ASPECTOS FUNDAMENTALES DEL PROCESO, DESDELA ÓPTICA DE LAS NUEVAS TECNOLOGÍAS. EL
DOCUMENTO ELECTRÓNICO JUDICIAL EN COLOMBIA
El artículo 95 de la Ley Estatutaria de Justicia de Colombia1 establece que el
Consejo Superior de la Judicatura debe propender por la incorporación de
Tecnología de avanzada al servicio de la administración de justicia.
La norma no olvida que los procesos que se tramiten con soporte informático,
garantizarán la identificación y el ejercicio de la función jurisdiccional por el órgano
que la ejerce, así como la confidencialidad, privacidad, y seguridad de los datos de
carácter personal que contengan en los términos que establezca la ley.
El numeral 13 del artículo 852 señala como una de las funciones de la Sala
Administrativa del Consejo Superior de la Judicatura, es la de regular los trámites
judiciales y administrativos que se adelanten en los despachos judiciales, en los
aspectos no previstos por el legislador, colijo que esta atribución se podrá ejercer
para implementar completamente las nuevas tecnologías en los diferentes proceso
judiciales, y por ello expongo algunos aspectos que se refiere al uso del
documento electrónico. Estas atribuciones son acordes con los preceptos de la
Ley 527 de 1999, la que le dio legitimidad al documento electrónico en Colombia.
NATURALEZA JURÍDICA DEL USO DOCUMENTO ELECTRÓNICOJUDICIAL
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