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INFORME DE EVALUACIÓN PRELIMINAR DE OFERTAS
SOLICITUD PÚBLICA DE OFERTAS No. DG-003-2017
Objeto:
El objeto del presente proceso de contratación es seleccionar a la persona jurídica y/o natural especializada que le preste a DISPAC el servicio ejecución del contrato para el proyecto: “CONTRATO DE OBRA PARA EL SUMINISTRO, TRANSPORTE E INSTALACION DE COMPONENTES DE REDES PARA LA INTERCONEXION ELECTRICA AL SISTEMA DE DISTRIBUCION DE 16 CORREGIMIENTOS INICIANDO DESDE SANCENO, INCLUYENDO LAS MERCEDES, NEGUÁ LLEGANDO A SANTA LUCIA DEL FUERTE EN EL MUNICIPIO DE QUIBDÓ DEL DEPARTAMENTO DEL CHOCÓ”.
Bogotá D.C. 22 de junio de 2017
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Contenido
1. ANTECEDENTES .................................................................................................. 3
2. EVALUACIÓN ....................................................................................................... 3
2. DOCUMENTOS Y REQUISITOS HABILITANTES .................................................... 7
3. EVALUACIÓN FINANCIERA ................................................................................ 10
4. EVALUACIÓN TÉCNICA ...................................................................................... 11
5. EVALUACIÓN ECONÓMICA ................................................................................ 13
6. CONCLUSIÓN FINAL .......................................................................................... 14
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1. ANTECEDENTES La Distribuidora del Pacífico S.A. E.S.P. – DISPAC S.A. E.S.P. fue creada el 11 de diciembre del 2001 con aportes de la Nación y de otras empresas de servicios públicos, bajo la estructura de una empresa de servicios públicos de carácter mixta, cuyo objeto social es principalmente la prestación del servicio público domiciliario de energía eléctrica en el Departamento del Chocó. DISPAC tiene su domicilio en la ciudad de Quibdó, Departamento del Chocó y tiene oficinas en la ciudad de Bogotá D.C. La Empresa Distribuidora del Pacífico S.A. E.S.P. en desarrollo del proceso de selección para contratar persona natural y/o jurídica que le preste el servicio de ejecución del proyecto “CONTRATO DE OBRA PARA EL SUMINISTRO, TRANSPORTE E INSTALACION DE COMPONENTES DE REDES PARA LA INTERCONEXION ELECTRICA AL SISTEMA DE DISTRIBUCION DE 16 CORREGIMIENTOS INICIANDO DESDE SANCENO, INCLUYENDO LAS MERCEDES, NEGUÁ LLEGANDO A SANTA LUCIA DEL FUERTE EN EL MUNICIPIO DE QUIBDÓ DEL DEPARTAMENTO DEL CHOCÓ”, cuenta con los recursos para ejecutar el proyecto para lo cual fueron expedidos los certificados de disponibilidad presupuestal número 3000000415 de fecha 05 de mayo de 2017 para la vigencia 2017 y para la vigencia futura 2018 número 3000000417 del 05 de mayo de 2017. Los recursos para el pago de los servicios objeto del contrato, provienen del contrato FAER GGC 371 – 2016 Para el proceso de contratación, los días 03 y 05 de abril de 2017 se dio aviso en el periódico de circulación nacional La Republica, la apertura del proceso de selección del contratista para ejecutar las obras del proyecto y publicación en la página Web de DISPAC S.A. E.S.P y en el SECOP se realizó el 18 de mayo de 2017. El plazo máximo de entrega para cumplir con el objeto del contrato es de doce (12) meses contados a partir de la fecha de suscripción del acta de iniciación de labores, la que se deberá suscribir máximo dentro de los 15 días calendario después de la firma del contrato. De todas formas, la fecha límite de entrega para cumplir con el objeto de la presente invitación es el 01 de septiembre de 2018. Las ofertas que presenten tiempo de entrega de la obra superior al establecido no se considerarán para evaluación.
2. EVALUACIÓN El comité evaluador designado por el ordenador del gasto está compuesto por DAFUD JOVANY IZA DOMINGUEZ director administrativo y financiero (evaluación financiera), RICARDO ARTURO RIBERO ROJAS asesor técnico proyecto (evaluación técnica), JOSE MANUEL JAIMES GARCIA asesor jurídico (evaluación jurídica) y MELISSA RODRIGUEZ CHADID ingeniera de apoyo al proyecto. Con base en lo estipulado en los mencionados términos de referencia y el cronograma de actividades, el 16 de junio de 2017, en las instalaciones de DISPAC S.A. E.S.P, en la ciudad de Bogotá, se llevó a cabo la recepción de una (1) oferta de la siguiente firma:
1. UNION TEMPORAL REDES ELECTRICAS QUIBDO
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A continuación se presentan las observaciones y preguntas recibidas de las firmas interesadas y las respectivas respuestas generadas:
OBSERVACIÓN 1. FSCR S.A.S –
“El numeral 27.3 "INDICADORES FINANCIEROS" de los términos de referencia del proyecto
DG-003-2017, establece que todos y cada uno de los integrantes del consorcio o unión
temporal deben cumplir con los indicadores solicitados. La empresa FSCR S.A.S, solicita
reconsiderar tal requisito, en el sentido que cuando se presente una propuesta en calidad de
consorcio o unión temporal los indicadores de los socios se sumen en proporción al porcentaje
de participación en la unión temporal o consorcio para alcanzar el total requerido. Lo anterior
considerando que la figura de unión temporal o consorcio se estableció como instrumento de
fortalecimiento para aquellas personas que individualmente no alcancen a ofertar por sus
condiciones propias:
RESPUESTA: Los términos están claros y pretenden buscar contratistas no solo con
experiencia en dichos temas sino también con la capacidad técnica y financiera suficiente
para adelantar dichas obras , por esta razón los términos deben ser tenidos en cuenta tal y
como están establecidos.
OBSERVACIÓN 2. XIOMARA FLOREZ –
1.) Señala el numeral 4 de la invitación: 4 PARTICIPANTES: Podrán participar en la presente
invitación pública las personas jurídicas y/o naturales nacionales, debidamente constituidas,
registradas en la cámara de comercio y con registro vigente de proponentes de la cámara de
comercio y que cumplan con los requisitos de experiencia y cuyo objeto o razón social
corresponda con el tipo de trabajos a realizar en estas obras.
El literal e) del numeral 26 DOCUMENTOS MÍNIMOS DE LA OFERTA, solicita como un requisito
NO SUBSANABLE, el Original del Certificado de Existencia y Representación Legal del
Oferente, expedido por la autoridad competente con una fecha de expedición no mayor a
treinta (30) días contados a partir de la fecha de cierre de la Solicitud de Ofertas. Como quiera
los participantes pueden ser personas naturales o jurídicas, las primeras no necesariamente
requieren contar con registro mercantil. El Código de Comercio en su artículo 23 determina
las actividades o actos que no son mercantiles, aduciendo que no se considera comercial “la
prestación de servicios inherentes a las profesiones liberales”. La Ingeniería, por ser una
profesión en la cual predomina el ejercicio del intelecto, se encuentra reconocida por el Estado
y para su ejercicio requiere la obtención de un título académico, no exige matricularse como
comerciante en el Registro mercantil.
Por lo anterior, solicitamos a ustedes aclarar el numeral 4 y literal e) del numeral 26 de los
Términos de Referencia, para excluir el registro mercantil de los requisitos habilitantes de las
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personas naturales y exigir únicamente el Registro Único de Proponentes con la matrícula
profesional de la persona natural oferente.
RESPUESTA: La apreciación del interesado no es correcta, ya que la convocatoria no está
dirigida a contratar un ingeniero, sino a la ejecución de un contrato de obra, lo cual es muy
diferente. Así las cosas es evidente, que quien quede a cargo de la construcción de una obra
de más de 10.000 millones de pesos, debe contar con una estructura empresarial consolidada,
de lo cual es requisito ineludible su acreditación por la Cámara de Comercio. En tal sentido
NO SE ACCEDE a lo solicitado
El inciso final de la Pagina 12 de los términos de referencia, señala que: el contratista debe
por su cuenta y a su costo, tramitar los permisos de uso de vías, de predios, permisos de
paso, servidumbre, compensaciones y demás gestión necesaria para la satisfactoria ejecución
de las obras objeto del presente proceso de Invitación donde se requiera, una vez se realicen
los ajustes de la ruta definitiva de las redes de media y baja tensión mediante el replanteo
del proyecto realizado en conjunto con la interventoría.
Así mismo, el literal b) de las obligaciones del contratista dispone que, es su deber: Requerir
al ente territorial, autoridades ambientales, líderes, representantes legales, capitanes,
caciques, consejos comunitarios, autoridades tradicionales, a los particulares o quienes
aplique, la constitución de servidumbres, permisos de paso o de cualquier índole,
compensaciones, requisitos ambientales o consultas previas, por donde se construirán las
nuevas redes de distribución correspondientes a este proyecto, requieran con el
acompañamiento de DISPAC – cuando ello fuese necesario antes de iniciar cualquier
actividad de obra como requisito previo a cualquier desembolso de dinero o al inicio de
actividades de obra.
Al respecto solicitamos a ustedes modificar tales obligaciones, y a su turno estipular que la
labor del contratista para la gestión de permisos de vías, predios, servidumbres y
compensaciones es de acompañamiento al ente territorial.
Lo anterior, por cuanto escapa al alcance del contratista dichos trámites y los mismo no
pueden ser valorados para la presentación de las ofertas.
Estos trámites ambientales y de ocupación deben corresponder al ente territorial beneficiado
con la obra, y el traslado de ello al contratista puede impedir la ejecución satisfactoria del
proyectos.
RESPUESTA: No procede por la siguiente razón: Como reza claramente los pliegos, DISPAC
actúa es como administrador de recursos de acuerdo al contrato que suscribimos con el
Ministerio, FAER 371, ello quiere decir que los estudios y toda la etapa previa deviene del
Ministerio no de DISPAC, igualmente el contrato FAER es explícito en indicar que DISPAC no
puede entregar dinero a título de anticipo o pago hasta tanto, no se acredite en forma expresa
y garantizada lo que el interesado quiere que se elimine de los pliegos, en tal sentido DISPAC
no puede apartarse de las directrices dadas por el MINISTERIO DE MINAS Y ENERGIA.
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Señala la invitación en el numeral 8.1 lo siguiente: “Debido a la longitud tan larga de las líneas
de 13.2 KV, y para minimizar la caída de tensión, se instalarán reguladores de voltaje así:
cerca al nodo 1 (450 KVA) y en el sector de la ye (nodo 6) se instalarán otros dos reguladores
uno por cada ramal, uno de 250 y el otro de 150 kVA. Estos reguladores mantienen el voltaje
de la línea dentro de valores lo más cercanos posible al valor nominal, funcionan
automáticamente, ya que vienen equipados con un sistema de control que realiza los cambios
y que puede ser programado de acuerdo a las características propias de la línea en que se
instalarán, vienen con 32 pasos de control para mantener el voltaje entre más o menos 10
% del valor nominal”. A pesar de lo anterior, en el formulario de cantidades de obra este ítem
no aparece. Solicitamos aclarar.
RESPUESTA: Estos reguladores no deben ser incluidos ni considerados en la oferta.
Solicitamos en las cantidades de obra del presupuesto oficial, ítem 3.13 “suministro e
instalación banco de condensadores trifásico 60 kVA unidad 2” indicar claramente las
características técnicas de las mismas
RESPUESTA: CONDENSADORES EN MT: ● 3 bushings (conexión delta); ● Desde 50 kvar
hasta 450 kvar; ● Desde 1 kV hasta 12 kV; ● BIL hasta 75kV (Ui=12kV) .
Solicitamos aclarar: En el presupuesto oficial, ítem 4.2 y 4.3 se estiman 33,89 KM de red en
cable ecológico; sin embargo en el capítulo 3 “vestida / armada postes de media tensión” no
se consideran las estructuras para este tipo de cable.
RESPUESTA: Es cable ecológico montado en estructura convencional.
Para la certificación Retie se asume para red de media tensión, subestación en poste y redes
áreas de baja tensión?
RESPUESTA: Es correcto
Con respecto al ítem 9.6 del cuadro de cantidades y precios, denominado “medidor de energía
eléctrica monofásico tipo prepago”, solicitamos aclarar especificaciones técnicas
RESPUESTA: se tomar como base la norma EPM RA6-O16: normas de montajes
complementarios - instalación del medidor de energía prepago
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2. DOCUMENTOS Y REQUISITOS HABILITANTES
De conformidad con los Términos de Referencia se procedió a iniciar el proceso de evaluación,
en cuya primera etapa se verificó el contenido de las ofertas y el valor de la oferta obteniendo
los siguientes resultados.
VALOR PROPUESTA $10.228.269.500
OFERTA EN SMMLV 13865
OFERENTES UNION TEMPORAL REDES
ELECTRICAS QUIBDO
La oferta está en el rango de 95% ppto of <= $ oferta <=
ppto oficial HABILITANTE HABILITADO
Copia de comprobante de pago del derecho a participar.
No subsanable HABILITADO
Índice con la relación precisa de todos los documentos que
conforma la oferta, indicando el número de página donde
se encuentran, Subsanable
CUMPLE
Carta de presentación de la propuesta según el Anexo No.
1. No Subsanable CUMPLE
Carta de Aval de la propuesta según Anexo 2 firmada por
un Ingeniero Eléctrico ó Electricista con matrícula
profesional vigente. Subsanable
CUMPLE
Copia de la Matricula profesional del ingeniero Eléctrico o
Electricista que avala la propuesta y certificación de
antecedentes disciplinarios no mayor a 30 días.
Subsanable
CUMPLE
Original del Certificado de Existencia y Representación
Legal del Oferente, expedido por la autoridad competente
con una fecha de expedición no mayor a treinta (30) días
contados a partir de la fecha de cierre de la Solicitud de
Ofertas, junto con la Autorización al Representante Legal
para contratar con DISPAC en los casos que no esté
facultado para comprometerse directamente. Si se trata de
un Consorcio o Unión Temporal se debe adjuntar el
certificado de cada uno de los consorciados o miembros de
la unión. No Subsanable
N/A
Personas Jurídicas o Personas Naturales: Mínimo cinco (5)
años de creada CUMPLE
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Para consorcio o uniones temporales se sumara la
experiencia de sus integrantes las cuales deberán totalizar
mínimo cinco años
CUMPLE
Original del certificado vigente del Registro Único de
Proponentes de la Cámara de Comercio de su localidad
respectiva con expedición no mayor a treinta días,
clasificados en el Clasificador de Bienes y Servicios de
Naciones Unidas (UNSPSC) en los códigos 811017
INGENIERIA ELECTRICA Y ELECTRONICA y 831018
SERVICIOS ELECTRICOS. Para consorcios o uniones
temporales, todos los integrantes deben reunir este
requisito para que su oferta sea tenida en cuenta.
Subsanable.
CUMPLE
Certificado del RUT. Si se trata de un Consorcio o Unión
Temporal se debe adjuntar para cada uno de los
consorciados o miembros de la unión. Subsanable
CUMPLE
Póliza de seriedad de la oferta para entidades del sector
de servicios ley 142 y 143 de 1994 a cargo del proponente
y a favor de la Empresa Distribuidora del Pacífico SA ESP
NIT 818001629-4 por un valor del 10% (diez por ciento)
del total de la oferta (incluido el IVA) y una vigencia de
tres meses (3) contados a partir de la fecha de cierre de la
presente licitación Pública a Ofertar. En caso de
consorcios o uniones temporales esta debe ir firmada por
cada uno de los representantes legales y conformantes de
las firmas consorciadas o uniones temporales. No
subsanable
CUMPLE
Constancia original de pago de la prima por la Garantía del
numeral anterior. Subsanable CUMPLE
En caso que el oferente sea un Consorcio o Unión
Temporal, deberá presentar documento de conformación
del mismo DONDE CONSTE QUE LA RESPONSABILIDAD
ES SOLIDARIA. Cada uno de los miembros del Consorcio o
Unión Temporal debe presentar Original del Certificado de
Existencia y Representación Legal del Oferente en caso
que sea persona jurídica, o Registro Único de Proponentes
de la Cámara de Comercio en caso de las personas
naturales. No Subsanable
CUMPLE
Cuadros de precios y cantidades de la oferta económica
según Anexo No. 3 en medio escrito. No Subsanable CUMPLE
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CD con el (los) archivo (s) en formato Excel de los cuadros
de valores de la oferta económica y con los respectivos
APU. El CD debe estar en buen estado y etiquetado con el
número y nombre de invitación a cotizar. Subsanable
CUMPLE
Certificaciones de experiencia y/o actas de liquidación final
debidamente firmadas por las entidades competentes, de
los contratos que el oferente aporta como experiencia
acreditada según lo exigido en los requisitos habilitantes
de la oferta. Subsanable
CUMPLE
Certificaciones de experiencia del personal profesional
ofrecido junto con las correspondientes hojas de vida y
cartas de intención de participar en el proyecto
debidamente firmadas por estos profesionales. Diligenciar
cuadro de Anexo 4A (ver en este anexo personal mínimo
exigido). Subsanable
CUMPLE
Cronograma detallado de actividades a realizar.
Subsanable CUMPLE
Declaración juramentada en la que se identifique
plenamente las personas naturales o jurídicas que se
beneficiarían con la celebración del contrato si resultan
seleccionados, así como el origen de sus recursos. Lo
anterior con el fin de prevenir actividades u operaciones
de lavado de activos y dar cumplimiento al artículo 37 de
la Ley 142 de 1994. Anexo No 6. Subsanable
CUMPLE
Certificación de Antecedentes de Responsabilidad Fiscal de
la empresa y del representante Legal expedido por la
Contraloría General de la República. Subsanable
CUMPLE
Certificación de Antecedentes DISCIPLINARIOS de la
empresa y del representante Legal expedido por la
PROCURADURIA GENERAL DE LA NACION. Subsanable
CUMPLE
Última Declaración de renta presentada 2015 o 2016
Subsanable CUMPLE
Estados financieros con notas correspondientes a la última
declaración de renta presentada 2015 o 2016.
Subsanable
CUMPLE
En caso que no se observe en el certificado de cámara de
comercio quienes son los socios, deberá adjuntarse
certificación suscrita por el representante legal y el revisor
fiscal que acredite los nombres de quienes son los socios
CUMPLE
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de las empresa y sus porcentajes de participación.
Subsanable
Certificado visita obligatoria. Para consorcios o uniones
temporales, al menos uno de los integrantes debe reunir
este requisito para que su oferta sea tenida en cuenta.
Subsanable (Siempre y cuando se haya asistido)
CUMPLE
CONCLUSIÓN: De conformidad con los Términos de Referencia se concluye que la firma UNION TEMPORAL REDES ELECTRICAS QUIBDO cumple con los requisitos y aporta la documentación solicitada para continuar con la evaluación.
3. EVALUACIÓN FINANCIERA
Para la evaluación financiera se analizaron los siguientes indicadores:
UNION TEMPORAL REDES ELECTRICAS QUIBDO
JOSE DAIRO ROMAN SALAZAR MAURICIO SALAZAR SIERRA
Índice de Liquidez >= 1,5 Activo corriente sobre pasivo corriente.
($2.731.903.000/$174.822.000) = 15,63 - CUMPLE
($16.887.106.234/$4.597.118.302) = 3,67 - CUMPLE
Nivel de endeudamiento <= 0,6 Pasivo total sobre activo total.
($970.039.000/$3.302.623.000) = 0,29 - CUMPLE
($6.964.855.130/$18.156.571.002) = 0,38 - CUMPLE
Capital de trabajo = Activo corriente menos pasivo corriente.
($2.731.903.000-$174.822.000) = $2.557.081.000
($16.887.106.234-$4.597.118.302) = $12.289.987.932
Capital de trabajo >= 50% del valor de la oferta, Para el caso de que sea un consorcio el cumplimiento de la capacidad financiera se evaluara teniendo en cuenta la sumatoria de los valores individuales de cada miembro del oferente
25% - CUMPLE 120% - CUMPLE
Razón de cobertura de intereses: >=2,5. Utilidad o Pérdida Operacional sobre Patrimonio.
($447.914.000/$0) = INDEF. - CUMPLE
($2.376.036.586/$56.165.804) = 42,30 - CUMPLE
50% del valor de la oferta $5.114.134.750
Ingresos anuales acreditados en la última declaración de renta presentada
$3.162.800.000 $12.601.880.000
Un mínimo de ingresos anuales acreditados en la última declaración de renta obligada a presentar, superiores al 50% del valor de esta oferta
NO CUMPLE CUMPLE
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Conforme a lo establecido en los Términos, el oferente debe cumplir con por lo menos 4 de los indicadores financieros, el oferente UNION TEMPORAL REDES ELECTRICAS QUIBDO y sus integrantes cumplen con al menos 4 de los indicadores antes mencionados.
4. EVALUACIÓN TÉCNICA
Para que la oferta sea habilitada para continuar en el proceso de selección El oferente deberá acreditar con certificaciones que ha ejecutado de contratos cuya ponderación arroje que sumados sean mayor(es) o igual(es) al valor de la oferta expresado en SMMLV terminados como máximo en los últimos 10 años, cuyo alcance considere específicamente los grupos de actividades de proyectos de electrificación rural, ampliación, construcción, remodelación y/o normalización de redes de media tensión y/o distribución de energía eléctrica, y/o construcción y/o normalización de redes de baja tensión y/o instalaciones eléctricas, y/o instalación y/o cambio de medida de energía eléctrica. Para las experiencias aportadas donde el oferente hacía parte de un consorcio o unión temporal solo se tendrá en cuenta la parte equivalente en proporción a su participación en dicho contrato. En el caso de Consorcio o Unión Temporal, cada uno de los integrantes deberá diligenciar el formato y presentar su respectiva documentación. Cada uno de los integrantes de los consorcios o uniones temporales debe tener al menos el 50% de la experiencia específica solicitada, en caso contrario la propuesta no será considerada. La experiencia específica de los Consorcios o Uniones Temporales, se establecerá sumando la experiencia específica presentada por cada uno de los miembros. Se debe adjuntar el documento de constitución del consorcio o unión temporal que certifique la participación correspondiente. Para la evaluación por experiencia del proponente, se asignará un puntaje de cero (0) a CIEN (100) puntos, teniendo en cuenta la sumatoria en SMMLV de los valores de los contratos acreditados por encima de los exigidos como requisito habilitante (mínimo 100% del valor de presupuesto oficial) llevados a salarios mínimos al momento de la liquidación de los mismos, según la siguiente tabla: Valor presupuesto oficial en SMMLV: 13.872
CONTRATOS ACREDITADOS VALIDADOS
PUNTAJE
experiencia < 1.5 veces valor oferta 20
1.5 veces valor oferta <= experiencia <= 2 veces valor de la oferta 50
experiencia> 2 veces valor oferta 100
El oferente presentó las siguientes certificaciones aplicables:
12
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F40-45-02-6
Dirección: QUIBDÓ – Carrera 7° No. 24 – 76 PBX: (4) 6709722 - Fax (4) 6724119 BOGOTÁ – Avenida 26 No.69D-91 Oficina 307 PBX: (1) 4672203-(1) 4672204 / 05 /06
Centro Empresarial Arrecife Torre 2
www.dispac.com.co
SA – 0050 NTC-ISO
GP – 0001 NTCGP-
SS – 0041 NTC-OSHAS
SC – 0139 NTC-ISO
UNION TEMPORAL REDES ELECTRICAS QUIBDO
Valor Facturado en Contratos similares al objeto de los términos
INTEGRANTE 1: JOSE DAIRO ROMAN SALAZAR
Contrato CONTRATANTE VALOR % de
participación en consorcio
Año de
liquidación contrato
Valor contrato
según su participación
en consorcio
Valor
contrato en SMMLV
1 GENSA $ 2.316.943.588 100% 2007 $2.316.943.588 5.342
2 GENSA $ 550.218.824 100% 2009 $550.218.824 1.107
3 INVAMA $ 104.485.136 100% 2009 $104.485.136 210
4 MUNICIPIO DE MEDIO BAUDO
$ 1.118.394.582 100% 2010 $1.118.394.582 2.172
5 INVAMA $ 98.612.000 100% 2010 $98.612.000 191
6 INVAMA $ 104.853.285 100% 2010 $104.853.285 204
7
CONSORCIO
ENERGIA ALTO
BAUDO
$ 1.063.997.439 100% 2012 $1.063.997.439 1.878
8 MUNICIPIO DE
MARULANDA $ 115.650.000 100% 2013 $115.650.000 196
9 GENSA $ 1.486.499.704 100% 2014 $1.486.499.704 2.413
10 GENSA $ 215.799.218 100% 2014 $215.799.218 350
11 GENSA $ 1.766.524.569 100% 2014 $1.766.524.569 2.868
12 GENSA $ 534.775.617 100% 2014 $534.775.617 868
13 DISPAC $ 4.254.919.233 100% 2017 $4.254.919.233 5.768
TOTAL 23.567
INTEGRANTE 2: MAURICIO SALAZAR
Valor Facturado en Contratos similares al objeto de los términos
Contrato CONTRATANTE VALOR % de
participación en consorcio
Año de
liquidación contrato
Valor contrato
según su participación
en consorcio
Valor
contrato en SMMLV
1 ENERTOLIMA $ 3.901.544.299 100% 2012 $3.901.544.299 6.885
2 ENERTOLIMA $ 4.001.665.313 100% 2014 $4.001.665.313 6.496
3 ENERTOLIMA $ 8.895.229.579 100% 2014 $8.895.229.579 14.440
TOTAL 27.821
De acuerdo con la información de los valores de los contratos de experiencia acreditados (SMMLV), el proponente se le asigna un puntaje de 100, dado que la sumatoria Cada uno de los integrantes de los consorcios o uniones temporales debe tener al menos el 50% de la experiencia específica solicitada.
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Dirección: QUIBDÓ – Carrera 7° No. 24 – 76 PBX: (4) 6709722 - Fax (4) 6724119 BOGOTÁ – Avenida 26 No.69D-91 Oficina 307 PBX: (1) 4672203-(1) 4672204 / 05 /06
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GP – 0001 NTCGP-
SS – 0041 NTC-OSHAS
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5. EVALUACIÓN ECONÓMICA
Se valida el valor de la oferta con las correcciones aritméticas donde apliquen que se podrían originar solo por los siguientes ítems:
a) La multiplicación de las columnas “CANTIDAD” por “PRECIO UNITARIO” del formulario.
b) Las sumas correspondientes a la columna “VALOR TOTAL” del formulario. c) El ajuste al peso ya sea por defecto o por exceso de los precios unitarios o globales.
Se descartarán las propuestas que estén por encima del valor del presupuesto oficial o un 5% por debajo de este. Una vez revisada y corregida la propuesta económica, el valor total corregido será el que primará para efectos de calificación y posterior adjudicación de contrato. A partir del valor total de las propuestas se asignará un puntaje máximo de novecientos (900) puntos, de acuerdo con el siguiente procedimiento:
a) Se calculará la media geométrica del valor corregido, si a ello hubiere lugar, de las propuestas habilitadas, incluyendo una vez el presupuesto oficial. Según la siguiente fórmula:
donde: Es la media geométrica = MG. Xi Son los valores de las propuestas habilitadas incluyendo una vez el presupuesto oficial. Una vez obtenida la media geométrica se calcularán las desviaciones en valor absoluto del valor de las propuestas con respectos a la media geométrica calculada según la siguiente fórmula:
di = MG–Xi donde: di Es la desviación de la propuesta i.
Se asignará puntaje por precio, mediante la siguiente fórmula:
Puntaje por precio = 900 X 𝑚𝑒𝑛𝑜𝑟 𝑑𝑒𝑠𝑣𝑖𝑎𝑐𝑖ó𝑛 𝑐𝑎𝑙𝑐𝑢𝑙𝑎𝑑𝑎
𝑑𝑒𝑠𝑣𝑖𝑎𝑐𝑖ó𝑛 𝑑𝑒 𝑙𝑎 𝑜𝑓𝑒𝑟𝑡𝑎 𝑒𝑣𝑎𝑙𝑢𝑎𝑑𝑎
El puntaje obtenido para cada propuesta se aproximará a la centésima del valor (dos cifras decimales), así: Cuando la milésima sea igual o superior a 5, se aproximará por exceso, y cuando sea inferior a 5 se aproximará por defecto
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GP – 0001 NTCGP-
SS – 0041 NTC-OSHAS
SC – 0139 NTC-ISO
PRESUPUESTO OFICIAL
$10.233.726.566 MEDIA GEOMETRICA
95% $9.722.040.237,70 $ 10.230.997.669,16
PROPONENTE VALOR PROPUESTA di PUNTAJE
UNION TEMPORAL REDES ELECTRICAS QUIBDO
$10.228.269.500 $2.728.169,16 900,00
Oferente Valor propuesta Puntaje asignado
UNION TEMPORAL REDES ELECTRICAS QUIBDO
$10.228.269.500 900
Conforme al valor del certificado de disponibilidad presupuestal y al presupuesto oficial de $10.233.726.566, se observa que la propuesta presentada por el proponente $10.228.269.500, no sobrepasa el límite presupuestal establecido para la ejecución del proyecto y está sobre el 95% del presupuesto oficial, por tanto cumple con lo requerido. El puntaje total es el siguiente:
Oferente Evaluación Técnica
Puntaje por evaluación económica
Total puntaje
UNION TEMPORAL REDES ELECTRICAS QUIBDO
100 900 1000
6. CONCLUSIÓN FINAL
De conformidad con los Términos de Referencia y el Estatuto de Contratación de la empresa, el orden de elegibilidad es el siguiente:
1. UNION TEMPORAL REDES ELECTRICAS QUIBDO
EVALUADORES DAFUD JOVANY IZA DOMINGUEZ JOSE MANUEL JAIMES GARCIA EVALUACIÓN FINANCIERA EVALUACIÓN JURÍDICA
RICARDO ARTURO RIBERO ROJAS MELISSA RODRIGUEZ CHADID EVALUACIÓN TECNICA INGENIERA DE APOYO
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