Boletín Nº 365 Carmen de Patagones, Viernes 02 de Julio de 2021
Domicilio Legal: Comodoro Rivadavia Nº 193 – Tel. 2920 461777 / Fax 2920 461780 Email: boletí[email protected]
Boletín
Oficial DE LA MUNICIPALIDAD DE PATAGONES
AUTORIDADES
Intendente Ing. José Luis ZARA
Secretario de Gobierno Daniel Alberto PAREDES
Directora de Gobierno Dra. Adriana LLambay
Los documentos que aparecen en el BOLETIN OFICIAL DE LA MUNICIPALIDAD DE PATAGONES serán tenidos por auténticos y obligatorios por el efecto de esta población y por comunicados y suficientemente circulados dentro de todo el territorio del Partido (Ordenanza Municipal Nº 15/1999)
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Sección Oficial - Página Nº 2
SUMARIO
SECCIÓN OFICIAL
Ordenanzas
Pág. 03 - 43
P. Ordenazas Pag. 43 - 55
Decretos Pág. 56 - 85 Resoluciones Pág. 86 - 89
Convenios Pag. 90 - 91
Licitaciones Pág. 91 - 103 Concurso Pág. 00
Comunicados Pág. 104
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SECCIÓN OFICIAL
ORDENANZAS REGISTRADO BAJO Nº 3381.-
Carmen de Patagones, 27 de Abril de 2021.
Corresponde a expediente 4084-885HCD/21 VISTO: La nota presentada por vecinos de la calle 10 de la localidad de Juan A. Pradere; y
CONSIDERANDO:
Que, la calle 10 de la localidad de Juan A. Pradere es de alta transitabilidad.
Que, es constante el peligro dado a las altas velocidades que los automóviles alcanzan.
Que, en su alrededor viven familias con niños por lo que temen por su seguridad.
Que, es imprescindible contar con reductores de velocidad a fin de tomar las medidas de seguridad correspondientes e evitar futuros accidentes.
Que, atento a esta situación los vecinos manifiestan su preocupación, ya que lo descripto pone en peligro la seguridad física no solo de los vecinos residentes en cercanía a la calle mencionada, sino también, a todo transeúntes que por allí circulen.
POR TODO ELLO, EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DEL PARTIDO DE PATAGONES, EJERCIENDO ATRIBUCIONES QUE LE CONFIERE LA LEY, SANCIONA CON FUERZA DE:
O R D E N A N Z A ARTICULO 1º: Establecese la colocación de reductores de velocidad o la realización de badenes en calle 10 de la localidad de Juan A. Pradere.------------------------------
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ARTICULO 2º: Realizar la demarcación necesaria y colocar Cartelería indicativa sobre la calle correspondiente-------
ARTICULO 3º: Cúmplase, regístrese, pase al Departamento Ejecutivo para su promulgación, comuníquese a quienes corresponda. Una vez cumplimentada la Ordenanza, gírese al Honorable Concejo Deliberante el Decreto de Promulgación.--
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DEL PARTIDO DE PATAGONES, EN LA 4º SESION ORDINARIA DEL DIA 21-04-21. 6º REUNIÓN. 3º BIMODAL. APROBADO POR UNANIMIDAD.
REGISTRADO BAJO Nº 3382.- Carmen de Patagones, 27 de Abril de 2021.
Corresponde a expediente 4084-896HCD/21 VISTO:
Las Ordenanzas Nº 1884 y Nº171HCD/90 y su
modificatoria Nº 189HCD/90 que prohíben el estacionamiento
de vehículos automotores; y
CONSIDERANDO:
Que, los generadores de las mencionadas
ordenanzas ya no se encuentran en dichos domicilios.
Que, es importante recuperar estos espacios
para que el vecino cuente con más lugares de
estacionamientos.
Que, esta norma se constituye a efectos de
lograr el correcto aprovechamiento de los sectores
públicos.
POR TODO ELLO, EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DEL PARTIDO DE PATAGONES, EJERCIENDO ATRIBUCIONES QUE LE CONFIERE LA LEY, SANCIONA CON FUERZA DE:
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O R D E N A N Z A
ARTÍCULO 1º: Deróguese las Ordenanzas Nº 1884, Nº171HCD/90
y su modificatoria Nº 189HCD/90 que prohíben el
estacionamiento de vehículos automotores en calle Dr.
Barajas e/ Olivera y 7 de Marzo y calle Villegas Nº270.----
ARTICULO 2º: Autorícese al Departamento Ejecutivo a liberar
el espacio público para el libre estacionamiento de los
sectores comprendido en el artículo 1º, quitando su
cartelería y despintando la acera.-------------------------
ARTICULO 3º: Procédase al pintado y habilitación para
estacionamiento en el sector de la calle Alsina casi Bynon
(ex-anexo del Banco Provincia) por no existir norma de la
misma ni sucursal del Banco.-------------------------------
ARTICULO 4º: Infórmese de la presente norma a la Dirección
de Tránsito Municipal.-------------------------------------
ARTICULO 5º: Cúmplase, regístrese, pase al Departamento Ejecutivo para su promulgación, comuníquese a quienes corresponda. Una vez cumplimentada la Ordenanza, gírese al Honorable Concejo Deliberante el Decreto de Promulgación.--
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DEL PARTIDO DE PATAGONES, EN LA 4º SESION ORDINARIA DEL DIA 21-04-21. 6º REUNIÓN. 3º BIMODAL. APROBADO POR UNANIMIDAD.
REGISTRADO BAJO Nº 3383.- Carmen de Patagones, 27 de Abril de 2021.
Expediente 4084-902HCD/21.
VISTO: Los Artículos 225, 230, 234 y concordantes de la
Ordenanza Fiscal y los Artículos 39 y 40 de la Ordenanza
Tarifaria, y;
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CONSIDERANDO: Que, el Artista Alcides Luis Biaggetti (1912-
1971), conocido como “El Pintor de los Grises de
Patagones”, se encuentra sepultado en el Cementerio de
Patagones en el Nicho ubicado en la Sección I, Sector C,
Fila 2, Columna 7, identificado como Cuenta Nº 1267 en la
base de datos del Sistema RAFAM.
Que, Alcides Luis Biagetti nació en Carmen de
Patagones el 28 de Mayo de 1912, su madre fue Emma Rostagno
(1890-1938), hija de inmigrantes italianos; y su padre fue
Luis Biagetti (1876-1964), italiano, quien llegó a La
Argentina en 1900 y se radico en Patagones ejerciendo el
oficio de carpintero.
Que, el 2 de Septiembre de 1942 Alcides Luis
Biagetti se casó con Beatriz Manfredi con quien tuvo un
hijo, Alcides Mario Biagetti.
Que, la vocación artística de Alcides Biagetti
comenzó a manifestarse desde temprana edad. Como en aquella
época en Patagones no había escuela de arte, su aprendizaje
y evolución en la representación del paisaje se basó en la
experiencia.
Que, él mismo confesó: “como sucede a menudo,
mi precaria situación económica jamás me permitió darme el
lujo de asistir a ningún instituto de arte de manera que,
la fuerza de observación, amor y voluntad, pude, poco a
poco, informándome, lograr una discreta cultura pictórica".
Que, el lugar que frecuento para realizar sus
obras fue el “Casco Antiguo” o “Poblado Histórico” de
Carmen de Patagones y se inspiró en la arquitectura
colonial y en la quietud de sus calles.
Que, Alcides también fue músico, tocaba el
piano “de oído una nota publicada en el diario Rio Negro
así lo describe: Por entonces pianista informal y
vocacional de un cuarteto típico formado en Patagones – Los
Maragatos – y el pintor de “Brocha Gorda” como se
autodenominaba, pudo llamarse, respetuosamente : bohemio
empedernido.
Que, alternaba aquella simples ocupación de
pintor de obras con relatos caricaturescos realizados
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expresamente para salones de baile y corsos, en la época de
los carnavales, a los que agregaba hilarantes textos
emanados de su humor e inspirados en la idiosincrasia de su
pueblo al que tanto conocía fino humorista de una vena
plena, rebosante de filosofía de calle y barrio, comenzaba
por entonces el vuelo de su inigualable genio de fino y
calificado pintor artístico.
Que, entre 1948 y 1965 participo en varios
salones regionales de Bahía Blanca siendo destacado con
distintos premios. En 1952, 1964 y 1967 expuso en Buenos
Aires, en la Galería Argentina.
Que, Alcides también trabajo con medios
expresivos, como el dibujo y la acuarela, en la realización
de caricaturas y relatos caricaturescos, en el interior de
algunas casas de Carmen de Patagones.
Que, Alcides Biagetti falleció en Carmen de
Patagones el 24 de Octubre de 1971.
Que, el pueblo de Carmen de Patagones reconoce
su destacada trayectoria inmortalizándolo en diversos
murales, en la escuela de artes y la calle que lleva su
nombre.
Que, Alcides Luis Biagetti se encuentra
sepultado en el Cementerio de Carmen de Patagones, por lo
que dicha circunstancia genera el pago del Derecho de
Cementerio y de la Tasa por Servicios de Limpieza y
Mantenimiento del cementerio, correspondiente al nicho
donde se encuentra sepultado.
Que, el reconocimiento de Alcides Luis
Biagetti como artista que inmortalizo la historia, la
Cultura y el arte de nuestra tierra, representando y
destacando a Carmen de Patagones en espacios artísticos y
culturales, resulta de importancia para la Comunidad.
Que, dicho reconocimiento corresponde a través
de una placa conmemorativa, como así también mediante el
otorgamiento de una exención en el pago de los gravámenes
que resulta de su sepultura en el cementerio de Carmen de
Patagones.
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POR ELLO, EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DEL PARTIDO DE PATAGONES, EJERCIENDO ATRIBUCIONES QUE LE CONFIERE LA LEY, SANCIONA CON FUERZA DE:
O R D E N A N Z A
ARTÍCULO 1º: Establecer la colocación de una Placa conmemorativa en honor al artista Alcides Luis Biagetti en el frente de la sepultura donde descansan sus restos mortales.-------------------------------------------------- ARTÍCULO 2º: Exímase del pago de Derecho de Cementerio y la Tasa por Servicios de Limpieza y Mantenimiento del Cementerio correspondiente al nicho ubicado en la Sección I – Sector C – Fila 2 – Columna 7 y registrada como Cuenta Nº 1267 en la base de Datos del Sistema RAFAM, donde se identifica la sepultura del artista Alcides Luis Biagetti.- ARTÍCULO 3º: Condonase la deuda que en concepto de Derecho de Cementerio y de la Tasa por Servicios de Limpieza y Mantenimiento del Cementerio correspondiente al nicho ubicado en la Sección I – Sector C – Fila 2 – Columna 7 y registrada como Cuenta Nº 1267, en la base de Datos del Sistema RAFAM, respecto de los periodos fiscales que se hubieren devengado a la fecha.-----------------------------
ARTICULO 4º: Ordenase a la Agencia de Recaudación Municipal que realice las modificaciones que corresponde en la base de datos del Sistema RAFAM, en complimiento a la presente norma.-----------------------------------------------------
ARTICULO 5º: Cúmplase, regístrese, pase al Departamento Ejecutivo para su promulgación, comuníquese a quienes corresponda. Una vez cumplimentada la Ordenanza, gírese al Honorable Concejo Deliberante el Decreto de Promulgación.--
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DEL PARTIDO DE PATAGONES, EN LA 4º SESION ORDINARIA DEL DIA 21-04-21. 6º REUNIÓN. 3º BIMODAL. APROBADO POR UNANIMIDAD.
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REGISTRADO BAJO Nº 3385.-
Carmen de Patagones, 27 de abril de 2021. Corresponde a expediente 4084-905HCD/21.-
VISTO: Los principios constitucionales y normativas nacionales, provinciales e internacionales tendientes al mejoramiento y la preservación del medioambiente, así como a la lucha contra los efectos negativos del cambio climático; El compromiso del Municipio para promover y continuar promoviendo acciones que permitan mitigar los efectos negativos del cambio climático en su territorio y que mejoren el medio ambiente para sus habitantes, teniendo en cuenta el triple impacto ambiental, social y económico; La necesidad de articular acciones conjuntas y en forma coordinada con otros municipios del país en pos del mismo fin, con el propósito de fomentar la integración, intercambiar experiencias y ampliar el acceso a recursos; y CONSIDERANDO:
Que, en el año 2010 se constituyó la Red Argentina de Municipios frente al Cambio Climático (“RAMCC”), como un instrumento de coordinación e impulso de las políticas públicas de los municipios participantes de la lucha contra el cambio climático de las ciudades y pueblos de la República Argentina;
Que, uno de los objetivos principales
de la RAMCC, es ejecutar proyectos o programas municipales, regionales o nacionales, relacionados con la mitigación y/o adaptación al cambio climático, a partir de la movilización de recursos locales, nacionales e internacionales;
Que, el Municipio es miembro de la
RAMCC y participa activamente en dicha Red y en sus actividades, siendo testigo del impacto y de los resultados positivos que la misma ha generado y proyecta continuar generando para todos los municipios participantes;
Que, en diciembre de 2018, en el seno
de la RAMCC, se ha decidido aprobar la constitución de un fideicomiso ordinario de administración (denominado “Fideicomiso RAMCC”), cuyos fiduciantes y beneficiarios serían municipios participantes de la Red, con el objetivo principal de ejecutar proyectos o programas municipales, regionales o nacionales, relacionados con la mitigación y/o
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adaptación al cambio climático, así como coordinar e impulsar políticas públicas de los municipios participantes de la lucha contra el cambio climático de las ciudades y pueblos de la República Argentina;
Que, el Municipio, mediante aprobación
de este Concejo Deliberante, ha adherido oportunamente al Fideicomiso RAMCC, a los fines de participar junto al resto de los municipios integrantes en los eventuales proyectos que puedan canalizarse a través del fideicomiso;
Que, recientemente, en el marco de su
objeto, el Fideicomiso RAMCC se ha propuesto llevar adelante un proyecto, denominado “Alumbrado Público Eficiente en Municipios RAMCC – Etapa II”, por medio del cual el fideicomiso gestionaría en forma unificada la adquisición de luminarias LED para aquellos municipios que deseen participar del proyecto y que efectúen aportes correspondientes a tales efectos;
Que, el proceso de licitación para la
contratación de la adquisición de las luminarias será conducido por el fiduciario del fideicomiso, en forma centralizada, sobre principios de transparencia y de estándares internacionales para políticas de compras sostenibles preparadas por asesores idóneos del fideicomiso;
Que, resultaría beneficioso para el Municipio participar del proyecto, debido a que ello le permitiría continuar cumpliendo con su programa de mejora ambiental, accediendo a un modelo de contratación unificado, junto a otros municipios participantes, con las ventajas que ello podría suponer en cuanto a negociación de mejores precios y simplificación de procesos;
Que, la participación del Municipio en
el proyecto se encuentra sujeta a la realización de los aportes que resulten necesarios para la adquisición de las luminarias que el Municipio desee adquirir, así como a la suscripción de una nota de adhesión, donde se establecen los principales términos y condiciones de la participación.
POR TODO ELLO, EL BLOQUE DE CONCEJALES DE
JUNTOS POR EL CAMBIO, ELEVA A CONSIDERACION DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DEL PARTIDO DE PATAGONES, EL SIGUIENTE PROYECTO DE:
O R D E N A N Z A
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Artículo 1º: Apruébase la participación del Municipio en el proyecto “Alumbrado Público Eficiente en Municipios RAMCC – Etapa II” a ser llevado adelante por el Fideicomiso RAMCC, así como la suscripción de la correspondiente nota de adhesión (que ha sido previamente distribuida para conocimiento de los presentes) y la realización del aporte dinerario que para ello corresponda, con el fin de adquirir aproximadamente 331 luminarias LED para este municipio.---- Artículo 2º.- La operación autorizada por el artículo precedente implicará un aporte extraordinario al Fideicomiso RAMCC por hasta un monto máximo de PESOS SEIS MILLONES SETECIENTOS CINCUENTA Y TRES MIL NOVECIENTOS SESENTA Y UNO ($ 6.753.961,00.-), sujeto a eventuales ajustes dependiendo de la oferta que finalmente resulte adjudicada bajo el proceso de contratación y a eventuales mayores costos propios de este tipo de contrataciones.----- Artículo 3º.- Autorizase asimismo las tareas a cargo y bajo responsabilidad del Municipio que deberán llevarse a cabo una vez recibidas las correspondientes luminarias, para su instalación y mantenimiento, así como las erogaciones que deban efectuarse a tales fines.---------------------------- Artículo 4º.- El Departamento Ejecutivo Municipal deberá, a los fines de garantizar la adecuada participación del Municipio en el proyecto, asegurar el cumplimiento de los siguientes objetivos: a) Dictar las normas reglamentarias, aclaratorias, interpretativas, accesorias y complementarias que se requieran para resolver las cuestiones relacionadas con la participación del Municipio en el proyecto; b) Mantener informado al Concejo Deliberante, a su requerimiento, de la marcha del proyecto, según los informes que sean producidos por el fiduciario y la secretaría ejecutiva del Fideicomiso RAMCC; c) Llevar adelante las tareas que sean necesarias para la instalación y mantenimiento de las luminarias una vez recibidas; y d) Realizar todos aquellos actos que surjan impuestos por la normativa nacional, provincial y municipal, por esta Ordenanza y por el contrato de fideicomiso y/o con los documentos del proyecto, en todo cuanto tenga relación con el mismo.-------------------------------------------------- Artículo 5º.- El Departamento Ejecutivo, a través de la secretaría correspondiente, arbitrará los recaudos presupuestarios tendientes a contemplar en el Presupuesto de Gastos vigente, y en el del próximo ejercicio de ser necesario, las erogaciones emergentes de la implementación de la operación que por la presente se autoriza.-----------
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Artículo 6º.-Cúmplase, regístrese, pase al Departamento Ejecutivo para su promulgación, comuníquese a quienes corresponda. Una vez cumplimentada la Ordenanza, gírese al Honorable Concejo Deliberante el Decreto de Promulgación.-- DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DEL PARTIDO DE PATAGONES, EN LA 4º SESION ORDINARIA DEL DIA 21-04-21. 6º REUNIÓN. 3º BIMODAL. APROBADO POR UNANIMIDAD.
REGISTRADO BAJO Nº 3387.-
Carmen de Patagones, 27 de abril de 2021. Corresponde a expediente 4084-4888/20.-
VISTO:
La documentación obrante en el Expte. Nº 4084 –
4888/2020 presentada por el Señor JUAN, DOMINGO GARCIA, y
CONSIDERANDO:
Que, por la misma se tramita la condonación
de la Tasa por SERVICIOS URBANOS, al Sr. JUAN, DOMINGO GARCIA – DNI Nº 10.477.136, sobre el inmuebles Circ. 1 –
Sección. A – Mza. 37A – Parc. 3 - Inmueble Nº 22264 –
correspondiente a los periodos fiscales 2012 a 2020.-
Que, es facultad del Honorable Concejo
Deliberante, la aprobación de la misma.-
POR TODO ELLO, EL HONORABLE CONCEJO
DELIBERANTE DEL PARTIDO DE PATAGONES, EJERCIENDO ATRIBUCIONES QUE LE CONFIERE LA LEY, SANCIONA CON FUERZA DE:
O R D E N A N Z A:
ARTÍCULO 1°: Condonase la deuda de la Tasa por SERVICIOS
URBANOS, al Sr. Sra. JUAN, DOMINGO GARCIA – DNI Nº 10.477.136, sobre el inmuebles Circ. 1 – Sección. A – Mza.
37A – Parc. 3 - Inmueble Nº 22264 – correspondiente a los
periodos fiscales 2012 a 2020.-----------------------------
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Sección Oficial - Página Nº 13
ARTÍCULO 2°: Cúmplase, regístrese, pase al Departamento
Ejecutivo para su promulgación, comuníquese a quienes
corresponda. Una vez cumplimentada la Ordenanza, gírese al
Honorable Concejo Deliberante el Decreto de Promulgación.--
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DEL PARTIDO DE PATAGONES, EN LA REANUDACION DE LA 4º SESION ORDINARIA DEL DIA 21-04-21 PASADA A CUARTO INTERMEDIO PARA EL DIA 26-04-21. 7º REUNIÓN. 4º BIMODAL. APROBADO POR UNANIMIDAD.
REGISTRADO BAJO Nº 3388.- Carmen de Patagones, 27 de abril de 2021.
Corresponde a expediente 4084-4403/20.- VISTO:
El Expte. 4084- 4403/2020; y
CONSIDERANDO:
Que, mediante nota el Club Social y Deportivo San Lorenzo Stroeder solicita condonación a la deuda devengada en concepto de Tasa por Servicios Urbanos Inmuebles, 20624,20625,20626,20627,20628,20629,20630,20631,20632,20633,20634,4114,10374,10375,10375,10376,10376,10377,10378,10379,10380,10381,10382,10383,10384,10385 y 1439.Tasa por Inspección de Seguridad e Higiene Comercio Nº7000000775, 700000812,700000775.
Que, debe advertirse que el Artículo 142 bis, Inciso e) de la Ordenanza Fiscal dispone que se encontraran exentos del pago de la Tasa por Inspección de Seguridad e Higiene las “Entidades deportivas que realicen actividades de deporte amateur”.
Que, obra en el presente expediente informe de la Directora Ejecutiva de la Agencia de Recaudación Municipal donde manifiesta apropiado considerar un supuesto de condonación de deudas a favor del Club Social y Deportivo San Lorenzo de Stroeder respecto de la totalidad de la deuda devengada en el primer considerando del expediente mismo.
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Que, es facultad del Honorable Concejo Deliberante a través de Ordenanza, establecer dicha condonación.
POR TODO ELLO, EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DEL PARTIDO DE PATAGONES, EJERCIENDO ATRIBUCIONES QUE LE CONFIERE LA LEY, SANCIONA CON FUERZA DE:
O R D E N A N Z A
ARTÍCULO 1º: Condónese la deuda que registra el Club Social y Deportivo San Lorenzo Stroeder con relación a la deuda devengada en concepto de Tasa por Servicios Urbanos Inmuebles, 20624,20625,20626,20627,20628,20629,20630,20631,20632,20633,20634,4114,10374,10375,10375,10376,10376,10377,10378,10379,10380,10381,10382,10383,10384,10385 y 1439.---------------
ARTÍCULO 2º: Condónese la deuda que registra el Club Social y Deportivo San Lorenzo Stroeder de la Tasa por Inspección de Seguridad e Higiene Comercio Nº7000000775, 700000812,700000775.---------------------------------------
ARTICULO 3º: Cúmplase, regístrese, pase al Departamento
Ejecutivo para su promulgación, comuníquese a quienes
corresponda. Una vez cumplimentada la Ordenanza, gírese al
Honorable Concejo Deliberante el Decreto de Promulgación.--
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DEL PARTIDO DE PATAGONES, EN LA REANUDACION DE LA 4º SESION ORDINARIA DEL DIA 21-04-21 PASADA A CUARTO INTERMEDIO PARA EL DIA 26-04-21. 7º REUNIÓN. 4º BIMODAL. APROBADO POR UNANIMIDAD.
REGISTRADO BAJO Nº 3389.-
Carmen de Patagones, 27 de abril de 2021. Corresponde a expediente 4084-4118/19.-
VISTO:
El Expte. 4084-4118/2019; y
CONSIDERANDO:
Que, mediante nota el Sr. Roberto Klug solicita condonación de la deuda que registra el Inmueble
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Nº10865, en concepto de Intereses y Multa devengados respecto del Derecho de Construcción.
Que, obra en el presente expediente informe de la Directora Ejecutiva de la Agencia de Recaudación Municipal donde manifiesta evaluar la posibilidad de otorgar la condonación de intereses y multa devengados a la fecha en concepto de Derecho a la Construcción correspondiente al inmueble Nº10865,ya que el caso refleja un supuesto de necesidad social y/o económica de una persona que reviste el carácter de jubilado, que respecto de la deuda devengada no cuentan con suficiente capacidad contributiva para afrontar su pago.
Que, es facultad del Honorable Concejo Deliberante a través de Ordenanza, establecer dicha condonación.
POR TODO ELLO, EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DEL PARTIDO DE PATAGONES, EJERCIENDO ATRIBUCIONES QUE LE CONFIERE LA LEY, SANCIONA CON FUERZA DE:
O R D E N A N Z A
ARTÍCULO 1º: Condónese la deuda que mantiene con el Municipio el Sr. Roberto Klug, del Inmueble Nº10865, en concepto de Multa e Intereses devengados hasta la fecha respecto del Derecho de Construcción.----------------------
ARTÍCULO 2º: Cúmplase, regístrese, pase al Departamento
Ejecutivo para su promulgación, comuníquese a quienes
corresponda. Una vez cumplimentada la Ordenanza, gírese al
Honorable Concejo Deliberante el Decreto de Promulgación.--
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DEL PARTIDO DE PATAGONES, EN LA REANUDACION DE LA 4º SESION ORDINARIA DEL DIA 21-04-21 PASADA A CUARTO INTERMEDIO PARA EL DIA 26-04-21. 7º REUNIÓN. 4º BIMODAL. APROBADO POR MAYORÍA.
REGISTRADO BAJO Nº 3390.-
Carmen de Patagones, 27 de abril de 2021. Corresponde a expediente 4084-3597/19.-
VISTO:
El Expte. 4084- 3597/2019; y
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Sección Oficial - Página Nº 16
CONSIDERANDO:
Que, mediante nota el Club Social y Atlético Jorge Newbery solicita condonación a la deuda devengada en concepto de Tasa por Servicios Urbanos y Contribución por obra de Red de Gas, sobre el Inmueble Nº6215.
Que, en el caso particular, el Club Social y Atlético Jorge Newbery se encuentra EXENTO del pago de la Tasa por Servicios Urbanos, en virtud de lo expresamente dispuesto en el art.88,inciso h)de la Ordenanza Fiscal, sin prejuicio de lo cual y dado que en su momento omitió realizar los trámites formales para el otorgamiento de su exención.
Que, obra en el presente expediente informe de la Directora Ejecutiva de la Agencia de Recaudación Municipal donde manifiesta que resulta apropiado considerar un supuesto de condonación total o Parcial de deudas a favor del Club Social y Atlético Jorge Newbery, ameritando su otorgamiento por cuestiones de solidaridad social.
Que, es facultad del Honorable Concejo Deliberante a través de Ordenanza, establecer dicha condonación.
POR TODO ELLO, EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DEL PARTIDO DE PATAGONES, EJERCIENDO
ATRIBUCIONES QUE LE CONFIERE LA LEY, SANCIONA CON FUERZA DE:
O R D E N A N Z A
ARTÍCULO 1º: Condónese la deuda que registra el Club Social y Atlético Jorge Newbery en concepto de Tasa por Servicios Urbanos del Inmueble Nº 6215, PERIODOS desde el año 2008 al 2018.------------------------------------------------------
ARTICULO 2º: Condónese la deuda por multa e intereses de la tasa de Contribución por obra de Red de Gas, sobre el Inmueble Nº6215, PERIODOS desde el año 2008 al 2012.-------
ARTÍCULO 3º: Cúmplase, regístrese, pase al Departamento
Ejecutivo para su promulgación, comuníquese a quienes
corresponda. Una vez cumplimentada la Ordenanza, gírese al
Honorable Concejo Deliberante el Decreto de Promulgación.--
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Sección Oficial - Página Nº 17
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DEL PARTIDO DE PATAGONES, EN LA REANUDACION DE LA 4º SESION ORDINARIA DEL DIA 21-04-21 PASADA A CUARTO INTERMEDIO PARA EL DIA 26-04-21. 7º REUNIÓN. 4º BIMODAL. APROBADO POR UNANIMIDAD.
REGISTRADO BAJO Nº 3397.-
Carmen de Patagones, 27 de abril de 2021. Corresponde a expediente 4084-5349/20.-
VISTO:
El Expte. 4084-5349/2020; y
CONSIDERANDO:
Que, mediante nota la Sra. Chico Dionisia Ester DNI: 10.477.008 Solicita eximición respecto del inmueble Nº19688, con relación a la deuda devengada en concepto de Tasa por Servicios Urbanos.
Que, por lo expuesto por la Agencia de Recaudación Municipal considera que el presente caso refleja Un supuesto de necesidad social y/o económica de una persona que respecto de la deuda devengada no cuentan con suficiente capacidad contributiva para afrontar su pago.
Que, es facultad del Honorable Concejo Deliberante a través de Ordenanza, establecer dicha condonación.
POR TODO ELLO, EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DEL PARTIDO DE PATAGONES, EJERCIENDO ATRIBUCIONES QUE LE CONFIERE LA LEY, SANCIONA CON FUERZA DE:
O R D E N A N Z A
ARTÍCULO 1º: Condónese la deuda que registra la Sra. Chico Dionisia Ester DNI: 10.477.008 respecto del Inmueble Nº19688, con relación a la deuda devengada en concepto de Tasa por Servicios Urbanos. Períodos Fiscales 2014 a 2020.-
ARTÍCULO 2º: Cúmplase, regístrese, pase al Departamento
Ejecutivo para su promulgación, comuníquese a quienes
corresponda. Una vez cumplimentada la Ordenanza, gírese al
Honorable Concejo Deliberante el Decreto de Promulgación.--
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Sección Oficial - Página Nº 18
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO
DELIBERANTE DEL PARTIDO DE PATAGONES, EN LA REANUDACION DE LA 4º SESION ORDINARIA DEL DIA 21-04-21 PASADA A CUARTO INTERMEDIO PARA EL DIA 26-04-21. 7º REUNIÓN. 4º BIMODAL.
APROBADO POR UNANIMIDAD.
REGISTRADO BAJO Nº 3398.-
Carmen de Patagones, 27 de abril de 2021. Corresponde a expediente 4084-828HCD/21.-
VISTO:
El Expediente 4084- 828HCD/21; y,
CONSIDERANDO:
Que, la Sra. Joana Heguy presidente de la Comisión de Festejos Villalonga solicita la eximición del pago del 5%, de la rifa sorteada por la institución el 29/05/2020.
Que, la eximición solicitada corresponde a la rifa autorizada bajo Ordenanza Nº 3207 y su modificatoria Ord.Nº3223-Decreto Nº827/20.
Que, él dinero del porcentaje de la rifa, es de mucha ayuda para la continuidad de la comisión.
Que, de acuerdo al artículo 40º de la Ley Orgánica de las Municipalidades, es facultad del Honorable Concejo Deliberante, establecer dicha eximición.
POR TODO ELLO, EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DEL PARTIDO DE PATAGONES, EJERCIENDO ATRIBUCIONES QUE LE CONFIERE LA LEY, SANCIONA CON FUERZA DE:
O R D E N A N Z A
ARTICULO 1º: Autorizase al Departamento Ejecutivo Municipal a eximir por única vez el 5% que le corresponde abonar, de acuerdo a lo establecido en la Ordenanza Nº110/05, a la Sra. Joana Heguy Presidente de la Comisión de Festejos Villalonga según lo establecido bajo Ordenanza Nº3207 y su modificatoria Ordenanza Nº 3223 Decreto Municipal Nº827/20.--------------------------------------------------
ARTICULO 2º: Cúmplase, regístrese, pase al Departamento
Ejecutivo para su promulgación, comuníquese a quienes
corresponda. Una vez cumplimentada la Ordenanza, gírese al
Honorable Concejo Deliberante el Decreto de Promulgación.--
Boletín Oficial de la Municipalidad de Patagones Carmen de Patagones – Viernes 02 de Julio de 2021
Sección Oficial - Página Nº 19
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DEL PARTIDO DE PATAGONES, EN LA REANUDACION DE LA 4º SESION ORDINARIA DEL DIA 21-04-21 PASADA A CUARTO INTERMEDIO PARA EL DIA 26-04-21. 7º REUNIÓN. 4º BIMODAL. APROBADO POR UNANIMIDAD.
REGISTRADO BAJO Nº 3399.-
Carmen de Patagones, 11 de Mayo de 2021. Expediente 4084-5296/2020.
VISTO:
El expediente administrativo 4084-5296/2020, y; CONSIDERANDO:
Que, por el mismo tramita la presentación del Proyecto para el nuevo Código de Zonificación y Usos del Suelo para Carmen de Patagones;
Que, el Proyecto de nuevo Código, elaborado
por la Dirección de Urbanismo de este Municipio, surge a partir de contar con una nueva normativa de Zonificación y Usos del Suelo que nos permita ayornarnos a los nuevos tiempos y cambios sobre la materia, necesarios en función de los años que transcurrieron desde la sanción del Código vigente;
Que, en relación a lo antedicho la ciudad cabecera del Partido a mostrado un importante crecimiento en diferentes áreas de esta localidad, generando de esta manera nuevos desarrollos urbanísticos en zonas que no se encontraban amparadas a tales fines por el Código vigente;
Que, en tal sentido y en consonancia con lo
expresado por las áreas competentes, deviene necesario, proceder a la aprobación de una nueva normativa que le permita a Carmen de Patagones llevar adelante un desarrollo urbanístico acorde con las exigencias públicas y privadas sobre la materia en cuestión;
POR ELLO, EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DEL PARTIDO DE PATAGONES, EJERCIENDO ATRIBUCIONES QUE LE CONFIERE LA LEY, SANCIONA CON FUERZA DE:
O R D E N A N Z A
ARTÍCULO 1º: Apruébese para la localidad de Carmen de Patagones el Proyecto de Nuevo Código de Zonificación y Usos del Suelo, que obra como Anexo (fojas 125 a 284 inclusive) en el presente expediente”----------------------
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Sección Oficial - Página Nº 20
ARTICULO 2º: Cúmplase, regístrese, pase al Departamento Ejecutivo para su promulgación, comuníquese a quienes corresponda. Una vez cumplimentada la Ordenanza, gírese al Honorable Concejo Deliberante el Decreto de Promulgación.--
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DEL PARTIDO DE PATAGONES, EN LA 5º SESION ORDINARIA DEL DIA 05-05-21. 8º REUNIÓN. SESIÓN BIMODAL. APROBADO POR MAYORÌA.
REGISTRADO BAJO Nº 3401.-
Carmen de Patagones, 11 de Mayo de 2021. Expediente 4084-926HCD/21.
VISTO:
El expediente Nº 4084 – 926HCD/21, y; CONSIDERANDO:
Que, a fojas 01, obra solicitud de la señora Aramburu Romina Paola, para renovación - uso de espacio público en la calle Comodoro Rivadavia, entre las calles Piedra Buena y San Martin, sobre el sector de plaza juegos para el funcionamiento de un carro gastronómico.
Que, mediante Ordenanza 3158, se autorizó el
uso del espacio público solicitado. Que, corresponde a las distintas áreas del
Departamento Ejecutivo Municipal, tomar los recaudos necesarios, preservando la seguridad, higiene y orden público, como así también el cumplimiento con la manipulación y conservación de alimentos a utilizar en mencionado puesto gastronómico
Que, el Honorable Concejo Deliberante de
Patagones, debe establecer el instrumento administrativo correspondiente.
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Sección Oficial - Página Nº 21
POR ELLO, EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DEL PARTIDO DE PATAGONES, EJERCIENDO ATRIBUCIONES QUE LE CONFIERE LA LEY, SANCIONA CON FUERZA DE:
O R D E N A N Z A
ARTÍCULO 1º: Autorizase a la señora Aramburu Romina Paola, DNI Nº: 34.667.869, la renovación - uso de espacio público en la calle Comodoro Rivadavia, entre las calles Piedra Buena y San Martin, sobre el sector de plaza juegos para el funcionamiento de un carro gastronómico por el término de 6 (seis) meses, a partir de la promulgación de la presente Ordenanza.------------------------------------------------- ARTÍCULO 2º: La señora Aramburu Romina Paola, será responsable del cuidado de la estructura del carrito gastronómico y de la limpieza del lugar ocupado.----------- ARTICULO 3º: Secretaría de Obras Publicas y Servicios Públicos y Subsecretaria de Fiscalización del Departamento Ejecutivo, serán las áreas responsables de comprobar el funcionamiento del carrito gastronómico, cobrar el canon respectivo y examinar las normas de sanidad y salubridad adecuadas.------------------------------------------------- ARTICULO 4º: Cúmplase, regístrese, pase al Departamento Ejecutivo para su promulgación, comuníquese a quienes corresponda. Una vez cumplimentada la Ordenanza, gírese al Honorable Concejo Deliberante el Decreto de Promulgación.--
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DEL PARTIDO DE PATAGONES, EN LA REANUDACIÓN DE LA 5º SESIÒN ORDINARIA DEL DIA 05-05-21. PASADA A CUARTO INTERMEDIO PARA EL DÍA 10-05-21, 9º REUNION. APROBADO UNANIMIDAD.
REGISTRADO BAJO Nº 3402.
Carmen de Patagones, 11 de mayo de 2021. VISTO:
El expediente 4084 – 4754/2020, y;
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Sección Oficial - Página Nº 22
CONSIDERANDO:
Que, mediante nota la Sra. Antrichipay Florinda, pensionada Ncional con domicilio en Mascarello Nº 588, villa Rita, solicita la condonación de deuda municipal correspondiente al inmueble Nº 19158, nomenclatura C.1.S.E.CH. Q. F. M.85 BP.20 SP. UF., Partida 19142900.
Que, la mencionada, convive con 7 personas,
haciéndose cargo de sus nietos, viviendo en un solo ambiente, con baño extremo, en condiciones de extrema vulnerabilidad – obra informe del Área Social, a fojas 06.
Que, su ingreso familiar es de una pensión
nacional, y ocasionalmente el ingreso de alguna changa, por parte de alguna de sus hijas.
Que, de acuerdo al Art 88Bis, inciso B), de la
Ordenanza Fiscal, la señora Antrichipay, cumple con los requisitos allí vertidos, obrante a fojas 04 del presente.
Que, en la Reanudación de la 5º Sesión
Ordinaria, llevada cabo el día 10-05-2021, los concejales municipales aprueban por unanimidad agregar en el artículo 1º del Despacho del presente expediente, el aditamento “hasta el año 2020”. POR TODO ELLO, EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DEL PARTIDO DE PATAGONES, EJERCIENDO ATRIBUCIONES QUE LE CONFIERE LA LEY, SANCIONA CON FUERZA DE:
O R D E N A N Z A
ARTÍCULO 1º Condónese en su totalidad, la deuda que registra el inmueble Nº 19158 - identificado catastralmente como, CIRC. 1 – SECC. E – MANZ. 85-B. PARC. 20 – Partida Nº 19142900.- Tasa por Servicios Urbanos, hasta el año 2020.----------------------- ARTÍCULO 2º: Cúmplase, regístrese, pase al Departamento Ejecutivo para su promulgación, comuníquese a quienes corresponda. Una vez cumplimentada la Ordenanza, gírese al Honorable Concejo Deliberante el Decreto de Promulgación. -
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DEL PARTIDO DE PATAGONES, EN LA REANUDACIÓN DE LA 5º SESIÒN ORDINARIA DEL DIA 05-05-21. PASADA A CUARTO INTERMEDIO PARA EL DÍA 10-05-21, 9º REUNION. APROBADO UNANIMIDAD.
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Sección Oficial - Página Nº 23
REGISTRADO BAJO Nº 3403.
Carmen de Patagones, 11 de mayo de 2021. Corresponde a Expte 4084-2723/18.-
VISTO: El pedido efectuado por el Club Social y Deportivo Villa Linch, y CONSIDERANDO: Que, por la misma solicita la condonación de la deuda de los inmuebles Nº 13404 y 13403, de la Tasa por Servicios Urbanos, correspondiente a los periodos fiscales 2018 a 2020.- Que, es facultad del Honorable Concejo Deliberante, la aprobación de la misma.- POR TODO ELLO, EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DEL PARTIDO DE PATAGONES, EJERCIENDO ATRIBUCIONES QUE LE CONFIERE LA LEY, SANCIONA CON FUERZA DE:
O R D E N A N Z A
ARTÍCULO 1°: Condonase la deuda al Club Social y Deportivo Villa Linch, que mantiene con el Municipio de Patagones, de los Inmuebles 13404 y 13403, de la Tasa por Servicios Urbanos, correspondiente a los periodos fiscales 2018 a 2020.------------
ARTÍCULO 2°: Cúmplase, regístrese, pase al Departamento Ejecutivo para su promulgación, comuníquese a quienes corresponda. Una vez cumplimentada la Ordenanza, gírese al Honorable Concejo Deliberante el Decreto de Promulgación. ------ DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DEL PARTIDO DE PATAGONES, EN LA REANUDACIÓN DE LA 5º SESIÒN ORDINARIA DEL DIA 05-05-21. PASADA A CUARTO INTERMEDIO PARA EL DÍA 10-05-21, 9º REUNION. APROBADO UNANIMIDAD.
REGISTRADO BAJO EL Nº3404
Carmen de Patagones, 11 de Mayo de 2021. Corresponde a expediente 4084- 0243/2021 VISTO: Lo actuado en el Expediente 4084-0243/2021, y CONSIDERANDO:
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Sección Oficial - Página Nº 24
Que, es posible la radicación de nuevos emprendimientos dentro de la localidad de Cardenal Cagliero. Que, la Municipalidad ha demarcado un sector para poder realizar el asentamiento de nuevos emprendimientos. Que, el emprendimiento propuesto permitirá ampliar el servicio de internet en la zona rural de Cardenal Cagliero. Que, se impulsa el desarrollo de proyectos productivos en los pueblos del interior para fomentar la mano de obra y crecimiento. Que, de acuerdo a la posesión actual del Municipio de los inmuebles, se realizara una cesión precaria en forma gratuita del inmueble. Que en tal sentido, deviene necesario se dicte el acto administrativo correspondiente con el fin de legitimar la manzana identificada a la FEDERACIÓN. POR TODO ELLO, EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DEL PARTIDO DE PATAGONES, EJERCIENDO ATRIBUCIONES QUE LE CONFIERE LA
LEY, SANCIONA CON FUERZA DE:
O R D E N A N Z A
ARTICULO 1º: Cédase en forma precaria y gratuita por el término de 5 (cinco) años, al señor Bouhaben Néstor, una parcela de Circ IV – Sección A – Manzana 1 – Parcela 90e de la localidad de Cardenal Cagliero. La cesión será efectuada libre de ocupantes.---------------------------------------- ARTICULO 2º: Podrá hacerse renovación de la cesión por igual plaza siempre y cuando la autoridad de aplicación lo autorice.-------------------------------------------------- ARTICULO 3º: El Sr. Bouhaben tendrá un plazo máximo de ejecución del proyecto de 2 (dos) años, vencido el mismo sin que aquel se hubiese ejecutado, se tendrá por resuelta la cesión realizada, dando lugar al Municipio en su calidad de apoderado del lote a tomar posesión nuevamente del mismo.----------------------------------------------------- ARTICULO 4º: El Municipio, a través del área correspondiente, elevará un informe al Concejo Deliberante, a partir de la promulgación de la presente Ordenanza, detallando los avances de obra y ejecución del proyecto.--- ARTICULO 5º: Cúmplase, regístrese, pase al Departamento Ejecutivo para su promulgación, comuníquese a quienes
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Sección Oficial - Página Nº 25
corresponda. Una vez cumplimentada la Ordenanza, gírese al Honorable Concejo Deliberante el Decreto de Promulgación. -
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DEL PARTIDO DE PATAGONES, EN LA REANUDACIÓN DE LA 5º SESIÒN ORDINARIA DEL DIA 05-05-21. PASADA A CUARTO INTERMEDIO PARA EL DÍA 10-05-21, 9º REUNION. APROBADO MAYORIA. REGISTRADO BAJO EL Nº 3405.
Carmen de Patagones, 11 de Mayo de 2021. Corresponde a expediente 4084-4471/2020 VISTO: El expediente administrativo 4084-4471/2020, y; CONSIDERANDO: Que por el mismo tramita la ampliación de la obra Cordón Cuneta – Barrio Kirchner, de la localidad de Carmen de Patagones sobre las calles Casimiro Bigua e/ José de Galvez y Julián Murga – José de Galvez e/ Julio Cortazar y Mercedes Sosa – Mercedes Sosa e/ José de Galvez y Julián Murga.- Que cumplido con los pasos legales de rigor, no habiéndose registrado oposición alguna deviene necesario, en el marco de las facultades de este Municipio, declarar de utilidad pública y pago obligatorio, la obra en cuestión; POR TODO ELLO, EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DEL PARTIDO DE PATAGONES, EJERCIENDO ATRIBUCIONES QUE LE CONFIERE LA
LEY, SANCIONA CON FUERZA DE:
O R D E N A N Z A
ARTICULO 1º: Declárese de Utilidad Pública y Pago Obligatorio en el marco la obra "Cordón Cuneta del Barrio Kirchner en la localidad de Carmen de Patagones, a los frentistas de las siguientes calles:
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Casimiro Bigua e/ José de Galvez y Julián Murga – Manzana 72t y 82c. José de Galvez e/ Julio Cortazar y Mercedes Sosa – Manzana 72s; 72t; 82b y 82c. Mercedes Sosa e/ José de Galvez y Julián Murga – Manzana 60a, 60b, 60c y 60d. ARTICULO 2º: Cúmplase, regístrese, pase al Departamento Ejecutivo para su promulgación, comuníquese a quienes corresponda. Una vez cumplimentada la Ordenanza, gírese al Honorable Concejo Deliberante el Decreto de Promulgación. -
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DEL PARTIDO DE PATAGONES, EN LA REANUDACIÓN DE LA 5º SESIÒN ORDINARIA DEL DIA 05-05-21. PASADA A CUARTO INTERMEDIO PARA EL DÍA 10-05-21, 9º REUNION. APROBADO MAYORIA. REGISTRADO BAJO EL Nº 3406
Carmen de Patagones, 11 de Mayo de 2021. Corresponde a expediente 4084-3345/2019 VISTO:
El expediente administrativo 4084-3345/2019, y; CONSIDERANDO: Que por el mismo tramita la ampliación de la obra Ampliación de Red de Gas en la localidad de Stroeder sobre las calles La Pampa e/ Paraná y Resistencia; Que cumplido con los pasos legales de rigor, no habiéndose registrado oposición alguna deviene necesario, en el marco de las facultades de este Municipio, declarar
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de utilidad pública y pago obligatorio, la obra en cuestión;
POR TODO ELLO, EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DEL PARTIDO
DE PATAGONES, EJERCIENDO ATRIBUCIONES QUE LE CONFIERE LA LEY, SANCIONA CON FUERZA DE:
O R D E N A N Z A
ARTICULO 1º: Declárece de Utilidad Pública y Pago Obligatorio en el marco la obra "Ampliación de Red de Gas en la localidad de Stroeder sobre las calles La Pampa e/ Paraná y Resistencia", a los frentistas de las siguientes calles:
*La Pampa e/ Paraná y Resistencia - Mz. 21 - Parc.3b.------ ARTICULO 2º. Cúmplase, regístrese, pase al Departamento Ejecutivo para su promulgación, comuníquese a quienes corresponda. Una vez cumplimentada la Ordenanza, gírese al Honorable Concejo Deliberante el Decreto de Promulgación. -
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DEL PARTIDO DE PATAGONES, EN LA REANUDACIÓN DE LA 5º SESIÒN ORDINARIA DEL DIA 05-05-21. PASADA A CUARTO INTERMEDIO PARA EL DÍA 10-05-21, 9º REUNION. APROBADO MAYORIA.
REGISTRADO BAJO Nº 3408.- Carmen de Patagones, 11 de Mayo de 2021.
Expediente 4084-4196/12. VISTO: La Ordenanza Nº52/14 que oportunamente tramitara por expediente 4084-4196/2012, y: CONSIDERANDO: Que, por la misma se donó a la Dirección Provincial de Aeronavegación Oficial y Planificación (D.P.A.O.y P), los inmuebles municipales identificados
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Sección Oficial - Página Nº 28
catastralmente como: Circunscripción XIV – Sección B – Chacras 180 – 182 y 183; Que, la donación señalada tenía como objeto la reubicación del Aeródromo Provincial de Carmen de Patagones, con el fin de urbanizar una importante cantidad de tierra utilizada por el mencionado Aeródromo; Que, la donación objeto de la Ordenanza Nº52/14 nunca se formalizó y por ende las tierras donadas siempre siguieron dentro del dominio privado del estado Municipal, sin que al día de la fecha resulta necesario y/o conveniente proseguir con el proyecto que motivara la sanción de la Ordenanza de referencia; Que, en consecuencia con el fin de regularizar la situación imperante, deviene necesario dictar el acto administrativo que deje sin efecto la Ordenanza Municipal Nº52/14; POR ELLO, EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DEL PARTIDO DE PATAGONES, EJERCIENDO ATRIBUCIONES QUE LE CONFIERE LA LEY, SANCIONA CON FUERZA DE:
O R D E N A N Z A ARTÍCULO 1º: Deróguese la Ordenanza Municipal Nº52/14 por medio de la cual este Municipio donaba las Chacras 180-182 y 183 de su propiedad a la Dirección Provincial de Aeronavegación Oficial y Planificación (D.P.A.O.y P).-------- ARTÍCULO 2º: En consonancia con la derogación dispuesta en el Art.1º de esta Ordenanza, déjese sin efecto asimismo la desafectación de calles ordenada en el Art.2º de la Ordenanza 52/14.------------------------------------------------------- ARTICULO 3º: Cúmplase, regístrese, pase al Departamento Ejecutivo para su promulgación, comuníquese a quienes corresponda. Una vez cumplimentada la Ordenanza, gírese al Honorable Concejo Deliberante el Decreto de Promulgación.---- DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DEL PARTIDO DE PATAGONES, EN LA REANUDACIÓN DE LA 5º SESIÒN ORDINARIA DEL DIA 05-05-21. PASADA A CUARTO INTERMEDIO PARA EL DÍA 10-05-21, 9 REUNION. APROBADO MAYORIA.
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REGISTRADO BAJO EL Nº 3409.
Carmen de Patagones, 11 de Mayo de 2021. Corresponde a expediente 4084-0434/2021 VISTO: La documentación obrante en el Expediente Nº 4084-434/21, y. CONSIDERANDO: Que, por el mismo, la ASOCIACION COOPERADORA ESCUELA PRIMARIA 27 DE IGARZABAL Y ESCUELA 24 Y JIRIMM 7 DE COLONIA EL GUANACO, solicita la autorización para la realización de una Rifa Municipal.- Que, de acuerdo a la Ley Provincial Nº 11.349, en su Art. 4º, establece que el Honorable Concejo Deliberante determinará la suma total por la que habrán de emitirse los billetes de la rifa, como así también la cantidad de números a emitirse y las series que autorizarán para hacer circular.- POR TODO ELLO, EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DEL PARTIDO DE PATAGONES, EJERCIENDO ATRIBUCIONES QUE LE CONFIERE LA LEY, SANCIONA CON FUERZA DE:
O R D E N A N Z A
ARTICULO 1º: Autorizase a la ASOCIACION COOPERADORA ESCUELA PRIMARIA 27 DE IGARZABAL Y ESCUELA 24 Y JIRIMM 7 DE COLONIA EL GUANACO, a realizar una Rifa Municipal en un todo de acuerdo a los considerandos de la presente.-------- ARTICULO 2º: Establécese que la citada Rifa se autoriza bajo las siguientes condiciones:
• 500 boletas – conteniendo DOS (2) números cada una de tres (3) cifras. El valor de la misma es de Pesos DOS MIL QUINIENTOS ($2.500,00), pudiéndose pagar de contado o en CINCO (5) cuotas de Pesos QUINIENTOS ($500,00) cada una.-
• El pago de los premios caducará a los 90 días corridos a partir del día siguiente de la realización del sorteo respectivo.
• Premios: SORTEO FINAL
SORTEARÀ EL DIA 16 DE OCTUBRE DE 2021 - POR LOTERIA NACIONAL NOCTURNA CON LOS SIGUIENTES PREMIOS:
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Sección Oficial - Página Nº 30
1º Premio: Orden de Compra por Pesos TRECIENTOS MIL ($300.000,00).- 2º Premio: Orden de Compra por Pesos SETENTA Y CINCO MIL ($75.000).- 3º Premio: Orden de Compra por Pesos TREINTA MIL ($30.000) 4º Premio: Orden de Compra por Pesos QUINCE MIL ($15.000).- 5º Premio: Orden de Compra por Pesos DIEZ MIL ($10.000).- 6º Premio: Orden de Compra por Pesos NUEVE MIL ($9.000).- 7º Premio: Orden de Compra por Pesos OCHO MIL ($8.000).- 8º Premio: Orden de Compra por Pesos SEIS MIL ($6.000).- 9º Premio: Orden de Compra por Pesos CUATRO MIL ($4.000).- 10º Premio: Orden de Compra por Pesos TRES MIL ($3.000).- SORTEO PREMIO PAGO CONTADO: A toda persona que haya abonado el total en su momento de la adquisición, participará con el mismo número, el 28/08/2021, por lotería Nacional Nocturna con el siguiente premio:
• Premio: Orden de Compra por Pesos VEINTE MIL ($20.000).-
ARTICULO 3º: Los responsables de la Venta de la Rifa Municipal serán: DELL, LORENA MARCELA – DNI. Nº 25.685.956; GIESER, MELISA MARIEL – DNI. Nº 34.034.054; GALLARDO, CESAR CRISTOBAL – DNI. Nº 18.612.854; RUPPEL, JULIO ISIDORO – DNI. Nº 17.619.511; FERRIER, ROSARIO DLE CARMEN – DNI. Nº 24.132.222; DUMRAUF, ELVA ESTER – DNI. Nº 16.690.301; REALE, MARCELA ESTER – DNI. Nº 21.450.995; TORRES, ROMINA ANDREA – DNI. Nº 34.034.091; MAYER, DOMINGA – DNI Nº 5.247.024; CASTIGNANI, CARMEN – DNI Nº 11.932.227; ZAMBRANA, MARIELA NOEMI – DNI. Nº 28.526.534; DUMRAUF, MARIA SUSANA – DNI. Nº 22.943.877; ZAMBRANA, NADIA JACQUELINE – DNI. Nº 39.928.166; LEBED, DIANA ELISABET – DNI. Nº 16.545.748; TORRES MICAELA – DNI Nº 30.058.584; MONICA UBAMBA – DNI Nº 24.132.266; CAMBARIERI – DNI Nº 23.245.901. Cabe aclarar que la mencionada Entidad deberá presentar la Rendición de Cuentas pertinente y abonar los tributos que establece el artículo 10º de Decreto Ley 9.405 en un todo de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 2º de la ordenanza Nº 110/05 y su modificatoria Nº 569.---------- ARTICULO 4º: Cúmplase, regístrese, pase al Departamento Ejecutivo para su promulgación, comuníquese a quienes corresponda. Una vez cumplimentada la Ordenanza, gírese al Honorable Concejo Deliberante el Decreto de Promulgación. -
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Sección Oficial - Página Nº 31
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DEL PARTIDO DE PATAGONES, EN LA REANUDACIÓN DE LA 5º SESIÒN ORDINARIA DEL DIA 05-05-21. PASADA A CUARTO INTERMEDIO PARA EL DÍA 10-05-21, 9º REUNION. APROBADO UNANIMIDAD.
REGISTRADO BAJO EL Nº 3410. Carmen de Patagones, 11 de Mayo de 2021.
Corresponde a expediente 4084-0310/2021 VISTO: La documentación obrante en el Expediente Nº 4084-310/21, y. CONSIDERANDO: Que, por el mismo, la ASOCIACION COOPERADORA DE LA ESCUELA EDUCACION SECUNDARIA Nº 1 de Villalonga, solicita la autorización para la realización de una Rifa Municipal.- Que, de acuerdo a la Ley Provincial Nº 11.349, en su Art. 4º, establece que el Honorable Concejo Deliberante determinará la suma total por la que habrán de emitirse los billetes de la rifa, como así también la cantidad de números a emitirse y las series que autorizarán para hacer circular.- POR TODO ELLO, EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DEL
PARTIDO DE PATAGONES, EJERCIENDO ATRIBUCIONES QUE LE CONFIERE LA LEY, SANCIONA CON FUERZA DE:
O R D E N A N Z A
ARTICULO 1º: Autorizase a la ASOCIACION COOPERADORA DE LA ESCUELA EDUCACION SECUNDARIA Nº 1 de Villalonga, a realizar una Rifa Municipal en un todo de acuerdo a los considerandos de la presente.------------------------------ ARTICULO 2º: Establécese que la citada Rifa se autoriza bajo las siguientes condiciones:
• 500 boletas – conteniendo DOS (2) números cada una de tres (3) cifras. El valor de la misma es de Pesos MIL QUINIENTOS ($1.500,00), pudiéndose pagar de contado o en TRES (3) cuotas de Pesos QUINIENTOS ($500,00) cada una.-
• El pago de los premios caducará a los 90 días corridos a partir del día siguiente de la realización del sorteo respectivo.
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• Premios: SORTEO FINAL
SORTEARÀ EL DIA 17 DE JULIO DE 2021 - POR QUINIELA NOCTURNA DE LA CIUDAD CON LOS SIGUIENTES PREMIOS: 1º Premio: Orden de Compra por Pesos CIEN MIL ($100.000,00).- 2º Premio: Orden de Compra por Pesos CINCUENTA MIL ($50.000).- 3º Premio: Orden de Compra por Pesos VEINICINCO MIL ($25.000) 4º Premio: Orden de Compra por Pesos DIEZ MIL ($10.000).- 5º Premio: Orden de Compra por Pesos CINCO MIL ($5.000).- SORTEO PREMIO PAGO CONTADO: A toda persona que haya abonado el total en su momento de la adquisición, participará con el mismo número, el 26/06/2021, por lotería Nacional Nocturna con el siguiente premio:
• Premio: Orden de Compra por Pesos CINCO MIL ($5.000).-
Los que lleven su cuota al día participaran de los sorteos, última jugada de cada mes (en caso de no haber lotería ese sábado, se pasará a la jugada del sábado siguiente).-
• Premio: Orden de compra por Pesos MIL QUINIENTOS ($1.500,00).
ARTICULO 3º: Los responsables de la Venta de la Rifa Municipal serán: HAURE GABRIELA – DNI. Nº 20.878.511; SCHWINDT LORENA – DNI. Nº24.726.078; EZCURDIA CINTIA – DNI. Nº 30.004.672; TESTA GRACIELA – DNI. Nº 14.655.969; AMAN MARIELA – DNI. Nº 23.912.546; URRITIA ANDREA – DNI. Nº 22.507.694; STAINNEKKER DIEGO – DNI. Nº 26.456.610; SCHWINDT AYELEN – DNI. Nº 32.904.764; MAYER BETIANA – DNI. Nº 25.947.317; LARA CLAUDIO – DNI. Nº 16.690.318; CHURA GRACIELA – DNI. Nº 94.337.803; SCHVINDT SOLEDAD – DNI. Nº 28.678.082; KRIEGER ELENA – DNI. Nº 32.904.778; FLORES SILVIA – DNI. Nº 33.090.605. Cabe aclarar que la mencionada Entidad deberá presentar la Rendición de Cuentas pertinente y abonar los tributos que establece el artículo 10º de Decreto Ley 9.405 en un todo de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 2º de la ordenanza Nº 110/05 y su modificatoria Nº 569.---------------------------------------------------- ARTICULO 4º: Cúmplase, regístrese, pase al Departamento Ejecutivo para su promulgación, comuníquese a quienes
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corresponda. Una vez cumplimentada la Ordenanza, gírese al Honorable Concejo Deliberante el Decreto de Promulgación. -
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DEL PARTIDO DE PATAGONES, EN LA REANUDACIÓN DE LA 5º SESIÒN ORDINARIA DEL DIA 05-05-21. PASADA A CUARTO INTERMEDIO PARA EL DÍA 10-05-21, 9 REUNION. APROBADO UNANIMIDAD.
REGISTRADO BAJO EL Nº 3412. Carmen de Patagones, 11 de Mayo de 2021.
Corresponde a expediente 4084-890/21 VISTO: La documentación obrante en el Expediente Nº 4084-890HCD/21, y. CONSIDERANDO: Que, por el mismo, el CLUB SOCIAL Y DEPORTIVO JUVENTUD UNIDA – VILLA RITA, de Patagones, solicita la autorización para la realización de una Rifa Municipal.- Que, de acuerdo a la Ley Provincial Nº 11.349, en su Art. 4º, establece que el Honorable Concejo Deliberante determinará la suma total por la que habrán de emitirse los billetes de la rifa, como así también la cantidad de números a emitirse y las series que autorizarán para hacer circular.- POR TODO ELLO, EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DEL PARTIDO DE PATAGONES, EJERCIENDO ATRIBUCIONES QUE LE CONFIERE LA LEY, SANCIONA CON FUERZA DE:
O R D E N A N Z A ARTICULO 1º: Autorizase a el CLUB SOCIAL Y DEPORTIVO JUVENTUD UNIDA – VILLA RITA de Patagones, a realizar una
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Rifa Municipal en un todo de acuerdo a los considerandos de la presente.----------------------------------------------- ARTICULO 2º: Establécese que la citada Rifa se autoriza bajo las siguientes condiciones:
• 500 boletas – conteniendo siete (7) números cada una de cuatro (4) cifras y 6500 boletas con (1) un número cada una de cuatro (4) cifras. El valor de la misma es de Pesos cuatro mil doscientos ($4.200,00), pudiéndose pagar de contado o en siete (7) cuotas de Pesos SEISCIENTOS ($600,00) cada una.-
• No se atenderán reclamos por sustracción, pérdida o
destrucción de la boleta.
• El pago de los premios caducara a los 30 días corridos a partir del día siguiente de la realización del sorteo respectivo.
• Poseer los comprobantes de pago.
• El valor estipulado de los bienes es de $600.000 premio final.
• Los valores de los bienes son meramente ilustrativas.
• Premios: SORTEO FINAL GORDO DE NAVIDAD DE 2021 - POR LOTERIA DE LA CIUDAD NOCTURNA CON LOS SIGUIENTES PREMIOS: 1º Premio: UN JEEP LADA NIVA 4 X 4.- 2º Premio: Orden de Compra por Pesos CIEN MIL ($100.000).- 3º Premio: Orden de Compra por Pesos CUARENTA MIL ($40.000) 4º Premio: Orden de Compra por Pesos TREINTA MIL ($30.000).- 5º Premio: Orden de Compra por Pesos VEINTE MIL ($20.000).- 6º Premio: Orden de Compra por Pesos DIEZ MIL (10.000).- SORTEO PREMIO PAGO CONTADO: Por LOTERIA DE LA CIUDAD NOCTURNA con el siguiente premio:
• 1º Premio: Orden de Compra por Pesos CIEN MIL ($100.000), juega con el primer número del cartón, 19 de junio de 2021.
• 2º Premio: Orden de Compra por Pesos CIEN MIL
($100.000), juega con el primer número del cartón, 16 de octubre de 2021.-
SORTEOS SEMANALES:
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Canasta comestible, el segundo y cuarto sábado de cada mes, por LOTERIA DE LA CIUDAD NOCTURNA.-
• Premio: Orden de compra por Pesos DIEZ MIL ($10.000,00).
ARTICULO 3º: Los responsables de la Venta de la Rifa Municipal serán: Churrain Carlos - DNI Nº 17.067.673, Molina Amalia - DNI Nº 5.657.429, Preus Jaime - DNI Nº 5.452.993 - Carrasco Juan - DNI Nº 15.527.535, Churrarin Nestor - DNI Nº 10.438.056, Fogelman Tany - DNI Nº 5.474.574, Peña Mariel- DNI Nº 16.180.296, Howez Roberto - DNI Nº12.502.896, Romero Diego - DNI Nº 27.113.017, Cabe aclarar que la mencionada Entidad deberá presentar la Rendición de Cuentas pertinente y abonar los tributos que establece el artículo 10º de Decreto Ley 9.405 en un todo de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 2º de la ordenanza Nº 110/05 y su modificatoria Nº 569.------------- ARTICULO 4º: Cúmplase, regístrese, pase al Departamento Ejecutivo para su promulgación, comuníquese a quienes corresponda. Una vez cumplimentada la Ordenanza, gírese al Honorable Concejo Deliberante el Decreto de Promulgación. -
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DEL PARTIDO DE PATAGONES, EN LA REANUDACIÓN DE LA 5º SESIÒN ORDINARIA DEL DIA 05-05-21. PASADA A CUARTO INTERMEDIO PARA EL DÍA 10-05-21, 9º REUNION. APROBADO UNANIMIDAD.
REGISTRADO BAJO EL Nº 3413.
Carmen de Patagones, 11 de Mayo de 2021. Corresponde a expediente 4084-840/21 VISTO:
El expediente 4084 – 840HCD/21, y la necesidad y la importancia que revista que nuestros espacios públicos tengan nombre y refieran particularmente a ciudadanos reconocidos por la sociedad de cada localidad; los
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artículos 24º y 27º-inciso 4- de la L.O.M., la Ordenanza 140 que regula la forma del procedimiento para llevarlo a cabo y; CONSIDERANDO:
Que, vecinos de Carmen de Patagones, solicitan un reconocimiento al señor Pichón Huaracan, en virtud que ha sido la persona que se ocupó de parquizarla, y de su mantenimiento continuo de la Plazoleta.
Que, la plazoleta Fundada en 2004, ubicada
entre las calles César Founier, Itaparica y Jorge Humble de la Ciudad de Carmen de Patagones.
Que, la Nota registrada bajo el Nº 126/21,
emitida por el Museo Histórico Regional “Emma Nozzi” – del Banco de la Provincia de Buenos Aires, (a fojas 8) manifiesta en relación al expediente de referencia, no tener objeción alguna al nombre propuesto, celebrando la iniciativa de los vecinos del barrio, forma de agradecer los permanentes gestos solidarios que distinguieron al señor Pichón y modo de mantener viva la memoria. POR TODO ELLO, EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DEL PARTIDO DE PATAGONES, EJERCIENDO ATRIBUCIONES QUE LE CONFIERE LA
LEY, SANCIONA CON FUERZA DE:
O R D E N A N Z A ARTÍCULO 1º Impóngase con el nombre de Marcelo “Pichón” Huaracan”, a la Plazoleta ubicada entre las calles: César
Founier; Itaparica y Jorge Humble de la Ciudad de Carmen de
Patagones.
ARTÍCULO 2º: Instrúyase a la Dirección de Gobierno
Municipal, a llevar a cabo el procedimiento normado en la
Ordenanza Nº 140.
ARTÍCULO 3º: Realizase a la brevedad y, de acuerdo a la disponibilidad presupuestaria, la confección y puesta de la cartelería identificadora de la Plazoleta, que llevará el nombre establecido en el artículo 1º. ARTÍCULO 4º: Cúmplase, regístrese, pase al Departamento Ejecutivo para su promulgación, comuníquese a quienes corresponda. Una vez cumplimentada la Ordenanza, gírese al Honorable Concejo Deliberante el Decreto de Promulgación. -
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DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DEL PARTIDO DE PATAGONES, EN LA REANUDACIÓN DE LA 5º SESIÒN ORDINARIA DEL DIA 05-05-21. PASADA A CUARTO INTERMEDIO PARA EL DÍA 10-05-21, 9º REUNION. APROBADO UNANIMIDAD.
REGISTRADO BAJO Nº3416.-
Carmen de Patagones, 20 de Mayo de 2021. Corresponde a expediente 4084-1095HCD/15
VISTO:
El artículo 24º y artículo 27º-inciso 4º- de
la Ley Orgánica de las Municipalidades, la Ordenanza
140/2005, y;
CONSIDERANDO:
Que, en la localidad de Villalonga, existen
calles que no cuentan con nombre y por ende no cuenta con
su respectiva numeración, haciéndose imposible para
vecinos recibir correspondencia oficial y/o particular,
siendo engorroso en este sentido, la ubicación para las
personas que tienen que entregar,-al vecino-, alguna
documentación.
Que, para la imposición de nombre a una
calle, se debe ser prudente, porque los nombres que se
otorguen a arterias de nuestras localidades, deben de ser
representativas, armonizando entre los vecinos, de los
nombres que se propongan para sus calles.
Que, reflexionando sobre lo expuesto, y
dialogando con vecinos de la calle sin designación
ubicada entre de las calles Neuquén y Rodolfo Brunco de
nuestra localidad , se ha propuesto que se designe a esa
arteria con algo referente al conflicto bélico del
Atlántico Sur, sucedido en el año 1982, en donde el 02 de
Mayo de ese año, fue hundido por proyectiles ingleses,
el crucero General Belgrano, con la lamentable desaparición
de 323 soldados argentinos.
Que, rememorando también a los
sobrevivientes de ese siniestro, que se encuentran viviendo
en muchas localidades de nuestro país en general, y en este
hecho en particular, se ha considerado asignar a la calle
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precedentemente mencionada con el nombre de Antonio Omar
LACAZE, vecino que vive en nuestra localidad.
Que, ésta iniciativa había sido presentada
hace un tiempo atrás por alumnos de la Escuela
Secundaria Nº l “Paso Alsina” de la localidad de
Villalonga, y que en su momento la Norma, no permitía la
designación de nombres de calles ni lugares, de personas en
vida.
Que, el hecho que una calle lleve este
nombre, es no solo reivindicar a los soldados que estaban
en el Crucero General Belgrano, sino que permite reforzar
nuestra identidad y derechos de soberanía nacional.
Que, es facultad del Honorable Cuerpo
Legislativo, dictar la norma correspondiente.
POR ELLO, EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DEL PARTIDO DE PATAGONES, EJERCIENDO ATRIBUCIONES QUE LE CONFIERE LA LEY,
SANCIONA CON FUERZA DE:
O R D E N A N Z A
ARTICULO Nº 1: Impóngase con el nombre de Antonio Omar
LACAZE, a la Calle 8 de la localidad de Villalonga.
ARTICULO Nº 2: Procédase a la colocación de cartelería
indicativa, en los lugares correspondientes.
ARTICULO Nº 3: Cúmplase, regístrese, pase al Departamento
Ejecutivo para su promulgación, comuníquese a quienes
corresponda. Una vez cumplimentada la Ordenanza, gírese al
Honorable Concejo Deliberante el Decreto de Promulgación.
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE, REALIZADA EN LA CASA DE LA CULTURA “VIEJO HOTEL”, EN CONMEMORACION DEL 92º ANIVERSARIO DE LA LOCALIDAD DE VILLALONGA, EL DIA 19-05-21, EN LA 6º SESION ORDINARIA. 10ª REUNIÓN. SESION BIMODAL. APROBADO POR UNANIMIDAD.-
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REGISTRADO BAJO Nº3417.-
Carmen de Patagones, 20 de Mayo de 2021.
Corresponde a expediente 4084-760HCD/2021 VISTO: Los Artículos 24° y 25° de la Ley Orgánica de las
Municipalidades, la necesidad de reglamentar los espacios
públicos en la localidad de Villalonga, y;
CONSIDERANDO;
Que, han surgido reclamos de vecinos de la
mencionada localidad, con la proyección de prohibir el
doble estacionamiento de la calle Sarmiento, entre Don
Bosco hasta Perú.
Que, el mismo surge debido a la dificultad que
se presenta en dicha calle, con doble circulación y
estacionamiento en ambos lados, perjudicando transeúntes,
automovilistas y obstruyendo la libre circulación para el
Cuartel de Bomberos.
Que, se ha observado que en la calle 29 de
Mayo de la localidad de Villalonga, se realizó la
prohibición del estacionamiento sobre una margen, siendo
sus resultados óptimos.
Que, es importante agilizar el tránsito y
dejar espacio para que el Cuartel de Bomberos Voluntarios,
puedan cumplir su tarea cuando así lo requieran.
Que, es facultad del Honorable Concejo
Deliberante, reglamentar los espacios públicos que así lo
requieren.
POR ELLO, EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DEL PARTIDO DE PATAGONES, EJERCIENDO ATRIBUCIONES QUE LE CONFIERE LA LEY,
SANCIONA CON FUERZA DE:
O R D E N A N Z A
ARTICULO 1ª: Prohíbase el estacionamiento sobre la margen
derecha de la calle Sarmiento, entre Don Bosco hasta la
calle Perú, de la localidad de Villalonga.
ARTICULO 2º: Solicitase al Departamento Ejecutivo, se
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realicen las señalizaciones correspondientes.
ARTICULO 3°: Cúmplase, regístrese, pase al Departamento
Ejecutivo para su promulgación, comuníquese a quienes
corresponda. Una vez cumplimentada la Ordenanza, gírese al
Honorable Concejo Deliberante el Decreto de Promulgación.
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE, REALIZADA EN LA CASA DE LA CULTURA “VIEJO HOTEL”, EN CONMEMORACION DEL 92º ANIVERSARIO DE LA LOCALIDAD DE VILLALONGA, EL DIA 19-05-21, EN LA 6º SESION ORDINARIA. 10ª REUNIÓN. SESION BIMODAL. APROBADO POR UNANIMIDAD.-
REGISTRADO BAJO Nº3418.-
Carmen de Patagones, 20 de Mayo de 2021. Corresponde a expediente 4084-0532/21.-
VISTO:
El Decreto-Ley N° 8841/77 y modificatorias, las
Leyes N° 15.164 y N° 15.174 y modificatoria, los Decretos
N° 3707/98, N° 132/2020, N ° 255/2020, N° 771/2020 y N°
1231/2020 y el Decreto Nacional N° 1033/2020, y Decreto Nº
01/21, y.-
CONSIDERANDO:
Que por Decreto del Poder Ejecutivo Nacional N°
260/2020 se amplió, por el plazo de un (1) año, la
emergencia pública en materia sanitaria establecida por Ley
N° 27.541, en virtud de la pandemia declarada por la
Organización Mundial de la Salud (OMS) en relación con el
nuevo coronavirus (COVID-19);
Que, en sintonía con ello, mediante el Decreto N°
132/2020, ratificado por la Ley N° 15.174, se declaró la
emergencia sanitaria en el territorio bonaerense, por el
término de ciento ochenta (180) días a partir de su
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dictado; al tiempo que se previó la adopción de diversas
medidas necesarias a los fines de la contención del nuevo
coronavirus (COVID-19) y de evitar el contagio y la
propagación de la infección en la población;
Que, posteriormente, por Decreto del Poder
Ejecutivo Nacional N° 297/2020, se estableció, para todas
las personas que habitan en el país o se encuentren en él,
la medida de “Aislamiento Social, Preventivo y
Obligatorio”, durante la cual todas las personas deberán
permanecer en sus residencias habituales o en el lugar en
que se encontraran, desde el 20 y hasta el 31 de marzo
inclusive del corriente año, plazo prorrogado a través de
los Decretos N° 325/2020, N° 355/2020, N° 408/2020, N°
459/2020, N° 493/2020, N° 520/2020, N° 576/2020, N°
605/2020, N° 641/2020, N° 677/2020, N° 714/2020, N°
754/2020, N° 792/2020, N° 814/2020, N° 875/2020 y N°
956/2020;
Que, en atención a que la situación
epidemiológica en las distintas zonas del país ha adquirido
características diferentes, no solo por las particulares
realidades demográficas y la dinámica de transmisión, sino
también por las medidas adoptadas a nivel nacional,
provincial, de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y
municipal, para contener la expansión del virus, el Poder
Ejecutivo Nacional, mediante Decreto N° 1033/2020,
determinó que, desde el día 21 de diciembre de 2020 y hasta
el día 31 de enero de 2021, se mantendrá el
“Distanciamiento Social, Preventivo y Obligatorio” para
todas las personas que residan o transiten en los
aglomerados urbanos, partidos y departamentos de las
provincias argentinas, en tanto estos verifiquen en forma
positiva la totalidad de los parámetros epidemiológicos y
sanitarios establecidos en su artículo 2°;
Que, asimismo, estableció que se prorrogará por
igual plazo la medida de “Aislamiento Social, Preventivo y
Obligatorio”, para las personas que residan o se encuentren
en los aglomerados urbanos y en los departamentos y
partidos de las provincias argentinas que no cumplan los
parámetros epidemiológicos y sanitarios establecidos en el
mencionado artículo;
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Que, además, el Decreto Nacional N° 1033/2020
en su artículo 28 dispone que “Las autoridades de las
jurisdicciones y organismos del Sector Público Nacional, en
coordinación con sus pares de las Jurisdicciones
Provinciales, de la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES y las
Autoridades Municipales, cada una en el ámbito de sus
competencias, dispondrán los procedimientos de
fiscalización necesarios para garantizar el cumplimiento de
las normas previstas en el presente decreto, de los
protocolos vigentes y de las normas dispuestas en el marco
de la emergencia sanitaria, y de sus normas
complementarias.”;
Que la Constitución de la Provincia establece en
su artículo 36, inciso 8 “La Provincia garantiza a todos
sus habitantes el acceso a la salud en los aspectos
preventivos, asistenciales y terapéuticos; sostiene el
hospital público y gratuito en general, con funciones de
asistencia sanitaria, investigación y formación …”;
Que, a su turno, la Ley N° 15.164 atribuye al
Ministerio de Salud, la competencia para “intervenir en la
producción de información y la vigilancia epidemiológica
para la planificación estratégica y toma de decisiones en
salud”;
Que, en virtud de la situación epidemiológica
actual, resulta pertinente dejar establecido que el
incumplimiento de las normas dictadas en el marco de la
pandemia ocasionada por la enfermedad COVID19, dará lugar a
la aplicación de las sanciones previstas en el Decreto-Ley
N° 8841/77, conforme el procedimiento establecido por el
Decreto N° 3707/98; instruyendo a los Ministerios de
Jefatura de Gabinete de Ministros, de Gobierno y de Salud a
articular con los municipios de la Provincia la
implementación inmediata en sus respectivas jurisdicciones
de la referida medida;
Que, asimismo, deviene necesario invitar a los
municipios a adherir al presente y facultar a aquellos que
lo hagan, a través de sus áreas competentes, a llevar
adelante la fiscalización y juzgamiento de las infracciones
referidas;
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Que, en esta instancia deviene necesario adherir
al Decreto Provincial Nº 01/21.-
POR ELLO, EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE
DEL PARTIDO DE PATAGONES, EJERCIENDO ATRIBUCIONES QUE LE CONFIERE LA LEY, SANCIONA CON FUERZA DE:
O R D E N A N Z A
ARTICULO 1º: Adhiérase al Decreto Nº 01/21 de la Provincia
de Buenos Aires por el cual se deja establecido que ante el
incumplimiento de las normas dictadas en el marco de la
Pandemia ocasionada por la enfermedad Covid 19, dará lugar
a las sanciones previstas en Decreto Ley Nº 8841/77
conforme lo establecido por Decreto 3307/98, para llevar
adelante la fiscalización y juzgamiento de las infracciones
referidas en el presente.----------------------------------
ARTICULO 2º: Cúmplase, regístrese, pase al Departamento
Ejecutivo para su promulgación, comuníquese a quienes
corresponda. Una vez cumplimentada la Ordenanza, gírese al
Honorable Concejo Deliberante el Decreto de Promulgación.--
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE, REALIZADA EN LA CASA DE LA CULTURA “VIEJO HOTEL”, EN CONMEMORACION DEL 92º ANIVERSARIO DE LA LOCALIDAD DE VILLALONGA, EL DIA 19-05-21, EN LA 6º SESION ORDINARIA. 10ª REUNIÓN. SESION BIMODAL. APROBADO POR UNANIMIDAD.-
P. ORDENANZAS REGISTRADO BAJO Nº 870/2021.
CORRESPONDE A EXPTE. Nº 4084 – 5296/2021.-
CARMEN DE PATAGONES, 19 de Mayo de 2021.-
VISTO:
La Ordenanza sancionada por el Honorable Concejo
Deliberante de Patagones, bajo el Nº 3399, y.-
CONSIDERANDO:
Boletín Oficial de la Municipalidad de Patagones Carmen de Patagones – Viernes 02 de Julio de 2021
Sección Oficial - Página Nº 44
Las Atribuciones otorgadas al Departamento Ejecutivo
Municipal por Ley Orgánica de las Municipalidades.
POR TODO ELLO, EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE PATAGONES, EJERCIENDO ATRIBUCIONES QUE LE CONFIERE LA LEY.-
D E C R E T A:
ARTICULO 1º: Promúlguese la Ordenanza sancionada – por el
Honorable Concejo Deliberante de Patagones, bajo el Nº 3399 -
Aprobando Código de Zonificación y Usos de Suelo, para la
localidad de Carmen de Patagones.-------------------------------
ARTICULO 2º: El presente Decreto será refrendado por el Señor
Secretario de Gobierno Municipal.-------------------------------
ARTICULO 3º: Cúmplase, registrase, comuníquese a quienes corresponda, dese al Digesto Municipal, gírese copia al Honorable Concejo Deliberante y procédase a su archivo.-------------------------------------------------- REGISTRADO BAJO Nº 871/2021.
CORRESPONDE A EXPTE. Nº 4084 – 890 HCD/2021.-
CARMEN DE PATAGONES, 19 de Mayo de 2021.-
VISTO: La Ordenanza sancionada por el Honorable Concejo
Deliberante de Patagones, bajo el Nº 3412, y.-
CONSIDERANDO:
Las Atribuciones otorgadas al Departamento Ejecutivo
Municipal por Ley Orgánica de las Municipalidades.
POR TODO ELLO, EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE PATAGONES, EJERCIENDO ATRIBUCIONES QUE LE CONFIERE LA LEY.-
D E C R E T A:
ARTICULO 1º: Promúlguese la Ordenanza sancionada – por el
Honorable Concejo Deliberante de Patagones, bajo el Nº 3412 -
Autorizase al Club Social y Deportivo Juventud Unida – Villa
Rita, a realizar una Rifa Municipal.----------------------------
ARTICULO 2º: El presente Decreto será refrendado por el Señor
Secretario de Gobierno Municipal.-------------------------------
Boletín Oficial de la Municipalidad de Patagones Carmen de Patagones – Viernes 02 de Julio de 2021
Sección Oficial - Página Nº 45
ARTICULO 3º: Cúmplase, registrase, comuníquese a quienes corresponda, dese al Digesto Municipal, gírese copia al Honorable Concejo Deliberante y procédase a su archivo.-------------------------------------------------- REGISTRADO BAJO Nº 872/2021.
CORRESPONDE A EXPTE. Nº 4084 – 4196/2012.- CARMEN DE PATAGONES, 19 de Mayo de 2021.-
VISTO: La Ordenanza sancionada por el Honorable Concejo
Deliberante de Patagones, bajo el Nº 3408, y.-
CONSIDERANDO:
Las Atribuciones otorgadas al Departamento Ejecutivo
Municipal por Ley Orgánica de las Municipalidades.
POR TODO ELLO, EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE PATAGONES, EJERCIENDO ATRIBUCIONES QUE LE CONFIERE LA LEY.-
D E C R E T A:
ARTICULO 1º: Promúlguese la Ordenanza sancionada – por el
Honorable Concejo Deliberante de Patagones, bajo el Nº 3408 -
derogando Ordenanza Municipal Nº 52/14 – donación chacras
municipales 180-182 y 183 a favor de la Dirección provincial de
Aeronavegación Oficia y Planificación (D.P.A.O.Y P.).-----------
ARTICULO 2º: El presente Decreto será refrendado por el Señor
Secretario de Gobierno Municipal.-------------------------------
ARTICULO 3º: Cúmplase, registrase, comuníquese a quienes corresponda, dese al Digesto Municipal, gírese copia al Honorable Concejo Deliberante y procédase a su archivo.-------------------------------------------------- REGISTRADO BAJO Nº 876/2021.
CORRESPONDE A EXPTE. Nº 4084 – 310/2021.-
Boletín Oficial de la Municipalidad de Patagones Carmen de Patagones – Viernes 02 de Julio de 2021
Sección Oficial - Página Nº 46
CARMEN DE PATAGONES, 20 de Mayo de 2021.-
VISTO: La Ordenanza sancionada por el Honorable Concejo
Deliberante de Patagones, bajo el Nº 3410, y.-
CONSIDERANDO:
Las Atribuciones otorgadas al Departamento Ejecutivo
Municipal por Ley Orgánica de las Municipalidades.
POR TODO ELLO, EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE PATAGONES, EJERCIENDO ATRIBUCIONES QUE LE CONFIERE LA LEY.-
D E C R E T A:
ARTICULO 1º: Promúlguese la Ordenanza sancionada – por el
Honorable Concejo Deliberante de Patagones, bajo el Nº 3410 -
Autorizando a la Asociación Cooperadora de la Escuela Educación
Secundaria Nº 1 de Villalonga a realizar una Rifa Municipal.----
ARTICULO 2º: El presente Decreto será refrendado por la Señora
A/C de la Secretaría de Gobierno Municipal.---------------------
ARTICULO 3º: Cúmplase, registrase, comuníquese a quienes corresponda, dese al Digesto Municipal, gírese copia al Honorable Concejo Deliberante y procédase a su archivo.-------------------------------------------------- REGISTRADO BAJO Nº 877/2021.
CORRESPONDE A EXPTE. Nº 4084 – 4754/2020.- CARMEN DE PATAGONES, 20 de Mayo de 2021.-
VISTO: La Ordenanza sancionada por el Honorable Concejo
Deliberante de Patagones, bajo el Nº 3402, y.-
CONSIDERANDO:
Las Atribuciones otorgadas al Departamento Ejecutivo
Municipal por Ley Orgánica de las Municipalidades.
POR TODO ELLO, EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE PATAGONES, EJERCIENDO ATRIBUCIONES QUE LE CONFIERE LA LEY.-
D E C R E T A:
Boletín Oficial de la Municipalidad de Patagones Carmen de Patagones – Viernes 02 de Julio de 2021
Sección Oficial - Página Nº 47
ARTICULO 1º: Promúlguese la Ordenanza sancionada – por el
Honorable Concejo Deliberante de Patagones, bajo el Nº 3402 -
Condonación de deuda por tasa por Servicios Urbanos – Sra.
Antrichipay Florinda.-------------------------------------------
ARTICULO 2º: El presente Decreto será refrendado por la Señora
A/C de la Secretaría de Gobierno Municipal.---------------------
ARTICULO 3º: Cúmplase, registrase, comuníquese a quienes corresponda, dese al Digesto Municipal, gírese copia al Honorable Concejo Deliberante y procédase a su archivo.-------------------------------------------------- REGISTRADO BAJO Nº 878/2021.
CORRESPONDE A EXPTE. Nº 4084 – 2723/2018.- CARMEN DE PATAGONES, 20 de Mayo de 2021.-
VISTO: La Ordenanza sancionada por el Honorable Concejo
Deliberante de Patagones, bajo el Nº 3403, y.-
CONSIDERANDO:
Las Atribuciones otorgadas al Departamento Ejecutivo
Municipal por Ley Orgánica de las Municipalidades.
POR TODO ELLO, EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE PATAGONES, EJERCIENDO ATRIBUCIONES QUE LE CONFIERE LA LEY.-
D E C R E T A:
ARTICULO 1º: Promúlguese la Ordenanza sancionada – por el
Honorable Concejo Deliberante de Patagones, bajo el Nº 3403 -
Condonación de deuda por Tasa por Servicios Urbanos al Club
Social y Deportivo Villa Linch.---------------------------------
ARTICULO 2º: El presente Decreto será refrendado por la Señora
A/C de la Secretaría de Gobierno Municipal.---------------------
ARTICULO 3º: Cúmplase, registrase, comuníquese a quienes corresponda, dese al Digesto Municipal, gírese copia al Honorable Concejo Deliberante y procédase a su archivo.--------------------------------------------------
Boletín Oficial de la Municipalidad de Patagones Carmen de Patagones – Viernes 02 de Julio de 2021
Sección Oficial - Página Nº 48
REGISTRADO BAJO Nº 879/2021.
CORRESPONDE A EXPTE. Nº 4084 – 434/2021.- CARMEN DE PATAGONES, 20 de Mayo de 2021.-
VISTO: La Ordenanza sancionada por el Honorable Concejo
Deliberante de Patagones, bajo el Nº 3409, y.-
CONSIDERANDO:
Las Atribuciones otorgadas al Departamento Ejecutivo
Municipal por Ley Orgánica de las Municipalidades.
POR TODO ELLO, EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE PATAGONES, EJERCIENDO ATRIBUCIONES QUE LE CONFIERE LA LEY.-
D E C R E T A:
ARTICULO 1º: Promúlguese la Ordenanza sancionada – por el
Honorable Concejo Deliberante de Patagones, bajo el Nº 3409 -
Autorizando a la Asociación Cooperadora Escuela Primaria Nº 27
de Igarzabal y Escuela 24 y JIRIMM Nº 7 Colonia El Guanaco, a
realizar una Rifa Municipal.------------------------------------
ARTICULO 2º: El presente Decreto será refrendado por la Señora
A/C de la Secretaría de Gobierno Municipal.---------------------
ARTICULO 3º: Cúmplase, registrase, comuníquese a quienes corresponda, dese al Digesto Municipal, gírese copia al Honorable Concejo Deliberante y procédase a su archivo.-------------------------------------------------- REGISTRADO BAJO Nº 882/2021.
CORRESPONDE A EXPTE. Nº 4084 – 913 HCD/2021.- CARMEN DE PATAGONES, 19 de Mayo de 2021.-
VISTO: La Ordenanza sancionada por el Honorable Concejo
Deliberante de Patagones, bajo el Nº 3411, y.-
CONSIDERANDO:
Las Atribuciones otorgadas al Departamento Ejecutivo
Municipal por Ley Orgánica de las Municipalidades.
Boletín Oficial de la Municipalidad de Patagones Carmen de Patagones – Viernes 02 de Julio de 2021
Sección Oficial - Página Nº 49
POR TODO ELLO, EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE PATAGONES, EJERCIENDO ATRIBUCIONES QUE LE CONFIERE LA LEY.-
D E C R E T A:
ARTICULO 1º: Promúlguese la Ordenanza sancionada – por el
Honorable Concejo Deliberante de Patagones, bajo el Nº 3411 -
Declárese de Interés Municipal Social y Deportivo, el 100º
Aniversario de Fundación de Club Social y Atlético Jorge
Newbery, de Carmen de Patagones.--------------------------------
ARTICULO 2º: El presente Decreto será refrendado por la Señora
A/C de la Secretaría de Gobierno Municipal.---------------------
ARTICULO 3º: Cúmplase, registrase, comuníquese a quienes corresponda, dese al Digesto Municipal, gírese copia al Honorable Concejo Deliberante y procédase a su archivo.-------------------------------------------------- REGISTRADO BAJO Nº 883/2021.
CORRESPONDE A EXPTE. Nº 4084 – 840 HCD/2021.- CARMEN DE PATAGONES, 20 de Mayo de 2021.-
VISTO: La Ordenanza sancionada por el Honorable Concejo
Deliberante de Patagones, bajo el Nº 3413, y.-
CONSIDERANDO:
Las Atribuciones otorgadas al Departamento Ejecutivo
Municipal por Ley Orgánica de las Municipalidades.
POR TODO ELLO, EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE PATAGONES, EJERCIENDO ATRIBUCIONES QUE LE CONFIERE LA LEY.-
D E C R E T A:
ARTICULO 1º: Promúlguese la Ordenanza sancionada – por el
Honorable Concejo Deliberante de Patagones, bajo el Nº 3413 -
Impóngase el nombre de MARCELO PICHON HUARACAN, a Plazoleta
ubicada entre las calles C. Founier, Itaparica y J. Humble de
Barrio Lujan.---------------------------------------------------
ARTICULO 2º: El presente Decreto será refrendado por la Señora
A/C de la Secretaría de Gobierno Municipal.---------------------
Boletín Oficial de la Municipalidad de Patagones Carmen de Patagones – Viernes 02 de Julio de 2021
Sección Oficial - Página Nº 50
ARTICULO 3º: Cúmplase, registrase, comuníquese a quienes corresponda, dese al Digesto Municipal, gírese copia al Honorable Concejo Deliberante y procédase a su archivo.-------------------------------------------------- REGISTRADO BAJO Nº 904/2021.
CORRESPONDE A EXPTE. Nº 4084 – 532/2021.- CARMEN DE PATAGONES, 21 de Mayo de 2021.-
VISTO: La Ordenanza sancionada por el Honorable Concejo
Deliberante de Patagones, bajo el Nº 3418, y.-
CONSIDERANDO:
Las Atribuciones otorgadas al Departamento Ejecutivo
Municipal por Ley Orgánica de las Municipalidades.
POR TODO ELLO, EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE PATAGONES, EJERCIENDO ATRIBUCIONES QUE LE CONFIERE LA LEY.-
D E C R E T A:
ARTICULO 1º: Promúlguese la Ordenanza sancionada – por el
Honorable Concejo Deliberante de Patagones, bajo el Nº 3418 -
Adhesión a Decreto Nº 01/21 de la Pcia. de Buenos Aires – Ref:
ante el incumplimiento de las normas dictadas en el marco de la
Pandemia ocasionada por Covid 19, dará lugar a las sanciones
previstas en Decreto Ley Nº 8841/77 conforme lo establecido por
Decreto 3307/98, para llevar adelante la fiscalización y
juzgamiento de las infracciones referidas en el presente.-------
ARTICULO 2º: El presente Decreto será refrendado por el Señor
Secretario de Gobierno Municipal.-------------------------------
ARTICULO 3º: Cúmplase, registrase, comuníquese a quienes corresponda, dese al Digesto Municipal, gírese copia al Honorable Concejo Deliberante y procédase a su archivo.--------------------------------------------------
Boletín Oficial de la Municipalidad de Patagones Carmen de Patagones – Viernes 02 de Julio de 2021
Sección Oficial - Página Nº 51
REGISTRADO BAJO Nº 910/2021
CORRESPONDE A EXPTE. Nº 4084 – 926HCD/21.- CARMEN DE PATAGONES, 26 de Mayo de 2021.-
VISTO: La Ordenanza sancionada por el Honorable Concejo
Deliberante de Patagones, bajo el Nº 3401, y.-
CONSIDERANDO:
Las Atribuciones otorgadas al Departamento Ejecutivo
Municipal por Ley Orgánica de las Municipalidades.
POR TODO ELLO, EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE PATAGONES, EJERCIENDO ATRIBUCIONES QUE LE CONFIERER LA LEY.-
D E C R E T A:
ARTICULO 1º: Promúlguese la Ordenanza sancionada – por el
Honorable Concejo Deliberante de Patagones, bajo el Nº 3401 -
Autorícese a la Sra. ARAMBURU, ROMINA PAOLA, el uso de espacio
público en calle Comodoro Rivadavia, entre Piedra Buena y San
Martín, para el funcionamiento de un Carro gastronómico, por el
termino de seis meses, en Carmen de Patagones.------------------
ARTICULO 2º: El presente Decreto será refrendado por el
Señor Secretarío de Gobierno Municipal.-------------------------
ARTICULO 3º: Cúmplase, registrase, comuníquese a quienes corresponda, dese al Digesto Municipal, gírese copia al Honorable Concejo Deliberante y procédase a su archivo.--------------------------------------------------
REGISTRADO BAJO Nº 918/2021
CORRESPONDE A EXPTE. Nº 4084 – 4471/20.- CARMEN DE PATAGONES, 27 de Mayo de 2021.-
VISTO: La Ordenanza sancionada por el Honorable Concejo
Deliberante de Patagones, bajo el Nº 3405, y.-
CONSIDERANDO:
Las Atribuciones otorgadas al Departamento Ejecutivo
Municipal por Ley Orgánica de las Municipalidades.
Boletín Oficial de la Municipalidad de Patagones Carmen de Patagones – Viernes 02 de Julio de 2021
Sección Oficial - Página Nº 52
POR TODO ELLO, EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE PATAGONES, EJERCIENDO ATRIBUCIONES QUE LE CONFIERER LA LEY.-
D E C R E T A:
ARTICULO 1º: Promúlguese la Ordenanza sancionada – por el
Honorable Concejo Deliberante de Patagones, bajo el Nº 3405 -
Ref. Declaración de Utilidad Pública y Pago Obligatorio - obra
cordón Barrio Néstor Kirchner, de Patagones.--------------------
ARTICULO 2º: El presente Decreto será refrendado por el Señor Secretaría de Gobierno Municipal.-------------------------
ARTICULO 3º: Cúmplase, registrase, comuníquese a quienes corresponda, dese al Digesto Municipal, gírese copia al Honorable Concejo Deliberante y procédase a su archivo.-------------------------------------------------- REGISTRADO BAJO Nº 919/2021
CORRESPONDE A EXPTE. Nº 4084 – 0243/21.-
CARMEN DE PATAGONES, 27 de Mayo de 2021.-
VISTO: La Ordenanza sancionada por el Honorable Concejo
Deliberante de Patagones, bajo el Nº 3404, y.-
CONSIDERANDO:
Las Atribuciones otorgadas al Departamento Ejecutivo
Municipal por Ley Orgánica de las Municipalidades.
POR TODO ELLO, EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE PATAGONES, EJERCIENDO ATRIBUCIONES QUE LE CONFIERER LA LEY.-
D E C R E T A:
ARTICULO 1º: Promúlguese la Ordenanza sancionada – por el
Honorable Concejo Deliberante de Patagones, bajo el Nº 3404 -
Cédase en forma precaria y gratuita por el termino de 5 (cinco)
años, lote en la Localidad de Cardenal Cagliero. Sr. Bouhaben,
Néstor.--------------------------------------------------------
ARTICULO 2º: El presente Decreto será refrendado por el
Señor Secretaría de Gobierno Municipal.---------------------------
Boletín Oficial de la Municipalidad de Patagones Carmen de Patagones – Viernes 02 de Julio de 2021
Sección Oficial - Página Nº 53
ARTICULO 3º: Cúmplase, registrase, comuníquese a quienes corresponda, dese al Digesto Municipal, gírese copia al Honorable Concejo Deliberante y procédase a su archivo.-------------------------------------------------- REGISTRADO BAJO Nº 920/2021
CORRESPONDE A EXPTE. Nº 4084 – 3345/19.- CARMEN DE PATAGONES, 27 de Mayo de 2021.-
VISTO: La Ordenanza sancionada por el Honorable Concejo
Deliberante de Patagones, bajo el Nº 3406, y.-
CONSIDERANDO:
Las Atribuciones otorgadas al Departamento Ejecutivo
Municipal por Ley Orgánica de las Municipalidades.
POR TODO ELLO, EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE PATAGONES, EJERCIENDO ATRIBUCIONES QUE LE CONFIERER LA LEY.-
D E C R E T A:
ARTICULO 1º: Promúlguese la Ordenanza sancionada – por el
Honorable Concejo Deliberante de Patagones, bajo el Nº 3406 -
Declaración de Utilidad Pública y Pago Obligatorio – obra
ampliación de red de gas, calles la Pampa e/ Paraná y
resistencia, de la Localidad de Stroeder.-----------------------
ARTICULO 2º: El presente Decreto será refrendado por el Señor Secretaría de Gobierno Municipal.-------------------------
ARTICULO 3º: Cúmplase, registrase, comuníquese a quienes corresponda, dese al Digesto Municipal, gírese copia al Honorable Concejo Deliberante y procédase a su archivo.-------------------------------------------------- REGISTRADO BAJO Nº 925/2021
CORRESPONDE A EXPTE. Nº 4084 – 760 HCD/21.-
Boletín Oficial de la Municipalidad de Patagones Carmen de Patagones – Viernes 02 de Julio de 2021
Sección Oficial - Página Nº 54
CARMEN DE PATAGONES, 31 de Mayo de 2021.-
VISTO: La Ordenanza sancionada por el Honorable Concejo
Deliberante de Patagones, bajo el Nº 3417, y.-
CONSIDERANDO:
Las Atribuciones otorgadas al Departamento Ejecutivo
Municipal por Ley Orgánica de las Municipalidades.
POR TODO ELLO, EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE PATAGONES, EJERCIENDO ATRIBUCIONES QUE LE CONFIERER LA LEY.-
D E C R E T A:
ARTICULO 1º: Promúlguese la Ordenanza sancionada – por el
Honorable Concejo Deliberante de Patagones, bajo el Nº 3417 -
Prohíbase el estacionamiento sobre margen derecha de calle
Sarmiento e/ Don Bosco y hasta calle Perú, de la localidad de
Villalonga.-----------------------------------------------------
ARTICULO 2º: El presente Decreto será refrendado por el Señor Secretario de Gobierno Municipal.-------------------------
ARTICULO 3º: Cúmplase, registrase, comuníquese a quienes corresponda, dese al Digesto Municipal, gírese copia al Honorable Concejo Deliberante y procédase a su archivo.-------------------------------------------------- REGISTRADO BAJO Nº 926/2021
CORRESPONDE A EXPTE. Nº 4084 – 1095 HCD/21.- CARMEN DE PATAGONES, 31 de Mayo de 2021.-
VISTO: La Ordenanza sancionada por el Honorable Concejo
Deliberante de Patagones, bajo el Nº 3416, y.-
CONSIDERANDO:
Las Atribuciones otorgadas al Departamento Ejecutivo
Municipal por Ley Orgánica de las Municipalidades.
POR TODO ELLO, EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE PATAGONES, EJERCIENDO ATRIBUCIONES QUE LE CONFIERER LA LEY.-
Boletín Oficial de la Municipalidad de Patagones Carmen de Patagones – Viernes 02 de Julio de 2021
Sección Oficial - Página Nº 55
D E C R E T A:
ARTICULO 1º: Promúlguese la Ordenanza sancionada – por el
Honorable Concejo Deliberante de Patagones, bajo el Nº 3416 -
Impóngase con el nombre de ANTONIO OMAR LACAZE, a la calle 8, de
la localidad de Villalonga.-------------------------------------
ARTICULO 2º: El presente Decreto será refrendado por el Señor
Secretario de Gobierno Municipal.-------------------------------
ARTICULO 3º: Cúmplase, registrase, comuníquese a quienes corresponda, dese al Digesto Municipal, gírese copia al Honorable Concejo Deliberante y procédase a su archivo.--------------------------------------------------
REGISTRADO BAJO Nº 963/2021
CORRESPONDE A EXPTE. Nº 4084 – 958 HCD/21.- CARMEN DE PATAGONES, 02 de Junio de 2021.-
VISTO: La Ordenanza sancionada por el Honorable Concejo
Deliberante de Patagones, bajo el Nº 3400, y.-
CONSIDERANDO:
Las Atribuciones otorgadas al Departamento Ejecutivo
Municipal por Ley Orgánica de las Municipalidades.
POR TODO ELLO, EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE PATAGONES, EJERCIENDO ATRIBUCIONES QUE LE CONFIERER LA LEY.-
D E C R E T A:
ARTICULO 1º: Promúlguese la Ordenanza sancionada – por el
Honorable Concejo Deliberante de Patagones, bajo el Nº 3400 -
Otorgar la libre disponibilidad del fondo del deporte –
ejercicio 2021, para gastos de servicios y mantenimiento, a
Instituciones deportivas del Distrito de Patagones – encuadradas
en la Ordenanza 2185 Consejo Municipal del Deporte.-------------
ARTICULO 2º: El presente Decreto será refrendado por el Señor
Secretario de Gobierno Municipal.-------------------------------
ARTICULO 3º: Cúmplase, registrase, comuníquese a quienes corresponda, dese al Digesto Municipal, gírese copia al Honorable Concejo Deliberante y procédase a su archivo.--------------------------------------------------
Boletín Oficial de la Municipalidad de Patagones Carmen de Patagones – Viernes 02 de Julio de 2021
Sección Oficial - Página Nº 56
DECRETOS DECRETO Nº 864 La visualización de la presente norma esta exceptuada de publicarse, en un todo de acuerdo a lo dispuesto a la Ley Nº 25.326.
DECRETO Nº 865 La visualización de la presente norma esta exceptuada de publicarse, en un todo de acuerdo a lo dispuesto a la Ley Nº 25.326.
DECRETO Nº 866 La visualización de la presente norma esta exceptuada de publicarse, en un todo de acuerdo a lo dispuesto a la Ley Nº 25.326. REGISTRADO BAJO Nº 867/21
CARMEN DE PATAGONES, 19 de Mayo de 2.021.-
VISTO:
La nota presentada por la INSTITUCION SALESIANA SAN FRANCISCO JAVIER – INSTITUTO SAN JOSE DE LA PARROQUIA NUESTRA SEÑORA DEL CARMEN – Entidad de Bien Público Nº 304, y.-
CONSIDERANDO:
Que, por la misma solicita el otorgamiento de un aporte económico por la suma de Pesos TREINTA Y SEIS MIL QUINIENTOS TREINTA Y SEIS ($36.536,00), con destino a solventar gastos por la compra de un tanque y bomba de agua para el Centro Comunitario San Cayetano.-
Que, obra la intervención de la Secretaría de Políticas Públicas y Jefatura de Gabinete y la autorización del Sr. Intendente Municipal quien considera atendible tal pedido.- POR TODO ELLO, EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE PATAGONES, EJERCIENDO ATRIBUCIONES QUE LE CONFIERE LA LEY.-
D E C R E T A
Boletín Oficial de la Municipalidad de Patagones Carmen de Patagones – Viernes 02 de Julio de 2021
Sección Oficial - Página Nº 57
ARTICULO 1º: Autorizase a la Contaduría Municipal a librar Orden de Pago a favor de la INSTITUCION SALESIANA SAN FRANCISCO JAVIER – INSTITUTO SAN JOSE DE LA PARROQUIA NUESTRA SEÑORA DEL CARMEN – Entidad de Bien Público Nº 304, por la suma de Pesos TREINTA Y SEIS MIL QUINIENTOS TREINTA Y SEIS ($36.536,00), con destino a solventar gastos por la compra de un tanque y bomba de agua para el Centro Comunitario San Cayetano.----------------------------------
ARTICULO 2º: Impútese el gasto a Jurisdicción 1110110000- Programa 18.00.00 – Fuente de Financiamiento 132 – Partida 5.1.5.0 – Recurso 11.9.15.00, del Presupuesto de Gastos vigente.---------------------------------------------------
ARTICULO 3º: El presente subsidio se otorga con cargo de Rendición de Cuentas de acuerdo a lo establecido en los Artículos 131, 132 y concordantes del Reglamento de Contabilidad para las Municipalidades de la Provincia de Buenos Aires.---------------------------------------------
ARTICULO 4º: El presente Decreto será refrendado por el Señor Secretario de Gobierno Municipal.-------------------
ARTICULO 5º: Cúmplase, regístrese, comuníquese a quienes corresponda, dese al Digesto Municipal y procédase a su archivo.--------------------------------------------------
REGISTRADO BAJO Nº 868/2021
CARMEN DE PATAGONES, 19 de Mayo de 2.021.-
VISTO:
La nota presentada por la ASOCIACION CENTRO EDUCATIVO PARA LA PRODUCCION TOTAL Nº 23 IGARZABAL – Entidad de Bien
Público Nº 477, y.-
CONSIDERANDO:
Que, por la misma solicita el otorgamiento de un subsidio por la suma de Pesos DOSCIENTOS OCHENTA Y SIETE MIL CON DOSCIENTOS CINCUENTA ($287.250,00), con destino a solventar gastos por la compra de 25 colchones de 1 plaza para mencionada de Entidad.-
Boletín Oficial de la Municipalidad de Patagones Carmen de Patagones – Viernes 02 de Julio de 2021
Sección Oficial - Página Nº 58
Que, obra la intervención del Secretario de Gobierno y la autorización del Señor Intendente Municipal quien considera atendible tal pedido.-
POR TODO ELLO, EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE PATAGONES, EJERCIENDO ATRIBUCIONES QUE LE CONFIERE LA LEY.-
D E C R E T A
ARTICULO 1º: Autorizase a la Contaduría Municipal a librar Orden de Pago a favor de la ASOCIACION CENTRO EDUCATIVO PARA LA PRODUCCION TOTAL Nº 23 IGARZABAL – Entidad de Bien Público Nº 477, por la suma de Pesos DOSCIENTOS OCHENTA Y SIETE MIL CON DOSCIENTOS CINCUENTA ($287.250,00), con destino a solventar gastos por la compra de 25 colchones de 1 plaza para mencionada de entidad.------------------------
ARTICULO 2º: Impútese el gasto a Jurisdicción 1110110000 - Programa 18.00.00 – Fuente de Financiamiento 132 – Partida 5.1.5.0, del Presupuesto de Gastos vigente.--------
ARTICULO 3º: El presente subsidio se otorga con cargo de Rendición de Cuentas de acuerdo a lo establecido en los Artículos 131, 132 y concordantes del Reglamento de Contabilidad para las Municipalidades de la Provincia de Buenos Aires.---------------------------------------------
ARTICULO 4º: El presente Decreto será refrendado por el Señor Secretario de Gobierno.-----------------------------
ARTICULO 5º: Cúmplase, regístrese, comuníquese a quienes corresponda, dese al Digesto Municipal y procédase a su archivo.--------------------------------------------------
REGISTRADO BAJO Nº 869/2021
CARMEN DE PATAGONES, 19 de Mayo de 2.021.-
VISTO:
La nota presentada por la ASOCIACION COOPERADORA JARDIN Nº 909 DE VILLALONGA – Entidad de Bien Público Nº 513,
y.-
CONSIDERANDO:
Boletín Oficial de la Municipalidad de Patagones Carmen de Patagones – Viernes 02 de Julio de 2021
Sección Oficial - Página Nº 59
Que, por la misma solicita el otorgamiento de un subsidio por la suma de Pesos DOSCIENTOS MIL ($200.000,00), con destino a solventar gastos por la Construcción de un Deposito para mencionada de Entidad.-
Que, obra la intervención del Secretario de Gobierno y la autorización del Señor Intendente Municipal quien considera atendible tal pedido.-
POR TODO ELLO, EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE PATAGONES, EJERCIENDO ATRIBUCIONES QUE LE CONFIERE LA LEY.-
D E C R E T A
ARTICULO 1º: Autorizase a la Contaduría Municipal a librar Orden de Pago a favor de la ASOCIACION COOPERADORA JARDIN 909 DE VILLALONGA – Entidad de Bien Público Nº 513, por la suma de Pesos DOSCIENTOS MIL ($200.000,00), con destino a solventar gastos por la Construcción de un Deposito para mencionada de entidad.-------------------------------------
ARTICULO 2º: Impútese el gasto a Jurisdicción 1110110000 - Programa 18.00.00 – Fuente de Financiamiento 132 – Partida 5.1.5.0, del Presupuesto de Gastos vigente.--------
ARTICULO 3º: El presente subsidio se otorga con cargo de Rendición de Cuentas de acuerdo a lo establecido en los Artículos 131, 132 y concordantes del Reglamento de Contabilidad para las Municipalidades de la Provincia de Buenos Aires.---------------------------------------------
ARTICULO 4º: El presente Decreto será refrendado por el Señor Secretario de Gobierno.-----------------------------
ARTICULO 5º: Cúmplase, regístrese, comuníquese a quienes corresponda, dese al Digesto Municipal y procédase a su archivo.--------------------------------------------------
REGISTRADO BAJO Nº 874/21
CARMEN DE PATAGONES, 20 de Mayo de 2.021.-
VISTO:
La nota presentada por la Subsecretaria de Recursos
Humanos, y.-
Boletín Oficial de la Municipalidad de Patagones Carmen de Patagones – Viernes 02 de Julio de 2021
Sección Oficial - Página Nº 60
CONSIDERANDO:
Que, por la misma informa que el día 03 de Mayo de
2021, se produjo el deceso del Agente Municipal JAIME ATILANO ISMAEL – LEGAJO Nº 2028 - DNI Nº 16.657.508, quien cumplía
funciones dependientes de la Municipalidad de Patagones.-
Que, habiendo tomado conocimiento las áreas
correspondientes, se debe dictar el acto administrativo.
POR TODO ELLO, EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE PATAGONES, EJERCIENDO ATRIBUCIONES QUE LE CONFIERE LA LEY.-
D E C R E T A: ARTICULO 1º: Dar de baja por fallecimiento con fecha 03 de Mayo de 2021, al agente municipal JAIME ATILANO ISMAEL – LEGAJO Nº 2028 - DNI Nº 16.657.508, quien cumplía funciones dependientes de la Municipalidad de Patagones.--
ARTICULO 2º: El presente Decreto será refrendado por la Señora A/C de la Secretaría de Gobierno Municipal.------
ARTICULO 3º: Cúmplase, regístrese, comuníquese a quienes corresponda, dése al Digesto Municipal y procédase a su archivo.-----------------------------------
REGISTRADO BAJO Nº 875/21
EXPTE. 4084-4195/16 CARMEN DE PATAGONES, 20 de Mayo de 2021.-
VISTO:
El Decreto Municipal Nº 1775/19 – Ref: Incentivo para
finalizar Estudios primarios y secundarios, y.-
CONSIDERANDO:
Que, desde su lugar de trabajo en este caso la
Municipalidad ofrece la posibilidad a los agentes municipales de
acceder a la formación primaria y secundario, brindando los
elementos básicos para su puesta en marcha y desarrollo de las
actividades educativas.-
Que, su finalidad es proporcionar a los estudiantes
la formación común que haga posible el desarrollo de las
habilidades individuales, motrices, de equilibrio personal, de
Boletín Oficial de la Municipalidad de Patagones Carmen de Patagones – Viernes 02 de Julio de 2021
Sección Oficial - Página Nº 61
relación, y de actuación social con adquisición de elementos
básicos culturales.-
Que, el título secundario capacita al agente para
iniciar estudios de educación superior, teniendo en cuenta que
podrá elegir diversas especificaciones que permitirán formarse
en temas específicos, tendrá acceso a la universidad,
posibilidad de mejora económica y de acceder a otros puestos de
trabajo en el ámbito laboral que se desempeñe.-
Que, los agentes que participen del programa
educativo primario/secundario, deberán acreditar asistencia
mensual a las clases, de esta manera percibirán una beca de
$600,00.- como ayuda económica, para gastos de traslado,
fotocopias, etc., importe que será incorporado en el recibo de
haberes, como “INCENTIVO POR ESTUDIOS”, afectándose al Programa
Fondo Educativo.-
Que, para llevar a cabo el proyecto los espacios
físicos a utilizar serán el CIC, NAC, SUM y establecimientos
educativos ubicados dentro del Partido de Patagones, todos
previstos por la Jefatura Distrital de Educación, tanto en
recursos humanos como en la logística.-
Que, el programa comprende a agentes de planta
permanente y temporaria, siendo esta Subsecretaría de Recursos
Humanos la encargada de certificar e informar el cumplimiento
mensual de los mismos.-
POR TODO ELLO, EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE PATAGONES, EJERCIENDO ATRIBUCIONES QUE LE CONFIERE LA LEY.
D E C R E T A
ARTICULO 1º: Modifíquese el Artículo 1º del Decreto Municipal Nº 1775/19, el cual quedara redactado de la siguiente manera:
ARTICULO 1º: Abónese a cada Agente Municipal que participe del PROGRAMA EDUCATIVO PRIMARIO/SECUNDARIO, la suma de Pesos MIL QUINIENTOS ($1.500,00) mensual, en concepto de ayuda económica, la cual se abonara por recibo de haberes a partir del mes de mayo del 2021.---------------------------
ARTICULO 2º: Dejase establecido que los agentes municipales que concurran al Programa deberán acreditar asistencia mensual a las clases.--------------------------------------
ARTICULO 3º: Los gastos que demande serán imputados a: Jurisdicción 1110110000 - Programa 18.00.00 Fondo Educativo
Boletín Oficial de la Municipalidad de Patagones Carmen de Patagones – Viernes 02 de Julio de 2021
Sección Oficial - Página Nº 62
- F. Financiación 132 - Recurso 11.9.15.00 - Partida Gasto 5.1.3.4. Otras becas.--------------------------------------
ARTICULO 4º: El presente Decreto será refrendado por l a
Señora A/C de la Secretaría de Gobierno Municipal.--------------
ARTICULO 5º: Cúmplase, regístrese, comuníquese a quienes
corresponda. Dése al Digesto Municipal y procédase a su
archivo.--------------------------------------------------------
REGISTRADO BAJO Nº 880/2021
CARMEN DE PATAGONES, 20 de MAYO de 2.021.-
VISTO:
La ausencia de la Directora de Compras – Lic.
Claudia E. San Martín, y.-
CONSIDERANDO:
Que, por lo expuesto, es necesario designar en el
mencionado cargo un reemplazante, a partir del 21 de Abril de
2021 y hasta el 09 de Mayo de 2021 inclusive.
Que, se ha propuesto para dicho reemplazo al Agente
Municipal MESA NORMA – Legajo Nº 837.-
POR ELLO, EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE PATAGONES, EJERCIENDO ATRIBUCIONES QUE LE CONFIERE LA LEY
D E C R E T A ARTICULO 1º: Designase a cargo de la Dirección de Compras a la Agente Municipal NORMA MESA - LEGAJO Nº 837, a partir del 21 de
Abril de 2021, y hasta el 09 de Mayo de 2021 inclusive.---------
ARTICULO 2º: El presente Decreto será refrendado por la Señora A/C de la Secretaría de Gobierno Municipal.-------
ARTICULO 3º: Cúmplase, regístrese, comuníquese a quienes
corresponda. Dése al Digesto Municipal y procédase a su
archivo.-------------------------------------------------------
Boletín Oficial de la Municipalidad de Patagones Carmen de Patagones – Viernes 02 de Julio de 2021
Sección Oficial - Página Nº 63
REGISTRADO BAJO Nº 884/21
Carmen de Patagones, 20 de Mayo de 2.021.
VISTO:
La Ordenanza 209/08, por la cual se crea el Sistema
de distribución de los ingresos de la Seguridad Social (SIDISS),
en el ámbito de la Secretaria de Salud, y la modificación
introducida por Ordenanza 292/08, y;
CONSIDERANDO:
Que, la Secretaria de Salud informa que el total
de agentes en condiciones de percibir este beneficio que
revistaron en las dependencias que prevén las Ordenanzas
mencionadas, durante el mes de ABRIL DE 2021, asciende a
Quinientos Noventa (590).-
Que, la información referida al 40%, de ingresos a
distribuir entre todo el personal que presten servicios en los
Hospitales, Unidades Sanitarias y Centros de Atención Primaria
de la Salud del Partido de Patagones, correspondiente al mes de
Abril de 2.021, que surge de la registración contable Municipal
es de $1.569.439,35.-
Que, considerando necesario prever ajustes
posteriores al presente decreto, con el porcentaje remanente se
determina la suma Total de $1.555.800 quedando un remanente neto
de $13.639,35.
Que para la determinación del importe a pagar a
cada agente por el mes de Abril de 2.021, se tuvieron en cuenta
los criterios de “productividad y eficiencia” establecidos en la
Ordenanza 292/08 y decretos vigentes 527/125 y 493/19, sobre la
base de presentismo, ausencias justificadas, reducción horaria,
no prestación laboral, accidente de trabajo, establecidos en
paritarias, de acuerdo al nuevo Estatuto Municipal (Ord.
2148/2016).
POR ELLO, EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE PATAGONES, EJERCIENDO ATRIBUCIONES QUE LE CONFIERE LA LEY:
D E C R E T A:
ARTICULO 1º: Determínense el siguiente importe básico: $2.660,07
pesos como monto básico a pagar a cada agente, por el mes de
ABRIL de 2021, en concepto de Sistema de Distribución de los
ingresos de la Seguridad Social (SIDISS), Ordenanza 292/08, y
Decretos vigentes al personal de la Secretaria de Salud.
Boletín Oficial de la Municipalidad de Patagones Carmen de Patagones – Viernes 02 de Julio de 2021
Sección Oficial - Página Nº 64
A quienes han incurrido en incumplimientos, se disminuirán
porcentualmente los importes, conforme la información mensual de
la Subdirección de Recursos Humanos, de la Secretaria de Salud,
que se indica en planilla anexa.
Para los agentes que cumplieron íntegramente, el valor a
percibir, será: $2.670,00.--------------------------------------
ARTICULO 2º: Apruébense las planillas anexas, con el detalle de
los agentes incluidos en el presente beneficio, en cuya
determinación se ha considerado la real prestación de servicios,
conforme la Ordenanza 292/08 y decretos vigentes 527/12 y
493/19.---------------------------------------------------------
ARTICULO 3º: El presente gasto será imputado a Jurisdicción
1110104000 Secretaria de Salud – Programa 35.01.00 SIDISS –
Ord.209/08- Fuente de financiamiento 131 de Origen Municipal –
Recursos 12.1.15.03 Sidiss – Ord.209/08 - 40% personal – Partida
1.6.0.0 - $1.406.280,00; Partida 3.4.2.0 - $130.830,00; Partida
3.9.3.0 - $18.690,00 - Importe total: $1.555.800,00.------------
ARTICULO 4º: El presente Decreto será refrendado por la Señora
A/C de la Secretaría de Gobierno Municipal.---------------------
ARTICULO 5º: Cúmplase, regístrese, comuníquese a quienes
corresponda. Dése al Digesto Municipal y procédase a su
archivo.--------------------------------------------------------
REGISTRADO BAJO Nº 890/21.
CARMEN DE PATAGONES, 20 de Mayo de 2.021.-
VISTO:
La ausencia del Señor Secretario de Gobierno Municipal
PAREDES DANIEL, y.-
CONSIDERANDO:
Que, por lo expuesto, es necesario designar en el
mencionado cargo un reemplazante, el día 20 de Mayo de 2.021.-
Que, se ha propuesto para dicho reemplazo a la Señora Directora de Gobierno Dra. ADRIANA LLAMBAY.-
Boletín Oficial de la Municipalidad de Patagones Carmen de Patagones – Viernes 02 de Julio de 2021
Sección Oficial - Página Nº 65
POR ELLO, EL INTENDENTE MUNICIPAL INTERINO DEL
PARTIDO DE PATAGONES, EJERCIENDO ATRIBUCIONES QUE LE CONFIERE LA
LEY;
D E C R E T A
ARTICULO 1º: Designase a cargo de la Secretaria de Gobierno a la Dra. ADRIANA LLAMBAY – Directora de Gobierno, el día 20 de Mayo
de 2.021.-------------------------------------------------------
ARTICULO 2º: El presente Decreto será refrendado por el Señor
Secretario de Hacienda Municipal.-------------------------------
ARTICULO 3º: Cúmplase, regístrese, comuníquese a quienes
corresponda. Dése al Digesto Municipal y procédase a su
archivo.--------------------------------------------------------
REGISTRADO BAJO Nº 897/21
Carmen de Patagones, 21 de Mayo de 2021.-
VISTO:
El expediente administrativo 4084-3926/19, y;
CONSIDERANDO:
Que, por el mismo tramita la actualización del
adicional de obra aprobado por Decreto Nº527/21 en el marco de
la Licitación Pública Nº12/2019, para la obra "Finalización 77
Viviendas - Mz.72c de Carmen de Patagones", Partido de
Patagones;
Que, la actualización del adicional de obra se realizó
bajo el método UVI, determinado este en el Contrato original de
la presente obra y como consecuencia de haber sido presentado
por la contratista a valores a fecha de contrato;
Que, en consecuencia, atento lo antedicho, deviene
necesario dictar el acto administrativo correspondiente por el
cual se disponga hacer lugar a la actualización del adicional de
obra oportunamente decretado;
POR TODO ELLO, EL SEÑOR INTENDENTE MUNICIPAL EJERCIENDO ATRIBUCIONES QUE LE CONFIERE LA LEY
D E C R E T A
Boletín Oficial de la Municipalidad de Patagones Carmen de Patagones – Viernes 02 de Julio de 2021
Sección Oficial - Página Nº 66
ARTÍCULO 1º: Apruébese la actualización del adicional de obra
aprobado por Decreto Nº527/21, en el marco de la Licitación
Pública Nº12/2019, para la obra "Finalización 77 Viviendas -
Mz.72c de Carmen de Patagones", por el monto de Pesos Un Millón Doscientos Sesenta y Nueve Mil Trescientos Veinte con 87/100 (1.269.320,87).-------------------------------------------------
ARTICULO 2º: El presente Decreto será refrendado por el Señor
Secretario de Gobierno Municipal.-----------------------------
ARTICULO 3º: Cúmplase, regístrese, comuníquese a quienes
corresponda. Dése al Digesto Municipal y procédase a su
archivo.--------------------------------------------------------
DECRETO Nº 898 La visualización de la presente norma esta exceptuada de publicarse, en un todo de acuerdo a lo dispuesto a la Ley Nº 25.326. REGISTRADO BAJO Nº 899/21
CARMEN DE PATAGONES, 21 de Mayo de 2.021.-
VISTO: Los Decretos Municipales Nº 791/20, 808/20 765/20, y.
CONSIDERANDO:
Que, los mencionados Decretos modifica la estructura
orgánica funconal del Departamento Ejecutivo.-
Que, se produjo un error involuntario en referencia a la designación de uno de los cargos, el cual dice “Asesor Legal”, debiendo decir “Asesor Legal y Técnico” y la denominación “Asesoría Legal” debiendo decir “Asesoría Legal y Técnica”.-
Que, se debe subsanar dicho error de denominación de cargo.-
POR TODO ELLO, EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE
PATAGONES, EJERCIENDO ATRIBUCIONES QUE LE CONFIERE LA LEY.-
D E C R E T A:
Boletín Oficial de la Municipalidad de Patagones Carmen de Patagones – Viernes 02 de Julio de 2021
Sección Oficial - Página Nº 67
ARTICULO 1º: Modifíquese los Decretos Municipales Nº 791/20,
808/20 y 765/20, los mencionados Decretos modifican la
estructura orgánica funcional del Departamento Ejecutivo, de
acuerdo a siguiente detalle:
Decreto Nº 791/20 – Artículo 7º
ARTÍCULO 7º: Modificar a partir del 1 de junio de 2020 la
Secretaría Legal y Técnica y Gestión de Gobierno, que
pasará a denominarse Asesoría Legal y Técnica, con las
competencias que le son propias.------------------------
Decreto Nº 808/20 – Artículo 1º
ARTÍCULO 1º: Designase en el cargo de ASESOR LEGAL y TECNICO al Dr. JUAN MANUEL ANGOS – DNI. Nº 22.053.552, a
partir del día 01 de JUNIO del 2020.------------------
Decreto Nº 765/20 – ANEXO I – ítems 1
CATEGORIA
RANGO O FUNCION
PORCENTAJE DEL BASICO DEL INTENDENTE
51
SECRETARIOS – CONTADOR – DIRECTORES EJECUTIVOS – ASESOR LEGAL Y TECNICO
50%
ARTICULO 2º: El presente Decreto será refrendado por el Señor Secretario de Gobierno Municipal.------------------
ARTICULO 3º: Cúmplase, regístrese, comuníquese a quienes corresponda, dése al Digesto Municipal y procédase a su archivo.-----------------------------------
DECRETO Nº 900 La visualización de la presente norma esta exceptuada de publicarse, en un todo de acuerdo a lo dispuesto a la Ley Nº 25.326.
Boletín Oficial de la Municipalidad de Patagones Carmen de Patagones – Viernes 02 de Julio de 2021
Sección Oficial - Página Nº 68
DECRETO Nº 901 La visualización de la presente norma esta exceptuada de publicarse, en un todo de acuerdo a lo dispuesto a la Ley Nº 25.326. DECRETO Nº 902 La visualización de la presente norma esta exceptuada de publicarse, en un todo de acuerdo a lo dispuesto a la Ley Nº 25.326. DECRETO Nº 903 La visualización de la presente norma esta exceptuada de publicarse, en un todo de acuerdo a lo dispuesto a la Ley Nº 25.326. REGISTRADO BAJO Nº 905/2021.-
CARMEN DE PATAGONES, 21 de Mayo de 2.021.-
VISTO: La nota elevada por el Subsecretario de Servicios Públicos – ALBERTO CASTILLO, y.
CONSIDERANDO: Que, por la misma solicita el incremento de los
adicionales denominados “ADICIONAL TALLER VIAL Y SERVICIO POR DIA”, al personal que cumple funciones dependientes de la
Subsecretaria de Servicios Públicos.-
Que, el Sr. Intendente Municipal autoriza lo
solicitado a partir del 01 de Abril de 2,021 e informa se
realice el acto administrativo correspondiente.
POR TODO ELLO, EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE
PATAGONES EJERCIENDO ATRIBUCIONES QUE LE CONFIERE LA LEY:
D E C R E T A:
ARTICULO 1º: Increméntese los denominados “ADICIONAL TALLER VIAL Y SERVICIO POR DIA”, al personal que cumple funciones
dependientes de la Subsecretaria de Servicios Públicos, a partir
del 01 de Abril de 2021, de acuerdo al siguiente detalle:
“ADICIONAL TALLER VIAL Y SERVICIO POR DIA”
5. Lunes a Viernes 6. Hasta 2 hs. Adicionales: $ 679,00
- Mas de 2 hs. Adicionales: $ 1.357,00
Boletín Oficial de la Municipalidad de Patagones Carmen de Patagones – Viernes 02 de Julio de 2021
Sección Oficial - Página Nº 69
- Sábados, Domingos y Feriados $ 1.357,00
ARTICULO 2º: El presente Decreto será refrendado por el Señor
Secretario de Gobierno Municipal.-------------------------------
ARTICULO 3º: Cúmplase, regístrese, comuníquese a quienes
Corresponda, dese al Digesto Municipal y procédase a su
archivo.--------------------------------------------------------
REGISTRADO BAJO Nº 906/21.
CARMEN DE PATAGONES, 21 de Mayo de 2021.-
VISTO:
La nota presentada por el Dr. Leandro Merlo Ezcurra -
Secretario de Desarrollo Social, y.-
CONSIDERANDO:
Que, por la misma solicita se declare de Importancia a
Nivel Municipal el dictado de los “Talleres de Oficios”,
dictados por la Secretaría de Desarrollo Social en forma
articulada con el Centro de Formación Profesional Nº 401, la
Dirección General de Cultura y Educación y el Patronato de
Liberados.-
Que, los talleres a dictarse son Peluquería,
Alfabetización Digital, panadería y Asistente Jurídico y
Notarial, a partir del Mes de Mayo y hasta Diciembre del 2.021.-
Que, corresponde dictar el acto administrativo
correspondiente.-
POR TODO ELLO, EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE PATAGONES, EJERCIENDO ATRIBUCIONES QUE LE CONFIERE LA LEY.-
D E C R E T A: ARTÍCULO 1º: Declárese de Importancia a Nivel Municipal el
dictado de los “Talleres de Oficios”, dictados por la Secretaría
de Desarrollo Social en forma articulada con el Centro de
Formación Profesional Nº 401, la Dirección General de Cultura y
Educación y el Patronato de Liberados.--------------------------
Boletín Oficial de la Municipalidad de Patagones Carmen de Patagones – Viernes 02 de Julio de 2021
Sección Oficial - Página Nº 70
ARTICULO 2º: En caso de ocasionarse gastos en función de los
eventos, los mismos serán oportunamente imputados a las partidas
que correspondan por la Contaduría Municipal.-------------------
ARTICULO 3º: El presente Decreto será refrendado por el Señor Secretario de Gobierno Municipal.------------------- ARTICULO 4º: Cúmplase, regístrese, comuníquese a quienes corresponda, dese al Digesto Municipal y procédase a su archivo.---------------------------------------------
REGISTRADO BAJO Nº 909/21.
CARMEN DE PATAGONES, 21 de Mayo de 2021.- VISTO: El Decreto de Necesidad y Urgencia Nº 334 dispuesto por el Ejecutivo Nacional – Ref: PRÓRROGA DNU 287/21 - MEDIDAS APLICABLES A LUGARES EN ALTO RIESGO EPIDEMIOLÓGICO Y SANITARIO O EN SITUACIÓN DE ALARMA EPIDEMIOLÓGICA Y SANITARIA ENTRE EL 22 Y EL 30 DE MAYO DE 2021 Y LOS DÍAS 5 Y 6 DE JUNIO DE 2021
CONSIDERANDO:
Que, ante la actual situación epidemiológica, las
medidas de prevención de COVID-19 se deben fortalecer en todo el
territorio nacional, evaluando las particularidades de cada
partido o departamento, la dinámica de la epidemia y el
conocimiento adquirido acerca de las actividades de mayor
riesgo.
Que como se viene señalando, y ante el acelerado
aumento de casos, se deben implementar medidas temporarias e
intensivas.
Que, con el fin de disminuir el impacto de la
segunda ola en nuestro país, se deben adoptar concomitantemente
las medidas sanitarias y de prevención destinadas a mitigar la
transmisión, así como el proceso de vacunación de la población.
Que, por lo tanto, en el presente decreto, se
dispone, desde el día 22 de mayo y hasta el 30 de mayo de 2021 y
los días 5 y 6 de junio de 2021, la suspensión de la
presencialidad en las actividades económicas, industriales,
comerciales, de servicios, culturales, deportivas, religiosas,
educativas, turísticas, recreativas y sociales para los lugares
definidos como en situación de Alto Riesgo Epidemiológico y
Boletín Oficial de la Municipalidad de Patagones Carmen de Patagones – Viernes 02 de Julio de 2021
Sección Oficial - Página Nº 71
Sanitario o en situación Alarma Epidemiológica y Sanitaria; así
como la obligación de permanencia en los hogares por parte de
las personas y la restricción de la circulación nocturna.
Que, el Poder Ejecutivo Municipal, dispone las medidas
necesarias que resultan conveniente para restringir el horario
de apertura y cierre de todos aquellos comercios radicados
dentro del Partido de Patagones, a los efectos de lograr la
menor presencia posible de personas en las calles que se
movilizan por razones comerciales, exceptuándose a todos
aquellos comercios que proveen bienes y servicios de carácter
esencial.-
POR ELLO, EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE PATAGONES, EJERCIENDO ATRIBUCIONES QUE LE CONFIERE LA LEY:
D E C R E T A:
ARTICULO 1º: Dispóngase que a partir de las 00:00 hs. del día 23 de Mayo de 2.021 y hasta el 30 de Mayo de 2021 a las 23,00hs.,
los locales comerciales de venta de productos alimenticios,
bebidas y/o supermercados con habilitación municipal que vendan
productos no esenciales, deberán limitarse solo a la venta de
productos de primera necesidad, entre ellos, productos
alimenticios, productos de higiene personal y productos de
limpieza limitando el acceso a las áreas donde se encuentran los
productos no esenciales con fajas que indiquen la restricción de
acceso a las mismas.--------------------------------------------
ARTICULO 2°: Aplicar los alcances del Decreto Nº 01/21 de la
Provincia de Buenos Aires por el cual se deja establecido que
ante el incumplimiento de las normas dictadas en el marco de la
Pandemia ocasionada por la enfermedad Covid 19, dará lugar a las
sanciones previstas en Decreto Ley Nº 8841/77 conforme lo
establecido por Decreto 3307/98, para llevar adelante la
fiscalización y juzgamiento de las infracciones referidas en el
presente.------------------------------------------------------
ARTICULO 3º: El presente Decreto será refrendado por el Señor
Secretario de Gobierno Municipal.------------------------------
ARTICULO 4º: Cúmplase, regístrese, comuníquese a quienes
corresponda, dese al Digesto Municipal y procédase a su
archivo.-------------------------------------------------------
Boletín Oficial de la Municipalidad de Patagones Carmen de Patagones – Viernes 02 de Julio de 2021
Sección Oficial - Página Nº 72
DECRETO Nº 911 La visualización de la presente norma esta exceptuada de publicarse, en un todo de acuerdo a lo dispuesto a la Ley Nº 25.326. DECRETO Nº 912 La visualización de la presente norma esta exceptuada de publicarse, en un todo de acuerdo a lo dispuesto a la Ley Nº 25.326.
DECRETO Nº 913 La visualización de la presente norma esta exceptuada de publicarse, en un todo de acuerdo a lo dispuesto a la Ley Nº 25.326. DECRETO Nº 914 La visualización de la presente norma esta exceptuada de publicarse, en un todo de acuerdo a lo dispuesto a la Ley Nº 25.326.
REGISTRADO BAJO Nº 921/2021
CARMEN DE PATAGONES, 28 de Mayo de 2.021.- VISTO: Lo informado por la Contaduría Municipal, y.-
CONSIDERANDO:
Fondo de Compensación al transporte público de
pasajeros por automotor urbano del interior del país, creado por
el Art. 125 de la Ley 27.467, Resolución Pcial. Nº 29/21, por la
suma de Pesos DOSCIENTOS DIECISEIS MIL QUINIENTOS TREINTA Y OCHO
CON CINCO CTVOS. ($216.538,05).-
Que, la Provincia de Buenos Aires por medio de la
Subsecretaría de Transporte, quien ejerce como Autoridad de
Aplicación designada, ha dispuesto el envío de los fondos
correspondientes a la Municipalidad de Patagones mediante
remesas mensuales, a fin de que sean transferidos a la Empresa
La Comarca S.A, única prestadora del servicio público de
pasajeros en la ciudad de Carmen de Patagones.
Que, la Contaduría Municipal informa que se encuentran
acreditados los fondos.
Boletín Oficial de la Municipalidad de Patagones Carmen de Patagones – Viernes 02 de Julio de 2021
Sección Oficial - Página Nº 73
POR TODO ELLO, EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO
DE PATAGONES, EJERCIENDO ATRIBUCIONES QUE LE CONFIERE LA LEY.-
D E C R E T A: ARTICULO 1º: Autorizar la transferencia del subsidio por Fondo Compensatorio Servicio Público de Transporte a la Empresa La Comarca S.A, concesionaria del servicio público de pasajeros en Carmen de Patagones, la suma de Pesos DOSCIENTOS DIECISEIS MIL QUINIENTOS TREINTA Y OCHO CON CINCO CTVOS. ($216.538,05) – Resolución Pcial. Nº 29/21.--
ARTICULO 2º: El gasto que demande la implementación del presente, será imputado a Jurisdicción: 1110102000 - Programa 01.01.00 - Partida 5.1.9.2 –Otras transferencias – Fuente de Financiamiento 132 (de origen provincial) – Rubro 17.5.01.86 Fondo Especial Compensatorio Servicio Público de Transporte, del presupuesto de gastos vigentes.-------------------------------------------------
ARTICULO 3º: El presente Decreto será refrendado por el Señor Secretario de Gobierno Municipal.-------------------
ARTICULO 4º: Cúmplase, registrase, comuníquese a quienes corresponda, dese al Digesto Municipal, y procédase a su archivo.--------------------------------------------------
REGISTRADO BAJO Nº 923/21.-
CARMEN DE PATAGONES, 28 de Mayo de 2021.- VISTO: Lo actuado en el Expediente Nº 4084 – 5144/12, por la cual se eleva la presente para su aprobación Listado de nueva
Comisión Directiva correspondiente a la Entidad de Bien Publico
Municipal sin fines de lucro Nº 467 de la Asociación Aeromodelista Patagonia Norte, con domicilio Legal en la calle
Marcelino Crespo Nº 351 de Carmen de Patagones, según Decreto Nº
47/13, y;
CONSIDERANDO:
Que, de acuerdo a la Asamblea realizada el día 13
de Noviembre de 2019 de la cual surge de Acta Nº 28 donde consta
la conformación de la nueva Comisión.
Boletín Oficial de la Municipalidad de Patagones Carmen de Patagones – Viernes 02 de Julio de 2021
Sección Oficial - Página Nº 74
Que, se debe reconocer la misma mediante Acto
Administrativo pertinente.
POR ELLO, EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE
PATAGONES, EJERCIENDO ATRIBUCIONES QUE LE CONFIERE LA LEY:
D E C R E T A:
ARTÍCULO 1º: Apruébese con retroactividad al 13 de Noviembre de
2019 la Comisión Directiva de la Entidad de Bien Público
Municipal sin fines de lucro a la “Asociación Aeromodelista Patagonia Norte”, con domicilio Legal en la calle Marcelino
Crespo Nº 351 de Carmen de Patagones, conformada por las
personas que a continuación se detallan:
PRESIDENTE: HERNANDEZ, Adrián - DNI. Nº 17.464.764 VICE-PRESIDENTE: GOMBA, Guillermo O. – DNI. Nº 16.945.500 SECRETARIO: ROCCA, Agustín – DNI. Nº 28.296.795 PRO-SECRETARIO: HENSELING, Gastón G. – DNI. Nº 25.827.536 TESORERA: LUBERTI, Claudio – DNI. Nº 18.124.540 PRO-TESORERA: RAINA, Adalberto E. – DNI. Nº 27.884.892 VOCALES TITULARES
1º VOCAL: MALVINO, Luís Maria – DNI. Nº 12.262.332 2º VOCAL: GOMBA, Guillermo – DNI. Nº 38.303.284 3º VOCAL: PINO, Juan José – DNI. Nº 8.348.457 VOCALES SUPLENTES
1º VOCAL: GUZMAN, Walter A. – DNI. Nº 24.621.654 2º VOCVAL: MONTES DE OCA, Horacio – DNI. Nº 12.862.038 3º VOCAL: PARIS, Facundo B. – DNI. Nº 32.312.559 COM. REVISORA DE CUENTAS TITULAR:
BIONDI, Julio Cesar – DNI. Nº 16.786.782 SEPULVEDA, Bruno – DNI. Nº 17.135.878 HENSELING, Tomas – DNI. Nº 45.209.108 COM. REVISORA DE CUENTAS SUPLENTE:
SILLERO, José Maria – DNI. Nº 5.491.503 RODRIGUEZ, Tomas A. – DNI. Nº 42.350.396 PUNTEL, Juan Pedro – DNI. Nº 28.216.941
ARTICULO 2º: Apruébese con retroactividad al 13 de Noviembre de 2019 a la Comisión Directiva de la Entidad de Bien Publico Municipal sin fines de lucro a la “Asociación Aeromodelista Patagonia Norte”, con
domicilio Legal en la calle Marcelino Crespo Nº 351 de Carmen de Patagones.---------------------------------------
Boletín Oficial de la Municipalidad de Patagones Carmen de Patagones – Viernes 02 de Julio de 2021
Sección Oficial - Página Nº 75
ARTICULO 3º: El presente Decreto será refrendado por el Señor
Secretario de Gobierno.-----------------------------------------
ARTICULO 4º: Cúmplase, regístrese, comuníquese a quienes
corresponda, dese al Digesto Municipal y procédase a su
archivo.--------------------------------------------------------
REGISTRADO BAJO Nº 924/2021
CARMEN DE PATAGONES, 31 de Mayo de 2.021.- VISTO: El Expediente administrativo 4084-0269/2021, y;
CONSIDERANDO:
Que, por el mismo tramita el llamado a Licitación
Privada Nº 11/2021 para la obra denominada "Refacción Edilicia
(Cubierta) C.E.P.T. Nº23 de Igarzabal", Partido de Patagones.-
Que, abierto el acto licitatorio se presentaron dos
ofertas para la obra de referencia correspondientes a las
empresas CAMPORA PABLO y BAEZ PATRICIA de las cuales, según lo
ha dictaminado la Comisión Técnica Evaluadora resulta ser
técnica y económicamente conveniente para la ejecución de la
obra licitada, la oferta presentada por la empresa BAEZ
PATRICIA.-
Que, en este marco deviene necesario dictar el actor
administrativo por el cual se adjudique la obra, en un todo de
acuerdo con lo dispuesto por el art.134 de la Ley Orgánica de
las Municipalidades.-
POR TODO ELLO EL SR. INTENDENTE MUNICIPAL EJERCIENDO
ATRIBUCIONES QUE LE CONFIERE LA LEY:
D E C R E T A
ARTICULO 1º: Adjudíquese la obra denominada "Refacción Edilicia
(Cubierta) C.E.P.T. Nº23 de Igarzabal, Partido de Patagones, a
la empresa BAEZ PATRICIA, en el marco de la Licitación Privada
Nº11/2021 de fecha 10 de mayo de 2021, por el monto de Pesos
TRES MILLONES CUATROCIENTOS NOVENTA Y DOS MIL CIENTO VEINTISIETE
CON VEINTE CTVOS. ($3.492.127,20).------------------------------
Boletín Oficial de la Municipalidad de Patagones Carmen de Patagones – Viernes 02 de Julio de 2021
Sección Oficial - Página Nº 76
ARTICULO 2º: El presente Decreto será refrendado por el Señor Secretario de Gobierno Municipal.-------------------
ARTICULO 3º: Cúmplase, registrase, comuníquese a quienes corresponda, dese al Digesto Municipal, y procédase a su archivo.--------------------------------------------------
REGISTRADO BAJO Nº 927/2021
CARMEN DE PATAGONES, 31 de Mayo de 2021.-
VISTO:
El expediente administrativo 4084-0266/2021, y;
CONSIDERANDO:
Que, por el mismo tramita el llamado a Licitación
Pública Nº08/2021 para la obra denominada "Refacción Edilicia
(Sanitarios y Cubierta) E.P. Nº12 de Villalonga", Partido de
Patagones.-
Que, abierto el acto licitatorio se presentaron dos
ofertas para la obra de referencia correspondientes a las firmas
CAMPORA PABLO y POLFER SA, de las cuales, según lo ha
dictaminado la Comisión Técnica Evaluadora resulta ser técnica y
económicamente conveniente para la ejecución de la obra licitada
la oferta presentada por la firma POLFER S.A.-
Que, en este marco deviene necesario dictar el actor
administrativo por el cual se adjudique la obra, en un todo de
acuerdo con lo dispuesto por el art.134, de la Ley Orgánica de
las Municipalidades.-
POR TODO ELLO, EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE PATAGONES, EJERCIENDO ATRIBUCIONES QUE LE CONFIERER LA LEY.-
D E C R E T A
ARTICULO 1º: Adjudíquese la obra denominada "Refacción Edilicia
(Sanitarios y Cubierta) E.P. Nº 12 de Villalonga", Partido de
Patagones, a la firma POLFER S.A, en el marco de la Licitación
Pública Nº 08/2021 de fecha 07 de mayo de 2021, por la suma de
Pesos DIEZ MILLONES DOSCIENTOS SEIS MIL SEISCIENTOS NOVENTA Y
TRES CON CINCUENTA Y SIETE CTVOS. ($10.206.693,57).-------------
Boletín Oficial de la Municipalidad de Patagones Carmen de Patagones – Viernes 02 de Julio de 2021
Sección Oficial - Página Nº 77
ARTICULO 2º: El presente Decreto será refrendado por el Señor
Secretario de Gobierno Municipal.-------------------------------
ARTICULO 3º: Cúmplase, registrase, comuníquese a quienes corresponda, dese al Digesto Municipal, y procédase a su archivo.----------------------------------- REGISTRADO BAJO Nº 930/2021.
CARMEN DE PATAGONES, 31 de MAYO de 2021.- VISTO:
Lo informado por la Subsecretaría de Recursos Humanos
Municipal, y.-
CONSIDERANDO:
Que, de acuerdo a la documentación elevada, se
comunica la renuncia del Agente Municipal KUCICH HECTOR HORACIO – DNI. Nº 33.245.182, a partir del 31 de Mayo de 2.021, a las
funciones que viene desempeñando como Personal Temporario
Mensualizado en la Asesoría Legal y Técnica.-
Que, se debe dictar el acto administrativo
pertinente.-
POR ELLO, EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE
PATAGONES EJERCIENDO ATRIBUCIONES QUE LE CONFIERE LA LEY.-
D E C R E T A:
ARTICULO 1º: Aceptase la renuncia presentada por el Agente Municipal KUCICH HECTOR HORACIO – DNI. Nº 33.245.182, a partir del 31 de Mayo de 2.021, a las funciones que viene desempeñando como Personal Temporario Mensualizado en la Asesoría Legal y Técnica.--------------
ARTICULO 2º: El presente Decreto será refrendado por el Señor Secretario de Gobierno Municipal.------------------- ARTICULO 3º: Cúmplase, regístrese, comuníquese a quienes corresponda, dese al Digesto Municipal y procédase a su archivo.--------------------------------------------------
Boletín Oficial de la Municipalidad de Patagones Carmen de Patagones – Viernes 02 de Julio de 2021
Sección Oficial - Página Nº 78
REGISTRADO BAJO Nº 932/2021
CARMEN DE PATAGONES, 31 de Mayo de 2.021.- VISTO:
El Expediente administrativo 4084-3926/2019, y; CONSIDERANDO: Que, por el mismo tramita el llamado a Licitación
Pública Nº12/2019 para la obra denominada "Finalización 77
Viviendas - Mz.72c de Carmen de Patagones", Partido de
Patagones.-
Que, en el marco de esta licitación la contratista a
solicitado una ampliación de plazos de 90 días como consecuencia
de los problemas de abastecimiento de materiales a partir del
estado de emergencia actual.-
Que, en este punto la Inspección de Obra considera
viable y admisible el pedido formulado por la contratista.-
Que, en tal sentido deviene necesario dictar el acto
administrativo que legitime la ampliación de la obra en cuestión
como así también los plazos de la misma en un todo de acuerdo
con lo requerido por la contratista.-
POR TODO ELLO EL SR. INTENDENTE MUNICIPAL, EJERCIENDO ATRIBUCIONES QUE LE CONFIERE LA LEY;
D E C R E T A
ARTICULO 1º: Autorízase, en el marco de la Licitación Pública
Nº12/2019 para la obra denominada "Finalización 77 Viviendas -
Mz.72c de Carmen de Patagones", la ampliación del plazo
contractual de obra por un período de 90 días corridos a contar
desde el vencimiento del mismo. En consecuencia el plazo de
finalización de obra vencerá el día 04 de Junio de 2021.--------
ARTICULO 2º: El presente Decreto será refrendado por el
Señor Secretario de Gobierno Municipal.-------------------------
ARTICULO 3º: Cúmplase, regístrese, comuníquese a quienes
Corresponda, dese al Digesto Municipal y procédase a su
archivo.--------------------------------------------------------
Boletín Oficial de la Municipalidad de Patagones Carmen de Patagones – Viernes 02 de Julio de 2021
Sección Oficial - Página Nº 79
REGISTRADO BAJO Nº 933/2021
CARMEN DE PATAGONES, 01 de JUNIO de 2.021.- VISTO:
La nota presentada por la Subsecretaría de Recursos
Humanos Municipal, y.-
CONSIDERANDO:
Que, por la misma comunica la baja del Agente Municipal DINA, RICARDO ALBERTO – DNI. Nº 11.533.944 – LEGAJO Nº 1763, con
funciones como Personal de Servicios Generales – Categoría 9,
con fecha 01 de Junio de 2.021, para acogerse a los beneficios
jubilatorios, en un todo de acuerdo a lo establecido por la Ley
Provincial Nº 9.650/80 – Jubilación por Edad Avanzada.-
POR ELLO, EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE
PATAGONES EJERCIENDO ATRIBUCIONES QUE LE CONFIERE LA LEY.-
D E C R E T A: ARTICULO 1º: Dar de baja con fecha 01 de Junio de 2.021, al Agente Municipal DINA, RICARDO ALBERTO – DNI. Nº 11.533.944 – LEGAJO Nº 1763, con funciones como Personal de Servicios Generales – Categoría 9, para acogerse a los beneficios jubilatorios, en un todo de acuerdo a lo establecido por la Ley Provincial Nº 9.650/80 – Jubilación por Edad Avanzada.----------------------------------------
ARTICULO 2º: El presente Decreto será refrendado por el Señor Secretario de Gobierno Municipal.------------------- ARTICULO 3º: Cúmplase, regístrese, comuníquese a quienes corresponda, dese al Digesto Municipal y procédase a su archivo.--------------------------------------------------
REGISTRADO BAJO Nº 938/2021
CARMEN DE PATAGONES, 01 de Junio de 2.021.
VISTO: La nota elevada por el Secretaria de Salud, y.-
CONSIDERANDO: Que, por la misma se solicita el pago a favor
de la SOCIEDAD DE ANESTESIA, ANALGESIA Y REANIMACION DE
Boletín Oficial de la Municipalidad de Patagones Carmen de Patagones – Viernes 02 de Julio de 2021
Sección Oficial - Página Nº 80
BAHIA BLANCA, por la suma de Pesos SESENTA Y OCHO MIL
SEISCIENTOS CUARENTA ($68.640,00), correspondiente a un
excedente en el servicio de anestesias efectuadas durante
el mes de Abril de 2.021.-
Que, la Contaduría Municipal eleva imputación
correspondiente.-
POR ELLO, EL SR. INTENDENTE MUNICIPAL DEL
PARTIDO DE PATAGONES, EJERCIENDO ATRIBUCIONES QUE LE
CONFIERE LA LEY;
D E C R E T A:
ARTICULO 1º: Autorizase a la Contaduría Municipal a
librar Orden de Pago a favor de la SOCIEDAD DE ANESTESIA,
ANALGESIA Y REANIMACION DE BAHIA BLANCA, por la suma de Pesos SESENTA Y OCHO MIL SEISCIENTOS CUARENTA ($68.640,00),
correspondiente a un excedente en el servicio de anestesias
efectuadas durante el mes de Abril de 2.021.---------------
ARTICULO 2º: Dicho gasto será imputado a Jurisdicción
1110104000 SECRETARIA DE SALUD - Programa 31.03.00 – Fuente
de Financiamiento 110 – Partida de Gasto 3.4.2.0. - Importe
$68.640,00, del Presupuesto de Gastos Vigente.-------------
ARTICULO 3º: El presente Decreto será refrendado por el
Señor Secretario de Gobierno Municipal.--------------------
ARTICULO 4º: Cúmplase, regístrese, comuníquese a quienes --
- corresponda. Dese al Digesto Municipal y procédase a su
archivo.---------------------------------------------------
REGISTRADO BAJO Nº 941/21.-
CARMEN DE PATAGONES, 01 de Junio de 2.021.-
VISTO: El Contrato de Alquiler Nº 165/21 - suscripto entre
la Municipalidad de Patagones y el CLUB SOCIAL Y DEPORTIVO VILLALONGA, (Expte. Contaduria Nº 141), y.-
Boletín Oficial de la Municipalidad de Patagones Carmen de Patagones – Viernes 02 de Julio de 2021
Sección Oficial - Página Nº 81
CONSIDERANDO:
Que, en el mismo la Institución cede al
Municipio, el uso de las instalaciones ubicadas en calle
Belgrano y Amado Lebed de Villalonga para el desarrollo de
actividades deportivas llevadas a cabo por las siguientes
instituciones educativas: EP Nº 12– E.E.S. Nº 1 y E.E.E. Nº
502.
Que, que tendrá vigencia desde el Mes de ABRIL de 2.021 y hasta el Mes de DICIEMBRE de 2.021, abonando la
suma mensual de Pesos CIENTO TREINTA Y TRES MIL QUINIENTOS
($133.500,00).-
Que, la Contaduría Municipal eleva la imputación
correspondiente.-
POR ELLO, EL SR. INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE
PATAGONES, EJERCIENDO ATRIBUCIONES QUE LE CONFIERE LA LEY;
D E C R E T A:
ARTICULO 1º: Apruébese el Contrato de Alquiler Nº 165/21 -
suscripto entre la Municipalidad de Patagones y el CLUB SOCIAL Y DEPORTIVO VILLALONGA – uso de instalaciones para
el desarrollo de actividades deportivas llevadas a cabo por
las siguientes instituciones educativas: EP Nº 12– E.E.S.
Nº 1 y E.E.E. Nº 502, en un todo de acuerdo a lo indicado en los considerandos del citado Decreto.-------------------
ARTICULO 2º: El presente gasto será imputado a
Jurisdicción 1110110000 – Programa 18.00.00 – F.
Financiamiento 132 – Recurso 11.9.15.00 – Partida 3.2.1.0.,
del Presupuesto de Gasto Vigentes.-------------------------
ARTICULO 3º: El presente Decreto será refrendado por el
Señor Secretario de Gobierno Municipal.--------------------
ARTICULO 4º: Cúmplase, regístrese, comuníquese a quienes
corresponda. Dese al Digesto Municipal y procédase a su
archivo.---------------------------------------------------
Boletín Oficial de la Municipalidad de Patagones Carmen de Patagones – Viernes 02 de Julio de 2021
Sección Oficial - Página Nº 82
REGISTRADO BAJO Nº 942/21.-
CARMEN DE PATAGONES, 01 de Junio de 2.021.-
VISTO: El Contrato de Alquiler Nº 165/21 - suscripto entre
la Municipalidad de Patagones y el CLUB SAN LORENZO DE STROEDER, (Expte. Contaduria Nº 140), y.-
CONSIDERANDO:
Que, en el mismo la Institución cede al
Municipio, el uso de las instalaciones para el desarrollo
de actividades deportivas y recreativas que se realicen
durante el ciclo lectivo, a los Colegios La Divina
Providencia y la Escuela Nº 9 “Domingo Faustino Sarmiento”.
Que, que tendrá vigencia desde el Mes de ABRIL de 2.021 y hasta el Mes de DICIEMBRE de 2.021, abonando la
suma mensual de Pesos SETENTA Y CINCO MIL ($75.000,00).-
Que, la Contaduría Municipal eleva la imputación
correspondiente.-
POR ELLO, EL SR. INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE
PATAGONES, EJERCIENDO ATRIBUCIONES QUE LE CONFIERE LA LEY;
D E C R E T A:
ARTICULO 1º: Apruébese el Contrato de Alquiler Nº 158/21 - suscripto entre la Municipalidad de Patagones y el CLUB SAN
LORENZO DE STROEDER – uso de instalaciones para el
desarrollo de actividades deportivas llevadas a cabo por
las siguientes instituciones educativas: Colegios La Divina
Providencia y la Escuela Nº 9 “Domingo Faustino Sarmiento”, en un todo de acuerdo a lo indicado en los considerandos
del citado Decreto.----------------------------------------
ARTICULO 2º: El presente gasto será imputado a
Jurisdicción 1110110000 – Programa 18.00.00 – F.
Financiamiento 132 – Recurso 11.9.15.00 – Partida 3.2.1.0.,
del Presupuesto de Gasto Vigentes.-------------------------
ARTICULO 3º: El presente Decreto será refrendado por el
Señor Secretario de Gobierno Municipal.--------------------
Boletín Oficial de la Municipalidad de Patagones Carmen de Patagones – Viernes 02 de Julio de 2021
Sección Oficial - Página Nº 83
ARTICULO 4º: Cúmplase, regístrese, comuníquese a quienes
corresponda. Dese al Digesto Municipal y procédase a su
archivo.---------------------------------------------------
REGISTRADO BAJO Nº 943/21
CARMEN DE PATAGONES, 01 de JUNIO de 2021.- VISTO: La nota elevada por el Señor Intendente Municipal, y.-
CONSIDERANDO:
Que, por la misma comunica la asignación del concepto
(no remunerativo) Bonificación “Incentivo Estudios Enfermería”.-
Que, el mismo será destinado a dar a los agentes
municipales del área de Salud, que se encuentren realizando
Estudios Universitarios de Grado en Enfermeria (Licenciatura),
un incentivo económico para el desarrollo de las actividades
educativas.-
Que, el incentivo comprende a agentes de planta
permanente y temporaria, siendo la Subsecretaría de Recursos
Humanos la encargada de recibir el certificado mensual de
asistencia (presencial o virtual) y constancia de alumno
regular.-
POR TODO ELLO, EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE PATAGONES, EJERCIENDO ATRIBUCIONES QUE LE CONFIERE LA LEY.
D E C R E T A
ARTICULO 1º: Crease el concepto no remunerativo “Incentivo Estudios Enfermería”, a partir del ciclo 2021, destinado a los agentes municipales del área de Salud, que se encuentren realizando Estudios Universitarios de Grado en Enfermeria (Licenciatura).---------------------------------
ARTICULO 2º: Abónese a cada Agente que accede al “Incentivo Estudios Enfermería”, la suma de Pesos TRES MIL ($3.000,00) mensual, que se abonara por recibo de haberes, previa certificación.---------------------------------------------
ARTICULO 3º: Dejase establecido que los agentes municipales deberán acreditar del 01 al 10 de cada mes, en la Oficina de la Subsecretaria de Recursos Humanos, el certificado
Boletín Oficial de la Municipalidad de Patagones Carmen de Patagones – Viernes 02 de Julio de 2021
Sección Oficial - Página Nº 84
Asistencia (presencial o virtual) y constancia de alumno regular.--------------------------------------------------- ARTICULO 4º: El presente Decreto será refrendado por el Señor
Secretario de Gobierno Municipal.-------------------------------
ARTICULO 5º: Cúmplase, regístrese, comuníquese a quienes
corresponda. Dése al Digesto Municipal y procédase a su
archivo.--------------------------------------------------------
REGISTRADO BAJO Nº 944/2021
CARMEN DE PATAGONES, 01 de JUNIO de 2.021.-
VISTO: El expediente administrativo 4084-0330/2021, y; CONSIDERANDO:
Que, por el mismo tramita el llamado a Concurso de
Precios Nº12/2021 para la "Contratación de Máquina
Motoniveladora - Levantamiento y Mantenimiento 180km -
Stroeder", del Partido de Patagones
Que abierto el acto licitatorio se presentó una
única oferta para la contratación de referencia correspondiente
a el Sr. BELLACOMO FRANCISCO, la cual, según lo ha dictaminado
la Comisión Técnica Evaluadora resulta ser técnica y
económicamente conveniente para la ejecución de la obra
licitada.-
Que en este marco deviene necesario dictar el actor
administrativo por el cual se adjudique el presente Concurso de
Precios, en un todo de acuerdo con lo dispuesto por el art.154
de la Ley Orgánica de las Municipalidades;
POR TODO ELLO EL SR. INTENDENTE MUNICIPAL EJERCIENDO ATRIBUCIONES QUE LE CONFIERE LA LEY
D E C R E T A
ARTICULO 1º: Adjudíquese la contratación denominada
"Contratación de Máquina Motoniveladora - Levantamiento y
Mantenimiento 180km - Stroeder", en el Partido de Patagones, al
Sr. BELLACOMO FRANCISCO, en el marco del Concurso de Precios
Boletín Oficial de la Municipalidad de Patagones Carmen de Patagones – Viernes 02 de Julio de 2021
Sección Oficial - Página Nº 85
Nº12/2021, de fecha 27 de abril de 2021, por el monto de Pesos
UN MILLON CIENTO SETENTA MIL ($1.170.000,00).-------------------
ARTICULO 2º: El presente Decreto será refrendado por el Señor Secretario de Gobierno Municipal.-------------------
ARTICULO 3º: Cúmplase, regístrese, comuníquese a quienes corresponda, dése al Digesto Municipal y procédase a su archivo.--------------------------------------------------
DECRETO Nº 948 La visualización de la presente norma esta exceptuada de publicarse, en un todo de acuerdo a lo dispuesto a la Ley Nº 25.326. DECRETO Nº 949 La visualización de la presente norma esta exceptuada de publicarse, en un todo de acuerdo a lo dispuesto a la Ley Nº 25.326. DECRETO Nº 950 La visualización de la presente norma esta exceptuada de publicarse, en un todo de acuerdo a lo dispuesto a la Ley Nº 25.326. DECRETO Nº 951 La visualización de la presente norma esta exceptuada de publicarse, en un todo de acuerdo a lo dispuesto a la Ley Nº 25.326.
DECRETO Nº 952 La visualización de la presente norma esta exceptuada de publicarse, en un todo de acuerdo a lo dispuesto a la Ley Nº 25.326.
Boletín Oficial de la Municipalidad de Patagones Carmen de Patagones – Viernes 02 de Julio de 2021
Sección Oficial - Página Nº 86
RESOLUCIONES REGISTRADO BAJO Nº 161/2021
CARMEN DE PATAGONES, 06 de Abril de 2021.-
VISTO: Lo actuado en el Expediente Nº 4084 – 4391/2012, y.- CONSIDERANDO: Que, por el mismo solicita la baja del Vehículo, Marca FIAT SIENA – Dominio: NPZ 128 - Modelo: 2014 –Nº DE MOTOR: 310A20111794207 -Legajo Nº 113, habilitado como “TAXI”, propiedad del Señor AGUILERA WALTER DIEGO – DNI Nº 29.546.387, habilitando asimismo el vehículo Marca: FIAT UNO – DOMINIO: ITG 324 – MODELO 2009 – MOTOR Nº: 178E80119314578, Legajo Nº 113.- Que, la Dirección de Inspección General comunica e informa en foja Nº 163, que habiéndose realizado la inspección pertinente del vehículo de referencia, los mismos se encuentran en condiciones de realizar el CAMBIO DE VEHICULO.-
POR ELLO EL SR. INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE PATAGONES, EJERCIENDO ATRIBUCIONES QUE LE CONFIERE LA LEY: R E S U E L V E : ARTICULO 1º: Dar de baja con fecha 05 de Mayo de 2021, al vehículo Marca FIAT SIENA – Dominio: NPZ 128 - Modelo: 2014 - Legajo Nº 113, habilitado como “TAXI”, propiedad del Señor AGUILERA WALTER DIEGO - DNI Nº 29.946.387, domicilio particular en calle Lorenzo Martínez Nº 268, de Carmen de Patagones.--------------------------------------- ARTICULO 2º: Autorizase el funcionamiento del vehículo –Marca: FIAT UNO – DOMINIO: ITG 324– MODELO 2009 – MOTOR Nº: 178E80119314578, Legajo Nº 113, el cual fue habilitado para la función de “TAXI”, propiedad del Señor AGUILERA WALTER DIEGO - DNI Nº 29.546.387, con domicilio particular en calle Lorenzo Martínez Nº 268 de Carmen de Patagones, con fecha 5 de Mayo de 2021.----------------------------------- ARTICULO 3º: La presente Resolución será refrendado por el Señor Secretario de Gobierno Municipal.------------------ ARTICULO 4º: Cúmplase, regístrese, comuníquese a quienes corresponda. Dese al Digesto Municipal y procédase a su archivo.---------------------------------------------------
Boletín Oficial de la Municipalidad de Patagones Carmen de Patagones – Viernes 02 de Julio de 2021
Sección Oficial - Página Nº 87
REGISTRADO BAJO Nº 162/21
CARMEN DE PATAGONES, 07 de Mayo de 2021.-
VISTO:
Lo actuado en el Expediente Nº 4084- 472/2021, y.-
CONSIDERANDO:
Que, por el mismo la Señora GERTOSIO EDITH ALEJANDRA MARINA - CUIT Nº 27-28433968-7, solicita la habilitación del comercio rubro “ESTUDIO JURIDICO”, sito en calle Hipolito Irigoyen Nº 115, nomenclatura catastral: Circunscripción I, Sección C - Manzana 200 - Parcela 2 UF – Partida 16510007 - Nº de Inmueble 25393 - inscripto bajo el Nº 4611, de Carmen de Patagones.-
Que, de acuerdo a lo informado por la Dirección de Inspección General a Fojas Nº 23, corresponde realizar el acto administrativo, con fecha de habilitación 03 de Mayo de 2021.- POR ELLO, EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE PATAGONES, EJERCIENDO ATRIBUCIONES QUE LE CONFIERE LA LEY:
R E S U E L V E:
ARTICULO 1º: Autorizase la habilitación del comercio rubro “ESTUDIO JURIDICO”, propiedad de la Señora GERTOSIO EDITH ALEJANDRA MARINA - CUIT Nº 27-28433968-7, sito en calle Hipolito Irigoyen Nº 115, nomenclatura catastral: Circunscripción I, Sección C - Manzana 200 - Parcela 2H UF – Partida 16510007 - Nº de Inmueble 25393 - inscripto bajo el Nº 4611, con fecha de habilitación 03 de Mayo de 2021, de Carmen de Patagones.------------------------------------
ARTICULO 2º: La presente Resolución será refrendada por el Señor Secretario de Gobierno Municipal.------------------- ARTICULO 3º: Cúmplase, regístrese, comuníquese a quienes corresponda. Dése al Digesto Municipal y procédase a su archivo.------------------------------------------------
Boletín Oficial de la Municipalidad de Patagones Carmen de Patagones – Viernes 02 de Julio de 2021
Sección Oficial - Página Nº 88
REGISTRADO BAJO Nº 163/21
CARMEN DE PATAGONES, 07 de Mayo de 2021.-
VISTO:
Lo actuado en el Expediente Nº 4084- 0498/2021, y.-
CONSIDERANDO: Que, por el mismo la Señora JACOBO MARIA DANIELA - CUIT Nº 23-23797336-4, solicita la habilitación del comercio rubro “KIOSCO ANEXO POLIRRUBRO - LIBRERIA”, sito en calle Juan de la Piedra Nº 1072, nomenclatura catastral: Circunscripción I, Sección E - Manzana 60C - Parcela 19 UF – Partida 6335 - Nº de Inmueble 5979 - inscripto bajo el Nº 4609, de Carmen de Patagones.-
Que, de acuerdo a lo informado por la Dirección de Inspección General a Fojas Nº 22, corresponde realizar el acto administrativo, con fecha de habilitación 04 de Mayo de 2021.- POR ELLO, EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE PATAGONES, EJERCIENDO ATRIBUCIONES QUE LE CONFIERE LA LEY:
R E S U E L V E: ARTICULO 1º: Autorizase la habilitación del comercio rubro “KIOSCO ANEXO POLIRRUBRO -LIBRERIA”, propiedad de la Señora JACOBO MARIA DANIELA - CUIT Nº 23-23797336-4, sito en calle Juan de la Piedra Nº 1072, nomenclatura catastral: Circunscripción I- Sección E - Manzana 60C - Parcela 19 UF – Partida 6365 - Nº de Inmueble 5979 - inscripto bajo el Nº 4609, con fecha de habilitación 04 de Mayo de 2021, de Carmen de Patagones.---------------------------------------
ARTICULO 2º: La presente Resolución será refrendada por el Señor Secretario de Gobierno Municipal.------------------- ARTICULO 3º: Cúmplase, regístrese, comuníquese a quienes corresponda. Dése al Digesto Municipal y procédase a su archivo.------------------------------------------------
REGISTRADO BAJO Nº 164/21
CARMEN DE PATAGONES, 07 de Mayo de 2021.-
Boletín Oficial de la Municipalidad de Patagones Carmen de Patagones – Viernes 02 de Julio de 2021
Sección Oficial - Página Nº 89
VISTO: Lo actuado en el Expediente Nº 4084- 1108//2005, y.-
CONSIDERANDO:
Que, por el mismo el Señor FERRANDI GABRIEL OSCAR - CUIT Nº 20-21536495-0, solicita el cambio de Rubro y Domicilio a calle La Plata Nº 65 de la localidad de Stroeder - Nomenclatura catastral: Circunscripción VII, Sección A – Mza: 40 - Parcela 10A UF – Partida 2812 - Nº de Inmueble 2725, de Carmen de Patagones, habilitando el rubro “VETERINARIA ANEXO FORRAJERIA - IMPLEMENTOS RURALES”.- Que, la Dirección de Inspección General, a Fojas Nº 38 comunica que habiéndose realizado la inspección pertinente del comercio de referencia el mismo se encuentra en condiciones para ser habilitado; inscripto en los registros municipales bajo Nº5410.- POR ELLO, EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE PATAGONES,
EJERCIENDO ATRIBUCIONES QUE LE CONFIERE LA LEY:
R E S U E L V E:
ARTICULO 1º: Autorizase el cambio de rubro y domicilio del comercio propiedad del Sr. FERRANDI GABRIEL OSCAR, ubicado en Calle La Plata Nº 65 - Nomenclatura catastral: Circunscripción VII, Sección A – Mza: 40 - Parcela 10A UF – Partida 2812 - Nº de Inmueble 5410, de la localidad de Stroeder, habilitando el rubro “VETERINARIA ANEXO FORRAJERIA – IMPLEMENTOS RURALES”, con fecha 12 de Abril de 2.021.-------------------------------------------------- ARTICULO 2º: El presente Decreto será refrendado por el Señor Secretario de Gobierno Municipal.------------------
ARTICULO 3º: Cúmplase, regístrese, comuníquese a quienes corresponda. Dése al Digesto Municipal y procédase a su archivo.------------------------------------------------
Boletín Oficial de la Municipalidad de Patagones Carmen de Patagones – Viernes 02 de Julio de 2021
Sección Oficial - Página Nº 90
CONVENIOS REGISTRADO BAJO Nº 934/2021
CARMEN DE PATAGONES, 01 de JUNIO de 2.021.-
VISTO:
La nota presentada por la Subsecretaria de Recursos Humanos Municipal, y.- CONSIDERANDO:
Que, por la misma solicita se confeccione la norma legal
pertinente correspondiente al Anticipo Jubilatorio del Agente
Municipal DINA, RICARDO ALBERTO – DNI. Nº 11.533.944 – LEGAJO Nº 1763, con funciones como Personal de Servicios Generales –
Categoría 9, con fecha 01 de JUNIO de 2.021, para acogerse a los
beneficios jubilatorios, en un todo de acuerdo a lo establecido
por la Ley Provincial Nº 9.650/80 – Jubilación por Edad
Avanzada.-
POR TODO ELLO, EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE
PATAGONES, EJERCIENDO ATRIBUCIONES QUE LE CONFIERE LA LEY:
D E C R E T A: ARTICULO 1º: Apruébese el Convenio de Anticipo Jubilatorio Nº 172/2021 - suscripto entre la Municipalidad de Patagones y el agente municipal DINA, RICARDO ALBERTO – DNI. Nº 11.533.944 – LEGAJO Nº 1763, con funciones como Personal de Servicios Generales – Categoría 9, con fecha 01 de Junio de 2.021, por un período de doce (12) meses, por la suma de Pesos VEINTITRES MIL CUATROCIENTOS OCHENTA Y SIETE ($23.487,00) mensuales, importe que será reajustable de acuerdo al incremento de haberes que perciban los agentes municipales en actividad ya sea en los básicos o en las bonificaciones, en un todo de acuerdo con lo dispuesto por Decreto Nº 3448.---------------------
ARTICULO 2º: Impútese el gasto a Jurisdicción 1110110000 Secretaria de Hacienda - Programa - 01.01.00 - Partida 6.2.1.1. Anticipo Jubilatorio, del Presupuesto de Gastos vigente.-------------------------------------------------- ARTICULO 3º: El presente Decreto será refrendado por el Señor Secretario de Gobierno Municipal.-------------------
Boletín Oficial de la Municipalidad de Patagones Carmen de Patagones – Viernes 02 de Julio de 2021
Sección Oficial - Página Nº 91
ARTICULO 4º: Cúmplase, regístrese, comuníquese a quienes corresponda, dése al Digesto Municipal y procédase a su archivo.--------------------------------------------------
LICITACIONES REGISTRADO BAJO Nº 915/2021
CARMEN DE PATAGONES, 27 de Mayo de 2021.-
VISTO:
El expediente administrativo 4084-0267/2021, y;
CONSIDERANDO:
Que, por el mismo tramita el llamado a Licitación
Privada Nº08/2021, referente a la obra "Refacción Edilicia
(Cubierta e Instalación Eléctrica) E.E.P. Nº9 de la
localidad de Stroeder";
Que, llevada adelante la apertura de sobres
fijada para el día 10 de mayo de 2021 a las 11:30hs., a la
misma se presentó una única oferta correspondiente a la
firma CAMPORA PABLO;
Que, corrido traslado a la Comisión Técnica
Evaluadora para que esta se expida sobre la oferta
presentada por CAMPORA PABLO, dicha Comisión expresa que
encontrándose la oferta presentada un 60% por encima del
presupuesto oficial, la misma resulta no viable a los fines
de esta licitación sugiriéndose un segundo llamado a
licitación;
Que, en consecuencia deviene necesario dictar
el acto administrativo que rechace la única oferta
presentada y autorice el segundo llamado a licitación en
los mismos términos que el anterior;
Boletín Oficial de la Municipalidad de Patagones Carmen de Patagones – Viernes 02 de Julio de 2021
Sección Oficial - Página Nº 92
POR ELLO, EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE
PATAGONES, EJERCIENDO ATRIBUCIONES QUE LE CONFIERE LA LEY:
D E C R E T A:
ARTICULO 1º: Rechácese la única oferta presentada por la
firma CAMPORA PABLO, en el marco de la Licitación Privada
Nº08/2021 para la obra "Refacción Edilicia (Cubierta e
Instalación Eléctrica) E.E.P. Nº9 de la localidad de
Stroeder" - Partido de Patagones, cuya apertura de sobres
se llevo adelante con fecha 10 de mayo de 2021.------------
ARTICULO 2º: Autorízase a un Segundo llamado a Licitación
Privada Nº08/2021 para la obra "Refacción Edilicia
(Cubierta e Instalación Eléctrica) E.E.P. Nº9 de la
localidad de Stroeder" - Partido de Patagones, para el día
09 de junio de 2021 a las 11:00 horas.---------------------
ARTICULO 3º: La adquisición del Pliego estará disponible en
le Dirección de Compras Municipal - Fecha de presentación
de las ofertas hasta el 09/06/2021 a las 11:00hs. - Valor
del Pliego $3.000,00 - Presupuesto Oficial $4.087.496,74.--
ARTICULO 4º: Impútese a la jurisdicción 1110110000 -
Programa 18.00.00 - Fuente de Financiamiento 132 - Recurso
11.91.5.00.-----------------------------------------------
ARTICULO 5º: El presente Decreto será refrendado por el Señor
Secretario de Gobierno Municipal.----------------------------
ARTICULO 6º: Cúmplase, regístrese, comuníquese a quienes
corresponda, dese al Digesto Municipal y procédase a su
archivo.-----------------------------------------------------
REGISTRADO BAJO Nº 916/2021
CARMEN DE PATAGONES, 27 de Mayo de 2021.-
VISTO:
El expediente administrativo 4084-0268/2021, y;
CONSIDERANDO:
Boletín Oficial de la Municipalidad de Patagones Carmen de Patagones – Viernes 02 de Julio de 2021
Sección Oficial - Página Nº 93
Que, por el mismo tramita el llamado a Licitación
Privada Nº10/2021, referente a la obra "Refacción Edilicia
(Cubierta y Tanque de Reserva) E. E. P. Nº22 de la
localidad de Juan A. Pradere";
Que, llevada adelante la apertura de sobres fijada
para el día 10 de mayo de 2021 a las 11:00hs., a la misma
se presentó una única oferta correspondiente a la firma
CAMPORA PABLO;
Que, corrido traslado a la Comisión Técnica
Evaluadora para que esta se expida sobre la oferta
presentada por CAMPORA PABLO, dicha Comisión expresa que
encontrándose la oferta presentada un 60,75% por encima del
presupuesto oficial, la misma resulta no viable a los fines
de esta licitación sugiriéndose un segundo llamado a
licitación;
Que, en consecuencia deviene necesario dictar el
acto administrativo que rechace la única oferta presentada
y autorice el segundo llamado a licitación en los mismos
términos que el anterior;
POR ELLO, EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL
PARTIDO DE PATAGONES, EJERCIENDO ATRIBUCIONES QUE LE
CONFIERE LA LEY:
D E C R E T A:
ARTICULO 1º: Rechácese la única oferta presentada por la
firma CAMPORA PABLO, en el marco de la Licitación Privada
Nº10/2021 para la obra "Refacción Edilicia (Cubierta y
Tanque de Reserva) E. E. P. Nº22 de la localidad de Juan A.
Pradere" - Partido de Patagones, cuya apertura de sobres se
llevo adelante con fecha 10 de mayo de 2021.---------------
ARTICULO 2º: Autorízase a un Segundo llamado a Licitación
Privada Nº10/2021 para la obra "Refacción Edilicia
(Cubierta y Tanque de Reserva) E. E. P. Nº22 de la
localidad de Juan A. Pradere" - Partido de Patagones, para
el día 09 de junio de 2021 a las 12:00 horas.--------------
ARTICULO 3º: La adquisición del Pliego estará disponible en
le Dirección de Compras Municipal - Fecha de presentación
Boletín Oficial de la Municipalidad de Patagones Carmen de Patagones – Viernes 02 de Julio de 2021
Sección Oficial - Página Nº 94
de las ofertas hasta el 09/06/2021 a las 12:00hs. - Valor
del Pliego $2.500,00 - Presupuesto Oficial $3.713.602,71.
ARTICULO 4º: Impútese a la jurisdicción 1110110000 -
Programa 18.00.00 - Fuente de Financiamiento 132 - Recurso
11.91.5.00.------------------------------------------------
ARTICULO 5º: El presente Decreto será refrendado por el Señor
Secretario de Gobierno Municipal.----------------------------
ARTICULO 6º: Cúmplase, regístrese, comuníquese a quienes
corresponda, dese al Digesto Municipal y procédase a su
archivo.--------------------------------------------------------
REGISTRADO BAJO Nº 917/2021
CARMEN DE PATAGONES, 27 de Mayo de 2021.-
VISTO:
El expediente administrativo 4084-0270/2021, y;
CONSIDERANDO:
Que, por el mismo tramita el llamado a Licitación
Privada Nº09/2021, referente a la obra "Refacción Edilicia
(Cubierta de Techos y Reemplazo de Tanques de Reserva)
Jardín de Infantes Nº903 de la localidad de Villalonga";
Que, llevada adelante la apertura de sobres fijada
para el día 10 de mayo de 2021 a las 12:00hs., a la misma
se presentó una única oferta correspondiente a la firma
CAMPORA PABLO;
Que, corrido traslado a la Comisión Técnica
Evaluadora para que esta se expida sobre la oferta
presentada por CAMPORA PABLO, dicha Comisión expresa que
encontrándose la oferta presentada un 62,43% por encima del
presupuesto oficial, la misma resulta no viable a los fines
de esta licitación sugiriéndose un segundo llamado a
licitación;
Boletín Oficial de la Municipalidad de Patagones Carmen de Patagones – Viernes 02 de Julio de 2021
Sección Oficial - Página Nº 95
Que, en consecuencia deviene necesario dictar el
acto administrativo que rechace la única oferta presentada
y autorice el segundo llamado a licitación en los mismos
términos que el anterior;
POR ELLO, EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL
PARTIDO DE PATAGONES, EJERCIENDO ATRIBUCIONES QUE LE
CONFIERE LA LEY:
D E C R E T A:
ARTICULO 1º: Rechácese la única oferta presentada por la
firma CAMPORA PABLO, en el marco de la Licitación Privada
Nº09/2021 para la obra "Refacción Edilicia (Cubierta de
Techos y Reemplazo de Tanques de Reserva) Jardín de
Infantes Nº903 de la localidad de Villalonga" - Partido de
Patagones, cuya apertura de sobres se llevo adelante con
fecha 10 de mayo de 2021.----------------------------------
ARTICULO 2º: Autorízase a un Segundo llamado a Licitación
Privada Nº09/2021 para la obra "Refacción Edilicia
(Cubierta de Techos y Reemplazo de Tanques de Reserva)
Jardín de Infantes Nº903 de la localidad de Villalonga" -
Partido de Patagones, para el día 09 de junio de 2021 a las 11:30 horas..----------------------------------------------
ARTICULO 3º: La adquisición del Pliego estará disponible en
le Dirección de Compras Municipal - Fecha de presentación
de las ofertas hasta el 09/06/2021 a las 11:30hs. - Valor
del Pliego $2.500,00 - Presupuesto Oficial $3.093.249,18.--
ARTICULO 4º: Impútese a la jurisdicción 1110110000 -
Programa 18.00.00 - Fuente de Financiamiento 132 - Recurso
11.91.5.00. -----------------------------------------------
ARTICULO 5º: El presente Decreto será refrendado por el Señor
Secretario de Gobierno Municipal.-------------------------------
ARTICULO 6º: Cúmplase, regístrese, comuníquese a quienes
corresponda, dese al Digesto Municipal y procédase a su
archivo.--------------------------------------------------------
Boletín Oficial de la Municipalidad de Patagones Carmen de Patagones – Viernes 02 de Julio de 2021
Sección Oficial - Página Nº 96
REGISTRADO BAJO Nº 935/2021
CARMEN DE PATAGONES, 01 de JUNIO de 2.021.-
VISTO:
El Expediente administrativo 4084-456/21, y;
CONSIDERANDO:
Que, en el mismo se procede a iniciar el trámite
para el Llamado a Licitación Pública Nº 15/21, referente a la
obra “PROGRAMA BONAERENSE II – CONSTRUCCION 26 VIVIENDAS – ETAPA I – LOTEO SOCIAL – SECTOR 2 – 12 VIVIENDAS” en Carmen de
Patagones, tramitada por la Secretaría de Obras y Servicios
Públicos.-
Que, el acto de apertura de sobres se llevara a cabo
el día 22 de Junio de 2.021, a las 10,30 hs, en el Despacho
Municipal, sito en Comodoro Rivadavia Nº 193, de Carmen de
Patagones.-
POR ELLO, EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE PATAGONES, EJERCIENDO ATRIBUCIONES QUE LE CONFIERE LA LEY:
D E C R E T A:
ARTICULO 1º: Autorizase el Llamado a Licitación Pública Nº
15/21, referente a la obra “PROGRAMA BONAERENSE II – CONSTRUCCION 26 VIVIENDAS – ETAPA I – LOTEO SOCIAL – SECTOR 2 – 12 VIVIENDAS” en Carmen de Patagones, el acto de apertura de
sobres se llevara a cabo el día 22 de Junio de 2.021, a las
10,30 hs, en el Despacho Municipal, sito en Comodoro Rivadavia
Nº 193, de Carmen de Patagones.---------------------------------
ARTICULO 2º: La adquisición del Pliego estarán disponibles en la
Dirección de Compras Municipal – Fecha de presentación de
Ofertas hasta el 22/06/21 – 10,30hs. - Valor del Pliego
$8.000,00 - Presupuesto Oficial $55.533.743.87.----------------
ARTICULO 3º: Impútese a la Jurisdicción 1110103000 Secretaria de
Obras y Servicios Públicos - Fuente de Financiamiento 132 De
Origen Provincial - Programa 47.85.00 - Recurso 17.5.01.91, del
Presupuesto de Gastos Vigentes.---------------------------------
ARTICULO 4º: El presente Decreto será refrendado por el Señor Secretario de Gobierno Municipal.-------------------
ARTICULO 5º: Cúmplase, regístrese, comuníquese a quienes corresponda, dése al Digesto Municipal y procédase a su archivo.--------------------------------------------------
Boletín Oficial de la Municipalidad de Patagones Carmen de Patagones – Viernes 02 de Julio de 2021
Sección Oficial - Página Nº 97
REGISTRADO BAJO Nº 936/2021
CARMEN DE PATAGONES, 01 de JUNIO de 2.021.-
VISTO:
El Expediente administrativo 4084-455/21, y;
CONSIDERANDO:
Que, en el mismo se procede a iniciar el trámite para
el Llamado a Licitación Pública Nº 16/21, referente a la obra
“PROGRAMA BONAERENSE II – CONSTRUCCION 26 VIVIENDAS – ETAPA I – LOTEO SOCIAL – SECTOR 1 – 14 VIVIENDAS” en Carmen de Patagones,
tramitada por la Secretaría de Obras y Servicios Públicos.-
Que, el acto de apertura de sobres se llevara a cabo
el día 22 de Junio de 2.021, a las 11,30 hs, en el Despacho
Municipal, sito en Comodoro Rivadavia Nº 193, de Carmen de
Patagones.-
POR ELLO, EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE PATAGONES, EJERCIENDO ATRIBUCIONES QUE LE CONFIERE LA LEY:
D E C R E T A:
ARTICULO 1º: Autorizase el Llamado a Licitación Pública Nº
16/21, referente a la obra “PROGRAMA BONAERENSE II – CONSTRUCCION 26 VIVIENDAS – ETAPA I – LOTEO SOCIAL – SECTOR 1 – 14 VIVIENDAS” en Carmen de Patagones, el acto de apertura de
sobres se llevara a cabo el día 22 de Junio de 2.021, a las
11,30 hs, en el Despacho Municipal, sito en Comodoro Rivadavia
Nº 193, de Carmen de Patagones.---------------------------------
ARTICULO 2º: La adquisición del Pliego estarán disponibles en la
Dirección de Compras Municipal – Fecha de presentación de
Ofertas hasta el 22/06/21 – 11,30hs. - Valor del Pliego
$8.000,00 - Presupuesto Oficial $64.789.367,85.-----------------
ARTICULO 3º: Impútese a la Jurisdicción 1110103000 Secretaria de
Obras y Servicios Públicos - Fuente de Financiamiento 132 De
Origen Provincial - Programa 47.85.00 - Recurso 17.5.01.91, del
Presupuesto de Gastos Vigentes.---------------------------------
ARTICULO 4º: El presente Decreto será refrendado por el Señor Secretario de Gobierno Municipal.-------------------
ARTICULO 5º: Cúmplase, regístrese, comuníquese a quienes corresponda, dése al Digesto Municipal y procédase a su archivo.--------------------------------------------------
Boletín Oficial de la Municipalidad de Patagones Carmen de Patagones – Viernes 02 de Julio de 2021
Sección Oficial - Página Nº 98
REGISTRADO BAJO Nº 937/2021
CARMEN DE PATAGONES, 01 de JUNIO de 2.021.-
VISTO:
El Expediente administrativo 4084-477/21, y;
CONSIDERANDO:
Que, en el mismo se procede a iniciar el trámite para
el Llamado a Licitación Privada Nº 18/21, referente a la obra
“REFACCION EDILICIA, INSTALACION DE GAS C.F.P. Nº 401 – Convenio de 2021 PEDD – LEY 15.165” en Carmen de Patagones, tramitada por
la Secretaría de Obras y Servicios Públicos.-
Que, el acto de apertura de sobres se llevara a cabo
el día 18 de Junio de 2.021, a las 11,00 hs, en la Dirección de
Compras Municipal, sito en Comodoro Rivadavia Nº 193, de Carmen
de Patagones.-
POR ELLO, EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE PATAGONES, EJERCIENDO ATRIBUCIONES QUE LE CONFIERE LA LEY:
D E C R E T A:
ARTICULO 1º: Autorizase el Llamado a Licitación Privada Nº
18/21, referente a la obra “REFACCION EDILICIA, INSTALACION DE GAS C.F.P. Nº 401 – Convenio de 2021 PEDD – LEY 15.165” en
Carmen de Patagones, el acto de apertura de sobres se llevara a
cabo el día 18 de Junio de 2.021, a las 11,00 hs, en la
Dirección de Compras Municipal, sito en Comodoro Rivadavia Nº
193, de Carmen de Patagones.---------------------------------
ARTICULO 2º: La adquisición del Pliego estarán disponibles en la
Dirección de Compras Municipal – Fecha de presentación de
Ofertas hasta el 18/06/21 – 11,00hs. - Valor del Pliego
$2.500,00 - Presupuesto Oficial $2.293.839.35.---------------
ARTICULO 3º: Impútese a la Jurisdicción 1110103000 Secretaria de
Obras y Servicios Públicos - Fuente de Financiamiento 132 De
Origen Provincial - Programa 47.80.00 - Recurso 17.5.01.88, del
Presupuesto de Gastos Vigentes.---------------------------------
ARTICULO 4º: El presente Decreto será refrendado por el Señor Secretario de Gobierno Municipal.-------------------
ARTICULO 5º: Cúmplase, regístrese, comuníquese a quienes corresponda, dése al Digesto Municipal y procédase a su archivo.--------------------------------------------------
Boletín Oficial de la Municipalidad de Patagones Carmen de Patagones – Viernes 02 de Julio de 2021
Sección Oficial - Página Nº 99
REGISTRADO BAJO Nº 969/21
CARMEN DE PATAGONES, 03 de Junio de 2.021.-
VISTO:
Lo actuado en el Expediente Nº 4084 – 468/21, y.-
CONSIDERANDO:
Que, en el mismo se procede a iniciar el trámite para
el Llamado a Licitación Privada Nº 16/21, referente a la obra
“ESCUELA PRIMARIA N° 35 – REFACCION EDILICIA – ZONA RURAL JUAN A. PRADERE”, tramitado por la Secretaria de Obras y Servicios
Públicos.-
Que, el acto de apertura de sobres se llevara a cabo
el día 18 de Junio de 2.021, a las 11,30 hs, en el Despacho
Municipal, sito en Comodoro Rivadavia Nº 193, de Carmen de
Patagones.-
Que, se debe dictar la norma legal pertinente.
POR ELLO, EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE PATAGONES, EJERCIENDO ATRIBUCIONES QUE LE CONFIERE LA LEY: D E C R E T A:
ARTICULO 1º: Autorizase el Llamado a Licitación Privada Nº
16/21, referente a la obra “ESCUELA PRIMARIA N° 35 – REFACCION EDILICIA – ZONA RURAL JUAN A. PRADERE”, el acto de apertura de
sobres se llevara a cabo el día 18 de Junio de 2.021, a las
11,30 hs, en el Despacho Municipal, sito en Comodoro Rivadavia
Nº 193, de Carmen de Patagones.---------------------------------
ARTICULO 2º: La adquisición del Pliego estarán disponibles en la
Dirección de Compras Municipal hasta 24 horas antes de la
apertura de sobre – Fecha de presentación de Ofertas hasta el 18
de Junio de 2021 – Hora 11:30hs.- Valor del Pliego $1.500,00 -
Presupuesto Oficial $1.616.685,00.-------------------------------
ARTICULO 3º: Impútese a la Jurisdicción 1110110000 - Programa
18.00.00 – Fuente de Financiamiento 132 – Recurso 11.9.15.00,
del Presupuesto de Gastos vigente.------------------------------
ARTICULO 4º: El presente Decreto será refrendado por el Señor Secretario de Gobierno Municipal.-------------------
ARTICULO 5º: Cúmplase, regístrese, comuníquese a quienes corresponda, dése al Digesto Municipal y procédase a su archivo.--------------------------------------------------
Boletín Oficial de la Municipalidad de Patagones Carmen de Patagones – Viernes 02 de Julio de 2021
Sección Oficial - Página Nº 100
REGISTRADO BAJO Nº 982/21
CARMEN DE PATAGONES, 04 de Junio de 2.021.- VISTO: El expediente administrativo 4084-5345/2020, y; CONSIDERANDO: Que por el mismo tramita el llamado a
Licitación Pública Nº07/2021, referente a la obra "Loteo
Social Etapa III - Nexo Red Cloacal (PNASU)", en Carmen de
Patagones;
Que llevada adelante la apertura de sobres
fijada para el día 07 de mayo de 2021 a las 11:00hs., a la
misma se presentó una única oferta correspondiente a la
firma DEL RIO S.A.S.;
Que corrido traslado a la Comisión Técnica
Evaluadora para que esta se expida sobre la oferta
presentada por DEL RIO S.A.S., dicha Comisión expresa que
surge del análisis de la oferta presentada que la misma no
cotizó los materiales necesarios para la construcción de la
obra, tal como lo requería el pliego, en consecuencia
resulta no viable la adjudicación a los fines de esta
licitación sugiriéndose un segundo llamado a licitación;
Que en consecuencia deviene necesario dictar
el acto administrativo que rechace la única oferta
presentada y autorice el segundo llamado a licitación en
los mismos términos que el anterior;
POR TODO ELLO EL SR. INTENDENTE MUNICIPAL,
EJERCIENDO ATRIBUCIONES QUE LE CONFIERE LA LEY
D E C R E T A
ARTÍCULO 1º: Rechácese la única oferta presentada por la
firma DEL RIO S.A.S., en el marco de la Licitación Pública
Nº07/2021 para la obra "Loteo Social Etapa III - Nexo Red
Cloacal (PNASU)", en Carmen de Patagones - Partido de
Patagones, cuya apertura de sobres se llevo adelante con
fecha 07 de mayo de 2021, de acuerdo a los considerandos
expuestos.------------------------------------------------
Boletín Oficial de la Municipalidad de Patagones Carmen de Patagones – Viernes 02 de Julio de 2021
Sección Oficial - Página Nº 101
ARTÍCULO 2º: Autorízase a un Segundo llamado a Licitación
Pública Nº07/2021 para la obra "Loteo Social Etapa III -
Nexo Red Cloacal (PNASU)", en Carmen de Patagones - Partido
de Patagones, para el día 25 de Junio de 2021, a las
11,00hs en el Despacho Municipal, sito en Comodoro
Rivadavia Nº 193, de Carmen de Patagones.------------------
ARTÍCULO 3º: La adquisición del Pliego estará disponible en
le Dirección de Compras Municipal - Fecha de presentación
de las ofertas hasta el 25 de Junio de 2021, a las 11,00hs.
- Valor del Pliego $6.000,00 - Presupuesto Oficial
$9.984.836,41.--------------------------------------------
ARTICULO 4º: El presente Decreto será refrendado por el
Señor Secretario de Gobierno.------------------------------
ARTICULO 5º: Cúmplase, regístrese, comuníquese a quienes
corresponda, dése al Digesto Municipal y procédase a su
archivo.---------------------------------------------------
REGISTRADO BAJO Nº 1023/2021
Carmen de Patagones, 16 de Junio de 2021.- VISTO: El expediente administrativo 4084-0348/2021, y; CONSIDERANDO: Que, por el mismo tramita el llamado a Licitación
Pública Nº09/2021, referente a la obra "Pavimento Bº Urquijo de
la localidad de Villalonga" - Partido de Patagones;
Que, llevada adelante la apertura de sobres fijada
para el día 03 de junio de 2021 a las 10:30hs., a la misma se
presentaron dos ofertas válidas correspondientes a las empresas
COINCE BAHIA S.A. e INGENIERÍA Y ARQUITECTURA S.R.L.;
Que, corrido traslado a la Comisión Técnica
Evaluadora para que esta se expida sobre las ofertas presentadas
por las empresas COINCE BAHIA S.A. e INGENIERÍA Y ARQUITECTURA
S.R.L., dicha Comisión expresa que encontrándose las ofertas
presentadas un 65,10% y 69,28% respectivamente, por encima del
presupuesto oficial, las mismas resultan no inviables a los
Boletín Oficial de la Municipalidad de Patagones Carmen de Patagones – Viernes 02 de Julio de 2021
Sección Oficial - Página Nº 102
fines de esta licitación sugiriéndose un segundo llamado a
licitación;
Que, en consecuencia deviene necesario dictar el acto
administrativo que rechace las ofertas presentadas y autorice el
segundo llamado a licitación en los mismos términos que el
anterior;
POR TODO ELLO EL SR. INTENDENTE MUNICIPAL, EJERCIENDO ATRIBUCIONES QUE LE CONFIERE LA LEY:
D E C R E T A
ARTÍCULO 1º: Rechácense las ofertas presentadas por las Empresas
COINCE BAHIA S.A. e INGENIERÍA Y ARQUITECTURA S.R.L., en el
marco de la Licitación Pública Nº09/2021 para la obra "Pavimento
Bº Urquijo de la localidad de Villalonga" - Partido de
Patagones, cuya apertura de sobres se llevo adelante con fecha
03 de junio de 2021.-------------------------------------------
ARTÍCULO 2º: Autorízase a un Segundo llamado a Licitación
Pública Nº09/2021 para la obra "Pavimento Bº Urquijo de la
localidad de Villalonga" - Partido de Patagones, para el día 06
de Julio de 2021, a las 11,00 horas.---------------------------
ARTÍCULO 3º: La adquisición del Pliego estará disponible en le
Dirección de Compras Municipal - Fecha de presentación de las
ofertas hasta el 06 de Julio de 2021, a las 11,00 hs. - Valor
del Pliego $6.000,00 - Presupuesto Oficial $20.717.471,50.-----
ARTICULO 4º: El presente Decreto será refrendado por el Señor Secretario de Gobierno Municipal.-------------------
ARTICULO 5º: Cúmplase, registrase, comuníquese a quienes corresponda, dese al Digesto Municipal, y procédase a su archivo.--------------------------------------------------
REGISTRADO BAJO Nº 1066/21.
CARMEN DE PATAGONES, 24 de JUNIO de 2021.-
VISTO: El expediente administrativo 4084-0582/2021, y;
Boletín Oficial de la Municipalidad de Patagones Carmen de Patagones – Viernes 02 de Julio de 2021
Sección Oficial - Página Nº 103
CONSIDERANDO:
Que, en el mismo se procede a iniciar el trámite
para el Llamado a Licitación Privada Nº 17/21, referente a
la Obra “ESCUELA PRIMARIA Nº 11, REFACCION GRUPO SANITARIO Y DISCAPACITADOS”, de Carmen de Patagones, tramitado por la
Secretaria de Obras y Sevicios Públicos .-
Que, el acto de apertura de sobres se llevara a cabo
el día 08 de Julio de 2.021, a las 11,00 hs, en el Despacho
Municipal, sito en Comodoro Rivadavia Nº 193, de Carmen de
Patagones;
Que, se debe dictar la norma legal pertinente.-
POR TODO ELLO EL SR. INTENDENTE MUNICIPAL EJERCIENDO
ATRIBUCIONES QUE LE CONFIERE LA LEY
D E C R E T A
ARTICULO 1º: Autorizase el Llamado a Licitación Privada Nº
17/21, referente a la Obra “ESCUELA PRIMARIA Nº 11, REFACCION GRUPO SANITARIO Y DISCAPACITADOS”, de Carmen de
Patagones, el acto de apertura de sobres se llevara a cabo el
día 08 de Julio de 2.021, a las 11,00 hs, en el Despacho
Municipal, sito en Comodoro Rivadavia Nº 193, de Carmen de
Patagones.-------------------------------------------------
ARTICULO 2º: La adquisición del Pliego estarán disponibles en la Dirección de Compras Municipal – Fecha de presentación de Ofertas hasta el 08/07/21 - Hora 11:00hs.-
Valor del Pliego $2.000,00 - Presupuesto Oficial
$5.272.799,72.--------------------------------------------
ARTICULO 3º: Impútese a la Jurisdicción 1110103000 - Programa
47.80.00 – Fuente de Financiamiento 132 – Recurso 17.5.01.88,
del Presupuesto de Gastos vigente.-----------------------------
ARTICULO 4º: El presente Decreto será refrendado por el
Señor Secretario de Gobierno Municipal.--------------------
ARTICULO 5º: Cúmplase, registrase, comuníquese a quienes corresponda, dese al Digesto Municipal, y procédase a su archivo.-----------------------------------
Boletín Oficial de la Municipalidad de Patagones Carmen de Patagones – Viernes 02 de Julio de 2021
Sección Oficial - Página Nº 104
COMUNICADO Convocatoria a Elecciones Barrio La Loma
La Municipalidad de Patagones convoca a Elecciones para la Renovación de autoridades de la
Comisión de Fomento del Barrio La Loma para el día 04 de Julio del corriente año. Las
presentaciones de las listas deben hacerse con una antelación no menor a 20 días a la fecha del
comicio ante la Junta Electoral que funciona en la Dirección de Gobierno de la Municipalidad
de Patagones. Las mismas deberán cumplir con los requisitos establecidos en la Ordenanza
Municipal Nº 43/03.
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