Www.colegioandes.cl Wp-content Uploads 2014 11 PAGARÉ-Colegio-Andes-2015
-
Upload
tabita-roman-acevedo -
Category
Documents
-
view
9 -
download
4
Transcript of Www.colegioandes.cl Wp-content Uploads 2014 11 PAGARÉ-Colegio-Andes-2015
![Page 1: Www.colegioandes.cl Wp-content Uploads 2014 11 PAGARÉ-Colegio-Andes-2015](https://reader036.fdocumento.com/reader036/viewer/2022073018/55cf91bf550346f57b90456e/html5/thumbnails/1.jpg)
PAGARÉ
Debo y pagaré a la orden de doña VILMA NANCY MARABOLÍ BARRIGA , persona jurídica de
derecho privado, de giro de educación, RUT 6.227.980-K, domiciliada en calle 8 norte número
1371 de la ciudad de Talca, sostenedora del Colegio Andes de Talca, reconocido oficialmente
como cooperador de la función educacional del estado, a través de decreto supremo N° 1.113 de
1999; la suma de ($_______________),_______________________________________________
pesos, moneda chilena que acepto y cumpliré en las siguientes condiciones:
PRIMERO: Forma de pago del capital adeudado:
____1.- Pago al contado con vencimiento al 30 de marzo 2015, con un 5% de descuento.
____2.- Pago en 10 cuotas mensuales y sucesivas según se indica:
Nº Cuota Monto Vencimiento
01 $ 05/03/3015
02 $ 05/04/2015
03 $ 05/05/2015
04 $ 05/06/2015
05 $ 05/07/2015
06 $ 05/08/2015
07 $ 05/09/2015
08 $ 05/10/2015
09 $ 05/11/2015
10 $ 05/12/2015
SEGUNDO: Días inhábiles, prórroga de pago: Cualquiera fecha para el pago de capital que
corresponda a día inhábil bancario, se prorrogará hasta el día hábil bancario inmediatamente
siguiente.
![Page 2: Www.colegioandes.cl Wp-content Uploads 2014 11 PAGARÉ-Colegio-Andes-2015](https://reader036.fdocumento.com/reader036/viewer/2022073018/55cf91bf550346f57b90456e/html5/thumbnails/2.jpg)
TERCERO: Retardo: El simple retardo o mora en el pago del todo o parte de cualquiera de las
cuotas que me obligo a pagar facultará al acreedor para hacer exigible y de plazo vencido el total
adeudado por capital.
CUARTO: Intereses por retardo: En caso de mora o simple retardo en el pago de todo o parte del
capital, la cuota morosa tendrá un recargo mensual por alumno de $2.000 (Dos mil pesos, los que
serán cancelados junto a la cuota vencida.
QUINTO: Indivisibilidad: Todas las obligaciones derivadas de este pagaré se considerarán
indivisibles para el suscriptor, sus herederos y/o sucesores, para todos los efectos legales y en
especial aquellos contemplados en los artículos 1526 Nº 4 y 1528 del Código Civil.
SEXTO: Protesto: Sin obligación de protesto. Libero al acreedor de la obligación de protesto, pero
si él optare por la realización de dicha diligencia podrá hacerla a su libre elección. En el evento del
protesto me obligo a pagar los gastos e impuestos que se devenguen.
SEPTIMO: Impuestos, Derechos y Gastos: Cualquier impuesto, derecho o gasto que se devengue
con ocasión de este pagaré, su modificación, prórroga, pago u otra circunstancia relativa a aquel o
producida con ocasión o motivo del mismo, será de cargo exclusivo del suscriptor.
OCTAVO: Domicilio y Competencia: Para todos los efectos legales derivados del presente pagaré,
el deudor o suscriptor constituye domicilio especial en la ciudad de Talca y se somete a la
competencia de sus Tribunales Ordinarios de Justicia, domicilio que también será lugar hábil para
las diligencias de protesto en caso de practicarse.
En Talca, a...........de........................................del año................
Firma del Suscriptor o Deudor
.................................................................
Dirección informativa: ______________________________________________________
Nombre apoderado: _______________________________________________________
Domicilio: _______________________________________________________________
Cédula de identidad: ______________________________________________________
Nombre alumno: _________________________________________________________
Curso: ________________________________________________________________