18 de enero de 2013
Número 82
www.energiaysociedad.es 1
Boletín de Energía y Sociedad
Número 82, 18 de enero de 2013 www.energiaysociedad.es
CONTENIDO
Novedades en el sector 2
Ley 15/2012 de medidas fiscales para la sostenibilidad energética.............................................. 2
Ley 17/2012 de Presupuestos Generales del Estado para el año 2013 y Real Decreto-ley 29/2012 de mejora de la gestión y protección social en el sistema especial para empleados del hogar .............................................................................................................................................. 7
Tarifas de último recurso de electricidad y gas natural vigentes a partir de 1 de enero de 2013.11
Evolución de los mercados energéticos 13
EN ESTE NÚMERO…
... presentamos cuatro normativas publicadas por el Gobierno en los últimos días de diciembre, que tienen implicaciones sobre la financiación del sector eléctrico y sobre el déficit tarifario… En primer lugar, presentamos un resumen de la Ley 15/2012 de medidas fiscales para la sostenibilidad energética en la que se establecen nuevos tributos y cánones, que recaen esencialmente sobre las empresas generadoras de electricidad, con el fin de que su recaudación sirva para sufragar costes de la tarifa eléctrica y reducir el déficit tarifario. Además, incluimos un resumen de los aspectos que afectan al Sector Eléctrico de la Ley 17/2012 de Presupuestos Generales del Estado para el año 2013 y del aumento del límite del déficit en 2012 junto con la eliminación del principio de suficiencia tarifaria a partir de 2013 , aprobada en el Real Decreto-ley 29/2012 de mejora de gestión y protección social en el Sistema Especial para empleados de hogar y otras medidas de carácter económica y social.. … y terminamos con la presentación de las tarifas de último recurso vigentes a partir del 1 de enero de 2013, tanto para energía eléctrica como para gas natural. Aunque el Ministerio de Industria, Energía y Turismo no ha publicado la orden ministerial que revisa los peajes para 2013, estas tarifas de electricidad llevan implícitas una congelación de los mismos. En el caso de la tarifa de último recurso de gas, se produce una ligera reducción del precio que compensa la aplicación del nuevo Impuesto de Hidrocarburos al gas natural que también entra en vigor el 1 de enero.
18 de enero de 2013
Número 82
www.energiaysociedad.es 2
Novedades en el sector
Ley 15/2012 de medidas fiscales para la sostenibilidad energética
El gobierno ha aprobado la Ley 15/2012, de 27 de diciembre, de medidas fiscales para la sostenibilidad energética, en la que se crean tres nuevos impuestos: el impuesto sobre el valor de la producción de la energía eléctrica, el impuesto sobre la producción de combustible nuclear gastado y residuos radiactivos resultantes de la generación de energía nucleoeléctrica y el impuesto sobre el almacenamiento de combustible nuclear gastado y residuos radiactivos en instalaciones centralizadas; se crea un canon por utilización de las aguas continentales para la producción de energía eléctrica; se modifican los tipos impositivos establecidos para el gas natural y el carbón, suprimiéndose además las exenciones previstas para los productos energéticos utilizados en la producción de energía eléctrica y en la cogeneración de electricidad y calor útil. .
Enlace: Ley 15/2012 de medidas fiscales para la sostenibilidad energética
El pasado 28 de diciembre de 2012 se publicó en el BOE la Ley 15/2012, que tiene por objetivo armonizar nuestro sistema fiscal con un uso más eficiente y respetuoso con el medioambiente y la sostenibilidad.
Esta ley continúa con la reforma del sector energético que el Gobierno inició en enero de 2012 con el Real Decreto-ley 1/20121, por el que se suspendieron los procedimientos de preasignación y la supresión de incentivos económicos del régimen especial (energías renovables y cogeneración) y a la que siguió en marzo el Real Decreto-ley 13/20122 por el que se redujeron los costes del sistema, esencialmente por un ajuste de la retribución del transporte y la distribución, y en julio el Real Decreto-ley 20/20123 donde se adoptaron medidas en torno a la retribución de los sistemas insulares y extrapeninsulares, los suplementos territoriales, un ajuste de la retribución de la actividad de transporte y la progresividad de los peajes de acceso, entre otros.
La Ley 15/2012 plantea las siguientes medidas principales:
Crea un impuesto sobre el valor de la producción de la energía eléctrica, que grava con un tipo impositivo del 7% la realización de actividades de producción e incorporación de energía eléctrica en el sistema eléctrico.
Se modifican los tipos impositivos establecidos para el gas natural y el carbón, suprimiéndose además las exenciones previstas para los productos energéticos utilizados en la producción de energía eléctrica y en la cogeneración de electricidad y calor útil. Se fijan los siguientes tipos:
- Gas Natural destinado a usos distintos a los de carburantes, así como el gas natural destinado al uso como carburante en motores estacionarios: 0,65 €/GJ,
1 Ver boletín de Energía y Sociedad nº69
2 Ver boletín de Energía y Sociedad nº73
3 Ver boletín de Energía y Sociedad nº77
18 de enero de 2013
Número 82
www.energiaysociedad.es 3
estableciendo un tipo reducido de 0,15 €/GJ para el destinado a usos con fines profesionales (siempre que no se utilicen en procesos de generación y cogeneración eléctrica). Hasta ahora, el gas natural gozaba de un tipo cero.
- Gasóleo para producción de electricidad: 29,15 €/1.000 litros - Fuelóleos para producción de electricidad: 12€/tonelada - Carbón para producción de electricidad: 0,65 €/GJ.
Se crea un canon por utilización de aguas continentales para la producción de energía eléctrica, por el que se grava con un tipo impositivo del 22% el valor económico de la energía hidroeléctrica producida. Este canon se reduce un 90% para las instalaciones con potencia igual o inferior a 50 MW, para las instalaciones de bombeo y para otras instalaciones que se deban incentivar por motivos de política energética general. El 2% de su recaudación será un ingreso del organismo de cuencas, y el 98% restante se ingresará en el Tesoro Público.
Se crean impuestos sobre la producción de combustible nuclear gastado y residuos radiactivos resultantes de la generación de energía nucleoeléctrica y el almacenamiento de combustible nuclear gastado y residuos radiactivos en instalaciones centralizadas.
Se excluye del régimen económico primado a la electricidad generada a partir de combustibles fósiles en instalaciones renovables (ya sean instalaciones híbridas o no híbridas)
Se establece que los Presupuestos Generales del Estado de cada año destinarán un importe equivalente a la estimación de la recaudación anual de esta ley a financiar los costes del sistema eléctrico, así como los ingresos estimados por la subasta de derechos de emisiones de CO2 (con un máximo de 500 M€)
Se resumen en las siguientes tablas las características de estos tributos.
18 de enero de 2013
Número 82
www.energiaysociedad.es 4
Figura 1: Principales características de los tributos desarrollados en la Ley 15/2012 de medidas fiscales para la sostenibilidad energética, del 27 de diciembre de 2012. Fuente: BOE
Imp
ue
sto
so
bre
el v
alo
r d
e la
pro
du
cció
n d
e la
en
erg
ía e
léct
rica
Nat
ura
leza
He
cho
imp
on
ible
Bas
e im
po
nib
leTi
po
de
gra
vam
en
Exe
nci
on
es
Ley
mo
dif
icad
a
Trib
uto
de
car
ácte
r d
ire
cto
y
nat
ura
leza
re
al q
ue
gra
va la
real
izac
ión
de
act
ivid
ade
s d
e
pro
du
cció
n e
inco
rpo
raci
ón
al s
iste
ma
elé
ctri
co d
e e
ne
rgía
elé
ctri
ca
Pro
du
cció
n e
inco
rpo
raci
ón
al s
iste
ma
elé
ctri
co
de
en
erg
ía e
léct
rica
me
did
a e
n b
arra
s d
e
cen
tral
(p
en
insu
lar,
insu
lar
y e
xtra
pe
nin
sula
r)
- El
imp
ort
e t
ota
l qu
e c
orr
esp
on
da
pe
rcib
ir a
l
con
trib
uye
nte
po
r la
pro
du
cció
n e
inco
rpo
raci
ón
al
sist
em
a e
léct
rico
de
en
erg
ía e
léct
rica
, me
did
a e
n b
arra
s
de
ce
ntr
al, p
or
cad
a in
stal
ació
n, e
n e
l pe
río
do
imp
osi
tivo
El im
pu
est
o s
e e
xigi
rá a
l tip
o d
el 7
%
Imp
ue
sto
so
bre
la p
rod
ucc
ión
de
co
mb
ust
ible
nu
cle
ar g
asta
do
y r
esi
du
os
rad
iact
ivo
s re
sult
ante
s d
e la
ge
ne
raci
ón
de
en
erg
ía n
ucl
eo
elé
ctri
ca
Nat
ura
leza
He
cho
imp
on
ible
Bas
e im
po
nib
leTi
po
de
gra
vam
en
Exe
nci
on
es
Ley
mo
dif
icad
a
Trib
uto
s d
e c
arác
ter
dir
ect
o y
nat
ura
leza
re
al
Pro
du
cció
n d
e
com
bu
stib
le n
ucl
ear
gast
ado
y r
esi
du
os
rad
iact
ivo
s re
sult
ante
s
de
la g
en
era
ció
n d
e
en
erg
ía n
ucl
eo
elé
ctri
ca
- P
rod
ucc
ión
de
co
mb
ust
ible
nu
cle
ar g
asta
do
: Lo
s
kilo
gram
os
de
me
tal p
esa
do
(u
ran
io y
plu
ton
io)
con
ten
ido
s e
n e
l co
mb
ust
ible
nu
cle
ar p
rod
uci
do
du
ran
te
el p
erí
od
o im
po
siti
vo
- R
esi
du
os
rad
iact
ivo
s: L
os
me
tro
s cú
bic
os
de
re
sid
uo
s
rad
iact
ivo
s d
e m
ed
ia, b
aja
y m
uy
baj
a ac
tivi
dad
pro
du
cid
os,
qu
e h
an s
ido
aco
nd
icio
nad
os
du
ran
te e
l
pe
rio
do
imp
osi
tivo
par
a su
alm
ace
nam
ien
to c
on
car
ácte
r te
mp
ora
l en
el p
rop
io
em
pla
zam
ien
to d
e la
inst
alac
ión
- P
rod
ucc
ión
de
co
mb
ust
ible
nu
cle
ar g
asta
do
: el t
ipo
se
rá d
e 2
.190
€/kg
de
me
tal p
esa
do
- R
esi
du
os
rad
iact
ivo
s:
1.º
Re
sid
uo
s d
e b
aja
y m
ed
ia a
ctiv
idad
, el t
ipo
se
rá d
e 6
.000
€/m
3
2.º
Re
sid
uo
s d
e m
uy
baj
a ac
tivi
dad
, el t
ipo
se
rá d
e 1
.000
€/m
3
Imp
ue
sto
so
bre
el a
lmac
en
amie
nto
de
co
mb
ust
ible
nu
cle
ar g
asta
do
y r
esi
du
os
rad
iact
ivo
s e
n in
stal
acio
ne
s ce
ntr
aliz
adas
Nat
ura
leza
He
cho
imp
on
ible
Bas
e im
po
nib
leTi
po
de
gra
vam
en
Exe
nci
on
es
Ley
mo
dif
icad
a
Trib
uto
s d
e c
arác
ter
dir
ect
o y
nat
ura
leza
re
al
Act
ivid
ad d
e
alm
ace
nam
ien
to d
e
com
bu
stib
le n
ucl
ear
gast
ado
y d
e r
esi
du
os
rad
iact
ivo
s e
n u
na
inst
alac
ión
ce
ntr
aliz
ada
- A
lmac
en
amie
nto
de
co
mb
ust
ible
nu
cle
ar g
asta
do
: La
dif
ere
nci
a e
ntr
e e
l pe
so d
el m
eta
l pe
sad
o c
on
ten
ido
en
el c
om
bu
stib
le n
ucl
ear
gas
tad
o a
lmac
en
ado
a la
fin
aliz
ació
n y
al i
nic
io d
el p
erí
od
o im
po
siti
vo (
kg)
- La
dif
ere
nci
a e
ntr
e e
l vo
lum
en
de
re
sid
uo
s ra
dia
ctiv
os
de
alt
a ac
tivi
dad
, dis
tin
tos
de
l co
mb
ust
ible
nu
cle
ar
gast
ado
, o d
e m
ed
ia a
ctiv
idad
y v
ida
larg
a, a
lmac
en
ado
s a
la f
inal
izac
ión
y a
l in
icio
de
l pe
río
do
imp
osi
tivo
(m
3)
- El
vo
lum
en
de
re
sid
uo
s ra
dia
ctiv
os
de
me
dia
act
ivid
ad
no
incl
uid
os
ante
rio
rme
nte
, y d
e b
aja
o m
uy
baj
a
acti
vid
ad, i
ntr
od
uci
do
s e
n la
inst
alac
ión
par
a su
alm
ace
nam
ien
to d
ura
nte
el p
erí
od
o im
po
siti
vo (
m3)
- En
el a
lmac
en
amie
nto
de
co
mb
ust
ible
gas
tad
o d
el p
rim
er
caso
, el
tip
o s
erá
de
70
eu
ros
po
r ki
logr
amo
de
me
tal p
esa
do
- En
el a
lmac
en
amie
nto
de
re
sid
uo
s ra
dia
ctiv
os
de
l se
gun
do
cas
o,
el t
ipo
se
rá d
e 3
0.00
0 e
uro
s p
or
me
tro
cú
bic
o d
e r
esi
du
o r
adia
ctiv
o
- En
el a
lmac
en
amie
nto
de
re
sid
uo
s ra
dia
ctiv
os
de
l te
rce
r ca
so:
1.º
Par
a re
sid
uo
s ra
dia
ctiv
os
de
baj
a y
me
dia
act
ivid
ad, e
l tip
o s
erá
de
10.
000
eu
ros
po
r m
etr
o c
úb
ico
2.º
Par
a re
sid
uo
s ra
dia
ctiv
os
de
mu
y b
aja
acti
vid
ad, e
l tip
o s
erá
de
2.00
0 e
uro
s p
or
me
tro
cú
bic
o
Los
resi
du
os
rad
iact
ivo
s p
roce
de
nte
s d
e a
ctiv
idad
es
mé
dic
as o
cie
ntí
fica
s o
de
inci
de
nte
s e
xce
pci
on
ale
s e
n
inst
alac
ion
es
ind
ust
rial
es
no
su
jeta
s a
la r
egl
ame
nta
ció
n
nu
cle
ar q
ue
se
an c
alif
icad
os
com
o t
ale
s p
or
el C
SN o
de
tect
ado
s e
n d
ich
as in
stal
acio
ne
s, y
ge
stio
nad
os
en
el
mar
co d
e lo
s ac
ue
rdo
s a
qu
e h
ace
re
fere
nci
a e
l art
ícu
lo
11.2
de
l Re
al D
ecr
eto
229
/200
6 so
bre
el c
on
tro
l de
fue
nte
s ra
dia
ctiv
as e
nca
psu
lad
as d
e a
lta
acti
vid
ad y
fue
nte
s h
ué
rfan
as
18 de enero de 2013
Número 82
www.energiaysociedad.es 5
Figura 2: Descripción y principales características de los impuestos desarrollados en la Ley 15/2012 de medidas fiscales para la sostenibilidad energética, del 27 de diciembre de 2012. Fuente: BOE
Imp
ue
sto
s e
spe
cial
es
Nat
ura
leza
He
cho
imp
on
ible
Bas
e im
po
nib
leTi
po
de
gra
vam
en
Exe
nci
on
es
Ley
mo
dif
icad
a
Trib
uto
de
nat
ura
leza
ind
ire
cta
qu
e r
eca
en
so
bre
co
nsu
mo
s
esp
ecí
fico
s y
grav
an, e
n f
ase
ún
ica,
la f
abri
caci
ón
de
hid
roca
rbu
ros
y co
nsu
mo
de
carb
ón
en
Esp
aña
Fab
rica
ció
n y
co
nsu
mo
de
hid
roca
rbu
ros
y co
nsu
mo
de
car
bo
n e
n e
l ám
bit
o
terr
ito
rial
- H
idro
carb
uro
s: E
l vo
lum
en
de
pro
du
cto
s o
bje
to d
el
imp
ue
sto
, exp
resa
do
s e
n m
ile
s d
e li
tro
s a
la t
em
pe
ratu
ra
de
15
Gra
d. C
. Par
a aq
ue
llo
s p
rod
uct
os
cuyo
tip
o
imp
osi
tivo
se
est
able
ce p
or
refe
ren
cia
a u
nid
ade
s d
e
pe
so o
de
en
erg
ía, l
a b
ase
est
ará
con
stit
uid
a p
or
el p
eso
de
l pro
du
cto
exp
resa
do
en
to
ne
lad
as m
étr
icas
, o p
or
su
po
de
r e
ne
rgé
tico
exp
resa
do
en
gig
aju
lio
s (G
J).
- C
arb
ón
: El p
od
er
en
erg
éti
co d
el c
arb
ón
ob
jeto
de
las
op
era
cio
ne
s su
jeta
s, e
xpre
sad
o e
n g
igaj
uli
os
(GJ)
.
- G
as N
atu
ral d
est
inad
o a
uso
s d
isti
nto
s a
los
de
car
bu
ran
tes,
asi
com
o e
l gas
nat
ura
l de
stin
ado
al u
so c
om
o c
arb
ura
nte
en
mo
tore
s
est
acio
nar
ios:
0,6
5 €/
GJ,
est
able
cie
nd
o u
n t
ipo
re
du
cid
o d
e 0
,15
€/G
J p
ara
el d
est
inad
o a
uso
s co
n f
ine
s p
rofe
sio
nal
es
(sie
mp
re q
ue
no
se
uti
lice
n e
n p
roce
sos
de
ge
ne
raci
ón
y c
oge
ne
raci
ón
elé
ctri
ca).
Has
ta a
ho
ra, e
l gas
nat
ura
l go
zab
a d
e u
n t
ipo
ce
ro.
- G
asó
leo
par
a p
rod
ucc
ión
de
ele
ctri
cid
ad: 2
9,15
€/1
.000
litr
os
- Fu
eló
leo
s p
ara
pro
du
cció
n d
e e
lect
rici
dad
: 12
€/to
ne
lad
a
- C
arb
ón
par
a p
rod
ucc
ión
de
ele
ctri
cid
ad: 0
,65
€/G
J
* Só
lo s
e h
an c
on
sid
era
do
las
pri
nci
pal
es
mo
dif
icac
ion
es
qu
e
afe
ctan
al s
ect
or
elé
ctri
co
Se e
lim
inan
las
exc
en
cio
ne
s 2
c) d
el a
rtíc
ulo
51
y la
3 a
)
de
l art
ícu
lo 7
9 d
e la
Le
y 38
/199
2 d
e Im
pu
est
os
Esp
eci
ale
s,
rela
tiva
s a
los
pro
du
cto
s e
ne
rgé
tico
s u
tili
zad
os
en
la
pro
du
cció
n d
e e
ne
rgía
elé
ctri
ca y
en
la c
oge
ne
raci
ón
de
ele
ctri
cid
ad y
cal
or
úti
l
Ad
em
ás d
e la
s o
pe
raci
on
es
a q
ue
se
re
fie
re la
Le
y
38/1
992,
se
incl
uye
la s
igu
ien
te e
xce
pci
ón
:
- La
fab
rica
ció
n e
imp
ort
ació
n d
e lo
s p
rod
uct
os
clas
ific
ado
s e
n e
l có
dig
o N
C 2
705
qu
e s
e d
est
ine
n a
la
pro
du
cció
n d
e e
lect
rici
dad
en
ce
ntr
ale
s e
léct
rica
s o
a la
pro
du
cció
n d
e e
lect
rici
dad
o a
la c
oge
ne
raci
ón
de
ele
ctri
cid
ad y
cal
or
en
ce
ntr
ale
s co
mb
inad
as o
a s
u
auto
con
sum
o e
n la
s in
stal
acio
ne
s d
on
de
se
hay
an
gen
era
do
Ley
38/1
992
de
Imp
ue
sto
s
Esp
eci
ale
s
Can
on
po
r u
tili
zaci
ón
de
las
agu
as c
on
tin
en
teal
es
par
a p
rod
ucc
ión
de
en
erg
ía e
léct
rica
Nat
ura
leza
He
cho
imp
on
ible
Bas
e im
po
nib
leTi
po
de
gra
vam
en
Exe
nci
on
es
Ley
mo
dif
icad
a
El im
pu
est
o e
s u
n c
ano
n p
or
uti
liza
ció
n d
e la
s ag
uas
con
tin
en
tale
s p
ara
la
pro
du
cció
n d
e e
ne
rgía
elé
ctri
ca, d
est
inad
a a
la
pro
tecc
ión
y m
ejo
ra d
el
do
min
io p
úb
lico
hid
ráu
lico
Uti
liza
ció
n y
apro
vech
amie
nto
de
los
bie
ne
s d
e d
om
inio
pú
bli
co r
ela
tivo
s a
las
agu
as c
on
tin
en
tale
s
sup
erf
icia
les
y
sub
terr
áne
as r
en
ova
ble
s,
con
ind
ep
en
de
nci
a d
el
tie
mp
o d
e r
en
ova
ció
n
par
a la
pro
du
cció
n d
e
en
erg
ía e
léct
rica
en
bar
ras
de
ce
ntr
al
Exac
ció
n s
e d
ete
rmin
ará
po
r e
l Org
anis
mo
de
cu
en
ca y
será
el v
alo
r e
con
óm
ico
de
la e
ne
rgía
hid
roe
léct
rica
pro
du
cid
a, y
me
did
a e
n b
arra
s d
e c
en
tral
, en
cad
a
pe
río
do
imp
osi
tivo
an
ual
po
r e
l co
nce
sio
nar
io m
ed
ian
te
la u
tili
zaci
ón
y a
pro
vech
amie
nto
de
l do
min
io p
úb
lico
hid
ráu
lico
El t
ipo
de
gra
vam
en
an
ual
se
rá d
el 2
2% d
el v
alo
r d
e la
bas
e
imp
on
ible
y la
cu
ota
ínte
gra
será
la c
anti
dad
re
sult
ante
de
ap
lica
r a
la b
ase
imp
on
ible
el t
ipo
de
gra
vam
en
Este
can
on
se
re
du
ce u
n 9
0% p
ara
las
inst
alac
ion
es
con
po
ten
cia
igu
al o
infe
rio
r a
50 M
W, p
ara
las
inst
alac
ion
es
de
bo
mb
eo
y p
ara
otr
as in
stal
acio
ne
s q
ue
se
de
ban
ince
nti
var
po
r m
oti
vos
de
po
lític
a
en
erg
éti
ca g
en
era
l
El 9
8% d
e la
re
cau
dac
ión
se
rá in
gre
sad
a e
n e
l Te
soro
Pú
bli
co
Esta
rán
exe
nto
s d
el p
ago
de
est
e c
ano
n lo
s
apro
vech
amie
nto
s h
idro
elé
ctri
cos
exp
lota
do
s
dir
ect
ame
nte
po
r la
Ad
min
istr
ació
n c
om
pe
ten
te p
ara
la
gest
ión
de
l do
min
io p
úb
lico
hid
ráu
lico
Re
al D
ecr
eto
Legi
slat
ivo
1/2
001
de
la L
ey
de
Agu
as
18 de enero de 2013
Número 82
www.energiaysociedad.es 6
La ley 15/2012 es una medida esencialmente recaudatoria, cuyos ingresos van destinados básicamente a la reducción del déficit tarifario. Los nuevos tributos y cánones suponen 1) costes adicionales para los operadores, que se trasladarán parcialmente en sus ofertas, repercutiendo indirectamente en los consumidores finales a través del aumento del precio del mercado de energía y 2) un retraimiento de inversiones futuras. Estas medidas no atacan el problema del déficit tarifario, que radica en el hecho de que los peajes aprobados por el Gobierno son insuficientes para cubrir los costes regulados reconocidos, donde, además del coste del suministro, se cubren otros costes no relacionados con éste, consecuencia de políticas sociales, económicas o medioambientales ajenas al sector eléctrico. Estos tributos suponen un importante incremento del riesgo regulatorio al ser una intervención injustificada, que sienta un precedente ante la ausencia de criterios establecidos. Enlaces a fichas de “Energía y Sociedad” relacionadas: Insostenibilidad del sistema energético y vías de solución, Aplicación de la teoría económica de mercados y competencia al mercado eléctrico, Ley 2/2011 de Economía Sostenible
18 de enero de 2013
Número 82
www.energiaysociedad.es 7
Ley 17/2012 de Presupuestos Generales del Estado para el año 2013 y Real Decreto-ley 29/2012 de mejora de la gestión y protección social en el sistema especial para empleados del hogar La Ley 17/2012 de Presupuestos Generales del Estado para 2013 y el Real Decreto-ley 29/2012 de mejora de la gestión y protección social en el sistema especial para empleados de hogar incluyen medidas que tienen consecuencias importantes sobre la financiación del sistema eléctrico y sobre la regulación del déficit tarifario.
Enlace: (a) Ley 17/2012 de Presupuestos Generales del Estado para el año 2013 (b) Real Decreto-ley 29/2012 de mejora de la gestión y protección social en el Sistema Especial para Empleados de Hogar y otras medidas de carácter económico y social
El Gobierno aprobó a finales de año la Ley 17/2012 de los Presupuestos Generales del Estado para 2013 y el Real Decreto-ley 29/2012 de mejora de la gestión y protección social en el sistema para empleados de hogar, que contienen medidas con implicaciones sobre la financiación de los costes regulados del sistema eléctrico y sobre la eliminación del déficit tarifario (diferencia entre costes e ingresos regulados) a partir de 2013 establecida por la Ley 54/19974 (y las sucesivas modificaciones de la misma).
Ley 17/2012: financiación de los extracostes insulares y extrapeninsulares a cargo del sistema eléctrico
El pasado 27 de diciembre se aprobó en el Congreso de los Diputados la Ley 17/2012 de Presupuestos Generales del Estado para el año 2013, con dos medidas que afectan al sector eléctrico:
Los costes de generación eléctrica de los sistemas insulares y extrapeninsulares se financiarán a cargo del sistema eléctrico. La disposición adicional primera del Real Decreto-ley 6/20095 estableció que los extracostes de generación eléctrica de los sistemas insulares y extrapeninsulares se compensarían con cargo a los Presupuestos Generales del Estado de manera progresiva, de forma que en 2012 un 75% de estos costes serían sufragados por los presupuestos y el 100% a partir de 2013. Sin embargo la disposición adicional cuarta de la Ley 17/2012 suspende para 2013 este mecanismo de compensación, de modo que los costes insulares y extrapeninsulares de 2012 correrán a cargo de la tarifa eléctrica y no se financiarán con los presupuestos de 2013. El 75% de estos costes ascendieron a más de 1.217 millones de euros en 2012, incrementando la presión sobre el déficit tarifario de ese año, según lo apuntado en el Real Decreto-ley 29/2012.
4 Ley 54/1997
5 Real Decreto-ley 6/2009
18 de enero de 2013
Número 82
www.energiaysociedad.es 8
El sistema eléctrico recibirá ingresos derivados de los tributos de la Ley 15/2012 de medidas fiscales y de las subastas de los derechos de emisión de gases de efecto invernadero. La disposición adicional quinta de la Ley trata las aportaciones para la financiación del desarrollo de las energías renovables en el Sector Eléctrico. Se explica que en las Leyes de Presupuestos Generales del Estado de cada año se destinará a financiar los costes del sistema eléctrico previstos en el artículo 16 de la Ley 54/1997 del Sector Eléctrico, referidos al fomento de energías renovables, un importe equivalente a la suma de los siguientes: La mejor estimación de la recaudación anual correspondiente al Estado derivada de los
tributos incluidos en la ley de medidas fiscales para la sostenibilidad energética. Si, finalmente, la recaudación es menor se reajustará.
El 90% del ingreso estimado por las subastas de los derechos de emisión de gases de efecto invernadero, con un máximo de 450 millones de euros.
Real Decreto-ley 29/2012: eliminación del límite de déficit tarifario en 2012 y 2013
El 28 de diciembre, un día después de la aprobación en el Congreso de los Diputados de la Ley de Presupuestos Generales del Estado para 2013, se aprobaba el Real Decreto-ley 29/2012 de mejora de gestión y protección social en el Sistema Especial para empleados de hogar y otras medidas de carácter económica y social.
En el Capítulo III de este Real Decreto-ley, se adoptan medidas en el sector eléctrico y de hidrocarburos, motivadas por el nuevo desajuste entre los costes e ingresos regulados del sistema en el último trimestre del año.
Concretamente, la Ley:
Suprime los límites para el déficit de la tarifa eléctrica que el Real Decreto-ley 14/2010 fijó en 1.500 millones de euros en 2012 y cero a partir de 2013.
Figura 1. Déficit tarifario generado anualmente y sendas marcadas por el RD-l 6/2009 y el RD-l 14/2010 que han sido derogados por el RD-l 29/2012. Fuente: CNE, BOE y análisis propio.
* Déficit generado en 2012 estimado en base al informe de la CNE sobre la propuesta de orden por la que se establecen los peajes de acceso a partir del 1 de enero de 2013 y las tarifas y primas de las instalaciones del régimen especial
4.700
5.554
4.300
5.108
1.527
3.026
4.008
178178
1.910
5.500
20132012*
1.000
1.500
2009 2011E
3.119
1.500
3.000
2010
3.000
3.500
200820072006200520042003<2002
Límite de déficit anual fijado en el RDL 6/2009Límite de déficit anual fijado en el RDL 14/2010
3.500
5.500
3.000
1.500
3.000
1.500
1.000
Déficit tarifario generado anualmente y sendas marcadas por el RD-l
6/2009 y el RD-l 14/2010 que han sido derogados por el RD-l 29/2012
~~
18 de enero de 2013
Número 82
www.energiaysociedad.es 9
Según la exposición de motivos de la ley, la Comisión Nacional de Energía en su informe 35/2012 advierte de la aparición de déficit de tarifa adicional al previsto para 2012, en gran medida por la caída de la demanda ligada a la reducción de la actividad industrial, lo que implica una menor recaudación de ingresos a través de los peajes de acceso; y a un sobrecoste del régimen especial (energías renovables y cogeneración), resultado de la entrada en operación de centrales antes de lo previsto en el registro de preasignación y por un incremento de las horas de funcionamiento de estas instalaciones. A todo esto se suman los 1.217 millones de euros de los costes insulares y extrapeninsulares, que originalmente iban a correr con cargo a los Presupuestos Generales del Estado y que la Ley 17/2012 establece sean financiados por el sistema eléctrico. Estos desajustes temporales de liquidaciones del sistema eléctrico que se produzcan en 2012, tendrán la consideración de déficit de ingresos del sistema para 2012, que generará derechos de cobro que podrán ser cedidos por sus titulares al Fondo de Titulización del Déficit del Sistema Eléctrico. Esto será adicional a los 1.500 millones de euros de déficit ya reconocidos por la Ley 54/1997.
Corrección o supresión del régimen económico primado para las instalaciones de régimen especial (renovables y cogeneración) que incumplan las obligaciones requeridas para su inscripción definitiva en el registro de preasignación: si no están totalmente ejecutadas y en servicio todas las infraestructuras de evacuación necesarias para verter la energía a la red de distribución o transporte, todos los equipos generadores de electricidad, si no está instalada y en servicio la totalidad del campo solar o si no está operativo la totalidad del almacenamiento previsto en el proyecto de ejecución.
En el sector hidrocarburos, el real decreto-ley mantiene transitoriamente el precio máximo vigente de los gases licuados del petróleo envasados en envases de capacidad igual o superior a 8 kg, e inferior a 20 kg6, excluidos los envases de mezcla para usos de los gases licuados del petróleo como carburante desde el 1 de octubre de 2012, hasta la próxima revisión que se efectúe por resolución del Director General de Política Energética y Minas.
El real decreto ley que regula aspectos laborales de los empleados del hogar publicado el último día del año, incluye medidas muy relevantes para el sistema eléctrico: eliminación de los límites de déficit en 2012 y siguientes. Esto implica que en el año 2012 habrá más déficit que el permitido por la Ley eléctrica, cuya cuantía está aún pendiente de determinar, mientras que se permite la existencia de déficit de tarifa sin límite alguno para 2013 y años sucesivos.
6 Este mantenimiento transitorio en el precio máximo vigente de los gases licuados del petróleo envasados afecta a la bombona de butano de uso doméstico
18 de enero de 2013
Número 82
www.energiaysociedad.es 10
Estas medidas han causado gran sorpresa en el sector por su total desconocimiento previo y por incumplir los objetivos del gobierno relativos al déficit tarifario reiterados múltiples ocasiones: aportación de la Administración a la resolución del déficit tarifario, cumplimiento del límite del déficit previsto para 2012 (1.500 M€) y eliminación de este déficit a partir de 2013.
Enlaces a fichas de “Energía y Sociedad” relacionadas: El déficit tarifario: qué es, consecuencias y solución, ¿Cuáles son los costes soportados por las tarifas de acceso a las redes eléctricas, y cuáles las subvenciones?, Cambio climático a futuro y el sector eléctrico
18 de enero de 2013
Número 82
www.energiaysociedad.es 11
Tarifas de último recurso de electricidad y gas natural vigentes a partir del 1 de enero de 2013
El Gobierno ha publicado a finales de diciembre las nuevas tarifas de último recurso (TUR) de electricidad y gas natural vigentes a partir del 1 de enero de 2013. En esta ocasión, la TUR de electricidad lleva implícita una congelación de los peajes de acceso, por lo que tendrá un aumento de un 3% derivado, únicamente, del incremento del coste de la energía que ha resultado de la 21ª subasta CESUR realizada el 21 de diciembre de 2012. En el caso de la TUR de gas, se produce una ligera reducción del precio que compensa la nueva aplicación del Impuesto de Hidrocarburos al gas natural que también entra en vigor el 1 de enero.
Enlace: (a) Resolución de 27 de diciembre de 2012, de la Dirección General de Política Energética y Minas, por la que se establece el coste de producción de energía eléctrica y las tarifas de último recurso a aplicar a partir del 1 de enero de 2013 (b) Resolución de 28 de diciembre de 2012, de la Dirección General de Política Energética y Minas, por la que se publica la tarifa de último recurso de gas natural (c) Orden IET/2812/2012, de 27 de diciembre, por la que se establecen los peajes y cánones asociados al acceso de terceros a las instalaciones gasistas y la retribución de las actividades reguladas (d) Precios aplicables por los comercializadores de último recurso y con los peajes de acceso de electricidad vigentes desde el 1 de enero de 2013 (e) Precios aplicables por los comercializadores de último recurso y peajes y cánones de gas vigentes desde el 1 de enero de 2013
Tarifa de último recurso de electricidad
El Gobierno publicó el 27 de diciembre de 2012 la Resolución de la Dirección General de Política Energética y Minas con el coste de producción de energía eléctrica y las tarifas de último recurso (TUR) que van a estar vigentes a partir del 1 de enero de 2013.
El texto incluye el coste de producción de electricidad para la TUR sin discriminación horaria y con discriminación horaria de dos periodos, siendo los valores establecidos para el primer trimestre de 2013 de 81,94 €/MWh (periodo 0 o llano), 86,63 €/MWh (periodo 1 o punta) y 60,32 €/MWh (periodo 2 o valle). Este coste de producción de energía eléctrica es aproximadamente un 7% superior al del último trimestre de 2012.
Las tarifas de último recurso publicadas por el Gobierno llevan implícita una congelación de los peajes con respecto a los vigentes desde abril de 2012. La orden ministerial de tarifas que debe acreditar esta congelación todavía no ha sido publicada por el Ministerio de Industria, Energía y Turismo, y tampoco la actualización de las primas de las instalaciones de régimen especial. El efecto conjunto de aumento del coste de la energía y de congelación de los peajes de acceso, implican un incremento aproximado de las TUR del 3%.
Peajes y cánones y tarifa de último recurso de gas natural
La Orden IET/2812/2012, por la que se establecen los peajes y cánones asociados al acceso de terceros a las instalaciones gasistas y la retribución de las actividades reguladas, publicada en el BOE el 31 de diciembre, incrementa todos los peajes y cánones gasistas en un 1%, a excepción del término variable de descarga de buques en Huelva, Cartagena y Sagunto, que aumenta un 1,5%.
18 de enero de 2013
Número 82
www.energiaysociedad.es 12
Se han mantenido constantes el término variable de descarga de buques en Bilbao, Barcelona y Mugardos, el peaje de almacenamiento en tanque de GNL y el canon de almacenamiento subterráneo.
Además de incrementar los peajes y cánones gasistas y de fijar la retribución de las actividades reguladas para el año 2013, la Orden IET/2812/2012 también introduce otras modificaciones regulatorias entre las que destaca, en la disposición final cuarta, la modificación de la Orden ITC/1660/2009, del 22 de junio, por la que se establece la metodología de cálculo de la TUR mediante la redefinición de algunas de las variables necesarias para su cálculo y proponiendo nuevas redacciones para algunos de sus artículos. Adicionalmente se ajusta la retribución de las actividades de transporte y distribución de gas al fijar en cero el factor de eficiencia IPH.
De acuerdo con esta actualización de los peajes y cánones de acceso a partir del 1 de enero de 2013, la Resolución del 28 de diciembre de 2012 que fija las TUR de gas natural para el primer trimestre de 2013, establece un descenso en la TUR 1 (para hogares que utilizan gas natural en la instalación de agua caliente) y en la TUR 2 (para hogares que utilizan gas natural para calefacción y agua caliente) del 3% y el 4%, respectivamente con respecto a la TUR publicada en la Resolución del 28 de junio de 2012. Sin embargo, este descenso en el precio regulado de la tarifa se compensa con la aplicación del nuevo Impuesto de Hidrocarburos al gas natural que entra en vigor el 1 de enero de 2013, por lo que el precio final para los consumidores domésticos se mantiene sin variación.
Esta es la primera vez que el sector empieza el año sin contar con la publicación de la revisión de los peajes eléctricos. La resolución del Ministerio que fija el coste de producción eléctrica y las tarifas de último recurso, implícitamente muestra que se ha optado – una vez más – por una política de control del precio final de la electricidad, que se concretará en una congelación de los peajes a partir de enero. Esto podría llevar a una situación de insuficiencia tarifaria y, por lo tanto, de generación de déficit en 2013, incumpliendo la senda prevista en el Real Decreto-ley 14/2010 que exigía que el déficit debía ser cero a partir este año.
Enlaces a fichas de “Energía y Sociedad” relacionadas: Las tarifas de acceso: estructura, Costes y liquidación de los ingresos, Las subastas de energía para el suministro de Último Recurso (CESUR), Las tarifas de Último Recurso (TUR), El suministro de Último Recurso (SUR), El mercado minorista de energía eléctrica
18 de enero de 2013
Número 82
www.energiaysociedad.es 13
Evolución de los mercados energéticos
En el periodo analizado (del 27 de diciembre al 10 de enero) los precios medios del petróleo Brent correspondientes a los contratos con vencimiento a uno y tres meses aumentaron con respecto a los valores registrados en la quincena anterior, subiendo más de un 2% y un 1% respectivamente. De manera diferente, las cotizaciones medias del gas natural de referencia en el Reino Unido (NBP) han seguido una senda bajista, situándose el contrato con entrega en el segundo trimestre de 2013 por encima de los 25,50 €/MWh, precio inferior en más de un 5% al registrado la quincena anterior.
Las cotizaciones medias del carbón europeo API2 y de los derechos de emisión de CO2 (EUAs) también sufrieron una corrección a la baja, más fuerte y pronunciada en el caso de los derechos de emisión, cayendo durante el periodo analizado en torno a un 5,20%.
Por otra parte, los precios de los mercados sport de electricidad en Europa evolucionaron de forma dispar. Mientras que en España y Portugal los precios se incrementaron significativamente, un 31,30% y un 28,26% respectivamente, debido al impacto de los días festivos navideños, 24 y 25 de diciembre, en Francia, Alemania y en Nord Pool, los precios descendieron significativamente. El mercado italiano se ha mantenido prácticamente sin cambios. En el mercado a plazo, los precios descendieron de forma generalizada en España, Francia y Alemania.
Durante la quincena analizada (del 27 de diciembre al 10 de enero), los precios medios del petróleo Brent con entrega a un mes (febrero 2013) aumentaron hasta superar los 111,50 $/bbl por primera vez desde finales del tercer trimestre del año pasado. Se mantiene la tendencia creciente que empezó a mediados de noviembre de 2012. La misma tendencia ha seguido el contrato con vencimiento a tres meses, con un crecimiento de un 1,32% situándose en los 110 $/bbl.
Situación contraria han experimentado las cotizaciones de los contratos para el resto de las materias primas. Los precios medios del gas natural en NBP descendieron de una manera más acusada en el caso del contrato con vencimiento en el segundo trimestre de 2013 hasta alcanzar los 25,80 €/MWh, precio 5,19% menor que el de la quincena anterior. A pesar del pequeño descenso que ha sufrido el contrato del gas natural NBP con vencimiento en febrero de 2013, continúa con la tendencia creciente iniciada a principios de 2012.
Igualmente a la baja evolucionaron las cotizaciones medias del carbón europeo CIF ARA, acumulando un descenso de más de un 2% en el contrato con vencimiento en febrero y un 1,50% en el contrato con vencimiento en el segundo trimestre del año, alcanzando los 89,05 $/t y los 91,25 $/t respectivamente.
La tendencia descendente mostrada por los precios de las commodities anteriores, ha sido igualmente experimentada por las cotizaciones de los derechos de emisión de CO2 (EUAs). Tras haber alcanzado casi los 7 €/t la quincena anterior, las cotizaciones volvieron a caer durante el periodo analizado, registrando un precio de 6,52 €/t, lo que supone un descenso de más de un 5%.
18 de enero de 2013
Número 82
www.energiaysociedad.es 14
Los precios medios spot de los principales mercados eléctricos de Europa evolucionaron de forma contraria durante la quincena analizada (del 27 de diciembre al 10 de enero). Los precios de España y Portugal han aumentaron de una manera considerable, un 31,80% y un 28,26% respectivamente, hasta alcanzar los 48,59 €/MWh en el mercado español y los 48,37 €/MWh en el mercado portugués. Este aumento tan acusado en el precio se ha debido al efecto de los días de fiesta navideños, 24 y 25 de diciembre, en donde el precio spot de la electricidad experimentó un gran descenso.
Sin embargo, los mercados de Francia, Alemania y de Nord Pool, sufrieron un descenso en los precios medios spot de la electricidad. El descenso más acusado se ha producido en el mercado alemán con un 28,86% con respecto a la quincena anterior analizada, hasta situarse en los 31,92 €/MWh. El descenso experimentado en Francia y Alemania ha sido de media un 15% hasta alcanzar los 34,98 €/MWh y los 36,00 €/MWh respectivamente. El mercado italiano se ha mantenido estable con respecto a la quincena anterior, con un descenso en el precio de un 0,02% manteniéndose cerca de los 65,50 €/MWh.
Por otra parte, los precios negociados en el mercado a plazo de la electricidad en España han evolucionado de forma dispar ya que el valor del el contrato con vencimiento en el segundo trimestre de 2013 ha descendido un 1,55% mientras que el contrato con vencimiento en 2014 ha aumentado un 2,47%, hasta situarse en los 53,12 €/MWh y los 55,17 €/MWh respectivamente.
El resto de los contratos a plazo en los mercados de Francia y Alemania han descendido, siendo más acusado el descenso experimentado en los contratos con entrega en el Q2-13 en ambos mercados. Estos contratos han descendido de media un 23,05% en Francia y un 14,38% en Alemania. Los contratos con vencimiento en 2014 de estos países se han mantenido prácticamente constantes, descendiendo un 0,23% y un 0,92% respectivamente.
18 de enero de 2013
Número 82
www.energiaysociedad.es 15
Tabla 1. Evolución de los precios spot de la electricidad en Europa
Fuente: Elaboración propia a partir de datos de GME, EPEX Spot, Nord Pool y OMIE
Tabla 2. Evolución de las cotizaciones medias a plazo de los combustibles (petróleo, gas y carbón) y de los derechos de emisión de CO2
Fuente: Elaboración propia a partir de datos de EEX, Reuters, Bloomberg y European Climate Exchange
Precio medio spot (€/MWh)
27/12-10/01 12/12-26/12 Variación (%)
España OMIE 48,59 36,87 31,80%
Portugal OMIE 48,37 37,71 28,26%
Francia 34,98 39,49 -11,43%
Alemania 31,92 44,87 -28,86%
Italia GME 65,69 65,70 -0,02%
Nord Pool 36,00 42,88 -16,03%
Unidades 27/12-10/01 12/12-26/12 Var. (%)
Brent entrega a 1 mes (contrato M+1) $/bbl 111,62 109,27 2,15%
Brent entrega a 3 mes (contrato M+3) $/bbl 109,99 108,56 1,32%
Gas Natural (NBP) entrega en Feb. 2013 €/MWh 27,65 27,80 -0,52%
Gas Natural (NBP) entrega en Q2 2013 €/MWh 25,80 27,21 -5,19%
Carbón API2 ARA entrega en Feb. 2013 $/t 89,05 91,14 -2,29%
Carbón API2 ARA entrega en Q2 2013 $/t 91,25 92,81 -1,68%
Derechos de CO2 entrega en Dic. 2013 €/t 6,52 6,87 -5,21%
18 de enero de 2013
Número 82
www.energiaysociedad.es 16
Gráfico 1. Evolución de los precios medios spot semanales de la electricidad en Europa
Fuente: Elaboración propia a partir de datos de GME, EPEX Spot, Nord Pool y OMIE
Gráfico 2. Evolución de los precios medios spot diarios de la electricidad en Europa
Fuente: Elaboración propia a partir de datos de GME, EPEX Spot, Nord Pool y OMIE
0
20
40
60
80
100
120
140
1-n
ov-
11
16
-no
v-1
1
1-d
ic-1
1
16
-dic
-11
31
-dic
-11
15
-en
e-1
2
30
-en
e-1
2
14
-fe
b-1
2
29
-fe
b-1
2
15
-mar
-12
30
-mar
-12
14
-ab
r-1
2
29
-ab
r-1
2
14
-may
-12
29
-may
-12
13
-ju
n-1
2
28
-ju
n-1
2
13
-ju
l-1
2
28
-ju
l-1
2
12
-ago
-12
27
-ago
-12
11
-se
p-1
2
26
-se
p-1
2
11
-oct
-12
26
-oct
-12
10
-no
v-1
2
25
-no
v-1
2
10
-dic
-12
25
-dic
-12
9-e
ne
-13
€/M
Wh
OMIE (España) Nord Pool Francia GME Alemania OMIE (Portugal)
0
10
20
30
40
50
60
70
80
90
100
110
120
130
1-a
br-
12
8-a
br-
12
15
-ab
r-1
2
22
-ab
r-1
2
29
-ab
r-1
2
6-m
ay-1
2
13
-may
-12
20
-may
-12
27
-may
-12
3-j
un
-12
10
-ju
n-1
2
17
-ju
n-1
2
24
-ju
n-1
2
1-j
ul-
12
8-j
ul-
12
15
-ju
l-1
2
22
-ju
l-1
2
29
-ju
l-1
2
5-a
go-1
2
12
-ago
-12
19
-ago
-12
26
-ago
-12
2-s
ep
-12
9-s
ep
-12
16
-se
p-1
2
23
-se
p-1
2
30
-se
p-1
2
7-o
ct-1
2
14
-oct
-12
21
-oct
-12
28
-oct
-12
4-n
ov-
12
11
-no
v-1
2
18
-no
v-1
2
25
-no
v-1
2
2-d
ic-1
2
9-d
ic-1
2
16
-dic
-12
23
-dic
-12
30
-dic
-12
6-e
ne
-13
€/M
Wh
OMIE (España) Nord Pool Francia GME Alemania OMIE (Portugal)
18 de enero de 2013
Número 82
www.energiaysociedad.es 17
Gráfico 3. Evolución de las cotizaciones de los combustibles con entrega al mes siguiente y de los derechos de emisión de CO2 (medias semanales)
Fuente: Elaboración propia a partir de datos de EEX, Reuters, Bloomberg y European Climate Exchange
Tabla 3. Evolución de los precios a plazo de la electricidad en Europa (€/MWh)
Fuente: Elaboración propia a partir de datos de OMIP, Powernext y EEX
5
8
11
14
17
20
23
26
29
32
35
70
75
80
85
90
95
100
105
110
115
120
125
130
1-d
ic-1
1
16
-dic
-11
31
-dic
-11
15
-en
e-1
2
30
-en
e-1
2
14
-fe
b-1
2
29
-fe
b-1
2
15
-mar
-12
30
-mar
-12
14
-ab
r-1
2
29
-ab
r-1
2
14
-may
-12
29
-may
-12
13
-ju
n-1
2
28
-ju
n-1
2
13
-ju
l-1
2
28
-ju
l-1
2
12
-ago
-12
27
-ago
-12
11
-se
p-1
2
26
-se
p-1
2
11
-oct
-12
26
-oct
-12
10
-no
v-1
2
25
-no
v-1
2
10
-dic
-12
25
-dic
-12
9-e
ne
-13
Brent futuro a 1 mes ($/bbl, eje izqdo.) Carbón API2 ARA futuro a 1 mes ($/t, eje izqdo.)
Gas natural NBP futuro a 1 mes (€/MWh, eje dcho.) CO2 Dic-12 (€/t, eje dcho.)
27/12-10/01 12/12-26/12 Variación (%)
España entrega en Q2 2013 53,12 53,95 -1,55%
España entrega en 2014 55,17 53,84 2,47%
Francia entrega en Q2 2013 41,47 53,89 -23,05%
Francia entrega en 2014 47,60 47,71 -0,23%
Alemania entrega en Q2 2013 40,52 47,32 -14,38%
Alemania entrega en 2014 45,11 45,53 -0,92%
18 de enero de 2013
Número 82
www.energiaysociedad.es 18
Gráfico 4. Evolución de los precios a plazo de la electricidad en Europa. Contrato con vencimiento en el trimestre siguiente, Q+1 (medias semanales)
Fuente: Elaboración propia a partir de datos de OMIP, Powernext y EEX
Gráfico 5. Evolución de los precios a plazo de la electricidad en Europa. Contrato con vencimiento en Cal+1 (medias semanales)
Fuente: Elaboración propia a partir de datos de OMIP, Powernext y EEX
35
45
55
65
1-m
ar-1
2
10
-mar
-12
19
-mar
-12
28
-mar
-12
6-a
br-
12
15
-ab
r-1
2
24
-ab
r-1
2
3-m
ay-1
2
12
-may
-12
21
-may
-12
30
-may
-12
8-j
un
-12
17
-ju
n-1
2
26
-ju
n-1
2
5-j
ul-
12
14
-ju
l-1
2
23
-ju
l-1
2
1-a
go-1
2
10
-ago
-12
19
-ago
-12
28
-ago
-12
6-s
ep
-12
15
-se
p-1
2
24
-se
p-1
2
3-o
ct-1
2
12
-oct
-12
21
-oct
-12
30
-oct
-12
8-n
ov-
12
17
-no
v-1
2
26
-no
v-1
2
5-d
ic-1
2
14
-dic
-12
23
-dic
-12
1-e
ne
-13
10
-en
e-1
3
€/M
Wh
España Francia Alemania
Vencimiento en Q2-2012
Vencimiento en Q3-
2012
Vencimiento en Q4-2012
Vencimiento en Q1-
2013
Vencimiento en Q2-
2013
35
45
55
65
15
-en
e-1
2
24
-en
e-1
2
2-f
eb
-12
11
-fe
b-1
2
20
-fe
b-1
2
29
-fe
b-1
2
9-m
ar-1
2
18
-mar
-12
27
-mar
-12
5-a
br-
12
14
-ab
r-1
2
23
-ab
r-1
2
2-m
ay-1
2
11
-may
-12
20
-may
-12
29
-may
-12
7-j
un
-12
16
-ju
n-1
2
25
-ju
n-1
2
4-j
ul-
12
13
-ju
l-1
2
22
-ju
l-1
2
31
-ju
l-1
2
9-a
go-1
2
18
-ago
-12
27
-ago
-12
5-s
ep
-12
14
-se
p-1
2
23
-se
p-1
2
2-o
ct-1
2
11
-oct
-12
20
-oct
-12
29
-oct
-12
7-n
ov-
12
16
-no
v-1
2
25
-no
v-1
2
4-d
ic-1
2
13
-dic
-12
22
-dic
-12
31
-dic
-12
9-e
ne
-13
€/M
Wh
España Francia Alemania
Vencimiento en
Cal-2014
Vencimiento en Cal-
2013
Top Related