Instituto Información Sanitaria
CODIFICACIÓN CLÍNICACON LA CIE-9-MC
UNIDAD TÉCNICA DE LA CIE-9-MC PARAEL SISTEMA NACIONAL DE SALUD
Monográfico: Códigos V
Boletín número 22 Año VIII Octubre, 2004
MINISTERIODE SANIDAD Y CONSUMO
Instituto Información Sanitaria
CODIFICACIÓN CLÍNICACON LA CIE-9-MC
UNIDAD TÉCNICA DE LA CIE-9-MC PARAEL SISTEMA NACIONAL DE SALUD
MONOGRÁFICO
CÓDIGOS V
Boletín número 22 Año VIII Octubre, 2004
COORDINACIÓN EDITORIAL:Rogelio CÓZAR RUIZ
REALIZADO POR:Carmen VÍLCHEZ PERDIGÓNIsabel DE LA RIVA JIMÉNEZ
MIEMBROS PERMANENTES MIEMBROS ASESORES DEL COMITÉ EDITORIAL: DEL COMITÉ EDITORIAL:Araceli DÍAZ MARTÍNEZ Pedro MOLINA COLLMª Dolores del PINO JIMÉNEZ Mª Teresa DE PEDROPaloma FERNÁNDEZ MUÑOZ Montserrat LÓPEZ HEREDEROPetra A. LLUL CALDENTEY Jovita PRINTZMª Coromoto RODRÍGUEZ DEL ROSARIO Soledad SAÑUDO GARCÍAFernando ROJO ROLDÁN Mª Luisa TAMAYO CANILLASCarmen VILCHEZ PERDIGON Román GARCÍA DE LA INFANTAAbel FERNÁNDEZ SIERRA José DEL RIO MATAMaría RAURICH SEGUI Pilar RODRÍGUEZ MANZANOBelén BENEITEZ MORALEJO Esther VILA RIBASGuillermo RODRÍGUEZ MARTÍNEZ Elena ESTEBAN BAEZAdolfo CESTAFE MARTÍNEZ José Alfonso DELGADOAna VARA LORENZO Irene ABAD PÉREZMª Gala GUTIÉRREZ MIRAS José Mª JUANCO VÁZQUEZL. Javier LIZÁRRAGA DALLO Teresa SOLER ROSMª Isabel MENDIBURU PÉREZ José Ramón MÉNDEZ MONTESINOVicent ALBEROLA CUÑAT Javier YETANO LAGUNACarmen SALIDO CAMPOS Margarita LLORIA BERNACERArturo ROMERO GUTIÉRREZ Mª Mar SENDINO GARCÍAIsabel DE LA RIVA JIMÉNEZ Fernando PEÑA RUIZPilar MORI VARA Eloísa CASADO FERNÁNDEZ
Jesús TRANCOSO ESTRADAEduard GUASP SITJARPaz RODRÍGUEZ CUNDINMª Antonia VÁREZ PASTRANAJoan FERRER RIERAAgustín RIVERO CUADRADO
SECRETARIA: Esther GRANDE LÓPEZ
Edita y distribuye:© MINISTERIO DE SANIDAD Y CONSUMOSECRETARÍA GENERAL TÉCNICA
CENTRO DE PUBLICACIONES
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ÍNDICE
Unidad Técnica de la CIE-9-MC............................................................ 5
Tema monográfico:
CÓDIGOS V.................................................................................................... 7
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UNIDAD TECNICA DE LA CIE-9-MC
Durante los dos últimos años, han sido numerosas las consultasque se han dirigido a la Unidad Técnica de la CIE-9-MC, planteandodudas sobre la utilización como diagnóstico principal de determina-dos códigos de la clasificación suplementaria de factores que influ-yen en el estado de salud y contacto con los servicios sanitarios(Códigos V). Dado que la última revisión de esta clasificación se rea-lizó en febrero de 1977, y desde entonces la CIE-9-MC ha sufridocambios importantes con la incorporación de numerosos códigos, sehacía necesaria una nueva revisión y actualización de esta clasifica-ción suplementaria.
Este trabajo es fruto de una revisión paciente y metódica realizadapor las Dras. Carmen Vilchez e Isabel de la Riva. A ellas y a cuantoshan colaborado en la revisión del documento queremos expresarnuestro agradecimiento.
Por otra parte, el Ministerio de Sanidad y Consumo va a retomarlos trabajos para la puesta en marcha de un C. M. B. D. para el áreaambulatoria de asistencia especializada, motivo por el que esta revi-sión adquiere más importancia en este momento.
Rogelio Cózar RuizResponsable de la Unidad Técnica
de la CIE-9-MC
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TEMA MONOGRÁFICO
CÓDIGOS V
CLASIFICACIÓN SUPLEMENTARIA DE FACTORES QUE INFLUYEN EN ELESTADO DE SALUD Y CONTACTO CON LOS SERVICIOS SANITARIOS,
CÓDIGOS V
INTRODUCCIÓN
La normativa de uso de la clasificación suplementaria de factoresque influyen en el estado de salud y contacto con los servicios sani-tarios, códigos V, se encuentra descrita en el boletín nº 6 (febrero,1997) y en el monográfico sobre Asistencia ambulatoria editado en elboletín nº 13 (junio, 1999).
La necesidad de revisar la utilización de los códigos V en el áreade hospitalización y ambulatoria, junto con el constante desarrolloy ampliación de nuevos códigos, actualización de la ClasificaciónInternacional de Enfermedades 9ª edición Modificación Clínica(CIE-9-MC), ha llevado a la elaboración del presente boletín conobjeto de unificar y actualizar la normativa sobre dicha clasifica-ción suplementaria.
La clasificación suplementaria, se ha visto incrementada con unnúmero significativo de nuevos códigos V que entrarán en vigor conla nueva actualización de la CIE-9-MC, siendo lo más llamativo laexpansión de las subcategorías para el seguimiento de cuidados, lacual ayudará a la especificación de la asistencia prestada a lospacientes externos, visita domiciliaria o de aquellos pacientes que sontrasladados a sus centros de referencia tras el tratamiento prestado enotro hospital.
1.–DEFINICIÓN
Como complemento a la Clasificación de Enfermedades (CIE-9-MC), existe una clasificación suplementaria de factores que influyenen el estado de salud y contacto con servicios sanitarios. Estos códi-gos alfanuméricos son los denominados Códigos V que se distribuyenen 9 secciones:
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V01-V06 Personas con riesgos sanitarios en potencia relacionadoscon enfermedades contagiosas.
V07-V09 Personas con necesidad de aislamiento y otras medidasprofilácticas por riesgos sanitarios en potencia.
V10-V19 Personas con riesgos sanitarios en potencia relacionadoscon su historial personal y familiar.
V20-V29 Personas que entran en contacto con los servicios sani-tarios en circunstancias relacionadas con la repro-ducción y desarrollo.
V30-V39
V40-V49
Recién nacido con vida según el tipo de parto.
Personas afectadas por una circunstancia que influye ensu estado de salud.
V50-V59 Personas que entran en contacto con los servicios sani-tarios para procedimientos específicos y cuidados pos-teriores.
V60-V69 Personas que entran en contacto con los servicios sani-tarios en otras circunstancias.
V70-V82 Personas sin diagnóstico declarado encontrado duranteexámenes e investigación de individuos y población.
2.–USO DE LA CLASIFICACIÓN SUPLEMETARIA CÓDIGOS V
Los códigos V se emplean para clasificar cuidados ambulatorios,cuidados a pacientes de hospitales de media y larga estancia, asícomo algunos problemas y circunstancias de pacientes ingresadosen hospitales de agudos.
El mayor problema que plantea la utilización de la clasificacióncomplementaria de códigos V es su elección como diagnóstico prin-cipal adecuado o no.
En la asistencia ambulatoria se puede utilizar cualquier códigodiagnóstico de la CIE-9-MC (001.0-V82.9) para identificar la razón omotivo del contacto, lo cual implica que no existen restricciones paralos códigos V, a la hora de elegir dicho diagnóstico de contacto, salvolos que sólo pueden ser diagnóstico adicional.
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Sin embargo, en los episodios de hospitalización algunos códigosV se consideran adecuados como diagnóstico principal en situacio-nes específicas; otros se asignan sólo como códigos adicionalescuando es importante señalar los antecedentes, estado o problemaque afecte al cuidado médico y otros pueden ser adecuados tantocomo código principal o como secundario. (véase Tablas 1,2,3 y 4).
En general, los códigos V se utilizan como diagnóstico principal enhospitalización en las siguientes situaciones:– Para indicar que una persona con una enfermedad o lesión ya
resuelta o una condición crónica es atendida para un tratamientoespecífico, como en el caso de retirada de clavos ortopédicos.
– Para señalar que el paciente es visto para el único propósito de unaterapia específica, como radioterapia, quimioterapia, o diálisis.
– Para indicar que una persona que no está habitualmente enfermase pone en contacto con el área de hospitalización para una razónespecífica, como actuar como donante de órganos, para recibirtratamiento profiláctico o recibir ayuda psicopedagógica.
Los códigos V se asignan como códigos adicionales de diagnósti-co en los siguientes casos:– Para indicar que un paciente tiene antecedentes personales o fami-
liares relevantes, o bien plantea un estado de salud u otro problemaque no es en sí mismo una enfermedad ó lesión, pero puede influiren el cuidado del paciente.
– Para indicar el resultado del parto en el alta de las pacientes deobstetricia.
Como recomendación, el uso de la clasificación de códigos Vrequiere la búsqueda de información suficiente para su asignacióncomo diagnóstico principal adecuado en el área de hospitalizaciónde agudos.
3.–LOCALIZACIÓN DE LOS CÓDIGOS V
El formato y las convenciones que se usan en la clasificación prin-cipal se emplean también en los índices y tablas para esta clasifica-ción adicional. Las entradas para códigos V están incluidas en ÍndiceAlfabético principal. Estos son los términos principales:
– Admisión para – Asesoramiento– Artificial – Atención (de)
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– Colocación (de) – Ortodoncia– Contacto – Parto difícil– Contracepción – Persona (con) (que)– Cribaje – Positivo VIH, SIDA, virus del– Cuidado (de) – Prenatal– Dependencia (de) – Privación– Desfiguración debida a cicatriz – Problema (de) (con)– Deterioro de función – Profiláctica– Donante – Prueba (s)– Embarazo supervisión – Recién nacido– Estado (posterior) – Recuento de espermatozoides– Examen – Rehabilitación– Exposición a – Resistencia, resistente (a)– Extracción (de) – Resultado del parto– Falta de – Salud– Historia (personal) de – Seguimiento (examen) (rutina)– Inadaptación (después de)– Inadecuación – Supervisión– Intrauterino – Sustitución– Multiparidad – Terapia– Observación (por)
4.–CATEGORÍAS DE LOS CÓDIGOS V.
4.1.–CONTACTO/EXPOSICIÓNLa categoría V01 indica contacto con o exposición a la enferme-
dad transmisible. Se utiliza en pacientes que no muestran ningún signoo síntoma de enfermedad, pero que estuvieron expuestos a ella porcontacto personal o por encontrarse en una zona epidémica.
No es adecuado como diagnóstico principal en hospitalización deagudos. Sin embargo, en contactos ambulatorios puede ser elegidocomo diagnóstico principal o secundario.
Se ha creado un nuevo código para especificar el contacto con oexposición al carbunco V01.81. Este código se utiliza en la clasifica-ción de personas que han estado cercanas a las esporas del car-bunco o quienes han estado cercanas a personas con una exposi-ción conocida. El código V01.81 deberá usarse en casos donde hayuna exposición documentada, aunque el test para el carbunco seanegativo.
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Código nuevo V01.81 CarbuncoCódigo nuevo V01.89 Otras enfermedades contagiosas.
4.2.–INOCULACIÓN Y VACUNACIONESCorresponden a las categorías V03-V06 y se utilizan para clasificar
a las personas que acuden al centro para vacunación. Como proce-dimiento se codifica la inyección de la vacuna.
Estas categorías pueden ser elegidas como diagnóstico principalen contactos ambulatorios o bien como secundario. Aunque no sonadecuadas como diagnóstico principal en hospitalización de agu-dos. En el caso de efectuarse la vacunación dentro de un examenrutinario pueden ser utilizadas como un código secundario.
4.3.–ESTADOEstos códigos identifican los estados de portador de infecciones y
aquellos estados del paciente posteriores al tratamiento de una enfer-medad como es el caso de las aperturas artificiales, bypass-aortoco-ronario o de los portadores de prótesis.
Cuando el paciente presente cualquier complicación ligada a suestado de portador (órgano trasplantado, apertura artificial, bypass,prótesis etc.) se codificará la complicación, sin añadir el código V deestado, ya que el código de complicación en si mismo indica la exis-tencia de dicho estado.
Por ejemplo: ante el diagnóstico de crisis aguda de rechazo en untrasplante de riñón, 996.81 Complicaciones en trasplante de órganos,riñón, el estado de trasplante del paciente está implícito en el diag-nóstico y no debe asignarse un código V42.0 de estado de trasplan-te de riñón, al resultar redundante dicha información.
Por tanto, los códigos de estado no se utilizan cuando existancomplicaciones relacionadas con el estado de portador.
Es importante distinguir las situaciones de antecedentes y de las deestado de portador. Los códigos de antecedentes indican que el pro-blema ya no existe, mientras que los códigos de estado indican quela condición sigue presente.
Si un diagnóstico se expresa como «estado post» referida a una ciru-gía, lesión o enfermedad previa que no es significativa para el episodioen tratamiento, no se requiere la asignación de código de estado. Si sedesea, se puede asignar un código de antecedentes personales.
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Los códigos de estado son siempre diagnósticos secundarios entanto en hospitalización como en contactos ambulatorios. Sin embar-go, en estos últimos también son admitidas las categorías o subcate-gorías, V02 y V58.6, como diagnóstico principal.
V02 Portador o sospechoso de ser portador de enfermeda-des infecciosas. Indica que una persona tiene el micro-organismo específico de una enfermedad sin manifesta-ciones, y es capaz de transmitir la infección. Actual-mente, es aceptado tanto como diagnóstico principalcomo secundario en contactos ambulatorios y sólocomo adicional en hospitalización de agudos.
V09 Infección por microorganismos fármacorresistentes. Estacategoría indica que el paciente tiene una infecciónresistente al tratamiento, consignándose el código de lainfección como diagnóstico principal.
V21 Estados constitucionales durante el desarrollo.V22.2 Estado de embarazo, incidental. Se utilizará sólo cuando
el embarazo no tiene por qué complicar el motivo delingreso, de otra forma se utilizaría un código del capítulode Obstetricia.
V26.5 Estado de esterilización.V40 Problemas mentales y de comportamiento.V41 Problemas de los sentidos y otras funciones especiales.V42 Organo o tejido sustituido por trasplante.V43 Organo o tejido sustituido por otro medio.V44 Estado de apertura artificial.V45 Otros estados postquirúrgicos.
Código nuevo V45.84 Estado de restauración dental.V46 Otra dependencia de máquinas.
Se ha creado una nueva subcategoría para suplementode oxígeno. Se usará para pacientes con terapia de oxíge-no de larga duración. Este código se utilizará para cualquierpaciente que use oxígeno, sin tener en cuenta la duraciónde cada día y sólo puede ser diagnóstico secundario.Código nuevo V46.2 Suplemento de oxígeno.
larga duración con terapiade oxígeno.
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V48 Problemas de cabeza, cuello y tronco.
V49 Problemas de miembros y otros problemas.
V49.6 Estado de amputación de miembro superior.
V49.7 Estado de amputación de miembro inferior.
V49.8 Estado de otros problemas de salud especifica-dos.El código V49.81 Estado postmenopáusico (nat-ural) (relacionado con la edad) se ha revisadopara distinguirlo mejor del código de la catego-ría 627 Trastornos menopáusicos y postmeno-páusicos.
Revisado V49.81 Estado postmenopáusico asin-tomático (natural) (relacionadocon la edad).
Código nuevo V49.82 Estado de sellado dental.
V58.6 Uso prolongado de medicación (actual). Esta subcate-goría indica el uso continuado de una medicación pres-crita (incluyendo conceptos como terapia con aspirina),para el tratamiento prolongado de una enfermedad, ocomo uso profiláctico. No se puede utilizar en pacientescon adicción a drogas. Esta subcategoría puede ser ele-gida como código secundario o como principal en con-tactos ambulatorios. Sin embargo, las subclasificacionesV58.61 y V58.69 son admitidas también como diagnósti-co principal en hospitalización.
Se ha creado una nueva categoría/subcategoría V83/V83.8 deestado de portador genético. Como el resto de las categorías deestado se utilizará como diagnóstico secundario para identificar a lospacientes portadores de enfermedades genéticas. Por ejemplo, lafibrosis quística V83.81 «Portador genético de fibrosis quística».
4.4.–PROBLEMA
Los códigos de las categorías V60 a V63 indican ciertos problemasque pueden afectar al cuidado del paciente e impedir la cumpli-mentación satisfactoria del régimen recomendado. Como por ejem-plo: problemas en el hogar, inadaptación social, cuestiones econó-micas o laborales.
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Las categorías V60 y V62 sólo pueden ser utilizadas como diag-nósticos adicionales tanto en contactos ambulatorios como hospitali-zación.
Las categorías V61 y V63, sin embargo, pueden ser elegidas tantocomo diagnósticos secundarios como principal en contactos ambu-latorios.
Como excepción, el código V61.21 «Asesoramiento a las víctimasde malos tratos infantiles», puede ser adecuado como diagnósticoprincipal en hospitalización de agudos.
4.5.–HISTORIA DEMediante los códigos V se pueden identificar los dos tipos de ante-
cedentes, personales y familiares:
Historia personal: reflejan una condición perteneciente a los ante-cedentes del paciente que ya no existe y por la que no recibe trata-miento, pero que tiene un potencial de recurrencia y requiere ciertoseguimiento. Se clasifican en las categorías V10 a V15.
Código nuevo V10.53 «Historia personal de neoplasia maligna depelvis renal».
Se ha creado un nuevo código V13.21 «Historia personal de partoprematuro» para pacientes no embarazadas que solicitan cuidadosreferidos a su historia de obstétrica, tal como asesoramiento para«quedar embarazadas».
Historia familiar: advierten que en la familia del paciente uno o másmiembros padecieron una determinada enfermedad y el pacientepresenta riesgo de contraerla.
Las categorías correspondientes a historia personal y familiar sólopueden ser utilizadas como códigos adicionales en hospitalización deagudos. No así en contactos ambulatorios donde pueden ser elegidoscomo diagnóstico principal o secundario, excepto los códigos V13.61y la categoría V15 que sólo puede ser diagnósticos adicionales.
4.6.–CRIBAJE (BÚSQUEDA)Las categorías V73-V82 se utilizan para clasificar las pruebas reali-
zadas para identificar una enfermedad o los precursores de unaenfermedad con el propósito de una detección y tratamiento antici-
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pados para aquellos casos en que la prueba sea positiva. La investi-gación se realiza en individuos aparentemente sanos que no presen-tan síntomas ni signos relacionados con la enfermedad. Si a través delas pruebas se identifica la patología sospechada, se asignará el códi-go de la enfermedad correspondiente en lugar de un código V.
El cribaje prenatal se clasifica en la categoría V28. Estos códigospermiten identificar alteraciones prenatales en el feto mediante elestudio de la madre para su detección y posible tratamiento precozsi fuera preciso.
La mayor parte de las pruebas diagnósticas clasificadas en lascategorías V28 y V73-V82 se realizan de forma ambulatoria, de mane-ra que pueden ser utilizadas como diagnóstico principal o secundarioen procesos ambulatorios, siendo considerado su uso como inade-cuado en episodios de hospitalización.
En el caso de la subcategoría V76.1 se ha ampliado para diferen-ciar entre una mamografía (screening) realizada a una paciente quese encuentra en una de las categorías de mayor riesgo, establecidopor el médico (V76.11) y otra mamografía donde el médico no hadocumentado que exista alto riesgo (V76.12).
Por ejemplo:
– Paciente con antecedentes familiares de cáncer de mama(madre, tía y hermana mayor) que acude para la realización deuna mamografía. Al ser considerada como paciente de alto ries-go para esta enfermedad, se codificará como V76.11 másV16.3, de historia familiar.
4.7.–OBSERVACIÓN
Los códigos de observación se utilizan en los casos en que se sos-pecha una enfermedad que posteriormente se descarta. Por ejem-plo: cuando existen síntomas, signos u otras evidencias de alteraciónfisiológica no concluyentes que justifican la observación y evaluación,pero no se identifica una enfermedad concreta y el paciente norequiere un tratamiento.
Se dispone de dos categorías:
V29 Observación y evaluación del R.N. por sospecha de enferme-dad.
V71 Observación y evaluación por presunta enfermedad.
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Si se establece un diagnóstico relacionado con los síntomas y sig-nos que presenta el paciente, se asignará el código de la enferme-dad en lugar de un código de las categoría V71 o V29, en el caso deun recién nacido.
La categoría V71 se asigna sólo como diagnóstico principal orazón de ingreso, nunca como diagnóstico secundario. Y normal-mente como código único, salvo en dos excepciones:
– Cuando coexista una enfermedad crónica que requiere cui-dados u observación durante la estancia, se puede asignar un código adicional para dicha condición. No codificando las condiciones crónicas que no afecten a la estancia delpaciente.
– Cuando la admisión se realiza con el propósito de descartar unaenfermedad grave, como una conmoción cerebral, pero elpaciente presenta lesiones menores, como quemaduras o con-tusiones, de forma que estas se asignan como códigos adicio-nales. Esta excepción está basada en el hecho de que las lesio-nes menores, por sí mismas, no requieren hospitalización.
Por lo tanto, hay que tener en cuenta que tampoco deberán deestar presentes ninguno de los síntomas o signos relacionados con laenfermedad sospechada. Si no, se codificarían los síntomas y signoscorrespondientes, obviando la categoría V71.
Hay que tener en cuenta también, que no se debe asignar uncódigo V71de observación, cuando se ingresa al paciente en el áreade hospitalización tras ser intervenido de un proceso de cirugía ambu-latoria, incluso cuando el informe médico sugiere que la admisión espara observación. En este caso, el diagnóstico principal será la con-dición o problema que origina el ingreso postoperatorio: hemorragia,náuseas, etc. Si el paciente ingresa para observación, entendidacomo seguimiento de su proceso, se dispone de la categoría V58 deseguimiento tras tratamiento, como diagnóstico principal. Esta reco-mendación sólo es aplicable en las Comunidades Autónomas quemantienen separadas las bases de datos de CMBD en Hospitalizacióny Procesos Ambulatorios.
Se han creado dos nuevos códigos para clasificar a los pacientescon test negativo para el carbunco, pero que sospechan o tienentemor de haber estado en contacto con carbunco u otros agentesbiológicos.
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Código nuevo V71.82 Observación y evaluación para presuntaexposición al carbunco.
Código nuevo V71.83 Observación y evaluación para presuntaexposición a otros agentes biológicos.
4.8.–CUIDADOS POSTRATAMIENTOLos códigos para visitas de asistencia postoperatoria (V51-V58) se
emplean cuando el tratamiento inicial de una enfermedad o lesión seha completado pero el paciente requiere cuidados continuos duran-te su curación, la fase de recuperación o por los efectos a largo plazode su enfermedad. Estos códigos no se utilizan cuando el tratamientose dirige a una enfermedad o lesión aguda actual.
Las únicas excepciones a esta regla son encuentros cuya finalidadcorresponde a procesos de diálisis (V56.X), quimioterapia (V58.1) oradioterapia (V58.0). Cuando el encuentro se produce tanto pararadioterapia como quimioterapia, se asignan ambos códigos, depen-diendo su orden de la razón del ingreso.
La admisión para tratamiento postasistencial incluye generalmen-te cuidados planificados, como por ejemplo, la colocación y ajustede dispositivos protésicos e implantes (V52.x), el tratamiento de unaapertura artificial (V55.x) o la retirada de una fijación interna (V54.0).
La categoría V57 Cuidados con procedimientos de rehabilitaciónse asignará como diagnóstico principal cuando el paciente ingresepara tratamiento rehabilitador de una enfermedad o lesión previa,mediante un cuarto dígito se puede indicar el tipo de tratamiento. Seañadirá como código adicional la condición resultante que requiererehabilitación, pero no se debe codificar la enfermedad o lesión ori-ginal que generó la discapacidad.
Los códigos postratamiento generalmente se utilizan como diag-nóstico principal para explicar la razón del ingreso. Ocasionalmente sepueden usar como códigos adicionales cuando el cuidado se aplicadurante un ingreso para el tratamiento de una enfermedad no rela-cionada con él. Por ejemplo, el cierre de una colostomía duranteadmisión para el tratamiento de una lesión provocada por un acci-dente de automóvil.
Cuando el paciente es ingresado a causa de una complicaciónde un tratamiento previo, se asignará el código correspondiente delcapítulo de complicaciones y no estos códigos V.
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Con el objetivo de obtener una mayor especificidad en la clasifi-cación de los cuidados postratamiento, se han creado nuevas sub-categorías y códigos nuevos. Los principales cambios afectan a lacodificación de cuidados ortopédicos y postquirúrgicos.
Los códigos de fractura sólo se usan en la asistencia inicial, demanera que en las siguientes atenciones se utilizarán los códigos decuidados ortopédicos.
Como el código de cuidados proporcionaba pocos detalles acer-ca del tipo de fractura, se ha creado la subcategoría V54.1 «Cuidadoposterior para curación de fractura traumática» y la subcategoríaV54.2 «Cuidado posterior para curación de fractura patológica» y seha desarrollado un quinto dígito que permite identificar el lugar de lafractura.
Asimismo, se ha ampliado la subcategoría V54.8 «Otros cuidadosortopédicos posteriores», creando un nuevo código para cuidadosposteriores de sustitución de la articulación (V54.81). Se deberá añadirun código adicional para identificar la articulación sustituida (V43.60-V43.69).
Se han creado nuevos códigos para clasificar los cuidados poste-riores tras cirugía por neoplasia (V58.42), herida y traumatismo (V58.43)y para intervenciones de un sistema específico del organismo(V58.71-V58.78). Los códigos de estas subcategorías deben ser utiliza-dos junto con otros códigos de cuidados posteriores de herida posto-peratoria, cuidados de vendaje, cuidados de estoma y otros códigossimilares, para identificar completamente la razón de la admisión. Enla Lista Tabular encontraremos notas de incluye y excluye para permi-tir una correcta clasificación.
La utilización de las subcategorías V54.1 y V54.2 excluye su aso-ciación con códigos de cuidados posteriores por heridas o traumatis-mos, salvo que éstas sean de una localización distinta a la/s fractura/siniciales en este caso se acepta el uso de los dos códigos V58.43 yV54.1.
Del mismo modo, que no es necesaria la elección de un códigode la subcategoría V58.7 y otro de la subcategoría V58.4, si el pacien-te acude para cuidado postquirúrgico por una herida o traumatismoo neoplasia, asignándose sólo un código de la subcategoría V58.4.
Cuando un paciente ingresa para cuidados postquirúrgico deneoplasia, se codificará además la neoplasia actual o un código de
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la categoría V10 historia personal de neoplasia maligna, dependien-do de la situación del paciente y si el tratamiento no va dirigido espe-cialmente hacia el tumor.
La entrada en vigor de los nuevos códigos de la subcategoríaV58.7 permitirá clasificar de forma más específica los episodios decuidados tras cirugía, en los casos de traslado de los pacientes tras larealización de una intervención en otro hospital.
Otra de las modificaciones consiste en la incorporación denotas de instrucciones en los códigos de cuidados. Para el códigoV58.83 «Admisión para monitorización de drogas terapéuticas», seindica la necesidad de añadir un código adicional de la subcate-goría V58.6 largo tiempo (comúnmente) en la utilización de medi-camentos, si el paciente lleva mucho tiempo en tratamiento conesa medicación. Si el paciente lleva un periodo de tiempo brevede tratamiento con el fármaco sería suficiente la asignación delcódigo V58.83.
Código nuevo V58.83 Admisión para monitorización de drogasterapéuticas.Usar código adicional para cualquier aso-ciación de largo tiempo de uso de droga(V58.61-V58.69).
4.9.–SEGUIMIENTO
Los códigos V de seguimiento se distribuyen en dos categorías:V24 Cuidados y examen postparto.V67 Examen de seguimiento.
Los códigos de seguimiento permiten clasificar la revisión o vigilan-cia a que se somete al paciente tras el tratamiento completo de suenfermedad, lesión o problema. En estos casos no debe existir recu-rrencia de la enfermedad, otra patología asociada como hallazgo enla revisión, sintomatología o recibir tratamiento dirigido a la enferme-dad. Asimismo, los códigos de seguimiento no deben de confundirsecon los códigos V de cuidados posteriores.
Podrán utilizarse en cada una de las revisiones a las que acuda elpaciente, hasta que cambie el motivo de la atención.
Es preciso añadir el código correspondiente de historia personal uotro estado del paciente para reflejar el motivo de la atención médica.
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Por ejemplo:
– Paciente asintomático al que se intervino mediante una resec-ción del colon descendente un año antes, es ingresado parala realización de una colonoscopia con objeto de evaluar laanastomosis y determinar la existencia de recurrencia demalignidad. La colonoscopia prueba que la anastomosis esnormal y no hay evidencia de la recurrencia del cáncer. Eneste caso, se elegirá como diagnóstico principal el códigoV67.0 «Revisión de seguimiento posterior a cirugía». Se codi-fica con un código adicional V10.05 «Historia de neoplasiamaligna de intestino grueso», y un código para la colonosco-pia.
– Paciente que recibió tratamiento anticoagulante durante un añoy que fue suspendido un mes antes, acudiendo actualmentepara realización de un estudio analítico. Se asignará el códigoV67.51 Revisión de seguimiento tras tratamiento con medicaciónde alto riesgo, no clasificado en ningún otro lugar, como razónde ingreso. No utilizando los códigos de la subcategoría V58.6que se asignan cuando el paciente está recibiendo actualmen-te una terapia que requiera seguimiento y evaluación, con asig-nación de un código adicional para las condiciones para lasque se prescribe la medicación.
4.10.–DONANTES
En la categoría V59 se clasifican los donantes de sangre, órganoso tejidos corporales. Se refieren a donantes para otras personas y nose utilizarán en donaciones para sí mismos (autotrasplantes), ni en loscasos de donaciones de cadáveres.
4.11.–ASESORAMIENTO
Los códigos de asesoramiento se utilizan cuando un paciente o unmiembro de su familia recibe consejos sobre una enfermedad olesión, o bien cuando se requiere apoyo por problemas familiares osociales. Si el asesoramiento está implícito en el tratamiento, no seránecesario codificarlo.
V61.11 Asesoramiento a las víctimas de malos tratos por parte delcónyuge o pareja.
V62.83 Asesoramiento al autor de malos tratos físicos/sexuales.
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4.12.–CÓDIGOS OBSTÉTRICOS
Los códigos V obstétricos clasifican aquellas circunstancias en lasque no existen ninguno de los problemas o complicaciones incluidosen los códigos del Capítulo de Embarazo, parto y puerperio.Categorías V22 a V28.
V23.2 Supervisión de embarazo con historial de aborto.V25.41 Seguimiento de Píldora anticonceptiva.V28.6 Cribaje prenatal para estreptococo B.Se ha creado un nuevo código para pacientes embarazadas con
historia de partos prematuros anteriores, se trata de un código parale-lo al V13.21, el cual indica los antecedentes de dicha situación sinembarazo actual.
V23.4 Embarazo con otro historial obstétrico nosatisfactorio.
Código nuevo V23.41 Embarazo con historia de trabajo departo prematuro.
Código nuevo V23.49 Embarazo con otro historial obstétricono satisfactorio.
4.13.–RECIÉN NACIDOS Y NIÑOS
Los códigos V de recién nacido y niños corresponden a las siguien-tes categorías:
V20 Supervisión sanitaria del bebé o niño.
V29 Observación y evaluación del recién nacido por sospe-cha de enfermedades no encontradas.
V30-V39 Recién nacido con vida según el tipo de parto.
La categoría V20 se utiliza para identificar atenciones a niños queno presentan un problema definido o bien para identificar episodiosde exámenes rutinarios del recién nacido, fundamentalmente en con-sultas externas. Se podrá utilizar un código adicional para establecerel tipo de examen de screening (subcategorías V73.0-V82.9).
La categoría V29 se utiliza en el caso de recién nacidos en los quese sospecha una condición anormal durante el periodo perinatal (losprimeros 28 días de vida) como consecuencia de una exposición dela madre o del proceso del parto, que no presentan signos ni síntomasevidentes de enfermedad y tras el estudio se confirma que no existedicha condición (como se describe en el apartado 4.7).
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Sólo las subcategorías V29.0-V29.2 y V29.8 son admisibles comodiagnóstico principal en hospitalización, como reingresos para obser-vación durante el periodo perinatal, el resto pueden utilizarse comodiagnóstico principal en contactos ambulatorios. Aunque la categoríaV29 no requiere códigos adicionales, si existe una anomalía congéni-ta en terapia continua o monitorización durante la estancia, estoscódigos pueden acompañar a la categoría V29 como diagnósticossecundarios.
Las categorías V30 a V39 permiten especificar si el nacimiento esmúltiple o simple, en el caso de los códigos de parto múltiple se iden-tifica si el bebé está vivo o muerto. Se dispone de un cuarto dígitopara especificar el lugar del nacimiento del niño. Completando lainformación sobre el nacimiento en el hospital mediante un quintodígito que indica la realización o no de cesárea.
En la norma española, sólo se podrán utilizar estas categoríascuando se cumplan dos condiciones: la apertura de historia clínica atodo recién nacido en el hospital y la inclusión de las cunas de reciénnacidos como dotación de camas del hospital.
4.14.–EXÁMENES RUTINARIOS Y ADMINISTRATIVOS
Los códigos V con esta descripción recogen los contactos paraexámenes rutinarios como un chequeo general o exámenes con finesadministrativos, correspondiendo a las siguientes categorías y subca-tegorías:
V20.2 Revisión sanitaria rutinaria de bebé o niño.
V70 Reconocimiento médico general.
V72 Investigaciones y reconocimientos especiales.
Normalmente, estos códigos se utilizan en contactos ambulato-rios. Tendrán consideración de diagnóstico principal, en las situacio-nes en que tras la realización del estudio correspondiente, el pacien-te no es diagnosticado de una enfermedad concreta ni presentasíntomas ni signos de la misma, en cuyo caso éstos serían el diag-nóstico principal.
Se asignará un código de la categoría V72 Investigaciones y reco-nocimientos especiales, como razón del contacto únicamente si nose identifica ningún problema, diagnóstico o condición como razóndel examen.
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Por ejemplo:
– Un paciente es remitido al departamento de radiología para unaradiografía de tórax como parte de un examen físico rutinario. Elcódigo V72.5 Examen radiológico, no clasificado en otro lugar,aparece como razón del contacto, ya que no se presentan sín-tomas ni se realiza la radiografía para descartar una supuestaenfermedad.
La categoría V72 se utiliza como diagnóstico principal con un códi-go adicional de las categorías de screening V73-V82.
Los códigos de las subclasificaciones V72.81-V72-83 se pueden uti-lizar en pacientes ingresados, si la causa de la admisión correspondea la realización de estudios preoperatorios. En esta situación, se asig-na uno de los siguientes códigos, con códigos adicionales para lacondición quirúrgica planificada y para las condiciones encontradasen la evaluación. Normalmente este tipo de pruebas se llevan a cabode forma ambulatoria.
4.15.–CÓDIGOS V MISCELÁNEA
Recogen otros motivos de contacto con los servicios sanitarios queno se encuentran clasificados en ninguna otra categoría.
V64.4 Tratamiento quirúrgico laparoscópico convertido a proce-dimiento abierto.
4.15.1.–Ingreso para cuidados paliativos
Los cuidados paliativos se plantean como una alternativa a trata-mientos agresivos para pacientes que se encuentran en la fase termi-nal de una enfermedad. Los cuidados se centran en el control deldolor y otros síntomas de la enfermedad, siendo a menudo más apro-piados que un tratamiento agresivo cuando el paciente presenta unaenfermedad incurable.
Se ha creado el código V66.7 Contacto con cuidados paliativos,para clasificar ingresos o contactos con cuidados al final de la vida,en hospicio o terminales. Se puede usar en otros cuidados sanitarios.Sin embargo, no se puede emplear como diagnóstico principal orazón del contacto, en este caso el código de la enfermedad subya-cente deberá ser codificado en primer lugar. Tanto si el paciente esingresado para cuidados paliativos como si en un determinado
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momento del ingreso se decide para el paciente a cuidados paliati-vos. No sólo se puede usar en enfermedades neoplásicas sino tam-bién en cualquier otra enfermedad terminal.
El código V66.7 se creó para clasificar las atenciones de cuidadospaliativos. No puede ser utilizado como diagnóstico principal, por loque la enfermedad subyacente, neoplasia, SIDA u otras enfermeda-des terminales se codificarán en primer lugar y el código V66.7 seasignará como adicional.
Se utiliza tanto en el caso de ingreso para cuidados paliativoscomo si el paciente ha estado sometido a tratamientos agresivos yllegado a un punto de deterioro se decide su paso a tratamientopaliativo.
4.16.–CÓDIGOS V NO ESPECÍFICOSCiertos códigos V son tan inespecíficos o aportan una información
redundante ya clasificada mediante otros códigos que difícilmentedeberían de ser utilizados. Por tanto sólo se podrían utilizar en aquellassituaciones en que se carezca de la documentación suficiente parautilizar otros códigos más precisos.
V11 Historia personal de trastorno mental. Debe usarse un códi-go del capítulo de trastornos mentales, con el quinto dígitocorrespondiente a remisión.
V13.4 Historia personal de artritis.V13.6 Historia personal de malformaciones congénitas.V15.7 Historia personal de contracepción.V23.2 Embarazo con historial de aborto.V40 Problemas mentales y de comportamiento.V41 Problemas de los sentidos y otras funciones especiales.V47 Otros problemas de órganos internos.V48 Problemas de la cabeza, cuello y tronco.V49 Problemas de miembros y otros problemas. Excepto los
estados de amputación de miembros, postmenopausia yde aplicación de silicona dental: V49.6, V49.7, V49.81 yV49.82.
V51 Cuidados posteriores que implican el empleo de cirugíaplástica.
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V58.2 Transfusión sanguínea sin diagnóstico declarado.V72.5 Reconocimiento radiológico, no clasificado bajo otros con-
ceptos.V72.6 Prueba de laboratorio.Estos dos últimas subcategorías no deben usarse si no están pre-
sentes síntomas o signos que justifiquen el estudio, en régimenambulatorio.
4.–TABLAS DE CÓDIGOS V
En las tablas siguientes se presenta un resumen sobre la utilizaciónde los códigos V en procesos de hospitalización de agudos y contac-tos ambulatorios.
Algunos códigos V son admitidos sólo como diagnóstico principalo contacto; otros se pueden asignar sólo como códigos adicionales yotros pueden ser utilizados de forma indistinta tanto como códigossecundarios o como principal. La adecuación o no de estos últimoscomo diagnóstico principal depende a veces del motivo de ingresodel paciente en un hospital de agudos.
Así, por ejemplo, Si una paciente acude al hospital para la realiza-ción de una amniocentesis como prueba de un diagnóstico prenatal,sin resultado de enfermedad del feto, podría elegirse un código de lacategoría V28 para identificar el motivo de ingreso, aún cuando dichacategoría no sea adecuada como diagnóstico principal en hospitali-zación, ya que la mayor parte de estas pruebas se llevan a cabo deforma ambulatoria.
Por lo tanto, si en algún caso nos vemos obligados a asignar comomotivo de ingreso un código que sólo es admisible como principal encontactos ambulatorios, deberemos ser cuidadosos en comprobarque es la mejor alternativa.
TABLA 1. Categorías y códigos sólo admisibles como diagnósticoprincipal, tanto en contactos ambulatorios como procesos de hospi-talización, estos últimos marcados mediante un asterisco:
V20V20.0*
Supervisión médica de niñosExpósito
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V22.0 Supervisión de primer embarazo normal
V22.1 Supervisión de otros embarazos normales
V24V24.0*
Cuidados y exámenes postpartoCuidados y examen inmediatamente después del parto
V29V29.0*
V29.1*
V29.2*
V29.8*
Observación y evaluación de recién nacidoObservación por sospecha de enfermedades infeccio-sasObservación por sospecha de enfermedades neuroló-gicasObservación por sospecha de enfermedades respirato-riasObservación por sospecha de enfermedades especifi-cadas
V30-V39 Recién nacidos según tipo de nacimiento.No admitido como diagnóstico principal en la normaespañola.
V58.0* Radioterapia
V58.1* Quimioterapia
V59V59.1*V59.2*V59.3*V59.4*V59.5*V59.6*V59.8*
DonantesDonante de pielDonante de huesoDonante de médula óseaDonante de riñónDonante de córneaDonante de hígadoDonante de otro órgano o tejido especificado
V66V66.0*V66.1*V66.2*V66.3*
V66.4*V66.6*
Convalecencia, excepto cuidados paliativos V66.7Convalecencia tras cirugíaConvalecencia tras radioterapiaConvalecencia tras quimioterapiaConvalecencia tras psicoterapia y otro tratamiento detrastornos mentalesConvalecencia tras tratamientos combinados
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V68 Encuentros con propósitos administrativos
V70V70.1*V70.4*V70.5*
Examen médico general, excepto V70.7Examen psiquiátrico general, solicitado por la autoridadReconocimiento por motivos medicolegalesReconocimiento médico de subpoblaciones definidas
V71* Observación y evaluación por supuestas condicionesno encontradas, excepto V71.9
V72
V72.0*V72.3*V72.81*V72.82*V72.83*
Exámenes e investigaciones especiales, excepto V72.5y V72.6Reconocimiento de ojos y vistaReconocimiento ginecológicoExamen cardiovascular preoperatorioExamen respiratorio preoperatorioOtros exámenes preoperatorios especificados
TABLA 2. Los siguientes códigos V se pueden asignar como diag-nóstico principal o como secundario, marcándose mediante un aste-risco aquellos códigos que son admisibles como diagnóstico principalen hospitalización de agudos.
V01 Contacto con o exposición a enfermedades contagio-sas
V02 Portador o sospechoso de ser portador de enfermeda-des infecciosas
V03-06 Necesidad de vacunación
V07V07.0*V07.39*V07.8*
Necesidad de aislamiento y otras medidas profilácticasAislamientoOtra quimioterapia profilácticaOtra medida profiláctica especificada
V08* Estado de infección por virus de inmunodeficienciahumana, asintomático
V10 Historial personal de neoplasia maligna
V12 Historial personal de otras enfermedades
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V13 Historial personal de otras enfermedades, exceptoV13.4 y V13.69
V16-V19 Historial familiar
V23 Supervisión de embarazo de alto riesgo
V25V25.2*V25.3*
Asistencia anticonceptivaEsterilizaciónRegulación menstrual
V26V26.0*
Asistencia procreativaTuboplastia o vasoplastia después de esterilización
V28 Cribaje prenatal
V45.7 Ausencia adquirida de órgano
V49.81 Estado postmenopáusico asintomático
V50
V50.0*V50.1*
V50.2*V50.41*V50.42*V50.49*
Cirugía electiva para propósitos que no sean los deremediar estados de saludTrasplante de peloOtra cirugía plástica para corregir aspecto estético noaceptableCircuncisión rutinaria o ritualExtirpación profiláctica de pechoExtirpación profiláctica de ovariosExtirpación profiláctica de otros órganos
V52 Colocación y ajuste de dispositivo protésico
V53V53.09*
V53.31*V53.32*V53.39*
Colocación y ajuste de otro dispositivoColocación y ajuste de otros dispositivos relacionadoscon el sistema nervioso y los sentidos especialesMarcapasos cardíacoDesfibrilador cardíaco automático implantadoOtro dispositivo cardíacoLa subcategoría V53.3 es cuestionable como diagnósti-co principal en hospitalización, dependiendo del proce-dimiento realizado.
V54* Otros cuidados protésicos posteriores, excepto V54.9
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V55* Cuidados de aperturas artificiales, excepto V55.9
V56* Admisión para diálisis y cuidados de catéter de diálisis,excepto V56.2
V57
V57.1*V57.21*V57.22*V57.3*V57.89*V57.9*
Cuidados que implican el empleo de procedimientosde rehabilitaciónOtra terapia físicaContacto para terapia ocupacionalContacto para terapia vocacionalTerapia del hablaOtro procedimiento de rehabilitación especificadoProcedimiento de rehabilitación no especificadoEstos códigos marcados podrán ser diagnóstico princi-pal solamente si se acompañan de un diagnósticosecundario.
V58.3 Cuidado de vendajes y suturas quirúrgicas
V58.4* Otros cuidados postquirúrgicos
V58.6 Largo tiempo en la utilización de medicamentos
V58.7* Cuidados postoperatorios tras cirugía de sistemas especificados del organismo, no clasificadas de otra manera
V58.8* Otros cuidados posteriores especificados
V61V61.21*
Otras circunstancias familiaresProblemas de abuso de niños
V63 No disponibilidad de otras instalaciones sanitarias paracuidados
V65
V65.0*V65.2*
Otras personas que solicitan consulta sin padecer nin-guna enfermedadPersona sana que acompaña a persona enfermaPersona que finge enfermedad
V67* Examen de seguimiento, excepto V67.9
V69 Problemas relativos al estilo de vida
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V70.7* Reconocimiento para buscar comparación o controlnormal en investigación clínica
V73-V82 Reconocimiento de cribaje especial/Cribaje especial
V83 Estado de portador genético
TABLA 3. Los siguientes códigos V son admisibles sólo como códi-gos adicionales o secundarios tanto en contactos ambulatorios comoen procesos de hospitalización de agudos:
V09 Infección por microorganismo resistente a medicación
V13.61 Historia personal de hipospadias
V14 Antecedentes personales de alergia a agentes medici-nales
V15 Otros antecedentes personales de emergencias o ries-gos médicos, excepto V15.7
V21 Estados constitucionales de desarrollo
V22.2 Estado de embarazo, incidental
V26.5 Estado de esterilización
V27 Alta por parto
V42 Órgano o tejido reemplazado por trasplante
V43 Órgano o tejido reemplazado por otros medios
V44 Estado de apertura artificial
V45 Otros estados postquirúrgicos, excepto V45.7 Ausenciaadquirida de órgano
V46 Otra dependencia de máquinas
V49.6x Estado de amputación de miembros superiores
V49.7x Estado de amputación de miembros inferiores
V49.82 Estado de aplicación de silicona dental
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V60 Circunstancias de alojamiento, familiares o económi-cas
V62 Otras circunstancias psicológicas
V64 Personas que realizan un contacto con los serviciosmédicos por un procedimiento especial, no llevado acabo
V66.7 Cuidados paliativos
TABLA 4. Los siguientes códigos V son códigos no específicos opotencialmente redundantes con otros códigos, con pequeña justifi-cación para su uso en el tratamiento de pacientes internos. En el casode pacientes externos, su uso se debe limitar a aquellas situaciones enlas que no existe documentación para permitir la asignación de uncódigo más preciso:
V11 Historia personal de trastorno mental
V13.4 Historia personal de artritis
V13.69 Historia personal de otras malformaciones congénitas
V15.7 Historia personal de contracepción
V40 Problemas mentales y de comportamiento
V41 Problemas de los sentidos y otras funciones especiales
V47 Otros problemas de órganos internos
V48 Problemas de la cabeza, cuello y tronco
V49 Problemas de miembros y otros problemas, excepto:V49.6, V49.7, V49.81 y V49.82
V51 Asistencia posterior que implica el empleo de cirugíaplástica
V58.2 Admisión para transfusión sanguínea, sin diagnósticodeclarado
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V58.5 Admisión para ortodoncia
V58.9 Admisión para cuidados posteriores no especificados
V72.5 Reconocimiento radiológico no clasificado bajo otrosconceptos
V72.6 Prueba de laboratorio
BIBLIOGRAFÍA– Manual del usuario. Normativa de Codificación. Ministerio de
Sanidad y Consumo. 4ª edición.1997.– CIE-9-MC 4ª edición en castellano. Ministerio de Sanidad y
Consumo , Madrid 1999.– Boletín n°6. Codificación Clínica con la CIE-9-MC, Ministerio de
Sanidad y Consumo. Año III, Febrero 1997.– Boletín n°13. Codificación Clínica con la CIE-9-MC, Ministerio de
Sanidad y Consumo. Año V, Junio 1999.– AHA Coding Clinic for ICD-9-CM, A quarterly publication of the
Central Office on ICD-9-CM.– ICD-9-CM Coding Handbook, with answers. Brown, F. American
Hospital Publishing, Inc.2001.
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INFORMACIÓN Y DUDAS SOBRE CODIFICACIÓN
Para cualquier información, duda o consulta dirigirse a:
Dirección de la Unidad Técnica de la CIE-9-MC.Unidad Técnica de la CIE-9-MC para el S.N.S.Subdirección General de Instituto de Información Sanitaria.Ministerio de Sanidad y Consumo.
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