Grupo Editorial Megabyte Proyectos de Electrificacin
1
REGLAMENTO NACIONAL DE EDIFICACIONESCon RESOLUCIN MINISTERIAL Nro 290-2005-VIVIENDA
NORMA TCNICA E.C.010
REDES DE DISTRIBUCIN DE ENERGA ELCTRICA
Artculo 1.- GENERALIDADES
La distribucin de energa elctrica es una actividad vinculada a la habilitacin urbana
y rural as como a las edificaciones. Se rige por lo normado en la Ley de Concesiones Elctricas
D.L. N 25844 y su Reglamento aprobado por D.S. N 09-93-EM, el Cdigo Nacional de Electricidad
y las Normas de la Direccin General de Electricidad (En adelante se denominar Normas DGE)
correspondientes.
Estas reglas se complementan con las normas emitidas por otras autoridades
estatales relacionadas con el tema.
Artculo 2.- ALCANCE
Las disposiciones de esta norma son aplicables a todo proceso de electrificacin de
habilitacin de tierras y edificaciones, segn la clasificacin dada por la Direccin General de
Electricidad del Ministerio de Energa y Minas y que estn relacionadas con las redes de distribucin
de energa elctrica.
Las redes de alumbrado pblico y las subestaciones elctricas deben sujetarse a las Normas
EC.020 y EC.030 respectivamente, de este Reglamento.
Artculo 3.- DEFINICIONES
Para la aplicacin de lo dispuesto en la presente Norma, se entiende por:
- DISTRIBUCIN DE ENERGA ELCTRICA.- Es recibir la energa elctrica de
los generadores o transmisores en los puntos de entrega, en bloque y entregarla a los
usuarios finales.
- CONCESIONARIO.- Persona natural o jurdica encargada de la prestacin del
Servicio Pblico de Distribucin de Energa Elctrica.
- ZONA DE CONCESIN.- rea en la cual el concesionario presta el servicio pblico de
distribucin de electricidad.
- SISTEMA DE DISTRIBUCIN.- Conjunto de instalaciones para la entrega de
energa elctrica a los diferentes usuarios, comprende:
o Subsistema de distribucin primaria;o Subsistema de distribucin secundaria;o Instalaciones de alumbrado pblico;o Conexiones;
Grupo Editorial Megabyte Proyectos de Electrificacin
2
o Punto de entrega.Vase Esquema General de la Red o Sistema Elctrico, adjunto
- SUBSISTEMA DE DISTRIBUCIN PRIMARIA.- Es aquel destinado a transportar la
energa elctrica producida por un sistema de generacin, utilizando eventualmente un
sistema de transmisin, y/o un subsistema de subtransmisin, a un subsistema de
distribucin secundaria, a las instalaciones de alumbrado pblico y/o a las conexiones
para los usuarios, comprendiendo tanto las redes como las subestaciones intermediarias
y/o finales de transformacin.
- RED DE DISTRIBUCIN PRIMARIA.- Conjunto de cables o conductores, sus
elementos de instalacin y sus accesorios, proyectado para operar a tensiones
normalizadas de distribucin primaria, que partiendo de un sistema de generacin o de un
sistema de transmisin, est destinado a alimentar/interconectar una o ms subestaciones
de distribucin; abarca los terminales de salida desde el sistema alimentador hasta los
de entrada a la subestacin alimentada.
- SUBESTACIN DE DISTRIBUCIN.- Conjunto de instalaciones para transformacin
y/o seccionamiento de la energa elctrica que la recibe de una red de distribucin
primaria y la entrega a un subsistema de distribucin secundaria, a las instalaciones de
alumbrado pblico, a otra red de distribucin primaria o a usuarios. Comprende
generalmente el transformador de potencia y los equipos de maniobra, proteccin y
control, tanto en el lado primario como en el secundario, y eventualmente edificaciones
para albergarlos.
- SUBSISTEMA DE DISTRIBUCIN SECUNDARIA.- Es aquel destinado a transportar
la energa elctrica suministrada normalmente a bajas tensiones, desde un sistema de
generacin, eventualmente a travs de un sistema de transmisin y/o subsistema de
distribucin primaria, a las conexiones.
- INSTALACIONES DE ALUMBRADO PBLICO.- Conjunto de dispositivos necesarios
para dotar de iluminacin a vas y lugares pblicos (avenidas, jirones, calles,
pasajes, plazas, parques, paseos, puentes, caminos, carreteras, autopistas, pasos a nivel o
desnivel, etc.), abarcando las redes y las unidades de alumbrado pblico.
- SISTEMA DE UTILIZACIN.- Es aquel constituido por el conjunto de
instalaciones destinado a llevar energa elctrica suministrada a cada usuario desde
el punto de entrega hasta los diversos artefactos elctricos en los que se
produzcan su transformacin en otras formas de energa.
Grupo Editorial Megabyte Proyectos de Electrificacin
3
Esquema General de la Red o Sistema Elctrico
Grupo Editorial Megabyte Proyectos de Electrificacin
4
Artculo 4.- SUBSISTEMA DE DISTRIBUCIN PRIMARIA
Comprende tanto las redes de distribucin primaria como las subestaciones de
distribucin.
Los proyectos y la ejecucin de obras en subsistemas de distribucin primaria deben sujetarse
a las Normas DGE de Procedimientos para la elaboracin de proyectos y ejecucin de obras en
sistemas de distribucin y sistemas de utilizacin.
En general, se rige por lo establecido en la Ley de Concesiones Elctricas D.L.N
25844 y su Reglamento, las Normas DGE y el Cdigo Nacional de Electricidad - Suministro,
as como las disposiciones de Conservacin del Medio Ambiente y del Patrimonio Cultural de la
Nacin.
Las subestaciones elctricas deben sujetarse a la Norma EC.030 del presente Reglamento.
En el caso que la red elctrica del sistema de distribucin, afecte la infraestructura vial del pas
deber contar con la autorizacin de uso de derecho de va proporcionado por el Ministerio de
Transportes y Comunicaciones, a travs de la Direccin General de Caminos y Ferrocarriles."
Artculo 5.- SUBSISTEMA DE DISTRIBUCIN SECUNDARIA
Es aquel destinado a transportar la energa elctrica suministrada normalmente a baja
tensin, desde un subsistema de distribucin primaria, a las conexiones.
Los proyectos y la ejecucin de obras en subsistemas de distribucin secundaria deben
sujetarse a las Normas DGE de Procedimientos para la elaboracin de proyectos y ejecucin de
obras en sistemas de distribucin y sistemas de utilizacin.
De acuerdo con el Artculo 85 de la Ley de Concesiones Elctricas D.L. N 25844, se
establece que en caso de nuevas habilitaciones urbanas, electrificacin de zonas urbanas
habitadas o de agrupaciones de viviendas ubicadas dentro de la zona de concesin, le
corresponde a los interesados ejecutar las instalaciones elctricas referentes a la red secundaria y
alumbrado pblico, conforme al proyecto previamente aprobado y bajo la supervisin de la empresa
concesionaria que atiende el rea.
En general, se rige por lo establecido en la Ley de Concesiones Elctricas D.L. N
25844 y su Reglamento, las Normas DGE y el Cdigo Nacional de Electricidad - Suministro, as
como las disposiciones de Conservacin del Medio Ambiente y del Patrimonio Cultural de la
Nacin.
Artculo 6.- CONEXIONES
La conexin es el conjunto de elementos abastecidos desde un sistema de distribucin para la
alimentacin de los suministros de energa elctrica destinados a los usuarios, incluyendo las
acometidas y las cajas de conexin, de derivacin y/o toma, equipos de control, limitacin de potencia,
registro y/o medicin de la energa elctrica proporcionada.
La acometida (del usuario o del consumidor) es la derivacin que parte de la red de
distribucin elctrica para suministrar energa a la instalacin del usuario. El Cdigo Nacional de
Grupo Editorial Megabyte Proyectos de Electrificacin
5
Electricidad ampla esta definicin y considera a la acometida como parte de una instalacin elctrica
comprendida entre la red de distribucin (incluye el empalme) y la caja de conexin y medicin o la
caja de toma.
El punto de entrega o punto de suministro, es el punto de enlace entre una red de energa
elctrica y un usuario de la energa elctrica. El Reglamento de la Ley de Concesiones Elctricas D.S.
N009-93-EM, considera el punto de entrega, para los suministros en baja tensin, como la conexin
elctrica entre la acometida y las instalaciones del concesionario.
La acometida de la conexin puede ser subterrnea, area o area subterrnea
De acuerdo al Artculo 88 de la Ley de Concesiones Elctricas D.L. N 25844, las
instalaciones internas particulares de cada suministro debern iniciarse a partir del punto de entrega,
corriendo por cuenta del usuario el proyecto, ejecucin, operacin y mantenimiento, as como
eventuales ampliaciones, renovaciones, reparaciones y/o reposiciones.
El Artculo 163 del Reglamento de la Ley de Concesiones Elctricas D.S. N009-93- EM, norma el
uso, mantenimiento y reposicin de la acometida, del equipo de medicin y proteccin y su
respectiva caja.
En general, se rige por lo establecido en la Ley de Concesiones Elctricas D.L. N 25844 y su
Reglamento, el Cdigo Nacional de Electricidad, las Normas DGE correspondientes y las Normas
Tcnicas Peruanas respectivas.
NORMA TCNICA E.C. 020
REDES DE ALUMBRADO PBLICO
ARTCULO 1.- GENERALIDADES
El alumbrado pblico tiene por objeto brindar los niveles lumnicos en las vas y
lugares pblicos, proporcionando seguridad al trnsito vehicular y peatonal.
Comprende las vas y lugares pblicos tales como, las avenidas, jirones, calles, pasajes,
plazas, parques, paseos, puentes, caminos, carreteras, autopistas, pasos a nivel o desnivel, etc.
ARTCULO 2.- ALCANCE
Las disposiciones de esta norma son aplicables a todo proceso de alumbrado pblico para
habilitaciones urbanas o rurales, as como a su mantenimiento.
ARTCULO 3.- REDES DE ALUMBRADO PBLICO
De acuerdo con el Artculo 85 de la Ley de Concesiones Elctricas D.L. N 25844, se
establece que en caso de nuevas habilitaciones urbanas, electrificacin de zonas urbanas
habitadas o de agrupaciones de viviendas ubicadas dentro de la zona de concesin, le
corresponde a los interesados ejecutar las instalaciones elctricas referentes a la red secundaria y
alumbrado pblico, conforme al proyecto previamente aprobado y bajo la supervisin de la empresa
concesionaria que atiende el rea.
Asimismo, en el Artculo 94 de la Ley de Concesiones Elctricas D.L. N 25844, se establece
Grupo Editorial Megabyte Proyectos de Electrificacin
6
que la prestacin del servicio de alumbrado pblico es de responsabilidad de los concesionarios de
distribucin, en lo que se refiere al alumbrado general de avenidas, calles, parques y plazas. Y
por otro lado, las Municipalidades podrn ejecutar a su costo, instalaciones especiales de
iluminacin, superior a los estndares que se seale en el respectivo contrato de concesin. En
este caso debern asumir igualmente los costos del consumo de energa, operacin y
mantenimiento.
En general, el alumbrado pblico est normado por la Ley de Concesiones Elctricas D.L. N
25884 y su Reglamento, el Cdigo Nacional de Electricidad, la Norma DGE Alumbrado de
Vas Pblicas en Zonas de Concesin de Distribucin, la Norma DGE Alumbrado de Vas
Pblicas en reas Rurales, las dems Normas DGE y Normas Tcnicas Peruanas respectivas.
La Norma DGE Alumbrado de Vas Pblicas en Zonas de Concesin de
Distribucin, reglamenta los parmetros lumnicos mnimos a ser aplicados en los diferentes tipos de
vas. La Norma DGE Alumbrado de Vas Pblicas en reas Rurales, establece los requerimientos
mnimos que deben cumplir las instalaciones de alumbrado de vas pblicas en zonas que se
desarrollen proyectos y obras de electrificacin rural.
En el caso que las redes de alumbrado pblico, afecte la infraestructura vial del pas debern
contar con la autorizacin de uso de derecho de va proporcionado por el Ministerio de Transportes y
Comunicaciones, a travs de la Direccin General de Caminos y Ferrocarriles.
NORMA TCNICA E.C. 030
SUBESTACIONES ELCTRICAS
Artculo 1.- GENERALIDADES
Las subestaciones de transformacin estn conformadas por transformadores de energa
que interconectan dos o ms redes de tensiones diferentes.
Artculo 2.- ALCANCE
Las disposiciones de esta norma son aplicables a todo proceso de electrificacin de
habilitacin de tierras y de edificaciones.
Artculo 3.- SUBESTACIONES ELCTRICAS
De acuerdo con el Artculo 95 de la Ley de Concesiones Elctricas D.L. N25844, en todo proyecto
de habilitacin de tierra o en la construccin de edificaciones, deber reservarse las reas suficientes
para instalacin de las respectivas subestaciones de distribucin.
En general, el uso, la operacin y mantenimiento de las subestaciones elctricas est normado
por la Ley de Concesiones Elctricas D.L. N 25884 y su Reglamento, el Cdigo Nacional de
Electricidad, las Normas DGE correspondientes, las Normas Tcnicas Peruanas respectivas;
as como las disposiciones de Conservacin del Medio Ambiente y del Patrimonio Cultural de la
Nacin.
Grupo Editorial Megabyte Proyectos de Electrificacin
7
NORMA TCNICA EM.010
INSTALACIONES ELCTRICAS INTERIORES
Artculo 1.- GENERALIDADES
Las instalaciones elctricas interiores estn tipificadas en el Cdigo Nacional de
Electricidad y corresponde a las instalaciones que se efectan a partir de la acometida hasta los puntos
de utilizacin.
En trminos generales comprende a las acometidas, los alimentadores, subalimentadores,
tableros, sub-tableros, circuitos derivados, sistemas de proteccin y control, sistemas de medicin y
registro, sistemas de puesta a tierra y otros.
Las instalaciones elctricas interiores deben ajustarse a lo establecido en el Cdigo Nacional
de Electricidad, siendo obligatorio el cumplimiento de todas sus prescripciones, especialmente las
reglas de proteccin contra el riesgo elctrico.
Artculo 2.- ALCANCE
Las prescripciones de esta Norma son de aplicacin obligatoria a todo proyecto de instalacin
elctrica interior tales como: Viviendas, Locales Comerciales, Locales Industriales, Locales de
Espectculos, Centros de Reunin, Locales Hospitalarios, Educacionales, de Hospedaje, Locales para
Estacionamiento de Vehculos, Playas y Edificios de Estacionamiento, Puesto de Venta de
Combustible y Estaciones de Servicio.
En general en cualquier instalacin interior en todo el territorio de la Repblica.
Artculo 3.- CLCULOS DE ILUMINACIN
En la elaboracin de proyectos de instalaciones elctricas interiores, los
proyectistas estn obligados a realizar clculos de iluminacin en locales tales como: Comerciales,
Oficinas, Locales de Espectculos, Aeropuertos, Puertos, Estaciones de Transporte Terrestre y
Similares, Locales Deportivos, Fbricas y Talleres, Hospitales, Centros de Salud, Postas Mdicas y
Afines, Laboratorios, Museos y afines.
A continuacin se presenta la Tabla de Iluminancias mnimas a considerar en lux, segn los
ambientes al interior de las edificaciones, definiendo la calidad de la iluminacin segn el tipo
de tarea visual o actividad a realizar en dichos ambientes.
Los proyectistas deben observar las disposiciones del Cdigo Nacional de
Electricidad y las Normas DGE relacionadas a la iluminacin.
Grupo Editorial Megabyte Proyectos de Electrificacin
8
TABLA DE ILUMINANCIAS PARA AMBIENTES AL INTERIOR
AMBIENTESILUMINANCIAEN SERVICIO
(lux)CALIDAD
reas generales en edificiosPasillos, corredoresBaosAlmacenes en tiendasEscaleras
100100100150
D EC DD EC D
Lneas de ensamblajeTrabajo pesado (ensamble de maquinarias)Trabajo normal (industria liviana)Trabajo fino (ensambles electrnicos)Trabajo muy fino (ensamble de instrumentos)
3005007501500
C DB CA BA B
Industrias qumicas y plsticosEn procesos automticosPlantas al interiorSalas de laboratoriosIndustria farmacuticaIndustrias del cauchoInspeccinControl de colores
150300500500500750
1000
D EC DC DC DC DA BA B
Fbricas de vestimentaPlanchadoCosturaInspeccin
500750
1000
A BA BA B
Industrias elctricasFabricacin de cablesBobinadosEnsamblaje de partes pequeasPruebas y ajustesEnsamble de elementos electrnicos
300500
100010001500
B CA BA BA BA B
Industrias alimentariasProcesos automticosreas de trabajo generalInspeccin
200300500
D EC DA B
Trabajos en vidrio y cermicaSalas de almacnreas de mezclado y moldeoreas de acabados manualesreas de acabados mecnicosRevisin gruesaRevisin fina Retoques
150300300500750
1000
D EC DB CB CA BA B
Trabajos en hierro y aceroPlantas automticasPlantas semi automticasZonas de trabajo manualInspeccin y control
50200300500
D ED ED EA B
Grupo Editorial Megabyte Proyectos de Electrificacin
9
TABLA DE ILUMINANCIAS PARA AMBIENTES AL INTERIOR
AMBIENTESILUMINANCIAEN SERVICIO
(lux)CALIDAD
Industrias de cueroreas de trabajo en generalPrensado, curtiembre, costuraProduccin de calzadosControl de calidad
300750
1000
B CA BA - B
Trabajos de maquinado ( forjado torno )Forjado de pequeas piezasMaquinado en tornillo de bancoMaquinado simple en tornoMaquinado fino en torno e inspeccin de pequeaspartes
200400750
1500
D EB CA BA B
Talleres de pintadoPreparacin de superficiesPintado generalPintado fino, acabados, control
500750
1000
C DB CA B
Fbricas de papelProcesos automticosElaboracin semi automticaInspeccin
200300500
D EC DA B
Imprentas Construccin de librosSalas de impresin a mquinaEncuadernadoComposicin, edicin, etc.RetoquesReproducciones e impresiones a colorGrabados en acero y cobre
500500750
100015002000
C DA BA BA BA BA B
Industrias textilesrea de desembalajeDiseoHilados, cardados, teidosHilados finos, entrelazadosCosido, inspeccin
200300500750
1000
D ED EC DA BA B
Industrias en maderaAserraderoEnsamble en tornillo de bancoTrabajo con mquinasAcabadosInspeccin control calidad
200300500750
1000
D EC DB CA BA B
OficinasArchivosSalas de conferenciaOficinas generales y salas de cmputoOficinas con trabajo intensoSalas de diseo
200300500750
1000
C DA BA BA BA B
Centros de enseanzaSalas de lecturaSalones de clase, laboratorios, talleres, gimnasios
300500
A BA B
Grupo Editorial Megabyte Proyectos de Electrificacin
10
TABLA DE ILUMINANCIAS PARA AMBIENTES AL INTERIOR
AMBIENTESILUMINANCIAEN SERVICIO
(lux)CALIDAD
TiendasTiendas convencionalesTiendas de autoservicioTiendas de exhibicin
300500750
B CB CB C
Edificios PblicosSalas de cineSalas de conciertos y teatrosMuseos y galeras de arteIglesias
- nave central- altar y plpito
150200300
100300
B CB CB C
B CB C
ViviendasDormitorios
- general- cabecera de cama
Baos- general- rea de espejo
Salas- general- rea de lectura
Salas de estarCocinas
- general- reas de trabajo
rea de trabajo domsticoDormitorio de nios
50200
100500
100500100
300500300100
B CB C
B CB C
B CB CB C
B CB CB CB C
Hoteles y restaurantesComedoresHabitaciones y baos
- general- local
reas de recepcin, salas de conferenciaCocinas
200
100300300500
B C
B CB CB CB C
Subestaciones elctricas al interiorAlumbrado generalAlumbrado localAlumbrado de emergencia
20050050
B CA BB C
Grupo Editorial Megabyte Proyectos de Electrificacin
11
TABLA DE ILUMINANCIASPARA AMBIENTES AL INTERIOR
AMBIENTESILUMINANCIAEN SERVICIO
(lux)CALIDAD
Hospitales Centros MdicosCorredores o pasillos
- durante la noche- durante el da
Salas de pacientes- circulacin nocturna- observacin nocturna- alumbrado general- exmenes en cama
Salas de exmenes- alumbrado general- iluminacin local
Salas de cuidados intensivos- cabecera de cama- observacin local
Sala de enfermerasSalas de operaciones
- sala de preparacin- alumbrado general- mesa de operaciones
Salas de autopsias- alumbrado general- alumbrado local
Laboratorios y farmacias- alumbrado general- alumbrado local
Consultorios- alumbrado general- alumbrado local
50200
15
150300
5001000
50750300
5001000
100000
7505000
7501000
500750
A BA B
A BA BA BA B
A BA B
A BA BA B
A BA BA B
A BA B
A BA B
A BA B
CALIDAD DE LA ILUMINACIN POR TIPO DE TAREA VISUAL O ACTIVIDAD
CALIDAD TIPO DE TAREA VISUAL O ACTIVIDAD
A Tareas visuales muy exactasB Tareas visuales con alta exigencia. Tareas visuales de
exigencia normal y de alta concentracinC Tareas visuales de exigencia y grado de concentracin
normales; y con un cierto grado de movilidad del trabajador.D Tareas visuales de bajo grado de exigencia y concentracin,
con trabajadores movindose frecuentemente dentro de unrea especfica.
E Tareas de baja demanda visual, con trabajadores movindosesin restriccin de rea.
Grupo Editorial Megabyte Proyectos de Electrificacin
12
Artculo 4.- EVALUACIN DE LA DEMANDA
Los proyectos debern incluir un anlisis de la potencia instalada y mxima demanda
de potencia que requerirn las instalaciones proyectadas.
La evaluacin de la demanda podr realizarse por cualquier de los dos mtodos
que se describen:
Mtodo 1. Considerando las cargas realmente a instalarse, los factores de demanda
y simultaneidad que se obtendrn durante la operacin de la
instalacin.
Mtodo 2. Considerando las cargas unitarias y los factores de demanda que estipula
el Cdigo Nacional de Electricidad o las Normas DGE correspondientes; el
factor de simultaneidad entre las cargas ser asumido y justificado por el
proyectista.
El valor mnimo de la demanda mxima y el tipo de suministro para la
elaboracin del Proyecto de Subsistema de Distribucin Secundaria, que requiere una habilitacin de
tierras para ser dotada del servicio pblico de electricidad, estn establecidos en la Norma DGE
Calificacin Elctrica para la Elaboracin de Proyectos de Subsistemas de Distribucin Secundaria.
Artculo 5.- COMPONENTES DE UN PROYECTO DE INSTALACIN
ELCTRICA INTERIOR
Para los efectos de la presente Norma se considera que un proyecto de instalacin
elctrica interior consta de lo siguiente:
- Memoria Descriptiva
- Factibilidad y Punto de Entrega del Servicio Pblico
- Memoria de Clculo
- Especificaciones Tcnicas
- Planos
- Certificado de Habilitacin de Proyectos
Memoria Descriptiva
Descripcin de la naturaleza del proyecto y la concepcin del diseo de cada una de las
instalaciones que conforman el sistema proyectado.
Factibilidad y Punto de Entrega del Servicio Pblico de Electricidad
Cartas con la factibilidad y punto de entrega (suministro) para el servicio pblico de
electricidad, otorgada por el respectivo concesionario.
Memoria de Clculo
Descripcin y formulacin de los parmetros de clculo de los diferentes diseos,
complementado con las respectivas hojas de clculo.
Grupo Editorial Megabyte Proyectos de Electrificacin
13
Especificaciones Tcnicas
Descripcin de las caractersticas especficas y normas de fabricacin de cada uno de los
materiales y/o equipos a utilizarse; as como, los mtodos constructivos a seguirse.
Planos
Los planos deben ser presentados en hojas de tamao y formatos
normalizados segn la NTP 272.002 y NTP 833.001, doblados al tamao A4 conforme a la
NTP 833.002 debiendo quedar a la vista el rtulo respectivo donde debe figurar el nombre
completo y nmero de registro del Colegio de Ingenieros del Per del Profesional
Responsable (Ing. Electricista o Ing. Mecnico-Electricista); as como su firma y sello
oficial.
De acuerdo a la naturaleza y magnitud del proyecto los planos pueden ser:
Planos Generales: Para que mediante aplicacin de los smbolos grficos normalizados
en electricidad se haga la distribucin de las salidas, diagramas unifilares y
dems elementos de los diseos del proyecto. El plano debe ser desarrollado en
escala 1:50.
Planos de Conjunto: Para identificar la posicin relativa de las distintas partes y/o elementos
de un sistema, que por su tamao sea necesario hacerlo. El plano debe ser desarrollado en
escala 1:100, 1:200 1:500.
Planos de Detalle: Para una mejor identificacin o comprensin de algunos elementos o
parte de los diseos del proyecto, tales como esquemas generales, planos isomtricos
etc., sean necesarios. Los detalles deben ser desarrollados en escala 1:20 1.25.
Certificado de Habilitacin de Proyectos
Documento emitido por el Consejo Departamental del Colegio de Ingenieros del Per, por la
que certifica que el Profesional que se menciona se encuentra hbil y esta autorizado para
desarrollar un proyecto de su especialidad.
Artculo 6.- DISEO DE LAS INSTALACIONES ELCTRICAS
El diseo de instalaciones elctricas, deber realizarse de acuerdo con el Cdigo
Nacional de Electricidad.
Artculo 7.- CONSTRUCCIN POR ETAPAS
Cuando las instalaciones de un proyecto vayan a construirse por etapas se deber:
a) Elaborar el proyecto completo, dejando claramente establecido cada una de las etapas.
b) En el caso que no se pueda definir las cargas de alguna de las etapas, deber preverse
lo necesario y suficiente para atender las futuras etapas tales como: circuitos de reserva en el
tablero elctrico, canalizaciones, etc.
Artculo 8.- INSTALACIONES ELCTRICAS EN LOCALES ESPECIALES SEGN
EL CDIGO NACIONAL DE ELECTRICIDAD
Grupo Editorial Megabyte Proyectos de Electrificacin
14
Se regirn por lo dispuesto en el Cdigo Nacional de Electricidad, Normas Tcnicas y
las disposiciones emitidas por las autoridades competentes.
Artculo 9.- INSTALACIONES ELCTRICAS PROVISIONALES
Las instalaciones elctricas temporales estn destinadas a dar suministro de energa
elctrica a actividades temporales.
Las instalaciones elctricas temporales debern:
a) Cumplir con las prescripciones del Cdigo Nacional de Electricidad y Normas DGE de
Suministros Provisionales.
b) Garantizar la seguridad de las personas.
c) Al concluir la actividad temporal deber retirarse todas las instalaciones efectuadas.
Artculo 10.- EQUIPOS PARA SUMINISTROS DE ENERGA POR
EMERGENCIA
Los equipos a instalarse debern cumplir con las prescripciones del Cdigo Nacional de
Electricidad.
Los locales con afluencia de pblico, incluyendo los edificios multifamiliares, debern
contar con instalaciones de iluminacin de emergencia.
Artculo 11.- REFERENCIAS NORMATIVAS
En la presente Norma se hace mencin a las siguientes Normas Tcnicas Peruanas:
NTP 272.002 Papeles. Lista de aplicacin de los formatos de la serie A
INTINTEC.
NTP 833.001 Dibujo Tcnico. Formato de Lminas. NTP 833.002 Dibujo Tcnico.
Plegado de Lminas.
Top Related