1DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 1 de Abril de 2008.
DIARIO OFI CIAL
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S U M A R I O
1REPUBLICA DE EL SALVADOR EN LA AMERICA CENTRAL
TOMO Nº 379 SAN SALVADOR, MARTES 1 DE ABRIL DE 2008 NUMERO 58
DIRECTOR: Luis Ernesto Flores López
La Dirección de la Imprenta Nacional hace del conocimiento que toda publicación en el Diario Ofi cial se procesa por transcripción directa y fi el del original, por consiguiente la institución no se hace responsable por transcripciones cuyos originales lleguen en forma ilegible y/o defectuosa y son de exclusiva responsabilidad de la persona o institución que los presentó. (Arts. 21, 22 y 23 Reglamento de la Imprenta Nacional).
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ORGANO LEGISLATIVO
Enmienda al Tratado de Libre Comercio, República
Dominicana – Centroamérica – Estados Unidos de América;
Acuerdo Ejecutivo No. 81, del Ramo de Relaciones Exteriores,
aprobándola y Decreto Legislativo No. 551, ratifi cándola. .......
Decreto No. 554.- Reforma a la Ley de Control y Regulación
de Armas, Municiones, Explosivos y Artículos Similares. ........
Decreto No. 555.- Exoneración de impuestos a favor de la
Fundación “Dei Verbum”. ..........................................................
Decreto No. 556.- Modifi caciones en la Ley de Salarios,
en la parte que corresponde al Ramo de Seguridad Pública y
Justicia........................................................................................
ORGANO EJECUTIVO
PRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA
Acuerdos Nos. 77, 81, 82 y 89.- Se encargan Despachos
Ministeriales a funcionarios públicos. .......................................
MINISTERIO DE GOBERNACION
RAMO DE GOBERNACIÓN
Estatutos de la Asociación Siervos de Jesús y Acuerdo
Ejecutivo No. 43, aprobándolos y confi riéndoles el carácter de
persona jurídica..........................................................................
MINISTERIO DE ECONOMIA
RAMO DE ECONOMÍA
Acuerdo No. 181.- Se concede benefi cio a favor de la
sociedad Fertilizantes de Centro América (El Salvador), Sociedad
Anónima.....................................................................................
MINISTERIO DE EDUCACION
RAMO DE EDUCACIÓN
Acuerdo No. 15-0063.- Cambio de nombre del Colegio de España Padre Arrupe, por el de Colegio Español Padre Arrupe.
Acuerdos Nos. 15-1356 y 15-1580.- Ampliación de servios educativos...................................................................................
Acuerdo No. 15-0113.- Creación, nominación y funcionamiento del Colegio Momentos Mágicos, ubicado en el municipio de San Salvador.........................................................
ORGANO JUDICIAL
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA
Acuerdos Nos. 2362-D, 2418-D, 2428-D, 2458-D, 2493-D,
2496-D, 2497-D, 2501-D, 2502-D, 2515-D, 2523-D, 254-D, 265-D,
267-D, 274-D y 298-D.- Autorizaciones para el ejercicio de la
abogacía en todas sus ramas. .....................................................
Acuerdos Nos. 94-D y 471-D.- Autorizaciones para el
ejercicio de las funciones de notario y aumentos en la nómina
respectiva. ..................................................................................
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INSTITUCIONES AUTONOMAS
ALCALDÍAS MUNICIPALES
Decreto No. 1.- Ordenanza reguladora de la comercialización
y consumo de bebidas alcohólicas del municipio de San Rafael
Cedros. .......................................................................................
Decreto No. 1.- Reforma la ordenanza de tasas aplicadas
durante las fi estas patronales, semana santa, día de difuntos y
de fi n de año en el municipio de San Isidro, departamento de
Cabañas. .....................................................................................
Decreto No. 4.- Presupuesto municipal para el ejercicio
2008 de la municipalidad de San Vicente. .................................
Estatutos de las Asociaciones de Desarrollo Comunal
“Progreso para El Talpujero”, “Unidos para un Nuevo Progreso
en Sector El Hueco, Bobadilla”, “Nuevo Porvenir”, “Visión y
Ayuda”, “Agua Potable C/Llano de la Hacienda” y “Caserío Llanos
de Achichilco”, Acuerdos Nos. 1, 2, 3(2), 17 y 54, emitidos por
las Alcaldías Municipales de San Alejo, San Isidro y San Vicente,
aprobándolos y confi riéndoles el carácter de persona jurídica. .
SECCION CARTELES OFICIALES
DE PRIMERA PUBLICACION
Declaratoria de Herencia
Cartel No. 280.- Milagro del Rosario Guatemala de Rivera y otros (1 vez) ............................................................................
Aceptación de Herencias
Cartel No. 281.- Norma Yaneth Carbajal (3 alt.) ..............
Cartel No. 282.- Santiago Edmundo Jaimes Mira y otra (3alt.) ..........................................................................................
Herencia Yacente
Cartel No. 283.- Juan Antonio Murga Trigueros, se nombra curador a la Licda. Jenny Odette Amaya Montoya (3 alt.) ........
DE TERCERA PUBLICACION
Aceptación de Herencias
Cartel No. 271.- Mercedes Carpio y otros (3 alt.).............
Cartel No. 272.- Rosa Hilda Barraza (3 alt.).....................
Título de Propiedad
Cartel No. 273.- Estado y Gobierno de El Salvador en el Ramo de Educación (3 alt.)........................................................
Título Supletorio
Cartel No. 274.- Estado y Gobierno de El Salvador en el Ramo de Educación (3 alt.)........................................................
Título Municipal
Cartel No. 275.- Valentina Ardón (3 alt.) ..........................
SECCION CARTELES PAGADOS
DE PRIMERA PUBLICACION
Declaratorias de Herencias
Carteles Nos. C018586, F001699, F001706, F001723,
F001724, F001732, F001737, F001740, F001772, F001783,
F001788, F001796, F001797, F001798, F001799, F001802,
F001813, F001814, F001815, F001825, F001835, F001843,
F001861. ....................................................................................
Aceptación de Herencias
Carteles Nos. C018587, F001819, F001826, F001828,
C018589, C018592, C018599, F001700, F001725, F001773,
F001780, F001800, F001808, F001811, F001863, F001864,
F001733, F001793. ....................................................................
Títulos de Propiedad
Carteles Nos. C018595, F001717, F001719, F001704.....
Títulos Supletorios
Carteles Nos. C018596, F001766, C018590, C018591,
C018593, F001710, F001760, F001803, F001807, F001809,
F001748, F001749. ....................................................................
Juicios de Ausencia
Carteles Nos. F001786, F001829, F001830, F001831,
F001832, F001833, F001848, F001849, F001850, F001852. ...
Renovación de Marcas
Cartel No. C018580. .........................................................
Marcas de Fábrica
Carteles Nos. C018578, C018579, C018588, C018598,
F001736, F001857. ....................................................................
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Nombre Comercial
Carteles Nos. C018600, F001709, F001787. ....................
Matrículas de Comercio
Carteles Nos. C018577, C018584, C018597, C018601,
C018602, C018603, C018607, F001762. ..................................
Convocatorias
Carteles Nos. C018574, C018575, C018576, F001128....
Subastas Públicas
Carteles Nos. C018604, F001836, F001838, F001839,
F001840, F001841, F001844.....................................................
Reposición de Certifi cados
Carteles Nos. C018581, F001791, F001824. ....................
Aumento de Capital
Carteles Nos. C018585, F001768. ....................................
Aviso de Cobro
Cartel No. F001711...........................................................
Marca de Servicios
Cartel No. F001789...........................................................
Reposición de Póliza de Seguro
Cartel No. C018582. .........................................................
Modifi cación del Permiso de Operación
Cartel No. C018655. .........................................................
DE SEGUNDA PUBLICACION
Aceptación de Herencias
Carteles Nos. C018511, F001328, F001342, F001351,
F001364, F001371, F001390, F001410, F001421, F001438,
F001456. ....................................................................................
Herencia Yacente
Cartel No. F001318...........................................................
Títulos de Propiedad
Carteles Nos. F001323, F001332......................................
Renovación de Marcas
Carteles Nos. C018538, F001473, F001475. ....................
Marcas de Fábrica
Carteles Nos. C018521, C018522, C018523, C018524,
C018525, C018527, C018537, F001353, F001454, F001467,
F001468, F001469, F001470, F001471.....................................
Nombre Comercial
Carteles Nos. F001385, F001455, F001458. ....................
Matrículas de Comercio
Carteles Nos. C018486, C018487, C018495, C018528,
C018533, F001307, F001361, F001426, F001427, F001428,
F001445, F001446. ....................................................................
Convocatorias
Carteles Nos. C018488, C018515, C018526, F001299,
F001413, F001414, F001415, F001417, F001435, F001452,
F001532. ....................................................................................
Subastas Públicas
Carteles Nos. C018492, C018514, F001333, F001336,
F001378, F001416. ....................................................................
Reposición de Certifi cados
Carteles Nos. F001344, F001346, F001349, F001434,
F001442. ....................................................................................
Disolución de Sociedades
Cartel No. F001343...........................................................
Fusión de Sociedades
Carteles Nos. C018503, C018504, C018505, C018507,
C018509, C018510. ...................................................................
Marca Industrial
Carteles Nos. F001303, F001305, F001309, F001310. ....
Marca de Servicios
Cartel No. F001472...........................................................
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DE TERCERA PUBLICACION
Aceptación de Herencias
Carteles Nos. C018396, C018401, F000720, F000769,
F000771, F000802, F000822, F000833, F000835, F001009,
F001016, F001060, F001064, F001078, F001088, F001474. ...
Títulos de Propiedad
Carteles Nos. C018398, C018402, C018414, F000827,
F000868. ....................................................................................
Título Supletorio
Cartel No. C018409. .........................................................
Renovación de Marcas
Carteles Nos. F000650, F000651, F000653, F000655,
F000656, F000669, F000672, F000675, F000677, F000679,
F000681, F000682, F000684, F000685, F000688, F000689,
F000690, F000691, F000692, F000693, F000700, F000701,
F000702, F000705, F000706, F000707, F000708, F000709,
F000710, F000711, F000712, F000713, F000714, F000724,
F000727, F000730, F000732, F000734, F000736, F000739,
F000741, F000746, F000748, F000749, F000751, F000754,
F000756, F000757, F000759, F000763, F000764, F000766,
F000767, F000768, F000770, F000772, F000774, F000775,
F000777, F000778, F000779, F000780, F000781, F000782,
F000784, F000785, F000787, F000788, F000790, F000791,
F000793, F000794, F000796, F000797, F000799, F000801,
F000811, F000817, F000887, F000888, F000890, F000892,
F000893, F000895, F000898, F000899, F000900, F000901,
F000902, F000903, F000904, F000905, F000906, F000908,
F000909, F000910, F000911, F000912, F000914, F000916,
F000917, F000919, F000920, F000921, F000922, F000923,
F000924, F000925, F000926, F000927, F000928, F000929,
F000930, F000931, F000932, F000933, F000934, F000935,
F000936, F000937, F000939, F000940, F000943, F000944,
F000945, F000949, F000952, F000958, F000962, F000966,
F000967, F000970, F000973, F000975, F000977, F000980. ...
Marcas de Fábrica
Carteles Nos. C018405, C018406, F000649, F000654,
F000658, F000660, F000662, F000663, F000665, F000668,
F000671, F000673, F000674, F000676, F000678, F000698,
F000699, F000704, F000723, F000725, F000729, F000731,
F000733, F000735, F000737, F000740, F000742, F000743,
F000745, F000747, F000750, F000752, F000753, F000758,
F000761, F000948, F000950, F000951, F000954, F000997,
F000998, F000999, F001002, F001003.....................................
Nombre Comercial
Carteles Nos. F000715, F000956, F000968, F000969. ....
Señal de Publicidad Comercial
Carteles Nos. F000659, F000686, F000687, F000971. ....
Matrículas de Comercio
Carteles Nos. C018391, C018392, C018400, C018403,
C018404, C018412, C018419, F001052. ..................................
Convocatorias
Carteles Nos. C018418, C018422, C018426, F000882,
F001107. ....................................................................................
Subastas Públicas
Carteles Nos. F000847, F000848, F000850, F000852,
F000854, F000856, F000857, F000858, F000860, F000863,
F000865, F000991 .....................................................................
Reposición de Certifi cados
Carteles Nos. F001054, F001057, F001058, F001059. ....
Aumento de Capital
Cartel No. F000988...........................................................
Disolución de Sociedades
Cartel No. F001040...........................................................
Administrador de Condominio
Cartel No. F000716...........................................................
Marca Industrial
Cartel No. F001037...........................................................
Título Municipal
Cartel No. F000773...........................................................
Emblemas
Cartel No. F000961...........................................................
Marcas de Servicios
Carteles Nos. C018411, F000652, F000657, F000667,
F000697, F000703, F000755, F000947, F000960, F000963,
F000965, F000981, F000995.....................................................
Declaratoria de Muerte Presunta
Cartel No. C018490 ..........................................................
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9DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 1 de Abril de 2008.
ACUERDO No. 81/2008
Antiguo Cuscatlán, 15 de enero de 2008.
Vista la Enmienda al Tratado de Libre Comercio República Dominicana - Centroamérica - Estados Unidos la cual consta de Un Preámbulo y Dos Numerales enmendando la “Lista de Guatemala del Anexo 3.3 del Tratado en lo que se refi ere a la fracción arancelaria 22030000 (cerveza)”; suscrita en Guatemala, el día 27 de julio de 2007 por los Gobiernos de El Salvador, Guatemala, Honduras y Nicaragua; en Santo Domingo, el 14 de agosto de 2007, por el Gobierno de la República Dominicana; y en Washington, el día 6 de agosto de 2007, por el Gobierno de los Estados Unidos de América; el Órgano Ejecutivo en el Ramo de Relaciones Exteriores, ACUERDA: a-) Aprobarla en todas sus partes; y b-) Someterla a consideración de la Honorable Asamblea Legislativa para que si lo tiene a bien se sirva otorgarle su ratifi cación. COMUNÍQUESE. El Ministro de Relaciones Exteriores Laínez Rivas.
DECRETO No. 551
LA ASAMBLEA LEGISLATIVA DE LA REPÚBLICA DE EL SALVADOR,
CONSIDERANDO:
I. Que el 27 de julio, 14 de agosto y 6 de agosto de 2007, fue suscrita, respectivamente, por los Gobiernos de El Salvador, Honduras, Ni-caragua, República Dominicana y los Estados Unidos de América, la Enmienda al Tratado de Libre Comercio, República Dominicana- Centroamérica- Estados Unidos de América, enmendando la lista de Guatemala del Anexo 3.3 del Tratado en lo que se refi ere a la fracción arancelaria 22030000 (cerveza).
II. Que el instrumento antes mencionado ha sido aprobado por el Órgano Ejecutivo, a través del Ministerio de Relaciones Exteriores, por medio del Acuerdo No. 81/2008, del 15 de enero de 2008, y sometidos a ratifi cación de esta Asamblea Legislativa, para su inclusión en el ordenamiento jurídico salvadoreño, vigente y positivo.
III. Que la Enmienda a que se refi ere los Considerandos anteriores, no contienen ninguna disposición contraria a la Constitución, siendo pro-cedente su ratifi cación.
POR TANTO,
en uso de sus facultades constitucionales y a iniciativa del Presidente de la República, por medio del entonces Ministro de Relaciones Exteriores, y de conformidad al Art. 131 ordinal 7º de la Constitución, en relación con el Art. 168 ordinal 4º de la misma,
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10 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 379
DECRETA:
Art. 1.- Ratifícase la Enmienda al Tratado de Libre Comercio, República Dominicana- Centroamérica- Estados Unidos de América, la cual consta de Un Preámbulo y Dos Numerales, enmendando la “Lista de Guatemala del Anexo 3.3 del Tratado en lo que se refi ere a la fracción arancelaria 22030000 (cerveza)”; suscrito en Guatemala, el 27 de Julio de 2007, por los Gobiernos de El Salvador, Guatemala, Honduras y Nicaragua; en Santo Domingo, el 14 de agosto de 2007, por el Gobierno de la República Dominicana; y en Washington, el día 6 de agosto de 2007, por el Gobierno de los Estados Unidos de América; aprobado por el Órgano Ejecutivo en el Ramo de Relaciones Exteriores, mediante Acuerdo No, 81/2008, del 15 de enero de 2008.
Art. 2.- El presente Decreto entrará en vigencia ocho días después de su publicación en el Diario Ofi cial.
DADO EN EL SALÓN AZUL DEL PALACIO LEGISLATIVO: San Salvador, a los veintiún días del mes de febrero del año dos mil ocho.
RUBEN ORELLANA
PRESIDENTE
ROLANDO ALVARENGA ARGUETA FRANCISCO ROBERTO LORENZANA DURAN
VICEPRESIDENTE VICEPRESIDENTE
JOSE RAFAEL MACHUCA ZELAYA RODOLFO ANTONIO PARKER SOTO
VICEPRESIDENTE VICEPRESIDENTE
ENRIQUE ALBERTO LUIS VALDES SOTO GERSON MARTINEZ
SECRETARIO SECRETARIO
JOSE ANTONIO ALMENDARIZ RIVAS ROBERTO JOSE d`AUBUISSON MUNGUIA
SECRETARIO SECRETARIO
ZOILA BEATRIZ QUIJADA SOLIS
SECRETARIA
CASA PRESIDENCIAL: San Salvador, a los diez días del mes de marzo del año dos mil ocho.
PUBLIQUESE,
ELÍAS ANTONIO SACA GONZÁLEZ,
Presidente de la República.
MARISOL ARGUETA DE BARILLAS,
Ministra de Relaciones Exteriores.
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11DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 1 de Abril de 2008.
DECRETO No. 554.-
LA ASAMBLEA LEGISLATIVA DE LA REPÚBLICA DE EL SALVADOR.
CONSIDERANDO:
I. Que mediante Decreto Legislativo No. 655, de fecha 1 de julio de 1999, publicado en el Diario Ofi cial No. 139, Tomo No. 344, del 26 del
mismo mes y año, se emitió la Ley de Control y Regulación de Armas, Municiones, Explosivos y Artículos Similares.
II. Que mediante Decreto Legislativo No. 434, de fecha 18 de octubre de 2007, publicado en el Diario Ofi cial No. 214, Tomo No. 377 del
16 de noviembre del mismo año, se introdujeron reformas a la Ley a que alude el considerando anterior, mediante las cuales se regulan,
entre otros aspectos, las medidas de seguridad para la fabricación y comercialización de productos pirotécnicos, así como el procedimiento
sancionador por el incumplimiento de las mismas.
III. Que por un error involuntario en la materialización del Decreto Legislativo No. 434 ya referido, la Imprenta Nacional omitió publicar en el
Diario Ofi cial el Art. 68-H, que forma parte integral del mencionado Decreto, por lo que es menester que el mismo comprenda a plenitud
todas las disposiciones legales inicialmente consideradas para su concreción.
IV. Que a la fecha, han transcurrido los diez días referidos en el Art. 141 de la Constitución en los cuales, ante un caso de evidente error en la
impresión del texto de una ley, se volverá a publicar, a más tardar dentro de los 10 días mencionados; por lo que es imperioso adicionar a
la Ley referida en el primer considerando, el Art. 68-H.
POR TANTO,
en uso de sus facultades constitucionales y a iniciativa del Presidente de la República, por medio del Ministro de la Defensa Nacional.
DECRETA la siguiente:
REFORMA A LA LEY DE CONTROL Y REGULACIÓN DE ARMAS, MUNICIONES,
EXPLOSIVOS Y ARTICULOS SIMILARES.
Art. 1. Adiciónase al Título VIII, Capítulo II, el Art. 68-H, como sigue:
“Art. 68-H. La resolución que ponga fi n al procedimiento sancionador deberá ser motivada, conteniendo una relación detallada de los hechos,
la adecuación de los mismos a las faltas descritas anteriormente, la valoración de las pruebas de cargo y de descargo, la imposición de la respectiva
sanción, de ser procedente y los argumentos jurídicos en que se fundamenta la decisión.”
Art. 2. El presente Decreto entrará en vigencia ocho días después de su publicación en el Diario Ofi cial.
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12 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 379
DADO EN EL SALÓN AZUL DEL PALACIO LEGISLATIVO: San Salvador, a los veintiún días del mes de febrero del año dos mil ocho.
RUBEN ORELLANA
PRESIDENTE
ROLANDO ALVARENGA ARGUETA FRANCISCO ROBERTO LORENZANA DURAN
VICEPRESIDENTE VICEPRESIDENTE
JOSE RAFAEL MACHUCA ZELAYA RODOLFO ANTONIO PARKER SOTO
VICEPRESIDENTE VICEPRESIDENTE
ENRIQUE ALBERTO LUIS VALDES SOTO MANUEL ORLANDO QUINTEROS AGUILAR
SECRETARIO SECRETARIO
JOSE ANTONIO ALMENDARIZ RIVAS ROBERTO JOSE d´AUBUISSON MUNGUIA
SECRETARIO SECRETARIO
ZOILA BEATRIZ QUIJADA SOLIS
SECRETARIA
CASA PRESIDENCIAL: San Salvador, a los cinco días del mes de marzo del año dos mil ocho.
PUBLIQUESE,
ELIAS ANTONIO SACA GONZALEZ,
PRESIDENTE DE LA REPUBLICA.
RENE MARIO FIGUEROA FIGUEROA,
MINISTRO DE SEGURIDAD PUBLICA Y JUSTICIA.
JORGE ALBERTO MOLINA CONTRERAS,
MINISTRO DE LA DEFENSA NACIONAL.
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13DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 1 de Abril de 2008.
DECRETO No. 555
LA ASAMBLEA LEGISLATIVA DE LA REPÚBLICA DE EL SALVADOR,
CONSIDERANDO:
I. Que la Fundación “Dei Verbum”, es una entidad de utilidad pública, apolítica, no lucrativa, cuyos objetivos, entre otros, son anunciar y pro-mover el evangelio de nuestro Señor Jesucristo; fomentar el desarrollo social a través de proyectos habitacionales, educativos, alimenticios y de salud.
II. Que con el objeto de recaudar fondos para la realización de centros de atención integral para la juventud en diferentes zonas del país, introducirán al país un vehículo, el cual será rifado posteriormente.
III. Que de conformidad a las facultades que a esta Asamblea Legislativa le confi ere el Art. 131 de la Constitución de la República, es procedente exonerar del pago de impuestos, incluyendo bodegaje, que pueda causar la introducción al país del referido vehículo, así como la rifa del mismo.
POR TANTO:
en uso de sus facultades constitucionales y a iniciativa del Diputado Julio Antonio Gamero Quintanilla.
DECRETA:
Art. 1.- Exonérase del pago de impuestos, incluyendo bodegaje, a excepción del Impuesto a la Transferencia de Bienes Muebles y a la Presta-
ción de Servicios (IVA), que pueda causar la introducción al país de un vehículo y la rifa del mismo, a favor de la Fundación “Dei Verbum”, el cual
es de las características siguientes: marca: TOYOTA; modelo: KUN35L-HRMDH (HILUX 4X2 DOB. CAB.); clase: pick up; año: 2008; color: gris;
combustible: diesel; número de motor: 2KD 7483724; número de chasis: MROER32G307002017.
La exención concedida es sin perjuicio de la vigilancia y control que deberán ejercer los organismos fi scales respectivos. Asimismo, los repre-
sentantes de la referida Fundación, deberán presentar a esta Asamblea un informe debidamente auditado sobre los ingresos obtenidos y la distribución
de los mismos.
Art. 2.- El presente Decreto entrará en vigencia desde el día de su publicación en el Diario Ofi cial.
DADO EN EL SALÓN AZUL DEL PALACIO LEGISLATIVO. San Salvador, a los veintiocho días del mes de febrero del año dos mil ocho.
RUBÉN ORELLANA
PRESIDENTE
ROLANDO ALVARENGA ARGUETA FRANCISCO ROBERTO LORENZANA DURÁN VICEPRESIDENTE VICEPRESIDENTE
JOSÉ RAFAEL MACHUCA ZELAYA RODOLFO ANTONIO PARKER SOTO VICEPRESIDENTE VICEPRESIDENTE
ENRIQUE ALBERTO LUIS VALDÉS SOTO MANUEL ORLANDO QUINTEROS AGUILAR SECRETARIO SECRETARIO
JOSÉ ANTONIO ALMENDÁRIZ RIVAS ROBERTO JOSÉ d’AUBUISSON MUNGUÍA SECRETARIO SECRETARIO
ZOILA BEATRIZ QUIJADA SOLÍS
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14 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 379
CASA PRESIDENCIAL: San Salvador, a los once días del mes de marzo del año dos mil ocho.
PUBLIQUESE,
ELÍAS ANTONIO SACA GONZALEZ,
Presidente de la República.
WILLIAM JACOBO HÁNDAL HÁNDAL,
Ministro de Hacienda.
DECRETO No. 556
LA ASAMBLEA LEGISLATIVA DE LA REPÚBLICA DE EL SALVADOR,
CONSIDERANDO:
I. Que en cumplimiento a los Artículos 26 y 27 de la Ley de la Carrera Policial, aprobada por Decreto Legislativo No. 773, de fecha 18 de
julio de 1996, publicada en el Diario Ofi cial No. 144, Tomo No. 332 del 7 de agosto del mismo año, la Policía Nacional Civil en el mes
de diciembre de 2007 autorizó el nombramiento de 43 Subinspectores, las cuales a través del Decreto Legislativo No. 526, de fecha 20 de
diciembre de 2007, publicado en el Diario Ofi cial No. 238, Tomo No. 377 de la misma fecha, se incorporaron dichas plazas a la Ley de
Salarios del ejercicio fi scal 2007, correspondiente al Ramo de Seguridad Pública y Justicia.
II. Que la Ley de Salarios para el ejercicio fi scal 2008, aprobada por Decreto Legislativo No. 508 del 13 de diciembre del 2007, publicado en
el Diario Ofi cial No. 239, Tomo No. 377 del 21 del mismo mes y año, en la parte correspondiente al referido Ramo, no contiene la modi-
fi cación antes mencionada.
III. Que en razón de lo expuesto en los considerandos anteriores se hace necesario reformar la Ley de Salarios, en la parte que corresponde al
Ramo de Seguridad Pública y Justicia, a fi n de incorporar las 43 plazas de Subinspector, que representa un costo anual de $604,510.
POR TANTO:
en uso de sus facultades constitucionales y a iniciativa del Presidente de la República, por medio del Ministro de Hacienda,
DECRETA:
Art. 1.- En la Ley de Salarios vigente, Apartado I SALARIOS CON APLICACIÓN AL PRESUPUESTO GENERAL DEL ESTADO, en la parte
correspondiente al Ramo de Seguridad Pública y Justicia, Unidad Presupuestaria 05 Seguridad Pública, Línea de Trabajo 02 Efi cacia Policial, Código
2008-2400-2-05-02-21-1, introdúcese para el presente ejercicio fi scal la siguiente modifi cación que consiste en sustituir el número de plazas en la
partida 4, así:
No. de Sueldo
Partida Detalle de Plazas Plazas Mensual
4 Subinspector .................................................. 387
De 0 a 4 años.................................................. 973.39
De más de 4 a 8 años ..................................... 1,022.06
De más de 8 a 12 años ................................... 1,070.73
De más de 12 a 16 años ................................. 1,119.40
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15DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 1 de Abril de 2008.
Art. 2.- Para fi nanciar la presente reforma a la Ley de Salarios vigente, el Ramo de Seguridad Pública y Justicia hará uso de las asignaciones
presupuestarias de la Unidad Presupuestaria 05 Seguridad Pública, Línea de Trabajo 02 Efi cacia Policial.
Art. 3.- El presente Decreto entrará en vigencia desde el día de su publicación en el Diario Ofi cial.
DADO EN EL SALÓN AZUL DEL PALACIO LEGISLATIVO. San Salvador, a los veintiocho días del mes de febrero del año dos mil ocho.
RUBÉN ORELLANA
PRESIDENTE
ROLANDO ALVARENGA ARGUETA FRANCISCO ROBERTO LORENZANA DURÁN
VICEPRESIDENTE VICEPRESIDENTE
JOSÉ RAFAEL MACHUCA ZELAYA RODOLFO ANTONIO PARKER SOTO
VICEPRESIDENTE VICEPRESIDENTE
ENRIQUE ALBERTO LUIS VALDÉS SOTO MANUEL ORLANDO QUINTEROS AGUILAR
SECRETARIO SECRETARIO
JOSÉ ANTONIO ALMENDÁRIZ RIVAS ROBERTO JOSÉ d’AUBUISSON MUNGUÍA
SECRETARIO SECRETARIO
ZOILA BEATRIZ QUIJADA SOLÍS
SECRETARIA
CASA PRESIDENCIAL: San Salvador, a los once días del mes de marzo del año dos mil ocho.
PUBLIQUESE,
ELÍAS ANTONIO SACA GONZALEZ,
Presidente de la República.
WILLIAM JACOBO HÁNDAL HÁNDAL,
Ministro de Hacienda.
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16 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 379
ACUERDO No. 77.-
ELÍAS ANTONIO SACA GONZALEZ,
Presidente de la República,
en uso de sus facultades legales, ACUERDA: encargar el Despacho de Hacienda, con carácter ad-honorem, del 4 al 8 de marzo del presente año,
al señor Viceministro del Ramo, Licenciado Rafael Ernesto Mercado Albanez, en ausencia del Titular, Licenciado William Jacobo Hándal Hándal, a
quien se le ha encomendado el desempeño de una misión ofi cial en el exterior, concediéndosele por tal motivo licencia con goce de sueldo durante el
período antes mencionado.
DADO EN CASA PRESIDENCIAL: San Salvador, a los veintiocho días del mes de febrero del año dos mil ocho.
ELÍAS ANTONIO SACA GONZALEZ,
Presidente de la República.
JUAN MIGUEL BOLAÑOS TORRES,
Ministro de Gobernación.
ACUERDO No. 81.-
ELIAS ANTONIO SACA GONZALEZ,
Presidente de la República,
en uso de sus facultades legales, ACUERDA: encargar el Despacho de la Secretaría Técnica de la Presidencia de la República, con carácter ad-
honorem, del 5 al 8 de marzo del presente año, a la señora Subsecretaria Técnica, Licenciada Anabella Lardé de Palomo, en ausencia del Licenciado
Eduardo Arturo Ayala Grimaldi, Secretario Técnico, a quien se le ha encomendado el desempeño de una misión ofi cial en el exterior, concediéndosele
por tal motivo licencia con goce de sueldo durante el período antes mencionado.
DADO EN CASA PRESIDENCIAL: San Salvador, a los veintinueve días del mes de febrero del año dos mil ocho.
ELÍAS ANTONIO SACA GONZALEZ,
Presidente de la República.
JUAN MIGUEL BOLAÑOS TORRES,
Ministro de Gobernación.
ORGANO EJECUTIVOPRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA
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17DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 1 de Abril de 2008.
ACUERDO No. 82.-
ELIAS ANTONIO SACA GONZALEZ,
Presidente de la República,
en uso de sus facultades legales, ACUERDA: encargar el Despacho de Economía, con carácter ad-honorem, del 1 al 4 de marzo del presente año,
a la señora Viceministra de Comercio e Industria, Licenciada Blanca Imelda Jaco de Magaña, en ausencia de la Titular, Licenciada Yolanda Eugenia
Mayora de Gavidia, a quien se le ha encomendado el desempeño de una misión ofi cial en el exterior, concediéndosele por tal motivo licencia con goce
de sueldo durante el período antes mencionado.
DADO EN CASA PRESIDENCIAL: San Salvador, a los veintinueve días del mes de febrero del año dos mil ocho.
ELÍAS ANTONIO SACA GONZALEZ,
Presidente de la República.
JUAN MIGUEL BOLAÑOS TORRES,
Ministro de Gobernación.
ACUERDO No. 89.-
ELIAS ANTONIO SACA GONZALEZ,
Presidente de la República,
en uso de sus facultades legales, ACUERDA: encargar el Despacho de Medio Ambiente y Recursos Naturales, con carácter ad-honorem, durante el
período comprendido del 5 al 9 de marzo del presente año, al señor Viceministro del Ramo, Ingeniero Roberto Alfonso Escalante Caceros, en ausencia
del Titular, Ingeniero Carlos José Guerrero Contreras, a quien se le ha encomendado el desempeño de una misión ofi cial en el exterior, concediéndosele
por tal motivo licencia con goce de sueldo durante el período antes mencionado.
DADO EN CASA PRESIDENCIAL: San Salvador, a los cinco días del mes de marzo del año dos mil ocho.
ELÍAS ANTONIO SACA GONZALEZ,
Presidente de la República.
JUAN MIGUEL BOLAÑOS TORRES,
Ministro de Gobernación.
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18 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 379
MINISTERIO DE GOBERNACIÓNRAMO DE GOBERNACION
NUMERO CUARENTA Y CINCO.- (LIBRO OCTAVO) En la ciudad
de San Salvador, a las once horas del día cuatro de junio del año dos mil
siete.- Ante mí, HUMBERTO GERARDO LARA ALAS, Notario, de
este domicilio, comparece el señor MANUEL ENRIQUE CASTILLO
RIVAS, de cincuenta y dos años de edad, Comerciante, del domicilio
de Antiguo Cuscatlán, Departamento de La Libertad, a quien no conoz-
co pero identifi co por medio de su Documento Unico de Identidad cero
uno seis uno tres siete ocho - cuatro, y con Número de Identidad Tributaria
cero seiscientos catorce - ciento cincuenta mil ciento cincuenta y cinco-
cero cero ocho - tres; Y ME DICEN: I) Que ha sido designado según
Acta número Uno de Sesión Ordinaria de la Asociación Siervos de
Jesús, de fecha quince de mayo del año dos mil siete, para comparecer
al otorgamiento de la presente Escritura de Constitución de dicha Aso-
ciación, en donde se acordó por unanimidad, crear la Asociación de
carácter apolítico, no lucrativa, no religiosa con el nombre de ASOCIA-
CION SIERVOS DE JESUS, y que podrá abreviarse (A. S. de J.). II)
Por unanimidad han acordado aprobar íntegramente los Estatutos que
regirán a la Asociación, los cuales constan de Treinta y Cuatro Artículos,
que se describen a continuación: ESTATUTOS DE LA ASOCIACIÓN
SIERVOS DE JESÚS. CAPITULO I. NATURALEZA, DENOMINA-
CIÓN, DOMICILIO Y PLAZO. Artículo 1.- Créase en la ciudad de San
Salvador, Departamento de San Salvador, la Asociación de nacionalidad
salvadoreña, que se denominará ASOCIACIÓN SIERVOS DE JESÚS
y que podrá abreviarse (A. S. de J.) como una entidad apolítica, no lu-
crativa, la que en los presentes estatutos se denominará “La Asociación”.
Artículo 2.- El domicilio de la Asociación será la ciudad de San Salva-
dor, Departamento de San Salvador, pudiendo establecer fi liales en todo
el territorio de la República y fuera de él. Artículo 3.- La Asociación se
constituye por tiempo indefi nido. CAPITULO II. FINES U OBJETIVOS.
Artículo 4.- Los fi nes u objetivos de la Asociación serán: OBJETIVOS
DE LA ASOCIACION 1. Realizar directamente o por medio de terceros
obras y actividades que conduzcan a la promoción integral, rehabilitación
y reinserción productiva de las personas más necesitadas, ya sea a nivel
nacional como internacional. 2. Proporcionar asistencia para la salud
física: proporcionarles asistencia para su salud física, mental, interior y
espiritual; asistencia social y alimenticia, abrigo y educación, podrá
establecer, atender, mantener y realizar entre otras las siguientes activi-
dades: a) Clínicas asistenciales; b) Hospitales; c) Centros de enseñanzas;
f) Farmacias; g) Promover, organizar y participar en eventos; h) Solici-
tar la colaboración de las Instituciones Públicas o Privadas, Nacionales
o Extranjeras, Naturales o Jurídicas que contribuyan espiritual, profe-
sional, física o materialmente al logro de las fi nalidades de la misma; i)
Promover los principios y valores morales. 3. Realizar alianzas estraté-
gicas con el Gobierno, Empresa Privada, Organismos no Gubernamen-
tales, Municipalidades, Agencias de Cooperación, países amigos, etc.
para fomentar el desarrollo humano y conservando el medio ambiente,
construir centro de recreación y esparcimiento, construir calles de ac-
ceso, promover y organizar eventos que aumenten el conocimiento de
los principios éticos y morales; casas de retiro; casas comunales. 4.
Contribuir a la gestión permanente de recursos y donaciones para la
ejecución de obras para los más necesitados, establecer, atender, man-
tener y realizar entre otras, obras y actividades como centros de ense-
ñanza educacional y formación integral. 5. Solicitar y aceptar donaciones
y colaboraciones de las instituciones públicas y empresas privadas, así
como de personas naturales y jurídicas nacionales o extranjeras, para
que contribuyan al servicio, material y fi nancieramente. 6. Realizar todo
tipo de actividades sin distingos de raza, credos, nacionalidad o cultura
como la construcción de instalaciones habitacionales, ofi cinas etc. y a
educar a los niños abandonados, hospitales, comedores para ancianos,
guarderías, escuelas o centros de enseñanza, casas de retiro. El servicio
de las actividades de la radiodifusión sonora,con carácter cultural, mo-
ral, educativos, económicos y cívico; enseñándoles artes, ofi cios y toda
clase de actividades que sean un servicio social, fi nanciado con el amor
a nuestros semejantes refl ejada en aportaciones sin fi nes de lucro y ba-
sados en actos cuyos fundamentos llenen a las personas de paz y alegría;
producción de conciertos o cualquier clase de eventos musicales, tea-
trales, o de cualquier índole; Producción o Transmisión de programas
variados auto producidos o adquiridos y a terceros; pudiendo ser infor-
mativos sobre sucesos religiosos, económicos, sociales, culturales etc.
7. Y toda actividad lícita, permitida por la ley. CAPITULO III. DEL
PATRIMONIO. Artículo 5.- El Patrimonio de la Asociación estará
constituido por: a) Las Cuotas de Membresía pagadas semanalmente
por los miembros de la Asociación; b) Todos los bienes muebles,
inmuebles, vehículos, herramientas y equipo que se adquieran. Artículo
6.- El Patrimonio será administrado por la Junta Directiva conforme a
las directrices que le manifi este la Asamblea General de Propietarios.
CAPITULO IV. DEL GOBIERNO DE LA ASOCIACIÓN. Artículo
7.- El gobierno de la Asociación será ejercido por: a) La Asamblea
General de Propietarios; y b) La Junta Directiva. CAPITULO V. DE LA
ASAMBLEA GENERAL DE PROPIETARIOS. Artículo 8.- La Asam-
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blea General de Propietarios, debidamente convocada, es la autoridad
máxima de la Asociación y estará integrada por la totalidad de los
miembros activos y fundadores. Artículo 9.- La Asamblea General se
reunirá ordinariamente una vez al año y extraordinariamente cuando
fuere convocada por la Junta Directiva. La Asamblea General de Pro-
pietarios sesionará válidamente con la asistencia del cincuenta y uno
por ciento como mínimo de los Miembros en primera convocatoria y en
segunda convocatoria, el día siguiente con los miembros que asistan,
excepto en los casos especiales en que se requiera mayor número de
asistentes, las resoluciones las tomará la Asamblea General por mayo-
ría de votos, excepto en los casos especiales en que se requiera una
mayoría diferente. Artículo 10.- Todo miembro que no pudiera asistir a
cualquiera de las sesiones de Asamblea General por motivos justifi cados
podrá hacerse representar por escrito por otro miembro. El límite de
representaciones es de un miembro, llevando la voz y el voto de su re-
presentado. Artículo 11.- Son atribuciones de la Asamblea General: a)
Elegir, sustituir total o parcialmente a los miembros de la Junta Direc-
tiva; b) Aprobar, reformar o derogar los Estatutos y el Reglamento In-
terno de la Asociación; c) Aprobar y/o modifi car los planes, programas
o presupuesto anual de la Asociación; d) Aprobar o desaprobar la Me-
moria Anual de Labores de la Asociación presentada por la Junta Direc-
tiva; e) Fijar las cuotas de membresía y contribuciones eventuales de los
miembros en calidad de donaciones; f) Decidir sobre la compra, venta
o enajenación de los bienes muebles e inmuebles de la asociación; g)
Decidir todos aquellos asuntos de interés para la Asociación y que no
estén contemplados en los presentes Estatutos. CAPITULO VI. DE LA
JUNTA DIRECTIVA. Artículo 12.- La dirección y administración de la
Asociación estará confi ada a la Junta Directiva, la cual estará integrada
de la siguiente forma: Un Presidente, un Secretario, un Tesorero y uno
o dos Vocales según lo designe la Asamblea General. Artículo 13.- Los
miembros de la Junta Directiva serán electos para un período de dos
años pudiendo ser reelectos cuantas veces fuera, en sus cargos o en otro.
Artículo 14.- La Junta Directiva sesionará ordinariamente una vez al
mes y extraordinariamente cuantas veces sea necesario. Artículo 15.- El
quórum necesario para que la Junta Directiva pueda sesionar será la
mitad más uno de sus miembros y sus acuerdos deberán ser tomados
por la mayoría de los asistentes. Artículo 16.- La Junta Directiva tendrá
las siguientes atribuciones: a) Desarrollar las actividades necesarias para
el logro de los fi nes de la Asociación; b) Velar por la administración
efi ciente y efi caz del patrimonio de la Asociación; c) Elaborar la Me-
moria Anual de Labores de la Asociación; d) Velar por el cumplimiento
de los Estatutos, Reglamento Interno, acuerdos y resoluciones de la
Asamblea General de Propietarios y de la misma Junta Directiva; e)
Promover la elaboración de planes, programas, proyectos y presupues-
tos de la Asociación e informar a la Junta Directiva; f) Nombrar de entre
los Miembros de la Asociación los Comités o Comisiones que conside-
ran necesarios para el cumplimiento de los fi nes de la Asociación; g)
Convocar a sesiones ordinarias y extraordinarias de Asamblea General;
h) Decidir sobre las solicitudes de incorporación de nuevos miembros
y proponerlos a la Asamblea General de Propietarios; i) Resolver todos
los asuntos que no sean competencia de la Asamblea General. Artículo
17.- Son atribuciones del Presidente: a) Presidir las sesiones Ordinarias
y Extraordinarias de Asamblea General; b) Velar por el cumplimiento
de los acuerdos, resoluciones de la Junta Directiva y de la Asamblea
General de Propietarios, así como de los Estatutos y Reglamento Inter-
no de la Asociación; c) Representar judicial y extrajudícialmente a la
Asociación, pudiendo otorgar poderes previa autorización de la Junta
Directiva; d) Convocar a sesiones ordinarias o extraordinarias de la
Asamblea General y de la Junta Directiva; e) Autorizar juntamente con
el Tesorero las erogaciones que tenga que hacer la Asociación; f) Pre-
sentar la Memoria de Labores de la Asociación y cualquier informe que
le sea solicitado por la misma. Artículo 18.- Son atribuciones del Secre-
tario: a) Llevar los libros de actas de las sesiones de Asamblea General
de Propietarios y de la Junta Directiva; b) Llevar el archivo de documen-
tos y registros de los miembros de la Asociación; c) Extender todas las
certifi caciones que fueran solicitadas a la Asociación; d) Hacer y enviar
las convocatorias a los miembros para las sesiones; e) Ser el órgano de
comunicación de la Asociación. Artículo 19.- Son atribuciones del Te-
sorero: a) Recibir y depositar los fondos que la Asociación obtenga, en
el banco que la Junta Directiva seleccione; b) Llevar o tener control
directo de los libros de contabilidad de la Asociación; c) Autorizar
juntamente con el Presidente las erogaciones que la Asociación tenga
que realizar. Artículo 20.- Son atribuciones de los Vocales: a) Colaborar
directamente con todos los miembros de la Junta Directiva; b) Sustituir
a cualquier Miembro de la Junta Directiva en caso de ausencia o impe-
dimento. CAPITULO VII. DE LOS MIEMBROS. Artículo 21.- Podrán
ser miembros todas las personas mayores de dieciocho años, sin distin-
ción de raza, credo, religión e ideología política, que lo soliciten por
escrito a la Junta Directiva. Artículo 22.- La Asociación tendrá las si-
guientes clases de miembros: a) Miembros Fundadores; b) Miembros
Activos. - Serán Miembros Fundadores: todas las personas que suscriban
el acta de Constitución de la Asociación. - Serán Miembros Activos:
Todas las personas que la Junta Directiva acepte como tales en la Aso-
ciación. Artículo 23.- Son derechos de los Miembros Fundadores y
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Activos: a) Tener voz y voto en las deliberaciones de la Asamblea Ge-
neral de Propietarios; b) Optar a cargos Directivos llenando los requisi-
tos que señalen los Estatutos de la Asociación; c) Los demás que seña-
len los Estatutos y Reglamento Interno de la Asociación. Artículo 24.- Son
deberes de los Miembros Fundadores y Activos: a) Asistir a las sesiones
Ordinarias y Extraordinarias de la Asamblea General de Propietarios;
b) Cooperar con el desarrollo de aquellas actividades propias de la
Administración; c) Cancelar las cuotas de membresía y donaciones
acordadas en Asamblea General de Propietarios; d) Cumplir y hacer
cumplir los presentes Estatutos, Reglamento Interno, acuerdos y reso-
luciones de la Asamblea General de Propietarios. Artículo 25.- La cali-
dad de miembro se perderá por las causales siguientes: a) Por violación
a estos Estatutos, Reglamento interno, acuerdos y resoluciones de la
Asamblea General de Propietarios; b) Por otras faltas graves cometidas,
que a juicio de la Asamblea General de Propietarios merezcan tal sanción;
c) Por renuncia presentada por escrito a la Junta Directiva. CAPÍTULO
VIII. SANCIONES A LOS MIEMBROS, MEDIDAS DISCIPLINARIAS,
CAUSALES Y PROCEDIMIENTO DE APLICACIÓN. Artículo 26.-
Toda persona o miembro que difame o exprese calumnias acerca de la
Junta Directiva u otro miembro con cargo, direccionales u operativos
podrá ser amonestado, sancionado o advertido por escrito y si éste
reincidiere, deberá ser llevado a conocimiento de Junta Directiva para
su sanción o en caso extremo su expulsión. CAPITULO IX. DE LA
DISOLUCIÓN. Artículo 27.- No podrá disolverse la Asociación sino
por disposición de la ley o por resolución tomada en Asamblea General
Extraordinaria de Propietarios, convocada a ese efecto y con un número
de votos que represente por lo menos tres cuartas partes de sus miembros.
Artículo 28.- En caso de acordarse la disolución de la Asociación se
nombrará una Junta de Liquidación compuesta por cinco personas,
electas por la Asamblea General Extraordinaria de Propietarios que
acordó la disolución. Los bienes que sobraren después de cancelar todos
sus compromisos, quedarán como activo de la asociación. CAPITULO
X. REFORMA DE ESTATUTOS. Artículo 29.- Para reformar o derogar
los presentes Estatutos será necesario el voto favorable de no menos del
sesenta por ciento de los miembros de la Asamblea General de Propie-
tarios convocada para tal efecto. CAPITULO XI. DISPOSICIONES
GENERALES. Artículo 30.- La Junta Directiva tiene la obligación de
inscribir en el Registro de Asociaciones y Fundaciones sin Fines de
Lucro del Ministerio de Gobernación, en los primeros días del mes de
enero de cada año, la Nómina de Miembros, y dentro de los cinco días
la nueva Junta Directiva y en todo caso, inscribir en dicho Registro todos
los documentos que la LEY DE ASOCIACIONES Y FUNDACIONES
SIN FINES DE LUCRO señale inscribir así como enviar al Registro
cualquier dato que se le pidiere relativo a la Entidad. Artículo 31.- Los
documentos sujetos a registro deberán ser presentados dentro de los
quince días siguientes a su formalización. Artículo 32.- Todo lo relativo
al orden interno de la Asociación no comprendido en estos Estatutos, se
establecerá en el Reglamento Interno de la misma, el cual deberá ser
elaborado por la Junta Directiva y aprobado por la Asamblea General
de Propietarios. Artículo 33.- La Asociación se regirá por la LEY DE
ASOCIACIONES Y FUNDACIONES SIN FINES DE LUCRO, por los
presentes Estatutos y demás disposiciones legales aplicables. Artículo
34.- Los presentes Estatutos entrarán en vigencia desde el día de su
publicación en el Diario Ofi cial. III) De conformidad al Artículo Doce
de los Estatutos, se procede a elegir a la Junta Directiva, la cual por
decisión unánime, quedará integrada de la siguiente manera: PRESI-
DENTE. MANUEL ENRIQUE CASTILLO RIVAS; SECRETARIA:
MARGARITA ELENA FABIAN DE AGUILUZ; TESORERA: ANA
GLADIS CORALIA ESCALON DE GUILLEN; PRIMER VOCAL:
CARLOS ERNESTO LERET CASTILLO; SEGUNDO VOCAL:
ROLANDO ANTONIO DURAN CALDERON. Así se expresó el com-
pareciente, a quien expliqué los efectos legales del presente acto, la
obligación de registrarlo, y las sanciones a que se refi ere el Artículo
Noventa y Uno de la Ley de Asociaciones y Fundaciones sin Fines de
Lucro; y leído que se lo hube íntegramente en un solo acto ininterrum-
pido, manifi esta su conformidad, ratifi ca su contenido y fi rmamos.- FOY
FE.-
HUMBERTO GERARDO LARA ALAS,
NOTARIO.
PASO ANTE MI del folio ochenta frente al ochenta y tres también frente
del Libro OCTAVO de mi Protocolo que caducará el día quince de junio
del presente año; y para ser entregado a la ASOCIACION SIERVOS DE
JESUS; extiendo, sello y fi rmo el presente testimonio en San Salvador,
a los cuatro días del mes de junio de dos mil siete.
HUMBERTO GERARDO LARA ALAS,
NOTARIO.
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21DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 1 de Abril de 2008.
NUMERO DIECISIETE.- (LIBRO NOVENO).- En la ciudad de San
Salvador, a las dieciséis horas del día veintidós de enero del año dos mil
ocho.- Ante mí, HUMBERTO GERARDO LARA ALAS, Notario, de
este domicilio, comparece el señor MANUEL ENRIQUE CASTILLO
RIVAS, de cincuenta y dos años de edad, Comerciante, del domicilio
de Antiguo Cuscatlán, Departamento de La Libertad, de mi conocimien-
to cuyo Documento Único de Identidad cero uno seis uno tres siete ocho
- cuatro, he tenido a la vista; actuando en su calidad de Ejecutor Especial
de Acuerdos de la ASOCIACION SIERVOS DE JESUS, y en el carác-
ter en que actúa ME DICE: I) Que ha sido designado según Acta Dos
de Sesión Ordinaria de la Asociación SIERVOS DE JESUS, de fecha
veintiuno de septiembre del año dos mil siete, para comparecer al otor-
gamiento de la presente Escritura Pública de Rectifi cación de dicha
Asociación, en donde se acordó por unanimidad Rectifi car la Escritura
de Constitución número cuarenta y cinco del libro Octavo, otorgada en
esta ciudad, en mis ofi cios notariales a las once horas del día cuatro de
junio del año dos mil siete, con el fi n de darle cumplimiento a su man-
dato, otorga la presente escritura que contiene la rectifi cación de los
artículos cuatro, nueve, diez, once, doce, dieciséis, diecisiete, veintiséis,
veintiocho y treinta y dos de los Estatutos de la Asociación, en los tér-
minos siguientes: ARTICULO CUATRO. Los fi nes u objetivos de la
Asociación serán: uno. Realizar directamente obras y actividades que
conduzcan a la promoción integral, rehabilitación y reinserción produc-
tiva de las personas más necesitadas, ya sea a nivel nacional como in-
ternacional. Dos. Proporcionar asistencia para la salud física, mental,
interior y espiritual; asistencia social y alimenticia, abrigo y educación
podrá establecer, atender, mantener y realizar entre otras las siguientes:
a) clínicas asistenciales; b) hospitales; c) centros de enseñanzas; d)
farmacias; e) promover, organizar y participar en eventos; f) solicitar la
colaboración de las instituciones públicas o privadas, nacionales o ex-
tranjeras, naturales o jurídicas que contribuyan espiritual, profesional,
física o materialmente al logro de las fi nalidades de la misma; y g)
promover los principios y valores morales. tres. Realizar alianzas estra-
tégicas con el Gobierno, empresa privada, organismos no gubernamen-
tales, municipales, agencias de cooperación, países amigos. Para fomen-
tar el desarrollo humano y conservando el medio ambiente; construir
centro de recreación y esparcimiento, construir calles de acceso, pro-
mover y organizar eventos que aumenten el conocimiento de los prin-
cipios éticos y morales; casas de retiro y casas comunales. Cuatro.
Contribuir a la gestión permanente de recursos y donaciones para la
ejecución de obras para los más necesitados, establecer, atender, man-
tener y realizar entre otras, obras y actividades como centros de ense-
ñanza educacional y formación integral. Cinco. Solicitar y aceptar
donaciones y colaboraciones de las instituciones públicas y empresas
privadas, así como de personas naturales y jurídicas nacionales o extran-
jeras, para que contribuyan al servicio, material y fi nancieramente. Seis.
Realizar todo tipo de actividades sin distingo de raza, credo, nacionali-
dad o cultura como la construcción de instalaciones, habitacionales,
ofi cinas y para educar a los niños abandonados, hospitales, comedores
para ancianos, guarderías, escuelas o centros de enseñanza, casas de
retiro. El servicio de las actividades de la radiodifusión sonora con
carácter cultural, moral, educativo y cívico; enseñándoles artes, ofi cios
y toda clase de actividades que sean un servicio social fi nanciado con
el amor a nuestros semejantes, refl ejada en aportaciones sin fi nes de
lucro y basados en actos cuyos fundamentos llenen a las personas de
paz y alegría; producción de conciertos o cualquier clase de eventos
musicales, teatrales o de cualquier índole; producción o transmisión de
programas variados auto producidos o adquiridos y a terceros; pudiendo
ser informativos, sobre sucesos religiosos, económicos, sociales y cul-
turales. Siete. Y a toda actividad lícita permitida por la Ley. ARTICULO
NUEVE. La Asamblea General de Propietarios se reunirá ordinariamen-
te una vez al año y extraordinariamente cuando fuere convocada por la
Junta Directiva. La Asamblea General de Propietarios sesionará válida-
mente con la asistencia del cincuenta y uno por ciento como mínimo de
los miembros en primera convocatoria y en segunda convocatoria el día
siguiente con los miembros que asistan, excepto en los casos especiales
en que se requiera mayor número de asistentes. Las resoluciones las
tomará la Asamblea General de Propietarios por mayoría de votos ex-
cepto en los casos especiales en que se requiera una mayoría diferente.
ARTICULO DIEZ. Todo miembro que no pudiera asistir a cualquiera
de las sesiones de Asamblea General de Propietarios por motivos justi-
fi cados podrá hacerse representar por escrito por otro miembro. El lími-
te de representaciones es de un miembro llevando la voz y el voto de su
representado. ARTICULO ONCE. Son atribuciones de la Asamblea
General de Propietarios: a) Elegir, sustituir total o parcialmente a los
miembros de la Junta Directiva; b) Aprobar, reformar o derogar los
Estatutos y el Reglamento Interno de la Asociación; c) Aprobar y/o
modifi car los planes, programas o presupuesto anual de la Asociación;
d) Aprobar o desaprobar la Memoria Anual de Labores de la Asociación,
presentada por la Junta Directiva; e) Fijar las cuotas de membresía y
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contribuciones eventuales de los miembros en calidad de donaciones; f)
Decidir sobre la compra, venta o enajenación de los bienes muebles e
inmuebles de la Asociación; g) Decidir todos aquellos asuntos de interés
para la Asociación y que no estén contemplados en los presentes Estatutos.
ARTICULO DOCE. La dirección y Administración de la Asociación
estará confi ada a la Junta Directiva, la cual estará integrada de la siguien-
te forma: Un Presidente, Un Secretario, Un Tesorero y Dos Vocales.
ARTICULO DIECISEIS. La Junta Directiva tendrá las siguientes atri-
buciones: a) Desarrollar las Actividades necesarias para el logro de los
fi nes de la Asociación; b) Velar por la administración efi ciente y efi caz
del patrimonio de la Asociación; c) Elaborar la memoria Anual de La-
bores de la Asociación; d) Velar por el cumplimiento de los Estatutos,
Reglamento Interno, acuerdos y resoluciones de la Asamblea General
de Propietarios y de la misma Junta Directiva; e) Promover la elaboración
de planes, programas, proyectos y presupuesto de la Asociación, e in-
formar a la Asamblea General de Propietarios; f) Nombrar de entre los
miembros de la Asociación los comités o comisiones que consideren
necesarios para el cumplimiento de los fi nes de la Asociación; g) Con-
vocar a sesiones Ordinarias y Extraordinarias de Asamblea General de
Propietarios; h) Decidir sobre las solicitudes de incorporación de nuevos
miembros y proponerlos a la Asamblea General de Propietarios; i) Re-
solver todos los asuntos que no sean competencia de la Asamblea Ge-
neral de Propietarios. ARTICULO DIECISIETE. Son atribuciones del
Presidente: a) Presidir las sesiones ordinarias o extraordinarias de
Asamblea General de Propietarios; b) Velar por el cumplimiento de los
acuerdos, resoluciones de la Junta Directiva y de la Asamblea General
de Propietarios, así como de los Estatutos y Reglamento Interno de la
Asociación; c) Representar judicial y extrajudicialmente a la Asociación,
pudiendo otorgar poderes, previa autorización de la Junta Directiva; d)
Convocar a sesiones ordinarias o extraordinarias de la Asamblea Gene-
ral de Propietarios y de la Junta Directiva; e) Autorizar juntamente con
el Tesorero las erogaciones que tenga que hacer la Asociación, f) Pre-
sentar la Memoria de Labores de la Asociación y cualquier informe que
le sea solicitado por la misma. ARTICULO VEINTISEIS. Toda persona
o miembro que difame o exprese calumnias acerca de la Junta Directiva
u otro miembro con cargo direccional o cargo operativo, podrá ser
amonestado, sancionado o advertido por escrito, y si éste reincidiere,
deberá ser llevado a conocimiento de Junta Directiva para su sanción.
Las medidas disciplinarias y el procedimiento de aplicación se regularán
en el Reglamento Interno. ARTICULO VEINTIOCHO. En caso de
acordarse la disolución de la Asociación, se nombrará una Junta de
Liquidación compuesta por cinco personas, electas por la Asamblea
General Extraordinaria de Propietarios que acordó la disolución. Los
bienes que sobraren después de cancelar todos sus compromisos se
donarán a cualquier entidad benéfi ca que la Asamblea General de
Propietarios señale. ARTICULO TREINTA. La Junta Directiva tiene la
obligación de inscribir en el Registro de Asociaciones y Fundaciones
sin Fines de Lucro del Ministerio de Gobernación en los primeros días
del mes de enero de cada año, la Nómina de Miembros y dentro de los
cinco días después de electa la nueva Junta Directiva y en todo caso,
inscribir en dicho Registro, todos los documentos que LA LEY DE
ASOCIACIONES Y FUNDACIONES SIN FINES DE LUCRO señale
inscribir, así como enviar al Registro, cualquier dato que se le pidiere
relativo a la Entidad; y II) Que en todo lo demás queda RATIFICADA
la Escritura de Constitución de la ASOCIACION SIERVOS DE JESUS.
Advertí al compareciente, los efectos del Artículo Noventa y Uno de la
Ley de Asociaciones y Fundaciones sin Fines de Lucro. Y yo el Notario
doy fe de haber tenido a la vista el Acta número dos en la cual se nom-
bró al señor Manuel Enrique Castillo Rivas, como Ejecutor Especial de
Acuerdos, para que compareciera ante Notario a otorgar la presente
escritura de Rectifi cación. Así se expresó el compareciente, a quien
expliqué los efectos legales de este instrumento; y leído que se lo hube
íntegramente en un sólo acto ratifi ca su contenido y fi rmamos. DOY
FE.- entrelíneas: y-excepto en los casos especiales en que se requiera
una mayoría diferente-convocatoria-Vale.-
HUMBERTO GERARDO LARA ALAS,
Notario.
PASO ANTE MI del folio cincuenta y dos al cincuenta y Cuatro
ambos vuelto del Libro NOVENO de mi Protocolo que caducará el día
doce de septiembre del presente año; y para ser entregado a LA ASO-
CIACION SIERVOS DE JESUS; extiendo, sello y fi rmo el presente
testimonio en San Salvador, a los veintidós días del mes de enero del
año dos mil ocho.
HUMBERTO GERARDO LARA ALAS,
Notario.
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23DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 1 de Abril de 2008.
ESTATUTOS DE LA ASOCIACIÓN SIERVOS DE JESÚS
CAPITULO I
NATURALEZA, DENOMINACIÓN, DOMICILIO Y PLAZO
Art. 1.- Créase en la ciudad de San Salvador, Departamento de San
Salvador, la Asociación de nacionalidad salvadoreña, que se denominará
ASOCIACIÓN SIERVOS DE JESÚS y que podrá abreviarse (A. S.
de J.) como una entidad apolítica, no lucrativa, la que en los presentes
estatutos se denominará “La Asociación”.
Art. 2.- El domicilio de la Asociación será la ciudad de San Salvador,
Departamento de San Salvador, pudiendo establecer fi liales en todo el
territorio de la República y fuera de él.
Art. 3.- La Asociación se constituye por tiempo indefi nido.
CAPITULO II
FINES U OBJETIVOS
Art. 4.- Los fi nes u objetivos de la Asociación serán:
1. Realizar directamente obras y actividades que conduzcan a
la promoción integral, rehabilitación y reinserción productiva
de las personas más necesitadas, ya sea a nivel nacional como
internacional.
2. Proporcionar asistencia para la salud física, mental, interior y
espiritual; asistencia social y alimenticia, abrigo y educación,
podrá establecer, atender, mantener y realizar entre otras las
siguientes:
a) Clínicas asistenciales;
b) Hospitales;
c) Centros de enseñanzas;
d) Farmacias;
e) Promover, organizar y participar en eventos;
f) Solicitar la colaboración de las Instituciones Públicas
o Privadas, Nacionales o Extranjeras, Naturales o Ju-
rídicas que contribuyan espiritual, profesional, física o
materialmente al logro de las fi nalidades de la misma;
y
g) Promover los principios y valores morales.
3. Realizar alianzas estratégicas con el Gobierno, Empresa Priva-
da, Organismos no Gubernamentales, Municipales, Agencias
de Cooperación, países amigos, para fomentar el desarrollo
humano y conservando el medio ambiente, construir centro
de recreación y esparcimiento, construir calles de acceso,
promover y organizar eventos que aumenten el conocimiento
de los principios éticos y morales; casas de retiros y casas
comunales.
4. Contribuir a la gestión permanente de recursos y donaciones
para la ejecución de obras para los más necesitados, establecer,
atender, mantener y realizar entre otras, obras y actividades
como centros de enseñanza educacional y formación inte-
gral.
5. Solicitar y aceptar donaciones y colaboraciones de las
instituciones públicas y empresas privadas, así como de
personas naturales y jurídicas nacionales o extranjeras, para
que contribuyan al servicio, material y fi nancieramente.
6. Realizar todo tipo de actividades sin distingo de raza y credo,
nacionalidad o cultura como la construcción de instalaciones
habitacionales, ofi cinas y para educar a los niños abandonados,
hospitales, comedores para ancianos, guarderías, escuelas o
centros de enseñanza, casas de retiro. El servicio de las activi-
dades de la radiodifusión sonora,con carácter cultural, moral,
educativos y cívico; enseñándoles artes, ofi cios y toda clase
de actividades que sean un servicio social, fi nanciado con el
amor a nuestros semejantes refl ejada en aportaciones sin fi nes
de lucro y basados en actos cuyos fundamentos llenen a las
personas de paz y alegría; producción de conciertos o cualquier
clase de eventos musicales, teatrales, o de cualquier índole;
Producción o Transmisión de programas variados auto pro-
ducidos o adquiridos y a terceros; pudiendo ser informativos
sobre sucesos religiosos, económicos, sociales y culturales.
7. A toda actividad lícita, permitida por la ley.
CAPITULO III
DEL PATRIMONIO
Art. 5.- El Patrimonio de la Asociación estará constituido por:
a) Las Cuotas de Membresía pagadas semanalmente por los
miembros de la Asociación;
b) Todos los bienes muebles, inmuebles, vehículos, herramientas
y equipo que se adquieran.
Art. 6.- El Patrimonio será administrado por la Junta Directiva
conforme a las directrices que le manifi este la Asamblea General de
Propietarios.
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24 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 379
CAPITULO IV
DEL GOBIERNO DE LA ASOCIACIÓN
Art. 7.- El gobierno de la Asociación será ejercido por:
a) La Asamblea General de Propietarios; y
b) La Junta Directiva.
CAPITULO V
DE LA ASAMBLEA GENERAL DE PROPIETARIOS
Art. 8.- La Asamblea General de Propietarios, debidamente con-
vocada, es la autoridad máxima de la Asociación y estará integrada por
la totalidad de los miembros activos y fundadores.
Art. 9.- La Asamblea General de Propietarios se reunirá ordina-
riamente una vez al año y extraordinariamente cuando fuere convocada
por la Junta Directiva.
La Asamblea General de Propietarios sesionará válidamente con la
asistencia del cincuenta y uno por ciento como mínimo de los Miembros
en primera convocatoria y en segunda, el día siguiente con los miembros
que asistan, excepto en los casos especiales en que se requiera mayor
número de asistentes, las resoluciones las tomará la Asamblea General
de Propietarios por mayoría de votos, excepto en los casos especiales
en que se requiera una mayoría diferente.
Art. 10.- Todo miembro que no pudiera asistir a cualquiera de las
sesiones de Asamblea General de Propietarios por motivos justifi cados
podrá hacerse representar por escrito por otro miembro. El límite de
representaciones es de un miembro, llevando la voz y el voto de su
representado.
Art. 11.- Son atribuciones de la Asamblea General de Propieta-
rios:
a) Elegir, sustituir total o parcialmente a los miembros de la
Junta Directiva;
b) Aprobar, reformar o derogar los Estatutos y el Reglamento
Interno de la Asociación;
c) Aprobar y/o modifi car los planes, programas o presupuesto
anual de la Asociación;
d) Aprobar o desaprobar la Memoria Anual de Labores de la
Asociación presentada por la Junta Directiva;
e) Fijar las cuotas de membresía y contribuciones eventuales
de los miembros en calidad de donaciones;
f) Decidir sobre la compra, venta o enajenación de los bienes
muebles e inmuebles de la asociación;
g) Decidir todos aquellos asuntos de interés para la Asociación
y que no estén contemplados en los presentes Estatutos.
CAPITULO VI
DE LA JUNTA DIRECTIVA
Art. 12.- La dirección y administración de la Asociación estará
confi ada a la Junta Directiva, la cual estará integrada de la siguiente
forma: Un Presidente, un Secretario, un Tesorero y dos Vocales.
Art. 13.- Los miembros de la Junta Directiva serán electos para un
período de dos años pudiendo ser reelectos cuantas veces fuera, en sus
cargos o en otro.
Art. 14.- La Junta Directiva sesionará ordinariamente una vez al
mes y extraordinariamente cuantas veces sea necesario.
Art. 15.- El quórum necesario para que la Junta Directiva pueda
sesionar será la mitad más uno de sus miembros y sus acuerdos deberán
ser tomados por la mayoría de los asistentes.
Art. 16.- La Junta Directiva tendrá las siguientes atribuciones:
a) Desarrollar las actividades necesarias para el logro de los
fi nes de la Asociación;
b) Velar por la administración efi ciente y efi caz del patrimonio
de la Asociación;
c) Elaborar la Memoria Anual de Labores de la Asociación;
d) Velar por el cumplimiento de los Estatutos, Reglamento
Interno, acuerdos y resoluciones de la Asamblea General de
Propietarios y de la misma Junta Directiva;
e) Promover la elaboración de planes, programas, proyectos
y presupuestos de la Asociación e informar a la Asamblea
General de Propietarios;
f) Nombrar de entre los Miembros de la Asociación los Comités
o Comisiones que consideran necesarios para el cumplimiento
de los fi nes de la Asociación;
g) Convocar a sesiones ordinarias y extraordinarias de Asamblea
General de Propietarios;
h) Decidir sobre las solicitudes de incorporación de nuevos
miembros y proponerlos a la Asamblea General de Propie-
tarios;
i) Resolver todos los asuntos que no sean competencia de la
Asamblea General de Propietarios.
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25DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 1 de Abril de 2008.
Art. 17.- Son atribuciones del Presidente:
a) Presidir las sesiones Ordinarias y Extraordinarias de Asamblea
General de Propietarios;
b) Velar por el cumplimiento de los acuerdos, resoluciones de
la Junta Directiva y de la Asamblea General de Propietarios,
así como de los Estatutos y Reglamento Interno de la Aso-
ciación;
c) Representar judicial y extrajudícialmente a la Asociación,
pudiendo otorgar poderes previa autorización de la Junta
Directiva;
d) Convocar a sesiones ordinarias o extraordinarias de la Asam-
blea General de Propietarios y de la Junta Directiva;
e) Autorizar juntamente con el Tesorero las erogaciones que
tenga que hacer la Asociación;
f) Presentar la Memoria de Labores de la Asociación y cualquier
informe que le sea solicitado por la misma.
Art. 18.- Son atribuciones del Secretario:
a) Llevar los libros de actas de las sesiones de Asamblea General
de Propietarios y de la Junta Directiva;
b) Llevar el archivo de documentos y registros de los miembros
de la Asociación;
c) Extender todas las certifi caciones que fueran solicitadas a la
Asociación;
d) Hacer y enviar las convocatorias a los miembros para las
sesiones;
e) Ser el órgano de comunicación de la Asociación.
Art. 19.- Son atribuciones del Tesorero:
a) Recibir y depositar los fondos que la Asociación obtenga, en
el banco que la Junta Directiva seleccione;
b) Llevar o tener control directo de los libros de contabilidad
de la Asociación;
c) Autorizar juntamente con el Presidente las erogaciones que
la Asociación tenga que realizar.
Art. 20.- Son atribuciones de los Vocales:
a) Colaborar directamente con todos los miembros de la Junta
Directiva;
b) Sustituir a cualquier Miembro de la Junta Directiva en caso
de ausencia o impedimento.
CAPITULO VII
DE LOS MIEMBROS
Art. 21.- Podrán ser miembros todas las personas mayores de die-
ciocho años, sin distinción de raza, credo, religión e ideología política,
que lo soliciten por escrito a la Junta Directiva.
Art. 22.- La Asociación tendrá las siguientes clases de miem-
bros:
a) Miembros Fundadores;
b) Miembros Activos.
- Serán Miembros Fundadores: todas las personas que suscriban
el acta de Constitución de la Asociación.
- Serán Miembros Activos: Todas las personas que la Junta
Directiva acepte como tales en la Asociación.
Art. 23.- Son derechos de los Miembros Fundadores y Activos:
a) Tener voz y voto en las deliberaciones de la Asamblea General
de Propietarios;
b) Optar a cargos Directivos llenando los requisitos que señalen
los Estatutos de la Asociación;
c) Los demás que señalen los Estatutos y Reglamento Interno
de la Asociación.
Art. 24.- Son deberes de los Miembros Fundadores y Activos:
a) Asistir a las sesiones Ordinarias y Extraordinarias de la
Asamblea General de Propietarios;
b) Cooperar con el desarrollo de aquellas actividades propias
de la Administración;
c) Cancelar las cuotas de membresía y donaciones acordadas
en Asamblea General de Propietarios;
d) Cumplir y hacer cumplir los presentes Estatutos, Reglamento
Interno, acuerdos y resoluciones de la Asamblea General de
Propietarios.
Art. 25.- La calidad de miembro se perderá por las causales si-
guientes:
a) Por violación a estos Estatutos, Reglamento interno, acuerdos
y resoluciones de la Asamblea General de Propietarios;
b) Por otras faltas graves cometidas, que a juicio de la Asamblea
General de Propietarios merezcan tal sanción;
c) Por renuncia presentada por escrito a la Junta Directiva.
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26 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 379
CAPÍTULO VIII
SANCIONES A LOS MIEMBROS, MEDIDAS DISCIPLINA-
RIAS, CAUSALES Y PROCEDIMIENTO DE APLICACIÓN
Art. 26.- Toda persona o miembro que difame o exprese calumnias
acerca de la Junta Directiva u otro miembro con cargo, direccional
o cargo operativo podrá ser amonestado, sancionado o advertido por
escrito y si éste reincidiere, deberá ser llevado a conocimiento de Junta
Directiva para su sanción. Las medidas disciplinarias y el procedimiento
de aplicación se regularán en el Reglamento Interno.
CAPITULO IX
DE LA DISOLUCIÓN
Art. 27.- No podrá disolverse la Asociación sino por disposición
de la ley o por resolución tomada en Asamblea General Extraordinaria
de Propietarios, convocada a ese efecto y con un número de votos que
represente por lo menos tres cuartas partes de sus miembros.
Art. 28.- En caso de acordarse la disolución de la Asociación se
nombrará una Junta de Liquidación compuesta por cinco personas, elec-
tas por la Asamblea General Extraordinaria de Propietarios que acordó
la disolución. Los bienes que sobraren después de cancelar todos sus
compromisos, se donarán a cualquier entidad benéfi ca que la Asamblea
General de Propietarios señale.
CAPITULO X
REFORMA DE ESTATUTOS
Art. 29.- Para reformar o derogar los presentes Estatutos será
necesario el voto favorable de no menos del sesenta por ciento de los
miembros de la Asamblea General de Propietarios convocada para tal
efecto.
CAPITULO XI
DISPOSICIONES GENERALES
Art. 30.- La Junta Directiva tiene la obligación de inscribir en el
Registro de Asociaciones y Fundaciones sin Fines de Lucro del Minis-
terio de Gobernación, en los primeros días del mes de enero de cada
año, la Nómina de Miembros, y dentro de los cinco después de electa la
nueva Junta Directiva y en todo caso, inscribir en dicho Registro todos
los documentos que la LEY DE ASOCIACIONES Y FUNDACIONES
SIN FINES DE LUCRO señale inscribir así como enviar al Registro
cualquier dato que se le pidiere relativo a la Entidad.
Art. 31.- Los documentos sujetos a registro deberán ser presentados
dentro de los quince días siguientes a su formalización.
Art. 32.- Todo lo relativo al orden interno de la Asociación no com-
prendido en estos Estatutos, se establecerá en el Reglamento Interno de
la misma, el cual deberá ser elaborado por la Junta Directiva y aprobado
por la Asamblea General de Propietarios.
Art. 33.- La Asociación se regirá por la LEY DE ASOCIACIONES
Y FUNDACIONES SIN FINES DE LUCRO, por los presentes Estatutos
y demás disposiciones legales aplicables.
Art. 34.- Los presentes Estatutos entrarán en vigencia desde el día
de su publicación en el Diario Ofi cial.
ACUERDO No. 00043
San Salvador, 28 de marzo de 2007
Vistos los anteriores ESTATUTOS de la ASOCIACION SIER-
VOS DE JESUS, y que podrá abreviarse “(A.S. de J.)”, compuestos
de TREINTA Y CUATRO artículos, constituida en la ciudad de San
Salvador, Departamento de San Salvador, a las dieciocho horas del día
15 de mayo del 2007 y formalizada por Escritura Pública celebrada en
la ciudad de San Salvador, Departamento de San Salvador, a las once
horas del día 04 de junio del 2007, otorgada ante los ofi cios del Notario
HUMBERTO GERARDO LARA ALAS, y con posterior rectifi cación
otorgada por Escritura Pública celebrada en la ciudad de San Salvador,
Departamento de San Salvador, a las dieciséis horas del día 22 de enero
de 2008, otorgada ante los ofi cios del mismo Notario, y no encontrando en
ellos ninguna disposición contraria a las Leyes del país, de conformidad
con el Art. 65 de la Ley de Asociaciones y Fundaciones sin Fines de
Lucro, el Órgano Ejecutivo en el Ramo de Gobernación, ACUERDA:
a) Aprobarlos en todas sus partes confi riendo a dicha Entidad el carácter
de PERSONA JURIDICA; b) Publíquense en el Diario Ofi cial; y c)
Inscríbase la referida entidad en el REGISTRO DE ASOCIACIONES
Y FUNDACIONES SIN FINES DE LUCRO. COMUNIQUESE. EL
MINISTRO DE GOBERNACION, JUAN MIGUEL BOLAÑOS TO-
RRES.
(Registros Nos. F001855/F001853/F001851)
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27DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 1 de Abril de 2008.
MINISTERIO DE ECONOMÍARAMO DE ECONOMIA
ACUERDO No. 181
San Salvador, 7 de febrero de 2008.
EL ORGANO EJECUTIVO EN EL RAMO DE ECONOMIA,
Vista la solicitud e información presentadas el 19 de octubre y 8 de noviembre de 2007, la primera por el señor Oscar Henríquez Portillo, Re-
presentante Legal de la sociedad Fertilizantes de Centro América (El Salvador), Sociedad Anónima, que se abrevia FERTICA, S. A., registrada con
el Número de Identifi cación Tributaria 0614-091161-001- 9, relativa a que se le conceda el benefi cio de la Ley de Reactivación de las Exportaciones,
para aplicarlo a la producción y venta de fertilizantes químicos y ácido sulfúrico; el segundo escrito enviado por la Ing. Rosario Castaneda, relacionado
con información complementaria a petición inicial;
CONSIDERANDO:
I. Que las solicitudes fueron admitidas en este Ministerio el 19 de octubre y 8 de noviembre de 2007;
II. Que se han llenado los requisitos exigidos por la Ley de Reactivación de las Exportaciones y su Reglamento, por lo que el Departamento
de Incentivos Fiscales de la Dirección de Comercio e Inversión ha emitido su respectivo dictamen en sentido favorable;
POR TANTO,
En base a las razones antes expuestas y a los Artículos 2 y 3 de la Ley de Reactivación de las Exportaciones, 3 y 4 de su Reglamento, este Mi-
nisterio,
ACUERDA:
1. Conceder a la sociedad FERTILIZANTES DE CENTRO AMERICA (EL SALVADOR), SOCIEDAD ANÓNIMA, que se abrevia FERTICA,
S. A., el benefi cio que establece la Ley de Reactivación de las Exportaciones en su Artículo 3, literal a) Devolución del 6% del valor libre
a bordo o valor FOB exportado, y califi carla de conformidad a la Ley como Empresa que Exporta una Parte de su Producción; benefi cio
que se le otorga para la fabricación de fertilizantes químicos y ácido sulfúrico de origen salvadoreño, que serán destinados fuera del Área
Centroamericana;
2. La sociedad benefi ciaria tendrá derecho a la devolución del 6%, por las exportaciones que realice a partir de la fecha de presentación de
la solicitud de benefi cios;
3. La sociedad benefi ciaria deberá dar cumplimiento a las disposiciones de la Ley de Reactivación de las Exportaciones, su Reglamento y
demás Leyes de la República, así como las que se le imponen por medio de este Acuerdo y en Resoluciones o Instructivos que emitan las
Instituciones competentes;
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4. Hágase saber el presente Acuerdo a la Dirección General de la Renta de Aduanas y Dirección General de Impuestos Internos del Ministerio de Hacienda;
5. El presente Acuerdo entrará en vigencia el día de su publicación en el Diario Ofi cial.- COMUNIQUESE. BLANCA IMELDA DE MA-GAÑA, VICEMINISTRA DE COMERCIO E INDUSTRIA.
(Registro No. F001730)
ACUERDO No. 15-0063.-
San Salvador, 16 de enero de 2007.
El Órgano Ejecutivo de la República de El Salvador, en el Ramo de Educación, CONSIDERANDO: Que se ha tenido a la vista la Certifi cación
del Acta No. 242, Punto VI, de fecha 04 de enero de 2008, emitida por la Comisión Nominadora de Centros Educativos, en la que consta que ésta
aprobó el Cambio de Nombre del Centro Educativo Privado COLEGIO DE ESPAÑA PADRE ARRUPE, con el nombre COLEGIO ESPAÑOL PADRE
ARRUPE, ubicado en Calle Padre Salazar Simpson, Finca El Espíritu Santo, Municipio de Soyapango, Departamento de San Salvador. POR TANTO
ACUERDA: 1) Autorizar a partir del 3 de enero de 2008, el Cambio de Nombre del Centro Educativo Privado COLEGIO DE ESPAÑA PADRE
ARRUPE, con el nombre COLEGIO ESPAÑOL PADRE ARRUPE; 2) Ratifi car el Código Nº 20817. COMUNIQUESE.- DARLYN XIOMARA
MEZA, MINISTRA DE EDUCACION.
(Registro No. F001770)
ACUERDO Nº 15-1356
San Salvador, 11 de octubre de 2007.
El Órgano Ejecutivo de la República de El Salvador en el Ramo de Educación, CONSIDERANDO: I) Que el Centro Educativo Privado COM-
PLEJO TECNICO “JORGE WASHINGTON”, ha solicitado Acuerdo que legitime el accionar del Nivel de Educación Media en forma actualizada,
ya que han funcionado con Educación Media con las modalidades del Bachillerato General y el Técnico Vocacional Comercial opción Secretariado y
Contaduría y la Ampliación de los Servicios Educativos para que funcione en el Nivel de Educación Básica el Tercer Ciclo, jornada diurna; y el cambio
de domicilio de 6ª Calle Oriente Nº 5, Barrio Santa Lucía, Municipio de Zacatecoluca, Departamento de La Paz a la siguiente dirección Avenida Juan
Manuel Rodríguez, Barrio El Calvario, Municipio de Zacatecoluca, Departamento de La Paz; II) I Que cuenta con el Acuerdo Nº 163 de fecha 8 de
enero de 1993, autorizando en carácter defi nitivo los Bachilleratos en Comercio y Administración, opción Computación; Académico en las opciones
Matemática Física, Ciencias Naturales y Humanidades y el Agrícola en la opciones Fitotecnia y Zootecnia, jornada diurna; III) Que en inspección
realizada el 31 de mayo de 2007, en las instalaciones del citado Centro Educativo, se determinó que es procedente aprobar los servicios solicitados.
Todo lo anterior de conformidad con la Ley General de Educación. POR TANTO, con base en las razones expuestas y a las facultades que la Ley le
concede, ACUERDA: 1) Autorizar la ampliación y el funcionamiento del Nivel de Educación Media en la modalidad del Bachillerato General y el
Técnico Vocacional Comercial opción Secretariado y Contaduría; 2) Autorizar a partir del 3 de enero de 2007, la ampliación de el Nivel de Educación
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Básica el Tercer Ciclo, jornada diurna y el cambio de domicilio a la siguiente dirección Avenida Juan Manuel Rodríguez, Barrio El Calvario, Munici-
pio de Zacatecoluca, Departamento de La Paz del Centro Educativo Privado COMPLEJO TECNICO “JORGE WASHINGTON”; 2) Nombrar como
Directora a la Profesora Blanca Zoila Portillo Ayala de Santamaría, NIP Nº 1916521, PDN2, en sustitución del Profesor Julio César Guevara Alfaro;
Ratifi car el Código de Infraestructura 20875. COMUNÍQUESE.- DARLYN XIOMARA MEZA, MINISTRA DE EDUCACION.
(Registro No. F001806)
ACUERDO Nº 15-1580
San Salvador, 8 de noviembre de 2007.
El Órgano Ejecutivo de la República de El Salvador en el Ramo de Educación, CONSIDERANDO: I) Que se ha solicitado la Ampliación de
los Servicios Educativos para que funcione en el Nivel de Educación Básica el Tercer Ciclo, jornada diurna, del Centro Educativo Privado COLEGIO
“PADRE AQUILES GUGOLE”, ubicado en Residencial Ciudad Satélite de Oriente, 12ª Avenida Norte y Calle Saturno, Polígono C-3, Nos. 5 y 6,
de la ciudad de San Miguel, Departamento de San Miguel; II) Que en inspección realizada el 30 de octubre de 2007, en las instalaciones del citado
Centro Educativo, se determinó que es procedente aprobar los servicios solicitados. Todo lo anterior de conformidad con la Ley General de Educa-
ción. POR TANTO, con base en las razones expuestas y a las facultades que la Ley le concede, ACUERDA: 1) Autorizar a partir del 3 de enero de
2007, la Ampliación en el Nivel de Educación Básica el Tercer Ciclo, jornada diurna, en el Centro Educativo Privado COLEGIO “PADRE AQUILES
GUGOLE”; 2) Ratifi car como Directora a la Profesora Ada del Carmen Durán Barrera de Hernández. COMUNÍQUESE.- DARLYN XIOMARA
MEZA, MINISTRA DE EDUCACION.
(Registro No. F001858)
ACUERDO Nº 15-0113
San Salvador, 29 de enero de 2008.
El Órgano Ejecutivo de la República de El Salvador en el Ramo de Educación, CONSIDERANDO: I) Que se ha solicitado la Creación y Fun-
cionamiento del Centro Educativo Privado COLEGIO “MOMENTOS MAGICOS”, ubicado en Avenida Las Dalias Nº 5A, Colonia San Francisco, de
la ciudad de San Salvador, Departamento de San Salvador, para que funcione en el Nivel de Educación Parvularia, jornada diurna; II) Que cuenta con
Resolución Nº 49 de fecha 19 de octubre de 1993, autorizando su creación y funcionamiento; III) Que con fecha 10 de octubre de 2007, se practicó
inspección en las instalaciones del citado Centro Educativo, que del resultado de esa inspección se comprobó que cuenta con una infraestructura
adecuada para su funcionamiento; IV) Que se reconoce como Directora a la Profesora Haydee de Lourdes Palomo Alvarez, NIP Nº 1914678, PDN2.
Todo lo anterior de conformidad con la Ley General de Educación. POR TANTO, con base en las razones expuestas y a las facultades que la Ley le
concede, ACUERDA: 1) Autorizar a partir del 3 de enero de 2008, la creación, Nominación y Funcionamiento, del Centro Educativo Privado COLEGIO
“MOMENTOS MAGICOS” en el Nivel de Educación Parvularia, jornada diurna; 2) Reconocer como Directora a la Profesora Haydee de Lourdes
Palomo Alvarez, NIP Nº 1914678, PDN2; 3) Su infraestructura será identifi cada con el Código Nº 20603. COMUNÍQUESE.- DARLYN XIOMARA
MEZA, MINISTRA DE EDUCACION.
(Registro No. F001702)
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ORGANO JUDICIALCORTE SUPREMA DE JUS TI CIA
ACUERDO No. 2362-D.- CORTE SUPREMA DE JUSTICIA: San Salvador, doce de diciembre del año dos mil siete.- El Tribunal con fecha uno
de noviembre del año dos mil siete, ACORDÓ: Autorizar a la Licenciada ROSA ELENA CRUZ RAMIREZ, para que ejerza la profesión de ABOGADO
en todas sus ramas en vista de haber cumplido con todos los requisitos legales y a lo resuelto por esta Corte en el expediente respectivo.- COMUNI-
QUESE Y PUBLIQUESE.- A.G.CALDERON.- P.J.- GUZMAN U.D.C.- R.M.FORTIN H.- M.TREJO.- M.A.CARDOZA A.- M.POSADA.- SONIA
C. DE MADRIZ.- Pronunciado por los magistrados y magistradas que lo suscriben.- E. DINORAH BONILLA DE AVELAR.
(Registro No. F001720)
ACUERDO No. 2418-D.- CORTE SUPREMA DE JUSTICIA: San Salvador, doce de diciembre del año dos mil siete.- El Tribunal con fe-
cha diecinueve de octubre del año dos mil siete, ACORDÓ: Autorizar a la Licenciada YANIRA EDITH ROMERO, para que ejerza la profesión de
ABOGADO en todas sus ramas, en vista de haber cumplido con todos los requisitos legales y a lo resuelto por esta Corte en el expediente respecti-
vo.- COMUNIQUESE Y PUBLIQUESE.- A.G.CALDERON.- V.DE AVILES.- M.CLARA.- P.J.- GUZMAN U.D.C.- R.M.FORTIN H.- M. TREJO.-
M.A.CARDOZA A.- M.POSADA.- Pronunciado por los magistrados y magistradas que lo suscriben.- E. DINORAH BONILLA DE AVELAR.
(Registro No. F001834)
ACUERDO No. 2428-D.- CORTE SUPREMA DE JUSTICIA: San Salvador, doce de diciembre del año dos mil siete.- El Tribunal con fecha
dieciocho de octubre del año dos mil siete, ACORDÓ: Autorizar a la Licenciada MARIA ELENA PAZ RIVAS, para que ejerza la profesión de
ABOGADO en todas sus ramas, en vista de haber cumplido con todos los requisitos legales y a lo resuelto por esta Corte en el expediente respec-
tivo.- COMUNIQUESE Y PUBLIQUESE.- A.G.CALDERON.- J.ENRIQUE ACOSTA.- M.CLARA.- P.J.- R.M.FORTIN H.- M.A.CARDOZA A.-
M.POSADA.- L.C.DE AYALA G.- Pronunciado por los magistrados y magistradas que lo suscriben.- E. DINORAH BONILLA DE AVELAR.
(Registro No. F001712)
ACUERDO No. 2458-D.- CORTE SUPREMA DE JUSTICIA: San Salvador, doce de diciembre del año dos mil siete.- El Tribunal con fecha
cinco de septiembre del año dos mil siete, ACORDÓ: Autorizar al Licenciado DENIS ADALBERTO MENJIVAR, para que ejerza la profesión de
ABOGADO en todas sus ramas, en vista de haber cumplido con todos los requisitos legales y a lo resuelto por esta Corte en el expediente respecti-
vo.- COMUNIQUESE Y PUBLIQUESE.- A.G.CALDERON.- P.J.- VALDIV.- GUZMAN U.D.C.- R.M. FORTIN H.- M. TREJO.- M.A.CARDOZA
A.- M.POSADA.- Pronunciado por los magistrados y magistradas que lo suscriben.- E. DINORAH BONILLA DE AVELAR.
(Registro No. F001845)
ACUERDO No. 2493-D.- CORTE SUPREMA DE JUSTICIA: San Salvador, doce de diciembre del año dos mil siete.- El Tribunal con fecha
treinta y uno de agosto del año dos mil siete, ACORDÓ: Autorizar al Licenciado RONALD ANTONIO RETANA GARCIA, para que ejerza la profesión
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de ABOGADO en todas sus ramas, en vista de haber cumplido con todos los requisitos legales y a lo resuelto por esta Corte en el expediente respec-
tivo.- COMUNIQUESE Y PUBLIQUESE.- A.G.CALDERON.- P.J.- VALDIV.- GUZMAN U.D.C.- R.M.FORTIN H.- M.TREJO.- M.A.CARDOZA
A.- M.POSADA.- Pronunciado por los magistrados y magistradas que lo suscriben.- E. DINORAH BONILLA DE AVELAR.
(Registro No. F001756)
ACUERDO No. 2496-D.- CORTE SUPREMA DE JUSTICIA: San Salvador, doce de diciembre del año dos mil siete. El Tribunal con fecha
doce de octubre del año dos mil siete, ACORDÓ: Autorizar al Licenciado MAGDALENO ALEXANDER HERRERA HERRERA, para que ejerza la
profesión de ABOGADO en todas sus ramas, en vista de haber cumplido con todos los requisitos legales y a lo resuelto por esta Corte en el expediente
respectivo.- COMUNIQUESE Y PUBLIQUESE.- A.G.CALDERON.- VELASCO.- P.J.- VALDIV.- GUZMAN U.D.C.- M. TREJO.- M.A.CARDOZA
A.- M.POSADA.- Pronunciado por los magistrados y magistradas que lo suscriben.- S. RIVAS AVENDAÑO.
(Registro No. F001746)
ACUERDO No. 2497-D.- CORTE SUPREMA DE JUSTICIA: San Salvador, doce de diciembre del año dos mil siete.- El Tribunal con fecha
siete de noviembre del año dos mil siete, ACORDÓ: Autorizar al Licenciado WILLIAM ERNESTO CARRILLO ALVARADO, para que ejerza la
profesión de ABOGADO en todas sus ramas, en vista de haber cumplido con todos los requisitos legales y a lo resuelto por esta Corte en el expediente
respectivo.- COMUNIQUESE Y PUBLIQUESE. A.G.CALDERON.- V.DE AVILES.- J.N.CASTANEDA S.- VELASCO.- VALDIV.- GUZMAN
U.D.C.- M.TREJO.- M.POSADA.- Pronunciado por los magistrados y magistradas que lo suscriben.- E. DINORAH BONILLA DE AVELAR.
(Registro No. F001776)
ACUERDO No. 2501-D.- CORTE SUPREMA DE JUSTICIA: San Salvador, doce de diciembre del año dos mil siete.- El Tribunal con fecha dos
de octubre del año dos mil siete, ACORDÓ: Autorizar al Licenciado JOSE DE LA CRUZ RODRIGUEZ, para que ejerza la profesión de ABOGADO
en todas sus ramas, en vista de haber cumplido con todos los requisitos legales y a lo resuelto por esta Corte en el expediente respectivo.- COMUNI-
QUESE Y PUBLIQUESE.- A.G.CALDERON.- M.CLARA.- VALDIV.- R.M.FORTIN H.- M.TREJO.- M.A.CARDOZA A.- M.POSADA.- DUE-
ÑAS.- Pronunciado por los magistrados y magistradas que lo suscriben.- E.DINORAH BONILLA DE AVELAR.
(Registro No. F001715)
ACUERDO No. 2502-D.- CORTE SUPREMA DE JUSTICIA: San Salvador, doce de diciembre del año dos mil siete.- El Tribunal con fecha
cinco de septiembre del año dos mil siete, ACORDÓ: Autorizar al Licenciado MARIO ERNESTO CASTRO ESCOBAR, para que ejerza la profesión
de ABOGADO en todas sus ramas, en vista de haber cumplido con todos los requisitos legales y a lo resuelto por esta Corte en el expediente respec-
tivo.- COMUNIQUESE Y PUBLIQUESE.- A. G.CALDERON.- P.J.- VALDIV.- GUZMAN U.D.C.- R.M.FORTIN H.- M.TREJO.- M.A.CARDOZA
A.- M.POSADA.- Pronunciado por los magistrados y magistradas que lo suscriben.- E. DINORAH BONILLA DE AVELAR.
(Registro No. F001752)
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ACUERDO No. 2515-D.- CORTE SUPREMA DE JUSTICIA: San Salvador, doce de diciembre del año dos mil siete. El Tribunal con fecha
veintinueve de octubre del año dos mil siete, ACORDÓ: Autorizar al Licenciado RUDY SASMAY MURCIA MEJIA, para que ejerza la profesión de
ABOGADO en todas sus ramas, en vista de haber cumplido con todos los requisitos legales y a lo resuelto por esta Corte en el expediente respectivo.-
COMUNIQUESE Y PUBLIQUESE.- A. G. CALDERON.- VELASCO.- P. J.- VALDIV.- GUZMAN U. D. C.- R. M. FORTIN H.- M. TREJO.- M.
POSADA.-Pronunciado por los magistrados y magistradas que lo suscriben.- E. DINORAH BONILLA DE AVELAR.
(Registro No. F001728)
ACUERDO No. 2523-D.- CORTE SUPREMA DE JUSTICIA: San Salvador, doce de diciembre del año dos mil siete.- El Tribunal con fecha
once de octubre del año dos mil siete, ACORDÓ: Autorizar al Licenciado ADOLFO FLORENTINO RAMOS REYES, para que ejerza la profesión de
ABOGADO en todas sus ramas, en vista de haber cumplido con todos los requisitos legales y a lo resuelto por esta Corte en el expediente respectivo.-
COMUNIQUESE Y PUBLIQUESE.- A. G. CALDERON.- VELASCO.- P. J.- VALDIV.- GUZMAN U. D. C.- R. M. FORTIN H.- M. TREJO.- M.
POSADA.-Pronunciado por los magistrados y magistradas que lo suscriben.- S. RIVAS AVENDAÑO.
(Registro No. F001854)
ACUERDO No.254-D.- CORTE SUPREMA DE JUSTICIA: San Salvador, treinta de enero del año dos mil ocho. El Tribunal con fecha dieciocho
de diciembre del año dos mil siete, ACORDÓ: Autorizar al Licenciado SANDOR ALEXIS CALDERON HERNANDEZ, para que ejerza la profesión
de ABOGADO en todas sus ramas, en vista de haber cumplido con todos los requisitos legales y a lo resuelto por esta Corte en el expediente respec-
tivo.-COMUNIQUESE Y PUBLIQUESE.- A. G. CALDERON.- M. CLARA.- VELASCO.- P. J.- VALDIV.- GUZMAN U. D. C.- M. TREJO.- M.
POSADA.- L. C. DE AYALA G.- Pronunciado por los magistrados y magistradas que lo suscriben.- E. DINORAH BONILLA DE AVELAR.
(Registro No. F001769)
ACUERDO No.265-D.- CORTE SUPREMA DE JUSTICIA: San Salvador, treinta de enero del año dos mil ocho.- El Tribunal con fecha doce
de octubre del año dos mil siete, ACORDÓ: Autorizar al Licenciado JULIO CESAR BARRIENTOS HERNANDEZ, para que ejerza la profesión de
ABOGADO en todas sus ramas, en vista de haber cumplido con todos los requisitos legales y a lo resuelto por esta Corte en el expediente respecti-
vo.- COMUNIQUESE Y PUBLIQUESE.- A. G. CALDERON.- M. CLARA.- VELASCO.- P. J.- VALDIV.- GUZMAN U. D. C.- M. TREJO.- M.
POSADA.- Pronunciado por los magistrados y magistradas que lo suscriben.- S. RIVAS AVENDAÑO.
(Registro No. F001779)
ACUERDO No.267-D.- CORTE SUPREMA DE JUSTICIA: San Salvador, treinta de enero del año dos mil ocho.- El Tribunal con fecha dieciséis
de octubre del año dos mil siete, ACORDÓ: Autorizar al Licenciado MARLON ALDEMARO ARGUETA ESPINOZA, para que ejerza la profesión
de ABOGADO en todas sus ramas, en vista de haber cumplido con todos los requisitos legales y a lo resuelto por esta Corte en el expediente respec-
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tivo.-COMUNIQUESE Y PUBLIQUESE.- A. G. CALDERON.- V. DE AVILES.- VELASCO.- VALDIV.- GUZMAN U. D. C.- M. TREJO.- M. A.
CARDOZA A.- M. POSADA.- Pronunciado por los magistrados y magistradas que lo suscriben.- E. DINORAH BONILLA DE AVELAR.
(Registro No. F001805)
ACUERDO No.274-D.- CORTE SUPREMA DE JUSTICIA: San Salvador, treinta de enero del año dos mil ocho.- El Tribunal con fecha vein-
tidós de octubre del año dos mil siete, ACORDÓ: Autorizar al Licenciado EDGAR AMILCAR ESPINOZA LOPEZ, para que ejerza la profesión de
ABOGADO en todas sus ramas, en vista de haber cumplido con todos los requisitos legales y a lo resuelto por esta Corte en el expediente respecti-
vo.- COMUNIQUESE Y PUBLIQUESE.- A. G. CALDERON.- V. DE AVILES.- VELASCO.- VALDIV.- GUZMAN U. D. C.- M. TREJO.- M. A.
CARDOZA A.- M. POSADA.- Pronunciado por los magistrados y magistradas que lo suscriben.-E. DINORAH BONILLA DE AVELAR.
(Registro No. F001744)
ACUERDO No.298-D.- CORTE SUPREMA DE JUSTICIA: San Salvador, treinta de enero del año dos mil ocho.- El Tribunal con fecha die-
cisiete de octubre del año dos mil siete, ACORDÓ: Autorizar al Licenciado FERMIN ANTONIO RENDON BENITEZ, para que ejerza la profesión
de ABOGADO en todas sus ramas, en vista de haber cumplido con todos los requisitos legales y a lo resuelto por esta Corte en el expediente respec-
tivo.- COMUNIQUESE Y PUBLIQUESE.- A. G. CALDERON.- V. DE AVILES.- VELASCO.- VALDIV.- GUZMAN U. D. C.- M. TREJO.- M. A.
CARDOZA A.-M. POSADA.- Pronunciado por los magistrados y magistradas que lo suscriben.-E. DINORAH BONILLA DE AVELAR.
(Registro No. F001818)
ACUERDO No. 94-D.- CORTE SUPREMA DE JUSTICIA, San Salvador, veintinueve de enero del año dos mil ocho.- De conformidad a lo
resuelto por esta Corte en las respectivas diligencias y en vista que el Licenciado BENJAMIN IVAN LOPEZ LEIVA, ha llenado todos los requisitos
establecidos en el Art.145 de la Ley Orgánica Judicial, el Tribunal ACUERDA: Autorizarlo para que ejerza las funciones de NOTARIO y aumen-
tar con su nombre la nómina permanente de notarios publicada en el Diario Ofi cial número 240 del 20 de diciembre de 1963.- COMUNIQUESE
Y PUBLIQUESE.- A. G. CALDERON.- V. DE AVILES.- VELASCO.- M. F. VALDIV.- PERLA J.- GUZMAN U. D. C.- R. M. FORTIN H.- M.
TREJO.- M. POSADA.- PRONUNCIADO POR LOS MAGISTRADOS Y MAGISTRADAS QUE LO SUSCRIBEN.- E. DINORAH BONILLA DE
AVELAR.
(Registro No. F001804)
ACUERDO No. 471-D.- CORTE SUPREMA DE JUSTICIA, San Salvador, uno de febrero del año dos mil ocho.- De conformidad a lo resuelto
por esta Corte en las respectivas diligencias y en vista que el Licenciado FERNANDO ERNESTO MONTES ROQUE, ha llenado todos los requisitos
establecidos en el Art.145 de la Ley Orgánica Judicial, el Tribunal ACUERDA: Autorizarlo para que ejerza las funciones de NOTARIO y aumentar
con su nombre la nómina permanente de notarios publicada en el Diario Ofi cial número 240 del 20 de diciembre de 1963.- COMUNIQUESE Y
PUBLIQUESE.- A. G. CALDERÓN.- V. DE AVILES.- J. ENRIQUE ACOSTA.- M. CLARA.- VELASCO.- M. F. VALDIV.- GUZMAN U. D. C.- M.
POSADA.-PRONUNCIADO POR LOS MAGISTRADOS Y MAGISTRADAS QUE LO SUSCRIBEN.- E. DINORAH BONILLA DE AVELAR.
(Registro No. F001713)
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34 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 379
INSTITUCIONES AUTONOMASALCALDÍAS MUNICIPALES
DECRETO NUMERO UNO
EL CONCEJO MUNICIPAL DE LA ALCALDÍA MUNICIPAL DE SAN RAFAEL CEDROS, DEPARTAMENTO DE CUSCATLAN,
CONSIDERANDO:
I.- Que es función del Gobierno Municipal velar por el bienestar de los habitantes que residen en su respectiva jurisdicción, constituyéndose
en el encargado de la gerencia del bien común local, facultado para tomar decisiones y crear los mecanismos convenientes, gozando de
poder, autoridad y autonomía sufi cientes;
II.- Que dentro de su competencia, de conformidad a los numerales 12, 14 y 23 del Artículo 4 del Código Municipal, compete al Municipio la
regulación de la actividad de establecimientos comerciales, de servicio y otros similares; así como la regulación del uso de calles, aceras,
parques y otros sitios públicos, municipales y locales, en los que normalmente en unos, y muchas veces en otros, se comercializa y consume
bebidas con un contenido alcohólico mayor al 2% en volumen.
III.- Que es competencia de las Municipalidades el control y autorización para la comercialización de bebidas alcohólicas, según lo establecido
en la Ley Reguladora de la Producción y Comercialización del Alcohol y las Bebidas Alcohólicas, según Decreto Legislativo No. 640,
de fecha 22 de febrero de 1996, y publicada en el Diario Ofi cial No. 47, Tomo 330 del 7 de marzo del mismo año, y reformada mediante
Decreto Legislativo No. 764 del 4 de julio de 1996, publicado en el Diario Ofi cial No. 132 Tomo 332 del día 16 de julio de 1996.
IV.- Que el Artículo 29 de la Ley Reguladora de la Producción y Comercialización del Alcohol y las Bebidas Alcohólicas, establece que la
“venta de bebidas alcohólicas es libre en toda la República, respetando las potestades que sobre la materia tienen las Municipalidades de
acuerdo al Código Municipal”.
V.- Que el Municipio está organizado para proteger a las personas y la familia, teniendo como deberes garantizar a los habitantes del mismo la
seguridad, tranquilidad y desarrollo integral, por lo que se hace necesario crear una Ordenanza que controle y regule el crecimiento desor-
denado de este tipo de establecimientos, a fi n de prevenir desórdenes que atenten contra la salud y bienestar de la población en general, y
en especial de los menores, puesto que tal como lo establece la Constitución de la República en su Artículo 246 Inciso 2, “el interés público
tiene primacía sobre el interés privado”.
VI.- Que siendo necesario dictar las disposiciones que contribuyan al logro de tales objetivos, este Concejo en uso de las facultades que le
concede el Código Municipal y el Artículo 204 Numeral 5 de la Constitución de la República, APRUEBA Y EMITE LA SIGUIENTE:
“ORDENANZA REGULADORA DE LA COMERCIALIZACION Y CONSUMO DE BEBIDAS ALCOHÓLICAS”
CAPITULO I
OBJETO DE LA ORDENANZA
Art. 1.- La presente Ordenanza tiene por objeto regular lo concerniente a la venta y el consumo de bebidas alcohólicas, entendiéndose por éstas,
las que contengan alcohol etílico potable en proporción mayor al dos por ciento (2%) en volumen.
CAPITULO II
DE LA COMERCIALIZACION
Art. 2.- El presente capítulo se aplicará a los establecimientos en donde se desarrolle la actividad de comercialización de bebidas alcohólicas
cuyos porcentajes en volumen sean mayores al 6% de alcohol.
Art. 3.- Para que los establecimientos puedan dedicarse a comercializar este tipo de productos, se requerirá de una licencia emitida por la Mu-
nicipalidad, la cual podrá solicitarse por primera vez en cualquier época del año.
Los establecimientos que comercialicen bebidas alcohólicas con un contenido alcohólico hasta 6 % en volumen, no requerirán licencia para
vender sus productos, de acuerdo al inciso cuarto del Artículo 32 de la Ley Reguladora de la Producción y Comercialización del Alcohol y de las
Bebidas Alcohólicas, en adelante L.R.P.C.A.
No podrán instalarse establecimientos comerciales dedicados exclusivamente a la venta de bebidas alcohólicas a menos de trescientos metros
de Centros Educativos, Hospitales y Centros de Salud, de conformidad a lo establecido en la L.R.P.C.A.
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35DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 1 de Abril de 2008.
Art. 4.- La licencia que extienda la Municipalidad vencerá el 31 de diciembre de cada año. Para su renovación deberá pagarse el importe respec-
tivo, en los primeros 15 días del mes de enero a efecto de iniciar el trámite.
Art. 5.- La solicitud de la licencia o permiso para el trámite por primera vez o su renovación, deberá presentarse en la ofi cina de la Alcaldía,
debiendo consignarse la información siguiente:
a) Solicitud dirigida al señor Alcalde Municipal por escrito, la cual deberá contener:
- Nombre y generales del solicitante.
- Dirección exacta en donde está o estará ubicado el establecimiento
- Parte petitoria (indicar si se desea vender fraccionado, envasado o ambas)
- Lugar y fecha de solicitud.
b) Además de lo anterior deberá anexarse:
- Fotocopia del Documento Único de Identidad Personal y del Número de Identifi cación Tributaria, si se solicita por primera vez o ha habido
cambio de propietario.
- Credencial vigente del representante legal en caso de personas jurídicas.
- Fotocopia certifi cada de la Escritura Pública de constitución de la Sociedad, si se solicita por primera vez y es el caso.
- Solvencia Municipal actualizada a la fecha de la solicitud de la licencia o permiso.
- Recibo de cancelación del valor de la licencia o permiso, y de las multas que hubiere, cuando se trate de renovación.
Si se tratare de solicitud por primera vez, el pago de la licencia o del permiso se hará efectivo posteriormente a la realización de la inspección
previa a que se hace mención en el Artículo 5 de esta Ordenanza.
- Autorización emitida por el Ministerio de Salud Pública y Asistencia Social, según el Artículo 86 literal b del Código de Salud, cuando
fuere para establecimientos que solicitan la licencia o el permiso por primera vez o traslado.
Art. 6.- Para la obtención de la licencia o del permiso, por primera vez o por cambio de ubicación, todos los establecimientos estarán sujetos a
una inspección previa realizada por un delegado de la Municipalidad, en la cual se determinará si el establecimiento cumple o no con lo estipulado en
la presente Ordenanza. Si se pretende consumir en el establecimiento, el interesado deberá solicitar el permiso correspondiente y en caso de que se
apruebe, no pagará derecho adicional, siempre y cuando tenga licencia vigente para la comercialización. La inspección en referencia deberá sujetarse
a lo estipulado en el Artículo 9 de la presente Ordenanza.
Art. 7.- Será causal sufi ciente para iniciar el proceso de sanciones, haber comprobado que el Titular del negocio no ha iniciado el trámite de la
renovación de la Licencia dentro del plazo descrito en el Artículo 3 de esta Ordenanza, o no haberse inscrito en el registro respectivo que la Munici-
palidad llevará para tal efecto, como lo establecen en los Artículos 31 y 50 de la L.R.P.C.A.
Art. 8.- Los almacenes de bebidas alcohólicas y abarrotes, expendios de aguardiente y otros similares no podrán vender bebidas alcohólicas de
volumen superior al 6 %, nacionales o extranjeras de manera fraccionada o fuera de sus envases debidamente sellados; teniendo terminantemente
prohibida la comercialización de las mismas de las veintidós horas a las seis de la mañana.
Los restaurantes, bares, cafés, hoteles, clubes nocturnos y demás establecimientos semejantes podrán solicitar a la Municipalidad licencia para
vender bebidas alcohólicas fraccionadas.
Se establecen derechos anuales de licencia a que se refi ere el inciso anterior en el equivalente a un mes de salario mínimo urbano por cada puesto
de venta.
CAPITULO III
DEL CONSUMO
Art. 9.- Los establecimientos donde se consuma bebida alcohólica mayor al 2 % en volumen, requerirán de un permiso para funcionar, para
lo cual se realizará la inspección respectiva, a efecto de determinar que la ubicación y la infraestructura sean adecuadas para el consumo, todo con
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el propósito de evitar efectos dañinos para la tranquilidad ciudadana. Este permiso vencerá el 31 de diciembre de cada año y su renovación deberá
solicitarse en los primeros tres meses del año siguiente. El monto a cancelar por este permiso, será el equivalente a un salario mínimo urbano por cada
establecimiento. Los propietarios de este tipo de establecimientos deberán hacer una solicitud de permiso, la cual deberá tramitarse cumpliendo los
mismos requisitos estipulados en el Artículo cuatro de la presente Ordenanza.
En ningún caso se autorizará el funcionamiento de establecimientos que se dediquen a la venta de bebidas alcohólicas mayores del 2 % en
volumen, contiguo a un expendio de aguardiente del mismo propietario o familiar cercano a éste.
Art. 10.- En la inspección a que se refi ere el Artículo 9 de esta Ordenanza se verifi cará:
a) Que el local cuente con establecimiento sufi ciente;
b) Que cuente con servicios sanitarios para ambos sexos;
c) Que el local esté debidamente hermetizado, si fuere necesario, para prevenir ruidos estridentes o música que supere los 45 decibeles medidos
desde el exterior del establecimiento, que puedan alterar la tranquilidad ciudadana;
d) Que el local presente condiciones de aseo, orden y limpieza.
Art. 11.- Queda estrictamente prohibido el consumo de bebidas alcohólicas en las instalaciones, incluidos sus estacionamientos, de los llamados
expendios de aguardiente, mayoristas, abarroterías, gasolineras, tiendas, chalets y establecimientos similares; así como en parques, plazas y demás
lugares públicos.
Art. 12.- No podrán instalarse establecimientos destinados al consumo de bebidas alcohólicas, ni aún los llamados expendios de aguardiente, a
menos de 100 metros de centros de salud, hospitales y centros educativos.
No obstante lo establecido en el inciso anterior, los restaurantes y bares podrán obtener licencia o permiso en caso que la Municipalidad emita
resolución favorable debidamente razonada, después de tomar en cuenta la opinión de los vecinos residentes en el área ubicada dentro de los cien
metros a la redonda del establecimiento, en concordancia con la política municipal de participación ciudadana.
Art. 13.- La denuncia ciudadana comprobada por medio de inspección al establecimiento denunciado será causal sufi ciente para iniciar el proceso
sancionatorio, de acuerdo a lo establecido en la presente Ordenanza y el Código Municipal.
CAPITULO IV
AUTORIDADES COMPETENTES
Art. 14.- Para los efectos de esta Ordenanza, son autoridades competentes:
a) El Concejo Municipal de San Rafael Cedros;
b) El Alcalde Municipal;
c) El Funcionario Delegado.
CAPITULO V
DE LAS INFRACCIONES Y SANCIONES
Art. 15.- Serán sancionados los establecimientos con una multa de $342.86 a $400.00 dólares por las siguientes infracciones:
a) Por escándalos y desórdenes comprobados mediante inspección u otro medio idóneo realizado al negocio denunciado por la ciudadanía, o
de ofi cio en caso de fl agrancia;
b) Por acciones o hechos que atenten contra la salud, la moral y la tranquilidad ciudadana, según lo establecido en las Ordenanzas y Leyes
vigentes;
c) Por venta de licor adulterado, debidamente comprobado por la Unidad respectiva de la Policía Nacional Civil;
d) Por suministrar información falsa a la Municipalidad;
e) Por violar las prohibiciones establecidas en los Artículos 8, 22 y 23 de la presente Ordenanza;
f) Por violentar las disposiciones contenidas en el Art. 105 relacionado con el Art. 107 del Código de Trabajo.
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Su reincidencia dará lugar a la suspensión temporal o cancelación del permiso o licencia, más una multa de $342.86 a $628.57, atendiendo la
gravedad de la infracción y la capacidad económica del infractor.
Art. 15.- Las multas relacionadas a la comercialización o bebidas alcohólicas serán las establecidas en la L.R.P.C.A., tal como se establece en
los Artículos 31, 49 y 50 de la misma Ley.
Art. 16.- Los consumidores de bebidas alcohólicas que ocasionaren escándalos o actos atentatorios contra la tranquilidad ciudadana dentro o
fuera de los establecimientos autorizados para la venta y consumo de bebidas alcohólicas, serán sancionados con una multa de $57.14 a $171.43
dólares, atendiendo a la gravedad del hecho y a la capacidad económica del infractor, todo lo anterior sin perjuicio de las responsabilidades penales
a que hubiere lugar. El pago de la multa podría ser cancelado con trabajo social en la comunidad, según acuerdo con el Concejo Municipal.
Art. 17.- En concordancia a lo dispuesto en el Artículo 15 los propietarios de establecimientos que denoten inobservancia a lo estipulado en la
presente ordenanza y no se ciñan al cumplimiento de la misma, podrán ser sometidas al Concejo Municipal sus licencias de operación, a efecto de
renovarla o no, o al cierre del establecimiento.
Art. 18.- Las multas relacionadas con el permiso para el consumo de bebidas alcohólicas se aplicarán de la siguiente forma:
Todo establecimiento que no obtuviere el permiso o no iniciare el trámite en los tres primeros meses del año, y se encuentre operando, incurrirá
en una multa de $400.00 dólares, la cual generará un interés del 2 % mensual hasta su cancelación, según lo establecido en el Artículo 133 del Código
Municipal, y además traerá como consecuencia el inicio del proceso decomiso de los productos o de clausura de la actividad comercial, entiéndase
ésta como consumo de bebidas alcohólicas.
Art. 19.- Cuando procediere el decomiso de conformidad a lo dispuesto en la presente Ordenanza y en la L.R.P.C.A., el producto decomisado
será devuelto, previa comprobación de la propiedad del mismo, y de la cancelación de las multas que le hubiere sido impuestas.
CAPITULO VI
PROCEDIMIENTOS Y RECURSOS
Art. 20.- De las inspecciones a que se hace referencia en la presente ordenanza, se levantará un acta en el lugar, la cual será fi rmada por el
propietario, encargado o el representante legal del establecimiento. Si éste se negare a fi rmar, se dejará constancia del hecho, debiendo entregársele
en ambos casos copia del acta.
Art. 21.- Cuando el Alcalde o funcionario delegado tuviere conocimiento por cualquier medio que el propietario, encargado o representante
legal del establecimiento ha cometido infracción a las disposiciones contempladas en la presente ordenanza, ordenará la iniciación del procedimiento,
emplazando al interesado dentro de los tres días posteriores a la notifi cación de la resolución respectiva, entregándosele copia del informe que contiene
la infracción que se le atribuye. Transcurridos los tres días a los que se hace referencia, si compareciere o en su rebeldía, se abrirá el proceso a prueba
por ocho días, dentro de los que el interesado podrá presentar las pruebas que considere idóneas y oportunas para desvirtuar la infracción que se le
atribuye.
Concluido el término probatorio se resolverá con base a las pruebas y disposiciones legales aplicables, en un plazo no mayor de tres días.
Los plazos establecidos en este artículo son perentorios, y sólo comprende los días hábiles.
Art. 22.- De las resoluciones proveídas en base al procedimiento establecido en el Artículo anterior procede recurso de apelación para ante el
Concejo Municipal, dentro de los tres días siguientes a su notifi cación, conforme a lo establecido en el Artículo 137 del Código Municipal.
CAPITULO VII
DISPOSICIONES GENERALES, DEROGATORIA Y VIGENCIA
Art. 23.- En cada establecimiento donde se comercialicen y/o consuman bebidas alcohólicas se deberá colocar un rótulo en un lugar visible
y con medidas mínimas de 30 cm. x 50 cm. En donde se indique “SE PROHÍBE LA VENTA Y CONSUMO DE BEBIDAS ALCOHÓLICAS A
MENORES DE DIECIOCHO AÑOS”. Asimismo, deberá colocar la licencia o permiso original en un lugar visible, con lo cual se comprobará que
el establecimiento está autorizado para vender y/o consumir el referido producto, o en su defecto la resolución de emisión de la licencia o permiso.
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Art. 24.- Queda terminantemente prohibida la comercialización de bebidas alcohólicas de contenido alcohólico mayor al 6 % de volumen y el
consumo de toda bebida alcohólica mayor al 2% en volumen, en los establecimientos conocidos como bares, clubes nocturnos, restaurantes y otros
similares objeto de esta Ordenanza, de las dos a las seis horas de la mañana.
Cada establecimiento deberá colocar en un lugar visible un rótulo comunicando el horario establecido, con las medidas mínimas indicadas en el
Artículo anterior.
Art. 25.- Los responsables de velar por el cumplimiento de la presente Ordenanza serán los establecidos en el Artículo 14 de la misma; así como
la Policía Nacional Civil de conformidad a lo regulado en su Ley Orgánica. Pudiendo actuar de ofi cio o por denuncia.
Art. 26.- Estarán sujetos a una reglamentación especial los establecimientos en los que se comercialice o consuma de manera eventual bebidas
alcohólicas.
Art. 27.- En caso de denegación de la licencia o permiso para comercializar o consumir las bebidas alcohólicas objeto de esta ordenanza, el
interesado podrá apelar ante el Concejo Municipal, dentro de los tres días siguientes a su notifi cación, siguiéndose el trámite estipulado en el Artículo
137 del Código Municipal.
Esta ordenanza será aplicable retroactivamente.
Dado en el Salón de Sesiones de la Alcaldía Municipal de San Rafael Cedros, a los siete días del mes de enero del dos mil ocho.
Víctor Hugo Cornejo Ayala,
Alcalde Municipal.
Gloria Janet Palacios Abarca, José Osmín Argueta Rivas, Síndico Municipal. Primer Regidor Propietario. Gilmar Arturo García Delgado, José Navarro Portillo, Segundo Regidor Propietario. Tercer Regidor Propietario.
Agustín Lizano, Emigdio Paniagua Patero, Cuarto Regidor Propietario. Quinto Regidor Propietario.
Celestina Delgado de Méndez, Carlos Antonio Tejada, Sexto Regidor Propietario. Primer Regidor Suplente.
José Daniel Sánchez Chávez, Aparicio Zepeda Bonilla,
Segundo Regidor Suplente. Tercer Regidor Suplente.
José Antonio Argueta Sánchez,
Cuarto Regidor Suplente.
Romel Arévalo Meléndez,
Secretario Municipal.
(Registro No. F001759)
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DECRETO No. UNO
El Concejo Municipal de la ciudad de San Isidro, Departamento de Cabañas.
CONSIDERANDO:
I. Compete a los municipios de acuerdo al Art. 4 y numerales 6, 18, 23 y 24 del Código Municipal; la Regulación y Supervisión de los Es-
pectáculos Públicos, la publicidad; la Promoción y organización de ferias y festividades populares; Regulación del uso de calles, aceras,
parques y otros sitios públicos municipales y locales. La autorización y regulación del funcionamiento de casas de juegos, como loterías,
rifas y otros similares.
II. Que en base al Art. 3 del Código Municipal; el municipio regulará las materias de su competencia y la prestación de los servicios por me-
dio de ordenanzas y reglamentos y cumpliendo con lo dispuesto en el inciso segundo del Art. 7 y el Art. 158 de la Ley General Tributaria
Municipal.
III. Son facultades del Concejo de conformidad al Art. 30 numeral 21 del Código Municipal. Emitir acuerdo de creación, modifi cación y
supresión de tasas, en función de actualizar los permisos temporales a personas naturales o jurídicas que en ocasión de Fiestas Patronales
y otras principales del municipio que se establecen para comerciar o brindar servicios.
IV. Con el ánimo de apoyar económicamente la promoción y realización de Fiestas Patronales y Tarifas vigentes fuera de contexto real de
costos es conveniente modifi car el Decreto Número Uno, de fecha cuatro de Abril del dos mil cinco, publicada en el Diario Ofi cial, Tomo
No. 367, número 69, de fecha catorce de Abril del 2005.
POR TANTO:
en uso de sus facultades que le confi ere al Art. 204 numeral 5 de la Constitución de la República y el Art. 4 numerales 6, 18, 23, 24 y Art. 3 del
Código Municipal.
DECRETA:
La siguiente REFORMA a la Ordenanza de Tasas aplicadas durante Fiestas Patronales, Semana Santa, Día de Difuntos y Fiestas de Fin de Año.
Como se detalla a continuación:
CAPITULO II
IMPUESTOS A LAS ACTIVIDADES ECONÓMICAS
QUE SE REALIZAN EN ÉPOCAS ESPECIALES
Art. 8.- Las actividades económicas que se incluyen en este capítulo se gravan con tarifa fi ja según su naturaleza y categoría.
8.1. LICENCIAS
8.1.1. VENTAS, CADA UNA:
8.1.2. De ropa, telas o similares ........................................................................................................................................... $ 1.50 Mts2
8.1.3. De joyas ..................................................................................................................................................................... $ 1.50 Mts2
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8.1.4. De juguetes o productos plásticos, puestos fi jos ........................................................................................................ $ 1.50 Mts2
Ambulantes ................................................................................................................................................................ $ 5.00
8.1.5. De sorpresas por medio de Rifas................................................................................................................................ $ 1.50 Mts2
8.1.6. De reliquias, espejo, cuadros o similares .................................................................................................................. $ 1.50 Mts2
8.1.7. De cervezas y gaseosas ............................................................................................................................................ $ 2.00 Mts2
8.1.8. De comida, ponches, sándwiches, emparedados, pupusas, elotes locos, yucas, papas fritas o similares. ................ $ 1.50 Mts2
8.1.9. De cigarrillos y golosinas........................................................................................................................................... $ 1.50 Mts2
8.1.10. De cohetes y otros artículos pirotécnicos................................................................................................................... $ 3.00 p/puesto
8.1.11. De fl ores naturales y artifi ciales y demás similares ................................................................................................... $ 3.00 p/puesto
8.1.12. De refrescos, fruta helada, sorbetes ........................................................................................................................... $ 3.00 p/puesto
8.1.13. De dulces artesanales ................................................................................................................................................ $ 1.50 Mts2
8.1.14 De jabón, candelas, fósforos y similares ................................................................................................................... $ 3.00 p/puesto
8.1.15. De piedra de moler y afi lar, jarcia ............................................................................................................................. $ 1.50 Mts2
8.1.16 De colchas, herrajes, toallas y telas típicas ................................................................................................................ $ 1.50 Mts2
8.1.17. De cerrajería, herrería, hojalatería ............................................................................................................................. $ 1.50 Mts2
8.1.18. Exhibición y ventas de electrodomésticos, muebles y aparatos eléctricos ............................................................... $ 2.00 Mts2
8.1.19. Exhibición y venta de maquinaria agrícola y automotores ....................................................................................... $ 2.00 Mts2
8.1.20. Pizza móvil en furgón ............................................................................................................................................... $ 1.50 Mts2
8.1.21. De venta de nísperos o similares ............................................................................................................................... $ 3.00 p/puesto
8.1.22. De venta de CD’s (música o película) ....................................................................................................................... $ 5.00 p/puesto
8.1.23. Y demás ventas similares no clasifi cadas en las casillas anteriores.
Art. 1.- La presente Reforma a la Ordenanza entrará en vigencia ocho días después de su publicación en el Diario Ofi cial. Dado en el Salón de
Sesiones del Concejo Municipal de San Isidro, Departamento de Cabañas a los catorce días del mes de Marzo de dos mil ocho.
Ing. JOSE IGNACIO BAUTISTA, JESUS ALFREDO MORENO,
ALCALDE MUNICIPAL. SINDICO MUNICIPAL.
GILBERTO ANTONIO VASQUEZ, ROSA ORBELINA BAIRES O.,
PRIMER REGIDOR. SEGUNDO REGIDOR.
CARLOS ARTURO AGUIRRE, LETICIA IRAHETA DE ARGUETA,
TERCER REGIDOR CUARTO REGIDOR.
ELMER EDMUNDO ORTIZ, JOSE RAMIRO SERRANO,
REGIDOR SUPLENTE. REGIDOR SUPLENTE.
EDUARDO BAIRES RUIZ, HECTOR DE JESUS IRAHETA GALINDO,
REGIDOR SUPLENTE. REGIDOR SUPLENTE.
ROSICELA MARTINEZ VIDES,
SECRETARIA MUNICIPAL.
(Registro No. F001775)
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(Registro No. F001716)
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44 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 379
ESTATUTOS DE LA ASOCIACION DE DESARROLLO CO-
MUNAL PROGRESO PARA EL TALPUJERO “ADE-
SCOPET” JURISDICCION DE SAN ALEJO, DEPARTA-
MENTO DE LA UNION.
NATURALEZA, DENOMINACION, DURACIÓN Y DO-
MICILIO.
ART. 1. La Asociación que se constituye estará regulada por el
Código Municipal, la Ordenanza Municipal respectiva, estos Estatutos y
demás disposiciones legales aplicables. Estará al servicio de la Comunidad
de su domicilio, para el desarrollo de los planes, programas y proyectos
de interés social, cultural y económico y será una entidad apolítica, no
lucrativa ni religiosa y de carácter democrático.
ART. 2. La Asociación se denominará: Asociación de Desarrollo
Comunal Progreso para el Talpujero del Caserío El Talpujero, Cantón
Hato Nuevo, jurisdicción de San Alejo, Departamento de La Unión, la que
se podrá abreviar ADESCOPET y que en estos Estatutos se denominará
“LA ASOCIACIÓN”.
ART. 3. La duración de la Asociación será por un tiempo de tres
años, pudiendo ser prorrogada por el mismo tiempo, o para cuando haya
cumplido con su funcionamiento para la cual fue nombrado.
ART. 4. El domicilio de la Asociación será en el Caserío el Talpu-
jero, Cantón Hato Nuevo, jurisdicción de San Alejo, Departamento de
La Unión.
FINES.
ART. 5.- La Asociación tendrá como fi nes el desarrollo humano,
la obra productiva y física que proyecte. Para ello deberá:
a) Promover el progreso de la Comunidad, juntamente con
los organismos públicos y privados que participen en los
correspondientes programas.
b) Fomentar el espíritu de servicio en los asociados, los vecinos,
sus grupos y comunidades circunvecinas.
c) Coordinar y cooperar con otras Comunidades organizadas en
la mayor integración de sus miembros y la mejor organización
de sus actividades.
d) Impulsar y participar en los programas de capacitación y
promoción social, a fi n de contribuir al mejoramiento de la
organización de la Comunidad, la administración de proyectos
sociales y económicos y la elevación de niveles educativos.
e) Trabajar en el establecimiento de los servicios de la Comunidad,
con el equipamiento y medios indispensables para solucionar
los problemas que existen en la Comunidad.
f) Utilizar al máximo los recursos humanos y materiales de la
Comunidad para el desarrollo, a través de la ayuda mutua y
el esfuerzo propio, a fi n de complementar las obras que se
consideren en el respectivo Plan de Trabajo y otras que de
emergencia surjan.
g) Incrementar las actividades a nivel Comunal, a fi n de obtener
recursos propios que sirvan para impulsar el mejoramiento
de la Comunidad.
h) Promover las organizaciones juveniles de ambos sexos,
haciéndoles participar responsablemente en el desarrollo
local.
i) Realizar diversos proyectos y actividades que generen ingresos
económicos y servicios sociales a la Comunidad.
j) Participar en los planes de desarrollo local, regional y nacional
en cuanto a la determinación de proyectos y la obtención de
recursos comunales, gubernamentales, etc.
k) Toda gestión de la Asociación deberá estar contemplada
dentro del plan de inversión del Municipio.
METAS.
ART. 6. La Asociación tendrá como metas las especifi cadas en el
Plan Local de Desarrollo aprobado por el Concejo Municipal de San
Alejo, de acuerdo a las siguientes áreas: de Educación, Salud, Medio
Ambiente, Cultura y Deporte, y otras entidades que sean de benefi cios
Mutuos a la Comunidad.
SOCIOS,
CALIDAD, DERECHOS Y DEBERES.
ART. 7. Refórmese este Artículo Así:
Todos deben ser personas mayores de dieciocho años.
La Adesco deberá ejecutar Comité de Jóvenes menores de edad, para
que integren el desarrollo de su Comunidad y su Municipio.
Art. 8. Son Socios Activos: todas las personas que reúnan los re-
quisitos señalados en el inciso anterior, residente dentro de los límites
de la unidad vecinal correspondiente o en unidades vecinales colindan-
tes inmediatas y afi liarse mediante procedimiento determinado por la
Asamblea General.
Art. 9. Son Socios Honorarios: aquellas personas a quienes la Asam-
blea General por su iniciativa o por propuesta de la Junta Directiva les
conceda tal calidad en atención a sus méritos personales y relevantes
servicios prestados a la ADESCO.
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ART. 10. Son derechos y deberes de los Socios Activos:
a) Participar con voz y voto en las Asambleas Generales,
b) Presentar mociones y sugerencias en las Asambleas Genera-
les,
c) Retirarse voluntariamente de la Asociación cuando así lo
solicitaren,
d) Elegir y ser electo para cargos de Junta Directiva,
e) Cooperar con todos los medios promocionales posibles, al
incremento del número de miembros de la Asociación.
f) Asistir con puntualidad a la sesiones de Asamblea General,
previa convocatoria en legal forma, junto a la representación
de la Municipalidad.
g) Cumplir estos Estatutos y obedecer las disposiciones de Junta
General y Junta Directiva, siempre que estén relacionados
con los fi nes de la Asociación.
ART. 11. Los Socios Honorarios gozarán de los derechos que la
Asamblea General les otorgue.
GOBIERNO DE LA ASOCIACIÓN.
ART. 12. El Gobierno de la Asociación será ejercido por la Asamblea
General y la Junta Directiva.
LA ASAMBLEA GENERAL.
ART. 13. La Asamblea General la componen los Socios y se instalará
por mayoría de los Socios Activos, pudiendo haber representación de
Socios, pero cada socio no podrá llevar más de una representación.
Las resoluciones se acordarán por mayoría simple de votos, salvo
en lo referente a la disolución de la Asociación.
ART. 14. La Asamblea General se reunirá ordinariamente cuatro
veces al año, con intervalo de tres meses y extraordinariamente cuando
sea convocada por la Junta Directiva, por iniciativa propia o a solicitud
del señor Alcalde y su Concejo Municipal.
ART. 15. La convocatoria a Asamblea General Ordinaria o Ex-
traordinaria se hará por medio de un aviso escrito, con ocho días de
anticipación para las primeras y con veinticuatro horas de anticipación
para las segundas, indicándose en las mismas el lugar, día y hora en que
han de celebrarse. Si a la hora señalada no pudiera celebrarse la sesión
por falta de quórum, ésta se llevará a cabo una hora después con los
socios que estén presentes en ambas Asambleas, en este último caso,
las decisiones que se adopten serán obligatorias aún para aquellos que
legalmente convocados no asistieron.
ART. 16. Son atribuciones de la Asamblea General:
a) Elegir y dar posesión a los miembros de la Junta Directiva,
b) Recibir los informes de trabajo y aprobar o desaprobar el
estado fi nanciero de la Asociación.
c) Destituir por causa justifi cada a los miembros de la Junta
Directiva y elegir a sus sustitutos; asimismo, retirarán la cali-
dad de miembros de la misma a los que hubieren renunciado,
fallecido o perdido su calidad de socio.
d) Pedir a la Junta Directiva, los informes que crea convenien-
te,
e) Aprobar e Reglamento Interno de la Asociación,
f) Acordar la petición de la Personalidad Jurídica y aprobación
de estos Estatutos al Concejo Municipal respectivo, por medio
del Representante Legal de la Asociación;
g) Otorgar la calidad de Socios Honorarios;
h) Aprobar la suspensión defi nitiva de los Socios;
i) Aprobar el Plan Anual de Trabajo y su respectivo Presupues-
to;
j) Cumplir y hacer cumplir los presentes Estatutos y Reglamentos
que se dicten.
PROCEDIMIENTO ESPECIAL PARA LA REMOCION DE
ASOCIADOS Y DIRECTIVOS.
ART. 17. Los Miembros de la Asociación podrán ser retirados de
ella por acuerdo de la Junta Directiva, tomado por mayoría de votos y
previa audiencia del interesado, por infracciones al Código Municipal,
Ordenanza Municipal y estos Estatutos.
Se consideran además como causales de retiro o expulsión, a las
siguientes:
a) Mala conducta del Socio que se traduzca en perjuicio grave
de la Asociación.
b) Negarse sin motivo justifi cado a desempeñar los cargos de
elección o comisiones que le encomiende la Asamblea General
o la Junta Directiva.
c) Promover actividades políticas, religiosas o de otra naturaleza
que vayan en perjuicio de la Asociación.
d) Obtener por medio fraudulento benefi cio de la Asociación,
para sí o para terceros.
e) Cometer algún delito o falta grave en perjuicio de la Asocia-
ción.
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ART. 18. Para proceder a la suspensión defi nitiva de casos especiales
para investigar tales hechos, la Junta Directiva nombrará una comisión
de tres de sus miembros, para que investigue los hechos y oyendo el
dictamen de éstos y las razones que el supuesto infractor exponga en su
defensa, resolverá.
En caso de suspensión defi nitiva, la Junta Directiva seguirá el
procedimiento a que se refi ere el inciso anterior; pero en este caso, la
Asamblea General resolverá por sobre tal suspensión acordada, que se
nombrará a los sustitutos.
ART. 19. Sobre el retiro de los asociados y sobre la suspensión
temporal decretada por la Junta Directiva, podrá interponerse única-
mente el recurso de revisión ante la misma, dentro del tercer día de la
notifi cación.
De las resoluciones de la Asamblea General, no se admitirá ningún
recurso.
ART. 20. Los miembros de la Junta Directiva electos por la Asamblea
General, podrán ser suspendidos en forma temporal o defi nitiva, según
la gravedad del caso.
La suspensión defi nitiva únicamente podrá ser acordada por la
Asamblea General y la suspensión temporal, por la Junta Directiva.
ART. 21. En caso que la Junta Directiva, dentro del plazo de diez
días de conocida la infracción, no procede a dar cumplimiento a los
artículos anteriores, un número de seis asociados, por lo menos podrá
pedir al Concejo Municipal correspondiente, que se les autorice:
a) Para nombrar de entre los mismos la comisión investigadora, b) Para
que ésta convoque a la Asamblea General, que concederá la suspensión en
base a los informes de la comisión investigadora. El mismo procedimiento
anterior se seguirá cuando de acuerdo a las infracciones, debe conocerse
sobre la suspensión temporal o defi nitiva de toda la Junta Directiva o
cuando por tratarse de un número considerable de miembros, los que
quedan no puedan o no inicien el procedimiento dentro del plazo que
establece el inciso anterior.
En todos los casos de este Artículo, será la Asamblea General la que
resolverá sobre tal suspensión temporal o defi nitiva de los miembros y en
la misma sesión elegirá y dará posesión a los sustitutos por el tiempo de
la suspensión o por el resto del periodo de los directivos suspendidos.
LA JUNTA DIRECTIVA.
ART. 22. La Junta Directiva entrará en vigencia integrada por lo
menos doce miembros electos en Asamblea General, por votación nomi-
nal y pública, ya sea por cargos separados o en planilla, en todo caso la
nominación de los cargos será la siguiente: Presidente, Vice-Presidente,
Secretario, Pro-Secretario, Tesorero, Pro-Tesorero, Síndico y Vocales.
Los cargos de la Junta Directiva serán adhonorem; sin embargo,
cuando el socio o directivo trabaje en actividades ofi ciales para la aso-
ciación, podrá otorgársele una retribución convencional o cuando por
el volumen de trabajo o las circunstancias lo ameriten.
ART. 23. La Junta Directiva se reunirá ordinariamente cuantas veces
sea necesario y por lo menos una vez por mes y extraordinariamente
cuando sea convocada por el Presidente.
Para que la sesión sea válida, deberán concurrir por lo menos siete
de sus miembros y las resoluciones se tomarán por mayoría de votos.
En caso de empate, el Presidente o el que haga sus veces tendrá
voto de calidad.
ART. 24. Son atribuciones de la Junta Directiva:
a) Elaborar el proyecto de Estatutos de la Asociación y propo-
nerlos a la Asamblea General.
b) Tramitar el reconocimiento legal de la Asociación conforme
a la Ley.
c) Determinar juntamente con las instituciones que colaboran
con el desarrollo comunal, el Plan de Trabajo y el Presupuesto
correspondiente.
d) Construir comisiones de trabajo de la Asociación, encauzar
su mejor organización y desenvolvimiento.
e) Convocar a la Asamblea General a reuniones ordinarias o
extraordinarias.
f) Vincularse con las Organizaciones del Estado, las Municipa-
lidades y con las entidades privadas que tengan que trabajar
en la Región el Proyecto de Desarrollo Comunal.
g) Participar en su caso, en las investigaciones, planteamiento,
ejecución y evaluación de los programas y proyectos de
mejoramiento de la Comunidad.
h) Velar que el patrimonio de la Asociación sea aplicado en la
consecución de sus fi nes.
i) Autorizar y controlar los gastos de los recursos económicos
de la Asociación.
j) Vigilar el cumplimiento de los deberes y obligaciones de los
afi liados.
k) Tomar las medidas necesarias para cumplir las disposiciones
emanadas de la Asamblea General y las que crea conveniente
dictar.
l) Resolver a su prudente arbitrio las situaciones excepcionales
no previstas en los Estatutos.
m) Presentar a la consideración y aprobación de la Asamblea
General en la sesión ordinaria anual, sus actividades de
trabajo.
n) Ejercer las demás actividades que se determinen en las leyes
correspondientes y estos Estatutos.
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47DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 1 de Abril de 2008.
ART. 25. El Presidente de la Junta Directiva, presidirá y dirigirá
las sesiones de Asambleas Generales y de Junta Directiva, autorizando
con su fi rma los acuerdos que emanen de las mismas y coordinará las
actividades de la Asociación.
ART. 26. El Vice-Presidente, colaborará con el Presidente, lo
sustituirá en los casos de ausencia o de impedimento de éste y todo lo
demás que fuere concerniente a actividades comunales.
ART. 27. El Secretario, será el órgano de la comunicación de la
Asociación y llevará el inventario de los bienes de la misma; además
tendrá a su cargo los libros de Actas de Sesiones que celebren la Asamblea
General y la Junta Directiva y todo lo demás que fuere pertinente.
ART. 28. El Pro-Secretario, colaborará con el Secretario en todo
lo concerniente a sus funciones, lo sustituirá en casos de ausencia o
impedimento de éste.
ART. 29. El Tesorero, será el depositario de los fondos y bienes
de la Asociación y llevará los libros de Contabilidad o las cuentas de la
misma.
Se encargará asimismo, que se hagan efectivos los créditos a favor
de la Asociación y dará cuenta a la Junta Directiva en cada sesión del
estado económico; hará los pagos de las obligaciones de la Asociación
y de los honorarios si los hubiere.
ART. 30. El Pro-Tesorero, colaborará con el Tesorero en todo caso
lo concerniente a sus funciones; lo sustituirá en casos de ausencia o
impedimento de éste.
ART. 31. El Síndico, tendrá la representación judicial y extrajudicial
de la Asociación y el uso de la personalidad jurídica, quien para compa-
recer en juicios, escrituras, contratos, actas notariales y otros, deberán
ser autorizados por la Junta Directiva, quien lo legitimará mediante la
certifi cación del punto de acta que lo autoriza.
A falta del síndico, fungirán los vocales en su orden, autorizados
en sesión de Junta Directiva; además, velará por el estricto cumplimiento
del Código Municipal, la ordenanza respectiva, así como los presentes
Estatutos y las leyes de la materia y los demás acuerdos tomados por la
Asamblea General y la Junta Directiva.
ART. 32. Los Vocales colaborarán con la Junta Directiva en la
medida que ésta lo considere necesario; en todo caso, sustituirá a los
miembros de la Junta Directiva en la medida que ésta lo considere ne-
cesario; en todo caso, sustituirán a los miembros de la Junta Directiva
que faltaren.
ART. 33. En caso de suspensión temporal. La Junta Directiva llamará
y dará posesión a los sustitutos por el tiempo que dure la suspensión.
ART. 34. Los miembros de la Junta Directiva serán electos por un
período más y sólo podrán ser reelectos en forma consecutiva para un
período más, cuatro de sus miembros que podrán ser cualesquiera de
ellos.
PATRIMONIO DE LA ASOCIACION.
ART. 35. El Patrimonio de la Asociación estará constituido por:
a) Los fondos provenientes de las contribuciones que aporten los
socios activos y será de Dos dólares ($ 0.50.) mensuales.
b) Las colaboraciones o aportes extraordinarios, herencias,
donaciones, legados, etc, que provengan de diversas fuen-
tes.
c) Los ingresos provenientes de cualquier actividad realizada
para allegar fondos a la Asociación.
d) El valor de los intereses que devenguen los créditos otorgados
a los asociados, serán fi jados por la Asamblea General, a
propuesta de la Junta Directiva; pero en todo caso este interés
deberá ser menor que el estipulado por el Sistema Bancario
Nacional.
e) El Valor del alquiler cobrado por el uso de maquinaria, bienes
muebles e inmuebles de propiedad de la Asociación; serán
aprobados por la Asamblea General a propuesta de la Junta
Directiva; pero en ningún caso eximirá de estos pagos el
hecho de ser asociado.
f) Sus bienes muebles e inmuebles adquiridos a cualquier
título.
g) Los bienes muebles e inmuebles que formen el Patrimonio
no podrán ser transferidos en garantía, vendidos, alquilados
o prestados sin la autorización previa de la Asamblea Gene-
ral.
ART. 36. La Asociación no cuenta hoy con un capital en efectivo,
ya que las actividades se realizarán para recaudar fondos cuando esté
legalizada la Asociación.
ART. 37. De las utilidades netas obtenidas al fi nal del ejercicio
administrativo por la Asociación, se aportará el 25% por lo menos, para
formar un fondo de reserva para incrementar el capital bancario a nombre
de la misma.
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48 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 379
La Asociación llevará un libro especial de registro de capital, en
el que deberá expresarse todo aumento y disminución del mismo.
La Asociación para poder desarrollar sus fi nes sociales y de obras
física, siempre que conduzcan a operaciones canalizadas a través de
recursos económicos, deberá ser conocida y aprobada por la Asamblea
General y autorizada por la Junta Directiva, específi camente para el acto
en que comparezca el Representante de la Asociación. En todo caso, se
establecerán los controles contables necesarios para el efectivo control
de fondos propios o procedentes de fuentes externas en los distintos
programas y proyectos que se desarrollen.
ART. 38. Si al fi nal de cada ejercicio administrativo anual (enero
a diciembre) se obtuvieron ganancias, la junta directiva propondrá a la
Asamblea General los proyectos en los que pueden ser aplicadas dichas
ganancias, como también el tiempo y forma de invertir el fondo de
reserva.
ART. 39. En caso de disolución de la Asociación, si después de
pagadas las obligaciones hubiere un remanente, el Concejo Municipal
lo destinará a Programas de Desarrollo Comunal, a realizarse en el Ca-
serío El Talpujero, Cantón Hato Nuevo del domicilio de la Asociación
y mientras no se realice su inversión, el remanente estará bajo el control
del Concejo Municipal.
DISOLUCION DE LA ASOCIACION.
ART. 40. La disolución de la Asociación será acordada en sesión
extraordinaria de Asamblea General, mediante acuerdo de dos terceras
partes de socios de la misma, por motivos que el Código y Ordenanza
Municipales, estos Estatutos y las demás leyes de la materia estable-
cen.
DISPOSICIONES GENERALES.
ART. 41. La Asociación llevará sus libros de registro tripricables
de afi liados, Actas de Asambleas Generales, Actas de Junta Directiva,
Registro Financiero y Registro de Inventario; todos foliados y sellados
con una razón de apertura que contenga el objeto del libro, su número de
hojas y luego al terminarse el libro se pondrá su razón de cierre, la cual
deberá estar fi rmada y sellada por el Secretario de la Junta Directiva.
ART. 42. La Junta Directiva, tiene la obligación de enviar al
Concejo Municipal; durante los primeros quince días posteriores a la
elección, la nómina de la nueva Junta Directiva, durante los primeros
quince días del año, informe de las sustituciones de los miembros de la
Junta Directiva, cuando sean en forma defi nitiva y cualquier otro dato
relativo a la Asociación.
Dentro de los treinta días posteriores a la elección de la nueva Junta
Directiva, deberá enviar al Concejo Municipal, su Plan de Actividades
(Trabajo).
ART. 43. Para la modifi cación del acta de constitución y los pre-
sentes Estatutos, se seguirán los mismos procedimientos que para la
Constitución e inscripción de la Asociación.
ART. 44. Los casos no contemplados en estos Estatutos serán
resueltos en Asamblea General de Socios.
ART. 45. Los presentes Estatutos entrarán en vigencia, ocho días
después de su publicación en el Diario Ofi cial.
EL INFRASCRITO ALCALDE MUNICIPAL.
CERTIFICA: que en página nueve del Libro de Actas y Acuerdos
Municipales, que esta Alcaldía lleva el presente año de dos mil ocho y
en Acta No. 3 de fecha 08 de Febrero del corriente año, se encuentra
la que literalmente dice: ACUERDO NUMERO UNO. En vista de la
solicitud presentada por la Junta Directiva de la Asociación Comunal
“PROGRESO PARA EL TALPUJERO” con sus siglas ADESCOPET del
Caserío El Talpujero, Cantón Hato Nuevo de esta jurisdicción, en la cual
solicitan se les extienda a dicha Asociación Comunal la Personería Jurídica
ya que también están organizados, y teniendo los Estatutos, los cuales
constan de 45 artículos que regirán a dicha Asociación y no encontrando
en ellos ninguna disposición contraria a las Leyes de la República, al
orden público ni a las buenas costumbres del pueblo salvadoreño. Que
de conformidad al Art. 30 numerales 23 y 119 del Código Municipal,
este Concejo Municipal acuerda: aprobar los Estatutos y conferir a dicha
Asociación Comunal el carácter de Personería Jurídica, la cual entrará
en vigencia ocho días después de su publicación en el Diario Ofi cial.
Comuníquese. No Habiendo más que hacer constar se termina la presente
que fi rmamos.- A. A. Gómez Vigil // H. A. Gutiérrez // B. Mejía Flores
// J. F. Maldonado Larios // J. C. Cálix // F. O. Robles Flores // C. W.
Flores Larios // L. A. Turcios Cruz // J. A. Fermán Torres // G. A. Alfaro
// W. E. Murillo. Srio.- RUBRICADAS.-
Es conforme con su original y para efectos Legales, se extiende la
presente en la Alcaldía Municipal de San Alejo, a los diez días del mes
de marzo del año dos mil ocho. ANDRÉS ALONSO GÓMEZ VIGIL,
ALCALDE MUNICIPAL. WILLIAM ERNESTO MURILLO MAJANO,
SECRETARIO MUNICIPAL.
(Registro No. F001742)
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49DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 1 de Abril de 2008.
ESTATUTOS DE LA ASOCIACION DE DESARROLLO CO-
MUNAL UNIDOS PARA UN NUEVO PROGRESO EN SECTOR
EL HUECO, BOBADILLA, JURISDICCION DE SAN ALEJO,
DEPARTAMENTO DE LA UNION
NATURALEZA, DENOMINACION,
DURACION Y DOMICILIO
ART.1.- La Asociación que se constituye estará regulada por el
Código Municipal, la Ordenanza Municipal respectiva, estos Estatutos
y demás disposiciones legales aplicables. Estará al servicio de la Co-
munidad de su domicilio, para el desarrollo de los planes, programas
y proyectos de interés social, cultural y económico y será una entidad
apolítica, no lucrativa ni religiosa y de carácter democrático.
ART. 2.- La Asociación se denominará: Asociación de Desarrollo
Comunal Unidos para un Nuevo Progreso en Sector El Hueco, Bobadilla
del Caserío El Hueco, Cantón Bobadilla, jurisdicción de San Alejo, Depar-
tamento de La Unión, la que se podrá abreviar ADESCO UNPROSEHB
y que en estos Estatutos se denominará “LA ASOCIACION”
ART. 3.- La duración de la Asociación será por un tiempo de tres
años, pudiendo ser prorrogada por el mismo tiempo, o para cuando haya
cumplido con su funcionamiento para la cual fue nombrado.
ART. 4.- El domicilio de la Asociación será en Caserío El Hue-
co, Cantón Bobadilla, jurisdicción de San Alejo, Departamento de La
Unión.
FINES
ART. 5.- La Asociación tendrá como fi nes el desarrollo humano,
la obra productiva y física que proyecte. Para ello deberá:
a) Promover el progreso de la Comunidad, juntamente con
los organismos públicos y privados que participen en los
correspondientes programas.
b) Fomentar el espíritu de servicio en los asociados, los vecinos,
sus grupos y comunidades circunvecinas.
c) Coordinar y cooperar con otras Comunidades organizadas en
la mayor integración de sus miembros y la mejor organización
de sus actividades.
d) Impulsar y participar en los programas de capacitación y
promoción social, a fi n de contribuir al mejoramiento de la
organización de la Comunidad, la administración de proyectos
sociales y económicos y la elevación de niveles educativos.
e) Trabajar en el establecimiento de los servicios de la Comu-
nidad, con el equipamiento y medios indispensables para
solucionar los problemas que existen en la Comunidad.
f) Utilizar al máximo los recursos humanos y materiales de la
Comunidad para el desarrollo, a través de la ayuda mutua y
el esfuerzo propio, a fi n de complementar las obras que se
consideren en el respectivo Plan de Trabajo y otras que de
emergencia surjan.
g) Incrementar las actividades a nivel Comunal, a fi n de obtener
recursos propios que sirvan para impulsar el mejoramiento
de la Comunidad.
h) Promover las organizaciones juveniles de ambos sexos,
haciéndoles participar responsablemente en el desarrollo
local.
i) Realizar diversos proyectos y actividades que generen ingresos
económicos y servicios sociales a la Comunidad.
j) Participar en los planes de desarrollo local, regional y nacional
en cuanto a la determinación de proyectos y la obtención de
recursos comunales gubernamentales, etc.
k) Toda gestión de la Asociación deberá estar contemplada
dentro del plan de inversión del Municipio.
METAS
ART. 6.- La Asociación tendrá como metas las especifi cadas en
el Plan Local de Desarrollo aprobado por el Concejo Municipal de San
Alejo, de acuerdo a las siguientes áreas: de Educación, Salud, Medio
Ambiente, Cultura y Deporte, y otras entidades que sean de benefi cios
Mutuos a la Comunidad.
SOCIOS
CALIDAD, DERECHOS Y DEBERES
ART. 7.- Refórmese este Artículo Así:
Todos deben ser personas mayores de dieciocho años. La Adesco de-
berá ejecutar Comité de Jóvenes menores de edad, para que integren el
desarrollo de su Comunidad y su Municipio.
Art. 8.- Son Socios Activos: todas las personas que reúnan los
requisitos señalados en el inciso anterior, residente dentro de los límites
de la unidad vecinal correspondiente o en unidades vecinales colindan-
tes inmediatas y afi liarse mediante procedimiento determinado por la
Asamblea General.
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50 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 379
Art. 9.- Son Socios Honorarios: aquellas personas a quienes la
Asamblea General por su iniciativa o por propuesta de la Junta Directiva
les conceda tal calidad en atención a sus méritos personales y relevantes
servicios prestados a la ADESCO.
ART. 10.- Son derechos y deberes de los Socios Activos:
a) Participar con voz y voto en las Asambleas Generales,
b) Presentar mociones y sugerencias en las Asambleas Genera-
les,
c) Retirarse voluntariamente de la Asociación cuando así lo
solicitaren,
d) Elegir y ser electo para cargos de Junta Directiva,
e) Cooperar con todos los medios promocionales posibles, al
incremento del número de miembros de la Asociación.
f) Asistir con puntualidad a la sesiones de Asamblea General,
previa convocatoria en legal forma, junto a la representación
de la Municipalidad.
g) Cumplir estos Estatutos y obedecer las disposiciones de Junta
General y Junta Directiva, siempre que estén relacionados
con los fi nes de la Asociación.
ART. 11.- Los Socios Honorarios gozarán de los derechos que la
Asamblea General les otorgue.
GOBIERNO DE LA ASOCIACION
ART. 12.- El Gobierno de la Asociación será ejercido por la Asam-
blea General y la Junta Directiva.
LA ASAMBLEA GENERAL
ART.13.- La Asamblea General la componen los Socios y se instalará
por mayoría de los Socios Activos, pudiendo haber representación de
Socios, pero cada socio no podrá llevar más de una representación.
Las resoluciones se acordarán por mayoría simple de votos, salvo
en lo referente a la disolución de la Asociación.
ART. 14.- La Asamblea General se reunirá ordinariamente cuatro
veces al año, con intervalo de tres meses y extraordinariamente cuando
sea convocada por la Junta Directiva, por iniciativa propia o a solicitud
del Señor Alcalde y su Concejo Municipal.
ART. 15.- La convocatoria a Asamblea General Ordinaria o Ex-
traordinaria se hará por medio de un aviso escrito, con ocho días de
anticipación para las primeras y con veinticuatro horas de anticipación
para las segundas, indicándose en las mismas el lugar, día y hora en que
han de celebrarse. Si a la hora señalada no pudiera celebrarse la sesión
por falta de quórum, ésta se llevará a cabo una hora después con los
socios que estén presentes en ambas Asambleas, en este último caso,
las decisiones que se adopten serán obligatorias aún para aquellos que
legalmente convocados no asistieron.
ART. 16.- Son atribuciones de la Asamblea General:
a) Elegir y dar posesión a los miembros de la Junta Directiva,
b) Recibir los informes de trabajo y aprobar o desaprobar el
estado fi nanciero de la Asociación.
c) Destituir por causa justifi cada a los miembros de la Junta
Directiva y elegir a sus sustitutos; asimismo, retiraran la cali-
dad de miembros de la misma a los que hubieren renunciado,
fallecido o perdido su calidad de socio.
d) Pedir a la Junta Directiva, los informes que crea convenien-
te,
e) Aprobar el Reglamento Interno de la Asociación,
f) Acordar la petición de la Personalidad Jurídica y aprobación
de estos Estatutos al Concejo Municipal respectivo, por medio
del Representante Legal de la Asociación;
g) Otorgar la calidad de Socios Honorarios;
h) Aprobar la suspensión defi nitiva de los Socios;
i) Aprobar el Plan Anual de Trabajo y su respectivo Presupues-
to;
j) Cumplir y hacer cumplir los presentes Estatutos y Reglamentos
que se dicten.
PROCEDIMIENTO ESPECIAL PARA LA REMOCION DE
ASOCIADOS Y DIRECTIVOS
ART. 17.- Los Miembros de la Asociación podrán ser retirados de
ella por acuerdo de la Junta Directiva, tomado por mayoría de votos y
previa audiencia del interesado, por infracciones al Código Municipal,
Ordenanza Municipal y estos Estatutos.
Se consideran además como causales de retiro o expulsión, a las
siguientes:
a) Mala conducta del Socio que se traduzca en perjuicio grave
de la Asociación.
b) Negarse sin motivo justifi cado a desempeñar los cargos de
elección o comisiones que le encomiende la Asamblea General
o la Junta Directiva.
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51DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 1 de Abril de 2008.
c) Promover actividades políticas, religiosas o de otra naturaleza
que vayan en perjuicio de la Asociación.
d) Obtener por medio fraudulento benefi cio de la Asociación,
para sí o para terceros.
e) Cometer algún delito o falta grave en perjuicio de la Asocia-
ción.
ART. 18.- Para proceder a la suspensión defi nitiva de casos especiales
para investigar tales hechos, la Junta Directiva nombrará una comisión
de tres de sus miembros, para que investigue los hechos y oyendo el
dictamen de éstos y las razones que el supuesto infractor exponga en su
defensa, resolverá.
En caso de suspensión defi nitiva, la Junta Directiva seguirá el
procedimiento a que se refi ere el inciso anterior; pero en este caso, la
Asamblea General resolverá por sobre tal suspensión acordada, que se
nombrará a los sustitutos.
ART. 19.- Sobre el retiro de los asociados y sobre la suspensión
temporal decretada por la Junta Directiva, podrá interponerse única-
mente el recurso de revisión ante la misma, dentro del tercer día de la
notifi cación.
De las resoluciones de la Asamblea General, no se admitirá ningún
recurso.
ART. 20.- Los miembros de la Junta Directiva electos por la Asam-
blea General, podrán ser suspendidos en forma temporal o defi nitiva,
según la gravedad del caso.
La suspensión defi nitiva únicamente podrá ser acordada por la
Asamblea General y la suspensión temporal, por la Junta Directiva.
ART. 21.- En caso que la Junta Directiva, dentro del plazo de diez
días de conocida la infracción, no procede a dar cumplimiento a los
artículos anteriores, un número de seis asociados, por lo menos podrá
pedir al Concejo Municipal correspondiente, que se les autorice:
a) Para nombrar de entre los mismos la comisión investigado-
ra,
b) Para que ésta convoque a la Asamblea General, que conce-
derá la suspensión en base a los informes de la comisión
investigadora. El mismo procedimiento anterior se seguirá
cuando de acuerdo a las infracciones, debe conocerse sobre la
suspensión temporal o defi nitiva de toda la Junta Directiva o
cuando por tratarse de un número considerable de miembros,
los que quedan no puedan o no inicien el procedimiento dentro
del plazo que establece el inciso anterior.
En todos los casos de este Artículo, será la Asamblea General
la que resolverá sobre tal suspensión temporal o defi nitiva de
los miembros y en la misma sesión elegirá y dará posesión a
los sustitutos por el tiempo de la suspensión por el resto del
periodo de los directivos suspendidos.
LA JUNTA DIRECTIVA
ART. 22.- La Junta Directiva entrará en vigencia integrada por lo
menos doce miembros electos en Asamblea General, por votación nomi-
nal y pública, ya sea por cargos separados o en planilla, en todo caso la
nominación de los cargos será la siguiente: Presidente, Vice-Presidente,
Secretario, Pro-Secretario, Tesorero, Pro-Tesorero, Síndico y Vocales.
Los cargos de la Junta Directiva serán adhonorem; sin embargo,
cuando el socio o directivo trabaje en actividades ofi ciales para la aso-
ciación, podrá otorgársele una retribución convencional o cuando por
el volumen de trabajo o las circunstancias lo ameriten.
ART. 23.- La Junta Directiva se reunirá ordinariamente cuantas
veces sea necesario y por lo menos una vez por mes y extraordinariamente
cuando sea convocada por el Presidente.
Para que la sesión sea válida, deberán concurrir por lo menos siete
de sus miembros y las resoluciones se tomarán por mayoría de votos.
En caso de empate, el Presidente o el que haga sus veces tendrá voto
de calidad.
ART. 24.- Son atribuciones de la Junta Directiva:
a) Elaborar el proyecto de Estatutos de la Asociación y propo-
nerlos a la Asamblea General.
b) Tramitar el reconocimiento legal de la Asociación conforme
a la Ley.
c) Determinar juntamente con las instituciones que colaboran
con el desarrollo comunal, el Plan de Trabajo y el Presupuesto
correspondiente.
d) Construir comisiones de trabajo de la Asociación, encauzar
su mejor organización y desenvolvimiento.
e) Convocar a la Asamblea General a reuniones ordinarias o
extraordinarias.
f) Vincularse con las Organizaciones del Estado, las Municipa-
lidades y con las entidades privadas que tengan que trabajar
en la Región el Proyecto de Desarrollo Comunal.
g) Participar en su caso, en las investigaciones, planteamiento,
ejecución y evaluación de los programas y proyectos de
mejoramiento de la Comunidad.
h) Velar que el patrimonio de la Asociación sea aplicado en la
consecución de sus fi nes.
i) Autorizar y controlar los gastos de los recursos económicos
de la Asociación.
j) Vigilar el cumplimiento de los deberes y obligaciones de los
afi liados.
k) Tomar las medidas necesarias para cumplir las disposiciones
emanadas de la Asamblea General y las que crea conveniente
dictar.
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52 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 379
l) Resolver a su prudente arbitrio las situaciones excepcionales
no previstas en los Estatutos.
m) Presentar a la consideración y aprobación de la Asamblea
General en la sesión ordinaria anual, sus actividades de
trabajo.
n) Ejercer las demás actividades que se determinen en las leyes
correspondientes y estos Estatutos.
ART. 25.- El Presidente de la Junta Directiva, presidirá y dirigirá
las sesiones de Asambleas Generales y de Junta Directiva, autorizando
con su fi rma los acuerdos que emanen de las mismas y coordinará las
actividades de la Asociación.
ART. 26.- El Vice-Presidente, colaborará con el Presidente, lo
sustituirá en los casos de ausencia o de impedimento de éste y todo lo
demás que fuere concerniente a actividades comunales.
ART. 27.- El Secretario, será el órgano de la comunicación de la
Asociación y llevará el inventario de los bienes de la misma; además
tendrá a su cargo los libros de Actas de Sesiones que celebren la Asamblea
General y la Junta Directiva y todo lo demás que fuere pertinente.
ART. 28.- El Pro-Secretario, colaborará con el Secretario en todo
lo concerniente a sus funciones, lo sustituirá en casos de ausencia o
impedimento de éste.
ART. 29.- El Tesorero, será el depositario de los fondos y bienes
de la Asociación y llevará los libros de Contabilidad o las cuentas de la
misma.
Se encargará asimismo, que se hagan efectivos los créditos a favor
de la Asociación y dará cuenta a la Junta Directiva en cada sesión del
estado económico; hará los pagos de las obligaciones de la Asociación
y de los honorarios si los hubiere.
ART. 30.- El Pro-Tesorero, colaborará con el Tesorero en todo
caso lo concerniente a sus funciones; lo sustituirá en casos de ausencia
o impedimento de éste.
ART. 31.- El Síndico, tendrá la representación judicial y extrajudicial
de la Asociación y el uso de la personalidad jurídica, quien para compa-
recer en juicios, escrituras, contratos, actas notariales y otros, deberán
ser autorizados por la Junta Directiva, quien lo legitimará mediante la
certifi cación del punto de acta que lo autoriza.
A falta del síndico, fungirán los vocales en su orden, autorizados
en sesión de Junta Directiva; además, velará por el estricto cumplimiento
del Código Municipal, la ordenanza respectiva, así como los presentes
Estatutos y las leyes de la materia y los demás acuerdos tomados por la
Asamblea General y la Junta Directiva.
ART. 32.- Los Vocales colaborarán con la Junta Directiva en la
medida que ésta lo considere necesario; en todo caso, sustituirá a los
miembros de la Junta Directiva en la medida que ésta lo considere ne-
cesario; en todo caso, sustituirán a los miembros de la Junta Directiva
que faltaren.
ART. 33.- En caso de suspensión temporal. La Junta Directiva llamará
y dará posesión a los sustitutos por el tiempo que dure la suspensión.
ART. 34.- Los miembros de la Junta Directiva serán electos por
un período más y sólo podrán ser reelectos en forma consecutiva para
un período más, cuatro de sus miembros que podrán ser cualesquiera
de ellos.
PATRIMONIO DE LA ASOCIACION
ART. 35.- El Patrimonio de la Asociación estará constituido por:
a) Los fondos provenientes de las contribuciones que aporten
los socios activos y será de Dos dólares ($0.50) mensuales.
b) Las colaboraciones o aportes extraordinarios, herencias,
donaciones, legados, etc. Que provengan de diversas fuen-
tes.
c) Los ingresos provenientes de cualquier actividad realizada
para allegar fondos a la Asociación.
d) El valor de los intereses que devenguen los créditos otorgados
a los asociados, serán fi jados por la Asamblea General, a
propuesta de la Junta Directiva; pero en todo caso este interés
deberá ser menor que el estipulado por el Sistema Bancario
Nacional.
e) El Valor del alquiler cobrado por el uso de maquinaria, bienes
muebles e inmuebles de propiedad de la Asociación; serán
aprobados por la Asamblea General a propuesta de la Junta
Directiva; pero en ningún caso eximirá de estos pagos el
hecho de ser asociado.
f) Sus bienes muebles e inmuebles adquiridos a cualquier
título.
g) Los bienes muebles e inmuebles que formen el Patrimonio
no podrán ser transferidos en garantía, vendidos, alquilados
o prestados sin la autorización previa de la Asamblea Gene-
ral.
ART. 36.- La Asociación no cuenta hoy con un capital en efectivo,
ya que las actividades se realizarán para recaudar fondos cuando esté
legalizada la Asociación.
ART. 37.- De las utilidades netas obtenidas al fi nal del ejercicio
administrativo por la Asociación, se aportará el 25% por lo menos, para
formar un fondo de reserva para incrementar el capital bancario a nombre
de la misma.
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53DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 1 de Abril de 2008.
La Asociación llevará un libro especial de registro de capital, en el que deberá expresarse todo aumento y disminución del mismo.
La Asociación para poder desarrollar sus fi nes sociales y de obras física, siempre que conduzcan a operaciones canalizadas a través de recursos económicos, deberá ser conocida y aprobada por la Asamblea General y autorizada por la Junta Directiva, específi camente para el acto en que comparezca el Representante de la Asociación.
En todo caso, se establecerán los controles contables necesarios para el efectivo control de fondos propios o procedentes de fuentes externas en los distintos programas y proyectos que se desarrollen.
ART. 38.- Si al fi nal de cada ejercicio administrativo anual (enero a diciembre) se obtuvieron ganancias, la junta directiva propondrá a la Asamblea General los proyectos en los que pueden ser aplicadas dichas ganancias, como también el tiempo y forma de invertir el fondo de reserva.
ART. 39.- En caso de disolución de la Asociación, si después de pagadas las obligaciones hubiere un remanente, el Concejo Municipal lo destinará a Programas de Desarrollo Comunal, a realizarse en el Caserío El Hueco, Cantón Bobadilla del domicilio de la Asociación y mientras no se realice su inversión, el remanente estará bajo el control del Concejo Municipal.
DISOLUCION DE LA ASOCIACION
ART. 40.- La disolución de la Asociación será acordada en sesión extraordinaria de Asamblea General, mediante acuerdo de dos terceras partes de socios de la misma, por motivos que el Código y Ordenanza Municipales, estos Estatutos y las demás leyes de la materia estable-cen.
DISPOSICIONES GENERALES
ART. 41.- La Asociación llevará sus libros de registro triplicables
de afi liados, Actas de Asambleas Generales, Actas de Junta Directiva,
Registro Financiero y Registro de Inventario; todos foliados y sellados
con una razón de apertura que contenga el objeto del libro, su número de
hojas y luego al terminarse el libro se pondrá su razón de cierre, la cual
deberá estar fi rmada y sellada por el Secretario de la Junta Directiva.
ART. 42.- La Junta Directiva, tiene la obligación de enviar al
Concejo Municipal; durante los primeros quince días posteriores a la
elección, la nómina de la nueva Junta Directiva, durante los primeros
quince días del año, informe de las sustituciones de los miembros de la
Junta Directiva, cuando sean en forma defi nitiva y cualquier otro dato
relativo a la Asociación.
Dentro de los treinta días posteriores a la elección de la nueva Junta
Directiva, deberá enviar al Concejo Municipal, su Plan de Actividades
(Trabajo).
ART. 43.- Para la modifi cación del acta de constitución y los
presentes Estatutos, se seguirán los mismos procedimientos que para la
Constitución e inscripción de la Asociación.
ART. 44.- Los casos no contemplados en estos Estatutos serán
resueltos en Asamblea General de Socios.
ART. 45.- Los presentes Estatutos entrarán en vigencia, ocho días
después de su publicación en el Diario Ofi cial.
EL INFRASCRITO ALCALDE MUNICIPAL
CERTIFICA: que en página nueve del Libro de Actas y Acuerdos
Municipales, que esta Alcaldía lleva el presente año de dos mil ocho
y en Acta No. 3 de fecha 08 de Febrero del corriente año, se encuentra
la que literalmente dice: ACUERDO NUMERO DOS.- En vista de la
solicitud presentada por la Junta Directiva de la Asociación Comunal
“UNIDOS PARA UN NUEVO PROGRESO EN SECTOR EL HUECO,
BOBADILLA” con sus siglas ADESCO UNPROSEHB del Caserío El
Hueco, Cantón Bobadilla de esta jurisdicción, en la cual solicitan se
les extienda a dicha Asociación Comunal la Personería Jurídica ya que
también están organizados, y teniendo los Estatutos, los cuales constan
de 45 artículos que regirán a dicha Asociación y no encontrando en
ellos ninguna disposición contraria a las Leyes de la República, al orden
público ni a las buenas costumbres del pueblo salvadoreño.- Que de
conformidad al Art. 30 numerales 23 y 119 del Código Municipal, este
Concejo Municipal acuerda: aprobar los Estatutos y conferir a dicha
Asociación Comunal el carácter de Personería Jurídica, la cual entrará
en vigencia ocho días después de su publicación en el Diario Ofi cial.-
Comuníquese.- No Habiendo más que hacer constar se termina la presente
que fi rmamos.- A. A. Gómez Vigíl// H. A. Gutiérrez// B. Mejía Flores//
J. F. Maldonado Larios// J. C. Cáliz// F. O. Robles Flores// C. W. Flores
Larios// L. A. Turcios Cruz// J. A. Fermán Torres// G. A. Alfaro//. W. E.
Murillo. Srio.- RUBRICADAS.- Es conforme con su original.- Y para
efectos Legales, se extiende la presente en la Alcaldía Municipal de San
Alejo, a los diez días del mes de marzo del año dos mil ocho.
ANDRES ALONSO GOMEZ VIGIL,
ALCALDE MUNICIPAL.
WILLIAM ERNESTO MURILLO MAJANO,
SECRETARIO MUNICIPAL.
(Registro No. F001743)
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ESTATUTOS DE LA ASOCIACION
DE DESARROLLO COMUNAL NUEVO PORVENIR,
JURISDICCION DE SAN ALEJO, DEPARTAMENTO
DE LA UNION.
NATURALEZA, DENOMINACION, DURACION
Y DOMICILIO
ART.1.- La Asociación que se constituye estará regulada por el
Código Municipal, la Ordenanza Municipal respectiva, estos Estatutos
y demás disposiciones legales aplicables. Estará al servicio de la Co-
munidad de su domicilio, para el desarrollo de los planes, programas
y proyectos de interés social, cultural y económico y será una entidad
apolítica, no lucrativa ni religiosa y de carácter democrático.
ART. 2.- La Asociación se denominará: Asociación de Desarrollo
Comunal Nuevo Porvenir del Caserío El Papalón, Cantón San Jerónimo,
jurisdicción de San Alejo, Departamento de La Unión, la que se podrá
abreviar ADESCONP, y que en estos Estatutos se denominará “LA
ASOCIACIÓN”
ART. 3.- La duración de la Asociación será por un tiempo de tres
años, pudiendo ser prorrogada por el mismo tiempo, o para cuando haya
cumplido con su funcionamiento para la cual fue nombrado.
ART. 4.- El domicilio de la Asociación será en el Caserío El Pa-
palón, Cantón San Jerónimo, jurisdicción de San Alejo, Departamento
de La Unión.
FINES
ART. 5.- La Asociación tendrá como fi nes el desarrollo humano,
la obra productiva y física que proyecte para ello deberá:
a) Promover el progreso de la Comunidad, juntamente con
los organismos públicos y privados que participen en los
correspondientes programas.
b) Fomentar el espíritu de servicio en los asociados, los vecinos,
sus grupos y comunidades circunvecinas.
c) Coordinar y cooperar con otras Comunidades organizadas en
la mayor integración de sus miembros y la mejor organización
de sus actividades.
d) Impulsar y participar en los programas de capacitación y
promoción social, a fi n de contribuir al mejoramiento de la
organización de la Comunidad, la administración de proyectos
sociales y económicos y la elevación de niveles educativos.
e) Trabajar en el establecimiento de los servicios de la Comu-
nidad, con el equipamiento y medios indispensables para
solucionar los problemas que existen en la Comunidad.
f) Utilizar al máximo los recursos humanos y materiales de la
Comunidad para el desarrollo, a través de la ayuda mutua y
el esfuerzo propio, a fi n de complementar las obras que se
consideren en el respectivo Plan de Trabajo y otras que de
emergencia surjan.
g) Incrementar las actividades a nivel Comunal, a fi n de obtener
recursos propios que sirvan para impulsar el mejoramiento
de la Comunidad.
h) Promover las organizaciones juveniles de ambos sexos,
haciéndoles participar responsablemente en el desarrollo
local.
i) Realizar diversos proyectos y actividades que generen ingresos
económicos y servicios sociales a la Comunidad.
j) Participar en los planes de desarrollo local, regional y nacional
en cuanto a la determinación de proyectos y la obtención de
recursos comunales gubernamentales, etc.
k) Toda gestión de la Asociación deberá estar contemplada
dentro del plan de inversión del Municipio.
METAS
ART. 6.- La Asociación tendrá como metas las especifi cadas en
el Plan Local de Desarrollo aprobado por el Concejo Municipal de San
Alejo, de acuerdo a las siguientes áreas: de Educación, Salud, Medio
Ambiente, Cultura y Deporte, y otras entidades que sean de benefi cios
Mutuos a la Comunidad.
SOCIOS
CALIDAD, DERECHOS Y DEBERES
ART. 7.- Refórmese este Artículo así:
Todos deben ser personas mayores de dieciocho años.
La Adesco deberá ejecutar Comité de Jóvenes menores de edad,
para que integren el desarrollo de su Comunidad y su Municipio.
Art. 8.- Son Socios Activos: todas las personas que reúnan los
requisitos señalados en el inciso anterior, residente dentro de los límites
de la unidad vecinal correspondiente o en unidades vecinales colindan-
tes inmediatas y afi liarse mediante procedimiento determinado por la
Asamblea General.
Art. 9.- Son Socios Honorarios: aquellas personas a quienes la
Asamblea General por su iniciativa o por propuesta de la Junta Directiva
les conceda tal calidad en atención a sus méritos personales y relevantes
servicios prestados a la ADESCO.
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ART. 10.- Son derechos y deberes de los Socios Activos:
a) Participar con voz y voto en las Asambleas Generales.
b) Presentar mociones y sugerencias en las Asambleas Genera-
les.
c) Retirarse voluntariamente de la Asociación cuando así lo
solicitaren.
d) Elegir y ser electo para cargos de Junta Directiva.
e) Cooperar con todos los medios promocionales posibles, al
incremento del número de miembros de la Asociación.
f) Asistir con puntualidad a la sesiones de Asamblea General,
previa convocatoria en legal forma, junto a la representación
de la Municipalidad.
g) Cumplir estos Estatutos y obedecer las disposiciones de Junta
General y Junta Directiva, siempre que estén relacionados
con los fi nes de la Asociación.
ART. 11.- Los Socios Honorarios gozarán de los derechos que la
Asamblea General les otorgue.
GOBIERNO DE LA ASOCIACIÓN
ART. 12.- El Gobierno de la Asociación será ejercido por la Asam-
blea General y la Junta Directiva.
LA ASAMBLEA GENERAL
ART.13.- La Asamblea General la componen los Socios y se instalará
por mayoría de los Socios Activos, pudiendo haber representación de
Socios, pero cada socio no podrá llevar más de una representación.
Las resoluciones se acordarán por mayoría simple de votos, salvo
en lo referente a la disolución de la Asociación.
ART. 14.- La Asamblea General se reunirá ordinariamente cuatro
veces al año, con intervalo de tres meses y extraordinariamente cuando
sea convocada por la Junta Directiva, por iniciativa propia o a solicitud
del Señor Alcalde y su Concejo Municipal.
ART. 15.- La convocatoria a Asamblea General Ordinaria o Ex-
traordinaria se hará por medio de un aviso escrito, con ocho días de
anticipación para las primeras y con veinticuatro horas de anticipación
para las segundas, indicándose en las mismas el lugar, día y hora en que
han de celebrarse. Si a la hora señalada no pudiera celebrarse la sesión
por falta de quórum, ésta se llevará a cabo una hora después con los
socios que estén presentes en ambas Asambleas, en este último caso,
las decisiones que se adopten serán obligatorias aun para aquellos que
legalmente convocados no asistieron.
ART. 16.- Son atribuciones de la Asamblea General:
a) Elegir y dar posesión a los miembros de la Junta Directiva,
b) Recibir los informes de trabajo y aprobar o desaprobar el
estado fi nanciero de la Asociación.
c) Destituir por causa justifi cada a los miembros de la Junta
Directiva y elegir a sus sustitutos; asimismo, retirarán la cali-
dad de miembros de la misma a los que hubieren renunciado,
fallecido o perdido su calidad de socio.
d) Pedir a la Junta Directiva, los informes que crea convenien-
te.
e) Aprobar el Reglamento Interno de la Asociación.
f) Acordar la petición de la Personalidad Jurídica y aprobación
de estos Estatutos al Concejo Municipal respectivo, por medio
del Representante Legal de la Asociación.
g) Otorgar la calidad de Socios Honorarios.
h) Aprobar la suspensión defi nitiva de los Socios.
i) Aprobar el Plan Anual de Trabajo y su respectivo Presupues-
to.
j) Cumplir y hacer cumplir los presentes Estatutos y Reglamentos
que se dicten.
PROCEDIMIENTO ESPECIAL PARA LA REMOCION DE
ASOCIADOS Y DIRECTIVOS
ART. 17.- Los Miembros de la Asociación podrán ser retirados de
ella por acuerdo de la Junta Directiva, tomado por mayoría de votos y
previa audiencia del interesado, por infracciones al Código Municipal,
Ordenanza Municipal y estos Estatutos.
Se consideran además como causales de retiro o expulsión, a las
siguientes:
a) Mala conducta del Socio que se traduzca en perjuicio grave
de la Asociación.
b) Negarse sin motivo justifi cado a desempeñar los cargos de
elección o comisiones que le encomiende la Asamblea General
o la Junta Directiva.
c) Promover actividades políticas, religiosas o de otra naturaleza
que vayan en perjuicio de la Asociación.
d) Obtener por medio fraudulento benefi cio de la Asociación,
para sí o para terceros.
e) Cometer algún delito o falta grave en perjuicio de la Asocia-
ción.
ART. 18.- Para proceder a la suspensión defi nitiva de casos especiales
para investigar tales hechos, la Junta Directiva nombrará una comisión
de tres de sus miembros, para que investigue los hechos y oyendo el
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dictamen de éstos y las razones que el supuesto infractor exponga en su
defensa, resolverá.
En caso de suspensión defi nitiva, la Junta Directiva seguirá el
procedimiento a que se refi ere el inciso anterior; pero en este caso, la
Asamblea General resolverá por sobre tal suspensión acordada, que se
nombrará a los sustitutos.
ART. 19.- Sobre el retiro de los asociados y sobre la suspensión
temporal decretada por la Junta Directiva, podrá interponerse única-
mente el recurso de revisión ante la misma, dentro del tercer día de la
notifi cación.
De las resoluciones de la Asamblea General, no se admitirá ningún
recurso.
ART. 20.- Los miembros de la Junta Directiva electos por la Asam-
blea General, podrán ser suspendidos en forma temporal o defi nitiva,
según la gravedad del caso.
La suspensión defi nitiva únicamente podrá ser acordada por la
Asamblea General y la suspensión temporal, por la Junta Directiva.
ART. 21.- El caso que la Junta Directiva, dentro del plazo de diez
días de conocida la infracción, no procede a dar cumplimiento a los
artículos anteriores, un número de seis asociados, por lo menos podrá
pedir al Concejo Municipal correspondiente, que se les autorice:
a) Para nombrar de entre los mismos la comisión investigado-
ra.
b) Para que ésta convoque a la Asamblea General, que con-
cederá la suspensión en base a los informes de la comisión
investigadora. El mismo procedimiento anterior se seguirá
cuando de acuerdo a las infracciones, debe conocerse sobre la
suspensión temporal o defi nitiva de toda la Junta Directiva o
cuando por tratarse de un número considerable de miembros,
los que quedan no puedan o no inicien el procedimiento dentro
del plazo que establece el inciso anterior.
En todos los casos de este Artículo, será la Asamblea General la que
resolverá sobre tal suspensión temporal o defi nitiva de los miembros y en
la misma sesión elegirá y dará posesión a los sustitutos por el tiempo de
la suspensión o por el resto del período de los directivos suspendidos.
LA JUNTA DIRECTIVA
ART. 22.- La Junta Directiva entrará en vigencia integrada por lo
menos doce miembros electos en Asamblea General, por votación nomi-
nal y pública, ya sea por cargos separados o en planilla, en todo caso la
nominación de los cargos será la siguiente: Presidente, Vice-Presidente,
Secretario, Pro-Secretario, Tesorero, Pro-Tesorero, Síndico y Vocales.
Los cargos de la Junta Directiva serán adhonorem; sin embargo,
cuando el socio o directivo trabaje en actividades ofi ciales para la aso-
ciación, podrá otorgársele una retribución convencional o cuando por
el volumen de trabajo o las circunstancias lo ameriten.
ART. 23.- La Junta Directiva se reunirá ordinariamente cuantas
veces sea necesario y por lo menos una vez por mes y extraordinariamente
cuando sea convocada por el Presidente.
Para que la sesión sea válida, deberán concurrir por lo menos siete
de sus miembros y las resoluciones se tomarán por mayoría de votos.
En caso de empate, el Presidente o el que haga sus veces tendrá
voto de calidad.
ART. 24.- Son atribuciones de la Junta Directiva:
a) Elaborar el proyecto de Estatutos de la Asociación y propo-
nerlos a la Asamblea General.
b) Tramitar el reconocimiento legal de la Asociación conforme
a la Ley.
c) Determinar juntamente con las instituciones que colaboran
con el desarrollo comunal, el Plan de Trabajo y el Presupuesto
correspondiente.
d) Constituir comisiones de trabajo de la Asociación, encauzar
su mejor organización y desenvolvimiento.
e) Convocar a la Asamblea General a reuniones ordinarias o
extraordinarias.
f) Vincularse con las Organizaciones del Estado, las Municipa-
lidades y con las entidades privadas que tengan que trabajar
en la Región el Proyecto de Desarrollo Comunal.
g) Participar en su caso, en las investigaciones, planteamiento,
ejecución y evaluación de los programas y proyectos de
mejoramiento de la Comunidad.
h) Velar que el patrimonio de la Asociación sea aplicado en la
consecución de sus fi nes.
i) Autorizar y controlar los gastos de los recursos económicos
de la Asociación.
j) Vigilar el cumplimiento de los deberes y obligaciones de los
afi liados.
k) Tomar las medidas necesarias para cumplir las disposiciones
emanadas de la Asamblea General y las que crea conveniente
dictar.
l) Resolver a su prudente arbitrio las situaciones excepcionales
no previstas en los Estatutos.
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m) Presentar a la consideración y aprobación de la Asamblea
General en la sesión ordinaria anual, sus actividades de
trabajo.
n) Ejercer las demás actividades que se determinen en las leyes
correspondientes y estos Estatutos.
ART. 25.- El Presidente de la Junta Directiva, presidirá y dirigirá
las sesiones de Asambleas Generales y de Junta Directiva, autorizando
con su fi rma los acuerdos que emanen de las mismas y coordinará las
actividades de la Asociación.
ART. 26.- El Vice-Presidente, colaborará con el Presidente, lo
sustituirá en los casos de ausencia o de impedimento de éste y todo lo
demás que fuere concerniente a actividades comunales.
ART. 27.- El Secretario, será el órgano de la comunicación de la
Asociación y llevará el inventario de los bienes de la misma; además
tendrá a su cargo los libros de Actas de Sesiones que celebren la Asamblea
General y la Junta Directiva y todo lo demás que fuere pertinente.
ART. 28.- El Pro-Secretario, colaborará con el Secretario en todo
lo concerniente a sus funciones, lo sustituirá en casos de ausencia o
impedimento de éste.
ART. 29.- El Tesorero, será el depositario de los fondos y bienes
de la Asociación y llevará los libros de Contabilidad o las cuentas de la
misma.
Se encargará asimismo, que se hagan efectivos los créditos a favor
de la Asociación y dará cuenta a la Junta Directiva en cada sesión del
estado económico; hará los pagos de las obligaciones de la Asociación
y de los honorarios si los hubiere.
ART. 30.- El Pro-Tesorero, colaborará con el Tesorero en todo
caso lo concerniente a sus funciones; lo sustituirá en casos de ausencia
o impedimento de éste.
ART. 31.- El Síndico, tendrá la representación judicial y extrajudicial
de la Asociación y el uso de la personalidad jurídica, quien para compa-
recer en juicios, escrituras, contratos, actas notariales y otros, deberán
ser autorizados por la Junta Directiva, quien lo legitimará mediante la
certifi cación del punto de acta que lo autoriza.
A falta del síndico, fungirán los vocales en su orden, autorizados
en sesión de Junta Directiva; además, velará por el estricto cumplimiento
del Código Municipal, la ordenanza respectiva, así como los presentes
Estatutos y las leyes de la materia y los demás acuerdos tomados por la
Asamblea General y la Junta Directiva.
ART. 32.- Los Vocales colaborarán con la Junta Directiva en la
medida que ésta lo considere necesario; en todo caso, sustituirá a los
miembros de la Junta Directiva en la medida que ésta lo considere ne-
cesario; en todo caso, sustituirán a los miembros de la Junta Directiva
que faltaren.
ART. 33.- En caso de suspensión temporal. La Junta Directiva llamará
y dará posesión a los sustitutos por el tiempo que dure la suspensión.
ART. 34.- Los miembros de la Junta Directiva serán electos por
un período más y sólo podrán ser reelectos en forma consecutiva para
un período más, cuatro de sus miembros que podrán ser cualesquiera
de ellos.
PATRIMONIO DE LA ASOCIACION
ART. 35.- El Patrimonio de la Asociación estará constituido por:
a) Los fondos provenientes de las contribuciones que aporten los
socios activos y será de Dos dólares ($ 0.50.) mensuales.
b) Las colaboraciones o aportes extraordinarios, herencias,
donaciones, legados, etc. que provengan de diversas fuen-
tes.
c) Los ingresos provenientes de cualquier actividad realizada
para allegar fondos a la Asociación.
d) El valor de los intereses que devenguen los créditos otorgados
a los asociados, serán fi jados por la Asamblea General, a
propuesta de la Junta Directiva; pero en todo caso este interés
deberá ser menor que el estipulado por el Sistema Bancario
Nacional.
e) El Valor del alquiler cobrado por el uso de maquinaria, bienes
muebles e inmuebles de propiedad de la Asociación; serán
aprobados por la Asamblea General a propuesta de la Junta
Directiva; pero en ningún caso eximirá de estos pagos el
hecho de ser asociado.
f) Sus bienes muebles e inmuebles adquiridos a cualquier
título.
g) Los bienes muebles e inmuebles que formen el Patrimonio
no podrán ser transferidos en garantía, vendidos, alquilados
o prestados sin la autorización previa de la Asamblea Gene-
ral.
ART. 36.- La Asociación no cuenta hoy con un capital en efectivo,
ya que las actividades se realizarán para recaudar fondos cuando esté
legalizada la Asociación.
ART. 37.- De las utilidades netas obtenidas al fi nal del ejercicio
administrativo por la Asociación, se aportará el __ % por lo menos, para
formar un fondo de reserva para incrementar el capital bancario a nombre
de la misma.
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58 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 379
La Asociación llevará un libro especial de registro de capital, en
el que deberá expresarse todo aumento y disminución del mismo.
La Asociación para poder desarrollar sus fi nes sociales y de obras
física, siempre que conduzcan a operaciones canalizadas a través de
recursos económicos, deberá ser conocida y aprobada por la Asamblea
General y autorizada por la Junta Directiva, específi camente para el acto
en que comparezca el Representante de la Asociación. En todo caso, se
establecerán los controles contables necesarios para el efectivo control
de fondos propios o procedentes de fuentes externas en los distintos
programas y proyectos que se desarrollen.
ART. 38.- Si al fi nal de cada ejercicio administrativo anual (enero
a diciembre) se obtuvieran ganancias, la junta directiva propondrá a la
Asamblea General los proyectos en los que pueden ser aplicadas dichas
ganancias, como también el tiempo y forma de invertir el fondo de
reserva.
ART. 39.- En caso de disolución de la Asociación, si después de
pagadas las obligaciones hubiere un remanente, el Concejo Municipal lo
destinará a Programas de Desarrollo Comunal, a realizarse en el Caserío
El Papalón del domicilio de la Asociación y mientras no se realice su
inversión, el remanente estará bajo el control del Concejo Municipal.
DISOLUCION DE LA ASOCIACION
ART. 40.- La disolución de la Asociación será acordada en sesión
extraordinaria de Asamblea General, mediante acuerdo de dos terceras
partes de socios de la misma, por motivos que el Código y Ordenanzas
Municipales, estos Estatutos y las demás leyes de la materia estable-
cen.
DISPOSICIONES GENERALES
ART.41.- La Asociación llevará sus libros de registro triplicables
de afi liados, Actas de Asambleas Generales, Actas de Junta Directiva,
Registro Financiero y Registro de Inventario; todos foliados y sellados
con una razón de apertura que contenga el objeto del libro, su número de
hojas y luego al terminarse el libro se pondrá su razón de cierre, la cual
deberá estar fi rmada y sellada por el Secretario de la Junta Directiva.
ART. 42.- La Junta Directiva, tiene la obligación de enviar al
Concejo Municipal; durante los primeros quince días posteriores a la
elección, la nómina de la nueva Junta Directiva, durante los primeros
quince días del año, informe de las sustituciones de los miembros de la
Junta Directiva, cuando sean en forma defi nitiva y cualquier otro dato
relativo a la Asociación.
Dentro de los treinta días posteriores a la elección de la nueva Junta
Directiva, deberá enviar al Concejo Municipal, su Plan de Actividades
(Trabajo).
ART. 43.- Para la modifi cación del acta de constitución y los presentes Estatutos, se seguirán los mismos procedimientos que para la Constitución e inscripción de la Asociación.
ART. 44.- Los casos no contemplados en estos Estatutos serán resueltos en Asamblea General de Socios.
ART. 45.- Los presentes Estatutos entrarán en vigencia, ocho días después de su publicación en el Diario Ofi cial.
EL INFRASCRITO ALCALDE MUNICIPAL.
CERTIFICA: Que en página nueve del Libro de Actas y Acuerdos Municipales, que esta Alcaldía lleva el presente año de dos mil ocho y en Acta No. 3 de fecha 08 de Febrero del corriente año, se encuentra la que literalmente dice: ACUERDO NUMERO TRES.- En vista de la solicitud presentada por la Junta Directiva de la Asociación Comunal “NUEVO PORVENIR” con sus siglas ADESCONP del Caserío Papalón, Cantón San Jerónimo de esta jurisdicción, en la cual solicitan se les extienda a dicha Asociación Comunal la Personería Jurídica, ya que también están organizados, y teniendo los Estatutos, los cuales constan de 45 artículos que regirán a dicha Asociación y no encontrando en ellos ninguna dis-posición contraria a las Leyes de la República, al orden público ni a las buenas costumbres del pueblo salvadoreño.- Que de conformidad al Art. 30 numerales 23 y 119 del Código Municipal, este Concejo Municipal acuerda: Aprobar los Estatutos y conferir a dicha Asociación Comunal el carácter de Personería Jurídica, la cual entrará en vigencia ocho días después de su publicación en el Diario Ofi cial.
Comuníquese. No habiendo más que hacer constar se termina la presente que fi rmamos. A. A. Gómez Vigil // H. A. Gutiérrez // B. Mejía Flores // J. F. Maldonado Larios // J. C. Cálix // F. O. Robles Flores // C. W. Flores Larios // L. A. Turcios Cruz // J. A. Fermán Torres // G. A. Alfaro // W. E. Murillo. Srio.- RUBRICADAS.- Es conforme con su original.
Y para efectos Legales, se extiende la presente en la Alcaldía Municipal de San Alejo, a los diez días del mes de marzo del año dos mil ocho.
ANDRES ALONSO GOMEZ VIGIL,
ALCALDE MUNICIPAL.
WILLIAM ERNESTO MURILLO MAJANO,
SECRETARIO MUNICIPAL.
(Registro No. F001741)
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ESTATUTOS DE LA ASOCIACION DE
DESARROLLO COMUNAL
VISION Y AYUDA “ADESCOVISA”.
JURISDICCION DE SAN ALEJO,
DEPARTAMENTO DE LA UNION
NATURALEZA, DENOMINACION, DURACION
Y DOMICILIO
ART.1.- La Asociación que se constituye estará regulada por el
Código Municipal, la Ordenanza Municipal respectiva, estos Estatutos
y demás disposiciones legales aplicables. Estará al servicio de la Co-
munidad de su domicilio, para el desarrollo de los planes, programas
y proyectos de interés social, cultural y económico y será una entidad
apolítica, no lucrativa ni religiosa y de carácter democrático.
ART. 2.- La Asociación se denominará: Asociación de Desarrollo
Comunal Visión y Ayuda del Caserío La Escoba, Cantón Mogotillo,
jurisdicción de San Alejo, Departamento de La Unión, la que se podrá
abreviar ADESCOVISA y que en estos Estatutos se denominará “LA
ASOCIACION”
ART. 3.- La duración de la Asociación será por un tiempo de tres
años, pudiendo ser prorrogada por el mismo tiempo, o para cuando haya
cumplido con su funcionamiento para la cual fue nombrado.
ART. 4.- El domicilio de la Asociación será en Caserío La Esco-
ba, Cantón Mogotillo, jurisdicción de San Alejo, Departamento de La
Unión.
FINES
ART. 5.- La Asociación tendrá como fi nes el desarrollo humano,
la obra productiva y física que proyecte. Para ello deberá:
a) Promover el progreso de la Comunidad, juntamente con
los organismos públicos y privados que participen en los
correspondientes programas.
b) Fomentar el espíritu de servicio en los asociados, los vecinos,
sus grupos y comunidades circunvecinas.
c) Coordinar y cooperar con otras Comunidades organizadas en
la mayor integración de sus miembros y la mejor organización
de sus actividades.
d) Impulsar y participar en los programas de capacitación y
promoción social, a fi n de contribuir al mejoramiento de la
organización de la Comunidad, la administración de proyectos
sociales y económicos y la elevación de niveles educativos.
e) Trabajar en el establecimiento de los servicios de la Comu-
nidad, con el equipamiento y medios indispensables para
solucionar los problemas que existen en la Comunidad.
f) Utilizar al máximo los recursos humanos y materiales de la
Comunidad para el desarrollo, a través de la ayuda mutua y
el esfuerzo propio, a fi n de complementar las obras que se
consideren en el respectivo Plan de Trabajo y otras que de
emergencia surjan.
g) Incrementar las actividades a nivel Comunal, a fi n de obtener
recursos propios que sirvan para impulsar el mejoramiento
de la Comunidad.
h) Promover las organizaciones juveniles de ambos sexos,
haciéndoles participar responsablemente en el desarrollo
local.
i) Realizar diversos proyectos y actividades que generen ingresos
económicos y servicios sociales a la Comunidad.
j) Participar en los planes de desarrollo local, regional y nacional
en cuanto a la determinación de proyectos y la obtención de
recursos comunales gubernamentales, etc.
k) Toda gestión de la Asociación deberá estar contemplada
dentro del plan de inversión del Municipio.
METAS
ART. 6.- La Asociación tendrá como metas las especifi cadas en
el Plan Local de Desarrollo aprobado por el Concejo Municipal de San
Alejo, de acuerdo a las siguientes áreas: de Educación, Salud, Medio
Ambiente, Cultura y Deporte, y otras entidades que sean de benefi cios
Mutuos a la Comunidad.
SOCIOS
CALIDAD, DERECHOS Y DEBERES
ART. 7.- Refórmese este Artículo así:
Todos deben ser personas mayores de dieciocho años.
La Adesco deberá ejecutar Comité de Jóvenes menores de edad,
para que integren el desarrollo de su Comunidad y su Municipio.
ART. 8.- Son Socios Activos: todas las personas que reúnan los
requisitos señalados en el inciso anterior, residente dentro de los límites
de la unidad vecinal correspondiente o en unidades vecinales colindan-
tes inmediatas y afi liarse mediante procedimiento determinado por la
Asamblea General.
ART. 9.- Son Socios Honorarios: aquellas personas a quienes la
Asamblea General por su iniciativa o por propuesta de la Junta Directiva
les conceda tal calidad en atención a sus méritos personales y relevantes
servicios prestados a la ADESCO.
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ART. 10.- Son derechos y deberes de los Socios Activos:
a) Participar con voz y voto en las Asambleas Generales.
b) Presentar mociones y sugerencias en las Asambleas Genera-
les.
c) Retirarse voluntariamente de la Asociación cuando así lo
solicitaren.
d) Elegir y ser electo para cargos de Junta Directiva.
e) Cooperar con todos los medios promocionales posibles, al
incremento del número de miembros de la Asociación.
f) Asistir con puntualidad a las sesiones de Asamblea General,
previa convocatoria en legal forma, junto a la representación
de la Municipalidad.
g) Cumplir estos Estatutos y obedecer las disposiciones de Junta
General y Junta Directiva, siempre que estén relacionados
con los fi nes de la Asociación.
ART. 11.- Los Socios Honorarios gozarán de los derechos que la
Asamblea General les otorgue.
GOBIERNO DE LA ASOCIACIÓN
ART. 12.- El Gobierno de la Asociación será ejercido por la Asam-
blea General y la Junta Directiva.
LA ASAMBLEA GENERAL
ART.13.- La Asamblea General la componen los Socios y se instalará
por mayoría de los Socios Activos, pudiendo haber representación de
Socios, pero cada socio no podrá llevar más de una representación.
Las resoluciones se acordarán por mayoría simple de votos, salvo
en lo referente a la disolución de la Asociación.
ART. 14.- La Asamblea General se reunirá ordinariamente cuatro
veces al año, con intervalo de tres meses y extraordinariamente cuando
sea convocada por la Junta Directiva, por iniciativa propia o a solicitud
del Señor Alcalde y su Concejo Municipal.
ART. 15.- La convocatoria a Asamblea General Ordinaria o Ex-
traordinaria se hará por medio de un aviso escrito, con ocho días de
anticipación para las primeras y con veinticuatro horas de anticipación
para las segundas, indicándose en las mismas el lugar, día y hora en que
han de celebrarse. Si a la hora señalada no pudiera celebrarse la sesión
por falta de quórum, ésta se llevará a cabo una hora después con los
socios que estén presentes en ambas Asambleas, en este último caso,
las decisiones que se adopten serán obligatorias aún para aquellos que
legalmente convocados no asistieron.
ART. 16.- Son atribuciones de la Asamblea General:
a) Elegir y dar posesión a los miembros de la Junta Directiva.
b) Recibir los informes de trabajo y aprobar o desaprobar el
estado fi nanciero de la Asociación.
c) Destituir por causa justifi cada a los miembros de la Junta
Directiva y elegir a sus sustitutos; asimismo, retirarán la cali-
dad de miembros de la misma a los que hubieren renunciado,
fallecido o perdido su calidad de socio.
d) Pedir a la Junta Directiva, los informes que crea convenien-
te.
e) Aprobar el Reglamento Interno de la Asociación.
f) Acordar la petición de la Personalidad Jurídica y aprobación
de estos Estatutos al Concejo Municipal respectivo, por medio
del Representante Legal de la Asociación.
g) Otorgar la calidad de Socios Honorarios.
h) Aprobar la suspensión defi nitiva de los Socios.
i) Aprobar el Plan Anual de Trabajo y su respectivo Presupues-
to.
j) Cumplir y hacer cumplir los presentes Estatutos y Reglamentos
que se dicten.
PROCEDIMIENTO ESPECIAL PARA LA REMOCION DE
ASOCIADOS Y DIRECTIVOS
ART. 17.- Los Miembros de la Asociación podrán ser retirados de
ella por acuerdo de la Junta Directiva, tomado por mayoría de votos y
previa audiencia del interesado, por infracciones al Código Municipal,
Ordenanza Municipal y estos Estatutos.
Se consideran además como causales de retiro o expulsión, a las
siguientes:
a) Mala conducta del Socio que se traduzca en perjuicio grave
de la Asociación.
b) Negarse sin motivo justifi cado a desempeñar los cargos de
elección o comisiones que le encomiende la Asamblea General
o la Junta Directiva.
c) Promover actividades políticas, religiosas o de otra naturaleza
que vayan en perjuicio de la Asociación.
d) Obtener por medio fraudulento benefi cio de la Asociación,
para sí o para terceros.
e) Cometer algún delito o falta grave en perjuicio de la Asocia-
ción.
ART. 18.- Para proceder a la suspensión defi nitiva de casos especiales
para investigar tales hechos, la Junta Directiva nombrará una comisión
de tres de sus miembros, para que investigue los hechos y oyendo el
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dictamen de éstos y las razones que el supuesto infractor exponga en su
defensa, resolverá.
En caso de suspensión defi nitiva, la Junta Directiva seguirá el
procedimiento a que se refi ere el inciso anterior; pero en este caso, la
Asamblea General resolverá por sobre tal suspensión acordada, que se
nombrará a los sustitutos.
ART. 19.- Sobre el retiro de los asociados y sobre la suspensión
temporal decretada por la Junta Directiva, podrá interponerse única-
mente el recurso de revisión ante la misma, dentro del tercer día de la
notifi cación.
De las resoluciones de la Asamblea General, no se admitirá ningún
recurso.
ART. 20.- Los miembros de la Junta Directiva electos por la Asam-
blea General, podrán ser suspendidos en forma temporal o defi nitiva,
según la gravedad del caso.
La suspensión defi nitiva únicamente podrá ser acordada por la
Asamblea General y la suspensión temporal, por la Junta Directiva.
ART. 21.- En caso que la Junta Directiva, dentro del plazo de diez
días de conocida la infracción, no procede a dar cumplimiento a los
artículos anteriores, un número de seis asociados, por lo menos podrá
pedir al Concejo Municipal correspondiente, que se les autorice:
a) Para nombrar de entre los mismos la comisión investigado-
ra.
b) Para que ésta convoque a la Asamblea General, que con-
cederá la suspensión en base a los informes de la comisión
investigadora. El mismo procedimiento anterior se seguirá
cuando de acuerdo a las infracciones, debe conocerse sobre la
suspensión temporal o defi nitiva de toda la Junta Directiva o
cuando por tratarse de un número considerable de miembros,
los que quedan no puedan o no inicien el procedimiento dentro
del plazo que establece el inciso anterior.
En todos los casos de este Artículo, será la Asamblea General la que
resolverá sobre tal suspensión temporal o defi nitiva de los miembros y en
la misma sesión elegirá y dará posesión a los sustitutos por el tiempo de
la suspensión o por el resto del período de los directivos suspendidos.
LA JUNTA DIRECTIVA
ART. 22.- La Junta Directiva entrará en vigencia integrada por lo
menos doce miembros electos en Asamblea General, por votación nomi-
nal y pública, ya sea por cargos separados o en planilla, en todo caso la
nominación de los cargos será la siguiente: Presidente, Vice-Presidente,
Secretario, Pro-Secretario, Tesorero, Pro-Tesorero, Síndico y Vocales.
Los cargos de la Junta Directiva serán adhonorem; sin embargo,
cuando el socio o directivo trabaje en actividades ofi ciales para la aso-
ciación, podrá otorgársele una retribución convencional o cuando por
el volumen de trabajo o las circunstancias lo ameriten.
ART. 23.- La Junta Directiva se reunirá ordinariamente cuantas
veces sea necesario y por lo menos una vez por mes y extraordinariamente
cuando sea convocada por el Presidente.
Para que la sesión sea válida, deberán concurrir por lo menos siete
de sus miembros y las resoluciones se tomarán por mayoría de votos.
En caso de empate, el Presidente o el que haga sus veces tendrá
voto de calidad.
ART. 24.- Son atribuciones de la Junta Directiva:
a) Elaborar el proyecto de Estatutos de la Asociación y propo-
nerlos a la Asamblea General.
b) Tramitar el reconocimiento legal de la Asociación conforme
a la Ley.
c) Determinar juntamente con las instituciones que colaboran
con el desarrollo comunal, el Plan de Trabajo y el Presupuesto
correspondiente.
d) Constituir comisiones de trabajo de la Asociación, encauzar
su mejor organización y desenvolvimiento.
e) Convocar a la Asamblea General a reuniones ordinarias o
extraordinarias.
f) Vincularse con las Organizaciones del Estado, las Municipa-
lidades y con las entidades privadas que tengan que trabajar
en la Región el Proyecto de Desarrollo Comunal.
g) Participar en su caso, en las investigaciones, planteamiento,
ejecución y evaluación de los programas y proyectos de
mejoramiento de la Comunidad.
h) Velar que el patrimonio de la Asociación sea aplicado en la
consecución de sus fi nes.
i) Autorizar y controlar los gastos de los recursos económicos
de la Asociación.
j) Vigilar el cumplimiento de los deberes y obligaciones de los
afi liados.
k) Tomar las medidas necesarias para cumplir las disposiciones
emanadas de la Asamblea General y las que crea conveniente
dictar.
l) Resolver a su prudente arbitrio las situaciones excepcionales
no previstas en los Estatutos.
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m) Presentar a la consideración y aprobación de la Asamblea
General en la sesión ordinaria anual, sus actividades de
trabajo.
n) Ejercer las demás actividades que se determinen en las leyes
correspondientes y estos Estatutos.
ART. 25.- El Presidente de la Junta Directiva, presidirá y dirigirá
las sesiones de Asambleas Generales y de Junta Directiva, autorizando
con su fi rma los acuerdos que emanen de las mismas y coordinará las
actividades de la Asociación.
ART. 26.- El Vice-Presidente, colaborará con el Presidente, lo
sustituirá en los casos de ausencia o de impedimento de éste y todo lo
demás que fuere concerniente a actividades comunales.
ART. 27.- El Secretario, será el órgano de la comunicación de la
Asociación y llevará el inventario de los bienes de la misma; además
tendrá a su cargo los libros de Actas de Sesiones que celebren la Asamblea
General y la Junta Directiva y todo lo demás que fuere pertinente.
ART. 28.- El Pro-Secretario, colaborará con el Secretario en todo
lo concerniente a sus funciones, lo sustituirá en casos de ausencia o
impedimento de éste.
ART. 29.- El Tesorero, será el depositario de los fondos y bienes
de la Asociación y llevará los libros de Contabilidad o las cuentas de la
misma.
Se encargará asimismo, que se hagan efectivos los créditos a favor
de la Asociación y dará cuenta a la Junta Directiva en cada sesión del
estado económico; hará los pagos de las obligaciones de la Asociación
y de los honorarios si los hubiere.
ART. 30.- El Pro-Tesorero, colaborará con el Tesorero en todo
caso lo concerniente a sus funciones; lo sustituirá en casos de ausencia
o impedimento de éste.
ART. 31.- El Síndico, tendrá la representación judicial y extrajudicial
de la Asociación y el uso de la personalidad jurídica, quien para compa-
recer en juicios, escrituras, contratos, actas notariales y otros, deberán
ser autorizados por la Junta Directiva, quien lo legitimará mediante la
certifi cación del punto de acta que lo autoriza.
A falta del síndico, fungirán los vocales en su orden, autorizados
en sesión de Junta Directiva; además, velará por el estricto cumplimiento
del Código Municipal, la ordenanza respectiva, así como los presentes
Estatutos y las leyes de la materia y los demás acuerdos tomados por la
Asamblea General y la Junta Directiva.
ART. 32.- los Vocales colaborarán con la Junta Directiva en la
medida que ésta lo considere necesario; en todo caso, sustituirá a los
miembros de la Junta Directiva en la medida que ésta lo considere ne-
cesario; en todo caso, sustituirán a los miembros de la Junta Directiva
que faltaren.
ART. 33.- En caso de suspensión temporal La Junta Directiva llamará
y dará posesión a los sustitutos por el tiempo que dure la suspensión.
ART. 34.- Los miembros de la Junta Directiva serán electos por
un período más y sólo podrán ser reelectos en forma consecutiva para
un período más, cuatro de sus miembros que podrán ser cualesquiera
de ellos.
PATRIMONIO DE LA ASOCIACION
ART. 35.- El Patrimonio de la Asociación estará constituido por:
a) Los fondos provenientes de las contribuciones que aporten los
socios activos y será de Dos dólares ($ 0.50.) mensuales.
b) Las colaboraciones o aportes extraordinarios, herencias,
donaciones, legados, etc. que provengan de diversas fuen-
tes.
c) Los ingresos provenientes de cualquier actividad realizada
para allegar fondos a la Asociación.
d) El valor de los intereses que devenguen los créditos otorgados
a los asociados, serán fi jados por la Asamblea General, a
propuesta de la Junta Directiva; pero en todo caso este interés
deberá ser menor que el estipulado por el Sistema Bancario
Nacional.
e) El Valor del alquiler cobrado por el uso de maquinaria, bienes
muebles e inmuebles de propiedad de la Asociación; serán
aprobados por la Asamblea General a propuesta de la Junta
Directiva; pero en ningún caso eximirá de estos pagos el
hecho de ser asociado.
f) Sus bienes muebles e inmuebles adquiridos a cualquier
título.
g) Los bienes muebles e inmuebles que formen el Patrimonio
no podrán ser transferidos en garantía, vendidos, alquilados
o prestados sin la autorización previa de la Asamblea Gene-
ral.
ART. 36.- La Asociación no cuenta hoy con un capital en efectivo,
ya que las actividades se realizarán para recaudar fondos cuando esté
legalizada la Asociación.
ART. 37.- De las utilidades netas obtenidas al fi nal del ejercicio
administrativo por la Asociación, se aportará el 25% por lo menos, para
formar un fondo de reserva para incrementar el capital bancario a nombre
de la misma.
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La Asociación llevará un libro especial de registro de capital, en
el que deberá expresarse todo aumento y disminución del mismo.
La Asociación para poder desarrollar sus fi nes sociales y de obras
física, siempre que conduzcan a operaciones canalizadas a través de
recursos económicos, deberá ser conocida y aprobada por la Asamblea
General y autorizada por la Junta Directiva, específi camente para el acto
en que comparezca el Representante de la Asociación. En todo caso, se
establecerán los controles contables necesarios para el efectivo control
de fondos propios o procedentes de fuentes externas en los distintos
programas y proyectos que se desarrollen.
ART. 38.- Si al fi nal de cada ejercicio administrativo anual (enero
a diciembre) se obtuvieron ganancias, la junta directiva propondrá a la
Asamblea General los proyectos en los que pueden ser aplicadas dichas
ganancias, como también el tiempo y forma de invertir el fondo de
reserva.
ART. 39.- En caso de disolución de la Asociación, si después de
pagadas las obligaciones hubiere un remanente, el Concejo Municipal lo
destinará a Programas de Desarrollo Comunal, a realizarse en el Caserío
La Escoba, Cantón Mogotillo del domicilio de la Asociación y mientras
no se realice su inversión, el remanente estará bajo el control del Concejo
Municipal.
DISOLUCION DE LA ASOCIACION
ART. 40.- La disolución de la Asociación será acordada en sesión
extraordinaria de Asamblea General, mediante acuerdo de dos terceras
partes de socios de la misma, por motivos que el Código y Ordenanza
Municipales, estos Estatutos y las demás leyes de la materia estable-
cen.
DISPOSICIONES GENERALES
ART. 41.- La Asociación llevará sus libros de registro triplicables
de afi liados, Actas de Asambleas Generales, Actas de Junta Directiva,
Registro Financiero y Registro de Inventario; todos foliados y sellados
con una razón de apertura que contenga el objeto del libro, su número de
hojas y luego al terminarse el libro se pondrá su razón de cierre, la cual
deberá estar fi rmada y sellada por el Secretario de la Junta Directiva.
ART. 42.- La Junta Directiva, tiene la obligación de enviar al
Concejo Municipal; durante los primeros quince días posteriores a la
elección, la nómina de la nueva Junta Directiva, durante los primeros
quince días del año, informe de las sustituciones de los miembros de la
Junta Directiva, cuando sean en forma defi nitiva y cualquier otro dato
relativo a la Asociación.
Dentro de los treinta días posteriores a la elección de la nueva Junta Directiva, deberá enviar al Concejo Municipal, su Plan de Actividades (Trabajo).
ART. 43.- Para la modifi cación del acta de constitución y los presentes Estatutos, se seguirán los mismos procedimientos que para la Constitución e inscripción de la Asociación.
ART. 44.- Los casos no contemplados en estos Estatutos serán resueltos en Asamblea General de Socios.
ART. 45.- Los presentes Estatutos entrarán en vigencia, ocho días después de su publicación en el Diario Ofi cial.
EL INFRASCRITO ALCALDE MUNICIPAL.
CERTIFICA: que a página 86 del Libro de Actas y Acuerdos Mu-nicipales, que esta Alcaldía lleva el presente año de dos mil siete y en Acta No. 24 de fecha 20 de Diciembre del corriente año, se encuentra la que literalmente dice: ACUERDO NUMERO TRES.- En vista de la solicitud presentada por la Junta Directiva de la Asociación Comunal “VISIÓN Y AYUDA” con sus siglas ADESCOVISA del Caserío La Escoba, Cantón Mogotillo de esta jurisdicción, en la cual solicitan se les extienda a dicha Asociación Comunal la Personería Jurídica ya que también están organizados, y teniendo los Estatutos, los cuales constan de 45 artículos que regirán a dicha Asociación y no encontrando en ellos ninguna disposición contraria a las Leyes de la República, al orden público ni a las buenas costumbres del pueblo salvadoreño.- Que de conformidad al Art. 30 numerales 23 y 119 del Código Municipal, este Concejo Municipal acuerda: aprobar los Estatutos y conferir a dicha Asociación Comunal el carácter de Personería Jurídica, la cual entrará en vigencia ocho días después de su publicación en el Diario Ofi cial.
Comuníquese.- No Habiendo más que hacer constar se termina la presente que fi rmamos.- A. A. Gómez Vigil // H. A. Gutiérrez// B. Mejía Flores//J. F. Maldonado Larios // J. C. Cálix // F. O. Robles Flores// C. W. Flores Larios // L. A. Turcios Cruz// J. A. Fermán Torres // G. A. Alfaro// W. E. Murillo. Srio.- RUBRICADAS.-
Es conforme con su original y para efectos Legales, se extiende la presente en la Alcaldía Municipal de San Alejo, a los diez días del mes de marzo del año dos mil ocho.
ANDRES ALONSO GOMEZ VIGIL,
ALCALDE MUNICIPAL.
WILLIAM ERNESTO MURILLO MAJANO,
SECRETARIO MUNICIPAL.
(Registro No. F001739)
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ESTATUTOS ASOCIACIÓN COMUNAL DE AGUA POTABLE ACOAP “C/LLANO DE LA HACIENDA” JURISDICCION DE
SAN ISIDRO, CABAÑAS
CAPITULO I
Denominación, Naturaleza, Objeto y Domicilio
Art.1.- Constitúyese la Asociación de Desarrollo Comunal, sin fi nes
de lucro, Apolítica, no Religiosa, que se denominará “Asociación Comunal
del Agua Potable ACOAP C/ Llano de la Hacienda” con personalidad
jurídica y patrimonio propio, que tendrá como objetivo principal partici-
par, analizar, deliberar, proponer y contribuir a la solución de problemas
relacionados con el uso, aprovechamiento y protección de los recursos
naturales con énfasis en el Recurso Hídrico, así como a la ejecución de
medidas para el manejo integral de los recursos naturales de las Micro
cuencas.
La asociación estará integrada por actores locales y usuarios del
agua de la comunidad del Cantón Llano de la Hacienda del municipio
de San Isidro Cabañas, que se abastecen de la zona productora del
agua localizada en las subcuencas del Río Titihuapa, para garantizar
la autogestión del servicio de agua potable, saneamiento, protección y
conservación de las micro cuencas abastecedoras de agua y otras áreas
potenciales con importancia estratégica como fuentes de agua.
La Asociación Comunal del Agua Potable de la comunidad Llano
de la Hacienda del Municipio de San Isidro Cabañas y podrá abreviarse
“ACOAP C/ LLANO DE LA HACIENDA” y en los presentes Estatutos
también se denominará “La Asociación”.
Art. 2.- El domicilio de la Asociación es el Cantón Llano de la
Hacienda jurisdicción de San Isidro, Cabañas y podrá establecer delega-
ciones dentro del municipio, donde sea necesario unir esfuerzos para el
manejo de los recursos naturales, con énfasis en los recursos hídricos.
CAPITULO II
De las Finalidades
Art. 3.- La Asociación orientará sus actividades al cumplimiento de
los fi nes que los presentes Estatutos indican, sin perjuicio de que pueda
ejecutar otras acciones que se enmarquen dentro de los objetivos de la
Asociación.
Art. 4.- Tendrá como fi nalidades principales las siguientes:
a) Promover la participación de las comunidades en la cons-
trucción, operación, mantenimiento y administración de los
Sistemas de Agua y Saneamiento, así como en la vigilancia
de la calidad del agua;
b) Apoyar para que los sistemas de distribución de agua potable
sean manejados en forma sostenible;
c) Promover la conservación y protección de las microcuencas
productoras de agua y de la zona de recarga hídrica de las
subcuencas.
d) Vigilar que el manejo de los desechos sólidos, vertidos líqui-
dos y emisiones gaseosas reciban el tratamiento adecuado,
conforme a Leyes, Normas y Reglamentos nacionales e
internacionales aplicables;
e) Acciones encaminadas a la limpieza de los cauces de ríos y
quebradas, eliminación de obstáculos al fl ujo o impedimentos
a éste, ocasionados por causas naturales o inducidas por el
hombre, para permitir la libre circulación de las aguas;
f) Vigilar las construcciones que obstaculizan o modifi quen el
fl ujo en el cauce y que no están cumpliendo con la Ley y sus
Reglamentos;
g) Velar por la construcción de sistemas de amortiguación de
velocidad del agua para evitar derrumbes o deslaves, mediante
obras físicas (como diques, gaviones, palo pique, acequias,
terrazas, barreras vivas o muertas, entre otros);
h) Realizar capacitaciones sobre manejo sostenible de los re-
cursos naturales, reducción de la vulnerabilidad y fomento
de actividades productivas de bajo impacto ambiental.
i) Unir esfuerzos para la promoción y educación para el desa-
rrollo sostenible entre los habitantes de la Comunidad Llano
de la Hacienda y sus microcuencas;
j) Desarrollar acciones de recuperación de calidad de las aguas
mediante gestiones con entidades públicas y privadas, nacio-
nales e internacionales y evitar contaminantes en los recursos
hídricos;
k) Formular, gestionar y ejecutar Planes, programas y proyectos
para un mejor aprovechamiento de los recursos naturales del
Cantón Llano de la Hacienda y las microcuencas aledañas
l) Determinar la Oferta y Demanda Hídrica, asignar cuotas para
los diferentes usuarios del agua (consumo humano, gana-
dería, agricultura, agroindustria, generación hidroeléctrica,
transporte, turismo, consumo ambiental, y otros), para que
cumplan con los requisitos y condiciones legales;
m) Impulsar programas y proyectos de gestión integral de las
microcuencas (reforestación, ordenamiento territorial o zo-
nifi cación, tratamiento de aguas residuales, manejo integral
de desechos sólidos, conservación de suelo, manejo de áreas
naturales, producción forestal, educación ambiental, diversi-
fi cación productiva, entre otros), incluyendo la obtención de
fi nanciamientos necesario para ello;
n) Gestionar ante las autoridades competentes la elaboración
de un plan de ordenamiento territorial para limitar el uso
del suelo en las zonas de recarga hídrica, causes de ríos y
quebradas, áreas vulnerables y otros ecosistemas críticos;
o) Colaborar con los Ministerios de Agricultura y Ganadería
o Ministerio del medio ambiente y recursos naturales, para
evitar las prácticas agrícolas perjudiciales al medio ambien-
te (quemas, siembras a favor de la pendiente, sobre uso de
agroquímicos con alta toxicidad y persistencia, cultivos de
labranza intensivas en fuertes pendientes y otros);
p) Cualquier otra actividad que se encuentre enmarcada dentro
de los objetivos de la Asociación.
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CAPITULO III
Del Patrimonio
Art. 5.- El patrimonio de la Asociación estará constituido por:
a) Recursos propios o contribuciones de los asociados;
b) Cuotas ordinarias o extraordinarias, que sean aportadas por
los asociados;
c) Donaciones, herencias, legados o contribuciones de cualquier
naturaleza que sea lícita;
d) La Adquisición a cualquier título de bienes muebles o
inmuebles;
e) Cualquier otro ingreso lícito que la Asamblea General de
Asociados apruebe.
CAPITULO IV
Del Gobierno
Art. 6.- La Dirección y Administración de la Asociación, estará a
cargo de los órganos siguientes:
a) Asamblea General de Asociados, máxima autoridad;
b) Junta Directiva;
c) Síndico
d) Comisiones de Apoyo
CAPITULO V
De los Asociados
Art. 7.- Serán asociados pertenecientes a la presente Asociación
de Microcuencas, las personas naturales y jurídicas que suscriban los
presentes Estatutos, así como las que ingresen posteriormente y ma-
nifi esten el interés, acreditando su vinculación a las microcuencas del
Cantón Llano de la Hacienda, municipio de San Isidro.
El ingreso de nuevos asociados deberá ser aprobado por la Asamblea
General y se sujetará a los presentes Estatutos, fi nes y objetivos de la
Asociación.
La calidad de los socios será fundadores, activos y honorarios.
a) Son socios fundadores: aquellos que sus nombres aparecen
y fi rman el acta de constitución de la asociación.
b) Son socios activos: aquellos que en un momento dado forman
parte de la membresía.
c) Socios Honorarios: son aquellos que la asamblea general,
por su iniciativa o propuesta de la junta directiva, les concede
tal calidad, en atención a sus méritos personales y relevantes
servicios prestados a la asociación;
La Asociación emitirá un Reglamento interno que contendrá las
medidas disciplinarias que la Asociación establezca para sus asociados;
así como las causales y procedimientos de exclusión.
CAPITULO VI
Derechos y Obligaciones de los Asociados
Art. 8.- Son derechos de los asociados:
Participar con voz y voto en las sesiones de Asamblea General;
Participar en la integración de la Junta Directiva de la manera
estipulada en los Estatutos; y cumpliendo con el Reglamento interno;
Presentar iniciativas, peticiones, consultas y propuestas sobre
asuntos específi cos que se encuentren dentro de los objetivos de la
Asociación;
Solicitar a la Junta Directiva su intervención para analizar las
difi cultades que surjan entre los asociados,
Solicitar a la Junta Directiva o su Presidente la convocatoria a
Asambleas Generales Extraordinarias o de Junta Directiva, siempre
que reúnan el porcentaje del veinte por ciento del total de asociados y
el motivo sea justifi cado.
El representante legal o Presidente podrá convocar a Asamblea
General Extraordinaria sin previa autorización de la Junta Directiva, si
el caso lo amerita.
Ejercer cualquier otro derecho que le confi eran los presentes
Estatutos y los reglamentos aplicables a la Asociación.
Art. 9.- Son obligaciones de los Asociados:
Cumplir y hacer cumplir los Estatutos, Reglamentos Internos y
resoluciones de la Asamblea General y Junta Directiva;
Asistir puntualmente a las Asambleas Generales de la Asociación;
Ejercitar el voto en elección de la Junta directiva;
Concurrir al llamado en estados de emergencia nacional que la
Asociación haga a sus miembros asociados; y
Cualquier otra obligación estipulada en los presentes estatutos,
reglamento interno de la Asociación o resoluciones de la Asamblea
General de Asociados relativas a gastos y fi jación de cuotas.
Art. 10.- La calidad de asociado se perderá por las causas siguien-
tes:
Por violación a los presentes Estatutos, Reglamento Interno,
Acuerdos o resoluciones de Asamblea General, de Junta Directiva o
normativa interna de la Asociación; Por faltas graves cometidas y que
sean acordadas por Junta Directiva o a juicio de la Asamblea General;
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66 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 379
Por renuncia voluntaria presentada por escrito a la Junta Directiva
de la Asociación; Por realizar actos contrarios a los fi nes de la Asociación
califi cado por la Asamblea General o Junta Directiva o la participación
en actos que desprestigien o entorpezcan el funcionamiento de la Aso-
ciación.
CAPITULO VII
De las Asambleas Generales de Asociados
Art.11.- La Asamblea General debidamente convocada y reunida es
la autoridad máxima de la Asociación y estará integrada por la totalidad
de los miembros asociados.
Art.12.- La Asamblea General será de dos clases o tipos: de carácter
Ordinaria y de carácter Extraordinaria.
Las Asambleas Ordinarias se reunirán por lo menos dos veces al
año dentro de los ( 3 o 5) meses posteriores a la fi nalización del Ejercicio
Económico Fiscal.
Las Asambleas Extraordinarias se celebrarán en cualquier momento
en que fueren debidamente convocadas.
Art.13.- Toda Asamblea General legalmente convocada podrá efec-
tuarse válidamente en primera convocatoria con la presencia de la mitad
más uno de asociados que a ella concurran y en segunda convocatoria
con los Asociados presentes.
Las resoluciones se tomarán por simple mayoría de votos presen-
tes.
Las deliberaciones y resoluciones se registrarán en el Acta respec-
tiva.
Art. 14. Las resoluciones de las Asambleas Generales debidamente
convocadas e instalada legalmente, sus acuerdos obligarán a todos los
miembros de la Asociación. Cuando uno o varios de los miembros se
retiraran durante la Asamblea, los acuerdos tomados serán válidos para
todos aunque el quórum se redujere.
Art.15.- Las Asambleas Generales ordinarias y extraordinarias,
se reunirán en el domicilio principal de la Asociación o cualquier otro
lugar que la asociación establezca en la convocatoria.
El voto debe ser a voto secreto o mano Alzada en los casos de
elección de Junta Directiva y otros acuerdos.
CAPITULO VIII
Convocatorias, Quórum y Resoluciones.
Art. 16.- Las convocatorias para Asambleas Ordinarias y Extraordi-
narias se harán por cualquier medio de comunicación (escrita, perifoneo,
anuncios, radio local y otros) por lo menos con cinco días de anticipación,
y deberá indicar los puntos a tratar, además se avisará de ellas mediante
un cartel en lugares estratégicos dentro de la comunidad.
También serán convocados mediante comunicaciones escritas:
Telegramas, carta, fax o correo electrónico, enviadas a las respectivas
direcciones o datos, aportados por los miembros asociados, con el período
de antelación establecido
Art. 17.- En las Asambleas Extraordinarias solamente se conocerá
de los asuntos expresamente indicados en la convocatoria y los que la
Ley ordene.
Art. 18.- El Quórum en primera Convocatoria en las sesiones de
Asamblea General ordinaria, se necesitará la asistencia de la mitad más
uno de los miembros; en el mismo aviso de primera convocatoria se
podrá realizar la invitación a segunda convocatoria para celebrarla una
hora después de la señalada para la primera.
Si la Asamblea General en sesión ordinaria no tuviese lugar a la
primera convocatoria por falta de la debida asistencia de los miembros,
se realizará en segunda convocatoria con cualquiera que sea el número
de los miembros presentes que concurran y los acuerdos serán válidos
con el voto de la mayoría.
Art.19.- Para que en primera convocatoria haya quórum en Asam-
bleas Generales de carácter extraordinaria, se necesitará la asistencia
de tres cuartas partes de los asociados y las resoluciones se tomarán
válidamente con el voto de la mayoría de los miembros presentes.
En el mismo aviso de primera convocatoria, se podrá hacer el
llamado para celebrar la Asamblea General Extraordinaria en segunda
convocatoria, para celebrarla una hora después de la señalada para la
primera con los asociados que se encuentren presentes y las resoluciones
se tomarán por mayoría de votos.
Art. 20.- En caso de ausencia del presidente o quien haga sus ve-
ces o por la petición del veinte por ciento del total de asociados, podrá
convocarse y celebrarse en debida forma la Asamblea General sea ésta
ordinaria o extraordinaria.
Art. 21.- Todo asociado que no pueda asistir a una Asamblea General
sea ordinaria o extraordinaria, por motivos justifi cados, podrá hacerse
representar por escrito por otro asociado.
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El límite de representaciones será únicamente de un miembro. Esta
representación dará derecho a voz y voto de su representado.
CAPITULO IX.
Atribuciones de las Asambleas Generales
Art. 22.- La Asamblea General tendrá las siguientes atribucio-
nes:
a) Elegir a los miembros de la Junta Directiva y Junta de Vigi-
lancia, así como designar los miembros de los comisiones
de apoyo;
b) Revocar o suspender cualquier miembro de la Junta Direc-
tiva así como los miembros de las Comisiones de Apoyo,
por incumplimiento o negligencia en el desempeño de sus
funciones.
c) Discutir, aprobar o desaprobar el informe administrativo,
fi nanciero y técnico del ejercicio fi scal del año anterior;
d) Discutir, aprobar o desaprobar el proyecto del presupuesto
de ingresos y egresos anuales elaborado por la Junta Direc-
tiva;
e) Decidir sobre la adquisición nuevos activos que no estén
presupuestados en el ejercicio en ejecución;
f) Decidir sobre adquisiciones de bienes, servicios, reparaciones
u otros gastos por un monto mayor de CINCO MIL DOLA-
RES
g) Aprobar un porcentaje de los ingresos de la Asociación para
fi nanciar los gastos de operación y mantenimiento de las
estructuras de benefi cio común y otros gastos relativos al
manejo y conservación de los recursos naturales, con énfasis
en los recursos hídricos;
h) En caso de liquidez, fi jar dietas a miembros Directivos de la
Asociación previo informe y análisis fi nanciero de la mis-
ma;
i) Conocer anualmente informes técnicos, administrativos y
fi nancieros de la Asociación que presente la Junta Directiva,
Auditor Externo;
j) Realizar la adquisición, enajenación de los bienes de la Aso-
ciación, así como constituir hipotecas o gravámenes sobre
los mismos bienes mediante actos y contratos de cualquier
naturaleza;
k) Acordar la disolución y liquidación de la Asociación de
conformidad con la Ley;
l) Aprobar o no aprobar las reformas a los presentes
estatutos;
m) Los demás que le confi eran las leyes, los presentes Estatutos
y su Reglamento Interno.
CAPITULO X
De la Junta Directiva
Art. 23.- La conducción administrativa y técnica de la Asociación estará confi ada a una Junta Directiva, quien será el Órgano Máximo para la ejecución de las actividades de la Asociación y estará sujeta y será la responsable de velar por la ejecución de las decisiones de Asamblea General, los presentes estatutos y reglamentos de la Asociación.
Estará integrada por ocho directivos, bajo los cargos siguientes:
a) Presidente; g) Primer Vocal
b) Vicepresidente; h) Segundo Vocal
c) Síndico i) Tercer Vocal
d) Secretario General j) Cuarto Vocal
e) Secretario de Actas k) Quinto Vocal.
f) Tesorero;
Art. 24.- La Junta Directiva se elegirá en Asamblea General de Asociados y resultarán electos los socios que en una misma votación hayan obtenido mayor número de votos hasta completar el número de Directivos.
Art.25.- Los miembros directivos serán electos por asamblea general en sesión ordinaria y deberán tomar posesión de sus cargos a partir de su elección durante tres años, quienes podrán ser reelectos, únicamente por un período adicional, si la Asamblea General lo aprueba.
Art.26.- Para ser miembro de la Junta Directiva se requiere ser asociado con derecho a voto.
No pueden ser directivos los empleados de la Asociación.
Art.27.- La Junta Directiva tratará y resolverá los problemas y ma-terias que son de su competencia, en sesiones que podrán ser ordinarias o extraordinarias, éstas serán fi jadas por la Junta directiva y deberán realizarse por lo menos una vez por mes.
Las sesiones extraordinarias se celebrarán cuando convoque el Presidente o lo soliciten por lo menos CINCO Directivos.
El quórum para sesionar válidamente será de la mitad más uno de sus miembros.
Art. 28.- La asistencia de los miembros directivos a las sesiones es obligatoria.
Si faltaren a cinco o más reuniones sin causa justifi cada quedarán
excluidos de la Junta Directiva, y será sufi ciente para ello un acta sus-
crita por los Directivos concurrentes, autorizada por el Secretario de la
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Asociación en que se deje constancia de lo anterior.
Art. 29.- El socio que sea condenado por crimen o simple delito que
merezca pena afl ictiva quedará inhabilitado para desempeñar el cargo
de Directivo o cualquier empleo en la Asociación.
Art.30.- En caso de renuncia, muerte, pérdida de la calidad de
asociado, será causa de inhabilidad para ejercer el cargo de Directivo, y
será sustituido por el vocal inmediato inferior, a excepción del presidente,
quien sólo puede ser sustituido por el vice presidente.
Si se produce la renuncia total de la Junta Directiva o de su mayoría,
la Asamblea General a instancia del veinte por ciento de los asociados, en
su caso, podrá designar un Ejecutor Especial para que pueda citar dentro
de los cinco días hábiles siguientes a Asamblea General Extraordinaria,
la cual deberá celebrarse en los quince días siguientes a esa renuncia.
Art. 31.- Si por cualquier causa la Junta Directiva no se nombre
dentro del período establecido, continuará en sus funciones. Sin embargo,
ésta, deberá citar a la brevedad posible a celebrar Asamblea General para
que se proceda a la designación.
Art. 32.- La Credencial de la Junta Directiva deberá ser inscrita
en el registro que la Alcaldía Municipal de San Isidro, lleve para este
fi n. Para que la Asamblea General en la cual se elige la junta directiva,
tenga reconocimiento legal, deberá estar presente el Señor Alcalde o su
representante; quien juramentará a la junta directiva recién electa.
Art.33.- Las resoluciones de la Junta Directiva se adoptarán por
la mitad más uno de los directivos presentes, salvo que la ley disponga
otra mayoría para ciertas materias.
En caso de empate prevalecerá la opinión del Presidente y si hubiese
dispersión de votos la votación se limitará a las opiniones que cuenten con
las dos más altas votaciones, y si aún así se produjere empate resolverá
el que presida.
Art.34.- La Junta Directiva tendrá los siguientes deberes y atribu-
ciones:
a) Administrar y dirigir la Asociación de Desarrollo Comunal
“ACOAP” Cantón Llano de la Hacienda;
b) Atender la conservación de los recursos naturales de las micro
cuencas del Cantón Llano de la Hacienda del municipio de
San Isidro, Cabañas, en particular de los recursos hídricos,
y a todo lo que tienda al mejoramiento del entorno natural
de ella.
c) Presentar a la Asamblea General la solicitud de nuevos aso-
ciados para su aprobación;
d) Velar porque los asociados resuelvan favorablemente los
casos de defensa judicial o administrativa de los recursos
hídricos o demás recursos naturales de las microcuencas del
Cantón Llano de la hacienda del municipio de San Isidro,
cuando éstos sean amenazados o afectados por acciones de
terceros;
e) Elaborar los Reglamentos internos que fueren necesarios para
el funcionamiento de la Asociación, normas sobre contabilidad
y administración y velar por su cumplimiento;
f) Presentar a asamblea General Ordinaria el presupuesto de
ingresos y gastos ordinarios y extraordinarios para su apro-
bación o desaprobación. En esa Asamblea dará cuenta de la
inversión de los fondos y de la conducción de la Asociación en
una memoria que comprenda todo el período de funciones;
g) Cumplir los acuerdos de las Asambleas Generales de Aso-
ciados;
h) Velar por el cumplimiento de las obligaciones que la ley, los
Estatutos o reglamento interno imponen a los asociados;
i) Nombrar o remover a los gerentes y a los trabajadores de la
organización y fi jar sus remuneraciones;
j) Realizar programas de extensión para difundir entre los aso-
ciados las técnicas y sistemas que tiendan a un mejor empleo
de agua y del manejo sostenible de los recursos naturales
pertenecientes a las micro cuencas del Cantón Llano de la
Hacienda del Municipio de San Isidro.
k) Citar a Asamblea General Extraordinaria cuando sea nece-
sario o bien cuando lo solicite por lo menos la cuarta parte
de los socios con derecho a voto, con indicación del objeto
a tratar;
l) Elaborar y presentar a Asamblea General reformas a los
presentes Estatutos; y
m) Cumplir con lo que las leyes y Estatutos les señalen.
Art. 35.- La Junta Directiva será responsable de las estructuras de
benefi cio común, gestión integral del agua y manejo sostenible de los
recursos naturales al interior de las micro cuencas del Cantón Llano de
la Hacienda, Municipio de San Isidro.
Art. 36.- Todos los Asociados, especialmente la Junta Directiva
deberán apoyar la gestión integral de las microcuencas.
CAPITULO XI
Del Presidente
Art. 37.- El Presidente será el Representante Legal de la Asocia-
ción y tendrá las facultades generales inclusive las del Artículo Mil
doscientos cincuenta y tres del Código Civil. Iguales facultades tendrá
el Vicepresidente cuando actúe en ausencia del presidente.
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Art. 38.- En caso de ausencia injustifi cada del Presidente, tendrá
treinta días para depositar su cargo; y cuando ésta fuera por causa involun-
taria, enfermedad o fuerza mayor, tendrá SESENTA días para interponer
la renuncia o el plazo que tendrá la Junta Directiva para removerlo del
cargo y nombrar al nuevo Presidente para concluir el período.
A falta del Presidente, el Vicepresidente asumirá el cargo tempo-
ralmente con los mismos deberes, obligaciones y facultades conferidos
por los presentes Estatutos.
Art. 39.- El Presidente tendrá como atribuciones:
Presidir las sesiones de Asamblea General y Junta Directiva;
Firmar juntamente con el Secretario las convocatorias a sesiones
de los órganos mencionados;
Autorizar juntamente con el Tesorero las erogaciones que hayan
sido autorizadas por la Junta Directiva;
Presentar la Memoria Anual de Labores de la Asociación y cualquier
informe solicitado por la Asamblea General;
Coordinar y planifi car las funciones con los demás miembros de
junta directiva; Manejar con el Tesorero las cuentas bancarias de la
Asociación y fi rmar, girar, endosar y cancelar cheques y otros títulos o
valores relacionados con la actividad económica de la Asociación;
Comparecer ante Notario a otorgar poderes especiales a favor de
terceros para atender asuntos relacionados con los objetivos o actividades
de la Asociación, previa autorización de la Junta Directiva;
Realizar las demás funciones que le señale la Ley, Estatutos y
Reglamento.
CAPITULO XII
Representación Legal
Art. 40.- Corresponderá al Presidente o quien haga sus veces, la
representación legal, judicial y extrajudicial de la asociación y en caso de
erogaciones de los haberes de la Asociación, ésta representación deberá
ejercerla conjuntamente con el Síndico de la Junta Directiva; quienes
previo acuerdo de la Asamblea General o Junta Directiva en su caso,
podrán adquirir derechos y contraer toda clase de obligaciones, otorgar
toda clase de escrituras públicas, otorgar poderes generales o especiales,
enajenar o gravar los bienes, valores o derechos de la Asociación. Ad-
quirir toda clase de bienes, conferir y revocar en su caso los respectivos
poderes de administración, y en general, ejecutar toda clase de actos y
acuerdos que sean encomendados por la Junta Directiva.
CAPITULO XIII.
Atribuciones del Síndico
Art. 41.- Le corresponderá al Síndico:
Representar conjuntamente con el Presidente a la Asociación; Fis-calizar las actuaciones de los miembros de la Junta Directiva; Fiscalizar los actos celebrados en nombre a la Asociación; y Otras atribuciones encomendadas por Asamblea General y Junta Directiva.
CAPITULO XIV.
Atribuciones del Secretario
Art. 42.- Son atribuciones del Secretario:
Llevar los libros de actas de sesiones de Asamblea General y Junta Directiva; Llevar documentos y registros de los miembros de la Asociación; Extender las certifi caciones que le fueran solicitadas a la Asociación; Elaborar y enviar las convocatorias para Asamblea General a los miembros Asociados; Elaborar y enviar las convocatorias a los miembros de Junta Directiva; Ser ofi cialmente el órgano de comunicación formal ante la Asociación.
CAPITULO XV
Del Tesorero
Art. 43.- Son atribuciones del Tesorero:
Representar conjuntamente con el Presidente en todas las erogaciones de la Asociación;
Autorizar juntamente con el Presidente las erogaciones de la Asociación; Recibir y depositar los fondos que la Asociación obtenga a cualquier título; Llevar y tener control directo de los libros contables;
Presentar a la Junta Directiva los estados fi nancieros en forma periódica y cada vez que sean requeridos;
Demás atribuciones encomendadas por la Junta Directiva.
CAPITULO XVI
De los Vocales
Art. 44.- Son atribuciones de los Vocales:
Sustituir a cualquier miembro de la Junta Directiva en caso de ausencia o impedimento, de conformidad a los presentes Estatutos; Co-ordinar las Comisiones de Apoyo que se formen para asuntos específi cos; Acompañar a la Junta Directiva en gestiones externas a la Asociación; Asistir puntualmente a reuniones que sean convocados.
CAPITULO XVII
De las Comisiones
Art. 45.- La Asociación de desarrollo comunal para la gestión del agua “ACOAP” del Cantón Llano de la Hacienda del Municipio de San Isidro, Cabañas para lograr los fi nes y objetivos tendrá en su estructura las Comisiones que considere necesarios las cuales dependerán jerár-
quicamente de la Junta Directiva; estas Comisiones estarán coordinadas
por uno o más miembros de la Asociación.
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Las Comisiones necesarias para el funcionamiento de la Asociación
conformadas actualmente son:
a) Comisión de Aspectos Ambientales y Educación Ambien-
tal;
b) Comisión de Recursos Hídricos;
c) Comisión de Información, Promoción y Afi liación;
d) Comisión de Legalización.
Art. 46.- Los lineamientos de trabajo de cada Comisión los deter-
minará la Junta Directiva, para los cuales la Junta Directiva tendrá que
tomar en cuenta las necesidades de trabajo de la Asociación.
CAPITULO XVIII
De La Facultad de Conciliación
Art. 47.- La Junta Directiva de la Asociación está facultada para
establecer medidas y mecanismos de soluciones alternativas de confl ictos
entre usuarios y otros actores a través de la conciliación en lo relacio-
nado al uso, aprovechamiento y protección de los recursos naturales y
en especial los recursos hídricos.
Art. 48.- La Junta Directiva de la Asociación podrá implementar un
sistema para resolver en calidad de autoridad arbitral todas las cuestiones
que se susciten entre los socios sobre repartición de aguas o ejercicio de
los derechos que tengan como miembros de la organización y también
aquellas controversias que surjan sobre sus fallos llevarán la fi rma de
los que hayan concurrido al acuerdo de mayoría.
CAPITULO XIX
De la Modifi cación, Adición de Estatutos
Art. 49.- La reforma de los presentes Estatutos sólo podrá ser
aprobada en Asamblea General Extraordinaria por lo menos por dos
tercios del total de asociados, que se encuentren debidamente inscritos
en el registro de la Asociación.
El proceso de modifi cación o adición a los presentes Estatutos, se
regirá con las mismas formalidades para la constitución de la Asocia-
ción.
CAPITULO XX
De la Disolución y Liquidación
Art. 50.- La Asociación sólo podrá disolverse por incurrir en una
causal establecida en los presentes Estatutos o por acuerdo en Asamblea
General Extraordinaria convocada para tal efecto.
La resolución de disolución y liquidación será válida cuando sea
acordada por las tres cuartas partes de sus miembros debidamente inscritos
en la Asociación.
Art. 51.- En caso de disolverse la Asociación, la Asamblea General
de Asociados deberá nombrar una Junta de Liquidadores formada por 3
personas.
La Junta de Liquidadores nombrada deberá cancelar los compro-
misos y deudas de la Asociación, y si hubiere remanente éste se donará
a la entidad benéfi ca o cultural que los asociados en Asamblea General
decidan.
CAPITULO XXI
Promulgación y Vigencia
Art. 52.- Los presentes Estatutos serán vigentes a partir de los ocho
días después de la publicación en el Diario Ofi cial.
EL INFRASCRITO ALCALDE MUNICIPAL:
CERTIFICA: Que en el Libro de Actas y Acuerdos del Concejo
Municipal, ACTA NUMERO SEIS, Sesión Ordinaria de fecha seis de
Marzo del Dos Mil ocho. Se encuentra el Acuerdo que Dice: NUMERO
DIECISIETE. El Concejo Municipal en uso de las facultades que les
confi ere los artículos 30, numeral 23 y 119 del Código Municipal Vigente,
considerando vistos los Estatutos que Regirán el Funcionamiento de la
“Asociación Comunal del Agua Potable C/ Llano de la Hacienda”, que
se abrevia, “ACOAP C/ LLANO DE LA HACIENDA” que consta de
Cincuenta y dos Artículos y no encontrando en ellos, disposiciones que
contraríen las Leyes de la Republica, las Buenas costumbres, ni el Orden
Público. Por lo tanto este Concejo Municipal, ACUERDA: Aprobarlos en
todas sus partes, confi riendo a dicha Asociación el Carácter de Personería
Jurídica. Certifíquese y comuníquese.
Es conforme con su original con el cual se confronto y para que
sirva de legal notifi cación, se extiende la presente a los Veinticinco días
del mes de Marzo del Dos Mil Ocho.
JOSE IGNACIO BAUTISTA,
ALCALDE MUNICIPAL.-
ROSICELA MARTINEZ VIDES,
SECRETARIA MUNICIPAL.
(Registro No. F001771)
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ESTATUTOS DE LA ASOCIACION
DE DESARROLLO COMUNAL DEL
CASERIO LLANOS DE ACHICHILCO,
CANTON ACHICHILCO, MUNICIPIO DE SAN VICENTE,
DEPARTAMENTO DE SAN VICENTE.
CAPITULO UNO
DENOMINACION, DURACION, DOMICILIO, FINES
Y METAS
Art. 1.- La Asociación que se constituye estará regulada por el
ordenamiento legal, municipal y todas las demás disposiciones legales
aplicables, estará al servicio de la comunidad de su domicilio para el
desarrollo de los planes, programas y proyectos de interés social, cultural
y económico; es de carácter apolítico, no religioso y no lucrativo; y se
denominará ASOCIACION DE DESARROLLO COMUNAL CASERIO
LLANOS DE ACHICHILCO, CANTON ACHICHILCO, JURISDIC-
CION DE SAN VICENTE. La cual podrá abreviarse “ADESCOCAU-
NIDOS”, que en los presentes Estatutos se llamará la Asociación.
Art. 2.- La duración de la Asociación será por tiempo indefi nido,
sin embargo, podrá disolverse y liquidarse en cualquiera de los casos
previstos en Ordenanzas y Reglamento Municipales, Ley de Desarrollo
Comunal y estos Estatutos.
Art. 3.- El domicilio de la Asociación será Caserío Llanos de Achi-
chilco, Cantón Achichilco, Municipio de San Vicente, Departamento de
San Vicente.
Art. 4.- Los fi nes de la Asociación son de carácter general:
Son fi nes generales:
a) La formación del hombre y la mujer en lo que respecta a edu-
cación, salud, economía y medio ambiente; la obra física será
considerada como un medio y proyección que la Asociación
aprovechará para el logro de lo primero en este literal.
b) Fomentar la solidaridad, cooperación y democracia de sus
miembros y todos los habitantes de la comunidad.
c) Impulsar y participar en programas de capacitación
promocional de los dirigentes y de los grupos comunales,
con el fi n de contribuir al mejoramiento de la Asociación
Comunal.
d) Promover el desarrollo de la respectiva localidad, conjunta-
mente con el Concejo Municipal, otros Organismos Guber-
namentales e Instituciones Autónomas, privadas y/o persona
jurídica que participan en programas y proyectos de benefi cio
comunal.
Art. 5.- La Asociación se propone cubrir sus metas de acuerdo a un
Plan de Trabajo, aprobado por la Alcaldía Municipal de San Vicente, el
desarrollo del hombre y la mujer es lo primero, procurando su formación
integral espontánea, por medio de la educación, la cultura, la economía, la
salud y el deporte: incentivando la democratización, factor indispensable
para la buena armonía de la ciudadanía.
La obra física será producto de] esfuerzo propio, la ayuda del
Concejo Municipal y de las Instituciones Estatales, Empresas Privadas
e Instituciones Internacionales. La Asociación se propone desarrollar en
distintas etapas, es decir a corto, mediano y largo plazo lo siguiente:
1.- Introducción de Energía Eléctrica.
2.- Empedrado o adoquinado de Calle principal.
3.- Nivelación de Camino Vecinal.
4.- Reconstrucción de Puente Vecinal.
5.- Construcción de Muro de Contención.
6.- Construcción de Pasarela Peatonal.
7.- Proyecto de Alfabetización de Adultos.
CAPITULO DOS
DE LOS SOCIOS
Art. 6.- La calidad de los socios será: Activos y Honorarios.
Todos deben ser mayores de dieciocho años,
a) Son Socios Activos: Todas las personas que reúnan los requi-
sitos señalados en el inciso anterior, residentes dentro de los límites de la
unidad vecinal correspondiente o en vecindades colindantes inmediatas,
que hayan residido en este lugar por un período no menor de un año.
b) Son Socios Honorarios: Aquellas personas a quienes la Asam-
blea General, por su iniciativa o/a propuesta de la Junta Directiva, les
conceda tal calidad, en atención a sus méritos personales y relevantes
servicios prestados a la Asociación o Comunidad.
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Art. 7.- Los Socios Honorarios gozarán de los derechos que la
Asamblea General les otorgue.
CAPITULO TRES
DEL GOBIERNO DE LA ASOCIACION
Art.- 8 El Gobierno de la Asociación será ejercido por la Asamblea
General y la Junta Directiva.
Art.- 9 La Asamblea General será el máximo Organismo de la
Asociación y se integrará con todos o con la mayoría de socios activos,
pudiendo haber representación de socios; pero cada socio no podrá llevar
más de una representación, las resoluciones se tomarán por mayoría de
votos de los presentes o representados.
Art. 10.- La Asamblea General se reunirá Ordinariamente dos veces
al año con intervalos de seis meses, y extraordinariamente cuando sea
convocada por la Junta Directiva, a iniciativa propia o a solicitud de diez
miembros afi liado a la Asociación.
Art. 11.- En las Asambleas Generales Ordinarias, se tratarán los
asuntos comprendidos en la agenda y los que propongan los socios; en
las Asambleas Extraordinarias, sólo se tratarán los asuntos compren-
didos en la convocatoria, y cualquier decisión sobre otros aspectos no
comprendidos en la agenda será nula.
Art. 12.- La convocatoria para Asamblea General Ordinaria o
Extraordinaria, se hará por medio de circular dirigida a los socios con
quince días de anticipación para la primera, y con cuarenta y ocho horas
de anticipación para la segunda, indicando lugar, día y hora en que se
celebrará la Asamblea General; si a la hora señalada no pudiere celebrarse
la sesión por falta de quórum, ésta se llevará acabo el día siguiente con
los SOCIOS que concurran.
En este último caso las resoluciones que se tomen serán obligatorias
aún para aquellos que legalmente convocados no asistieron.
Art. 13.- Son atribuciones de la Asamblea General:
a) Elegir y dar posesión a los miembros de la Junta Directiva.
b) Conocer de la Memoria Anual presentada por la Junta Direc-
tiva, aprobándola o desaprobándola,
c) Destituir por causas justifi cadas a los miembros de la Junta
Directiva y elegir a sus sustitutos, así mismo retirar la cali-
dad de miembros a los que hubieran renunciado, fallecido o
pierdan su calidad de socios.
d) Pedir a la Junta Directiva los informes que crea convenien-
te.
e) Otorgar la calidad de Socio Honorario.
f) Acordar la destitución total o parcial de los miembros de la
Junta Directiva.
g) Aprobar el Plan de Trabajo Anual y el Presupuesto corres-
pondiente.
h) Acordar la aprobación o modifi cación de los presentes
Estatutos a iniciativa de la Junta Directiva, o a solicitud del
60% de los socios, como mínimo y someterlos a la aprobación
del Concejo Municipal,
i) Aprobar el Reglamento Interno de la Asociación y los que
sean necesarios.
j) Cumplir y hacer cumplir los presentes Estatutos y Reglamentos
que se dictaren.
CAPITULO CUATRO
DE LA JUNTA DIRECTIVA
Art. 14.- La Junta Directiva será integrada por once miembros
electos en la Asamblea General por votación nominal y pública.
En todo caso la nominación de los cargos será la siguiente: un
Presidente, un Vicepresidente, un Secretario General, un Secretario de
Actas, un Tesorero, un Síndico y cinco Vocales.
Art. 15.- La Junta Directiva fungirá por un período de dos años.
Art. 16.- La Junta Directiva se reunirá Ordinariamente cada quince
días y Extraordinariamente cuantas veces sea convocada por el Presi-
dente; para que la sesión sea válida deberán concurrir por lo menos seis
de sus miembros y las resoluciones se tomarán por mayoría de votos.
En caso de empate, el Presidente o quien haga las veces, tendrá voto de
calidad.
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CAPITULO CINCO
PATRIMONIO DE: LA ASOCIACION
Art. 17.- El patrimonio de la Asociación estará constituido por:
a) El monto de las contribuciones que aporten los socios.
b) Las herencias, donativos y legados que reciba la Asocia-
ción.
c) Los fondos recaudados en las actividades programadas y
realizadas.
d) Los bienes muebles e inmuebles que adquiera a cualquier título
y las rentas que se obtengan por el alquiler de los mismos.
Art. 18.- De las utilidades netas obtenidas por la Asociación, ésta
aportará el cinco por ciento para formar el fondo de reserva a fi n de
incrementar el capital bancario a nombre de la Asociación.
La que llevará un libro especial de registro de capital en el que
deberá expresarse todo incremento o disminución del mismo.
CAPITULO SEIS
DISOLUCION DE LA ASOCIACION
Art. 19.- La Asociación podrá disolverse, cuando las dos terceras
partes de los socios así lo dispongan en Asamblea General y en tal caso
los fondos y bienes que existan a la fecha de su disolución, el Concejo
Municipal lo destinará a Programas de Desarrollo Comunal, preferen-
temente en la localidad del domicilio de la Asociación, mientras no se
realice su inversión, el remanente estará bajo el control del Concejo
Municipal Jurisdiccional.
CAPITULO SIETE
PROCEDIMIENTO ESPECIAL PARA LA REMOCION
DE ASOCIADOS Y DIRECTIVOS
Art. 20.- Los miembros de la Asociación, podrán ser retirados de
ella por acuerdo de la Junta Directiva, tomado por mayoría de votos
y previa audiencia del interesado, por infracciones a las ordenanzas,
reglamentos municipales y estos Estatutos.
Se consideran como causales de retiro o expulsión las siguientes
anomalías:
a) Por mala conducta del socio que se traduzca en perjuicio
grave para la Asociación.
b) Por negarse sin motivo justifi cado a cumplir los cargos de
elección o comisiones que le sean delegados por la Asamblea
General o Junta Directiva.
c) Por promover actividades políticas, religiosas o
antidemocráticas y de otra naturaleza que perjudiquen a la
Asociación.
d) Por obtener benefi cios por medio del fraude, para sí o para
terceros que afecten a la Asociación.
e) Por cometer algún delito o falta grave en perjuicio de la
Asociación.
Art. 21.- Los miembros de la Junta Directiva electos por la Asam-
blea General, podrán ser suspendidos temporal o defi nitivamente según
la gravedad del caso.
La suspensión defi nitiva únicamente podrá ser acordada por la
Asamblea General y la suspensión temporal por la Junta Directiva y por
la Asamblea General
Art. 22.- Para proceder a la suspensión temporal, la Junta Directiva
nombrará una comisión de dos de sus miembros, y juntamente con el
Comité de Vigilancia, ellos investigarán los hechos y al oír el informe
de éstos y las razones que el supuesto infractor exponga en su defensa
resolverá.
En caso de la suspensión defi nitiva fuera confi rmada, la Junta
Directiva seguirá el procedimiento a que se refi ere el inciso anterior,
acordada que fuere ésta, se nombrará a los sustitutos.
Art. 23 En caso de que la Junta Directiva no proceda a conformidad
a los artículos anteriores dentro del plazo de diez días de conocida la
infracción, por lo menos un número de cinco asociados podrán pedir al
Concejo Municipal, para que éste resuelva lo siguiente:
a) El nombramiento dentro de los mismos, de la comisión
investigadora.
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b) Convocar a la Asamblea General que conocerá sobre la sus-
pensión en base a los informes de la comisión investigadora,
el procedimiento anterior se seguirá cuando de acuerdo a las
infracciones deba conocerse sobre la suspensión temporal o
defi nitiva de toda la Junta Directiva, o cuando por tratarse de
un número considerable de miembros cuando los restantes
no inicien el procedimiento dentro del plazo establecido en
el inciso anterior, en todos los casos de este artículo, será
la Asamblea General la que resuelva sobre la suspensión
temporal o defi nitiva de los miembros.
Y en la misma sesión elegirá y dará posesión por el tiempo de la
suspensión o por el resto del periodo de los Directivos suspendidos.
Art. 24.- De las resoluciones establecidas por la suspensión tem-
poral decretada por la Junta Directiva, únicamente podrá interponerse
el recurso de revisión, para ante la misma, dentro del tercer día de la
notifi cación, de las resoluciones de la Asamblea General, no se admitirá
ningún recurso.
CAPITULO OCHO
DISPOSICIONES GENERALES
Art. 25.- La Junta Directiva tiene la obligación de enviar al Concejo
Municipal de su domicilio en los primeros quince días posteriores a la
elección, la nómina de la nueva Junta Directiva, en todo caso propor-
cionará al Concejo Municipal de su domicilio cualquier dato que se le
pidiere relativo a la Asociación.
Art. 26.- Comunicará en la forma expresada en el inciso anterior,
las sustituciones de los miembros de la Junta Directiva, cuando sea en
forma defi nitiva.
Art. 27.- Dentro de treinta días posteriores a la elección de la Nueva
Junta Directiva deberá enviar al Concejo Municipal de su domicilio el Plan
de Trabajo correspondiente y la nómina de la Nueva Junta Directiva.
Art. 28.- La Junta Directiva con el apoyo del pleno y en la Asamblea
General, podrá acordar la entrega de certifi cados, diplomas o medallas al
mérito a personas, autoridades o instituciones que demuestran espíritu
de servicio a favor de la Asociación y de la comunidad.
Art. 29.- Un reglamento interno determinará la forma de dar
cumplimiento a las disposiciones de los presentes Estatutos, el cuál
será sometido por la Junta Directiva a la Asamblea General para su
aprobación.
Art. 30.- Los presentes Estatutos entrarán en vigencia ocho días
después de su publicación en el Diario Ofi cial.
EL INFRASCRITO ALCALDE MUNICIPAL:
CERTIFICA: Que en el Expediente que lleva esta Alcaldía sobre
la Comunidad Llanos de Achichilco se encuentra el Acuerdo de otorga-
miento de la Personalidad Jurídica a la ADESCOCAUNIDOS, el cual
literalmente dice: “””””
ACUERDO No. 54. ALCALDIA MUNICIPAL: San Vicente, a
las once horas con cinco minutos del día veinticuatro de Marzo de
mil novecientos noventa y cinco.- Visto los Estatutos anteriores de la
ASOCIACION DE DESARROLLO COMUNAL CASERIO LLANOS
DE ACHICHILCO, CANTON ACHICHILCO de esta jurisdicción,
“ADESCOCAUNIDOS”, del Departamento de San Vicente, fundada en
la ciudad de San Vicente, Departamento de San Vicente. Compuesto de
30 Artículos, y no encontrando ninguna disposición en ellos contraria
a las Leyes del País, el orden público, ni a las buenas costumbres, de
conformidad con los Artículos 118 y 121 del Código Municipal, el Con-
cejo Municipal, ACUERDA: Aprobar en todas sus partes, confi riendo
a dicha entidad el carácter de PERSONA JURIDICA. Comuníquese y
publíquese al Diario Ofi cial.
Es conforme con su original con el cual se confrontó y para que
sirva de legal notifi cación, se extiende la presente a los veintiocho días
del mes de enero de dos mil ocho.
Ing. RIGOBERTO SARAVIA MEJIA,
ALCALDE MUNICIPAL.
JOSE ALCIDES ALFARO,
SECRETARIO MUNICIPAL.
(Registro No. F001722)
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75DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 1 de Abril de 2008.
DECLARATORIA DE HERENCIA
LICENCIADA MARGARITA DE LOS ANGELES FUENTES DE SA-NABRIA, JUEZA DE PRIMERA INSTANCIA DE TONACATEPEQUE, AL PÚBLICO PARA LOS EFECTOS DE LEY
AVISA: Que por resolución de las once horas con veinte minutos del día veintisiete de febrero del año dos mil ocho, se han declarado herederos defi nitivos y con benefi cio de inventario de la herencia intestada que a su defunción dejó el señor MARCO ANTONIO RIVERA MARTINEZ, CONOCIDO POR MARCO ANTONIO RIVERA, fallecido el día dos de marzo del año dos mil cuatro, siendo esta ciudad su último domicilio, a MILAGRO DEL ROSARIO GUATEMALA DE RIVERA, en calidad de cónyuge sobreviviente, a JOSE WILLIAM DE JESUS y LOURDES MARÍA, ambos de apellidos RIVERA GUATEMALA, SARA INES RIVERA JIMENEZ, como hijos del causante, esta última representa-da por su madre señora Vilma Yanira Jiménez Cañas, y a los señores FAUSTINO RIVERA MORENO e IRMA MARTINEZ AVALOS, como padres del de cujus, y se les ha conferido a los mencionados herederos la administración y representación defi nitiva de la sucesión, la cuarta siendo menor deberá ejercerla por medio de su representante legal antes mencionada.
Librado en el Juzgado de Primera Instancia de Tonacatepeque, a los cuatro días del mes de marzo del año dos mil ocho.- LIC. MAR-GARITA DE LOS ANGELES FUENTES DE SANABRIA, JUEZA DE PRIMERA INSTANCIA.- LIC. ANA LETICIA ARIAS ZETINO, SECRETARIO.
Of. 1 v. No. 280
ACEPTACION DE HERENCIA
LICENCIADA MARIBEL DEL ROSARIO MORALES FLORES, JUEZ DE LO CIVIL DEL DISTRITO JUDICIAL DE CIUDAD DELGADO. Al público,
HACE SABER: Que por resolución de las diez horas y cincuenta y seis minutos del día dieciocho de febrero del año dos mil ocho, se ha tenido por aceptada expresamente y con benefi cio de inventario de la herencia intestada que a su defunción dejó el causante JOSE MARIA MAYORGA QUINTANILLA conocido por JOSE MARIA MAYORGA, quien fue de cuarenta y cuatro años de edad, soltero, Agricultor en pe-queño, originario de Guazapa, San Salvador, quien falleció el día doce de diciembre del año mil novecientos noventa y siete, en Carretera Troncal del Norte Kilómetro diez y medio; y siendo éste el último domicilio del causante, de parte de la señora NORMA YANETH CARBAJAL o NORMA YANETH MAYORGA CARBAJAL, en su calidad de hija del causante. Confi érasele a la aceptante la administración y represen-tación INTERINA de la sucesión con las facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente.
Lo que hago del conocimiento del público para los efectos de Ley.
JUZGADO DE LO CIVIL DE DELGADO, a las once horas quince minutos del día dieciocho de febrero del año dos mil ocho.- LICDA. MARIBEL DEL ROSARIO MORALES FLORES, JUEZ DE LO CIVIL DE DELGADO.- LICDA. SANTOS ELIZABETH QUITEÑO ARIAS, SECRETARIA.
Of. 3 v. alt. No. 281-1
SECCION CARTELES OFICIALESDE PRIMERA PUBLICACIÓN
JOSE MARIA ESTRADA ALVAREZ, JUEZ SEGUNDO DE LO CIVIL DE ESTE MUNICIPIO.
HACE SABER: Al público para efectos de ley, que por resolución de este Juzgado, de las once horas del día veinticinco de febrero del dos mil ocho. SE HA TENIDO POR ACEPTADA expresamente y con benefi cio de inventario de parte de los señores SANTIAGO EDMUNDO JAIMES MIRA y de ANA MARGARITA VISCARRA DE JAIMES, la herencia intestada que a su defunción dejó el causante señor CARLOS SANTIAGO JAIMES VISCARRA, quien fue de treinta y siete años de edad, Estudiante, quien falleció en esta ciudad, lugar de su último domi-cilio, el día cuatro de septiembre de dos mil siete, aceptación que hacen las personas antes mencionadas en su calidad de padres del causante. Y SE LES HA CONFERIDO A LOS ACEPTANTES la administración y representación interinas de la sucesión, con las facultades y restricciones de los Curadores de la Herencia Yacente.
Por lo anterior se cita a los que se crean con derecho a la herencia para que se presenten a este Tribunal a deducirlo en el término de quince días contados desde el siguiente a la tercera publicación del presente edicto.
LIBRADO EN EL JUZGADO SEGUNDO DE LO CIVIL: SAN SALVADOR, a las catorce horas del día veintiocho de febrero del dos mil ocho.- LIC. JOSE MARIA ESTRADA ALVAREZ, JUEZ SEGUNDO DE LO CIVIL.- LIC. TATIANA VILMA MERCEDES CACERES DE ALAS, SECRETARIA.
Of. 3 v. alt. No. 282-1
HERENCIA YACENTE
EL INFRASCRITO JUEZ SEGUNDO DE LO CIVIL DE ESTE DIS-TRITO JUDICIAL.
HACE SABER: Al público para efectos de ley que por resolución de este Juzgado de las nueve horas y veinte minutos del día treinta de agosto de dos mil siete. Se ha declarado Yacente la Herencia dejada por el causante señor JUAN ANTONIO MURGA TRIGUEROS, quien fue de veintisiete años de edad, Técnico en Electrónica, quien falleció en esta ciudad, siendo éste el lugar de su último domicilio, el día diez de octubre de mil novecientos ochenta y seis, en esta ciudad, lugar de su último domicilio sin que persona alguna se haya presentado alegando mejor derecho; y se ha nombrado curador especial de la misma para que la representen a la LICENCIADA JENNY ODETTE AMAYA MONTOYA.-
Por lo anterior se cita a los que se crean con mejor derecho a la herencia para que se presenten a este tribunal a deducirlo en el término de quince días contados desde el día siguiente a la tercera publicación del presente edicto.
LIBRADO EN EL JUZGADO SEGUNDO DE LO CIVIL: SAN SALVADOR, a las diez horas del día dos de Octubre de dos mil siete.- LIC. JOSE MARIA ESTRADA ALVAREZ, JUEZ SEGUNDO DE LO CIVIL.- LIC. TATIANA VILMA MERCEDES CACERES DE ALAS, SECRETARIA.
Of. 3 v. alt. No. 283-1
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76 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 379
DE TERCERA PUBLICACIÓN
ACEPTACION DE HERENCIA
MANUEL PAZ CANALES, JUEZ DE LO CIVIL DE ESTE DISTRITO
JUDICIAL, AL PÚBLICO PARA LOS EFECTOS DE LEY.
HACE SABER: Que por resolución proveída por este Tribunal a
las nueve horas y diez minutos de este día, se ha tenido por aceptada
expresamente y con benefi cio de inventario la herencia Intestada que a
su defunción dejó el causante señor ALBERTO CARPIO, ocurrida el
día veintiséis de mayo del año dos mil cuatro, en el Hospital San Rafael,
Jurisdicción de Santa Tecla, Departamento de La Libertad, siendo el
Municipio de San Pedro Perulapán, su último domicilio, a los señores
MERCEDES CARPIO, DORA ALICIA RAMIREZ CARPIO, MARIA
SONIA RAMIREZ CARPIO, JOSE EFRAIN CARPIO RAMIREZ,
CARLOS OMAR RAMIREZ CARPIO, MERCEDES RAMIREZ
CARPIO, JOSE REMIGIO CARPIO RAMIREZ y SANTOS DAVID
RAMIREZ CARPIO, la primera en su calidad de madre, y los demás
en calidad de hijos del referido causante. Habiéndoseles conferido a los
herederos declarados la administración y representación interina de la
sucesión con las facultades y restricciones de los curadores de la herencia
yacente.
Se citan a los que se crean con derecho a la herencia para que en el
término legal se presenten a este Tribunal a hacer uso de su derecho.
Librado en el Juzgado de lo Civil: Cojutepeque, a las nueve ho-
ras y veinte minutos del día catorce de febrero del año dos mil ocho.
LIC. MANUEL PAZ CANALES, JUEZ DE LO CIVIL. LIC. JOSE
ORLANDO BELTRAN MEJIA, SECRETARIO.
Of. 3 v. alt. No. 271-3
LUIS SALVADOR PEÑA, Juez de lo Civil de este Distrito Judicial, al
público para los efectos de Ley.
HACE SABER: Que por resolución de las diez horas y quince
minutos del día doce de octubre de este año, se ha tenido por aceptada
expresamente y con Benefi cio de Inventario, la Herencia Intestada que
dejó EDGARDO HOMERO ACEVEDO, fallecido el ocho de julio de
mil novecientos noventa y ocho, en el Barrio Los Remedios de esta
ciudad, su último domicilio, por parte de ROSA HILDA BARRAZA o
ROSA HILDA BARRAZA DE ACEVEDO, en concepto de madre del
causante. Nómbrase a la aceptante, interinamente, Administradora y
Representante de la Sucesión, con las facultades y restricciones de los
Curadores de la Herencia Yacente.
Se cita a quienes se consideren con derecho a tal herencia, para
que dentro del término de quince días contados a partir del siguiente de
la tercera publicación de este aviso, se presenten a deducirlo.
JUZGADO DE LO CIVIL: Zacatecoluca, dieciocho de diciembre
de dos mil siete.- DR. LUIS SALVADOR PEÑA, JUEZ DE LO CIVIL.-
JORGE ALBERTO RODRIGUEZ, SECRETARIO.
Of. 3 v. alt. No. 272-3
TITULO DE PROPIEDAD
EL INFRASCRITO ALCALDE MUNICIPAL.
HACE SABER: Que se ha presentado a esta Alcaldía por sí y por
escrito la Licenciada FLOR DE MARIA ELIAS GUEVARA, mayor de
edad, Abogada, del domicilio de San Salvador; con Documento Único
de Identidad número cero cero siete siete nueve nueve nueve ocho guión
cinco, quien actúa en su carácter de Agente Auxiliar, en nombre y repre-
sentación del señor Fiscal General de la República; solicitando TITULO
DE PROPIEDAD, a favor del Estado y Gobierno de El Salvador en el
Ramo del Ministerio de Educación (CONCULTURA), de un inmueble
de naturaleza urbana, situado en el Barrio San Francisco, de este Mu-
nicipio, Departamento de San Miguel, de una extensión superfi cial de
CUATROCIENTOS VEINTIDOS PUNTO CUARENTA Y NUEVE
METROS CUADRADOS; de las medidas y colindancias siguientes:
AL NORTE: Mide veintidós punto cero metros, colinda con Laura Angulo
viuda de Penado, tapial de ladrillo de barro de por medio; AL ORIEN-
TE: Mide diecinueve punto veintidós metros, colinda con propiedad de
Reynaldo Ramos y Nelson Antonio Castro, tapial de ladrillo de barro
de por medio; AL SUR: Mide veintidós punto cincuenta y seis metros,
colinda con cancha de basquetbol propiedad de la Alcaldía Municipal,
tapial de ladrillo de barro de por medio, en este tramo está el acceso al
inmueble desde calle José Matías Delgado con una servidumbre de tres
metros de ancho por veinte metros de largo hasta el portón principal de
dicho inmueble, esta servidumbre linda al lado Poniente con local de los
Juzgados, tapial de ladrillo de por medio y por el lado Oriente con cancha
de basquetbol propiedad de la Alcaldía Municipal; AL PONIENTE: mide
dieciocho punto setenta y tres metros, colinda con Rosa Lilian Velásquez
de Vallejo, tapial de ladrillo de barro de por medio. Los Colindantes son
de este domicilio. El terreno descrito no es dominante, ni sirviente, no
tiene carga o derechos reales que respetar, ni está en proindivisión con
persona alguna. El Estado de El Salvador en el Ramo del Ministerio
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de Educación (CONCULTURA), ha poseído el inmueble, por más de
quince años, de manera quieta, pacífi ca e ininterrumpida, siendo éste
donde actualmente funciona la Casa de la Cultura de El Tránsito, De-
partamento de San Miguel. El inmueble antes descrito, fue adquirido
por el Estado y Gobierno de El Salvador en el Ramo del Ministerio de
Educación (CONCULTURA), el cual se valora en la cantidad de CIEN
MIL DOLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA.
Lo que se hace saber al público para los efectos de Ley.
Alcaldía Municipal: El Tránsito, a los veintiséis días del mes de
febrero de dos mil ocho.- DR. CARLOS ELIAS PORTILLO LAZO, AL-
CALDE MUNICIPAL.- LIC. CRISTIAN OMAR AMAYA MEDRANO,
SECRETARIO MUNICIPAL.
Of. 3 v. alt. No. 273-3
TITULO SUPLETORIO
MANUEL PAZ CANALES, JUEZ DE LO CIVIL DE ESTE DISTRITO
JUDICIAL AL, PUBLICO PARA LOS EFECTOS DE LEY.
HACE SABER.: Que a este Tribunal se ha presentado el Licen-
ciado, BENJAMIN ERNESTO RIVAS SERMEÑO, en su calidad de
Agente Auxiliar del señor Fiscal General de la República en nombre
y representación del Estado y Gobierno de El Salvador en el Ramo de
Educación, solicitando se le extienda Título Supletorio de un inmueble de
naturaleza rústica, situado en Cantón San José La Ceiba, del Municipio
de Candelaria, Departamento de Cuscatlán, de la extensión superfi cial
de QUINIENTOS ONCE PUNTO CINCUENTA Y CUATRO METROS
CUADRADOS, de las medidas y linderos siguientes: AL NORTE: Dis-
tancia de cuarenta metros en línea recta, colinda con resto del inmueble
general, propiedad de Francisco Pérez; AL ORIENTE: Distancia de trece
metros, en línea recta colinda con resto de inmueble general, propiedad
de Francisco Pérez; AL SUR: Distancia de cuarenta metros en línea
recta, colinda con propiedad del Estado de El Salvador, en el Ramo de
Educación, donde funciona el Centro Escolar del Cantón San José La
Ceiba; AL PONIENTE: Distancia de trece metros en línea recta, colinda
con Sucesión de Jesús Matus, mediando servidumbre de tránsito de tres
metros de ancho, por el largo necesario para llegar al inmueble general.
El inmueble lo adquirió por Donación que le hizo el señor ROGELIO
JUAREZ FLORES, el día veinte de febrero del año dos mil cinco, por
lo que aunada la posesión a la del tradente antes mencionado quien
lo poseía desde mil novecientos cincuenta datan más de diez años de
poseerlo, en forma quieta, pacífi ca, e ininterrumpidamente, no está en
proindivisión, no es dominante, ni sirviente, y lo valúa por la cantidad
de DOS MIL DOLARES EXACTOS DE LOS ESTADOS UNIDOS DE
AMERICA.
Librado en el Juzgado de lo Civil: Cojutepeque, a las diez horas y
treinta minutos del día trece de febrero del año dos mil ocho.- LIC. MA-
NUEL PAZ CANALES, JUEZ DE LO CIVIL.- LIC. JOSE ORLANDO
BELTRAN MEJIA, SECRETARIO.
Of. 3 v. alt. No. 274-3
TITULO MUNICIPAL
EL INFRASCRITO ALCALDE MUNICIPAL.
HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado la señora
VALENTINA ARDON, de cincuenta y cinco años de edad, comerciante
en pequeño y del domicilio de esta ciudad, con Documento Único de
Identidad Número 00988749-1, con Número de Identifi cación Tributaria
0810-190552-001-9, a iniciar DILIGENCIAS DE TITULO MUNICI-
PAL, de un solar urbano situado en el Barrio San Antonio de esta ciudad,
compuesto de una extensión superfi cial de DOSCIENTOS CUARENTA
Y OCHO PUNTO SETENTA Y NUEVE METROS CUADRADOS,
que mide y linda: AL NORTE, línea quebrada compuesta de tres tiros
rectos así: el primero, cuatro metros treinta centímetros; el segundo, tres
metros y el tercero, nueve metros, colindando en los tres tiros con terreno
de la señora Elba Leticia Aurora Huezo; AL ORIENTE, línea quebrada
compuesta de dos tiros rectos, el primero, de nueve metros y el segundo
de cinco metros con Lotifi cación Los Oviedo, Río Amayo de por medio;
AL SUR, veintisiete metros, con solar de María Luisa Serrano Castillo,
y AL PONIENTE, línea quebrada de dos tiros rectos así: El primero de
quince metros y el segundo de seis metros diez centímetros con solar
de Graciela Pineda, callejón de por medio de cuatro metros de ancho
que conduce al Río Amayo. El inmueble así descrito no es sirviente, ni
dominante, no tiene cargas, ni derechos reales de ajena pertenencia y lo
posee sin proindivisión con ninguna persona y lo valúa en la suma de UN-
MIL TRESCIENTOS SETENTA Y UN DOLARES CON CUARENTA
Y TRES CENTAVOS DE DÓLAR DE LOS ESTADOS UNIDOS DE
AMERICA.
Por lo que avisa al público para los efectos consiguientes.
ALCALDIA MUNICIPAL DE SAN JUAN NONUALCO, a
tres de marzo del año dos mil ocho.- RENE FRANCISCO GARCIA,
ALCALDE MUNICIPAL.- JOSE ANTONIO ORTIZ, SECRETARIO
MUNICIPAL.
Of. 3 v. alt. No. 275-3
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78 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 379
SECCION CARTELES PAGADOSDE PRIMERA PUBLICACIÓN
DECLARATORIA DE HERENCIA
HUMBERTO GIOVANNI FLORES ARANA, Notario, del domicilio de
la Ciudad de Santa Ana, y con ofi cina situada en el Centro Comercial
Bancario Tomás Regalado, Local Dos-A, Primera Planta, de la ciudad
de Santa Ana.
AVISA: Que por resolución de las nueve horas del día veinticuatro
de Marzo del dos mil ocho, se ha declarado heredero abintestato con
benefi cio de inventario de la señora MARTA ALICIA REYES DE
GODOY, quien fue conocida por MARTHA ALICIA REYES y por
MARTHA ALICIA GODOY, fallecida en la ciudad de Moreno Valley,
Estado de California, Estados Unidos de Norteamérica, siendo ése el
lugar de su último domicilio, y cuya fecha de fallecimiento fue el día
veintitrés de Noviembre del dos mil cinco, al señor SILVIO GODOY, en
su carácter de cónyuge de la causante; confi riéndosele defi nitivamente
la administración y representación de la sucesión.
Santa Ana, veintiséis de Marzo del dos mil ocho.
LIC. HUMBERTO GIOVANNI FLORES ARANA,
NOTARIO.
1 v. No. C018586
JOSE ANTONIO GAMEZ, JUEZ DE LO CIVIL DE USULUTAN.
AVISA: AL PUBLICO PARA LOS EFECTOS DE LEY, que
por resolución de las nueve horas de este día, se ha DECLARADO
HEREDERO DEFINITIVO y con benefi cio de inventario al señor
JOSE CARLOS AREVALO DEL CID, conocido por JOSE CARLOS
AREVALO, en calidad de hijo de la causante señora ANA MARIA
DEL CID, conocida por MARIA DEL CID, en la sucesión intestada
que ésta dejó al fallecer el día treinta de septiembre del dos mil siete,
en el Hospital Nacional San Juan de Dios de San Miguel, siendo esta
ciudad de Usulután el lugar que tuvo como último domicilio.
Confi riéndosele al heredero declarado la administración y repre-
sentación defi nitiva de la sucesión con las facultades de ley.
LIBRADO EN EL JUZGADO DE LO CIVIL: Usulután, a los
once días del mes de marzo del dos mil ocho. LIC. JOSE ANTONIO
GAMEZ, JUEZ DE LO CIVIL.- LICDA. MIRNA MARISOL SIGARAN
HERNANDEZ, SECRETARIA.
1 v. No. F001699
Jorge Remberto Olla Carrillo, Notario, de este domicilio, con Ofi cina de Notariado situada en primera calle poniente número tres-uno, en la Ciudad de Ahuachapán, al público para los efectos de ley.
HACE SABER: Que por resolución proveída por el suscrito Notario, a las doce horas quince minutos del día dieciséis de marzo del corriente año, se ha declarado heredero defi nitivo ab-intestato y con benefi cio de inventario al señor José Clínio Álvarez, de los bienes del causante señor ABRAHAM ALVAREZ SALDAÑA, defunción ocurrida, el día siete de agosto de mil novecientos ochenta y cinco, en el Municipio de Tacuba, del departamento de Ahuachapán, su último domicilio, de nacionalidad salvadoreña, hijo de los señores Francisco Álvarez y de Josefa Saldaña, ya fallecidos; en su calidad de Cesionario de los Derechos Hereditarios que en la misma sucesión le correspondían a la señora DOMINGA ALVAREZ, como sobrina del causante; habiéndoseles conferido la Administración y Representación defi nitiva de la sucesión.
Librado en la Ofi cina de Notariado del Licenciado Jorge Remberto Olla Carrillo, Ahuachapán: a los diecisiete días del mes de marzo de dos mil ocho.
JORGE REMBERTO OLLA CARRILLO,
NOTARIO.
1 v. No. F001706
JOSE MARIA ESTRADA ALVAREZ, JUEZ SEGUNDO DE LO CIVIL DE ESTE MUNICIPIO.
AVISA: Al público para efectos de ley, que por resolución de este Juzgado, de las once horas del seis de marzo del dos mil ocho. SE HA DECLARADO HEREDERO con benefi cio de inventario al señor JUAN ANTONIO LEMUS CAMPOS, de la Herencia Intestada, que ha su de-función dejó el causante señor, DAVID ERNESTO LEMUS CAMPOS, quien fue de treinta y ocho años de edad, Empleado, quien falleció en la Ciudad de Valencia, Condado de Los Ángeles, Estado de California, Estados Unidos de América, siendo éste el lugar de su último domicilio, habiendo fallecido el día trece de abril del año dos mil siete. Declaratoria que se le hace al antes citado señor en su calidad de cesionario de los derechos hereditarios que en la presente sucesión le corresponden a la señora JULIA CAMPOS HOY DE LEMUS, cesión que hace la antes citada señora en su calidad de madre del referido causante. Y SE LE HA CONFERIDO AL HEREDERO DECLARADO la administración y representación defi nitiva de la sucesión, con las facultades y restricciones de los Curadores de la Herencia Yacente.
LIBRADO EN EL JUZGADO SEGUNDO DE LO CIVIL: SAN SALVADOR, a las diez horas del día diez de marzo del dos mil ocho. LIC. JOSE MARIA ESTRADA ALVAREZ, JUEZ SEGUNDO DE LO CIVIL. LIC. TATIANA VILMA MERCEDES CACERES DE ALAS, SECRETARIA.
1 v. No. F001723
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79DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 1 de Abril de 2008.
JUAN JOSÉ RODRÍGUEZ FLORES, Notario, de este domicilio, con
Ofi cina ubicada en Veinticinco Calle Poniente y Veinticinco Avenida Sur,
Ofi cina de Asesoría Legal Católica, Edifi cio “A”, Universidad Católica
de Occidente, ciudad de Santa Ana.
HACE SABER: Que por resolución de las ocho horas del día
veinticinco de Marzo del año dos mil ocho, se ha declarado defi ni-
tivamente Heredera Abintestato y con Benefi cio de Inventario, de la
sucesión intestada que a su muerte dejó el señor MANUEL ENRIQUE
MARTÍNEZ ZALDÍVAR, quien falleció en esta ciudad, el día veinte de
noviembre del año dos mil siete, siendo su último domicilio la ciudad de
Ahuachapán, Departamento de Ahuachapán, a la señora: OLGA MAR-
LENY SOLÍS DE MARTÍNEZ, en su calidad de cónyuge sobreviviente
y como cesionaria de los derechos hereditarios que correspondían a los
señores PEDRO ANTONIO MARTÍNEZ GUINEA y MARÍA CELIA
ZALDÍVAR DE MARTÍNEZ, en concepto de padres del causante. Se
confi ere a la Heredera Declarada la Administración y Representación
Defi nitiva de la sucesión, en la calidad antes señalada.
Lo que se pone en conocimiento del público para los efectos de
ley.
Librado en la Ofi cina del Notario Juan José Rodríguez Flores. En
la ciudad de Santa Ana, a las quince horas del día veintiséis de Marzo
del año dos mil ocho.
JUAN JOSÉ RODRÍGUEZ FLORES,
NOTARIO.
1 v. No. F001724
MELIDA DEL TRANSITO GONZALEZ ORELLANA, JUEZ DE
PRIMERA INSTANCIA DE ESTE DISTRITO JUDICIAL.
AVISA: Que por resolución proveída por este Tribunal a las nueve
horas treinta minutos del día veintiséis de febrero del corriente año, se
ha declarado heredero defi nitivo Ab-Intestato con benefi cio de inventa-
rio, de la herencia intestada que a su defunción dejó el señor RAMON
MENJIVAR ALVARENGA, fallecido a las siete horas treinta minutos
del día diecisiete de febrero de mil novecientos noventa y nueve, en el
Cantón Metalío de esta jurisdicción, siendo la ciudad de Acajutla su
último domicilio; al señor LUIS ALONSO MARTINEZ MENJIVAR,
en su calidad de hijo y además como cesionario del derecho hereditario
que les correspondía a los señores MIRASOL MARTINEZ MENJIVAR,
NELSON EDUARDO MENJIVAR RAMIREZ, MANUEL DE JESUS
MENJIVAR MARTINEZ, JULIO ALBERTO MENJIVAR RAMIREZ,
JOSE ALFREDO RAMIREZ MENJIVAR, ROBERTO MARTINEZ
MENJIVAR y TERESA DE JESUS MENJIVAR HENRIQUEZ, todos
en su carácter de hijos del expresado causante; por lo que se le ha con-
ferido a dicho aceptante la administración y representación defi nitiva
de la indicada sucesión.
Librado en el Juzgado de Primera Instancia: Acajutla, a las diez horas cinco minutos del día veintiséis de febrero del dos mil ocho. LIC. MELIDA DEL TRANSITO GONZALEZ ORELLANA, JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA. LIC. ELSA CORALIA RAMIREZ LEIVA, SECRETARIO.
1 v. No. F001732
TOM ALBERTO HERNANDEZ CHAVEZ, Notario, de este domici-
lio, con despacho notarial ubicado en Séptima Avenida Norte Edifi cio
Dos-C, local doce, Segunda Planta, Urbanización Santa Adela, de esta
Ciudad.
HACE SABER: Que por resolución del suscrito notario, proveída
a las quince horas del día trece de Febrero del año dos mil ocho, se
han declarado a los señores YOLANDA ALBERTINA GUTIÉRREZ y
ROGELIO LARA GUEVARA, en calidad de padres, herederos defi ni-
tivos. con benefi cio de inventario de los bienes de la sucesión intestada
que a su defunción ocurrida a las ocho horas cuarenta minutos del día
veintitrés de Noviembre de mil novecientos noventa y cuatro en la ciudad
de San Salvador su último domicilio, dejó el señor ROGELIO ANTO-
NIO LARA, habiéndoles concedido la representación y administración
defi nitiva de la referida sucesión.
Por lo que se avisa al público para los efectos de ley.
Librado en San Salvador, el día catorce de Febrero del dos mil
ocho.
TOM ALBERTO HERNANDEZ CHAVEZ,
NOTARIO.
1 v. No. F001737
MAURICIO CARRANZA RIVAS, Notario, de este domicilio, con ofi -
cinas en Veinticinco Avenida Norte y Veintisiete Calle Poniente, Edifi cio
Panamericano, Local Doscientos veintiuno, de esta Ciudad.
HACE SABER: Que por resolución del suscrito Notario proveída a
las doce horas del día diecisiete de marzo de dos mil ocho, se ha Declarado
Heredera en Forma Defi nitiva, a los señores MERCEDES TOBAR DE
PEÑA conocida por MERCEDES TOBAR ZAMORA, MERCEDES
DEL CARMEN PEÑA TOBAR, ANA CRISTINA PEÑA TOBAR y
RAMON PEÑA TOBAR, como herederos Testamentarios por sí y como
cesionarios de los derechos hereditarios de JESUS PEÑA TOBAR y
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80 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 379
ANGEL RUTILIO PEÑA TOBAR, con benefi cio de inventario de la
Herencia Testamentaria, acaecida el seis de abril de mil novecientos
noventa y uno; en esta ciudad, siendo éste su último domicilio, que dejó
el señor CRISTOBAL PEÑA MARTINEZ, habiéndoseles conferido la
Administración y representación Defi nitiva de la sucesión.
Lo que se Avisa al Público para los efectos de Ley.
Librado en la Ofi cina del Notario Licenciado MAURICIO
CARRANZA RIVAS, a las nueve horas del día dieciocho de marzo de
dos mil siete.
LIC. MAURICIO CARRANZA RIVAS,
NOTARIO.
1 v. No. F001740
MANUEL PAZ CANALES, JUEZ DE LO CIVIL DE ESTE DISTRITO
JUDICIAL, AL PÚBLICO PARA LOS EFECTOS DE LEY.
AVISA: Que por resolución proveída por este Tribunal, a las nueve
horas y quince minutos de este día, se ha declarado heredera defi nitiva
con benefi cio de inventario en la herencia intestada que a su defunción
dejó la señora JULIA ERSALINA DIAZ URBINA, quien falleció el
día catorce de diciembre del año mil novecientos noventa y dos, en el
Hospital de Neumología de la Ciudad de San Salvador, siendo la Ciudad
de Cojutepeque, su último domicilio, a la señora MARIA VICENTA
ESCOBAR ESCOBAR, conocida por MARIA VICENTA ESCOBAR,
en calidad de Cesionaria de los Derechos Hereditarios que le corres-
pondían al señor JAIME HERIBERTO DIAZ AVALOS, éste como hijo
sobreviviente de la referida causante.
Habiéndose conferido a la aceptante la administración y represen-
tación defi nitiva de la sucesión.
Librado en el Juzgado de lo Civil: Cojutepeque, a las nueve horas
y treinta minutos del día seis de marzo del año dos mil ocho. LIC. MA-
NUEL PAZ CANALES, JUEZ DE LO CIVIL. LIC. JOSE ORLANDO
BELTRAN MEJIA, SECRETARIO.
1 v. No. F001772
Angel Albino Alvarenga, Juez de lo Civil de este Distrito Judicial, al
público para los efectos de ley.
AVISA: Que por resolución de este Juzgado de las quince horas
y treinta minutos del día cinco del corriente mes; se declaró heredero
expresamente, y con benefi cio de inventario, de la herencia intestada que
al fallecer a las seis horas y veinte minutos del día veintidós de octubre
de dos mil seis, en el Hospital Nacional de esta Ciudad, siendo el lugar
de su último domicilio esta Ciudad, Departamento de La Unión, dejó el
causante Gilberto Arias Escobar, conocido registralmente por Gilberto
Arias, a favor del señor Gilberto Romero Arias, en concepto de hijo del
expresado causante, de conformidad con el Art. 988 No. 1º. del Código
Civil; En consecuencia, se le confi rió al aceptante, en el carácter dicho,
la administración y representación defi nitiva de los bienes de la indicada
sucesión.
Librado en el Juzgado de lo Civil de Santa Rosa de Lima, departa-
mento de La Unión, a los siete días del mes de febrero de dos mil ocho.
LIC. ANGEL ALBINO ALVARENGA, JUEZ DE LO CIVIL. LICDA.
MARINA CONCEPCIÓN MARTÍNEZ DE MARTÍNEZ, SECRETA-
RIO.
1 v. No. F001783
JOSE HERNAN PALACIOS LIMA, JUEZ DE LO CIVIL DEL
DISTRITO JUDICIAL DE METAPAN, AL PÚBLICO PARA LOS
EFECTOS DE LEY.
HACE SABER: Que por resolución proveída por este Tribunal a
las doce horas del día diez de marzo de dos mil ocho, se ha declarado
heredera abintestato con benefi cio de inventario a la señora EMELINA
MURCIA DE MAGAÑA, quien lo hace en calidad de CONYUGE SO-
BREVIVIENTE del causante TITO MAGAÑA, quien fue de sesenta
y cuatro años de edad, agricultor, casado, fallecido en día veinticinco
de octubre de dos mil siete, siendo esta ciudad su último domicilio;
habiéndose conferido la administración y representación DEFINITIVA
de la sucesión a la referida heredera.
Librado en el Juzgado de lo Civil: Metapán, a las catorce horas
con treinta minutos del día once de marzo de dos mil ocho. LIC. JOSE
HERNAN PALACIOS LIMA, JUEZ DE LO CIVIL. LICDA. MARIA
LETICIA FIGUEROA FIGUEROA, SECRETARIO.
1 v. No. F001788
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81DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 1 de Abril de 2008.
JOSÉ HUGO ESCALANTE NUÑEZ, JUEZ DE LO CIVIL DE ESTE DISTRITO JUDICIAL AL PUBLICO PARA LOS EFECTOS DE LEY.
AVISA: Que por la resolución de las quince horas y veinticinco minutos del día diecinueve de febrero del presente año, se declaró De-fi nitivamente Heredero y con Benefi cio de Inventario de la HERENCIA INTESTADA de los bienes que a su defunción dejó el causante CARLOS ANTONIO LUNA, quien falleció en el Cantón Zacamil, Calle a Finca Valencia, San Ramón, Hacienda Los Valencia, a las diecisiete horas y treinta minutos del día veintiuno de mayo de dos mil uno, siendo su último domicilio esta Ciudad; al señor OSCAR ANTONIO CAMPOS en su concepto de hijo del Causante.
Confi riéndosele además al heredero declarado en el carácter antes indicado la ADMINISTRACION Y REPRESENTACION DEFINITIVAS de la Sucesión.
Librado en el Juzgado de lo Civil de Mejicanos, a las quince horas y treinta y cinco minutos del día diecinueve de febrero de dos mil ocho.- LIC. JOSE HUGO ESCALANTE NUÑEZ, JUEZ DE LO CIVIL.- LIC. LILIAN ESTELA AGUIRRE HERNANDEZ, SECRETARIA.
1 v. No. F001796
JORGE ALBERTO ALFARO DÍAZ, Notario, del domicilio de Berlín, Departamento de Usulután, con ofi cina ubicada en Barrio San José, fi nal Décima Calle Oriente y Octava Avenida Sur, Berlín, Usulután.
HACE SABER: Que por resolución del suscrito Notario proveída a las diez horas del día diecisiete de los corrientes, en su concepto de hija sobreviviente se ha declarado a la señora ESTELA DEL CARMEN ARAUJO VELÁSQUEZ, heredera defi nitiva con Benefi cio de Inventario de los bienes que a su defunción dejara la señora BLANCA ARAUJO o BLANCA CONSUELO ARAUJO, ocurrida a las trece horas cinco minutos del día cinco de noviembre del año dos mil cuatro, en el kiló-metro setenta y cinco de la Carretera del Litoral, Municipio de Tecoluca, Departamento de San Vicente, a consecuencia de “Trauma Cráneo en-cefálico y Toráxico”, con asistencia médica a la hora del fallecimiento, siendo Santiago de María su último domicilio; habiéndosele conferido a la señora Araujo Velásquez la Representación y Administración Defi nitiva de la referida Sucesión.
Por lo que se le avisa al público para los efectos de la Ley.
Librado en la Ciudad de Berlín, Departamento de Usulután, a los dieciocho días del mes de marzo de dos mil ocho.
LIC. JORGE ALBERTO ALFARO DIAZ,
NOTARIO.
1 v. No. F001797
JUAN RAMON MONTOYA, JUEZ PRIMERO DE LO CIVIL DE ESTE DISTRITO JUDICIAL DE SAN MIGUEL.
AVISA: Que por resolución de las diez horas y doez minutos del día cinco de marzo de dos mil ocho, se ha declarado Heredera Defi nitiva con Benefi cio de Inventario de la Herencia Intestada que a su defunción dejó la señora FELIPA PINEDA, quien falleció a las cero horas el día veintinueve de mayo de agosto del año dos mil siete, en el Instituto Salvadoreño del Seguro Social de San Miguel, siendo esta Ciudad de San Miguel, el lugar de su último domicilio, a la señora XIOMARA LAYDIN ORTIZ DE PINEDA, conocida por XIOMARA LAYDIN ORTIZ PINEDA y por XIOMARA LAYDIN ORTIZ, de veintisiete años de edad, estudiante, de este domicilio, con Documento Único de Identidad Número cero tres millones quinientos setenta y nueve mil cincuenta y uno-siete, como hija de la causante y además como cesionaria de los derechos hereditarios que les correspondían en la Sucesión al señor JOSE OSCAR ORTIZ PINEDA, como hijo de la causante y se ha conferido a la heredera declarada en el carácter indicado la Administración y Representación Defi nitiva de la Sucesión.
Lo que se pone en conocimiento del público para los efectos de Ley.
Librado en el JUZGADO PRIMERO DE LO CIVIL: San Miguel, a las nueve horas y quince minutos del día cinco de marzo de dos mil ocho.- DR. JUAN RAMON MONTOYA, JUEZ PRIMERO DE LO CI-VIL.- LIC. ERNESTO ALCIDES FLORES CAÑAS, SECRETARIO INTO.
1 v. No. F001798
CARLOS WILFREDO GARCÍA AMAYA, JUEZ DE LO CIVIL DEL DISTRITO JUDICIAL DE SOYAPANGO.
AVISA: Que por resolución proveída en este Tribunal, a las nueve horas y cuarenta y nueve minutos del día diez de diciembre de dos mil siete, en las presentes Diligencias de Aceptación de Herencia Intestada del causante ANTONIO ALAS GUEVARA, promovidas por el Abo-gado JOSÉ ALFREDO GUADRÓN MARROQUÍN, en su calidad de Apoderado de la señora ROSALÍA MILAGRO FLORES DE ALAS hoy ROSALÍA MILAGRO FLORES viuda DE ALAS, en su calidad de cónyuge sobreviviente del causante y como cesionaria de los derechos hereditarios que en su calidad de hijos del causante le correspondían a los cedentes de la parte intestada señores REBECA ROSALÍA ALAS DE CRUZ, CECILIA MILAGRO ALAS DE LAZO, MARÍA ELIZABETH ALAS FLORES e ISAAC ANTONIO ALAS FLORES, siendo estos dos últimos también herederos testamentarios de una empresa mercantil que fue propiedad del causante y que cedieron sus derechos a favor de la cónyuge del causante; se ha declarado Heredera ABINTESTATO Y TESTAMENTARIA con Benefi cio de Inventario de la Herencia INTESTADA Y TESTAMENTARIA que a su defunción dejó el causante ANTONIO ALAS GUEVARA, quien fue de cincuenta y nueve años de edad, comerciante, casado, originario de Panchimalco, Departamento de San Salvador, de este domicilio, de nacionalidad salvadoreña, hijo de María Guevara y Luis Alas, quien falleció el día cuatro de julio de dos mil siete; a la señora ROSALÍA MILAGRO FLORES DE ALAS
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82 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 379
hoy ROSALÍA MILAGRO FLORES viuda DE ALAS, en su calidad de cónyuge sobreviviente del causante y como cesionaria de los derechos hereditarios que en su calidad de hijos del causante le correspondían a los cedentes de la parte intestada señores REBECA ROSALÍA ALAS DE CRUZ, CECILIA MILAGRO ALAS DE LAZO, MARÍA ELIZABETH ALAS FLORES e ISAAC ANTONIO ALAS FLORES, siendo estos dos últimos también herederos testamentarios de una empresa mercantil que fue propiedad del causante y que cedieron sus derechos a favor de la cónyuge del causante.
Se ha conferido a la heredera declarada la Representación y Ad-ministración Defi nitiva de la Herencia Intestada y Testamentaria.
Lo que se pone en conocimiento del público para los efectos de Ley.
Librado en el Juzgado de lo Civil de Soyapango, a las quince horas y treinta y dos minutos del día trece de febrero de dos mil ocho.- LIC. CAR-LOS WILFREDO GARCÍA AMAYA, JUEZ DE LO CIVIL.- LICDA. MARIA ESTELA SORIANO NAVARRETE, SECRETARIA.
1 v. No. F001799
JUAN RAMON MONTOYA, JUEZ PRIMERO DE LO CIVIL DE ESTE DISTRITO JUDICIAL DE SAN MIGUEL.
AVISA: Que por resolución de las diez horas y cuarenta minu-tos del día siete de marzo de dos mil ocho, se ha declarado Heredero Defi nitivo con Benefi cio de Inventario de la Herencia Intestada que a su defunción dejó la señora MARIA DE LA PAZ SEGOVIA, quien falleció a las doce horas treinta minutos del día doce de diciembre del año dos mil seis, en el Caserío El Carao, de esta jurisdicción, siendo la ciudad de Chirilagua, el lugar de su último domicilio, al señor JOSE SEBASTIAN MARTINEZ MARTINEZ, de treinta y cinco años de edad, agricultor, de este domicilio, portador de su Documento Único de Identidad Número cero tres millones setecientos cuarenta y cinco mil doscientos noventa y ocho-siete, como cesionario de los derechos hereditarios que le correspondía en la sucesión al señor BARTOLOME SEGOVIA MARTINEZ, conocido por BARTOLOME MARTINEZ, como hijo de la causante; y se ha conferido al heredero declarado en el carácter indicado la Administración y Representación Defi nitiva de la Sucesión.
Lo que se pone en conocimiento del público para los efectos de Ley.
Librado en el JUZGADO PRIMERO DE LO CIVIL: San Miguel, a las diez horas y cuarenta y cinco minutos del día siete de marzo de dos mil ocho.- DR. JUAN RAMON MONTOYA, JUEZ PRIMERO DE LO CIVIL.- LIC. ERNESTO ALCIDES FLORES CAÑAS, SECRETARIO INTO.
1 v. No. F001802
LA INFRASCRITA JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA DE ESTE DISTRITO JUDICIAL:
HACE SABER: Que por resolución pronunciada por este Tribunal, a las quince horas y cuarenta y seis minutos del día tres de enero del
año dos mil ocho, ha sido declarada HEREDERA DEFINITIVA Y CON BENEFICIO DE INVENTARIO DE LA HERENCIA INTESTADA que a su defunción dejó el señor JOSE ABEL HERNANDEZ o ABEL HERNANDEZ FUENTES o ABEL HERNANDEZ, quien falleció el día catorce de octubre del año de mil novecientos noventa y dos, en el Cantón Llano El Ángel, Jurisdicción de Ciudad Barrios, Departamento de San Miguel, siendo su último domicilio el de esta Ciudad; a la señora MARIA MARLENY HERNANDEZ CHICAS, en calidad de hija del causante.
Habiéndole conferido a la heredera declarada en el carácter indicado, la Administración y Representación Defi nitiva de la Sucesión.
Librado en el Juzgado de Primera Instancia de Ciudad Barrios, Departamento de San Miguel, a las nueve horas y cuarenta y siete minutos del día siete de enero del año dos mil ocho.- LICDA. ANA LETICIA ORELLANA DE VARGAS, JUEZA DE PRIMERA INSTANCIA.- BR. EDWIN BLADIMIR PORTILLO ZULETA, SECRETARIO.
1 v. No. F001813
MARIA ESTHER FERRUFINO viuda DE PARADA, JUEZ SEGUNDO DE LO CIVIL DE SAN MIGUEL.
AVISA: Que por resolución de las nueve horas y cincuenta minu-tos del día nueve de enero del dos mil ocho, se ha declarado herederos expresamente y con Benefi cio de Inventario de la Herencia Intestada que a su defunción dejó la señora MERCEDES ZALDIVAR DE CHAVEZ, conocida por MERCEDES ZALDIVAR o MERCEDES ALVAREZ DE CHAVEZ, quien falleció a las veintiuno horas del día veinte de agosto del dos mil seis, en el Barrio El Calvario de la Ciudad de San Miguel, siendo este lugar su último domicilio, al señor JOSE RAUL CHAVEZ GUEVARA o JOSE RAUL CHAVEZ, en calidad de cónyuge sobrevi-viente de la causante y se le ha conferido al heredero declarado, en el carácter antes indicado, la Administración y Representación Defi nitivas de la Sucesión.
Lo que se pone en conocimiento del público para los efectos de Ley.
Librado en el Juzgado Segundo de lo Civil: San Miguel, a las nueve horas y cincuenta y ocho minutos del día nueve de enero del dos mil ocho.- DRA. MARIA ESTHER FERRUFINO viuda DE PARADA, JUEZ SEGUNDO DE LO CIVIL.- LICENCIADA MARTA DOLORES COREAS, SECRETARIA.
1 v. No. F001814
LICENCIADA MARIBEL DEL ROSARIO MORALES FLORES, JUEZ DE LO CIVIL DEL DISTRITO JUDICIAL DE DELGADO.
AVISA: Que por resolución de las diez horas y cincuenta minutos del día cuatro de marzo del año dos mil ocho, se ha declarado HEREDERA DEFINITIVA con Benefi cio de Inventario de la Herencia Testamentaria que a su defunción dejó el señor CARLOS CARCAMO MENA, quien fue de ochenta y un años de edad, empleado, casado, fallecido el día veintidós de junio de dos mil siete, en Cuscatancingo, siendo su último domicilio, de parte de la señora VIRGINIA GUZMAN DE CARCAMO en su calidad de Heredera Testamentaria de los bienes dejados por el causante, representada a través de la Abogada MARIA ELENA PEREZ JURADO.
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83DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 1 de Abril de 2008.
Confi riéndosele a la aceptante la Administración y Representación Defi nitiva de la Sucesión.
Lo que hago del conocimiento del público para los efectos de Ley.
JUZGADO DE LO CIVIL DE DELGADO, a las diez horas y cincuenta y cinco minutos del día cuatro de marzo del año dos mil ocho.- LICDA. MARIBEL DEL ROSARIO MORALES FLORES, JUEZ DE LO CIVIL DE DELGADO.- LICDA. SANTOS ELIZABETH QUITEÑO ARIAS, SECRETARIA.
1 v. No. F001815
EL INFRASCRITO JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA DE SUCHITOTO, AL PUBLICO PARA LOS EFECTOS DE LEY.
HACE SABER: Que según resolución pronunciada por este Juzgado, a las catorce horas y quince minutos de esta misma fecha, del presente mes y del corriente año, ha sido DECLARADA HEREDERA DEFINITIVA con Benefi cio de Inventario de los bienes Intestados que a su defunción dejara la señora GUADALUPE DE JESÚS ACOSTA DURAN, quien falleció a las catorce horas treinta minutos del día die-ciséis de agosto de dos mil siete, en el Hospital Nacional Rosales de San Salvador, siendo su último domicilio esta ciudad; a la señora JOSEFINA MARISOL ACOSTA DE BORJA; quien actúa en su concepto de hija de dicha causante.
Se le ha conferido a la heredera declarada la Administración y Representación Defi nitiva de la expresada Sucesión.
Librado en el Juzgado de Primera Instancia: Suchitoto, a las diez horas y treinta minutos del día veinticinco de marzo del dos mil ocho.- LIC. OSWALDO DAGOBERTO ARGUETA FUNES, JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA.- LICDA. JUANA DE JESUS FIGUEROA COCA, SECRETARIA.
1 v. No. F001825
SAUL ANTONIO MENJIVAR ALAS, Notario, de este domicilio, con Despacho Notarial ubicado en Doce Calle Poniente, número dos mil cuatrocientos diecinueve, Colonia Flor Blanca, San Salvador.
HACE SABER: Que por resolución del suscrito Notario, proveída a las doce horas del día veintiséis de marzo de dos mil ocho, se ha declarado a los señores: MARIA MARTA HERNANDEZ NAJARRO, ELBA ESPERANZA HERNANDEZ DE MERINO y JULIO ANTO-NIO HERNANDEZ NAJARRO, herederos Defi nitivos con Benefi cio de Inventario de los bienes que a su defunción ocurrida en la ciudad de Wilton Manors, Estado de Florida, Estados Unidos de América, su último domicilio, el día uno de diciembre de mil novecientos noventa y ocho, dejara la señora MARIA RITA HERNANDEZ conocida por MARIA MARTA HERNANDEZ y por MARTA HERNANDEZ, en su concepto de hijos de la causante; habiéndoseles concedido la Representación y Administración Defi nitiva de la referida Sucesión.
Por lo que se avisa al público para los efectos de Ley.
Librado en la ciudad de San Salvador, a las catorce horas del día veintisiete de marzo de dos mil ocho.
SAUL ANTONIO MENJIVAR ALAS,NOTARIO.
1 v. No. F001835
JUAN RAMON MONTOYA, JUEZ PRIMERO DE LO CIVIL DE ESTE DISTRITO JUDICIAL DE SAN MIGUEL.
AVISA: Que por resolución de las diez horas y cuarenta minutos del día cinco de marzo de dos mil ocho, se han declarado Herederos Defi nitivos con Benefi cio de Inventario de la Herencia Intestada que a su defunción dejó el señor JOSE ARGELIO SOTO OCHOA, quien falleció a las diecinueve horas quince minutos del día veinte de octubre del año dos mil seis, en la Provincia de Wasit, Bagdad, de Iraq, siendo esta Ciudad de San Miguel, el lugar de su último domicilio, a la señora CARMEN ELISA FUNES viuda DE SOTO, de treinta y dos años de edad, Profesora, de este domicilio, con Documento Único de Identidad Número cero cero cinco ocho siete nueve nueve siete-cinco, como cónyuge del causante; y a los menores JOSELINE ROCIO, YAZMIN MELISSA y DANIEL EDGARDO, todos de apellidos SOTO FUNES, como hijos del causante, éstos representados legalmente por su madre CARMEN ELISA FUNES viuda DE SOTO, y se ha conferido a los herederos en el carácter indicado la Administración y Representación Defi nitiva de la Sucesión.
Lo que se pone en conocimiento del público para los efectos de Ley.
Librado en el JUZGADO PRIMERO DE LO CIVIL: San Miguel, a las diez horas y cuarenta y cinco minutos del día cinco de marzo de dos mil ocho.- DR. JUAN RAMON MONTOYA, JUEZ PRIMERO DE LO CIVIL. LIC. ERNESTO ALCIDES FLORES CAÑAS, SECRETARIO INTO.
1 v. No. F001843
INES TAURA DE CUCHILLA, JUEZ CUARTO DE LO CIVIL INTE-RINA, DE ESTE DISTRITO JUDICIAL.
AVISA: Que por resolución de las diez horas del día trece de marzo de dos mil ocho, se han declarado herederos con Benefi cio de Inventario de la Herencia Intestada que a su defunción ocurrida el día catorce de junio de mil novecientos noventa, en esta ciudad, su último domicilio, dejó la causante señora LIDIA MERCEDES SASSO; a los señores RAMIRO ALVAREZ GOMEZ y JOSE RAMIRO ANTONIO ALVAREZ SASSO, en calidad de cónyuge sobreviviente e hijo de la causante; habiéndoseles conferido a los herederos declarados la Administración y Representación Defi nitiva de la Sucesión.
Librado en el Juzgado Cuarto de lo Civil: San Salvador, a las doce horas dieciocho minutos del día veinticinco de marzo de dos mil ocho.- DRA. INES TAURA DE CUCHILLA, JUEZ CUARTO DE LO CIVIL INTA.- LIC. VICTORINO ALEXANDER PERAZA, SECRETARIO.
1 v. No. F001861
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84 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 379
ACEPTACION DE HERENCIAS
HUMBERTO GIOVANNI FLORES ARANA, Notario, del domicilio de
la Ciudad de Santa Ana, y con ofi cina establecida en Centro Bancario
Tomás Regalado, Local Dos-A, Primera Planta, de la Ciudad de Santa
Ana, al público para los efectos de Ley,
HACE SABER: Que por resolución dictada a las quince horas
del dla trece de Marzo del dos mil ocho, se ha tenido por aceptada con
benefi cio de inventario, la herencia intestada del señor RAFAEL EN-
RIQUE OLMEDO, fallecido en el Hospital San Juan de Dios de esta
ciudad, siendo el Barrio San Rafael de esta ciudad, el lugar de su último
domicilio; y cuya fecha de fallecimiento fue el día trece de Noviembre
de mil novecientos noventa y seis; por parte de la señora VICTORIA
ELENA GOMEZ VIUDA DE OLMEDO, en su carácter de cónyuge
sobreviviente, y además como cesionaria de los derechos que en la mis-
ma sucesión corresponde a los señores MARIO ERNESTO OLMEDO
GOMEZ; JUANA VICTORIA OLMEDO GOMEZ; YOLANDA ISA-
BEL GOMEZ DE HERNANDEZ o YOLANDA ISABEL OLMEDO
GOMEZ; y LAURA CECILIA OLMEDO GOMEZ en su calidad de
hijos del causante; habiéndosele conferido a la aceptante referida la
administración y representación interina de la mortual expresada, con
las facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente.
Librado en la Ofi cina del Suscrito Notario: Santa Ana, a las ocho
horas del día catorce de marzo del dos mil ocho.
Lic. HUMBERTO GIOVANNI FLORES ARANA,
NOTARIO.
1 v. No. C018587
RAFAEL LEMUS CORLETO, Notario, con Ofi cina en la Calle Enrique
Hoyos Número veinticinco, de la ciudad de Ilobasco, departamento de
Cabañas, al público para los efectos de Ley,
HACE SABER: Que por resolución del Suscrito Notario, proveída
a las ocho horas del veinte de marzo del dos mil ocho, se ha tenido por
aceptada expresamente y con benefi oio de inventario la herencia intestada
que a su defunción ocurrida en el Cantón San Francisco Iraheta, jurisdic-
ción de Ilobasco, departamento de Cabañas, su último domicilio el día
dieciséis de junio del año dos mil dos, dejó el señor JOSE PORFIRIO
ARIAS ARGUETA, a la señora MARCELINA BONILLA ARIAS DE
ARIAS, conocida por MARCELINA BONILLA, en concepto de cón-
yuge legítima del causante, habiéndosele conferido la Administración y
Representación interina de la Sucesión con las facultades y restricciones
de los curadores de la herencia yacente.
Lo que se avisa al público para los efectos de Ley.
Librado en las Ofi cinas del Notario Rafael Lemus Corleto, a las
ocho horas del veinte de marzo del dos mil ocho.
RAFAEL LEMUS CORLETO,
NOTARIO.
1 v. No. F001819
JOSÉ OBDULIO DINARTE HERNÁNDEZ, Notario, de los domicilios
de Mejicanos y San Sebastián, con ofi cina situada en la Urbanización
San Belarmino, Pasajes Acachapa y Tonalá, número “F” guión dos,
Mejicanos,
HACE SABER: Que por resolución del suscrito Notario, proveída a
las doce horas y diez minutos del día veintisiete de marzo de dos mil ocho,
se ha tenido por aceptada expresamente y con benefi cio de inventario,
la herencia testamentaria que ha su defunción, ocurrida en la ciudad de
San Salvador, el día dieciséis de enero de dos mil ocho, siendo su último
domicilio la ciudad de Soyapango, departamento de San Salvador, dejó la
señora doña MARTA ELVA GONZALEZ DE FRANCO, conocida por
Marta Elva González de Hernández, Marta Elba González de Hernández,
Marta Elva González y por Marta Elba González, de parte de la señorita
GLENDA YANIRA FRANCO GONZALEZ, conocida por Glenda Yanira
Hernández, en su calidad de única y universal heredera testamentaria;
habiéndose conferido la administración y representación interina de la
sucesión, con las facultades y restricciones de los curadores de la herencia
yacente.
En consecuencia, por este medio se cita a todos los que se crean
con derecho a la referida herencia, para que se presenten a la mencionada
ofi cina en el término de quince días, contados desde el siguiente a la
última publicación del presente edicto.
Librado en la ofi cina del Notario JOSE OBDULIO DINARTE
HERNÁNDEZ, en la ciudad de Mejicanos, el día veintisiete de marzo
de dos mil ocho.
Dr. JOSÉ OBDULIO DINARTE HERNANDEZ,
NOTARIO.
1 v. No. F001826
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85DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 1 de Abril de 2008.
LORENA LISBETH FLORES EVANGELIST A, Notario, del domicilio
de Apopa, con ofi cina ubicada en Boulevard Tutunichapa, Condominio
Médico número trescientos veintiocho, Local quince, Colonia Médica,
de esta ciudad.
HACE SABER: Que por resolución de la Suscrita Notario, proveída
a la diez horas del día veintisiete de marzo del año dos mil ocho, se
ha tenido por aceptada expresamente y con benefi cio de inventario, la
herencia intestada que a su defunción ocurrida en San Miguel, el día
veinticinco de febrero del año dos mil cuatro, dejó el señor MARIO RO-
BERTO FLORES conocido por MARIO ROBERTO FLORES REYES,
MARIO ROBERTO REYES FLORES y ROBERTO MARIO REYES
FLORES, de parte de la señora JOSEFINA ELISA AGUIAR DE FLO-
RES, conocida también por JOSEFINA ELISA AGUIAR, JOSEFINA
ELISA AGUIAR ZELAYA, y JOSEFINA AGUIAR, en concepto de
cónyuge sobreviviente y cesionaria de los derechos hereditarios que
les correspondían en su calidad de hijos sobrevivientes del causante,
a los señores MILAGRO JACQUELIN FLORES DE REYES, WAL
TER NELSON FLORES AGUIAR, FULTON MAURICIO FLORES
AGUIAR y MILTON ROBERTO FLORES; habiéndosele conferido
la administración y representación de la sucesión con las facultades y
restricciones de los curadores de la herencia yacente.
En consecuencia, por este medio se cita a todos los que se crean
con derechos a la referida herencia, para que se presenten a la ofi cina
señalada en el término de quince días, contados desde el día siguiente a
la última publicación del presente edicto.
Librado en la ofi cina de la Notario LORENA LISBETH FLORES
EVANGELISTA. En esta ciudad, a las catorce horas del día veintisiete
de marzo del dos mil ocho.
LORENA LISBETH FLORES EVANGELISTA,
NOTARIO.
1 v. No. F001828
JOSE ANGEL POSADA CISNEROS, JUEZ DE PRIMERA INS-
TANCIA DEL DISTRITO JUDICIAL DE SENSUNTEPEQUE, DE-
PARTAMENTO DE CABAÑAS, AL PUBLICO PARA LOS DEMAS
EFECTOS DE LEY,
HACE SABER: Que por resolución proveída por este Juzgado, a
las catorce horas con treinta minutos de este día se ha tenido por aceptada
expresamente y con benefi cio de inventario, la herencia intestada de los
bienes que a su defunción acaecida, el día dieciocho de mayo de dos mil
cinco, en el Cantón El Vol cán, de esta Jurisdicción, siendo Sensuntepeque,
Cabañas, su último domicilio dejó el señor FELICIANO MARTINEZ
HERNANDEZ conocido por FELICIANO MARTINEZ, quien fue de
setenta y tres años de edad, soltero, jornalero, hijo de Alejandro Martínez
y María Secundina Hernández; de parte del señor AGUSTIN MARTINEZ
conocido por AGUSTIN MARTINEZ RODRIGUEZ, por derecho per-
sonal y como cesionario de los Derechos Hereditarios que en calidad
de hijos y conviviente del causante le corréspondían a los señores JOSE
MARTIN MARTINEZ, MARIA ANTONIA RODRIGUEZ DE SORTO
y MARIA PETRONILA RODRIGUEZ, respectivamente.
Habiéndosele conferido al aceptante la administración y represen-
tación interina de la sucesión, con las facultades y restricciones de los
curadores de la herencia yacente.
SE CITA a quienes se consideren con derecho en la referida suce-
sión, a fi n de que comparezcan a este Tribunal a deducir tal circunstancia
dentro del plazo de quince días contados, a partir del siguiente al de la
última publicación de este edicto.
JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA: Sensuntepeque, a los
veintiún días del mes de febrero de dos mil ocho. Lic. JOSE ANGEL
POSADA CISNEROS, JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA. Br. HUGO
ERNESTO MENA HERNANDEZ, SECRETARIO.
3 v. alt. No. C018589-1
JOSE MARIA ESTRADA ALVAREZ, JUEZ SEGUNDO DE LO CIVIL
DE ESTE MUNICIPIO.
HACE SABER: Al público para efectos de ley, que por resolución
de este Juzgado, de las diez horas del día veinticinco de febrero del
dos mil ocho. SE HA TENIDO POR ACEPTADA expresamente y con
benefi cio de inventario de parte de la señora SILVIA DEL CARMEN
VELASQUEZ FLORES, la herencia intestada que a su defunción dejó
el causante señor JULIO CESAR VELASQUEZ FLORES, quien era
de cuarenta y seis años de edad, empleado, divorciado, fallecido en esta
ciudad, el día tres de junio de dos mil cuatro, siendo esta ciudad su último
domicilio, en su calidad de hija del causante. Y SE LE HA CONFERIDO
A LA ACEPTANTE la administración y representación interinas de
la sucesión, con las facultades y restricciones de los Curadores de la
Herencia Yacente.
Por lo anterior se cita a los que se crean con derecho a la herencia
para que se presenten a este Tribunal a deducirlo en el término de quince
días contados, desde el siguiente a la tercera publicación del presente
edicto.
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86 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 379
LIBRADO EN EL JUZGADO SEGUNDO DE LO CIVIL: SAN
SALVADOR, a las catorce horas del día veintiséis de febrero del dos
mil ocho. Lic. JOSE MARIA ESTRADA ALVAREZ, JUEZ SEGUNDO
DE LO CIVIL. Lic. TATIANA VILMA MERCEDES CACERES DE
ALAS, SECRETARIA.
3 v. alt. No. C018592-1
MARIO MOISA MARTÍNEZ, Juez de lo Civil de este Distrito:
HACE SABER: Que por resolución de las once horas treinta mi-
nutos del día treinta de Enero del corriente año se ha tenido por aceptada
expresamente y con benefi cio de inventario de la herencia intestada
dejada por el señor JOSE INES RAMIREZ, o José Inés Ramírez Rivas,
fallecido el día tres de Febrero de mil novecientos noventa y cuatro, en
Colonia Jardines de Sonsonate, jurisdicción de San Antonio del Monte,
siendo Sonsonate, el lugar de su último domicilio, de parte de la señora
ROXANA PATRICIA RAMIREZ DE CASTELLANOS, en concepto
de hija del causante.
Se ha conferido a la aceptante la administración y representación
interinas de la sucesión con las facultades y restricciones de Ley.
Juzgado de lo Civil: Sonsonate, a las diez horas del día once de
marzo del año dos mil ocho. Dr. MARIO MOISA MARTINEZ, JUEZ
DE LO CIVIL. Lic. CECILIA DEL CARMEN CEREN DE ESCOBAR,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. C018599-1
EL INFRASCRITO JUEZ: Al público para los efectos de ley,
HACE SABER: Que por resolución de las nueve horas y veintitrés
minutos de este día, se ha tenido por aceptada expresamente y con benefi cio
de inventario la Herencia intestada dejada a su defunción por el señor
ALEJANDRO MEJÍA NIETO, conocido por ALEJANDRO MEJÍA,
al fallecer el día veintinueve de noviembre del año dos mil siete, en el
Cantón Cerro El Nanzal, de la jurisdicción de Santa Elena, siendo esa
ciudad su último domicilio; de parte del señor JOSÉ ARNOLDO NIETO,
en calidad de cesionario del derecho hereditario que le correspondía a
la señora LORENZA DE JESÚS NIETO, ésta en calidad de hermana
del causante. Confi érasele al aceptante antes dicho la administración y
representación interina de la sucesión, con las facultades y restricciones
de los Curadores de la Herencia Yacente.
Fíjense y publíquense los edictos respectivos, citando a los que se
crean con derecho a la Herencia para que se presenten a deducirlo en el
término de quince días contados, a partir del siguiente al de la tercera
publicación del edicto respectivo en el Diario Ofi cial.
Librado en el Juzgado de lo Civil: Usulután, a los veintisiete
días del mes de febrero del año dos mil ocho. Lic. JOSE ANTONIO
GAMEZ, JUEZ DE LO CIVIL. Licda. MIRNA MARISOL SIGARAN
H., SECRETARIA.
3 v. alt. No. F001700-1
EDGAR ORLANDO ZUNIGA RIVAS, JUEZ DE PRIMERA INSTAN-
CIA DE ESTE DISTRITO JUDICIAL.
HACE SABER: Que por resolución de este Juzgado a las nueve horas
con treinta minutos de este día se ha tenido por aceptada expresamente y
con benefi cio de inventario de parte del señor NELSON QUIJADA, de la
herencia intestada dejada a su defunción por el señor JUAN SOLA, quien
falleció en el Caserío Las Pavas, del Cantón San Isidro, jurisdicción de
San Pablo Tacachico, a las veinte horas y treinta minutos del día siete de
enero del año mil novecientos setenta y ocho, siendo su último domicilio
el municipio de San Pablo Tacachico, en calidad de cesionario de los
derechos que le corresponden a la señora NOELIA QUIJADA SOLA,
en concepto de hija del causante. Confi éresele al aceptante expresado
en el concepto indicado la administración y representación interinas de
la indicada sucesión con las facultades y restricciones de los curadores
de la herencia yacente.
Cítese a las personas que se crean con derecho.
Lo que se pone en conocimiento del público para los efectos de
ley.
Librado en el Juzgado de Primera Instancia: San Juan Opico, a las
nueve horas con cincuenta minutos del día tres de marzo del año dos
mil ocho. Licdo. EDGAR ORLANDO ZUNIGA RIVAS, JUEZ DE
PRIMERA INSTANCIA. Licdo. CARLOS ARNULFO SOSA FLORES,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. F001725-1
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87DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 1 de Abril de 2008.
JOSE ANGEL POSADA CISNEROS, JUEZ DEL JUZGADO
DE PRIMERA INSTANCIA DEL DISTRITO JUDICIAL DE
SENSUNTEPEQUE, DEPARTAMENTO DE CABAÑAS, AL PU-
BLICO PARA LOS DEMAS EFECTOS DE LEY,
HACE SABER: Que por resolución proveída por este Juzgado a las
quince horas con treinta minutos de este día, se ha tenido por aceptada
expresamente y con benefi cio de inventario, la herencia intestada de los
bienes que a su defunción acaecida el día veinticinco de julio de mil
novecientos ochenta y uno, en Cantón Nombre de Dios, Jurisdicción de
Sensuntepeque, siendo el mismo lugar su último domicilio, dejó el señor
NICOLAS ZAVALA, quien fue de sesenta y ocho años de edad, jornalero,
casado, hijo de Guillermo Zavala y Marcelina Iraheta, originario de Can-
tón Nombre de Dios, Jurisdicción de Sensuntepeque, Departamento de
Cabañas; de parte de los señores FIDEL ZAVALA ZAVALA, ROSALIA
ZAVALA DE BARRERA, MERCEDES ZAVALA DE SORTO y MARIA
SANTOS ZAVALA ZAVALA, todos en calidad de hijos del causante,
representados por el Licenciado ORLANDO ANTONIO ORELLANA
CORTEZ, en su calidad de Apoderado General Judicial con Cláusula
Especial. Habiéndosele conferido a los aceptantes la administración y
representación interina de la sucesión, con las facultades y restricciones
de los curadores de la herencia yacente.
SE CITA a quienes se consideren con derecho en la referida suce-
sión, a fi n de que comparezcan a este Tribunal a deducir tal circunstancia
dentro del plazo de quince días contados, a partir del siguiente al de la
última publicación de este edicto.
JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA: Sensuntepeque, a los
ocho días del mes de febrero de dos mil ocho.- LIC. JOSE ANGEL
POSADA CISNEROS, JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA.- BR. HUGO
ERNESTO MENA HERNANDEZ, SECRETARIO.
3 v. alt. No. F001773-1
EL INFRASCRITO JUEZ: Al público para los efectos de ley,
AVISA: Que por resolución proveída de las once horas de este día
se ha tenido por aceptada expresamente y con benefi cio de inventario
la herencia intestada que dejó al fallecer el señor HERBERTH ELIO
PEREZ, el día trece de junio del año dos mil seis, en el Hospital Nacio-
nal San Pedro de esta ciudad de Usulután, siendo esta misma ciudad su
último domicilio, de parte de la señora MARGARITA ESMERALDA
ZELAYA DE PEREZ CONOCIDA POR MARGARITA ESMERALDA
ZELAYA CRUZ Y POR MARGARITA ESMERALDA ZELAYA, en
calidad de cesionaria del derecho hereditario que le correspondía a la
señora MARIA VICTORIA CRUZ, como madre del causante. Confi rién-
dole a los aceptantes dichos la administración y representación interina
de la sucesión con las facultades y restricciones de los curadores de la
herencia yacente.
Se citan a los que se crean con derecho a la herencia para que
se presenten a este Juzgado a deducirlo en el término de quince días
contados después de la última publicación del edicto respectivo.
Librado en el Juzgado de lo Civil de Usulután, a los veintiséis
días del mes de febrero del año dos mil ocho.- LIC. JOSE ANTONIO
GAMEZ, JUEZ DE LO CIVIL.- LICDA. MIRNA MARISOL SIGARAN
HERNANDEZ, SECRETARIA.
3 v. alt. No. F001780-1
DOCTOR JUAN RAMÓN MONTOYA, JUEZ PRIMERO DE LO CIVIL
DE ESTE DISTRITO JUDICIAL DE SAN MIGUEL.-
HACE SABER: Que por resolución de las ocho horas y diez minutos
del día de hoy; se ha tenido por aceptada con benefi cio de inventario
la Herencia Intestada que a su defunción dejó el Señor RODRIGO
VALDEZ SORTO, conocido por RODRIGO VALDEZ, quien falleció
a las dos horas del día cinco de noviembre del año dos mil siete, en el
Caserío Conchaguita, Cantón El Cuco, Jurisdicción y Departamento
de San Miguel, siendo ese el lugar de su último domicilio; de parte de
la Señora MARIA DE LOS ANGELES IRAHETA DE VALDEZ, de
sesenta y ocho años de edad, de Ofi cios Domésticos, con domicilio de
Jucuarán, Departamento de Usulután, portadora de su Documento Unico
de Identidad número: cero un millón cuatrocientos ochenta y cuatro mil
doscientos ocho guión dos; y Número de Identifi cación Tributaria: un
mil doscientos seis - cero ochenta mil seiscientos treinta y nueve - ciento
dos - cuatro; en concepto de esposa del causante.-
Confi érese a la aceptante en el carácter indicado, la Administra-
ción y Representación INTERINA de la sucesión, con las facultades y
restricciones de los Curadores de la Herencia Yacente.-
Lo que se pone en conocimiento del público para efectos de ley.
Librado en el Juzgado Primero de lo Civil: San Miguel, a los
doce días del mes de Marzo de dos mil ocho.- DR. JUAN RAMON
MONTOYA, JUEZ PRIMERO DE LO CIVIL.- LIC. JOSE ERNESTO
ROMERO FUENTES, SECRETARIO.
3 v. alt. No. F001800-1
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88 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 379
JUAN RAMON MONTOYA, JUEZ PRIMERO DE LO CIVIL DE ESTE
DISTRITO JUDICIAL DE SAN MIGUEL,
HACE SABER: Que por resolución de las once horas y quince
minutos del día once de marzo de dos mil ocho, se ha tenido por aceptada
con benefi cio de inventario la Herencia Instestada que a su defunción dejó
el señor JOSE FIDEL TICAS, quien falleció a las once horas con cuarenta
y cinco minutos del día veinte de diciembre de dos mil siete, en el Barrio
San Antonio de la Villa de Quelepa, jurisdicción de San Miguel, lugar
de su último domicilio, de parte de la señora BLANCA CONCEPCION
LOVO DE TICAS, conocida por BLANCA CONCEPCION LOVO y
por BLANCA CONCEPCION LOVO CAMPOS, como cónyuge del
causante y además como cesionaria de los derechos hereditarios que
le correspondían en la sucesión a los señores JOSE GUSTAVO TICAS
LOVO, MARIA ELENA TICAS DE FLORES y ELVA REGINA TICAS
DE MOREIRA, como hijos del causante; y se ha conferido a la aceptante
declarado en el carácter indicado la administración y representación
interina de la sucesión, con las facultades y restricciones de lo curadores
de la herencia yacente.
Lo que se pone en conocimiento del público para los efectos de
ley.
LIBRADO EN EL JUZGADO PRIMERO DE LO CIVIL: San
Miguel, a las once horas y veinticinco minutos del día once de marzo
de dos mil ocho.- DR. JUAN RAMON MONTOYA, JUEZ PRIMERO
DE LO CIVIL.- LIC. JOSE ERNESTO ROMERO FUENTES, SECRE-
TARIO.
3 v. alt. No. F001808-1
OSCAR NEFTALI ESCOLERO, JUEZ DE PRIMER INSTANCIA DEL
DISTRITO JUDICIAL DE JUCUAPA,
HACE SABER: Que por resolución proveída en este Juzgado,
a las catorce horas y veinte minutos del día veintiocho de Febrero del
presente año, se ha tenido por aceptada expresamente y con benefi cio
de inventario de la herencia intestada que a su defunción dejó el señor
VALENTIN LOVO GUTIERREZ, conocido también por VALENTIN
LOBO GUTIERREZ, VALENTIN LOBO, JOSE LOBO, JOSE VA-
LENTIN LOBO y por VALENTIN LOBO, quien fue de cincuenta y seis
años de edad, Jornalero, soltero, de nacionalidad salvadoreña, originario
de Nueva Guadalupe, Departamento de Usulután y del domicilio de
Jucuapa, Departamento de Usulután, hijo de Teodoro Lovo y Paula
Gutiérrez; falleció aquél a las catorce horas del día trece de Marzo de
mil novecientos cincuenta y seis, siendo su último domicilio Jucuapa,
Departamento de Usulután; de parte de MARIA ARACELI MORALES
LEON, en concepto de nieta del causante.-
Confi érase a la heredera declarada en el carácter indicado la Admi-
nistración y Representación Interina de la Sucesión, con las facultades
y restricciones de los curadores de la herencia yacente.
Y CITA: a los que se crean con derecho a la herencia referida, para
que se presenten a deducirlo dentro del término de quince días a partir
del siguiente al de la tercera publicación del presente edicto.-
Lo que se pone en conocimiento del público, para los efectos de
Ley.-
LIBRADO EN EL JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA:
JUCUAPA, A LAS QUINCE HORAS Y CUARENTA MINUTOS
DEL DIA VEINTIOCHO DE FEBRERO DE DOS MIL OCHO.- LIC.
OSCAR NEFTALI ESCOLERO, JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA.-
LIC. RODOLFO ANTONIO CASTRO, SECRETARIO.
3 v. alt. No. F001811-1
El INFRASCRITO JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA DE ESTE
DISTRITO JUDICIAL.
HACE SABER: que por resolución proveída por este Juzgado a
las doce horas treinta minutos de este día, se ha tenido por aceptada
expresamente y con benefi cio de inventario por parte del señor JULIO
ERNESTO DURAN HERRERA, por medio de su Apoderado General
Judicial Licenciado MANUEL HERIBERTO PEÑATE RIVERA, la He-
rencia Intestada dejada a su defunción por la causante señora RAIMUNDA
DEL CARMEN HERRERA VIUDA DE DURAN y RAIMUNDA DEL
CARMEN HERRERA DE DURAN y RAYMUNDA HERRERA, quien
falleció a las cuatro horas y quince minutos del día veintiuno de febrero
del año dos mil siete, en el Barrio La Cruz de esta ciudad, siendo esta
ciudad su último domicilio, en calidad de hijo de la causante, confi riéndole
al aceptante en el concepto indicado la administración y representación
interina de la referida sucesión, con las facultades y restricciones de los
curadores de la herencia yacente; ordenándose a la vez se citen a las
personas que se crean con derecho a la sucesión para que se presenten
a deducirla dentro de los quince días subsiguientes a este edicto.
Lo que se pone en conocimiento del público para los efectos de
ley.
Librado en el Juzgado de Primera Instancia: San Juan Opico, a
las doce horas cincuenta minutos del día once de marzo del año dos mil
ocho.- LIC. EDGAR ORLANDO ZUNIGA RIVAS, JUEZ DE PRI-
MERA INSTANCIA.- LIC. CARLOS ARNULFO SOSA FLORES,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. F001863-1
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89DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 1 de Abril de 2008.
LUIS SALVADOR PEÑA, Juez de lo Civil de este distrito judicial, al
público para los efectos de ley,
HACE SABER: Que por resolución de las ocho horas y veinte
minutos del día quince de octubre de este año, se ha tenido por aceptada
expresamente y con benefi cio de inventario, la herencia intestada que
dejó DAMIAN RIVAS o DAMIAN RIVAS CORDOVA, fallecido el
veinticuatro de abril de dos mil dos, en el Hospital Santa Teresa de esta
ciudad, teniendo como su último domicilio Santiago Nonualco, por parte
de RODIL RIVAS, en concepto de cesionario del derecho hereditario
que le correspondía a FRANCISCA RIVAS, hermana del causante.
Nómbrase al aceptante, interinamente, administrador y representante
de la sucesión, con las facultades y restricciones de los curadores de la
herencia yacente.
Se cita a quienes se consideren con derecho a tal herencia, para
que dentro del término de quince días contados a partir del siguiente de
la tercera publicación de este aviso, se presenten a deducirlo.
JUZGADO DE LO CIVIL: Zacatecoluca, diez de diciembre de
dos mil siete.- DR. LUIS SALVADOR PEÑA, JUEZ DE LO CIVIL.-
JORGE ALBERTO RODRIGUEZ, SECRETARIO.
3 v. alt. No. F001864-1
MANUEL ALBERTO MORALES HERNANDEZ, Notario, de este
domicilio, con ofi cina jurídica situada en Calle General Ramón Flores
Oriente, entre Quinta y Séptima Avenida Sur, número veintiocho “B”,
Chalchuapa,
HACE SABER: Que por resolución del suscrito notario, proveída a
las dieciséis horas del día diez de noviembre de dos mil siete, se ha tenido
por aceptada expresamente y con benefi cio de inventario, la herencia
intestada que a su defunción ocurrida el diez de junio del año dos mil
siete, en el Centro Médico de la ciudad de Ahuachapán, dejó el señor
ARTURO UMAÑA FIGUEROA conocido también como ARTURO
UMAÑA, quien fue de cincuenta y un años de edad, agricultor, ori-
ginario y del domicilio de Santa Rosa Guachipilín, departamento de
Santa Ana, hijo de María Lucila Figueroa de Umaña conocida también
como María Lucila Figueroa González y Lucila Figueroa y José Umaña
Umaña conocido también como José Umaña, de parte de las señoras
ANA MARGARITA UMAÑA AGUILAR y GERTRUDIS AGUILAR,
en concepto de hija y cónyuge sobreviviente del causante; habiéndoseles
conferido la administración y representación Interina de la mencionada
sucesión, con las facultades y restricciones de los curadores de la herencia
yacente.
En consecuencia por este medio se cita a los que se crean con
derecho a la referida herencia para que se presenten a la ofi cina rela-
cionada, en el término de quince días, contados desde el siguiente a la
última publicación del presente edicto.
Librado en la Ofi cina del notario Manuel Alberto Morales
Hernández, en la ciudad de Chalchuapa, a los veinticuatro días del mes
de marzo de dos mil ocho.-
MANUEL ALBERTO MORALES HERNANDEZ,
NOTARIO.
3 v. c. No. F001733-1
FRANCISCO ALBERTO ALEGRIA MENDOZA, JUEZ PRIMERO
DE LO CIVIL DE ESTE DISTRITO.- AL PUBLICO PARA LOS
EFECTOS DE LEY,
HACE SABER: Que por resolución de las once horas cuarenta y
cinco minutos del presente día, mes y año, se ha tenido por aceptada
expresamente y con benefi cio de inventario la herencia intestada de
la causante MARIA ELENA TOLEDO DE LOPEZ, fallecida el día
veintisiete de agosto del año de mil novecientos setenta y cuatro, en el
Hospital San Juan de Dios de esta ciudad, siendo el Cantón Natividad
de esta ciudad el lugar de su último domicilio, de parte de la señora
VIRGINIA DE LA LUZ TOLEDO VIUDA DE YAN, en concepto de
hija del de Cujus, a la cual se le confi ere interinamente la administración
y representación de la sucesión con las facultades y restricciones que la
ley confi ere a los curadores de la herencia yacente.-
Juzgado Primero de lo Civil: Santa Ana, a las doce horas del día
nueve de Febrero del año dos mil ocho.- LIC. FRANCISCO ALBERTO
ALEGRIA MENDOZA, JUEZ PRIMERO DE LO CIVIL.- LICDA.
CARMEN GUADALUPE NUÑEZ MONTERROSA, SECRETARIA.
3 v. c. No. F001793-1
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90 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 379
TITULO DE PROPIEDAD
EL INFRASCRITO ALCALDE MUNICIPAL DE JUAYUA, DEPAR-TAMENTO DE SONSONATE,
HACE SABER: Que a esta Ofi cina se ha presentado por escrito, la señora MARIA ALICIA CALZADILLA DE CADENAS, de cuarenta y cuatro años de edad, de ofi cios domésticos, de este domicilio, portadora de su Documento Único de Identidad número cero cero setecientos ochenta y cuatro mil doscientos veinte guión nueve, y Tarjeta de Identifi cación Tributaria número cero trescientos siete guión Doscientos setenta mil cuatrocientos sesenta y tres guión ciento uno guión seis, MANIFESTAN-DO: Que tal como lo comprueba la Certifi cación de la Denominación Catastral expedida por el Centro Nacional de Registros, a través de la Ofi cina de Mantenimiento Catastral del Departamento de Sonsonate, es actual poseedora de un inmueble de naturaleza rústica, situado en el Cantón San José La Majada de esta jurisdicción, de las colindancias actuales siguientes: al NORTE: Con terreno de la Iglesia de la Profecía Fuente de Vida, y propiedad de la señora Teresa Adilia Ordóñez de Quintanilla, con ambos calle de por medio; al ORIENTE: Con terreno del señor José Matías Paula Izaguirre; al SUR: Con terreno del mismo señor José Matías Paula Izaguirre; y al PONIENTE: Con inmueble de la señora Cristina Retana de Reyes; que todos los colindantes son de este domicilio; II) Que dicho inmueble es de una extensión superfi cial de SETENTA PUNTO CINCUENTA Y UN METROS CUADRADOS, y no es dominante ni sirviente, no tiene cargas reales ni se encuentra en proindivisión, posesión que ha ejercido desde el año mil novecientos ochenta y uno hasta la fecha, la cual ha sido de buena fe, en forma pa-cífi ca, quieta, ininterrumpida y sin clandestinidad, por más de veintiséis años consecutivos, tiempo durante el cual ha ejercido actos de dominio tales como edifi car, cercar, cultivar, etc., y lo valora actualmente en la cantidad de DOS MIL DOLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA, y aunque no está arrendado pero si lo estuviera produciría una renta neta anual de CIENTO SESENTA Y SEIS PUNTO SESENTA Y SIETE DOLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA; y III) Que para efectos de proceder a su inscripción en el Centro Nacio-nal de Registro solicita se le extienda Título de Propiedad del referido inmueble, con base a lo prescrito en el Artículo 101 inciso segundo y siguientes de la Ley Agraria vigente; En consecuencia, el suscrito Alcalde Municipal, ha admitido la solicitud inicial, ha ordenado tener por parte al interesado, en el carácter en que comparece, y ha resuelto darle a su petición el trámite legal correspondiente a fi n de que, si procediere, oportunamente se extienda el Título solicitado, sin perjuicio de tercero con mejor derecho. Es cuanto se hace saber al público para los efectos legales consiguientes.
En la Alcaldía Municipal de Juayúa, a las once horas del día doce del mes de febrero del año dos mil ocho. ING. RAFAEL ORLANDO CONTRERAS GAMEZ, ALCALDE MUNICIPAL. LIC. ABEL LOPEZ LEIVA, SECRETARIO MUNICIPAL.
3 v. alt. No. C018595-1
El Infrascrito Alcalde Municipal,
HACE SABER: Que SANTOS JULAN PORTILLO LEMUS, de 29 años de edad, Agricultor, de este domicilio, portador de su D.U.I. # 00430875-1 y N.I.T. # 0413-130278-101-1; se ha presentado a esta ofi cina, solicitando Título de Propiedad y dominio, de un terreno rústico, de extensión superfi cial de 2,646.00 METROS CUADRADOS, situado en Cantón Tecomates, de esta jurisdicción, de descripción siguientes: ORIENTE: 41.50 metros, con Secundino Valle; NORTE: 63.10 metros, con Marvin Quintanilla; PONIENTE: 45 metros, con Miguel Ángel Valle; y SUR: 65.40 metros, con Orlando Portillo, calle por medio. Este inmueble no es sirviente ni dominante; no tiene gravámenes ni derechos reales
que pertenezcan a otras personas; ni están en proindivisión con nadie y lo valora en la suma de CUATRO MIL DOLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA.- Y lo adquirió por posesión material, quieta, pacífi ca e ininterrumpida por más de diez años consecutivos.
Librado en Alcaldía Municipal, La Reina, doce horas del ocho de febrero de dos mil ocho. SR. JAIME ANTONIO ALAS, ALCALDE MUNICIPAL. LIC. FRANCISCO EDMUNDO HUEZO VALLE, SE-CRETARIO MUNICIPAL.
3 v. alt. No. F001717-1
El Infrascrito Alcalde Municipal,
HACE SABER: Que MARIA ARGELIA BONILLA HERNANDEZ, de 65 años de edad, Ama de casa, de este domicilio, portadora de su D.U.I. # 02126163-7 y N.I.T. # 0401-131043-101-6; se ha presentado a esta ofi cina, solicitando Título de Propiedad y dominio, de un terreno rústico, de extensión superfi cial de 27,912.02 METROS CUADRADOS, situado en Caserío La Montañita, Cantón San Jorge, El Tigre, de esta jurisdicción, de descripción siguientes: ORIENTE: 16.20 metros, con José Imelda Subvado de Bonilla; NORTE: 343 metros, con José Hernández Maldonado; PONIENTE: 140.10 metros, con Lívida Cosuelo Valle; y SUR: 322 metros, con Gabriel Mejía, Alfredo Hernández Hernández, y Rodrigo Valle Bonilla, calle por medio con todos. Este inmueble no es sirviente ni dominante; no tiene gravámenes ni derechos reales que pertenezcan a otras personas; ni están en proindivisión con nadie y lo valora en la suma de MIL DOLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA. Y lo adquirió por posesión material, quieta, pacífi ca e ininterumpida por más de diez años consecutivos.
Librado en Alcaldía Municipal, La Reina, once horas del ocho de febrero de dos mil ocho. SR. JAIME ANTONIO ALAS, ALCALDE MUNICIPAL. LIC. FRANCISCO EDMUNDO HUEZO VALLE, SE-CRETARIO MUNICIPAL.
3 v. alt. No. F001719-1
El Infrascrito Alcalde Municipal,
HACE SABER: Que Francisca Villalobos viuda de Recinos, solicita Título de Propiedad de un terreno rústico, ejidal, situado en el cantón San Pedro La Palma, de 27854.41 metros cuadrados, que linda: Norte: Efrén López Rogel; Félix López Recinos, Teresa de Jesús López de Vargas, Domingo López Mendoza, y Domingo López Mendoza; Oriente: los colindantes anteriores, y Mauricio Antonio Recinos Natarén; Sur, María Mercedez Alvarenga Orellana, María Mercedez Alvarenga Orellana, Ma-ría Leonor Alvarenga, María Leonor Alvarenga, Bernardino Alvarenga y Antonia López de González; y Poniente, los mismos colindantes del Norte. Físicamente goza de servidumbre de tránsito sobre la parcela 59 en la esquina Sur-Oeste de los colindantes del Poniente hasta salir a la calle pública. Lo adquirió por herencia de José Mario Recinos Leiva. Lo estima en doce mil colones y los colindantes son de este domicilio.
Alcaldía Municipal: Tapalhuaca, veinticinco de marzo de dos mil ocho. JOSE NELSON QUEZADA, ALCALDE MUNICIPAL. VICTOR MANUEL APARICIO, SECRETARIO MUNICIPAL.
3 v. c. No. F001704-1
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91DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 1 de Abril de 2008.
TITULO SUPLETORIO
ROXANA GUADALUPE RECINOS ESCOBAR, Notario, con Despacho Profesional en Primera Calle Oriente, Casa Número Diez, Barrio El Centro, de la ciudad de Ilobasco, Departamento de Cabañas, al público para los efectos de la ley,
HACE SABER: Que a esta Notaría se ha presentado la licenciada ELIDA ARELY MEJIA ALVARADO, de cuarenta y dos años de edad, Abogado, de este domicilio, a quien conozco e identifi co por medio de su Documento Único de Identidad Número cero cero cero ochenta y nueve mil setecientos tres - tres, y con Tarjeta de Identifi cación Tributaria Nú-mero cero novecientos tres - ciento cuarenta y un mil doscientos sesenta y cinco - ciento uno - cero, quien actúa en nombre y representación como Apoderada Especial del señor MANUEL ANTONIO SALINAS URIAS, de sesenta años de edad, Agricultor, de este domicilio, portador de su Documento Único de Identidad Número cero cero quinientos sesenta y tres mil ochocientos cuarenta y cinco - cero, y con Número de Identifi caci6n Tributaria cero novecientos tres - doscientos noventa mil trescientos cuarenta y siete –ciento uno - cero, solicitando la expedición de Título Supletorio a favor de su representado, sobre un terreno rústico, situado en el Cantón San José, de esta Jurisdicción, de la extensión superfi cial de QUINCE AREAS o sean MIL QUINIENTOS METROS CUADRADOS, de los linderos y colindantes siguientes: AL ORIENTE, con terreno que fue de José María Herrera, hoy de Simón Atilio Hernández, calle de por medio; AL NORTE, con terreno que fue de Gustavo Delgado, después de Atilio Hernández en la actualidad de Anyelo Molina, línea recta de un pito a un izote, cerco de piña y alambre de por medio y callejón de por medio; AL PONIENTE, con terreno de Ernestina Flores, antes hoy de Cresencio de Jesús Flores, cerco de piña de por medio; y AL SUR, con terreno de Alirio García conocido por Manuel Alirio García Escobar antes, hoy de Reyna García, línea recta de un árbol de jiote a un izote, cerco de piña y alambre de por medio. Actualmente no existe el ojo de agua ni la servidumbre de tránsito que menciona el antecedente. En este terreno está construida una casa paredes de adobe y techo de tejas y tiene árboles frutales. Dicho título del inmueble no está inscrito a su favor, ni lo está su antecedente, teniendo la posesión del mismo de manera quieta, pacífi ca e interrumpida por más de diez años unida con su antecesor, por compra que hizo el día catorce del mes de febrero del año dos mil, al señor Salvador Flores, Mayor de edad, Jornalero, del domicilio de esta ciudad, tal como consta en Escritura Pública otorgada a las ocho horas, el día catorce del mes de febrero de dos mil, ante los Ofi cios Notariales del Licenciado José Ursus Aguilar López. El referido inmueble se encuentra libre de gravamen, no es dominante ni sirviente y no está en proindivisión con ninguna otra persona, dándole un valor estimado de CINCO MIL DOLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERlCA. Los colindantes son del domicilio de la Ciudad de Ilobasco. Previenése a cualquier persona que pretendiere tener igual o mejor derecho sobre el referido inmueble, presentarse a este Despacho Notarial dentro del término legal aportando las pruebas que justifi quen su oposición y acrediten su calidad de dueño.
Librado en la Ciudad de Ilobasco, a los veintisiete días del mes de marzo del año dos mil ocho.
ROXANA GUADALUPE RECINOS ESCOBAR,
NOTARIO.
1 v. No. C018596
MARIA ELENA ACOSTA FUENTES, Notario, del domicilio de Me-jicanos, departamento de San Salvador, con ofi cina ubicada en Octava Calle Oriente, Barrio El Centro, Nueva Concepción, Departamento de Chalatenango.
HACE SABER: Que ante sus ofi cios compareció la señora BERTA EMERITA AVELAR VIUDA DE CALDERON, de cincuenta y un años de edad, Ama de casa, del domicilio de Nueva Concepción, departamento de Chalatenango, con Documento Único de Identidad Número cero un millón ochocientos quince mil setecientos treinta - ocho; quien actúa en nombre y representación del señor LEO EFRAIN CALDERON AVELAR, de veintisiete años de edad, Empleado, del domicilio de Miami, Estados Unidos de América, con Documento Único de Identidad número cero un millón doscientos diez mil setecientos ochenta y dos - seis. Solicitando, TITULO SUPLETORIO sobre un inmueble propiedad de su represen-tado, inmueble de naturaleza rústica, situado en el lugar denominado Caserío San José Chilín, Cantón Potrero Sula, lugar llamado Loma del Palito Verde jurisdicción de Nueva Concepción, Departamento de Chalatenango, no inscrito a su favor por carecer de antecedente, com-puesto de una extensión superfi cial aproximada de DIECIOCHO MIL CUATROCIENTOS SESENTA Y CINCO METROS CUADRADOS, de los linderos y medidas siguientes AL NORTE: ciento cuarenta y dos punto doce metros, con Isaías Gomes Escobar, calle que conduce a Nueva Concepción por medio; AL ORIENTE: en ciento catorce punto cincuenta y tres metros, con Donatila Alvarado de Quijada, camino ve-cinal por medio; AL SUR: en ciento cuarenta y dos punto doce metros, con Rigoberto Alvarado Quijada y Eliseo Alvarado Quijada, camino vecinal por medio; AL PONIENTE: en ciento cincuenta punto cuarenta y ocho metros, con Entimo Cisneros Quijada. Y que unida su posesión a la de su antecesor sobrepasa más de treinta años consecutivos. Lo valúa en MIL QUINIENTOS DOLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA.
Lo que se le avisa al público con fi nes de Ley.
Librado en ofi cina de la suscrita Notario. Nueva Concepción, a los siete días del mes de marzo de dos mil ocho.
MARIA ELENA ACOSTA FUENTES,
NOTARIO.
1 v. No. F001766
JOSE MANUEL CHAVEZ LOPEZ, Juez de Primera Instancia de este Distrito Judicial,
HACE SABER: Que a este Juzgado se ha presentado el Licenciado RONALD GIOVANNI CARDONA ALVARADO, en concepto de Apo-derado General Judicial de la ALCALDIA MUNICIPAL DE JUTIAPA, CABAÑAS, solicitando TITULO SUPLETORIO a favor de la referida Alcaldía, de un inmueble de naturaleza rústica, situado en el Caserío La Chacra del Cantón Santa Bárbara, jurisdicción de Jutiapa, de la ex-tensión superfi cial de CUATROCIENTOS METROS CUADRADOS, equivalentes a QUINIENTAS SETENTA Y DOS PUNTO TREINTA Y TRES VARAS CUADRADAS, de las medidas y linderos siguientes: AL NORTE, mide veinte metros, colinda con resto del terreno que le quedó al señor Salvador Aguilar Monge; AL ORIENTE, mide veinte metros, colinda con resto del terreno que le quedó al señor Salvador Aguilar Monge; AL SUR, mide veinte metros, colinda con terreno de Raymundo López, calle de por medio; y AL PONIENTE, mide veinte metros, colinda con resto del terreno que le quedó al señor Salvador Aguilar Monge. Carece de construcciones y cultivos permanentes; lo valúa en la cantidad de UN MIL DOLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA. Lo hubo la Alcaldía Municipal de Jutiapa, por donación que le hiciera el señor Salvador Aguilar Monge.
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92 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 379
Librado en el Juzgado de Primera Instancia de Ilobasco, Cabañas, a
las nueve horas Cincuenta y cinco minutos del día veintiuno de febrero de
dos mil ocho. LIC. JOSE MANUEL CHAVEZ LOPEZ, JUEZ DE PRI-
MERA INSTANCIA PROPIETARIO. LICDA. ANGELA VERONICA
GUERRA HERNANDEZ. SECRETARIA INTERINA.
3 v. alt. No. C018590-1
JOSE ANGEL POSADA CISNEROS, JUEZ DE PRIMERA INSTAN-
CIA DEL DISTRITO JUDICIAL DE SENSUNTEPEQUE, CABAÑAS,
AL PUBLICO PARA LOS DEMÁS EFECTOS DE LEY,
HACE SABER: Que a este tribunal se ha presentado la Licenciada
LESVIA MARISELA RAMIREZ RIVERA, en calidad de Apoderada
General Judicial de la señora AMELIA RIVAS VIUDA DE VELASQUEZ,
de cincuenta y cinco años de edad, Ama de casa del domicilio de
Sensuntepeque, Departamento de Cabañas, solicitando se le extienda
TITULO SUPLETORIO, de un inmueble de naturaliza rústica situado
en el Caserío El Huiscoyol, del cantón Trinidad, de la jurisdicción de
Sensuntepeque, Departamento de Cabañas, de la extensión superfi cial
CIENTO CINCO AREAS equivalente a DIEZ MIL QUINIENTOS
METROS CUADRADOS, o sea UNA MANZANA Y MEDIA, de las
medidas y linderos siguientes: AL NORTE: en ciento sesenta y ocho
metros, en línea recta linda con otro terreno de la compareciente AMELIA
RIVAS VIUDA DE VELASQUEZ, camino vecinal de por medio y cerco
de piedra propio del terreno que se describe; AL ORIENTE: en setenta
y un metros veinte centímetros, por un cerco de piña, piedra y alambre
medianero hasta hacer esquina, linda con terreno de ERMINIA RIVAS
DE MENDEZ; AL SUR: en tres tramos, el primero en línea curva que
mide ciento veintinueve metros veinte centímetros, pasando por un mojón
de piedra esquinero hasta llegar a una tapada, el segundo línea recta
quebrada denominada “saca de agua” aguas abajo la cual es divisoria, de
la tapada hasta un mojón de piedra y el tercero en línea recta, por cerco
de alambre medianero en sesenta y siete metros cuarenta centímetros,
del mojón de piedra a llegar a otro mojón de piedra, linda en todos los
tramos con terreno de la misma señora ERMINIA RIVAS DE MENDEZ;
y AL PONIENTE: en setenta y cinco metros cincuenta centímetros en
línea curva hasta llegar al camino vecinal donde se comenzó, linda
con terrenos de NARCISO CASTILLO y JACOBO MEJIA, quebrada
denominada “picacho” de por medio, dicho inmueble lo adquirió por
donación que le hizo su padre JOSE MARIA RIVAS ya fallecido, no
recordando fecha, y lo valora en la cantidad de DIEZ MIL DOLARES
DE LOS ESTADOS UNIDOS DE NORTE AMERICA.
Juzgado de Primera Instancia de Sensuntepeque, a los cinco días
del mes de febrero de dos mil ocho. Enmendados –AMELIA- ERMINIA
– Valen. Entre líneas aguas – a – Valen. LIC. JOSE ANGEL POSADA
CISNEROS, JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA. BR. HUGO ERNESTO
MENA HERNANDEZ, SECRETARIO.
3 v. alt. No. C018591-1
LICENCIADA DINORA DEL CARMEN ANDRADE DE LAZO, JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA DEL DISTRITO JUDICIAL DE CHINAMECA,
HACE SABER: Que con fecha cinco de diciembre de dos mil siete, se presentó a este Juzgado la Licenciada Juana Lorena Rosales Fuentes, de treinta y siete años de edad, abogada, del domicilio de San Miguel, con Documento Único de Identidad Personal número; cero cero doscientos noventa y dos mil quinientos ochenta y ocho – dos, en su con-cepto de Apoderada General Judicial de la señora HILDA ESPERANZA MOLINA DE ZAVALA, conocida por HILDA ESPERANZA MOLINA DE BENAVIDES, solicitando se le extienda a favor de su poderdante Título Supletorio de un inmueble de naturaleza rústica situado en el Punto llamado El Caoba Cantón Planes de San Sebastián Jurisdicción de Nueva Guadalupe, de este distrito, departamento de San Miguel; de la extensión superfi cial de DOS MANZANAS, o sean CIENTO CUARENTA AREAS DE SUPERFICIE, es decir CATORCE MIL METROS CUADRADOS, Según Antecedentes, y que según Área Catastral el inmueble tiene la cantidad de DIECIOCHO MIL METROS CUADRADOS, de las medidas y colindancias siguientes: AL ORIENTE: linda con terreno de la Sucesión de Agatón Funes, representada por Bartola Funes, según antecedente, según Catastro linda con Bartolomé Funes, cerco de piña de por medio de la sucesión colindante antes, actualmente en la realidad en rumbo oriente mide: ciento veinte metros, linda con terrenos de propiedad de la señora Juana Gómez, cerco de piña de la colindante; AL NORTE: linda en la actualidad con terreno de Bartolomé Funes, barranca en partes de por medio y cerco de alambre donde no la hay, y según Catastro linda por este rumbo con los señores: Regino Antonio Funes, Bartolomé Funes, antes, actualmente en la realidad el rumbo norte mide: ciento cincuenta metros con terreno propiedad de la señora Juana Gómez, barranca en parte y cerco de alambre de por medio; AL PONIENTE: con terrenos de Dolores Zelaya, actualmente de Francisco de Jesús Zelaya, quebrada de agua de por medio, en carácter medianera, y según Catastro, linda con terreno de Noemí Marina Zelaya, Leonidas Lovo, actualmente en la realidad el rumbo poniente mide ciento treinta metros, linda con terreno propiedad de la señora Ángela Alegría, quebrada de aguas lluvias de por medio; AL SUR, con terreno de Andrés Solórzano y Noemí Marina Zelaya de Zelaya, actualmente zanjo y cerco de alambre propio de los colindantes, Según Catastro, linda con terrenos de Juan Andrés Solórzano y Noemí Marina Zelaya, actualmente en la realidad el rumbo Sur, mide ciento noventa y nueve metros, linda con terrenos de las señoras María Luisa Funes Viuda de Molina y Noemí Marina Zelaya, zanjo y cerco de alambre de por medio de los colindantes; el inmueble antes descrito es inculto y no tiene construcciones no es dominante ni sirviente, ni está en proindivisión alguna que el inmueble antes descrito lo hubo la señora Hilda Esperanza Molina de Zavala, conocida por Hilda Esperanza Molina de Benavides por compra que le hizo a la señora María Susana Ávila de Soto habiéndolo adquirido éste por compra que le hizo al señor Gerardo Soto Ávila quien a su vez lo hubo por compra que hizo al señor Rafael Lovo; desde el día veintitrés de abril de dos mil cinco y veintidós de octubre de mil novecientos ochenta y uno respectivamente que unidas las posesiones de los señores Ávila de Soto, Soto Ávila y Lovo a la de la señora Hilda Esperanza Molina de Zavala, conocida por Hilda Es-peranza Molina de Benavides pasan más de diez años de poseer dicho inmueble de forma quieta, pacífi ca e ininterrumpida. Que lo valúa en la cantidad de CINCO MIL SETECIENTOS QUINCE DOLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA.
Lo que se pone en conocimiento del público para los efectos de Ley.
Librado en el Juzgado de Primera Instancia; Chinameca, a las once horas del día veintiuno de enero de dos mil ocho. LICDA. DINORA DEL CARMEN ANDRADE DE LAZO, JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA. BR. ROSALIA DE JESÚS PACHECO, SECRETARIA.
3 v. alt. No. C018593-1
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93DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 1 de Abril de 2008.
LIC. ÁNGEL ALBINO ALVARENGA; Juez de lo Civil, del Distrito
Judicial de Santa Rosa de Lima, Departamento de La Unión, al público
para los efectos legales,
HACE SABER: Que a este Juzgado se ha presentado el señor
EMILIANO VILLATORO, de setenta y cuatro años de edad, Comer-
ciante en Pequeño, con residencia en el Cantón Canaire, del Municipio
de El Sauce, Departamento de La Unión, con documento único de
identidad número: cero cero siete nueve cuatro uno seis tres-nueve,
representado por su Apoderado General Judicial Licenciada Nery Luz
Gómez de Benítez, solicitando título supletorio de un terreno de natu-
raleza rústica, situado en el Cantón Canaire, del Municipio de El Sauce
, Departamento de La Unión, de la capacidad superfi cial de UN MIL
NOVECIENTOS SESENTA Y OCHO METROS CUADRADOS, de las
medidas y colindancias siguientes: AL ORIENTE, ciento veinte metros,
con terreno de Franco Villatoro y Blanca Hernández Villatoro, cerco
de piña de los colindantes de por medio; AL PONIENTE, cuarenta y
cuatro metros, con resto de terreno de los vendedores cerco de alambre
propio de los vendedores de por medio; AL NORTE, diez metros, con
resto de terreno de los vendedores, cerco de piña de mi poderdante de
por medio; y AL SUR, treinta y ocho metros, con resto de terreno de
los vendedores cerco de piedra y piña de mi poderdante y calle de por
medio. Existe una casa que mide nueve varas de largo por seis varas de
ancho, techo de tejas y paredes de bahareque. Valúa el referido terreno en
la cantidad de UN MIL QUINIENTOS DOLARES DE LOS ESTADOS
UNIDOS DE AMERICA, y lo adquirió por compra venta de posesión
material hecha a los señores José Antonio Villatoro y Ángela Rubio de
Villatoro, a las diez horas del día veintiocho de Abril de dos mil tres,
ante los Ofi cios Notariales del Doctor Luis Sigifredo Nativí Fuentes.
Librado en el Juzgado de lo Civil; Santa Rosa de Lima, a los vein-
tiocho días del mes de febrero de dos mil ocho. LIC. ÁNGEL ALBINO
ALVARENGA, JUEZ DE LO CIVIL. LICDA. MARINA CONCEPCION
MARTINEZ, SECRETARIA.
3 v. alt. No. F001710-1
JOSE HERNAN PALACIOS LIMA, JUEZ DE LO CIVIL DEL DIS-
TRITO JUDICIAL DE METAPAN,
HACE SABER: Que a este Juzgado se ha presentado la señora
JULIA BERGANZA, de cincuenta y cinco años de edad, de ofi cios
domésticos, de este domicilio, solicitando que se extienda a su favor
Título Supletorio de un terreno rústico, inculto, situado en el Caserío La
Cañada, Cantón El Shiste, de esta jurisdicción, de una extensión superfi cial
de CIENTO TRES MIL TRESCIENTOS VEINTICUATRO METROS
CUADRADOS, OCHENTA Y OCHO DECIMETROS CUADRADOS,
VEINTINUEVE CENTIMETROS CUADRADOS , con las medidas y
colindancias siguientes; AL NORTE, con José Antonio Palma Verganza y
Antonio Santos Aguirre, con el primero calle de por medio; AL ORIENTE,
con Antonio Santos Aguirre; AL SUR, con Santiago Guerra Nova; y AL
PONIENTE, con Santiago Guerra Nova, Alba Graciela Guerra Nolasco
y Benito Nolasco, con todos calle de por medio. Dicho inmueble no se
encuentra en proindivisión con persona alguna, ni existen cargas que
respetar, y lo valúa en la cantidad de DIEZ MIL COLONES.
Lo que se hace del conocimiento del público para los efectos de
Ley.
Librado en el Juzgado de lo Civil: Metapán, a las nueve horas con
treinta minutos del día veinticinco de marzo del dos mil ocho. LIC. JOSE
HERNAN PALACIOS LIMA, JUEZ DE LO CIVIL. LICDA MARIA
LETICIA FIGUEROA FIGUEROA, SECRETARIA.
3 v. alt. No. F001760-1
ÁNGEL ALBINO ALVARENGA, Juez de lo Civil de este Distrito
Judicial, al público para los efectos de ley,
HACE SABER: Que a este Juzgado se ha presentado el señor
Nicolás Vásquez, conocido por Nicolás Vásquez Vásquez, mayor de
edad, agricultor, del domicilio de la ciudad de San Miguel, solicitando
Título Supletorio sobre un terreno de naturaleza rústica situado en el
Cantón Cordoncillo, de la Jurisdicción de Anamorós, de este Distrito,
departamento de La Unión, de la capacidad de cinco mil cuatrocientos
diez metros, setenta y cuatro decímetros treinta y siete centímetros
cuadrados, que mide y linda: AL ORIENTE: cuarenta y cuatro metros,
cincuenta centímetros, con propiedad de Benito Vásquez, cerco de alam-
bre de púa de por medio medianero, AL SUR: ochenta y dos metros,
cincuenta centímetros, con Anacleto Vásquez, cerco de alambre de púa
de por medio medianero, AL PONIENTE: sesenta y siete metros, treinta
y cinco centímetros, con Anacleto Vásquez, cerco de alambre de púa de
por medio medianero, y AL NORTE: ciento once metros, con propiedad
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94 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 379
del señor Sebastián Vásquez, cerco de alambre de púa de por medio
medianero. Inmueble que contiene un pozo artesanal con su respectivo
broquél, y lo adquirió por compra hecha a la señora Emilia Vásquez,
en el mes de mayo de mil novecientos sesenta y siete. El terreno antes
relacionado lo valúa en la cantidad de un mil doscientos dólares de los
Estados Unidos de América.
Librado en el Juzgado de lo Civil de Santa Rosa de Lima, depar-
tamento de La Unión, a los veintisiete días de febrero de dos mil ocho.
LIC. ÁNGEL ALBINO ALVARENGA, JUEZ DE LO CIVIL. LICDA.
MARINA CONCEPCION MARTINEZ DE MARTINEZ, SECRETA-
RIA.
3 v. alt. No. F001803-1
LICENCIADA DINORA DEL CARMEN ANDRADE DE LAZO, Juez
de Primera Instancia del Distrito Judicial de Chinameca;
HACE SABER: Que con fecha once de febrero del corriente año, se
presentó a este Juzgado el Licenciado Juan Antonio López, de cuarenta y
seis años de edad, Abogado y Notario, del domicilio de San Miguel, con
Tarjeta de Abogado número dos mil ciento sesenta y seis, en su concepto
de Apoderado General Judicial de la señora Hilda Antonia Mejía de
Herrera, solicitando se le extienda Título Supletorio de un inmueble de
naturaleza rústica situado en rumbo sur del Caserío El Jovo, del Cantón
Amaya, jurisdicción de Lolotique, de este distrito departamento de San
Miguel, de la capacidad superfi cial de Veintiséis mil novecientos noventa
y dos metros con cincuenta centímetros cuadrados con las medidas y
colindancias siguientes: AL ORIENTE: ciento cincuenta y ocho metros,
y linda con quebrada de por medio con Luis Sandoval y Fidel Sandoval;
AL NORTE: ciento dieciocho metros, lindando con Antonio Henríquez y
Cornelio Gómez, con cerco de alambre con brotones de diversos árboles
de por medio; AL PONIENTE: ciento noventa y seis metros linda con
José Tomás Castro Carrillo e Ignacio Sandoval; y AL SUR: mide ciento
ochenta y siete metros, linda con Pedro Castro, Cosme Guevara, Teresa
Molina de Pérez y con calle principal de por medio; el inmueble antes
descrito no es dominante ni sirviente no tiene carga ni derecho real que
pertenezca a otra persona, y lo adquirió su mandante por compra venta
verbal que le hiciera al señor José Leonidas Herrera Batres, en el mes
de enero de mil novecientos noventa y cinco; que lo valúa en la cantidad
de Tres mil dólares de los Estados Unidos de América.
Lo que se pone en conocimiento del público para los efectos de
Ley.
Librado en el Juzgado de Primera Instancia; Chinameca, a las nueve
horas cincuenta minutos del día trece de febrero de dos mil ocho. LICDA.
DINORA DEL CARMEN ANDRADE DE LAZO, JUEZ DE PRIMERA
INSTANCIA. BR. ROSALIA DE JESUS PACHECO, SECRETARIA.
3 v. alt. No. F001807-1
HENRY EDMUNDO MACALL ZOMETA, JUEZ DE LO CIVIL DEL
DISTRITO JUDICIAL DE CHALCHUAPA.
HACE SABER: Que en este Juzgado, se ha presentado la señora
ROSA EVELIA TRUJILLO, de cuarenta y tres años de edad, de ofi cios
domésticos, de este domicilio, con residencia en el Cantón San Juan Chi-
quito, Municipio de El Porvenir, correspondiente a este Distrito Judicial,
solicitando se le extienda TITULO SUPLETORIO, de un inmueble de
naturaleza rústica, situado en el Cantón San Juan Chiquito, Municipio de
El Porvenir, Departamento de Santa Ana, de una extensión superfi cial de
DOSCIENTOS CUATRO METROS CUADRADOS CON CINCUENTA
Y TRES CENTIMETROS Y NOVENTA Y CINCO MILIMETROS, que
especialmente linda: AL NORTE: Con parcela número Cuatrocientos
sesenta y cinco de Rosa Imelda Urruela de Guevara; AL ORIENTE: Con
parcela número Cuatrocientos sesenta y cuatro de Carlos Otoniel Flores
Rodríguez; AL SUR: Con parcela Cuatrocientos veintiocho de Mauricio
Antonio Hurtado Mendoza, calle de por medio; AL PONIENTE: Con
parcela Cuatrocientos setenta y uno con Heriberto Delgado y parcela
Cuatrocientos setenta y dos con Danilo Pineda. Por todos sus rumbos
cercos propios de por medio. Actualmente tiene construída una casa de
material de block y techo de duralita. Se hace la aclaración que dicho
terreno, no tiene cargas ni derechos reales, que pertenezcan a terceros,
tampoco se encuentra en proindivisión con otras personas.
Lo que se pone en conocimiento del público, para los fi nes de
Ley.
Juzgado de lo Civil: Chalchuapa, a las once horas dieciocho minu-
tos del día tres de marzo de dos mil ocho. LIC. HENRY EDMUNDO
MACALL ZOMETA, JUEZ DE LO CIVIL. LIC. HENRY OVIDIO
GARCIA RODRIGUEZ, SECRETARIO.
3 v. alt. No. F001809-1
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95DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 1 de Abril de 2008.
JUAN BAUTISTA DIAZ AMAYA, Notario, con Ofi cina situada en Pasaje
Diez de Mayo, Barrio El Calvario de esta Ciudad. AL PÚBLICO.
HACE SABER: Que ante mis ofi cios notariales y en base a la Ley
del Ejercicio Notarial de la Jurisdicción Voluntaria y de Otras Diligen-
cias, se ha presentado la señora SANTOS CATALINA ORTIZ PEREZ,
mayor de edad, Estudiante, del domicilio de Yoloaiquín, Departamento
de Morazán, en su calidad de Apoderada General Judicial con Cláusula
Especial del señor JOSE SEGUNDO MARTINEZ, promoviendo Dili-
gencias a efecto de que se extienda Título Supletorio de Posesión a favor
de su Poderdante de un inmueble de su propiedad del cual está en quieta
posesión desde hace más de veinte años, siendo de naturaleza rústica,
situado en el Cantón Sunsulaca, Jurisdicción de Cacaopera, Departa-
mento de Morazán, siendo de una extensión superfi cial de NUEVE MIL
TRESCIENTOS SESENTA Y DOS PUNTO VEINTICINCO METROS
CUADRADOS equivalentes a UNO PUNTO TRES MANZANAS el cual
mide y linda: AL ORIENTE, ciento quince metros, linda con terreno del
señor José Hildo Martínez; AL NORTE, ciento veintidós metros, linda
con terreno del señor Mariano Nolasco Villalta, antes, hoy de Virgilio
Luna; AL PONIENTE, cincuenta y seis metros, linda con terreno de la
señora María Trinidad Guevara, calle de por medio; y AL SUR, noventa y
siete metros , linda con terreno del señor Atilio Hernández, calle nacional
de por medio. Que dicho inmueble el titulante lo estima en CINCO MIL
DOLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA, que no es
dominante ni sirviente, lo posee sin proindivisión con otras personas, y
lo adquirió por compraventa en escritura privada que le hiciera el señor
Patrocinio Pereira.
Lo que pone en conocimiento del público en general para los efectos
de Ley respectivos.
San Francisco Gotera, Departamento de Morazán, veinticuatro de
marzo del año dos mil ocho.
LIC. JUAN BAUTISTA DIAZ AMAYA,
NOTARIO.
3 v. c. No. F001748-1
JUAN BAUTISTA DIAZ AMAYA, Notario, con Ofi cina situada en Pasaje
Diez de Mayo, Barrio El Calvario de esta Ciudad. AL PÚBLICO.
HACE SABER: Que ante mis ofi cios notariales y en base a la
Ley del Ejercicio Notarial de la Jurisdicción Voluntaria y de Otras Dili-
gencias, se ha presentado la señora REINA ISABEL VELASQUEZ DE
MARTINEZ, mayor de edad, de Ofi cios Domésticos, del domicilio de San
Carlos, Departamento de Morazán, en su calidad de Apoderada General
Judicial con Cláusula Especial, del señor JOSE HILDO MARTINEZ,
promoviendo Diligencias a efecto de que se extienda Título Supletorio
de Posesión a favor de su Poderdante de un inmueble de su propiedad,
del cual está en quieta posesión acumulada desde hace más de veinte
años, siendo de naturaleza rústica, situado en el Cantón Sunsulaca, Ju-
risdicción de Cacaopera, Departamento de Morazán. Dicho inmueble
es de una extensión superfi cial de DIECIOCHO MIL SETECIENTOS
PUNTO VEINTICINCO METROS CUADRADOS, equivalentes a DOS
SIETE MANZANAS, de los linderos siguientes: AL ORIENTE, ciento
sesenta y nueve metros con cincuenta centímetros, linda con terreno del
señor Gabriel Molina Chicas, antes hoy de Virginio Ramos; AL NORTE,
noventa y cinco metros, linda con terreno del señor Mariano Nolasco
Villalta, antes, hoy de Virgilio Luna y Catalina Pereira; AL PONIEN-
TE, ciento dieciséis metros, linda con terreno del señor José Segundo
Martínez; y AL SUR, ciento sesenta y siete metros, linda con terreno del
señor Atilio Hernández, calle nacional de por medio. Que dicho inmueble
la titulante lo estima en CINCO MIL DOLARES DE LOS ESTADOS
UNIDOS DE AMERICA, que no es dominante ni sirviente, lo posee sin
proindivisión con otras personas, y lo adquirió por venta privada que le
hiciera el señor José Segundo Martínez, mayor de edad, Agricultor del
domicilio de Cacaopera.
Lo que pone en conocimiento del público en general para los efectos
de Ley respectivos.
San Francisco Gotera, Departamento de Morazán, veinticuatro de
marzo del año dos mil ocho.
LIC. JUAN BAUTISTA DIAZ AMAYA,
NOTARIO.
3 v. c. No. F001749-1
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96 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 379
JUICIOS DE AUSENCIA
MARIA ESTHER FERRUFINO VIUDA DE PARADA, JUEZ SEGUN-
DO DE LO CIVIL DE SAN MIGUEL.
AVISA: Que en el Juicio Civil Ejecutivo, promovido por el Licen-
ciado Fernando Aristides Garay Andrade, en su calidad de Apoderado
de la Caja de Crédito Rural de San Alejo, Sociedad Cooperativa de
Responsabilidad Limitada de Capital Variable, contra la señora Erika
Yesenia Aguilar Hernandez y José Fredy Aguilar Hernández conocido
por José Fredy Aguilar se ha presentado el mencionado profesional
manifestando que la demandada Erika Yesenia Aguilar Hernández, de
treinta y siete años de edad, Abogada, de este domicilio, se ha ausentado
de su domicilio ignorándose su paradero solicitando asimismo que a la
demandada se le nombre un curador especial para que la represente en el
referido juicio, por ignorarse además si ha dejado en el país procurador
o abogado que la represente, por lo que se previene a este último si lo
tuviere que se presente a este Juzgado a hacer uso de su derecho dentro
del término de quince días después de la última publicación de este
aviso.
Lo que se pone en conocimiento del público para los efectos legales
consiguientes.
Librado en el Juzgado Segundo de lo Civil: San Miguel, a las doce
horas treinta y cinco minutos del día veinticuatro de Octubre del año dos
mil siete.- Dra. MARIA ESTHER FERRUFINO VIUDA DE PARADA,
JUEZ SEGUNDO DE LO CIVIL. Licda. MARTA DOLORES COREAS,
SECRETARIA.
1 v. No. F001786
JOSE MARIA ESTRADA ALVAREZ, JUEZ SEGUNDO DE LO CIVIL
DE ESTE DISTRITO JUDICIAL
HACE SABER: Al público para efectos de ley, que a este Juzgado
se ha presentado la LICENCIADA MONICA LEONOR HERNANDEZ
CALDERON, mayor de edad, Abogado, de este domicilio, en su calidad
de Apoderado del FONDO SOCIAL PARA LA VIVIENDA, solicitando
el Nombramiento de un Curador Especial para que represente al señor
BENJAMIN GRANADOS, mayor de edad, estudiante, quien tuvo como
último domicilio conocido el de Apopa, que para efectos de poder conti-
nuar el Juicio Civil Ejecutivo, que en su contra se ha promovido en este
Juzgado e ignorar la referida Abogado, cuál es el domicilio o residencia
actual del señor BENJAMIN GRANADOS, y no saber si ha dejado
Abogado Procurador o Representante alguno para que represente al
referido demandado promueve como incidente dentro del mencionado
juicio el nombramiento de un Curador Especial para que represente al
señor BENJAMIN GRANADOS según Art. 141 Pr. C.
EN CONSECUENCIA: se previene que si el referido señor BEN-
JAMIN GRANADOS, tiene Procurador o representante legal, se presente
a este Juzgado a comprobar dicha circunstancia dentro del término de
ley.
LIBRADO EN EL JUZGADO SEGUNDO DE LO CIVIL: SAN
SALVADOR, a las catorce horas del día dieciséis de enero de dos mil
ocho. Lic. JOSE MARIA ESTRADA ALVAREZ, JUEZ SEGUNDO
DE LO CIVIL. Lic. TATIANA VILMA MERCEDES CACERES DE
ALAS, SECRETARIA.
1 v. No. F001829
JOSE MARIA ESTRADA ALVAREZ, JUEZ SEGUNDO DE LO CIVIL
DE ESTE DISTRITO JUDICIAL
HACE SABER: Al público para efectos de ley, que a este juzgado
se ha presentado la LICENCIADA MARIA EUGENIA LEVY, mayor
de edad, Abogado, de este domicilio, en su calidad de Apoderada del
FONDO SOCIAL PARA LA VIVIENDA, solicitando el Nombramiento
de un Curador Especial para que represente al señor VICTOR MANUEL
MARTINEZ GONZALEZ, mayor de edad, Empleado quien tuvo como
último domicilio conocido el de esta Ciudad, que para efectos de poder
continuar el Juicio Civil Ejecutivo, que en su contra se ha promovido en
este Juzgado e ignorar la referida Abogado, cuál es el domicilio o resi-
dencia actual del señor VICTOR MANUEL MARTINEZ GONZALEZ, y
no saber si ha dejado Abogado, Procurador o Representante alguno para
que represente al referido demandado, promueve como incidente dentro
del mencionado juicio el nombramiento de un Curador Especial para
que represente al señor VICTOR MANUEL MARTINEZ GONZALEZ,
según Art. 141 Pr. C.
EN CONSECUENCIA: Se previene que si el referido señor VICTOR
MANUEL MARTINEZ GONZALEZ, tiene procurador o representante
legal, se presente a este Juzgado a comprobar dicha circunstancia dentro
del término de ley.
LIBRADO EN EL JUZGADO SEGUNDO DE LO CIVIL: SAN
SALVADOR, a las diez horas del día diecisiete de enero de dos mil ocho.
Lic. JOSE MARIA ESTRADA ALVAREZ, JUEZ SEGUNDO DE LO
CIVIL. Lic. TATIANA VILMA MERCEDES CACERES DE ALAS,
SECRETARIA.
1 v. No. F001830
JOSE MANUEL MOLINA LOPEZ, JUEZ TERCERO DE LO CIVIL
DE ESTE DISTRITO JUDICIAL.
HACE SABER: Al público para efectos de ley, que a este Juzgado se
ha presentado la Licenciada ANA SILVIA MENJIVAR MARTINEZ, como
apoderada del FONDO SOCIAL PARA LA VIVIENDA, promoviendo
Juicio Civil Ejecutivo, contra el señor JOSE FRANCISCO ENRIQUE
GONZALEZ MIXCO, mayor de edad, Licenciado en Administración
Empresa, con último domicilio en Condominio Habitacional Atlanta IV,
pasaje nueve, edifi cio “F”, número seis, jurisdicción de Mejicanos, de
este Departamento, actualmente de domicilio ignorado, a quien no se le
ha podido notifi car y emplazar de la demanda y decreto de embargo, por
lo que pide que con fundamento en el Art. 141 inciso 3º Pr.C., se tenga
por iniciado como Incidente dentro del Juicio las diligencias tendientes
a declarar legalmente ausente al señor JOSE FRANCISCO ENRIQUE
GONZALEZ MIXCO, y se le nombre un Curador Especial para que lo
represente en el Juicio que se le ha entablado.
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97DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 1 de Abril de 2008.
En consecuencia, se previene que si el ausente señor JOSE FRANCISCO ENRIQUE GONZALEZ MIXCO, tiene Procurador u otro Representante legal en esta República, se presente a este Juzgado dentro del plazo de quince días después de la tercera publicación de este aviso a comprobar su personería.
Librado en el Juzgado Tercero de lo Civil, San Salvador, a las diez horas con un minuto del día veintiséis de febrero del dos mil ocho. Dr. JOSE MANUEL MOLINA LOPEZ, JUEZ TERCERO DE LO CIVIL. Br. ALEX ALBERTO SORTO MELARA, SECRETARIO.
1 v. No. F001831
JOSE ADRIAN VILLATORO LARA, Notario, del domicilio de San Salvador, con ofi cinas en CONDOMINIO RESIDENCIAL PARQUE SAN LUIS UNO, Calle tres, Block “E”, apartamento dos-quince, de la ciudad de San Salvador, AL PUBLICO.
HACE SABER: Que a mi ofi cina notarial se ha presentado la Licenciada SILVIA EMILIA GONZALEZ ESCAMILLA, en su calidad de Apoderada General Judicial del FONDO SOCIAL PARA LA VIVIENDA, Institución de Crédito Autónoma, de este domicilio, MANIFESTANDO: Que en la calidad en que comparece, en el Juzgado Segundo de lo Civil de San Salvador, está promoviendo Juicio Civil Ejecutivo Referencia 298-EC-2006, contra el señor JOSE HECTOR RAMOS conocido por JOSE HECTOR REYES RAMOS y por JOSE HECTOR RAMOS REYES, quien es mayor de edad, Empleado, del domicilio de San Salvador, reclamándole el pago de capital, intereses y accesorios de ley; y que actualmente se ignora el paradero del señor JOSE HECTOR RAMOS conocido por JOSE HECTOR REYES RAMOS y por JOSE HECTOR RAMOS REYES, y asimismo se desconoce si ha dejado Procurador o Representante Legal, razón por la cual no ha sido posible emplazarlo en el referido juicio; por lo que, de conformidad con el Art. 25 de la Ley del Ejercicio Notarial de la Jurisdicción Voluntaria y de Otras Diligencias, en relación con el Art. 141 Pr. C.; ha iniciado ante mis ofi cios de Notario, Diligencias de Nombramiento de Curador Ad-Litem a un Ausente no Declarado, a fi n de que, una vez cumplidos los requisitos de ley, se remitan las Diligencias a un Juez de lo Civil de San Salvador para que nombre un Curador Ad-Litem al señor JOSE HECTOR RAMOS conocido por JOSE HECTOR REYES RAMOS y por JOSE HECTOR RAMOS REYES, para que le represente en el juicio antedicho, y le discierna el cargo.
En consecuencia, se previene que si el señor JOSE HECTOR RAMOS conocido por JOSE HECTOR REYES RAMOS y por JOSE HECTOR RAMOS REYES tuviere Procurador o Representante Legal en el país, se presente a mi ofi cina notarial a comprobar dicha circuns-tancia dentro del término de quince días siguientes a la publicación de este aviso.
Librado en la ciudad de San Salvador, a las catorce horas cuarenta y cinco minutos del día veinte de Febrero de dos mil ocho.
JOSE ADRIAN VILLATORO LARA,
NOTARIO.
1 v. No. F001832
JOSE MANUEL MOLINA LOPEZ, JUEZ TERCERO DE LO CIVIL
DE ESTE DISTRITO JUDICIAL.
HACE SABER: Al público para efectos de ley, que a este Juzgado
se ha presentado el Licenciado JOSE GERVACIO GONZALEZ LOPEZ,
como apoderado del FONDO SOCIAL PARA LA VIVIENDA, promo-
viendo Juicio Civil Ejecutivo, contra el señor OSCAR ANTONIO GIRON
conocido por OSCAR ANTONIO GUERRA GIRON, mayor de edad,
Empleado, con última residencia en Residencial Altavista, Polígono I,
pasaje doce norte, casa número ciento veintinueve, hoy de domicilio
ignorado, a quien no se le ha podido notifi car y emplazar de la demanda
y decreto de embargo, por lo que pide que con fundamento en el Art. 141
inciso 3° Pr.C., se tenga por iniciado como Incidente dentro del Juicio
las diligencias tendientes a declarar legalmente ausente al señor OSCAR
ANTONIO GIRON conocido por OSCAR ANTONIO GUERRA GIRON,
y se le nombre un curador Especial para que lo represente en el Juicio
que se le ha entablado.
En consecuencia, se previene que si el ausente señor OSCAR
ANTONIO GIRON conocido por OSCAR ANTONIO GUERRA
GIRON, tiene Procurador u otro Representante legal en esta República,
se presente a este Juzgado dentro del plazo de quince días después de la
tercera publicación de este aviso a comprobar su personería.
Librado en el Juzgado Tercero de lo Civil: San Salvador, a las diez
horas con treinta y tres minutos del día cuatro de febrero del dos mil
ocho.- Dr. JOSE MANUEL MOLINA LOPEZ, JUEZ TERCERO DE LO
CIVIL. Br. ALEX ALBERTO SORTO MELARA, SECRETARIO.
1 v. No. F001833
EL JUEZ PRIMERO DE LO MERCANTIL INTERINO DE ESE DIS-
TRITO JUDICIAL, AL PUBLICO PARA LOS EFECTOS DE LEY,
HACE SABER: Que en este Tribunal la Licenciada ELSY
ELIZABETH GALVEZ SANCHEZ, promueve en su calidad de Apo-
derado del FONDO DE SANEAMIENTO Y FORTALECIMIENTO
FINANCIERO, ha promovido juicio Ejecutivo Mercantil contra el
señor ARISTIDES BARRERA ARGUETA, en ese entonces de treinta
y cuatro años de edad, empleado, del domicilio de Jersey, condado de
Hudson, Nueva Jersey, Estados Unidos de América y en la actualidad
de domicilio ignorado, sin saber si han dejado Procurador o Apoderado
que lo Represente; por lo que de conformidad con el Artículo 141 Pr.C.
dentro del mismo Juicio se han promovido las Diligencias de Ausencia,
a fi n de que se le nombre un Curador Especial que lo Represente exclu-
sivamente en el proceso relacionado.
En consecuencia se previene que si alguna persona es Apoderada
o representante Legal del señor ARISTIDES BARRERA ARGUETA,
se presente a este Juzgado a comprobar tal circunstancia, dentro de los
quince días subsiguientes a la tercera publicación del presente aviso.
Librado en el Juzgado Primero de lo Mercantil: San Salvador, a
las doce horas del día veintiocho de noviembre de dos mil siete. Lic.
JOSE GUILLERMO RAMOS CHORRO, JUEZ PRIMERO DE LO
MERCANTIL INTO. Lic. OSCAR EMILIO ZETINO URBINA, SE-
CRETARIO.
1 v. No. F001848
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98 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 379
PATRICIA IVONNE INGLES AQUINO, JUEZ CUARTO DE LO
MERCANTIL SUPLENTE DE ESTE DISTRITO JUDICIAL, AL
PUBLICO EN GENERAL,
HACE SABER: Que en el Proceso Mercantil Ejecutivo promo-
vido por FONDO DE SANEAMIENTO Y FORTALECIMIENTO
FINANCIERO a través de su Apoderado General Judicial Licenciada
ELSY ELIZABETH GALVEZ SANCHEZ, contra la señora LORENA
JEANNETT FLORES DE VIGIL, conocida por LORENA JEANNETT
FLORES VENTURA, mayor de edad, secretaria, del domicilio de San
Miguel; pero es el caso que actualmente es de domicilio ignorado, así
como no se sabe si ha dejado Procurador o si tiene representante Legal en
su caso; por lo que solicita la expresada Profesional se le nombre Curador
Especial la señora LORENA JEANNETT FLORES DE VIGIL, conocida
por LORENA JEANNETT FLORES VENTURA, de conformidad al Art.
141 Pr.C., en el proceso Mercantil Ejecutivo que se sigue en su contra.
En consecuencia, se previene que si la referida señora LORENA
JEANNETT FLORES DE VIGIL, conocida por LORENA JEANNETT
FLORES VENTURA, tuvieren Procurador o Representante Legal en su
caso en el país, se presente a este Tributaria a comprobar dicha circuns-
tancia, dentro del término de quince días siguientes a la publicación de
este aviso.
LIBRADO: en el Juzgado Cuarto de lo Mercantil: San Salvador,
a las quince horas y cuarenta minutos del día seis de noviembre de dos
mil siete. Lic. PATRICIA IVONNE INGLES AQUINO, JUEZ CUARTO
DE LO MERCANTIL SUPLENTE. Licda. JACQUELINE JOHANNA
ORTIZ DURAN, SECRETARIA.
1 v. No. F001849
LA INFRASCRITA JUEZA PRIMERO DE MENOR CUANTIA DE
ESTE DISTRITO JUDICIAL; al público en general.
HACE CONSTAR: Que en este Tribunal existe Juicio Ejecutivo
Mercantil, referencia 1844-EM3-05, promovido por la Licenciada ELSY
ELIZABETH GALVEZ SANCHEZ, de treinta y cuatro años de edad,
Abogada, del domicilio de Ciudad Delgado, con Documento Único de
Identidad número cero cero ochocientos ochenta y seis mil quinientos
noventa - nueve y con Carné de Abogado número seis mil seiscientos
sesenta y cuatro, en su calidad de Apoderada General judicial de FONDO
DE SANEAMIENTO Y FORTALECIMIENTO FINANCIERO, en contra
de los señores JUAN JOSE ERAZO REYNADO, de treinta y dos años
de edad, empleado, de este domicilio, con Cédula de Identidad Personal
número uno-uno-doscientos cincuenta y seis mil setenta y cinco y Nú-
mero de Identifi cación Tributaria cero seiscientos catorce- ciento sesenta
mil novecientos cincuenta y cinco - cero cero nueve - cuatro y CAIN
HERNANDEZ RIVERA, de treinta y seis años de edad, Empleado, de
este domicilio, con Cédula de Identidad Personal número uno - uno- ciento
ochenta y un mil trescientos cuarenta; posteriormente a la fecha de inicio
del referido juicio, el demandante manifestó a este Tribunal que dichos
demandados se han ausentado del domicilio conocido, ignorándose su
paradero y si ha dejado Procurador o Representante Legal; por lo que
de conformidad al Art. 141 del Código de Procedimientos Civiles PIDE:
Sean Declarados Ausentes y se nombre un Curador Especial para que
los represente en la continuación del presente juicio.
En consecuencia se previene, que si los demandados tienen Pro-
curador o Representante Legal, se presente a este Tribunal a comprobar
dicha circunstancia dentro DE LOS QUINCE DIAS SIGUIENTES A
LA TERCERA PUBLICACION DE ESTE AVISO.
LIBRADO EN EL JUZGADO PRIMERO DE MENOR CUANTIA:
SAN SALVADOR, a las diez horas del día uno de noviembre de dos mil
siete. Licda. JULIA BUENDIA MENDEZ, JUEZ PRIMERO DE MENOR
CUANTIA. Lic. PABLO CESAR LAZO BONILLA, SECRETARIO.
1 v. No. F001850
EDUARDO JAIME ESCALANTE DIAZ, JUEZ CUARTO DE LO
MERCANTIL DE ESTE DISTRITO JUDICIAL, AL PUBLICO EN
GENERAL,
HACE SABER: Que a este Tribunal, se ha presentado el FON-
DO DE SANEAMIENTO Y FORTALECIMIENTO FINANCIERO,
a través de su Apoderada Licenciada ELSY ELIZABETH GALVEZ
SANCHEZ, MANIFESTANDO, en su demanda, que ha iniciado PRO-
CESO MERCANTIL EJECUTIVO, con Referencia 422-EM-05, contra
el señor OSCAR AYALA, mayor de edad, Motorista, del domicilio de
Apopa, pero es el caso que al expresado señor arriba mencionado, se
le desconoce su paradero actual, así como si ha dejado Procurador o
Representante en su caso, por lo que PIDE: Que de acuerdo al Art. 141
Pr. C., se le nombre Curador Especial, que lo represente en el aludido
PROCESO.
En consecuencia se previene, que si el referido señor OSCAR
AYALA, tiene Procurador o Representante en su caso, se presente a este
Tribunal a comprobar dicha circunstancia, dentro del término de quince
días siguientes a la última publicación de este aviso.
Lo que se avisa al público, para los efectos de Ley.
Librado en el Juzgado Cuarto de lo Mercantil: San Salvador, a las
doce horas del día ocho de octubre del dos mil siete. Lic. EDUARDO
JAIME ESCALANTE DIAZ, JUEZ CUARTO DE LO MERCANTIL.
Lic. JACQUELINE JOHANNA ORTIZ DURAN, SECRETARIO.
1 v. No. F001852
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99DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 1 de Abril de 2008.
RENOVACION DE MARCAS
No. de Expediente: 1986000003
No. de Presentación: 20080105141
CLASE: 05.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR.
HACE CONSTAR: Que a esta ofi cina se ha presentado ARMANDO
INTERIANO, mayor de edad, ABOGADO y NOTARIO, del domici-
lio de SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA, actuando
como APODERADO GENERAL JUDICIAL de BAYER AKTIEN-
GESELLSCHAFT, del domicilio de LEVERKUSEN, REPUBLICA
FEDERAL DE ALEMANIA, de nacionalidad ALEMANA, solicitando
RENOVACION, para la inscripción Número 00059 del Libro 00115
de REGISTRO DE MARCAS, consistente en la palabra BAYTICOL;
que ampara productos/servicios comprendidos en la(s) Clase 05 de la
Clasifi cación Internacional de Niza.
Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de
Ley.
DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la
Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.
San Salvador, a los cinco días del mes de marzo del año dos mil ocho.
ALEXANDER RAFAEL MORALES MENDEZ,
REGISTRADOR.
ISMEL EDITH VALLES DE HERNÁNDEZ,
SECRETARIA.
3 v. alt. No. C018580-1
MARCAS DE FÁBRICA
No. de Expediente: 2008074682
No. de Presentación: 20080106460
CLASE: 05.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR.
HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado ARMANDO
INTERIANO, en su calidad de APODERADO GENERAL JUDICIAL
de BAYER AKTIENGESELLSCHAFT que se abrevia: BAYER AG,
de nacionalidad ALEMANA, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA Y DE COMERCIO.
HYODAN
Consistente en: la palabra HYODAN, que servirá para: AMPARAR: PRODUCTOS VETERINARIOS.
La solicitud fue presentada el día siete de marzo del año dos mil ocho.
DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, once de marzo del año dos mil ocho.
LUIS ALONSO CÁCERES AMAYA,
REGISTRADOR.
MAURICIO ENRIQUE SÁNCHEZ VÁSQUEZ,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. C018578-1
No. de Expediente: 2008074680
No. de Presentación: 20080106458
CLASE: 05.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR.
HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado ARMANDO INTERIANO, en su calidad de APODERADO de BAYER AKTIEN-GESELLSCHAFT que se abrevia: BAYER AG, de nacionalidad ALE-MANA, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA Y DE COMERCIO.
LEGEND
Consistente en: la palabra LEGEND que se traduce al castellano como Leyenda o mito, que servirá para: AMPARAR: PRODUCTOS VETERINARIOS.
La solicitud fue presentada el día siete de marzo del año dos mil ocho.
DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, once de marzo del año dos mil ocho.
LUIS ALONSO CÁCERES AMAYA,
REGISTRADOR.
MAURICIO ENRIQUE SÁNCHEZ VÁSQUEZ,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. C018579-1
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100 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 379
No. de Expediente: 2008073918
No. de Presentación: 20080105041
CLASE: 30.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR.
HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado MANUEL
ANTONIO AMAYA CISNEROS, de nacionalidad SALVADOREÑA,
en su calidad de PROPIETARIO, solicitando el registro de la MARCA
DE FABRICA Y DE COMERCIO.
Consistente en: las palabras Del Negrito y diseño, sobre los elementos
de uso común en el comercio no se le concede exclusividad, que servirá
para: AMPARAR: BEBIDAS A BASE DE CACAO O CHOCOLATE.
La solicitud fue presentada el día doce de febrero del año dos mil
ocho.
DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la
Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.
San Salvador, quince de febrero del año dos mil ocho.
LICDA HERMINIA ELIZABETH LOZANO ZELIDÓN,
REGISTRADORA.
MAYRA PATRICIA PORTILLO CASTAÑEDA,
SECRETARIA.
3 v. alt. No. C018588-1
No. de Expediente: 2008074761
No. de Presentación: 20080106576
CLASE: 05.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR.
HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado JORGE
ARMANDO AYALA OSEGUEDA, en su calidad de APODERADO
GENERAL JUDICIAL de FARNET, SOCIEDAD ANONIMA DE
CAPITAL VARIABLE que se abrevia: FARNET, S.A. DE C.V., de
nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro de la MARCA
DE FABRICA.
FARNET
Consistente en: la expresión FARNET, que servirá para: AMPARAR:
MEDICAMENTOS DE CONSUMO HUMANO.
La solicitud fue presentada el día diez de marzo del año dos mil
ocho.
DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la
Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.
San Salvador, trece de marzo del año dos mil ocho.
LICDA. HERMINIA ELIZABETH LOZANO ZELIDÓN,
REGISTRADORA.
KATYA MARGARITA MARTÍNEZ GUTIÉRREZ,
SECRETARIA.
3 v. alt. No. C018598-1
No. de Expediente: 2007068008
No. de Presentación: 20070095110
CLASE: 12.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR.
HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado SANDRA DEL
CARMEN DUEÑAS CABALLERO, en su calidad de APODERADO
GENERAL JUDICIAL de WAN SHYAN CARL LEU, de nacionalidad
ESTADOUNIDENSE, solicitando el registro de la MARCA DE FABRI-
CA Y DE COMERCIO.
EXTREME POWER
Consistente en: las palabras EXTREME POWER que se traduce
como EXTREMO PODER, sobre las palabras individualmente consi-
deradas no se le concede exclusividad, que servirá para: AMPARAR:
PARTES DE VEHICULOS.
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101DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 1 de Abril de 2008.
La solicitud fue presentada el día diecisiete de diciembre del año
dos mil siete.
DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la
Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.
San Salvador, cinco de marzo del año dos mil ocho.
LICDA. HAZEL VIOLETA ARÉVALO CARRILLO,
REGISTRADORA.
CARLOS DAVID JARQUIN CASTELLANOS,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. F001736-1
No. de Expediente: 2007072917
No. de Presentación: 20070102821
CLASE: 16.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR.
HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado WILLY KORN
CAÑAS, en su calidad de REPRESENTANTE LEGAL de EDITORA
Y DISTRIBUIDORA DE LIBROS DE EL SALVADOR, SOCIEDAD
ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE que se abrevia: EDITORA Y
DISTRIBUIDORA DE LIBROS DE EL SALVADOR, S.A. DE C.V., de
nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro de la MARCA
DE FABRICA Y DE COMERCIO.
Consistente en: las palabras English New Generation que se
traducen al castellano como inglés nueva generación, que servirá para:
AMPARAR: LIBROS DE ENSEÑANZA.
La solicitud fue presentada el día veinte de diciembre del año dos
mil siete.
DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, cuatro de enero del año dos mil ocho.
DAVID ANTONIO CUADRA GÓMEZ,
REGISTRADOR.
EDUARDO GIOVANNY BIGUEUR CORNEJO,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. F001857-1
NOMBRE COMERCIAL
No. de Expediente: 2008074760
No. de Presentación: 20080106575
EL INFRASCRITO REGISTRADOR.
HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado JORGE ARMANDO AYALA OSEGUEDA, en su calidad de APODERADO GENERAL JUDICIAL de FARNET, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE que se abrevia: FARNET, S.A. DE C.V., de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro del NOMBRE COMERCIAL.
FARNET
Consistente en: la expresión FARNET, que servirá para: IDEN-TIFICAR UN ESTABLECIMIENTO DEDICADO A LA VENTA DE MEDICAMENTOS DE CONSUMO HUMANO.
La solicitud fue presentada el día diez de marzo del año dos mil ocho.
DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, trece de marzo del año dos mil ocho.
LICDA. HERMINIA ELIZABETH LOZANO ZELIDÓN,
REGISTRADORA.
KATYA MARGARITA MARTÍNEZ GUTIÉRREZ,
SECRETARIA.
3 v. alt. No. C018600-1
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102 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 379
No. de Expediente: 2007071934
No. de Presentación: 20070101399
EL INFRASCRITO REGISTRADOR.
HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado SARA ABIGAIL
LAZO ALVARADO, de nacionalidad SALVADOREÑA, en su calidad de
PROPIETARIO, solicitando el registro del NOMBRE COMERCIAL.
Consistente en: las palabras CLINICA VIDA SALUDABLE y
diseño, sobre los elementos denominativos no se le concede exclusivi-
dad, sino únicamente sobre el diseño y la disposición de los elementos,
que servirá para: IDENTIFICAR UNA EMPRESA DEDICADA A LA
PRESTACION DE SERVICIOS MEDICOS Y VENTA DE PRODUC-
TOS FARMACEUTICOS Y MEDICINALES.
La solicitud fue presentada el día diecinueve de noviembre del año
dos mil siete.
DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la
Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.
San Salvador, siete de marzo del año dos mil ocho.
LICDA. HAZEL VIOLETA ARÉVALO CARRILLO,
REGISTRADORA.
CARLOS DAVID JARQUIN CASTELLANOS,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. F001709-1
No. de Expediente: 2008073698
No. de Presentación: 20080104704
EL INFRASCRITO REGISTRADOR.
HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado EDUARDO
GUILLERMO NASSER CHAIN, de nacionalidad SALVADOREÑA,
en su calidad de PROPIETARIO, solicitando el registro del NOMBRE
COMERCIAL.
Consistente en: las palabras BIP-BIP desde 1980 POLLO
ROSTIZADO A LA BARBACOA, y diseño que servirá para: DIS-
TINGUIR UNA EMPRESA DEDICADA A LA PRODUCCIÓN Y
COMERCIALIZACIÓN DE POLLO PARA EL CONSUMO HUMA-
NO.
La solicitud fue presentada el día primero de febrero del año dos
mil ocho.
DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la
Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.
San Salvador, veintiocho de febrero del año dos mil ocho.
LUIS ALONSO CÁCERES AMAYA,
REGISTRADOR.
FERNANDO JOSÉ VELASCO,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. F001787-1
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103DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 1 de Abril de 2008.
MATRICULAS DE COMERCIO
ASIENTO DE EMPRESA 2008060874
ASIENTO DE ESTABLECIMIENTO 2008060874- 001
LA INFRASCRITA REGISTRADORA DEL DEPARTAMENTO DE REGISTRO DE MATRICULAS DE EMPRESA Y ESTABLECIMIEN-TOS DEL REGISTRO DE COMERCIO.
HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado MARIA ADELA GUZMAN en su calidad de Apoderada de la sociedad CONSTRUCTORA TARA, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE; sociedad de nacionalidad SALVADOREÑA, del domicilio de SANTA TECLA, LA LIBERTAD, cuya escritura social está inscrita bajo el número 2 del libro 2307 del Registro de Sociedades del Registro de Comercio; el cual ha presentado solicitud a las ocho horas y cincuenta y cinco minutos del día cinco de marzo de dos mil ocho, con la cual se otorgó el Asiento de Empresa No. 2008060874 inscripción 168 y el Asiento de Establecimiento No. 2008060874-001, inscripción 169,· ambos del Libro 174 de Asientos de Matrícula de Empresa y Establecimiento; la Empresa se denomina CONSTRUCTORA TARA, S. A. DE C. V., la cual se dedica a CONSTRUCCION DE CASAS Y EDIFICIOS, IMPOR-TACION, EXPORTACION, REPRESENTACION, DISTRIBUCION Y COMERCIALIZACION DE INSUMOS PARA LA CONSTRUCCION, con dirección en 8ª AVENIDA NORTE Y PASAJE 10 PONIENTE, Nº 31, COLONIA LOS CIPRESES II, del domicilio de SANTA TECLA, LA LIBERTAD, cuyo activo asciende a ONCE MIL CUATROCIENTOS VEINTIOCHO 57/100 DOLARES ($11,428.57) y que tiene el estableci-miento siguiente(s): 001-) denominado CONSTRUCTORA TARA, S. A. DE C. V., ubicado en 8ª AVENIDA NORTE Y PASAJE 10 PONIENTE, Nº 31, COLONIA LOS CIPRESES II, del domicilio de SANTA TECLA, LA LIBERTAD, y que se dedica a CONSTRUCCION DE CASAS Y EDIFICIOS, IMPORTACION, EXPORTACION, REPRESENTACION, DISTRIBUCION Y COMERCIALIZACION DE INSUMOS PARA LA CONSTRUCCION.
Lo que se le hace saber al público para los efectos de Ley.
San Salvador, seis de marzo de dos mil ocho.
LIC. MORENA GUADALUPE FLORES AGUIRRE,
REGISTRADORA.
3 v. alt. No. C018577-1
ASIENTO DE EMPRESA 2005053814
ASIENTO DE ESTABLECIMIENTO 2005053814- 001
LA INFRASCRITA REGISTRADORA DEL DEPARTAMENTO DE REGISTRO DE MATRICULAS DE EMPRESA Y ESTABLECIMIEN-TOS DEL REGISTRO DE COMERCIO.
HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado, MIGUEL ENRIQUE ABREGO DIAZ, en su calidad de Representante Legal de
la sociedad GESTIONES Y SERVICIOS EMPRESARIALES DE EL SALVADOR, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE que puede abreviarse, GESEL, S. A. DE C. V., y GESTIONES Y SERVI-CIOS EMPRESARIALES, S. A. DE C. V.; sociedad de nacionalidad SALVADOREÑA, del domicilio de SAN SALVADOR, cuya escritura social está inscrita bajo el número 26 del libro 1996 del Registro de Sociedades del Registro de Comercio, con Número de Identifi cación Tributaria: 0614-270105-101-8; el cual ha presentado solicitud a las once horas y diez minutos del día veintidós de febrero de dos mil cinco, con la cual se otorgó el Asiento de Empresa No. 2005053814 inscripción 1 y el Asiento de Establecimiento No. 2005053814-001, inscripción 2, ambos del Libro 79 de Asientos de Matrícula de Empresa y Establecimiento; la Empresa se denomina GESTIONES Y SERVICIOS EMPRESARIALES DE EL SALVADOR, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIA-BLE, la cual se dedica, a ASESORAMIENTO EMPRESARIAL Y EN MATERIA DE GESTION, con dirección en 1ª CALLE PONIENTE, 73 AVENIDA NORTE, Nº 3796, COLONIA ESCALON, del domicilio de SAN SALVADOR, cuyo activo asciende a ONCE MIL CUATRO-CIENTOS VEINTIOCHO DOLARES CON 56/100 $11,428.56 y que tiene el establecimiento siguiente: 001-) denominado GESTIONES Y SERVICIOS EMPRESARIALES DE EL SALVADOR, S. A. DE C. V. ubicado en 1ª CALLE PONIENTE, 73ª AVENIDA NORTE, Nº 3796, COLONIA ESCALON, SAN SALVADOR, y que se dedica a ASESO-RAMIENTO EMPRESARIAL Y EN MATERIA DE GESTION.
Lo que se le hace saber al público para los efectos de Ley.
San Salvador, veinticuatro de febrero de dos mil cinco.
LIC. LEONOR JIMENEZ BARRIOS,
REGISTRADORA.
3 v. alt. No. C018584-1
ASIENTO DE EMPRESA 2002032859
ASIENTO DE ESTABLECIMIENTO 2002032859- 001
EL INFRASCRITO REGISTRADOR DEL DEPARTAMENTO DE RE-GISTRO DE MATRICULAS DE EMPRESA Y ESTABLECIMIENTOS DEL REGISTRO DE COMERCIO.
HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado JOZSEF ALEXANDER ARGUEDAS en su calidad de Representante Legal de la sociedad J. T., SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE que puede abreviar se J. T., S. A. DE C. V.; de nacionalidad SALVADO-REÑA, del domicilio de SAN SALVADOR, cuya escritura social está inscrita bajo el número 5 del libro 1394 del Registro de Sociedades del Registro de Comercio, con Número de Identifi cación Tributaria: 0614-061098-102-8; el cual ha presentado solicitud a las quince horas y dos minutos del día cuatro de enero de dos mil ocho, con la cual se otorgó el Asiento de Empresa No. 2002032859 inscripción 61 y el Asiento de Establecimiento No. 2002032859- 001 inscripción 62, ambos del libro 170 de Asientos de Matrícula de Empresa y Establecimiento; la Empresa denominada J. T. SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE, la cual se dedica a IMPORTACION Y EXPORTACION DE MAQUINAS
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TRAGAMONEDAS, con dirección en COLONIA ESCALON, PASEO GENERAL ESCALON, ENTRE 75ª Y 77ª AVENIDA NORTE, Nº 128, SAN SALVADOR del domicilio de SAN SALVADOR, cuyo activo as-ciende a DOSCIENTOS CINCUENTA Y SIETE MIL OCHOCIENTOS CINCUENTA Y UN 86/100 DOLARES ($257,851.86) y que tiene el(los) establecimiento(s) siguiente(s): 001-) denominado J. T., S. A. DE C. V. ubicado en COLONIA ESCALON, PASEO GENERAL ESCALON, ENTRE 75ª Y 77ª AVENIDA NORTE, Nº 128, SAN SALVADOR y que se dedica a IMPORTACION Y EXPORTACION DE MAQUINAS TRAGAMONEDAS.
Lo que se le hace saber al público para los efectos de Ley.
San Salvador, veintiuno de enero de dos mil ocho.
RUBEN ALBERTO NAVARRO CRUZ.
3 v. alt. No. C018597-1
ASIENTO DE EMPRESA 2007059251
ESTABLECIMIENTO 2007059251- 001
EL INFRASCRITO REGISTRADOR DEL DEPARTAMENTO DE REGISTRO DE MATRICULAS DE EMPRESA Y ESTABLECI-MIENTOS:
HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado MANUEL ROBERTO PAREDES CASTILLO en su calidad de Representante Legal de la sociedad CENTRAL AMERICANA DE DISTRIBUCION, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE, de nacionalidad SALVADOREÑA, del domicilio de SAN SALVADOR, cuya escritura social está inscrita bajo el número 56 del libro 2176 del Registro de Sociedades del Registro de Comercio, con Número de Identifi cación Tributaria 0614-031006-107-5, ha presentado solicitud de CAMBIO DE DIRECCION DE LA EMPRESA Y ESTABLECIMIENTO, a las quince horas y veintiún minutos del día trece de febrero de dos mil ocho. Con la cual se le otorga el Asiento de modifi cación Nº 21 del libro 173 del folio 43 al 44; a favor de la Empresa denominada CENTRAL AMERICANA DE DISTRIBUCION, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE, la cual se dedica a VENTA DE VEHICULOS AUTOMOTORES Y MOTOCICLETAS, con dirección en BOULEVARD VENEZUELA Nº 1155, del domicilio de SAN SALVADOR, y que tiene el establecimiento denominado CENTRAL AMERICANA DE DISTRIBUCION, S. A. DE C. V., el cual se dedica a VENTA DE VEHICULOS AUTOMOTORES Y MOTOCICLETAS, con dirección en: BOULEVARD VENEZUELA Nº 1155, del domicilio de SAN SALVADOR.
Lo que se le hace saber al público para los efectos de Ley.
San Salvador, catorce de febrero de dos mil ocho.
LIC. JORGE ALBERTO CASTRO VALLE,
REGISTRADOR.
3 v. alt. No. C018601-1
ASIENTO DE EMPRESA 2002041406
ESTABLECIMIENTO 2002041406-005
EL INFRASCRITO REGISTRADOR DEL DEPARTAMENTO DE
REGISTRO DE MATRICULAS DE EMPRESA Y ESTABLECI-
MIENTOS.
HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado TERESA DEL
CARMEN PARADA DE MARTINEZ, en su calidad de Representante
Legal de la sociedad INVERSIONES SIQUEM, SOCIEDAD ANO-
NIMA DE CAPITAL VARIABLE, de nacionalidad SALVADOREÑA,
del domicilio y departamento de SAN SALVADOR, cuya escritura
social está inscrita bajo el número 54 del libro 1740 del Registro de
Sociedades del Registro de Comercio, con Número de Identifi cación
Tributaria: 0614-110902-102-9, ha presentado solicitud de apertura de
nuevo establecimiento a las trece horas y treinta y un minutos del
día cuatro de enero de dos mil ocho. Con la cual se otorgó Asiento
de Establecimiento No. 2002041406-005; denominado ALWAYS,
con dirección en CENTRO COMERCIAL MULTIPLAZA, LOCAL Nº B-35, del domicilio de ANTIGUO CUSCATLAN, LA
LIBERTAD, que se dedica a COMPRAVENTA DE ROPA EN GE-
NERAL y que forma parte de la empresa denominada INVERSIONES
SIQUEM, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE, la cual
se dedica a VENTA DE PRODUCTOS TEXTILES Y PRENDAS DE
VESTIR.
Lo que se le hace saber al público para los efectos de Ley.
San Salvador, cuatro de enero de dos mil ocho.
LIC. JULIO RUBEN TRUJILLO VENTURA,
REGISTRADOR.
3 v. alt. No. C018602-1
ASIENTO DE EMPRESA 2002041406
ESTABLECIMIENTO 2002041406-002, 003, 004
EL INFRASCRITO REGISTRADOR DEL DEPARTAMENTO DE
REGISTRO DE MATRICULAS DE EMPRESA Y ESTABLECI-
MIENTOS.
HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado TERESA DEL
CARMEN PARADA DE MARTINEZ, en su calidad de Representante
Legal de la Sociedad INVERSIONES SIQUEM, SOCIEDAD ANO-
NIMA DE CAPITAL VARIABLE, de nacionalidad SALVADOREÑA,
del domicilio y departamento de SAN SALVADOR, cuya escritura
social está inscrita bajo el número 54 del libro 1740 del Registro de
Sociedades del Registro de Comercio, con Número de Identifi cación
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105DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 1 de Abril de 2008.
Tributaria: 0614-110902-102-9, ha presentado solicitud de apertura de
nuevo establecimiento a las diez horas y treinta y siete minutos del día
diez de diciembre de dos mil siete. Con la cual se otorgó Asiento de
Establecimiento No. 2002041406-002, 003, 004 denominados: 002-)
ALWAYS 287 ubicado en CENTRO COMERCIAL METROCENTRO
8ª ETAPA, 2º NIVEL, LOCAL Nº 287, del domicilio y departamento
de SAN SALVADOR, 003-) ALWAYS MERLIOT ubicado en CENTRO
COMERCIAL PLAZA MERLIOT, LOCAL Nº 382, del domicilio de SANTA TECLA, LA LIBERTAD, 004-) ALWAYS MULTIPLAZA ubicado en CENTRO COMERCIAL MULTIPLAZA, LOCAL Nº B-21, del domicilio de ANTIGUO CUSCATLAN, LA LIBERTAD todos y cada uno se dedican a COMPRAVENTA DE ROPA EN GENERAL y que forma parte de la empresa denominada INVERSIONES SIQUEM, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE.
Lo que se le hace saber al público para los efectos de Ley.
San Salvador, diez de diciembre de dos mil siete.
LIC. JULIO RUBEN TRUJILLO VENTURA,
REGISTRADOR.
3 v. alt. No. C018603-1
ASIENTO DE EMPRESA 2008060516
ASIENTO DE ESTABLECIMIENTO 2008060516- 001
EL INFRASCRITO REGISTRADOR DEL DEPARTAMENTO DE RE-GISTRO DE MATRICULAS DE EMPRESA Y ESTABLECIMIENTOS DEL REGISTRO DE COMERCIO.
HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado ANIBAL ESCOBAR ESCOBAR en su calidad de Representante Legal de la sociedad INVERSIONES DIACAR, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE; sociedad de nacionalidad SALVADOREÑA, del domicilio de SANTA ANA, cuya escritura social está inscrita bajo el número 44 del libro 2252 del Registro de Sociedades del Registro de Comercio, con Número de Identifi cación Tributaria: 0210-100507-102-8; el cual ha presentado solicitud a las catorce horas y cincuenta y nueve minutos del día dieciséis de enero de dos mil ocho, con la cual se otorgó el Asiento de Empresa No. 2008060516 inscripción 90 y el Asiento de Establecimiento No. 2008060516- 001, inscripción 91, ambos del Libro 173 de Asientos de Matrícula de Empresa y Establecimiento; la Empresa se denomina INVERSIONES DIACAR, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE, la cual se dedica a OTRO TIPO DE INTER-MEDIACION FINANCIERA O DE ACTIVIDADES AUXILIARES Y VENTA DE OTROS PRODUCTOS EN ESTABLECIMIENTOS NO ESPECIALIZADOS, con dirección en 1ª CALLE PONIENTE, EDIFICIO GARCIA ROSSI, LOCAL Nº 201, del domicilio de SANTA ANA, cuyo activo asciende ONCE MIL CUATROCIENTOS TREINTA 00/100 DOLARES ($ 11,430.00) y que tiene el establecimiento siguiente: 001-) denominado INVERSIONES DIACAR, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE ubicado en 1ª CALLE PONIEN-TE, EDIFICIO GARCIA ROSSI, LOCAL Nº 201, SANTA ANA y que
se dedica a OTRO TIPO DE INTERMEDIACION FINANCIERA O DE ACTIVIDADES AUXILIARES Y VENTA DE OTROS PRODUCTOS EN ESTABLECIMIENTOS NO ESPECIALIZADOS.
Lo que se le hace saber al público para los efectos de Ley.
San Salvador, dieciocho de febrero de dos mil ocho.
LIC. JORGE ALBERTO CASTRO VALLE,
REGISTRADOR.
3 v. alt. No. C018607-1
ASIENTO DE EMPRESA 2006057637
ASIENTO DE ESTABLECIMIENTO 2006057637- 001
LA INFRASCRITA REGISTRADORA DEL DEPARTAMENTO DE REGISTRO DE MATRICULAS DE EMPRESA Y ESTABLECIMIEN-TOS DEL REGISTRO DE COMERCIO.
HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado JOSE RA-MON LAINEZ en su calidad de Representante Legal de la sociedad HOTEL Y RESTAURANTE LAINEZ, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE que puede abreviarse H. Y R. LAINEZ, S. A. DE C. V.; sociedad de nacionalidad SALVADOREÑA, del domicilio de LA UNION, cuya escritura social está inscrita bajo el número 7 del libro 1771 del Registro de Sociedades del Registro de Comercio, con Número de Identifi cación Tributaria: 1408-101202-101-4; el cual ha presentado solicitud a las nueve horas y dos minutos del día nueve de noviembre de dos mil seis, con la cual se otorgó el Asiento de Empresa No. 2006057637 inscripción 145 y el Asiento de Establecimiento No. 2006057637- 001, inscripción 146, ambos del libro 173 de Asientos de Matrícula de Empresa y Establecimiento; la Empresa se denomina HOTEL Y RESTAURANTE LAINEZ, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE, la cual se dedica a HOTEL Y RESTAURANTE, con dirección en COLONIA SANTA MONICA, BLOCK “A” PASAJE Nº 1, CONCHAGUA, LA UNION, cuyo activo asciende a ONCE MIL CUATROCIENTOS VEINTIOCHO 56/100 DOLARES ($11,428.56) y que tiene el establecimiento siguiente: 001-) denominado HOTEL Y RESTAURANTE LAINEZ, S. A. DE C. V., ubicado en COLONIA SANTA MONICA, BLOCK “A” PASAJE Nº 1, CONCHAGUA, LA UNION y que se dedica a HOTEL Y RESTAURANTE.
Lo que se le hace saber al público para los efectos de Ley.
San Salvador, veintiuno de febrero de dos mil ocho.
LICDA. MORENA GUADALUPE FLORES AGUIRRE,
REGISTRADORA.
3 v. alt. No. F001762-1
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106 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 379
CONVOCATORIAS
CONVOCATORIA A JUNTA GENERAL ORDINARIA DE
ACCIONISTAS.
La Junta Directiva de la Unidad de Transacciones, S.A. de C.V., del
domicilio de Nuevo Cuscatlán, Departamento de La Libertad, por la
presente convoca a Junta General Ordinaria de Accionistas a celebrarse
a las diecisiete horas del día veintinueve de abril del corriente año, en
Primera Convocatoria, en las instalaciones de la Unidad de Transac-
ciones, S.A. de C.V., ubicadas en el km. 12 1/2, Carretera al Puerto de
La Libertad, del Municipio de Nuevo Cuscatlán, Departamento de La
Libertad; para conocer y resolver sobre la agenda siguiente:
I. Comprobación de quórum, fi rma de los asistentes y aprobación
de agenda;
II. Lectura y aprobación de la Memoria de Labores de la sociedad
del año dos mil siete;
III. Informe y aprobación del Balance General al treinta y uno
de diciembre de dos mil siete y del Estado de Resultados
del primero de enero al treinta y uno de diciembre de dos
mil siete;
IV. Informe sobre el nombramiento de los miembros de Junta
Directiva por cada Junta Especial de Serie.
V. Informe del Auditor Externo;
VI. Nombramiento de los Auditores Fiscal y Externo; señala-
miento de sus emolumentos;
Para que la Junta General Ordinaria de Accionistas se considere
legalmente reunida en la primera fecha de la convocatoria, deberá es-
tar representada, por lo menos, por ocho de los representantes de las
diferentes Clases o Series de acciones, y las resoluciones serán válidas
cuando se tomen por la mayoría de votos presentes.
De no establecerse el quórum en la fecha y hora expresada, se
hace una Segunda Convocatoria para el día treinta de abril del corriente
año, a las diecisiete horas y en el mismo lugar destinado para la Primera
Convocatoria.
Si la Junta General Ordinaria de Accionistas se reuniere en la segun-
da fecha de la convocatoria, por falta de quórum necesario para hacerlo
en la primera, se considerará válidamente constituida con cualquiera
que sea el número de representantes de las diferentes Clases o Series
de acciones que asistan, y sus resoluciones se tomarán por mayoría de
votos presentes.
Nuevo Cuscatlán, veinticinco de marzo de dos mil ocho.
JAIME LUIS TORRES ALVARADO,
PRESIDENTE
3 v. alt. No. C018574-1
CONVOCATORIA A JUNTA ESPECIAL DE SERIES
La Junta Directiva de la Unidad de Transacciones, S.A. de C.V., del
domicilio de Nuevo Cuscatlán, Departamento de La Libertad, por la
presente convoca a Junta Especial en Primera Convocatoria de las Series
“Usuarios Finales”, “Distribuidores”, “Comercializadores Independien-
tes” y “Transmisores”; a celebrarse a las ocho horas, nueve horas y
treinta minutos, once y quince horas, respectivamente y todas del día
veinticuatro de abril del corriente año, y en Segunda Convocatoria a
las mismas horas del día veinticinco de abril del corriente año; en las
instalaciones de la UT, S.A. DE C.V.; para conocer y resolver sobre la
agenda siguiente:
I. Comprobación de asistencia, establecimiento de quórum y
aprobación de agenda.
II. Elección de Representantes de la Serie o Clase ante la Junta
General Ordinaria de Accionistas; que se convocará para los
días veintinueve y treinta de abril del año en curso, en primera
y segunda convocatoria, respectivamente.
III. Elección de Representantes de la Serie o Clase ante la Junta
Directiva, que fungirá durante el ejercicio dos mil ocho, dos
mil nueve.
El quórum necesario para la celebración de la Junta Especial en
Primera Convocatoria, será la mitad más uno, de las acciones de la Clase
o Serie y en Segunda Convocatoria la Junta Especial se celebrará con las
acciones presentes. En ambos casos, para tomar resolución se necesitará
el voto conforme de la mayoría de accionistas presentes. Cada uno de
los accionistas tendrá derecho a un voto independientemente del número
de acciones que posea.
Los accionistas y sus representantes podrán delegar su representación
en una o varias personas para que los representen en la Junta respectiva.
El delegado podrá ser o no accionista. Si en el documento con el cual
compruebe la representación constare las instrucciones, facultades o
atribuciones que se le han conferido, su representación solo será válida
en tanto su actuación sea acorde a lo expresado en dicho documento.
Nuevo Cuscatlán, veinticinco de marzo de dos mil ocho.
JAIME LUIS TORRES ALVARADO,
PRESIDENTE.
3 v. alt. No. C018575-1
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107DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 1 de Abril de 2008.
CONVOCATORIA
La Sociedad FUNERALES MODERNOS SOCIEDAD ANONIMA DE
CAPITAL VARIABLE, de este domicilio, convoca a sus Accionistas para
celebrar Junta General Ordinaria de Accionistas el día 30 de mayo de
2008, a las dieciséis horas del día treinta de mayo del año en curso, en
el local social, situado en la cuarenta y tres avenida norte número ciento
veintitrés, de esta ciudad, para tratar los siguientes puntos de Agenda:
1. Lectura y aprobación del Acta de Sesión de la Junta General
anterior, en carácter ordinario.
2. Conocer la Memoria de la Junta Directiva correspondiente
al ejercicio del 1º de enero al 31 de Diciembre de 2007.
3. Presentación y discusión del Balance General y Estado de
Pérdidas y Ganancias del 1º de Enero al 31 de Diciembre de
2007.
4. Informe del Auditor externo y Fiscal.
5. Aprobar o improbar la Memoria y los Estados Financieros.
6. Nombramiento del Auditor Externo y Fiscal y su correspon-
diente Suplente señalando sus emolumentos.
7. Aplicación de Resultados.
El quórum necesario para que esta Junta pueda celebrarse, se
formará por lo menos con 6.751 acciones presentes o representadas,
equivalente a la mitad más una de las acciones y las resoluciones sólo
serán válidas cuando se tomen por la mayoría de los votos presentes. Si
no se llevare a cabo la Junta en la fecha expresada por falta de quórum
necesario, por este mismo medio se convoca a celebrar Junta General
Ordinaria en el mismo lugar indicado, a las dieciséis horas del día treinta
y uno de mayo de dos mil ocho, y en este caso, la Junta se considera
válidamente constituida con cualquiera que sea el número de acciones
presentes o representadas, y sus resoluciones se tomarán por la mayoría
de los votos presentes.
San Salvador, nueve de marzo del año dos mil ocho.
LICDA. LIZ FIGUEROA DE RAAB,
DIRECTORA SECRETARIA.
3 v. alt. No. C018576-1
CONVOCATORIA
La Junta Directiva de la Sociedad INGENIO CHAPARRASTIQUE,
SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE, del domicilio de
la ciudad de San Miguel, convoca a sus accionistas a JUNTA GENERAL
ORDINARIA DE ACCIONISTAS, a celebrarse el día jueves veinticuatro
de Abril de dos mil ocho, a partir de las nueve horas en las instalaciones
del Hotel Holiday Inn, ubicado Urbanización y Boulevard Santa Elena
a cuatrocientos metros al norte de la Embajada de los Estados Unidos
de América, de la jurisdicción de Antiguo Cuscatlán, Departamento de
La Libertad para conocer y resolver sobre los puntos detallados en la
siguiente agenda:
I. Establecimiento y comprobación del Quórum
II. Lectura y aprobación del Acta anterior.
III. Memoria de Labores de Junta Directiva correspondiente al
ejercicio 2007.
IV. Conocer el Balance General y el Estado de Resultados,
ejercicio 2007.
V. Informe del Auditor Externo para el ejercicio 2007.
VI. Aprobación o improbación de la Memoria de Labores y los
Estados Financieros antes mencionados.
VII. Nombramiento de Auditor Externo y Auditor Fiscal, pro-
pietarios y suplentes, para el ejercicio 2008 y fi jación de sus
emolumentos.
VIII. Tratamiento de las Utilidades Acumuladas al 31 de diciembre
2007.
IX. Autorizaciones requeridas por el Art.275, párrafo III) y IV)
del Código de Comercio.
El Quórum legal necesario para tratar puntos ordinarios en primera
convocatoria, será la mitad más una de las acciones en que está dividido
el capital social y las resoluciones, serán válidas, si se toman por la mitad
más una de las acciones presentes y/o representadas.
De no haber Quórum en la fecha señalada, se convoca para el día
veinticinco de abril de dos mil ocho, a las nueve horas en el mismo lugar.
En este caso, es decir en segunda convocatoria, la sesión se llevará a cabo
con el número de acciones presentes y/o representadas y sus resoluciones
se tomarán por simple mayoría.
San Salvador, catorce de marzo de dos mil ocho.
TOMAS REGALADO DUEÑAS,
DIRECTOR PRESIDENTE.
3 v. alt. No. F001128-1
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108 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 379
SUBASTA PÚBLICA
LICENCIADA ANA ISABEL LOPEZ VALLADARES, JUEZA SEXTO
DE PAZ DE LA CIUDAD DE SAN SALVADOR, AL PÚBLICO,
HACE SABER: Que por ejecución promovida por la Licenciada
GLORIA NOEMI CHAVARRIA ZAVALETA, sustituida por la Licen-
ciada KARLA PATRICIA SERRANO SOSA, ambas en su calidad
de Apoderadas Generales Judiciales del BANCO DE FOMENTO
AGROPECUARIO, en contra de las Señoras REGINA CHAVEZ DE
IRAHETA y ROSA CRISBEL IRAHETA, se venderá en pública subasta
en este mismo Juzgado, el bien inmueble embargado de las siguientes
características: “Terreno rústico, situado en el Cantón San Francisco,
de la Jurisdicción y Distrito de Berlín, Departamento de Usulután,
marcado como lote número uno del Polígono A, de la Lotifi cación “La
Chicharra”, cuya descripción es la siguiente: partiendo de la intersección
de los ejes de la Avenida “Las Margaritas” y la Calle Principal, una
distancia de cuarenta y nueve metros con rumbo sur cincuenta y cinco
grados cincuenta y tres punto cuatro minutos este, llegando a un punto
del cual con defl exión izquierda de noventa grados y una distancia de
cinco metros cincuenta centímetros se localiza el esquinero Noroeste del
lote número UNO del Polígono “A” que a continuación se describe: AL
SUR, en línea recta de quince metros con sur cincuenta y cinco grados
cincuenta y tres punto cuatro minutos Este lindando con lote número
dos y tres del Polígono “G”, Calle Principal de once metros de ancho
de por medio; AL ORIENTE: en línea recta de veintiséis metros con
rumbo norte veintiséis grados seis punto seis minutos Este, lindando con
lote número dos del mismo Polígono “A”; AL NORTE, en línea recta
de tres metros con rumbo norte sesenta y un grados cincuenta y tres
punto cuatro minutos Este, lindando con lote número nueve del mismo
Polígono “A”, AL PONIENTE, en línea recta de veintisiete metros con
rumbo sur, sesenta grados cero seis punto seis minutos Oeste, lindando
con terreno del Señor MANUEL DE JESUS SEGOVIA, Avenida “Las
Margaritas” de once metros de ancho de por medio. El lote anteriormente
descrito tiene una extensión superfi cial de DOSCIENTOS CINCUENTA
Y UN METROS NOVENTA Y DOS DECIMETROS equivalentes a
TRESCIENTOS SESENTA PUNTO CUARENTA Y CUATRO VA-
RAS CUADRADAS. Dicho Inmueble le pertenece a la demandada
Señora REGINA CHAVEZ DE IRAHETA, por inscripción número
VEINTITRES del tomo NOVECIENTOS VEINTICINCO DE PRO-
PIEDAD, en el Registro de la Propiedad Raíz e Hipotecas de la Segunda
Sección de Oriente, e hipotecado a favor del BANCO DE FOMENTO
AGROPECUARIO con primera hipoteca abierta, según inscripción nú-
mero VEINTICINCO del Libro SETECIENTOS VEINTE del Registro
de Hipotecas de Usulután.”
Se admitirán posturas que se hagan, siendo éstas legales, para lo
cual el valúo del inmueble asciende a TRES MIL DOSCIENTOS CUA-
RENTA Y CUATRO DOLARES CINCO CENTAVOS DE DÓLAR.
Librado en el Juzgado Sexto de Paz de la Ciudad de San Salvador,
a las once horas del día veintiuno de Febrero de dos mil siete. LICDA.
ANA ISABEL LOPEZ VALLADARES, JUEZA SEXTO DE PAZ, SAN
SALVADOR. LIC. JOSE ELENILSON NUILA DELGADO, SECRE-
TARIO JUZGADO SEXTO DE PAZ.
3 v. alt. No. F018604-1
CARLOS WILFREDO GARCIA AMAYA, JUEZ DE LO CIVIL DEL
DISTRITO JUDICIAL DE SOYAPANGO.
HACE SABER: Al público para efectos de ley, que en el Juicio
Ejecutivo Civil promovido por la abogada SILVIA EMILIA GONZÁLEZ
ESCAMILLA, en su calidad de Apoderado del FONDO SOCIAL PARA
LA VIVIENDA contra el señor PEDRO ALFREDO ANDRADE co-
nocido por PEDRO ALFREDO CÓRDOVA ANDRADE, representado
por su curador ad-lítem abogada GLORIA MIRIAM AVILA ARIAS, se
autorizará vender en pública subasta en este Juzgado, el bien inmueble
embargado en el presente Juicio, cuya descripción es la siguiente: “Lote
de terreno urbano y construcciones que contiene, marcado con el número
CINCUENTA Y SEIS, Pasaje VEINTITRÉS, del Block “F”, de la Ur-
banización JARDINES DE MONTEBLANCO, situado en jurisdicción
de Soyapango, en este departamento y tiene la localización, medidas
y linderos siguientes: LOTE NÚMERO CINCUENTA Y SEIS DEL
BLOCK “F”. Partiendo de la intersección de los ejes del pasaje principal
y el pasaje número veintitrés abiertos ambos en la misma urbanización,
se mide sobre el eje del pasaje veintitrés con rumbo norte trece grados
veintiocho punto cero minutos Este una distancia de cuarenta y dos
punto cincuenta metros, partiendo de este punto con defl exión izquierda
de noventa grados rumbo norte setenta y seis grados treinta y dos punto
cero minutos Oeste y distancia de tres metros se llega al vértice Sur-Este
del lote que se describe: LADO SUR, quince metros rumbo norte setenta
y seis grados treinta y dos punto cero minutos Oeste, lindando con lote
número cincuenta y cinco del Polígono “F” propiedad de DECONSA;
LADO PONIENTE, siete metros rumbo norte trece grados veintiocho
punto cero minutos Este, lindando con lote número cuarenta y ocho del
Polígono “F” propiedad de DECONSA; LADO NORTE: quince metros
rumbo Sur setenta y seis grados treinta y dos punto cero minutos este,
lindando con lote número cincuenta y siete del Polígono “F” propiedad
de DECONSA; LADO ORIENTE: siete metros rumbo Sur trece gra-
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109DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 1 de Abril de 2008.
dos veintiocho punto cero minutos Oeste, lindando con propiedad de
DECONSA, pasaje número veintitrés de seis metros de ancho de por
medio. Todos los lotes colindantes son o han sido propiedad de DESA-
RROLLOS Y CONSTRUCCIONES, S.A. DE C.V. e Ingenieros Juan
Francisco Bolaños Torres y Alfredo Ávila Figueroa. El lote así descrito
tiene un área de una extensión superfi cial de CIENTO CINCO METROS
CUADRADOS, equivalentes a CIENTO CINCUENTA PUNTO VEIN-
TITRES VARAS CUADRADAS.”
Dicho inmueble está inscrito a favor del demandado señor PEDRO
ALFREDO ANDRADE conocido por PEDRO ALFREDO CÓRDOVA
ANDRADE, según inscripción CATORCE del Libro DOS MIL SE-
TECIENTOS VEINTICUATRO, del Registro de la Propiedad Raíz e
Hipotecas de la Primera Sección del Centro de San Salvador.
Se admitirán posturas siendo legales.
Lo que se pone del conocimiento del público para los efectos de
ley.
Librado en Juzgado de lo Civil, a las quince horas y diez minu-
tos del día veintisiete de Noviembre de dos mil siete. LIC. CARLOS
WILFREDO GARCIA AMAYA, JUEZ DE LO CIVIL. LICDA. MARIA
ESTELA SORIANO NAVARRETE, SECRETARIA.
3 v. alt. No. F001836-1
JOSE MANUEL MOLINA LOPEZ, JUEZ TERCERO DE LO CIVIL
DE ESTE DISTRITO JUDICIAL.
HACE SABER: Al Público para efectos de ley, que por ejecu-
ción seguida en este Tribunal por la Licenciada SILVIA RAQUEL
CHAVARRIA SANTOS, como apoderada del FONDO SOCIAL PARA
LA VIVIENDA, Institución de Crédito, Autónoma de este Domicilio, que
se abrevia “EL FONDO”, contra el señor ROMULO RENE SALAZAR
CAISHPAL, mayor de edad, empleado, del domicilio de Soyapango, con
domicilio especial de esta ciudad; reclamándole cantidad de colones y
demás accesorios legales se venderá en Pública Subasta en este Tribunal,
el bien Inmueble embargado siguiente: “Un lote de naturaleza urbana,
marcado en el plano de Lotifi cación respectivo, como LOTE NUMERO
QUINCE-A, PASAJE EL ROSAL, CALLE LAS MAGNOLIAS, el cual
forma parte de la Urbanización denominada COLONIA LAS FLORES,
situada en el Cantón El Cacao, en jurisdicción de Soyapango, de este
Departamento; que se describe así: AL NORTE: ocho metros, con terreno
de Oscar Flores. AL SUR: ocho metros, con terreno de Juana Flores.
AL ORIENTE: diecisiete metros setenta centímetros, con terreno de don
Santos de Jesús Alas. Y AL PONIENTE: dieciséis metros noventa y cinco
centímetros, con terreno de Víctor Manuel Rosales y Marta Ramírez;
los inmuebles colindantes por el Sur, Oriente y Poniente, fueron de la
señora Vilma Flores y formaron parte de todo el inmueble de donde se
segregó el que se describe, al Sur hay un pasaje de por medio abierto
en el resto del terreno. El lote así descrito tiene un área de CIENTO
TREINTA Y OCHO METROS CUADRADOS CINCUENTA Y SEIS
DECIMETROS CUADRADOS. El inmueble antes descrito está inscrito
a nombre del señor ROMULO RENE SALAZAR CAISHPAL, bajo
la Matrícula número M CERO CINCO CERO OCHO SIETE OCHO
CUATRO SIETE, del Registro de la Propiedad de este Departamento.
Se admitirán posturas que se hagan siendo legales.
Librado en el Juzgado Tercero de lo Civil: San Salvador, a las ocho
horas con un minuto del día once de febrero del año dos mil ocho. DR.
JOSE MANUEL MOLINA LOPEZ, JUEZ TERCERO DE LO CIVIL.
BR. ALEX ALBERTO SORTO MELARA, SECRETARIO.
3 v. alt. No. F001838-1
JOSÉ MARIA ESTRADA ALVAREZ, JUEZ SEGUNDO DE LO CIVIL,
DE ESTE DISTRITO JUDICIAL.
HACE SABER: Al público para efectos de ley que por ejecu-
ción promovida en este juzgado por la Licenciada SILVIA EMILIA
GONZALEZ ESCAMILLA, Apoderada del FONDO SOCIAL PARA
LA VIVIENDA contra el Señor RENÉ MAURICIO PORTILLO RIVE-
RA, se venderá en pública subasta en este mismo juzgado en fecha y por
el precio que oportunamente se indicará el bien inmueble embargado
siguiente: “Un lote urbano y construcciones que contiene, marcado con
el Número TREINTA Y CUATRO, PASAJE TREINTA Y CINCO, DEL
POLIGONO DOS, DE LA URBANIZACIÓN LAS MARGARITAS V
ETAPA, situada en Cantón El Limón, Jurisdicción de Soyapango, de
este Departamento, cuyas medidas perimetrales son: AL NORTE Y AL
SUR: Cinco metros, AL ORIENTE Y AL PONIENTE: Nueve metros.
El inmueble así descrito tiene una extensión superfi cial de CUAREN-
TA Y CINCO METROS CUADRADOS, ”Inmueble inscrito a favor
del demandado bajo la Matrícula 60190915-00000, del Registro de la
Propiedad Raíz e Hipotecas de la Primera Sección del Centro de este
departamento.
Se admitirán posturas que se hagan siendo legales.
LIBRADO EN EL JUZGADO SEGUNDO DE LO CIVIL: San
Salvador, a las diez horas del día veintinueve de Febrero del dos mil
ocho. LIC. JOSE MARIA ESTRADA ALVAREZ, JUEZ SEGUNDO
DE LO CIVIL. LIC. TATIANA VILMA MERCEDES CACERES DE
ALAS, SECRETARIA.
3 v. alt. No. F001839-1
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110 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 379
VIOLETA DEL CARMEN DERAS DE REYES SANTOS, JUEZ DE
LO CIVIL DE APOPA.-
HACE SABER: Al público para los efectos de ley, que en el
Juicio Ejecutivo Civil, promovido por la Licenciada SILVIA EMILIA
GONZALEZ ESCAMILLA, como Apoderada General Judicial con
Cláusula Especial del FONDO SOCIAL PARA LA VIVIENDA, Ins-
titución de Crédito, Autónoma, de Derecho Público, del domicilio de
San Salvador, contra el señor, MARGARITO SANTOS RAMIREZ de
cuarenta y seis años de edad a la fecha del contrato, Agricultor, de este
domicilio; reclamándole el pago de CUATRO MIL TRESCIENTOS
SESENTA Y SEIS DOLARES CON NOVENTA Y DOS CENTAVOS
DE DÓLAR DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA, en concepto
de capital, más el interés pactado del nueve por ciento anual sobre saldos
insolutos, desde el día veintitrés de abril de mil novecientos noventa y
nueve, hasta su completo pago, Primas de Seguros de Vida Colectivo
Decreciente y de Daños a la Propiedad, todo hasta su completo pago,
transacción o remate, y costas procesales; se ha ordenado VENDER EN
PUBLICA SUBASTA, en este mismo Juzgado, en fecha y por el precio
que oportunamente se indicará, el terreno urbano y construcciones que
contiene, marcado con el número ONCE, del Polígono DIECISEIS,
de la URBANIZACION REPARTO LOS ANGELES, jurisdicción de
Apopa. Departamento de San Salvador, de una extensión superfi cial de
OCHENTA METROS CUADRADOS, equivalentes a Ciento Catorce
punto Cuarenta y Seis Varas Cuadradas, y su descripción se inicia:
Partiendo de la intersección de los ejes de la Calle Tomayate y Avenida
Los Naranjos, se mide sobre este último una distancia de treinta y cinco
metros y rumbo Nor-Oeste dos grados cuarenta y tres punto cero minutos
Oeste llegando a un punto desde donde con una defl exión derecha de
noventa grados y una distancia de siete punto cincuenta metros se localiza
el esquinero Sur-Oeste del terreno que mide y linda: AL PONIENTE,
línea recta de cinco metros y rumbo Nor-Oeste dos grados cuarenta y
tres punto cero minutos Oeste lindando con pasaje B de cinco metros de
ancho, de la misma Urbanización; AL NORTE, línea recta de dieciséis
metros y rumbo Norte ochenta y siete grados diecisiete punto cero mi-
nutos Este, lindando con el lote número trece, polígono dieciséis de la
misma Urbanización; AL ORIENTE, línea recta de cinco metros y rumbo
Sur-Oeste: dos grados cuarenta y tres punto cero minutos Este lindando
con el lote número doce, polígono dieciséis de la misma Urbanización;
AL SUR, línea recta de dieciséis metros y rumbo Sur ochenta y siete
grados dieciséis punto cero minutos Oeste lindando con lote número
nueve, polígono dieciséis de la misma Urbanización.- Inscrito en Centro
Nacional de Registros, Primera Sección del Centro, en el Sistema de
Folio Real Computarizado, Matrícula número M CERO CINCO MI-
LLONES CUARENTA Y NUEVE MIL DOSCIENTOS CUARENTA
Y NUEVE; trasladado al sistema de Información Registro y Catastro,
Matrícula número SESENTA MILLONES CUATROCIENTOS MIL
QUINIENTOS CATORCE -CERO CERO CERO CERO CERO, Asiento
número UNO.-
Librado en el Juzgado de lo Civil de Apopa, a las once horas cin-
cuenta y siete minutos del día dieciocho de enero de dos mil ocho.- DRA.
VIOLETA DEL CARMEN DERAS DE REYES SANTOS, JUEZ DE
LO CIVIL.- LICDO. JOSE DULEY CERNA FERNANDEZ, SECRE-
TARIO.
3 v. alt. No. F001840-1
LA INFRASCRITA JUEZ INTERINA DEL JUZGADO TERCERO
DE LO MERCANTIL DE ESTE DISTRITO JUDICIAL AL PUBLICO
EN GENERAL.
HACE SABER: Que en el Juicio Ejecutivo Mercantil marcado
con el número 116-E-06, promovido por el Licenciado GILBERTO
ENRIQUE ALAS MENENDEZ, en su calidad de Apoderado General
Judicial del FONDO SOCIAL PARA LA VIVIENDA, entidad cesionaria
del BANCO CUSCATLAN DE EL SALVADOR, S.A., contra el señor
JORGE ALBERTO HERNANDEZ ALFARO, se venderá en pública
subasta en este Tribunal, en fecha que más adelante se señalará, un Bien
Inmueble que a continuación se describe y localiza así “Un lote de terreno
urbano y construcciones que contiene, marcado en el plano respectivo
con el número DOSCIENTOS CUARENTA Y NUEVE, Polígono CA-
TORCE, Pasaje CUARENTA Y UNO, de una extensión superfi cial de
CINCUENTA METROS CUADRADOS.- Dicho lote forma parte de
la Urbanización denominada Complejo Urbano Altavista, situada en
la Jurisdicción de Tonacatepeque, Departamento de San Salvador.- El
inmueble anteriormente relacionado es propiedad del señor JORGE AL-
BERTO HERNANDEZ ALFARO, según matrícula número M CERO
UNO TRES CERO SEIS CINCO CUATRO SEIS, Asiento CERO CERO
CERO DOS, del Registro de la Propiedad Raíz e Hipotecas de la Primera
Sección del Centro, Departamento de San Salvador.”
SE ADMITIRAN POSTURAS SIENDO LEGALES.
LIBRADO EN EL JUZGADO TERCERO DE LO MERCANTIL;
San Salvador, a las quince horas del día veintiséis de febrero de dos mil
ocho. LIC. AMADA LIBERTAD INFANTOZZI FLORES, JUEZ TER-
CERO DE LO MERCANTIL INTA. LIC. ANA CECILIA FIGUEROA
ALMENDARES, SECRETARIA.
3 v. alt. No. F001841-1
DARIO VILLALTA BALDOVINOS, JUEZ CUARTO DE LO CIVIL
DEL DISTRITO JUDICIAL DE SAN SALVADOR.
HACE SABER: Que por resolución pronunciada en el Juicio Civil
Ejecutivo promovido por el Licenciado JUAN CARLOS RODRIGUEZ
VASQUEZ, como Apoderado de la “ASOCIACION COOPERATIVA
DE AHORRO Y CREDITO DE PROFESIONALES EN ADMINISTRA-
CION DE EMPRESAS Y CARRERAS AFINES, DE RESPONSABI-
LIDAD LIMITADA”, abreviadamente “COASPAE DE R. L.”, contra
el señor SALVADOR DE JESUS ARIAS MEJIA; se venderá en pública
subasta el inmueble siguiente: “Lote de naturaleza rústica marcado con
el número TRECE DEL POLIGONO UNO DE LA URBANIZACION
LAS AMERICAS I, situada en jurisdicción de Nejapa, Departamento de
San Salvador, y mide: NORTE, diez punto cero cero metros; ORIENTE,
veinte punto cero cero metros; SUR, diez punto cero cero metros; PO-
NIENTE, veinte punto cero cero metros. El lote descrito tiene un área
de DOSCIENTOS PUNTO CERO CERO METROS CUADRADOS.
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111DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 1 de Abril de 2008.
“Inscrito bajo Matrícula SEIS CERO UNO SEIS CINCO UNO SIETE
NUEVE - CERO CERO CERO CERO CERO, del Registro de la Pro-
piedad Raíz e Hipotecas de la Primera Sección del Centro, a favor del
señor SALVADOR DE JESUS ARIAS MEJIA.
Librado en el Juzgado Cuarto de lo Civil: San Salvador, a las quince
horas treinta minutos del día cinco de diciembre de dos mil siete. DR.
DARIO VILLALTA BALDOVINOS JUEZ CUARTO DE LO CIVIL.-
LIC. VICTORINO ALEXANDER PERAZA, SECRETARIO.
3 v. alt. No. F001844-1
REPOSICION DE CERTIFICADO
San Salvador, 27 de marzo de 2008.
REPOSICIÓN DE CERTIFICADOS DE ACCIÓN.
SERVINTA, S.A. DE C.V.
Según Art. 486 y 932 c.c.
Se repondrán los siguientes certifi cados de Accionista, por extra-
vío.
1. Certifi cado No. 14 a nombre de Sergio Heriberto Dueñas, con la
cantidad de 20 acciones numeradas del 201 al 220.
2. Certifi cado No. 20 a nombre de Walter Enrique González Rivas,
con la cantidad de 20 acciones numeradas del 341 al 360.
OSCAR DE JESÚS GALAN LEIVA.
PRESIDENTE DE JUNTA DIRECTIVA.
3 v. alt. No. C018581-1
AVISO
COMEDICA DE R.L.:
Comunica que se ha presentado el propietario del Certifi cado de Depósito
a Plazo Fijo No. 85715 Por la cantidad de US$ 11,951.55 a un plazo de
180 días a nombre de MARIO MARTINEZ MARTINEZ en Agencia
Central Ubicada en 7ª Calle Poniente No. 4029, Col. Escalón solicitando
Reposición de dicho certifi cado.
Por lo tanto se hace del conocimiento al público en general, para los
efectos legales correspondientes, que transcurridos treinta días después
de la tercera publicación de este aviso y no existiendo oposición alguna,
se procederá a la reposición del certifi cado antes mencionado.
San Salvador, 17 de Marzo de 2008.
COMEDICA DE R. L.
AGENCIA CENTRAL
LIC. VICTOR MANUEL TRUJILLO.
JEFE DE AGENCIA
3 v. alt. No. F001791-1
AVISO
EL BANCO HIPOTECARIO DE EL SALVADOR S.A. Comunica que a
sus ofi cinas se ha presentado el propietario del Certifi cado de Depósito a
Plazo Fijo # 20130051197 en Suc. San Miguel emitido el día 11/06/2007 a
un plazo de 180 días el cual devenga el 2.50% de interés anual, solicitando
la reposición de dicho certifi cado, por habérsele extraviado.
En consecuencia de lo anterior, se hace del conocimiento del Público
para los efectos legales del caso.
Transcurridos treinta días después de la tercera publicación de
este AVISO y si no hubiere ninguna oposición, se procederá a reponer
el Certifi cado en referencia.
San Salvador, 26 de Marzo del dos mil ocho.
JULIO A. GARCIA INGLES,
JEFE DE DEPOSITOS.
3 v. alt. No. F001824-1
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112 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 379
AUMENTOS DE CAPITAL
ACTA NUMERO ONCE
JUNTA GENERAL EXTRAORDINARIA DE ACCIONISTAS
Reunidos el 100% de los accionistas en el local de las ofi cinas
administrativas de la Sociedad El Tirador Sociedad Anónima de Capital
Variable. Situadas en Antigua Calle Ferrocarril, N° 1633, local # 4,
Colonia Cucumacayán, San Salvador, a las nueve horas del día trece de
noviembre del dos mil seis los accionistas que conforman la Empresa El
Tirador, S.A. de C.V., a efecto de celebrar Junta General Extraordinaria
con el objeto de analizar y resolver sobre asuntos de carácter extraordi-
nario consignado en la agenda correspondiente, amparados en el artículo
doscientos treinta y tres, relativo al artículo doscientos veintiocho del
Código de Comercio vigente, como convocatoria de trámite de sesión
en que se levantará Acta que simultáneamente tendrá validez de Acta
de Quórum, según lo establece el Código de Comercio preside la Junta
Extraordinaria, el señor German Enrique Torres Cornejo.
AGENDA A TRATAR:
1. Comprobación de Quórum
2. Lectura del Acta Anterior
3. Modifi cación del Pacto Social, Aumento de Capital y elección
de la nueva Administración de la sociedad.
DESARROLLO DE LA AGENDA:
1. Se Procedió a la comprobación del Quórum el cual fue
Verifi cado
2. El Director Secretario procedió a dar lectura a tres Actas
Anteriores de igual número de reuniones y el pleno las dio
por aprobadas.
3. Modifi cación del Pacto Social, Aumento de Capital y elección
de la nueva administración de la sociedad.
a) A efecto de darle más consistencia económica y seguridad a
la empresa, la Junta Extraordinaria resuelve hacer un incre-
mento de NUEVE MIL CIENTO CUARENTA Y DOS 85/100
DÓLARES ($ 9,142.85), provenientes de la capitalización
de Utilidades del año 1997 y sería por la emisión de 800
acciones de Once 43/100 Dólares ($ 11.43) cada una.
El nuevo Capital Social queda establecido de la siguiente ma-
nera:
Actual Aumento Total
Capital Social Mínimo $ 2,285.72 $ 9,142.85 $ 11,428.58
Total $ 2,285.72 $ 9,142.85 $ 11,428.58
De las cuales quedarán conformadas así:
El señor German Enrique Torres Cornejo será poseedor de 990
acciones con un valor de $11,314.29 y la señora Xochitl Azucena
Rodríguez Aguilar 10 acciones con un valor de $ 114.29.
b) Asimismo la Sociedad acordó readecuar a la sociedad a las
reformas legales necesarias concernientes al arbitraje, por lo
que para tal efecto se agregará dicha cláusula al pacto social
original.
c) Finalmente se procedió a proponer como ADMINISTRADOR
UNICO PROPIETARIO al señor German Enrique Torres Cor-
nejo, y como ADMINISTRADOR UNICO SUPLENTE a la
señora Xochitl Azucena Rodríguez Aguilar; y al Lic. Francisco
Arturo Ortiz Salazar como Auditor Externo.
La Junta General Extraordinaria de accionistas, después de haber
desarrollado los puntos en Agenda consideró y analizado la conveniencia
de ellos por unanimidad resolvió aprobarlos y designar como ejecutor
especial de dicho acuerdo al señor German Enrique Torres Cornejo,
para que comparezca ante notario a la formalización de la escritura
correspondiente.
German Enrique Torres Cornejo,
Director Presidente.
Xochitl Azucena Rodríguez Aguilar,
Director Secretario.
3 v. alt. No. C018585-1
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113DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 1 de Abril de 2008.
EL INFRASCRITO SECRETARIO DE LA JUNTA GENERAL DE
ACCIONISTA DE LA SOCIEDAD AUDIO Y TECNOLOGIA S.A. DE
CV. SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE abreviadamente
“AUDIOTEC S.A., DE C.V.”;
CERTIFICA: Que en el acta número CUARENTA Y UNO de la
sesión de Junta General Extraordinaria de accionistas celebrada en esta
ciudad a las once horas del día cinco de Enero del corriente año, en el
punto número Tres. Se acordó por Unanimidad aumentar el Capital
Mínimo de la Sociedad en la suma de OCHO MIL DOLARES mediante
la emisión de SETECIENTAS nuevas acciones de un valor Nominal de
ONCE DOLARES CON CUARENTA Y TRES CENTAVOS cada una.
Que en el mismo punto por unanimidad se nombró Ejecutor Especial al
Lic. HERBERT JESUS PLATERO RODRIGUEZ. Para que comparezca
ante notario el otorgamiento de la escritura de modifi cación del pacto
social de la misma.
Y para los usos legales correspondientes, extiendo fi rmo y sello
la presente, en la ciudad de San Miguel, a los veinticuatro días del mes
de Marzo del año dos mil ocho.
HERBERT JESUS PLATERO RODRIGUEZ,
Secretario Junta General de Accionista.
3 v. alt. No. F001768-1
AVISO DE COBRO
La Infrascrito Subjefe del Departamento Jurídico del Ministerio de
Hacienda, a quien interese para los efectos de ley.
HACE SABER: Que a este Departamento se ha presentado la señora
LILIAN ARACELY HERNANDEZ VDA. DE PORTILLO, conocida
también como Lilian Aracely Hernández Linares, quien actúa en su
calidad de cónyuge sobreviviente del señor Mauricio Portillo, solicitando
se le autorice fi rmar los documentos pertinentes para que se le entregue
la devolución de CIENTO VEINTIDOS 41/100 DOLARES ($122.41),
y CINCUENTA 14/100 DOLARES ($50.14), en concepto de excedente
de Impuesto sobre la Renta del ejercicio 2004 y 2005 respectivamente,
que dejó pendiente de cobro, su extinto cónyuge, por haber fallecido el
día 19 de febrero de 2005.
Lo anterior, se hace de conocimiento del público de acuerdo a lo
establecido en el artículo 142 de las Disposiciones Generales de Pre-
supuestos, con la fi nalidad de que toda persona que se crea con igual o
mejor derecho, se presente a este Departamento, a partir del día siguiente
de la tercera y última publicación del presente aviso, para ejercer su
derecho.
Ministerio de Hacienda. San Salvador, a los diecinueve días del
mes de febrero de dos mil ocho.
NORA LIZETH PEREZ DE LOPEZ,
Subjefe Departamento Jurídico.
Ministerio de Hacienda.
3 v. 1 v. c. 3/d. No. F001711-1
MARCA DE SERVICIO
No. de Expediente: 2008073699
No. de Presentación: 20080104705
CLASE: 35.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado EDUARDO
GUILLERMO NASSER CHAIN, de nacionalidad SALVADOREÑA,
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114 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 379
en su calidad de PROPIETARIO, solicitando el registro de la MARCA
DE SERVICIOS:
Consistente en: las palabras BIP-BIP, desde 1980, pollo rostizado a
la barbacoa, que servirá para: AMPARAR SERVICIOS DE VENTA DE
ALIMENTOS ELABORADOS PARA EL CONSUMO HUMANO A
TERCERAS PERSONAS YA SEAN PARTICULARES, CAFETERIAS,
TIENDAS, VENDEDORES AMBULANTES O RESTAURANTES.
La solicitud fue presentada el día primero de febrero del año dos
mil ocho.
DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la
Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.
San Salvador, veintiocho de febrero del año dos mil ocho.
LUIS ALONSO CACERES AMAYA,
REGISTRADOR.
FERNANDO JOSE VELASCO,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. F001789-1
REPOSICION DE POLIZA DE SEGURO
AVISO
La Centro Americana, S.A., hace del conocimiento del público en general,
que se ha presentado VERONICA RAQUEL GARCIA MENDEZ del
domicilio de SAN SALVADOR, solicitando reposición de su póliza de
seguro de vida 5865 emitida el 03/06/2003. Si dentro de 30 días contados
a partir de la última publicación de este aviso no se presentare oposición
se procederá a reponer la mencionada póliza.
San Salvador, 25 de marzo de 2008.
ANA ELIZABETH DE DOMINGUEZ,
Responsable de Vida Individual.
3 v. alt. No. C018582-1
MODIFICACION DEL PERMISO DE OPERACION
EL SUSCRITO SUBDIRECTOR DE NAVEGACIÓN AÉREA DE LA
AUTORIDAD DE AVIACIÓN CIVIL,
HACE DEL CONOCIMIENTO PÚBLICO: Que el Licenciado José
Freddy Zometa Segovia, en su calidad de Apoderado General Judicial de
la COMPAÑÍA PANAMEÑA DE AVIACIÓN, S.A. (COPA AIRLINES),
ha solicitado ante la Autoridad de Aviación Civil la modifi cación del
Permiso de Operación de su representada, en el sentido de cambiar la
ruta Panamá-Managua-El Salvador-Managua-Panamá, la cual operan
actualmente con una frecuencia diaria y derechos de tráfi co de Tercera,
Cuarta y Quinta Libertades del Aire; a efecto de operarla a partir del 15
de agosto de 2008, de la siguiente manera: Panamá-El Salvador-Mana-
gua-El Salvador-Panamá, con una frecuencia diaria y derechos de tráfi co
de Tercera, Cuarta y Quinta Libertades del Aire.
Que con fundamento en el artículo setenta, incisos segundo y
tercero de la Ley Orgánica de Aviación Civil, señálense las ofi cinas de
la Autoridad de Aviación Civil, para que el día miércoles 02 del mes de
abril del año dos mil ocho a las 14:30 horas, se lleve a cabo la celebración
de la audiencia pública de Ley, a fi n de que las partes interesadas puedan
apoyar u oponerse a lo solicitado.
Autoridad de Aviación Civil, a los veintiocho días del mes de marzo
del año dos mil ocho.
P. A. MAURICIO EDUARDO RIVAS RODAS,
Subdirector de Navegación Aérea.
1 v. No. C018655
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115DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 1 de Abril de 2008.
DE SEGUNDA PUBLICACIÓN
ACEPTACION DE HERENCIA
Angel Albino Alvarenga, Juez de lo Civil del Distrito Judicial de Santa
Rosa de Lima, departamento de La Unión; al público para los efectos
de ley,
HACE SABER: Que por resolución de este Juzgado de las doce
horas y diez minutos del día veintiséis de febrero del presente año,
se tuvo por aceptada expresamente, y con benefi cio de inventario, la
herencia intestada que al fallecer a las cinco horas del día dieciocho de
marzo del año dos mil siete, en el Barrio El Centro de la Villa de Polorós,
Departamento de La Unión, siendo dicho lugar de su último domicilio
dejara el causante José Napoleón Euceda Villatoro conocido por José
Napoleón Useda por Napoleón Euceda y por José Napoleón Euceda, a
favor de la heredera señora Blanca Marina Villatoro de Euceda conocida
por Blanca Marina Villatoro Bonilla y por Blanca Marina Villatoro, en
calidad de cónyuge sobreviviente del referido causante, de conformidad
con el Art. 988, N° 1°, del C. C.-
Se le confi ere a la heredera declarada en el carácter dicho, la
administración y representación interina de los bienes de la indicada
sucesión, con las facultades y restricciones de los curadores de la herencia
yacente.
Librado en el Juzgado de lo Civil de Santa Rosa de Lima, depar-
tamento de La Unión, a los veintinueve días del mes de febrero de dos
mil ocho.- LIC. ANGEL ALBINO ALVARENGA, JUEZ DE LO CI-
VIL.- LICDA. MARINA CONCEPCION MARTINEZ DE MARTINEZ,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. C018511-2
IVETTE DEL ROCIO CLIMACO RAUDA, Notario, de este domicilio,
y con ofi cina jurídica en Décima Calle Poniente y Avenida José Simeón
Cañas, CL 32 A, Barrio El Calvario, Zacatecoluca, Departamento de
La Paz. Al público,
HACE SABER: Que por resolución proveída por la suscrita, a las
ocho horas de este día, se ha tenido por aceptada expresamente y con
benefi cio de inventario, por parte de la señora MARIA EDUVIGES
HUEZO DE PEREZ o MARIA EDUVIGES HUEZO HERNANDEZ,
la Herencia INTESTADA dejada a su defunción por el causante señor
LEONARDO HUMBERTO HUEZO, fallecido el día cinco de Agosto
de mil novecientos ochenta y siete, siendo al momento de su defunción
de cuarenta años de edad, viudo, comerciante en Pequeño, originario y
del domicilio de San Rafael Obrajuelo, Departamento de La Paz, y de
nacionalidad salvadoreña, hijo de Candelaria Huezo y Pablo Corbera,
quienes ya son fallecidos; habiendo fallecido el causante en mención sin
formalizar testamento alguno con relación a sus bienes; en su calidad
de hija sobreviviente y de cesionaria del Derecho Hereditario, que en
dicha sucesión les correspondía a las señoras NORMA GUADALUPE
HUEZO HERNANDEZ o NORMA GUADALUPE HERNANDEZ,
NERI BEATRIZ HUEZO AGUILAR o NERI BEATRIZ AGUILAR o
NERI BEATRIZ HERNANDEZ, y YESENIA ESMERALDA HUEZO
DE BARAHONA o YESENIA ESMERALDA HERNANDEZ HUEZO,
en su concepto de hijas sobrevivientes de dicho causante; y se le ha
conferido a la aceptante, la Administración y representación interinas
de la sucesión, con las facultades y restricciones de los curadores de la
herencia yacente.-
Zacatecoluca, diecisiete de Marzo del dos mil ocho.-
LIC. IVETTE DEL ROCIO CLIMACO RAUDA,
NOTARIO.
3 v. alt. No. F001328-2
CARLOS WILFREDO GARCÍA AMAYA, JUEZ DE LO CIVIL DEL
DISTRITO JUDICIAL DE SOYAPANGO.
HACE SABER: Que por resolución de las catorce horas veinte
minutos del día doce de diciembre de este año, se ha tenido por aceptada
expresamente y con benefi cio de inventario de parte de la señora OTILIA
VENTURA DE PARADA conocida por OTILIA BAUSTISTA VEN-
TURA y por OTILIA VENTURA, en calidad de cónyuge sobreviviente
quien comparece en carácter personal de la herencia intestada que a
su defunción dejó el causante JOSÉ RAFAEL PARADA conocido por
JOSÉ RAFAEL GIRÓN PARADA, quien fue de setenta y ocho años de
edad, Mecánico, casado, originario de San Miguel y del domicilio de
Soyapango, hijo de la señora María Leandra Parada, de Nacionalidad
salvadoreña, falleció el día veinte de enero de dos mil siete.
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116 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 379
Confi érese a la aceptante la representación y administración INTE-
RINA de la herencia con las facultades y restricciones de los curadores
de la herencia yacente.
Cítese a los que se crean con derecho a la herencia para que se
presenten a este Tribunal a deducir sus derechos, dentro del término de
ley.
Librado en el Juzgado de lo Civil de Soyapango, quince horas veinte
minutos del día doce de diciembre de dos mil siete.- LIC. CARLOS
WILFREDO GARCIA AMAYA, JUEZ DE LO CIVIL.- LIC. MARIA
ESTELA SORIANO NAVARRETE, SECRETARIA.
3 v. alt. No. F001342-2
ROGELIO HUMBERTO ROSALES BARRERA, JUEZ DE LO CIVIL
DE ESTE DISTRITO JUDICIAL.
HACE SABER: Que por resolución proveída este día a las once horas
y treinta minutos, se ha tenido por aceptada expresamente con benefi cio
de inventario, la herencia intestada que dejó el señor VICTORIANO
PRUDENCIO CARRANZA o VICTORIANO PRUDENCIO, quien
falleció el día veintisiete de Septiembre de mil novecientos ochenta y
siete, en el Caserío Cofradía Nueva, Cantón Los Amates, Jurisdicción de
Yayantique de este Departamento, siendo ese lugar su último domicilio,
de parte del señor FIDEL ANGEL CRUZ PRUDENCIO, en Concepto
de hijo sobreviviente del causante. Confi riéndole a dicho aceptante, en
el carácter indicado la administración y representación interina de la
sucesión, con las facultades y restricciones de los curadores de la herencia
Yacente.
Se cita a quienes se consideren con derecho en la sucesión, para
que en el término de Ley, después de la tercera publicación de este cartel,
lo demuestren en este Juzgado.
Librado en el Juzgado de lo Civil: La Unión, a los veintiún días
del mes de Noviembre de dos mil siete.- LIC. ROGELIO HUMBERTO
ROSALES BARRERA, JUEZ DE LO CIVIL.- BR. JORGE ALBERTO
PEREZ, SECRETARIO.
3 v. alt. No. F001351-2
CARLOS WILFREDO GARCÍA AMAYA, JUEZ DE LO CIVIL DEL
DISTRITO JUDICIAL DE SOYAPANGO.
HACE SABER: Que por resolución proveída por este Tribunal, a
las nueve horas y treinta y tres minutos del día trece de Noviembre de
dos mil siete, se ha tenido por aceptada expresamente y con benefi cio
de inventario la sucesión intestada que a su defunción dejó la causante
señora EMILIA VÁSQUEZ conocida por EMILIA VÁSQUEZ DE
FLORES, quien fue de sesenta y tres años de edad, de ofi cios domés-
ticos, viuda, del origen y domicilio de esta ciudad y departamento, de
nacionalidad salvadoreña, hija de Valeriana Vásquez, quien falleció el
día siete de Junio de mil novecientos ochenta; de parte de los señores
JACINTO FLORES VÁSQUEZ, FERMÍN VÁSQUEZ RAMÍREZ y
JOSÉ MARCIAL VÁSQUEZ MONTES, en su calidad de hijos de la
causante.
Se ha conferido a los aceptantes la representación y administración
INTERINA de la herencia intestada, con las facultades y restricciones
de los Curadores de la Herencia Yacente.
Cítase a los que se crean con derecho a la herencia para que se
presenten a este Tribunal dentro de los quince días subsiguientes después
de la última publicación de este Edicto.
Lo que se pone en conocimiento del público para los efectos de
ley.
Librado en el Juzgado de lo Civil de Soyapango, a las quince
horas y treinta y seis minutos del día trece de Noviembre de dos mil
siete. LIC. CARLOS WILFREDO GARCIA AMAYA, JUEZ DE LO
CIVIL.- LICDA. MARIA ESTELA SORIANO NAVARRETE, SECRE-
TARIA.
3 v. alt. No. F001364-2
ANA FELICITA ESTRADA, Juez de lo Civil de este Distrito Judicial,
al público para los efectos de ley,
HACE SABER: Que por resolución de las diez horas del día seis
de Junio del corriente año, se ha tenido por aceptada expresamente y
con benefi cio de inventario de parte del señor VENANCIO ALFARO
conocido por VENANCIO ALFARO PALACIOS la herencia intestada que
a su defunción dejó el señor NICOLAS ALFARO PALACIOS conocido
por NICOLAS ALFARO, quien fue de ochenta y cinco años de edad,
soltero, carpintero, fallecido el día once de Junio de mil novecientos
noventa y ocho, en el Barrio Santa Rosa de la ciudad de Apastepeque,
de este Departamento, lugar de su último domicilio, en concepto de
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hermano del causante y se ha nombrado al aceptante administrador y
representante interino de la sucesión, con las facultades y restricciones
de los curadores de la herencia yacente.
Librado en el Juzgado de lo Civil: San Vicente, a los seis días del
mes de Junio del año dos mil dos. Entrelíneas: al-Vale.- DRA. ANA
FELICITA ESTRADA, JUEZ DE LO CIVIL.- BR. LILIAN MABEL
RUIZ DE SALINAS, SECRETARIO.
3 v. alt. No. F001371-2
ARNALDO AGUILAR GONZALEZ, Notario, de este domicilio, con
Ofi cinas en la Colonia Miranda, Pasaje San Fernando, casa número
treinta y uno, Boulevard Constitución, en esta ciudad,
HACE SABER: Que por resolución pronunciada en esta Ofi cina de
Notariado, a las diez horas del día siete de marzo del año dos mil ocho,
se ha tenido por aceptada expresamente y con benefi cio de inventario,
de parte de la señora MARINA CANALES DE ACEVEDO, conocida
también por MARINA CANALES, MARINA CANALES ALVARADO y
MARINA CANALES GAMEZ, como cónyuge sobreviviente y cesionaria
de derechos hereditarios, en su calidad de heredera ab intestato, la herencia
intestada que a su defunción dejó el señor BENEDICTO SALOMON
ACEVEDO NUÑEZ, conocido también por BENEDICTO SALOMON
ACEVEDO, quien fue de sesenta y ocho años de edad, Mecánico, ori-
ginario de la ciudad de San Salvador, Departamento de San Salvador,
siendo su último domicilio la ciudad de Soyapango, Departamento de
San Salvador, y falleció el día veinticinco de abril del año dos mil siete,
en la ciudad de San Salvador.
Cítese a los que se crean con derecho a la referida sucesión para
que dentro del término de quince días, contados desde el siguiente al
de la tercera publicación de este edicto, comparezcan ante el suscrito
Notario, a manifestar si aceptan o repudian la herencia intestada dejada
por el referido causante, o a alegar igual o mejor derecho.
Lo que se hace del conocimiento del público para los efectos de
ley.
Librado en esta ofi cina de Notariado: San Salvador, a las nueve
horas del día ocho de marzo de dos mil ocho.
ARNALDO AGUILAR GONZALEZ,
NOTARIO.
3 v. alt. No. F001390-2
JOSE MANUEL MOLINA LOPEZ, JUEZ TERCERO DE LO CIVIL
DE ESTE DISTRITO JUDICIAL. Al público para los efectos de ley,
HACE SABER: Que por resolución dictada a las once horas con
cincuenta y cinco minutos del día veinte de Febrero de dos mil ocho, se
ha tenido por aceptada expresamente y con benefi cio de inventario la
herencia INTESTADA que a su defunción ocurrida en Barrio Concepción,
Municipio de Santiago Texacuangos, de este Departamento, siendo la
Ciudad de San Salvador su último domicilio, el día veintitrés de No-
viembre de mil novecientos noventa y nueve, dejó la señora TERESA
DE JESUS OLIVA DE VASQUEZ, conocida por TERESA DE JESUS
OLIVA, de parte de JOSÉ LEONARDO VASQUEZ REYES, en su calidad
de cónyuge sobreviviente de la causante, se ha conferido al aceptante
la administración y representación INTERINA, de la sucesión con las
facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente.
Librado en el Juzgado Tercero de lo Civil: San Salvador, a las
ocho horas con veinte minutos del día veintinueve de Febrero de dos mil
ocho.- DR. JOSE MANUEL MOLINA LOPEZ, JUEZ TERCERO DE LO
CIVIL.- BR. ALEX ALBERTO SORTO MELARA, SECRETARIO.
3 v. alt. No. F001410-2
GUILLERMO ALFARO SANTOS, Juez de lo Civil de este Municipio
Judicial,
HACE SABER: Que por resoluciones proveídas por este juzgado
a las nueve horas con cincuenta minutos del día diecisiete de octubre del
dos mil siete y a las once horas y treinta minutos del día quince de enero
del año dos mil ocho.- Se ha tenido por aceptada expresamente y con
benefi cio de inventario la herencia intestada que a su defunción ocurrida
en la ciudad de Bethesda Montgomery de los Estados Unidos de América,
siendo su último domicilio esta ciudad de San Marcos, el día treinta de di-
ciembre de dos mil seis, dejó el causante JOSE TRINIDAD GRANADOS
MORALES, conocido por JOSE TRINIDAD GRANADOS, de parte
de la señora MARIA JESUS SERPAS conocida por MARIA JESUS
SERPAS DE GRANADOS hoy MARIA JESUS SERPAS VIUDA DE
GRANADOS y JOSE MARCOS ANTONIO GRANADOS SERPAS;
y de los menores JOSUE DANIEL y GLORIA MARISOL, ambos de
apellidos GRANADOS SERPAS, por medio de su apoderado, Licenciado
ROGELIO MOISES ABREGO ARDON; la primera en su calidad de
cónyuge sobreviviente del causante, y los tres últimos en su calidad
de hijos del de cujus en mención.- Se ha conferido a los aceptantes la
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administración y representación interina de la sucesión, con las facul-
tades y restricciones de los curadores de la herencia yacente, debiendo
ejercerla los menores JOSUE DANIEL y GLORIA MARISOL, ambos
de apellidos GRANADOS SERPAS, por medio de su madre, señora
MARIA JESUS SERPAS conocida por MARIA JESUS SERPAS DE
GRANADOS hoy MARIA SERPAS VIUDA DE GRANADOS.
Cítense a los que se crean con derecho a la herencia en mención
para que transcurridos el término de quince días contados a partir del
siguiente al de la tercera publicación de este edicto, concurran a este
tribunal a hacer uso de su derecho.
Lo que se hace del conocimiento del público para los efectos de
ley.
Librado en el Juzgado de lo Civil: Ciudad de San Marcos, De-
partamento de San Salvador, a las doce horas y treinta minutos del día
veintitrés de enero del año dos mil ocho.- DR. GUILLERMO ALFARO
SANTOS, JUEZ DE LO CIVIL.- LIC. IRMA ARACELY FLORES
ALVAREZ, SECRETARIO.
3 v. alt. No. F001421-2
YOALMO ANTONIO HERRERA, JUEZ DE LO CIVIL DE SANTA
TECLA, AL PUBLICO PARA LOS EFECTOS DE LEY,
HACE SABER: Que por resolución proveída por este Juzgado, a
las diez horas y treinta y cinco minutos del día veintiuno de febrero del
presente año, se ha tenido por aceptada expresamente y con benefi cio de
inventario, la herencia intestada dejada a su defunción por la causante,
señora ANA DAYSI RIVAS GUZMAN, conocida por ANA DAYSI RIVAS
GUZMAN DE REYES y por ANA DAYSI RIVAS DE REYES, ocurrida
el día quince de noviembre de dos mil dos, en San Salvador, siendo
esta ciudad el lugar de su último domicilio, de parte del señor JOSE
ANTONIO REYES REYES o JOSE ANTONIO REYES, en su calidad
de cónyuge sobreviviente de la causante; y se ha conferido al aceptante,
la administración y la representación interinas de la sucesión, con las
facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente.
Librado en el Juzgado de lo Civil de Santa Tecla, a las diez horas
cuarenta y nueve minutos del día veintiocho de febrero de dos mil ocho.-
LIC. YOALMO ANTONIO HERRERA, JUEZ DE LO CIVIL.- BR.
KARINA VANESSA SILVA DE SOMOZA, SECRETARIO.
3 v. alt. No. F001438-2
JOSE ARISTIDES PERLA BAUTISTA, Notario, de este domicilio, con
ofi cina ubicada en: Primera Calle Poniente y Cuarenta y Siete Avenida
Norte, Villas de Normandía Segundo Nivel Local 7 “C”, San Salvador,
con teléfono número 2265-2187.
HACE SABER: Que por resolución del suscrito Notario proveída
en la ciudad de San Salvador, a las diez horas del día treinta de Enero de
dos mil ocho, se ha tenido por aceptada expresamente y con Benefi cio de
Inventario, la Herencia Intestada que a su defunción dejara el señor JOSE
ANTONIO ESCOBAR PARADA, habiéndo fallecido en San Pedro Sula,
Departamento de Cortés, República de Honduras, a las veintiún horas del
día treinta de Junio del año dos mil dos, de parte de la señora PLACIDIA
MELENDEZ DE ESCOBAR, habiéndo formalizado testamento, y en su
calidad de esposa del causante, habiéndose conferido la administración y
representación interina de la sucesión, con las facultades y restricciones
de los curadores de la Herencia yacente.
En consecuencia por este medio se cita a todos los que se crean
con derechos a la referida Herencia, para que se presenten a la referida
ofi cina en el término de quince días, contados desde el siguiente a la
última publicación del presente edicto.
Librado en la ofi cina del Licenciado JOSE ARISTIDES PERLA
BAUTISTA. En la ciudad de San Salvador, a los seis días del mes de
Febrero del año dos mil ocho.
JOSE ARISTIDES PERLA BAUTISTA,
NOTARIO.
3 v. alt. No. F001456-2
HERENCIA YACENTE
LUIS SALVADOR PEÑA, Juez de lo Civil de este Distrito Judicial, al
público para los efectos de ley;
HACE SABER: Que este día, se ha declarado yacente la herencia
del causante ADAN CABEZAS, quien falleció el día doce de septiembre
de mil novecientos ochenta y siete, en el Barrio El Calvario, de la ciudad
de Santiago Nonualco, su último domicilio; y se ha nombrado curador
para que la represente a la Licenciada Vilma Elizabeth Ayala Durán.
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En consecuencia, se citan a todas las personas que se crean con
derecho a las herencias de que se trata, para que en el término de ley,
comparezcan a este Juzgado a justifi car dicha circunstancia.
JUZGADO DE LO CIVIL: Zacatecoluca, 11 de febrero de 2008.
Dr. LUIS SALVADOR PEÑA, JUEZ DE LO CIVIL. JORGE ALBERTO
RODRIGUEZ, SECRETARIO.
3 v. alt. No. F001318-2
TITULOS DE PROPIEDAD
EL INFRASCRITO ALCALDE MUNICIPAL.
HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado, el señor MAR-
COS REYES, de cuarenta años de edad, de este domicilio, portador
de su Documento Único de Identidad número: cero cero ochocientos
cincuenta y dos mil guión cinco, y LEDIS ERMELINDA ARGUETA
VALLADARES, de veintinueve años de edad, de este domicilio, de oficios
domésticos, portadora de su Documento Único de Identidad número:
cero cero ochocientos treinta y un seiscientos diecisiete guión cero;
solicitando TÍTULO DE PROPIEDAD de un solar y casa de naturaleza
urbana, situado en el Barrio El Calvario, de este municipio, distrito de
Osicala, departamento de Morazán, de las medidas y linderos siguientes:
AL ORIENTE: mide treinta metros cuarenta y tres centímetros, linda
con terreno propiedad de ORBELINA BARAHONA GUEVARA, calle
pública de por medio; AL NORTE: mide treinta metros, linda con terreno
propiedad de TRANSITO GUEVARA, cerco de alambre de púa de por
medio; AL PONIENTE: mide quince metros cincuenta centímetros, linda
con terreno propiedad de TRANSITO GUEVARA, cerco de alambre de
púa de por medio; AL SUR: mide cuarenta y un metros diez centíme-
tros compuesto por tres tramos de diferentes medidas, linda con terreno
propiedad de AQUILINO MARTINEZ GUEVARA, cerco de piedras de
por medio, en el inmueble existe una casa de bahareque, techo de tejas,
la capacidad superfi cial del inmueble es de seiscientos noventa y tres
metros diecinueve centímetros cuadrados, lo valora en la de: TREINTA Y
CINCO MIL DOLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA,
($35,000.00) lo hubo por compraventa verbal que le hicieron a los seño-
res: FRANCISCO MARTINEZ, TRANSITO GUEVARA y ASISCLO
FRANCO GUEVARA, los colindantes son de este domicillo.
Se hace del conocimiento público, para efectos legales.
Alcaldía Municipal de San Isidro, a las nueve horas del día once
de marzo de dos mil ocho. SANTOS RAMIRO LOVOS FRANCO,
ALCALDE MUNICIPAL. JOSE JULIO FRANCO GUEVARA, SE-
CRETARIO MUNICIPAL.
3 v. alt. No. F001323-2
EL INFRASCRITO ALCALDE MUNICIPAL
HACE CONSTAR: Que a esta ofi cina se ha presentado el Lic. Miguel
Ángel Fernández Granillo, Apoderado General Judicial del señor Julio
Antonio Flores Marroquín, mayor de edad, Jornalero, de este domicilio,
solicitando título de propiedad de un solar urbano, ubicado en el Barrio
El Calvario, de esta Ciudad, de una extensión superfi cial de CIENTO
OCHO PUNTO CINCUENTA Y SEIS METROS CUADRADOS, de
las colindancias siguientes: AL NORTE: colinda con inmueble de Henry
Marroquín, servidumbre de tránsito de uno punto cincuenta metros de
ancho de por medio; AL ORIENTE: colinda con inmueble de Teresa
Joachín, servidumbre de tránsito de dos metros de ancho de por medio;
AL SUR: colindando con inmueble de Ana Gloria, Concepción, Isabel
del Carmen, Cándida Maritza, Reynaldo Otoniel, Billy Renato, Rosa
Amelia, José Lázaro, todos de apellidos Zepeda Aguilar, María Adelina
Marroquín Zepeda y Nancy Zepeda de Renderos; y AL PONIENTE:
colindando con inmueble de los señores: María Mirtala Figueroa de
Navas, Ana Gloria, Concepción, Isabel del Carmen, todos de apellidos
Zepeda Aguilar y María Adelina Marroquín Zepeda, Cándida Maritza,
Reynaldo Otoniel, Billy Renato, Rosa Amelia, José Lázaro, todos de
apellidos Zepeda Aguilar, María Adelina Marroquín Zepeda y Nancy
Zepeda de Renderos. No es dominante ni sirviente, no tiene cargas
o derechos reales que pertenezcan a otra persona con quien hubiere
proindivisión, todos sus colindantes son de este domicilio, lo hubo por
compra al señor Rodolfo Marroquín Zepeda, el día dieciséis de mayo de
mil novecientos noventa y siete, y lo estima en TRES MIL DOLARES
DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA.
Alcaldía Municipal de San José Guayabal, a los veintiocho días del
mes de Febrero del dos mil ocho. Ing. MAURICIO ARTURO VILANOVA
VAQUERO, ALCALDE MUNICIPAL. MIRIAN ESTELA MELARA,
SECRETARIA MUNICIPAL.
3 v. alt. No. F001332-2
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RENOVACION DE MARCAS
No. de Expediente: 1993002439
No. de Presentación: 20080103146
CLASE: 25.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE CONSTAR: Que a esta ofi cina se ha presentado ROBERTO
ENRIQUE HERNANDEZ VALENCIA, mayor de edad, ABOGADO Y
NOTARIO, del domicilio de SAN SALVADOR, de nacionalidad SAL-
VADOREÑA, actuando como APODERADO de VESTIMUNDO S.A.
“VESA”, del domicilio de MEDELLIN, COLOMBIA, de nacionalidad
COLOMBIANA, solicitando RENOVACION, para la inscripción Número
00099 del Libro 00065 de INSCRIPCION DE MARCAS, consistente
en la palabra GEF; que ampara productos/servicios comprendidos en la
(s) Clase 25 de la Clasifi cación Internacional de Niza.
Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de
Ley.
DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la
Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distinti-
vos, San Salvador, a los dieciséis días del mes de enero del año dos mil
ocho.
ALEXANDER RAFAEL MORALES MENDEZ,
REGISTRADOR.
RUTH NOEMI PERAZA GALDAMEZ,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. C018538-2
No. de Expediente: 1996005168
No. de Presentación: 20080103515
CLASE: 05.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE CONSTAR: Que a esta ofi cina se ha presentado MORE-
NA GUADALUPE ZAVALETA NOVA, mayor de edad, ABOGADO Y
NOTARIO, del domicilio de SAN SALVADOR, de nacionalidad
SALVADOREÑA, actuando como APODERADO ESPECIAL de
GRÜNENTHAL GMBH, del domicilio de Sieglerstrasse 6, D-52078
Aachen, Alemania, de nacionalidad ALEMANA, solicitando RENOVA-
CION, para la inscripción Número 00091 del Libro 00066 de INSCRIP-
CION DE MARCAS, consistente en las palabras TRAMAL LONG en
letras mayúsculas tipo corriente; que ampara productos/servicios com-
prendidos en la (s) Clase 05 de la Clasifi cación Internacional de Niza.
Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de
Ley.
DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la
Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distinti-
vos. San Salvador, a los dieciséis días del mes de enero del año dos mil
ocho.
ALEXANDER RAFAEL MORALES MENDEZ,
REGISTRADOR.
RUTH NOEMI PERAZA GALDAMEZ,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. F001473-2
No. de Expediente: 1992004201
No. de Presentación: 20080103335
CLASE: 32.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE CONSTAR: Que a esta ofi cina se ha presentado MORE-
NA GUADALUPE ZAVALETA NOVA, mayor de edad, ABOGADO
Y NOTARIO, del domicilio de SAN SALVADOR, de nacionalidad
SALVADOREÑA, actuando como APODERADO de Miller Products
Company, del domicilio de 3939 West Highland Boulevard, Milwaukee,
Wisconsin 53208, Estados Unidos de América, de nacionalidad ESTA-
DOUNIDENSE, solicitando RENOVACION, para la inscripción Número
00010 del Libro 00069 de INSCRIPCION DE MARCAS, consistente en
la palabra “MILLER”; que ampara productos/servicios comprendidos
en la(s) Clase 32 de la Clasifi cación Internacional de Niza.
Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de
Ley.
DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la
Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distin-
tivos. San Salvador, a los diecisiete días del mes de enero del año dos
mil ocho.
HUMBERTO GUILLERMO CUESTAS MARTINEZ VARELA,
REGISTRADOR.
ANA LAURA RIVERA CASTELLANOS,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. F001475-2
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MARCAS DE FABRICA
No. de Expediente: 2007070001
No. de Presentación: 20070098571
CLASE: 28.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado ANNA CHRIS-
TINA VOLPEL DE BORJA, en su calidad de REPRESENTANTE LE-
GAL de JUGUETES DE EL SALVADOR, SOCIEDAD ANONIMA DE
CAPITAL VARIABLE que se abrevia: JUGUESAL, S.A. DE C.V., de
nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro de la MARCA
DE FABRICA Y DE COMERCIO:
Consistente en: bebe mundo qué lindo ser bebé y diseño, que servirá
para: AMPARAR JUGUETES.
La solicitud fue presentada el día diecinueve de septiembre del año
dos mil siete.
DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la
Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.
San Salvador, dieciocho de febrero del año dos mil ocho.
Licda. HERMINIA ELIZABETH LOZANO ZELIDON,
REGISTRADORA.
KATYA MARGARITA MARTINEZ GUTIERREZ,
SECRETARIA.
3 v. alt. No. C018521-2
No. de Expediente: 2007070000
No. de Presentación: 20070098570
CLASE: 25.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado ANNA CHRIS-
TINA VOLPEL DE BORJA, en su calidad de REPRESENTANTE LE-
GAL de JUGUETES DE EL SALVADOR, SOCIEDAD ANONIMA DE
CAPITAL VARIABLE que se abrevia: JUGUESAL, S.A. DE C.V., de
nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro de la MARCA
DE FABRICA Y DE COMERCIO:
Consistente en: las palabras bebe mundo y diseño, que servirá para:
AMPARAR: VESTIDOS, CALZADOS Y SOMBRERERIA.
La solicitud fue presentada el día diecinueve de septiembre del año
dos mil siete.
DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la
Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.
San Salvador, dieciocho de febrero del año dos mil ocho.
DAVID ANTONIO CUADRA GOMEZ,
REGISTRADOR.
JORGE ALBERTO JOVEL ALVARADO,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. C018522-2
No. de Expediente: 2007069995
No. de Presentación: 20070098565
CLASE: 03.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado ANNA CHRIS-TINA VÖLPEL DE BORJA, en su calidad de REPRESENTANTE LE-GAL de JUGUETES DE EL SALVADOR, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE que se abrevia: JUGUESAL, S.A. DE C.V., de
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nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA Y DE COMERCIO:
Consistente en: la expresión bebe mundo qué lindo ser bebé y diseño, que servirá para: AMPARAR: JABONES Y PERFUMERÍA.
La solicitud fue presentada el día diecinueve de septiembre del año dos mil siete.
DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, veinte de septiembre del año dos mil siete.
LUIS ALONSO CACERES AMAYA,
REGISTRADOR.
MAURICIO ENRIQUE SANCHEZ VASQUEZ,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. C018523-2
No. de Expediente: 2007069996
No. de Presentación: 20070098566
CLASE: 05.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado ANNA CHRIS-TINA VOLPEL DE BORJA, en su calidad de REPRESENTANTE LE-GAL de JUGUETES DE EL SALVADOR, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE que se abrevia: JUGUESAL, S.A. DE C.V., de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro de la MARCA
DE FABRICA Y DE COMERCIO:
Consistente en: las palabras bebe mundo y diseño, que servirá para:
AMPARAR: ALIMENTOS PARA BEBES.
La solicitud fue presentada el día diecinueve de septiembre del año
dos mil siete.
DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la
Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.
San Salvador, veinte de septiembre del año dos mil siete.
DAVID ANTONIO CUADRA GOMEZ,
REGISTRADOR.
JORGE ALBERTO JOVEL ALVARADO,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. C018524-2
No. de Expediente: 2007069997
No. de Presentación: 20070098567
CLASE: 08.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado ANNA CHRIS-
TINA VOLPEL DE BORJA, en su calidad de REPRESENTANTE LE-
GAL de JUGUETES DE EL SALVADOR, SOCIEDAD ANONIMA DE
CAPITAL VARIABLE que se abrevia: JUGUESAL, S.A. DE C.V., de
nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro de la MARCA
DE FABRICA Y DE COMERCIO:
Consistente en: las palabras bebe mundo qué lindo ser bebé y
diseño, que servirá para: AMPARAR: INSTRUMENTOS DE MANO,
IMPULSADOS MANUALMENTE, CUCHILLERIA, TENEDORES
Y CUCHARAS.
La solicitud fue presentada el día diecinueve de septiembre del año
dos mil siete.
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123DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 1 de Abril de 2008.
DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la
Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.
San Salvador, veinte de septiembre del año dos mil siete.
Licda. HERMINIA ELIZABETH LOZANO ZELIDON,
REGISTRADORA.
KATYA MARGARITA MARTINEZ GUTIERREZ,
SECRETARIA.
3 v. alt. No. C018525-2
No. de Expediente: 2007069999
No. de Presentación: 20070098569
CLASE: 21.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado ANNA CHRIS-
TINA VÖLPEL DE BORJA, en su calidad de REPRESENTANTE LE-
GAL de JUGUETES DE EL SALVADOR, SOCIEDAD ANONIMA DE
CAPITAL VARIABLE que se abrevia: JUGUESAL, S.A. DE C.V., de
nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro de la MARCA
DE FABRICA Y DE COMERCIO:
Consistente en: la expresión bebe mundo qué lindo ser bebé y
diseño, que servirá para: AMPARAR: UTENSILIOS Y RECIPIENTES
PARA EL MENAJE Y LA COCINA, PEINES, ESPONJAS, CEPILLOS,
VIDRIOS SEMIELABORADOS Y CRISTALERÍA.
La solicitud fue presentada el día diecinueve de septiembre del año
dos mil siete.
DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, veinte de septiembre del año dos mil siete.
LUIS ALONSO CACERES AMAYA,
REGISTRADOR.
MAURICIO ENRIQUE SANCHEZ VASQUEZ,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. C018527-2
No. de Expediente: 2007071612
No. de Presentación: 20070100903
CLASE: 25.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado ROBERTO ENRIQUE HERNANDEZ VALENCIA, en su calidad de APODERA-DO de ALSON COMPANY SOCIEDAD ANONIMA, de nacionalidad PANAMEÑA, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA Y
DE COMERCIO:
Consistente en: la expresión Apple Bottoms y diseño, traducidas
al castellano como BOTON DE MANZANA, que servirá para: AM-
PARAR: PRODUCTOS TALES COMO CAMISAS, PANTALONES,
ROPA INTERIOR, PAÑUELOS DE TELA, CALCETINES, VESTIDOS,
CALZADO Y SOMBRERERIA, FAJAS Y CARTERAS DE TELA.
La solicitud fue presentada el día ocho de noviembre del año dos
mil siete.
DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la
Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.
San Salvador, tres de marzo del año dos mil ocho.
Licda. MARIA RAQUEL CLARA GUERRERO,
REGISTRADORA.
NANCY KATYA NAVARRETE QUINTANILLA,
SECRETARIA.
3 v. alt. No. C018537-2
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124 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 379
No. de Expediente: 2008074068
No. de Presentación: 20080105400
CLASE: 30.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado ALEJANDRA
CASTRO GARCIA PRIETO DE CRUZ, de nacionalidad SALVADO-
REÑA, en su calidad de PROPIETARIO, solicitando el Registro de la
MARCA DE FABRICA Y DE COMERCIO,
Consistente en: Las palabras Cookies & art y diseño, traducidas
al castellano como Galletas y arte. Sobre la palabra Cookies no se le
concede exclusividad, que servirá para: AMPARAR: GALLETAS.
La solicitud fue presentada el día diecinueve de febrero del año
dos mil ocho.
DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Pro-
piedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.
San Salvador, veintidós de febrero del año dos mil ocho.
DAVID ANTONIO CUADRA GÓMEZ,
REGISTRADOR.
JORGE ALBERTO JOVEL ALVARADO,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. F001353-2
No. de Expediente: 2004044852
No. de Presentación: 20040057933
CLASE: 28.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado FRAN-
CISCO JOSE BARRIENTOS, en su calidad de APODERADO de
DISTRIBUIDORA JAGUAR, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL
VARIABLE que se abrevia: JAGUAR, S. A. DE C. V., de nacionalidad
SALVADOREÑA, solicitando el Registro de la MARCA DE FABRICA
Y DE COMERCIO,
Consistente en: La palabra milán y diseño.
La solicitud fue presentada el día veintidós de noviembre del año
dos mil cuatro.
DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Pro-
piedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.
San Salvador, seis de marzo del año dos mil ocho.
LICDA. HAZEL VIOLETA AREVALO CARRILLO,
REGISTRADORA.
GUILLERMO ALFONSO LOPEZ,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. F001454-2
No. de Expediente: 2007072289
No. de Presentación: 20070101928
CLASE: 11.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado MORENA
GUADALUPE ZAVALETA NOVA, en su calidad de APODERADO
GENERAL JUDICIAL de COMERCIAL INDUSTRIAL OLINS,
SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE, de nacionalidad
SALVADOREÑA, solicitando el Registro de la MARCA DE FABRICA
Y DE COMERCIO,
Consistente en: La palabra WOLF y diseño, ésta se traduce al
castellano como LOBO, que servirá para: AMPARAR: ESTUFAS.
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125DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 1 de Abril de 2008.
La solicitud fue presentada el día veintiocho de noviembre del año dos mil siete.
DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Pro-piedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, cuatro de diciembre del año dos mil siete.
LICDA. HAZEL VIOLETA AREVALO CARRILLO,
REGISTRADORA.
MIGUEL ERNESTO VILLALTA FLORES,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. F001467-2
No. de Expediente: 2007072290
No. de Presentación: 20070101929
CLASE: 11.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado MORENA GUADALUPE ZAVALETA NOVA, en su calidad de APODERADO de COMERCIAL INDUSTRIAL OLINS, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE, de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el Registro de la MARCA DE FABRICA Y DE COMERCIO,
Consistente en: Las palabras SUB-ZERO y diseño, que servirá para: AMPARAR: REFRIGERADORAS.
La solicitud fue presentada el día veintiocho de noviembre del año dos mil siete.
DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, tres de diciembre del año dos mil siete.
LICDA. HERMINIA ELIZABETH LOZANO ZELIDON,
REGISTRADORA.
KATYA MARGARITA MARTINEZ GUTIERREZ,
SECRETARIA.
3 v. alt. No. F001468-2
No. de Expediente: 2007072551
No. de Presentación: 20070102276
CLASE: 01.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado LUZ DE
MARIA BUSTAMANTE GUILLEN, en su calidad de APODERADO
ESPECIAL de FERTILIZANTES AGRICOLAS HONDUREÑOS,
S. A. DE C. V., de nacionalidad HONDUREÑA, solicitando el Registro
de la MARCA DE FABRICA Y DE COMERCIO,
Consistente en: Las palabras FAH FERTIAGRO y diseño, que
servirá para: AMPARAR: FERTILIZANTES.
La solicitud fue presentada el día cinco de diciembre del año dos
mil siete.
DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la
Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.
San Salvador, siete de diciembre del año dos mil siete.
DAVID ANTONIO CUADRA GOMEZ,
REGISTRADOR.
JORGE ALBERTO JOVEL ALVARADO,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. F001469-2
No. de Expediente: 2007072550
No. de Presentación: 20070102275
CLASE: 29.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado MORENA
GUADALUPE ZAVALETA NOVA, en su calidad de APODERADO
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126 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 379
ESPECIAL de COLOMBINA S.A., de nacionalidad COLOMBIANA,
solicitando el Registro de la MARCA DE FABRICA Y DE COMER-
CIO,
BUON GIORNO
Consistente en: Las palabras BUON GIORNO traducidas al cas-
tellano como BUENOS DIAS, que servirá para: AMPARAR: SOPAS
Y PREPARACIONES PARA HACER SOPAS.
La solicitud fue presentada el día cinco de diciembre del año dos
mil siete.
DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Pro-
piedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.
San Salvador, seis de diciembre del año dos mil siete.
DAVID ANTONIO CUADRA GOMEZ,
REGISTRADOR,
JORGE ALBERTO JOVEL ALVARADO,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. F001470-2
No. de Expediente: 2007064929
No. de Presentación: 20070089989
CLASE: 24.
LA INFRASCRITA REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado MORENA
GUADALUPE ZAVALETA NOVA, en su calidad de APODERADO de
C. I. HERMECO S. A., de nacionalidad COLOMBIANA, solicitando el
Registro de la MARCA DE FABRICA Y DE COMERCIO,
Consistente en: La palabra OFFCORSS, que servirá para: AMPA-
RAR: TEXTILES, TAL COMO LENCERIA PARA BAÑO, TAL COMO
CORTINAS PARA LA DUCHA, TOALLAS DE BAÑO, TAPETES DE
TELA PARA EL BAÑO, PAÑITOS PARA LA CARA, ROPA DE CAMA,
TAL COMO COBIJAS, DOSELES, ALMOHADILLAS, SABANAS,
COBERTORES, FUNDAS PARA ALMOHADAS, COLCHAS, DOSE-
LES PARA CUNAS, AMORTIGUADORES PARA CUNAS, TEXTILES
PARA FABRICACION DE TELAS, CORTINAS DE TELA, BANDE-
RAS DE TELA, PAÑUELOS DE TELA; ETIQUETAS IMPRESAS
EN TELA, LIMPIONES DE TELA, LENCERIA PARA LA MESA,
COMO INDIVIDUALES QUE NO SEAN DE PAPEL, CENTROS DE
MESA DE TELA, MANTELES QUE NO SEAN DE PAPEL, TAPICES
TEXTILES, COBIJAS Y LENCERIA PARA CAMA.
La solicitud fue presentada el día diecinueve de febrero del año
dos mil siete.
DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la
Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.
San Salvador, veinticinco de febrero del año dos mil ocho.
MARIA DAFNE RUIZ,
REGISTRADOR.
JOSE FIDEL MELARA MORAN,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. F001471-2
NOMBRE COMERCIAL
No. de Expediente: 2008074267
No. de Presentación: 20080105713
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado FELIX RAUL
BETANCOURT MENENDEZ, de nacionalidad SALVADOREÑA, en
su calidad de PROPIETARIO, solicitando el Registro del NOMBRE
COMERCIAL,
ESCUELA DE ESTUDIOS DEL SEGURO DE
CENTROAMERICA “LIC. RUFINO GARAY h”
Consistente en: Las palabras ESCUELA DE ESTUDIOS DEL
SEGURO DE CENTRO AMERICA “LIC. RUFINO GARAY h”, sobre
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127DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 1 de Abril de 2008.
las palabras de uso común no se le concede exclusividad, que servirá
para: IDENTIFICAR UN ESTABLECIMIENTO COMERCIAL DEDI-
CADO A LA FORMACION DE ESPECIALISTAS EN EL AREA DE
SEGUROS, UBICADO EN CALLE LOS CASTAÑOS # 120, COLONIA
SAN FRANCISCO.
La solicitud fue presentada el día veinticinco de febrero del año
dos mil ocho.
DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la
Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.
San Salvador, veintiocho de febrero del año dos mil ocho.
LICDA. HERMINIA ELIZABETH LOZANO ZELIDON,
REGISTRADORA.
KATYA MARGARITA MARTINEZ GUTIERREZ,
SECRETARIA.
3 v. alt. No. F001385-2
No. de Expediente: 2008073220
No. de Presentación: 20080103546
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado MARIA AME-
LIA VIDES DE ALVARENGA, de nacionalidad SALVADOREÑA, en
su calidad de PROPIETARIO, solicitando el Registro del NOMBRE
COMERCIAL,
Consistente en: Las palabras Emely Tours, y diseño, traducido al
castellano como Viajes Emely, que servirá para: IDENTIFICAR: UNA
EMPRESA DEDICADA A AGENCIA DE VIAJES Y TURISMO;
ASESORIA, GUIAS Y TRANSPORTE EN TURISMO; VENTA DE
PAQUETES TURISTICOS.
La solicitud fue presentada el día once de enero del año dos mil
ocho.
DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la
Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.
San Salvador, quince de enero del año dos mil ocho.
LICDA. HAZEL VIOLETA AREVALO CARRILLO,
REGISTRADORA.
GERARDO ENRIQUE MÉNDEZ FLOREZ CABEZAS,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. F001455-2
No. de Expediente: 2008073219
No. de Presentación: 20080103545
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado MARIA AME-
LIA VIDES DE ALVARENGA, de nacionalidad SALVADOREÑA, en
su calidad de PROPIETARIO, solicitando el Registro del NOMBRE
COMERCIAL,
Consistente en: Las palabras HOSTAL Miramundo y diseño, tra-
ducidas al castellano como HOTEL MIRAMUNDO. Sobre la palabra
HOSTAL no se le concede exclusividad, que servirá para: IDENTIFI-
CAR UN ESTABLECIMIENTO COMERCIAL DEDICADO A LA
HOSTELERIA EN GENERAL; SALAS DE RECEPCIONES PARA
INSTALACION DE EVENTOS CON SERVICIOS DE ALIMENTA-
CION Y HOSPEDAJE; ASESORIA TURISTICA.
La solicitud fue presentada el día once de enero del año dos mil ocho.
DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la
Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.
San Salvador, catorce de enero del año dos mil ocho.
DAVID ANTONIO CUADRA GOMEZ,
REGISTRADOR.
JORGE ALBERTO JOVEL ALVARADO,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. F001458-2
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128 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 379
MATRICULAS DE COMERCIO
ASIENTO DE EMPRESA 2002006111.
ESTABLECIMIENTO 2002006111 – 002, 003, 004, 005, 006, 007, 008,
009, 010, 011, 012, 013, 014, 015, 016, 017, 018, 019, 020, 021.
AL INFRASCRITO REGISTRADOR DEL DEPARTAMENTO DE
REGISTRO DE MATRICULAS DE EMPRESA Y ESTABLECI-
MIENTOS:
HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado LUIS AL-
FONSO CARRANZA RODRIGUEZ en su calidad de APODERADO
de la sociedad IDENTILAM, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL
VARIABLE, de nacionalidad SALVADOREÑA, del domicilio de ANTI-
GUO CUSCATLAN, LA LIBERTAD cuya escritura social está inscrita
bajo el número 13 del libro 153 del Registro de Sociedades del Registro
de Comercio, con Número de Identifi cación Tributaria: 0210-250177-
001-2, ha presentado solicitud de apertura de nuevos establecimientos a
las catorce horas y cincuenta minutos del día dieciséis de enero de dos
mil ocho. Con la cual se otorgaron los asientos de Establecimiento No.
2002006111- 002, 003, 004, 005, 006, 007, 008, 009, 010, 011, 012,
013, 014, 015, 016, 017, 018, 019, 020, 021; 002-) SUCURSAL DIGI-
CEL NUEVA CONCEPCION ubicado en BARRIO EL ROSARIO, 1ª
AVENIDA NORTE Y CALLE ACCESO AL MERCADO, del domicilio
de NUEVA CONCEPCIÓN, CHALATENANGO; 003-) SUCURSAL
DIGICEL SAN JUAN OPICO ubicado en AVENIDA BENJAMIN
LOPEZ, No. 12, LOCAL No. 3, SALIDA A SAN SALVADOR, del
domicilio de SAN JUAN OPICO, LA LIBERTAD; 004-) SUCURSAL
DIGICEL SANTA TECLA ubicado en 2ª CALLE ORIENTE, ENTRE
AVENIDA MELVIN JONES Y 3ª AVENIDA SUR, CENTRO COMER-
CIAL ARGOZ, LOCAL No. 5, del domicilio de SANTA TECLA, LA
LIBERTAD; 005-) SUCURSAL DIGICEL LA UNION ubicado en 3ª
CALLE ORIENTE Y AVENIDA GENERAL CABAÑAS, LOCAL No.
1-2, del domicilio y departamento de LA UNION; 006-) SUCURSAL
DIGICEL SANTIAGO DE MARIA ubicado en BARRIO EL CALVA-
RIO, 4ª AVENIDA NORTE, LOCAL No. 2, del domicilio de SANTIA-
GO DE MARIA, USULUTAN; 007-) SUCURSAL DIGICEL APOPA
ubicado en BARRIO EL TRANSITO, 4ª CALLE ORIENTE, No. 5, del
domicilio de APOPA, SAN SALVADOR; 008-) SUCURSAL DIGICEL
APOPA 3ªAVENIDA SUR ubicado en BARRIO SAN SEBASTIAN, 3ª
AVENIDA SUR, No. 7, del domicilio de APOPA, SAN SALVADOR;
009-) SUCURSAL DIGICEL QUEZALTEPEQUE ubicado en BARRIO
EL CENTRO, AVENIDA 3 DE MAYO Y CALLE URRUTIA, No. 1,
LOCAL No. 1, ESQUINA OPUESTA AL BANCO SALVADOREÑO,
del domicilio de QUEZALTEPEQUE, LA LIBERTAD; 010-) SU-
CURSAL DIGICEL SENSUNTEPEQUE ubicado en BARRIO EL
CALVARIO, CALLE DR. JESUS NOLASCO No. 5 del domicilio de
SENSUNTEPEQUE, CABAÑAS; 011-) SUCURSAL DlGICEL SAN
ANTONIO, ZACATECOLUCA ubicado en CENTRO COMERCIAL
SAN ANTONIO, LOCAL No. 16, del domicilio de ZACATECOLUCA,
LA PAZ; 012-) SUCURSAL DIGICEL CHALATENANGO ubicado
en BARRIO EL CENTRO No. 4, 3ª AVENIDA SUR, CALLE PRIN-
CIPAL, FRENTE A LA CURACAO, del domicilio y departamento de
CHALATENANGO; 013-) SUCURSAL DIGICEL AGUILARES ubica-
do en BARRIO EL CENTRO, 6ª CALLE PONIENTE, No. 2, del domi-
cilio de AGUILARES, SAN SALVADOR; 014-) SUCURSAL DIGICEL
DIGICENTRO UNICENTRO ALTAVISTA ubicado en CARRETERA
DE ORO, KILOMETRO 7 ½, CENTRO COMERCIAL UNICENTRO
ALTAVISTA, KIOSKO FRENTE A ALMACENES PRADO, del domi-
cilio de ILOPANGO, SAN SALVADOR; 015-) SUCURSAL DIGICEL
ZACATECOLUCA ubicado en BARRIO EL CENTRO 2ª AVENIDA
NORTE Y 4ª CALLE PONIENTE, CENTRO COMERCIAL ARGOZ,
LOCAL No. 4, del domicilio de ZACATECOLUCA, LA PAZ; 016-)
SUCURSAL DIGICEL CARA SUCIA ubicado en AVENIDA CEN-
TRAL SUR, LOCAL 14-1, PLANTA BAJA, CONTIGUO A URGEN-
TE EXPRESS, CARA SUCIA, del domicilio de SAN FRANCISCO
MENENDEZ, AHUACHAPAN; 017-) SUCURSAL DIGICEL SAN
ANTONIO DEL MONTE ubicado en CALLE SAN ANTONIO DEL
MONTE, RESIDENCIAL LA FORTUNA, LOCAL 8-A, del domicilio
de SAN ANTONIO DEL MONTE, SONSONATE; 018-) SUCUR-
SAL DIGICEL TACUBA ubicado en AVENIDA ESPAÑA, BARRIO
EL CENTRO, CONTIGUO ALCALDIA MUNICIPAL TACUBA, del
domicilio de TACUBA, AHUACHAPAN; 019-) SUCURSAL DIGICEL
ACAJUTLA ubicado en MERCADO MUNICIPAL No. 1, BARRIO
EL CENTRO, CALLE PRINCIPAL LOCAL No. 10 EXTERIORES
ACAJUTLA, del domicilio de ACAJUTLA, SONSONATE; 020-)
SUCURSAL DIGICEL SOYAPANGO ubicado en BOULEVARD
DEL EJERCITO NACIONAL, CENTRO COMERCIAL PLAZA
SOYAPANGO LOCAL No. 2, del domicilio de SOYAPANGO, SAN
SALVADOR; 021-) SUCURSAL DIGICEL APANECA ubicado en
BARRIO SAN JOSE, 1ª AVENIDA NORTE Y 3ª CALLE PONIENTE,
CASA No. 8, del domicilio de APANECA, AHUACHAPAN todos y cada
uno de ellos se dedican a COMERCIALIZACION DE TELEFONIA
PREPAGO, TELEFONOS CELULARES Y PLANES DE TELEFO-
NIA POST PAGO DE LA MARCA DIGICEL y que forma parte de
la empresa denominada IDENTILAM, SOCIEDAD ANONIMA DE
CAPITAL VARIABLE.
Lo que se le hace saber al público para los efectos de Ley.
San Salvador, dieciséis de enero de dos mil ocho.
LIC. JULIO RUBEN TRUJILLO VENTURA,
REGISTRADOR.
3 v. alt. No. C018486-2
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129DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 1 de Abril de 2008.
ASIENTO DE EMPRESA 2007060437
ASIENTO DE ESTABLECIMIENTO 2007060437- 001
EL INFRASCRITO REGISTRADOR DEL DEPARTAMENTO DE RE-
GISTRO DE MATRICULAS DE EMPRESA Y ESTABLECIMIENTOS
DEL REGISTRO DE COMERCIO.
HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado MILTON
ANTONIO HERNANDEZ RAMIREZ, de nacionalidad SALVADO-
REÑA, con número de Documento Único de Identidad 00847121-3 del
domicilio de SANTA ANA, con Número de Identifi cación Tributaria:
0202-250474-104-5, el cual ha presentado solicitud a las diez horas y
treinta minutos del día veintiuno de diciembre de dos mil siete, con la
cual se otorgó el asiento de Empresa No. 2007060437 inscripción 208 y el
asiento de Establecimiento No. 2007060437- 001, inscripción 209, ambos
del Libro 168 de Asientos de Matrícula de Empresa y Establecimiento.
La Empresa se dedica a VENTA DE ARTICULOS DE FERRETERIA
DE MATERIALES Y ACCESORIOS PARA LA CONSTRUCCION
Y VENTA DE PRODUCTOS PARA USO AGROPECUARIO, con
dirección en BARRIO SAN ANTONIO No. 9, CALLE VILLEDA, CASA
No. 8, EL CONGO, del domicilio de SANTA ANA, cuyo activo asciende
a TREINTA Y TRES MIL CUATROCIENTOS DOS 15/100 DOLARES
($ 33,402.15) y que tiene el establecimiento siguiente: 001-) denominado
“AGRO-FERRETERIA EL PROGRESO” ubicado en BARRIO SAN
ANTONIO No. 9, CALLE VILLEDA, CASA No. 8, EL CONGO, y
que se dedica a VENTA DE ARTICULOS DE FERRETERIA DE MA-
TERIALES Y ACCESORIOS PARA LA CONSTRUCCION Y VENTA
DE PRODUCTOS PARA USO AGROPECUARIO.
Lo que se le hace saber al público para los efectos de Ley.
San Salvador, cuatro de enero de dos mil ocho.
LIC. RUBEN ALBERTO NAVARRO CRUZ,
REGISTRADOR.
3 v. alt. No. C018487-2
ASIENTO DE EMPRESA 2007060259
ASIENTO DE ESTABLECIMIENTO 2007060259- 001
LA INFRASCRITA REGISTRADORA DEL DEPARTAMENTO DE
REGISTRO DE MATRICULAS DE EMPRESA Y ESTABLECIMIEN-
TOS DEL REGISTRO DE COMERCIO.
HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado GERMAN
HUMBERTO JAVIER CHAVEZ, en su calidad de Representante
legal de la sociedad SELVA NEGRA, SOCIEDAD ANONIMA DE
CAPITAL VARIABLE que puede abreviarse SELVA NEGRA, S.A.
DE C.V. sociedad de nacionalidad SALVADOREÑA, del domicilio de
SAN SALVADOR, cuya escritura social está inscrita bajo el número 36
del libro 1785 del Registro de Sociedades del Registro de Comercio,
con Número de Identifi cación Tributaria: 0614-310103-102-8; quien
ha presentado solicitud a las doce horas y treinta y tres minutos del
día veintinueve de noviembre de dos mil siete, con la cual se otorgó
el asiento de Empresa No. 2007060259 inscripción 1 y el asiento de
Establecimiento No. 2007060259- 001, inscripción 2, ambos del Libro
174 de Asientos de Matrícula de Empresa y Establecimiento; la Empresa
se denomina SELVA NEGRA, S.A. DE C.V., la cual se dedica a BE-
NEFICIADO DE CAFE, con dirección en BOULEVARD MERLIOT,
EDIFICIO UCRAPROBEX, POLIGONO “C”, CIUDAD MERLIOT,
del domicilio de SANTA TECLA, LA LIBERTAD, cuyo activo asciende
a ONCE MIL CUATROCIENTOS VEINTIOCHO 57/100 DOLARES
($ 11,428.57) y que tiene el establecimiento siguiente: 001-) denominado
SELVA NEGRA, S.A. DE C. V., ubicado en BOULEVARD MERLIOT,
EDIFICIO UCRAPROBEX, POLIGONO “C”, CIUDAD MERLIOT,
SANTA TECLA, LA LIBERTAD y que se dedica a BENEFICIADO
DE CAFE.
Lo que se le hace saber al público para los efectos de ley.
San Salvador, veintiséis de febrero de dos mil ocho.
MORENA GUADALUPE FLORES AGUIRRE,
REGISTRADORA.
3 v. alt. No. C018495-2
ASIENTO DE EMPRESA 2002008667
ASIENTO DE ESTABLECIMIENTO 2002008667-001
INFRASCRITO REGISTRADOR DEL DEPARTAMENTO DE RE-
GISTRO DE MATRICULAS DE EMPRESA Y ESTABLECIMIENTOS
DEL REGISTRO DE COMERCIO.
HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado EDUARDO
GUILLERMO NASSER CHAHIN en su calidad de representante legal
de la sociedad BIP BIP, SOCIEDAD ANÓNIMA DE CAPITAL VA-
RIABLE; de nacionalidad SALVADOREÑA, del domicilio de SAN
SALVADOR, cuya escritura social está inscrita bajo el número 7 del
libro 304 del Registro de Sociedades del Registro de Comercio, con
Número de Identifi cación Tributaria: 0614-250381-002-2; el cual ha
presentado solicitud a las diez horas y veinte minutos del día veintiuno de
diciembre de dos mil siete, con la cual se otorgó el Asiento de Empresa
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130 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 379
No. 2002008667 inscripción 136 y el Asiento de Establecimiento No.
2002008667- 001 inscripción 137, ambos del libro 172 de Asientos de
Matrícula de Empresa y Establecimiento; la empresa denominada BIP
BIP, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE, la cual se
dedica a COMPRAVENTA DE POLLO ROSTIZADO, con dirección en
1ª AVENIDA NORTE, Y 5ª CALLE PONIENTE, EDIFICIO NASSER
del domicilio de SAN SALVADOR, cuyo activo asciende a CUAREN-
TA Y NUEVE MIL DOSCIENTOS VEINTITRES 90/100 DOLARES
($49,223.90) y que tiene el establecimiento siguiente: 001-) denominado
BIP BIP, S.A. DE C.V. ubicado en 1ª AVENIDA NORTE, Y 5ª CALLE
PONIENTE, EDIFICIO NASSER, SAN SALVADOR y que se dedica
a COMPRAVENTA DE POLLO ROSTIZADO.
Lo que se le hace saber al público para los efectos de ley.
San Salvador, ocho de febrero de dos mil ocho.
LIC. RUBEN ALBERTO NAVARRO,
REGISTRADOR.
3 v. alt. No. C018528-2
ASIENTO DE EMPRESA 2004053510
ESTABLECIMIENTO 2004053510-001
EL INFRASCRITO REGISTRADOR DEL DEPARTAMENTO DE
REGISTRO DE MATRÍCULAS DE EMPRESA Y ESTABLECI-
MIENTOS:
HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado MONICA
GUADALUPE VILLAFUERTE DE O’BYRNE en su calidad de
Representante legal, de la sociedad INVERSIONES INTERNACIO-
NALES CONSOLIDADAS, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL
VARIABLE, de nacionalidad SALVADOREÑA, del domicilio de SAN
SALVADOR, cuya escritura social está inscrita bajo el número 53 del libro
1913 del Registro de Sociedades del Registro de Comercio, con Número
de Identifi cación Tributaria: 0614-150404-102-0, ha presentado solicitud
de CAMBIO DE DIRECCION DE LA EMPRESA, a las once horas y
treinta y cuatro minutos del día treinta y uno de octubre dos mil siete.
Con la cual se le otorga el asiento de modifi cación No. 140 del libro 164
del folio 281 al 282; a favor de la Empresa denominada INVERSIONES
INTERNACIONALES CONSOLIDADAS, SOCIEDAD ANONIMA
DE CAPITAL VARIABLE, la cual se dedica a CONSTRUCCION DE
OBRAS DE INGENIERIA CIVIL, con dirección en 103ª AVENIDA
SUR, CALLE MAXIMO JEREZ No. 5514, COLONIA ESCALON, del
domicilio de SAN SALVADOR, y que tiene el establecimiento denomi-
nado INVICO, S.A. DE C.V. el cual se dedica a CONSTRUCCION DE
OBRAS DE INGENIERIA CIVIL, con dirección en 103ª AVENIDA
SUR, CALLE MAXIMO JEREZ No. 5514, COLONIA ESCALON del
domicilio de SAN SALVADOR.
Lo que se le hace saber al público para los efectos de Ley.
San Salvador, dieciséis de noviembre de dos mil siete.
LIC. JORGE ALBERTO CASTRO VALLE,
REGISTRADOR.
3 v. alt. No. C018533-2
ASIENTO DE EMPRESA 2008060588
ASIENTO DE ESTABLECIMIENTO 2008060588- 001
INFRASCRITO REGISTRADOR DEL DEPARTAMENTO DE RE-
GISTRO DE MATRICULAS DE EMPRESA Y ESTABLECIMIENTOS
DEL REGISTRO DE COMERCIO.
HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado JUAN AL-
FONSO RUBIO MARQUEZ, de nacionalidad SALVADOREÑA, con
número de Documento Único de Identidad 04162130-2 del domicilio de
LA LIBERTAD, con Número de Identifi cación Tributaria: 1411-170481-
101-1, el cual ha presentado solicitud a las dieciséis horas y cuarenta y
un minutos del día veintinueve de enero de dos mil ocho. Con la cual
se otorgó el asiento de Empresa No. 2008060588 inscripción 124 y el
asiento de Establecimiento No. 2008060588- 001, inscripción 125, ambos
del Libro 171 de Asientos de Matrícula de Empresa y Establecimiento.
La Empresa se dedica a VENTA DE VEHICULOS AUTOMOTORES
Y MOTOCICLETAS, con dirección en CALLE CUYAHUALO No.
45, JARDINES DE MERLIOT, POLIGONO L, SANTA TECLA, LA
LIBERTAD del domicilio de SANTA TECLA, LA LIBERTAD, cuyo
activo asciende a SIETE MIL SETECIENTOS DIECIOCHO 00/100
DOLARES ($ 7,718.00) y que tiene el establecimiento siguiente: 001-)
denominado IMPORTACIONES RUBIO ubicado en CALLE
CUYAHUALO No. 45, JARDINES DE MERLIOT, POLIGONO L,
SANTA TECLA, LA LIBERTAD y que se dedica a VENTA DE VE-
HICULOS AUTOMOTORES Y MOTOCICLETAS.
Lo que se le hace saber a público para los efectos de ley.
San Salvador, treinta y uno de enero de dos mil ocho.
LICDA. MORENA GUADALUPE FLORES AGUIRRE,
REGISTRADOR.
3 v. alt. No. F001307-2
DIARIO
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131DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 1 de Abril de 2008.
ASIENTO DE EMPRESA 2002001932
ESTABLECIMIENTO 2002001932 - 009, 010
EL INFRASCRITO REGISTRADOR DEL DEPARTAMENTO DE REGISTRO DE MATRICULAS DE EMPRESA Y ESTABLECI-MIENTOS:
HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado JOSE ROBERTO NAVARRO ESCOBAR en su calidad de Representante legal de la sociedad BANCO HIPOTECARIO DE EL SALVADOR, SOCIEDAD ANONIMA de nacionalidad SALVADOREÑA, del domicilio y departamento de SAN SALVADOR, cuya escritura social está inscrita bajo el número 13 del libro 21 del Registro de Sociedades del Registro de Comercio, con Número de Identifi cación Tributaria: 0614-290135-001-1, ha presentado solicitud de CAMBIO DE DIRECCION DE ESTABLECIMIENTOS, a las ocho horas y cuarenta minutos del día trece de marzo de dos mil ocho. Con la cual se le otorga la inscripción No. 77 del libro 175 del folio 155 al 156; a favor del Establecimiento denominado AGENCIA AEROPUERTO, el cual se dedica a BANCO, anteriormente ubicado en AEROPUERTO INTERNACIONAL DE EL SALVADOR, SAN LUIS TALPA, LA PAZ, y con dirección actual en CENTRO COMERCIAL AEROCENTRO, LOCAL No. 7-A, COMALAPA, LA PAZ, y la inscrip-ción No. 78 del libro 175 del folio 157 al 158; a favor del Establecimiento denominado AGENCIA SAN VICENTE, el cual se dedica a BANCO, anteriormente ubicado en AVENIDA JOSE MARIA CORNEJO, N°. 4, SAN VICENTE y con dirección actual en 1ª CALLE ORIENTE, N° 2 BARRIO EL CENTRO, SAN VICENTE; y que forman parte de la empresa denominada BANCO HIPOTECARIO DE EL SALVADOR, SOCIEDAD ANONIMA.
Lo que se le hace saber al público para los efectos de Ley.
San Salvador, trece de marzo de dos mil ocho.
LIC. JORGE ALBERTO CASTRO VALLE,
REGISTRADOR.
3 v. alt. No. F001361-2
ASIENTO DE EMPRESA 2002040815
ASIENTO DE ESTABLECIMIENTO 2002040815- 001
EL INFRASCRITO REGISTRADOR DEL DEPARTAMENTO DE RE-GISTRO DE MATRICULAS DE EMPRESA Y ESTABLECIMIENTOS DEL REGISTRO DE COMERCIO.
HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado ANA ISA-BEL REYES DE SERRANO, de nacionalidad SALVADOREÑA, con número de Documento Único de Identidad 00587638-3 del domicilio de ILOPANGO, SAN SALVADOR, con Número de Identifi cación Tributaria: 1218-290365-001-6, el cual ha presentado solicitud a las nueve horas y trece minutos del día dos de octubre de dos mil dos, con la cual se otorgó el asiento de Empresa No. 2002040815 inscripción 89 y el asiento de Establecimiento No. 2002040815- 001, inscripción 90, ambos del Libro 174 de Asientos de Matrícula de Empresa y Establecimiento. La Empre-sa se dedica a INDUSTRIA DEL CALZADO, con dirección en SAN
BARTOLO, COLONIA GRANADOS No. 2, CALLE DEL RIO, No. 5, ILOPANGO, SAN SALVADOR, cuyo activo asciende a SETENTA Y OCHO MIL TRESCIENTOS DIECISIETE COLONES 96/100 (¢ 78,317.96) y que tiene el establecimiento siguiente: 001-) denominado INDUSTRIAS MERIDA ubicado en SAN BARTOLO, COLONIA GRANADOS No. 2, CALLE DEL RIO, No. 5, ILOPANGO, SAN SALVADOR y que se dedica a INDUSTRIA DEL CALZADO.
Lo que se le hace saber al público para los efectos de Ley.
San Salvador, tres de marzo de dos mil ocho.
LIC. JORGE ALBERTO CASTRO VALLE,
REGISTRADOR.
3 v. alt. No. F001426-2
ASIENTO DE EMPRESA 2001036405
ESTABLECIMIENTO 2001036405- 1.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR DEL DEPARTAMENTO DE REGISTRO DE MATRICULAS DE EMPRESA Y ESTABLECI-MIENTOS:
HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado LUIS ARISTIDES MORALES en su calidad de Representante legal de la sociedad RESELCON, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIA-BLE que puede abreviarse RESELCON, S.A. DE C.V., de nacionalidad SALVADOREÑA, del domicilio de SAN SALVADOR, cuya escritura social está inscrita bajo el número 00059 del Libro 1583 del Registro de Sociedades del Registro de Comercio, con Número de Identifi cación Tributaria: 0614-121200-107-9, ha presentado solicitud a las catorce horas y cincuenta minutos del día dos de Octubre del año dos mil uno. Con la cual se otorgaron los asientos de matrícula de Empresa No. 2001036405 y Establecimiento No. 2001036405-1; a favor de la Empresa denomina-da RESELCON, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE, la cual se dedica a SERVICIOS DE ASESORIA Y CONSULTORIA TECNICA, con dirección en CALLE EL PROGRESO No. 2645, CO-LONIA FLOR BLANCA, SAN SALVADOR cuyo activo es de CIEN MIL 00/100 COLONES (¢100,000.00); y que tiene un Establecimiento Comercial denominado 1-) RESELCON, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE ubicado en CALLE EL PROGRESO N° 2645, COLONIA FLOR BLANCA, SAN SALVADOR.
Lo que se hace saber al público para los efectos de Ley.
San Salvador, diez de Octubre del año dos mil uno.
LIC. ANGEL FERNANDO GARCIA GUARDADO,
REGISTRADOR.
3 v. alt. No. F001427-2
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132 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 379
ASIENTO DE EMPRESA 2001036424
ASIENTO DE ESTABLECIMIENTO 2001036424- 001
EL INFRASCRITO REGISTRADOR DEL DEPARTAMENTO DE MATRICULAS DE EMPRESA Y ESTABLECIMIENTOS DEL RE-GISTRO DE COMERCIO.
HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado JUAN FRANCISCO REGALADO en su calidad de Representante legal de la sociedad SERVICIOS TALSA, SOCIEDAD ANONIMA DE CA-PITAL VARIABLE que puede abreviarse SERVICIOS TALSA, S.A. DE C.V.; de nacionalidad SALVADOREÑA, del domicilio de SAN SALVADOR, cuya escritura social está inscrita bajo el número 66 del libro 1583 del Registro de Sociedades del Registro de Comercio, con Número de Identifi cación Tributaria: 0614-121200-106-0; el cual ha presentado solicitud a las nueve horas y cuarenta y cinco minutos del día veinte de octubre de dos mil cinco., con la cual se otorgó el asiento de Empresa No. 2001036424 inscripción 142 y el asiento de Estable-cimiento No. 2001036424- 001 inscripción 143, ambos del libro 103 de Asientos de Matrícula de Empresa y Establecimiento; la Empresa denominada SERVICIOS TALSA, S. A. DE C. V., la cual se dedica a SERVICIOS DE ASESORIA Y CONSULTORIA TECNICA, con dirección en COLONIA FLOR BLANCA, CALLE EL PROGRESO, No. 2645 del domicilio de SAN SALVADOR, cuyo activo asciende a VEINTICUATRO MIL NOVECIENTOS TREINTA Y TRES DOLARES CON 61/100 $24,933.61 y que tiene el establecimiento siguiente: 001-) denominado SERVICIOS TALSA, S. A. DE C. V. ubicado en COLONIA FLOR BLANCA, CALLE EL PROGRESO, N°. 2645 y que se dedica a SERVICIOS DE ASESORIA Y CONSULTORIA TECNICA.
Lo que se le hace saber al público para los efectos de Ley.
San Salvador, diecinueve de enero de dos mil seis.
LIC. MORENA GUADALUPE FLORES AGUIRRE,
REGISTRADORA.
3 v. alt. No. F001428-2
ASIENTO DE EMPRESA 2001036716
ESTABLECIMIENTO 2001036716 - 001
EL INFRASCRITO REGISTRADOR DEL DEPARTAMENTO DE REGISTRO DE MATRICULAS DE EMPRESA Y ESTABLECI-MIENTOS:
HACE SABER: Que la sociedad INVERSIONES Y DESA-RROLLO SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE, de nacionalidad SALVADOREÑA, del domicilio de SAN SALVADOR, cuya escritura social está inscrita bajo el número 33 del libro 1567 del Registro de Sociedades del Registro de Comercio, con Número de Identifi cación Tributaria: 0614-021000-104-0, ha presentado solicitud de CAMBIO DE RAZÓN SOCIAL O DENOMINACIÓN, a las doce horas y tres minutos del día veintiséis de abril de dos mil dos, con la cual se le otorga la inscripción No. 209 del libro 154 del folio 419 al 420; a favor de la Empresa ahora denominada INVERSIONES Y
DESARROLLO SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE, la cual se dedica a PRESTACIÓN DE SERVICIOS Y ACTIVIDAD ECONÓMICA DE INTERMEDIACIÓN EN ARRENDAMIENTOS DE BIENES INMUEBLES, con dirección en COLONIA SAN BENITO, BOULEVARD DEL HIPÓDROMO, FINAL CALLE LA REFORMA, No.7 EDIFICIO PARADISE, ZONA ROSA del domicilio de SAN SALVADOR, SAN SALVADOR.
Lo que se le hace saber al público para los efectos de Ley.
San Salvador, veinte de agosto de dos mil siete.
LIC. JORGE ALBERTO CASTRO VALLE,
REGISTRADOR.
3 v. alt. No. F001445-2
ASIENTO DE EMPRESA 2003049801.
ESTABLECIMIENTO 2003049801- 002
EL INFRASCRITO REGISTRADOR DEL DEPARTAMENTO DE REGISTRO DE MATRICULAS DE EMPRESA Y ESTABLECI-MIENTOS:
HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado NELSON AR-MANDO RODRIGUEZ RAMIREZ en su calidad de Representante legal de la sociedad CORPORACION DE FRANQUICIAS AMERICANAS, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE, de nacionalidad SALVADOREÑA, del domicilio de SANTA TECLA, LA LIBERTAD, cuya escritura social está inscrita bajo el número 53 del libro 1778 del Registro de Sociedades del Registro de Comercio, con Número de Identi-fi cación Tributaria: 0614-050203-101-3; quien ha presentado solicitud de apertura de nuevo establecimiento, a las quince horas y cuarenta y cuatro minutos del día veinte de junio de dos mil siete, con la cual se otorgó asiento de Establecimiento No. 2003049801- 002, denominado CEN-TRO DE DISTRIBUCION situado en NAVE INDUSTRIAL, PARQUE INDUSTRIAL EL PROGRESO, KILOMETRO 11, (CARRETERA AL PUERTO DE LA LIBERTAD, EDIFICIO OMNIPLASTIC del domicilio de SANTA TECLA, LA LIBERTAD, que se dedica a PRESTACION DE SERVICIOS DE ADMINISTRACION, OPERACION, ESTA-BLECIMIENTO, CONSULTORIA Y OTROS, y que forma parte de la empresa denominada CORPORACION DE FRANQUICIAS AMERI-CANAS, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE, la cual se dedica a PRESTACION DE SERVICIOS DE ADMINISTRACION, OPERACION, ESTABLECIMIENTO, CONSULTORIA Y OTROS, con dirección en 17ª AVENIDA NORTE Y CALLE CHILTIUPAN, CENTRO COMERCIAL CHILTIUPAN, LOCAL No. 3 del domicilio de SANTA TECLA, LA LIBERTAD, cuyo activo asciende a: VEINTIDOS MIL OCHOCIENTOS CINCUENTA Y SIETE 14/100 DOLARES ($ 22, 857.14). .
Lo que se le hace saber al público para los efectos de Ley.-
San Salvador, veinte de junio de dos mil siete.
LIC. JORGE ALBERTO CASTRO VALLE,
REGISTRADOR.
3 v. alt. No. F001446-2
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133DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 1 de Abril de 2008.
CONVOCATORIAS
INSTRUMENTACION Y PROCESAMIENTO ELECTRONICO DE
EL SALVADOR, S.A. DE C.V. (IPESA DE EL SALVADOR, S.A.
DE C.V.)
Paseo General Escalón No. 4730B, Col. Escalón, San Salvador. Tel.
2209-1400.
La Junta Directiva de IPESA DE EL SALVADOR S.A. DE C.V., de
conformidad al artículo 223 del Código de Comercio, convoca a los
señores Accionistas de dicha Sociedad, a Junta General Ordinaria, que
se celebrará a las quince horas del día lunes veintiuno de abril del año en
curso, en primera convocatoria, en la siguiente dirección: 9ª Calle 15-45,
zona 13, ciudad de Guatemala, Guatemala, si no hubiese quórum en esa
fecha se traslada la sesión en segunda convocatoria para el día veintidós
de abril del mismo año, a la misma hora y en el mismo lugar.
SE TRATARA LA SIGUIENTE AGENDA:
I- Memoria de la Junta Directiva, Balance general, Estado de
Pérdidas y Ganancias.-
II- Informe del Auditor Externo.
III- Nombramiento del Auditor Externo y Auditor Fiscal.
IV- Elección de Junta Directiva.
V- Destino de las Utilidades.
VI- Varios.
Según el artículo 240 del Código de Comercio vigente, la Junta
General Ordinaria se considera legalmente establecida con la mitad más
una de las acciones de la Sociedad, las resoluciones serán válidas por
la mayoría de los votos presentes o representados, en caso de no haber
quórum en primera convocatoria se traslada la reunión para la fecha
veintidós de abril del mismo año, con el número de acciones que se
encuentren presentes o representadas, según el artículo 241 del Código
de Comercio y las resoluciones serán válidas por la mayoría de los votos
presentes o representados.-
San Salvador, a los veintiocho días del mes de marzo del dos mil
ocho.
LUIS PEDRO GUTIERREZ DURAN,
REPRESENTANTE LEGAL.
3 v. alt. No. C018488-2
CONVOCATORIA
De conformidad con el Artículo Décimo de los Estatutos de la ASOCIA-
CION DE EMPRESARIOS Y VECINOS DE LA ZONA INDUSTRIAL
LA LAGUNA (ASEVILLA), se convoca a los Miembros, para celebrar
Junta General Ordinaria, a las 16:30 PM. del 30 de Abril del año 2008,
que se celebrará en sus ofi cinas situadas en la Urbanización Industrial
La Laguna, Antiguo Cuscatlán, y desarrollar la siguiente agenda:
1. Acta de Asistencia
2. Establecimiento del quórum
3. Lectura del Acta anterior.
4. Memoria de labores del año 2007.
5. Informe de Auditoría.
6. Estados Financieros al 31 de Diciembre del 2,007.
7. Aprobación del Presupuesto para el año 2,008.-
8. Elección del Auditor de la Asociación y asignarle sus Hono-
rarios.
9. Varios.
Antiguo Cuscatlán, 14 de Marzo del año 2,008.
ARTURO TONA,
PRESIDENTE.
3 v. alt. No. C018515-2
CONVOCATORIA
La Junta Directiva de “CENTRO PEDIÁTRICO DE EL SALVADOR,
S.A. DE C.V.”, para efectos de Ley,
HACE SABER: Que en sesión de Junta Directiva de la Sociedad,
celebrada en esta ciudad, el día once de Marzo del 2008, se acordó
unánimemente CONVOCAR a los SEÑORES ACCIONISTAS A
CELEBRAR JUNTA GENERAL ORDINARIA, a celebrarse en sus
instalaciones ubicadas en Colonia Médica, Final Diagonal “Dr. Luis
Edmundo Vásquez”, No. 222, San Salvador, a partir de las dieciocho
horas del día ocho de Mayo del año dos mil ocho, para tratar los puntos
de la siguiente agenda:
1. Establecimiento y comprobación del Quórum.
2. Presentación de la Memoria de Labores de la Junta Directi-
va y lectura de los Estados Financieros correspondientes al
ejercicio 2007, para aprobarlos o improbarlos.
3. Informe del Auditor Externo de la Sociedad sobre los Estados
Financieros correspondientes a tal período, para acordar las
medidas que se juzguen oportunas.
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134 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 379
4. Aplicación de utilidades.
5. Revisión de Emolumentos de los Miembros de la Junta
Directiva.
6. Nombramiento del Auditor Externo Titular y Suplente y
fi jación de sus honorarios.
7. Nombramiento del Auditor Fiscal y fi jación de sus honora-
rios.
El quórum necesario para establecer legalmente la JUNTA ORDI-
NARIA en primera convocatoria, es de la mitad más una de las acciones
del capital social, presentes o representadas, o sean treinta y cuatro mil
quinientas treinta (34,530) acciones y se tomará acuerdo con más de la
mitad de los votos concurrentes.
De no haber quórum en la fecha anteriormente señalada, se convoca
a los accionistas a tratar sobre los mismos puntos contenidos en la Agenda
mencionada, a las dieciocho horas del día nueve del mismo mes y año en
el mismo lugar y hora. En esta segunda fecha de convocatoria, la Junta
General Ordinaria se instalará cualquiera que sea el número de acciones
presentes o representadas que concurran a la hora de la celebración y
las resoluciones que se adopten serán válidas por la simple mayoría de
votos.
San Salvador, 12 de Marzo de 2008.
POR LA JUNTA DIRECTIVA
DR. RODOLFO ARMANDO CALDERON,
DIRECTOR-PRESIDENTE.
DR. LUIS ALONSO HERRERA FLORES,
DIRECTOR-SECRETARIO.
3 v. alt. No. C018526-2
CONVOCATORIA
La junta Directiva de la Sociedad “PARQUE JARDÍN LAS ROSAS DE
SAN SALVADOR, S.A. DE C.V.”, del domicilio de la ciudad de Antiguo
Cuscatlán, convoca a sus Accionistas para que concurran a la JUNTA
GENERAL ORDINARIA DE ACCIONISTAS, en primera convocatoria,
que se celebrará a las OCHO HORAS del día veintiocho de abril del
año dos mil ocho, en nuestras instalaciones ubicadas en Final Boulevard
Orden de Malta Sur, Urbanización Santa Elena, Antiguo Cuscatlán, La
Libertad según lo acordado por la junta Directiva de la sociedad, en
sesión celebrada el día once de febrero del presente año.
AGENDA A TRATAR.
1. Establecimiento y Verifi cación del Quórum.
2. Lectura y Aprobación del Acta anterior.
3. Presentación y Aprobación de la memoria de labores de la
junta Directiva.
4. Presentación y Aprobación de los Estados Financieros del
Ejercicio 2007.
5. Informe del Auditor Externo del ejercicio del 1º de enero al
31 de diciembre de 2007.
6. Aplicación de Resultados del Ejercicio 2007.
7. Nombramiento del Auditor Externo, Propietario y Suplente;
y Fijación de sus Emolumentos.
8. Nombramiento del Auditor Fiscal, Propietario y Suplente; y
Fijación de sus Emolumentos.
9. Autorización a la Administración de la Sociedad, referente
al Art. 275 ord. IV del Código de Comercio.
El quórum necesario para que la junta General Ordinaria se considere
legalmente constituida, en la primera fecha de la convocatoria, será de la
mitad más una de las acciones y las resoluciones serán válidas cuando
se tomen por la mayoría de los votos presentes.
En caso de no haber quórum, se convoca por segunda vez, para el
día veintinueve de abril del presente año, a la misma hora y el mismo
lugar.
La Junta General Ordinaria se considerará válidamente constituida
en la segunda convocatoria, cualquiera que sea el número de Acciones
presentes o representadas y sus resoluciones se tomarán por la mayoría
de los votos presentes.
San Salvador, 14 de marzo de 2008.
MAXIMILIANO GUILLERMO NOVOA YUDICE,
PRESIDENTE DE LA JUNTA DIRECTIVA.
3 v. alt. No. F001299-2
CONVOCATORIA
El infrascrito miembro del Consejo de Administración de la sociedad
“AES-CLESA Y COMPAÑIA, SOCIEDAD EN COMANDITA DE
CAPITAL VARIABLE”, convoca a los accionistas de esta sociedad a
Junta General Ordinaria de Accionistas, a celebrarse a las diecisiete horas
del día veinticinco de abril de dos mil ocho, en el Casino Santaneco,
ubicado en Avenida Independencia Norte, de la ciudad de Santa Ana,
Departamento de Santa Ana.
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135DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 1 de Abril de 2008.
PUNTOS DE JUNTA GENERAL ORDINARIA:
1) Establecimiento y comprobación del quórum.
2) Elección del Presidente y Secretario de debates de la Junta
General Ordinaria de Accionistas.
3) Lectura del Acta anterior.
4) Lectura de memoria de labores del Consejo de Administra-
ción.
5) Lectura del Balance General al 31 de diciembre de 2007.
6) Lectura del Estado de Pérdidas y Ganancias del ejercicio 1
de enero al 31 de diciembre de 2007.
7) Informe del Auditor Externo.
8) Informe por parte del socio comanditado a los accionistas de
la reestructuración del Consejo de Administradores.
9) Nombramiento del Auditor Externo y fi jación de sus emolu-
mentos.
10) Aplicación de utilidades.
11) Nombramiento del Auditor Fiscal y fi jación de sus emolu-
mentos.
Esta Junta General Ordinaria se considerará legalmente instalada al
encontrarse presente o representada la acción comandita y los porcentajes
legales de las TRES MILLONES CUATROCIENTOS OCHENTA Y
CUATRO MIL CIENTO DIECIOCHO (3,484,118) acciones comandi-
tarias que conforman el capital social.
QUORUM Y RESOLUCIONES
EN PRIMERA CONVOCATORIA
El quórum necesario para la primera convocatoria será con asis-
tencia y representación de la acción comanditada y la mitad más una
de las acciones comanditarias, es decir, UN MILLON SETECIENTAS
CUARENTA Y DOS MIL SESENTA (1,742,060) acciones y las reso-
luciones se tomarán con el voto favorable de la acción comanditada y
de la mayoría de los votos de las acciones comanditarias.
EN SEGUNDA CONVOCATORIA
Si no hubiere quórum para la Junta General Ordinaria de Accionistas
en primera convocatoria, por esta misma se convoca a los accionistas
en segunda convocatoria, para celebrar Junta General Ordinaria, a las
diecisiete horas del día veintiséis de abril de dos mil ocho, en el mismo
lugar señalado para la primera convocatoria.
Para la segunda convocatoria de la Junta General Ordinaria, el
quórum se constituirá con la asistencia de la acción comanditada y las
acciones comanditarias presentes, y las resoluciones se tomarán con el
voto favorable de la acción comanditada y con la mayoría de los votos
de las acciones comanditarias.
Santa Ana, a los diecisiete días del mes de marzo de dos mil
ocho.- Enmendado-Consejo-Adminis-Consejo-de Admi.-Vale. Entre
líneas-tración-nistración-vale.
FERNANDO AGUSTIN PUJALS,
MIEMBRO DEL CONSEJO DE ADMINISTRACIÓN CON
DERECHO A VOZ Y VOTO DE LA SOCIEDAD AES CLESA
Y COMPAÑÍA, SOCIEDAD
EN COMANDITA DE CAPITAL VARIABLE.
3 v. alt. No. F001413-2
CONVOCATORIA
El Presidente de la Junta Directiva de la Sociedad “EMPRESA ELECTRI-
CA DE ORIENTE, SOCIEDAD ANÓNIMA DE CAPITAL VARIABLE”,
convoca a los Accionistas de esta Sociedad, a Junta General Ordinaria
de Accionistas, a celebrarse a las diez horas del día veintidós de abril de
dos mil ocho, en el Salón Orquídeas del Hotel Trópico Inn, ubicado en
el Barrio La Merced, Avenida Roosevelt Sur, Número trescientos tres,
en la ciudad de San Miguel, Departamento de San Miguel.
PUNTOS DE JUNTA GENERAL ORDINARIA:
1) Establecimiento y comprobación del quórum.
2) Elección del Presidente y Secretario de debates de la Junta
General Ordinaria de Accionistas.
3) Lectura del Acta anterior.
4) Lectura de Memoria de Labores de la Junta Directiva.
5) Lectura del Balance General al 31 de Diciembre de 2007.
6) Lectura del Estado de Pérdidas y Ganancias del Ejercicio 01
de Enero al 31 de Diciembre de 2007.
7) Informe del Auditor Externo.
8) Reestructuración de la Junta Directiva.
9) Nombramiento del Auditor Externo y fi jación de sus Emo-
lumentos.
10) Aplicación de utilidades.
11) Nombramiento del Auditor Fiscal y fi jación de sus emolu-
mentos.
Esta Junta General Ordinaria se considerará legalmente instalada
al encontrarse presente o representado el respectivo porcentaje legal de
las DOS MILLONES OCHOCIENTAS SESENTA Y TRES MIL QUI-
NIENTAS NOVENTA Y SEIS (2,863,596) acciones que conforman el
capital social.
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136 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 379
QUÓRUM Y RESOLUCIONES
EN PRIMERA CONVOCATORIA
El quórum necesario para la primera convocatoria será con asistencia
y representación de la mitad más una de las acciones o sea UN MILLON
CUATROCIENTAS TREINTA Y UN MIL SETECIENTAS NOVENTA
Y NUEVE (1,431,799) acciones y las resoluciones serán por mayoría.
EN SEGUNDA CONVOCATORIA
Si no hubiere quórum para la Junta General Ordinaria en primera
convocatoria, por esta misma se convoca a los accionistas en segunda
convocatoria, para celebrar Junta General Ordinaria a las diez horas del
día veintitrés de abril de dos mil ocho, en el mismo lugar señalado para
la primera convocatoria.
Para la segunda convocatoria de la Junta General Ordinaria por
falta de quórum legal de la primera, se realizará con la asistencia de los
presentes y las resoluciones se tomarán por mayoría.
San Miguel, a los diecisiete días del mes de marzo de dos mil
ocho.- Enmendado-Presidente-Vale.-
FERNANDO AGUSTIN PUJALS,
PRESIDENTE DE LA JUNTA DIRECTIVA DE LA SOCIEDAD
EMPRESA ELECTRICA DE ORIENTE,
SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE.
3 v. alt. No. F001414-2
CONVOCATORIA
El Presidente de la Junta Directiva de la Sociedad “DISTRIBUIDORA
ELECTRICA DE USULUTAN, SOCIEDAD ANÓNIMA DE CAPITAL
VARIABLE”, convoca a los Accionistas de esta Sociedad, a Junta Ge-
neral Ordinaria de Accionistas, a celebrarse a las catorce horas del día
veintidós de abril de dos mil ocho, en el Salón de Usos Múltiples de las
Ofi cinas administrativas de la sociedad, ubicadas en Plaza Comercial
Puerta de Oriente, Local “B”, de la ciudad de Usulután, Departamento
de Usulután.
PUNTOS DE JUNTA GENERAL ORDINARIA:
1) Establecimiento y comprobación del quórum.
2) Elección del Presidente y Secretario de debates de la Junta
General Ordinaria de Accionistas.
3) Lectura del Acta anterior.
4) Lectura de Memoria de Labores de la Junta Directiva.
5) Lectura del Balance General al 31 de Diciembre de 2007.
6) Lectura del Estado de Pérdidas y Ganancias del Ejercicio 01
de Enero al 31 de Diciembre de 2007.
7) Informe del Auditor Externo.
8) Reestructuración de la Junta Directiva.
9) Nombramiento del Auditor Externo y fi jación de sus Emo-
lumentos.
10) Aplicación de utilidades.
11) Nombramiento del Auditor Fiscal y fi jación de sus emolu-
mentos.
Esta Junta General Ordinaria se considerará legalmente instalada
al encontrarse presente o representado el respectivo porcentaje legal de
las DOSCIENTAS SESENTA MIL (260,000) acciones que conforman
el capital social.
QUÓRUM Y RESOLUCIONES
EN PRIMERA CONVOCATORIA
El quórum necesario para la primera convocatoria será con asistencia
y representación de la mitad más una de las acciones o sea CIENTO
TREINTA MIL UNA (130,001) acciones y las resoluciones serán por
mayoría.
EN SEGUNDA CONVOCATORIA
Si no hubiere quórum para la Junta General Ordinaria en primera
convocatoria, por esta misma se convoca a los accionistas en segunda
convocatoria, para celebrar Junta General Ordinaria a las catorce horas
del día veintitrés de abril de dos mil ocho, en el mismo lugar señalado
para la primera convocatoria.-
Para la segunda convocatoria de la Junta General Ordinaria por
falta de quórum legal de la primera, se realizará con la asistencia de los
presentes y las resoluciones se tomarán por mayoría.
San Salvador, a los diecisiete días del mes de marzo de dos mil
ocho.- Enmendado-Presidente-Vale.
FERNANDO AGUSTIN PUJALS,
PRESIDENTE JUNTA DIRECTIVA DE LA SOCIEDAD
DISTRIBUIDORA ELECTRICA DE USULUTAN,
SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE.
3 v. alt. No. F001415-2
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137DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 1 de Abril de 2008.
CONVOCATORIA
El Presidente de la Junta Directiva de la Sociedad “COMPAÑÍA DE
ALUMBRADO ELECTRICO DE SAN SALVADOR, SOCIEDAD
ANÓNIMA DE CAPITAL VARIABLE”, convoca a los Accionistas de
esta Sociedad, a Junta General Ordinaria de Accionistas, a celebrarse a
las diecisiete horas del día veintiocho de abril de dos mil ocho, en Salón
Las Américas del Radisson Plaza Hotel, ubicado en Once Calle Poniente
y Ochenta y Nueve Avenida Norte, Colonia Escalón, en la ciudad de San
Salvador, Departamento de San Salvador.
PUNTOS DE JUNTA GENERAL ORDINARIA:
1) Establecimiento y comprobación del quórum.
2) Elección del Presidente y Secretario de debates de la Junta
General Ordinaria de Accionistas.
3) Lectura del Acta anterior.
4) Lectura de Memoria de Labores de la Junta Directiva.
5) Lectura del Balance General al 31 de Diciembre de 2007.
6) Lectura del Estado de Pérdidas y Ganancias del Ejercicio 01
de Enero al 31 de Diciembre de 2007.
7) Informe del Auditor Externo.
8) Reestructuración de Junta Directiva.
9) Nombramiento del Auditor Externo y fi jación de sus Emo-
lumentos.
10) Aplicación de utilidades.
11) Nombramiento del Auditor Fiscal y fi jación de sus emolu-
mentos.
Esta Junta General Ordinaria se considerará legalmente instalada
al encontrarse presente o representado el respectivo porcentaje legal
de las VEINTICUATRO MILLONES SEISCIENTAS CUARENTA Y
CUATRO MIL SEISCIENTAS TREINTA (24,644,630) acciones que
conforman el capital social.
QUÓRUM Y RESOLUCIONES
EN PRIMERA CONVOCATORIA
El quórum necesario para la primera convocatoria será con asis-
tencia y representación de la mitad más una de las acciones o sea DOCE
MILLONES TRESCIENTAS VEINTIDÓS MIL TRESCIENTAS DIE-
CISÉIS (12,322,316) acciones y las resoluciones serán por mayoría.
EN SEGUNDA CONVOCATORIA
Si no hubiere quórum para la Junta General Ordinaria en primera
convocatoria, por esta misma se convoca a los accionistas en segunda
convocatoria, para celebrar Junta General Ordinaria a las diecisiete horas
del día veintinueve de abril del año dos mil ocho, en el mismo lugar
señalada para la primera convocatoria.-
Para la segunda convocatoria de la Junta General Ordinaria por
falta de quórum legal de la primera, se realizará con la asistencia de los
presentes y las resoluciones se tomarán por mayoría.
San Salvador, a los diecisiete días del mes de marzo de dos mil
ocho.- Enmendado-Presidente-Vale.-
FERNANDO AGUSTIN PUJALS,
PRESIDENTE DE LA JUNTA DIRECTIVA DE LA SOCIEDAD
COMPAÑÍA DE ALUMBRADO ELECTRICO
DE SAN SALVADOR, SOCIEDAD ANONIMA
DE CAPITAL VARIABLE.
3 v. alt. No. F001417-2
CONVOCATORIA
El Consejo Ejecutivo de Cruz Roja Salvadoreña, de conformidad a los
Artículos 9° y 10° de los Estatutos vigentes, CONVOCA A ASAMBLEA
GENERAL ORDINARIA, a celebrarse a las ocho horas del día sábado
veintiséis de abril del presente año, en el Auditórium de la Sede Central
en San Salvador.
AGENDA:
1. VERIFICACIÓN DEL QUÓRUM
2. HIMNO NACIONAL
3. LECTURA Y APROBACIÓN DE LA AGENDA
4. LECTURA Y APROBACIÓN DEL ACTA ANTERIOR
5. LECTURA Y APROBACIÓN DE LA MEMORIA DE
2007
6. INFORME DE AUDITORIA EXTERNA DEL EJERCICIO
2007
7. NOMBRAMIENTO DEL AUDITOR EXTERNO Y FIJA-
CIÓN DE SUS EMOLUMENTOS.
8. ELECCIÓN MIEMBROS DE COMITÉ NACIONAL
Para que exista quórum en la primera convocatoria, será necesario
que estén presentes la mitad más uno de los delegados de los Organismos
y Cuerpos Filiales que estén debidamente organizados y registrados en
las ofi cinas centrales de Cruz Roja Salvadoreña.
En caso de no haber quórum a la hora antes señalada, se convoca por
segunda vez para las nueve horas del mismo día y lugar mencionado.
En segunda convocatoria, el quórum se establecerá con el número
de delegados presentes. En ambos casos, las resoluciones se tomarán
por simple mayoría.
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138 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 379
San Salvador, 25 de marzo de 2008.
JOSE NOVOA FLORES,
PRIMER DIRECTOR.
3 v. alt. No. F001435-2
CONVOCATORIA
La Junta Directiva de la Sociedad “GENERACION 2000, S.A. DE C.V.”
convoca a sus Accionistas a Junta General Ordinaria que celebrará en
sus Ofi cinas situadas en Boulevard del Hipódromo No.540, Colonia
San Benito, de esta ciudad, el día 24 de Abril del año en curso, a partir
de las 19 horas; para conocer y resolver sobre los puntos de la siguiente
Agenda:
a) Establecimiento del quórum legal y acta de asistencia;
b) Lectura y consideración del Acta anterior;
c) Memoria de Labores correspondiente al Ejercicio Social 1°
de Enero-31 Diciembre de 2007;
d) Balance General al 31 de Diciembre de 2007 y Estado de
Pérdidas y Ganancias;
e) Aplicación de resultados del ejercicio;
f) Elección de Junta Directiva;
g) Elección del Auditor Externo y del Auditor Fiscal, y fi jación
de sus emolumentos; y
h) Cualquier otro asunto de que pueda conocerse conforme a la
Ley o el pacto Social.
Para que la Junta se considere legalmente reunida deberán estar
presentes o representadas, por lo menos, setenta y seis Acciones.
De no haber quórum en la hora y fecha antes indicadas, por este
medio se convoca para celebrar dicha Junta, con la misma Agenda, en
el lugar señalado, el día 25 de Abril del corriente año, a las 19 horas, y
aquélla se celebrará con el número de Acciones que estén presentes o
representadas.
San Salvador, doce de Marzo de dos mil ocho.
LIC. ENA MARINA URIARTE DE HENRIQUEZ,
DIRECTORA PRESIDENTA.
3 v. alt. No. F001452-2
CONVOCATORIA
La Junta Directiva de EXPORTADORA HILASAL, S.A. DE C.V., por
este medio convoca a Junta General de Accionistas de carácter ordina-
rio, a celebrarse en las ofi cinas principales de la sociedad, a las quince
horas del día martes 22 de abril del corriente año, para desarrollar la
siguiente agenda:
AGENDA
i. Comprobación del quórum, exhibición y fi rma de la lista de
asistentes.
ii. Elección del Presidente y Secretario de la Junta General.
iii. Aprobación de la agenda.
iv. Lectura del acta anterior.
v. Lectura de la Memoria de Labores realizadas en el ejercicio
2007.
vi. Informe del Auditor.
vii. Aprobación de los Estados Financieros al 31 de Diciembre
de 2007.
viii. Elección del Auditor y fi jación de su remuneración.
ix. Elección del Auditor Fiscal y fi jación de su remuneración.
x. Aplicación y distribución de las utilidades.
xi. Elección de Junta Directiva.
xii. Cualquier otro punto que de acuerdo a la Ley y al Pacto Social
pueda discutirse.
El quórum necesario en primera convocatoria será de trescientas
cincuenta mil una acciones presentes o representadas y las resoluciones
se tomarán con la mayoría de votos de las acciones presentes o repre-
sentadas.
Si no hubiera quórum sufi ciente en el día y hora señalados, por
este medio se convoca nuevamente a sesión el mismo día, a las diecisiete
horas, en el mismo lugar y con la misma agenda. En este caso la sesión
se llevará a cabo con el número de accionistas que concurra, cualquiera
que sea el número de acciones que representen y para que haya resolución
se necesitará de la mitad más uno de los votos concurrentes.
San Juan Opico, veinticinco de marzo del año dos mil ocho.
RICARDO SAGRERA B.,
PRESIDENTE.
3 v. alt. No. F001532-2
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139DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 1 de Abril de 2008.
SUBASTAS PÚBLICAS
EL INFRASCRITO JUEZ QUINTO DE LO MERCANTIL, de este
Distrito Judicial al público en general,
HACE SABER: Que en el presente Juicio Ejecutivo Mercantil
promovido por el Licenciado SAMUEL LANDAVERDE HERNANDEZ,
mayor de edad, Abogado y de este domicilio, como Endosatario al Co-
bro del señor JOSÉ EDGARDO VILLALTA ORTIZ, mayor de edad,
Despachador de Aeronaves, del domicilio de Ilopango, contra la ASO-
CIACION COOPERATIVA DE PRODUCCIÓN AGROPECUARIA
VALLE NUEVO DE RESPONSABILIDAD LIMITADA, del domicilio
de San Vicente, se venderá en Pública Subasta en este Tribunal en fecha
que más adelante se especifi cará, UNA PORCION DE TERRENO, DE
NATURALEZA RÚSTICA DENOMINADO “HACIENDA SAN FRAN-
CISCO CHAMOCO”, SITUADO EN CANTON SAN FRANCISCO
CHAMOCO, JURISDICCIÓN DE SAN VICENTE, DEPARTAMEN-
TO DE SAN VICENTE, DE UNA EXTENSION SUPERFICIAL DE
DOCE HECTAREAS CINCUENTA Y OCHO ÁREAS CERO UNO
PUNTO SETENTA Y OCHO CENTIAREAS equivalente a DIECIOCHO
MANZANAS CERO PUNTO DIECISIETE VARAS CUADRADAS,
con las medidas y linderos Siguientes: AL NORTE, partiendo del vértice
Nor-Oeste formado por dos tramos el primer tramo: con rumbo Norte
cincuenta y ocho grados trece punto ocho minutos Este, y distancia de
veinticuatro metros sesenta y cinco centímetros, el segundo tramo: con
rumbo Norte cincuenta y un grados cincuenta y cuatro punto cero mi-
nutos Este, y distancia de trescientos sesenta y tres metros cincuenta y
nueve centímetros, se llega al vértice Nor-Este, colinda en estos tramos
con Asociación Cooperativa Valle Nuevo de Responsabilidad Limitada:
AL ORIENTE, partiendo del vértice Nor-Este formado por un tramo,
el primer tramo: con rumbo Sur cuarenta y seis grados cincuenta y dos
puntos un minutos Este, y distancia de ciento noventa y cuatro metros
cincuenta y un centímetros, se llega al vértice Sur-Este lindando en estos
tramos con Asociación Cooperativa Valle Nuevo de Responsabilidad
Limitada: AL SUR, partiendo del vértice Sur-Este formado por un tramo,
el primer tramo: con rumbo Sur cuarenta y dos grados veintitrés punto
cero minutos Oeste, y distancia de quinientos setenta y cinco metros doce
centímetros, se llega al vértice Sur-Oeste lindando en estos tramos con
Asociación Cooperativa Valle Nuevo de Responsabilidad Limitada: AL
PONIENTE, partiendo del vértice Sur-Oeste formado por ocho tramos, el
primer tramo: con rumbo Norte cuarenta y un grados trece puntos nueve
minutos Oeste, y distancia de noventa y ocho metros quince centímetros
el segundo tramo: con rumbo Norte cuarenta y nueve grados treinta
y siete punto cuatro minutos Oeste, y distancia de veinticinco metros
setenta centímetros, el tercer tramo: con rumbo Norte dieciocho grados
cuarenta y cinco punto cinco minutos Oeste, y distancia de cuarenta
metros noventa y dos centímetros, el cuarto tramo: con rumbo Norte
cero tres grados cincuenta y siete punto siete minutos Este, y distancia de
cincuenta y dos metros noventa y siete centímetros, el quinto tramo: con
rumbo Norte catorce grados cuarenta y cinco punto dos Este, y distancia
de veintisiete metros noventa y dos centímetros, el sexto tramo: con
rumbo Norte cero grados cero dos punto dos minutos Este, y distancia
de cuarenta y cinco metros sesenta y seis centímetros, el séptimo tramo:
con rumbo Norte doce grados treinta y seis punto seis minutos Este, y
distancia de cincuenta metros sesenta y un centímetros, el octavo tramo:
con rumbo Norte cuarenta grados cincuenta y ocho punto ocho minuto
Este, y distancia de veintiún metros sesenta y ocho centímetros, se llega
al vértice Nor-Este punto donde se dio inicio a esta descripción, colinda
en estos tramos con Alberto Rivera y Río Acahuapa de por medio, esta
porción de terreno pertenece a un inmueble de mayor extensión, el cual
según su antecedente es de naturaleza rústica denominado “Hacienda
San Francisco Chamoco” Jurisdicción de San Vicente, Departamento de
San Vicente, identifi cado como parcela Número Cincuenta Pleca treinta
y tres, de una extensión superfi cial de ciento tres hectáreas sesenta y
ocho áreas once centiáreas, inscrito a favor de la ASOCIACION COO-
PERATIVA DE PRODUCCION AGROPECUARIA VALLE NUEVO
DE RESPONSABILIDAD LIMITADA, en el Sistema de Folio Real
Automatizado Número TRECE -CERO CERO CERO NOVECIENTOS
NOVENTA Y UNO-CERO CERO CERO, del Registro de la Propiedad
Raíz e Hipotecas de la Segunda Sección del Centro, Departamento de
San Vicente.
Se admitirán posturas siendo legales.
LIBRADO: en el Juzgado Quinto de lo Mercantil, San Salvador,
a las diez horas del día dieciséis de agosto de dos mil siete. DR. SAL-
VADOR CANO GUTIERREZ, JUEZ QUINTO DE LO MERCANTIL.
LIC. DAVID ERNESTO GRIMALDI ZAYAS, SECRETARIO.
3 v. alt. No. C018492-2
HENRY EDMUNDO MACALL ZOMETA, JUEZ DE LO CIVIL
DEL DISTRITO JUDICIAL DE CHALCHUAPA. Al público para
los efectos de Ley,
HACE SABER: Que en el JUICIO CIVIL EJECUTIVO, promo-
vido por la Licenciada LOURDES YANIRA CARPIO SANDOVAL,
como Apoderada General Judicial, de la actora señora ROSA LIDIA
MARTINEZ DE ESTRADA, contra el ejecutado señor GUILLERMO
HUMBERTO GARCIA, se venderá en pública SUBASTA, en este
Tribunal, en fecha que oportunamente, se señalará: “Un inmueble de
naturaleza urbana, y construcciones que contiene, situado en Urbaniza-
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140 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 379
ción Pinares de Santa Ana etapa III, polígono “B”, lote número TRECE,
Cantón Loma Alta, de la ciudad de Santa Ana, y que se describe de
la siguiente manera: AL NORTE, CINCO metros; AL SUR, CINCO
metros; AL ORIENTE, QUINCE metros y AL PONIENTE, QUINCE
metros, de un área de SETENTA Y CINCO METROS CUADRADOS. El
inmueble antes descrito, es propiedad del ejecutado señor GUILLERMO
HUMBERTO GARCIA, por estar inscrito a su favor bajo la Matrícula
número DOS CERO CERO CINCO OCHO CINCO TRES UNO GUION
CERO CERO CERO CERO CERO, de propiedad, en el Registro de la
Propiedad Raíz e Hipotecas de este Departamento.
Se admitirán posturas siendo legales.
Librado en el Juzgado de lo Civil: Chalchuapa, a las quince horas
doce minutos del día veintiocho de febrero de dos mil ocho. Enmendados:
GUILLERMO HUMBERTO-GUILLERMO HUMBERTO-Valen. LIC.
HENRY EDMUNDO MACALL ZOMETA, JUEZ DE LO CIVIL. LIC.
HENRY OVIDIO GARCIA RODRIGUEZ, SECRETARIO.
3 v. alt. No. C018514-2
LA INFRASCRITA JUEZ TERCERO DE LO MERCANTIL DE ESTE
DISTRITO JUDICIAL, AL PUBLICO EN GENERAL,
HACE SABER: Que en el juicio Mercantil Ejecutivo marcado con
el número 489-E-05, promovido por la Licenciada CLAUDIA IRINIA
SANCHEZ ROQUE, como Apoderado del FONDO DE SANEAMIEN-
TO Y FORTALECIMIENTO FINANCIERO, entidad cesionaria del
BANCO CENTRAL DE RESERVA DE EL SALVADOR y esta última
cesionaria del BANCO DE CREDITO INMOBILIARIO S. A. en liqui-
dación; contra la señora MATILDE DE JESUS RODRIGUEZ hoy DE
TOLEDO; se venderá en Pública subasta en este Tribunal en fecha que
más adelante se señalará el bien inmueble que a continuación se localiza
y describe así: “Ciudad Delgado, un inmueble que según antecedente
es de naturaleza urbana, marcado con el número DOS Polígono “D”,
de la Urbanización Los Almendros, ubicado en el cantón La Cabaña,
ribera oriente del Río Acelhuate, Jurisdicción de Ciudad Delgado, de
este Departamento, y que anteriormente se llamó Urbanización RIBA, el
cual se describe así: Partiendo del punto de intersección de los ejes del
pasaje Maquilishuat y Pasaje Los Cedros, se mide sobre el eje de este
último una distancia de ciento treinta y dos punto cincuenta metros con
rumbo Sur Ochenta y nueve grados veintidós punto cero minutos Oeste,
llegando así a un punto en donde con defl exión izquierda de noventa y
distancia de dos punto cincuenta metros, se localiza el esquinero Nor-
Oeste del lote, que mide y linda: NORTE: Línea recta de rumbo Norte
ochenta y nueve grados veintidós punto cero minutos Este, y distancia
de cinco metros, lindando con lote número cincuenta y uno del Polígono
“C”,pasaje Los Cedros de cinco metros de ancho de por medio, de la
misma Urbanización. ESTE: Línea recta de rumbo Sur cero grados treinta
y ocho punto cero minutos Este y distancia de trece metros, lindando con
lote número Tres del Polígono “D”, de la misma Urbanización. SUR:
Línea recta de rumbo Sur ochenta y nueve grados veintidós punto cero
minutos Oeste y distancia de cinco metros, lindando con lote cincuenta
y tres del polígono “D”, de la misma Urbanización. OESTE: Línea recta
de rumbo Norte cero grados treinta y ocho punto cero minutos Oeste y
distancia de trece metros, lindando con lote uno del Polígono “D”, de la
misma Urbanización. Llegando así al esquinero Nor-Oeste del inmueble,
que fue de donde dio inicio esta descripción. El Inmueble así descrito
mide SESENTA Y CINCO METROS CUADRADOS, equivalentes a
NOVENTA Y TRES VARAS CUADRADAS, y se encuentra Inscrito
actualmente bajo el Sistema de Folio Real Computarizado a la Matrícula
número SEIS CERO CERO TRES SEIS TRES CINCO TRES- CERO
CERO CERO CERO CERO, Asiento Uno, del Registro de la Propiedad
Raíz e Hipotecas del Centro del Departamento de San Salvador, a favor
de MATILDE DE JESUS RODRIGUEZ MEJIA, ahora MATILDE DE
JESUS RODRIGUEZ HOY DE TOLEDO.
Se admitirán posturas siendo legales.
LIBRADO EN EL JUZGADO TERCERO DE LO MERCANTIL:
San Salvador, a las nueve horas y veinte minutos del día veintinueve de
enero de dos mil ocho. LIC. ANA MARIA CORDON ESCOBAR, JUEZ
TERCERO DE LO MERCANTIL. LIC. ANA CECILIA FIGUEROA
ALMENDARES, SECRETARIA.
3 v. alt. No. F001333-2
PATRICIA IVONNE INGLÉS AQUINO, JUEZ CUARTO DE LO
MERCANTIL SUPLENTE DE ESTE DISTRITO JUDICIAL, AL
PUBLICO EN GENERAL,
HACE SABER: Que en el Proceso Mercantil Ejecutivo promovido
por el BANCO DE CREDITO INMOBILIARIO, SOCIEDAD ANO-
NIMA, ahora FONDO DE SANEAMIENTO Y FORTALECIMIENTO
FINANCIERO, a través de su Apoderada General Judicial Licenciada
CLAUDIA IRINIA SANCHEZ ROQUE, contra OLINDA RACHEL
MEJIA OSEGUEDA y WILFREDO PARADA CACERES, se venderá
en Pública Subasta en este Tribunal un inmueble de naturaleza urbana
y construcciones que contiene, situado en la jurisdicción de Ilopango,
Departamento de San Salvador, identifi cado con el número CINCUENTA
Polígono TREINTA Y TRES de la URBANIZACION “BOSQUEZ DE
LA PAZ”, con un área de NOVENTA PUNTO CERO CERO METROS
CUADRADOS, con las siguientes medidas perimetrales: AL NORTE,
seis punto cero cero metros; AL SUR, seis punto cero cero metros; AL
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141DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 1 de Abril de 2008.
ORIENTE, quince punto cero cero metros; AL PONIENTE, quince
punto cero cero metros. El inmueble antes relacionado es propiedad de
los señores OLINDA RACHEL MEJIA OSEGUEDA y WILFREDO
PARADA CACERES, en proindivisión y por partes iguales o sea el
cincuenta por ciento a cada uno, inscrito a su favor a la matrícula número
M UNO CERO OCHO SIETE CUATRO NUEVE OCHO del Registro
Social de Inmuebles.
Lo que se avisa al Público para los efectos legales consiguientes.
LIBRADO: En el Juzgado Cuarto de lo Mercantil: San Salvador,
a las doce horas y treinta minutos del día veinte de febrero de dos mil
ocho. LICDA. PATRICIA IVONNE INGLES AQUINO, JUEZ CUARTO
DE LO MERCANTIL SUPLENTE. LICDA. JACQUELINE JOHANNA
ORTIZ DURAN, SECRETARIA.
3 v. alt. No. F001336-2
LICENCIADO JOSE GUILLERMO RAMOS CHORRO, JUEZ
PRIMERO DE LO MERCANTIL INTERINO DE ESTE DISTRITO
JUDICIAL,
HACE SABER: Al Público para los efectos de ley, que en el
Juicio Ejecutivo Mercantil promovido por BANCO HSBC SALVA-
DOREÑO, SOCIEDAD ANONIMA o BANCO HSBC, SOCIEDAD
ANONIMA o BANCO SALVADOREÑO, SOCIEDAD ANONIMA, o
BANCOSAL, SOCIEDAD ANONIMA indistintamente puede abreviarse
BANCO HSBC SALVADOREÑO, S.A. BANCO HSBC, S.A. BANCO
SALVADOREÑO, S.A. o BANCOSAL, S.A. contra el señor MORIS
ORLANDO ARDON HERRERA, reclamándole cantidad de colones
y accesorios de ley, se venderá en Pública Subasta en este tribunal en
fecha que oportunamente se determinará, el bien inmueble embarga-
do siguiente: “Un inmueble de naturaleza urbana, ubicado en parque
Residencial Santa fe, Carretera Troncal del Norte, Kilómetro Once y
medio, jurisdicción de Ciudad Delgado, Departamento deSan Salvador,
identifi cado en el plano respectivo como LOTE NÚMERO NUEVE DEL
POLIGONO A, en el inmueble existen construcciones de sistema mixto
consistentes en una casa de habitación, con un área construida ochenta
y dos punto noventa y cinco metros, inmueble que tiene una extensión
superfi cial de ciento doce punto cuarenta y siete metros cuadrados. El
que se encuentra inscrito a favor del ejecutado señor MORIS ORLANDO
ARDON HERRERA en el Registro de la Propiedad Raíz e Hipotecas
de la Primera Sección del Centro del departamento de San Salvador,
bajo el Sistema de Información de Registro y Catastro (SIR y C) con
la Matrícula número SEIS CERO CERO CUATRO DOS OCHO TRES
CERO- CERO CERO CERO CERO CERO ( 60042830-00000).
Se hace saber a las personas que se presenten a participar a la su-
basta, que deberán presentar sus respectivos documentos de Identidad
Personal y el NIT y comprobar su solvencia económica por medio de
libreta de ahorro, cheque certifi cado, constancia de ahorro, efectivo u
otro documento similar.
Librado en el Juzgado Primero de lo Mercantil: San Salvador,
a las nueve horas del día veintiocho de febrero de dos mil ocho. LIC.
JOSE GUILLERMO RAMOS CHORRO, JUEZ PRIMERO DE LO
MERCANTIL INTO. LIC. OSCAR EMILIO ZETINO URBINA, SE-
CRETARIO.
3 v. alt. No. F001378-2
YOALMO ANTONIO HERRERA, JUEZ DE LO CIVIL DE SANTA
TECLA, AL PÚBLICO PARA LOS EFECTOS DE LEY,
HACE SABER: Que por resolución proveída por este Juzgado, a las
diez horas y treinta minutos del día veintiséis de febrero del presente año,
en el Juicio Ejecutivo Mercantil promovido por el Licenciado Otto Rafael
Avilés Bernal, en calidad de apoderado de la Sociedad EXPORTADORA
LIEBES, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE, que se
abrevia EXPORTADORA LIEBES, S.A. DE C.V., contra la Sociedad
RTH, S.A. DE C.V., o R.T.H., S.A. DE C.V., y el señor RAFAEL VICEN-
TE TRIGUEROS HECHT, SE VENDERA EN PUBLICA SUBASTA
EN ESTE JUZGADO, Y EN FECHA QUE OPORTUNAMENTE SE
SEÑALARA, EL DERECHO PROINDIVISO EQUIVALENTES AL
VEINTICINCO POR CIENTO DE LOS SIGUIENTES INMUEBLES:
“1) Un terreno de naturaleza rústica, situado en el Cantón Llano El
Ángel, jurisdicción de Ciudad Barrios, departamento de San Miguel, de
una extensión superfi cial de cuarenta y dos manzanas, o sea veintinueve
hectáreas cuarenta áreas; 2) Un terreno de naturaleza rústica, situado en
el Cantón San Matías, jurisdicción de Ciudad Barrios, Departamento de
San Miguel, que se describe así: Finca San Felipe, de superfi cie lade-
rosa, siendo su capacidad superfi cial de veintiuna áreas, equivalente a
treinta manzanas. Inscritos a las matrículas Números 80001669-00000 y
80002561-00000, a favor del señor RAFAEL VICENTE TRIGUEROS
HECHT, del Registro de la Propiedad Raíz e Hipotecas de la Primera
Sección de Oriente, Departamento de San Miguel.”
Librado en el Juzgado de lo Civil de Santa Tecla, a las doce horas
cincuenta y siete minutos del día siete de marzo de dos mil ocho. LIC.
YOALMO ANTONIO HERRERA, JUEZ DE LO CIVIL. BR. KARINA
VANESSA SILVA DE SOMOZA, SECRETARIO.
3 v. alt. No. F001416-2
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142 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 379
REPOSICION DE CERTIFICADOS
AVISO
EL BANCO UNO, S. A. COMUNICA: Que a sus ofi cinas ubicadas
en el Paseo General Escalón y 69 Avenida Sur No. 3563, Banco Uno,
S. A. se ha presentado la señora Elba Josefi na Rivas de Bettaglio “O”
Emilio Vicente Ángel Bettaglio Milla, propietarios del Certifi cado de
Depósito a Plazo número 42362 de la cuenta No. 299487-4 emitido
el 14 de noviembre de 2006 a un plazo de 720 días, con una tasa del
6.25%, con fecha de vencimiento 14 de noviembre de 2008, solicitando
la reposición de dicho Certifi cado por haberlo extraviado.
En consecuencia de lo anterior se hace del conocimiento al público
en general para los efectos legales del caso, transcurridos treinta días
después de la publicación de este aviso y si no hubiera ninguna oposición
se procederá a reponer el Certifi cado en referencia.
San Salvador, a los doce días del mes de marzo de dos mil ocho.
LIC. LUIS ERNESTO MOLINA,
JEFE DEPTO. DE DEPOSITOS.
3 v. alt. No. F001344-2
AVISO
EL BANCO UNO, S. A. COMUNICA: Que a sus ofi cinas ubicadas
en el Paseo General Escalón y 69 Avenida Sur No. 3563, Banco Uno,
S. A. se ha presentado el señor Francisco Antonio de Jesús Valladares
Lara, propietario del Certifi cado de Depósito a Plazo número 41016 de la
cuenta No. 380014-1 emitido el 30 de noviembre de 2007 a un plazo de
180 días, con una tasa del 4.10 %, con fecha de vencimiento 02 de junio
de 2008, solicitando la reposición de dicho Certifi cado por haberlo ex-
traviado. En consecuencia de lo anterior se hace del conocimiento al
público en general para los efectos legales del caso, transcurridos treinta
días después de la publicación de este aviso y si no hubiera ninguna
oposición se procederá a reponer el Certifi cado en referencia.
San Salvador, a los doce días del mes de marzo de dos mil ocho.
LIC. LUIS ERNESTO MOLINA,
JEFE DEPTO. DE DEPOSITOS.
3 v. alt. No. F001346-2
AVISO
EL BANCO UNO, S.A. COMUNICA: Que a sus ofi cinas ubicadas
en el Paseo General Escalón y 69 Avenida Sur No. 3563, Banco Uno,
S. A. se ha presentado la señora Elba Josefi na Rivas de Bettaglio “O”
Emilio Vicente Ángel Bettaglio Milla, propietarios del Certifi cado de
Depósito a Plazo número 42393 de la cuenta No. 299487-5 emitido
el 20 de noviembre de 2006 a un plazo de 720 días, con una tasa del
6.25%, con fecha de vencimiento 20 de noviembre de 2008, solicitando
la reposición de dicho Certifi cado por haberlo extraviado.
En consecuencia de lo anterior se hace del conocimiento al público
en general para los efectos legales del caso, transcurridos treinta días
después de la publicación de este aviso y si no hubiera ninguna oposición
se procederá a reponer el Certifi cado en referencia.
San Salvador, a los doce días del mes de marzo de dos mil ocho.
LIC. LUIS ERNESTO MOLINA,
JEFE DEPTO. DE DEPOSITOS.
3 v. alt. No. F001349-2
AVISO
El Banco Cuscatlán S. A., COMUNICA: Que a sus ofi cinas ubi-
cadas en PASAJE ACOSTA Y 11 AVENIDA SUR, se ha presentado
el propietario de CERTIFICADO DE DEPÓSITO A PLAZO FIJO
DOLARES Número 006PLA000079514, solicitando la reposición de
dicho CERTIFICADO por MIL CUATROCIENTOS SETENTA Y OCHO
32/100 DOLARES (US$1,478.32).
En consecuencia de lo anterior, se hace del conocimiento al público
en general, para los efectos legales del caso, que transcurridos treinta días
después de la tercera publicación de este aviso y si no hubiere ninguna
oposición, se procederá a reponer el Certifi cado en referencia.
SAN SALVADOR, 17 de marzo de 2008.
KARLA CONTRERAS,
BANCO CUSCATLAN S.A.
AGENCIA PLAZA BARRIOS.
3 v. alt. No. F001434-2
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143DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 1 de Abril de 2008.
AVISO
INVERSIONES FINANCIERAS BANCOSAL, S. A. hoy INVER-
SIONES FINANCIERAS HSBC, S. A., al público hace saber: que se
ha presentado parte interesada a notifi car a estas ofi cinas, ubicadas en
Avenida Olímpica No. 3550, San Salvador, el extravío de DOS Certi-
fi cados de acciones números 577 por 715 acciones y el 1755 por 102
acciones ambos a nombre de MARIA ANTONIETA CERRATO DE
MARTINEZ.
Por lo que solicita la reposición de los mismos, lo que se hace
saber, para efectos de Ley.
San Salvador, veinticuatro de marzo de dos mil ocho.
ING. GERARDO JOSE SIMAN,
PRESIDENTE EJECUTIVO.
3 v. alt. No. F001442-2
DISOLUCION DE SOCIEDADES
La infrascrita administradora única de la sociedad Inversiones de Mayoreo,
Sociedad Anónima de Capital Variable, que se abrevia Inveryoreo, S. A.
DE C. V., de nacionalidad salvadoreña, del domicilio de San Miguel.
CERTIFICA: Que a folio ocho del Libro Sesiones de Junta General
y Extraordinaria de accionistas de la sociedad Inversiones de Mayoreo,
Sociedad Anónima de Capital Variable, que se abrevia Inveryoreo, S. A.
DE C. V:, de este domicilio, de nacionalidad salvadoreña, se encuentra el
punto número dos- se acordó disolver y liquidar la Sociedad de acuerdo a
la Cláusula catorce del Pacto Social y se tomó la resolución unánime por
el cien por ciento del capital social, debido a que ya no es conveniente
a los intereses de los socios, además se acordó por unanimidad el cierre
defi nitivo de operatividad de Inversiones de Mayoreo, Sociedad Anónima
de Capital Variable, que puede abreviarse Inveryoreo, S. A de C. V., a
partir del primero de marzo del año dos mil ocho.
Y para los efectos legales pertinentes extiendo la presente Certifi -
cación en la Ciudad de San Miguel, a los un día del mes de febrero del
año dos mil ocho.
DELMY ESPERANZA ALVAREZ DE UMANZOR,
SECRETARIA.
3 v. alt. No. F001343-2
FUSION DE SOCIEDADES
El Infrascrito Secretario de la Junta General Extraordinaria de Accio-
nistas de la sociedad TARJETAS DE ORO, S. A. de C. V., CERTIFICA
que: En el Libro de Actas que lleva dicha Institución, aparecen los puntos
Nos. I y II del Acta No. 24, correspondiente a la sesión celebrada el día
veintiséis de octubre de dos mil siete que, textualmente dice:
I- Fusión con otras sociedades. El Presidente de la Junta propuso
la fusión por absorción de la sociedad AVAL CARD, SOCIEDAD
ANÓNIMA DE CAPITAL VARIABLE como Sociedad Absorbida, a
TARJETAS DE ORO, SOCIEDAD ANÓNIMA DE CAPITAL VA-
RIABLE, como Sociedad Absorbente. La ejecución de este acuerdo
estaría sujeto al cumplimiento de todas las normativas, aprobaciones y
regulaciones, tanto internas del conglomerado fi nanciero internacional
al que pertenece Tarjetas de Oro, Sociedad Anónima de Capital Variable,
como externas de las autoridades gubernamentales locales y extranjeras
que sean necesarias. Conocida que fue dicha propuesta, por unanimidad,
la Junta General ACUERDA: La fusión por absorción de AVAL CARD,
SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE, como Sociedad Ab-
sorbida, a TARJETAS DE ORO, SOCIEDAD ANÓNIMA DE CAPITAL
VARIABLE, como Sociedad Absorbente. La ejecución de este acuerdo
estará sujeta al cumplimiento de todas las normativas, aprobaciones y
regulaciones, tanto internas del conglomerado fi nanciero internacional
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144 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 379
al que pertenece Tarjetas de Oro, Sociedad Anónima de Capital Variable,
como externas de las autoridades gubernamentales locales y extranje-
ras que sean necesarias. II - Designación de Ejecutores Especiales. El
Presidente expuso al pleno que, luego de haberse aprobado el acuerdo
de fusión anteriormente acordado, es necesario autorizar a ejecutores
especiales de dicho acuerdo, de manera que los mismos puedan también
incorporar en un solo texto las cláusulas reformadas de incorporar los
estatutos de la sociedad absorbida a los estatutos de la Sociedad Absor-
bente, junto con las cláusulas restantes del Pacto Social, para que reunidas
en un solo instrumento sean las únicas cláusulas válidas por las que se
rija Tarjetas de Oro, Sociedad Anónima de Capital Variable, y que a la
vez constituyan sus estatutos. Acto seguido, por unanimidad, la Junta
General Extraordinaria de Accionistas ACUERDA: Autorizar al Ingeniero
Mauricio Samayoa Rivas y al Licenciado Elías Jorge Bahaia, para que,
conforme a lo establecido en el Código de Comercio, en forma conjunta o
separada procedan a ejecutar el acuerdo de FUSIÓN POR ABSORCIÓN
aprobado por esta Junta General, autorizándolos para realizar todas las
diligencias y fi rmar todos los escritos, las escrituras públicas y demás
instrumentos que fueren necesarios para que los acuerdos tomados sean
debidamente ejecutados conforme a derecho. Asimismo, se autoriza a
los Ejecutores Especiales nombrados, de manera conjunta o separada,
para incorporar en un solo texto las cláusulas de la sociedad absorbida a
las cláusulas de la sociedad absorbente, junto con las cláusulas restantes
del Pacto Social vigente de la sociedad a la fecha del otorgamiento de
dicho acto, para que reunidas en un solo instrumento sean las únicas
cláusulas válidas por las que se rija Tarjetas de Oro, Sociedad Anónima
de Capital Variable, como sociedad absorbente, y que a la vez constituyan
sus estatutos.
Y para efectos de acuerdos de fusión, se extiende la presente en la
ciudad de Santa Tecla, a los doce días del mes de noviembre de dos mil
siete.
AQUILES ANTONIO DELGADO BRIZUELA,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. C018503-2
6 Libro 2311 Página 73 E-016719
REGISTRO DE COMERCIO: DEPARTAMENTO DE DOCUMENTOS
MERCANTILES: San Salvador, a las diez horas y treinta y dos minutos
del día cuatro de marzo de dos mil ocho.
Inscríbase el anterior ACUERDO DE FUSION juntamente con
documentación anexa de la sociedad TARJETAS DE ORO, SOCIEDAD
ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE. DERECHOS: $5.71, compro-
bante de pago número 0009455589, del día once de diciembre de dos
mil siete; presentado en este Registro a las catorce horas y dieciocho
minutos, del día veintisiete de febrero de dos mil ocho, según asiento
número 2008163235. Se tuvo a la vista la Constancia de Solvencia
Tributaria con número correlativo 359162, expedida el día veintiséis de
febrero de dos mil ocho por la Dirección General de Impuestos Internos
del Ministerio de Hacienda.
LIC. JAIME RICARDO AMAYA NIEVES,
REGISTRADOR.
INSCRITO EN EL REGISTRO DE COMERCIO AL NUMERO 6
DEL LIBRO 2311 DEL REGISTRO DE SOCIEDADES. DEL FOLIO
68 AL FOLIO 73 FECHA DE INSCRIPCION: San Salvador, cuatro de
marzo de dos mil ocho.
LIC. JAIME RICARDO AMAYA NIEVES,
REGISTRADOR.
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TARJETA DE ORO S.A. DE C.V.
Balance General al 29 de Febrero de 2008
(Expresado en miles de dólares de los Estados Unidos de América)
ACTIVO AÑO 2008
Activos de Intermediación 71,097.13
Caja y bancos 1,063.23
Cartera de préstamos (neto) 70,033.90
Otros activos 769.21
Bienes recibidos en pago, neto de provisión por pérdida de US$ 4.80
Diversos, neto de provisión por pérdida 764.41
Activo fi jo neto de depreciación acumulada 4,024.57
Total activos 75,890.91
PASIVO Y PATRIMONIO
Pasivos de Intermediación 57,381.20
Préstamos de otros bancos 57,381.20
Otros pasivos 6,872.54
Cuentas por pagar 6,819.57
Provisiones 52.97
Deuda subordinada 0.00
Total pasivos 64,253.74
Patrimonio: 11,637.17
Capital social pagado 8,963.43
Reservas de capital, resultados acumulados y patrimonio no ganado 2,673.74
Reserva Legal 1,698.87
Resultados por aplicar ejercicios anteriores 0.00
Resultados por aplicar presente ejercicio 974.88
Total pasivo y patrimonio 75,890.91
ING. JOSE ROBERTO LIMA, LIC. OSCAR MAURICIO CARRANZA, APODERADO ADMINISTRATIVO. GERENTE DE OPERACIONES.
LIC. RENÉ ALCIDES FABIÁN,
CONTADOR GENERAL.
3 v. alt. No. C018505-2
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146 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 379
EL INFRASCRITO SECRETARIO DE LA JUNTA GENERAL EX-
TRAORDINARIA DE ACCIONISTAS DE LA SOCIEDAD AVAL
CARD, S. A DE C. V.,
CERTIFICA: Que en el Libro de Actas de Junta General de Accio-
nistas, se encuentra el Acta número cuarenta de Sesión de Junta General
Extraordinaria de Accionistas, celebrada a las diez horas del día diez de
octubre de dos mil siete, en las ofi cinas de la sociedad ubicadas sobre
el Paseo General Escalón y Sesenta y Nueve Avenida Sur, No. 3563,
jurisdicción y departamento de San Salvador, la cual en su punto dos y
tres literalmente DICE: “II. ACUERDO DE FUSIÓN. El Presidente de la
sesión sometió a consideración de los representantes de los accionistas, la
conveniencia fi nanciera, administrativa y legal para la sociedad de fusio-
narse con Tarjetas de Oro, S. A. de C. V. Los accionistas representados,
después de discutir ampliamente el tema en cuestión, por unanimidad
Acuerdan: Fusionar a Aval Card, S. A de C. V. con Tarjetas de Oro, S.
A. de C. V. siendo esta última la sociedad absorbente. La ejecución
del presente acuerdo estará sujeta a la obtención de las aprobaciones
internas del grupo fi nanciero al cual pertenecen ambas sociedades, y a
las autorizaciones externas de las autoridades gubernamentales locales
y extranjeras. III. NOMBRAMIENTO DE EJECUTORES ESPECIA-
LES. Los representantes de los accionistas por unanimidad Acuerdan:
Designar como Ejecutores Especiales de los acuerdos tomados en esta
Junta General Extraordinaria a los Licenciados Reynaldo Erick Cabrera
Montalvo, Juan Antonio Acevedo Lara y a Julio Enrique Valdés Rank
todos mayores de edad, Abogados y del domicilio de la ciudad de San
Salvador, para que conjunta o separadamente puedan comparecer ante
Notario a ejecutar el Acuerdo de Fusión acordado, autorizándolos para
fi rmar todos los escritos, escrituras públicas y demás instrumentos que
fueren necesarios para la ejecución del Acuerdo conforme a derecho y
en general para realizar todas aquellas diligencias que sean necesarias
para el cumplimiento del mismo.”
Es conforme con su original con el cual se confrontó en la ciudad
de San Salvador, a los diez días del mes de octubre de dos mil siete.
REYNALDO ERICK CABRERA MONTALVO,
SECRETARIO DE LA JUNTA GENERAL
EXTRAORDINARIA DE ACCIONISTAS.
3 v. alt. No. C018507-2
38 LIBRO 2314 PAGINA 390 E-016164
REGISTRO DE COMERCIO: DEPARTAMENTO DE DOCUMENTOS
MERCANTILES: San Salvador, a las catorce horas y veintiún minutos
del día catorce de marzo de dos mil ocho.
Inscríbase el anterior ACUERDO DE FUSION de la sociedad
AVAL CARD, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE
que se abrevia AVAL CARD, S. A. DE C. V. DERECHOS: $5.71, com-
probante de pago número 0009455585, del día once de diciembre de
dos mil siete; presentado en este Registro a las diez horas y veinticinco
minutos, del día cuatro de marzo de dos mil ocho, según Asiento número
2008163404. Se tuvo a la vista constancia de situación tributaria del
contribuyente, emitida por la Dirección General de Impuestos Internos
del Ministerio de Hacienda, con número correlativo 359529 y de estado
actual SOLVENTE, de fecha veintiocho de febrero de dos mil ocho y
vigente hasta el día veintinueve de marzo de dos mil ocho.
LICDA. FATIMA MERCEDES HUEZO SANCHEZ,
REGISTRADOR.
INSCRITO EN EL REGISTRO DE COMERCIO AL NUMERO 38 DEL
LIBRO 2314 DEL REGISTRO DE SOCIEDADES, DEL FOLIO 386
AL FOLIO 390. FECHA DE INSCRIPCION: San Salvador, catorce de
marzo de dos mil ocho.
LICDA. FATIMA MERCEDES HUEZO SANCHEZ,
REGISTRADOR.
3 v. alt. No. C018509-2
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147DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 1 de Abril de 2008.
AVAL CARD, S. A. DE C. V.
BALANCE GENERAL
29 DE FEBRERO DE 2008-03-28
(Expresado en miles dólares de los Estados Unidos de América)
Activo
Activo circulante:
Efectivo $ 6,715.62
Cuentas y documentos por cobrar 2,246.29
Cuentas por cobrar a compañías relacionadas 89.63
Gastos pagados por anticipado 3,252.79
Total activo circulante 12,304.33
Inmuebles, mobiliario y equipo, neto 5,778.28
Otros activos 82.44
$ 18,165.05
Pasivo e Inversión de los accionistas
Pasivo circulante:
Cuentas por pagar relacionadas a cartera $ 4,582.76
Cuentas y gastos acumulados por pagar 4,443.08
Total pasivo 9,025.84
Inversión de los accionistas:
Capital social - Autorizadas, emitidas y pagadas
370,000 acciones comunes y nominativas de
$114.29 cada una (capital mínimo $171,429) 4,228.57
Reserva legal 622.73
Utilidades retenidas 4,287.91 Total inversión de los accionistas 9,139.21
Total pasivo e inversión de los accionistas $ 18,165.05
FEDERICO PARKER, LUIS FLORES,
APODERADO LEGAL. CONTADOR.
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148 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 379
MARCA INDUSTRIAL
No. de Expediente: 2008074240
No. de Presentación: 20080105667
CLASE: 05.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado GERARDO
ANTONIO BUKELE GIACOMAN, en su calidad de APODERADO de
GEFARCA, INDUSTRIA FARMACEUTICA, PEREZESPINOSA, C.
POR A., (GEINFAPER), de nacionalidad DOMINICANA, solicitando
el registro de la MARCA INDUSTRIAL O DE FABRICA,
SULFA-4
Consistente en: la expresión SULFA-4, que servirá para: AMPA-
RAR: CREMA VAGINAL.
La solicitud fue presentada el día veinticinco de febrero del año
dos mil ocho.
DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la
Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.
San Salvador, veintinueve de febrero del año dos mil ocho.
Licda. HAZEL VIOLETA AREVALO CARRILLO,
REGISTRADORA.
GUILLERMO ALFONSO LOPEZ,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. F001303-2
No. de Expediente: 2008074239
No. de Presentación: 20080105666
CLASE: 05.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado GERARDO
ANTONIO BUKELE GIACOMAN, en su calidad de APODERADO de
GEFARCA, INDUSTRIA FARMACEUTICA, PEREZESPINOSA, C.
POR A., (GEINFAPER), de nacionalidad DOMINICANA, solicitando
el registro de la MARCA INDUSTRIAL O DE FABRICA,
LERGICAL
Consistente en: la palabra LERGICAL, que servirá para: AMPA-
RAR: UN PRODUCTO ANTIALERGICO.
La solicitud fue presentada el día veinticinco de febrero del año
dos mil ocho.
DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la
Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.
San Salvador, tres de marzo del año dos mil ocho.
Licda. HAZEL VIOLETA AREVALO CARRILLO,
REGISTRADORA.
GUILLERMO ALFONSO LOPEZ,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. F001305-2
No. de Expediente: 2008073938
No. de Presentación: 20080105073
CLASE: 05.
LA INFRASCRITA REGISTRADORA
HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado GERARDO
ANTONIO BUKELE GIACOMAN, en su calidad de APODERADO de
GEFARCA, INDUSTRIA FARMACEUTICA, PEREZESPINOSA, C.
POR A., (GEINFAPER) que se abrevia: GEINFAPER, de nacionalidad
DOMINICANA, solicitando el registro de la MARCA INDUSTRIAL
O DE FABRICA,
MIZOX-GEFARCA
Consistente en: la expresión MIZOX-GEFARCA, que servirá para:
AMPARAR: UN PRODUCTO ANTIMICOTICO.
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149DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 1 de Abril de 2008.
La solicitud fue presentada el día trece de febrero del año dos mil
ocho.
DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, veinte de febrero del año dos mil ocho.
Licda. HERMINIA ELIZABETH LOZANO ZELIDON,
REGISTRADORA.
MAYRA PATRICIA PORTILLO CASTAÑEDA,
SECRETARIA.
3 v. alt. No. F001309-2
No. de Expediente: 2008073355
No. de Presentación: 20080103932
CLASE: 05.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado GERARDO
ANTONIO BUKELE GIACOMAN, en su calidad de APODERADO de
GEFARCA, INDUSTRIA FARMACEUTICA, PEREZESPINOSA, C.
POR A., (GEINFAPER), de nacionalidad DOMINICANA, solicitando
el registro de la MARCA INDUSTRIAL O DE FABRICA,
GENGIVRIL
Consistente en: la palabra GENGIVRIL, que servirá para: AMPA-
RAR: UN PRODUCTO QUE SERVIRA PARA EL TRATAMIENTO
PARA COMBATIR LA INFLAMACION DE ENCÍAS Y EL AFTA
(CIELO DE LA BOCA).
La solicitud fue presentada el día diecisiete de enero del año dos
mil ocho.
DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la
Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.
San Salvador, veintidós de febrero del año dos mil ocho.
Licda. HAZEL VIOLETA AREVALO CARRILLO,
REGISTRADORA.
GUILLERMO ALFONSO LOPEZ,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. F001310-2
MARCAS DE SERVICIOS
No. de Expediente: 2007071910
No. de Presentación: 20070101375
CLASE: 41.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado MORENA GUADALUPE ZAVALETA NOVA, en su calidad de APODERADO ESPECIAL de Sparrowhawk Entertainment Limited, de nacionalidad INGLESA, solicitando el registro de la MARCA DE SERVICIOS,
DIVA TV
Consistente en: la palabra DIVA TV, que servirá para: AMPARAR: ENTRETENIMIENTO, SERVICIOS DE EDUCACIÓN E INSTRUC-CIÓN; SERVICIOS DE ENTRETENIMIENTO POR TELEVISIÓN; SERVICIOS DE ENTRETENIMIENTO POR PELÍCULAS, MÚSICA, DEPORTE, VIDEO Y TEATRO; PRODUCCIÓN, PREPARACIÓN, PRESENTACIÓN, DISTRIBUCIÓN, LICENCIA, SINDICACIÓN, CONEXIÓN DE REDES, VENTA Y RENTA DE TELEVISIÓN, PRO-GRAMAS DE TELETEXTO Y VIDEOTEXTO Y DE PELÍCULAS, PELÍCULAS ANIMADAS, Y GRABACIONES DE VIDEO Y SONI-DO; PRODUCCIÓN DE PROGRAMAS DE ENTRETENIMIENTO EN VIVO, PRODUCCIÓN DE PROGRAMAS DE ENTRETENIMIENTO POR TELEVISIÓN; PRODUCCIÓN Y RENTA DE MATERIALES DE INSTRUCCIÓN Y EDUCATIVOS; EDITORIAL; ORGANIZACIÓN, PRODUCCIÓN Y PRESENTACIÓN DE EVENTOS PARA FINES DE ENTRETENIMIENTO, CULTURAL O EDUCATIVO; ORGANIZA-CIÓN, PRODUCCIÓN Y PRESENTACIÓN DE COMPETENCIAS, CONCURSOS, JUEGOS, JUEGOS DE PREGUNTAS, EXHIBICIO-NES, EVENTOS DEPORTIVOS, ESPECTÁCULOS, ESPECTÁCU-LOS RODANTES (ROAD SHOW), EVENTOS ESCÉNICOS, REPRE-SENTACIONES TEATRALES, CONCIERTOS, PRESENTACIONES EN VIVO Y EVENTOS PARA PARTICIPACIÓN DE LA AUDIENCIA; PROVEER ENTRETENIMIENTO Y EDUCACIÓN PARA ACCEDER VÍA REDES DE COMPUTADOR Y COMUNICACIÓN; PROVEER INFORMACIÓN RELACIONADA A CUALQUIERA DE LOS SER-VICIOS ANTES DICHOS.
La solicitud fue presentada el día dieciséis de noviembre del año dos mil siete.
DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, catorce de febrero del año dos mil ocho.
Licda. HAZEL VIOLETA AREVALO CARRILLO,
REGISTRADORA.
GERARDO ENRIQUE MENDEZ FLOREZ CABEZAS,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. F001472-2
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150 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 379
DE TERCERA PUBLICACIÓN
ACEPTACION DE HERENCIA
LICENCIADA GUADALUPE MAYORAL GARCIA, JUEZA DE LO
CIVIL DE ESTE DISTRITO JUDICIAL,
HACE SABER: Que por resolución dictada en este tribunal, a las
ocho horas quince minutos del día veinticinco de febrero de dos mil ocho,
se ha tenido por aceptada expresamente y con benefi cio de inventario
la herencia intestada dejada a su defunción por el señor MANUEL DE
JESUS RODRIGUEZ MEJIA, conocido por MANUEL DE JESUS
RODRIGUEZ y por MANUEL RODRIGUEZ, quien fue de ochenta y
ocho años de edad, jornalero, casado, originario y del domicilio de la
ciudad de Quezaltepeque, siendo éste su último domicilio, fallecido el
día diecisiete de agosto de dos mil siete; de parte del señor RIGOBERTO
RODRIGUEZ JUAREZ, en su concepto de hijo y como cesionario de
los derechos hereditarios que le correspondería a los señores ROSALIA
JUAREZ DE RODRIGUEZ, JOSE LUIS RODRIGUEZ JUAREZ, SAN-
TOS MARGARITA RODRIGUEZ JUAREZ, ISABEL RODRIGUEZ
JUAREZ, la primera en su concepto de cónyuge y los restantes en el
concepto de hijos del causante, a quienes se les ha conferido la adminis-
tración y representación INTERINA de la sucesión con las facultades y
restricciones de los curadores de la herencia yacente.
Lo que se hace saber al público en general para los efectos de
Ley.
Librado en el Juzgado de lo Civil de Quezaltepeque, a las nueve horas
del día veinticinco de febrero de dos mil ocho.- LICDA. GUADALUPE
MAYORAL GARCIA, JUEZA DE LO CIVIL SUPLENTE.- LIC. JOSE
ELEAZAR CARDONA GUEVARA, SECRETARIO.
3 v. alt. No. C018396-3
Ángel Albino Alvarenga, Juez de lo Civil de este Distrito Judicial, de-
partamento de La Unión; al público para los efectos de ley,
HACE SABER: Que por resolución de este Juzgado a las quince
horas y quince minutos del día veintiséis de febrero del corriente año; se
tuvo por aceptada expresamente, y con benefi cio de inventario, la herencia
intestada que al fallecer a las veintitrés horas y veinte minutos del día
dieciocho de julio de mil novecientos noventa y cuatro, en el Hospital
Médico Quirúrgico del Seguro Social de la ciudad de San Salvador, siendo
la ciudad de Santa Rosa de Lima, departamento de La Unión su último
domicilio, dejara el causante José Rafael Torres, a la heredera Fidelina
Hernández viuda de Torres conocida por Fidelina Hernández de Torres,
en concepto de cónyuge sobreviviente y además como Cesionaria de los
derecho hereditarios que en la referida sucesión le correspondían a los
señores Linda María Liset Torres de Calderón, Rafael Orlando Torres
conocido por Rafael Orlando Torres Hernández, y Patricia del Carmen
Torres de Reyes conocida por Patricia del Carmen Torres Hernández,
como hijos del causante antes mencionado, de conformidad con lo es-
tablecido en los Arts. 988 No. 1° del Código Civil.
En consecuencia, se le confi rió a la aceptante, en el carácter dicho,
la administración y representación interina de los bienes de la indicada
sucesión, con las facultades y restricciones de los curadores de la herencia
yacente.
Librado en el Juzgado de lo Civil de Santa Rosa de Lima, depar-
tamento de La Unión, a los veintiocho días del mes de febrero del año
dos mil ocho.- LIC. ANGEL ALBINO ALVARENGA, JUEZ DE LO CI-
VIL.- LICDA. MARINA CONCEPCION MARTINEZ DE MARTINEZ,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. C018401-3
JULIO ALONSO SOLORZANO SALAZAR, NOTARIO, con
oficina en Tercera Calle Poniente, Residencial Villas La Arboleda,
Número uno - A, Apopa,
HACE SABER: Que en las diligencias de Aceptación de Heren-
cia de los bienes dejados por el señor JORGE ALBERTO ZAMORA
LANDAVERDE conocido por JORGE ALBERTO ZAMORA, se ha
dictado la resolución que dice: “””OFICINA DE NOTARIADO: Apopa,
a las ocho horas treinta minutos del día cinco de Marzo del año dos mil
ocho.- Agréguese el informe proporcionado por la Corte Suprema de
Justicia.- Tiénese por aceptada expresamente y con benefi cio de Inven-
tario, la herencia intestada que a su defunción dejó el señor JORGE
ALBERTO ZAMORA LANDAVERDE conocido por JORGE ALBER-
TO ZAMORA, quien falleció en el Hospital Nacional Rosales, de la
Ciudad de San Salvador, el día veintisiete de mayo del año dos mil tres,
siendo su último domicilio la Ciudad de Guazapa, departamento de San
Salvador, de parte de la señora ROSA AMALIA MEJIA PREZA, en su
carácter de Cesionaria de los derechos de herencia, que le correspondía
a sus hijos JANIRA ELIZABETH, MAYNOR EDGARDO y SERGIO
ALBERTO, todos de apellido ZAMORA MEJIA, hijos legítimos del
causante mencionado, a quien se le confi ere la administración y repre-
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sentación interina de dicha sucesión, con las facultades y restricciones
de los Curadores de la Herencia yacente.- Cítanse a los que se crean con
derecho a la herencia referida, para que se presenten a deducirlo dentro
de los quince días subsiguientes a la publicación del edicto respectivo.-
Publíquense los edictos de Ley.
Librado en la ciudad de Apopa, a los cinco días del mes de Marzo
del año dos mil ocho.
JULIO ALONSO SOLORZANO SALAZAR,
NOTARIO.
3 v. alt. No. F000720-3
JOSE HERNAN PALACIOS LIMA, JUEZ DE LO CIVIL DEL DIS-
TRITO JUDICIAL DE METAPAN.
HACE SABER: Que por resolución proveída por este Juzgado a
las nueve horas con treinta y cinco minutos del día cinco de marzo del
dos mil ocho; se ha tenido por aceptada expresamente con benefi cio de
inventario la herencia intestada dejada por la causante MARIA CRUZ
ORELLANA VIUDA DE JIMENEZ o CRUZ ORELLANA, quien fue
de ochenta y cuatro años de edad, ofi cios domésticos, fallecida el día
veintiséis de julio del dos mil cinco, siendo Metapán su último domicilio;
por parte de los señores JOSE LUIS JIMENEZ ORELLANA conocido
por JOSE LUIS GRANDE; y JUAN ALIRIO JIMENEZ ORELLANA
conocido por JUAN ALIRIO JIMENEZ, en concepto de hijos de la
referida causante.
En consecuencia, se les ha conferido a dichos aceptantes la admi-
nistración y representación INTERINA de la sucesión, con las faculta-
des y restricciones que la Ley confi ere a los curadores de la herencia
yacente.
Se citan a las personas que se crean con derecho a la herencia para
que se presenten a este Juzgado a deducirlo en el término de quince días
contados desde el siguiente a la tercera publicación de este edicto.
Librado en el Juzgado de lo Civil: Metapán, a las ocho horas con
cincuenta minutos del día diez de marzo del dos mil ocho. Lic. JOSE
HERNAN PALACIOS LIMA, JUEZ DE LO CIVIL. Licda. MARIA
LETICIA FIGUEROA FIGUEROA, SECRETARIO.
3 v. alt. No. F000769-3
EL INFRASCRITO JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA DE ESTE
DISTRITO:
CERTIFICA: De las diligencias de aceptación de herencia del cau-
sante Cruz González Nerio, se encuentra el auto que literalmente DICE:
“““Juzgado de Primera Instancia: Metapán, a las nueve horas del día
veintisiete de septiembre de mil novecientos ochenta y nueve.-Tiénese por
aceptada expresamente con benefi cio de inventario la herencia intestada
que a su defunción dejó el señor Cruz González Nerio, quien fue de
sesenta y nueve años de edad, empleado, de este domicilio, falleció en
la ciudad de Santa Ana, el día treinta de septiembre de mil novecientos
ochenta y ocho siendo esta ciudad su último domicilio; de parte de Enma
Lidia Lizama de González, en su carácter de cónyuge sobreviviente y
como representante de su menor hija legítima del causante Cida Idalia
González Lizama; a quienes en el carácter indicado se les confi ere la
administración y representación interina de dicha sucesión.-Luis Cal-
derón.-Ante mí: R. Sánchez, Srio. Rubricadas.”
Es conforme con su original con el cual se confrontó en el Juzgado
de Primera Instancia: Metapán, a las doce horas del día veintiocho de
septiembre de mil novecientos ochenta y nueve.- Lic. LUIS ALCIDES
CALDERON MORAN, JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA. ANGEL
ROLANDO SANCHEZ MIRANDA, SECRETARIO.”
3 v. alt. No. F000771-3
EL INFRASCRITO JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA DE
SUCHITOTO. AL PUBLICO PARA LOS EFECTOS DE LEY,
HACE SABER: Que según resolución pronunciada por este Tri-
bunal a las diez horas y cinco minutos de esta misma fecha, del presente
mes y del corriente año, se ha tenido por aceptada expresamente y con
benefi cio de inventario la herencia intestada que a su defunción dejara
el señor NEFTALI CERRITOS, quien falleció a las siete horas del día
diecisiete de mayo de mil novecientos ochenta, en el Cantón Delicias de
esta Jurisdicción; siendo éste su último domicilio; de parte de la señora
CARMEN ANTONIA MENJIVAR MONGE, quien actúa en su calidad
de Cesionaria de los Derechos Hereditarios que en dicha sucesión y
en abstracto le pudieron corresponder al señor Oscar Omar Menjívar
Cerritos, este en su concepto de hijo de dicho causante.
Se le ha conferido a la aceptante la administración y representación
interina de los bienes sucesorales con las facultades y restricciones de
los curadores de la herencia yacente, se citan a todas las personas que se
crean con derecho a la herencia antes mencionada para que se presenten
a este tribunal a deducirlo en el término de quince días contados desde
el siguiente a la tercera publicación del presente edicto.
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152 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 379
Librado en el Juzgado de Primera Instancia: Suchitoto, a las diez
horas y diez minutos del día veinte de febrero del dos mil ocho. Lic.
OSWALDO DAGOBERTO ARGUETA FUNES, JUEZ DE PRIMERA
INSTANCIA. Licda. JUANA DE JESUS FIGUEROA COCA, SECRE-
TARIA.
3 v. alt. No. F000802-3
JOSE MARIA ESTRADA ALVAREZ, JUEZ SEGUNDO DE LO CIVIL
DE ESTE MUNICIPIO.
HACE SABER: Al público para efectos de ley, que por resolución
de este Juzgado de las nueve horas del día cinco del dos mil ocho. SE
HA TENIDO POR ACEPTADA expresamente y con benefi cio de inven-
tario de parte de los señores: ALFREDO LOPEZ PADILLA, conocido
por ALFREDO LOPEZ, MARIA ELENA VENTURA DE LOPEZ,
conocida por MARIA ELENA VENTURA Y MARIA ELENA VEN-
TURA ALVARADO, JORGE ALFREDO LOPEZ LEIVA, ROSARIO
CISNEROS y las menores JENIFFER CAROLINA y JHOSSELINE
ESMERALDA, ambas de apellido LOPEZ CISNEROS, aceptación que
hacen estas tres últimas por medio del Curador especial arriba nombrado,
la herencia intestada que a su defunción dejó el causante señor JORGE
ALBERTO ABELINO LOPEZ VENTURA, conocido por JORGE AL-
BERTO LO PEZ VENTURA y por JORGE ALBERTO LOPEZ, quien
falleció en la ciudad de California de los Estados Unidos de América,
siendo esta ciudad lugar de su último domicilio, el día tres de marzo del
dos mil seis, aceptación que hacen las personas antes mencionadas, los
dos primeros en sus calidades de padres del causante, la cuarta persona
en su calidad de cónyuge, y el tercero y las dos menores en su calidad
de hijos del causante mencionado. Y SE LES HA CONFERIDO A LOS
ACEPTANTES la administración y representación interinas de la suce-
sión, con las facultades y restricciones de los Curadores de la Herencia
Yacente.
Por lo anterior se cita a los que se crean con derecho a la herencia
para que se presenten a este Tribunal a deducirlo en el término de quince
días contados desde el siguiente a la tercera publicación del presente
edicto.
LIBRADO EN EL JUZGADO SEGUNDO DE LO CIVIL: SAN
SALVADOR, a las catorce horas del día seis de marzo del dos mil ocho.
Lic. JOSE MARIA ESTRADA ALVAREZ, JUEZ SEGUNDO DE LO
CIVIL. Lic. TATIANA VILMA MERCEDES CACERES DE ALAS,
SECRETARIA.
3 v. alt. No. F000822-3
LIC. MARIA ELENA LOVO ANGEL DE AVALOS, JUEZ DE PRIME-
RA INSTANCIA INTERINA DE ESTE DISTRITO JUDICIAL,
HACE SABER: Que por resolución de las diez horas con quince
minutos del día cuatro de Marzo del presente año, dictada por este Juzgado
se ha tenido por aceptada expresamente y con benefi cio de inventario, la
herencia intestada que a su defunción dejó el señor PEDRO MARTINEZ
CASTRO, quien falleció el día once de Febrero de mil novecientos no-
venta y cinco, en el Caserío El Chuptal de esta jurisdicción, siento éste
su último domicilio, de parte de la señora ROSALIA CARTAGENA DE
MARTINEZ, en su calidad de Cónyuge sobreviviente del causante.
Se confi ere a la heredera declarada la administración y represen-
tación Interina de la sucesión, con las facultades y restricciones de los
Curadores de la Herencia Yacente.
Lo que se pone del conocimiento del público, para los efectos de
ley.
Librado en el Juzgado de Primera Instancia de Chalatenango, a
las diez horas con treinta minutos del día cuatro de Marzo del dos mil
ocho. Lic. MARIA ELENA LOVO ANGEL DE AVALOS, JUEZ DE
PRIMERA INSTANCIA INTA. Lic. DANIEL ERNESTO LOPEZ
DURAN, SECRETARIO.
3 v. alt. No. F000833-3
LICENCIADA AMADA LIBERTAD INFANTOZZI FLORES, JUEZA
DE LO CIVIL DE ESTE DISTRITO JUDICIAL.
HACE SABER: Que por resolución dictada en este tribunal a las
catorce horas del día siete de Febrero de dos mil ocho, se ha tenido por
aceptada expresamente y con benefi cio de inventario la herencia intestada
dejada a su defunción por el señor FIDEL ANGEL QUINTANILLA o
FIDEL ANGEL QUINTANILLA CRUZ, quien fue de sesenta y dos
años de edad, casado, jornalero, fallecido el día dieciséis de Junio de
dos mil siete, en la Ciudad de Aguilares, siendo ésta su último domicilio,
de parte de la señora MARIA LUCIA LOPEZ DE QUINTANILLA,
en concepto de Cónyuge sobreviviente del causante, a quien se le ha
conferido la administración y representación interina de la sucesión con
las facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente.
Lo que se hace saber al público en general para los efectos de
Ley
Librado en el Juzgado de lo Civil de Quezaltepeque, a las catorce
horas y veinte minutos del día siete de Febrero de dos mil ocho.-En-
mendado-la-Vale. Licda. AMADA LIBERTAD INFANTOZZI FLORES,
JUEZA DE LO CIVIL. Lic. JOSE ELEAZAR CARDONA GUEVARA,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. F000835-3
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153DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 1 de Abril de 2008.
OSCAR NEFTALI ESCOLERO, JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA
DEL DISTRITO JUDICIAL DE JUCUAPA.-
HACE SABER: Que por resolución proveída en este Juzgado, a
las catorce horas y cincuenta minutos del día veintinueve de febrero del
presente año, se ha tenido por aceptada expresamente y con benefi cio
de inventario de la herencia intestada que a su defunción dejó el señor
MIGUEL ANGEL CASTELLON, quien fue de ochenta y nueve años
de edad, Jornalero, soltero, de nacionalidad salvadoreña, originario y
del domicilio de Jucuapa, Departamento de Usulután, hijo de Salva-
dor Castellón y Casimira Santos, ambos ya fallecidos; falleció aquel
a las ocho horas del día nueve de Mayo de mil novecientos noventa y
siete, siendo su último domicilio Cantón Llano Grande jurisdicción de
Jucuapa, Departamento de Usulután; de parte de JOSE RAMON RAMOS
CASTELLON, en concepto de hijo del Causante.
Confi érase a la heredera declarada en el carácter indicado la Admi-
nistración y Representación Interina de la Sucesión, con las facultades
y restricciones de los curadores de la Herencia Yacente.- Y CITA: a los
que se crean con derecho a la herencia referida, para que se presenten a
deducirlo dentro del término de quince días a partir del siguiente al de
la tercera publicación del presente edicto.
Lo que se pone en conocimiento del público, para los efectos de
Ley.
Librado en el Juzgado de Primera Instancia: Jucuapa, a las ocho
horas y treinta minutos del día tres de marzo de dos mil ocho. Lic.
OSCAR NEFTALI ESCOLERO, JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA.
Lic. RODOLFO ANTONIO CASTRO, SECRETARIO.
3 v. alt. No. F001009-3
EL INFRASCRITO JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA DEL DISTRITO
JUDICIAL DE IZALCO.
HACE SABER: Que por resolución proveída a las diez horas
de este día, se ha tenido por aceptada expresamente y con benefi cio de
inventario la herencia Intestada que a su defunción dejó el causante JOSE
NICOLAS GARCIA conocido por NICOLAS GARCIA, quien falleció
el día veintiuno de junio de mil novecientos noventa y dos, a la edad de
ochenta y siete años siendo su último domicilio la ciudad de San Julián;
por el señor NICOLAS GONZALEZ GARCIA en su calidad de hijo
sobreviviente del causante y como cesionario de los derechos hereditarios
que le correspondían a los señores FELIX GONZALO GONZALEZ,
JOSE DANIEL GONZALEZ, HUMBERTO GONZALEZ GARCIA y
MANUEL DE JESUS GONZALEZ GARCIA, éstos también en calidad
de hijos sobrevivientes del referido causante. Confi éresele al aceptante en
el concepto antes expresado, la Administración y Representación Interina
de la Sucesión, con las facultades y restricciones de los curadores de la
herencia yacente.
Lo que hace saber al público, para efectos de Ley.
Librado en el Juzgado de Primera Instancia de Izalco, Departamento
de Sonsonate, a los veintiocho días del mes de febrero del año dos mil
ocho. Lic. ROBERTO RICARDO RIVAS LIMA, JUEZ DE PRIMERA
INSTANCIA. Lic. SARA ALBERTINA VILLEDA SANCHEZ, SE-
CRETARIO.
3 v. alt. No. F001016-3
EL INFRASCRITO JUEZ SEGUNDO DE LO CIVIL DE ESTE
MUNICIPIO.
HACE SABER: Al público para efectos de ley, que por resolución
de este Juzgado de las nueve horas del día veintiséis de febrero de dos
mil ocho, se ha tenido por aceptada expresamente y con benefi cio de
inventario de parte de la señora JANY ESPERANZA PORTILLO VÁZ-
QUEZ, la herencia intestada que a su defunción dejó la causante Señora
DELFINA VÁSQUEZ VIUDA DE PORTILLO conocida por DELFINA
VASQUEZ GONZÁLEZ y DELFINA VÁSQUEZ, quien falleció en
esta ciudad, lugar de su último domicilio, el día ocho de diciembre de
mil novecientos noventa y cuatro, aceptación que hace la persona antes
mencionada en su calidad de Hija del referido causante. Y SE LE HA
CONFERIDO a la aceptante la administración y representación interina
de la sucesión con las facultades y restricciones de los curadores de la
herencia yacente.
Por lo anterior se cita a los que se crean con derecho a la herencia,
para que se presenten a este tribunal a deducirlo en el término de quince
días contados a partir desde el siguiente a la tercera publicación del
presente edicto.
LIBRADO EN EL JUZGADO SEGUNDO DE LO CIVIL: San
Salvador, a las once horas del día veintisiete de febrero de dos mil ocho.
Lic. JOSE MARIA ESTRADA ALVAREZ, JUEZ SEGUNDO DE LO
CIVIL. Lic. TATIANA VILMA MERCEDES CACERES DE ALAS,
SECRETARIA.
3 v. alt. No. F001060-3
MARIO AGUILAR MOLINA, JUEZ PRIMERO DE LO CIVIL DE
SAN SALVADOR, AL PÚBLICO EN GENERAL PARA LOS EFEC-
TOS DE LEY.
HACE SABER: Que por resolución de este Juzado de las catorce
horas del día veintiuno de febrero del año dos mil ocho, se ha tenido
por aceptada expresamente y con benefi cio de inventario la herencia
testamentaria, que a su defunción ocurrida en esta ciudad, su último
domicilio, a las diecisiete horas y treinta minutos del día 24/06/06, dejó
la señora REINA GUADALUPE ESCOBAR DE FIGUEROA, conocida
por REINA GUADALUPE ESCOBAR ALAS, REINA GUADALUPE
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154 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 379
ESCOBAR, REINA GUADALUPE ESCOBAR HOY DE FIGUEROA, y
por REINA ESCOBAR DE FIGUEROA, de parte de los señores ARIEL
ALFONSO y FRANCISCO JAVIER, ambos de apellidos FIGUEROA
ESCOBAR, en su concepto de herederos testamentarios, en la cual se les
ha conferido a los aceptantes la administración y representación interina
de la sucesión con las facultades y restricciones de los curadores de la
Herencia yacente.
Librado en el Juzgado Primero de lo Civil: San Salvador, a las
nueve horas y treinta y cinco minutos del día veintiséis de febrero del
año dos mil ocho. MARIO AGUILAR MOLINA, JUEZ PRIMERO DE
LO CIVIL. Licda. CONCEPCION PALMA CRUZ, SECRETARIA.
3 v. alt. No. F001064-3
DR. JUAN RAMON MONTOYA, JUEZ PRIMERO DE LO CIVIL DE
ESTE DISTRITO JUDICIAL DE SAN MIGUEL.
HACE SABER: Que por resolución de las ocho horas y veinte
minutos del día de hoy; se ha tenido por Aceptada con benefi cio de In-
ventario la Herencia Intestada que a su defunción dejó el señor ELMER
ORLANDO GUEVARA MARTINEZ, quien falleció a las cinco horas
y treinta minutos del día diecisiete de abril de mil novecientos noventa
y uno, en la Colonia San Carlos de esta ciudad; siendo la ciudad de San
Miguel, el lugar de su último Domicilio; de parte de la señora ROSA
MARTINEZ viuda de GUEVARA conocida por ROSA CANDIDA
MARTINEZ viuda DE GUEVARA y por ROSA MARTINEZ, de se-
tenta y un años de edad, de ofi cios domésticos, de este domicilio, con
Documento Unico de Identidad Número: Cero dos millones sesenta y dos
mil seiscientos siete guión cero; en concepto de madre del causante.
Confi érese a la aceptante en el carácter indicado la administración
y Representación INTERINA de la sucesión, con las facultades y res-
tricciones de los Curadores de la Herencia Yacente.
Lo que se pone en conocimiento del público para efectos de ley.
Librado en el Juzgado Primero de lo Civil: San Miguel, a las ocho
horas y treinta minutos del día ocho de noviembre de dos mil siete. Dr.
JUAN RAMON MONTOYA, JUEZ PRIMERO DE LO CIVIL. Lic.
JOSE ERNESTO ROMERO FUENTES, SECRETARIO.
3 v. alt. No. F001078-3
BENJAMIN PLEITES MAZZINI, Notario, al público.
HACE SABER: Para efectos de ley, que por resolución pronuncia-
da en mi ofi cina Notarial, en la ciudad de San Salvador, a las dieciséis
horas del día doce de marzo de dos mil ocho se ha tenido por aceptada
expresamente, con Benefi cio de Inventario, la Herencia Testamentaria
que a su defunción ocurrida en esta ciudad, su último domicilio, a las
trece horas y diecisiete minutos del día treinta de abril de mil novecientos
noventa y tres, dejó el señor Doctor REYES FRANCISCO ARRIETA
GALLEGOS, conocido por FRANCISCO ARRIETA GALLEGOS,
de parte de los señores: Arquitecto JOSE MAURICIO SALVADOR
ARRIETA GALVEZ, conocido por JOSE MAURICIO ARRIETA
GALVEZ y por MAURICIO ARRIETA GALVEZ, Licenciado JOSE
VALENTIN ARRIETA GALVEZ, y Licenciado JAIME EDUARDO
ARRIETA GALVEZ, conocido por JAIME ARRIETA GALVEZ, por
Derecho de Transmisión de su madre, Doña MARIA ANTONIA GALVEZ
DE ARRIETA, quien es heredera testamentaria del causante, y se ha
conferido a los aceptantes la Administración y Representación Interinas
de la Sucesión, con las facultades y restricciones de los curadores de la
herencia yacente.
Librado en mi ofi cina Notarial situada en Noventa y Nueve Avenida
Norte Número Dos y Séptima Calle Poniente Bis, de la Colonia Escalón,
de esta ciudad.
San Salvador, doce de marzo de dos mil ocho.
BENJAMIN PLEITES MAZZINI,
NOTARIO.
3 v. alt. No. F001088-3
EL INFRASCRITO JUEZ, al público para los efectos de ley,
HACE SABER: Que por resolución de las once horas de este día,
se ha tenido por aceptada, expresamente y con benefi cio de inventario,
la herencia intestada que dejó la señora MARIA GRACIELA LOZA-
NO, conocida por GRACIELA LOZANO, al fallecer el día cuatro de
septiembre del año mil novecientos noventa y cinco, en el Barrio Analco
de la ciudad de Santa Elena, Departamento de Usulután, lugar que tuvo
como último domicilio, de parte de los señores: SERGIO HUMBERTO
LOZANO y RICARDO ANTONIO LOZANO, en calidad de hijos de la
causante; confi riéndoseles la administración y representación interina
de la sucesión, con las facultades y restricciones de los curadores de la
herencia yacente.
Se cita a los que se crean con derecho a la herencia para que se
presenten a deducirlo en el término de quince días después de la tercera
publicación de este edicto.
Librado en el Juzgado de lo Civil: Usulután, a los diez días del
mes de marzo del dos mil ocho.- LIC. JOSE ANTONIO GAMEZ, JUEZ
DE LO CIVIL.- LIC. MIRNA MARISOL SIGARAN HERNANDEZ,
SECRETARIA.
3 v. c. No. F001474-3
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155DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 1 de Abril de 2008.
TITULO DE PROPIEDAD
EL INSFRANSCRITO ALCALDE MUNICIPAL:
HACE SABER: Que a esta Alcaldía se ha presentado el Licenciado:
JOSE ANGEL GOMEZ GUILLEN, en su carácter de Apoderado General
Judicial de la señora: MARIA MARTA MÉNDEZ DE LOZANO, soli-
citando se le extienda TITULO DE PROPIEDAD, a su mandante de un
Inmueble antes de Naturaleza Rústico, hoy Urbano, situado en el Barrio
San Sebastián, de la Ciudad de Ilobasco, Departamento de Cabañas, de la
Extensión Superfi cial de CIENTO SETENTA METROS CUADRADOS
marcado como parte integrante del lote número ONCE, del Inmueble
general, o sea de la Lotifi cación María Isabel, de las medidas y linderos
siguientes: AL ORIENTE: ocho metros cincuenta centímetros, linda con
solar de Salvador Orellana, antes resto del terreno general divide la pro-
longación de la Primera Avenida Norte; AL NORTE: en dieciséis metros
con solar de María Torres viuda de Rosales, antes Inmueble general, en
campo libre; AL PONIENTE: en ocho metros cincuenta centímetros,
con resto de Inmueble general y queda en proindivisión, de los otros
tres comparecientes, en campo libre; AL SUR: con resto de inmueble
general y que queda en proindivisión de los otros tres comparecientes
en dieciséis metros sin los accesorios ni cultivos permanentes.
El terreno antes descrito lo adquirió la señora MARIA MARTA
MENDEZ DE LOZANO, por compra que le hiciera al señor: NEFTALI
MARCELINO PEÑA, el día nueve de enero del año dos mil seis; y éste
lo obtuvo por compra que le hiciera al señor: JOSE OSCAR RIVAS
CASTELLANOS, quien poseía dicho inmueble desde el año de mil
novecientos noventa y cuatro; por lo que datan desde hace más de diez
años consecutivos, de poseerlo en forma quieta, pacífi ca e ininterrumpida
de ninguna persona y su mandante señora MARIA MARTA MENDEZ
DE LOZANO lo valora en la cantidad de: VEINTICUATRO MIL DOLA-
RES EXACTOS DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA.- No es
sirviente ni dominante, no tiene cargas ni derechos reales que pertenecen
a ninguna otra persona.
Lo que hace del conocimiento del público para los efectos de
Ley.
Alcaldía Municipal de Ilobasco, Departamento de Cabañas, a
los tres días del mes de Diciembre del dos mil siete. JOSE MARIA
DIMAS CASTELLANOS, ALCALDE MUNICIPAL. MANUEL DE
JESUS ZETINO, SECRETARIO MUNICIPAL.
3 v. alt. No. C018398-3
EL INFRASCRITO ALCALDE MUNICIPAL DE ESTA CIUDAD.
HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado el Licenciado
OSCAR FERNANDO MENDOZA VIERA, mayor de edad, Abogado
del domicilio de San Alejo, actuando en concepto de Apoderado General
Judicial con Cláusula Especial de las señoras SILVIA ESTELA PACHECO
DE ESCALANTE, de sesenta años de edad, de ofi cios domésticos, del
domicilio de Mejicanos, Departamento de San Salvador, con Documento
Unico de Identidad número cero cero quinientos ochenta y cinco mil sete-
cientos treinta y siete guión uno, con Número de Identifi cación Tributaria
mil cuatrocientos catorce - cero diez mil quinientos cuarenta y siete -
ciento uno - seis, y MARIA GUADALUPE PACHECO DE PEREZ, de
cincuenta y cinco años de edad, ama de casa, del domicilio de Ciudad
Arce, Departamento de La Libertad, con Documento Unico de Identidad
número cero cero cero cuarenta y tres mil novecientos cincuenta y cinco
guión cero, con Número de Identifi cación Tributaria mil cuatrocientos
catorce - ciento treinta y un mil doscientos cincuenta y uno - ciento dos
- cuatro. Viene a solicitar TITULO DE PROPIEDAD Y DOMINIO, de
un solar y casa, de Naturaleza Urbana, situado en el Barrio La Cruz,
de la Ciudad de San Alejo, distrito y departamento de La Unión, de la
capacidad superfi cial de OCHOCIENTOS NUEVE METROS, ONCE
DECIMETROS, CINCUENTA CENTIMETROS CUADRADOS, de las
medidas y linderos siguientes: AL NORTE: mide treinta y seis metros,
en línea curva, colinda en parte con Mercedes Gómez Rosales y en otra
parte con María Eloisa Pacheco, cerco de alambre propio de por medio;
AL SUR: veintiocho metros, sesenta centímetros, linda con terreno de
Roque Marquina Molina, callejón de por medio; AL ORIENTE: mide
diecisiete metros con ochenta centímetros, colinda con Ester Marquina
Molina, cerco de alambre propio de por medio; AL PONIENTE: mide
treinta y dos metros, treinta centímetros, colinda con Rosalí Flores; dentro
del predio se encuentra una construcción de sistema mixto. El inmueble
antes descrito no es dominante, ni sirviente, no tiene cargas, ni derechos
reales, ni está en proindivisión con nadie, y lo adquirió por Compraventa
Informal que se le hizo al señor José Antonio Pacheco Pacheco, en el mes
de julio de mil novecientos noventa y cinco; quien estuvo en posesión por
más de diez años. Y uniendo las dos posesiones que ha ejercido desde la
fecha relacionada anteriormente, suman más de diez años de posesión,
la cual ha sido de manera quieta, pacífi ca, pública y sin interrupción.
Lo evalúa en la cantidad de DOS MIL QUINIENTOS DOLARES DE
LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA. Los colindantes son de este
domicilio.
Por lo que se avisa al público, para los efectos de ley correspon-
diente.
Alcaldía Municipal de San Alejo, a los diez días del mes de marzo
del año dos mil ocho. ANDRES ALONSO GOMEZ VIGIL, ALCALDE
MUNICIPAL. WILLIAM ERNESTO MURILLO MAJANO, SECRE-
TARIO MUNICIPAL.
3 v. alt. No. C018402-3
EL INFRASCRITO ALCALDE MUNICIPAL DE SANTA ROSA
GUACHIPILIN.
HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado el señor JOSE
ANTONIO CISNEROS CASTRO, de cuarenta y siete años de edad,
agricultor y de este domicilio, solicitando para sí TITULO DE PRO-
PIEDAD, de un solar URBANO, situado en Barrio El Centro de esta
población, de una extensión Superfi cial de: TRESCIENTOS VEINTE
PUNTO CERO DOS METROS CUADRADOS; siendo las dimensiones
y linderos siguientes: AL NORTE: catorce punto doce metros lindando
con Nelson Cisneros; AL PONIENTE: diecisiete punto sesenta y seis
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156 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 379
metros lindando con José Rivas Jerez; AL ORIENTE: en cuatro tramos,
el primero de dieciséis punto noventa y siete metros, el segundo de ocho
punto noventa metros, el tercero de seis punto cincuenta y cinco metros
y el cuarto de tres punto veintiséis metros lindando con Dimas Ever
Mancía Valle; AL SUR: en dos tramos, el primero de veinte punto cero
un metros, el segundo de seis punto ochenta y siete metros lindando con
Luis Marín y con Herminio Aguilar Valle, con el segundo calle a Nueva
Concepción de por medio.- El inmueble descrito no es dominante ni
sirviente y no se encuentra en proindivisión con nadie. El inmueble lo
obtuve por compra que le hice al señor Santos Marín Castro, ya falle-
cido, quien no me otorgó ningún documento en legal forma.- Todos los
Colindantes son de este domicilio. El inmueble descrito no es dominante
ni sirviente, no tiene ninguna carga ni derecho real que pertenezca a otra
persona o que deba respetarse y no se encuentra en proindivisión con
nadie.- Dicho inmueble de que se trata carece de Título de la Propiedad
Raíz de este departamento. El inmueble que trato de Titular lo valúo
en la cantidad de TRES MIL DOLARES, que por carecer de título de
propiedad del inmueble descrito, los colindantes residen en el lugar del
inmueble, donde pueden ser citados por carecer de Título Inscrito.
Alcaldía Municipal, Santa Rosa Guachipilín, quince de febrero de
dos mil ocho. REYES ALBINO UMAÑA CALDERON, ALCALDE
MUNICIPAL. ELBA SUSANA GARCIA DE URRUTIA, SECRETARIA
MUNICIPAL.
3 v. alt. No. C018414-3
EL INFRASCRITO ALCALDE MUNICIPAL.
HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado la señora:
ANA JULIA POLIO IGLESIAS, de cuarenta y cuatro años de edad,
Profesora de este domicilio, con Documento Único de Identidad Nú-
mero cero ciento sesenta y ocho mil ochenta y nueve guión cinco, y
Número de Identifi cación Tributaria un mil doscientos dieciocho guión
ciento treinta mil ciento sesenta y cuatro guión ciento uno guión cero,
solicitando a su favor Título de propiedad de un solar de naturaleza
URBANA, situado en el Barrio San Benito de esta Ciudad, Distrito de
Chinameca, Departamento de San Miguel, de la capacidad de DOS MIL
DOSCIENTOS VEINTIOCHO METROS CON CINCUENTA Y NUE-
VE CENTIMETROS CUADRADOS (2,228.59 M2 ), de las medidas y
colindancias siguientes; NORTE: Cincuenta y un metros, con José Ciro
Calderón, calle de por medio; SUR: Cincuenta y un metros con setenta
centímetros, con Aminta Villegas de Amaya; PONIENTE: Cuarenta y
tres metros, con Samuel Villegas; y al ORIENTE: Cuarenta y tres me-
tros con ochenta centímetros con Juan Agustín Calderón, calle de por
medio. No es dominante ni sirviente, no tiene carga real o derecho que
pertenezca a otra persona, ni se encuentra en proindivisión con nadie, lo
hubo por compra que hizo a la señora ANA JULIA IGLESIAS VIUDA
DE POLIO en el mes de enero de mil novecientos noventa y tres, quien
ha mantenido la posesión material juntamente con su antecesor en forma
quieta, pacífi ca y sin interrupción por más de quince años consecutivos
y lo estima en la cantidad de DOS MIL QUINIENTOS DOLARES DE
LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA.
Lo que se hace saber para efectos de Ley.
Alcaldía Municipal de la Ciudad de San Rafael Oriente, a los
doce días del mes de marzo del año dos mil ocho.ISRAEL APARICIO,
ALCALDE MUNICIPAL. JOSE OFILIO ASCENCIO AVILES, SE-
CRETARIO MUNICIPAL.
3 v. alt. No. F000827-3
EL INFRASCRITO ALCALDE MUNICIPAL DE LA VILLA DE SAN
PEDRO PUXTLA.
AVISA: Que a esta Alcaldía se ha presentado el Licenciado Fran-
cisco Fernando Morán Peña, mayor de edad, Abogado y Notario, del
domicilio de Chalchuapa, con Documento Único de Identidad Número
cero dos millones trescientos seis mil cuatrocientos uno - cinco, actuando
en calidad de Apoderado General Administrativo con cláusula especial
de la señora CRISTINA GONZALEZ DE VASQUEZ, quien es de se-
senta y dos años de edad, de ofi cios domésticos de este domicilio, con
Documento Único de Identidad número cero tres millones doscientos
dieciocho mil cuarenta y cinco - cuatro, con Número de Identifi cación
Tributaria cero ciento diez - cien mil cuatrocientos cuarenta y cinco
- ciento uno - cero. Solicitando a su favor TITULO DE PROPIEDAD,
de una porción de terreno de naturaleza Urbano, situado en el Barrio
El Amel de esta Villa. Lo hubo por POSESIÓN MATERIAL, quieta,
pacífi ca y sin interrupción alguna desde hace más de treinta y tres años
continuos, inmueble que tiene las medidas y colindancias siguientes: AL
NORTE: Dos tramos rectos, el primero de 15.13 metros y el segundo de
13.15 metros, colindando por este rumbo con inmuebles de Rigoberto
Lemus Ruiz, y Rafael Lemus Canizalez quebrada de por medio; AL SUR:
Dos tramos el primero de 22.58 metros y el segundo de 16.59 metros,
colindando por este lado con propiedad de Ricardo Alfonso Ríos Robredo
y María Eugenia Ríos Lara; AL ORIENTE. Tres tramos, el primero de
8.70 metros, el segundo de 11.90 metros y el tercero de 5.42 metros
colindando por este rumbo con propiedad de Rigoberto Lemus Ruiz.
Y AL PONIENTE: Dos tramos el primero de 5.22 metros y el segundo
de 5.97 metros, colindando por este rumbo con propiedad de Francisco
Antonio Cruz Rodríguez y Cándida Rosa Pineda de Escobar; siendo
todos los colindantes de este domicilio, el inmueble descrito tiene una
extensión superfi cial de SEISCIENTOS CINCUENTA Y OCHO PUNTO
CATORCE METROS CUADRADOS, y dicho inmueble no es dominante
ni sirviente, ni se encuentra en proindivisión, sobre el mismo no existen
derechos reales constituido que respetar, y tiene un valor estimado de
TRES MIL DOLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA,
PUBLIQUESE para efecto de Ley.
Alcaldía Municipal de la Villa de San Pedro Puxtla, a los veinticinco
días del mes de febrero de dos mil ocho. Enmendado: -VASQUEZ-
Vale.- RAMIRO EDGARDO CIENFUEGOS SANTOS, ALCALDE
MUNICIPAL. ANDRES ALVARADO, SECRETARIO MUNICIPAL.
3 v. alt. No. F000868-3
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157DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 1 de Abril de 2008.
TITULO SUPLETORIO
JOSÉ MANUEL CHÁVEZ LÓPEZ, Juez de Primera Instancia de este Distrito Judicial,
HACE SABER: Que a este Juzgado se ha presentado la Licenciada ELIDA ARELY MEJIA ALVARADO, mayor de edad, Abogado, de este domicilio, con carné de Abogado número once mil novecientos ochenta y dos; solicitando TÍTULO SUPLETORIO a favor del señor TELESFORO PORFIRIO CARPIO AGUILAR, de un inmueble de naturaleza rústica, situado en el cantón San José, jurisdicción de Ilobasco, departamento de Cabañas, de la extensión superfi cial de MIL SETENTA Y OCHO METROS CUADRADOS, de las medidas y linderos siguientes: AL ORIENTE: con terreno de Alirio García antes, hoy de Sergio Guzmán, dividido por cerco de piña, comenzando en un jiote en línea curva a un pitarrillo, de este a un jiote en donde se llega a una boca de barranco en forma curva a un árbol de caulote esquinero, AL SUR con terreno de Alirio García y José Leandro Escobar antes, hoy sólo de Lisandro Rodolfo Rodríguez Escobar, lo divide un zanjo y cerco de alambre y piña propio del colindante; AL PONIENTE: con terreno de José Leandro Escobar, hoy de María Orbelina García Miranda, en una parte, y en el resto con Oscar Gálvez, cerco de piña y alambre del colindante de por medio; y AL NORTE: con terreno de María Rodríguez antes, hoy de Gilberto Rodríguez, cerco de piña propio del terreno que se describe, dividido por la calle que de Tejutepeque conduce a San Rafael Cedros, hasta llegar al jiote donde comenzó; El inmueble citado no es terreno sirviente ni dominante, y no está en proindivisión alguna; tiene como accesorios construida una casa paredes de adobe y techo de tejas de seis metros de largo por seis de ancho, con un corredor de tejas de cuatro metros y medio, con servicios de luz eléctrica y agua potable, y lo valúa el titulante en la cantidad de QUINCE MIL DOLARES DE LOS ES-TADOS UNIDOS DE AMERICA.
Lo hubo por compra hecha a la señora MARIA CATALINA VILLALOBOS.
Librado en el Juzgado de Primera Instancia de Ilobasco, Cabañas, a las quince horas cuarenta minutos del día siete de marzo de dos mil ocho. LICDO. JOSE MANUEL CHAVEZ LOPEZ, JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA PROPIETARIO. LIC. ANGELA VERÓNICA GUERRA HERNANDEZ, SECRETARIA INTERINA.
3 v alt. No. C018409-3
RENOVACION DE MARCAS
No. de Expediente: 1994003814
No. de Presentación: 20080104161
CLASE: 05.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE CONSTAR: Que a esta ofi cina se ha presentado DANILO RODRIGUEZ VILLAMIL, mayor de edad, ABOGADO, del domicilio de SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA, actuando como APODERADO de GLAXO GROUP LIMITED, del domicilio de Glaxo House, Berkeley Avenue, Greenford, Middlesex UB6 ONN,
Inglaterra, de nacionalidad INGLESA, solicitando RENOVACION, para la inscripción Número 00162 del Libro 00068 de INSCRIPCION DE MARCAS, consistente en la palabra VENTIDE, en letras mayúsculas, tipo corriente; que ampara productos/servicios comprendidos en la(s) Clase 05 de la Clasifi cación Internacional de Niza.
Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de Ley.
DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distin-tivos. San Salvador, a los cinco días del mes de febrero del año dos mil ocho.
Lic. PEDRO BALMORE HENRIQUEZ RAMOS,
REGISTRADOR.
SALVADOR ANIBAL JUAREZ URQUILLA,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. F000650-3
No. de Expediente: 1997001910
No. de Presentación: 20080103344
CLASE: 30.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE CONSTAR: Que a esta ofi cina se ha presentado DANILO RODRIGUEZ VILLAMIL, mayor de edad, ABOGADO, del domicilio de SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA, actuando como APODERADO de Cadbury Adams USA LLC, del domicilio de 2711 Centerville Road Suite 400, Willmington, DE 19808, Estados Unidos de América, de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, solicitando RENOVACION, para la inscripción Número 00226 del Libro 00072 de INSCRIPCION DE MARCAS, consistente en la palabra OPTIMINTS; que ampara productos/servicios comprendidos en la(s) Clase 30 de la Clasifi cación Internacional de Niza.
Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de Ley.
DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distin-tivos. San Salvador, a los veintiuno días del mes de enero del año dos mil ocho.
Lic. PEDRO BALMORE HENRIQUEZ RAMOS,
REGISTRADOR.
SALVADOR ANIBAL JUAREZ URQUILLA,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. F000651-3
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158 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 379
No. de Expediente: 1977000596
No. de Presentación: 20080104182
CLASE: 05.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE CONSTAR: Que a esta ofi cina se ha presentado DANILO
RODRIGUEZ VILLAMIL, mayor de edad, ABOGADO, del domicilio
de SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA, actuando como
APODERADO de SMITHKLINE BEECHAM CORPORATION, del
domicilio de One Franklin Plaza, Philadelphia, Pennsylvania, Estados
Unidos de América, de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, solicitando
RENOVACION, para la inscripción Número 00074 del Libro 00074
de REGISTRO DE MARCAS, consistente en las palabras SCOTT’ S
EMULSION; que ampara productos/servicios comprendidos en la(s)
Clase 05 de la Clasifi cación Internacional de Niza.
Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de
Ley.
DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la
Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.
San Salvador, a los seis días del mes de febrero del año dos mil ocho.
HUMBERTO GUILLERMO CUESTAS MARTINEZ VARELA,
REGISTRADOR.
ANA LAURA RIVERA CASTELLANOS,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. F000653-3
No. de Expediente: 1975001828
No. de Presentación: 20080104204
CLASE: 03.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE CONSTAR: Que a esta ofi cina se ha presentado DANILO
RODRIGUEZ VILLAMIL, mayor de edad, ABOGADO, del domicilio
de SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA, actuando como
APODERADO de SMITHKLINE BEECHAM CORPORATION, del
domicilio de ONE FRANKLIN PLAZA, PHILADELPHIA, PEN-
NSYLVANIA, ESTADOS UNIDOS DE AMERICA, de nacionalidad
ESTADOUNIDENSE, solicitando RENOVACION, para la inscripción
Número 00045 del Libro 00073 de REGISTRO DE MARCAS, consis-
tente en la expresión “AQUAFRESH”; que ampara productos/servicios
comprendidos en la(s) Clase 03 de la Clasifi cación Internacional de
Niza.
Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de
Ley.
DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la
Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.
San Salvador, a los siete días del mes de febrero del año dos mil ocho.
Lic. PEDRO BALMORE HENRIQUEZ RAMOS,
REGISTRADOR.
LUCIA MARGARITA GALAN,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. F000655-3
No. de Expediente: 1997004362
No. de Presentación: 20080103346
CLASE: 30.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE CONSTAR: Que a esta ofi cina se ha presentado DANILO
RODRIGUEZ VILLAMIL, mayor de edad, ABOGADO, del domicilio
de SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA, actuando como
APODERADO de Cadbury Adams USA LLC, del domicilio de 2711 Cen-
terville Road, Suite 400 Willmington, 19808, Estados Unidos de América,
de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, solicitando RENOVACION, para
la inscripción Número 00246 del Libro 00078 de INSCRIPCION DE
MARCAS, consistente en las palabras MINI CHICLETS; que ampara
productos/servicios comprendidos en la(s) Clase 30 de la Clasifi cación
Internacional de Niza.
Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de
Ley.
DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la
Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distin-
tivos. San Salvador, a los diecisiete días del mes de enero del año dos
mil ocho.
Lic. PEDRO BALMORE HENRIQUEZ RAMOS,
REGISTRADOR.
SALVADOR ANIBAL JUAREZ URQUILLA,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. F000656-3
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159DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 1 de Abril de 2008.
No. de Expediente: 1997002627
No. de Presentación: 20080104186
CLASE: 05.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE CONSTAR: Que a esta ofi cina se ha presentado LUIS MI-
GUEL ESPINO ARRIETA, mayor de edad, ABOGADO Y NOTARIO,
del domicilio de SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA,
actuando como APODERADO de SMITHKLINE BEECHAM p.l.c., del
domicilio de 980 Great West Road, Brentford, Middlesex, TW8 9GS,
Reino Unido, de nacionalidad INGLESA, solicitando RENOVACION,
para la inscripción Número 00050 del Libro 00068 de INSCRIPCION DE
MARCAS, consistente en la palabra VENRAD; que ampara productos/
servicios comprendidos en la(s) Clase 05 de la Clasifi cación Internacional
de Niza.
Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de
Ley.
DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la
Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.
San Salvador, a los seis días del mes de febrero del año dos mil ocho.
Lic. PEDRO BALMORE HENRIQUEZ RAMOS,
REGISTRADOR.
LUCIA MARGARITA GALAN,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. F000669-3
No. de Expediente: 1997001353
No. de Presentación: 20080104125
CLASE: 05.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE CONSTAR: Que a esta ofi cina se ha presentado DANILO
RODRIGUEZ VILLAMIL, mayor de edad, ABOGADO, del domicilio
de SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA, actuando
como APODERADO de GLAXO GROUP LIMITED, del domicilio
de GLAXO WELLCOME HOUSE, BERKELEY AVENUE, GRE-
ENFORD, MIDDLESEX UB6 ONN, INGLATERRA, de nacionalidad
INGLESA, solicitando RENOVACION, para la inscripción Número
00239 del Libro 00067 de INSCRIPCION DE MARCAS, consistente
en la palabra “COMBIVIR”, en letras mayúsculas tipo corriente; que
ampara productos/servicios comprendidos en la(s) Clase 05 de la Cla-
sifi cación Internacional de Niza.
Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de
Ley.
DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la
Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.
San Salvador, a los seis días del mes de febrero del año dos mil ocho.
ALEXANDER RAFAEL MORALES MENDEZ,
REGISTRADOR.
ISMEL EDITH VALLES DE HERNANDEZ,
SECRETARIA.
3 v. alt. No. F000672-3
No. de Expediente: 1996003437
No. de Presentación: 20080104133
CLASE: 30.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE CONSTAR: Que a esta ofi cina se ha presentado LUIS MI-
GUEL ESPINO ARRIETA, mayor de edad, ABOGADO Y NOTARIO,
del domicilio de SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA,
actuando como APODERADO de PIZZA HUT INTERNATIONAL,
LLC, del domicilio de 14841 NORTH DALLAS PARKWAY, 8th FLOOR,
DALLAS, TEXAS 75240-2100, ESTADOS UNIDOS DE AMERICA,
de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, solicitando RENOVACION,
para la inscripción Número 00171 del Libro 00069 de INSCRIPCION
DE MARCAS, consistente en LAS PALABRAS “STUFFED CRUST”;
que ampara productos/servicios comprendidos en la(s) Clase 30 de la
Clasifi cación Internacional de Niza.
Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de
Ley.
DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la
Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distin-
tivos. San Salvador, a los cinco días del mes de febrero del año dos mil
ocho.
ALEXANDER RAFAEL MORALES MENDEZ,
REGISTRADOR.
ISMEL EDITH VALLES DE HERNANDEZ,
SECRETARIA.
3 v. alt. No. F000675-3
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160 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 379
No. de Expediente: 1997001506
No. de Presentación: 20080104140
CLASE: 30.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE CONSTAR: Que a esta ofi cina se ha presentado DANILO
RODRIGUEZ VILLAMIL, mayor de edad, ABOGADO, del domicilio
de SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA, actuando
como APODERADO de MIEL CARLOTA, SOCIEDAD ANONIMA
DE CAPITAL VARIABLE, del domicilio de CALZ. SAN BARTOLO
NAUCALPAN 360, COL. ARGENTINA, PONIENTE, MEXICO D.F.,
MEXICO, de nacionalidad MEXICANA, solicitando RENOVACION,
para la inscripción Número 00247 del Libro 00072 de INSCRIPCION
DE MARCAS, consistente en la palabra “CARLOTA”; que ampara
productos/servicios comprendidos en la(s) Clase 30 de la Clasifi cación
Internacional de Niza.
Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de
Ley.
DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la
Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distin-
tivos. San Salvador, a los cinco días del mes de febrero del año dos mil
ocho.
HUMBERTO GUILLERMO CUESTAS MARTINEZ VARELA,
REGISTRADOR.
ANA LAURA RIVERA CASTELLANOS,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. F000677-3
No. de Expediente: 1996005519
No. de Presentación: 20080103389
CLASE: 35.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE CONSTAR: Que a esta ofi cina se ha presentado LUIS MI-
GUEL ESPINO ARRIETA, mayor de edad, ABOGADO Y NOTARIO,
del domicilio de SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA,
actuando como APODERADO de UNITED PARCEL SERVICE OF
AMERICA, INC., del domicilio de 55 GLENLAKE PARKWAY NE,
ATLANTA, GEORGIA 30328, ESTADOS UNIDOS DE AMERICA, de
nacionalidad ESTADOUNIDENSE, solicitando RENOVACION, para
la inscripción Número 00226 del Libro 00065 de INSCRIPCION DE
MARCAS, consistente en LA EXPRESION UPS, ESCRITA EN LE-
TRAS MAYUSCULAS, DENTRO DE UN ESCUDO SOBRE EL CUAL
SE ENCUENTRA UN RECTANGULO, FORMADO POR CUATRO
RECTANGULOS IGUALES ENTRE SI, UNIDOS POR UNA LAZA;
que ampara productos/servicios comprendidos en la(s) Clase 35 de la
Clasifi cación Internacional de Niza.
Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de
Ley.
DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la
Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distinti-
vos. San Salvador, a los dieciséis días del mes de enero del año dos mil
ocho.
Lic. PEDRO BALMORE HENRIQUEZ RAMOS,
REGISTRADOR.
LUCIA MARGARITA GALAN,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. F000679-3
No. de Expediente: 1997004363
No. de Presentación: 20080103441
CLASE: 05.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE CONSTAR: Que a esta ofi cina se ha presentado DANILO
RODRIGUEZ VILLAMIL, mayor de edad, ABOGADO, del domicilio
de SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA, actuando como
APODERADO de AVENTIS PHARMA DEUTSCHLAND GmbH, del
domicilio de Bruningstrasse 50, D-65926 Frankfurt Am Main, Alemania,
de nacionalidad ALEMANA, solicitando RENOVACION, para la inscrip-
ción Número 00077 del Libro 00070 de INSCRIPCION DE MARCAS,
consistente en la palabra DELMUNO; que ampara productos/servicios
comprendidos en la(s) Clase 05 de la Clasifi cación Internacional de
Niza.
Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de
Ley.
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161DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 1 de Abril de 2008.
DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la
Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distin-
tivos. San Salvador, a los dieciocho días del mes de enero del año dos
mil ocho.
Lic. PEDRO BALMORE HENRIQUEZ RAMOS,
REGISTRADOR.
SALVADOR ANIBAL JUAREZ URQUILLA,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. F000681-3
No. de Expediente: 1997006223
No. de Presentación: 20080103374
CLASE: 05.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE CONSTAR: Que a esta ofi cina se ha presentado DANILO
RODRIGUEZ VILLAMIL, mayor de edad, ABOGADO, del domicilio
de SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA, actuando como
APODERADO de AVENTIS PHARMA DEUTSCHLAND GmbH, del
domicilio de Bruningstrasse 50, D-65926 Frankfurt Am Main, Alemania,
de nacionalidad ALEMANA, solicitando RENOVACION, para la inscrip-
ción Número 00142 del Libro 00075 de INSCRIPCION DE MARCAS,
consistente en la palabra “ARAVA”; que ampara productos/servicios
comprendidos en la(s) Clase 05 de la Clasifi cación Internacional de
Niza.
Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de
Ley.
DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la
Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distin-
tivos: San Salvador, a los dieciocho días del mes de enero del año dos
mil ocho.
HUMBERTO GUILLERMO CUESTAS MARTINEZ VARELA,
REGISTRADOR.
ANA LAURA RIVERA CASTELLANOS,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. F000682-3
No. de Expediente: 1996002678
No. de Presentación: 20080103419
CLASE: 05.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE CONSTAR: Que a esta ofi cina se ha presentado DANILO
RODRIGUEZ VILLAMIL, mayor de edad, ABOGADO, del domicilio
de SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA, actuando
como APODERADO de AVENTIS PHARMA S.A., del domicilio de
20 Avenue Raymond Aron, 92160 ANTONY, Francia, de nacionalidad
FRANCESA, solicitando RENOVACION, para la inscripción Número
00071 del Libro 00067 de INSCRIPCION DE MARCAS, consistente
en LA PALABRA “RILUTEK” EN LETRAS MAYUSCULAS TIPO
CORRIENTE; que ampara productos/servicios comprendidos en la(s)
Clase 05 de la Clasifi cación Internacional de Niza.
Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de
Ley.
DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la
Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distin-
tivos. San Salvador, a los diecisiete días del mes de enero del año dos
mil ocho.
Lic. PEDRO BALMORE HENRIQUEZ RAMOS,
REGISTRADOR.
SALVADOR ANIBAL JUAREZ URQUILLA,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. F000684-3
No. de Expediente: 1996000755
No. de Presentación: 20080104137
CLASE: 30.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE CONSTAR: Que a esta ofi cina se ha presentado DANILO
RODRIGUEZ VILLAMIL, mayor de edad, ABOGADO, del domicilio
de SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA, actuando
como APODERADO de SOCIETE DES PRODUITS NESTLE S.A.,
del domicilio de VEVEY, CANTON DE VAUD, SUIZA, de naciona-
lidad SUIZA, solicitando RENOVACION, para la inscripción Número
00001 del Libro 00069 de INSCRIPCION DE MARCAS, consistente
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162 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 379
en la representación de un “NIDO” nido colocado sobre una rama de
grosor regular en su inicio y termina en cuatro ramitas pequeñas con
las puntas truncadas, en el interior del nido se encuentran dos pajaritos
de tamaño pequeño con sus picos abiertos pidiendo alimento, sostenida
sobre el borde exterior del nido se encuentra un tercer pájaro de tamaño
más grande representando a la madre en actitud de dar alimento a los
dos pequeños, en la parte posterior del nido se lee la palabra “NESTLE”,
escrita con letras especiales llevando en la parte superior de la palabra
una rúbrica horizontal, todo este diseño se encuentra dentro de un cuadro
de línea gruesa; que ampara productos/servicios comprendidos en la(s)
Clase 30 de la Clasifi cación Internacional de Niza.
Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de
Ley.
DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la
Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.
San Salvador, a los ocho días del mes de febrero del año dos mil ocho.
HUMBERTO GUILLERMO CUESTAS MARTINEZ VARELA,
REGISTRADOR.
ANA LAURA RIVERA CASTELLANOS,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. F000685-3
No. de Expediente: 1991001529
No. de Presentación: 20070087415
CLASE: 05.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE CONSTAR: Que a esta ofi cina se ha presentado DANILO
RODRIGUEZ VILLAMIL, mayor de edad, ABOGADO, del domicilio
de SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA, actuando
como APODERADO de SMITHKLINE BEECHAM CORPORATION,
del domicilio de One Franklin Plaza Philadelphia PA 19102, Estados
Unidos de América, de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, solicitando
RENOVACION, para la inscripción Número 00054 del Libro 00047
de INSCRIPCION DE MARCAS, consistente en la expresión N´ICE;
que ampara productos/servicios comprendidos en la(s) Clase 05 de la
Clasifi cación Internacional de Niza.
Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de
Ley.
DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la
Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.
San Salvador, a los diecinueve días del mes de febrero del año dos mil
ocho.
Lic. PEDRO BALMORE HENRIQUEZ RAMOS,
REGISTRADOR.
SALVADOR ANIBAL JUAREZ URQUILLA,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. F000688-3
No. de Expediente: 1968015875
No. de Presentación: 20080104197
CLASE: 29, 30.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE CONSTAR: Que a esta ofi cina se ha presentado DANILO
RODRIGUEZ VILLAMIL, mayor de edad, ABOGADO, del domicilio
de SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA, actuando
como APODERADO de SOCIETE DES PRODUITS NESTLE S.A.,
del domicilio de Vevey, Cantón de Vaud, Suiza, de nacionalidad SUI-
ZA, solicitando RENOVACION, para la inscripción Número 00879 del
Libro 00013 de REGISTRO DE MARCAS, consistente en la palabra
“NESTOGENO”; que ampara productos/servicios comprendidos en la(s)
Clase 29, 30 de la Clasifi cación Internacional de Niza.
Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de
Ley.
DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la
Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.
San Salvador, a los siete días del mes de febrero del año dos mil ocho.
ALEXANDER RAFAEL MORALES MENDEZ,
REGISTRADOR.
RUTH NOEMI PERAZA GALDAMEZ,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. F000689-3
DIARIO
OFI
CIAL S
OLO P
ARA CONSULT
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NO TIE
NE VALI
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163DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 1 de Abril de 2008.
No. de Expediente: 1972008412
No. de Presentación: 20080104188
CLASE: 03, 21.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE CONSTAR: Que a esta ofi cina se ha presentado DANILO
RODRIGUEZ VILLAMIL, mayor de edad, ABOGADO, del domicilio
de SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA, actuando como
APODERADO de Beecham Group p.l.c., del domicilio de FOUR NEW
HORIZONS COURT, MIDDLESEX, TW8 9EP, INGLATERRA, de
nacionalidad INGLESA, solicitando RENOVACION, para la inscripción
Número 00007 del Libro 00073 de REGISTRO DE MARCAS, con-
sistente en la palabra “MACLEANS”; que ampara productos/servicios
comprendidos en la(s) Clase 03, 21 de la Clasifi cación Internacional de
Niza.
Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de
Ley.
DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la
Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.
San Salvador, a los siete días del mes de febrero del año dos mil ocho.
ALEXANDER RAFAEL MORALES MENDEZ,
REGISTRADOR.
ISMEL EDITH VALLES DE HERNANDEZ,
SECRETARIA.
3 v. alt. No. F000690-3
No. de Expediente: 1974001361
No. de Presentación: 20080104187
CLASE: 05.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE CONSTAR: Que a esta ofi cina se ha presentado DANILO
RODRIGUEZ VILLAMIL, mayor de edad, ABOGADO, del domicilio
de SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA, actuando como
APODERADO de The Wellcome Foundation Limited, del domicilio de
Glaxo Wellcome House, Berkeley Avenue, Greenford, Middlesex UB6
0NN, Reino Unido, de nacionalidad INGLESA, solicitando RENOVA-
CION, para la inscripción Número 00159 del Libro 00075 de REGIS-
TRO DE MARCAS, consistente en la palabra SUDAFED; que ampara
productos/servicios comprendidos en la(s) Clase 05 de la Clasifi cación
Internacional de Niza.
Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de
Ley.
DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la
Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.
San Salvador, a los siete días del mes de febrero del año dos mil ocho.
ALEXANDER RAFAEL MORALES MENDEZ,
REGISTRADOR.
RUTH NOEMI PERAZA GALDAMEZ,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. F000691-3
No. de Expediente: 1985001410
No. de Presentación: 20080104184
CLASE: 05.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE CONSTAR: Que a esta ofi cina se ha presentado DANILO
RODRIGUEZ VILLAMIL, mayor de edad, ABOGADO, del domicilio
de SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA, actuando como
APODERADO de SMITHKLINE BEECHAM CORPORATION, del
domicilio de ONE FRANKLIN PLAZA, 200 NORTH 16TH STREET,
PHILADELPHIA, PENNSYLVANIA 19102, ESTADOS UNIDOS
DE AMERICA, de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, solicitando
RENOVACION, para la inscripción Número 00045 del Libro 00115
de REGISTRO DE MARCAS, consistente en la expresión “SK&F”,
escritas en letras características, estando las letras &F unidas entre sí;
que ampara productos/servicios comprendidos en la(s) Clase 05 de la
Clasifi cación Internacional de Niza.
Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de
Ley.
DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la
Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.
San Salvador, a los ocho días del mes de febrero del año dos mil ocho.
ALEXANDER RAFAEL MORALES MENDEZ,
REGISTRADOR.
ISMEL EDITH VALLES DE HERNANDEZ,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. F000692-3
DIARIO
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164 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 379
No. de Expediente: 1986000012
No. de Presentación: 20080104191
CLASE: 05.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE CONSTAR: Que a esta ofi cina se ha presentado DANILO
RODRIGUEZ VILLAMIL, mayor de edad, ABOGADO, del domicilio
de SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA, actuando como
APODERADO de SMITHKLINE BEECHAM CORPORATION, del
domicilio de ONE FRANKLIN PLAZA, PHILADELPHIA, PENNSYL-
VANIA, ESTADOS UNIDOS DE AMERICA, de nacionalidad, ESTA-
DOUNIDENSE, solicitando RENOVACION, para la inscripción Número
00052 del Libro 00115 de REGISTRO DE MARCAS, consistente en la
palabra ALBENTEL; que ampara productos/servicios comprendidos en
la(s) Clase 05 de la Clasifi cación Internacional de Niza.
Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de
Ley.
DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la
Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.
San Salvador, a los ocho días del mes de febrero del año dos mil ocho.
ALEXANDER RAFAEL MORALES MENDEZ,
REGISTRADOR.
ISMEL EDITH VALLES DE HERNANDEZ,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. F000693-3
No. de Expediente: 1994003290
No. de Presentación: 20080104148
CLASE: 35.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE CONSTAR: Que a esta ofi cina se ha presentado LUIS MI-
GUEL ESPINO ARRIETA, mayor de edad, ABOGADO Y NOTARIO,
del domicilio de SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA,
actuando como APODERADO de CONTROLADORA MABE, S.A. DE
C.V., del domicilio de PROLONGACION INGENIEROS MILITARES
130 COL. SAN LORENZO TLALTENANGO, MEXICO, D.F., MEXI-
CO, de nacionalidad MEXICANA, solicitando RENOVACION, para
la inscripción Número 00227 del Libro 00080 de INSCRIPCION DE
MARCAS, consistente en LA PALABRA “SERVIPLUS” PRESIDIDA
DEL DISEÑO DEL ROSTRO SONRIENTE DE UN INDIVIDUO, CON
GORRA Y UN CUELLO PECULIAR, SOSTENIENDO EN SU MANO
IZQUIERDA UNA HERRAMIENTA; que ampara productos/servicios
comprendidos en la(s) Clase 35 de la Clasifi cación Internacional de
Niza.
Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de
Ley.
DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la
Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distin-
tivos. San Salvador, a los primero días del mes de febrero del año dos
mil ocho.
HUMBERTO GUILLERMO CUESTAS MARTINEZ VARELA,
REGISTRADOR.
MARIA ISABEL JACO LINARES,
SECRETARIA.
3 v. alt. No. F000700-3
No. de Expediente: 1997004408
No. de Presentación: 20080104154
CLASE: 32.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE CONSTAR: Que a esta ofi cina se ha presentado DANILO
RODRIGUEZ VILLAMIL, mayor de edad, ABOGADO, del domicilio
de SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA, actuando como
APODERADO de PEPSICO, INC., del domicilio de 700 ANDERSON
HILL ROAD, PURCHASE, NEW YORK 10577, ESTADOS UNIDOS
DE AMERICA, de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, solicitando
RENOVACION, para la inscripción Número 00145 del Libro 00071 de
INSCRIPCION DE MARCAS, consistente en la palabra “PEPSI”, en
color blanco, colocada parcialmente sobre la parte superior de una fi gura
circular, la cual se encuentra dividida por una franja ondulada que la
atraviesa diagonalmente, colocada en forma horizontal, de color blanco,
siendo la parte superior del círculo de color rojo y la parte inferior de
color azul. Todo lo anterior se ubica dentro de un cuadrado de color azul;
que ampara productos/servicios comprendidos en la(s) Clase 32 de la
Clasifi cación Internacional de Niza.
DIARIO
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CIAL S
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165DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 1 de Abril de 2008.
Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de
Ley.
DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la
Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.
Salvador, a los siete días del mes de febrero del año dos mil ocho.
HUMBERTO GUILLERMO CUESTAS MARTINEZ VARELA,
REGISTRADOR.
MARIA ISABEL JACO LINARES,
SECRETARIA.
3 v. alt. No. F000701-3
No. de Expediente: 1996000761
No. de Presentación: 20080104173
CLASE: 32.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE CONSTAR: Que a esta ofi cina se ha presentado DANILO
RODRIGUEZ VILLAMIL, mayor de edad, ABOGADO, del domicilio
de SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA, actuando
como APODERADO de SOCIETE DES PRODUITS NESTLE S.A.,
del domicilio de 1800 Vevey, Cantón de Vaud, Suiza, de nacionalidad
SUIZA, solicitando RENOVACION, para la inscripción Número 00224
del Libro 00069 de INSCRIPCION DE MARCAS, consistente en la
representación de un nido colocado sobre una rama de grosor regular en
su inicio y termina en cuatro ramitas pequeñas con las puntas truncadas.
En el interior del nido se encuentran dos pajaritos de tamaño pequeño con
sus picos abiertos pidiendo alimento, sostenida sobre el borde exterior del
nido se encuentra un tercer pájaro de tamaño más grande representando
a la madre en actitud de dar alimento a los dos pequeños. En la parte
posterior del nido se lee la palabra NESTLE, escrita con letras especiales
llevando en la parte superior de la palabra una rúbrica horizontal, todo
este diseño se encuentra dentro de un cuadro de línea gruesa; que ampara
productos/servicios comprendidos en la(s) Clase 32 de la Clasifi cación
Internacional de Niza.
Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de
Ley.
DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la
Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distin-
tivos. San Salvador, a los cinco días del mes de febrero del año dos mil
ocho.
Lic. PEDRO BALMORE HENRIQUEZ RAMOS,
REGISTRADOR.
SALVADOR ANIBAL JUAREZ URQUILLA,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. F000702-3
No. de Expediente: 1997006684
No. de Presentación: 20080104149
CLASE: 01.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE CONSTAR: Que a esta ofi cina se ha presentado DANILO
RODRIGUEZ VILLAMIL, mayor de edad, ABOGADO, del domicilio
de SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA, actuando como
APODERADO de EASTMAN KODAK COMPANY, del domicilio de
343 State Street, Ciudad de Rochester, Estado de Nueva York 14650,
Estados Unidos de América, de nacionalidad ESTADOUNIDENSE,
solicitando RENOVACION, para la inscripción Número 00092 del Li-
bro 00078 de INSCRIPCION DE MARCAS, consistente en la palabra
GOLD; que ampara productos/servicios comprendidos en la(s) Clase
01 de la Clasifi cación Internacional de Niza.
Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de
Ley.
DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la
Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distin-
tivos. San Salvador, a los primero días del mes de febrero del año dos
mil ocho.
Lic. PEDRO BALMORE HENRIQUEZ RAMOS,
REGISTRADOR.
SALVADOR ANIBAL JUAREZ URQUILLA,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. F000705-3
DIARIO
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166 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 379
No. de Expediente: 1993000867
No. de Presentación: 20080103213
CLASE: 16.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE CONSTAR: Que a esta ofi cina se ha presentado LUIS MI-
GUEL ESPINO ARRIETA, mayor de edad, ABOGADO Y NOTARIO,
del domicilio de SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA,
actuando como APODERADO de AMSCAN, INC., del domicilio de
SOUTH ROAD, HARRISON, NUEVA YORK 10528, ESTADOS UNI-
DOS DE AMERICA, de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, solicitando
RENOVACION, para la inscripción Número 00122 del Libro 00065 de
INSCRIPCION DE MARCAS, consistente en la expresión AMSCAN;
que ampara productos/servicios comprendidos en la(s) Clase 16 de la
Clasifi cación Internacional de Niza.
Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de
Ley.
DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la
Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.
San Salvador, a los treinta y uno días del mes de enero del año dos mil
ocho.
ALEXANDER RAFAEL MORALES MENDEZ,
REGISTRADOR.
RUTH NOEMI PERAZA GALDAMEZ,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. F000706-3
No. de Expediente: 1995003616
No. de Presentación: 20080103413
CLASE: 01.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE CONSTAR: Que a esta ofi cina se ha presentado LUIS MI-
GUEL ESPINO ARRIETA, mayor de edad, ABOGADO Y NOTARIO,
del domicilio de SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA,
actuando como APODERADO de DYSTAR TEXTILFARBEN GMBH
& CO. DEUTSCHLAND KG., del domicilio de FRANKFURT AM
MAIN-80, ALEMANIA, de nacionalidad ALEMANA, solicitando
RENOVACION, para la inscripción Número 00091 del Libro 00072 de
INSCRIPCION DE MARCAS, consistente en la palabra “DYSTAR”;
que ampara productos/servicios comprendidos en la(s) Clase 01 de la
Clasifi cación Internacional de Niza.
Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de
Ley.
DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la
Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distin-
tivos. San Salvador, a los dieciocho días del mes de enero del año dos
mil ocho.
LIC. PEDRO BALMORE HENRIQUEZ RAMOS,
REGISTRADOR.
LUCIA MARGARITA GALAN,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. F000707-3
No. de Expediente: 1995003621
No. de Presentación: 20080103427
CLASE: 02.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE CONSTAR: Que a esta ofi cina se ha presentado LUIS MI-
GUEL ESPINO ARRIETA, mayor de edad, ABOGADO Y NOTARIO,
del domicilio de SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA,
actuando como APODERADO de DYSTAR TEXTILFARBEN GMBH
& CO. DEUTSCHLAND KG., del domicilio de 6230 Frankfurt/Main-80,
República Federal de Alemania, de nacionalidad ALEMANA, solicitando
RENOVACION, para la inscripción Número 00222 del Libro 00065 de
INSCRIPCION DE MARCAS, consistente en la palabra “DYSTAR”;
que ampara productos/servicios comprendidos en la(s) Clase 02 de la
Clasifi cación Internacional de Niza.
Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de
Ley.
DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la
Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distinti-
vos. San Salvador, a los dieciséis días del mes de enero del año dos mil
ocho.
ALEXANDER RAFAEL MORALES MENDEZ,
REGISTRADOR.
RUTH NOEMI PERAZA GALDAMEZ,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. F000708-3
DIARIO
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167DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 1 de Abril de 2008.
No. de Expediente: 1998000273
No. de Presentación: 20080103410
CLASE: 01.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE CONSTAR: Que a esta ofi cina se ha presentado LUIS MI-
GUEL ESPINO ARRIETA, mayor de edad, ABOGADO Y NOTARIO,
del domicilio de SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADORE-
ÑA, actuando como APODERADO de NUTRINOVA NUTRITION
SPECIALTIES & FOOD INGREDIENTS GMBH, del domicilio de
FRANKFURT AM MAIN, ALEMANIA, de nacionalidad ALEMANA,
solicitando RENOVACION, para la inscripción Número 00105 del Libro
00080 de INSCRIPCION DE MARCAS, consistente en LA PALABRA
“NUTRINOVA”; que ampara productos/servicios comprendidos en la
(s) Clase 01 de la Clasifi cación Internacional de Niza.
Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de
Ley.
DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la
Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distin-
tivos. San Salvador, a los veintiuno días del mes de enero del año dos
mil ocho.
HUMBERTO GUILLERMO CUESTAS MARTINEZ VARELA,
REGISTRADOR.
MARIA ISABEL JACO LINARES,
SECRETARIA.
3 v. alt. No. F000709-3
No. de Expediente: 1995004370
No. de Presentación: 20080103420
CLASE: 01.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE CONSTAR: Que a esta ofi cina se ha presentado DANILO
RODRIGUEZ VILLAMIL, mayor de edad, ABOGADO, del domicilio
de SAN SALVADOR de nacionalidad SALVADOREÑA, actuando como
APODERADO de CELANESE INTERNATIONAL CORPORATION,
del domicilio de 1601 West LBJ Freeway Dallas, Texas 75234-6034,
Estados Unidos de América, de nacionalidad ESTADOUNIDENSE,
solicitando RENOVACION, para la inscripción Número 00050 del Li-
bro 00069 de INSCRIPCION DE MARCAS, consistente en la palabra
“RESYN”; que ampara productos/servicios comprendidos en la(s) Clase
01 de la Clasifi cación Internacional de Niza.
Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de
Ley.
DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la
Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distin-
tivos. San Salvador, a los diecisiete días del mes de enero del año dos
mil ocho.
LIC. PEDRO BALMORE HENRIQUEZ RAMOS,
REGISTRADOR.
LUCIA MARGARITA GALAN,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. F000710-3
No. de Expediente: 1997001466
No. de Presentación: 20080104168
CLASE: 09.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE CONSTAR: Que a esta ofi cina se ha presentado LUIS MI-
GUEL ESPINO ARRIETA, mayor de edad, ABOGADO Y NOTARIO,
del domicilio de SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA,
actuando como APODERADO de MICROSOFT CORPORATION, del
domicilio de ONE MICROSOFT WAY, REDMOND, WASHINGTON
98052-6399, ESTADOS UNIDOS DE AMERICA, de nacionalidad
ESTADOUNIDENSE, solicitando RENOVACION, para la inscripción
Número 00076 del Libro 00068 de INSCRIPCION DE MARCAS, con-
sistente en la palabra “MICROSOFT”; que ampara productos/servicios
comprendidos en la(s) Clase 09 de la Clasifi cación Internacional de
Niza.
Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de
Ley.
DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la
Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distin-
tivos. San Salvador, a los cinco días del mes de febrero del año dos mil
ocho.
ALEXANDER RAFAEL MORALES MENDEZ,
REGISTRADOR.
ISMEL EDITH VALLES DE HERNANDEZ,
SECRETARIA.
3 v. alt. No. F000711-3
DIARIO
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168 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 379
No. de Expediente: 1995003774
No. de Presentación: 20080104176
CLASE: 30.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE CONSTAR: Que a esta ofi cina se ha presentado LUIS MI-
GUEL ESPINO ARRIETA, mayor de edad, ABOGADO Y NOTARIO,
del domicilio de SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA,
actuando como APODERADO de MOLINOS RIO DE LA PLATA SO-
CIEDAD ANONIMA que se abrevia: MOLINOS RIO DE LA PLATA
S.A., del domicilio de PASEO COLON 746, BUENOS AIRES, AR-
GENTINA, de nacionalidad ARGENTINA, solicitando RENOVACION,
para la inscripción Número 00132 del Libro 00072 de INSCRIPCION
DE MARCAS, consistente en la palabra “MATARAZZO”; que ampara
productos/servicios comprendidos en la (s) Clase 30 de la Clasifi cación
Internacional de Niza.
Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de
Ley.
DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la
Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distin-
tivos. San Salvador, a los primero días del mes de febrero del año dos
mil ocho.
HUMBERTO GUILLERMO CUESTAS MARTINEZ VARELA,
REGISTRADOR.
ANA LAURA RIVERA CASTELLANOS,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. F000712-3
No. de Expediente: 1997005672
No. de Presentación: 20080104220
CLASE: 03.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE CONSTAR: Que a esta ofi cina se ha presentado DANILO
RODRIGUEZ VILLAMIL, mayor de edad, ABOGADO, del domicilio
de SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA, actuando como
APODERADO de S.C. JOHNSON & SON, INC., del domicilio de 1525
HOWE STREET, RACINE, WISCONSIN 53403-2236, ESTADOS UNI-
DOS DE AMERICA, de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, solicitando
RENOVACION, para la inscripción Número 00115 del Libro 00074 de
INSCRIPCION DE MARCAS, consistente en la expresión CUAC-CUAC
siendo el guión parte de la marca; que ampara productos/servicios com-
prendidos en la(s) Clase 03 de la Clasifi cación Internacional de Niza.
Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de
Ley.
DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la
Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distinti-
vos. San Salvador, a los cuatro días del mes de febrero del año dos mil
ocho.
ALEXANDER RAFAEL MORALES MENDEZ,
REGISTRADOR.
ISMEL EDITH VALLES DE HERNANDEZ,
SECRETARIA.
3 v. alt. No. F000713-3
No. de Expediente: 1977000877
No. de Presentación: 20080103340
CLASE: 30.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE CONSTAR: Que a esta ofi cina se ha presentado DANILO
RODRIGUEZ VILLAMIL, mayor de edad, ABOGADO, del domicilio
de SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA, actuando
como APODERADO de CADBURY ADAMS USA LLC, del domi-
cilio de 2711 Centerville Road Suite 400, Wilmington, 19808, Estados
Unidos de América, de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, solicitando
RENOVACION, para la inscripción Número 00112 del Libro 00072
de REGISTRO DE MARCAS, consistente en la palabra “TRIDENT”;
que ampara productos/servicios comprendidos en la(s) Clase 30 de la
Clasifi cación Internacional de Niza.
Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de
Ley.
DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la
Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distin-
tivos. San Salvador, a los veintiuno días del mes de enero del año dos
mil ocho.
HUMBERTO GUILLERMO CUESTAS MARTINEZ VARELA,
REGISTRADOR.
MARIA ISABEL JACO LINARES,
SECRETARIA.
3 v. alt. No. F000714-3
DIARIO
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169DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 1 de Abril de 2008.
No. de Expediente: 1997006707
No. de Presentación: 20080103423
CLASE: 30.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE CONSTAR: Que a esta ofi cina se ha presentado DANILO
RODRIGUEZ VILLAMIL, mayor de edad, ABOGADO, del domicilio
de SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA, actuando como
APODERADO de SOCIETE DES PRODUITS NESTLE S.A., del do-
micilio de 1800 VEVEY, CANTON DE VAUD, SUIZA, de nacionalidad
SUIZA, solicitando RENOVACION, para la inscripción Número 00167
del Libro 00082 de INSCRIPCION DE MARCAS, consistente en la
palabra “EXTREME” escrita con letra corriente de molde en mayúscula;
que ampara productos/servicios comprendidos en la(s) Clase 30 de la
Clasifi cación Internacional de Niza.
Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de
Ley.
DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la
Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distin-
tivos. San Salvador, a los veintiuno días del mes de enero del año dos
mil ocho.
LIC. PEDRO BALMORE HENRIQUEZ RAMOS,
REGISTRADOR.
LUCIA MARGARITA GALAN,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. F000724-3
No. de Expediente: 1997006711
No. de Presentación: 20080103422
CLASE: 30.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE CONSTAR: Que a esta ofi cina se ha presentado DANILO
RODRIGUEZ VILLAMIL, mayor de edad, ABOGADO, del domicilio
de SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA, actuando como
APODERADO de SOCIETE DES PRODUITS NESTLE S.A., del do-
micilio de 1800 VEVEY, CANTON DE VAUD, SUIZA, de nacionalidad
SUIZA, solicitando RENOVACION, para la inscripción Número 00160
del Libro 00076 de INSCRIPCION DE MARCAS, consistente en LA
PALABRA “DRUMSTICK” ESCRITA CON LETRA CORRIENTE
DE MOLDE EN MAYUSCULA; que ampara productos/servicios com-
prendidos en la(s) Clase 30 de la Clasifi cación Internacional de Niza.
Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de
Ley.
DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la
Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distin-
tivos. San Salvador, a los diecisiete días del mes de enero del año dos
mil ocho.
HUMBERTO GUILLERMO CUESTAS MARTINEZ VARELA,
REGISTRADOR.
MARIA ISABEL JACO LINARES,
SECRETARIA.
3 v. alt. No. F000727-3
No. de Expediente: 1997005297
No. de Presentación: 20080103397
CLASE: 30.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE CONSTAR: Que a esta ofi cina se ha presentado DANILO
RODRIGUEZ VILLAMIL, mayor de edad, ABOGADO, del domicilio
de SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA, actuando
como APODERADO de SOCIETE DES PRODUITS NESTLE S.A.,
del domicilio de 1800 VEVEY, CANTON DE VAUD, SUIZA, de nacio-
nalidad SUIZA, solicitando RENOVACION, para la inscripción Número
00148 del Libro 00076 de INSCRIPCION DE MARCAS, consistente
en la frase “NESCAFE OPEN UP” escrita con letra corriente de molde
en mayúscula; que ampara productos/servicios comprendidos en la(s)
Clase 30 de la Clasifi cación Internacional de Niza.
Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de
Ley.
DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la
Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distin-
tivos. San Salvador, a los dieciocho días del mes de enero del año dos
mil ocho.
LIC. PEDRO BALMORE HENRIQUEZ RAMOS,
REGISTRADOR.
LUCIA MARGARITA GALAN,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. F000730-3
DIARIO
OFI
CIAL S
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NO TIE
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DEZ LE
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170 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 379
No. de Expediente: 1996004515
No. de Presentación: 20080103364
CLASE: 31.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE CONSTAR: Que a esta ofi cina se ha presentado LUIS MI-
GUEL ESPINO ARRIETA, mayor de edad, ABOGADO Y NOTARIO,
del domicilio de SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADORE-
ÑA, actuando como APODERADO de TEXAS FARM PRODUCTS
COMPANY, del domicilio de, de nacionalidad ESTADOUNIDENSE,
solicitando RENOVACION, para la inscripción Número 00207 del Li-
bro 00072 de INSCRIPCION DE MARCAS, consistente en la palabra
PRECISE, escrita en letras mayúsculas; que ampara productos/servicios
comprendidos en la(s) Clase 31 de la Clasifi cación Internacional de
Niza.
Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de
Ley.
DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la
Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distin-
tivos. San Salvador, a los dieciocho días del mes de enero del año dos
mil ocho.
ALEXANDER RAFAEL MORALES MENDEZ,
REGISTRADOR.
RUTH NOEMI PERAZA GALDAMEZ,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. F000732-3
No. de Expediente: 1996004517
No. de Presentación: 20080103372
CLASE: 31.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE CONSTAR: Que a esta ofi cina se ha presentado LUIS MI-
GUEL ESPINO ARRIETA, mayor de edad, ABOGADO Y NOTARIO,
del domicilio de SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA,
actuando como APODERADO de TEXAS FARM PRODUCTS COM-
PANY, del domicilio de 915 S. Fredonia Street, Nacogdoches, Texas
75961, Estados Unidos de América, de nacionalidad ESTADOUNIDEN-
SE, solicitando RENOVACION, para la inscripción Número 00123 del
Libro 00072 de INSCRIPCION DE MARCAS, consistente en la palabra
PRECEPT, escrita en letras mayúsculas; que ampara productos/servicios
comprendidos en la(s) Clase 31 de la Clasifi cación Internacional de
Niza.
Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de
Ley.
DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la
Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distin-
tivos. San Salvador, a los dieciocho días del mes de enero del año dos
mil ocho.
ALEXANDER RAFAEL MORALES MENDEZ,
REGISTRADOR.
RUTH NOEMI PERAZA GALDAMEZ,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. F000734-3
No. de Expediente: 1993002937
No. de Presentación: 20080103404
CLASE: 03.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE CONSTAR: Que a esta ofi cina se ha presentado LUIS MI-
GUEL ESPINO ARRIETA, mayor de edad, ABOGADO Y NOTARIO,
del domicilio de SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA,
actuando como APODERADO de GRISI HNOS. S.A, del domicilio
de AMORES No. 1746- COL. DEL VALLE 03100 MEXICO D.F.,
MEXICO, de nacionalidad MEXICANA, solicitando RENOVACION,
para la inscripción Número 00158 del Libro 00085 de INSCRIPCION
DE MARCAS, consistente en la expresión “RICITOS DE ORO”; que
ampara productos/servicios comprendidos en la(s) Clase 03 de la Cla-
sifi cación Internacional de Niza.
Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de
Ley.
DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la
Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distin-
tivos. San Salvador, a los veintiuno días del mes de enero del año dos
mil ocho.
HUMBERTO GUILLERMO CUESTAS MARTINEZ VARELA,
REGISTRADOR.
ANA LAURA RIVERA CASTELLANOS,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. F000736-3
DIARIO
OFI
CIAL S
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ARA CONSULT
A
NO TIE
NE VALI
DEZ LE
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171DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 1 de Abril de 2008.
No. de Expediente: 1996003030
No. de Presentación: 20080103365
CLASE: 05.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE CONSTAR: Que a esta ofi cina se ha presentado DANILO
RODRIGUEZ VILLAMIL, mayor de edad, ABOGADO, del domicilio
de SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA, actuando como
APODERADO de S.C. JOHNSON & SON, INC., del domicilio de 1525
Howe Street, Racine, Wisconsin 53403-2236, Estados Unidos de América,
de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, solicitando RENOVACION, para
la inscripción Número 00238 del Libro 00065 de INSCRIPCION DE
MARCAS, consistente en la expresión “MR MUSCULO”; que ampara
productos/servicios comprendidos en la(s) Clase 05 de la Clasifi cación
Internacional de Niza.
Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de
Ley.
DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la
Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distinti-
vos. San Salvador, a los dieciséis días del mes de enero del año dos mil
ocho.
HUMBERTO GUILLERMO CUESTAS MARTINEZ VARELA,
REGISTRADOR.
ANA LAURA RIVERA CASTELLANOS,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. F000739-3
No. de Expediente: 1997004433
No. de Presentación: 20080103373
CLASE: 03.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE CONSTAR: Que a esta ofi cina se ha presentado DANILO
RODRIGUEZ VILLAMIL, mayor de edad, ABOGADO, del domicilio
de SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA, actuando como
APODERADO de S.C. JOHNSON & SON, INC., del domicilio de 1525
Howe Street, Racine, Wisconsin 53403-2236, Estados Unidos de América,
de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, solicitando RENOVACION, para
la inscripción Número 00081 del Libro 00070 de INSCRIPCION DE
MARCAS, consistente en la expresión WINDEX EXPRESS; que ampara
productos/servicios comprendidos en la (s) Clase 03 de la Clasifi cación
Internacional de Niza.
Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de
Ley.
DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la
Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distin-
tivos. San Salvador, a los dieciocho días del mes de enero del año dos
mil ocho.
LIC. PEDRO BALMORE HENRIQUEZ RAMOS,
REGISTRADOR.
SALVADOR ANIBAL JUAREZ URQUILLA,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. F000741-3
No. de Expediente: 1997006435
No. de Presentación: 20080103383
CLASE: 04.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE CONSTAR: Que a esta ofi cina se ha presentado DANILO
RODRIGUEZ VILLAMIL, mayor de edad, ABOGADO, del domicilio
de SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA, actuando como
APODERADO de S.C. JOHNSON & SON, INC., del domicilio de 1525
Howe Street, Racine, Wisconsin 53403-2236, Estados Unidos de Améri-
ca, de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, solicitando RENOVACION,
para la inscripción Número 00233 del Libro 00079 de INSCRIPCION
DE MARCAS, consistente en una fi gura que evoca dos hojas de papel
elevadas por el aire hacia arriba, doblándose desde la perspectiva frontal
hacia atrás, de tal manera que se forma una fi gura semiparabólica, rec-
tangular; que ampara productos/servicios comprendidos en la(s) Clase
04 de la Clasifi cación Internacional de Niza.
DIARIO
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CIAL S
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ARA CONSULT
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NO TIE
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GAL
172 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 379
Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de
Ley.
DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la
Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distin-
tivos. San Salvador, a los diecisiete días del mes de enero del año dos
mil ocho.
LIC. PEDRO BALMORE HENRIQUEZ RAMOS,
REGISTRADOR.
SALVADOR ANIBAL JUAREZ URQUILLA,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. F000746-3
No. de Expediente: 1997006436
No. de Presentación: 20080103394
CLASE: 05.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE CONSTAR: Que a esta ofi cina se ha presentado DANILO
RODRIGUEZ VILLAMIL, mayor de edad, ABOGADO, del domicilio
de SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA, actuando
como APODERADO de S.C. JOHNSON & SON, INC., del domici-
lio de 1525 HOWE STREET, RACINE, WISCONSIN 53403-2236,
ESTADOS UNIDOS DE AMERICA, de nacionalidad ESTADOUNI-
DENSE, solicitando RENOVACION, para la inscripción Número 00060
del Libro 00075 de INSCRIPCION DE MARCAS, consistente en UNA
FIGURA QUE EVOCA DOS HOJAS DE PAPEL ELEVADAS POR EL
AIRE HACIA ARRIBA, DOBLANDOSE DESDE LA PERSPECTIVA
FRONTAL HACIA ATRAS, DE TAL MANERA QUE SE FORMA
UNA FIGURA SEMIPARABOLICA, RECTANGULAR; que ampara
productos/servicios comprendidos en la(s) Clase 05 de la Clasifi cación
Internacional de Niza.
Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de
Ley.
DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la
Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distin-
tivos. San Salvador, a los veintiuno días del mes de enero del año dos
mil ocho.
HUMBERTO GUILLERMO CUESTAS MARTINEZ VARELA,
REGISTRADOR.
ANA LAURA RIVERA CASTELLANOS,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. F000748-3
No. de Expediente: 1957005504
No. de Presentación: 20080103375
CLASE: 05.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE CONSTAR: Que a esta ofi cina se ha presentado LUIS MI-
GUEL ESPINO ARRIETA, mayor de edad, ABOGADO Y NOTARIO,
del domicilio de SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA,
actuando como APODERADO de Sanofi -Aventis, del domicilio de 174,
Avenue de France F-75013 París, Francia, de nacionalidad FRANCE-
SA, solicitando RENOVACION, para la inscripción Número 05504 del
Libro 00023 de REGISTRO DE MARCAS, consistente en la palabra
“ONOTON”; que ampara productos/servicios comprendidos en la(s)
Clase 05 de la Clasifi cación Internacional de Niza.
Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de
Ley.
DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la
Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distinti-
vos. San Salvador, a los veintidós días del mes de enero del año dos mil
ocho.
HUMBERTO GUILLERMO CUESTAS MARTINEZ VARELA,
REGISTRADOR.
MARIA ISABEL JACO LINARES,
SECRETARIA.
3 v. alt. No. F000749-3
DIARIO
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CIAL S
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173DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 1 de Abril de 2008.
No. de Expediente: 1997004598
No. de Presentación: 20080103382
CLASE: 05.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE CONSTAR: Que a esta ofi cina se ha presentado LUIS MI-
GUEL ESPINO ARRIETA, mayor de edad, ABOGADO y NOTARIO,
del domicilio de SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA,
actuando como APODERADO de Sanofi -Aventis, del domicilio de 174,
Avenue de France F-75013, París, Francia, de nacionalidad FRANCE-
SA, solicitando RENOVACION, para la inscripción Número 00021 del
Libro 00073 de INSCRIPCION DE MARCAS, consistente en la palabra
“DEPACON”; que ampara productos/servicios comprendidos en la(s)
Clase 05 de la Clasifi cación Internacional de Niza.
Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de
Ley.
DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la
Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distinti-
vos. San Salvador, a los veintidós días del mes de enero del año dos mil
ocho.
ALEXANDER RAFAEL MORALES MENDEZ,
REGISTRADOR.
RUTH NOEMI PERAZA GALDAMEZ,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. F000751-3
No. de Expediente: 1997005195
No. de Presentación: 20080103436
CLASE: 05.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE CONSTAR: Que a esta ofi cina se ha presentado DANILO
RODRIGUEZ VILLAMIL, mayor de edad, ABOGADO, del domicilio
de SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA, actuando
como APODERADO de Kimberly-Clark Worldwide, Inc., del domi-
cilio de Neenah, Wisconsin, 54956, Estados Unidos de América, de
nacionalidad ESTADOUNIDENSE, solicitando RENOVACION, para
la inscripción Número 00076 del Libro 00070 de INSCRIPCION DE
MARCAS, consistente en las palabras “KOTEX GELSEC”; que ampara
productos/servicios comprendidos en la(s) Clase 05 de la Clasifi cación
Internacional de Niza.
Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de
Ley.
DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la
Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distinti-
vos. San Salvador, a los veintidós días del mes de enero del año dos mil
ocho.
ALEXANDER RAFAEL MORALES MENDEZ,
REGISTRADOR.
RUTH NOEMI PERAZA GALDAMEZ,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. F000754-3
No. de Expediente: 1997003077
No. de Presentación: 20080103355
CLASE: 30.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE CONSTAR: Que a esta ofi cina se ha presentado DANILO
RODRIGUEZ VILLAMIL, mayor de edad, ABOGADO, del domicilio
de SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA, actuando como
APODERADO de Cadbury Ireland Ltd., del domicilio de Malahide Road
Coolock, Dublin 5, IRLANDA, de nacionalidad IRLANDESA, solicitan-
do RENOVACION, para la inscripción Número 00005 del Libro 00073
de INSCRIPCION DE MARCAS, consistente en la expresión “HALLS
YERBA-LYPTUS”, formando el guión parte de la marca; que ampara
productos/servicios comprendidos en la(s) Clase 30 de la Clasifi cación
Internacional de Niza.
Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de
Ley.
DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la
Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distinti-
vos. San Salvador, a los veintidós días del mes de enero del año dos mil
ocho.
LIC. PEDRO BALMORE HENRIQUEZ RAMOS,
REGISTRADOR.
LUCIA MARGARITA GALAN,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. F000756-3
DIARIO
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174 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 379
No. de Expediente: 1994002636
No. de Presentación: 20080103391
CLASE: 30.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE CONSTAR: Que a esta ofi cina se ha presentado DANILO
RODRIGUEZ VILLAMIL, mayor de edad, ABOGADO, del domicilio
de SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA, actuando
como APODERADO de SOCIETE DES PRODUITS NESTLE S.A.,
del domicilio de VEVEY, CANTON DE VAUD, SUIZA, de nacionalidad
SUIZA, solicitando RENOVACION, para la inscripción Número 00181
del Libro 00070 de INSCRIPCION DE MARCAS, consistente en las
palabras “FIBRA MAX”, escrita con letras corrientes sin tener ningún
elemento esencial ni signo distintivo; que ampara productos/servicios
comprendidos en la(s) Clase 30 de la Clasifi cación Internacional de
Niza.
Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de
Ley.
DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la
Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distin-
tivos. San Salvador, a los dieciocho días del mes de enero del año dos
mil ocho.
HUMBERTO GUILLERMO CUESTAS MARTINEZ VARELA,
REGISTRADOR.
ANA LAURA RIVERA CASTELLANOS,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. F000757-3
No. de Expediente: 1997004737
No. de Presentación: 20080103426
CLASE: 30.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE CONSTAR: Que a esta ofi cina se ha presentado DANILO
RODRIGUEZ VILLAMIL, mayor de edad, ABOGADO, del domicilio
de SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA, actuando
como APODERADO de SOCIETE DES PRODUITS NESTLE S.A.,
del domicilio de 1800 VEVEY, CANTON DE VAUD, SUIZA, de nacio-
nalidad SUIZA, solicitando RENOVACION, para la inscripción Número
00179 del Libro 00074 de INSCRIPCION DE MARCAS, consistente
en la palabra “MAXIBON”, escrita con letra corriente y mayúscula;
que ampara productos/servicios comprendidos en la(s) Clase 30 de la
Clasifi cación Internacional de Niza.
Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de Ley.
DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distin-tivos. San Salvador, a los veintiuno días del mes de enero del año dos mil ocho.
HUMBERTO GUILLERMO CUESTAS MARTINEZ VARELA,
REGISTRADOR.
ANA LAURA RIVERA CASTELLANOS,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. F000759-3
No. de Expediente: 1998000400
No. de Presentación: 20080103429
CLASE: 30.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE CONSTAR: Que a esta ofi cina se ha presentado DANILO RODRIGUEZ VILLAMIL, mayor de edad, ABOGADO, del domicilio de SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA, actuando como APODERADO de SOCIETE DES PRODUITS NESTLE S.A., del do-micilio de 1800 VEVEY, CANTON DE VAUD, SUIZA, de nacionalidad SUIZA, solicitando RENOVACION, para la inscripción Número 00177 del Libro 00085 de INSCRIPCION DE MARCAS, consistente en la representación de una fi gura simulando ser una pantalla de televisión en donde aparece un fondo en forma ovalada irregular oscuro y en su parte superior interna aparece la palabra “HELADOS” escrita con letras corrientes de color blanco, con un fondo color blanco en donde se lee la palabra “Nestle” con rúbrica y letra especial; que ampara productos/servicios comprendidos en la(s) Clase 30 de la Clasifi cación Internacional de Niza.
Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de Ley.
DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distin-tivos. San Salvador, a los veintiuno días del mes de enero del año dos mil ocho.
HUMBERTO GUILLERMO CUESTAS MARTINEZ VARELA,
REGISTRADOR.
ANA LAURA RIVERA CASTELLANOS,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. F000763-3
DIARIO
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CIAL S
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175DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 1 de Abril de 2008.
No. de Expediente: 1998000266
No. de Presentación: 20080103431
CLASE: 30.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE CONSTAR: Que a esta ofi cina se ha presentado DANILO
RODRIGUEZ VILLAMIL, mayor de edad, ABOGADO, del domicilio
de SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA, actuando como
APODERADO de SOCIETE DES PRODUITS NESTLE S.A., del do-
micilio de 1800 VEVEY, CANTON DE VAUD, SUIZA, de nacionalidad
SUIZA, solicitando RENOVACION, para la inscripción Número 00021
del Libro 00085 de INSCRIPCION DE MARCAS, consistente en la
palabra “NESTLE TOTAL”, se encuentra escrita en letras corriente de
molde sin tener ningún signo especial ni diseño distinvo; que ampara
productos/servicios comprendidos en la(s) Clase 30 de la Clasifi cación
Internacional de Niza.
Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de
Ley.
DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la
Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distinti-
vos. San Salvador, a los veintidós días del mes de enero del año dos mil
ocho.
LIC. PEDRO BALMORE HENRIQUEZ RAMOS,
REGISTRADOR.
LUCIA MARGARITA GALAN,
SECRETARIA.
3 v. alt. No. F000764-3
No. de Expediente: 1997002925
No. de Presentación: 20080103393
CLASE: 05.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE CONSTAR: Que a esta ofi cina se ha presentado DANILO
RODRIGUEZ VILLAMIL, mayor de edad, ABOGADO, del domicilio
de SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA, actuando
como APODERADO de SOCIETE DES PRODUITS NESTLE S.A.,
del domicilio de Vevey, Suiza, de nacionalidad SUIZA, solicitando
RENOVACION, para la inscripción Número 00022 del Libro 00083 de
INSCRIPCION DE MARCAS, consistente en la palabra TRAUMACAL,
en letras mayúsculas tipo corriente; que ampara productos/servicios com-
prendidos en la(s) Clase 05 de la Clasifi cación Internacional de Niza.
Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de
Ley.
DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la
Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distin-
tivos. San Salvador, a los veintiuno días del mes de enero del año dos
mil ocho.
LIC. PEDRO BALMORE HENRIQUEZ RAMOS,
REGISTRADOR.
SALVADOR ANIBAL JUAREZ URQUILLA,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. F000766-3
No. de Expediente: 1997002257
No. de Presentación: 20080103395
CLASE: 05.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE CONSTAR: Que a esta ofi cina se ha presentado DANILO
RODRIGUEZ VILLAMIL, mayor de edad, ABOGADO, del domicilio
de SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA, actuando
como APODERADO de SOCIETE DES PRODUITS NESTLE S.A.,
del domicilio de Vevey, Suiza, de nacionalidad SUIZA, solicitando
RENOVACION, para la inscripción Número 00004 del Libro 00071 de
INSCRIPCION DE MARCAS, consistente en la palabra “LIPISORB”,
en letras mayúsculas tipo corriente; que ampara productos/servicios com-
prendidos en la(s) Clase 05 de la Clasifi cación Internacional de Niza.
Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de
Ley.
DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la
Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distin-
tivos. San Salvador, a los dieciocho días del mes de enero del año dos
mil ocho.
HUMBERTO GUILLERMO CUESTAS MARTINEZ VARELA,
REGISTRADOR.
ANA LAURA RIVERA CASTELLANOS,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. F000767-3
DIARIO
OFI
CIAL S
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ARA CONSULT
A
NO TIE
NE VALI
DEZ LE
GAL
176 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 379
No. de Expediente: 1997004734
No. de Presentación: 20080103442
CLASE: 30.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE CONSTAR: Que a esta ofi cina se ha presentado DANILO
RODRIGUEZ VILLAMIL, mayor de edad, ABOGADO, del domicilio
de SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA, actuando
como APODERADO de SOCIETE DES PRODUITS NESTLE S.A.,
del domicilio de 1800 Vevey, Cantón de Vaud, Suiza, de nacionalidad
SUIZA, solicitando RENOVACION, para la inscripción Número 00099
del Libro 00076 de INSCRIPCION DE MARCAS, consistente en la
frase SIN PARAR, escrita con letra corriente y mayúscula; que ampara
productos/servicios comprendidos en la(s) Clase 30 de la Clasifi cación
Internacional de Niza.
Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de
Ley.
DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la
Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distin-
tivos. San Salvador, a los dieciocho días del mes de enero del año dos
mil ocho.
LIC. PEDRO BALMORE HENRIQUEZ RAMOS,
REGISTRADOR.
SALVADOR ANIBAL JUAREZ URQUILLA,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. F000768-3
No. de Expediente: 1996003029
No. de Presentación: 20080103367
CLASE: 03.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE CONSTAR: Que a esta ofi cina se ha presentado DANILO
RODRIGUEZ VILLAMIL, mayor de edad, ABOGADO, del domicilio
de SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA, actuando
como APODERADO de S.C. JOHNSON & SON, INC., del domicilio
de 1525 HOWE STREET, RACINE, WISCONSIN 53403-2236, ESTA-
DOS UNIDOS DE AMERICA, de nacionalidad ESTADOUNIDENSE,
solicitando RENOVACION, para la inscripción Número 00237 del Libro
00065 de INSCRIPCION DE MARCAS, consistente en la expresión
“MR. MUSCULO”; que ampara productos/servicios comprendidos en
la(s) Clase 03 de la Clasifi cación Internacional de Niza.
Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de
Ley.
DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la
Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distinti-
vos. San Salvador, a los dieciséis días del mes de enero del año dos mil
ocho.
HUMBERTO GUILLERMO CUESTAS MARTINEZ VARELA,
REGISTRADOR.
SALVADOR ANIBAL JUAREZ URQUILLA,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. F000770-3
No. de Expediente: 1975001908
No. de Presentación: 20080103368
CLASE: 05.
p
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE CONSTAR: Que a esta ofi cina se ha presentado DANILO
RODRIGUEZ VILLAMIL, mayor de edad, ABOGADO, del domicilio
de SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA, actuando
como APODERADO de S.C. JOHNSON & SON, INC., del domicilio
de 1525 Howe Street, Racine, Wisconsin 53403-2236, Estados Unidos
de América, de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, solicitando RENO-
VACION, para la inscripción Número 00182 del Libro 00070 de RE-
GISTRO DE MARCAS, consistente en la palabra DRANO; que ampara
productos/servicios comprendidos en la(s) Clase 05 de la Clasifi cación
Internacional de Niza.
Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de
Ley.
DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la
Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distin-
tivos. San Salvador, a los veintiuno días del mes de enero del año dos
mil ocho.
LIC. PEDRO BALMORE HENRIQUEZ RAMOS,
REGISTRADOR.
SALVADOR ANIBAL JUAREZ URQUILLA,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. F000772-3
DIARIO
OFI
CIAL S
OLO P
ARA CONSULT
A
NO TIE
NE VALI
DEZ LE
GAL
177DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 1 de Abril de 2008.
No. de Expediente: 1997005671
No. de Presentación: 20080103378
CLASE: 05.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE CONSTAR: Que a esta ofi cina se ha presentado DANILO
RODRIGUEZ VILLAMIL, mayor de edad, ABOGADO, del domicilio
de SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA, actuando como
APODERADO de S.C. JOHNSON & SON, INC., del domicilio de 1525
Howe Street, Racine, Wisconsin 53403-2236, Estados Unidos de América,
de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, solicitando RENOVACION, para
la inscripción Número 00022 del Libro 00074 de INSCRIPCION DE
MARCAS, consistente en la expresión CUAC-CUAC, siendo el guión
parte de la marca; que ampara productos/servicios comprendidos en la(s)
Clase 05 de la Clasifi cación Internacional de Niza.
Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de
Ley.
DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la
Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distin-
tivos. San Salvador, a los diecisiete días del mes de enero del año dos
mil ocho.
ALEXANDER RAFAEL MORALES MENDEZ,
REGISTRADOR.
RUTH NOEMI PERAZA GALDAMEZ,
SECRETARIA.
3 v. alt. No. F000774-3
No. de Expediente: 1997001104
No. de Presentación: 20080103386
CLASE: 03.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE CONSTAR: Que a esta ofi cina se ha presentado DANILO
RODRIGUEZ VILLAMIL, mayor de edad, ABOGADO, del domicilio
de SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA, actuando
como APODERADO de S.C. JOHNSON & SON, INC., del domicilio
de 1525 HOWE STREET, RACINE, WISCONSIN, ESTADOS UNI-
DOS DE AMERICA, de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, solicitando
RENOVACION, para la inscripción Número 00181 del Libro 00082 de
INSCRIPCION DE MARCAS, consistente en la palabra “WINDEX”;
que ampara productos/servicios comprendidos en la(s) Clase 03 de la
Clasifi cación Internacional de Niza.
Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de
Ley.
DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la
Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distinti-
vos. San Salvador, a los veintidós días del mes de enero del año dos mil
ocho.
LIC. PEDRO BALMORE HENRIQUEZ RAMOS,
REGISTRADOR.
LUCIA MARGARITA GALAN,
SECRETARIA.
3 v. alt. No. F000775-3
No. de Expediente: 1996004828
No. de Presentación: 20080103371
CLASE: 05.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE CONSTAR: Que a esta ofi cina se ha presentado DANILO
RODRIGUEZ VILLAMIL, mayor de edad, ABOGADO, del domicilio
de SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA, actuando
como APODERADO de S.C. JOHNSON & SON, INC., del domicilio
de 1525 HOWE STREET, RACINE, WISCONSIN 53403-2236, ESTA-
DOS UNIDOS DE AMERICA, de nacionalidad ESTADOUNIDENSE,
solicitando RENOVACION, para la inscripción Número 00213 del Libro
00069 de INSCRIPCION DE MARCAS, consistente en la expresión
PLUG-INS, escrita en letras mayúsculas, formando el guión parte de la
marca; que ampara productos/servicios comprendidos en la(s) Clase 05
de la Clasifi cación Internacional de Niza.
Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de
Ley.
DIARIO
OFI
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ARA CONSULT
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NO TIE
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DEZ LE
GAL
178 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 379
DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la
Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distin-
tivos. San Salvador, a los dieciocho días del mes de enero del año dos
mil ocho.
HUMBERTO GUILLERMO CUESTAS MARTINEZ VARELA,
REGISTRADOR.
MARIA ISABEL JACO LINARES,
SECRETARIA.
3 v. alt. No. F000777-3
No. de Expediente: 1995001436
No. de Presentación: 20080103363
CLASE: 03.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE CONSTAR: Que a esta ofi cina se ha presentado DANILO
RODRIGUEZ VILLAMIL, mayor de edad, ABOGADO, del domicilio
de SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA, actuando como
APODERADO de S.C. JOHNSON & SON, INC., del domicilio de CIU-
DAD DE RACINE, ESTADO DE WISCONSIN, ESTADOS UNIDOS
DE AMERICA, de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, solicitando
RENOVACION, para la inscripción Número 00219 del Libro 00065 de
INSCRIPCION DE MARCAS, consistente en la palabra “KLARO”;
que ampara productos/servicios comprendidos en la(s) Clase 03 de la
Clasifi cación Internacional de Niza.
Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de
Ley.
DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la
Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distinti-
vos. San Salvador, a los dieciséis días del mes de enero del año dos mil
ocho.
LIC. PEDRO BALMORE HENRIQUEZ RAMOS,
REGISTRADOR.
LUCIA MARGARITA GALAN,
SECRETARIA.
3 v. alt. No. F000778-3
No. de Expediente: 1974001643
No. de Presentación: 20080103381
CLASE: 03.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE CONSTAR: Que a esta ofi cina se ha presentado DANILO
RODRIGUEZ VILLAMIL, mayor de edad, ABOGADO, del domicilio
de SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA, actuando como
APODERADO de S.C. JOHNSON & SON, INC., del domicilio de 1525
Howe Street, Racine, Wisconsin 53403, Estados Unidos de América,
de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, solicitando RENOVACION,
para la inscripción Número 00096 del Libro 00073 de REGISTRO
DE MARCAS, consistente en la palabra MR. MUSCLE; que ampara
productos/servicios comprendidos en la(s) Clase 03 de la Clasifi cación
Internacional de Niza.
Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de
Ley.
DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la
Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.
San Salvador, a los veinticuatro días del mes de enero del año dos mil
ocho.
ALEXANDER RAFAEL MORALES MENDEZ,
REGISTRADOR.
ISMEL EDITH VALLES DE HERNANDEZ,
SECRETARIA.
3 v. alt. No. F000779-3
No. de Expediente: 1985001009
No. de Presentación: 20080103435
CLASE: 03.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE CONSTAR: Que a esta ofi cina se ha presentado DANILO
RODRIGUEZ VILLAMIL, mayor de edad, ABOGADO, del domicilio
de SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA, actuando como
APODERADO de JOHNSONDIVERSEY, INC., del domicilio de 8310
DIARIO
OFI
CIAL S
OLO P
ARA CONSULT
A
NO TIE
NE VALI
DEZ LE
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179DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 1 de Abril de 2008.
16th Street, Sturtevant, WI 53177-0902, Estados Unidos de América, de
nacionalidad ESTADOUNIDENSE, solicitando RENOVACION, para la
inscripción Número 00068 del Libro 00117 de REGISTRO DE MAR-
CAS, consistente en la expresión BREAK-UP, el guión que aparece entre
ambas palabras es parte de la marca; que ampara productos/servicios
comprendidos en la(s) Clase 03 de la Clasifi cación Internacional de
Niza.
Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de
Ley.
DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la
Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distinti-
vos. San Salvador, a los veintidós días del mes de enero del año dos mil
ocho.
LIC. PEDRO BALMORE HENRIQUEZ RAMOS,
REGISTRADOR.
LUCIA MARGARITA GALAN,
SECRETARIA.
3 v. alt. No. F000780-3
No. de Expediente: 1992000739
No. de Presentación: 20080103424
CLASE: 29.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE CONSTAR: Que a esta ofi cina se ha presentado DANILO
RODRIGUEZ VILLAMIL, mayor de edad, ABOGADO, del domicilio
de SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA, actuando
como APODERADO de SOCIETE DES PRODUITS NESTLE S.A.,
del domicilio de VEVEY, CANTON DE VAUD, SUIZA, de nacionalidad
SUIZA, solicitando RENOVACION, para la inscripción Número 00176
del Libro 00080 de INSCRIPCION DE MARCAS, consiste en la palabra
“MILKYBAR”, la cual será escrita en letras corrientes, sin tener ningún
elemento esencial o signo distintivo; que ampara productos/servicios
comprendidos en la(s) Clase 29 de la Clasifi cación Internacional de
Niza.
Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de
Ley.
DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la
Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distin-
tivos. San Salvador, a los veintiuno días del mes de enero del año dos
mil ocho.
HUMBERTO GUILLERMO CUESTAS MARTINEZ VARELA,
REGISTRADOR.
MARIA ISABEL JACO LINARES,
SECRETARIA.
3 v. alt. No. F000781-3
No. de Expediente: 1997001822
No. de Presentación: 20080103392
CLASE: 05.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE CONSTAR: Que a esta ofi cina se ha presentado DANILO
RODRIGUEZ VILLAMIL, mayor de edad, ABOGADO, del domicilio
de SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA, actuando
como APODERADO de SOCIETE DES PRODUITS NESTLE S.A.,
del domicilio de Vevey, Suiza, de nacionalidad SUIZA, solicitando
RENOVACION, para la inscripción Número 00110 del Libro 00073 de
INSCRIPCION DE MARCAS, consistente en la palabra “SUSTACAL”
en letras mayúsculas tipo corriente; que ampara productos/servicios com-
prendidos en la(s) Clase 05 de la Clasifi cación Internacional de Niza.
Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de
Ley.
DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la
Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.
San Salvador, a los veinticinco días del mes de enero del año dos mil
ocho.
ALEXANDER RAFAEL MORALES MENDEZ,
REGISTRADOR.
RUTH NOEMI PERAZA GALDAMEZ,
SECRETARIA.
3 v. alt. No. F000782-3
DIARIO
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CIAL S
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A
NO TIE
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180 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 379
No. de Expediente: 1998001187
No. de Presentación: 20080103425
CLASE: 30.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE CONSTAR: Que a esta ofi cina se ha presentado DANILO RODRIGUEZ VILLAMIL, mayor de edad, ABOGADO, del domicilio de SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA, actuando como APODERADO de SOCIETE DES PRODUITS NESTLE S.A., del domicilio de 1800 VEVEY, CANTON DE VAUD, SUIZA, de nacio-nalidad SUIZA, solicitando RENOVACION, para la inscripción Número 00095 del Libro 00085 de INSCRIPCION DE MARCAS, consistente en la frase “LISTO FAMILIAR”, escrita con letras corrientes de molde en mayúscula, sin tener ningún signo especial ni diseño distintivo; que ampara productos/servicios comprendidos en la(s) Clase 30 de la Cla-sifi cación Internacional de Niza.
Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de Ley.
DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distin-tivos. San Salvador, a los veintiuno días del mes de enero del año dos mil ocho.
HUMBERTO GUILLERMO CUESTAS MARTINEZ VARELA,
REGISTRADOR.
ANA LAURA RIVERA CASTELLANOS,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. F000784-3
No. de Expediente: 1974001330
No. de Presentación: 20050070755
CLASE: 05, 29, 30, 31.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE CONSTAR: Que a esta ofi cina se ha presentado DANILO RODRIGUEZ VILLAMIL, mayor de edad, ABOGADO, del domicilio de SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA, actuando como APODERADO de SOCIÉTÉ DES PRODUITS NESTLÉ S.A., del domicilio de 1800 de Vevey, Cantón de Vaud, Suiza, de nacionalidad SUIZA, solicitando RENOVACION, para la inscripción Número 00117 del Libro 00064 de REGISTRO DE MARCAS, consistente en un fondo rojo-sangre que lleva en el centro una mancha amarilla que recuerda a la forma de un globo aerostático achatado dentro de cuya mancha va la palabra MAGGI, rojo-sangre; que ampara productos/servicios com-prendidos en la(s) Clase 05, 29, 30, 31 de la Clasifi cación Internacional de Niza.
Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de Ley.
DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distin-tivos. San Salvador, a los veintiuno días del mes de enero del año dos mil ocho.
Lic. PEDRO BALMORE HENRIQUEZ RAMOS,
REGISTRADOR.
SALVADOR ANIBAL JUAREZ URQUILLA,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. F000785-3
No. de Expediente: 1997005190
No. de Presentación: 20080103396
CLASE: 05.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE CONSTAR: Que a esta ofi cina se ha presentado LUIS MI-GUEL ESPINO ARRIETA, mayor de edad, ABOGADO Y NOTARIO, del domicilio de SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA, actuando como APODERADO de PFIZER PRODUCTS INC., del domi-cilio de EASTERN POINT ROAD, GROTON CONNECTICUT 06340, ESTADOS UNIDOS DE AMERICA, de nacionalidad ESTADOUNI-DENSE, solicitando RENOVACION, para la inscripción Número 00196 del Libro 00071 de INSCRIPCION DE MARCAS, consistente en la palabra “CERDITAC”; que ampara productos/servicios comprendidos en la(s) Clase 05 de la Clasifi cación Internacional de Niza.
Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de Ley.
DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distin-tivos. San Salvador, a los dieciocho días del mes de enero del año dos mil ocho.
ALEXANDER RAFAEL MORALES MENDEZ,
REGISTRADOR.
RUHT NOEMI PERAZA GALDAMEZ,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. F000787-3
DIARIO
OFI
CIAL S
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181DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 1 de Abril de 2008.
No. de Expediente: 1996005118
No. de Presentación: 20080103418
CLASE: 30.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE CONSTAR: Que a esta ofi cina se ha presentado DANILO RODRIGUEZ VILLAMIL, mayor de edad, ABOGADO, del domicilio de SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA, actuando como APODERADO de FABRICA DE PRODUCTOS ALIMENTI-CIOS RENE Y COMPAÑIA, SOCIEDAD EN COMANDITA POR ACCIONES, del domicilio de CALZADA SAN JUAN 34-01, ZONA 7, CIUDAD DE GUATEMALA, REPUBLICA DE GUATEMALA, de nacionalidad GUATEMALTECA, solicitando RENOVACION, para la inscripción Número 00213 del Libro 00068 de INSCRIPCION DE MARCAS, consistente en la palabra “FILLER’S” en letras mayúsculas en tipo corriente; y el apóstrofe que lleva la palabra es parte de la marca; que ampara productos/servicios comprendidos en la(s) Clase 30 de la Clasifi cación Internacional de Niza.
Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de Ley.
DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distin-tivos. San Salvador, a los diecisiete días del mes de enero del año dos mil ocho.
Lic. PEDRO BALMORE HENRIQUEZ RAMOS,
REGISTRADOR.
SALVADOR ANIBAL JUAREZ URQUILLA,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. F000788-3
No. de Expediente: 1991003543
No. de Presentación: 20080103443
CLASE: 30.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE CONSTAR: Que a esta ofi cina se ha presentado DANILO RODRIGUEZ VILLAMIL, mayor de edad, ABOGADO, del domicilio de SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA, actuando como APODERADO de PEPSICO, INC, del domicilio de 700 Anderson Hill Road, Purchase, New York 10577, Estados Unidos de América, de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, solicitando RENOVACION, para la inscripción Número 00211 del Libro 00081 de INSCRIPCION DE MARCAS, consistente en la palabra PEPSICO; que ampara productos/servicios comprendidos en la(s) Clase 30 de la Clasifi cación Internacional de Niza.
Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de Ley.
DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distin-tivos. San Salvador, a los veintiuno días del mes de enero del año dos mil ocho.
Lic. PEDRO BALMORE HENRIQUEZ RAMOS,
REGISTRADOR.
SALVADOR ANIBAL JUAREZ URQUILLA,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. F000790-3
No. de Expediente: 1994000553
No. de Presentación: 20080103409
CLASE: 30.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE CONSTAR: Que a esta ofi cina se ha presentado DANILO RODRIGUEZ VILLAMIL, mayor de edad, ABOGADO, del domicilio de SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA, actuando como APODERADO de PEPSICO, INC., del domicilio de 700 ANDERSON HILL ROAD, PURCHASE, NEW YORK 10577, ESTADOS UNIDOS DE AMERICA, de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, solicitando RENOVACION, para la inscripción Número 00059 del Libro 00072 de INSCRIPCION DE MARCAS, consistente en la palabra “FRUTINAS”; que ampara productos/servicios comprendidos en la(s) Clase 30 de la Clasifi cación Internacional de Niza.
Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de Ley.
DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distin-tivos. San Salvador, a los dieciocho días del mes de enero del año dos mil ocho.
Lic. PEDRO BALMORE HENRIQUEZ RAMOS,
REGISTRADOR.
LUCIA MARGARITA GALAN,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. F000791-3
DIARIO
OFI
CIAL S
OLO P
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A
NO TIE
NE VALI
DEZ LE
GAL
182 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 379
No. de Expediente: 1996002853
No. de Presentación: 20080103407
CLASE: 30.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE CONSTAR: Que a esta ofi cina se ha presentado DANILO RODRIGUEZ VILLAMIL, mayor de edad, ABOGADO, del domicilio de SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA, actuando como APODERADO de PEPSICO, INC., del domicilio de 700 ANDERSON HILL ROAD, PURCHASE, NEW YORK 10577, ESTADOS UNIDOS DE AMERICA, de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, solicitando RENOVACION, para la inscripción Número 00184 del Libro 00069 de INSCRIPCION DE MARCAS, consistente en la expresión BOMBI-CARD; que ampara productos/servicios comprendidos en la(s) Clase 30 de la Clasifi cación Internacional de Niza.
Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de Ley.
DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distin-tivos. San Salvador, a los dieciocho días del mes de enero del año dos mil ocho.
Lic. PEDRO BALMORE HENRIQUEZ RAMOS,
REGISTRADOR.
LUCIA MARGARITA GALAN,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. F000793-3
No. de Expediente: 1997006076
No. de Presentación: 20080103403
CLASE: 31.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE CONSTAR: Que a esta ofi cina se ha presentado DANILO RODRIGUEZ VILLAMIL, mayor de edad, ABOGADO, del domicilio de SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA, actuando como APODERADO de PEPSICO, INC., del domicilio de 700 Ander-son Hill Road, Purchase, New York 10577, Estados Unidos de América, de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, solicitando RENOVACION, para la inscripción Número 00218 del Libro 00073 de INSCRIPCION DE MARCAS, consistente en la palabra “CHESTER”; que ampara productos/servicios comprendidos en la(s) Clase 31 de la Clasifi cación Internacional de Niza.
Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de Ley.
DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distin-tivos. San Salvador, a los diecisiete días del mes de enero del año dos mil ocho.
ALEXANDER RAFAEL MORALES MENDEZ,
REGISTRADOR.
RUTH NOEMI PERAZA GALDAMEZ,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. F000794-3
No. de Expediente: 1997006084
No. de Presentación: 20080103398
CLASE: 29.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE CONSTAR: Que a esta ofi cina se ha presentado DANILO RODRIGUEZ VILLAMIL, mayor de edad, ABOGADO, del domicilio de SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA, actuando como APODERADO de PEPSICO, INC., del domicilio de 700 Ander-son Hill Road, Purchase, New York 10577, Estados Unidos de América, de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, solicitando RENOVACION, para la inscripción Número 00145 del Libro 00074 de INSCRIPCION DE MARCAS, consistente en la palabra “CHESTER”; que ampara productos/servicios comprendidos en la(s) Clase 29 de la Clasifi cación Internacional de Niza.
Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de Ley.
DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distin-tivos. San Salvador, a los diecisiete días del mes de enero del año dos mil ocho.
ALEXANDER RAFAEL MORALES MENDEZ,
REGISTRADOR.
RUTH NOEMI PERAZA GALDAMEZ,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. F000796-3
DIARIO
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CIAL S
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ARA CONSULT
A
NO TIE
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183DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 1 de Abril de 2008.
No. de Expediente: 1992003953
No. de Presentación: 20080103408
CLASE: 30.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE CONSTAR: Que a esta ofi cina se ha presentado LUIS MI-GUEL ESPINO ARRIETA, mayor de edad, ABOGADO Y NOTARIO, del domicilio de SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA, actuando como APODERADO de GRUPO GAMESA, S.A. DE C.V., del domicilio de Avenida República Mexicana No. 225 Norte, San Nicolás de la Garza Nuevo León, México, de nacionalidad MEXICANA, solicitando RENOVACION, para la inscripción Número 00045 del Libro 00072 de INSCRIPCION DE MARCAS, consistente en LA EXPRESION COCO CHOCO; que ampara productos/servicios comprendidos en la(s) Clase 30 de la Clasiticación Internacional de Niza.
Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de Ley.
DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distin-tivos. San Salvador, a los dieciocho días del mes de enero del año dos mil ocho.
Lic. PEDRO BALMORE HENRIQUEZ RAMOS,
REGISTRADOR.
LUCIA MARGARITA GALAN,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. F000797-3
No. de Expediente: 1996002846
No. de Presentación: 20080103405
CLASE: 30.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE CONSTAR: Que a esta ofi cina se ha presentado DANILO RODRIGUEZ VILLAMIL, mayor de edad, ABOGADO, del domicilio de SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA, actuando como APODERADO de PEPSICO, INC., del domicilio de 700 ANDERSON HILL ROAD, PURCHASE, NEW YORK 10577, ESTADOS UNIDOS DE AMERICA, de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, solicitando RENOVACION, para la inscripción Número 00102 del Libro 00070 de INSCRIPCION DE MARCAS, consistente en la expresión “ASTEROI-DES”; que ampara productos/ servicios comprendidos en la(s) Clase 30 de la Clasifi cación Internacional de Niza.
Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de Ley.
DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distin-tivos. San Salvador, a los dieciocho días del mes de enero del año dos mil ocho.
HUMBERTO GUILLERMO CUESTAS MARTINEZ VARELA,
REGISTRADOR.
ANA LAURA RIVERA CASTELLANOS,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. F000799-3
No. de Expediente: 1997006081
No. de Presentación: 20080103411
CLASE: 30.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE CONSTAR: Que a esta ofi cina se ha presentado DANILO RODRIGUEZ VILLAMIL, mayor de edad, ABOGADO, del domicilio de SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA, actuando como APODERADO de PEPSICO, INC., del domicilio de 700 Anderson Hill Road, Purchase, Nueva York 10577, Estados Unidos de América, de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, solicitando RENOVACION, para la inscripción Número 00146 del Libro 00073 de INSCRIPCION DE MARCAS, consistente en la palabra “GATOLATE”; que ampara productos/servicios comprendidos en la(s) Clase 30 de la Clasifi cación Internacional de Niza.
Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de Ley.
DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distin-tivos. San Salvador, a los dieciocho días del mes de enero del año dos mil ocho.
ALEXANDER RAFAEL MORALES MENDEZ,
REGISTRADOR.
RUTH NOEMI PERAZA GALDAMEZ,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. F000801-3
DIARIO
OFI
CIAL S
OLO P
ARA CONSULT
A
NO TIE
NE VALI
DEZ LE
GAL
184 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 379
No. de Expediente: 1968015882
No. de Presentación: 20080104152
CLASE: 29, 30.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE CONSTAR: Que a esta ofi cina se ha presentado DANILO RODRIGUEZ VILLAMIL, mayor de edad, ABOGADO, del domicilio de SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA, actuando como APODERADO de SOCIETE DES PRODUITS NESTLE S.A., del domicilio de Vevey, Cantón de Vaud, Suiza, de nacionalidad SUI-ZA, solicitando RENOVACION, para la inscripción Número 00872 del Libro 00013 de REGISTRO DE MARCAS, consistente en la palabra “NESTUM”; que ampara productos/servicios comprendidos en la(s) Clase 29, 30 de la Clasifi cación Internacional de Niza.
Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de Ley.
DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, a los siete días del mes de febrero del año dos mil ocho.
ALEXANDER RAFAEL MORALES MENDEZ,
REGISTRADOR.
RUTH NOEMI PERAZA GALDAMEZ,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. F000811-3
No. de Expediente: 1986001072
No. de Presentación: 20080104774
CLASE: 05.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE CONSTAR: Que a esta ofi cina se ha presentado FERNAN-DO ANTONIO FRANCISCO PACHECO MUNGUIA, mayor de edad, INGENIERO INDUSTRIAL, del domicilio de SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA, actuando como REPRESENTANTE LEGAL Y ADMINISTRADOR UNICO PROPIETARIO de SAMAFER, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE que se abrevia: SAMAFER, S.A. DE C.V., del domicilio de CHINAMECA, DEPAR-TAMENTO DE SAN MIGUEL, de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando RENOVACION, para la inscripción Número 00070 del Libro 00115 de REGISTRO DE MARCAS, consistente en la palabra “ZINZUCAR”; que ampara productos/servicios comprendidos en la(s) Clase 05 de la Clasifi cación Internacional de Niza.
Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de Ley.
DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTIJAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, a los cinco días del mes de marzo del año dos mil ocho.
Lic. PEDRO BALMORE HENRIQUEZ RAMOS,
REGISTRADOR.
SALVADOR ANIBAL JUAREZ URQUILLA,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. F000817-3
No. de Expediente: 1997006339
No. de Presentación: 20080103432
CLASE: 05.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE CONSTAR: Que a esta ofi cina se ha presentado DANILO
RODRIGUEZ VILLAMIL, mayor de edad, ABOGADO, del domicilio
de SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA, actuando
como APODERADO de SANOFI-SYNTHELABO, del domicilio de
174, Avenue de France F-75013, París, Francia, de nacionalidad FRAN-
CESA, solicitando RENOVACION, para la inscripción Número 00020
del Libro 00074 de INSCRIPCION DE MARCAS, consistente en la
palabra HELMAZINE; que ampara productos/servicios comprendidos
en la(s) Clase 05 de la Clasifi cación Internacional de Niza.
Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de Ley.
DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distin-tivos. San Salvador, a los diecisiete días del mes de enero del año dos mil ocho.
ALEXANDER RAFAEL MORALES MENDEZ,
REGISTRADOR.
RUTH NOEMI PERAZA GALDAMEZ,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. F000887-3
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185DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 1 de Abril de 2008.
No. de Expediente: 1993002469
No. de Presentación: 20080104166
CLASE: 16.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE CONSTAR: Que a esta ofi cina se ha presentado DANILO
RODRIGUEZ VILLAMIL, mayor de edad, ABOGADO, del domicilio
de SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA, actuando como
APODERADO de Kimberly-Clark Worldwide, Inc., del domicilio de
Neenah, Wisconsin, 54956, Estados Unidos de América, de nacionalidad
ESTADOUNIDENSE, solicitando RENOVACION, para la inscripción
Número 00089 del Libro 00074 de INSCRIPCION DE MARCAS, con-
sistente en la palabra PETALO, escrita en letras estilizadas; que ampara
productos/servicios comprendidos en la(s) Clase 16 de la Clasifi cación
Internacional de Niza.
Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de
Ley.
DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la
Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distinti-
vos. San Salvador, a los cuatro días del mes de febrero del año dos mil
ocho.
HUMBERTO GUILLERMO CUESTAS MARTINEZ VARELA,
REGISTRADOR.
ANA LAURA RIVERA CASTELLANOS,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. F000888-3
No. de Expediente: 1997005437
No. de Presentación: 20080104147
CLASE: 09.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE CONSTAR: Que a esta ofi cina se ha presentado DANILO
RODRIGUEZ VILLAMIL, mayor de edad, ABOGADO, del domicilio
de SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA, actuando como
APODERADO de ALTIRIS, INC., del domicilio de 588 WEST 400
SOUTH, LINDON, UTAH 77070, ESTADOS UNIDOS DE AMERICA,
de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, solicitando RENOVACION, para
la inscripción Número 00038 del Libro 00074 de INSCRIPCION DE
MARCAS, consistente en las palabras “CARBON COPY”; que ampara
productos/servicios comprendidos en la(s) Clase 09 de la Clasifi cación
Internacional de Niza.
Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de
Ley.
DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la
Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distinti-
vos. San Salvador, a los cuatro días del mes de febrero del año dos mil
ocho.
HUMBERTO GUILLERMO CUESTAS MARTINEZ VARELA,
REGISTRADOR.
ANA LAURA RIVERA CASTELLANOS,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. F000890-3
No. de Expediente: 1995003882
No. de Presentación: 20080104124
CLASE: 05.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE CONSTAR: Que a esta ofi cina se ha presentado LUIS MI-
GUEL ESPINO ARRIETA, mayor de edad, ABOGADO Y NOTARIO,
del domicilio de SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA,
actuando como APODERADO de SMITHKLINE BEECHAM p.l.c., del
domicilio de 980 Great West Road, Brentford, Middlesex, TW8 9GS,
Reino Unido, de nacionalidad INGLESA, solicitando RENOVACION,
para la inscripción Número 00179 del Libro 00065 de INSCRIPCION
DE MARCAS, consistente en la palabra VENKAST; que ampara
productos/servicios comprendidos en la(s) Clase 05 de la Clasifi cación
Internacional de Niza.
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186 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 379
Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de
Ley.
DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la
Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.
San Salvador, a los treinta y uno días del mes de enero del año dos mil
ocho.
ALEXANDER RAFAEL MORALES MENDEZ,
REGISTRADOR.
RUTH NOEMI PERAZA GALDAMEZ,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. F000892-3
No. de Expediente: 1997000479
No. de Presentación: 20080104159
CLASE: 16.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE CONSTAR: Que a esta ofi cina se ha presentado DANILO
RODRIGUEZ VILLAMIL, mayor de edad, ABOGADO, del domicilio
de SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA, actuando
como APODERADO de GLAXO GROUP LIMITED, del domicilio
de GLAXO WELLCOME HOUSE, BERKELEY AVENUE, GRE-
ENFORD, MIDDLESEX UB6 ONN, INGLATERRA, de nacionalidad
INGLESA, solicitando RENOVACION, para la inscripción Número
00010 del Libro 00082 de INSCRIPCION DE MARCAS, consistente
en la letra C que está escrita en forma caprichosa de mayor tamaño de
las letras O N O L O G y, la parte inferior de la letra c abarca las letras
o o g y; hay otras leyendas accesorios de las cuales no se pretende de-
recho de exclusividad, todo lo relacionado es de color azul; que ampara
productos/servicios comprendidos en la(s) Clase 16 de la Clasifi cación
Internacional de Niza.
Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de
Ley.
DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la
Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distin-
tivos. San Salvador, a los primero días del mes de febrero del año dos
mil ocho.
Lic. PEDRO BALMORE HENRIQUEZ RAMOS,
REGISTRADOR.
LUCIA MARGARITA GALAN,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. F000893-3
No. de Expediente: 1997005720
No. de Presentación: 20080104167
CLASE: 05.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE CONSTAR: Que a esta ofi cina se ha presentado DANILO
RODRIGUEZ VILLAMIL, mayor de edad, ABOGADO, del domicilio
de SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA, actuando
como APODERADO de GLAXO GROUP LIMITED, del domicilio
de GLAXO WELLCOME HOUSE, BERKELEY AVENUE, GREEN-
FORD, MIDDLESEX UB6 ONN, INGLATERRA, de nacionalidad IN-
GLESA, solicitando RENOVACION, para la inscripción Número 00202
del Libro 00083 de INSCRIPCION DE MARCAS, consistente en la
palabra AGENERASE en letras mayúsculas tipo corriente; que ampara
productos/servicios comprendidos en la(s) Clase 05 de la Clasifi cación
Internacional de Niza.
Lo que se hace del conocimiento del público, para los éfectos de
Ley.
DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la
Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distin-
tivos. San Salvador, a los primero días del mes de febrero del año dos
mil ocho.
ALEXANDER RAFAEL MORALES MENDEZ,
REGISTRADOR.
RUTH NOEMI PERAZA GALDAMEZ,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. F000895-3
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187DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 1 de Abril de 2008.
No. de Expediente: 1967015632
No. de Presentación: 20080103377
CLASE: 05.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE CONSTAR: Que a esta ofi cina se ha presentado LUIS MI-GUEL ESPINO ARRIETA, mayor de edad, ABOGADO Y NOTARIO, del domicilio de SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA, actuando como APODERADO de SANOFI-SYNTHELABO, del do-micilio de 174, AVENUE DE FRANCE, F-75013, PARIS, FRANCIA, de nacionalidad FRANCESA, solicitando RENOVACION, para la ins-cripción Número 15632 del Libro 00038 de REGISTRO DE MARCAS, consistente en la palabra “NEGRAM”; que ampara productos/servicios comprendidos en la(s) Clase 05 de la Clasifi cación Internacional de Niza.
Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de Ley.
DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distinti-vos. San Salvador, a los veintidós días del mes de enero del año dos mil ocho.
LIC. PEDRO BALMORE HENRIQUEZ RAMOS,
REGISTRADOR.
LUCIA MARGARITA GALÁN,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. F000898-3
No. de Expediente: 1997004859
No. de Presentación: 20080104165
CLASE: 10.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE CONSTAR: Que a esta ofi cina se ha presentado DANILO RODRIGUEZ VILLAMIL, mayor de edad, ABOGADO, del domicilio de SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA, actuando como APODERADO de GLAXO GROUP LIMITED, del domicilio de Glaxo Wellcome House, Berkeley Avenue, Greenford, Middlesex UB6 ONN, Inglaterra, de nacionalidad INGLESA, solicitando RENOVACION, para la inscripción Número 00263 del Libro 00079 de INSCRIPCION DE MARCAS, consistente en dos libros uno verde obscuro que va parado; y el otro de color verde claro que va acostado; que ampara
productos/servicios comprendidos en la(s) Clase 10 de la Clasifi cación Internacional de Niza.
Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de Ley.
DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distin-tivos. San Salvador, a los primero días del mes de febrero del año dos mil ocho.
LIC. PEDRO BALMORE HENRIQUEZ RAMOS,
REGISTRADOR.
SALVADOR ANIBAL JUAREZ URQUILLA,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. F000899-3
No. de Expediente: 1997004807
No. de Presentación: 20080104181
CLASE: 05.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE CONSTAR: Que a esta ofi cina se ha presentado DANILO RODRIGUEZ VILLAMIL, mayor de edad, ABOGADO, del domicilio de SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA, actuando como APODERADO de GLAXO GROUP LIMITED, del domicilio de GLAXO WELLCOME HOUSE, BERKELEY AVENUE, GRE-ENFORD, MIDDLESEX UB6 ONN, INGLATERRA, de nacionalidad INGLESA, solicitando RENOVACION, para la inscripción Número 00167 del Libro 00078 de INSCRIPCION DE MARCAS, consistente en la palabra “LOTRONEX”, en letras mayúsculas tipo corriente; que ampara productos/servicios comprendidos en la(s) Clase 05 de la Cla-sifi cación Internacional de Niza.
Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de Ley.
DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distin-tivos. San Salvador, a los primero días del mes de febrero del año dos mil ocho.
LIC. PEDRO BALMORE HENRIQUEZ RAMOS,
REGISTRADOR.
LUCIA MARGARITA GALÁN,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. F000900-3
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188 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 379
No. de Expediente: 1997003451
No. de Presentación: 20080103438
CLASE: 05.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE CONSTAR: Que a esta ofi cina se ha presentado DANILO
RODRIGUEZ VILLAMIL, mayor de edad, ABOGADO, del domicilio
de SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA, actuando como
APODERADO de APOTEX INC., del domicilio de 150 Signet Drive,
Weston, Ontario, Canadá M9L 1T9, de nacionalidad CANADIENSE,
solicitando RENOVACION, para la inscripción Número 00061 del Libro
00068 de INSCRIPCION DE MARCAS, consistente en la palabra APO;
que ampara productos/servicios comprendidos en la(s) Clase 05 de la
Clasifi cación Internacional de Niza.
Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de
Ley.
DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la
Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distin-
tivos. San Salvador, a los dieciocho días del mes de enero del año dos
mil ocho.
LIC. PEDRO BALMORE HENRIQUEZ RAMOS,
REGISTRADOR.
SALVADOR ANIBAL JUAREZ URQUILLA,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. F000901-3
No. de Expediente: 1993002221
No. de Presentación: 20080104142
CLASE: 05.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE CONSTAR: Que a esta ofi cina se ha presentado DANILO
RODRIGUEZ VILLAMIL, mayor de edad, ABOGADO, del domicilio
de SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA, actuando como
APODERADO de GLAXO GROUP LIMITED, del domicilio de Glaxo
House, Berkeley Avenue, Greenford, Middlesex UB6 ONN, Inglaterra,
de nacionalidad INGLESA, solicitando RENOVACION, para la inscrip-
ción Número 00016 del Libro 00080 de INSCRIPCION DE MARCAS,
consistente en la palabra “FORTUM”; que ampara productos/servicios
comprendidos en la(s) Clase 05 de la Clasifi cación Internacional de
Niza.
Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de
Ley.
DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la
Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distin-
tivos. San Salvador, a los primero días del mes de febrero del año dos
mil ocho.
ALEXANDER RAFAEL MORALES MÉNDEZ,
REGISTRADOR.
RUTH NOEMI PERAZA GALDAMEZ,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. F000902-3
No. de Expediente: 1997003456
No. de Presentación: 20080103440
CLASE: 05.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE CONSTAR: Que a esta ofi cina se ha presentado DANILO
RODRIGUEZ VILLAMIL, mayor de edad, ABOGADO, del domicilio
de SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA, actuando
como APODERADO de APOTEX INC., del domicilio de 150 SIGNET
DRIVE, WESTON, ONTARIO, CANADA M9L 1T9, de nacionalidad
CANADIENSE, solicitando RENOVACION, para la inscripción Número
00062 del Libro 00068 de INSCRIPCION DE MARCAS, consistente en
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189DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 1 de Abril de 2008.
la palabra “APOTEX”; que ampara productos/servicios comprendidos
en la(s) Clase 05 de la Clasifi cación Internacional de Niza.
Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de
Ley.
DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la
Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distin-
tivos. San Salvador, a los diecisiete días del mes de enero del año dos
mil ocho.
LIC. PEDRO BALMORE HENRIQUEZ RAMOS,
REGISTRADOR.
LUCIA MARGARITA GALÁN,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. F000903-3
No. de Expediente: 1995005146
No. de Presentación: 20080103353
CLASE: 12.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE CONSTAR: Que a esta ofi cina se ha presentado LUIS MI-
GUEL ESPINO ARRIETA, mayor de edad, ABOGADO Y NOTARIO,
del domicilio de SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA,
actuando como APODERADO de MATTEL, INC., del domicilio de 333
Continental Boulevard, El Segundo, CA 90245, Estados Unidos de Amé-
rica, de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, solicitando RENOVACION,
para la inscripción Número 00183 del Libro 00069 de INSCRIPCION
DE MARCAS, consistente en LAS PALABRAS “FISHER-PRICE”
EN LETRAS MAYUSCULAS DE MOLDE ESTANDO SEPARADA
LA PALABRA FISHER DE LA PALABRA PRICE POR UN GUION;
que ampara productos/servicios comprendidos en la(s) Clase 12 de la
Clasifi cación Internacional de Niza.
Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de
Ley.
DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la
Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distin-
tivos. San Salvador, a los diecisiete días del mes de enero del año dos
mil ocho.
LIC. PEDRO BALMORE HENRIQUEZ RAMOS,
REGISTRADOR.
LUCIA MARGARITA GALÁN,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. F000904-3
No. de Expediente: 1990001593
No. de Presentación: 20080104205
CLASE: 10.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE CONSTAR: Que a esta ofi cina se ha presentado LUIS MI-
GUEL ESPINO ARRIETA, mayor de edad, ABOGADO Y NOTARIO,
del domicilio de SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA,
actuando como APODERADO de SMITHKLINE BEECHAM p.l.c.,
del domicilio de SB HOUSE, GREAT WEST ROAD, BRENTFORD,
MIDDLESEX, INGLATERRA, de nacionalidad INGLESA, solicitando
RENOVACION, para la inscripción Número 00152 del Libro 00085 de
INSCRIPCION DE MARCAS, consistente en el diseño de las letras SB,
unidas en su parte superior, sobre las palabras Smithkline Beechman;
que ampara productos/servicios comprendidos en la(s) Clase 10 de la
Clasifi cación Internacional de Niza.
Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de
Ley.
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190 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 379
DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la
Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distin-
tivos. San Salvador, a los primero días del mes de febrero del año dos
mil ocho.
LIC. PEDRO BALMORE HENRIQUEZ RAMOS,
REGISTRADOR.
LUCIA MARGARITA GALÁN,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. F000905-3
No. de Expediente: 1995001868
No. de Presentación: 20080103358
CLASE: 09.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE CONSTAR: Que a esta ofi cina se ha presentado LUIS MI-
GUEL ESPINO ARRIETA, mayor de edad, ABOGADO Y NOTARIO,
del domicilio de SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA,
actuando como APODERADO de MATTEL, INC., del domicilio de 333
Continental Boulevar, El Segundo, CA 90245, Estados Unidos de Amé-
rica, de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, solicitando RENOVACION,
para la inscripción Número 00218 del Libro 00066 de INSCRIPCION
DE MARCAS, consistente en la expresión “GREAT ADVENTURES
BY FISHER-PRICE”, en letras mayúsculas, el guión que une a las pa-
labras FISHER PRICE forma parte del nombre de la marca; que ampara
productos/servicios comprendidos en la(s) Clase 09 de la Clasifi cación
Internacional de Niza.
Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de
Ley.
DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la
Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distinti-
vos. San Salvador, a los dieciséis días del mes de enero del año dos mil
ocho.
HUMBERTO GUILLERMO CUESTAS MARTINEZ VARELA,
REGISTRADOR.
ANA LAURA RIVERA CASTELLANOS,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. F000906-3
No. de Expediente: 1990001596
No. de Presentación: 20080104193
CLASE: 21.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE CONSTAR: Que a esta ofi cina se ha presentado LUIS MI-
GUEL ESPINO ARRIETA, mayor de edad, ABOGADO Y NOTARIO,
del domicilio de SAN SALVADOR de nacionalidad SALVADOREÑA,
actuando como APODERADO de SMITHKLINE BEECHAM p.l.c.,
del domicilio de SB House, Great West Road, Brentford, Middlesex,
Inglaterra, de nacionalidad INGLESA, solicitando RENOVACION,
para la inscripción Número 00153 del Libro 00085 de INSCRIPCION
DE MARCAS, consistente en el diseño de las letras “SB”, unidas en
su parte superior, sobre las palabras Smithkline Beechman; que ampara
productos/servicios comprendidos en la(s) Clase 21 de la Clasifi cación
Internacional de Niza.
Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de
Ley.
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191DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 1 de Abril de 2008.
DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la
Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distin-
tivos. San Salvador, a los primero días del mes de febrero del año dos
mil ocho.
LIC. PEDRO BALMORE HENRIQUEZ RAMOS,
REGISTRADOR.
LUCIA MARGARITA GALÁN,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. F000908-3
No. de Expediente: 1995001872
No. de Presentación: 20080103356
CLASE: 28.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE CONSTAR: Que a esta ofi cina se ha presentado LUIS MI-
GUEL ESPINO ARRIETA, mayor de edad, ABOGADO Y NOTARIO,
del domicilio de SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA,
actuando como APODERADO de MATTEL, INC., del domicilio de
333 Continental Boulevard, El Segundo, CA 90245, Estados Unidos
de América, de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, solicitando RE-
NOVACION, para la inscripción Número 00181 del Libro 00066 de
INSCRIPCION DE MARCAS, consistente en la expresión GREAT
ADVENTURES BY FISHER-PRICE, en letras mayúsculas. El guión
que une a las palabras FISHER PRICE forma parte del nombre de la
marca; que ampara productos/servicios comprendidos en la(s) Clase 28
de la Clasifi cación Internacional de Niza.
Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de
Ley.
DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la
Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distinti-
vos. San Salvador, a los dieciséis días del mes de enero del año dos mil
ocho.
LIC. PEDRO BALMORE HENRIQUEZ RAMOS,
REGISTRADOR.
SALVADOR ANIBAL JUAREZ URQUILLA,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. F000909-3
No. de Expediente: 1989000732
No. de Presentación: 20080103361
CLASE: 28.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE CONSTAR: Que a esta ofi cina se ha presentado LUIS MI-
GUEL ESPINO ARRIETA, mayor de edad, ABOGADO Y NOTARIO,
del domicilio de SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA,
actuando como APODERADO de MATTIEL, INC., del domicilio de
5150 Rosecrans Avenue, Hawthorne, California 90250, Estados Uni-
dos de América, de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, solicitando
RENOVACION, para la inscripción Número 00071 del Libro 00079
de INSCRIPCION DE MARCAS, consistente en la palabra MATTEL;
que ampara productos/servicios comprendidos en la(s) Clase 28 de la
Clasifi cación Internacional de Niza.
Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de
Ley.
DIARIO
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192 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 379
DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la
Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distin-
tivos. San Salvador, a los diecisiete días del mes de enero del año dos
mil ocho.
LIC. PEDRO BALMORE HENRIQUEZ RAMOS,
REGISTRADOR.
SALVADOR ANIBAL JUAREZ URQUILLA,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. F000910-3
No. de Expediente: 1957005445
No. de Presentación: 20080103376
CLASE: 05.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE CONSTAR: Que a esta ofi cina se ha presentado DANILO
RODRIGUEZ VILLAMIL, mayor de edad, ABOGADO, del domicilio
de SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA, actuando como
APODERADO de S.C. JOHNSON & SON, INC., del domicilio de
Ciudad de Racine, Estado de Wisconsin, Estados Unidos de América, de
nacionalidad ESTADOUNIDENSE, solicitando RENOVACION, para la
inscripción Número 05445 del Libro 00023 de REGISTRO DE MARCAS,
consistente en la palabra “GLADE”; que ampara productos/servicios
comprendidos en la(s) Clase 05 de la Clasifi cación Internacional de
Niza.
Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de
Ley.
DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la
Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distinti-
vos. San Salvador, a los veintitrés días del mes de enero del año dos mil
ocho.
ALEXANDER RAFAEL MORALES MENDEZ,
REGISTRADOR.
RUTH NOEMI PERAZA GALDAMEZ,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. F000911-3
No. de Expediente: 1993000459
No. de Presentación: 20080104169
CLASE: 05.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE CONSTAR: Que a esta ofi cina se ha presentado LUIS MI-GUEL ESPINO ARRIETA, mayor de edad, ABOGADO Y NOTARIO, del domicilio de SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADORE-ÑA, actuando como APODERADO de SMITHKLINE BEECHAM p.l.c., del domicilio de NEW HORIZONS COURT, BRENTFORD, MIDDLESEX TW8 9EP, INGLATERRA, de nacionalidad INGLESA, solicitando RENOVACION, para la inscripción Número 00090 del Li-bro 00081 de INSCRIPCION DE MARCAS, consistente en la palabra “MEJORULTRA”, escrita en letras mayúsculas, de molde; que ampara productos/servicios comprendidos en la(s) Clase 05 de la Clasifi cación Internacional de Niza.
Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de Ley.
DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distin-tivos. San Salvador, a los primero días del mes de febrero del año dos mil ocho.
LIC. PEDRO BALMORE HENRIQUEZ RAMOS,
REGISTRADOR.
LUCIA MARGARITA GALÁN,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. F000912-3
No. de Expediente: 1977001233
No. de Presentación: 20080103348
CLASE: 30.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE CONSTAR: Que a esta ofi cina se ha presentado DANILO RODRIGUEZ VILLAMIL, mayor de edad, ABOGADO, del domicilio de SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA, actuando como APODERADO de CADBURY ADAMS USA LLC, del domicilio de 2711 Centerville Road Suite 400, Wilmington DE 19808, Estados Unidos de América, de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, solicitando RENOVACION, para la inscripción Número 00121 del Libro 00072 de REGISTRO DE MARCAS, consistente en la palabra “FRESHEN-UP”; que ampara productos/servicios comprendidos en la(s) Clase 30 de la Clasifi cación Internacional de Niza.
DIARIO
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193DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 1 de Abril de 2008.
Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de Ley.
DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distin-tivos. San Salvador, a los veintiuno días del mes de enero del año dos mil ocho.
HUMBERTO GUILLERMO CUESTAS MARTINEZ VARELA,
REGISTRADOR.
MARIA ISABEL JACO LINARES,
SECRETARIA.
3 v. alt. No. F000914-3
No. de Expediente: 1998001816
No. de Presentación: 20080104192
CLASE: 05.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE CONSTAR: Que a esta ofi cina se ha presentado DANILO RODRIGUEZ VILLAMIL, mayor de edad, ABOGADO, del domicilio de SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA, actuando como APODERADO de SMITHKLINE RECKMAN CORPORATION, del domicilio de One Franklin Plaza, Philadelphia, Pennsylvania, Estados Unidos de América, de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, solicitando RENOVACION, para la inscripción Número 00047 del Libro 00085 de INSCRIPCION DE MARCAS, consistente en la palabra “HOTREM”; que ampara productos/servicios comprendidos en la(s) Clase 05 de la Clasifi cación Internacional de Niza.
Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de Ley.
DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distin-tivos. San Salvador, a los primero días del mes de febrero del año dos mil ocho.
ALEXANDER RAFAEL MORALES MENDEZ,
REGISTRADOR.
RUTH NOEMI PERAZA GALDAMEZ,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. F000916-3
No. de Expediente: 1985001193
No. de Presentación: 20080103350
CLASE: 30.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE CONSTAR: Que a esta ofi cina se ha presentado DANILO RODRIGUEZ VILLAMIL, mayor de edad, ABOGADO, del domicilio de SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA, actuando como APODERADO de CADBURY ADAMS USA LLC, del domicilio de 2711 Centervile Road Suite 400, Wilmington, DE 19808, Estados Unidos de América, de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, solicitando RENOVACION, para la inscripción Número 00079 del Libro 00117 de REGISTRO DE MARCAS, consistente en la palabra “CRACK-UPS”; que ampara productos/servicios comprendidos en la(s) Clase 30 de la Clasifi cación Internacional de Niza.
Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de Ley.
DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distinti-vos. San Salvador, a los veintidós días del mes de enero del año dos mil ocho.
LIC. PEDRO BALMORE HENRIQUEZ RAMOS,
REGISTRADOR.
LUCIA MARGARITA GALÁN,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. F000917-3
No. de Expediente: 1995004534
No. de Presentación: 20080104138
CLASE: 05.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE CONSTAR: Que a esta ofi cina se ha presentado LUIS MI-GUEL ESPINO ARRIETA, mayor de edad, ABOGADO Y NOTARIO, del domicilio de SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA, actuando como APODERADO de SMITHKLINE BEECHAM p.l.c., del domicilio de NEW HORIZONS COURT, BRENTFORD, MIDDLE-SEX TW8 9EP, INGLATERRA, de nacionalidad INGLESA, solicitando RENOVACION, para la inscripción Número 00136 del Libro 00080 de INSCRIPCION DE MARCAS, consistente en la expresión “SB CASA DE VACUNAS”, no pretendiéndose exclusividad sobre la palabra va-cunas; que ampara productos/servicios comprendidos en la(s) Clase 05 de la Clasifi cación Internacional de Niza.
DIARIO
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194 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 379
Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de
Ley.
DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la
Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distin-
tivos. San Salvador, a los primero días del mes de febrero del año dos
mil ocho.
HUMBERTO GUILLERMO CUESTAS MARTINEZ VARELA,
REGISTRADOR.
MARIA ISABEL JACO LINARES,
SECRETARIA.
3 v. alt. No. F000919-3
No. de Expediente: 1997003485
No. de Presentación: 20080103384
CLASE: 36.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE CONSTAR: Que a esta ofi cina se ha presentado LUIS MI-
GUEL ESPINO ARRIETA, mayor de edad, ABOGADO Y NOTARIO,
del domicilio de SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA,
actuando como APODERADO de RE/MAX INTERNATIONAL, INC.,
del domicilio de 5445 DTC Parkway Englewood; Colorado 80111, Estados
Unidos de América, de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, solicitando
RENOVACION, para la inscripción Número 00059 del Libro 00068 de
INSCRIPCION DE MARCAS, consistente en una etiqueta rectangular
de tres franjas de igual anchura, de color rojo la superior, blanca la de
en medio y azul la inferior. Sobre la parte izquierda de la franja rojo y
blanca se ubica el diseño de un globo, que muestra los mismos colores de
las franjas ya mencionadas y dispuestas en la misma forma; que ampara
productos/servicios comprendidos en la(s) Case 36 de la Clasifi cación
Internacional de Niza.
Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de
Ley.
DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la
Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distin-
tivos. San Salvador, a los dieciocho días del mes de enero del año dos
mil ocho.
LIC. PEDRO BALMORE HENRIQUEZ RAMOS,
REGISTRADOR.
SALVADOR ANIBAL JUAREZ URQUILLA,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. F000920-3
No. de Expediente: 1995001773
No. de Presentación: 20080104216
CLASE: 10.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE CONSTAR: Que a esta ofi cina se ha presentado DANILO
RODRIGUEZ VILLAMIL, mayor de edad, ABOGADO, del domicilio
de SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA, actuando
como APODERADO de GLAXO GROUP LIMITED, del domicilio
de Glaxo House, Berkeley Avenue, Greenford, Middlesex, UB6 ONN,
Inglaterra, de nacionalidad INGLESA, solicitando RENOVACION, para
la inscripción Número 00175 del Libro 00079 de INSCRIPCION DE
MARCAS, consistente en dos libros uno de color beige que va parado
y el otro de color café que va acostado; que ampara productos/servicios
comprendidos en la(s) Clase 10 de la Clasifi cación Internacional de
Niza.
Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de
Ley.
DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la
Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distin-
tivos. San Salvador, a los primero días del mes de febrero del año dos
mil ocho.
LIC. PEDRO BALMORE HENRIQUEZ RAMOS,
REGISTRADOR.
SALVADOR ANIBAL JUAREZ URQUILLA,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. F000921-3
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195DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 1 de Abril de 2008.
No. de Expediente: 1997003486
No. de Presentación: 20080103388
CLASE: 35.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE CONSTAR: Que a esta ofi cina se ha presentado LUIS MI-
GUEL ESPINO ARRIETA, mayor de edad, ABOGADO Y NOTARIO,
del domicilio de SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA,
actuando como APODERADO de RE/MAX INTERNATIONAL, INC.,
del domicilio de 5445 DTC Parkway, Englewood Colorado 80111, Estados
Unidos de América, de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, solicitando
RENOVACION, para la inscripción Número 00029 del Libro 00066 de
INSCRIPCION DE MARCAS, consistente en una etiqueta rectangular
de tres franjas de igual anchura, de color rojo la superior, blanca de la
enmedio y azul la inferior. Sobre la parte izquierda de la franja rojo y
blanca se ubica el diseño de un globo, que muestra los mismo colores de
la franja ya mencionadas y dispuestas en la misma forma; que ampara
productos/servicios comprendidos en la(s) Clase 35 de la Clasifi cación
Internacional de Niza.
Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de
Ley.
DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la
Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distinti-
vos. San Salvador, a los dieciséis días del mes de enero del año dos mil
ocho.
ALEXANDER RAFAEL MORALES MENDEZ,
REGISTRADOR.
RUTH NOEMI PERAZA GALDAMEZ,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. F000922-3
No. de Expediente: 1997002499
No. de Presentación: 20080103406
CLASE: 03.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE CONSTAR: Que a esta ofi cina se ha presentado LUIS MI-
GUEL ESPINO ARRIETA, mayor de edad, ABOGADO Y NOTARIO,
del domicilio de SAN SALVADOR de nacionalidad SALVADOREÑA,
actuando como APODERADO de OSCAR DE LA RENTA LTD., del
domicilio de 550 SEVENTH AVENUE, NEW YORK, NEW YORK
10018, ESTADOS UNIDOS DE AMERICA., de nacionalidad ESTA-
DOUNIDENSE, solicitando RENOVACION, para la inscripción Número
00079 del Libro 00066 de INSCRIPCION DE MARCAS, consistente en
la expresión “SO DE LA RENTA”, con la particularidad que las letras
“S” y “O”, en mayor tamaño, están escritas en forma estilizada; la letra
“S” escrita entre las palabras “DE” “LA” y la letra “O” encerrando la
palabra “LA”; que ampara productos/servicios comprendidos en la(s)
Clase 03 de la Clasifi cación Internacional de Niza.
Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de
Ley.
DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la
Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distinti-
vos. San Salvador, a los dieciséis días del mes de enero del año dos mil
ocho.
Lic. PEDRO BALMORE HENRIQUEZ RAMOS,
REGISTRADOR.
LUCIA MARGARITA GALAN,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. F000923-3
No. de Expediente: 1997006439
No. de Presentación: 20080104174
CLASE: 05.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE CONSTAR: Que a esta ofi cina se ha presentado DANILO
RODRIGUEZ VILLAMIL, mayor de edad, ABOGADO, del domicilio
de SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA, actuando
como APODERADO de GRIFOLS, S.A., del domicilio de BARCE-
LONA, c/ DE LA MARINA, 16-18, TORRE MAPFRE, PLANTA 26,
ESPAÑA, de nacionalidad ESPAÑOLA, solicitando RENOVACION,
para la inscripción Número 00046 del Libro 00075 de INSCRIPCION
DE MARCAS, consistente en la palabra FLEBOGAMMA; que ampara
productos/servicios comprendidos en la(s) Clase 05 de la Clasifi cación
Internacional de Niza.
Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de
Ley.
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196 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 379
DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la
Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distinti-
vos. San Salvador, a los cuatro días del mes de febrero del año dos mil
ocho.
HUMBERTO GUILLERMO CUESTAS MARTINEZ VARELA,
REGISTRADOR.
MARIA ISABEL JACO LINARES,
SECRETARIA.
3 v. alt. No. F000924-3
No. de Expediente: 1995004592
No. de Presentación: 20080103437
CLASE: 03.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE CONSTAR: Que a esta ofi cina se ha presentado DANILO
RODRIGUEZ VILLAMIL, mayor de edad, ABOGADO, del domicilio
de SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA, actuando como
APODERADO de LG CORP., del domicilio de 20, YOIDO-DONG,
YONGDUNGPO-KU, SEUL, COREA, de nacionalidad COREANA,
solicitando RENOVACION, para la inscripción Número 00010 del Libro
00066 de INSCRIPCION DE MARCAS, consistente en las letras “LG”
seguidas de las palabras “BAMBOO SALT” y la letra “F”; que ampara
productos/servicios comprendidos en la(s) Clase 03 de la Clasifi cación
Internacional de Niza.
Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de
Ley.
DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la
Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distinti-
vos. San Salvador, a los dieciséis días del mes de enero del año dos mil
ocho.
HUMBERTO GUILLERMO CUESTAS MARTINEZ VARELA,
REGISTRADOR.
ANA LAURA RIVERA CASTELLANOS,
SECRETARIA.
3 v. alt. No. F000925-3
No. de Expediente: 1986000543
No. de Presentación: 20080104215
CLASE: 25.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE CONSTAR: Que a esta ofi cina se ha presentado DANILO
RODRIGUEZ VILLAMIL, mayor de edad, ABOGADO, del domicilio
de SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA, actuando como
APODERADO de Kimberly-Clark Worldwide, Inc., del domicilio de
Neenah, Wisconsin, 54956, Estados Unidos de América, de nacionalidad
ESTADOUNIDENSE, solicitando RENOVACION, para la inscripción
Número 00080 del Libro 00115 de REGISTRO DE MARCAS, con-
sistente en la palabra “KLEENEX”; que ampara productos/servicios
comprendidos en la(s) Clase 25 de la Clasifi cación Internacional de
Niza.
Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de
Ley.
DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la
Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.
San Salvador, a los siete días del mes de febrero del año dos mil ocho.
Lic. PEDRO BALMORE HENRIQUEZ RAMOS,
REGISTRADOR.
SALVADOR ANIBAL JUAREZ URQUILLA,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. F000926-3
No. de Expediente: 1997005953
No. de Presentación: 20080103380
CLASE: 16.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE CONSTAR: Que a esta oficina se ha presentado LUIS MI-
GUEL ESPINO ARRIETA, mayor de edad, ABOGADO Y NOTARIO,
del domicilio de SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA,
actuando como APODERADO de AMERICAN MANAGEMENT
ASSOCIATION INTERNATIONAL, del domicilio de 1601 Broadway,
New York, New York, 10019, Estados Unidos de América, de nacionalidad
ESTADOUNIDENSE, solicitando RENOVACION, para la inscripción
Número 00125 del Libro 00078 de INSCRIPCION DE MARCAS,
consistente en la palabra AMACOM; que ampara productos/servicios
comprendidos en la (s) Clase 16 de la Clasifi cación Internacional de
Niza.
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197DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 1 de Abril de 2008.
Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de
Ley.
DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la
Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distin-
tivos. San Salvador, a los diecisiete días del mes de enero del año dos
mil ocho.
Lic. PEDRO BALMORE HENRIQUEZ RAMOS,
REGISTRADOR.
SALVADOR ANIBAL JUAREZ URQUILLA,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. F000927-3
No. de Expediente: 1997003122
No. de Presentación: 20080103434
CLASE: 11.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE CONSTAR: Que a esta ofi cina se ha presentado DANILO
RODRIGUEZ VILLAMIL, mayor de edad, ABOGADO, del domicilio
de SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA, actuando
como APODERADO de ALSONS CORPORATION, del domicilio de
UNION STREET, HILLSDALE, MICHIGAN, ESTADOS UNIDOS
DE AMERICA, de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, solicitando
RENOVACION, para la inscripción Número 00015 del Libro 00066 de
INSCRIPCION DE MARCAS, consistente en La palabra ALSONS;
que ampara productos/servicios comprendidos en la(s) Clase 11 de la
Clasifi cación Internacional de Niza.
Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de
Ley.
DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la
Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distinti-
vos. San Salvador, a los dieciséis días del mes de enero del año dos mil
ocho.
HUMBERTO GUILLERMO CUESTAS MARTINEZ VARELA,
REGISTRADOR.
ANA LAURA RIVERA CASTELLANOS,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. F000928-3
No. de Expediente: 1997005102
No. de Presentación: 20080104144
CLASE: 03.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE CONSTAR: Que a esta ofi cina se ha presentado LUIS
MIGUEL ESPINO ARRIETA, mayor de edad, ABOGADO Y NOTA-
RIO, del domicilio de SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADO-
REÑA, actuando como APODERADO de YVES SAINT LAURENT
PARFUMS, del domicilio de 28/34, BOULEVARD DU PARC 92521,
NEUILLY CEDEX-FRANCE, de nacionalidad FRANCESA, solici-
tando RENOVACION, para la inscripción Número 00092 del Libro
00070 de INSCRIPCION DE MARCAS, consistente en la expresión
FRAICHEUR D’ORIENT, formando el apóstrofe parte de la marca;
que ampara productos/servicios comprendidos en la(s) Clase 03 de la
Clasifi cación Internacional de Niza.
Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de
Ley.
DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la
Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distin-
tivos. San Salvador, a los cinco días del mes de febrero del año dos mil
ocho.
HUMBERTO GUILLERMO CUESTAS MARTINEZ VARELA,
REGISTRADOR.
MARIA ISABEL JACO LINARES,
SECRETARIA.
3 v. alt. No. F000929-3
No. de Expediente: 1968016051
No. de Presentación: 20080103153
CLASE: 04.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE CONSTAR: Que a esta ofi cina se ha presentado DANILO
RODRIGUEZ VILLAMIL, mayor de edad, ABOGADO, del domicilio
de SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA, actuando como
APODERADO de ETHYL CORPORATION, del domicilio de Richmond,
Estado de Virginia, Estados Unidos de América, de nacionalidad ESTA-
DOUNIDENSE, solicitando RENOVACION, para la inscripción Número
01497 del Libro 00007 de REGISTRO DE MARCAS, consistente en
la palabra “ETHYL”; que ampara productos/servicios comprendidos en
la(s) Clase 04 de la Clasifi cación Internacional de Niza.
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198 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 379
Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de
Ley.
DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la
Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distin-
tivos. San Salvador, a los catorce días del mes de enero del año dos mil
ocho.
ALEXANDER RAFAEL MORALES MENDEZ,
REGISTRADOR.
RUTH NOEMI PERAZA GALDAMEZ,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. F000930-3
No. de Expediente: 1997001846
No. de Presentación: 20080104183
CLASE: 05.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE CONSTAR: Que a esta ofi cina se ha presentado DANILO
RODRIGUEZ VILLAMIL, mayor de edad, ABOGADO, del domicilio
de SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA, actuando
como APODERADO de GLAXO GROUP LIMITED, del domicilio
de GLAXO WELLCOME HOUSE, BERKELEY AVENUE, GREEN-
FORD, MIDDLESEX UB6 ONN, INGLATERRA, de nacionalidad
INGLESA, solicitando RENOVACION, para la inscripción Número
00206 del Libro 00078 de INSCRIPCION DE MARCAS, consistente
en la palabra ATLAZIR palabra en letras mayúsculas tipo corriente;
que ampara productos/servicios comprendidos en la(s) Clase 05 de la
Clasifi cación Internacional de Niza.
Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de
Ley.
DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la
Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distinti-
vos. San Salvador, a los cuatro días del mes de febrero del año dos mil
ocho.
HUMBERTO GUILLERMO CUESTAS MARTINEZ VARELA,
REGISTRADOR.
MARIA ISABEL JACO LINARES,
SECRETARIA.
3 v. alt. No. F000931-3
No. de Expediente: 1995003904
No. de Presentación: 20080103402
CLASE: 30.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE CONSTAR: Que a esta ofi cina se ha presentado LUIS MI-
GUEL ESPINO ARRIETA, mayor de edad, ABOGADO Y NOTARIO,
del domicilio de SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA,
actuando como APODERADO de MOLINOS RIO DE LA PLATA SO-
CIEDAD ANONIMA, del domicilio de PASEO COLON 746, BUENOS
AIRES, ARGENTINA, de nacionalidad ARGENTINA, solicitando
RENOVACION, para la inscripción Número 00178 del Libro 00065 de
INSCRIPCION DE MARCAS, consistente en la palabra PREFERIDO;
que ampara productos/servicios comprendidos en la (s) Clase 30 de la
Clasifi cación Internacional de Niza.
Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de
Ley.
DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la
Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distinti-
vos. San Salvador, a los dieciséis días del mes de enero del año dos mil
ocho.
Lic. PEDRO BALMORE HENRIQUEZ RAMOS,
REGISTRADOR.
LUCIA MARGARITA GALAN,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. F000932-3
No. de Expediente: 1997001851
No. de Presentación: 20080104126
CLASE: 05.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE CONSTAR: Que a esta ofi cina se ha presentado DANILO
RODRIGUEZ VILLAMIL, mayor de edad, ABOGADO, del domicilio
de SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA, actuando
como APODERADO de GLAXO GROUP LIMITED, del domi-
cilio de GLAXO WELLCOME HOUSE, BERKELEY AVENUE,
GREENFORD, MIDDLESEX UB6 ONN, INGLATERRA, de
nacionalidad INGLESA, solicitando RENOVACION, para la inscrip-
ción Número 00231 del Libro 00067 de INSCRIPCION DE MARCAS,
consistente en la palabra “NARAVEL” en letras mayúsculas tipo corriente;
que ampara productos/servicios comprendidos en la(s) Clase 05 de la
Clasifi cación Internacional de Niza.
DIARIO
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CIAL S
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ARA CONSULT
A
NO TIE
NE VALI
DEZ LE
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199DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 1 de Abril de 2008.
Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de
Ley.
DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la
Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distin-
tivos. San Salvador, a los cinco días del mes de febrero del año dos mil
ocho.
HUMBERTO GUILLERMO CUESTAS MARTINEZ VARELA,
REGISTRADOR.
ANA LAURA RIVERA CASTELLANOS,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. F000933-3
No. de Expediente: 1997005073
No. de Presentación: 20080103400
CLASE: 03.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE CONSTAR: Que a esta ofi cina se ha presentado DANILO
RODRIGUEZ VILLAMIL, mayor de edad, ABOGADO, del domicilio
de SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA, actuando como
APODERADO de COMPTOIR NOUVEAU DE LA PARFUMERIE,
del domicilio de 23, RUE BOISSY D’ANGLAS 75008 PARIS, FRAN-
CIA, de nacionalidad FRANCESA, solicitando RENOVACION, para
la inscripción Número 00074 del Libro 00068 de INSCRIPCION DE
MARCAS, consistente en la palabra “BELAMI”, siendo las letras “B”
y “A” de tamaño más grande que las restantes; que ampara productos/
servicios comprendidos en la(s) Clase 03 de la Clasifi cación Internacional
de Niza..
Lo que se hace del conocimiento del público para los efectos de
Ley.
DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la
Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distin-
tivos. San Salvador, a los diecisiete días del mes de enero del año dos
mil ocho.
Lic. PEDRO BALMORE HENRIQUEZ RAMOS,
REGISTRADOR.
LUCIA MARGARITA GALAN,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. F000934-3
No. de Expediente: 1997003240
No. de Presentación: 20080104203
CLASE: 05.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE CONSTAR: Que a esta ofi cina se ha presentado DANILO
RODRIGUEZ VILLAMIL, mayor de edad, ABOGADO, del domicilio
de SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA, actuando como
APODERADO de GlaxoSmithkline Biologicals S.A., del domicilio de
Rue de I’Institut 89, B-1330 Rixensart, Bélgica, de nacionalidad BEL-
GA, solicitando RENOVACION, para la inscripción Número 00100 del
Libro 00071 de INSCRIPCION DE MARCAS, consistente en la palabra
“SIMPLIRIX”; que ampara productos/servicios comprendidos en la (s)
Clase 05 de la Clasifi cación Internacional de Niza.
Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de
Ley.
DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la
Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distinti-
vos. San Salvador, a los cuatro días del mes de febrero del año dos mil
ocho.
ALEXANDER RAFAEL MORALES MENDEZ,
REGISTRADOR.
ISMEL EDITH VALLES DE HERNANDEZ,
SECRETARIA.
3 v. alt. No. F000935-3
No. de Expediente: 1996002603
No. de Presentación: 20080104189
CLASE: 05.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE CONSTAR: Que a esta ofi cina se ha presentado LUIS MI-
GUEL ESPINO ARRIETA, mayor de edad, ABOGADO Y NOTARIO,
del domicilio de SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA,
actuando como APODERADO de SMITHKLINE BEECHAM p.l.c., del
domicilio de 980 Great West Road; Brentford, Middlesex, TW8 9GS,
Reino Unido, de nacionalidad INGLESA, solicitando RENOVACION,
para la inscripción Número 00074 del Libro 00073 de INSCRIPCION
DE MARCAS, consistente en la palabra VALDA, en letras mayúsculas
tipo corriente; que ampara productos/ servicios comprendidos en la(s)
Clase 05 de la Clasifi cación Internacional de Niza.
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200 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 379
Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de
Ley.
DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la
Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distinti-
vos. San Salvador, a los cuatro días del mes de febrero del año dos mil
ocho.
HUMBERTO GUILLERMO CUESTAS MARTINEZ VARELA,
REGISTRADOR.
ANA LAURA RIVERA CASTELLANOS,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. F000936-3
No. de Expediente: 1997000143
No. de Presentación: 20080103337
CLASE: 30.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE CONSTAR: Que a esta ofi cina se ha presentado DANILO
RODRIGUEZ VILLAMIL, mayor de edad, ABOGADO, del domicilio
de SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA, actuando como
APODERADO de Cadbury Adams USA LLC, del domicilio de 2711
Centerville Road Suite 400, Wilmington, 19808, Estados Unidos de Amé-
rica, de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, solicitando RENOVACION,
para la inscripción Número 00202 del Libro 00084 de INSCRIPCION
DE MARCAS, consistente en la fi gura de un triángulo escaleno en cuyo
interior se encuentra un diseño abstracto conformado por varios trazos
irregulares; que ampara productos/servicios comprendidos en la(s) Clase
30 de la Clasifi cación Internacional de Niza.
Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de
Ley.
DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la
Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distin-
tivos. San Salvador, a los veintiuno días del mes de enero del año dos
mil ocho.
Lic. PEDRO BALMORE HENRIQUEZ RAMOS,
REGISTRADOR.
SALVADOR ANIBAL JUAREZ URQUILLA,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. F000937-3
No. de Expediente: 1997001854
No. de Presentación: 20080104146
CLASE: 05.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE CONSTAR: Que a esta ofi cina se ha presentado DANILO
RODRIGUEZ VILLAMIL, mayor de edad, ABOGADO, del domicilio
de SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA, actuando
como APODERADO de GLAXO GROUP LIMITED, del domicilio
de GLAXO WELLCOME HOUSE, BERKELEY AVENUE, GREEN-
FORD, MIDDLESEX UB6 ONN, INGLATERRA, de nacionalidad
INGLESA, solicitando RENOVACION, para la inscripción Número
00059 del Libro 00073 de INSCRIPCION DE MARCAS, consistente
en la palabra ZIAGEN en letras mayúsculas tipo corriente; que ampara
productos/servicios comprendidos en la(s) Clase 05 de la Clasifi cación
Internacional de Niza.
Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de
Ley.
DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la
Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distin-
tivos. San Salvador, a los cinco días del mes de febrero del año dos mil
ocho.
Lic. PEDRO BALMORE HENRIQUEZ RAMOS,
REGISTRADOR.
LUCIA MARGARITA GALAN,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. F000939-3
No. de Expediente: 1997004815
No. de Presentación: 20080104199
CLASE: 05.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE CONSTAR: Que a esta ofi cina se ha presentado DANILO
RODRIGUEZ VILLAMIL, mayor de edad, ABOGADO, del domicilio
de SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA, actuando como
APODERADO de SMITHKLINE BEECHAM CORPORATION, del
domicilio de ONE FRANKLIN PLAZA, PHILADELPHIA, PENNSYL-
DIARIO
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201DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 1 de Abril de 2008.
VANIA, ESTADOS UNIDOS DE AMERICA, de nacionalidad ESTA-
DOUNIDENSE, solicitando RENOVACION, para la inscripción Número
00063 del Libro 00070 de INSCRIPCION DE MARCAS, consistente
en Las letras CQ; que ampara productos/servicios comprendidos en la(s)
Clase 05 de la Clasifi cación Internacional de Niza.
Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de
Ley.
DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la
Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distin-
tivos. San Salvador, a los cinco días del mes de febrero del año dos mil
ocho.
HUMBERTO GUILLERMO CUESTAS MARTINEZ VARELA,
REGISTRADOR.
MARIA ISABEL JACO LINARES,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. F000940-3
No. de Expediente: 1997006792
No. de Presentación: 20080104130
CLASE: 03.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE CONSTAR: Que a esta ofi cina se ha presentado DANILO
RODRIGUEZ VILLAMIL, mayor de edad, ABOGADO, del domicilio
de SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA, actuando
como APODERADO de Beecham Group p.l.c., del domicilio de 980
Great West Road, Brentford, Middlesex, TW8 9GS, Reino Unido, de
nacionalidad INGLESA, solicitando RENOVACION, para la inscrip-
ción Número 00054 del Libro 00075 de INSCRIPCION DE MARCAS,
consistente en el logotipo conformado por tres franjas onduladas, la del
centro más ancha que las restantes, que de arriba hacia abajo son de los
siguientes colores: rojo blanco, verde; que ampara productos/ servicios
comprendidos en la(s) Clase 03 de la Clasifi cación Internacional de
Niza.
Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de
Ley.
DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la
Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distin-
tivos. San Salvador, a los cinco días del mes de febrero del año dos mil
ocho.
ALEXANDER RAFAEL MORALES MENDEZ,
REGISTRADOR.
RUTH NOEMI PERAZA GALDAMEZ,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. F000943-3
No. de Expediente: 1977000966
No. de Presentación: 20080103352
CLASE: 30.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE CONSTAR: Que a esta ofi cina se ha presentado DANILO
RODRIGUEZ VILLAMIL, mayor de edad, ABOGADO, del domicilio
de SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA, actuando como
APODERADO de CADBURY ADAMS USA LLC, del domicilio de
2711 Centerville Road, Suite 400, Wilmington, DE 19808, Estados
Unidos de América, de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, solicitando
RENOVACION, para la inscripción Número 00118 del Libro 00071 de
REGISTRO DE MARCAS, consistente en la palabra BUBBLICIOUS;
que ampara productos/servicios comprendidos en la (s) Clase 30 de la
Clasifi cación Internacional de Niza.
Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de
Ley.
DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la
Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distinti-
vos. San Salvador, a los veintidós días del mes de enero del año dos mil
ocho.
Lic. PEDRO BALMORE HENRIQUEZ RAMOS,
REGISTRADOR.
SALVADOR ANIBAL JUAREZ URQUILLA,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. F000944-3
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202 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 379
No. de Expediente: 1996004509
No. de Presentación: 20080103366
CLASE: 31.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR.
HACE CONSTAR: Que a esta ofi cina se ha presentado LUIS MI-GUEL ESPINO ARRIETA, mayor de edad, ABOGADO Y NOTARIO, del domicilio de SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA, actuando como APODERADO de TEXAS FARM PRODUCTS COM-PANY, del domicilio de 915 S. FREDONIA STREET, NACOGDOCHES, TEXAS 75961, ESTADOS UNIDOS DE AMERICA, de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, solicitando RENOVACION, para la inscripción Número 00190 del Libro 00069 de INSCRIPCION DE MARCAS, consistente en LA PALABRA “PRECISE” EN LETRAS MAYUSCU-LAS, ARRIBA DE LA EXPRESION PEP PRODUTS ENCERRADA EN UNA FRANJA HORIZONTAL QUE SUBRAYA A LA PRIME-RA PALABRA YA MENCIONADA, SOBRE LA EXPRESION PEP PRODUCTS NO SE PRETENDE EXCLUSIVIDAD ABAJO DE LO ANTERIOR SE ENCUENTRA UN CIRCULO EN CUYO CENTRO SE ENCIERRA UNA BALANZA Y A SU ALREDEDOR CONTIENE LAS EXPRESIONES IRREGISTRABLES WHOLESOME NUTRI-TION, EN LA PARTE SUPERIOR DEL CIRCULO, Y EN LA PARTE INFERIOR “BALANCED BY PROFFESSIONALS”, SOBRE ESTAS EXPRESIONES NO SE PRETENDE NINGUNA EXCLUSIVIDAD; que ampara productos/servicios comprendidos en la(s) Clase 31 de la Clasifi cación Internacional de Niza.
Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de Ley.
DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distin-tivos. San Salvador, a los dieciocho días del mes de enero del año dos mil ocho.
HUMBERTO GUILLERMO CUESTAS MARTÍNEZ VARELA,
REGISTRADOR.
MARÍA ISABEL JACO LINARES,
SECRETARIA.
3 v. alt. No. F000945-3
No. de Expediente: 1997005757
No. de Presentación: 20080103360
CLASE: 30.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR.
HACE CONSTAR: Que a esta ofi cina se ha presentado DANILO RODRIGUEZ VILLAMIL, mayor de edad, ABOGADO, del domicilio de SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA, actuando como APODERADO de Cadbury Ireland Ltd., del domicilio de MALAHIDE ROAD, COOLOCK, DUBLIN 5, IRLANDA, de nacionalidad IRLAN-DESA, solicitando RENOVACION, para la inscripción Número 00088 del Libro 00082 de INSCRIPCION DE MARCAS, consistente en UNA ETIQUETA RECTANGULAR QUE CONTIENE EN EL CENTRO LA PALABRA HALLS, EN LETRA HUECA Y SOMBREADA, ESTANDO
EL FONDO DE LA ETIQUETA CONSTITUIDO POR EL DISEÑO DE VARIAS FLECHAS QUE APUNTAN HACIA ARRIBA, OBSERVAN-DOSE AL LADO IZQUIERDO DE LA PALABRA EL DISEÑO DE UN CUADRADO A DOBLE MARCO, QUE ENCIERRA UN CIRCULO, EMANANDO HACIA ARRIBA TRES FLECHAS ONDULADAS, SO-BRE ESTAS LA EXPRESION VAPOR ACTION EN DISPOSICION SEMICIRCULAR; que ampara productos/servicios comprendidos en la(s) Clase 30 de la Clasifi cación Internacional de Niza.
Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de Ley.
DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distin-tivos. San Salvador, a los veintiuno días del mes de enero del año dos mil ocho.
HUMBERTO GUILLERMO CUESTAS MARTÍNEZ VARELA,
REGISTRADOR.
MARÍA ISABEL JACO LINARES,
SECRETARIA.
3 v. alt. No. F000949-3
No. de Expediente: 1997004820
No. de Presentación: 20080104206
CLASE: 16.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR.
HACE CONSTAR: Que a esta ofi cina se ha presentado DANILO RODRIGUEZ VILLAMIL, mayor de edad, ABOGADO, del domicilio de SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA, actuando como APODERADO de SMITHKLINE BEECHAM CORPORATION, del domicilio de One Franklin Plaza, Philadelphia, Pennsylvania, Estados Unidos de América, de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, solicitando RENOVACION, para la inscripción Número 00135 del Libro 00074 de INSCRIPCION DE MARCAS, consistente en la expresión COMMITED QUITTERS; que ampara productos/servicios comprendidos en la(s) Clase 16 de la Clasifi cación Internacional de Niza.
Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de Ley.
DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distin-tivos. San Salvador, a los cinco días del mes de febrero del año dos mil ocho.
LIC. PEDRO BALMORE HENRÍQUEZ RAMOS,
REGISTRADOR.
SALVADOR ANIBAL JUÁREZ URQUILLA,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. F000952-3
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203DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 1 de Abril de 2008.
No. de Expediente: 1995005495
No. de Presentación: 20080104139
CLASE: 10.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR.
HACE CONSTAR: Que a esta ofi cina se ha presentado DANILO RODRIGUEZ VILLAMIL, mayor de edad, ABOGADO, del domicilio de SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA, actuando como APODERADO de GLAXO GROUP LIMITED, del domicilio de Glaxo House, Berkeley Avenue, Greenford, Middlesex UB6 Onn, Inglaterra, de nacionalidad INGLESA, solicitando RENOVACION, para la inscripción Número 00166 del Libro 00070 de INSCRIPCION DE MARCAS, consistente en las letras “GW” en letras mayúsculas tipo corriente; que ampara productos/servicios comprendidos en la(s) Clase 10 de la Clasifi cación Internacional de Niza.
Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de Ley.
DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distin-tivos. San Salvador, a los cinco días del mes de febrero del año dos mil ocho.
HUMBERTO GUILLERMO CUESTAS MARTÍNEZ VARELA,
REGISTRADOR.
MARÍA ISABEL JACO LINARES,
SECRETARIA.
3 v. alt. No. F000958-3
No. de Expediente: 1997001935
No. de Presentación: 20080104180
CLASE: 05.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR.
HACE CONSTAR: Que a esta ofi cina se ha presentado DANILO RODRIGUEZ VILLAMIL, mayor de edad, ABOGADO, del domicilio de SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA, actuando como APODERADO de The Wellcome Foundation Limited, del domicilio de Glaxo Wellcome House, Berkeley Avenue Greenford, Middlesex, UB6 ONN, Inglaterra, de nacionalidad INGLESA, solicitando RENOVACION, para la inscripción Número 00246 del Libro 00070 de INSCRIPCION DE MARCAS, consistente en la palabra NIMBIUM, en letras mayúsculas tipo corriente; que ampara productos/servicios comprendidos en, la(s) Clase 05 de la Clasifi cación Internacional de Niza.
Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de Ley.
DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distin-tivos. San Salvador, a los cinco días del mes de febrero del año dos mil ocho.
LIC. PEDRO BALMORE HENRÍQUEZ RAMOS,
REGISTRADOR.
SALVADOR ANIBAL JUÁREZ URQUILLA,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. F000962-3
No. de Expediente: 1997001686
No. de Presentación: 20080104128
CLASE: 05.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR.
HACE CONSTAR: Que a esta ofi cina se ha presentado DANILO RODRIGUEZ VILLAMIL, mayor de edad, ABOGADO, del domicilio de SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA, actuando como APODERADO de GLAXO GROUP LIMITED, del domicilio de GLAXO WELLCOME HOUSE, BERKELEY AVENUE, GREEN-FORD, MIDDLESEX UB6 ONN, INGLATERRA, de nacionalidad IN-GLESA, solicitando RENOVACION, para la inscripción Número 00002 del Libro 00068 de INSCRIPCION DE MARCAS, consistente en La palabra “ROMBOX” en letras mayúsculas tipo corriente; que ampara productos/servicios comprendidos en la(s) Clase 05 de la Clasifi cación Internacional de Niza.
Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de Ley.
DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, a los seis días del mes de febrero del año dos mil ocho.
ALEXANDER RAFAEL MORALES MÉNDEZ,
REGISTRADOR.
ISMEL EDITH VALLES DE HERNÁNDEZ,
SECRETARIA.
3 v. alt. No. F000966-3
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204 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 379
No. de Expediente: 1996005241
No. de Presentación: 20080104135
CLASE: 05.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE CONSTAR: Que a esta ofi cina se ha presentado DANILO RODRIGUEZ VILLAMIL, mayor de edad, ABOGADO, del domicilio de SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA, actuando como APODERADO de GLAXO GROUP LIMITED, del domicilio de Glaxo House, Berkeley Avenue, Greenford, Middlesex UB6 ONN, Inglaterra, de nacionalidad INGLESA, solicitando RENOVACION, para la inscripción Número 00119 del Libro 00070 de INSCRIPCION DE MARCAS, consistente en la palabra NASULE, en letras mayúsculas tipo corriente; que ampara productos/servicios comprendidos en la(s) Clase 05 de la Clasifi cación Internacional de Niza.
Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de Ley.
DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propie-dad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, a los cinco días del mes de febrero del año dos mil ocho.
LIC. PEDRO BALMORE HENRÍQUEZ RAMOS,
REGISTRADOR.
SALVADOR ANÍBAL JUÁREZ URQUILLA,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. F000967-3
No. de Expediente: 1996005305
No. de Presentación: 20080103399
CLASE: 43.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR.
HACE CONSTAR: Que a esta ofi cina se ha presentado LUIS MI-GUEL ESPINO ARRIETA, mayor de edad, ABOGADO Y NOTARIO, del domicilio de SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA, actuando como APODERADO de HOTELES FIESTA AMERICANA, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE, del domicilio de Av. Reforma Lomas Número 155, 2º Piso, Col. Lomas de Chapultepec, C.P. 11000, México, D.F., México, de nacionalidad MEXICANA, solicitando RENOVACION, para la inscripción Número 00129 del Libro 00070 de INSCRIPCION DE MARCAS, consistente en la expresión “FIESTA AMERICANA”, escrita en letras mayúsculas con la particularidad de que todas las letras “A” contenidas en dicha expresión muestran el segmento horizontal levemente fuera del ángulo de dicha letra. La expresión está precedida por un diseño de la mitad superior de un sol, interrumpido por un ancho espacio encontrándose en su base una franja horizontal que se proyecta a lo largo de toda la expresión subrayándola con una línea fi na; que ampara productos/servicios comprendidos en la(s) Clase 43 de la Clasifi cación Internacional de Niza.
Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de Ley.
DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distin-tivos. San Salvador, a los diecisiete días del mes de enero del año dos mil ocho.
ALEXANDER RAFAEL MORALES MÉNDEZ,
REGISTRADOR.
RUTH NOEMI PERAZA GALDAMEZ,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. F000970-3
No. de Expediente: 1997005754
No. de Presentación: 20080103357
CLASE: 05.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR.
HACE CONSTAR: Que a esta ofi cina se ha presentado DANILO RODRIGUEZ VILLAMIL, mayor de edad, ABOGADO, del domicilio de SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA, actuando como APODERADO de Cadbury Ireland Ltd., del domicilio de MALAHIDE ROAD, COOLOCK, DUBLIN 5, IRLANDA, de nacionalidad IRLAN-DESA, solicitando RENOVACION, para la inscripción Número 00217 del Libro 00073 de INSCRIPCION DE MARCAS, consistente en Una etiqueta rectangular cuyos extemos son dentados, de fondo de color azul, mostrando el diseño de varias fl echas también de color azul, apuntando hacia arriba. En el centro, escrita en letras blancas y sombras amarillas, se encuentra la palabra “HALLS”, en letra hueca, abajo de la cual se lee MENTHO-LYTUS, en color amarillo, y más abajo “1 PIECE” en color blanco, sobre lo cual no se le concede exclusividad; que ampara productos/servicios comprendidos en la(s) Clase 05 de la Clasifi cación Internacional de Niza.
Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de Ley.
DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distin-tivos. San Salvador, a los veintiuno días del mes de enero del año dos mil ocho.
HUMBERTO GUILLERMO CUESTAS MARTÍNEZ VARELA,
REGISTRADOR.
MARÍA ISABEL JACO LINARES,
SECRETARIA.
3 v. alt. No. F000973-3
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205DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 1 de Abril de 2008.
No. de Expediente: 1997004399
No. de Presentación: 20080103354
CLASE: 30.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR.
HACE CONSTAR: Que a esta ofi cina se ha presentado DANILO RODRIGUEZ VILLAMIL, mayor de edad, ABOGADO, del domicilio de SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA, actuando como APODERADO de Cadbury Adams USA LLC, del domicilio de 2711 CENTERVILLE ROAD SUITE 400 WILMINGTON DE 19808, ESTADOS UNIDOS DE AMERICA, de nacionalidad ESTADOUNI-DENSE, solicitando RENOVACION, para la inscripción Número 00142 del Libro 00071 de INSCRIPCION DE MARCAS, consistente en la palabra “Bubbaloo”, las letras dispuestas de tal forma que las primeras, hasta llegar al centro de la expresión ascienden paulatinamente, para luego descender a un plano inferior, la palabra así descrita encerrada en un marco a doble línea, que se amolda al contorno de las letras. También se observa abajo de la palabra el diseño de una fi gura redonda, plana en su superfi cie superior mostrando un corte triangular del cual emana un líquido en forma de gotas, estando también este diseño enmarcado por una línea que sigue sus contornos; que ampara productos/servicios comprendidos en la(s) Clase 30 de la Clasifi cación Internacional de Niza.
Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de Ley.
DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distin-tivos. San Salvador, a los dieciocho días del mes de enero del año dos mil ocho.
ALEXANDER RAFAEL MORALES MÉNDEZ,
REGISTRADOR.
RUTH NOEMI PERAZA GALDAMEZ,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. F000975-3
No. de Expediente: 1997005758
No. de Presentación: 20080103362
CLASE: 05.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR.
HACE CONSTAR: Que a esta ofi cina se ha presentado DANILO RODRIGUEZ VILLAMIL, mayor de edad, ABOGADO, del domicilio de SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA, actuando como APODERADO de Cadbury Ireland Ltd., del domicilio de Malahide Road, Coolock, Dublin 5, IRLANDA, de nacionalidad IRLANDESA, solicitando RENOVACION, para la inscripción Número 00143 del Libro 00073 de INSCRIPCION DE MARCAS, consistente en UNA ETIQUETA RECTANGULAR QUE CONTIENE EN EL CENTRO LA PALABRA HALLS, EN LETRA HUECA Y SOMBREADA, ES-TANDO EL FONDO DE LA ETIQUETA CONSTITUIDO POR EL DISEÑO DE VARIAS FLECHAS QUE APUNTAN HACIA ARRIBA, OBSERVANDOSE AL LADO IZQUIERDO DE LA PALABRA, EL DISEÑO DE UN CUADRADO A DOBLE MARCO, QUE ENCIERRA UN CIRCULO, EMANANDO HACIA ARRIBA TRES FLECHAS
ONDULADAS, SOBRE ESTAS LA EXPRESION VAPOR ACTION EN DISPOSICION SEMICIRCULAR; que ampara productos/servicios comprendidos en la(s) Clase 05 de la Clasifi cación Internacional de Niza.
Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de Ley.
DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distin-tivos. San Salvador, a los veintiuno días del mes de enero del año dos mil ocho.
HUMBERTO GUILLERMO CUESTAS MARTÍNEZ VARELA,
REGISTRADOR.
ANA LAURA RIVERA CASTELLANOS,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. F000977-3
No. de Expediente: 1996000753
No. de Presentación: 20080103433
CLASE: 05.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR.
HACE CONSTAR: Que a esta ofi cina se ha presentado DANILO RODRIGUEZ VILLAMIL, mayor de edad, ABOGADO, del domicilio de SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA, actuando como APODERADO de Société des Produits Nestlé S.A., del do-micilio de VEVEY, CANTON DE VAUD, SUIZA, de nacionalidad SUIZA, solicitando RENOVACION para la inscripción Número 00248 del Libro 00068 de INSCRIPCION DE MARCAS, consistente en la representación de un nido colocado sobre una rama de grosor regular en su inicio y termina en cuatro ramitas con las puntas truncadas. En el interior del nido se encuentran dos pajaritos de tamaño pequeño con sus picos abiertos pidiendo alimento sostenida sobre el borde exterior del nido se encuentra un tercer pájaro de tamaño más grande representando a la madre en actitud de dar alimento a los dos pequeños. En la parte posterior del nido se lee la palabra “NESTLE”, escrita en letras especiales llevando en la parte superior de la palabra una rúbrica horizontal, todo este diseño se encuentra dentro de un cuadro de línea gruesa.; que ampara productos/servicios comprendidos en la(s) Clase 05 de la Clasifi cación Internacional de Niza.
Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de Ley.
DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distin-tivos. San Salvador, a los diecisiete días del mes de enero del año dos mil ocho.
LIC. PEDRO BALMORE HENRÍQUEZ RAMOS,
REGISTRADOR.
LUCÍA MARGARITA GALAN,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. F000980-3
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206 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 379
MARCA DE FÁBRICA.
No. de Expediente: 2007071971
No. de Presentación: 20070101442
CLASE: 18.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR.
HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado ROBERTO ENRIQUE HERNANDEZ VALENCIA, en su calidad de APODERA-DO ESPECIAL de TIENDAS CARRION, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE que se abrevia: TIENDAS CARRION, S.A. DE C.V., de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA Y DE COMERCIO.
Consistente en: la palabra TRENDY y diseño, que servirá para: AMPARAR: CARTERAS HECHAS DE CUERO E IMITACIONES DE CUERO, PRODUCTOS HECHOS DE PIELES DE ANIMALES, MALETAS, PARAGUAS, SOMBRILLAS Y BASTONES.
La solicitud fue presentada el día diecinueve de noviembre del año dos mil siete.
DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, veintiuno de noviembre del año dos mil siete.
LICDA. HAZEL VIOLETA ARÉVALO CARRILLO,
REGISTRADORA.
GERARDO ENRIQUE MÉNDEZ FLOREZ CABEZAS,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. C018405-3
No. de Expediente: 2007071972
No. de Presentación: 20070101443
CLASE: 18.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR.
HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado ROBERTO
ENRIQUE HERNANDEZ VALENCIA, en su calidad de APODERA-
DO de TIENDAS CARRION, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL
VARIABLE, de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA Y DE COMERCIO.
Consistente en: las palabras TRENDY by Carrion y diseño, que
se traducen al castellano como TRENDY de Carrion, que servirá para:
AMPARAR: CARTERAS HECHAS DE CUERO E IMITACIONES
DE CUERO, PRODUCTOS HECHOS DE PIELES DE ANIMALES,
MALETAS, PARAGUAS, SOMBRILLAS Y BASTONES.
La solicitud fue presentada el día diecinueve de noviembre del año
dos mil siete.
DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la
Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.
San Salvador, veintiséis de noviembre del año dos mil siete.
MARÍA DAFNE RUÍZ,
REGISTRADOR.
GUILLERMO ALFONSO LÓPEZ,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. C018406-3
No. de Expediente: 2008073948
No. de Presentación: 20080105083
CLASE: 32.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR.
HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado LUIS MIGUEL ESPINO ARRIETA, en su calidad de APODERADO de Société des Produits Nestlé S.A., de nacionalidad SUIZA, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA Y DE COMERCIO.
GRADUATES
Consistente en: la palabra GRADUATES traducida al castellano como “graduados”, que servirá para: AMPARAR: CERVEZAS. AGUAS MINERALES Y GASEOSAS Y OTRAS BEBIDAS NO ALCOHOLI-CAS. BEBIDAS Y ZUMOS DE FRUTAS. SIROPES Y OTRAS PRE-PARACIONES PARA HACER BEBIDAS.
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207DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 1 de Abril de 2008.
La solicitud fue presentada el día trece de febrero del año dos mil
ocho.
DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la
Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.
San Salvador, quince de febrero del año dos mil ocho.
DAVID ANTONIO CUADRA GÓMEZ,
REGISTRADOR.
JORGE ALBERTO JOVEL ALVARADO,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. F000649-3
No. de Expediente: 2008074002
No. de Presentación: 20080105219
CLASE: 09.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR.
HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado RAFAEL
ALBERTO MENDOZA CALDERON, en su calidad de APODERADO
de BCP S/A, de nacionalidad BRASILEÑA, solicitando el registro de
la MARCA DE FABRICA Y DE COMERCIO.
JUNTITOS
Consistente en: la palabra JUNTITOS, que servirá para: AMPARAR:
APARATOS TELEFONICOS, PERIFERICOS Y ACCESORIOS QUE
SE ENCUENTRAN INCLUIDOS EN ESTA CLASE.
La solicitud fue presentada el día quince de febrero del año dos
mil ocho.
DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la
Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.
San Salvador, diecinueve de febrero del año dos mil ocho.
LICDA. HERMINIA ELIZABETH LOZANO ZELIDÓN,
REGISTRADORA.
MAYRA PATRICIA PORTILLO CASTAÑEDA,
SECRETARIA.
3 v. alt. No. F000654-3
No. de Expediente: 2008073767
No. de Presentación: 20080104813
CLASE: 05.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR.
HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado RAFAEL ALBERTO MENDOZA CALDERON, en su calidad de APODERADO de GLAXO GROUP LIMITED, de nacionalidad INGLESA, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA Y DE COMERCIO.
ODELVIE
Consistente en: la palabra ODELVIE, que servirá para: AMPARAR
PREPARACIONES Y SUSTANCIAS FARMACEUTICAS.
La solicitud fue presentada el día seis de febrero del año dos mil
ocho.
DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la
Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.
San Salvador, ocho de febrero del año dos mil ocho.
LUIS ALONSO CÁCERES AMAYA,
REGISTRADOR.
FERNANDO JOSÉ VELASCO,
SECRETARIO.
3 v. alt No. F000658-3
No. de Expediente: 2008073923
No. de Presentación: 20080105048
CLASE: 21.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR.
HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado DANILO
RODRIGUEZ VILLAMIL, en su calidad de APODERADO de
COLGATE-PALMOLIVE COMPANY, de nacionalidad
ESTADOUNIDENSE, solicitando el registro de la MARCA DE FA-
BRICA Y DE COMERCIO.
360º SONIC POWER
Consistente en: la expresión 360º SONIC POWER, traducido al
castellano como 360º PODER SONICO, que servirá para: AMPARAR:
CEPILLO DE DIENTES.
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208 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 379
La solicitud fue presentada el día doce de febrero del año dos mil
ocho.
DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la
Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.
San Salvador, quince de febrero del año dos mil ocho.
LICDA. HAZEL VIOLETA ARÉVALO CARRILLO,
REGISTRADORA.
GUILLERMO ALFONSO LÓPEZ,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. F000660-3
No. de Expediente: 2008073890
No. de Presentación: 20080104985
CLASE: 21.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR.
HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado LUIS MIGUEL
ESPINO ARRIETA, en su calidad de APODERADO de WAL-MART
STORES, INC., de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, solicitando el
registro de la MARCA DE FABRICA Y DE COMERCIO.
HOMETRENDS
Consistente en: la palabra HOMETRENDS, que servirá para:
AMPARAR: UTENSILIOS Y RECIPIENTES PARA EL MENAJE Y
LA COCINA (QUE NO SEAN DE METALES PRECIOSOS Y CHA-
PADOS). PEINES Y ESPONJAS. CEPILLOS (CON EXCEPCION DE
LOS PINCELES). MATERIALES PARA LA FABRICACION DE CE-
PILLOS. MATERIAL DE LIMPIEZA. VIRUTA DE HIERRO. VIDRIO
EN BRUTO O SEMIELABORADO (CON EXCEPCION DEL VIDRIO
DE CONSTRUCCION). CRISTALERIA, PORCELANA Y LOZA NO
COMPRENDIDAS EN OTRAS CLASES.
La solicitud fue presentada el día once de febrero del año dos mil
ocho.
DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la
Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.
San Salvador, trece de febrero del año dos mil ocho.
DAVID ANTONIO CUADRA GÓMEZ,
REGISTRADOR.
JORGE ALBERTO JOVEL ALVARADO,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. F000662-3
No. de Expediente: 2008073677
No. de Presentación: 20080104627
CLASE: 18.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR.
HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado LUIS MIGUEL ESPINO ARRIETA, en su calidad de APODERADO de PAYLESS SHOESOURCE WORLDWIDE, INC., de nacionalidad ESTADO-UNIDENSE, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA Y DE COMERCIO.
RUGGED OUTBACK
Consistente en: las palabras RUGGED OUTBACK, que se traducen al castellano RRGGED como IRREGULAR y la palabra OUTBACK se traduce OUT como FUERA y BACK como REVES, que servirá para: AMPARAR: BOLSOS DE HOMBRO, BILLETERAS, BOLSOS TIPO TOTE, Y MOCHILAS Clase: 18;.
La solicitud fue presentada el día treinta y uno de enero del año dos mil ocho.
DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, seis de febrero del año dos mil ocho.
LICDA. HAZEL VIOLETA ARÉVALO CARRILLO,
REGISTRADORA.
GUILLERMO ALFONSO LÓPEZ,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. F000663-3
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209DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 1 de Abril de 2008.
No. de Expediente: 2008073889
No. de Presentación: 20080104984
CLASE: 24.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado LUIS MIGUEL
ESPINO ARRIETA, en su calidad de APODERADO de WAL-MART
STORES, INC., de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, solicitando el
registro de la MARCA DE FABRICA Y DE COMERCIO,
HOMETRENDS
Consistente en: la palabra HOMETRENDS, cuya traducción
al español separando las palabras signifi ca casa-tendencia, sobre las
palabras casa y tendencia individualmente consideradas no se concede
exclusividad, que servirá para: AMPARAR: TEJIDOS Y PRODUCTOS
TEXTILES NO COMPRENDIDOS EN OTRAS CLASES. ROPA DE
CAMA Y DE MESA.
La solicitud fue presentada el día once de febrero del año dos mil
ocho.
DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la
Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.
San Salvador, trece de febrero del año dos mil ocho.
Licda. HERMINIA ELIZABETH LOZANO ZELIDON,
REGISTRADORA.
EDUARDO GIOVANNY BIGUEUR CORNEJO,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. F000665-3
No. de Expediente: 2008073947
No. de Presentación: 20080105082
CLASE: 29.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado LUIS MIGUEL
ESPINO ARRIETA, en su calidad de APODERADO de Société des
Produits Nestlé S.A., de nacionalidad SUIZA, solicitando el registro de
la MARCA DE FABRICA Y DE COMERCIO,
GRADUADOS
Consistente en: la palabra GRADUADOS, que servirá para: AM-
PARAR: CARNE, PESCADO, AVES Y CAZA. EXTRACTOS DE
CARNE, FRUTAS Y LEGUMBRES EN CONSERVA, CONGELA-
DAS, SECAS Y COCIDAS, JALEAS, MERMELADAS, COMPOTAS,
HUEVOS, LECHE Y PRODUCTOS LACTEOS. ACEITES Y GRASAS
COMESTIBLES.
La solicitud fue presentada el día trece de febrero del año dos mil
ocho.
DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la
Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.
San Salvador, quince de febrero del año dos mil ocho.
DAVID ANTONIO CUADRA GOMEZ,
REGISTRADOR.
JORGE ALBERTO JOVEL ALVARADO,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. F000668-3
No. de Expediente: 2008073950
No. de Presentación: 20080105085
CLASE: 29.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado LUIS MIGUEL
ESPINO ARRIETA, en su calidad de APODERADO de Société des
Produits Nestlé S.A., de nacionalidad SUIZA, solicitando el registro de
la MARCA DE FABRICA Y DE COMERCIO,
GRADUATES
Consistente en: la palabra GRADUATES, traducido al castellano
como graduados, que serviri para: AMPARAR: CARNE, PESCADO,
AVES Y CAZA. EXTRACTOS DE CARNE, FRUTAS Y LEGUMBRES
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210 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 379
EN CONSERVA, CONGELADAS, SECAS Y COCIDAS, JALEAS, MERMELADAS, COMPOTAS, HUEVOS, LECHE Y PRODUCTOS LACTEOS, ACEITES Y GRASAS COMESTIBLES.
La solicitud fue presentada el día trece de febrero del año dos mil ocho.
DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, quince de febrero del año dos mil ocho.
Licda. HERMINIA ELIZABETH LOZANO ZELIDON,
REGISTRADORA.
KATYA MARGARITA MARTINEZ GUTIERREZ,
SECRETARIA.
3 v. alt. No. F000671-3
No. de Expediente: 2008073672
No. de Presentación: 20080104622
CLASE: 25.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado LUIS MIGUEL ESPINO ARRIETA, en su calidad de APODERADO de PAYLESS SHOESOURCE WORLDWIDE, INC., de nacionalidad ESTADO-UNIDENSE, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA Y DE COMERCIO,
COASTERS
Consistente en: la palabra COASTERS que en el idioma castellano se traduce como “deslizador”, que servirá para: AMPARAR CALZADO.
La solicitud fue presentada el día treinta y uno de enero del año dos mil ocho.
DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, cinco de febrero del año dos mil ocho.
LUIS ALONSO CACERES AMAYA,
REGISTRADOR.
FERNANDO JOSE VELASCO,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. F000673-3
No. de Expediente: 2008073945
No. de Presentación: 20080105080
CLASE: 32.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado LUIS MIGUEL
ESPINO ARRIETA, en su calidad de APODERADO de Société des
Produits Nestlé S.A., de nacionalidad SUIZA, solicitando el registro de
la MARCA DE FABRICA Y DE COMERCIO,
GRADUADOS
Consistente en: la palabra GRADUADOS, que servirá para: AMPA-
RAR: CERVEZAS. AGUAS MINERALES Y GASEOSAS Y OTRAS
BEBIDAS NO ALCOHOLICAS. BEBIDAS Y ZUMOS DE FRUTAS.
SIROPES Y OTRAS PREPARACIONES PARA HACER BEBIDAS.
La solicitud fue presentada el día trece de febrero del año dos mil
ocho.
DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la
Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.
San Salvador, quince de febrero del año dos mil ocho.
DAVID ANTONIO CUADRA GOMEZ,
REGISTRADOR.
FRANCISCO ADOLFO SACA CASTELLON,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. F000674-3
No. de Expediente: 2008073941
No. de Presentación: 20080105076
CLASE: 10.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado LUIS MIGUEL
ESPINO ARRIETA, en su calidad de APODERADO de Société des
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211DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 1 de Abril de 2008.
Produits Nestlé S.A., de nacionalidad SUIZA, solicitando el registro de
la MARCA DE FABRICA Y DE COMERCIO,
FIRST ESSENTIALS
Consistente en: las palabras FIRST ESSENTIALS, que se traducen
al castellano como Primero lo esencial, que servirá para: AMPARAR:
PACHAS PARA BEBES, BIBERONES PARA PACHAS PARA BEBES,
ASPIRADORES NASALES, AROS PARA DIENTES, PACIFICADO-
RES, TERMOMETROS PARA APOSITOS MEDICOS.
La solicitud fue presentada el día trece de febrero del año dos mil
ocho.
DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la
Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.
San Salvador, quince de febrero del año dos mil ocho.
Licda. HERMINIA ELIZABETH LOZANO ZELIDON,
REGISTRADORA.
CARLOS ARTURO SOTO GARCIA,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. F000676-3
No. de Expediente: 2008073946
No. de Presentación: 20080105081
CLASE: 30.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado LUIS MIGUEL
ESPINO ARRIETA, en su calidad de APODERADO de Société des
Produits Nestlé S.A., de nacionalidad SUIZA, solicitando el registro de
la MARCA DE FABRICA Y DE COMERCIO,
GRADUADOS
Consistente en: la palabra GRADUADOS, que servirá para: AM-
PARAR: CAFÉ, TÉ, CACAO, AZÚCAR, ARROZ, TAPIOCA, SAGÚ,
SUCEDÁNEOS DEL CAFÉ. HARINAS Y PREPARACIONES HE-
CHAS DE CEREALES, PAN, PASTELERÍA Y CONFITERÍA, HELA-
DOS COMESTIBLES. MIEL, JARABE DE MELAZA, LEVADURA,
POLVOS PARA ESPONJAR, SAL, MOSTAZA, VINAGRE, SALSAS
(CONDIMENTOS), ESPECIAS, HIELO.
La solicitud fue presentada el día trece de febrero del año dos mil
ocho.
DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la
Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.
San Salvador, quince de febrero del año dos mil ocho.
DAVID ANTONIO CUADRA GOMEZ,
REGISTRADOR.
FRANCISCO ADOLFO SACA CASTELLON,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. F000678-3
No. de Expediente: 2008073667
No. de Presentación: 20080104617
CLASE: 18.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado LUIS MIGUEL
ESPINO ARRIETA, en su calidad de APODERADO de PAYLESS
SHOESOURCE WORLDWIDE, INC., de nacionalidad ESTADO-
UNIDENSE, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA Y
DE COMERCIO,
Consistente en: un diseño identifi cado como diseño de “M”, que
servirá para: AMPARAR: BOLSOS DE MANO, BOLSOS DE HOM-
BRO, BOLSA (PORTA-MONEDAS), BILLETERAS, BOLSOS TIPO
TOTE, Y MOCHILAS.
La solicitud fue presentada el día treinta y uno de enero del año
dos mil ocho.
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212 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 379
DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la
Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.
San Salvador, cinco de febrero del año dos mil ocho.
Licda. HAZEL VIOLETA AREVALO CARRILLO,
REGISTRADORA.
GERARDO ENRIQUE MENDEZ FLOREZ CABEZAS,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. F000698-3
No. de Expediente: 2008073669
No. de Presentación: 20080104619
CLASE: 28.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado LUIS MIGUEL
ESPINO ARRIETA, en su calidad de APODERADO de PEPSICO,
INC, de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, solicitando el registro de
la MARCA DE FABRICA Y DE COMERCIO,
Consistente en: la palabra TAZOS y diseño, que servirá para:
AMPARAR: JUEGOS, JUGUETES, ARTICULOS DE GIMNASIA
Y DEPORTE NO COMPRENDIDOS EN OTRAS CLASES, DECO-
RACIONES PARA ARBOLES DE NAVIDAD, JUGUETES TALES
COMO: DISCOS CIRCULOS QUE SON TIRADOS PARA JUGAR
UN JUEGO EN DONDE OTROS DISCOS SON ECHADOS AL AIRE
Y/O COLECTADOS.
La solicitud fue presentada el día treinta y uno de enero del año
dos mil ocho.
DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la
Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.
San Salvador, cinco de febrero del año dos mil ocho.
LUIS ALONSO CACERES AMAYA,
REGISTRADOR.
CECILIA ESPERANZA GODOY DE VELASQUEZ,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. F000699-3
No. de Expediente: 2008073658
No. de Presentación: 20080104608
CLASE: 03.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado LUIS MIGUEL
ESPINO ARRIETA, en su calidad de APODERADO de L’OREAL
SOCIETE ANONYME, de nacionalidad FRANCESA, solicitando el
registro de la MARCA DE FABRICA Y DE COMERCIO,
SECRET D’EAU
Consistente en: las palabras SECRET DÉAU, traducidas al
castellano como secreto de agua, sobre las palabras individualmente
consideradas no se concede exclusividad, que servirá para: AMPARAR:
PERFUME, AGUA DE TOCADOR, LOCION PARA EL CUERPO Y
LOCION PARA DESPUES DEL AFEITADO; GELS Y LOCIONES
PARA EL BAÑO, LA DUCHA NO PARA PROPOSITOS MEDICADOS;
JABONES DE TOCADOR, DESODORANTES PARA EL CUERPO,
MOUSSES Y BALSAMOS PARA EL ESTILIZADO Y CUIDADO
DEL CABELLO; LACAS PARA EL CABELLO; PREPARACIONES
PARA COLORAR EL CABELLO; PREPARACIONES PARA EL
ONDULADO PERMANENTE Y RIZADO; ACEITES ESENCIALES
PARA USO PERSONAL.
La solicitud fue presentada el día treinta y uno de enero del año
dos mil ocho.
DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la
Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.
San Salvador, cinco de febrero del año dos mil ocho.
Licda. HERMINIA ELIZABETH LOZANO ZELIDON,
REGISTRADORA.
KATYA MARGARITA MARTINEZ GUTIERREZ,
SECRETARIA.
3 v. alt. No. F000704-3
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213DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 1 de Abril de 2008.
No. de Expediente: 2008073734
No. de Presentación: 20080104776
CLASE: 09.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado RAFAEL ALBERTO MENDOZA CALDERON, en su calidad de APODERADO de EVEREADY BATTERY COMPANY, INC., de nacionalidad ESTA-DOUNIDENSE, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA Y DE COMERCIO,
Consistente en: un diseño identifi cado como CAT & 9 IN OVAL traducido como GATO Y 9 EN OVAL, que servirá para: AMPARAR: BATERIAS.
La solicitud fue presentada el día cinco de febrero del año dos mil ocho.
DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, siete de febrero del año dos mil ocho.
Licda. HAZEL VIOLETA AREVALO CARRILLO,
REGISTRADORA.
GERARDO ENRIQUE MENDEZ FLOREZ CABEZAS,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. F000723-3
No. de Expediente: 2008073685
No. de Presentación: 20080104636
CLASE: 10.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado LUIS MIGUEL ESPINO ARRIETA, en su calidad de APODERADO de STAFFORD-MILLER (IRELAND) LIMITED, de nacionalidad IRLANDESA, soli-citando el registro de la MARCA DE FABRICA Y DE COMERCIO,
Consistente en: un diseño de círculos irregular, que servirá para:
AMPARAR: APARATO PARA EL CUIDADO DENTAL; MOLDES DENTALES FLEXIBLES Y DESECHABLES.
La solicitud fue presentada el día treinta y uno de enero del año
dos mil ocho.
DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la
Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.
San Salvador, seis de febrero del año dos mil ocho.
LUIS ALONSO CACERES AMAYA,
REGISTRADOR.
MAURICIO ENRIQUE SANCHEZ VASQUEZ,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. F000725-3
No. de Expediente: 2008073679
No. de Presentación: 20080104630
CLASE: 05.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado LUIS MIGUEL
ESPINO ARRIETA, en su calidad de APODERADO de STAFFORD-
MILLER (IRELAND) LIMITED, de nacionalidad IRLANDESA, soli-
citando el registro de la MARCA DE FABRICA Y DE COMERCIO,
Consistente en: un diseño identifi cado como Diseño de círculos
irregular, que servirá para: AMPARAR: PREPARACIONES MEDICAS
PARA EL CUIDADO ORAL, PREPARACIONES MEDICADAS PARA
PULIR LOS DIENTES, PREPARACIONES MEDICADAS PARA
BLANQUEAR LOS DIENTES, ENJUAGUES BUCALES MEDICA-
DOS; PREPARACIONES BLANQUEADORAS MEDICADAS, GOMA
DE MASCAR MEDICADA Y PASTILLAS MEDICADAS PARA LA
HIGIENE DENTAL.
La solicitud fue presentada el día treinta y uno de enero del año
dos mil ocho.
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214 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 379
DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la
Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.
San Salvador, cinco de febrero del año dos mil ocho.
Licda. HAZEL VIOLETA AREVALO CARRILLO,
REGISTRADORA.
GERARDO ENRIQUE MENDEZ FLOREZ CABEZAS,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. F000729-3
No. de Expediente: 2008073676
No. de Presentación: 20080104626
CLASE: 21.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado LUIS MIGUEL
ESPINO ARRIETA, en su calidad de APODERADO de STAFFORD-
MILLER (IRELAND) LIMITED, de nacionalidad IRLANDESA, soli-
citando el registro de la MARCA DE FABRICA Y DE COMERCIO,
Consistente en: en diseño que se identifi ca como Diseño de círculos
irregular, que servirá para: AMPARAR: CEPILLOS DE DIENTES, PA-
LILLOS DE DIENTES, SEDA DENTAL, CEPILLOS Y ESPONJAS;
APLICADORES Y SUJETADORES PARA ESTOS.
La solicitud fue presentada el día treinta y uno de enero del año
dos mil ocho.
DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la
Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.
San Salvador, siete de febrero del año dos mil ocho.
Licda. HAZEL VIOLETA AREVALO CARRILLO,
REGISTRADORA.
GUILLERMO ALFONSO LOPEZ,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. F000731-3
No. de Expediente: 2008073681
No. de Presentación: 20080104632
CLASE: 03.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado LUIS MIGUEL
ESPINO ARRIETA, en su calidad de APODERADO de STAFFORD-
MILLER (IRELAND) LIMITED, de nacionalidad IRLANDESA, soli-
citando el registro de la MARCA DE FABRICA Y DE COMERCIO,
Consistente en: un diseño de círculos irregular, que servirá para: AM-
PARAR: PREPARACIONES DE TOCADOR NO MEDICADOS, DEN-
TÍFRICOS, ENJUAGUE BUCAL Y REFRESCANTES DEL ALIENTO;
PREPARACIONES PARA EL CUIDADO ORAL, GELS DENTALES,
PREPARACIONES BLANQUEADORAS, PREPARACIONES DEL
PULIDO DE DIENTE, PREPARACIONES BLANQUEADORAS Y,
ACELERADORES DE DIENTES, PREPARACIONES COSMÉTICAS
PARA ELIMINACIÓN DE MANCHA.
La solicitud fue presentada el día treinta y uno de enero del año
dos mil ocho.
DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la
Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.
San Salvador, seis de febrero del año dos mil ocho.
LUIS ALONSO CACERES AMAYA,
REGISTRADOR.
MAURICIO ENRIQUE SANCHEZ VASQUEZ,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. F000733-3
DIARIO
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215DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 1 de Abril de 2008.
No. de Expediente: 2008073682
No. de Presentación: 20080104633
CLASE: 25.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado LUIS MIGUEL
ESPINO ARRIETA, en su calidad de APODERADO de PAYLESS
SHOESOURCE WORLDWIDE, INC., de nacionalidad ESTADO-
UNIDENSE, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA Y
DE COMERCIO,
Consistente en: la expresión HB y diseño, que servirá para: AM-
PARAR: CALZADO.
La solicitud fue presentada el día treinta y uno de enero del año
dos mil ocho.
DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la
Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.
San Salvador, cinco de febrero del año dos mil ocho.
Licda. HAZEL VIOLETA AREVALO CARRILLO,
REGISTRADORA.
MIGUEL ERNESTO VILLALTA FLORES,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. F000735-3
No. de Expediente: 2008073683
No. de Presentación: 20080104634
CLASE: 18.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado LUIS MIGUEL
ESPINO ARRIETA, en su calidad de APODERADO de PAYLESS
SHOESOURCE WORLDWIDE, INC., de nacionalidad ESTADO-
UNIDENSE, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA Y
DE COMERCIO,
Consistente en: la expresión HB y diseño, que servirá para: AMPA-
RAR: BOLSOS DE MANO, BOLSOS DE HOMBRO, BOLSA (PORTA-
MONEDAS), BILLETERAS, BOLSOS TIPO TOTE, Y MOCHILAS.
La solicitud fue presentada el día treinta y uno de enero del año
dos mil ocho.
DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la
Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.
San Salvador, cinco de febrero del año dos mil ocho.
Licda. HAZEL VIOLETA AREVALO CARRILLO,
REGISTRADORA.
MIGUEL ERNESTO VILLALTA FLORES,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. F000737-3
No. de Expediente: 2008073680
No. de Presentación: 20080104631
CLASE: 18.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado LUIS MIGUEL
ESPINO ARRIETA, en su calidad de APODERADO de PAYLESS
SHOESOURCE WORLDWIDE, INC., de nacionalidad ESTADO-
DIARIO
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216 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 379
UNIDENSE, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA Y
DE COMERCIO,
Consistente en: la letra R y diseño, que servirá para: AMPARAR:
BOLSOS DE HOMBRO, BILLETERAS, BOLSOS TIPO TOTE, Y
MOCHILAS.
La solicitud fue presentada el día treinta y uno de enero del año
dos mil ocho.
DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la
Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.
San Salvador, cinco de febrero del año dos mil ocho.
Licda. HAZEL VIOLETA AREVALO CARRILLO,
REGISTRADORA.
GERARDO ENRIQUE MENDEZ FLOREZ CABEZAS,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. F000740-3
No. de Expediente: 2008073678
No. de Presentación: 20080104629
CLASE: 25.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado LUIS MIGUEL
ESPINO ARRIETA, en su calidad de APODERADO de PAYLESS
SHOESOURCE WORLDWIDE, INC., de nacionalidad ESTADO-
UNIDENSE, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA Y
DE COMERCIO,
Consistente en: la letra R y diseño, que servirá para: AMPARAR:
CALZADO.
La solicitud fue presentada el día treinta y uno de enero del año
dos mil ocho.
DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la
Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.
San Salvador, cinco de febrero del año dos mil ocho.
Licda. HAZEL VIOLETA AREVALO CARRILLO,
REGISTRADORA.
GERARDO ENRIQUE MENDEZ FLOREZ CABEZAS,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. F000742-3
No. de Expediente: 2008073673
No. de Presentación: 20080104623
CLASE: 09.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado LUIS MIGUEL
ESPINO ARRIETA, en su calidad de APODERADO de PAYLESS
SHOESOURCE WORLDWIDE, INC., de nacionalidad ESTADO-
UNIDENSE, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA Y
DE COMERCIO,
Consistente en: un diseño identifi cado como “M”, que servirá para:
AMPARAR LENTES DE SOL Y ESTUCHES PARA LENTES DE
SOL.
La solicitud fue presentada el día treinta y uno de enero del año
dos mil ocho.
DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la
Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.
San Salvador, cinco de febrero del año dos mil ocho.
LUIS ALONSO CACERES AMAYA,
REGISTRADOR.
FERNANDO JOSE VELASCO,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. F000743-3
DIARIO
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217DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 1 de Abril de 2008.
No. de Expediente: 2008073671
No. de Presentación: 20080104621
CLASE: 14.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado LUIS MIGUEL ESPINO ARRIETA, en su calidad de APODERADO de PAYLESS SHOESOURCE WORLDWIDE, INC, de nacionalidad ESTADOUNI-DENSE, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA Y DE COMERCIO,
Consistente en: el diseño de una letra “m”, que servirá para: AM-PARAR: RELOJES Y JOYERIA PARA VESTIMENTA.
La solicitud fue presentada el día treinta y uno de enero del año dos mil ocho.
DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, cinco de febrero del año dos mil ocho.
LUIS ALONSO CACERES AMAYA,
REGISTRADOR.
CECILIA ESPERANZA GODOY DE VELASQUEZ,
SECRETARIA.
3 v. alt. No. F000745-3
No. de Expediente: 2008073664
No. de Presentación: 20080104614
CLASE: 25.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado LUIS MIGUEL ESPINO ARRIETA, en su calidad de APODERADO de PAYLESS SHOESOURCE WORLDWIDE, INC., de nacionalidad ESTADO-
UNIDENSE, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA Y DE COMERCIO,
Consistente en: un diseño que se identifi ca como diseño de M, que servirá para: AMPARAR: CALZADO Y ROPA, TALES COMO, SOM-BRERERIA, CORBATAS, BUFANDAS, SOMBRERO, GUANTES, CINTURONES, CALCETINES, CALCETERIA, PANTIS, MEDIAS HASTA LAS RODILLAS, TIRANTES.
La solicitud fue presentada el día treinta y uno de enero del año dos mil ocho.
DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, seis de febrero del año dos mil ocho.
LUIS ALONSO CACERES AMAYA,
REGISTRADOR.
MAURICIO ENRIQUE SANCHEZ VASQUEZ,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. F000747-3
No. de Expediente: 2008073674
No. de Presentación: 20080104624
CLASE: 25.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado LUIS MIGUEL ESPINO ARRIETA, en su calidad de APODERADO de PAYLESS SHOESOURCE WORLDWIDE, INC., de nacionalidad ESTADO-UNIDENSE, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA Y DE COMERCIO,
Consistente en: la palabra “smartfi t” y diseño, que servirá para: AMPARAR CALZADO.
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218 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 379
La solicitud fue presentada el día treinta y uno de enero del año dos mil ocho.
DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, cinco de febrero del año dos mil ocho.
LUIS ALONSO CACERES AMAYA,
REGISTRADOR.
FERNANDO JOSE VELASCO,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. F000750-3
No. de Expediente: 2008073769
No. de Presentación: 20080104815
CLASE: 05.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado RAFAEL ALBERTO MENDOZA CALDERON, en su calidad de APODERADO de GLAXO GROUP LIMITED, de nacionalidad INGLESA, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA Y DE COMERCIO,
TETLIB
Consistente en: la palabra TETLIB, que servirá para: AMPARAR: PREPARACIONES Y SUSTANCIAS FARMACEUTICAS.
La solicitud fue presentada el día seis de febrero del año dos mil ocho.
DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, ocho de febrero del año dos mil ocho.
LICDA. HAZEL VIOLETA AREVALO CARRILLO,
REGISTRADORA.
GUILLERMO ALFONSO LOPEZ,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. F000752-3
No. de Expediente: 2008073771
No. de Presentación: 20080104817
CLASE: 30.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado RAFAEL ALBERTO MENDOZA CALDERON, en su calidad de APODERADO de PIZZA HUT INTERNATIONAL, LLC, de nacionalidad ESTADO-UNIDENSE, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA Y DE COMERCIO,
PHD
Consistente en: la expresión PHD, que servirá para: AMPARAR: CAFE, TE, CACAO, AZUCAR, ARROZ, TAPIOCA, SAGU, SUCE-DANEOS DEL CAFE; HARINAS Y PREPARACIONES HECHAS DE CEREALES, PAN, PASTELERIA Y CONFITERIA, HELADOS COMESTIBLES; MIEL, JARABE DE MELAZA; LEVADURA, POLVOS PARA ESPONJAR; SAL, MOSTAZA; VINAGRE, SALSAS (CONDIMENTOS); ESPECIAS; HIELO.
La solicitud fue presentada el día seis de febrero del año dos mil ocho.
DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, ocho de febrero del año dos mil ocho.
LICDA. HAZEL VIOLETA AREVALO CARRILLO,
REGISTRADORA.
GERARDO ENRIQUE MENDEZ FLOREZ CABEZAS,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. F000753-3
No. de Expediente: 2008073772
No. de Presentación: 20080104818
CLASE: 29.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado RAFAEL ALBERTO MENDOZA CALDERON, en su calidad de APODERADO
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219DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 1 de Abril de 2008.
de PIZZA HUT INTERNATIONAL, LLC, de nacionalidad ESTADO-UNIDENSE, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA Y DE COMERCIO,
PHD
Consistente en: la expresión PHD, que servirá para: AMPARAR: CARNE, PESCADO, AVES Y CAZA; EXTRACTO DE CARNE; FRU-TAS Y LEGUMBRES EN CONSERVA, CONGELADAS, SECAS Y CO-CIDAS; JALEAS, MERMELADAS, COMPOTAS; HUEVOS, LECHE Y PRODUCTOS LACTEOS; ACEITES Y GRASAS COMESTIBLES.
La solicitud fue presentada el día seis de febrero del año dos mil ocho.
DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, ocho de febrero del año dos mil ocho.
LICDA. HAZEL VIOLETA AREVALO CARRILLO,
REGISTRADORA.
GERARDO ENRIQUE MENDEZ FLOREZ CABEZAS,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. F000758-3
No. de Expediente: 2008073661
No. de Presentación: 20080104611
CLASE: 03.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado LUIS MIGUEL ESPINO ARRIETA, en su calidad de APODERADO de NEW MILANI GROUP, INC, de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, solicitando el re-gistro de la MARCA DE FABRICA Y DE COMERCIO,
MILANI
Consistente en: la palabra MILANI, que servirá para: AMPARAR: PERFUMERIA, ACEITES ESENCIALES, COSMETICOS, LOCIO-NES PARA EL CABELLO.
La solicitud fue presentada el día treinta y uno de enero del año dos mil ocho.
DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, cinco de febrero del año dos mil ocho.
LICDA. HERMINIA ELIZABETH LOZANO ZELIDON,
REGISTRADORA.
MAYRA PATRICIA PORTILLO CASTAÑEDA,
SECRETARIA.
3 v. alt. No. F000761-3
No. de Expediente: 2007065609
No. de Presentación: 20070091195
CLASE: 30.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado MONICA GUADALUPE PINEDA MACHUCA, en su calidad de APODERADO de COMPAÑIA NACIONAL DE CHOCOLATES S.A., de nacionalidad COLOMBIANA, solicitando el registro de la MARCA DE FABRI-CA,
LATITUD 7
Consistente en: la palabra LATITUD 7, que servirá para: AMPA-RAR: CAFE, TE, CACAO, AZUCAR, ARROZ, TAPIOCA, SAGU, SUCEDANEOS DEL CAFE; HARINAS Y PREPARACIONES HECHAS DE CEREALES, PAN, PASTELERIA, Y CONFITERIA, HELADOS COMESTIBLES; MIEL, JARABE DE MELAZA; LEVA-DURA, POLVOS PARA ESPONJAR; SAL, MOSTAZA; VINAGRE, SALSAS (CONDIMENTOS); ESPECIAS; HIELO.
La solicitud fue presentada el día dieciséis de marzo del año dos mil siete.
DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, veinte de marzo del año dos mil siete.
LICDA. HERMINIA ELIZABETH LOZANO ZELIDON,
REGISTRADORA.
MARTA DELIA CLAVEL DE VEGA,
SECRETARIA.
3 v. alt. No. F000948-3
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220 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 379
No. de Expediente: 2007071789
No. de Presentación: 20070101181
CLASE: 20.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado MONICA GUADALUPE PINEDA MACHUCA, en su calidad de APODERADO de CHEP TECHNOLOGY PTY LIMITED, de nacionalidad AUSTRA-LIANA, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA,
CHEP
Consistente en: la palabra CHEP, que servirá para: AMPARAR: CONTENEDORES DE TODAS LAS DESCRIPCIONES INCLUIDAS EN ESTA CLASE, INCLUYENDO CONTENEDORES HECHOS DE MADERA, PLÁSTICOS O FIBRA DE VIDRIO; CONTENEDORES AISLADOS DE CALOR; TODOS LOS TIPOS DE CONTENEDO-RES PARA EL MANEJO Y TRANSPORTE DE MERCANCÍAS; PLATAFORMAS HECHAS DE MADERA, PLÁSTICOS O FIBRA DE VIDRIO.
La solicitud fue presentada el día catorce de noviembre del año dos mil siete.
DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, veintinueve de enero del año dos mil ocho.
LICDA. HERMINIA ELIZABETH LOZANO ZELIDON,
REGISTRADORA.
MAYRA PATRICIA PORTILLO CASTAÑEDA,
SECRETARIA.
3 v. alt. No. F000950-3
No. de Expediente: 2006062616
No. de Presentación: 20060085251
CLASE: 43.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado MONICA GUADALUPE PINEDA MACHUCA, en su calidad de GESTOR OFI-
CIOSO de TACONTENTO, SOCIEDAD ANONIMA, de nacionalidad GUATEMALTECA, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA Y DE COMERCIO,
Consistente en: la palabra tacontento y diseño, que servirá para: AMPARAR: SERVICIOS DE RESTAURACION (ALIMENTACION); HOSPEDAJE TEMPORAL.
La solicitud fue presentada el día diez de noviembre del año dos mil seis.
DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, catorce de diciembre del año dos mil seis.
ALEXANDER RAFAEL MORALES MENDEZ,
REGISTRADOR.
MELVY ELIZABETH CORTEZ DE ALAS,
SECRETARIA.
3 v. alt. No. F000951-3
No. de Expediente: 2006062199
No. de Presentación: 20060084622
CLASE: 30.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado MONICA GUADALUPE PINEDA MACHUCA, en su calidad de APODERADO de COMPAÑIA NACIONAL DE CHOCOLATES S.A., de nacionalidad COLOMBIANA, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA Y DE COMERCIO,
FRUNAS
Consistente en: la palabra FRUNAS, que servirá para: AMPARAR: CAFE, TE, CACAO, AZUCAR, ARROZ, TAPIOCA, SAGU, SUCE-DANEOS DEL CAFE; HARINAS Y PREPARACIONES HECHAS DE CEREALES, PAN, PASTELERIA Y CONFITERIA, HELADOS COMESTIBLES; MIEL, JARABE DE MELAZA; LEVADURA, POLVOS PARA ESPONJAR; SAL, MOSTAZA; VINAGRE, SALSAS (CONDIMENTOS); ESPECIAS; HIELO.
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221DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 1 de Abril de 2008.
La solicitud fue presentada el día veinticinco de octubre del año dos mil seis.
DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, veintiuno de mayo del año dos mil siete.
LIC. PEDRO BALMORE HENRIQUEZ RAMOS,
REGISTRADOR.
KATYA MARGARITA MARTINEZ GUTIERREZ,
SECRETARIA.
3 v. alt. No. F000954-3
No. de Expediente: 2008073292
No. de Presentación: 20080103774
CLASE: 29.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado LUIS MIGUEL ESPINO ARRIETA, en su calidad de APODERADO de PEPSICO, INC., de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA Y DE COMERCIO,
Consistente en: la palabra Lay’s y diseño que servirá para: CARNE, PESCADO, AVES Y CAZA; EXTRACTOS DE CARNE; FRUTAS Y LEGUMBRES EN CONSERVA, CONGELADAS, SECAS Y COCI-DAS; JALEAS, MERMELADAS, COMPOTAS; HUEVOS, LECHE Y PRODUCTOS LÁCTEOS; ACEITES Y GRASAS COMESTIBLES. REFRIGERIOS ALIMENTICIOS (SNACKS) QUE CONSISTEN PRIN-CIPALMENTE EN REFRIGERIOS A BASE DE PAPAS, NUECES, PRODUCTOS DE NUEZ, SEMILLAS, FRUTAS U OTRAS MATERIAS VEGETALES O COMBINACIONES DE LOS MISMOS INCLUYEN-DO TORTILLAS DE PAPA, PATATAS FRITAS, BOCADILLOS DE PUERCO, BOCADILLOS DE CARNE, BOCADILLOS A BASE DE SOYA.
La solicitud fue, presentada el día quince de enero del año dos mil ocho.
DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, dieciocho de enero del año dos mil ocho.
LUIS ALONSO CACERES AMAYA,
REGISTRADOR.
NANCY KATYA NAVARRETE QUINTANILLA,
SECRETARIA.
3 v. alt. No. F000997-3
No. de Expediente: 2007071046
No. de Presentación: 20070100130
CLASE: 11.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado RAFAEL AL-BERTO MENDOZA CALDERON, en su calidad de APODERADO de S.C. JOHNSON & SON, INC., de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA Y DE COMER-CIO,
SENSE & SPRAY
Consistente en: las palabras SENSE & SPRAY, que se traducen al castellano como sentido & rociador, que servirá para: AMPARAR: APA-RATOS PARA EMITIR REFRESCANTES DEL AIRE; APARATOS PARA DESODORIZAR EL AIRE; PARTES Y ACCESORIOS PARA TODOS LOS PRODUCTOS ANTES MENCIONADOS INCLUIDOS DENTRO DE ESTA CLASE.
La solicitud fue presentada el día veintitrés de octubre del año dos mil siete.
DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, primero de febrero del año dos mil ocho.
LICDA. HERMINIA ELIZABETH LOZANO ZELIDON,
REGISTRADORA.
MAYRA PATRICIA PORTILLO CASTAÑEDA,
SECRETARIA.
3 v. alt. No. F000998-3
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222 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 379
No. de Expediente: 2007071022
No. de Presentación: 20070100086
CLASE: 08.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado RAFAEL ALBERTO MENDOZA CALDERON, en su calidad de APODERADO de EVEREADY BATTERY COMPANY, INC., de nacionalidad ESTA-DOUNIDENSE, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA Y DE COMERCIO,
QUATTRO TITANIUM PRECISION
Consistente en: las palabras QUATTRO TITANIUM PRECISION donde la palabra QUATTRO se traduce al castellano como “CUATRO” y la palabra TITANIUM se traduce como “TITANIO”. Sobre las palabras TITANIUM PRECISION individualmente no se concede exclusividad, que servirá para: AMPARAR: NAVAJAS Y HOJAS DE AFEITAR.
La solicitud fue presentada el día veintidós de octubre del año dos mil siete.
DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, primero de febrero del año dos mil ocho.
DAVID ANTONIO CUADRA GOMEZ,
REGISTRADOR.
JORGE ALBERTO JOVEL ALVARADO,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. F000999-3
No. de Expediente: 2008073449
No. de Presentación: 20080104100
CLASE: 03.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado RAFAEL ALBERTO MENDOZA CALDERON, en su calidad de APODERADO de LABORATOIRE GARNIER & CIE., de nacionalidad FRANCESA,
solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA Y DE COMER-CIO,
ULTRALIFTPRO-X
Consistente en: la palabra ULTRALIFTPRO-X, que servirá para: AMPARAR: COSMETICOS TALES COMO CREMAS, LECHES, LOCIONES, GELS Y POLVOS PARA LA CARA, EL CUERPO Y LAS MANOS.
La solicitud fue presentada el día veintitrés de enero del año dos mil ocho.
DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, veintiocho de enero del año dos mil ocho.
DAVID ANTONIO CUADRA GOMEZ,
REGISTRADOR.
JORGE ALBERTO JOVEL ALVARADO,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. F001002-3
No. de Expediente: 2008073152
No. de Presentación: 20080103247
CLASE: 31.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado LUIS MIGUEL ESPINO ARRIETA, en su calidad de APODERADO de SOCIETE DES PRODUITS NESTLE S.A., de nacionalidad SUIZA, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA Y DE COMERCIO,
CHEF MICHAEL’S
Consistente en: las palabras CHEF MICHAEL’S que en el idioma castellano se traduce MICHAEL DE JEFE DE COCINA, que servirá para: AMPARAR ALIMENTOS PARA MASCOTAS.
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223DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 1 de Abril de 2008.
La solicitud fue presentada el día nueve de enero del año dos mil ocho.
DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, once de enero del año dos mil ocho.
LUIS ALONSO CACERES AMAYA,
REGISTRADOR.
FERNANDO JOSE VELASCO,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. F001003-3
NOMBRE COMERCIAL
No. de Expediente: 2007072530
No. de Presentación: 20070102240
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado WILFREDO FLORES MORALES, en su calidad de REPRESENTANTE LEGAL de ALUMINIOS SUPERIOR, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE que se abrevia: ALUS, S.A. DE C.V., de nacionalidad SAL-VADOREÑA, solicitando el registro del NOMBRE COMERCIAL,
Consistente en: la frase Maxi-Gas y diseño, que servirá para: IDENTIFICAR: UNA EMPRESA COMERCIAL DEDICADA A LA COMPRAVENTA DE TODO TIPO DE ARTICULOS DE COCINA, UBICADO EN KILOMETRO NUEVE Y MEDIO, CARRETERA A LA LIBERTAD, SANTA TECLA, DEPARTAMENTO DE LA LIBERTAD, EL SALVADOR.
La solicitud fue presentada el día cuatro de diciembre del año dos mil siete.
DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Pro-piedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, seis de diciembre del año dos mil siete.
LUIS ALONSO CACERES AMAYA,
REGISTRADOR.
CECILIA ESPERANZA GODOY DE VELASQUEZ,
SECRETARIA.
3 v. alt. No. F000715-3
No. de Expediente: 2007071054
No. de Presentación: 20070100138
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado MONICA GUADALUPE PINEDA MACHUCA, en su calidad de APODERADO ESPECIAL de PETROLEOS DE HONDURAS SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE que se abrevia: HONDUPETROL, S.A. DE C.V., de nacionalidad HONDUREÑA, solicitando el registro del NOM-BRE COMERCIAL,
Consistente en: las palabras Flash Mart y diseño, traducidas al castellano como Tienda rápida, que servirá para: IDENTIFICAR UN ESTABLECIMIENTO COMERCIAL, INDUSTRIAL Y DE SERVI-CIOS DEDICADO ESPECIALMENTE A COMERCIALIZAR LOS SERVICIOS DE TIENDAS DE CONVENIENCIA, UBICADO EN BOULEVARD DE LOS PROCERES, URBANIZACION LAS MER-CEDES, COLONIA SAN FRANCISCO, SAN SALVADOR.
La solicitud fue presentada el día veintitrés de octubre del año dos mil siete.
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224 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 379
DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, veintiocho de enero del año dos mil ocho.
DAVID ANTONIO CUADRA GOMEZ,
REGISTRADOR.
JORGE ALBERTO JOVEL ALVARADO,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. F000956-3
No. de Expediente: 2008073252
No. de Presentación: 20080103663
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado PEDRO ISAI PORTILLO MEDRANO, en su calidad de APODERADO de RIA DE CENTROAMERICA, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIA-BLE que se abrevia: RIA DE CENTROAMERICA, S.A. DE C.V., de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro del NOMBRE COMERCIAL,
Consistente en: las palabras RIA DE CENTROAMERICA, sobre la palabra CENTROAMERICA no se le concede exclusividad, que ser-virá para: IDENTIFICAR UN ESTABLECIMIENTO DE SERVICIOS DEDICADO AL ENVIO DE DINERO.
La solicitud fue presentada el día catorce de enero del año dos mil ocho.
DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, quince de enero del año dos mil ocho.
LICDA. HAZEL VIOLETA AREVALO CARRILLO,
REGISTRADORA.
GUILLERMO ALFONSO LOPEZ,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. F000968-3
No. de Expediente: 2007071071
No. de Presentación: 20070100155
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado MONICA GUADALUPE PINEDA MACHUCA, en su calidad de APODERADO de PETROLEOS DE HONDURAS SOCIEDAD ANONIMA DE CA-PITAL VARIABLE que se abrevia: HONDUPETROL, S.A. DE C.V., de nacionalidad HONDUREÑA, solicitando el registro del NOMBRE COMERCIAL,
Consistente en: la expresión UNO y diseño, que servirá para: IDENTIFICAR: UN ESTABLECIMIENTO COMERCIAL DEDI-CADO A COMERCIALIZAR LOS SERVICIOS DE ESTACIONES DISTRIBUIDORAS DE GASOLINA Y SUS DERIVADOS, ASI COMO TIENDAS DE CONVENIENCIA, UBICADO EN BOULEVARD DE LOS PROCERES, URBANIZACION LAS MERCEDES, COLONIA SAN FRANCISCO, SAN SALVADOR.
La solicitud fue presentada el día veintitrés de octubre del año dos mil siete.
DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, veinticuatro de octubre del año dos mil siete.
LUIS ALONSO CACERES AMAYA,
REGISTRADOR.
CECILIA ESPERANZA GODOY DE VELASQUEZ,
SECRETARIA.
3 v. alt. No. F000969-3
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225DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 1 de Abril de 2008.
SEÑAL DE PUBLICIDAD COMERCIAL
No. de Expediente: 2008073735
No. de Presentación: 20080104777
EL INFRASCRITO REGISTRADOR,
HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado RAFAEL ALBERTO MENDOZA CALDERON, en su calidad de APODERADO de EVEREADY BATTERY COMPANY, INC., de nacionalidad ESTA-DOUNIDENSE, solicitando el registro de la EXPRESION O SEÑAL DE PUBLICIDAD COMERCIAL,
LAS DEL GATO DURAN MAS
Consistente en: la expresión LAS DEL GATO DURAN MAS, que servirá para: ATRAER LA ATENCION DEL PUBLICO CON-SUMIDOR SOBRE BATERIAS, CARGADORES DE BATERIAS, EXCLUYENDO BATERIAS PARA VEHÍCULOS.
La solicitud fue presentada el día cinco de febrero del año dos mil ocho.
DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, siete de febrero del año dos mil ocho.
LICDA. HAZEL VIOLETA AREVALO CARRILLO,
REGISTRADORA.
GERARDO ENRIQUE MENDEZ FLOREZ CABEZAS,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. F000659-3
No. de Expediente: 2008073882
No. de Presentación: 20080104963
EL INFRASCRITO REGISTRADOR,
HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado LUIS MIGUEL ESPINO ARRIETA, en su calidad de APODERADO de TELERED DE NICARAGUA, S.A., de nacionalidad NICARAGÜENSE, solicitando el registro de la EXPRESION O SEÑAL DE PUBLICIDAD COMER-CIAL,
Con Turbonett vas a lo seguro
Consistente en: la expresión Con Turbonett vas a lo seguro, que
servirá para: ATRAER LA ATENCIÓN DEL PÚBLICO CONSUMIDOR
A LOS PRODUCTOS Y SERVICIOS TALES COMO APARATOS E
INSTRUMENTOS CIENTÍFICOS, NÁUTICOS, DE AGRIMENSU-
RA; FOTOGRÁFICOS, CINEMATOGRÁFICOS, ÓPTICOS, PESA-
DORES, MEDIDORES, PARA SEÑALIZACIÓN, PARA CONTROL
(SUPERVISIÓN), SALVAVIDAS Y DIDÁCTICOS; APARATOS E
INSTRUMENTOS PARA CONDUCIR, CAMBIAR, TRANSFORMAR,
ACUMULAR, REGULAR Y CONTROLAR LA ELECTRICIDAD
(FLUJO ELÉCTRICO); APARATOS PARA GRABAR, TRANSMI-
TIR O REPRODUCIR SONIDO O IMÁGENES; PORTADORES DE
DATOS MAGNÉTICOS; DISCOS PARA GRABAR; MÁQUINAS AU-
TOMÁTICAS DE VENTA Y MECANISMOS PARA APARATOS OPE-
RADOS POR MONEDAS; CAJAS REGISTRADORAS; MÁQUINAS
CALCULADORAS, EQUIPO PARA PROCESAMIENTO DE DATOS
Y COMPUTADORAS; APARATOS EXTINTORES; SERVICIOS DE
TELECOMUNICACIONES.
La solicitud fue presentada el día ocho de febrero del año dos mil
ocho.
DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la
Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.
San Salvador, trece de febrero del año dos mil ocho.
LICDA. HAZEL VIOLETA AREVALO CARRILLO,
REGISTRADORA.
GUILLERMO ALFONSO LOPEZ,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. F000686-3
No. de Expediente: 2008073881
No. de Presentación: 20080104962
EL INFRASCRITO REGISTRADOR,
HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado LUIS MIGUEL
ESPINO ARRIETA, en su calidad de APODERADO de TELERED DE
NICARAGUA, S.A., de nacionalidad NICARAGÜENSE, solicitando
el registro de la EXPRESION O SEÑAL DE PUBLICIDAD COMER-
CIAL,
Turbonett al alcance de todos
Consistente en: la expresión Turbonett al alcance de todos, que
servirá para: ATRAER LA ATENCIÓN DEL PÚBLICO CONSUMIDOR
A LOS PRODUCTOS Y SERVICIOS TALES COMO APARATOS E
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226 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 379
INSTRUMENTOS CIENTÍFICOS, NÁUTICOS, DE AGRIMENSU-
RA; FOTOGRÁFICOS, CINEMATOGRÁFICOS, ÓPTICOS, PESA-
DORES, MEDIDORES, PARA SEÑALIZACIÓN, PARA CONTROL
(SUPERVISIÓN), SALVAVIDAS Y DIDÁCTICOS; APARATOS E INS-
TRUMENTOS PARA CONDUCIR, CAMBIAR, TRANSFORMAR,
ACUMULAR, REGULAR Y CONTROLAR LA ELECTRICIDAD
(FLUJO ELÉCTRICO); APARATOS PARA GRABAR, TRANSMI-
TIR O REPRODUCIR SONIDO O IMÁGENES; PORTADORES DE
DATOS MAGNÉTICOS; DISCOS PARA GRABAR; MÁQUINAS
AUTOMÁTICAS DE VENTA Y MECANISMOS PARA APARATOS
OPERADOS POR MONEDAS; CAJAS REGISTRADORAS; MÁ-
QUINAS CALCULADORAS, EQUIPO PARA PROCESAMIENTO
DE DATOS Y COMPUTADORAS; APARATOS EXTINTORES;
SERVICIOS DE TELECOMUNICACIONES.
La solicitud fue presentada el día ocho de febrero del año dos mil
ocho.
DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la
Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.
San Salvador, trece de febrero del año dos mil ocho.
LICDA. HAZEL VIOLETA AREVALO CARRILLO,
REGISTRADORA.
GUILLERMO ALFONSO LOPEZ,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. F000687-3
No. de Expediente: 2008073253
No. de Presentación: 20080103664
EL INFRASCRITO REGISTRADOR,
HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado PEDRO ISAI
PORTILLO MEDRANO, en su calidad de APODERADO ESPECIAL
de RIA DE CENTROAMERICA, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPI-
TAL VARIABLE que se abrevia: RIA DE CENTROAMERICA, S.A.
DE C.V., de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro de
la EXPRESION O SEÑAL DE PROPAGANDA,
Consistente en: la expresión RIA DE CENTROAMERICA, que
servirá para: LLAMAR LA ATENCION DEL PUBLICO CONSUMI-
DOR SOBRE LOS SERVICIOS DE ENVIO DE DINERO.
La solicitud fue presentada el día catorce de enero del año dos mil
ocho.
DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la
Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.
San Salvador, dieciséis de enero del año dos mil ocho.
LUIS ALONSO CACERES AMAYA,
REGISTRADOR.
FERNANDO JOSE VELASCO,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. F000971-3
MATRICULA DE COMERCIO
ASIENTO DE EMPRESA 2002033867
ASIENTO DE ESTABLECIMIENTO 2002033861- 001
EL INFRASCRITO REGISTRADOR DEL DEPARTAMENTO DE
REGISTRO DE MATRICULAS DE EMPRESA Y ESTABLECI-
MIENTOS DEL REGISTRO DE COMERCIO.
HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado MARIA ESTER
CASTILLO, de nacionalidad SALVADOREÑA, número de Documento
Único de Identidad 00649878-0 del domicilio de SAN SALVADOR, SAN
SALVADOR, con Número de Identifi cación Tributaria: 0710-270454-
001-2 el cual ha presentado solicitud a las doce horas y cincuenta y ocho
minutos del día veintiséis de abril de dos mil dos, con la cual se otorgó
el asiento de Empresa No. 2002033867 inscripción 207 y el asiento
de Establecimiento No. 2002033867- 001 inscripción 208, ambos del
libro 156 de Asientos de Matrícula de Empresa y Establecimiento. La
Empresa se dedica a SERVICIOS DE TRAMITES ADUANALES, con
dirección en 1ª CALLE PONIENTE Y 15ª AVENIDA NORTE, CEN-
TRO COMERCIAL VIANA, N° 215, LOCAL N° 10 del domicilio de
SAN SALVADOR, SAN SALVADOR, cuyo activo asciende a CIENTO
CINCUENTA Y NUEVE MIL DOSCIENTOS SETENTA Y DOS 80/100
COLONES (¢159,272.80) y que tiene el establecimiento siguiente: 001-)
denominado TRAMITACIONES ADUANALES M.E. ubicado en lª CA-
LLE PONIENTE Y 15ª AVENIDA NORTE, CENTRO COMERCIAL
VIANA, N° 215, LOCAL N° 10, SAN SALVADOR, SAN SALVADOR
y que se dedica a SERVICIOS DE TRAMITES ADUANALES.
Lo que se le hace saber al público para los efectos de Ley.
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227DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 1 de Abril de 2008.
San Salvador, diez de septiembre de dos mil siete.
LIC. JORGE ALBERTO CASTRO VALLE,
REGISTRADOR.
3 v. alt. No. C018391-3
ASIENTO DE EMPRESA 2002015422
ASIENTO DE ESTABLECIMIENTO 2002015422- 001
EL INFRASCRITO REGISTRADOR DEL DEPARTAMENTO DE RE-
GISTRO DE MATRICULAS DE EMPRESA Y ESTABLECIMIENTOS
DEL REGISTRO DE COMERCIO.
HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado NELLY
TERESA SARTI, en su calidad de Representante legal de la sociedad
VINSAR, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE que puede
abreviarse. VINSAR, S. A. DE C. V.; de nacionalidad SALVADOREÑA,
del domicilio y departamento de LA LIBERTAD, cuya escritura social
está inscrita bajo el número 35 del libro 590 del Registro de Sociedades
del Registro de Comercio, con Número de Identifi cación Tributaria: 0614
- 080288 - 004 -8; el cual ha presentado solicitud a las catorce horas y
cincuenta minutos del día veintidós de enero de dos mil ocho. Con la
cual se otorgó el asiento de Empresa No. 2002015422 inscripción 221
y el asiento de Establecimiento No. 2002015422 -001 inscripción 222,
ambos del libro 173 de Asientos de Matrícula de Empresa y Estable-
cimiento; la Empresa denominada VINSAR, SOCIEDAD ANONIMA
DE CAPITAL VARIABLE, la cual se dedica a ARRENDAMIENTO
DE INMUEBLES, con dirección en CALLE GERARDO BARRIOS,
N° 1265, SAN SALVADOR, SAN SALVADOR, cuyo activo asciende
a CINCO MILLONES SETECIENTOS CUARENTA Y OCHO MIL
CINCUENTA Y OCHO 75/100 COLONES (¢5,748,058.75) y que
tiene el establecimiento siguiente: 001-) denominado VINSAR, S. A.
DE C. V. ubicado en CALLE GERARDO BARRIOS, N° 1265, SAN
SALVADOR, SAN SALVADOR y que se dedica a ARRENDAMIENTO
DE INMUEBLES.
Lo que se le hace saber al público para los efectos de Ley.
San Salvador, veintiséis de febrero de dos mil ocho.
LIC. JORGE ALBERTO CASTRO VALLE,
REGISTRADOR.
3 v. alt. No. C018392-3
ASIENTO DE EMPRESA 2008060706
ASIENTO DE ESTABLECIMIENTO 2008060706-001
LA INFRASCRITA REGISTRADORA DEL DEPARTAMENTO
DE REGISTRO DE MATRICULAS DE EMPRESA Y ESTABLECI-
MIENTOS DEL REGISTRO DE COMERCIO.
HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado MARIA
CRISTINA LLACH REYES, en su calidad de Representante Legal de
la sociedad DESARROLLOS LAS PLAZAS, SOCIEDAD ANONIMA
DE CAPITAL VARIABLE que puede abreviarse DESARROLLOS LAS
PLAZAS, S. A. DE C. V.; sociedad de nacionalidad SALVADOREÑA,
del domicilio de SAN SALVADOR, cuya escritura social está inscrita
bajo el número 8 del libro 2282 del Registro de Sociedades del Registro
de Comercio, con Número de Identifi cación Tributaria: 0614-081107-
104-6; el cual ha presentado solicitud a las quince horas y cuarenta y
nueve minutos del día quince de febrero de dos mil ocho, con la cual se
otorgó el asiento de Empresa No. 2008060706 inscripción 106 y el asiento
de Establecimiento No. 2008060706 - 001, inscripción 107, ambos del
Libro 173 de Asientos de Matrícula de Empresa y Establecimiento; la
Empresa se denomina DESARROLLOS LAS PLAZAS, SOCIEDAD
ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE, la cual se dedica a ACTIVI-
DADES INMOBILIARIAS REALIZADAS CON BIENES PROPIOS
O ARRENDADOS, con dirección en COLONIA ESCALON, CALLE
PADRES AGUILAR N° 15 del domicilio de SAN SALVADOR, cuyo
activo asciende a VEINTE MIL 00/100 DOLARES ($20,000.00) y que
tiene el establecimiento siguiente: 001-) denominado DESARROLLOS
LAS PLAZAS, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE
ubicado en COLONIA ESCALON, CALLE PADRES AGUILAR N° 15,
SAN SALVADOR y que se dedica a ACTIVIDADES INMOBILIARIAS
REALIZADAS CON BIENES PROPIOS O ARRENDADOS.
Lo que se le hace saber al público para los efectos de Ley.
San Salvador, diecinueve de febrero de dos mil ocho.
LICDA. MORENA GUADALUPE FLORES AGUIRRE,
REGISTRADORA.
3 v. alt. No. C018400-3
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228 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 379
ASIENTO DE EMPRESA 2008060869
ASIENTO DE ESTABLECIMIENTO 2008060869- 001
LA INFRASCRITA REGISTRADORA DEL DEPARTAMENTO DE
REGISTRO DE MATRICULAS DE EMPRESA Y ESTABLECIMIEN-
TOS DEL REGISTRO DE COMERCIO.
HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado GABRIEL
LARA MAGAÑA, en su calidad de Representante Legal de la socie-
dad ESTUDIOS AMBIENTALES Y TELECOMUNICACIONES POR
SATELITE, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE; so-
ciedad de nacionalidad SALVADOREÑA, del domicilio de ANTIGUO
CUSCATLAN, LA LIBERTAD, cuya escritura social está inscrita bajo
el número 1 del libro 2301 del Registro de Sociedades del Registro de
Comercio, con Número de Identifi cación Tributaria: 0614-250108-
101-0; el cual ha presentado solicitud a las quince horas y cuarenta y seis
minutos del día cuatro de marzo de dos mil ocho, con la cual se otorgó
el Asiento de Empresa No. 2008060869 inscripción 175 y el Asiento de
Establecimiento No. 2008060869- 001, inscripción 176, ambos del Libro
174 de Asientos de Matrícula de Empresa y Establecimiento; la Empresa
se denomina ESAMSAT, S. A. DE C. V., la cual se dedica a SERVI-
CIOS DE TELECOMUNICACION, CONSULTORIAS, con dirección
en BOULEVARD VENEZUELA 544-B, DISTRITO COMERCIAL
CENTRAL, del domicilio y departamento de SAN SALVADOR, cuyo
activo asciende a ONCE MIL CUATROCIENTOS VEINTIOCHO
57/100 DOLARES ($ 11,428.57) y que tiene el establecimiento siguiente:
001-) denominado ESAMSAT, S. A. DE C. V. ubicado en BOULEVARD
VENEZUELA 544-B, DISTRITO COMERCIAL CENTRAL, del domi-
cilio y departamento de SAN SALVADOR y que se dedica a SERVICIOS
DE TELECOMUNICACION, CONSULTORIAS.
Lo que se le hace saber al público para los efectos de Ley.
San Salvador, seis de marzo de dos mil ocho.
LIC. MORENA GUADALUPE FLORES AGUIRRE,
REGISTRADORA.
3 v. alt. No. C018403-3
ASIENTO DE EMPRESA 2002043247
ASIENTO DE ESTABLECIMIENTO 2002043247- 001
LA INFRASCRITA REGISTRADORA DEL DEPARTAMENTO DE
REGISTRO DE MATRICULAS DE EMPRESA Y ESTABLECIMIEN-
TOS DEL REGISTRO DE COMERCIO.
HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado RAFAEL
GONZALEZ LOVOS en su calidad de Representante Legal de la sociedad
EMPRESARIOS TRANSPORTISTAS DEL TAMARINDO, SOCIEDAD
ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE que puede abreviarse SETTAM,
S. A. DE C. V.; de nacionalidad SALVADOREÑA, del domicilio de
LA UNION, cuya escritura social está inscrita bajo el número 50 del
libro 1730 del Registro de Sociedades del Registro de Comercio,
con Número de Identifi cación Tributaria; 1217-170602-102-1; quien
ha presentado solicitud a las nueve horas y veintidós minutos del día
veintinueve de junio de dos mil seis, con la cual se otorgó el Asiento de
Empresa No. 2002043247 inscripción 203 y el Asiento de Establecimiento
No. 2002043247- 001 inscripción 204, ambos del libro 120 de Asientos
de Matrícula de Empresa y Establecimiento; la Empresa denominada
SETTAM, S. A. DE C. V., la cual se dedica a SERVICIO COLECTIVO
DE PASAJEROS, con dirección en BARRIO SAN CARLOS, CALLE
CIRCUNVALACION ENTRE 6ª y 8ª AVENIDA SUR del domicilio de LA
UNION, cuyo activo asciende a DOCE MIL QUINIENTOS SETENTA
Y UN 43/100 DOLARES ($12,571.43) y que tiene el establecimiento
siguiente: 001-) denominado SETTAM, S. A. DE C. V. ubicado en BA-
RRIO SAN CARLOS, CALLE CIRCUNVALACION ENTRE 6ª y 8ª
AVENIDA SUR, LA UNION y que se dedica a SERVICIO COLECTIVO
DE PASAJEROS.
Lo que se le hace saber al público para los efectos de Ley.
San Salvador, dieciocho de julio de dos mil seis.
MORENA GUADALUPE FLORES AGUIRRE,
REGISTRADORA.
3 v. alt. No. C018404-3
ASIENTO DE EMPRESA 2002003456
ASIENTO DE ESTABLECIMIENTO 2002003456- 001
EL INFRASCRITO REGISTRADOR DEL DEPARTAMENTO DE RE-
GISTRO DE MATRICULAS DE EMPRESA Y ESTABLECIMIENTOS
DEL REGISTRO DE COMERCIO.
HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado VERONICA
MARIA SUAREZ GARCIA DE LEON en su calidad de Representante
Legal de la sociedad TIENDA LIBRE ILOPANGO, SOCIEDAD ANO-
NIMA DE CAPITAL VARIABLE que puede abreviarse TIENDA LIBRE
ILOPANGO S. A. DE C. V.; de nacionalidad SALVADOREÑA, del
domicilio de SAN SALVADOR, cuya escritura social está inscrita bajo
el número 118 del libro 23 del Registro de Sociedades del Registro de
Comercio, con Número de Identifi cación Tributaria: 0607-150168-001-9;
el cual ha presentado solicitud a las diez horas y veinte minutos del día
veintitrés de octubre de dos mil dos con la cual se otorgó el Asiento de
Empresa No. 2002003456 inscripción 39 y el Asiento de Establecimiento
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229DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 1 de Abril de 2008.
No. 2002003456- 001 inscripción 40, ambos del libro 173 de Asientos
de Matrícula de Empresa y Establecimiento; la Empresa denominada
TIENDA LIBRE ILOPANGO, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL
VARIABLE, la cual se dedica a COMPRA Y VENTA DE MERCADERIA
LIBRE DE IMPUESTO, con dirección en AEROPUERTO INTERNA-
CIONAL EL SALVADOR, del domicilio de SAN LUIS TALPA, LA PAZ
cuyo activo asciende a UN MILLON SETENTA MIL SEISCIENTOS
DOS 66/100 DOLARES ($ 1,070,602.66) y que tiene el establecimiento
siguiente: 001-) denominado TIENDA LIBRE ILOPANGO, S. A. DE
C. V. ubicado en AEROPUERTO INTERNACIONAL EL SALVADOR,
SAN LUIS TALPA, LA PAZ y que se dedica a COMPRA Y VENTA
DE MERCADERIA LIBRE DE IMPUESTO.
Lo que se le hace saber al público para los efectos de Ley.
San Salvador, catorce de febrero de dos mil ocho.
LIC. JULIO RUBEN TRUJILLO VENTURA,
REGISTRADOR.
3 v. alt. No. C018412-3
ASIENTO DE EMPRESA 2008060646
ASIENTO DE ESTABLECIMIENTO 2008060646- 001
EL INFRASCRITO REGISTRADOR DEL DEPARTAMENTO DE RE-
GISTRO DE MATRICULAS DE EMPRESA Y ESTABLECIMIENTOS
DEL REGISTRO DE COMERCIO.
HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado ALFREDO
VILLALOBOS CRESPIN en su calidad de Representante Legal de la
sociedad JV PROFESIONALES SOCIEDAD ANONIMA DE CAPI-
TAL VARIABLE que puede abreviarse JV PROFESIONALES, S. A.
DE C. V.; sociedad de nacionalidad SALVADOREÑA, del domicilio
de SOYAPANGO, SAN SALVADOR, cuya escritura social está ins-
crita bajo el número 49 del libro 2295 del Registro de Sociedades del
Registro de Comercio, con Número de Identifi cación Tributaria: 0617-
161107-101-0; el cual ha presentado solicitud a las trece horas y veinte
minutos del día siete de febrero de dos mil ocho, con la cual se otorgó
el Asiento de Empresa No. 2008060646 inscripción 172 y el Asiento
de Establecimiento No. 2008060646- 001, inscripción 173, ambos del
Libro 172 de Asientos de Matrícula de Empresa y Establecimiento; la
Empresa se denomina JV PROFESIONALES, S. A. DE C. V., la cual se
dedica a OTROS SERVICIOS DE REPARACION NO CLASIFICADOS
PREVIAMENTE, con dirección en COLONIA DIVINA PROVIDEN-
CIA, PASAJE Nº 2, Nº 65, SOYAPANGO, SAN SALVADOR del
domicilio de SOYAPANGO, SAN SALVADOR, cuyo activo asciende
a ONCE MIL CUATROCIENTOS VEINTIOCHO 57/100 DOLARES
($ 11,428.57) y que tiene el establecimiento siguiente: 001-) denominado
JV PROFESIONALES, S. A. DE C. V., ubicado en COLONIA DIVINA
PROVIDENCIA, PASAJE Nº 2, Nº 65, SOYAPANGO, SAN SALVA-
DOR y que se dedica a OTROS SERVICIOS DE REPARACION NO
CLASIFICADOS PREVIAMENTE.
Lo que se le hace saber al público para los efectos de Ley.
San Salvador, once de febrero de dos mil ocho.
LIC. JORGE ALBERTO CASTRO VALLE,
REGISTRADOR.
3 v. alt. No. C018419-3
ASIENTO DE EMPRESA 2007059863
ASIENTO DE ESTABLECIMIENTO 2007059863- 001
EL INFRASCRITO REGISTRADOR DEL DEPARTAMENTO DE RE-
GISTRO DE MATRICULAS DE EMPRESA Y ESTABLECIMIENTOS
DEL REGISTRO DE COMERCIO.
HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado HEIDI
LORENA BATRES AREVALO, de nacionalidad SALVADOREÑA, con
número de Documento Único de Identidad 00749183-8 del domicilio de
USULUTAN, con Número de Identifi cación Tributaria: 1120-270469-
101-0, el cual ha presentado solicitud a las dieciséis horas y cuarenta
y nueve minutos del día nueve de octubre de dos mil siete con la cual
se otorgó el Asiento de Empresa No. 2007059863 inscripción 221 y el
Asiento de Establecimiento No. 2007059863 - 001, inscripción 222, ambos
del Libro 162 de Asientos de Matrícula de Empresa y Establecimiento.
La Empresa se dedica a LABORATORIO CLINICO, con dirección en
BARRIO LA MERCED, 2ª CALLE PONIENTE, Nº 6 del domicilio de
USULUTAN, cuyo activo asciende a ONCE MIL CIENTO NOVENTA Y
CINCO 72/100 DOLARES ($11,195.72) y que tiene el establecimiento
siguiente: 001-) denominado LABORATORIO CLINICO MINERVA
ubicado en BARRIO LA MERCED, 2ª CALLE PONIENTE, Nº 6,
USULUTAN y que se dedica a LABORATORIO CLINICO.
Lo que se le hace saber al público para los efectos de Ley.
San Salvador, seis de noviembre de dos mil siete.
LIC. RUBEN ALBERTO NAVARRO CRUZ,
REGISTRADOR.
3 v. alt. No. F001052-3
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230 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 379
CONVOCATORIAS
CONVOCATORIA JUNTA GENERAL ORDINARIA
La suscrita DIRECTORA SECRETARIA de la sociedad OMEGA
AVC, S.A. DE C.V., convoca a los señores accionistas de la sociedad
de conformidad al artículo 223 Romanos VII, para llevar a cabo JUNTA
GENERAL ORDINARIA DE ACCIONISTAS, en las ofi cinas principales
de la sociedad, ubicada en Calle Circunvalación #157 Col. Escalón, a
las diecisiete horas del día TREINTA de ABRIL de dos mil ocho, para
tratar los puntos de la agenda siguientes:
I- Verifi cación del Quórum
II- Lectura y aprobación de la Agenda
III- Lectura y aprobación del Acta anterior
IV- Memoria de Junta Directiva
V- Aprobación del Balance General y del Estado de Pérdidas y
Ganancias, correspondiente al ejercicio del año 2007
VI- Informe del señor Auditor Externo
VII- Nombramiento de Auditor Externo y fi jación de sus honora-
rios
VIII- Reconocimiento de las deudas y política de pagos de la
sociedad
IX- Distribución de las utilidades
X- Varios
XI- Otros.
Para llevar a cabo la mencionada Junta General de Accionistas se
requerirá de la mitad más una de las acciones presentes y representadas,
en segunda convocatoria se integrará con cualquier número de acciones
representadas una hora después de la primera convocatoria.
En la ciudad de San Salvador, a los once días del mes de Marzo
de dos mil ocho.
ANA GLORIA CASTANEDA PADILLA,
DIRECTORA SECRETARIA.
3 v. alt. No. C018418-3
CONVOCATORIA
La Junta Directiva de AGRÍCOLA INDUSTRIAL SALVADOREÑA,
S.A., por mi medio, convoca a sus accionistas para celebrar Junta General
Ordinaria de Accionistas, a las ocho horas treinta minutos del día viernes
dieciocho de abril del año dos mil ocho, en el Salón Comasagua del Hotel
Holiday Inn de esta ciudad, conforme a la siguiente agenda:
1. Aprobación de la agenda
2. Lectura del acta anterior
3. Lectura de la Memoria Anual de Labores de la Junta Direc-
tiva
4. Estado de Pérdidas y Ganancias del 1 de enero al 31 de
diciembre de 2007 y Balance General al 31 de diciembre de
2007
5. Lectura del Informe del Auditor del Ejercicio 2007
6. Aplicación de Resultados
7. Nombramiento del Auditor Externo Financiero y Fiscal y
fi jación de sus honorarios.
El quórum legal para celebrar sesión en primera convocatoria y
conocer los asuntos de carácter ordinario será con la concurrencia de
más del cincuenta por ciento del total de las acciones representativas del
capital social, o sea, al menos setenta y siete mil ciento ochenta y cinco
acciones y para resolver será necesario el voto de la mitad más una de
las acciones que estén presentes o representadas en la sesión.
De no haber quórum en la fecha señalada, se convoca para el día
lunes 21 de abril del año dos mil ocho, en el mismo lugar, a las ocho
horas treinta minutos. Para conocer los asuntos de carácter ordinario, el
quórum se integrará con cualquiera que sea el número de acciones pre-
sentes o representadas que concurran y para tomar resolución favorable
deberá obtenerse el voto de la mitad más una de las acciones presentes
o representadas.
San Salvador, doce de marzo de dos mil ocho.
ROBERTO H. MURRAY MEZA,
PRESIDENTE.
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231DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 1 de Abril de 2008.
CONVOCATORIA
El Administrador Unico de VALORES SALVADOREÑOS, S.A. convoca
a sus accionistas para celebrar Junta General Ordinaria de Accionistas, a
las nueve horas del día viernes dieciocho de abril del año dos mil ocho,
en el salón Comasagua del Hotel Holiday Inn de esta ciudad, conforme
a la siguiente agenda:
1. Aprobación de la agenda
2. Lectura del acta anterior
3. Lectura de la memoria anual de labores del Administrador
Unico del Ejercicio 2007
4. Estado de Pérdidas y Ganancias del 1 de enero al 31 de
diciembre de 2007 y Balance General al 31 de diciembre de
2007
5. Lectura del Informe del Auditor del Ejercicio 2007
6. Aplicación de Resultados
7. Nombramiento del Auditor Externo y fi jación de sus hono-
rarios
El quórum legal para celebrar sesión de Junta General Ordinaria
en primera convocatoria será con la asistencia y participación de más
del setenta por ciento de las acciones que forman el capital social, o sea
cinco mil cuarenta y una acciones, y las resoluciones serán tomadas
por la mitad más una de las acciones presentes o representadas en dicha
sesión.
En caso de no reunirse quórum necesario en la primera convoca-
toria, por este medio se convoca a los accionistas por segunda vez, para
celebrar Junta General Ordinaria en el lugar señalado, a las nueve horas
del día lunes veintiuno de abril del año dos mil ocho, para tratar la misma
agenda.
En segunda convocatoria la Junta General Ordinaria podrá instalarse
con cualquiera que sea el número de acciones presentes o representadas
y para resolver será necesario el voto de la mitad más una de las acciones
que estén presentes o representadas en la sesión.
San Salvador, doce de marzo de dos mil ocho.
JAIME ROBERTO PALOMO,
ADMINISTRADOR UNICO.
3 v. alt. No. C018426-3
EL INFRASCRITO PRESIDENTE DE LA JUNTA DIRECTIVA DE
LA SOCIEDAD HIDROELÉCTRICA PAPALOATE, SOCIEDAD ANÓ-
NIMA DE CAPITAL VARIABLE, que se abrevia HIDROELÉCTRICA
PAPALOATE, S.A. DE C.V., a los accionistas de la sociedad y al público
en general, para los efectos de ley consiguientes,
HACE SABER: Se convoca por medio de la presente publicación,
a la JUNTA GENERAL ORDINARIA DE ACCIONISTAS DE LA SO-
CIEDAD HIDROELÉCTRICA PAPALOATE, SOCIEDAD ANÓNIMA
DE CAPITAL VARIABLE, que se llevará a cabo que se llevarán a cabo
EN PRIMERA CONVOCATORIA, a las CATORCE horas del día DIE-
CIOCHO DE ABRIL del año dos mil ocho, en el Hotel Hilton Princess,
ubicado en la siguiente dirección: Boulevard del Hipódromo y Av. Las
Magnolias, Col. San Benito, San Salvador. En caso de no contar con el
Quórum sufi ciente para instalar la Junta General en Primera Convocatoria,
se establece la SEGUNDA CONVOCATORIA, para celebrar Junta Gene-
ral Ordinaria de Accionistas, las CATORCE horas del día DIECINUEVE
DE ABRIL de dos mil ocho, en la misma dirección mencionada. Para
que la Junta General Ordinaria programada, se considere legalmente
reunida en la primera convocatoria, deberá estar representada, por lo
menos, la mitad más una de las acciones que tengan derecho a votar. Para
que la Junta General Ordinaria, programada se considerará legalmente
reunida en la segunda convocatoria, cualquiera que sea el número de
las acciones presentes o representadas que concurran. Para que la Junta
General Extraordinaria programada, se considere legalmente reunida
en la primera convocatoria, deberá estar representada, por lo menos,
tres cuartas partes de las acciones que tengan derecho a votar. Para que
la Junta General Extraordinaria, programada se considerará legalmente
reunida en la segunda convocatoria, deberá estar representada, por lo
menos, la mitad más uno de las acciones que tengan derecho a votar.
AGENDA PARA LA JUNTA GENERAL ORDINARIA:
I. Lectura del Acta Anterior;
II. Memoria labores de la Junta Directiva; presentación del
Balance General. Estado de Pérdidas y Ganancias. A fi n de
aprobar o desaprobar los anteriores y tomar las medidas que
la Junta General considere oportunas.
III. Presentación de parte de Gerencia General sobre la fi nalización
del Proyecto y puesta en operación.
IV. Nombramiento del Auditor Externo y Fiscal y fi jación de
emolumentos;
V. Nombramiento de nueva Junta Directiva.
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232 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 379
VI. Resumen de aportaciones de capital y situación accionaria.
VII. Varios.
San Salvador, siete de marzo de 2008.
LIC. JORGE JOSE CHARUR MIJAS,
PRESIDENTE DE LA JUNTA DIRECTIVA.
HIDROELECTRICA PAPALOATE, S.A. DE C.V.
3 v. alt. No. F000882-3
CONVOCATORIA A JUNTA GENERAL DE ACCIONISTAS
La junta directiva de la sociedad TELEFÓNICA MÓVILES EL SALVA-
DOR, SOCIEDAD ANÓNIMA DE CAPITAL VARIABLE, que puede
abreviarse TELEFÓNICA MÓVILES EL SALVADOR, S.A. DE C.V.
y TELESAL, S.A. DE C.V., convoca a sus accionistas a junta general
ordinaria, a celebrarse -en primera convocatoria- a partir de las nueve
horas del día 21 de abril de 2008, en el Salón Real del Hotel Real In-
tercontinental, situado entre la Calle Los Sisimiles y Boulevard de Los
Héroes, de la ciudad de San Salvador, República de El Salvador, para
conocer los asuntos incluidos en la siguiente agenda:
Punto l. Lectura del acta anterior
Punto 2. Lectura y aprobación de la memoria de labores que presenta
la administración del ejercicio que fi nalizó el 31 de diciembre
de 2007
Punto 3. Presentación y aprobación del balance general y estado de
pérdidas y ganancias del ejercicio que fi nalizó el 31 de di-
ciembre de 2007
Punto 4. Aplicación de resultados del ejercicio 2007
Punto 5. Conocimiento del informe del auditor sobre el ejercicio que
fi nalizó el 31 de diciembre de 2007
Punto 6. Reestructuración de la junta directiva y fi jación de sus emo-
lumentos
Punto 7. Nombramiento del auditor y fi jación de sus honorarios
Punto 8. Nombramiento del auditor fi scal y fi jación de sus honora-
rios.
Para que la junta general se considere legalmente reunida en la
primera fecha de la convocatoria, deberá estar representada, por lo
menos, la mitad más una de las acciones que tengan derecho a votar,
es decir, seis millones ciento veinticinco mil seiscientas ochenta y seis
(6,125,686) acciones de un total de doce millones doscientas cincuenta
y un mil trescientas setenta (12,251,370) acciones en que está dividido
el capital social, y las resoluciones sólo serán válidas cuando se tomen
por la mayoría de los votos presentes.
Si no hubiere quórum en la fecha y hora expresada, se convoca
para celebrar la reunión en segunda convocatoria, a partir de las nueve
horas del día 22 de abril de 2008, en el mismo lugar destinado para la
primera convocatoria.
Si la junta general se reuniere en la segunda fecha de la convo-
catoria, por falta de quórum necesario para hacerlo en la primera, se
considerará válidamente constituida cualquiera que sea el número de
acciones representadas, y sus resoluciones se tomarán por mayoría de
los votos presentes.
San Salvador, 12 de marzo de 2008.
MARIO SALVADOR TORRES RUBIO,
SECRETARIO DE LA JUNTA DIRECTIVA.
3 v. alt. No. F001107-3
SUBASTA PUBLICA
LUIS SALVADOR PEÑA, Juez de lo Civil de este distrito judicial, al
público para los efectos de ley.
HACE SABER: Que en el Juicio Ejecutivo Mercantil promovido por
el Licenciado Juan Esteban Beltrán López y continuado por el Licenciado
Carlos Guillermo Rodríguez, ambos como apoderados de la CAJA DE
CREDITO RURAL DE ZACATECOLUCA, SOCIEDAD COOPERATI-
VA DE RESPONSABILIDAD LIMITADA DE CAPITAL VARIABLE;
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233DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 1 de Abril de 2008.
contra ALVARO VASQUEZ AGUILAR, reclamándole capital, intereses
y costas; se venderá en pública subasta el siguiente inmueble: Un te-
rreno rústico sin cultivo permanente, situado en la extinguida Hacienda
Jalponguita, jurisdicción de Santiago Nonualco, Departamento de La
Paz, aunque según su antecedente es de la jurisdicción de Zacatecoluca,
de una superfi cie de UN MIL VEINTE PUNTO OCHENTA METROS
CUADRADOS de superfi cie, de los linderos y medidas especiales si-
guientes: AL ORIENTE, mide en línea recta treinta y dos punto sesenta
metros, con terreno de Juana Servellón Hernández, calle de por medio
de cuatro metros de ancho; AL NORTE, mide en línea recta treinta y
dos punto cuarenta centímetros, linda con terreno que hoy es de Juan
Cisneros y Ana Silvia Cisneros; AL PONIENTE, mide en línea recta
treinta y dos metros, con Irma Servellón Hernández; AL SUR, mide en
línea recta treinta y dos metros, linda con resto del inmueble general
del señor Juan Antonio Servellón, calle de por medio, establecida por el
señor Servellón, en sus cuatro esquinas tiene como mojones esquineros
poste de cemento sembrado especialmente. El inmueble antes descrito es
propiedad del señor ALVARO VASQUEZ AGUILAR, inscrito al Número
CINCUENTA Y UNO del Libro NOVECIENTOS VEINTE del Registro
de la Propiedad Raíz e Hipotecas del Departamento de La Paz.-
JUZGADO DE LO CIVIL: Zacatecoluca, a las diez horas y cua-
renta minutos del día diecisiete de enero del año dos mil ocho.- DR.
LUIS SALVADOR PEÑA, JUEZ DE LO CIVIL.- JORGE ALBERTO
RODRIGUEZ, SECRETARIO.
3 v. alt. No. F000847-3
JOSE MANUEL MOLINA LOPEZ, JUEZ TERCERO DE LO CIVIL
DE ESTE DISTRITO JUDICIAL.
HACE SABER: Al Público para efectos de ley, que por ejecución
seguida en este Tribunal por el Abogado NATIVIDAD DE LEON
BENITEZ conocido por LEON BENITEZ, como apoderado del FON-
DO SOCIAL PARA LA VIVIENDA, Institución de Crédito, de este
domicilio, contra el señor RAFAEL ANTONIO BATRES SORIANO,
mayor de edad, estudiante, del domicilio de San Buenaventura, Depar-
tamento de Usulután, representado por su Curador Especial Licenciado
FRANCISCO EUGENIO PARADA HERNANDEZ, reclamándole
cantidad de colones y demás accesorios legales se venderá en Pública
Subasta en este Tribunal, el bien Inmueble embargado siguiente: Un
lote construido por VICONUR, S.A. DE C.V., marcado en el plano res-
pectivo con el número SEIS del polígono diecinueve, de una extensión
superfi cial de cincuenta metros cuadrados. Dicho lote forma parte de la
urbanización El Limón Primera Etapa, situado en lo que formó parte de
la Antigua “Finca Venecia”, situado en jurisdicción de Soyapango, de
este Departamento, con un área construida de VEINTICUATRO PUNTO
VEINTE METROS CUADRADOS, el cual es de la descripción siguiente:
Ubicado al constado sur del Reparto Monteblanco y al Poniente de la
Urbanización Guayacán, jurisdicción de Soyapango. Partiendo del punto
de intersección de los ejes formados por la avenida principal y pasaje
número nueve poniente, ambos ejes abiertos en la urbanización se mide
sobre el eje del segundo con rumbo sur sesenta y cuatro grados trece
punto cinco minutos oeste una distancia de treinta y dos punto cincuenta
metros en donde con una defl exión izquierda de noventa grados y una
distancia de dos punto cincuenta metros se llega al esquinero nor-este o
mojón número uno del lote que se describe, mide y linda: AL ORIEN-
TE, partiendo del mojón número uno con rumbo sur veinticinco grados
cuarenta y seis punto cinco minutos este y distancia de diez punto cero
metros se llega al mojón número dos, lindando por este tramo con lote
número cinco polígono número diecinueve de la misma Urbanización.
AL SUR, partiendo del mojón número dos con rumbo sur sesenta y cuatro
grados, trece punto cinco minutos oeste y distancia de cinco punto cero
metros se llega al mojón número tres, lindando por este tramo con lote
número nueve polígono número diecinueve de la misma urbanización.
AL PONENTE, partiendo del mojón número tres con rumbo norte vein-
ticinco grados cuarenta y seis punto cinco minutos oeste y distancia de
diez punto cero metros se llega al mojón número cuatro, lindando por
este tramo con lote número siete del polígono número diecinueve de la
misma Urbanización. AL NORTE: Partiendo del mojón número cuatro
con rumbo norte sesenta y cuatro grados trece punto cinco minutos este
y distancia de cinco punto cero metros se llega al mojón número uno,
donde se inició la presente descripción, lindando con lote número nueve
polígono número diecisiete de la misma Urbanización, pasaje número
nueve poniente de cinco punto cero metros de ancho de por medio. El cual
se encuentra inscrito a favor del demandado señor RAFAEL ANTONIO
BATRES SORIANO, bajo la matrícula CERO UNO-UNO CERO DOS
SIETE CINCO SEIS CERO CERO CERO del Registro de la Propiedad
Raíz e Hipotecas de este Departamento.
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234 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 379
Se admitirán posturas que se hagan siendo legales.
Librado en el Juzgado Tercero de lo Civil: San Salvador, a las diez
horas con trece minutos del día veintiuno de febrero del año dos mil
ocho.- DR. JOSE MANUEL MOLINA LOPEZ, JUEZ TERCERO DE LO
CIVIL.- BR. ALEX ALBERTO SORTO MELARA, SECRETARIO.
3 v. alt. No. F000848-3
JOSE MANUEL MOLINA LOPEZ, JUEZ TERCERO DE LO CIVIL
DE ESTE DISTRITO JUDICIAL,
HACE SABER: Al público para los efectos de ley, que por ejecución
seguida en este Tribunal por el Abogado RAUL ERNESTO MELARA
MORAN y continuado por la Licenciada CECILIA GUADALUPE
FLORES GEORGE, como apoderados del FONDO SOCIAL PARA
LA VIVIENDA, Institución de Crédito Autónoma, de Derecho Público,
de este domicilio contra el señor JULIO CESAR CASTRO conocido por
JULIO CESAR CASTRO MARTINEZ, mayor de edad, empleado, del
domicilio de Soyapango, así mismo fue acumulado a este expediente el
Juicio Civil Ejecutivo, promovido en el Juzgado Primero de lo Civil de
este Distrito Judicial, promovido por la Licenciada NIDIA IRENE DU-
RAN ERAZO, y continuado por la Licenciada CECILIA GUADALUPE
FLORES GEORGE, ambas apoderadas del FONDO SOCIAL PARA
LA VIVIENDA, contra el señor JULIO CESAR CASTRO conocido
por JULIO CESAR CASTRO MARTINEZ, reclamándole cantidad de
colones y demás accesorios legales se venderá en Pública Subasta en
este Tribunal, el bien Inmueble embargado siguiente: “Lote urbano y
construcciones marcado en el plano de lotifi cación respectiva, con el lote
número ciento setenta polígono P, Urbanización San José Tercera Etapa,
situado en jurisdicción de Soyapango, de este departamento, tiene un área
superfi cial de Sesenta metros cuadrados equivalentes a Ochenta y cinco
punto ochenta y cinco varas cuadradas su descripción es así: Lote de
terreno de naturaleza urbana y en él hay construida una casa de sistema
mixto completamente usada y con todos sus servicios y tiene un área
construida de CUARENTA Y CINCO METROS CUADRADOS, y se
describe así: LOTE NÚMERO CIENTO SETENTA DEL POLIGONO
“P”, partiendo de la intersección de los ejes de pasaje veintinueve A,
y pasaje cuarenta y seis, abiertos en la Urbanización rumbo norte dos
grados cuarenta y nueve punto seis minutos este, se miden sobre este
último cuarenta y nueve metros cincuenta centímetros; en este punto
haciendo una defl exión izquierda con rumbo norte ochenta y siete grados
diez punto cuatro minutos oeste y distancia de dos metros cincuenta
centímetros, se llega al mojón número uno, esquina sureste del lote
que se describe así: AL SUR: Partiendo del mojón número uno con
rumbo norte ochenta y siete grados diez punto cuatro minutos oeste y
distancia de doce metros, se llega al mojón número dos, lindando por
este lado con terreno propiedad de Urbanización San José S.A. de C.V.;
AL PONIENTE: Del mojón número dos, con rumbo norte dos grados
cuarenta y nueve punto seis minutos Este y distancia de cinco metros se
llega al mojón número tres, lindando por este lado con terreno propiedad
del señor Angel Mario Martínez y Vianalu, S.A. de C.V.; AL NORTE:
Del mojón número tres, con rumbo sur ochenta y siete grados diez
punto cuatro minutos este y distancia de doce metros se llega al mojón
número cuatro lindando por este lado con lote número ciento setenta y
uno, polígono “P” de la misma Urbanización San José, S.A. de C.V.;
y AL ORIENTE: Del mojón número cuatro con rumbo sur dos grados
cuarenta y nueve punto seis minutos oeste y distancia de cinco metros,
se llega al mojón número uno, donde se inició la presente descripción,
lindando por este lado con lote número ciento setenta y siete, polígono
“P”, de la misma Urbanización San José S.A. de C.V., pasaje cuarenta y
seis de cinco metros de ancho de por medio. El inmueble antes descrito
está inscrito a nombre del señor JULIO CESAR CASTRO conocido
por JULIO CESAR CASTRO MARTINEZ, bajo la matrícula número
M CERO CINCO UNO DOS SIETE OCHO TRES UNO asiento CERO
CERO CERO UNO del Registro de la Propiedad de este Departamen-
to.
Se admitirán posturas que se hagan siendo legales.
Librado en el Juzgado Tercero de lo Civil: San Salvador, a las diez
horas con treinta y dos minutos del día siete de febrero del año dos mil
ocho.- DR. JOSE MANUEL MOLINA LOPEZ, JUEZ TERCERO DE LO
CIVIL.- BR. ALEX ALBERTO SORTO MELARA, SECRETARIO.
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235DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 1 de Abril de 2008.
JOSE MANUEL MOLINA LOPEZ, JUEZ TERCERO DE LO CIVIL
DE ESTE DISTRITO JUDICIAL.
HACE SABER: Al público para efectos de ley, que por ejecución
seguida en este Tribunal, por el Licenciado GILBERTO ENRIQUE
ALAS MENENDEZ, como apoderado del FONDO SOCIAL PARA
LA VIVIENDA, Institución de Crédito, Autónoma, de este domicilio,
que se abrevia “EL FONDO”, contra la señora GLADIS DEL CARMEN
MONTERROSA NAVAS, mayor de edad, de ofi cios domésticos, con
domicilio especial en esta Ciudad, representada por su Curador Ad-Litem,
Doctor CARLOS CABALLERO BERMUDEZ, reclamándole cantidad
de colones y demás accesorios legales, se venderá en pública subasta en
este Juzgado, el bien inmueble embargado siguiente: Un lote urbano y
construcciones que contiene marcado con el número CUATROCIEN-
TOS DIECISIETE, PASAJE CUARENTA Y UNO, POLIGONO “R”
de la URBANIZACION LAS MARGARITAS IV ETAPA, situado en
Jurisdicción de Soyapango, de este Departamento, de una extensión
superfi cial de CUARENTA Y CINCO METROS CUADRADOS.- Cuyas
medidas perimetrales son: AL NORTE: cinco metros; AL ORIENTE:
nueve metros; AL SUR: cinco metros y AL PONIENTE: nueve metros.-
Dicho inmueble se encuentra inscrito a favor de la señora GLADIS
DEL CARMEN MONTERROSA NAVAS, bajo la Matrícula número
SEIS CERO UNO SIETE OCHO SIETE UNO TRES - CERO CERO
CERO CERO CERO, del Registro de la Propiedad Raíz e Hipotecas de
la Primera Sección del Centro de este Departamento.-
Se admitirán posturas que se hagan siendo legales.
Librado en el Juzgado Tercero de lo Civil: San Salvador, a las
quince horas con veinte minutos del día veintiséis de Febrero de dos mil
ocho.- DR. JOSE MANUEL MOLINA LOPEZ, JUEZ TERCERO DE LO
CIVIL.- BR. ALEX ALBERTO SORTO MELARA, SECRETARIO.
3 v. alt. No. F000852-3
JOSÉ MARÍA ESTRADA ÁLVAREZ, JUEZ SEGUNDO DE LO CIVIL
DE ESTE DISTRITO JUDICIAL,
HACE SABER: Al público para efectos de ley que por ejecución
promovida en este juzgado por el Licenciado RAMON JOSE ANDRES
MENDEZ QUINTEROS, en su calidad de Apoderado del FONDO SO-
CIAL PARA LA VIVIENDA, contra GUÍSELA REYES DE CAÑADAS
CONOCIDA POR GUISELA CRUZ CRUZ REYES, se venderá en
pública subasta en este mismo juzgado en fecha y por el precio que
oportunamente se indicará el bien inmueble embargado siguiente: Un
Apartamento urbano y construcciones que contiene marcado con el número
TRES, EDIFICIO “G”, PASAJE DIEZ DEL CONDOMINIO ATLANTA
IV ETAPA, Jurisdicción de Mejicanos, Departamento de San Salvador.
Este apartamento está ubicado en la segunda planta o piso del edifi cio,
consta de una porción construida de TREINTA PUNTO CUARENTA Y
DOS METROS CUADRADOS, de superfi cie equivalente a CUAREN-
TA Y TRES PUNTO CINCUENTA Y DOS VARAS CUADRADAS,
tiene una medida cúbica de SETENTA Y SEIS PUNTO CERO CINCO
METROS CUBICOS, posee además un jardín interior en la primera en
el vértice Nor-Oeste, de la construcción, el cual tiene una superfi cie de
SEIS PUNTO OCHENTA Y UN METROS CUADRADOS, equivalentes
a NUEVE PUNTO SETENTA Y CUATRO VARAS CUADRADAS.
Las porciones antes citadas están ubicadas en una misma elevación de
SETECIENTOS CINCUENTA Y SIETE PUNTO SETENTA METROS
CUADRADOS, medidos sobre el nivel medio del mar, razón por la que
se hará una descripción técnica conjunta de las medidas perimetrales
siguientes: LADO SUR: Tramo recto, distancia de seis punto cero cinco
metros; LADO PONIENTE: Línea quebrada compuesta por tres tramos,
el primero de uno punto setenta y cuatro metros, el segundo de uno punto
noventa y cinco metros y el tercero de tres punto treinta y cuatro metros,
LADO NORTE : Tramo recto, distancia de ocho punto cero cero metros;
LADO ORIENTE: Tramo recto distancia de cinco punto ocho metros.
Inmueble inscrito a favor de la demandada, bajo la matrícula NUMERO
60073840-A0003 del Registro de la Propiedad Raíz e Hipotecas de la
Primera Sección del Centro de este Departamento.
Se admitirán posturas que se hagan siendo legales.
LIBRADO EN EL JUZGADO SEGUNDO DE LO CIVIL: San
Salvador, a las diez horas del día veintiséis de Febrero de dos mil ocho.-
LIC. JOSÉ MARÍA ESTRADA ÁLVAREZ, JUEZ SEGUNDO DE LO
CIVIL.- LIC. TATIANA VILMA MERCEDES CACERES DE ALAS,
SECRETARIA.
3 v. alt. No. F000854-3
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236 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 379
JOSE MANUEL MOLINA LOPEZ, JUEZ TERCERO DE LO CIVIL
DE ESTE DISTRITO JUDICIAL.
HACE SABER: Al público para efectos de ley, que por ejecución
seguida en este Tribunal inicialmente por el Licenciado JOSE ANTONIO
URQUILLA RAMOS, y continuado por la Licenciada BLANCA SILVIA
VILLEGAS LINARES, ambos como apoderados del FONDO SOCIAL
PARA LA VIVIENDA, Institución de Crédito, de este domicilio, que se
abrevia “EL FONDO”, contra el señor GAMALIEL NAVARRO, mayor de
edad, Jornalero, del domicilio de Armenia, Departamento de Sonsonate,
representado por su Curador Ad - Litem, Licenciado LUIS ALBERTO
RIVAS HERNANDEZ, reclamándole cantidad de colones y demás ac-
cesorios legales, se venderá en pública subasta en este Juzgado, el bien
inmueble embargado siguiente: “Un lote de terreno rústico y construc-
ciones que contiene, marcado en el plano respectivo con el número CUA-
RENTA Y TRES DEL POLIGONO I, de la Parcelación Agroindustrial
Ateos, Jurisdicción de Jayaque, Departamento de La Libertad, de una
extensión superfi cial de DOSCIENTOS SIETE PUNTO CINCUENTA
METROS CUADRADOS, equivalentes a DOSCIENTAS NOVENTA
Y SEIS PUNTO OCHENTA Y NUEVE VARAS CUADRADAS; que
se ubica así: A partir de la intersección de los ejes de la Avenida Ateos
y Calle Las Azucenas, se mide sobre el eje de esta última una distancia
de ciento veinticinco metros cincuenta centímetros, con rumbo sur de
cuarenta y siete grados cero seis punto cinco minutos Este, luego se hace
una defl exión derecha de noventa grados y se mide una distancia de cinco
metros cincuenta centímetros para llegar al esquinero Nor Este del lote
que se segrega el que mide y linda: AL ORIENTE: en Línea recta de
veinte metros setenta y cinco centímetros; AL SUR: Línea recta de diez
metros; AL PONIENTE: Línea recta de veinte metros setenta y cinco
centímetros; y AL NORTE: Línea recta de diez metros, en este último
rumbo Calle Las Azucenas de once metros de ancho de por medio; linda
por todos los rumbos con el resto del terreno general del cual es parte
lo que se describe, propiedad de Densol, S.A. DE C.V., El lote descrito
tiene sus ángulos internos de noventa grados.
Dicho inmueble se encuentra inscrito a favor del señor GAMALIEL
NAVARRO, bajo la Matrícula número TRES CERO CERO NUEVE
SIETE UNO CERO CUATRO - CERO CERO CERO CERO CERO,
del Registro de la Propiedad Raíz e Hipotecas de la Cuarta Sección del
Centro Departamento de La Libertad.
Se admitirán posturas que se hagan siendo legales.
Librado en el Juzgado Tercero de lo Civil: San Salvador, a las doce
horas con veinte minutos del día veintiséis de febrero de dos mil ocho.
DR. JOSE MANUEL MOLINA LOPEZ, JUEZ TERCERO DE LO
CIVIL. BR. ALEX ALBERTO SORTO MELARA, SECRETARIO.
3 v. alt. No. F000856-3
JOSE MANUEL MOLINA LOPEZ, JUEZ TERCERO DE LO CIVIL
DE ESTE DISTRITO JUDICIAL,
HACE SABER: Al Público para efectos de ley, que por ejecución se-
guida en este Tribunal por el abogado NATIVIDAD DE LEON BENITEZ
conocido por LEON BENITEZ, como apoderado del FONDO SOCIAL
PARA LA VIVIENDA Institución de Crédito, de este domicilio, contra
el señor JAIME AMILCAR PLATERO HERNANDEZ, mayor de edad,
Empleado, del domicilio de Ilopango, de este Departamento, pero señalo
como domicilio especial el de esta ciudad, representado por su Curador
Especial Doctor CARLOS CABALLERO BERMUDEZ, reclamándole
cantidad de colones y demás accesorios legales se venderá en Pública
Subasta en este Tribunal, el bien Inmueble embargado siguiente: “Un lote
de terreno Urbano y construcciones que contiene; marcado con el número
QUINCE; pasaje SEIS, del Block NUEVE, de la Urbanización Nuevos
Horizontes, situada a la altura del kilómetro doce carretera Panamericana
que conduce de San Salvador a San Miguel, jurisdicción de San Martín,
en este Departamento, el cual es de las medidas perimetrales siguientes:
AL NORTE; Cinco metros; AL SUR: cinco metros; AL ORIENTE:
Doce metros; y al Poniente: Doce metros. El lote así descrito tiene una
extensión superfi cial de SESENTA METROS CUADRADOS. El cual
se encuentra inscrito a favor del demandado señor JAIME AMILCAR
PLATERO HERNANDEZ bajo la Matrícula M CERO UNO CERO
SEIS DOS NUEVE SEIS CUATRO, del Registro de la Propiedad Raíz
e Hipotecas de este Departamento.
Se admitirán posturas que se hagan siendo legales.
Librado en el Juzgado Tercero de lo Civil: San Salvador, a las nueve
horas con ocho minutos del día veintiséis de febrero del año dos mil ocho.
DR. JOSE MANUEL MOLINA LOPEZ, JUEZ TERCERO DE LO
CIVIL. BR. ALEX ALBERTO SORTO MELARA, SECRETARIO.
3 v. alt. No. F000857-3
EL INFRASCRITO JUEZ PRIMERO DE LO CIVIL DE LA CIUDAD
DE SAN SALVADOR, AL PUBLICO EN GENERAL PARA LOS
EFECTOS DE LEY;
HACE SABER: Que en el JUICIO CIVIL EJECUTIVO, promovido
por la Abogada ANA YANIRA SANCHEZ DE PARADA, como Apo-
derada del FONDO SOCIAL PARA LA VIVIENDA, contra la señora
WENDY PATRICIA ARTIGA CORDOVA, reclamándole cumplimiento
de obligaciones y demás accesorios de ley se venderá en pública basta
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en este Tribunal el inmueble que se describe a continuación: “Un lote
de naturaleza urbana, marcado con el número VEINTITRES, BLOCK
“R”, del Proyecto Habitacional denominado “LIRIOS DEL NORTE
II”, ubicado en el lugar llamado Barranca Honda, jurisdicción de
Cuscatancingo, Departamento de San Salvador, de un área de SESEN-
TA METROS CUADRADOS, el cual contiene un área construida de
VEINTINUEVE PUNTO VEINTE METROS CUADRADOS; y cuyas
medidas perimetrales son: AL NORTE, doce metros; AL ORIENTE,
cinco metros; AL SUR: doce metros, y AL PONIENTE, cinco metros.” El
inmueble antes descrito se encuentra inscrito a nombre de la demandada
señora WENDY PATRICIA ARTIGA CORDOVA, a la Matrícula número
SEIS CERO UNO DOS SIETE SEIS NUEVE UNO - CERO CERO
CERO CERO CERO, Asiento UNO, del Registro de la Propiedad Raíz
e Hipotecas de la Primera Sección del Centro, de este Departamento.
Librado en el Juzgado Primero de lo Civil; San Salvador, a las
nueve horas y veinte minutos del día doce de febrero del año dos mil
ocho. MARIO AGUILAR MOLINA, JUEZ PRIMERO DE LO CIVIL.
LICDA. CONCEPCION PALMA CRUZ, SECRETARIA.
3 v. alt. No. F000858-3
MARIO AGUILAR MOLINA, JUEZ PRIMERO DE LO CIVIL DE
SAN SALVADOR, AL PUBLICO EN GENERAL PARA LOS EFEC-
TOS DE LEY.
HACE SABER: Que en el JUICIO CIVIL EJECUTIVO, pro-
movido por el Abogado GILBERTO ENRIQUE ALAS MENENDEZ,
como Apoderado del FONDO SOCIAL PARA LA VIVIENDA, contra
el señor JOSE NOE COLON, conocido por JOSE NOE BERRIOS CO-
LON, reclamándole cumplimiento de obligaciones y demás accesorios
de Ley, se venderá en pública subasta en este Tribunal, el inmueble
que se describe a continuación: “Un lote de terreno urbano y construc-
ciones que contiene, marcado con el Número CUARENTA Y TRES
del Block “K”, del Proyecto Habitacional denominado “LIRIOS DEL
NORTE”, ubicado en el lugar llamado Barranca Honda, jurisdicción de
Cuscatancingo, Departamento de San Salvador. De una extensión super-
fi cial de SESENTA METROS CUADRADOS, y un área construida DE
VEINTINUEVE PUNTO VEINTE METROS CUADRADOS, y cuyas
medidas perimetrales son: AL NORTE: Doce metros; AL ORIENTE:
Cinco metros; AL SUR: Doce metros; y AL PONIENTE: Cinco metros.
El lote antes descrito tiene una extensión superfi cial de SESENTA ME-
TROS CUADRADOS.” El inmueble antes descrito se encuentra inscrito
a favor del demandado señor JOSE NOE COLON, conocido por JOSE
NOE BERRIOS COLON, bajo la Matrícula Número 60400700-00000,
asiento 1, del Registro de la Propiedad Raíz e Hipotecas de la Primera
Sección del Centro.
Librado en el Juzgado Primero de lo Civil; San Salvador, a las
ocho horas y treinta minutos del día dieciocho de febrero del año dos mil
ocho. MARIO AGUILAR MOLINA, JUEZ PRIMERO DE LO CIVIL.
BR. RICARDO HUMBERTO CORNEJO SAMAYOA, SECRETARIO
INTERINO.
3 v. alt. No. F000860-3
EL INFRASCRITO JUEZ PRIMERO DE LO CIVIL DE SAN SAL-
VADOR, AL PUBLICO EN GENERAL PARA LOS EFECTOS DE
LEY.
HACE SABER: Que en el JUICIO CIVIL EJECUTIVO, promovido
por la Abogada ROSA ESTELA MORALES DE PORTILLO, como
Apoderada del FONDO SOCIAL PARA LA VIVIENDA, contra el señor
MARIO RAFAEL BURGOS RAMIREZ, reclamándole cumplimiento
de obligaciones y demás accesorios de Ley, se venderá en pública su-
basta en este Tribunal el inmueble que se describe a continuación: “Un
lote urbano, y construcciones que contiene marcado con el NUMERO
TREINTA Y SEIS, DEL POLIGONO SIETE, DEL BLOCK “E” ORIEN-
TE, PASAJE SEIS ORIENTE, del Proyecto de vivienda denominado
RESIDENCIAL SANTISIMA TRINIDAD SEGUNDA ETAPA, situado
en jurisdicción de Ayutuxtepeque, Departamento de San Salvador, cuyas
medidas perimetrales son: AL NORTE, cinco punto cero cero metros. AL
ORIENTE, diez punto cero cero metros. AL SUR, cinco punto cero cero
metros. AL PONIENTE, diez punto cero cero metros; de una extensión
superfi cial de CINCUENTA PUNTO CERO CERO METROS CUA-
DRADOS.” El inmueble antes descrito se encuentra inscrito a nombre
del señor MARIO RAFAEL BURGOS RAMIREZ, bajo el sistema de
Folio Real Automatizado con Matrícula Número SEIS CERO DOS UNO
TRES CINCO DOS TRES-CERO CERO CERO CERO CERO, Asiento
de Inscripción UNO, del Registro de la Propiedad Raíz e Hipotecas de
la Primera Sección del Centro, de este Departamento.
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238 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 379
Librado en el Juzgado Primero de lo Civil; San Salvador, a las
diez horas con veinte minutos del día quince de febrero del año dos mil
ocho. MARIO AGUILAR MOLINA, JUEZ PRIMERO DE LO CIVIL.
LICDA. CONCEPCION PALMA CRUZ, SECRETARIA.
3 v. alt. No. F000863-3
VIOLETA DEL CARMEN DERAS DE REYES SANTOS, JUEZ DE
LO CIVIL DE APOPA.
HACE SABER: Al público para los efectos de ley, que en el Juicio
Ejecutivo Civil, promovido inicialmente por la Licenciada MARGIORY
CAROLINA JUSTO GARCIA, y continuado por el Licenciado JOSE
GERVACIO GONZALEZ LOPEZ, ambos como Apoderados Genera-
les Judiciales con Cláusula Especial del FONDO SOCIAL PARA LA
VIVIENDA, Institución de Crédito, Autónoma de Derecho Público, del
domicilio de San Salvador, contra el señor FRANKLIN BARAHONA
CHAPETON, de cuarenta y seis años de edad a la fecha del Contrato,
Motorista, siendo su último domicilio conocido el de esta Ciudad, ac-
tualmente de paradero ignorado; representado por su Curadora Ad-Litem
nombrada, Doctora LILIAN GUADRON, de sesenta y siete años de edad,
Abogada y Notaria, del domicilio de San Salvador; reclamándole el pago
de CINCO MIL SETECIENTOS NOVENTA Y CUATRO DOLARES
CON VEINTINUEVE CENTAVOS DE DOLAR DE LOS ESTADOS
UNIDOS DE AMERICA, en concepto de capital, más los intereses pac-
tados, Primas de Seguros de Vida Colectivo Decreciente y de Daños a la
Propiedad, todo hasta su completo pago, transacción o remate, y costas
procesales; se ha ordenado VENDER EN PUBLICA SUBASTA, en este
mismo Juzgado, en fecha y por el precio que oportunamente se indicará,
el terreno urbano y construcciones que contiene, marcado con el número
TRESCIENTOS SESENTA Y TRES, del Block “E”, Pasaje DIECISEIS,
de la Urbanización denominada VALLE DEL SOL V ETAPA, situada
en Cantones San Nicolás y Las Tres Ceibas, jurisdicción de Apopa,
Departamento de San Salvador, de una extensión superfi cial de CIN-
CUENTA PUNTO CERO CERO METROS CUADRADOS, equivalentes
a setenta y uno punto cincuenta y cuatro varas cuadradas, y en él hay
construida una casa de sistema mixto completamente nueva, y tiene las
medidas perimetrales siguientes: AL SUR: Recta de cinco punto cero
cero metros; AL PONIENTE: Recta de diez punto cero cero metros; AL
NORTE: Recta de cinco punto cero cero metros; y, AL ORIENTE: Recta
de diez punto cero cero metros. Todos los lotes colindantes son o han
sido propiedad de Constructora CERAMICA, S.A. DE C.V.- Inscrito
en el Registro de la Propiedad Raíz e Hipotecas de la Primera Sección
del Centro, Departamento de San Salvador, en el Sistema de Folio Real
Computarizado, en el asiento de inscripción número CINCO CERO
TRES, de la Matrícula Número, M CERO UN MILLON SETENTA Y
UN MIL QUINIENTOS SETENTA Y CINCO; actualmente trasladado al
Sistema de Información, Registro y Catastro, bajo el asiento de Inscripción
UNO, de la Matrícula Número: SESENTA MILLONES DOSCIENTOS
ONCE MIL CIENTO SESENTA Y UNO- CERO CERO CERO CERO
CERO.
Librado en el Juzgado de lo Civil de Apopa, a las doce horas
cincuenta y siete minutos del día siete de febrero del año dos mil ocho.
DRA. VIOLETA DEL CARMEN DERAS DE REYES SANTOS,
JUEZ DE LO CIVIL. LICDO. JOSE DULEY CERNA FERNANDEZ,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. F000865-3
DOCTOR JUAN RAMON MONTOYA, JUEZ PRIMERO DE LO CIVIL
DE ES DISTRITO JUDICIAL DE SAN MIGUEL.
HACE SABER: Que por Ejecución Promovida por el BANCO
AGRICOLA, SOCIEDAD ANONIMA, por medio de su Apoderado
General Judicial del Licenciado FEDERICO GUILLERMO JIMENEZ
RODRÍGUEZ; en contra del señor JOSE LEONEL CAÑAS TORRES;
se venderá en Pública Subasta en este Juzgado, el siguiente Inmueble:
“Un lote de terreno rústico, ahora Urbanizado, marcado con el NUMERO
VEINTISIETE DEL POLIGONO “C” que forma parte de la Lotifi cación
denominada” CIUDAD JARDIN NUMERO TRES”, ubicada en Cantón
El Amate, de esta Jurisdicción, distrito y Departamento de San Miguel,
el cual aparece en el plano de notifi caciones respectivo formando un
solo cuerpo, de la capacidad de DOSCIENTOS CINCUENTA Y DOS
METROS CUADRADOS SESENTA Y DOS CENTIMETROS CUA-
DRADOS CINCUENTA CENTIMETROS CUADRADOS, equivalentes
a trescientas sesenta y una punto cuarenta y seis varas cuadradas, de las
medidas y linderos siguientes: AL ORIENTE, veintitrés metros, linda
con terreno del señor Juan Santos Galdámez; AL NORTE, dieciséis punto
cincuenta metros, linda con lotes números seis y ocho del polígono “C”
de la misma lotifi cación, Calle Las Brisas de por medio; AL PONIENTE,
veinte metros, linda con lote número veintiocho del polígono “C” de
la misma lotifi cación; y AL SUR, siete metros, linda con terreno de la
señora Teresa de Jesús Argueta Rodríguez, Inmueble inscrito a favor del
ejecutado señor JOSE LEONEL CAÑAS TORRES, bajo la Matrícula
OCHO CERO CERO TRES CERO DOS NUEVE GUION CERO CERO
CERO CERO CERO del Registro de la Propiedad Raíz e Hipotecas de la
Primera Sección de Oriente Asiento ONCE, Propiedad del Departamento
de San Miguel.
Lo que se pone en conocimiento del Público para los efectos de
Ley.
Librado en el JUZGADO PRIMERO DE LO CIVIL. San Miguel, a
las nueve horas y treinta minutos del día veintiuno de febrero de dos mil
ocho. DR. JUAN RAMON MONTOYA, JUEZ PRIMERO DE LO CIVIL.
LIC. ERNESTO ALCIDES FLORES CAÑAS, SECRETARIO.
3 v. alt. No. F000991-3
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239DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 1 de Abril de 2008.
REPOSICION DE CERTIFICADOS
SCOTIABANK EL SALVADOR, S. A.
AVISA
Que en su agencia SAN MIGUEL se ha presentado el propietario del certifi cado No. 3012 del Depósito a Plazo Fijo aperturado el 08 de sep-
tiembre de 2007, a 180 días prorrogables, solicitando la reposición de
dicho certifi cado lo que se hace del conocimiento público para efectos
de reposición del certifi cado relacionado conforme a los artículos 486
y 932 del Código de Comercio.
Si transcurridos 30 días después de la tercera y última publicación
del presente aviso, el Banco no recibe ninguna oposición a este respecto,
se procederá a la reposición del certifi cado antes mencionado.
San Salvador, 11 de marzo de 2008.
NELSON ARGUETA,
SCOTIABANK EL SALVADOR, S.A.
3 v. alt. No. F001054-3
SCOTIABANK EL SALVADOR, S. A.
AVISA
Que en su agencia SAN LUIS se ha presentado el propietario del certi-
fi cado No. 368659 del Depósito a Plazo Fijo aperturado el 11 de abril
de 2002, a 360 días prorrogables, solicitando la reposición de dicho
certifi cado lo que se hace del conocimiento público para efectos de
reposición del certifi cado relacionado conforme a los artículos 486 y
932 del Código de Comercio.
Si transcurridos 30 días después de la tercera y última publicación
del presente aviso, el Banco no recibe ninguna oposición a este respecto,
se procederá a la reposición del certifi cado antes mencionado.
San Salvador, 11 de marzo de 2008.
NELSON ARGUETA,
SCOTIABANK EL SALVADOR, S.A.
3 v. alt. No. F001057-3
SCOTIABANK EL SALVADOR, S. A.
AVISA
Que en su agencia MATIAS DELGADO se ha presentado el propietario
del certifi cado No. 438132 del Depósito a Plazo Fijo aperturado el 07 de
noviembre de 2005, a 180 días prorrogables, solicitando la reposición de
dicho certifi cado lo que se hace del conocimiento público para efectos
de reposición del certifi cado relacionado conforme a los artículos 486
y 932 del Código de Comercio.
Si transcurridos 30 días después de la tercera y última publicación
del presente aviso, el Banco no recibe ninguna oposición a este respecto,
se procederá a la reposición del certifi cado antes mencionado.
San Salvador, 11 de marzo de 2008.
NELSON ARGUETA,
SCOTIABANK EL SALVADOR, S.A.
3 v. alt. No. F001058-3
SCOTIABANK EL SALVADOR, S. A.
AVISA
Que en su agencia METROSUR se ha presentado el propietario del
certifi cado No. 101353 del Depósito a Plazo Fijo aperturado el 10 de
marzo de 1994, a 180 días prorrogables, solicitando la reposición de
dicho certifi cado lo que se hace del conocimiento público para efectos
de reposición del certifi cado relacionado conforme a los artículos 486
y 932 del Código de Comercio.
Si transcurridos 30 días después de la tercera y última publicación
del presente aviso, el Banco no recibe ninguna oposición a este respecto,
se procederá a la reposición del certifi cado antes mencionado.
San Salvador, 11 de marzo de 2008.
NELSON ARGUETA,
SCOTIABANK EL SALVADOR, S.A.
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240 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 379
AUMENTO DE CAPITAL
EL INFRASCRITO ADMINISTRADOR UNICO PROPIETARIO DE
LA SOCIEDAD SEMAC, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VA-
RIABLE, QUE PUEDE ABREVIARSE SEMAC, S.A. DE C.V., JOSE
DANIEL CASTRO DELGADO, PARA LOS EFECTOS LEGALES.
HACE SABER: Que en sesión de junta general celebrada en la
ciudad de San Salvador, a las once horas del día viernes siete de marzo
del año dos mil ocho, en las ofi cinas de SEMAC, S.A DE C.V., situada
en treinta y cinco calle oriente, edifi co Ex Sabater, San Salvador, se
acordaron entre otros puntos lo siguiente: Punto Dos Asunto de Carácter
Extraordinario: Aumento de Capital Social. Y punto tres NOMBRA-
MIENTO DE EJECUTOR ESPECIAL DE LOS ACUERDOS. Punto
dos: ASUNTO DE CARÁCTER EXTRAORDINARIO: INCREMEN-
TO DE CAPITAL SOCIAL MINIMO. Se entra a conocer del Punto
Dos: Incremento de Capital Social Mínimo. El presidente de la Sesión,
propuso a los presentes, la conveniencia para la sociedad, de aumentar
el capital social mínimo el cual actualmente es de VEINTE MIL CO-
LONES equivalente a DOS MIL DOSCIENTOS OCHENTA Y CINCO
DOLARES CON SETENTA Y UN CENTAVOS DE DÓLAR DE LOS
ESTADOS UNIDOS DE NORTE AMERICA ($2,285.71), a la suma de
($11,428.57) CIEN MIL COLONES EQUIVALENTE A ONCE MIL
CUATROCIENTOS VEINTIOCHO DOLARES CON CINCUENTA
Y SIETE CENTAVOS DE DÓLAR DE LOS ESTADOS UNIDOS DE
NORTE AMERICA con el fi n de dar cumplimiento al artículo CIENTO
NOVENTA Y DOS del Código de Comercio vigente, el cual establece
que las sociedades deberán tener un capital mínimo social de CIEN MIL
colones o su equivalente en Dólares de los Estados Unidos de Norte
América. Discutido que fue ampliamente este punto, por unanimidad,
ACUERDAN: Incrementar el capital social mínimo, el cual actualmente
es de VEINTE MIL COLONES equivalente a DOS MIL DOSCIENTOS
OCHENTA Y CINCO DOLARES CON SETENTA Y UN CENTAVOS
DE DÓLAR DE LOS ESTADOS UNIDOS DE NORTE AMERICA
($2,285.71), a la suma de CIEN MIL COLONES EQUIVALENTE
A ONCE MIL CUATROCIENTOS VEINTIOCHO DOLARES CON
CINCUENTA Y SIETE CENTAVOS DE DÓLAR DE LOS ESTADOS
UNIDOS DE NORTE AMERICA ($11,428.57), mediante capitalización
de utilidades por la suma de NUEVE MIL CIENTO CUARENTA Y
DOS CON OCHENTA Y SEIS CENTAVOS DE DÓLAR DE LOS
ESTADOS UNIDOS DE NORTE AMERICA ($9,142.86), aporte que
queda pagado en su totalidad, por vía de dicha capitalización, ya que de
común acuerdo el señor JOSE DANIEL CASTRO DELGADO y por
la señora MARCELA EUGENIA CASTRO DELGADO en su carácter
de Administradora Única Suplente de la sociedad SEMAC, S.A. DE
C.V., han suscrito en este acto las nuevas acciones resultantes del pre-
sente aumento, y pagadas por vía de la capitalización de sus utilidades
respectivas, autorizando por ende la emisión de las nuevas acciones
correspondientes, debiendo la administración social y el contador de la
sociedad, verifi car que se hagan las anotaciones correspondientes en la
partida contable respectiva y en los libros de aumentos de capital, dentro
de las próximas veinticuatro horas de tomado este acuerdo. Quedando
por tanto el Capital Social Mínimo de la sociedad dividido en 1,000
acciones de valor nominal de cien colones ó, 100 colones cada una, las
que suscriben y pagan así: JOSE DANIEL CASTRO DELGADO: 400
acciones; MARCELA EUGENIA CASTRO DELGADO 400 acciones.
La anterior es la participación accionaria total de ambos socios, luego
del presente aumento; es decir, que específi camente, producto de éste
aumento de capital, JOSE DANIEL CASTRO DELGADO, ha suscrito
y ha pagado por capitalización de utilidades de ejercicios anteriores,
400 nuevas acciones a emitirse en base al presente aumento, y por su
parte, MARCELA EUGENIA CASTRO DELGADO, ha suscrito y ha
pagado por capitalización de utilidades de ejercicios anteriores, las 400
nuevas acciones restantes, como consecuencia del presente aumento de
capital social mínimo. El presente aumento de capital social mínimo
deberá inscribirse en el Libro de Registro que al efecto lleva la sociedad.
La emisión de los títulos defi nitivos de las nuevas acciones suscritas,
producto del presente aumento, se emitirán por los administradores
encargados al efecto, de conformidad con la ley, no habiendo acciones
anteriormente emitidas pendientes de pago. Punto Tres. Asunto de Ca-
rácter Extraordinario: NOMBRAMIENTO DE EJECUTOR ESPECIAL
DE LOS ACUERDOS. En vista del incremento de capital social mínimo
efectuado se nombra como ejecutor especial de los acuerdos alcanzados en
esta junta a JOSE DANIEL CASTRO DELGADO para que comparezca
ante notario a otorgar los instrumentos producto de este acuerdo. No
habiendo más que tratar, se cierra la presente acta que fi rmamos, a las
doce horas con treinta minutos del día siete de marzo de dos mil ocho.
JOSÉ DANIEL CASTRO DELGADO,
ADMINISTRADOR ÚNICO PROPIETARIO.
MARCELA EUGENIA CASTRO DELGADO,
ADMINISTRADOR ÚNICO SUPLENTE.
3 v. alt. No. F000988-3
DISOLUCION DE SOCIEDADES
El infrascrito Secretario de la Junta General Extraordinaria de Accio-
nistas de la Sociedad CASA DE CAMBIO SAUSALITO, SOCIEDAD
ANÓNIMA DE CAPITAL VARIABLE, que se abrevia CASA DE
CAMBIO SAUSALITO, S. A. DE C. V. del domicilio de la ciudad de
San Salvador.
CERTIFICA QUE: En el Punto CUARTO de la sesión de Junta
General Extraordinaria de Accionistas de la Sociedad, celebrada en esta
ciudad, a las diez horas con treinta minutos del día treinta de diciembre
del año dos mil siete, en las ofi cinas principales de la Sociedad, sin
previa convocatoria, de acuerdo al Artículo número doscientos treinta y
tres del Código de Comercio, se tomó el acuerdo que literalmente dice:
PUNTO CUARTO: “Después de haber cumplido con lo establecido en
el numeral 7.5.2 del Instructivo para la aplicación de la Ley de Casas de
Cambio de Moneda Extranjera y, haber solicitado al Banco Central de
Reserva de El Salvador revoque la autorización concedida, el día siete
de noviembre del dos mil siete, el Banco Central de Reserva contestó”
Hago de su conocimiento que en cumplimiento a lo dispuesto en el Ar-
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241DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 1 de Abril de 2008.
tículo 27 de la Ley de Casas de Cambio de Moneda Extranjera bajo el
epígrafe “Revocatoria de Autorización”, este Banco Central, recibió de
la Superintendencia del Sistema Financiero, opinión favorable para que
proceda la revocatoria de autorización concedida a la Sociedad Sausalito,
S.A. de C.V. En consecuencia de lo anterior, nuestro Consejo Directivo
en Sesión No. CD-39/2007, celebrada el 15 de Octubre de 2007, acordó
Autorizar la revocatoria defi nitiva para operar como Casa de Cambio de
Moneda Extranjera concedida a la Sociedad Sausalito, S.A. de C.V.” En
virtud de lo anterior, apegados al Artículo 187 Romano II del Código
de Comercio. Imposibilidad de realizar el fi n principal de la sociedad o
consumación del mismo. Por unanimidad se acuerda la disolución de la
Sociedad Casa de Cambio Sausalito, S.A. de C.V.” Y para ser presentada
esta CERTIFICACIÓN a cualquier Institución o persona interesada,
previa inscripción en el Registro de Comercio, se extiende la presente
en San Salvador a los siete días del mes febrero del año dos mil ocho.
LIC. CARLOS MAURICIO BURGOS,
SECRETARIO DE LA JUNTA.
3 v. alt. No. F001040-3
ADMINISTRADOR DE CONDOMINIO
La infrascrita secretaria de la Junta Directiva del Condominio Residencial
PORTOFINO.
CERTIFICA: Que en sesión de Asamblea General de propietarios
celebrada en esta ciudad, a las dieciocho horas del diez de Febrero de
dos mil ocho, se encuentra el punto de acta que literalmente dice:
PUNTO UNICO: Se acuerda elegir a la Junta Directiva del Con-
dominio según el Reglamento de Administración de éste, otorgado a las
diecisiete horas del día trece de agosto de dos mil siete, ante los ofi cios
del notario Rafael Antonio Reyes Gutiérrez, la cual queda integrada
así: PRESIDENTE: Lic. Ricardo Antonio Vega Montenegro; VICE-
PRESIDENTE: Ing. José Alberto Domínguez Mayorga; TESORERO:
Ing. Alejandro Cromeyer Ávila; DIRECTOR SECRETARIO: Sra. Ana
Laura Eugenia Compte de Aparicio; PRIMER DIRECTOR: Ing. David
Arturo Zablah Kuri; DIRECTORES SUPLENTES: Lic. Gerado Miguel
Saca Silhy, Sr. Salvador Ernesto Salazar, Sr. Javier Closa Salazar y Arq.
José Ricardo Nuilla Bonilla.
Y para los usos convenientes se extiende la presente certifi cación
a los tres días del mes de marzo de dos mil ocho.
ANA LAURA EUGENIA COMPTE DE APARICIO,
DIRECTORA SECRETARIA.
3 v. alt. No. F000716-3
MARCA INDUSTRIAL
No. de Expediente: 2008074259
No. de Presentación: 20080105703
CLASE: 05.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR.
HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado MARIA TE-RESA CASTILLO DE AREVALO, en su calidad de REPRESENTAN-TE LEGAL de JUAN PABLO CASTILLO, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE que se abrevia: J.P.C., S.A. DE C.V., de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro de la MARCA INDUSTRIAL O DE FABRICA.
COTIZAN
Consistente en: la palabra COTIZAN, que servirá para: AMPARAR: PRODUCTOS FARMACEUTICOS Y VETERINARIOS; PRODUCTOS HIGIENICOS PARA LA MEDICINA; SUSTANCIAS DIETETICAS PARA USO MEDICO; ALIMENTOS PARA BEBES; EMPLASTOS, MATERIAL PARA APOSITOS; MATERIAL PARA EMPASTAR LOS DIENTES Y PARA IMPRONTAS DENTALES; DESINFECTANTES; PRODUCTOS PARA LA DESTRUCCION DE ANIMALES DAÑINOS; FUNGICIDAS, HERBICIDAS.
La solicitud fue presentada el día veinticinco de febrero del año dos mil ocho.
DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, veintiocho de febrero del año dos mil ocho.
LICDA. HERMINIA ELIZABETH LOZANO ZELIDÓN,
REGISTRADORA.
CARLOS ARTURO SOTO GARCÍA,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. F001037-3
TITULO MUNICIPAL
EL INFRASCRITO ALCALDE MUNICIPAL:
HACE SABER: Que a esta Alcaldía se ha presentado el Sr. EDGARDO BELTRAN VIDES, de treinta y seis años de edad, panifi -cador, de este domicilio, portador de su Documento Único de Identidad Número cero cero cero tres mil setecientos noventa guión dos, con Nú-mero de Identifi cación Tributaria Número cero setecientos siete guión cero dos doce setenta y uno guión ciento uno guión seis. Solicitando un Título Municipal de un Inmueble Totalmente Rústico, situado en Cantón El Triunfo Jurisdicción de San Bartolomé Perulapía, Departamento de Cuscatlán, dicho Inmueble es de un extensión superfi cial de DOS MIL CUATROCIENTOS OCHENTA Y CINCO PUNTO QUINCE METROS CUADRADOS; de las medidas y colindancias siguientes: AL NORTE: veintisiete punto setenta y cuatro metros en línea recta, con Alejandra Navas Viuda de Moto, resto de calle en desuso que quedó al desviar la calle de por medio; AL ORIENTE: cincuenta y dos metros, línea recta, con Francisca Ventura de la O; AL SUR: cincuenta y dos metros en línea recta, con María Antonia Beltrán Ramírez; Y AL PONIENTE: en tres tramos: de veintisiete punto setenta y cinco metros, diez metros, y veinticuatro metros, linda con Olivia Gil Beltrán. El Inmueble antes descrito contiene en su interior tres casas de habitación. El Inmueble Rural no tiene cargas, ni derechos reales de ajena pertenencia, no está en
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242 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 379
proindivisión con nadie, no es dominante, ni sirviente. Dicho Inmueble lo obtuvo por donación que le hizo su padre Venicio Beltrán, mayor de edad, desde el año de mil novecientos noventa y siete, sin formalizar instrumento alguno por lo que dicho inmueble lo valúa en la cantidad de DOS MIL DOLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE NORTE AMERICA. Todo los colindantes son de este domicilio, lo que hace del conocimiento del Público para efectos de Ley.
Alcaldía Municipal: San Bartolomé Perulapía, a los diez días del mes de marzo del año dos mil ocho. JOSÉ GUILLERMO SÁNCHEZ GARCÍA, ALCALDE MUNICIPAL. ROSA IVONNE PONCE DE ORELLANA, SECRETARIA MUNICIPAL.
3 v. alt. No. F000773-3
EMBLEMA
No. de Expediente: 2007071059
No. de Presentación: 20070100143
EL INFRASCRITO REGISTRADOR.
HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado MONICA GUADALUPE PINEDA MACHUCA, en su calidad de APODERADO de PETROLEOS DE HONDURAS SOCIEDAD ANONIMA DE CAPI-TAL VARIABLE que se abrevia: HONDUPETROL, S.A. DE C.V., de nacionalidad HONDUREÑA, solicitando el registro del EMBLEMA.
Consistente en: un diseño que se identifi cará como logo uno, sobre el fonema 1 aisladamente no se le concede exclusividad, que servirá para: IDENTIFICAR UN ESTABLECIMIENTO COMERCIAL DE-DICADO A COMERCIALIZAR LOS SERVICIOS DE ESTACIONES DISTRIBUIDORAS DE GASOLINA Y SUS DERIVADOS, ASI COMO TIENDAS DE CONVENIENCIA, UBICADO EN BOULEVARD DE LOS PROCERES, URBANIZACION LAS MERCEDES, COLONIA SAN FRANCISCO, SAN SALVADOR.
La solicitud fue presentada el día veintitrés de octubre del año dos mil siete.
DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, veintisiete de febrero del año dos mil ocho.
LUIS ALONSO CÁCERES AMAYA,
REGISTRADOR.
CECILIA ESPERANZA GODOY DE VELÁSQUEZ,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. F000961-3
MARCAS DE SERVICIOS
No. de Expediente: 2008073249
No. de Presentación: 20080103630
CLASE: 36.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado ENRIQUE
RODOLFO ESCOBAR LOPEZ, en su calidad de APODERADO GE-
NERAL JUDICIAL de BANCO AGRICOLA, SOCIEDAD ANONIMA
que se abrevia: BANCO AGRICOLA, S.A., de nacionalidad SALVA-
DOREÑA, solicitando el registro de la MARCA DE SERVICIOS,
Consistente en: las palabras BA BANCO AGRICOLA NET-C@RD,
que en el idioma castellano se traduce BA BANCO AGRICOLA TAR-
JETA-RED, que servirá para: AMPARAR SERVICIOS DE SEGUROS;
NEGOCIOS FINANCIEROS; NEGOCIOS MONETARIOS; NEGO-
CIOS INMOBILIARIOS.
La solicitud fue presentada el día catorce de enero del año dos mil
ocho.
DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la
Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.
San Salvador, tres de marzo del año dos mil ocho.
LUIS ALONSO CACERES AMAYA,
REGISTRADOR.
FERNANDO JOSE VELASCO,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. C018411-3
No. de Expediente: 2008074001
No. de Presentación: 20080105218
CLASE: 38.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado RAFAEL
ALBERTO MENDOZA CALDERON, en su calidad de APODERADO
DIARIO
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243DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 1 de Abril de 2008.
de BCP S/A, de nacionalidad BRASILEÑA, solicitando el registro de
la MARCA DE SERVICIOS,
JUNTITOS
Consistente en: la palabra JUNTITOS, que servirá para: AMPARAR:
SERVICIOS DE TELECOMUNICACIONES.
La solicitud fue presentada el día quince de febrero del año dos
mil ocho.
DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la
Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.
San Salvador, diecinueve de febrero del año dos mil ocho.
Licda. HERMINIA ELIZABETH LOZANO ZELIDON,
REGISTRADORA.
MAYRA PATRICIA PORTILLO CASTAÑEDA,
SECRETARIA.
3 v. alt. No. F000652-3
No. de Expediente: 2008073899
No. de Presentación: 20080105006
CLASE: 41.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado LUIS MIGUEL
ESPINO ARRIETA, en su calidad de APODERADO de Kimberly-Clark
Worldwide, Inc., de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, solicitando el
registro de la MARCA DE SERVICIOS,
Consistente en: las palabras SEMBRAMOS VIDA POR TU PAPEL
y diseño, que servirá para: AMPARAR: SERVICIOS DE ENTRENA-
MIENTO Y MATERIALES EDUCATIVOS PARA PROGRAMAS DE
RECICLAMIENTO.
La solicitud fue presentada el día once de febrero del año dos mil
ocho.
DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la
Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.
San Salvador, catorce de febrero del año dos mil ocho.
DAVID ANTONIO CUADRA GOMEZ,
REGISTRADOR.
JORGE ALBERTO JOVEL ALVARADO,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. F000657-3
No. de Expediente: 2008073684
No. de Presentación: 20080104635
CLASE: 35.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado LUIS MIGUEL
ESPINO ARRIETA, en su calidad de APODERADO de PAYLESS
SHOESOURCE WORLDWIDE, INC., de nacionalidad ESTADO-
UNIDENSE, solicitando el registro de la MARCA DE SERVICIOS,
I LOVE SHOES
Consistente en: la expresión I LOVE SHOES, que se traduce al
castellano como “yo amo los zapatos”, que servirá para: AMPARAR:
SERVICIOS DE ALMACÉN DE VENTA AL POR MENOR DE AC-
CESORIOS DE MODA Y DE ZAPATOS; SERVICIOS DE VENTA
AL POR MENOR COMPUTARIZADOS EN LÍNEA EN EL CAMPO
DEL CALZADO, ROPA, MONEDEROS, BOLSOS, Y MOCHILAS,
ACCESIBLE VÍA REDES DE COMPUTADORA GLOBAL.
La solicitud fue presentada el día treinta y uno de enero del año
dos mil ocho.
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244 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 379
DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la
Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.
San Salvador, cinco de febrero del año dos mil ocho.
Licda. HAZEL VIOLETA AREVALO CARRILLO,
REGISTRADORA.
MIGUEL ERNESTO VILLALTA FLORES,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. F000667-3
No. de Expediente: 2007066812
No. de Presentacion: 20070093185
CLASE: 38.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado DANILO
RODRIGUEZ VILLAMIL, en su calidad de APODERADO de Tyco
International Services GmbH, de nacionalidad SUIZA, solicitando el
registro de la MARCA DE SERVICIOS,
Consistente en: las palabras TE Tyco Electronics, de las cuales
electronics se traduce al castellano como electrónica, sobre la cual no
se concede exclusividad individualmente considerada, que servirá para:
DISTINGUIR: SERVICIOS DE TELECOMUNICACION; SERVICIOS
DE COMUNICACION; SERVICIOS DE COMUNICACION TERRES-
TRE, INALAMBRICA Y SUBMARINA.
La solicitud fue presentada el día once de mayo del año dos mil
siete.
DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la
Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.
San Salvador, ocho de febrero del año dos mil ocho.
Licda. HAZEL VIOLETA AREVALO CARRILLO,
REGISTRADORA.
GERARDO ENRIQUE MENDEZ FLOREZ CABEZAS,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. F000697-3
No. de Expediente: 2008073656
No. de Presentación: 20080104606
CLASE: 36.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado LUIS MIGUEL
ESPINO ARRIETA, en su calidad de APODERADO de Credit Suisse
Group, de nacionalidad SUIZA, solicitando el registro de la MARCA
DE SERVICIOS,
CREDIT SUISSE
Consistente en: las palabras CREDIT SUISSE, donde la palabra
CREDIT se traduce al castellano como “crédito” y la palabra “SUISSE”
se traduce como “suizo”, que servirá para: AMPARAR: SERVICIOS
DE OPERACIONES BANCARIAS, SERVICIOS FINANCIEROS,
ASUNTOS MONETARIOS, ASUNTOS DE BIENES RAICES Y SER-
VICIOS DE SEGUROS DE TODA CLASE; ADMINISTRACION DE
CAPITAL; SERVICIOS RELACIONADOS CON LA CONFIANZA
DE COMPAÑÍAS, INCLUIDOS EN ESTA CLASE; CONSULTORIA
DE IMPUESTOS; TODOS SERVICIOS ANTES MENCIONADOS
TAMBIEN POR MEDIO DE REDES DE TELECOMUNICACION;
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245DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 1 de Abril de 2008.
SERVICIOS DE OPERACION DE MAQUINAS DE CAJERO AUTO-
MATICO Y VENDEDORAS AUTOMATICAS DE AUTOSERVICIO
QUE TRABAJAN CON TARJETAS MAGNETICAS; SERVICIOS DE
PATROCINIO FINANCIERO, EN PARTICULAR EN EL CAMPO DE
LOS DEPORTES Y ACTIVIDADES CULTURALES.
La solicitud fue presentada el día treinta y uno de enero del año
dos mil ocho.
DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la
Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.
San Salvador, cinco de febrero del año dos mil ocho.
DAVID ANTONIO CUADRA GOMEZ,
REGISTRADOR.
JORGE ALBERTO JOVEL ALVARADO,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. F000703-3
No. de Expediente: 2008073770
No. de Presentación: 20080104816
CLASE: 39.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado RAFAEL
ALBERTO MENDOZA CALDERON, en su calidad de APODERADO
de PIZZA HUT INTERNATIONAL, LLC, de nacionalidad ESTADO-
UNIDENSE, solicitando el registro de la MARCA DE SERVICIOS,
PHD
consistente en: las letras PHD, que servirá para: AMPARAR:
SERVICIOS DE TRANSPORTE; EMBALAJE Y ALMACENAJE DE
MERCADERIAS; ORGANIZACION DE VIAJES.
La solicitud fue presentada el día seis de febrero del año dos mil
ocho.
DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la
Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.
San Salvador, ocho de febrero del año dos mil ocho.
Licda. HAZEL VIOLETA AREVALO CARRILLO,
REGISTRADORA.
GUILLERMO ALFONSO LOPEZ,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. F000755-3
No. de Expediente: 2007071790
No. de Presentación: 20070101182
CLASE: 39.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado MONICA
GUADALUPE PINEDA MACHUCA, en su calidad de APODERADO
de CHEP TECHNOLOGY PTY LIMITED, de nacionalidad AUSTRA-
LIANA, solicitando el registro de la MARCA DE SERVICIOS,
CHEP
Consistente en: la palabra CHEP, que servirá para: AMPARAR:
SERVICIOS DE CONTRATACIÓN Y ALQUILER DE TODO TIPO DE
CONTENEDORES INCLUYENDO PLATAFORMAS, ESTUCHES,
ESTUCHES PARA PLATAFORMAS, CAJAS, SACOS, CANASTAS
PARA PLATAFORMAS, CONVERTIDORES DE PLATAFORMAS,
RODILLOS DE PLATAFORMAS, CONTENEDORES FORMADOS
POR LA ADHESIÓN DE PLATAFORMAS, CAJONES, CANASTAS
DE EXHIBICIÓN, BOLSAS PARA BULTOS, CONTENEDORES DE
BOTELLA, CONTENEDORES PARA COMPONENTES DE MOTOR,
CONTENEDORES PARA LÍQUIDOS Y POLVOS, DISPOSITIVOS
PARA LA CARGA Y DESCARGA DE MERCANCÍAS QUE DE-
BAN SER ELEVADAS, UNIFICACIÓN Y EMPAQUETAMIENTO
DE MÁQUINAS DE EMBALAJE Y MATERIALES, ESTANTES
METÁLICOS Y SISTEMAS EXTREMADAMENTE FUERTES DE
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246 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 379
ALMACENAJE DE MERCANCÍAS QUE DEBAN SER ELEVADAS,
CAJAS PLÁSTICAS RE-UTILIZABLES USADAS EN EL TRANS-
PORTE, EL EMBALAJE Y EL ALMACENAJE DE MERCANCÍAS
EN TALES CONTENEDORES, INCLUYENDO LA CONTRATACIÓN
Y EL ALQUILER DE TALES PLATAFORMAS Y CONTENEDORES
EN UNA BASE DE UNIÓN QUE IMPLICA LA CIRCULACIÓN DE
PLATAFORMAS Y CONTENEDORES POR Y ENTRE USUARIOS
DIFERENTES.
La solicitud fue presentada el día catorce de noviembre del año
dos mil siete.
DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la
Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.
San Salvador, veintinueve de enero del año dos mil ocho.
Licda. HERMINIA ELIZABETH LOZANO ZELIDON,
REGISTRADORA.
MAYRA PATRICIA PORTILLO CASTAÑEDA,
SECRETARIA.
3 v. alt. No. F000947-3
No. de Expediente: 2008073250
No. de Presentación: 20080103661
CLASE: 35.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado PEDRO ISAI
PORTILLO MEDRANO, en su calidad de APODERADO de RIA DE
CENTROAMERICA, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIA-
BLE que se abrevia: RIA DE CENTROAMERICA, S.A. DE C.V., de
nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro de la MARCA
DE SERVICIOS,
Consistente en: la palabra RIA, que servirá para: AMPARAR: SER-
VICIOS DE PUBLICIDAD Y NEGOCIOS CORRESPONDIENTE A
ENVIO DE DINERO.
La solicitud fue presentada el día catorce de enero del año dos mil
ocho.
DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la
Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.
San Salvador, quince de enero del año dos mil ocho.
Licda. HAZEL VIOLETA AREVALO CARRILLO,
REGISTRADORA.
GUILLERMO ALFONSO LOPEZ,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. F000960-3
No. de Expediente: 2008073251
No. de Presentación: 20080103662
CLASE: 35.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado PEDRO ISAI
PORTILLO MEDRANO, en su calidad de APODERADO ESPECIAL de
RIA DE CENTROAMERICA, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL
VARIABLE, de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro
de la MARCA DE SERVICIOS,
Consistente en: las palabras RIA DE CENTROAMERICA, que
servirá para: AMPARAR: SERVICIOS DE PUBLICIDAD Y NEGO-
CIOS CORRESPONDIENTES A ENVIO DE DINERO.
La solicitud fue presentada el día catorce de enero del año dos mil
ocho.
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247DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 1 de Abril de 2008.
DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la
Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.
San Salvador, dieciséis de enero del año dos mil ocho.
Lida. HERMINIA ELIZABETH LOZANO ZELIDON,
REGISTRADORA.
CARLOS ARTURO SOTO GARCIA,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. F000963-3
No. de Expediente: 2007071057
No. de Presentación: 20070100141
CLASE: 35.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado MONICA
GUADALUPE PINEDA MACHUCA, en su calidad de APODERADO
de PETROLEOS DE HONDURAS SOCIEDAD ANONIMA DE CA-
PITAL VARIABLE que se abrevia: HONDUPETROL, S.A. DE C.V.,
de nacionalidad HONDUREÑA, solicitando el registro de la MARCA
DE SERVICIOS,
Consistente en: un diseño identifi cado como “logo de fl ash”, que
servirá para: AMPARAR: SERVICIOS DE TIENDAS DE CONVE-
NIENCIA.
La solicitud fue presentada el día veintitrés de octubre del año dos
mil siete.
DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la
Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.
San Salvador, veintiuno de enero del año dos mil ocho.
LUIS ALONSO CACERES AMAYA,
REGISTRADOR.
CECILIA ESPERANZA GODOY DE VELASQUEZ,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. F000965-3
No. de Expediente: 2007071143
No. de Presentación: 20070100234
CLASE: 41.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado DANILO
RODRIGUEZ VILLAMIL, en su calidad de APODERADO de Sanofi -
Aventis, de nacionalidad FRANCESA, solicitando el registro de la
MARCA DE SERVICIOS,
Consistente en: la expresión Accès au Médicament Access to Medi-
cines y diseño, que se traduce al castellano como acceso al medicamento;
sobre los elementos de uso común no se concede exclusividad, que servirá
para: DISTINGUIR: SERVICIOS DE INFORMACIÓN MÉDICA Y DE
FORMACIÓN MÉDICA DIRIGIDA A PROFESIONALES DE SALUD
Y ADMINISTRADORES DE SALUD PÚBLICA. SERVICIOS DE
EDUCACIÓN EN EL CAMPO DE LA MEDICINA Y FARMACÉU-
TICOS PARA TRATAMIENTOS DE CIERTAS ENFERMEDADES,
MAYORMENTE MALARIA, TUBERCULOSIS, ENFERMEDADES
PARA DORMIR, LEISHMANIASIS O EPILEPSIA, ORGANIZA-
CIÓN DE SEMINARIOS, GRUPOS DE TRABAJO, CONFEREN-
CIAS, FOROS DE DISCUSIÓN EN LOS CAMPOS DE MEDICINA
Y FARMACÉUTICOS. SERVICIOS DE EDICIÓN Y PUBLICACIÓN
EN TODO TIPO DE MEDIA INCLUYENDO MULTIMEDIA, PE-
RIÓDICOS, REVISTAS, BOLETINES, PUBLICACIONES PERIÓ-
DICAS, BROCHURE, LIBROS, GUÍAS EN EL CAMPO MÉDICO Y
FARMACÉUTICO, SERVICIOS DE INFORMACIÓN EN EL CAMPO
MÉDICO Y FARMACÉUTICO.
La solicitud fue presentada el día veinticuatro de octubre del año
dos mil siete.
DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la
Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.
San Salvador, treinta y uno de enero del año dos mil ocho.
LUIS ALONSO CACERES AMAYA,
REGISTRADOR.
MAURICIO ENRIQUE SANCHEZ VASQUEZ,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. F000981-3
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248 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 379
No. de Expediente: 2008073437
No. de Presentación: 20080104054
CLASE: 39.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado DANILO
RODRIGUEZ VILLAMIL, en su calidad de APODERADO de LINDA F.
POWERS, de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, solicitando el registro
de la MARCA DE SERVICIOS,
STORING LIFE FOR HEALTHY TOMORROWS
Consistente en: las palabras STORING LIFE FOR HEALTHY
TOMORROWS que se traduce al castellano como GUARDANDO LA
VIDA PARA UN MAÑANA SALUDABLE, que servirá para: AMPA-
RAR: SERVICIOS DE ALMACENAJE DE CÉLULAS BIOLÓGICAS,
TEJIDOS Y DERIVADOS DE LOS MISMOS PARA OTROS, PARA
USO DE INVESTIGACIÓN Y DESARROLLO VETERINARIO, MÉ-
DICO Y CIENTÍFICO.
La solicitud fue presentada el día veintidós de enero del año dos
mil ocho.
DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la
Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.
San Salvador, treinta de enero del año dos mil ocho.
Licda. HAZEL VIOLETA AREVALO CARRILLO,
REGISTRADORA.
GUILLERMO ALFONSO LOPEZ,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. F000995-3
DECLARATORIA DE MUERTE PRESUNTA
ANA FELICITA ESTRADA, Juez de lo Civil de este Distrito Judicial,
al público para los efectos de ley.
HACE SABER: Que a fs. 66 v. a 67, 68, 69, 70, 71, 72, 73 fr. y v.,
y 77 fr., de las diligencias Sumarias de Presunción de Muerte por
desaparecimiento del señor Nelson Cabezas Martínez, promovidas
inicialmente por la señora Sandra Elizabeth Nerio Espinal, como repre-
sentante legal de su menor hijo Nelson Alexander Cabezas Nerio, pos-
teriormente continuado por su Apoderado General Judicial Licenciado
Néstor Evenor Ramírez Palacios, quien fue sustituido por el de igual
cargo Licenciado José Evenor Romero Mira, se encuentra la sentencia
defi nitiva y resolución que literalmente dicen: “Juzgado de lo Civil: San
Vicente, a las doce horas del día dieciocho de septiembre del año dos
mil siete. Las presentes diligencias sumarias de Declaratoria de Muerte
Presunta, han sido promovidas por la señora SANDRA ELIZABETH
NERIO ESPINAL, mayor de edad, empleada, de este domicilio, porta-
dora de su Documento Unico de Identidad número cero dos millones
cuatrocientos cincuenta y dos mil ciento sesenta guión cuatro, como
representante legal de su menor hijo NELSON ALEXANDER CABE-
ZAS NERIO, y luego representada por su Apoderado General Judicial
Licenciado Néstor Evenor Ramírez Palacios, quien posteriormente fue
sustituido por el de igual cargo Licenciado José Evenor Romero Mira,
mayor de edad, abogado, del domicilio de Tepetitán de este Departa-
mento, portador de su Documento Unico de Identidad número cero un
millón quinientos cuarenta y siete mil quinientos treinta y tres guión
tres, solicitando se declare la muerte presunta del señor NELSON CA-
BEZAS MARTINEZ, por desaparecimiento. Ha intervenido en estas
diligencias únicamente la parte actora, no así el Licenciado José Aparicio
Iraheta Hernández, en su calidad de Abogado Defensor del desapareci-
do señor Nelson Cabezas Martínez, a quien en su oportunidad se le
declaró rebelde. LEIDOS LOS AUTOS Y CONSIDERANDO: I) La
parte actora en su solicitud presentada a las nueve horas veinticinco
minutos del día trece de mayo del año dos mil tres, en lo pertinente
manifestó. “I) Que como representante legal de mi menor hijo vengo
ante su digna autoridad a INICIAR DILIGENCIAS DE MUERTE
PRESUNTA del señor NELSON CABEZAS MARTINEZ padre de mi
referido hijo, tomando como base las siguientes razones: 1) que el señor
NELSON CABEZAS MARTINEZ o sea el padre de mi menor hijo
salió de este país rumbo a Estados Unidos a las cuatro horas del día
veintiséis de junio de mil novecientos noventa y seis, con dos personas
más. 2) habiendo sido visto por última vez el día cuatro de junio de mil
novecientos noventa y seis, en la ciudad de San Vicente y quince días
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249DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 1 de Abril de 2008.
después de la fecha en que él salió de este país he comenzado ha bus-
carlo, lo cual ha sido infructuoso hasta la fecha, por lo que todas las
diligencias que he realizado para dar con el paradero o residencia del
señor NELSON CABEZAS MARTINEZ ha sido en vano, ya que por
ningún medio he podido tener noticias de la existencia de dicho señor.
3) Que el señor NELSON CABEZAS MARTINEZ, al momento de
desaparecer era de veintinueve años de edad, soltero, artista y con último
domicilio y residencia en Urbanización Jiboa, Block H casa número
veinticuatro de esta ciudad. 4) Que han transcurrido más de cuatro años
hasta la fecha y el señor NELSON CABEZAS MARTINEZ padre de
mi menor hijo, no lo he podido encontrar y con el objeto de que césen
los pagos de las cuotas del mutuo con garantía hipotecaria que el señor
NELSON CABEZAS MARTINEZ había otorgado en la ciudad de San
Salvador a las quince horas del día seis de enero de mil novecientos
noventa y cinco, ante los ofi cios del Notario Ignacio Luis Rolando López,
a favor del FONDO NACIONAL DE VIVIENDA POPULAR y en
vista de que en la Institución antes citada, se me solicita comprobar la
presunción de muerte del señor NELSON CABEZAS MARTINEZ es
la razón por la cual vengo a iniciar las presentes diligencias. Le presen-
to la documentación siguiente: c) certifi cación de la partida de nacimien-
to de mi menor hijo NELSON ALEXANDER CABEZAS NERIO de la
cual consta que es mi hijo e hijo del señor NELSON CABEZAS
MARTINEZ; d) certifi cación de la partida de nacimiento del señor
NELSON CABEZAS MARTINEZ; Las certifi caciones antes detalladas
las presento en originales y en fotocopias para que sean confrontadas
entre sí y de resultar conformes se agreguen las fotocopias y se me de-
vuelvan las originales en su oportunidad. En vista de lo anterior con todo
respeto le PIDO: 1) Me admita la presente solicitud; 2) Se hagan las
citas correspondientes, tal como lo indica el Art. 80 numeral 2° del
Código Civil; 3) se nombre a un defensor a quien debe oírse de confor-
midad al Art. 80 numeral 3º del Código Civil, proponiendo para tal
efecto a la Licenciada Francisca Coralia Castillo de Trujillo, quien es
mayor de edad, abogado y notario del domicilio de Ilopango en el De-
partamento de San Salvador. 4) En su oportunidad se abran a prueba las
presentes diligencias y en sentencia defi nitiva se declare la muerte
presunta del señor NELSON CABEZAS MARTINEZ. Señalo para re-
cibir notifi caciones la ofi cina jurídica del Licenciado Néstor Evenor
Ramírez Palacios, ubicada sobre la Primera Avenida Sur frente a Come-
dor Rivoly en esta ciudad y AUTORIZO al señor José Evenor Romero
Mira, quien es de veinticuatro años de edad, estudiante de Ciencias
Jurídicas y del domicilio de Tepetitán en el Departamento de San Vicen-
te, para que a mi nombre pueda recibir notifi caciones, edictos y toda
clase de documentos que se relacionen con estas diligencias. El aboga-
do director actualmente se encuentra sin ninguna de las inhabilidades
enumeradas en el Art. 99 Pr.C. Con esa solicitud la señora Sandra
Elizabeth Nerio Espinal presentó certifi caciones de las partidas de na-
cimiento del señor Nelson Cabezas Martínez y del menor Nelson
Alexander Cabezas Nerio. II) A fs. 7, y por resolución de las quince
horas del día seis de junio del año dos mil tres, se ordenó agregar las
certifi caciones de partidas de nacimiento antes mencionadas, se admitió
la solicitud de fs. 1 y 2, se tuvo por parte a la señora Sandra Elizabeth
Nerio Espinal, en su calidad de representante legal de su menor hijo
Nelson Alexander Martínez Nerio, y se ordenó citar por tres veces en el
Diario Ofi cial con intervalo de cuatro meses en cada dos publicaciones
al señor NELSON CABEZAS MARTINEZ. A fs. 8 consta agregado el
edicto antes mencionado. A fs. 10, y por escrito presentado a las cator-
ce horas diecinueve minutos del día veintiocho de noviembre del año
dos mil tres, juntamente con el testimonio de Poder General Judicial y
páginas del ejemplar del Diario Ofi cial que acompañaba, el Licenciado
Néstor Evenor Ramírez Palacios, pidió se le tuviera por parte en su
calidad de Apoderado de la señora Sandra Elizabeth Nerio Espinal, ésta
como representante legal de su menor hijo Nelson Alexander Cabezas
Nerio, se agregarán las páginas del ejemplar del Diario Ofi cial, y se
citará por segunda vez al señor Nelson Cabezas Martínez; por lo que a
fs. 15, y por auto de las doce horas del día tres de diciembre del año dos
mil tres, se declaró inadmisible el escrito antes relacionado por no
cumplir con los requisitos exigidos en el Art. 89 Pr.C. numeral 4°, y se
ordenó se le devolvieran al referido Profesional los documentos presen-
tados con dicho escrito. A fs. 17, y por escrito presentado a las quince
horas del día dieciocho de febrero del año dos mil cuatro, juntamente
con la Escritura Pública de Poder General Judicial y páginas del Diario
Ofi cial que acompañaba, el Licenciado Néstor Evenor Ramírez Palacios,
pidió se le tuviera por parte en su calidad de Apoderado de la señora
Sandra Elizabeth Nerio Espinal, ésta como representante legal de su
menor hijo Nelson Alexander Cabezas Nerio, se agregarán las paginas
del ejemplar del Diario Ofi cial, y se citará por segunda vez al señor
Nelson Cabezas Martínez; por lo que a fs. 22, y por resolución de las
once horas cuarenta y cinco minutos del día veintiséis de febrero del año
dos mil cuatro, se tuvo por parte al Licenciado Néstor Evenor Ramírez
Palacios, en la calidad antes expresada, y se ordenó citar por tres veces
en el Diario Ofi cial con intervalos de cuatro meses en cada dos publica-
ciones al señor Nelson Cabezas Martínez. A fs. 23 consta agregado el
edicto antes ordenado. A fs. 25, y por escrito presentado a las diez horas
cuarenta minutos del día diecinueve de agosto de dos mil cuatro, el
Licenciado Néstor Evenor Ramírez Palacios, pidió se agregaran las
páginas del ejemplar del Diario Ofi cial donde constaban las publicacio-
nes antes mencionadas, y se ordenara citar por tercera vez mediante
edicto al señor Nelson Cabezas Martínez, a fs. 26, están agregadas las
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paginas del ejemplar del Diario Ofi cial número cincuenta y cinco, tomo
trescientos sesenta y dos de fecha diecinueve de marzo de dos mil cua-
tro, asimismo, a fs. 27, y por auto de las diez horas treinta minutos del
día veintiséis de agosto del año dos mil cuatro, se ordenó citar por tres
veces en el Diario Ofi cial con intervalos de cuatro meses en cada dos
publicaciones al señor Nelson Cabezas Martínez. Dicho edicto consta
agregado a fs. 28. a fs. 31, y por escrito presentado a las quince horas
cuarenta minutos del día veintiséis de abril del año dos mil cinco, el
Licenciado Néstor Evenor Ramírez Palacios, en el carácter en que ac-
tuaba, pidió se agregara el ejemplar del Diario Ofi cial número ciento
setenta y siete, tomo trescientos sesenta y cuatro de fecha veinticuatro
de septiembre de dos mil cuatro, donde constaba la tercera publicación
del edicto ordenado por auto de fs. 27, se nombrará a la Licenciada
Francisca Coralia Castillo de Trujillo como abogado defensor del des-
aparecido señor Nelson Cabezas Martínez, se le notifi cará el nombra-
miento a la referida Profesional, y además se le notifi carán las presentes
diligencias al representante del Fisco en este Departamento de confor-
midad al Art. 801 Pr.C.; por lo que a fs. 34, y por resolución de las once
horas del día veintidós de junio del año dos mil cinco, se agregaron las
páginas del Diario Ofi cial mencionado, y se nombró a la Licenciada
Francisca Coralia Castillo de Trujillo como Abogado Defensor del
desaparecido señor Nelson Cabezas Martínez, y se ordenó se le hiciera
saber tal nombramiento para su aceptación y demás efectos legales, y
sobre lo demás solicitado oportunamente se resolvería. A fs, 36, y por
acta de las quince horas del día veintidós de junio del año dos mil cinco,
consta que se le notifi có a la Licenciada Francisca Coralia Castillo de
Trujillo, el nombramiento de Abogado Defensor del señor Nelson Ca-
bezas Martínez, A fs. 37, y por escrito presentado a las diez horas
treinta minutos del día catorce de febrero del año dos mil seis, el Licen-
ciado Néstor Evenor Ramírez Palacios, en el carácter en que actúa, pidió
se nombrara como Abogado Defensor del señor Nelson Cabezas Martínez,
al Licenciado José Aparicio Iraheta Hernández, en vista que la Licen-
ciada Castillo de Trujillo, no se había presentado a este Juzgado a
aceptar dicho cargo, no obstante haber sido debidamente notifi cada. Por
lo que a fs, 38, y por resolución de las doce horas del día diez de marzo
del año dos mil seis, se nombró al Licenciado José Aparicio Iraheta
Hernández, como Abogado Defensor, del desaparecido señor Nelson
Cabezas Martínez, en sustitución de la Licenciada Francisca Coralia
Castillo de Trujillo, y se ordenó se le hiciera saber al Abogado Defensor
tal nombramiento para su aceptación y demás efectos legales. A fs 40,
y por acta de las catorce horas cincuenta minutos del día treinta y uno
de marzo del año dos mil seis, fue juramentado el Licenciado José
Aparicio Iraheta Hernández, quien aceptó el cargo de Abogado Defensor
del desaparecido señor Nelson Cabezas Martínez. A fs. 41, y por escri-
to presentado a las nueve horas quince minutos del día quince de mayo
del año dos mil seis, el Licenciado Ramírez Palacios, en el carácter en
que actuaba, pidió se le corriera traslado al Licenciado José Aparicio
Iraheta Hernández como defensor del desaparecido y al representante
del Fisco de esta ciudad. Seguidamente a fs. 42, y por auto de las diez
horas del día veintinueve de junio del año dos mil seis, se declaró sin
lugar lo solicitado por el Licenciado Ramírez Palacios, en el carácter en
que actuaba por improcedente, y se le previno le diera cumplimiento al
Art. 80 número 3 C. C. A fs. 45, y por escrito presentado a las nueve
horas veintiún minutos del día veintisiete de julio del año dos mil seis,
el Licenciado José Evenor Romero Mira, pidió se le tuviera por parte
en su calidad de Apoderado de la señora Sandra Elizabeth Nerio Espinal,
ésta como representante legal de su menor hijo Nelson Cabezas Nerio,
en sustitución del de igual cargo Licenciado Néstor Evenor Ramírez
Palacios, y por ratifi cado todo lo actuado en el presente proceso, también
pidió se agregara el acta de sustitución de poder con el cual legitimaba
su personería, y se le tuviera por evacuada la prevención hecha por auto
de fs. 42. a fs. 48, y por resolución de las nueve horas del día treinta y
uno de agosto del año dos mil seis, se ordenó agregar el acta de sustitu-
ción antes mencionada, se tuvo por parte al Licenciado José Evenor
Romero Mira, en la calidad antes expresada, por ratifi cado de parte del
mismo todo lo actuado en el presente proceso, y por cumplida la pre-
vención hecha en auto de fs. 42, y a petición de parte se mandó a oír por
tercero día al Licenciado José Aparicio Iraheta Hernández, sobre el
presunto desaparecimiento del señor Nelson Cabezas Martínez. A fs.
49, y por acta de las doce horas del día treinta y uno de agosto del año
dos mil seis, consta que se notifi có en legal forma al Licenciado Iraheta
Hernández, en su calidad de Abogado Defensor del señor Nelson Cabe-
zas Martínez. A fs. 50, y por escrito presentado a las nueve horas trein-
ta minutos del día dieciséis de octubre del año dos mil seis, el Licencia-
do José Evenor Romero Mira, pidió se declarara rebelde al Licenciado
José Aparicio Iraheta Hernández, en su calidad de Abogado Defensor
del señor Nelson Cabezas Martínez, y se abriera a pruebas por el térmi-
no de ley. A fs. 51, y por resolución de las doce horas del día veintinue-
ve de noviembre del año dos mil seis, se declaró sin lugar lo solicitado
por el Licenciado Romero Mira, por improcedente, y se le previno al
Licenciado José Aparicio Iraheta Hernández, en su calidad de Abogado
Defensor del señor Nelson Cabezas Martínez, se manifestara sobre el
presunto desaparecimiento del referido señor Cabezas Martínez. A fs.
54, y por escrito presentado a las nueve horas cuarenta minutos del día
veintitrés de enero del año dos mil siete, el Licenciado Romero Mira,
en el carácter en que actúa, pidió se acuse rebeldía al defensor del des-
aparecido Licenciado José Aparicio Iraheta Hernández, y se le corriera
traslado al representante del fi sco de esta ciudad; por lo que a fs. 55, y
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251DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 1 de Abril de 2008.
por auto de las ocho horas cinco minutos del día veinticinco de abril del
año dos mil siete, y por no haber hecho uso del traslado que se le hizo
al Licenciado Iraheta Hernández, en su calidad de Abogado Defensor
del señor Nelson Cabezas Martínez, se acusó la rebeldía, y sobre lo
demás solicitado por el Licenciado Romero Mira, se declaró sin lugar
por improcedente. III) A fs. 57, y por escrito presentado a las quince
horas del día veintiocho de mayo del año dos mil siete, el Licenciado
José Evenor Romero Mira, pidió se abriera a pruebas por el término de
ley las presentes diligencias. Asimismo, a fs. 58, y por auto de las diez
horas del día nueve de julio del presente año, este Tribunal ordenó abrir
a pruebas por ocho días las presentes diligencias. A fs. 60, y por escrito
presentado a las quince horas cincuenta minutos del día once de julio
del presente año, juntamente con el cuestionario respectivo, el Licen-
ciado José Evenor Romero Mira, en el carácter en que actúa, pidió se le
señalara audiencia para recibir la prueba testimonial que ofreció presen-
tar. Asimismo, a fs. 61, y por auto de las catorce horas veinte minutos
del día doce de julio del año en curso, se señalaron las nueve horas de
los días dieciséis y diecisiete de julio del presente año, en este Juzgado
previa cita de partes. A fs. 63, y por acta de las nueve horas del día
dieciséis de julio del presente año, se llevó a cabo el examen de los
testigos señoras LIDIA CARABANTES ALAS, IRMA TRINIDAD
OLMEDO y SANTOS ESTER MEJIA MIRANDA, presentadas por el
Licenciado José Evenor Romero Mira, quien estuvo presente en dicha
audiencia, no así el defensor del desaparecido Licenciado José Aparicio
Iraheta Hernández, por haber sido declarado rebelde. Los testigos fueron
impuestos de las penas del falso testimonio en materia civil, y sin nin-
guna incapacidad legal ni interés en el presente asunto, la primer testigo
separada de las demás CONTESTÓ: “Que conoció al señor Nelson
Cabezas Martínez, por un tiempo de veinte años, hasta la fecha en que
desapareció; que los padres del señor Cabezas Martínez son Rigoberto
Cabezas Martínez y María Concepción Martínez; que el señor Cabezas
Martínez, residía en Urbanización Jiboa Block H, casa número veintiséis
San Vicente, manifi esta la declarante que no sabe el paradero actual del
señor Cabezas Martínez, y que el último domicilio del referido señor
Nelson Cabezas Martínez fue el de esa ciudad de San Vicente, que
asegura la declarante que la última vez que vio al señor Cabezas Martínez
fue el día veintiséis de junio de mil novecientos noventa y seis, que
salió rumbo hacia los Estados Unidos de América, y le consta porque
también iba el esposo de la declarante, asegura la dicente que el señor
Nelson Cabezas Martínez, tiene once años de desaparecido, que todo lo
declarado le consta de vista y oídas porque eran vecinos y se conocían,
que lo repreguntado le consta de vista y oídas. A repreguntas hechas por
el Licenciado Romero Mira, en el carácter en que actúa, hechas por
medio de la suscrita Juez, la testigo contestó: que el domicilio del señor
Cabezas Martínez, era en la urbanización Jiboa casa número veinticua-
tro de esta ciudad de San Vicente. Introducida la segunda testigo sepa-
rada de las demás CONTESTO: “que conoció al señor Nelson Cabezas
Martínez, por un tiempo de veinte años, antes de que él se fuera hacia
los Estados Unidos de América; que conoce a los padres del señor Nelson
Cabezas Martínez, los cuales son Rigoberto Cabezas Martínez y María
Concepción Martínez; que le consta que el señor Nelson Cabezas Martínez,
residía en la urbanización Jiboa, Block H, casa número veinticuatro, de
esta ciudad de San Vicente, que no sabe el paradero actual del señor
Cabezas Martínez, desde la fecha en que desapareció o sea desde la
fecha en que se fue hacia los Estados Unidos que fue el día veintiséis
de junio de mil novecientos noventa y seis, le consta que el último do-
micilio del señor Nelson Cabezas Martínez, fue el de esta ciudad de San
Vicente, que le consta que el señor Nelson Cabezas Martínez, desapa-
reció en la fecha antes mencionada porque él iba hacia los Estados
Unidos junto con unos amigos, y hasta la fecha no se ha vuelto a saber
nada de él; que desde la fecha en que el señor Cabezas Martínez, des-
apareció hasta hoy tiene once años de desaparecido, que todo lo decla-
rado le consta de vista y oídas. A repreguntas hechas por el Licenciado
Romero Mira, en el carácter en que actúa, hechas por medio de la sus-
crita Juez, la testigo contestó: que desde la fecha en que el señor Cabe-
zas Martínez, se fue rumbo hacia los Estados Unidos, no se han vuelto
a tener ninguna noticia de él ni de las personas que lo acompañaban en
esa ocasión y que sabe que ni la familia de él han vuelto a saber nada
del señor Cabezas Martínez, y que lo más seguro es que esté muerto,
que lo repreguntado le consta de vista y oídas. Introducida la tercer
testigo separada de las demás CONTESTO: “que conoció al señor Nelson
Cabezas Martínez, por un lapso de veinte años hasta la fecha en que
desapareció; que conoce a los padres del señor Nelson Cabezas Martínez,
los cuales son Rigoberto Cabezas Martínez y María Concepción Martínez;
que el señor Nelson Cabezas Martínez, residía en la urbanización Jiboa,
Block H, casa número veinticuatro, de esa ciudad, asegura la dicente
que no sabe cuál es el paradero actual del señor Nelson Cabezas Martínez,
pues no sabe ninguna noticia de él; y además asegura que el último
domicilio del señor Nelson Cabezas Martínez, fue el de esta ciudad de
San Vicente, que le consta a la declarante que del señor Nelson Cabezas
Martínez, no se ha vuelto a saber nada de él desde el día veintiséis de
junio de mil novecientos noventa y seis, fecha desde la cual el referido
señor Cabezas Martínez, se fue rumbo hacia los Estados Unidos, junto
con unos amigos y que desde esa fecha nadie ha vuelto a saber nada de
él, incluso ni su familia sabe ninguna noticia de él; que el señor Nelson
Cabezas Martínez tiene once años de desaparecido hasta esta fecha, que
todo lo declarado le consta de vista y oídas. A repreguntas hechas por
el Licenciado Romero Mira, hechas por medio de la suscrita Juez, la
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testigo contestó: que desde la fecha en que el señor Nelson Cabezas
Martínez, partió rumbo hacia los Estados Unidos nadie ha vuelto a saber
nada de él, ni sus padres, ni su compañera de vida, ni el vecindario
donde era bien conocido por todos, nadie ha vuelto a saber nada de él y
todos presumen que a esta fecha él se encuentra muerto, pues no se ha
tenido ninguna noticia ni de él, ni de las personas que lo acompañaban
en esa ocasión, que lo repreguntado le consta de vista y oídas. A fs. 65,
y por escrito presentado a las once horas doce minutos del día veinti-
cuatro de julio del presente año, el Licenciado José Evenor Romero
Mira, en el carácter en que actúa, pidió se dictara la sentencia de ley
correspondiente, y se mandara a publicar la misma como lo establece la
ley. Por lo que a fs, 66, y por auto de las diez horas del día dieciocho de
septiembre del presente año, se ordenó dictar la sentencia de ley, en las
presentes diligencias; IV) Con la prueba instrumental presentada se ha
establecido plenamente que el desaparecido señor NELSON CABEZAS
MARTINEZ, nació a las trece horas del día doce de febrero de mil no-
vecientos sesenta y nueve, en el Barrio La Ronda de San Antonio
Masahuat, Departamento de La Paz, siendo hijo de Rigoberto Cabezas
Martínez y de María Concepción Martínez, y con las declaraciones de
las testigos antes relacionadas, se ha establecido que el referido señor
NELSON CABEZAS MARTINEZ, desapareció de su residencia que
era en urbanización Jiboa Block H, casa número veintiséis de esa ciudad
de San Vicente, el día VEINTISEIS DE JUNIO DE MIL NOVECIEN-
TOS NOVENTA Y SEIS, y que desde aquella fecha hasta la presente
no se le ha vuelto a ver, no teniéndose ninguna noticia de él descono-
ciéndose por lo tanto su paradero; asimismo con las publicaciones de
los edictos respectivos en el Diario Ofi cial, se ha establecido en forma
legal la cita por tres veces con intervalos de cuatro meses entre cada una
al desaparecido. En consecuencia, habiéndose probado plenamente el
desaparecimiento del señor NELSON CABEZAS MARTINEZ, desde
la fecha expresada anteriormente, o sea que han transcurrido más de
cuatro años sin que se tenga noticias de su paradero, es procedente ac-
ceder a lo pedido en la solicitud de fs, 1 y 2, y a la vez conceder la po-
sesión provisoria de los bienes del desaparecido a la peticionaria en el
carácter en que ésta actúa, todo conforme al Art. 80 C. C. POR TANTO:
Fundada en las consideraciones anteriores y en los Arts. 421, 422, 427,
432, 800 y siguientes Pr. C. y Arts. 79 y 80 C. C., a nombre de la Repú-
blica de El Salvador, FALLO: I) DECLARASE LA MUERTE PRE-
SUNTA del desaparecido señor NELSON CABEZAS MARTINEZ, de
las generales ya expresadas, y fíjase como día presuntivo de su muerte
el día VEINTISEIS DE JUNIO DE MIL NOVECIENTOS NOVENTA
Y SEIS. II) Concédase la Posesión Provisoria de los bienes del muerto
presunto señor Nelson Cabezas Martínez, únicamente a la señora Sandra
Elizabeth Nerio Espinal, también de las generales ya conocidas, en su
calidad de representante legal de su menor hijo NELSON ALEXANDER
CABEZAS NERIO, éste en su calidad de hijo y heredero presunto del
señor NELSON CABEZAS MARTINEZ, y hasta que dicho menor
cumpla su mayoría de edad, previa caución que deberá rendir de con-
formidad con el Art. 88 C. C., y además con las obligaciones y restric-
ciones que establecen los Arts. 85, 86 y 87 C. C., es decir que deberá
formar un inventario solemne de los bienes dejados por el muerto pre-
sunto señor Nelson Cabezas Martínez, los que no podrá enajenar, si no
es conforme a la ley, y representará a la sucesión en las acciones y de-
fensas contra terceros. Cítese a los herederos presuntivos señores
Rigoberto Cabezas Martínez y María Concepción Martínez, en su cali-
dad de padres del muerto presunto para que se manifi esten al respecto,
para lo cual previénesele al Licenciado José Evenor Romero Mira, en
el carácter en que actúa, manifi este el domicilio o residencia de éstos.
Al quedar ejecutoriada esta sentencia, publíquese en el Diario Ofi cial
en tres números consecutivos. HAGASE SABER. Ana F. Estrada---Ante
mí---L. Mabel R. de Salinas.---Secretario---RUBRICADAS.---Juzgado
de lo Civil: San Vicente, a las once horas del día cuatro de marzo del
año dos mil ocho. A sus antecedentes los escritos recibidos por conduc-
to particular, suscritos por el Licenciado José Evenor Romero Mira, en
el carácter en que actúa. No habiéndose interpuesto ningún recurso
dentro del término de ley, ya transcurrido en contra de la sentencia de-
fi nitiva emitida por este Tribunal, a las doce horas del día dieciocho de
septiembre del año dos mil siete, DECLARASE EJECUTORIADA la
misma, y de conformidad al numeral sexto del Art. 80 C. Cv., publíquese
la sentencia defi nitiva antes referida, la cual deberá publicarse en tres
números consecutivos en el Diario Ofi cial. Asimismo, previénesele
Licenciado Romero Mira, en el carácter en que actúa, le dé cumplimien-
to a la prevención que se le hizo en el romano II), del fallo de la senten-
cia defi nitiva pronunciada a las doce horas del día dieciocho de septiem-
bre del año dos mil siete. Para los efectos de ley, notifíquese, F. Estrada-
--Ante mí---L. Mabel R. de Salinas---Secretario”RUBRICADAS.
Son conformes con sus originales con los cuales se confrontó en
el Juzgado de lo Civil: San Vicente, a las once horas cinco minutos
del día cuatro de marzo del año dos mil ocho. Dra. ANA FELICITA
ESTRADA, JUEZ DE LO CIVIL. Lic. LILIAN MABEL RUIZ DE
SALINAS, SECRETARIO.
3 v. c. No. C018490-3
Imprenta Nacional - Tiraje 500 Ejemplares.
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