• Elaboración y aprobación de planos y mapas cartográficos oficiales; geodesia. N.C.P.E.
• Expropiación de inmuebles por razones de utilidad y necesidad publica, conforme al procedimiento establecido por ley.
N.C.P.E.
• Elaboración y ejecución de planes de ordenamiento territorial y de uso de suelos, en coordinación con los planes del nivel central del Estado municipales e indígena originario campesino.
N.C.P.E.
• construcción y mantenimiento de aeropuertos públicos departamentales.
N.C.P.E.
• Catastro urbano enel ambito de su jurisdiccion en conformidad a los preeceptos y parametros tecnicosestablecidos para los gobiernos municipales.
N.C.P.E.
• Aprobar, regular, fiscalizar y coordinar la ejecución de los planes de ordenamiento territorial del municipio. En concordancia con las normas departamentales y nacionales de acuerdo a criterios técnicos.
L.M.
• Cumplir y hacer cumplir las normas especiales nacionales y municipales de uso se suelo, subsuelo, sobresuelo, agua y recursos naturales.
L.M.
• Fomentar y participar en la generación de condiciones técnicas y financieras sostenibles destinadas a la construcción de vivienda en el marco de los programas nacionales y departamentales.
L.M.
• Demoler las construcciones que no cumplan con la normativa del uso de suelo, subsuelo y sobresuelo con la normativa urbanística.
L.M.
• Reubicar luego de un proceso técnico-administrativo-jurídico sin que medie expropiación ni compensación el uso destinado a vivienda, industriales o cualquier otro carácter que afecte el plan de ordenamiento urbano y territorial.
L.M.
• Ejecutar planes y programas que permitan eliminas o reducir las causas y efectos de los desastres naturales y provocados por el hombre.
L.M.
• Construir y equipar la infraestructura en los sectores de educación, salud, cultura, deportes, micro riego, saneamiento básico, vías urbanas y caminos vecinales,
L.M.
• Reglamentar, diseñar, construir, administrar y mantener los lugares de esparcimiento y recreo publico , mercados, mataderos, frigoríficos públicos, mingitorios, cementerios y crematorios públicos en el marco de las normas de uso de suelos.
L.M.
• Otorgar en concesión al sector privado y establecer mecanismos de financiamiento para la construcción, equipamiento y mantenimiento de infraestructura y servicios en los sectores de salud, educación, cultura, deportes…
L.M.
• Normar, regular controlar y fiscalizar la prestación de servicios públicos y explotaciones económicas y de recursos otorgados al sector privado en el área de su jurisdicción.
L.M.
• Administrar el equipamiento , mantenimiento y mejoramiento de los bienes muebles e inmuebles de propiedad del municipio.
L.M.
• Administrar el sistema de catastro urbano y rural en forma directa o a través de terceros de acuerdo con normas técnicas emitidas por el poder ejecutivo.
L.M.
• Conocer los tramites de adjudicaciones , expropiaciones, concesiones, licitaciones, contratos y convenios que los órganos departamentales y nacionales realicen en su jurisdicción.
L.M.
• Expropiar inmuebles por razones de necesidad o utilidad publica o cuando no cumplan una función social, previa indemnización justa.
L.M.
• Expansión y mantenimiento de vías de acceso a frentes de producción, infraestructura de caminos vecinales, captaciones de agua y micro riego y otra infraestructura productiva de carácter publico.
Ley dialogo
nacional
art. 13º b
• Cofinanciamiento de programas destinados a planes de ordenamiento territorial, desarrollo de catastros y sistemas de registro de derechos de propiedad.
Ley dialogo
nacional
art.13º b
• Infraestructura publica de apoyo al turismo.
Ley dialogo
nacional
art. 13º e
• Ampliación, refacción y construcción de infraestructura escolar , salud y sistemas de alcantarilladlo y saneamiento básico.
Ley dialogo
nacional
art. 13º f
• Provisión de infraestructura , proceso pedagógicos y equipamiento para mejorar la calidad y promover la equidad de la educación escolar.
D.S.28421
Distribución
I.D.H.
• Proyectos de infraestructura publica.Ley de
competencias
municipales.
N.C.P.E.
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