1. LOS BENEFICIOS FISCALES VS.LOS BENEFICIOS EXTRA FISCALES
REALIDAD TURISTICA* NIVEL GEOGRAFICO LEGISLATIVOINVERSIONES*
NACIONALES*INTERNACIONALESLAS LEYES TRIBUTARIAS ESTIMULAN*
INVERSIONES* REINVERSIONES* AHORRO* EMPLEO
2. LOS BEBEFICIOS FISCALES SON IGUALESA LOS EXTRAFISCALES Es
importante que un Estado pueda medirobjetivamente el gasto fiscal
que implica creacin de nuevos beneficios tributarios encomparacin
con los beneficios extrafiscalesde la Ley en pos de la inversin y
eldesarrollo, como es el caso del sector turstico que constituye un
multiplicador deproduccin y empleo
3. El legislador, entonces Gestin de realizar este anlisis dual
velandoque las leyes tributarias no rompan principios de igualdad y
generalidad, y a la vez,logre medir objetivamente la afectacin de
tales beneficios versus los beneficios extrafiscales que genere en
el PIB. Uno de los problemas fundamentales del turismo receptivo,
es la exportacin de impuestos (12% de IVA y 10% de servicio) en los
precios de los paquetes tursticos al exterior, que encarecen
drsticamente la competitividad del Ecuador frente a otros pases que
no los incorporan en su precios. Esperamos que dicha Ley sea
adecuadamente reglamentada atendiendo el espritu y tenor
legal.
4. El turismo receptivo no es materia decompetencia interna,
sino regional y mundial, y ah la importancia de dotarle alEcuador
de las herramientas legales- tributarias suficientes para competir
y a la vezpromocionar sus destinos tursticos Logisticos
5. por lo tanto, los beneficios tributariosconcedidos en la Ley
de Turismo analizados desde una doble perspectiva, fiscal y
extrafiscal, y debidamente presupuestados como parte del
presupuesto nacional, estnamparados y avalados por los fines
constitucionales en materia tributaria. Dichos beneficios no
solamente contribuyen afortalecer una industria tan importante como
el turismo y sus efectos positivos en
6. Cabe subrayar que en las JornadasIberoamericanas de Derecho
Tributariomantenidas en la ciudad de Gnova sealcanzaron importantes
conclusiones sobre eltema de los beneficios fiscales a) temporales,
en el sentido de limitar su duracin, que a su vez constituya una
garanta de aplicacin; b) de selectividad rigurosa; c)
cuantitativos, a fin de contribuir a su necesaria presupuestacin y
transparencia; d) mediante evaluacin y control permanente, con
publicacin; e) de coordinacin entre los diversos niveles de
gobierno.