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Expositor: Ing. Ismael Orellana MoraIAOM
RESIDENCIA DE OBRAS PÚBLICAS Y PRIVADAS
MÓDULO II
VALORIZACIONES
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Las Valorizaciones son pagos a cuenta y son elaboradas enfunción a los metrados ejecutados.
• El contratista está facturando lo que la entidad ha recibido.• Los avances han sido aceptados.• La factura está correcta y en general la documentación cumple
con los términos y condiciones del contrato.• Los pagos acumulados no exceden lo pactado.
Los pagos deberán ser revisados para asegurarse que:
Valorización del mes VReajustes del mes RDeducción de Adelantos ( - ) D ( - )Valorización Bruta = VB VB=V + R + D ( - )Amortización de Adelantos ( - ) A ( - )Valorización Neta = VN VN=VB - AI.G.V. (18%) 18 % VNCancelar al Contratista: VN + IGV
Valorizaciones y metrados Artículo 197º del Reglm.
IAOM
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� Constituyen la expresión cuantificada de lostrabajos de construcción que se hanprogramado ejecutar en un plazo determinado.
� Son formulados y valorizadosconjuntamente por el contratista y elinspector o supervisor , y presentados a laEntidad dentro de los plazos establecidos enlas bases o en el contrato. Normalmente elúltimo día de cada período (quincenal,mensual).
� Si el Inspector o Supervisor no está presente,el Contratista los efectuará, debiendorevisarlos durante el periodo de aprobación.
Metrados valorizados.-
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Valorizaciones y metrados Artículo 197º del Reglm.
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El plazo para la aprobación por el inspector o supervisor y suremisión a la Entidad para periodos mensuales, es de cinco díasa partir del primer día hábil del mes siguiente al de lavalorización, y será cancelada en fecha no posterior al últimodía de tal mes . Cuando las valorizaciones se refieren a periodosdistintos a los mensuales, las bases o el contrato establecerán eltratamiento correspondiente.
Plazos
Valorización del mes
Residente/ Supervisor
Formulan metrados
5 díasNo hay pago
Pago de intereses
Primer día hábil mes siguiente Inspector/
SupervisorAprueba
valorización
Último día mes
25 días
Último día mes siguiente
Período pago valorización
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Valorizaciones y metrados Artículo 197º del Reglm.
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Las valorizaciones se formularán en función de los metradosejecutados con los precios unitarios ofertados , agregandoseparadamente los montos proporcionales de gastos generales yutilidad ofertados por el contratista; a este monto se agregará elporcentaje correspondiente al IGV.
Si en un presupuesto se considero 100 m3 y en obra se ejecutó solo 90 m3, sepaga hasta este metrado y no se paga 10 m3. Es decir hay Deductivo.Si en obra se ejecutó 110 m3, 100 m3 se pagan como metrados contractualesy 10 m3 como mayor metrado o adicional de obra.
En las obras contratadas bajo el sistema de precios unitarios sevalorizará hasta el total de los metrados realmente ejecutados.
Val. = (Mtdos. Ejecutados X P.U. OFERTADO) + GGOFERTADO + UTOFERTADO
Sistema de precios unitarios
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Valorizaciones y metrados Artículo 197º del Reglm.
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Las valorizaciones se formularán en función de los metrados ejecutadoscontratados con los precios unitarios del valor referencial , agregandoseparadamente los montos proporcionales de gastos generales y utilidaddel valor referencial. El subtotal obtenido se multiplica por el factor derelación calculado hasta la quinta cifra decimal. A este monto se agregaráel porcentaje correspondiente al IGV.
En las obras contratadas bajo el sistema de suma alzada sevalorizará hasta el total de los metrados del presupuesto de obra.
Si en un presupuesto se considero 100 m3 y en obra se ejecutó solo 90 m3, sepaga hasta el metrado contratado 100 m3. Es decir no hay Deductivo.Si en obra se ejecutó 110 m3, se pagan solo 100 m3 no se pagan los 10 m3 deexceso. Es decir no se reconocen como mayor metrado o adicional de obra.
Val. = [ (Mtdos. Contratados X P.U.V.R.) + GGV.R. + UTV.R. ] * F.R.
Sistema de suma alzada
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Valorizaciones y metrados Artículo 197º del Reglm.
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Los reajustes se calcularán en base al coeficiente de reajuste “K”conocido e ese momento . Posteriormente, cuando se conozcan losíndices unificados de precios que se deben aplicar, se calculará elmonto definitivo de los reajustes que le corresponden y se pagarán conla valorización mas cercana posterior o en la liquidación final sinreconocimiento de intereses.
R = Valorización * ( Kr – 1)donde: Kr = coeficiente de reajuste
REAJUSTES.- Artículo 198º del Reglamento.
Febrero Marzo Abril
Val. marzo
Índices Abril se conocen en Mayo
Vencimiento plazo pago30.04.2008
Liquidación obra
Valorización obra - marzo
En marzo se conocen índices
a febreroEjecución
obraIAOM
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Ejemplo:Valorización Neta (sin IGV) = S/. 100 000.00 Mes de la valorización = Marzo 2008Coeficiente de reajuste ( K) = 1.050 (De Febrero)
Reajuste = 100 000 x (1.050 – 1) = S/. 5,000.00Reajuste = S/.499.14 (sin IGV)
Cálculo del reajuste
R = V x (Kr -1) - Da - Dm - Dr
El reajuste concedido menos las deducciones de losreintegros por adelanto en efectivo y de materiales que nocorresponde, y del reajuste por atraso en la obra es elreintegro final que le corresponde al contratista.
D.S. Nº 011-79-VC .
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Valorizaciones y metrados Artículo 197º del Reglm.
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Cálculo del reajuste (*)
R = V x (Kr -1) - Da - Dm - Dr
Normas para obras atrasadas:Máximo reintegro reconocido = ∑ reintegros programadosEl reajuste concedido sea el menor de la comparaciónentre la sumatoria del reajuste programado y la sumatoriadel reajuste real.
(*) D.S. Nº 011-79-VC .IAOM
Da = deducción que no corresponde por el adelanto directo.
Dm = deducción que no corresponde por el adelanto materiales
Dr = deducción del reajuste por atraso en la obra.
Valorizaciones de obra
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¿Qué sucede cuando al efectuarse los cálculos de laliquidación final, al aplicar la fórmula polinómica del contrato,el coeficiente de reajuste K, es menor que la unidad ,siendo que la fórmula de reajuste es R = K – 1?
OPINIÓN N° 076-2010/DTN.- independientemente del valorde este coeficiente de reajuste, el reajuste procede aúncuando el valor de K sea negativo . Es decir, en lugar dededucirse, debe sumarse al reajuste de la valorización,conforme a lo previsto en el D.S. N° 011-79-VC, modificadopor los D.S N° 017-79-VC y N° 06-86-VC
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Reajustes
Valorizaciones de obra
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a. Carta de presentación del Supervisor o Informe del Inspector
b. Resumen de Valorización
c. Valorización de avance de obra por fórmulas o sub presupuesto
d. Control de valorizaciones por fórmulas o sub presupuestos
e. Amortización de Adelanto Directo y por Materiales
f. Reajuste de valorización
g. Cálculo de los coeficientes de reajuste
h. Deducción de reajuste que no corresponde por adelantos
i. Verificación de reajustes acumulados
j. Metrados presentados por el Contratista
k. Resultados de ensayos de laboratorio y/o protocolo de pruebas
l. Panel fotográfico.
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Documentos que deben sustentar una valorización.-
El Supervisor o inspector, verifica que los metrados sean realmente losejecutados, pudiendo modificar entonces los metrados por el contratista,para luego procesar la respectiva valorización.
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Si surgieran discrepancias respecto a la formulación, aprobacióno valorización de los metrados entre el contratista y el inspector osupervisor o la Entidad, según sea el caso, se resolverán en laliquidación del contrato, sin perjuicio del cobro de la parte nocontrovertida.
Si la valorización de parte en discusión representa un montoigual o superior al cinco por ciento (5%)del contratoactualizado, la parte interesada podrá someter dichacontroversia a conciliación y/o arbitraje dentro de los qui nce(15) días hábiles después de presentada.
La iniciación de este procedimiento no implica la suspensión delcontrato ni el cumplimiento de las obligaciones de las partes.
Artículo 199º del Reglamento.
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Discrepancias respecto a Valorizaciones y Metrados.-
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Deducción de reintegro que no corresponde D.S. Nº 011-79-VC.
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A.D. KC Ka
O su equivalente:
A.D. V
C Ka
Donde:D = Dedución de reajuste que no correspondeA.D. = Adelanto Directo otorgado sin IGV.C = Monto del Contrato Principal sin IGV.V = Valoriación ejecutada, incluye Factor de Relación.K = Coeficiente de reajuste de la valorización.Ka = Coeficiente de reajuste del mes en que se otorgó el A.D.
La Deducción se aplica desde el
mismo mes en que otorga el Adelanto
Directo, es contínua en cada Valorización y se termina de aplicar cuando se termina
de Amortizar el Adelanto Directo.
Deducción de reintegro que no corresponde por Adelanto Directo
El descuento se aplica sobre el reintegro y está normado por el D.S. N° 06-86-VC que se señala en la siguiente fórmula general:
)
D = ( )x K + Ka
D = x V ( -1
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Dm = c.i. x V x (Imr - Imo)Ima
Dm = deducción de reajuste que no corresponde por el adelanto de materiales.
c.i. = coeficiente incidencia materialV = valorización ejecutadaImr = índice unificado del material al mes del reajuste.Ima = índice unificado del material al mes del adelanto. Imo = índice unificado del material al mes del Valor Ref.
Deducción de reintegro que no corresponde por Adelanto de Materiales
Cuando Imr > Ima D ( + )
Cuando Imr < Ima D ( - )
D.S. Nº 011-79-VC.
Deducción de reintegro que no corresponde
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D.S. Nº 011-79-VC
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Ejemplo:
Monto Contrato = MC = (sin I.G.V)
Monto Adelanto Directo = AD = (20% MC) sin IGV.
Se asume que se conocen los K
A.D. A1, D1K1= Ka= 1.010 K2= 1.020 K3= 1.030 K4= 1.035 K5= 1.040
VALORIZACIÓN N° 1 S/. 350,000.00S/. 7,000.00
DEDUCCIÓN = 260,000 x 350,000 (1.020-1.010) S/. -693.07 ( - )1'300,000 x 1.010
VALORIZACIÓN BRUTA = VB =( - )
EFECTIVO = E = VN =
A CANCELAR AL CONTRATISTA = E + I.G.V =
REAJUSTE = V(K-1) = 350,000 (1.020 - 1)
AMORTIZACIÓN = A = 20% x 350,000VALORIZACIÓN NETA = VN =
I.G.V = 18% x VN =
S/. 356,306.93S/. 70,000.00S/. 286,306.93S/. 286,306.93S/. 51,535.25S/. 337,842.18
VAL.3 VAL.4
A2, D2 A3, D3 A4, D4
S/. 1,300,000.00
S/. 260,000.00
VAL.1 VAL.2
Deducción de reintegro que no corresponde por adelanto directo.-
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VALORIZACIÓN N° 2 S/. 400,000.00S/. 12,000.00
DEDUCCIÓN = 260,000 x 400,000 (1.030-1.010) S/. -1,584.16 ( - )1'300,000 x 1.010
VALORIZACIÓN BRUTA = VB =( - )
EFECTIVO = E = VN =
A CANCELAR AL CONTRATISTA = E + I.G.V =
VALORIZACIÓN N° 3 S/. 300,000.00S/. 10,500.00
DEDUCCIÓN = 260,000 x 300,000 (1.035-1.010) S/. -1,485.15 ( - )1'300,000 x 1.010
VALORIZACIÓN BRUTA = VB =( - )
EFECTIVO = E = VN =
A CANCELAR AL CONTRATISTA = E + I.G.V =
S/. 249,014.85I.G.V = 18% x VN = S/. 44,822.67
S/. 293,837.52
S/. 309,014.85AMORTIZACIÓN = A = 20% x 300,000 S/. 60,000.00VALORIZACIÓN NETA = VN = S/. 249,014.85
S/. 389,890.69
REAJUSTE = V(K-1) = 300,000 (1.035 - 1)
VALORIZACIÓN NETA = VN = S/. 330,415.84S/. 330,415.84
I.G.V = 18% x VN = S/. 59,474.85
REAJUSTE = V(K-1) = 400,000 (1.030 - 1)
S/. 410,415.84AMORTIZACIÓN = A = 20% x 400,000 S/. 80,000.00
Deducción de reintegro que no corresponde por adelanto directo.-
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VALORIZACIÓN N° 4 S/. 250,000.00S/. 10,000.00
DEDUCCIÓN = 260,000 x 250,000 (1.040-1.010) S/. -1,485.15 ( - )1'300,000 x 1.010
VALORIZACIÓN BRUTA = VB =( - )
EFECTIVO = E = VN =
A CANCELAR AL CONTRATISTA = E + I.G.V =
LA AMORTIZACIÓN Y LA DEDUCCIÓN DEL ADELANTO DIRECTO EMPIEZAN EN ELMISMO MES, SE APLICAN DURANTE LOS MISMOS MESES Y TERMINAN EN EL MISMOMES.
S/. 208,514.85I.G.V = 18% x VN = S/. 37,532.67
S/. 246,047.52
AMORTIZACIÓN = A = 20% x 250,000 S/. 50,000.00VALORIZACIÓN NETA = VN = S/. 208,514.85
REAJUSTE = V(K-1) = 250,000 (1.040 - 1)
S/. 258,514.85
Deducción de reintegro que no corresponde por adelanto directo.-
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a. Durante la ejecución de la obra
Valorización al 30.04.2011 = S/. 10,000.00
K del mes Marzo 2011 = 1.100
Reajuste (a cuenta) = 10 000 (1.100 – 1 ) = S/. 1,000.00
b. En la Liquidación Final del Contrato
Valorización al 30.04.2011 = S/. 10,000.00
K del mes Mayo 2011 = 1.150
Reajuste (definitivo) = 10,000 (1.150 – 1 ) = S/. 1,500.00
c. Saldo de Reajuste a reconocer en la Liquidación
Final 1,500 .00 – 1,000.00 = S/. 500.00
EJEMPLO:
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Factor acumulado TIL (mes pago)I = Val. Adeudada * ------------------------------------------------- - 1
Factor acumulado TIL (vencim. pago)donde:• I : Interés• TIL: factor acumulado de la tasa de interés legal (SBS)
A partir del vencimiento del plazo establecido para el pago de lasvalorizaciones, por razones imputables a la Entidad, el contratistatendrá derecho al reconocimiento de intereses legales.
Para el pago de los intereses se formulará una Valorización deIntereses.
PAGO DE INTERESES.-
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Valorizaciones de obra
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Ejemplo:Valorización Neta (sin IGV) = S/. 100 000.00 Mes de la valorización = Marzo 2008Vencimiento plazo pago = 30.04.2008Factor acum. T.I.L. (vencim. pago) = 5.75986
Día pago valorización = 22.06.2008Factor acum. T.I.L. (día pago) = 5.78861
Intereses = 100 000 x 5.78861 _ 15.75986
Intereses = S/.499.14 (sin IGV)Los intereses que puedan corresponder deben ser expresamenterequeridos por el Contratista (presentando su valorización); no deben sertramitados de oficio por la Entidad.
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Valorizaciones de obra.
PAGO DE INTERESES.-
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FÓRMULAS POLINÓMICAS D.S 011-79-VC
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FÓRMULAS POLINÓMICAS D.S 011-79-VC
La Fórmula Polinómica se aplica cuando hayaumentos de precios de alguno(s) de losbienes involucrados en la ejecución de obra ydebe estar considerado en las bases y elcontrato.
Sirve para actualizar el valor de lospresupuestos de obra durante su ejecución(valorización).
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La Fórmula Polinómica es la representaciónmatemática de la estructura de costos de unpresupuesto.
Está constituida por términos denominadosmonomios que consideran la participación oincidencia de los principales recursos (mano deobra, materiales, equipos, gastos generales)dentro del costo o presupuesto total de la obra.
FÓRMULAS POLINÓMICAS D.S 011-79-VC
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ESTRUCTURA BASICA
FÓRMULAS POLINÓMICAS D.S 011-79-VC
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MONOMIOS
K = 0.352 Jr + 0.079 Lr + 0.255 Cr + 0.113 (0.743Pr+0.257Mr) + 0.071 Hr + 0.130 GGUrJo Lo Co (0.743Po+0.257Mo) Ho GGUo
FÓRMULAS POLINÓMICAS D.S 011-79-VC
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COEFICIENTES DE INCIDENCIA
K = 0.352 Jr + 0.079 Lr + 0.255 Cr + 0.113 (0.743Pr+0.257Mr) + 0.071 Hr + 0.130 GGUrJo Lo Co (0.743Po+0.257Mo) Ho GGUo
FÓRMULAS POLINÓMICAS D.S 011-79-VC
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PRINCIPALES RECURSOS(INDICES UNIFICADOS)
K = 0.352 Jr + 0.079 Lr + 0.255 Cr + 0.113 (0.743Pr+0.257Mr) + 0.071 Hr + 0.130 GGUrJo Lo Co (0.743Po+0.257Mo) Ho GGUo
FÓRMULAS POLINÓMICAS D.S 011-79-VC
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T(o) FECHA DEL
PRESUPUESTO
T(r) FECHA DEL REAJUSTE
EL VALOR DE LOS INSUMOS
FÓRMULAS POLINÓMICAS D.S 011-79-VC
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INDICES UNIFICADOS DEL INEIEl INEI ha creado una clasificación de los insumos, y ha dividido el territorio nacional en 06 Áreas Geográficas.
80 I.U.
06 ÁREAS GEOGRÁFICAS
Áreas Geográficas
Códigos1
2
FÓRMULAS POLINÓMICAS D.S 011-79-VC
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ÍNDICES UNIFICADOS FÓRMULAS POLINÓMICAS D.S 011-79-VC
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ÍNDICES UNIFICADOS FÓRMULAS POLINÓMICAS D.S 011-79-VC
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ÍNDICES UNIFICADOS FÓRMULAS POLINÓMICAS D.S 011-79-VC
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ÍNDICES UNIFICADOS FÓRMULAS POLINÓMICAS D.S 011-79-VC
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INDICES UNIFICADOS DEL INEI
ÍNDICES UNIFICADOS POR ÁREA GEOFRÁFICA
FÓRMULAS POLINÓMICAS D.S 011-79-VC
ÁREAS GEOGRÁFICAS
02 ANCASH, LIMA, CALLAO, ICA
HUANUCO, PASCO, JUNIN, HUANCAVELICAAYACUCHO, UCAYALI
AREQUIPA, MOQUEGUA, TACNA
LORETO
CUSCO, PUNO, APURIMAC MADRE DE DIOS
TUMBES, PIURA, LAMBAYEQUE, LA LIBERTAD, CAJAMARCA, AMAZONAS, SAN MARTIN01
03
04
05
06
FÓRMULAS POLINÓMICAS D.S 011-79-VC
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Metrados del Presupuesto de Obra
Análisis de Precios Unitarios
Para el cálculo de la Fórmula Polinómica se necesitan los datos:
1
2El S-10 contienela información
necesaria
DATOS PARA ELABORAR LA FORMULA POLINOMICA
FÓRMULAS POLINÓMICAS D.S 011-79-VC
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Número máximo de Monomios = 8
Cada Monomio puede contener como máximo 3 I.U. Excepto: 47 y 39
El D.S. No. 011-79-VC determina:
1
3
K=1+2+3+4+5+6+7+8
2
Los coeficientes de Incidencia de cada monomio
deben ser >= 0.05
MONOMIO = 3 IUcomo MÁXIMO
COEF. INC. > = 0.055%
Condiciones Normativas de la Fórmulas Polinómicas
FÓRMULAS POLINÓMICAS D.S 011-79-VC
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OBRA = 4FP4
5
En una obra pueden haber como máximo 4 FP
CONTRATO = 8FPEn una contrato pueden haber como máximo 8 FP
Ejemplo:Obra de Edificación: Arquitectura, Estructuras, Sanitarias, Eléctricas.Obra de Carreteras: Movimiento de Tierras, Pavimentos, Obras de Arte y Señalización.
Ejemplo:Un contrato que tenga 3 obras diferentes, y cada obra tiene 4 fases.
El D.S. No. 011-79-VC determina:
Condiciones Normativas de la Fórmulas Polinómicas
FÓRMULAS POLINÓMICAS D.S 011-79-VC
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Taller Especializado en Ejecución de Obras Públicas
Agrupación preliminar
2
EJEMPLO:
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D.S. Nº 011-79-VC del 01 de marzo de 1979Modificaciones : + D.S. Nº 017-79-VC (Deducción Adel. Mat.)+ D.S. Nº 022-80-VC (Amortización Adel. Mat.)+ D.S. Nº 006-86-VC (Deducción Adel. Directo)
Normas sobre reajustes
a) Norma Generalb) Norma para Obras Atrasadasc) Norma para Obras permanentemente Adelantadasd) Norma para Obras con Adelanto Directoe) Norma para Obras con Adelanto Específico para
materiales e insumos
Sistema de Reajustes
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NORMA GENERALLas Valorizaciones de Obra Principal y de ObraAdicional se reajustan al mes en que debe ser pagadala Valorización.
Para Valorizaciones mensuales el Art. 197º señala queel plazo de pago es hasta el último día del messiguiente.De ambas normas se obtiene:
R = Valorización * ( Kr – 1)donde: Kr = coeficiente de reajuste
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NORMA GENERALDurante la ejecución de la obra no es posible aplicar lanorma general, se aplica un reajuste a cuenta con losI.U. (K) del mes anterior.
¡¡ EN LA LIQUIDACION FINAL SE REALCULAN LOS REAJUSTESCON LOS I.U. DEFINITIVOS QUE IMPLICA LOS K DEFINITIVOS(PARA VAL MENSUALES ES EL MES SIGUIENTE) ¡¡
Febrero Marzo Abril
Val. marzo
Índices Abril se conocen en Mayo
Vencimiento plazo pago30.04.2008
Liquidación obra
Valorización obra - marzo
En marzo se conocen índices
a febrero Ejecución obra
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NORMA PARA OBRAS ATRASADAS
Obra atrasada cuando :
ΣΣΣΣ VAL.... EJECUTADAS < ΣΣΣΣ VAL. PROGRAMADAS
En este caso :
ΣΣΣΣ REAJT. EJECUTADOS ≤ ΣΣΣΣ REAJT. PROGRAMADOS
ΣΣΣΣ REAJT. RECONOCIDO = ΣΣΣΣ REAJT. PROGRAMADOS
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Clases de Garantías Artículo 156º del Reglamento.
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El postor o el contratista, según corresponda, está obligado a presentar las siguientes garantías:1. Garantía de fiel cumplimiento.2. Garantía por adelantos.
Garantías.-
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Garantía de fiel cumplimientoArtículo 158º del Reglamento.
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Como requisito indispensable para suscribir el contrato.Esta será por el 10% del monto del contrato original ytener vigencia hasta la conformidad de la recepción de laprestación a cargo del contratista, o hasta elconsentimiento de la liquidación en el caso de obras.
Garantías.-
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Garantía por adelantos .- Artículo 162º del Reglamento.
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La entidad sólo podrá entregar adelantos previstos en lasBases, contra presentación de una garantía emitida poridéntico monto y un plazo mínimo de 3 meses, renovabletrimestralmente por el monto pendiente por amortizar,hasta a amortización del adelanto otorgado.
La presentación de la garantía no puede ser excusada enningún caso.
Tratándose de adelanto de materiales , la garantía semantendrá vigente hasta la utilización de los materiales oinsumos a satisfacción de la Entidad, pudiendo reducirsede manera proporcional de acuerdo con el desarrollorespectivo.
Garantías.-
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El plazo de ejecución de obra es el tiempo
establecidopor la Entidad considerado suficiente para la correcta
ejecución de la obra.
AMPLIACIONES DE PLAZO
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De conformidad con el Artículo 41° de la Ley, el Contratista podrá solicitar laampliación del plazo pactado por cualquiera de las siguientes causales ,ajenas a la voluntad del contratista siempre que modifiquen la ruta crítica delprograma de ejecución de obra vigente, al momento de la solicitud de A.P.
¿Cuáles son las Causales válidas que danderecho a Ampliaciones de Plazo?Artículo 200º del Reglamento
1.Atrasos y/o paralizaciones por causas no atribuibles al Contratista.* Huelgas (de construcción civil)* Desabastecimiento de materiales* Bloqueo de carreteras, etc.
2.Atrasos en el cumplimiento de sus prestaciones por causas atribuibles a laEntidad: * Demora en el pago de los adelantos (directo, materiales).
* Demora en el pago de valorizaciones* Demora en absolución de consultas* Demora en la entrega de terreno, etc.
3.Caso fortuito o fuerza mayor debidamente comprobado.4.Cuando se aprueba la prestación adicional de obra.
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Caso fortuito o fuerza mayor.-
Según el artículo 1315° del Código Civil define lo siguiente:
“ Caso fortuito o fuerza mayor es la causa no imputable, consistenteen un evento extraordinario, imprevisible e irresistible, que impidela ejecución de la obligación o determine su cumplimiento pa rcialtardío o defectuoso”.
Podemos considerar hechos fortuitos o fuerza mayor a los hechos de lanaturaleza como: huaycos, terremotos, etc.
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Una vez establecida la causal, se debe modificar el calendario contractual, locual debe ser demostrado.
Ahora bien, las actividades que modifican el calendario contractual, sonaquellas incluidas en la denominada RUTA CRÍTICA.
¿Cuáles son las Causales válidas que danderecho a Ampliaciones de Plazo?Artículo 200º del Reglamento
� Debe modificar la ruta crítica del programa de ejecución deobra vigente.
� Cualquier retraso en un elemento de la ruta crítica afecta a lafecha de término planeada del proyecto, y se dice que nohay holgura en la ruta crítica.
� Cabe agregar que la ruta crítica de una obra se va““““moviendo ”””” conforme la obra va avanzando en suejecución .
� Corresponde al Inspector y/o Supervisor así como a losprofesionales de la Entidad (administradores del Contrato)analizar detenidamente si la causal invocada por elContratista efectivamente afecta o no la ruta crítica de laobra.
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¿ Qué condición debe cumplir esta causal válida para que dé derecho a la ampliación de plazo ?
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Causales de Ampliaciones de Plazo.-
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4.2 Considerando que toda ejecución de un contrato deobra debe ser supervisada, el contrato de supervisión esun contrato directamente vinculado al contrato deobra ; por tanto, cuando se apruebe una ampliación delplazo del contrato de obra, corresponde a la entidadampliar el plazo de la supervisión sin condicionar talampliación a determinado procedimiento a cargo delcontratista.
OPINIÓN Nº 046-2009/DTN del 29.May.2009
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La RUTA CRÍTICA , es la secuencia de actividades que no tienen“holguras”, dado que si ocurre atraso en UNA de las actividades de esta“ruta”, se atrasa TODA la obra, luego, se afecta el calendario contractual.
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ANÁLISIS DEL PROCEDIMIENTO.-
El residente debe de registrar en el Cuaderno de Obra, desde el inicio,durante y hasta su fin, la ocurrencia de la causal.
A partir del día siguiente de concluida la causal el Contratista tiene 15 díasnaturales o calendario, para remitir al inspector o supervisor un escrito depedido formal de ampliación de plazo la cual debe tener la siguienteestructura:
•Solicitud expresa de la prórroga (causal, fecha de inicio y término, etc.)•Sustentación de la causales (fotografías, recortes de diarios, etc.)•Cuantificación de la causal (determinación analítica de la cantidad de díasde ampliación de plazo)
Causales de Ampliaciones de Plazo.-
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Por ejemplo:• Se iniciaron las lluvias, continúan las lluvias, concluyeron las lluvias• El metrado adicional de excavación es de 200 m3.• El rendimiento de excavación es de 10 m3/día.Luego 200 m3 / 10 m3/días = 20 días de ampliación de plazo.
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Presentado el expediente por el Contratista, el inspector o supervisor tiene7 días naturales o calendario para emitir un informe con su opinión el cual serecomienda debe tener la siguiente estructura:• Antecedentes (cronología de las ocurrencias de la causal, artículos de laLey, etc.)• Análisis (evaluación técnica – legal de la solicitud)• Anexos (asientos del Cuaderno de Obra, etc.)
Debe reiterarse que el inspector o supervisor sólo emite opinión ,correspondiendo a la Entidad evaluar dicha opinión, pudiendo ratificarla,modificarla, denegarla.
Causales de Ampliaciones de Plazo.-
RESIDENTE DE OBRAS PÚBLICAS Y PRIVADAS
El residente deberá registrar en el cuaderno de obra, desde el inicio y durante laocurrencia de la causal, las circunstancias que a su criterio ameriten ampliaciónde plazo.
Dentro de los quince (15) días de concluido el hecho invocado , el contratistasolicitará, cuantificará y sustentará su solicitud de ampliación de plazo ante elinspector o supervisor, siempre que la demora afecte la ruta crítica, y el plazoadicional resulte necesario para la culminación de la obra. dentro del plazovigente de ejecución. El inspector o supervisor tiene siete (07) días para emitirun informe expresando su opinión. La Entidad tiene catorce (14) días paraemitir resolución sobre dicha ampliación. Si en dicho plazo la Entidad no emitela resolución , se considera ampliada o consentida la ampliación solicitad a.
Procedimiento de Ampliación de Plazo.-Artículo 201º Reglamento.
Días ….. 15 días 7 días
Inicio causal
Inspector / Supervisor
Ocurrencia causal
i
Informe con “opinión”
Contratista
Solicitará Cuantificará Sustentará
f
Fín causal
10 días
Entidad
Emitirá Resolución
15 días hábiles
Contratista
Conciliación Arbitraje
No hay resolución
A.P. consentida
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Toda solicitud de ampliación de plazo deberá efectuarse dentro del plazo vigentede ejecución, fuera del cual no se admitirá las solicitudes de ampliación de plazo.Cuando se trate de ampliaciones que no tengan fecha prevista de conclusión,hecho que deberá ser debidamente acreditado y sustentado por el Contratista, laEntidad podrá otorgar ampliaciones parciales para permitir que el contratistavalorice los gastos generales por la ampliación parcial.
Días …..
….. días 7 días
Inicio causal
Inspector / Supervisor
Ampliación plazo parcial 01
Contratista
f
10 días
Entidad
15 días hábiles
Contratista
No hay resoluciónA.P. consentidaFin de plazo
Días …..i
Inicio causal
Ocurrencia causalFín
causal
Fin de plazo
…. días
Contratista
Ampliación plazo parcial 02
i …………
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Procedimiento de Ampliación de Plazo.-Artículo 201º Reglamento.
La ampliación de plazo obligará al contratista a presentar al inspector osupervisor, un calendario de avance de obra valorizado actualizado y laprogramación PERT-CPM considerando sólo las partidas que han vistoafectadas, en un plazo que no excederá los diez (10) días siguientes denotificada la resolución que aprueba la ampliación de plazo , quien en unplazo de siete (07) días de recibido, lo elevará a la Entidad con los reajustesconcordados con el residente. La Entidad deberá pronunciarse sobre dichocalendario, dentro de los siete (07) días contados a partir del día siguiente derecibido, el que una vez aprobado reemplaza en todos sus efectos al anterior.De no pronunciarse la Entidad, se tendrá por aprobado el calendario elevadopor el inspector o supervisor.
10 díasEntidad
Emite Resolución
A. Plazo
7 días
SupervisorEleva
Calendario Actualizado
Contratista
Presenta Calendario Actualizado
7 días
EntidadAprueba
Calendario Actualizado
No hay pronunciamiento
C.A.O.A. aprobado
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Procedimiento de Ampliación de Plazo.-Artículo 201º Reglamento.
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Pueden ocurrir los siguientes escenarios:
Respecto a la Resolución que aprueba la ampliación de plazo.-
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a. No sale la resolución en el plazo establecido.Se considera ampliado (consentido) el plazo solicitado por el Contratista bajo responsabilidad de la Entidad .b. Si sale la Resolución pero se notifica después d el plazo establecidoSe considera ampliado (consentido) el plazo solicitado por el Contratista bajo responsabilidad de la Entidad.c. Si sale la Resolución y se notifica dentro del p lazo establecidoSe considera administrativamente bien notificada.El Contratista puede tener dos formas de actuar :�El plazo que reconoce la Resolución lo considera conforme y acepta los días otorgados.�El plazo que reconoce la Resolución lo considera injusto y no está conforme, en cuyo caso tiene 15 días hábiles para solicitar la conciliación y/o arbitraje.
� La ampliación de plazo solicitada resulta necesaria para laculminación de la obra. Esta condición está relacionada con elconcepto de la obra adelantada. Entendemos que cuando unaobra está en condición de adelanto respecto a su programa tienecomo consecuencia que esta se terminará antes del plazovigente. Luego, de generarse una causal de ampliación de plazoaun siendo esta valida y afecte la ruta crítica de la obra, si los
días de ampliación están inmersos en los días de
adelanto, la ampliación no debería ser otorgada.
� Toda solicitud de ampliación de plazo debe efectuarse
dentro del plazo vigente de ejecución de obra. Estacondición está referida a una causal concluida dentro del plazovigente o de una causal aún no concluida que pueda superar elplazo vigente de ejecución (causal abierta).
¿Qué otras situaciones deben plantearse al analizar una ampliación de plazo?
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1. Causal concluye dentro del plazo vigenteFin del plazo de ejecución vigente: 25.04.2010Inicio de la causal: 12.03.2010Fin de la causal: 18.04.2010Fecha máxima para solicitar la ampliación de plazo: 25.04.2010
2. Causal concluye después del plazo vigenteFin del plazo de ejecución vigente: 25.04.2010Inicio de la causal: 12.03.2010Fin de la causal: 29.04.2010Fecha máxima para solicitar la ampliación de plazo: 25.04.2010
3. Cuando las causales se sustenten en causales diferentes o distintas fechas cada solicitud de ampliación de plazo deberá tramitarse y resuelta en forma independiente, siempre que lascausales no correspondan a un mismo periodo de tiempo sea este parcial o total.
EJEMPLO:
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Causales diferentes en diferentes fechas: cada causal es una
solicitud
Causal a. Desabastecimiento de materiales: del 10 al 18 de enero 2010
Causal b. Huelga de construcción civil: del 25 al 27 de enero del 2010
b. Causales iguales en diferentes fechas: cada caus al es una
solicitud
Causal a. Lluvia del 07 al 09 de marzo 2010
Causal b. Lluvia del 17 al 19 de marzo 2010
c. Causales diferentes en las mismas fechas: en una solicitud las
dos causalesCausal a. Demora en pago adelanto para materiales del 23 al 30 de agosto 2010
Causal b. Lluvia del 26 al 27 de agosto 2010
EJEMPLO:
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Los Gastos Generales son aquellos costos indirectos queel Contratista debe efectuar para la ejecución de la obra,derivados de su propia actividad empresarial, por lo que nopueden ser incluidos dentro de las partidas del costo directode las obras.Los Gastos Generales están en función al tipo ymagnitud de la obra a ejecutar.
Efectos de la Modificación del Plazo Contractual.Los Mayores Gastos generales Variables
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Los Gastos Generales de Obras son de dos tipos :a) Fijos , o también denominados no relacionados conel tiempo de ejecución de la obra, y ocurren una solavez, como por ejemplo los gastos de licitación: comprade Bases, notariales, garantía de seriedad de oferta,etc.b) Variables , o también denominados directamenterelacionados con el tiempo de ejecución de la obra,como por ejemplo: sueldos de los ingenieros, alquileresde camionetas, gastos de luz, agua, teléfonos, gastosde útiles de oficina, costos financieros por las garantíasde fiel cumplimiento y adelantos.
Conceptos de Gastos Generales
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Las ampliaciones de plazo en los contratos de obra darán lugar al pagode mayores gastos generales variables iguales al número de díascorrespondientes a la ampliación multiplicados por el gasto generalvariable diario.
Salvo cuando la ampliación de plazo sea generada por :
• Ejecución de obras adicionales : no dará lugar a dicho pago, al contarsecon presupuestos específicos.
• Paralización total de obra por causas ajenas a la voluntad delcontratista: sólo dará lugar al pago de mayores gastos generalesvariables debidamente acreditados, de aquellos conceptos que formanparte de la estructura de gastos generales variables de la ofertaeconómica del contratista o del valor referencial, según el caso.
Por ejemplo: planilla del guardián, recibo de honorarios del residente,facturas de grifos (camioneta), recibos de luz, etc.
Efectos de la Modif. del Plazo Contractual Art. 202º Reglamento
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Se formulará una Valorización de Mayores Gastos Generales , lacual deberá ser presentada por el residente al inspector osupervisor.
El inspector o supervisor deberá elevar dicha valorización, dentrodel plazo máximo de cinco (05) días de recibida, a la Entidad parasu revisión y aprobación.
La Entidad deberá cancelar dicha valorización en un plazo máximode treinta (30) días a partir del día siguiente de recibida.
A partir del vencimiento del plazo establecido para el pago de lavalorización, el contratista tendrá derecho al reconocimiento de losintereses legales; para lo cual se formulará una Valorización deIntereses y se efectuará en las valorizaciones siguientes.
Pago de Gastos Generales Artículo 204º del Reglamento
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Obra : REHABILITACIÓN Y MEJORAMIENTO DE LA CARRETERA AYACUCHO - ABANCAYTramo : TRAMO: KM 154+000 - KM 210+000CONTRATISTA : CONSTRUCTORES PERUANOS S.A.SUPERVISION : SUPERVISORA NACIONAL S.A.
ANÁLISIS DE GASTOS GENERALES - PRESUPUESTO ADICIONA L No. 03
Fecha del Presupuesto : Agosto-09
COMPONENTE DE LOSGASTOS GENERALES S/. %
COSTO DIRECTO DEL ADICIONAL N°03 5,725,550.13
COSTO DIRECTO 5,725,550.13
1.- GASTOS GENERALES
A.- GASTOS FIJOS 60,847.27 1.06273229%
No directamente relacionados con el tiempo
B.- GASTOS VARIABLES 873,560.32 15.25722944%
Directamente relacionados con el tiempo
TOTAL DE GASTOS GENERALES 934,407.59 16.31996173%
UTILIDAD 538,201.71 9.400000000%
PRESUPUESTO OFERTA SIN IGV 7,198,159.43
PRESUPUESTO OFERTA CON IGV 8,565,809.72
Y UTILIDAD
MONEDA NACIONAL
DESCONSOLIDADO DE GASTOS GENERALES
ANÁLISIS DE GASTOS GENERALES FIJOS DEL ADICIONAL
DURACIÓN DE LA OBRA (MESES) 2.17 COSTO DIRECTO (NUEVOS SOLES)
CANTIDAD PRECIO UNITARIO VALOR TOTALDESCR UNIDAD S/. S/.
1.00 CAMPAMENTO Y PATIO DE MAQUINAS1.01 Oficinas m2 200.00 300.00 60,000.00
1.02 Almacenes m2 250.00 250.00 62,500.00
1.03 Talleres m2 520.00 180.00 93,600.00 1.04 Laboratorios m2 40.00 250.00 10,000.00
1.05 Construcción Sistema de Tratamiento de Aguas Residuales Glb 1.00 38,000.00 38,000.00
1.06 Comedores Ingenieros m2 20.00 300.00 6,000.00 1.07 Comedores Empleados y Técnicos m2 40.00 300.00 12,000.00
1.08 Comedores Operadores y Obreros m2 80.00 300.00 24,000.00
1.09 Vivienda Ingenieros m2 100.00 350.00 35,000.00 1.10 Vivienda Empleados y Técnicos m2 100.00 300.00 30,000.00
1.11 Vivienda Operadores y Obreros m2 200.00 300.00 60,000.00
1.12 Oficinas de la Supervisión m2 100.00 300.00 30,000.00 TOTAL 1,651.00 461,100.00
MONTO ASIGNADO A LA OBRA 0.06 25,360.50
MOVILIZACION Y DESMOVILIZACION Vje. 46,110.00 - MONTAJE Y DESMONTAJE m2 50.00 -
MANTENIMIENTO (Incl. Servicios) m2 20.00 - MONTO TOTAL CAMPAMENTO (S/.) 25,360.50
5,725,550.13
ITEM DESCRIPCIÓN U
GASTOS FIJOS.-1 de 2
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2.00 EQUIPAMIENTO2.01 Oficinas Glb 200.00 150.00 30,000.00
2.02 Almacenes Glb 250.00 30.00 7,500.00
2.03 Talleres Glb 550.00 40.00 22,000.00
2.04 Laboratorios Glb 40.00 80.00 3,200.00
2.05 Comedores Ingenieros Glb 20.00 50.00 1,000.00 2.06 Comedores Empleados y Técnicos Glb 40.00 40.00 1,600.00
2.07 Comedores Operadores y Obreros Glb 80.00 40.00 3,200.00
2.08 Vivienda Ingenieros Glb 100.00 150.00 15,000.00
2.09 Vivienda Empleados y Técnicos Glb 100.00 150.00 15,000.00
2.10 Vivienda Operadores y Obreros Glb 220.00 150.00 33,000.00
2.11 Oficinas de la Supervisión Glb 100.00 150.00 15,000.00
TOTAL 146,500.00
MONTO ASIGNADO A LA OBRA 0.06 8,057.50 MOVILIZACION Y DESMOVILIZACION Vje. - 14,650.00 -
MONTO TOTAL EQUIPAMIENTO (S/.) 8,057.50
4.00 LIQUIDACION DE OBRA4.01 Ingeniero Residente mes - 0.40 16,000.00 -
4.02 Jefe de Oficina Ingeniería (Planeamiento y Costos) mes 0.5 0.50 11,000.00 2,750.00
4.03 Administrador-Contador mes 1.0 0.40 4,500.00 1,800.00 4.04 Secretaria mes 1.0 0.40 1,100.00 440.00
4.05 Dibujante mes 1.0 0.40 3,100.00 1,240.00
4.06 Leyes Sociales glb 1.0 49.0% 6,230.00 3,052.70
4.07 Fotocopias Planos est 1.0 0.40 3,600.00 1,440.00
4.08 Fotocopias Documentos est 1.0 0.40 3,000.00 1,200.00
4.09 Empastado, Encuadernado, Anillados est 1.0 0.40 1,200.00 480.00
4.10 Comunicaciones est 1.0 0.40 1,000.00 400.00 4.11 Movilización Coordinaciones est - 0.40 1,200.00 -
4.12 Utiles de Oficina est 1.0 0.40 500.00 200.00
TOTAL COSTO LIQUIDACION DE OBRA 13,002.70
5.00 IMPUESTOS5.01 SENCICO (0.2% presupuesto sin igv) % 0.0020 1.00 7,213,280.20 14,426.57
TOTAL COSTO IMPUESTOS 14,426.57
TOTAL GASTOS GENERALES FIJOS S/. 60,847.27
2 de 2
DURACION EJECUCION DEL PRESUPUESTO ADICIONAL 2.17 MESESCOSTO DIRECTO
CANTIDAD PRECIO UNITARIO VALOR TOTAL
DESCR UNIDAD S/. S/.
1.00 PERSONAL DE OBRA
INGENIERIA
1.01 Ingeniero Residente de Obra mes 0.70 2.17 16,000.00 24,266.67 1.02 Jefe de Oficina Ingeniería (Planeamiento y Costos) mes 1.00 2.17 11,000.00 23,833.33
1.03 Ing. Explanaciones y Movimiento de Tierras mes 1.00 2.17 11,000.00 23,833.33
1.04 Ing. Suelos, Pavimentos y Control de Calidad mes 1.00 2.17 11,000.00 23,833.33 1.05 Ing. Obras de Arte y Drenaje mes 1.00 2.17 11,000.00 23,833.33
1.06 Especialista en Impacto Ambiental mes 1.00 2.17 7,200.00 15,600.00
1.07 Ing. Responsable de Topografía mes 1.00 2.17 7,200.00 15,600.00 1.08 Ing. Responsable Voladuras mes 1.00 2.17 7,200.00 15,600.00
1.09 Ing. Asistente de Producción mes - 2.17 6,300.00 -
1.10 Ing. Especialista en Puentes mes 11,000.00 - 1.11 Ing. Seguridad en Obra mes 0.70 2.17 8,000.00 12,133.33
1.12 Asistente Seguridad mes - 2.17 3,100.00 -
1.13 Maestro de Obra mes 2.00 2.17 3,600.00 15,600.00 1.14 Dibujante en Autocad mes 1.00 2.17 3,100.00 6,716.67
1.15 Topógrafo mes 1.00 2.17 3,100.00 6,716.67
1.16 Nivelador mes 1.00 2.17 2,200.00 4,766.67 1.17 Jefe de Laboratorio mes 1.00 2.17 3,600.00 7,800.00
1.18 Auxiliar de Laboratorio mes 2.00 2.17 1,400.00 6,066.67
1.19 Auxiliares de Costos - Tareadores mes 2.00 2.17 1,000.00 4,333.33
1.20 Ayudante de Topografía (zona) mes 6.00 2.17 1,000.00 13,000.00 1.21 Ayudante de Laboratorio (zona) mes 2.00 2.17 1,000.00 4,333.33
1.22 Señaleros (zona) mes 6.00 2.17 850.00 11,050.00
Beneficios Sociales % 1.10 49.0% 258,916.66 126,869.16 SUBTOTAL 385,785.82 ADMINISTRACION
5,725,550.13
ITEM DESCRIPCION U
GASTOS VARIABLES.- 1 de 5
Instituto Nacional de Especialización Profesional -
36
SUBTOTAL 385,785.82 ADMINISTRACION
1.23 Administrador-Contador de Obra mes 0.50 2.17 4,500.00 4,875.00
1.24 Asistente de Impacto Ambiental: Asuntos Sociales mes - 2.17 3,100.00 -
1.25 Asistente Administración, Personal mes 0.50 2.17 2,700.00 2,925.00
1.26 Jefe de Almacén mes 0.50 2.17 2,700.00 2,925.00
1.27 Jefe de Campamento mes 1.00 2.17 2,100.00 4,550.00
1.28 Ayudante de Almacén (zona) mes 1.00 2.17 1,000.00 2,166.67
1.29 Lic.Enfermería mes - 2.17 3,100.00 -
1.30 Secretaria (zona) mes 2.17 1,100.00 -
1.31 Conserje (zona) mes 1.00 2.17 750.00 1,625.00
1.32 Mantenimiento y Limpieza (zona) mes 1.00 2.17 750.00 1,625.00
1.33 Guardianes 5 x 3 Turnos (zona) mes 2.00 2.17 820.00 3,553.33
Beneficios Sociales % 1.00 49.0% 24,245.00 11,880.05
SUBTOTAL 36,125.05 EQUIPO
1.34 Ing. Responsable de Equipo mes 1.00 2.17 11,000.00 23,833.33
1.35 Asistente de Equipo mes 1.00 2.17 3,600.00 7,800.00
1.36 Mecánico Equipo Pesado mes 1.00 2.17 2,700.00 5,850.00
1.37 Mecánico Equipo Liviano mes 1.00 2.17 2,700.00 5,850.00
1.38 Electricista mes 1.00 2.17 1,400.00 3,033.33
1.39 Soldador mes 1.00 2.17 1,400.00 3,033.33
1.40 Llantero mes 1.00 2.17 1,100.00 2,383.33
1.41 Ayudantes (zona) mes 2.00 2.17 820.00 3,553.33
Beneficios Sociales % 1.00 49.0% 55,336.65 27,114.96
SUBTOTAL 82,451.61
TOTAL REMUNERACIÓN PERSONAL DE OBRA 504,362.48
2 de 5
2.00 ALIMENTACIÓN Y VIÁTICOS
2.01 Personal Profesional est 1.00 1.00 14,162.50 14,162.50
2.02 Personal Técnico est 1.00 1.00 32,016.00 32,016.00
2.03 Personal Ayudante (zona) est 1.00 1.00 16,380.00 16,380.00
TOTAL COSTO ALIMENTACIÓN 62,558.50
3.00 EQUIPOS NO INCLUIDOS EN LOS COSTOS DIRECTOS3.01 Equipos de Laboratorio Suelos mes 0.50 2.17 2,500.00 2,708.33
3.02 Equipos de Laboratorio Concreto mes 2.17 2,500.00 -
3.03 Equipos de Laboratorio Asfalto mes 2.17 3,000.00 -
3.04 Densímetro Nuclear mes 0.50 2.17 2,000.00 2,166.67
3.05 Equipos de Radio Comunicación (2 Bases + 12 Móviles) mes 1.00 2.17 1,000.00 2,166.67
3.06 Estación Total (incl. 2 Portaprismas) mes 1.00 2.17 2,250.00 4,875.00
3.07 Nivel (incl. Miras) mes 1.00 2.17 500.00 1,083.33
3.08 PC (Incl. Software) mes 2.00 2.17 400.00 1,733.33
3.09 Impresora Láser A4 mes 1.00 2.17 200.00 433.33 3.10 Impresora Tinta A3 mes 1.00 2.17 200.00 433.33
3.11 Ploter A1 mes - 2.17 300.00 -
3.12 Grupo Electrógeno 100kw mes 2.17 3,750.00 -
3.13 Planta Tratamiento de Agua (Incl. Tanque almacenamiento) mes 2.17 700.00 -
3.14 Internet mes 1.00 2.17 1,500.00 3,250.00
3.15 Equipo Menor y Herramientas mes 1.00 2.17 200.00 433.33 TOTAL COSTO DE EQUIPOS NO INCLUIDOS (S/.) 19,283.32
3. VEHICULOS4.01 Camionetas Pick Up Doble Cabina 4x4 c/radio transmisor mes 1.00 2.17 9,500.00 20,583.33 4.02 Camioneta Pick Up Doble Cabina (Para Prog. Contingencias) mes 0.50 2.17 9,500.00 10,291.67 4.03 Camionetas Pick Up Cabina Simple 4x2 c/radio transmisor mes 2.17 8,000.00 - 4.04 Camioneta Rural 4x4 - 12 psj. c/radio transmisor mes 1.00 2.17 8,000.00 17,333.33 4.05 Camioneta Custer 24 psj. mes 1.00 2.17 10,500.00 22,750.00 4.06 Camión Abastecedor mes 0.20 2.17 12,500.00 5,416.67 4.07 Camión Lubricador mes 0.20 2.17 12,500.00 5,416.67 4.08 Cama Baja 35 Ton. mes 0.50 2.17 15,500.00 16,791.67 4.09 Camión Baranda 2 Ton. mes 0.50 2.17 7,500.00 8,125.00
TOTAL COSTO DE VEHICULOS (S/.) 4.90 106,708.34
3 de 5
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5.00 MOVILIZACIÓN Y DESMOVILIZACIÓN DEL PERSONAL 5.01 Transporte Aéreo - Personal Profesional est 1.00 8,400.00 8,400.00 5.02 Transporte Terrestre - Personal Técnico est 1.00 7,360.00 7,360.00 5.03 Transporte Terrestre - Personal Auxiliar est 1.00 -
TOTAL MOVILIZACIÓN Y DESMOVILIZACIÓN 15,760.00
6.00 CONTROL TÉCNICO Y OTROS6.04 Implementos de Seguridad Profesionales und. 0.50 8.00 195.00 780.00 6.05 Implementos de Seguridad Técnicos (Incl. Uniforme) und. 0.50 5.00 195.00 487.50 6.06 Implementos de Seguridad Operadores (Incl. Uniforme) und. 0.50 15.00 135.00 1,012.50 6.07 Implementos de Seguridad Obreros (Incl. Uniforme) und. 0.50 20.00 135.00 1,350.00 6.08 Materiales de Seguridad en Instalaciones glb 0.50 0.50 4,500.00 1,125.00
TOTAL COSTO CONTROL TÉCNICO Y OTROS (S/.) 4,755.00
7.00 COSTOS AMBIENTALES7.01 Programa de Mitigación, Prevención y Corrección glb 0.10 1.00 616,124.50 61,612.45
7.02Transporte de Equipos, Movilidad para profesionales, estadia y viaticos
glb 0.10 1.00 19,183.50 1,918.35
7.03 Programa de Capacitación y Educación Ambiental glb 0.10 1.00 21,000.00 2,100.00 7.04 Prog. de Prevención de Pérdidas y Respuesta a Emergencias glb 0.10 1.00 97,475.00 9,747.50 7.05 Programa de Asuntos Sociales glb 0.10 1.00 25,300.00 2,530.00
TOTAL COSTOS AMBIENTALES (S/.) 77,908.30
8.00 SERVICIOS VARIOS8.01 Asesoría Técnica Est. 25,000.00 - 8.02 Permisos y Licencias Est. 0.32 2.17 10,000.00 6,996.78 8.03 Comunicaciones (Telefonía e Internet) mes 1.00 2.17 2,500.00 5,416.67 8.04 Hospedajes mes 2.17 1,000.00 - 8.05 Fotocopias Planos mes 1.00 2.17 500.00 1,083.33 8.06 Fotocopias Documentos mes 1.00 2.17 500.00 1,083.33 8.07 Movilización Coordinación Lima (Incl. Peajes y Estacionam.) mes 2.17 400.00 - 8.08 Acondicionamiento de Patio de Máquinas y Plantas de Proc. Est. 25,000.00 - 8.09 Mensajería - Encomiendas mes 1.00 2.17 350.00 758.33 8.10 Uso de Espacio de Terrenos mes 1.00 3,000.00 -
TOTAL COSTO DE SERVICIOS Y GASTOS DE OFICINA DE OB RA (S/.) 15,338.44
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9.00 MATERIALES Y GASTOS VARIOS
9.01 Utiles de Oficina mes 1.00 2.17 1,000.00 2,166.67
9.02 Materiales Fungibles Topografía mes 1.00 2.17 1,000.00 2,166.67
9.03 Materiales Fungibles Laboratorio mes 1.00 2.17 1,000.00 2,166.67
9.04 Artículos de Higiene Personal mes 1.00 2.17 800.00 1,733.33
9.05 Artículos de Lavandería mes 1.00 2.17 700.00 1,516.67
9.06 Varios mes 1.00 2.17 700.00 1,516.67
TOTAL COSTO MATERIALES DE OFICINA DE OBRA 11,266.68
11.00 GASTOS FINANCIEROS (ver hoja anexa)11.01 Ampliación Carta Fianza de Fiel Cumplimiento del Adicional mes 1.00 1.00 13,152.79 13,152.79
11.03 Carta Fianza de Beneficios Sociales (Ley 20024) mes 1.00 1.00 270.26 270.26
11.04 Gastos Bancarios (ITF 2 Movimientos) glb 1.00 0.05% 5,725,550.13 2,862.78
TOTAL GASTOS FINANCIEROS 16,285.83
12.00 SEGUROS (Ver hoja de cálculo anexa)12.01 A.- SEGURO COMPLEMENTARIO DE TRABAJO DE RIESGO 31,038.70
12.02 B.- VIDA LEY 2,825.05
12.03 C.- SEGUROS CONTRA TODO RIESGO (CAR) 4,324.21
12.05 Costo por emisión de Póliza 1,145.64
TOTAL COSTO DE SEGUROS (S/.) 39,333.60
TOTAL GASTOS GENERALES VARIABLES (S/.) 873,560.32
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Coeficiente de reajuste (Ip/Io), donde Ip es el índice general de preciosal consumidor (código 39) aprobado por el INEI correspondiente al mescalendario en que ocurre la causal de ampliación del plazo, e Io es elmismo índice correspondiente al mes del valor referencial.
Valorización de mayores gastos generales (*):
En los contratos a precios unitarios el gasto general diario secalcula dividiendo los gastos generales variables ofertados entreel número de días del plazo contractual, ajustado por el coeficientede reajuste (Ip/Io).
En los contratos a suma alzada el gasto general diario se calculadividiendo los gastos generales variables del presupuesto quesustenta el valor referencial entre el número de días del plazocontractual, ajustado por el factor de relación y por el coeficientede reajuste (Ip/Io).
(*) Artículo 203º del Reglamento. Cálculo del Gasto General Diario IAOM
MGG = (N° días AP)x (G.G.V.(OFERTADO)) x Ind. 39 (causal)N° días Plazo C. Ind. 39 (V.R.)
Mayores gastos generales en obras a precios unitarios:
Ejemplo: Gastos Generales de Obra a Precios UnitariosCosto Directo de Obra = S/. 900 000.00 (ofertado)Gastos Generales Variables (10%) = S/. 90 000.00 (ofertado)Plazo contratado = 100 d.c.Mes del valor referencial = enero 2008
Ampliación Plazo (desab. materiales) = 10 d.c. Mes donde ocurre la causal = julio 2008Ind. 39 (fecha causal – julio 2008) = 338.27Ind. 39 ( fecha V.R. – enero 2008) = 325.71
Mayores gastos generales = 10 x 90 000 x 338.27100 325.71
Mayores gastos generales = S/.9 347.06 (sin IGV)
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39
MGG = (N° días AP)x (G.G.V.(VR) x F.R.) x Ind. 39 (causal)N° días Plazo C. Ind. 39 (V.R.)
Mayores gastos generales en obras a suma alzada:
Ejemplo: Gastos Generales de Obra a Suma AlzadaCosto Directo de Obra = S/. 1 000 000.00 (del VR)Gastos Generales Variables (10%) = S/. 100 000.00 (del VR)Factor de relación (F.R.) = 0.90000Plazo contratado = 100 d.c.Mes del valor referencial = enero 2008
Ampliación Plazo (desab. materiales) = 10 d.c. Mes donde ocurre la causal = julio 2008Ind. 39 (causal – julio 2008) = 338.27Ind. 39 (V.R. – enero 2008) = 325.71
Mayores gastos generales = 10 x 100 000 x 0.90000 x 338.27100 325.71
Mayores gastos generales = S/.9 347.06 (sin IGV)
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Plazo contratado: 8 mesesIngeniero a cargo: ResidenteTiempo de trabajo del residente: 8 mesesSueldo mensual del residente: S/. 5,000.00 (gasto general variable )Gasto general variable total: S/. 40,000.00Ampliación de plazo: 1 mesTiempo de extensión del residente: 1 mesSueldo a pagar por ese mes: S/. 5,000.00 (mayor gasto general variable )
¿Cuáles son los Gastos Generales que sereconocen por las ampliaciones de plazootorgadas ?
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Ejemplo:
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El Contratista está obligado a cumplir los avancesparciales establecidos en el calendario de avancede obra.
Demoras injustificadas en la ejecución de obra (*):
(*) Artículo 205º del Reglamento.
En caso de retraso injustificado, cuando el montode la valorización acumulada ejecutada a unafecha determinada sea menor al 80% del monto dela valorización acumulada programada a dichafecha, el inspector o supervisor ordenará alcontratista que presente, dentro de los siguientessiete (07) días siguientes, un nuevo calendarioque contemple la aceleración de los trabajos ,de modo que se garantice el cumplimiento de laobra dentro del plazo previsto, anotando tal hechoen el cuaderno de obra.
IAOM
CALENDARIO DE AVANCE DE OBRA ACELERADO
VALORIZACIÓN N°°°° 01 02 03 04 05
MES MES - 01 MES - 02 MES - 03 MES - 04 MES - 05
CALENDARIO DE AVANCE DE
OBRA PROGRAMADO
PARCIAL 15% 25% 28% 20% 12%
ACUM. 15% 40% 68% 88% 100%
AVANCE REAL DE OBRA
PARCIAL 10% 15% 18%
ACUM. 10% 25% 43%
% DE ADELANTO
% DE ATRASO 5% 15% 25%
CONDICIÓN DE AVANCE DE OBRA
ATRASADAATRASAD
AATRASADA
REPROGRAMAR
CALENDARIO DE AVANCE DE
OBRA ACELERADO
PARCIAL 10% 15% 20% 35% 20%
ACUM. 10% 25% 45% 80% 100%El calendario de avance de obra acelerado es la reprogramación de laobra, pero en el mismo plazo vigente.
El calendario de avance de obra acelerado no exime al contratista de laresponsabilidad por demoras injustificadas, ni es aplicable para el cálculoy control de reintegros. IAOM
68%x0.8 =54.4%
43% < 54.4%
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La falta de presentación del nuevo CalendarioAcelerado podrá ser causal para que opere laintervención de la obra o la resolución de contrato.
Cuando el monto de la valorización acumuladaejecutada sea menor al 80% del monto acumuladoprogramado del nuevo Calendario Acelerado , elinspector o supervisor anotará el hecho en elcuaderno de obra e informará a la Entidad.
(*) Artículo 205º del Reglamento.
Dicho retraso podrá ser considerado como causalde resolución de la obra o de intervencióneconómica de la obra, no siendo necesarioapercibimiento alguno al contratista.
IAOM
Demoras injustificadas en la ejecución de obra (*):
La intervención económica de la obra es una medida que seadopta por consideraciones de orden técnico y económico con lafinalidad de culminar la ejecución de los trabajos, sin llegar alextremo de resolver el contrato.
Intervención Económica de la obra Art. 206°°°° del Reglamento.
La Entidad podrá, de oficio o a solicitud departe, intervenir económicamente la obraen caso fortuito, fuerza mayor o porincumplimiento de las estipulacionescontractuales que a su juicio no permitan laterminación de los trabajos.
Si la intervención es como consecuencia de incumplimiento porparte del Contratista, éste pierde el derecho al reconocimiento demayores gastos generales, indemnización o cualquier otroreclamo.
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• Si el contratista rechaza la intervención económica, el contrato seráresuelto por incumplimiento.Nota.- la Directiva 001-2003/CONSUCODE/PRE, INTERVENCIÓN ECONÓMICA DE LA OBRA , establece que,
• “Si el contratista rechaza la intervención económica dentro de los tresdías siguientes de haber sido notificado con la resolución a través de lacual se decide intervenir económicamente la obra, el contrato quedaráresuelto de pleno derecho”.
Para la aplicación de lo establecido en el presente artículo deberátenerse en cuenta lo dispuesto en la directiva y demás disposicionesque dicte el OSCE sobre la materia.
Intervención Económica de la obra Art. 206°°°° del Reglamento.
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DIRECTIVA 001-2003/CONSUCODE/PREDISPOSICIONES ESPECÍFICAS
1. La intervención económica de una obra consiste en laparticipación de la Entidad en el manejo económico de la obra.
2. La entidad podrá intervenir económicamente una obra cuandose presenten cualquiera de los siguientes casos:
a) Si el contratista incumple con la presentación delcalendario de avance de obra acelerado dentro de los siete(7) días siguientes de recibida la orden del Inspector oSupervisor de la Obra, la que se emite cuando el montovalorización acumulada a una fecha determinada resulte menorque el ochenta por ciento (80%) del monto de la valorizaciónacumulada programada a esa misma fecha.
Intervención Económica de la obra Art. 206°°°° del Reglamento.
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DIRECTIVA 001-2003/CONSUCODE/PREDISPOSICIONES ESPECÍFICAS
b) Si el monto de la valorización acumulada resulta menor que el80% del monto de la valorización acumulada programada delcalendario de avance de obra acelerado y que la Entidadprefiera, por razones de orden técnico y económico, laintervención en vez de la resolución del contrato.
c) De oficio o a solicitud de parte en caso fortuito, fuerza mayor opor incumplimiento de las estipulaciones contractuales que a sujuicio no permitan la terminación de la obra de acuerdo con elexpediente técnico y en forma oportuna.
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Intervención Económica de la obra Art. 206°°°° del Reglamento.
CALENDARIO DE AVANCE DE OBRA ACELERADO
VALORIZACIÓN N°°°° 01 02 03 04 05
MES MES - 01 MES - 02 MES - 03 MES - 04 MES - 05
CALENDARIO DE AVANCE DE
OBRA PROGRAMADO
PARCIAL 15% 25% 28% 20% 12%
ACUM. 15% 40% 68% 88% 100%
AVANCE REAL DE OBRA
PARCIAL 10% 15% 18%
ACUM. 10% 25% 43%
% DE ADELANTO
% DE ATRASO 5% 15% 25%
CONDICIÓN DE AVANCE DE OBRAATRASADA ATRASADA ATRASADA
REPROGRAMAR
CALENDARIO DE AVANCE DE
OBRA ACELERADO
PARCIAL 10% 15% 20% 35% 20%
ACUM. 10% 25% 45% 80% 100%
El calendario de avance de obra acelerado es la reprogramación de la obra, pero en el mismo plazovigente.
68%x0.8 =54.4%
43% < 54.4%
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Intervención Económica de la obra Art. 206°°°° del Reglamento.
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INTERVENCIÓN ECONÓMICA DE LA OBRA-DISPOSICIONES ESPECÍFICAS-
SE PODRÁ INTERVENIR ECONÓMICAMENTE LA OBRA SI:
MOTIVO SUPERVISOR CONTRATISTA
MONTO
VALORIZACIÓN
ACUMULADA
80% DEL MONTO DE LA VALORIZACIÓN ACUMULADA PROGRAMADA
<ORDENA, QUE PRESENTE EL CALENDARIO DE AVANCE DE OBRA
INCUMPLE LA PRESENTACIÓN DEL
CALENDARIO DE AVANCE DE OBRA
Dentro de los 7 días de recibida la orden
MONTO
VALORIZACIÓN
ACUMULADA
80% DEL MONTO DE LA VALORIZACIÓN
ACUMULADA PROGRAMADA DEL
CALENDARIO DE AVANCE
ACELERADO
<
A)
B)Siempre que la Entidad prefiera por razones de orden técnico y económico, la intervención en vez de la resolución del contrato.
DE OFICIO o a solicitud de parte en caso fortuito, fuerza mayor o por incumplimiento de las estipulaciones contractuales que a su juicio no permitan la terminación de la obra de acuerdo con el expediente técnico y en forma oportuna.
C)
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DIRECTIVA 001-2003/CONSUCODE/PREDISPOSICIONES ESPECÍFICAS
1. En el supuesto que la intervención económica se configure debido a que elcontratista ha incumplido sus obligaciones contractuales, la Entidad deberárequerir al contratista el cumplimiento de sus obligaciones mediante CartaNotarial otorgándole un plazo no menor de dos días ni mayor de quince días,vencido el cual podrá decidir intervenir económicamente la obra.
2. De comprobarse que el contratista ha reincidido, aún habiendo implementadoel primero o segundo requerimiento para el caso de obligaciones esenciales yno esenciales, respectivamente, no será necesario requerirlo nuevamentepudiendo la entidad intervenir económicamente la obra de manera directa.
Intervención Económica de la obra Art. 206°°°° del Reglamento.
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DIRECTIVA 001-2003/CONSUCODE/PREDISPOSICIONES ESPECÍFICAS
3. La intervención económica de la obra no deja al contratista al margen de suparticipación contractual. En consecuencia, el contratista mantendrá laresponsabilidad sobre la ejecución de los trabajos hasta la finalización totalde la obra.
4. Una vez ordenada la intervención económica, la entidad contratantedispondrá la apertura de una cuenta corriente mancomunada con elcontratista dentro del día siguiente de haberse vencido el plazo con el queéste cuenta para manifestar su disconformidad.Los fondos de la mencionada cuenta estarán constituidos por:a) Los pagos adeudados por la Entidad a favor del contratista.b) Aquellos que provengan de las valorizaciones de avance de obra y otros
c) Los aportes en efectivo por parte del contratista que permitan hacerviable la intervención económica.
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Intervención Económica de la obra Art. 206°°°° del Reglamento.
DIRECTIVA 001-2003/CONSUCODE/PREDISPOSICIONES ESPECÍFICAS
Nota.-Del fondo de intervención constituido en la cuenta corrientemancomunada se pagarán los siguientes conceptos: mano de obra,proveedores de materiales, equipos, suministradores e impuestos,gastos generales variables, siempre que estén directamenterelacionados con la ejecución de la obra, así mismo, la amortización delos adelantos que hubiera percibido el contratista, quedando a favor deeste el saldo resultante luego de la liquidación el que incluirá la utilidadque pudiese corresponderle.La demora en la constitución del fondo de intervención o del pago de lasvalorizaciones por parte de la entidad, y cualquier otra causa noatribuible al contratista, deberá ser consideradas causales deampliación de plazo de ejecución de la obra.
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Intervención Económica de la obra Art. 206°°°° del Reglamento.
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DIRECTIVA 001-2003/CONSUCODE/PREDISPOSICIONES ESPECÍFICAS
5. La decisión de la Entidad de intervenir económicamente la obra seformaliza mediante Resolución emitida por la autoridad del mismo omayor nivel jerárquico de aquella que suscribió e contrato, y debecontener: a) saldo de obra a ejecutar, y b) Monto de las valorizacionesaprobadas pendientes de pago.
6. En caso la obra no se concluyera dentro del plazo contractual, por razonesde carácter técnico imputable al contratista, se aplicarán las penalidadesrespectivas, incluida la resolución del contrato, de ser el corresponder.
7. Si el contratista rechazare la intervención económica, el contrato seráresuelto, pudiendo la Entidad optar por culminar lo que falte de la obramediante las modalidades de administración directa o por encargo, o porla convocatoria al proceso de selección que corresponda.
8. Es obligación del contratista mantener vigentes las garantías de fielcumplimento y por los adelantos, hasta la liquidación del contrato. IAOM
Intervención Económica de la obra Art. 206°°°° del Reglamento.
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CONTRATISTA:
por incumplimiento de contrato
La Entidad INTERVIENE ECONÓMICAMENTE la obra
Contratista acepta o no la intervención económica
Se resuelve el Contrato
NO
Se emite la respectiva
RESOLUCIÓN
SI
Debe considerar:
a) Saldo de obra a ejecutar
b) Monto de valorizaciones de obra pendientes de pago
CUENTA MANCOMUNADA
entre la Entidad y el Contratista
La obra puede concluirse por:
-Admin. Directa
-Por encargo
-Nuevo proceso de selección
Se concluye o no la obra
Se aplican las penalidades al contratistaNO
SE LIQUIDA LA OBRA
NOTA.- Es obligación del contratista mantener vigentes las garantías de fiel cumplimento y por los adelantos, hasta la liquidación del contrato.
SI
(Resumen)
Intervención Económica de la obra
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Presupuestos Adicionales de
Obra
Según la Ley de Contrataciones del Estado D.L 1017 y su Reglamento, ysegún la Directiva N °°°° 002-2010-CG/OEA “Control Previo Externo de lasPrestaciones Adicionales de Obra”, aprobada por Resolución deContraloría Nº 196-2010-CG Contralor General, Publicado el 23/07/2010
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a. Prestación Adicional de Obra.-prestación no considerada en el expedientetécnico, ni en el contrato, cuya realizaciónresulta indispensable y/o necesaria para darcumplimiento a la meta prevista de la obraprincipal.
V. Disposiciones Generales
c. Presupuesto Adicional de Obra.-valoración económica de la prestación adicional de una obra.
Directiva N °°°° 002-2010-CG/OEA
1. ASPECTOS CONCEPTUALES
““““Control Previo Externo de las Prestaciones Adiciona les de Obra ””””
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d. Presupuesto deductivo de obra.- valoracióneconómica de las obras que estando consideradas enel alcance del contrato, no se requiere de su ejecución,constituyendo reducciones y/o supresiones en el costode la obra.e. Presupuestos deductivos vinculados.- sonderivados de las sustituciones de obra directamenterelacionadas con las prestaciones adicionales de obra,siempre que ambas respondan a la finalidad delcontrato original.EJEMPLO:
Incorporo costos de:
-Pilotes de concreto
-Hincado de pilotes.
Retiro costos de:- Acero corrugado- Concreto ciclópeo- Excavación del terreno.
Directiva N °°°° 002-2010-CG/OEA““““Control Previo Externo de las Prestaciones Adiciona les de Obra ””””
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Presupuesto deductivo de obra.-Un deductivo de obra, según la Resolución deContraloría N° 196-2010-CG, es cuando se alcanzala meta física de la obra principal, con:a.Menores metrados contractuales
Ejm. Si en el Expediente Técnico se haconsiderado un muro de sostenimiento de 12 m., peroen obra sólo se ejecutan sólo 10m (NO ERANECESARIO MAS). Hay menos metrados en obra ysirve para alcanzar la meta física de la obra.b.Vinculados
Es cuando una partida contractual (que estáen el Expediente Técnico) es sustituida por una partidaadicional (partida nueva) y tiene que tener la mismafinalidad.
Directiva N °°°° 002-2010-CG/OEA““““Control Previo Externo de las Prestaciones Adiciona les de Obra ””””
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Respecto a los Gastos Generales de los Deductivos no haynormativa, sin embargo, existen 2 opiniones del OSCE:
Opinión 03-2005-GTN�Los gastos generales fijos no deben ser incluidos en elcálculo para la determinación del presupuesto deductivo quetiene lugar en la ejecución de un adicional de obra,independientemente del sistema de contratación en el que no sencontremos .
�Siempre que en los contratos de obra a suma alzada lascondiciones contractuales se mantengan invariables –los planos ylas especificaciones técnicas de obra–, y el contratista cumplacon ejecutar la obra con sujeción a las mismas, la Entidad nopodrá efectuar deductivos de obra por los menores metradosno ejecutados de una partida y, en consecuencia, no podráreducir el monto fijo contratado, por lo que no tiene cabida hablarde un supuesto deductivo de obra.
IAOM
Respecto a los Gastos Generales de los Deductivos no haynormativa, sin embargo, existen 2 opiniones del OSCE:
Opinión 03-2005-GTN�En el marco de un contrato de obra a precios unitarios no seejecutan el íntegro de los metrados referenciales contenidos en lasBases y la Entidad cumple con reconocer los costos de loefectivamente ejecutado, tampoco cabe referirse a la diferencia depresupuesto existente entre lo ejecutado y lo contenido en losplanos y especificaciones técnicas de obra como un presupuestodeductivo de obra, por cuanto aquello no será finalmente objeto dela determinación de la contraprestación a cargo de la Entidadcontratante, la misma que se valoriza en función de la ejecuciónreal. En todo caso, la ejecución efectiva de menoresmetrados no puede dar lugar a un descuento de los gastosgenerales fijos en los que ha incurrido en contratista.
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Cálculo de la incidencia acumulada
ΣΣΣΣ (PAn) - ΣΣΣΣ (PDv)
% ia = --------------------------------
M.C
Donde:Σ (PAn) : Suma de los presupuestos adicionales aprobados y/o autorizados,
incluido el que está en trámite.
Σ (PDv) : Suma de los presupuestos deductivo vinculantes con presupuestosadicionales.
M.C : Monto del Contrato Original
Nota.- Uniformizar la inclusión o no del IGV en los montos. IAOM
Directiva N °°°° 002-2010-CG/OEA““““Control Previo Externo de las Prestaciones Adiciona les de Obra ””””
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a) Situaciones imprevisiblesposteriores a la suscripcióndel contrato.
b) Deficiencias en elexpediente técnico de laobra.
5. Causales de Procedencia de los Presupuesto Adici onales
Procede la autorización previa de los PAO, cuando las
prestaciones adicionales de obra se original sólo en los casos
derivados de:
Directiva N °°°° 002-2010-CG/OEA““““Control Previo Externo de las Prestaciones Adiciona les de Obra ””””
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Solo procederá la ejecución de obras adicionales cuandopreviamente se cuente con:
• La certificación de crédito presupuestario
• La resolución aprobatoria del Presupuesto Adicional por el Titular
• En los casos en que sus montos, restándole los presupuestosdeductivos vinculados, sean iguales o no superen el 15% M.C.
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Obras Adicionales menores al 15% Art. 207º del Reglamento DL 1017
Excepcionalmente, en los casos de obras adicionales que por sucarácter de emergencia, la ejecución pueda afectar el medioambiente, poner en peligro a la población, a los trabajadores o a laintegridad de la misma obra, el supervisor o inspector puedeautorizar la ejecución de tales adicionales, sin perjuicio de laverificación que realizará la entidad previo a la emisión de laresolución correspondiente, sin la cual no podrá efectuase pagoalguno.
Necesidad de tramitar una prestación adicional.-
Debe ser anotada en el cuaderno de obra , ya sea por elinspector o por el supervisor o por el contratista. El inspector osupervisor debe comunicar a la Entidad sobre la necesidad deelaborar el expediente técnico de la prestación adicional de obra.
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Obras Adicionales menores al 15% Art. 207º del Reglamento DL 1017
La Entidad debe definir si la elaboración del expedientetécnico de la prestación adicional de obra estará a su cargo , acargo de un consultor externo o a cargo del contratista ejecutor dela obra principal, en calidad e prestación adicional de obra,aprobada conforme al procedimiento previsto en el Art. 174° delReglamento.
Para dicha definición, la Entidad debe tener en consideración lanaturaleza, magnitud, complejidad , entre otros aspectosrelevantes de la obra principal, así como la capacidad técnica y/oespecializada del contratista que la ejecuta, cuando considereencargarle a éste la elaboración del expediente técnico.
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Necesidad de tramitar una prestación adicional.-
Cuando el expediente técnico es elaborado por la Entidad o por unconsultor externo, será necesario verificar con el contratista ejecutorde la obra principal, que la solución técnica de diseño se ajusta a laprestación principal: asimismo, independientemente de quién elaboreel expediente técnico, deberá tenerse en consideración lo señalado enlos párrafos tercero y cuarto de este artículo.
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Obras Adicionales menores al 15% Art. 207º del Reglamento DL 1017
Concluida la elaboración del expediente técnico, el inspector osupervisor cuenta con un plazo de 14 días para remitir a la entidadel informe pronunciándose sobre la procedencia de la prestaciónadicional.
Recibido dicho informe, la Entidad cuenta con 14 días para emitir ynotificar al contratista la resolución mediante la que se pronunciasobre la procedencia de la ejecución de la prestación adicional deobra. La demora de la Entidad en emitir y notificar esta resolución,podrá ser causal de ampliación de plazo.
Se considera que el contrato de supervisión es accesorio alcontrato de ejecución de obra , por estar directamentevinculados.
En virtud de la ampliación de plazo otorgada por la ejecuciónde adicionales de obra, la Entidad aprobará las prestacionesadicionales que requiera el contrato del Supervisor de la obra.(Numeral 7.2.7.9.3 de la Guía de Auditoría de Obras Públicas)
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Mayores Prestaciones de Supervisión Art. 191º del Reglm. DL 1017
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Cuando dichas prestaciones superen el 15%,se requiere aprobación previa al pago de laC.G.R, la que deberá pronunciarse en unplazo no mayor de 15 días hábiles.
Cuando en los casos distintos a los de adicionales de obras seproduzcan variaciones en el plazo de la obra o variaciones en elritmo de trabajo de la obra, autorizadas por la entidad. Y siempreque impliquen mayores prestaciones en la supervisión , queresulten indispensables para el adecuado control de laobra, el Titular de la Entidad puede autorizarlas, bajo las mismascondiciones del contrato original y hasta por un máximo del 15%del monto del contrato original de supervisión , considerandopara el cálculo de todas las prestaciones adicionales previamenteautorizadas por este mismo supuesto, así como aquella que serequiere aprobar.
Mayores Prestaciones de SupervisiónCosto de la Supervisión de Obra Art. 191º del Reglamento
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Costo de la Supervisión de Obra Art. 191º del Reglamento
En los casos en que se generen prestaciones adicionales enla ejecución de la obra, se aplicará para la supervisión lodispuesto en los artículos 174º y 175º, según corresponda.(Art. 174° Adicionales y reducciones)- prestaciones adicionales hasta el 25% M.C.S(Art. 175° Ampliación de plazo contractual)- causal.- procede ampliación deplazo cuando se aprueba el adicional de obra.
A estos supuestos no les será aplicable el límiteestablecido en el numeral 41.1 del artículo 41º de la Ley.
ART. 41°°°° DE LA LEY.- 41.1. Excepcionalmente y previa sustentación por el área usuaria de la contratación, la Entidad puede ordenar y pagar directamente la ejecución de prestaciones adicionales en caso de bienes y servicios hasta por el veinticinco por ciento (25%) de su monto, siempre que sean indispensables para alcanzar la finalidad del contrato. Asimismo, puede reducir bienes, servicios u obras hasta por el mismo porcentaje.
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Costo de la Supervisión de Obra Art. 191º del Reglamento
Presupuesto Adicional10% M.C.
CONTRATISTA Ampliación de Plazo
15 días
SUPERVISOR
15 días
S/. 100,000.00
180 días
Mayor Prestación de Supervisión
+ Ampl. Plazo
180 días
M.C. = S/. 1'00,000.00
EN LOS CASOS DISTINTOS A LOS DE ADICIONALES DE OBRA .-
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Costo de la Supervisión de Obra
3.1 Las prestaciones adicionales en el contrato desupervisión originadas por adicionales de obra nopueden ser mayores al veinticinco por ciento(25%) del monto del contrato original desupervisión.
3.2 La aprobación de prestaciones adicionales en uncontrato de supervisión derivadas de la aprobaciónde adicionales de obra, permite que el costo delcontrato de supervisión superare el límite del diezpor ciento (10%) del valor referencial o montovigente del contrato de obra, el que resulte mayor.
OPINIÓN Nº 041-2012/DTN del 06.Mar.2012
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Esquema de plazos para tramitar una prestación adicional menor al 15% del M.C.
No hay plazo para este proceso
El Contratista presenta al
Supervisor el Adicional de Obra
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14 d.c14 d.c
Anotación en el Cuaderno de Obra
El Supervisor presenta a la
Entidad el Adicional de Obra
La Entidad emite la resolución
aprobatoria del Adicional de Obra
SE ELABORA EL EXPEDIENTE TÉCNICO DEL PPTO. ADIC. ENTIDADSUPERVISOR
28 d.c + plazo no definido para elaborar el Expediente Técnico
Art. 207º del Reglamento DL 1017
-La entidad- El Contratista- Consultor externo
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• En los contratos de obra a precios unitarios , los presupuestosadicionales de obra serán formulados con los precios del contrato y/oprecios pactados y los gastos generales fijos y variables propios deladicional para lo cual deberá realizarse el análisis correspondienteteniendo como base o referencia los análisis de los gastos generales depresupuesto original contratado. Asimismo, debe incluirse la utilidad delpresupuesto ofertado y el impuesto general de las ventascorrespondiente.
Obras Adicionales menores al 15% Art. 207º del Reglamento DL 1017
• En los contratos de obra a suma alzada , los presupuestos adicionalesde obra serán formulados con los precios del presupuesto referencialajustados por el factor de relación y/o los precios pactados, con losgastos generales fijos y variables del valor referencial multiplicado por elfactor de relación. Asimismo, debe incluirse la utilidad del valorreferencial multiplicado por el factor de relación y el impuesto general alas ventas correspondiente.
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Las prestaciones adicionales de obras cuyos montos restándolelos presupuestos deductivos vinculados, superen el quince porciento (15%) del monto del contrato original, luego de seraprobadas por el Titular de la Entidad, requieren previamente,para su ejecución y pago, la autorización expresa de laContraloría general de la República.
• En el caso de adicionales con carácter de emergencia laautorización de la Contraloría General de la República se emitiráprevia al pago.
Prestaciones Adicionales mayores al 15% Art. 208º del Reglamento DL 1017
• El pago de los presupuestos adicionalesaprobados se realiza mediante valorizacionesadicionales.
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• Cuando se apruebe la prestación adicional de obras, elcontratista estará obligado a ampliar el monto de la garantía de fielcumplimiento.
• Las prestaciones adicionales de obra no podrán superar elcincuenta por ciento (50% del monto del contrato original. En casosuperen este límite se procederá a la resolución del contrato,debiéndose convocar a un nuevo proceso por el saldo de obra porejecutar, sin perjuicio de las responsabilidades que pudierancorresponder al proyectista.
Prestaciones Adicionales mayores al 15% Art. 208º del Reglamento DL 1017
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Esquema de cómputo de los plazos del proceso
Supervisor emite Informe favorable
30 d.c
Entidad presenta solicitud a la CGR
Plazo para que la CGR se pronuncie
CGR solicita información
complementaria
Entidad presenta información
complementaria
15 d.h.
Falta Información
CGR se pronuncia
5 d.h.
15 d.h.
10 d.h
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Directiva N °°°° 002-2010-CG/OEA““““Control Previo Externo de las Prestaciones Adiciona les de Obra ””””
Si la CGR no emite su pronunciamiento dentro del plazo
previsto:
� Opera el silencio administrativo .
� La entidad considera autorizado la ejecución y el pago delPresupuesto Adicional de Obra hasta por el montosolicitado.
Lo expuesto no enerva la facultad de la CGR derealizar control posterior de la informaciónpresentada por la Entidad.
Silencio Administrativo Positivo
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Directiva N °°°° 002-2010-CG/OEA““““Control Previo Externo de las Prestaciones Adiciona les de Obra ””””
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Actualización del monto del contrato
� Consentida la resolución deautorización del Presupuesto Adicionalde Obra, la entidad suscribirá la cláusulaadicional con el Contratista para actualizarel monto del Contrato.
� Copia de la cláusula adicional, la entidad remitirá a laContraloría General dentro de los 30 días hábiles derecibido el pronunciamiento.
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Directiva N °°°° 002-2010-CG/OEA““““Control Previo Externo de las Prestaciones Adiciona les de Obra ””””
Recurso de apelación
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Directiva N °°°° 002-2010-CG/OEA““““Control Previo Externo de las Prestaciones Adiciona les de Obra ””””
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Contra la resolución de la CGR la entidad puede interponer únicamente el recurso de apelación, bajo las siguientes condiciones:
a. Se presentará en el Departamento de Trámite Documentario y Archivo de la CGR (Sede Central o en las Oficinas Regionales de Control).
b. Debe ser interpuesta por el titular de la entidad o el funcionario competente (oficio de presentación) y estar suscrito por un abogado del área competente.
c. De existir nueva prueba que contribuya a clarificar temas materia del recurso de apelación, podrán ser presentados adjunto al recurso de apelación.
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Presentación del recurso en la CGR
Directiva N °°°° 002-2010-CG/OEA““““Control Previo Externo de las Prestaciones Adiciona les de Obra ””””
Plazos para interponer el recurso
Los plazos contemplados para la interposición del recurso únicamente de apelación son los siguientes:
� La Entidad tiene 15 días hábiles parainterponer el recurso.
� La CGR tiene 30 días hábiles parapronunciarse.
� Si la CGR no se pronuncia en el plazoprevisto, opera silencio administrativopositivo.
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Directiva N °°°° 002-2010-CG/OEA““““Control Previo Externo de las Prestaciones Adiciona les de Obra ””””
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21. Inaplicabilidad de Arbitraje
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• La decisión de la entidad o de la CGR de aprobar o no la ejecución de prestaciones adicionales de obra, no podrá ser sometida a arbitraje.
• Tampoco podrán ser sometidas a arbitraje las controversias referidas a la ejecución de las prestaciones adicionales de obra que requieran aprobación previa de la CGR.
Directiva N °°°° 002-2010-CG/OEA““““Control Previo Externo de las Prestaciones Adiciona les de Obra ””””
RECEPCIÓN DE OBRA
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La Recepción de Obra es el procedimiento técnico
administrativo a través del cual la Entidad , luego
de inspeccionar la obra y verificar su adecuada
construcción y funcionamiento (de existir
equipamiento incorporado), la recibe , haciéndose
cargo a partir de ese momento de su custodia,
mantenimiento y transferencia de ser el caso.
Recepción de Obra
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La Recepción de Obra determina lo siguiente:a) La obra se terminó antes del vencimiento delplazo vigente . Se trata de una “obraadelantada”. No hay penalidades.b) La obrase terminó el mismo día del vencimientodel plazo vigente. Podría hablarse
de una “obra normal”. No hay penalidades.c) La obra se terminó después de vencido el plazovigente. Se trata de una “obra
atrasada”. Si hay penalidades..
Recepción de Obra
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•El residente solicita por el Cuaderno de Obra la recepción de laobra, comunicado la fecha de su culminación.
•El Inspector o supervisor en un plazo que no exceda los 5 díasposteriores a la anotación señalada, comunicara este hecho a laEntidad, ratificando o no lo indicado por el residente.
•En 7 días calendario la Entidad designa al Comité de recepción.
•En un plazo no mayor de 20 días calendario de designado elComité de Recepción, procederá a verificar el fiel cumplimientode lo establecido en los planos y especificaciones técnicas, yefectuará las pruebas que sean necesarias para comprobar elfuncionamiento de las instalaciones y equipos
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¿Cuál es el procedimiento para la recepción de una obra?
•Subsanadas las observaciones, el contratista solicitará larecepción de obra en el cuaderno de obra, lo cual será verificadopor el Supervisor e informado a la Entidad en un plazo de tres (3)días siguientes a la anotación. El Comité de Recepción seconstituirá en la obra dentro de los siete (7) días siguientes derecibido el informe del inspector o supervisor.
La verificación la realizará el Comité de Recepción de Obra quese limitará a verificar la subsanación de las observacionesformuladas en el Acta, no pudiendo formular nuevasobservaciones.
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¿Cuál es el procedimiento para la recepción de una obra?
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máx. 5 días máx. 7 días
NO SI NO SI
continúa continúa
SE APLICA PENALIDAD POR CADA
DÍA DE ATRASO
plazo NO MAYOR de 20 días
RATIFICA
El Residente en el Cuaderno de Obra, solicita la Recepción de la
obra
El Inspector o Supervisorcomunica a la entidad
La entidad designa al Comite de Recepción de Obra
RECEPCIÓNDE OBRA
HAY OBSERVACIONES?
SE DA POR RECEPCIONADA LA OBRA
PROCESO DE RECEPCIÓN DE OBRA.-
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(*)
3 días máx. 7 días
SI
continúa
(*) Si al 50% del plazo, no se ha dado inicio
a los trabajos correspondientes, salvo
cisrcunsancias justificadoas, dará por vencido
el plazo; tomará el control de la obra, la intervendrá
económicamente y subsanará las observaciones con
cargo a las valorizaciones pendientes de pago.
1/10 del plazo de ejecución de obra
RECEPCIÓNDE OBRA
HAY OBSERVACIONES?
Superv. o Inspector comunica a la Entidad
Solicita nuevamente la RECEPCIÓN DE LA
OBRA
El Comité de Recección se apersona a Recepcionar la obra
No se pueden realizar nuevas observaciones
PROCESO DE RECEPCIÓN DE OBRA.-
Todo retraso en la subsanación de las observaciones que exceda el plazo correspondiente, se considerará como demora para ef ectos de las penalidades que corresponda, inclusive puede dar lu gar a resolución de contrato por incumplimiento .
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� Debe estar integrado, cuando menos, por unrepresentante de la Entidad , necesariamenteingeniero o arquitecto, según corresponda a lanaturaleza de los trabajos.
� Son dos personas las que integran el Comité deRecepción sin perjuicio de la asistencia técnicaque pudieran tener estos siempre conconocimiento de la Entidad.
� El Inspector o Supervisor no integra el Comitépor razones de su condición de tal, por ello debe serobjeto de designación expresa, no es automática suincorporación al Comité de Recepción.
¿Quiénes conforman el Comité de Recepción?
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En el acto de la recepción de la obra el Comité de Recepción , dependiendo del tipo de obra (edificación, carretera, saneamiento, etc.) procederá de la siguiente manera:
Culminada la verificación del Comité se tiene:Es decir la obra ejecutada es encontrada conforme al proyecto aprobado y sus modificaciones autorizadas.En este caso se suscribirá el ACTA DE RECEPCIÓN DE OBRA..
¿Cómo procede el Comité de Recepción de Obra?
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El Reglamento no señala el contenido del ACTA, sin embargo se recomienda que tenga como mínimo lo siguiente:�Verifica la compatibilidad de los planos (según modificaciones aprobadas) con las obras ejecutadas.�Verifica la compatibilidad de las especificaciones técnicas (según modificaciones aprobadas) con las obras ejecutadas.�Verificar las características técnicas y funcionamiento de equipos instalados (electrobombas, bombas, aire acondicionado, tableros eléctricos, grupos electrógenos, etc.).�Verifica los documentos que aprobaron las modificaciones de proyecto.�Verifica la documentación relativa a los ensayos de control de calidad.
¿Cómo procede el Comité de Recepción de Obra?
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LIQUIDACIÓN DE OBRA
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• La Liquidación es una forma administrativa de
demostrar al Estado, lo que se ha gastado en
el proyecto de obra pública, y/o de saldar las cuentas con elcontratista.
• La liquidación de obra es un resumen de las valorizacionesde obra con los reintegros, las amortizaciones y lasdeducciones actualizadas; incluyendo los presupuestosadicionales y deductivos, ampliaciones de plazo, multas, etc.
• Los contratos de obra terminan con la aprobación yconsentimiento de la liquidación por parte de la Entidad ydel Contratista.
• La liquidación de obra queda definida mediante laResolución respectiva que emite la Entidad.
Definiciones.-
Liquidación del contrato de obra
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El contratista presentará la liquidación debidamente sustentada con ladocumentación y cálculos detallados, dentro de un plazo de sesenta(60) días o el equivalente a 1/10 del plazo vigente de ejecución deobra, el que resulte mayor, contado desde el día siguiente de larecepción de la obra .
La Entidad deberá pronunciarse (acepta, observa o elabora unanueva), dentro del plazo de sesenta (60) días de recibida, y notificaráal contratista para que éste se pronuncie dentro de los quince (15)días siguientes.
Si el contratista no presenta la liquidación en el plazo previsto, laEntidad es responsable de elaborarla, en idéntico plazo, y notificará alcontratista para que éste se pronuncie dentro de los quince (15) díassiguientes.
Art. 211º Reglamento DL 1017
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Liquidación del contrato de obra
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Cuando una de las partes observe la liquidación presentada por laotra, ésta deberá pronunciarse por escrito dentro de los 15 días dehaber recibido la observación; de no hacerlo, se tendrá por aprobada.
La liquidación quedará consentida cuando, practicada por una de laspartes, no sea observada por la otra dentro del plazo establecido.
En el caso de que una de las partes, no acoja las observacionesformuladas por la otra, aquella deberá pronunciarse por escrito dentrode los quince (15) días de haber recibido la observación. En talsupuesto, dentro de los quince (15) días hábiles siguientes, cualquierade las partes deberá solicitar la controversia a conciliación y/oarbitraje.
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Art. 211º Reglamento DL 1017
Liquidación del contrato de obra
Luego de haber quedado consentida la liquidación y efectuado elpago que corresponda, culmina definitivamente el contrato y secierra el expediente respectivo. (Art. 212°°°° Efectos de la Liquidación )
No se procederá a la liquidación mientras existan controversiaspendientes de resolver.
Consideraciones adicionales
El saldo a pagar corresponde a la diferencia que existe entre elmonto de los pagos a cuenta recibidos por el contratista y el montofinal del contrato de obra. El saldo económico puede ser a favor oen contra del contratista o de la Entidad.
Artículo 211º del Reglamento.
En el caso de obras a precios unitarios , la liquidación final sepracticará con los precios unitarios, G.G y Utilidad ofertados;mientras que en obras a suma alzada , se practicará con losprecios, GG y Utilidad del valor referencial, afectados por el F.R.
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Solicitar y verificar los montos pagados del Estado EconómicoFinanciero de la Entidad.Definir los metrados finales.Recalcular las valorizaciones.
Recalcular los coeficientes de reajuste “K”.Se efectúa la comparación de reintegros, en función a los conceptos deobra atrasada, obra adelantada.Recalcular las deducciones por reintegro por los Adelantos otorgados.Verificar la amortización de los adelantos.Recalcular los montos por mayores gastos generales.Revisar el cálculo de intereses por mora.Suma algebraica de todo lo anterior.Se añade el IGV, obteniéndose el Costo Total de la Obra.Aplicación de penalidades.Se obtiene el Monto Líquido de la Liquidación.
Recomendaciones para el Proceso de Liquidación de O bras.-
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IAOM2 de 2
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MUCHAS GRACIAS POR
SU PARTICIPACIÓN..
Ing. Ismael Orellana Mora
Cel. 944-918-889
RPM #945-246-492
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