ASPECTES JURIDICS I FISCALS CLAUS EN LA SUCCESSIÓ DE L’EMPRESA FAMILIAR
Barcelona, 23 de noviembre de 2011
Xavier Calaf Aixalà
María Moína Villamayor
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Contenido de la presentación
1. Presentación de la cuestión. La planificación de la transmisión de laempresa familiar
2. Marco legal (I): la herencia de la empresa familiar
3. Marco tributario (I): fiscalidad de la empresa familiar
Segundo día: 30 de noviembre de 2011
1. Marco tributario (II): el impuesto sobre patrimonio y el impuestosobre sucesiones y donaciones. Escenario en Cataluña 2011
2. Marco legal (II): el régimen económico del matrimonio y de lapareja estable
3. Marco legal (III): pactos familiares
Primer día: 23 de noviembre de 2011
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Con el paso del tiempo... incremento de familiares vinculados a la empresa
Planificación de la sucesión
Planificación del reparto de poder
Profesionalización de la compañía
Necesidad de anticiparse a los
conflictos
Riesgos para el futuro de la empresa familiar
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La EF tiene, con carácter general, los mismosproblemas que una empresa normal, pero con unelemento adicional: “LA SUCESIÓN”
Cuestiones familiares y emocionales
Cuestiones legales y fiscales
Cuestiones de organización corporativa
Características de la empresa familiar
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Las dos “caras” de la sucesión en la empresa familiar
EN EL GOBIERNO(Relevo en la gestión de la empresa familiar)
Jubilación del empresario
Profesionalización
Consejo de familia vs consejo de administración
EN LA PROPIEDAD(Transmisión del patrimonio familiar)
Patrimonio personal vs patrimonio empresarial
Transmisión por donación vs transmisión por causa de muerte
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Instrumentos jurídicos para planificar la transmisión del patrimonio
PLANIFICACIÓN TRANSMISIÓN DEL PATRIMONIO
ESTATUTOS CORPORATIVOS
CAPITULACIONESPACTOS
CONVIVENCIADONACIONES TESTAMENTO
PACTOS FAMILIARES
PACTOS SUCESORIOS
ÁMBITO EMPRESARIAL
PACTOS PARASOCIALES
ÁMBITO PERSONAL
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SOCIOS: Pactos parasociales, Protocolo familiar, capitulaciones matrimoniales, testamentos, pactos sucesorios y donaciones
SOCIOS
HOLDING
S1 S2
CORPORACIÓN: Estatutos sociales,Reglamentos internos de la Junta y delConsejo de Administración, esquemas depoderes y de control interno.
SOCIEDADES OPERATIVAS: gestión deoperaciones, actividades económicas.
Implementación de los instrumentos jurídicos
S3
Marco legal (i): la herencia de la empresa familiar
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Sucesión legal o abintestato (cuando no hay testamento ono es válido).
Sucesión voluntaria o testamentaria
Testamento abierto o notarial.
Testamento cerrado.
Testamento hológrafo (“de puño y letra”)
Otras formas: codicilo y memoria testamentaria.
Sucesión contractual
Pactos sucesorios (en algunas CCAA)
Clases de sucesiones
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Derechos sucesorios que coexisten en España
Un 33% de los ciudadanos del Estado español están sujetos a derecho civil propio
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Pero… ¿sabemos qué ley nos afecta?
Ley Personal: estancia de 2 años enun territorio con opción o 10 años sinopción (vecindad civil). Se aplica a lasucesión por causa de muerte. Lavecindad civil de una persona puedevariar a lo largo del tiempo, incluso sinque tenga conocimiento de que se haproducido esa modificación.
Ley del Matrimonio: la de la vecindadcivil de los cónyuges y si no coincide,la que se pacte o la de la primeraresidencia o en su defecto, la del lugarde celebración del matrimonio.
Transmisión por causa de muerte
Ley fiscal: la de la CCAA dondese resida más días del período delos cinco años inmediatosanteriores, contados de fecha afecha, que finalice el día anterioral de devengo (fallecimiento).
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1/3
P
CAUSANTE
H2
M
V
H3H1
1/3 1/3
Usufructo 100%
(no lo pierde si contrae nuevo matrimonio)
Posibilidad de conmutar el usufructo por la plena propiedad ¼ activo neto+ usufructo vivienda habitual
¿Qué ocurre en Catalunya si no hay testamento?
Causante casado y con hijos:
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CAUSANTE
P M
V3/4
Plena Propiedad
1/8 1/8 (Legítima)
¿Qué ocurre en Catalunya si no hay testamento?
Causante casado sin hijos
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Regla general: aplica el principio de libertad de testar
Hay ciertas limitaciones legales y condicionantes:
Régimen económico matrimonial del empresario
Legítima: atribución legal forzosa a determinados parientes Cargas o gravámenes de origen sucesorio (fideicomiso,
usufructos, etc…)
Clases de testamentos: Testamento abierto o notarial Testamento cerrado Testamento ológrafo (“de puño y letra”)
Otras formas: codicilo y memoria testamentaria
El testamento
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Número Testamentos Población %
España 565.740 47.021.031 1,20%
Cataluña 109.026 7.512.381 1,45%
Fuente: INE y Anuario Estadístico de la Dirección General de Registros y del Notariado
Testamentos notariales otorgados en España (2009)
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1. Equiparación de los derechos sucesorios del cónyuge viudo y de lapareja de hecho sobreviviente.
Pareja estable: comunidad de vida análoga a la matrimonial que se presume en los siguientes casos:
a) Si la convivencia dura más de dos años ininterrumpidos
b) Si durante la convivencia tienen un hijo en común
c) Si formalizan la relación en escritura pública
2. Derechos del cónyuge viudo/pareja (ab intestato y cuarta viudal).
3. La legítima es del 25%
4. Validez de los pactos sucesorios.
Puntos clave a considerar en la herencia de la empresa familiar
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¿QUÉ DERECHOS TIENE EL CÓNYUGE SI NO HAY TESTAMENTO O PACTO SUCESORIO?
El viudo tiene derecho durante toda su vida al usufructo sobre el 100%de la herencia (y no lo pierde aunque se case de nuevo o tenga pareja)
El cónyuge puede exigir sustituir el derecho de usufructo por:
1.El derecho a disfrutar de la vivienda habitual y, además,
2. La plena propiedad del 25% del patrimonio hereditario netoo el equivalente en dinero.
Derechos del cónyuge viudo o pareja de hecho
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El viudo tiene derecho a reclamar la cuarta viudal
Requisitos para su reclamación: “no tener recursos para lasatisfacción de las necesidades”.
Cuantía: hasta ¼ activo hereditario neto.
No cabe renuncia anticipada en capítulos matrimoniales.
Plazo reclamación: 3 años
Derechos del cónyuge viudo o pareja de hecho
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3/4
Libre disposición
A favor de hijos o, en defecto, nietos, o padre
1/4
Viudo/a: Dº a la quarta vidual(hasta ¼)
La legítima catalana
La legítima es una porción de bienes sobre los que el
testador no puede disponer pues la ley la reserva a los llamados
“herederos forzosos”
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Los pactos sucesorios y la empresa familiar
El Protocolo Familiar es un instrumento útil, pero jurídicamente incompletopara fijar la Política de sucesión de la Propiedad de la EF.
Necesidad de Instrumentos jurídicos de desarrollo:
1. Estatutos Sociales Pacto de Sindicación
2. Pactos Matrimoniales Separación de bienes
3. Testamento Personal y revocable.
4. Pactos Sucesorios Admitidos en Catalunya desde 1.01.2009
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¿Qué es un pacto sucesorio?
Es un contrato entre dos o más personas (Fundadores e hijos) para regularla sucesión por causa de muerte, mediante designación de herederos (pactode heredamiento) y/o de beneficiarios de la EF (pacto de atribuciónparticular).
Los pactos sucesorios y la empresa familiar
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Diferencias con el testamento:
Testamento Pacto Sucesorio
Sujetos Personal 2 ó más personas
Contenido No limitado No limitado
Eficacia Revocable Irrevocable
Forma Notarial
Manuscrito (ológrafo)
Escritura pública
Capitulaciones matrimoniales
Publicidad Registro AAUV Registro AAUV
Reg. Propiedad/Mercantil
Los pactos sucesorios y la empresa familiar
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¿Quiénes pueden otorgar pacto sucesorio?
1. Cónyuges y parejas de hecho. Pareja de hecho: convivencia mínima
2 años/escritura pública/ hijo en común.
2. Parientes en línea directa y en línea colateral hasta el 4º gradopor consanguinidad o afinidad (primos y sus cónyuges),
3. Parientes consanguíneos del cónyuge hasta el 2º grado (suegro,cuñados, etc..).
No pueden pactarlo los socios que no tengan relación familiar
¿Quién o quiénes pueden ser beneficiarios?
Cualquier persona, familiar o tercero.No es obligatorio que firme el pacto, pero sí conveniente.
Los pactos sucesorios y la empresa familiar
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¿SON IRREVOCABLES? Sí, excepto cuando se dé alguno de estos
supuestos:
1. Acuerdo de las partes que lo firmaron.
2. Nulidad (error, engaño, etc..).
3. Incumplimiento de causas o cargas pactadas, o de la finalidad expresadadel pacto (mantenimiento del sucesor en el gobierno de la empresa).
4. Divorcio, separación o nulidad del matrimonio/pareja no es causa derevocación del pacto, salvo disposiciones a favor del cónyuge o familiaresde éste.
5. Cambio sustancial y sobrevenido de las circunstancias.
Los pactos sucesorios y la empresa familiar
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Prevención: ¿Por qué hacer testamento o pacto sucesorio?
Para proteger los derechos de los menores: administración patrimonial
Evitar pleitos y discusiones entre los miembros de la familia. Designación de árbitro
Para realizar una planificación tributaria eficiente (análisis previo del coste de las decisiones)
Para reequilibrar situaciones
Para determinar los derechos del cónyuge viudo
Para separar patrimonio personal y empresarial
PARA ASEGURAR LA VOLUNTAD DEL EMPRESARIO
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Prevención: ¿Por qué hacer testamento o pacto sucesorio?
Permite diseñar estrategias para la transmisión y conservación de la empresa familiar
El pacto sucesorio puede incluir estipulaciones propias del protocolo familiar
El pacto sucesorio al ser irrevocable garantiza al sucesor de la empresa familiar y ayuda a que se implique en la
compañía
PARA ASEGURAR LA VOLUNTAD DEL EMPRESARIO
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Prevención: ¿Por qué hacer testamento o pacto sucesorio?
Ejecutar la voluntad testamentaria
Administrar el caudal hereditario y entregar los bienes
Realizar operaciones de reestructuración en su caso
NOMBRAMIENTO DE ALBACEA PARA
No hay que tener pereza en cambiar el testamento: hay que revisarlo periódicamente y adaptarlo en función de los cambios legales,
patrimoniales y personales
No tener hecho testamento o pacto sucesorio pone en riesgo la continuidad de la empresa familiar
Marco tributario (i): fiscalidad de la empresa familiar
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Propiedad
EmpresaFamilia
Consideraciones generales sobre la estructura organizativa y régimen fiscal de la empresa familiar
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PROPIEDAD FAMILIAEMPRESA
Estructura empresarial
Estatutos. Poderes
preventivos. Implantar
prácticas de buen
gobierno y códigos de
conducta
Organización accionarial
Organización Patrimonio
Inmobiliario. Pactos
sociales y parasociales.
Diseño corporativo del
grupo
Concretar las preferencias de
la familia. Testamento /
Capitulaciones matrimoniales.
Protocolo Familiar. Pactos
sucesorios. Documentos de
tutela y autotutela. Poderes
preventivos.
Planificación fiscal
Retribución Directivos
y Consejeros
Financiación
Internacionalización.
Operaciones vinculadas
Consolidación fiscal
Impuesto sobre el
Patrimonio
Retribución a la
propiedad
Transmisión de acciones
Flujo de capitales
Inversiones de terceros
Impuesto sobre
sucesiones y
donaciones
Retribución a los
órganos familiares
Consideraciones generales sobre la estructura organizativa y régimen fiscal de la empresa familiar
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La competencia en un mundo globalizado... Necesidad estratégica de incrementar
Expansión
Financiación
Tamaño
Consideraciones generales sobre la estructura organizativa y régimen fiscal de la empresa familiar
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Diferentes tipos de familiares:
Ejecutivos
Trabajadores
Accionistas
Objetivo: Profesionalización
Aspectos claves en la gestión de la empresa familiar transcendencia y
optimización fiscal
EstructuraEmpresaFamiliar
Remuneración de la familia
Financiación crecimiento InternacionalizaciónSucesión inter vivos – mortis causa
Consideraciones generales sobre la estructura organizativa y régimen fiscal de la empresa familiar
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El empresario debe decidir la fuente de financiación más apropiada de entre las existentes
FUENTES INTERNAS
capital del propio accionista
reinversión de beneficios
préstamos sindicados
Deuda bancaria
préstamos hipotecarios
líneas de descuento
Deuda con terceros
créditos participativos
titulización
Obligaciones y bonos convencionales
Recursos propios socio financiero socio industrial mercado de capitales
Otros subvenciones sociedad de garantía
reciproca
FUENTES EXTERNAS
Consideraciones generales sobre la estructura organizativa y régimen fiscal de la empresa familiar
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GRACIAS POR SU ATENCIÓN
Xavier Calaf - [email protected]
María Moína - [email protected]