República Bolivariana de VenezuelaUniversidad Rafael Belloso Chacín
Estudios a DistanciaDiplomado Gestión del Negocio Marítimo
Integrantes:Daza Noreybis
Rodríguez LuisUrbaneja María José
Facilitador:Prof. Jairo Rondón
MARPOLTrabajo Final
IntroducciónEl convenio Para Prevenir la contaminación por los buques 73/78 (MARPOL 73/78) Es la principal normativa internacional que versa sobre la prevención de la contaminación del medio marino por los buques a causa de factores de funcionamiento o accidentales.
El Convenio Internacional para Prevenir la Contaminación procedente de buques (MARPOL 73/78), contiene reglas aplicables a todas las fuentes posibles de contaminación que proviene de los buques. Es importante saber que sus prescripciones no son sólo aplicables a los buques comerciales, sino que muchas de ellas también obligan a la náutica de recreo, ya que su ámbito de aplicación se extiende hacia todo tipo de embarcaciones que operen en el medio marino.
Origen del ConvenioAccidente del petrolero Torrey
Canyon que en 1967 varó en las inmediaciones de las Scilly, a
unas 25 millas del extremo SW (South West- Sur Oeste) del Reino
Unido. Considerada la mancha mas grande de hidrocarburo derramada hasta la fecha.
Partiendo de esta primer gran catástrofe ambiental y aunado a otros accidentes de esta índole
surge el convenio MARPOL 73/78
Adopción y entrada en vigencia
Éste entró en vigor en 1983 y desde entonces se han incluido diversas enmiendas, las cuales van adaptando dicho convenio a las necesidades reales de cada momento encaminado a prevenir y
reducir al mínimo la contaminación ocasionada por los buques.
El Protocolo de 1978 se adoptó en respuesta al gran número de accidentes de buques tanque ocurridos
entre 1976 y 1977
Debido a que no todos los gobiernos firmantes se habían puesto de acuerdo en todos los puntos, el
protocolo de 1978 tomó como patrón lo establecido en 1973
El Convenio MARPOL fue adoptado el 2 de noviembre de 1973 en la sede de la OMI.
Estructura del Con-venio
• Introducción, texto y protocolos del Convenio. Anexo I.- Reglas para prevenir la contaminación por Hidrocarburos.
Anexo II.- Reglas para prevenir la contaminación por Sustancias Nocivas Líquidas Transportadas a Granel.
Anexo III.- Reglas para prevenir la contaminación por Sustancias Perjudiciales Transportadas por Mar en Bultos. Se trata de un anexo opcional ya que el transporte de mercancías peligrosas está reglado por el Código Marítimo Internacional de Mercancías Peligrosas.
Anexo IV.- Reglas para prevenir la contaminación por las Aguas Sucias de los Buques.
Anexo V.- Reglas para prevenir la contaminación por las Basuras de los Buques.
Anexo VI.- Reglas para prevenir la contaminación Atmosférica ocasionada por los Buques. Este anexo entró en vigor el 19 de mayo de 2005.De todos los Anexos del Convenio, el I y el II son obligatorios para aquellos Estados que lo ratifican. Los demás se consideran Anexos facultativos o sea, una parte puede no adoptar
alguno de ellos.
Anexo IReglas para prevenir la contaminación por
hidrocarburos
Apéndice I • Lista de
hidrocarburos
Apéndice II• Modelo de
Certificados IOPP y suplementos
Apéndice III• Modelo de
Libro de registro de hidrocarburos
Prevención de la contaminación por
hidrocarburos como consecuencia de
medidas operacionales, así como de derrames
accidentales
Las enmiendas de 1992 al anexo I hicieron obligatorio el doble
casco para los petroleros nuevos e incorporaron un calendario de introducción gradual para que
los buques tanque existentes se adaptasen al doble casco
Comprende los siguientes apéndices
Anexo IIReglas para prevenir la contaminación por sustancias nocivas
líquidas transportadas a granelCriterios relativos a las
descargas y las medidas destinadas a
prevenir la contaminación por sustancias nocivas
líquidas transportadas a granel
No se permiten las descargas de residuos
que contengan sustancias perjudiciales a menos de 12 millas de la
tierra más próxima.
Comprende los siguientes apéndices
La descarga de sus residuos se permite tan sólo en instalaciones de recepción, a menos que
se cumplan ciertas concentraciones y
condiciones
• Apéndice I: Pautas para determinar las categorías de las sustancias nocivas liquidas.
• Apéndice II: Lista de sustancias nocivas liquidas transportadas a granel.• Apéndice III: Lista de otras sustancias liquidas.• Apéndice IV: Modelo de libro de registro de carga para buques que
transporten sustancias nocivas liquidas a granel.• Apéndice V: Modelo de certificado NLS.
Anexo IIIReglas para prevenir la contaminación por sustancias
perjudiciales transportadas por mar en bultos
Prescripciones generales para la promulgación de normas
detalladas sobre empaquetado, marcado,
etiquetado, documentación, estiba, limitaciones
cuantitativas, excepciones y notificaciones.
Se estipulan las directrices para determinar si las sustancias que se transportan en bultos son perjudiciales.
“Sustancias perjudiciales", son las consideradas como
contaminantes del mar en el Código marítimo
internacional de mercancías peligrosas
(Código IMDG)
Anexo IVReglas para prevenir la contaminación por las aguas sucias de
los buquesPrescripciones para controlar la contaminación del mar por aguas
sucias
Prohibición de descarga de aguas sucias
Planta de tratamiento de aguas sucias
aprobada.
Descarga a una distancia superior a 3 millas marinas
de la tierra más próxima
Descarga a una distancia superior
a 12 millas marinas de la
tierra más próxima
Si
No
Anexo VReglas para prevenir la contaminación ocasionada por las
basuras de los buquesTipos de basuras ,las distancias desde tierra y manera en que se pueden
evacuar
Prohibición total de vertimiento de plásticos al
mar
Modelo de Libro de Registro de basura
Anexo VIReglas para prevenir la contaminación atmosférica ocasionada
por los buques.Límites de las emisiones de
óxidos de azufre y de óxidos de
nitrógeno de los escapes de los
buques.
Medidas técnicas y operacionales
obligatorias de eficiencia energética encaminadas a reducir las emisiones
de gases de efecto invernadero procedentes
de los buques
Se prohíben las emisiones deliberadas
de sustancias que agotan el ozono
Comprende los siguientes apéndices
• Apéndice I: Modelo de certificado IAPP.• Apéndice II: Ciclos de ensayo y factores de ponderación.• Apéndice III: Criterios y procedimientos para la designación de zonas de
control de emisiones de SOx.• Apéndice IV: Homologación y límites de servicio de los incineradores de a
bordo.• Apéndice V: Información que debe incluirse en la nota de entrega de
combustible.
Conclusiones y Re-comendacionesCon el pasar de los años se ha observado progresivamente los efectos del
MARPOL 73/78 como instrumento para la prevención de la contaminación del medio marino, sin embargo estos efectos podrían ser incluso mayores en años venideros, ya que un gran porcentaje de la disponibilidad de petroleros tienen ahora una antigüedad que supera los 20 años y se cree que muchos de ellos serán sustituidos durante los próximos años, dado que resultaría antieconómico adaptarlos a los requerimientos del convenio. Por lo tanto se espera los nuevos buques construidos cumplirán totalmente las prescripciones del MARPOL 73/78 y mejorarán la ejecución del convenio.
Ahora bien, más allá de la renovación de la flota, mucho de la implementación de este instrumento depende directamente de la gestión de las empresas que posean los buques y de la competencia de sus tripulaciones; esto indica que es necesario tomar en cuenta los vacíos existentes de personal especializado tanto en el campo técnico como en el legal, lo que actualmente dificulta a las entidades competentes hacer cumplir las reglas de los anexos del MARPOL 73/78 y éste es un problema que habría que solucionar a medio y corto plazo; así mismo se hace necesario capitalizar la existencia de grupos nacionales de trabajo para la implementación del MARPOL 73/78, que agrupe a las entidades nacionales competentes, fortaleciéndolo y encargándole desarrollarlas recomendaciones para cada uno de los tópicos considerados como prioritarios en el marco del convenio.
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