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AUDITORÍA GUBERNAMENTAL CON ENFOQUE INTEGRAL
MODALIDAD INTEGRAL MUNICIPIO DE SAN FRANCISCO
VIGENCIA 2017
PGA 2018
DIRECCIÓNOPERATIVADECONTROL MUNICIPAL
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AUDITORÍA GUBERNAMENTAL CON ENFOQUE INTEGRAL MODALIDAD INTEGRAL
MUNICIPIO DE SAN FRANCISCO VIGENCIA 2017
PGA 2018
Contralor de Cundinamarca (E)
José Alfonso Granados Santos
Directora Operativa de Control Municipal con funciones de Contralora Auxiliar
Nidia Beatriz Pérez Álvarez
Grupo Auditor
Ángela Paola Reyes Rincón
Profesional Universitario
Jhon Jairo Salazar Barragán Profesional Universitario
Carlos Eduardo Prada Gómez
Profesional Universitario
Javier Darío Forero Enciso
Profesional Universitario
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TABLA DE CONTENIDO
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INTRODUCCIÓN ..................................................................................................... 4 1 DICTAMEN INTEGRAL .................................................................................. 6
1.1 OPINIÓN SOBRE LOS ESTADOS FINANCIEROS ............................................ 6 1.2 CONCEPTO DEL CONTROL INTERNO CONTABLE ........................................... 8 1.3 CONCEPTO SOBRE LA EJECUCIÓN PRESUPUESTAL ...................................... 8
1.4 CONCEPTO SOBRE EL DESEMPEÑO Y CUMPLIMIENTO ................................. 8 1.5 CONSOLIDACIÓN DE OBSERVACIONES ........................................................ 9
1.6 FENECIMIENTO ............................................................................................ 9 2 REQUERIMIENTO PLAN DE MEJORAMIENTO .............................................. 10
3 RESULTADOS DE LA AUDITORÍA ................................................................ 11 3.1 AUDITORÍA FINANCIERA ........................................................................... 11
3.1.1 Evaluación a los Estados Financieros ........................................................................ 11 3.1.2 Evaluación al Control Interno Contable ..................................................................... 25 3.1.3 Evaluación al Presupuesto ........................................................................................ 26
3.2 AUDITORÍA DE DESEMPEÑO Y CUMPLIMIENTO ......................................... 39 3.2.1 Evaluación al Área Administrativa ............................................................................. 39
3.2.2 Evaluación a la Contratación Administrativa .............................................................. 55 3.2.3 Evaluación al Área Ambiental.................................................................................... 74
3.2.4 Evaluación al Plan de Mejoramiento.......................................................................... 96 3.2.5 Evaluación a la Rendición de la Cuenta ................................................................... 122 3.2.6 Evaluación al Sistema de Control Interno de la Entidad ........................................... 130
3.2.7 Evaluación a los Planes, Programas, Objetivos Misionales, etc. ............................... 135 3.2.8 Gestión en la Política Pública para Población Vulnerable .......................................... 144
3.2.9 Puntos de Control .................................................................................................. 146 4 TABLA DE HALLAZGOS ............................................................................. 149
5 BENEFICIO DEL EJERCICIO DEL CONTROL FISCAL................................... 165
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INTRODUCCIÓN
Doctor
EDGAR GUERRERO SÁNCHEZ Alcalde Municipal San Francisco - Cundinamarca
La Contraloría de Cundinamarca, con fundamento en las Facultades otorgadas por el
artículo 267 de la Constitución Política y en cumplimiento de su Plan General de Auditoría, practicó Auditoría Gubernamental con Enfoque Integral Modalidad Integral al municipio de
San Francisco, la cual fue incluida en Memorado de asignación de auditoría25 de fecha 16 de abril de 2018, por el período comprendido entre el 1 de enero al 31 de diciembre de
2017. Es responsabilidad de la Administración el contenido de la información suministrada por la
entidad y analizada por la Contraloría de Cundinamarca, quien a su vez debe producir inicialmente preinforme integralque contenga pronunciamientos sobre el acatamiento a
las disposiciones legales, la calidad y eficiencia del sistema de control interno, la opinión sobre la razonabilidad de los Estados Financierosy el concepto sobre la gestión adelantada
por la entidad mediante la evaluación de los principios de economía, eficiencia, eficacia y equidad con que se administró los recursos puestos a su disposición.
El desarrollo del proceso auditor se centró en la evaluación de las áreas de trabajo objeto de la auditoría Financiera y de Desempeño y Cumplimiento que son: Estados financieros,
Control Interno Contable, Presupuesto, Área Administrativa, Ambiental, Contratación, Plan de Mejoramiento, Revisión de la Cuenta, Sistema de Control Interno, Planes, Programas,
Objetivos Misionales, Política Pública para Población Vulnerableincluido el Trámite de Quejas y Seguimiento a Oficios.
La evaluación se llevó a cabo de acuerdo con normas, políticas y procedimientos de auditoría prescritos por la Contraloría de Cundinamarca, compatibles con las de general
aceptación, por tanto, requirió acorde con ellas, de planeación y ejecución del trabajo, de manera que el examen proporcione una base razonable para fundamentar los conceptos y
la opinión expresada en elpreinforme integral.
Es importante resaltar que las observaciones encontradas se dieron a conocer a la administración durante el desarrollo de la auditoría y en el informe preliminar remitido el 20 de junio de 2018, recibiendo respuesta mediante correo electrónico del 25 de junio de
2018, observaciones que fueron analizadas y tenidas en cuenta cuando fueron pertinentes y en los casos que fueron soportadas.
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Dada la importancia estratégica que el municipio de San Francisco tiene para el Departamento, la Contraloría de Cundinamarca espera que este informe contribuya a su
mejoramiento continuo y con ello a una eficiente administración de los recursos públicos, lo cual redundará en el mejoramiento de la calidad de vida de los ciudadanos.
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1 DICTAMEN INTEGRAL
1.1. OPINIÓN SOBRE LOS ESTADOS FINANCIEROS
Se ha auditado el Balance General del MUNICIPIO DE SAN FRANCISCO - CUNDINAMARCA a 31 de diciembre 2017 y el correspondiente Estado de Actividad Económica y Social y las
revelaciones hechas a través de las notas a los mismos que forman con ellos un todo inherente por el año terminado. Dichos Estados Financieros fueron preparados bajo la responsabilidad de la administración de la Administración Municipal. Entre las funciones
de la Contraloría se encuentra la de auditarlos y expresar una opinión sobre ellos, tal como se describe a continuación:
SOSTENIBILIDAD CONTABLE: Bajo la Resolución No 0011 del 15 de enero del
2014 se crea el comité de sostenibilidad del sistema contable en el cual al realizar la respectiva indagación frente a lo desarrollado, solo se logra identificar 2 actas de
comité desarrolladas en la misma vigencia. Al verificar la Resolución de creación se puede establecer que el artículo quinto indica que el Comité de Sostenibilidad Del
Sistema De Contabilidad Pública se reunirá 1 vez al semestre y de manera extraordinaria. Teniendo en cuenta lo anterior y conforme lo verificado se puede establecer que la administración municipal no cumplió con lo reglamentado, ya que no
se evidencia más actuaciones del comité en pro de mejorar la razonabilidad de los estados contables. Es importante establecer que en la resolución 119 de 2006
estipuló dos Características en el entorno de la sostenibilidad, los cuales son la razonabilidad y la oportunidad. Por lo anterior Dentro de la razonabilidad, la
Contaduría General De La Nación incluye la conformación del comité técnico de sostenibilidad del sistema contable como instancia asesora del área financiera y contable de las entidades.
DIFERENCIAS EN LA INFORMACIÓN CONTABLE: Al realizar el comparativo de
los saldos reflejados en la información rendida y el sistema HAS, se puede establecer diferencias.
Al solicitar aclaración por parte de la administración municipal se pudo establecer que
estas corresponden a inconsistencias por un menor valor presentado en el sistema en la sumatoria de las cuentas de bancos generados desde el cierre de la vigencia 2015, ya que la cuenta mayor de bancos suma $11.812 millones de pesos menos que el
valor reflejado en el informe.
Igualmente Las diferencias presentadas en las cuentas de pasivo corresponden a valores liquidados en el proceso de nómina, conceptos de seguridad social,
parafiscales, pensionados, valores que son cargados a contabilidad a través de la interface y la información base del módulo de nómina.
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Se evidencia deficiencia en cuanto a la trazabilidad de la información, siendo un factor de riesgo en cuanto al control de los saldos, igualmente y como se determina las
diferencias provienen de vigencias anteriores, las cuales no hay evidencia en las notas contables las cuales justifique la debilidad del sistema.
ACTIVO: se presentaron diferencias del número total de las cuentas bancarias toda
vez lo rendido no coincide con lo evidenciado en los estados contables y reporte entregado.
Al realizar la verificación del sistema con lo reflejado en el balance debidamente firmado se presenta una diferencia de $2.184.597 la cual corresponde a deficiencias
en el sistema.
Sobre la cuenta 1110050118 del BANCO AGRARIO 3-3158-0-00081-7 (CONV INVIAS NO. 055/08) presenta un saldo en contabilidad por cuantía de $29.617.334, el cual al revisar la información rendida en el formato F03_AGR - CUENTAS BANCARIAS, no se
encuentra reflejado.
Al verificar el auxiliar contable a 31 de diciembre del 2017, sobre el total de las cuentas bancarias, se logra establecer las siguientes partidas negativas por cuantía de
(19.994.250).
De acuerdo a lo anterior llama la atención al grupo auditor, que al revisar el extracto
de la cuenta BANCO AGRARIO CTA. CTE.0 3158001003-6 presenta un saldo por cuantía de 17.586.564 y la caratula e conciliación refleja un saldo de contabilidad por
$9.982.158, siendo esté equivoco al compararlo con el auxiliar del sistema.
Al cierre de la vigencia 2017 las caratulas de conciliación bancarias se presentan partidas conciliatorias correspondientes a vigencias anteriores por cuantía de $7.484.993.
Dentro de la información contable se refleja saldo por cuantía de $233.187.345.59,
registrado a favor de Importadora de llantas en vigencias anteriores, este saldo no se podido depurar por falta de información. Lo anterior conlleva a generar la no
razonabilidad de la cuenta, toda vez que la administración no cuenta con la certeza en la composición del saldo por este concepto.
No se ha realizado el respectivo avalúo de los activos a cargo de la administración municipal, siendo necesario para la respectiva implementación de la norma
internacional. Igualmente se refleja saldos registrados de manera global los cuales afectan los diferentes ajustes a realizar en pro de mantener actualizado los saldos.
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PASIVO En la verificación adelantada se logra establecer partidas pendientes por de
depurar, lo que afecta la razonabilidad del saldo presentado al cierre de la vigencia 2017, las cuales ascienden $376.126.418.
A su vez se logra establecer un considerable saldo relacionado con consignaciones pendientes por identificar, por cuantía de $115.108.461, esto conlleva afectar la
trazabilidad de los recaudos que se han realizado.
INGRESOS POR TRANSFERENCIAS: Realizó cruce de información de lo reportado en contabilidad y la información que se refleja en lo presupuestal, de esta situación se
pudo evidenciar diferencia en los siguientes conceptos de Cuenta 440818 PARTICIPACIÓN PARA EDUCACIÓN diferencia evidenciada por cuantía de $98.947.772
y la Cuenta 44081702 SGP SALUD PUBLICA, diferencia evidenciada por cuantía de $4.700.000. se pudo establecer deficiencias en cuanto a los registros contables y presupuestales, los cuales afectan la razonabilidad de los saldos reflejados al cierre de
la vigencia 2017. Es importante que la administración realice lo pertinente para contrarrestar dichas inobservancias.
En nuestra opinión, el Balance General y el Estado de Actividad Financiera Económica y
Social del Municipio de San Francisco, presentan razonablemente la situación financiera, en sus aspectos más significativos por el año terminado el 31 de diciembre de 2017, de conformidad con las normas de Contabilidad Generalmente Aceptadas, prescritas por la
Contaduría General de la Nación, presentando SALVEDAD por lo expresado en los párrafos anteriores.
1.2 CONCEPTO DEL CONTROL INTERNO CONTABLE
La comisión auditoría realizó evaluación del control interno contable, presentando como resultado con base a las etapas de valoración un puntajedel 65% satisfactorio.
1.3 CONCEPTO SOBRE LA EJECUCIÓN PRESUPUESTAL
Frente a la auditoría adelantada al presupuesto del Municipio de San francisco, en el
marco de la vigilancia y el control fiscal correspondiente a la vigencia 2017, se puede establecer que la planeación, programación y ejecución presupuestal, nos permite conceptuar que la ejecución del presupuesto, acatan en forma general las disposiciones
señaladas.
1.4 CONCEPTO SOBRE EL DESEMPEÑO Y CUMPLIMIENTO
Las observaciones presentadas en este documento, nos permite conceptuar que en la gestión adelantada por la administración de la entidad, se acatan todas las disposiciones que regulan sus hechos y operaciones, se ha implementado un sistema de control interno
el cual requiere refuerzo, sobre el seguimiento al Plan de Mejoramientoaunque este no se
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cumplió en un cien por ciento si logró su cumplimiento en la mayoría de acciones de mejora planteadas; efectividad en la gestión fiscalyobservaciones en la gestión ambiental.
Así mismo, se llegó al cumplimiento en un 78.04%de las metas y objetivos propuestos, por lo anterior, para la vigencia fiscal de 2017 se emite conceptoCON
OBSERVACIONES.
1.5 CONSOLIDACIÓN DE OBSERVACIONES
En desarrollo de la presente auditoría tal como se detalla en la Tabla de Hallazgos se
establecieron 31 hallazgos administrativos, de los cuales 08 tienen alcance disciplinario los cuales fueron trasladados a la Procuraduría Provincial deFacatativa.
1.6 FENECIMIENTO
Por la opinión expresada con salvedad de los Estados Financieros y la ejecución
presupuestal favorable, el nivel satisfactorio del Control Interno Contable, el concepto con observaciones emitido en cuanto al Desempeño y el Cumplimiento de la normatividad, la
Cuenta Rendida por parte de la entidad correspondiente a la vigencia 2017,SE FENECE.
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2 REQUERIMIENTO PLAN DE MEJORAMIENTO
Con el fin de lograr que la labor de auditoría conduzca a que se emprendan actividades de
mejoramiento de la gestión pública, la Administración Municipal debe diseñar un Plan de Mejoramiento de acuerdo con la Resolución 049 del 20 de febrero de 2017, modificada parcialmente por la Resolución 330 del 4 de agosto de 2017, que permita solucionar las
deficiencias puntualizadas en el menor tiempo posible, documento que debe ser remitido a la Contraloría de Cundinamarca dentro de los quince (15) días hábiles siguientes al
recibo del informe por parte de la entidad vigilada.
Aprobó:
NIDIA BEATRIZ PÉREZ ÁLVAREZ
Directora Operativa de Control Municipal con funciones de Contralora Auxiliar
ÁNGELA PAOLA REYES RINCÓN JHON JAIRO SALAZAR BARRAGÁN
Profesional Universitario Profesional Universitario
CARLOS EDUARDO PRADA GÓMEZ JAVIER DARÍO FORERO ENCISO Profesional Universitario Profesional Universitario
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3 RESULTADOS DE LA AUDITORÍA
3.1 AUDITORÍA FINANCIERA
3.1.1 Evaluación a los Estados Financieros
La Contraloría de Cundinamarca, en su carácter de legalidad y dentro de sus funciones inherentes, ha examinado la información financiera del Municipio de SAN FRANCISCO de
acuerdo con lo solicitado en el Memorando de Encargo No 25 del 16 de Abril del 2018. Es importante aclarar que la administración municipal es responsable por la adecuada
preparación y presentación de estos estados financieros de acuerdo con principios de contabilidad generalmente aceptados en Colombia y que estos son el producto del
proceso contable que revelan la situación del ente público a una fecha y un periodo determinado, su contenido debe ser consistente con los postulados de confiabilidad y
utilidad social, además la información contable debe ser oportuna, objetiva, relevante, verificable y comprensible.
A continuación se presenta la evaluación a los estados contables:
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De la anterior ilustración y conforme a los grupos que componen estos saldos, se puede establecer que las cuentas que componen lo estados contables no presentan variaciones
considerables de manera general. Sin embargo al realizar el análisis vertical se puede establecer como relevante las cuentas que pertenecen a PROPIEDAD PLANTA Y EQUIPO y
EQUIPO y BIENES DE USO PÚBLICO, ya que equivalen al 65% del total del activo y en el pasivo la mayor participación se encuentran con las CUENTAS POR PAGAR, con una
equivalencia del 59%, del total de los pasivos.
SOSTENIBILIDAD CONTABLE Bajo la Resolución No 0011 del 15 de enero del 2014 se crea el comité de sostenibilidad
del sistema contable en el cual al realizar la respectiva indagación a lo desarrollado, solo se logra identificar 2 actas de comité desarrolladas en la misma vigencia.
Al verificar la Resolución de creación se puede establecer que el artículo quinto establece:
“ARTICULO QUINTO.- Reuniones. El Comité de Sostenibilidad Del Sistema De Contabilidad Pública se reunirá 1 vez al semestre y de manera extraordinaria cada vez que se requiera, por solicitud de su presidente o de un numero plural de sus miembros” .
Teniendo en cuenta lo anterior y conforme lo verificado se puede establecer que la
administración municipal no cumplió con lo establecido en la resolución No 0011 del 2014 ya que no se evidencia más actuaciones del comité frente a las diferentes situaciones presentadas en pro de mejorar la razonabilidad de los estados contables. es importante
establecer que en la resolución 119 de 2006 estipuló dos Características en el entorno de la sostenibilidad, los cuales son la razonabilidad y la oportunidad. Por lo anterior Dentro
de la razonabilidad, la Contaduría General De La Nación incluye la conformación del comité técnico de sostenibilidad del sistema contable como instancia asesora del área
financiera y contable de las entidades. (HA1)
Respuesta Sujeto de Control En la vigencia 2017, el municipio no realizo reuniones del comité se sostenibilidad contable .
Conclusiones Contraloría de Cundinamarca
La administración municipal no controvierte lo observado por el grupo auditor.
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DIFERENCIAS DE LOS ESTADOS CONTABLES PRESENTADOS y LO EVIDENCIADO EN EL SOFTWARE HAS.
Al realizar el comparativo de los saldos reflejados en la información rendida, se puede
establecer diferencias con lo reportado, de acuerdo como se demuestra a continuación:
CODIGO NOMBRE
INF. CHIP INF. DEL SISTEMA DIFERENCIAS VIG 2017 VIG 2016 VIG 2017 VIG 2016 VIG 2017 VIG 2016
1 ACTIVOS
48.698.656
46.487.788
48.696.471
46.476.620
2.185
11.168
11 EFECTIVO
6.963.047
2.406.457
6.960.862
2.395.288
2.185
11.169
1110 DEPÓSITOS EN INSTITUCIONES FINANCIERAS
6.963.047
2.406.457
6.960.862
2.395.288
2.185
11.169
2 PASIVOS
1.212.909
1.079.663
1.224.672
1.082.198
(11.763)
(2.535)
24 CUENTAS POR PAGAR
714.943
559.412
714.035
558.505
908
907
2425 ACREEDORES
92.804
139.717
91.897
138.810
908
907
25 OBLIG. LAB. Y DE SEG
255.459
195.869
258.759
199.170
(3.301)
(3.301)
2505 SALARIOS Y PREST
SOCIALES
227.490
195.869
224.539
192.919
2.950
2.950
2510
PENSIONES Y PRESTACIONES
ECONÓMICAS POR PAGAR
27.969
-
34.220
6.251
(6.251)
(6.251)
27 PASIVOS ESTIMADOS
103.019
221.904
103.161
222.045
(142)
(141)
2715
PROVISIÓN PARA PRESTACIONES SOCIALES
142
142
(142)
(142)
29 OTROS PASIVOS
139.488
102.478
148.716
102.479
(9.228)
(1)
2905 RECAUDOS A FAVOR DE
TERCEROS
139.488
102.478
148.716
102.479
(9.228)
(1)
Se solicitó a la administración municipal, aclaración presentando como respuesta lo
siguiente:
“La diferencia corresponde a un menor valor presentado en el sistema al mayorizar las cuentas de bancos, al cierre de la vigencia 2015, la cuenta mayor de bancos suma $11.812 millones de pesos menos que el valor reflejado en el informe, esta diferencia está
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siendo evaluada con el proveedor del sistema ya que revisada la información la diferencia se presenta desde la vigencia 2010, el cual no había sido evidenciado antes. Las diferencias presentadas en las cuentas de pasivo corresponden a valores liquidados en el proceso de nómina, conceptos de seguridad social, parafiscales, pensionados, valores que son cargados a contabilidad a través de la interface y la información base del módulo de nómina. Anexo cuadro de diferencias a nivel auxiliar 6 dígitos
CÓDIGO CONCEPTO VALOR
CHIP
VALOR
SISTEMA DIFERENCIA
2.7 PASIVOS ESTIMADOS 0 141 -141
2.7.15 PROVISIÓN PARA PRESTACIONES
SOCIALES 0 141 -141
2.7.15.01 CESANTÍAS 0 46 -46
2.7.15.02 INTERESES SOBRE CESANTÍAS 0 5 -5
2.7.15.03 VACACIONES 0 23 -23
2.7.15.04 PRIMA DE SERVICIOS 0 22 -22
2.7.15.09 PRIMA DE NAVIDAD 0 45 -45
La diferencia de $9.228 corresponde a transferencia sin identificar realizada por la Gobernación de Cundinamarca, reflejada en los saldos posteriores a la fecha de reporte.”
Teniendo en cuenta lo anterior, se evidencia deficiencia en cuanto a la trazabilidad de la información, siendo un factor de riesgo en cuanto al control de los saldos, igualmente y
como se determina en la respuesta las observaciones provienen de vigencias anteriores, las cuales no hay evidencia en las notas contables las cuales justifique la debilidad del sistema. (HA2)
Respuesta Sujeto de Control
“…Diferencias contables provenientes de vigencias anteriores, se ha solicitado al proveedor del software la trazabilidad del sistema a fin de determinar los errores presentados y realizar los ajustes contables del caso…”
Conclusiones Contraloría de Cundinamarca
La administración municipal no controvierte lo observado por el grupo auditor por lo tanto de mantiene la observación.
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OBSERVACIONES AL BALANCE GENERAL
ACTIVO
Para el cierre de la vigencia se puede establecer un saldo de $48.696.471.036, conformado por los siguientes saldos:
Fuente: balance comparativo software HAS Vig 2016 y 2017.
Como resultado del análisis se pudo determinar:
EFECTIVO: Al cierre de la vigencia 2017 este grupo presenta un saldo el cual asciende
$6.960.862.149 el cual se encuentra conformado por 33 Cuentas corrientes con un saldo de $ 278.277.900 y 81 cuentas de ahorro por cuantía $6.682.584.249. Para un total de
114 cuentas bancarias. De la verificación adelantada se puede establecer las siguientes observaciones:
En la información rendida se refleja un total de 103 cuentas bancarias para un total $6.961.220.551, a su vez bajo lo establecido en las notas a los estados contables se
hace alusión a un total 105 cuentas bancarias para un total de $6.963.047(cifra en miles). lo reflejado anteriormente no concuerda con lo efectivamente evidenciado en
trabajo de campo por lo tanto genera incertidumbre los saldos reflejados al cierre de la vigencia 2017.
Al realizar la verificación del sistema con lo reflejado en el balance debidamente firmado se presenta una diferencia de $2.184.597 la cual corresponde a deficiencias
en el sistema.
Sobre la cuenta 1110050118 del BANCO AGRARIO 3-3158-0-00081-7 (CONV INVIAS NO. 055/08) presenta un saldo en contabilidad por cuantía de $29.617.334, el cual al
COD NOMBRE VIG 2017 % partc VIG 2016 VARIACION
1 ACTIVOS 48.696.471 46.476.620 (2.219.851)
11 EFECTIVO 6.960.862 14% 2.395.288 (4.565.574)
13 RENTAS POR COBRAR 290.466 1% 450.023 159.557
14 DEUDORES 2.398.829 5% 3.052.821 653.992
16 PROPIEDADES, PLANTA Y EQUIPO 22.391.179 46% 21.678.670 (712.509)
17 BIENES USO PÚB. E HISTÓRICOS Y CULTURALES 9.359.574 19% 9.359.574 -
19 OTROS ACTIVOS 7.295.562 15% 9.540.245 2.244.683
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revisar la información rendida en el formato F03_AGR - CUENTAS BANCARIAS, no se encuentra reflejado.
Al verificar el auxiliar contable a 31 de diciembre del 2017, sobre el total de las
cuentas bancarias, se logra establecer las siguientes partidas negativas:
1110050108 BANCO AGRARIO CTA. CTE.0 3158001003-6 -19.635.175,19
1110050110 BANCO AGRARIO CTA. CTE.3158001180-2 S.G.P -359.074,32
De acuerdo a lo anterior llama la atención al grupo auditor, que al revisar el extracto de la cuenta BANCO AGRARIO CTA. CTE.0 3158001003-6 presenta un saldo por
cuantía de 17.586.564 y la caratula e conciliación refleja un saldo de contabilidad por $9.982.158, siendo esté equivoco el auxiliar del sistema.
Al cierre de la vigencia 2017 las caratulas de conciliación bancarias se presentan
partidas conciliatorias correspondientes a vigencias anteriores por cuantía de 7.484.993.
RENTAS POR COBRAR: Al identificar los saldos reflejados al cierre de la vigencia 2017, lo reflejado en la cuentas de impuesto predial unificado, sobretasa a la gasolina, impuesto
sobre el servicio de alumbrado público y otros impuestos municipales, que son parte integral del grupo de rentas se puede establecer saldo por cuantía de $290.465.776,80
conformado por:
VIGENCIA Nombre VIG 2017 VIG 2016 %
VIGENCIA ACTUAL Sobretasa a la Gasolina 37.114.000,00 41.912.000,00 -11%
VIGENCIAS ANTERIORES Predial Vigencia Anterior 253.351.776,80 408.111.181,80 -38%
TOTAL 290.465.776,80 450.023.181,80
De lo anterior se puede establecer una variación considerable al cierre de la vigencia 2017 frente a las rentas pendientes de cobro por impuesto predial vigencias anteriores. Esta
variación se encuentra relacionada a las prescripciones concedidas en el transcurso de la vigencia auditada, ya que estas ascienden a un total de $171.843.850.
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Fuente: sistema HAS
La cuenta 131007 se puede señalar que esta carece de una adecuada razonabilidad
debido a la falta de depuración, frente a esta situación la administración responde:
“La cuenta refleja un saldo a diciembre 31 de 2017 de $253.351.776, en la vigencia 2017 se adelantó junto con el abogado de cobro coactivo el proceso de
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análisis de la cartera con firmeza administrativa, el cual arrojo un valor de $33.784.586 como se denota la cuenta esta sobreestimada, el valor objeto de ajuste será sometido a castigo por parte del comité de sostenibilidad contable”
REGLAMENTO INTERNO DE RECAUDO DE CARTERA
La Ley 1066 en su artículo 2º establece que:
“Artículo 2°. Obligaciones de las entidades públicas que tengan cartera a su favor. Cada una de las entidades públicas que de manera permanente tengan a su cargo el ejercicio de las actividades y funciones administrativas o la prestación de servicios del Estado y que dentro de estas tengan que recaudar rentas o caudales públicos del nivel nacional o territorial deberán:
1. Establecer mediante normatividad de carácter general, por parte de la máxima autoridad o representante legal de la entidad pública, el Reglamento Interno del Recaudo de Cartera, con sujeción a lo dispuesto en la presente ley, el cual deberá incluir las condiciones relativas a la celebración de acuerdos de pago.”
De acuerdo a la verificación realizada por el grupo auditor logro evidenciar Reglamento
Interno del Recaudo de Cartera, adoptado bajo el decreto 017 del 2 de marzo del 2013.
DEUDORES: Paraelcierre de la vigencia 2017, se establece un saldo por cuantía de $2.398.828.622, para el cual el 89% de los mimos se encuentran relacionados con saldos que pertenecen a TRANSFERENCIAS POR COBRAR AVANCES Y ANTICIPOS ENTREGADOS
RECURSOS ENTREGADOS EN ADMINISTRACIÓN. Del análisis adelantado se puede establecer:
Embargos judiciales: Se refleja saldo por embargos judiciales los cuales ascienden
a los $294.549.299, discriminados de la siguiente manera:
Código Detalle Valor
14701302 Embargos Bancarios 233.187.346
14701304 Bancolombia Cta 89270033408 29.112.095
14701305 CAR EXPEDIENTE 638 32.249.858
De acuerdo a lo anterior se solicitó aclaración, donde la administración expone:
“La Cuenta corriente No. 33158000062-7, presenta embargos por las siguientes entidades; Corporación Autónoma Regional de Cundinamarca, DIAN. Importadora de Llantas, en el balance se presentas saldos por cuantías embargadas que ascienden a la suma de $294.549.298.59, de los cuales se encuentran plenamente identificados $32.249.858 a
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favor de la Corporación Autónoma Regional, $ 29.112.095 a favor de la Gobernación de Cundinamarca- cuota parte pensional, el saldo de $ 233.187.345.59 se encuentra registrado a favor de Importadora de llantas en vigencias anteriores, este saldo
no se podido depurar por falta de información.” (Negrilla fuera del texto)
Lo anterior conlleva a generar la no razonabilidad de la cuenta, toda vez que la administración no cuenta con la certeza frente a la composición del saldo por este
concepto. (HA3)
Respuesta Sujeto de Control “…1) La cuenta corriente No.. 331580000062-7 de banco agrario, en documentos presenta los siguientes embargos a) $106.000.000 juzgado segundo administrativo de círculo de Facatativá, según oficio 21060777 de octubre 10 de 2016 y b) $70.000.000 CAR oficio 2124278 de octubre 24 de 2012. Ver hallazgo No. 3 anexo 1 2) La medida cautelar sobre la cuenta No. 89270033408 de bancolombia, fue levantada por parte de la Unidad de pensiones del departamento, la entidad bancaria reintegro a la cuenta de ahorros la suma de $29.112.095.00, ver hallazgo No. 3 anexo 2…”
Conclusiones Contraloría de Cundinamarca
Teniendo en cuenta lo presentado por la administración municipal, se puede establecer
que esta respuesta no desvirtúa lo observado por el grupo auditor toda vez que claramente lo que genera incertidumbre al grupo auditor es la no razonabilidad del saldo.
Por tal motivo la observación se mantiene. PROPIEDAD PLANTA Y EQUIPO: Para el cierre de la vigencia auditada el saldo asciende a $22.391.178.667. Al realizar análisis comparativo con la anterior vigencia
solamente se refleja variación en las siguientes cuentas
DETALLE VIG 2016 VIG 2017 VARIACIÓN ABSOLUTA
Otras construcciones en curso Escuela Rural Arrayan
- 97.954.412 -97.954.412
Equipos de transporte, tracción y elevación 1.077.246.744 1.691.801.368 -614.554.624
Esta variación se deriva de la adquisición de la camioneta ODT327, registro del compactador entregado por el Gobernación de Cundinamarca y el registro de la cubierta de la escuela rural Arrayan bajo el contrato de obra de No 78 del 2017.
Como observaciones generales se identifican las siguientes:
No se ha realizado la respectivo avalúo de los activos a cargo de la administración
municipal, siendo necesario para la respectiva implementación de la norma internacional.
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Se refleja saldos de manera global los cuales afectan los diferentes ajustes a realizar
en pro de mantener actualizado los saldos.
OBSERVACIONES AL PASIVO
Para el cierre de la vigencia 2017 y de acuerdo con la verificación adelantada a los saldos
reflejados en el sistema HAS, se logra establecer que un total $1.224.671.548. Conformado por las siguientes cuentas:
CÓD. DETALLE VIG. 2016 VIG. 2017
2 PASIVOS 1.082.198.307 1.224.671.548
24 CUENTAS POR PAGAR 558.504.587 714.035.405
25 OBLIG. LAB. Y DE SEG. 199.169.830 258.759.346
27 PASIVOS ESTIMADOS 222.045.005 103.160.549
29 OTROS PASIVOS 102.478.885 148.716.249
Comportamiento porcentual del pasivo Vigencia 2017
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A continuación se relacionan las observaciones identificadas en la ejecución del proceso
auditor en cuanto a la verificación de los pasivos: En la verificación adelantada se logra establecer partidas pendientes por de depurar,
lo que afecta la razonabilidad del saldo presentado al cierre de la vigencia 2017. Dentro de estas se pueden establecer los siguientes saldos:
FENSAN 744.005
Cheques no cobrados o por reclamar 7.713.542
Otras retenciones 63.380.736
Sanciones 303.276.000
Nómina por pagar (5.238.861)
Pensiones de jubilación patronales 6.250.996
A su vez se logra establecer un considerable saldo relacionado con consignaciones
pendientes por identificar, por cuantía de $115.108.461, esto conlleva afectar la trazabilidad de los recaudos que se han realizado.
29058001 CONSIGNACIONES POR IDENTIFICAR 9.445.528
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29059004 CONSIGNACIÓN POR IDENTIFICAR 105.662.933
ESTADO DE LA ACTIVIDAD FINANCIERA ECONÓMICA Y SOCIAL
En los resultados del ejercicio correspondientes a la vigencia 2017, se presentó un excedente de $2.077.377.344. Este resultado se genera de acuerdo con el siguiente comportamiento:
Ingresos Vigencia 2017
Gastos Vigencia 2017
Teniendo en cuenta el grado de importancia de las cuentas que conforman el Estado De La Actividad Financiera Económica Y Social del Municipio de San Francisco, el grupo
auditor procedió a verificar la idoneidad de las cifras que se reflejan a 31 de diciembre del 2017. Identificando:
Ingresos por Transferencias
Se puede establecer qué las trasferencias corresponde al 82% del total de los ingresos que percibe el municipio. Al realizar verificación de los mismos se pudo establecer que la
mayor participación se obtiene de los recursos obtenidos del SISTEMA GENERAL DE PARTICIPACIONES, los cuales corresponden al 44% del total de las transferencias,
igualmente los RECURSOS ENTREGADOS POR EL DEPARTAMENTO relacionados con los diferentes convenios equivalen al 32%.
SISTEMA GENERAL DE PARTICIPACIONES 4.069.865.201,00 44%
SISTEMA GENERAL DE REGALÍAS 502.788.381,40 5%
41 INGRESOS FISCALES 1.923.193.044 17%
43 VENTA DE SERVICIOS 42.078.064 0,37%
44 TRANSFERENCIAS 9.287.952.858 82%
51 DE ADMINISTRACIÓN 1.486.140.493 16%
52 DE OPERACIÓN 145.393.997 2%
54 TRANSFERENCIAS 37.647.560 0,41%
55 GASTO PÚBLICO SOCIAL 7.530.402.924 82%
58 OTROS GASTOS 11.687.126 0,13%
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SISTEMA GENERAL DE SEGURIDAD SOCIAL EN SALUD 1.786.678.629,60 19%
OTRAS TRANSFERENCIAS 2.928.620.645,74 32%
Se realizó seguimiento a los recursos correspondientes al SISTEMA GENERAL DE
PARTICIPACIÓN, en donde se establece para la vigencia 2017 el siguiente comportamiento:
SECTOR SGP 13-2016
ULTIMA 12/16
DOC 014/015 2017
.11/12
Documento DOC 017
TOTAL ASIGNACION
PRESUPUESTO 2017
EDUCACION -
291.486.411 291.486.411 291.506.411
CALIDAD MATRICULA OFICIAL
- 146.560.336 146.560.336 146.580.336
GRATUIDAD EDUCATIVA S.S.F
- 144.926.075 144.926.075 144.926.075
SALUD 148.159.302 1.386.904.808 -
1.535.064.110 1.539.764.581
REGIMEN SUBSIDIADO
CONTINUIDAD 139.836.891 1.310.852.148 1.450.689.039 1.450.689.040
AMPLIACION -
SALUD PUBLICA 8.322.411 76.052.660 84.375.071 89.075.541
AGUA POTABLE Y SANEAMIENTO BASC
46.085.315 423.664.392 469.749.707
PROPOSITO GENERAL 204.800.558 1.793.081.272 1.997.881.830 1.997.881.833
LIBRE DESTINACION 85.391.442 740.933.647 826.325.089 826.325.089
DEPORTE 3.947.453 40.280.786 44.228.239 44.228.242
CULTURA 2.960.591 30.210.589 33.171.180 33.171.180
LIBRE INVERSION 109.217.729 952.702.708 1.061.920.437 1.061.920.437
ALIMENTACION ESCOLAR 3.283.343 28.953.542 32.236.885 32.236.885
GRAN TOTAL CONPES 399.045.175 3.603.650.472 291.486.411 4.294.182.058
Teniendo en cuenta lo anterior se realizó cruce de información de lo reportado en
contabilidad frente a la información que se refleja en lo presupuestal, de esta situación se pudo evidenciar diferencia en los siguientes conceptos
Cuenta 440818 PARTICIPACIÓN PARA EDUCACIÓN diferencia evidenciada por cuantía
de $98.947.772
Cuenta 44081702 SGP SALUD PUBLICA, diferencia evidenciada por cuantía de $4.700.000
Se solicitó aclaración por parte de la administración, donde manifiestan lo siguiente:
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“ (…) me permito realizar la aclaración referente a la diferencia de $98,947,772.00
presentada en las transferencias del Sistema General de Participaciones- Educación
Gratuidad de acuerdo a la solicitud verbal realizada; la diferencia corresponde a valores
asignados mediante documento de asignación expedidos por el DNP, no reconocidos
contablemente en la vigencia 2017.”
CÓDIGO CONCEPTO
VALOR
CONTABLE ASIGNACIÓN DIFERENCIA
440818 Participación para educación 192,558,647 291,506,419 98,947,772
44081801 SGP EDUCACIÓN CALIDAD 146,580,344 146,580,344 0
44081802
SGP EDUCACIÓN
GRATUIDAD 45,978,303 144,926,075 98,947,772
Diferencia SGP – Salud Pública.
La diferencia presentada en la fuente del SGP salud publica frente al valor presupuestado,
corresponde a un mayor valor apropiado, esta asignación presento modificaciones en las
asignaciones realizadas por el Ministerio durante la vigencia 2017, valores que no fue
posible ajustar en el presupuesto toda vez que los recursos fueron comprometidos
previamente a los ajustes realizados.”
Teniendo en cuenta lo observado, se puede establecer deficiencias en cuanto a los
registros contables y presupuestales, los cuales afectan la razonabilidad de los saldos reflejados al cierre de la vigencia 2017. Es importante que la administración realice lo
pertinente para contrarrestar dichas inobservancias.(HA4)
Respuesta Sujeto de Control “…El CONPES mediante documento ajusto a finales de diciembre de 2017, las 11/12 partes de educación calidad y salud pública, ajustes que se realizaron en el presupuesto de la entidad en diciembre de 2017.En la vigencia 2017, el municipio no realizo reuniones del comité se sostenibilidad contable…”
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Conclusiones Contraloría de Cundinamarca
Teniendo en cuenta la respuesta presentada se hace alusión frente algunos ajustes correspondientes a educación y salud pública. Sin embargo no hay claridad frente a lo
observado por el grupo auditor. Situación por la cual se mantiene la observación.
3.1.2 Evaluación al Control Interno Contable
Para el control y la optimización de los recursos públicos, es necesario que la información contable sirva de instrumento para la toma de decisiones. El cumplimiento de este objetivo depende de que esta información sea eficiente y transparente. Con el fin de
lograr la existencia y efectividad de los procedimientos de control y verificación de las actividades propias del proceso contable, la comisión auditoría realizó evaluación del
control interno contable, presentando como resultado con base a las etapas de valoración un puntajedel 65% satisfactorio, de acuerdo al siguiente análisis:
NÚMERO EVALUACIÓN DEL CONTROL INTERNO
CONTABLE PUNTAJE
OBTENIDO INTERPRETACIÓN
1.1 ETAPA DE RECONOCIMIENTO 69% SATISFACTORIO
1.1.1 IDENTIFICACIÓN 72% SATISFACTORIO
1.1.2 CLASIFICACIÓN 73% SATISFACTORIO
1.1.3 REGISTRO Y AJUSTES 62% SATISFACTORIO
1.2 ETAPA DE REVELACIÓN 59% DEFICIENTE
1.2.1 ELABORACIÓN DE ESTADOS CONTABLES Y DEMÁS INFORMES 57% DEFICIENTE
1.2.2 ANÁLISIS, INTERPRETACIÓN Y COMUNICACIÓN DE LA INFORMACIÓN 60% DEFICIENTE
1.3 OTROS ELEMENTOS DE CONTROL 66% SATISFACTORIO
1.3.1 ACCIONES IMPLEMENTADAS 66% SATISFACTORIO
1 CONTROL INTERNO CONTABLE 65% SATISFACTORIO
Dentro de las observaciones más relevantes encontramos:
El proceso contable opera en un ambiente de sistema de integrado de información
pero presenta deficiencias
No hay claridad en los calculados de los valores correspondientes a los procesos de depreciación, provisión, amortización, valorización, y agotamiento.
Las cifras contenidas en los estados rendidos, informes y reportes contables no
coinciden con los saldos de los libros de contabilidad
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El contenido de las notas a los estados contables no revelan en forma suficiente la
información de tipo cualitativo y cuantitativo.
Los manuales de políticas, procedimientos y demás prácticas contables no se
encuentran debidamente actualizados.
Se ha implementado pero no hay claridad frente a las ejecuciones de las políticas
de depuración contable permanente y de sostenibilidad de la calidad de la información.
3.1.3 Evaluación al Presupuesto
Mediante el Decreto Municipal No.069 del 30 de diciembre de 2016 se expidió el
Presupuesto de Rentas, Recursos de Capital y de Gastos del municipio de San Francisco para la vigencia fiscal del 1° de enero al 31 de diciembre de 2016, fijándose un presupuesto de OCHO MIL DOSCIENTOS TREINTA Y CUATRO MILLONES SETENTA Y
OCHO MIL CIENTOS SIETE PESOS MCTE ($8.234.078.107.oo). INGRESOS 8.234.078.107 INGRESOS CORRIENTES 4.291.781.970 INGRESOS DE CAPITAL 5.669.480
FONDO LOCAL DE SALUD 3.936.626.657
2 GASTOS
8.234.078.107
21 GASTOS DE FUNCIONAMIENTO 1.804.292.359
211 CONCEJO MUNICIPAL 131.970.410
212 PERSONERÍA MUNICIPAL 110.657.367
213 ADMINISTRACIÓN CENTRAL 1.561.664.582
24 GASTOS DE INVERSIÓN 6.429.785.748
2401 EJE: Social 4.632.079.356
2402 EJE : Desarrollo rural y medio ambiente 302.595.749
2403 EJE: Escenarios constructores de paz 736.188.724
2404 EJE: Seguridad y convivencia ciudadana 522.283.854
2405 EJE: Aprovechamiento del tiempo libre 236.638.065
Estatuto Presupuestal y su actualización.
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Mediante Acuerdo 085 del 30 de agosto de 1995 se expidió el Estatuto Orgánico De Presupuesto del municipio de san francisco y sus entidades descentralizadas.
Es importante establecer que el artículo 109 del Decreto 111 de 1996
“ARTICULO 109. Las entidades territoriales al expedir las normas orgánicas de presupuesto deberán seguir las disposiciones de la Ley Orgánica del Presupuesto, adaptándolas a la organización, normas constitucionales y condiciones de cada entidad territorial. Mientras se expiden estas normas, se aplicará la Ley Orgánica del Presupuesto en lo que fuere pertinente. Si el alcalde objeta por ilegal o inconstitucional el proyecto de presupuesto aprobado por el concejo, deberá enviarlo al tribunal administrativo dentro de los cinco días siguientes al recibo, para su sanción. El tribunal administrativo deberá pronunciarse durante los veinte días hábiles siguientes. Mientras el tribunal decide regirá el proyecto de presupuesto presentado oportunamente por el alcalde, bajo su directa responsabilidad (Ley 38/89, artículo 94. Ley 179/94, artículo 52).”
Igualmente en el transcurso del tiempo de la fecha de expedición del Estatuto presupuestal se han presentado diferentes normas con carácter de orgánicas, las cuales
han incorporado al estatuto presupuestal herramientas de medio y largo plazo y que a su vez complementan las diferentes actividades presupuestales. Como es el caso de las
Leyes 617 del 2000, 715 del 2001, 1176 de 2007, 819 de 2003, 1483 del 2011, 1551 del 2012 y demás normas concordantes.
Por lo anterior el grupo auditor determina que el estatuto presupuestal adaptado con el Acuerdo 085 del 30 de agosto de 1995, no se encuentra actualizado conforme a las
diferentes actualizaciones al manejo presupuestal. (HA5)
Respuesta Sujeto de Control “…La administración municipal en el 4º periodo de sesiones del 2017 (noviembre) y en sesiones extraordinarias de diciembre presento al concejo el estatuto orgánico de presupuesto, el cual no fue aprobado por la corporación, situación certificada por el presidente de dicha entidad. Ver hallazgo 5 anexo 1…”
Conclusiones Contraloría de Cundinamarca
Sin embargo de haber identificado actuaciones por parte de la administración municipal.
se mantiene la observación con el fin de mantener seguimiento en cuanto a la actualización del estatuto presupuestal.
Consejo de Política Fiscal
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El Municipio mediante el Decreto 058 del 2008, conformó el Consejo Municipal de Política Fiscal CONFIS en su Artículo cuarto (4) establece las responsabilidades de este consejo,
Entre ellas está la de aprobar, modificar y evaluar el plan financiero, aprobar y conceptuar sobre el Programa Mensualizado de Caja PAC, analizar y conceptuar sobre el Plan
Operativo Anual de Inversiones, entre otros.
De la verificación adelantada se puede establecer que para lo corrido de la vigencia 2017 solamente se presenta un acta bajo el Número 03 del 14 de octubre del 2017. En la cual
solamente se socializa el presupuesto para el 2018. En este orden de ideas, el grupo auditor determina que las responsabilidades establecidas
en el artículo 4 del Decreto administrativo No 058 del 2008, no son asumidas por este comité. Ya que en esté, no se puede evidenciar labores como es el caso de las
aprobaciones modificaciones del plan financiero, igualmente la autorización para la adquisición de vigencias futuras, la supervisión del plan anual de inversiones, entre
otros.(HA6.D1) Respuesta Sujeto de Control
“…No se encuentran evidencias o soportes que puedan controvertir la observación del equipo auditor…”
Conclusiones Contraloría de Cundinamarca
La administración municipal acepta lo observado por el grupo auditor, por lo tanto se mantiene el hallazgo.
Reservas Presupuestales
Bajo el Decreto 005 DEL 2017, el Municipio incorporó reservas presupuestales excepcionales por valor de $42.348.000, de las cuales están conformadas por:
ARTICULO CONCEPTO FUENTE BENEFICIARIO VALOR PAGOS
21321079
Suministro de
Combustibles y lubricantes
LIBRE D
IMPUESTOS
CUESTAS PATACON YASMIN
EMILCE 2,000,000 2,000,000
21321079 Suministro de Combustibles y
lubricantes
LIBRE D
IMPUESTOS
LOPEZ MARTINEZ
ORLANDO 1,000,000 1,000,000
21322084 Servicios Públicos LIBRE D
IMPUESTOS ESPACIOS Y REDES SAS 995 995
23614067 Mantenimiento y Limpieza de vías y
ONCE DOC. SGP OTROS
JUNTA DE ACCION COMUNAL DE LA VEREDA
3,000,000 3,000,000
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ARTICULO CONCEPTO FUENTE BENEFICIARIO VALOR PAGOS
carreteranos SECTORES EL PEÑON DEL MUNICIPIO DE SAN FRANCISCO
23614067
Mantenimiento y
Limpieza de vías y carreteranos
ONCE DOC. SGP
OTROS SECTORES
JUNTA DE ACCION COMUNAL VEREDA JUAN DE
VERA DEL MUNICIPIO DE
SAN FRANCISCO
1,080,000 1,080,000
23614067
Mantenimiento y
Limpieza de vías y
carreteranos
ONCE DOC. SGP
OTROS
SECTORES
JUNTA DE ACCION
COMUNAL VEREDA EL ARRAYAN DEL MUNICIPIO
DE SAN FRANCISCO
3,000,000 3,000,000
23614067 Mantenimiento y Limpieza de vías y
carreteranos
ONCE DOC. SGP OTROS
SECTORES
JUNTA DE ACCION COMUNAL VEREDA DE
TORIBA MUNICIPIO DE SAN FRANCISCO DE SALES
3,000,000 0
23614067 Mantenimiento y Limpieza de vías y
carreteranos
ONCE DOC. SGP OTROS
SECTORES
JAC DE EL MUÑA 3,000,000 0
23614069
Mantenimiento, combustibles,
lubricantes y seguros para
Maquinaria y
Equipo Pesado
ONCE DOC. SGP
OTROS
SECTORES
CUESTAS PATACON YASMIN EMILCE
15,273,000 15,273,000
23614069
Mantenimiento,
combustibles, lubricantes y
seguros para
Maquinaria y Equipo Pesado
ONCE DOC. SGP
OTROS SECTORES
LOPEZ MARTINEZ
ORLANDO 4,000,000 4,000,000
23625119
Operación, Administración,
mantenimiento,
Combustibles, Lubricantes para el
Fondo de Seguridad
LEY 418 (FONDO
SEGURIDAD CIU)
CUESTAS PATACON YASMIN
EMILCE 2,000,000 1,941,100
23625121
Convenio
Interadministrativo 184
Implementación de Acciones de
Seguridad y
Prevención de alteraciones de
Orden Público
Convenios
Departamentales
LOPEZ MARTINEZ
ORLANDO 4,000,000 4,000,000
TOTAL 42,348,000 36,289,100
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Igualmente al cierre de la vigencia 2017 se presentaron Reservas por cuantía de $407.624.184, las cuales se constituyeron bajo el Decreto No 007 del 19 de enero 2018
de estas se puede establecer:
RUBRO FUENTE REGISTO FECHA VALOR
2132101 LIBRE DE TASAS 2017000705 27/12/2017 4.000.017,00
2132101 11/12 SGP LIBRE DEST 2017000705 27/12/2017 5.165.286,00
2132202 LIBRE DE TASAS 2017000414 18/07/2017 3.016.947,50
21322031 LIBRE DE IMPUESTOS 2017000323 06/06/2017 897.085,00
21322034 LIBRE DE IMPUESTOS 2017000140 09/03/2017 768.161,00
21322051 LIBRE DE IMPUESTOS 2017000330 16/06/2017 2.058.435,00
21322062 LIBRE DE IMPUESTOS 2017000379 04/07/2017 1.727.860,00
240101211104 R.B. CONVENIO ICCU 539-2016 MEJORAMIENTO ADECUACION DE
LA CANCHA ESCUELA SAN MIGUEL
2017000244 25/04/2017 53.588.269,80
240101211104 R.B. CONVENIO ICCU 539-2016 MEJORAMIENTO ADECUACION DE
LA CANCHA ESCUELA SAN MIGUEL
2017000321 06/06/2017 20.509.650,00
240102212336 ULT DOC SGP SALUD PUBLICA 2017000616 27/11/2017 3.747.980,00
240102212336 RB SALUD PUBLICA 2017000616 27/11/2017 3.552.020,00
2401142138119 11/12 SGP OTROS SECTORES 2017000059 25/01/2017 2.508.541,00
2401142138121 11/12 SGP OTROS SECTORES 2017000522 25/09/2017 5.000.000,00
2403072321001 RB FONDO DE VIVIENDA 2017000482 31/08/2017 1.000.000,00
2403072321001 RB SGP OTROS SECTORES 2017000482 31/08/2017 4.100.253,00
2403072321213 SOBRETASA ALA GASOLINA 2017000482 31/08/2017 1.270.776,47
2403072321213 R.B. Convenio 019 Mejoramiento de vivienda.
2017000482 31/08/2017 109.351.931,00
2403092312205 SOBRETASA A LA GASOLINA 2017000400 14/07/2017 5.267.111,00
2403092312205
R.B. Convenio ICCU 163
Mejoramiento via Terciaria vereda Toriba Sector Escuela Buena Vista
2017000369 29/06/2017 9.154.730,00
2403092312205
R.B. Convenio ICCU 212
Mejoramiento vía el Peñon Sector la Virgen
2017000367 29/06/2017 40.300.025,00
2403092312205 R.B. Convenio ICCU 303 Mejoramiento de vía vereda el
Peñón Sector Escuela la Paz
2017000368 29/06/2017 10.000.000,00
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RUBRO FUENTE REGISTO FECHA VALOR
2403092312205
R.B.Convenio ICCU 392
Mejoramiento de vía Terciaria vereda Arrayan Sector las Conejas
2017000369 29/06/2017 9.977.037,00
2403092312205 CONV. 600-2016 MEJORAMIENTO VIA SAN MIGUEL ALTO
2017000368 29/06/2017 10.076.454,00
2403092313210 RB CONVENIOS DEPARTAMENTALES
2017000217 06/04/2017 85.549.945,00
2404172441256 DESAHORRO FONPET 2017000603 14/11/2017 405.470,00
2404172441266 11/ 12 SGP LIBRE DESTINACION 2017000139 03/03/2017 1.098.000,00
2404172442278 11/12 SGP LIBRE DESTINACIÓN 2017000382 05/07/2017 630.000,00
2404172442279 11/12 SGP LIBRE DESTINACIÓN 2017000382 05/07/2017 2.580.000,00
2404182411002 11/12 SGP OTROS SECTORES 2017000688 26/12/2017 2.265.200,00
2404182411240 DESAHORRO FONPET 2017000656 14/12/2017 8.057.000,00
De los anteriores saldos se tomó como referencias los giros presentados en los
siguientes rubros, con el fin de identificar efectivamente su relación como reserva presupuestal:
2403092312205 2017000368 29/06/2017 10.076.454
2403092313210 2017000217 06/04/2017 85.549.945 240101211104 2017000244 25/04/2017 53.588.269
240101211104 2017000321 06/06/2017 20.509.650
El Decreto 111 DE 1996 el cual compilan la Ley 38 de 1989, la Ley 179 de 1994 y la Ley 225 de 1995 que conforman el estatuto orgánico del presupuesto, frente al manejo de las
reservas presupuestales establece que:
“Del régimen de las apropiaciones y reservas ARTÍCULO 89. Las apropiaciones incluidas en el presupuesto general de la Nación, son autorizaciones máximas de gasto que el Congreso aprueba para ser ejecutadas o comprometidas durante la vigencia fiscal respectiva. Después del 31 de diciembre de cada año estas autorizaciones expiran y, en consecuencia, no podrán comprometerse, adicionarse, transferirse, ni contracreditarse. Al cierre de la vigencia fiscal cada órgano constituirá las reservas presupuestales con los compromisos que al 31 de diciembre no se hayan cumplido, siempre y cuando estén legalmente contraídos y desarrollen el objeto de la apropiación. Las reservas presupuestales sólo podrán utilizarse para cancelar los compromisos que les dieron origen.
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Igualmente, cada órgano constituirá al 31 de diciembre del año cuentas por pagar con las obligaciones correspondientes a los anticipos pactados en los contratos y a la entrega de bienes y servicios. El Gobierno Nacional establecerá los requisitos y plazos que se deben observar para el cumplimiento del presente artículo (L. 38/89, art. 72; L. 179/94, art. 38; L. 225/95, art. 8º).”
Es importante señalar que las reservas presupuestales se generan cuando el compromiso es legalmente constituido pero cuyo objeto no fue cumplido dentro del año fiscal que
termina y será pagada con cargo a la reserva que se constituye a más tardar el 20 de enero de la vigencia siguiente. Igualmente las cuentas por pagar se deben constituir cuando el bien o servicio se ha recibido a satisfacción antes del 31 de diciembre pero no
se le ha pagado al contratista o cuando en desarrollo de un contrato se han pactado anticipos y estos no han sido cancelados. En este orden de ideas se logró establecer.
Como máximo, la constitución de las reservas presupuestales corresponderá a la
diferencia entre los compromisos y las obligaciones, y las cuentas por pagar por la diferencia entre las obligaciones y los pagos.
En este orden de ideas, de acuerdo con la muestra seleccionada, se puede establecer que la administración relaciono como reserva presupuestal los rubros 2403092312205
2017000368 29/06/2017 10.076.454 y el 240101211104 2017000321 06/06/2017 20.509.650. Los cuales se consideran que son cuentas por pagar ya que al cierre de la
vigencia 2016 se revieron a satisfacción. (HA7.D2)
Respuesta Sujeto de Control “…Para que la oficina de hacienda constituya cuentas por pagar, estas deben estar totalmente legalizadas en la secretaria, situación que no sucedió con las dos cuentas en mención, motivo por el cual se constituyeron como reservas presupuestales…”
Conclusiones Contraloría de Cundinamarca
A pesar de controvertir el hallazgo, la administración Municipal no allega soportes los cuales desvirtúen la observación, por lo tanto se mantiene.
Pasivos exigibles vigencia 2016
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A continuación se relaciona los pasivos exigibles que se presentaron al cierre de la vigencia 2016 y los cuales se cancelaron en el 2017 en un 58%, de estas se puede
establecer la siguiente relación:
ARTICULO CONCEPTO FUENTE BENEFICIARIO VALOR PAGOS
43612056
Planes y proyectos
para adquisicion y/o
construccion de Vivienday Obras de
urbanismo
RESERVA-11/ 12 SGP
OTROS SECTORES
GUIMAC INGENIEROS
COMPAÑÍA SAS 4.107.600 4.107.600
43612056
Planes y proyectos para adquisicion y/o
construccion de
Vivienday Obras de urbanismo
RESERVA-11/ 12 SGP OTROS SECTORES
CADAVID
MONTOYA ANDRES FELIPE 3.000.000 3.000.000
43612059
Convenio 063
Construcción de 15
Viviendas Rurales del Municipio.
RESERVA-
CONVENIOS DEPARATAMENTALES
ARQUICOL
CONSULTORIA Y
CONSTRUCCION E.U. 42.142.983 21.645.397
TOTAL 49.250.583 28.752.997
Se realizó seguimiento específicamente al tercero ARQUICOL CONSULTORÍA Y CONSTRUCCIÓN E.U. en la cual se puede establecer que estos recursos corresponden a la
ejecución del CONTRATO No 124 del 2015, en el cual presenta como objeto la construcción de 15 viviendas rurales en el municipio por un monto de 325.380.370. Para
este caso se presentaron observaciones en la ejecución las cuales generaron el pasivo exigible, situación que fue verificada documentalmente sin evidenciar inobservancia
alguna. Cuentas por pagar vigencias 2016
De acuerdo con la verificación realizada se puedo establecer la siguiente relación de cuentas por pagar, de las cuales su cancelación se realizó en el transcurso de la vigencia
2017.
NUMERAL CONCEPTO FUENTE TERCERO VALOR PAGOS
21311063 Indemnización por
Vacaciones
LIBRE D
IMPUESTOS
RUIZ OVALLE JUAN
CAMILO ALBERTO 1.978.891,00 1.978.891,00
21311064 Prima de Vacaciones LIBRE D
IMPUESTOS RUIZ OVALLE JUAN CAMILO ALBERTO
1.122.402,00 1.122.402,00
21311065 Bonificación Por
Recreación
LIBRE D
IMPUESTOS
RUIZ OVALLE JUAN
CAMILO ALBERTO 172.077,00 172.077,00
21311067 Bonificación Por
servicios Prestados
SOBRETASA A LA
GASOLINA
RUIZ OVALLE JUAN
CAMILO ALBERTO 694.928,00 694.928,00
21311070 Prima de servicios LIBRE D RUIZ OVALLE JUAN 538.753,00 538.753,00
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NUMERAL CONCEPTO FUENTE TERCERO VALOR PAGOS
IMPUESTOS CAMILO ALBERTO
21322084 Servicios Públicos LIBRE D
IMPUESTOS ESPACIOS Y REDES
SAS 995.000,00 995.000,00
21334111 Fondo de Cesantías
Totales
LIBRE D
IMPUESTOS
RUIZ OVALLE JUAN
CAMILO ALBERTO 3.424.510,00 3.424.510,00
23613069
Campaña de
Mejoramiento Genético de Pequeños
y Medianos Productores
ONCE DOC. SGP OTROS
SECTORES
CARDENAS CHALA DIEGO LEANDRO
17.000.300,00 17.000.300,00
23614067
Mantenimiento y
Limpieza de vías y
carreteras
11/12 SGP LIBRE DESTINACION
BUSTOS BONILLA JOSE EDWIN
6.175.000,00 6.175.000,00
23614067 Mantenimiento y
Limpieza de vías y
carreteras
ONCE DOC. SGP OTROS
SECTORES
BUSTOS BONILLA
JOSE EDWIN 10.565.000,00 10.565.000,00
23623106
Programa de
Fortalecimiento y Desarrollo
Institucional Fiscal
Tributario y Financiero
LIBRE D
IMPUESTOS
GARZON PEÑALOZA
DEYANIRA 6.355.942,00 6.355.942,00
TOTAL 49.022.803,00 49.022.803,00
Verificación de actos administrativos
Para el transcurso de la vigencia 2017 se logró establecer adiciones por cuantía de
$4.124.927.283 y reducciones por $910.892.558, lo que genero para el corrido de la vigencia 2017 un presupuesto definitivo por cuantía de los $11.448.112.832, este comportamiento se ve reflejado en los siguientes rubros:
DETALLE Apropiado Adiciones Reducciones Definitivo
INGRESOS
8.234.078.107
4.124.927.283
910.892.558
11.448.112.832
INGRESOS CORRIENTES
4.291.781.970
281.184.616
213.328.160
4.359.638.426
INGRESOS DE CAPITAL
5.669.480
3.537.320.645
300.000.000
3.242.990.125
FONDO LOCAL DE SALUD
3.936.626.657
306.422.022
397.564.398
3.845.484.281
INGRESOS SISTEMA GENERAL
DE REGALIAS -
60.892.340
-
60.892.340
INGRESOS SISTEMA GENERAL DE REGALIAS -
60.892.340
-
60.892.340
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Con el fin de establecer los diferentes aspectos relacionados con las modificaciones presupuestales, se tomó como referencia los actos administrativos sujetos de ajuste
presupuestal de estas se pudo determinar un selectivo, los cuales se relacionan a continuación:
Decreto Adiciones Reducciones
DECRETO 002 DE 2017 209.653.166 -
DECRETO 004 DE 2017 51.231.782 -
DECRETO 005 DE 2017 42.348.000 -
DECRETO 007 DE 2017 2.100.273.019 -
DECRETO 010 DE 2017 213.122.969 -
DECRETO 021 DE 2017 30.000.000 -
DECRETO 028 DE 2017 100.000.000 -
DECRETO 034 DE 2017 74.310.171 62.010.300
DECRETO 037 DE 2017 15.000.000 -
DECRETO 040 DE 2017 10.000.000 -
DECRETO 041 DE 2017 24.826.856 -
DECRETO 049 DE 2017 56.000.000 -
DECRETO 056 DE 2017 41.942.422 27.300.666
DECRETO 058 DE 2017 95.800.000 -
DECRETO 059 DE 2017 7.400.000 -
DECRETO 062 DE 2017 40.946.382 -
DECRETO 066 DE 2017 95.169.613 -
DECRETO 069 DE 2017 204.996.000 -
DECRETO 070 DE 2017 8.000.000 -
DECRETO 077 DE 2017 71.985.829 -
DECRETO 081 DE 2017 77.128.298 67.782.971
DECRETO No. 017 DE MARZO 015 DE2017 - 151.317.860
Al verificar la información relacionada en el formato SIA F08A_AGR - MODIFICACIONES AL
PRESUPUESTO DE INGRESOS CON ANÁLISIS, se logró establecer una diferencia en cuanto a lo
reflejado en el DECRETO 007 DE 2017, ya que este presenta como un total de $2.097.003.019.26
y lo reportado asciende a los $2.100.273.019, presentando una diferencia de $3.270.000. Se
solicitó aclaración sobre lo observado, donde la administración responde:
“En atención al tema del asunto, de manera atenta me permito informar que una vez
revisado el Decreto 007 de Enero 12 de 2017 y la adición 201700004 de enero 12 de 2017
se evidencia que por error involuntario se omitió la inclusión del rubro 240101211103
denominado Realizar 4 capacitaciones en el cuatrienio a los alumnos de los grados de 9 y
11, en el diseño y aplicación de las pruebas saber en el cuatrienio fuente 110201 Rb Libre
D impuestos por valor de $3.270.000.oo dentro del decreto.”
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Presupuesto de Ingresos.
Para lo corrido de la vigencia 2017 el municipio de San Francisco presento una apropiación definitiva por cuantía de $11.448.112.832, en el cual se reconoció el 96% del
total de ingresos, igualmente el Municipio cumplió con las metas de recaudo.
Conforme a los rendimientos se puede establecer que estos se encuentran relacionados en el 41% a los ingresos corrientes donde el 57% del corresponden a ingresos no
tributarios. Este saldo los conforma:
DETALLE DEFINITIVO RECONOCIDO
Tasas y Derechos 15.767.155 15.303.577
Multas y sanciones 79.947.573 117.176.878
Venta de Servicios 29.000.000 54.012.564
Rentas contractuales 29.566.490 31.931.652
TRANSFERENCIAS 2.334.276.867 2.348.751.034
Total 2.498.799.085 2.567.175.705
Efectividad en el manejo del presupuesto de ingresos a 31 de diciembre de 2017
EFECTIVIDAD
FORMULA VALORES TOTAL %
TOTAL RECAUDADO *100
11.011.670.224 96,19%
TOTAL ESTIMADO 11.448.112.832
Actualización catastral
Teniendo en cuenta La Ley 223 del 1995, la cual establece realizar las actualizaciones catastrales cada 5 años, siendo este un aspecto definitivo para el efectivo recaudo del
impuesto, ya que este refleja la constante evolución y crecimiento de las edificaciones y otras características. Al realizar verificación se puede establecer que para la vigencia 2008
bajo el convenio interadministrativo de actualización catastral No 585 de 6 de agosto del 2008 se realizó la última actualización catastral, lo que conlleva a reflejar que no se da cumplimiento con lo normado.
Presupuesto de Gastos
El comportamiento de los Gastos para el Municipio del San francisco en lo corrido de la vigencia 2017, presenta una apropiación total de $ 11.448.112.832 de los cuales se
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comprometieron un total de $ 9.860.526.157 y efectivamente se pagaron 9.253.337.477 A continuación se relaciona el comportamiento.
Nombre Rubro Apropiación
Definitiva Compromisos Pagos Saldo por
Comprometer
GASTOS DE
FUNCIONAMIENTO 1.862.055.119 1.748.894.529 1.719.670.259 113.160.590
GASTOS DE PERSONAL 1.124.217.702 1.099.299.482 1.099.299.482 24.918.220
GASTOS GENERALES 336.035.750 317.364.360 293.439.749 18.671.390
TRANSFERENCIAS
CORRIENTES 401.801.667 332.230.687 326.931.028 69.570.980
INVERSIÓN 9.586.057.713 8.111.631.628 7.533.667.219 1.474.426.085
SISTEMA GENERAL DE PARTICIPACIONES
9.012.475.845 7.606.475.861 7.038.833.652 1.405.999.984
OTROS 573.581.868 505.155.767 494.833.567 68.426.101
Del total de los gastos de funcionamiento, los gastos de personal corresponden al 63% e igualmente del total de los gastos de inversión se ejecutó el 94% lo que asciende a los
7.606.475.861 siendo este el rubro de mayor representación. Dentro de los pagos se identifican los traslados al Concejo Municipal por valor de $
121.441.123 y a la Personería Municipal $107.086.333, valores que se ajustan al Artículo 10 de la Ley 617 de 2000.
Indicadores del presupuesto de gastos
Eficiencia: En el manejo del presupuesto de gastos a 31 de diciembre de 2017, este
indicador nos muestra una eficiencia en los gastos del 86.13%
EFICIENCIA
FORMULA VALORES TOTAL %
COMPROMISOS *100
9.860.526.157 86,13%
DEFINITIVO 11.448.112.832
Eficacia: En el manejo del presupuesto de gastos 31 de diciembre de 2017, este indicador nos muestra una eficacia en la ejecución de los gastos del 93.84%
EFICACIA
FORMULA VALORES TOTAL %
GIROS *100 9.253.337.477 93,84%
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EFICACIA
FORMULA VALORES TOTAL %
COMPROMISOS 9.860.526.157
Efectividad en el manejo del presupuesto de gastos a 31 de diciembre de 2016, este
indicador nos muestra una efectividad del presupuesto de gastos en un 87.04%
EFECTIVIDAD
FORMULA VALORES TOTAL %
GIROS *100
9.253.337.477 87.04%
DEFINITIVO 11.448.112.832
Oficio No C17105802104 del 15 de diciembre 2017 de la Secretaria De Planeación Departamental / asunto: presuntas irregularidades frente a los recursos del Sistema General De Participación.
La Secretaria de Planeación Departamental presenta las siguientes observaciones
relacionadas al manejo de los recursos del sistema General de Participación, de estas se puede establecer las siguientes inobservancias.
Ingresos SGP
Agua potable:No se evidencia ejecución relacionado con los recursos relacionados con el
manejo de agua potable y saneamiento básico.
Gastos SGP
A continuación se relaciona los rubros que evidencia los porcentajes bajos:
Alimentación escolar: 0% Educación: 71%
Agua potable y saneamiento 0% Primera infancia 0% Propósito general libre destinación 83%
Propósito general forzosa 75%
Respecto a las observaciones presentadas por la Secretaria de Planeación Departamental, se solicitó aclaración frente a las ejecuciones de manera individual en la cual se establece
lo siguiente:
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“Respecto de los recursos del SGP – agua potable y saneamiento básico el municipioen la vigencia 2017 se encontraba descertificado para la administración de dichos recursos. Los recursos no ejecutados durante la vigencia 2016: en los sectores de alimentación escolar, educación, primera infancia y propósito general fueron adicionados al presupuesto vigencia 2017 según decretos 002 y 007 de 2018”.
Sobre este particular se puede establecer que el grupo auditor realizo seguimiento a la incorporación de dichos recursos donde efectivamente su inclusión se asocia para lo
corrido de la vigencia 2017. Es importante señalar y de acuerdo con la programación de los recursos del SGP, se percibe que estos dentro de la vigencia fiscal se programen y por
ende se realice su respectiva ejecución.
Resultado Presupuestal
RECONOCIMIENTOS - COMPROMISOS
RECONOCIMIENTOS $ 11.448.112.832
COMPROMISOS $ 9.860.526.157
SUPERÁVIT PRESUPUESTAL $ 1.587.586.675
RECAUDO EFECTIVO – GIROS EFECTIVOS
RECAUDO $ 11.011.670.224
GIROS $ 9.253.337.477
SUPERÁVIT PRESUPUESTAL $ 1.758.332.747
3.2 AUDITORÍA DE DESEMPEÑO Y CUMPLIMIENTO
3.2.1 Evaluación al Área Administrativa
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Verificar la correcta liquidación y pago por concepto de Viáticos durante la vigencia 2017.
En primer lugar se evidencia que la normatividad vigente al momento del proceso auditor
en lo relacionado con el reconocimiento y pago de viáticos en el municipio de San Francisco, es la siguiente:
Decreto Nro. 025 de Mayo 18 de 2016 por medio del cual se adopta la escala de Viáticos y Gastos de Transporte para los funcionarios del municipio de San Francisco, Cundinamarca.
Acuerdo Nro. 08 del 17 de mayo de 2016, por medio del cual se fija el salario y la escala de viáticos del Alcalde del municipio de San Francisco, Cundinamarca.
Lineamientos generales del Decreto Departamental No. 177 del 7 de febrero de 2014, Decreto Departamental No. 093 de mayo 8 de 2014 y del Decreto Departamental No 0055 de abril 27 de 2006.
Revisada la información correspondiente a la autorización, liquidación y pago de viáticos y
gastos de transporte para la vigencia 2017, se obtiene la siguiente información consolidada:
COMISIONES AUTORIZADAS
VIÁTICOS Y GASTOS DE VIAJE.
VIGENCIA 2017
CANTIDAD DE FUNCIONARIOS
VALORT TOTAL EJECUTADO
VIGENCIA 2017
57 6 $ 50.019.730,50
RUBRO PRESUPUESTAL DE
VIATICOS
PRESUPUESTO
DEFINITIVO COMPROMISOS PAGOS
2132208 $ 52.000.000 $50.019.730,50 $ 50.019.730,50
Los funcionarios que generaron erogaciones durante la vigencia 2017 por concepto de
Viáticos y Gastos de transporte fueron el Alcalde Municipal de San Francisco, el Secretario de Planeación e Infraestructura, el Secretario de Gobierno, el Secretario de Hacienda Pública, el Secretario de Desarrollo Económico Agropecuario y Medio Ambiente, el
Inspector de Policía y el Comisario de Familia, los cuales cumplieron labores en la ciudad de Bogotá y/u otros municipios, en desarrollo de actividades, capacitaciones y eventos
relacionados con las funciones propias y responsabilidades del cargo de cada uno de ellos.
Una vez revisados los soportes de cada una de las cuentas de viáticos y gastos de viaje tramitadas se encontró que estas cumplieron con la normatividad y procedimiento para el reconocimiento y pagos de los mismos, dado que se evidenciaron los soportes requeridos
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necesarios para el proceso, como son: Resoluciones de asignación de comisión, ordenamiento, reconocimiento y pago de los mismos, expedición de los respectivos CDPs,
Registros presupuestales, Certificados de permanencia, Orden de pago, Comprobante de egreso y documento de transferencia electrónica del Banco de Colombia, para cada una
de las 57 cuentas tramitadas por este concepto durante la vigencia 2017.
Verificar la correcta liquidación y pago por concepto de Incapacidades durante la vigencia 2017.
Durante la vigencia 2017, se presentaron dos (2) incapacidades mayores a tres (3) días, correspondiente a empleados de la administración municipal, las cuales fueron
canceladas a cada uno de los funcionarios por parte de la Alcaldía municipal dentro de la nómina dependiendo de la oportunidad con que hubieren entregado al área de personal
y nómina por parte de la persona incapacitada y/ o el jefe de la dependencia de la persona incapacitada.
Dentro del desarrollo del proceso de Recobro la Administración municipal debe solicitar la autorización de pago a la EPS con el fin de que la misma proceda a la liquidación y envío
a la Alcaldía para que esta haga el trámite de cobro procedente a través de cuenta de cobro.
Sin embargo durante el 2017, no se procedió por parte de la entidad a realizar el cobro de
una (1) de las dos (2) incapacidades presentadas en la vigencia 2017, las cuales se relacionan a continuación.
LUIS FERNANDO CASTILLO TACHA:
Se evidenciaron para este funcionario las siguientes incapacidades para la vigencia 2017:
Nro. INCAPACIDAD FECHA INICIO FECHA
TERMINACION EPS DIAS
1 9 Julio 31 de julio FAMISANAR 23
2 1 Agosto 22 de Agosto FAMISANAR 22
3 23 Agosto 21 de Septiembre FAMISANAR 30
4 21 Octubre 20 de Noviembre FAMISANAR 31
Total días 106
El total de días de incapacidad para el servidor de carrera administrativa fue de 106 días,
procediendo el funcionario a radicar dichas incapacidades en la administración municipal, periódicamente de acuerdo a las fechas en que eran autorizadas por el médico tratante.
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Por procedimiento la Administración Municipal debería haber solicitado la autorización a la EPS con el fin de que la misma procediera a la liquidación, reconocimiento y pago de las
mismas y hacer a su vez hacer el envío a la Administración municipal para que procediera el trámite de cobro procedente a través de la expedición de la correspondiente cuenta de
cobro, proceso que hasta la fecha de auditoría no se ha realizado gestión de ninguna índole desde la misma radicación de los documentos, en cuanto a su trámite por parte de
la administración municipal para la recuperación de estos recursos ante la EPS FAMISANAR, lo que evidencia una falta de control y seguimiento administrativo dentro del
proceso de Incapacidades. (HA8) Una vez verificado lo anterior el equipo de auditoría procedió a informar a la Secretaría de
Gobierno, sobre la situación encontrada para que se proceda a continuar en gestión administrativa para la recuperación de estos dineros pertenecientes al municipio de San
Francisco.
Dado lo anterior la administración debe gestionar la recuperación de estos recursos y proceder a la depuración contable, como lo exige la ley 776 de 2002 y el articulo 41 del decreto ley 3135 de 1968, los cuales establecen el termino de prescripción de las
incapacidades de ARL (un año) y EPS (tres años).
Respuesta Sujeto de Control “…La Administración Municipal realizara el trámite de recobro de las incapacidades del señor Luis Fernando Castillo Tacha y se elaborara un procedimiento para establecer el tramite a seguir y los responsables de cada una de las etapas…”
Conclusiones Contraloría de Cundinamarca
Se mantiene la Observación que se convierte en hallazgo Administrativo, entre tanto no
se cuenta con la elaboración formal e institucional del proceso para llevar a cabo el procedimiento para el Recobro de las Incapacidades ante la EPSs; igualmente, en concordancia y de manera articulada debe procederse al Recobro de la Incapacidad del
funcionario LUIS FERNANDO CASTILLO TACHA, correspondiente a 106 días de forma discontinua durante la vigencia 2017.
RAMIRO DAZA CAICEDO:
La incapacidad fue consignada al municipio y aparece en el listado de movimientos
contables que fue expedido a la comisión auditora el 15 de mayo de 2018 en la cuenta 41109010 Incapacidades, por valor de $ 616.404. Se concluye que la Administración
Municipal de San Francisco ya efectuó el recobro de este valor dentro de la vigencia 2017.
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Verificar la existencia de procesos judiciales y/o extrajudiciales a favor y en contra del
sujeto auditado durante la vigencia a auditar. CONTROVERSIA JUDICIALES Y/O EXTRAJUDICIALES.
Para la vigencia 2017 se presentan diez y nueve (19) procesos judiciales y/o extrajudiciales, de los cuales cinco (5) corresponden a acciones de tutela que fueron
falladas a favor del municipio.
Los restantes 14 procesos se encuentran en diferentes etapas del proceso, en su mayoría administrativos y algunos laborales, a los cuales la representación jurídica del municipio está de manera permanente realizando el seguimiento y atención de requerimientos
solicitados por los despachos judiciales, dependiendo su avance del impulso que le den los jueces respectivos, se evidencia que existe el compromiso de la representación judicial
del municipio para atender con diligencia y oportunidad cada uno de estos procesos con el objetivo de lograr una eficiente representación que conlleve a salir avante al municipio
en la resolución de las controversias judiciales en defensa del patrimonio y los bienes públicos que pudiesen verse comprometidos en las mismas, en el momento en que se den los fallos, que en caso de ser favor el lograr cumplir con la protección de dichos bienes e
intereses o en caso contrario proceder a interponer recursos correspondientes hasta su última.
ACCIONES DE REPETICIÓN
No. Número de
proceso Despacho Judicial
Clase de proceso
Última Actuación a abril 30 de 2018
Estado del Proceso
Actuación pendiente
1 2015-0677
Juzgado Primero Administrativo de Facatativá
Acción de repetición
12/02/2018 Al despacho para fallo 19/10/2017 Se presentaron alegatos de conclusión.
Al despacho Proferir sentencia
2 2015-0534
Juzgado Primero Administrativo de Facatativá
Acción de repetición
Se radicó apelación. Se profirió sentencia en contra por no encontrar dolo en la
actuación del demandado.
Apelación Trámite apelación
3 2017-0065
Juzgado Primero Administrativo de
Facatativá
Acción de repetición
08/02/2018 Notificación personal al demandado.
Se ordenó la notificación del demandado.
Términos Trámite primera
audiencia
4 2014-0060
Tribunal
Administrativo de Cundinamarca Sección Tercera Subsección B
Acción de
repetición
25/04/2018 Se admite recurso
de apelación interpuesto por el Municipio
A la letra Pendiente
audiencia de fallo de segunda instancia
5 2016-0522 Juzgado Segundo Administrativo de Facatativá
Acción de repetición
14/08/2017 Al despacho para reconocer personería 05/07/17 Se radicó poder de
Al despacho Reconocer personería
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El total de las cinco (5) acciones de repetición vigentes para el municipio de San Francisco a la fecha de la presente auditoría se encuentran en etapas de inicio (2), para sentencia (1) y finalmente dos acciones en tribunal administrativo en trámites de apelación, con
respecto a esta defensa jurídica la representación judicial del municipio espera que las mismas sean impulsadas y agilizadas con el fin de lograr y obtener sentencias a favor del
municipio que se materialicen en la recuperación de estos recursos para las arcas municipales en el menor tiempo posible.
Verificar si el sujeto de control ha realizado transacciones y/o conciliaciones judiciales
o extrajudiciales, durante la vigencia auditada con la respectiva recomendación del comité de conciliación y defensa judicial, detallando cada proceso; y verificar el cumplimiento de las sentencias judiciales.
Para la vigencia 2017 se realizó una conciliación extrajudicial o prejudicial para acceder a
un Acuerdo Conciliatorio con el Señor NICOLAS FLESHER VALENCIA, para el reembolso del dinero pagado por duplicado que le fue hecho mediante transferencia bancaria el día
4 de enero de 2017 por valor de $7.376.180 dentro del desarrollo del contrato No CPS 125-2016 y cuyo objeto fue la Prestación de Servicios para el arreglo, reparación y
mantenimiento de los instrumentos de la banda sinfónica del municipio de San Francisco por valor de $ 11.798.000.
Igualmente, se evidenció que la situación se generó al realizar un doble pago del valor de $7.376.180 afectando las cuentas bancarias # 89265977236 y # 89258204124 de Banco
de Colombia, lo cual se detectó en el mes de junio de 2017, oficiándose al Señor Flesher y solicitándole la devolución del dinero, en aplicación al artículo 252 del Código Penal
Colombiano. Lo anterior fue aceptado por el ex contratista quien radicó ante la Procuraduría Judicial
Administrativa de Facatativa una solicitud de conciliación proponiendo hacer la devolución del dinero de la manera siguiente: a) Un pago inicial de $2.000.000 y b) El saldo
mediante cuotas mensuales de $500.000 en 10 cuotas y una (1) cuota final de $76.180. Sin ningún tipo de reconocimiento de intereses ni ningún tipo de pago adicional, en un
plazo de doce (12) meses, y del cual la representación jurídica del municipio consideró legal, viable y conveniente para el municipio de San Francisco pero durante la reunión del el comité de conciliación, según lo evidenciado en acta del 25 de octubre de 2017, se
definió que el pago del capital se realizaría en un plazo máximo de seis (6) meses sin valores adicionales o que se realice el pago en un término máximo de doce (12) meses
pero asumiendo el pago del total de los intereses causados desde el 1 de febrero de 2017 hasta cuando se efectúe el pago total de la obligación correspondiente al capital.
sustitución
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Esta propuesta no fue aceptada por el ex contratista deudor, quien propuso , según acta
anexa, una forma de pago de la siguiente manera : a) Realizar un pago de $3.000.000 en efectivo mediante consignación a la cuenta bancaria que el municipio le indique, en la
fecha de aprobación de la conciliación y b) realizar el pago de $ 4.376.180 dividido en siete (7) cuotas de $ 625.170 a partir del mes siguiente a la realización del primer pago,
sin reconocimiento de intereses y ningún pago adicional, dicha propuesta se llevó al comité de conciliación el 8 de noviembre de 2017, según consta en acta anexa, y en esta
reunión se decidió proponerle al deudor realizar el pago de la siguiente manera a) Realizar el pago de $3.000.000 de forma inmediata y b) Pagar el saldo de la deuda más los intereses de usura autorizados para deudas fiscales a la tasa del 2,45% mensual y c)
Los intereses deberán ser pagados desde el 4 de enero de 2017 hasta el primer pago sobre el capital total de la deuda y a partir del primer pago, sobre los saldos
correspondientes.
En la Audiencia celebrada en la Procuraduría se llegó al acuerdo en que el señor Nicolás Flesher pagaría de acuerdo con la propuesta precitada.
Solicitada la información de los soportes de los reintegros respectivos a la Secretaría de Hacienda municipal se verificó que a la fecha el señor Flesher ha realizado los siguientes
pagos:
PAGO VALOR DEL REINTEGRO FECHA TIPO PAGO
1 $3.000.000 10/11/2017 Abono de Capital
2 $4.376.180 18/12/2017 Abono de Capital
3 $ 500.000 13/04/2018 Abono a Intereses
4 $1.481.808 Pendiente de reintegro Intereses Pendientes de
pago a la fecha
En cuanto a los intereses, se puede observar que el señor Flesher realizó un primer
reintegro donde se abonó a capital el 10 de noviembre de 2017 por la suma de $3.000.000; igualmente, un segundo reintegro por el faltante de capital en fecha 18 de
diciembre de 2017; así mismo, un pago de $500.000 por pago de intereses el 13 de abril de 2018, quedándole pendiente por cancelar la suma de $1.481.808 por concepto de intereses y así cumplir con el pago total de reintegro, originado en el doble pago que se le
realizó de manera equivocada por la administración municipal de San Francisco.
Se deja constancia que al deudor no se le condonaron intereses y se le cobraron los mismos a la tasa máxima de interés permitida, conocida como tasa de usura autorizada
para deudas fiscales, correspondiente al 2,45% mensual desde el 4 de enero de 2017 hasta el pago total del capital en diciembre de 2017, por lo cual se logró la recuperación total de los recursos.
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Verificar que se constituyó la póliza o seguros que ampare los bienes y los riesgos que
pueden generar los funcionarios de confianza y manejo. Los tipos de pólizas que debe manejar este municipio para la protección de sus bienes, patrimonio y funcionarios legalmente autorizados, son:
Póliza Todo Riesgo Daños Materiales Entidades Estatales
Póliza de Manejo Póliza de Automóviles
Póliza de Vida Grupo para Concejales Se evidenció durante el proceso auditor lo siguiente:
PÓLIZA TODO RIESGO DAÑOS MATERIALES ENTIDADES ESTATALES:De acuerdo
con la información presentada por el sujeto de control y la registrada en el aplicativo SIA formato F_04_AGR se evidencia la existencia de documento de Póliza No 376-83-
994000000027, con los siguientes Amparos: Manejo Global del Sector Estatal, Responsabilidad Civil Extracontractual, Hurto Calificado, Equipo Eléctrico y Electrónico, Rotura de Maquinaria, Terremoto /temblor y Erupción Volcánica, Asonada, Motín, Huelga,
Actos mal intencionados y Todo Riesgo Daños Materiales, con un valor asegurado de $ 13.463.487.736 y con un valor de prima de $ 22.460.673, para el período que va desde
el 8 de marzo de 2017 hasta el 8 de marzo de 2018, contratada con Aseguradora Solidaria de Colombia.
PÓLIZAS DE MANEJO, CONFIANZA Y RESPONSABILIDAD CIVIL DE SERVIDORES PÚBLICOS:De acuerdo con la información presentada por el sujeto de
control y la registrada en el aplicativo SIA formato F_04_AGR solo se evidencia la existencia de documento de Póliza No 376-87--994000000020 de protección y amparo
para delitos de actos Incorrectos de los Servidores Públicos , con vigencia desde el 8 de noviembre de 2017 hasta el 8 de noviembre de 2018 con un valor asegurado de $
100.000.000 y con una prima anual de $ 3.316.054, que cubre al Alcalde municipal 2016-2019, al Secretario de Gobierno, al Secretario de Hacienda y al Secretario de Planeación e
Infraestructura, para el período que va desde el 8 de noviembre de 2017 hasta el 8 de noviembre de 2018, contratada con Aseguradora Solidaria de Colombia.
PÓLIZA TODO RIESGO MAQUINARIA Y EQUIPO:De acuerdo con la información presentada por el sujeto de control se evidencia la existencia de la Póliza de Seguro de
Riesgo para Maquinaria y Equipo Nro. 376-85-994000000052 con vigencia desde el 3 de marzo de 2017 hasta el 3 de marzo de 2018, con un valor total asegurado de $
1.150.773.360, con un valor de prima total de $11.201.449 contratada con Aseguradora
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Solidaria de Colombia para todo riesgo de la Maquinaria y Equipo del municipio, con los siguientes Amparos: Responsabilidad civil extracontractual, Hurto calificado,
Asonada/Motín/ Huelga, Terremoto/ temblor/ erupción volcánica y Amparo Básico para la siguiente maquinaria:
MAQUINARIA MODELO MARCA VALOR ASEGURADO EN PESOS $
MOTONIVELADORA 2015 CATERPILAR 780.773.360
MOTONIVELADORA 2006 CASE 370.000.000
COMPACTADOR 2017 SWEEDEN 94.252.800
Verificar el cumplimiento de la Ley 951 del 31 de marzo de 2005 y la Resolución 0989
del 1 de diciembre de 2015 emanada por la Contraloría de Cundinamarca, en cuanto a la entrega oportuna del Informe de Gestión de los Servidores públicos que se desvinculen del cargo, durante la vigencia auditada (Si Aplica).
Se evidenció que el servidor público Michael Rudas, como Director Ejecutivo de la Junta de Deportes de San Francisco - JUNDEPORTES, hasta el 31 de diciembre de 2017, procedió a la entrega del cargo diligenciando el formato respectivo donde se relaciona la
entrega del Informe de su Gestión.
Verificar y determinar las actuaciones administrativas para garantizar la terminación de las obras declaradas como inconclusas. De acuerdo a la verificación de las presuntas Obras Inconclusas se pudo determinar
lo siguiente:
PRESUNTA OBRA INCONCLUSA 1
Esta se desprende del Convenio Interadministrativo ICCU 319-2010, cuyo Objeto fue:
ESTUDIOS, DISEÑOS y CONSTRUCCIÓN DEL POLIDEPORTIVO ESCUELA “ARRAYAN ALTO” del Municipio de San Francisco, por valor de $ 151.250.000, y de los cuales el ICCU
aportó $137.500.000 y el municipio la suma de $ 13.750.000 para ejecutar en un plazo de seis (6) meses y cuyo contratista fue el CONSORCIO POLIDEPORTIVO P&R 2011.
De dicho Convenio se desprendió el Contrato # 031 de 2011, el cual quedó como una obra inconclusa, dado que dicho contrato de obra incluía la construcción de la cubierta, la
cual dentro de este contrato quedó sin terminar pues los recursos aportados no fueron suficientes.
Finalmente, la cubierta inconclusa del Polideportivo Escuela Rural “Arrayan Alto” se
terminó dentro del desarrollo del Convenio 280- 2016 cuyo objeto fue La Construcción de
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la Segunda Etapa de la Cubierta del Polideportivo Escuela Rural ARRAYAN ALTO, por valor de $102.000.000 en un plazo de seis (6) meses, y la misma si fue incluida en el Plan de
Desarrollo municipal 2016-2019.
Para lo anterior se celebró el contrato de obra Nro. 078-2017 por valor de $ 97.954.412 en un plazo de dos (2) meses con el contratista URBANISMO ARQUITECTURA e
INGENIERIA SAS -Milton Uriel Turriago, dentro de una modalidad selección abreviada de menor cuantía.
Igualmente, se contrató la Interventoría con el contrato Nro. 094-2017 por valor de $ 3.3750.000 en un plazo de dos (2) meses con el contratista Ingeniera Laura
JhoannaCricienPanesso, dentro de una modalidad de Mínima Cuantía.
La obra finalizó el 31 de agosto de 2017 y se recibió a satisfacción por la administración municipal, anexándose la respectiva acta de liquidación a los papeles del trabajo de esta
auditoría, para la obra y la interventoría. PRESUNTA OBRA INCONCLUSA 2
Construcción de 17 Viviendas de la zona Rural del municipio en Convenio del Banco
Agrario dentro del Proyecto VIVIENDA RURAL DIGNA PARA NUESTROS PANELEROS con Recursos de Subsidio Familiar de Vivienda de Interés Social Rural durante la
administración municipal 2008-2012 en alianza con la Gobernación de Cundinamarca a través de la Unidad Administrativa de Vivienda con un aporte de la misma por $76.500.000 (50% del valor total del proyecto) y un valor igual que fue asignado como
contrapartida por la Gobernación de Cundinamarca al municipio de San Francisco, con un costo total del proyecto por $ 153.000.000; igualmente, intervino en dicho convenio la
Federación Nacional de Productores de Panela en su condición de gremio del sector panelero.
El proceso de Contratación fue adelantado por la modalidad de contratación directa CD-
GERENCIA 96 y se aplicó a través del procedimiento establecido en el Manual de Políticas de Contratación de la Gerencia de Vivienda del Banco Agrario de Colombia como otorgante del subsidio VISR, donde se determinó por esta gerencia el proceso de
ejecución de estos recursos destinados al Subsidio Familiar de Vivienda de Interés Social Rural en este municipio.
En conclusión se evidenció que mediante acta No 018 -2013 del 31 de octubre de 2013, el
Banco Agrario de Colombia asignó VIRS a 17 hogares del municipio de San Francisco, dentro del proyecto en mención, con recursos aportados por la gobernación y asignados
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al municipio de San Francisco en el mismo valor por $76.500.000, para un total de $ 153.000.000.
Durante el desarrollo del proceso auditor la administración, a través de la oficina de
Planeación, explicó sobre la inexistencia de información sobre el proceso en general dado que el municipio no manejó recursos ni el proceso de contratación, pero confirman que la
obra fue terminada en su totalidad y que en una última visita practicada por funcionarios de la Alcaldía en el año 2018 a los beneficiarios del proyecto, estos manifiestan sentirse
satisfechos con la solución de vivienda recibida a través de VIRS del Banco Agrario con aportes de la Gobernación de Cundinamarca y la partida transferida por esta al municipio y administrada por la Fundación HOLCIM COLOMBIA, seleccionada de acuerdo con el
Manual de Contratación de la Gerencia de Vivienda del Banco Agrario, para la ejecución del proyecto.
PRESUNTA OBRA INCONCLUSA 3
Corresponde al Convenio Interadministrativo SOP-V-291-2008 entre la Gobernación y municipios de Cundinamarca para los Estudios, Diseño, Construcción, Mejoramiento,
Rehabilitación y Pavimentación de la Red Vial de troncales del Departamento de Cundinamarca de la cual se desprendió el contrato de obra 004-2011 con objeto de la
Terminación Pavimentación de la vía San Francisco – El Encuentro, que se desarrolló a través de licitación Pública iniciada el 28 de abril de 2011, donde fue seleccionado el
contratista Ingeniero Yebrail Cadena Lozano, con Interventoría del Ingeniero Fredy Mayorga Matéus Representante Legal de la firma CONSTRUCCIONES CIVILES JFM LTDA a través del contrato 019-2011.
Dicho contrato fue notificado a la administración municipal 2012-2015 por parte del
interventor, dado un posible incumplimiento en la ejecución de la obra en los siguientes ítems.
ACTIVIDAD UNIDAD CANTIDAD
Suministro e instalación de la mezcla asfáltica densa en calienteMDC-2
M3 76
Construcción de Cunetas en concreto clase F ML 200
Limpieza y Reconstrucción de Cunetas ML 50
Se observó que de acuerdo con Acta de compromiso del 17 de enero de 2012 entre la alcaldesa 2012-2015 Martha Gaitán González, el arquitecto Jorge Jiménez Secretario de
Planeación e Infraestructura municipal, ingeniero Fredy Mayorga interventor de la obra en representación de la firma contratista de obra Yebrail Cadena Lozano y el Interventor Ingeniero Fredy Mayorga representante de la firma CONSTRUCCIONES CIVILES JFM LTDA
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Se levantó dicha acta solicitando el cumplimiento del faltante de obra por ejecutar a 31 de enero de 2012.
Finalmente dicha obra no fue ejecutada con la calidad y cantidad requerida, por lo cual
dicha obra quedó inconclusa en su terminación, sin embargo se evidencia dentro del expediente, reposa la proyección de un Acta de liquidación #7 del contrato # 004-2011,
donde se manifiesta por las partes que las obras recibidas fueron ejecutadas en las cantidades relacionadas en la misma y por el valor total del contrato, pero se observa que
dicha acta no fue firmada por ninguna de las partes y la misma tiene fecha de 27 de diciembre de 2012.
Así mismo, se observa que la Representante Legal del municipio ofició sobre dicho incumplimiento a SEGUROS DEL ESTADO quien expidió las pólizas del respectivo contrato
# 004-2011 y a nombre del contratista, para garantizar cualquier siniestro que pudiere ocurrir; este oficio es de fecha 20 de enero de 2012.
Entrevistada la administración actual, esta manifiesta que dicho contrato si presentó incumplimiento, pero no se entregaron evidencia de algún tipo de declaración de siniestro
o reclamación por parte de ninguna de las administraciones posteriores al incumplimiento presentado
De acuerdo con concepto de la comisión dicha obra, a la fecha de la auditoría, ya tiene
prescripción de la acción fiscal. PRESUNTA OBRA INCONCLUSA 4
Corresponde a la construcción del salón de Computo de la Escuela Rural Vereda San
Antonio. Dicho proyecto se inició en el año 2001, quedando como obra inconclusa.
Sin embargo, se observa que la actual administración dentro de la acción seguida para la mitigación de esta obra inconclusa, desarrolla en este momento la planeación para la
contratación ejecución de las obras que llevan a la terminación del salón de cómputo, como un compromiso para la vigencia 2018 y de lo cual se informará a la Contraloría de Cundinamarca. Dicha obra no está incluida en el Plan de Desarrollo y corresponde a un
compromiso adquirido por la Administración Municipal de llevar a buen término dicha obra.
Atendiendo la Circular Externa 09 de 2012 de la Auditoría General de la República,
analizar el flujo de recursos y la base de datos de los usuarios del Régimen Subsidiado en salud con el fin de evitar pagos a beneficiarios fantasmas.
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El municipio aplica el Decreto 971 de 2011 el cual establece el giro directo a las Empresas Prestadoras de Servicios de Salud y a las Instituciones Prestadoras de Servicios
de Salud. En razón a lo anterior en el municipio de San Francisco se puede evidenciar el flujo de recursos SIN SITUACION DE FONDOS para la vigencia 2017.
El municipio al inicio de la vigencia 2017 con la Resolución 009 del 12 de Enero de 2017
por medio del cual realiza el compromiso presupuestal para la Garantía del Aseguramiento en Salud de la población afiliada al Régimen Subsidiado entre el 01 de enero y el 31 de
diciembre de 2017 por valor de $ 3.808.070.149,00por concepto continuidad en el aseguramiento y la suma de $64.026.800,00 asignados para la población pobre no afiliada (Sin Seguridad Social) PPNA.
Se evidencia que para el mes de Septiembre el municipio realiza un ajuste a la anterior
Resolución 009 de enero 17 de 2017 mediante la Resolución 172 del 15 de Septiembre de 2017 por medio de la cual se modifica el compromiso presupuestal de los recursos del
Régimen Subsidiado de acuerdo al monto proyectado por el Ministerio de Salud para la vigencia comprendida entre el 01 de enero y 31 de diciembre 2017 por un total de $ $ 3,676,591,087.99 realizando los ajuste pertinentes en cada una de las fuentes de
financiación.
Se estableció que el Municipio cuenta con un procedimiento con el fin de evitar pagos a beneficiarios fantasmas, verificando las novedades que envían las EPSs y las novedades
enviadas por el Municipio (N09 retiro por muerte, N13 Novedad por retiro en BDUA, N15 Anulación de ingresos) reportados el último día hábil de cada mes en la plataforma de consorcio SAYP y ADRES último trimestre de 2017, que es quien finalmente mediante un
cruce de bases de datos, de acuerdo a las novedades y a la base del SISBEN, identifica la población a pagar.
Conclusión:
El municipio de San Francisco realiza cruces de las bases de datos mensualmente en
cumplimiento a la Resolución 1344 de 2012 modificada por la Resolución 5512 de 2013 del Ministerio de la Protección Social, depurando la base de datos del Régimen Subsidiado con las EPSs y el administrador SISBEN en forma mensual, reportando al Fosyga –BDUA -
ADRES las novedades.
Durante la vigencia 2017 el Municipio reporto mensualmente la totalidad de las diferentes novedades correspondientes a los Entes Territoriales generadas el último día hábil de mes
esta novedades se presentan ante el operador SAYP –FOSYGA, y a partir de Agosto de 2017 al operador ADRES.
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El Municipio de San Francisco presenta el siguiente estado de afiliación al sistema General de Seguridad Social en Salud con corte diciembre 2017, así:
MES DEL
PAGOEPS Y/O IPS
AFILIADOS
PAGADOS
No DE
COMPROBANTE
Y/O ORDEN DE
PAGO
FECHA DE
PAGO SGP SSF FOSYGA SSF
MUNICIPIO
CSF COLJUEGOS SSF DEPARTAMENTO FONPET TOTAL GIRO MES
ENERO CONVIDA 1895 2017000003 2017-01-27 48,704,384.89 47,703,562.46 0.00 1,068,991.33 8,957,004.82 0.00 106,433,943.50
ENERO CAFESALUD EPS 2959 2017000004 2017-01-27 606,930.58 594,458.81 0.00 13,321.25 111,617.88 0.00 1,326,328.52
ENERO CAFESALUD 39 2017000005 2017-01-27 87,904,289.50 86,097,951.41 0.00 1,929,372.96 16,166,083.35 0.00 192,097,697.22
ENERO E.P.S. FAMISANAR LTDA. 348 2017000006 2017-01-27 2,366,092.01 2,317,471.38 0.00 51,932.32 435,137.36 0.00 5,170,633.07
ENERO LA NUEVA EPS S.A. 25 2017000007 2017-01-27 255,194.02 249,950.06 0.00 5,601.14 46,931.59 0.00 557,676.81
FEBRERO CONVIDA 1897 2017000009 2017-03-23 42,031,524.36 28,901,762.97 0.00 1,915,566.34 9,070,487.69 24,862,318.57 106,781,659.93
FEBRERO CAFESALUD EPS 2950 2017000010 2017-03-23 555,994.97 382,313.88 0.00 25,339.20 119,984.84 328,879.91 1,412,512.80
FEBRERO CAFESALUD 35 2017000011 2017-03-23 74,913,020.92 51,511,773.77 0.00 3,414,124.61 16,166,380.94 44,312,249.43 190,317,549.67
FEBRERO E.P.S. FAMISANAR LTDA. 350 2017000012 2017-03-23 1,549,726.77 1,065,624.82 0.00 70,628.05 334,434.16 916,688.15 3,937,101.95
FEBRERO LA NUEVA EPS S.A. 39 2017000013 2017-03-23 118,109.98 81,214.91 0.00 5,382.80 25,488.37 69,863.94 300,060.00
MARZO CONVIDA 40 2017000016 2017-03-31 41,933,862.73 45,116,082.13 0.00 1,017,818.42 9,049,412.12 9,921,820.06 107,038,995.46
MARZO CAFESALUD EPS 2958 2017000015 2017-03-31 609,907.19 656,190.99 0.00 14,803.66 131,619.20 144,307.94 1,556,828.98
MARZO CAFESALUD 1889 2017000014 2017-03-31 74,028,613.39 79,646,395.17 0.00 1,796,821.98 15,975,524.01 17,515,643.29 188,962,997.84
MARZO E.P.S. FAMISANAR LTDA. 345 2017000017 2017-03-31 2,356,933.04 2,535,792.73 0.00 57,207.46 508,630.90 557,665.43 6,016,229.56
MARZO LA NUEVA EPS S.A. 39 2017000018 2017-03-31 239,060.65 257,202.16 0.00 5,801.48 51,589.77 56,563.28 610,217.34
ABRIL CONVIDA 1854 2017000019 2017-04-17 39,383,947 51,362,551 0.00 1,017,297 8,499,135 - 100,262,929.30
ABRIL CAFESALUD EPS 42 2017000020 2017-04-17 583,333 760,754 0.00 15,068 125,885 - 1,485,039.56
ABRIL CAFESALUD 2990 2017000021 2017-04-17 77,442,042 100,995,993 0.00 2,000,347 16,712,149 - 197,150,530.95
ABRIL E.P.S. FAMISANAR LTDA. 121 2017000022 2017-04-17 1,492,511 1,946,458 0.00 38,552 322,087 - 3,799,607.75
ABRIL LA NUEVA EPS S.A. 20 2017000023 2017-04-17 266,543 347,612 0.00 6,885 57,521 - 678,561.04
MAYO CONVIDA 1860 2017000025 2017-05-16 41,658,051 55,523,974 0.00 1,147,511 8,989,891 - 107,319,427.52
MAYO CAFESALUD EPS 36 2017000026 2017-05-16 520,255 693,422 0.00 14,331 112,272 - 1,340,280.10
MAYO CAFESALUD 2920 2017000027 2017-05-16 74,712,532 99,580,671 0.00 2,058,028 16,123,115 - 192,474,346.09
MAYO E.P.S. FAMISANAR LTDA. 112 2017000028 2017-05-16 2,143,990 2,857,619 0.00 59,058 462,677 - 5,523,343.62
MAYO LA NUEVA EPS S.A. 15 2017000029 2017-05-16 133,549 178,000 0.00 3,679 28,820 - 344,047.80
MES DEL
PAGOEPS Y/O IPS
AFILIADOS
PAGADOS
No DE
COMPROBANTE
Y/O ORDEN DE
PAGO
FECHA DE
PAGO SGP SSF FOSYGA SSF
MUNICIPIO
CSF COLJUEGOS SSF DEPARTAMENTO FONPET TOTAL GIRO MES
JUNIO CONVIDA 1913 2017000031 2017-06-16 41,448,037.29 54,536,724.51 0.00 1,126,819.73 8,944,570.01 - 106,056,151.54
JUNIO CAFESALUD EPS 36 2017000032 2017-06-16 565,817.26 744,494.12 0.00 15,382.49 122,104.51 - 1,447,798.38
JUNIO CAFESALUD 2814 2017000033 2017-06-16 74,664,268.72 98,242,158.64 0.00 2,029,846.93 16,112,699.71 - 191,048,974.00
JUNIO E.P.S. FAMISANAR LTDA. 126 2017000034 2017-06-16 2,299,515.18 3,025,668.63 0.00 62,515.36 496,240.01 - 5,883,939.18
JUNIO LA NUEVA EPS S.A. 15 2017000035 2017-06-16 190,738.55 250,971.01 0.00 5,185.48 41,161.76 - 488,056.80
JULIO CONVIDA 1948 2017000039 2017-07-14 42,365,621 55,898,232 0.00 1,429,628 9,142,586 - 108,836,067.10
JULIO CAFESALUD EPS 36 2017000040 2017-07-14 434,647 573,484 0.00 14,667 93,798 - 1,116,596.46
JULIO CAFESALUD 2791 2017000040 2017-07-14 73,702,712 97,245,153 0.00 2,487,098 15,905,194 - 189,340,156.47
JULIO E.P.S. FAMISANAR LTDA. 172 2017000042 2017-07-14 2,446,394 3,227,832 0.00 82,554 527,937 - 6,284,715.91
JULIO LA NUEVA EPS S.A. 23 2017000043 2017-07-14 219,003 288,958 0.00 7,390 47,261 - 562,612.93
AGOSTO CONVIDA 1836 2017000049 2017-08-25 41,460,236 51,814,094 0.00 3,759,977 8,947,203 - 105,981,509.33
AGOSTO CAFESALUD EPS 15 2017000050 2017-08-25 235,221 293,962 0.00 21,332 50,761 - 601,275.96
AGOSTO E.P.S. FAMISANAR LTDA. 153 2017000050 2017-08-25 2,817,677 3,521,335 0.00 255,532 608,060 - 7,202,603.43
AGOSTO LA NUEVA EPS S.A. 16 2017000051 2017-08-25 168,836 210,999 0.00 15,311 36,435 - 431,581.20
AGOSTO MEDIMAS MOV 39 2017000053 2017-08-25 812,885 1,015,886 0.00 73,719 175,422 - 2,077,912.20
AGOSTO MEDIMAS 2672 2017000053 2017-08-25 73,672,786 92,071,078 0.00 6,681,292 15,898,736 - 188,323,892.41
AGOSTO COMPARTA 1 2017000048 2017-08-25 736 920 0.00 67 159 - 1,882.52
SEPTIEMBRE CONVIDA 1833 2017000056 2017-09-27 41,685,574 53,796,510 0.00 1,130,497 8,995,831 - 105,608,411.40
SEPTIEMBRE E.P.S. FAMISANAR LTDA. 180 2017000057 2017-09-27 2,937,418 3,790,828 0.00 79,662 633,901 - 7,441,808.76
SEPTIEMBRE LA NUEVA EPS S.A. 16 2017000058 2017-09-27 191,609 247,277 0.00 5,196 41,350 - 485,431.50
SEPTIEMBRE MEDIMAS MOV 46 2017000060 2017-09-27 883,659 1,140,389 0.00 23,964 190,695 - 2,238,708.48
SEPTIEMBRE MEDIMAS 2678 2017000060 2017-09-27 73,470,117 94,815,436 0.00 1,992,481 15,854,999 - 186,133,032.98
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Fuente: Comprobantes de pago. Municipio de San Francisco.
Para el año 2017 el Municipio de San Francisco contó con una población de afiliados al
régimen subsidiado de 5033 usuarios afiliados en promedio distribuidos de acuerdo a la tabla anteriormente descrita, es de aclarar que las EPSS que funcionan con oficina y
punto de entrega de medicamentos son MEDIMAS en su momento CAFESALUD y CONVIDA, las EPSS Famisanar, Nueva EPS, funcionan de acuerdo al Decreto 3047 de 2013-MOVILIDAD ENTRE REGIMENES.
Lo anterior se ajusta a la circular de la Auditoría de la República, respecto a la verificación
y no pago de UPC-s de la población afiliada al Régimen Subsidiado que no cumple con los parámetros de la Ley y de la Resolución 971 de 2011 del Ministerio de salud y la
Protección Social. El municipio a la vigencia 2017 está realizando el cruce de bases de datos de la PPNA que
envía el Ministerio de Salud con la plataforma del SISBEN, a fin de verificar todos y cada uno de los usuarios que hacen parte de esta base y depurar la mencionada base a fin de
garantizar el NO pago de afiliados fantasmas.
Durante la vigencia 2017 se ejecutó el 100% de los recursos programados para el Plan de Beneficios del Régimen Subsidiado en Salud, los recursos según la distribución SIN
SITUACION DE FONDOS se comportó así:
MES DEL
PAGOEPS Y/O IPS
AFILIADOS
PAGADOS
No DE
COMPROBANTE
Y/O ORDEN DE
PAGO
FECHA DE
PAGO SGP SSF FOSYGA SSF
MUNICIPIO
CSF COLJUEGOS SSF DEPARTAMENTO FONPET TOTAL GIRO MES
OCTUBRE CONVIDA 1929 2017000061 2017-10-13 43,112,376.26 58,606,566.09 0.00 812,657.11 9,303,737.71 - 111,835,337.17
OCTUBRE E.P.S. FAMISANAR LTDA. 186 2017000062 2017-10-13 3,106,080.38 4,222,376.97 0.00 58,548.81 670,298.41 - 8,057,304.57
OCTUBRE LA NUEVA EPS S.A. 16 2017000063 2017-10-13 188,376.79 256,077.67 0.00 3,550.85 40,652.09 - 488,657.40
OCTUBRE MEDIMAS 2721 2017000064 2017-10-13 71,957,441.25 97,818,280.99 0.00 1,356,379.11 15,528,560.89 - 186,660,662.24
OCTUBRE MEDIMAS MOV 44 2017000065 2017-10-13 804,102.32 1,093,089.26 0.00 15,157.12 173,526.90 - 2,085,875.60
NOVIEMBRE CONVIDA 2042 2017000068 2017-11-17 44,503,357.86 61,986,378.87 0.00 1,238,177.43 9,603,914.35 - 117,331,828.51
NOVIEMBRE CAFESALUD 2 2017000069 2017-11-17 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 - -
NOVIEMBRE E.P.S. FAMISANAR LTDA. 181 20170000 2017-11-17 2,872,518.57 4,000,979.55 0.00 79,919.54 619,895.30 - 7,573,312.96
NOVIEMBRE LA NUEVA EPS S.A. 18 2017000070 2017-11-17 219,618.68 305,895.27 0.00 6,110.26 47,394.15 - 579,018.36
NOVIEMBRE MEDIMAS MOV 70 2017000071 2017-11-17 1,191,045.51 1,658,944.44 0.00 33,137.40 257,030.02 - 3,140,157.37
NOVIEMBRE MEDIMAS 2684 2017000072 2017-11-17 70,381,836.38 98,031,146.11 0.00 1,958,171.37 15,188,542.18 - 185,559,696.04
DICIEMBRE CONVIDA 2070 2017000073 2017-12-11 43,984,944.68 61,248,290.20 0.00 724,345.60 9,492,039.66 - 115,449,620.14
DICIEMBRE E.P.S. FAMISANAR LTDA. 155 2017000074 2017-12-11 2,520,899.75 3,510,310.18 0.00 41,514.27 544,015.24 - 6,616,739.44
DICIEMBRE LA NUEVA EPS S.A. 19 2017000075 2017-12-11 250,722.32 349,126.59 0.00 4,128.90 54,106.39 - 658,084.20
DICIEMBRE MEDIMAS MOV 47 2017000076 2017-12-11 850,799.68 1,184,724.14 0.00 14,011.00 183,604.28 - 2,233,139.10
DICIEMBRE MEDIMAS 2742 2017000077 2017-12-11 71,561,011.57 99,647,496.13 0.00 1,178,469.23 15,443,010.43 - 187,829,987.36
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Fuente: Comprobantes de Pago y Ejecución Presupuestal San Francisco.
Fuente: Comprobantes de Pago y Ejecución Presupuestal 2017, San Francisco.
De acuerdo con las cifras del cuadro anterior el mayor porcentaje ejecutado en atención a la población cubierta por el régimen subsidiado en el municipio de San Francisco,
corresponde a la fuente de financiación FOSYGA con un 48.20% de los recursos, seguido por la fuente de financiación proveniente del Sistema General de Participación ( SGP ) con
el 39,46%, seguidamente se ubican las Rentas Cedidas por Aporte- Esfuerzo Propio del Departamento de Cundinamarca con un 8.39% de participación en recursos y, finalmente
se ubican los aportes del municipio por concepto del Fondo de Pensiones Territoriales
CONCEPTOAPROPIACION
INICIALADICIONES REDUCCIONES
PRESUPUESTO
DEFINITIVOCDP RP GIROS
11/12 SGP SALUD
REGIMEN SUBSIDIADO 1,394,525,424.00 56,163,615.00 - 1,450,689,039.00$ 1,450,689,039.00 1,450,689,039.00 1,450,689,039.00
FONPET - 98,686,000.00 - 98,686,000.00$ 98,686,000.00 98,686,000.00 98,686,000.00
FOSYGA SSF 2,070,835,306.00 30,982,995.00 329,781,427.00 1,772,036,874.00$ 1,772,036,873.60$ 1,772,036,873.60 1,772,036,873.60
RENTAS CEDIDAS POR EL
DEPARTAMENTO 308,601,311.00 - - 308,601,311.00$ 308,601,310.00 308,601,310.00 308,601,310.00
RECURSOS COLJUEGOS 34,108,108.00 29,014,344.00 16,544,588.01 46,577,863.99$ 46,577,863.99$ 46,577,863.99 46,577,863.99
3,808,070,149.00$ 214,846,954.00$ 346,326,015.01$ 3,676,591,087.99$ 3,676,591,086.59$ 3,676,591,086.59$ 3,676,591,086.59$
PRESUPUESTO REGIMEN SUBSIDIADO
0,005,00
10,0015,0020,0025,0030,0035,0040,0045,0050,00
11/12 SGP SALUD REG
SUB
FONPET FOSYGA SSF RENTAS CEDIDAS DPTO
RECURSOS COLJUEGOS
39.46 %
2.68 %
48.20 %
8.39 %
1.27 %
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FONPET- Esfuerzo Propio Municipal 2.68% y los aportes de COLJUEGOS- Etesa, con el 1.27%, respectivamente.
Se evidencia que las ejecuciones de la vigencia 2017 se realizan en un 100% en la
totalidad de las fuentes de financiación del Sistema del régimen subsidiado. Observaciones Generales:
Se requiere que el municipio continúe realizando los cruces de bases de datos con
las EPSs para evitar el pago a población fantasma e inexistente.
El área encargada del manejo, control y prestación del Sistema de Régimen Subsidiado en el municipio, consolida y adjunta un cuadro de seguimiento al
presupuesto de recursos del régimen subsidiado, que contemple las adiciones, reducciones y modificaciones en la asignación de recursos presupuestales, teniendo en cuenta que el acto administrativo de compromiso presupuestales un
documento público y que cualquier ciudadano que tenga acceso a este, conozca y entienda el seguimiento presupuestal en la ejecución de los recursos
correspondiente al Régimen Subsidiado.
Teniendo en cuenta el seguimiento de los pagos, es importante que los movimientos contables y presupuestales de estos recursos SSF se realicen durante
la vigencia mes a mes, y que la ejecución contable y presupuestal se refleje y registre en cada mes especifico y correspondiente causándose simultáneamente el ingreso de los recursos y la ejecución de los mismos, dentro del mismo mes.
3.2.2 Evaluación a la Contratación Administrativa
Verificar el cumplimiento de las normas que regulan la contratación de la Entidad1
Manual de Contratación
Mediante el Decreto 25 del 23 de mayo de 2015 del municipio de San Francisco adopta el
Manual de Contratación, al analizar su contenido se observa que este cumple con lo establecido en la normatividad vigente, sus procedimientos se ajustan a la Ley, adicionalmente incluye procedimientos propios para garantizar el control en el ejercicio de
la Contratación así como en la Ejecución de los contratos.
1 Verificando la adopción e implementación del Manual o Estatuto de Contratación.
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Banco de Proyectos
Al verificar los procesos de la muestra seleccionada se observa que todos los que tienen por objeto desarrollar un programa del Plan de Desarrollo “Súmate al Cambios 2016-2019” incluyen la hoja de certificación por parte del Secretario de Infraestructura y Planeación donde indican el número de proyecto BPIM, por lo cual se concluye que el
banco de proyectos del municipio de San Francisco se encuentra en funcionamiento y cumple con la normatividad exigida para tal fin.
Plan Anual de Adquisiciones
Al verificar el portal web del Sistema Electrónico de Contratación Pública SECOP se evidencia que el municipio de San Francisco publicó el Plan Anual de Adquisiciones
correspondiente a la vigencia 2017 el 31 de enero de 2017, se verificó en cada uno de los contratos de la muestra que estuvieran incluidos en el presente plan encontrando
debilidades las cuales se comenta más adelante. En cuanto al seguimiento que la administración municipal debe realizar, se observa en el
manual de contratación numeral 1.1.2 Funciones del Comité de Contratación literal d)indica “…Evaluar trimestralmente la ejecución del Plan Anual de Adquisiciones y formular las recomendaciones al despacho del (de la) alcalde (sa) del municipio de San Francisco…”, así mismo, en el numeral 2 Plan Anual de Adquisiciones, 2.2. Aprobación del
Plan de adquisiciones manifiesta “…El Plan de Adquisiciones se presentan al Comité de Contratación por parte de los jefes de cada dependencia, con el fin de analizarlo y presentar las recomendaciones para su posterior aprobación por parte del Ordenador del Gasto…”, con el fin de establecer su cumplimiento esta Comisión Auditora procedió a solicitar la evidencia de las actividades anteriormente relacionadas, por lo cual la
administración municipal manifiesta “Durante la vigencia 2017 no se realizó revisión periódica al Plan Anual de Adquisiciones, en la presente vigencia se realizan de forma bimensual”, por lo anterior se concluye que el Comité de Contratación no cumple con las funciones otorgadas en el manual de contratación.(HA9)
Respuesta Sujeto de Control
“…La Administración Municipal está realizando seguimiento al Plan Anual de adquisiciones de la vigencia 2018 y realizando los ajustes pertinentes, se pretende realizar cague de dos actualizaciones en la vigencia si se requieren…”
Conclusiones Contraloría de Cundinamarca
Teniendo en cuenta que la respuesta no controvierte lo observado que corresponde a la
vigencia auditada 2017, la presente se mantiene con connotación administrativa.
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Verificar el acto administrativo mediante el cual se otorgan facultades a los ordenadores del gasto para contratar y sus delegaciones.
Con el fin de verificar la facultades otorgadas al Ordenador del Gasto del municipio de San
Francisco se tiene que mediante Acuerdo 12 del 31 de mayo de 2016 “Por el cual se adopta el Plan de Desarrollo “Súmate al cambio 2016-2019” del municipio de San Francisco Cundinamarca y se Dictan otras Disposiciones” en su artículodecimo el Honorable Concejo Municipal autoriza al Señor Alcalde Municipal de San Francisco para
adelantar una gestión contractual oportuna y eficiente con el fin de suscribir contratos y convenios que se hagan necesarios en el desarrollo de sus funciones y que demande el
ejercicio adecuado de la función administrativa, y convenios de cooperación e interadministrativos con entidades del orden nacional e internacional de carácter oficial, privado o mixto.
Seleccionar la muestra única de contratación, convenios y contratos
interadministrativos, sobre el total de la contratación en la vigencia auditada.
El municipio de San Francisco durante la vigencia 2017 suscribió un total de 176 contratos por un valor total de $3.553.357.670,30 distribuidos por modalidad de contratación de la
siguiente manera:
Modalidad de Contratación Número de
Contratos Valor ($)
Licitación Pública 3 724,256,558.30
Selección Abreviada Menor Cuantía 8 852,856,818.00
Mínima Cuantía 57 771,105,877.00
Contratación Directa 108 1,205,138,417.00
Total 176 3.553.357.670,30 Fuente: Elaboración Propia
De lo anterior se concluye que el 33% del total fue contratado por la modalidad de Contratación Directa, seguido del 24% por Selección Abreviada de Menor Cuantía y en
valores equivalentes las otras dos modalidades de selección.
Por tipo de contrato, el municipio de San Francisco suscribió durante la vigencia 2017 los siguientes:
Tipo de Contrato Número de Contratos
Valor ($)
Convenio Interadministrativo 5 126,325,240.00
Obra Pública 15 1,341,598,683.30
Seguros 1 67,188,573.00
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Tipo de Contrato Número de Contratos
Valor ($)
Consultoría 1 19,996,760.00
Prestación de Servicios 127 1,453,994,119.00
Suministros 27 544,254,295.00
Total 176 3.553.357.670,30 Fuente: Elaboración Propia
Aquí se observa que la mayor concentración de contratos se encuentra en los de
Prestación de Servicios con un 72% de representación tanto en valor como en cantidad, seguida en cantidad por los contratos de Suministro y por valor los contratos de Obra
Pública.
En cuanto a las adiciones el valor reportado por este concepto fue por la suma de $84.261.150, por lo cual el total contrato asciende a la suma de $3.637.618.820,30.
Por lo anterior la muestra seleccionada para su revisión fue la siguiente:
Número Del Contrato
Tipo de Contrato Nombre Completo Del Contratista Valor del Contrato
042-2017 CONVENIO
INTERADMINISTRATIVO E.S.E. CENTRO DE SALUD SAN FRANCISCO DE SALES 69,080,000.00
054-2017 SUMINISTROS JIMMY LEONARDO PALACIOS ARANGO 19,991,712.00
055-2017 SUMINISTROS DANIEL ALBERTO SALAMANCA HERNÁNDEZ 17,283,175.00
059-2017 PRESTACIÓN DE SERVICIOS LUZ DARY MORENO CORTES 12,600,000.00
063-2017 PRESTACIÓN DE SERVICIOS CLAUDIA PATRICIA LÓPEZ CABRERA 12,780,000.00
074-2017 OBRA PÚBLICA DUBILT SAS 224,869,292.00
089-2017 OBRA PÚBLICA ESTRATEGAS SERVICIOS PROFESIONALES INTEGRADOS E.U
267,941,345.80
093-2017 PRESTACIÓN DE SERVICIOS GIOVANNI RAMÍREZ 13,700,000.00
099-2017 PRESTACIÓN DE SERVICIOS EDWIN RAFAEL ROZO MERLO 12,475,000.00
100-2017 PRESTACIÓN DE SERVICIOS EDWIN RAFAEL ROZO MERLO 17,030,000.00
110-2017 OBRA PÚBLICA MARTHA JAZMÍN CASTILLO LUGO 204,293,259.00
111-2017 OBRA PÚBLICA JHON JAIRO GUZMÁN ANGULO 99,999,843.00
112-2017 OBRA PÚBLICA INGENIERÍA CIVIL Y GEODESA SAS 95,844,088.00
117-2017 PRESTACIÓN DE SERVICIOS SYSTEM WIFI SAS 6,047,500.00
119-2017 PRESTACIÓN DE SERVICIOS ASESORÍAS Y CONSULTORIOS PROFESIONALES DEGAL
SAS 19,260,000.00
134-2017 PRESTACIÓN DE SERVICIOS ERIKA CONSTANZA GONZALEZ RUBIO 91,932,224.00
135-2017 PRESTACIÓN DE SERVICIOS JUAN CAMILO CARRILLO RODRIGUEZ 17,197,500.00
140-2017 OBRA PÚBLICA UNIÓN TEMPORAL ESPERANZA 2017 231,445,920.50
145-2017 OBRA PÚBLICA JOSE EDWIN BUSTOS BONILLA 14,804,078.00
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Número Del Contrato
Tipo de Contrato Nombre Completo Del Contratista Valor del Contrato
146-2017 OBRA PÚBLICA JOSE EDWIN BUSTOS BONILLA 16,891,065.00
147-2017 OBRA PÚBLICA JOSE EDWIN BUSTOS BONILLA 17,793,783.00
149-2017 PRESTACIÓN DE SERVICIOS LAURA PAOLA BANOY HOMEZ 10,000,000.00
156-2017 PRESTACIÓN DE SERVICIOS GIOVANNI RAMÍREZ 7,400,000.00
159-2017 PRESTACIÓN DE SERVICIOS ASESORÍAS Y CONSULTORIOS PROFESIONALES DEGAL SAS
15,750,000.00
160-2017 PRESTACIÓN DE SERVICIOS JUAN CAMILO CARRILLO RODRIGUEZ 14,791,000.00
163-2017 PRESTACIÓN DE SERVICIOS JUAN CAMILO CARRILLO RODRIGUEZ 19,650,000.00
166-2017 SUMINISTROS JUAN CAMILO CARRILLO RODRIGUEZ 20,650,000.00
167-2017 PRESTACIÓN DE SERVICIOS JUAN CAMILO CARRILLO RODRIGUEZ 4,000,000.00
174-2017 PRESTACIÓN DE SERVICIOS JUAN CAMILO CARRILLO RODRIGUEZ 20,600,000.00
176-2017 SUMINISTROS L & M LINE MARKETING Y PUBLICIDAD S.A.S 20,600,000.00
En resumen:
TIPO DE CONTRATO CANTIDAD VALOR ($)
OBRA 9 1,173,882,674.30
PRESTACIÓN DE SERVICIOS 16 295,213,224.00
SUMUNISTROS 4 78,524,887.00
CONVENIOS INTERADMINISTRATIVOS 1 69,080,000.00
TOTAL 30 1,616,700,785.30
Lo anterior corresponde al 44% del total contratado en valor y el 18% en cantidad de
contratos. Verificar la correcta aplicación del procedimiento de contratación en sus diferentes
etapas (precontractual, contractual y pos contractual), incluyendo los informes de supervisión e interventorías y corroborar en los respectivos expedientes contractuales, el cumplimiento de la Ley 594 de 2000.
En lo que respecta al municipio de San Francisco para la vigencia 2017 se aprobó y liquidó el presupuesto de rentas y gastos por la suma de $ 8,234,078,107.00, que
equivalen a 11.162 Salarios Mínimos Mensuales Legales Vigentes, de acuerdo con estas cifras, se tiene que las cuantías de contratación que aplicaron para dicha vigencia son las siguientes:
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El municipio de San Francisco dependiendo de la clase de contrato y de su valor, realizó
conforme a la norma que regula la materia la modalidad de selección que corresponde.
De acuerdo con su cuantía los contratos de Obra Pública se adjudicaron por Licitación Pública, Selección Abreviada de Menor Cuantía y Mínima Cuantía.
Al realizar un análisis de modalidades de selección ningún contrato supera la Cuantía de la modalidad usada para seleccionar al contratista.
Para los contratos de prestación de servicios profesionales y de apoyo a la gestión, se
realizó Contratación Directa acorde con lo establecido en la norma que regula la materia.
Con los contratos de suministros se utilizó la modalidad de Selección de Mínima Cuantía y
Selección Abreviada de Menor Cuantía.
Para los contratos interadministrativos, estos se adjudicaron por Contratación Directa
acorde con lo establecido en el Artículo 96 de la ley 489/98, Art. 355 de la CN, Art. 1° del Decreto 777 de 1992 modificado por el artículo 1° del Decreto 1403 de 1992, Artículos
2.2.1.2.1.4.1 y 2.2.1.2.1.4.4 del Decreto 1082 de 2015.
Una vez analizada la muestra de contratación se tiene lo siguiente para las diferentes
etapas contractuales:
Etapa pre - contractual:
Para los contratos analizados, se evidenció: inclusión en el banco de proyectos así como
en el Plan de compras o de adquisiciones, solicitud y expedición de la disponibilidad presupuestal, se constató de igual manera el cumplimiento a lo establecido en el Artículo 2.2.1.1.2.1.1 del Decreto 1082 de 2015 relacionado con la elaboración de los estudios y
documentos previos, en donde la entidad incluye los elementos exigidos tales como:
1. La descripción y justificación de la necesidad que la Entidad Estatal pretende satisfacer con el Proceso de Contratación.
2. El objeto a contratar, con sus especificaciones esenciales y requerimientos técnicos mínimos.
CUANTÍAS PARA CONTRATAR 2016 PRESUPUESTOS INFERIORES A 120.000 SMMLV
MODALIDADES CUANTÍAS
Licitación Pública De $ 206.560.761 en adelante.
Menor Cuantía De $ 20.656.077 hasta $206.560.760
Mínima Cuantía (10% Menor Cuantía) Hasta $ 20.656.076
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3. Fundamentos jurídicos del proceso de selección, identificación y condiciones del contrato a celebrar, modalidad de selección, obligaciones, plazo, forma de pago,
soporte técnico y económico que justifican el valor aproximado del contrato, supervisión.
4. Estimación, tipificación, asignación de riesgos y cobertura. 5. Las garantías que la Entidad Estatal contempla exigir en el Proceso de Contratación.
6. La indicación de si el Proceso de Contratación está cobijado por un Acuerdo Comercial.
Así mismo se cuenta con el análisis para conocer el sector relativo al objeto del contrato, se realizó el aviso de convocatoria para participar en el respectivo proceso de contratación
el cual contiene la siguiente información, además de lo establecido para cada modalidad de selección:
1. El nombre y dirección de la Entidad Estatal.
2. La dirección, el correo electrónico y el teléfono en donde la Entidad Estatal atenderá a los interesados en el Proceso de Contratación, y la dirección y el correo electrónico en donde los proponentes deben presentar los documentos en
desarrollo del Proceso de Contratación. Invitación a veedurías ciudadanas. 3. El objeto del contrato a celebrar, donde se identifican las cantidades a adquirir o
las actividades a realizar. 4. La modalidad de selección del contratista.
5. El plazo estimado del contrato. 6. La fecha límite en la cual los interesados deben presentar su oferta y el lugar y
forma de presentación de la misma.
7. El valor estimado del contrato y la manifestación expresa de que la Entidad Estatal cuenta con la disponibilidad presupuestal.
8. Mención de si la contratación está cobijada por un Acuerdo Comercial. 9. Mención de si la convocatoria es susceptible de ser limitada a Mipyme.
10. Enumeración y breve descripción de las condiciones para participar en el Proceso de Contratación.
11. Indicar si en el Proceso de Contratación hay lugar a precalificación. 12. El Cronograma del proceso a desarrollar. 13. La forma como los interesados pueden consultar los Documentos del Proceso.
Los avisos de invitación se publicaron en el SECOP, sin embargo es pertinente mencionar
que en los Procesos de Contratación adelantados bajo las modalidades de selección de mínima cuantía y contratación directa, no es necesaria la expedición y publicación del
aviso de convocatoria en el SECOP como lo estipula el Artículo 2.2.1.1.2.1.2 del Decreto 1082 de 2015.
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Con base en los estudios previos se elaboraron los proyectos de pliegos, los que en algunos casos tuvieron observaciones por posibles oferentes, las cuales fueron atendidas
y resueltas en forma oportuna y cuando hubo lugar a cambios o modificaciones la entidad los realizó y elaboró los pliegos definitivos los cuales cuentan con los requisitos
establecidos en el Artículo 2.2.1.1.2.1.3 del Decreto 1082 de 2015.
Así mismo en cumplimiento del artículo 2.2.1.1.2.1.5 del Decreto 1082 de 2015, se realizó para los contratos analizados, el acto administrativo mediante el cual la entidad ordena la
apertura del proceso de selección, Resoluciones que contienen los requisitos exigidos en el artículo en mención. Se evidencian las actas de cierre para los procesos contractuales, se deja constancia de
las propuestas recibidas, se conforman los comités de evaluación de propuestas y se realizan las evaluaciones de dichas propuestas.
Se realiza el acto administrativo de adjudicación del contrato en cumplimiento del artículo
9° de la ley 1150 de 2007, así como la aceptación de la oferta para los contratos de suministros que aplican por su cuantía.
De todas las actuaciones realizadas en esta etapa precontractual, se publicaron en el SECOP de manera oportuna.
Sin embargo en esta etapa del proceso contractual en los contratos de la muestra se
evidencian las siguientes observaciones: Plan Anual de Adquisiciones
Inconsistencias entre lo establecido en el Plan Anual de Adquisiciones y las modalidades
de contratación usadas, ya que al analizar el Plan Anual de Adquisiciones publicado en el Portal de Contratación SECOP el 31 de enero de 2017 se observa programada la
contratación por Proceso de Selección Abreviada de la "PRESTACIÓN DE SERVICIOS PARA LA REALIZACIÓN DE EVENTOS CULTURALES Y DE PROMOCIÓN TURÍSTICA DEL
MUNICIPIO DE SAN FRANCISCO (DÍA DEL NIÑO, DÍA DE LA MADRE, HALLOWEEN, FESTIVAL MARCIALES, SEMANA CULTURAL, REINADO DEPARTAMENTAL DEL CABALLISTA)" con un valor de $150.000.000. Sin embargo al verificar la contratación de
la vigencia 2017, se observa que estos eventos fueron contratados de manera individual por modalidad de Contratación Directa para el caso del Reinado Departamental del
Caballista y Celebración de Halloween, y los demás procesos por Selección de Mínima Cuantía, lo anterior va en contra vía del principio de planeación que debe prevalecer en la
gestión administrativa de las Entidades.(HA10)
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Respuesta Sujeto de Control “…No se encuentran evidencias o soportes que puedan controvertir la observación del equipo auditor…”
Conclusiones Contraloría de Cundinamarca Teniendo en cuenta que la respuesta no controvierte lo observado que corresponde a la
vigencia auditada 2017, la presente se mantiene con connotación administrativa.
Análisis del Sector
Al verificar el análisis del sector de los contratos Nos.099, 100, 107, 135, 160, 163, 166, 167 y 174, no se observa la fuente de las cotizaciones que se tuvieron en cuenta para determinar el valor del contrato, en respuesta la administración municipal informa que
estas, en algunas ocasiones se realizaron vía telefónica o reposan en un expediente diferente, sin embargo independientemente del método de recolección de datos utilizado
es importante dejar en el análisis realizado el nombre de las empresas o personas que fueron consultadas con el fin de establecer el valor del contrato.(HA11)
Respuesta Sujeto de Control
“…El municipio ha tomado medidas en cuanto a los estudios del sector y análisis de mercado y a partir de la fecha se realizan las respectivas cotizaciones y los estudios previos se indican la fuente de las mismas, al igual las respectivas cotizaciones reposan en los expedientes contractuales.…”
Conclusiones Contraloría de Cundinamarca
Teniendo en cuenta que la respuesta no controvierte lo observado que corresponde a la vigencia auditada 2017, la presente se mantiene con connotación administrativa.
Estudios Previos
Cuando los objetos de la contratación tienen relación con la entrega de refrigerios, almuerzos, incentivos, entre otros, no se establecen en los estudios previos la cantidad de
población beneficiada por lo cual no es claro cómo se determina la cantidad de elementos a adquirir. (Ctos 054, 163, 167 y 176)(HA12)
Respuesta Sujeto de Control
“…La Administración Municipal acatara la observación realizada y en los estudios previos a realizar se incluirá la población beneficiaria y destinataria de los bienes y elementos a suministrar.…”
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Conclusiones Contraloría de Cundinamarca
Teniendo en cuenta que la administración manifiesta acatar la observación, la presente se mantiene con connotación administrativa.
Etapa contractual
En el Cronograma del proceso, la entidad señala el plazo para: la celebración del contrato,
expedición del registro presupuestal, publicación en el SECOP y para el cumplimiento de los requisitos establecidos en el pliego de condiciones, lo anterior para el perfeccionamiento, la ejecución y el pago del contrato.
Se elabora la respectiva minuta y para aquellos de mínima cuantía con la aceptación de la
oferta constituyen el contrato.
Para los contratos que superan la mínima cuantía se les exigió las pólizas de cumplimiento y de responsabilidad civil extracontractual cuando se trató de obra pública, para aquellos cuyo valor no superó la mínima cuantía no se les exigió, se verificó que todas las pólizas
cuando aplicaron, fueron aceptadas por la entidad cuando cumplieron con los requisitos exigidos, para todos los contratos una vez firmados se expidió el correspondiente registro
presupuestal, conforme con lo establecido en el artículo 71 del Decreto Ley 111 de 1996.
Se firman las actas de inicio, se designa al supervisor mediante oficio y se procede con el desarrollo para el cumplimiento de los objetos contractuales.
Para el cumplimiento de las actividades pactadas, se entregan actas parciales de avance o informes mensuales de actividades, cumpliendo así el requisito para el pago el cual es
certificado por el supervisor del contrato, quien autoriza realizar el pago correspondiente, pagos que fueron objeto de los descuentos acorde con lo establecido en estatuto
tributario del municipio.
Para los contratos de suministros se realizaron las entradas y salidas por almacén, en los contratos de prestación de servicios profesionales y de apoyo a la gestión de acuerdo con los informes de actividades mensuales se pudo constatar el cumplimiento de los objetos
contractuales de acuerdo con las obligaciones del contratista plasmadas en la cláusula del objeto del contrato.
Para los contratos que se cumplieron y ejecutaron en su totalidad se realizó la respectiva
liquidación dentro de los términos previstos en la ley.
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En los contratos de obra, que están ejecutados y liquidados, se ajustó la póliza de cumplimiento a la fecha de terminación del contrato en lo que a la estabilidad se refiere.
La administración municipal realiza las publicaciones en el SECOP para la fase contractual
y postcontractual.
Sin embargo en esta etapa del proceso contractual en los contratos de la muestra se evidencian las siguientes observaciones:
Supervisión
Con respecto a los informes de supervisión de los contratos de la muestra analizados, se evidencian debilidades en el seguimiento a las actividades específicas de cada contrato ya
que se limitan a señalar que se cumplieron, sin profundizar en cómo se llevaron a cabo estas actividades, así mismo el Contratista en su informe anexa fotografías de cada una
de estas al igual sin describir como se desarrollaron, esto para el caso de contratos de prestación de servicios que tienen por objeto el desarrollo de actividades con la comunidad tales como; eventos culturales y promoción turística del municipio.
Se evidencia debilidades en algunas actas de recibo a satisfacción (Ctos 093, 099, 100 y
160) las cuales tienen errores de digitación que pueden llegar a confundir el seguimiento del recibo del objeto contractual, adicional en los contratos como entrega de premios
(Trofeos) e incentivos no se evidencia el control llevado por la supervisión en cuanto al recibo de parte del contratista y la entrega a la población beneficiada (Ctos 054, 099 y 160).(HA13)
Respuesta Sujeto de Control
“…La Administración municipal para la vigencia 2018 estableció formato para la realización de supervisión en el que se especifica la totalidad de las obligaciones contractuales y se verifica el cumplimiento de cada una de ellas…”
Conclusiones Contraloría de Cundinamarca
Teniendo en cuenta que la respuesta no controvierte lo observado que corresponde a la vigencia auditada 2017, la presente se mantiene con connotación administrativa.
Descuentos Tributarios
Al verificar los comprobantes de egreso de los contratos de la muestra se evidencia que la administración realiza los descuentos tributarios establecidos en la normatividad vigente
sin embargo en el contrato No. 166/2017 se evidencia menor valor retenido así:
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Descuentos Tributarios Acto Administrativo Tarifa Valor
Estampilla Adulto Mayor Acuerdo No. 008 del 21 de mayo de 2009 4% 1,046,000.00
Contratos de Obra y Suministros Acuerdo No. 011 del 30 de agosto de 2001 Articulo 1 2% 523,000.00
Compras Generales No Declarantes
3.5% 915,250.00
ReteICA Acuerdo No. 002 del 23 de enero de 2017 0.70% 183,050.00
Pago
23,482,700.00
Pago Según Comprobante Comprobante de Egreso 2017001859
24,043,700.00
Diferencia
(561,000.00)
Por lo anterior se concluye que el Municipio de San Francisco dejo de percibir la suma de $591.000 correspondiente a menor valor en las retenciones realizadas al momento del
pago.
Durante la ejecución de la presente auditoría se recibe consignación del 24 de mayo de 2018a Bancolombia Cuenta No. 89253428504 por el valor dejado de percibir y mediante
nota bancaria 2018000031 de la misma fecha se registra el ingreso, por lo cual se tiene un beneficio de control fiscal.
Documentos para Pago
Al verificar los contratos 099, 107, 160 y 166 se observan novedades en los documentos de pago como; cuentas de cobro en copia, mal diligenciadas y errores de digitación en los
comprobantes de egreso, lo que indica debilidades en los controles para la revisión de estos documentos. (HA14)
Respuesta Sujeto de Control
“…La Administración Municipal estableció proceso para el control y verificación de Documentos soporte para la realización del trámite de pago de las diferentes cuentas, en la actualidad cada uno de los supervisores elabora el respectivo informe de supervisión, que debe ser radicado en la Secretaria de Gobierno junto con la cuenta de cobro, informe de actividades y soporte de pago de seguridad social para su verificación de documentación y una vez revisada se da tramite a la Secretaria de Hacienda…”
Conclusiones Contraloría de Cundinamarca
Teniendo en cuenta que la respuesta no controvierte lo observado que corresponde a la vigencia auditada 2017, la presente se mantiene con connotación administrativa.
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Publicación SECOP
Sobre el principio de publicidad, la administración municipal cuando el proceso contractual corresponde a Licitación Pública, Selección Abreviada o Mínima Cuantía publica de manera
oportuna y dentro de los plazos establecidos cada uno de los actos que se generan en la etapa precontractual, sin embargo una vez adjudicado el contrato o suscrita la aceptación
de la oferta, la publicación de los actos de ahí en adelante se realiza de manera extemporánea, de igual manera se presenta en los casos de los contratos suscritos por la
modalidad de Contratación Directa. (Ctos 054, 059, 063, 093, 099, 100, 107, 119, 135 y 176) (HA15.D3)
Respuesta Sujeto de Control “…La Administración Municipal está realizando actualización y cargue de la totalidad de los documentos a la plataforma SECOP…”
Conclusiones Contraloría de Cundinamarca
Teniendo en cuenta que la respuesta no controvierte lo observado que corresponde a la
vigencia auditada 2017, la presente se mantiene con connotación administrativa y disciplinaria.
Verificar la inversión de los recursos del Plan de Alimentación Escolar -PAE-, etapa
precontractual, contractual y postcontractual. Sobre los recursos asignados al Municipio de San Francisco correspondientes a la
inversión para el Plan de Alimentación Escolar PAE durante la vigencia 2017 se evidencia la transferencia de la suma de $44.650.279 a través del Sistema General de
Participaciones, al solicitar información sobre la inversión de estos recursos el municipio de San Francisco a través de la Secretaría de Gobierno certifica “El Municipio de San Francisco – Cundinamarca con Nit 899.999.173-5 durante la vigencia 2017 no realizó inversión de recursos destinados a Alimentación Escolar por cuanto se pretende realizar dotación de menaje y mantenimiento de infraestructura, con el fin de establecer que los elementos entregados cumplan con las especificaciones y suplan las necesidades de cada institución, se realizaron visitas a las diferentes sedes educativas recogiendo inquietudes”
por lo cual en la presente vigencia se está adelantando el respectivo proceso contractual. (HA16)
Respuesta Sujeto de Control
“…La Administración Municipal está realizando la etapa precontractual para la dotación de menaje, gasodomesticos y electrodomésticos de los restaurantes escolares del Municipio de San Francisco…”
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Conclusiones Contraloría de Cundinamarca
Teniendo en cuenta que la respuesta no controvierte lo observado, la presente se mantiene con connotación administrativa con el fin de realizar seguimiento en el próximo
proceso auditor.
Verificar contratos de obras civiles inconclusas que no prestan servicio a la comunidad, sus fuentes de financiación y de ser necesario solicitar visita técnica a la Subdirección de Infraestructura y Transporte con el fin de determinar el daño y responsables.
En el desarrollo de la evaluación al área administrativa se analizan cada una de las obras inconclusas que reportó el municipio de San Francisco.
Verificar la existencia de la cláusula de mecanismos alternativos de solución de
controversias contractuales.
Para todos los contratos analizados en la muestra, se constató la inclusión de la cláusula de mecanismos alternativos de solución de controversias contractuales en la que se
estipula que “las partes acuerdan que de surgir diferencias en el desarrollo del presente contrato, buscaran soluciones ágiles y directas para afrontar dichas discrepancias. Para tal efecto, acudirán preferentemente al empleo de los mecanismos de solución directa de controversias contractuales, tales como la conciliación extrajudicial, el arreglo directo y la transacción. Fallidas estas sin la consecución del objetivo descrito, las partes quedarán en libertad para iniciar las acciones legales que crean convenientes para la protección de sus derechos.
En los contratos de prestación de servicios, verificar el cumplimiento al artículo 3 de la Ley 617 de 2003.
Para los contratos de la muestra se verificó que los de Prestación de Servicios
Profesionales y de Apoyo a la Gestión, están enmarcados como gastos de funcionamiento, cumpliendo con lo establecido en la norma referida. Verificar cuáles han sido las acciones que la entidad ha adelantado frente a
incumplimientos contractuales. De acuerdo con lo allegado por la administración municipal durante la vigencia 2017 se
inició un proceso por incumplimiento contractual del contrato de obra No. 121-2017 suscrito con la empresa ENGINEER WORKING LTDA firmado el 14 de julio de 2017 cuyo
objeto es “Mano de obra para el mejoramiento y adecuación de una alcantarilla doble con
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tubo en concreto de 36” diámetro, en la vía de la vereda San Miguel Alto, del municipio de San Francisco – Cundinamarca por la suma de $10.294.695.
El supervisor advirtió de su incumplimiento en el mes de septiembre de 2017 mes en el
cual se inició el debido proceso para declarar el incumplimiento, a la fecha mediante Resolución 036 de fecha 28 de febrero de 2018 se declaró el incumplimiento y este acto
fue subido al portal del SECOP con el fin de notificar a los interesados, entre ellos la aseguradora quien está enterada del evento.
Verificación de cada una de las etapas precontractual, contractual y post contractual
de los convenios realizados con el cuerpo voluntario de bomberos. El municipio de San francisco suscribió el Convenio de Colaboración y Apoyo No. 002 de
2017 cuyo objeto consiste en “Convenio de Cooperación y Apoyo para garantizar la prestación del servicio de prevención y atención de incendios, calamidades conexas y demás riesgos asociados, por parte del Cuerpo de Bomberos Voluntarios del Municipio de San Francisco Cundinamarca” por la suma de $40.000.000 con el Cuerpo de Bomberos
Voluntarios de San Francisco, con un plazo de ejecución desde del 02 de febrero de 2017 y por diez meses y veintinueve días, al realizar la verificación del expediente contractual en todas sus etapas se evidencia que este se suscribió dentro de los lineamientos
establecidos por la Ley, cuenta con sustento presupuestal y todos sus documentos cumplen.
Al analizar cada una de las etapas contractuales del respectivo convenio se observa:
Acto Administrativo de Justificación: No se evidencia el acto administrativo que trata el
artículo 2.2.1.2.1.4.1 del decreto 1082 de 2015, por tratarse este de un convenio. Informes Contratista: Al verificar el cumplimiento de las obligaciones del contratista, establecidas en la cláusula segunda del convenio, no se evidencia el cumplimiento del numeral
11 el cual indica “Presentar un informe mensual a la Administración Municipal de las Actividades realizadas, anexando soportes de los egresos, al igual que el pago de la seguridad social”, toda vez que en el expediente contractual solo se encuentran dos informes por parte del contratista, el primero de Enero a Febrero (folios 39 a 43) y el segundo de Enero a Marzo (folios 51 a 66), lo anterior no permite observar si el objeto contractual se cumplió, adicionalmente porque el
informe de supervisión no indica las actividades realizadas en los periodos de tiempo correspondientes al pago. Plan de Inversión: Al analizar los documentos del expediente contractual denominado “Plan
de Inversión” allegados por el contratista, no es claro para esta Comisión Auditora los
archivados a folios 77 y 86 que conciernen al tercer y cuarto pago respectivamente, toda vez
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que se relaciona un gasto denominado “Pago de Auxilio Alimenticio” pero en los dos documentos indican que corresponde a los meses de octubre, noviembre y diciembre.
Forma de Pago: Se observa que el tercer pago el cual estaba programado para el mes de septiembre como lo establece la minuta del contrato se realizó el 10 de agosto de 2017, por lo cual se incumple el principio de planeación y por consiguiente el Plan Anual de Caja.
Publicación SECOP: El contrato fue publicado en el SECOP el 06 de marzo de 2017 es decir 21 días hábiles después de su suscripción (02 de febrero de 2017), lo anterior incumple lo establecido en el artículo 2.2.1.1.1.7.1 del Decreto 1082 de 2015, el cual establece que “La Entidad Estatal está obligada a publicar en el SECOP los Documentos del Proceso y los actos administrativos del Proceso de Contratación, dentro de los tres (3) días siguientes a su expedición”.
En conclusión se observa algunas debilidades las cuales obedecen a errores de digitación en cuanto al diligenciamiento de informes y por otra parte la publicación de manera
extemporánea, observaciones que son generalizadas en la revisión de la muestra de contratación.
Identificar contratación de obras con recursos de la nación y su cuantía. El municipio de San Francisco para la vigencia 2017 suscribió 15contratos de Obra Pública
los cuales ascienden a la suma de $1.341.598.683,30, de acuerdo con la cuantía y origen de los recursos se tiene que del total de contratos por recursos propios corresponde la suma de $1.031.877.472,20 que corresponde al 77% y por Sistema General de
Participación el 23% que equivale a $309.721.211.
Actos administrativos por los cuales el municipio declaró el estado de Urgencia Manifiesta en la vigencia auditada, con el respectivo pronunciamiento de la Contraloría de Cundinamarca, indicando si la misma fue o no ajustada.
Para la vigencia auditada no fue declarado estado de urgencia manifiesta en el municipio de San Francisco.
Verificar el cumplimiento de la Ley de Garantías electorales sobre contratación Durante la ejecución de la presente auditoría en el mes de mayo de 2017 el grupo auditor observa el cumplimiento a la Ley de Garantías por parte del municipio de San Francisco
en lo que tiene relación a la suscripción de contratos por la modalidad de Contratación Directa así como la vinculación de personal a la planta de la administración municipal.
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Evaluar y conceptuar sobre la contratación con Sociedades Anónimas Simplificadas- SAS, Universidades, Sindicatos y Cooperativas.
El municipio de San Francisco durante la vigencia 2016 suscribió 176 contratos de los cuales diecisiete (17) fueron con Sociedades Anónimas Simplificadas SAS y dos (02) con
fundaciones. Los correspondientes a Sociedades Anónimas Simplificadas SAS se suscribieron por
diferentes modalidades de contratación distribuidos así; bajo Selección Abreviada de Menor Cuantía dos contratos cuyo objeto corresponden a Obra Pública por valor de
$193.798.500, nueve correspondientes a Mínima Cuantía por valor total de $129.277.144 cuyos objetos contractuales se encuentran en prestación de servicios, suministro y
mantenimiento y bajo Contratación Directa se suscribieron seis contratos por la suma de $90.675.997 donde los objetos contractuales corresponden a prestación de servicios profesionales y de apoyo a la gestión, en conclusión la contratación con SAS para la
vigencia 2017 equivale al 10% del total contratado.
Para el caso de la contratación con fundaciones la administración municipal suscribió dos contratos para la vigencia 2017 cuyos objetos corresponden a; apoyo logístico para la
celebración del Día del Campesino bajo la modalidad de Selección Abreviada de Menor Cuantía por valor de $45.200.000 y Suministro de paquetes alimenticios por valor de
$8.995.280 bajo la modalidad de Mínima Cuantía.
Atender, resolver y dar respuesta a las siguientes quejas:
Radicado C16119000543 del 18/11/2016: La Personería Municipal de San Francisco
traslada denuncia presentada por los Docentes de la Institución Educativa República de Francia sede Simón Bolívar, en donde pone en conocimiento el deterioro de la
infraestructura de dicha sede y que se relaciona con: i) deterioro de la batería de sanitarios e insuficiencia para atender la demanda de la población escolar, ii) avanzado
estado de deterioro del tejado lo cual genera inundaciones, daño de material didáctico y un riesgo a la integridad de los educandos, iii) polideportivo en condición crítica debido a que cuando llueve se inunda e impide el desarrollo de actividades académicas.
Procedimiento
Se solicitó informe a la administración municipal sobre las gestiones realizadas sobre el
asunto de la denuncia en mención. La administración mediante oficio radicado SG.04.322/2018 allega la documentación
relacionada con el asunto.
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Conclusión
Una vez analizada la información allegada se observa que la administración municipal
realizó visita de verificación a la Institución educativa el 13 de marzo de 2018 en la cual evidenció taponamiento de la tubería lo que ocasionaba mal funcionamiento de los
sanitarios, por lo cual procedió a construir tres (3)cajas de inspección en las cuales se conectaron los desagües de las unidades sanitarias, lo anterior con el fin de mejorar su
funcionamiento y utilización, sin embargo aún quedan pendientes reparar las cubiertas de los salones 502, 402, 401, salón de coordinación y la cubierta del polideportivo de acuerdo con lo concluido en el informe técnico realizado por la Secretaría de
Infraestructura y Planeación del municipio, por lo cual se genera una observación de carácter administrativo para ser objeto de seguimiento en el próximo proceso auditor, con
el fin que la administración municipal inicie las gestiones necesarias para subsanar estas novedades y así garantizar la prestación del servicio educativo de manera eficiente a la
comunidad en general, máxime cuando ha pasado más de un año desde que se detectó la anomalía.(HA17)
Con lo anterior se da por atendida y cerrada la presente denuncia por parte de este Ente de Control.
Respuesta Sujeto de Control
“…La administración Municipal realizara procesos contractuales tendientes al mantenimiento de las cubiertas mencionadas en el presente hallazgo…”
Conclusiones Contraloría de Cundinamarca
Teniendo en cuenta que la respuesta no controvierte lo observado, la presente se mantiene con connotación administrativa con el fin de realizar seguimiento en el próximo
proceso auditor. Radicado C17119100441 del 27/04/2017: Mediante escrito radicado en ésta
Contraloría vía correo electrónico, el Doctor Álvaro Hernando Ávila Beltrán, Director de Atención Ciudadana de las Contraloría Delegada para la Participación Ciudadana, con
oficio No. 2017EE0048607, remite queja radicada por anónimo (correo: [email protected]) en la que se afirma posibles desfalcos en la alcaldía de San
Francisco.
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Procedimiento
Teniendo en cuenta que la presente denuncia no establece casos específicos sobre los posibles desfalcos, mediante comunicación de fecha 19 de febrero de 2018 la Dirección
Operativa de Control Municipal procedió a solicitar al correo del denunciante anónimo claridad respecto de los contratos a los que hace mención en la respetiva denuncia, sin
recibir respuesta alguna.
Conclusión Por lo anteriormediante Plan General de Auditoría 2018 la Contraloría de Cundinamarca
programó realizar Auditoría Gubernamental con Enfoque Integral modalidad Integral en el mes de mayo de 2018, durante la etapa de planeación de la presente auditoría y dando
cumplimiento al artículo cuarto de la Ley 42 de 1993que establece el ejercicio del control fiscal como posterior y selectivo, se procedió a seleccionar una muestra de
contratación correspondiente al alcance que es la vigencia 2017 teniendo en cuenta para ello;(l) los resultados de las anteriores auditorías realizadas por este Ente de Control, (ll) los objetos contractuales, (lll) las cuantías y modalidades utilizadas para adquirir los
bienes y servicios por parte de la administración municipal, y así analizar cada uno de los contratos de la muestra.
La muestra seleccionada corresponde a 30 contratos que ascienden a la suma de
$1.616.700.785,30 equivalentes al 44% del total contratado. En la revisión realizada se levantaron observaciones en las etapas de planeación y
ejecución contractual así: Etapa de Planeación
Debilidades en el seguimiento al Plan Anual de Adquisiciones. En los análisis del sector no se observa la fuente de las cotizaciones que dieron
origen al valor del contrato. Los Estudios Previos no relacionan con claridad la cantidad de población que es
beneficiada con cada una de las contrataciones realizadas.
Etapa de Ejecución Aunque la administración municipal cuenta con un informe de supervisión falta
reforzar estos informes con explicaciones detalladas sobre la ejecución del objeto contractual máxime cuando corresponde a la prestación de servicios de
apoyo logístico que son temporales Cuando el objeto contractual incluye prestación de servicios y entrega de
elementos como trofeos o incentivos no se evidencia el control de recibo y entrega de estos a los beneficiarios.
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Se evidencian debilidades de forma en el control para verificación de los
documentos para pago de los contratos analizados. Se aclara que las anteriores observaciones son de carácter administrativo y en el análisis
no se evidenció ningún posible detrimento al patrimonio, sin embargo los contratos de obra pública de la muestra seleccionada fueron remitidos a la Subdirección de
Infraestructura y Transporte de este Ente de Control con el fin de emitir un concepto técnico sobre la calidad y estabilidad de la obra.
Con lo anterior se da por atendida y cerrada la presente denuncia por parte de este Ente
de Control. Radicado C18105300037 del 15/01/2018: Mediante escrito radicado en ésta
Contraloría el Honorable Concejal YEISON STIB BOHORQUEZ del Municipio de San Francisco solicita una Auditoría a la Alcaldía Municipal en el área financiera, administrativa
y la contratación, realizada durante la vigencia 2016-2017.
Procedimiento Teniendo en cuenta que la presente solicitud no establece casos específicos y partiendo
de lo establecido en la Ley 42 de 1993 artículo cuarto que indica que el ejercicio del control fiscal es posterior y selectivo, se procedió a establecer una muestra en cada una
de las áreas a auditar por parte de este Ente de Control.
Conclusión Del ejercicio realizado por parte de este grupo auditor se tiene el presente informe de
auditoría el cual será comunicado al Concejo Municipal de San Francisco para su conocimiento y fines pertinentes.
Con lo anterior se da por atendida y cerrada la presente solicitud por parte de este Ente
de Control.
3.2.3 Evaluación al Área Ambiental
3.2.3.1 Sector Ambiente
Informar si se destinó un porcentaje no inferior al 1% de sus ingresos corrientes para
la adquisición y mantenimiento de las áreas de importancia estratégica para la conservación de recursos hídricos que surten de agua a los acueductos municipales, distritales y regionales, o para financiar esquemas de pago por servicios ambientales
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en dichas áreas, teniendo en cuenta que la delimitación y priorización de las áreas de importancia estratégica está a cargo de las autoridades ambientales, según lo establecido en el artículo 111 de la Ley 99 de 1193, reglamentado por el Decreto 0953 de 2013.
La administración municipal desde el año 2016, viene adelantando gestiones en el
cumplimiento de las metas establecidas dentro del plan de desarrollo como lo es la adquisición de predios de importancia ambiental estratégica en el Municipio de San
Francisco Cundinamarca, destinados a la protección de cuencas hidrográficas que abastecen acueductos del Municipio, se realiza entrega a la secretaria de medio ambiente de la Gobernación de Cundinamarca, documentación de cinco predios adjuntando el acto
administrativo emitido por la corporación autónoma regional de Cundinamarca CAR, donde se identifica, delimita y prioriza las áreas estratégicas para la conservación de
recurso hídrico bajo radicado No. 2016242418 con fecha 15 de noviembre de 2016 en 90 folios, en atención a dicho radicado la Secretaría de medio ambiente de la gobernación da
respuesta donde se manifiesta que la documentación reportada se debe actualizar con base a la resolución No. 004 de 2016 y dar cumplimiento con listado de chequeo, información que fue verificada y notificada a los propietarios de esta forma cumplir con
los requerimientos, es de anotar que no se contó con la totalidad de los documentos por parte de los propietarios debido a el valor del avaluó.
En atención a lo anterior y debido a la falta de documentación y apoyo por parte de los
propietario se inicia nuevamente con el trámite, contando a la fecha con el proceso activo de adquisición del predio, denominado lote cinco identificado con cedula catastral No. 00-00-00-5-1041-000 y matricula inmovilizaría N° 156139512 propiedad de la señora María
Lucila Cruz de Castañeda el cual cuenta con la documentación completa.
Se presenta: Certificación emitida por la Secretaría de hacienda, avalúo, documentación digital con información de los predios, radicados ante la corporación, Secretaría de medio
Ambiente y documentación del predio que en la actualidad está para la compra.
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Predios de reserva protegidos y reforestados
De acuerdo con lo informado por la Administración municipal, se concluye que la entidad
está realizando las actividades encaminadas a dar cumplimiento a lo establecido en el artículo 111 de la Ley 99 de 1993, se tiene en reserva un porcentaje no inferior al 1% de
sus ingresos corrientes para utilizarlos en la adquisición de predios de importancia estratégica para la conservación de recursos hídricos.
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Informar sobre las acciones ejecutadas por la administración municipal con el fin de promover la Gestión Integral de la Biodiversidad (protección flora y fauna) y sus Servicios Ecosistémicos, de acuerdo a lo establecido en la Constitución Política en los artículos 8,79 y 80, Ley 99 de 1993, articulo 1 y en la Resolución 584 de 2002.
La administración municipal viene realizando con el apoyo de la corporación autónoma
regional de Cundinamarca CAR, acciones que han permitido la protección de las especies de fauna que se encuentran en vía de extinción y la repoblación de las especies de flora
nativas, acciones dentro de las que se resaltan: la realización de siembras de la palma de cera ceroxylumsasaimae, charlas de concientización y cuidado de esta especie, adicional a
ello en se ha realizado el decomiso de dos micos cariblanca. Adicionalmente se gestionó proyecto No. 0000656 cuyo objeto es la ejecución del “proyecto ciudadano de educación ambiental para el fomento de conservación y aumento de la cobertura vegetal nativa del
municipio de San Francisco, Cundinamarca” el cual fue priorizado mediante oficio CAR con fecha 10 de marzo de 2017.
Se presenta: Oficio CAR No. 20172109683 del 03 de marzo de 2017.
En cumplimiento de estos mandatos la administración municipal, con el fin de proteger la integridad del ambiente, conservar los recursos naturales, adelantó campañas
pedagógicas de sensibilización en la jurisdicción con el fin de preservar y proteger la flora y la fauna del territorio, por tanto se viene cumpliendo con lo establecido en este ítem.
Informar e indicar las acciones establecidas por el municipio con el fin de proteger,
preservar las fuentes hídricas y garantizar la sostenibilidad del recurso hídrico en el territorio (ríos, quebradas, lagunas, humedales, acuíferos), de acuerdo a lo establecido en la Constitución Política artículos 8, 79 y 80, artículo 1º de la Ley 99 de 1993 y resolución 584 de 2002.
Durante las vigencias 2016, 2017 y 2018 la administración municipal ha realizado la plantación de aproximadamente 5000 árboles de especies nativas en las bocatomas de los
diferentes acueductos veredales y zona urbana con el fin de proteger las fuentes hídricas del municipio que abastecen agua potable, adicional a ello en el 2017 se trabajó en
conjunto con la CAR el programa Cultura del árbol donde se sembraron 700 árboles en la escuelas de la zona rural en apoyo con los niños y padres de familia a los cuales se les
realizaron charlas de concientización. De igual manera se promovieron diferentes actividades a lo largo del año 2017 entorno al cuidado del recurso hídrico, resaltándose la celebración del día del agua.
Se presentan los informes de la siembra registro fotográfico y listados de asistencia a
procesos de capacitación y celebración del agua.
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De acuerdo con los informes allegados, se puede establecer que la administración
municipal desarrolló actividades relacionadas con la protección y preservación de las fuentes hídricas encaminadas a la protección y sostenibilidad del recurso hídrico en el
municipio.
Informar sobre el cumplimiento por parte de los Alcaldes Municipales de la Ley 685 de 2001, en relación a la suspensión, en cualquier tiempo, de oficio, por aviso o queja de cualquier persona, sobre la explotación de minerales sin título inscrito en el Registro Minero Nacional
Con base en lo establecido en la ley 685 de 2001, sobre el cumplimiento por parte de los Alcaldes Municipales en relación a la suspensión, en cualquier tiempo, de oficio, por aviso
o queja de cualquier persona, sobre la explotación de minerales sin título inscrito en el Registro Minero Nacional, la administración municipal se permite comunicarle que a la
fecha no se ha realizo ningún proceso de suspensión, toda vez que no se han evidenciado actividades de explotación minera sin título.
Como medida preventiva el municipio ha venido realizando acciones tales como la realización de reuniones con la comunidad, CAR, personero Municipal, Miembros del
concejo Municipal, policía, personas que laboran con la explotación de piedra minera y dueños de canteras, adicional a ello la administración municipal en apoyo con la
corporación autónoma regional de Cundinamarca CAR ha realizado el debido seguimiento y solicitud de documentación, con el ánimo de controlar el deterioro grave de los recursos
naturales. En este orden se puede concluir que la administración municipal está dando
cumplimiento con lo establecido en la norma, las cuales regulan esta actividad.
3.2.3.2 Sector Agua Potable
Informar sobre el estado operacional de los sistemas de potabilización del municipio, y la efectividad de las inversiones realizadas en los mismos, en donde se involucren las actividades de operación, optimización y mantenimiento de las Plantas de Tratamiento de Agua Potable –PTAP-, teniendo en cuenta los lineamientos establecidos en la Ley 142 de 1994, Decreto 1575 de 2007 y el Reglamento Técnico del Sector de Agua Potable y Saneamiento Básico –RAS título B.
La planta de tratamiento de agua potable PTAP del acueducto urbano de San Francisco, denominada “El Socorro”, es de tipo convencional y se encuentra en funcionamiento con
todas sus unidades. En lo que refiere a inversiones realizadas durante la vigencia 2017,
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cabe resaltar la firma y ejecución del convenio solidario No. 010 de Julio 11 de 2017 entre la Alcaldía Municipal de San Francisco y La Asociación de Usuarios del Acueducto Zona
Urbana de San Francisco “ACUASAFRA”; cuyo objeto es “Aunar esfuerzos técnicos y financieros en la optimización de la planta de tratamiento de agua potable de la Asociación de usuarios del Acueducto Zona Urbana del Municipio de San Francisco Cundinamarca”, a través del cual se ejecutaron las actividades requeridas para el
cumplimiento de las fases del proyecto de optimización de la planta de tratamiento de agua potable, puntualmente en los siguientes subsistemas y/ actividades: Floculación,
sedimentación, canal de recolección de aguas sedimentadas, cloración, apoyo a manual de operación.
Adicionalmente, la Asociación de Usuarios del Acueducto Zona Urbana de San Francisco “ACUASAFRA”; con recursos propios realizo la optimización de las Unidades de la planta
de tratamiento de agua potable PTAP en sus actividades de filtración, canal de agua filtrada, potabilización y aporte final al manual de operación, capacitación y puesta en
marcha. Documentos presentados
Copia Convenio solidario de apoyo No 010 de 2017 suscrito entre el Municipio de
San Francisco Cundinamarca y la Asociación de Usuarios del Acueducto Zona Urbana de San Francisco Cundinamarca.
Copia acta de inicio convenio solidario de apoyo No 010 de 2017 Copia solicitud ampliación de tiempo de ejecución convenio solidario de apoyo No
010 de 2017 y otro. Copia contrato de obra 002 de 2017 celebrado entre la Asociación de Usuarios del
Acueducto Zona Urbana de San Francisco Cundinamarca y SERVIACUEDUCTO S.A.S Copia acta de inicio entre Asociación de Usuarios del Acueducto Zona Urbana de
San Francisco Cundinamarca y SERVIACUEDUCTO S.A.S Copia Acta final Convenio solidario de apoyo No 010 de 2017
Copia informe final de SERVIACUEDUCTO S.A.S
Copia cuenta de cobro, certificación bancaria, parafiscales de la Asociación de Usuarios del Acueducto Zona Urbana de San Francisco Cundinamarca.
Informe de supervisión secretaria de hacienda. Copia oficio y consignación a favor del municipio de los rendimientos financieros al
finalizar el objeto contractual.
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PTAP optimizada
Según lo informe presentado por la Asociación de Usuarios ACUASAFRA en cuanto al esto
de la PTAP y según lo verificado en terreno, se puede establecer que el sistema está en buen estado, los resultados de calidad no arrojan riesgo negativo en cuanto su calidad,
por tanto se está cumpliendo con lo establecido en la norma.
Informar sobre la calidad del agua suministrada a la población en la vigencia 2017, comprobando que los análisis de control de la calidad del agua debieron ser realizados por laboratorios debidamente acreditados y los de vigilancia reportados por la Secretaria de Salud del Departamento, definiendo el índice de riesgo de calidad del agua potable, según lo establecido en la Resolución 2115 de 2007
A continuación se compilan los resultados de los monitoreos realizados tanto por el
laboratorio contratado por la Asociación de Usuarios como por la secretaría de salud departamental:
RESULTADOS LABORATORIOS TOMA DE MUESTRAS MENSUALES ACUASAFRA AÑO 2017
FECHA LABORATORIO SECRETARIA DE SALUD LABORATORIO PRIVADO MABER SOLUCIONES HIDROQUIMICAS
ENERO SIN RIESGO SIN RIESGO
FEBRERO No han sido enviados por la Secretaria de Salud SIN RIESGO
MARZO No han sido enviados por la Secretaria de Salud RIESGO MEDIO
ABRIL No han sido enviados por la Secretaria de Salud SIN RIESGO
MAYO No han sido enviados por la Secretaria de Salud SIN RIESGO
JUNIO No han sido enviados por la Secretaria de Salud SIN RIESGO
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RESULTADOS LABORATORIOS TOMA DE MUESTRAS MENSUALES ACUASAFRA AÑO 2017
FECHA LABORATORIO SECRETARIA DE SALUD LABORATORIO PRIVADO MABER SOLUCIONES HIDROQUIMICAS
JULIO No han sido enviados por la Secretaria de Salud SIN RIESGO
AGOSTO No han sido enviados por la Secretaria de Salud SIN RIESGO
SEPTIEMBRE No han sido enviados por la Secretaria de Salud SIN RIESGO
OCTUBRE No han sido enviados por la Secretaria de Salud SIN RIESGO
NOVIEMBRE No han sido enviados por la Secretaria de Salud SIN RIESGO
DICIEMBRE No han sido enviados por la Secretaria de Salud SIN RIESGO
La Secretaria de Salud emitió Concepto Sanitario Favorable basado en el promedio del IRCA de los últimos 12 meses
Documentos presentados:
Copia análisis de laboratorio de Salud Pública de Enero de 2017
Copia 13 folios reporte contra muestra de resultados del laboratorio MABER Soluciones Hidroquímicas.
Copia concepto sanitario emitido por la oficina de vigilancia de Salud Pública de la Secretaria de Salud de Cundinamarca
Municipio IRCA Nivel riesgo
SAN FRANCISCO 4.0 SIN RIESGO
Conforme a lo informado por la Asociación de usuarios ACUASAFRA, y con base en los Índices de Riesgo Municipales IRCA, se tiene que el agua tratada en la planta de
tratamiento se mantuvo sin riesgo en la vigencia auditada, por tanto se cumple con lo establecido en la Ley.
Informar sobre la elaboración, actualización, aprobación, ejecución y seguimiento a los
programas definidos en el Programa de Uso Eficiente y Ahorro del Agua -PUEAA- según lo dispuesto en la Ley 373 de 1997.
La Asociación de Usuarios de Acueducto Zona Urbana ACUASAFRA presento ante la autoridad ambiental CAR el programa de uso eficiente y ahorro de agua PUEAA para su
respectiva aprobación.
Al respecto, vale la pena resaltar, lo plasmado en el AUTO DGRU No 2215 del 30 de noviembre de 2017, con fecha de notificación de Enero 11 de 2018, en su numeral 2, 2.1, 2.2, 2.3, 2.4 del Concepto técnico en el que concluyen que una vez evaluado el
proyecto PUEAA, consideran “procedente aprobar el programa de uso eficiente y ahorro del agua presentado por ACUASAFRA, teniendo en cuenta que se ajusta a los
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requerimientos de la ley 373 de 1997”; y además en el numeral 2 de las recomendaciones y obligaciones consignadas en el AUTO objeto del presente, recomiendan al área jurídica
de la Dirección Regional Gualivá: 2.“aprobar mediante resolución el programa de uso eficiente y ahorro del agua presentado por la Asociación de Usuarios de Acueducto Zona Urbana de San Francisco, bajo radicado No 06171101334 del 18 de Julio de 2017”.
Pese a lo expuesto, a la fecha la CAR no ha expedido el Auto de aprobación aunque lo hemos solicitado a través de oficio de radicado No 06181100127 de fecha enero 22 de
2018 del cual no hemos obtenido respuesta, y derecho de petición de radicado No 20181117522 de abril 27 de 2018 del cual esperamos respuesta.
Documentos presentados:
Copia de documento del PUEAA formulado por la Asociación de Usuarios ACUASAFRA.
Copia Auto DRGU No. 2215 de 30 Nov 2017 con concepto para la aprobación del PUEAA. Copia radicado CAR 061181100127 del 22 de enero 2018. Copia derecho
de petición por dilación en la expedición del Auto de aprobación PUEAA radicado CAR 20181117522 de abril 28 de 2018.
Conforme a lo informado por la Asociación de usuarios ACUASAFRA, se puede establecer que el PUEAA se encuentra en proceso de aprobación por parte de la Autoridad
ambiental, el documento ya tiene las corregidas las observaciones dejadas por la autoridad ambiental la asociación de usuarios está sujeto los tiempos de aprobación de la
CAR.
3.2.3.3 Sector Agua Residual
Informar e indicar la cantidad, tipo y estado operacional de la Planta de Tratamiento de Agua Residual –PTAR- del municipio, y la efectividad de las inversiones realizadas en los mismos, en donde se involucren las actividades de operación, optimización y mantenimiento, confirmando el cumplimiento de la norma respecto a los parámetros establecidos para los vertimientos; si no se posee sistema de tratamiento evaluar la elaboración e implementación del Plan de Gestión del Riesgo para el Manejo de Vertimientos, según lo establecido en la Ley 142 de 1994, Reglamento Técnico del Sector de Agua Potable y Saneamiento Básico –RAS título E, Decreto 3930 de 2010 y Resolución 631 de 2015.
El municipio de San Francisco, no posee sistema de tratamiento de aguas residuales domésticas, sin embargo desde la administración municipal Súmate al Cambio 2016-2019
se ha priorizado esta necesidad ante Empresas Públicas de Cundinamarca, en su calidad
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de gestor de los recursos pignorados por el municipio ante el Plan Departamental de Aguas PDA, resaltándose los siguientes avances:
Ejecución del Proyecto denominado: “ACTUALIZACIÓN Y AJUSTE DE LOS ESTUDIOS Y
DISEÑOS DEL PLAN MAESTRO DE ACUEDUCTO Y ALCANTARILLADO DEL CASCO URBANO DEL MUNICIPIO DE SAN FRANCISCO INCLUYE PTAR”: Al respecto, el municipio de San
Francisco cuenta con un plan maestro de acueducto y alcantarillado formulado y aprobado en la vigencia 2012. Dicho proyecto, con la expedición de la resolución 330 de
2017 del Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio “Por la cual se adopta el Reglamento Técnico para el Sector de Agua Potable y Saneamiento Básico – RAS, requirió ser actualizado. Es así como a la fecha se encuentra en ejecución el contrato No. EPC –PDA –
C – No. 016 del 03 de enero de 2018 celebrado entre Empresas Públicas de Cundinamarca S.A. E.S.P. y Consorcio consultores CDN.
Dicho contrato tiene como objeto la “Actualización y ajuste de los estudios y diseños del
plan maestro de acueducto y alcantarillado del casco urbano del municipio de San Francisco incluye PTAR” y dentro de su alcance, se resalta:
Elaboración del estudio de alternativas de solución y factibilidad integral desde los puntos de vista técnico, operativo, socio-económico, financiero, institucional, ambiental y de
mantenimiento, para la construcción del sistema de Tratamiento de Aguas Residuales del municipio de San Francisco, Cundinamarca.
Levantamiento topográfico georreferenciado del área seleccionada para la implantación del proyecto, que cumpla con los estándares relacionados en el Anexo Técnico, y que
cubra las zonas que se requieran para garantizar la construcción de las obras planteadas en la alternativa seleccionada. Nota: Los estudios corresponden al levantamiento tanto
altimétrico corno planimétrico a detalle de la zona destinada para la ubicación de la PTAR, con amarre a coordenadas .IGACGAUSS - KRUGER. Deben ubicarse redes existentes
(agua, luz, alcantarillado), edificaciones u otras estructuras existentes, árboles y cuerpos de agua (lagunas, humedales, quebradas, vallados, etc.) Debe realizarse el amarre a la
red de alcantarillado. Tramitar ante la Corporación Autónoma regional de Cundinamarca - CAR los permisos de
vertimiento y ocupación de cauce para la PTAR; por lo cual el Consultor deberá solicitar a la Autoridad Ambiental competente el referente normativo y de este modo dar alcance a
todos los requisitos de que trata los artículos 2.2.3.3.5.2; 2.2.3.3.5.3; 2.2.3.3.5.4; del Decreto 1076 de 2015 y sus normas reglamentarias o modificatorias., incluyendo la
evaluación ambiental del vertimiento y el plan de gestión del riesgo para el manejo del vertimiento, el diseño a detalle del descole, georreferenciación del punto de vertimiento.
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Para el efecto, la Consultoría obrará mancomunadamente con la administración municipal o el prestador del servicio de acueducto y alcantarillado en los casos que aplique.
La gestión de la Consultoría será de carácter extensivo hasta obtener concepto técnico
favorable por parte de la autoridad ambiental competente; así como la participación en las mesas de trabajo.
Se presentanlos soportes el contrato mencionado.
Según lo informado por la Administración municipal y lo verificado en terreno, se puede establecer que aún no se tiene un sistema de tratamiento para el manejo de las aguas
residuales, está en ejecución en ejecución el contrato No. EPC –PDA – C – No. 016 del 03 de enero de 2018 celebrado entre Empresas Públicas de Cundinamarca S.A. E.S.P. y
Consorcio consultores CDN. Dicho contrato tiene como objeto la “Actualización y ajuste de los estudios y diseños del plan maestro de acueducto y alcantarillado del casco urbano del
municipio de San Francisco incluye PTAR”. En este orden se seguirá realizando seguimiento hasta que se traten todos los vertimientos existentes en el municipio, esto en el marco de los PMAA, los PSMV con sus debidas actualizaciones.(HA18)
Respuesta Sujeto de Control
“…No se encuentran evidencias o soportes que puedan controvertir la observación del equipo auditor…”
Conclusiones Contraloría de Cundinamarca
Analizada la información suministrada por la administración municipal y EMSERPSAFRA ESP, se puede establecer que la respuesta dada no desvirtúa la observación, por tanto se establece como un hallazgo administrativo para plan de mejoramiento. Informar sobre la elaboración, actualización, aprobación, ejecución y seguimiento a los
programas, proyectos y actividades definidos en el PSMV, según lo estipulado en la Resolución 1433 de 2004.
El municipio de San Francisco Cundinamarca cuenta con el Plan de Saneamiento y Manejo
de Vertimientos debidamente aprobado en la vigencia 2014 por la Corporación Autónoma Regional de Cundinamarca CAR y en el cual se contemplan las obras e inversiones
requeridas para atender las necesidades en materia de saneamiento básico para la zona urbana.
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Comunicación permanente con las empresas Publicas de Cundinamarca EPC S.A ESP, ya que en su calidad de gestor del Plan Departamental de Aguas –PDA- es la entidad
encargada de administrar el 65% de los recursos del SGP-APSB que recibe anualmente el municipio de Sanfrancisco.
Gestiones para la actualización y ajuste de los estudios del Plan Maestro fue formulado en
la vigencia 2013 y ejecutado parcialmente con la construcción de redes de alcantarillado pluvial por parte del Fondo de Adaptación, cuyas obras fueron terminadas en la vigencia
2016. En este punto, se resalta la ejecución del contrato No. 158 de 2015 cuyo objeto fue la
“Reconstrucción de Colectores de Aguas Lluvias y Residuales zona urbana del municipio de San Francisco, Departamento de Cundinamarca” suscrito por el Fondo de Adaptación
por valor de $2.095.971.411. Con dicho contrato, fue posible avanzar en las obras requeridas para el componente del PSMV denominado “Sistema de Alcantarillado”. Dicho
contrato fue terminado en la vigencia 2017 y liquidado el pasado 18 de septiembre de 2017. Al respecto, se presentan como soporte el contrato mencionado.
Posterior a dicha obra, se prosiguió con la gestiones pertinentes para poder continuar con la ejecución del mencionado Plan Maestro, para el cual EPC S.A. E.S.P., requirió que
dichos estudios fuesen actualizados teniendo en cuenta las fechas de elaboración del mismo, la expedición del nuevo reglamento del sector de agua potable y saneamiento
básico RAS 2017 y que el anterior plan no incluía los estudios y diseños de la PTAR. Fue así que la vigencia 2017, en el marco de la ejecución del PSMV, el municipio priorizó
ante Empresas Públicas de Cundinamarca S.A ESP en su calidad gestor del Plan Departamental de Aguas - PDA el proyecto denominado “Actualización y ajuste de los
estudios y diseños del Plan Maestro de Acueducto y Alcantarillado del casco urbano del Municipio de Sanfrancisco incluye PTAR”.
Vale la pena mencionar, que si bien se cuentan con algunos recursos disponibles en el
Plan Departamental de Aguas, la ejecución de los mismos requiere contar con los estudios y diseños previamente viabilizados por Ventanilla Departamental, ante lo cual la Administración Municipal seguirá al tanto del avance y ejecución del mencionado
proyecto, en los términos y tiempos establecidos.
Para monitoreo y toma muestras semestral de agua residual en los vertimientos, la Empresa de Servicios Públicos EMSERPSAFRA suscribió contrato No. 009 de 2018 con el
Instituto de Higiene Ambiental S.A.S., cuyo objeto es la prestación de servicios para análisis de muestras de agua residual doméstica.
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Se presentalos soportes del contrato No. 158 de 2015 y su respectiva acta de liquidación.
Conforme a lo informado por la Administración Municipal y según lo verificado en la vista se puede establecer que se están realizando la actualización de este plan, como también
las obras correspondientes, sin embargo aún hay varios vertimientos que no son tratados, por tanto se realizara seguimiento hasta que se cumplan con las metas propuestas en el
PSMV. (HA19)
Respuesta Sujeto de Control “…No se encuentran evidencias o soportes que puedan controvertir la observación del equipo auditor…”
Conclusiones Contraloría de Cundinamarca
Analizada la información suministrada por la administración municipal y EMSERPSAFRA ESP, se puede establecer que la respuesta dada no desvirtúa la observación, por tanto se establece como un hallazgo administrativo para plan de mejoramiento.
Informar sobre los pagos por concepto de la tasa retributiva transferidos a la Corporación Autónoma Regional por parte de la administración municipal o el prestador del servicio de alcantarillado durante la vigencia 2017, en concordancia con el artículo 42 de la Ley 99 de 1993 y la Resolución 1433 de 2004 y las normas que lo modifiquen o complementen, así como el pago de intereses por mora.
Al respecto, la Empresa de Servicios Públicos EMSERPSAFRA comenta, que una vez
revisada la información que reposa en el archivo de la Empresa, se evidencia que no se efectuaron pagos por concepto de tasas retributivas durante la vigencia 2017.
De igual manera menciona, que teniendo en cuenta los altos costos por concepto de tasas
retributivas, se hizo una solicitud a la Corporación Autónoma Regional CAR relacionado con el ajuste al factor regional aplicado a la factura expedida. A la fecha la Empresa de Servicios Públicos se encuentra a la espera de la respuesta a dicha solicitud, para
posteriormente proceder al pago.
Se presenta el informe, copia de la solicitud enviada a la Corporación, con su respectivo soporte de radicado.
En este orden Empresa de Servicios Públicos de San Francisco EMSERPSAFRA SAS ESP
informa sobre el establecimiento de la responsabilidad económica de las tasas retributivas, mismas que allegó la Corporación Autónoma Regional de Cundinamarca -
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CAR a la Empresa de Servicios Públicos de San Francisco EMSERPSAFRA SAS ESP por medio de las facturas a continuación relacionadas:
FACTURA VIGENCIA TARIFA INTERESES VALOR TOTAL % I/K
3924 2013 $16.455.119 $12.928.853 $29.383.972 78%
4416 2014 $24.181.416 $19.480.988 $43.662.404 81%
5055 2015 $31.150.980 $14.457.408 $45.608.388 46%
7793 2016 $42.464.594 $ 8.676.471 $51.141.065 20%
TOTAL $114.252.109 $55.543.720 $169.795.829 48%
Esta asesoría ha identificado que la CAR estableció los cobros al predio con cedula
catastral 25658990000010200 denominado FINCA EMTRERO EL HATO, este predio no fue posible identificarse en la base predial de la Alcaldía Municipal de San Francisco, se
sugiere consultar la base del IGAC para establecer la referencia del concepto y que sea aplicable al municipio.
Adicionalmente es importante analizar que los valores establecidos como tarifa desde la vigencia de 2013, han generado intereses por el no pago de la obligación que ascienden
al 48% del valor del capital, teniendo mayor importancia en los años 2013 y 2014 en donde el peso de los intereses sobre el capital asciende al 78% y 81% respectivamente.
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Según lo informado por la Empresa de Servicios Públicos de San Francisco EMSERPSAFRA SAS ESP, se puede establecer que la empresa no se tienen los recursos para realizar los pagos, no se ha llegado aún acuerdo de pago con la autoridad ambiental, es de aclarar
que estos pagos se den efectuar en el menor tiempo posible, por tanto se hará seguimiento hasta que se realicen los pagos.(HA20)
Respuesta Sujeto de Control
“La cartera por concepto de Tasas Retributivas es importante para la entidad, por ello inicio con el pago de los intereses de la factura que genero el embargo. Esta gerencia ha solicitado concepto a la CAR Cundinamarca, desde el 30 de enero bajo el radicado 20181104876 del que se recibió respuesta parcial el 26 de abril de 2018, con el radicado 20182120601, actualmente el concepto se encuentra bajo la responsabilidad del DESCA Dirección de Evaluación, Seguimiento y Control Ambiental, a fin de establecer la responsabilidad del municipio por las metas grupales, entendiendo que de conformidad a lo aprobado en el PSMV, el municipio de San Francisco para esta vigencia debería contar con PTAR en funcionamiento, sin embargo la
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empresa no administra ninguna por el servicio de alcantarillado y su acción se limita al mantenimiento de redes en caso de ruptura. Esta gerencia de igual manera oficio a la administración municipal en la fecha 14 de marzo 2018 con el radicado S.F. E 057 -2018, con el propósito de solicitar el apalancamiento financiero para atender la obligación bien como responsable de las metas grupales o como socio mayoritario de EMSERPSAFRA, del cual a la fecha no se ha recibido respuesta. El día 20 de junio se realizó el pago correspondiente a la vigencia 2017 por un valor de $ 9.087.947…”
Conclusiones Contraloría de Cundinamarca
Analizada la información suministrada por la administración municipal y EMSERPSAFRA ESP, se puede establecer que la respuesta dada no desvirtúa la observación, por tanto se establece como un hallazgo administrativo para plan de mejoramiento. Informar sobre el manejo de los residuos líquidos y sólidos de las Plantas de Beneficio
Animal, de acuerdo a lo dispuesto en el Decreto 3930 de 2010. La disposición de residuos sólidos de la planta de beneficio la realiza el señor Ricardo
quien realiza la recolección de líquidos como sangre, huesos y decomisos canecas de 200 litros con válvula de sellamiento los cuales a su vez son dispuestos en la empresa
denominada INAGROSA S.A., ubicada en el municipio de Facatativá y en donde se usan los mencionados residuos en la preparación de concentrados. En lo que refiere a
ruminales se realiza el aprovechamiento en compostaje. Respecto a los vertimientos, este fue suspendido de la fuente hídrica y en la actualidad se
encuentra conectado a la red del servicio público de alcantarillado.
Se presentaRegistro Fotográfico del sellamiento del vertimiento de la planta de beneficio y certificados emitidos por la CAR y la empresa EMSERPSAFRA, adicionalmente se anexa
licencia provisional otorgada por el INVIMA.
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Adecuaciones Planta de Beneficio Animal
Según información reportada por la Administración municipal y lo verificado en terreno se
puede establecer que aunque se realizaron las concesiones pertinentes, para sumar el vertimiento de la PBA al sistema de alcantarillado y se realiza una disminución del daño
con el manejo de gran parte de los residuos sólidos y líquidos producidos en la PBA, aún no se tienen un sistema de tratamiento que disminuya el impacto ambiental que esta
actividad genera. Por tanto se hará seguimiento hasta que se implemente un sistemas adecuado con forme a establecido en la Ley. (HA21)
Respuesta Sujeto de Control
“…No se encuentran evidencias o soportes que puedan controvertir la observación del equipo auditor…”
Conclusiones Contraloría de Cundinamarca
Analizada la información suministrada por la administración municipal, se puede establecer que la respuesta dada no desvirtúa la observación, por tanto se establece como un hallazgo administrativo para plan de mejoramiento.
3.2.3.4 Sector Aseo
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Informar sobre la elaboración, actualización, aprobación, ejecución y seguimiento a los programas, actividades y cronograma definidos en el Plan de Gestión Integral de Residuos Sólidos –PGIRS-, según lo estipulado en la Resolución 754 de 2014.
Dentro de las gestiones desarrolladas por la Alcaldía Municipal Súmate al Cambio para el avance en los compromisos pactados en el Plan de Gestión Integral de Residuos Sólidos -
PGIRS se puede destacar las siguientes:
El municipio de San Francisco, Cundinamarca, si cuenta con Plan de Gestión Integral de Residuos Sólidos-PGIRS adoptado mediante Decreto No. 023 del 25 de abril de 2017, con
un horizonte de formulación e implementación de doce años (12), el porcentaje de avance es del 16,93 %.
Respecto a los avances puntuales, se hace preciso mencionar los siguientes:
Se adquirió un vehículo compactador de 16 Yd3, a través del Plan Departamental de Aguas-PDA bajo la modalidad de Acuerdo Marco de Precios, el cual se tiene en
funcionamiento desde el pasado mes de agosto de 2017. Ejecución de campañas de orientación y capacitación en separación en fuente y
aprovechamiento de los residuos sólidos con actores como instituciones educativas, sector comercial y comunidad en general, así mismo se han realizado programas de
fortalecimiento en educación ambiental, a través de la implementación de rutas selectivas para el aprovechamiento de residuos sólidos de origen orgánico, plástico, papel de
archivo y aceites usados de cocina. Elaboración de estudio de costos y tarifas para el servicio de aseo de acuerdo a la
Resolución CRA 351 y 352 de 2005.
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Sitio donde se transforma y acopia residuos orgánicos y material reciclable
Conforme a lo informado por la Administración Municipal, se puede establecer que se
estar realizando las actividades en cuanto la disminución de residuos, por tanto se cumple con lo establecido en la Ley.
Presentar información pertinente en cuanto al volumen, caracterización,
aprovechamiento y disposición final de la totalidad de residuos que se generen en el territorio municipal, incluyendo los sectores hospitalario, agropecuario, industrial, comercial y de construcción demolición.
Suscriptores:1452 suscriptoresdelárea urbana: y 553 suscriptores del área rural
Producción de residuos sólidos: 112,45 toneladas/mes
Producción per cápita: 0,413 kg/hab-día (Urbano) y 0,385 kg/hab-día (Rural) Procedencia: Residuos Sólidos de origen doméstico (residencia, comercial e
institucional) Caracterización y clasificación de residuos sólidos: A continuación se presentan las
tablas de caracterización y clasificación de residuos, de acuerdo lo desarrollado por el PGIRS del municipio.
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Tabla 1. Caracterización de Residuos
Área Urbana
Tabla 2. Caracterización de
Residuos Área Rural FUENTE: PGIRS, 2017
El municipio de San Francisco, a través de EMSERPSAFRA S.A ESP realiza actividades de
separación y selección en la fuente así:
RUTA SELECTIVA
ENTIDAD TIPO DE APROVECHAMIENTO
CANTIDAD DE RESIDUOS APROVECHADOS
Orgánico Fundación Monte Alvernia
Abono orgánico 96 toneladas aproximadamente
Plásticos Fundación llena una botella de amor.
Madera plástica 6 toneladas (corte de marzo de 2017)
Papel de
archivo
Ele de Colombia Reincorporación al proceso
productivo
1106 kg (corte de octubre de 2017)
Aceites usados
de cocina
Fundación MAOKANI Biocombustible 100 litros (corte octubre de 2017)
Campañas de orientación y capacitación: El municipio de San Francisco ha realizado campañas de orientación y capacitación en separación en fuente y aprovechamiento de
los residuos sólidos con actores como instituciones educativas, sector comercial y comunidad en general, así mismo se han realizado programas de fortalecimiento en educación ambiental, a partir de la implementación de rutas selectivas para el
aprovechamiento de residuos sólidos de origen orgánico, plástico, papel de archivo y aceites usados de cocina de la siguiente manera:
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Por otra parte se gestionaron las siguientes herramientas para fortalecer el programa de
aprovechamiento en el municipio:
INSTITUCIÓN HERRAMIENTA
Gobernación de Cundinamarca Secretaria de Medio
Ambiente
Una (1) picadora de residuos orgánicos.
Diez (10) composteras con capacidad de 1 ton Una (1) compactadora de plástico
Corporación Autónoma Regional de Cundinamarca-CAR Un (1) eco contenedor con el propósito de
facilitar la recolección de residuos pos consumo y de aprovechamiento como pilas y plástico.
Medio de recolección:Vehículo compactador de 16 yd3 Frecuencia de Recolección:Dos (2) días a la semana
Sitios de disposición final: Relleno Sanitario Nombre del sitio de disposición final: Nuevo Mondoñedo S.A ESP
Conforme a lo informado por la Administración Municipal y el prestador se servicios de
aseo, se puede establecer que se estar realizando las actividades en cuanto la disminución de residuos, por tanto se cumple con lo establecido en la Ley.
RUTA SELECTIVA
DESCRIPCIÓN
Orgánico
Los días miércoles se recolectan en el vehículo compactador y se disponen para su
aprovechamiento en la Fundación Monte Alvernia, donde 18 personas que se encuentran en
proceso de rehabilitación realizan este proceso con apoyo de la administración municipal, la empresa de Servicios Públicos de San Francisco y CAR.
Plásticos
Con el apoyo de un recuperador se realiza la ruta en zona urbana del municipio, el plástico
se recolecta se compacta y se entrega a la fundación llena una botella de amor, quienes en
beneficio entregan una casa de interés social elaborada en madera plástica para el recuperador y parques infantiles para escuelas, una vez se cumpla con la meta establecida,
por tanto se cuentan con herramientas de motivación para la comunidad y población
estudiantil para dar continuidad al consumo responsable y procesos de aprovechamiento.
Papel de archivo
El día miércoles se recolecta, se pesa y se entrega a ele de Colombia el papel de archivo, a cambio de esto la empresa ele de Colombia entregan libretas, lápices, esferos o resmas,
con base a la cantidad de kg entregados, todo esto elaborado en material ecológico. Por efectuar dicha actividad ele de Colombia entrega certificado de disposición y el material
recibido.
Aceites
usados de cocina
Se dio inicio con charlas educativas a los comerciantes y su recolección se realiza cada ocho
(8) días y se entrega a la fundación MAOKANI para tratarlo para bio combustible.
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3.2.3.5 Gestión del Riesgo
Informar sobre la elaboración e implementación del Plan de Gestión del Riesgo Municipal por parte del Alcalde Municipal, evaluando la planificación del desarrollo territorial, las acciones estratégicas y prioritarias en materia de gestión del riesgo de desastres, según lo establecido en la Ley 1523 de 2012.
La administración municipal realizo actualización y socialización ante el consejo municipal para la gestión de riesgo de desastres del municipio de San Francisco el cual fue enviado
a la unidad especial para la gestión de riesgo de desastres del departamento durante la vigencia 2016, invitando a juntas de acción comunal jardines infantiles y demás entes con el ánimo de que implemente un plan de gestión riesgo.
Se presenta el Plan municipal de gestión de riesgo de desastres y evidencia de
socialización del mismo.
Conforme a lo informado por la Administración municipal, se puede establecer que el Plan de Gestión del Riesgo del municipio está en proceso de aprobación por la Autoridad
competente, por tanto se realizare seguimiento hasta que se apruebe e implemente tal como lo establece la Ley.(HA22)
Respuesta Sujeto de Control “…No se encuentran evidencias o soportes que puedan controvertir la observación del equipo auditor…”
Conclusiones Contraloría de Cundinamarca
Analizada la información suministrada por la administración municipal, se puede
establecer que la respuesta dada no desvirtúa la observación, por tanto se establece como un hallazgo administrativo para plan de mejoramiento.
Informar sobre la elaboración e implementación del Plan de Emergencia y Contingencia
para el Manejo de Desastres y Emergencias asociado a la prestación de los Servicios Públicos Domiciliarios de Acueducto, Alcantarillado y Aseo, según lo establecido en la Resolución 154 de 2014.
Al respecto,se realizó la socialización ante el consejo Municipal para la gestión de riesgo
de desastres el plan de emergencia y contingencia para la prestación del servicio público de acueducto el día 04 de abril de 2018.
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Se presenta el Plan de emergencia y contingencia servicio de Acueducto elaborado por la Asociación de Usuarios del acueducto zona urbana ACUASAFRA.
El municipio y la Asociación de usuarios de ACUASAFRA cuentan con los Plan de
Contingencia y Atención a Emergencias estos describen las acciones y medidas que permiten atender oportuna y adecuadamente las emergencias ocasionadas por amenazas
de tipo natural o antrópico con el fin de atender las necesidades de agua potable; así mismo describe los niveles de riesgo, recursos y acciones a implementar en caso de
materializarse el riesgo. Las acciones previstas inician con la implementación de medidas preventivas, acciones de mitigación y va hasta la normalización en la prestación del servicio.
De acuerdo con lo anterior, la entidad da cumplimiento con la norma que regula la
materia.
3.2.4 Evaluación al Plan de Mejoramiento
Verificar el cumplimiento de las acciones establecidas en el Plan de Mejoramiento aprobado de forma por la Contraloría de Cundinamarca.
Realizar un análisis al resultado generado por las acciones planteadas.
De acuerdo con la información entregada por la Subdirección de Análisis de Control Municipal, el municipio de SAN FRANCISCO suscribió cinco (5) Planes de Mejoramiento correspondiente a auditorías de gestión y un (1) Plan de Mejoramiento correspondiente a
la Auditoría Ambiental, a los cuales se hará el seguimiento a las acciones planteadas en el mismo que fue aprobado por la Contraloría de Cundinamarca y proceder al análisis y
evaluación del resultado generado por las mismas a través de los respectivos avances entregados, con el fin de determinar si con la implementación y ejecución de las mismas,
se eliminó o mitigó el riesgo o no conformidades detectadas en las Auditorías a señalar, así:
1. Auditoría Gubernamental con Enfoque Integral Modalidad Integral Vigencia 2014.
El Plan de Mejoramiento de la Auditoría citada se aprobó a través del radicado No C15116700186 del 23 de diciembre de 2015, y el cual fue presentado a la Contraloría de
Cundinamarca por el sujeto de control bajo el radicado No C 15105801280 de fecha 9 de diciembre de 2015.
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Este Plan contiene sesenta y siete hallazgos (67), a los cuales se les realizó seguimiento a las actividades y los avances debidamente soportados con evidencias documentales
entregadas en medio magnético por parte de la Entidad auditada, definiéndose que cincuenta y seis (56) del total de los hallazgos fueron encontrados al 100% de su
cumplimiento, en lo que respecta a las acciones de mejora puestas en marcha por la actual administración.
Los Hallazgos restantes correspondientes a once (11) del total contenidos en el Plan de Mejoramiento para la Auditoría Integral Vigencia 2014, permanecen vigentes hasta tanto
no se cumplan las actividades pactadas dentro del plan de mejoramiento, y así se elimine o mitigue el riesgo o efecto negativo que estos puedan tener al interior de la entidad, y
los cuales se enuncian a continuación, así:
N° DESCRIPCION DEL HALLAZGO ACTIVIDAD OBSERVACIONES
13
Incapacidades: Por este concepto
en la vigencia fiscal auditada 2014, la administración registra obligaciones a
favor y en contra que se originaron en
incapacidades otorgadas por parte de las EPS. No hay una relación de
funcionarios a los cuales se les autorizan incapacidades, indicando
número de días, fecha y valor del
reintegro por parte de la entidad correspondiente, no hay evidencia de
la secretaría de gobierno de una
relación de incapacidades ocurridas, en la cual se tramite la solicitud de
pago y reclamo oportuno de los recursos a las E.P.S.
Se evidencia que el municipio no
cobró las incapacidades ante la EPS respectiva y en total fueron 7
incapacidades, de las cuales cinco
debería haber sido cobradas ante las E.P.S, por ende está en proceso de
recaudar el equivalente a $1.166.189,09.
Elaborar procedimiento para
cobro de incapacidades de los funcionarios de la alcaldía. *
Realizar el cobro de las
incapacidades cada vez que el funcionario sea reintegrado.
El secretario de gobierno solicitará la incapacidad al
funcionario que estos días
puedan ser pagados con la nómina. * El
secretario de gobierno
informará a la Secretaria de hacienda para esta realice la
novedad en la nómina y a su vez realice el cobro ante la EPS
para el pago de la incapacidad.
No se ha elaborado un manual de
procedimiento para el cobro de Incapacidades.
A la fecha de revisión y seguimiento al Plan de
Mejoramiento vigente se evidenció que están pendientes de cobrar
cinco incapacidades ante las E.P.S,
por ende está en proceso de recaudar el equivalente a
$1.166.189,09.
14
Cuotas Partes Pensionales: La
administración municipal paga el 51%
de la cuotas partes de pensional del señor Luis Eduardo Cárdenas Ruiz y la
Caja Agraria paga el 49%, quien
giraba al municipio el dinero para el pago, a corte del 31 de diciembre de
2014, la deuda haciende a
$199.844.903,95, no han cancelado al
Realizar cobro coactivo a la
caja agraria sobre los recursos
en mención del presente hallazgo.
Realizar informes mensuales
sobre los avances de este cobro.
No se realizó cobro coactivo a la
caja agraria en Liquidación, sino
que se procedió a realizar un acuerdo de pago con,
FIDUPREVISORA, por ser la
encargada de los Pasivos pensionales de la caja agraria en
liquidación (anexo).
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N° DESCRIPCION DEL HALLAZGO ACTIVIDAD OBSERVACIONES
municipio ese valor. Se encuentra oficio de fecha 19 de
septiembre de 2012 de la
Fiduprevisora patrimonio autónomo, de remanente de la Caja Agraria en
liquidación, dirigido a la alcaldía de
San Francisco, donde manifiestan que la liquidación quedó mal y envían una
proyección de cuenta por valor de $93.169.359 a favor del municipio.
En el municipio se evidencia
internamente un oficio de la Secretaria de Hacienda remitido a la
Secretario de Gobierno de fecha 24
de mayo de 2014 y de la Secretaría de Gobierno a Cobro Coactivo fecha
mayo 30 de 2015, trasladando los
documentos para el trámite respectivo, pero no se evidencia un
trámite de la administración municipal a ninguna entidad externa, se
requiere que la administración agilice
las gestiones para recuperar los dineros que se le adeuda por este
concepto. Esta observación se reitera
de la auditoría 2013.
En dicho acuerdo de pago, el municipio remite cta de cobro el 27
de junio de 2017 y radicada en
FIDUPREVISORA el 30 de junio de 2017, por el período comprendido
entre el ((11/06/2012) al
(31/08/2016) por $107.632.935,65 correspondiente a cuotas partes
pensionales del pensionado CARDENAS RUIZ LUIS EDUARDO,
CUENTA QUE UNA VEZ REVISADA
por el patrimonio Autónomo de Remanentes de la Caja Agraria en
liquidación es aceptada, una vez se
hace el resultado del cruce de cuentas entre las dos entidades.
En conclusión los $107.632.935,65 que pertenecen al municipio de
San Francisco, fueron oficiados a manera de cuenta de cobro por
parte de la FIDUPREVISORA AL
FOPET para que procediera a hacer devolución de estos recursos al
municipio de San francisco.
El municipio actualmente está a la
espera que el FOPET de cumplimiento a dicho compromiso
y pague el valor de
$107.632.935,65 para lo cual procederá en los próximos días a
oficiar al FOPET para presionar el
giro de los recursos al municipio.
15
Parque Automotor: Los vehículos que cumplieron su ciclo de vida útil o
que están obsoletos, la administración municipal debe analizar si es
procedente iniciar un proceso de
enajenación o baja, con tal de que no se sigan deteriorando y depreciando.
Se sugiere amparar bajo cubierta los
vehículos para que no estén expuestos a la intemperie y se deben
recargar los extintores de los
vehículos en uso, cada vehículo debe tener su carpeta con los documentos
correspondientes en orden.
* Evaluar con personal idóneo el parque automotor del
municipio. * Realizar proceso de
enajenación de los vehículos
que cumplieron su ciclo de vida. * Realizar una
cubierta o guardarlos bajo
techo los vehículos y recargar sus extintores
Se evaluó y diagnosticó el estado del parque automotor para
determinar vehículos para Baja.
Se conformó comité de Bajas
mediante Decreto 054 de Noviembre 2 de 2016, se realizó
levantamiento de inventario de
vehículos con el fin de abrir carpetas con la documentación de
cada uno de los vehículos. Se
solicitó informe técnico de los vehículos para dar de baja con el
fin de llevarlos a comité de bajas y
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N° DESCRIPCION DEL HALLAZGO ACTIVIDAD OBSERVACIONES
establecer el procedimiento a seguir para darlos de baja, pero
hasta la fecha de la auditoría
no se ha hecho el proceso de baja pues no hay recursos
económicos en el momento
para realizar el proceso, dado que en algunos de ellos se
tiene pendiente el pago de impuestos, de acuerdo con el
informe de la secretaría de
gobierno.
No se hizo cubierta de protección a
vehículos para Baja, pues no se contó con recursos para esto.
16
Respecto al caso del vehículo
automotor tipo volqueta, marca
DODGE, color amarillo, modelo 1976, placas OI287, que se encuentra
desaparecida, se realizó la respectiva denuncia el 23 de febrero de 2012
ante la Fiscalía, en septiembre 6 de
2013 solicita documentación la Fiscalía Seccional Funza, el abril 6 de
2015 se entrega certificación que el
proceso sigue en investigación, la administración debe hacer el
seguimiento permanente al proceso e informar a este ente de control sobre
las decisiones que se produzca en el
fallo, esta observación es reiterativa, viene de la auditoría anterior.
* Realizar seguimiento mensual
a los juzgados y con la fiscalía
sobre el estado de esta denuncia y la ubicación de la
volqueta
Ya se conoce la ubicación dela
VOLQUETA, la cual se encuentra
en un parqueadero del sur de Bogotá, de donde fue recibida una
factura por concepto del valor del parqueadero del vehículo durante
63 meses por valor de $
18.000.000 de pesos, lo cual fue contestado al dueño del
parqueadero y remitido en copia a
la fiscalía dado que se encuentra denunciado ante esta, para que
esta conociera la ubicación del vehículo.
Se realiza seguimiento con la fiscalía pero a la fecha no se logra
el retorno físico del vehículo, pero
a la fecha no se ha tenido respuesta alguna de la actuación
de la fiscalía ante esta comunicación.
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N° DESCRIPCION DEL HALLAZGO ACTIVIDAD OBSERVACIONES
17
Archivo: Se examinó una muestra de archivo de la Comisaría de Familia,
Secretaría de Salud, Oficina de
Desarrollo Económico, Contratación, arrojando el siguiente resultado: No
hay aplicación de tablas de retención
documental en la administración municipal, las carpetas no se
encuentra marcadas ni foliadas, los documentos no están debidamente
protegidos. En cuanto al archivo de
gestión se pudo observar que no aplican series, ni sub series, lo que
indica que no han realizado la
socialización sobre la aplicación de tablas de retención documental. En
cuanto al archivo central se evidencia
la falta de espacio y elementos de protección de uso frecuente para la
persona que allí labora.
* Evaluar las tablas de retención documental actuales
y realizar ajustes. * Llevar
las tablas de retención para su aprobación al comité
departamental de archivo y
realizar su socialización. * Realizar actividades de
archivística como foliar y organizar la documentación
con forme a las tablas de
retención. * Verificar que el archivo de gestión se traslade
en los tiempos establecidos al
archivo central * Realizar las adecuaciones
locativas necesarias para que el
archivo central cumpla con los requerimientos de conservación
Se realizó la actualización de tablas Retención Documental pero no han
sido llevadas al Comité
Departamental de Archivo para su aprobación final dado que no se ha
elaborado el documento completa
en todas sus partes como lo requiere el Comité Departamental
de manera completa.
De acuerdo con la Secretaría de
Gobierno encargada de la actividad, en el año 2018 se están
elaborando las adecuaciones
correspondientes para la presentación del documento final
que será enviado al Comité
Departamental de Archivo de Cundinamarca para la solicitud de
su aprobación.
Sin embargo se observó que se
realiza una estrategia de capacitación a los funcionarios para
la reorganización del archivo de
gestión en todas sus dependencias.
Se creó comité Municipal de Archivo mediante Decreto 17 de
Marzo 7 de 2016. Las Tablas de RD
fueron adoptados en el año 2012 mediante acto administrativo.
Se inició proceso de depuración y digitalización del archivo central.
Se realiza organización de archivo en cada uno de los despachos con
el fin de establecer cantidad de
archivo que debe reposar en las dependencias y realizar las
reparaciones locativas pertinentes.
La actividad de adecuaciones
locativas del archivo central no se han realizado por falta de recursos,
pero se manifiesta por la secretaria
que para 2018 se implementara una política clara y viable para la
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N° DESCRIPCION DEL HALLAZGO ACTIVIDAD OBSERVACIONES
adecuación del archivo central
28
Parámetros para Selección del
Contratista: El grupo auditor
concluye que si bien la administración municipal cuenta con unos elementos
para seleccionar al contratista, no
tiene establecido unos rangos para determinar los honorarios de las
distintas clases de CPS ya sean
auxiliares administrativos, secretarias, técnicos, profesionales, asesores u
otras modalidades.
* Realizar estudio para el pago
de los honorarios de las
distintas clases de CPS, tanto para auxiliares, secretarias,
técnicos, asesores y otros
modalidades
De acuerdo con la secretará de
Gobierno el punto de referencia
que se realiza para pagos por concepto de Honorarios y
Prestación de servicios es de
acuerdo a lo establecido para los salarios de la planta de personal y
de acuerdo al cargo a proveer.
Para el año 2018 el punto de
referencia corresponde al Decreto de ajuste salarial # 35 de 2017, y
no a un estudio específico para
determinar los salarios de los contratistas.
Está pendiente por implementar el nuevo Decreto # 64 de 2017 que
define la nueva planta de personal, una vez finalice la ley de garantías,
pues en él se definen los aspectos
relacionados con la contratación de contratistas y el valor de sus
remuneraciones.
59
Procesos judiciales: Dentro de los
procesos judiciales que cursan en contra del municipio de San francisco
, están los siguientes : 1. Proceso Cobro Coactivo-
*La secretaria de Hacienda
dejará dentro del presupuesto de gastos los recursos para el
pago de dichos procesos judiciales.
La secretaría de hacienda informa
que se cuenta con la reserva de recursos para atender pasivos
contingentes de este tipo armonizando el manejo
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N° DESCRIPCION DEL HALLAZGO ACTIVIDAD OBSERVACIONES
Sriade Hacienda de Cundinamarca $13.607.612.
2. Proceso Coactivo –CAPRECOM $5.919.634
3. Proceso jurisdicción Coactiva –CAR $27.857.056
4. Proceso de Cobro Coactivo- Ministerio de Educación Nacional, cuantía$3.673.035
5. Proceso Ejecutivo-Departamento Nacional de Planeación ,cuantía $ 539.073
Con respecto a estos procesos se
establece que a la fecha no se han efectuado los pagos correspondientes
para dar cumplimiento a las
obligaciones y dar por terminados los procesos, pese a que han transcurrido
varias vigencias. Por lo que se conmina a la
administración a acogerse de manera
inmediata a los beneficios previstos en la ley y que le sean aplicables
según el caso ( parágrafo transitorio
del artículo 47 de la ley 1551de 2014) y así evitar lesionar el Patrimonio de
la Entidad con el pago de las sumas onerosas causadas por el
incumplimiento de este deber legal .
De igual forma en el caso de los procesos que cursan por concepto de
cuotas partes pensionales , es
importante que a la etapa de proyección del presupuesto vigencia
tras vigencia, se tengan en cuenta estas obligaciones y se hagan las
apropiaciones de recursos suficientes
y necesarios para cumplir en forma oportuna con estos pagos que son
permanentes y no esperar a que se
instauren nuevos procesos en contra del municipio sometiéndolo a
desgastes administrativos.
* Realizar el giro de los procesos judiciales.
presupuestal.
El área jurídica está adelantando
las actividades pertinentes, tendientes a extinguir las
obligaciones por medios distintos al
pago de la obligación a través de la prescripción de la acción ejecutiva
y/o de cobro, según corresponda, y a través de solicitudes de
aplazamientos para audiencias de
conciliación, solicitud de levantamiento de embargos y
solicitud de marcación de cuentas
como inembargables.
Al momento de la Auditoría se
encuentran cancelados los proceso coactivos con la CAR ( #3), y con
el Ministerio de Educación Nacional (#4), quedando pendiente de
resolver los procesos coactivos con
la Secretaria de hacienda de Cundinamarca, CAPRECOM y
DptoNal de Planeación
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N° DESCRIPCION DEL HALLAZGO ACTIVIDAD OBSERVACIONES
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Proceso Ejecutivo –Grupo Consultor Andino. Cuantía $ 10.362.977.
Verificados los documentos que obran
en el expediente se evidencia la Relación de los Depósitos Judiciales
consignados al proceso por valor de $
16.898.996. No obstante lo anterior y teniendo en cuenta que durante el
proceso auditor no se suministró la información relacionada con el
ingreso de los $ 6.536.019
correspondiente a la diferencia entre los recursos embargados y los
efectivamente pagados al
demandante, se solicita en respuesta al preinforme lo siguiente:
1.Fotocopia de la copia de contabilidad mediante la cual se
registró en la contabilidad del municipio el pago de esta obligación.
2. Fotocopia del comprobante de ingreso mediante el cual se registró el
ingreso de los recursos
correspondientes al saldo a favor del municipio de los depósitos judiciales,
es decir la suma de $ 6.536.019.
3. Fotocopia de los extractos
bancarios en la que consta el ingreso de los recursos a favor del municipio.
Enviar la información solicitada a la Contraloría de
Cundinamarca, según lo
enunciado en el presente hallazgo.
A pesar de informarse por la Secretaria de Hacienda y de
Gobierno sobre el valor recibido
por el municipio de la diferencia por $ 6.536.019 correspondiente a
la diferencia entre los recursos
embargados y los efectivamente pagados al demandante (
municipio), no se presentaron los soportes solicitados desde la
práctica de la auditoría 2014, como
fueron : 1. Fotocopia de la copia de
contabilidad mediante la cual se
registró en la contabilidad del municipio el pago de esta
obligación.
2. Fotocopia del comprobante de ingreso mediante el cual se registró
el ingreso de los recursos correspondientes al saldo a favor
del municipio de los depósitos
judiciales, es decir la suma de $ 6.536.019.
3. Fotocopia de los extractos
bancarios en la que consta el ingreso de los recursos a favor del
municipio.
Conclusión: No se presentó la
información solicitada.
En la actualidad la administración
municipal no ha encontrado los documentos relacionados con el
ingreso de este dinero.
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N° DESCRIPCION DEL HALLAZGO ACTIVIDAD OBSERVACIONES
ESTADOS CONTABLES: Control interno contable: La
calificación de control interno
contable fue de 4.15 que los clasifica en el rango de interpretación como
Adecuado; sin embargo, la comisión
durante la etapa de ejecución del proceso auditor evidenció que pese
al avance en la implementación del MECI, es necesario que junto con los
responsables del área contable se
comprometan con una constante evaluación e identificación de los
riesgos inherentes a esta
dependencia, con el fin de establecer los controles necesarios, bien sea
para eliminarlos, minimizarlos o
asumirlos.
Caja Principal $0.00: Verificadas las consignaciones se
establece que en algunos casos los
recursos no fueron consignados el día hábil siguiente a su recaudo, por
tanto es importante que se tenga en
cuenta que el manejo de efectivo en la tesorería municipal genera un alto
riesgo.
De igual forma y tal y como lo ha
recomendado el jefe de control interinó en las Auditorías realizadas,
es necesario que se solicite en forma
oportuna y ojala por escrito el soporte técnico al software ya que se han
presentado algunas diferencias y deficiencias en la información.
Depósitos en Instituciones Financieras $2.172.259.540.71
La cuenta corriente del Banco Agrario
3158001402-0 denominada Alquiler Maquinaria, finaliza la vigencia con
saldo de $2.804.368.00, El municipio cuenta con un fondo de maquinaria,
No obstante no se evidencia
Realizar arqueos de caja durante la vigencia fiscal 2016
*realizar comités de
sostenibilidad contable para depurar las cuentas bancarias
sobre los convenios, depurar el
inventario de bienes muebles. *realizar controles para el
impuesto predial que esta por prescribir. *actualizar la base
de datos de los
establecimientos de comercio de los municipio de san
francisco de sales
Con relación a las actividades que la administración municipal se
planteó realizar con el fin de
mitigar los riesgos encontrados en el presente hallazgo solo allegan la
base de datos de los
contribuyentes de industria y comercio del municipio de San
Francisco, por lo cual se procedió a analizar cada uno de los hallazgos
encontrados en la vigencia 2014
frente a lo detectado en la presente auditoría correspondiente
al área financiera, por lo anterior
se concluye que algunos hallazgos fueron superados ya que no se
evidencian en la presente, sin
embargo hay observaciones que se mantienen ya que se repiten en el
análisis de la información de 2017, estos son:
Depósitos en Instituciones Financieras $2.172.259.540.71
Se registran 19 cuentas bancarias con saldo total según extracto de
$59.813.823.06 que presentaron movimientos mínimos o no se
movieron, por lo que es importante
que se depuren con el fin de establecer con claridad la fuente de
financiación de los recursos,
determinar el destino que deben dárseles y registrar los ajustes a
que haya lugar, en primer lugar porque en algunos casos se trata
de recursos con destinación
específica y en segundo lugar por el riesgo que representa tener
recursos en depósito por tiempo
indefinido sin movimiento.
Se registran 50 cuentas bancarias con saldo total según extracto de
$272.643.869.94, en la que se
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reglamentación sobre el uso y mantenimiento de la misma, así como
un estudio en el que se determine el
costo beneficio que permita decidir sobre la conveniencia de alquilarla o
no.
La cuenta corriente del Banco Agrario
3158-001018-4 denominada degüello ganado mayor finaliza la vigencia con
un saldo de 14.358.414, los recursos
por este concepto se recaudan directamente en la planta de beneficio
y no en la tesorería generándose alto
riesgo en el manejo de efectivo e incumpliendo el procedimiento
establecido para el recaudo.
Las cuentas del Banco Agrario
3158001003-6, 33158000100-5 CLOPAD. 4-315-8300323-2 estampilla
adulto mayor y 3158001180-2 S.G.P,
presentan partidas conciliatorias, cheques pendientes de cobro
provenientes de las vigencias 2011,
2012 y 2013, sin que a la fecha se hayan anulado los cheques, ni
pagadas las obligaciones.
En la cuenta de BANCOLOMBIA 892-
775518-95 RECURSOS PROPIOS, la conciliación parte de un saldo
contable diferente al reflejado en
balance de prueba $(273.391.47), conciliación incorrecta.
Se registran 19 cuentas bancarias con
manejaron recursos de convenios interadministrativos, de los cales
no fue posible obtener información
del estado actual de cada uno, ya que la administración no suministró
la información.
Rentas por Cobrar.
Por principio de prudencia se dejan
de registrar en la contabilidad del
municipio $182.586.711.20, correspondientes a cartera por
concepto de impuesto predial, los
cuales no se registre en cuentas de orden, ni se detallan en las notas a
los estados financieros.
Bienes de beneficio y uso Públicos
$9.769.473.374.85
A la fecha queda pendiente por
depurar el 60% del saldo ($5.907.393.374.85), que equivale
al 13% del total del activo, por lo
que es necesario levantar el inventario valuado y detallado de
los bienes que conforman la cuenta y actualizar el saldo.
Cuentas por pagar acreedores$210.203.396.00
La administración no suministró la información correspondiente a los
pagos efectuados, por tanto no fue posible hacerle seguimiento al
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saldo total según extracto de $59.813.823.06 que presentaron
movimientos mínimos o no se
movieron, por lo que es importante que se depuren con el fin de
establecer con claridad la fuente de
financiación de los recursos, determinar el destino que deben
dárseles y registrar los ajustes a que haya lugar, en primer lugar porque en
algunos casos se trata de recursos
con destinación específica y en segundo lugar por el riesgo que
representa tener recursos en depósito
por tiempo indefinido sin movimiento.
Se registran 50 cuentas bancarias con
saldo total según extracto de $272.643.869.94, en la que se
manejaron recursos de convenios interadministrativos, de los cales no
fue posible obtener información del
estado actual de cada uno, ya que la administración no suministró la
información.
Rentas por Cobrar.
Por principio de prudencia se dejan de registrar en la contabilidad del
municipio $182.586.711.20,
correspondientes a cartera por concepto de impuesto predial, los
cuales no se registre en cuentas de
orden, ni se detallan en las notas a los estados financieros.
Durante la vigencia esta
administración se han expedido 67
Resoluciones de prescripción por valor de $ 137.147.229, por tanto es
necesario que se realice seguimiento
a las deudas que están próximas a prescribir y se emprendan las
acciones necesarias que la interrumpa para garantizar el ingreso de estos
recursos y así evitar lesiones al
patrimonio de la Entidad.
cumplimiento de estas obligaciones.
Por lo anterior se concluye que las actividades planteadas no fueron
efectivas toda vez que la mayoría
de los hallazgos se siguen presentado.
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De otra parte se suministran Resoluciones expedidas por el IGAC,
por medio de las cuales se modifica la
información relacionada con los predios. Verificado el procedimiento
para esta función se establece como
primera medida que no se encuentra documentado y en segundo lugar que
para realizar estas modificaciones tan solo se requiere de una clave, con lo
que se considera que dicha
información puede estar en alto riesgo, ya que estas modificaciones
permiten variar el avalúo y la
estratificación, entre otros.
Industria y Comercio $0.00
Para la vigencia 2014 el municipio contaba con una base de datos,
constituido por 344 establecimientos de comercio, la cual no se encuentra
actualizada.Se considera necesario
que se emprendan actuaciones de tipo administrativo y legal a que haya
lugar, en primer lugar para actualizar
la base de datos y en segundo lugar para garantizar el ingreso de estos
recursos en forma oportuna. Lo anterior teniendo en cuenta que por
el desconocimiento de esta
información no se está causando en la cuenta de rentas por cobrar saldo
ajustado a la realidad.
Otros Deudores $264.286.470.28
Se registra bajo la denominación embargos judiciales la suma de
$158.190.097.59, de los cuales no se
suministró la información por tanto se conmina a la administración a
determinar con precisión a que
procesos corresponden las medidas cautelares, con el fin de realizar la
defensa técnica en forma oportuna y evitar lesionar el patrimonio de la
entidad.
Bienes de beneficio y uso
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Públicos $9.769.473.374.85 A la fecha queda pendiente por
depurar el 60% del saldo
($5.907.393.374.85), que equivale al 13% del total del activo, por lo que es
necesario levantar el inventario
valuado y detallado de los bienes que conforman la cuenta y actualizar el
saldo.
Cuentas por pagar acreedores
$210.203.396.00: La administración no suministró la
información correspondiente a los
pagos efectuados, por tanto no fue posible hacerle seguimiento al
cumplimiento de estas obligaciones.
Sistemas de Información:
Con respecto al movimiento y seguridad que ofrece el software a la
información presupuestal y contable,
es importante que se verifique su correcto funcionamiento de este, ya
que los funcionarios adscritos a esta
dependencia se vieron en la necesidad de oficiar a la Alcaldesa,
Secretaria de Hacienda y de Gobierno las deficiencias que se venían
presentando en la consolidación de la
información hasta el 3 de octubre de 2014.
Dichas deficiencias no solamente se precisan sobre la información que
arrojan los diferentes módulos sino también a las deficiencias en cuanto a
los equipos de cómputo, servidor y
equipos que garanticen que con los cortes esporádicos, momentáneos e
inesperados de luz no afecten la
veracidad de la información.
Conclusión: En nuestra opinión, los estados contables no presentan
razonablemente, en todos los
aspectos importantes, la situación financiera del municipio de San
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Francisco a 31 de diciembre de 2014, los resultados de sus operaciones y
los flujos de efectivo por el año que
terminó en esa fecha, de conformidad con las normas de contabilidad
expedidas por la Contaduría General
de la Nación. NEGATIVA
Por tanto se hace necesario que se incluyan en el plan de mejoramiento
para este proceso auditor cada una
de las observaciones que quedan plasmadas en la línea de auditoría a
los Estados Contables y que se siga
efectuando la sostenibilidad a la información contable, ya que a la
fecha queda pendiente por depurar el
60% ($5.907.393.374.85), del saldo de la cuenta bienes de beneficio y uso
público que equivale al 13% del total del activo, por lo que es necesario
levantar el inventario valuado y
detallado de los bienes que conforman la cuenta y actualizar el
saldo, además de subsanar las
observaciones de las demás cuentas que se dejaron observadas.
65
Retención en la Fuente: Refleja un
saldo pendiente de pago por valor de $108.668.269.00, que de conformidad
con la información suministrada
corresponde a obligaciones con saldo a favor de la DIAN por el no pago de
la retención en la fuente de los
periodos 3, 5, 8, 9, 10 y 11 de 2007. Deuda que según reporte de la DIAN
denominado “Consulta Obligación” asciende a $347.617.000, de los
cuales $44.341.000 corresponden a
las retenciones en la fuente y $303.276.000 a sanciones
independientes tributarias.
* Realizar pago por concepto
de retención en la fuente a la dirección de impuestos y
aduanas nacionales Dian.
* Utilizar los diferentes mecanismos para el pago de la
deuda.
Se cancelaron los períodos
3,5,8,9,10,11, por valor de $44.341.000 por concepto de
retención en la fuente, lo cual se
evidencia en los soportes entregados por la administración
municipal.
Quedando pendiente en lo
correspondiente al Hallazgo, la obligación por valor de $
303.276.000 por concepto de
sanciones independientes tributarias, para lo que la DIAN
requiere el 30% de cuota inicial y
un Acuerdo de Pago no mayor a seis (6) meses, lo cual no es
posible de cumplir por la
administración, quien se encuentra en el momento estudiando las
posibilidades y alternativas para
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N° DESCRIPCION DEL HALLAZGO ACTIVIDAD OBSERVACIONES
cubrir dicha obligación.
66
La comisión auditora determina que la administración viene adelantando
ante la FIDUPREVISORA la
cancelación de la cartera colectiva 9198, de la cual no ha logrado la
legalización definitiva de los recursos,
por lo que la administración municipal debe adelantar con urgencia las
acciones correspondientes hasta lograr en el menor tiempo posible la
liquidación y cierre de esta cartera
Realizar la liquidación de la Cartera ante la
FIDUPREVISORA y realizar la
gestión correspondiente hasta lograr la liquidación y cierre de
la misma
Dicha cartera 9198 corresponde al cobro del anticipo otorgado al
contratista YEBRAIL CADENA, por
incumplimiento en el contrato 024 de 2011 (Urgencia manifiesta por
emergencia Invernal) donde la
FIDUPREVISORA giro directamente al contratista que incumplió.
Se han adelantado las actuaciones jurídicamente legales, a través del
cobro coactivo, buscando el
embargo del contratista en bienes o cuentas bancarias, pero ha sido
imposible hasta el momento en
razón a que dicho contratista se declaró en Insolvencia.
Se concluye que las acciones y actividades generadas por la administración actual responsable de la depuración de las no conformidades y hallazgos del plan de
mejoramiento vigente, surtieron efecto sobre cincuenta y seis (56) de estos, quedando pendiente por implementar acciones y realizar actividades, que en algunos casos deben
ser reformuladas, para el logro y superación de los once (11) hallazgos pendientes de resolver.
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Los anteriores once (11) hallazgos se mantienen dentro del plan de mejoramiento depurado en razón a que no se han adelantado completamente las actividades y/o
acciones que eliminen o mitigan estos hallazgos. (HA23.D4)
Respuesta Sujeto de Control “…Se realizaran los seguimientos a los hallazgos vigentes y se presentaran los avances conforme a las circulares emitidas por la Contraloría de Cundinamarca…”
Conclusiones Contraloría de Cundinamarca
Se mantiene la Observación, la cual se convierte en Hallazgo de tipo administrativo para
ser incluido dentro del nuevo Plan de Mejoramiento resultante de la presente auditoría, hasta tanto no se desarrollen las actividades propuesta para eliminar las causas y efectos de estas no conformidades detectadas y no resueltas hasta la fecha.
Sobre el hallazgo No. 13 que corresponde a incapacidades dejadas de cobrar durante la
vigencia 2014 por la suma de $1.166.189,09,al realizar el seguimiento a las actividades establecidas por la administración municipal yal verificar las fechas de cada uno de los
pagos se observa lo siguiente:
Funcionario Periodo Incapacidad Días Valor pagado por
incapacidad Desde Hasta
Ramiro Daza Caicedo 05/08/2014 08/08/2014 4 $49.520,55
Ramiro Daza Caicedo 15/08/2014 19/09/2014 36 $841.849,42
Ramiro Daza Caicedo 19/09/2014 28/09/2014 10 $198.082,22
Flor Alba Castañeda 07/10/2014 09/10/2014 3 $19.184,22
Flor Alba Castañeda 11/10/2014 15/10/2014 5 $57.552.67
Total $1.166.189,08
De lo anterior se concluye que de acuerdo con elartículo 28 de la Ley 1438 del 19 de
enero de 2011 que establece “…Artículo 28. Prescripción del derecho a solicitar reembolso de prestaciones económicas. El derecho de los empleadores de solicitar a las Entidades Promotoras de Salud el reembolso del valor de las prestaciones económicas prescribe en el término de tres (3) años contados a partir de la fecha en que el empleador hizo el pago
correspondiente al trabajador…” la acción de cobro de estas incapacidades prescribieron en los meses de agosto, septiembre y octubre de 2017 respectivamente, al revisar por parte
del grupo auditor no se evidencia gestión de cobro algunapor parte de la administración municipal que permitiera recuperar estos dineros, por lo cual esto se consolida un
presunto detrimento al patrimonio del Municipio.
Respuesta Sujeto de Control
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“…Se realizaran los seguimientos a los hallazgos vigentes y se presentaran los avances conforme a las circulares emitidas por la Contraloría de Cundinamarca.…”
Conclusiones Contraloría de Cundinamarca
Aunque la presente respuesta no desvirtúa el hallazgo, posteriormente la administración municipal allega mediante correo electrónico comprobante de ingreso No. 201800040 en
el cual consignan a la cuenta de Bancolombia 89253428504 la suma de $1.166.189 correspondiente al valor de las incapacidades dejadas de cobrar en las vigencias 2014 a
2017 por lo cual esta suma se cuenta como un beneficio de control fiscal, y el presente hallazgo se levanta de la tabla definitiva, teniendo en cuenta que ya se tiene uno en el
área administrativa que advierte sobre las debilidades en los controles para el recobro de incapacidades en general.
2. Auditoría Gubernamental con Enfoque Integral Modalidad Integral Vigencia
2014- INFORME TÉCNICO.
El Plan de Mejoramiento de la Auditoría citada se aprobó a través del radicado No
C17116700001 del 31 de enero de 2017, y el cual fue presentado a la Contraloría de Cundinamarca por el sujeto de control bajo el radicado No C 17105800002 de fecha 2 de
enero de 2017. Este Plan contiene siete (7) hallazgos, correspondientes a contratos de las vigencias 2014
(4), 2011 (1), 2013(1) y vigencia 2015 (1). Revisada las actividades propuestas por el ente auditado para mitigar y eliminar los riesgos correspondientes relacionados con la
falta de seguimiento a través de herramientas de verificación y control de las cantidades de obra frente a los valores cancelados , se evidenció que se cumplió con la
implementación de dicho formato que permite observar que la administración 2016-2019, esta efectivamente cumpliendo lo propuesto en las actividades programadas en el Plan de Mejoramiento de dicho Informe Técnico correspondiente a la Auditoría Integral Modalidad
Integral vigencia 2014, para los contratos de Obra Pública que esta Administración actual está adelantando en el municipio. Igualmente, se observa durante el proceso auditor que
en las carpetas de los contratos de Obra Pública se está cumpliendo con la inclusión, el registro de información para el seguimiento y control del proceso de ejecución del
contrato.
Razón por la cual, se procede al cierre de dicho plan de mejoramiento, dado que la administración cumple actualmente con las herramientas idóneas de seguimiento y
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control a los contratos de Obra Pública celebrados en el municipio de San Francisco, de acuerdo con la información documental incluida en los contratos de obra de la vigencia
2017.
3. Auditoría Gubernamental Modalidad Especial Atención a Quejas, Peticiones y
Denuncias, Revisión Formal de la Cuenta Vigencia 2015.
El Plan de Mejoramiento de la Auditoría citada se aprobó a través del radicado No
C17116700089 del 17 de marzo de 2017, y el cual fue presentado a la Contraloría de Cundinamarca por el sujeto de control bajo el radicado No C 15105800401 de fecha 20 de
febrero de 2017.
Este Plan contiene nueve (9) hallazgos, que una vez verificadas las acciones y actividades
implementadas por el sujeto de control se evidencia que ocho de estas acciones cumplieron con el cometido de mitigar y eliminar las causas fundamentales de los ocho
(8) hallazgos observados en el Plan de mejoramiento citado.
Sobre el hallazgo 9 que corresponde al caso de cobro contra el señor YIBRAYL HERNAN
CADENA LOZANO correspondiente al incumplimiento del Contrato 024 de 2011, en el presente plan de mejoramiento se plantearon actividades de capacitación direccionadas a procedimientos para declarar el incumplimiento contractual, los tramites ante
aseguradoras y hacer efectivas las clausulas penales del contrato de ejecución de pólizas, al realizar el seguimiento por parte de este grupo auditor se evidencia que las actividades
planteadas se realizaron, sin embargo estas no mitigaron la causa del hallazgo que en sí es el cobro coactivo del anticipó, aunado al hecho de que este hallazgo se mantiene en el
Plan de mejoramiento correspondiente a la Auditoría Gubernamental con Enfoque Integral Modalidad Integral vigencia 2014, se determina dar el presente plan por cerrado, ya que este hallazgo queda en el plan antes referido.
4. Auditoría Gubernamental Modalidad Especial NO Presencial, Vigencia 2013.
El Plan de Mejoramiento de la Auditoría citada se aprobó a través del radicado No C16116700193 del 9 de agosto de 2016, y el cual fue presentado a la Contraloría de
Cundinamarca por el sujeto de control bajo el radicado No C 16105801230 de fecha 28 de julio de 2016.
Este Plan contiene tres (3) hallazgos, relacionados con la presentación de la cuenta en SIA y un (1) hallazgo para los puntos de control (Concejo Municipal y Personería
Municipal) para la implementación del MECI en dichas entes municipales de control.
El ente municipal ha desarrollado las acciones y actividades focalizadas a eliminar los
errores de forma en la presentación de los formatos relacionados en los hallazgos del
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correspondiente plan de mejoramiento evaluado; observándose las evidencias del desarrollo de las actividades que generaron la eliminación de las no conformidades
detectadas dado que se cumplió con realizar de manera práctica el manejo correcto y preciso de la información a registrar en el SIA al cotejarse y verificarse previamente en el
sistema de información interno HASS la información para que esta corresponda a la real y correcta tanto en los registros del HASS como en los informes definitivos presentados por
las diferentes dependencias del municipio antes de ser radicadas y registradas en el aplicativo SIA.
En cuanto al tercer hallazgo, relacionado con la implementación del MECI en la Personería Municipal esta cumplió con su montaje, socialización e implementación; quedando
pendiente la implementación del mismo en el Concejo Municipal, el cual apropió recursos para el desarrollo del proyecto en la vigencia 2017, pero se incumplió con este propósito, observándose igualmente que para la vigencia 2018, dicho ente de control político
municipal no ha realizado gestiones de tipo administrativo y presupuestal para su puesta en acción y cumplimiento, por lo anterior el hallazgo permanece, y como único
responsable dicho ente de control político municipal.(HA24.D5)
No. DESCRIPCION DEL
HALLAZGO ESTRATEGIA ACTIVIDAD
PORCENTAJE DE CUMPLIMIENTO
MAYO 2018
OBSERVACIONES DE ACTIVIDADES
3
El Concejo y la
Personería del municipio de San
Francisco, no reflejan un
indicador de
madurez del Sistema de Control
Interno MECI
vigencia 2013 en la página web del
DAFP
CONCEJO: implementar el
sistema MECI,
conforme a la normativa legal
vigente. PERSONERIA :
ajustar e
implementar lo existente en el
MECI y adecuarlo
al decreto 943 de 2014
CONCEJO: Reportes oportunos al DAFP
en los que se evidencie los
avances realizados.
PERSONERIA: Obtención de
usuario y clave para
realizar los respectivos reportes
50%
HALLAZGO SOLO
APLICA PARA EL
CONCEJO MUNICIPAL.
Respuesta Sujeto de Control
“…Se realizaran los seguimientos a los hallazgos vigentes y se presentaran los avances conforme a las circulares emitidas por la Contraloría de Cundinamarca…”
Conclusiones Contraloría de Cundinamarca Se mantiene la Observación al punto de control CONSEJO MUNICIPAL, hasta tanto el
organismo no adelante, demuestre socialice y desarrolle la implementación del MECI en la
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Corporación Legislativa municipal; entre tanto, se mantiene como Hallazgo de tipo administrativo para Plan de Mejoramiento.
5. Auditoría Gubernamental Modalidad Integral, Vigencia 2014. JUNDEPORTES
El Plan de Mejoramiento de la Auditoría citada se aprobó a través del radicado No
C16116700033 del 7 de marzo de 2016, y el cual fue presentado a la Contraloría de Cundinamarca por el sujeto de control bajo el radicado No C 16105800356 de fecha 12 de
febrero de 2016.
Este Plan contiene diez y seis hallazgos (16), de los cuales están pendientes por resolver
los hallazgos #5, #12, #14 y #15.
N° DESCRIPCION DEL HALLAZGO ACTIVIDAD OBSERVACIONES
5
AREA ADMINISTRATIVA
Pagos de salud, pensión, ARL, CCF y
Parafiscales:
Con respecto a las transferencias, se tiene
que la Junta Municipal de Deportes no realizó los aportes correspondientes a salud,
pensión, ARP, CCF, parafiscales (SENA e
ICBF), durante la vigencia 2014, en los porcentajes establecidos por ley, en total la
deuda haciende a $53.800.000.
Normas infringidas: Parafiscales artículos 7 y
8 de la Ley 21 de 1982. Pensión artículo 17 de la Ley 100 de 1993. Salud artículo 161 de
la Ley 100 de 1993.
* Realizar un plan
desagregado de los pagos que debe realizar
la Junta de Deportes respecto a los
diferentes conceptos y
responsabilidades.
Verificado el Hallazgo se recibieron soportes de los pagos por concepto
de seguridad Social integral, y
Parafiscales correspondientes al período 2016-2018por parte de la
actual administración.
Sin embargo se encuentran
pendientes por pagar los aportes mencionados para el período 2012-
2015 correspondientes a los pagos
que por este concepto debió realizar la anterior administración
municipal
12
HALLAZGO # 12 AREA FINANCIERA
Presupuesto:
Ejecución de Ingresos y Gastos:
De acuerdo con la información suministrada
durante la vigencia 2014 la Junta de Deportes recaudo recursos por
$81.165.476.00, no obstante adquirió
* Se debe tener en
cuenta por pate de la tesorería los ajustes
presupuestales pertinentes al momento
de la ejecución del
mismo. * Realizar auditoría por
parte de control interno
El hallazgo se centra en que existe
una diferencia entre los compromisos y los recaudos de la
vigencia 2014, donde los compromisos son mayores a los
recaudos, por lo cual
presuntamente se atendieron compromisos sin existir recursos
para asumir obligaciones.
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compromisos por $81.506.695, con lo que se infiere que adquirió obligaciones sin respaldo
por valor de $341.219.00. es decir que no se
tienen en cuenta los lineamientos establecidos en el numeral 25 del artículo 48
de la Ley 732 de 2002.
verificando las ejecuciones
presupuestales
parciales
Se procedió a realizar la misma
operación para los años 2016 y
2017, utilizando la información reportada el SIA CONTRALORIA y
se encontró que esta diferencia
persiste para los dos años verificados, sin obtenerse una
respuesta clara de parte de la secretaria de Hacienda sobre el
resultado de este comportamiento
al comparar los recaudos frente a los compromisos adquiridos.
14
HALLAZGO # 14 EVALUACION A LOS
ESTADOS CONTABLES
Control Interno Contable La Junta de Deportes no suministró la
calificación correspondiente al sistema de
control interno contable; no cuenta con un software contable, ni contrata un contador,
por consiguiente se apoya en el Contador del Municipio, quien lleva la información y la
registra en software de su propiedad; lo que
ha llevado a que el secretario tesorero lleve en formato Excel el registro de cada una de
las operaciones que realiza la Junta,
generándose un alto riego en la veracidad de la información, en primer lugar por llevarla en
forma manual y en segundo lugar porque no se cuenta con la persona idónea que realice
los registros y consolide la contabilidad de la
Junta. No obstante lo anterior se procede a realizar análisis a la información
suministrada, pese a que esta no es
confiable. Notas a los Estados financieros
Los saldos reflejados en las notas a los estados financieros, difieren de los del
balance General, con lo que se concluye que
la información contable no es confiable. Depósitos en Instituciones Financieras:
Durante la vigencia 2014 a la única cuenta
bancaria que tienen la Junta, ingresaron recursos por valor de $76.400.451, no
obstante en el presupuesto se registran
recaudos por valor de $81.165.476.00, presentando diferencia de $4.765.025.
Deudores $1.868.410.40:
Solicitar un software
presupuestal que
permita llevar a cabo todas las operaciones
contables de una
manera veraz y confiable.
En cuanto a la información
financiera y contable que debe
registrarse en SIA CONTRALORIA se evidenció que para los años
2016 y 2017 esta información ha
sido registrada en su totalidad en el Balance General y el Estado de
Resultados(Pérdidas y Ganancias), frente a la calificación del Control
Interno Contable a través del CHIP
de la Contaduría de la Nación se observa que para la vigencia 2016
correspondió a 3.86 y para la
vigencia 2017 fue del 3.85.
Sin embargo aún se evidencian debilidades ya que la Junta no
cuenta con un software contable,
ni se contrata un Contador, por consiguiente la Junta sigue
apoyándose en la Contadora del
Municipio, quien lleva la información y la registra en un
software de su propiedad, esto hace que continúe el riesgo sobre
la veracidad de la información
contable y financiera, por lo cual el hallazgo se mantiene.
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N° DESCRIPCION DEL HALLAZGO ACTIVIDAD OBSERVACIONES
El saldo corresponde a descuentos no autorizados por comisiones y otros gastos
financieros, que en su mayoría proviene de
vigencias anteriores; sin embargo a la fecha no se han realizado los trámites pertinentes
para su recuperación.
Propiedad planta y equipo $ 5.956.195.80
El saldo reflejado en este rubro representa el
59% del total del activo, se registran los
bienes propiedad de la Junta que se limitan a Equipo de recreación y deporte, muebles y
enseres y equipo de comunicación y
cómputo. No se cuenta con un inventario valuado y detallado que sustente el registro
contable.
La depreciación se calcula con base en los registros de propiedad planta y equipo y se
utiliza el método de línea recta, cuenta que finaliza con saldo de $15.280.804.20,
concluyéndose que no existen controles ni
seguimiento a la información contable, pues el registro por depreciación supera en un
257% el valor de la propiedad planta y
equipo. El Saldo presenta Incertidumbre. CUENTAS POR PAGAR $12.639.919.40:
*Adquisición de bienes y servicios $0.00 La cuenta refleja saldo cero pese a que la
cuenta auxiliar 24010101 refleja saldo por
$3.206.000.00; cifra que no suma al total de las cuentas por pagar, concluyéndose que el
software presenta inconsistencias por tanto la
información no es confiable.
*Acreedores $11.499.309:
Durante la vigencia 2014 la Junta no liquido
ni pago retención en la fuente, pese a que contablemente la cuenta registra
movimientos, por lo que es importante que
se depure el saldo, se establezca su veracidad y se determine si se están
incumpliendo las obligaciones que la Junta tiene como Agente retenedor contempladas
en los artículos 375, 376 y 378 a 382 del
Estatuto Tributario.
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N° DESCRIPCION DEL HALLAZGO ACTIVIDAD OBSERVACIONES
Obligaciones laborales $ 7.684.802.82: El Tesorero de la Junta certifica que se
adeuda por concepto de cesantías e intereses
a las cesantías desde la vigencia 2012 a 2015 la suma de $7.000.000. Se hace necesario
ajustar los registros de las cuentas auxiliares
de tal forma que se imputen las cuentas correspondientes y con saldos ajustados a la
realidad. Presenta sobreestimación de $684.802.82
Ingresos $76.400.451.00
Comparados los saldos contables de ingreso
con los registros de la ejecución activa recaudo se establece una diferencia de
$4.765.025, toda vez que la ejecución
registra recaudos por $81.165.746.
Gastos $85.615.015.74
La Junta presenta como resultado del
ejercicio un déficit de $9.214.564.74.
CONCLUSIÓN:
Una vez realizado el análisis que se hizo en
forma selectiva a los rubros, cuentas y subcuentas que conforman el Balance
General, a través de la verificación de los
documentos soporte y a la información suministrada por los funcionarios
responsables del área, que dieron origen a
los diferentes registros, la comisión auditora se abstiene de emitir opinión sobre la
razonabilidad dela cifras reflejadas.
Lo anterior en virtud de que la cuenta de
propiedad planta representan el 59% del total del activo y presentan incertidumbre, ya
que no se cuenta con inventario valuado,
detallado e individualizado de los bienes propiedad de la junta que sustenten los
registros contables y que el saldo de depreciación supera en un 257% el valor de
la cuenta propiedad planta y equipo, además
de los ajustes que deben realizarse a los saldos de las demás cuentas que se dejaron
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N° DESCRIPCION DEL HALLAZGO ACTIVIDAD OBSERVACIONES
observadas en el cuerpo del informe. Por lo anterior se establece que la información
reflejada en el balance no es confiable.
15
HALLAZGO # 15 PAGO A COLSUBSIDIO:
Condición: La Junta de Deportes se vio
avocada a suscribir acuerdo de pago con la Caja de Compensación Familiar Colsubsidio el
23 de enero de 2015 por valor de
$2.242.500, correspondientes a los aportes adeudados por los periodos de diciembre de
2012 a noviembre de 2014, para lo cual se pactaron tres cuotas pagaderas el 20 de los
meses de febrero, marzo y abril de 2015.
Criterio: Se incumplió presuntamente el
artículo 7 de la Ley 21 de 1982, Refiere el
artículo 23 de la Ley 100 y 80 del Decreto 806 de 1998.
Causa: La junta no cuenta con flujo de
efectivo suficiente para dar cumplimiento a
estas obligaciones de tipo legal.
Efecto: Para el pago total de la deuda la
Junta tuvo que diligenciar por cada mes de retraso una planilla de pago y liquidar
interese por mora en el pago, los cuales ascendieron a $841.900, cifra que se
considera un posible detrimento al patrimonio
de la Junta, por lo que se dará traslados a la Dirección de Investigaciones de este Ente de
Control
Realizar un plan desagregado de los
pagos que debe realizar
la Junta de Deportes respecto a los
diferentes conceptos y
responsabilidades.
Se verificó y se certificó por la administración de JUNDEPORTES
que los pagos para la Caja de
Compensación de COLSUBSIDIO se realizaron de manera completa
para las vigencias 2016,2017 y lo
corrido de 2018.
En lo correspondiente al período Diciembre de 2012 a Noviembre de
2014 existe todavía una deuda de
aportes por este concepto, de la cual se realizó un Acuerdo de Pago
en tres (3) cuotas, lo cual no fue
posible de pagar hasta la fecha dado que JUNDEPORTES no cuenta
con el flujo de recursos que permitan poner al día dicha
obligación: Sin embargo la
administración manifiesta que se está haciendo el análisis de
recursos para el cumplimiento de
esta obligación con COLSUBSIDIO.
Se concluye que las acciones y actividades generadas por la administración actual
responsable de la depuración de las no conformidades y hallazgos del plan de mejoramiento vigente, surtieron efecto sobre doce (12) de estos, quedando pendiente por implementar acciones y realizar actividades, que en algunos casos deben ser
reformuladas, para el logro y superación de los cuatro (04) hallazgos pendientes de resolver.(HA25.D6)
Adicional a lo anterior, se evidencia que JUNDEPORTES del municipio de San Francisco, al
ser una entidad descentralizada que debe presentar un buen flujo de rendición de información a entes externos, no cuenta con una infraestructura de personal y
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suficientemente fuerte en lo administrativo, presupuestal y contable que la hagan sostenible y viable en el mediano plazo, por lo cual podría reconsiderarse su adhesión
como una dependencia o incluso adscrita a una secretaría municipal del orden municipal; actualmente la Entidad solo cuenta con un Director Ejecutivo y un pasante SENA los
cuales son insuficientes para atender los compromisos administrativos, de control interno e institucionales como ente descentralizado.
Respuesta Sujeto de Control
“…Se realizaran los seguimientos a los hallazgos vigentes y se presentaran los avances conforme a las circulares emitidas por la Contraloría de Cundinamarca…”
Conclusiones Contraloría de Cundinamarca Se mantiene la Observación para JUNDEPORTES del municipio de San Francisco, la cual
se convierte en Hallazgos de tipo administrativo dentro del nuevo Plan de Mejoramiento resultante de la presente auditoría, has tanto no se adelanten las actividades y acciones
que eliminen las causas y efectos del hallazgo pendiente de resolver.
6. Auditoría Gubernamental - Ambiental
Indicar el avance de cumplimiento de las acciones establecidas en el Plan de Mejoramiento con C 17114800094 del 07 de febrero de 2017 aprobado de forma por la Contraloría de Cundinamarca.
DESCRIPCIÓN DEL HALLAZGO CUMPLIMIENTO
Estado del EOT (Numeral 2.4.1.9)
50%
Analizada la información suministrada por el municipio en cuanto al estado del EOT, se puede establecer que este documento en la vigencia auditada no fue
actualizado, es de aclarar que este proceso es necesario para planear y realizar
inversiones en el territorio conforme a las necesidades del ambiente y la comunidad. Por tanto la Subdirección de Costos Ambientales realizará
seguimiento a las acciones que se realicen.
Manejo Aguas residuales (Numeral 2.6.1.1)
15% Analizada la información suministrada por el municipio en cuanto al manejo de vertimientos, se puede establecer que no se están realizando todas las acciones
para mitigar el daño causado por los vertimientos, por tanto se cumple
parcialmente con lo establecido en el Decreto 3930 de 2010.
PSMV (Numeral 2.6.1.3)
10%
Analizada la información suministrada en cuanto al estado actual del PSMV, se pudo evidenciar que sí se tiene el plan, sin embargo es indispensable que se
tomen todas las medidas para dar un mejor manejo a los vertimientos
producidos en el municipio, esto acorde a la realidad y los riesgos ambientales que se pueden generar en el municipio, en concordancia con las metas
propuestas en el PSMV y lo expuesto en la Resolución 1433 de 2004 Ministerio
de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial.
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La Administración municipal presenta los avances correspondientes a lo planteado en plan de mejoramiento vigencia 2016 PGA 2017, conforme a lo informado, se puede
establecer que de los 14 hallazgos 6 no han sido subsanados entre ellos lo referente a manejo residuos líquidos de la PBA, los avances en las metas planteadas en el PSMV, los
pagos por concepto de tasas retributivas, manejo de vertimientos y actualización de los instrumentos de planificación. (HA26.D7)
Respuesta Sujeto de Control “…Se realizaran los seguimientos a los hallazgos vigentes y se presentaran los avances conforme a las circulares emitidas por la Contraloría de Cundinamarca…”
Conclusiones Contraloría de Cundinamarca
Analizada la información suministrada por la administración municipal, se puede
establecer que la respuesta dada no desvirtúa la observación, por tanto se establece como un hallazgo administrativo para plan de mejoramiento.
Presentar el análisis al resultado generado por las acciones planteadas en el Plan de
Mejoramiento, determinando si con las mismas se mitigó o eliminó el riesgo que conllevó a la suscripción del mismo.
Conforme a lo infirmado por la administración municipal se puede concluir que los hallazgos encontrados no han sido totalmente subsanados debido a la falta de planeación
y de recursos para poder ejecutar las obras correspondientes, por tanto se entiende que esta situación debe superarse para cumplir con lo establecido en ley, disminuir la
afectación al ambiente y el recurso hídrico, esto con base en las problemáticas ambientales presentes en el territorio.
Pago tasas retributivas (Numeral 2.6.1.5)
10%
Analizada la información suministrada en cuanto a los pagos de tasas
retributivas, el grupo concluye que en la vigencia auditada La Administración
municipal no realizó dichos pagos, por tanto la Subdirección de Costos Ambientales realizará seguimiento hasta que se realicen lo pagos por concepto
de tasas retributivas.
Planta de beneficio animal (Numeral 2.6.1.6)
25%
Analizada la información suministrada por el municipio en cuanto al manejo de
vertimientos, se puede establecer que no se están realizando todas las acciones para mitigar el daño causado por los vertimientos en la PBA, por tanto la
Subdirección de Costos Ambientales realizará seguimiento a las acciones
correctivas que se realicen esto acorde a lo establecido en el Decreto 3930 de 2010.
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3.2.5 Evaluación a la Rendición de la Cuenta
Verificar que la cuenta rendida por el sujeto de control en la vigencia auditada, se ajusta a los requerimientos de la Resolución 097 del 29 de Enero de 2016 y sus resoluciones modificatorias o reglamentarias. Evaluar los documentos electrónicos, físicos y magnéticos que soporten la cuenta sobre la gestión financiera, operativa y de resultados de la entidad rendida.
La Contraloría de Cundinamarca a través de la Resolución No. 097 del 29 de enero de 2016, reglamentó la rendición de la cuenta utilizando el Sistema Integral de Auditoría SIA
y se comunica la información que deben presentar los sujetos de control. Para la vigencia 2017, el sujeto de control debe rendir a la Contraloría de Cundinamarca,
tres (3) modalidades de cuenta: la cuenta mensual, la cuenta mensual de la deuda pública y, la cuenta anual, en sus respectivas fechas de vencimiento.
En consecuencia a lo anterior se procede a realizar la revisión de la Rendición de la
Cuenta en dichas modalidades, determinándose los siguientes resultados: CUENTA MENSUAL VIGENCIA 2017
Se realizó el proceso de revisión de la Rendición de la Cuenta para la vigencia 2017,
tomando y consultando los registros de información en el aplicativo SIA Contraloría, y procediendo a la verificación de cumplimiento de términos y plazos para su presentación,
para los meses de presentación de información, así:
CUENTA
VIGENCIA 2017
VENCIMIENTO FECHA DE
RENDICIÓN ESTADO
MARZO ABRIL 5 DE 2017 ABRIL 5 DE 2017 CUMPLIÓ
DIEMBRE ENERO 4 DE 2018 ENERO 3 DE 2018 CUMPLIÓ
Fuente: SIA VIGENCIA 2017.
Los formatos a rendir para la Cuenta Mensual durante la vigencia 2017 fueron los siguientes:
FORMATO DENOMINACIÓN
F97_CDC Formatos anexos al formato F_99, los cuales se presentan en el mes
de marzo.
[F16_1A_CDC; F16_1BCDC;
Formatos: A. Vigencias Futuras; B .Regalías; C. SGP Alumbrado Público. Se deben presentar en el mes de diciembre.
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FORMATO DENOMINACIÓN
F16_1C.]
[F20_2_AGR]: Formato: Sobre información de fiducias, para control fiscal a los patrimonios autónomos, fondos cuenta y fideicomiso, el cual debe presentarse en el mes de diciembre.
[F98_CDC_ARG]: Formato 98. Información del Representante Legal con Anexos (4)
para registrar en el mes de diciembre.
RENDICIÓN DE LA CUENTA ANUAL VIGENCIA 2017
Según el reporte del aplicativo en lo referente a la cuenta anual el auditor verificó que
esta fue rendida en forma oportuna, cumpliendo los términos establecidos de la resolución No. 097 del 29 de enero de 2016, dado que la Cuenta Anual fue radicada en el SIA el día 20 de febrero de 2018, teniendo como plazo el día 20 de febrero según circular
CA 007del 16 de febrero de 2018.
Dentro de la revisión de la información de la Cuenta Anual para la vigencia 2017 registrada en el aplicativo SIA como 201713, se evidenció lo siguiente:
CUENTA
VIGENCIA
2017
VENCIMIENTO FECHA DE
RENDICIÓN ESTADO
CUENTA ANUAL
FEBRERO 20 de 2018 Según circular CA No
007 del 16 febrero de
2018
FEBRERO 20 DE
2018 CUMPLIÓ
Fuente: SIA VIGENCIA 2017.
RESULTADOS DE LA REVISÓN A LOS FORMATOS DE LA CUENTA ANUAL Y SUS ANEXOS
FORMATO_201713_F01_AGR.FMT: Corresponde al “Catálogo de Cuentas” el cual fue
debidamente presentado y sus cuatro anexos los cuales se encuentran firmados por la Contadora y el Representante Legal del municipio (Alcalde), así:
FORMATO_201713_F01_AGR_BALANCE GENERAL.PDF FORMATO_201713_F01_AGR_ESTADO DE ACTIVIDAD ECONOMICA Y SOCIAL.PDF
FORMATO_201713_F01_AGR_ESTADO DE CAMBIOS ENELPATRIMONIO.PDF
FORMATO_201713_F01_AGR_NOTAS A LOS ESTADOS FINANCIEROS y CONTABLES.PDF
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FORMATO_201713_F03_AGR.FMT: Se verificó la elaboración del formato donde se relaciona el total de las “Cuentas Bancarias”, su ubicación en diferentes entidades
financieras y los saldos de tesorería y extracto en libros para un total de 103 cuentas bancarias registradas en el aplicativo SIA.
FORMATO_201713_F04_AGR.FMT: Se evidenció el registro en SIA del formato
correspondiente a “Pólizas de Aseguramiento” con SEGUROS GENERALES SURA, SOLIDARIA y SURAMERICANA Compañía de Seguros, para un valor total asegurado por
$100.930.983,89. FORMATO_201713_F05A_AGR.FMT: Se verificó el diligenciamiento y registro en SIA
del formulario correspondiente denominado” Propiedad Planta y Equipo- Adquisiciones y Bajas”, donde se evidencian y registran adquisiciones por valor de $ 614.554.624, en
Parque Automotor para el municipio ( Compactador y Vehículo ODT327).
FORMATO_201713_F05B_AGR.FMT: Se observa que la información revisada presenta las entradas, salidas y saldos de inventario para este formato denominado” Propiedad Planta y Equipo- Inventario”, el cual se diligenció correctamente y se anexo pdf
confirmando la no existencia de bajas durante las vigencia.
FORMATO_201713_F06_AGR.FMT: Este formato corresponde a “Ejecución Presupuestal de Ingresos” el cual se encuentra debidamente diligenciado de manera
detallada, y en el cual se concluye que la ejecución presupuestal del municipio de SAN FRANCISCO para la vigencia 2017 se resume así: PRESUPUESTO DEFINITIVO
DE INGRESOS 2017
RECAUDOS 2017 % DE EJECUCIÓN DE INGRESOS
2017
$ 11.448.112.832 $ 11.011.670.225 92,03 %
Fuente: Aplicativo SIA 2017.
Se observa una buena eficiencia en el sistema de gestión de recaudo dada la cifra
obtenida. FORMATO_201713_F07_AGR.FMT: Este formato corresponde a “Ejecución
Presupuestal de Gastos” del municipio de SAN FRANCISCO para la vigencia 2017, del cual se concluye:
CONCEPTO
PRESUPUESTO
DEFINITIVO DE GASTOS 2017
RPC COMPROMISOS
OBLIGACIONES
PAGOS Y GIROS
VALOR $ 11.448.112.832 $ 9.860.526.157 $ 9.452.901.972 $9.253.337.477
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% de Ejecución
100% 85,83 % 82,57 % 80,83 %
Fuente: Aplicativo SIA 2017.
FORMATO_201713_F08A_AGR.FMT: Se evidencia el diligenciamiento del formato
denominado “Modificaciones al Presupuesto de Ingresos”, con sus actos administrativos modificatorios, reducciones, adiciones, créditos, contracréditos, aplazamientos y
desplazamientos en sus códigos presupuestales correspondientes.
FORMATO_201713_F08B_AGR.FMT: El formato denominado “Modificación al Presupuesto de Egresos”, se encuentra diligenciado en su totalidad con sus actos administrativos modificatorios, reducciones, adiciones, créditos, contracréditos,
aplazamientos y desplazamientos en sus Rubros presupuestales.
FORMATO_201713_F09_AGR.FMT: Se evidenció que el formato denominado “Ejecución de PAC de la Vigencia”, dicho formato presenta la planificación de pagos a
nivel mensual con su respectivo anexo F_201713_F09_AGR.PACVIGENCIA.XLS donde se detalla por concepto de gasto y fuente de recursos.
FORMATO_201713_F10_AGR.FMT: Este formato se encuentra debidamente diligenciado y corresponde a “Ejecución de Reserva Presupuestal” reportada en SEIS (6)
registros, detallado por concepto, código presupuestal, ítem, valor y pago de la misma durante la vigencia 2017. Igualmente, se evidencia el formato anexo
F_201713_F10_AGR.RSERVASPPTALES 2017.XLS donde se observa la relación de las mismas, y la misma muestra un valor constituido de $42.348.000 frente a unos pagos de
dicha Reserva Presupuestal por valor de $ 37.009.100. FORMATO_201713_F11_AGR.FMT: Se evidencia el diligenciamiento de este formato
denominado “Ejecución de Cuentas por Pagar”, donde se presenta el código presupuestal, la descripción, la cuenta por pagar, su valor y finalmente su pago , se evidencia que las
Cuentas por Pagar constituidas ascendían a la suma de $ 49.022.803 y las cuentas por pagar efectivamente canceladas fue de $49.022.803,en su totalidad.
FORMATO_201613_F12A_CDC.FMT: Se evidencia el diligenciamiento de este formato denominado “Convenios Interadministrativos” y el cual contiene la información de
Convenios Interadministrativos vigentes durante la gestión 2017, en el cual se registran ocho (8).
FORMATO_201713_F15A_AGR.FMT: Corresponde al Formato denominado
“Evaluación de Controversias Judiciales”, el cual fue diligenciado por el sujeto de control
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para un total de diez y nueve (19) procesos judiciales que reflejan una cuantía de $ 875.274.007.
FORMATO_201713_F15B_AGR.FMT: Corresponde al Formato denominado “Acciones
de Repetición” en el cual se registra formato F_15B_AGR_FMT. Con el registro de cinco (5) Acciones de Repetición por una cuantía de $ 95.787.470, contra los Ex Alcaldes:
Guillermo Martínez Duque y Ramón Moreno Cruz.
FORMATO_201713_F17A2_CDC.FMT: Se evidenció el diligenciamiento de este formato denominado “Distribución de Recursos Sector Salud SGP” el cual muestra la información contractual del sector salud.
FORMATO_201713_F17A3_CDC.FMT: Se evidenció el diligenciamiento de este
formulario denominado “Recurso Sector Salud SGP” con la información correspondiente al presupuesto apropiado y ejecutado de los ingresos por transferencias en el sector salud.
FORMATO_201713_F17B1_CDC.FMT: Se evidenció el diligenciamiento de este formulario denominado “Distribución de Recursos Sector Educación SGP” en blanco y con
anexo NO APLICA.
FORMATO_201613_F17B2_CDC.FMT: Se evidenció el diligenciamiento de este formulario denominado “Participación Recursos MEN SGP” con la información en blanco y
con anexo NO APLICA, de manera correcta. FORMATO_201713_F17B3_CDC.FMT: Se evidenció el diligenciamiento de este
formulario denominado “Cobertura Planta Cargos- Sector Educación” con la información en blanco, por lo cual el sujeto de control presentó el formato 201713_F17B3_CDC._NO
APLICA de manera correcta.
FORMATO_201713_F17C1_CDC.FMT: Se evidenció el diligenciamiento de este formulario denominado “Talento Humano- Funcionarios por Nivel SGP” con la información
en blanco, por lo cual el sujeto de control presentó el formato 201713_F17C1_CDC._NO APLICA de manera correcta.
FORMATO_201713_F17C2_CDC.FMT: Se evidenció el diligenciamiento de este formulario denominado “Talento Humano- Nombramientos SGP” con la información en
blanco, por lo cual el sujeto de control presentó el formato 201713_F17C2_CDC._NO APLICA de manera correcta.
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FORMATO_201713_F17C3_CDC.FMT: Se evidenció el diligenciamiento de este formulario denominado “Talento Humano-Pagos por Nivel SGP”, y donde también se
evidencia que según el formato anexo F_201713_F17C3_CDC_NO APLICA pdf.
FORMATO_201713_F20_1A_AGR.FMT: Se evidenció el diligenciamiento de este Formato conocido como el formulario A: “Acciones de Control a la Contratación de
Sujetos”, donde se registraron 176 contratos por un valor total de $ 3.526.092.546, y que al sumar las adiciones se alcanza la cifra de $ $3.637.618.820, distribuidos de la siguiente
forma: Contratos vigencia 2017 por Modalidad de Contratación
MODALIDAD CANTIDAD PARTICIPACIÓN
% VALOR TOTAL
CONTRATACIÓN $ PUBLICACIÓN
SECOP
Contratación
Directa. 108 33,9 1.205.138.417 SI
Licitación Pública 3 20,4 724.256.558 SI
Mínima Cuantía 57 21,7 771.105.877 SI
Selección
Abreviada 8 24,0 852.856.818 SI
TOTAL 176 100,0 3.553.357.670 * SI
Fuente: Aplicativo SIA 2017
*sin incluir adiciones
FORMATO_201713_F20_1B_AGR.FMT: Se evidenció el diligenciamiento de este Formato conocido como el formulario B “Acciones de Control”, donde se registran adiciones, Prórrogas, Liquidaciones y terminación de contratos. Se evidenciaron un total
de recursos adicionados por valor de $ 84.261.150.
FORMATO_201713_F20_1C_AGR.FMT: Se diligenció el correspondiente formato de contratación con Consorcios y/o Uniones Temporales, evidenciándose una UNIÓN
TEMPORAL llamada Unión Temporal LA ESPERANZA ejecutando el contrato # 140
FORMATO_201713_F22_CDC.FMT: Se observa que se realizó el correcto diligenciamiento del formato denominado “Listado de Concejales Activos del Periodo y Funcionarios adscritos al Concejo”.
FORMATO_201713_F23_CDC.FMT: Se observa que se realizó el correcto
diligenciamiento del formato denominado “Listado del Personero y Funcionarios adscritos a esta dependencia.”.
FORMATO_201713_F99.FMT: Este formato es llamado “Anexos Adicionales a la Cuenta”, se observa que se registró de manera correcta con los anexos respectivos, así:
Manual de Contratación expedido por Decreto 025 del 23 mayo de 2014.
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Mapa de Riesgo Institucional evaluado vigencia 2017
Plan anual de adquisiciones y su ejecución Plan operativo anual de inversiones 2017
No se observaron los siguientes formatos anexos:
Indicadores de Gestión Plan de acción y su ejecución
Lo anterior da lugar a una Observación de carácter administrativo (HA27)
RENDICIÓN DE LA CUENTA 201726 DEUDA PÚBLICA VIGENCIA 2017
Teniendo en cuenta que: “ LaResolución 097 del 29 de enero de 2016 proferida por la Contraloría de Cundinamarca, obliga a los sujetos de control a reportar un informe mensual que contenga el movimiento de los desembolsos, las amortizaciones y los saldos de la deuda, intereses, comisiones y demás operaciones relacionadas con la Deuda Pública Interna y Externa”.
Dicha rendición se conoce como la Cuenta 201726 por medio de la cual se consolida la información de DEUDA PÚBLICA, así:
CUENTA
VIGENCIA
2017
VENCIMIENTO FECHA DE RENDICIÓN ESTADO
ENERO ENERO 31 DE 2017 MARZO 2 DE 2017 EXTEMPORANÉA
FEBRERO FEBRERO 28 DE 2017 FEBRERO 28 DE 2017 CUMPLIÓ
MARZO MARZO 31 DE 2017 MARZO 31 DE 2017 CUMPLIO
ABRIL ABRIL 28 DE 2017 ABRIL 28 DE 2017 CUMPLIÓ
MAYO MAYO 31 DE 2017 MAYO 31 DE 2017 CUMPLIÓ
JUNIO JUNIO 30 DE 2017 JUNIO 30 DE 2017 CUMPLIÓ
JULIO JULIO 31 DE 2017 JULIO 31 DE 2017 CUMPLIÓ
AGOSTO AGOSTO 31DE 2017 AGOSTO 29 DE 2017 CUMPLIÓ
SEPTIEMBRE SEPTIEMBRE 29 DE 2017 SEPTIEMBRE 28 DE 2017 CUMPLIÓ
OCTUBRE OCTUBRE 31 DE 2017 OCTUBRE 30 DE 2017 CUMPLIÓ
NOVIEMBRE NOVIEMBRE 30 DE 2017 NOVIEMBRE 30 DE 2017 CUMPLIÓ
DICIEMBRE DICIEMBRE 29 DE 2017 DICIEMBRE 18 DE 2017 CUMPLIÓ
Fuente: SIA VIGENCIA 2017.
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Se evidenció que la cuenta de Deuda Pública para el mes de Enero de 2017 se realizó de manera EXTEMPORANEA, dado que fue registrada en el aplicativo SIA el día 2 de marzo
de 2017, teniendo como vencimiento el 31 de enero de 2017; se observa que a través de la Habilitación No. 074-2017 emitida por la Contraloría Auxiliar de Cundinamarca, la
misma fue declarada EXTEMPORÁNEA toda vez que debió ser solicitada la habilitación de prórroga , como mínimo cinco (5) días hábiles antes del vencimiento , es decir el 25 de
enero, y lo correspondiente no se solicitó sino hasta el 10 de febrero de 2017; sin embargo la situación anterior no obstruyó el proceso auditor que se realizó por esta
comisión de auditoría.
Igualmente, se evidenció que el municipio no contaba para la vigencia con Servicio de
DEUDA INTERNA y/o EXTERNA, por lo cual durante todos los 12 (doce) meses de la vigencia el sujeto de control diligenció de forma correcta el Formato_F18_1_CDC.NO APLICA.JPG.
Validar la consistencia de la información reportada en el aplicativo SIA CONTRALORÍA y SIA OBSERVA frente a los documentos que la soportan, emitiendo el respectivo concepto sobre su razonabilidad.
Sobre los formatos rendidos en la cuenta 201713 a través del aplicativo SIA CONTRALORÍAS y la confrontación con los documentos allegados durante la ejecución del
presente proceso auditor se observa lo siguiente:
Área de Contratación
Formato F20_1A Contratación Sujetos de Control: Al revisar la información registrada en el presente formato rendido a través del aplicativo SIA CONTRALORÍA no se evidencia el reporte de la contratación realizada por el Concejo Municipal y por la
Personería Municipal, con relación a lo registrado en el SIA OBSERVA se evidencia la inclusión de los contratos de la Personería sin embargo los del Concejo Municipal no se
reportan en ninguno de los dos aplicativos, por lo cual se presentan diferencias entre el SIA OBSERVA, SIA CONTRALORÍAS y lo reportado durante la ejecución del proceso
auditor.(HA27) Respuesta Sujeto de Control
“…Se realizara la rendición de los respectivos informes dentro de los plazos establecidos y se solicitara la información al concejo y la personería con anticipación…”
Conclusiones Contraloría de Cundinamarca
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Se mantiene la Observación, la cual se convierte en Hallazgo de tipo administrativo para Plan de Mejoramiento resultante de la presente Auditoría, en lo relacionado con los dos
(2) formatos que presentan no conformidad en su presentación en el aplicativo SIA.
3.2.6 Evaluación al Sistema de Control Interno de la Entidad
Revisar que el Comité de Control Interno esté conformado mediante acto administrativo y funcione conforme al mismo.
Mediante resolución administrativa 069 del 01 de junio de 2013 la administración
municipal del San Francisco creó y reglamentó el Comité de Coordinación del Sistema de Control Interno, en el cual establece sus funciones, integrantes y periodicidad de reuniones, entre otros.
Para la vigencia 2017 el Comité se reunió en cuatro ocasiones cumpliendo así con el
artículo cuarto de la resolución en mención, las reuniones se realizaron el 15 de marzo, 22 de junio, 10 de agosto y 07 de diciembre de 2017, al analizar el contenido de las actas de
comité se observa lo siguiente: En la primera reunión realizada el 15 de marzo de 2017 se acordó realizar seis reuniones
durante la vigencia las cuales quedaron programadas así; primera el 15 de marzo, la segunda el 13 de mayo, la tercera el 22 de junio, la cuarta el 10 de agosto, la quinta el 12
de octubre y la sexta el 07 de diciembre, no obstante se dio cumplimiento solo a cuatro sesiones de las cuales las últimas tres no corresponden a las fechas previamente
establecidas, adicionalmente en el contenido las reuniones realizadas no se hace mención a la modificación de fechas sobre estas sesiones.
Entre los temas tratados en las sesiones del Comité, se exponen los resultados de las auditorías internas realizadas durante la vigencia, sobre esto se puede concluir, en sesión
del 15 de marzo de la vigencia se aprueba el cronograma de auditorías a ejecutarlas cuales corresponden a los procesos de; Despacho del Alcalde, Gestión Documental y
Archivo, Almacén Municipal, Secretaría General y de Gobierno, y Secretaría de Hacienda; durante las siguientes sesiones del Comité se exponen los resultados de las primeras
auditorías realizadas sin embargo en la sesión del 07 de diciembre se informa que no fue posible realizar la auditorías a los dos últimos procesos programados los cuales corresponden a temas como Contratación Estatal, Administración del Talento Humano,
Presupuesto, Tesorería y Estados Contables.
De lo anterior se concluye que el comité de coordinación se encuentra vigente y en las reuniones se tratan temas relacionados con el Sistema de Control Interno, resulta
importante que se deje constancia de los cambios realizados a las fechas establecidas ya
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que si bien se ciñen a la cantidad de reuniones establecidas en el acto administrativo que lo regula, es substancial que lo planeado se cumpla, por otra parte se requiere de mayor
participación de los integrantes del comité en el sentido de establecer políticas para fortalecer el sistema.
Gestión Oficina de Control Interno
Sobre la gestión realizada por la Oficina de Control Interno o quien tenga asignadas estas
funciones es de aclarar que la administración municipal dentro de su estructura organizacional no cuenta con Oficina de Control Interno, estas funciones están en cabeza de la Secretaría de Gobierno, por lo cual para la vigencia auditada se suscribió el contrato
de prestación de servicios profesionales No. 039 de 2017 cuyo objeto es “Prestación de servicios profesionales para asesorar y/o apoyar a la dependencia encargada de ejercer las funciones de control interno en el municipio de San Francisco de Sales” por un término de seis meses desde el mes de febrero de 2017 y posterior se suscribió el contrato de
prestación de servicios profesionales No. 136 de 2017 a partir del mes de agosto con el mismo objeto contractual, estos con el fin de asesorar y apoyar las funciones esta oficina durante toda la vigencia 2017.
Sobre las funciones e informes que debe cumplir y elaborar las Oficinas de Control
Interno o quien ejerza sus funciones, la administración municipal de San Francisco realizó la siguiente gestión:
Auditorías Internas
Durante la vigencia 2017 en Comité de Coordinación de Control Interno fue aprobado el
Plan de Auditorías Internas para la vigencia en el cual se programaron 05 auditorías a los siguientes procesos; Despacho del Alcalde, Gestión Documental y Archivo, Almacén
Municipal, Secretaría General y de Gobierno, y Secretaría de Hacienda, de los informes generados se observan las siguientes auditorías realizadas; Proceso Despacho del Alcalde;
en este se relacionan debilidades en el control de correspondencia (Consecutivos diferentes entre oficinas) del Despacho,en las notificaciones de los actos administrativos, en conclusión se generaron 05 hallazgos, para la auditoría realizada al proceso de Gestión
Documental y Archivo se determinaron 8 hallazgos entre los que se encuentran debilidades en el Sistema de Archivo, funcionamiento del Comité de archivo entre otros y
por último se tiene informe de auditoría al proceso de Almacén Municipal en este se encuentran debilidades en la actualización del inventario, la implementación de un
sistema que facilite su control, no funcionamiento del Comité de bajas entre otras, de este se generaron 5 hallazgos, es de anotar que de estas auditorías se tienen los planes de mejoramiento internos debidamente suscritos.
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Para el caso de los dos procesos restantes por auditar (Secretaría General y de Gobierno,
y Secretaría de Hacienda) no fue posible realizar las auditorías por tiempo, sin embargo es importante que se dé prioridad a estos procesos los cuales son los que manejan los
recursos públicos de la Entidad, así como incluir los demás procesos con el fin de tener un diagnostico confiable de la gestión de la Alcaldía.
Informe Pormenorizado del Estado de Control Interno
Sobre la elaboración de estos informes la administración municipal allega a esta comisión
auditora los tres informes correspondientes a la vigencia 2017, en su contenido a través de la vigencia informan sobre avances en la actualización de indicadores de gestión,
políticas, manuales y procedimientos, manifiestan el compromiso de la alta dirección, el avance de las auditorías internas y el seguimiento sobre el cumplimiento de los planes de mejoramiento a entes externos.
Es de aclarar que la administración municipal inicio un proceso de rediseño institucional
que conlleva la actualización de los procesos, procedimientos, indicadores de gestión, mapas de riesgos y las diferentes políticas que deben tener para el adecuado
funcionamiento del Sistema de Control Interno.
En cuanto a su publicación La Ley 1474 de 2011 en su artículo 9, establece “…El jefe de la Unidad de la Oficina de Control Interno deberá publicar cada cuatro (4) meses en la página web de la entidad, un informe pormenorizado del estado del control interno de dicha entidad…” al verificar la página web del municipio se evidencia la publicación de estos.
Plan Anticorrupción y de Atención al Ciudadano
La administración municipal en link http://sanfrancisco-cundinamarca.gov.co/apc-aa-files tiene el plan anticorrupción publicado, al evaluarlo se analizarlo se observa las estrategias
que va a llevar a cabo con el fin de mitigar los hechos de corrupción y el procedimiento para garantizar una efectiva atención al ciudadano, por último cuenta con mecanismos
establecidos para realizar el seguimiento y monitoreo de cada una de estas estrategias.
Con el fin de verificar el cumplimiento a lo establecido en la Ley 1474 de 2011 artículo 73, Decreto 1081 de 2015 modificado por el Decreto 124 de enero 26 de 2016, artículo 1 que indica “artículo 2.1.4.6. Mecanismos de seguimiento al cumplimiento y Monitoreo y
artículo 2.1.4.8 Publicación del Plan Anticorrupción y de Atención al Ciudadano y Mapa de riesgos de corrupción”, se observa la evaluación sobre la atención a los usuarios en
condiciones de discapacidad, buscando facilitar el acceso a los servicios para la
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comunidad en general así como para los ciudadanos en condiciones especiales o de discapacidad, también se realizó seguimiento a las acciones tendientes facilitar el acceso
de la comunidad a la información por medios diferentes al presencial, como lo son los mecanismos tecnológicos, audiovisuales y telefónicos con el fin de facilitar los trámites,
servicios y PDQ´s.
Por último debido a que la administración municipal durante la vigencia 2017 inicio el proceso de rediseño institucional en el cual ha actualizado algunas herramientas de
gestión, es importante tener en cuenta temas como Austeridad del Gasto (Decreto 1737 del 21 de agosto de 2998 articulo 2) y establecimiento de procesos, procedimientos, mapa de riesgo, entre otras herramientas que permitan hacer seguimiento a la gestión de
la Entidad.
Verificar que la entidad cuente con los mapas de riesgos institucional y de corrupción y se valore la efectividad de los controles.
Al evaluar la vigencia 2017 la administración municipal allega mapa de riesgos de 2009 el
cual se encuentra desactualizado y no cuenta con el seguimiento a los controles establecidos, al momento de requerirlos, la administración mediante oficio S.G.04.280/2018 del 07 de mayo de 2018 manifiesta “…Se informa que el mapa de riesgos vigente para la vigencia 2017 es el documento que fue entregado y no se encuentra actualizado puesto que la Administración Municipal viene realizando procesos de actualización en varias herramientas de gestión, partiendo de un rediseño institucional contratado y ejecutado en su totalidad en la vigencia 2017, fueron adoptados los actos administrativos 063 de 2017 Por medio del cual se establecer la estructura de la administración municipal de San Francisco Cundinamarca y se definen las funciones de sus dependencias, 064 de 2017 por el cual se establece la planta de personal de la alcaldía de San Francisco Cundinamarca y 065 de 2017 por el cual se establece y se ajusta el manual de funciones, requisitos mínimos y competencias laborales para los empleados de la planta de personal del municipio de San Francisco Cundinamarca, dichos actos administrativos se encuentran expedidos pero no se encuentran implementadas las herramientas, debido a que por concepto del Departamento Administrativo de la Función Pública deben entrar en vigencia una vez culmine establecido por la Ley de Garantías, posterior a esto la entidad actualizará otras herramientas como lo son el manual de procesos y procedimientos y mapa de riesgos de la Entidad
para los procesos actualizados…” por lo anterior se concluye que la administración no cuenta
con esta herramienta fundamental para el seguimiento a los posibles riesgos que puede enfrentar la actuación administrativa y así prevenir o mitigar los sucesos. (HA28)
Respuesta Sujeto de Control
“…La administración Municipal realizara la actualización del mapa de riesgos de la entidad…”
Conclusiones Contraloría de Cundinamarca
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Teniendo en cuenta que la respuesta no controvierte lo observado, la presente se mantiene con connotación administrativa.
Confrontar la evaluación del MECI ante el DAFP con el resultado del proceso auditor. Para la vigencia 2017 el Departamento Administrativo de la Función Pública estableció que
el diligenciamiento de la encuesta MECI se realizaría a través del formulario FURAG en el mes de noviembre de 2017, se observa diligencia del formulario en line dentro del plazo
establecido por el Departamento, sin embargo a la fecha no se cuentan con resultados que permitan identificar el resultado de evaluación alguna sobre el MECI.
Sin embargo, al analizar mencionado formulario,el cual está diseñado de acuerdo al Modelo Integrado de Planeación y Gestión, se pueden evidenciar debilidades en algunos
aspectos como;
1. Direccionamiento y Planeación: La Entidad no realiza medición del desempeño
de periodos y de grupos de valor anteriores, no cuenta con una política de administración de riesgos.
2. Gestión con Valores: Las instalaciones de la administración municipal no son
suficientes para cumplir con sus planes, proyectos y programas, no utiliza las
herramientas que ofrece la Agencia de Contratación Colombia Compra para realizar adquisición de elementos de manera más eficiente como la tienda virtual o
los acuerdos marco de precio, no ha adelanta los comités de depuración contable, no cuenta con encuesta de satisfacción del ciudadano, no realiza seguimiento al
tiempo de respuesta de una petición que realiza el ciudadano, cuenta con debilidades en la política de gobierno en línea, no se encuentra actualizada
tecnológicamente, no cuenta con una política de seguridad y privacidad de la información.
3. Evaluación de Resultados:El equipo directivo no hace seguimiento a los indicadores de gestión institucional y los indicadores de ejecución presupuestal no
son consistentes con el cumplimiento de los resultados.
4. Talento Humano: Se observan debilidades en la Política de Talento Humano, sin embargo estos factores son ajenos a la administración municipal.
5. Gestión del Conocimiento: No cuenta con un equipo de análisis de datos.
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6. Información y Comunicación: No cuenta con Comité Interno de archivo, las tablas de retención documental no se encuentran actualizadas, no cuenta con un
sistema de gestión de documentos electrónicos.
7. Control Interno: Debilidades en la administración de riesgos.
De lo anterior se puede concluir que aunque no hay una evaluación, lo reportado por la Entidad da cuenta de lo encontrado en el presente proceso de auditoría, la administración
cuentan con diversas debilidades en cada uno de los componentes de Modelo Integrado de Planeación y Gestión, por lo cual debe trabajar por ser subsanadas.
Verificar las acciones adelantadas por la Oficina de Control Interno respecto al
cumplimiento del Plan de Mejoramiento aprobado de forma por la Contraloría de Cundinamarca.
Con relación al seguimiento que realiza la Oficina de Control Interno sobre los planes de mejoramiento suscritos con la Contraloría de Cundinamarca, como se mencionó
anteriormente teniendo en cuenta que la administración municipal no cuenta con OCI, se realizó la contratación de un profesional quien tiene a cargo la función de realizar seguimiento y presentar los avances ante este Ente de Control.
Al realizar el seguimiento por parte del grupo auditor y como lo denota las observaciones
levantadas aunque no se superaron todos los hallazgos encontrados en las auditorías anteriores la administración municipal gestionó con el fin de lograr el cumplimiento que
en muchos casos depende de terceros ajenos a la Entidad, sin embargo es importante tener en cuenta que en algunas excepciones los hallazgos se siguen presentado por lo cual se deben implementar estrategias para que esto no se presente.
3.2.7 Evaluación a los Planes, Programas, Objetivos Misionales, etc.
Evaluar y conceptuar sobre el esfuerzo fiscal del sujeto auditado. Las cifras analizadas correspondientes al comparativo de las vigencias 2017-2016 nos
muestran el siguiente comportamiento de los gastos de funcionamiento del municipio, así:
GASTOS VIGENCIA 2017-2016
CONCEPTO VALOR 2017 VALOR 2016 VARIACIÓN %
GASTOS DE FUNCIONAMIENTO RPC
1.633.582.325 1.400.683.570 16,6
GASTOS DE PERSONAL 1.099.299.482 784.236.166 40,17 Administración Central $877.168.058 $596.871.504 46,9
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CONCEPTO VALOR 2017 VALOR 2016 VARIACIÓN % Concejo Municipal $117.275.091 $ 95.804.493 22,4
Personería $104.856.333 $ 91.560.169 14,5
GASTOS GENERALES 317.364.360 279.192.070 13,6 Administración Central $304.925.831 $265.684.966 14,7
Concejo Municipal $ 10.208.529 $ 8.662.224 17,8
Personería $ 2.230.000 $ 4.844.880 - 46,02
TRANSFERENCIAS 216.918.483 337.255.334 - 64,3 Administración Central $216.918.483 $337.255.334 - 64,3
Concejo Municipal 0 0 0
Personería 0 0 0
Fuente: Ejecuciones presupuestales del municipio 2016- 2017
Al comparar las vigencias 2016 y 2017 se evidencia un crecimiento de los Gastos de
personal en un 40,17% indicando que no se presentó una austeridad en la contratación de personal en la modalidad de prestación de servicios personales, causado
principalmente en el rubro presupuestal de honorarios donde se evidencia un aumento del 65,05%, al pasar de $ 75.512.000 a $124.640.000 por concepto de prestación de servicios profesionales.
Se puede evidenciar que sin embargo un crecimiento de 40,17 % en gastos de personal
es relativamente alto, dado que el crecimiento de nómina es en promedio del 9%, y si se conserva el principio de racionalización del gasto podría destinarse más recursos de ICLD
a la inversión social que a los gastos por concepto de honorarios que alcanzaron el 65% por prestación de servicios profesionales por el rubro de honorarios.
Sin embargo, al analizar el cumplimiento de la ley 617 de 2000 con respecto a la proporción del gasto de funcionamiento con respecto a los ICLD, se observa que el
municipio cumple con lo previsto en la ley, así:
ITEM DETALLE GASTOS DE PERSONAL VIGENCIA 2017 VALOR EJECUCION
1 GASTOS DE PERSONAL CONCEJO MUNICIPAL $ 117,275,091
2 GASTOS DE PERSONAL PERSONERIA MUNICIPAL $ 104,856,333
3 GASTOS DE PERSONAL ADMINISTRACION CENTRAL $ 877,168,058
TOTAL GASTOS DE PERSONAL VIGENCIA 2017 $ 1,099,299,482
ITEM DETALLE GASTOS GENERALES VIGENCIA 2017 VALOR EJECUCION
1 GASTOS GENERALES CONCEJO MUNIIPAL $ 10,208,529
2 GASTOS GENERALES PERSONERIA MUNICIPAL $ 2,230,000
3 GASTOS GENERALES ADMINISTRACION CENTRAL $ 304,925,831.5
TOTAL GASTOS GENERALES VIGENCIA 2017 $ 317,364,361
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ITEM DETALLE GASTOS DE PERSONAL VIGENCIA 2017 VALOR EJECUCION
TOTAL GASTOS DE FUNCIONAMIENTO VIGENCIA 2017 $ 1,416,663,842.5
ITEM DETALLE I.C.L.D. VIGENCIA 2017 VALOR EJECUCION
1 IMPUESTO PREDIAL UNIFICADO $ 924,985,662
2 IMPUESTO DE INDUSTRIA Y COMERCIO $ 243,006,843
3 AVISOS Y TABLEROS $ 12,629,335
4 PUBLICIDAD EXTERIOR VISUAL $ 2,873,580
5 IMPUESTO DE DELINEACIÓN $ 74,536,928
6 SOBRETASA A LA GASOLINA $ 380,742,000
7 EXPEDICIÓN DE CONSTANCIAS, CERTIFICACIONES $ 13,312,447
8 GUIAS Y MOVILIZACIÓN DE GANADO $ 7,500
9 INTERESES MORATORIOS $ 106,693,915
10 PLAZA DE MERCADO $ 1,130,000
11 MATADERO $ 52,882,564
12 ARRENDAMIENTO DE BIENES INMUEBLES $ 23,126,719
13 SGP: LIBRE DESTINACIÓN DE PARTICIPACIÓN DE PROPÓSITO
GENERAL MUNICIPIOS CATEGORÍAS 4, 5 Y 6 $ 691,609,878
14 VEHÍCULOS AUTOMOTORES $ 9,210,783
15 DEGUELLO DE GANADO MAYOR $ 26,137,750
16 OTROS IMPUESTOS MUNICIPALES $ 6,273,522
TOTALI.C.L.D VIGENCIA 2017 $ 2,562,885,904
Por lo cual se analiza, que al comparar los recaudos por ingresos corrientes de libre
destinación para la vigencia 2017, estos alcanzaron la suma de $ 2.562.885.904 mientras que los gastos por concepto de gastos de personal y gastos generales alcanzaron la suma
de $ 1.416.663.842, estos representan el 55,0%, dando cumplimiento al indicador de ley 617 de 2000, en su artículo 6 el cual indica que el “Valor máximo de los gastos de funcionamiento de los distritos y municipios. Durante cada vigencia fiscal los gastos de funcionamiento de los distritos y municipios no podrán superar como proporción de sus ingresos corrientes de libre destinación”, caso para el cual corresponde como límite hasta
el 80% de gastos de funcionamiento en relación a los I.C.L.D, para los municipios de cuarta, quinta y sexta categoría, como es el caso del municipio de San francisco que se
ubica como sexta categoría, en el cual se evidencia el cumplimiento del indicador de racionalización del gasto público.
Siendo así se concluye, que el comportamiento del recaudo de los ingresos corrientes de libre destinación es positivo ya que ellos garantizan la financiación de los gastos de
funcionamiento de la entidad territorial, observándose también que existe un margen
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amplio entre los mismos con respecto al límite que pudiese generar algún tipo de alerta en este sentido.
Verificar el acto administrativo mediante el cual se adopta el Plan de Desarrollo
vigencia 2016-2019.
Se verificó la existencia del Acuerdo Municipal No. 012 de 2016 (Mayo 31 de 2016) “POR MEDIO DEL CUAL SE ADOPTA EL PLAN DE DESARROLLO “SUMATE AL CAMBIO 2016 –
2019” DEL MUNICIPIO DE SAN FRANCISCO CUNDINAMARCA.
Dicho plan de desarrollo municipal “SUMATE AL CAMBIO” está basado en cinco (5) líneas estructurales, así:
Eje Social: - Educación
- Salud - Grupos Vulnerable
Eje de Desarrollo Rural y Medio Ambiente: - Desarrollo Rural
- Desarrollo Económico - Medio Ambiente
- Agua Potable y Saneamiento Básico - Gestión de Riesgo
Eje Escenarios Constructores de Paz - Infraestructura Vial
- Vivienda y Hábitat - Escenarios constructores de Paz
- Ordenamiento Territorial
Eje Seguridad y Convivencia Ciudadana - Justicia de Paz y Convivencia
- Acción Comunal - Víctimas del Conflicto Armado - Modernización Administrativa
Verificar la inclusión de obras inconclusas dentro del Plan de Desarrollo, en
concordancia con el literal f artículo 3 de la Ley 152 de 1994.
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De acuerdo con información suministrada por la oficina de Planeación no se incluyeron Obras Inconclusas dentro del Plan de Desarrollo, luego de realizar el análisis respectivo
por parte de este Ente de Control se determinó que de las cuatro obras inconclusas reportadas, dos ya fueron terminadas, sin embargo quedan pendientes dos que
corresponde a la “Construcción del salón de Computo de la Escuela Rural Vereda San Antonio” y “Terminación Pavimentación de la vía San Francisco – El Encuentro”, sobre
esta última la administración municipal manifiesta que está a cargo de Departamento su culminación y sobre la primera informa que en la presente vigencia realizará el respectivo
proceso de selección con el fin de culminarla y entregarla a la comunidad para su aprovechamiento, por lo anterior se deja como observación de tipo administrativo para que la administración municipal realice la gestiones necesarias y será objeto de
seguimiento en el próximo proceso auditor. (HA29)
Respuesta Sujeto de Control “…Se adelantara el proceso contractual necesario para culminar la obra Construcción del salón de Computo de la Escuela Rural Vereda San Antonio. Respecto de Terminación Pavimentación de la vía San Francisco – El Encuentro se realizaran los requerimientos y gestiones necesarias para que la Gobernación destine recursos para su culminación ya que la vía es Departamental…”
Conclusiones Contraloría de Cundinamarca
Se mantiene la Observación en su totalidad, la cual se convierte en Hallazgo de tipo
administrativo, hasta tanto, se cumplan los objetivos propuestos por la administración municipal, en cuanto a los dos temas citados.
Dicho hallazgo se incluirá dentro del nuevo Plan de Mejoramiento resultante del actual proceso auditor.
Aplicar para cada sector indicadores de Gestión, que midan el grado de cumplimiento
frente a cada meta. INDICADORES DE GESTIÓN DEL CUMPLIMIENTO DEL PLAN DE ACCIÓN 2017 CON LAS METAS PROGRAMADAS. En cuanto a este objetivo relacionado con el cumplimiento de metas de la vigencia 2017, la administración del período 2016-2019 dentro del Plan de Desarrollo “Súmate al
Cambio” definió los Ejes Estratégicos para desarrollar y trabajar en cada sector socio-económico, y para lo cual se planeó y definieron los programas, proyectos, metas,
actividades e indicadores de medición del alcance de metas a través en el marco de un
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plan indicativo anual que articulara con el Plan de Desarrollo Municipal y a su vez se integrara a las metas del Plan de Desarrollo Departamental de Cundinamarca y para el
cual se logró el siguiente el cumplimiento:
% CUMPLIMIENTO METAS 2017
# DE METAS
% DE PARTICIPACIÓN
100% 132 53,6 MAYOR DEL 100% 15 6,1 MENOR DEL 100% 45 18,3
0% 54 22,0
TOTAL 246 100%
Es importante resaltar y reflejar como observación, para tener en cuenta dentro del Plan
de mejoramiento resultante de esta auditoría, lo relacionado con las metas programadas durante la vigencia 2017 que no presentaron ningún avance (0%) como se aprecia en el
cuadro anterior, lo cual podría evidenciar una falta de planificación de la administración municipal en la presentación de su Plan de Acción Anual, al igual que evidenciar la reprogramación de las mismas para las vigencias restantes de la actual administración
2016-2019.(HA30)
Respuesta Sujeto de Control “…La administración Municipal realizara la respectiva reformulación del plan de acción por dependencias y realizara seguimientos periódicos con el fin de dar cumplimiento a las metas establecidas…”
Conclusiones Contraloría de Cundinamarca
Se mantiene la Observación, la cual se convierte en Hallazgo de tipo administrativo, hasta
tanto se presente en el nuevo Plan de Mejoramiento, las actividades a seguir para el replanteamiento y reprogramación de las metas a ejecutar para la vigencia 2017 y de las
cuales el avance fue del cero por ciento (0%). METAS PROGRAMADAS, LOGRADAS AL 100% Y SUPERADAS MAYOR AL 100%
QUE SE DESTACAN DURANTE VIGENCIA 2017:
SECTOR POBLACIÓN VULNERABLE
Meta Cuatrienio: Realizar 4 jornadas de vacunación al año en el Municipio, para complementar esquemas de vacunación en los cuatro años de administración
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La meta se estableció para un avance del 1 y la misma avanzó en 4 a lo programado, para la vigencia 2017, es decir un 400%.
Meta Cuatrienio: Garantizar que el 100% de los niños y niñas vivan y disfruten del nivel
más alto posible en salud y agua potable, enfocados a la disminución de las principales tasas de mortalidad y morbilidad durante el cuatrienio. (Realizando 4 capacitaciones al
año con temas relacionados a cómo prevenir las enfermedades respiratorias, diarreicas, bajo peso al nacer entre otras.
La meta se estableció para un avance del 1 y la misma avanzó en 2 a lo programado, para la vigencia 2017, es decir un 200%.
Meta Cuatrienio: Realizar 4 brigadas de salud oral a la población de primera infancia en
el cuatrienio.
La meta se estableció para un avance del 1 y la misma avanzó en 2 a lo programado, para la vigencia 2017, es decir un 200%.
SECTOR AGUA POTABLE Y SANEAMIENTO BÁSICO
Meta Cuatrienio: Actualizar el plan de gestión integral de residuos sólidos (uno) del Municipio durante el cuatrienio
La meta se estableció para un avance del 0.7 y la misma avanzó en 1 a lo programado, para la vigencia 2017, es decir un 143%.
Meta Cuatrienio: gestionar la adquisición de un Vehículo compactador de basuras para
el municipio durante el cuatrenio.
Se realizó su adquisición durante la vigencia 2017 por lo cual la meta se cumplió al 100%.
Meta Cuatrienio: Implementar una estrategia de manejo de residuos sólidos en el sector rural del municipio durante el cuatrienio.
La meta se estableció para un avance del 0.7 y la misma avanzó de acuerdo a lo programado por lo cual se alcanzó en un 100% para la vigencia.
Meta Cuatrienio: Realizar un estudio tarifario de aseo del municipio durante el
cuatrenio. La meta se estableció para lograr el estudio tarifario, lo cual se logró al 100%.
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SECTOR GESTION DEL RIESGO
Meta Cuatrienio: Realizar el Plan Municipal de Gestión Riesgo durante el cuatrienio.
La meta se estableció para un avance del 0.5 y la misma avanzó en 1 a lo programado, para la vigencia 2017, es decir un 200%.
SECTOR INFRAESTRUCTURA VIAL
Meta Cuatrienio: Construir 1.000 mts de placas huellas en el sector rural durante el cuatrienio La meta se estableció para un avance del 400 y la misma avanzó en 450 a lo programado, para la vigencia 2017, es decir un 113%.
Meta Cuatrienio: Gestionar un proyecto de señalización y demarcación urbana y rural
durante el cuatrienio. La meta se estableció para un avance del 0.5 y la misma avanzó en 1 a lo programado,
para la vigencia 2017, es decir un 200%.
SECTOR EQUIPAMENTO MUNICIPAL
Meta Cuatrienio: Gestionar un proyecto para la construcción de una cubierta deportiva en el cuatrienio.
La meta se estableció para un avance del 1 y la misma avanzó en 2 a lo programado, para la vigencia 2017, es decir un 200%.
SECTOR DEPORTE Y APROVECHAMIENTO DEL TIEMPO LIBRE
Meta Cuatrienio: Realizar 4 eventos en el cuatrienio de vacaciones recreativas
enfocados a la población NNA durante el cuatrienio. La meta se estableció para un avance del 1 y la misma avanzó en 2 a lo programado,
para la vigencia 2017, es decir un 200%.
SECTOR: La Cultura y el Arte motor del desarrollo humano y base para la Construcción de las Familias Felices
Meta Cuatrienio: Lograr que mínimo 1000 personas anualmente utilicen los servicios de la biblioteca durante el cuatrienio.
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La meta se estableció para un avance del 1000 y la misma avanzó en 1200 a lo
programado, para la vigencia 2017, es decir un 120%.
Meta Cuatrienio: Lograr que mínimo 200 personas participen en las escuelas de formación cultural durante el cuatrienio.
La meta se estableció para un avance del 200 y la misma avanzó en 450a lo programado,
para la vigencia 2017, es decir un 225%. Meta Cuatrienio: Realizar dos (2) eventos anuales de actividades turísticas y
tradicionales durante el cuatrienio.
La meta se estableció para realizar dos (2) eventos y se realizaron tres (3), superando lo programado para la vigencia 2017, es decir un 125%.
ALGUNAS METAS PROGRAMADAS NO SUPERADAS EN VIGENCIA 2017 ( 0 % CUMPL MIENTO ) :
Sector Educación
Meta Cuatrienio: Realizar 2 coloquios enfocados a la calidad educativa.
Para la meta se programó realizar dos (2) capacitaciones durante el año 2017, pero no se llevó a cabo ninguno, por lo cual el avance de la meta fue del cero (0%). De acuerdo
con lo explicado por el Secretario de Gobierno se tiene previstos realizarla en el año 2018 y 2019.
Meta Cuatrienio:Dotar de material mobiliario a las 15 Instituciones Educativas del
Municipio durante el cuatrienio.
Para la meta se programó realizar (5) instituciones intervenidas durante el año 2017, pero no se llevó a cabo ninguno, por lo cual el avance de la meta fue del cero (0%). De acuerdo con lo explicado por el Secretario de Gobierno se está adelantando proceso
contractual para realizar la dotación en la vigencia 2018.
Meta Cuatrienio:Dotar de material didáctico a las 15 Instituciones Educativas del Municipio en el cuatrienio.
Para la meta se programó realizar (5) instituciones Dotadas durante el año 2017, pero no se llevó a cabo ninguno, por lo cual el avance de la meta fue del cero (0%). De
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acuerdo con lo explicado por el Secretario de Gobierno se está adelantando proceso contractual para realizar la dotación en la vigencia 2018.
Meta Cuatrienio:Gestionar 4 convenios de cooperación, para la obtención de becas de
educación superior a los alumnos del Municipio durante el cuatrienio.
Para la meta se programó realizar (1) convenio durante el año 2017, pero no se llevó a cabo ninguno, por lo cual el avance de la meta fue del cero (0%). De acuerdo con lo
explicado por el Secretario de Gobierno no se realizaron convenios, se realizó gestion para que los alumnos y padres de familia conozcan beneficios ofrecidos por la gobernación de Cundinamarca.
Meta Cuatrienio:Realizar mantenimiento a los 13 restaurantes escolares en el
cuatrienio.
Para la meta se programó realizar (4) intervenciones durante el año 2017, pero no se llevó a cabo ninguno, por lo cual el avance de la meta fue del cero (0%). De acuerdo con lo explicado por el Secretario de Gobierno para la vigencia 2018 se tiene previsto realizar
el mantenimiento de los restaurantes escolares.
Meta Cuatrienio:Lograr en el cuatrienio la asignación de 50 nuevos cupos para el programa de alimentación escolar.
Para la meta se programó asignar (50) nuevos cupos durante el año 2017, pero no se llevó a cabo ninguno, por lo cual el avance de la meta fue del cero (0%). De acuerdo con
lo explicado por el Secretario de Gobierno no se han presentado más alumnos que puedan ser beneficiarios del programa de alimentación escolar, se ha dado cobertura a la
totalidad de los alumnos matriculados e inscritos en el SIMAT que cumplen los requisitos.
3.2.8 Gestión en la Política Pública para Población Vulnerable
Constatar la creación y puesta en funcionamiento del Comité Municipal de Discapacidad según la Ley 1145 de 2011.
La administración municipal mediante Decreto 57 del 15 de agosto de 2012 se crea el Comité Municipal de Discapacidad en el municipio de San Francisco, en este se establecen
los integrantes, sus integrantes, deberes de los miembros del Comité, en cuanto a la periodicidad de reuniones en el artículo tercero, parágrafo 4 se indica que son una cada
cuatro meses para reuniones ordinarias y de manera extraordinaria cuando las circunstancias lo ameriten.
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Durante la vigencia 2017 se realizaron cuatro reuniones, la primera el 28 de marzo, la segunda el 19 de julio, la tercera el 06 de octubre y la última el 20 de noviembre, sobre
los temas tratados se observa Centro de Vida Sensorial, Avance en la Política Pública de Discapacidad, registro de población en condición de discapacidad en las veredas del
municipio, entre otros.
Determinar la existencia de la política pública de discapacidad de acuerdo al artículo 5 numeral 7 de la Ley 1618 de 2013, o en ausencia de ésta, verificar la existencia de programas en el Plan de Desarrollo, Plan Estratégico o Plan de Acción con destino a esta población vulnerable.
Sobre la Política Pública de Discapacidad el municipio de San Francisco suscribió en la vigencia 2017 el Contrato de Prestación de Servicios No. 149 de 2017, realizó avances
como la elaboración de la Matriz de Seguimiento y Evaluación y se estableció el Plan de Acción, cabe anotar que el presente contrato se suspendió en el mes de noviembre de
2017 debido a la imposibilidad de acceder al registro de localización y caracterización de las personas en condición de discapacidad (RLPCD), se tiene proyectado su reinicio al
finalizar el mes de mayo de 2018. En cuanto al Plan de Desarrollo “Súmate al Cambio 2016-2019” se tiene que se suscriben
las siguientes metas:
1. Realizar una caracterización de la población en condición de discapacidad en el cuatrienio.
2. Gestionar a través de un proyecto la consecución de implementos de fisioterapia para las personas en condición de discapacidad durante el cuatrienio.
3. Crea la política pública para las personas en condición de discapacidad durante el
cuatrienio.
De estas solo la primera registra cumplimiento, sin embargo aún quedan dos años de periodo para obtener el cumplimiento de las otras dos.
Verificar el cumplimiento de normatividad de accesibilidad en las Instituciones Públicas
para la inclusión de las personas con discapacidad, de acuerdo con el Decreto 1538 de 2005, Ley 1287 de 2009 y Ley 1618 de 2013 entre otras.
Las instalaciones de la Alcaldía del Municipio de San Francisco cuenta con rampa de acceso para atender a la población con habilidades reducidas, sin embargo el acceso a las
oficinas de atención es limitado debido a que se encuentran unas escaleras, por lo cual la Entidad ha implementado un protocolo de atención en el cual la persona que necesite
atender a este tipo de usuarios se dirige al sitio donde se encuentra el usuario.
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Determinar el correcto manejo y actualización del sistema de información y registro
sobre localización y caracterización de las personas con discapacidad con sus respectivas fichas de registro, correcto uso de claves en las unidades generadoras de datos a la luz en su artículo 5 numerales 5 y 13 de la Ley 1618 de 2013.
Frente al manejo y actualización del RLPCD, la administración municipal de se encuentra en proceso de registro continuo de población, las calves las administra el Coordinador del
PIC, mediante informe allegado a esta Comisión Auditora, en el cual se tiene el reporte SISPRO Plataforma Virtual durante la vigencia 2017 se registraron189 personas en
condición de discapacidad distribuidas en diferentes tipos de discapacidad, en el área rural se encuentra la mayor concentración con un 70% del total.
Verificar el presupuesto aprobado vs presupuesto ejecutado de la población vulnerable durante la vigencia auditada.
Código Rubro Presupuestal
Nombre Rubro Presupuestal Apropiación
Inicial Crédito
Contra créditos
Compromisos Registro
Presupuestal Obligaciones Pagos
C22401142138119 Brindar la atención y apoyo a la
población en situación de discapacidad
30,000,000.00 1,139,000.00 4,000,000.00 26,000,000.00 23,491,459.00 22,508,023.00
C22401142138121 Crear la políticapublica de las
personas en condición de discapacidad durante el cuatrienio
3,000,000.00 7,000,000.00 - 10,000,000.00 5,000,000.00 5,000,000.00
De lo anterior se observa que el municipio de San Francisco asignó para la atención a la población en condición de discapacidad durante la vigencia 2017 la suma de $33.000.000
de manera inicial, logrando una ejecución del 94%. 3.2.9 Puntos de Control
La administración municipal de San Francisco de acuerdo al memorando de asignación de
auditoría 25 del 16 de abril de 2018 cuenta con dos puntos de control correspondientes al Concejo Municipal y a la Personería Municipal, por lo cual se procedió a revisar la
contratación se estos puntos de control encontrando lo siguiente:
Concejo Municipal De acuerdo con la información reportada en el Sistema Electrónico de Contratación
Pública SECOP el Concejo Municipal de San Francisco adelantó cuatro (04) procesosdurante la vigencia 2017 que ascendieron a la suma de $13.029.157, se procedió
a seleccionar una muestra con el fin de analizarla durante la ejecución de la presente auditoría la cual corresponde a:
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Número
de Proceso
Tipo de
Proceso Entidad Objeto Cuantía
MC 003-2017
Contratación Mínima Cuantía
CUNDINAMARCA - CONCEJO MUNICIPAL DE SAN FRANCISCO
DE SALES
ADQUISICION DE EQUIPOS DE COMPUTO E IMPRESORA PARA LA SECRETRIA GENERAL DEL CONCEJO MUNICIPAL DE SAN FRANCISCO
CUNDINAMARCA
$7,370,000
CD 003-
2017
Contratación Directa (Ley 1150 de 2007)
CUNDINAMARCA - CONCEJO MUNICIPAL
DE SAN FRANCISCO DE SALES
PRESTACION DE SERVICIOS DE DIVULGACION A TRAVES DE CANAL COMUNITARIO DE SESIONES,
INFORMES DE GESTION, SERIVIOS, ACTOS ADMINISTRATIVOS, PROYECTOS, CONTRATACION, CAMPAÑAS Y DEMAS ACTIVIDADES DE INTERESES DE LA COMUNIDAD QUE ADELANTA EL CONCEJO
MUNICIPAL
$1,322,028
Una vez analizados los contratos en mención se observa que se cumple con lo establecido en la Ley 80 de 1993, Ley 1150 de 2007 y Decreto 1082 de 2015, los expedientes
contractuales cuentan con los respectivos estudios previos y análisis del sector, cuentan con el Certificado de Disponibilidad Presupuestal, de los cuatro procesos tres corresponden a procesos de Mínima Cuantía y uno a Contratación Directa el cual no se
suscribió por incumplimiento de requisitos, con relación a la ejecución de los contratos de la muestra seleccionada se evidencia seguimiento por parte del supervisor quien es el
mismo ordenador del gasto, se evidencian los documentos para pago y el respectivo recibo a satisfacción por parte del Concejo Municipal. Por lo anterior se concluye que el
Concejo Municipal de San Francisco cumple con la normatividad que en materia de contratación se refiere.
Sin embargo, al verificar el Sistema Electrónico de Contratación PúblicaSECOP se evidencia que los procesos adelantados en la vigencia 2017 se encuentran
desactualizados ya que todos señalan en su estado “Convocado”, lo anterior evidencia falencias en los controles de seguimiento de publicación de los procesos contractuales.
(HA31.D8)
Respuesta Sujeto de Control “…No se encuentran evidencias o soportes que puedan controvertir la observación del equipo auditor…”
Conclusiones Contraloría de Cundinamarca
Se mantiene la Observación, la cual se convierte en Hallazgo de tipo administrativo para el punto de control CONSEJO MUNICIPAL, hasta tanto en el plan de mejoramiento
resultante de la presente auditoría, se evidencien y verifiquen las actividades que se realicen para actualizar en su totalidad el registro de la información contractual de la
vigencia 2017 en el SECOP, por parte del punto de control.
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Personería Municipal
De acuerdo con la información reportada en el Sistema Electrónico de Contratación
Pública SECOP laPersonería Municipal de San Francisco adelantó cinco (05) contratos durante la vigencia 2017, de los cuales tres corresponden al mismo objeto contractual
“ADQUISICION DE LA DOTACION DE LA SECRETARIA DE LA PERSONERIA MUNICIPAL” los cuales se declararon desiertos, por lo cual en conclusión la Personería suscribió dos
contratos los cuales ascendieron a la suma de $4.530.000, se procedió a solicitar los respectivos expedientes contractuales con el fin de analizarlos durante la ejecución de la presente auditoría.
Número de
Proceso Tipo de Proceso
Entidad Objeto Cuantía
CV 002 DE 2017
Contratación Mínima Cuantía
CUNDINAMARCA -
PERSONERIA MUNICIPAL DE SAN FRANCISCO
COMPRA DE PAPELERIA E IMPLEMENTOS DE OFICINA DE LA PERSONERIA MUNICIPAL
$2,300,000
PS 001 DE 2017
Contratación
Directa (Ley 1150 de 2007)
CUNDINAMARCA - PERSONERIA MUNICIPAL DE
SAN FRANCISCO
PRESTACION DE SERVICIOS PROFESIONALES PARA ASESORAR Y ADELANTAR ACCIONES PARA LA ACTUALIZACION DEL MODELO ESTANDAR DE CONTROL INTERNO MECI, DE CONFORMIDAD CON LOS
LINEAMIENTOS FIJADOS EN EL DECRETO 943 DE 2014 Y EL MANUAL TECNICO
$2,230,000
Una vez analizados los contratos en mención se observa que se cumple con lo establecido en la Ley 80 de 1993, Ley 1150 de 2007 y Decreto 1082 de 2015, los expedientes
contractuales cuentan con los respectivos estudios previos y análisis del sector, cuentan con el respectivo Certificado de Disponibilidad y Registro Presupuestal, con relación a la
ejecución de los contratos de la muestra seleccionada se evidencia seguimiento por parte del supervisor quien es el mismo ordenador del gasto, se evidencian los documentos para pago y el respectivo recibo a satisfacción por parte de la Personería Municipal. Por lo
anterior se concluye que la Personería Municipal de San Francisco cumple con la normatividad que en materia de contratación se refiere.
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4 TABLA DE HALLAZGOS AUDITORÍA GUBERNAMENTAL CON ENFOQUE INTEGRAL- MODALIDAD
INTEGRAL MUNICIPIO DE SAN FRANCISCO
VIGENCIA FISCAL DE 2017 PGA 2018
No. DESCRIPCIÓN DEL HALLAZGO
CONNOTACIÓN
VALOR A D S P I F
AUDITORÍA FINANCIERA
Evaluación a los Estados financieros
1
Comité De Sostenibilidad Contable
Condición: Bajo la Resolución No 0011 del 15 de enero del 2014 se crea el COMITÉ DE SOSTENIBILIDAD DEL SISTEMA CONTABLE. Al realizar la respectiva indagación del actuar del Comité, solo se logró identificar 2 actas de comité desarrolladas en la misma vigencia de su creación.
Criterio: Al verificar la Resolución de creación en su artículo quinto establece:
“ARTICULO QUINTO.- Reuniones. El Comité de Sostenibilidad Del Sistema De Contabilidad Pública se reunirá 1 vez al semestre y de manera extraordinaria cada vez que se requiera, por solicitud de su presidente o de un numero plural de sus miembros”.
Causa: Teniendo en cuenta lo anterior y conforme lo verificado, se observa que la
administración municipal no cumplió con lo establecido en la resolución No 0011 del 2014 ya que no se evidencia más actuaciones del comité en las diferentes situaciones presentadas en pro de mejorar la razonabilidad de los estados contables. Efecto: Es importante indicar que en la resolución 119 de 2006 estipuló dos
Características en el entorno de la sostenibilidad, los cuales son la razonabilidad y la oportunidad. Por lo anterior Dentro de la razonabilidad, la Contaduría General De La Nación incluye la conformación del comité técnico de sostenibilidad del sistema contable como instancia asesora del área financiera y contable de las entidades.
Ver página 12
X
2
Diferencias en los Estados Contables presentados y rendidos vs el Sistema HAS
Condición: Al realizar el comparativo de los saldos reflejados en la información rendida, se puede establecer diferencias de lo reportado, de acuerdo como se
demuestra a continuación:
Se solicitó a la administración municipal, aclaración a esta situación, presentando como respuesta lo siguiente:
“La diferencia corresponde a un menor valor presentado en el sistema al
X VIG 2017 VIG 2016 VIG 2017 VIG 2016 VIG 2017 VIG 2016
ACTIVOS 48.698.656 46.487.788 48.696.471 46.476.620 2.185 11.168
PASIVOS 1.212.909 1.079.663 1.224.672 1.082.198 -11.763 -2.535
NOMBREINF. CHIP INF. DEL SISTEMA DIFERENCIAS
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No. DESCRIPCIÓN DEL HALLAZGO
CONNOTACIÓN
VALOR A D S P I F
mayorizar las cuentas de bancos, al cierre de la vigencia 2015, la cuenta mayor de bancos suma $11.812 millones de pesos menos que el valor reflejado en el informe, esta diferencia está siendo evaluada con el proveedor del sistema ya que revisada la información la diferencia se presenta desde la vigencia 2010, el cual no había sido evidenciado antes. (NEGRILLA FUERA DEL TEXTO)
Las diferencias presentadas en las cuentas de pasivo corresponden a valores liquidados en el proceso de nómina, conceptos de seguridad social, parafiscales, pensionados, valores que son cargados a contabilidad a través de la interface y la información base del módulo de nómina. Anexo cuadro de diferencias a nivel auxiliar 6 dígitos La diferencia de $9.228 corresponde a transferencia sin identificar realizada por la Gobernación de Cundinamarca, reflejada en los saldos posteriores a la fecha de reporte.”
Criterio: deficiencias generadas por inconsistencias del software Causa: Teniendo en cuenta lo anterior, se evidencia deficiencia en cuanto a la trazabilidad de la información y control oportuno sobre las debilidades del software
HAS, siendo un factor de riesgo en cuanto al control de los saldos, igualmente y como se determina en la respuesta las observaciones provienen de vigencias anteriores, siendo incierto por qué no hay aclaración en las notas contables las cuales justifique la debilidad del sistema.
Efecto: incertidumbre frente a los parámetros y protocolos que se cuentan en el manejo del Software HAS.
Ver página 14
3
Deudores - Embargos Judiciales: Condición: Del análisis adelantado a saldos que se reflejan en el grupo de DEUDORES, se observa un monto de $294.549.299 correspondiente a embargos
judiciales el cual se encuentra conformado por:
Con el fin de establecer la razonabilidad de los saldos y motivos que generaron estos embargos, se solicitó a la administración aclaración donde manifestó lo siguiente
“La Cuenta corriente No. 33158000062-7, presenta embargos por las siguientes entidades; Corporación Autónoma Regional de Cundinamarca, DIAN. Importadora de Llantas, en el balance se presentas saldos por cuantías embargadas que ascienden a la suma de $294.549.298.59, de los cuales se encuentran plenamente identificados $32.249.858 a favor de la Corporación Autónoma Regional, $ 29.112.095 a favor de la Gobernación de Cundinamarca- cuota parte pensional, el saldo de $ 233.187.345.59 se encuentra registrado a favor de Importadora de llantas en vigencias anteriores, este saldo no se podido
X
Código Detalle Valor
14701302 Embargos Bancarios 233.187.346
14701304 Bancolombia Cta 89270033408 29.112.095
14701305 CAR EXPEDIENTE 638 32.249.858
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No. DESCRIPCIÓN DEL HALLAZGO
CONNOTACIÓN
VALOR A D S P I F
depurar por falta de información.” (Negrilla fuera del texto)
Criterio: Lo anterior conlleva a la NO RAZONABILIDAD de la cifras que se reflejan
en la cuenta 1470 de los estados contables. Causa: La falta de depuración contable y la inadecuada identificación de los embargos judiciales e igualmente las deficiencias en la información puede llegar a generar afectaciones económicas a la administración Municipal.
Efecto: incertidumbre sobre la veracidad del saldo reflejado en la cuenta de embargos judiciales.
Ver página 18
4
Ingresos por Transferencias (Diferencias entre lo contable y presupuestal)
Condición: Se realizó seguimiento a los recursos correspondientes al SISTEMA GENERAL DE PARTICIPACIÓN, de esta información se pudo establecer diferencias en lo reportado en contabilidad y la información lo presupuestal presenta diferencias específicamente en:
Cuenta 440818 PARTICIPACIÓN PARA EDUCACIÓN diferencia evidenciada por
cuantía de $98.947.772
Cuenta 44081702 SGP SALUD PUBLICA, diferencia evidenciada por cuantía de $4.700.000
Se solicitó aclaración por parte de la administración, donde manifiestan lo siguiente:
“ (…) me permito realizar la aclaración referente a la diferencia de $98,947,772.00 presentada en las transferencias del Sistema General de Participaciones- Educación Gratuidad de acuerdo a la solicitud verbal realizada; la diferencia corresponde a valores asignados mediante documento de asignación expedidos por el DNP, NO RECONOCIDOS CONTABLEMENTE EN LA VIGENCIA 2017.”
Diferencia SGP – Salud Pública. (…) La diferencia presentada en la fuente del SGP salud publica frente al valor presupuestado, corresponde a un mayor valor apropiado, esta asignación presento modificaciones en las asignaciones realizadas por el Ministerio durante la vigencia 2017, valores que no fue posible ajustar en el presupuesto toda vez que los recursos fueron comprometidos previamente a los ajustes realizados.”
Criterio: Lo anterior conlleva a la NO RAZONABILIDAD de la cifras que se reflejan en la cuenta 4408 de los estados contables.
X
CÓDIGO CONCEPTOVALOR
CONTABLEASIGNACIÓN DIFERENCIA
440818Participación para educación
192,558,647 291,506,419 98,947,772
44081801SGP EDUCACIÓN CALIDAD
146,580,344 146,580,344 0
44081802SGP EDUCACIÓN GRATUIDAD
45,978,303 144,926,075 98,947,772
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No. DESCRIPCIÓN DEL HALLAZGO
CONNOTACIÓN
VALOR A D S P I F
Causa: Esta situación se presenta a la falta controles en cuanto a los enlaces de los módulos de presupuesto y contabilidad, igualmente al registro posterior del cierre de
la información contable. Efecto: Subestimación del saldo reflejado en la cuenta 4408SISTEMA GENERAL DE PARTICIPACIONES.
Ver página 23
Evaluación al Presupuesto
5
Estatuto Presupuestal y su Actualización Condición: Mediante Acuerdo 085 del 30 de agosto de 1995 se expidió el Estatuto Orgánico De Presupuesto del municipio de san francisco y sus entidades descentralizadas sin que a la fecha se presente actualización alguna.
Criterio: Es importante establecer que el artículo 109 del Decreto 111 de 1996 se determina que Las entidades territoriales al expedir las normas orgánicas de presupuesto deberán seguir las disposiciones de la Ley Orgánica del Presupuesto, adaptándolas a la organización, normas constitucionales y condiciones de cada
entidad territorial. Igualmente en el transcurso del tiempo de la fecha de expedición del Estatuto presupuestal se han presentado diferentes normas con carácter de orgánicas, las cuales han incorporado al estatuto presupuestal herramientas de medio y largo plazo y que a su vez complementan las diferentes actividades
presupuestales. Como es el caso de las Leyes 617 del 2000, 715 del 2001, 1176 de 2007, 819 de 2003, 1483 del 2011, 1551 del 2012 y demás normas concordantes. Causa: Por lo anterior se puede establecer que lo normado en cuanto al manejo
presupuestal presenta deficiencias en su actualización. Esta situación se encuentra directamente relacionada por la no aprobación por parte del Concejo a pesar que la administración municipal ha gestionado lo pertinente para dicha actualización. Efecto: Deficiencias en el manejo presupuestal.
Ver página 26
X
6
Consejo de Política Fiscal
Condición: El Municipio mediante el Decreto 058 del 2008, conformó el Consejo Municipal de Política Fiscal CONFIS en su Artículo cuarto (4) establece las responsabilidades de este consejo, Entre ellas está la de aprobar, modificar y evaluar el plan financiero, aprobar y conceptuar sobre el Programa Mensualizado de Caja PAC, analizar y conceptuar sobre el Plan Operativo Anual de Inversiones, entre
otros. De la verificación adelantada se puede establecer que para lo corrido de la vigencia 2017 solamente se presenta un acta bajo el Número 03 del 14 de octubre del 2017.
En la cual solamente se socializa el presupuesto para el 2018. En este orden de ideas, el grupo auditor determina que las responsabilidades establecidas en el artículo 4 del Decreto administrativo No 058 del 2008, no son asumidas por este comité. Ya que en esté, no se puede evidenciar labores como es el caso de las aprobaciones modificaciones del plan financiero, igualmente la autorización para la
adquisición de vigencias futuras, la supervisión del plan anual de inversiones, Entre otros. Criterio: Incumplimiento al artículo 4 del Decreto administrativo No 058 del 2008
Causa: Deficiencias en los controles establecidos por el decreto administrativo para
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No. DESCRIPCIÓN DEL HALLAZGO
CONNOTACIÓN
VALOR A D S P I F
el debido manejo presupuestal Efecto: incumplimiento de lo normado
Ver página 27
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Reservas Presupuestales Condición: Al cierre de la vigencia 2017 se presentaron Reservas por cuantía de
$407.624.184, las cuales se constituyeron bajo el Decreto No 007 del 19 de enero 2018. Con el fin de hacer seguimiento se tomó como referencias los giros presentados en los siguientes rubros.
2403092312205 2017000368 29/06/2017 10.076.454 2403092313210 2017000217 06/04/2017 85.549.945 240101211104 2017000244 25/04/2017 53.588.269
240101211104 2017000321 06/06/2017 20.509.650 El Decreto 111 DE 1996 el cual compilan la Ley 38 de 1989, la Ley 179 de 1994 y la Ley 225 de 1995 que conforman el estatuto orgánico del presupuesto, frente al
manejo de las reservas presupuestales establece que al cierre de la vigencia fiscal cada órgano constituirá las reservas presupuestales con los compromisos que al 31 de diciembre no se hayan cumplido, siempre y cuando estén legalmente contraídos y desarrollen el objeto de la apropiación. Las reservas presupuestales sólo podrán utilizarse para cancelar los compromisos que les dieron origen.
En este orden de ideas, de acuerdo con la muestra seleccionada, se puede establecer que la administración relaciono como reserva presupuestal los rubros 2403092312205 2017000368 29/06/2017 por $10.076.454 y el
240101211104 2017000321 06/06/2017 $20.509.650. Las cuales se consideran que son cuentas por pagar ya que al cierre de la vigencia 2016 se recibieron a satisfacción. Criterio: Incumplimiento al Decreto 111 DE 1996
Causa: Es importante señalar que las reservas presupuestales se generan cuando el compromiso es legalmente constituido pero cuyo objeto no fue cumplido dentro del año fiscal que termina y será pagada con cargo a la reserva que se constituye a más
tardar el 20 de enero de la vigencia siguiente. Igualmente las cuentas por pagar se deben constituir cuando el bien o servicio se ha recibido a satisfacción antes del 31 de diciembre pero no se le ha pagado al contratista o cuando en desarrollo de un contrato se han pactado anticipos y estos no han sido cancelados.
Efecto:Deficiencias en el manejo presupuestal. Ver página 31
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AUDITORÍA DE DESEMPEÑO Y CUMPLIMIENTO
Evaluación al Área Administrativa
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Incapacidades Condición:Durante la vigencia 2017, se presentaron dos (2) incapacidades mayores
a tres (3) días, correspondientes a empleados de la administración municipal. Sin embargo, no se procedió por parte de la administración municipal, a realizar el cobro de una (1) de las dos (2) incapacidades presentadas en la vigencia 2017, correspondiente al funcionario LUIS FERNANDO CASTILLO TACHA, con un recobro
correspondiente a 106 días de incapacidades discontinuas, proceso que hasta la
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No. DESCRIPCIÓN DEL HALLAZGO
CONNOTACIÓN
VALOR A D S P I F
fecha de auditoría no se ha realizado gestión de ninguna índole desde la misma radicación de los documentos, en cuanto a su trámite por parte de la administración municipal para la recuperación de estos recursos ante la EPS FAMISANAR.
Criterio:Dado lo anterior la administración estaría incumpliendo con la Ley 1438 de 2011 en su artículo 28, relacionado con el cobro de Incapacidades mayores a tres (3) días; así mismo, de acuerdo con el parágrafo 1 del artículo 40 del Decreto 1406 de 1999, modificado por el Decreto 2943 de 2013, donde se expresan los principios
sobre funcionamiento de este proceso en el sector público. Finalmente, se debe gestionar la recuperación de estos recursos y proceder a la depuración contable, como lo exige la ley 776 de 2002 y el articulo 41 del decreto ley 3135 de 1968, los cuales establecen el termino de prescripción de las incapacidades de ARL (un año) y
EPS (tres años). Causa:Se evidencia una falta de control y seguimiento administrativo dentro del proceso de recobro de Incapacidades.
Efecto:Existencia de Recursos económicas pendientes de gestionar por concepto de recobro, para que los mismos ingresen a las arcas presupuestales del ente municipal y los cuales están pendientes por depurar contable y financieramente, así como su ejecución.
Ver página 41
Evaluación a la Contratación Administrativa
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Seguimiento Plan Anual de Adquisiciones Condición: Con el fin de establecer el cumplimiento al seguimiento al Plan Anual de Adquisiciones esta Comisión Auditora procedió a solicitar la evidencia de las
actividades anteriormente relacionadas, y como respuesta la administración municipal manifiesta “Durante la vigencia 2017 no se realizó revisión periódica al Plan Anual de Adquisiciones, en la presente vigencia se realizan de forma bimensual”, por lo anterior se concluye que el Comité de Contratación no cumple con las funciones otorgadas en el manual de contratación.
Criterio:Manual de contratación del municipio de San Francisco, numeral 1.1.2 Funciones del Comité de Contratación literal d) indica “…Evaluar trimestralmente la ejecución del Plan Anual de Adquisiciones y formular las recomendaciones al despacho del (de la) alcalde (sa) del municipio de San Francisco…”, así mismo, el numeral 2 Plan Anual de Adquisiciones, 2.2. Aprobación del Plan de adquisiciones manifiesta “…El Plan de Adquisiciones se presentan al Comité de Contratación por parte de los jefes de cada dependencia, con el fin de analizarlo y presentar las recomendaciones para su posterior aprobación por parte del Ordenador del Gasto…”. Causa:Falta de seguimiento a las funciones establecidas en el Manual de Contratación para el Comité de Contratación.
Efecto:Lo anterior ocasiona debilidades en la planeación contractual.
Ver página 55
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Etapa Pre – Contractual / Planeación Condición: Al analizar el Plan Anual de Adquisiciones publicado en el Portal de Contratación SECOP el 31 de enero de 2017 se observa programada la contratación
por Proceso de Selección Abreviada de la "PRESTACIÓN DE SERVICIOS PARA LA REALIZACIÓN DE EVENTOS CULTURALES Y DE PROMOCIÓN TURÍSTICA DEL
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CONNOTACIÓN
VALOR A D S P I F
MUNICIPIO DE SAN FRANCISCO (DÍA DEL NIÑO, DÍA DE LA MADRE, HALLOWEEN, FESTIVAL MARCIALES, SEMANA CULTURAL, REINADO DEPARTAMENTAL DEL CABALLISTA)" con un valor de $150.000.000. Sin embargo al verificar la
contratación de la vigencia 2017, se observa que estos eventos fueron contratados de manera individual por modalidad de Contratación Directa para el caso del Reinado Departamental del Caballista y Celebración de Halloween, y los demás procesos por Selección de Mínima Cuantía, lo anterior va en contra vía del principio de planeación que debe prevalecer en la gestión administrativa de las Entidades.
Criterio: Incumplimiento al Plan Anual de Adquisiciones publicado en el SECOP. Causa:Falta de seguimiento al Plan Anual de Adquisiciones de la administración
pública. Efecto:Lo anterior ocasiona debilidades en la planeación contractual.
Ver página 61
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Análisis del Sector Condición: Al verificar el análisis del sector de los contratos Nos. 099, 100, 107,
135, 160, 163, 166, 167 y 174, no se observa la fuente de las cotizaciones que se tuvieron en cuenta para determinar el valor del contrato, en respuesta la administración municipal informa que estas, en algunas ocasiones se realizaron vía telefónica o reposan en un expediente diferente.
Criterio: Es importante dejar en el análisis realizado el nombre de las empresas o personas que fueron consultadas con el fin de establecer el valor del contrato. Causa: Debilidades en las fuentes de información que determinan el valor del
contrato. Efecto: Lo anterior ocasiona debilidades en el proceso contractual.
Ver página 62
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Estudios Previos Condición: Al verificar los contratos de la muestra en donde los objetos de la
contratación tienen relación con la entrega de refrigerios, almuerzos, incentivos, entre otros, no se establecen en los estudios previos la cantidad de población beneficiada. (Ctos 054, 163, 167 y 176) Criterio: Los estudios previos no cuentan con datos de la población beneficiada con
la contratación a realizar. Causa:Debilidades en la planeación de la contratación.
Efecto:No es claro cómo se determina la cantidad de elementos a adquirir y por ende si la cantidad a adquirir es suficiente.
Ver página 62
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Supervisión Contratos Condición: Con respecto a los informes de supervisión de los contratos de la muestra analizados, se evidencian debilidades en el seguimiento a las actividades
específicas de cada contrato ya que se limitan a señalar que se cumplieron, sin profundizar en cómo se llevaron a cabo estas actividades, así mismo el Contratista
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CONNOTACIÓN
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en su informe anexa fotografías de cada una de estas al igual sin describir como se desarrollaron, esto para el caso de contratos de prestación de servicios que tienen por objeto el desarrollo de actividades con la comunidad tales como; eventos
culturales y promoción turística del municipio. Adicionalmente se evidencia debilidades en algunas actas de recibo a satisfacción (Ctos 093, 099, 100 y 160) las cuales tienen errores de digitación que pueden llegar a confundir el seguimiento del recibo del objeto contractual, adicional en los
contratos que tiene por objeto la entrega de premios (Trofeos) e incentivos no se evidencia el control llevado por la supervisión en cuanto al recibo de parte del contratista y la entrega a la población beneficiada (Ctos 054, 099 y 160).
Criterio: Los informes de supervisión no son lo suficientemente completos para certificar el cumplimiento del objeto contractual. Causa:Debilidades en la documentación que soporta el cumplimiento del objeto contractual.
Efecto:Informes de supervisión débiles que no dan cuenta del cumplimiento del objeto contractual.
Ver página 64
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Documentos para Pago Condición: Al verificar los contratos 099, 107, 160 y 166 se observan novedades en
los documentos de pago como; cuentas de cobro en copia, mal diligenciadas y errores de digitación en los comprobantes de egreso, lo que indica debilidades en los controles para la revisión de estos documentos.
Criterio: Al realizar los pagos no se realizan controles de verificación de los documentos que soportan estos. Causa: La administración no cuenta con un control adecuado de revisión y liquidación de pago a contratistas.
Efecto: Como control en el proceso auditor fue reintegrada la suma de $561.000 por el Contratista, por lo cual constituye un beneficio del Control Fiscal.
Ver página 65
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Publicación SECOP Condición: Al verificar la publicación de los contratos de la muestra, se evidencia
en los procesos de Selección de Mínima Cuantía que una vez adjudicado, la publicación de los actos de ahí en adelante se realiza de manera extemporánea, igual sucede en el caso de los procesos suscritos por la modalidad Contratación Directa con la minuta del contrato. (Ctos 054, 059, 063, 093, 099, 100, 107, 119,
135 y 176) Criterio: Lo anterior incumple lo establecido en el Artículo 2.2.1.1.1.7.1 del Decreto 1082 de 2015 sobre publicidad en el SECOP. Causa: La administración municipal no atendió el principio de publicidad contemplado en la normatividad vigente. Efecto: Publicación extemporánea de los procesos contractuales que tiene como
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CONNOTACIÓN
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consecuencia el incumplimiento de la normatividad. Ver página 66
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Inversión de los recursos del Plan de Alimentación Escolar –PAE Condición: Sobre los recursos asignados al Municipio de San Francisco correspondientes a la inversión para el Plan de Alimentación Escolar PAE durante la
vigencia 2017 se evidencia la transferencia de la suma de $44.650.279 a través del Sistema General de Participaciones, al solicitar información sobre el uso de estos recursos el municipio de San Francisco a través de la Secretaría de Gobierno certifica “El Municipio de San Francisco – Cundinamarca con Nit 899.999.173-5 durante la vigencia 2017 no realizó inversión de recursos destinados a Alimentación Escolar por cuanto se pretende realizar dotación de menaje y mantenimiento de infraestructura, con el fin de establecer que los elementos entregados cumplan con las especificaciones y suplan las necesidades de cada institución, se realizaron visitas a las diferentes sedes educativas recogiendo inquietudes” por lo cual en la presente
vigencia se está adelantando el respectivo proceso contractual. Criterio:La administración debe ejecutar los recursos relacionados con el PAE teniendo en cuenta que corresponden a atención a la primera infancia.
Causa: Debilidades en el seguimiento de la ejecución presupuestal. Efecto: Falta de cubrimiento a las necesidades que presenta el PEA en el municipio.
Ver página 66
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Atención a Denuncia Radicado C16119000543 del 18/11/2016: La Personería Municipal de San Francisco traslada denuncia presentada por los Docentes de la Institución Educativa República de Francia sede Simón Bolívar, en donde pone en conocimiento el deterioro de la infraestructura de dicha sede y que se relaciona con: i) deterioro de la batería de sanitarios e insuficiencia para atender la demanda de la población escolar, ii) avanzado estado de deterioro del tejado lo cual genera inundaciones, daño de material didáctico y un riesgo a la integridad de los educandos, iii) polideportivo en condición crítica debido a que cuando llueve se inunda e impide el desarrollo de actividades académicas. Condición:Una vez analizada la situación de la denuncia en la Institución Educativa se observa que aún quedan pendientes reparar las cubiertas de los salones 502, 402, 401, salón de coordinación y la cubierta del polideportivo de acuerdo con lo concluido en el informe técnico realizado por la Secretaría de Infraestructura y Planeación del municipio.
Criterio:Es obligación de la administración municipal atender las necesidades que presenta el sector educativo. Causa: Debilidades en la atención a las necesidades que se presentan en el sector
educativo del municipio. Efecto: Posibles fallas en la prestación del servicio educativo a la población infantil del municipio de San Francisco.
Ver página 71
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Evaluación al Área Ambiental
18 Sector Agua Residual – Manejo Aguas Residuales Condición: Según lo informado por la Administración municipal y lo verificado en
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CONNOTACIÓN
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terreno, se puede establecer que aún no se tiene un sistema de tratamiento para el manejo de las aguas residuales, está en ejecución del contrato No. EPC –PDA – C – No. 016 del 03 de enero de 2018 celebrado entre Empresas Públicas de
Cundinamarca S.A. E.S.P. y Consorcio consultores CDN. Dicho contrato tiene como objeto la “Actualización y ajuste de los estudios y diseños del plan maestro de acueducto y alcantarillado del casco urbano del municipio de San Francisco incluye PTAR”. En este orden se seguirá realizando seguimiento hasta que se traten todos los vertimientos existentes en el municipio, esto en el marco de los PMAA, los PSMV
con sus debidas actualizaciones. Criterio: Falta cumplir a cabalidad con lo establecido en la Ley 142 de 1994, Reglamento Técnico del Sector de Agua Potable y Saneamiento Básico –RAS título E,
Decreto 3930 de 2010 y Resolución 631 de 2015. Causa: Aún no ha se ha implementado un adecuado tratamiento para las aguas residuales provenientes del casco urbano.
Efecto: Al no realizar un adecuado tratamiento de las aguas residuales provenientes del casco urbano está siendo afectada la fuente receptora.
Ver página 83
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Plan de Saneamiento y Manejo de Vertimientos Condición:Conforme a lo informado por la Administración Municipal y según lo
verificado en la vista se puede establecer que se está realizando la actualización de este plan, como también las obras correspondientes, sin embargo aún hay varios vertimientos que no son tratados.
Criterio: falta cumplir a cabalidad con lo establecido en la Resolución 1433 de 2004 Causa: Aún no ha se ha realizado todas las obras enmarcadas en el PSMV este instrumento está siendo en proceso de actualizado.
Efecto: Al no estar ejecutadas todas las obras todas las obras enmarcadas en el PSMV, se están afectando las fuetes receptoras.
Ver página 85
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Tasas Retributivas CAR Al respecto, la Empresa de Servicios Públicos EMSERPSAFRA informa, que una vez revisada la información que reposa en el archivo de la Empresa, se evidencia que no
se efectuaron pagos por concepto de tasas retributivas durante la vigencia 2017, al verificar se observa que esta adeuda a la CAR por este concepto la suma total de $169.795.829 correspondiente a las vigencias 2013 a 2016.
Criterio: No se cumple establecido en el artículo 42 de la Ley 99 de 1993 y la Resolución 1433 de 2004. Causa: Aún no ha se ha realizado los pagos a la autoridad ambiental por el concepto de tasas retributivas.
Efecto: Al no realizar estos pagos se puede generar daños erario público.
Ver página 87
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21 Manejo de Residuos Plantas de Beneficio Animal X
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CONNOTACIÓN
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Condición: Según información reportada por la Administración municipal y lo verificado en terreno se puede establecer que aunque se realizaron las concesiones
pertinentes, para sumar el vertimiento de la PBA al sistema de alcantarillado y se realiza una disminución del daño con el manejo de gran parte de los residuos sólidos y líquidos producidos en la PBA, aún no se tienen un sistema de tratamiento que disminuya el impacto ambiental que esta actividad genera.
Criterio: falta cumplir a cabalidad con lo establecido en la Decreto 3930 de 2010 Causa: Aún no ha se ha implementado un adecuado tratamiento para las aguas residuales provenientes de la Planta de Beneficio Animal PBA.
Efecto: al no realizar un adecuado tratamiento de las aguas residuales provenientes de la Plata de Beneficio Animal se ven afectado el fuete receptora.
Ver página 89
22
Plan de Gestión del Riesgo Municipal
Condición: Conforme a lo informado por la Administración municipal y analizado por esta auditoría, se puede establecer que el Plan de Gestión del Riesgo del municipio está en proceso de aprobación por la Autoridad competente. Criterio: falta cumplir a cabalidad con lo establecido en la Ley 1523 de 2012
Causa: Aún no ha sido aprobado por la Autoridad competente el PMGRD de municipio
Efecto: falta cumplir requerimientos para implementar y adoptar el PMGRD correctamente
Ver página 94
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Evaluación al Plan de Mejoramiento
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Auditoría Gubernamental con Enfoque Integral Modalidad Integral
Vigencia 2014 Condición: Al realizar seguimiento al cumplimiento de las actividades planteadas en el presente plan se evidencia que de las 67 acciones correctivas que contiene, 11 no se cumplieron, estos corresponden a temas como; Recobro incapacidades, cobro
cuotas partes pensionales, control del parque automotor y proceso de bajas, Sistema de Gestión Documental, parámetros para la selección de contratistas en contratos cuyo objeto es la prestación de servicios profesionales, procesos de cobro coactivo vigentes, incertidumbre sobre la devolución de $6.536.019 correspondiente
a un embargo realizado al municipio, debilidades en los Estados Contables, pagos a la DIAN por concepto de sanciones tributarias.Por lo cual, se concluye que la administración municipal no cumplió con las obligaciones establecidas en el correspondiente Plan de Mejoramiento.
Criterio: La administración municipal no cumplió con las obligaciones establecidas en dichos planes, desatendiendo lo establecido en las Resoluciones 0049 y 330 de 2017 que trata sobre el seguimiento al cumplimiento de los planes de mejoramiento.
Causa: Falta de seguimiento de las actividades planteadas, que permitan con fundamento en la información y soportes la toma de acciones para garantizar la
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mejora continua. Efecto: El incumplimiento a estas acciones de mejora puede incurrir en materializar
posibles riesgos de la administración.
Ver página 110
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Auditoría Gubernamental con Enfoque Integral Modalidad Especial - No Presencial, Vigencia 2013. Condición: Este Plan contiene tres (3) hallazgos, relacionados con la presentación
de la cuenta en SIA y un (1) hallazgo para los puntos de control (Concejo Municipal y Personería Municipal) para la implementación del MECI en dichos entes Municipales de Control. La observación se mantiene en cuanto al tercer hallazgo, relacionado con la
implementación del MECI en el punto de control de auditoría CONCEJO MUNICIPAL dado que este no cumplió con la implementación del mismo en cuanto a su montaje, socialización y desarrollo del mismo, durante la vigencia 2017 no realizó gestiones de tipo administrativo y presupuestal para su puesta en acción y
cumplimiento. Criterio: El ConcejoMunicipal no cumplió con las obligaciones establecidas en dichos planes, desatendiendo lo establecido en las Resoluciones 0049 y 330 de 2017 que trata sobre el seguimiento al cumplimiento de los planes de mejoramiento.
Causa: Falta de seguimiento de las actividades planteadas, que permitan con fundamento en la información y soportes la toma de acciones para garantizar la mejora continua.
Efecto: El incumplimiento a estas acciones de mejora puede incurrir en materializar posibles riesgos de la administración.
Ver página 113
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Auditoría Gubernamental con Enfoque Integral Modalidad Integral Vigencia 2014 Junta Municipal de Deportes de San Francisco -
JUNDEPORTES Al realizar seguimiento al cumplimiento de las actividades planteadas en el presente plan se evidencia que de las 16 acciones correctivas que contiene, 04 no se cumplieron, estos corresponden a temas como; Pago por aportes al Sistema de
Seguridad Social para el periodo 2012-2015 por la suma de $53.800.000, debilidades área financiera, debilidades en los Estados Contables, pago a Colsubsidio por la suma de $2.242.500 correspondientes a los aportes adeudados por los periodos de diciembre de 2012 a noviembre de 2014.
Por lo cual, se concluye que la Junta Municipal de Deportes de San Francisco no cumplió con las obligaciones establecidas en el correspondiente Plan de Mejoramiento.
Criterio: La Junta Municipal de Deportes de San Francisco no cumplió con las obligaciones establecidas en dichos planes, desatendiendo lo establecido en las Resoluciones 0049 y 330 de 2017 que trata sobre el seguimiento al cumplimiento de los planes de mejoramiento.
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Causa: Falta de seguimiento de las actividades planteadas, que permitan con fundamento en la información y soportes la toma de acciones para garantizar la
mejora continua. Efecto: El incumplimiento a estas acciones de mejora puede incurrir en materializar posibles riesgos de la administración.
Ver página 119
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Auditoría Gubernamental con Enfoque Integral Modalidad Especial
Ambiental Vigencia 2016 Condición: La Administración municipal presenta los avances correspondientes a lo planteado en plan de mejoramiento vigencia 2016 PGA 2017, conforme a lo informado, se puede establecer que de los 14 hallazgos 6 no han sido subsanados
entre ellos lo referente a manejo residuos líquidos de la PBA, los avances en las metas planteadas en el PSMV, los pagos por concepto de tasas retributivas, manejo de vertimientos y actualización de los instrumentos de planificación.
Criterio: No secumple a cabalidad con lo establecido en resolución la 0049 de 2017 modificada parcialmente por la Resolución 330 del 4 de agosto de 2017 expedida por la Contraloría de Cundinamarca Causa: No se realizaron todas las actividades y obras en saneamiento básico para
subsanar los hallazgos Efecto: Afectación a las fuentes hídricas y el entorno ambiental en general
Ver páginas 120 y 121
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Evaluación a la Rendición de la Cuenta
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Diligenciamiento formatos Condición:Una vez analizados cada uno de los formatos rendidos en el aplicativo SIA CONTRALORÍAS cuenta 201713 y los reportes al aplicativo SIA OBSERVA, se
evidencian novedades en los siguientes formatos: Formato F99 Anexos Adicionales a la Cuenta: No se observaron los siguientes anexos: (l) Indicadores de Gestión y (ll) Plan de acción y su ejecución.
Formato F20_1A Contratación Sujetos de Control: Al revisar la información registrada en el presente formato rendido a través del aplicativo SIA CONTRALORÍA no se evidencia el reporte de la contratación realizada por el Concejo Municipal y por la Personería Municipal, con relación a lo registrado en el SIA OBSERVA se evidencia
la inclusión de los contratos de la Personería sin embargo los del Concejo Municipal no se reportan en ninguno de los dos aplicativos, por lo cual se presentan diferencias entre el SIA OBSERVA, SIA CONTRALORÍAS y lo reportado durante la ejecución del proceso auditor. Criterio: La administración no elaboró los formatos conforme lo establece el
instructivo de rendición de cuenta. Causa: Falta de control al momento de reportar la información a los Entes de Control.
Efecto: Reporte de información incompleta y con baja confiabilidad.
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CONNOTACIÓN
VALOR A D S P I F
Ver páginas 127 y 129
Evaluación al Sistema de Control Interno
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Mapa de Riesgos
Condición: Al evaluar el mapa de riesgos correspondiente a la vigencia 2017 la administración municipal allega mapa de riesgos de 2009 el cual se encuentra desactualizado y no cuenta con el seguimiento a los controles establecidos. Criterio: La Entidad debe contar con un mapa de riesgos que permita mitigar los
posibles riesgos que pueda tener la administración. Causa: Falta de seguimiento a las herramientas de gestión de la administración municipal.
Efecto: Al no contar con esta herramienta la administración no puede realizar seguimiento a los posibles riesgos que puede enfrentar la actuación administrativa y así prevenir o mitigar los sucesos.
Ver página 133
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Evaluación a los Planes, Programas, Objetivos Misionales, etc.
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Verificación Obras Inconclusas dentro del Plan de Desarrollo Condición: De acuerdo con información suministrada por la oficina de Planeación no se incluyeron Obras Inconclusas dentro del Plan de Desarrollo, luego de realizar
el análisis respectivo por parte de este Ente de Control se determinó que de las cuatro obras inconclusas reportadas, dos ya fueron terminadas, sin embargo quedan pendientes dos que corresponde a la “Construcción del salón de Computo de la Escuela Rural Vereda San Antonio” y “Terminación Pavimentación de la vía San Francisco – El Encuentro”. Criterio: La administración municipal debe propender por la terminación de las obras con el fin de prestar el servicio público por el cual se generó la necesidad.
Causa: Debilidades en la gestión que permitan la culminación de las obras inconclusas. Efecto: Contar con obras inconclusas ocasiona que la administración no pueda
prestar al cien por ciento el servicio a sus habitantes. Ver página 138
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Cumplimiento Metas Plan de Acción vigencia 2017
Condición: En lo relacionado con las metas programadas durante la vigencia 2017 que no presentaron ningún avance (0%), estas correspondieron a cincuenta y cuatro (54) metas de las doscientas cuarenta y seis (246) propuestas dentro del
Plan de Acción para la vigencia 2017, lo cual podría evidenciar una falta de planificación en la programación, ejecución y cumplimiento de estas, por parte de la administración municipal en la presentación de su Plan de Acción Anual, al igual que justificar y evidenciar la reprogramación de las mismas para las vigencias restantes de la actual administración 2016-2019.
Criterio:Incumplimiento del Acuerdo Municipal No. 012 de 2016 (Mayo 31 de 2016) “POR MEDIO DEL CUAL SE ADOPTA EL PLAN DE DESARROLLO “SUMATE AL CAMBIO 2016 – 2019” DEL MUNICIPIO DE SAN FRANCISCO CUNDINAMARCA.
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No. DESCRIPCIÓN DEL HALLAZGO
CONNOTACIÓN
VALOR A D S P I F
Causa:Falta de planificación en la programación de la ejecución efectiva de las metas establecidas dentro del Plan de Acción para la vigencia 2017, por parte de la secretaría de planeación del municipio de San Francisco.
Efecto: Retraso y demora en la atención y aplicación los beneficios sociales directos a las comunidades del municipio, resultante del cumplimiento de las metas programadas por la administración municipal.
Ver página 139
Puntos de Control
31
Contratación Concejo Municipal Condición: Sobre los contratos adelantados por el Concejo Municipal al verificar el Sistema Electrónico de Contratación Pública SECOP se evidencia que en lo
correspondiente a la vigencia 2017 se encuentran desactualizados ya que todos señalan en su estado “Convocado”, lo anterior evidencia falencias en los controles de seguimiento de publicación de los procesos contractuales. Criterio: Lo anterior incumple lo establecido en el Artículo 2.2.1.1.1.7.1 del Decreto
1082 de 2015 sobre publicidad en el SECOP. Causa: La administración municipal no atendió el principio de publicidad contemplado en la normatividad vigente.
Efecto: Publicación extemporánea de los procesos contractuales que tiene como consecuencia el incumplimiento de la normatividad.
Ver página 147
X X
TOTAL 31 08 - - - - -
Resumen de los hallazgos:
DETALLE CANTIDAD
ADMINISTRATIVOS 31
DISCIPLINARIOS 8
SANCIONATORIOS 0
PENALES 0
INCUMPLIMIENTO DE LOS DEBERES PROFESIONALES
0
VALOR
FISCALES 0 $00
TOTAL $00
DETALLE CONCEPTO
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A Hallazgo de tipo administrativo para Plan de Mejoramiento
D Hallazgo con traslado externo a la Procuraduría, Personería o Control Interno Disciplinario
S Hallazgo con traslado interno a la Dirección Operativa de Control Municipal
I Hallazgo con traslado externo según corresponda
F Hallazgo con traslado interno a la Dirección Operativa de Investigaciones
P Hallazgo con traslado externo a la Fiscalía.
OPINIÓN DE LOS ESTADOS FINANCIEROS CON SALVEDAD
CONCEPTO DEL CONTROL INTERNO CONTABLE SATISFACTORIO
CONCEPTO SOBRE LA EJECUCIÓN PRESUPUESTAL FAVORABLE
CONCEPTO SOBRE EL DESEMPEÑO Y CUMPLIMIENTO (Incluye
Efectividad del Plan de Mejoramiento y Concepto del Control Interno de
la Entidad)
CON
OBSERVACIONES
FENECIMIENTO DE LA CUENTA SE FENECE
FENECIMIENTO FORMAL DE LA CUENTA N / A
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5 BENEFICIO DEL EJERCICIO DEL CONTROL FISCAL AUDITORÍA GUBERNAMENTAL CON ENFOQUE INTEGRAL- MODALIDAD
INTEGRAL MUNICIPIO DE SAN FRANCISCO
VIGENCIA FISCAL DE 2017 PGA 2018
BENEFICIOS CUANTITATIVOS
DESCRIPCIÓN COMPROBANTE Y No. DE
REINTEGRO VALOR $
Descuentos Tributarios mal
aplicados
Nota Bancaria 2018000031 del 24 de
mayo de 2018 $561.000
Incapacidades dejadas de recobrar
generadas en la vigencia 2014
Comprobante de Ingreso No. 201800040
del 28 de junio de 2018 $1.166.189
Total Beneficios $1.727.189
Acta de Aprobación No. 98del05 de julio de 2018
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