UNIVERSIDAD FERMIN TOROVICERECTORADO ACADEMICO
FACULTAD DE CIENCIAS POLITICAS Y JURIDICASESCUELA DE DERECHO
BARQUISIMETO ESTADO LARA
PRINCIPIOS FUNDAMENTALES DEL DERECHO
CONSTITUCIONAL
INTEGRANTE:PRIETO CARLOS LUIS
C.I: 13.084.353PROF.
EMILY RAMIRE4Z
BARQUISIMETO 27 DE AGOSTO DEL 2.016
Para adentrar en el inicio del ensayo, es necesario conceptualizar
sobre el derecho constitucional, para así poder profundizar sobre los
principios fundamentales los cuales se encuentran en nuestra Constitución
en el título I, dentro de lo que se guía hacia la protección integral de sus
ciudadanos y de la República ya que son derechos irrenunciables de la
Nación: “la independencia, la libertad, la soberanía, la inmunidad, la
integridad territorial y la autodeterminación nacional”.
Ahora bien el Derecho Constitucional es aquel sistema conceptual y
normativo, que como disciplina jurídica, estudia los fundamentos esenciales
de la organización política jurídica del estado o la sociedad.” Es decir el
Derecho Constitucional estudia las instituciones políticas desde un ángulo
jurídico. Es por ello que el Derecho Constitucional es el sistema normativo
que regula las relaciones intersubjetivas entre el Estado (los que detentan el
poder político, los gobernantes) y los gobernados; estudiando y regulando
todas las instituciones jurídicas que conforman la organización jurídica del
Estado y de la sociedad.
El Derecho constitucional es pues así un método que articula y
norma las dimensiones diversas en que se presenta el poder. Pero es
también un medio de establecimiento, ejercicio y transmisión del poder
político. Y es la regulación de este poder lo que permite la libertad, por eso
el Derecho Constitucional ha sido definido como “técnica de la libertad”,
como instrumento para conseguir, perpetuar y ejercer la libertad.
En este orden de ideas, los principios que repuntan se dirigen en la
solidaridad social y el bien común, en cuanto todos son de sumo interés por
concurrir en la igualdad, cooperación, reciprocidad, promoviendo a su vez la
participación ciudadana y todos van en la voluntad popular. Por todo ello se
incorporan al texto constitucional como valores superiores del ordenamiento
jurídico del Estado y de su actuación, la vida, la libertad, la justicia, la
igualdad, la solidaridad, la democracia, la responsabilidad individual y
social, la preeminencia de los derechos humanos, la ética pública y el
pluralismo político, tal como se desprende del preámbulo de la
Constitución.
Entre los principios puedo señalar lo establecido en el Artículo 2 de
CRBV de 1999, Venezuela se constituye en un Estado democrático y
social de Derecho y de Justicia, que propugna como valores superiores de
su ordenamiento jurídico y de su actuación, la vida, la libertad, la justicia,
la igualdad, la solidaridad, la democracia, la responsabilidad social y en
general, la preeminencia de los derechos humanos, la ética y el pluralismo
político. Que enuncia como derecho fundamental de la persona a la libertad
y a la seguridad personales, entre otras palabras se puede observar como
nuestro Estado democrático y social de derecho, permite el respeto de sus
valores entre los cuales podemos ver el reflejo de los que para la vida del
individuo son importantes de velar, entre ellos la vida, libertad, porque sin
vida no puede haber libertad, sin vida y sin libertad no puede haber justicia
y así más claramente ver que son unos dependientes de otros, a mi modo de
ver tal como fue comentado por todos de manera unísona en la clase
presencial, que cada uno tiene un valor lineal, pues todos tienen un valor
supremo.
Otro de los principios fundaméntale que no se puede dejar de
analizar es el Articulo 3. “El Estado tiene como fines esenciales de defensa y
el desarrollo de la persona y el respeto a su dignidad, el ejercicio democrático de
la voluntad popular, la construcción de una sociedad justa y amante de la paz,
la promoción de la prosperidad y bienestar del pueblo y la garantía del
cumplimiento de los principios, derechos y deberes consagrados en esta
Constitución. La educación y el trabajo son los procesos fundamentales para
alcanzar dichos fines.”
Este artículo resalta los valores de la Educación, y del trabajo, que
tiene el Estado, como recursos esenciales para alcanzar los fines personales
y sociales, que requieren los ciudadanos, tales como; su defensa, su
desarrollo, el respeto a su dignidad, la promoción del bienestar y la
prosperidad social, el ejercicio democrático y además de permitir construir
una sociedad que establezca la justicia, defienda la paz, y garantice el
cumplimiento de los principios, derechos y deberes establecidos en la
Constitución.
Otro de los aspectos principales dentro de los principios
fundamentales de nuestra Carta Magna se encuentra en el Artículo 4 citado
supra: 1999: “La República Bolivariana de Venezuela es un Estado
federal descentralizado en los términos consagrados en esta Constitución,
y se rige por los principios de integridad territorial, cooperación,
solidaridad, concurrencia y corresponsabilidad”. Este artículo se refiere a
que la República Bolivariana de Venezuela, tiene como base gubernamental,
un poder descentralizado, que se rige por los principios de cooperación,
solidaridad, y corresponsabilidad entre otros, que destacan entre los
lineamientos que sostiene la Constitución Bolivariana de Venezuela. A mi
entender debemos tratar de profundizar esa descentralización que gira en
cuanto a lo político-administrativo y revisar su efectivo cumplimiento, pero
por otro lado está la integridad territorial, la cooperación así como la
solidaridad y la concurrencia
Por otra parte, me permito agregar que nuestra Constitución
consagra derechos fundamentales, y también establece una serie de
mecanismos procesales con el objeto de tutelarlos, pues los derechos sin
garantías no son sino afirmaciones desprovistas de valor normativo. Las
Garantías Procesales son pues, las seguridades que se otorgan para impedir
que el goce efectivo de los derechos fundamentales sea conculcado por el
ejercicio del poder estatal, ya sea limitando ese poder o repeliendo el abuso.
Adicional a los principios, llegar a la libre convicción de su
existencia, es permitirnos el disfrute pleno de la garantía que los mismos nos
brindan. Finalmente y muy conforme con lo que he podido plasmar en este
ensayo, que este título resume la filosofía política de la Constitución, en
cuanto toca a la relación del hombre con el poder. Así, establece, por
ejemplo que las personas nacen libres e iguales en dignidad y derechos, y
reconoce la importancia de la justicia social y del respeto a los derechos
fundamentales. Contiene diversos principios inspiradores de la organización
política del Estado: soberanía nacional, democracia participativa,
forma federal descentralizada. La Constitución, tiene como máximo fin,
defender los derechos fundamentales de la República Bolivariana de
Venezuela, incluyendo su inmunidad, su integridad y su autodeterminación.
Resalta los valores del Libertador Simón Bolívar,
como valores fundamentales de nuestra doctrina, y declara que nuestro
Estado, es irrenunciablemente libre, e independiente, por lo tanto es
autónomo, y tiene el derecho de estipular sus leyes, y establecerlas bajo sus
parámetros establecidos, promoviendo la libertad, la igualdad, la justicia y la
paz internacional.
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