8/17/2019 Capitalizacion de Creditos
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Para la inscripción de un aumento de capital por capitalización de créditos no es necesarioque el consentimiento conste en escritura pública si el mismo aparece en el acta de la juntageneral en la que se adoptó tal acuerdo de capitalización.
RESOLUCIÓN Nº 121-99-ORLC-TR
LIMA, 18 de mayo de 1999
VISTA, la apelación interpuesta por OPALO S.A., representada por César Ricardo Padilla
Freyre (Hoja de Tr!ite "# $%&' del $ de enero de $)))*, contra la o+seración -or!ulada
por el Reistrador del Reistro de Personas /ur0dicas de Li!a, 1r. /a!es Rojas 2ueara, a
la solicitud de inscripción de Au!ento de Capital y Adecuación del 3statuto a la nuea Ley
2eneral de Sociedades, en !érito a partes notariales de escritura p4+lica. 3l titulo se
presentó el 5 de dicie!+re de $))6 con el "# %7'885, 3l Reistrador deneó la solicitud de
inscripción en los siuientes tér!inos9 :3n estricta o+serancia de lo dispuesto por el art0culo
%) del Rela!ento del Reistro ;ercantil y art0culo %7$$ del Códio Ciil, de+er
co!parecer a la escritura p4+lica el representante de ;OL
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;ercantil, apro+ado por la Sala Plena de la Corte Supre!a !ediante resolución del $8 de
!ayo de $)&), en el art0culo %) inciso e* esta+leció @ue :si el aporte se reali?a por la
conersión de o+liaciones en capital, se eiir el consenti!iento del acreedor y la
presentación de certi-icaciones notariales, to!adas de la conta+ilidad de @ue se Ean EecEo
las correspondientes trans-erencias a la Cuenta Capital:, nor!a @ue a su e? de+e ser
concordada con lo dispuesto por el art0culo 8% del re-erido Rela!ento @ue en-ati?a9 :Parainscri+ir el au!ento del capital por conersión de o+liaciones en acciones, se re@uiere el
consenti!iento de los respectios acreedores, salo @ue éstos, de ante!ano, Eu+ieran
preisto y aceptado la operación:
Due, en las re-eridas nor!as se eie la acreditación ante el Reistro del consenti!iento del
acreedor para conertir la deuda en capital social, por lo @ue de+e deter!inarse si la
interención del tercero en la /unta resulta su-iciente para ello, en concordancia con las
nor!as losadas (en especial el art0culo %) del Rela!ento del Reistro ;ercantil*,
considerando la cali-icación neatia del Reistrador, para @uien no resulta idónea dicEainterención
Due, del acta de /unta 2eneral de Accionistas reali?ada el $7 de aosto de $))6, se
desprende @ue los accionistas de la sociedad acordaron Gentre otros actosG au!entar el
capital social Easta la su!a de SI. )').6&7.77 nueos soles, por diersos conceptos, entre
ellos la capitali?ación de créditos de los accionistas9 Residencias S.A., ;C= ="C. y don Féli
"aarro 2rau, ade!s del crédito de la sociedad ;ountain+lue ="C. S.A. representada por
el seor /ore Luis del Balle G@uien concurrió en calidad de initado a la /untaG dejndose
constancia en el acta @ue los acreedores declaran su con-or!idad con la capitali?ación desus respectios créditos, ade!s de @ue los socios renuncian a su derecEo de pre-erencia
@ue pudiera corresponderles
Due, respecto a la aceptación del acreedor a la capitali?ación de su crédito, ca+e sealar
@ue dicEa !ani-estación de oluntad no constituye el acto @ue es o+jeto de inscripción, sino
el acuerdo de au!ento de capital social, adoptado por la sociedad
Due, si +ien el consenti!iento del acreedor es esencial para @ue proceda la capitali?ación
del crédito, sin e!+aro, una e? otorado el !is!o, la sociedad, a traés de la /unta2eneral, procede a adoptar el acuerdo de au!ento de capital, siendo el re-erido acuerdo el
acto inscri+i+le
Due, en tal sentido, para inscri+ir dicEa !odalidad de au!ento de capital si +ien de+e eistir
la constancia del asenti!iento del acreedor a la capitali?ación de su crédito, no resulta
eii+le @ue ella conste en escritura p4+lica, por no ser la -or!a prescrita por la ley para
dicEo acto, por lo @ue en este caso resulta su-iciente @ue el re-erido consenti!iento conste
en el acta de /unta 2eneral inserta en la escritura p4+lica siendo distinto el caso de la
sociedad co!ercial de responsa+ilidad li!itada, en la @ue la ad@uisición de participacionesinterGios de+e -or!ali?arse por escritura p4+lica
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Due, Ea de tenerse ade!s en consideración @ue las -or!alidades constituyen un !edio y
no un -in en s0 !is!as, siendo la -inalidad alcan?ar la seuridad jur0dica, y concreta!ente en
este caso acreditar @ue e-ectia!ente el acreedor Ea +rindado su consenti!iento a la
capitali?ación de su acreencia y dado @ue en este caso el consenti!iento del acreedor se
Ea +rindado en junta eneral, la @ue se encuentra asentada en el li+ro de actas de la
sociedad y -ir!ada por los asistentes, considera!os @ue esta -or!alidad +astar0a paraacreditar el consenti!iento del acreedor
Due el seundo etre!o de la o+seración se re-iere a @ue de+e indicarse la partida en @ue
corre reistrada la sociedad ;OL
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1e acuerdo a lo dispuesto por el art0culo %7$$ del Códio Ciil, nu!eral =B del T0tulo
Preli!inar, art0culos $87 y $8$ del Rela!ento 2eneral de los Reistros P4+licos y,
3stando a lo acordado
SE RESUELVE:
REVOCAR la deneatoria de inscripción -or!ulada por el Reistrador del Reistro de
Personas /ur0dicas de Li!a al t0tulo re-erido en la parte epositia, y ordenar su inscripción
por los -unda!entos @ue anteceden.
R32JSTR3S3 K CO;