Antecedentes e historia de la constitución mexicana
Roberto De Jesús González | FCA UNAM
Contenido El Estado de Derecho en México..................................................................................................................2
Antecedentes constitucionalistas .................................................................................................................3
Constitución de Cádiz ...............................................................................................................................3
Elementos constitucionales ......................................................................................................................4
Los Sentimientos de la Nación .................................................................................................................7
Textos constitucionales ................................................................................................................................9
Constitución de Apatzingán ......................................................................................................................9
Proclama de 1821 ...................................................................................................................................11
Constitución de 1824 ..............................................................................................................................12
Constitución de 1835 ..............................................................................................................................15
Bases orgánicas de 1841 ........................................................................................................................17
Bases orgánicas de 1843 ........................................................................................................................18
Acta constitutiva y de reformas de 1847 ...............................................................................................19
Constitución de 1857 ..............................................................................................................................20
Constitución de 1917 ..............................................................................................................................22
Introducción............................................................................................................................................25
Título primero .........................................................................................................................................26
Título segundo ........................................................................................................................................26
Título tercero ..........................................................................................................................................27
Título cuarto ...........................................................................................................................................27
Título quinto ...........................................................................................................................................27
Título sexto .............................................................................................................................................28
Título séptimo .........................................................................................................................................28
Título octavo ...........................................................................................................................................28
Título noveno ..........................................................................................................................................28
Reformas.................................................................................................................................................28
División política-administrativa ...............................................................................................................29
Cambios territoriales posteriores............................................................................................................30
Antecedentes e historia de la constitución mexicana
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El Estado de Derecho en México
La constitución, en México, es la norma fundamental o carta magna, establecida para regir
jurídicamente al país, fijando los límites y definiendo las relaciones entre los poderes de
la federación: poder legislativo, ejecutivo y judicial, entre los tres niveles diferenciados del
gobierno (el federal, estatal y municipal), y entre todos aquellos y los ciudadanos; asimismo,
establece las bases para el gobierno y para la organización de las instituciones en que el poder
se asienta; y garantiza finalmente, en tanto que pacto social supremo de la
sociedad mexicana, los derechos y los deberes del pueblo.
México ha tenido diversas constituciones a lo largo de su historia. Desde que devino
una nación libre e independiente, se ha dado, según el momento histórico y la circunstancia,
varias constituciones hasta llegar a la que rige en la actualidad, que fue promulgada el 5 de
febrero de 1917. Cada una de ellas ha tenido su razón política de ser y un impacto social
determinado. He aquí un breve resumen de cada una de ellas y de su historia
Durante la colonia el pueblo mexicano se rigió por disposiciones que venían de España, los
naturales de la Nueva España fueron rebajados de su calidad humana, no se le reconocía
personalidad jurídica se trataba del Estado burgués de Derecho, se formaliza
constitucionalmente con la Constitución de Cádiz en 1812. Después de tres siglos entra en
crisis la dominación europea sobre la colonia, pues España enfrenta el poderío Napoleónico y
las ideas de la ideas de la ilustración con su ideología de Estado Democrático que influiría en la
revolución de Independencia. México ha tenido diversas constituciones:
Constitución de Apatzingán, 22 de octubre de 1814 – en Apatzingán – Morelos publicó
los Sentimientos de la Nación que establecen que: la soberanía recae en el pueblo , una división tripartita del poder supremo, organización de un legislativo representativo, la presunción de inocencia, el Derecho de ser escuchado en un juicio, y no ser castigado sin que preceda un ley escrita, además del respeto a la propiedad, libertad e igualdad.
Constitución Federal de los Estados Unidos Mexicanos, 4 de octubre de 1824, establece organización de gobierno federal pero no regula las garantías individuales.
Constitución Centralista de 1836- las siete leyes constitucionales- crea el supremo poder conservador
1857- Nueva Constitución implanta una república federal, representativa y democrática. Se crea un capítulo dedicado a las garantías individuales. Establece libertad de enseñanza, de
imprenta, suprime tribunales especiales, se institucionaliza definitivamente el amparo y se seculariza el Estado.
Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos de 1917 o Carta Magna de 1917, busca garantizar las demandas de los grupos que participaron en la revolución, y redimir los conflictos entre clases, con esta se logra legitimar el gobierno y concentrar el poder.
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Antecedentes constitucionalistas
Ilustración 1
Constitución de Cádiz
La primera Constitución de México es la de 1824, aunque ya con anterioridad, en plena lucha
por la independencia, se redactó la Constitución de Apatzingán en 1814. Ahora bien, las raíces
ideológicas de ambas constituciones se encuentran tanto en la Constitución de Cádiz de 1812,
como en los Sentimientos de la Nación de José María Morelos y Pavón. Finalmente en 1821,
cuando Agustín de Iturbide proclama la independencia, lo hace bajo el Plan de Iguala, del 24
de febrero de 1821 y establece que la forma de gobierno será una monarquía moderada.
En 1823 se disolvió la monarquía
La constitución española de 1812, también denominada La Pepa, fue promulgada por las
Cortes Generales de España el 19 de marzo de 1812 en Cádiz. La importancia histórica de la
misma es grande, al tratarse de la primera Constitución promulgada en España, que además
de ser una de las más liberales de su tiempo sirvió de modelo a las primeras leyes
fundamentales del México que se transformaba en nación independiente. A lgunos estados de
la incipiente república usan inclusive esta constitución gaditana durante el tiempo que tardaron
en preparar sus propias cartas fundamentales (Ver Constituciones de Yucatán). Respecto al
origen de su sobrenombre, La Pepa, éste se debe a que fue promulgada el día (santoral) de
San José
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Elementos constitucionales
Los Elementos Constitucionales fueron un conjunto de lineamientos a manera de proyecto de
constitución para México (entonces todavía Nueva España), redactado en abril de
1812, durante la guerra de Independencia de México por el general Ignacio López Rayón, y
puestos a circular a partir del 4 de septiembre de 1812, en Zinacantepec, Estado de México,
con el objeto de constituir una nación independiente de España. Se les señala como
antecedente directo y fuente de creación de los Sentimientos de la Nación de José María
Morelos y Pavón y, por tanto, de la posterior Constitución de 1824.4 Por ello, es el
antecedente más antiguo del constitucionalismo mexicano.
Ilustración 2
Los Elementos Constitucionales fueron un conjunto de lineamientos a manera de proyecto de
constitución para México (entonces todavía Nueva España), redactado en abril de
1812,3 durante la guerra de Independencia de México por el general Ignacio López Rayón, y
puestos a circular a partir del 4 de septiembre de 1812, en Zinacantepec, Estado de México,
con el objeto de constituir una nación independiente de España. Se les señala como
antecedente directo y fuente de creación de los Sentimientos de la Nación de José María
Morelos y Pavón y, por tanto, de la posterior Constitución de 1824.4 Por ello, es el
antecedente más antiguo del constitucionalismo mexicano.5
Una vez iniciada la lucha de independencia, y ante el vacío de poder dejado por Fernando VII al ser depuesto por Napoleón Bonaparte en 1808, fue interés de los insurgentes tratar de
Ignacio López Rayón creador de los Elementos Constitucionales
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fundamentar su lucha por la independencia del Virreinato de Nueva España en principios jurídicos que legitimaran su actuar, y que sirvieran como base para agrupar al pueblo sobre
ideales comunes.
En ese sentido y tras la experiencias revolucionarias de Francia y Estados Unidos, así como la constitución elaborada por éste último país en 1787, impulsaron a los insurgentes a elaborar
un documento que contuviera los derechos y principios básicos de un nuevo Estado y fundamentara la autoridad aún en ausencia del monarca. Sin embargo, esto no fue un sentimiento particular del continente americano, como lo delata el movimiento constitucional
en España que culminaría con la Constitución de Cádiz de 1812.
En el marco de la Independencia, y al no reconocerse a las autoridades virreinales novohispanas ante la acefalia proveniente de la ausencia de Fernando VII, el 19 de agosto de 1811 se instauró la Suprema Junta Nacional Americana, mejor conocida como Junta
de Zitácuaro, en el poblado del mismo nombre en Michoacán, como órgano de gobierno para lo que dentro de poco sería la nación mexicana, integrada por los principales dirigentes de la insurgencia en ese momento, destacando entre ellos José María Morelos y Pavón e Ignacio
López Rayón. Ambos serían nombrados vocales de la Junta y, el último, como Ministro Universal de la Nación.7 La Junta se trasladaría posteriormente a Sultepec, actualmente en el Estado de México.
López Rayón se dio a la tarea de redacción de un proyecto de constitución, a ser considerado para una posterior aprobación por parte de la junta, a los que tituló Elementos Constitucionales. Se desconoce la fecha exacta de su redacción, sin embargo, a partir de la
misiva enviada a Morelos, se establece su creación el 30 de abril de 1812 y para el verano de ese mismo año los mismos se encontraban circulando. Al parecer, tal documento fue firmado en Zinacantepec.
Rayón remitió un primer borrador de los Elementos a Morelos —quien se encontraba en Puebla— el 30 de abril de 1812. No obstante, la respuesta no llegaría sino hasta el 7 noviembre del mismo año, al parecer por un retraso que acusa Morelos. En dicha carta Morelos señala una serie de correcciones a los Elementos en los cuales propone excluir toda
referencia a la autoridad de Fernando VII:
[...]por lo respectivo a la soberanía del Sr. D. Fernando VII, como es tan pública y notoria la suerte que
le ha cabido a este grandísimo hombre, es necesario excluirlo para dar al público la Constitución.
Carta de Morelos a Rayón del 07 de noviembre de 1812.
Antes de recibir los Elementos, Morelos había pronunciado su postura respecto a Fernando VII, en una carta enviada a Rayón en días previos:
Éste es mi dictamen, salvo meliori, y que se le quite la máscara a la Independencia, porque ya todos
saben la suerte de nuestro Fernando VII.
Carta de Morelos a Rayón del 02 de noviembre de 1812.
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Ilustración 3
Propuso además que en lugar de un único Protector Nacional, como proponía Rayón, hubiera
uno por cada obispado a ser elegidos cada cuatro años y otras observaciones sobre la distribución y organización de la milicia.
Dichas correcciones no enmendaron el texto sino que fueron agregadas a manera de colofón,
al pie del documento señalando la autoría de Morelos.
El contenido de los Elementos Constitucionales —que trascendió hasta otros textos posteriores a partir del conocimiento que de ellos tuvo José María Morelos y Pavón— pudo repercutir en la redacción final de los Sentimientos de la Nación de 1813, para posteriormente incluirse en
la Constitución de Apatzingán de 1812, en la cual también participaría Rayón y que contiene muchos paralelismos con los derechos señalados en los Elementos.
El documento consta de un preámbulo donde se exalta la legitimidad y justicia de la
«Independencia de América» y esboza que el depósito de la soberanía reside en el pueblo:
«Nosotros, pues, tenemos la indecible satisfacción y el alto honor de haber merecido a los pueblos
libres de nuestra patria, componer el Supremo Tribunal de la Nación y representar la Majestad que sólo
reside en ellos.» Elementos constitucionales hechos circular por Ignacio Rayón
La "Declaración de los Derechos del Hombre y del
Ciudadano", adoptada por la Asamblea Nacional
Constituyente de Francia en 1789, que influyó en
los contenidos de los Elementos Constitucionales,
principalmente en lo relacionado a derechos civiles
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Los Sentimientos de la Nación
Los Sentimientos de la Nación fue un documento, expuesto por José María Morelos y Pavón el día 14 de septiembre de 1813 en Chilpancingo. Es considerado uno de los textos políticos mexicanos más importantes, el conjunto de ideas expresadas se fundamenta en la Guerra de Independencia de los Estados Unidos, así como en la Revolución francesa.
Tras la muerte de Miguel Hidalgo e Ignacio Allende, Ignacio López Rayón encabezó a las
fuerzas insurgentes que se encontraban en Saltillo, tomó la plaza de Zacatecas y se dirigió
a Zitácuaro en donde convocó la Suprema Junta Gubernativa de América, la cual tuvo la
finalidad de establecer un orden jurídico y político de los grupos insurgentes en el país. Los
primeros vocales de la junta fueron José María Liceaga, José Sixto Verduzco y el propio López
Rayón. Mientras esto ocurría Morelos realizaba campañas en el sur de la Nueva España en el
puerto de Acapulco y Cuautla. La junta fue dispersada por los constantes ataques de las
fuerzas realistas al mando de Félix María Calleja
Debido a los ataques de Calleja, la junta se trasladó a Sultepec, en esa localidad el doctor José María Cos redactó varios documentos, entre ellos el Plan de Paz y Guerra, en el punto dos de este documento se señaló que:
España y América son partes integrantes de la monarquía sujetas al rey; pero iguales entre sí y sin dependencia o subordinación de la uno respecto a la otra".
Ilustración 4
Morelos estuvo de acuerdo con la tesis de igualdad de las naciones pero difirió en lo relativo a la común sujeción al rey. Cuando leyó por primera vez estos postulados, se encontraba en
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Acapulco, y para celebrar, alzó una copa y dijo: "Viva España, pero España hermana, no dominadora de América". El doctor Cos continuó trabajando en diversos documentos al lado
de López Rayón.
Estando bajo constantes ataques, los insurgentes mantuvieron la comunicación por medio de correo. En octubre, Rayón con la ayuda de Cos, redactó una propuesta de constitución.
Cuando Morelos recibió dicha propuesta envió sus comentarios mediante una carta firmada el 2 de noviembre de 1812, compartió algunos puntos y realizó observaciones a otros, pero sin duda, lo más relevante fue la discrepancia de no reconocer a la figura monárquica de
Fernando VII.
A pesar de que aún se desconocía que años más tarde Fernando VII "el Deseado" anularía
la Constitución de Cádiz e implantaría nuevamente el régimen absolutista, Morelos no
aceptaba la posibilidad de una monarquía republicana y fue más contundente. El 7 de
noviembre, rechazó el fernandismo a pesar de la oposición de Rayón quien siempre consideró
que la cobertura de Fernando VII beneficiaría a la causa. Morelos se pronunció por la
República:
"a un reino conquistado le es lícito reconquistarse y a un reino obediente le es lícito no obedecer a un
rey, cuando es gravoso en sus leyes".
En cuanto al punto 59 de nuestra Constitución, por lo respectivo a la soberanía del Sr. D. Fernando VII,
como es tan pública y notoria la suerte que le ha cabido a este grandísimo hombre, es necesario
excluirlo para dar al público la Constitución.
José María Morelos, 7 de noviembre de 1812
Poco tiempo después, la junta de Zitácuaro comenzó a desintegrarse debido a disputas personales entre los vocales. Inútilmente Rayón intentó restablecer la unión de los mismos, ante tales expectativas Morelos decidió convocar un nuevo congreso en Chilpancingo
Ilustración 5
Proclamación de los Sentimientos de la Nación
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Asistieron al Congreso de Anáhuac doce delegados en representación de provincias, entre ellos: José María Cos, Andrés Quintana Roo, Carlos María Bustamante, Ignacio López Rayón,
José María Liceaga, Sixto Verduzco y el propio Morelos. El 14 de septiembre de 1813 fue
el día en que se instaló el primer parlamento constituyente y Morelos pronunció en el discurso inaugural los Sentimientos de la Nación.
Textos constitucionales
Constitución de Apatzingán
La Constitución de Apatzingán (formalmente: Decreto Constitucional para la Libertad de la
América Mexicana), fue promulgada el 22 de octubre de 1814, por el Congreso de Chilpancingo reunido en la ciudad de Apatzingán a causa de la persecución de las tropas de Félix María Calleja. La Constitución fue válida para las fuerzas de los insurgentes y los territorios que lograron controlar efímeramente durante el transcurso de la guerra de
la Independencia de México.
Ilustración 6
Después de la muerte de Miguel Hidalgo y Costilla, el 30 de julio de 1811, José María
Morelos desde Acapulco hizo un llamado para crear en el mes de septiembre un Congreso en
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la ciudad de Chilpancingo (actualmente estado de Guerrero), cuyo propósito fue crear un
gobierno independiente. Proclamado como el Supremo Congreso Mexicano, fue instalado el 14
de septiembre de 1813; el mismo día Morelos anunció a la Asamblea un documento con
carácter de programa llamado Sentimientos de la Nación, en el cual declaraba la
independencia total de la América Mexicana y establecía un gobierno popular representativo
con división de poderes, prohibía la esclavitud y la división de la población en castas. El 6 de
noviembre del mismo año, el Congreso firmó el primer documento oficial de declaración de
independencia conocido como el Acta Solemne de la Declaración de Independencia de la
América Septentrional.
La Constitución de Apatzingán se componía de 2 títulos y 242 artículos, se basó principalmente
en la Constitución de Cádiz pero de manera un tanto modificada, pues en oposición a la Constitución Española, preveía la instauración de un régimen Republicano de Gobierno. Los artículos más relevantes fueron:
1. La religión católica, apostólica, romana, es la única que se debe profesar en el Estado.
2. La facultad de dictar leyes y establecer la forma de gobierno que más convenga á los intereses de la sociedad, constituye la soberanía.
5. Por consiguiente, la soberanía reside originariamente en el pueblo, y su ejercicio en la representación nacional compuesta de diputados elegidos por los ciudadanos bajo la forma que prescriba la constitución.
12. Estos tres poderes, legislativo, ejecutivo y judicial, no deben ejercerse ni por una sola persona, ni por una sola corporación.
13. Se reputan ciudadanos de esta América todos los nacidos en ella.
19. La ley debe ser igual para todos...
30. Todo ciudadano se reputa inocente, mientras no se declare culpado.
42. (Las provincias de la América Mexicana): México, Puebla, Tlaxcala, Veracruz,
Yucatán, Oaxaca, Técpam, Michoacán, Querétaro, Guadalajara, Guanajuato, Potosí, Zacatecas, Durango, Sonora, Coahuila y el Nuevo Reino de León.
El Gobierno Supremo, (Poder Ejecutivo), se componía de 3 personas que tenían igualdad de autoridad y responsabilidades; el gobierno se ejercería en una alternancia de cada cuatro meses. Su autoridad más directa, además de la naturaleza ejecutiva y administrativa, era
garantizar la protección de los derechos de los ciudadanos: la libertad, la propiedad, la igualdad y la seguridad. El Supremo Gobierno fue ejercido por José María Cos, José María Liceaga y José María Morelos.
La constitución realmente nunca tuvo validez ni fue aplicada. Casi un año después de su promulgación, su inspirador, José María Morelos y Pavón fue capturado y fusilado finalmente el 22 de diciembre de 1815 y así temporalmente las tropas realistas tomaron nuevamente el control de prácticamente todo el país, pero al final no pudieron impedir que la América
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Mexicana consumara su independencia, primero bajo el nombre de Imperio Mexicano que finalmente se convertiría en los Estados Unidos Mexicanos.
Ilustración 7
Proclama de 1821
Aunque no tienen las características propiamente de una constitución, los Tratados de Córdoba son un documento fundamental en los que se reconoce la independencia de laNueva España, ahora México, firmado en la ciudad de Córdoba, Veracruz, el 24 de agosto de 1821,
por Juan de O'Donojú (primer y último jefe político superior de Nueva España) yAgustín de Iturbide, comandante del Ejército Trigarante. El texto está compuesto por diecisiete artículos que de hecho representan una extensión al Plan de Iguala que, en sí mismo, es el otro
documento fundacional que se proclama en 1821 y que vigoriza la independencia de México.
En dicho tratado se reconoce a México como un imperio independiente de la Monarquía
española.
El imperio mexicano se reconocía como monárquico constitucional y moderado. En primer término la corona independiente mexicana se ofrecía a la familia de Borbón, en primer lugar a Fernando VII de Borbón, y no presentándose en México en el término que su congreso lo señalara para prestar juramento, sería llamados en su caso sus hermanos, los infantes Carlos
María Isidro de Borbón, Francisco de Paula de Borbón, o su primo el Archiduque Carlos de Austria-Teschen, —este último hijo de María Luisa de Borbón y nieto de Carlos III de España— u otro individuo de casa reinante que determinara el congreso; en caso de que ninguno de
éstos aceptase la corona del Imperio mexicano, las cortes imperiales designarían al nuevo monarca mexicano, sin especificar si debía pertenecer a alguna casa reinante europea o si podía nombrarse a cualquier mexicano.
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Esta última frase no había sido contemplada en el Plan de Iguala, fue convenientemente adicionada por Iturbide para dejar abierta la oportunidad de adjudicarse el trono. Por otra
parte, Juan O'Donojú en su carácter de jefe político superior no estaba facultado para firmar el documento, pero accedió a firmarlo.
Constitución de 1824
La Constitución Federal de los Estados Unidos Mexicanos de 1824 entró en vigor el 4 de
octubre de 1824, después del derrocamiento del Primer Imperio Mexicano de Agustín de Iturbide. En la nueva Constitución, la república tomaba el nombre deEstados Unidos Mexicanos, y era definida como una república federal representativa, con el catolicismo como
la única religión oficial.
Tras la abdicación de Agustín de Iturbide al Primer Imperio Mexicano, se estableció
un Supremo Poder Ejecutivo formado por untriunvirato cuyos integrantes eran los generales Pedro Celestino Negrete, Nicolás Bravo y Guadalupe Victoria, cuyos suplentes fueron José Mariano de Michelena, Miguel Domínguez y Vicente Guerrero. Este Supremo Poder
Ejecutivo fue un gobierno provisional que convocó un nuevo Congreso Constituyente que se instaló el 7 de noviembre de 1824
Dentro de los miembros del Congreso, se observaron dos tendencias ideológicas. Por una
parte los centralistas entre quienes destacaron fueron Servando Teresa de Mier, el padre José María Becerra y Jiménez, Carlos María de Bustamante, Juan José Ignacio Espinosa de los Monteros, Rafael Mangino y Mendívil, el padre José Miguel Guridi y Alcocer y otros. Por otra
parte los federalistas, entre quienes destacaron Miguel Ramos Arizpe, Lorenzo de Zavala, Manuel Crescencio Rejón, Valentín Gómez Farías,Juan de Dios Cañedo, Juan Bautista
Ilustración 8
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Morales, Juan Cayetano Gómez de Portugal, Francisco García Salinas, Prisciliano Sánchez y otros.1 Años más tarde estas ideologías formarían el Partido Liberal y el Partido Conservador.
La tesis de Servando Teresa de Mier se oponía a dividir el territorio en estados independientes, pues consideraba que esto debilitaría a la nación, la cual necesitaba unión para hacer frente a eventuales intentos de reconquista de España la cual sería apoyada por otras naciones
europeas. Si bien era cierto que las colonias de Estados Unidos se habían unido en una federación, enMéxico el concepto no necesariamente funcionaría, pues siempre habían existido las provincias con un gobierno central. Estaba la experiencia de Centroamérica que después de
la disolución del Imperio se les concedió a las provincias la categoría de Estados Libres, el 1 de julio de 1824 decidió no formar parte de la nueva república, y consideró que los gobiernos estatales tomarían una actitud egoísta provocando una desunión a manera de cacicazgos.2 Los que defendían la ideología federalista, argumentaron que era el deseo y
voluntad de la nación constituirse de esta forma, y ejemplificaron la prosperidad estadounidense por adquirir este régimen, y en contraparte el fracaso de Iturbide.
Ilustración 9
El 31 de enero de 1824 se aprobó el Acta Constitutiva de la Federación, la cual era un estatuto provisional del nuevo gobierno. La nación asumió oficialmente la soberanía y se constituyó por
estados libres, soberanos e independientes. Durante los siguientes meses, continuaron los debates constitucionales.
El 2 de octubre de 1824, Guadalupe Victoria fue declarado primer Presidente de los Estados
Unidos Mexicanos para el período 1825 -1829.
Al momento de la promulgación de la constitución, la nación estaba
compuesta por 19 estados y 3 territorios. Ese mismo año, dos
cambios fueron hechos en la geografía nacional, quedando
finalmente compuesta por 19 estados, 5 territorios y el Distrito
Federal.
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El 4 de octubre de 1824 se realizó la solemne proclamación del pacto federal bajo el nombre de Constitución Federal de los Estados Unidos Mexicanos.
El 8 de octubre de 1824, el Presidente y el Vicepresidente Nicolás Bravo juraron la Constitución.
Guadalupe Victoria asumió el cargo de presidente interino del 10 de octubre de 1824 al 31 de
marzo de 1825. Su período constitucional en el cargo se inició el 1 de abril de 1825.
La Constitución de 1824 estaba conformada por 7 títulos y 171 artículos, fue basada en la Constitución de Cádiz para las cuestiones americanas, en la Constitución de los Estados
Unidos para la fórmula de representación y organización federal, y en el Decreto Constitucional para la Libertad de la América Mexicana de 1814, la cual abolía la figura monárquica. Se implantó el sistema de federalismo en una república representativa popular, la cual estaba integrada por diecinueve estados, cuatro territorios dependientes del centro y el distrito
federal. La constitución de 1824 no contempló expresamente los derechos ciudadanos. El derecho de igualdad de los ciudadanos quedó restringido por la permanencia del fuero militar y eclesiástico. Los artículos más relevantes fueron:
1. La nación mexicana es soberana y libre del gobierno español y de cualquier otra
nación.
2. La religión de la nación es la Católica Apostólica y Romana, es protegida por las leyes
y se prohíbe cualquier otra.
4. La nación mexicana adopta un gobierno de forma de república representativa
popular federal.
6. El Supremo poder de la federación se divide en Poder Legislativo, Poder
Ejecutivo y Poder Judicial.
7. El Poder Legislativo es depositado en un Congreso constituido por dos cámaras, una
de diputados y otra de senadores.
50. Libertad política de imprenta en la federación y en los estados (apartado 1).
74. El Poder Ejecutivo reside en una persona denominada presidente de los Estados
Unidos mexicanos.
75. Se establece la figura del vicepresidente, quien en caso de imposibilidad física o
moral del presidente, ejercerá las facultades y prerrogativas del mismo.
95. El período del presidente y vicepresidente será de cuatro años.
123. El Poder Judicial reside en una Corte Suprema de Justicia, en los Tribunales de
Circuito y en los Juzgados de Distrito.
124. La Corte Suprema se compone de once ministros distribuidos en tres salas y un
fiscal.
157. El gobierno individual de los estados se conforma por tres poderes.
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Aunque no estaba estipulado en la constitución, la esclavitud estaba prohibida en la
república. Miguel Hidalgo promulgó la abolición de la esclavitud en Guadalajara el 6 de
diciembre de 1810. El presidente Guadalupe Victoria también declaró la abolición de la
esclavitud, pero fue el presidente Vicente Guerrero quien expidió el decreto de Abolición
de la Esclavitud el 15 de septiembre de 1829.
Constitución de 1835
Las Siete Leyes constitucionales, de 1835-1836. La inestabilidad política de las primeras
décadas del México independiente provocaron un enfrentamiento entre dos grupos: federalistas y centralistas. Hacia 1835 los centralistas se impusieron, eliminaron la anterior constitución y crearon una nueva conocida como las Siete Leyes, en la cual el país fue dividido
en departamentos --en vez de estados-- y se estableció el “Supremo Poder Conservador” que podía anular una ley o un decreto y declarar la incapacidad física o moral del presidente del congreso.
En 1835 los conservadores libremente se dedicaron a hacer propaganda a favor del centralismo, con la complacencia de Santa Anna. En varios estados hubo pronunciamientos a favor de tal sistema, y en la misma ciudad de México el populacho recorrió las calles
aclamando este sistema de gobierno hasta que por fin el 23 de octubre de 1835 el congreso se declaró constituyente y adoptó las bases de una constitución centralista mejor conocida como las Siete Leyes.
Según ella todos los gobernantes estarían sujetos al gobierno central; se suprimieron las
legislaturas de los estados para convertirlos en departamentos gobernados por juntas departamentales de 5 individuos que aconsejaban al gobernante; las rentas públicas de los departamentos quedaron a disposición del gobierno central; además se prorrogó el periodo
presidencial a 8 años y se creó el cuarto poder; esto es, el poder conservador encargado de vigilar el cumplimiento de la constitución.
Las Siete leyes o Constitución de régimen centralista de 1836 fueron una serie de instrumentos constitucionales que alteraron la estructura de la naciente República Federal de los Estados Unidos Mexicanos a principios del siglo XIX. Si bien fueron promovidas por Santa
Anna, que con licencia en el cargo de Presidente de México intrigaba desde su hacienda Manga de Clavo en Veracruz, las leyes fueron promulgadas por el Presidente interino José Justo Corro el 30 de diciembre de 1836. Estas medidas de corte centralista ocasionaron la
declaración de independencia de Texas, la de Tamaulipas y la de Yucatán. A pesar de la tendencia conservadora, las leyes contemplaban la división de poderes.
Con base en las Siete leyes, se estableció un cuarto poder: el Supremo Poder Conservador, el cual fue integrado por cinco ciudadanos. Estos deberían haber desempeñado la presidencia,
vicepresidencia, o bien haber sido senadores, diputados, secretarios de despacho o ministros de la Corte. Este cuarto poder tenía la facultad de regular las acciones de los otros poderes
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Ilustración 10
Ilustración 11
División polít ica de la República Centralista de
México a partir de las Bases de organización polít ica
de la República Mexicana.
Movimientos separatistas generados por la disolución
de la República Federal.
Territorio autoproclamado independiente
Territorio reclamado por la República de Texas
Territorio reclamado por la República del Río
Grande
Sublevaciones
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(Legislativo, ejecutivo y judicial), bajo el argumento de que sus integrantes tenían la capacidad de interpretar la voluntad de la nación.
La primera etapa se realizó de forma moderada y su estrategia fue eliminar cualquier postura reformista para poder establecer una nueva constitución. Básicamente esto se logró con el desconocimiento de facto de la vicepresidencia deValentín Gómez Farías. La segunda etapa
fue convertir al Congreso Ordinario en un Congreso Constituyente, y de esta forma se fincaron las Bases de Reorganización de la Nación Mexicana: el sistema federalista fue sustituido por un sistema centralista. La tercera etapa fue elaborar y sancionar una nueva constitución.
El 23 de octubre de 1835 se aprobaron las Bases de Reorganización de la Nación Mexicana,4 se dio fin al sistema federal y se estableció un sistema centralista provisional. El 30 de diciembre de 1836 se expidieron las Siete leyesconstitucionales que reformaron la constitución, las leyes secundarias se aprobaron el 24 de mayo de 1837. Tuvieron vigencia
durante los períodos presidenciales de Anastasio Bustamante del 19 de abril de 1837 al 18 de marzo de 1839, deAntonio López de Santa Anna del 20 de marzo de 1839 al 10 de julio de 1839, de Nicolás Bravo del 11 al 17 de julio de 1839 y de Anastasio Bustamante del 18 de julio
de 1839 al 22 de septiembre de 1841.
Bases orgánicas de 1841
También llamadas Bases de Tacubaya. En agosto de 1841, Mariano Paredes y Arrillaga se
pronunció en Guadalajara, Antonio López de Santa Anna hizo lo propio en Perote y convergieron en La Ciudadela con el general Gabriel Valencia. El 28 de septiembre de 1841 firmaron las Bases de Tacubaya cuyo objetivo era deponer al presidente y
a los cuatro poderes de su gobierno. Posteriormente se debería:
Nombrar un presidente interino.
Designar una Junta la cual convocaría a elecciones de diputados.
Los diputados formarían un Congreso Constituyente para redactar una Carta Magna de régimen federalista.
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Ilustración 12
Bases orgánicas de 1843
En 1842 el congreso formuló un proyecto para una nueva Constitución. El diputado Mariano
Otero propuso un gobierno republicano, representativo, popular y federal, así como un sistema de representación de las minorías, lo que ocasionó gran descontento de la fracción conservadora que derivó en diversos enfrentamientos que condujeron a que el congreso fuera disuelto. En junio de 1843 se sancionó una nueva Carta Magna a la que se dio el nombre
de Bases orgánicas de los Estados Unidos Mexicanos de 1843.
Esta norma fue de corte centralista. Estuvo en vigor sólo tres años y suprimió el supremo poder conservador. Se instauró la pena de muerte y se restringió la libertad de imprenta.
Ilustración 13
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Ilustración 14
Acta constitutiva y de reformas de 1847
El acta constitutiva y de reformas de 1847 se dio debido a la inestabilidad política del país y a
la guerra contra los Estados Unidos de América (1846-1848). El país volvió a adoptar el sistema federal establecido en la constitución de 1824.
Estas reformas establecieron las garantías individuales, se suprimió el cargo de vicepresidente y se adoptaron las elecciones directas para diputados, senadores, presidente de la república y magistrados de la Suprema Corte. Se facultó al congreso para anular las leyes de los estados que implicaran una violación al pacto federal, y se establecieron los derechos de petición y de
amparo.
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Ilustración 15
Constitución de 1857
Estuvo en vigor de 1857 a 1917 y durante los años de la guerra de reforma, la intervención y el imperio (1857-1867) fue la bandera que defendieron los liberales y republicanos
encabezados por Juárez. Era de corte liberal, establecía el federalismo, la abolición de la esclavitud, la defensa de las ideas y la libertad de imprenta. En dicha ley ya no se establecía la religión católica como la oficial, lo cual provocó un malestar entre los conservadores, quienes
proclamaron las Cinco Leyes derogatorias, estableciendo un gobierno paralelo.
La Constitución Federal de los Estados Unidos Mexicanos de 1857 fue una constitución de ideología liberal redactada por el autor del Congreso Constituyente de 1857 durante la
presidencia de Ignacio Comonfort. Fue jurada el 5 de febrero de 1857. Estableció las garantías individuales a los ciudadanos mexicanos, la libertad de expresión, la libertad de asamblea, la libertad de portar armas.
Reafirmó la abolición de la esclavitud, eliminó la prisión por deudas civiles, las formas de castigo por tormento incluyendo la pena de muerte, las alcabalas y aduanas internas. Prohibió los títulos de nobleza, honores hereditarios y monopolios.
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Ciertos artículos fueron contrarios a los intereses de la Iglesia Católica, como la enseñanza laica, la supresión de fueros institucionales, y la enajenación de bienes raíces por
parte de la misma. El Partido Conservador se opuso a la promulgación de la nueva Carta Magna polarizando así a la sociedad mexicana. A consecuencia, se inició la Guerra de Reforma, las pugnas entre liberales y conservadores se prolongaron por la Segunda Intervención
francesa y por el establecimiento del Segundo Imperio Mexicano. Diez años más tarde, con la república restaurada, la Constitución tuvo vigencia en todo el territorio nacional.
La Constitución de 1857 estaba conformada por 8 títulos y 128 artículos, fue similar a la
de carta magna de 1824, implantó de nueva cuenta el federalismo y la repúblicarepresentativa, la cual constaba de veinticinco estados, un territorio y el distrito federal. Apoyó la autonomía de los municipios en los que se divide políticamente cada estado. Los artículos más relevantes consistían en:
2. Abolición de la esclavitud.
3. Enseñanza libre (ninguna limitación en favor del dogma).
5. Nadie puede ser obligado a prestar trabajos personales, sin la justa retribución y sin su pleno consentimiento.
7. Libertad de expresión.
10. Libertad de portar armas.
13. Prohibición de fueros a personas o instituciones, supresión de tribunales especiales (Ley Juárez).
12. No se reconocen títulos nobiliarios.
22. Prohibición de penas por mutilación, azotes, y tormento de cualquier especie.
23. Abolición de pena de muerte, reservada solo al traidor a la patria, salteadores de caminos, incendiarios, parricidas, y homicidas con el agravante de alevosía, premeditación o ventaja. Así como delitos del orden militar o piratería.
27. Ninguna corporación civil o eclesiástica tiene capacidad para adquirir o administrar
bienes raíces, a excepción de los edificios al servicio u objeto de la institución (antecedente de la Ley Lerdo).
30. Definición de nacionalidad mexicana.
31. Obligaciones de los mexicanos.
36. Obligaciones de los ciudadanos.
39. La soberanía de la nación dimana del pueblo.
50. División de poderes: Ejecutivo, Legislativo y Judicial.
124. Prohibición de alcabalas y aduanas internas.
128. Inviolabilidad de la Constitución.
Entre otras cosas, incluía un capítulo dedicado a las garantías individuales, y un procedimiento judicial para proteger esos derechos conocido como amparo. También apoyaba la autonomía
de los municipios, en que se dividen los estados desde un punto de vista político. También la autonomía de los estados para elegir a sus gobernantes y tener su propio conjunto de leyes.
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Ilustración 16
Constitución de 1917
La Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos es la carta magna que rige
actualmente en México. Es el marco político y legal para la organización y relación del gobierno federal con los Estados de México, los ciudadanos y todas las personas que viven o
visitan el país. La actual Constitución es una aportación de la tradición jurídica mexicana al constitucionalismo universal, dado que fue la primera constitución de la historia en incluir los derechos sociales,1 2 dos años antes que la Constitución de Weimar de 1919.
La Constitución fue promulgada por el Congreso Constituyente el 5 de febrero de 1917 y entró en vigor el 1 de mayo del mismo año. Aunque la Constitución es formalmente la misma, su contenido ha sido reformado más de 200 veces y es muy diferente al original de 1917.
Entre los cambios respecto de la Constitución de 1857, se encuentran la eliminación de la reelección del presidente de la República y el cargo de vicepresidente. Cuenta con 136 artículos y 19 artículos transitorios.
Al momento de la promulgación de la constitución, la nación estaba compuesta
por 23 estados y 1 territorio federal. Nuevo León se fusiona
con Coahuila adoptando el nombre de este último, además, ratificó la creación de
un nuevo estado y admitió 3 de los 4 territorios como estados libres de la
federación.
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Ilustración 17
El 7 de agosto de 1900, Ricardo Flores Magón y su hermano fundaron el periódico
jurídico Regeneración, desde el cual criticaban la corrupción del sistema judicial
del régimen del general Porfirio Díaz, lo que los llevó a la cárcel. En 1902, los Flores Magón y
un grupo de liberales arrendaron el periódico El hijo de El Ahuizote. En 1903, en el 46
aniversario de la Constitución de 1857, el personal del periódico realizó una protesta con el
lema "La Constitución ha muerto". Ese mismo día, Flores Magón publicó en el mismo periodo
una nota "todo aquel que este libre de pecado que arroje la primera piedra acerca de la
Constitución" y parte del texto decía:
"Cuando ha llegado un 5 de febrero más y... la justicia ha sido arrojada de su templo por infames mercaderes y sobre la tumba de la Constitución se alza con cinismo una teocracia inaudita ¿para qué recibir esa fecha, digna de mejor pueblo, con hipócritas muestras de alegría? La Constitución ha muerto, y al enlutarnos hoy con esa frase fatídica, protestamos solemnemente contra los asesinos de ella, que con escarnio sangriento al pueblo que han vejado, celebren este día con muestras de regocijo y satisfacción".
Al paso del tiempo, las críticas y las condiciones del país desataron diversos conflictos que junto al resultado de las elecciones de 1910, dieron como resultado el inicio del conflicto
armado conocido como la Revolución mexicana.
Según los Tratados de Ciudad Juárez, tras la renuncia de Porfirio Díaz, Francisco León de la Barra ocuparía la presidencia de México interinamente hasta que pudieran llevarse a cabo
elecciones. León de la Barra entregó la presidencia a Francisco I. Madero, ganador de
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las elecciones extraordinarias de 1911. En 1913, Madero y el vicepresidente José María Pino Suárez fueron asesinados tras el conflicto de la Decena Trágica y la presidencia la
ocupó Victoriano Huerta conocido y calificado por la Historia de México como «el Usurpador».
Ilustración 18
Venustiano Carranza, gobernador de Coahuila, desconoció a Huerta y formó el Ejército Constitucionalista, el cual lo derrocó en 1914. Carranza como encargado del Poder Ejecutivo, expidió el 14 de septiembre de 1916, el decreto para la convocación de un Congreso
Constituyente, que sería el encargado de reformar la Constitución vigente y elevar a rango constitucional las demandas exigidas durante la Revolución, dejando en claro que no se cambiarían la organización y funcionamiento de los poderes públicos del país.
El 1 de diciembre del mismo año, el Congreso Constituyente abrió sesiones en el Teatro
Iturbide, en la ciudad de Santiago de Querétaro. El Constituyente contó con diputados de todos los estados y territorios federales del país, con excepción de Campeche y Quintana Roo. Estuvieron representadas ahí diversas fuerzas políticas: los carrancistas o "renovadores",
como Luis Manuel Rojas, José Natividad Macías,Alfonso Cravioto y Félix F. Palavicini; los protagonistas o "radicales", como Heriberto Jara, Francisco J. Múgica, Luis G. Monzón, y también los independientes.
El 31 de enero de 1917, tras dos meses de debates el Constituyente cerró sesiones. El 5 de febrero es promulgada la nueva Constitución con el nombre Constitución política de los Estados Unidos Mexicanos que reforma la del 5 de febrero de 1857, que entraría en vigor el 1
de mayo del mismo año.11 Ese mismo día fue publicada en el Diario Oficial de la Federación.
Debido a que inicialmente la intención fue reformar la Constitución vigente, la nueva Constitución tomó como base fundamental los ordenamientos de la de 1857, especialmente lo
Venustiano Carranza impulsor de la
Constitución Mexicana de 1917.
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referente a los derechos humanos, aunque ya no los menciona como tales, sino que alude a las "garantías individuales"; también agrego varios puntos del Programa del Partido Liberal
Mexicano de 1906 y muchos más cambios para ajustarse a la nueva realidad social del país. Finalmente el proyecto de reformar la Constitución del 57 derivo en una nueva Constitución.
Los derechos humanos, consagrados en la anterior Constitución, fueron retomados, aunque ya
no los menciona como tales, sino que alude a las "garantías individuales"; también agregó varios puntos del Programa del Partido Liberal Mexicano de 1906 y muchos más cambios que demandaban aquellos tiempos.
Por otro lado, en cuanto a la parte orgánica de la Constitución, la forma de gobierno siguió siendo republicana, representativa,democrática y federal; se refrendó la división de poderes en Ejecutivo, Legislativo y Judicial. El Legislativo continuó dividido en dos cámaras: el Senado y la Cámara de Diputados. La Constitución de 1857 inicialmente eliminó el Senado,
el cual fue reinstalado en1875.
Se ratificó el sistema de elecciones directas y se decretó la no reelección presidencial, se suprimió definitivamente la vicepresidencia, se dio mayor autonomía al Poder Judicial y más
soberanía a las entidades federativas. En este marco se creó el municipio libre, y se estableció un ordenamiento agrario en el país relativo a la propiedad de la tierra. Entre otras garantías, la constitución vigente determina la libertad de culto, la enseñanza laica y gratuita y la jornada
de trabajo máxima de 8 horas, y reconoce como libertades las deexpresión y asociación de los trabajadores.
Pese a sus cambios, la nueva Constitución dejó intactos algunos posicionamientos consagrados
en la anterior Constitución, algunos de ellos relativos al Poder Judicial.
La constitución política de los Estados Unidos Mexicanos está compuesta por 136 artículos divididos en nueve Títulos, los cuales se encuentran subdivididos en Capítulos. La Constitución
está conformada por dos partes conocidas como dogmática y orgánica. En la dogmática quedan consignadas las Garantías Individuales y se reconocen derechos y libertades sociales. La parte orgánica corresponde a la división de los Poderes de la Unión y el funcionamiento fundamental de las instituciones del Estado.
Introducción
La introducción de la constitución establece:
El C. Primer Jefe del Ejército Constitucionalista, Encargado del Poder Ejecutivo de la nación, con esta
fecha se ha servido dirigirme el siguiente decreto:
Venustiano Carranza, primer jefe del Ejército Constitucionalista, encargado del Poder Ejecutivo de los
Estados Unidos Mexicanos, hago saber:
Que el Congreso Constituyente reunido en esta ciudad el 1o. de diciembre de 1916, en virtud del
decreto de convocatoria de 19 de septiembre del mismo año, expedido por la Primera Jefatura, de
conformidad con lo prevenido en el artículo 4o. de las modificaciones que el 14 del citado mes se
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hicieron al decreto de 12 de diciembre de 1914, dado en la H. Veracruz, adicionando el Plan de
Guadalupe, de 26 de marzo de 1913, ha tenido a bien expedir la siguiente:
Constitución política de los Estados Unidos Mexicanos que reforma la del 6 de febrero de 1857
Ilustración 19
Título primero
El título primero está dividido en cuatro capítulos que contienen 38 artículos (del 1 al 38). El capítulo I trata sobre los derechos humanos y sus garantías, el capítulo II trata de los
mexicanos y la nacionalidad mexicana, el capítulo III trata de los extranjeros y el capítulo IV de los ciudadanos mexicanos.
Título segundo
El título segundo está dividido en dos capítulos que contienen 10 artículos (del 39 al 48). El
capítulo I trata de la soberanía nacional y de la forma de gobierno, el capítulo II trata de las partes integrantes de la federación y del territorio nacional.
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Ilustración 20
Título tercero
El título tercero está dividido en cuatro capítulos que contienen 58 artículos (del 49 al 107). El capítulo I trata de la división de poderes, el capítulo II trata del poder legislativo, el capítulo
III trata del poder ejecutivo, el capítulo IV trata del poder judicial.
Título cuarto
El título cuarto contiene 7 artículos (del 108 al 114) y trata de las responsabilidades de los servidores públicos y patrimoniales del Estado.
Título quinto
El título quinto contiene 8 artículos (del 115 al 122) y trata de los estados de la federación y del Distrito Federal.
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Ilustración 21
Título sexto
El título sexto contiene 1 artículo (el 123), que trata trabajo y de la previsión social.
Título séptimo
El título séptimo contiene 11 artículos (del 124 al 134) y trata de las prevenciones generales .
Título octavo
El título octavo contiene 1 artículo (el 135), que trata de las reformas de la Constitución.
Título noveno
El título noveno contiene 1 artículo (el 136), que trata de la inviolabilidad de la constitución.
Reformas
La Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos ha sido reformada más de 200 veces
desde su publicación el 5 de febrero de 1917. El artículo 135 de la Constitución permite reformar y adicionar el contenido de la misma. Para reformarla se requiere que el Congreso de la Unión, por el voto de las dos terceras partes de los individuos presentes, acuerden las
reformas o adiciones, y que éstas sean aprobadas por la mayoría de las legislaturas de los Estados.
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A diferencia de la mayoría de los países latinoamericanos, México no ha cambiado su constitución por una nueva, únicamente ha sido reformada para ajustarse a las cambios de los
tiempos y a las condiciones políticas del país.
Ilustración 22
División política-administrativa
Después de la promulgación de la Constitución, la nación quedó compuesta por 28 estados, 2
territorios federales y la Ciudad de México. El Territorio de Tepic fue admitido como estado libre de la federación
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Ilustración 23
Cambios territoriales posteriores
El país tuvo cambios territoriales permanentes al paso de los años que lo llevaron a su configuración actual. El 30 de diciembre de 1930, el Territorio de Baja California fue dividido
en dos territorios federales denominados: Territorio Norte de la Baja California y el Territorio Sur de la Baja California. El 28 de enero de1931, México perdió la soberanía de la Isla Clipperton, que fue adjudicada por Francia. Finalmente, los territorios federales alcanzaron los
requisitos para ser admitidos como estados de la federación en el siguiente orden:
Ilustración 24
Actualmente el país está conformado por 31 estados libres y soberanos y el Distrito Federal
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Tabla de índices:
1821, 11 1824, 12
1835, 15
1843, 18 1857, 20
1917, 22 Apatzingán, 9
Bases, 17
Cádiz, 3 Cambios territoriales, 30
constitución, 2
División política, 29 Elementos, 4
Introducción, 25
Proclamación, 8 reformas, 19
Reformas, 29
Sentimientos, 7 Título cuarto, 27
Título noveno, 28 Título octavo, 28
Título primero, 26
Título quinto, 27 Título segundo, 26
Título séptimo, 28
Título sexto, 28 Título tercero, 27
Tabla de imágenes e ilustraciones:
Ilustración 1 ...................................................................................................................................................3
Ilustración 2 ...................................................................................................................................................4
Ilustración 3 ...................................................................................................................................................6
Ilustración 4 ...................................................................................................................................................7
Ilustración 5 ...................................................................................................................................................8
Ilustración 6 ...................................................................................................................................................9
Ilustración 7 .................................................................................................................................................11
Ilustración 8 .................................................................................................................................................12
Ilustración 9 .................................................................................................................................................13
Ilustración 10 ...............................................................................................................................................16
Ilustración 11 ...............................................................................................................................................16
Ilustración 12 ...............................................................................................................................................18
Ilustración 13 ...............................................................................................................................................18
Ilustración 14 ...............................................................................................................................................19
Ilustración 15 ...............................................................................................................................................20
Ilustración 16 ...............................................................................................................................................22
Ilustración 17 ...............................................................................................................................................23
Ilustración 18 ...............................................................................................................................................24
Ilustración 19 ...............................................................................................................................................26
Ilustración 20 ...............................................................................................................................................27
Ilustración 21 ...............................................................................................................................................28
Ilustración 22 ...............................................................................................................................................29
Ilustración 23 ...............................................................................................................................................30
Ilustración 24 ...............................................................................................................................................30
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