DERECHO A LA LIBERTAD
DOCENTE:Jose Linares Cazola
Integrantes: Bravo Horna Manuel Coronado Vidal Caroline Llanos Centurión Rolando Phillipps Ramirez Elvis Purisaca salinas Diana Zegarra Dolores Brenda
“Año de la Promoción de la Industria Responsable y del Compromiso Climático”
TEMA:
DERECHO A LA LIBERTAD
La libertad es el derecho de hacer lo que las leyes permitan
Seguir los dictados de mi propia voluntad y no seguir la voluntad de otra persona.
Significa que cada quien puede decidir por sí mismo obedeciendo sólo a su propio criterio y no determinado por otros.
Es la situación donde uno tiene la posibilidad de actuar o no sin interferencias, presiones, ni constricciones
BRAVO
El derecho de toda persona de formarse libremente su propia conciencia, su moral, ética y proyecto de vida en función de sus propias convicciones, creencias y decisiones.
No hay delito de opinión. El ejercicio público de todas las confesiones es libre, siempre que no ofenda la moral ni altere el orden público
No hay persecución por razón de ideas o creencias
A la libertad de conciencia y de religión
BRAVO
Libertad de Información, Opinión, Expresión y Difusión del Pensamiento
Nadie puede ser molestado o detenido por expresar sus ideas, puede difundirlas por cualquier medio de expresión
Este derecho incluye la libertad de cambiar de religión o creencia y de manifestar su fe ya sea en público como en privado
Este derecho esta limitado por el respeto hacia los demás ya que no podemos violar su honor o su intimidad
Toda persona tiene derecho a la libertad de pensamiento.
DIANA
Creación Intelectual
Es cualquier aporte que la persona desea hacer para el enriquecimiento de la inteligencia humana, por lo que comprende a las demás libertades artísticas, técnicas y científicas.
Creación Artística
Se refiere a las contribuciones que se produzcan en todas las artes reconocidas tales como en el campo de la literatura, música, teatro y en general todas las artes plásticas.
Creación Técnica
Consiste en el desarrollo de las aplicaciones prácticas del conocimiento humano. Es importante señalar que la moderna producción industrial e informática está basada en el desarrollo de la creación técnica.
Libertad de creación intelectual, artística, técnica y científica
CARITO
Ninguna persona podrá ser admitida en un centro de privación de libertad sin una orden escrita emitida por jueza o juez competente, salvo en caso de delito flagrante
Libertad y Seguridad Personal
Nadie puede ser privado de su libertad física, salvo por las causas y en las condiciones fijadas de antemano por las Constitución Política.
No se permite forma alguna de restricción de la libertad personal, salvo los casos previstos por la ley. Están Prohibidas la esclavitud, la servidumbre y la trata de ser humanos en cualquiera de sus formas.
ROLANDO
Libre Transito y Residencia
• Es la posibilidad de circular libremente y establecer libremente su residencia o domicilio.
Libertad de
Transitar
• Es un condición indispensable para el libre desarrollo de la persona y se refiere a la facultad de quienes se encuentran legalmente dentro de un Estado de escoger su lugar de residencia
Libertad de
Residencia
PHILLIPS
CONCLUSIONES
La libertad no es el poder de hacer lo que queremos, sino el derecho de ser capaces de
hacer lo que debemos.
(Lord Acton)
Los Derechos Humanos son atributos de toda persona e inherentes a su dignidad, que
el Estado está en el deber de respetar, garantizar y satisfacer.
BRENDA
GRACIAS..!!!
Top Related