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DE
JUSTICIA
ACTA DE LA REUNIÓN DE LA COMISIÓN DE LA SALA DE GOBIERNO DEL TRIBUNAL
SUPERIOR DE JUSTICIA DE ANDALUCÍA CELEBRADA EL DÍA 27/10/2015
En Granada, siendo las 10’30 horas,
se reúnen los miembros de la Comisión
que al margen se relacionan y se inicia la
sesión procediéndose a la exposición,
estudio, deliberación y decisión de los
diversos asuntos pendientes, que fueron
resueltos en la forma que a continuación
queda reflejada:
1.- MAGISTRADOS Y JUECES
1.1- ACTA DE JUNTA GENERAL Nº 00000133/2015, de JUZGADOS DE PRIMERA INSTANCIA E
INSTRUCCIÓN DE PUERTO REAL (Cádiz), de fecha 13/10/2015, respecto de ÚNICO.- Aprobar la
plasmación de las normas de reparto actualmente vigentes en el Partido Judicial de Puerto Real
adaptándose a las nuevas clases de registro aprobadas por el Consejo General del Poder Judicial
y derivadas de la modificación del Código Penal y de la nueva Ley de la Jurisdicción Voluntaria y la
Sala de Gobierno, por unanimidad, acuerda lo siguiente:
1.- APROBAR el único punto del orden del día, acordando comunicar la adaptación de las normas
de reparto a la división de informática de la Consejería de Justicia e Interior de la Junta de
Andalucía.
2.- PARTICIPAR el presente Acuerdo al Consejo General del Poder Judicial, con remisión de copia
certificada del expediente, al Juzgado Decano respectivo, para su conocimiento y el de los
órganos afectados y a los efectos procedentes (Art. 12.5 del Reglamento de Órganos de Gobierno
de los Tribunales 1/2000 de 26 de julio).
1.2- ACTA DE JUNTA GENERAL Nº 00000134/2015 de JUZGADOS DE PRIMERA INSTANCIA E
INSTRUCCION Y VIOLENCIA SOBRE LA MUJER DE BERJA (Almería), de fecha 14/10/2015,
respecto de ÚNICO: Modificación de las normas de reparto vigentes, con la finalidad de adaptarlas
a las circunstancias del Juzgado nº 2 y la Sala de Gobierno, por unanimidad, acuerda lo siguiente:
1.- APROBAR el único punto del orden del día, acordando comunicar la adaptación de las normas
EXCMO. SR. PRESIDENTE:
D. LORENZO DEL RÍO FERNÁNDEZ
ILTMOS. SRES. VOCALES:
D. MANUEL DAMIÁN ÁLVAREZ GARCÍA
Dª. ELENA ARIAS SALGADO ROBSY
D. ANTONIO ALCALÁ NAVARRO
D. JUAN JOSÉ PARRA CALDERÓN
Dª. MARÍA LUISA ZAMORA SEGOVIA
ILTMO. SR. SECRETARIO DE LA SALA DE
GOBIERNO:
D. DIEGO MEDINA GARCÍA
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de reparto a la división de informática de la Consejería de Justicia e Interior de la Junta de
Andalucía.
2.- PARTICIPAR el presente Acuerdo al Consejo General del Poder Judicial, con remisión de copia
certificada del expediente, al Juzgado Decano respectivo, para su conocimiento y el de los
órganos afectados y a los efectos procedentes (Art. 12.5 del Reglamento de Órganos de Gobierno
de los Tribunales 1/2000 de 26 de julio).
1.3- ACTA DE JUNTA SECTORIAL Nº 00000135/2015 de JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA
DE HUELVA, de fecha 28/09/2015, respecto de ÚNICO.- Propuesta de reparto de trabajo para el
Juez de Adscripción Territorial adscrito a los Juzgados de Primera Instancia y la Sala de Gobierno,
por unanimidad, acuerda lo siguiente:
1.- APROBAR el plan de actuación remitido, si bien debe determinarse con criterios objetivos los
procedimientos que se asignarán al Juez de Adscripción Territorial de refuerzo cada día de
señalamiento.
2.- PARTICIPAR el presente Acuerdo al Consejo General del Poder Judicial, con remisión de copia
certificada del expediente, al Juzgado Decano respectivo, para su conocimiento y el de los
órganos afectados y a los efectos procedentes (Art. 12.5 del Reglamento de Órganos de Gobierno
de los Tribunales 1/2000 de 26 de julio).
1.4- ACTA DE JUNTA GENERAL Nº 00000136/2015 de JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E
INSTRUCCION DE ARCOS DE LA FRONTERA (Cádiz), de fecha 13/10/2015, respecto de
ÚNICO.- Aprobación del nuevo sistema de registro de asuntos y la Sala de Gobierno, por
unanimidad, acuerda lo siguiente:
1.- APROBAR el único punto del orden del día, acordando comunicar la adaptación de las normas
de reparto a la división de informática de la Consejería de Justicia e Interior de la Junta de
Andalucía.
2.- PARTICIPAR el presente Acuerdo al Consejo General del Poder Judicial, con remisión de copia
certificada del expediente, al Juzgado Decano respectivo, para su conocimiento y el de los
órganos afectados y a los efectos procedentes (Art. 12.5 del Reglamento de Órganos de Gobierno
de los Tribunales 1/2000 de 26 de julio).
1.5- ACTA DE JUNTA GENERAL Nº 00000137/2015 de JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E
INSTRUCCION DE ESTEPA (Sevilla), de fecha 13/10/2015, respecto de ÚNICO.- Modificar el
texto refundido de las normas de reparto aprobadas en Junta de Jueces de fecha 16 de junio de
2014 y la Sala de Gobierno, por unanimidad, acuerda lo siguiente:
1.- APROBAR el único punto del orden del día, acordando comunicar la adaptación de las normas
de reparto a la división de informática de la Consejería de Justicia e Interior de la Junta de
Andalucía.
2.- PARTICIPAR el presente Acuerdo al Consejo General del Poder Judicial, con remisión de copia
certificada del expediente, al Juzgado Decano respectivo, para su conocimiento y el de los
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órganos afectados y a los efectos procedentes (Art. 12.5 del Reglamento de Órganos de Gobierno
de los Tribunales 1/2000 de 26 de julio).
1.6- ACTA DE JUNTA GENERAL Nº 00000138/2015 de JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E
INSTRUCCION DE ESTEPONA (Málaga), de fecha 08/10/2015, respecto de PRIMERO.- Toma de
conocimiento y aprobación de las nuevas clases de reparto y registro de asuntos civiles remitidas
por el CGPJ y SEGUNDO.- Ruegos y preguntas y la Sala de Gobierno, por unanimidad, acuerda lo
siguiente:
1.- APROBAR el único punto del orden del día, acordando comunicar la adaptación de las normas
de reparto a la división de informática de la Consejería de Justicia e Interior de la Junta de
Andalucía.
2.- PARTICIPAR el presente Acuerdo al Consejo General del Poder Judicial, con remisión de copia
certificada del expediente, al Juzgado Decano respectivo, para su conocimiento y el de los
órganos afectados y a los efectos procedentes (Art. 12.5 del Reglamento de Órganos de Gobierno
de los Tribunales 1/2000 de 26 de julio).
1.7- ACTA DE JUNTA GENERAL Nº 00000139/2015 de JUZGADOS DE PRIMERA INSTANCIA E
INSTRUCCION DE FUENGIROLA (Málaga), de fecha 14/10/2015, respecto de ÚNICO.-
Adaptación de las Normas de Reparto a la nueva clasificación de registro remitida por el Consejo
General del Poder Judicial y la Sala de Gobierno, por unanimidad, acuerda lo siguiente:
1.- APROBAR el único punto del orden del día, acordando comunicar la adaptación de las normas
de reparto a la división de informática de la Consejería de Justicia e Interior de la Junta de
Andalucía.
2.- PARTICIPAR el presente Acuerdo al Consejo General del Poder Judicial, con remisión de copia
certificada del expediente, al Juzgado Decano respectivo, para su conocimiento y el de los
órganos afectados y a los efectos procedentes (Art. 12.5 del Reglamento de Órganos de Gobierno
de los Tribunales 1/2000 de 26 de julio).
1.8- ACTA DE JUNTA GENERAL Nº 00000141/2015 de JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E
INSTRUCCION DE VERA (Almería), de fecha 14/10/2015, respecto de ÚNICO.- Adaptación de las
normas de reparto a las nuevas clases de registro aprobadas por el Consejo General del Poder
Judicial y la Sala de Gobierno, por unanimidad, acuerda lo siguiente:
1.- APROBAR el único punto del orden del día, acordando comunicar la adaptación de las normas
de reparto a la división de informática de la Consejería de Justicia e Interior de la Junta de
Andalucía.
2.- PARTICIPAR el presente Acuerdo al Consejo General del Poder Judicial, con remisión de copia
certificada del expediente, al Juzgado Decano respectivo, para su conocimiento y el de los
órganos afectados y a los efectos procedentes (Art. 12.5 del Reglamento de Órganos de Gobierno
de los Tribunales 1/2000 de 26 de julio).
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1.9- ACTA DE JUNTA GENERAL Nº 00000142/2015 de JUZGADOS DE PRIMERA INSTANCIA E
INSTRUCCION DE BARBATE (Cádiz), de fecha 13/10/2015, respecto de ÚNICO.- Adaptación de
las normas de reparto a las nuevas clases de registro aprobadas por el Consejo General del Poder
Judicial y la Sala de Gobierno, por unanimidad, acuerda lo siguiente:
1.- APROBAR el único punto del orden del día, acordando comunicar la adaptación de las normas
de reparto a la división de informática de la Consejería de Justicia e Interior de la Junta de
Andalucía.
2.- PARTICIPAR el presente Acuerdo al Consejo General del Poder Judicial, con remisión de copia
certificada del expediente, al Juzgado Decano respectivo, para su conocimiento y el de los
órganos afectados y a los efectos procedentes (Art. 12.5 del Reglamento de Órganos de Gobierno
de los Tribunales 1/2000 de 26 de julio).
1.10- ACTA DE JUNTA PROVINCIAL Nº 00000143/2015 de JUZGADOS DE INSTRUCCION,
PRIMERA INSTANCIA, PENAL Y CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO DE ALGECIRAS (Cádiz, de
fecha 14/10/2015, respecto de PRIMERO.- Adaptación de las normas de reparto a las nuevas
clases de registro aprobadas para su aplicación uniforme en todo el territorio estatal por el Consejo
General del Poder Judicial. SEGUNDO.- Relativo a la digitalización de expedientes judiciales, que
afectan a la actividad de los magistrados del partido judicial. Adhesión y traslado a las
administraciones, haciéndolo propio, del pronunciamiento de la Junta de Jueces de Zaragoza y la
Sala de Gobierno, por unanimidad, acuerda lo siguiente:
1.- APROBAR el punto 1º del orden del día, acordando comunicar la adaptación de las normas de
reparto a la división de informática de la Consejería de Justicia e Interior de la Junta de Andalucía.
2.- TOMAR CONOCIMIENTO del punto 2º del orden del día.
3.- PARTICIPAR el presente Acuerdo al Consejo General del Poder Judicial, con remisión de copia
certificada del expediente, al Juzgado Decano respectivo, para su conocimiento y el de los
órganos afectados y a los efectos procedentes (Art. 12.5 del Reglamento de Órganos de Gobierno
de los Tribunales 1/2000 de 26 de julio).
1.11- ACTA DE JUNTA GENERAL Nº 00000144/2015 de JUZGADOS DE PRIMERA INSTANCIA,
INSTRUCCION, VIOLENCIA SOBRE LA MUJER Y SOCIAL DE JEREZ DE LA FRONTERA
(Cádiz), de fecha 15/10/2015, respecto de PRIMERO.- Las nuevas clases de registro adaptadas a
la reforma del Código Penal y de la nueva Ley de Jurisdicción Voluntaria. SEGUNDO.-
Digitalización y la Sala de Gobierno, por unanimidad, acuerda lo siguiente:
1.- APROBAR el punto 1º del orden del día, acordando comunicar la adaptación de las normas de
reparto a la división de informática de la Consejería de Justicia e Interior de la Junta de Andalucía.
2.- TOMAR CONOCIMIENTO del punto 2º del orden del día.
3.- PARTICIPAR el presente Acuerdo al Consejo General del Poder Judicial, con remisión de copia
certificada del expediente, al Juzgado Decano respectivo, para su conocimiento y el de los
órganos afectados y a los efectos procedentes (Art. 12.5 del Reglamento de Órganos de Gobierno
de los Tribunales 1/2000 de 26 de julio).
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1.12- ACTA DE JUNTA GENERAL Nº 00000123/2015 de JUZGADOS DE PRIMERA INSTANCIA
E INSTRUCCION DE LINARES (Jaén), de fecha 30/07/2015, respecto de ÚNICO.- Ubicación del
Registro Civil de Linares (Jaén). Respecto de comunicación recibida de la Consejería de Justicia e
Interior de la Junta de Andalucía en relación a la urgente reparación de local sede del Registro
Civil de Linares y la Sala de Gobierno, por unanimidad, acuerda TOMAR CONOCIMIENTO de la
comunicación recibida y DAR TRASLADO de la misma al órgano afectado. Particípese el presente
acuerdo al citado órgano para su conocimiento y efectos procedentes.
1.13- ACTA DE JUNTA GENERAL Nº 00000145/2015 de JUZGADOS DE PRIMERA INSTANCIA
E INSTRUCCION DE MARCHENA (Sevilla), de fecha 14/10/2015, respecto de ÚNICO.-
Adaptación de las normas de reparto a las nuevas clases de registro aprobadas por el Consejo
General del Poder Judicial y la Sala de Gobierno, por unanimidad, acuerda lo siguiente:
1.- APROBAR las clases de registro y comunicar la adaptación de las normas de reparto a la
división de informática de la Consejería de Justicia e Interior de la Junta de Andalucía.
2.- MANTENER las Normas de Reparto vigentes, ante las discrepancias de los titulares
jurisdiccionales sobre su modificación.
3.- PARTICIPAR el presente Acuerdo al Consejo General del Poder Judicial, con remisión de copia
certificada del expediente, al Juzgado Decano respectivo, para su conocimiento y el de los
órganos afectados y a los efectos procedentes (Art. 12.5 del Reglamento de Órganos de Gobierno
de los Tribunales 1/2000 de 26 de julio).
1.14- ACTA DE JUNTA SECTORIAL Nº 00000146/2015 de JUZGADOS DE FAMILIA DE
SEVILLA, de fecha 30/09/2015, respecto de PRIMERO.- Lectura y aprobación del acta de la Junta
anterior. SEGUNDO.- Adaptación de las Normas de Reparto tras las últimas reformas legislativas.
TERCERO.- Ruegos y preguntas y la Sala de Gobierno, por unanimidad, acuerda lo siguiente:
1.- APROBAR las clases de registro y comunicar la adaptación de las normas de reparto a la
división de informática de la Consejería de Justicia e Interior de la Junta de Andalucía.
2.- ELEVAR al Consejo General del Poder Judicial lo acordado en el apartado segundo (último
párrafo) del 2º punto del orden del día.
3.- PARTICIPAR el presente Acuerdo al Consejo General del Poder Judicial, con remisión de copia
certificada del expediente, al Juzgado Decano respectivo, para su conocimiento y el de los
órganos afectados y a los efectos procedentes (Art. 12.5 del Reglamento de Órganos de Gobierno
de los Tribunales 1/2000 de 26 de julio).
1.15- ACTA DE JUNTA GENERAL Nº 00000148/2015 de JUZGADOS DE PRIMERA INSTANCIA
E INSTRUCCION DE ALCALÁ DE GUADAIRA (Sevilla), de fecha 14/10/2015, respecto de
ÚNICO.- Adaptación de las normas de reparto a las nuevas clases de registro aprobadas por el
Consejo General del Poder Judicial y la Sala de Gobierno, por unanimidad, acuerda lo siguiente:
1.- APROBAR el único punto del orden del día, acordando comunicar la adaptación de las normas
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de reparto a la división de informática de la Consejería de Justicia e Interior de la Junta de
Andalucía.
2.- PARTICIPAR el presente Acuerdo al Consejo General del Poder Judicial, con remisión de copia
certificada del expediente, al Juzgado Decano respectivo, para su conocimiento y el de los
órganos afectados y a los efectos procedentes (Art. 12.5 del Reglamento de Órganos de Gobierno
de los Tribunales 1/2000 de 26 de julio).
1.16- ACTA DE JUNTA GENERAL Nº 00000147/2015 de JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E
INSTRUCCION DE LEBRIJA (Sevilla), de fecha 20/10/2015, respecto de ÚNICO.- Adaptación de
las normas de reparto a las nuevas clases de registro aprobadas por el Consejo General del Poder
Judicial y la Sala de Gobierno, por unanimidad, acuerda lo siguiente:
1.- APROBAR el único punto del orden del día, acordando comunicar la adaptación de las normas
de reparto a la división de informática de la Consejería de Justicia e Interior de la Junta de
Andalucía.
2.- PARTICIPAR el presente Acuerdo al Consejo General del Poder Judicial, con remisión de copia
certificada del expediente, al Juzgado Decano respectivo, para su conocimiento y el de los
órganos afectados y a los efectos procedentes (Art. 12.5 del Reglamento de Órganos de Gobierno
de los Tribunales 1/2000 de 26 de julio).
1.17- ACTA DE JUNTA GENERAL Nº 00000149/2015 de JUZGADOS DE PRIMERA INSTANCIA
E INSTRUCCION DE LORA DEL RIO (Sevilla), de fecha 14/10/2015, respecto de ÚNICO.-
Adaptación de las normas de reparto a las nuevas clases de registro aprobadas por el Consejo
General del Poder Judicial y la Sala de Gobierno, por unanimidad, acuerda lo siguiente:
1.- APROBAR el único punto del orden del día, acordando comunicar la adaptación de las normas
de reparto a la división de informática de la Consejería de Justicia e Interior de la Junta de
Andalucía.
2.- PARTICIPAR el presente Acuerdo al Consejo General del Poder Judicial, con remisión de copia
certificada del expediente, al Juzgado Decano respectivo, para su conocimiento y el de los
órganos afectados y a los efectos procedentes (Art. 12.5 del Reglamento de Órganos de Gobierno
de los Tribunales 1/2000 de 26 de julio).
1.18- ACTA DE JUNTA GENERAL Nº 00000150/2015 de JUZGADOS DE PRIMERA INSTANCIA,
INSTRUCCION, PENAL, CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO, SOCIAL, MENORES Y
VIGILANCIA DE ALMERIA, de fecha 14/10/2015, respecto de ÚNICO.- Adaptación de las normas
de reparto a las nuevas clases de registro aprobadas por el Consejo General del Poder Judicial y
la Sala de Gobierno, por unanimidad, acuerda lo siguiente:
1.- APROBAR el único punto del orden del día, acordando comunicar la adaptación de las normas
de reparto a la división de informática de la Consejería de Justicia e Interior de la Junta de
Andalucía, sin perjuicio de RECLAMAR el acta de jueces en la que se acordó el mismo, que no ha
sido remitida.
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2.- PARTICIPAR el presente Acuerdo al Consejo General del Poder Judicial, con remisión de copia
certificada del expediente, al Juzgado Decano respectivo, para su conocimiento y el de los
órganos afectados y a los efectos procedentes (Art. 12.5 del Reglamento de Órganos de Gobierno
de los Tribunales 1/2000 de 26 de julio).
1.19- ACTA DE JUNTA GENERAL Nº 00000140/2015 de JUZGADOS DE PRIMERA INSTANCIA
E INSTRUCCION Y VIGILANCIA PENITENCIARIA DE EL PUERTO SANTA MARIA (Cádiz) de
fecha 08/10/2015, respecto de PRIMERO.- En relación con los Partes de Lesiones y Atestados
remitidos a los Juzgados de este Partido Judicial por los Centros Sanitarios y Fuerzas y Cuerpos
de Seguridad respectivamente. SEGUNDO.- En relación con la actualización de las nuevas clases
de registro. TERCERO.- Remisión al Tribunal Superior de Justicia y la Sala de Gobierno, por
unanimidad, acuerda lo siguiente:
1.- TOMAR CONOCIMIENTO del punto 1º del orden del día.
2- APROBAR el punto 2º del orden del día, acordando comunicar la adaptación de las normas de
reparto a la división de informática de la Consejería de Justicia e Interior de la Junta de Andalucía.
3.- PARTICIPAR el presente Acuerdo al Consejo General del Poder Judicial, con remisión de copia
certificada del expediente, al Juzgado Decano respectivo, para su conocimiento y el de los
órganos afectados y a los efectos procedentes (Art. 12.5 del Reglamento de Órganos de Gobierno
de los Tribunales 1/2000 de 26 de julio).
1.20- ACTA DE JUNTA GENERAL Nº 00000151/2015 de JUZGADOS DE PRIMERA INSTANCIA
E INSTRUCCION DE VILLACARRILLO (Jaén), de fecha 15/10/2015, respecto de ÚNICO.-
Adaptación de las normas de reparto a las nuevas clases de registro aprobadas por el Consejo
General del Poder Judicial y, dado el sentido del acuerdo adoptado, la Sala de Gobierno, por
unanimidad, acuerda la MODIFICACIÓN de las Normas de Reparto en lo que sea necesario para
su adaptación a las nuevas clases de Registro aprobadas por el Consejo General del Poder
Judicial, y COMUNICAR la adaptación de las normas de reparto a la división de informática de la
Consejería de Justicia e Interior de la Junta de Andalucía. Particípese el presente Acuerdo al
Consejo General del Poder Judicial, con remisión de copia certificada del expediente, al Juzgado
Decano respectivo, para su conocimiento y el de los órganos afectados y a los efectos
procedentes (Art. 12.5 del Reglamento de Órganos de Gobierno de los Tribunales 1/2000 de 26 de
julio).
1.21- ACTA DE JUNTA GENERAL Nº 00000152/2015 de JUZGADOS DE PRIMERA INSTANCIA
E INSTRUCCION DE MARTOS (Jaén), de fecha 13/10/2015, respecto de ÚNICO.- Adaptación de
las normas de reparto a las nuevas clases de registro aprobadas por el Consejo General del Poder
Judicial y la Sala de Gobierno, por unanimidad, acuerda lo siguiente:
1.- APROBAR el único punto del orden del día, acordando comunicar la adaptación de las normas
de reparto a la división de informática de la Consejería de Justicia e Interior de la Junta de
Andalucía.
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2.- PARTICIPAR el presente Acuerdo al Consejo General del Poder Judicial, con remisión de copia
certificada del expediente, al Juzgado Decano respectivo, para su conocimiento y el de los
órganos afectados y a los efectos procedentes (Art. 12.5 del Reglamento de Órganos de Gobierno
de los Tribunales 1/2000 de 26 de julio).
1.22- ACTA DE JUNTA GENERAL Nº 00000153/2015 de JUZGADOS CONTENCIOSO
ADMINISTRATIVO, PRIMERA INSTANCIA, PENAL, SOCIAL, INSTRUCCION, MENORES,
VIOLENCIA Y MERCANTIL DE JAÉN, de fecha 15/10/2015, respecto de PRIMERO.- Presentación
de los nuevos Jueces de Adscripción Territorial. SEGUNDO.- Se aprueba por unanimidad la
adhesión a la propuesta de concesión de Medalla Distinguida de Primera Clase para las
Magistradas de la Audiencia Provincial Ilma. Sra. Dª Esperanza Pérez Espino (Presidenta de la
Sección Segunda) e Ilma. Sra. Mª Jesús Jurado Cabrera. TERCERO.- Clases de registro y la Sala
de Gobierno, por unanimidad, acuerda lo siguiente:
1.- TOMAR CONOCIMIENTO de los puntos 1º y 2º del orden del día.
2.- APROBAR el punto 3º, acordando comunicar la adaptación de las normas de reparto a la
división de informática de la Consejería de Justicia e Interior de la Junta de Andalucía.
3.- PARTICIPAR el presente Acuerdo al Consejo General del Poder Judicial, con remisión de copia
certificada del expediente, al Juzgado Decano respectivo, para su conocimiento y el de los
órganos afectados y a los efectos procedentes (Art. 12.5 del Reglamento de Órganos de Gobierno
de los Tribunales 1/2000 de 26 de julio).
1.23- ACTA DE JUNTA GENERAL Nº 00000154/2015 de JUZGADOS DE PRIMERA INSTANCIA
E INSTRUCCION DE OSUNA (Sevilla), de fecha 20/10/2015, respecto de PRIMERO.- Adaptación
de las normas de reparto a las nuevas clases de registro. SEGUNDO.- Aprobar las normas de
reparto, en las que respetan las aprobadas por acuerdo de 28 de Junio de 2005, introduciéndose
meras aclaraciones en las NORMAS DE REPARTO PENAL, en la SEGUNDA, apartados a), b), c)
y d), la TERCERA y la SEXTA y la Sala de Gobierno, por unanimidad, acuerda lo siguiente:
1.- APROBAR los dos puntos del orden del día, acordando comunicar la adaptación de las normas
de reparto a la división de informática de la Consejería de Justicia e Interior de la Junta de
Andalucía.
2.- PARTICIPAR el presente Acuerdo al Consejo General del Poder Judicial, con remisión de copia
certificada del expediente, al Juzgado Decano respectivo, para su conocimiento y el de los
órganos afectados y a los efectos procedentes (Art. 12.5 del Reglamento de Órganos de Gobierno
de los Tribunales 1/2000 de 26 de julio).
2.- RELATIVO A MAGISTRADOS SUPLENTES Y JUECES SUSTITUTOS
2.1- RATIFICACIÓN DE LLAMAMIENTO Nº 00000342/2015, del Juez Sustituto DON/DOÑA
, para que desempeñe funciones jurisdiccionales en el JUZGADO
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DE INSTRUCCION NUMERO 4 DE GRANADA el día 08/10/2015, por de su titular,
tener señalamientos dicho día y no ser posible la sustitución interna (C17) y la Sala de Gobierno,
por unanimidad, acuerda RATIFICAR EL LLAMAMIENTO efectuado, en base a lo que sigue:
EXPOSICIÓN RAZONADA
Procede la ratificación del llamamiento, ello dada la coincidencia de señalamientos con el
resto de Juzgados del mismo orden jurisdiccional, ya de por si sobrecargados de trabajo, lo que
imposibilita el llamamiento a Jueces titulares y por tanto acudir a las prórrogas de jurisdicción, en
aras del buen funcionamiento de la Administración de Justicia, ya que dichas medidas llevarían a
la suspensión de señalamientos. Todo ello en virtud de lo establecido en los Arts. 212.2 de la
L.O.P.J., 104.2 y 3 y 105.2 y 4 del Reglamento nº 2/11, de 28 de abril, de la Carrera Judicial, art. 4º
reglas nº 1 al 4 de la Instrucción nº 1/03, de 15 de enero, del Pleno del Consejo General del Poder
Judicial.- Particípese el presente Acuerdo al órgano solicitante y a la Gerencia Territorial
respectiva, a efectos de cobertura de la Seguridad Social.
2.2- RATIFICACIÓN DE LLAMAMIENTO Nº 00000343/2015, del Juez Sustituto DON/DOÑA Mª
, para que desempeñe funciones jurisdiccionales en el JUZGADO DE
PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCION NUMERO 3 DE COÍN (Málaga) desde 13/10/2015, hasta
la finalización del periodo inicial de , ello sin perjuicio de que si
continua dicha enfermedad, o se produce el parto, y se estima necesario se pueda solicitar
nuevamente la sustitución (L07) y la Sala de Gobierno, por unanimidad, acuerda RATIFICAR EL
LLAMAMIENTO solicitado, en base a lo que sigue:
EXPOSICIÓN RAZONADA
Procede la ratificación del llamamiento al no ser posible la sustitución por Jueces en
expectativa de destino (no existen Jueces en esta circunstancia) ni una Comisión de Servicio sin
relevación de funciones, ya que el proceso del Art. 216 bis conlleva un periodo de tiempo que da
lugar a que cuando se conceda dicha Comisión en la mayoría de los casos se haya incorporado el
titular. Todo ello en virtud de lo establecido en los arts. 212.2 de la L.O.P.J. y 104.2 y 3 y 105.2 y 4
del Reglamento nº 2/11, de 28 de abril, de la Carrera Judicial, art. 5º de la Instrucción nº 1/03, de
15 de enero, del Pleno del Consejo General del Poder Judicial. Particípese el presente Acuerdo al
órgano solicitante y a la Gerencia Territorial respectiva, a efectos de cobertura de la Seguridad
Social.
2.3- RATIFICACIÓN DE LLAMAMIENTO Nº 00000346/2015, del Juez Sustituto DON/DOÑA Mª
, para que desempeñe funciones jurisdiccionales en el JUZGADO DE
PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCION NUMERO 2 DE CARMONA (Sevilla) desde el
31/10/2015 hasta el 03/12/2015, por VACACIONES de su titular y al no ser posible la sustitución
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interna (L03) y la Sala de Gobierno, por unanimidad, acuerda RATIFICAR EL LLAMAMIENTO
solicitado, en base a lo que sigue:
EXPOSICIÓN RAZONADA
Procede la ratificación del llamamiento al no ser posible la sustitución por Jueces en
expectativa de destino (no existen Jueces en esta circunstancia) ni una Comisión de Servicio sin
relevación de funciones, ya que el proceso del Art. 216 bis conlleva un periodo de tiempo que da
lugar a que cuando se conceda dicha Comisión en la mayoría de los casos se haya incorporado el
titular. Todo ello en virtud de lo establecido en los arts. 212.2 de la L.O.P.J. y 104.2 y 3 y 105.2 y 4
del Reglamento nº 2/11, de 28 de abril, de la Carrera Judicial, art. 5º de la Instrucción nº 1/03, de
15 de enero, del Pleno del Consejo General del Poder Judicial. Particípese el presente Acuerdo al
órgano solicitante y a la Gerencia Territorial respectiva, a efectos de cobertura de la Seguridad
Social.
2.4- RATIFICACIÓN DE LLAMAMIENTO Nº 00000349/2015, del Juez Sustituto DON/DOÑA
, para que desempeñe funciones jurisdiccionales en el
JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCION NUMERO 1 DE UTRERA (Sevilla) desde
el 26/10/2015 hasta el 20/11/2015, por asistir su titular a las PRUEBAS OBLIGATORIAS DE
ESPECIALIDAD MERCANTIL (C10) y la Sala de Gobierno, por unanimidad, acuerda RATIFICAR
EL LLAMAMIENTO efectuado, en base a lo que sigue:
EXPOSICIÓN RAZONADA
Procede la ratificación del llamamiento, ello dada la coincidencia de señalamientos con el
resto de Juzgados del mismo orden jurisdiccional, ya de por si sobrecargados de trabajo, lo que
imposibilita el llamamiento a Jueces titulares y por tanto acudir a las prórrogas de jurisdicción, en
aras del buen funcionamiento de la Administración de Justicia, ya que dichas medidas llevarían a
la suspensión de señalamientos. Todo ello en virtud de lo establecido en los Arts. 212.2 de la
L.O.P.J., 104.2 y 3 y 105.2 y 4 del Reglamento nº 2/11, de 28 de abril, de la Carrera Judicial, art. 4º
reglas nº 1 al 4 de la Instrucción nº 1/03, de 15 de enero, del Pleno del Consejo General del Poder
Judicial.- Particípese el presente Acuerdo al órgano solicitante y a la Gerencia Territorial
respectiva, a efectos de cobertura de la Seguridad Social.
2.5- RATIFICACIÓN DE LLAMAMIENTO Nº 00000344/2015, del Juez Sustituto DON/DOÑA
, para que desempeñe funciones jurisdiccionales en el
JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCION NUMERO 2 DE VERA (Almería) desde
23/10/2015, por CESE de la titular de dicho Juzgado por traslado de la misma, hasta la
incorporación de nuevo titular al órgano o posibilidad de adscripción de JAT o sustitución interna
(L01) y la Sala de Gobierno, por unanimidad, acuerda RATIFICAR EL LLAMAMIENTO solicitado,
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DE
JUSTICIA
en base a lo que sigue:
EXPOSICIÓN RAZONADA
Procede la ratificación del llamamiento al no ser posible la sustitución por Jueces en
expectativa de destino (no existen Jueces en esta circunstancia) ni una Comisión de Servicio sin
relevación de funciones, ya que el proceso del Art. 216 bis conlleva un periodo de tiempo que da
lugar a que cuando se conceda dicha Comisión en la mayoría de los casos se haya incorporado el
titular. Todo ello en virtud de lo establecido en los arts. 212.2 de la L.O.P.J. y 104.2 y 3 y 105.2 y 4
del Reglamento nº 2/11, de 28 de abril, de la Carrera Judicial, art. 5º de la Instrucción nº 1/03, de
15 de enero, del Pleno del Consejo General del Poder Judicial. Particípese el presente Acuerdo al
órgano solicitante y a la Gerencia Territorial respectiva, a efectos de cobertura de la Seguridad
Social.
2.6- RATIFICACIÓN DE LLAMAMIENTO Nº 00000325/2015, del Juez Sustituto DON/DOÑA
, para que desempeñe funciones jurisdiccionales en
el JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCION NUMERO 2 DE POSADAS (Córdoba)
desde el 28/09/2015 hasta el 27/10/2015, finalización del periodo inicial de
, ello sin perjuicio de que si continua dicha enfermedad y se estima necesario se
pueda solicitar nuevamente la sustitución (L07) y la Sala de Gobierno, por unanimidad, acuerda
RATIFICAR EL LLAMAMIENTO solicitado, en base a lo que sigue:
EXPOSICIÓN RAZONADA
Procede la ratificación del llamamiento al no ser posible la sustitución por Jueces en
expectativa de destino (no existen Jueces en esta circunstancia) ni una Comisión de Servicio sin
relevación de funciones, ya que el proceso del Art. 216 bis conlleva un periodo de tiempo que da
lugar a que cuando se conceda dicha Comisión en la mayoría de los casos se haya incorporado el
titular. Todo ello en virtud de lo establecido en los arts. 212.2 de la L.O.P.J. y 104.2 y 3 y 105.2 y 4
del Reglamento nº 2/11, de 28 de abril, de la Carrera Judicial, art. 5º de la Instrucción nº 1/03, de
15 de enero, del Pleno del Consejo General del Poder Judicial. Particípese el presente Acuerdo al
órgano solicitante y a la Gerencia Territorial respectiva, a efectos de cobertura de la Seguridad
Social.
2.7- RATIFICACIÓN DE LLAMAMIENTO Nº 00000351/2015, del Juez Sustituto DON/DOÑA
, para que continúe desempeñando funciones jurisdiccionales en el
JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCION NUMERO 1 DE MORÓN DE LA
FRONTERA (Cádiz) desde 04/09/2015, por CESE de la titular de dicho Juzgado por traslado de la
misma, hasta la incorporación de nuevo titular al órgano o posibilidad de adscripción de JAT o
sustitución interna (L01); haciéndose constar que dicha Juez sustituta se encuentra actuando en
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DE
JUSTICIA
dicho Juzgado desde el día 2 de junio de 2015 por enfermedad de su titular y la Sala de Gobierno,
por unanimidad, acuerda RATIFICAR EL LLAMAMIENTO solicitado, en base a lo que sigue:
EXPOSICIÓN RAZONADA
Procede la ratificación del llamamiento al no ser posible la sustitución por Jueces en
expectativa de destino (no existen Jueces en esta circunstancia) ni una Comisión de Servicio sin
relevación de funciones, ya que el proceso del Art. 216 bis conlleva un periodo de tiempo que da
lugar a que cuando se conceda dicha Comisión en la mayoría de los casos se haya incorporado el
titular. Todo ello en virtud de lo establecido en los arts. 212.2 de la L.O.P.J. y 104.2 y 3 y 105.2 y 4
del Reglamento nº 2/11, de 28 de abril, de la Carrera Judicial, art. 5º de la Instrucción nº 1/03, de
15 de enero, del Pleno del Consejo General del Poder Judicial. Particípese el presente Acuerdo al
órgano solicitante y a la Gerencia Territorial respectiva, a efectos de cobertura de la Seguridad
Social.
2.8- RATIFICACIÓN DE ACUERDO DE LA PRESIDENCIA DE FECHA 21 de octubre de 2015,
POR EL QUE SE ACUERDA NO HABER LUGAR A LA APROBACIÓN DEL LLAMAMIENTO Nº
00000347/2015, del Juez Sustituto/a quien por turno corresponda, en el JUZGADO DE PRIMERA
INSTANCIA E INSTRUCCION NUMERO 1 DE MONTILLA (Córdoba), desde el 23/10/2015 hasta
el 26/10/2015, por VACACIONES de la Juez sustituta que se encuentra actuando
continuadamente en dicho Juzgado (C04) y la Sala de Gobierno, por unanimidad, acuerda
RATIFICAR, en sus propios términos, el Acuerdo de Presidencia, recaído en el presente
expediente.
2.9- RATIFICACIÓN DE ACUERDO DE LA PRESIDENCIA DE FECHA 21 de octubre de 2015
POR EL QUE SE ACUERDA NO HABER LUGAR A LA APROBACIÓN DEL LLAMAMIENTO Nº
00000348/2015, del Juez Sustituto, a quien por turno corresponda, en el JUZGADO DE LO PENAL
NUMERO 2 DE CORDOBA, desde el 26/10/2015 hasta el 28/10/2015, por asistir su titular a las
JORNADAS de Jueces Decanos (C08), ello en aplicación de lo dispuesto por los arts. 210 y 211
de la LOPJ, debiéndose proceder en la forma establecida en el Plan Anual de sustituciones
vigente en el partido judicial y la Sala de Gobierno, por unanimidad, acuerda RATIFICAR, en sus
propios términos, el Acuerdo de Presidencia, recaído en el presente expediente.
2.10- RATIFICACIÓN DE ACUERDO DE LA PRESIDENCIA DE FECHA 21 de octubre de 2015
RELATIVO A LA AUTORIZACION DE LLAMAMIENTO Nº 00000350/2015, del/de la Juez/a
Sustituto/a, a quien por turno le corresponda, para que desempeñe funciones jurisdiccionales en el
JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCION ÚNICO DE BAENA (Córdoba), desde
23/10/2015, por CESE del titular de dicho Juzgado por traslado del mismo, hasta la incorporación
de nuevo titular al órgano o posibilidad de adscripción de JAT o sustitución interna (L01) y la Sala
de Gobierno, por unanimidad, acuerda RATIFICAR, en sus propios términos, el Acuerdo de
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DE
JUSTICIA
Presidencia, recaído en el presente expediente.
2.11- RATIFICACIÓN DE LLAMAMIENTO Nº 00000353/2015, del Juez Sustituto DON/DOÑA
, para que desempeñe funciones jurisdiccionales en el JUZGADO
DE LO MERCANTIL NUMERO 2 DE SEVILLA desde el 26/10/2015 hasta el 20/11/2015, por asistir
el Magistrado de Refuerzo de dicho Juzgado a las PRUEBAS OBLIGATORIAS DE
ESPECIALIDAD MERCANTIL y no ser posible la sustitución interna (C10) y la Sala de Gobierno,
por unanimidad, acuerda RATIFICAR EL LLAMAMIENTO efectuado, en base a lo que sigue:
EXPOSICIÓN RAZONADA
Procede la ratificación del llamamiento, ello dada la coincidencia de señalamientos con el
resto de Juzgados del mismo orden jurisdiccional, ya de por si sobrecargados de trabajo, lo que
imposibilita el llamamiento a Jueces titulares y por tanto acudir a las prórrogas de jurisdicción, en
aras del buen funcionamiento de la Administración de Justicia, ya que dichas medidas llevarían a
la suspensión de señalamientos. Todo ello en virtud de lo establecido en los Arts. 212.2 de la
L.O.P.J., 104.2 y 3 y 105.2 y 4 del Reglamento nº 2/11, de 28 de abril, de la Carrera Judicial, art. 4º
reglas nº 1 al 4 de la Instrucción nº 1/03, de 15 de enero, del Pleno del Consejo General del Poder
Judicial.- Particípese el presente Acuerdo al órgano solicitante y a la Gerencia Territorial
respectiva, a efectos de cobertura de la Seguridad Social.
2.12- RATIFICACIÓN DE LLAMAMIENTO Nº 00000354/2015, del Juez Sustituto DON/DOÑA
, para que desempeñe funciones jurisdiccionales en el
JUZGADO DE LO MERCANTIL NUMERO 1 DE SEVILLA desde el 26/10/2015 hasta el
20/11/2015, por asistir el Magistrado de Refuerzo de dicho Juzgado a las PRUEBAS
OBLIGATORIAS DE ESPECIALIDAD MERCANTIL y no ser posible la sustitución interna (C10) y
la Sala de Gobierno, por unanimidad, acuerda RATIFICAR EL LLAMAMIENTO efectuado, en base
a lo que sigue:
EXPOSICIÓN RAZONADA
Procede la ratificación del llamamiento, ello dada la coincidencia de señalamientos con el
resto de Juzgados del mismo orden jurisdiccional, ya de por si sobrecargados de trabajo, lo que
imposibilita el llamamiento a Jueces titulares y por tanto acudir a las prórrogas de jurisdicción, en
aras del buen funcionamiento de la Administración de Justicia, ya que dichas medidas llevarían a
la suspensión de señalamientos. Todo ello en virtud de lo establecido en los Arts. 212.2 de la
L.O.P.J., 104.2 y 3 y 105.2 y 4 del Reglamento nº 2/11, de 28 de abril, de la Carrera Judicial, art. 4º
reglas nº 1 al 4 de la Instrucción nº 1/03, de 15 de enero, del Pleno del Consejo General del Poder
Judicial.- Particípese el presente Acuerdo al órgano solicitante y a la Gerencia Territorial
respectiva, a efectos de cobertura de la Seguridad Social.
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ADMINISTRACIÓN
DE
JUSTICIA
2.13- RATIFICACIÓN DE LLAMAMIENTO Nº 00000356/2015, del Juez Sustituto DON/DOÑA
, para que desempeñe funciones jurisdiccionales en el JUZGADO DE
PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCION NUMERO 3 DE ANTEQUERA desde el 04/11/2015
hasta el 03/12/2015, por VACACIONES de su titular y al no ser posible la sustitución interna (L03)
y la Sala de Gobierno, por unanimidad, acuerda RATIFICAR EL LLAMAMIENTO solicitado, en
base a lo que sigue:
EXPOSICIÓN RAZONADA
Procede la ratificación del llamamiento al no ser posible la sustitución por Jueces en
expectativa de destino (no existen Jueces en esta circunstancia) ni una Comisión de Servicio sin
relevación de funciones, ya que el proceso del Art. 216 bis conlleva un periodo de tiempo que da
lugar a que cuando se conceda dicha Comisión en la mayoría de los casos se haya incorporado el
titular. Todo ello en virtud de lo establecido en los arts. 212.2 de la L.O.P.J. y 104.2 y 3 y 105.2 y 4
del Reglamento nº 2/11, de 28 de abril, de la Carrera Judicial, art. 5º de la Instrucción nº 1/03, de
15 de enero, del Pleno del Consejo General del Poder Judicial. Particípese el presente Acuerdo al
órgano solicitante y a la Gerencia Territorial respectiva, a efectos de cobertura de la Seguridad
Social.
2.14- RATIFICACIÓN DE LLAMAMIENTO Nº 00000357/2015, del Juez Sustituto DON/DOÑA
, para que desempeñe funciones jurisdiccionales en el
JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCION NUMERO 2 DE BAZA desde 26/10/2015,
por CESE del titular de dicho Juzgado por traslado del mismo, hasta la incorporación de nuevo
titular al órgano o posibilidad de adscripción de JAT o sustitución interna (L01) y la Sala de
Gobierno, por unanimidad, acuerda RATIFICAR EL LLAMAMIENTO solicitado, en base a lo que
sigue:
EXPOSICIÓN RAZONADA
Procede la ratificación del llamamiento al no ser posible la sustitución por Jueces en
expectativa de destino (no existen Jueces en esta circunstancia) ni una Comisión de Servicio sin
relevación de funciones, ya que el proceso del Art. 216 bis conlleva un periodo de tiempo que da
lugar a que cuando se conceda dicha Comisión en la mayoría de los casos se haya incorporado el
titular. Todo ello en virtud de lo establecido en los arts. 212.2 de la L.O.P.J. y 104.2 y 3 y 105.2 y 4
del Reglamento nº 2/11, de 28 de abril, de la Carrera Judicial, art. 5º de la Instrucción nº 1/03, de
15 de enero, del Pleno del Consejo General del Poder Judicial. Particípese el presente Acuerdo al
órgano solicitante y a la Gerencia Territorial respectiva, a efectos de cobertura de la Seguridad
Social.
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ADMINISTRACIÓN
DE
JUSTICIA
2.15- LLAMAMIENTO Nº 00000352/2015, respecto de: 1.- RATIFICACIÓN DE ACUERDO DE LA
PRESIDENCIA DE FECHA 22 de octubre de 2015 RELATIVO A LA AUTORIZACION DE
LLAMAMIENTO del/de la Juez/a Sutituto/a, a quien por turno le corresponda, para que desempeñe
funciones jurisdiccionales en el JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCION NUMERO
2 DE BERJA (Almería), desde 23/10/2015, por CESE de la titular de dicho Juzgado por traslado de
la misma, hasta la incorporación de nuevo titular al órgano o posibilidad de adscripción de JAT o
sustitución interna (L01) y 2.- RATIFICACIÓN DE LLAMAMIENTO del Juez Sustituto DON/DOÑA
, para que desempeñe funciones jurisdiccionales
en el JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCION NUMERO 2 DE BERJA (Almería)
desde 23/10/2015, por CESE de la titular de dicho Juzgado por traslado de la misma, hasta la
incorporación de nuevo titular al órgano o posibilidad de adscripción de JAT o sustitución interna
(L01) y la Sala de Gobierno, por unanimidad, acuerda lo siguiente:
1.- RATIFICAR, en sus propios términos, el Acuerdo de Presidencia, recaído en el presente
expediente.
2.- RATIFICAR EL LLAMAMIENTO solicitado, en base a lo que sigue:
EXPOSICIÓN RAZONADA
Procede la ratificación del llamamiento al no ser posible la sustitución por Jueces en
expectativa de destino (no existen Jueces en esta circunstancia) ni una Comisión de Servicio sin
relevación de funciones, ya que el proceso del Art. 216 bis conlleva un periodo de tiempo que da
lugar a que cuando se conceda dicha Comisión en la mayoría de los casos se haya incorporado el
titular. Todo ello en virtud de lo establecido en los arts. 212.2 de la L.O.P.J. y 104.2 y 3 y 105.2 y 4
del Reglamento nº 2/11, de 28 de abril, de la Carrera Judicial, art. 5º de la Instrucción nº 1/03, de
15 de enero, del Pleno del Consejo General del Poder Judicial. Particípese el presente Acuerdo al
órgano solicitante y a la Gerencia Territorial respectiva, a efectos de cobertura de la Seguridad
Social.
3.- RELATIVO A JUECES DE PAZ
3.1- Expediente relativo al Juzgado de Paz de SAN JUAN DEL PUERTO (Huelva), respecto de
RENUNCIA del Juez de Paz TITULAR Dª , por incompatibilidad
laboral y la Sala de Gobierno, por unanimidad, acuerda ACEPTAR LA RENUNCIA FORMULADA,
declarando su cese, conforme al art. 28.1 b) del Reglamento nº 3/95, de 7 de junio, de los Jueces
de Paz, lo que se participará al Consejo General del Poder Judicial, al interesado, a través del
Juzgado de 1ª Instancia correspondiente, a la Gerencia Territorial del Ministerio de Justicia
respectiva y al Ayuntamiento de la referida localidad, a fin de que proponga, conforme a los arts.
101 de la Ley Orgánica del Poder Judicial y 5.1 y 6 del Reglamento nº 3/95, de 7 de junio, de
Jueces de Paz, una persona idónea para desempeñar el referido cargo.
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ADMINISTRACIÓN
DE
JUSTICIA
3.2- Expediente relativo al Juzgado de Paz de TRIGUEROS (Huelva), respecto de la provisión del
cargo del Juez de Paz TITULAR de dicha localidad, habiendo sido designada Dª
, por mayoría absoluta del pleno del correspondiente ayuntamiento y la
Sala de Gobierno, por unanimidad, acuerda, vista la propuesta del Ayuntamiento, cumplidos los
requisitos de publicidad, legalidad e idoneidad y, conforme a lo dispuesto en el art. 8 del
Reglamento nº 3/95, de 7 de junio, de los Jueces de Paz, NOMBRAR a D./Dª.
, con D.N.I. nº , Juez de Paz TITULAR de dicha localidad;
publíquese en el Boletín Oficial de la Provincia respectiva y particípese al Juzgado de 1ª Instancia
correspondiente, adjuntándosele el Título o Títulos oportunos; al expresado Juzgado de Paz, al
Ayuntamiento respectivo, a la Gerencia Territorial del Ministerio de Justicia correspondiente, así
como al Consejo General del Poder Judicial.
3.3- Expediente relativo al Juzgado de Paz de TRIGUEROS (Huelva), respecto de la provisión del
cargo del Juez de Paz SUSTITUTO de dicha localidad, habiendo sido designada Dª
, por mayoría absoluta del pleno del correspondiente ayuntamiento y la Sala de
Gobierno, por unanimidad, acuerda, vista la propuesta del Ayuntamiento, cumplidos los requisitos
de publicidad, legalidad e idoneidad y, conforme a lo dispuesto en el art. 8 del Reglamento nº 3/95,
de 7 de junio, de los Jueces de Paz, NOMBRAR a D./Dª. , con D.N.I. nº
, Juez de Paz SUSTITUTO/A de dicha localidad; publíquese en el Boletín Oficial de la
Provincia respectiva y particípese al Juzgado de 1ª Instancia correspondiente, adjuntándosele el
Título o Títulos oportunos; al expresado Juzgado de Paz, al Ayuntamiento respectivo, a la
Gerencia Territorial del Ministerio de Justicia correspondiente, así como al Consejo General del
Poder Judicial.
3.4- Expediente relativo al Juzgado Paz de CARTAJIMA (Málaga), respecto del escrito de la Sra.
Juez Titular, participando nuevamente la incompatibilidad de la Secretaria del Juzgado, sin que
hasta la fecha haya sido solucionado dicho problema, y por haberlo participado a esta Secretaría,
dicha Juez no ha contado con el apoyo suficiente para un nuevo nombramiento al haberse
cumplido el mandato de los cuatro años y la Sala de Gobierno, por unanimidad, acuerda
REQUERIR al Alcalde del Ayuntamiento de CARTAJIMA para que por el Secretario del mismo se
certifique si se ha ejecutado ya el acuerdo de esta Sala de Gobierno en el que se establecía la
incompatibilidad de la Secretaria del Juzgado de Paz y, por tanto, la necesidad de su cese, dada
su condición de concejal de dicho Ayuntamiento. Particípese el presente acuerdo al Ayuntamiento
y al órgano afectado para su conocimiento y efectos procedentes.
3.5- Expediente relativo al Juzgado de Paz de BENATAE (Jaén), respecto de la provisión del cargo
del Juez de Paz SUSTITUTO de dicha localidad,(habiendo sido propuesta la Sra. Dª
y la Sala de Gobierno, por unanimidad, acuerda, REQUERIR al Secretario del
Ayuntamiento de BENATAE para que certifique si en el proceso de nombramiento del Juez de Paz
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DE
JUSTICIA
Sustituto que se propone, se realizaron las publicaciones edictales que son preceptivas según el
marco normativo que regula la materia. Particípese el presente acuerdo al Ayuntamiento y al
órgano afectado para su conocimiento y efectos procedentes.
3.6- Expediente relativo al Juzgado de Paz de LAUJAR DE ANDARAX (Almería), respecto de la
provisión del cargo de Juez de Paz TITULAR de dicha localidad y la Sala de Gobierno, por
unanimidad, acuerda, vista la propuesta del Ayuntamiento, cumplidos los requisitos de publicidad,
legalidad e idoneidad y, conforme a lo dispuesto en el art. 8 del Reglamento nº 3/95, de 7 de junio,
de los Jueces de Paz, NOMBRAR a D./Dª. , con D.N.I. nº
, Juez de Paz TITULAR de dicha localidad; publíquese en el Boletín Oficial de la
Provincia respectiva y particípese al Juzgado de 1ª Instancia correspondiente, adjuntándosele el
Título o Títulos oportunos; al expresado Juzgado de Paz, al Ayuntamiento respectivo, a la
Gerencia Territorial del Ministerio de Justicia correspondiente, así como al Consejo General del
Poder Judicial.
3.7- Expediente relativo al Juzgado de Paz de PULPÍ (Almería), respecto de la provisión del cargo
de Juez de Paz TITULAR de dicha localidad y la Sala de Gobierno, por unanimidad, acuerda, vista
la propuesta del Ayuntamiento, cumplidos los requisitos de publicidad, legalidad e idoneidad y,
conforme a lo dispuesto en el art. 8 del Reglamento nº 3/95, de 7 de junio, de los Jueces de Paz,
NOMBRAR a D./Dª. , con D.N.I. nº , Juez de
Paz TITULAR de dicha localidad; publíquese en el Boletín Oficial de la Provincia respectiva y
particípese al Juzgado de 1ª Instancia correspondiente, adjuntándosele el Título o Títulos
oportunos; al expresado Juzgado de Paz, al Ayuntamiento respectivo, a la Gerencia Territorial del
Ministerio de Justicia correspondiente, así como al Consejo General del Poder Judicial.
3.8- Expediente relativo al Juzgado de Paz de PULPÍ (Almería), respecto de la provisión del cargo
de Juez de Paz SUSTITUTO de dicha localidad y la Sala de Gobierno, por unanimidad, acuerda,
vista la propuesta del Ayuntamiento, cumplidos los requisitos de publicidad, legalidad e idoneidad
y, conforme a lo dispuesto en el art. 8 del Reglamento nº 3/95, de 7 de junio, de los Jueces de
Paz, NOMBRAR a D./Dª. , con D.N.I. nº , Juez de
Paz SUSTITUTO/A de dicha localidad; publíquese en el Boletín Oficial de la Provincia respectiva y
particípese al Juzgado de 1ª Instancia correspondiente, adjuntándosele el Título o Títulos
oportunos; al expresado Juzgado de Paz, al Ayuntamiento respectivo, a la Gerencia Territorial del
Ministerio de Justicia correspondiente, así como al Consejo General del Poder Judicial.
3.9- Expediente relativo al Juzgado de Paz de BENAOJÁN (Málaga), respecto de la provisión del
cargo de Juez de Paz SUSTITUTO de dicha localidad y la Sala de Gobierno, por unanimidad,
acuerda, vista la propuesta del Ayuntamiento, cumplidos los requisitos de publicidad, legalidad e
idoneidad y, conforme a lo dispuesto en el art. 8 del Reglamento nº 3/95, de 7 de junio, de los
Jueces de Paz, NOMBRAR a D./Dª. , con D.N.I. nº
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DE
JUSTICIA
, Juez de Paz SUSTITUTO/A de dicha localidad; publíquese en el Boletín Oficial de la
Provincia respectiva y particípese al Juzgado de 1ª Instancia correspondiente, adjuntándosele el
Título o Títulos oportunos; al expresado Juzgado de Paz, al Ayuntamiento respectivo, a la
Gerencia Territorial del Ministerio de Justicia correspondiente, así como al Consejo General del
Poder Judicial.
3.10- Expediente relativo al Juzgado de Paz de SAN NICOLÁS DEL PUERTO (Sevilla), respecto
de la provisión del cargo del Juez de Paz TITULAR de dicha localidad, convocada la citada plaza
por este T.S.J. y habiéndose presentado una solicitud por D. y
la Sala de Gobierno, por unanimidad, acuerda, vista la solicitud presentada a consecuencia de los
edictos publicados por este Tribunal Superior y, conforme a lo dispuesto en el art. 11.2 del
Reglamento nº 3/95, de 7 de junio, de los Jueces de Paz, NOMBRAR a D. /Dª.
, con D.N.I. nº , Juez de Paz TITULAR de dicha localidad;
publíquese en el Boletín Oficial de la Provincia respectiva y particípese al Juzgado de 1ª Instancia
correspondiente, adjuntándosele el Título o Títulos oportunos; al expresado Juzgado de Paz, al
Ayuntamiento respectivo; a la Gerencia Territorial del Ministerio de Justicia correspondiente, así
como al Consejo General del Poder Judicial.
3.11- Expediente relativo al Juzgado de Paz de CORTES DE LA FRONTERA (Málaga), respecto
de la RENUNCIA de D./Dª , Juez de Paz SUSTITUTO de dicha
localidad y la Sala de Gobierno, por unanimidad, acuerda ACEPTAR LA RENUNCIA
FORMULADA, declarando su cese, conforme al art. 28.1 b) del Reglamento nº 3/95, de 7 de junio,
de los Jueces de Paz, lo que se participará al Consejo General del Poder Judicial, al interesado, a
través del Juzgado de 1ª Instancia correspondiente, a la Gerencia Territorial del Ministerio de
Justicia respectiva y al Ayuntamiento de la referida localidad, a fin de que proponga, conforme a
los arts. 101 de la Ley Orgánica del Poder Judicial y 5.1 y 6 del Reglamento nº 3/95, de 7 de junio,
de Jueces de Paz, una persona idónea para desempeñar el referido cargo.
4.- ÁREA DISCIPLINARIA
4.1- RECURSO DE ALZADA núm. 20/2015 de Letrados de la Administración de Justicia,
interpuesto por el Abogado Don , contra el acuerdo dictado
por la Ilma. Secretaria Coordinadora Provincial de de fecha 14 de mayo de 2015, sobre
desaparición de documentos en el recurso núm. 2379/91 seguido en la Sección de la Sala de lo
Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía con sede en y la
Sala de Gobierno, por unanimidad, acuerda TOMAR CONOCIMIENTO del acuerdo adoptado por
el Secretario de Gobierno de este Tribunal Superior.
4.2- QUEJA Nº 00000208/2015, interpuesta por D. , contra el
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DE
JUSTICIA
JUZGADO DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO NUMERO DE por no estar de
acuerdo con las resoluciones dictadas en el procedimiento ordinario nº 5/2011 y la Sala de
Gobierno, por unanimidad, acuerda REQUERIR informe al órgano afectado en relación con el
texto de la queja formulada, del que se le dará traslado.
4.3- QUEJA Nº 00000183/2015, interpuesta por Dª , contra el
JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA NUMERO DE , por no estar de acuerdo con las
actuaciones llevadas a cabo por dicho órgano y la Sala de Gobierno, por unanimidad, acuerda
ESTAR a lo dispuesto en Acuerdo de 24 de septiembre de 2015 y ARCHIVAR el expediente.
4.4- QUEJA Nº 00000209/2015, interpuesta por el PROMOTOR DE LA ACCION DISCIPLINARIA
DEL CONSEJO GENERAL DEL PODER JUDICIAL, contra el JUZGADO DE PRIMERA
INSTANCIA E INSTRUCCION NUMERO DE remitiendo queja formulada
contra dicho Juzgado así como el informe emitido por la Sra. Letrada de la Administración de
Justicia de dicho Juzgado en relación a la referenciada Queja junto con la resolución de Archivo de
la misma, y listado de las quejas presentadas contra dicho Juzgado desde el año 2000 a fecha
Agosto del presente año y la Sala de Gobierno, por unanimidad, acuerda TOMAR
CONOCIMIENTO del importante número de quejas y solicitar a la Delegación de Gobierno de la
Consejería de Justicia e Interior de la Junta de Andalucía en , la asignación de dos
funcionarios de refuerzo que, junto con la adscripción de un juez de refuerzo, permitan eliminar la
pendencia de dicho Juzgados. Particípese el presente acuerdo al Promotor de la Acción
Disciplinaria del Consejo General del Poder Judicial y al órgano afectado para su conocimiento y
efectos procedentes.
4.5- QUEJA Nº 00000210/2015, interpuesta por Dª. ,
Magistrada-Juez titular del JUZGADO DE INSTRUCCION NUMERO DE , participando
una serie de hechos con respecto a la actuación del Sr. Letrado de la Administración de Justicia
con destino en el expresado Órgano y la Sala de Gobierno, por unanimidad, acuerda DAR
TRASLADO al Secretario de Gobierno de la comunicación recibida a los efectos de que adopte las
decisiones que estime oportunas en relación con la misma, dando cuenta a la Sala de Gobierno de
su contenido. Particípese el presente acuerdo a la Ilma. Sra. Magistrada del Juzgado de
Instrucción número de para su conocimiento y efectos procedentes.
4.6- QUEJA Nº 00000153/2015, interpuesta por el JUZGADO DE INSTRUCCIÓN Nº de
y el JUZGADO DE VIOLENCIA SOBRE LA MUJER Nº DE , ambos de
la Provincia de , contra los Agentes de la Guardia Civil de la Comandancia de ,
participando los hechos acaecidos en las diligencias de entrada y registro practicadas el día 29 de
Junio de 2015 en el Partido Judicial de . Habiéndose recibido informe del Juzgado de
1ª Instancia e Instrucción nº de y la Sala de Gobierno,
por unanimidad, acuerda TOMAR CONOCIMIENTO de la comunicación recibida y dar traslado de
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DE
JUSTICIA
la misma a las Letradas de la Administración de Justicia afectadas, a fin que hagan las alegaciones
que estimen oportunas a esta Sala de Gobierno sobre su contenido.
4.7- QUEJA Nº 00000216/2015, interpuesta por D. , contra el
JUZGADO DECANO , a fin de que se ponga en correcto
funcionamiento el servicio común para la designación de Peritos Judiciales y no se solicite la
colegiación obligatoria ni se establezcan más preferencias en favor de los profesionales colegiados
(Colegios Oficiales) para la designación de profesionales dispuestos para actuar como Perito
Judicial y la Sala de Gobierno, por unanimidad, acuerda lo siguiente:
1) ESTIMAR adecuado el acuerdo del Decano de los Juzgados de al respecto y comunicar
al interesado que la designación de peritos se adecua a la normativa vigente establecida por la
Junta de Andalucía.
2) UNIR copia de la comunicación del Consejo General del Poder Judicial obrante en el expediente
de Asuntos Varios 639/15, punto 6.19 del orden del día de esta Comisión, y DAR TRASLADO de
la misma al Iltmo. Sr. Decano de los Juzgados de .
3) PARTICIPAR el presente acuerdo a la Unidad de Atención Ciudadana del CGPJ, al órgano
afectado y al interesado para su conocimiento y efectos procedentes.
4.8- QUEJA Nº 00000213/2015, interpuesta por el Ayuntamiento de ALMEDINILLA (Córdoba), por
la situación de nerviosismo que vive dicha localidad por la conducta del vecino de la mismo
y la Sala de Gobierno, por unanimidad, acuerda TOMAR
CONOCIMIENTO de la comunicación recibida, comprender la situación que en la misma se
expone y dar traslado a la Comandancia de la Guardia Civil correspondiente y al Juez
sentenciador, a los efectos que procedan, con ARCHIVO del expediente. Particípese el presente
acuerdo a la Unidad de Atención Ciudadana del CGPJ y al Ayuntamiento interesado para su
conocimiento y efectos procedentes.
4.9- QUEJA Nº 00000184/2015, interpuesta por D. , contra el
JUZGADO DECANO DE por no tener aún conocimiento de que se haya
repartido una demanda presentada con fecha 29 de diciembre de 2014. Habiéndose recibido
informe del expresado órgano y la Sala de Gobierno, por unanimidad, acuerda ENTENDER que la
queja es fundada y ARCHIVAR el expediente al haberse corregido la disfunción existente.
Particípese el presente acuerdo a la Unidad de Atención Ciudadana del CGPJ, al órgano afectado
y al interesado para su conocimiento y efectos procedentes.
4.10- QUEJA Nº 00000160/2015, interpuesta por D. , contra el
JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCION NUMERO DE por
no estar conforme con la actuación en el procedimiento: Familia, Piezas Medidas Coetáneas nº
189.01/2015. Habiéndose recibido informe del expresado Órgano y la Sala de Gobierno, por
unanimidad, acuerda ENTENDER que la queja es fundada y HACER CONSTAR al órgano
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DE
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afectado la necesidad de que se agilice el señalamiento del procedimiento, habida cuenta el interés
del menor afectado, así como que se dé a la causa el impulso procesal necesario para acabar con
el retraso. Particípese el presente acuerdo a la Unidad de Atención Ciudadana del CGPJ, al
órgano afectado y al interesado para su conocimiento y efectos procedentes.
4.11- QUEJA Nº 00000146/2015, interpuesta por D. , contra el
JUZGADO DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO Nº DE por las actuaciones
llevadas a cabo en el procedimiento ordinario nº 686/2014. Habiéndose recibido informe de la
Titular del citado Órgano, así como comunicaciones del Promotor del Consejo General del Poder
Judicial, archivando el expediente de Información Previa nº 557/2015, incoado por los mismos
hechos y la Sala de Gobierno, por unanimidad, acuerda TOMAR CONOCIMIENTO del archivo
comunicado por el Ministerio Fiscal.
4.12- QUEJA Nº 00000219/2015, interpuesta por Dª ,
Letrada del , contra el JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCION NUMERO
DE ), por la tramitación de los apoderamientos Apud-Acta emitidos por este
Juzgado y la Sala de Gobierno, por unanimidad, acuerda HACER CONSTAR al Letrado de la
Administración de Justicia del órgano afectado que debe controlar la presentación de
apoderamientos apud acta realizados ante Juzgados de Paz e inadmitirlos por su falta de validez,
ya que los Secretarios de tales órganos, carecen de la cualidad de Letrados de la Administración
de Justicia y, por tanto, de la facultad de realizar dichos apoderamientos. Particípese el presente
acuerdo a la Unidad de Atención Ciudadana del CGPJ, al órgano afectado y al interesado para su
conocimiento y efectos procedentes.
5.- MEDIDAS DE APOYO Y SEGUIMIENTO
5.1- AUTORIZACIÓN DE ACTUACIÓN Nº 00000594/2015 del/de la Sr./a. Magistrado Titular con
destino en JUZGADO DE VIGILANCIA PENITENCIARIA NUMERO 3 DE ANDALUCIA, CON
SEDE EN MÁLAGA D./Dª. , para RESOLVER EL
INCIDENTE DE NULIDAD CONTRA LA SENTENCIA DICTADA en PROCED. ABREVIADO nº
493/2013 del JUZGADO DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO NUMERO 6 DE MÁLAGA y
la Sala de Gobierno, por unanimidad, acuerda NO AUTORIZAR la actuación solicitada dado que el
contenido de la misma es únicamente determinante de la vinculación objetiva del órgano en el que
se dictó la resolución a la que hace referencia, sin que exista vinculación subjetiva que impida
atender lo solicitado al actual titular jurisdiccional. Particípese el presente Acuerdo al órgano
afectado, para su conocimiento y efectos procedentes.
5.2- REFUERZO Nº 00000295/2015, consistente en comisión de servicios, sin relevación de
funciones, de Dª , para el Juzgado de lo Social nº 1 de
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DE
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GRANADA, solicitud de prorroga de la comisión de servicios y la Sala de Gobierno, por
unanimidad, acuerda INFORMAR favorablemente la prórroga de la medida durante otro plazo de
seis meses. Particípese el presente acuerdo al Consejo General del Poder Judicial, al órgano
afectado y a la interesada.
5.3- AUTORIZACIÓN DE ACTUACIÓN Nº 00000595/2015, del/de la Sr./a. Magistrado Titular con
destino en JUZGADO DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO NUMERO 5 DE SEVILLA D./Dª.
, para DICTAR NUEVA SENTENCIA en JUICIO DE
FALTAS nº 632/2013 del JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCION NUMERO 6 DE
DOS HERMANAS (Sevilla) y la Sala de Gobierno, por unanimidad, acuerda AUTORIZAR LA
ACTUACIÓN SOLICITADA, sin perjuicio de lo que proceda legalmente según el nuevo marco
normativo determinado por la modificación del Código Penal. Particípese el presente Acuerdo a los
órganos afectados, para su conocimiento y efectos procedentes y al Consejo General del Poder
Judicial, con remisión de antecedentes, a los efectos económicos del desplazamiento y la
autorización, en su caso, de la ausencia del destino.
5.4- AUTORIZACIÓN DE ACTUACIÓN Nº 00000597/2015 del/de la Sr./a. Magistrado Titular con
destino en JUZGADO DE VIOLENCIA SOBRE LA MUJER NUMERO 1 DE JEREZ DE LA
FRONTERA (Cádiz) D./Dª. , para DICTAR AUTO en
FAMILIA MEDIDAS PROVISIONALES PREVIAS ART. 771 LEC nº 939/2014 del JUZGADO DE
PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCION NUMERO 4 DE CHICLANA DE LA FRONTERA (Cádiz)
y la Sala de Gobierno, por unanimidad, acuerda AUTORIZAR LA ACTUACIÓN SOLICITADA,
conforme a lo previsto en el art. 194.1 de la Ley 1/2000, de 7 de enero, en relación con el art. 256
de la Ley Orgánica 6/85, de 1 de julio, del Poder Judicial, debiendo acreditarse el cumplimiento de
la autorización concedida, remitiendo a este Tribunal Superior, copia simple de la resolución
dictada al respecto. Particípese el presente Acuerdo a los órganos afectados, para su
conocimiento y efectos procedentes y al Consejo General del Poder Judicial, con remisión de
antecedentes, a los efectos económicos del desplazamiento y la autorización, en su caso, de la
ausencia del destino.
5.5- AUTORIZACIÓN DE ACTUACIÓN Nº 00000596/2015, del/de la Sr./a. Juez Titular con destino
en JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCION NUMERO 1 DE VIELHA E MIJARAN
(Lérida) D./Dª. , para ACLARACIÓN DEL AUTO en
EJECUCION DE TITULOS JUDICIALES nº 917/2014 del JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA
NUMERO 19 DE SEVILLA y la Sala de Gobierno, por unanimidad, acuerda NO AUTORIZAR la
actuación solicitada al exceder su contenido de lo prevenido en los artículos 214 y 215 de la LEC.
Particípese el presente Acuerdo al órgano afectado, para su conocimiento y efectos procedentes.
5.6- AUTORIZACIÓN DE ACTUACIÓN Nº 00000598/2015 del/de la Sr./a. Juez Titular con destino
en JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCION NUMERO 5 DE VÉLEZ-MÁLAGA
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DE
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(Málaga) D./Dª. , para RECTIFICAR SENTENCIA en FAMILIA.
DIVORCIO CONTENCIOSO nº 487/2014 del JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E
INSTRUCCION NUMERO 1 DE MORÓN DE LA FRONTERA (Sevilla) y la Sala de Gobierno, por
unanimidad, acuerda NO AUTORIZAR LA ACTUACIÓN SOLICITADA al tratarse de un error
material que puede subsanarse por el actual Titular jurisdiccional del órgano. Particípese el
presente Acuerdo al órgano afectado, para su conocimiento y efectos procedentes.
5.7- AUTORIZACIÓN DE ACTUACIÓN Nº 00000599/2015, del/de la Sr./a. Juez Sustituto con
destino en GRANADA D./Dª. , para DICTAR SENTENCIA en
MODIFICACIÓN MEDIDAS DEFINITIVAS nº 494/2013 del JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA
E INSTRUCCION NUMERO 2 DE GUADIX (Granada) y la Sala de Gobierno, por unanimidad,
acuerda AUTORIZAR LA ACTUACIÓN SOLICITADA, conforme a lo previsto en el art. 194.1 de la
Ley 1/2000, de 7 de enero, en relación con el art. 256 de la Ley Orgánica 6/85, de 1 de julio, del
Poder Judicial, debiendo acreditarse el cumplimiento de la autorización concedida, remitiendo a
este Tribunal Superior, copia simple de la resolución dictada al respecto. Particípese el presente
Acuerdo a los órganos afectados, para su conocimiento y efectos procedentes, respecto de la
autorización concedida.
5.8- AUTORIZACIÓN DE ACTUACIÓN Nº 00000600/2015, del/de la Sr./a. Juez de Apoyo al Juez
de Adscripción Territorial de Andalucía, provincia de CÁDIZ, con destino en JUZGADO DE LO
CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO NUMERO 1 DE ALGECIRAS (Cádiz) D./Dª.
, para DICTAR SENTENCIA en PROCEDIMIENTO ABREVIADO nº 85/2014
del JUZGADO DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO NUMERO 1 DE ALGECIRAS (Cádiz) y
la Sala de Gobierno, por unanimidad, acuerda AUTORIZAR LA ACTUACIÓN SOLICITADA,
conforme a lo previsto en el art. 194.1 de la Ley 1/2000, de 7 de enero, en relación con el art. 256
de la Ley Orgánica 6/85, de 1 de julio, del Poder Judicial, debiendo acreditarse el cumplimiento de
la autorización concedida, remitiendo a este Tribunal Superior, copia simple de la resolución
dictada al respecto. Particípese el presente Acuerdo a los órganos afectados, para su
conocimiento y efectos procedentes y al Consejo General del Poder Judicial, con remisión de
antecedentes, a los efectos económicos del desplazamiento y la autorización, en su caso, de la
ausencia del destino.
5.9- AUTORIZACIÓN DE ACTUACIÓN Nº 00000601/2015 del/de la Sr./a. Juez Titular con destino
en JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCION NUMERO 1 DE ESTEPONA (Málaga)
D./Dª. , para DICTAR ADICIÓN AL AUTO en EXPEDIENTE
DE DOMINIO nº 910/10 del JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCION NUMERO 3
DE VÉLEZ-MÁLAGA (Málaga) y la Sala de Gobierno, por unanimidad, acuerda NO AUTORIZAR la
actuación solicitada dado que el contenido de la misma es únicamente determinante de la
vinculación objetiva del órgano en el que se dictó la resolución a la que hace referencia, sin que
exista vinculación subjetiva que impida atender lo solicitado al actual titular jurisdiccional.
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Particípese el presente Acuerdo al órgano afectado, para su conocimiento y efectos procedentes.
5.10- SEGUIMIENTO NUM. 10/2014-(INFORME Nº 00000038/2015)-EXPEDIENTE RELATIVO A
SEGUIMIENTO DEL JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCION NUMERO 1 DE
GUADIX (Granada), EN RELACION AL EXPEDIENTE DE VISITA DE INSPECCIÓN Nº 62/13 DE
ESTE TRIBUNAL; para valorar la posibilidad de archivar el expediente de seguimiento o solicitar
informe sobre estado de los procedimientos objeto del mismo y la Sala de Gobierno, por
unanimidad, acuerda DARSE POR ENTERADA del estado de situación y, a la vista del
expediente, de la evolución favorable y dada la pendencia actual existente en el ámbito de las dos
medidas de control adoptadas, DAR POR CONCLUIDO EL SEGUIMIENTO del citado órgano y
ARCHIVAR EL EXPEDIENTE. Particípese el presente Acuerdo al Consejo General del Poder
Judicial y al órgano afectado, para su conocimiento y efectos procedentes.
5.11- AUTORIZACIÓN DE ACTUACIÓN Nº 00000602/2015, del/de la Sr./a. Magistrado Titular con
destino en JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCION NUMERO 6 DE DOS
HERMANAS (Sevilla) D./Dª. , para ACLARACION DE AUTO en
FAMILIA PIEZA MEDIDAS COETÁNEAS nº 758.01/2014 del JUZGADO DE PRIMERA
INSTANCIA E INSTRUCCION NUMERO 3 DE CARMONA (Sevilla) y la Sala de Gobierno, por
unanimidad, acuerda NO AUTORIZAR la actuación solicitada al exceder su contenido de lo
prevenido en los artículos 214 y 215 de la LEC. Particípese el presente Acuerdo al órgano
afectado, para su conocimiento y efectos procedentes.
5.12- AUTORIZACIÓN DE ACTUACIÓN Nº 00000604/2015 del/de la Sr./a. Juez Titular con
destino en JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCION NUMERO 1 DE ESTEPONA
(Málaga) D./Dª. , para CONTINUACION DE VISTA Y DICTAR
RESOLUCION FINAL en MODIFICACION MEDIDAS DEFINITIVAS nº 268/2013 del JUZGADO
DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCION NUMERO 3 DE VÉLEZ-MÁLAGA (Málaga) y la Sala
de Gobierno, por unanimidad, acuerda AUTORIZAR LA ACTUACIÓN SOLICITADA, conforme a lo
previsto en el art. 194.1 de la Ley 1/2000, de 7 de enero, en relación con el art. 256 de la Ley
Orgánica 6/85, de 1 de julio, del Poder Judicial, debiendo acreditarse el cumplimiento de la
autorización concedida, remitiendo a este Tribunal Superior, copia simple de la resolución dictada
al respecto. Particípese el presente Acuerdo a los órganos afectados, para su conocimiento y
efectos procedentes y al Consejo General del Poder Judicial, con remisión de antecedentes, a los
efectos económicos del desplazamiento y la autorización, en su caso, de la ausencia del destino.
5.13- AUTORIZACIÓN DE ACTUACIÓN Nº 00000603/2015, del/de la Sr./a. Juez de Apoyo al Juez
de Adscripción Territorial de Andalucía, provincia de CÁDIZ, D./Dª.
, para DICTAR SENTENCIA en PROCEDIMIENTO ABREVIADO nº 547/2014 del
JUZGADO DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO NUMERO 1 DE ALGECIRAS (Cádiz) y la
Sala de Gobierno, por unanimidad, acuerda REQUERIR, previamente a la concesión de la
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autorización solicitada, que se confirme si hubo o no celebración de vista en el procedimiento.
5.14- AUTORIZACIÓN DE ACTUACIÓN Nº 00000605/2015, del/de la Sr./a. Juez Titular con
destino en JUZGADO DE LO PENAL NUMERO 2 DE ALGECIRAS (Cádiz) D./Dª.
, para ACLARACION DE AUTO en EJECUCION DE TITULOS JUDICIALES nº
64/2012 del JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCION NUMERO 3 DE LA LINEA
DE LA CONCEPCION (Cádiz) y la Sala de Gobierno, por unanimidad, acuerda NO AUTORIZAR la
actuación solicitada al exceder su contenido de lo prevenido en los artículos 214 y 215 de la LEC.
Particípese el presente Acuerdo al órgano afectado, para su conocimiento y efectos procedentes.
5.15- AUTORIZACIÓN DE ACTUACIÓN Nº 00000606/2015 del/de la Sr./a. Juez Sustituto con
destino en MÁLAGA D./Dª. , para DICTAR SENTENCIA en
LIQUIDACION REGIMENES ECONOMICOS MATRIMONIALES nº 58/2015 del JUZGADO DE
PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCION NUMERO 2 DE VÉLEZ-MÁLAGA (Málaga) y la Sala de
Gobierno, por unanimidad, acuerda AUTORIZAR LA ACTUACIÓN SOLICITADA, conforme a lo
previsto en el art. 194.1 de la Ley 1/2000, de 7 de enero, en relación con el art. 256 de la Ley
Orgánica 6/85, de 1 de julio, del Poder Judicial, debiendo acreditarse el cumplimiento de la
autorización concedida, remitiendo a este Tribunal Superior, copia simple de la resolución dictada
al respecto. Particípese el presente Acuerdo a los órganos afectados, para su conocimiento y
efectos procedentes, respecto de la autorización concedida.
5.16- AUTORIZACIÓN DE ACTUACIÓN Nº 00000560/2015, del/de la Sr./a. Juez de Apoyo al Juez
de Adscripción Territorial de Andalucía, provincia de CÁDIZ con destino en JUZGADO DE LO
PENAL NUMERO 2 DE ALGECIRAS (Cádiz) D./Dª. , para
ACLARACIÓN DEL AUTO en EXPEDIENTE DOMINIO. REANUDACIÓN TRACTO SUCESIVO nº
879/2009 del JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCION NUMERO 3 DE LA LINEA
DE LA CONCEPCION (Cádiz) y la Sala de Gobierno, por unanimidad, acuerda NO AUTORIZAR la
actuación solicitada dado que el contenido de la misma es únicamente determinante de la
vinculación objetiva del órgano en el que se dictó la resolución a la que hace referencia, sin que
exista vinculación subjetiva que impida atender lo solicitado al actual titular jurisdiccional.
Particípese el presente Acuerdo al órgano afectado, para su conocimiento y efectos procedentes.
5.17- AUTORIZACIÓN DE ACTUACIÓN Nº 00000607/2015, del/de la Sr./a. Juez de Apoyo al Juez
de Adscripción Territorial de Andalucía, provincia de CÁDIZ, D./Dª.
para DICTAR SENTENCIA en PROCEDIMIENTO ORDINARIO nº 468/2013 del
JUZGADO DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO NUMERO 1 DE ALGECIRAS (Cádiz) y la
Sala de Gobierno, por unanimidad, acuerda NO AUTORIZAR la actuación solicitada al no concurrir
la vista o juicio a que se hace referencia en el artículo 194 de la LEC. Particípese el presente
Acuerdo al órgano afectado, para su conocimiento y efectos procedentes.
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5.18- AUTORIZACIÓN DE ACTUACIÓN Nº 00000609/2015, del/de la Sr./a. Juez de Apoyo al Juez
de Adscripción Territorial de Andalucía, provincia de CÁDIZ D./Dª.
, para DICTAR SENTENCIA en PROCEDIMIENTO ORDINARIO nº 388/2013 del
JUZGADO DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO NUMERO 1 DE ALGECIRAS (Cádiz) y la
Sala de Gobierno, por unanimidad, acuerda NO AUTORIZAR la actuación solicitada al no concurrir
la vista o juicio a que se hace referencia en el artículo 194 de la LEC. Particípese el presente
Acuerdo al órgano afectado, para su conocimiento y efectos procedentes.
5.19- AUTORIZACIÓN DE ACTUACIÓN Nº 00000610/2015 del/de la Sr./a. Magistrado Titular con
destino en JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCION NUMERO 3 DE MOTRIL
(Granada) D./Dª. , para DICTAR SENTENCIA en
PROCEDIMIENTO ORDINARIO nº 849/2012 del JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E
INSTRUCCION NUMERO 1 DE MARTOS (Jaén) y la Sala de Gobierno, por unanimidad, acuerda
AUTORIZAR LA ACTUACIÓN SOLICITADA, conforme a lo previsto en el art. 194.1 de la Ley
1/2000, de 7 de enero, en relación con el art. 256 de la Ley Orgánica 6/85, de 1 de julio, del Poder
Judicial, debiendo acreditarse el cumplimiento de la autorización concedida, remitiendo a este
Tribunal Superior, copia simple de la resolución dictada al respecto. Particípese el presente
Acuerdo a los órganos afectados, para su conocimiento y efectos procedentes y al Consejo
General del Poder Judicial, con remisión de antecedentes, a los efectos económicos del
desplazamiento y la autorización, en su caso, de la ausencia del destino.
5.20- AUTORIZACIÓN DE ACTUACIÓN Nº 00000611/2015 del/de la Sr./a. Magistrado Titular con
destino en JUZGADO DE INSTRUCCION NUMERO 3 DE TORREMOLINOS (Málaga) D./Dª.
, para COMPLEMENTO DE SENTENCIA en DIVISIÓN DE
HERENCIA nº 427/2012 del JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCION NUMERO 5
DE VÉLEZ-MÁLAGA (Málaga) y la Sala de Gobierno, por unanimidad, acuerda NO AUTORIZAR la
actuación solicitada al exceder su contenido de lo prevenido en los artículos 214 y 215 de la LEC.
Particípese el presente Acuerdo al órgano afectado, para su conocimiento y efectos procedentes.
5.21- AUTORIZACIÓN DE ACTUACIÓN Nº 00000612/2015 del/de la Sr./a. Juez Sustituto con
destino en CÁDIZ D./Dª. , para RECTIFICACION DE SENTENCIA
en PROCED. ORDINARIO nº 536/2010 del JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA NUMERO 4 DE
ALGECIRAS (Cádiz) y la Sala de Gobierno, por unanimidad, acuerda NO AUTORIZAR LA
ACTUACIÓN SOLICITADA al tratarse de un error material que puede subsanarse por el actual
Titular jurisdiccional del órgano. Particípese el presente Acuerdo al órgano afectado, para su
conocimiento y efectos procedentes.
5.22- AUTORIZACIÓN DE ACTUACIÓN Nº 00000496/2015, POSIBILIDAD DE RECTIFICACIÓN
DE ERROR DE ACUERDO DE SALA DE GOBIERNO DE FECHA 11/09/2015 EN EL QUE SE
HACIA CONSTAR "JUICIO VERBAL", DEBIENDO FIGURAR "JUICIO DE FALTAS" y la Sala de
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Gobierno, por unanimidad, acuerda RECTIFICAR EL ERROR PADECIDO en el citado Acuerdo, en
los términos referidos anteriormente. Particípese el presente Acuerdo a los mismos organismos
que figuran en el rectificado, para su conocimiento y efectos procedentes.
5.23- REFUERZO Nº 00000210/2015.- Expediente relativo a comunicación de la Audiencia
Provincial de SEVILLA relativa a la asignación de asuntos y cometidos según el Plan de actuación
elaborado por la Sección Tercera, a la que ha quedado adscrita la Magistrada-Juez de Adscripción
Territorial, Dª y la Sala de Gobierno, por unanimidad,
acuerda APROBAR el Plan de Actuación remitido. Particípese el presente Acuerdo al Ilmo. Sr.
Presidente de la Audiencia Provincial de Sevilla para su conocimiento y efectos procedentes.
5.24- AUTORIZACIÓN DE ACTUACIÓN Nº 00000490/2015, del/de la Sr./a. Magistrado Titular con
destino en JUZGADO DE INSTRUCCION NUMERO 3 DE TORREMOLINOS (Málaga) D./Dª.
, para ACLARCION DE SENTENCIA en
FAMILIA.GUARDA/CUSTOD/ALIM.MENOR NO MATR.NO CONSEN. nº 265/2014 del JUZGADO
DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCION NUMERO 5 DE VÉLEZ-MÁLAGA (Málaga).
Respecto de comunicación recibida del CGPJ en relación a la Autorización concedida en el
presente Expediente y la Sala de Gobierno, por unanimidad, acuerda ESTAR a la autorización ya
concedida. Particípese el presente Acuerdo al órgano afectado, para su conocimiento y efectos
procedentes.
5.25- AUTORIZACIÓN DE ACTUACIÓN Nº 00000485/2015, del/de la Sr./a. Juez Titular con
destino en JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA NUMERO 1 DE SEVILLA D./Dª.
, para DICTAR AUTO DE OPOSICIÓN en EJECUCION HIPOTECARIA
nº 572/2011 del JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCION NUMERO 3 DE
SANLUCAR LA MAYOR (Sevilla). Respecto de comunicación recibida del CGPJ en relación a la
Autorización concedida en el presente Expediente y la Sala de Gobierno, por unanimidad, acuerda
ESTAR a la autorización ya concedida. Particípese el presente Acuerdo al órgano afectado, para
su conocimiento y efectos procedentes.
5.26- AUTORIZACIÓN DE ACTUACIÓN Nº 00000613/2015, del/de la Sr./a. Juez Titular con
destino en JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCION NUMERO 3 DE CARMONA
(Sevilla) D./Dª. , para DICTAR SENTENCIA en JUICIO VERBAL
nº 488/2014 del JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCION NUMERO 1 DE
MONTILLA (Córdoba) y la Sala de Gobierno, por unanimidad, acuerda AUTORIZAR LA
ACTUACIÓN SOLICITADA, conforme a lo previsto en el art. 194.1 de la Ley 1/2000, de 7 de
enero, en relación con el art. 256 de la Ley Orgánica 6/85, de 1 de julio, del Poder Judicial,
debiendo acreditarse el cumplimiento de la autorización concedida, remitiendo a este Tribunal
Superior, copia simple de la resolución dictada al respecto. Particípese el presente Acuerdo a los
órganos afectados, para su conocimiento y efectos procedentes y al Consejo General del Poder
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Judicial, con remisión de antecedentes, a los efectos económicos del desplazamiento y la
autorización, en su caso, de la ausencia del destino.
5.27- AUTORIZACIÓN DE ACTUACIÓN Nº 00000467/2015, del/de la Sr./a. Juez Titular con
destino en JUZGADO DE LO PENAL NUMERO 2 DE ALGECIRAS (Cádiz) D./Dª.
, para DICTAR AUTO en EJECUCION HIPOTECARIA nº 348/2012 del
JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCION NUMERO 3 DE LA LINEA DE LA
CONCEPCION (Cádiz). Respecto de comunicación recibida del CGPJ en relación a la
Autorización concedida en el presente Expediente y la Sala de Gobierno, por unanimidad, acuerda
ESTAR a la autorización ya concedida. Particípese el presente Acuerdo al órgano afectado, para
su conocimiento y efectos procedentes.
5.28- AUTORIZACIÓN DE ACTUACIÓN Nº 00000614/2015 del/de la Sr./a. Juez Titular de
Adscripción Territorial del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía con destino en el JUZGADO
DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCION NUMERO 2 DE HUERCAL-OVERA (Almería) D./Dª.
, para ACLARACION DE SENTENCIA en LIQUIDACION
SOCIEDAD DE GANANCIALES nº 707/2014 del JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E
INSTRUCCION NUMERO 2 DE ROQUETAS DE MAR (Almería) y la Sala de Gobierno, por
unanimidad, acuerda NO AUTORIZAR la actuación solicitada al exceder su contenido de lo
prevenido en los artículos 214 y 215 de la LEC. Particípese el presente Acuerdo al órgano
afectado, para su conocimiento y efectos procedentes.
5.29- REFUERZO Nº 00000315/2015.- Expediente relativo a adscripción de DON
, Juez de Adscripción Territorial de la provincia de HUELVA, a los Juzgados de lo
Penal de Huelva, como Refuerzo, comunicación Juzgados de lo Penal de Huelva en relación plan
de actuación y la Sala de Gobierno, por unanimidad, acuerda APROBAR el Plan de Actuación
remitido. Particípese el presente acuerdo al Ilmo. Sr. Decano de los Juzgados Huelva para su
conocimiento y efectos procedentes.
5.30- AUTORIZACIÓN DE ACTUACIÓN Nº 00000615/2015, del/de la Sr./a. Juez de Apoyo al Juez
de Adscripción Territorial de Andalucía, provincia de SEVILLA D./Dª.
, para ACLARACIÓN DEL AUTO en PIEZA OPOSICIÓN A EJEC. nº 390.01/2014 del
JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCION NUMERO 2 DE RONDA (Málaga) y la
Sala de Gobierno, por unanimidad, acuerda NO AUTORIZAR la actuación solicitada al exceder su
contenido de lo prevenido en los artículos 214 y 215 de la LEC. Particípese el presente Acuerdo al
órgano afectado, para su conocimiento y efectos procedentes.
5.31- AUTORIZACIÓN DE ACTUACIÓN Nº 00000617/2015, del/de la Sr./a. Juez Sustituto con
destino en CÁDIZ D./Dª. , para DICTAR SENTENCIA
en PROCEDIMIIENTO ORDINARIO(CONTRATACIÓN 249.1.5) nº 564/2014 del JUZGADO DE
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DE
JUSTICIA
PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCION NUMERO 2 DE ROTA (Cádiz) y la Sala de Gobierno, por
unanimidad, acuerda AUTORIZAR LA ACTUACIÓN SOLICITADA, conforme a lo previsto en el art.
194.1 de la Ley 1/2000, de 7 de enero, en relación con el art. 256 de la Ley Orgánica 6/85, de 1 de
julio, del Poder Judicial, debiendo acreditarse el cumplimiento de la autorización concedida,
remitiendo a este Tribunal Superior, copia simple de la resolución dictada al respecto. Particípese
el presente Acuerdo a los órganos afectados, para su conocimiento y efectos procedentes,
respecto de la autorización concedida.
5.32- AUTORIZACIÓN DE ACTUACIÓN Nº 00000616/2015 del/de la Sr./a. Magistrado Titular con
destino en JUZGADO DE LO PENAL NUMERO 14 DE MÁLAGA D./Dª.
, para ACLARACION DE SENTENCIA en JUICIO RAPIDO nº 154/2015 del JUZGADO DE
LO PENAL NUMERO 2 DE MOTRIL (Granada) y la Sala de Gobierno, por unanimidad, acuerda
AUTORIZAR LA ACTUACIÓN SOLICITADA, conforme a lo previsto en el art. 194.1 de la Ley
1/2000, de 7 de enero, en relación con el art. 256 de la Ley Orgánica 6/85, de 1 de julio, del Poder
Judicial, debiendo acreditarse el cumplimiento de la autorización concedida, remitiendo a este
Tribunal Superior, copia simple de la resolución dictada al respecto. Particípese el presente
Acuerdo a los órganos afectados, para su conocimiento y efectos procedentes y al Consejo
General del Poder Judicial, con remisión de antecedentes, a los efectos económicos del
desplazamiento y la autorización, en su caso, de la ausencia del destino.
5.33- AUTORIZACIÓN DE ACTUACIÓN Nº 00000618/2015, del/de la Sr./a. Juez Titular con
destino en JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCION NUMERO 3 DE AYAMONTE
(Huelva) D./Dª. , para ACLARACIÓN DE SENTENCIA
en PROCEDIMIENTO ORDINARIO nº 109/2009 del JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E
INSTRUCCION NUMERO 1 DE SANLÚCAR LA MAYOR (Sevilla) y la Sala de Gobierno, por
unanimidad, acuerda NO AUTORIZAR la actuación solicitada dado que el contenido de la misma
es únicamente determinante de la vinculación objetiva del órgano en el que se dictó la resolución a
la que hace referencia, sin que exista vinculación subjetiva que impida atender lo solicitado al
actual titular jurisdiccional. Particípese el presente Acuerdo al órgano afectado, para su
conocimiento y efectos procedentes.
5.34- AUTORIZACIÓN DE ACTUACIÓN Nº 00000619/2015, del/de la Sr./a. Juez Titular con
destino en JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCION NUMERO 3 DE AYAMONTE
(Huelva) D./Dª. , para DICTAR ACLARACION DE
SENTENCIA en LIQUIDACION SOCIEDAD DE GANANCIALES nº 129/2014 del JUZGADO DE
PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCION NUMERO 1 DE SANLÚCAR LA MAYOR (Sevilla) y la
Sala de Gobierno, por unanimidad, acuerda NO AUTORIZAR la actuación solicitada al exceder su
contenido de lo prevenido en los artículos 214 y 215 de la LEC. Particípese el presente Acuerdo al
órgano afectado, para su conocimiento y efectos procedentes.
30
ADMINISTRACIÓN
DE
JUSTICIA
5.35- AUTORIZACIÓN DE ACTUACIÓN Nº 00000620/2015, del/de la Sr./a. Juez Titular con
destino en JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCION NUMERO 3 DE AYAMONTE
(HUELVA) D./Dª. , para DICTAR ACLARACIÓN DE
SENTENCIA en PROCEDIMIENTO ORDINARIO nº 189/2014 del JUZGADO DE PRIMERA
INSTANCIA E INSTRUCCION NUMERO 1 DE SANLÚCAR LA MAYOR (Sevilla) y la Sala de
Gobierno, por unanimidad, acuerda NO AUTORIZAR LA ACTUACIÓN SOLICITADA al tratarse de
un error material que puede subsanarse por el actual Titular jurisdiccional del órgano. Particípese
el presente Acuerdo al órgano afectado, para su conocimiento y efectos procedentes.
5.36- AUTORIZACIÓN DE ACTUACIÓN Nº 00000621/2015, del/de la Sr./a. Juez Sustituto con
destino en SEVILLA D./Dª. , para ACLARACION DE
SENTENCIA en PROCEDIMIENTO ORDINARIO nº 691/2010 del JUZGADO DE PRIMERA
INSTANCIA E INSTRUCCION NUMERO 1 DE CARMONA (Sevilla) y la Sala de Gobierno, por
unanimidad, acuerda NO AUTORIZAR la actuación solicitada al exceder su contenido de lo
prevenido en los artículos 214 y 215 de la LEC. Particípese el presente Acuerdo al órgano
afectado, para su conocimiento y efectos procedentes.
5.37- REFUERZO Nº 00000340/2015.- Expediente relativo a solicitud de designación de un Juez
para asumir el conocimiento de las Diligencias Previas nº 667/2015 del Juzgado de Primera
Instancia e Instrucción nº 2 de ESTEPA (Sevilla) y la Sala de Gobierno, por unanimidad, acuerda
RATIFICAR el acuerdo de la Presidencia en sus mismos términos. Particípese el presente acuerdo
a los órganos afectados para su conocimiento y efectos procedentes.
5.38- CONTROL PRESOS PREVENTIVOS Nº 00000010/2015, respecto de comunicación remitida
por la SECCIÓN 3ª DE LA AUDIENCIA PROVINCIAL DE ALMERÍA, en virtud de lo establecido en
el artículo 504.6 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal, reformada por las Leyes Orgánicas 13/2003,
de 24 de octubre y 15/2003, de 25 de noviembre, siendo encausado , en el
procedimiento Sumario Ordinario nº 24/2012 y la Sala de Gobierno, por unanimidad, acuerda
ARCHIVAR el expediente a la vista de la libertad actual del preso preventivo. Particípese el
presente acuerdo al órgano afectado para su conocimiento y efectos procedentes.
5.39- AUTORIZACIÓN DE ACTUACIÓN Nº 00000622/2015, del/de la Sr./a. Juez Titular con
destino en JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCION NUMERO 3 DE POSADAS
(Córdoba) D./Dª. , para DICTAR SENTENCIA en
FAMILIA. DIVORCIO CONTENCIOSO nº 20/2014 del JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E
INSTRUCCION NUMERO 1 DE LORA DEL RIO (Sevilla) y la Sala de Gobierno, por unanimidad,
acuerda AUTORIZAR LA ACTUACIÓN SOLICITADA, conforme a lo previsto en el art. 194.1 de la
Ley 1/2000, de 7 de enero, en relación con el art. 256 de la Ley Orgánica 6/85, de 1 de julio, del
Poder Judicial, debiendo acreditarse el cumplimiento de la autorización concedida, remitiendo a
este Tribunal Superior, copia simple de la resolución dictada al respecto. Particípese el presente
31
ADMINISTRACIÓN
DE
JUSTICIA
Acuerdo a los órganos afectados, para su conocimiento y efectos procedentes y al Consejo
General del Poder Judicial, con remisión de antecedentes, a los efectos económicos del
desplazamiento y la autorización, en su caso, de la ausencia del destino.
5.40- AUTORIZACIÓN DE ACTUACIÓN Nº 00000623/2015, del/de la Sr./a. Juez Titular con
destino en JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCION NUMERO 1 DE TORROX
(Málaga)D./Dª. , para DICTAR SENTENCIA en
PROCEDIMIIENTO ORDINARIO nº 614/2014 del JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E
INSTRUCCION NUMERO 1 DE BAENA (Córdoba) y la Sala de Gobierno, por unanimidad,
acuerda AUTORIZAR LA ACTUACIÓN SOLICITADA, conforme a lo previsto en el art. 194.1 de la
Ley 1/2000, de 7 de enero, en relación con el art. 256 de la Ley Orgánica 6/85, de 1 de julio, del
Poder Judicial, debiendo acreditarse el cumplimiento de la autorización concedida, remitiendo a
este Tribunal Superior, copia simple de la resolución dictada al respecto. Particípese el presente
Acuerdo a los órganos afectados, para su conocimiento y efectos procedentes y al Consejo
General del Poder Judicial, con remisión de antecedentes, a los efectos económicos del
desplazamiento y la autorización, en su caso, de la ausencia del destino.
5.41- REFUERZO Nº 00000327/2015.- Expediente relativo a adscripción de DON
, Juez de Adscripción Territorial de la provincia de JAÉN, a todos los Juzgados de JAÉN
a partir del 20/10/2015, hasta su cese como JAT y la Sala de Gobierno, por unanimidad, acuerda
TOMAR CONOCIMIENTO del acuerdo de la Presidencia adoptado en el presente expediente.
5.42- CONTROL PRESOS PREVENTIVOS Nº 00000010/2014, respecto de comunicación remitida
por el Juzgado de 1ª Instancia e Instrucción nº 1 de POSADAS (Córdoba), en virtud de lo
establecido en el artículo 504.6 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal, reformada por las Leyes
Orgánicas 13/2003, de 24 de octubre y 15/2003, de 25 de noviembre, siendo encausado
, en las Diligencias Previas nº 715/2013. Respecto al informe remitido por el
citado Órgano de fecha 29/06/2015 y la Sala de Gobierno, por unanimidad, acuerda TOMAR
CONOCIMIENTO y ACUSAR RECIBO del informe remitido por el citado órgano, quien deberá
seguir informando con periodicidad mensual, sobre el estado y evolución que mantiene el
procedimiento, así como sobre cualquier incidencia relacionada con el art. 504.6 de la Ley de
Enjuiciamiento Criminal. Particípese el presente Acuerdo al órgano afectado, para su conocimiento y
efectos procedentes.
5.43- REFUERZO Nº 73/2015.- Expediente relativo a comunicación de la Iltma. Sra. Presidenta de
la Audiencia Provincial de JAÉN, solicitando Medida de Refuerzo para la Sección Primera, civil,
consistente en comisión de servicios, sin relevación de funciones de un Magistrado, relativo a
solicitudes de la Comisión de Servicio solicitadas por D. , Magistrado-
Juez del Juzgado de Primera Instancia nº 3 de Jaén y Dª ,
Magistrada ,Presidenta de la Sección Tercera de la Audiencia Provincial de JAÉN y la Sala de
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DE
JUSTICIA
Gobierno, por unanimidad, acuerda INFORMAR FAVORABLEMENTE la concesión de la comisión
de servicio sin relevación de funciones, a la Ilma. Sra. Doña
, a la vista de su mayor antigüedad escalafonal, formar ya parte del cuadro de
sustituciones del órgano y su experiencia previa en el ámbito del orden jurisdiccional en el que se
desarrollará la medida.
Particípese el presente acuerdo al Consejo General del Poder Judicial, a la Ilma. Sra. Presidenta
de la Audiencia Provincial de Jaén y a la interesada para su conocimiento y efectos procedentes.
5.44- ALARDE nº 00000159/2015 confeccionado por D./Dª de
JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCION NUMERO 1 DE MONTILLA (Córdoba),
con motivo de su Cese y la Sala de Gobierno, reunida en Comisión, oída la Ponente Doña María
Elena Arias Salgado Robsy, y por unanimidad, acuerda APROBAR EL ALARDE
CONFECCIONADO al ajustarse a lo prevenido en los artículos 317.3 de la Ley Orgánica del Poder
Judicial y 124 y siguientes del Reglamento 2/2011, de 28 de abril de la Carrera Judicial. El periodo
al que se refiere está comprendido entre el 28 de abril de 2011 y el 4 de septiembre de 2015. El
resumen globalizado de asuntos recoge una pendencia en el orden jurisdiccional civil de 202
asuntos en trámite sin incluir familia, 3 asuntos en trámite sentenciados, 46 asuntos de familia en
trámite, un asunto de familia sentenciado y 7 asuntos de jurisdicción voluntaria, haciendo un total
de 255 asuntos en trámite. Hay 18 asuntos en fase de ejecución sin incluir familia y 4 de familia.
En el orden jurisdiccional penal hay un sumario pendiente, 229 diligencias previas, 81
procedimientos abreviados, 15 juicios de faltas en trámite, 10 juicios de faltas sentenciados y 23
ejecutorias, en total 349 asuntos penales. Hay 2 asuntos pendientes exclusivamente de dictar
sentencia. El Juzgado presenta cifras globales bastante normalizadas en cuanto a los procesos en
fase declarativa. Destacan sin embargo en la relación individualizada 66 Juicios Ordinarios con
vista señalada, datando la incoación de algunos de varios años. No se han incluido los asuntos
civiles en ejecución, que en la estadística del primer semestre del año figuran en número de 848.
Su plantilla es claramente insuficiente si los datos de la estadística son correctos en cuanto a la
misma, 1 Gestor, 2 Tramitadores y 1 Auxilio. En civil en el primer semestre se han resuelto más
asuntos que los que han entrado. Las fechas de los proveídos son bastante recientes. El
señalamiento civil más alejado en el tiempo está previsto para abril de 2016. El número de
Diligencias Previas es algo alto, pero como refiere la Juzgadora en el informe, es normal si se
tiene en cuenta que el ingreso de la mayor parte es reciente. Y los demás datos, normales. No es
necesario adoptar medida alguna.
Particípese el presente acuerdo al Servicio de Inspección del Consejo General del Poder
Judicial, adjuntando copia del alarde (art. 127 del Reglamento 2/2011, de 28 de abril de la Carrera
Judicial), y al órgano afectado para su conocimiento y efectos procedentes.
5.45- ALARDE nº 00000161/2015 confeccionado por D./Dª de
JUZGADO DE LO PENAL NUMERO 2 DE MOTRIL (Granada), con motivo de su Cese y la Sala de
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DE
JUSTICIA
Gobierno, reunida en Comisión, oído el Ponente Don Juan José Parra Calderón, y por unanimidad,
acuerda APROBAR EL ALARDE CONFECCIONADO al ajustarse a lo prevenido en los artículos
317.3 de la Ley Orgánica del Poder Judicial y 124 y siguientes del Reglamento 2/2011, de 28 de
abril de la Carrera Judicial. El periodo al que se refiere está comprendido entre el 19 de septiembre
de 2013 y el 8 de septiembre de 2015. El resumen globalizado de asuntos recoge una pendencia
de 150 procedimientos y 333 ejecutorias. No hay asuntos pendientes exclusivamente de dictar
sentencia dejados al cese. Los números revelan un órgano judicial con parámetros similares a la
jurisdicción analizada y en el partido judicial analizado, con números envidiables para esta
jurisdicción en comparación con otros partidos judiciales, constando un adecuado impulso
procesal, no apreciándose disfunciones algunas, tratándose un órgano de reciente creación en
fecha 30 de junio de 2.011. Los números en Ejecutorias (333) resultan alentadores, constando un
adecuado impulso procesal, lo cual revela una respuesta adecuada del órgano judicial.
Particípese el presente acuerdo al Servicio de Inspección del Consejo General del Poder
Judicial, adjuntando copia del alarde (art. 127 del Reglamento 2/2011, de 28 de abril de la Carrera
Judicial), y al órgano afectado para su conocimiento y efectos procedentes.
5.46- REFUERZO Nº 106/2015.- Expediente relativo a adscripción de DON ,
Magistrado-Juez de Adscripción Territorial de la provincia de GRANADA, respecto de acuerdo de
Sala de 24/9/2015 se modifique en el sentido que el citado JAT ES PARA LOS JUZGADOS DE
FAMILIA 1ª INSTANCIA Nº 3, 10 y 16 y la Sala de Gobierno, por unanimidad, acuerda
INTERESAR que, en primer lugar, se determine la necesidad de refuerzo en función del número
de procedimiento de familia de que conoce el Juzgado número 16. Justificada, en su caso, esa
necesidad, que se elabore un Plan de Actuación proporcionado a la carga de asuntos de familia
que asume. Particípese el presente acuerdo al Ilmo. Sr. Decano de los Juzgados de Granada para
su conocimiento y efectos procedentes.
5.47- REFUERZO Nº 60/2015.- Expediente relativo a comisión de servicio con relevación de
funciones de 1 Magistrado para la Sección 6ª de la Audiencia Provincial de MÁLAGA, para
colaborar en el despacho ordinario de asuntos con los otros integrantes de la Sala, respecto de
comunicación del CGPJ dando traslado de acuerdo adoptado por la comisión permanente de 29
de abril, relativo a informar favorablemente comisión de servicios, con relevación de funciones a Dª
para reforzar la Sección 6ª de la Audiencia Provincial de MÁLAGA y
la Sala de Gobierno, por unanimidad, acuerda RATIFICAR el acuerdo de la Presidencia en sus
mismos términos.
5.48- REFUERZO Nº 00000320/2015.- Expediente relativo a adscripción de DON
, Juez de Adscripción Territorial de la provincia de GRANADA, a los Juzgados de
Primera Instancia de GRANADA, respecto de propuesta de distribución de cometidos y la Sala de
Gobierno, por unanimidad, acuerda APROBAR el Plan de Actuación remitido. Particípese el
presente acuerdo al Ilmo. Sr. Decano de los Juzgados de Granada para su conocimiento y efectos
34
ADMINISTRACIÓN
DE
JUSTICIA
procedentes.
5.49- ALARDE nº 00000046/2015 confeccionado por D./Dª de
JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCION NUMERO 2 DE MOTRIL (Granada), con
motivo de su Cese y la Sala de Gobierno, reunida en Comisión, oída la Ponente doña María Elena
Arias Salgado Robsy, y por unanimidad, acuerda APROBAR EL ALARDE CONFECCIONADO al
ajustarse a lo prevenido en los artículos 317.3 de la Ley Orgánica del Poder Judicial y 124 y
siguientes del Reglamento 2/2011, de 28 de abril de la Carrera Judicial. El periodo al que se refiere
está comprendido entre el 2 de abril de 2014 y el 13 de abril de 2015. El resumen globalizado de
asuntos recoge una pendencia en el orden jurisdiccional civil de 231 procedimientos en fase de
tramitación, 74 procedimientos relativos al derecho de familia, 14 asuntos de jurisdicción
voluntaria, 800 procedimientos en fase de ejecución y 32 ejecuciones de procedimientos de
derecho de familia. En el orden jurisdiccional penal existe un sumario pendiente, 94 diligencias
previas, 69 procedimientos abreviados, 118 juicios de faltas, un proceso de la Ley del Jurado y 52
ejecutorias. Revisadas las relaciones de asuntos y examinada la estadística del Juzgado así como
de los otros del mismo partido judicial, se puede apreciar que el mismo no evidencia ningún dato
fuera de la normalidad. La pendencia en civil no es alta, y similar a la de los otros Juzgados. Se
señalan las vistas aproximadamente a cuatro meses en civil y algo menos en penal, reflejando la
Magistrada en su informe el incremento de señalamientos en los días que les corresponde el uso
de la sala de vistas, para poder reducir tal pendencia. La ejecución civil incluso está por debajo de
la media en Juzgados como el objeto de alarde. El número de procedimientos abreviados es algo
alto, 46 procedimientos de los 69 incoados, el algunos de ellos desde hace casi cuatro meses. En
familia, parte de la pendencia se debe a la demora en los informes del equipo psicosocial,
poniendo de manifiesto el informe realizado por la magistrada que a veces tarda casi un año. La
cifra de juicios de faltas pendientes no es en realidad alta a la vista de los 44 que se encuentran
pendientes de notificar la sentencia; debiendo valorarse la posibilidad de dejar sin efecto el
seguimiento de juicios de faltas que refiere la magistrada cesante, que se mantiene desde el
alarde de 10 de abril de 2014, pues una pendencia de 70 juicios de faltas no resulta excesiva. En
definitiva debe aprobarse el alarde sin adopción de ninguna medida.
Particípese el presente acuerdo al Servicio de Inspección del Consejo General del Poder
Judicial, adjuntando copia del alarde (art. 127 del Reglamento 2/2011, de 28 de abril de la Carrera
Judicial), y al órgano afectado para su conocimiento y efectos procedentes.
5.50- ALARDE nº 00000091/2015 confeccionado por D./Dª de
JUZGADO DE LO PENAL NUMERO 4 DE GRANADA, con motivo de su Cese y la Sala de
Gobierno, reunida en Comisión, oído el Ponente Don Juan José Parra Calderón, y por unanimidad,
acuerda APROBAR EL ALARDE CONFECCIONADO al ajustarse a lo prevenido en los artículos
317.3 de la Ley Orgánica del Poder Judicial y 124 y siguientes del Reglamento 2/2011, de 28 de
abril de la Carrera Judicial. El periodo al que se refiere está comprendido entre el 17 de julio de
2008 y el 9 de junio de 2015. El resumen globalizado de asuntos recoge una pendencia de 152
35
ADMINISTRACIÓN
DE
JUSTICIA
procedimientos y 553 ejecutorias. No hay asuntos pendientes exclusivamente de dictar sentencia
dejados al cese. Los números revelan un órgano judicial con parámetros similares a la jurisdicción
analizada y en el partido judicial analizado, con números envidiables para esta jurisdicción en
comparación con otros partidos judiciales, constando un adecuado impulso procesal, e incluso
cierta mejoría respecto a la fecha del alarde anterior. Los números en Ejecutorias resultan
alentadores, constando un adecuado impulso procesal, lo cual revela pese a la pendencia, una
respuesta adecuada del órgano judicial.
Particípese el presente acuerdo al Servicio de Inspección del Consejo General del Poder
Judicial, adjuntando copia del alarde (art. 127 del Reglamento 2/2011, de 28 de abril de la Carrera
Judicial), y al órgano afectado para su conocimiento y efectos procedentes.
5.51- ALARDE nº 00000114/2015 confeccionado por D./Dª de
JUZGADO DE LO MERCANTIL NUMERO 1 DE MÁLAGA, con motivo de su Cese y la Sala de
Gobierno, reunida en Comisión, oído el ponente Doña María José Rivas Velasco, y por
unanimidad, acuerda APROBAR EL ALARDE CONFECCIONADO, al ajustarse a lo prevenido en
los artículos 317.3 de la Ley Orgánica del Poder Judicial y 124 y siguientes del Reglamento
2/2011, de 28 de abril, de la Carrera Judicial. El período al que se refiere está comprendido entre
el 13 de octubre de 2009 hasta el 9 de junio de 2015, fecha la excedencia voluntaria del anterior
titular don Enrique Sanjuán. No hay por tanto anterior alarde. Del cuadro resumen de asuntos
pendientes recogido al final del alarde encontramos que procedimientos concursales se
encuentran pendientes los siguientes: Concurso de acreedores 607; incidentes concursales 161;
incidentes laborales1; incidentes de previo pronunciamiento y autorizaciones 52; ejecuciones 61;
pendientes de sentencia o auto 60, en total 942. No concursal: procedimientos declarativos 1905;
jurisdicción voluntaria 6; ejecución 179; incidentes de previo pronunciamiento de medidas
cautelares 28; pendiente exclusivamente de sentencia o auto 6; total 2124. Pendientes de incoar a
la fecha de cierre del alarde 193 asuntos, en su mayoría en materia de condiciones generales de
la contratación. Pendencia global 3259 asuntos en trámite. Del examen pormenorizado de asuntos
se desprende, en general, un adecuado control de los procedimientos y que los asuntos aparecen
proveídos, se aprecia la existencia de pleitos pendientes muy antiguos como por ejemplo del 2004
al 2010, que se encuentran pendientes de liquidación o de cumplimiento de convenio, dando lugar
que queden paralizados por períodos de tiempo muy largos, en espera de los referidos
cumplimientos periódicos o en el supuesto de liquidación, en ocasiones de tramitación de
procedimientos en otros Juzgados para obtener efectivo que llevar al concurso. En lo relativo a la
materia no concursal, aparecen los procedimientos tramitados en fechas próximas a la elaboración
del alarde, y los que necesitan vista, con fecha fijada de señalamiento. Es de destacar que
estando pendiente los procedimientos indicados de resoluciones definitivas en forma de sentencia
o de auto, habrán de ser dictadas, informando una vez se haya producido. En el informe del
Magistrado-Juez se pone en conocimiento que cuando se incorporó al Juzgado había más de mil
procedimientos sin incoar, lo que dio lugar a una solicitud de inspección del Consejo General del
Poder Judicial, que concluyó afirmando la necesidad de 9 órganos mercantiles más en Málaga.
36
ADMINISTRACIÓN
DE
JUSTICIA
Igualmente manifestó el incremento de las causas derivadas de la tramitación de los
procedimientos relativos a las denominadas cláusulas suelo, poniendo de relieve la necesidad de
mantener los refuerzos que se vienen adoptando para poder dar una respuesta relativamente
cercana en el tiempo al ingente volumen de trabajo que soportar juzgado. Por todo lo expuesto, se
entiende que la situación del órgano judicial a la fecha de cierre del alarde es en general
adecuada, en relación con la carga competencial que soporta, debiendo de reiterarse la necesidad
de incrementar los órganos judiciales mercantiles que presten servicios en la referida provincia
atendido el volumen inasumible de trabajo que soportan. Ha de hacerse mención especial al
encomiable trabajo desarrollado por el titular cesante habida cuenta que, pese a esa reiterada
inasumible carga de trabajo, ha desplegado una actividad ingente, que ha supuesto una mejora
notable en los tiempos de respuesta judicial. Igualmente hacerse mención, al trabajo desplegado
por el señor letrado de la Administración de Justicia, cuya encomiable actuación permite
igualmente evitar el colapso del referido órgano judicial.
Particípese el presente acuerdo al Servicio de Inspección del Consejo General del Poder
Judicial, adjuntando una de las copias del Alarde (artículo 127 de Reglamento 2/2011, de 28 de
abril, de la Carrera Judicial), y al órgano afectado para su conocimiento y efectos procedentes.
5.52- ALARDE nº 00000144/2015 confeccionado por D./Dª de
JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCION NUMERO 2 DE PUENTE GENIL
(Córdoba), con motivo de su Cese y la Sala de Gobierno, reunida en Comisión, oída la Ponente
Doña María Elena Arias Salgado Robsy, y por unanimidad, acuerda APROBAR EL ALARDE
CONFECCIONADO al ajustarse a lo prevenido en los artículos 317.3 de la Ley Orgánica del Poder
Judicial y 124 y siguientes del Reglamento 2/2011, de 28 de abril de la Carrera Judicial. El periodo
al que se refiere está comprendido entre el 28 de abril de 2011 y el 4 de septiembre de 2015. El
resumen globalizado de asuntos recoge una pendencia en el orden jurisdiccional civil de 199
asuntos en trámite sin incluir familia, 2 asuntos en trámite sentenciados, 49 asuntos de familia en
trámite, 2 asuntos de familia sentenciados y 14 asuntos de jurisdicción voluntaria, lo que supone
un total de 262 asuntos en trámite. En fase de ejecución sin incluir familia hay 407 asuntos y 20 de
familia, 427 en total. En el orden jurisdiccional penal existen 61 diligencias previas pendientes, 41
procedimientos abreviados, 20 juicios de faltas en trámite, 10 juicios de faltas sentenciados, 8
juicios por delito leve, 6 juicios por delito leve sentenciados y 22 ejecutorias de juicios de faltas, un
total de 152 asuntos. No hay asuntos pendientes exclusivamente de dictar sentencia dejados al
cese. Su estado, en consecuencia es de total normalización, si bien como pone de manifiesto la
Juez cesante, debe destacarse que únicamente cuenta con 2 Gestores, 2 Tramitadores y 1
Funcionario de Auxilio, lo que ciertamente constituye una plantilla insuficiente para cualquier
órgano judicial, y cuya labor y dedicación, junto con el de la Secretaria (Letrada de la
Administración de Justicia) se hace constar en el informe emitido por aquella, como determinante
del buen estado actual del Juzgado. Ciertamente no tiene una entrada alta de asuntos como se
verifica en la estadística del primer semestre del año, pero es de destacar que en la misma consta
mayor resolución de asuntos que entrada de los mismos en la jurisdicción civil, lo que hoy en día
37
ADMINISTRACIÓN
DE
JUSTICIA
es ciertamente meritorio. Siendo su volumen de pendencia inferior al del Juzgado nº 1, no obstante
tener éste exenciones importantes en lo penal, por razón de la Violencia de Género. Las cifras de
pendencia son muy bajas; las fechas de los último proveídos recientes y las de los señalamientos
más alejados en el tiempo de tres meses en lo civil y de dos en lo penal. Debe hacerse constar la
buena actuación de todos los integrantes del Juzgado y su implicación puesta de manifiesto por la
juez cesante en el estado del Juzgado. La Sala de Gobierno, por unanimidad, ha acordado que se
comuniquen a la Junta de Andalucía las quejas de la Juez respecto al edificio de nueva
construcción, en orden a la climatización del mismo.
Particípese el presente acuerdo al Servicio de Inspección del Consejo General del Poder
Judicial, adjuntando copia del alarde (art. 127 del Reglamento 2/2011, de 28 de abril de la Carrera
Judicial), y al órgano afectado para su conocimiento y efectos procedentes.
5.53- ALARDE nº 00000152/2015 confeccionado por D./Dª de
JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCION NUMERO 2 DE ESTEPONA (Málaga),
con motivo de su Cese y la Sala de Gobierno, reunida en Comisión, oída la Ponente Doña María
Elena Arias Salgado Robsy, y por unanimidad, acuerda APROBAR EL ALARDE
CONFECCIONADO al ajustarse a lo prevenido en los artículos 317.3 de la Ley Orgánica del Poder
Judicial y 124 y siguientes del Reglamento 2/2011, de 28 de abril de la Carrera Judicial. El periodo
al que se refiere está comprendido entre el 20 de septiembre de 2013 y el 2 de septiembre de
2015. El resumen globalizado de asuntos recoge una pendencia en el orden jurisdiccional civil de
892 asuntos en trámite sin incluir familia, 31 asuntos en trámite sentenciados, 77 asuntos de
familia en trámite, 6 asuntos de familia sentenciados y 4 asuntos de jurisdicción voluntaria,
haciendo un total de 973 asuntos en trámite. En fase de ejecución sin incluir familia hay 1.603 y 41
ejecuciones de derecho de familia, lo que supone un total de 1.644 asuntos en ejecución. En el
orden jurisdiccional penal existen 286 diligencias previas pendientes, 125 procedimientos
abreviados, 54 juicios de faltas en trámite, 29 juicios de faltas sentenciados y 28 ejecutorias, con
un total de 493 asuntos penales. No hay asuntos pendientes exclusivamente de dictar sentencia
dejados al cese. El alarde examinado refleja un estado muy similar al que fue objeto de informe en
fecha 20 de julio de 2015 realizado por la Juez adscrita al mismo Juzgado en el expediente de
alarde 119/2015. La relación global y singularizada de asuntos pendientes sigue poniendo de
manifiesto un retraso muy relevante en la Jurisdicción Civil, con gran cantidad de demandas sobre
todo de títulos ejecutivos pendientes de incoar y que ya cuentan con número de autos, datando su
ingreso de aproximadamente un año, esto es de agosto y septiembre de 2014. La cifra total
reflejada en la estadística del primer semestre de demandas de todo tipo pendientes de incoar es
de 623 asuntos El problema estructural ya fue puesto de manifiesto en el alarde al que se ha
hecho referencia, que no resulta solucionado con la dotación de refuerzo judicial si no se
acompaña con un importante refuerzo de Letrados de la Administración de Justicia y Funcionarios
de reconocida experiencia que puedan afrontar el gran volumen de asuntos que entran al año.
Cinco Juzgados Mixtos son claramente insuficientes para atender ese volumen que, como pone de
manifiesto el Juez cesante, está compuesto además de muchos asuntos de gran complejidad y
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DE
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evidente dificultad para una tramitación ágil. El número de procesos en fase declarativa no es muy
alto, siendo la fecha del señalamiento más alejado en el tiempo de diciembre de 2015. Las últimas
fechas de proveídos en muchos asuntos datan de 2014 y alguna de 2013. Los escritos pendientes
de proveer se han incrementado respecto al anterior alarde, sumando 1692 de los que 532 son de
trámite y 1160 de ejecución, datando de más de treinta días de antigüedad 1534 escritos. Con
estos datos, es evidente que con la situación actual el Juzgado irá a peor, sin que el simple
refuerzo judicial pueda mejorarlo. En lo que respecta a la Jurisdicción penal, al igual que se
constató en el anterior alarde, la situación está más normalizada, sin nada que destacar de
relevancia. En cuanto a las medidas y soluciones hay que remitirse a lo dicho en julio de 2015. Se
precisa la creación de más Juzgados. Una exención o gran reducción del reparto civil, y la
actualización de todo lo pendiente.
Particípese el presente acuerdo al Servicio de Inspección del Consejo General del Poder
Judicial, adjuntando copia del alarde (art. 127 del Reglamento 2/2011, de 28 de abril de la Carrera
Judicial), y al órgano afectado para su conocimiento y efectos procedentes.
5.54- MEDIDA DE APOYO JUDICIAL Nº 85/2014.- Expediente relativo a comisión de servicio con
relevación de funciones de D. , Titular de la Audiencia
Provincial de GRANADA, para la cobertura de la Dirección del Gabinete de Apoyo a la Presidencia
de este TSJA, en sus ámbitos de gestión judicial, institucional y representativa. Respecto de
comunicaciones del Consejo General del Poder Judicial de fecha 1/10/2015 Comisión
Permanente, aprobando prorrogar la comisión de servicio, con relevación de funciones a favor del
citado Magistrado, la cual se inició con fecha 30/9/2015 al haber expirado la anterior el 29/9/2015 y
del escrito del Ministerio de Justicia de fecha 9/10/2015, participando al Ministerio la fecha de inicio
y la Sala de Gobierno, por unanimidad, acuerda TOMAR CONOCIMIENTO del acuerdo del
Consejo General del Poder Judicial prorrogando la medida por seis meses y del Ministerio de
Justicia, autorizándola a efectos económicos hasta 31 de diciembre de 2015. Particípese el
presente acuerdo a la Gerencia Territorial del Ministerio de Justicia en Granada y al interesado
para su conocimiento y efectos procedentes.
5.55- REFUERZO Nº 00000318/2015.- Expediente relativo a adscripción de DON
, Juez de Adscripción Territorial de la provincia de HUELVA, a los Juzgados de
Primera Instancia e Instrucción de AYAMONTE (Huelva), relativo a plan de actuación y la Sala de
Gobierno, por unanimidad, acuerda APROBAR el Plan de Actuación remitido. Particípese el
presente acuerdo al Ilmo. Sr. Decano de los Juzgados de Ayamonte (Huelva) para su
conocimiento y efectos procedentes.
5.56- AUTORIZACIÓN DE ACTUACIÓN Nº 00000624/2015, del/de la Sr./a. Juez Sustituto con
destino en CÓRDOBA D./Dª. , para ACLARACIÓN Y
COMPLEMENTACIÓN DE SENTENCIA en JUICIO ORDINARIO nº 1532/2013 del JUZGADO DE
PRIMERA INSTANCIA NUMERO 8 DE CÓRDOBA y la Sala de Gobierno, por unanimidad,
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DE
JUSTICIA
acuerda AUTORIZAR LA ACTUACIÓN SOLICITADA, conforme a lo previsto en el art. 194.1 de la
Ley 1/2000, de 7 de enero, en relación con el art. 256 de la Ley Orgánica 6/85, de 1 de julio, del
Poder Judicial, debiendo acreditarse el cumplimiento de la autorización concedida, remitiendo a
este Tribunal Superior, copia simple de la resolución dictada al respecto. Particípese el presente
Acuerdo a los órganos afectados, para su conocimiento y efectos procedentes, respecto de la
autorización concedida.
5.57- AUTORIZACIÓN DE ACTUACIÓN Nº 00000626/2015, del/de la Sr./a. Juez Sustituto con
destino en CÓRDOBA D./Dª. , para DICTAR
SENTENCIA en JUICIO ORAL nº 34/2014 del JUZGADO DE LO PENAL NUMERO 1 DE
CÓRDOBA y la Sala de Gobierno, por unanimidad, acuerda AUTORIZAR LA ACTUACIÓN
SOLICITADA, conforme a lo previsto en el art. 194.1 de la Ley 1/2000, de 7 de enero, en relación
con el art. 256 de la Ley Orgánica 6/85, de 1 de julio, del Poder Judicial, debiendo acreditarse el
cumplimiento de la autorización concedida, remitiendo a este Tribunal Superior, copia simple de la
resolución dictada al respecto. Particípese el presente Acuerdo a los órganos afectados, para su
conocimiento y efectos procedentes, respecto de la autorización concedida.
5.58- AUTORIZACIÓN DE ACTUACIÓN Nº 00000627/2015, del/de la Sr./a. Juez Sustituto con
destino en CÓRDOBA D./Dª. , para DICTAR
SENTENCIA en JUICIO ORAL nº 540/2014 del JUZGADO DE LO PENAL NUMERO 1 DE
CÓRDOBA y la Sala de Gobierno, por unanimidad, acuerda AUTORIZAR LA ACTUACIÓN
SOLICITADA, conforme a lo previsto en el art. 194.1 de la Ley 1/2000, de 7 de enero, en relación
con el art. 256 de la Ley Orgánica 6/85, de 1 de julio, del Poder Judicial, debiendo acreditarse el
cumplimiento de la autorización concedida, remitiendo a este Tribunal Superior, copia simple de la
resolución dictada al respecto. Particípese el presente Acuerdo a los órganos afectados, para su
conocimiento y efectos procedentes, respecto de la autorización concedida.
5.59- AUTORIZACIÓN DE ACTUACIÓN Nº 00000628/2015, del/de la Sr./a. Juez Sustituto con
destino en CÓRDOBA D./Dª. , para DICTAR
SENTENCIA en JUICIO ORAL nº 509/2014 del JUZGADO DE LO PENAL NUMERO 1 DE
CÓRDOBA y la Sala de Gobierno, por unanimidad, acuerda AUTORIZAR LA ACTUACIÓN
SOLICITADA, conforme a lo previsto en el art. 194.1 de la Ley 1/2000, de 7 de enero, en relación
con el art. 256 de la Ley Orgánica 6/85, de 1 de julio, del Poder Judicial, debiendo acreditarse el
cumplimiento de la autorización concedida, remitiendo a este Tribunal Superior, copia simple de la
resolución dictada al respecto. Particípese el presente Acuerdo a los órganos afectados, para su
conocimiento y efectos procedentes, respecto de la autorización concedida.
5.60- AUTORIZACIÓN DE ACTUACIÓN Nº 00000629/2015, del/de la Sr./a. Juez Sustituto con
destino en CÓRDOBA D./Dª. , para DICTAR
SENTENCIA en JUICIO ORAL nº 537/2014 del JUZGADO DE LO PENAL NUMERO 1 DE
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DE
JUSTICIA
CÓRDOBA y la Sala de Gobierno, por unanimidad, acuerda AUTORIZAR LA ACTUACIÓN
SOLICITADA, conforme a lo previsto en el art. 194.1 de la Ley 1/2000, de 7 de enero, en relación
con el art. 256 de la Ley Orgánica 6/85, de 1 de julio, del Poder Judicial, debiendo acreditarse el
cumplimiento de la autorización concedida, remitiendo a este Tribunal Superior, copia simple de la
resolución dictada al respecto. Particípese el presente Acuerdo a los órganos afectados, para su
conocimiento y efectos procedentes, respecto de la autorización concedida.
5.61- AUTORIZACIÓN DE ACTUACIÓN Nº 00000630/2015, del/de la Sr./a. Juez Titular de
Refuerzo, provincia de MADRID D./Dª. , para ACLARACIÓN Y
COMPLEMENTACIÓN DE SENTENCIA en PROCEDIMIENTO ORDINARIO nº 492/2013 del
JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCION NUMERO 1 DE MOGUER (Huelva) y la
Sala de Gobierno, por unanimidad, acuerda NO AUTORIZAR la actuación solicitada dado que el
contenido de la misma es únicamente determinante de la vinculación objetiva del órgano en el que
se dictó la resolución a la que hace referencia, sin que exista vinculación subjetiva que impida
atender lo solicitado al actual titular jurisdiccional. Particípese el presente Acuerdo al órgano
afectado, para su conocimiento y efectos procedentes.
5.62- AUTORIZACIÓN DE ACTUACIÓN Nº 00000631/2015, del/de la Sr./a. Magistrado Titular con
destino en JUZGADO DE LO SOCIAL NUMERO 1 DE CÓRDOBA D./Dª.
, para DICTAR SENTENCIA en DESPIDOS/CESES EN GENERAL nº
319/2010 del JUZGADO DE LO SOCIAL NUMERO 1 DE ALGECIRAS (Cádiz) y la Sala de
Gobierno, por unanimidad, acuerda AUTORIZAR LA ACTUACIÓN SOLICITADA, conforme a lo
previsto en el art. 98.1 de la Ley de la Jurisdicción Social, Ley 36/11, de 10 de octubre, en relación
con el art. 256 de la Ley Orgánica 6/85, de 1 de julio, del Poder Judicial, debiendo acreditarse el
cumplimiento de la autorización concedida, remitiendo a este Tribunal Superior, copia simple de la
resolución dictada al respecto. Particípese el presente Acuerdo a los órganos afectados, para su
conocimiento y efectos procedentes y al Consejo General del Poder Judicial, con remisión de
antecedentes, a los efectos económicos del desplazamiento y la autorización, en su caso, de la
ausencia del destino.
5.63- AUTORIZACIÓN DE ACTUACIÓN Nº 00000632/2015 del/de la Sr./a. Juez Titular con
destino en JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCION NUMERO 3 DE VILLENA
(Alicante) D./Dª. , para DICTAR SENTENCIA en
PROCEDIMIENTO ORDINARIO nº 1590/2009 del JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E
INSTRUCCION NUMERO 1 DE VERA (Almería) y la Sala de Gobierno, por unanimidad, acuerda
NO AUTORIZAR la actuación solicitada al no concurrir la vista o juicio a que se ha ce referencia en
el artículo 194 de la LEC. Particípese el presente Acuerdo al órgano afectado, para su
conocimiento y efectos procedentes.
5.64- AUTORIZACIÓN DE ACTUACIÓN Nº 00000459/2015 del/de la Sr./a. Juez Titular con
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DE
JUSTICIA
destino en GRANADA D./Dª. , para DICTAR AUTO en PIEZA
SEPARADA nº 994.01/2014 del JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA NUMERO 11 DE
GRANADA. Respecto de comunicación recibida del CGPJ en relación a la Autorización concedida
en el presente Expediente y la Sala de Gobierno, por unanimidad, acuerda ESTAR a la
autorización ya concedida. Particípese el presente Acuerdo al órgano afectado, para su
conocimiento y efectos procedentes.
5.65- AUTORIZACIÓN DE ACTUACIÓN Nº 00000549/2015 del/de la Sr./a. Magistrado Titular con
destino en JUZGADO DE INSTRUCCION NUMERO 3 DE TORREMOLINOS (Málaga) D./Dª.
, para ACLARACIÓN Y COMPLEMENTACIÓN DE
SENTENCIA en PROCEDIMIENTO ORDINARIO nº 274/2013 del JUZGADO DE PRIMERA
INSTANCIA E INSTRUCCION NUMERO 5 DE VÉLEZ-MÁLAGA (Málaga). Respecto de
comunicación recibida del CGPJ en relación a la Autorización concedida en el presente
Expediente y la Sala de Gobierno, por unanimidad, acuerda ESTAR a la autorización ya
concedida. Particípese el presente Acuerdo al órgano afectado, para su conocimiento y efectos
procedentes.
5.66- AUTORIZACIÓN DE ACTUACIÓN Nº 00000549/2014 del/de la Sr./a. Juez Sustituto con
destino en MÁLAGA D./Dª. , para DICTAR SENTENCIA en
JUICIO VERBAL nº 1538/2013 del JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA NUMERO 5 DE
FUENGIROLA (Málaga). Respecto de comunicación recibida del CGPJ en relación a la
Autorización concedida en el presente Expediente y la Sala de Gobierno, por unanimidad, acuerda
RETIRAR del orden del día el expediente al haber incluido en el mismo por error.
5.67- ALARDE nº 00000104/2015 confeccionado por D./Dª de
JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCION NUMERO 1 DE BAENA (Córdoba), con
motivo de su Cese y la Sala de Gobierno, reunida en Comisión, oído el Ponente Don Antonio
Alcalá Navarro, y por unanimidad, acuerda APROBAR EL ALARDE CONFECCIONADO al
ajustarse a lo prevenido en los artículos 317.3 de la Ley Orgánica del Poder Judicial y 124 y
siguientes del Reglamento 2/2011, de 28 de abril de la Carrera Judicial. El periodo al que se refiere
está comprendido entre el 10 de marzo de 2012 y el 8 de junio de 2015. El resumen globalizado de
asuntos recoge una pendencia en el orden jurisdiccional civil de 253 procedimientos en fase de
tramitación, 46 procedimientos relativos al derecho de familia, 18 asuntos de jurisdicción
voluntaria, 675 procedimientos en fase de ejecución, 45 ejecuciones de procedimientos de
derecho de familia, 21 exhortos, 58 escritos de trámite y 252 escritos de ejecución pendientes de
proveer. En el orden jurisdiccional penal existe un sumario pendiente, 195 diligencias previas, 103
procedimientos abreviados, 72 juicios de faltas y 83 ejecutorias. No hay asuntos pendientes
exclusivamente de dictar sentencia dejados al cese. El juzgado se encuentra en una situación
buena como los que para ese módulo de asuntos tienen los juzgados de similares características
de Andalucía. En el orden civil el volumen de entrada de asuntos supera ligeramente (4 asuntos
42
ADMINISTRACIÓN
DE
JUSTICIA
más) el número fijado por el Consejo General del Poder Judicial, así en el año 2014 tuvieron
entrada 888 asuntos, cuando el módulo fijado se sitúa en una horquilla de 738-884 asuntos. La
situación debe ser analizada desde esta perspectiva, sin embargo lo cierto es que el volumen de
pendencia tanto en trámite, con 253 asuntos, como en ejecución con 675, colocan a este órgano
en unos niveles de pendencia aceptables. En el orden penal se observa un número reducido de
procedimientos pendientes, sobre todo diligencias previas, pudiendo calificarse el estado del
juzgado de muy bueno. En líneas generales el juzgado presenta un estado muy parecido a los de
similares características de la comunidad autónoma, caso de los de Antequera, Ronda o Torrox,
se observa un número ligeramente superior a estos juzgados en el número de procedimientos
abreviados, pero dentro de la normalidad, teniendo en cuenta que en determinados momentos
puede existir una acumulación de estos procedimientos por vicisitudes estrictamente procesales,
como dificultades en los actos de comunicación, diligencias de instrucción pendientes, etc. A la
vista de tales circunstancias no procede la adopción de medida extraordinaria alguna, sólo las
ordinarias que se adoptaren respecto de los órganos de la misma clase en la comunidad
autónoma.
Particípese el presente acuerdo al Servicio de Inspección del Consejo General del Poder
Judicial, adjuntando copia del alarde (art. 127 del Reglamento 2/2011, de 28 de abril de la Carrera
Judicial), y al órgano afectado para su conocimiento y efectos procedentes.
5.68- ALARDE nº 00000108/2015 confeccionado por D./Dª de
JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA NUMERO 7 DE MARBELLA (Málaga), con motivo de su
Cese y la Sala de Gobierno, reunida en Comisión, oída la ponente Doña María José Rivas
Velasco, y por unanimidad, acuerda APROBAR EL ALARDE CONFECCIONADO, al ajustarse a lo
prevenido en los artículos 317.3 de la Ley Orgánica del Poder Judicial y 124 y siguientes del
Reglamento 2/2011, de 28 de abril, de la Carrera Judicial. El período al que se refiere está
comprendido entre fecha de creación del Juzgado y el 9 de junio de 2015, fecha del cese de la
Magistrada. No hay por tanto, anterior alarde. Del cuadro resumen de asuntos pendientes recogido
al final del alarde se desprende que no existen pendientes procedimientos declarativos anteriores
a la Ley de Enjuiciamiento Civil 1/2000, y quedan 656 procedimientos declarativos pendientes
regulados por la Ley de Enjuiciamiento Civil 1/2000 en trámite anterior a sentencia o resolución de
fondo, 72 procedimientos declarativos en trámite relativos a derecho de familia, 24 asuntos de
Jurisdicción Voluntaria y 993 ejecuciones ordinarias y 24 ejecuciones de Derecho de Familia. En la
relación de asuntos pendientes aparecen dos asuntos pendientes de sentencia que ha de dictar el
Magistrado que sustituyó en la celebración de las vistas a la titular en el Juzgado que causó baja
por hospitalización de hijo. Del examen pormenorizado de asuntos se desprende, en general, un
adecuado control de los procedimientos y que los asuntos aparecen proveídos, en periodos de
tiempo relativamente corto en relación con la carga de trabajo. Ha de indicarse como indica la
Magistrada cesante que en el partido judicial hay numerosos extranjeros residentes con las
consiguientes dificultades de localización y de retraso, aunque por los números referidos no se
aprecia éste. Los procedimientos de ejecución más antiguos ser remontan al año 2010 pero son
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DE
JUSTICIA
solo dos y están proveídos en el mes anterior a la fecha del alarde. El número de ejecuciones no es
excesivo y se encuentra entre los más bajos de los Juzgados de la misma localidad, dada la alta
litigiosidad y las fechas de los proveídos tanto en ejecución como en fase declarativa oscilan en los
tres meses anteriores a su confección a excepción de los que se encuentran pendientes de que
inste la parte. Los más antiguos en fase de ejecución se remontan al año 2010, pero están
pendientes la mayoría de petición de parte. Por todo lo expuesto, se entiende que la situación del
órgano judicial a la fecha de cierre del alarde es en general adecuada, en relación con la carga
competencial que soporta.
Particípese el presente acuerdo al Servicio de Inspección del Consejo General del Poder
Judicial, adjuntando una de las copias del Alarde (artículo 127 de Reglamento 2/2011, de 28 de
abril, de la Carrera Judicial), y al órgano afectado para su conocimiento y efectos procedentes.
5.69- ALARDE nº 00000116/2015 confeccionado por D./Dª de
JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCION NUMERO 2 DE EL PUERTO DE SANTA
MARIA (Cádiz), con motivo de su Cese y la Sala de Gobierno, reunida en Comisión, oído el
Ponente Don Antonio Alcalá Navarro, y por unanimidad, acuerda APROBAR EL ALARDE
CONFECCIONADO al ajustarse a lo prevenido en los artículos 317.3 de la Ley Orgánica del Poder
Judicial y 124 y siguientes del Reglamento 2/2011, de 28 de abril de la Carrera Judicial. El periodo
al que se refiere está comprendido entre el 10 de septiembre de 2011. El resumen globalizado de
asuntos recoge una pendencia en el orden jurisdiccional civil de 221 procedimientos en fase de
tramitación, 81 procedimientos relativos al derecho de familia, 6 asuntos de jurisdicción voluntaria,
552 procedimientos en fase de ejecución, 50 ejecuciones de procedimientos de derecho de familia
y 58 escritos de trámite pendientes de proveer. En el orden jurisdiccional penal existe un sumario
pendiente, 168 diligencias previas, 80 procedimientos abreviados, 108 juicios de faltas y 57
ejecutorias. No hay asuntos pendientes exclusivamente de dictar sentencia dejados al cese. El
juzgado se encuentra en una situación buena como los que para ese módulo de asuntos tienen los
juzgados de similares características en Andalucía. En el orden civil el volumen de entrada de
asuntos supera ampliamente el número fijado por el Consejo General del Poder Judicial, así en el
año 2014 tuvieron entrada 1064 asuntos, cuando el módulo fijado se sitúa en una horquilla de 738-
884 asuntos. La situación debe ser analizada desde esta perspectiva, sin embargo lo cierto es que
el volumen de pendencia tanto en trámite con 221 asuntos, como en ejecución con 552 colocan a
este órgano en unos niveles de pendencia aceptables. En el orden penal se observa un número
más que aceptable de procedimientos pendientes, así diligencias previas quedan pendientes 168,
pudiendo calificarse el estado del juzgado de muy bueno. En líneas generales el juzgado presenta
un estado muy parecido a los de similares características en la comunidad autónoma, aunque se
observa un número de procedimientos civiles pendientes ligeramente superior a otros juzgados, si
bien el número de asuntos registrados es notoriamente superior, por tanto la situación debe
calificarse de buena. A la vista de tales circunstancias no procede la adopción de medida
extraordinaria alguna, sólo las ordinarias que se adoptaren respecto de los órganos de la misma
clase en la comunidad autónoma.
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ADMINISTRACIÓN
DE
JUSTICIA
Particípese el presente acuerdo al Servicio de Inspección del Consejo General del Poder
Judicial, adjuntando copia del alarde (art. 127 del Reglamento 2/2011, de 28 de abril de la Carrera
Judicial), y al órgano afectado para su conocimiento y efectos procedentes.
5.70- ALARDE nº 00000120/2015 confeccionado por D./Dª
de JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCION NUMERO 3 DE MELILLA,
con motivo de su Cese y la Sala de Gobierno, reunida en Comisión, oído el Ponente Don Antonio
Alcalá Navarro, y por unanimidad, acuerda APROBAR EL ALARDE CONFECCIONADO al
ajustarse a lo prevenido en los artículos 317.3 de la Ley Orgánica del Poder Judicial y 124 y
siguientes del Reglamento 2/2011, de 28 de abril de la Carrera Judicial. El periodo al que se refiere
está comprendido entre el 10 de abril de 2010 y el 9 de junio de 2015. El resumen globalizado de
asuntos recoge una pendencia en el orden jurisdiccional civil de 112 procedimientos en fase de
tramitación, 40 procedimientos relativos al derecho de familia, 3 asuntos de jurisdicción voluntaria,
266 procedimientos en fase de ejecución y 35 ejecuciones de procedimientos de derecho de
familia. En el orden jurisdiccional penal existen 2 sumarios pendientes, 139 diligencias previas, 104
procedimientos abreviados, 123 juicios de faltas, 2 procesos de la Ley del Jurado, 46 ejecutorias y
20 asuntos pendientes exclusivamente de dictar sentencia. El juzgado se encuentra en una
situación excelente a la vista de la estadística presentada. En el orden civil el volumen de entrada
de asuntos es notoriamente inferior al número fijado por el Consejo General del Poder Judicial, así
en el año 2014 tuvieron entrada 422 asuntos, cuando el módulo fijado se sitúa en una horquilla de
738-884 asuntos. La situación debe ser analizada desde esta perspectiva, sin embargo lo cierto es
que el volumen de pendencia tanto en trámite, con 112 asuntos, como en ejecución con 266,
colocan a este órgano en unos niveles de pendencia extraordinarios, si bien ello se explica porque
el número de asuntos que ingresa anualmente está muy por debajo de la horquilla fijada por el
Consejo General del Poder Judicial. Si se compara con la estadística de otros juzgados analizados
en la misma localidad, este presenta unos datos notoriamente mejores. En el orden penal se
observa un número reducido de procedimientos pendientes, sobre todos de diligencias previas,
pudiendo calificarse el estado del juzgado de muy bueno. En líneas generales el juzgado presenta
unos niveles de pendencia ideales, que se justifican por el bajo número de asuntos que ingresa
anualmente. A la vista de tales circunstancias no procede la adopción de medida extraordinaria
alguna, sólo las ordinarias que se adoptaren respecto de los órganos de la misma clase en la
comunidad autónoma. Procede la habilitación de dicho magistrado juez para que dicte las 20
resoluciones pendientes.
Particípese el presente acuerdo al Servicio de Inspección del Consejo General del Poder
Judicial, adjuntando copia del alarde (art. 127 del Reglamento 2/2011, de 28 de abril de la Carrera
Judicial), y al órgano afectado para su conocimiento y efectos procedentes.
5.71- ALARDE nº 00000125/2015 confeccionado por D./Dª
de JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCION NUMERO 1 DE
PEÑARROYA-PUEBLONUEVO (Córdoba), con motivo de su Cese y la Sala de Gobierno, reunida
45
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DE
JUSTICIA
en Comisión, oído el Ponente Don Antonio Alcalá Navarro, y por unanimidad, acuerda APROBAR
EL ALARDE CONFECCIONADO al ajustarse a lo prevenido en los artículos 317.3 de la Ley
Orgánica del Poder Judicial y 124 y siguientes del Reglamento 2/2011, de 28 de abril de la Carrera
Judicial. El periodo al que se refiere está comprendido entre el 20 de mayo de 2014 y el 22 de
junio de 2015. El resumen globalizado de asuntos recoge una pendencia en el orden jurisdiccional
civil de 141 procedimientos en fase de tramitación, 30 procedimientos relativos al derecho de
familia, 11 asuntos de jurisdicción voluntaria, 475 procedimientos en fase de ejecución, 19
ejecuciones de procedimientos de derecho de familia, 10 escritos de trámite y 4 escritos de
ejecución pendientes de proveer. Hay 4 asuntos pendientes exclusivamente de dictar sentencia
dejados al cese, por lo que habrá de habilitarse a la Sra. Juez autora del alarde para que dicte las
correspondientes resoluciones. En el orden jurisdiccional penal existe un sumario pendiente, 143
diligencias previas, 36 procedimientos abreviados, 83 juicios de faltas y 21 ejecutorias. El juzgado
se encuentra en una situación buena como los que pare ese módulo de asuntos tienen los
juzgados de similares características en Andalucía. En el orden jurisdiccional civil el volumen de
entrada de asuntos no supera el número fijado por el Consejo General del Poder Judicial, así en el
año 2014 tuvieron entrada 500 asuntos, cuando el módulo fijado se sitúa en una horquilla de 738-
884 asuntos. La situación debe ser analizada desde esta perspectiva, sin embargo lo ciertos es
que el volumen de pendencia tanto en trámite con 141 asuntos, como en ejecución con 475
colocan a este órgano en unos niveles de pendencia normales en relación con el número de
asuntos entrantes anualmente. En el orden penal hay 143 diligencias previas vivas pudendo
calificarse el estado del juzgado de aceptable. En líneas generales el juzgado presenta un estado
muy parecido al de los de similares características en la comunidad autónoma situados en el
interior con un volumen bajo de entrada de asuntos. A la vista de tales circunstancias no procede
la adopción de medida extraordinaria alguna, sólo las ordinarias que se adoptaren respecto de los
órganos de la misma clase en la comunidad autónoma.
Particípese el presente acuerdo al Servicio de Inspección del Consejo General del Poder
Judicial, adjuntando copia del alarde (art. 127 del Reglamento 2/2011, de 28 de abril de la Carrera
Judicial), y al órgano afectado para su conocimiento y efectos procedentes.
5.72- ALARDE nº 00000130/2015 confeccionado por D./Dª de
SECCION Nº 3 DE LA AUDIENCIA PROVINCIAL DE GRANADA, con motivo de su Cese y la Sala
de Gobierno, reunida en Comisión, oído el Ponente Don Antonio Alcalá Navarro, y por unanimidad,
acuerda APROBAR EL ALARDE CONFECCIONADO al ajustarse a lo prevenido en los artículos
317.3 de la Ley Orgánica del Poder Judicial y 124 y siguientes del Reglamento 2/2011, de 28 de
abril de la Carrera Judicial. El periodo al que se refiere está comprendido entre el 31 de diciembre
de 2004 y el 30 de junio de 2015. El resumen globalizado de asuntos recoge una pendencia de 7
procesos civiles en única instancia, 18 rollos de apelación de juicios ordinarios, 8 rollos de
apelación de juicios verbales y otros 14 rollos civiles. No hay asuntos pendientes exclusivamente
de dictar sentencia dejados al cese. La Sección se encuentra en una situación muy buena a la
vista de la estadística presentada.
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Particípese el presente acuerdo al Servicio de Inspección del Consejo General del Poder
Judicial, adjuntando copia del alarde (art. 127 del Reglamento 2/2011, de 28 de abril de la Carrera
Judicial), y al órgano afectado para su conocimiento y efectos procedentes.
5.73- ALARDE nº 00000138/2015 confeccionado por D./Dª de
JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA NUMERO 11 DE GRANADA, con motivo de su Cese y la
Sala de Gobierno, reunida en Comisión, oída la ponente Doña María José Rivas Velasco, y por
unanimidad, acuerda APROBAR EL ALARDE CONFECCIONADO, al ajustarse a lo prevenido en
los artículos 317.3 de la Ley Orgánica del Poder Judicial y 124 y siguientes del Reglamento
2/2011, de 28 de abril, de la Carrera Judicial. El período al que se refiere está comprendido entre
el 27 de mayo de 2014 al 25 de junio de 2015. El anterior alarde es de fecha 12 de junio de 2014
al que se prestó conformidad. Del cuadro resumen de asuntos pendientes recogido al final del
alarde se desprende que no existen pendientes procedimientos declarativos anteriores a la Ley de
Enjuiciamiento Civil 1/2000, y quedan 665 procedimientos declarativos pendientes regulados por la
Ley de Enjuiciamiento Civil 1/2000 en trámite anterior a sentencia o resolución de fondo, 30
asuntos de Jurisdicción Voluntaria y 1775 ejecuciones ordinarias y 18 asuntos pendientes de
dictado de sentencia o auto. En la relación de asuntos pendientes aparecen dieciocho asuntos
pendientes de sentencia que habrá de dictar la Juez cesante, dando cuenta de ello. Del examen
pormenorizado de asuntos se desprende, en general, un adecuado control de los procedimientos y
que los asuntos aparecen proveídos, en general. El número de procedimientos de ejecución es de
los más elevados en relación a la media de los Juzgados de primera Instancia de la misma
localidad, más antiguos se remontan al año 2010 pero es solo uno y los procedimientos
declarativos correspondientes a los años 2011 a 2013 son muy escasos y están proveídos en el
mes anterior a la fecha del alarde. Únicamente destacar que aparece un procedimiento el 351/14
pendiente de dictar sentencia con fecha de último proveído 8 de abril de 2014, aunque no se
encuentra entre los dieciocho pendientes de celebrar y habrá de solicitarse informe al respecto. El
número de ejecuciones no es excesivo en relación con el resto de Juzgados de la misma localidad,
dada la alta litigiosidad, el procedimiento más antiguo se remonta al año 2001 y se encuentra
proveído, al igual que el resto de fechas de los proveídos tanto en ejecución como en fase
declarativa oscilan en los tres meses anteriores a su confección a excepción de los que se
encuentran pendientes de que inste la parte. Por todo lo expuesto, se entiende que la situación del
órgano judicial a la fecha de cierre del alarde es en general adecuada, en relación con la carga
competencial que soporta.
Particípese el presente acuerdo al Servicio de Inspección del Consejo General del Poder
Judicial, adjuntando una de las copias del Alarde (artículo 127 de Reglamento 2/2011, de 28 de
abril, de la Carrera Judicial), y al órgano afectado para su conocimiento y efectos procedentes.
5.74- AUTORIZACIÓN DE ACTUACIÓN Nº 00000635/2015 del/de la Sr./a. Juez Titular con
destino en JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCION NUMERO 2 DE CAZORLA
(Jaén) D./Dª. , para ACLARACION DE AUTO en
47
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DE
JUSTICIA
EXPEDIENTE DE DOMINIO nº 583/2010 del JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E
INSTRUCCION NUMERO 3 DE VÉLEZ-MÁLAGA (Málaga) y la Sala de Gobierno, por unanimidad,
acuerda NO AUTORIZAR la actuación solicitada dado que el contenido de la misma es
únicamente determinante de la vinculación objetiva del órgano en el que se dictó la resolución a la
que hace referencia, sin que exista vinculación subjetiva que impida atender lo solicitado al actual
titular jurisdiccional. Particípese el presente Acuerdo al órgano afectado, para su conocimiento y
efectos procedentes.
5.75- AUTORIZACIÓN DE ACTUACIÓN Nº 00000636/2015 del/de la Sr./a. Juez Titular de
Adscripción Territorial del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía con destino en los Juzgados
de lo Penal de SEVILLA D./Dª. , para ACLARAR SENTENCIA en
JUICIO VERBAL nº 5/2012 del JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCION NUMERO
2 DE RONDA (Málaga) y la Sala de Gobierno, por unanimidad, acuerda RECLAMAR, previamente
a la autorización solicitada, copia del escrito en el que se contiene la aclaración a que se hace
referencia.
5.76- AUTORIZACIÓN DE ACTUACIÓN Nº 00000633/2015 del/de la Sr./a. Juez Titular de
Adscripción Territorial del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía con destino en los Juzgados
de lo Penal de SEVILLA D./Dª. , para ACLARAR SENTENCIA en
JUICIO VERBAL nº 631/2014 del JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCION
NUMERO 2 DE RONDA (Málaga) y la Sala de Gobierno, por unanimidad, acuerda NO
AUTORIZAR LA ACTUACIÓN SOLICITADA al tratarse de un error material que puede subsanarse
por el actual Titular jurisdiccional del órgano. Particípese el presente Acuerdo al órgano afectado,
para su conocimiento y efectos procedentes.
5.77- REFUERZO 97/2015.- Expediente relativo a adscripción de DOÑA
Magistrada-Juez de Adscripción Territorial de la provincia de JAÉN, como refuerzo,
a todos los Juzgados de lo Social de JAÉN, a partir del 29/04/2015 (respecto de prorroga de
DOÑA y la Sala de Gobierno, por unanimidad, acuerda TOMAR
CONOCIMIENTO del acuerdo de la Presidencia.
5.78- ALARDE nº 00000139/2015 confeccionado por D./Dª de
JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCION NUMERO 4 DE SANLÚCAR LA MAYOR
(Sevilla), con motivo de su Cese y la Sala de Gobierno, reunida en Comisión, oído el Ponente Don
Antonio Alcalá Navarro, y por unanimidad, acuerda APROBAR EL ALARDE CONFECCIONADO al
ajustarse a lo prevenido en los artículos 317.3 de la Ley Orgánica del Poder Judicial y 124 y
siguientes del Reglamento 2/2011, de 28 de abril de la Carrera Judicial. El periodo al que se refiere
está comprendido entre el 12 de abril de 2013 y el 2 de julio de 2015. El resumen globalizado de
asuntos recoge una pendencia en el orden jurisdiccional civil de 491 procedimientos en fase de
tramitación, 228 procedimientos relativos al derecho de familia, 78 asuntos de jurisdicción
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DE
JUSTICIA
voluntaria, 1.136 procedimientos en fase de ejecución y 41 ejecuciones de procedimientos de
derecho de familia. En el orden jurisdiccional penal existen 626 diligencias previas pendientes, 97
procedimientos abreviados, 145 juicios de faltas y 30 ejecutorias. El juzgado se encuentra en una
situación muy mala, con unas cifras insostenibles de pendencia civil. En el orden civil el volumen
de entrada de asuntos supera ampliamente el número fijado por el Consejo General del Poder
Judicial, así en el año 2014 tuvieron entrada más de 1.400 asuntos, cuando el módulo fijado se
sitúa en una horquilla de 738-884 asuntos. La situación debe ser analizada desde esta
perspectiva, sin embargo lo cierto es que el volumen de pendencia tanto en trámite con 491
asuntos como en ejecución con 1136 colocan a este órgano en unos niveles de pendencia
insostenibles e inaceptables. En el orden penal se observa un número normal de procedimientos
pendientes, hay 626 diligencias previas pendientes, pudiendo decirse que las cifras son más
normales. En líneas general el juzgado presenta un estado insostenible, sobre todo en el orden
civil, que requeriá un estudio minucioso para elaborar un plan de actuación específico que permita
llevar al juzgado a unas cifras aceptables de pendencia. Hay que reseñar que no hay coincidencia
aritmética entre las cifras parciales en materia civil que figuran en la estadística y las cifras totales,
habiéndose tenido en cuenta para la elaboración del informe las cifras totales. No quedan asuntos
pendientes de dictar sentencia o resolución definitiva. A la vista de tales circunstancia se acuerda
la elaboración de un plan específico sobre todos en la jurisdicción civil para sacarlo de la grave
situación en que se encuentra.
Particípese el presente acuerdo al Servicio de Inspección del Consejo General del Poder
Judicial, adjuntando copia del alarde (art. 127 del Reglamento 2/2011, de 28 de abril de la Carrera
Judicial), y al órgano afectado para su conocimiento y efectos procedentes.
5.79- ALARDE nº 00000146/2015 confeccionado por D./Dª de
SECCION Nº 1 DE LA AUDIENCIA PROVINCIAL DE CÓRDOBA, con motivo de su Cese y la Sala
de Gobierno, reunida en Comisión, oído el Ponente Don Antonio Alcalá Navarro, y por unanimidad,
acuerda APROBAR EL ALARDE CONFECCIONADO al ajustarse a lo prevenido en los artículos
317.3 de la Ley Orgánica del Poder Judicial y 124 y siguientes del Reglamento 2/2011, de 28 de
abril de la Carrera Judicial. El periodo al que se refiere está comprendido entre el 3 de julio de
2014 y el 3 de septiembre de 2015. El resumen globalizado de asuntos recoge una pendencia de
86 rollos de apelación de juicios ordinarios, 17 rollos de apelación de juicios verbales y otros 154
rollos civiles. No hay asuntos pendientes exclusivamente de dictar sentencia dejados al cese. La
Sección se encuentra en una situación buena. El número de asuntos pendientes es bajo, todos los
asuntos en trámite ya se encuentra con la deliberación señalada para los dos próximos meses,
situación desde luego óptima para una sección civil de una Audiencia Provincial.
Particípese el presente acuerdo al Servicio de Inspección del Consejo General del Poder
Judicial, adjuntando copia del alarde (art. 127 del Reglamento 2/2011, de 28 de abril de la Carrera
Judicial), y al órgano afectado para su conocimiento y efectos procedentes.
5.80- ALARDE nº 00000153/2015 confeccionado por D./Dª de
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DE
JUSTICIA
JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCION NUMERO 1 DE CORIA DEL RIO (Sevilla),
con motivo de su Cese y la Sala de Gobierno, reunida en Comisión, oído el Ponente Don Antonio
Alcalá Navarro, y por unanimidad, acuerda APROBAR EL ALARDE CONFECCIONADO al
ajustarse a lo prevenido en los artículos 317.3 de la Ley Orgánica del Poder Judicial y 124 y
siguientes del Reglamento 2/2011, de 28 de abril de la Carrera Judicial. El periodo al que se refiere
está comprendido entre el 12 de noviembre de 2008 y el 8 de junio de 2015. El resumen
globalizado de asuntos recoge una pendencia en el orden jurisdiccional civil de 263
procedimientos en fase de tramitación, 102 procedimientos relativos al derecho de familia, 25
asuntos de jurisdicción voluntaria, 992 procedimientos en fase de ejecución, 70 ejecuciones de
procedimientos de derecho de familia, 29 exhortos, 69 escritos de trámite y 212 escritos de
ejecución pendientes de proveer. No hay asuntos pendientes exclusivamente de dictar sentencia
dejados al cese. En el orden jurisdiccional penal existen 141 diligencias previas pendientes, 81
procedimientos abreviados, 68 juicios de faltas y 35 ejecutorias. El juzgado se encuentra en una
situación buena como los que para ese módulo de asuntos tienen los juzgados de similares
características en Andalucía. En el orden civil el volumen de entrada de asuntos supera
ligeramente el número fijado por el Consejo General del Poder Judicial, así en el año 2014 tuvieron
entrada 927 asuntos, cuando el módulo fijado se sitúa en una horquilla de 738-884 asuntos. Sin
embargo lo cierto es que el volumen de pendencia tanto en trámite con 263 asuntos, como en
ejecución con 992, colocan a este órgano en unos niveles de pendencia aceptables. En el orden
penal se observa un número reducido de procedimientos pendientes, solo 141 sobre todos
diligencias previas, pudiendo calificarse el estado del juzgado de bueno. En líneas generales el
juzgado presenta un estado muy parecido a los de similares características de la comunidad
autónoma, en este caso las cifras son muy similares a las del Juzgado de Coria del Río número 2,
alarde que fue aprobado por esta Sala de Gobierno el pasado mes de junio.
Particípese el presente acuerdo al Servicio de Inspección del Consejo General del Poder
Judicial, adjuntando copia del alarde (art. 127 del Reglamento 2/2011, de 28 de abril de la Carrera
Judicial), y al órgano afectado para su conocimiento y efectos procedentes.
5.81- ALARDE nº 00000165/2015 confeccionado por D./Dª de
JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCION NUMERO 1 DE PUERTO REAL (Cádiz),
con motivo de su Cese y la Sala de Gobierno, reunida en Comisión, oído el Ponente Don Antonio
Alcalá Navarro, y por unanimidad, acuerda APROBAR EL ALARDE CONFECCIONADO al
ajustarse a lo prevenido en los artículos 317.3 de la Ley Orgánica del Poder Judicial y 124 y
siguientes del Reglamento 2/2011, de 28 de abril de la Carrera Judicial. El periodo al que se refiere
está comprendido entre el 22 de mayo de 2012 y el 8 de septiembre de 2015. El resumen
globalizado de asuntos recoge una pendencia en el orden jurisdiccional civil de 377
procedimientos en fase de tramitación, 73 procedimientos de derecho de familia, 37 asuntos de
jurisdicción voluntaria, 616 procedimientos en fase de ejecución y 66 ejecuciones de
procedimientos de derecho de familia. En el orden jurisdiccional penal existe un sumario
pendiente, 125 diligencias previas, 60 procedimientos abreviados, 79 juicios de faltas y 37
50
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DE
JUSTICIA
ejecutorias. El juzgado se encuentra en una situación aceptable como los que para ese módulo de
asuntos tienen los juzgados de similares características en Andalucía. En el orden civil el volumen
de entrada de asuntos supera ampliamente el número fijado por el Consejo General del Poder
Judicial, así en el año 2014 tuvieron entrada 1.138 asuntos, cuando el módulo fijado se sitúa en
una horquilla de 738-884 asuntos. El volumen de pendencia tanto en trámite con 377 asuntos,
como en ejecución con 616, colocan a este órgano en unos niveles de pendencia aceptables. En
el orden penal se observa un número más que aceptable de procedimientos pendientes, así
diligencias previas, quedan pendientes 125, pudiendo calificarse el estado del juzgado de muy
bueno. En líneas generales el juzgado presenta un estado muy parecido a los de similares
características en la comunidad autónoma, aunque se observa un número de ejecuciones
pendientes ligeramente superior a otros juzgados, si bien el número de asuntos registrados es
notoriamente superior, por tanto la situación puede calificarse de aceptable.
Particípese el presente acuerdo al Servicio de Inspección del Consejo General del Poder
Judicial, adjuntando copia del alarde (art. 127 del Reglamento 2/2011, de 28 de abril de la Carrera
Judicial), y al órgano afectado para su conocimiento y efectos procedentes.
5.82- ALARDE nº 00000109/2015 confeccionado por D./Dª
de JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA NUMERO 17 DE SEVILLA, con motivo de su
Cese y Sala de Gobierno, reunida en Comisión, oída la ponente Doña María José Rivas Velasco, y
por unanimidad, acuerda APROBAR EL ALARDE CONFECCIONADO, al ajustarse a lo prevenido
en los artículos 317.3 de la Ley Orgánica del Poder Judicial y 124 y siguientes del Reglamento
2/2011, de 28 de abril, de la Carrera Judicial. El período al que se refiere está comprendido entre
el 7 de abril de 2004 y el 9 de junio de 2015. Del cuadro resumen de asuntos pendientes recogido
al final del alarde se desprende que no existen pendientes procedimientos declarativos anteriores
a la Ley de Enjuiciamiento Civil 1/2000, y quedan 556 procedimientos declarativos pendientes de
procesos de familia en trámite anterior a sentencia o resolución de fondo, 30 asuntos de
Jurisdicción Voluntaria y 212 de ejecuciones. Del examen pormenorizado de asuntos se
desprende, en general, un adecuado control de los procedimientos y que los asuntos aparecen
proveídos, en general, con un ingreso medio de mil quinientos asuntos anuales en los Juzgados
de familia de Sevilla, la pendencia es similar al resto de Juzgados de familia de la localidad y
denota un correcto funcionamiento del órgano judicial. Destacar que en el informe la Magistrada
alaba la labor de los funcionarios, así como de la Sra. Secretaria identificada como debido
a su encomiable labor al servicio público. Por todo lo expuesto, se entiende que la situación del
órgano judicial a la fecha de cierre del alarde es en general adecuada, en relación con la carga
competencial que soporta.
Particípese el presente acuerdo al Servicio de Inspección del Consejo General del Poder
Judicial, adjuntando una de las copias del Alarde (artículo 127 de Reglamento 2/2011, de 28 de
abril, de la Carrera Judicial), y al órgano afectado para su conocimiento y efectos procedentes.
5.83- AUTORIZACIÓN DE ACTUACIÓN Nº 00000637/2015 del/de la Sr./a. Juez Sustituto con
51
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DE
JUSTICIA
destino en CÓRDOBA D./Dª. , para DICTAR SENTENCIA
en PROCEDIMIENTO ORDINARIO nº 1500/2014 del JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA
NUMERO 8 DE CÓRDOBA y la Sala de Gobierno, por unanimidad, acuerda NO AUTORIZAR la
actuación solicitada al no concurrir la vista o juicio a que se ha ce referencia en el artículo 194 de
la LEC. Particípese el presente Acuerdo al órgano afectado, para su conocimiento y efectos
procedentes.
6.- ASUNTOS VARIOS
6.1- ASUNTOS VARIOS nº 00000616/2015.- DEVOLUCIÓN DE FIANZA constituida en el Colegio
de Procuradores correspondiente por el/la Procurador/a de los Tribunales, D/Dª
y la Sala de Gobierno, por unanimidad, acuerda APROBAR LA DEVOLUCIÓN de la fianza
constituida en su día; particípese este Acuerdo al/a la interesado/a y ofíciese al Ilustre Colegio de
Procuradores correspondiente, a los efectos procedentes.
6.2- ASUNTOS VARIOS nº 00000609/2015.- DEVOLUCIÓN DE FIANZA constituida en el Colegio
de Procuradores correspondiente por el/la Procurador/a de los Tribunales, D/Dª
y la Sala de Gobierno, por unanimidad, acuerda APROBAR LA
DEVOLUCIÓN de la fianza constituida en su día; particípese este Acuerdo al/a la interesado/a y
ofíciese al Ilustre Colegio de Procuradores correspondiente, a los efectos procedentes.
6.3- ASUNTOS VARIOS nº 00000610/2015.- DEVOLUCIÓN DE FIANZA constituida en el Colegio
de Procuradores correspondiente por el/la Procurador/a de los Tribunales, D/Dª
y la Sala de Gobierno, por unanimidad, acuerda APROBAR LA DEVOLUCIÓN de la
fianza constituida en su día; particípese este Acuerdo al/a la interesado/a y ofíciese al Ilustre
Colegio de Procuradores correspondiente, a los efectos procedentes.
6.4- ASUNTOS VARIOS nº 00000614/2015.- DEVOLUCIÓN DE FIANZA constituida en el Colegio
de Procuradores correspondiente por el/la Procurador/a de los Tribunales, D/Dª
y la Sala de Gobierno, por unanimidad, acuerda APROBAR LA
DEVOLUCIÓN de la fianza constituida en su día; particípese este Acuerdo al/a la interesado/a y
ofíciese al Ilustre Colegio de Procuradores correspondiente, a los efectos procedentes.
6.5- ASUNTOS VARIOS nº 00000605/2015.- DEVOLUCIÓN DE FIANZA constituida en el Colegio
de Procuradores correspondiente por el/la Procurador/a de los Tribunales, D/Dª
y la Sala de Gobierno, por unanimidad, acuerda APROBAR LA DEVOLUCIÓN de la
fianza constituida en su día; particípese este Acuerdo al/a la interesado/a y ofíciese al Ilustre
Colegio de Procuradores correspondiente, a los efectos procedentes.
52
ADMINISTRACIÓN
DE
JUSTICIA
6.6- ASUNTOS VARIOS nº 00000606/2015.- DEVOLUCIÓN DE FIANZA constituida en el Colegio
de Procuradores correspondiente por el/la Procurador/a de los Tribunales, D/Dª
y la Sala de Gobierno, por unanimidad, acuerda APROBAR LA DEVOLUCIÓN de la
fianza constituida en su día; particípese este Acuerdo al/a la interesado/a y ofíciese al Ilustre
Colegio de Procuradores correspondiente, a los efectos procedentes.
6.7- ASUNTOS VARIOS nº 00000617/2015.- DEVOLUCIÓN DE FIANZA constituida en el Colegio
de Procuradores correspondiente por el/la Procurador/a de los Tribunales, D/Dª
y la Sala de Gobierno, por unanimidad, acuerda APROBAR LA
DEVOLUCIÓN de la fianza constituida en su día; particípese este Acuerdo al/a la interesado/a y
ofíciese al Ilustre Colegio de Procuradores correspondiente, a los efectos procedentes.
6.8- ASUNTOS VARIOS nº 00000615/2015.- DEVOLUCIÓN DE FIANZA constituida en el Colegio
de Procuradores correspondiente por el/la Procurador/a de los Tribunales, D/Dª
y la Sala de Gobierno, por unanimidad, acuerda APROBAR LA
DEVOLUCIÓN de la fianza constituida en su día; particípese este Acuerdo al/a la interesado/a y
ofíciese al Ilustre Colegio de Procuradores correspondiente, a los efectos procedentes.
6.9- ASUNTOS VARIOS nº 00000618/2015.- DEVOLUCIÓN DE FIANZA constituida en la
Delegación de Hacienda correspondiente por el/la Procurador/a de los Tribunales, D/Dª
y la Sala de Gobierno, por unanimidad, acuerda APROBAR LA
DEVOLUCIÓN de la fianza constituida en su día en la Caja General de Depósitos (Dirección
General del Tesoro y Política Financiera del Ministerio de Economía); particípese este Acuerdo y
ofíciese al organismo correspondiente, a los efectos procedentes, expidiéndose a tal fin la
oportuna orden de cancelación de dicho depósito, con certificación del presente Acuerdo.
6.10- ASUNTOS VARIOS nº 00000619/2015.- DEVOLUCIÓN DE FIANZA constituida en el
Colegio de Procuradores correspondiente por el/la Procurador/a de los Tribunales, D/Dª
y la Sala de Gobierno, por unanimidad, acuerda APROBAR LA
DEVOLUCIÓN de la fianza constituida en su día; particípese este Acuerdo al/a la interesado/a y
ofíciese al Ilustre Colegio de Procuradores correspondiente, a los efectos procedentes.
6.11- ASUNTOS VARIOS nº 00000620/2015.- DEVOLUCIÓN DE FIANZA constituida en la
Delegación de Hacienda correspondiente por el/la Procurador/a de los Tribunales, D/Dª
y la Sala de Gobierno, por unanimidad, acuerda APROBAR
LA DEVOLUCIÓN de la fianza constituida en su día en la Caja General de Depósitos (Dirección
General del Tesoro y Política Financiera del Ministerio de Economía); particípese este Acuerdo y
ofíciese al organismo correspondiente, a los efectos procedentes, expidiéndose a tal fin la
oportuna orden de cancelación de dicho depósito, con certificación del presente Acuerdo.
53
ADMINISTRACIÓN
DE
JUSTICIA
6.12- ASUNTOS VARIOS nº 00000621/2015.- DEVOLUCIÓN DE FIANZA constituida en el Colegio
de Procuradores correspondiente por el/la Procurador/a de los Tribunales, D/Dª
y la Sala de Gobierno, por unanimidad, acuerda APROBAR LA
DEVOLUCIÓN de la fianza constituida en su día; particípese este Acuerdo al/a la interesado/a y
ofíciese al Ilustre Colegio de Procuradores correspondiente, a los efectos procedentes.
6.13- ASUNTOS VARIOS nº 00000628/2015.- DEVOLUCIÓN DE FIANZA constituida en la
Delegación de Hacienda correspondiente por el/la Procurador/a de los Tribunales, D/Dª
y la Sala de Gobierno, por unanimidad, acuerda APROBAR LA DEVOLUCIÓN
de la fianza constituida en su día en la Caja General de Depósitos (Dirección General del Tesoro y
Política Financiera del Ministerio de Economía); particípese este Acuerdo y ofíciese al organismo
correspondiente, a los efectos procedentes, expidiéndose a tal fin la oportuna orden de
cancelación de dicho depósito, con certificación del presente Acuerdo.
6.14- ASUNTOS VARIOS nº 00000629/2015.- DEVOLUCIÓN DE FIANZA constituida en la
Delegación de Hacienda correspondiente por el/la Procurador/a de los Tribunales, D/Dª
y la Sala de Gobierno, por unanimidad, acuerda APROBAR LA
DEVOLUCIÓN de la fianza constituida en su día en la Caja General de Depósitos (Dirección
General del Tesoro y Política Financiera del Ministerio de Economía); particípese este Acuerdo y
ofíciese al organismo correspondiente, a los efectos procedentes, expidiéndose a tal fin la
oportuna orden de cancelación de dicho depósito, con certificación del presente Acuerdo.
6.15- ASUNTOS VARIOS nº 00000630/2015.- DEVOLUCIÓN DE FIANZA constituida en el
Colegio de Procuradores correspondiente por el/la Procurador/a de los Tribunales, D/Dª
y la Sala de Gobierno, por unanimidad, acuerda APROBAR LA
DEVOLUCIÓN de la fianza constituida en su día; particípese este Acuerdo al/a la interesado/a y
ofíciese al Ilustre Colegio de Procuradores correspondiente, a los efectos procedentes.
6.16- ASUNTOS VARIOS nº 00000631/2015.- DEVOLUCIÓN DE FIANZA constituida en la
Delegación de Hacienda correspondiente por el/la Procurador/a de los Tribunales, D/Dª
y la Sala de Gobierno, por unanimidad, acuerda APROBAR LA DEVOLUCIÓN
de la fianza constituida en su día en la Caja General de Depósitos (Dirección General del Tesoro y
Política Financiera del Ministerio de Economía); particípese este Acuerdo y ofíciese al organismo
correspondiente, a los efectos procedentes, expidiéndose a tal fin la oportuna orden de
cancelación de dicho depósito, con certificación del presente Acuerdo.
6.17- ASUNTOS VARIOS nº 00000632/2015.- DEVOLUCIÓN DE FIANZA constituida en la
Delegación de Hacienda correspondiente por el/la Procurador/a de los Tribunales, D/Dª
y la Sala de Gobierno, por unanimidad, acuerda APROBAR LA
DEVOLUCIÓN de la fianza constituida en su día en la Caja General de Depósitos (Dirección
54
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DE
JUSTICIA
General del Tesoro y Política Financiera del Ministerio de Economía); particípese este Acuerdo y
ofíciese al organismo correspondiente, a los efectos procedentes, expidiéndose a tal fin la
oportuna orden de cancelación de dicho depósito, con certificación del presente Acuerdo.
6.18- ASUNTOS VARIOS nº 0000096/2013.- Comunicación de la Junta de Gobierno del Iltre.
Colegio de Abogados de CEUTA, informando sobre la opinión del ICACE respecto al
funcionamiento actual de la Nueva Oficina Judicial en CEUTA.- EVALUACIONES INICIALES DE
RIESGO EN LA CIUDAD AUTÓNOMA DE CEUTA y la Sala de Gobierno, por unanimidad,
acuerda TOMAR CONOCIMIENTO de la comunicación del Consejo General del Poder Judicial.
6.19- ASUNTOS VARIOS nº 00000639/2015.- Expediente relativo a comunicación que remite el
Gabinete Técnico del CGPJ sobre acuerdo adoptado por su Comisión Permanente en relación con
la comunicación del presidente de la Asociación Independiente de Peritos Judiciales y la Sala de
Gobierno, por unanimidad, acuerda TOMAR CONOCIMIENTO de la comunicación del Consejo
General del Poder Judicial y unir copia de la misma al expediente de Queja 216/15, visto en el
punto 4.7 del orden del día de esta Comisión.
6.20- ASUNTOS VARIOS nº 00000644/2015.- Expediente relativo a comunicación del Juzgado
Mixto nº de relativo a la problemática surgida con una
funcionaria interina y la Sala de Gobierno, por unanimidad, acuerda RECLAMAR de la Delegación
del Gobierno de la Consejería de Justicia e Interior de la Junta de Andalucía en , copia de la
resolución motivada en la que se acuerda declarar la idoneidad de la funcionaria interina referida,
para la valoración por esta Sala de Gobierno de las razones que fundamentan dicha decisión.
Particípese el presente acuerdo al órgano afectado para su conocimiento y efectos procedentes.
6.21- ASUNTOS VARIOS nº 00000640/2015.- Expediente relativo a comunicación que remite la
Presidencia de la Audiencia Provincial de en relación al conflicto del Juzgado de Instrucción
nº de con el Mixto nº de en cuanto a la negativa a cumplimentar
un exhorto (Expediente Gubernativo 1/15) y la Sala de Gobierno, por unanimidad, acuerda lo
siguiente:
Esta Sala de Gobierno ha venido adoptando distintos Acuerdos con relación a peticiones
de auxilio judicial para la práctica de diligencias de instrucción. Así mediante Acuerdos de 15 de
noviembre de 2011, 12 de febrero y 12 de marzo de 2013 se consideró adecuada la decisión de no
prestar el auxilio judicial requerido para la práctica de la declaración de imputados. Esas
decisiones se adoptaron en aplicación de la normativa vigente (arts. 229 LOPJ; 184, 303.4, 310,
385 y 775 de la LECrim; y 4, 137 y 169.4 de la LEC), así como de los criterios que se establecen
en la Instrucción 4/2001, de 20 de junio, del Pleno del Consejo General del Poder Judicial, sobre el
alcance y los limites del deber de auxilio judicial, concluyéndose que debía considerarse el
carácter complementario del auxilio judicial, debiendo ser precisamente el órgano judicial que
resulte competente para conocer de cada proceso determinado, el que, con carácter general y
55
ADMINISTRACIÓN
DE
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salvo circunstancias especiales, practique cuantas actuaciones y diligencias exija su tramitación.
Con la salvedad, claro está, de aquellos casos en que puedan concurrir circunstancias que hagan
inevitable o claramente conveniente el recurso a los sistemas de auxilio judicial, lo que habrá de
acordarse siempre por resolución motivada.
Por el contrario, en el Acuerdo de 10 de abril de 2012, respecto de la negativa a
cumplimentar un exhorto en el que se solicitaba la toma de declaración de testigos, en el marco de
una instrucción penal, invocando al efecto por el órgano exhortado el Acuerdo de 15 de noviembre
de 2011, la Sala entendió que debía prestarse el auxilio judicial precisamente por tratarse de la
declaración de testigos residentes en otro partido judicial, supuesto expresamente regulado en el
art. 422 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal, que, con carácter general, habilita la práctica de las
diligencias de este tipo mediante auxilio judicial, excepto cuando el Juez instructor motivadamente
considere necesario el desplazamiento de los testigos para que presten declaración ante él o, en
su caso, concurran otras circunstancias excepcionales.
Los referidos Acuerdos no permiten concluir, con afán generalizador, que esta Sala de
Gobierno sostenga que los órganos judiciales penales no deban prestar auxilio judicial cuando a
través del mismo se inste la práctica de declaraciones de imputados, testigos o perjudicados, se
encuentren o no internos en Centros Penitenciarios. En el primer caso, porque habrá de estarse a
los motivos que, en su caso, exponga el órgano exhortante para impetrar el auxilio judicial. En el
segundo, porque el cumplimiento de la legalidad vigente (art. 422 de la LECrim.) obliga
precisamente a lo contrario.
Esta Sala de Gobierno mantiene que una interpretación integradora de las normas y
criterios antes citados, conforme a la realidad social del tiempo presente, conduce a sostener, con
carácter general, que la práctica de las diligencias de instrucción debe llevarse a cabo por el
Juzgado competente, excepto aquellas que impliquen la necesidad de desplazamiento de testigos
o perjudicados residentes en otro partido judicial. No obstante, siempre que la diligencia pueda
llevarse a cabo a través de medios técnicos que permitan una comunicación bidireccional y
simultánea de la imagen y el sonido y la interacción visual, auditiva y verbal y esté asegurada la
posibilidad de intervención de las partes y la salvaguarda del derecho de defensa, deberá ser el
Juez instructor el que directamente la practique. A salvo, siempre, los motivos singulares que
puedan concurrir para solicitar el auxilio judicial y que deberán expresarse, en todo caso, en la
resolución que se dicte al efecto.
En el presente caso, en que se solicita el auxilio judicial para la práctica de la diligencia de
declaración del imputado y no consta el dictado de resolución judicial expresa que motive la
necesidad del auxilio por parte del órgano judicial exhortante, teniendo en cuenta, además, la
distancia, no significativa, entre y , esta Sala de Gobierno acuerda
considerar la resolución del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción nº de
de 15 de mayo de 2015, conforme con los criterios que viene manteniéndose respecto a
la demanda y prestación de auxilio judicial y que han sido anteriormente expuestos y reiterados en
el Acuerdo de 10 de marzo de 2015.
Particípese el presente Acuerdo al Iltmo. Sr. Presidente de la Audiencia Provincial de
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ADMINISTRACIÓN
DE
JUSTICIA
, con devolución al mismo de la documentación remitida, para su conocimiento y a los efectos
procedentes.
6.22- ASUNTOS VARIOS nº 00000642/2015.- Expediente relativo a comunicación que remite la
Presidencia de la Audiencia Provincial de en relación al conflicto del Juzgado de Instrucción
nº de con el Mixto nº de en cuanto a la negativa a cumplimentar
un exhorto nº 41/15 y la Sala de Gobierno, por unanimidad, acuerda lo siguiente:
Esta Sala de Gobierno ha venido sosteniendo desde el Acuerdo de 10 de abril de 2012,
que debía prestarse el auxilio judicial en los casos en su objeto estuviese constituido por la
declaración de testigos residentes en otro partido judicial, ya que se trata de un supuesto
expresamente regulado en el art. 422 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal, que, con carácter
general, habilita la práctica de las diligencias de este tipo mediante auxilio judicial, excepto cuando
el Juez instructor motivadamente considere necesario el desplazamiento de los testigos para que
presten declaración ante él o, en su caso, concurran otras circunstancias excepcionales.
Además, se ha venido igualmente manteniendo que los distintos Acuerdos adoptado en
materia de prestación de auxilio judicial y así se ha reiterado en el Acuerdo reciente de 10 de
marzo de 2015, no permiten concluir, con afán generalizador, que esta Sala de Gobierno sostenga
que los órganos judiciales penales no deban prestar auxilio judicial cuando a través del mismo se
inste la práctica de declaraciones de imputados, testigos o perjudicados, se encuentren o no
internos en Centros Penitenciarios. En el primer caso, porque habrá de estarse a los motivos que,
en su caso, exponga el órgano exhortante para impetrar el auxilio judicial. En el segundo, porque
el cumplimiento de la legalidad vigente (art. 422 de la LECrim.) obliga precisamente a lo contrario.
De acuerdo con ello, en el presente caso, en que se solicita el auxilio judicial para la
práctica de la diligencia de declaración de un testigo residente en el partido judicial del órgano
exhortado, esta Sala de Gobierno acuerda que el Juzgado de Primera Instancia e Instrucción nº
de viene obligado a cumplimentar el exhorto remitido por el Juzgado de
Instrucción nº de .
Particípese el presente Acuerdo al Iltmo. Sr. Presidente de la Audiencia Provincial de
, con devolución al mismo de la documentación remitida, para su conocimiento y a los
efectos procedentes.
6.23- ASUNTOS VARIOS nº 00000643/2015.- Expediente relativo a comunicación del CGPJ del
escrito presentado por Dª que ha sido nombrada Juez
Sustituta en el TSJA del País Vasco y la Sala de Gobierno, por unanimidad, acuerda TOMAR
CONOCIMIENTO de la comunicación del Consejo General del Poder Judicial.
6.24- ASUNTOS VARIOS nº 000135/2014.- Expediente relativo a comunicación que remite la
Secretaría de Gobierno de MELILLA, adjuntando informe sobre el estado de implantación de la
NOJ en la Ciudad Autónoma de MELILLA (escrito de 5 de octubre) y la Sala de Gobierno, por
unanimidad, acuerda TOMAR CONOCIMIENTO de la comunicación del Consejo General del
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ADMINISTRACIÓN
DE
JUSTICIA
Poder Judicial.
6.25- ASUNTOS VARIOS nº 00000558/2015.- Comunicación de la Audiencia Provincial de
MÁLAGA en relación a la solicitud del Iltre. Colegio de Abogados de dicha ciudad, en solicitud de
uso de dos Salas de vistas de 16:00 a 20:00horas, sobre la imposibilidad de acceder a lo solicitado
y la Sala de Gobierno, por unanimidad, acuerda ARCHIVAR el expediente por carencia
sobrevenida de objeto, a la vista del informe del Ilmo. Sr. Presidente de la Audiencia Provincial de
Málaga y documento que acompaña.
6.26- ASUNTOS VARIOS nº 00000512/2015.- Expediente relativo a comunicación que remite la
Sala de lo Social de SEVILLA de este Tribunal Superior de Justicia, poniendo en conocimiento de
esta Presidencia incoación de expediente gubernativo sobre reconstrucción de rollo de suplicación
robado de la furgoneta de reparto (Resolución sobre reconstrucción del Rollo de Suplicación nº
3368/11) y la Sala de Gobierno, por unanimidad, acuerda TOMAR CONOCIMIENTO de la
comunicación recibida en la que se hace constar la finalización de la reconstrucción del Rollo de
Sala perdido.
6.27- ASUNTOS VARIOS nº 00000656/2015.- Expediente relativo a comunicación del Magistrado
Emérito de la Audiencia Provincial de JAÉN, solicitando que se le informe sobre el orden para
cubrir las sustituciones y la Sala de Gobierno, por unanimidad, acuerda INFORMAR al interesado
que ha de seguirse el orden establecido por el artículo 199 de la Ley Orgánica del Poder Judicial
6/1985, de 1 de julio, a cuyo tenor:
"1. Cuando no asistieren magistrados en número suficiente para constituir Sala en las
Audiencias Provinciales o Tribunales Superiores de Justicia, concurrirán para completarla aquellos
miembros de la carrera judicial que designe el Presidente del órgano colegiado respectivo, por el
orden y de conformidad con las reglas siguientes:
En primer lugar, se llamará a los magistrados del mismo órgano que obren en la relación
de suplentes profesionales a los que se refiere el artículo siguiente, comenzando por los de la
misma Sección, si los hubiere, llamando a continuación al resto siempre que se encuentren libres
de señalamiento.
En segundo, a los jueces y magistrados ajenos al órgano que obren en la relación de
miembros de la carrera judicial a los que se refiere el artículo siguiente, por el orden que allí se
establezca.
En tercero, el Presidente del Tribunal Superior de Justicia, por iniciativa propia, o a
propuesta del Presidente de la Audiencia Provincial respectiva en la que no pueda constituirse
Sala, llamará a los jueces de adscripción territorial a que se refiere el artículo 347 bis.
En cuarto, el Presidente de Tribunal Superior o, en su caso, el Presidente de la Audiencia
Provincial respectiva, llamará a los miembros de la carrera judicial del orden correspondiente que
tengan menor carga de trabajo en el respectivo territorio, de conformidad con los datos que obren
en el Servicio de Inspección, siempre que no exista incompatibilidad de señalamientos.
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ADMINISTRACIÓN
DE
JUSTICIA
En quinto lugar, los del mismo órgano en el turno que se establezca, en el que serán
preferidos los que se hallaren libres de señalamiento y, entre estos, los más modernos.
En último término y excepcionalmente, cuando no resulte posible la formación de Sala con
un miembro de la carrera judicial de conformidad con lo anterior y exista disponibilidad
presupuestaria, se llamará a un magistrado suplente no profesional conforme a lo previsto en la
presente Ley. [...]
3. Cuantas dudas puedan surgir en la aplicación de las anteriores reglas se resolverán
dando preferencia en todo caso a la sustitución profesional entre miembros de la carrera judicial y
atendiendo al criterio de máximo aprovechamiento de los recursos públicos.[...]".
Y que puesta dicha norma en relación con la contenida en el artículo 258 del Reglamento
272011, de la Carrera Judicial, que establece que "los miembros de la Carrera Judicial jubilados
por edad podrán ser nombrados para ejercer funciones de magistrado suplente,[...]" y que tendrán
la consideración y tratamiento de magistrados eméritos", así como con la disposición del artículo
266 de ese mismo Reglamento, según la cual "[...] a los magistrados eméritos les será de
aplicación las disposiciones previstas en la Ley Orgánica del Poder judicial y en este Reglamento
para los jueces sustitutos y magistrados suplentes", puede concluirse que los magistrados
eméritos ocupan, en el orden de llamamientos establecido en el precitado artículo 199, el lugar
correspondiente a los magistrados suplentes, aun cuando ostenten preferencia sobre éstos.
Particípese el presente acuerdo al interesado para su conocimiento y efectos procedentes.
6.28- ASUNTOS VARIOS nº 00000650/2015.- Expediente relativo a comunicación que remite
Doña , Juez sustituta de ALMERÍA y provincia poniendo en
conocimiento de esta Presidencia los procedimientos pendientes al cesar el titular del Juzgado D.
y la Sala de Gobierno, por unanimidad, acuerda TOMAR CONOCIMIENTO
de la comunicación recibida y dar traslado de la misma al Promotor de la Acción Disciplinaria del
Consejo General del Poder Judicial, para su conocimiento y efectos que estime procedentes.
Particípese el presente acuerdo a la Jueza Sustituta remitente para su conocimiento y efectos
oportunos.
6.29- ASUNTOS VARIOS nº 00000665/2015.- Expediente relativo a comunicación del Juzgado de
1ª Instancia e Instrucción nº 3 de AYAMONTE (Huelva), solicitando nombramiento de funcionarios
interinos para asumir funciones en materia de Violencia de Género y la Sala de Gobierno, por
unanimidad, acuerda DAR TRASLADO de la comunicación recibida a la Delegación del Gobierno
de la Consejería de Justicia e Interior de la Junta de Andalucía en Huelva, haciendo constar la
gran preocupación de la Sala de Gobierno al respecto. Particípese el presente acuerdo al órgano
afectado para su conocimiento y efectos procedentes.
6.30- ASUNTOS VARIOS nº 00000637/2015.- Expediente relativo a comunicación del Juzgado de
Paz de LA ALGABA (Sevilla) informando sobre la carencia de medios materiales que padece dicho
Juzgado y la Sala de Gobierno, por unanimidad, acuerda TOMAR CONOCIMIENTO de la
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ADMINISTRACIÓN
DE
JUSTICIA
comunicación recibida y ARCHIVAR el expediente.
6.31- ASUNTOS VARIOS nº 00000641/2015.- Expediente relativo a comunicación de D.
poniendo en comunicación de este TSJA, que ha sido
nombrado nuevamente Abogado Fiscal Sustituto de MÁLAGA y la Sala de Gobierno, por
unanimidad, acuerda TOMAR CONOCIMIENTO de la comunicación recibida y ARCHIVAR el
expediente.
6.32- ASUNTOS VARIOS nº 00000666/2015.- Expediente relativo a comunicación que remite la
Presidencia de la Audiencia Provincial de ALMERÍA adjuntando carta remitida a dicha Presidencia
por el Colegio de Procuradores de la citada localidad en relación a la creación de Sociedades de
Procuradores y la Sala de Gobierno, por unanimidad, acuerda TOMAR CONOCIMIENTO de la
comunicación recibida y ARCHIVAR el expediente al carecer esta Sala de Gobierno de
competencia al respecto. Particípese el presente acuerdo a la Ilma. Sra. Presidenta de la
Audiencia de Almería para su conocimiento y efectos procedentes.
6.33- ASUNTOS VARIOS nº 00000668/2015.- Expediente relativo a comunicación que remite el
Ayuntamiento de LEBRIJA (Sevilla) acompañado de certificado de la Declaración Institucional
adoptada por el Ayuntamiento relativo a la investigación que rodearon el atropello de
y la Sala de Gobierno, por unanimidad, acuerda TOMAR
CONOCIMIENTO de la comunicación recibida y ESTAR al resultado de la investigación judicial.
Particípese el presente acuerdo al Alcalde del Ayuntamiento de Lebrija (Sevilla) para su
conocimiento y efectos procedentes.
6.34- ASUNTOS VARIOS nº 00000416/2014.- Expediente relativo a comunicación del Juzgado de
Primera Instancia e Instrucción nº 2 de LORA DEL RÍO (Sevilla), solicitando ampliación de plantilla
debido volumen de trabajo y la Sala de Gobierno, por unanimidad, acuerda DAR TRASLADO de la
comunicación recibida a la Delegación del Gobierno de la Consejería de Justicia e Interior de la
Junta de Andalucía en Sevilla, haciendo constar la gran preocupación de la Sala de Gobierno al
respecto. Particípese el presente acuerdo al órgano afectado para su conocimiento y efectos
procedentes.
6.35- ASUNTOS VARIOS nº 00000667/2015.- Expediente relativo a comunicación del Secretario
Coordinador de HUELVA con respecto a conciliaciones del Juzgado de Familia como
consecuencia de la reforma de la LEC y la Sala de Gobierno, por unanimidad, acuerda UNIR el
presente expediente de Asuntos Varios al ya iniciado con el número 604/15 y ESTAR al acuerdo
adoptado por esta Sala de Gobierno en la Comisión de 13 de octubre de 2015, en la que se
requería un pronunciamiento al respecto por la Junta Sectorial de Jueces de Primera Instancia de
Huelva. Particípese el presente acuerdo al Ilmo. Sr. Decano de los Juzgados de Huelva y a la Ilma.
Sra. Coordinadora Provincial de dicha ciudad para su conocimiento y efectos procedentes.
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ADMINISTRACIÓN
DE
JUSTICIA
6.36- ASUNTOS VARIOS nº 00000243/2015.- Expediente relativo a comunicación de la
Magistrada-Juez Decana de ÓRGIVA (Granada) interesando que a través de este órgano se
promuevan las actuaciones pertinentes para se le conceda a D.
reconocimiento por la profesionalidad y dedicación en el desempeño del cargo de Juez de Paz de
LANJARÓN (Granada)- CONCESIÓN- y la Sala de Gobierno, por unanimidad, acuerda TOMAR
CONOCIMIENTO de la concesión de la medalla al mérito de la Justicia de la Orden de San
Raimundo de Peñafort al Juez de Paz Titular de Lanjarón y señalar el próximo día 6 de noviembre
como fecha para la imposición de la misma.
6.37- ASUNTOS VARIOS nº 00000669/2015.- Expediente relativo a comunicación que remite el
Ayuntamiento de JÁTAR (Granada) -Presidente de la Comisión Gestora- consultando ante esta
Secretaría de Gobierno para que se realicen los trámites necesarios para inclusión del municipio
de JÁTAR dentro del Partido Judicial de Loja (Granada) y la Sala de Gobierno, por unanimidad,
acuerda TOMAR CONOCIMIENTO de la comunicación recibida y DAR TRASLADO de copia de la
misma a la Consejería de Justicia e Interior de la Junta de Andalucía.
6.38- EXPEDIENTE relativo a INSACULACIÓN de los vocales judiciales de las Juntas Electorales
de Zona, que se constituirán para las elecciones generales a celebrar el día 20 de diciembre del
presente año, de conformidad con los artículos 8.6 y 11.1 a) de la Ley Orgánica 5/85 de 19 de
junio, de Régimen Electoral General y la Sala de Gobierno, acuerda proceder a la correspondiente
insaculación para la designación de los Vocales Judiciales de las Juntas Electorales de Zona. Tras
la práctica de la misma, el resultado es el siguiente:
PROVINCIA DE ALMERÍA.
1.- JUNTA ELECTORAL DE ZONA ALMERÍA.
- , JUZGADO DE LO MERCANTIL, ALMERÍA.
- , JUZGADO DE LO PENAL N. 4, ALMERÍA.
- , JUZGADO DE 1ª INSTANCIA INSTRUCCIÓN N. 1,
ROQUETAS DE MAR.
2.- JUNTA ELECTORAL DE ZONA BERJA.
- , JUZGADO DE 1ª INSTANCIA E INSTRUCCIÓN N. 1, EL EJIDO.
- , JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN N. 4 EL
EJIDO.
- , JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCIÓN N. 5, EL
EJIDO.
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ADMINISTRACIÓN
DE
JUSTICIA
3.- JUNTA ELECTORAL DE ZONA HUÉRCAL-OVERA.
- , JUZGADO DE 1ª INSTANCIA E INSTRUCCIÓN N. 1,
HUÉRCAL OVERA.
- , JUZGADO DE 1ª INSTANCIA E INSTRUCCIÓN N. 3,
HUERCAL-OVERA.
- , JUZGADO DE 1ª INSTANCIA E INSTRUCCIÓN, VÉLEZ RUBIO.
4.- JUNTA ELECTORAL DE ZONA VERA.
- , JUZGADO DE 1ª INSTANCIA E INSTRUCCIÓN N.1, VERA.
- , JUZGADO DE 1ª INSTANCIA E INSTRUCIÓN N. 2, VERA.
- , JUZGADO DE 1ª INSTANCIA E INSTRUCCIÓN N. 3,
VERA.
PROVINCIA DE CÁDIZ.
5.- JUNTA ELECTORAL DE ZONA ALGECIRAS.
- , JUZGADO DE INSTRUCCIÓN N. 2, ALGECIRAS.
- , JUZGADO DE INSTRUCCIÓN N. 3, ALGECIRAS.
- , JUZGADO DE VIOLENCIA SOBRE LA MUJER, ALGECIRAS.
6.- JUNTA ELECTORAL DE ZONA ARCOS DE LA FRONTERA.
- , JUZGADO DE 1ª INSTANCIA E INSTRUCCIÓN N. 2, ARCOS
DE LA FRONTERA.
- , JUZGADO DE 1ª INSTANCIA E INSTRUCCIÓN N. 3,
ARCOS DE LA FRONTERA.
- , JUZGADO DE 1ª INSTANCIA E INSTRUCCIÓN
ÚNICO, UBRIQUE.
7.- JUNTA ELECTORAL DE ZONA CÁDIZ.
- , JUZGADO DE 1ª INSTANCIA N.3, CÁDIZ.
- , JUZGADO DE 1ª INSTANCIA N. 5, CÁDIZ.
- , JUZGADO DE MENORES, CÁDIZ.
62
ADMINISTRACIÓN
DE
JUSTICIA
8.- JUNTA ELECTORAL DE ZONA CHICLANA DE LA FRONTERA.
- , JUZGADO DE 1ª INSTANCIA E INSTRUCCIÓN N. 1, BARBATE.
- , 1ª INSTANCIA E INSTRUCCIÓN N. 3, CHICLANA F.
- , JUZGADO DE 1ª INSTANCIA E INSTRUCCIÓN N. 5, CHICLANA F.
9.- JUNTA ELECTORAL DE ZONA JEREZ DE LA FRONTERA.
- , JUZGADO DE 1ª INSTANCIA N. 6, JEREZ DE LA F.
- , JUZGADO DE INSTRUCCIÓN N. 1, JEREZ DE LA F.
- , JUZGADO DE LO PENAL N. 1, JEREZ DE LA
F.
10.- JUNTA ELECTORAL DE ZONA EL PUERTO DE SANTA MARÍA.
- , JUZGADO DE 1ª INSTANCIA E INSTRUCCIÓN N. 2, EL
PUERTO DE S.
- , JUZGADO DE 1ª INSTANCIA E INSTRUCCIÓN N. 4, EL
PUERTO DE S.
- , JUZGADO DE 1ª INSTANCIA E INSTRUCCIÓN N. 1,
ROTA.
11.- JUNTA ELECTORAL DE ZONA SAN FERNANDO.
- , JUZGADO DE 1ª INSTANCIA INSTRUCCIÓN N. 1,
SAN FERNANDO.
- , JUZGADO DE 1ª INSTANCIA E INSTRUCCIÓN N. 2, SAN
FERNANDO.
- , JUZGADO DE 1ª INSTANCIA E INSTRUCCIÓN N. 3, SAN
FERNANDO.
12.- JUNTA ELECTORAL DE ZONA SANLÚCAR DE BARRAMEDA.
- , JUZGADO DE 1ª INSTANCIA E INSTRUCCIÓN N. 1, SANLÚCAR
DE BARRAMEDA.
- , JUZGADO DE 1ª INSTANCIA E INSTRUCCIÓN N. 2, SANLÚCAR
DE BARRAMEDA.
63
ADMINISTRACIÓN
DE
JUSTICIA
- , JUZGADO DE 1ª INSTANCIA E INSTRUCCIÓN N. 4, SANLÚCAR DE
BARRAMEDA.
13.- JUNTA ELECTORAL DE ZONA SAN ROQUE.
- , JUZGADO DE1ª INSTANCIA E INSTRUCCIÓN N.1, LA
LÍNEA DE LA CONCEPCIÓN.
- , JUZGADO DE 1ª INSTANCIA E INSTRUCCIÓN N. 2, LA
LINEA DE LA CONCEPCIÓN.
- , JUZGADO DE 1ª INSTANCIA E INSTRUCCIÓN N. 4, LA LÍNEA
DE LA CONCEPCIÓN.
PROVINCIA DE CÓRDOBA.
14.- JUNTA ELECTORAL DE ZONA AGUILAR.
- , JUZGADO DE 1ª INSTANCIA E INSTRUCCIÓN,
AGUILAR DE LA FRONTERA.
- , JUZGADO DE 1ª INSTANCIA E INSTRUCCIÓN N. 1,
PUENTE GENIL.
- , JUZGADO DE 1ª INSTANCIA E INSTRUCIÓN N. 2 PUENTE GENIL.
15.- JUNTA ELECTORAL DE ZONA BAENA.
- , JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN,
BAENA.
- , JUZGADO DE PAZ, LUQUE.
- , JUZGADO DE PAZ, VALENZUELA.
16.- JUNTA ELECTORAL DE ZONA CABRA.
- , JUZGADO DE 1ª INSTANCIA E
INSTRUCCIÓN N. 1, CABRA.
- , JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN N. 2,
CABRA.
- , JUZGADO DE PAZ, DOÑA MENCIA.
17.- JUNTA ELECTORAL DE ZONA CÓRDOBA.
64
ADMINISTRACIÓN
DE
JUSTICIA
- , JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA N. 1, CÓRDOBA.
- , JUZGADO DE 1ª INSTANCIA N. 2, CÓRDOBA.
- , JUZGADO DE INSTRUCCIÓN N. 5, CÓRDOBA.
18.- JUNTA ELECTORAL DE ZONA LUCENA.
- , JUZGADO DE 1ª INSTANCIA E INSTRUCCIÓN N. 1,
LUCENA.
- , JUZGADO DE 1ª INSTANCIA E INSTRUCCIÓN N. 2,
LUCENA.
- , JUZGADO DE 1ª INSTANCIA E INSTRUCCIÓN N. 3, LUCENA.
19.- JUNTA ELECTORAL DE ZONA MONTILLA.
- , JUZGADO DE 1ª INSTANCIA E INSTRUCCIÓN N. 1,
MONTILLA.
- , JUZGADO DE 1ª INSTANCIA E INSTRUCCIÓN N. 2,
MONTILLA.
- , JUZGADO DE PAZ, LA VICTORIA.
20.- JUNTA ELECTORAL DE ZONA PEÑARROYA PUEBLONUEVO.
- , JUZGADO DE 1ª INSTANCIA E INSTRUCCIÓN N. 1, PEÑARROYA-
PUEBLONUEVO.
- , JUZGADO DE 1ª INSTANCIA E INSTRUCCIÓN N. 2, PEÑARROYA-
PUEBLONUEVO.
- , JUZGADO DE PAZ, FUENTE OBEJUNA.
21.- JUNTA ELECTORAL DE ZONA POSADAS.
- , JUZGADO DE 1ª INSTANCIA E INSTRUCCIÓN N. 1,
POSADAS.
- , JUZGADO DE 1ª INSTANCIA E INSTRUCCIÓN N. 2,
POSADAS.
- , JUZGADO DE 1ª INSTANCIA E
INSTRUCCIÓN N. 3, POSADAS.
22.- JUNTA ELECTORAL DE ZONA POZOBLANCO.
65
ADMINISTRACIÓN
DE
JUSTICIA
- , JUZGADO DE 1ª INSTANCIA E INSTRUCCIÓN N. 1, POZOBLANCO.
- , JUZGADO DE 1º INSTANCIA E INSTRUCCIÓN N. 2,
POZOBLANCO.
- , JUZGADO DE PAZ, PEDROCHE.
23.- JUNTA ELECTORAL DE ZONA PRIEGO DE CÓRDOBA.
- , JUZGADO DE 1ª INSTANCIA E INSTRUCCIÓN, PRIEGO DE
CÓRDOBA.-
- , JUZGADO DE PAZ, ALMEDINILLA.
- , JUZGADO DE PAZ, CARCABUEY.
PROVINCIA DE GRANADA.
24.- JUNTA ELECTORAL DE ZONA BAZA.
- , JUZGADO DE 1ª INSTANCIA E INSTRUCCIÓN N.
1 BAZA.
- , JUZGADO DE 1ª INSTANCIA E INSTRUCCIÓN N. 2, BAZA.
- , JUZGADO DE 1ª INSTANCIA E INSTRUCCIÓN, HUÉSCAR.
25.- JUNTA ELECTORAL DE ZONA GRANADA.
- , JUZGADO DE 1ª INSTANCIA N. 1, GRANADA.
- , JUZGADO DE 1ª INSTANCIA N. 3, GRANADA.
- , JUZGADO DE 1ª INSTANCIA E INSTRUCCIÓN N.
3,SANTA FE.
26.- JUNTA ELECTORAL DE ZONA GUADIX.
- , JUZGADO DE 1ª INSTANCIA E INSTRUCCIÓN N. 1,
GUADIX.
- , JUZGADO DE 1ª INSTANCIA E INSTRUCCIÓN N. 2, GUADIX.
- , JUZGADO DE PAZ, MARCHAL.
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ADMINISTRACIÓN
DE
JUSTICIA
27.- JUNTA ELECTORAL DE ZONA LOJA.
- , JUZGADO DE 1ª INSTANCIA E INSTRUCCIÓN, N. 1, LOJA.
- , JUZGADO DE 1ª INSTANCIA E INSTRUCCIÓN N. 2, LOJA.
- , JUZGADO DE PAZ, HUÉTOR-TÁJAR.
28.- JUNTA ELECTORAL ZONA MOTRIL.
- , JUZGADO DE 1ª INSTANCIA E INSTRUCCIÓN N.
3, MOTRIL.
- , JUZGADO DE 1ª INSTANCIA E INSTRUCCIÓN N. 4, MOTRIL.
- , JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN N. 1,
ALMUÑÉCAR.
29.- JUNTA ELECTORAL DE ZONA ORGIVA.
- , JUZGADO DE 1ª INSTANCIA E INSTRUCCIÓN N. 1,
ORGIVA.
- , JUZGADO DE 1ª INSTANCIA E INSTRUCCIÓN N. 2,
ORGIVA.
- , JUZGADO DE PAZ, LANJARÓN.
PROVINCIA DE HUELVA.
30.- JUNTA ELECTORAL DE ZONA ARACENA.
- , JUZGADO DE 1ª INSTANCIA E INSTRUCCIÓN N. 1,
ARACENA.
- , JUZGADO DE 1ª INSTANCIA E INSTRUCCIÓN N. 2,
ARECENA.
- , JUZGADO DE PAZ, CORTEGANA.
31.- JUNTA ELECTORAL ZONA AYAMONTE.
- , JUZGADO DE 1ª INSTANCIA E INSTRUCCIÓN N. 2, AYAMONTE.
- , JUZGADO DE 1ª INSTANCIA E INSTRUCCIÓN N. 4,
AYAMONTE.
- , JUZGADO DE 1ª INSTANCIA E INSTRUCCIÓN N. 5,
AYAMONTE.
67
ADMINISTRACIÓN
DE
JUSTICIA
32.- JUNTA ELECTORAL ZONA HUELVA.
- , JUZGADO DE 1ª INSTANCIA N. 1, HUELVA.
- , JUZGADO DE 1ª INSTANCIA N. 6, HUELVA.
- , JUZGADO DE VIOLENCIA SOBRE LA MUJER, HUELVA.
33.- JUNTA ELECTORAL DE ZONA MOGUER.
- , JUZGADO DE 1ª INSTANCIA E INSTRUCCIÓN N. 1, MOGUER.
- , JUZGADO DE 1ª INSTANCIA E INSTRUCCIÓN N. 2,
MOGUER.
- , JUZGADO DE PAZ, NIEBLA.
34.- JUNTA ELECTORAL DE ZONA LA PALMA DEL CONDADO.
- , JUZGADO DE 1ª INSTANCIA E INSTRUCCIÓN N. 1, LA PALMA
DEL CONDADO.
- , JUZGADO DE 1ª INSTANCIA E INSTRUCCIÓN
N. 2, LA PALMA DEL CONDADO.
- , JUZGADO DE 1ª INSTANCIA E INSTRUCCIÓN N. 3, LA PALMA DEL
CONDADO.
35.- JUNTA ELECTORAL DE ZONA VALVERDE DEL CAMINO.
- , JUZGADO DE 1ª INSTANCIA DE INSTRUCIÓN N. 1, VALVERDE DEL
C.
- , JUZGADO DE 1ª INSTANCIA N. 2, DE VALVERDE DEL C.
- , JUZGADO DE PAZ, NERVA.
PROVINCIA DE JAÉN.
36.- JUNTA ELECTORAL DE ZONA ALCALÁ LA REAL.
- , JUZGADO DE 1ª INSTANCIA E INSTRUCCIÓN
N. 1, ALCALA LA REAL.
- , JUZGADO DE 1ª INSTANCIA E INSTRUCIÓN N. 2, ALCALÁ LA
REAL.
68
ADMINISTRACIÓN
DE
JUSTICIA
- , JUZGADO DE PAZ, ALCAUDETE.
37.- JUNTA ELECTORAL DE ZONA ANDÚJAR.
- , JUZGADO DE 1ª INSTANCIA E INSTRUCCIÓN N. 1, ANDÚJAR.
- , JUZGADO DE 1ª INSTANCIA E INSTRUCCIÓN N. 2,
ANDÚJAR.
- JUZGADO DE PRIMERA 1ª INSTANCIA E INSTRUCIÓN N. 3,
ANDÚJAR.
38.- JUNTA ELECTORAL DE ZONA BAEZA.
- , JUZGADO DE 1ª INSTANCIA INSTRUCCIÓN , BAEZA.
- , JUZGADO DE PAZ, JABALQUINTO.
- , JUZGADO DE PAZ, TORREBLASCOPEDRO.
39.- JUNTA ELECTORAL DE ZONA LA CAROLINA.
- , JUZGADO DE 1ª INSTANCIA E INSTRUCCIÓN N. 1, LA CAROLINA.
- , JUZGADO DE 1ª INSTANCIA DE INSTRUCCIÓN N. 2,
LA CAROLINA.
- , JUZGADO DE PAZ, BAILÉN.
40.- JUNTA ELECTORAL DE ZONA CAZORLA.
- , JUZGADO DE 1ª INSTANCIA E INSTRUCIÓN N. 1, CAZORLA.
- , JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCIÓN N. 2,
CAZORLA.
- , JUZGADO DE PAZ, POZALCÓN.
41.- JUNTA ELECTORAL DE ZONA JAÉN.
- , JUZGADO DE 1ª INSTANCDIA N. 1, JAEN.
- , JUZGADO DE 1ª INSTANCIA N. 6, JAEN.
- JUZGADO DE INSTRUCCIÓN N. 1, JAEN.
42.- JUNTA ELECTORAL DE ZONA LINARES.
69
ADMINISTRACIÓN
DE
JUSTICIA
- , JUZGADO DE 1ª INSTANCIA E INSTRUCIÓN N. 1,
LINARES.
- , JUZGADO DE 1ª INSTANCIA E INSTRUCCIÓN N. 2,
LINARES.
- , JUZGADO DE 1ª INSTANCIA E INSTRUCIÓN N. 3, LINARES.
43.- JUNTA ELECTORAL DE ZONA MARTOS.
- JUZGADO DE 1ª INSTANCIA E INSTRUCCIÓN N. 1, MARTOS.
- , JUZGADO DE 1ª INSTANCIA E INSTRUCCIÓN N. 2,
MARTOS.
- , JUZGADO DE PAZ, SANTIAGO DE CALATRAVA.
44.- JUNTA ELECTORAL DE ZONA UBEDA.
- , JUZGADO DE 1ª INSTANCIA E INSTRUCCIÓN N. 1, ÚBEDA.
- , JUZGADO DE 1ª INSTANCIA E INSTRUCCIÓN N.
2, ÚBEDA.
- , JUZGADO DE 1ª INSTANCIA E INSTRUCCIÓN N. 3, ÚBEDA.
45.- JUNTA ELECTORAL DE ZONA VILLACARRILLO.
- , JUZGADO DE 1ª INSTANCIA E INSTRUCCIÓN N. 1,
VILLACARRILLO.
- , JUZGADO DE 1ª INSTANCIA E INSTRUCCIÓN N. 2,
VILLACARRILLO.
- , JUZGADO DE PAZ, VILLANUEVA DEL ARZOBISPO.
46.- JUNTA ELECTORAL DE ZONA ANTEQUERA.
- , JUZGADO DE 1ª INSTANCIA E INSTRUCCIÓN N. 2,
ANTEQUERA.
- , JUZGADO DE 1ª INSTANCIA E INSTRUCCIÓN N. 3, ANTEQUERA.
- , JUZGADO DE 1ª INSTANCIA E INSTRUCCIÓN,
ARCHIDONA.
47.- JUNTA ELECTORAL DE ZONA MÁLAGA.
70
ADMINISTRACIÓN
DE
JUSTICIA
- , JUZGADO DE 1ª INSTANCIA N. 1, MÁLAGA.
- , JUZGADO DE 1ª INSTANCIA N. 6, MÁLAGA.
- , JUZGADO INSTRUCCIÓN N. 1, MÁLAGA.
48.- JUNTA ELECTORAL DE ZONA MARBELLA.
- , JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA N. 1,
FUENGIROLA.
- , JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA N. 1, MARBELLA.
- , JUZGADO DE INSTRUCCIÓN N. 4, MARBELLA.
49.- JUNTA ELECTORAL DE ZONA RONDA.
- , JUZGADO DE 1ª INSTANCIA E INSTRUCCIÓN N. 1, RONDA.
- , JUZGADO DE 1ª INSTANCIA E INSTRUCCIÓN
N. 2, RONDA.
- , JUZGADO DE 1ª INSTANCIA E INSTRUCCIÓN N. 3,
RONDA.
50.- JUNTA ELECTORAL DE ZONA VÉLEZ-MÁLAGA.
- , JUZGADO DE 1ª INSTANCIA E INSTRUCCIÓN N. 1,
VÉLEZ-MÁLAGA.
- , JUZGADO DE 1ª INSTANCIA E INSTRUCCIÓN N.
2, VÉLEZ-MÁLAGA.
- , JUZGADO DE 1ª INSTANCIA E INSTRUCCIÓN N. 4, VÉLEZ-
MÁLAGA.
PROVINCIA DE SEVILLA.
51.- JUNTA ELECTORAL DE CARMONA.
- , JUZGADO DE 1ª INSTANCIA E INSTRUCCIÓN N. 1,
CARMONA.
- , JUZGADO DE 1ª INSTANCIA E INSTRUCCIÓN
N. 2, CARMONA.
- JUZGADO DE PRIMERA 1ª INSTANCIA E INSTRUCCIÓN N.
3, CARMONA.
71
ADMINISTRACIÓN
DE
JUSTICIA
52.- CAZALLA DE LA SIERRA.
- , JUZGADO DE 1ª INSTANCIA E INSTRUCCIÓN,
CAZALLA DE LA SIERRA.
- , JUZGADO DE PAZ, ALMADÉN DE LA PLATA.
- , JUZGADO DE PAZ, CONSTANTINA.
53.- JUNTA ELECTORAL DE ZONA ECIJA.
- , JUZGADO DE 1ª INSTANCIA E INSTRUCCIÓN N. 1, ÉCIJA.
- , JUZGADO DE 1ª INSTANCIA E INSTRUCCIÓN N. 2, ÉCIJA.
- , JUZGADO DE PAZ, LA LUISIANA.
54.- JUNTA ELECTORAL DE ZONA LORA DEL RIO.
- , JUZGADO DE 1ª INSTANCIA E INSTRUCCIÓN N. 1, LORA
DEL RIO.
- , JUZGADO DE 1ª INSTANCIA E INSTRUCCIÓN N. 2, LORA DEL
RÍO.
- , JUZGADO DE 1ª INSTANCIA E INSTRUCCIÓN N. 3, LORA DEL RÍO.
55.- JUNTA ELECTORAL DE ZONA MARCHENA.
- , JUZGADO DE 1ª INSTANCIA E INSTRUCCIÓN N. 1,
MARCHENA.
- , JUZGADO DE 1ª INSTANCIA E INSTRUCCIÓN N.2, MARCHENA.
- , JUZGADO DE PAZ, PARADAS.
56.- JUNTA ELECTORAL DE ZONA MORÓN DE LA FRONTERA.
- , JUZGADO DE 1ª INSTANCIA E INSTRUCCIÓN N. 1, MORÓN DE
LA F.
- , JUZGADO DE 1ª INSTANCIA E INSTRUCCIÓN N. 2,
MORÓN DE LA F.
- , JUZGADO PAZ, PUEBLA DE CAZALLA.
57.- JUNTA ELECTORAL DE ZONA OSUNA.
72
ADMINISTRACIÓN
DE
JUSTICIA
- , JUZGADO DE 1ª INSTANCIA E INSTRUCCIÓN N. 2,
ESTEPA.
- JUZGADO DE 1ª INSTANCIA E INSTRUCCIÓN N. 1, OSUNA.
- , JUZGADO DE 1ª INSTANCIA E INSTRUCCIÓN N. 2,
OSUNA.
58.- JUNTA ELECTORAL DE ZONA SEVILLA.
- , JUZGADO DE 1ª INSTANCIA N. 1, SEVILLA.
- , JUZGADO DE INSTRUCCIÓN N. 1, SEVILLA.
- , JUZGADO DE LO PENAL N. 6, SEVILLA.
59.- JUNTA ELECTORAL DE ZONA UTRERA.
- , JUZGADO DE 1ª INSTANCIA E INSTRUCCIÓN N. 6, DOS
HERMANAS.
- , JUZGADO DE 1º INSTANCIA E INSTRUCCIÓN N. 3, UTRERA.
- , JUZGADO DE 1ª INSTANCIA E INSTRUCCIÓN N.
4, DE UTRERA.
60.- JUNTA ELECTORAL DE ZONA CIUDAD AUTÓNOMA CEUTA.
- , JUZGADO DE 1ª INSTANCIA E INSTRUCCIÓN N. 1, CEUTA.
- , JUZGADO DE 1ª INSTANCIA E INSTRUCCIÓN N. 4,
CEUTA.
- , JUZGADO DE LO PENAL N. 2, CEUTA.
61.- JUNTA ELECTORAL DE ZONA CIUDAD AUTÓNOMA MELILLA.
- , JUZGADO DE1ª INSTANCIA E INSTRUCCIÓN N. 1, MELILLA.
- , JUZGADO DE 1ª INSTANCIA E INSTRUCCIÓN N. 5,
MELILLA.
- , JUZGADO DE LO PENAL N. 2, MELILLA.
Particípese el presente Acuerdo al Consejo General del Poder Judicial y a los Letrados de
la Administración de Justicia de las respectivas Juntas Electorales de Zona para su conocimiento y
a los efectos oportunos.
73
ADMINISTRACIÓN
DE
JUSTICIA
Y no habiendo otros asuntos que tratar, se procede a continuación a dar lectura de los
Acuerdos adoptados, siendo aprobados por unanimidad de los asistentes, dándose por terminada
la sesión a las 12 horas y 30 minutos, de la que da fe el Secretario de Gobierno.
EL PRESIDENTE, EL SECRETARIO DE GOBIERNO,
Fdo.: Lorenzo del Rio Fernández Diego Medina Garcia
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