GESTION DE LA CALIDAD DEL AGUA -
VIGILANCIA Y CONTROL DE
VERTIMIENTOS
Lic. Juan José Ocola SalazarÁrea de Gestión de la Calidad del Agua
Lima, 16 de junio de 2010
PERÚMinisterio de Agricultura
Autoridad Nacionaldel Agua
EL AGUA…..
Es un recurso natural finito, estratégico y vulnerable, esencial para sostener la vida; base para desarrollo económico, es insustituible para la sostenibilidad ambiental del Perú.
EL AGUA…..
Actualmente es un recurso “conflicto” ya sea por uso o por contaminación.
CANTIDAD DE RECURSO HIDRICO EN EL PERU
PRESION SOBRE EL AGUA EN EL PERU
2363030
2020
101055
Habs/km2
Zonas de mayor densidad poblacional, menor cantidad de agua (1,8%), mayor presión sobre el recurso, mayor contaminación del agua.
Zonas con menor densidad poblacional, mayor cantidad de agua (97,7%), menor presión sobre el recurso.
Fig. 1.1 Distribución espacial de la población y la disponibilidad del agua.
Lago Titicaca (0,5%)
ENFOQUE GENERAL DE LA PROBLEMÁTICA DEL
RECURSO HIDRICO
• Mayor presión sobre la cantidad y la calidad del agua
• Contaminación del agua• Conflictos sociales por el agua
• Escasa cultura del agua.• Incumplimiento de la Ley.
ENFOQUE DE LA LEY DE RECURSOS HÍDRICOS, LEY 29338
El aprovechamiento y la gestión del agua se inspira en un planteamiento basado en la participación de los usuarios, los planificadores y los responsables de las decisiones a todos los niveles: nacionales, regionales y locales. Involucra los aspectos sociales, económicos y ambientales.
GESTIÓN INTEGRADA DEL RECURSO HÍDRICO
CONTAMINACION DEL AGUA
Acumulación indeseable de sustancias, organismos y cualquier forma de energía en
un sistema hídrico. En cuanto a las aguas del país, es la acumulación de diversos
elementos y sustancias aportados por vertimiento de aguas residuales crudas o
insuficientemente tratadas que superan la capacidad de asimilación y/o autodepuración
del cuerpo receptor generando concentraciones en el cuerpo de agua que
exceden el estándar de calidad normado en la zona sometida a regulación.
CAUSAS DE LA CONTAMINACION DEL
AGUA
CAUSAS NO ESTRUCTURALES:(Las menos entendidas, las menos gestionadas y las más
difíciles de abordar)
1. EL SISTEMA EDUCATIVO Y LOS MODELOS MENTALES:
Determinan la de pensar y actuar de la sociedad, en el contexto de la naturaleza. Es el que determina los modelos mentales de la sociedad en general.
2. INCUMPLIMIENTO DE LA NORMATIVIDAD AMBIENTAL DEL PAIS:
Abundancia de leyes, pero muy pocos las cumplem…esto quiere decir que la Ley no resuelve la problemática de la contaminación del agua.
La contaminación del ambiente y del agua es el resultado de los modelos mentales:
Modelo mental
Forma de actuar Resultado
Tecnocrático Conocimiento técnico sesgado de los funcionarios públicos (obras, obras…)
Obras faraónicas, sector agrario pobre …
Político Actuar por actuar o actuar por conveniencia.
No existe una política ambiental definida y coherente con las necesidades del país.
Econimicista Desarrollo sin tomar en cuenta los aspectos ambientales. Criterios de mínimo costo.
Contaminación, deterioro del ambiente y depredación de los recursos naturales.
Educativo Simplista, sin mayor análisis de la problemática ambiental del país.
Sociedad consumista y escasa cultura o conciencia ambiental.-
Fuente: Ocola, J 2005
EL MEDIO AMBIENTE Y LAS PRINCIPALES PREOCUPACIONES
DE LA POBLACION PERUANA
Fuente: Ocola, J 2005 (Tomado de USAID 1998)
ORD. PRIOR.
PROBLEMAS TOTAL LIMA COSTA SIERRA SELVA URBANO RURAL
POBLACION MUESTRADA 14 258 4 616 3 319 4 710 1 613 10 723 3 563
1 Falta de empleo 31,6 33,7 36,8 28,7 23,7 35,0 21,3
2 Pobreza 20,4 22,5 20,6 20,2 14,6 20,9 18,8
3 Bajos ingresos 15,4 19,4 13,1 15,0 9,7 16,7 11,5
4 Contaminación 4,8 6,9 5,0 3,8 1,5 5,6 2,4
5 Terrorismo 4,3 1,8 6,9 5,4 2,8 3,9 5,2
6 Narcotráfico 2,9 3,2 3,6 2,8 0,7 3,2 1,8
7 Otros 16,1 10,0 11,3 20,3 31,1 12,3 27,7
8 No sabe 4,6 2,6 2,8 3,9 16,0 2,4 11,3
LAS CAUSAS ESTRUCTURALES DE LA CONTAMINACION DEL AGUA
(Son los más simple de abordar, ya que está referido a todos los aspectos técnicos referidos con la contaminación del agua)
1. Contaminación por vertimientos urbanos
2. Contaminación por vertimientos industriales
3. Contaminación por vertimientos mineros
4. Contaminación por vertimientos agrícolas
Efluentes Efluentes de Efluentes de poblacionales granjas y camales industrias
AGUA SUPERFICIAL (RÍOS, LAGOS, LAGUNAS)
Deposición de excretas a
campo abierto+ escorrentías,letrinas sobre
acequias
Efluentes mineros
Animales silvestresque habitan en las
orillas
Agricultura: agroquímicos
ResiduosSólidos
Movimiento de Tierras
AG
UA
MA
RIN
A
Efluentes Industriales y poblacionales
FUENTES DE CONTAMINACIÓN A LOS RECURSOS HÍDRICOS
ORIGEN DE LA CONTAMINACION
Residuos domésticosResiduos Industriales Líquidos
Agua de Lluvia, Escorrentías
Fuentes Puntuales Fuentes Dispersas
Origen Natural
Origen Antropogénico
Calidad de suelosNutrientes
AGUAS PORTADORAS DE RESIDUOS
¿QUE PIENSA LA GENTE CON RESPECTO A LA GESTION DE LA CONTAMINACION DEL
AGUA?
Que es un problema que debe ser resuelto por el gobierno central y
por las municipalidades
EFECTOS DE LA CONTAMINACION DEL AGUA
1. Efectos directos sobre la salud de la población
2. Pobreza3. Deterioro y/o pérdida de la calidad del
agua.4. Mayores costos para el tratamiento de
agua potable.5. Restricción de uso de aguas para
consumo y riego.6. Desarrollo insostenible7. Deterioro de los ecosistemas acuáticos8. Pérdida de flora y fauna acuática.
Si no se logra desarrollar la cultura del agua en todos los niveles de la sociedad; entonces será imposible plantear una gestión integral que promueva el uso sostenible del
recurso agua.
COMENTARIO FINAL DEL TEMA
La contaminación del agua y del medio ambiente en general, no son solo temas técnicos, políticos, legales, económicos, si no también ETICOS y CULTURALES.
CONFLICTOS POR CONTAMINACIÓN
Río Corrientes, Tigre y Pastaza: Hidrocarburos
Hueypetue: Minería
artesanal
Paratía y Ananea: minería aurífera formal e
informal
El Espinar: Minería formal
Pasco: Minería formal
Quilish, Combayo, Llaucano,
Algamarca: Minería Aurífera
Parcoy, Laguna Pias: Minería
formalHuaraz, San
Marcos-Ayash: Minería formal
San Mateo de Huanchor: Minería y
poblacionalToquepala,
Cuajone e Ilo: Minería formalParacas:
Pesquería y poblacional
Litoral peruano: Poblacional
Chimbote: Pesquería y Siderúrgica
La Oroya - Junín:Comp. Metalúrgico
Ucayali: río Abujao
San Lorenzo: Chipillico
CUADRO Nº 01 EMPRESAS AUTORIZADAS POR ACTIVIDAD ECONÓMICA SEGÚN TIPO DE
DISPOSICIÓN FINAL DE LAS AGUAS RESIDUALES INDUSTRIALES Y VOLUMEN GENERADO, A NIVEL NACIONAL VIGENTES - 2008
Tipo de Disposición Final Empresas
Autorizadas por Actividad Económica Total Vertimie
nto Vertimiento
Cero Reuso
Volumen de Vertimiento
(m3/año)
Total 251 178 49 24 552,533,373.85 Minería 111 64 42 5 365,578,256.85
Pesquería 76 74 -- 2 33,758,388.12
Hidrocarburos 24 20 2 2 47,483,378.72
Industria 31 16 3 12 10,134,628.56
Pecuario 4 1 -- 3 601,196.00
Energía 1 1 -- -- 94,608,000.00
Construcción 4 2 2 -- 369,525.60 FUENTE: Base de Datos Ministerio de Salud-DIGESA
AUTORIZACIONES OTORGADAS POR VERTIMIENTO Y/O REUSO DE AGUAS RESIDUALES HASTA ANTES DE LA LEY
DE RECURSOS HIDRICOS
Desorden en las competencias y autoridad
Alteración del paisaje
Conflicto social por uso de agua
Efluentes abandonados sin tratamiento
Mínima vigilancia calidad de aguaGeneración de focos de contaminación
Modificación del cauce del rio
Desorden en el ordenamiento del territorio
Falta de Autoridad para control de descarga y Escaso presupuesto en
la gestión y vigilancia
Afectación a la salud poblacional
No se cuenta con el universo de las descargas
Incremento de descargas sin tratamiento
Evasión en el pago de Retribución
Deterioro de la calidad de vida de la población
Actividades informales en la cuenca
Altas concentraciones de carga contaminante en el agua
Vertimientos ilegales
Existencia de pasivos mineros
Universo de fuentes vertedoras
Incumplimiento de regulación ambiental
Presencia de residuos sólidos en las riberas del rio Descargas de AR sin tratamiento
Falta de Regulación Ambiental
PROBLEMÁTICA AMBIENTAL DE LA CALIDAD DEL AGUA
CONTAMINACION DEL AGUA
INSTRUMENTOS DE GESTIÓN DE LA CALIDAD DEL AGUA Y CONTROL DE VERTIMIENTOS
LEY Nº 29338-LEY DE RECURSOS HÍDRICOS
Mantaro – Yauli
S.Tratamiento-
La ANA controla, supervisa y fiscaliza el cumplimiento de las normas de calidad del agua sobre la base de los ECAs para Agua.
•Reglamentación de los ECA para agua.• Clasificación de los cuerpos de agua natural en función a las categorias del D.S. N 002-2008-MINAM
REGULACIÓN SECTORIAL Y AUTORIDAD NACIONAL DEL AGUA
IDENTIFICACIÓN DE ACTIVIDAD
ECAECA
LMPLMP
Estándar de Calidad Ambiental para Agua
Límite Máximo Permisible
LA LEY DE RECURSOS HIDRICOS SU REGLAMENTO Y LA
PROTECCION DEL AGUA
LEY Nº 29338 – LEY DE RECURSOS HÍDRICOS
Protección del Agua
Conservación del Agua (cantidad)
Preservación del Agua (calidad)
Inventario de fuentes sup. y subterráneas
Disponibilidad y balance hídrico
Protección de las fuentes de agua y bienes asociados
Vigilancia y monitoreo de
cuencas
Gestión de la calidad del Agua
TITULO V: PROTECCION DEL AGUA
Funciones• La ANA en su condición de ente rector de la
política nacional del agua, es responsable de la vigilancia y fiscalización de la calidad del agua en
los recursos hídricos continentales y marino costeros del país; así como también del control de
los vertimientos a los cuerpos de agua, de aguas residuales tratadas.
Funciones de la ANA
• La ANA debe velar por la protección del agua, que incluye la conservación y protección de sus
fuentes, de los ecosistemas y los bienes asociados a ésta.
Funciones• La ANA autoriza el vertimiento del agua residual tratada
a un cuerpo natural de agua continental o marina, previa opinión técnica favorable de las autoridades en materia
ambiental y en materia de salud sobre el cumplimiento de los estándares de calidad ambiental de agua (ECA-agua)
y límites máximo permisibles (LMP) de los sectores. Queda prohibido el vertimiento directo o indirecto de agua
residual sin dicha autorización.
Funciones• La ANA controla, supervisa y fiscaliza el
cumplimiento de las normas de calidad ambiental del agua sobre la base de los ECA-agua y las
disposiciones y programas para su implementación, establecidos por la autoridad del
ambiente.
Funciones
La ANA establece medidas para prevenir, controlar y remediar la
contaminación del agua y los bienes asociados a ésta.
Acciones
Control. Conjunto de actividades que incluye la planificación, programación y coordinación con otros sectores para realizar
el control de los vertimientos, los que deben realizarse conforme a las condiciones establecidas por la ANA, a las
normas o dispositivos legales sobre vertimientos y a un programa de control de vertimiento establecido.
La ANA a través del programa de control de vertimientos y
condiciones de vertimiento, entre otras disposiciones, establece medidas para controlar la contaminación del recurso
hídrico.
Acciones• Supervisión. Conjunto de actividades para evaluar, identificar
y verificar el cumplimiento por parte del administrado, de las normas de calidad ambiental del agua, sobre la base de los
estándares de calidad del agua y de las disposiciones y programas para su implementación, establecidos por la
autoridad sectorial competente. Para ello, la ANA establece un programa de vigilancia y monitoreo de la calidad de las aguas, para saber si se está logrando los objetivos de las
actividades de control, tanto por parte de la ANA como de los administrados.
Acciones Fiscalización. Consiste en la verificación de una condición
específica para determinar si hay incumplimiento de una condición, norma o disposición que cause la contaminación de los cuerpos de agua.
El incumplimiento de parte del administrado genera una sanción por parte de la ANA, lo que es sustentado con
pruebas.
Potestad sancionadora
La Autoridad Nacional del Agua ejercerá la facultad sancionadora ante cualquier infracción a las
disposiciones contenidas en la Ley o al Reglamento por parte de las personas naturales o jurídicas
públicas o privadas sean o no usuarios de agua.
Sanción por contaminación de las aguas
En el caso, que como resultado de la diligencia efectuada en campo, el profesional de la Administración Local de Agua, o
el Especialista de la Autoridad Nacional del Agua, constaten objetivamente la presencia de vertimientos de aguas
residuales sin tratar o de residuos sólidos a un cuerpo natural de agua continental o marino costero, procederá a
identificar la correspondiente infracción, la cual deberá estar descrita detalladamente en el informe técnico.
Sanción por contaminación de las aguas
Sanción de acuerdo al artículo 120º de la Ley de Recursos Hídricos.- Cuando se trate de un vertimiento de agua residual, doméstica, municipal o industrial, cuyo administrado haya sido identificado
plenamente, y no cuente con la respectiva autorización de vertimiento; la Administración Local de Agua deberá iniciar procedimiento sancionador por: realizar vertimientos sin
autorización.
Sanción por contaminación de las aguas
Sanción de acuerdo al artículo 120º de la Ley de Recursos Hídricos.- Cuando se trate de un vertimiento de residuos sólidos urbanos que haya sido identificado
plenamente; la Administración Local de Agua deberá iniciar procedimiento sancionador por: arrojar
residuos sólidos en cauces o cuerpos de agua naturales o artificiales.
SancionesQuienes de manera intencionada contaminen o
contaminen las aguas, cualquiera que sea el origen, su fuente
o estado físico en que se encuentren, serán denunciados ante el Poder Judicial siempre que la contaminación o la
polución ocasionen perjuicio a la salud humana, la fauna, la flora o a la colectividad impidiendo o limitando su
empleo para cualquiera de los usos a que los recursos de agua estuvieron destinados
REGLAMENTO DE LA LEY DE RECURSOS HIDRICOS,
DECRETO SUPREMO Nº 001-2010-AG
(24 de marzo de 2010)
CAPITULO IV: PROTECCION DE LAS FUENTES DE AGUA
.
• La ANA ejerce de manera exclusiva acciones de control, supervisión, fiscalización y sanción para asegurar la calidad
del agua.• La ANA ejerce acciones de vigilancia y monitoreo del estado
de la calidad de los cuerpos de agua y control de vertimientos, ejerciendo la potestad sancionadora exclusiva
por incumplimiento de las condiciones establecidas en las autorizaciones de vertimientos o por aquellos vertimientos
no autorizados.
Art. 123º Acciones para la prevención y el control de la contaminación de los cuerpos de agua
CAPITULO VI: VERTIMIENTO DE AGUAS RESIDUALES TRATADAS
• Ningún vertimiento de aguas residuales podrá ser efectuado en las aguas marítimas o continentales del país, sin
autorización de la Autoridad Nacional del Agua. autorizados.• En ningún caso se podrá efectuar vertimientos de aguas
residuales sin previo tratamiento en infraestructura de regadío, sistemas de drenaje pluvial ni en los lechos de
quebrada seca.
• Es responsabilidad del administrado instalar sistemas de medición de caudales de agua residual tratada y reportar los
resultados de la medición.
Art. 136º Medición y control de vertimientos
Art. 135º Prohibición de efectuar vertimientos sin previa autorización
CAPITULO VI: VERTIMIENTO DE AGUAS RESIDUALES TRATADAS
• El control de vertimientos que ejecute la Autoridad Administrativa del Agua incluye visitas inopinadas a los titulares de las autorizaciones de vertimientos, a fin de
cautelar la protección de la calidad del agua y verificar el cumplimiento de las condiciones establecidas en la
autorización..
Art. 145º Control de vertimientos autorizados
TITULO XII: DE LAS INFRACCIONES
• La Autoridad Nacional del Agua ejercerá la facultad sancionadora ANTE CUALQUIER INFRACCION a las disposiciones contenidas
en la Ley o al Reglamento por parte de las personas naturales o jurídicas públicas o privadas sean o no usuarias de agua.
protección de la calidad del agua y verificar el cumplimiento de las condiciones establecidas en la autorización.
Art. 274º Ejercicio de la potestad sancionadora
Art. 275º Facultad para ingresar a propiedad pública o privada
• El Administrador Local de Agua o quién ejerza autoridad en representación de la ANA, puede ingresar a cualquier lugar
de propiedad pública o privada para cumplir con las funciones de control del usos sostenible de los recursos para
cumplir las acciones inherentes a su función.
TITULO XII: DE LAS INFRACCIONES
Existen 19 infracciones de las cuales tres (3) corresponde a calidad de agua:
1. Contaminar las fuentes naturales de agua, superficiales o subterráneas, cualquiera fuese su situación o circunstancia que lo genera.
2. Efectuar vertimiento de aguas residuales en los cuerpos de agua o efectuar reuso de aguas, sin autorización de la Autoridad Nacional del Agua.
3. Arrojar residuos sólidos en cauces o cuerpos de agua natural o artificial.
Art. 277º Tipificación de infracciones
TITULO XII: DE LAS INFRACCIONES
El Artículo 278º. Establece tres tipos de calificación de la infracción:1. Leve.
2. Graves3. Muy graves
Para la calificación de las infracciones, la Autoridad Administrativa de Agua aplicará el principio de Razonabilidad establecido en el numeral 3) del
artículo 230º de la Ley Nº 27444, y tomará en consideración los siguientes criterios:
1. Afectación o riesgo a la salud de la población.2. Los beneficios económicos obtenidos por el infractor.
3. La circunstancias de la comisión de la conducta sancionable o infracción.
4. Los impactos ambientales negativos.5. Reincidencia.
6. Los costos que incurra el Estado para atender los daños generados.
Art. 278º Calificación de las infracciones
TITULO XII: DE LAS INFRACCIONES
No podrán ser calificadas como infracciones leves las siguientes:
1. Contaminar las fuentes naturales de agua, cualquiera fuese la situación o circunstancias que lo genere.
2. Efectuar vertimientos de aguas residuales en los cuerpos de agua o reuso de aguas provenientes de fuentes terrestres, sin autorización.
3. Arrojar residuos sólidos en cauces o cuerpos de agua natural o artificial.
TITULO XII: DE LAS INFRACCIONES
1. Infracciones leves: sanción administrativa de amonestación escrita,
o de multa no menor de 0.5 de la UIT, ni mayor de 2.0 de la UIT.2. Infracciones graves: sanción administrativa de multa mayor a 2 UTI
y menor de 5 UIT.3. Infracción muy grave. Sanción administrativa de multa mayor de 5
UIT hasta 10,000 UIT.
Art. 279º Sanciones aplicables
1. Se podrá disponer la extinción del derecho de uso de agua
otorgado, de acuerdo con las circunstancias agraviantes de la conducta sancionable.
PROGRAMA DE ADECUACION DE VERTIMIENTOS – PAVER
Cuarta disposición complementaria.-• Las personas que vienen realizando vertimientos y
reusos de aguas residuales no autorizados podrán acogerse al Programa de Adecuación de Vertimiento y
Reuso de Agua Residual - PAVER a cargo de la Autoridad Nacional del Agua, que comprende las
siguientes etapas:
Etapas:• Inscripción en el PAVER se efectuará en las ALA con la
presentación de la declaración jurada de vertimiento o reuso que contendrá el cronograma para la formulación del PAMA o el instrumento de gestión ambiental que determine el sector correspondiente. El plazo para la inscripción es de un (1) año.
• Presentación de PAMA.- las personas que se inscriban en el PAVER deberán presentar el PAMA o el instrumento de gestión ambiental que determine el sector correspondiente debidamente aprobado en el que se establezcan las medidas para reducir los índices de contaminación a niveles aceptables.
c. Plazos para la presentación del PAMA.- el plazo máximo para la presentación del PAMA o el instrumento de gestión ambiental que determine el sector correspondiente debidamente para las personas que se acojan al PAVER es un año contado a partir de la presentación de la declaración jurada de vertimiento o reuso, salvo que se trate de vertimientos de aguas residuales municipales en cuyo caso se considerará un plazo de cuatro (4).
La inscripción en el PAVER no exime del cumplimiento de las medidas que dicte la Autoridad Nacional del Agua, en atención al principio precautorio cuando exista amenaza de grave riesgo a la salud humana o al ambiente.
Los procedimientos sancionadores que inicie la ANA serán suspendidos con la sola acreditación de haberse acogido al PAVER y el cumplimiento de los compromisos adquiridos en el marco de dicho programa.
PLAN DE GESTIÓN DE LA CALIDAD DEL AGUA DEL DE LA AUTORIDAD
NACIONAL DEL AGUA
Enfoque:• Integral
• Coordinado con otros sectores
• Participativo
Control de Vertimientos
Vigilancia de la calidad del
agua
Calificación y Clasificación
de los cuerpos de
Agua
Gestión de la Calidad del Agua
INSTRUMENTOS- Red nac. de Monitoreo- Red nac. de laboratorios- Sistema de Información de RH- Estándares de Calidad del Agua
INSTRUMENTOS- Inventario nacional de fuentes- Planes de Gestión de RH en Cuencas- Derechos de uso de aguas - Retribución económica por derecho de uso
INSTRUMENTOS- Autorizaciones de vertimientos y reusos- Registro Nacional de vertimientos y reusos- Límites Máximos Permisibles -Retribución económica por vertimiento (T1,T2)
Plan nacional de gestión de la calidad del agua: Vigilancia y monitoreo
• Programa nacional de vigilancia y monitoreo de la calidad del agua
• Red nacional de laboratorios ambientales• Red nacional de información de la calidad
del agua
Plan nacional de gestión de la calidad del agua: Control de vertimientos
• Registro de vertimientos y reuso• Programa nacional de control de
vertimientos• Programa de incentivos para el
tratamiento de la aguas residuales
Plan nacional de gestión de la calidad del agua: Calificación de las cuencas
• Clasificación y calificación de los cuerpos de agua en cada cuenca
SISTEMA NACIONAL DE INFORMACION
DE LOS RH
Programa Nacional de Control de Vertimientos
Clasificación y Calificación de
Cuerpos de Agua
Plan Nacional de Vigilancia de la
Calidad del Agua
Autorización de Vertimientos y
reuso
Red nacional de Control de
vertimientos
Instrumentos e incentivos para el
control de la contaminación
Clasificación de los cuerpos
de agua
Calificación de los cuerpos de
agua
Red Nacional de Laboratorios
Red Nacional de Monitoreo
Red Nacional de Información de
calidad
Esquema de interacción de acciones estratégicasEn la Gestión de la Calidad del Agua y Control de Vertimientos
“CUANDO EL ULTIMO ARBOL ESTE MUERTO, EL ULTIMO RIO ENVENENADO Y EL ULTIMO PEZ ATRAPADO, ENTONCES TE DARAS CUENTA QUE NO PUEDES COMER DINERO”.
Anónimo.
MUCHAS [email protected]
Cel. 99 25 20 309
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