el Fincamiento de Responsabilidades Administrativas La Auditoría Superior del Estado promoverá ante las autoridades competentes, el inicio y trámite del procedimiento conducente para que se apliquen una o más de las sanciones previstas en el artículo 44 de la Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos del Estado y Municipios de Zacatecas en vigor, a quienes se desempeñaron durante el periodo del 1 de enero al 15 de septiembre como: Presidente Municipal, Profr. Juan Delgado Martínez; C. José Lozano Dueñas, Director de Obras y Servicios Públicos; y C. Iván Francisco Beltrán Garza, Director de Desarrollo Económico y Social por no haber integrado

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INFORME DETALLADO: OBRA PÚBLICA- REVISIÓN FÍSICA

INTEGRACION DE EXPEDIENTES UNITARIOS

DETERMINACIÓN DE LA ENTIDAD DE FISCALIZACIÓN SUPERIOR ESTADO QUE GUARDA LA ACCIÓN PROMOVIDA RESULTADO / OBSERVACIÓN ACCIÓN PROMOVIDA

PÚBLICO, VARIAS

S/N

ADQUISICIÓN DE GRAVAS Y ARENAS, VARIAS

N/A

1 N/A

X N/A

N/A

N/A

N/A

N/A

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N/A

N/A

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N/A

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N/A

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N/A

N/A

N/A

S/N

TERMINACIÓN CASA DEL PUEBLO, LA CERCA

X 1 X X X X X X X X 1 N/A

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S/N

TERMINACIÓN DE CAS DEL PUEBLO, SAN ANTONIO DEL BAJIO

X 1 X X X X X X X X 1 N/A

N/A

N/A

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N/A

N/A

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N/A

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N/A

N/A

S/N

TERMINACIÓN DE CASA DEL PUEBLO, SAN GABRIEL.

X 1 X X X X X X X X 1 N/A

N/A

N/A

N/A

N/A

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N/A

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S/N

CONSTRUCCIÓN DE CASA DEL PUEBLO, SAN JOSÉ DE GRACIA

X 1 X X X X X X X X 1 N/A

N/A

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N/A

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N/A

N/A

S/N

CONSTRUCCIÓN DE PUENTE PEATONAL, LA BALLENA.

X 1 X X X X X X X N/A

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S/N

CONSTRUCCIÓN DE KIOSKO,

X 1 X X X X X X X X 1 N/A

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X X X X N/A

N/A

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N/A

N/A

los expedientes unitarios de 19 obras, de las cuales corresponden 16 (diez y seis) al Fondo III, 1 (una) al Fondo IV, 1 (una) al Programa Fonregión y 1 (una) convenida SECOP, con la documentación técnica y social que se debe generar en todas las fases de la ejecución de las obras, tales como: proyecto, presupuesto base, programa, factibilidad, estudio, permisos, impacto ambiental, uso del suelo, tenencia de la tierra, acuerdo de modalidad de ejecución, convenio de colaboración, junta de aclaraciones, dictamen y fallo, contrato, catalogo de conceptos contratado, fianzas de anticipo y cumplimiento, programa de ejecución, estimaciones, números generadores, bitácora, reportes de supervisión, reporte fotográfico,

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INTEGRACION DE EXPEDIENTES UNITARIOS

DETERMINACIÓN DE LA ENTIDAD DE FISCALIZACIÓN SUPERIOR ESTADO QUE GUARDA LA ACCIÓN PROMOVIDA RESULTADO / OBSERVACIÓN ACCIÓN PROMOVIDA

JARDÍN Y CAMPANARIO, EL MAGUEY

S/N

AMPLIACIÓN DE BOULEVARD SEGUNDA ETAPA, VILLA HIDALGO.

X 1 X X X X X X N/A

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X N/A

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S/N

TERMINACIÓN DE DOS OFICINAS DE SUPERVISIÓN NIVEL PREESCOLAR, VILLA HIDALGO.

X 1 X X X X X X X 1 N/A

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N/A

S/N

CONSTRUCCIÓN DE FACHADA EN ESCUELA PRIMARIA Y CAPILLA, EL FRAYLE.

X 1 X X X X X X X X 1 N/A

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S/N

DOMO DE CBTA. VILLA HIDALGO

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N/A

S/N

TERMINACIÓN DE CONSTRUCCION DE TRAMO CARRETERO, CABALLERIAS.

X X X X X X X X X X X N/A

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X X X X X N/A

1 N/A

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N/A

acta de entrega-recepción, no cumpliendo con lo establecido en los artículos 50, 51, 52, 59,65, 66, 70, 80, 91, 124, de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas para el Estado de Zacatecas y artículo 18, 35, 70, 86, 88, 88 fracción IV, 98, 101, 102, fracción I, 103, 121 de su Reglamento, artículos 24, 26, 27, 31, 34, 35 bis., 37, 39, 48, 49, 50, 54, 55, 56, 57, 58, 64, 66, 72, de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas y artículo 26, 84, 86, 87, 102 de su Reglamento y por haber incumplido con las obligaciones inherentes a su cargo previstas en la Ley Orgánica del Municipio y la Ley de Coordinación Fiscal en su artículo 49 cuarto párrafo y el artículo 5 de la Ley de Responsabilidades

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RESULTADO DEL PROCESO DE AUDITORÍA CUENTA PÚBLICA MUNICIPAL 2010

VILLA HIDALGO, ZAC.

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Páginas : 82 de 89

Fecha de Autorización: 2010-12-03

INFORME DETALLADO: OBRA PÚBLICA- REVISIÓN FÍSICA

INTEGRACION DE EXPEDIENTES UNITARIOS

DETERMINACIÓN DE LA ENTIDAD DE FISCALIZACIÓN SUPERIOR ESTADO QUE GUARDA LA ACCIÓN PROMOVIDA RESULTADO / OBSERVACIÓN ACCIÓN PROMOVIDA

S/N

CONSTRUCCIÓN DE TERRACERIA DE ACCESO A LA COMUNIDAD, EL REFUGIO.

X 1 X X X X X X X X X N/A

N/A

X N/A

1 1 X X N/A

X 1 X X X X X X N/A

1 X X N/A

N/A

B) FONDO IV

S/N

FACTURA DE MATERIALES RODRIGUEZ BAEZ, S.A DE C.V.

X X X X X X N/A

N/A

N/A

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N/A

N/A

N/A

N/A

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X X X N/A

N/A

C) PROGRAMA FONREGION

S/N

AMPLIACIÓN DE BOULEVARD, CABECERA MUNICIPAL

X 1 1 X X X X X N/A

X 1 N/A

N/A

X X X X X X N/A

X X 1 1 X X 1 X N/A

X X X N/A

N/A

D) OBRAS CONVENIDAS

S/N

INFRAESTRUCTURA VIAL 2A. ETAPA, CABECERA MUNICIPAL

X 1 1 X X X X X N/A

X 1 N/A

N/A

X X X X X X N/A

X X 1 1 X X 1 X N/A

X X X N/A

N/A

de Servidores Públicos del Estado y Municipios de Zacatecas.

Resultado OP- 22, Observación OP- 21.

Corresponde a la administración 2010-2013

Derivado de la revisión Documental de 26 (veintiséis) obras que integraron la muestra de auditoría, se detectó en 5 (cinco) obras, de las cuales corresponden, 1 (una) al Fondo III y 4 (cuatro) al Programa para el Desarrollo de Zonas Prioritarias, la falta de integración de los expedientes unitarios con la documentación técnica y social que se debe generar en todas las fases de ejecución de las obras, tales como: proyecto, programa,

OP-10/56- 023 Recomendación Se recomienda al Ente Fiscalizado en lo sucesivo, tome las medidas que sean pertinentes para llevar a cabo la

Subsiste y por lo tanto no solventa, en virtud de que la Entidad Fiscalizada no presentó documentación ni manifestó conformidad al respecto a la

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RESULTADO DEL PROCESO DE AUDITORÍA CUENTA PÚBLICA MUNICIPAL 2010

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INFORME DETALLADO: OBRA PÚBLICA- REVISIÓN FÍSICA

INTEGRACION DE EXPEDIENTES UNITARIOS

DETERMINACIÓN DE LA ENTIDAD DE FISCALIZACIÓN SUPERIOR ESTADO QUE GUARDA LA ACCIÓN PROMOVIDA RESULTADO / OBSERVACIÓN ACCIÓN PROMOVIDA

factibilidad, estudio, permisos, impacto ambiental, uso del suelo, acuerdo de modalidad de ejecución, convenio de colaboración, dictamen y fallo, fianzas de anticipo y cumplimiento, programa de ejecución, estimaciones, números generadores, bitácora, reportes de supervisión, acta de entrega-recepción, fianza de Vicios Ocultos y finiquito, mismas que se relacionan en la tabla siguiente:

Simbología.- 1 Existe el documento x No existe el documento N/A No aplica

integración de los expedientes unitarios de obra con toda la documentación que se debe generar en las diferentes fases de ejecución de las obras, tales como: proyecto, programa, factibilidad, estudio, permisos, impacto ambiental, uso del suelo, acuerdo de modalidad de ejecución, convenio de colaboración, dictamen y fallo, fianzas de anticipo y cumplimiento, programa de ejecución, estimaciones, números generadores, bitácora, reportes de supervisión, acta de entrega-recepción, fianza de Vicios Ocultos y finiquito, para dar cumplimiento a lo establecido en los Artículos 17 de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas para el Estado de Zacatecas y el Articulo 6 de su Reglamento; 21,

recomendación realizada. Se reitera la Recomendación y se le dará seguimiento.

DATOS DE

LA OBRA EXPEDIENTE TECNICO ADJUDICACIÓN EJECUCIÓN

NO

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DE LA OBRA Y

UBICACIÓN

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ACION DE DREN

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MORELOS (FRE

NTE AL CBTA)

, VILLA HIDAL

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X 1 X X X X X X N/

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AMPLIACIÓN DE

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RED ELÉCTRICA

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AMPLIACIÓ

N DE RED ELEC

TRICA CON 2

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COMUNIDAD

DE CANO

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INFORME DETALLADO: OBRA PÚBLICA- REVISIÓN FÍSICA

INTEGRACION DE EXPEDIENTES UNITARIOS

DETERMINACIÓN DE LA ENTIDAD DE FISCALIZACIÓN SUPERIOR ESTADO QUE GUARDA LA ACCIÓN PROMOVIDA RESULTADO / OBSERVACIÓN ACCIÓN PROMOVIDA

23, 45, 45 bis,46, 48, 49, 52, 54 y 64 de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas y Artículo 6 de su de su Reglamento; así como dar cumplimiento a las obligaciones inherentes a su cargo previstas en la Ley Orgánica del Municipio del Estado de Zacatecas en sus Artículos 74 fracción XXVI y 100.

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INFORME DETALLADO: SERVICIOS PÚBLICOS

RELLENO SANITARIO

DETERMINACIÓN DE LA ENTIDAD DE FISCALIZACIÓN SUPERIOR ESTADO QUE GUARDA LA ACCIÓN PROMOVIDA RESULTADO / OBSERVACIÓN ACCIÓN PROMOVIDA

Resultado OP- 23, Observación OP-22. Corresponde a la administración 2010-2013 Se observa que el Relleno Sanitario del municipio cumple en un 36.8% con los mecanismos para preservar la ecología, los recursos naturales y el medio ambiente durante el almacenamiento de los desechos provenientes del servicio de recolección de basura.

La verificación física de nuestro examen revela que no existe un Relleno Sanitario, solo cuentan con un tiradero municipal ubicado a 0.5 km del área urbana ocupando una superficie de 2 hectáreas aproximadamente, carece de estudios topográficos y geotécnicos que garanticen la protección del medio ambiente, dentro de los cuales incluye el suelo, subsuelo, agua superficial y subterránea, asimismo la flora y la fauna.

Evaluando las características constructivas y operativas se observó que no cuenta con cerca perimetral a base de malla ciclónica, no se controla la dispersión de materiales ligeros, la fauna nociva y la filtración pluvial, tampoco los residuos que son tirados en el sitio no son previamente separados con fines de aprovechamiento, no cuenta con caseta de vigilancia, manuales de operación, controles de acceso del personal, vehículos y materiales.

OP-10/56-024 Recomendación.

Se recomienda a la Administración Municipal actual establezca las acciones que considere pertinentes, con el objeto de implementar los mecanismos que sean necesarios a fin de que el relleno sanitario cumpla con la Norma Oficial Mexicana y las disposiciones de la Ley de Salud del Estado de Zacatecas a fin de preservar la ecología, los recursos naturales y medio ambiente al momento de almacenar los desechos provenientes del servicio de recolección de basura y de esta manera contribuir y cumplir con las disposiciones técnicas dispuestas por las dependencias reguladoras; dando cumplimiento a la normatividad aplicable en esta materia y de esta manera contribuir y evitar un impacto ambiental irreversible.

Subsiste y por lo tanto no solventa, en virtud de que la Entidad Fiscalizada no presentó documentación ni manifestó conformidad al respecto a la recomendación realizada. Se reitera la Recomendación y se le dará seguimiento.

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INFORME DETALLADO: SERVICIOS PÚBLICOS

RASTRO MUNICIPAL

DETERMINACIÓN DE LA ENTIDAD DE FISCALIZACIÓN SUPERIOR ESTADO QUE GUARDA LA ACCIÓN PROMOVIDA RESULTADO / OBSERVACIÓN ACCIÓN PROMOVIDA

Resultado OP- 24, Observación OP-23. Corresponde a la administración 2010-2013 Con relación al Rastro Municipal se verifica el grado de cumplimiento de la Ley de Salud del Estado y que las normas de construcción y operación se cumplan en condiciones de sanidad e higiene. Nuestro examen practicado determinó que se cumple con el 61.5% de las normas antes descritas.

En la evaluación practicada al establecimiento se verificó que cumple de manera parcial con la documentación reglamentaria requerida para este tipo de establecimientos, puesto que no se cuenta con la acreditación del Médico Veterinario, así mismo carece de Certificados de Salud del personal operario y transportista; en cuanto las instalaciones; no se cuenta con drenaje con red independiente para desechos orgánicos, corrales de recepción con báscula, reposo y observación y antmortem, así como cajón de insensibilización; de la misma manera no se tienen recipientes plásticos o de metal anticorrosivo para la disposición de los subproductos y esquilmos, lavamanos y esterilizadores para el instrumental de faenado con sistemas de flujo continuo, así como equipo independiente de cloración para desinfectar el agua.

Adicionalmente; falta complementar con equipo adecuado como: herramientas y de implementos de operación e higiene, cámara frigorífica en donde se almacenen los productos; en el aspecto de higiene de personal no se da cumplimiento a la utilización de bata, overol, mandil ahulado, casco, cubre pelo, cubre boca o guantes de hule.

OP-010/56- 025 Recomendación

Es necesario que la Administración Municipal actual tome las medidas que sean pertinentes, con el objeto de implementar los mecanismos necesarios para incrementar las condiciones de sanidad e higiene, ponga especial atención en cuanto a la acreditación del Médico Veterinario y la implementación del equipo, herramientas e implementos de operación e higiene del personal operario y de transportistas; para incrementar el grado de confiabilidad en las instalaciones y el servicio para la matanza y conservación de cárnicos en condiciones de sanidad e higiene, dando cumplimiento la Norma Oficial Mexicana y a la Ley de Salud del Estado de Zacatecas y demás normatividad aplicable en esta materia.

Subsiste y por lo tanto no solventa, en virtud de que la Entidad Fiscalizada no presentó documentación ni manifestó conformidad al respecto a la recomendación realizada. Se reitera la Recomendación y se le dará seguimiento.

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RESUMEN DE LAS ACCIONES PROMOVIDAS ADMINISTRACIÓN 2007-2010

ADMINISTRACIÓN 2010-2013

Abreviaciones: Rec. Recomendación, O.I.C. Solicitud de Intervención del Órgano Interno de Control, F.R.A. Procedimiento para el Fincamiento de Responsabilidad Administrativa F.R.R. Procedimiento de Fincamiento de Responsabilidades Resarcitorias

Notas:

TIPO DE ACCIÓN DETERMINADAS

EN REVISIÓN SOLVENTADAS

DERIVADAS DE LA SOLVENTACIÓN

SUBSISTENTES Cantidad Tipo

Correctivas

Pliego de Observaciones

16 6 10 FRR 10

Promoción para el Fincamiento de Responsabilidades Administrativas

7 - - - 7

Solicitud De Aclaración.

6 0 6 REC 6

TOTAL 29 6 16 23

TIPO DE ACCIÓN DETERMINADAS

EN REVISIÓN SOLVENTADAS

DERIVADAS DE LA SOLVENTACIÓN

SUBSISTENTES Cantidad Tipo

Correctivas

Pliego de Observaciones

6 0 6 FRR 6

Promoción para el Fincamiento de Responsabilidades Administrativas

1 - - - 1

Solicitud de Intervención del Órgano Interno de Control.

28 0 28 OIC 28

Solicitud De Aclaración.

9 0 9 FRA 9

Preventivas

Recomendación 33 3 30 REC 30

TOTAL 77 3 73 74

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1.- La fuente de la información es el Informe de Resultados de la Revisión de la Cuenta Pública Municipal 2010 del municipio en cuestión y el Informe Complementario derivado del proceso de solventación del propio informe. 2.- Cualquier solicitud de actualización sobre la información presentada podrá dirigirla a la Unidad de Enlace de la Auditoría Superior del Estado.