GOBIERNO DE CHILE JUNTA NACIONAL DE AUXILIO
ESCOLAR Y BECAS
CONFIRMA LO RESUELTO MEDIANTE
RESOLUCIÓN EXENTA N° 439 DE 2017, DE
LA DIRECCIÓN NACIONAL DE JUNAEB;
EJECUTA MULTAS QUE SEÑALA, EN
CONTRA DE LA EMPRESA SODEXO
SOLUCIONES DE MOTIVACIÓN S.A.; POR
INCUMPLIMIENTOS DETECTADOS EN LA
PRESTACIÓN DE SERVICIOS DE
ADMINISTRACIÓN DE TARJETAS
ELECTRÓNICAS PARA EL PROGRAMA E
BECAS DE ALIMENTACIÓN EDUCACIÓN
SUPERIOR, DE ACUERDO AL CONVENIO
MARCO ID 2239-8-LP12. EJECUTA MULTAS
QUE SEÑALA. ORDENA NOTIFICACIÓN Y
PUBLICACIÓN QUE INDICA.
RESOLUCIÓN EXENTA N° 1 8 g 2 SANTIAGO, 26 SE 2018
VISTOS:
Lo dispuesto en la ley N° 15.720, que crea la
Junta Nacional de Auxilio Escolar y Becas; en el Decreto Supremo de Educación N° 5.311,
de 1968 que aprueba el Reglamento General de JUNAEB; en el Decreto Ley de Educación
N° 180 de 1973 que reorganiza la Junta Nacional de Auxilio Escolar y Becas; en la ley N°
19.886 de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministros y Prestación de Servicios;
en el Decreto Supremo de Hacienda N° 250 de 2004 y sus modificaciones posteriores, que
aprueba Reglamento de Ley N° 19.886 de Bases sobre Contratos Administrativos de
Suministros y Prestación de Servicios; en la resolución exenta Na 118 del año 2010 de
JUNAEB y sus modificaciones que establece las Normas que regulan el Programa de
Becas de Mantención para la Educación Superior año 2010; en la resolución exenta N°
2304 de fecha 5 de diciembre del año 2013, que Aprueba los Términos de Referencia del
Comunicado de Intención de Compras ID 14185; en la resolución exenta N 2322 de fecha
10 de diciembre del año 2013, que Aprueba Modificación de los Términos de Referencia
del Comunicado de Intención de Compras ID 14185; en la resolución exenta N°2391 de
fecha 18 de diciembre de 2013, que aprueba respuestas; en la resolución exenta N°62 de
fecha 9 de enero de 2014, que aprueba acta de apertura, acta de evaluación de ofertas y
1
selecciona proceso de grandes compras ID 14184; en la resolución exenta N°467 de fecha
26 de febrero de 2014, que aprueba acuerdo complementario entre JUNAEB y Sodexo
Soluciones de Motivación S.A.; en el Convenio Marco ID 2239-8-LP12 sobre Administración
de Beneficios de Alimentación, Uniformes, Vestuario Institucional y Ropa Corporativa;
resolución exenta N°439 del año 2017, que notifica incumplimientos que indica; todas de
JUNAEB; en el Decreto Supremo del Ministerio de Educación N° 5 de 12 de enero del año
2018, la Resolución N° 1600 del año 2008 de la Contraloría General de la República, que
fija normas sobre exención del trámite de Toma de Razón.
CONSIDERANDO:
1.-Que, con ocasión al atraso en la distribución
de tarjetas destinadas para el Servicio de Administración de tarjetas electrónicas para el
programa de Becas de Alimentación para la Educación Superior — en adelante "BAES"- ,
en el mes de noviembre del año 2016 por parte del prestador Sodexo Soluciones de
Motivación S.A., por ello la Dirección Nacional de la Junta Nacional de Auxilio Escolar y
Becas — en adelante JUNAEB- envío a la empresa ya signada notificación de multa,
mediante Resolución Exenta N° 439 de 2017 donde constan los hechos constitutivos de
incumplimientos y el monto de la multa asociada, por un valor total de 20 UF (veinte
unidades de fomento). Lo anterior, en el marco de la substanciación del procedimiento
especial de aplicación de sanciones, regulado por el Convenio Marco ID 2239-8-LP12 sobre
Administración de Beneficios de Alimentación, Uniformes, Vestuario Institucional y Ropa
Corporativa.
Que, el prestador, dentro del plazo de 5 días
hábiles establecido en la cláusula novena denominada "De las infracciones y sanciones",
debió hacer valer sus derechos en contra de la resolución singularizada en el considerando
anterior, perteneciente a la Dirección Nacional;
Que, una vez concluida la instancia de
descargos, se verificó que el prestador no interpuso descargo alguno en contra de la
referida Resolución Exenta N°439 de 2017 de la Dirección Nacional de JUNAEB;
Que, por último, en cuanto a las multas
definitivas cuya ejecución se ordena, el prestador deberá enterar el pago de ellas dentro
del plazo de 10 días hábiles desde la notificación del presente acto administrativo, en la
cuenta corriente N° a nombre de JUNAEB perteneciente al Banco Estado (RUT
2
0), debiendo el prestador dar aviso de tal circunstancia a este Servicio y
acompañando el respectivo comprobante de pago.
Que, en el evento que el adjudicatario no
entere el pago de la multa, o JUNAEB no pueda cobrar las multas en el período de
facturación correspondiente, podrá hacer efectiva la garantía de fiel y oportuno
cumplimiento del contrato;
Que, teniendo en cuenta el principio
conclusivo y el principio de economía procedimental, ambos consagrados en la ley N°
19.880, JUNAEB, a través del presente acto se pronuncia sobre todas las cuestiones
relativas al Procedimiento Especial de Aplicación de Sanciones, respondiendo así a la
máxima economía de medios con eficacia. En consecuencia;
RESUELVO:
ARTÍCULO 1°.- CONFÍRMASE, los
incumplimientos que se singularizan en el artículo 1° de la Resolución Exenta N° 439 de
2017, por un valor total de 20 UF (veinte unidades de fomento).
ARTÍCULO 2°.- EJECÚTESE, las multas
singularizadas en el artículo precedentemente, en contra de la empresa Sodexo Soluciones
de Motivación S.A., por un valor total 20 UF (veinte unidades de fomento).
ARTICULO 3°.- PÁGUESE, el monto
ejecutado, una vez notificado el presente acto administrativo, dentro del plazo de 10 días
hábiles, bajo el apercibimiento hacer efectiva la garantía de fiel y oportuno cumplimiento
del contrato.
ARTÍCULO 4°.- NOTIFÍQUESE, el presente
acto administrativo mediante carta certificada a don THIERRY GUIHARD, en su calidad de
representante legal de Sodexo Soluciones de Motivación Chile S.A., ambos con domicilio
en calle Pérez Valenzuela número 1645, comuna de Providencia, ciudad de Santiago,
Región Metropolitana.
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DEROS ERAL
ESCOLAR Y BECAS
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‘. de Auxilio
ARTÍCULO 5°.- TÉNGASE, presente como
parte integrante el Memorándum N° 49 de fecha 24 de septiembre del año 2018 emitido
por la Unidad de Gestión de Multas, donde ¿mista el cálculo del incumplimiento y su
respectivo monto.
ARTÍCULO 6°.- PUBLÍQUESE, la presente
resolución una vez tramitada, en la sección de Actor y Resoluciones ubicado en el mini sitio
"Gobierno Transparente", en el portal web de JUNAEB, a objeto de dar cumplimiento con
lo previsto tanto en el artículo 7° de la Ley N°20.285, sobre Acceso a la Información Pública,
como con lo previsto en el artículo N° 51 de su Reglamento.
Distribución: Sodexo Soluciones de Motivación S.A. Departamento de Administración y Finanzas Departamento Jurídico Departamento de Salud Unidad de Multas Oficina de Partes
MULT 445-2018
4
t. JUNAES., „ ti ift Educanon
, REGISTRO
'Gobierno de Chile
MEMORANDUM
Santiago, 14 1 oqi 20453
MAT./REF: Multa por atraso en entrega de tarjetas de reposición de la BAES
ANT:
A : XIMENA ALBORNOZ HERNANDEZ JEFA (S) DEPARTAMENTO JURIDICO.
DE: PEDRO AMPUERO ESPINOZA ENCARGADO UNIDAD DE GESTIÓN DE MULTAS.
Junto con saludar, en el presente se solicita que se confirme la multa notificada a la empresa Sodexo
Soluciones de Motivación S.A, con Resolución Exenta N°439 del 01-03-2017, ya que el prestador no presenta
descargos a las infracciones notificadas, por el servicio de Administración de Tarjetas Electrónicas para el
Programa de Becas de Alimentación Educación Superior (BAES).
La infracción Notificada corresponde a:
Infracción Criterio de Aplicación Sanción
f) Atraso en la distribución de las
tarjetas.
Desde el día hábil siguiente de cumplida la fecha de entrega de la tarjeta nuevas a las
IES.
10 UF por casa día de atraso en la tarjeta. Con tope des días.
La multa se debe confirmar por un valor de:
Total Multa
20 UF
Nota: El monto de la multa, se calculará con el valor de la UF del último día del mes en que sean notificadas
las infracciones al prestador.
Se adjunta:
- Resolución N°439-2017.
"La Unidad de Asesoría Jurídica en un plazo no superior a los 10 días hábiles, una vez efectuado el análisis
descrito en la letra b) anterior deberá elaborar la resolución de notificación respectiva que da lugar la Multa y
enviará la copia de ésta última al Departamento de Administración y Finanzas."
NUXILIO Saluda atentamente, 4"' .
9- 011 UNIDAD DE '7
MULTASY sANCION
st• y**4,—. 2- —t-c, tz_CHR-9 O AMPUERO SPINOZA
ENCARGADO UNIDAD DE GESTIÓN DE MULTAS JUNAEB
Mult 445-2018
Junta Nacional de Auxilio Escolar y Becas
GOBIERNO DE CHILE JUNTA NACIONAL DE AUXILIO
ESCOLAR y BECAS
NOTIFICA MULTAS A SODEXO SOLUCIONES DE
MOTIVACIÓN S.A., POR INCUMPLIMIENTOS
DETECTADOS EN LA DISTRIBUCIÓN DE
TARJETAS ELECTRÓNICAS, EN EL MARCO DEL
CONVENIO MARCO ID 2239-8-LP12 Y OTORGA
PLAZO QUE INDICA
RESOLUCION EXENTA N°
439
SANTIAGO, 0 1 MAR 2017
VISTOS:
Lo dispuesto en la ley N°15.720, que crea la Junta Nacional de Auxilio Escolar y Becas; en la ley N°19.880, que establece Bases de los Procedimientos
Administrativos que rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado; en la ley N°
19.886, de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios; en el
decreto N°250, de 2004, del Ministerio de Hacienda, que aprueba reglamento de la ley N° 19.886;
en el decreto supremo de Educación N° 5.311, de 1968, que aprueba el Reglamento General de
JUNAEB; en el decreto ley N°180, de 1973, que Reorganiza la Junta Nacional de Auxilio Escolar y
Becas; en la resolución N° 49, de 2013, de la Dirección de Compras y Contratación Pública, que
aprueba bases tipo de licitación pública ID 2239-8-LP12, sobre Administración de Beneficios de
Alimentación, Uniformes, Vestuario Institucional y Ropa Corporativa; en la resolución exenta N°
2304, de 2013, que aprueba los Términos de Referencia del Comunicado de Intención de Compra
ID 14185; en la resolución exenta N°2322, de 2019, que Aprueba Modificación de los Términos de
Referencia del Comunicado de Intención de Compra ID 14185 y autoriza la creación del Comunicado
de Intención de Compra ID 14184; en la resolución exenta N° 2391, de 2013, que Aprueba Respuestas; en le resolución exenta N° 62, de 2014, que Aprueba Acta de Apertura. Acta de
Evaluación de Ofertas y Selecciona Proceso de Grandes Compras ID 14184; y en la resolución
exenta N° 467, de 2014, de la Junta Nacional de Auxilio Escolar y Becas, que aprueba acuerdo
complementario celebrado entre ésta y Sodexo Soluciones de Motivación S.A., para el servicio de
administración de tarjetas electrónicas ID 14184, para el Programa de becas de alimentación
educación superior, todos de JUNAEB; en la resolución N° 1600, de año 2008; de la Contraloría
General de la República, que fija normas sobre exención del trámite de toma de razón; y en el decreto N°292, de 2016, del Ministerio de Educación.
CONSIDERANDO:
1.- Que la Junta Nacional de Auxilio Escolar y
Becas, en adelante "JUNAEB", y la empresa Sodexo Soluciones de Motivación S.A., en adelante "el
prestador", suscribieron un acuerdo complementario para la prestación del servicio de administración
de tarjetas electrónicas para el Programa de Becas de Alimentación Educación Superior, en el marco
del convenio marco ID 2239-8-LP12, sobre Administración de Beneficios de Alimentación,
Uniformes, Vestuario Institucional y Ropa Corporativa, aprobado en virtud de la resolución exenta
N° 467! de 26 de febrero de 2014, de JUNAEB;
Que dicho acuerdo complementario, en la
cláusula novena, denominada "De las Infracciones y sus Sanciones", describe las multas asociadas
y el criterio de aplicación de las mismas y señala un procedimiento especial para su aplicación por
los incumplimientos contractuales que. se detecten durante la ejecución del contrato suscrito entre
las partes, las que se entienden conocidas y aceptadas por el prestador;
Que en los correspondientes Términos de
Referencia del Comunicado de Intención de Compras ID 14185, aprobados por resolución exenta
N° 2304, de 5 de diciembre de 2013, y modificados por resolución exenta N° 2322, de 10 de
diciembre de 2013, así como también en la precitada cláusula novena del acuerdo complementario,
se sanciona el atraso en la distribución de tarjetas desde el día hábil siguiente de cumplida la fecha
de entrega de las tarjetas nuevas a las IES, con 10 UF por cada día de atraso en la tarjeta, con un
tope de 5 días;
Que, en este contexto, JUNAEB, a través de la
contraparte técnica, constató la ocurrencia de hechos constitutivos de la infracción descrita en el
considerando precedente, según dan cuenta los memorándum N° 139, de 16 de febrero de 2017, y
N° 154, de 21 de febrero de 2017, ambos del Departamento de Administración y Finanzas, y N°41,
de 06 de febrero de 2017, del Departamento de Alimentación Escolar, y el CD acompañado al efecto,
todos los cuales forman parte integrante de la presente resolución, haciéndose procedente, por
consiguiente, la aplicación de multa, de acuerdo al siguiente detalle:
Mes
Cantidad de
Tarjetas con
atraso
Días de
Atraso
Tope días
según base
UF según
base .
Total Multa
Calculada
Noviembre 2 2 5 10 20
TOTAL MULTA UF . 20
Que los hechos señalados precedentemente y
que se notifican mediante el presente acto fueron constatados .por JUNAEB, a través de la
contraparte técnica, durante la revisión de las bases de datos publicadas porel prestador, mediante
su sitio web, en los meses de noviembre y diciembre de 2016, tomando en cuenta los pedidos que
presentaron incumplimientos por cada Mes y de cada pedido, la tarjeta (lúe presentó mayor demora
en la descarga. Estos antecedentes constan en CD adjunto al presenteicto administrativo.
Que, de acuerdo a lo señalado én la ya
individualizada cláusula novena del acuerdo complementario suserito entre las partes, el monto de
las multas se Calculará con el valor de la UF del último día del mes en que sean notificadas las
infracciones al prestador;
Que á presente resolución se notificará
mediante carta certificada, por tanto, ha de entenderse practicada a contar del tercer día siguiente a
su recepción en la oficina de correos correspondiente, de conformidad con lo previsto en el acuerdo
complementario respectivo;
2
04, CC AUXILIO Esco/A,„ -viik SI) .44 .. ,
m .2 1011.• ' i ...n 1.. Art 4. v . . -a-f't.tell'I. '
SECR -ETAR lo GEY
ERRER SECRETARIO GENERAL
JUNtÁ NACIONAL DE AUXILIO ESCOLAR Y BECAS
1
MB NI
Disirlb • Sodexo Soluciones de Motivación S.A. Departamento Gestión de Personas Departamento Administración y Finanzas Departamento Jurídico Departamento de Alimentación Escolar Oficina de Partes
Que el procedimiento de aplicación de sanciones
descrito en la citada cláusula novena del acuerdo complementario otorga un plazo de 5 días hábiles,
contados desde la notificación del presente acto administrativo, para reclamar mediante carta dirigida
al Secretario General de la JUNAEB;
Que, en el evento que el prestador no ejerza la
facultad antes referida, el Secretario General dictará una resolución exenta confirmando los
incumplimientos y el valor de la multa cursada.
RESUELVO:
ARTICULO 1°.- NOTIFÍQUESE, mediante carta certificada, a don THIERRY GUIHARD, en su calidad de representante legal de Sodexo Soluciones
de Motivación S.A., ambos con domicilio en Avenida Santa María N°844, comuna de Providencia,
Región Metropolitana, el monto de la multa equivalente a 20 UF, de acuerdo a lo expuesto
anteriormente.
ARTICULO 2°.- TÉNGASE como parte integrante de la presente resolución los siguientes documentos:
-Memorándum N° 139, de 16 de febrero de 2017, del Departamento de Administración y Finanzas;
-Memorándum N° 154, de 21 de febrero de 2017, del Departamento de Administración y Finanzas;
-Memorándum N°41, de 06 de febrero de 2017, del. Departamento de Alimentación Escolar; y
-CD "Memo N° 41. 06-02-2017. Sodexo. Emisiones BAES".
ARTICULO 3°.- OTÓRGASE al prestador el plazo
de 5 días hábiles, contados desde el tercer día siguiente al de la recepción en la oficina de correos
correspondiente la carta mediante la cual se comunica la presente decisión, para que haga valer su
derecho a reclamar, conforme a lo establecido en el acuerdo complementario suscrito entre
JUNAEB, aprobado por resolución exenta N° 467, de 2014.
3
16 FEB 2011 MATJREF: Multa por atraso en entrega de tarjetas de reposición de la BAES
ANT:
Santiago,
REGISTRO
MEMORÁNDUM
ealCese_.
A : RODRIGO DIAZ MADAR AGA DEPARTAMENTO JURIDICO.
DE: SUSANA BUSTAMANTE AGUILAR DEPARTAMENTO DE ADMINISTRACIÓN Y FINANZAS.
Junto con saludar, en el presente se da a conocer incumplimiento detectados por el Departamento de
Alimentación, los cuales son informados al Departamento de Administración y Finanzas a través del
memorándum N° 41 del 06-02-2017 sobre el atraso en la reposición de tarjetas de la BAES entre el periodo
de noviembre a diciembre del año 2016! correspondiente al Convenio Marco ID 2239-8-LP12 sobre
Administración de Beneficios de Alimentación, Uniformes, Vestuarios Institucional y Ropa Corporativa, el cual
a través de la Resolución Exenta N° 467 del 26-02-2014 se aprueba un acuerdo complementario con la
empresa Sodexo Solucioneá de•Motivación aÁ. 'para el servicio de Administración de Tarjetas Electrónicas
para el Programa de Becas de Alimentación Educación Superior (RAES).
Luego de realizar el análisis de los antecedentes presentados por el Departamento de Alinientación, se
detectó incumplimiento en base a lo siguiente:
Infracción Criterio de Aplicación Sanción
9 Atraso en la distribución de las
tarjetas.
Desde el día hábil siguiente de cumplida la fecha de entrega de las tarjetas nuevas a las
1E5.
10 UF por casa día de atraso en la tarjeta. Con tope de 5 días.
Luego de precisar lo anterior, se llega a una multa total:
Mes Cantidad
de Tarjetas con atraso
Días de Atraso
Tope días según base
UF según base
Total Multa
Calculada Diciembre 2 2 5 10 20
TOTAL MULTA UF 20
Nota: El monto de la multa, se calculará con el valor de la UF del último día del mes en que sean notificadas
las infracciones al prestador.
Cabe destacar que la boleta de garantía se encuentra vigente:
Ir del Instrumento Institución Monto Fecha de Vencimiento Banco de Chile $2.743.940.905.- 31-03-2017
Se adjunta:
- Memorándum N°41 (02-02-2017).
- CD con Tarjetas con atraso.
Junta Nacional de Auxilio Escolar y Becas
X
JEFE JEPTO. DE
/DMN61HAC!O ?ZAS
SUS NA BLISTAMANT AGUILAR
JEFA DEPAF21'A ENTO DE ADMINISTRACIÓN .Y FINANZAS • JUNAEB .
REGlS1126 •
MEMORÁNDUM.
N°:
Santiago,
MAT./REF: Multa por atraso en entrega de tarjetas de reposición de la BAES
ANT:
Según el Manual de Procedimientos de Aplicación de Multas respecto a todas las empresas proveedoras de
JUNAEB salvo aquellos que digan relación el con el programa de alimentación escolar "PAE" (resolución exenta 2136) punto 4:
"La Unidad de Asesoría Jurídica en un plazo no superior a los 10 días hábiles, una vez efectuado el análisis
descrito en la letra b) anterior deberá elaborar la resolución de notificación respectiva que da lugar la Multa y
enviará la copia de ésta última al Departamento de Administración y Finanzas."
Saluda atentamente,
Junta Nacional de Auxilio Escolar y Becas
Saluda atentamente,
JEFE DPTO. DE
,WINISRP.CION Y FINANZAS ,
SUS NA BUSTAMANT AGUILAR
JEFA DEPARTAMENTO DE ADMINISTRACIÓN Y FINANZAS JUNAEB
riLik
MEMORÁNDUM
REGISTRO
21 FEB 2017 MAT./REF: Rectificación Memorándum N° 139 del 16-02-2017.
ANT: Memorándum N° 139 del 16-02-2017
Santiago,
DE : SUSANA BUSTAMANTE AGUILAR.
JEFA DEPARTAMENTO DE ADMINISTRACIÓN Y FINANZAS.
A: MYRIAM BUSTAMANTE GUAJARDO.
JEFA (S) DEPARTAMENTO DE ADMINISTRACIÓN Y FINANZAS.
Junto con saludar, por medio del presente se realiza rectificación de memorándum N° 139 del 16-02-
2017, que indicaba multas de Sodexo dado que se verificó un error de tipeo en el mes de incumplimiento, puesto que se indicó lo siguiente:
Mes Cantidad
de Tarjetas con atraso
Días de Atraso
Tope días según base
UF según base
Total Multa
Calculada Diciembre 2 2 5 10 20
TOTAL MULTA UF 20
El cuadro debía indicar como mes de infracción noviembre, por lo tanto debe quedar de la siguiente forma:
Mes Cantidad
de Tarjetas con atraso
Días de Atraso
Tope días según basé
UF según base
Total Multa
Calculada Noviembre 2 2 10 20
TOTAL MULTA UF 20
Nota: Cabe destacar que el monto de la multa calculada no sufre ninguna Variación
Junta Nacional de Auxilio Escolar y Becas
1 II 1 1 1 12575004977000113689674001
1 1 1
SDP
SFG
9RMOS CHILE,"
DOE DOCUMENTO EXPRESS NACIONAL
claro que el contenido sus envíos no contiene gun tipo de mercancía igrosa ni prohibida; que lote la normativa que ula el transporte de as, asi como las ;dones asociadas a la accion de la ley y sus lamentos. Ademas, :lara conocer las idiciones del servicio .ificlas a las limitaciones idemnizaciones por ;truccion, averia o ipoj0 que se :uentren publicadas en itio web w.correos.c1
nbre:JUNAEB
Rut y Firma
Fecha :27/09/2018
Des. de Contenido DOC
19°Factura / Boleta
Reembolso:
Comuna: S Ciudad: SANTIAGO Pais: Chile Cód Postal: 8320070 Teléfono:
Origen:
Razón Social:
Valor Cont:
P.Dest:
Tarifas 2.490
Código Cliente: O
R U.T Cliente:
Comuna: P piudad: País- Chile Cód Postal: 7500497 Tele ono:
Referencia: 3072807556520 Factura Ref:
Nombre:
Destinatario SODEXO SOLUCIONES DE MOTIVACION CHILE SA"THIEF GUIHARD
irección:
111011111111111111101116151210111111 111111111111111111
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Guía Electronic 27/09/2018 12:07
Observaciones:
Encaminamiento
1-25-75004977
Peso(9)
600
Peso VOL.
O
N° Envio
0001-13.689.674
Dimensiones(cm.)
BultoiS
001
Remitente Nombre: JUNAEB
Dirección:
ervicio a Clientes 600 950 20 20 www.correos.c1
PLANTA DESTINO
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