Contraloría a sus órdenes…
PLAN DE ACCIÓN CORRECTIVA (PAC)
PLAN DE ACCIÓN CORRECTIVA (PAC)
Estado Libre Asociado de Puerto RicoOficina del ContralorSan Juan, Puerto Rico
Miriam Flores SantiagoCoordinadora Plan de Acción Correctiva
Natanael Arroyo CruzGerente de Auditoría División de Corporaciones Públicas
Por:
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¿Qué es el PAC? ¿Qué es el PAC?
• Es un mecanismo para dar seguimiento y lograr que se cumpla con las recomendaciones hechas en nuestros informes de auditoría
• Cumple con dos propósitos primordiales:
• Mejorar la Administración Pública• Mejorar la utilización de la propiedad y los fondos
públicos
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Base Legal del PAC
• Constitución del Estado Libre Asociado de Puerto Rico
• Ley Número 9 del 24 de julio de 1952, según enmendada
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Reglamento del PACReglamento del PAC
• Reglamento para la Administración del Plan de Acción Correctiva (Reglamento Núm. 26) aprobado el 1 de julio de 1998 por el Contralor de Puerto Rico
• Incorpora las disposiciones de la Orden Ejecutiva del Gobernador Núm. OE-1998-16 del 13 de junio de 1998
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Requerimientos del PACRequerimientos del PAC• Conforme al Reglamento Núm. 26 se establece lo siguiente:
• Primero, que la entidad auditada tome las medidas necesarias para corregir las deficiencias señaladas y las informe a la OCPR mediante el PAC
• Segundo, el primer informe del PAC debe someterse dentro del término de 90 días consecutivos contados a partir del primer día del mes siguiente a la fecha de publicación del Informe de Auditoría
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Requerimientos del PAC Requerimientos del PAC
Continuación de Requerimientos
• Tercero, aquellas medidas que tomen más de 90 días para su implantación, se requiere un Informe Complementario al PAC (ICP) cada 90 días consecutivos, contados a partir del primer día del mes siguiente al informe anterior hasta que todas las recomendaciones se consideren cumplimentadas
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Requerimientos del PAC Requerimientos del PAC• Cuarto, las entidades gubernamentales deberán
solicitar una prórroga por escrito cuando no puedan cumplir con el término establecido para contestar el PAC o los ICP. La Oficina del Contralor podrá conceder hasta un máximo de tres prórrogas de 20 días consecutivos cada una, para que ésta presente el PAC o ICP
• Quinto, el PAC y los ICP se tramitan mediante el formulario Plan de Acción Correctiva (OCPR-PAC-1)
Continuación de Requerimientos
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Formulario del PACFormulario del PAC
• En las columnas del formulario se incluirá la siguiente información: recomendación, acción correctiva y resultado. En la columna de Resultado, las recomendaciones se clasificarán como:
• Cumplimentadas - Recomendaciones para las cuales se estableció una acción correctiva y se obtuvieron los resultados deseados
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Formulario del PACFormulario del PAC
• Parcialmente Cumplimentadas – Recomendaciones para las cuales se estableció una acción correctiva y se obtuvieron los resultados deseados
• No Cumplimentadas - Son aquellas recomendaciones para las cuales se estableció una acción correctiva pero su implantación conlleva un período mayor al transcurrido
Continuación de Formulario
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¿Qué hacemos en la OCPR con el Informe del PAC o ICP?
¿Qué hacemos en la OCPR con el Informe del PAC o ICP?
• Evaluamos la acción correctiva, examinamos la evidencia suministrada y tomamos una determinación con relación a cada una de las recomendaciones
• Se notifica por escrito el resultado de la evaluación
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¿Cuándo termina el proceso del PAC?
¿Cuándo termina el proceso del PAC?
• Cuando la entidad cumpla sustancialmente con los requerimientos de las recomendaciones
• Cuando se determina no dar seguimiento a las recomendaciones y verificar las medidas tomadas en la próxima auditoría
• Cuando comience una nueva auditoría
OFICINA DEL CONTRALOR DE PUERTO RICO
OFICINA DEL CONTRALOR DE PUERTO RICO
CONTAMOS CON SU COOPERACIÓN
PARA MEJORAR LA FISCALIZACIÓN
DE LA PROPIEDAD Y LOS FONDOS PÚBLICOS
CONTAMOS CON SU COOPERACIÓN
PARA MEJORAR LA FISCALIZACIÓN
DE LA PROPIEDAD Y LOS FONDOS PÚBLICOS
S I R V I E N D O A P U E R T O R I C O
1952 2002
A niversario
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1952 2002
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