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0. ÍNDICE 1
2
0. ÍNDICE ............................................................................................................................... 1 3
1. OBJETO Y CAMPO DE APLICACIÓN........................................................................... 2 4
2. CLASIFICACIÓN .............................................................................................................. 2 5
3. CONDICIONES GENERALES ........................................................................................ 3 6
4. CONDICIONES PARA LA CONEXIÓN .......................................................................... 4 7
4.1 Instalaciones generadoras aisladas..................................................................... 6 8
4.2 Instalaciones generadoras asistidas ................................................................... 7 9
4.3 Instalaciones generadoras interconectadas ....................................................... 8 10
4.3.1 Potencias máximas de las centrales interconectadas en baja tensión. ....... 10 11
4.3.2 Condiciones específicas para el arranque y acoplamiento de la instalación 12
generadora a la Red de distribución pública. ................................................................ 11 13
4.3.3 Equipos de maniobra y medida a disponer en el punto de interconexión. ... 12 14
4.3.4 Control de la energía reactiva. ........................................................................ 12 15
5. CABLES DE CONEXION .............................................................................................. 14 16
6. FORMA DE LA ONDA ................................................................................................... 14 17
7. PROTECCIONES ........................................................................................................... 14 18
7.1 Protecciones no convencionales del generador ............................................. 16 19
8. INSTALACIONES DE PUESTA A TIERRA ................................................................. 17 20
8.1 Generalidades ........................................................................................................ 17 21
8.2 Características de la puesta a tierra según el funcionamiento de la 22
instalación generadora respecto a la Red de distribución pública. ......................... 17 23
8.2.1 Instalaciones generadoras aisladas conectadas a instalaciones receptoras 24
que son alimentadas de forma exclusiva por dichos grupos. ....................................... 17 25
8.2.2 Instalaciones generadoras asistidas, conectadas a instalaciones receptoras 26
que pueden ser alimentadas, de forma independiente, por dichos grupos o por la red 27
de distribución pública. ................................................................................................... 18 28
8.2.3 Instalaciones generadoras interconectadas, conectadas a instalaciones 29
receptoras que pueden ser alimentadas, de forma simultánea o independiente, por 30
dichos grupos o por la Red de distribución pública....................................................... 18 31
8.3 Generadores eólicos ............................................................................................. 21 32
9. PUESTA EN MARCHA. ................................................................................................. 21 33
10. OTRAS DISPOSICIONES .......................................................................................... 23 34
35 36 37
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1. OBJETO Y CAMPO DE APLICACIÓN 38
39
La presente instrucción se aplica a las instalaciones generadoras, entendiendo como 40
tales, las destinadas a transformar cualquier tipo de energía no eléctrica en energía 41
eléctrica. 42
43
A los efectos de esta Instrucción se entiende por “redes de distribución pública” a las 44
redes eléctricas que pertenecen o son explotadas por empresas cuyo fin principal es la 45
distribución de energía eléctrica para su venta a terceros. Asimismo, se entiende por 46
“Autogenerador” a la empresa que, subsidiariamente a sus actividades principales, 47
produce, individualmente o en común, la energía eléctrica destinada en su totalidad o en 48
parte, a sus necesidades propias. 49 50
La presente ITC aplica a todas las instalaciones generadoras de baja tensión, tales como: 51
- Motores de combustión 52
- Turbinas 53
- Generadores fotovoltaicos (FV) 54
- Generadores eólicos de BT 55
- Acumuladores mecánicos o electroquímicos (baterías) 56
- Células de combustible 57
- Otras fuentes de energía en BT 58
2. CLASIFICACIÓN 59
60
Las Instalaciones Generadoras se clasifican, atendiendo a su funcionamiento respecto a 61
la Red de distribución pública, en: 62
63
a) Instalaciones generadoras aisladas: aquellas en las que no puede existir conexión 64
eléctrica alguna con la Red de distribución pública. 65
b) Instalaciones generadoras asistidas: Aquellas en las que existe una conexión con 66
la Red de distribución pública, pero sin que los generadores puedan estar trabajando 67
en paralelo con ella. La fuente preferente de suministro podrá ser tanto los grupos 68
generadores como la Red de distribución pública, quedando la otra fuente como 69
socorro o apoyo. Para impedir la conexión simultánea de ambas, se deben instalar 70
los correspondientes sistemas de conmutación. Será posible no obstante, la 71
realización de maniobras de transferencia de carga sin corte, siempre que se cumplan 72
los requisitos técnicos descritos en el apartado 4.2 73
c) Instalaciones generadoras interconectadas: las que están trabajando normalmente 74
en paralelo con la Red de distribución pública. 75
Las instalaciones generadoras interconectadas para autoconsumo podrán pertenecer 76
a las modalidades de suministro con autoconsumo sin excedentes o modalidades de 77
suministro con autoconsumo con excedentes definidas en el artículo 9 de la Ley 78
24/2013, de 26 de diciembre, y en el artículo 4 del Real Decreto 244/2019, de 5 de 79
abril, por el que se regulan las condiciones administrativas, técnicas y económicas 80
del autoconsumo de energía eléctrica. 81
82
En las instalaciones generadoras interconectadas de la presente ITC además se pueden 83
contemplar los siguientes tipos: 84
Comentado [AV1]: Se propone cambiar en todo el texto por “red de distribución”, eliminando “publica”. En consonancia con los términos del RD 244/2019
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c1) Las instalaciones generadoras con punto de interconexión en la red de distribución 85
de baja tensión con excedentes, así como aquellas instalaciones con punto de 86
interconexión a la instalación de enlace o instalación interior, independientemente de 87
que la modalidad de consumo sea con excedentes o sin ellos. 88
c2) Las instalaciones generadoras conectadas mediante un transformador elevador 89
de tensión a una red de alta tensión. Cuando dicha red de AT sea una red de 90
distribución, la modalidad de autoconsumo será con excedentes. En cualquier otro 91
caso, la modalidad de autoconsumo podrá ser con o sin excedentes. Por su 92
consideración de instalación generadora conectada directamente a una red de AT, 93
requiere adicionalmente condiciones especiales de conexión, atendiendo a las 94
reglamentaciones vigentes sobre protecciones y condiciones de conexión en alta 95
tensión. 96
97
En las instalaciones de tipo c) cuando la red de distribución se desconecta, se pueden 98
alimentar cargas propias siempre que se cumplan las condiciones de desconexión y 99
conexión de la instalación generadora en modo separado, requeridas en esta ITC-BT-40. 100
101
3. CONDICIONES GENERALES 102
Los generadores y las instalaciones complementarias de las instalaciones generadoras, 103
como los depósitos de combustibles, canalizaciones de líquidos o gases, etc., deberán 104
cumplir, además, las disposiciones que establecen los Reglamentos y Directivas 105
específicos que les sean aplicables. 106
107
Diseño del generador 108
Los generadores deberán está construidos y diseñados conforme a lo establecido en la 109
Directiva de Baja Tensión u otras Directivas, en lo que le sea de aplicación. Cuando 110
existan generadores configurados como unión de diferentes partes físicamente 111
separadas, la instalación del cableado y elementos de interconexión y protección se hará 112
conforme a las normas aplicables al generador, si existen, o a los requisitos esenciales 113
de seguridad de la DBT. 114
En concreto, para los sistemas de alimentación en corriente continua de los generadores 115
(paneles fotovoltaicos, baterías, células de combustible, etc.), será de aplicación la ITC-116
BT-53 y para los generadores eólicos pequeños la norma de aplicación es la UNE EN 117
61400-2. 118
Las instalaciones generadoras situadas a la intemperie deberán cumplir los requisitos de 119
la ITC-BT-30. 120
Los elementos de las instalaciones generadoras susceptibles de emitir gases, humos 121
vapores corrosivos deberán alojarse en locales de usos exclusivo, cumplirán con las 122
disposiciones reguladoras de protección contra incendios correspondientes y deberán 123
estar suficientemente ventilados. La ventilación debe asegurar que no se producen 124
acumulaciones de sustancias tóxicas en el ambiente ni se generan atmósferas 125
potencialmente explosivas. Los conductos de salida de los gases de combustión 126
evacuarán directamente al exterior o a través de un sistema de aprovechamiento 127
energético. 128
Comentado [AV2]: Es el punto de conexión del generador a la instalación eléctrica (puede ser de distribución o de enlace o interior); no tiene por que coincidir con el punto de conexión del usuario a la red de distribución
Comentado [AV3]: Nueva ITC basada en la UNE-EN 60364-7-712 de fotovoltaica y añadiendo baterías entre otros.
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Será responsabilidad del titular de la instalación generadora la correcta actuación de las 129
protecciones, la vigilancia de las condiciones de seguridad y de conexión a la red, así 130
como del buen funcionamiento del equipo de medida. 131
Las instalaciones generadoras con excedentes, que se encuentren dentro del ámbito de 132
aplicación del RD español, que desarrolle el Reglamento (UE) 2016/631, que establece 133
un código de red sobre requisitos de conexión de generadores a la red, deberán certificar 134
el cumplimiento de los citados requisitos. 135
136
4. CONDICIONES PARA LA CONEXIÓN 137
138
4.0 Clasificación de los esquemas de conexión 139 140
En la Figura 1 se muestra de forma esquemática todos los tipos de instalaciones 141
generadoras contemplados en esta instrucción. Los esquemas de las instalaciones 142
generadoras aisladas y asistidas se representan en los apartados siguientes de la 143
presente instrucción. Los esquemas de conexión de las instalaciones interconectadas se 144
incluyen en la ITC-BT-12 de instalaciones de enlace. 145
Comentado [AV4]: Pendiente del desarrollo del RD español que establezcan los límites y la evaluación de conformidad.
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146
Figura 1: Tipos de instalaciones generadoras147
TIPO DE INSTALACIÓN
CLASIFICACIÓNSUMINISTRO
ASOCIADO
PUNTO DE INTERCONEXIÓN DE
LA GENERACIÓN
MODO DE FUNCIONAMIENTO
Instalaciones Generadoras
Aisladas
Asistidas
Interconectadas C1
Generadora sin suministro asociado (con excedentes en
BT)
Generadora con Suministro asociado
Red distribución BT
(con excedentes)
Independiente
Modo Separado
Instalación de enlace o Instalacion Interior
(con o sin excedentes)
Independiente
Modo Separado
Interconectadas C2
Generadora sin suministro asociado (con excedentes en
AT)
Generadora con suministro asociado
Instalación Interior
(con o sin excedentes)
Independiente
Modo separado
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4.1 Instalaciones generadoras aisladas 148
149
La conexión a los receptores, en las instalaciones donde no pueda darse la posibilidad 150
del acoplamiento con la Red de distribución pública o con otro generador, precisará la 151
instalación de un dispositivo que permita conectar y desconectar la carga en los circuitos 152
de salida del generador. 153
154
Cuando existan más de un generador y su conexión exija la sincronización, se deberá 155
disponer de un equipo manual o automático para realizar dicha operación, que podrá 156
estar integrado en los generadores. 157
158
Los generadores portátiles deberán incorporar las protecciones generales contra 159
sobreintensidades y contactos directos e indirectos necesarios para la instalación que 160
alimenten. 161
162
En la figura 2 se muestra el esquema de la instalación generadora aislada. 163
164
Esquema 1 165
Leyenda para instalaciones receptoras
8 Derivación individual (DI)
12 Dispositivos generales de mando y
protección (DGMP).
13 Instalación interior
Leyenda para instalaciones generadoras
5 Interruptor general de maniobra (IGM)
8 Línea Individual del generador (LIG)
12 Dispositivos de mando y protección del generador
13 Equipo generador-inversor
166
El hecho de que está instalación esté conectada permanentemente al generador no 167
implica que puedan utilizarse las protecciones del generador como protección de los 168
circuitos de la instalación receptora. 169
Las protecciones correspondientes al lado del generador, indicadas como elemento 12 170
en el esquema se describen en el apartado 7 de la ITC-BT-40. Las protecciones contra el 171
choque eléctrico se elegirán conforme a lo indicado en la ITC-BT-24 teniendo en cuenta 172
el régimen de puesta a tierra del neutro de la instalación generadora. Las protecciones 173
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de la instalación receptora serán las indicadas en las correspondientes ITC de 174
instalaciones interiores o receptoras. 175
176
4.2 Instalaciones generadoras asistidas 177
178
En la instalación interior o receptora, la alimentación alternativa (red o generador) podrá 179
hacerse en varios puntos que irán provistos de un sistema de conmutación para todos los 180
conductores activos y el neutro, que impida el acoplamiento simultáneo a ambas fuentes 181
de alimentación, cuando el generador sea de potencia igual o inferior a 100 kVA. Para 182
impedir el acoplamiento simultaneo deberá existir un enclavamiento de accionamiento 183
automático o manual 184
185
En el caso en el que esté previsto realizar maniobras de transferencia de carga sin corte, 186
la conexión de la instalación generadora asistida con la Red de distribución pública se 187
hará en un punto único y deberán cumplirse los siguientes requisitos: 188
- Sólo podrán realizar maniobras de transferencia de carga sin corte los 189
generadores de potencia superior a 100 kVA 190
- En el momento de interconexión entre el generador y la red de distribución 191
pública, se desconectará el neutro del generador de tierra. 192
- El sistema de conmutación deberá instalarse junto a los aparatos de medida 193
de la Red de distribución pública, con accesibilidad para la empresa 194
distribuidora. 195
- Deberá incluirse un sistema de protección que imposibilite el envío de potencia 196
del generador a la red. 197
- Deberán incluirse sistemas de protección por tensión del generador fuera de 198
límites, frecuencia fuera de límites, sobrecarga y cortocircuito, enclavamiento 199
para no poder energizar la línea sin tensión y protección por fuera de 200
sincronismo. 201
- Dispondrá de un equipo de sincronización y no se podrá mantener la 202
interconexión más de 5 segundos. 203
204
Para evitar los efectos de sobretensión debidas a las conmutaciones podrá ser necesario 205
instalar protectores contra sobretensiones transitorias, adecuados a la instalación que 206
alimenten. 207
El conmutador llevará un contacto auxiliar que permita conectar a una tierra propia el 208
neutro de la generación, en los casos que se prevea la transferencia de carga sin corte. 209
210
Los elementos de protección y sus conexiones al conmutador serán precintables o se 211
garantizará mediante método alternativo que no se pueden modificar los parámetros de 212
conmutación iniciales y la empresa distribuidora de energía eléctrica, deberá poder 213
acceder de forma permanente a dicho elemento, en los casos en que se prevea la 214
transferencia de carga sin corte. El dispositivo de maniobra del conmutador será accesible 215
al titular de la instalación generadora. 216
217
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Esquema 2 219
Leyenda para instalaciones receptoras
1 Red de distribución
2 Acometida
8 Derivación individual (DI)
9 Fusible de seguridad
10 Contador
11 Interruptor seccionador
12 Dispositivos generales de mando y
protección (DGMP).
13 Instalación interior
14 Conjunto de protección y medida (CPM)
Leyenda para instalaciones generadoras
1 Red de distribución
2 Acometida
5 Interruptor general de maniobra (IGM)
9 Fusible de seguridad
10 Contador
11 Interruptor seccionador
12 Dispositivos de mando y protección Interiores
(DPI)
13 Equipo generador-inversor (GEN)
14 Conjunto de protección y medida (CPM)
15 Conmutador de conexión red/generador con
sistema de sincronismo
16 vacio
220
4.3 Instalaciones generadoras interconectadas 221
222
La potencia máxima de las centrales interconectadas a una Red de distribución pública 223
estará condicionada por las características de ésta: tensión de servicio, potencia de 224
cortocircuito, capacidad de transporte de línea, potencia consumida en la red de baja 225
tensión, etc. 226
227
Las prescripciones de la ITC-BT-40 son aplicables a todas instalaciones de autoconsumo 228
interconectadas, sea cual sea su potencia. Todas las instalaciones de generación 229
interconectadas a la red de distribución en baja tensión deben disponer de dispositivos 230
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que limiten la inyección de corriente continua y la generación de sobretensiones, así como 231
impedir el funcionamiento en isla de dicha red de distribución, de forma que la conexión 232
de la instalación de generación no afecte al funcionamiento normal de la red ni a la calidad 233
del suministro de los clientes conectados a ella. 234
Las instalaciones de autoconsumo sin excedentes, independientemente de que se 235
conecten a la red de baja tensión o a la de alta tensión, con generación y regulación en 236
baja tensión, deberán disponer de un sistema que evite el vertido de energía a la red de 237
distribución que cumpla los requisitos y ensayos indicados en el Anexo I. A las 238
instalaciones de autoconsumo sin excedentes no les son de aplicación los apartados 239
4.3.1, 4.3.4 y ninguno de los requisitos relacionados con la empresa distribuidora del 240
apartado 9. 241
242
No obstante, estas instalaciones, se ajustarán a lo establecido en la ITC-BT-04 en cuanto 243
a su documentación y puesta en servicio, e independientemente de su potencia y modo 244
de conexión, dispondrán de la documentación requerida para la evaluación de la 245
conformidad con el apartado I.4 Anexo I. Esta documentación será entregada por el 246
instalador junto con el certificado de la instalación. Cuando la conexión a la instalación 247
eléctrica de un generador para autoconsumo sin excedentes, no se realice a través de un 248
circuito independiente y, por tanto, no se requiera modificar la instalación interior 249
existente, la obligación de entregar dicha documentación recaerá en el fabricante, el 250
importador, o en el responsable de la comercialización del kit generador, quien entregará 251
la documentación directamente al usuario. 252
253
En todas las instalaciones de producción próximas a las de consumo, definidas en el Real 254
Decreto 244/2019, de 5 de abril, por el que se regulan las condiciones administrativas, 255
técnicas y económicas del autoconsumo de energía eléctrica, la conexión se realizará a 256
través de un cuadro de mando y protección que incluya las protecciones diferenciales tipo 257
A necesarias para garantizar que la tensión de contacto no resulte peligrosa para las 258
personas. Cuando dichas instalaciones generadoras sean accesibles al público general 259
o estén ubicadas en zonas residenciales, o análogas, la protección diferencial de los 260
circuitos de generación será de 30 mA. La conexión de la instalación de producción podrá 261
realizarse en el embarrado general de la centralización de contadores de los consumos, 262
en la caja general de protección de la que parten los consumos o mediante una caja 263
general de protección independiente que se conecte a la red de distribución. En los casos 264
de autoconsumo colectivo en edificios en régimen de propiedad horizontal, la instalación 265
de producción no podrá conectarse directamente a la instalación interior de ninguno de 266
los consumidores asociados a la instalación de autoconsumo colectivo. 267
268
Todos los generadores para suministro con autoconsumo con excedentes 269
independientemente de su potencia y los generadores para suministro con autoconsumo 270
sin excedentes de potencia instalada superior a 800 VA, que se conecten a instalaciones 271
interiores o receptoras de usuario, lo harán a través de un circuito independiente y 272
dedicado desde un cuadro de mando y protección que incluya protección diferencial tipo 273
A, que será de 30 mA en instalaciones de viviendas, o instalaciones accesibles al público 274
general en zonas residenciales, o análogas. 275
276
Los generadores destinados a su instalación en viviendas, que no se conecten a la 277
instalación a través de circuito dedicado, o a través de un transformador de aislamiento, 278
tendrán una corriente de fuga a tierra igual o inferior a 10 mA.» 279
280
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281
Se define como funcionamiento en modo separado aquel en el que el generador funciona 282
normalmente en modo interconectado y cuando se dan condiciones de falta de red puede 283
alimentar a la instalación. Para el funcionamiento en modo separado, la transferencia de 284
carga debe realizarse siempre con corte, garantizando que, ante la eventual 285
indisponibilidad de la red de suministro, primero se desconecta el generador de la red y 286
después se pone en modo de funcionamiento separado, antes de conectarse a las cargas. 287
Para la reconexión a la red de distribución, el generador deberá, primero desconectar las 288
cargas, después ponerse en modo de funcionamiento interconectado y finalmente 289
sincronizarse con la red, todo ello antes de conectarse a ésta. 290
En funcionamiento en modo separado, el interruptor de acoplamiento llevará un contacto 291
auxiliar u otro dispositivo que permita desconectar el neutro de la red de distribución 292
pública y conectar a tierra el neutro de la generación cuando ésta deba trabajar 293
independiente de aquella. 294
295
296
4.3.1 Potencias máximas de las centrales interconectadas en baja tensión. 297
298
Con carácter general, la interconexión de instalaciones generadoras que viertan energía 299
a las redes de distribución en baja tensión de 3x400/230 V será admisible cuando la suma 300
de las potencias nominales de los generadores no exceda de 100 kVA, ni de la mitad de 301
la capacidad de la salida del centro de transformación correspondiente a la línea de la 302
Red de distribución pública a la que se conecte la instalación generadora. 303
304
En redes trifásicas a 3x220/127 V, se podrán conectar centrales de potencia total no 305
superior a 60 kVA ni de la mitad de la capacidad de la salida del centro de transformación 306
correspondiente a la línea de la Red de distribución pública a la que se conecte la central. 307
En estos casos toda la instalación deberá estar preparada para un funcionamiento futuro 308
a 3x400/230 V. 309
310
En los generadores eólicos, para evitar fluctuaciones en la red, la potencia de los 311
generadores no será superior al 5% de la potencia de cortocircuito en el punto de 312
conexión a la Red de distribución pública. 313 314 315
Para determinar la potencia nominal máxima disponible de conexión, se atenderá a los 316
siguientes criterios: 317
a) La potencia nominal máxima disponible en el punto de conexión de una línea se 318
calculará como la mitad de la capacidad de carga de la línea en dicho punto, definida 319
como capacidad térmica de diseño de la línea en el punto, menos la suma de las potencias 320
de las instalaciones generadoras conectadas o con punto de conexión vigente en dicha 321
línea. El gestor de la red verificará e informará sobre la potencia disponible a estos efectos 322
b) En el caso de que el punto de conexión sea en un centro de transformación, la potencia 323
nominal máxima disponible en dicho punto se calculará como la mitad de la capacidad de 324
transformación instalada para ese nivel de tensión menos la suma de las potencias de las 325
instalaciones de producción conectadas o con punto de conexión vigente a ese centro. 326
Adicionalmente a estos requisitos la contribución de los generadores al incremento de 327
tensión en las líneas de distribución no debe ser superior al 2,5%. 328
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329
4.3.2 Condiciones específicas para el arranque y acoplamiento de la instalación 330
generadora a la Red de distribución pública. 331
332
Generadores asíncronos. 333
334
La caída de tensión que puede producirse en la conexión de los generadores no será 335
superior al 3 % de la tensión asignada de la red. 336
337
En el caso de generadores eólicos la frecuencia de las conexiones será como máximo de 338
3 por minuto, siendo el límite de la caída de tensión del 2 % de la tensión asignada durante 339
1 segundo. 340
341
Para limitar la intensidad en el momento de la conexión y las caídas de tensión, a los 342
valores anteriormente indicados, se emplearán dispositivos adecuados. 343 344
Para ello pueden usarse relés de intensidad o de tensión. 345
346
La conexión de un generador asíncrono a la red no se realizará hasta que, accionados 347
por la turbina o el motor, éste haya adquirido una velocidad entre el 90 y el 100% de la 348
velocidad de sincronismo. 349
350
Generadores síncronos. 351
352
La utilización de generadores síncronos en instalaciones que deben interconectarse a 353
Redes de distribución pública deberá ser acordada con la empresa distribuidora de 354
energía eléctrica, atendiendo a la necesidad de funcionamiento independiente de la red 355
y a las condiciones de explotación de ésta. 356
357
La central deberá poseer un equipo de sincronización, automático o manual. 358
359
Podrá prescindirse de este equipo si la conexión pudiera efectuarse como generador 360
asíncrono. En este caso las características del arranque deberán cumplir lo indicado para 361
este tipo de generadores. 362
363
La conexión de la central a la red de distribución pública deberá efectuarse cuando en la 364
operación de sincronización las diferencias entre las magnitudes eléctricas del generador 365
y la red no sean superiores a las siguientes: 366
367
- Diferencia de tensiones 8 % 368
- Diferencia de frecuencia 0,1Hz 369
- Diferencia de fase 10o 370
371
Los puntos donde no exista equipo de sincronismo y sea posible la puesta en paralelo, 372
entre la generación y la Red de distribución pública, dispondrán de un enclavamiento que 373
impida la puesta en paralelo. 374
375
Estos requisitos serán de aplicación en tanto no impidan el cumplimiento de aquellas 376
instalaciones que se encuentren dentro del ámbito de aplicación del Reglamento (UE) 377
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2016/631, que establece un código de red sobre requisitos de conexión de generadores 378
a la red. 379
380
4.3.3 Equipos de maniobra y medida a disponer en el punto de interconexión. 381
382
La conexión de la instalación generadora no deberá afectar al funcionamiento normal de 383
la red ni a la calidad del suministro de los clientes conectados a ella. Tampoco deberá 384
producir cambios en el modo de explotación, protección y desarrollo de la misma. El punto 385
de conexión debe tener elementos que cumplan las funciones de corte en carga y 386
aislamiento de la red, a efectos de poder desconectar la instalación generadora. 387
En el caso de las instalaciones de tipo c2 sin suministro asociado, el punto de conexión 388
dispondrá de un interruptor-seccionador entre las instalaciones del generador y las de la 389
empresa distribuidora en las condiciones establecidas en la ITC-RAT-19 y en caso de 390
conexión a la red de transporte, según el PO 12.2 del operador del sistema. 391
En el caso de las instalaciones de tipo c2 con suministro asociado y con modalidad de 392
consumo con excedentes, la maniobra para desconectar la instalación generadora deberá 393
ser accesible a la empresa distribuidora de forma local o remota desde el punto de 394
conexión a la red de distribución pública, en las condiciones establecidas en la ITC-RAT-395
19 y en caso de conexión a la red de transporte, según el PO 12.2 del operador del 396
sistema. 397
Las instalaciones de tipo c1 con punto de interconexión a la red de distribución, 398
dispondrán de un interruptor automático-seccionador sobre el que actuarán un conjunto 399
de protecciones, situado entre las instalaciones del generador y las de la empresa 400
distribuidora, que será accesible de forma permanente a ésta y que no podrá reponerse 401
hasta que exista tensión estable en la Red de distribución pública. 402
En el caso de las instalaciones de tipo c1 con punto de interconexión a la red interior y 403
modalidad de consumo con excedentes, las protecciones deben garantizar que las faltas 404
internas de la instalación no perturben el correcto funcionamiento de las redes a las que 405
estén conectadas y en caso de defecto de éstas, debe desconectar el interruptor de la 406
interconexión que no podrá reponerse hasta que exista tensión estable en la Red de 407
distribución pública. 408
409
Las protecciones de las instalaciones de baja tensión a las que se refiere este apartado 410
pueden estar incorporadas en el propio interruptor automático o en otros dispositivos 411
externos (por ejemplo, relés) que actúan sobre el interruptor automático dándole la orden 412
de desconexión del circuito. También pueden estar incorporadas en el equipo generador 413
o el inversor en las condiciones establecidas en el apartado 7. 414
415
Las protecciones y el conexionado del interruptor serán precintables y el dispositivo de 416
maniobra será accesible al Autogenerador. 417
418
419
4.3.4 Control de la energía reactiva. 420
421
El factor de potencia de la energía suministrada a la red de la empresa distribuidora debe 422
ser lo más próximo posible a la unidad y, en todo caso, superior a 0,98 cuando la 423
instalación trabaje a potencias superiores al 25 por ciento de su potencia nominal. 424
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Consecuentemente en estas instalaciones, cuando la regulación de generación no lo 425
permita, se montarán equipos de compensación de potencia reactiva (p.e. baterías de 426
condensadores) para lograr dicho factor de potencia. Estos requisitos serán de aplicación 427
en tanto no impidan el cumplimiento de aquellas instalaciones que se encuentren dentro 428
del ámbito de aplicación del Reglamento (UE) 2016/631, que establece un código de red 429
sobre requisitos de conexión de generadores a la red. 430
En las instalaciones con generadores asíncronos, el factor de potencia de la instalación 431
no será inferior a 0,86 a la potencia nominal y para ello, cuando sea necesario, se 432
instalarán las baterías de condensadores precisas. 433
434
Las instalaciones anteriores dispondrán de dispositivos de protección adecuados que 435
aseguren la desconexión en un tiempo inferior a 1 segundo cuando se produzca una 436
interrupción en la Red de distribución pública. 437
438
La empresa distribuidora de energía eléctrica podrá eximir de la compensación del factor 439
de potencia en el caso de que pueda suministrar la energía reactiva. 440
441
Los generadores síncronos deberán tener una capacidad de generación de energía 442
reactiva suficiente para mantener el factor de potencia entre 0,8 y 1 en adelanto o retraso. 443
Con objeto de mantener estable la energía reactiva suministrada se instalará un control 444
de la excitación que permita regular la misma. 445 446 447
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5. CABLES DE CONEXION 448
Los cables de conexión deberán estar dimensionados para una intensidad no inferior al 449
125% de la máxima intensidad del generador y la caída de tensión entre el generador y 450
el punto de interconexión a la Red de distribución pública o a la instalación interior, no 451
será superior al 1,5%, para la intensidad nominal. 452 453
6. FORMA DE LA ONDA 454
La tensión generada será prácticamente senoidal, con una tasa máxima de armónicos, 455
en cualquier condición de funcionamiento de: 456
457
Armónicos de orden par: 4/n 458
Armónicos de orden 3: 5 459
Armónicos de orden impar (5): 25/n 460
461
La tasa de armónicos es la relación, en %, entre el valor eficaz del armónico de orden n 462
y el valor eficaz del fundamental. 463
464
Estos requisitos serán de aplicación en tanto no impidan el cumplimiento de aquellas 465
instalaciones que se encuentren dentro del ámbito de aplicación del Reglamento (UE) 466
2016/631, que establece un código de red sobre requisitos de conexión de generadores 467
a la red. 468
469
Asimismo, se evitará la inyección de corriente continua y las sobretensiones que el 470
funcionamiento de estos generadores en diferentes situaciones pueda producir. Los 471
requisitos que deben cumplir y los métodos de evaluación se establecen en los Anexos II 472
y III. 473
474
7. PROTECCIONES 475
Los generadores dispondrán de las protecciones específicas necesarias para reducir los 476
daños como consecuencia de defectos internos o externos a ellos. Las protecciones 477
mínimas a disponer serán las siguientes: 478
479
- De sobreintensidad, mediante relés directos magnetotérmicos o solución equivalente. 480
- De mínima tensión instantáneos, conectados entre las tres fases y neutro y que 481
actuarán, en un tiempo inferior a 0,5 segundos, a partir de que la tensión llegue al 482
85% de su valor asignado. 483
- De sobretensión, conectado entre una fase y neutro, y cuya actuación debe producirse 484
en un tiempo inferior a 0,5 segundos, a partir de que la tensión llegue al 110% de su 485
valor asignado. 486
- De máxima y mínima frecuencia, conectado entre fases, y cuya actuación debe 487
producirse cuando la frecuencia sea inferior a 49 Hz o superior a 51 Hz durante más 488
de 5 períodos. 489
490
Las protecciones de instalaciones de generación con excedentes que se encuentren 491
dentro del ámbito de aplicación del Reglamento (UE) 2016/631(RD….), que establece un 492
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código de red sobre requisitos de conexión de generadores a la red, deberán tener las 493
características de actuación que garanticen el cumplimiento de los citados requisitos.??? 494
495
496
Los circuitos de interconexión de los generadores a la instalación se dotarán de las 497
protecciones establecidas en las correspondientes ITC-BT que les sean aplicables. 498
499
Nueva ITC de CC. 500
En todas aquellas instalaciones ubicadas en la intemperie no cubiertas por el Código 501
Técnico de la Edificación (por ejemplo huertos solares, parques eólicos, etc.) deberá 502
considerarse la necesidad de instalar sistemas de protección externos contra el rayo. 503
Para la protección contra contactos indirectos se montará una protección diferencial que 504
se puede integrar en un sistema de supervisión de la instalación (contactos auxiliares, 505
gestión de planta, etc.)( 506
507
La protección contra sobreintensidades y contra contactos indirectos del conjunto de la 508
instalación generadora se realizará según lo establecido en las ITC correspondientes del 509
REBT, como si se tratara de una instalación receptora. 510
511
Las instalaciones generadoras deben disponer de los siguientes elementos: 512
a) Un elemento de seccionamiento general que proporcione aislamiento para la 513
protección de los trabajadores frente al riesgo eléctrico. Éste podría ser el mismo 514
interruptor automático que se menciona en el capítulo 4.3.3 de esta ITC siempre y 515
cuando tenga características de seccionamiento que proporcionen el aislamiento 516
exigible en la legislación sobre Riesgo Eléctrico. 517
b) Un Interruptor automático diferencial, con el fin de proteger a las personas contra los 518
contactos indirectos. en el caso de derivación de algún elemento a tierra de acuerdo 519
a lo establecido en el capítulo 4.3. En otro tipo de instalaciones que no estén 520
conectadas a redes con régimen de neutro en TT, se aplicará lo establecido en la ITC-521
BT-24 para el corte automático de la alimentación. 522
c) Interruptor automático de la conexión, para la desconexión-conexión automática de la 523
instalación en caso de anomalía de tensión o frecuencia de la red, y cuando proceda, 524
un relé de enclavamiento. 525
Estas funciones pueden ser también cubiertas por dos elementos separados: 526
• Un interruptor automático de la instalación conforme a lo indicado en los diferentes 527
esquemas del capítulo 4, o de la ITC-BT-12, según proceda, dentro del elemento 528
identificado como "Dispositivos de mando y protección interiores (DPI)" o el elemento 529
de corte general referido en el apartado a), con protección contra sobreintensidades 530
y capacidad de corte de cortocircuitos, de acuerdo a la ITC-BT-22, 531
• Un elemento de corte del generador, con capacidad de corte en carga, sobre el que 532
actúen las protecciones voltimétricas y los automatismos de conexión y desconexión 533
y que puede estar integrado o no en el generador. 534
535
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En instalaciones generadoras con excedentes, los elementos de los apartados b) y c) 536
anteriores deben ser accesibles para el titular de la instalación generadora. A este 537
respecto, se considerará que la instalación interior se refiere a la vivienda o local privativo 538
de la instalación, que puede ser diferente a la ubicación de los contadores. 539
Los generadores deben conectarse de tal forma que la protección contra los contactos 540
indirectos por interruptores diferenciales se mantiene efectiva para cada combinación de 541
fuentes de alimentación prevista. Estas protecciones contra contactos indirectos se 542
dimensionarán de manera que se tengan en cuenta los diferentes valores de la 543
impedancia de defecto para las distintas puestas a tierra (red o generador) que puedan 544
darse según el modo de funcionamiento (ver apartados 8.2.2 y 8.2.3) 545
Adicionalmente algunos generadores podrán requerir protecciones específicas 546
relacionadas con su tecnología propia. Un ejemplo es la protección de inversión de 547
potencia en generadores síncronos. Este tipo de protecciones debe instalarse lo más 548
cerca posible de los terminales del generador. 549
La reconexión a la red de un generador desconectado se podrá producir únicamente 550
después de que la tensión y frecuencia de la red estén dentro de los márgenes normales 551
durante al menos tres minutos. 552
Para proteger la instalación y las personas que puedan operar en ella ante la ausencia 553
de tensión en la red, todos los generadores interconectados deberán tener detección de 554
funcionamiento en isla que desconecte el generador de la red y solo permita la 555
alimentación de sus consumos propios cuando opere en modo separado. 556
Además, se verificará el correcto funcionamiento del sistema de detección de 557
funcionamiento en isla cuando múltiples inversores trabajan en paralelo. La verificación 558
se realiza de acuerdo con lo especificado en el Anexo IV. 559
560
7.1 Protecciones no convencionales del generador 561
562
El generador, en función de sus características y forma de conexión, requerirá incorporar 563
protección adicional propia contra sobreintensidades, contra contactos indirectos o contra 564
fallos de aislamiento. Estas protecciones se podrán realizar con material de instalación 565
convencional o estar integradas en el generador como protecciones no convencionales. 566
Para estas protecciones no convencionales, la verificación de las características 567
funcionales aplicables (por ejemplo, curvas de actuación magnetotérmica o diferencial) 568
serán conformes a los requisitos equivalentes de las normas armonizadas de aplicación 569
al material de instalación convencional. Además, se tendrá en cuenta el análisis del efecto 570
que sobre la protección puedan tener los posibles fallos eléctricos o electrónicos, tanto 571
del generador como de la instalación a la que se conecta, la influencia de los fenómenos 572
de perturbación electromagnética esperables en el entorno en el que está ubicada la 573
instalación generadora, e incluso la influencia que sobre las características de protección 574
pudiesen tener los errores en el software del equipo, cuando proceda. 575
Para equipos que incorporen protecciones no convencionales, la verificación de las 576
condiciones de protección se realizará mediante informe de ensayos, de los aspectos de: 577
1. características funcionales aplicables 578
2. protección contra posibles fallos eléctricos o electrónicos 579
3. protección contra los fenómenos de perturbación electromagnética 580
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4. protección contra los fallos y/o errores en el software del equipo. 581
582
Ejemplos de protecciones que deben considerarse para la verificación son los siguientes: 583
1. Sincronización entre múltiples fuentes de corriente alterna. 584
2. Paradas de operación de emergencia (incluyendo secuencia de parada) 585
3. Sistema de conmutación (conexión/desconexión entre fuentes) y enclavamientos 586
de seguridad (rango válido de tensión y frecuencia). 587
4. Funciones de dispositivos de corriente residual para protección de la propia 588
instalación generadora 589
5. Protección de sobreintensidades de la propia instalación generadora. 590 591
8. INSTALACIONES DE PUESTA A TIERRA 592
593
8.1 Generalidades 594
595
Las centrales de instalaciones generadoras deberán estar provistas de sistemas de 596
puesta a tierra que, en todo momento, aseguren que las tensiones que se puedan 597
presentar en las masas metálicas de la instalación no superen los valores establecidos 598
en la MIE-RAT 13 del Reglamento sobre Condiciones Técnicas y Garantías de Seguridad 599
en Centrales Eléctricas, Subestaciones y Centros de Transformación. 600
601
Los sistemas de puesta a tierra de las centrales de instalaciones generadoras deberán 602
tener las condiciones técnicas adecuadas para que no se produzcan transferencias de 603
defectos a la Red de distribución pública ni a las instalaciones privadas, cualquiera que 604
sea su funcionamiento respecto a ésta: aisladas, asistidas o interconectadas. 605 606
8.2 Características de la puesta a tierra según el funcionamiento de la 607
instalación generadora respecto a la Red de distribución pública. 608
609
8.2.1 Instalaciones generadoras aisladas conectadas a instalaciones receptoras que 610
son alimentadas de forma exclusiva por dichos grupos. 611
612
La red de tierras de la instalación conectada a la generación será independiente de 613
cualquier otra red de tierras. Se considerará que las redes de tierra son independientes 614
cuando el paso de la corriente máxima de defecto por una de ellas, no provoca en la otra 615
diferencias de tensión, respecto a la tierra de referencia, superiores a 50 V. 616 617
La GUIA-BT 18, en su apartado 11, detalla las medidas a considerar para garantizar la 618
adecuada independencia entre redes de tierra. 619
En las instalaciones de este tipo se realizará la puesta a tierra del neutro del generador y 620
de las masas de la instalación conforme a uno de los sistemas recogidos en la ITC-BT 621
08. 622
Cuando el generador no tenga el neutro accesible, se podrá poner a tierra el sistema 623
mediante un transformador trifásico en estrella, utilizable para otras funciones auxiliares. 624
625
En el caso de que trabajen varios generadores en paralelo, se deberá conectar a tierra, 626
en un solo punto, la unión de los neutros de los generadores. 627
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628
8.2.2 Instalaciones generadoras asistidas, conectadas a instalaciones receptoras que 629
pueden ser alimentadas, de forma independiente, por dichos grupos o por la red 630
de distribución pública. 631
632
Cuando la Red de distribución pública tenga el neutro puesto a tierra, el esquema de 633
puesta a tierra será el TT y se conectarán las masas de la instalación y receptores a una 634
tierra independiente de la del neutro de la Red de distribución pública. 635
636
En caso de imposibilidad técnica de realizar un tierra independiente para el neutro del 637
generador, y previa autorización específica del Órgano Competente de la Comunidad 638
Autónoma, se podrá utilizar la misma tierra para el neutro y las masas. 639
640
Para alimentar la instalación desde la generación propia en los casos en que se prevea 641
transferencia de carga sin corte, se dispondrá, en el conmutador de interconexión, un polo 642
auxiliar que cuando pase a alimentar la instalación desde la generación propia conecte a 643
tierra el neutro de la generación. 644
645
8.2.3 Instalaciones generadoras interconectadas, conectadas a instalaciones 646
receptoras que pueden ser alimentadas, de forma simultánea o independiente, 647
por dichos grupos o por la Red de distribución pública. 648
649
Cuando la instalación receptora esté acoplada a una Red de distribución pública que 650
tenga el neutro puesto a tierra, el esquema de puesta a tierra será el TT y se conectarán 651
las masas de la instalación y receptores a una tierra independiente de la del neutro de la 652
Red de distribución pública. 653
654
Cuando la instalación receptora no esté acoplada a la Red de distribución pública y se 655
alimente de forma exclusiva desde la instalación generadora, existirá en el interruptor 656
automático de interconexión, un polo auxiliar que desconectará el neutro de la Red de 657
distribución pública y conectará a tierra el neutro de la generación. 658
659
Para la protección de las instalaciones generadoras se establecerá un dispositivo de 660
detección de la corriente que circula por la conexión de los neutros de los generadores al 661
neutro de la Red de distribución pública, que desconectará la instalación si se sobrepasa 662
el 50% de la intensidad nominal. 663
664 665
666
Donde la legislación vigente establezca que la instalación deberá disponer de una 667
separación galvánica entre la red y las instalaciones generadoras, bien sea por medio de 668
un transformador de aislamiento o cualquier otro medio que cumpla las mismas funciones, 669
con base en el desarrollo tecnológico, se entenderá que las funciones que se persiguen 670
utilizando un transformador de aislamiento de baja frecuencia son: 671
1. Aislar la instalación generadora para evitar la transferencia de defectos entre la red y 672
la instalación. 673
2. Proporcionar seguridad personal. 674
3. Evitar la inyección de corriente continua en la red. 675
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En instalaciones generadoras en las que la transmisión de energía a la red se haga 676
mediante convertidores electrónicos podrán utilizarse transformadores de separación, o 677
no, siempre que se cumplan las funciones anteriores. 678
La transferencia de defectos entre la red y la instalación generadora se considera 679
resuelta, independientemente del convertidor utilizado, siempre que se cumpla el 680
siguiente esquema aplicado por separado a las distintas partes de la instalación, 681
básicamente convertidor y elementos del generador (por ejemplo, en el caso de 682
generación fotovoltaica, inversores y cada uno de los paneles fotovoltaicos), a menos que 683
estén juntas. 684
685
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686
687
Figura 4 688
(*1) La unión equipotencial entre tierras de diferentes edificios está contemplada en el 689
reglamento en la ITC-BT 26, apartado 3.1. 690
691
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(*2) En caso de poner protectores de sobretensión entre fases y tierra su tensión de 692
funcionamiento continuo será mayor que la tensión asignada al aislamiento. 693
Con el fin de proporcionar seguridad personal la instalación deberá cumplir lo que 694
establece la ITC-BT-24 695
Para evitar la inyección de corriente continua se deberá aplicar lo que se establece en 696
el apartado 6. 697
698
699
8.3 Generadores eólicos
La puesta a tierra de protección de la torre y del equipo en ella montado contra
descargas atmosféricas será independiente del resto de las tierras de la instalación.
700 701 702 703
9. PUESTA EN MARCHA.
Para la puesta en marcha de las instalaciones generadoras asistidas o interconectadas,
además de los trámites y gestiones que corresponda realizar, de acuerdo con la
legislación vigente ante los Organismos Competentes se deberá presentar el oportuno
proyecto a la empresa distribuidora de energía eléctrica de aquellas partes que afecten
a las condiciones de acoplamiento y seguridad del suministro eléctrico. Esta podrá
verificar, antes de realizar la puesta en servicio, que las instalaciones de interconexión
y demás elementos que afecten a la regularidad del suministro están realizadas de
acuerdo con los reglamentos en vigor. En caso de desacuerdo se comunicará a los
órganos competentes de la Administración, para su resolución.
Este trámite ante la empresa distribuidora de energía eléctrica, no será preciso en las
instalaciones generadoras aisladas.
704
EL certificado de superación de pruebas de la instalación que debe ser presentado a la 705
Administración competente, junto a los datos aportados por el promotor en la solicitud de 706
punto de acceso y conexión, que incluyen el esquema unifilar y una descripción de las 707
características técnicas de la instalación además de lo que establece la ITC-BT-04 en lo 708
relativo al contenido del proyecto mencionado en el artículo 9 de la ITC-BT-40. 709
El certificado de superación de pruebas citado debe incluir los informes completos de 710
laboratorio acreditado o las conclusiones realizadas por el mismo laboratorio en lo 711
referente a lo establecido en los apartado 4, 6 y 7 de la presente ITC, referentes al sistema 712
que evite el vertido de energía a la red, en caso de instalaciones de autoconsumo sin 713
excedentes, a calidad de onda y a las protecciones y el sistema de conmutación, además 714
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de los certificados correspondientes al cumplimiento del Reglamento (UE) 2016/631, 715
según el procedimiento descrito en su norma técnica de supervisión, que en el caso de 716
instalaciones de hasta 5 MW prevé la certificación a nivel de unidades generadoras 717
(certificados de equipo). 718
En el caso de que se hayan entregado sólo las conclusiones, los citados informes 719
completos deberán estar disponibles para la empresa distribuidora cuando esta lo 720
requiera. 721
Documentación/ensayo Aplicable a: Definido según
documento: Artículo
1
Funcionamiento del sistema de detección de
funcionamiento en isla cuando múltiples
inversores trabajan en paralelo
Protección anti-
isla en inversores ITC-BT-40
7
Anexo IV
2
Verificación de las condiciones de protección y
conmutación de los aspectos de:
- características funcionales aplicables
- protección contra posibles fallos eléctricos
o electrónicos
- protección contra los fenómenos de
perturbación electromagnética
- protección contra los fallos y/o errores en
el software del equipo.
Protecciones
integradas en el
generador.
Sistemas de
conmutación.
ITC-BT-40 7.1
4 Ensayo de inyección de corriente continua a la
red
Generador
mediante
convertidor
ITC-BT-40 6
Anexo II
5 Ensayo de generación de sobretensiones
Generador
mediante
convertidor
ITC-BT-40 6
Anexo III
6
Ensayo de sistema para evitar el vertido de
energía a la red.
Sistema
antivertido en
autoconsumos sin
excedentes
ITC-BT-40 4.3
Anexo I
7 Cumplimiento del Reglamento (UE) 2016/631
Unidades
generadoras tipo
A y B según
códigos de red
Norma técnica
de supervisión
de la
conformidad de
los módulos de
generación de
electricidad
según el
Reglamento UE
2016/631
722
Tabla xx: resumen de los certificados de equipos a incluir en el certificado de 723
características principales de la instalación 724
725
De acuerdo a la ITC-BT-05, las instalaciones de potencia superior a 100 kW requerirían 726
inspección inicial por un organismo de control, que deberá reflejarse en el certificado de 727
características principales de la instalación. 728
729
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10. OTRAS DISPOSICIONES
Todas las actuaciones relacionadas con la fijación del punto de conexión, el proyecto,
la puesta en marcha y explotación de las instalaciones generadoras seguirán los
criterios que establece la legislación en vigor.
La empresa distribuidora de energía eléctrica podrá, cuando detecte riesgo inmediato
para las personas, animales y bienes, desconectar las instalaciones generadoras
interconectadas, comunicándolo posteriormente, al Órgano competente de la
Administración.
730
731
732
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ANEXO I. Sistemas para evitar el vertido de energía a la red 733
734
Los sistemas para evitar el vertido de energía a la red pueden basarse en dos principios 735
de funcionamiento distintos: 736
1. Evitar el vertido a la red mediante un elemento de corte o de limitación de corriente. La 737
opción de corte permite utilizar sistemas de generación sin capacidad de regulación de la 738
energía generada solo en el caso de instalaciones generadoras que no sean fotovoltaicas. 739
Para evitar el vertido de energía a la red, deben disponer de sistemas de medida de la 740
potencia intercambiada con esta, situados aguas arriba de la instalación generadora y de 741
las cargas, que habiliten la desconexión de la generación de la red o la regulación de los 742
sistemas de generación. 743
2. Regulación del intercambio de potencia actuando sobre el sistema generación-744
consumo. 745
Este tipo de sistemas se basa en un elemento de control que ajuste el balance 746
generación-consumo, evitando el vertido de energía en la red. Esto puede realizarse 747
mediante control de las cargas, de la generación, o por almacenamiento de energía, u 748
otros medios. 749
A efectos de fijar los requisitos de los sistemas para evitar el vertido debe tenerse en 750
cuenta dos tipos de sistemas de generación: 751
– Instalaciones de producción basadas en generadores síncronos conectados 752
directamente a la red. 753
– Instalaciones eólicas, fotovoltaicas y en general, todas aquellas instalaciones de 754
producción cuya tecnología no emplee un generador síncrono conectado directamente a 755
red. 756
I.1 Definiciones: 757
Punto de conexión a red: punto de la red de distribución pública al que se conecta la 758
instalación. 759
Punto de interconexión entre generación y consumo: punto de la red interior del 760
consumidor en el que se conecta la generación con las cargas. 761
I.2 Requisitos: 762
Se plantean dos tipos de instalaciones. Uno en el que se mide el intercambio de energía 763
con la red (figuras 1 y 2) y otro en el que se mide el consumo de la totalidad de las cargas 764
o parte de ellas (figuras 3 y 4). Para cada uno de ellos se definen los parámetros máximos 765
aceptables. 766
I.2.1 Instalaciones con equipo de medida de intercambio de energía con la red: 767
En las Figuras 1 y 2 se muestran los esquemas de este tipo de instalaciones según estén 768
conectadas a las redes de baja o alta tensión, respectivamente. 769
La potencia en el punto de conexión a red debe mantenerse con saldo consumidor, 770
siempre que exista un consumo interno superior al valor de tolerancia del sistema de 771
medida, calculada como la suma de la clase de exactitud del equipo de medida de 772
potencia y la clase de los transformadores o sondas de medida de corriente. Cualquier 773
valor que incumpla el requisito anterior deberá de ser corregido en un tiempo inferior a 2 774
segundos, mediante la limitación de la generación, o su disparo. Adicionalmente, puede 775
existir un equipo o conjunto de equipos que realizan las funciones de regulación, aunque 776
no está representado en las figuras. El elemento de regulación puede ser independiente 777
o integrado en otros dispositivos de la instalación, como el equipo de medida de potencia 778
o el generador. 779
Figura 1: Esquema con equipo de medida de intercambio de energía con la red en 780
instalaciones conectadas a redes de baja tensión 781
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782
Figura 2: Esquema con equipo de medida de intercambio de energía con la red en 783
instalaciones conectadas a redes de alta tensión. Ubicaciones posibles del punto de 784
medida de energía 785
786
I.2.2 Instalaciones con equipo de medida de consumo: 787
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En las Figuras 3 y 4 se muestran los esquemas de este tipo de instalaciones según estén 788
conectadas a las redes de baja o alta tensión, respectivamente. La medida de consumos 789
puede corresponder al consumo total de la instalación o a parte del consumo de la misma. 790
El elemento de control puede ser independiente o estar incluido en otros dispositivos de 791
la instalación, tales como el equipo de medida de potencia, el generador, o las cargas. 792
En todo momento, la potencia medida en el punto de consumo debe ser superior a la 793
potencia generada. El margen de diferencia entre consumo y generación debe superar el 794
valor de tolerancia del sistema de medida, calculado como la suma de las clases de 795
exactitud de los equipos de medida de potencia y de las clases de los transformadores o 796
sondas de medida de corriente, tanto en la carga como en la generación. Cualquier valor 797
que incumpla el requisito anterior deberá de ser corregido en un tiempo inferior a 2 798
segundos mediante el control de las cargas, de la generación, por almacenamiento de 799
energía, o por otros medios. 800
Figura 3: Esquema de medida del consumo de energía en instalaciones conectadas a 801
redes de baja tensión 802
803
Figura 4: Esquema de medida del consumo de energía en instalaciones conectadas a 804
redes de alta tensión 805
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806
I.3 Ensayos: 807
Los ensayos a realizar para evaluar la conformidad del sistema que evita el vertido de 808
energía a la red son los siguientes: 809
I.3.1 Tolerancia en régimen permanente: 810
El sistema de limitación de potencia deberá garantizar que en régimen permanente la 811
producción de energía cumple con los requisitos del apartado I.2 en función del tipo de 812
instalación ensayada. 813
La prueba se debe repetir con los diferentes generadores tipo que vayan a evaluarse para 814
el sistema, pudiéndose probar cada uno de ellos por separado. 815
Para verificar esta condición se realiza el ensayo con la secuencia de operaciones 816
siguiente: 817
1. Conectar el generador a ensayar a una fuente de energía que alimente el generador y 818
que sea capaz de suministrar una potencia igual o superior a la potencia del generador a 819
ensayar. 820
2. Conectar el generador a la red a ensayar. 821
3. Establecer el valor de carga de acuerdo a los valores indicados en la tabla 1. 822
4. Esperar un tiempo de al menos dos segundos antes de comenzar la medida. 823
5. Medir la potencia intercambiada en el punto de ensayo, con una incertidumbre mejor o 824
igual al 0,5 %, realizando medidas cada 50 ms. 825
Tabla 1. Definición de cargas. Valores en % sobre la potencia nominal del generador a 826
ensayar 827
Régimen de conexión Fase R Fase S Fase T
Monofásico.
90÷100%
10÷20%
0
Trifásico.
90÷100% 90÷100% 90÷100%
10÷20% 10÷20% 10÷20%
0 0 0
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Régimen de conexión Fase R Fase S Fase T
90÷100% 60÷70% 60÷70%
60÷70% 60÷70% 60÷70%
30÷40% 60÷70% 60÷70%
0 60÷70% 60÷70%
828
829
La prueba se da por válida si en un ensayo de 2 minutos, los valores de la potencia 830
inyectada medida cada 50 ms aguas arriba del punto de interconexión entre generación 831
y consumo, en cada una de las fases, cumplen con los requisitos indicados en los puntos 832
I.2.1 o I.2.2, según corresponda. 833
I.3.2 Respuesta ante desconexiones de carga: 834
El sistema de limitación de potencia deberá garantizar que, ante una desconexión de 835
carga, el generador reajusta su producción llegando de nuevo al régimen permanente en 836
menos de 2 segundos. 837
La prueba se debe repetir con los diferentes generadores tipo que vayan a evaluarse para 838
el sistema, pudiéndose probar cada uno de ellos por separado. 839
Para verificar esta condición se realiza el ensayo con la secuencia de operaciones 840
siguiente: 841
1. Conectar el generador a ensayar a una fuente de energía que alimente el generador y 842
que sea capaz de suministrar una potencia igual o superior a la potencia del generador a 843
ensayar. 844
2. Conectar el generador a la red a ensayar. 845
3. Realizar las desconexiones de carga propuestas en la tabla 2. 846
4. Medir la potencia intercambiada con la red, con una precisión de al menos el 0,5 %, 847
realizando medidas cada 50 ms en una ventana de tiempo de 2 minutos que comprenda 848
al menos un minuto antes y después de la desconexión de carga. 849
Tabla 2. Definición de desconexión de cargas. Valores en % sobre la potencia nominal 850
del generador a ensayar 851
Prueba Carga inicial Carga final
1 90÷100% 60÷70%
2 90÷100% 30÷40%
3 90÷100% 0%
4 60÷70% 30÷40%
5 60÷70% 0%
6 30÷40% 0%
852
Repetir cada una de las pruebas tres veces. 853
La prueba se da por válida si para cada uno de los escalones de carga el generador 854
reajusta la potencia producida, llegando al régimen permanente, de modo que la energía 855
inyectada aguas arriba del punto de interconexión entre generación y consumo cumpla 856
los requisitos indicados en los puntos I.2.1 o I.2.2, según corresponda. Esta condición 857
deberá ser verificada para los valores de potencia intercambiada con la red medidos cada 858
50 ms durante los 2 minutos de la prueba. 859
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I.3.3 Respuesta ante incrementos de potencia de generación: 860
El sistema de limitación de potencia deberá garantizar que, ante un incremento de 861
potencia en la fuente de energía primaria, por ejemplo, una subida de irradiancia en una 862
instalación fotovoltaica, que lleve a una situación en la que haya más energía disponible 863
que consumo, el generador reajusta su producción llegando de nuevo al régimen 864
permanente en menos de 2 segundos. 865
La prueba se debe repetir con los diferentes generadores tipo que vayan a homologarse 866
para el sistema, pudiéndose probar cada uno de ellos por separado. 867
Para verificar esta condición se realiza el ensayo con la secuencia de operaciones 868
siguiente: 869
1. Conectar el generador a ensayar a una fuente de energía que alimente el generador y 870
que sea capaz de suministrar entre un 40 % y un 50 % de la potencia del generador a 871
ensayar. 872
2. Conectar el generador a la red a ensayar. 873
3. Conectar una carga que consuma entre el 60 % y el 70 % de la potencia del generador 874
a ensayar. 875
4. Aumentar mediante un escalón la potencia disponible en la fuente de energía por 876
encima del 90 % de la potencia nominal del generador a ensayar. 877
5. Medir la potencia intercambiada con la red, con una precisión de al menos el 0,5 %, 878
realizando medidas cada 50 ms en una ventana de tiempo de 2 minutos que comprenda 879
al menos un minuto antes y después del incremento de la potencia del generador. 880
Repetir cada una de las pruebas tres veces. 881
La prueba se da por válida si para cada uno de los escalones el generador reajusta la 882
potencia producida llegando al régimen permanente, de modo que la energía inyectada 883
aguas arriba del punto de interconexión entre generación y consumo cumpla los requisitos 884
indicados en los puntos I.2.1 o I.2.2, según corresponda. Esta condición deberá ser 885
verificada para los valores de potencia intercambiada con la red medidos cada 50 ms 886
durante los 2 minutos de la prueba. 887
I.3.4 Actuación en caso de pérdida de comunicaciones: 888
El generador debe dejar de generar en caso de pérdida de la comunicación entre los 889
diferentes elementos del sistema en un tiempo inferior a 2 segundos. En caso de que el 890
elemento de control este integrado en uno de los dispositivos requeridos (equipo de 891
medida de potencia o generador) no será preciso comprobar la comunicación entre los 892
elementos integrados en un mismo dispositivo. 893
Para verificar esta condición se realiza el ensayo con la secuencia de operaciones 894
siguiente: 895
1. Conectar el generador a ensayar a una fuente de energía que alimente el generador y 896
que sea capaz de suministrar una potencia igual o superior a la potencia del generador a 897
ensayar. 898
2. Conectar el generador a la red interior a ensayar. 899
3. Establecer una carga del 60 % y el 70 % de la potencia nominal del generador. 900
4. Cortar la comunicación entre el elemento de control y el equipo de medida de potencia. 901
5. Medir el tiempo transcurrido entre el corte de la comunicación y la desconexión del 902
generador o limitación total de potencia del generador (0 %). 903
6. Medir la potencia generada por el generador, con una precisión de al menos el 0,5 %, 904
realizando medidas cada 50 ms. 905
La prueba se repetirá 3 veces. 906
La prueba se da por válida si el generador se desconecta o reduce hasta cero la potencia 907
generada en menos de 2 segundos. 908
Repetir la prueba cortando la comunicación entre el elemento de control y el generador. 909
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I.3.5 Determinación del número máximo de generadores: 910
En caso de que el sistema de reducción de potencia pueda utilizarse con más de un 911
generador, se repetirán los siguientes ensayos con dos generadores trabajando en 912
paralelo, aportando cada uno de ellos entre el 40 % y el 60 % de la potencia total de las 913
cargas, de manera que entre ambos cubran el 100 % del consumo. 914
1. Tolerancia en régimen permanente. 915
2. Respuesta ante desconexiones de carga. 916
En este caso se medirán los tiempos de respuesta del sistema y se compararán con los 917
tiempos obtenidos en caso de un único generador. La diferencia de tiempos resultante 918
permitirá determinar el número máximo de generadores que se podrán conectar en la 919
instalación de acuerdo a: 920
921
Siendo: 922
N: Número máximo de generadores que es posible incluir en el sistema 923
t1: Tiempo de respuesta con un único generador. Se tomará el tiempo de respuesta 924
máximo obtenido. 925
tr: Diferencia entre el tiempo de respuesta máximo con uno y dos generadores. 926
Figura 5: Ejemplo de tiempos de respuesta del sistema ante una desconexión de carga 927
del 100 % al 33 % con uno o dos generadores (Azul-Potencia consumida por la carga, 928
Rojo-Potencia producida en instalación con un generador, Verde-Potencia producida en 929
instalaciones con dos generadores) 930
I.4 Evaluación de la conformidad: 931
La evaluación de la conformidad con los requisitos del presente anexo de los sistemas 932
para evitar el vertido de energía a la red, tanto si están integrados en el generador, como 933
si son externos, se realizará mediante la documentación siguiente: 934
1. Esquema básico del sistema, incluyendo la forma de conexión del generador, las 935
protecciones que deben existir o colocar en la instalación y las precauciones aplicables 936
sobre la potencia de las cargas y tipos de receptores que puedan conectarse en los 937
circuitos alimentados simultáneamente por la red y el generador, dependiendo de su 938
conexión a la instalación de autoconsumo. 939
2. Equipo de medida de potencia y clase de los transformadores de medida para medida 940
de potencia. 941
3. Elemento de control. En caso de que vaya incluido en alguno de los dispositivos del 942
sistema, por ejemplo, en el equipo de medida de potencia o en el generador, deberá 943
quedar reflejado. 944
4. Tipo de comunicaciones empleado entre los diferentes elementos. 945
5. Generadores tipo para los que el sistema es válido. 946
6. Potencia del generador tipo ensayado y generadores / equipos de medida asimilables. 947
7. Algoritmo de control. 948
8. Características eléctricas del generador. 949
9. Número máximo de generadores a conectar. 950
10. Informe de ensayos de las pruebas especificadas en el apartado I.3 realizado por un 951
laboratorio de ensayos acreditado según UNE-EN ISO/IEC 17025.» 952
953
954
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ANEXO II – Requisitos de limitación de la Inyección de corriente continua a la red 955
956
El generador deberá garantizar que la corriente continua inyectada a red no supere el 0,5 957
% de la corriente nominal, de acuerdo con la Nota de interpretación técnica de la 958
equivalencia de la separación galvánica de la conexión de instalaciones generadoras en 959
baja tensión. 960
Los generadores con transformador de baja frecuencia garantizan la no inyección de 961
corriente continua a la red, por lo que no necesitan realizar ningún ensayo para demostrar 962
que cumplen con este requerimiento. 963
Si el generador utilizado es con transformador de alta frecuencia o sin transformador se 964
deberá demostrar que la corriente continua inyectada a red por el generador no supera el 965
0,5 % de la corriente nominal. Para ello se realizará el siguiente ensayo: 966
1. Conectar el generador a una red cuya componente de tensión continua sea 967
despreciable a los efectos de la medida, por ejemplo separando otras cargas de 968
la red con un transformador separador. 969
2. Ajustar la potencia de salida del generador a una potencia de salida comprendida 970
entre el 25 % y el 100 % de su potencia nominal. 971
3. Esperar el tiempo necesario hasta que la temperatura interna del generador 972
alcance el régimen estacionario (variación de temperatura inferior a 2º C en 15 973
minutos). 974
4. Medir el valor de la componente continua inyectada por el equipo a la red. 975
La prueba se determina como válida si la componente de continua, medida en una 976
ventana de al menos 10 segundos, es menor al 0,5 % del valor eficaz de la corriente 977
nominal de salida del generador. 978
979
980
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ANEXO III – Requisitos para la limitación de sobretensiones generadas 981
982
Se establecen dos grupos de generadores: 983
1) Grupo 1: son los generadores de las instalaciones de tipo C1. 984
a. Generador con transformador de baja frecuencia (50Hz). Dicho transformador 985
estará colocado en la parte de alterna, interno o externo a la etapa de 986
conversión. 987
b. Generador con transformador de alta frecuencia. Se trata de generadores que 988
incorporan en su etapa de conversión una etapa de conversión CC/CC con 989
transformador de alta frecuencia. 990
c. Generador sin transformador. Se trata de generadores que no incorporan 991
ningún tipo de transformador en la etapa de conversión. 992
993
2) Grupo 2: son los generadores para instalaciones de tipo C2. 994
995
El generador no debe generar sobretensiones en su conexión de alterna, cumpliendo con 996
los límites establecidos en las tablas siguientes. 997
998
Duración, t, de la sobretensión (s)
Valor admisible de la sobretensión instantánea (% Un pico)
0,0002 280
0,0006 218
0,002 178
0,006 145
0,02 129
0,06 120
0,2 120
0,6 120
Sobretensiones máximas admisibles para generadores del grupo 1. 999
1000
1001
Duración, t, de la sobretensión
Valor admisible de la sobretensión instantánea (% Un pico)
0< t < 1 ms 200
1 ms ≤ t < 3 ms 140
3 ms ≤ t < 500 ms 120
t ≥ 500 ms 110
Sobretensiones máximas admisibles para generadores del grupo 2 1002
1003
Ensayo a realizar: 1004
1. Conectar el generador de acuerdo al circuito de ensayo mostrado en la figura 1 1005
para generadores del grupo 1, o en la figura 2 para generadores del grupo 2, con 1006
una tensión de red entre el ± 5 % de su valor nominal. 1007
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2. Abrir el interruptor y registrar las tensiones en bornas del generador o 1008
transformador, en el caso de generadores del grupo 2, a partir del momento de la 1009
desconexión con una frecuencia de muestreo de al menos 10 kHz. 1010
El ensayo se realizará para una potencia superior al 50 % de la potencia asignada. Repetir 1011
el ensayo tres veces. 1012
A partir del registro de tensión obtenido tras la apertura del interruptor, determinar la curva 1013
tensión-duración de la sobretensión. Para ello, para cada tensión, con escalones 1014
máximos de 10 V, se cuenta el número de muestras en las que la tensión ha sido superior 1015
a este valor. Este número de muestras se multiplica por el tiempo de muestreo para 1016
obtener la duración para dicha tensión. La curva final es el lugar geométrico de todos los 1017
puntos derivados de este proceso. 1018
1019
Ensayo para generadores del grupo 1 1020
El siguiente diagrama ilustra el circuito de ensayo para generadores del grupo 1. 1021
1022
C= 100μF
R= 560kΩ
Red
C R
Simulador
Generador
Fotovoltaico
InversorAnalizador de
Potencia
S
1023
Figura 1. Circuito de ensayo para generadores del grupo 1 1024
1025
El generador se considera que cumple con la prueba de tensión límite transitorio si la 1026
tensión derivada de duración curva se encuentra por debajo de la curva adecuada de la 1027
Tabla del grupo 1 en todos los puntos. 1028
1029
Ensayo para generadores del grupo 2 1030
1031
Los generadores del grupo 2 se conectan a la red de distribución pública en AT siempre 1032
a través de un transformador elevador. Por esa razón, siempre y cuando el fabricante lo 1033
solicite, el circuito de ensayo será el indicado a continuación en vez del de la figura 1. 1034
1035
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1036
Figura 2 Circuito de ensayo para generadores del grupo 2 1037
1038
La carga podrá ser puramente resistiva o contener condensadores en paralelo a una 1039
resistencia, siempre y cuando la capacidad total de los condensadores no supere los 500 1040
μF. El valor de la carga resistiva no podrá superar el 0,1 % de la potencia máxima CA del 1041
generador. Por ejemplo, si la potencia máxima del generador es 500 kW, entonces la 1042
carga trifásica del ensayo no podrá superar los 500 W, lo que equivale a una resistencia 1043
mínima de 0,5 kΩ. 1044
1045
El ensayo se considera como válido si en cualquier momento la tensión generada por el 1046
generador en el punto de medida no supera ninguno de los límites especificados en la 1047
tabla del grupo 2. 1048
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INSTALACIONES GENERADORAS DE BAJA TENSIÓN ITC-BT-40
Rev.: 2019-10-10
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ANEXO IV – Procedimiento de evaluación del sistema de Detección de 1050
funcionamiento en isla 1051
ESE: equipo sometido a ensayo 1052
IA (inversor de apoyo): equipo asimilado-inversor idéntico al ESE que se usa en el 1053
ensayo. Tiene que ser el mismo modelo que el equipo sometido a ensayo 1054
1055
Los inversores que incorporen sistemas de detección de funcionamiento en isla cumplirán 1056
con la Norma UNE-EN 62116. La detección de funcionamiento en isla se debe verificar 1057
según lo establecido en esta norma, con factor de calidad Q = 1 + 0,05 que detecte el 1058
funcionamiento en isla en menos de 2 s. Para realizar el ensayo se deben utilizar los 1059
límites de tensión y frecuencia establecidos en la legislación vigente. 1060
Además de los ensayos establecidos en la Norma UNE-EN 62116, se debe verificar el 1061
correcto funcionamiento del sistema de detección de funcionamiento en isla cuando haya 1062
dos generadores trabajando en paralelo. Para ello se debe utilizar el montaje mostrado 1063
en la figura 1. basado en el ensayo de protección de pérdida de red de la Norma UNE-1064
EN 50438, donde se deben utilizar dos unidades de generación similares: el equipo 1065
sometido a ensayo y el inversor de apoyo, el cual tiene que ser el mismo modelo que el 1066
equipo sometido a ensayo. 1067
Los ensayos para la verificación de la detección del efecto isla de inversores conectados 1068
en paralelo son: 1069
1.- El equipo sometido a ensayo y el IA con el efecto isla activado, deben suministrar, 1070
cada uno de ellos, el 50% de la potencia de ensayo. El ensayo se repetirá a tres niveles 1071
de potencia: 25-33%. 50-66% y > 90% de la potencia nominal del ESE. 1072
2.- El equipo sometido a ensayo con el efecto isla activado. ESE. y el IA con el efecto isla 1073
desactivado, cada uno de ellos, debe suministrar el 50% de la potencia de ensayo. El 1074
ensayo se repetirá a tres niveles de potencia: 25-33%, 50-66% y > 90%. 1075
1076
Todos los ensayos se deben realizar en las condiciones fijadas por la Norma EN 62116. 1077
El montaje de ensayos se presenta en la figura 3. 1078
1079
1080
1081
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Leyenda 1083
Vcc Tensión de corriente continua suministrada por la fuente de corriente continua 1084
Vese Tensión medida del ESE 1085
Iese Corriente medida del ESE 1086
Pese Potencia activa medida del ESE 1087
Qese Potencia reactiva medida del ESE 1088
Ica Corriente medida de corriente alterna 1089
Pca Potencia activa medida de corriente alterna 1090
Qca Potencia reactiva medida de corriente alterna 1091
1092
Figura 3 - Montaje para realizar los ensayos 1093
1094
La conformidad se verifica si el ESE se desconecta en menos de 2 s en las dos 1095
situaciones y en los niveles de potencia nominal fijados. 1096
1097
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