Gestión
Contractual
Código: GCR-P7-F6
Versión: 11
Fecha: Noviembre 2019
Estudios previos Proceso
Contractual
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Elaborado por: Cristian Andrés Soto Moreno,
Mónica Castro Castro – Ma. del Pilar Barrios Gutiérrez – PE OAJ
Revisado por: Cristian Andrés Soto Moreno,
Mónica Castro Castro – Ma. del Pilar Barrios Gutiérrez – PE OAJ
Aprobado por: Nora Fernanda Martínez
Jefe OAJ
Si este documento se encuentra impreso no se garantiza su vigencia, por lo tanto es Copia No Controlada.
El usuario al momento de consultarlo debe compararlo con la versión oficial publicada en la Intranet. PE-P1-F3
De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 2.2.1.1.2.1.1., sección 2, subsección 1, del Decreto 1082 de 2015, los estudios y documentos previos estarán conformados por los documentos definitivos que sirvan de soporte para la elaboración del proyecto de pliegos de condiciones, los pliegos de condiciones y el contrato y deberán contener los siguientes elementos además de los indicados para cada modalidad de selección:
DATOS GENERALES DE LA CONTRATACIÓN Fecha emisión estudio MARZO2020
Dependencia que elabora el estudio: Subdirección de informática y sistemas
Nombre del Director (a) que presenta el estudio y de los miembros del equipo técnico que participaron en su elaboración:
BEATRIZ HELENA ZAMORA GONZÁLEZ Directora de Gestión Corporativa ARMANDO CALDERÓN LOAIZA Subdirector de Informática y sistemas JEANNETTE TAMAYO ACOSTA Técnico Operativo
Ítem(s) del Plan de Contratación(Art. 2.2.1.1.1.4.1. Decreto 1082 de 2015)
Línea: 1028104 Verificado pro : Jorge Correa B.
Objeto de la contratación: Implementar la migración del protocolo de conexión IPv4 a IPv6 en todos los servicios tecnológicos de la SDDE.
Modalidades de Contratación previstas:
1. Licitación Pública: __X__
2. Selección Abreviada: ____ 2.1. Para la adquisición de bienes y servicios de
características técnicas uniformes. ____
Subasta inversa presencial o electrónica____
Compra por catálogo ____
Adquisición en bolsa de productos ____ 2.2. Menor cuantía.____
3. Concurso de Méritos: ____
4. Contratación Directa: ____
4.1. Declaración de urgencia manifiesta ____ 4.2. Convenios o contratos interadministrativos ____ 4.3. Empréstito ____ 4.4. Desarrollo de actividades científicas y tecnológicas __ 4.5. Inexistencia de pluralidad de oferentes ____ 4.6. Arrendamiento o adquisición de bienes inmuebles___
5. Mínima Cuantía: ____ 6. Otro:
Proyecto(s) de inversión y/o rubro(s) de funcionamiento:
3-3-1-15-07-43-1028-189 - Gestión y modernización institucional
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Valor del contrato (Presupuesto Oficial):
TRESCIENTOS SETENTA Y CUATRO MILLONES OCHOCIENTOS CINCUENTA MIL PESOS($374.850.000), incluido IVA y demás impuestos, gastos directivos e indirectos.
ELEMENTOS DEL ESTUDIO 1. Descripción dela necesidad que la entidad pretende satisfacer con el proceso de contratación.
El Concejo de Bogotá mediante Acuerdo 257 de 2006, dictó las normas básicas sobre la estructura, organización y funcionamiento de los organismos y de las entidades de Bogotá, Distrito Capital, y en el artículo 75 se creó la Secretaría Distrital de Desarrollo Económico. Por su parte, el Decreto Distrital 437 de 2016 “Por el cual se modificó la estructura organizacional de la Secretaría Distrital de Desarrollo Económico”,en su artículo 24le asigna a la Dirección de Gestión Corporativale asigna entre otras, las siguientes funciones: “orientar las políticas metodologías y procedimientos para el desarrollo, adquisición, administración, seguridad y uso de la infraestructura tecnológica y de sistemas de la entidad, con el fin de garantizar la confidencialidad, integridad y disponibilidad de la información”. De otra parte, el Decreto 437 de 2016 “ por el cual se modificó la estructura organizacional de la Secretaria Distrital de Desarrollo Económico”, en su artículo 24 le asigna a la Dirección de Gestión Corporativa entre otras la siguiente función: “Orientar las políticas, metodologías y procedimientos para el desarrollo, adquisición, administración, seguridad y uso de la infraestructura tecnológica y de sistemas de la entidad, con el fin de garantizar la confiabilidad, integridad y disponibilidad de la información,”, según el artículo 26 ibidem, le corresponde a la Subdirección de Informática y Sistemas “Asesorar institucionalmente en los temas relacionados con las Tecnologías de la información y las comunicaciones (TIC) de la Secretaria Distrital de Desarrollo Económico”.
De otro lado, el Plan Distrital de Desarrollo“Bogotá Mejor para todos”, adoptado mediante Acuerdo Distrital No. 645 del 9 de junio de 2016, mediante el cual se adopta el plan de desarrollo económico, social, ambiental y de obras públicas para Bogotá D.C., contiene los objetivos, las metas, estrategias y políticas que guiarán la articulación de las acciones de Gobierno Distrital. Acorde con lo anterior, la Secretaría cuenta con un proyecto de inversión registrado en el Banco de Proyectos de Inversión del Distrito, denominado Gestión y Modernización Institucional asociado a la meta“Hacer sostenible el 100% de las mejoras implementadas en los sistemas de Información de la SDDE” IDENTIFICADOR DE NECESIDAD:
La implementación del protocolo IPV4 se estableció desde 1981, usando 32 bit, que permites un total de direcciones de 2^32 (4.294.967.296) en total, por lo que este número de direcciones ya se agotaron e IPv6 provee una exponencialmente larga cantidad de direcciones IP.
Total de espacio IPv4: 4,294,967,296 direcciones.
Total de espacio IPv6: 340,282,366,920,938,463,463,374,607,431,768,211,456 direcciones.
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IPv4 en su concepto, es un numero de 32 bits formado por cuatro octetos de una notación decimal, es
decir, tendría 2 elevado a la 8va potencia de distintas posibilidades como lo es 256 en cada sección, la
última dirección ipv4 seria 256*256*256*256 para encontrar como resultado 4,294,967,296 direcciones.
Teniendo en cuenta el registro de direcciones de Internet LACNIC la cual es la organización que administra el espacio de direcciones IP, y otros recursos para la región de América Latina y el Caribe nos muestra una gráfica
en la siguiente dirección https://www.lacnic.net/web/lacnic/agotamiento-ipv4#tabs-1 con el estado de
agotamiento de direcciones IPv4 .
Por lo anterior, se muestra el último reporte de asignaciones IPv4 - Fase 3 (La finalización del protocolo
IPv4 comprende cuatro etapas fundamentales:fase 0, fase 1, fase 2, fase 3). El estado del bloque IPv4
correspondiente a la fase 3 y se detalla a continuación:
Última actualización: 2020-04-20
Direcciones IPv4 totales: 5.538.048
Direcciones IPv4 asignadas en esta fase: 4.580.352
Direcciones IPv4 disponibles en este bloque: 826.624
Reservado para infraestructura crítica: 131072
En la siguiente gráfica se muestra la forma en que se han distribuidos los bloques IPv4 correspondiente a
la fase 3.
A continuación se muestra la posible fecha de agotamiento.
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En este sentido, y gracias al interés de todos los sectores que interactúan en la Web, han hecho que se generen estrategias para promover y adoptar la pronta implementaciónal protocolo IPv6, que en su concepto: es un protocolo que cuenta con una longitud de 128 bits, es decir 2^128 posibles direcciones (340.282.366.920.938.463.463.374.607.431.768.211.456), es decir 340 sextillones. El Ministerio de Tecnologías de la Información y las comunicaciones inicio con la expedición de la circular 002 de junio de 2011, para la “promoción de la adopción del protocolo IPv6 en el país” que entre sus apartados dice:
“Por lo anterior, este Ministerio convoca a las entidades de la Administración Pública, ramas y organismos del Estado y al Sector de TIC, para que en sus compras de equipos de TIC (hardware y Software), aplicaciones, plataformas TIC y servicios prestados a través de TIC, se exija que estén desarrollados e implementados sobre el Protocolo IPV6 con compatibilidad o soporte total IPV4; demostrable mediante los RFCs concretos del IETF y demás normas que determinan esta compatibilidad. (…) Además, se insta a las entidades de la Administración Publica, Ramas y Organismos del Estado y al sector TIC, a que incluyan en sus administraciones el “PLAN DE TRANSICION PARA LA ADOPCION DE IPV6 EN COEXISTENCIA CON IPV4”, programado para 3 años a partir de la publicación de la presente circular, que permita una transición segura y sin traumatismo para la Entidad, sus beneficiarios, usuarios y para el administrado. Dicho plan deberá contemplar al menos: diagnostico, plan de inversión, cronograma de implementación, formación en IPV6 de los funcionarios del área afín, evaluación de resultados y los aspectos técnicos que permitan la correcta implementación de mecanismos de transición de IPV4 a IPV6 en sus redes, servicios al ciudadano prestados a través de TIC y en general las Plataformas (hardware y software)
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informáticas y de comunicaciones. ….”
Igualmente dicho Ministerio reglamentó:
La Resolución 2710 de 2017:
Artículo 1: Objeto: Formular medidas para la adopción del protocolo IPv6 en Colombia
Artículo 2: Ámbito de aplicación: están obligadas las entidades de que trata el Artículo2.2.9.1.2 del Decreto 1078 de 2015. Decreto único Reglamentario del Sector de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones, en todas sus infraestructuras de TIC con soporte IPv6.
Artículo 3: Plazo: 2 años Entes Nacionales, 3 años entes territoriales, a más tardar el 31 de diciembre de 2020.
Artículo 4: Transición: soporte de servicios de internet en coexistencia con IPv4. Parágrafo: utilización como referencia las Guías de Transición y aseguramiento de IPv6.
Artículo 5: Contratación:a partir de la publicación en diario oficial y para los procesos que se inicien con posterioridad a esta, se exige IPv6 en comprar y procesos licitatorios.
Artículo 6: Sanciones: el cumplimiento de las disposiciones de la Resolución dará lugar a la aplicación de las sanciones respectivas.
Artículo 7. Vigencia: La presente resolución rige a partir de la fecha de su publicación en el diario oficial (4 de octubre de 2017).
La SDDE cuenta con una infraestructura tecnológica, la cual debe asegurar la cobertura, disponibilidad y seguridad en todos los servicios tecnológicos existentes y debe disponer de servicios permanentes que beneficie y que responda a todas las necesidades de los usuarios, y funcionarios de la entidad. Se tomó un análisis de la situación actual, con base en la información histórica y la recolección de la información de la SDDE, estos servicios son:
Hardware: Esta infraestructura está compuesta principalmente por servidores, sistema de almacenamiento NAS, conectividad de diferentes tecnologías y estaciones de trabajo.
Descripción Cantidad
Aire acondicionado Marca Emerson Liebert de 5 toneladas 36.000
Btu.
1
Sistema de detección y extinción de incendios FM-200 1
Switch 21
Servidor Físico 20
Servidor Virtual 22
Impresoras 23
Canales de acceso dedicado a Internet de 150 Mbps 1
Dispositivos unificados de amenazas UTM – sophos 430 1
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Puntos de red de cableado estructurado categoría 7a ubicados en la
sede plaza de los artesanos
233
Teléfonos IP 180
Access Point 17
Canal E1 (telefonía) 1
UPS 10
Sofware: comprende las aplicaciones utilizadas para el correcto funcionamiento de la entidad.
SOFTWARE LICENCIAS
Sophos Endpoint 400
Kaspersky Endpoint 350
Microsoft Office Standard 2016 140
UTM 500
Adobe Acrobat 8.1.0 Professional 1
ADOBE CREATIVE CLOUD 7
Oracle Linux Premier 2
Oracle Linux Basic 1
Oracle VM Premier 2
Oracle Database Entreprise Edition--Namer User Plus Perpetual
(PROCESSOR) 4
Oracle WebLogic Suite-Namer User Plus Perpetual
(PROCESSOR) 4
Oracle Real Application Clousters-Namer User Plus Perpetual
(PROCESSOR) 6
Oracle Interner Developer Suite-Namer User Plus Perpetual
(USUARIO) 3
Oracle WebLogic Suite-Namer User Plus Perpetual
(USUARIOS) 25
Oracle Database Entreprise Edition--Namer User Plus Perpetual
(USUARIOS) 3
ArcGIS Server Enterprise Standard Up to 4 Cores. 1
ArcGIS for Desktop Standard, Concurrent Use. 1 License 1
Microsoft Windows 10 120
Microsoft Windows Server 2012 R2 Standard 6
Microsoft Windows Server 2003 R2 Standard Edition 2
Microsoft Windows Server 2016 1
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Microsoft Windows 7 Professional 0
Microsoft Windows 8 0
SAS 9.4 1
Scala Designer 1
Scala Enterprise Content Manager 1
Sistemas de gestión y páginas Web:
Nombre del aplicativo Función
SI-CAPITAL Sistema administrativo y financiero del cual se encuentran implementados y en producción los siguientes módulos:
Cordis (Correspondencia Distrital)
Perno (Personal y nomina)
Limay (Libro mayor – Contabilidad)
Sisco (Sistema de Contratación)
Sai (Sistema de inventarios)
Sae (Sistema de ingresos y elementos de consumo)
Interfaces:
Opget (Ordenes de pago y tesorería)
Predis (Presupuesto distrital – en la actualidad está en desuso porque se eliminó la cuenta cero).
Portal web articulado con el sistema de información del servicio público de empleo para articular la oferta y la demanda laboral
www.bogotatrabaja.gov.co permite conocer el estado actual del mercado laboral del distrito capital y establecer la intermediación laboral de manera interactiva por localidades de la oferta y la demanda laboral de la ciudad.
Portal web observatorio de desarrollo económico
Busca ampliar la oferta de información estadística y de análisis, sobre sectores y variables asociados con el desarrollo económico de Bogotá.
sistema unificado de información misional SUIM
Desarrollado por la Subdirección de informática y Sistemas en ORACLE permite hacer seguimiento integrado y en red a la totalidad de la información misional de la entidad
Portal WEB de la Secretaria de Desarrollo Dar a conocer la programación, eventos y actividades
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Económico de la entidad para la comunidad bogotana
Sistemas de información
ITE
M
TE
MA
NOMBRE DEL
SISTEMA DE
INFORMACIÓN
DESCRIPCIÓN
1
SI
CA
PIT
AL
MO
DU
LO
S A
DM
INIS
TR
AT
IVO
S
SISCO
El Sistema de Contratación permite controlar y
gestionar procesos de adquisición de bienes y
servicios. Permite controlar el plan de
contratación, la etapa precontractual y la etapa
contractual.
PERNO
El Sistema de Personal y Nomina Permite
apoyar el procesamiento y control del pago de
los salarios del personal de planta y
supernumerarios.
SAE
Sistema de Administración de Elementos
"SAE" registra todos los ingresos de los
elementos de consumo y devolutivos y permite
generar laplaca de inventario de los bienes
devolutivos.
SAI
Administrar el catálogo de elementos, registrar
y controlar los procesos de Ingreso, Egreso y
traslado de elementos, Administrar y controlar
el Kárdex, bodegas y el Inventario de
elementos.
TERCEROS
El Sistema de Información Terceros Permite
almacenar y centralizar la información de todas
las personas naturales y jurídicas que es
procesada por el Sistema de Información
SICAPIT@L.
CORDIS Aplicación desarrollada para la administración,
manejo y control de documentos, permite la
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interconexión de los usuarios a través de la
Intranet.
2
SI
CA
PIT
AL
MO
DU
LO
S
FIN
AN
CIE
RO
S
LIMAY
El Sistema Libro Mayor permite la generación
y control de la contabilidad, a partir de los
movimientos generados por los módulos de
gestión de las dependencias de la SDDE.
PREDIS
Modulo que sirve para cargar información en el
Sistema de Presupuesto Distrital apoya el
proceso de programación ejecución, control y
seguimiento del presupuesto Distrital.
3
Sis
tem
a de
Info
rmac
ión
Mis
ional
SUIM
SISTEMA UNIFICADO DE INFORMACIÓN
MISIONAL SUIM es una herramienta
desarrollada para registrar beneficiarios. Su
diseño modular permite parametrizarla para el
uso de diferentes áreas misionales como
Emprendimiento, Empleo y Desarrollo
Tecnológico.
4
Sis
tem
a
de
Info
rmac
ión
Mis
ional
SUIME
SISTEMA DE INFORMACIÓN MISIONAL
DE EMPRENDIMIENTO: Es una herramienta
diseñada acorde a los requerimientos del área
de Emprendimiento.
La RUTA PARA EMPRENDEDORES Y
EMPRESARIOS Es una aplicación de fácil
manejo utilizada para orientar las ideas de
negocio y fortalecer las que ya existen. Está
ligada al Sistema Misional SUIM lo cual
permite identificar los diferentes tipos de
población atendida por la Entidad.
5
Sis
tem
a de
Info
rmac
ión
Mis
ional
ESUIM
ESUIM. Aplicación que se encuentra
actualmente en desarrollo. Es una aplicación
que permite el registro, caracterización,
formación, intermediación de los ciudadanos.
Adicionalmente permite hacer seguimiento y
control a los usuarios que registran por la APP
de empleo.
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6
Sis
tem
a de
Info
rmac
ión
Docu
men
tal
ALFRESCO
Sistema de Administración de Contenidos
Empresariales, documentos, videos, fotos, con
administración granular de permisos sobre el
contenido alojado, además de permitir el flujo
de trabajo sobre el contenido notificando
alertas del mismo mediante correos
electrónicos
7
Sis
tem
a de
emple
o
APPS
EMPLEO Aplicación móvil para manejar información de
oferta y demanda laboral, administrada por la
Subdirección de Empleo y Formación
8
Sis
tem
a de
emple
o
APPS
EMPRENDIMIENTO
Aplicación móvil para manejar información de
los emprendedores y las unidades productivas.
9
Sis
tem
a de
Info
rmac
ión d
e
inven
tari
os
CU
Sistema de inventarios centralizado, mediante
comunicaciones de agentes distribuidos en los
equipos de la SDDE. Permite levantar
inventario automático de los PCS conectados a
la red WAN y del de software instalado en
cada uno de ellos, permite controlar y
monitorear el software que se instala.
10
Sis
tem
a de
impre
siones
CUPS Servicios de administración para la gestión y
contabilidad de impresiones
Redes: la entidad cuenta con una arquitectura de red de cableado de voz y datos categoría 7A, dando cumplimento a los estándares internacionales, se tiene un esquema de canal dedicado de internet.
Seguridad: cuenta con un sistema de seguridad compuesto por diferentes equipos de apoyo, los cuales son gestionados a partir del control de acceso mediante el Directivo Activo de Microsoft.
Ítem Descripción
1 UTM (Unified Threat Management): Equipos de gestión unificada de amenazas, el cual permite controlar la navegabilidad desde y hacia internet, detección y control de
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intrusos.
2 Software Antivirus: es un programa informático que tiene el propósito de detectar y eliminar virus y otros programas perjudiciales antes o después de que ingresen al sistema. Teniendo en cuenta lo anterior la SDDE adquirió Kaspersky ver. 10.3
3 Software Anti_ransomware: herramienta que evita de ciber-delincuente tengan la capacidad de bloquear un dispositivo desde una ubicación remota y encriptar nuestros archivos quitándonos el control de toda la información y datos almacenados.
Procesos administrativos y misionales de la entidad:
Código
Dependencia Dependencias
10000 Despacho Secretaria (DS)
11000 DS – Oficina Asesora de Planeación
12000 DS – Oficina Asesora de Jurídica
13000 DS – Oficina Asesora de Comunicaciones
14000 DS – Oficina de Control Interno
20000
Subsecretaría De Desarrollo Económico Y Control Disciplinario
(SDECD)
30000 Dirección Estudios De Desarrollo Económico (DEDE)
31000 DEDE – Subdirección De Información Y Estadísticas
32000 DEDE – Subdirección De Estudios Estratégicos
40000 Dirección De Competitividad Bogotá Región (DCBR)
41000 DCBR – Subdirección De Ciencia, Tecnología E Innovación
42000 DCBR – Subdirección De Internacionalización
50000 Dirección De Desarrollo Empresarial Y Empleo (DDEE)
51000 DDEE – Subdirección De Emprendimiento Y Negocios
52000 DDEE – Subdirección De Empleo Y Formación
53000 DDEE – Subdirección De Financiamiento E Inclusión Financiera
54000
DDEE – Subdirección De Intermediación, Informatización Y
Regulación Empresarial
60000
Dirección De Economía Rural Y Abastecimiento Alimentario
(DERAA)
61000 DERAA – Subdirección De Economía Rural
62000 DERAA – Subdirección De Abastecimiento Alimentario
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70000 Dirección de Gestión Corporativa (DGC)
71000 DGC – Subdirección Administrativa Y Financiera
72000 DGC – Subdirección De Informática Y Sistemas Actualmente la SDDE cuenta con un protocolo de conexión IPv4 y se han acabado las direcciones en esta versión. la necesidad del cambio de protocolo a versión 6, además de ser una obligación es una necesidad por lo que se debe asegurar que todo lo descrito anteriormente en su infraestructura actual, sea un cambio de mejora, asegurandoel aumento del número de direcciones disponibles y seguridad en todos los servicios tecnológicos existentes en la Entidad y que todo esto lo hace posible con una migración de interconexión de redes como lo es IPv6. Dado que se debe ser expertos en el tema y siendo éste un nuevo protocolo, el personal de la subdirección de informática y sistemas de la SDDE no cuenta con los conocimientos relacionados con la migración a IPv6, se hace necesario realizar una contratación para cumplir el desarrollo del el objeto contractual.
2. Objeto a contratar, especificaciones, autorizaciones, permisos y licencias requeridos para su ejecución.
2.1Objeto Contractual:Implementar la migración del protocolo de conexión IPv4 a IPv6 en todos los servicios tecnológicos de la SDDE. 2.2. Clasificación UNSPSC. El objeto contractual se enmarca en cualquiera de (los) siguiente(s) código(s) del Clasificación de los Bienes y Servicios:
Clasificación UNSPSC
Segmento Familia Clase Producto
Servicio basados en ingeniería,
investigación y tecnología
81000000 81110000 81111800 81111820
Servicios Informáticos
81000000 81110000 81111800 81111820
Servicios de sistemas y
administración de componentes
81000000 81110000 81111800 81111820
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de sistemas
Servicios de funcionalidad del sistema
81000000 81110000 81111800 81111820
2.3Calidades, características, especificaciones técnicas o alcance del objeto contractual: El proponente deberá cumplir con las condiciones establecidas en el Anexo Técnico y con las especificaciones dadas según el objeto del contrato. 2.4Autorizaciones, permisos, estudios técnicos del proyecto y licencias requeridas para la ejecución del objeto contractual. N/A 2.5.Actividades a desarrollar. Especificaciones técnicas. Fase I.Diagnóstico de transición de IPv4 a IPv6
Validar el inventario de activos de información de servicios tecnológicos de la SDDE identificando cuales elementos de hardware y software soportan IPv6, cuáles deben ser actualizados y cuáles no.
Determinar y evaluar el grado de compatibilidad de la infraestructura de TIC actual con IPv6 que permita medir la adopción del protocolo IPv6.
Evaluar el estado actual de los equipos de cómputo y de comunicaciones, en el evento que no soporte el protocolo IPv6, el contratista deberá plantear alternativas de solución y notificar al supervisor las características técnicas de los elementos que la SDDE debe adquirir o reemplazar para cumplir en su totalidad la implementación de IPv6
Realizar el diagnóstico de la actual red con la compatibilidad del protocolo IPV6. Entregables para esta fase:
Informe con las recomendaciones para la adquisición de equipos de cómputo, de comunicaciones, así como la infraestructura tecnológica.
Inventario de TI ( hardware y software)
Entregar informe de la topología actual de la red y su funcionamiento para la construcción de red IPv6.
Formatos para realizar el levantamiento de activos de información.
Para la realización del pago de la fase I (ver forma de pago en el numeral 4.4), el contratista deberá presentar el certificado de supervisión para pago firmado por el supervisor del contrato y estar al día con los informes de gestión en el portal de contratación de Secop II, así como las facturas y/o cuentas de
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Fecha: Noviembre 2019
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Mónica Castro Castro – Ma. del Pilar Barrios Gutiérrez – PE OAJ
Revisado por: Cristian Andrés Soto Moreno,
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cobro, y demás soportes bajo los lineamientos señalados en dicho numeral.
Fase II. Planeación.
El contratista deberá diseñar el plan estratégico de transición a IPv6 en la red, el cual será aprobada por el supervisor del contrato.
El contratista debe definir el alcance del proyecto, productos, cronograma de trabajo con tiempos de entrega y resultados esperados.
Realizarla metodología para la construcción de la infraestructura tecnológica
Describir los esquemas de políticas de seguridad y la matriz de riesgos de la red y los sistemas de información.
Planear el proceso de transición para DHCP, DNS , directorio activo, servicios Web, servicios de monitoreo, validación del servicio de correo electrónico, central telefónica, servicios de Backups, servicios de comunicaciones unificadas e integración y los sistemas de información
validación de aplicativos, comunicaciones, esquemas de seguridad de la información y las comunicaciones. y coexistencia de los protocolos
Entregables para esta fase
Plan de trabajo para la transición IPv6 en los servicios tecnológicos
El contratista debe presentar el alcance del proyecto, productos, cronograma de trabajo con tiempos de entrega y resultados esperados.
Propuesta metodológica para la elaboración de la matriz de riesgos y los esquemas de políticas de seguridad.
Entregar cronograma de actividades a desarrollar en la implementación de IPv6 con los resultados esperados.
Entregar protocolo de pruebas de validación de aplicativos, comunicaciones, plan de seguridad y coexistencia de los protocolos.
Para la realización del pago de la fase II (ver forma de pago en el numeral 4.4), el contratista deberá presentar el certificado de supervisión para pago firmado por el supervisor del contrato y estar al día con los informes de gestión en el portal de contratación de Secop II, así como las facturas y/o cuentas de cobro, y demás soportes bajo los lineamientos señalados en dicho numeral.
Fase III. Implementación del protocolo IPv6
Habilitar el direccionamiento IPV6 de acuerdo al diagnóstico y el plan estratégico definido en la transición a IPv6 definido en la fase II.
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Realizar y entregar el diseño de la nueva topología de red, con base en los lineamientos técnicos en la implementación.
Para la migración del protocolo IPv6, el contratista deberá cumplir con lo establecido en la “Guía de transición de IPv4 a IPv6 para Colombia” establecido por Mintic.
Activar las políticas de seguridad de IPv6, la matriz de riesgos de la red y los sistemas de información.
Configurar los servicios de DNS, DHCP, Seguridad, VPN, servicios Web, entre otros.
Realizar acciones de dimensionamiento en los recursos de Internet y en coordinación con este proveedor, establecer el enrutamiento de conectividad y garantizar el tráfico de IPv6.
Presentar la propuesta en general que sustente el recurso ante LACNIC para la asignación del bloque de direccionamiento IPv6.
Gestionar la inscripción de la entidad y los usuarios ante LACNIC.
Realizar un nuevo inventario de servicios, aplicaciones y sistemas de comunicaciones bajo el nuevo protocolo IPv6.
Diseñar esquemas de puesta en marcha en los equipos de la SDDE para activar la funcionalidad de IPv6 y presentarlo al supervisor del contrato.
Realizar las configuraciones de direcciones IPv6 necesarias para la realización de las pruebas piloto en cada uno de los dispositivos en la SDDE
Realizar pruebas piloto del comportamiento y funcionalidad de dicha transición garantizando el éxito y buen funcionamiento de la red en su totalidad.
Entregables para esta fase:
Informe con el plan de implementación de nuevo protocolo
Diligenciar y presentar los formatos y documentos para la asignación del bloque de direccionamiento a LACNIC
Documentar el comportamiento y funcionalidad de la prueba piloto realizado en cada uno de los equipos en la SDDE.
Entregar el inventario final
Para la realización del pago de la fase III (ver forma de pago en el numeral 4.4), el contratista deberá presentar el certificado de supervisión para pago firmado por el supervisor del contrato y estar al día con los informes de gestión en el portal de contratación de Secop II, así como las facturas y/o cuentas de cobro, y demás soportes bajo los lineamientos señalados en dicho numeral.
Fase IV. Pruebas de funcionalidad de IPv6.
Verificar el comportamiento y funcionalidad de la prueba piloto al supervisor del contrato.
Establecer los pasos básicos para la implementación de la migración del protocolo IPv6.
Realizar monitoreo constante de funcionalidad.
Tener en cuenta un plan de contingencia con los dispositivos conectados de forma alámbrica y que tengan los requerimientos IPv6 evaluando su comportamiento.
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Entregables para esta fase
Informe sobre los cambios planteados para la plataforma informática.
Generar un informe en el cual se evidencie todo el proceso que se hizo para realizar la implementación del protocolo IPv6 en la SDDE.
Establecer los pasos básicos para la implementación de la migración del protocolo Ipv4 a IPv6
Para la realización del pago de la fase IV (ver forma de pago en el numeral 4.4), el contratista deberá presentar el certificado de supervisión para pago firmado por el supervisor del contrato y estar al día con los informes de gestión en el portal de contratación de Secop II, así como las facturas y/o cuentas de cobro, y demás soportes bajo los lineamientos señalados en dicho numeral.
2.6. Obligaciones Del Contratista Y De La Secretaría A partir de la descripción del objeto contractual, se determinarán las obligaciones a cargo del contratista y las de la Secretaría Distrital de Desarrollo Económico. 2.6.1.Obligaciones generales del contratista:
Cumplir con todos y cada uno de los ofrecimientos realizados en su propuesta directamente relacionada con los pliegos de condiciones, el anexo técnico y demás documentos que formen parte de los estudios previos, así como también de los ofrecimientos adicionales que hayan sido presentados, especialmente con aquellos ponderados dentro del factor de calidad, para el cumplimiento del objeto contractual.
Disponer del recurso humano necesario para el cumplimiento del objeto y los productos pactados en el marco del presente Contrato. Cuando a ello haya lugar, vincular para la ejecución del contrato, a personas identificadas como beneficiarias del Decreto 380 de 2015 de la Alcaldía Mayor de Bogotá D.C. mediante relaciones de orden laboral o contractual.
Aplicar los lineamientos dados por el supervisor para la ejecución del Contrato, así como brindar información a la SDDE acerca de las actividades necesarias para la realización del objeto del Contrato.
Aportar su experiencia y conocimiento para el adecuado desarrollo del objeto del Contrato.
Dar los créditos legibles a la Alcaldía Mayor de Bogotá y a la Secretaría Distrital de Desarrollo Económico, en todas las piezas publicitarias, Internet, impresos y memorias que realice, teniendo en cuenta los parámetros de imagen institucional de la Administración Distrital, Cuando a ello haya lugar.
Presentar los informes de gestión que le sean solicitados, así como las facturas y/o cuentas de cobro y soportes para que la Secretaría efectúe los pagos acordados, bajo los lineamientos señalados por el supervisor del Contrato.
Constituir (cuando a ello haya lugar) las garantías exigidas y mantenerlas vigentes en los términos establecidos en el presente Contrato, así mismo, asumir y cancelartodos los impuestos y gravámenes en general que se deriven del Contrato y las deducciones por estampillas, del Distrito Capital.
Disponer durante la vigencia del Contrato, de la infraestructura física, técnica, tecnológica, operativa, contable, administrativa y financiera necesaria para atender a la población objetivo del Contrato, cuando a
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ello haya lugar.
No discriminar a ninguna persona por razones de género, sexo, raza, credo religioso, preferencias políticas o sus condiciones económicas o sociales, ni ninguna otra que vulnere el derecho a la igualdad y demás derechos constitucionales.
Cumplir, si a ello hubiere lugar, con lo establecido en el artículo 50 de la Ley 789 de 2002, relacionado con los aportes a los sistemas de salud, ARL, pensiones y aportes a cajas de compensación familiar, ICBF, SENA, cuando a ello haya lugar, durante la ejecución del Contrato y hasta su liquidación, estableciendo una correcta relación entre el monto cancelado y las sumas que debieron haber sido cotizadas de acuerdo al Decreto 1703 de 2002, Ley 797 de 2003,Decreto 510 de 2003 y Ley 1562 de 2012, o las normas que lo modifiquen o complementen.
Asumir el pago de salarios, prestaciones e indemnizaciones de carácter laboral del personal que contrate para la ejecución del Contrato, lo mismo que el pago de honorarios, los impuestos, gravámenes, aportes y servicios de cualquier género que establezcan las leyes colombianas y demás erogaciones necesarias para la ejecución del mismo.
Autorizar a la Secretaría el acceso, manejo y conservación de la información suministrada con la debida protección de la reserva de la información, según la normatividad aplicable al caso.
Todas aquellas adicionales que sean requeridas para la correcta ejecución del Contrato. 2.6.2. Obligaciones específicas del contratista:
Aportar la experiencia y conocimiento para el adecuado desarrollo del objeto del contrato.
Realizar las actividades que permitan la migración de IPV4 a IPV6 de forma optima
Suministrar el direccionamiento IP que permita hacer la migración al protocolo versión 6 de internet “
Seguimiento a la estructura tecnológica después de entregada la IV fase durante (15) primeros días calendario.
Presentar el plan estratégico de implementación y darlo a conocer al personal perteneciente a la Subdirección de Informática y Sistemas.
Hacer entrega de las licencias de funcionamiento a nombre de la Secretaria Distrital de Desarrollo Económico.
Realizar soporte técnico de manera presencial, remotamente o vía telefónica para garantizar el buen funcionamiento durante la ejecución del contrato.
La asistencia del soporte técnico deberá ejecutarse con un tiempo menor a las ocho (8) horas una vez sea solicitado el servicio.
Realizar visitas bimensuales verificando la puesta en marcha del protocolo IPV6 durante el primer año de la implementación.
Diseñar un programa de capacitaciones para presentarlo a los funcionarios de la subdirección de informática y sistemas de la SDDE no menor a 40 horas, en el ejercicio de Transición de IPV4 a IPV6 y presentarlo al supervisor del contrato para la aprobación del temario.
El programa de capacitación debe incluir al menos los siguientes temas: a.-Introducción y aspectos básicos de IPv6. b. – Agostamiento de direcciones IPv4, transición a IPv6 y coexistencia. c.-Host y enrutamiento sobre IPv6. d.-Servicios y aplicaciones sobre IPv6. e.-Seguridad en IPv6. F.-Servicios y solución de problemas en entornos IPv6.
El contratista debe contar con la infraestructura de hardware e internet necesaria para la capacitación.
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La capacitación impartida deberá ser certificada o deberá otorgarse una constancia de asistencia expedida por el contratista para cada participante mínimo con la siguiente información: nombre completo del participante, número de documento de identidad de la persona participante, duración en número de horas, fecha de la capacitación y firma de quien certifica.
La capacitación deberá dictarse dentro de los primeros treinta (30) días calendario después de la firma de acta de inicio del contrato.
Capacitación para la preparación de la certificación mínimo a tres (3) funcionarios en temas: Certified Enginner (silver) IPV6 FORUM.
La persona que impartirá la capacitación, debe tener el conocimiento y la experiencia en la adopción del protocolo IPv6
Realizar entrenamiento al personal de la subdirección de Informática y sistemas para la administración y sostenimiento de la infraestructura IPV6.
Presentar informes de gestión mensualmente al supervisor del contrato de los avances efectuados en ésta implementación hasta finalizar el contrato.
Notificar a la entidad en el lapso de veinticuatro (24) horas, si se presenta algún factor que impida la ejecución del objeto contractual.
Garantizar el cumplimiento y calidad de objeto del contrato.
2.6.3. Obligaciones de la Secretaría Distrital de Desarrollo Económico:
Realizar el pago al contratista, previo al cumplimiento de todos los requisitos establecidos.
Suministrar la información necesaria para la correcta ejecución del contrato.
Vigilar y controlar a través del supervisor designado, el cumplimiento de las condiciones técnicas establecidas, así como de las demás obligaciones del contratista definidas en las cláusulas del contrato y en la integralidad del proceso de selección; esto es, las condiciones incluidas en los estudios previos, en el pliego de condiciones definitivo, en adendas, en la propuesta presentada y en los demás documentos que hacen parte integral del contrato.
La Secretaría de Desarrollo Económico a través del supervisor designado, en ejercicio de sus funciones de inspección, control y vigilancia, deberá dar estricto cumplimiento a las especificaciones técnicas previstas en el anexo técnico y/o ficha técnica (si aplica), en caso de apartarse de ellas, deberá allegar justificación escrita debidamente soportada para aprobación del ordenador del gasto.
Adelantar las demás funciones y actividades que se encuentren a su cargo y se especifiquen en los documentos que modifiquen o adicionen y que deberán concordar con el objeto del mismo.
Las demás que se requieran para el cumplimiento del objeto pactado y de los fines del Contrato.
3.Modalidad de selección del contratista ysu justificación, incluyendo los fundamentos jurídicos.
A este proceso de selección y a los contratos que de él se deriven, son aplicables los principios y normas de la Constitución Política, la Ley 80 de 1993, la Ley 1150 de 2007, Ley 1474 de 2011 Decreto 19 de 2012, Decreto
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1082 de 2015 y demás normas concordantes o complementarias.
De acuerdo al numeral 1 del citado artículo 2 y el artículo 2.2.1.2.1.1.1, del Decreto 1082 de 2015, la modalidad de selección aplicable al presente proceso, es Licitación Pública.
Por su parte, y dada la complejidad del objeto a contratar y la cuantía del proceso de selección, la entidad acudirá a la modalidad de Licitación Publica prevista en el numeral 1 artículo 2 de la ley 1150 de 2007 y el artículo 2.2.1.2.1.1.1 y siguientes del Decreto 1082 de 2015 “Licitación Pública”.
El artículo 2 de la Ley 1150 de 2007, reglamenta el principio de transparencia y señala las distintas causales de selección de contratistas por parte de las entidades estatales que se encuentran sometidas al Estatuto General de la Contratación de la Administración Pública. Es así como establece que la escogencia del contratista se efectuará con arreglo a las modalidades de selección de licitación pública, selección abreviada, concurso de méritos y contratación directa.
Tipología contractual: Prestación de Servicios
3.1 Quienes pueden participar: Podrán participar en la presente convocatoria las personas naturales, jurídicas, consorcios o uniones temporales, promesas de sociedad futura nacionales o extranjeras que cumplan las condiciones establecidas en los pliegos de condiciones.
3.2 Forma de presentación de las ofertas: El Proponente debe presentar su Oferta en la plataforma en el
SECOP ll de acuerdo con lo establecido en dicha sección, para lo cual debe estar previamente registrado en esta
plataforma. Los Proponentes plurales deben efectuar un solo registro por todos sus miembros. Las instrucciones
para el registro y la presentación de Ofertas en el SECOP ll están en elmanual de uso del SECOP ll para
Proveedores disponible en https://community.secop.gov.co/STS/CCE/Login.aspx. El Proponente debe presentar
su Oferta en la fecha establecida en el Cronograma y el apartado — Configuración — del enlace del presente
Proceso de Contratación, en el SECOP ll. El Proponente registrado, debe ingresar con su usuario y contraseña al
SECOP ll y seleccionar el presente Proceso de Contratación, para consultar el Proceso de Contratación crear su
Oferta.
Para presentar Ofertas en el SECOP II por parte de uniones temporales, consorcios o promesas de sociedad
futura, los integrantes del Proponente plural deben estar previamente registrados como proveedor individual en el
SECOP ll. Una vez hecho esto, uno de los integrantes del Proponente plural debe crear en el SECOP ll el
proveedor plural (Proponente plural). Los pasos para inscribirse como proveedor plural (Proponente plural) se
encuentran en el documento del manual de proveedores para el uso del SECOP ll.
La creación del proveedor plural en SECOP ll requiere que cada uno de los integrantes se registre previamente
como proveedor individual. Una vez registrados individualmente, los proveedores integrantes deben crear en el
SECOP ll el usuario del proveedor plural y emplear este usuario para el envío de su Oferta como Proponente
plural. Para enviar una Oferta como Proponente plural, el integrante que registró el proveedor plural debe ingresar
al SECOP ll con su usuario y contraseña, hacer clic en el botón de identificación de la parte superior derecha y
luego seleccionar el nombre del proveedor plural al que pertenece. El SECOP ll despliega una ventana
emergente para informar que va a cambiar de cuenta al proveedor plural al hacer clic en aceptar. Desde ese
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El usuario al momento de consultarlo debe compararlo con la versión oficial publicada en la Intranet. PE-P1-F3
momento el integrante del proveedor plural puede presentar la Oferta como Proponente plural. Para presentar la
Oferta como Proponente plural debe seguir los pasos de la sección X.D. del manual de proveedores para el uso
del SECOP ll. Recuerde que el integrante que creo el proveedor plural es el único habilitado en el SECOP ll para
presentar la Oferta como Proponente plural. El uso de los mecanismos de autenticación del SECOP ll define la
persona natural o jurídica que presenta la oferta y desarrolla las actividades relacionadas en el Proceso de
contratación, de acuerdo con lo previsto en los artículos 7, 1 y 11 de la ley 527 de 1999. En consecuencia, la
oferta NO será habilitada cuando el usuario mediante el cual es presentada la oferta en SECOP II, sea distinto del
proponente que aparece en los documentos soporte o anexos de la oferta. El SECOP l' despliega el apartado —
Cuestionario - y el apartado — Documentos de la Oferta — del enlace del Proceso de Contratación con el número
asignado, el cual es el indicado en el Pliego de Condiciones en el SECOP ll para que el Proponente cargue su
oferta y presente en PDF los documentos solicitados en dichos apartados.
El Proponente debe tener en cuenta que debe diligenciar la oferta económica, completando la información
solicitada. Las Ofertas deben estar vigentes por el término de noventa (90) días calendario contados a partir de la
fecha de cierre, establecida en el Cronograma. E' SECOP ll arroja un informe con la lista de los Proponentes que
presentaron Oferta indicando la hora y fecha de presentación de las mismas. Las propuestas serán presentadas
en la Plataforma en el SECOP ll de acuerdo con lo establecido en dicha sección, la cual debe estar compuesta de
dos (3) sobres de la siguiente manera: Sobre 1: Habilitante (Corresponden a los documentos jurídicos, financieros
y técnicos habilitantes.) Sobre 2: Económico.
Los documentos emitidos en idioma diferente al castellano deben presentarse junto con traducción simple.
Idioma: los documentos emitidos en lengua distinta al castellano, deben ser traducidos presentarse en su
lenguaje original junto con la traducción simple al castellano. Dentro del plazo previsto para la subsanación de las
ofertas, el proponente debe presentar la traducción oficial al castellano de los documentos presentados en idioma
extranjero.
3.3 Documentos otorgados en el exterior: Los proponentes deben entregar con su oferta losdocumentos
otorgados en el exterior sin que sea necesaria su legalización o apostille, adicionalmente si la certificación se
encuentra en idioma distinto al de la República de Colombia, deberá adjuntarse además del documento en idioma
extranjero, la traducción simple del documento, tal y como lo establece en la Circular No. 17 del 11 de febrero de
2015, expedida por Colombia Compra Eficiente. Para firmar el contrato, el proponente que resulte adjudicatario
debe presentar los documentos otorgados en el extranjero, debidamente legalizados o apostillados y con la
traducción oficial si hay lugar a ello, de acuerdo con lo previsto en el artículo 251 del Código General del Proceso.
3.4 Convalidación de títulos: En ejercicio de lo señalado en el Artículo 26 de la ConstituciónPolítica de
Colombia, los proponentes que presenten dentro de su equipo de trabajo personas que hayan cursado carreras
profesionales o postgrados en el exterior, deberán presentar los títulos debidamente convalidados. El trámite para
la convalidación de títulos otorgados por instituciones de educación superior extranjeras o por instituciones
legalmente reconocidas por la autoridad competente del respectivo país, para expedir títulos de educación
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superior se encuentra establecido en la Resolución 6950 de 2015 del Ministerio de Educación Nacional, por lo
tanto, para que sea reconocido el titulo previamente deberá estar debidamente convalidado.
De conformidad con lo establecido en el Artículo 7 de la Ley 842 de 2003, podrán sermatriculados en el Registro
Profesional de Ingenieros y obtener tarjeta profesional, para poder ejercer la profesión en el territorio nacional,
quienes hayan obtenido el título académico de Ingeniero en cualquiera de sus ramas, otorgado por Instituciones
de Educación Superior que funcionen en países con los cuales Colombia haya celebrado tratados o convenios
sobre reciprocidad de títulos, situación que debe ser avalada por el ICFES o por el organismo que se determine
para tal efecto. Así mismo, quienes hayan adquirido et título académico de Ingeniero en cualquiera de sus ramas,
otorgado por Instituciones de Educación Superior que funcionen en países con los cuales Colombia no haya
celebrado tratados o convenios sobre reciprocidad de títulos; siempre y cuando hayan obtenido la homologación
o convalidación del título académico ante las autoridades competentes, conforme con las normas vigentes sobre
la materia.
Nota 1: Los títulos académicos de postgrado de los profesionales matriculados no serán susceptibles de
inscripción en el registro profesional de ingeniería, por lo tanto, cuando se necesite acreditar tal calidad, bastará
con la presentación del título de postgrado respectivo, debidamente otorgado por universidad o institución
autorizada por el Estado para tal efecto. Si el título de postgrado fue otorgado en el exterior, solo se aceptará
debidamente legalizado o apostillado de acuerdo con las normas que rigen la materia y con la respectiva
convalidación.
Nota 2: en general todos los títulos obtenidos en el extranjero deberán ser convalidados ante el Ministerio de Educación Nacional. Nota 3: Los títulos convalidados en vigencia de las Resoluciones y Actos Administrativos anteriores a la Resolución 6950 de 2015 del Ministerio de Educación Nacional, gozan de plena validez, para lo tanto bastará aportar el acto administrativo a través del cual se resuelve la solicitud de convalidación.
3.5 Correspondencia y comunicaciones. Toda la correspondencia que se genere con ocasión del presente
proceso de selección deberá ser remitida a través de la Plataforma en el SECOP ll de acuerdo con lo establecido
en dicha sección. La SDDE no atenderá consultas, observaciones o inquietudes vía telefónica ni verbalmente. En
ese sentido, los interesados o proponentes que tengan dudas frente a cualquier asunto relacionado con el
proceso de selección deberán formular su consulta, observación o inquietud por escrito, a través de los
mecanismos indicados en el inciso que antecede. Así mismo, se indica que todas las respuestas emitidas por la
SDDE a las consultas, observaciones o inquietudes formuladas, serán publicadas en el SECOP ll, dentro de los
términos previstos en el cronograma del proceso de selección.
3.6 Confidencialidad de la oferta. Los oferentes deberán indicar en su oferta cuáles de los documentos
aportados son de carácter reservado e invocar la norma que ampara dicha reserva, para así dar cumplimiento
con lo estipulado en el numeral 40 del artículo 24 de la Ley 80 de 1993. Si el oferente no hace pronunciamiento
expreso amparado en la ley, se entenderá que toda la oferta es pública.
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4. Valor estimado del contrato y justificación del mismo.
4.1.Presupuesto oficial:El valor estimado del contrato es:El valor estimado del proceso es de TRESCIENTOS SETENTA Y CUATRO MILLONES OCHOCIENTOS CINCUENTA MIL PESOS ($374.850.000), incluido IVA y demás impuestos y gastos directos e indirectos a que haya lugar para la debida ejecución del contrato. La suma anterior, se obtiene de la información contenida en el Estudio de Marcado realizado por la Subdirección de Informática y Sistemas, quien solicitó cotizaciones a empresas que prestan el servicio requerido en el objeto del contrato de las cuales enviaron cotizaciones las siguientes firmas:
Neosecure Colombia
Soluciones Tecnológicas S.A.S
IPv6 Technology SAS
GrowData
Cotización 1. Neosecure Colombia
Cotización 2. Soluciones Tecnológicas S.A.S
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Cotización 3. IPv6Technology SAS
Cotización 4. Grow Data.
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Esta última no se incluye ya que allegaron una cotización diferente a las condiciones técnicas exigidas por la Secretaría estando basada en una CONSULTORÍA.
4.2.Justificación del valor estimado: Para el cálculo del presupuesto oficial aproximado de los bienes o servicios a contratar, se tuvo en cuenta la información contenida en el Estudio del Sector Económico y de Costos Contractual que se presenta como documento anexo, el cual hace parte integral de los presentes estudios previos. 4.3. Certificado de disponibilidad presupuestal: Las obligaciones que contraigan en desarrollo de esta contratación, se respaldan con recursos del presupuesto de la SDDE, de acuerdo con lo establecido en el numeral 6 del artículo 25 de la Ley 80 de 1993, según el Certificado de Disponibilidad Presupuestal que se expida para esta contratación. 4.4. Forma de pago del contrato: La Secretaría Distrital de Desarrollo Económico, pagará el valor del contrato de la siguiente manera y de acuerdo a los servicios efectivamente prestados, previo recibo a satisfacción por parte de la SDDE:
30 % del valor del contrato una vez el contratista haya culminado la fase I.
30 % del valor del contrato una vez el contratista haya culminado la fase II.
30 % del valor del contrato una vez el contratista haya culminado la fase III.
10 % del valor del contrato una vez el contratista haya culminado la fase IV. La Secretaría Distrital de Desarrollo Económico pagará el valor de los bienes o servicios, con la presentación de la factura correspondiente a los bienes o servicios efectivamente entregados o prestados, acompañada de la certificación del cumplimiento en el pago de los aportes al sistema de seguridad social y parafiscales firmada por el revisor fiscal y/o el representante legal; la factura deberá presentarse debidamente diligenciada y soportada con la certificación de la entrega o prestación del bien o servicio a satisfacción, expedida por el/la supervisor(a) del contrato y asignación del Programa Anual de Caja – PAC, y acompañados de los demás documentos exigidos por las normas administrativas y fiscales. El pago estará sujeto a la disponibilidad de los recursos del PAC y los de Tesorería Distrital. Los pagos al contratista serán efectuados por la Secretaría Distrital de Desarrollo Económico, en el número de cuenta y entidad bancaria que el contratista informe para tal fin. La Secretaría Distrital de Desarrollo Económico efectuará las retenciones de orden fiscal, de conformidad con la normativa vigente, las cuales estarán a cargo del Contratista. Nota 1: El pago será cancelado en pesos colombianos, a través de la consignación en la cuenta corriente o de ahorros que el contratista señale, en una de las entidades financieras afiliadas al sistema automático de pagos, previos los descuentos de ley.
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Código: GCR-P7-F6
Versión: 11
Fecha: Noviembre 2019
Estudios previos Proceso
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Página: Página 25 de 54
Elaborado por: Cristian Andrés Soto Moreno,
Mónica Castro Castro – Ma. del Pilar Barrios Gutiérrez – PE OAJ
Revisado por: Cristian Andrés Soto Moreno,
Mónica Castro Castro – Ma. del Pilar Barrios Gutiérrez – PE OAJ
Aprobado por: Nora Fernanda Martínez
Jefe OAJ
Si este documento se encuentra impreso no se garantiza su vigencia, por lo tanto es Copia No Controlada.
El usuario al momento de consultarlo debe compararlo con la versión oficial publicada en la Intranet. PE-P1-F3
Nota 2: En caso que el proponente adjudicatario sea un consorcio o unión temporal, para efectos del pago, se debe informar el número de cuenta a nombre del consorcio o unión temporal, así como efectuar la facturación en formato aprobado por la DIAN a nombre del respectivo consorcio o unión temporal. Nota 3: Si la factura no ha sido correctamente elaborada, o no se acompañan los documentos requeridos para el pago, la obligación de pago solo empezará a contarse desde la fecha en que se presenten debidamente corregidas, o desde que se haya aportado el último de los documentos solicitados. Las demoras que se presenten por estos conceptos serán de responsabilidad del contratista y no tendrá por ello, derecho al pago de intereses o compensación de ninguna naturaleza. Nota 4:Los pagos se realizarán teniendo en cuenta la Propuesta Económica, ajustada por el contratista de acuerdo con el resultado de la modalidad de selección, el cual forma parte integral del presente contrato.
5. Criterios para seleccionar la oferta más favorable
La Secretaría Distrital de Desarrollo Económico dará aplicación al artículo 5 de la Ley 1150 de 2007, el cual señala que es objetiva la selección en la cual la escogencia se haga al ofrecimiento más favorable a la entidad y a los fines que ella busca, sin tener en consideración factores de afecto o de interés y en general, cualquier clase de motivación subjetiva.
De igual forma, se dará aplicación a lo preceptuado en el artículo 2.2.1.1.2.2.2 del Decreto 1082 de 2015, de conformidad con el cual la entidad debe determinar la oferta más favorable teniendo en cuenta tas normas aplicables a cada modalidad de selección del contratista.
En relación con la verificación de cumplimiento de los requisitos habilitantes de experiencia, capacidad jurídica, capacidad financiera y capacidad organizacional de los proponentes, se deben exigir de forma adecuada y proporcional a la naturaleza y valor del contrato a suscribir, para Io cual se tendrá en cuenta la información contenida en el Registro Único de Proponentes.
Los requisitos habilitantes, que se exigirán serán los siguientes:
5.1. Requisitos Habilitantes:
5.1.1.Capacidad Jurídica:
La capacidad jurídica es la facultad de una persona para celebrar contratos con una Entidad Estatal, es decir (i) obligarse a cumplir el objeto del contrato; y (ii) no estar incursa en inhabilidades o incompatibilidades que impidan la celebración del contrato. (Fuente: manual para determinar y verificar los requisitos habilitantes en los Procesos de Contratación - CCE). La verificación de estas condiciones se realizará con la presentación de los siguientes documentos:
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Código: GCR-P7-F6
Versión: 11
Fecha: Noviembre 2019
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Página: Página 26 de 54
Elaborado por: Cristian Andrés Soto Moreno,
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Revisado por: Cristian Andrés Soto Moreno,
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Jefe OAJ
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Carta de presentación de la propuesta.
Certificado de existencia y representación legal.
Propuestas conjuntas en consorcio o unión temporal.
Proponente plural en promesa de sociedad futura.
Documentos de existencia y representación legal otorgados en el exterior.
Autorización del representante legal y/o apoderado.
Apoderamiento de personas extranjeras.
Garantía de seriedad de la propuesta.
Inscripción en el registro único de proponentes.
Certificado de pago de aportes al sistema de seguridad social integral.
Certificado de antecedentes disciplinarios de la Procuraduría General de la Nación.
Boletín de responsables fiscales de la Contraloría General de la República.
Certificado de antecedentes judiciales.
Certificado de antecedentes disciplinarios de la Personería de Bogotá.
Registro Nacional de Medidas Correctivas.
Documento de identificación de la persona natural o representante legal del proponente.
Situación militar definida.
Registro único tributario RUT y registro de información tributaria RIT. 5.1.2 Experiencia. Para el presente proceso de selección, la SDDE, solicita a los proponentes, sean personas naturales o jurídicas, presentar el Registro Único de Proponentes (RUP), de acuerdo con el Clasificador de Bienes y Servicios de la UNSPSC, dónde se verifique una experiencia mínima requerida hasta el tercer nivel, conforme al numeral 1 del artículo 2.2.1.1.1.5.3 del Decreto 1082 de 2015.
5.1.2.1verificación de la experiencia del RUP del proponente
La experiencia es el conocimiento del proponente derivado de su participación previa en actividades iguales o
similares a las previstas en el objeto del contrato. (Fuente: manual para determinar y verificar los requisitos
habilitantes en los Procesos de Contratación - CCE).
La experiencia se acreditará con:
Registro único del proponente (RUP)
Los proponentes acreditarán el cumplimiento del presente requisito con el Registro Único de Proponentes
expedido por la Cámara de Comercio de su jurisdicción, con fecha de expedición no mayor a un (1) mes de
anterioridad respecto de la fecha límite de recepción de ofertas, en el cual conste su inscripción en mínimo cuatro
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Código: GCR-P7-F6
Versión: 11
Fecha: Noviembre 2019
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Aprobado por: Nora Fernanda Martínez
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(4) de los siguientes códigos:
Clasificación UNSPSC
Segmento Familia Clase Producto
Servicio basados en ingeniería,
investigación y tecnología
81000000 81110000 81111800 81111820
Servicios Informáticos
81000000 81110000 81111800 81111820
Servicios de sistemas y
administración de componentes
de sistemas
81000000 81110000 81111800 81111820
Servicios de funcionalidad del sistema
81000000 81110000 81111800 81111820
El proponente deberá señalar cuáles son los contratos que se deben tener en cuenta para acreditar la verificación de la experiencia, los cuales deberán estar inscritos en el RUP, para lo cual el proponente (singular o plural) manifestará expresamente y con claridad en documento separado, el número, la entidad contratante y el porcentaje de participación del oferente (s) plural o singular, en el respectivo Consorcio o Unión Temporal, de los contratos con los cuales se pretendan acreditar la experiencia.
En caso de que el proponente no precise tal información, la SDDE tomará el primer contrato indicado en el RUP en orden consecutivo ascendente, que cumpla las condiciones establecidas en el párrafo anterior, con el propósito de habilitar al proponente.
Cuando el proponente pretenda acreditar la experiencia obtenida mediante participación en Consorcio o Unión Temporal, será valorada conforme al porcentaje de participación real del proponente en dicha forma asociativa.
Para el caso de consorcios o unión temporales, la experiencia acreditada es la sumatoria de los contratos certificados por todos, algunos o uno de los miembros del consorcio o unión temporal.
Todo oferente nacional o extranjero relacionará y certificará la experiencia exigida en este proceso. Cualquier experiencia obtenida en el extranjero, se comprobará con el documento equivalente en el país respectivo, que llenará los requisitos establecidos en este numeral. Si la certificación fue expedida en idioma distinto al
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Código: GCR-P7-F6
Versión: 11
Fecha: Noviembre 2019
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Página: Página 28 de 54
Elaborado por: Cristian Andrés Soto Moreno,
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Revisado por: Cristian Andrés Soto Moreno,
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castellano, adjuntará, además, la traducción del mismo; en caso de resultar ser el proponente adjudicatario se adjuntará la traducción oficial del mismo, como lo establece la Circular Externa N
O 17 la Circular Externa Única
de Colombia Compra Eficiente. Lo anterior en concordancia con el artículo 25 Numeral 15 de la Ley 80 de 1993.
5.1.2.2 Experiencia general mínima habilitante.
La Entidad verificará la experiencia con máximo dos (2) contratos debidamente registrados en el RUP en alguno de los códigos indicados en el anterior numeral, cuyo objeto comprenda actividades similares a las de la presente contratación “migración de IPv4 a IPv6” celebrados en los últimos 2 años contados desde de la fecha de recepción de las propuestas.
La sumatoria del valor de los dos (2) contratos ejecutados y certificados, deberá ser igual o superior al presupuesto oficial disponible del presente proceso de selección. Los Salarios Mínimos de cada certificación de contratos se liquidarán con base en el SMMLV de la fecha de suscripción del contrato o en su defecto la fecha de iniciación del mismo.
Los valores del SMMLV de los años anteriores sobre los cuales se certificará la Experiencia son:
AÑO VALOR SMLMV
2020 $877.803
2019 $828.116
2018 $781.242
2017 $737.717
2016 $689.455
2015 $644.350
Para el caso de consorcios o uniones temporales, la experiencia acreditada es la sumatoria de los contratos
certificados por todos los miembros del consorcio o unión temporal. Para el caso de consorcios o uniones
temporales, Ia experiencia acreditada es la sumatoria de los contratos certificados por todos los miembros del
consorcio o unión temporal, o de uno de sus miembros el cual deberá cumplir con la condición anteriormente
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Código: GCR-P7-F6
Versión: 11
Fecha: Noviembre 2019
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Revisado por: Cristian Andrés Soto Moreno,
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señalada pare efectos de la acreditación de Ia experiencia. Así mismo en la propuesta deberán señalarlo de
manera expresa y taxativa, cumpliendo con los requisitos y condiciones exigidas para las certificaciones en el
presente Pliego de Condiciones. Si un miembro de Consorcio o Unión Temporal no acredita Ia experiencia en la
forma aquí indicada, se entenderá que Ia propuesta no cumple con Ia experiencia mínima solicitada.
Cuando el proponente allegue, certificaciones de contratos en los que conste que participo como integrante de un
consorcio o unión temporal. se tendrán en cuenta estas certificaciones en proporción al porcentaje de su
participación en la unión temporal, o de acuerdo con el número de miembros que conforman el consorcio, según
el caso, siempre que esta certificación cumpla con los requisitos y condiciones exigidas para cada una de las
certificaciones en el presente pliego de condiciones.
Para tal efecto, el proponente deberá presentar copia de la minute de constitución del consorcio y/o Unión
temporal, en donde certifique su porcentaje de participación. El proponente debe relacionar en anexo, contratos
cuyo objeto corresponda al objeto del presente documento.
Las certificaciones expedidas por el contratante deberán contener como mínimo;
a. Nombre o razón social del contratante.
b. Nombre o razón social del contratista.
c. Fecha de iniciación y terminación del contrato indicando día, mes y año. En caso de no especificarse el día, se tomará come fecha de iniciación el día 1 del mes relacionado y como fecha de terminación Igualmente el día 1 del Último mes relacionado.
d. Objeto del contrato.
e. Valor del contrato expresado en pesos colombianos; debidamente suscrita por quien expide la
certificación.
f. Cuando se trate de contratos que el proponente haya ejecutado como parte de una unión temporal 0; Consorcio, debe informar el porcentaje de participación para que con base en este Ia entidad reconozca la experiencia de acuerdo con el tiempo y valor del contrato.
En caso de requerirse aclaraciones o información adicional a las certificaciones de experiencia que anexen los
proponentes, la Secretaria Distrital de Desarrollo Económico elevara la solicitud correspondiente al oferente, que
contara con el término indicado en la comunicación de la SDDE para brindar la respectiva respuesta.
Si con Ia propuesta se allegan más de tres (3) certificaciones, que cumplan con los requisitos y condiciones
exigidos para ellas en el presente estudio, se tendrán en cuenta los dos (2) contratos certificados de mayor valor
en S.M.M.L.V. y mayor tiempo de ejecución hasta cumplir el requisito mínima.
La propuesta que no acredite Ia experiencia mínima requerida no será habilitada, sin perjuicio de Ia oportunidad
indicada en el artículo 5 de la ley 1150 de 2007, que tienen los proponentes para subsanar los requisitos
habilitantes.
Así también Ia aplicación de los dispuesto en la ley 1882 de 2018 "Par el cual de adicionan, modifican y dictan
disposiciones orientadas a fortalecer la contratación pública en Colombia, la ley de infraestructura y se dictan
otras disposiciones".
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Fecha: Noviembre 2019
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Revisado por: Cristian Andrés Soto Moreno,
Mónica Castro Castro – Ma. del Pilar Barrios Gutiérrez – PE OAJ
Aprobado por: Nora Fernanda Martínez
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5.1.3 EQUIPO DE TRABAJO REQUERIDO Y EXPERIENCIA DEL RECURSO HUMANO
A pesar de que el proponente puede diseñar su equipo de trabajo como lo desee y puede vincular en las
cuadrillas cuantas personas considere pertinentes, y del nivel que estime más apropiado, el proponente
interesado deberá presentar junto con su propuesta todos los documentos que certifiquen el cumplimiento como
requisito mínima habilitante del recurso humano con la oferta, así mismo debe tener conformado el Equipo de
Trabajo al momento de la presentación de la propuesta a más tardar a Ia fecha límite para subsanar, los cuales
deben estar disponibles para la normal ejecución del contrato y que se describen a continuación:
ESPECIALISTA EN LA ESTRATEGIA DE
ROL
TRANSICIÓN A IPv6 Y GESTION DEL PROYECTO DESCRIPCIÓN
Ingeniero de cualquiera de las siguientes profesiones: Sistemas o
PROFESIÓN Electrónico o Telemático o Redes de Computadores o Teleinformática o
Telecomunicaciones, con tarjeta o matrícula profesional vigente.
Especialización o Maestría o Doctorado en:
POSTGRADO
Gerencia de Telecomunicaciones o Gerencia / Dirección de proyectos o
MBA con énfasis en Dirección de proyecto o Master Ejecutivo o Master
FORMACIÓN en Dirección.
ACADÉMICA CERTIFICACIÓN INTERNACIONAL
ESPECIALIZADA EN LA TRANSICIÓN A - IPv6 Forum Certified Network Engineer Silver (CNES) vigente.
IPv6
CERTIFICACIÓN INTERNACIONAL EN
MEJORES PRÁCTICAS PARA LA GESTIÓN - PMP o PRINCE2, vigentes.
DE PROYECTOS Y
ADMINISTRACIÓN DE - ITILv3 o superior.
SERVICIOS TI
Con cuatro (4) años de experiencia profesional contados a partir de la
GENERAL EN LA PROFESIÓN expedición de la tarjeta profesional y al menos dos (2) años acreditados
como Gerente de Proyectos relacionados con TIC.
- Con experiencia específica de al menos tres (3) proyectos como
Gerente, Coordinador, Articulador, Líder y/o Director de Proyectos
relacionados con la Transición a IPv6 en cualquiera de sus Fases que
incluya revisión de la situación actual, diagnóstico o caracterización,
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Revisado por: Cristian Andrés Soto Moreno,
Mónica Castro Castro – Ma. del Pilar Barrios Gutiérrez – PE OAJ
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Jefe OAJ
Si este documento se encuentra impreso no se garantiza su vigencia, por lo tanto es Copia No Controlada.
El usuario al momento de consultarlo debe compararlo con la versión oficial publicada en la Intranet. PE-P1-F3
EXPERIENCIA planeación, implementación y pruebas.
ESPECÍFICA EN LA TRANSICIÓN A IPv6 - Al menos dos (2) de los proyectos certificados deben ser en entidades
estatales y/o de economía mixta, en los cuales deberá figurar como
miembro del equipo mínimo de trabajo ofrecido.
- Los proyectos certificados deberá contar con una duración mínima de
dos (2) meses, finalizado en su totalidad exitosamente.
- Asegurar el cumplimiento del cronograma, planes y acuerdos definidos
durante el proyecto, los cuales se deben mantenerse dentro del alcance,
tiempos, recursos, riesgos y calidad del proyecto.
ACTIVIDADES
- Apoyar técnicamente de forma transversal a todas las áreas que
GENERALES impactan la transición a IPv6
- Apoyar el diseño técnico y la gestión estratégica del proceso de
transición a IPv6, así como las actividades de configuración, pruebas y
monitoreo
ESPECIALISTA TRANSVERSAL EN
LA ROL TRANSICIÓN A IPv6 DESCRIPCIÓN
DIAGNÓSTICO
Ingeniero de cualquiera de las siguientes profesiones: Sistemas o
PROFESION Electrónico o Telemático o Redes de Computadores o Teleinformática o
FORMACIÓN Telecomunicaciones, con tarjeta o matrícula profesional vigente.
ACADÉMICA CERTIFICACIÓN INTERNACIONAL - IPv6 Forum Certified Network Engineer Silver.
ESPECIALIZADA EN LA TRANSICIÓN A IPv6
ACREDITACIONES COMPLEMENTARIAS - Curso en Sistemas Operativos Linux o Microsoft
ESPECIALISTA TRANSVERSAL EN
LA
ROL TRANSICIÓN A IPv6 DESCRIPCIÓN
PLANIFICACIÓN
Ingeniero de cualquiera de las siguientes profesiones: Sistemas o
PROFESION
Electrónico o Telemático o Redes de Computadores o
Teleinformática o
Telecomunicaciones, con tarjeta o matrícula profesional vigente.
Especialización o Especialización Tecnológica o Maestría o Doctorado
POSTGRADO relacionados con Telecomunicaciones o Seguridad
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Código: GCR-P7-F6
Versión: 11
Fecha: Noviembre 2019
Estudios previos Proceso
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Página: Página 32 de 54
Elaborado por: Cristian Andrés Soto Moreno,
Mónica Castro Castro – Ma. del Pilar Barrios Gutiérrez – PE OAJ
Revisado por: Cristian Andrés Soto Moreno,
Mónica Castro Castro – Ma. del Pilar Barrios Gutiérrez – PE OAJ
Aprobado por: Nora Fernanda Martínez
Jefe OAJ
Si este documento se encuentra impreso no se garantiza su vigencia, por lo tanto es Copia No Controlada.
El usuario al momento de consultarlo debe compararlo con la versión oficial publicada en la Intranet. PE-P1-F3
Informática o Seguridad de la Información o Seguridad en redes de Datos o
Tecnologías FORMACIÓN
de la Información. ACADÉMICA
CERTIFICACIÓN INTERNACIONAL
- IPv6 Forum Certified Network Engineer Silver (CNES)
ESPECIALIZADA EN LA TRANSICIÓN
A IPv6 - IPv6 Forum Certified Network Engineer Gold (CNEG)
- Curso IPv6 Avanzado de LACNIC o CCNP o CCIE
ACREDITACIONES COMPLEMENTARIAS
- Curso Fundamentos de BGP e introducción a RPKI de LACNIC
- Certificación en Seguridad ISO 27001 o CISM o CISP o CHE
o ECIH
- Certificación ITIL v3 o superior.
GENERAL EN LA PROFESIÓN
Con tres (3) años de experiencia profesional, contados a partir de la
expedición de la tarjeta profesional.
Con experiencia profesional en Proyectos de Transición a IPv6 específica
mínima de dos (2) años, dentro de los cuales debe haber
participado en
al menos tres (3) de proyectos, al menos dos (2) de ellos en entidades
entidad estatales y/o de economía mixta, realizando las
siguientes
actividades:
- Planificación de la Transición a IPv6
- Planeación e implementación del piloto de pruebas de IPv6
EXPERIENCIA - Implementación de Herramienta IPAM.
ESPECÍFICA EN LA TRANSICIÓN A IPv6
- Diseño de la nueva red de comunicaciones basado en IPv6
- Planeación e Implementación de direccionamiento en IPV6
- Planeación y configuración de los activos de la
infraestructura de red
- Elaboración y ejecución del Plan de implementación que involucre
componentes de la infraestructura tecnológica.
Todo esto demostrable a través de certificación laboral del profesional y
con el anexo técnico de los proyectos certificados en donde se
relaciones
las actividades y alcance de los mismos.
ESPECIALISTA TRANSVERSAL EN
LA ROL TRANSICIÓN A IPv6 DESCRIPCIÓN
PRUEBAS DE FUNCIONALIDAD
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Código: GCR-P7-F6
Versión: 11
Fecha: Noviembre 2019
Estudios previos Proceso
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Página: Página 33 de 54
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Revisado por: Cristian Andrés Soto Moreno,
Mónica Castro Castro – Ma. del Pilar Barrios Gutiérrez – PE OAJ
Aprobado por: Nora Fernanda Martínez
Jefe OAJ
Si este documento se encuentra impreso no se garantiza su vigencia, por lo tanto es Copia No Controlada.
El usuario al momento de consultarlo debe compararlo con la versión oficial publicada en la Intranet. PE-P1-F3
Ingeniero de cualquiera de las siguientes profesiones: Sistemas o
PROFESION
Electrónico o Telemático o Redes de Computadores o
Teleinformática o
Telecomunicaciones, con tarjeta o matrícula profesional vigente.
Especialización o Especialización Tecnológica o Maestría o Doctorado
POSTGRADO
relacionados con Telecomunicaciones o Seguridad Informática o
Seguridad de la Información o Seguridad en redes de Datos o FORMACIÓN
Tecnologías de la Información.
ACADÉMICA
CERTIFICACIÓN INTERNACIONAL
- IPv6 Forum Certified Network Engineer Silver.
ESPECIALIZADA EN LA
TRANSICIÓN A IPv6 - IPv6 Forum Certified Security Engineer Gold.
- Curso IPv6 Avanzado de LACNIC o CCNP o CCIE
ACREDITACIONES COMPLEMENTARIAS
- Curso Fundamentos de BGP e introducción a RPKI de LACNIC
- Certificación en Seguridad ISO 27001 o CISM o CISP o CHE o
ECIH
- Certificación ITIL v3 o superior.
GENERAL EN LA PROFESIÓN
Acreditar tres (3) años experiencia profesional contados a partir de la
expedición de la tarjeta profesional
Con experiencia profesional en Proyectos de Transición a IPv6 específica
mínima de dos (2) años, dentro de los cuales debe haber
participado en
al menos tres (3) de proyectos, al menos dos (2) de ellos en entidades
entidad estatales y/o de economía mixta, realizando las siguientes
actividades:
- Formulación de controles de cambio, validación y aseguramiento
en
ambiente de pruebas y producción
EXPERIENCIA ESPECÍFICA EN LA TRANSICIÓN A IPv6 - Realizar pruebas y monitoreo de la funcionalidad de IPv6
- Validación de los servicios configurados con IPv6 de tal manera
que
estos sean visibles desde internet
- Elaboración de políticas de aseguramiento
-Atención de soporte técnico en IPv6 en sitio y/o remota
Todo esto demostrable a través de certificación laboral del
profesional y
con el anexo técnico de los proyectos certificados en donde se
relaciones las actividades y alcance de los mismos.
Nota 1. Los certificados presentados por el equipo de trabajo que son expedidos por las mismas personas
naturales o jurídicas proponentes o integrantes del equipo de trabajo, solamente podrán acreditar experiencia que
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Fecha: Noviembre 2019
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Si este documento se encuentra impreso no se garantiza su vigencia, por lo tanto es Copia No Controlada.
El usuario al momento de consultarlo debe compararlo con la versión oficial publicada en la Intranet. PE-P1-F3
haya sido efectivamente prestada con aquel que expide la certificación. En ningún caso estas certificaciones
podrán acreditar, para un integrante del equipo de trabajo, experiencia obtenida con terceros, en Ia cual aquel
que certifica no tuvo ninguna participación.
Nota 2. No podrán ser parte del equipo de trabajo quienes hayan actuado como asesores y/o consultores y/o
funcionarios y/o contratistas de la SDDE en las etapas de planeación y/o estructuración del presente proceso de
selección.
Nota 3. El proponente deberá señalar de manera EXPRESA, cuales certificaciones del equipo de trabajo
propuesto serán objeto de HABILITACION, teniendo en cuenta que deberán ser distintas a las que presente para
la calificación; en caso de no hacerlo, la SDDE tomará como habilitantes las certificaciones en orden de
presentación cronológico descendente en el archivo respectivo.
Nota 4. Las certificaciones que acrediten la experiencia del personal propuesto se consideraran expedidas bajo
gravedad de juramento.
Nota 5. En caso de que el proponente llegue a presentar más de una hoja de vida y sus soportes para cualquiera
de los cargos solicitados, la SDDE solo verificara la primera hoja de vida de acuerdo con el orden alfabético por
apellidos de la A a la Z y las demos no serán tenidas en cuenta.
Nota 6. Las certificaciones firmadas por el mismo personal profesional propuesto, es decir, las auto
certificaciones o declaraciones extra juicio, no serán tenidas en cuenta.
Nota 7. La SDDE podrá solicitar aclaraciones a los documentos que acreditan la experiencia de los profesionales
propuestos, siempre y cuando con las mismas no se mejore la oferta en sus aspectos ponderables.
Cambios de personal en la ejecución del contrato
Los cambios que se realicen por solicitud del Contratista deberán ser aprobados por la Secretaría Distrital de
Desarrollo Económico. Así mismo, la entidad se reserve el derecho a solicitar el cambio de personal.
En caso de requerirse remplazo de alguien del personal, el contratista deberá contar con la aprobación por
escrito del supervisor del contrato asignado por parte de la SDDE, para autorizar el remplazo, se deberá
presentar a la SDDE, una persona que cumpla con los requisitos mínimos solicitados y que acredite la formación
académica y la experiencia en iguales o mejores condiciones a la de la personal a sustituir.
5.1.4Capacidad financiera.
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Fecha: Noviembre 2019
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El usuario al momento de consultarlo debe compararlo con la versión oficial publicada en la Intranet. PE-P1-F3
Los indicadores de capacidad financiera buscan establecer unas condiciones mínimas que reflejan la salud financiera de los proponentes a través de su liquidez y endeudamiento. Estas condiciones muestran la aptitud del proponente para cumplir oportuna y cabalmente el objeto del contrato.(Fuente: Manual para determinar y verificar los
requisitos habilitantes en los Procesos de Contratación - CCE)
5.1.4.1 Documentos de Carácter Financiero Con el objetivo de determinar cuáles proponentes tienen la capacidad financiera para la ejecución del contrato, la SDDE revisará y analizará la información financiera de cada uno de los proponentes, de acuerdo con las normas en materia contable y financiera. Para tal efecto, la capacidad financiera del proponente, como requisito habilitante, se verificará con base en los factores financieros denominados: a) Liquidez, b) nivel de endeudamiento y c) Razón de cobertura de intereses. Para la verificación de los indicadores financieros solicitados, los proponentes deberán aportar el Registro Único de Proponentes - RUP actualizado de acuerdo con el Decreto 1082 de 2015. En caso de que la SDDE considere insuficiente la información financiera suministrada, se reserva la facultad de solicitar información adicional, con el fin de verificar y/o aclarar los datos y la información reportada. 5.1.4.2 Valoración de la capacidad financiera El estudio financiero de las propuestas, no tiene ponderación alguna, y se efectúa como requisito habilitante para el proceso de selección; en él se pretende evaluar la solvencia económica y patrimonial del interesado, e indica si la propuesta CUMPLE o NO CUMPLE con los requisitos financieros del presente pliego. Para que una propuesta sea habilitada financieramente, deberá cumplir con la totalidad de los indicadores financieros del artículo 2.2.1.1.1.5.3, Numeral 3 del Decreto Nacional 1082 de 2015, y con los indicadores financieros adicionales que la entidad considere pertinentes evaluar. A continuación, se presentan los indicadores financieros a evaluar para este proceso adjudicatario:
a) Índice de liquidez:
El proponente debe presentar un índice de liquidez mayor o igual a $ 1,50; el cual se calculará con la siguiente fórmula:
Para el caso de
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consorcios se calculará el índice de liquidez con base en la sumatoria del activo corriente y del pasivo corriente, de los integrantes, aplicando la siguiente fórmula:
Para Uniones Temporales se ponderará el índice de liquidez, de acuerdo con el porcentaje de participación de cada uno de los integrantes, se aplicará la siguiente fórmula:
Dónde: IL = Índice de liquidez. AC (1...n) = Activo corriente de cada proponente. PC (1...n) = Pasivo corriente de cada proponente. %P (1…n) = Porcentaje de participación de cada uno de los integrantes de la Unión
Temporal
b) Índice de endeudamiento:
El proponente deberá tener un nivel de endeudamiento menor o igual al 61,0%, el cual se calculará con la aplicación de la siguiente fórmula:
Para el caso de consorcios se calculará el índice de endeudamiento con base a los pasivos totales y activos totales, de cada uno de los integrantes aplicando la siguiente fórmula:
Para Uniones Temporales se ponderará el índice de endeudamiento de acuerdo con el porcentaje de participación de cada uno de los integrantes, se aplicará la siguiente fórmula:
Dónde: IE = Índice de endeudamiento.
IL = (AC1 + AC2 + AC3 + ... + ACn) / (PC1 + PC2 + PC3 + ... + PCn)
IL = (AC1/PC1) x %P1 + ( AC2/PC2) x %P2 + ... + (ACn/PCn) x %Pn
IE = (PT / AT) x 100
IE = (PT1 + PT2 + PT3 + ... + PTn) / (AT1 + AT2 + AT3 + ... + ATn) x 100
IE = (PT1/AT1) x %P1 + ( PT2/AT2) x %P2 + ... + (PTn/ATn) x %Pn x 100
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PT (1...n) = Pasivo total de cada proponente. AT (1...n) = Activo total de cada proponente. %P(1…n) = Porcentaje de participación de cada uno de los integrantes de la Unión
Temporal
c) Razón de cobertura de intereses:
El proponente deberá tener una razón de cobertura de intereses mayor o igual a 1.9,el cual se calculará con la aplicación de la siguiente fórmula:
Para el caso de consorcios se calculará la razón de cobertura de intereses con base a la utilidad operacional (Utilidad antes de impuestos e intereses) y los gastos financieros por concepto intereses de cada uno de los integrantes, aplicando la siguiente fórmula:
Para Uniones Temporales, se pondera la razón de cobertura de intereses, de acuerdo con el porcentaje de participación de cada integrante y se aplicará la siguiente fórmula:
Dónde: RCI = Razón de Cobertura de Intereses UO (1…n) = Utilidad Operacional de cada uno de los proponentes Gi (1…n) = Gastos de Intereses de cada uno de los proponentes %P (1…n) = Porc. de partic. de cada uno de los integrantes de la Unión Temporal Nota: Los proponentes que no presenten en su información financiera, gastos por concepto de intereses y que al momento de calcular el valor de cobertura de los mismos respecto a la utilidad operacional sea igual a cero (0) o “INDETERMINADO” no serán “INHABILITADOS” financieramente del proceso de adjudicación. 5.1.4.3 Valoración de la capacidad organizacional El estudio de la capacidad organizacional de las propuestas, no tiene ponderación alguna, y se efectúa como requisito habilitante para el proceso de selección; en él se pretende evaluar el rendimiento de las inversiones y la eficiencia en el uso de activos del interesado, e indica si la propuesta CUMPLE o NO CUMPLE con los requisitos exigidos del presente pliego. Para que una propuesta sea habilitada deberá cumplir con la totalidad de los indicadores de capacidad organizacional del artículo 2.2.1.1.1.5.3, Numeral 4 del Decreto Nacional 1082 de 2015.
RCI = (UO1 + UO2 + UO3 + … + UOn / Gi1 + Gi2 + Gi3 +…+Gin)
RCI = (UO1/Gi1) x %P1 + (UO2/Gi2) x %P2 + … + (UOn/Gin) x %Pn
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A continuación, se presentan los indicadores de capacidad organizacional:
Rentabilidad del activo:
El proponente deberá tener una rentabilidad del activo mayor o igual a 6,20%, el cual se calculará con la aplicación de la siguiente fórmula:
Para el caso de consorcios se calculará la rentabilidad del activo con base a la utilidad operacional (Utilidad antes de impuestos e intereses) y el activo total neto de cada uno de los integrantes, aplicando la siguiente fórmula:
Para Uniones Temporales, se pondera la rentabilidad del activo, de acuerdo con el porcentaje de participación de cada integrante y se aplicará la siguiente fórmula:
Dónde: RA = Rentabilidad del activo UO (1…n) = Utilidad operacional de cada uno de los proponentes AT (1…n) = Activo total %P (1…n) = Porcentaje de participación de cada uno de los integrantes de la
Unión Temporal.
Rentabilidad del patrimonio:
El proponente deberá tener una rentabilidad del patrimonio mayor o igual a 19,0%, el cual se calculará con la aplicación de la siguiente fórmula:
Para el caso de consorcios se calculará la rentabilidad del patrimonio con base a la utilidad operacional (Utilidad antes de impuestos e intereses) y el patrimonio neto de cada uno de los
RA = (UO / AT) x 100
RA = (UO1 + UO2 + UO3 + … + UOn) / (AT1 + AT2 + AT3 + … + ATn) x 100
RA = (UO1/AT1) x %P1 + (UO2/AT2) x %P2 + … + (UOn/ATn) x %Pn x 100
RP = (UO / PA) x 100
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integrantes, aplicando la siguiente fórmula:
Para Uniones Temporales, se pondera la rentabilidad del patrimonio, de acuerdo con el porcentaje de participación de cada integrante y se aplicará la siguiente fórmula:
Dónde: RP = Rentabilidad del patrimonio UO (1…n) = Utilidad operacional de cada uno de los proponentes PA (1…n) = Patrimonio neto %P (1…n) = Porc. de partic. de cada uno de los integrantes de la Unión
Temporal. 5.2 Factores de evaluación:
Se consideran como factor técnico a la oferta que contribuyen a mejorar la buena práctica en la norma que se está implementando. En ningún caso las ofertas económicas de los oferentes podrán superar el presupuesto oficial del proceso de selección, y en caso de que alguna(s) oferta (s) lo supere, se procederá a su rechazo. Teniendo en cuenta lo antes señalado, la selección de contratista se realizará mediante la ponderación técnica y precio. Al factor Técnico se le asignara un puntaje total de treinta y nueve (39) puntos y al factor precio se le asignara un puntaje total de cincuenta (50) puntos, apoyo industria nacional diez (10) y para personal con discapacidad un (1) punto, para un puntaje total de 100 puntos, los cuales serán asignados de conformidad con los siguientes criterios y puntajes:
FACTOR SUB FACTOR PUNTAJE MÁXIMO PUNTAJE FACTOR
Evaluación Económica La oferta que ocupe el primer lugar después del método de evaluación a escoger tendrá el puntaje que arroje de
50 puntos 50 puntos
RP = (UO1+UO2+UO3+…+UOn) / (PA1+PA2+PA3+…+PAn) x 100
RP = (UO1/PA1) x %P1 + (UO2/PA2) x %P2 + … + (UOn/PAn) x %Pn x 100
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determinar el método de calificación con un máximo de 50 puntos
Factor técnica Estar certificados en la norma que se está implementando, tanto en la empresa como su personal
14 puntos 39 puntos
Factor adicional al mínimo requerido
25 puntos
Industria Nacional Términos de la Ley 816 del 7 de julio de 2003 “por medio de la cual se apoya a la industria Nacional a través de la contratación pública.
10 puntos 10 puntos
Personal con discapacidad
Artículo 2.2.1.2.4.2.6 Puntaje adicional para los proponentes con trabajadores en condición de discapacidad.En los procesos de licitaciones públicas y concursos de méritos, para incentivar el sistema a favor de las personas con disparidad en las entidades estatales deberán otorgar el uno por ciento (1%) del total de los puntos establecidos en el pliego de condiciones, a los proponentes que acrediten la vinculación de los trabajadores con discapacidad en su planta de personal, de acuerdo con los siguientes requisitos…)
1 punto 1 punto
TOTAL 100 PUNTOS
5.2.1 Evaluación Económico (máximo 50 puntos) La Secretaria Distrital de Desarrollo Económico a partir del valor de las Ofertas debe asignar máximo 50 cincuenta (50) puntos acumulables de acuerdo con el método escogido en forma aleatoria para la ponderación de la oferta económica. Métodos de evaluación de la oferta económica
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Para la determinación del método se tomarán los primeros dos decimales de la TRM que rija para el día hábil siguiente al cierre de la presente contratación. El método debe ser escogido de acuerdo a los rangos establecidos en la tabla que se presenta a continuación.
RANGO (INCLUISVE)
NUMERO METODO
De 00 a 33 1 MEDIA ARITMETICA
De 34 a 66 2 MEDIA ARITMETICA ALTA
De 67 a 99 3 MEDIA GEOMETRICA CON PRESUPUESTO OFICIAL
NOTA 1: Para efectos de la asignación de puntaje la SDDE tomará el valor total de la propuesta correspondiente a la sumatoria de cada uno de los ítems contemplados en el anexo propuesta económica. NOTA 2: Para todos los efectos del valor de cada uno de los ítems, la propuesta no podrá superar el valor total promedio, establecido por la Entidad so pena de ser rechazada la propuesta en los casos que supere el valor promedio.
(i) Media aritmética Consiste en la determinación del promedio aritmético de las Ofertas válidas y la asignación de puntos en función de la proximidad de las Ofertas a dicho promedio aritmético, como resultado de aplicar las siguientes fórmulas:
= Media aritmética. = Valor de la oferta i sin decimales
n = Número total de las Ofertas válidas presentadas Obtenida la media aritmética se procederá a ponderar las Ofertas de acuerdo con la siguiente fórmula.
𝑷𝒖𝒏𝒕𝒂𝒋𝒆 𝒊 = {[𝟓𝟎] ∗ (𝟏 − (𝑿 − 𝑽𝒊
𝑿))𝒑𝒂𝒓𝒂 𝒗𝒂𝒍𝒐𝒓𝒆𝒔 𝒎𝒆𝒏𝒐𝒓𝒆𝒔 𝒐 𝒊𝒈𝒖𝒂𝒍𝒆𝒔 𝒂 𝑿}
METODO
MEDIA ARITMETICA
MEDIA ARITMETICA ALTA
MEDIA GEOMETRICA CON PRESUPUESTO OFICIAL
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𝑷𝒖𝒏𝒕𝒂𝒋𝒆 𝒊 = {[𝟓𝟎] ∗ (𝟏 − 𝟐(|�̅� − 𝑽𝒊|
𝑿))𝒑𝒂𝒓𝒂 𝒗𝒂𝒍𝒐𝒓𝒆𝒔 𝒎𝒂𝒚𝒐𝒓𝒆𝒔 𝒂 𝑿}
Donde = Media aritmética.
= Valor total de cada una de las Ofertas i, = sin decimales i = Número de oferta.
En el caso de ofertas económicas con valores mayores a la media aritmética se tomará el valor absoluto de la diferencia entre la media aritmética y el valor de la Oferta, como se observa en la fórmula de ponderación. (ii) Media aritmética alta Consiste en la determinación de la media aritmética entre el valor total sin decimales de la Oferta válida más alta y el promedio aritmético de las Ofertas válidas y la asignación de puntos en función de la proximidad de las Ofertas a dicha media aritmética, como resultado de aplicar las siguientes fórmulas:
Donde,
= Media aritmética alta = Valor total sin decimales de la oferta más alta
= Promedio aritmético de las ofertas válidas Obtenida la media aritmética alta se procederá a ponderar las Ofertas de acuerdo con la siguiente fórmula:
𝑃𝑢𝑛𝑡𝑎𝑗𝑒 𝑖 = {[50] ∗ (1 − (𝑋𝐴 − 𝑉𝑖𝑋𝐴
)) 𝑝𝑎𝑟𝑎 𝑣𝑎𝑙𝑜𝑟𝑒𝑠 𝑚𝑒𝑛𝑜𝑟𝑒𝑠 𝑜 𝑖𝑔𝑢𝑎𝑙𝑒𝑠 𝑎 𝑋𝐴}
𝑃𝑢𝑛𝑡𝑎𝑗𝑒 𝑖 = {[50] ∗ (1 − 2(|𝑋𝐴 − 𝑉𝑖|
𝑋𝐴))𝑝𝑎𝑟𝑎 𝑣𝑎𝑙𝑜𝑟𝑒𝑠 𝑚𝑎𝑦𝑜𝑟𝑒𝑠 𝑎 𝑋𝐴}
Donde,
= Media aritmética alta = Valor total sin decimales de cada una de las Ofertas i
i = Número de oferta.
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En el caso de Ofertas económicas con valores mayores a la media aritmética alta se tomará el valor absoluto de la diferencia entre la media aritmética alta y el valor de la Oferta, como se observa en la fórmula de ponderación. (iii) Media geométrica con presupuesto oficial Consiste en establecer la media geométrica de las Ofertas válidas y el presupuesto oficial un número determinado de veces y la asignación de puntos en función de la proximidad de las Ofertas a dicha media geométrica, como resultado de aplicar las fórmulas que se indican en seguida. Para el cálculo de la media geométrica con presupuesto oficial se tendrá en cuenta el número de Ofertas válidas en cada propuesta y se incluirá el presupuesto oficial del Proceso de Contratación en el cálculo tantas veces como se indica en el siguiente cuadro:
Y así sucesivamente, por cada tres Ofertas válidas se incluirá una vez el presupuesto oficial del presente Proceso de Contratación. Posteriormente, se determinará la media geométrica con la inclusión del presupuesto oficial de cada propuesta de acuerdo a lo establecido en el cuadro anterior, mediante la siguiente fórmula:
Donde,
= Media geométrica con presupuesto oficial. = Número de veces que se incluye el presupuesto oficial (PO).
= Número de Ofertas válidas. = Presupuesto oficial del Proceso de Contratación.
= Valor de la oferta económica sin decimal
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Establecida la media geométrica se procederá a determinar el puntaje para cada Proponente mediante el siguiente procedimiento:
𝑃𝑢𝑛𝑡𝑎𝑗𝑒 𝑖 =
{
[50] ∗ (1 − (
𝐺𝑃𝑂− 𝑉𝑖𝐺𝑃𝑂
))𝑝𝑎𝑟𝑎 𝑣𝑎𝑙𝑜𝑟𝑒𝑠 𝑚𝑒𝑛𝑜𝑟𝑒𝑠 𝑜 𝑖𝑔𝑢𝑎𝑙𝑒𝑠 𝑎 𝐺𝑃𝑂
⌈50⌉ ∗ (1 − 2(|𝐺𝑃𝑂 − 𝑉𝑖|
𝐺𝑃𝑂)) 𝑝𝑎𝑟𝑎 𝑣𝑎𝑙𝑜𝑟𝑒𝑠 𝑚𝑎𝑦𝑜𝑟𝑒𝑠 𝑎 𝐺𝑃𝑂
}
= Media geométrica con presupuesto oficial. = Valor total sin decimales de cada una de las Ofertas i
i = Número de oferta.
En el caso de ofertas económicas con valores mayores a la media geométrica con presupuesto oficial se tomará el valor absoluto de la diferencia entre la media geométrica con presupuesto oficial y el valor de la oferta, como se observa en la fórmula de ponderación. Para todos los métodos descritos se tendrá en cuenta hasta el séptimo (7°) decimal del valor obtenido como puntaje. La propuesta será presentada en pesos colombianos. El proponente deberá contemplar todas las actividades necesarias para la ejecución del Contrato con las correspondientes inversiones. El valor de las inversiones debe incluir los montos correspondientes a todos los impuestos municipales, distritales, departamentales y nacionales a que haya lugar. Las inversiones que realice el proponente para el cumplimiento del contrato son a su propio riesgo y deberá incluir todos los impuestos, tasas, contribuciones, costos directos o indirectos a que haya lugar y si no se indicaren, se entenderán incluidos en la oferta. En ningún caso la calificación del valor total de la propuesta económica debe ser superior a 40 puntos. En el evento de presentarse una sola oferta y sea admitida y hábil conforme a los requerimientos del pliego, se le asignará el máximo puntaje. NOTA: La propuesta económica deberá estar debidamente suscrita por el proponente en la plataforma SECOP II. Se requiere que además de la propuesta económica que se debe diligenciar en la plataforma, cada proponente deberá anexar un documento de oferta económica firmado.
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5.2.2 Factor técnico. (máximo 14 puntos)
Estar certificados en la norma que se está implementando, tanto en la empresa como su personal
El proponente que presente dentro de su propuesta técnica a la Secretaria Distrital de Desarrollo Económico en el marco del presente proceso, la norma que cubra conocimiento y buenas prácticas tanto en la empresa como su personal, obtendrá un puntaje de catorce (14) puntos.
Factor adicional al mínimo requerido (máximo 25 puntos) El proponente que ofrezca dentro de su propuesta técnica a la Secretaria Distrital de Desarrollo Económico en el marco del presente proceso, compromiso de adicionar capacitación para la preparación de la certificación reconocidas internacionalmente, se le otorgara puntos así:
Factor Puntaje
Una (1) Certificaciones Gold IPv6 Forum 10 puntos
Dos (2) Certificaciones Gold IPv6 Forum 15 puntos
5.2.3 Industria Nacional (máximo 10 puntos)
Para la calificación de este aspecto se asignará un puntaje máximo de diez (10) puntos y se tendrá en cuenta lo establecido en el artículo 2.2.1.2.4.2.1. del Decreto 1082 de 2015, que establece:
"Incentivos en la contratación pública. La Entidad Estatal debe establecer en los pliegos de condiciones para la contratación, dentro de los criterios de calificación de las propuestas, los incentivos para los bienes, servicios y oferentes nacionales o aquellos considerados nacionales con ocasión de la existencia de trato nacional. Este incentivo no es aplicable a los procesos para la adquisición de Bienes y Servicios de Características Técnicas Uniformes".
De igual manera, conforme con lo establecido en el parágrafo del artículo 1 0
de la Ley 816 de 2003, modificado por el artículo 51 del Decreto Ley 019 de 2012, se otorgará tratamiento de servicio de origen nacional a aquellos servicios originarios de los países con tos que Colombia ha negociado trato nacional en materia de compras estatales y de aquellos países en los cuales a las ofertas de bienes servicios colombianos se les conceda el mismo tratamiento otorgado a sus bienes servicios nacionales, concordante con lo indicado en el citado Decreto 1082 de 2015.
Se asignará diez (10) puntos a aquellos servicios prestados por empresas constituidas de acuerdo con la legislación nacional, por personas naturales colombianas o por residentes en Colombia. Esto se probará con el certificado de existencia y representación legal expedido por la Cámara de Comercio para el caso de las personas jurídicas o con la cédula de ciudadanía para el caso de las personas naturales.
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5.2.4 Personal con discapacidad: (Máximo 1 punto) Conforme con lo dispuesto por el Decreto 392 de 2018, "Por el cual se reglamentan los numerales 1 y 8 del artículo 13 de la Ley 1618 de 2013, sobre incentivos en Procesos de Contratación en favor de personas con discapacidad", una vez realizada la calificación al puntaje final a cada propuesta, se adicionará el porcentaje indicado en este numeral, si el proponente acredita la vinculación de trabajadores con discapacidad en su planta de personal, de acuerdo con los requisitos indicados en el artículo primero, así:
"(.. .)1. La persona natural, el representante legal de la persona jurídica o el revisor fiscal, según corresponda, certificará el número total de trabajadores vinculados a la planta de personal del proponente o sus integrantes a la fecha de cierre del proceso de selección.
2 Acreditar el número mínimo de personas con discapacidad en su planta de personal, de conformidad con lo señalado en el certificado expedido por el Ministerio de Trabajo, el cual deberá estar vigente a la fecha de cierre del proceso de selección.
Verificados los anteriores requisitos, se asignará el 1%, a quienes acrediten el número mínimo de trabajadores con discapacidad, señalados a continuación:
Número total de trabajadores de la planta de personal del proponente
Número mínimo de trabajadores con discapacidad exigido
Entre 1 y 30
Entre 31 y 100 2
Entre 101 y 150 3
Entre 151 y 200 4
Más de 200 5
Parágrafo. Para efectos de lo señalado en el presente artículo, si la oferta es presentada por un consorcio, unión temporal o promesa de sociedad futura, se tendrá en cuenta la planta de personal del integrante del proponente plural que aporte como mínimo el cuarenta por ciento (40%) de la experiencia requerida para la respectiva contratación".
a. Reglas de desempate:
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En la etapa de selección de los Procesos de Contratación dos o más ofertas pueden resultar empatadas en el primer lugar del orden de elegibilidad, a pesar de que no es el escenario deseado —pues la utilización de los factores de desempate debe ser excepcional—. Dos ofertas resultan empatadas cuando obtienen la misma cantidad de puntos luego de aplicar las reglas establecidas en los pliegos de condiciones.
Teniendo en cuenta lo manifestado, la Secretaría Distrital de Desarrollo Económico aplicará en caso de empate
entre las propuestas el procedimiento señalado en el artículo 2.2.1.1.2.2.9 del Decreto 1082 de 2015.
En caso de empate en el puntaje total de dos o más ofertas, la Entidad Estatal escogerá el oferente que tenga el mayor puntaje en el primero de los factores de escogencia y calificación establecidos en los pliegos de condiciones del Proceso de Contratación. Si persiste el empate, escogerá al oferente que tenga el mayor puntaje en el segundo de los factores de escogencia y calificación establecidos en los pliegos de condiciones del Proceso de Contratación y así sucesivamente hasta agotar la totalidad de los factores de escogencia y calificación establecidos en los pliegos de condiciones.
Si persiste el empate, la Entidad Estatal debe utilizar las siguientes reglas de forma sucesiva y excluyente para seleccionar el oferente favorecido, respetando los compromisos adquiridos por Acuerdos Comerciales:
Se entenderá que hay empate entre dos (2) o más propuestas, cuando presenten un número idéntico en el puntaje final. En el caso en que dos (2) o más propuestas, bajo el anterior criterio, hubieran arrojado un mismo resultado, se aplicarán los siguientes criterios de desempate, de conformidad con lo estipulado en el Artículo 2.2.1.1.2.2.9 del Decreto 1082 de 2015:
1. La Entidad Estatal escogerá el oferente que tenga a el mayor puntaje en el primero de los factores de escogencia y calificación establecidos en los pliegos de condiciones del Proceso de Contratación.
2. Si persiste el empate, escogerá al oferente que tenga el mayor puntaje en el segundo de los factores de escogencia y calificación establecidos en los pliegos de condiciones del Proceso de Contratación y así sucesivamente hasta agotar la totalidad de los factores de escogencia y calificación establecidos en los pliegos de condiciones.
3. Se preferirá la oferta de bienes o servicios nacionales frente a la oferta de bienes o servicios extranjeros.
4. Se preferirá a la oferta presentada por una Mipyme nacional.
5. Se preferirá la oferta presentada por un consorcio o unión temporal siempre que: (a) esté conformado por al menos una Mipyme nacional que tenga una participación de por lo menos el veinticinco por ciento (25%); (b) la Mipyme aporte mínimo el veinticinco por ciento (25%) de la experiencia acreditada en la oferta; y (c) ni la Mipyme, ni sus accionistas, socios o representantes legales sean empleados, socios o accionistas de los miembros del Consorcio, Unión Temporal.
6. Se preferirá la oferta presentada por el oferente que acredite en las condiciones establecidas en la ley que por lo menos el diez por ciento (10%) de su nómina está en condición de discapacidad a la que se
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refiere la Ley 361 de 1997. Si la oferta es presentada por un Consorcio, Unión Temporal, el integrante del oferente que acredite que el diez por ciento (10%) de su nómina está en condición de discapacidad en los términos del presente numeral, debe tener una participación de por lo menos el veinticinco por ciento (25%) en el Consorcio o Unión Temporal y aportar mínimo el veinticinco por ciento (25%) de la experiencia acreditada en la oferta.
7. Si aún persiste el empate la adjudicación se decidirá por sorteo que se efectuará entre los proponentes empatados, en audiencia pública, y cuyo resultado es aceptado de antemano por los proponentes involucrados en el empate, sin lugar a reclamación alguna. El sorteo se realizará mediante el método de suerte y azar, conforme lo dispuesto a continuación:
Se introducirán en una bolsa el número de balotas equivalentes a los proponentes respecto de los cuales persiste el empate y una (1) de ellas contendrá la palabra adjudicatario.
El orden alfabético del nombre de los proponentes determinará cuál de ellos sacará la primera balota.
El proponente que saque la balota que contenga la palabra "adjudicatario" será el ganador.
NOTA 1: En relación con las reglas descritas en los numerales 4) y 5), el proponente que ten a la condición de Mipyme se verificará en el RUP y mediante certificado expedido por el representante legal y el revisor fiscal, si está obligado a tenerlo, o el contador, en el cual conste que la Mipyme tiene el tamaño empresarial establecido de conformidad con la Ley
2
NOTA 2: Para la aplicación de la regla contenida en el numeral 6) el proponente deberá allegar certificación vigente sobre el porcentaje de trabajadores en condición de discapacidad expedido por la dependencia encargada del Ministerio del Trabajo. En el caso de consorcios o uniones temporales, se tendrá en cuenta para cumplir este requisito que al menos uno de los integrantes, acredite lo señalado en la regla contenida en el numeral 6).
Los documentos mencionados en las notas anteriores deberán ser aportados junto con la propuesta para la respectiva verificación por parte de la Entidad.
6. Análisis de riesgo y la forma de mitigarlo.
La Secretaría Distrital de Desarrollo Económico, de acuerdo con las disposiciones del artículo 4 de la Ley 1150 de 2007 y el numeral 6 del artículo 2.2.1.1.2.1.1. del Decreto 1082 de 2015 y con base en la metodología para identificar y clasificar los riesgos previstos por Colombia Compra Eficiente procede a tipificar, estimar y asignar los riesgos de la presente contratación. Seguidamente, se identifican y describen los riesgos, según el tipo y la etapa del proceso de contratación en la que ocurre. Luego, se evalúan los riegos teniendo en cuenta su impacto y su probabilidad de ocurrencia y finalmente, se establece un orden de prioridad teniendo en cuenta los controles existentes y el contexto de los mismos. (Ver Anexo Matriz de Riesgos)
7. Garantías que la entidad contempla exigir en el proceso de contratación.
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Para la futura contratación se requerirá la constitución de un contrato de seguro contenido en una póliza previsto en el numeral 1 del artículo 2.2.1.2.3.1.2., del Decreto 1082 de 2015, a favor de BOGOTA D.C. SECRETARIA DE DESARROLLO ECONOMICO, NIT. 899-999-061-9. La garantía constituida deberá ser aprobada por la Secretaría Distrital de Desarrollo Económico.
1. Contrato de seguro contenido en una póliza.
2. Patrimonio autónomo.
3. Garantía Bancaria. La garantía deberá tener los siguientes amparos: 7.1. Etapa Precontractual. Riesgos derivados del incumplimiento del ofrecimiento (Garantía de seriedad del ofrecimiento – Articulo 2.2.1.2.3.1.6 del Decreto 1082 de 2015): El oferente debe presentar junto con la propuesta una garantía de seriedad de la oferta a favor de BOGOTA D.C. SECRETARIA DE DESARROLLO ECONOMICO, NIT. 899-999-061-9, expedida por una compañía de seguros autorizada para el efecto de la Superintendencia Financiera de Colombia por un valor de por lo menos el 10% del valor de la oferta y con una vigencia desde la presentación de la oferta y hasta la aprobación de la garantía de cumplimiento del contrato. Las condiciones de cobertura y suficiencia de la garantía, se sujetará a lo dispuesto en el decreto 1082 de 2015. 7.2. etapa Contractual: Riesgos derivados del incumplimiento de las obligaciones contractuales (Garantía de cumplimiento – Articulo 2.2.12.3.1.7 del Decreto 1082 de 2015):
TIPO DE AMPARO / GARANTÍA
APLICA (SI/NO) % DE AMPARO DURACIÓN
Garantía de seriedad de la
propuesta
SI 10% Del valor total del presupuesto
Tres (3) meses contados a partir de la fecha de cierre y recepción de ofertas.
Garantía de Cumplimiento
SI 20% Del valor total del contrato Con vigencia igual al plazo de ejecución del contrato y cuatro (4) meses más, contados a partir de la fecha de su
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suscripción.
Garantía de Calidad del
servicio
SI 20% Del valor total del contrato Con una vigencia igual al plazo del contrato y cuatro (4) meses más, contados a partir de la fecha de su suscripción.
Garantía de salarios,
prestaciones sociales e
indemnizaciones
SI 5% Del valor total de contrato Termino de duración del contrato y tres (3) años más contados a partir de la fecha de su suscripción.
Garantía de responsabilidad extracontractual.
SI 200 SMMLV Termino de duración de duración del contrato, contado a partir de la fecha de su suscripción.
Las condiciones y cobertura y suficiencias de las garantías y el seguro de responsabilidad civil, se sujetará a lo dispuesto en el Decreto 1082 de 2015. Conforme al Decreto 1082 de 2015, artículo 2.2.1.2.3.1 .18. — Restablecimiento o ampliación de garantía, Cuando con ocasión de las reclamaciones efectuadas por la Secretaría de Desarrollo Económico, el valor de la garantía se reduce, la Secretaría solicitará al contratista restablecer valor inicial de la garantía. Cuando el contrato sea modificado para incrementar su valor o prorrogar su plazo, la Secretaría De Desarrollo Económico exigirá al contratista ampliar el valor de la garantía otorgada o ampliar su vigencia, según el caso
PARÁGRAFO PRIMERO: Cuando haya lugar a la modificación del plazo o valor consignado en el contrato EL CONTRATISTA deberá constituir los correspondientes certificados de modificación de las garantías presentadas; si se negare a constituirlos, en los términos en que se le señalen, se hará acreedor a las sanciones contractuales respectivas. La actualización de la garantía deberá hacerse teniendo en cuenta la fecha de suscripción del contrato. PARÁGRAFO SEGUNDO: El hecho de la constitución de estos amparos, no exonera al CONTRATISTA de las responsabilidades legales en relación con los riesgos asegurados o con cualquier otro que se llegare a presentar.
8. Interventoría o supervisión.
En el ejercicio de su labor de supervisión, este deberá velar por la correcta ejecución del objeto contractual, así como por el cumplimiento y observancia de las obligaciones descritas en la Ley 1474 de 2011 (Estatuto Anticorrupción), Manual de Contratación y Supervisión y las demás herramientas de apoyo a la gestión precontractual, contractual y post-contractual, así como las Circulares Internas y demás normas o disposiciones que las modifiquen, actualicen o sustituyan.
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Atendiendo las disposiciones previstas en la Resolución No. 381 de 17 de junio de 2019 “Por medio de la cual se establecen las herramientas de apoyo al interior de la Secretaría que apuntan al cumplimiento de las metas, funciones u objetivos misionales de la Secretaría, específicamente en las actividades propias de la gestión precontractual, contractual y post contractual”, se establece lo siguiente:
1. Perfil del supervisor: Nombre: Subdirector de Informática y Sistemas Denominación del Empleo: Subdirector de Informática y Sistemas Cuantía del Contrato: $374.850.000
2. Análisis de cargas de trabajo: El artículo 26 del Decreto Distrital 437 de 2016, indica las funciones de la Subdirección de Informática y Sistemas las cuales recaen directamente en el Subdirector y para su ejercicio cuenta con el apoyo del personal que tiene a cargo.
3. Experiencia del funcionario en la materia a supervisar: Acorde al Manual de Funciones de la Secretaria Distrital de Desarrollo Económico, Resolución 878 de 2016, modificada por la Resolución 607 de 2019, el Subdirector de Informática y sistemas debe contar con criterio académico y experiencia profesional acorde al cargo que está desempeñando.
4. Estudios del funcionario en carreras afines al objeto del contrato/convenio que se va a supervisar.
Título profesional del Núcleo Básico del conocimiento en Ingeniería de Sistemas, Telemática y Afines. Título de Postgrado en áreas relacionadas con las funciones del cargo. Tarjeta profesional en los casos reglamentarios por la ley.
9. Plazo de ejecución del contrato
El plazo de ejecución del contrato que se suscriba será de seis (6) meses contados a partir de la fecha de suscripción del acta de inicio del contrato, previo cumplimiento de los requisitos de perfeccionamiento y ejecución del contrato.
10. Aplicabilidad delDecreto 380 de 2015de la Alcaldía Mayor de Bogotá
De acuerdo con el Decreto 380 de 2015 por las características técnicas de la prestación del servicio esta entidad no ha encontrado como técnicamente viable la posibilidad de incluir en la minuta del contrato la obligación del contratista o asociado de vincular población beneficiaria del Decreto 380 de 2015, y en consecuencia, pasa a dejar CONSTANCIA de las razones extrajurídicas de tal inviabilidad, de acuerdo con el literal c) del punto 4) del citado Decreto, en los siguientes términos : Dada la especialidad del objeto contractual y de los requisitos de experiencia y estudio, de los cuales el futuro contratista debe garantizar, NO es viable, así mismo en virtud de la
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autonomía administrativa que cuenta el contratista para la selección de su equipo humano, teniendo en cuenta la naturalidad de los procesos de selección objetiva.
11. Análisis respecto de la posibilidad de adelantar o no la respectiva contratación a través de Acuerdo Marco de Precios
De conformidad con lo previsto en el artículo 2.2.1.2.1.2.7 del Decreto 1082 de 2015, las Entidades Estatales de la Rama Ejecutiva del Poder Público del orden nacional, están obligadas a adquirir Bienes y Servicios de Características Técnicas Uniformes a través de los Acuerdos Marco de Precios vigentes. En este sentido, si bien la Secretaría de Desarrollo Económico no pertenece a la Rama Ejecutiva del Poder Público del orden nacional, a título de recomendación y como plan de mejora se establece obligatoriamente que, cuando se trate de la adquisición de bienes y/o servicios de características técnicas uniformes y de común utilización, el área o dependencia solicitante deberá adelantar un estudio técnico en el que se analice la conveniencia y oportunidad de adelantar o no la respectiva contratación a través de Acuerdo Marco de Precios, que atienda entre otros los siguientes aspectos: En los términos establecidos en el numeral 8º del artículo 2.2.1.1.2.1.1. del Decreto 1082 de 2012 y el Manual para el manejo de los acuerdos comerciales en procesos de contratación, el siguiente proceso de contratación estará cobijado por los siguientes acuerdos:
Bienes y/o servicios a adquirir y que estén incluidos en un Acuerdo Marco de Precios
Acuerdo Marco de Precios
Vigencia del Acuerdo Marco de Precios.
Presupuesto Oficial
Forma de pago
Plazo de ejecución.
Ventajas y/o desventajas de adelantar la adquisición de bienes y/o servicios a través del Acuerdo Marco de Precios
N/A N/A N/A $374.850.000
Diferido en seis (6) meses
Seis (6) seis
Cumplir con las recomendaciones técnicas para garantizar la conservación de los bienes
Del anterior estudio se concluye que nuestra necesidad no es conveniente suplirla a través de Acuerdos Marco de Precios vigentes.
12. Indicación de si el proceso de contratación está cobijado por un Acuerdo Comercial
En los términos establecidos en el numeral 8º del artículo 2.2.1.1.2.1.1. del Decreto 1082 de 2012 y el Manual para el manejo de los acuerdos comerciales en procesos de contratación, el siguiente proceso de contratación
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estará cobijado por los siguientes acuerdos:
Acuerdo comercial Entidad Estatal
incluida
Presupuesto del proceso de contratación superior
al valor del acuerdo comercial
Excepción aplicable al proceso de
contratación
Proceso de contratación
cubierto por el acuerdo comercial
Alianza Pacífico
Chile No No No No México No No No No Perú No No No No
Canadá No No No No Chile Sí No No No Corea No No No No Costa Rica No No No No Estados AELC No No No No Estados Unidos No No No No México No No No No
Triángulo Norte
El Salvador Sí Si No Si Guatemala Si Si No Si Honduras No No No No
Unión Europea Sí No No No Comunidad Andina Sí Sí No Si
13. Anexos
1. Estudio de Mercado 2. Análisis del Sector 3. Certificado de Disponibilidad Presupuestal 4. Matriz de riesgo
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Firma y nombre de quienes elaboran los estudios previos
___________________________________ BEATRIZ HELENA ZAMORA GONZALEZ Directora de Gestión Corporativa
___________________________________ ARMANDO CALDERON LOAIZA Subdirector de Informática y sistemas
__________________________________ JEANNETTE TAMAYO ACOSTA Técnico Operativo 314-20
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