XALAPA, VER. NOVIBRE 2016 AÑO II N 18 - … · Si hacemos un bosquejo de nuestro país, nos...

8
BOLETÍN IFP INSTITUTO DE FORMACIÓN PROFESIONAL XALAPA, VER. NOVIBRE 2016 AÑO II N° 18 Matilde Isabel CEBALLOS HEREDIA Son niñas y niños los menores de doce años, y cuando exista la duda de si se trata de una persona mayor o menor de doce años, se presumirá que es niña o niño. Los derechos de los niños y niñas indígenas están contemplados en nuestra Constitución, en los artículos 1°, 2° y 3°, al igual que en la UNICEF (Fondo de las Naciones Unidas para la Infancia), la cual tiene como objetivo promover la defensa de los derechos de los niños, suplir sus necesidades básicas y contribuir a su desarrollo. Si hacemos un bosquejo de nuestro país, nos daremos cuenta que los niños y las niñas indígenas forman parte de la herencia, riqueza y pluricultura de los pueblos indígenas, por la variedad de conocimiento, expresiones artísticas y lenguas que aportan sus culturas. El ordenamiento vigente consagra el derecho a la vida, a la supervivencia y al desarrollo; derecho a la identidad, a vivir en familia, a la igualdad sustantiva, a no ser discriminados si pertenecen a alguna etnia indígena o por alguna discapacidad, a vivir en condiciones de bienestar y a un sano desarrollo integral, a una vida libre de violencia y a la integridad personal, a la protección de la salud y a la seguridad social, derecho a la educación, al descanso y al esparcimiento, la libertad de convicciones éticas, pensamiento, conciencia, religión y cultura, entre otros derechos. ¿Quiénes deben vigilar que se respeten estos derechos? la respuesta es sencilla, todos los adultos, los maestros, los médicos, la sociedad, los gobernantes, entre otros, papá, mamá, y a falta de padres, el tutor o quien los cuide. Por su parte la Comisión Nacional para el Desarrollo de los Pueblos Indígenas ha efectuado, entre otros programas, un significativo trabajo de sensibilización sobre el carácter multicultural de México, todo esto, no ha sido suficiente, para lograr mejorar el cumplimiento de los derechos de los niños y niñas indígenas, es por tal acto que se necesita, y se requiere del apoyo de todos los sectores de la sociedad mexicana. Por último, se debe tener en cuenta que es obligación de toda persona que tenga conocimiento de casos de niñas, niños que sufran o hayan sufrido, en cualquier forma, violación de sus derechos, hacerlo del conocimiento inmediato de las autoridades competentes, de manera que pueda seguirse la investigación correspondiente y, en su caso, instrumentar las medidas cautelares, de protección y de restitución integrales procedentes en términos de las disposiciones aplicables, por lo anterior, la Fiscalía General del Estado, cuenta con personal capacitado, para atender a las víctimas niños y niñas de alguna violación derechos humanos cuya atención es gratuita y se les atiende las 24 horas del día, al igual, que en la Comisión Estatal de Derechos Humanos, y en el DIF Municipal de mayor cercanía. DERECHOS DE LOS NIÑOS INDÍGENAS

Transcript of XALAPA, VER. NOVIBRE 2016 AÑO II N 18 - … · Si hacemos un bosquejo de nuestro país, nos...

Page 1: XALAPA, VER. NOVIBRE 2016 AÑO II N 18 - … · Si hacemos un bosquejo de nuestro país, nos daremos cuenta que los niños y las niñas ... sobre todo en el caso del juicio de amparo,

BOLETÍN IFP INSTITUTO DE FORMACIÓN PROFESIONAL

XALAPA, VER. NOVIBRE 2016 AÑO II N° 18

Matilde Isabel CEBALLOS HEREDIA

Son niñas y niños los menores de doce años, y cuando exista la duda de si se trata de una

persona mayor o menor de doce años, se presumirá que es niña o niño. Los derechos de los niños y niñas indígenas están contemplados en nuestra Constitución, en los artículos 1°, 2° y 3°, al igual que en la UNICEF (Fondo de las Naciones Unidas para la Infancia), la cual tiene como objetivo promover la defensa de los derechos de los niños, suplir sus necesidades básicas y contribuir a su desarrollo. Si hacemos un bosquejo de nuestro país, nos daremos cuenta que los niños y las niñas indígenas forman parte de la herencia, riqueza y pluricultura de los pueblos indígenas, por la variedad de conocimiento, expresiones artísticas y lenguas que aportan sus culturas. El ordenamiento vigente consagra el derecho a la vida, a la supervivencia y al desarrollo; derecho a la identidad, a vivir en familia, a la igualdad sustantiva, a no ser discriminados si pertenecen a alguna etnia indígena o por alguna discapacidad, a vivir en condiciones de bienestar y a un sano desarrollo integral, a una vida libre de violencia y a la integridad personal, a la protección de la salud y a la seguridad social, derecho a la educación, al descanso y al esparcimiento, la libertad de convicciones éticas, pensamiento, conciencia, religión y cultura, entre otros derechos. ¿Quiénes deben vigilar que se respeten estos derechos? la respuesta es sencilla, todos los adultos, los maestros, los médicos, la sociedad, los gobernantes, entre otros, papá, mamá, y a falta de padres, el tutor o quien los cuide. Por su parte la Comisión Nacional para el Desarrollo de los Pueblos Indígenas ha efectuado, entre otros programas, un significativo trabajo de sensibilización sobre el carácter multicultural de México, todo esto, no ha sido suficiente, para lograr mejorar el cumplimiento de los derechos de los niños y niñas indígenas, es por tal acto que se necesita, y se requiere del apoyo de todos los sectores de la sociedad mexicana. Por último, se debe tener en cuenta que es obligación de toda persona que tenga conocimiento de casos de niñas, niños que sufran o hayan sufrido, en cualquier forma, violación de sus derechos, hacerlo del conocimiento inmediato de las autoridades competentes, de manera que pueda seguirse la investigación correspondiente y, en su caso, instrumentar las medidas cautelares, de protección y de restitución integrales procedentes en términos de las disposiciones aplicables, por lo anterior, la Fiscalía General del Estado, cuenta con personal capacitado, para atender a las víctimas niños y niñas de alguna violación derechos humanos cuya atención es gratuita y se les atiende las 24 horas del día, al igual, que en la Comisión Estatal de Derechos Humanos, y en el DIF Municipal de mayor cercanía.

DERECHOS DE LOS NIÑOS INDÍGENAS

Page 2: XALAPA, VER. NOVIBRE 2016 AÑO II N 18 - … · Si hacemos un bosquejo de nuestro país, nos daremos cuenta que los niños y las niñas ... sobre todo en el caso del juicio de amparo,

CONTENIDO

Página

1

2

3

5

6

7

8

EDITORIAL

2

DIRECTORIO

Lic. Luis Ángel Bravo Contreras FISCAL GENERAL

Lic. Gerardo Mantecón Rojo OFICIAL MAYOR DE LA DIRECCIÓN

GENERAL DE ADMINISTRACIÓN

Dra. Rafaela López Salas DIRECTORA DEL IFP

Mtro. César Javier Sosa Achaval SECRETARIO TÉCNICO DEL IFP

Lic. Cristóbal Julián Ubaldo García COORDINADOR DEL BOLETÍN IFP

CONSEJO EDITORIAL Dra. Rafaela López Salas

Mtra. María del Carmen García González

Lic. Cristóbal Julián Ubaldo García

COLABORADORES Claudia Pale Guerra

Jorge Martínez Martínez Matilde Isabel Ceballos Heredia

Derechos de los niños indígenas. Editorial La impartición de justicia de acuerdo al paradigma constitucional de los derechos humanos Novedades bibliográficas Oferta educativa Noticias Próximos eventos

La Fiscalía General del Estado asume el compromiso de

establecer las condiciones necesarias para brindar protección jurídica a sus habitantes en su integridad física y su patrimonio, mediante la obligación de optimizar el sistema de procuración de justicia, a efecto de propiciar un ambiente de confianza y certeza para el desarrollo social y económico de los veracruzanos. Por lo anterior, la Fiscalía General del Estado el 4 de noviembre de 2014, creó el Programa de Primer Contacto a través del Acuerdo 23/2014, con el objeto de brindar un trato oportuno a las personas que acuden en busca de acceso a la justicia, promoviendo el respeto a los derechos humanos, a la legalidad y a la cultura de la denuncia y el acceso a una justica pronta y eficaz. Es así que la Institución de procuración de justicia del Estado de Veracruz continúa la profesionalización y dignificación de sus tareas cotidianas a fin de brindar un mejor servicio.

A que no sabías que…

El 18 de diciembre de 2013, la Asamblea General de la ONU aprobó su primera resolución relativa a la seguridad de los periodistas y la cuestión de la impunidad (A/RES/68/163), en la que condenó todo tipo de ataques contra los trabajadores de los medios de comunicación, razón por la cual proclamó El 2 de noviembre como El día Internacional para poner fin a la impunidad de los crímenes contra periodistas. La fecha se eligió en conmemoración del asesinato de dos periodistas franceses en Malí en 2013. Esta histórica resolución insta a los Estados Miembros a que tomen medidas concretas para prevenir las agresiones contra los periodistas, asegurar que los responsables sean llevados ante la justicia y garantizar el derecho de las víctimas a las reparaciones.

Ahora ya lo sabes.

Page 3: XALAPA, VER. NOVIBRE 2016 AÑO II N 18 - … · Si hacemos un bosquejo de nuestro país, nos daremos cuenta que los niños y las niñas ... sobre todo en el caso del juicio de amparo,

3

El paradigma constitucional de los derechos humanos es adoptado por nuestra

norma fundamental desde el año 2011, y es a partir de ese momento en que se han requerido hacer diversas adecuaciones no sólo a las normas secundarias como parte de lo que puede denominarse como un ensamble legislativo, sino que se ha precisado de un cambio en la forma de pensar de los operadores jurídicos, quienes durante años estuvieron acostumbrados a pensar de acuerdo al paradigma constitucional anterior, de corte estrictamente positivista. La concepción de los derechos humanos es propia de una época relativamente reciente, en donde a partir de las libertades fundamentales del ser humano se intentó reemplazar el modelo de dominación de los regímenes autocráticos por otro distinto en donde cobrara mayor relevancia el concepto de soberanía, así como el impacto que tiene ésta en el gobierno como uno de los elementos del Estado. Por ende a grandes rasgos el momento o hito histórico de surgimiento de la concepción de los derechos humanos se puede ubicar a partir de la Declaración Universal de los Derechos del Hombre y del Ciudadano de 1789. Esto nos deja entrever que a pesar de lo novedoso que pudiera resultar el cambio de paradigma constitucional, en realidad se está retomando una concepción que ya se había planteado desde finales del siglo XVIII y que incluso la Constitución de 1857 ya les denominaba derechos del hombre, a pesar de que la norma fundamental de 1917 les dio un tratamiento diferente en una aparente regresión. Esto evidencia que el paradigma actual no es ninguna novedad que no se hiciera presente con anterioridad, pero que la forma de estudiar al derecho y llevarlo a la práctica a través de los años hace que se produzca cierta resistencia en el cambio del modo de pensar de los operadores jurídicos, lo cual se agrava a partir de las viejas prácticas que han permeado la procuración e impartición de la justicia, haciéndose más notorio en la rama penal, sin menoscabo de que las dificultades de la transición se hacen presentes también en otras ramas del derecho. Probablemente el cambio que estamos viviendo en toda la impartición de la justicia a partir de las abundantes reformas dificultan el adaptarse, pues la tutela de los derechos humanos resulta compleja, debido a que por su propia naturaleza y dadas las características de los mismos, se puede relativizar su aplicación, máxime en el caso de que el derecho humano al debido proceso puede no entenderse de manera adecuada y en caso de que se reclamen violaciones

LA IMPARTICIÓN DE JUSTICIA DE ACUERDO AL PARADIGMA CONSTITUCIONAL DE LOS DERECHOS HUMANOS Jorge MARTÍNEZ MARTÍNEZ

Page 4: XALAPA, VER. NOVIBRE 2016 AÑO II N 18 - … · Si hacemos un bosquejo de nuestro país, nos daremos cuenta que los niños y las niñas ... sobre todo en el caso del juicio de amparo,

4

al mismo, los jueces cuentan con gran margen de discrecionalidad en su apreciación, sobre todo en el caso del juicio de amparo, ya sea indirecto o directo. En el sistema penal se agrega que también las víctimas poseen derechos humanos y por ende, tanto los fiscales como los jueces están obligados a tutelarlos, convirtiendo con ello su quehacer cotidiano en una misión sumamente difícil de cumplir, sobre todo si se toma en consideración que los derechos humanos pueden encontrarse en colisión y que las formas de ponderarlos no siempre resultan claras ni sencillas en la práctica, a pesar del esfuerzo que pueda hacerse desde el punto de vista teórico, que puede resultar más bien utópico. Dentro de esta complejidad, sin ánimo de exhaustividad y debido a lo limitado de este espacio, puede citarse lo establecido por el artículo 7, fracción III de la Ley General de Víctimas, en estrecha relación con la fracción XII del mismo ordenamiento, que señala el derecho de las víctimas a conocer la verdad acerca de los hechos en que les fueron violados sus derechos humanos, para lo cual la autoridad deberá informar los resultados de sus investigaciones. El citado derecho es de creación pretoriana con anterioridad al ordenamiento legal mencionado, y se ha adoptó en la legislación interna de nuestro país a partir de algunas de las sentencias de la Corte Interamericana de Derechos Humanos, de entre las cuales ha destacado por ejemplo la de González y otras contra México. No obstante en la práctica, tanto en la procuración como en la impartición de justicia penal este tipo de derechos de las víctimas se hace nugatorio, pues se les niega el acceso a las correspondientes investigaciones, de manera que nunca llegan a conocer la verdad, no sólo porque esta sea inaccesible para los propios operadores jurídicos, sino porque algunas de las veces no les conviene darla a conocer. Lo anterior desde luego ha impactado en la transición hacia el sistema penal acusatorio, pues en la actualidad se requiere de una visión acorde a la tutela de los derechos humanos no sólo de los sujetos activo y pasivo, sino también de las víctimas, de manera que la operatividad del sistema se ve cuestionada en la aplicación o materialización de las normas jurídicas relativas a los derechos humanos; lo que puede deberse en alguna medida al inadecuado entendimiento en su tutela, pero donde también debe tenerse especial cuidado de no llegar al extremo opuesto, pues la sobre tutela de los derechos humanos sin duda también es violatoria del derecho humano al debido proceso.

Page 5: XALAPA, VER. NOVIBRE 2016 AÑO II N 18 - … · Si hacemos un bosquejo de nuestro país, nos daremos cuenta que los niños y las niñas ... sobre todo en el caso del juicio de amparo,

NOVEDADES BIBLIOGRÁFICAS DE LA BIBLIOTECA DEL IFP

5

ISBN: 9786074685718 Editorial: SUPREMA CORTE DE

JUSTICIA DE LA NACIÓN Fecha de la edición: 2013

Lugar de la edición: México. Número de Páginas: 125

ISBN: 9786074685725 Editorial: SUPREMA CORTE DE

JUSTICIA DE LA NACIÓN Fecha de la edición: 2013

Lugar de la edición: México. Número de Páginas: 194

APUNTES SOBRE ÉTICA JUDICIAL II HUMANISMO, LEALTAD Y PATRIOTISMO.

José Ramón Narváez Hernández. Stephani V. Nava Alvarado. Estos Apuntes son la labor de un Instituto de Investigaciones de la Suprema Corte, que se preocupa por generar conceptos que al mismo tiempo incidan en la cotidianidad práctica, para formar mejores funcionarios judiciales en todos los niveles, promoviendo que la mayoría de ellos adquieran conciencian de la necesidad de desarrollar más esfuerzos para lograr niveles institucionales e individuales. Este segundo volumen pretende generar esa reflexión en los lectores, que sea el punto de partida para programar cursos, seminarios o simplemente una lectura activa, tal vez grupal, ya que finalmente se trata de una propuesta que fructificará en la medida en que cada interesado asuma con seriedad y compromiso el tema de la ética judicial.

APUNTES SOBRE ÉTICA JUDICIAL III LA PRUDENCIA, LA EXCELENCIA Y EL DECORO. Eber Omar Betanzos Torres. Fernando de Jesús Navarro Aldape. Los ejemplares de esta colección desarrollan de una manera concreta, los principios (independencia, imparcialidad, objetividad, profesionalismo, excelencia) y virtudes (humanismo, justicia, prudencia, responsabilidad, fortaleza, patriotismo, compromiso social, lealtad, orden, respeto, decoro, laboriosidad, perseverancia, humildad, sencillez, sobriedad y honestidad) contenidos en el Código de Ética del Poder Judicial de la Federación, ofreciendo elementos prácticos a los lectores e invitándolos a la formación de una actitud ética acorde con las exigencias de justicia de nuestro orden jurídico.

Page 6: XALAPA, VER. NOVIBRE 2016 AÑO II N 18 - … · Si hacemos un bosquejo de nuestro país, nos daremos cuenta que los niños y las niñas ... sobre todo en el caso del juicio de amparo,

OFERTA EDUCATIVA

6

JORNADA CULTURAL LOS DERECHOS HUMANOS Y LAS VÍCTIMAS

La Fiscalía General del Estado de Veracruz tiene por objeto garantizar el desarrollo institucional y profesional de los servidores públicos que la integran; por lo que el Instituto de Formación Profesional realizará La Jornada Cultural dirigida a los fiscales, peritos y policías de investigación de la Institución, el 16 de noviembre de 2016, en esta Ciudad de Xalapa en el Aula de capacitación Luis Felipe Castillo López, ubicado en el Edificio del Consejo Estatal de Seguridad Pública.

PROGRAMA

HORARIO ACTIVIDAD PONENTE

9:30-10:00 REGISTRO DE LOS

PARTICIPANTES

10:00-10:30 INAUGURACIÓN

10:30-12:00 CONFERENCIA

LOS DERECHOS HUMANOS DE

LOS NIÑOS, NIÑAS Y

ADOLESCENTES VÍCTIMAS

POR DEFINIR

12:00-14:00 CONFERENCIA

LOS DERECHOS HUMANOS DE

LAS MUJERES Y LA IGUALDAD

DE GÉNERO

MTRA. MARÍA DEL CONSUELO LAGUNES JIMÉNEZ

FISCAL COORDINADORA ESPECIALIZADA EN

INVESTIGACIÓN DE DELITOS DE VIOLENCIA CONTRA LA

FAMILIA, MUJERES, NIÑAS Y NIÑOS Y DE TRATA DE

PERSONAS

16:00-18:00 CONFERENCIA

LOS DERECHOS HUMANOS DE

LAS VÍCTIMAS Y LOS

TRATADOS

INTERNACIONALES

DRA. NAMIKO MATZUMOTO BENÍTEZ

PRESIDENTA DE LA COMISIÓN ESTATAL DE DERECHOS

HUMANOS

18:00-20:00 CONVERSATORIO

LOS DERECHOS HUMANOS DE

LAS VÍCTIMAS EN EL ACCESO

A LA JUSTICIA

MODERADOR:

DR. JORGE MARTÍNEZ MARTÍNEZ

CATEDRÁTICO DE LA FACULTAD DE DERECHO DE LA

UNIVERSIDAD VERACRUZANA.

LIC. MARÍA DE LOS ÁNGELES DONMÍNGUEZ GUERRERO

JEFA DE LA OFICINA DE ENLACE INTERINSTITUCIONAL DE

LA DIRECIÓN DEL CENTRO ESTATAL DE ATENCIÓN A

VÍCTIMAS DEL DELITO

LIC. NIMBE ITZEL CORTÉS BENÍTEZ

FISCALA DICTAMINADORA ADSCRITA A LA FISCALÍA

COORDINADORA ESPECIALIZADA EN ASUNTOS INDÍGENAS

Y DE DERECHOS HUMANOS.

PBRO. LIC. QUINTÍN LÓPEZ CESSA.

PRESBITERO DE LA ARQUIDIOCESIS DE XALAPA

Page 7: XALAPA, VER. NOVIBRE 2016 AÑO II N 18 - … · Si hacemos un bosquejo de nuestro país, nos daremos cuenta que los niños y las niñas ... sobre todo en el caso del juicio de amparo,

NOTICIAS

7

Xalapa, Ver., 05 de octubre de 2016. El Instituto de Formación Profesional realizó La Videoconferencia: La igualdad de género desde la perspectiva de las organizaciones civiles, en coordinación con la Comisión Nacional de los Derechos Humanos y el Senado de la República, dirigido a fiscales, peritos, policías de investigación y personal administrativo de la Fiscalía General.

Xalapa, Ver., 14 de octubre de 2016. El Instituto de Formación Profesional de la Fiscalía General del Estado inició el Diplomado Derechos Humanos y Procuración de Justicia, en coordinación con la Comisión Nacional de los Derechos Humanos y la Facultad de Derecho de la Universidad Veracruzana, dirigido a fiscales, peritos y policías de esta Institución.

Atlahuilco, Ver., 19 de octubre de 2016. La Fiscalía Coordinadora Especializada en Asuntos Indígenas y de Derechos Humanos dio inicio al Programa de pláticas de sensibilización en materia de prevención de violencia familiar en la Sierra de Zongolica, en coordinación con la Dirección de Área de la Coordinación del Programa Sobre Asuntos de la Niñez y la Familia de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos de la Atención a Quejas de Derechos Humanos.

Rafael Delgado, Ver., 20 de octubre de 2016. La Fiscalía Coordinadora Especializada en Asuntos Indígenas y de Derechos Humanos realizó la plática de prevención de la violencia familiar dentro del Programa de pláticas de sensibilización en materia prevención de violencia familiar.

Page 8: XALAPA, VER. NOVIBRE 2016 AÑO II N 18 - … · Si hacemos un bosquejo de nuestro país, nos daremos cuenta que los niños y las niñas ... sobre todo en el caso del juicio de amparo,

PRÓXIMOS EVENTOS

Calle Cerrada de Río Pánuco No. 9, Colonia Cuauhtémoc, C.P. 91069, Xalapa-Enríquez, Veracruz. Tel. (288) 817 32 78

Este medio no se hace responsable de lo publicado en los artículos de colaboración, lo expresado es responsabilidad de quien lo escribe.

Extendemos una cordial invitación para formar parte del grupo de colaboradores del Boletín IFP con temas de actualidad relacionado con el tema jurídico penal. Para mayores informes

comunicarse a los teléfonos del IFP o al correo electrónico: [email protected]

Xalapa, Ver., 24 de Octubre de 2016. El Instituto de Formación Profesional de la Fiscalía General del Estado, realizó La Conferencia: Actualización del derecho de familia, para los fiscales, peritos, policías de investigación, personal administrativo de la Institución y asistentes invitados.

Xalapa, Ver., 24 de Octubre de 2016. La Dirección General de la Policía Ministerial realizó en coordinación con la Subdirección del Servicio Público de Carrera, de la Secretaría de Finanzas y Planeación El Curso: Inteligencia Emocional, para la policía de investigación.

8 de noviembre, el Instituto de Formación Profesional de la Fiscalía General del Estado en coordinación con la Oficina Coordinadora de Riesgos Asegurados (OCRA), dará inicio al curso Identificación de Vehículos, para fiscales, peritos y policías de investigación de la Fiscalía General del Estado.

16 de noviembre, el Instituto de Formación Profesional de la Fiscalía General del Estado realizará La Jornada Cultural: Los derechos Humanos y las víctimas, para fiscales, peritos y policías de investigación de la Fiscalía General del Estado, en el aula de capacitación Luis Felipe Castillo López, ubicado en el edificio del Consejo Estatal de Seguridad Pública.