DIAGNOSTICO DE LA SITUACION ACTUAL DE LA FIRMA DIGITAL
Consultor: Oscar Montezuma Panez
Las opiniones expresadas en esta publicacin son de los autores y no reflejan necesariamente los
puntos de vista del Ministerio de Economa y Finanzas y del Consejo Nacional de la Competitividad.
El documento puede ser descargado en su disco duro o impreso nicamente para su uso personal o
con fines acadmicos, a condicin de que incluyan en cada ejemplar la presente nota relativa a los
derechos de autor o cualquier otra nota relativa a los derechos de propiedad intelectual.
1
Unidad de Coordinacin de Prstamos Sectoriales UCPS Ministerio de Economa y Finanzas MEF
Banco Interamericano de Desarrollo
Facilidad Sectorial para el Apoyo al Programa para la Mejora de la Productividad y
la Competitividad Contrato de Prstamo No. 2303/OC-PE
Componente 1: Mejora del entorno de negocios
Subejecutor: Consejo Nacional de Competitividad
DIAGNOSTICO DE LA SITUACION ACTUAL DE LA FIRMA DIGITAL
Consultor: Oscar Montezuma Panez
2
INDICE
I. Uso extendido de la firma digital
a. Problemtica que existe actualmente para el uso extendido de la firma digital/electrnica y certificados digitales, tanto a nivel del sector pblico
como del sector privado.
b. Fortalezas y debilidades de las actuales condiciones normativas existentes en el mbito de firmas y certificados digitales.
II. Servicios pblicos electrnicos
a. Diagnstico de la problemtica que existe actualmente para la implementacin de servicios pblicos electrnicos los cuales podrn ser
desplegados utilizando de firmas digitales, en al menos seis instituciones
pblicas.
b. Fortalezas y debilidades de las actuales condiciones normativas existentes en el mbito de firmas y certificados digitales y del gobierno electrnico.
3
I. Uso extendido de la firma digital
Con fecha 26 de noviembre de 2012 presentamos un informe (el Informe) que recoga diferentes reuniones y entrevistas sostenidas con las distintas entidades que forman parte
del equipo tcnico para el fortalecimiento de la infraestructura oficial de firma digital en
el sector pblico y privado (el Equipo Tcnico). En ese sentido se sostuvo reuniones con las siguientes entidades Superintendencia Nacional de Aduanas y Administracin
Tributaria (SUNAT), Superintendencia Nacional de Registros Pblicos (SUNARP),
Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y la Propiedad Intelectual (INDECOPI),
Sociedad Nacional de Industrias (SNI) y Superintendencia de Mercado de Valores
(SMV).
Nuestras recomendaciones fueron plasmadas en el referido informe y las resumimos a
continuacin:
a. El proceso de masificacin del uso de la Infraestructura Oficial de Firma Electrnica (IOFE), sin duda, debera ser gradual y de largo plazo. En ese sentido,
una primera tarea del Equipo Tcnico podra ser la identificacin puntual de
aquellos servicios que requieran o no el uso de firmas y certificados digitales a fin
de incorporarlos en un cronograma de implementacin a lo largo de un horizonte
de tiempo especfico adecuado a las necesidades y procesos internos de cada
entidad y validados por ONGEI en su calidad de lder del Equipo Tcnico.
b. Resulta muy importante desarrollar una poltica, plan o programa de apropiacin para el acceso y la implementacin de tecnologas de la informacin aplicada a
servicios de gobierno electrnico dentro del que se incluya el sistema de firmas y
certificados digitales. En este punto las experiencias de la SUNAT, RENIEC y
SMV resultan de suma relevancia a fin de poder concientizar tanto a operadores
como usuarios de la tecnologa sobre sus ventajas y beneficios.
c. Resulta necesario que, dado el componente tcnico y econmico (y no exclusivamente jurdico) involucrado en cualquier proceso de fortalecimiento y/o
implementacin del sistema oficial de firmas y certificados ste sea validado por
un ingeniero de sistemas con especialidad en procesos que incorporen el uso de
dicha tecnologa.
d. Un tema que aparece como muy importante para las entidades entrevistadas y con el cual coincidimos, es que cualquier propuesta de fortalecimiento del sistema de
firmas y certificados digitales debe incorporar principios bsicos de
interoperabilidad de las diferentes plataformas electrnicas de la Administracin
Pblica.
e. Resulta de suma importancia contar con un benchmark internacional que refleje el estado del arte en el uso de sistemas oficiales de firmas y certificados digitales
orientados a polticas pblicas que se enmarquen en el desarrollo del gobierno
electrnico. Ello permitir tener un alcance sobre los avances, aciertos y
desaciertos desarrollados en la experiencia comparada que el Equipo Tcnico
deber tomar en cuenta al momento de presentar la respectiva propuesta.
f. Consideramos importante abordar los temas especficos expuestos en el punto 2.2. del informe y a las que nos referiremos ms adelante.
4
g. La colaboracin con otras entidades pblicas y del sector privado resulta esencial segn reportan las distintas entidades que conforman en Equipo Tcnico. En
particular se resalta la necesidad que se incorpore a entidades como el Poder
Judicial a fin de reconocer la suficiencia jurdica de documentos electrnicos
suscritos con firma digital.
h. Resulta conveniente crear sub-grupos de trabajo por cada entidad que agrupen de manera integral e interdisciplinarias las perspectivas, preocupaciones y propuestas
jurdicas, tcnicas y econmicas de cada entidad. El funcionario designado como
titular en el Equipo Tcnico trasladara dichas inquietudes a la mesa de trabajo.
i. El marco normativo que regula la IOFE ha sido modificado reiteradas veces. La ltima modificacin al Reglamento de la Ley se llev a cabo a travs del Decreto
Supremo No. 105-2012-PCM. Consideramos que deber llevarse a cabo un
monitoreo que permita evaluar si dichas modificaciones generaron los efectos
perseguidos en trminos de mejora fortalecimiento de la IOFE a lo largo de un
horizonte de tiempo que podra oscilar entre seis y doce meses. Si bien uno de los
productos finales del Equipo Tcnico podra reflejarse en una nueva modificacin
del Tercer Reglamento de la Ley consideramos que resulta necesario que evaluar
con mucho detenimiento cualquier modificacin normativa tomando en cuenta los
aspectos tcnicos y econmicos que subyacen a las eventuales modificaciones
propuestas.
j. Resulta conveniente generar espacios de dilogo con otras entidades del sector pblico o privado involucradas en el uso de firmas y certificados digitales.
Con respecto al punto e. se llev a cabo una consultora con el doctor Alfredo Reyes
Kraft a fin de obtener un benchmark de los diferentes enfoques normativos desarrollados en distintas jurisdicciones. Dicho estudio concluy en lo siguiente:
a. Los modelos ms significativos en materia de firmas electrnicas que han sido considerados directa o indirectamente en la normativa de los pases de la regin
son:
i. Ley Modelo UNCITRAL de Comercio Electrnico (LMCE) de 1996 ii. Ley Modelo UNCITRAL de Firma Electrnica (LMFE) de 2001.
iii. Convencin de las Naciones Unidas sobre Utilizacin de las Comunicaciones Electrnicas en los Contratos Internacionales (CNUCE).
b. Buena parte de las disposiciones incluidas en los cuadros comparativos se produjeron antes de la publicacin de Ley Modelo UNCITRAL de firma
electrnica de 2001.
c. Se destaca el uso de la firma electrnica en las Administraciones Tributarias afiliadas al Subgrupo de Servicios Electrnicos de la Organizacin para la Cooperacin del Desarrollo Econmico (OCDE), entre las que se encuentran
Corea, Dinamarca, Eslovaquia, Espaa, Estados Unidos, Finlandia, Francia,
Holanda, Hungra, Irlanda, Islandia, Italia, Japn, Suecia y Turqua. En Mxico la
forma obligatoria para el cumplimiento de obligaciones fiscales es la firma
electrnica.
d. La experiencia internacional indica que es conveniente distinguir entre firma electrnica avanzada de la firma electrnica que depende de un intercambio de
claves y contraseas incorporando el principio de equivalencia funcional.
5
Luego de presentado el Informe, sostuvimos una reunin adicional el 10 de diciembre de
2012 con la Ventanilla nica de Comercio Exterior (VUCE) con los funcionarios Abel
Chaupis, Alvaro Galvez, Claudia Villlanueva y Andrs Flores donde se concluy que
VUCE vena evaluando la manera de agregar valor a los procesos que como entidad de la
administracin pblica vienen atendiendo. Asimismo que existen entidades
internacionales que en el marco de ALADI y CAN hay cuentan con normas que
promueven el uso de la firma digital. Finalmente resaltaron que debemos adecuarnos a
los estndares internacionales.
1.1. Fortalezas y debilidades de las actuales condiciones normativas en el mbito de firmas y certificados digitales.
Las conclusin principal del anlisis desarrollado en el Informe se mantiene y ha sido
ratificada por el Equipo Tcnico en la reunin sostenida con fecha 19 de marzo de 2013
con respecto al hecho de que el uso extendido de la firma digital en el Per no se centra
en un problema de orden jurdico sino ms bien en uno de orden tcnico y econmico que
permita evaluar las posibilidades reales de implementacin de cada entidad de nuevos
servicios electrnicos que utilicen la firma electrnica.
En efecto, tal como se desprende del informe del consultor internacional, la normativa
peruana se encuentra alineada en trminos generales con la normativa internacional que
regula la materia, ms an luego de las tres modificaciones efectuadas al Decreto
Supremo No. 052-2008-PCM, Reglamento de la Ley de Firmas y Certificados Digitales,
lo cual representa una ventaja importante y un punto de partida para cualquier iniciativa
destinado a su mejora y fortalecimiento.
Las principales fortalezas del marco normativo actual se encuentran en el artculo 1 de la
Ley 27269, Ley de Firmas y Certificados Digitales, mismo que establece la validez y
eficacia jurdica de la firma electrnica respecto de la manuscrita, siendo la firma digital
un tipo de firma electrnica:
Artculo 1.- Objeto de la ley. La presente ley tiene por objeto regular la utilizacin de la firma electrnica otorgndole la misma
validez y eficacia jurdica que el uso de una firma manuscrita u
otra anloga que conlleve manifestacin de voluntad.
Entindase por firma electrnica a cualquier smbolo basado en
medios electrnicos utilizado o adoptado por una parte con la
intencin precisa de vincularse o autenticar un documento
cumpliendo todas o algunas de las funciones caractersticas de una
firma manuscrita (el nfasis es agregado).
El artculo 2 de la Ley aade:
6
Artculo 2.- mbito de aplicacin. La presente ley se aplica a aquellas firmas electrnicas que, puestas sobre un mensaje de datos
o aadidas o asociadas lgicamente a los mismos, puedan
vincular e identificar al firmante, as como garantizar la
autenticacin e integridad de los documentos electrnicos (el nfasis es agregado).
Asimismo el Reglamento en sus artculos 1, 2 y 3 reconoce la diversidad de firmas
electrnicas y no restringe el uso de firmas digitales generadas fuera de la IOFE las que
sern vlidas en funcin a los acuerdos inter-partes (artculo 2 del Reglamento). En
particular destaca los siguiente:
Artculo 1.- () Reconociendo la variedad de modalidades de firmas electrnicas, la diversidad de garantas que ofrecen, los
diversos niveles de seguridad y la heterogeneidad de las
necesidades de sus potenciales usuarios, la Infraestructura Oficial
de Firma Electrnica no excluye ninguna modalidad, ni
combinacin de modalidades de firmas electrnicas, siempre que
cumplan los requisitos establecidos en el artculo 2 de la Ley
Artculo 3.- () la firma digital generada dentro de la Infraestructura Oficial de Firma Electrnica tiene la misma validez
y eficacia jurdica que el uso de una firma manuscrita.
En ese sentido, y esto ha sido ratificado a lo largo de las diversas modificaciones al
Reglamento, la firma digital es una herramienta vlida que cuenta con todo el respaldo
legal para su utilizacin extendida en el sector pblico y privado. No obstante ello, y al
margen de los aspectos extra jurdicos que dificultan su uso extendido, consideramos que
se trata de un marco normativo perfectible. En esa lnea, consideramos que resulta ms
conveniente hacer referencia a aspectos de mejora del marco normativo actual que a
debilidades. En esa lnea, hemos propuesto centrar nuestro anlisis y el objeto de la
presente consultora en los siguientes aspectos:
i. Revisin del procedimiento y modalidades de acreditacin ante INDECOPI.
ii. Supuestos y momento a partir del cual una entidad forma parte de la IOFE. iii. Procesos de coordinacin interestatal necesarios para la efectiva
utilizacin del sistema oficial de firmas y certificados digitales.
iv. Almacenaje de la documentacin que ingresa a travs de medios electrnicos a las diferentes entidades. Si el objetivo es generar eficiencias
en la validacin de la suficiencia legal y tcnica del documento
electrnico suscrito con firma digital es necesario pensar en que el
almacenaje de dicho documento cuente con las mismas garantas a fin de
complementar, de ser el caso, lo dispuesto por el artculo 5 del Decreto
Supremo No. 105-2012-PCM.
7
v. En trminos generales, evaluar las modificaciones propuestas por el Decreto Supremo No. 105-2012-PCM y definir su permanencia de cara al
uso extendido de la firmas y certificados digitales.
vi. Propuestas normativas remitidas por las entidades que conforman el Equipo Tcnico.
Con posterioridad a la reunin del 19 de marzo de 2013 se solicit a todas las entidades
que forman parte del Equipo Tcnico la remisin de sus propuestas de mejor normativas
a fin de analizarlas e incorporarlas al presente informe. A la fecha nos encontramos a la
espera de dicha informacin a fin de incorporarlas al anlisis jurdico integral requerido.
II. Fortalezas y debilidades de las condiciones normativas de servicios pblicos electrnicos
Las reuniones sostenidas con diversas entidades pblicas motivo de la elaboracin del
Informe permitieron conocer la problemtica de implementacin relacionada con las
diferentes entidades pblicas involucradas en la provisin de servicios electrnicos. De
acuerdo a las reuniones sostenidas con el Equipo Tcnico podemos indicar que las
principales dificultades en la prestacin de servicios pblicos electrnicos con firmas y
certificados digitales se encuentran en aspectos extra jurdicos tales como la falta de
concientizacin y conocimiento sobre firmas y certificados digitales, falta de capacidad
tcnica as como limitaciones de orden presupuestario. Sin embargo
Destacamos la experiencia acumulada por las siguientes seis entidades mismas que,
consideramos, debern ser evaluadas desde el mbito tcnico a fin de profundizar en el
diagnstico de la problemtica en la implementacin masiva de firmas y certificados
digitales:
Superintendencia Nacional de Aduanas y Administracin Tributaria (SUNAT).
Superintendencia Nacional de Registros Pblicos (SUNARP).
Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y la Propiedad Intelectual (INDECOPI).
Sociedad Nacional de Industrias (SNI).
Superintendencia de Mercado de Valores (SMV).
Ventanilla nica de Comercio Exterior (VUCE).
Con relacin a los aspectos normativos considerados como fortalezas o ventajas
reiteramos nuestras observaciones preliminares con respecto al hecho que el marco
normativo actual es bastante completo en materia del uso de firmas y certificados
digitales sin embargo existen aspectos normativos vinculados a la prestacin de servicios
de gobierno electrnico que pueden mejorarse o perfeccionarse a fin de fomentar su
desarrollo masivo. En lo relacionado con los aspectos de orden normativo que es
necesario evaluar, debemos mencionar como hallazgos preliminares los siguientes: (i)
dificultad en los procesos de acreditacin ante INDECOPI y (ii) la necesidad de
actualizacin de las guas de acreditacin elaboradas por INDECOPI y, en trminos
generales, la flexibilizacin de dicho proceso.
8
Asimismo hemos sometido a consideracin del Equipo Tcnico la complementacin del
marco normativo sobre firmas y certificados digitales con normativa que incentive y
promueva en las entidades pblicas la generacin de servicios pblicos electrnicos a
travs de incentivos presupuestales as como niveles de servicio. De esta manera se puede
lograr estimular la creacin de servicios pblicos electrnicos no slo para trmite interno
sino, y fundamentalmente, orientados al ciudadano.
En ltimo trmino se viene evaluando la inclusin dentro del Decreto Supremo requerido
por la Cuarta Disposicin Complementaria Final del Reglamento de determinados
estndares tcnicos que permitan a las entidades ofrecer un plan de servicios pblicos
electrnicos de calidad que respeten, entre otros, principios de no obsolescencia.
9
Top Related