REPÚBLICA DE COLOMBIA
DCP-2800
DAOS Pait sN NUEVO DAIS
ININTERIOR
IVIIN STERIO DEL INTERIOR
1 0 8 8 O 4 AGO 2015 CERTIFICACIÓN NÚMERO DE
"Sobre la presencia o no de comunidades étnicas en.las zonas de proyectos. obras o actividades a realizarse".
EL DIRECTOR DE CONSULTA PREVIA
En ejercicio de las facultades legales y reglamentarias en especial, las conferidas en el artículo 16 del numeral 5 del Decreto 2893 de 2011 y la Resolución 1928 del 2 de diciembre de 2013 y,
CONSIDERANDO:
Que se recibió en el Ministerio del Interior el día 28 de julio de 2015, el oficio con radicado externo EXTMII5-0035605, por medio del cual el señor HENRY ZAMBRANO MÁRQUEZ, en calidad de representante legal de la Unión Temporal Andired. NIT. 900.685.106-6, solicita se expida certificación de presencia o no de comunidades étnicas para el proyecto: "LICITACIÓN PÚBLICA No. LP-009-2013 PROYECTO NACIONAL CONECTIVIDAD DE ALTA VELOCIDAD- PNCAV, CELDA DE TELECOMUNICACIONES CARURU", localizado en jurisdicción del municipio de Carurü, departamento del Vaupés, identificado con las siguientes coordenadas:
Vértice TORR E
RESGUARDO ETNIA ESTE NORTE LONOrrup LATITUD
k,arunt ARARA, BACATI, CARURU Y MIRAFLORES TUCANO 1306205,42 604338,478 7 "19'38.822"O 1-1'0.754"N
2 Caruru ARARA, BACAT1, CARURU Y MIRAFLORES TUCANO 1304205.42 604338,478 71'20'43.436"O 1-1'0 809"N
3 Caruru ARARA, BACATI, CARURU Y MIRAFLORES TUCANO 1304205,42 606338,478 71`20'43.381"0 1'75.849"N
4 Caruru ARARA, BACATI, CARURU Y MIRAFLORES TUCANO 1300205,42 606338,478 71"19'38.766"0 1'2'5.793"N
.... ......
Fuente: Suministrada por el solicitante: Radicado externo EX-n/1115-0035605 de 28 de julio de 2015.
Que en la solicitud se anexaron los siguientes documentos técnicos: i) Solicitud formal ante la Dirección de Consulta Previa con descripción general, ubicación y cuadro de coordenadas del área del proyecto: "LICITACIÓN PÚBLICA No. LP-009-2013 PROYECTO NACIONAL CONECTIVIDAD DE ALTA VELOCIDAD- PNCAV, CELDA DE TELECOMUNICACIONES CARURU", localizado en jurisdicción del municipio de Carurú, departamento del Vaupés.
Que en relación con el proyecto: "LICITACIÓN PÚBLICA No, LP-009-2013 PROYECTO NACIONAL CONECTIVIDAD DE ALTA VELOCIDAD- PNCAV, CELDA DE TELECOMUNICACIONES CARURU", y como proceso previo para el respectivo análisis, encontramos como antecedente que se han expedido por esta Dirección los siguientes Actos Administrativos:
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1 0 8 8 O 4 AGO 2015 CONTINUACIÓN CERTIFICACIÓN DE
. Que mediante el Acto Administrativo certificación No. 224 del 14 de febrero de 2014, se certificó que:
'PRIMERO se registra la presencia de las siguientes Comunidades Indígenas:
Número I Nombre Etnia Departamento Municipio Carurü y Miraflores
Resolución/Acuerdo 080 del 14 de abril de
1993 1 1 Arará-8acati
Cararü-Lagos i 1 de Jamaicuru
Tucano y otros
Vaupés y Guaviare
2 ' Bajo rio Guainia y río Negro
Curripaco Guainía San Felipe, Puerto Colombia y La
Guadalupe
078 del 26 de septiembre de 1989
3 Carpintero
! Palomas I Comeyafu
1
Guahibo Vichada y Guainia
Cumaribo y Mapiripana
004 del 21 de enero de 1987 _
4 Yucuna y otros
Amazonas Corregimiento Departamental La
Pedrera
056 del 11 de septiembre de 1985
5
_ 6
Cuenca Media y Alta del río
Jnírida
Cumaral- Guamuco
Puinave, Currípaco,
Nukak Maku
Guainia Inírida, Barranco Mina, Morichal,
Mapíripana y Puerto Colombia
084 del 26 de septiembre de 1989
Guahibo Guainia Inírida y Barranco Mina
075 del 14 de abril de 1993
7
,--
Curare- Los Ingleses
Yucuna y otros
Amazonas Corregimiento Departamental La
Pedrera
019 del 16 de mayo de 1995
8 Guaco Bajo y : Guaco Alto
9 1 Huitiboc
• • •
Piapoco
Huitoco, Ticuna, Bora
Vichada y Guainia
Amazonas
Cumaribo, Barranco Mina y Mapiripana
Corregimiento Departamental
Tarapacá y Leticia Barranco Mina
Inirida
. 003 del 21 de enero de 1987
225 del 1 de junio de 2010
036 del 13 de mayo de 1987
044 del 30 de noviembre de 1998
10 Laguna Curvina Sapuara
Guahibo
Puinave y Síkuani
Guainia
Gua nía 11 Laguna Niñal, Cocuy, Loma Baja y Loina
Alta del Caño Guaribon
12 Miriti- Parana
:
. • • ;
Yucuna, Yanímuka.
Matapl, Makuna y
Culpe()
Amazonas Corregimiento Departamental Mirití- Paraná y Corregimiento
Departamental La Pedrera
i 104del15de diciembre de 1981
13 ' Murcielago Alta Mira
r 14 Parte Alta del río Guainía
Piapoco
_
Vichada y
—_ Guainía Curnaribo y
Barranco Mina 035 del 13 de mayo
de 1987 080 del 26 de
septiembre de 1989
_,_ Curripaco Guainía inirida, Puerto
Colombia Morichal 15 Predio
Putumayo Huitoto y
otros Amazonas y
Putumayo
L_
Puerto Leguizamo, Corregimiento Departamental Puerto Añca,
Corregimiento Departamental
Santander, Corregimiento
Departamental La Chorrera,
Corregimiento Departamental El
Encanto, Corregimiento Departamental Puerto Alegría
03Ode|0dwmhh|de 1988
-,-- Puerto Nariño Ticuna Amazonas Puerto N'aliño y
Leticia 021 del 13 de marzo
de 1990 17 Remanso
Chorro Bocón Puinave Guainia In' rida 028 del 30 de abril de
1986 18 Río Atabapo y
Puerto Inírida
I_
Puinave, Curripaco y
otras
Guainia Inírida, Cacahual y Puerto Colombia
082 del 26 de septiembre de 1989
19 Ríos Cubrí e !sana
Currípaco Guainia Morichal y Pana- Pana
083 del 26 de septiembre de 1989
20 _ Rios Coluhe y Ticuna Amazonas Corregírniento 077 del 18 de
Página 2 de 11
1 0 8 8 O 4 AGO 2015 CONTINUACIÓN CERTIFICACIÓN DE
21
22
Putumayo
Morichal Viejo, Santa Rosa, Cerro Cucuy, Santa Cruz,
Cano Danta y Otros
Santa Sofía y El Pro reso
Puinave
Tícuna y Ya<ua
Guaviare
Amazonas
departamental Tarapacá, Puerto Nariño y Leticia
San José del Guaviare
Leticia
diciembre de 1992
045 del 30 de noviembre de 1988
080 del 1 de julio de 1987 ________
23
24
Selva de Matavén
Tonina, San Jose y otros
Cubeo, Curripaco, Planee°, Piaroa y Puinave
Curripaco
Guainía y Vichada
Guainía
Inírida y Cumaribo
Paria-Pana y Puerto Colombia
037 del 22 de julio de 2003
079 del 26 de septiembre de 1989
086 del 27 de julio de 1982
007 del 11 de mayo de 1998
043 del 11 de noviembre de 1994
25
26
27
Vaupés
Yavilla II
Agua Negra
Cubeo
Cubeo
Huitoto
Vaupés
Guaviare
Putumayo
Miti:1, Carurú, Corregimiento Departamental
Pacoa, Corregimiento Departamental
Papunaua y Corregimiento Departamental
Yavaraté Miraflores
Puerto Leguizamo
28
29
Monochoa
Puerto Zábalo y Los Monos
Huitoto
Ticuna y Cocama
Cagueta y Amazonas
Amazonas
Solano (Cagueta) y Corregimiento Departamental
Santander (Amazonas)
Puerto !Mariño y Leticia
031 del 6 de abril de 1988
021 del 13 de marzo de 1990
Número 1
2
3
4
5
"SEGUNDO: Que se registra Comunitarios:
Nombre General de la Costa Pacífica
del Norte -Los Delfines Comunitario Villa Conto
Río Pilizá
Mayor del Medio Atrato-ACIA
Acadesán
Cupica
la presencia
Departamentos
de los siguientes
Municipios
Consejos
Resolución 2200 del 3 de
diciembre de 2002 160 del 9 de febrero
de 1998 3367 del 21 de
diciembre de 2000 4566 del 29 de
diciembre de 1997
2702 del 21 de diciembre de 2001
2700 del 21 de diciembre de 2001
Chocó
Chocó
Chocó
Chocó
Chocó
Chocó
Bahía Solano y Jurado Quibdó
Bajo Baudó
Quibdo, Bojayá, Atrato (Chocó) y Vigía del Fuerte, Murindó y Urrao
...(Antioquía) lstmina, Sí í, Novita
y Litoral del San Juan
• Bahía So ano
7 La Costa- Cone sta Chocó
Valle del Cauca
Bajo Baudó (Pizarro) y El Litoral San Juan (Docordó)
Buenaventura y Dagua
1123 del 16 de mayo de 2001
2455 del 4 de diciembre de 2005
8 Mayor de la Cuenca Media y Alta del río Dagua
2. Que mediante la Resolución No. 59 del 01 de agosto de 2014, se corrigió la Certificación No, 224 del 14 de febrero de 2014, en la parte resolutiva
gina 3 de 11
CONTINUACIÓN CERTIFICACIÓN 1 0 8 8 DE
0 AGO 2015
numeral primero estableciéndose que se registra la presencia de los siguientes Resguardos Indígenas:
I Número-1 Nombre ! 1 Arará-Bacati
CararCeLagos • de Jamaicuru
Etnia Departamento nicipio Resolución/Acuerdo
Tucano y 1--
otros Vaupés y Guaviare
Carurú y fvliratiores 080 del 14 de abril de 1993
2 Bajo río Guainía • y río Negro
Curripaco
Guahibo
Guainía
Vichada y Guainía
San Felipe, Puerto | Colombia y La
Guadalupe Curnaribo y Mapiripana
Corregimiento Departamental La
Pedrera
078 del 26 de septiembre de 1989
004 del 21 de enero de 1987
056 del 11 de septiembre de 1985
3 Carpintero Palomas
4 Comeyafu Yucuna y otros
Amazonas
5 I
I
CuonoaWlodiay Alta del río
iní rida
Puinave, Curripaco,
Nukak Maku
Guainía Inírida. Barranco Mina, Morichal,
Mapíripana y Puerto Colombia
084 del 26 de septiembre de 1989
6 Cumaral- Guarnuco
Guahibo Guainía Inirida y Barranco Mina
075 del 14 de abril de 1993
7 Curare- Los Ingleses
Yu*unay otros
Amazonas Corregimiento Departamental La
Pedrera
019 del 16 de mayo de 1995
Guaco Bajo y Guaco Alto
Piapoco Vichada y Guainia
Cumaribo, Barranco Mina y Mapíripana
Corregimiento Departamental
Tarapacá y Leticia
003 del 21 de ene o de 1987
225 del 1 de junio de 2010
9 Huitiboc Huitoco, Tícuna, Bora
Amazonas
10 LmgunaCumino Sapuara
Guahibo Guain Barranco Mina 036 del 13 de mayo de 1987
11 Laguna Niña', Cocuy, Loma Baja y Loma
Alta del Caño Guariben
Puinave y Sikuani
Guainía lnirida 044 del 30 de noviembre de 1998
12 Miríti- Paraná Yucuna, Yanimuka,
Matapí, Makuna y
Cubeo
Amazonas Corregimiento Departamental Miriti- Paraná y Corregimiento
Departamental La Pedrera
104 del 15 de diciembre de 1981
i. 13 Murcielago Alta
Mira 14 Parle Alta del
río Guainía
Piapoco Vichada y Guainía Guainia
Amazonas y Putumayo
Cumaríbo y Barranco Mina inirida, Puerto
Colombia y Morichal Puerto Leguizamo,
Corregimiento Departamental Puerto Arica,
Corregimiento Departamental
Santander, Corregimiento
Departamental La Chorrera,
Corregimiento Departamental El
Encanto, Corregimiento Departamental Puerto Alegría
035 del 13 de mayo
- de 1987
080 del 26 de septiembre de 1989 030 del 6 de abril de
1988
021 del 13 de marzo de 1990
Curripaco
E-- 15 Predio Putumayo
Huitoto y otros
16 Puerto Nariño Ticuna Amazonas Puerto Mariño y Leticia
17 Remanso Chorro Bocón
Puinave Guainía Inirida 028 del 30 de abril de 1986
18 Río Atabapo y Puerto inirida
Puinave. Curripaco y
otras
Gua] la Inírida, Cacahual y Puerto Colombia
082 del 26 de septiembre de 1989
19 Ríos Cuiari e • Isana
Curripaco Guainía Morichal y Paná- Pana
083 del 26 de septiembre de 1989
i __20 20 i Rios Cotuhé y _ Ticuna Amazonas Corregimiento 077 del 18 de
ag,na e
CONTINUACIÓN CERTIFICACIÓN 1 088 DE O 4 AGO 2015
Putumayo departamental Tarapacá, Puerto Nariño, y Leticia
diciembre de 1992
21 Morichal Viejo, Santa Rosa, Cerro Cucuy, Santa Cruz,
Cano Danta y
Puinave Guaviare San José del Guaviare
045 del 30 de noviembre de 1988
Otros 22 Santa Sofía y El Muna y Amazonas Leticia 080 del 1 de julio de
Progreso Yagua 1987 23 Selva de
Matavén Cubeo,
Curripaco, Piapoco, Piaroa y
Guainia y Vichada
!Mecida y Cumaribo 037 del 22 de julio de 2003
Puinave 24 Tonina, San
.tose y otros Curripaco Guainia Pana-Paria y Puerto
Colombia 079 del 26 de
septiembre de 1989 25 Vaupés Cubeo Vaupés Mitú, Carurú,
Corregimiento 086 del 27 de julio de
1982 Departamental
Pacoa, Corregimiento Departamental
Papunaua y Corregimiento Departamental
Yavaraté 26 Yavilla II Cubeo Guaviare Miraflores 007 del 11 de mayo
de 1998 27 Agua Negra Huitoto Putumayo Puerto Leguízarno 043 del 11 de
noviembre de 1994 28 Monochoa Huitoto Cagueta y Solano (Cagueta) y 031 del 6 de abril de
Amazonas Corregimiento 1988 Departamental
Santander (Amazonas)..
29 Puerto Zábalo y Ticuna y Amazonas - Puerto Nariño y 021 del 13 de marzo Los Monos Cocama Leticia de 1990
3. Que mediante el Acto Administrativo certificación No. 02 del 26 de enero de 2015, se certificó que se registra la presencia del Resguardo Indígena CAÑO MOCHUELO; de la etnia Cuiba, con Resolución número 0003 del 29 de enero de 1986 de INCORA.
4. Que mediante el Acto Administrativo certificación No. 03 del 26 de enero de 2015, se certificó que se registra la presencia del Resguardo Indígena RIO ATABAPO Y PUERTO INIRIDA de la etnia Puinave, Curripaco y otras, con Resolución número 082 del 26 de septiembre de 1989 de INCORA,.
5. Que mediante el Acto Administrativo certificación No. 04 del 26 de enero de 2015. se certificó que se registra la presencia del Resguardo indígena CAÑO LA HORMIGA, de la etnia Guahibo (Amorua), con la Resolución número 0085-17-12-85 de I NCORA.
6. Que mediante el Acto Administrativo certificación No. 05 del 26 de enero de 2015, se certificó que se registra la presencia del Consejo Comunitario MAYOR DEL MEDIO ATRATO-ACTA, con Resolución número 4566 del 29 de diciembre de 1997 de INCORA,
7. Que mediante el Acto Administrativo certificación No. 118 del 11 de febrero de 2015, se certificó que no se registra presencia de comunidades Indígenas, Minorías y Rom, ni comunidades Negras, Afrocolombianas, Raizales y Palenqueras.
COMUNIDAD E""NICA
CELDA
Página 5 dell
Resguardo Indígena PREDIO PUTUMAYO, de la etnia doto, con resolución número 30-6-04-88 y número 57-04-09-89 del INCORA.
MONOC HOA
1088 O AGO 2015 CONTINUACIÓN CERTIFICACIÓN DE
ISLA CRISTINA Resguardo Indígena NUNUYA DE VILLAZUL de la etnia Muinane, con resolución número 34-6-05-88 del INCORA.
Resguardo indígena MIRITI-PARANÁ de la etnia Yucuna y otros, con resolución número 104-15-12-81 y 1694-28-02-89 del INCORA
SANTA ISABEL PURTO REMANSO MARIAPOLIS MANARCO
Que mediante el Acto Administrativo certificación No. 119 del 11 de febrero de 2015, se certificó que se registra la presencia de los Resguardos Indígenas relacionados en el siguiente cuadro:
9. Que mediante el Acto Administrativo certificación No. 120 del 11 de febrero de 2015, se certificó que se registra la presencia del Resguardo Indígena y el Consejo Comunitario relacionado en los siguientes cuadros:
CELDA
COMUNIDAD ETNICA
SAN RAFAEL —
Resguardo indígena PREDIO PUTUMAYO, de la etnia Witoto, con Resolución número 30-6-04-88 y número 57-04-09-89 del INCORA.
CELDA COMUNIDAD ETNICA
Consejo Comunitario de ISTMINA Y PARTE DEL MEDIO SAN JUAN, con
resolución 001176 de 16/712002
MEDIO SAN JUAN 1
MEDIO SAN JUAN 2
0. Que mediante el Acto Administrativo certificación No. 591 del 05 de mayo de 2015, se certificó que se registra la presencia del Consejo Comunitario
MAYOR DEL MUNICIPIO DE JURADO, con Resolución número 2199 del 03 de diciembre de 2002 del INCORA.
11. Que mediante el Acto Administrativo certificación No. 678 del 22 de mayo de 2015. se certificó que se registra la presencia del Consejo Comunitario
BAHIA MÁLAGA -LA PLATA, con resolución número 0047 del 21 de julio
de 2003 del INCORA.
12. Que mediante el Acto Administrativo certificación No. 770 del 04 de junio de 2015, se certificó que se registra la presencia del CONSEJO
COMUNITARIO CUEVITAS, constituido mediante Resolución número 2701 del 21 de diciembre de 2001 proferida por el INCORA.
13. Que mediante el Acto Administrativo certificación No. 811 del 17 de junio de 2015, se certificó que se registra la presencia del Resguardo Indígena
Rios Cotuhe y Putumayo, perteneciente a la etnia Ticuna, constituido por el Instituto Colombiano de la Reforma Agraria-INCORA- mediante la Resolución No. 077 del 18 de diciembre de 1992,
14. Que mediante el Acto Administrativo certificación No. 812 del 17 de junio de 2015, se certificó que se registra la presencia del Resguardo Indígena
Parte Oriental del Vaupes, perteneciente a la etnia Cubeo, constituido y ampliado por el Instituto Colombiano de la Reforma Agraria-INCORA-mediante las Resoluciones 086 del 27 de julio de 1982 y 144 del 20 de diciembre de 1982.
vagina
1 0 8 8 O 4 AGO 2015 CONTINUACIÓN CERTIFICACIÓN DE
15. Que mediante el Acto Administrativo certificación No. 813 del 17 de junio de 2015, se certificó que se registra la presencia del Resguardo Indígena Parte Oriental del Vaupés, perteneciente a la etnia Cubeo, constituido y ampliado por el Instituto Colombiano de la Reforma Agraria-INCORA- mediante las resoluciones 086 del 27 de julio de 1982 y 144 del 20 de diciembre de 1982.
16. Que mediante el Acto Administrativo certificación No. 814 del 17 de junio de 2015, se certificó que se registra la presencia del Resguardo Indígena Parte Oriental del Vaupés, perteneciente a la etnia Cubeo constituido y ampliado por el Instituto Colombiano de la Reforma Agraria-INCORA-mediante las Resoluciones 086 del 27 de julio de 1982 y 144 del 20 de diciembre de 1982
17. Que mediante el Acto Administrativo certificación No. 815 del 17 de junio de 2015, se certificó que se registra la presencia del Resguardo Indígena Parte Oriental del Vaupés; perteneciente a la etnia Cubeo constituido y ampliado por el Instituto Colombiano de la Reforma Agraria-INCORA-mediante las resoluciones 086 del 27 de julio de 1982 y 144 del 20 de diciembre de 1982.
18. Que mediante el Acto Administrativo certificación No. 816 del 17 de junio de 2015, se certificó que se registra la presencia del Resguardo Indígena Parte Oriental del Vaupés, perteneciente a la etnia Cubeo constituido y ampliado por el Instituto Colombiano de la Reforma Agraría-INCORA-mediante las resoluciones 086 del 27 de julio de 1982 y 144 del 20 de diciembre de 1982.
19. Que mediante el Acto Administrativo certificación No. 817 del 17 de junio de 2015, se certificó que se registra la presencia del Resguardo Indígena Parte Oriental del Vaupés, perteneciente a la etnia Cubeo constituido y ampliado por el Instituto Colombiano de la Reforma Agraria-INCORA-mediante las resoluciones 086 del 27 de julio de 1982 y 144 del 20 de diciembre de 1982.
20. Que mediante el Acto Administrativo certificación No 818 dei 17 de junio del 2015, se certificó que se registra la presencia del Resguardo Indígena Parte Oriental del Vaupés, perteneciente a la etnia Cubeo constituido y ampliado por el Instituto Colombiano de la Reforma Agraría-INCORA-mediante las resoluciones 086 del 27 de julio de 1982 y 144 del 20 de diciembre de 1982.
21. Que mediante Acto Administrativo Certificación No 957 del 13 de julio del 2015, se certificó que se registra la presencia del Resguardo Indígena Monochoa de la Etnia Huitoto, constituido por el Instituto Colombiano de la reforma agraria — Incora mediante la Resolución No 31 del 6 de abril de 1988 y ampliado por el Instituto Colombiano de Desarrollo Rural e Incoder —mediante Acuerdo No 31 del 15 de diciembre del 2004.
22. Que mediante Acto Administrativo Certificación No 958 del 13 de julio del 2015, se certificó que se registra la presencia del Resguardo Indígena Parte Oriental del Vaupes, perteneciente a la Etnia Cubeo, constituido por el Instituto Colombiano de la reforma agraria — Incora mediante la Resolución No 086 del 27 de julio de 1982 y 144 del 20 de diciembre.
23. Que mediante Acto Administrativo Certificación No 959 del 13 de julio del 2015. se certificó que se registra la presencia del Resguardo Indígena Monochoa de la Etnia Huitoto, constituido por el Instituto Colombiano de la reforma agraria — Incora mediante la Resolución No 31 del 6 de abril de 1988 y ampliado por el Instituto Colombiano de Desarrollo Rural — Incoder — mediante Acuerdo No 31 del 15 de diciembre del 2004.
24. Que mediante Acto Administrativo Certificación No 960 del 13 de julio del 2015, se certificó que se registra la presencia del Resguardo Indígena
Página 7 alTi."'""
CONTINUACIÓN CERTIFICACIÓN 1 0 8 8 O AGO 2015
DE
Tonina, Sejal, San José y otras de la Curripaco, constituido por el Instituto Colombiano de la reforma agraria — lncora mediante la Resolución No 079 del 26 de septiembre de 1989.
25. Que mediante Acto Administrativo Certificación No 961 del 13 de julio del 2015, se certificó que se registra la presencia del Resguardo Indígena Bajo Río Guaínia y Rio Negro, de la Etnia Currípaco, constituido por el instituto Colombiano de la reforma agraria — INCORA mediante la Resolución No 078 del 26 de septiembre de 1989.
26. Que mediante Acto Administrativo Certificación No 962 del 13 de julio del 2015, se certificó que se registra la presencia del Resguardo Indígena Bajo Río Guainía y Rio Negro, de la Etnia Currípaco, constituido por el Instituto Colombiano de la reforma agraria — INCORA mediante la Resolución No 078 del 26 de septiembre de 1989.
27. Que mediante Acto Administrativo Certificación No 963 del 13 de julio del 2015, se certificó que se registra la presencia del Resguardo Indígena Bajo Rio Guainia y Río Negro, de la Etnia Curripaco, constituido por el Instituto Colombiano de la reforma agraria — INCORA mediante la Resolución No 078 del 26 de septiembre de 1989.
23. Que mediante Acto Administrativo Certificación No 964 del 13 de julio del 2015, se certificó que se registra la presencia del Resguardo Indígena Tonina, Sejal, San José, y otras de la etnia Curripaco, constituido por el Instituto Colombiano de la Reforma Agraria- INCORA- mediante la Resolución No. 079 del 26 de septiembre de 1989.
29. Que mediante Acto Administrativo Certificación No 995 del 21 de julio del 2015, se certificó que se registra la presencia del Resguardo Indígena Parte Oriental del Vaupes, perteneciente a la Etnia Cubeo, constituido por el Instituto Colombiano de la reforma agraria — lncora mediante la Resolución No 086 del 27 de julio de 1982 y 144 del 20 de diciembre de 1982.
30. Que mediante Acto Administrativo Certificación No 996 del 21 de julio del 2015, se certificó que se registra la presencia del Resguardo Indígena Mirití Paraná, de las etnias Yucuna, Tanimuka, Matapi, Makuna, Cubeo, Cabiyari, Miraña, Letuama, Maku entre otras, constituido por el Instituto Colombiano de la Reforma Agraria-INCORA- mediante la resolución No. 104 del 15 de diciembre de 1981 y ampliado por el Instituto Colombiano de Desarrollo Rural —INCODER- mediante el acuerdo 204 del 29 de diciembre de 2009.
31. Que mediante Acto Administrativo Certificación No 997 del 21 de julio del 2015, se certificó que se registra la presencia del Resguardo Indígena Ríos Cuiari e Isana, de la etnia Curripaco, constituido por el Instituto Colombiano de la Reforma Agraria-INCORA- mediante la Resolución No. 083 del 26 de septiembre de 1989.
32. Que mediante Acto Administrativo Certificación No 998 del 21 de julio del 2015, se certificó que se registra la presencia del Resguardo Indígena Ríos Cuiari e !sana, de la etnia Curripaco, constituido por el Instituto Colombiano de la Reforma Agraria-INCORA- mediante la Resolución No. 083 del 26 de septiembre de 1989.
33. Que mediante Acto Administrativo Certificación No 999 del 21 de julio del 2015; se certificó que se registra la presencia del Resguardo Indígena Parte Oriental del Vaupés, perteneciente a la etnia Cubeo. constituido y ampliado por el Instituto Colombiano de la Reforma Agraria-INCORA-mediante las Resoluciones 086 del 27 de julio de 1982 y 144 del 20 de diciembre de 1982.
34. Que mediante Acto Administrativo Certificación No 1000 del 21 de julio del 2015, se certificó que se registra la presencia del Resguardo Indígena
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,1 CON TINUACIÓN CERTIFICACIÓN 088
DE 0 4 AGO 2015
Parte Oriental del Vaupés, perteneciente a la etnia Cubeo, constituido y ampliado por el Instituto Colombiano de la Reforma Agraria-INCORA-mediante las Resoluciones 086 del 27 de julio de 1982 y 144 del 20 de diciembre de 1982.
35. Que mediante Acto Administrativo Certificación No 1001 del 21 de julio del 2015, se certificó que se registra la presencia del Resguardo Indígena Bajo Río Guainía y Rio Negro, de la etnia Curripaco, constituido por el Instituto Colombiano de la Reforma Agraria-INCORA - mediante la Resolución No. 078 del 26 de septiembre de 1989.
36. Que mediante Acto Administrativo Certificación No 1084 del 04 de agosto del 2015, se certificó que se registra la presencia del Resguardo Indígena Bajo Río Guainía y Río Negro, de la etnia Curripaco, constituido por el Instituto Colombiano de la Reforma Agraría-INCORA mediante la Resolución No. 078 del 26 de septiembre de 1989.
37. Que mediante Acto Administrativo Certificación No 1085 del 04 de agosto del 2015, se certificó que se registra la presencia del Resguardo Indígena Guaco Bajo y Guaco Alto, de las etnias Puinave y Piapoco, constituido por el Instituto Colombiano de la Reforma Agraria -INCORA- mediante la Resolución No. 003 del 21 de enero de 1987.
38. Que mediante Acto Administrativo Certificación No 1086 del 04 de agosto del 2015, se certificó que se registra la presencia del Resguardo Indígena Carpintero Palomas, de la etnia Guahíbo, constituido por el Instituto Colombiano de la Reforma Agraria -INCORA- mediante la Resolución No. 004 del 21 de enero de 1987.
Que el señor HENRY ZAMBRANO MARQUEZ, en calidad de representante legal de la UNIÓN TEMPORAL ANDIRED. NIT. 900.685.106-6, solicita a esta Dirección se expida certificación de presencia o no de comunidades étnicas para el proyecto: "LICITACIÓN PÚBLICA No. LP-009-2013 PROYECTO NACIONAL CONECTIVIDAD DE ALTA VELOCIDAD- PNCAV, CELDA DE TELECOMUNICACIONES CARURU", localizado en jurisdicción del municipio de Carurú, departamento del Vaupés, adicionando un punto de coordenadas diferentes a las certificadas en el Acto Administrativo certificación No. 224 del 14 de febrero de 2014, corregida mediante la Resolución No. 59 del 01 de agosto de 2014, Certificaciones números: 02, 03, 04 y 05, del 26 de enero de 2015 y Certificaciones números No. 118, 119 y 120 del 11 de febrero de 2015, 591 del 05 de mayo de 2015 y 678 del 22 de mayo de 2015, 770 del 04 de junio de 2015, 811, 812, 813, 814. 815, 816 y 817 del 17 de junio de 2015 y 818 del 17 de junio del 2015 y 957, 958, 959, 960, 961, 962, 963, 964 del 13 de julio de 2015 , 995, 996, 997, 998, 999, 1000, 1001 del 21 de julio 2015, 1084, 1085 y 1086 del 04 de agosto de 2015.
Que así las cosas y frente a la solicitud con radicado EXTMI15-0035605 del 28 de julio de 2015, la Dirección de Consulta Previa, realizó un análisis espacial y procedió a revisar en las bases de datos conforme a las coordenadas presentadas por el solicitante para el proyecto: "LICITACIÓN PÚBLICA No, LP-009-2013 PROYECTO NACIONAL CONECTIVIDAD DE ALTA VELOCIDAD- PNCAV. CELDA DE TELECOMUNICACIONES CARURU", localizado en jurisdicción del municipio de Carurú, departamento del Vaupés. Este análisis tuvo como objeto constatar la presencia o registro de comunidades étnicas que pudieran resultar afectadas. Las bases de datos consultadas fueron: i) Base cartográfica de resguardos indígenas constituidos (Incoder lgac 2015), ii) Base cartográfica de Consejos Comunitarios constituidos (Incoder 2015), iii) Base de datos de la Dirección de Asuntos Indígenas, Minorías Étnicas y Rom (Mininterior 2015), ív) Base de datos de la Dirección de Comunidades Negras, Afrocolombianas, Raizales y Palenqueras (Mininterior 2015), y) Base de datos de Consulta Previa (Mininterior 2015).
Que con base en la información aportada, se elaboró informe técnico el día 29 de julio de 2015 en el cual se determinó que:
"Se procedió a revisar la información consignada en la solicitud y se constató que cuenta con datos como: nombre, descripción de actividades y coordenadas del proyecto. A
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continuación se ingresaron las coordenadas en el SIG usando el Sistema Magna Sirgas Origen Bogotá, observando coherencia espacial, por lo que se considera que está solicitud puede ser tramitada para efectos de determinar la presencia o no de comunidades étnicas. Se calculó que el área aproximada del proyecto es de 400
hectáreas.
Realizado el análisis cartográfico correspondiente con las coberturas de: comunidades étnicas, drenajes, vías, centros poblados. límites municipales y límites departamentales; y mediante la consulta con las bases de datos de comunidades étnicas disponibles en la Dirección de Consulta Previa, se determinó que el polígono ubicado jurisdicción del municipio de Canirú, departamento del Vaupés, correspondiente al proyecto "Licitación Pública No. LP-009-2013 Proyecto Nacional Conectividad de Alta Velocidad- PNCAV, Celda de Telecomunicaciones Caruru", se intercepta con:
El Resguardo Indígena Arara Bacatí, Carurú y Miraflores, de la etnia Tucano, constituido por el Instituto Colombiano de la Reforma Agraria -INCORA- mediante la Resolución No, 080 del 14 de abril de 1993.
Por lo anterior, se concluye que para el proyecto "Licitación Pública No. LP-009-2013
Pro ye cto Nacional Conectividad de Alta Velocidad- PNCAV, Celda de Telecomunicaciones Caruru", se registra la presencia del Resguardo Indígena Arara Bacatí, Carurú y Miraflores, de la etnia Tucano, constituido por el Instituto Colombiano de la Reforma Agraria -INCORA- mediante la Resolución No. 080 del 14 de abril de 1993", adicionales a las ya certificadas en los Actos Administrativos Certificación No. 224 del 14 de febrero de 2014, corregida mediante Resolución No. 59 del 01 de agosto de 2014, Certificaciones números: 02, 03, 04 y 05 del 26 de enero de 2015 y Certificación números 118. 119 y 120 del 11 de febrero de 2015, 591 del 05 de mayo de 2015, 678 del 22 de mayo de 2015, 770 del 04 de junio de 2015, 811, 812, 813, 814, 815, 816, 817, 818 del 17 de junio de 2015. 957, 958, 959, 960, 961, 962, 963, 964 del 13 de julio de 2015, 995,
996, 997, 998, 999. 1000, 1001 del 21 de julio de 2015,1084, 1085 y 1086 del 04 de
agosto de 2015.
En mérito de lo anteriormente expuesto, esta Dirección,
CERTIFICA:
PRIMERO, Que se registra la presencia del Resguardo Indígena Arara Bacati, Carurú
y Miraflores, de la etnia Tucano, constituido por el Instituto Colombiano de la Reforma Agraria -1NCORA- mediante la Resolución No. 080 del 14 de abril de 1993, en el área del proyecto: "LICITACIÓN PÚBLICA No. LP-009-2013 PROYECTO NACIONAL CONECTIVIDAD DE ALTA VELOCIDAD- PNCAV, CELDA DE TELECOMUNICACIONES CARURU", localizado en jurisdicción del municipio de Carurú, departamento del Vaupés, identificado con las siguientes coordenadas:
--. Vértice
1
TORRE
Can/ni
1 RESGUARDO
'
ETNIA
TUCANO
ESTE NORTE LONGITUD LATITUD
-1-ARARA. BACATi, CARURU Y 1 MIRAFLORES
1306205,42 804338.478 1 71°19'38.822"0
1
1'1'0.754"N
,.,
Camal
Car•iii, ' '
i ARARA. BACATÍ, CARURU Y I MIRAFI.ORES -, • ARARA, BACAn CARURU Y I MIRAFLORES
1
TUCANO
TUCANO
1304205,42
1304205A2
604338,478 I 71'20'43.438-0 "N 1'1'0.803
1'75.842PN 508335,47-C 71'20'43.381''O
4 1 Caturu I-- ! ARARA, BACATI, CARURU Y I MIRAFLORES
TUCANO 305205,42 08338,478 1 71°18'38.766"O
i
1-2'5.793"N
Fuente: Suministrada por el soilcitante; Radicado externo EXTMI15-0035605 de 28 de julio de 2015.
SEGUNDO. Que no se registra la presencia de comunidades Negras, Afrocolombíanas, Raizales y Palanqueras, en el área del proyecto: en el área del proyecto: "LICITACIÓN PÚBLICA No. LP-009-2013 PROYECTO NACIONAL CONECTIVIDAD DE ALTA VELOCIDAD- PNCAV, CELDA DE TELECOMUNICACIONES CARURU", localizado en jurisdicción del municipio de Carurú, departamento del Vaupés, identificado con las siguientes coordenadas:
Vértice I TORRE I RESGUARDO
Caruru I ARARA, BACATI, CARURU Y i MIRAFLORES
1 ETNLA 1 ESTE
NORTE
I LONGITUD LATITUD
1305205,42 504338,475 I 71'19'38.822"0 1-1'0.754"N I TUCANO
1088 O 4 AGO 2015
CONTINUACIÓN CERTIFICACIÓN. DE
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2 Caruru ARARA, BACATI, CARURU Y TUCANO 1304205,42 604338,478 71'20'43.4317'0 I 1'.1'0.809"N MIRAFLORES
3 Caruru ARARA, BACATÍ, CARURU Y TUCANO 1304205,42 606338,478 -71‘20'43.381"0.-1- f'2.5.849"N MIRAFLORES
4 Caruru ARARA. BACATi, CARURU Y TUCANO 130620542 606338,478 71'19'38.766"0 1'2'5.793"N MIRAFLORES
Fuente: Suministrada por el solicitante: Radicado externo EXTM115-0035605 de 28 de julio de 2015.
TERCERO. Que la información sobre la cual se expide la presente Certificación, aplica especificamente para las coordenadas y las características técnicas relacionadas y entregadas por el solicitante, a través del oficio con radicado externo EXTM115-0035605 del 28 de julio de 2015, para el proyecto: 'LICITACIÓN PÚBLICA No. LP-009-2013 PROYECTO NACIONAL CONECTIVIDAD DE ALTA VELOCIDAD- PNCAV, CELDA DE TELECOMUNICACIONES CARURU", localizado en jurisdicción del municipio de Carurú, departamento del Vaupés, identificado con las siguientes coordenadas:
Vértice TORRE RESGUARDO ETNIA ESTE NORTE LONGITUD LATuruo
Cariare ARARA, BACATI, CARLIRU Y TUCANO 1306205,42 604338,478 '711 9'38.822"0 1'1'0.754"N MIRAFLORES
2 Caruru ARARA, BACATí, CARURU Y TUCANO 1304205,42 604338,478 71'20'43.436"O 1'1'0,809"N MIRAFLORES
3 Caruru ARARA, BACATI, CARURU Y TUCANO 1304205,42 606338,478 71"20'43.381"0 l'2'5.849"N MIRAFLORES
4 Caruru ARARA, BACATL CARURU Y TUCANO 1306205,42 606338,478 71'19`38.766"O l'2'5.793"N MIRAFLORES
Fuente: Suministrada por el solicitante: Radicado externo EXTMI15-0035605 de 28 de julio de 2015.
CUARTO, Conforme a lo anterior si la parte interesada decide ejecutar el proyecto de que trata esta Certificación, deberá solicitar a la Dirección de Consulta Previa el inicio del proceso de consulta conforme a los lineamientos del artículo 330 de la Constitución Política, los artículos 6 y 7 de la Ley 21 de 1991; el artículo 76 de la Ley 99 de 1993 y la Directiva Presidencial 10 de 2013.
QUINTO. Contra el presente acto administrativo procede el recurso de reposición, el cual deberá interponerse por escrito en la diligencia de notificación personal, o dentro de los diez (10) días siguientes a ella, o a la notificación por aviso, ante esta Dirección, de conformidad con lo establecido en el artículo '76 de la Ley 1437 de 2011 (Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo).
COMUNÍQUESE Y NOTIFÍQUESE
ÁLVARO E EVERRY LONDONO Directo' de Consulta Previa
Elaboró: Elena Ramírez Ceballo Aprobó: Luis Fernando Mora, Líder Área de Ce raciones T.R.D. 2500.09.06
A. 1 088 O AGO 2015 CONTINUACIÓN CERTIFICACIuN DE
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