PRINCIPIOS, REGULACIONES, FUNDAMENTOS CLASIFICACIÓN Y
DEMÁS MODALIDADES DELA NUEVA JORNADA DE TRABAJO
PREVISTA EN LA LOTTT QUE ENTRARA EN VIGENCIA EL 01/05/2013
Instructor:Carlos Sainz Muñoz Mbro. Comisión Presidencial para discusión y redacción LOTT
Asistente:Carlos José Sainz B.
ANTECEDENTES Y FUNDAMENTOS LEGALES Y CONSTITUCIONALES CLASIFICACIÓN DE LA JORNADA DE TRABAJO
1928
9 hrs diarias
Antecedentes de la regulación de la jornada
1928
Ley 1936
L d 1990
8 hrs diarias/48 obrero 8hrs diarias/44 empleado
8hrs diarias/44 semanales (eliminaLey de 1990 8hrs diarias/44 semanales (elimina discriminación)
•Const. 1947
C t 1961
•8hrs d/48 sem.
8h d/48Referencias legales y constitucionales
•Const. 1961
•Const .1999
•8hrs d/48 sem.
•8hrs d/44sem
Ordena reducción
•Dispos. Trans. IV CRBV
Ordena reducción progresiva
Convenio OIT ratificado
Diurna: 8hrs.d/44 sem.
Nocturna: 7hrs d/35 sem
Estructura normativa
Nocturna: 7hrs d/35 sem
Prohibición obligación a trabajadores(as) laborar horas extrasEstructura normativa CRBV Propensión progresiva disminución jornada laboral
é lInterés social Mejor utilización del tiempo libre
Desarrollo
Físico
Desarrollo
Espiritual
De trabajadores(as
) p
Intelectual )
DESARROLLO DE LA REDUCCIÓN DE LA JORNADA EN LA LOTT
Concepto jornada
Legal Definición de la praxis laboralmas usado
Trabajador(a) esta a disposición paracumplir las responsabilidades a su cargocumplir las responsabilidades a su cargo
Tiempo que trabajador(a) esta a disposición del patrono(a) hasta que puede disponer libre‐mente de su tiempo
En el proceso social del trabajo
mente de su tiempo
Clasificación de la LOTTT de la jornada de trabajo
Elementos de la reducción
•Diurna 8hrs/40sem (5am‐7pm)
•Nocturna 7hrs/35sem (7pm ‐5am)
•Mixta 7hrs30/37 y1/2semNovación + de 4hrs
Consecuencias reducciónde la jornada
5 días hab./2 días de descansoConsecutivo j
Progresiva disminución de la jornada
•Mejor tiempo libreObjetivos
Mejor tiempo libre•Desarrollo físico, espiritual, cultural, deportivo
REDUCCIÓN DE LA JORNADA Y 2 DÍAS DE DESCANSO CONSECUTIVOS
Concepto día de descanso 6to y 7mo día semanal Principio General
Descanso clasificación Prohibición laborar mas de 5 hrs continuas
Descanso y alimentación = 1hrTiempo de transporte
Comedores
Imputable a la jornada
No imputable a la jornadaObligación
•Legal
•Convencional Causales
Computara mitad tiempo
Excepción convenio interparte
HORARIO Y JORNADAS ESPECIALES CONVENIDOS
Supuestos de procedencia no sometidos a los limites legales
•Trabajadores(as) de dirección
•Inspección o vigilanciano sometidos a los limites legales jornada diaria o semanal
•Inspección o vigilancia
•Trabajadores(as) requieran sola presencia
•Labores discontinuas o intermitentes
•Horarios convenidos por Conv. ColectPodrán exceder la jornada diaria o semanal
Limite N d 11h di iLimite •No exceda 11hrs diarias
•Promedio 8 semanas no exceda de 42 por semana
Disfrute 2 días de descanso continuos y remunerados
TURNOS EN LABORES ESPECIALES Y CONTINUOS
• Concepto y referencias
No susceptibles de
Industria
Comercio
interrupción Y procesos continuos
Serv publicos
Servicios (restaurant, comida rápida y
distribución de alimentos)
Serv. publicos
distribución de alimentos)
Transporte terrestre, aéreo,
í fl l
Concepto
Justificaciónmarítimo, fluvials
Regulaciones especialesTurno
Justificación
Elementos especiales
Jornadas especiales
Pueden exceder los limites legales
Justificación Facilitar y adaptar la jornada de trabajo a los requerimientos y modalidades propias de las necesidades de los supuestosy modalidades propias de las necesidades de los supuestos mencionados.
Clasificación de los turnos
•Diurnos
•Nocturnos
De carácter rotativo
•Mixto
d d l l d lModalidades y característicasde los turnos
•Pueden exceder los limites diarios y semanales
•Promedio de un periodo de 8 semanas
•No exceda el limite 42hrs semanales
Turnos con semanas de 6 días de labor
Compensación Disfrute periodo vacacional 1díade 6 días de labor adicional Disfrute periodo vacacional 1día remunerado ese mismo año, sin incidencia bono vacacional
Calificación trabajadores(as)•De inspección
Tiene revisión labor otros trabajadores(as)
Calificación trabajadores(as) especiales
•Vigilancia Tiene a su cargo resguardo, custodia y seguridad de bienesy g
Días adicionales de descanso Lunes y martes de carnaval
24 y 31 de diciembre
Reducción de la jornada por motivos de salud y seguridad laboral
Facultad del ejecutivo
Jornadas menores trabajadores(as) requieren esfuerzo excesivoRealicen condiciones de riesgo para la salud y seguridad de los laborantes
LAS HORAS EXTRAORDINARIAS Y SU LIMITACIÓN
Concepto
Trabajo de emergencia Imprevistos
Carácter eventual o accidental
l d
Limitaciones
•2 horas diarias
•10 horas semanales
El Ejecutivo puede modificar
limitaciones en esta regulación
•100 por año
g
Comentarios especiales py
casos concretos
REFERENCIAS
Constitución 1947
C tit ió 1961Constitución 1961
Constitución 1999
Convenio OIT
Ley t. 9 horas
LOT (derogada)
LOPCYMAT
LOTTT
Reglamento LOT (derogado)Reglamento LOT (derogado)
El ideario abolicionista, indigenista y laboralista del Libertador. Autor: Carlos Sainz M.
Lineamientos prácticos de la nueva Ley Orgánica del Trabajo, Trabajadores y
Trabajadoras (LOTTT). Autor: Carlos Sainz Muñoz
Foro: Ley Orgánica del Trabajo, Foro: Ley Orgánica del Trabajo, los Trabajadores y las los Trabajadores y las
Trabajadoras.Trabajadoras.El Mundo Economía yEl Mundo Economía yEl Mundo, Economía y El Mundo, Economía y
NegociosNegociosPresentado por:
Juan Carlos Pró-Rí[email protected]
TEMARIOTEMARIOTEMARIOTEMARIO1. TERCERIZACIÓN
2. MATERNIDAD Y PATERNIDAD Y LAPROTECCIÓN A LA FAMILIA
3. IMPACTO FINANCIERO LOTTT
4 SALARIOS4. SALARIOS
5. CONFLICTIVIDAD LABORAL
6. PRÓXIMAS REFORMAS LEGISLATIVAS
LOTTT: TERCERIZACIÓNLOTTT: TERCERIZACIÓN
PROHIBICIÓN: Simulación o fraude patronal con el propósito de desvirtuar,desconocer u obstaculizar la aplicación de la legislación laboral (Art.47).
Permite y reconoce expresamente a los Contratistas, es decir, las personas quemediante contratos se encarguen de ejecutar obras o servicios con susmediante contratos se encarguen de ejecutar obras o servicios con suspropios elementos o recursos y con trabajadores bajo su dependencia. Loscontratistas no se consideran intermediarios o tercerizador. (Art. 49)
EL FRAUDE O SIMULACIÓN EN LA DOCTRINA JUDICIALEL FRAUDE O SIMULACIÓN EN LA DOCTRINA JUDICIAL
“… Ha dicho la doctrina y la jurisprudencia Patria, que la “simulación” pretende ladistorsión de la realidad, impulsada por el patrono, quien busca alterar un contrato denat rale a laboral oc ltándolo en n negocio j rídico de distinta nat rale a con el objetonaturaleza laboral, ocultándolo en un negocio jurídico de distinta naturaleza, con el objetode evadir el cumplimiento de obligaciones laborales así como engañar a los órganosjurisdiccionales del trabajo.
Para combatir la figura de la Simulación, tanto en la legislación Laboral Patria como en laConstitución de la República Bolivariana de Venezuela, existen una serie de principios,llamados por la doctrina como mecanismos de defensas, los cuales tienen por objetoarruinar los actos simulados, a saber: (i). el principio de la irrenunciabilidad de losarruinar los actos simulados, a saber: (i). el principio de la irrenunciabilidad de losderechos laborales; (ii) el principio de la primacía de la realidad de los hechos sobre lasformas o apariencias y, (iii) la presunción de laboralidad consagrada en el artículo 65 dela Ley Orgánica del Trabajo…”
Sentencia No. 808 del 11-06-2008, Sala de Casación Social del Tribunal Supremo deJusticia, Caso Manuela Tomaselli Moccia vs. Hoet, Peláez, Castillo & Duque Abogados.
MODELO CLÁSICO DE PRODUCCIÓNMODELO CLÁSICO DE PRODUCCIÓN
Acti idadesActividades
permanentes acordes a la
naturaleza del servicio
Actividadestemporales
o eventuales
Actividades Accesorias
ACTIVIDAD ACTIVIDAD
Accesorias Permanentes
EMPRESARIALEMPRESARIAL
TRANSFORMACIONES DEL MODELO CLÁSICO DE TRANSFORMACIONES DEL MODELO CLÁSICO DE PRODUCCIÓNPRODUCCIÓNPRODUCCIÓNPRODUCCIÓN
Instrumentos de
producción más
flexibles
sustitución por
servicios de contratación
Modos de contratación temporal de empleo
descentralización
salarial
Diversificación en la
producción
Modificación de las
relaciones laborales en el ámbito de las
organizaciones d ti
NUEVAS ESTRATEGIAS
teletrabajo y trabajo a domicilio
Utilización de diferentes
formas
formas de gestión
individualiza
productivas
domiciliocontractualesd dua a
da
EXAMEN DE LOS ELEMENTOS DE LA TERCERIZACIÓNEXAMEN DE LOS ELEMENTOS DE LA TERCERIZACIÓN
Elemento Objetivo¿Cuales son las actividades que pueden ser¿Cuales son las actividades que pueden ser
sometidas a externalización o descentralización productiva?
Elemento SubjetivoLa determinación del sujeto que terceriza y el
tercerizado.Elemento Negocial
¿Cuál es el instrumento jurídico del proceso de subcontratación o cuáles son las relaciones
jurídicas posibles que se establecen entre los sujetos?
ACTIVIDADES QUE PUEDEN SER OBJETO DE DESCENTRALIZACIÓN ACTIVIDADES QUE PUEDEN SER OBJETO DE DESCENTRALIZACIÓN PRODUCTIVAPRODUCTIVA
Actividad
• Comercialización• Asistencia Técnica• Gestión de Contabilidad.
Accesoria Permanente
• Servicios de Marketing• Publicidad• Servicios Legales• Servicios de ProyecciónActividades no • Servicios de ProyecciónActividades no
relacionadas de manera directa con el Proceso
A ti id d
• Servicios de Limpieza• Servicios Médicos
con el Proceso Productivo
ActividadesPeriféricas o de Servicios
• Servicios de Mantenimiento
• Servicios de Alimentación• Servicios de Vigilanciag• Actividades de Transporte
LOTTT: TERCERIZACIÓNLOTTT: TERCERIZACIÓN
•Prohíbe: (Art. 48):
•Contratación de Entidades de Trabajo (“ET”) para ejecutar obras, servicios o actividadesContratación de Entidades de Trabajo ( ET ) para ejecutar obras, servicios o actividadesque sean de carácter PERMANENTE, DENTRO de las instalaciones ET, RELACIÓNDIRECTA CON PROCESO PRODUCTIVO de contratante, y SIN cuya EJECUCIÓNafectarían e interrumpirían operaciones contratante;
•Contratación de trabajadores a través de intermediarios;
•ET creadas por el patrono para evadir obligaciones laborales;
•Convenios fraudulentos destinados a simulación mediante contratos civiles o mercantiles;Convenios fraudulentos destinados a simulación mediante contratos civiles o mercantiles;
•Incorporación de inamovilidad, igual beneficios y condiciones de trabajo
LA PROTECCIÓN DE LOS TRABAJADORES TERCERIZADOS EN LA LOTTTLA PROTECCIÓN DE LOS TRABAJADORES TERCERIZADOS EN LA LOTTT
• Los patronos cumplirán con los trabajadores y trabajadoras todas las obligacionesderivadas de la relación laboral conforme a esta Leyderivadas de la relación laboral conforme a esta Ley.
• Incorporación en la nómina de la entidad de trabajo contratante principal a lostrabajadores y trabajadoras tercerizados o tercerizadas.j y j
• Los trabajadores objeto de tercerización gozarán de inamovilidad laboral hasta tantosean incorporados efectivamente a la entidad de trabajo.
• Acorde con DISPOSICIÓN TRANSITORIA PRIMERA de la LOTTT los patronos queestuvieran incursos en la prohibición de la tercerización para la fecha de entrada envigencia de la ley disponen de un plazo de tres (3) años para la incorporación devigencia de la ley, disponen de un plazo de tres (3) años para la incorporación delos trabajadores objeto de tercerización en la nomina de la entidad contratante.
LEY ORGÁNICA DEL TRABAJO, LOS TRABAJADORES Y LAS LEY ORGÁNICA DEL TRABAJO, LOS TRABAJADORES Y LAS TRABAJADORASTRABAJADORAS
PROTECCIÓN FAMILIA
•DESCANSO PRE Y POST NATAL: 6 Semanas / 20 semanas (Art. 336).
•LICENCIA PATERNIDAD E INAMOVILIDAD: 14 Días / 2 años (Art. 339).
•INAMOVILIDAD: Embarazo a 2 años y adopción niños menores de 3 años.y
•DESCANSO ADOPCIÓN NIÑOS MENORES DE 3 AÑOS: 26 semanas.
•CENTRO DE EDUCACIÓN INICIAL (“CEI”) CON SALA LACTANCIA: 3 meses 6•CENTRO DE EDUCACIÓN INICIAL ( CEI ) CON SALA LACTANCIA: 3 meses – 6años. Sentencia CSJ Sala Plena, del 1° de junio de 1994, GORV N° 4.765 (E) defecha 10 de agosto de 1994. Ley Orgánica de Educación Primaria: desde 6 años.
•DESCANSO LACTANCIA: ½ hora: 2 veces día.1½ hora: 2 veces no CEI
de 9 a 12 meses dependiendo si tiene o no el centro. Dictamen N° 3 del 17/10/2007 GO 38 528 del 22/09/200617/10/2007. GO 38.528 del 22/09/2006
SANCIONES EN LOTTTSANCIONES EN LOTTT
•PRINCIPIOS DEL RÉGIMEN SANCIONATORIO: Legalidad, derecho a la defensa,racionalidad, proporcionalidad y tipicidad. (Art. 522).•REINCIDENTES: Multas aumentadas en la mitad (Art. 540).•CRITERIOS PARA LA FIJACIÓN: Limites entre máximo y mínimo; agravantes•CRITERIOS PARA LA FIJACIÓN: Limites entre máximo y mínimo; agravantes,atenuantes y compensación. Importancia de la ET, número de personas perjudicadas yotras circunstancia con criterio de equidad. (Art. 546).
INFRACCIONES
A: 30 UT a 60 UT: Salario; horarios y registros libros; jornada; modalidades especiales de condicionesde trabajo; trabajadores extranjeros; acoso sexual y laboral (Art. 523 a 528).
B: 60 UT a 120 UT: Alimentación y centros de educación inicial; participación en los beneficios outilidades; inamovilidad; Desacato a Orden de funcionario; (Art 529 y 532)utilidades; inamovilidad; Desacato a Orden de funcionario; (Art. 529 y 532).
C: 120 UT a 360UT:
Salario mínimo, pago salario y vacaciones; maternidad, paternidad y familia; fraudeo simulación relación laboral; garantías a la libertad sindical; garantías a lanegociación colectiva (Art. 533 a 537).g ( )
D: 15 a 30 UT: Elecciones Sindicales y Derecho de Afiliación Sindical: Miembros Junta Directiva
ARRESTO: Incumplimiento Orden Reenganche, violación de derecho a huelga, ejecución deactos emanados de autoridades administrativas: 6 a 15 meses instigadores yactos emanados de autoridades administrativas: 6 a 15 meses instigadores ymiembros junta directiva (Art. 538); Cierre Ilegal e Injustificado (Art. 539)
IMPACTO ECONÓMICO DE LA IMPACTO ECONÓMICO DE LA
ÓÓLEGISLACIÓN LABORAL y LEGISLACIÓN LABORAL y
PERSPECTIVA 2103PERSPECTIVA 2103PERSPECTIVA 2103PERSPECTIVA 2103
VACACIONES Y BONO VACACIONES Y BONO VACACIONALVACACIONALVACACIONALVACACIONAL
• Bono vacacional: aumenta a 15 días por año más 1 díaadicional por año hasta 30 días (Artículo 192 LOTTT)adicional por año hasta 30 días. (Artículo 192 LOTTT)
Antes de la LOTTT Después de la LOTTT
• Vacaciones: Se elimina la posibilidad de trabajar los díasadicionales de vacaciones
7 días 15 días
adicionales de vacaciones
UTILIDADESUTILIDADESUTILIDADESUTILIDADES• Utilidades: Se aumenta el mínimo de pago a 30 días de
salariosalario
Antes de la LOTTT Después de la LOTTT
S li i l i t l lí it á i
Mínimo: 15 días Mínimo: 30 días
• Se eliminan las excepciones en cuanto al límite máximo.Antes con menos de 50 trabajadores y menos de Bs. 1.000 decapital social, el límite era 2 meses de salario
PRESTACIONES SOCIALESPRESTACIONES SOCIALESPRESTACIONES SOCIALESPRESTACIONES SOCIALESGARANTÍAo Cada trimestre se deposita o acredita 15 días al último salario
devengado (Artículo 142, numeral 1 LOTTT)g ( , )o Después del primer año de servicios 2 días por año
acumulativos hasta 30 días (Artículo 142, numeral 2 LOTTT)(Artículo 71 del Reglamento).
o Lo acumulado hasta la fecha es parte de la garantía
CÁLCULO (Artículo 142, numeral c LOTTT)o Al final de la relación de trabajo se re-calcula:o 30 días por año de antigüedad o fracción superior a 6 meses
desde el 19 de junio de 1997 o desde la fecha de ingreso enf h t ifecha posterior
o Con base en el último salario integral devengado
PRESTACIONES SOCIALESPRESTACIONES SOCIALESPRESTACIONES SOCIALESPRESTACIONES SOCIALESSe paga el monto mayor entre la Garantía y el Cálculo
Las prestaciones sociales se calculan desde el inicio de la relaciónLas prestaciones sociales se calculan desde el inicio de la relaciónde trabajo y no luego del tercer mes de servicios
Intereses sobre prestaciones: los paga el Banco si estánIntereses sobre prestaciones: los paga el Banco si estándepositadas en fideicomiso.
Provisión deducible del pago en ejercicio fiscal
SALARIOSALARIOSALARIOSALARIOEliminación del salario de eficacia atípica (art. 104)
Recibo de pago detallado del salario y demás beneficios (art.106)
El monto del salario mensual se mantiene
Esa porción de salario, impacta en los demás beneficios laborales
Salario Variable:Para el pago de las vacaciones: el salario normal devengado durantelos 3 meses anteriores al disfrute (art. 121)Para el pago de las prestaciones sociales: el salario devengadodurante los últimos 6 meses. (art. 122)
BENEFICIOS FLEXIBLESBENEFICIOS FLEXIBLESBENEFICIOS FLEXIBLESBENEFICIOS FLEXIBLESRégimen de Prestaciones Sociales Convencional
Plan de PensionesPlan de Pensiones
Fondo de Ahorros
Planes Especiales de Terminación
Beneficio de Alimentación
Tarjeta de Crédito Corporativa
Plan de compra de acciones o “stock options”
Educación y Seguros
JORNADA DE TRABAJOJORNADA DE TRABAJOJORNADA DE TRABAJOJORNADA DE TRABAJO
RÉGIMEN GENERALRÉGIMEN GENERALRÉGIMEN GENERALRÉGIMEN GENERALJornada Diurna: 5 am a 7 pm: 8 horas diarias, 40 semanalesJornada Nocturna: 7 pm a 5 am: 7 horas diarias 35 semanalesJornada Nocturna: 7 pm a 5 am: 7 horas diarias, 35 semanalesJornada Mixta: 7 ½ horas y media, 37 ½ semanales (art. 173)
Entra en vigencia al año de promulgación de la LOTTT (7/5/2013) no se puedeEntra en vigencia al año de promulgación de la LOTTT (7/5/2013), no se puedereducir el salario
Descanso obligatorio: 2 días de descanso continuos y remuneradosDescanso obligatorio: 2 días de descanso continuos y remunerados(art. 168)
Descanso intrajornada: 1 hora y si no se puede separar del puesto:½ hora (art 169)½ hora (art. 169)
JORNADAJORNADA
RÉGIMEN EXCEPCIONALRÉGIMEN EXCEPCIONALRÉGIMEN EXCEPCIONAL RÉGIMEN EXCEPCIONAL
No están sometidos a los límites de jornada:
• Trabajadores de dirección
• Trabajadores de inspección, vigilancia cuando su labor noTrabajadores de inspección, vigilancia cuando su labor norequiera esfuerzo continuo
• Trabajadores que desempeñan labores que requieran la solaj q p q qpresencia, labores discontinuas o intermitentes
• Los horarios establecidos por convención colectiva
JORNADAJORNADAJORNADAJORNADALos trabajadores exceptuados pueden tener jornadas de hasta 11horas diarias siempre que en 8 semanas no exceda en promedio de40 horas (320) y que disfrute de 2 días de descanso continuos y40 horas (320) y que disfrute de 2 días de descanso continuos yremunerados.Sem L M M J V S D total
1 7 7 7 7 7 L L 352 7 8 11 9 7 L L 423 9 7 7 8 11 L L 424 9 8 11 8 7 L L 435 8 9 10 8 7 L L 426 7 7 7 10 10 L L 417 7 7 7 7 7 L L 357 7 7 7 7 7 L L 358 8 8 7 10 7 L L 40
____320320
JORNADAJORNADAJORNADAJORNADATrabajo continuo por turnos: en 8 semanas no exceder en promediode 42 semanal (336). Las semanas que contemplen 6 días detrabajo: un día adicional de disfrute de vacaciones con salario y sintrabajo: un día adicional de disfrute de vacaciones con salario y sinincidencia en el bono.Sem L M M J V S D total
1 L L 9 7 8 10 11 452 9 8 7 11 8 L 8 513 8 7 6 9 8 L L 384 9 7 8 L L 10 11 455 7 7 6 L L 8 8 366 10 8 8 L 7 7 7 477 7 6 L L 7 6 7 337 7 6 L L 7 6 7 338 7 8 L 7 6 6 7 41
___336336
NOTASNOTAS REFERENCIALESREFERENCIALESNOTASNOTAS REFERENCIALESREFERENCIALES• Para el sector salud, la nueva estructura de la jornada
laborales es “prácticamente inviable” no sólo por elaumento de los costos, sino porque no habrá personal parat t t b itantos turnos por abrir.
• En costos, para los centros clínicos grandes del país, lareducción de la jornada de trabajo representaría entre 27% y32% más sobre el pago de la nómina asegura el presidente32% más sobre el pago de la nómina, asegura el presidentede la Asociación Venezolana de Clínicas y Hospitales,Cristino García.
• El presidente de Fedeagro, Pedro Rivas señala:p g ,“Si se tiene que acudir al Ministerio del Trabajo a que autoricendeterminadas horas extras, en el campo eso no es viable porqueno se puede planificar cuándo se requerirán o cuántasp p qhoras se necesitarán ya que si se pide permiso y llueve uocurre alguna contingencia y no se necesitan, ¿que se debehacer? Volver a pedir permiso. Eso seria una traba mas para elcampo.” Agrego, “pero en el campo no se puede detener lasiembra o la recolección por unas horas”. Escasez de mano deobra llega al 30% en el sector rural” Fuente: El Nacional,07/02/13)
REDUCCIÓN DE LA JORNADA LABORAL
Mayo 2013
Dos días de descanso semanal
Reducción prevista en
las Convencione continuosConvenciones Colectivas
44 vs 4044 vs 40Sindicatos
solicitan pago de Bono para
acordar reducción
Los reposeros van a
desaparecer
44 vs 4044 vs 40
Descanso +
Empresas de proceso continuo +
Productividadcontinuo
deben reducir jornada
SUSPENSIÓN DE LA SUSPENSIÓN DE LA RELACIÓN DE TRABAJORELACIÓN DE TRABAJORELACIÓN DE TRABAJORELACIÓN DE TRABAJO
Nueva causa de suspensión: cuidar a cónyuge, ascendientes op y g ,descendientes (por el tiempo que acuerden las partes) (Artículo 72LOTTT)
Pago de la diferencia salarial entre lo que paga el IVSS y el salario deltrabajador, en caso de suspensión por enfermedad o accidente comúnu ocupacional (Artículo 73 LOTTT)
Cómputo de la suspensión para la antigüedad (Artículo 73 LOTTT)
Otras causas de suspensión:o Permisos por Ley del Deporteo Permisos por Lactanciao Permisos por cita médica una vez al mes durante el primer año del bebe.
DE LA ESTABILIDAD Y LA DE LA ESTABILIDAD Y LA INAMOVILIDADINAMOVILIDADINAMOVILIDADINAMOVILIDAD
ESTABILIDADESTABILIDAD
No despido salvo aceptación del trabajadordel pago de la Indemnización *
INAMOVILIDAD
N d id l i ióNo despido salvo autorización previa del Inspector *
•Empleado de DirecciónEmpleado de Dirección•Aquellos con menos de un mes de servicios
DE LA INAMOVILIDADDE LA INAMOVILIDADImposibilidad de despedir desmejorar o trasladar a un trabajador sin justaImposibilidad de despedir, desmejorar o trasladar a un trabajador sin justacausa previamente calificada por el Inspector del Trabajo.
A. Decreto N° 8.732 del 27/12/2012 de Inamovilidad Laboral EspecialTodos los trabajadores hasta el 31/12/2013.Exceptuados: Empleados de Dirección
Temporeros y ocasionalesMenos de un mes al servicio de un patronoMenos de un mes al servicio de un patrono
B. Fuero maternal y paternal / adopción – desde el inicio del embarazohasta dos (2) años después del parto (Artículo 420 LOTTT)C. Fuero por discapacidad – los trabajadores cuyos hijos padezcan deC ue o po d scapac dad os t abajado es cuyos jos pade ca dealguna discapacidad o enfermedad que le impida o dificulte valerse porsi mismo (Artículo 420 LOTTT).D. Fuero sindical – promotores del sindicato, miembros de la junta directiva
del sindicato, elecciones sindicales -. (Artículo 419 LOTTT)E. Los trabajadores durante la negociación y el conflicto colectivo (Artículo
419 LOTTT).G D t l ió d l l ió d t b j (A tí l 420 LOTTT)G. Durante la suspensión de la relación de trabajo (Artículo 420 LOTTT) ylos trabajadores tercerizados (Disposición Transitoria 1era LOTTT)
GUARDERÍASGUARDERÍASEl Patrono que ocupe más de 20 trabajadores debe mantener
GUARDERÍASGUARDERÍASq p j
guarderías o servicios de educación inicial.
El beneficio es para los trabajadores que perciban un salario queno exceda de 5 salarios mínimos hasta que los hijos cumplan 6q j paños de edad.
Si el patrono incumple el beneficio deberá indemnizar al trabajadorcon el monto en dinero que corresponda más los interesesq p
Modalidades de cumplimiento:
o Instalación a cargo de uno o varios patronos de guarderías oeducación inicial
o Pago de matrícula y mensualidades a la guardería hasta 40%del salario mínimo por matríc la cada mens alidaddel salario mínimo por matrícula y cada mensualidad
o Cualquier otra modalidad establecida por el Ministerio.
SANCIONESSANCIONESIncremento en las sanciones
De salarios mínimos a Unidades Tributarias / Prisión
Aplicación del Reglamento = por trabajador afectado
LEY DE ALIMENTACIÓN PARA LEY DE ALIMENTACIÓN PARA
LOS TRABAJADORES Y LOS TRABAJADORES Y
TRABAJADORAS (“LAT”)TRABAJADORAS (“LAT”)TRABAJADORAS (“LAT”)TRABAJADORAS (“LAT”)
LEY ORGÁNICA DE PREVENCIÓN CONDICIONES Y LEY ORGÁNICA DE PREVENCIÓN CONDICIONES Y MEDIO AMBIENTE DE TRABAJO (“LOPCYMAT”)MEDIO AMBIENTE DE TRABAJO (“LOPCYMAT”)
LOPCYMATLOPCYMATCosto de los exámenes médicos que deben realizarse de forma
LOPCYMATLOPCYMATq
regular
Costo del servicio médico y contratación de especialistas en lamateria
Costo de la revisión constante de los puestos de trabajo“ergonomía”
Costo de la realización regular de charlas en materia de seguridady salud laboral
Costo del valor hora/hombre de los Delegados de Prevención queCosto del valor hora/hombre de los Delegados de Prevención queno prestan servicios por atender asuntos en materia de seguridady salud laboral
Costo de las m ltasCosto de las multas
SALARIO Y CONTRIBUCIONES DE NÓMINASALARIO Y CONTRIBUCIONES DE NÓMINA
Salario Mínimo ObligatorioSalario Mínimo Obligatorio
Aumento de Salario MínimoAumento de Salario MínimoDecreto Presidencial GO N° 39.908, de fecha 26/04/2012
A PARTIR DEL 1° DE MAYO DE 2012
Salario Mínimo Trabajador Urbano del Sector Público y Privado
Bs.F. 1.780,45 mensuales
A PARTIR DEL 1° DE SEPTIEMBRE DE 2012
Salario Mínimo Trabajador Urbano del Sector Público y Privado
Bs.F. 2.047,48 mensuales
Salario Mínimo Salario Mínimo Incidencia en la legislación laboral Incidencia en la legislación laboral
desde 01/09/2012desde 01/09/2012BENEFICIO TOPESBENEFICIOLABORAL
TOPESSALARIALES
A. CUIDADO INTEGRAL PARA LOS HIJOS DE LOS TRABAJADORES
Patronos que ocupen más de 20 trabajadores y devenguen unsalario inferior a 5 salarios mínimos Bs. 10.237,40
Cumplimiento mediante el pago a una institución debidamenteautorizada por el Ministerio de la Familia, equivalente hasta 40%del salario mínimo
Bs. 818,99
SalarioSalario MínimoMínimoIncidencia en la legislación laboral Incidencia en la legislación laboral
desde 01/09/2012desde 01/09/2012desde 01/09/2012desde 01/09/2012BENEFICIOLABORAL
TOPESSALARIALES
ÓB. BENEFICIO DE ALIMENTACIÓN
Patronos que ocupen trabajadores, siempre y cuando éstosdevenguen un salario normal que no exceda de 3 salariosmínimos Bs. 6.142,44
C. CONTRIBUCIONES PARAFISCALES
Seguro Social Obligatorio: hasta 5 salarios mínimos Bs. 10.237,40
Régimen Prestacional de Empleo: hasta 10 salarios mínimos Bs. 20.474,80
Contribuciones Parafiscales yContribuciones Parafiscales yContribuciones Parafiscales y Contribuciones Parafiscales y Aporte al Ahorro VigentesAporte al Ahorro Vigentes
Contribuciones Parafiscales y Contribuciones Parafiscales y Aporte al Ahorro vigentesAporte al Ahorro vigentesAporte al Ahorro vigentes Aporte al Ahorro vigentes
desde Septiembre 2012desde Septiembre 2012Tasa Tasa del Monto Base de
Contribuciones y Aportes
Tasadel
Patrono
Tasa delEmpleado
Monto máximo
de salariomínimo *
Base de cálculo
en salariosmínimos *
Salario Base
9 a 11%** 4% Bs. F. 10.237,40 Cinco*** Salario normalSeguridadSocial (Salud yPensiones)
Régimen Prestacionalde Empleo (Paro
2% 0.5% Bs.F.20.474,80 Diez Salario normalde p eo ( a oForzoso)
Vivienda y Hábitat **** 2% 1% Salario Integral
INCES 2% 0,5% Ninguno Ninguno Patronos: S l i lSalario normal
Trabajadores:Utilidades
*Salarios mínimos urbanos (Bs.2.047,48).
** Ley del Seguro Social. GO Extraordinaria N°5.891 del 31-07-2008 (Artículo 66: las cotizaciones patronales varían entre el 11% al 13%)*** Régimen transitorio que aumentará a 10 salarios mínimos**** Aportes al Ahorro son Imprescriptibles
Sentencia de la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia del NSentencia de la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia del N°°301 d l 27 d F b d 2007301 d l 27 d F b d 2007301 del 27 de Febrero de 2007301 del 27 de Febrero de 2007
Aclaratorias: NAclaratorias: N°°390 del 9 de Marzo de 2007 y N390 del 9 de Marzo de 2007 y N°°980 del 980 del 17 de junio de 17 de junio de 20082008 (Artículo 31 Ley de Impuesto Sobre la Renta)(Artículo 31 Ley de Impuesto Sobre la Renta)
Sentencia N° 980 de fecha 17/06/08, SegundaAclaratoria a la Sentencia del 27/02/07 SC del TSJAclaratoria a la Sentencia del 27/02/07. SC del TSJy su Posterior Modificación (C Moreno Behermint)
Regularidad:“la regularidad y permanencia debe evaluarse en un períodoespecífico de tiempo MENSUAL Así p es son reg laresespecífico de tiempo: MENSUAL. Así pues, son regulares ypermanentes las remuneraciones que recibe el trabajador conregularidad mensual.“Copia Textual Artículo 133 LOTCopia Textual Artículo 133 LOTPublicación en GORBV con texto “Sentencia de la SalaConstitucional del Tribunal Supremo de Justicia que aclara laaplicación en el tiempo de la interpretación efectuada delaplicación en el tiempo de la interpretación efectuada delartículo 31 de la Ley de Impuesto sobre la Renta y aclara laregularidad mensual de las remuneraciones a declarar”
Incremento de la Unidad Incremento de la Unidad T ib t iT ib t iTributariaTributaria
Efectos del Incremento de la Efectos del Incremento de la Unidad TributariaUnidad TributariaUnidad Tributaria Unidad Tributaria
en el ámbito laboralen el ámbito laboralProvidencia del SENIAT GO N° 40 106 de fecha 06/02/2013Providencia del SENIAT. GO N 40.106, de fecha 06/02/2013
Se incrementó el valor de la UT de Bs.90 a Bs.107
Otorgamiento del beneficio de alimentación mediante lamodalidad de tickets o tarjetas electrónicas por cada jornadatrabajada
Valor Mínimo: 0,25 UT(actualmente Bs. 26,75)
trabajada
Valor Máximo: 0,50 UT(actualmente Bs. 53,50)
Incremento de base de cálculo de multas fijadas en UT
De al ación 2013De al ación 2013Devaluación 2013Devaluación 2013
Efectos de la Devaluación en el Efectos de la Devaluación en el ámbito laboralámbito laboralámbito laboralámbito laboral
Gobierno devalúa la moneda viernes 08/02/2013
El valor del USD pasó de Bs.4,30 a Bs.6,30 por USD = 46,5%*
Consecuencias
Disminución del poder adquisitivo de los trabajadoreso Disminución del poder adquisitivo de los trabajadoreso Búsqueda de nuevos empleos con mejor remuneración
* Centro de Documentación y Análisis Social (Cendas)
CONFLICTIVIDAD LABORALCONFLICTIVIDAD LABORAL
CONFLICTIVIDAD LABORALLa conflictividad laboral, impide el aumento de la producción en todas las industrias del país.
Inamovilidad Laboral Inasistencias reiteradasReposos médicos falsosI fi i i l t b jIneficiencia en el trabajo
Al marco de las discusiones de Convención Paralización de Plantas Colectiva
Reclamo de beneficios
Retraso en resolución deCalificaciones de Falta y otrassolicitudes
Memoria y Cuenta del Ministerio del Trabajo reconoció que sólo resolvieron 42% de los 92mil reclamos que recibieron en el 2011.
CONFLICTIVIDAD LABORAL
2011 3% Ausentismo 2012 12%
La impunidad laboral afecta la La impunidad laboral afecta la producción de alimentosproducción de alimentosproducción de alimentosproducción de alimentos
El presidente de Cavidea señala que hay paralizacionesilegales en las empresas procesadoras que ponen en peligroel abastecimiento. Solicita medidas que garanticen lael abastecimiento. Solicita medidas que garanticen lacontinuidad de las operaciones en el sector agroindustrial y seflexibilice la LOT. (Fuente: El Nacional, 06/02/13)
El conflicto laboral se mantiene como la piedra de trancaEl conflicto laboral se mantiene como la piedra de tranca de la productividad
51% de las empresas afiliadas a Conindustria tiene problemas51% de las empresas afiliadas a Conindustria tiene problemascon sus trabajadores.41% de las protestas que se dieron en el país en 2012 fueronpor reclamos laboralespor reclamos laborales.Entre 10% y 12% es el promedio de ausentismo en la industriade alimentos.60% d l i d V h l LOTTT f t á60% de los socios de Venamcham cree que la LOTTT afectarácontratación de personas. (Fuente: El Mundo, 06/02/13)
Conflictos en cifrasConflictos en cifrasReivindicación laboral sigue siendo la principal causa de Protesta en el país
Fuente: Observatorio Venezolano de la Conflictividad Social “Ovcs”. El Mundo 06/02/13
Se calienta el escenarioSe calienta el escenarioPese a su asociación con vacaciones, agosto fue el mes más
acontecido en lo que a protestas laborales se refiere
Fuente: Ovcs. El Mundo 06/02/13
JornadaJornada laborallaboral aumentaaumenta entreentre 2727%% yy3232%% tt dd ó ió i lí ilí i3232%% costoscostos dede nóminanómina enen clínicasclínicas
La plantilla de los centros asistenciales podría duplicarse, dadolos nuevos turnos que deberán abrir para cumplir con la normativa.q p p“Esperamos que el reglamento de la LOTTT adecue las jornadas para el sector salud”. (Fuente:Cristino García, Pdte. Asoc. Venezolana de Clínicas y Hospitales – El Mundo 06/12/13).
368 h it l 32 porciento será el 7 d l368 hospitales públicos tipo I deberán adecuar sus jornadas.
32 porciento será el aumento en los costos de nómina de algunas
clínicas con cuatro t
7 de mayo es la fecha tope para aplicar nuevas
normas laborales.
Ansa solicitará excepción en la aplicación de la Ley.
turnos.
I i ió d i di t ió fili dInscripción de sindicatos creció pero no afiliados
De 2.700 organizaciones en 2001 se pasó a 6.000 en 2012(Fuente: El Mundo, 06/02/13)
77 sindicalistas fueron 77 sindicalistas fueron i d 2012i d 2012asesinados en 2012asesinados en 2012
Aumentando el número de sindicalistas muertos anualmenteAumentando el número de sindicalistas muertos anualmente
La ONG maneja que 80% de las victimas La ONG maneja que 80% de las victimas pertenecían al sector construcción. pertenecían al sector construcción. A l E t d A át i fA l E t d A át i fAgrego que el Estado Anzoátegui fue Agrego que el Estado Anzoátegui fue la entidad del país que mas homicidios la entidad del país que mas homicidios de sindicalistas registro el año pasado.de sindicalistas registro el año pasado.
El año pasado fueron asesinados 77 sindicalistas en el país mas del doblede los homicidios del 2011, cuando se registraron 28 muertes, publicó elObservatorio Venezolano de Conflictividad Social en el estudio “Violenciasindical e impunidad en 2012” Señala además que el paralelismo sindical ysindical e impunidad en 2012 . Señala además que el paralelismo sindical yla venta de cupos de empleo son unas de las principales causas de lamuerte de estos trabajadores según las informaciones manejadas por laVicaria de Caracas y el Frente Autónomo en Defensa del Empleo, el Salario
l Si di t t ty el Sindicato, entre otros
Fuente: Observatorio Venezolano de la Conflictividad Social “Ovcs”. El Nacional 21/02/13
Próximas Reformas Próximas Reformas LegislativasLegislativasLegislativasLegislativas
Reglamento de la LOTTTReglamento de la LOTTTReglamento de la LOTTTReglamento de la LOTTT
Reforma de la Ley delReforma de la Ley delReforma de la Ley del Reforma de la Ley del Régimen Régimen PrestacionalPrestacional de de EmpleoEmpleoEmpleoEmpleo
Proyecto de Reforma de la Ley Proyecto de Reforma de la Ley d l Ré id l Ré i P t i lP t i l dddel Régimen del Régimen PrestacionalPrestacional de de
EmpleoEmpleoEn el parlamento aún no deciden si la definición de las condicionespara propiciar el empleo juvenil se realizará a través de la Reformade la Ley del Régimen Prestacional del Empleo o a través de la Leydel Fomento del Primer Empleodel Fomento del Primer Empleo .
Las diferencia se centran:
(i) Rango de edades: De 18 (vs.15) a 30 años.
(ii) Porcentaje de aumento de la nómina: de 5 a 10% (vs 2 5%)(ii) Porcentaje de aumento de la nómina: de 5 a 10% (vs. 2,5%).
Fuente: Diario El Universal del 13 de agosto de 2011. Sección Laboral. P.1-7.
Anteproyecto de Ley de Anteproyecto de Ley de p y yp y yConsejos Socialistas de Consejos Socialistas de Trabajadores(a)Trabajadores(a)Trabajadores(a)Trabajadores(a)
BASE JURÍDICABASE JURÍDICA
Constitución de la República
• Art.62 “Derecho a la libre participación popularprotagónica y corresponsable en la gestión pública”República
Bolivariana de Venezuela (publicada en la GORV Nº36 860 del 30 de diciembre
protagónica y corresponsable en la gestión pública .
•Art. 70 “Medios de participación y protagonismo popularen sus diferentes formas”.
A t 132 “D b li t bilid d36.860 del 30 de diciembrede 1999, reimpresa en laGORBV Nº 5.543Extraordinaria, del 24 demarzo de 2000, y suEnmienda N° 1 finalmente
• Art. 132 “Deber cumplir con nuestras responsabilidadessociales en la vida política, civil y comunitaria”.
Enmienda N 1 finalmentepublicada en la GORBV N°39.124 del 19 de febrero de2009 y en GORBVExtraordinaria N° 5.908 dela misma fecha)
A los fines del Reglamento se entiende por SociedadOrganizada: Constituida por consejos comunales,CONSEJOS DE TRABAJADORES Yla misma fecha). CONSEJOS DE TRABAJADORES YTRABAJADORAS, de campesinos y campesinas, depescadores y pescadoras, comunas y cualquier otraorganización de base del Poder Popular debidamenteregistrada en el Ministerio del Poder Popular con
Reglamento de la Ley Orgánica del Consejo Federal de Gobierno
competencia en materia de participación ciudadana.
BASE JURÍDICABASE JURÍDICA
Ley Orgánica del Poder Popular
En ambas se establece: “Definiciones, A los efectos de lapresente Ley se entiende por: ... 5. Comunidadorganizada: Constituida por las expresionesPoder Popular
Ley Orgánica de las Comunas (publicada en la GORBV N°6.011, fecha 21 de diciembre de 2010)
organizada: Constituida por las expresionesorganizativas populares, CONSEJOS DETRABAJADORES Y TRABAJADORAS, de campesinosy campesinas, de pescadores y pescadoras y cualquierotra organización social de base, articulada a una
21 de diciembre de 2010). instancia del Poder Popular debidamente reconocida porla ley y registrada en el Ministerio del Poder Popular concompetencia en materia de participación ciudadana.”
•Art. 497: Son expresiones del Poder Popular para laparticipación protagónica en el proceso social detrabajo, con la finalidad de producir bienes y serviciosque satisfagan las necesidades del pueblo .
Ley Orgánica del Trabajo, los Trabajadores y las
•Art. 498: Los consejos de trabajadores y lasorganizaciones sindicales desarrollarán iniciativas deapoyo, coordinación, complementación y solidaridaden el proceso social de trabajo. Los consejos deTrabajadores y las
Trabajadoras (publicado en la GORBV N°6.076, fecha 7 de mayo de 2012)
en el proceso social de trabajo. Los consejos detrabajadores tendrán atribuciones propias, distintas alas de las organizaciones sindicales.
CONSEJO DE TRABAJADORES CONSEJO DE TRABAJADORES NOCIÓNNOCIÓNNOCIÓNNOCIÓN
I. Son organizaciones del Poder Popular, concebidas para laparticipación de los trabajadores en el ejercicio del control sobre losparticipación de los trabajadores en el ejercicio del control sobre losprocesos productivos y administrativos y para ejercer la direcciónde los procesos en los centros de trabajo en general (Proyecto deLey de los Consejos Socialistas de Trabajadores y Trabajadoras,b il 2007)abril 2007);
II Son expresiones del Poder Popular para la participaciónII. Son expresiones del Poder Popular para la participaciónprotagónica en el proceso social de trabajo, con la finalidad deproducir bienes y servicios que satisfagan las necesidades delpueblo (Ley Orgánica del Trabajo, los Trabajadores y lasTrabajadoras, mayo 2012);
III S á l d d t l t l d l di dIII. Serán los encargados de tomar el control de los medios deproducción, estarán supeditados al Poder Popular y ejercerán lacontraloría social juntos con los consejos comunales en los centrosde trabajo (El Nacional, octubre 2012).
FINALIDADFINALIDAD
En cada centro de trabajo de carácter público o privado se constituiráC j S i li t d T b j d ( )un Consejo Socialista de Trabajadores(a).
1. Promover y articular las diversas organizaciones de base de lostrabajadores y trabajadoras en cada centro de Trabajo, con el finde incorporarlos activamente en el control social, en la gestión
del proceso, producción y distribución de los bienes y servicios.
2. Impedir la paralización o el cierre parcial o total de los centros detrabajo con claros fines especulativos, desestabilizadores oj p ,políticos.
3 Acceder a la información contable y demás registros de3. Acceder a la información contable y demás registros deinformación sobre almacenamiento y depósito de materiales,maquinarias y productos, sin excepción alguna.
Ley del Consejo de Creación de 30.000 Inversión social deLey del Consejo de Trabajadores empresas de
propiedad social
Inversión social de las ganancias de
las empresas
PLAN DE GOBIERNO 2013-2019Economía
DemocráticaLa escuela en la
fábrica
Vincular las fábricas con las
actividades sociales
Democratización de la Propiedad =
Propiedad SocialPoder Popular
“Comunas”
Otros Asuntos de InterésOtros Asuntos de Interés
Progresos del empleo en Progresos del empleo en L ti é i i t iblL ti é i i t iblLatinoamérica son insostenibles, Latinoamérica son insostenibles, dice OIT (Organización dice OIT (Organización ( g( gInternacional del Trabajo)Internacional del Trabajo)
Según el Informe de “Tendencias Mundiales de Desempleo2013” el flujo de capitales será bastante volátil.
La OIT advierte que poco valen las ofertas de empleo si(Fuente: El Mundo, 24/01/13)
La OIT advierte que poco valen las ofertas de empleo siestas no van a ser sustentables en el tiempo. “Aquellasregiones que han logrado prevenir un incremento adicional enel empleo con frecuencia han experimentado un deterioro enla calidad del trabajo”, dice el informe.
Gracias por su atención!Gracias por su atención!pp
www nortonrose comwww nortonrose comwww.nortonrose.comwww.nortonrose.comJuan Carlos Pró-Rí[email protected]
INAMOVILIDADINAMOVILIDADPROCEDIMIENTOS PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS DEL TRABAJOADMINISTRATIVOS DEL TRABAJOADMINISTRATIVOS DEL TRABAJOADMINISTRATIVOS DEL TRABAJO
…la conservación del empleo de las mujeres embarazadas…embarazadas…
LOTTTLOTTTLOTTTLOTTTInamovilidad Artículo 94. Los trabajadores y trabajadorasLos trabajadores y trabajadoras protegidos de inamovilidad no podrán ser despedidos ni trasladados niser despedidos, ni trasladados, ni desmejorados sin una causa justificada la cual deberá serjustificada la cual deberá ser previamente calificada por el inspectoro inspectora del trabajoo inspectora del trabajo…
Definición de fuero sindical o Definición de fuero sindical o i ilid d l b li ilid d l b linamovilidad laboralinamovilidad laboral
Artículo 418.Los trabajadores y las trabajadoras que gocen de fuero sindical o inamovilidad laboral de acuerdo con lo establecido enlaboral, de acuerdo con lo establecido en este Capítulo, no podrán ser despedidos, despedidas, trasladados,despedidos, despedidas, trasladados, trasladadas, desmejorados ni desmejoradas en sus condiciones de trabajo, sin justa causa previamente calificada por el Inspector o Inspectora del TrabajoInspectora del Trabajo
TRABAJADORES TRABAJADORES PROTEGIDOS PORPROTEGIDOS PORPROTEGIDOS POR PROTEGIDOS POR INAMOVILIDADINAMOVILIDAD
ART 420 LOTTTART 420 LOTTTART. 420 LOTTTART. 420 LOTTTestado de gravidez, desde el inicio del embarazo hasta dos inicio del embarazo hasta dos años después del parto.desde el inicio del embarazo de desde el inicio del embarazo de su pareja, hasta dos años después del parto.q e adopten niños o niñas que adopten niños o niñas menores de tres años, gozarán de inamovilidad por el lapso de p pdos años desde la fecha en que el niño o la niña sea dado o dada en adopción.en adopción.
ART 420 LOTTTART 420 LOTTTART. 420 LOTTTART. 420 LOTTTcon hijos o hijas con alguna discapacidad o enfermedadque le impida o dificulte valerse por sí misma o por sí valerse por sí misma o por sí mismo.durante la suspensión de la durante la suspensión de la relación de trabajo.En los demás casos En los demás casos contendidos en esta Ley, otras leyes y decretos.leyes y decretos.
Artículo 94. LOT Artículo 72. LOTTT
c) El servicio militar obligatorio;d) El d
c) Licencia o permiso por maternidad o paternidadd) El descanso pre y
postnatal;paternidad.d) El cumplimiento del deber constitucional de prestar servicio civil o militar.
SUSPENSION DE LA RELACION SUSPENSION DE LA RELACION DE TRABAJODE TRABAJODE TRABAJODE TRABAJO
ART. 94 LOT ART.72 LOTTT
e) El conflicto colectivo declarado de conformidad con esta
e) El conflicto colectivo declarado de conformidad con estaconformidad con esta
Ley;f) La detención
conformidad con esta Ley.
preventiva a los fines de averiguación judicial o policial cuando el
f) La privación de libertad en el proceso penal siempre y cuandopolicial, cuando el
trabajador no hubiere incurrido en causa que la j tifi
penal, siempre y cuando no resulte en sentencia condenatoria.
justifique;
ART.94 LOT ART.72 LOTTT
g) La licencia concedida al trabajador por el patrono para realizar
g) El permiso para el cuidado del cónyuge o la cónyuge, ascendientes y descendientes hasta elpatrono para realizar
estudios o para otras finalidades en su interés;
descendientes hasta el primer grado de consanguinidad, en caso de necesidad y por el ti d d t ltiempo acordado entre las partes.h) La licencia concedida al trabajador o trabajadoraal trabajador o trabajadora por el patrono o la patrona para realizar estudios o para otras finalidades de su i t éinterés.
ART.94 LOT ART.72 LOTTT
h) Casos fortuitos o de fuerza mayor que tengan como consecuencia
i) Casos fortuitos o de fuerza mayor que tengan como consecuencia necesaria inmediata ycomo consecuencia
necesaria, inmediata y directa, la suspensión t l d l l b
necesaria, inmediata y directa, la suspensión temporal de las labores, en cuyo caso deberá
li it t i ió ltemporal de las labores. solicitarse autorización a la Inspectoría del Trabajo dentro de las cuarenta y ocho horas siguientes a la gocurrencia de los hechos que ameritan la suspensión, la cual no podrá exceder de sesentapodrá exceder de sesenta días.
PROCEDIMIENTOS PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS DELADMINISTRATIVOS DELADMINISTRATIVOS DEL ADMINISTRATIVOS DEL TRABAJOTRABAJO
Igualdad de procedimientoIgualdad de procedimientoIgualdad de procedimientoIgualdad de procedimiento
Artículo 421. L di i t t bl id tLos procedimientos establecidos en este Capítulo para solicitar la calificación de faltas o para la protección del fuero sindical seo para la protección del fuero sindical se aplicarán también a los trabajadores y las trabajadoras que gocen de inamovilidad j q glaboral conforme a lo previsto en esta ley, otras leyes, decretos o normas, y a los que determine la convención colectiva de trabajo.
LEY ORGANICA DE LEY ORGANICA DE PROCEDIMIENTOS PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOSADMINISTRATIVOSADMINISTRATIVOSADMINISTRATIVOSTítulo III Título III D l P di i t Ad i i t tiD l P di i t Ad i i t tiDel Procedimiento Administrativo Del Procedimiento Administrativo Capítulo I Capítulo I Del Procedimiento OrdinarioDel Procedimiento Ordinario
Artículo 47:Artículo 47:Los procedimientos administrativos contenidos en leyes especiales secontenidos en leyes especiales se aplicarán con preferencia al procedimientocon preferencia al procedimiento ordinario previsto en este capítulo en las materias que constituyan lamaterias que constituyan la especialidad.
FASES DEL PROCEDIMIENTO:
INICIACION
SUSTANCIACION
DECISION
Artículo 64 Si l di i t i i i d i t iSi el procedimiento iniciado a instancia de un particular se paraliza durante dos (2) i t bl l(2) meses por causa imputable al interesado, se operará la perención de di h di i tdicho procedimiento. El término comenzará a partir de la f h l t id d d i i t tifecha en que la autoridad administrativa notifique al interesado. V id l l i l i t dVencido el plazo sin que el interesado hubiere reactivado el procedimiento, el f i i d á d l lfuncionario procederá a declarar la perención.
Artículo 60Artículo 60La tramitación y resolución de los expedientes no podrá exceder de cuatroexpedientes no podrá exceder de cuatro (4) meses, salvo que medien causasmeses, salvo que medien causas excepcionales, de cuya existencia se dejará deja áconstancia, con indicación de la prorroga que se acuerde. que se acue deLa prorroga o prorrogas no podrán exceder, en su conjunto, de dos (2) , j , ( )meses.
A tí l 61Artículo 61 El término indicado en el artículo anterior
á ti d l dí i i t d lcorrerá a partir del día siguiente del recibo de la solicitud o instancia del i t d l tifi ió é tinteresado o a la notificación a éste, cuando l di i t h bi i i i d del procedimiento se hubiera iniciado de
oficio.
S li it d d t i ió d lSolicitud de autorización del despido, traslado o modificación de condiciones.
Excepción a la solicitud de calificación previacalificación previa.
Despido durante el procedimientoDespido durante el procedimiento.
Procedimiento para el reenganche y restitución de derechosrestitución de derechos.
Agradeciendo su atención,Agradeciendo su atención,
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