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Visión de los nuevos marcos regulatorios y como un programa efectivo de seguridad ayuda a la gestión de riesgos Andrés Pumarino Abogado www.legaltrust.cl

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Visión de los nuevos marcos regulatorios y como un programa efectivo de seguridad ayuda a la gestión de riesgos

Andrés PumarinoAbogado

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2020 5.500 Millones de personas (70% población mundial) conectadas a internet PrincipalmenteCon dispositivos móviles – Informe Microsoft Ciberspace 2025

Habrá que aprender a desaprender

En los próximos 5 años, la transformación digital desplazará del mercado a cerca del40% de las actuales compañías – Fuente informe Digital Vortex. How Digital Disruption is redefining Industries Cisco, 2015

4 de cada 10 empresas se quedará fuera de la transformación digital. 25% de Las organizaciones está enfrentando la digitalización de manera proactiva.

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Transformación Digital

Transformación Digital Ejes de Transformación

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Ciberseguridad

Fuente: Pulso 5 julio de 2016

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Fuente: UIT www.legaltrust.cl 9

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Fuente: Informe PwC/ ESE, abril 2016

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Fuente: Informe PwC/ ESE, abril 2016 www.legaltrust.cl 12

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Cibercrimen

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¿Qué persiguen hoy en día los delincuentes?

Internet

Clientes

Servidor Web

Host/Servidores Aplic.

SSL

Datos en volumen

https

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Fuente: La Tercera 10 de julio de 2017, Ministerio Público

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• Reforma a la Ley 19.628 de Protección de datos.

• Proyecto de Reforma de la Ley General de Bancos ingresó al Congreso. (12 junio de 2017).

• Reforma Laboral . Opinión de la SBIF a la DT. sobre servicios mínimos: ellos deben asegurar continuidad de cadena de pagos (12 de

mayo 2017).

• Publicación de la Política Nacional de Ciberseguridad (27 de abril 2017).

• Publicación de la ley 21.000 (23 de abril 2017). Crea la Comisión para el Mercado Financiero que reemplaza a la SVS.

• Convenio sobre la Ciberdelincuencia del Consejo de Europa, conocido también como el Convenio de Budapest (21 abril 2017).

• Ley N° 20.950 que autoriza la emisión de medios de pago con provisión de fondo por entidades no bancarias (en adelante, la “Ley

de Prepago”) (29 octubre de 2016).

• Carta Circular a los Bancos N°1 de las Sociedades de Apoyo al Giro N° 1 (7 de junio de 2016).

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Marco regulatorio

• Instalación de la Norma de Basilea III.

• Reemplazo de la SBIF por la Comisión de Bancos.

• Entrada en funcionamiento de la Comisión para el Mercado Financiero que reemplaza a la SVS (agosto del 2018)

• El 17 de mayo pasado se informó de la implementación de tecnología blockchain en Bolsa de Comercio de Santiago

sistema de venta corta y la primera a nivel mundial en incorporar la solución de Securities Lending Blockchain.

• Normas técnicas del Banco Central Le y 20.950 “Tarjetas de Prepago” , llegada de nuevos actores.

• Regulación de Criptomonedas (pronunciamiento del regulador).

• SBIF publica para comentarios norma sobre externalización de servicios en modalidad Cloud Computing 21 agosto 2017)

Lo que viene

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Comentarios de la norma RAN sobre externalización de servicios en modalidad Cloud Computing (21 agosto 2017)

• Actualización del Capítulo 20-7 de la Recopilación Actualizada de Normas y estarán enconsulta pública hasta el 21 de septiembre de 2017.

• Las entidades podrán contratar servicios a través de la nube sin consideracionesadicionales a las mencionadas en los numerales I), II), III) y IV) cuando se trate deservicios no críticos. En dicho caso, para la información procesada en el exterior referidaa este tipo de servicios se deberá contar con respaldos permanentes y actualizados enterritorio nacional.

• En el evento que una entidad evalúe la contratación de un servicio en la nube para unaactividad considerada estratégica o crítica, la infraestructura tecnológica contratadadeberá ser de uso exclusivo de la entidad contratante.

• Adicionalmente, el Directorio de la entidad tendrá que realizar una diligencia reforzadadel proveedor y del servicio externalizado, considerando al menos los siguienteselementos:

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• Que el proveedor contratado cuente con certificaciones independientes, reconocidas internacionalmente, en términos de gestión de la seguridad de la información, la continuidad del negocio y que la calidad de servicios recoja las mejores prácticas vigentes.

• Que los contratos de externalización de servicios se suscriban directamente entre la institución contratante y los proveedores.

• Que la entidad cuente con informes legales respecto de la regulación sobre privacidad y acceso a la información existentes en jurisdicciones donde se esté llevando a cabo el servicio, y que haya evaluado la resolución de contingencias legales en las jurisdicciones en las que opere.

• Que la entidad tenga acceso a los informes de auditoría interna de los proveedores y que dichos informes se encuentren disponibles para ser consultados por la Superintendencia.

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• Se incorporan en el Capítulo de la norma RAN algunos requerimientos en el ámbito de la seguridad de la información y continuidad del negocio que aplican para las externalización de servicios en general.

• La norma será aplicable a bancos, sus filiales y sociedades de apoyo, y también a los emisores y operadores de tarjetas de pago.

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3. Las prácticas más usadas, el mantenimiento de políticas de seguridad (74%). La realización de

auditorías internas o externas (38%) y la clasificación de la información (31%). ¿Cuán efectivas pueden

ser aquellas políticas que no están basadas en la clasificación de la información según su criticidad?

Los reguladores empieza a preocuparse de los temas legales y el entorno digital (Cloud computing,

criptomonedas, protección de datos, seguridad de la información)

2. Nos encontraremos con un Directorio más preocupado por la contingencia legal y sus exigencias.

Ej. NCG 385

Conclusiones

1. Las empresas deben adaptarse a la transformación digital, preparando sus equipos y también

sus procesos. Ej. Contratos, digitalización, políticas internas.

4. Los cambios que hemos vistos deben llevar a las empresas a Concientizar – Comunicar – Reunir – Educar –

Motivar – Retroalimentar – Proteger.

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