sumariO
administraCión del estadO
Subdelegación del Gobierno en Cuenca.— Notificación expedientes.
Confederación Hidrográfica del Guadiana.— Notificación de trámite de audiencia de aprovechamiento de aguas incursos en expedientede extinción.
Confederación Hidrográfica del Guadiana.— Información pública en los expedientes de concesión de aguas subterráneas.
administraCión de justiCia
Juzgado de lo Social Nº 1 de Cuenca.— Edicto sobre procedimiento ordinario 1042/2012.
Juzgado de lo Social Nº 1 de Valencia.— Edicto sobre procedimiento despido/ceses en general 289/2012.
administraCión lOCal
Ayuntamiento de Cuenca.— Información pública memoria justificativa para el cambio de gestión del ciclo integral del agua.
Ayuntamiento de Cuenca.— Adjudicación contrato servicio de transporte urbano colectivo de viajeros.
Ayuntamiento de Cuenca.— Comunicación de contrato desierto.
Ayuntamiento de Cuenca.— Aprobación de los estatutos del Patronato Municipal de Promoción Económica.
Ayuntamiento de Cuenca.— Exposición de proyecto técnico modificado.
Ayuntamiento de Cuenca.— Exposición de la modificación de ordenanzas fiscales.
Ayuntamiento de Cuenca.— Anuncio de licitación pública para el arrendamiento del aprovechamiento de trufas en el monte nº 121Sierra de Cuenca.
Ayuntamiento de Cuenca.— Anuncio de licitación pública para el arrendamiento del aprovechamiento de trufas en el monte nº 122Sierra de Poyatos y Fuertescusa.
Ayuntamiento de Cuenca.— Anuncio de licitación pública para el arrendamiento del aprovechamiento de trufas en el monte nº 119Sierra Barrancos.
Ayuntamiento de Cuenca.— Anuncio del tercer procedimiento de licitación pública para la enajenación de la parcela rústica y las instalacionesdel camping Pinar de Jábaga.
Ayuntamiento de Cuenca.— Anuncio del procedimiento de licitación pública para la selección del adjudicatario de la concesión parael uso y explotación de la zona de cafetería-restaurante del Recreo Peral.
Ayuntamiento de Casas de Haro.— Modificación de la ordenanza fiscal reguladora de la tasa del servicio de agua potable.
Ayuntamiento de Belmonte.— Solicitud de licencia de actividad de explotación avícola.
Ayuntamiento de Belmonte.— Solicitud de licencia de actividad de taller de cromados y galvanizados.
Ayuntamiento de Algarra y Casas de Garcimolina.— Subasta de aprovechamientos forestales.
Ayuntamiento de Barajas de Melo.— Solicitud de licencia de infraestructura de telecomunicaciones.
Boletín Oficialde la Provincia de Cuenca
Edición digitalwww.dipucuenca.es
SE EDITA:Lunes, miércoles y viernes (excepto festivos)
Depósito Legal: CU-1-1958
Núm. 129
Miércoles
7 / Noviembre / 2012
Ayuntamiento de Barajas de Melo.— Aprobación definitiva del presupuesto y plantilla 2012.
Ayuntamiento de San Lorenzo de la Parrilla.— Exposición del presupuesto general de 2012.
Ayuntamiento de San Lorenzo de la Parrilla.— Exposición del expediente de modificación de ordenanzas fiscales.
Ayuntamiento de San Lorenzo de la Parrilla.— Aprobación de la ordenanza del servicio de recogida domiciliaria de basuras.
Ayuntamiento de Aliaguilla.— Anuncio licitación del arpovechamiento de pastos 2013.
Ayuntamiento de Cañete.— Caducidad de inscripción padronal.
Ayuntamiento de Torrubia del Castillo.— Enajenación de bien inmueble rústico polígono 501, parcela 31.
Ayuntamiento de Valverde de Júcar.— Licitación procedimiento abierto contrato de gestión del servicio de ayuda a domicilio.
Ayuntamiento de Valverde de Júcar.— Modificación ordenanza de ayuda a domicilio.
Ayuntamiento de Olivares de Júcar.— Exposición presupuesto general 2012.
Ayuntamiento de Salvacañete.— Adjudicación provisional de 5 parcelas urbanas.
Ayuntamiento de Salvacañete.— Adjudicación provisional de 4 parcelas urbanas.
Ayuntamiento de Quintanar del Rey.— Notificación expedientes sancionadores.
Ayuntamiento de Iniesta.— Notificación expedientes sancionadores.
Ayuntamiento de Santa María del Campo Rus.— Exposición expediente de modificación de créditos.
Ayuntamiento de Santa María del Campo Rus.— Modificación ordenanza del servicio de agua a domicilio.
Ayuntamiento de Santa María del Campo Rus.— Aprobación ordenanza reguladora de la tenencia y protección de animales domésticos.
Ayuntamiento de Santa María del Campo Rus.— Aprobación de la ordenanza de puestos públicos y venta ambulante.
Ayuntamiento de Horcajo de Santiago.— Aprobar la ordenanza fiscal de la tasa por colocación de publicidad en instalaciones.
Ayuntamiento de Horcajo de Santiago.— Modificación ordenanza por la prestación del servicio de recogida de basuras.
Ayuntamiento de Horcajo de Santiago.— Modificación de la ordenanza reguladora del servicio de tratamiento de residuos sólidosurbanos.
Ayuntamiento de Tarancón.— Aprobación definitiva del presupuesto y plantilla 2012.
E.A.T.I.M. de Ribatajada.— Aprobación definitiva del presupuesto y plantilla 2012.
OtrOs anunCiOs
Consorcio de la Ciudad de Cuenca.— Subvenciones concedidas en el tercer trimestre de 2012.
Consorcio de la Ciudad de Cuenca.— Exposición de proyecto técnico de obras.
Colegio Oficial de Veterinarios de Cuenca.— Creación de ficheros automatizados o manuales de datos de carácter personal.
suPlementO
Organismo Autónomo de Gestión Tributaria y Recaudación.— Citación para comparecer.
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administraCión del estadO
NÚM. 4762
suBdeleGaCión del GOBiernO en CuenCa
edicto
Intentada sin efecto por esta Subdelegación del Gobierno las notificaciones que se relacionan, de conformidad con lo pre-ceptuado en el artículo 59.5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicasy del Procedimiento Administrativo Común, modificado por la Ley 4/1999, de 13 de enero, se notifica a los interesados quese señalan los acuerdos y resoluciones siguientes:
N° Expediente Trámite Titular Localidad
SPE-162012/18 PROPUESTA RESOLUCIÓN SEGURIDAD CERES, S.A. CÁCERES
SPE-1620 12/28 ACUERDO DE INICIO SEGURIDAD CERES, S.A. CÁCERES
SPE-1620 12/29 ACUERDO DE INICIO SEGURIDAD CERES, S.A. CÁCERES
Indicándoles que pueden consultar los documentos correspondientes en la Subdelegación del Gobierno de Cuenca, calleJuan Correcher, núm. 2, y que disponen de los siguientes plazos contados a partir del día siguiente a la publicación del pre-sente Edicto:
a) En los inicios de procedimiento y propuestas de resolución, QUINCE DÍAS para formular alegaciones.
b) En las resoluciones UN MES para formular recursos de Alzada ante el Ministro del Interior.
c) En los recursos de alzada DOS MESES para el recurso contencioso-administrativo.
Cuenca, 31 de Octubre de 2012.
El Subdelegado del Gobierno,
Fdo.: Ángel Luis Mariscal Estrada
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NÚM. 4774
COnfederaCión HidrOGrÁfiCa del Guadiana
NOTIFICACIÓN DE TRÁMITE DE AUDIENCIA DE APROVECHAMIENTOS DE AGUAS INCURSOS EN EXPEDIENTE DEEXTINCIÓN
No siendo posible la notificación directa y de conformidad con el art. 59.5 de la Ley 30/1992 de Régimen Jurídico de lasAdministraciones Públicas y Procedimiento Administrativo Común, la Confederación Hidrográfica del Guadiana en cumpli-miento de los artículos 164.4, 165.4 y 167.5 del Reglamento del Dominio Público Hidráulico y conforme a lo establecido enel artículo 84 de la citada Ley, acuerda poner de manifiesto los expedientes que a continuación se relacionan, otorgandoun plazo de QUINCE DÍAS HÁBILES, desde el día siguiente a la publicación de este anuncio en el Boletín Oficial de la Pro-vincia, para que los que se consideren afectados en sus derechos puedan presentar las alegaciones que consideren pro-cedentes en defensa de sus intereses.
Los expedientes estarán de manifiesto para poder ser examinados en la Confederación Hidrográfica del Guadiana-Comi-saría de Aguas, sita en la Carretera de Porzuna, número 6 de Ciudad Real, a la que deberán dirigir, por escrito, las alega-ciones pertinentes, por los medios establecidos en la Ley 30/1992 de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas yProcedimiento Administrativo Común.
TÉRMINO MUNICIPAL DE TRIBALDOS
Caudal Superf. Título Causa de la
Inscrip. Cauce Destino Finca/ Paraje Ttitular Término municipal (.l/s.) (ha) del derecho extinción
59181 Río Bendija Riego por aspersión La Vega Víctor Albares López Tribaldos (Cuenca) 3,36 5,60 19-02-1975: No uso por más
Concesión Comisaría de tres años por
de Aguas. Aprobada causas
acta de reconocimiento imputables
final el 18-05-1977 al titular
El Comisario de Aguas,
Timoteo Perea Tribaldos
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BOletín OfiCial de la PrOvinCia de CuenCa
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administraCión de justiCia
NÚM. 4736
juZGadO de lO sOCial n.º 1 de CuenCa
edicto
Dª RAQUEL LÓPEZ-FANDO DE MIGUEL, Secretaria del Juzgado de lo Social número 1 de Cuenca.
HAGO SABER: Que por resolución dictada en el día de la fecha, en el proceso seguido a instancia de D/Dª BRAULIO MADRI-GAL IZQUIERDO contra TRANSMILATRIZ SL, RUMOIL SL, ALJOSER SL, TRANSCAR LOGISTICA SL, RAIL OIL SL, CITIUMEUROGROUP SL, RONDOX TRANSPORT SL, TRANSVIBECA SL, ANTONIA ARAQUE CALLEJA, ISIDORO CALLEJA ARA-QUE, BEATRIZ CALLEJA ARAQUE, VICENTE CALLEJA ARAQUE, MILAGROS ARAQUE GARCIA, FOGASA, en recla-mación por ORDINARIO, registrado con el número PROCEDIMIENTO ORDINARIO 0001042 /2012 se ha acordado citar aTRANSMILATRIZ SL, RUMOIL SL, ALJOSER SL, TRANSCAR LOGISTICA SL, RAIL OIL SL, CITIUM EUROGROUP SL,RONDOX TRANSPORT SL, TRANSVIBECA SL , ANTONIA ARAQUE CALLEJA, BEATRIZ CALLEJA ARAQUE, VICENTECALLEJA ARAQUE, MILAGROS ARAQUE GARCIA, FOGASA, en ignorado paradero, a fin de que comparezca en la salade vistas de este Juzgado de lo Social número 1, situado en C/ GERARDO DIEGO, S/N - CUENCA el día 6 DE MAYO DE2013 a las 8,45 horas para la celebración del acto de conciliación y en caso de no avenencia a las 9 horas del mismo díaal acto del Juicio, pudiendo comparecer personalmente o mediante persona legalmente apoderada, y que deberá acudircon todos los medios de prueba de que intente valerse, con la advertencia de que es única convocatoria y que dichos actosno se suspenderán por falta injustificada de asistencia.
Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en eltablón de anuncios de la Oficina judicial, salvo el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir formade auto o sentencia, o cuando se trate de emplazamiento.
Asimismo se le hacen saber las siguientes prevenciones legales:
1º.- La incomparecencia del demandado, debidamente citado, no impedirá la celebración de los actos de conciliación, y ensu caso, juicio, continuando éste sin necesidad de declarar su rebeldía, (art. 83.3 LPL/ LJS).
2º.- Se le hace saber que la parte demandante ha indicado que acudirá al acto del juicio con abogado para su defensa y/orepresentación - procurador o graduado social para su representación, lo que se le comunica a los efectos oportunos.
3º.- Debe asistir al juicio con todos los medios de prueba de que intente valerse, (art. 82.2 LPL/ 82.3 LJS)y y, en el caso deque se admita la prueba de interrogatorio, solicitada por la otra parte, deberá comparecer y contestar al interrogatorio o, encaso contrario, podrán considerase reconocidos como ciertos en la sentencia, los hechos a que se refieren las preguntas,siempre que el interrogado hubiere intervenido en ellos personalmente y su fijación como ciertos le resulte perjudicial entodo o en parte.
Conforme dispone el artículo 91.3 de la LJS, el interrogatorio de las personas jurídicas se practicará con quienes legalmentelas representen y tengan facultades para responder a tal interrogatorio.
Si el representante en juicio no hubiera intervenido en los hechos deberá aportar a juicio a la persona conocedora directade los mismos. Con tal fin, la parte interesada podrá proponer la persona que deba someterse al interrogatorio justificandodebidamente la necesidad de tal interrogatorio personal.
Podrán asimismo solicitar, al menos con CINCO DIAS de antelación a la fecha del juicio, aquellas pruebas que, habiendode practicarse en el mismo, requieran diligencias de citación o requerimiento (art. 90.2 LPL/90.3 LJS).
4.- Debe comunicar a esta Oficina Judicial un domicilio para la práctica de actos de comunicación y cualquier cambio dedomicilio que se produzca durante la sustanciación de este proceso, con los apercibimientos del art. 53.2 LJS (art.53.2 LJS/155.5 párrafo 1º de la LEC) haciéndole saber que, en aplicación de tal mandato, en el primer escrito o comparecencia anteel órgano judicial, las partes o interesados, y en su caso los profesionales designados, señalarán un domicilio y datos com-pletos para la práctica de actos de comunicación.
El domicilio y los datos de localización facilitados con tal fin, surtirán plenos efectos y las notificaciones en ellos intentadassin efecto serán válidas hasta tanto no sean facilitados otros datos alternativos, siendo carga procesal de las partes y desus representantes mantenerlos actualizados. Asimismo deberán comunicar los cambios relativos a su número de teléfono,fax, dirección electrónica o similares, siempre que estos últimos estén siendo utilizados como instrumentos de comunica-ción con el tribunal.
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5º.- También deberá comunicar, y antes de su celebración, la existencia de alguna causa legal que justificara la suspensiónde los actos de conciliación y/o de juicio a los que se le convoca, (art. 83 LPL/LJS 183 LEC).
6º.- Las partes podrán formalizar conciliación en evitación del proceso por medio de comparecencia ante la oficina judicial,sin esperar a la fecha de señalamiento, así como someter la cuestión a los procedimientos de mediación que pudieran estarconstituidos de acuerdo con lo dispuesto en el art. 63 de esta ley, sin que ello suponga la suspensión salvo que de comúnacuerdo lo soliciten ambas partes, justificando la sumisión a la mediación y por el tiempo máximo establecido en el proce-dimiento correspondiente que no podrá exceder de quince días.
Y para que sirva de citación a TRANSMILATRIZ SL, RUMOIL SL, ALJOSER SL, TRANSCAR LOGISTICA SL, RAIL OIL SL,CITIUM EUROGROUP SL, RONDOX TRANSPORT SL, TRANSVIBECA SL, ANTONIA ARAQUE CALLEJA, BEATRIZCALLEJA ARAQUE, VICENTE CALLEJA ARAQUE, MILAGROS ARAQUE GARCIA, FOGASA, se expide la presente cédulapara su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia de Cuenca y de Madrid y colocación en el tablón de anuncios.
En Cuenca, a treinta y uno de Octubre de dos mil doce.
La Secretaria Judicial,
Raquel López-Fando de Miguel
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NÚM. 4750
juZGadO de lO sOCial n.º 2 de valenCia
edicto
ASUNTO: DESPIDO/CESES EN GENERAL - 000289/2012
MILAGROS BURILLO ORRICO, Secretaria del Juzgado de lo Social número 2 de los de Valencia.
HAGO SABER: Que en este Juzgado, se siguen autos núm. 000289/2012 a instancias de AGNES VIOLA PROBST contraASOCIACION PREMIUM SYMPHONY ORCHESTRA y FOGASA en la que el día 29-6-12 se ha dictado resolución cuyaparte dispositiva dice:
FALLO.-Estimando la demanda que da origen a estas actuaciones debo declarar y declaro improcedente el despido de laactora adoptado el 8-4-2012, declarando extinguida la relación laboral que vinculaba a las partes y condenado a la empresademandada ASOCIACIÓN PREMIUM SYMPHONY ORCHESTRA a que abone a la actora Dª AGNES VIOLA PROBST elimporte de 14.950,00 euros en concepto de salarios adeudados, que deberán incrementarse en el interés por demora del10 por 100 anual, la indemnización de 2.454,67 euros más el importe de 9.818,68 euros por el concepto de salarios deja-dos de percibir durante la sustanciación del proceso, y condenando al FONDO DE GARANTÍA SALARIAL, en su condiciónde responsable legal subsidiario, a estar y pasar por los efectos de esta resolución con las limitaciones legalmenteestablecidas.Notifíquese la presente resolución a las partes con advertencia de que no es firme y que frente a la mismacabe recurso de suplicación para ante la SALA DE LO SOCIAL DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE LA COMU-NIDAD VALENCIANA, que deberá anunciarse dentro de los CINCO DIAS siguientes a su notificación, lo que podrá efec-tuar el interesado al hacerle la notificación con la mera manifestación de la parte o de su Abogado o representante de supropósito de entablar tal recurso, o bien por comparecencia o por escrito presentado, también de cualquiera de ellos, anteeste Juzgado de lo Social. Es requisito necesario que, al tiempo de hacer el anuncio, se haga el nombramiento de Letradoo Graduado Social que ha de interponerlo y que el recurrente que no gozare del beneficio de justicia gratuita, que no seatrabajador o causahabiente suyo o beneficiario del régimen público de la Seguridad Social presente en la Secretaría delJuzgado el documento que acredite haber consignado en la “Cuenta de Depósitos y Consignaciones”, nº de cuenta: 4467– 0000 – 65 – 0289 -12, abierta a nombre del Juzgado en la entidad Banco Español de Crédito,S.A. (BANESTO), la canti-dad objeto de la condena, pudiendo sustituirse la consignación en metálico por el aseguramiento mediante aval bancario,en el que deberá hacerse constar la responsabilidad solidaria del avalista.Igualmente, y al tiempo de anunciar el recurso,el recurrente que no gozare del beneficio de justicia gratuita, que no sea trabajador o causahabiente suyo o beneficiario delrégimen público de la Seguridad Social, deberá hacer entrega en la Secretaría de este Juzgado, de resguardo independienteo distinto del anterior, acreditativo de haber efectuado el depósito de 300,00 euros en la cuenta referida.Expídase testimo-nio de esta Sentencia que se unirá a las actuaciones y llévese el original al Libro de Sentencias.Así por esta mi Sentencialo pronuncio, mando y firmo.
Y para que conste y sirva de notificación a ASOCIACION PREMIUM SYMPHONY ORCHESTRA que se encuentra en igno-rado paradero, así como para su inserción en el Tablón de anuncios y publicación en el Boletín Oficial de la Provincia, expidoel presente en Valencia, a treinta y uno de octubre de dos mil doce.
La Secretaria,
Milagros Burillo Orrico
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Pág. 9 Miércoles 7 de noviembre de 2012 Núm. 129
administraCión lOCal
NÚM. 4755
aYuntamientO de CuenCa
ANUNcio
El Pleno del Ayuntamiento de Cuenca, en sesión ordinaria celebrada el 30 de octubre de 2012, acordó aprobar inicialmentela Memoria Justificativa para el Cambio de Gestión del Ciclo Integral del Agua, gestión directa a través de la Empresa PúblicaServicio de Infraestructuras Municipales, S.A., junto con el proyecto de Estatutos de la Sociedad, así como la documenta-ción complementaria anexa, sometiéndose a información pública por plazo de 30 días, a contar desde el día siguiente al depublicación del presente anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia.
Durante este plazo se podrá examinar por los particulares y Entidades en las dependencias municipales, a efectos de quese formulen las observaciones que se estimen pertinentes.
Lo que se hace público, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 97.1.c) del Texto Refundido de las disposiciones lega-les vigentes en materia de Régimen Local aprobado por Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 de abril.
En Cuenca, a 2 de noviembre de 2012.
El Alcalde-Presidente,
Juan Manuel Ávila Francés
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Pág. 10 Miércoles 7 de noviembre de 2012 Núm. 129
NÚM. 4753
aYuntamientO de CuenCa
ANUNcio
1. Entidad adjudicadora.
a) Organismo: Excmo. Ayuntamiento de Cuenca.
b) Dependencia que tramita el expediente: Sección de Contratación.
2. Objeto del contrato:
a) Tipo del contrato: Gestión servicio público.
b) Descripción del objeto: Transporte urbano colectivo de viajeros en la ciudad de Cuenca.
3. Tramitación, procedimiento y forma de adjudicación: Negociado (art. 170.c) del TRLCSP.
4. Presupuesto base de licitación.
Subvención: 400.000 euros/anuales (I.V.A. excluido); compensación social: 72.200 euros/año.
5. Adjudicación y formalización.
a) Fecha de adjudicación: 5 de Octubre del 2.012.
b) Fecha de formalización: 31 de Octubre del 2.012.
b) Contratista: U.T.E. Fernanbus, S.L. – Autocares Herránz, S.L. – Autolíneas Rubiocar, S.L.
c) Nacionalidad: española.
d) Importe de adjudicación: Subvención: 400.000 euros/anuales (I.V.A. excluido); compensación social: 72.200 euros/año.
e) Duración del contrato: 10 años.
Lo que se hace público para general conocimiento.
Cuenca, 2 de Noviembre del 2012.
El Alcalde-Presidente,
Fdo.: Juan Manuel Ávila Francés
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Pág. 11 Miércoles 7 de noviembre de 2012 Núm. 129
NÚM. 4744
aYuntamientO de CuenCa
ANUNcio
1. Entidad adjudicadora.
a) Organismo: Excmo. Ayuntamiento de Cuenca.
b) Dependencia que tramita el expediente: Sección de Contratación.
2. Objeto del contrato:
a) Tipo del contrato: Privado.
b) Descripción del objeto: Colaboración integral en la gestión recaudatoria del Excmo. Ayuntamiento de Cuenca.
c) Publicidad: Boletín Oficial de la Provincia número 118, de 10/10/2012.
d) CPA: 74.87.12 y CPV: 66000000-0.
3. Tramitación, procedimiento y forma:
a) Tramitación: ordinaria.
b) Procedimiento: abierto.
c) Forma: Pluralidad de criterios de adjudicación.
4. Presupuesto base de licitación: No se establece.
5. Declaración de licitación desierta.
Fecha: 31 de Octubre del 2012.
Lo que se hace público para general conocimiento.
Cuenca, 31 de Octubre del 2012.
El Alcalde-Presidente,
Fdo.: Juan Manuel Ávila Francés
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Pág. 12 Miércoles 7 de noviembre de 2012 Núm. 129
NÚM. 4743
aYuntamientO de CuenCa
ANUNcio
Aprobada la modificación de los Estatutos del Patronato Municipal de Promoción Económica, Formación y Empleo de Cuencapor el Pleno del Ayuntamiento de Cuenca en sesión ordinaria celebrada el 20 de junio de 2012, al no presentarse reclama-ciones ni sugerencias tras la publicación del extracto de aprobación inicial en el Boletín Oficial de la Provincia de Cuencadel día 29 de junio de 2012, de conformidad con los artículos 49 y 70.2 de la Ley 7/85 de 2 de abril, Reguladora de las Basesde Régimen Local y artículo 196 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las EntidadesLocales (RD 2568/86 de 28 de noviembre), se publica a continuación el texto completo de los Estatutos definitivos:
ESTATUTOS DEL PATRONATO MUNICIPAL DE PROMOCIÓN ECONÓMICA, FORMACIÓN Y EMPLEO.
Capítulo I
CONSTITUCIÓN
Artículo 1.- El Patronato Municipal de Promoción Económica, Formación y Empleo se constituye como Organismo AutónomoLocal dependiente del Ayuntamiento de Cuenca, con personalidad jurídica propia y autonomía financiera y funcional, parala gestión directa de servicios públicos locales, dentro del ámbito de la promoción económica, la formación ocupacional, elempleo y las políticas de innovación y desarrollo, al amparo de la normativa siguiente:
- artículo 85 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local (modificado por el artículo 1 de laLey 57/2003, de 16 de diciembre, de Medidas para la Modernización del Gobierno Local);
- artículo 132 del Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de Organización, Fun-cionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales;
- artículos 45 a 52 y 53 a 60 de la Ley 6/1997, de 14 de abril, de Organización y Funcionamiento de la Administración Gene-ral del Estado.
Artículo 2.-
El Patronato Municipal de Promoción Económica, Formación y Empleo se constituye con una duración indefinida, y quedaadscrito a la Concejalía de Promoción Económica y Nuevas Tecnologías, que ejercerá los controles convenientes sobre susactuaciones y evolución. La sede del Patronato se encontrará en Cuenca, Plaza Mayor, 1.
Capítulo II
OBJETO Y COMPETENCIAS
Artículo 3.-
3.1.- El Patronato tiene como fines todos aquellos que de alguna forma contribuyan a facilitar y fomentar el desarrollo socialy económico en el municipio de Cuenca, entre otros: el fomento y promoción de infraestructuras productivas, la planifica-ción estratégica, el desarrollo de políticas y actuaciones en materia de sociedad de la información y la comunicación, la pro-yección exterior de la ciudad, la mejora de la formación ocupacional y los dispositivos de educación no reglada, la orienta-ción e inserción profesionales, la promoción económica, el apoyo a las empresas, el fomento del empleo y la innovación.
3.2.- También están entre los fines del Patronato de Promoción los relativos a las propuestas y ejecución de mejoras en lagestión municipal, y en cooperación con otros servicios municipales, en materia de infraestructuras de datos espaciales y,más concretamente, las relativas a gestión catastral en el marco del Convenio de mayo de 2009 entre la Secretaria de Estadode Hacienda y Presupuestos (Dirección General del Catastro) y el Ayuntamiento de Cuenca, gestión de patrimonio munici-pal y gestión de cartografías de referencia.
Artículo 4.- Para el cumplimiento de los anteriores objetivos el Patronato Municipal de Promoción Económica, Formación yEmpleo dispone de las siguientes competencias:
- Investigar, canalizar y promocionar los recursos de desarrollo local.
- Poner en marcha programas de formación e inserción profesional a favor de los jóvenes y desempleados, con sus pro-pios recursos o en coordinación con otras entidades y particulares.
- Participar en proyectos de rehabilitación y restauración de patrimonio en el marco de las actuaciones de fomento del empleo.
- La investigación, observación, estudio y prospección del mercado de trabajo y de la actividad económica en general delmunicipio.
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- El fomento y desarrollo de la sociedad de la información y las comunicaciones, tanto entre los sectores productivos, comoen la propia administración local, incluida la televisión digital municipal.
- Elaboración, realización y participación en acciones, programas e iniciativas que generen empleo, desarrollo e innovacióna nivel local
- La comercialización y gestión no urbanística de suelo industrial de carácter público.
- El fomento y participación en las iniciativas y actuaciones de planificación estratégica de la ciudad y municipio
- La promoción exterior y el diseño y ejecución de proyectos de carácter europeo e internacional
- Posibilitar la concertación y el consenso de las organizaciones sociales y económicas interesadas en las políticas de accio-nes de formación y fomento del empleo y su colaboración con las administraciones.
- Proponer al Pleno del Ayuntamiento la definición y concreción de las políticas municipales de formación, empleo y des-arrollo a nivel local y el entorno más próximo.
- Colaborar en la gestión de la formación y reciclaje del personal de la Corporación, organismos y empresas municipales yla oferta de fomento de empleo.
- Gestión de la oferta de fomento de empleo municipal, de conformidad con los acuerdos y directrices emanadas del Ayun-tamiento.
- La puesta en marcha y gestión de la infraestructura de datos espaciales de Cuenca.
- La realización de trabajos de gestión y actualización catastral en el marco de las competencias asumidas por el Ayunta-miento de Cuenca por Convenio de mayo de 2009 entre la Secretaría de Estado de Hacienda y Presupuestos (DirecciónGeneral del Catastro) y el Ayuntamiento de Cuenca.
- La realización de trabajos de gestión, explotación y puesta en valor del patrimonio municipal.
- Cuantas otras sean necesarias para el cumplimiento de sus objetivos y no estén en contradicción con ninguna disposiciónlegal o reglamentaria”.
Capítulo III
RÉGIMEN DE GOBIERNO
Artículo 5.-
1. El Patronato Municipal de Promoción Económica, Formación y Empleo se regirá por lo dispuesto en los presentes Esta-tutos y, en su defecto, por lo que se establece en la legislación de Régimen Local y demás disposiciones aplicables. Sinperjuicio de su autonomía, el Patronato Municipal actuará bajo la tutela del Ayuntamiento de Cuenca en los términos dis-puestos en la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local y demás disposiciones, que la comple-mentan, desarrollan o modifican.
2. El Ayuntamiento Pleno ejercerá las siguientes facultades de tutela sobre el Patronato:
a) Aprobación definitiva de los estatutos y de sus eventuales modificaciones
b) Aprobación definitiva del presupuesto y de sus eventuales modificaciones.
c) Conocimiento de la memoria anual.
d) Aprobación de las cuentas anuales.
e) La adquisición, cesión o gravamen de bienes inmuebles en todo caso, así como la enajenación de otro tipo de bienes,cuando excedan del 20% del presupuesto anual.
f) Recabar de los órganos de gobierno y administración del Instituto, toda clase de informes y documentos, y ordenar lasinspecciones que estime oportunas.
g) Ejercer, por los medios oportunos, el control interno a que se refieren los artículo 194 a 203 de la Ley 39/88, de 28 dediciembre, reguladora de las Haciendas Locales y Normas concordantes.
3. El Presidente del Patronato remitirá a la Alcaldía el orden del día de las reuniones del Patronato con dos días de antela-ción a la fecha señalada para su celebración y nota de los acuerdos adoptados, dentro de los tres días siguientes a la reu-nión. El Alcalde podrá, asimismo, recabar de los órganos de gobierno y administración del Patronato, toda clase de infor-mes y documentos así como ordenar las inspecciones que estime oportunas.
Capítulo IV
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ÓRGANOS DE GOBIERNO Y DE ADMINISTRACIÓN
Artículo 6.- Los órganos de gobierno, ejecutivos y de administración del Patronato Municipal de Promoción Económica, For-mación y Empleo son el Presidente, el Consejo Rector, la Junta de Gobierno y la Dirección/Coordinación.
Corresponden al primero las funciones de gobierno, administración y representación, sin más limitaciones que las estable-cidas por la ley, pudiendo delegar en algunos de sus miembros las facultades que no exceda de la gestión ordinaria.
Sección Primera. Del Consejo Rector.
Artículo 7.- Se constituye un Consejo Rector que tendrá las siguientes funciones:
a) Organizar, dirigir e inspeccionar las actividades del Patronato en materia de promoción económica y desarrollo, y cual-quier otra actividad que los órganos de gobierno consideren oportuno en aras al cumplimiento del fin fundacional.
b) Participación en el Patronato por vía de sugerencias y asesoramiento.
c) Formular propuestas complementarias a la programación del Patronato, con aportación de estudios, estadísticas y docu-mentación sobre las propuestas respectivas.
Artículo 8.- El Consejo Rector tendrá la siguiente composición:
a) Presidente, el que lo sea del Patronato.
b) Vocales:
- Un representante por cada uno de los grupos políticos del Ayuntamiento.
- Un representante de la Delegación Provincial de la Junta de Comunidades de Castilla La Mancha.
- Un representante de la Subdelegación del Gobierno.
- Un representante del SEPECAM (Servicio Público de Empleo de Castilla La Mancha)
- Un representante de la FAEC (Federación de Asociaciones de Empresarios de Cuenca).
- Un representante de la Cámara Oficial de Comercio e Industria de Cuenca.
- Un representante del Patronato de Desarrollo Provincial de la Diputación Provincial.
- Un representante de cada una de las dos centrales sindicales mayoritarias.
- Un representante de la Caja de Castilla-La Mancha.
- Un representante de la Universidad de Castilla La Mancha
La composición de referencia podrá ser ampliada con los representantes que en su caso, y debidamente justificado, pro-ceda. Asimismo podrán asistir a las sesiones del Consejo Rector personas invitadas a efecto, en razón a su formación, cono-cimientos, capacitación y calidad en relación con el contenido, objetivos y proyectos del Consejo Rector.
El Consejo Rector podrá también establecer las comisiones específicas que juzgue necesarias para atender determinadosaspectos de especial interés para el municipio.
El Consejo Rector celebrará, al menos dos sesiones al año; una para formular la programación anual y la otra para com-probar la ejecución de las actuaciones programadas.
Sección Segunda. De la Junta de Gobierno.
Artículo 9.- Se constituye una Junta de Gobierno que ejercerá competencias de gobierno y administración del PatronatoMunicipal de Promoción Económica, Formación y Empleo. Para el ejercicio de sus competencias la Junta de Gobierno dis-pondrá de las siguientes atribuciones:
a) Someter a la aprobación del Pleno del Ayuntamiento la modificación de los Estatutos del Patronato.
b) Proponer la refundición o supresión del Patronato.
c) Aprobar inicialmente las normas de Régimen Interior y los Reglamentos de funcionamiento de los diferentes servicios decuya gestión esté encargado, con arreglo a los preceptos legales que rijan cada materia y elevarlos al Pleno del Ayunta-miento para su aprobación definitiva, sin perjuicio de que tales normas y Reglamentos se sometan a la sanción de la Auto-ridad u Organismo a quienes pudiera estar atribuida esta facultad por razón de la materia.
d) Otorgar las representaciones y delegaciones, para cometidos específicos, que estime convenientes para la mejor con-secución de los objetivos del Patronato.
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e) Aprobar las bases de actuación, los programas y proyectos anuales de actividades a desarrollar
f) Aprobar en el primer trimestre de cada ejercicio la memoria de la labor realizada en el ejercicio anterior, así como de lagestión económica.
g) Aprobar el proyecto de presupuesto de la Entidad para cada ejercicio, sometiéndolo a la aprobación definitiva del Plenodel Ayuntamiento.
h) Proponer al Pleno del Ayuntamiento la aprobación de la plantilla del personal del Patronato, sus retribuciones, así comoel acuerdo de despido o separación definitiva del personal afectado.
i) Aprobar, inicialmente, la Cuenta General de cada ejercicio y someterla al Pleno del Ayuntamiento para su sanción.
j) Proponer al Pleno del Ayuntamiento las ordenanzas sobre precios públicos aplicables a los servicios que se presten porel Patronato y su modificación.
k) Contratar las obras, servicios, suministros y adquisición de bienes, que corresponda para la consecución de los objeti-vos del Patronato.
l) Utilizar los bienes adscritos al Patronato y disponer la realización de las obras necesarias para su mejora, conservacióny reparación.
m) Determinar el destino y, en su caso, la enajenación de los productos resultantes de las actividades del Patronato.
n) Formar y mantener el inventario de bienes y derechos del Patronato con arreglo a lo dispuesto en el Reglamento de Bienesde las Entidades Locales, dando cuenta al Ayuntamiento para su definitiva aprobación.
o) Cualesquiera otras facultades que sean precisas para el cumplimiento de sus fines, y estén dentro de la competenciamunicipal.
Artículo 10.- La composición de la Junta de Gobierno es la siguiente:
PRESIDENTE: El Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de Cuenca o Concejal en que delegue.
VOCALES: Ocho representantes de los Grupos Políticos con representación en el Ayuntamiento de Cuenca, y en propor-ción al resultado electoral.
SECRETARIO.
INTERVENTOR.
TESORERO.
COORDINADOR ó personal del Ayuntamiento de Cuenca en que se deleguen sus funciones total o parcialmente.
Artículo 11.- Los miembros de la Junta de Gobierno, que tienen derecho a voz y voto el presidente y los vocales. El restode los componentes de la Junta solamente dispondrán de la facultad de informar en los asuntos de su competencia, en laforma y términos establecidos en la legislación.
Artículo 12.- La Junta de Gobierno podrá celebrar tres tipos de sesiones, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 77y siguientes del citado Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales:
Ordinarias. Se consideran sesiones ordinarias aquellas cuya periodicidad está establecida por acuerdo de la propia Juntade Gobierno en la sesión de constitución de la misma, o posteriormente si fuera necesario. La Junta de Gobierno se reu-nirá, con carácter ordinario, al menos, una vez al semestre. Las sesiones de la Junta de Gobierno no son públicas.
Extraordinarias. Son sesiones extraordinarias las que convoque el Presidente con tal carácter, por iniciativa propia o a peti-ción de más de la tercera parte de los miembros con derecho a voto que integran la Junta. La solicitud de convocatoria habráde hacerse por escrito, fijando los asuntos del orden del día y razonando el motivo que la hace precisa, debiendo ir firmada,personalmente por todos los que la suscriben. Esta petición no enerva la facultad de la Presidencia para determinar los asun-tos del Orden del día, si bien la exclusión de alguno o algunos deberá ser motivada. La convocatoria de sesión extraordi-naria a instancia de miembros de la Junta deberá efectuarse dentro de los cuatro días hábiles siguientes a la petición y sucelebración no podrá demorarse por más de dos meses desde que el escrito de petición tuviera entrada en el Registro Gene-ral del Ayuntamiento. Toda convocatoria de sesión extraordinaria habrá de ser motivada.
Extraordinarias de urgencia. Son sesiones extraordinarias de urgencia las que se convoquen por el Presidente, y la urgen-cia de los asuntos a tratar no permita convocar la sesión con la antelación mínima de dos días hábiles.
Artículo 13.- Corresponde al Presidente convocar las sesiones de la Junta, que será notificada por el Secretario. Entre laconvocatoria y la celebración de la sesión habrá de mediar, al menos, dos días hábiles. Los expedientes estarán a dispo-sición de los miembros de la Junta desde el mismo día de la convocatoria en la sede de este Patronato.
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Artículo 14.- Para la válida celebración de las sesiones se requiere la asistencia de tres o más de sus miembros con dere-cho a voto, que deberá mantenerse durante toda la sesión. En todo caso se requiere la asistencia del Presidente y del Secre-tario del Patronato, o de quienes legalmente les sustituyen. Si en la convocatoria no asistiese el quórum necesario, no podrácelebrarse la sesión y se entenderá convocada automáticamente a la misma hora y lugar, dos días después.
Artículo 15.- Planteado, desarrollado y finalizado el debate de un asunto del orden del día, se procederá a su votación. Porel Presidente se planteará de forma clara y concreta los términos de la votación y la forma de emitir el voto. El voto de losmiembros del Patronato es personal e indelegable. Iniciada la votación no puede interrumpirse por ningún motivo, y ningúnmiembro podrá entrar o abandonar la sala. En caso de empate se efectuará una nueva votación y si persiste, decidirá elvoto de calidad de Presidente.
Artículo 16.- Se requiere el voto favorable de la mayoría absoluta legal de los miembros con derecho a voto, que integranla Junta, para la adopción de los siguientes acuerdos: propuesta de modificación de los Estatutos y propuesta de disolucióny liquidación del Patronato.
Artículo 17.- En cuanto al funcionamiento de la Junta de Gobierno, en lo no previsto en estos Estatutos, se estará a lo dis-puesto en el Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales y demás legisla-ción aplicable.
Sección Tercera. De la Presidencia.
Artículo 18.- Corresponde la Presidencia del Patronato Municipal de Promoción Económica, Formación y Empleo al Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de Cuenca o Concejal en quien delegue.
Artículo 19.- El Presidente del Patronato ostentará las siguientes facultades:
a) Representar legalmente al Patronato en todo caso.
b) Dirigir el gobierno y administración de todos los servicios del Patronato.
c) Convocar, presidir, suspender y levantar las sesiones del Consejo Rector y de la Junta de Gobierno, dirigir sus delibera-ciones y dirimir, en su caso, los empates con su voto de calidad.
d) Desempeñar la jefatura de todo el personal afecto al Patronato, en los mismos términos atribuidos por las leyes al AlcaldePresidente del Ayuntamiento de Cuenca.
e) Firmar cuantos documentos impliquen obligaciones para el Patronato.
f) El ejercicio de las acciones judiciales y administrativas en los casos de urgencia, dando cuenta a la Junta de Gobiernoen la primera reunión que celebre.
g) Dictar las disposiciones que sean precisas para la ejecución de los acuerdos que adopten el Consejo Rector ó la Juntade Gobierno, y entre ellas aprobar los proyectos y programas de actuación mensuales, trimestrales o semestrales, que des-arrollen el anual aprobado por la junta.
h) Contratar obras y servicios y suministros, siempre que exista consignación en el Presupuesto y con las limitaciones esta-blecidas en la vigente legislación (cuando la cantidad no exceda el 5% de los recursos ordinarios del presupuesto, ni el 50%del límite general aplicable a la contratación directa)
i) Elaborar el proyecto de presupuesto asistido por los técnicos del Patronato.
j) Disponer gastos dentro de los límites de su competencia; ordenar pagos y rendir cuentas.
k) Convocar sesiones informativas, cuando lo estime oportuno, para conseguir un mejor funcionamiento de la Entidad.
l) Cualquier otra facultad que le delegue la Junta de Gobierno.
Sección Cuarta. De los vocales.
Artículo 20.- Los vocales son los representantes de los Grupos Políticos con representación en el Ayuntamiento de Cuenca,y se designarán por los propios Grupos.
Artículo 21.- La duración del mandato de los miembros de la Junta de Gobierno con derecho a voto, será de 4 años, coin-cidiendo con el mandato de los Concejales de las Corporaciones Locales. Caso de que durante el mandato hubiere vacan-tes y se cubrieren, los que accediesen desempeñarán el puesto por el tiempo que reste de mandato al que vinieren a sus-tituir.
Artículo 22.- Se perderá la condición de miembro de este Patronato por alguna de las causas siguientes:
a) Pérdida de la condición necesaria para poder ser miembro de la Junta.
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Pág. 17 Miércoles 7 de noviembre de 2012 Núm. 129
b) Renuncia voluntaria a la condición de miembro de la Junta.
c) Falta de asistencia, sin justificar, a dos reuniones sucesivas o tres alternas en el plazo de un año natural.
d) Para los vocales en especial su sustitución por el propio Grupo comunicada a la Secretaría.
En el caso c) la Junta de Gobierno deberá declarar la pérdida de la condición de miembro.
En los supuestos a, b, y d) se dará cuenta a la Junta, para cubrir la vacante.
Artículo 23.- Los vocales de la Junta tendrán los siguientes derechos y obligaciones:
a) Asistir a las reuniones de la Junta, intervenir en sus deliberaciones y emitir su voto.
b) Recibir las convocatorias para asistir a las sesiones de la Junta, en tiempo y forma.
c) Tener a su disposición, desde el día de la convocatoria, la documentación de los asuntos que han de ser tratados en lasesión.
d) Ser informados de los asuntos de la competencia del Patronato.
e) Presentar propuestas sobre materias de la competencia de este Organismo.
Sección quinta. De los Órganos Administrativos y Técnicos
Subsección 1ª.- Del Secretario
Artículo 24.- Será Secretario del Patronato el del Ayuntamiento de Cuenca o, por delegación, un funcionario de carrera com-petente en la materia.
Artículo 25.- Las funciones que le corresponden son las establecidas en el RD 1174/1987, de 18 de septiembre y las quese le atribuyen en las restantes disposiciones legales y reglamentarias aplicables.
Subsección 2ª.- Del Interventor.
Artículo 26.- Será Interventor de Fondos del Patronato el del Ayuntamiento de Cuenca o, por delegación, un funcionario decarrera competente en la materia.
Artículo 27.- Las funciones que le corresponden son las establecidas en el RD 1174/1987, de 18 de septiembre y las quese le atribuyen en las restantes disposiciones legales y reglamentarias aplicables.
Subsección 3ª.- Del Tesorero
Artículo 28.- Será Tesorero del Patronato el del Ayuntamiento de Cuenca o, por delegación, un funcionario de carrera com-petente en la materia.
Artículo 29.- Las funciones que le corresponden son las establecidas en el RD 1174/1987, de 18 de septiembre y las quese le atribuyen en las restantes disposiciones legales y reglamentarias aplicables.
Subsección 4ª.- De la Coordinación-Dirección.
Articulo 30.-
1. Se constituye como órgano de gestión, y su titular debe ser un funcionario de carrera o laboral de las AdministracionesPúblicas o un profesional del sector privado, titulados superiores en ambos casos, y con más de cinco años de ejercicioprofesional en el segundo. El titular será nombrado por el Presidente a propuesta de la Junta de Gobierno.
2. Este órgano tendrá las siguientes atribuciones:
a) La dirección e inspección de los servicios finalistas del Patronato bajo la directa dependencia del Presidente.
b) Definir, elaborar y programar las acciones precisas para alcanzar los objetivos propuestos y aprobados por la Junta deGobierno y el Consejo Rector y bajo la dirección del Presidente.
c) Colaborar con la Presidencia para la elaboración del programa anual de actuación para su presentación a la Junta.
d) Colaborar con la Presidencia en la elaboración del proyecto de presupuesto para que se ajuste al programa anual deactuación.
e) Formular propuestas concretas sobre materias propias del servicio bajo su dependencia.
f) Proponer a la Presidencia los criterios técnicos y sociales de medición del rendimiento de sus servicios.
g) Hacer los estudios de necesidades y equipamiento, que considere convenientes para el mejor funcionamiento de los ser-vicios.
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Pág. 18 Miércoles 7 de noviembre de 2012 Núm. 129
h) Presentar la memoria anual de actuación a la Presidencia para su posterior aprobación por la Junta de Gobierno.
i) Proponer la incoacción de expedientes disciplinarios al personal afecto a los servicios bajo su dependencia.
j) Vigilar los bienes integrantes del Patrimonio del Patronato afectos a sus servicios.
k) Asesorar al Consejo Rector, a la Junta de Gobierno y al Presidente.
l) Cualquier otra facultad que le encomiende ó delegue el Consejo Rector, la Junta de Gobierno o el Presidente.
3. El Director/a ó Coordinador/a asistirá a las sesiones del Consejo Rector y de la Junta de Gobierno, con voz pero sin voto
Capítulo VII
DEL PERSONAL
Artículo 31.- El Patronato dispondrá del personal necesario para el desarrollo de sus objetivos. Su número, categoría, fun-ciones, retribuciones, se aprobará a propuesta de la Junta de Gobierno, por el Pleno del Ayuntamiento de Cuenca. Dichopersonal, excepto al que se refiere el artículo 30, será seleccionado a través de convocatoria pública basada en los princi-pios de igualdad, mérito y capacidad. Hasta que se proceda a la aprobación del Reglamento de Régimen Interior del Patro-nato, el régimen jurídico de aplicación a los trabajadores será el que se indica en los Convenios Colectivos para el perso-nal laboral y en los Acuerdos Marcos que regulan las condiciones de trabajo de los funcionarios al servicio del Ayuntamientode Cuenca.
Artículo 32.- El personal que preste sus servicios al Patronato estará constituido por el personal laboral y funcionario queel propio Patronato seleccione y contrate, con arreglo a lo dispuesto en la vigente legislación, y dentro de sus disponibilida-des presupuestarias. También podrá prestar sus servicios el personal laboral que dependa funcionalmente del Área de Pro-moción Económica del Ayuntamiento de Cuenca, el cual podrá ser adscrito al Patronato siempre y cuando hubiera acce-dido al Ayuntamiento a través de un proceso selectivo y además preste su consentimiento a la adscripción.
Artículo 33.- La aprobación de las bases por las que se han de regir los procesos selectivos del personal será competen-cia de la Junta de Gobierno, que deberá atenerse en su actuación a lo previsto en las Leyes y Reglamentos vigentes. Losnombramientos que se efectúen, como consecuencia de los procesos selectivos indicados en el párrafo anterior, serán decompetencia de la Presidencia.
Artículo 34.- En caso de disolución del Patronato el Ayuntamiento integrará al personal que preste sus servicios en el mismo,siempre que su nombramiento lo haya sido en propiedad o con carácter fijo o permanente, respetándose sus derechos adqui-ridos.
Capítulo VIII
RECURSOS ECONÓMICOS.
Artículo 35.- El patrimonio del Patronato estará integrado por los siguientes bienes y derechos:
a) Los bienes que el Ayuntamiento de Cuenca le adscriba para el cumplimiento de sus fines, bien en propiedad, bien porcualquier otra forma legítima en Derecho.
b) Los procedentes de la enajenación de los productos finales generados los distintos proyectos.
c) Las aportaciones que, para el sostenimiento y desarrollo del Patronato, figuren en el Presupuesto del Ayuntamiento deCuenca.
d) Las transferencias, subvenciones, que pudiera obtener de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, la Diputa-ción Provincial de Cuenca o de cualquier otra Entidad Pública o Privada.
e) Las donaciones y legados que se otorguen a su favor.
f) Los ingresos obtenidos por las actividades que desarrolle, ya sean en forma de precios públicos por prestación de servi-cios o en ejecución de convenios o conciertos.
g) El producto de las operaciones de crédito, que pudiere concertar.
h) Cualquier otro recurso que pueda serle atribuido con arreglo a Derecho.
Artículo 36.- El Presupuesto del Patronato para cada ejercicio económico se confeccionará de conformidad con lo dispuestoen la legislación vigente.
Artículo 37.- Si se produjeren remanentes en la gestión del presupuesto, estos remanentes se traspasarán al presupuestodel ejercicio siguiente.
Capítulo IX
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Pág. 19 Miércoles 7 de noviembre de 2012 Núm. 129
MODIFICACIÓN DE ESTATUTOS Y DISOLUCIÓN
Artículo 38.- La modificación de estos Estatutos habrá de realizarse ajustándose a los mismos trámites, que son precisospara su aprobación.
Artículo 39.- El expediente de modificación de los estatutos se iniciará:
a) Bien a petición de la Junta de Gobierno mediante acuerdo adoptado por mayoría absoluta.
b) Bien por acuerdo del Pleno del Ayuntamiento, asimismo adoptado por mayoría absoluta.
Artículo 40.- En el Ayuntamiento de Cuenca se tramitará el expediente de la siguiente forma:
a) Acuerdo de iniciación por el procedimiento indicado en el artículo anterior, adoptado con los requisitos legales.
b) Exposición pública, por plazo de treinta días.
c) Aprobación definitiva, con el quórum de la mayoría absoluta legal.
d) Publicación íntegra de la Modificación en el Boletín Oficial de la Provincia.
Artículo 51.- El expediente de disolución del Patronato se iniciará en la forma prevista en el artículo 39 y se tramitará deconformidad a lo establecido en el artículo 40, que anteceden. Acordada la disolución del Patronato, el Ayuntamiento deCuenca le sucederá universalmente.
Capítulo X
RÉGIMEN JURÍDICO
Artículo 53.- La actuación del Patronato se regirá por las disposiciones vigentes sobre procedimiento administrativo y régi-men jurídico vigentes para las Corporaciones Locales.
Artículo 54.- Contra los actos dictados por la Junta de Gobierno o la Presidencia cabrá recurso ordinario en la forma esta-blecida en la Ley 30/1992, de 26 de Noviembre, por la que se regula el Régimen Jurídico de las Administraciones Públicasy del Procedimiento Administrativo Común. Por lo demás cabrán los recursos que se establezcan en la vigente legislación.
Cuenca, 30 de octubre de 2012.
El Alcalde-Presidente,
Juan Manuel Ávila Francés
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Pág. 20 Miércoles 7 de noviembre de 2012 Núm. 129
NÚM. 4726
aYuntamientO de CuenCa
ANUNcio
Por el presente se expone al público por plazo de quince días hábiles, el Proyecto Técnico Modificado Número 1, sin varia-ción presupuestaria, de las obras de “ACONDICIONAMIENTO URBANÍSTICO EN EL BARRIO DE BUENAVISTA.- CUENCA”,a fin de que sean presentadas las reclamaciones a que hubiere lugar, que podrán presentarse en las formas admitidas porla legislación vigente. El Proyecto Técnico Modificado, junto con el resto de la documentación, se encuentran a disposiciónde las personas interesadas en la Sección de Contratación del Excmo. Ayuntamiento de Cuenca.
Cuenca, 31 de Octubre del 2012.
El Alcalde-Presidente,
Fdo.: Juan Manuel Ávila Francés
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Pág. 21 Miércoles 7 de noviembre de 2012 Núm. 129
NÚM. 4751
aYuntamientO de CuenCa
ANUNcio
El Pleno del Excmo. Ayuntamiento de Cuenca, en sesión ordinaria celebrada el día 30 de octubre de 2012, adoptó, entreotros, los acuerdos de aprobación inicial de la modificación de las siguientes Ordenanzas Fiscales:
Número 1.- Reguladora del Impuesto sobre Bienes Inmuebles.
Número 2.- Reguladora del Impuesto sobre Actividades Económicas.
Número 3.- Reguladora del Impuesto de Circulación Vehículos Tracción Mecánica.
Número 4.- Reguladora del Impuesto sobre Construcciones, Instalaciones y Obras.
Número 5.- Reguladora del Impuesto sobre Incremento del Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana.
Número 7.- Reguladora de la Tasa por el suministro de Agua.
Número 8.- Reguladora de la Tasa por el servicio de Alcantarillado.
Número 9.- Reguladora de la Tasa por el servicio de Depuradora de aguas residuales.
Número 10.- Reguladora de la Tasa por el servicio de recogida, transporte y tratamiento de Residuos Sólidos Urbanos.
Número 11.- Reguladora de la Tasa por la prestación de Servicios Urbanísticos.
Número 12.- Reguladora de la Tasa por los Documentos Administrativos que se expidan o de que entienda la Administra-ción o las Autoridades Municipales, a instancia de parte.
Número 13.- Reguladora de la Tasa por la Entrada de Vehículos, a través de las aceras.
Número 16.- Reguladora de la Tasa por Otorgamiento de licencias y autorizaciones administrativas de Autotaxis y demásvehículos de alquiler.
Número 17.- Reguladora de la Tasa por Apertura de calicatas o zanjas en terrenos de uso público.
Número 18.- Reguladora de la Tasa por Ocupación de Suelo, Vuelo y Subsuelos de la vía pública.
Número 19.- Reguladora de la Tasa por Ocupación de Terrenos de Uso Público con mesas y sillas, con finalidad lucrativa.
Número 20.- Reguladora de la Tasa por Ocupación de Uso Público con mercancías, materiales de construcción, escom-bros, vallas, puntales, asnillas, andamios y otras instalaciones análogas.
Número 21.- Reguladora de la Tasa por Instalación de quioscos en la vía pública.
Número 22.- Reguladora de la Tasa por Instalaciones de puestos, barracas, casetas de venta, espectáculos, atracciones orecreo, etc.
Número 26.- Reguladora de la Tasa por Servicios de Cementerio Municipal.
Número 27.- Reguladora de la Tasa por Servicios de Mercado de Minoristas.
Número 28.- Reguladora de la Tasa por Servicios de Mercado de Mayoristas.
Número 29.- Reguladora de la Tasa por Servicios de medición de ruidos y otros derivados de la aplicación de las Ordenan-zas Municipales de Medio Ambiente y tráfico.
Número 30.- Reguladora de la Tasa por Derechos de Examen.
Número 31.- Reguladora de la Tasa por la utilización privativa o o aprovechamiento especial del dominio público local a favorde las empresas explotadoras de servicios de telefonía móvil.
Número 32.- Reguladora de la Tasa por la utilización privativa o aprovechamiento especial del dominio público local a favorde las empresas que producen, transportan, distribuyen y comercializan energía eléctrica, redes de telecomunicaciones mediantesistemas de fibra óptica, televisión por cable o cualquier otra técnica e hidrocarburos y sus elementos anexos y necesariospara prestar el servicio, afectando con sus instalaciones al dominio público local excluidas las vías municipales.
El acuerdo de aprobación provisional queda expuesto en el Tablón de Anuncios de este Ayuntamiento, y se somete a infor-mación pública, a fin de que los interesados puedan examinarlo y presentar las reclamaciones o alegaciones que conside-ren oportunas, durante el plazo de 30 días hábiles, contados desde el siguiente al de la publicación del presente anuncioen el Boletín Oficial de la Provincia.
BOletín OfiCial de la PrOvinCia de CuenCa
Pág. 22 Miércoles 7 de noviembre de 2012 Núm. 129
De acuerdo con el art. 17.3 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de la Haciendas Locales, aprobado por Real DecretoLegislativo 2/2004 de 5 de marzo, en el supuesto de no presentarse alegaciones o reclamaciones, las modificaciones apro-badas en los citados Acuerdos Plenarios se entenderán definitivamente aprobadas.
Cuenca, 2 de noviembre de 2012.
El Alcalde-Presidente,
Fdo.: Juán Manuel Ávila Francés
BOletín OfiCial de la PrOvinCia de CuenCa
Pág. 23 Miércoles 7 de noviembre de 2012 Núm. 129
NÚM. 4775
aYuntamientO de CuenCa
ANUNCIO DE LICITACIÓN PÚBLICA PARA EL ARRENDAMIENTO DEL APROVECHAMIENTO DE TRUFAS DEL MONTEDE UP Nº 121 “SIERRA DE CUENCA”
1. Entidad Adjudicadora:
a) Organismo: Excmo. Ayuntamiento de Cuenca.
b) Dependencia que tramita el expediente: Sección de Patrimonio y Montes.
2. Objeto del Contrato:
a) Descripción del objeto: arrendamiento del aprovechamiento de trufas del monte de U.P. nº 121 SIERRA DE CUENCA.
b) Plazo de duración: 8 anualidades. La primera anualidad regirá desde la fecha de adjudicación. El aprovechamiento fina-lizará el 15 de marzo de 2020.
3.- Tramitación, procedimiento y forma:
a) Tramitación: Ordinario.
b) Procedimiento: Abierto.
c) Forma: Único criterio de adjudicación, oferta económica más ventajosa al mejor precio.
4.-Tipo de licitación: 1000.-€/anuales, IVA excluido
5.- Garantía Provisional: 30.-€.
6.- Obtención de documentación e información: Excmo. Ayuntamiento de Cuenca, Sección de Montes y Patrimonio. PlazaMayor 1. 16001. Cuenca. Tlf. 969 176100. www.cuenca.es. Fax 969 235100. [email protected].
7.- Requisitos específicos del contratista:
a) Clasificación: No se exige.
b) Solvencia económica y financiera y solvencia técnica o profesional: Se acreditará por uno o varios de los medios descri-tos en los arts. 74 al 79 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público.
8.- Único criterio de adjudicación al mejor precio.
9.- Presentación de las ofertas:
a) Fecha límite de presentación: 15 días naturales contados a partir del siguiente al de publicación del presente anuncio enel Boletín Oficial de la Provincia de Cuenca, si el último día de presentación de proposiciones coincidiese en sábado se tras-ladará al siguiente día hábil.
b) Documentación a presentar:
1.- Documento Nacional de Identidad o fotocopia autenticada. Escritura de poder, si se actúa en representación de otra per-sona, legalizada en su caso, y bastanteada por el Secretario del Ayuntamiento.
2.- Escritura de constitución de la sociedad mercantil inscrita en el Registro Mercantil, cuando concurra una sociedad deesta naturaleza.
3.- Declaración jurada de no hallarse incurso en ninguna de las prohibiciones e incompatibilidades para contratar señala-das en el artículo 60 del Real Decreto Legislativo 3/2011 de 14 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido dela Ley de Contratos del Sector Público.
4.- Justificante de estar al corriente de pago de sus obligaciones tributarias y seguros sociales, o bien declaración respon-sable en tal sentido.
5.- Resguardo acreditativo de haber constituido el importe de la fianza provisional.
c) Lugar y hora de presentación: Sección de Patrimonio y Montes, de nueve a catorce horas.
d) Entidad: Excelentísimo Ayuntamiento de Cuenca.
e) Domicilio: Plaza Mayor, 1 16001 Cuenca.
10.- Apertura de ofertas:
BOletín OfiCial de la PrOvinCia de CuenCa
Pág. 24 Miércoles 7 de noviembre de 2012 Núm. 129
a) Entidad: Excelentísimo Ayuntamiento de Cuenca
b) Domicilio: Plaza Mayor, 1 16001 Cuenca.
c) Fecha: El cuarto día hábil siguiente a aquel en que finalice el plazo para la presentación de proposiciones. Si el día deapertura de proposiciones coincidiese en sábado la apertura se trasladará al siguiente día hábil siguiente.
e) Hora: 12 h.
11.- Gastos de anuncios: Al tiempo de constituir la fianza definitiva, el adjudicatario abonará en la Tesorería Municipal el importetotal de los anuncios efectuados, en su caso, por el Excmo. Ayuntamiento, con motivo del expediente.
12.- Perfil del contratante donde figuren las informaciones relativas a la convocatoria o donde puede obtenerse el pliego:www.cuenca.es.
Cuenca, 31 de octubre de 2.012
El Alcalde-Presidente,
Juan Manuel Ávila Francés
BOletín OfiCial de la PrOvinCia de CuenCa
Pág. 25 Miércoles 7 de noviembre de 2012 Núm. 129
NÚM. 4776
aYuntamientO de CuenCa
ANUNCIO DE LICITACIÓN PÚBLICA PARA EL ARRENDAMIENTO DEL APROVECHAMIENTO DE TRUFAS DEL MONTEDE UP Nº 122 SIERRA DE POYATOS Y FUERTESCUSA.
1. Entidad Adjudicadora:
a) Organismo: Excmo. Ayuntamiento de Cuenca.
b) Dependencia que tramita el expediente: Sección de Patrimonio y Montes.
2. Objeto del Contrato:
a) Descripción del objeto: arrendamiento del aprovechamiento de trufas del monte de U.P. nº 122 SIERRA DE POYATOSY FUERTESCUSA.
b) Plazo de duración: 8 anualidades. La primera anualidad regirá desde la fecha de adjudicación. El aprovechamiento fina-lizará el 15 de marzo de 2020.
3.- Tramitación, procedimiento y forma:
a) Tramitación: Ordinario.
b) Procedimiento: Abierto.
c) Forma: Único criterio de adjudicación, oferta económica más ventajosa al mejor precio.
4.-Tipo de licitación: 560.-€/anuales, IVA excluido
5.- Garantía Provisional: 134,4.-€.
6.- Obtención de documentación e información: Excmo. Ayuntamiento de Cuenca, Sección de Montes y Patrimonio. PlazaMayor 1. 16001. Cuenca. Tlf. 969 176100. www.cuenca.es. Fax 969 235100. [email protected].
7.- Requisitos específicos del contratista:
a) Clasificación: No se exige.
b) Solvencia económica y financiera y solvencia técnica o profesional: Se acreditará por uno o varios de los medios descri-tos en los arts. 74 al 79 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público.
8.- Único criterio de adjudicación al mejor precio.
9.- Presentación de las ofertas:
a) Fecha límite de presentación: 15 días naturales contados a partir del siguiente al de publicación del presente anuncio enel Boletín Oficial de la Provincia de Cuenca, si el último día de presentación de proposiciones coincidiese en sábado se tras-ladará al siguiente día hábil.
b) Documentación a presentar:
1.- Documento Nacional de Identidad o fotocopia autenticada. Escritura de poder, si se actúa en representación de otra per-sona, legalizada en su caso, y bastanteada por el Secretario del Ayuntamiento.
2.- Escritura de constitución de la sociedad mercantil inscrita en el Registro Mercantil, cuando concurra una sociedad deesta naturaleza.
3.- Declaración jurada de no hallarse incurso en ninguna de las prohibiciones e incompatibilidades para contratar señala-das en el artículo 60 del Real Decreto Legislativo 3/2011 de 14 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido dela Ley de Contratos del Sector Público.
4.- Justificante de estar al corriente de pago de sus obligaciones tributarias y seguros sociales, o bien declaración respon-sable en tal sentido.
5.- Resguardo acreditativo de haber constituido el importe de la fianza provisional.
c) Lugar de presentación: Sección de Patrimonio y Montes
d) Entidad: Excelentísimo Ayuntamiento de Cuenca.
e) Domicilio: Plaza Mayor, 1 16001 Cuenca.
10.- Apertura de ofertas:
BOletín OfiCial de la PrOvinCia de CuenCa
Pág. 26 Miércoles 7 de noviembre de 2012 Núm. 129
a) Entidad: Excelentísimo Ayuntamiento de Cuenca
b) Domicilio: Plaza Mayor, 1 16001 Cuenca.
c) Fecha: El cuarto día hábil siguiente a aquel en que finalice el plazo para la presentación de proposiciones. Si el día deapertura de proposiciones coincidiese en sábado la apertura se trasladará al siguiente día hábil siguiente.
e) Hora: 12 h.
11.- Gastos de anuncios: Al tiempo de constituir la fianza definitiva, el adjudicatario abonará en la Tesorería Municipal el importetotal de los anuncios efectuados por el Excmo. Ayuntamiento, con motivo del expediente.
12.- Perfil del contratante donde figuren las informaciones relativas a la convocatoria o donde puede obtenerse el pliego:www.cuenca.es.
Cuenca, 5 de noviembre de 2.012.
El Alcalde-Presidente,
Juan Manuel Ávila Francés
BOletín OfiCial de la PrOvinCia de CuenCa
Pág. 27 Miércoles 7 de noviembre de 2012 Núm. 129
NÚM. 4777
aYuntamientO de CuenCa
ANUNCIO DE LICITACIÓN PÚBLICA PARA EL ARRENDAMIENTO DEL APROVECHAMIENTO DE TRUFAS DEL MONTEDE UP Nº 119 “SIERRA BARRANCOS”
1. Entidad Adjudicadora:
a) Organismo: Excmo. Ayuntamiento de Cuenca.
b) Dependencia que tramita el expediente: Sección de Patrimonio y Montes.
2. Objeto del Contrato:
a) Descripción del objeto: arrendamiento del aprovechamiento de trufas del monte de U.P. nº 1119 SIERRA BARRANCOS.
b) Plazo de duración: 8 anualidades. La primera anualidad regirá desde la fecha de adjudicación. El aprovechamiento fina-lizará el 15 de marzo de 2020.
3.- Tramitación, procedimiento y forma:
a) Tramitación: Ordinario.
b) Procedimiento: Abierto.
c) Forma: Único criterio de adjudicación, oferta económica más ventajosa al mejor precio.
4.-Tipo de licitación: 1500.-€/anuales, IVA excluido
5.- Garantía Provisional: 45.-€.
6.- Obtención de documentación e información: Excmo. Ayuntamiento de Cuenca, Sección de Montes y Patrimonio. PlazaMayor 1. 16001. Cuenca. Tlf. 969 176100. www.cuenca.es. Fax 969 235100. [email protected].
7.- Requisitos específicos del contratista:
a) Clasificación: No se exige.
b) Solvencia económica y financiera y solvencia técnica o profesional: Se acreditará por uno o varios de los medios descri-tos en los arts. 74 al 79 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público.
8.- Único criterio de adjudicación al mejor precio.
9.- Presentación de las ofertas:
a) Fecha límite de presentación: 15 días naturales contados a partir del siguiente al de publicación del presente anuncio enel Boletín Oficial de la Provincia de Cuenca, si el último día de presentación de proposiciones coincidiese en sábado se tras-ladará al siguiente día hábil.
b) Documentación a presentar:
1.- Documento Nacional de Identidad o fotocopia autenticada. Escritura de poder, si se actúa en representación de otra per-sona, legalizada en su caso, y bastanteada por el Secretario del Ayuntamiento.
2.- Escritura de constitución de la sociedad mercantil inscrita en el Registro Mercantil, cuando concurra una sociedad deesta naturaleza.
3.- Declaración jurada de no hallarse incurso en ninguna de las prohibiciones e incompatibilidades para contratar señala-das en el artículo 60 del Real Decreto Legislativo 3/2011 de 14 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido dela Ley de Contratos del Sector Público.
4.- Justificante de estar al corriente de pago de sus obligaciones tributarias y seguros sociales, o bien declaración respon-sable en tal sentido.
5.- Resguardo acreditativo de haber constituido el importe de la fianza provisional.
c) Lugar y hora de presentación: Sección de Patrimonio y Montes, de nueve a catorce horas.
d) Entidad: Excelentísimo Ayuntamiento de Cuenca.
e) Domicilio: Plaza Mayor, 1 16001 Cuenca.
10.- Apertura de ofertas:
BOletín OfiCial de la PrOvinCia de CuenCa
Pág. 28 Miércoles 7 de noviembre de 2012 Núm. 129
a) Entidad: Excelentísimo Ayuntamiento de Cuenca
b) Domicilio: Plaza Mayor, 1 16001 Cuenca.
c) Fecha: El cuarto día hábil siguiente a aquel en que finalice el plazo para la presentación de proposiciones. Si el día deapertura de proposiciones coincidiese en sábado la apertura se trasladará al siguiente día hábil siguiente.
e) Hora: 12 h.
11.- Gastos de anuncios: Al tiempo de constituir la fianza definitiva, el adjudicatario abonará en la Tesorería Municipal el importetotal de los anuncios efectuados, en su caso, por el Excmo. Ayuntamiento, con motivo del expediente.
12.- Perfil del contratante donde figuren las informaciones relativas a la convocatoria o donde puede obtenerse el pliego:www.cuenca.es.
Cuenca, 31 de octubre de 2.012
El Alcalde-Presidente,
Juan Manuel Ávila Francés
BOletín OfiCial de la PrOvinCia de CuenCa
Pág. 29 Miércoles 7 de noviembre de 2012 Núm. 129
NÚM. 4767
aYuntamientO de CuenCa
ANUNCIO DEL TERCER PROCEDIMIENTO DE LICITACIÓN PÚBLICA PARA LA ENAJENACION DE LA PARCELA RÚS-TICA Y LAS INSTALACIONES DEL CAMPING “PINAR DE JÁBAGA” DE CUENCA DE PROPIEDAD MUNICIPAL
1. Objeto del Contrato:
Enajenación mediante procedimiento abierto de la parcela rústica y las instalaciones del Camping “Pinar de Jábaga” de pro-piedad municipal y carácter patrimonial, tomando como único criterio de adjudicación la oferta económicamente más alta.La descripción y condiciones urbanísticas, constan en el Anexo I, del pliego de condiciones administrativas particularesque se publica en el perfil del contratante (www.cuenca.es /ayuntamiento/ perfil del contratante).
2.- Tipo de licitación: 282.800,88 € (15% menos de 332.706,91 €).
3.- Garantía Provisional: 2000 euros.
4.- Presentación de las ofertas:
a) Plazo de presentación: Treinta días hábiles contados a partir del siguiente al de la publicación del presente anuncio enel BOP de Cuenca.
b) Documentación a presentar:
Sobre nº 1. Documentación administrativa.
En el anverso del sobre debe constar: “Documentación administrativa que presenta… (identificación del licitador) para optara la compra de la parcela rústica y las instalaciones del Camping “Pinar de Jábaga” de Cuenca.” Debe contener:
- Identificación del licitador mediante D.N.I. o documento que lo sustituya si actúa en nombre propio. Si es representanteDNI del representante y poder notarial que acredite la representación. Si es persona jurídica, escritura o documento de cons-titución, estatutos o acto fundacional en los que consten las normas que regulan su actividad e inscripción en su caso en elregistro público que corresponda.
- Declaración responsable de no estar incurso en las prohibiciones para contratar conforme al artículo 60 del Texto Refun-dido de la Ley de Contratos del Sector Público. Modelo en Anexo II del pliego.
- Declaración de estar al corriente en el pago de las obligaciones tributarias y de la Seguridad Social. Modelo en AnexoII del pliego.
- Dirección de correo electrónico para efectuar las notificaciones.
- Acreditación del pago de la garantía provisional que asciende a 2000 euros, mediante carta de pago emitida por la Teso-rería Municipal (oficina en Plaza Mayor nº 1 o en la Plaza del Nazareno, una vez realizado el ingreso en metálico en la cuentaque se le indique y aportado su justificante) o bien mediante aval bancario conformado.
Sobre nº 2.- Proposición económica.
En el anverso del sobre debe constar: “Proposición económica que presenta … (identificación del licitador) para optar a lacompra de la parcela rústica y las instalaciones del Camping “Pinar de Jábaga” de Cuenca.” Debe contener la oferta eco-nómica firmada por el licitador o representante y redactada según el modelo contenido en el Anexo III del pliego. Los sobresse presentarán cerrados con la firma del licitador cruzando las solapas
c) Lugar: Las ofertas se presentarán en el Ayuntamiento de Cuenca, Plaza Mayor nº 1, Servicio de Montes y Patrimo-nio, en horario de 9 a 14 horas.
Las proposiciones también podrán presentarse por correo a la dirección indicada, en cuyo caso el licitador deberá justificarla fecha y hora de la imposición del envío en la Oficina de Correos y anunciar en el mismo día al órgano de contratación laremisión mediante fax (969235100) o telegrama, con el nombre completo del objeto del contrato y nombre del licitador. Sinla concurrencia de ambos requisitos no será admitida la proposición, si es recibida con posterioridad a la fecha de termina-ción del plazo señalado en el anuncio de licitación. En todo caso transcurridos diez días naturales desde la recepción de lacomunicación sin haberse recibido la documentación, ésta no será admitida.
5.- Apertura de ofertas:
A las 9 horas del segundo día hábil siguiente a la finalización del plazo de presentación de proposiciones, se reunirá la Mesade Contratación y procederá a la calificación de la documentación administrativa contenida en el sobre 1 en sesión no pública.A las 9 horas del día siguiente hábil a la calificación de la documentación administrativa o en su caso a la finalización del
BOletín OfiCial de la PrOvinCia de CuenCa
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plazo de subsanación de la misma, en acto público que se indicará a los licitadores admitidos, se dará cuenta del resultadode la calificación y se procederá a la apertura del sobre 2 en sesión pública.
6.- Obtención de modelos de presentación y consultas:
Excmo. Ayuntamiento de Cuenca, Servicio de Montes y Patrimonio. Plaza Mayor 1. 16001. Cuenca. Tlf. 969 176100.www.cuenca.es. Fax 969 235100. [email protected].
Cuenca, 25 de Octubre de 2.012.
El Alcalde-Presidente,
Juan Manuel Ávila Francés
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NÚM. 4766
aYuntamientO de CuenCa
ANUNCIO DEL PROCEDIMIENTO DE LICITACIÓN PÚBLICA PARA LA SELECCIÓN DEL ADJUDICATARIO DE LA CON-CESIÓN PARA EL USO Y EXPLLOTACIÓN DE LA ZONA DE CAFETERÍA-RESTAURANTE DEL RECREO PERAL.
1. Objeto del Contrato:
Concesión del uso y explotación de la zona de cafetería-restaurante ubicada dentro de la parcela de propiedad municipaldenominada “Fuente del Abanico-Recreo Peral”. El procedimiento de licitación es abierto y varios los criterios de adjudica-ción, siendo el principal el económico.
La zona objeto de concesión, tiene una superficie de 1158 m2 y queda identificada como subparcela B en el informe y planode segregación del Anexo III del pliego de condiciones administrativas particulares que se publica en el perfil del contra-tante (www.cuenca.es /ayuntamiento/ perfil del contratante).
2.- Precio de licitación:
El precio de licitación es de 25000 euros al año, siendo obligatorio el pago de la mitad del precio antes de la firma del con-trato. La segunda mitad del precio se pagará en el último trimestre de 2013 o bien junto al primer pago, siendo éste uno delos criterios de valoración.
3.- Garantía Provisional:
Se establece una garantía provisional de 2500 €
4.- Presentación de las ofertas:
a) Plazo de presentación: Treinta días hábiles contados a partir del siguiente al de la publicación del presente anuncio enel BOP de Cuenca.
b) Documentación a presentar:
Sobre nº 1.- Documentación administrativa.
En el anverso del sobre debe constar: “Documentación administrativa que presenta… (identificación del licitador) para optara la concesión de la explotación del Restaurante-Cafetería del Recreo Peral.” Debe contener:
- Identificación del licitador mediante D.N.I. o documento que lo sustituya si actúa en nombre propio. Si es representanteDNI del representante y poder notarial que acredite la representación. Si es persona jurídica, escritura o documento de cons-titución, estatutos o acto fundacional en los que consten las normas que regulan su actividad e inscripción en su caso en elregistro público que corresponda.
- Declaración responsable de no estar incurso en las prohibiciones para contratar conforme al artículo 60 del Texto Refun-dido de la Ley de Contratos del Sector Público. Modelo en Anexo I pliego de condiciones.
- Declaración de estar al corriente en el pago de las obligaciones tributarias y de la Seguridad Social. Modelo en AnexoI del pliego.
- Declaración apropiada emitida por entidad bancaria, que acredite la solvencia económica y financiera suficiente del empre-sario para el desarrollo del objeto del contrato.
- Dirección de correo electrónico para efectuar las notificaciones.
- Acreditación del pago de la garantía provisional que asciende a 2500 euros, mediante carta de pago emitida por la Teso-rería Municipal (oficina en Plaza Mayor nº 1 o en la Plaza del Nazareno, una vez realizado el ingreso en metálico en la cuentaque se le indique y aportado su justificante) o bien mediante aval bancario conformado.
Sobre nº 2.- Proposición de mejoras.
En el anverso del sobre debe constar: “Proposición de mejoras que presenta… (identificación del licitador) para optar a laconcesión de la explotación de la Cafetería-Restaurante Recreo Peral”.
El sobre nº 2 debe contener las mejores que libremente oferte el licitador, conforme a los criterios de valoración descritosen la cláusula 11.2, del pliego de condiciones, con su completa descripción, coste de su realización (memoria valorada) yplazo al que se comprometería para llevarlas a cabo.
En cuanto a la solvencia profesional, incluirá la declaración del empresario en los términos previstos en el apartado c) dela cláusula 11.2.
Sobre nº 3.- Proposición económica.
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En el anverso del sobre debe constar: “Proposición económica que presenta… (identificación del licitador) para optar a laconcesión de la explotación de la Cafetería-Restaurante Recreo Peral”.
El sobre nº 3 debe contener la oferta económica firmada por el licitador o representante y redactada según el modelo con-tenido en el Anexo II, en el que se diferencia de una parte la mejora sobre el canon de partida y la oferta sobre el pago ade-lantado total en su caso.
Los sobres se presentarán cerrados con la firma del licitador cruzando las solapas.
c) Lugar: Las ofertas se presentarán en el Ayuntamiento de Cuenca, Plaza Mayor nº 1, Servicio de Montes y Patrimonio, enhorario de 9 a 14 horas.
Las proposiciones también podrán presentarse por correo a la dirección indicada, en cuyo caso el licitador deberá justificarla fecha y hora de la imposición del envío en la Oficina de Correos y anunciar en el mismo día al órgano de contratación laremisión mediante fax (969235100) o telegrama, con el nombre completo del objeto del contrato y nombre del licitador. Sinla concurrencia de ambos requisitos no será admitida la proposición, si es recibida con posterioridad a la fecha de termina-ción del plazo señalado en el anuncio de licitación. En todo caso transcurridos diez días naturales desde la recepción de lacomunicación sin haberse recibido la documentación, ésta no será admitida.
5.- Apertura de ofertas:
A las 9 horas del día hábil siguiente a la finalización del plazo de presentación de proposiciones, se reunirá la Mesa de Con-tratación y procederá a la calificación de la documentación administrativa contenida en el sobre 1 en sesión no pública. Sila Mesa de Contratación lo estima conveniente podrá conceder un plazo no superior a tres días naturales para que los lici-tadores corrijan los defectos u omisiones subsanables observados en la documentación presentada. En este caso la Mesavolverá a reunirse para calificar la documentación aportada a las 9 horas del día siguiente hábil a la terminación del plazoanterior. Si la documentación contiene defectos sustanciales o deficiencias no subsanables se rechazará la proposición.
Finalizada la apertura del sobre 1 en la forma descrita y en el mismo acto, se procederá a la apertura del sobre nº 2 de pro-posiciones de mejoras. En ese momento la Mesa de Contratación, en función de número de ofertas presentadas decidiráel horario para su valoración. En primer lugar se abrirán todas las propuestas, dando sucinta referencia de las actuacionespropuestas; posteriormente se someterá cada una a una valoración conjunta por los miembros de la mesa, escuchando prin-cipalmente al funcionario designado por la Gerencia Municipal de Urbanismo. En caso de no estar de acuerdo en la valo-ración, se emitirán puntuaciones individuales por cada miembro de la Mesa, haciendo la media aritmética de cada propuesta.
A las 9 horas del día siguiente hábil a la calificación de la documentación administrativa y de mejoras, en acto público quese indicará con carácter previo a los licitadores admitidos, se dará cuenta del resultado de la calificación de la documenta-ción administrativa, indicando los licitadores excluidos y la causas de exclusión, así como la puntuación obtenida en la cali-ficación de las mejoras del sobre 2, invitando a los asistentes a formular las observaciones que estimen, que serán recogi-das en el acta. A continuación la Mesa de Contratación procederá a la apertura del sobre 3 y dará lectura de las proposicioneseconómicas.
6.- Obtención de modelos de presentación y consultas:
Excmo. Ayuntamiento de Cuenca, Servicio de Montes y Patrimonio. Plaza Mayor 1. 16001. Cuenca. Tlf. 969 176100.www.cuenca.es. Fax 969 235100. [email protected].
Cuenca, 25 de Octubre de 2.012.
El Alcalde-Presidente,
Juan Manuel Ávila Francés
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NÚM. 4749
aYuntamientO de Casas de HarO
ANUNcio
Aprobada provisionalmente la modificación de la ORDENANZA FISCAL REGULADORA DE LA TASA POR EL SERVICIODE ABASTECIMIENTO DE AGUA POTABLE, se expone al público el expediente en la Secretaría de este Ayuntamiento porel plazo de 30 días hábiles, contados a partir del siguiente día hábil al de aparición de este anuncio en el Boletín Oficial dela Provincia, al objeto de que pueda ser examinado y presentarse durante dicho plazo las reclamaciones que se estimenoportunas; teniendo en cuenta que, si no se presentara ninguna, el acuerdo provisional será elevado automáticamente adefinitivo.
Casas de Haro, a 31 de octubre de 2012.
El Alcalde,
Fdo.: Pedro Jareño Paricio
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NÚM. 4727
aYuntamientO de BelmOnte
ANUNcio
Por parte de D. OSCAR GUIJARRO FLORES se ha solicitado licencia para instalar una actividad de EXPLOTACIÓN AVÍ-COLA DESTINADA A LA CRÍA DE AVES DE CORRAL PARA LA PRODUCCIÓN DE CARNE, con emplazamiento en polí-gono 6, parcela 84, de este término municipal.
Lo que se hace público para general conocimiento y al objeto de que quienes se consideren afectados de algún modo porla actividad que se pretende establecer, pueden hacer las observaciones pertinentes dentro del plazo de diez días, de con-formidad con lo dispuesto en el artículo 30 del Reglamento de 30 de noviembre de 1961, mediante escrito a presentar enla Secretaría del Ayuntamiento.
Belmonte, a 20 de septiembre de 2012.
La Alcaldesa,
Fdo.: Angustias Alcázar Escribano
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NÚM. 4728
aYuntamientO de BelmOnte
ANUNcio
Por parte de PULIDOS METÁLICOS LÓPEZ MADRID S.L. se ha solicitado licencia para instalar una actividad de TALLERDE CROMADOS Y GALVANIZADOS, con emplazamiento en polígono «La Teja», parcela 13, de este término municipal.
Lo que se hace público para general conocimiento y al objeto de que quienes se consideren afectados de algún modo porla actividad que se pretende establecer, pueden hacer las observaciones pertinentes dentro del plazo de diez días, de con-formidad con lo dispuesto en el artículo 30 del Reglamento de 30 de noviembre de 1961, mediante escrito a presentar enla Secretaría del Ayuntamiento.
Belmonte, a 20 de septiembre de 2012.
La Alcaldesa,
Fdo.: Angustias Alcázar Escribano
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NÚM. 4509
aYuntamientO de alGarra Y Casas de GarCimOlina
ANUNcio
Aprobados por resolución de Alcadia, los pliegos de condiciones que han de regir los aprovechamientos forestales, parael próximo ejercicio 2013, en el monte U.P. número 25 denominado “Dehesa Boyal”, se encuentran expuestos al público enla Secretaría del Ayuntamiento por término de ocho días, contados a partir del siguiente de aparecer inserto este anuncioen el Boletín Oficial de la Provincia, para oír reclamaciones, transcurrido dicho plazo no se atenderán a las que pudieranformularse.
De no producirse reclamaciones, simultáneamente se convocan a subasta los aprovechamientos forestales que se descri-ben a continuación:
1.- MADERAS
Primero: Subasta de maderas en el monte público número 25 “Dehesa Boyal”, propiedad de los Ayuntamientos de Algarray Casas de Garcimolina, de acuerdo con las siguientes condiciones:
a) Modalidad de enajenación: Subasta sujeto el volumen a liquidación final.
b) Se subastan 410 pinos con un volumen de 350 metros cúbicos y 13 estéreos de leña
c) La enajenación versará sobre el total de pies señalados y numerados por el Servicio con sus correspondientes leñas decopa.
d) El porcentaje medio de corteza se fija en el 32 % sobre el volumen en pie.
e) La unidad comercial para medir y cuantificar los productos a aprovechar es el metro cúbico con corteza.
f) El precio unitario de tasación es de 24 EUROS el m.c. y la tasación total del disfrute es de 8.400 Euros.
g) El coste total de la eliminación de despojos es de 472 Euros que será satisfecho con anterioridad a la obtención de lalicencia del aprovechamiento (1,35 euros/m.3.)
h) El plazo de ejecución del disfrute es desde el 1 de enero de 2013 a 31 de diciembre de 2013.
Las subastas de los aprovechamientos referidos estarán sujetos a las siguientes condiciones:
PRIMERO.- El objeto de la subasta son los aprovechamientos que se detallan y por los tipos de licitación expresados ante-riormente, que se adjudicarán por subasta y en procedimiento abierto.
SEGUNDA.- La garantía provisional se fija en el 3 % de la tasación.
TERCERO.- La garantía definitiva se fija en el 5 % del precio de adjudicación.
CUARTO.- El precio de remate de estos aprovechamientos estará sujeto al pago del Impuesto sobre el Valor Añadido en elRégimen Especial de la Agricultura.
El pago se deberá realizar en el plazo de un mes desde la notificación de la adjudicación definitiva, transcurrido el cual seresolverá el contrato y se adjudicará al licitador siguiente que haya presentado la oferta económica más ventajosa.
QUINTO.- Podrán concurrir cuantas personas se hallen interesadas y no incurran en alguna de las causas de prohibiciónrecogidas en el Texto Refundido de Contratos de las Administraciones Públicas, adjuntando los siguientes documentos:
a) Documentos que acrediten la personalidad jurídica y la capacidad de obrar del licitador.
b) Documentos que acrediten la representación.
c) Declaración responsable de no estar incurso en una prohibición para contratar de las recogidas en el artículo 60 de RealDecreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Contratos del Sec-tor Público que incluirá la manifestación de hallarse al corriente del cumplimiento de las obligaciones tributarias y con laSeguridad Social impuestas por las disposiciones vigentes.
d) Resguardo acreditativo de haber constituido la garantía provisional por importe de el 3% del presupuesto del tipo de lici-tación.
e) Documentos de calificación empresarial en los sectores de explotaciones forestales y de aserrío de madera en rollo, deacuerdo con lo dispuesto en la Orden Ministerial de Agricultura, de 28 de Marzo de 1981 (BOE nº 84, de 08/04/81), para lassubastas de madera.
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SEXTO.- Estos aprovechamientos se realizarán con sujeción a los pliegos de condiciones técnico facultativas, general yespecial, establecidos y publicados en los Boletines Oficiales de la provincia número 73, de 18 de junio de 1975, en gene-ral, en cuanto a maderas, BOP Número 75 de 23 de Junio; pastos, BOP Número 15 de 3 de febrero de 1984.
Lugar y plazo de admisión de proposiciones: En las Secretarías de los Ayuntamientos de Algarra (jueves) y Casas de Gar-cimolina (lunes) desde el día siguiente de aparecer el presente anuncio hasta el 15 de noviembre a las 12:00 horas.
Se presentaran dos sobres: Sobre A: Documentación establecida en la Base Quinta.
Sobre B: Oferta económica
La apertura de los sobres se realizará el 19 de noviembre a las 9:00 horas en el Ayuntamiento de Algarra , se procederá ala apertura de los Sobres «A» y calificará la documentación administrativa contenida en los mismos, en caso de estar com-pleta se pasara directamente a la apertura del los Sobres B y en caso de que se deba conceder un plazo para que el lici-tador corrija los defectos u omisiones subsanables observados en la documentación presentada se volverá a reunir el 26de noviembre a las 9:00 horas para la apertura del sobre B
Las leñas quedarán a favor de los vecinos de Algarra y Casas de Garcimolina.
Algarra, a 18 de octubre de 2012.
El Alcalde,
Fdo.: Antonio Huerta Marín
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Pág. 38 Miércoles 7 de noviembre de 2012 Núm. 129
NÚM. 4679
aYuntamientO de Barajas de melO
ANUNcio
Por RETEVISIÓN I S.A.U. se ha solicitado licencia de actividad clasificada para INFRAESTRUCTURA DE TELECOMUNI-CACIONES, en parcela 5480 del polígono 502 de este término municipal.
En cumplimiento de la Legislación vigente sobre actividades molestas, nocivas y peligrosas, se procede a abrir período deinformación pública por término de diez días desde la inserción del presente anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia,para que, quienes se vean afectados de algún modo por dicha actividad, presenten por escrito las alegaciones que consi-deren pertinentes.
Barajas de Melo, a 8 de octubre de 2012.
El Alcalde,
Fdo.: Luis Ayllón Oliva
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Pág. 39 Miércoles 7 de noviembre de 2012 Núm. 129
NÚM. 4670
aYuntamientO de Barajas de melO
ANUNcio
Aprobado definitivamente por este Ayuntamiento el Presupuesto General y plantilla de personal para el ejercicio de 2012,se hace público, de conformidad con lo establecido en los artículos 169.3 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo,por el que se aprueba texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales y 127 del Real Decreto Legislativo781/86 de 18 de abril, por el que se aprueba el texto de las disposiciones legales vigentes en materia de Régimen Local.-
Resumen del Presupuesto 2012 a nivel de capítulos:
PRESUPUESTO DE INGRESOS
Capítulo Denominación Euros
A) Operaciones corrientes:
1 Impuestos directos ............................................... 346.542.41
2 Impuestos indirectos ............................................ 14.617,37
3 Tasas y otros ingresos.......................................... 219.960,54
4 Transferencias corrientes ..................................... 247.789,28
5 Ingresos patrimoniales ......................................... 5.461,13
B) Operaciones de capital:
7 Transferencias de capital ..................................... 42.831,84
Total ingresos ....................................................... 877.202,57
PRESUPUESTO DE GASTOS
Capítulo Denominación Euros
1 Operaciones corrientes:
1 Gastos de personal .............................................. 361.929,33
2 Gastos bienes corrientes y servicios.................... 390.448,92
3 Gastos financieros................................................ 20.465,65
4 Transferencias corrientes ..................................... 54.000,91
2. Operaciones de capital:
6 Inversiones reales ................................................ 31.028,84
7 Transferencias de capital ..................................... 7.500,00
9 Pasivos financieros .............................................. 10.828,92
Total gastos .......................................................... 877.202,57
Plantilla de Personal 2012
A) FUNCIONARIOS:
Secretario-Interventor, una plaza
Auxiliar administrativo, una plaza
B) PERSONAL LABORAL FIJO:
Auxiliar administrativo, una plaza
Encargado de obras y personal, una plaza
Mantenimiento de jardines, una plaza
Personal mantenimiento de edificios, viales, alumbrado público, dos plazas
Limpiadora, 2 plazas (1 a tiempo parcial- vacante)
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Pág. 40 Miércoles 7 de noviembre de 2012 Núm. 129
C) PERSONAL LABORAL DE DURACIÓN DETERMINADA:
Gobernanta Vivienda Tutelada, una plaza
Auxiliares Vivienda Tutelada, dos plazas
Auxiliares Ayuda a Domicilio, siete plazas
Auxiliares Aula Infantil, dos plazas (a tiempo parcial)
Socorrista, 2 plazas (a tiempo parcial)
Taquilleros, 2 plazas (a tiempo parcial)
Profesora de Adultos, una plaza
Contra esta aprobación definitiva podrá interponerse recurso contencioso-administrativo, por los legitimados conforme alartículo 170.1, y de acuerdo con los motivos de su número 2, del RDL 2/2004, de 5 de marzo por el que se aprueba el textorefundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, según autoriza su artículo 171.1, en el plazo de dos meses, con-tados a partir del día siguiente a la publicación de este anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia.-
Barajas de Melo, a 8 de octubre de 2012.
El Alcalde,
Fdo.: Luis Ayllón Oliva
BOletín OfiCial de la PrOvinCia de CuenCa
Pág. 41 Miércoles 7 de noviembre de 2012 Núm. 129
NÚM. 4705
aYuntamientO de san lOrenZO de la Parrilla
ANUNcio
El Pleno de esta Entidad Local, en sesión extraordinaria celebrada el día 3 de noviembre de 2.012, aprobó el PRESUPUESTOMUNICIPAL ORDINARIO PARA 2.012.
A los efectos de lo dispuesto en el Artº 150.1 de la Ley 39/88 de 28 de diciembre, Reguladora las Haciendas Locales. sepone en conocimiento general que en la Secretaría-Intervención de esta Entidad Local se haya expuesto al público el citadoexpediente.
Los interesados que estén legitimados según lo dispuesto en el Artº 151.1 de la citada Ley, y por los motivos taxativamenteenumerados en el número 2 del mismo artículo, podrán presentar reclamaciones, con sujeción a los siguientes trámites:
a) Plazo de exposición y admisión de reclamaciones: Quince días hábiles, contados a partir del siguiente al de aparición deeste anuncio en el "Boletín Oficial" de la provincia.
b) Oficina de presentación. Registro General del Ayuntamiento.
c) Órgano ante el que se reclama: Pleno del Ayuntamiento.
En San Lorenzo de la Parrilla, a 3 de noviembre de 2012.
El Alcalde,
Fdo.: Marino Martínez Guijarro
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Pág. 42 Miércoles 7 de noviembre de 2012 Núm. 129
NÚM. 4706
aYuntamientO de san lOrenZO de la Parrilla
ANUNcio
Dando cumplimiento a lo acordado en el Pleno de este Ayuntamiento en sesión extraordinaria celebrada el 3 de noviembrede 2.012, a los efectos del artículo 17 de la Ley 39/1998, de 28 de diciembre, Reguladora de las Haciendas Locales; quedaexpuesto al público el expediente de modificación de las siguientes ordenanzas fiscales municipales:
- Comunicación al catastro.
- Vertido y desagüe de canalones y otras instalaciones análogas.
- Servicio ayuda a domicilio.
- Construcciones, instalaciones y obras,
y de la modificación del reglamento interno de la vivienda de mayores.
Los interesados legítimos a que se refiere el artículo 18 de la citada Ley, podrán examinar el expediente y presentar las recla-maciones que consideren oportunas.
Plazo de exposición pública y presentación de reclamaciones: Treinta días hábiles a partir del siguiente a la publicación deeste anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia.
Lugar de presentación de reclamaciones: Ayuntamiento.
San Lorenzo de la Parrilla a 3 de noviembre de 2.012.
El Alcalde,
Fdo.: Marino Martínez Guijarro
BOletín OfiCial de la PrOvinCia de CuenCa
Pág. 43 Miércoles 7 de noviembre de 2012 Núm. 129
NÚM. 4707
aYuntamientO de san lOrenZO de la Parrilla
ANUNcio
Una vez finalizado el plazo de exposición al público y no habiéndose presentado reclamación se publica el texto integrode la siguiente ordenanza:
TASA DEL SERVICIO DE RECOGIDA DOMICILIARIA DE BASURAS O RESIDUOS SÓLIDOS URBANOS Y TRATA-MIENTO DE LOS MISMOS.
Fundamento legal
Artículo 1º.- 1. De conformidad con los dispuestos en los artículos 15 a 19 de la Ley 39/1988, de 28 de diciembre, regu-ladora de las Haciendas Locales, se establece la tasa por el servicio de recogida domiciliaria de basuras o residuos sólidosurbanos y su tratamiento en las plantas autorizadas.
2. Por el carácter higiénico-sanitario la recepción del servicio es obligatoria.
Obligación de contribuir
Art. 2º.- 1. Hecho imponible. Constituye el hecho imponible de la tasa la prestación del servicio de recepción obligatoria derecogida de basuras domiciliaria y residuos sólidos urbanos y su tratamiento en plantas autorizadas de todas las fincas catas-trales urbanas excepto de:
- Solares.
- Fincas declaradas en ruina.
2. Obligación de contribuir. La obligación de contribuir nace con la prestación
del servicio por tener la condición de obligatoria y general, entendiéndose utilizado por los titulares de viviendas y localesexistentes en la zona que cobra la organización del servicio municipal.
3. Sujeto pasivo. Están obligados al pago de la tasa, en concepto de
contribuyentes, las personas físicas y jurídicas, y las Entidades a que se refiere el artículo 33 de la Ley General Tributaria,que sean los titulares catastrales de la finca.
Tendrán la consideración de sustitutos del contribuyente, los propietarios de las viviendas o locales, quienes podrán reper-cutir, en su caso, sobre los respectivos beneficiarios.
Base imponible y cuota tributaria
Art. 3º.- 1. La base imponible de la tasa se determinará en función de la naturaleza y destino de los inmuebles.
2. La cuota tributaria se determinará por aplicación de la siguiente tarifa:
Prestación del servicio en:
1. Viviendas (la que así figure en el catastro o exista como tal tras la comprobación de los servicios municipales) con unasola persona y usuarios que residen temporalmente, 30,00 Euros/semestre.
2. Resto de viviendas, 40,00 Euros/ semestre
3. Locales industriales y comerciales, 50,00 Euros/semestre
4. Bares, cafeterías, hostales, fondas, residencias o establecimientos de carácter similar, 60,00 Euros/semestre
5. Otros locales, 20,00 Euros/anual.
Todos estos importes se actualizarán anualmente con la subida del IPC del año anterior.
Aprobación y vigencia
Disposición final.- La presente Ordenanza entrará en vigor el día de su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia, yhasta que se acuerde su modificación o derogación.
En San Lorenzo de la Parrilla a tres de noviembre de 2.012
El Alcalde,
Fdo.: Marino Martínez Guijarro
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Pág. 44 Miércoles 7 de noviembre de 2012 Núm. 129
NÚM. 4691
aYuntamientO de aliaGuilla
ANUNCIO DE LICITACIÓN DEL APROVECHAMIENTO DE PASTOS 2013
Con fecha 29 de octubre de 2012, fue aprobado por Decreto de Alcaldía, el Pliego de Cláusulas Administrativas Particula-res que ha de regir el APROVECHAMIENTO DE PASTOS de los Montes de Utilidad Pública propiedad de este Ayuntamiento,mediante OFERTA ECONOMICAMENTE MAS VENTAJOSA, el cual se expone al público en la Secretaría del Ayuntamiento.
Simultáneamente se anuncia licitación para adjudicar el contrato, si bien, la licitación se aplazará, cuando resulte necesa-rio, en el supuesto de que se formulen reclamaciones contra el citado pliego.
1- OBJETO:
Subasta de PASTOS en Monte Público por parte del Ayuntamiento de Aliaguilla.
Enajenación por procedimiento abierto, siendo el precio el único criterio de valoración.
2- CONDICIONES Y PRESUPUESTO DE LICITACIÓN.
MUP Nº 26 EL CUBILLO
Superficie: 152 has Superficie acotada: 20 has
Nº de cabezas: Lanar 152.
Importe: 129,20 € AL ALZA
MUP Nº 27 SOBRARIAS
Superficie: 300 has Superficie acotada: 70 has
Nº de cabezas: Lanar 300.
Importe: 255,00 € AL ALZA
• Plazo: del 1 de enero al 31 de diciembre de 2013.
3- LUGAR PARA OBTENCIÓN Y PRESENTACIÓN DE DOCUMENTACIÓN.
a) Entidad: AYUNTAMIENTO.-
b) Dirección: C/ Coso, 6, Aliaguilla CP 16313.-
c) Teléfono: 969 / 364002.-
d) Telefax: 969 / 364059.-
4- PRESENTACIÓN Y APERTURA DE OFERTAS.
a) Plazo de presentación: 26 días hábiles desde el día siguiente a la publicación del anuncio en el BOP.
b) Documentación : La que se indica en el pliego.-
c) Presentación y horario: En la Secretaría del Ayuntamiento, desde las 9:00 hasta las 14:00 horas.-
d) Lugar y Fecha de apertura de ofertas: La Mesa de contratación se reunirá en la Casa Consistorial el mismo día de fina-lización de presentación de ofertas, a las 14:00 horas.-.
5- GASTOS DE PUBLICACIÓN EN EL BOP: Serán abonados por el adjudicatario.
Lo que se hace público para general conocimiento.
Aliaguilla, a 29 de octubre de 2012.
El Alcalde,
Fdo.: Angel Martínez Hernández
BOletín OfiCial de la PrOvinCia de CuenCa
Pág. 45 Miércoles 7 de noviembre de 2012 Núm. 129
NÚM. 4730
aYuntamientO de Cañete
ANUNcio
De conformidad con lo dispuesto en el art. 16 de la Ley 7/85, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, ensu redacción dada por la Ley Orgánica 14/2003, de 20 de noviembre, y la resolución de 28 de abril de 2005 de la presi-denta del INE y del director general de Cooperación Local, esta Alcaldía dicto resolución el día 16 de Mayo de 2006 decla-rando la caducidad de la inscripción padronal de los vecinos que a continuación se relacionan.
No habiendo podido ser notificada dicha resolución en el domicilio de los interesados se publica, de acuerdo con lo esta-blecido en el art 59.5 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, la relación de vecinos cuya inscripción padronal ha caducado:
VECINO PASAPORTE
SÁNCHEZ ESPINOZA, RENE X08568386N
SABER, FATIMA ZAHRA X8906974V
Cañete, a 31 de octubre de 2012.
El Alcalde,
Antonio Asensio Gómez
BOletín OfiCial de la PrOvinCia de CuenCa
Pág. 46 Miércoles 7 de noviembre de 2012 Núm. 129
NÚM. 4718
aYuntamientO de tOrruBia del CastillO
ANUNcio
Por acuerdo del Pleno de fecha 7 de Agosto de 2.012, ha sido aprobada la enajenación del bien inmueble rústico Polígono501 Parcela 31, mediante procedimiento abierto oferta económicamente más ventajosa, un único criterio de adjudicaciónal precio más alto, y el Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares.
Se publica en el Boletín Oficial de la Provincia de Cuenca, por plazo de quince días, el anuncio de licitación del contrato deenajenación de los citados bienes, para seleccionar al comprador del mismo, conforme a los siguientes datos:
1. Entidad adjudicadora: Datos generales y datos para la obtención de la información:
a) Organismo: Ayuntamiento Torrubia del Castillo.
b) Dependencia que tramita el expediente: Secretaría.
c) Obtención de documentación e información:
1. Dependencia: Secretaría.
2. Domicilio: C/ Fuente s/n.
3. Localidad y Código Postal 16739
2. Objeto del contrato.
a) Tipo Subasta
b) Descripción del objeto: Polígono 501 Parcela 31.
c) División por lotes y número de lotes/unidades: No.
d) Lugar de entrega:
1. Domicilio c/ Fuente s/n.
2. Localidad y Código Postal 16739
3. Tramitación y procedimiento.
a) Tramitación: ordinaria
b) Procedimiento: abierto
4. Presupuesto base de licitación:
- 15.635,00 €.
5. Garantías exigidas. Definitiva 5%.
6. Presentación de ofertas o de solicitudes de participación:
a) Fecha límite de presentación. El día en que se cumplan quince días hábiles contados desde el siguiente al de la fechade publicación de este anuncio en el Boletín oficial de la Provincia.
7. Apertura de ofertas:
a) Dirección. c/ Fuente s/n.
b) Localidad y Código Postal. 16739 Torrubia del Castillo.
c) Fecha y hora. En salón de actos del Ayuntamiento de Torrubia del Castillo a las 20,00 horas del primer Martes hábil acontar de la finalización del plazo de presentación de las proposiciones, en acto público
En Torrubia del Castillo, a 30 de Octubre de 2012.
El Alcalde,
Fdo.: Julián Benítez Pérez
BOletín OfiCial de la PrOvinCia de CuenCa
Pág. 47 Miércoles 7 de noviembre de 2012 Núm. 129
NÚM. 4757
aYuntamientO de valverde de jÚCar
ANUNcio
De conformidad con ACUERDO DE PLENO DE LA SESIÓN ORDINARIA DE FECHA 6 DE SEPTIEMBRE DE 2012, pormedio del presente anuncio se efectúa convocatoria del procedimiento abierto, atendiendo a la oferta económicamente másventajosa, con varios criterios de adjudicación, para la adjudicación del contrato de gestión del servicio de Ayuda a Domi-cilio, mediante la modalidad de concesión, conforme a los siguientes datos:
1. Entidad adjudicadora: Datos generales y datos para la obtención de la información:
a) Organismo: AYUNTAMIENTO VALVERDE DE JÚCAR
b) Dependencia que tramita el expediente: SECRETARÍA
c) Obtención de documentación e información:
1. Dependencia SECRETARÍA
2. Domicilio PLAZA MAYOR 1
3. Localidad y Código Postal. VALVERDE DE JÚCAR 16100
4. Teléfono 969201001
5. Telefax 969201177
6. Correo electrónico [email protected]
7. Dirección de internet del Perfil de Contratante www.valverdedejucar.net
2. Objeto del contrato.
Es la contratación de servicios de “Ayuda a domicilio en el municipio de Segovia”, conforme a las exigencias establecidasen el Pliego de Prescripciones Técnicas, concretándose en la prestación de un conjunto de actuaciones que tratan de satis-facer las necesidades de personas dependientes que viven en sus domicilios y estas prestaciones se configuran en los apo-yos para continuar con niveles de funcionalidad adecuados.
3. Tramitación y procedimiento:
a) Procedimiento. ABIERTO
b) Criterios de adjudicación. OFERTA ECONÓMICA MÁS VENTAJOSA CON VARIOS CRITERIOS DE ADJUDICACION
4. Pago al adjudicatario:
- 10,25 € para atención a personas que no tienen reconocido grado y nivel de dependencia con un nº máximo total de 749horas.
- 11,00 € para atención a personas que tienen reconocido grado y nivel de dependencia con un nº máximo total de 5.164horas. Atención fines de semana y festivos a un precio de 22,00€ con un nº máximo total de 347horas
5. Presentación de ofertas o de solicitudes de participación:
a) Fecha límite de presentación. 15 días contados desde la publicación en el BOP
b) Lugar de presentación:
1. Dependencia. SECRETARíA
2. Domicilio. PLAZA MAYOR 1
3. Localidad y código postal. VALVERDE DE JÚCAR
4. Dirección electrónica: [email protected]
6. Apertura de ofertas:
Fecha. Quinto días hábiles tras la finalización del plazo para la presentación de proposiciones
En Valverde de Júcar, a 29de octubre de 2012.
El Alcalde,
Fdo. : Pedro Esteso Carnicero
BOletín OfiCial de la PrOvinCia de CuenCa
Pág. 48 Miércoles 7 de noviembre de 2012 Núm. 129
NÚM. 4754
aYuntamientO de valverde de jÚCar
ANUNcio
Al no haberse presentado reclamaciones durante el plazo de exposición al público, queda automáticamente elevado a defi-nitivo el Acuerdo plenario provisional del Ayuntamiento de VALVERDE DE JÚCAR sobre la modificación de la Ordenanzafiscal reguladora de la tasa por la prestación del Servicio de Ayuda a Domicilio en este municipio, cuyo texto íntegro se hacepúblico en cumplimiento del artículo 17.4 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el TextoRefundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales.
« Artículo 4º: Tarifas. Se fijará un único porcentaje de participación de los usuarios del Servicio de Ayuda a Domicilio, siendoéste el 100% de la aportación municipal que quede establecida anualmente en el Convenio entre la Consejería de Salud yBienestar Social de la Junta de Comunidades de Castilla- La Mancha y este Ayuntamiento»
Contra el presente Acuerdo, conforme al artículo 19 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se apruebael Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, se podrá interponer por los interesados recurso con-tencioso-administrativo, en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente al de la publicación de este anuncioen el Boletín Oficial de la Provincia, ante el Tribunal Superior de Justicia de CASTILLA LA MANCHA.
En Valverde de Júcar, a 29 de octubre de 2012
El Alcalde,
Fdo.: Pedro Esteso Carnicero
BOletín OfiCial de la PrOvinCia de CuenCa
Pág. 49 Miércoles 7 de noviembre de 2012 Núm. 129
NÚM. 4756
aYuntamientO de Olivares de jÚCar
ANUNcio
Aprobado inicialmente en sesión ordinaria de Pleno de este Ayuntamiento, de fecha 26 de octubre de 2012, el PresupuestoGeneral, Bases de Ejecución, y la plantilla de personal funcionario, laboral y eventual para el ejercicio económico 2012, conarreglo a lo previsto en el artículo 169 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de Haciendas Locales aprobado por RealDecreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo y el artículo 20 del Real Decreto 500/1990, de 20 de abril, se expone al públicoel expediente y la documentación preceptiva por plazo de quince días desde la publicación de este anuncio, a los efectosde reclamaciones y alegaciones.
De conformidad con el acuerdo adoptado el Presupuesto se considerará definitivamente aprobado, si durante el citado plazono presenten reclamaciones.
En Olivares de Júcar, a 31 de octubre de 2012.
El Alcalde,
Fdo.: Pablo Olivares Lagullón
BOletín OfiCial de la PrOvinCia de CuenCa
Pág. 50 Miércoles 7 de noviembre de 2012 Núm. 129
NÚM. 4747
aYuntamientO de salvaCañete
ANUNcio
Por Acuerdo de Pleno de fecha 31 de octubre de 2012, ha sido aprobada la adjudicación provisional de 5 parcelas urba-nas, ubicadas en el Polígono Industrial “Egido I de Salvacañete”, lo que se publica a los efectos del artículo 135.3 de la Ley30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público.
En el plazo de 15 días hábiles desde la publicación del presente anuncio la adjudicación se elevará a definitiva.
1. Entidad adjudicadora: Ayuntamiento de Salvacañete
2. Objeto del contrato.
La enajenación por adjudicación directa de 16 parcelas del polígono industrial Egido I, con una superficie cada una deter-minada en la Cláusula Segunda del Pliego de Condiciones Particulares.
3. Tramitación y procedimiento.
a) Tramitación: Ordinaria
b) Procedimiento: adjudicación directa
4. Fecha de adjudicación provisional
Fecha: 31/10/2012
5. Adjudicatario y Precio del Contrato.
ADJUDICATARIO PARCELA PRECIO EUROS (IVA excluido)
Jose Luis Morales Morales Nº 4 20.080,65
Textiles Aliaga García, S.L.U. Nº 6 17.923,98
Ivonne Alcívar Mendoza Nº 18 21.916,79
ITV Salvacañete, S.L.U. Nº 19 25.357,47
ITV Salvacañete, S.L.U. Nº 20 29.287,12
En Salvacañete, a 31 de octubre de 2012.
El Alcalde,
Fdo.: Vicente Giménez Garrido
BOletín OfiCial de la PrOvinCia de CuenCa
Pág. 51 Miércoles 7 de noviembre de 2012 Núm. 129
NÚM. 4748
aYuntamientO de salvaCañete
ANUNcio
Por Acuerdo de Pleno de fecha 31 de octubre de 2012, ha sido aprobada la adjudicación definitiva de 4 parcelas urbanas,ubicadas en el Polígono Industrial “Egido I de Salvacañete”, lo que se publica a los efectos del artículo 145 de la Ley 30/2007,de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público.
1. Entidad adjudicadora: Ayuntamiento de Salvacañete
2. Objeto del contrato.
La enajenación por concurso de 20 parcelas del polígono industrial Egido I, con una superficie cada una determinada en laCláusula Segunda del Pliego de Condiciones Particulares.
3. Tramitación y procedimiento.
a) Tramitación: Ordinaria
b) Procedimiento: Abierto por concurso
4. Fecha de adjudicación provisional
Fecha: 02/10/2012
5. Adjudicatario y Precio del Contrato.
ADJUDICATARIO PARCELA PRECIO EUROS (IVA excluido)
JAVIER SOLERA ZARZOSO Nº 3 28.958,95
ANDRÉS SORIANO MARTÍNEZ Nº 2 30.968,25
VICENTE JIMÉNEZ ALCALÁ Y VICTORINO JIMÉNEZ ALCALÁ Nº 1 47.753,32
VICENTE JIMÉNEZ ALCALÁ Y VICTORINO JIMÉNEZ ALCALÁ Nº 17 23.366,75
En Salvacañete, a 31 de octubre de 2012.
El Alcalde,
Fdo.: Vicente Giménez Garrido
BOletín OfiCial de la PrOvinCia de CuenCa
Pág. 52 Miércoles 7 de noviembre de 2012 Núm. 129
NÚM. 4746
aYuntamientO de Quintanar del reY
ANUNcio
De conformidad con lo dispuesto en los artículos 59.4 y 61 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico delas Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, se hace pública la notificación de los expedien-tes sancionadores, instruidos por la Policía Municipal, que a continuación se indican, ya que habiéndose intentado la noti-ficación en el último domicilio conocido, ésta no se ha podido practicar.
Los correspondientes obran en la Policía Municipal de esta localidad, ante la cuál les asiste el derecho de alegar por escritolo que en su defensa estimen conveniente, con aportación o proposición de pruebas que consideren oportunas, dentro delplazo de quince días hábiles, contados desde el siguiente al de la publicación del presente en el "Boletín Oficial" de la Pro-vincia.
Transcurrido el plazo sin que se haya hecho el uso del derecho para formular alegaciones y/o aportar o proponer pruebas,se dictará las oportunas resoluciones.
Expte. Denunciado/a Localidad Cuantía Art. infringido
191/1 GEORGI VENTSISLAVOV PETROV QUINTANAR DEL REY 50 euros 154 R.G.C
194/1 EMILIO ESCRIBANO NAVARRO QUINTANAR DEL REY 100 euros 91 R.G.C
195/1 CATALINA OLIVARES TENDERO BENIDORM 50 euros 154 R.G.C
205/1 CECILIA ESCRIBANO ATIENZA VILLANUEVA DE LA JARA 50 euros 154 R.G.C
206/1 HICHAM ETTIFAFI ALGUAZAS- MURCIA 50 euros 154 R.G.C
Quintanar del Rey, 31 de octubre de 2012.
El Alcalde,
Fdo.: Martín Cebrían López
BOletín OfiCial de la PrOvinCia de CuenCa
Pág. 53 Miércoles 7 de noviembre de 2012 Núm. 129
NÚM. 4745
aYuntamientO de iniesta
ANUNcio
De conformidad con lo dispuesto en los artículos 59.4 y 61 de la Ley 30/92 de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico delas Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, se hace pública la notificación de los expedien-tes sancionadores, instruidos por la Policía Municipal, que a continuación se indican, ya que habiéndose intentado la noti-ficación en el último domicilio conocido, ésta no se ha podido practicar.
Los correspondientes expedientes obran en las oficinas de la Jefatura de Policía Local de esta localidad, ante la cual, pue-den alegar por escrito los denunciados lo que en su defensa estimen conveniente, con aportación o proposición de prue-bas que consideren oportunas, dentro del plazo de quince días hábiles, contados desde el siguiente al de la publicación delpresente en el Boletín Oficial de la Provincia.
Transcurrido el plazo sin que se haya hecho el uso del derecho para formular alegaciones y/o aportar o proponer pruebas,se dictará las oportunas resoluciones.
Expte. Denunciado/a Fecha Cuantía Precepto.
116/12 NATALIA GRANERO SALAS. 11/04/2012 300,00 R.G.C.
Iniesta, a 31 de octubre de 2012.
El Alcalde,
Fdo.: Teodomiro Risueño Pérez
BOletín OfiCial de la PrOvinCia de CuenCa
Pág. 54 Miércoles 7 de noviembre de 2012 Núm. 129
NÚM. 4742
aYuntamientO de santa maría del CamPO rus
ANUNcio
A los efectos de lo dispuesto en el artículo 169.1 por remisión del Real Decreto 2/2004, de 5 de marzo por el que se apruebael Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, se expone al publico el expediente de suplemento decréditos número 1/2012, en el presupuesto municipal vigente, por importe de VEINTITRES MIL OCHOCIENTOS CINCUENTAEUROS, financiado con cargo al Remanente Líquido de Tesorería del ejercicio anterior, aprobado por el Pleno del Ayunta-miento en Sesión Extraordinaria celebrada el 30 de octubre de 2012.
Para que los interesados puedan examinar el expediente y presentar las reclamaciones que estimen oportunas.
Se podrán presentar las reclamaciones con sujección a los siguiente trámites:
Plazo de exposicón y admisión de reclamaciones: Quince días a partir del siguiente a la fecha de inserción de este Anun-cio en el Boletín Oficial de la Provincia.
Oficina de presentación: Secretaría del Ayuntamiento.
Órgano ante el que se reclama: Ayuntamiento Pleno.
En Santa María del Campo Rus a 31 de noviembre de 2012.
El Alcalde,
Fdo.: Carlos Cano García
BOletín OfiCial de la PrOvinCia de CuenCa
Pág. 55 Miércoles 7 de noviembre de 2012 Núm. 129
NÚM. 4737
aYuntamientO de santa maría del CamPO rus
ANUNcio
Al no haberse presentado reclamaciones durante el plazo de exposición al público queda automáticamente elevado a defi-nitivo el Acuerdo plenario provisional del Ayuntamiento de Santa Maria del Campo Rús de fecha 31 de agosto de 2012 sobreaprobación de la Ordenanza Reguladora la tenencia y protección de animales domésticos o de compañía y de la tenenciade animales potencialmente peligrosos, cuyo texto íntegro se hace público en cumplimiento del artículo 17.4 del Real DecretoLegislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Loca-les:
Visto el estudio técnico-económico referido a la prestación del Servicio de Agua a Domicilio, examinado el texto íntegro dela modificación de la Ordenanza Fiscal del Servicio de Agua a domicilio, visto el informe de secretaría y el dictamen de laComisión de Hacienda, el Pleno, por mayoría simple de tres votos a favor de los Concejales D.Jesús Delgado Miñano, DªYolanda López Delgado y D. Carlos Cano García y dos votos en contra de los Concejales D. Francisco Valladolid García yD. Vicente Valladolid Buendía, por considerar que el servicio es deficitario, acuerda:
PRIMERO.- Aprobar la modificación de la Ordenanza Fiscal Reguladora de la Tasa del Servicio de Agua a Domicilio en lostérminos en que figura en el expediente, con la redacción que a continuación se recoge:
Se modifica el artículo 6º, quedando la redacción del mismo como sigue:
Apartado 1.- Cuota de mantenimiento de servicio 5 euros trimestrales.
Apartado 2.- En función del consumo, las tarifas aplicables serán las siguientes:
- Consumo de 0 a 25 m3, a 0,40 euros el m3.
- Consumo de 26 a 50 m3 a 0,49 euros el m3.
- Consumo de 51 a 75 m3 a 0,60 euros el m3.
- Consumo de mas de 75 m3 a 0,75 euros el m3.
A fin de mantener el equilibrio financiero del servicio, las cuotas tributarias reflejadas en el presente artículo experimenta-rán, con efecto de 1 de enero de las anualidades sucesivas, un incremento igual al producido en el Indice de Precios al Con-sumo (IPC) durante los doce meses inmediatamente anteriores, certificado por el Instituto Nacional de Estadística.
Igualmente se modifica la cuota establecida por el permiso de enganche a la red general del agua, que pasa a ser de 50euros.
SEGUNDO.- Dar al expediente la tramitación y publicidad preceptiva. ,mediante exposición del mismo en el tablón de anun-cios de este Ayuntamiento y en el Boletín oficial de la provincia, por plazo de treinta días hábiles, dentro de los cuales losinteresados podrán examinarlo y plantear las reclamaciones que estimen oportunas.
TERCERO.- Considerar en el supuesto que no se presentasen reclamaciones al expediente, en el plazo anteriormente indi-cado, que el acuerdo es definitivo, en base al artículo 17.3 del Real Decreto Legislativo 2/2004 de 5 de marzo, por el quese aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales.
CUARTO.- Facultar al Sr. Alcalde-presidente para suscribir los documentos relacionados con este asunto. “
Contra el presente Acuerdo, conforme al artículo 19 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se apruebael Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, se podrá interponer por los interesados recurso con-tencioso-administrativo, en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente al de la publicación de este anuncioen el Boletín Oficial de la Provincia, ante el Tribunal Superior de Justicia de Castilla La Mancha.
En Santa María del Campo Rús, a 22 de octubre de 2012.
El Alcalde,
Fdo.: Carlos Cano García
BOletín OfiCial de la PrOvinCia de CuenCa
Pág. 56 Miércoles 7 de noviembre de 2012 Núm. 129
NÚM. 4738
aYuntamientO de santa maría del CamPO rus
ANUNcio
Al no haberse presentado reclamaciones durante el plazo de exposición al público queda automáticamente elevado a defi-nitivo el Acuerdo plenario provisional del Ayuntamiento de Santa Maria del Campo Rús de fecha 31 de agosto de 2012 sobreaprobación de la Ordenanza Reguladora la tenencia y protección de animales domésticos o de compañía y de la tenenciade animales potencialmente peligrosos, cuyo texto íntegro se hace público en cumplimiento del artículo 17.4 del Real DecretoLegislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Loca-les:
Examinado por el pleno el expediente para la aprobación de Ordenanza Reguladora de Animales Domésticos y potencial-mente peligrosos, vistos los informes que el mismo se contienen, sometido a votación, por tres votos a favor y dos votos encontra, se acuerda:
PRIMERO.- Aprobar inicialmente la Ordenanza Reguladora de Animales Domésticos y Potencialmente peligrosos en lostérminos que figura en el expediente, con la redacción que a continuación se recoge:
ORDENANZA REGULADORA DE LA TENENCIA Y PROTECCION DE ANIMALES DOMESTICOS O DE COMPAÑÍA Y DELA TENENCIA DE ANIMALES POTENCIALMENTE PELIGROSOS.
ART. l. OBJETO DE LA ORDENANZA.
1. El objeto de esta Ordenanza es garantizar en el ámbito del municipio de Santa María del Campo Rús, la protección ycontrol de los animales domésticos o de compañía, incluyendo a los denominados “potencialmente peligrosos”, asegurarque se les proporcione unas adecuadas condiciones de vida y prevenir y controlar las molestias o peligros que pudieranocasionar a las personas y bienes.
2. A los efectos de esta ordenanza tienen la consideración de animales domésticos o de compañía:
• Los tradicionalmente considerados como tales que por su condición viven en la compañía o dependencia del hombre,siendo mantenido por el mismo.
• Los animales que perteneciendo a la fauna salvaje sean utilizados como animales domésticos o de compañía.
• Los animales que sean utilizados con fines lucrativos, deportivos o de recreo.
3. Tendrán la consideración de animales potencialmente peligrosos, los descritos en el art. 10 de esta Ordenanza.
4. Lo establecido en esta ordenanza será de aplicación sobre todos los citados animales que se encuentren en el terminomunicipal de Santa María del Campo Rús, con independencia de donde estuvieran o no censados o registrados, y sea cualfuere el lugar de residencia de sus dueños o tenedores.
ART. 2. OBLIGACIONES GENERALES Y RESPONSABILIDADES:
1. El dueño o poseedor de un animal domestico o de compañía está obligado a :
a) Mantenerlo en buenas condiciones higiénico sanitarias y practicarle las curas adecuadas que el animal precise.
b) Proporcionarle los tratamientos preventivos que la legislación vigente establezca como obligatorios y proveerse de latarjeta sanitaria en la que conste la certificación de las vacunas actualizadas.
c) Presentar la documentación anteriormente citada siempre que le sea requerida por la autoridad municipal y otros orga-nismos competentes.
d) Dar cumplimiento efectivo al resto de previsiones legales y reglamentarias en particular las previstas en esta ordenanza.
2. El poseedor de un animal, sin perjuicio de la responsabilidad del propietario, será responsable de los daños, perjuicios,molestias que aquel ocasione a las personas, cosas, vías, espacios públicos y al medio ambiente en general.
ART. 3. PROHIBICIONES GENERALES
1. Con carácter general se prohíbe:
- Causar la muerte a animales domésticos, excepto en caso de necesidad ineludible o enfermedad incurable.
- Practicarles mutilaciones, excepto las controladas por los veterinarios por razones de necesidad, exigencia funcional opara mantener las características de la raza.
BOletín OfiCial de la PrOvinCia de CuenCa
Pág. 57 Miércoles 7 de noviembre de 2012 Núm. 129
- Maltratarlos o agredirlos de cualquier forma o someterlos a cualquier práctica que les cause sufrimiento o daños injus-tificados.
- Abandonarlos.
- Mantenerlos en instalaciones que no reúnan las condiciones higiénico-sanitarias adecuadas.
- Utilizar en espectáculos, peleas, fiestas populares y otras actividades si ello comporta crueldad, sufrimiento para los ani-males o someterlos a condiciones antinaturales con exclusión de los espectáculos o competiciones legalizados y con regla-mentación específica
- Donarlos como reclamo publicitario o recompensa con el fin de premiar adquisiciones de naturaleza distinta a la trans-acción onerosa de animales.
- Ejercer su venta ambulante fuera de los mercados o ferias no autorizados.
- Ejercer su venta sin el cumplimiento de las condiciones generales señaladas por las leyes vigentes.
2. Está expresamente prohibido, de acuerdo con la legislación vigente, la tenencia, exhibición, venta o compra o cualquiermanipulación con ejemplares de especies de fauna protegida, sean vivos o muertos, y también respecto de sus restos ycrías. Los agentes de la autoridad tendrán facultades para la confiscación de estos especimenes o sus restos.
3. Queda prohibido el traslado de animales en los medios de transporte públicos, a excepción de los servicios de taxi, a cri-terio del conductor, como expresamente la presencia de animales en ciertos lugares sometiéndose a las siguientes condi-ciones:
a) Queda prohibida la entrada y permanencia de animales en establecimientos destinados a fabricación, manipulación, alma-cenamiento, transporte y venta de productos alimenticios.
b) Queda prohibido la entrada de animales en espectáculos públicos, deportivos y culturales, así como en recintos de prác-ticas de deportes y piscinas.
c) Los dueños de establecimientos podrán permitir, a su criterio y bajo su responsabilidad, la entrada de animales en susestablecimientos
d) Que prohibido la entrada y el transito de animales por los parques y paseos públicos que se encuentren adoquinadoso enladrillados.
e) El acceso y permanencia de los animales en lugares comunitarios privados o sus dependencias, tales como sociedadesculturales, recreativas y similares, zonas de uso común de comunidades de vecinos y otros, estará sujeto a las normas querijan dichas entidades.
4. Las previsiones recogidas en el apartado 3º no resultan de aplicación a los perros lazarillos.
ART. 4. MEDIDAS A ADOPTAR EN CASO DE ENFERMEDADES, LESIONES O MUERTE DE UN ANIMAL.
1. Los animales afectados de enfermedades zoonósticas y epizoóticas deberán ser aislados, proporcionándoles el trata-miento adecuado si éste fuese posible.
2. En el caso extremo de que deban ser sacrificados, se aplicarán los medios eutanásicos que impliquen el mínimo sufri-miento y provoquen una inmediata pérdida de la consciencia, todo ello bajo el control directo de un veterinario, salvo encasos de extrema urgencia con el fin de evitar sufrimientos al animal o en aquellos casos previstos por la legislación nacio-nal.
3. Producido por cualquier modo la muerte de un animal, queda prohibido el abandono de su cuerpo en la vía pública, debiendoel particular ponerlo en conocimiento del Ayuntamiento.
4. Las bajas por muerte o desaparición de un animal habrán de comunicarse por sus titulares al Ayuntamiento en el plazode un mes, a los efectos de lo dispuesto en el art. 6 apartado 5.
5. En el caso de animales abandonados se estará a lo dispuesto en el art. 8 de la presente ordenanza.
ART. 5. NORMAS RELATIVAS A LOS VETERINARIOS.
1. Los profesionales veterinarios que realizan las vacunaciones deberán comunicarlo al Ayuntamiento mediante partes men-suales en donde consten los datos necesarios para la evaluación correcta de las campañas de vacunación.
2. Los profesionales veterinarios que, en el ejercicio de su profesión, detecten en el término municipal cualquier enferme-dad de declaración obligatoria, deberán comunicarlo a la mayor brevedad posible al servicio municipal correspondiente delAyuntamiento.
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Pág. 58 Miércoles 7 de noviembre de 2012 Núm. 129
3. Los profesionales veterinarios, deberán presentar parte al Ayuntamiento, con la periodicidad que éste acuerde, donde serecojan el nº de animales sacrificados, especie, decomisos realizados, número y causa y procedencia de los animales.
ART. 6. TENENCIA DE ANIMALES E INSCRIPCIÓN DE LOS MISMOS EN EL CENSO MUNICIPAL.
1. La tenencia de animales domésticos o de compañía en los domicilios particulares está autorizado siempre que las carac-terísticas de alojamiento en el aspecto higiénico y el nº de individuos lo permitan y que no se produzca ninguna situaciónde peligro o incomodidad para los vecinos u otras personas.
2. Los propietarios o poseedores de animales domésticos o de compañía están obligados a inscribirles en el censo muni-cipal de animales en el plazo máximo de tres meses desde su nacimiento o un mes desde su adquisición. La citada inscrip-ción se efectuará previa presentación de la tarjeta sanitaria expedida por veterinario colegiado.
3. En la documentación para el censado del animal, que será facilitado por el Ayuntamiento, se incluirán los siguientes datos:
- especie
- raza
- aptitud
- año de nacimiento
- domicilio habitual del animal
- nombre del propietario
- domicilio del propietario y nº de teléfono
- nº D.N.I. del propietario.
4. La cesión o venta del animal censado habrá de ser comunicada por cesionario o vendedor a los Servicios Municipalesdentro del plazo máximo de un mes desde la transacción, indicando el nº de identificación censal del animal para procedera la modificación correspondiente
5. Los propietarios de animales domésticos o de compañía están obligados a notificar la muerte del animal al Servicio Muni-cipal dentro del plazo de un mes, a fin de tramitar su baja en el Censo Municipal.
6. Los propietarios de tales animales que cambien de domicilio lo comunicarán al Ayuntamiento en el plazo de 10 días.
7. El Ayuntamiento enviará anualmente los censos de animales domésticos o de compañía a la Delegación Provincial corres-pondiente de la Junta de Comunidades de Castilla La Mancha para su incorporación al Registro creado al amparo de lo dis-puesto en la Ley autonómica 7/1996, de 28 de diciembre, de protección de los animales domésticos.
ART. 7. LOS ANIMALES EN LOS ESPACIOS PÚBLICOS.
1.- Cuando los animales transiten por las zonas públicas irán provistos de su tarjeta o placa de identificación censal y serándebidamente controlados mediante correas u otros métodos adecuados a la condición del animal.
El uso de bozales podrá ser ordenado por la autoridad, cuando así lo aconsejen las circunstancias.
2.- Como se indica en el art. 3 apartado d) queda prohibido el transito de animales por los parques y paseos que se encuen-tren adoquinados, no obstante cuando los animales transiten por zonas verdes que no se encuentren enladrillados o ado-quinados, deberán ir siempre controlados mediante correas u otros métodos adecuados a al condición del animal y así evi-tar que ocasionen molestias a los transeúntes, se acerquen a los parques infantiles o donde jueguen niños o produzcanperjuicios a la fauna o flora.
3.- Las personas que conduzcan los animales deben impedir que éstos depositen sus defecciones en cualquier lugar des-tinado al tránsito de peatones, así como en parque o jardines.
En el caso de que ensucien accidentalmente tales lugares la persona que conduzca el animal está obligado/a su limpiezainmediata para cuyo fin irá provisto/a de los utensilios precisos para tal operación.
ART. 8. TRATAMIENTO DEL ABANDONO DE ANIMALES.
l. Se considera que un animal está abandonado cuando se encuentre en alguna de las circunstancias siguientes:
a) Que no vaya acompañado de persona alguna que pueda demostrar su custodia.
b) Que no esté censado.
c) Que no lleve identificación.
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d) Que se encuentre en lugar cerrado o desalquilado, solar, etc, en la medida en que no sea en tales lugares debidamenteatendido.
2. En cualquiera de estos supuestos el Ayuntamiento podrá hacerse cargo del animal, pudiéndole retener hasta que searecuperado, cedido o sacrificado.
3. Si fuera posible, el Ayuntamiento dará traslado al propietario del animal para que lo recupere en el plazo de 20 días.
4. Correrán a cargo del propietario todos los gastos que han sido generados por la recogida y mantenimiento del animal,con independencia de las sanciones que sean aplicables.
Tales gastos habrán de ser abonados por el propietario con anterioridad a la retirada del animal.
5. El plazo de retención de un animal abandonado será de veinte días como mínimo.
Transcurridos éstos veinte días sin que el animal haya sido reclamado el Ayuntamiento pondrá a disposición de quien losolicite y se comprometa a regularizar su situación sanitaria, así como a abonar los gastos que hayan sido generados porlas atenciones veterinarias realizadas en el centro de acogida.
6. Los animales que no hayan sido retirados por su dueño ni cedidos en el plazo de 3 días podrán ser sacrificados por méto-dos eutanásicos que impliquen el mínimo sufrimiento o provoquen una inmediata perdida de consciencia, todo ello bajo elcontrol directo de un veterinario, salvo en casos de extrema urgencia.
7. En el caso de que el animal abandonado esté identificado mediante sistema autorizado se comunicará a la DelegaciónProvincial de la Consejería correspondiente los datos de identificación de dicho animal.
8. Para el cumplimiento de lo dispuesto en el presente artículo el Ayuntamiento podrá establecer convenios con las asocia-ciones de protección y defensa de animales domésticos y otras Administraciones competentes.
ART. 9. AGRESIÓN A PERSONAS.
l. En caso de producirse la agresión a una persona por parte de algún animal doméstico o de compañía, la persona agre-dida dará cuenta del hecho a las autoridades sanitarias.
2. El propietario o poseedor del animal agresor habrá de presentarse en el Ayuntamiento aportando la cartilla sanitaria delanimal, así como cuantos datos sean precisos.
3. El animal agresor será trasladado a las dependencias que indique el Ayuntamiento, con el fin de ser sometido a controldurante 14 días.
Previo informe favorable del servicio municipal y siempre que el animal que esté documentado, pasará desarrollarse esteperiodo de observación en el domicilio habitual del animal bajo la custodia de su propietario.
4. Los gastos ocasionados por la retención y control de los animales agresores serán satisfechos por los propietarios delos mismos.
5. Si del control llevado a cabo queda demostrada la agresividad del animal, el mismo será retirado por el Ayuntamiento,quien determinará el destino del animal.
Art. 10. DE LOS ANIMALES POTENCIALMENTE PELIGROSOS
Se consideran animales potencialmente peligrosos todos los que, siendo utilizados como animales domésticos, de compa-ñía o de vigilancia, con independencia de su agresividad o de la especie o raza a la que pertenezcan, se encuentren al menosen alguno de los siguientes supuestos:
a) Animales que por sus características tengan capacidad de causar la muerte o lesiones a las personas o a otros anima-les y daños a las cosas.
b) Animales con antecedentes de agresiones o violencia con personas u otros animales.
c) Los perros pertenecientes a una tipología racial, que por su carácter agresivo, tamaño o potencias de mandíbula, ten-gan capacidad de causar la muerte o lesiones a las personas o a otros animales y daños a las cosas.
En particular se consideran incluidos en esta categoría, los perros que, siendo de raza pura o nacidos de cruces interracia-les entre cualquiera de estos y con cualquiera de otros perros, pertenezcan a alguna de las siguientes razas y a sus cru-ces: (Anexos I y II al R.D. 287/2002, de 22 de marzo)
a) Pit Bull Terrier.
b) Staffordshire Bull Terrier.
c) American Staffordshire Terrier.
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d) Rottwiler.
e) Dogo argentino.
f) Fila Brasileiro.
g) Tosa Inu.
h) Akita Inu.
Aquellos cuyas características se correspondan en todas o la mayoría siguientes:
a) Cabeza voluminosa, cuboide, robusta, con cráneo ancho y mejillas musculosas y abombadas. Mandíbulas grandes yfuertes, boca robusta, ancha y profunda.
b) Cuello ancho, musculoso y corto.
c) Pecho macizo, ancho, grande, profundo, costillas arqueadas y lomo musculado y corto.
d) Extremidades anteriores paralelas, rectas y robustas y extremidades posteriores muy musculosas, con patas relativa-mente largas formando ángulo moderado.
e) Fuerte musculatura, aspecto poderoso, robusto, configuración atlética, agilidad, vigor, y resistencia.
f) Marcado carácter y gran valor.
g) Pelo corto.
h) Perímetro torácico comprendido entre los 60 y 80 centímetros, altura a al cruz entre 50 y 70 centímetros y peso supe-rior a 20 kg.
i)
Art. 11. Licencias.
1. La tenencia de animales potencialmente peligrosos por personas que residan o que desarrollen una actividad de comer-cio o adiestramiento en esta entidad local, requerirá la previa obtención de licencia municipal.
2. La solicitud de licencia se presentará por el interesado en el Registro General del Ayuntamiento, previamente a la adqui-sición, posesión o custodia del animal, salvo que su tenencia fuese anterior a la entrada en vigor de la presente Ordenanzao en los supuestos de cambio de residencia de su responsable y se ajustará a lo dispuesto en el art. 3 del R.D. 287/2002,de 22 de marzo.
Junto a la solicitud, en la que se identificará claramente el animal para cuya tenencia se requiere la licencia, el intere-sado deberá presentar la siguiente documentación, en original o copia autenticada:
• Ser mayor de edad, acreditándolo mediante Documento Nacional de Identidad, pasaporte o tarjeta de extranjero del soli-citante, cuando se trate de personas físicas o empresarios individuales, o del representante legal, cuando se trate de per-sonas jurídicas.
• Escritura de poder de representación suficiente, si se actúa en representación de otra persona.
• Escritura de constitución de entidad jurídica y número de identificación fiscal.
• Certificado de antecedentes penales, acreditativo de no haber sido condenado por delitos de homicidio, lesiones, tortu-ras contra la libertad o contra la integridad moral, la libertad sexual y la salud pública, asociación con banda armada o denarcotráfico, así como estar privado por resolución judicial del derecho a la tenencia de animales potencialmente peligro-sos
• Certificado de capacidad física acreditativo de estar capacitado para al tenencia de animales potencialmente peligros,expedido una vez superadas las pruebas necesarias para comprobar que no existe enfermedad o deficiencia alguna, decarácter orgánico o funcional, que pueda suponer incapacidad física asociada con:
1.- La capacidad visual.
2.- La capacidad auditiva.
3.- El sistema locomotor.
4.- El sistema neurológico.
5.- Dificultades perceptivo-motoras, de toma de decisiones.
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6.- Cualquier otra afección, trastorno o problema, no comprendidos en los párrafos anteriores, que puedan suponer una inca-pacidad física para garantizar el adecuado dominio del animal.
• Certificado de aptitud psicológica, a que se refiere el apartado c) de la Ley 50/1999, expedido una vez superadas laspruebas, para comprobar que no existe enfermedad o deficiencia alguna que pueda suponer incapacidad psíquica o psico-lógica, o cualquier otra limitativa del discernimiento, asociada con:
1.- Trastornos mentales y de conducta.
2.- Dificultades psíquicas de evaluación, percepción y toma de decisiones y problemas de personalidad.
3.- Cualquier otra afección, trastorno o problema, no comprendidos en los párrafos anteriores, que limiten el pleno ejerci-cio de las facultades mentales precisas para la tenencia de animales potencialmente peligrosos.
• No haber sido sancionado por infracciones graves o muy graves con alguna de las sanciones accesorias de las previs-tas en el apartado 3 del art. 13 de la Ley 50/1999, de 23 de diciembre, sobre el Régimen Jurídico de la Tenencia de Anima-les Potencialmente Peligrosos.
• Certificado de la declaración y registro como Núcleo Zoológico por la Administración Autonómica, para las personas titu-lares de establecimientos dedicados a la cría o venta de animales, residencias, escuelas de adiestramiento y demás insta-laciones para el mantenimiento temporal de animales.
• En el supuesto de personas o establecimientos o asociaciones dedicados al adiestramiento, cría, venta, residencia omantenimiento temporal de animales, deberán aportar la acreditación de la Licencia Municipal de Actividad correspondiente.
Art. 12. – REGISTRO DE ANIMALES POTENCIALMENTE PELIGROSOS.
1. Sin perjuicio del funcionamiento de otros registros o censos municipales de animales de compañía, este Ayuntamientodispondrá de un registro especial destinado a la inspección de todos los Animales Potencialmente Peligrosos que residanen este municipio.
2. Incumbe a los titulares de las licencias reguladas en el artículo anterior, la obligación de solicitar la inscripción en el regis-tro de Animales Potencialmente Peligrosos de este municipio, de los animales que se encuentren bajo su custodia, dentrode los quince días siguientes a la fecha en que haya obtenido la correspondiente licencia de la Administración competente,o bien, en idéntico plazo, desde que se encuentren bajo la custodia animales de obligada inscripción.
Asimismo, en el plazo máximo de 15 días, los responsables de animales inscritos en el registro deberán comunicar cual-quier cambio de residencia permanente o por más de tres meses, la esterilización, enfermedad o muerte del animal, asícomo cualquier incidencia reseñable en relación con el comportamiento o situación del animal; sin perjuicio de que la Admi-nistración, de oficio, practique la anotación de las circunstancias de que tenga conocimiento por sus medios, por comuni-cación de otras autoridades o por denuncia de los particulares.
3. En el Registro Municipal de Animales Potencialmente Peligrosos, que se clasificará por especies, se harán constar lossiguientes datos:
A) Datos personales del tenedor:
- Nombre y apellidos o razón social.
- D.N.I. o C.I.F.
- Domicilio.
- Título o actividad por la que está en posesión del animal (propietario, criador, tenedor, importador, etc...)
- Número de licencia y fecha de expedición.
B) Datos del animal.
1.- Datos identificativos:
- Tipo de animal y raza.
- Nombre.
- Fecha de nacimiento.
- Sexo.
- Color.
- Signos particulares (manchas, cicatrices, etc.).
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- Código de identificación y zona de aplicación.
2.- Lugar habitual de residencia.
3.- Destino del animal (compañía, guarda o vigilancia, protección, defensa, manejo de ganado, caza, etc..).
C) Incidencias:
1.- Cualquier incidente producido por el animal a lo largo de su vida, ya sean declarados por el solicitante de la inscripcióno conocidos por el Ayuntamiento a través de autoridades administrativas o judiciales, o por denuncia de particulares.
2.- Comunicaciones presentadas por las entidades organizadoras de exposiciones de razas caninas sobre exclusión delanimal por demostrar actitudes agresivas o peligrosas.
3.- Comunicaciones recibidas sobre la venta, traspaso, donación, robo, muerte o pérdida del animal, indicando, en su caso,el nombre del nuevo tenedor.
4.- Comunicaciones recibidas sobre el traslado del animal a otra Comunidad Autónoma, sea con carácter permanente o porperiodo superior a tres meses.
5.- Certificado de sanidad animal expedido por la autoridad competente, que acredite, con periodicidad anual, la situaciónsanitaria del animal y la inexistencia de enfermedades o trastornos que lo hagan especialmente peligroso, con indicaciónde la autoridad que los expide.
6.- Tipo de adiestramiento recibido por el animal e identificación del adiestrador.
7.- La esterilización del animal, con indicación de la autoridad administrativa o judicial que dictó el mandato o resolución;así como el nombre del veterinario que lo practicó.
8.- Muerte del animal, ya sea natural o por sacrificio certificado por veterinario o autoridad competente, con indicación, enambos casos, de las causas que la provocaron. Con la muerte del animal se procederá a cerrar su ficha del Registro.
4. Todas las altas, bajas o incidencias que se inscriban en el Registro Municipal, serán inmediatamente comunicadas alRegistro Central informatizado dependiente de la Comunidad Autónoma. Todo ello sin perjuicio de que se notifiquen de inme-diato a las autoridades o judiciales competentes, cualquier incidencia o capítulo de violencia que conste en el Registro parasu valoración y, en su caso, adopción de las medidas cautelares o preventivas que se estimen necesarias.
5. En caso de sustracción o pérdida del animal, el propietario deberá comunicarlo al Registro Municipal en un plazomáximo de 48 horas.
Art. 13. OBLIGACIONES EN MATERIA DE SEGURIDAD CIUDADANA E HIGIÉNICO-SANITARIAS.
Los propietarios, criadores o tenedores tendrán las siguientes obligaciones respecto de los animales que se hallen bajo sucustodia:
1. Mantenerlos en adecuadas condiciones higiénico-sanitarias y con los cuidados y atenciones necesarios de acuerdo conlas necesidades fisiológicas y características propias de la especie o raza del animal.
2. Su transporte habrá de efectuarse de conformidad con la normativa específica sobre bienestar animal, debiéndose adop-tar las medidas precautorias que las circunstancias aconsejen para garantizar la seguridad de las personas, bienes y otrosanimales, durante los tiempos de transporte y espera de carga y descarga.
3. Cumplir todas las normas de seguridad ciudadana, establecidas en la legislación vigente y en particular las que a con-tinuación se detallan, de manera que garanticen la óptima convivencia de estos animales con los seres humanos y otrosanimales y se eviten molestias a la población:
a) Los locales o viviendas que alberguen animales potencialmente peligrosos deberán reunir las medidas de seguridad nece-sarias, en su construcción y acceso, para evitar que los animales puedan salir sin la debida vigilancia de sus responsables,o bien que puedan acceder personas sin la presencia y control de éstos. A tal efecto deberán estar debidamente señaliza-dos mediante un cartel bien visible en todos sus accesos, con la advertencia de que se alberga un animal potencialmentepeligroso, indicando la especie y raza del mismo.
b) Los propietarios de dichos inmuebles deberán realizar los trabajos y obras precisos para mantener en ellos, en todo momento,las condiciones imprescindibles de seguridad adecuadas a la especie y raza de los animales, siendo éste requisito impres-cindible para la obtención de las licencias administrativas reguladas en esta Ordenanza.
c) La presencia y circulación en espacios públicos, que se reducirá exclusivamente a los perros, deberá ser siempre vigi-lada y controlada por el titular de la licencia sobre los mismos, con el cumplimiento de las normas siguientes:
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- Los animales deberán estar en todo momento provistos de su correspondiente identificación. Los animales potencial-mente peligrosos habrán de identificarse obligatoriamente con microchip.
- Será obligatoria la utilización de correa o cadena de menos de dos metros de longitud, así como un bozal homologadoy adecuado para su raza.
- En ningún caso podrán ser conducidos por menores de edad.
- Se deberá evitar que los animales se aproximen a las personas a distancia inferior a un metro, salvo consentimientoexpreso de aquellos, y en todo caso, a los menores de dieciocho años si éstos no van acompañados de una persona adulta.
- Se evitará cualquier incitación a los animales a arremeter contra las personas u otros animales.
- Se prohíbe la presencia y circulación de estos animales en parques y jardines públicos, así como en las inmediacionesde centros escolares, guarderías infantiles, mercados, centros recreativos o deportivos y en general en las zonas públicascaracterizadas por un tránsito intenso de personas, entre las 7 y 22 horas.
Art. 14. INFRACCIONES.
1.- Tendrán la consideración de infracciones administrativas muy graves las siguientes:
• Abandonar un animal potencialmente peligroso.
• Tener perros o animales potencialmente peligrosos sin licencia.
• Vender transmitir un perro o animal potencialmente peligroso a quien carezca de licencia.
• Adiestrar animales potencialmente peligrosos por quien carezca de certificado de capacitación.
• La organización o celebración de concursos, ejercicios, exhibiciones o espectáculos de animales potencialmente peli-grosos, o su participación en ellos, destinados a demostrar la agresividad de los animales.
2.- Tendrán la consideración de infracciones administrativas graves las siguientes:
• Dejar suelto un animal potencialmente peligroso o no haber adoptado las medidas necesarias para evitar su escapadao extravío.
• Incumplir la obligación de identificar al animal.
• Omitir la inscripción en el Registro.
• Hallarse el perro potencialmente peligroso en lugares públicos sin bozal o no sujeto con cadena.
• El transporte de animales potencialmente peligrosos sin tomar las medidas precautorias necesarias para garantizar laseguridad de las personas, bienes y otros animales.
• La negativa o resistencia a suministrar datos o facilitar la información requerida por las autoridades competentes o susagentes, así como el suministro de información inexacta o de documentación falsa.
3.- Las infracciones tipificadas en los apartados anteriores podrán llevar aparejadas como sanciones accesorias la confis-cación, decomiso, esterilización o sacrificio de los animales potencialmente peligrosos, la clausura del establecimiento y lasuspensión temporal o definitiva de la licencia para tenencia de animales potencialmente peligrosos o del certificado de capa-citación de adiestrador.
4.- Tendrán la consideración de infracciones administrativas leves, el incumplimiento de cualquiera de las obligaciones esta-blecidas en la Ley, y no comprendidas en los números 1 y 2 de este artículo, además de las que a continuación se relacio-nan:
a) El incumplimiento activo o pasivo de los requerimientos que en orden a la aplicación de la presente ordenanza se efec-túen, siempre que por su entidad no se derive un perjuicio grave.
b) No llevar al animal de compañía con collar, correa, cadena o bozal en los supuestos indicados en el artículo séptimo deesta ordenanza.
c) La no recogida y no retirada por el conductor del animal de los excrementos, realizados en los lugares que se detallanen el artículo primero.
La perturbación de los animales de propiedad pública existentes en parques y jardines.
ART. 15.- RESPONSABLES.
A los efectos previstos en esta ordenanza, son responsables de las infracciones cometidas, quienes las realicen por actospropios o por los de aquellos de quienes se deba responder, de acuerdo con la legislación vigente.
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Art. 16. SANCIONES.
Las infracciones serán sancionados, conforme a su graduación, con las siguientes multas:
• Infracciones leves, desde 150,30 euros hasta 300,51 euros.
• Infracciones graves, desde 300,52 euros hasta 2.040,05 euros.
• Infracciones muy graves, desde 2.040,06 euros hasta 15.025,30 euros.
Las anteriores multas, serán actualizadas cuando periódicamente las revise el Gobierno, conforme a lo dispuesto, en el apar-tado 5 del artículo 13 de la Ley 50/1999, de 23 de diciembre, sobre el Régimen Jurídico de la Tenencia de Animales Poten-cialmente Peligrosos.
Si la infracción conocida por el Ayuntamiento afecta al ámbito de competencias propio de la Comunidad Autónoma, se daráinmediato traslado al órgano autonómico competente de la denuncia o documento que lo ponga de manifiesto, a efectos deque se ejerza la potestad sancionadora.
En los supuestos en que las infracciones pudieran ser constitutivas de delito o falta, se dará traslado inmediato de los hechosal órgano jurisdiccional competente.
ART. 17.- PROCEDIMIENTO SANCIONADOR.
El procedimiento sancionador se substanciará conforme a lo dispuesto en el título IX de la Ley 30/92, de 26 de noviembre,de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, así como con el Real Decreto1398/1993, de 4 de agosto, por el que se aprueba el Reglamento de Procedimiento para el ejercicio de la potestad sancio-nadora.
DISPOSICIÓN ADICIONAL.
1ª. No obstante lo señalado en los artículos anteriores, para el caso de infracciones a la Ley de Tenencia de Animales poten-cialmente peligrosos se estará a lo dispuesto en la misma en cuanto a la tipificación de infracciones y sanciones.
2ª. En lo no previsto en esta ordenanza se estará a lo dispuesto en la normativa estatal y autonómica sobre la misma.
DISPOSICIÓN TRANSITORIA.
Para la inscripción de los animales en el Censo Municipal, así como para dotarles de tarjeta o chapa identificativa se habi-lita un plazo de seis meses desde la publicación de esta ordenanza y efectiva puesta en funcionamiento del citado censo.
DISPOSICIÓN FINAL PRIMERA.
Las normas contenidas en esta Ordenanza son complementarias, en este municipio, de la Ley 7/1990, de 28 de diciembre,de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, de Protección de Animales Domésticos; Ley 50/1999, sobre RégimenJurídico de la Tenencia de Animales Potencialmente Peligrosos y Real Decreto 287/2002, de 22 de marzo, que la desarro-lla, quedando derogada o modificadas por las normas reglamentarias u otras disposiciones de desarrollo o complementa-rias que se dicten en lo sucesivo, en cuanto se opongan a ellas.
DISPOSICIÓN FINAL SEGUNDA.
La presente ordenanza entrará en vigor el día siguiente al de la fecha de la publicación, una vez aprobado, de su texto defi-nitivo en el Boletín Oficial de la Provincia.”
SEGUNDO.- Someter dicha aprobación de la Ordenanza municipal a información pública y audiencia a los interesados, conpublicación en el Boletín Oficial de la Provincia y tablón de anuncios del Ayuntamiento, por el plazo de treinta días para quepueda presentar reclamaciones o sugerencias, que serán resueltas por la Corporación. De no presentarse reclamacionesen el mencionado plazo, se considerará aprobada definitivamente sin necesidad de acuerdo expreso por el Pleno.
TERCERO.- Facultar al Sr. Alcalde-Presidente para suscribir y firmar toda clase de documentos relacionados con este asun-tos.”
Contra el presente Acuerdo, conforme al artículo 19 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se apruebael Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, se podrá interponer por los interesados recurso con-tencioso-administrativo, en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente al de la publicación de este anuncioen el Boletín Oficial de la Provincia, ante el Tribunal Superior de Justicia de Castilla La Mancha.
En Santa María del Campo Rús, a 22 de octubre de 2012.
El Alcalde,
Fdo.: Carlos Cano García
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NÚM. 4739
aYuntamientO de santa maría del CamPO rus
ANUNcio
Al no haberse presentado reclamaciones durante el plazo de exposición al público queda automáticamente elevado a defi-nitivo el Acuerdo plenario provisional del Ayuntamiento de Santa Maria del Campo Rús de fecha 31 de agosto de 2012 sobreaprobación de la Ordenanza Reguladora la tenencia y protección de animales domésticos o de compañía y de la tenenciade animales potencialmente peligrosos, cuyo texto íntegro se hace público en cumplimiento del artículo 17.4 del Real DecretoLegislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Loca-les:
Examinado por el pleno el expediente para la modificación de Ordenanza Reguladora de Puestos Públicos y Venta Ambu-lante, vistos los informes que el mismo se contienen, sometido a votación, por unanimidad se acuerda:
PRIMERO.- Aprobar inicialmente la Ordenanza Reguladora de Puesto Públicos y Venta Ambulante, en los términos que figuraen el expediente, con la redacción que a continuación se recoge:
TASA POR OCUPACIÓN DE LA VIA PUBLICA CON PUESTOS, BARRACAS, CASETAS DE VENTA, ESPECTACLOS, ATRAC-CIONES DE RECREO Y VENTA AMBULANTE.
FUNDAMENTOS Y RÉGIMEN JURÍDICO
Artículo 1.
Este Ayuntamiento conforme a lo autorizado por el artículo 106 de la Ley 7/85 de 2 de abril, Reguladora de las Bases deRégimen Local y de acuerdo con lo previsto en el artículo 20.3n) de la Ley 39/88 de 28 de diciembre, Reguladora de lasHaciendas Locales, establece la Tasa por ocupación de la vía pública con puesto, barracas, casetas de venta,, espectácu-los y atracciones de recreo, situados en terrenos de uso público, para la venta ambulante, que se regulará por la presenteOrdenanza, redactada conforme a los dispuesto en el artículo 16 de la Ley 39/88 citada.
Artículo 2.
1. Constituye el hecho imponible de este tributo la ocupación de terrenos de uso público municipal con instalaciones de carác-ter no fijo, para el ejercicio de actividades de venta que se realice por comerciantes fuera de un establecimiento comercialpermanente, así como el ejercicio de industrias callejeras y ambulantes, como aquellos destinados a espectáculos y atrac-ciones de recreo, así como el ejercicio de la venta ambulante, en la plaza, vías públicas o en cualquier otro dentro del tér-mino Municipal de Santa María del Campo Rús (Cuenca).
2. Sus preceptos son igualmente de aplicación a las ventas directas que, de sus productos, realicen los agricultores y gana-deros y, asimismo, los artesanos para la venta en aquellos lugares de los objetos que manufacturen.
3. Ventas ambulantes con motivo de las fiestas y acontecimientos particulares.
Artículo 3.
La obligación de contribuir nace desde el momento en que el aprovechamiento autorizado para la instalación de puestosambulantes se efectúe, o desde que se realice el aprovechamiento si se hiciera sin la oportuna autorización.
SUJETOS PASIVOS
Artículo 4
Serán sujetos pasivos contribuyentes, las personas físicas o jurídicas, así como las entidades a que se refiere el artículo33 de la Ley General Tributaria, a quienes se autorice para efectuar el aprovechamiento especial del dominio público local.
BASE IMPONIBLE Y LIQUIDABLE
Artículo 5
Se tomará como base del presente tributo, el metro lineal de superficie ocupada por el puesto, instalación o actividad quese autorice, valorado según la tarifa de esta Ordenanza y los días naturales de ocupación, por los puestos de venta ambu-lante, y la cuota establecida por esta Ordenanza por los puestos, barras, casetas de venta, espectáculos y atracciones derecreo.
CUOTA TRIBUTARIA.
Artículo 6
Las tarifas a aplicar serán las siguientes:
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Tarifa 1. Concesión de la licencia anual para la instalación y reserva de
Puestos en zona de mercadillo, por metro lineal:
- Hasta 5 m. lineales……………………………………………… 12,00 euros/mes
- De mas de 5 y hasta 10 m. lineales……………………………... 15,00euros/mes
Tarifa 2. Autorización sin reserva de puestos……………………. 16,00 euros/mes.
Las cuotas exigibles por este tributo tendrán carácter irreducible, debiendo satisfacerse la Tasa mensualmente, en la c/cque dispone este Ayuntamiento en cualquiera de las oficinas bancarias existentes en esta localidad, y diariamente cuandono tenga reservado puesto.
Tarifa 3. Cuotas por puestos, barracas, casetas de venta, espectáculos, atracciones de recreo, etc.:
Las tarifas a aplicar durante toda la fiesta serán las siguientes:
Puesto dedicados a la venta de turrones, almendras, dulces, licores, bisutería, frutos secos, patatas fritas, artículos infan-tiles, helados, etc y similares,
durante toda la fiesta………………………………………………. 6,00 euros
Bares, barracas y similares……………………………………… 220,00 euros.
Churrerías, chocolaterías y similares…………………………… 100,00 euros.
Atracciones en general………………………………………….. 100,00 euros
Tómbolas, bingos y similares……………………………………. 30, 00 euros
Sin perjuicio de que el Ayuntamiento concierte con las personas o entidades interesadas cantidad a convenir al efecto, enlo relativo a esta tarifa.
Las cuotas exigibles por este tributo tendrán carácter irreducible, debiendo satisfacerse la Tasa en el acto de entrega de lalicencia al interesado, en concepto de depósito previo, sin perjuicio de la liquidación definitiva que proceda una vez efec-tuado el aprovechamiento.
RESPONSABLES.
Artículo 7
1. Serán responsables solidariamente de las obligaciones tributarias establecidas en esta Ordenanza toda persona causanteo colaboradora en la realización de una infracción tributaria. En los supuestos de declaración consolidada, todas las socie-dades integrantes del grupo serán responsables solidarias de las infracciones cometidas en este régimen de tributación.
2. Los copartícipes o cotitulares de las herencias yacentes, comunidades de bienes y demás entidades que, carentes depersonalidad jurídica, constituyan una unidad económica o un patrimonio separado, susceptible de imposición, responde-rán solidariamente y en proporción a sus respectivas participaciones de las obligaciones tributarias de dichas entidades.
3. Serán responsables subsidiarios de las infracciones simples y de la totalidad de la deuda tributaria en caso de infraccio-nes graves cometidas por las personas jurídicas, los administradores de aquellas que no realicen los actos necesarios desu incumbencia, para el cumplimiento de las obligaciones tributarias infringidas, consintieran en el incumplimiento por quie-nes dependan de ellos o adopten acuerdos que hicieran posible las infracciones. Asimismo, tales administradores respon-derán subsidiariamente de las obligaciones tributarias que estén pendientes de cumplimentar por las personas jurídicas quehayan cesado en sus actividades.
4. Serán responsables subsidiarios los síndicos, interventores o liquidadores de quiebras, concursos, sociedades y entida-des en general, cuando por negligencia o mala fe no realicen las gestiones necesarias para el total cumplimiento de las obli-gaciones tributarias devengadas con anterioridad a dichas situaciones y que sean imputables a los respectivos sujetos pasi-vos.
EXENCIONES, REDUCCIONES Y DEMAS BENEFICIOS LEGALMENTE APLICABLES
Artículo 8.
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 9 de la Ley 39/88 de 28 de diciembre, no se reconoce beneficio tributarioalguno, salvo los que sean consecuencia de los establecidos en los tratados o Acuerdos Internacionales o los previstos ennormas con rango de Ley.
El Estado, las Comunidades Autónomas y las Entidades Locales no estarán obligados al pago de las tasas por utilizaciónprivativa o aprovechamiento especial del dominio público por los aprovechamientos inherentes a los servicios públicos de
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comunicaciones que exploten directamente y por todos los que inmediatamente interesen a la seguridad ciudadana o a ladefensa nacional.
NORMAS DE GESTION
Articulo 9
1. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 2 del R.D. 1010/85 no podrá concederse autorización para la venta deaquellos productos cuya normativa reguladora así lo prohíba, bajo ninguna de las modalidades de venta contempladas enesta Ordenanza.
2. Las autoridades sanitarias competentes, y a requerimiento suyo la Alcaldía de este Ayuntamiento, en los casos excep-cionales en que por motivos de salud así lo aconsejen, podrán prohibir la venta de determinados productos alimenticios bajocualquiera de las formas aquí reguladas:
- Carnes, aves y caza.
- Mariscos frescos, refrigerados y congelados.
- Leche higienizada, uperizada o pasteurizada.
- Huevos frescos sin refrigeración.
- Pastelería y bollería sin estuchar, así como las cremas y guarniciones en las épocas determinadas por la inspección sani-taria.
- Pastas alimenticias frescas y rellenas
- Quesos frescos, requesón, mantequilla, yogurt y otros productos lácteos frescos.
- Anchoas, ahumados y semiconservas
- Aceites vegetales y grasas, y en general aquellos productos que por sus especiales características conlleven riesgo parala salud.
No obstante se permitirá la venta de estos productos cuando a juicio de las autoridades sanitarias competentes, se dispongade las adecuadas instalaciones frigoríficas, y estén
debidamente envasadas, así como cuando la Alcaldía determine que suponga un riesgo de abastecimiento para la pobla-ción, tomando medidas oportunas.
3. Para el ejercicio de la venta ambulante será necesario el uso de instalaciones desmontables, transportables o móviles,así como en camiones o furgonetas, debidamente acondicionadas. Queda prohibida la exposición de la mercancía directa-mente sobre el suelo, o sobre tela o lona, plástico o cartón que descanse sobre el suelo. Estas instalaciones no podrán situarseen accesos a edificios de uso público, establecimientos comerciales o industriales, ni delante de sus escaparates y expo-siciones, ni en lugar que dificulte tales accesos o a la circulación peatonal, igual limitación se aplicará al estacionamientode vehículos destinados a la venta ambulante.
4. En todos los artículos que se expongan al público para su venta se informará de manera clara y visible de su precio deventa al público (P.V.P.). El precio se referirá a la unidad del producto vendido (bolsa, caja, lata, etc). En la venta a granelse referirá a kilo, litro, metro, nunca unidades o fracciones pequeñas.
5. Se prohíbe la venta a domicilio de bebidas y alimentos en todo el término municipal, de conformidad con lo dispuesto enel art. 5.2 d) de la Ley 26/84, de 19 de junio, sin perjuicio del reparto, distribución o suministro de los adquiridos o encarga-dos por los consumidores en establecimiento comerciales autorizados para la venta del público.
6. De conformidad con lo establecido en el RD 1010/1985, de 5 de junio, en este municipio funcionará un mercadillo, cuyoemplazamiento está en la Plaza Mayor, sin perjuicio de que la Alcaldía pueda determinar otra ubicación.
7. La venta en el citado mercado, tendrá lugar los días en que así lo autorice la Alcaldía, y en principio los martes de cadasemana, salvo coincidencia con día festivo.
El horario para la instalación, funcionamiento y recogida será el siguiente:
Horario de invierno Horario de verano
Instalación de puestos de 8,00 a 9,30 horas de 7,00 a 9,00 horas.
Venta de productos de 9,00 a 14,00 horas de 9, 00 a 14,00 horas.
Recogida de puestos, de 13,00 a 15,00 horas.
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8. La longitud de los puestos será la autorizada por la autoridad competente, previa solicitud por el interesado. La anchurano podrá sobrepasar las 2.50 metros.
9. Queda terminantemente prohibida la colocación de envases, cajas, mercancías y en general, cualquier objeto fuera delperímetro de los puestos. Todos los artículos que se expongan deberán exhibir, de forma clara y perfectamente visible elP.V.P. No se permitirá la venta de altavoces, aparatos de megafonía o reclamos musicales. Queda prohibido exponer artí-culos alimenticios en el suelo. Los vendedores deberán dejar limpio y libre de basuras el espacio ocupado.
10. El ejercicio de la actividad de la venta en mercadillo solo podrá llevarse a cabo previo el otorgamiento de la autoriza-ción municipal. La obtención de la misma no excluye la de cualquiera otros permisos o licencia que sean de competenciade otras Administraciones Públicas. Las autorizaciones deberán especificar el tipo de productos cuya venta se autorice.
11. Las autorizaciones de la actividad de venta en mercadillo así como las de ocupación de la vía pública con puestos, barra-cas, casetas de venta, espectáculos, atracciones de recreo y cualquier otra situadas en terrenos de uso público Local seránconcedidas por la Alcaldía o por delegación expresa, a petición del interesado, previo los trámites pertinentes, y con carác-ter personal e intransferible, siendo criterios preferentes para su otorgamiento, siempre que se cumplan los requisitos gene-rales y particulares obligatorios expresados en el apartado siguiente las situaciones de desempleo, la carencia de mediosde subsistencia y la vecindad acreditada en el municipio.
12. Los interesados solicitaran autorización Municipal, en la que constará:
- Nombre y apellidos.
- Productos a comercializar y fechas
- Compromiso del titular de ser él mismo quine ejerce la venta, por cuenta propia.
- D.N.I.
- Domicilio habitual.
- Longitud del puesto.
- Conocimiento expreso de la presente Ordenanza y restante legislación que afecta.
A esta solicitud se acompañarán justificantes de reunir los siguientes requisitos:
- Fotocopia compulsada de I.A.E.
- Fotocopia compulsada del último pago Seg. Social.
- Declaración del titular de ser el mismo quien ejerce la venta, por cuenta propia-
- Fotocopia compulsada del N.I.F.
- Fotocopia compulsada del carnet de manipulados en su caso.
- Declaración de conocer la Ordenanza y resto de legislación.
Asimismo las personas naturales o jurídicas interesadas en obtener autorización para la colocación de puesto u otras ins-talaciones en la vía pública presentarán en el Ayuntamiento solicitud detallada de la extensión, duración y carácter del apro-vechamiento, a la que acompañarán el croquis correspondiente del lugar exacto del emplazamiento de la instalación, asícomo copia de la póliza del seguro de Responsabilidad Civil.
Los titulares de los aprovechamiento, al caducar la licencia concedida para los mismos, deberán proceder a retirar de la víapublica las instalaciones y si no lo hicieran, el Ayuntamiento se hará cargo de las mismas, si fueran utilizables o adoptarálas medidas necesarias para su utilización..
Las autorizaciones tendrán carácter personal y no podrán ser cedidas o subarrendadas a terceros. El incumplimiento deeste mandato dará lugar a la anulación de la licencia, sin perjuicio de las cuantías que corresponda abonar a los interesa-dos.
INSPECCIONES, INFRACCIONES Y SANCIONES TRIBUTARIAS
Artículo 10
1. Este Ayuntamiento vigilará y garantizará el debido cumplimiento de lo preceptuado en este Ordenanza, a través de losservicios municipales autorizados para ello.
2. Correspondiente a los funcionarios pertenecientes al Área de Sanidad ( Veterinarios y Farmacéuticos) la inspección delas condiciones higiénico-sanitarias de los artículos que lo requieran, la suspensión de la actividad y la retirada de los pro-
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ductos que supongan un riesgo para la salud del consumidor o no cuenten con las autorizaciones preceptivas y proponera la autoridad competente la adopción de las medidas necesarias para salvaguardar la salud de los consumidores.
3. Corresponde al Alguacil Municipal velar por el mantenimiento del Orden y comprobar que los vendedores ambulantesposeen la licencia municipal, reúnen los requisitos establecidos en la misma y respetan las condiciones que figuran en ella.
También le corresponde apercibir verbalmente a los vendedores que cometan alguna infracción leve de las calificadas enesta Ordenanza, conminar a los vendedores el levantamiento del puesto cuando proceda, retirando mercancías si llega elcaso, los aspectos organizativos y su cumplimiento y cuantas condiciones afecten a la venta en mercadillo así como ocu-pación de la vía pública con puestos, barracas, casetas de venta, espectáculos, atracciones de recreo o similares, en terre-nos de uso publico local.
4. Corresponde al responsable de la Oficina Municipal de Información al Consumidor (OMIC) comprobar el cumplimientode las disposiciones administrativas relacionadas con el consumo y la defensa y protección de los consumidores y usua-rios, tales como la publicidad, normalización, precios, medidas, envasado, etiquetado, condiciones de venta y suministro,documentación, etc.
También deberá informar a los fabricantes, almacenistas, vendedores y repartidores, de las disposiciones reguladoras desu tipo de comercio o industria, o al menos del organismo o institución que pueda facilitarle los datos o normas.
5. El incumplimiento de estas normas dará origen a la incoación del correspondiente procedimiento sancionador, clasificán-dose las faltas en leves, graves y muy graves.
Faltas Leves
-Falta de ornato y limpieza en el puesto
- Incumplimiento de horario.
- No exhibir la licencia a requerimiento
- Uso de altavoces.
- Cualquiera no considerada grave.
Faltas graves
- 2 faltas leves en 1 año
- Altercados o alteraciones de orden público.
- Venta de productos no autorizados.
- Instalación en lugar no autorizado.
- Defraudación en cantidad o calidad
- Falta de báscula o contraste en los instrumentos de pesar y medir.
- No conservar albaranes de compra.
- No poseer carnet de manipulador
- Colocación envases fuera del puesto
- No mantener visibles los precios
Faltas muy graves
- 3 Faltas graves en 1 año
- - Abandono injustificado 3 meses
- Impago de la Tasa
- Desobediencia a autoridades
- Ejercicio de la actividad por persona no autorizada
- Desacato a los agentes de la autoridad.
6. Se establecen las siguientes Sanciones:
Por faltas leves: Multa de 3,01 euros
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Por faltas graves:
- Multas de 3,02 euros hasta 60,10 euros.
- Prohibición de ejercer la actividad de dos a cinco días de mercado en esta localidad.
- Decomiso de la mercancía en los casos de no conservar albarán justificativo de la compra, para su comprobación y con-trol, pasando a considerarse mercancía de procedencia indefinida, estableciéndose una plazo de quince días para justifi-car dicha presencia, salvo que se trate de artículos perecedero, caso en que dicha plazo se reducirá a tenor de las carac-terísticas del producto.
Por faltas muy graves:
- Multas de 60,11 euros a 90,15 euros.
- Revocación de la autorización, pudiendo llegar a decomisarse la mercancía en los casos de género en mal estado, ventade productos alimenticios no autorizados o de instalación sin autorización.
- Cuando la autorización sea revocada como consecuencia de infracciones muy graves, su titular no podrá obtener auto-rización alguna para el ejercicio de la actividad para la que tuviera autorización en el plazo de dos años.
En todo lo relativo a la calificación de infracciones tributarias y sanciones, además de lo previsto en esta Ordenanza, seestará a lo dispuesto en los artículos 77 y siguientes de la Ley General Tributaria y demás normativa aplicable.
DISPOSICIONES SUPLETORIAS.
En todo lo previsto por esta Ordenanza en relación con la materia que se regula, se considerarán de aplicación:
1. el Real Decreto 1010 de 1985, de 5 de junio, por el que se regula el ejercicio de determinadas modalidad de venta fuerade un establecimiento comercial permanente.
2. El Código Alimentario, constituido por Decreto 2484/1967, de 21 de septiembre y sus normas de desarrollo.
3. La Ley 26 de 1084, de 19 de julio, General de Defensa de los Consumidores y Usuarios, en cuyo artículo 5.2.2), así comoen los correspondientes preceptos de la Ley 7/85, reguladora de las Bases de Régimen Local, en la cual se fundamenta lapotestad municipal para dictar la presente Ordenanza.
4. Cuantas otras disposiciones estatales o autonómicas hagan referencia a la materia que se regula.
DISPOSICION FINAL
Una vez se efectúe la publicación del texto íntegro de la presente Ordenanza en el Boletín Oficial de la Provincia entraráen vigor, con efecto de uno de enero de dos mil trece, continuando su vigencia hasta que se acuerde su modificación o dero-gación.
SEGUNDO.- Someter dicha aprobación de la Ordenanza municipal a información pública y audiencia a los interesados, conpublicación en el Boletín Oficial de la Provincia y tablón de anuncios del Ayuntamiento, por el plazo de treinta días para quepueda presentar reclamaciones o sugerencias, que serán resueltas por la Corporación. De no presentarse reclamacionesen el mencionado plazo, se considerará aprobada definitivamente sin necesidad de acuerdo expreso por el Pleno.
TERCERO.- Facultar al Sr. Alcalde-Presidente para suscribir y firmar toda clase de documentos relacionados con este asun-tos.
Contra el presente Acuerdo, conforme al artículo 19 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se apruebael Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, se podrá interponer por los interesados recurso con-tencioso-administrativo, en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente al de la publicación de este anuncioen el Boletín Oficial de la Provincia, ante el Tribunal Superior de Justicia de Castilla La Mancha.
En Santa María del Campo Rús, a 22 de octubre de 2012.
El Alcalde,
Fdo.: Carlos Cano García
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NÚM. 4729
aYuntamientO de HOrCajO de santiaGO
ANUNcio
El Pleno Municipal en sesión ordinaria celebrada el día 26 de Octubre de 2012, ha acordado por unanimidad:
Primero.- APROBAR provisionalmente la imposición de la Tasa por colocación de publicidad en instalaciones y edificios detitularidad municipal y vías públicas de Horcajo de Santiago y la Ordenanza Fiscal reguladora de la misma, en los siguien-tes términos:
ORDENANZA FISCAL REGULADORA DE LA TASA POR COLOCACIÓN DE PUBLICIDAD EN INSTALACIONES Y EDI-FICIOS DE TITULARIDAD MUNICIPAL Y VÍAS PÚBLICAS DE HORCAJO DE SANTIAGO (CUENCA).
ARTÍCULO 1. FUNDAMENTO Y NATURALEZA.
1. En uso de las facultades concedidas por los artículos 133.2 y 142 de la Constitución y por el artículo 106 de la Ley 7/1985,de 2 de abril, reguladora de las Bases de Régimen Local, y de conformidad con lo dispuesto en los artículos 15 y siguien-tes del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de HaciendasLocales, este Ayuntamiento establece la Tasa por colocación de publicidad en instalaciones y edificios de titularidad muni-cipal y vías públicas, que se regirá por la presente Ordenanza fiscal, cuyas normas atienden a lo prevenido en el artículo57 del citado Real Decreto Legislativo.
ARTÍCULO 2. HECHO IMPONIBLE.
1. Constituye el hecho imponible de esta Tasa la colocación de publicidad para exhibición de anuncios en las instalacionesy edificios municipales y vías públicas, mediante el uso privativo de sus espacios interiores y exteriores.
ARTÍCULO 3. SUJETO PASIVO Y RESPONSABLES.
1. Son sujetos pasivos contribuyentes de la Tasa reguladora en esta Ordenanza las personas físicas y jurídicas y las enti-dades a que se refiere el artículo 35 y siguientes de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria, que soliciten oresulten beneficiadas y utilicen el servicio de colocación de publicidad para exhibición de anuncios en las instalaciones yedificios municipales y vías públicas.
2. Responderán solidariamente de las obligaciones tributarias del sujeto pasivo las personas físicas y jurídicas a que se refie-ren el artículo 41 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria.
3. Las autorizaciones tendrán siempre carácter discrecional y serán concedidas sin perjuicio a terceros, el cual podrá serrequerido en cualquier momento para cesar en el mismo.
ARTÍCULO 4. CUOTA TRIBUTARIA.
1. Los elementos que servirán de base para la liquidación de las Tasas por la realización o exhibición de publicidad en ins-talaciones municipales deportivas serán los siguientes:
a) Superficie de aprovechamiento expresada en metros cuadrados o fracción.
b) Duración del aprovechamiento.
La cuota tributaria de la Tasa regulada en esta Ordenanza Fiscal será la fijada en las siguientes Tarifas:
1) Ocupación del dominio público por colocación de publicidad en instalaciones y edificios municipales con publicidad está-tica: 25 €/m2 o fracción al año.
2) Ocupación del dominio público por colocación de publicidad en terrenos de dominio público, sostenido o no por postes:50 € al año.
ARTÍCULO 5. EXENCIONES, REDUCCIONES Y BONIFICACIONES.
1. No se aplicarán exenciones, reducciones ni bonificaciones para la determinación de la deuda tributaria que los sujetospasivos deban satisfacer por esta tasa, todo ello de conformidad con el artículo 9 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de5 de Marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales.
2. No estarán sujetas a lo dispuesto en esta Ordenanza las concesiones de publicidad en las instalaciones deportivas rea-lizadas o promovidas por el Ayuntamiento de Horcajo de Santiago u otras Administraciones Públicas u Organismos Públi-cos, con ocasión de la celebración de campañas y torneos deportivos, en los que intervengan como organizadores o patro-cinadores.
ARTÍCULO 6. PERIODO IMPOSITIVO.
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1. El periodo impositivo coincidirá con el año natural.
2. En caso que la solicitud de instalación del anuncio no coincida con el inicio natural del ejercicio, la duración del contratopara ese año abarcará desde la fecha de adjudicación hasta el 31 de diciembre de año en curso, debiendo abonar el inte-resado la parte proporcional del precio por módulo correspondiente por meses completos.
3. Cuando no se autorice el aprovechamiento solicitado o por causas no imputables al sujeto pasivo, el aprovechamientono se desarrolle, procederá la devolución del importe satisfecho.
ARTÍCULO 7. OBLIGACIÓN DE CONTRIBUIR.
1. La obligación de contribuir viene constituida por la utilización privativa y aprovechamiento especial de los espacios inte-riores o exteriores de las instalaciones con publicidad, desde el momento en que la utilización o el aprovechamiento seaconcedido por el Ayuntamiento.
ARTÍCULO 8. DEVENGO
1. En los casos de la primera autorización, la tasa se devengará cuando se presente la solicitud y no se iniciará la realiza-ción de la actuación ni tramitación del expediente, en tanto no se haya efectuado el pago correspondiente, mediante trans-ferencia bancaria, que se designe por el Ayuntamiento de Horcajo de Santiago en el impreso normalizado al respecto.
2. La tasa se exigirá en régimen de autoliquidación.
3. Cuando se ha producido el aprovechamiento sin solicitar licencia, el devengo de la tasa tiene lugar en el momento delinicio de dicho aprovechamiento.
4. Tratándose de aprovechamientos ya autorizados y prorrogados, una vez incluidos en el padrón fiscal correspondiente,el devengo tendrá lugar el uno de enero de cada año, salvo comunicación al Ayuntamiento dentro de los 15 días anterioresa la finalización del mismo, de la declaración de baja.
ARTÍCULO 9. NORMAS DE GESTIÓN.
1. Las autorizaciones tendrán carácter discrecional, pudiendo supervisarse el contenido del mismo.
2. En el acto de concesión se determinará el lugar de colocación, el tipo de cartel y características de los mismos, la formao método de colocación. Los costes de confección y mantenimiento del cartel serán por cuenta única y exclusivamente delsujeto pasivo, así como los soportes de los anuncios en terrenos de dominio público.
3. Se permite compartir los soportes de los anuncios en terrenos públicos entre los sujetos pasivos, siendo por cuenta deéstos los gastos de adquisición de dichos soportes.
4. Si la instalación o edificio municipal fuese cerrada temporalmente no se tiene derecho a indemnización alguna.
5. El Ayuntamiento de Horcajo de Santiago podrá sustituir la publicidad existente por publicidad propia en acontecimientosexcepcionales, no teniendo derecho a indemnización alguna.
6. Las licencias se otorgarán de acuerdo con el siguiente procedimiento:
a) Las solicitudes, que habrán de contener los datos y circunstancias personales del solicitante y, en su caso, de la repre-sentación con que actúe, se dirigirán a la Alcaldía y se presentarán en el Registro General del Ayuntamiento, debiendo acom-pañarse de la documentación fotográfica, gráfica y escrita que permita identificar claramente, el tamaño, forma, materiales,colores y otras características del soporte publicitario, así como el contenido del mensaje o información que se pretendadifundir.
b) Las solicitudes de licencia para el aprovechamiento privativo de los espacios interiores de las instalaciones municipalescon mensajes publicitarios, serán resueltas por la Alcaldía en el plazo máximo de un mes, tras conocer el parecer la corres-pondiente concejalía y previo los informes previos sean necesarios al respecto.
c) De conformidad con lo dispuesto en el artículo 43.2b de la Ley 30/1992, de 26 de Noviembre, se entenderán desestima-das aquellas solicitudes que no fueran resueltas expresamente en el plazo reseñado con anterioridad.
d) Las autorizaciones tendrán carácter personal y no podrán ser cedidas o subarrendadas a terceros.
El incumplimiento de este mandato dará lugar a la anulación de la licencia sin perjuicio de la cuantía que corresponda abo-nar por parte de los interesados en concepto de Tasa.
ARTÍCULO 10. MEDIOS DE PUBLICIDAD.
1. Con carácter general se establecen tres clases de soportes para la realización o exhibición de propaganda o publicidadestática:
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A) PUBLICIDAD ESTÁTICA CON SOPORTE RÍGIDO:
El soporte rígido estará configurado por un panel de chapa o de cualquier otro material no flexible colocado mediante ancla-jes y/o soportes fijos en alguna de las paredes de las instalaciones.
B) PUBLICIDAD ESTÁTICA CON SOPORTE FLEXIBLE:
El soporte flexible será de tipo de textura de lona plastificada, vinilo o cualquier otro material no peligroso.
C) PUBLICIDAD ESTÁTICA EN ELEMENTOS DE MOBILIARIO URBANO:
Incluye las actividades publicitarias realizadas sobre los elementos de mobiliario urbano, ya sea mediante elementos espe-cialmente diseñados a este efecto, como las columnas anunciadoras, o bien en otras de diferente utilización, adaptadas aesta finalidad, como son rótulos indicadores de calles o servicios públicos y otros análogos.
El Ayuntamiento determinará la forma, situación, superficie y espacios destinados a publicidad.
DISPOSICIÓN ADICIONAL.
Se faculta a la Alcaldía para aprobar los nuevos modelos de Solicitud de Autorización Municipal para la colocación de publi-cidad en las instalaciones deportivas municipales, que a propuesta de los servicios municipales se considere convenienteestablecer, para la aplicación de esta Ordenanza.
DISPOSICION TRANSISTORIA.
Los titulares de carteles publicitarios ubicados en las respectivas instalaciones deportivas municipales instalados con ante-rioridad a esta Ordenanza, deberán solicitar su autorización y liquidación conforme a lo dispuesto en la presente Ordenanza,en el término de un mes desde su entrada en vigor.
Serán retirados todos los carteles publicitarios que no cuenten con las normas dispuestas en esta Ordenanza Municipal.
DISPOSICIÓN DEROGATORIA.
Quedan derogadas cuantas disposiciones municipales de igual o inferior rango se opongan a lo establecido en esta Orde-nanza.
DISPOSICION FINAL.
La presente Ordenanza entrará en vigor al día siguiente de su publicación definitiva en el Boletín Oficial de la Provincia deCuenca, una vez aprobada definitivamente por el Pleno de la Corporación.
Contra el presente Acuerdo, se interpondrá recurso contencioso-administrativo, ante la Sala de lo Contencioso-Administra-tivo del Tribunal Superior de Justicia de Castilla La Mancha, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a lapublicación del presente anuncio, de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Con-tencioso-Administrativa.
Y en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 17.2 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que seaprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, se somete el expediente a información públicapor el plazo de treinta días a contar desde el día siguiente de la inserción de este anuncio en el Boletín Oficial de la Provin-cia de Cuenca, para que los interesados puedan examinar el expediente y presentar las reclamaciones que estimen opor-tunas.
En el supuesto de no formularse ninguna, se entenderá aprobada definitivamente, en previsión de lo cual se publica el textoíntegro de la misma en el Boletín Oficial de la Provincia de Cuenca.
En Horcajo de Santiago a 30 de Octubre de 2012.
El Alcalde,
Fdo.: Pedro Jesús Martínez Ortiz
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Pág. 74 Miércoles 7 de noviembre de 2012 Núm. 129
NÚM. 4740
aYuntamientO de HOrCajO de santiaGO
ANUNcio
El Pleno Municipal, en sesión ordinaria celebrada el día 26 de octubre de 2012, ha acordado (por mayoría absoluta, con elvoto en contra del Grupo Municipal Socialista) APROBAR inicialmente la MODIFICACIÓN DE LA ORDENANZA FISCAL REGU-LADORA DE LA TASA POR LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO DE RECOGIDA DE BASURAS en los siguientes términos:
Artículo 7°.- TASA
VIVIENDAS HABITUALES: 29,57 €.
VIVIENDAS DE SEGUNDO USO: 29,57 €.
CERCADOS Y CORRALIZAS: 29,57 €.
BARES, CAFETERÍAS Y SIMILARES: 29,57 €.
SALONES DE BODAS: 29,57 €.
COMERCIOS E INDUSTRIAS: 29,57€.”
Y en cumplimiento de lo dispuesto en el artc. 17.2 del RD Legislativo 2/2004 de 5 de marzo, aprobatorio del texto refundidode la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, se somete el expediente a información pública por el plazo de treinta díasa contar desde el día siguiente de la inserción de este anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia de Cuenca, para que losinteresados puedan examinarlo y presentar las reclamaciones que estimen oportunas.
En el caso de no formularse ninguna, se entenderá aprobado definitivamente y en previsión de lo cual se publica el textoíntegro de la misma en el Boletín Oficial de la Provincia de Cuenca.
En Horcajo de Santiago a 30 de Octubre de 2012.
El Alcalde,
Fdo.: Pedro Jesús Martínez Ortiz
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Pág. 75 Miércoles 7 de noviembre de 2012 Núm. 129
NÚM. 4741
aYuntamientO de HOrCajO de santiaGO
ANUNcio
El Pleno Municipal, en sesión ordinaria celebrada el día 26 de octubre de 2012, ha acordado (por mayoría absoluta, con elvoto en contra del Grupo Municipal Socialista) APROBAR inicialmente la MODIFICACIÓN DE LA ORDENANZA FISCAL REGU-LADORA DE LA TASA POR LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO DE TRATAMIENTO DE RESIDUOS SÓLIDOS URBANOSen los siguientes términos:
Artículo 4°.- Base imponible y cuota tributaria.
Se considerará como base imponible el importe que resulte de la liquidación de la tasa por recogida domiciliaria de basura.Para obtener la cuota tributaria, se aplicarán sobre dicho importe las siguientes tarifas:
VIVIENDAS HABITUALES: 18,51 €.
VIVIENDAS DE SEGUNDO USO: 5,55 €.
CERCADOS Y CORRALIZAS: 1,85 €.
BARES, CAFETERÍAS Y SIMILARES: 162,71 €.
SALONES DE BODAS: 308,43 €.
COMERCIOS E INDUSTRIAS: 66,57€.”
Y en cumplimiento de lo dispuesto en el artc. 17.2 del RD Legislativo 2/2004 de 5 de marzo, aprobatorio del texto refundidode la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, se somete el expediente a información pública por el plazo de treinta díasa contar desde el día siguiente de la inserción de este anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia de Cuenca, para que losinteresados puedan examinarlo y presentar las reclamaciones que estimen oportunas.
En el caso de no formularse ninguna, se entenderá aprobado definitivamente y en previsión de lo cual se publica el textoíntegro de la misma en el Boletín Oficial de la Provincia de Cuenca.
En Horcajo de Santiago a 30 de Octubre de 2012.
El Alcalde,
Fdo.: Pedro Jesús Martínez Ortiz
BOletín OfiCial de la PrOvinCia de CuenCa
Pág. 76 Miércoles 7 de noviembre de 2012 Núm. 129
NÚM. 4778
AYUNTAMIENTO DE TARANCÓN ANUNCIO
Aprobado definitivamente el Presupuesto General del Ayuntamiento para el ejercicio 2012, el cual fue aprobado inicialmente por el Pleno de la Corporación en sesión extraordinaria celebrada el día 3 de octubre del 2012, al no constar reclamaciones efectuadas durante el periodo de exposición pública, en anuncio insertado en el B.O.P. de Cuenca, número 118 de fecha 10 de octubre de 2012, y comprensivo del Presupuesto General del Ayuntamiento, Bases de Ejecución, plantilla de personal funcionario y laboral y los estados previsionales y programas de actuación, inversión y financiación de la Sociedad Mercantil Local Tarancón Industrial, S.A.
De conformidad con lo establecido en el artículo 169 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo y el artículo 20 del Real Decreto 500/1990, de 20 de abril, se publica el resumen del mismo a nivel de capítulo.
I. RESUMEN POR CAPÍTULOS DEL PRESUPUESTO GENERAL DE LA CORPORACIÓN PARA 2012.
A) GASTOS POR OPERACIONES CORRIENTES CAPÍTULO I: Gastos de Personal 6.913.685,43.- CAPÍTULO II: Gastos en Bienes Corrientes y Servicios 5.830.216,15.- CAPÍTULO III: Gastos Financieros 459.800,00.- CAPÍTULO IV: Transferencias Corrientes 573.582,58.-
B) GASTOS POR OPERACIONES DE CAPITAL CAPÍTULO VI: Inversiones Reales 2.531.202,51.- CAPÍTULO VII: Transferencias de capital 23.148,00.- CAPÍTULO VIII: Activos financieros 3.100,00.- CAPÍTULO IX: Pasivos Financieros 756.000,00.-
TOTAL: 17.090.734,67.- A) INGRESOS POR OPERACIONES CORRIENTES
CAPÍTULO I: Impuestos Directos 5.866.323,75.- CAPÍTULO II: Impuestos Indirectos 508.970,53.- CAPÍTULO III: Tasas y otros Ingresos 3.496.189,50.- CAPÍTULO IV: Transferencias Corrientes 4.144.767,55.- CAPÍTULO V: Ingresos Patrimoniales 683.980,02.-
B) INGRESOS POR OPERACIONES DE CAPITAL CAPÍTULO VI: Enajenación inversiones reales 1.557.150,37.- CAPÍTULO VII: Transferencias de Capital 715.459,02.- CAPÍTULO VIII: Activos financieros 1.505,64.- CAPÍTULO IX: Pasivos financieros 10.713.755,32.-
TOTAL: 27.737.709,27.-
II.- PLANTILLA DE PERSONAL 2012
A) FUNCIONARIOS DE CARRERA:
TOTAL DE PLAZAS: 68
1º)-PERSONAL FUNCIONARIO DE LA ESCALA DE HABILITACIÓN ESTATAL
Nº de Plazas Subescala Categoría Grupo Denominación
1 Secretaria Entrada A1 Secretario General de Ayuntamiento 1 Intervención-Tesorería Entrada A1 Interventor General de Ayuntamiento 1 Intervención-Tesorería Entrada A1 Tesorero del Ayuntamiento
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Pág. 77 Miércoles 7 de noviembre de 2012 Núm. 129
2º)-PERSONAL FUNCIONARIO DE LA ESCALA DE ADMINISTRACIÓN GENERAL
Nº de Plazas Subescala Grupo Denominación
1 Técnica A1 Técnico Administración General 1 Técnica A2 Técnico SS Contratación 4 Administrativa C1 Administrativo 7 Auxiliar C2 Auxiliar Administrativo 1 Subalterno E Conserje
3º)-PERSONAL FUNCIONARIO DE LA ESCALA DE ADMINISTRACIÓN ESPECIAL
Nº de Plazas Subescala Categ. Clase Grupo Denominación
1 Técnica Superior A1 Arquitecto 1 Técnica Medio A2 Aparejador 1 Técnica Medio A2 Diplomado Relaciones Laborales 1 Técnica Media A2 Ingeniero Técnico Industrial 1 Técnica Medio A2 Archivero Bibliotecario 1 Técnica Medio A2 Asistente Social 3 Técnica Auxiliar C1 Técnico Auxiliar de Bibliotecas 1 Servicios
Especiales Policía Policía Local (Escala
básica) A2 Subinspector
25 Servicios Especiales
Policía Policía Local (Escala básica)
C1 Policía Local
3 Servicios Especiales
Oficial Policía Local (Escala básica)
C1 Cabo de la Policía Local
1 Técnica Auxiliar C2 Encargada de la OMIC 1 Servicios
Especiales Personal de Oficios C2 Oficial Fontanero
3 Servicios Especiales
Plazas Cometidos Especiales
E Operario Telefonista
1 Servicios Especiales
Plazas de Cometidos Especiales
E Encargado de Deposito de detenidos
1 Servicios Especiales
Personal de Oficios C2 Oficial de jardinería
3 Servicios Especiales
Personal de Oficios E Peón Jardinero
2 Servicios Especiales
Personal de Oficios E Conductor
1 Servicios Especiales
Personal de Oficios E Peón
B) PERSONAL LABORAL FIJO
TOTAL DE PLAZAS: 147
DENOMINACIÓN Y CATEGORÍA JORNADA PLAZAS GRUPO OBSERVACIONES
ENCARGADO GENERAL 100,00 % 1 PEON ESPECIALIZADO 100,00 % 25 OFICIAL 1ª 100,00 % 16 OFICIAL 2ª 100,00 % 3 AYUDANTE ESPECIALIZADO 100,00 % 2 LIMPIADORAS 100,00 % 14 LIMPIADORAS 6 h. diarias 4 GUARDA ERMITA 100,00 % 1 JEFE SERVICIOS TÉCNICOS 100,00 % 1 ADMINISTRATIVO 100,00 % 1
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Pág. 78 Miércoles 7 de noviembre de 2012 Núm. 129
AUXILIAR ADMINISTRATIVO 100,00 % 7 DIRECTORA DE CAI 100,00 % 1 TEJI 100,00 % 15 TÉCNICO DE IMAGEN Y SONIDO 100,00 % 1 AZAFATAS TAQUILLERAS 100,00 % 1 AUXILIAR ACTIVIDADES CULTURALES 100,00 % CONSERJE 100,00 % 5 ARQUITECTO 100,00 % 1 AUXILIAR SERVICIO AYUDA DOMICILIO 100,00 % 16
EDUCADORA FAMILIA 100,00 % 1 CONVENIO JCCM ANIMADOR SOCIOCOMUNITARIO 100,00 % 1 CONVENIO JCCM COORDINADOR CENTRO SOCIAL 100,00 % 1 CONVENIO JCCM PSICOLOGA 100,00 % 2 CONVENIO JCCM PSICOLOGA 50,00 % 1 CONVENIO JCCM TRABAJADOR SOCIAL 100,00 % 3 CONVENIO JCCM COORDINADOR CIUDADES SALUDABLES 71,43 % 1
CONVENIO JCCM MONITOR INTERNET 100,00 % 1 CONVENIO JCCM MONITOR INTERNET 50,00 % 1 GOBERNANTA VIVIENDA DE MAYORES 100,00 % 1
CONVENIO JCCM AUX. HOGAR VIVIENDA DE MAYORES 100,00 % 6 CONVENIO JCCM DINAMIZADORA 100,00 % 1 CONVENIO JCCM ABOGADA 100,00 % 1 CONVENIO JCCM ECONOMISTA 100,00 % 1 CONVENIO JCCM PEDAGOGA 100,00 % 1 CONVENIO JCCM FISIOTERAPEUTA 100,00 % 1 CONVENIO JCCM TECNICO DE INFANCIA 100,00 % 1 CONVENIO JCCM COORDINADOR PLAN MUNICIPAL DE DROGAS 100,00 % 1
COORDINADOR TEC. ALCAZUL 100,00 % 2 AGENTE DESARROLLO LOCAL 100,00 % 2 CONVENIO DIPUTACION MONITOR DEPORTIVO 100,00 % 1 CONVENIO DIPUTACION PLANIFICADOR-RESTAURADOR MUSEOS 100,00 % 1
C) PERSONAL LABORAL DE DURACIÓN DETERMINADA.
TOTAL DE PLAZAS: 131
DENOMINACIÓN DEL PUESTO Nº PLAZAS TIT.
DURACIÓN DEL
CONTRATO OBSERVACIONES
ARQUITECTO ARI: 1 CONVENIO JCCM AULA MATINAL: 3 CONVENIO JCCM AUX. ROPERO Y PORTERIA 3 AUXILIAR ADMINISTRATIVO ARI: 1 CONVENIO JCCM AUXILIAR ADMINISTRATIVO: 1 AUXILIAR AYUDA A DOMICILIO: 5 AUXILIAR INFANCIA: 2 AUXILIAR VIVIENDA TUTELADA: 3 CUIDADOR COMEDOR ESCOLAR: 4 CONVENIO JCCM EDUCADOR FAMILIAR: 1 CONVENIO JCCM EDUCADOR SOCIOCOMUNITARIO 1 CONVENIO JCCM LIMPIADORES: 8 LOGOPEDA C.A.T.: 1 CONVENIO JCCM
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MONITOR ESCUELA DE VERANO 8 MONITOR NATACION 4
MONITOR UNIVERSIDAD POPULAR 15
• AEROBIC Y GIMNASIA MTO. • BAILES DE SALON • SEVILLANAS Y CLASICO
ESPAÑOL • PINTURA ADULTOS Y
NIÑOS • RESTAURACION • YOGA Y PILATES • BORDADOS • EQUITACION • GUITARRA (2) • CONVERSACION EN
INGLES • COCINA • INFORMATICA • BALLET • CERAMICA
OFICIAL 1ª: 5 PEON ESPECIALIZADO: 40 PEÓN PLAN INTEGRADO DE EMPELO: 1 CONVENIO JCCM PEÓN: 6 PROFESOR ADULTOS 2 PSICÓLOGO PRIS 1 CONVENIO JCCM SOCORRISTA 3 T.E.J.I.: 6 TECNICO CENTRO DE DIA: 2 CONVENIO JCCM TÉCNICO SOPORTE WI-FI: 1 TRABAJADOR SOCIAL: 3 CONVENIO JCCM
III. ESTADOS DE PREVISION DE GASTOS E INGRESOS DE TARANCON INDUSTRIAL S.A. (TAINSA)
TOTAL GASTOS: 300.000,00.-
TOTAL INGRESOS: 0,00.-
Contra este acuerdo, que agota la vía administrativa, se podrá, si así se estima oportuno, interponer Recurso Contencioso-Administrativo, con los requisitos, formalidades y causas señaladas en el artículo 170 y 171 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a la publicación de este anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia.
Tarancón, a 5 de noviembre de 2012.
La Alcaldesa,
Fdo.: María Jesús Bonilla Domínguez.
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NÚM. 4731
e.a.t.i.m. riBatajada
ANUNcio
Habiendo transcurrido el plazo de exposición al público del presupuesto general para el ejercicio de dos mil doce, conformeacuerdo adoptado por el Pleno de la EATlM de Ribatajada, en sesión extraordinaria de fecha diecinueve de Septiembre dedos mil doce y publicado en el Boletín Oficial de la Provincia número 114, de fecha 1 de octubre de dos mil doce y no habién-dose presentado reclamaciones, se aprueba definitivamente el Presupuesto del Ayuntamiento de la Entidad Local Menorde Ribatajada, junto con la Plantilla de Personal y las Bases de Ejecución del Presupuesto y se hace público de conformi-dad con lo establecido en el artículo 169.3 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba elTexto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales.
RESUMEN DEL PRESUPUESTO A NIVEL DE CAPÍTULOS
CLASIFICACIÓN ECONÓMICA DEL ESTADO DE GASTOS
CAPÍTULO DENOMINACIÓN IMPORTE (EUROS)
OPERACIONES CORRIENTES ................................. 82.300 €
I GASTOS DE PERSONAL ........................................... 20.300 €
II GASTOS EN BIENES CORRIENTES Y SERVICIOS . 61.900 €
III GASTOS FINANCIEROS ........................................... 100 €
OPERACIONES DE CAPITAL .................................... 23.200 €
TOTAL.......................................................................... 105.500 €
CLASIFICACIÓN ECONÓMICA DEL ESTADO DE INGRESOS
CAPÍTULO DENOMINACION IMPORTE (EUROS)
OPERACIONES CORRIENTES ................................. 93.571 €
III TASAS Y OTROS INGRESOS ................................... 52.940€
IV TRANSFERENCIAS CORRIENTES ........................... 28.275 €
V INGRESOS PATRIMONIALES ................................... 12.356€
OPERACION DE CAPITAL ......................................... 23.200 €
VII TRANSFERENCIAS DE CAPITAL .............................. 23.200 €
TOTAL ......................................................................... 116.771 €
PLANTILLA DE PERSONAL
A) PERSONAL LABORAL FIJO TIEMPO PARCIAL:
Administrativo, 1 plaza.
B) PERSONAL LABORAL DURACION DETERMINADA:
Auxiliares de Ayuda a domicilio, 1 plaza.
Personal limpieza, 1 plaza.
Podrán interponer recurso contencioso-administrativo contra el referido Presupuesto General de la Entidad Local Menor deRibatajada para la anualidad de 2012, en un plazo de dos meses, a contar desde el siguiente día de la publicación de esteanuncio en el Boletín Oficial de la Provincia, las personas y entidades a que hacen referencia el artículo 63 de la Ley 7/85,Reguladora de las Bases del Régimen Local, de 2 de abril, y 170 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, TextoRefundido de la Ley reguladora de las Haciendas Locales y por los motivos únicamente enumerados en el número 2 delcitado artículo 170.
En Ribatajada, a treinta y uno de Octubre de dos mil doce.
El Alcalde,
Fdo.: Fidel Sebastias Morillas
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OtrOs anunCiOs
NÚM. 4758
COnsOrCiO de la Ciudad de CuenCa
ANUNcio
Conforme al art.30 del RD 887/2006, se procede a la publicación en el Boletín Oficial de la Provincia, de la relación de sub-venciones concedidas por el Consorcio de la Ciudad de Cuenca en el tercer trimestre del 2012:
SUBVENCIÓN 1ª.-
A) CONVOCATORIA E IDENTIFICACIÓN DE LA SUBVENCIÓN
Subvención al Ayuntamiento de Cuenca.
B) PROGRAMA Y CRÉDITO PRESUPUESTARIO AL QUE SE IMPUTA
Presupuesto del año 2012.
C) NOMBRE O RAZÓN SOCIAL DEL BENEFICIARIO
Ayuntamiento de Cuenca, CIF. P-1607900-F
D) FINALIDAD O FINALIDADES DE LA SUBVENCIÓN
Realización de diferentes actividades culturales durante el 2012
E) CANTIDAD CONCEDIDA
Diez mil euros (10.000,00 €).
SUBVENCIÓN 2ª.-
A) CONVOCATORIA E IDENTIFICACIÓN DE LA SUBVENCIÓN
Subvención a la Fundación de Cultura “Ciudad de Cuenca”.
B) PROGRAMA Y CRÉDITO PRESUPUESTARIO AL QUE SE IMPUTA
Presupuesto del año 2012
D) NOMBRE O RAZÓN SOCIAL DEL BENEFICIARIO
Fundación de Cultura “Ciudad de Cuenca”, CIF. G-16208639
D) FINALIDAD O FINALIDADES DE LA SUBVENCIÓN
Desarrollo y ejecución de las actividades programadas para el año 2012.
E) CANTIDAD CONCEDIDA
Trescientos ochenta mil euros (380.000,00 €).
SUBVENCIÓN 3ª.-
A) CONVOCATORIA E IDENTIFICACIÓN DE LA SUBVENCIÓN
Subvención a la Fundación “Antonio Saura”.
B) PROGRAMA Y CRÉDITO PRESUPUESTARIO AL QUE SE IMPUTA
Presupuesto del año 2012
C) NOMBRE O RAZÓN SOCIAL DEL BENEFICIARIO
Fundación “Antonio Saura”, CIF G-016162323
D) FINALIDAD O FINALIDADES DE LA SUBVENCIÓN
Para el desarrollo de la actividad de la Fundación (2012).
E) CANTIDAD CONCEDIDA
Setenta mil (70.000,00 €).
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SUBVENCIÓN 4ª.-
A) CONVOCATORIA E IDENTIFICACIÓN DE LA SUBVENCIÓN
Subvención a la Fundación “Antonio Pérez”.
B) PROGRAMA Y CRÉDITO PRESUPUESTARIO AL QUE SE IMPUTA
Presupuesto del año 2012.
E) NOMBRE O RAZÓN SOCIAL DEL BENEFICIARIO :
Fundación “Antonio Pérez”, CIF. P6600003E
D) FINALIDAD O FINALIDADES DE LA SUBVENCIÓN
Realización de diferentes actividades culturales incluidas en su programación anual durante el año 2012.
E) CANTIDAD CONCEDIDA
Cuarenta mil euros (40.000,00 €).
SUBVENCIÓN 5ª.-
A) CONVOCATORIA E IDENTIFICACIÓN DE LA SUBVENCIÓN
Subvención al Ayuntamiento de Cuenca.
B) PROGRAMA Y CRÉDITO PRESUPUESTARIO AL QUE SE IMPUTA
Presupuesto del año 2012.
F) NOMBRE O RAZÓN SOCIAL DEL BENEFICIARIO
Ayuntamiento de Cuenca, CIF. P-1607900-F
D) FINALIDAD O FINALIDADES DE LA SUBVENCIÓN
Realización de pequeñas obras de conservación y mantenimiento de las vías públicas del Casco Antiguo de Cuenca 2012
E) CANTIDAD CONCEDIDA
Veinte mil euros (20.000,00 €).
SUBVENCIÓN 6ª.-
A) CONVOCATORIA E IDENTIFICACIÓN DE LA SUBVENCIÓN
Subvención a la Sociedad Univers Proyecto Media S.L
B) PROGRAMA Y CRÉDITO PRESUPUESTARIO AL QUE SE IMPUTA
Presupuesto del año 2012.
G) NOMBRE O RAZÓN SOCIAL DEL BENEFICIARIO :
Sociedad Univers Proyecto Media S.L, CIF- B82335977
D) FINALIDAD O FINALIDADES DE LA SUBVENCIÓN
Realización de la publicación de información promocional de la película “la rosa de nadie” en la revista de cine “Interfilms”.
E) CANTIDAD CONCEDIDA
Novecientos euros (900,00 €).
Lo que se hace público para general conocimiento.
Cuenca, 2 de noviembre de 2012.
El Gerente del Consorcio de la Ciudad de Cuenca,
Fdo.: Daniel León Irujo
BOletín OfiCial de la PrOvinCia de CuenCa
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NÚM. 4752
COnsOrCiO de la Ciudad de CuenCa
ANUNcio
Por el presente se expone al público por plazo de quince días hábiles, el proyecto técnico de las obras de “MUSEALIZA-CIÓN DEL YACIMIENTO ARQUEOLÓGICO DE LA PLAZA DE MANGANA DE CUENCA”, a fin de que sean presentadaslas reclamaciones a que hubiere lugar, que podrán presentarse en las formas admitidas por la legislación vigente. El pro-yecto, junto con el resto de la documentación, se encuentra a disposición de las personas interesadas en la Sección de Con-tratación del Excmo. Ayuntamiento de Cuenca.
Cuenca, 2 de Noviembre del 2012.
El Gerente del Consorcio de la Ciudad de Cuenca,
Fdo.: Daniel León Irujo
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NÚM. 4734
COleGiO OfiCial de veterinariOs de CuenCa
ANUNcio
ACUERDO DE MODIFICACiÓN DEL ACUERDO DEL COLEGIO OFICIAL DE VETERINARIOS DE CUENCA POR EL QUESE PROCEDE A LA CREACIÓN DE FICHEROS AUTOMATIZADOS O MANUALES DE DATOS DE CARÁCTER PERSO-NAL
ACUERDO POR EL CUAL EL PLENO DEL COLEGIO OFICIAL DE VETERINARIOS DE CUENCA, EN SESION CELEBRADAEL DÍA 30 DE OCTUBRE DE 2012,APRUEBA LA MODIFICACIÓN DE LA DISPOSICIÓN APROBADA EL 4 DE OCTUBREDE 2005 DE CREACIÓN DE FICHEROS DE DATOS DE CARÁCTER PERSONAL DE COLEGIO OFICIAL DE VETERINA-RIOS DE CUENCA, PUBLICADA EN EL BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CUENCA NÚM 116, EL 7 DE OCTU-BRE DE 2005.
Primero. Se procede a la modificación del acuerdo de creación de ficheros de datos de carácter personal, publicado en elBoletín Oficial de la Provincia de Cuenca, número 116, de 7 de octubre del 2005.
Segundo. Se procede a la supresión de los ficheros que se detallan en el ANEXO I.
Tercero. Se procede a la modificación de los ficheros que se detallan en el ANEXO II.
Cuarto. Publicación.
De conformidad con el artículo 20 de la LOPD se ordena que el presente acuerdo sea publicado en el Boletín Oficial de laProvincia.
Quinto. Entrada en vigor.
El presente acuerdo entrará en vigor, el día siguiente a su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia.
Este acuerdo ha sido aprobado por el Pleno del COLEGIO OFICIAL DE VETERINARIOS DE CUENCA, en sesión celebradael día 30 de octubre de 2012.
En Cuenca, a 30 de octubre de 2012.- El Secretario.- El Presidente.
ANEXO I
Los ficheros que se suprimen mediante el presente acuerdo, con el motivo de entenderse como obsoletos o inexistentesson los siguientes:
SIACAM
PERITOS
ANEXO II
Se procede a la modificación del fichero "FICHERO COLEGIADOS". Del cual se modifican los apartados expuestos a con-tinuación, que pasarán a ser:
- Ejercicio de derechos: PLAZA DE LA HISPANIDAD N°4 1° 16001 CUENCA
- Nivel de Seguridad: Medio
- Transferencia internacional de datos: No se prevén
- Medidas de Seguridad: Descritas en el Documento de Seguridad
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Pág. 85 Miércoles 7 de noviembre de 2012 Núm. 129
sumariO
diPutaCión PrOvinCial de CuenCa
Organismo Autónomo de Gestión Tributaria y Recaudación.— Citación para comparecer.
Boletín Oficialde la Provincia de Cuenca
suplemento
Edición digitalwww.dipucuenca.es
SE EDITA:Lunes, miércoles y viernes (excepto festivos)
Depósito Legal: CU-1-1958
Núm. 128
Lunes
5 / Noviembre / 2012
diPutaCión PrOvinCial de CuenCa
NÚM. 4759
OrGanismO autOnómO de Gestión triButaria Y reCaudaCiOn
ANUNcio
CITACIÓN PARA COMPARECER
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 112.1 de la ley 58/2003, de 17 de Diciembre, General Tributaria, y habién-dose intentado la notificación al interesado o su representante por dos veces, sin que haya sido posible practicarla por cau-sas no imputables a esta Administración, se pone de manifiesto, mediante el presente anuncio, que se encuentra pendientede notificar la Providencia de Apremio a los sujetos pasivos de los expedientes relacionados a continuación:
Nif/Cif Sujeto Pasivo N.º Expediente
X08900812L ALEXA RADU ESTEFAN 2012031404
50203701Z ALONSO DIEZ VIRGINIA MONSERRAT 2012032742
X06490751J ANERIO DOS SANTOS ELZENI 2011034374
X06412681M ANGULO SEGURA RAMIRO GREGORIO 2012028337
X08466841N ANTONOV BOZEN IVAN 2012015206
04551108Y ARIAS RUIZ APOLONIO 2012031131
04580071N AUÑON ESLAVA DANIEL 2012003922
X06688261E AVRAM AVRAM EMIL TIBERIU 2012018440
04551402R AYUSO MATEO ANTONIO 2012002907
X07275909C BARBU SORIN COSTIN 2012014072
04585637N BARRIO DELGADO MODESTO DEL 2012032743
X05741222P BELAGURINI SAMIRA 2012020803
78689110S BELTRAN MONDEJAR ISABEL MARIA 2012028345
X03144753D BEN GHANIM MOHAMMED 2012011467
04595504N BENITO PEÑA PEDRO 2012032744
04615789B BLASCO SOTOS IRENE 2012013151
X09511441K BOLDEA VIOREL VALERIAN 2012031748
04629676Y BRIÑAS SANCHEZ JONATAN 2012032746
X08747988F BURCEA IONEL VALENTIN 2011034021
X05868817E CALLE ZAMORA CARLOS ALBERTO 2012018291
04564780Q CAMBA OLMEDILLA MARIA DEL CARMEN 2012032749
04574777P CAÑAS OROZCO EVARISTO 2011034566
29197804V CEBRIAN MARTINEZ JULIAN 2012010886
X06586351W CLAUDIOU RECE IONEL 2012031495
X07133495E CLAUDIU FLORIN DIB 2012032751
04556546Q COLLADA CASTREÑO JOSE LUIS 2012028384
02575107G COLUMBUS CONTRERAS GIANNINA-IRENE 2012032752
B82486002 CONSTRUCCIONES Y PROMOC. JOMAR XXI S.L. 2012032757
B16192361 CONTENEDORES LEGANITO S.L. 2012032760
X09624483H CORNEL RUS 2012032761
BOletín OfiCial de la PrOvinCia de CuenCa
Pág. 87 Lunes 5 de noviembre de 2012 Núm. 128
X06842172V COTOI TEODOR IOAN 2012010486
70519545G CUESTA RUBIO LAURA 2012012264
X03691575Y DAHBANI ABDELKRIM 2012008486
70057092N DIAZ BONILLA LAURA 2012032763
X09305749H DOBROVOLSKYY VOLODYMYR 2012018082
X05387952H ETTIFAFI HICHAM 2011034850
47072517G FAJARDO PARDO JUAN CARLOS 2012008521
X01760414V FALL PAPA 2012006153
04570627K FERNANDEZ ENCINAS MAR 2012028423
78150651D GANGOLELLS SANCHEZ GEMMA 2011034639
30956008D GARCIA ELVIRA EVA 2012028947
04581651M GARCIA LOPEZ NICOLAS 2012028443
04600813P GARCIA PELAYO MARIO ENRIQUE 2012032771
X06735952B GAVRIL ANASTASIU A 2012032539
B16279226 GEOLCON09 S.L. 2012032773
X05214109D GHEORGHE DANIEL 2012027492
50187644B GOMEZ HERNANDEZ MARIA ANGELES 2012021570
04607133A GOMEZ MUÑOZ MARIA ISABEL 2012032229
47051798P GOMEZ PAREJA JOSE 2012031377
04532763S GONZALEZ BURGOS SUSANA 2012021594
53473151Z GONZALEZ RODRIGUEZ RAUL 2012032776
X08821770M GRIGOR EUGENIA 2012021642
B19204346 GRUAS CHILOECHES 2003 S.L. 2012032778
04551824D GUIJARRO TORRIJOS RAIMUNDO 2012023600
52374054H GUTIERREZ GARCIA JORGE 2012032779
X06498278L HAFID MOHAMED 2012029914
04612261W HERMOSILLA MORENO BEGOÑA 2010007769
05404646Z HIDALGO MARTOS EDUARDO 2012032782
B82317512 INDUSTRIAS ARTESANAS DE MORA S.L. 2012032784
X03859995C IVANOV PENKOV PLAMEN 2012029920
47095765E JARA LOPEZ JOSE 2012017322
X04351158H JENFI ABDENBI 2012021784
04609185P JIMENEZ ARGUDO ERNESTO 2012029685
04539077G JIMENEZ CEBRIAN AMADOR 2012006327
70507594J JIMENEZ DE LOS RIOS CARMEN RIANSARES 2012021795
X03138853C KHIMITSA IHOR 2012014518
50680100Z LEMOS TORRES BENITO 2012029436
X05716219Y LOPEZ ENRIQUEZ JOSE FELIX 2012027013
70518595C LOPEZ OLIVAS JAVIER 2012032786
44375181Q LOPEZ PICAZO JUAN ANTONIO 2012026239
BOletín OfiCial de la PrOvinCia de CuenCa
Pág. 88 Lunes 5 de noviembre de 2012 Núm. 128
04597464V LOZANO RAMOS MARIA LUISA 2012011781
04622466H LOZANO RAYO SERGIO 2012032788
04834502V LOZANO SAIZ ESCOLASTICA 2012031087
Y01388052Q MANOLACHE IOAN 2012031595
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B83305896 NUEVAS VIVIENDAS OFISA S.L. 2012032797
04612892N OCHOA GONZALEZ DE NICOLAS SUSANA 2012031803
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Pág. 89 Lunes 5 de noviembre de 2012 Núm. 128
23015248E QUESADA PEREZ DAVID 2012031510
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X08265197D SLUSAREC LILIANA ANA 2012022815
X05822255N SOMESAN LAURA (BAR VENUS) 2012031822
X06718205C SORIN NICOLAE POPESCU 2012032824
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X07755885D TEQUIA SOPO ROSARIO 2012012921
X09963678D TICARES MIRELA 2012031434
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70478198B USANO VAQUERO SOLEDAD 2012008356
48404042J VAQUERO SOLER JOSE TOMAS 2012031734
33470565E VELEZ FERNANDEZ JAIME 2012009033
X02013329R VONITA ROSTASI 2012032826
04551396H ZAFRILLA CAMPILLO JAIME 2012028881
X05684846M ZAIDI YOUCEF 2012005958
X04851647G ZULUAGA ZULUAGA ANA PATRICIA 2012013016
Los interesados citados, o sus representantes, deberán comparecer en el plazo de QUINCE DÍAS NATURALES, contadosdesde el siguiente al de esta publicación, en las oficinas del Organismo Autónomo, sitas en calle Las Torres, número 34 deesta capital, de lunes a viernes, en horario de 9 a 14 horas, al efecto de practicar la notificación de los citados actos.
Si transcurrido dicho plazo no se hubiese comparecido, la notificación se entenderá producida a todos los efectos legalesdesde el día siguiente al del vencimiento del plazo señalado para comparecer.
Cuenca, 31 de Octubre de 2012.
La Jefe de Servicio,
Fdo.: María Antonia López Requena
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