ESTRUCTURA Y MANEJO DE LAS LEYES FISCALES
COLEGIO DE CONTADORES PUBLICOS IRAPUATO
DR. ROBERTO RODRIGUEZ VENEGAS
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FUNDAMENTACIÓN Y MOTIVACIÓN DE LOS ACTOS ADMINISTRATIVOS
De acuerdo con el artículo 16 constitucional, todo acto de autoridad debe estar suficientemente fundado y motivado, entendiéndose por lo primero que ha de expresarse con precisión el precepto legal aplicable al caso y por lo segundo, que también deben señalarse con precisión, las circunstancias especiales, razones particulares o causas inmediatas que se hayan tenido en consideración para la emisión del acto, siendo necesario además, que exista adecuación entre los motivos aducidos y las normas aplicables, es decir, que en el caso concreto se configure la hipótesis normativa. Esto es, que cuando el precepto en comento previene que nadie puede ser molestado en su persona, propiedades o derechos sino en virtud de mandamiento escrito de autoridad competente que funde y motive la causa legal del procedimiento, está exigiendo a todas las autoridades que apeguen sus actos a la ley, expresando de que ley se trata y los preceptos de ella que sirvan de apoyo al mandamiento relativo.
En materia administrativa, específicamente, para poder considerar un acto autoritario como correctamente fundado, es necesario que en él se citen: a).-Los cuerpos legales y preceptos que se estén aplicando al caso concreto, es decir, los supuestos normativos en que se encuadra la conducta del gobernado para que esté obligado al pago, que serán señalados con toda exactitud, precisándose los incisos, subincisos, fracciones y preceptos aplicables, y b).- Los cuerpos legales, y preceptos que otorgan competencia o facultades a las autoridades para emitir el acto en agravio del gobernado.
SEGUNDO TRIBUNAL COLEGIADO DEL SEXTO CIRCUITO. Amparo directo 194/88. Bufete Industrial Construcciones, S.A. 28 de junio de 1988. Unanimidad de votos. Ponente: Gustavo Calvillo Rangel. Secretario: Jorge Alberto González Alvarez. Amparo directo 367/90. Fomento y Representación Ultramar, S.A. de C.V. 29 de enero de 1991. Unanimidad de votos. Ponente: Gustavo Calvillo Rangel. Secretario: José Mario Machorro Castillo. Revisión fiscal 20/91. Robles y Compañía, S.A. 13 de agosto de 1991. Unanimidad de votos. Ponente: Gustavo Calvillo Rangel. Secretario: Jorge Alberto González Alvarez. Amparo en revisión 67/92. José Manuel Méndez Jiménez. 25 de febrero de 1992. Unanimidad de votos. Ponente: José Galván Rojas. Secretario: Waldo Guerrero Lázcares. Amparo en revisión 3/93. Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores. 4 de febrero de 1993. Unanimidad de votos. Ponente: José Galván Rojas. Secretario: Vicente Martínez Sánchez. Véase: Apéndice al Semanario Judicial de la Federación, 1917-1995, Tomo III, Primera Parte, tesis 73, página 52.
CONCEPTOS(HECHO GENERADOR)
COMPRA
VENTA
DONACIÓN
PERMUTA
HERENCIA O LEGADO
CESIÓN DE DERECHOS
ENAJENACIÓN
SUB
ARRENDAMIENTO
COMODATOUSUFRUCTO
ARRENDAMIENTO
OTORGAMIENTO, USO O GOCE
TEMPORAL DE BIENES
PERSONAL INDEPENDIENTE
PERSONAL SUBORDINADA
PRESTACIÓN DE SERVICIOS
Disposiciones Relacionadas
• CFF Art 16. Actividades Empresariales.
Art 17, 2p.
• C. Comercio Art. 3 Comerciantes
Art. 75 Actos de Comercio
Prestación de servicios yOtorgamiento del Uso o GoceTemporal de Bienes.
INGRESOS
Prestación de servicios y otorgamiento del uso o goce temporal de bienes (Art. 17° 2ndo párrafo, CFF)
Cuando con motivo de la prestación de un servicio se proporcionen bienes o se otorgue su uso o goce temporal al prestatario, se considerará como ingreso por el servicio o como valor de éste, el importe total de la contraprestación a cargo del prestatario, siempre que sean bienes que normalmente se proporcionen o se conceda su uso o goce con el servicio de que se trate.
Actos de Comercio (Art. 75° C. Comercio)I.- Todas las adquisiciones, enajenaciones y alquileres verificados con propósito de especulación comercial, de
mantenimientos, artículos, muebles o mercaderías, sea en estado natural, sea después de trabajados o labrados;
II.- Las compras y ventas de bienes inmuebles, cuando se hagan con dicho propósito de especulación comercial;
III.- Las compras y ventas de porciones, acciones y obligaciones de las sociedades mercantiles;
IV.- Los contratos relativos y obligaciones del Estado u otros títulos de crédito corrientes en el comercio;
V.- Las empresas de abastecimientos y suministros;
VI.- Las empresas de construcciones, y trabajos públicos y privados;
VII.- Las empresas de fábricas y manufacturas;
VIII.- Las empresas de trasportes de personas o cosas, por tierra o por agua; y las empresas de turismo;
IX.- Las librerías, y las empresas editoriales y tipográficas;
X.- Las empresas de comisiones, de agencias, de oficinas de negocios comerciales y establecimientos de ventas en pública almoneda;
XI.- Las empresas de espectáculos públicos;
XII.- Las operaciones de comisión mercantil;
Actos de Comercio (Art. 75° C. Comercio)
XIII.- Las operaciones de mediación de negocios mercantiles;
XIV.- Las operaciones de bancos;
XV.- Todos los contratos relativos al comercio marítimo y a la navegación interior y exterior;
XVI.- Los contratos de seguros de toda especie, siempre que sean hechos por empresas;
XVII.- Los depósitos por causa de comercio;
XVIII.- Los depósitos en los almacenes generales y todas las operaciones hechas sobre los certificados de depósito y bonos de prenda librados por los mismos;
XIX.- Los cheques, letras de cambio o remesas de dinero de una plaza a otra, entre toda clase de personas;
XX.- Los vales u otros títulos a la orden o al portador, y las obligaciones de los comerciantes, a no ser que se pruebe que se derivan de una causa extraña al comercio;
XXI.- Las obligaciones entre comerciantes y banqueros, si no son de naturaleza esencialmente civil;
XXII.- Los contratos y obligaciones de los empleados de los comerciantes en lo que concierne al comercio del negociante que los tiene a su servicio;
XXIII.- La enajenación que el propietario o el cultivador hagan de los productos de su finca o de su cultivo;
XXIV. Las operaciones contenidas en la Ley General de Títulos y Operaciones de Crédito;
XXV. Cualesquiera otros actos de naturaleza análoga a los expresados en este código.
En caso de duda, la naturaleza comercial del acto será fijada por arbitrio judicial
ELEMENTOS DEL IVA
La aplicación de esta ley cuando se realizan actos o actividades objeto del impuesto o cuando participa en actos o actividades realizados por terceros debe manejarse de la siguiente forma:
1. Debe localizarse en el primer artículo de cada capítulo el concepto del acto o actividad que se está realizando.
2. En seguida se debe remitir al segundo artículo de cada capítulo para revisar si el acto o actividad está exento por disposición específica de cada capítulo.
3. Debe revisarse en el tercer artículo de cada capítulo si el acto o actividad se está realizando en territorio nacional.
4. En cuarto artículo de cada capítulo se establece cual es el momento en el que se considera que se efectuó el acto o actividad.
5. En el quinto artículo se contiene lo que debe considerarse como base para calcular el impuesto.
6. Consultar el artículo 2-A, con objeto de determinar si le aplica la tasa de 0 % al acto o actividad.
7. Por eliminación se causa el IVA a la tasa del 16%
ESTRUCTURA DE LA LIVA
Enajenación Prestación de Servicios Uso o Goce Temporal de
Bienes Importación de Bienes y
ServiciosExportación de Bienes y
Servicios
Disposiciones Generales 1,1A,1B,1C,2-A, 3,4,5,6 y 7
1.CONCEPTO8 14 19 24 29
2.EXENTO9 15 20 25 -
3.TERRITORIO NACIONAL
10 16 21 - -
4.MOMENTO11 17 22 26 -
5.BASE12 18, 18-A 23 27 30
6.P.P.- - - 28 31
7.DEROGADO13 - - - -
C O N C E P TO
E X E N TO P O R C A P ITU LO
TN
M O M E N TO
B A S E
0%
16%
11 12
IVA MECANISMO DE OPERACIÓN
(EJEMPLO DE ENAJENACIÓN)
D GC A PITU LO II
EN A JEN A C IÓ N
1 2-A 8 9 10
CASOS PRÁCTICOS
• Una persona física renta un invernadero a una persona moral en $150,000 anuales.
• Una persona moral “A” vende agua destilada a otra persona moral “B” en envases de 9 litros.
LEY DEL IMPUESTO SOBRE LA RENTA
Título IV De las Personas Físicas
CAPÍTULOI
IIIII IV V VI VII VIII IX X XI
SECCIÓN I II
I
94 100 111 114 119 130 133 137 140 141 150
95 101 120 134 142
102 125 143
D
103 115 121 131 147 151
104 122 148
105 123 149
124
P
P
96 106 116 126 132 135 144 152
107 127 145
108
C
E
97 109 113 117 138 146
O98 110 112 118 128 136 139 150
99
LEY DEL IMPUESTO SOBRE LA RENTA
Título IV De las Personas Físicas
ARTÍCULO 93
CAPÍTULOI
IIIII IV V VI VII VIII IX
FRACCIÓN I II
I
N
G
R
E
S
O
S
E
X
E
N
T
O
S
I XVIII XIX XXIII XX XXIV VI
II XXIX XXVIII XXII VII
III XXI
IV XXV
V XXVI
VIII XXVII
IX
X
XI
XII
XIII
XIV
XV
XVI
XVII
Estructura General de la LISRArtículos
TITULO I Disposiciones Generales 1 al 8
TITULO II De las Personas Morales
Disposiciones Generales 9 al 15
CAPITULO I De los Ingresos 16 al 24
CAPITULO II De las Deducciones
Sección I De las Deducciones en General 25 al 30
Sección II De las Inversiones 31 al 38
Sección III Del Costo de lo Vendido 39 al 43
CAPITULO III Del Ajuste por Inflación 44 al 46
CAPITULO IV De las Instituciones de Crédito, de Seguros y de Finanzas, de los Almacenes Generales de Depósitos, Arrendadoras Financieras, Uniones de Crédito y de las Sociedades de Inversión de Capitales.
47 al 56
CAPITULO V De las Pérdidas 57 y 58
CAPITULO VI Del Régimen Opcional para Grupos de Sociedades 59 al 71
CAPITULO VII De los Coordinados 72 y 73
CAPITULO VIIIRégimen de Actividades Agrícolas, Ganaderas, Silvícolas y Pesqueras. 74 y 75
CAPITULO IX De las Obligaciones de las Personas Morales 76 a 78
ESQUEMA LISR TÍTULO II
I
16Ingresos
Acumulables
17Momento de percepción
18Otros ingresos
19Terrenos y otros
bienes
20Ope. financieras
derivadas
21Ope.
Financieras sin mercado
22Ganancia en
enajenación de acciones
23Enajenaciones
posteriores
24Reestructuración
sociedades
D
25Deducciones
26Establecimientos
permanentes
27Requisitos de las
deducciones
28No deducibles
29Reserva de pensiones y jubilaciones
30Desarrollo,
fabricación del activo fijo
31-38De las inversiones
39-43 Del costo de lo
vendido
44-46Del ajuste por
inflación
PP- - - - - - - - -
CE
47-56Instituciones de
credito
57-58 De las perdidas
59-71Grupos de sociedades
72-73De los
coordinados
74-75AGAPES
O76 Obligaciones 77
CUFIN78
CUCA
ISR como Impuesto Corporativo
Fiscal NIF CONTABLE PF
IA
DA ND
CUFIN CUCA
-
A P
C
I
DA
IA
DA-
Discrepancia
Art. 9 Art. 10 Art.140
Art.77 Art.78
ISR CORPORATIVO
Artículo 9° Artículo 10° Artículo 88°
SUJETO PM Titulo ll PM Titulo ll PM Titulo ll
OBJETO Ingresos acumulables Dividendos Utilidad contable
BASE Personas físicas Dividendo distribuible Utilidad distribuible
TASA 30% 30% 30%
ESQUEMA LISR TÍTULO III
I
79PM no
contribuyentes
80Determinación del remanente
distribuible
81Ing.
Gravados
82Donativos deducibles
83Otorgamiento
de becas
84Programa de
escuela empresa
D- - - - - -
- - - - - -
PP- - - - - -
CE
87Soc. de Inversion en Instrumentos
de deuda
88Ganancia
proveniente de acciones
O 86Obligaciones
diversas
89Constancia a
clientes
TÍTULO V TÍTULO VI TÍTULO VII
Residentes extranjero con ingresos en
territorio nacionalREFIPRE y empresas multinacionales Estimulos fiscales
I153 - 172 176,177 y 179 - Cap. I: Cuentas personales de ahorro
(art 185) - Cap II: Patrones que contraten p.
discapacitadas y adultos mayores (art. 186).
-Cap III: Fideicomisos adquisición y construcción de inmuebles (Arts 187-
188) -Cap IV: E. F Producción teatral y cine
(Arts. 189-190) - Cap V: Contribuyentes dedicados a
construcción, desarrollo, y enajenación inmueble (art.191)
- Cap VI: Promoción de Inversión de K en riesgo en el país (Arts. 192-193)
- Cap VII: Soc Cooperativas de producción (Arts 194-195)
D -179
PP - -
CE153 - 175 180, 181, 182,184
O153 - 172 178, 182, 184
PUENTES
ORIGEN ARTICULO DESTINO ARTICULO
Titulo ll (PM) 10° Titulo lV (PF) 140°
Titulo lll 79° y 80° Titulo lV (PF) 142-X
OBLIGACIONES FISCALES
“Hoy las obligaciones en materia fiscal han adquirido una relevancia igual o mayor que los elementos sustantivos de los impuestos”
Dr. Roberto Rodríguez Venegas
FUNDAMENTO CONTENIDO
PM régimen general
LISR 76° Fracción XlV
Inventarios
Llevar un control de inventarios de mercancías, materias primas, productos en proceso y productos terminados; conforme al sistema de inventarios perpetuos.
CFF 28-l La contabilidad, para efectos fiscales, se integra por… control de inventarios y métodos de valuación…
FUNDAMENTO CONTENIDOReglamento del CFF 33-B Los registros o asientos contables deberán
X.- Identificar los bienes distinguiendo, entre los adquiridos o producidos, los correspondientes a materias primas y productos terminados o semiterminados, los enajenados, así como los destinados a donación, o en su caso, destrucción.
XV.-Los registros de inventarios de mercancías, materias primas, productos en proceso y terminados, en los que se llevará el control sobre los mismos, que permitan identificar cada unidad, tipo de mercancía o producto en proceso y fecha de adquisición o enajenación según se trate, así como el aumento o la disminución en dichos inventarios y las existencias al inicio y al final de cada mes y al cierre del ejercicio fiscal, precisando su fecha de entrega o recepción, así como si se trata de una devolución, donación o destrucción, cuando se den estos supuestos.Para efectos del párrafo anterior, en el control de inventarios deberá identificarse el método de valuación utilizado y la fecha a partir de la cual se usa, ya sea que se trate del método de primeras entradas primeras salidas, últimas entradas primeras salidas, costo identificado, costo promedio o detallista según corresponda
FUNDAMENTO CONTENIDO
CFF 83-ll Infracciones relacionadas con la obligación de llevar contabilidad
No llevar algún libro o registro especial a que obliguen las leyes fiscales; no cumplir con las obligaciones sobre valuación de inventarios o no llevar el procedimiento de control de los mismos, que establezcan las disposiciones fiscales.
CFF 84-lll Multas relacionadas con la contabilidad De $290 a $5,390 a la señalada en la fracción lV.
CFF 17-H Los certificados que emita el SAT quedarán sin efectos cuando:X.- Las autoridades fiscales:d) Aún sin ejercer sus facultades de comprobación, detecten la existencia de una o más infracciones previstas en los artículos 79, 81, y 83 de este ordenamiento, y la conducta sea realizada por el contribuyente titular del certificado.