~.,., ,
MINISTERIO DE LA PROTECCION SOCIAL
REPBLICA DE COLOMBIAl.,tD.Nt 111I;':'I~~"C*fI.JUA'JUI'.'b~
__ o
DECRETO NMERO 038 DE 2009
1(3 ENE 2009Por el cual se adiciona un pargrafo al artculo 24 del Decreto 4725 de 2005
EL MINISTRO DEL INTERIOR Y DE JUSTICIA DE LA REPUBLlCA DE COLOMBIA,DELEGA TARIO DE LAS FUNCIONES PRESIDENCIALES MEDIANTE DECRETO
0017 DE 2009
En ejercicio de las atribuciones legales, especialmente las conferidas por el numeral11 del artculo 189 de la Constitucin Poltica, el artculo 564 de la Ley 09 de 1979 y el
r--- . I numeral 42.3 del artculo 42 de la Ley 715 de 2001 y en desarrollo del artculo 245 dela Ley 100 de 1993
DECRETA:
ARTCULO 1. Adicionar el siguiente pargrafo al artculo 24 del Decreto 4725 de2005:
"Pargrafo 5. Para los repuestos de equipos biomdicos que hayan sidoimportados legalmente con anterioridad a la expedicin del Decreto 4725 de 2005o durante su perodo de transitoriedad y que no cuenten con permiso decomercializacin o registro sanitario del respectivo equipo, deber el importador,conforme al procedimiento sealado en la Ventanilla nica de Comercio Exterior(VUCE), allegar la certificacin o autorizacin del fabricante del equipo biomdicoque se pretende reparar, mantener o soportar en donde se acredite su correlacincon el importador lo autorice a importar en Colombia sus repuestos.Adicionalmente, deber allegar la informacin sobre el nombre, serie y lugar deubicacin del equipo biomdico y el tipo de reparacin, mantenimiento o soportepara el cual se va a utilizar el repuesto. "
ARTCULO 2. El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicacin y derogatodas las disposiciones que le sean contrarias.
PUBLQUESE y CMPLASE
DadoenBogot,D> 1 3 [HE 2909 IC~~~o '\
~ANCOURT
~ DIEGO PAL.AC~O ~ec in SocialMinistro de la ro .
page1titles~.,. 1( 3 ENE 2009 C~~~
imagesimage1image2image3image4
Top Related