JRIAGBBtALDEUNACION
ESTUDIOS PREVIOS
DESCRIPCIÓN DEL OBJETO: CONTRATAR UN OPERADOR LOGÍSTICO QUE PRESTE LOS
SERVICIOS PARA LA REALIZACIÓN DE VEINTIÚN (21) EVENTOS DE CAPACITACIÓN YPROMOCIÓN A NIVEL NACIONAL DE LA LEY 1712 DE 2014 "POR MEDIO DE LA CUAL SECREA LA LEY DE TRANSPARENCIA Y DEL DERECHO DE ACCESO A LA INFORMACIÓN
PÚBLICA NACIONAL Y SE DICTAN OTRAS DISPOSICIONES" Y DEL DECRETO 103 DE 2015,"POR EL CUAL SE REGLAMENTA PARCIALMENTE LA LEY 1712 DE 2014 Y SE DICTAN
OTRAS DISPOSICIONES DIRIGIDA A SERVIDORES PÚBLICOS Y A PERSONAS EN GENERAL.
JULIO DE 2015
Viceprocuraduría General - Grupo de Transparencia y del Derecho de Acceso a la Información pública
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Contenido
1. INTRODUCCIÓN 3
2. DEFINICIONES 3
3. DESCRIPCIÓN DE LA NECESIDAD 5
3.1 Alcance de la necesidad 5
4. OBJETO A CONTRATAR, CON SUS ESPECIFICACIONES E IDENTIFICACIÓN DEL CONTRATO A CELEBRAR 7
4.1 Descripción del Objeto a Contratar 7
4.2 Alcance del objeto: 7
4.3 Relación Estratégica del Objeto Contractual con la Planeación Institucional 8
4.4 Clasificación UNSPSC 8
4.5 Especificaciones Esenciales o Condiciones Mínimas 9
4.6 Identificación del contrato a celebrar 9
5. MODALIDAD DE SELECCIÓN DEL CONTRATISTA Y SU JUSTIFICACIÓN 9
6. ANÁLISIS DEL SECTOR Y ESTUDIO DE MERCADO 9
6.1 Económico ¡Error! Marcador no definido.
7. PRESUPUESTO ESTIMADO ¡Error! Marcador no definido.
8. FORMA DE PAGO 24
9. REQUISITOS HABILITANTES DE LA PROPUESTA 24
10. CAUSALES DE RECHAZO ¡Error! Marcador no definido.
11. CRITERIOS PARA SELECCIONAR LA OFERTA MÁS FAVORABLE (ART. 2.2.1.1.2.1.1. NUM. 5 DECRETO 1082
DE 2015) 35
11.1 FACTOR PRECIO (700 puntos) ¡Error! Marcador no definido.
11.2 FACTOR CALIDAD DEL PRODUCTO OFRECIDO (200 PUNTOS) ¡Error! Marcador no definido.
11.3 FACTOR DE APOYO A LA INDUSTRIAL NACIONAL (100 PUNTOS) ¡Error! Marcador no definido.
12. FACTORES DE DESEMPATE 39
13. ANÁLISIS DEL RIESGO 40
14. MECANISMO DE COBERTURA QUE GARANTIZA LAS OBLIGACIONES SURGIDAS CON OCASIÓN DEL
CONTRATO A CELEBRAR ¡Error! Marcador no definido.
15. REQUISITOS DE LEGALIZACIÓN Y EJECUCIÓN DEL CONTRATO 41
16. CONDICONES DEL CONTRATO A CELEBRAR 41
16.1 Plazo de ejecución 41
16.2 Lugar de ejecución 41
17. CLAUSULA DE INDEMNIDAD 42
18. SUPERVISIÓN DEL CONTRATO 42
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PROCUF6EPOAL DE LA NACIÓN
19. CLAUSULA DE SUBCONTRATACIÓN ¡Error! Marcador no definido.
20. LIQUIDACIÓN 42
21. VERIFICACIÓN DE EXISTENCIA DE ACUERDO INTERNACIONAL O TRATADO DE UBRE COMERCIO 43
22. ANEXO N°l .' 44
23. ANEXO N° 2 ¡Error! Marcador no definido.
1. INTRODUCCIÓN
En desarrollo de lo señalado en la Ley 80 de 1993, artículo 25, numerales 7 y 12, Decreto 1082 de
2015 los siguientes son los estudios y documentos previos que sirven de soporte para la elaboración
del proyecto de pliego de condiciones del proceso que tiene por objeto DESCRIPCIÓN DEL OBJETO:
CONTRATAR UN OPERADOR LOGISTICO QUE PRESTE LOS SERVICIOS PARA LA
REALIZACIÓN DE VEINTIÚN (21) EVENTOS DE CAPACITACIÓN Y PROMOCIÓN A NIVELNACIONAL DE LA LEY 1712 DE 2014 "POR MEDIO DE LA CUAL SE CREA LA LEY DE
TRANSPARENCIA Y DEL DERECHO DE ACCESO A LA INFORMACIÓN PÚBLICA NACIONAL YSE DICTAN OTRAS DISPOSICIONES" Y DEL DECRETO 103 DE 2015, "POR EL CUAL SE
REGLAMENTA PARCIALMENTE LA LEY 1712 DE 2014 Y SE DICTAN OTRAS DISPOSICIONES
DIRIGIDA A SERVIDORES PÚBLICOS Y A PERSONAS EN GENERAL, de manera que losproponentes puedan valorar adecuadamente el alcance de lo requerido por la Entidad, así como la
distribución de riesgos que la misma propone.
2. DEFINICIONES
Las expresiones utilizadas en el presente documento deben ser entendidas con el significado que a
continuación se indica. Los términos definidos son utilizados en singular y plural de acuerdo como lo
requiera el contexto en el cual son utilizados. Otros términos utilizados con mayúscula inicial deben
ser entendidos de acuerdo con la definición contenida en el Decreto 1082 de 2015. Los términos no
definidos a continuación deben entenderse de acuerdo con su significado natural y obvio.
Definiciones y Acrónimos aplicables al proceso de selección
PGN
Contratista
Oferta
Proponente
ACTO
ADMINISTR
ATIVO DE
ADJUDICAC
ION:
Adendas
Procuraduría General de la Nación.
Es el proponente que resulte adjudicatario y suscriba el Contrato objeto del presente
proceso de contratación. (Manual de Contratación de la PGN
Es la propuesta presentada a la Procuraduría General de la Nación por los interesados
en ser el contratista que ejecute el objeto del presente proceso. (Colombia Compra
Eficiente, Pliego de condiciones tipo -
Es toda persona natural o jurídica, nacional o extranjera, en forma individual o conjunta
(unión temporal, consorcio y promesa de sociedad) que aspira celebrar contratos con
la PGN y presenta para ello, de manera formal, una oferta. Manual de Contratación de
la PGN.)
Es el documento por el cual la Entidad manifiesta su voluntad inequívoca de adjudicar
o declarar desierto un proceso de selección. Para las licitaciones públicas se expedirá
una Resolución, para las demás modalidades de selección dicha voluntad se
expresará en el acta correspondiente, salvo en la contratación directa, en la que se
proferirá el acto administrativo de justificación o el correspondiente documento de
estudios previos. (Manual de Contratación de la PGN -)
Es el documento por medio del cual la Entidad Estatal modifica los pliegos de
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PROCUI«GULKUIIUCIM
Contrato
Estudios
previos
Pliego de
condiciones
o invitación
pública
condiciones, de acuerdo con lo establecido en el artículo 89 de la Ley 1474 de 2011.
(Colombia Compra Eficiente, Pliego de condiciones tipo -
Acuerdo de voluntades creador o generador de obligaciones para las partes. Cuando
una de las partes es una persona de derecho público, estaremos frente a un contrato
estatal; si las partes son todas personas jurídicas de derecho público tendremos un
contrato ínter administrativo. (Manual de Contratación de la PGN -.)
son todos los estudios, análisis y trámites, debidamente documentados, que sirven de
soporte para la elaboración del proyecto de pliego de condiciones, pliegos definitivos y
del contrato, de manera que los proponentes o el eventual contratista respectivamente,
puedan valorar adecuadamente el alcance de lo requerido por la entidad. (Manual de
Contratación de la PGN -)
Es el acto administrativo que contiene los requisitos objetivos de participación en un
proceso de contratación cuando implica convocatoria pública, en el que se definen,
entre otros aspectos, las reglas de verificación de la capacidad de los oferentes y de
evaluación de las ofertas, las causales de rechazo de los ofrecimientos, el cronograma
del proceso, los mecanismos de comunicación con la administración, las condiciones
del contrato a celebrar, etc. (Manual de Contratación de la PGN -
Definiciones técnicas aplicables al proceso
Agencias de
viaje y
turismo
Logística
Operador
profesional
de
congresos
Servicio
Hotelero
índice deGobierno
Abierto
Norma
Técnica
Son las empresas comerciales, debidamente constituidas que se dedican
profesionalmente a vender servicios turísticos.
*http://dirección de análisis sectorial y promoción - Registro Nacional de Turismo
Es un proceso vital a la hora de llevar a cabo un evento para que cumpla con las
expectativas de los participantes y organizadores, es la matriz y la base de cualquier
evento, debe estar presente desde el momento de hacer la preproducción hasta la
ejecución y finalización del evento. De ella dependen el costo, el beneficio que se va a
obtener y la calidad. Una vez concertada la negociación de cada evento, la planeación
y seguimiento de cada uno de los procesos y detalles deben estar en cabeza de un
jefe o director logístico que, junto con un personal de montaje capacitado, y después
del chequeo de cada uno de los equipos del evento, garantizarán los resultados
esperados.
*http://revistadelogistica.com/logística-de-un-vento.asp
Son las personas naturales o jurídicas legalmente constituidas que se dedican a la
organización de certámenes como congresos, convenciones, ferias, seminarios o
similares, en sus etapas de gerenciamiento, planeación, promoción y realización así
como a la asesoría y/o producción de estos certámenes en forma total o parcial.
*http://dirección de análisis sectorial y promoción - Registro Nacional de Turismo
Se define como una actividad intangible y cuya prestación requiere de disponer de
facilidades físicas, lo conforman diversos tipos de servicios:
• El Servicios Básico, es el alojamiento,
• Servicios Facilitadores: Recepción, ama de llaves, reservación, mantenimiento,
manutención.
http://marketingturisticoiii.bloqspot.com/2012/10/capitulo-1-aspectos-conceptuales.html
El índice de Gobierno Abierto (IGA) es un indicador sintético que mide el cumplimiento
de normas estratégicas anticorrupción. Se entiende como normas estratégicas
anticorrupción aquellas disposiciones que buscan implementar medidas preventivas en
el sector público en el marco de las Convenciones Interamericana y de Naciones
Unidas de Lucha Contra la Corrupción. Fuente:
www.procuraduria.eov.co/portal/media/file/20120305%20%C3%8Dndice%20de%20Gobierno
%20Abierto%20preguntas%20frecuentes.pdf-.).
Esta norma técnica sectorial establece las características de calidad en infraestructura
y servicios ofrecidos, que deben cumplir los hoteles para obtener su certificado de
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Sectorial
Colombiana
NTSH 006
calidad turística, así mismo, define la clasificación de los establecimientos de
alojamiento y hospedaje mediante la categorización por estrellas para los hoteles en
las modalidades 1, 2, 3, 4 y 5. Fuente:
http://www.fontur.com.co/avmsite/avm document/aym normatividad/2009/NTSH006-09.pdf-.).
Registro
Único deProponentes
El Registro Único de Proponentes, creado originalmente por la Ley 80 de 1993,
modificado por la Ley 1150 de 2007, y posteriormente modificado por artículo 221
del Decreto 19 de 2012 es uno de los registros que el Estado delegó en las cámaras
de comercio por virtud de la Ley, el cual brinda un esquema que permite centralizar la
información de los proponentes, y unifica la reglamentación sobre la materia. Fuente:
http://www.ccibague.org/index.php/registros-publicos/categorias/registro-unico-de-proponentes.html-).
3. DESCRIPCIÓN DE LA NECESIDAD
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 118 Superior, la Procuraduría General de la Nación
forma parte del Ministerio Público y a éste, le corresponde, la guarda y promoción de los derechos
humanos, propender por la vigencia de un orden social justo, proteger el interés público y vigilar la
conducta oficial de quienes desempeñan funciones públicas.
Igualmente, según se estipula en el artículo 277 de la Norma Constitucional, el Procurador General de
la Nación, por sí o por medio de sus delegados y agentes, tiene entre otras funciones, la de vigilar el
cumplimiento de la Constitución, las leyes, las decisiones judiciales y los actos administrativos, así
mismo, la de intervenir en los procesos y ante las autoridades judiciales o administrativas, cuando sea
necesario en defensa del orden jurídico, del patrimonio público, o de los derechos y garantías
fundamentales.
Conforme lo señala el literal d, del artículo 23 de la Ley 1712 de 2014, al Ministerio Público y a la
Procuraduría General de la Nación le compete, entre otras funciones, la de promover el conocimiento
y aplicación de la Ley de Transparencia y del Derecho de Acceso a la Información Pública entre los
sujetos obligados, así como también su comprensión entre el público, teniendo en cuenta criterios
diferenciales para su accesibilidad, sobre las materias de su competencia mediante la publicación y
difusión de una guía sobre el derecho de acceso a la información.
Por otro lado, de conformidad con lo dispuesto en la Ley 1712 de 2014 y entre otras, en la Sentencia
C - 274 de 2013, el derecho de acceso a la información pública es un derecho fundamental.
Igualmente, el artículo 74 de la Constitución Política consagra el derecho que tienen todas las
personas de acceder a los documentos públicos.
Para garantizar el derecho fundamental de acceso a la información pública y cumplir con las funciones
asignadas al Ministerio Público y a la Procuraduría General de la Nación en virtud de la Ley 1712 de
2014, el Procurador General de la Nación creó mediante Resolución 146 del 08 de mayo de 2014 el
Grupo de Transparencia y del Derecho de Acceso a la Información Pública y, mediante Resolución
282 del 05 de septiembre de 2014, dando cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley 1712
de 2014, estableció la metodología para que el Ministerio Público cumpla con las funciones asignadas
en la citada normativa.
Por su parte, mediante la Resolución 350 del 29 de octubre de 2014, el Procurador General de la
Nación designó a la Viceprocuradora General de la Nación como Coordinadora del Grupo de
Transparencia y del Derecho de Acceso a la Información Pública.
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PROCUIGENERAL DE LA NACIÓN
La Procuraduría General de la Nación, a través del Grupo de Transparencia y del Derecho de Acceso
a la Información Pública, en cumplimiento de las funciones asignadas en el artículo 23 de la Ley 1712
de 2014 en concordancia con las Resoluciones 282 de 2014 y 023 de 2015, ha realizado actuaciones
de capacitación, foros, eventos, talleres, vigilancia y seguimientos a nivel territorial y nacional, que
permiten a los servidores, funcionarios y en general todos los sujetos obligados, garantizar a todos su
derecho fundamental de acceder a la información pública.
Así las cosas, para continuar con las actividades tendientes a promover el conocimiento la promoción
y aplicación de la Ley 1712 de 2014, se desarrollarán eventos de capacitación y promoción en veintiún
(21) ciudades del País.
Para la selección de las ciudades, se consideraron las siguientes variables:
1. Población: ciudades o municipios donde se concentra la mayor población.
2. Resultados del IGA (2013-2014): ubicación donde se advierten posibles riesgos de corrupción.
3. Evolución general en el IGA: ubicación donde hay menos evolución positiva (mejoramiento)
desde el 2010 al 2014.
4. Sostenibilidad en el mejoramiento: ubicación donde hay menos crecimiento constante en el
periodo 2010 a 2014.
5. Cantidad de municipios: elección donde hay más municipios.
De conformidad con los resultados del análisis anterior, las ciudades definidas son las siguientes:
1.
2.
3.
4.
5.
6.
7.
8.
9.
10.
11.
12.
13.
14.
15.
16.
17.
18.
19.
20.
21.
MITU
PUERTO CARREÑOMONTERÍA
SAN ANDRÉS
SAN JOSÉ DELGUAVIARE
BUENAVENTURA
QUIBDO
PUERTO ASÍS
ACACIAS
CARTAGENA
FONSECA
DOS QUEBRADAS
FLORENCIA
POPAYAN
CUCUTA
MARQUETALIA
PASTO
TAME
SAN GIL
LETICIA
UBATE.
Se busca con las actividades de capacitación y promoción de la Ley 1712 de 2014 y demás normas
reglamentarias, lograr la asistencia total de 3750 servidores y funcionarios públicos pertenecientes a
los diferentes sujetos obligados, así como de personas en general.
Para tal fin, se hace necesario contratar un operador que esté en capacidad de atender el
desplazamiento aéreo y/o terrestre del funcionario encargado de dictar la capacitación hacia las sedes
en las cuales se realizará. Además del desplazamiento los servicios deben incluir el alojamiento, la
alimentación, el transporte desde y hacia el aeropuerto, así como los servicios de asistencia para la
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PRÜCUFGENERAL K L> HACION
realización de eventos, que incluya salón, ayudas audiovisuales, refrigerios, estación de café y demás
requisitos establecidos en el anexo técnico No. 2 "especificaciones técnicas mínimas del servicio".
4. OBJETO A CONTRATAR, CON SUS ESPECIFICACIONES E IDENTIFICACIÓN DELCONTRATO A CELEBRAR.
4.1 Objeto a Contratar
Seleccionar al oferente que preste el servicio de operador logístico para la realización de veintiún (21)
eventos de capacitación y promoción a nivel nacional de la ley 1712 de 2014 "Por la cual se crea la ley
de transparencia y del derecho de acceso a la información pública nacional" y del decreto 103, dirigidoa servidores públicos y a personas en general.
4.1.1 Alcance del objeto:
La ejecución del objeto del contrato que se celebre como resultado del presente proceso de selección
deberá comprender como mínimo, las actividades señaladas en este documento y en su anexo
técnico, así como las que se establezcan en el respectivo contrato:
• Apoyo a la Convocatoria. Incluye gestión administrativa para confirmación de asistencia, control
de asistencia, presentador, protocolos, sonido, fotos, etc.
• Suministro de tiquetes aéreos de ida y regreso en rutas nacionales, por regla general en claseeconómica.
• Suministro de transporte terrestre.
• Suministro de hospedaje.
• Suministro de alimentación.
• Alquiler de auditorio, salones y equipos (audiovisuales e informáticos).
• El personal mínimo para la atención de los diferentes eventos a realizar por cada uno de los
eventos.
Nota 1: Las condiciones del servicio de alojamiento (en hoteles mínimo de 3 estrellas), alimentación y
logística deben cumplir con las adecuadas condiciones de higiene, calidad y servicio.
Nota 2: Fechas de eventos: Las fechas de los eventos están establecidas por la PGN-Grupo de
Transparencia, en el calendario de eventos de capacitación proyecto de inversión referido en el anexo
técnico No. 2 "especificaciones técnicas mínimas del servicio.
Nota 3: El operador logístico deberá garantizar que los tiquetes aéreos no utilizados puedan ser
reprogramados y reutilizados en otras fechas, previamente avalado por los supervisores del contrato,
sin que la PGN deba asumir algún costo por concepto de penalidad.
Nota 4: Cuando por diferentes circunstancias se deba cancelar un evento de capacitación, la PGN
deberá informar de la cancelación con diez (10) días de anterioridad al contratista, quien asumirá los
gastos en que se haya incurrido. En ningún evento la Procuraduría General de la Nación reconocerá
valor alguno por cancelación o reprogramación de eventos.
Nota 5: El auditorio deberá estar debidamente dotado con sillas cómodas, limpias y en buen estado,
mesa principal y atril. El auditorio debe brindar condiciones óptimas de calidad, comodidad y
seguridad para los asistentes tales como iluminación natural y artificial suficiente y adecuada,
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GQBULDELAIUCION
ventilación que incluye aire acondicionado y aislamiento de ruidos exteriores, salidas de emergencia,
baterías de baños (mínimo dos para hombres y dos para mujeres) y plan de emergencia.
Nota 6: En el evento de capacitación el operador deberá contar con una estación de café para
suministrar agua, café y aromática para mínimo 100 personas y máximo 250 personas.
Del mismo modo, el operador debe suministrar un refrigerio en bandeja que contenga un carbohidrato
(pastel, dona, croissant, ponqué), una proteína (jamón, queso, carne), una vitamina (fruta), una bebida
(jugo, gaseosa), para mínimo 100 personas y máximo 250 personas.
Es importante señalar que los eventos pueden realizarse de manera simultánea, para lo cual el
contratista debe garantizar el cabal cumplimiento de cada uno de los eventos.
4.2 Relación Estratégica del Objeto Contractual con la Planeación Institucional.
El presente proceso se encuentra enmarcado en el Plan estratégico Institucional "procurando Orden
y Rectitud" 2013-2016 clasificado en la perspectiva, objetivo y criterio d logro mencionados a
continuación:
PERSPECTIVA
Objetivo
Logros
01
05
05
PERSPECTIVA DE
LA SOCIEDAD
Promover la cultura
de la integridad y el
monitoreo y
mitigación de los
riesgos de
corrupción
Adelantar
Actuaciones
preventivas y de
control de gestión
que permitan una
verdadera
articulación de la
gestión pública
02
08
02
PROCESOS
INTERNOS
Garantizar una
atención oportuna y
efectiva al
ciudadano
Atender y orientar al
ciudadano
03
12
04
APRENDIZAJE,
TECNOLOGÍA Y
CONOCIMIENTO
Generar y comunicar
información útil oportuna y
confiable
Garantizar la divulgación,
circulación amplia y
focalizada de la
información y de su
sentido, hacia los
diferentes grupos de
interés.
El Plan Estratégico Institucional se encuentra disponible para la consulta de los funcionarios y la
ciudadanía en general en el link:
http://www.procuraduria.qov.co/portal/media/file/info qel archivos/3//3 PEI-2013-2016.pdf
4.3 Clasificación UNSPSC.
Acorde con lo dispuesto en el artículo 2.2.1.1.2.1.3 del Decreto 1082 de 2015, la clasificación de
bienes y servicios requeridos para el objeto del presente proceso de selección es la siguiente:
CLASIFICADOR
UNSPSC
80141607
90111601
SEGMENTO
(80)Servicios de
Gestión, Servicios
Profesionales de
Empresa y Servicios
Administrativos
(90)Servicios de
viajes, alimentación,
alojamiento y
entretenimiento
FAMILIA
(14) Comercialización y
distribución
(11) Instalaciones
hoteleras, alojamientos y
centros de encuentros
CLASES
(16) Actividades
de ventas y
promoción de
negocios
(16) Facilidades
para encuentros
PRODUCTOS
(07) Gestión de
Eventos
(01)Centros de
conferencias
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GENERAL DE UIIWIOII
CLASIFICADOR
UNSPSC
90121502
80141902
90111501
SEGMENTO
(90)Servicios de
viajes, alimentación,
alojamiento y
entretenimiento
(80)Servicios de
Gestión, Servicios
Profesionales de
Empresa y Servicios
Administrativos
(90)Servicios de
viajes, alimentación,
alojamiento y
entretenimiento
FAMILIA
(12) Facilitación de viajes
(14) Comercialización y
distribución
(11) Instalaciones
hoteleras, alojamientos y
centros de encuentros
CLASES
(15) Agentes de
viajes
(19) Exhibiciones
y ferias
comerciales
(15) Hoteles y
moteles y
pensiones
PRODUCTOS
(02) Agencias de
viajes
(02) Reuniones y
eventos
(01) Hoteles
4.4 Especificaciones Técnicas
Las especificaciones técnicas se indican en Anexo adjunto a este documento.
4.5 Identificación del contrato a celebrar
El contrato a celebrar resultado del presente proceso será de PRESTACIÓN DE SERVICIOS.
5. MODALIDAD DE SELECCIÓN DEL CONTRATISTA Y SU JUSTIFICACIÓN INCLUYENDOFUNDAMENTOS JURÍDICOS
En virtud de lo consagrado por la Ley 1150 de 2007, articulo 2 adicionado por la Ley 1474 de 2011
artículo 94, Numeral 1, "(...) La escogencia del contratista se efectuara por regla general a través de
licitación pública, con las excepciones que se señalan en los numerales 2, 3 y 4 del presente artículo;
así mismo de conformidad con lo dispuesto en el artículo 20 del Decreto 1510 de 2013. (...)"
Teniendo en cuenta que el objeto de la presente contratación es complejo, exige la ponderación de
elementos de calidad y precio y el presupuesto estimado para ejecutar el objeto del proceso
contractual, asciende a la suma de DOSCIENTOS NOVENTA Y DOS MILLONES TRESCIENTOS
TREINTA Y NUEVE MIL SEISCIENTOS CUATRO PESOS M/CTE (292.339.604,00), monto que no
supera la menor cuantía de contratación de la Procuraduría General de la Nación, en el presente caso
la escogencia del contratista se efectuara con arreglo a la modalidad de Selección Abreviada de
Menor Cuantía de acuerdo con lo consagrado en la Ley 80 de 1993, Ley 1150 de 2007, articulo 2,
numeral 1 en concordancia con lo estipulado por el 1082 de 2015 y las disposiciones de la Ley 1474
de 2011.
Para la selección del contratista, la Entidad aplicará los principios de transparencia y responsabilidad
contenidos en la Ley 80 de 1993 y los postulados que rigen la función administrativa.
6. ANÁLISIS DEL SECTOR- ASPECTOS GENERALES-VALOR ESTIMADO Y SU
JUSTIFICACIÓN
ASPECTOS GENERALES
Análisis técnico
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PROCUFGENERALDELANACFON
El sector terciario ofrece bienes y servicios al consumidor final, incluye todas aquellas actividades que
no producen una mercancía en sí, pero igualmente son necesarias para el funcionamiento de la
economía.
Dentro de este sector, encontramos subsectores tales como transporte, comercio, servicios,
financiero, minero-energético y de la construcción entre otros; en las actividades terciarias o
de servicios de Colombia predominan la banca, la tercerización de procesos, las comunicaciones,
la hotelería y el turismo.
Se considera que la industria hotelera y/o logística de eventos de capacitación no se encuentra en
una competencia monopolística porque cumple con las condiciones que caracterizan este tipo de
mercado, dentro del cual existen competidores con algunas características en común. Las empresas
dedicadas al servicio requerido por la Procuraduría General de la Nación son agencias de viajes,
operadores logísticos, cajas de compensación que cuentan con este servicio y hoteles.
Existe una gran cantidad de hoteles y/o empresas logísticas participando en el mercado sin que haya
un control dominante por parte de ninguno de los que participa en particular, lo que marca la
diferencia son la infraestructura y la ubicación que estos tengan en la ciudad y sus servicios para el
caso de los operadores logísticos, lo que los hace más atractivos a los turistas y a los usuarios del
servicio logístico. La competencia se basa en valores agregados como: calidad de servicio, el acceso
y transporte fácil hacia el centro de la ciudad, auditorios para los eventos etc.
La publicidad y el mercadeo, debe jugar un papel muy importante, dado que los competidores poseen
cierto grado de poder monopolístico. Los productos y servicios no son básicamente iguales y no se
pueden sustituir fácilmente unos por otros; esto es debido a que tienen una serie de características
que les hacen diferentes, porque lo que se busca es obtener el máximo bienestar posible del producto
o servicio que compra. Lo más importante en la decisión de un cliente es que previamente a la
elección de un producto o servicio se realice un proceso de información donde las características
implícitas de los productos sean suficientes y adecuadas para la realización del análisis en la toma de
decisión del proveedor por parte del cliente, constatando que esa información sea real cuando se está
realizando el evento.
Los operadores deben ser de dedicación exclusiva a ese servicio, con un departamento dedicado a la
organización de eventos o manejo de grupos de personas grandes.
Al desarrollar una operación logística se deben tener en cuenta dentro de este proceso algunos
elementos de importancia; las decisiones que toma el operador se basan en los requerimientos del
contratante, sin embargo, es él quien define y estructura las fases del proceso logístico en común
acuerdo con I supervisores del contrato.
Esto implica que el operador sea directamente el encargado de la organización, gestión y control de
la operación, asignando los recursos necesarios para el cabal cumplimiento del objeto y planificando
el correcto engranaje de las diversas fases del proceso, ya que finalmente responde frente a la
entidad por los servicios, lo que supone que asume el riesgo de pérdidas, deterioros y de todos los
servicios adicionales que respecto a los mismos acuerden.
El servicio logístico es indispensable para veintiún (21) eventos de capacitación y promoción tal y
como se refiere en el anexo No. 2 de este documento ESPECIFICACIONES TÉCNICAS MÍNIMAS
DEL SERVICIO, en el cual se detallan técnicamente las necesidades y/o requerimientos para el
operador logístico.
Análisis regulatorio
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JRIAGENERAL DE LA HACION
Respecto de los establecimientos de alojamiento y hospedaje (EAH), el Instituto Colombiano de
Normas Técnicas y de Certificación - ICONTEC, ha expedido las siguientes normas técnicas: "Norma
Técnica NTS-TS Sectorial Colombiana 002" en las que se especifica los requisitos de sostenibilidad
ambiental socio cultural y económica, para los establecimientos de alojamiento y hospedaje EAH,
definidos en dos niveles, así: Nivel básico de sostenibilidad y Nivel alto de sostenibilidad; "NTSH 001
Realización de Actividades básicas para la Prestación del Servicio; NTSH 002 Información a Clientes,
Atención de Sugerencias y Reclamaciones de Acuerdo a Políticas de servicio; NTHS 003 Prestación
de servicio de recepción y reservas conforme a manuales existentes; NTS-USNA 004 Manejo de
recursos cumpliendo las variables definidas por la empresa; NTSH 005 manejo de valores e ingresos
relacionados con la operación del establecimiento y NTSH 006 Clasificación de establecimientos de
alojamiento y hospedaje. Categorización por estrellas de hoteles, requisitos normativos". Encumplimiento a lo anterior, los sitios de alojamiento para el capacitador deberán corresponder amínimo tres (3) estrellas.
Adicionalmente El proponente deberá allegar el Registro Nacional de Turismo, vigente a la fecha de
cierre del proceso de selección, en el que conste que se encuentra inscrito en dicho Registro de
conformidad con lo establecido en la Ley 300 de 1996 modificada por la Ley 1101 de 2006 y los
Decretos 504 de 1997 y 2074 de 2003, en concordancia con el artículo 164 del Decreto Ley 19 de2012.
El Artículo 12 de la Ley 1101 de 2006 establece que están obligados a inscribirse en el RegistroNacional de Turismo:
«1. Los hoteles, centros vacacionales, campamentos, viviendas turísticas y otros tipos de hospedaje
no permanente, excluidos los establecimientos que prestan el servicio de alojamiento por horas.
2. Las agencias de viajes y turismo, agencias mayoristas y las agencias operadoras.
3. Las oficinas de representaciones turísticas.
4. Los guías de turismo.
5. Los operadores profesionales de congresos, ferias y convenciones.
6. Los arrendadores de vehículos para turismo nacional e internacional.
7. Los usuarios operadores, desabolladores e industriales en zonas francas turísticas.
8. Las empresas promotoras y comercializadoras de proyectos de tiempo compartido y
multipropiedad.
9. Los establecimientos de gastronomía y bares, cuyos ingresos operacionales netos sean superiores
a los 500 salarios mínimos legales mensuales vigentes.
10. Las empresas captadoras de ahorro para viajes y de servicios turísticos prepagados.
11. Los concesionarios de servicios turísticos en parque.
12. Los demás que el Ministerio de Comercio, Industria y Turismo determine.
13. Las empresas de transporte terrestre automotor especializado, las empresas operadoras de
chivas y de otros vehículos automotores que presten servicio de transporte turístico»
Las Cajas de Compensación Familiar acreditarán la Existencia y Representación Legal, mediante
certificación expedida por la Superintendencia del Subsidio Familiar o la entidad que haga sus veces,
pero igualmente deben tener matriculado un establecimiento de comercio a nombre de la Caja de
Compensación, el cual debe contar con el Registro Nacional de Turismo.
En lo referente a las normas aplicables para la manipulación de alimentos, el Decreto 3075 de 1997,
por el cual se reglamenta parcialmente la Ley 9 de 1979, señala que la salud es un bien de interés
público y en consecuencia, las disposiciones contenidas en el Decreto son de orden público, regulan
todas las actividades que puedan generar factores de riesgo por el consumo de alimentos, y se
aplicarán a) A todas las fábricas y establecimientos donde se procesan los alimentos; los equipos y
utensilios y el personal manipulador de alimentos; b) A todas las actividades de fabricación,
procesamiento, preparación, envase, almacenamiento, transporte, distribución y comercialización deViceprocuraduría General - Grupo de Transparencia y del Derecho de Acceso a la Información pública i i
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PROCUGENERALDEUNACION
alimentos en el territorio Nacional. Adicionalmente, la Norma Técnica Sectorial Colombiana NTS-
USNA 007 "Norma Sanitaria de Manipulación de Alimentos" establece los requisitos sanitarios que se
deben cumplir en los establecimientos de la industria gastronómica, para garantizar la inocuidad de
los alimentos, durante la recepción de la materia prima, procesamiento, almacenamiento, transporte,
comercialización y servicio, con el fin de proteger la salud del consumidor.
De conformidad con lo dispuesto en el Decreto 348 del 25 de febrero de 2015, el servicio de
transporte previsto para el capacitador, debe ser prestado bajo la responsabilidad de una empresa de
transporte legalmente constituida y debidamente habilitada para la prestación de este servicio la cual
debe contar con las pólizas vigentes requeridas para la habilitación en la modalidad de transporte de
personas.
En materia tributaria, el presente proceso de selección es objeto de obligaciones, por lo cual los
oferentes deberán incluir e identificar detalladamente cuales servicios presta directamente y cuales a
través de terceros, sobre ellos se debe indicar cuál será el porcentaje de intermediación.
El operador logístico debe facturar por cuenta de terceros cada uno de los servicios con cada uno con
los que sub-contrate y a su vez facturar como ingreso propio la comisión un (porcentaje) por la
intermediación, sobre el cual se le efectúa una retención en la fuente del 11% correspondiente a
honorarios si es declarante de renta, o del 10%, si no lo es. Así mismo debe facturar como ingreso
propio, la tarifa administrativa, por la tramitación de los pasajes.
De tal forma que:
Sobre los ingresos por Cuenta de Terceros, no se efectúa ninguna Retención.
Sobre la Tarifa Administrativa, se efectúa una Retención en la Fuente del 4%.
Sobre el Valor de los Honorarios (Operación Logística), una Retención en la Fuete por
concepto de Renta del 11 % si es Declarante de Renta o 10% si no lo es.
Sobre el Valor Facturado por concepto de IVA, sobre la Tarifa Administrativa, una Retención
del 15%.
Sobre el Valor de la Tarifa Administrativa, una Retención por concepto de ICA, del 9.66 por mil
(0.966%).
Sobre el Valor de Honorarios (Operación Logística), una Retención en la Fuente por ICA, del
6.9 por mil (0.690%).
Las bases mínimas son para efectuar Retención en la Fuente son:
Tarifa Administrativa 4 UVT ($28.279 x 4 = $113.116)
En el caso de Honorarios NO, tiene base mínima.
Finalmente en relación con el proceso de selección, serán aplicables las normas previstas en el
Decreto1082de2015.
6.1 Económico
INDICADORES FINANCIEROS CAPACIDAD FINANCIERA Y DE ORGANIZACIÓN
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IRÍA
A continuación se analizan los indicadores de liquidez, endeudamiento y rentabilidad con lainformación financiera del año 2014, obtenida a través de consulta efectuada en la página web delSIREM (Superintendencia de Sociedades), consulta en la página web de Supersubsidio(www.ssf.gov.co), página web del Registro Único Empresarial Cámaras de Comercio RÚES y delRegistro Único de Proponentes aportado por algunos proveedores del servicio.
EMPRESA
INVERSIONES PUIN SAS
CEDHITOURSS.A.S
FUNDACIÓN CENTRO PARA EL
DESARROLLO TECNOLOGÍA DEL
COMERCIO TURISMO Y SERV
VITA-CO AGENCIA BTL SAS
XPERIENCE CONSTRUCTION GROUP
SAS
ÍNTER EXPO SA
CONSTRUCTORA DE MARCAS SAS
AGENCIA DE VIAJES Y TURISMO
AVIATUR
GRUPO HOBBY SAS
CREATIVA PRODUCCIONES SA
TODO EN UNO LOGÍSTICA SAS
ORGANIZACIÓN SIMPLEX S.A
PUBBLICAS.A.S
FUNDACIÓN WAYS OF HOPE
1A EVENTOS INTERNACIONALES
GRUPO COMPUSISER LTDA.
A & C LOGÍSTICA & PRODUCCIÓN DE
EVENTOS LTDA
CONVETUR SAS
CUARTO PODER OR SAS
EVENTOS Y PROTOCOLO
EMPRESARIALSAS
ROYAL PARK LTDA
ARGOS LOGÍSTICA SAS
CAJA DE COMPENSACIÓN FAMILIAR
CAFAM
CAJA DE COMPENSACIÓN FAMILIAR
COMPENSAR
EXPRESO VIAJES Y TURISMO
LIQUIDE
Z
8,79
6,05
20,71
2,16
1,54
2,32
1,4
1,07
2,73
2,84
2,47
2,86
1,76
11,9
6,49
4,93
12,85
1,75
2,61
4,79
3,16
1,01
1,89
1,92
ENDEUDAMIEN
TO
52%
31%
4%
43%
64%
25%
69%
85%
56%
35%
39%
33%
59%
4%
26%
29%
7%
45%
37%
33%
25%
44%
50%
47%
RAZÓN DE
COBERTURA
DE INTERESES
3
114333
INDETERMINA
DO
4,32 n
39,85
17,01
14,5
5
8
165
428
19
7
INDETERMINA
DO
8
INDETERMINA
DO
87
339
49
26
46
52,74
1590
1454
RENTAIBLID
AD SOBRE EL
PATRIMONI
0
13%
7%
12%
8%
76%
20%
41%
51%
78%
35%
27%
14%
36%
51%
12%
20%
13%
25%
24%
30%
40%
67%
163%
48%
RENTAIBLID
ADSOBREE
EL ACTIVO
6%
5%
11%
4%
27%
14%
12%
7%
34%
22%
16%
9%
15%
30%
9%
14%
12%
14%
15%
20%
30%
37%
82%
25%
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13
PROCUFGENERAL DEUNACIOfl
Indicadores de Liquidez: Los indicadores de liquidez de la muestra seleccionada oscilan entre el
1,01 y 20,71. Se evidencia que la mayoría de los proveedores cuentan con recursos suficientes para
cancelar la deuda en el corto plazo.
índice de endeudamiento: El análisis de los indicadores de endeudamiento, el promedio se ubica en
el 40%, la mediana en el 39%, con una desviación del 20%.
Cabe señalar que a mayor índice de endeudamiento, mayor es la probabilidad de que el contratista
incumpla sus obligaciones.
Razón de cobertura de intereses: Es fundamental para un proveedor estar al día con sus
obligaciones financieras, particularmente con la obligación de pagar intereses financieros.
Una compañía puede encontrarse en dificultades financieras y operacionales y mantener el giro
ordinario de sus negocios por un buen tiempo en la medida en que sea capaz de pagar sus intereses
de deuda. En la gráfica podemos observar que la muestra seleccionada presenta una cobertura de
intereses positiva, lo cual indica, que cumplen con el pago de los intereses de financiación.
Capacidad Organizacional: En cuanto a los indicadores de Rentabilidad, se observa que el margen
de rentabilidad sobre el patrimonio de la muestra seleccionada para el año 2014, oscila entre el 7% y
el 163%, y el retorno operacional del activo oscila entre el 4% y 82%, lo que significa que el sector
está siendo productivo.
En la medida que el índice de rentabilidad sobre el patrimonio sea mayor, mayor es la rentabilidad de
los accionistas; a mayor rentabilidad sobre activos, mayor es la rentabilidad del negocio, lo que
supone una mejor capacidad organizacional del proponente.
Frente a la capacidad financiera y de organización de los Consorcios y/o Uniones Temporales, es
preciso anotar que pese a que la figura de la Unión Temporal permite que los miembros determinen
las actividades que desarrollaran en el marco de la ejecución del contrato y fijen su alcance para
efectos de las sanciones que puedan ser impuestas por la administración, tanto en la Unión Temporal
como en el consorcio, todas las personas jurídicas o naturales que los conformen RESPONDEN
SOLIDARIAMENTE por la ejecución de todas y cada una de las obligaciones pactadas, por ello, de
forma individual deben contar con la fortaleza financiera necesaria para asumir dicha
responsabilidad.
Se destaca que estas figuras no se crearon legalmente para que unieran capacidades sino esfuerzos
de gestión y para que asumieran riesgos en la ejecución de un determinado proyecto. Sobre el
particular la Corte Constitucional, en su sentencia C 414 de 1994, Magistrado Ponente ANTONIO
BARRERA CARBONELL, al revisar la exequibilidad del parágrafo del artículo 7 de la Ley 80 de
1993, precisó:
"El Estatuto de contratación permite que los consorcios y las uniones temporales puedan contratar
con el Estado, lo cual significa que la ley les reconoce su capacidad jurídica a pesar de que no les
exige como condición de su ejercicio, la de ser personas morales. El consorcio es una figura propia
del derecho privado, utilizado ordinariamente como un instrumento de cooperación entre empresas,
cuando requieren asumir una tarea económica particularmente importante, que les permita
distribuirse de algún modo los riesgos que pueda implicar la actividad que se acomete, aunar
recursos financieros y tecnológicos, y mejorar la disponibilidad de equipos, según el caso, pero
conservando los consorciados su independencia jurídica.
Se tiene de lo anterior que según la ley, el consorcio es un convenio de asociación, o mejor, un
sistema de mediación que permite a sus miembros organizarse mancomunadamente para la
celebración y ejecución de un contrato con el Estado, sin que por ello pierdan su individualidad
jurídica, pero asumiendo un grado de responsabilidad solidaria en el cumplimiento de las obligaciones
contractuales.
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FtOCURADMGENERAL DE LA NACIÓN
Lo que se ha expresado para el consorcio puede aplicarse del mismo modo para la "unión temporal",
si se tiene en cuenta el texto del numeral segundo del mismo artículo lo. Sin embargo, la norma encita introdujo a la figura una variante que justifica la diferencia con el consorcio y explica de paso surazón de ser.
La exposición de motivos al proyecto de ley, explica dicha diferencia de la siguiente manera:
"En cuanto a la unión temporal, definida igualmente en el artículo lo., puede decirse que se trata deuna figura que reúne todas las características genéricas del consorcio, siendo su diferencia específica
la posibilidad de que quienes la integran determinen cuál ha de ser el alcance y contenido de la
participación de cada uno en la ejecución del objeto contratado, de tal manera que, sin perjuicio de la
responsabilidad solidaria por el cumplimiento de la propuesta y del contrato, los efectos de los actos
sancionatorios recaigan exclusivamente sobre la persona que incurrió en la falta o en el
incumplimiento de que se trate. De esta forma se busca facilitar la participación conjunta de oferentes
nacionales y extranjeros o de personas con capacidades económicas diferentes".
De igual forma el Consejo de Estado en pronunciamiento del veintiséis (26) de abril de dos mil seis
(2006), radicación número 73001-23-31-000-1997-04707-02(15188), en cuanto a los Consorcios oUniones Temporales señalo lo siguiente: El decreto 619 de 1994, reglamentario de la ley 80, dispuso,
en el artículo 3°, que "de conformidad con el numeral 5o, literal a), del artículo 24 de la ley 80 de
1993, en los pliegos de condiciones o términos de referencia podrán establecerse los requisitos
objetivos que deban cumplirse para efectos de la participación de consorcios o de uniones
temporales". Esta disposición permite, entonces, que el operador administrativo SEÑALE en los
pliegos de condiciones REQUISITOS OBJETIVOS para la participación de los consorcios... La
finalidad del ARTÍCULO T DE LA LEY 80 DE 1993 al permitir la asociación de personas para laconformación de consorcios o uniones temporales no sólo es la de hacer factible la prestación de un
servicio, la ejecución de una obra, etc., brindando cada uno mayor calidad y eficiencia en razón de su
especialidad, y evitando así los mayores costos y efectos negativos que puedan derivarse de la
realización aislada y particular de actividades respecto de las cuales no se es el más apto, como así
se anotó en la Gaceta del Congreso, sino que también la finalidad es la de asegurar a la
Administración contratante, mediante la solidaridad creada en su favor entre los CONSORCIADOS o
los UNIDOS TEMPORALMENTE respecto al cumplimiento total de la propuesta y del objeto
contratado..."
"Es así como cada consorciado y cada uno de los unidos temporalmente tiene una capacidad real
individual, que no tiene alcance real de garantía efectiva sobre la solidaridad fijada en la ley a favor
del contratante, precisamente porque en esas formas de asociación si bien se ve HACIA FUERA la
capacidad del consorcio y de la unión temporal, resulta que HACIA ADENTRO del CONSORCIO y de
la UNIÓN TEMPORAL, se aprecia la real capacidad de cada uno de sus miembros, por razonesobvias, siempre inferior a la de la asociación, por consorcio o por unión temporal. La solidaridad fijada
en la ley para los consorciados y para los unidos temporalmente, según el caso, puede dar lugar al
requerimiento administrativo o a la declaración judicial de exigir el cumplimiento o la indemnización,
según el evento, y muy seguramente en la realidad material, la previsión legal de solidaridad no
tendrá la eficacia buscada por el legislador, en la medida que acrezca el número de participantes,
pues si bien a mayor número de participantes es mayor la capacidad del consorcio o de la unión
temporal, también a mayor el número de participantes es menor la capacidad individual de estos y,
por tanto, aunque la ley predica la solidaridad, que es indiscutible, la realidad de eficacia se torna en
improbable en la medida en que la capacidad de cada consorciado y de cada una de las personas
que integran la unión temporal es menor."
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PROCUFGBStALDELANACKHI
Teniendo en cuenta la anterior información y de conformidad con lo establecido en el Artículo
2.2.1.1.1.5.3 del Decreto 1082 de 2015, se recomienda para medir la capacidad financiera y de
organización para el presente proceso los siguientes indicadores:
INDICADOR
LIQUIDEZ (Activo corriente/Pasivo corriente)
Endeudamiento (Pasivo total/ Activo total)
Razón de cobertura de Intereses ( Utilidad Operacional/ gastos de
intereses)
Rentabilidad del Activo (utilidad operacional /activo)
Rentabilidad del Patrimonio utilidad operacional/patrimonio
VALOR REQUERIDO
Mayor o igual a
1
Menor o igual a
65%
Mayor o igual a
2
Mayor o igual a
4%
Mayor o igual a
7%
• índice de Liquidez: Teniendo en cuenta que el interés de La Procuraduría General de la
Nación es que los Oferentes tengan un índice de liquidez mínimo que les permita cumplir con
sus obligaciones financieras, para la determinación del índice de liquidez se tomó como
referencia la liquidez mínima aceptable, esto es mayor o igual a 1.
• índice de Endeudamiento: Es el resultado de dividir el pasivo total por el activo total.
En este caso para definir un índice máximo de endeudamiento, La Procuraduría General de la
Nación tomó como referencia el valor promedio de la muestra, estableciendo el valor máximo
de endeudamiento en el 65%.
• Razón de cobertura de intereses: Este indicador es el resultado de la utilidad operacional
dividida por los gastos de intereses.
La Entidad considera importante contar con Oferentes que puedan solventar sus obligaciones
financieras, razón por la cual determinó el indicador de cobertura de intereses en mayor o
igual 2jO para participar en este proceso
Cuando se trate de consorcios, uniones temporales o promesa de sociedad futura, los índices
de Liquidez, Endeudamiento y Razón de Cobertura de Intereses, cada uno de los integrantes de
la asociación deberá cumplir con el mínimo requerido.
Capacidad Organizacional
La Capacidad de Organización se evaluará con base en la información financiera con corte a
diciembre 31 de 2014 respecto de los siguientes indicadores financieros.
Teniendo en cuenta que La Procuraduría General de la Nación debe asegurar que las proponentes
tienen la capacidad para responder a las obligaciones derivadas fijó los siguientes indicadores como
requisitos habilitantes con los cuales se medirá la capacidad organizacional.
(a) Rentabilidad del Activo
El rendimiento de los activos se evaluará de acuerdo al porcentaje que resulte de dividir la utilidad
operacional por el activo total.
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PROCUnUMJRIAGENERAL DE LA NACIÓN?■■■■■ VH 1^^ IWnílVIl
La utilidad operacional sobre los activos indica qué tan rentable es una empresa respecto de sus
activos totales, por lo tanto muestra qué tan eficientemente usa sus activos para generar ganancias.
La Procuraduría General de la Nación considera que el Oferente muestra su eficiencia al tener un
resultado positivo de la utilidad operacional sobre el activo y determinó que la rentabilidad del activo
debe ser mayor a 4%j teniendo en cuenta la información reportada por el sector.
(b) Rentabilidad del Patrimonio
El rendimiento del patrimonio se evaluará de acuerdo al porcentaje que resulte de dividir la utilidadoperacional por el patrimonio total.
La utilidad operacional sobre el patrimonio indica qué tan rentable es una empresa respecto de su
patrimonio, por lo tanto muestra qué tan eficientemente usa su patrimonio para generar ganancias.
Así las cosas La Procuraduría General de la Nación, considera que el Oferente muestra su
eficiencia al tener un resultado positivo de la utilidad operacional sobre el patrimonio y determinó que
la rentabilidad del patrimonio debe ser mayor a 7°^ teniendo en cuenta la información reportada por el
sector en el estudio de mercado.
Cuando se trate de consorcios, uniones temporales o promesa de sociedad futura, los
Indicadores de Rentabilidad del Activo y Rentabilidad del Patrimonio, cada uno de los
integrantes de la asociación deberá cumplir con el mínimo requerido.
INDICADOR
Rentabilidad del Activo
(utilidad operacional /activo)
Rentabilidad del Patrimonio
(utilidad operacional/patrimonio)
VALOR REQUERIDO
Mayor o igual a
4%
Mayor o igual a
7%
Estudio de la Oferta y la Demanda
Oferta
Las empresas dedicadas al servicio requerido por la Procuraduría General de la Nación son agencias
de viajes, operadores logísticos y cajas de compensación que prestan estos servicios a través de
establecimientos de su propiedad que cuentan con Registro Nacional de Turismo y hoteles. Este
mercado no es restringido, los servicios que se pretenden adquirir son ofrecidos por múltiples
empresas con diferenciales representativos teniendo en cuenta el tamaño de la empresa, su
experiencia y régimen tributario entre otros.
De acuerdo con el «Estudio de Mercados para las Agencias de Viajes en Colombia», realizado por la
Delegatura de Protección de la Competencia de la Superintendencia de Industria y Comercio1, lacadena productiva y la cadena de valor de este sector es la siguiente:
« CADENA PRODUCTIVA DEL TURISMO
Kaplinsky y Morris, (citado por Vivianne Ventura-Días, 2011), señaló que la cadena productiva
del turismo o cadena de valor está definida como:
1 www.sic.gov.co/dnipal/.../estudios%20economicos/.../Agencias_Viajes.pViceprocuraduría General - Grupo de Transparencia y del Derecho de Acceso a la Información pública i 7
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GEIERAL DE U NACIOM
(...) el conjunto de todas las actividades que son necesarias para producir un bien o servicio
desde su concepción, pasando por las diferentes etapas de producción (que involucran una
combinación de transformación física y los insumos de diferentes servicios) hasta el
suministro al consumidor final para su uso. (Ventura- Días, 2011, p.23)
A partir de lo anterior, se tiene que la cadena de valor se encuentra conformada por diversos
eslabones del sector del turismo, a saber:
i) Proveedores de insumos, los cuales se encuentran conformados por empresas de
transporte, hoteles, excursiones nacionales e internacionales, alquiler de vehículos, cruceros,
trenes, organización de convenciones, ferias, seminarios, entre otros.
ii) El eslabón de transformación el cual lo conforman todo tipo de productos que el turista
consumirá durante el transcurso de su viaje como los son actividades de esparcimiento, entre
otros.
iii) El eslabón de Comercialización el cual comprende a los intermediarios de la cadena como
lo son las agencias de viajes, los servicios de guía turístico, entre otros. En la Gráfica 1 se
observa el esquema de la cadena de valor del turismo en Colombia.
Gráfica. Cadena de valor del Turismo en Colombia
T
U
R
I
S
M
O
Proveedores de
insumoTransformación Comercialización
•Transporte
intermunicipal
•Transporte
internacional
•Transporte
marítimo
•Transporte
fluvial
♦Transporte
aéreo
♦Transporte
multimodal
•Otros
•Alojamiento
•Actividades
teatrales
•Servicios
auxiliares
•Servicios
artísticos
•Otras
actividades de
esparcimiento
•Servicios de
guías turísticos
• Agencias de
turismo
• Servicios de
asistencia a
turistas
Fuente: Cámara de Comercio de Bogotá (2005).
De otra parte cada día cobran mayor relevancia en el mercado la conformación de grupos de agencias
de viajes, las cuales tienen como función primordial lograr que las agencias asociadas a cada uno de
estos sean cada día más competitivas y rentables, brindándole a su vez herramientas de innovación
tecnológica que les permita adaptarse a los cambios del mercado. Igualmente, a su vez la
conformación de dichos grupos permite acrecentar las negociaciones con diversos proveedores para
afianzar el posicionamiento de sus marcas nacionales e internacionales. Los grupos masViceprocuraduría General - Grupo de Transparencia y del Derecho de Acceso a la Información pública i o
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PROCURADURÍAGBERALDEUNACfON
representativos son: Grupo Aviatur S.A, Grupo Empresarial turístico Over S.A, Grupo Lalianxa, Travel
Network S.A y Grupo Nobel Ossa Asociados S.A Viajes y Turismo entre otros.
Por medio de las asociaciones (ANATO, Fondo de Promoción Turística), y los grupos empresariales
(Grupo Aviatur, Grupo Over, Grupo Lalianxa, entre otros) las agencias de viajes cuentan con un
apoyo empresarial donde pueden llevar a cabo actividades de cooperación conjunta, dando a conocer
sus productos, proyectos y servicios a nivel nacional, y pudiendo contar a su vez con una
representación gremial ante el Gobierno Nacional.»
Demanda
Para analizar la demanda del sector se tuvieron en cuenta las condiciones en las cuales se
ha adquirido este servicio por la Procuraduría General y por otras entidades públicas.
Histórico de adquisición en la Entidad
La Procuraduría General de la Nación, ha llevado a cabo varios procesos para la prestación
de servicios de operador logístico y de gestión administrativa de eventos; en el siguiente
cuadro se relacionan los adelantados en los años inmediatamente anteriores al presente
proceso:
PROCURADURÍA GENERAL DE LA NACIÓN
Año
Entidad
# proceso
Modalidad
de
Selección
Presupuesto
oficial
Valor
contrato
Objeto del
Contrato
Forma de
Pago
Plazo del
contrato
Oferentes
2014
PGN
CTO. 179-100-2014
Contratación Directa por
Declaratoria Desierta del SAMC
28 de 2014
91.707.005
91.520.520
0.21%
Prestación del servicio hotelero
de hospedaje y alimentación por
3 noches y 3 días para 144
Procuradores Judiciales I y II en
Bogotá y suministro de refrigerios
Un pago del 100% por servicios
efectivamente prestados
4 días calendario
2013
PGN
Selección Abreviada de Menor
Cuantía 38 de 2013
Selección Abreviada
235.557.489
162.900.000
30.85%
La contratación de un operador
logístico para la realización de dos
(2) jornadas de capacitación, en las
ciudades de Bogotá y Bucaramanga,
sobre el sistema mixto (oral y
escritural) en lo contencioso
administrativo - procuraduría
delegada para la conciliación
administrativa, dirigidas a
funcionarios de la procuraduría
general de la nación
Un pago anticipado del treinta (30%)
por ciento del valor del contrato a la
firma del acta de inicio, y el setenta
(70%) restante se pagará a la
terminado del mismo.
1 mes y 15 días
Hotel Solar-Chicamocha
Hotel Royal Park
Carlos Alberto Pinzón
Zaquille Ma. Nader
Grupo Hobby BTL SAS
Promotora La Triada S.A:
2012
PGN
Selección Abreviada de Menor Cuantía 14 de
2012
Selección Abreviada de Menor Cuantía
182.370.981
127.012.635
30.36%
Seleccionar al oferente que preste el servicio de
operador logístico para la realización de cuatro
(4) jornadas de capacitación sobre la ley 1437 de
2011 ¿nuevo código de procedimiento
administrativo y de lo contencioso administrativo^
dirigidas a los funcionarios de la procuraduría
general de la nación.
Un anticipo del 30% del valor del contrato a la
firma del acta de inicio, y el 70% restante se
pagará a la terminación del mismo
3 meses
Seminarios Andinos EU
Fundación Fitec
Hangar Musical SAS
Douglas Trade SAS
Colsubsidio
Corprogreso
Royal Park Ltda
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19
Contratista
Condiciones
de
experiencia
mínimas
exigidas al
oferente
Aspectos
evaluables
de la oferta
Garantías
exigidas
Sanciones
Sociedad Hotelera Tequendama
S.A.
N/A
N/A.
Cumplimiento 30%
Calidad del servicio 30%
Pago de salarios prestaciones
sociales e indemnizaciones
laborales 5%
No
Zaquille Maria Nader
Los proponentes deben acreditar con
las certificaciones respectivas
expedidas por los contratantes, la
celebración, ejecución y terminación
de hasta cuatro (4) contratos
celebrados con entidades públicas u
otros clientes cuyo objeto
corresponda con la operación
logística.
-Condiciones económicas'-'-
Propuesta Económica 600 puntos.
-Condiciones de Calidad-
a. Un coordinador de servicios
auxiliar o de apoyo -adicional al
mínimo requerido. 100 puntos. Para
cada evento, b. El ofrecimiento de
entrega de más cupos de memorias
del evento en CD para todos los
asistentes. '(Ponencias y
presentaciones en Power Point) 100
Puntos.
'- Estímulo a la Industria Nacional 100
puntos.
'-Condiciones preferenciales en favor
de la oferta de bienes y servicios
producidos por las MIPYMES 100
puntos.
Devolución del pago anticipado 100%
del valor girado como pago
anticipado
Cumplimiento 30%
Pago de Salarios y Prestaciones
Sociales e Indemnizaciones laborales
10%
No
Grupo Hobby SAS
Sonia Jaimes Cobo
Zaquille Ma. Nader
Royal Park Itda
Los proponentes deben acreditar con las
certificaciones respectivas expedidas por los
contratantes, la celebración, ejecución y
terminación de hasta cuatro (4) contratos
celebrados con entidades públicas u otros
clientes cuyo objeto sea igual o similar al del
presente proceso de selección.
-Condiciones económicas'-'- Propuesta
Económica 600 puntos.
-Condiciones de Calidad-
a. Un coordinador de servicios auxiliar o de apoyo
-adicional al mínimo requerido. 100 puntos b. El
ofrecimiento de entrega de más cupos de
memorias del evento en CD para todos los
asistentes. 100 Puntos
'- Estímulo a la Industria Nacional 100 puntos.
'-Condiciones preferenciales en favor de la oferta
de bienes y servicios producidos por las
MIPYMES 100 puntos.
Cumplimiento 30%
Pago anticipado 100%
Pago de salarios, prestaciones sociales e
indemnizaciones laborales 10%
No
De la información anterior, se concluye que la modalidad de selección utilizada es la de
Selección Abreviada de Menor Cuantía, los factores de calidad sujetos de ponderación fueron
los relativos al personal (un coordinador adicional) y la entrega de más cupos de memorias
para los asistentes. En todos los casos se requirió la expedición de pólizas y los amparos
fueron los de cumplimiento y salarios y prestaciones sociales, así como el de devolución del
pago anticipado, en dos de los casos en que se pactó esta forma de pago. En los procesos
de Selección Abreviada hubo pluralidad de oferentes y la experiencia se verificó en contratos
terminados con objeto similar.
Histórico de adquisiciones de otras Entidades:
Con el ánimo de identificar experiencias de contratación similares que permitan definir
parámetros claves para la estructuración del proceso de selección, se identificaron en el
Sistema Electrónico de Contratación Pública SECOP, otros procesos adelantados por
diferentes Entidades en el período 2014 - 2015 y cuyo objeto de contratación es contratar
servicios de operador logístico para la organización de eventos; sin embargo las
especificaciones técnicas definidas difieren con el presente proceso de selección, entre otros
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20
PROCUF6ENBULDEUNACI0II
por la distribución de las ciudades y el número de eventos, características técnicas, razón por
la cual no es posible realizar un comparativo entre los valores dados para dichas Entidades.
Año
Entidad
Modalidad
de
contratado
n
Presupeust
o oficial del
contrato
Valor
porcentaje
de
descuento
No.
Contrato
Fecha
Objeto
Forma de
Pago
Plazo del
contrato
Oferentes
2015
Ministerio del
Interior
Licitación
Pública
13.402.258.884
13.402.258.884
0,000%
M-810DE2015
20 de Mayo de
2015
Contratar un
operador
logístico que se
encargue de
prestar los
servicios de
alimentación,
alojamiento,
desplazamiento
s aéreos,
terrestres,
marítimos y
multimodales,
material de
apoyo y todas
aquellas
acciones
inherentes a la
actividad a
contratar para
el cabal
cumplimiento
de las
actividades
(eventos y
reuniones).
Mensualidades
vencidas
7 meses 16
dias
Subatours s.a.s
Sonia james
Cobos
Unión temporal
m&p
operadores
Publicas s.a.s.
Amistad s.a.s.
Y/o a descubrir
travel t
adventure
2015
IEMP
Licitación
Pública
380.000.000
323.000.000
15,000%
Proceso
Número 460
05 de mayo de
2015
Contratar a un
operador
logistico que
desarrolle
actividades
logísticas,
operativas y
asistenciales
requeridas para
la realización
de los eventos
"quinto
congreso
internacional de
derecho
disciplinario" y
"quinto
congreso
internacional de
contratación
estatal"
Mensualidades
vencidas
9 meses
Organización
simplex s.a.
714.711
Publica s.a.s.
912
Fundación
ways of hope 0
2014
Centro de memoria histórica
(cnmh)
Licitación Pública
1.720.000.000
1.720.000.000
0,000%
353-2014
25-02-2014 12:01 p.m.
Contratar un operador logistico
que preste los servicios para la
organización, administración y
ejecución de eventos para el
cumplimiento de sus obligaciones
misionales.
Pagos mensuales
9 meses 1 dia
Sonia Jaimes Cobos
Publicas S.A.S
Seminarios Andinos S.A.S
Hobby btl comunicaciones y
eventos
Feeling company
Cvml marketing Agency
Creativa producciones S.A
Unión temporal memoria 2014
2014
Open Group Btl
Ltda
Licitación Pública
326.274.960
326.274.960
0,000%
508-2014
05 de mayo de
2014
Prestación de
servicios de
operadores
logísticos para el
desarrollo de los
eventos.
Mensualidades
vencidas
7 meses 8 dias
Producción de
eventos 911
Fundación Waysof
Hope
Open Group
2014
Ministerio de Ambiente
Subasta
1.668.469.404
1.668.469.404
0,000%
S.A.S.I.No. 011 -2014
2 de Septiembre 2014
El ministerio requiere contratar
los servicios de operación
técnica y logística necesarios
para la ejecución y realización
eventos, seminarios y
actividades de capacitación.
Mensualidades vencidas
6 meses
Age andinos grupos
empresarial s.a.s.
Fundación fitec
Unión temporal ambiental cm-
me
Unión temporal estrategia
logística 2014
Hobby btl s.a.s.
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IRÍA6BEULDEUMKI0H
ContratistaSubatours
S.A.SPubblica S.A.S Seminarios Andinos S.A.S
Open Group Btl
Ltda
Age andinos grupo empresarial
s.a.s.
Condiciones
de
experiencia
mínimas
exigidas al
oferente
El proponente
deberá
demostrar
certificaciones
de contratos
suscritos y
ejecutados
100%. estar
debidamente
inscrita en el
RUPde
acuerdo con los
códigos
UNSCP.
Especifica. La
experiencia
deberá
demostrarse
con máximo
diez (10)
certificaciones
de contratos
ejecutados, con
el mismo o
similar objeto
en operación
logística,
durante los
siete (7) últimos
años anteriores
a la fecha fijada
como cierre del
presente
proceso, cuya
sumatoria sea
igual o superior
al 70% del
presupuesto
oficial del
presente
proceso, esto
expresado en
SMLMV.
Los.proponente
s deberán
~creditar con
las
certificaciones
respectivas,
expedidas por
los
contratantes, la
celebración,
ejecución y
terminación de
mínimo tres (3)
y máximo seis
(6) contratos
celebrados y
ejecutados,
cuyo objeto sea
la prestación de
servicios de
logística para
realización de
eventos
académicos
tales como:
congresos,
seminarios y
foros. Por lo
menos dos (2)
de las
certificaciones
deben acreditar
atención de al
menos de 300
personas y la
duración de dos
(2) de los
eventos
acreditados
debe ser de
mínimo dos (2)
dfas.
Acreditar experiencia en la
ejecución de hasta
TRES (3) contratos ejecutados en
los últimos 2 años cuyo objeto
esté relacionado con la prestación
de
servicios para la organización,
administración y ejecución de
eventos cuya sumatoria
corresponda como mínimo a
2.793 SMLMV.
Deberá allegar Certificados de la
experiencia en la El interesado
debe indicar en cada certificado o
en cada copia de los contratos, los
bienes, obras y servicios a los
cuales corresponde la experiencia
que pretende acreditar.
El oferente deberá
acreditar
certificaciones de
contratos
ejecutados en los
últimos tres (3)
años. Si el
proponente es un
Consorcio o una
Unión Temporal,
cada uno de sus
miembros deberá
acreditar
experiencia en
contratos
ejecutados en
actividades iguales
o similares al objeto
a contratar. En todo
caso la Experiencia
Total del consorcio
o unión temporal
será la suma de la
experiencia que
aporte cada uno de
sus integrantes
Para la acreditación de este
requisito el proponente debe
presentar mínimo tres (3) y
hasta seis (6) certificaciones
de contratos 100% ejecutados
suscritos con entidades
públicas o privadas durante los
últimos ocho (8) años cuyo
objeto sea igual o similar al del
presente proceso de selección,
tiempo que será contabilizado
hacia atrás desde la fecha de
cierre del presente proceso.
Cumplimiento
30%
Cumplimiento
30%Cumplimiento 10% Cumplimiento 20% Cumplimiento 20%
Pago de
salarios,
prestaciones
sociales e
indemnizacione
s laborales 5%
Pago de
salarios,
prestaciones
sociales e
indemnizacione
s laborales 5%
Pago de Salarios, Prestaciones
Sociales e Indemnizaciones
laborales: 5%
Pago de salarios,
prestaciones
sociales e
indemnizaciones
laborales 5%
Calidad del Servicio 20%
Garantías
exigidasCalidad de los
Bienes 20%
Calidad del
servicio 10%Calidad del servicio 10%
Calidad de los
Bienes 20%
Responsabilidad Civil
Extracontractual 200 SMMLV
Calidad del
Servicio 20%
Póliza de
manejo 20%
Calidad del Servicio. El valor de la
garantía deberá ser equivalente al
veinte por ciento (20%
Calidad del Servicio
20%
Salarios, Pretaciones sociales
e indemnizaciones
Responsabilida
d Civil
Extracontractual
5%
Salarios y
prestaciones
sociales 5%
Responsabilidad Civil
Extracontractual 5%
Responsabilidad
Civil
Extracontractual
5%
Responsabilidad Civil
Extracontractual 5%
Sanciones No NO No No
De la información anterior, se concluye que la modalidad de selección más utilizada es la de
Licitación Pública, por el presupuesto disponible en cada caso; la experiencia fue validada
con certificaciones (mínimo 3 y máximo 10), la forma de pago pactada corresponde a pagos
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22
PROCUFGENERALDEUNACION
parciales mensuales (por número de eventos realizados. En todos los casos se requirió la
expedición de pólizas y los amparos fueron los de cumplimiento y salarios y prestaciones
sociales, calidad del servicio y RCE. En los procesos de Selección hubo pluralidad deoferentes.
7. PRESUPUESTO ESTIMADO
Para estimar el valor del servicio, se solicitaron 139 cotizaciones a posibles proponentes, entregando
a ellos un formato de solicitud de cotización establecido por la Entidad, el cual contenía los
requerimientos técnicos específicos en cuanto al recurso humano, , recurso físico, equipo técnico,transporte, hospedaje, material didáctico y especificaciones en general del servicio
Se obtuvieron ocho (8) cotizaciones de las siguientes empresas, sobre las cuales se realizó un cálculo
promedio con tres (3) de ellas que cotizan desagregando los ítems requeridos; la empresa Aviatur
S.A. detalla en su cotización que no contempla dentro de ella algunos destinos, no resultando
comparable la cotización y las demás cotizaciones fueron presentadas con valores globales por
evento, razón por la cual no es posible deducir los ítems comparables, por lo cual no fueron tenidas encuenta.
Del mismo análisis se obtiene el costo promedio del servicio por el valor de DOSCIENTOS NOVENTA
Y DOS MILLONES TRESCIENTOS TREINTA Y NUEVE MIL SEISCIENTOS CUATRO PESOS
M/CTE (292.339.604,00), tal como se detalla a continuación:
ÍTEM / COTIZANTE
RECURSO HUMANO
RECURSOS FÍSICOS Y EQUIPOS
TÉCNICOS
TRANSPORTE
TOTAL
IVA 16%
VALOR TOTAL
4E DOMINIO EN
LOGÍSTICA
14.280.000
221.340.000
30.030.000
265.650.000
42.504.000
308.154.000
FUNDECOMERCIO
67.510.000
107.670.000
40.320.000
215.500.000
34.480.000
249.980.000
VITAco
147.661.000
104.232.000
23.007.700
274.900.700
43.984.112
318.884.812
El presupuesto estimado se encuentra amparado en el certificado de disponibilidad presupuestal No.
46115 del 24 de junio de 2015, expedido por la Coordinadora del Grupo de Ejecución Presupuestal de
la Procuraduría General de la Nación.
7.1 CONOCIMIENTO DE LOS COTIZANTES
COTIZANTE
4E DOMINIO EN LOGÍSTICA
FUNDECOMERCIO
VITAco
Creación
10 junio 2010
Resol. 123 del
27-02-1987
25 enero de 2010
Años de
existencia
5 años 22 días
28 años
5 años 6 meses
Calidad de
Mipyme
mypyme
Pequeña
Pequeña
Régimen
Tributario
Régimen
común
Régimen
común
Régimen
común
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PROCURADURÍAGENERAL DEUWACIWI
8. FORMA DE PAGO
La Procuraduría General de la Nación, por tratarse de un contrato de prestación de servicios, en el
cual debe garantizarse la adquisición de bienes y servicios consumibles y la liquidez del contratista
para este fin, realizará un primer pago correspondiente al 40% del valor del contrato, en calidad de
pago anticipado, una vez se suscriba el acta de inicio, previo cumplimiento de los requisitos de
perfeccionamiento, legalización y ejecución del contrato. Lo anterior teniendo en cuenta que el
oferente ganador debe realizar reservas tanto de los lugares donde se desarrollará el evento, así
como los servicios de alojamiento y alimentación y demás servicios; el 60% restante del valor del
contrato posterior a la finalización de los eventos el cual se hará efectivo dentro de los 30 días
calendario siguientes a la radicación en el Grupo de Cuentas de la División Financiera, factura o
cuenta de cobro con sus respectivos soportes acompañada de la certificación que expida el
funcionario designado por la entidad para ejercer la supervisión del contrato
El proceso de aceptación de la factura se surtirá en un término no mayor a tres (3) días hábiles
siguientes a la fecha de su entrega por parte del CONTRATISTA, periodo en el cual la supervisión
realizará las reclamaciones en contra de su contenido, bien sea mediante la devolución de la misma, o
por medio de reclamo escrito dirigido al emisor o tener de la factura.
En todo caso el pago estará sujeto a la entrega por parte del contratista de los soportes y la
certificación donde se verifique el cumplimiento por parte de éste de las obligaciones con el Sistema
General de Seguridad Social (sistema de salud, riesgos profesionales, pensiones) y aportes
parafiscales (Cajas de Compensación Familiar, ICBF, SENA), cuando de conformidad con la Ley 1607
de 2012 corresponda y a la disponibilidad del PAC (Programación Anual Mensualizado de Caja).
9. REQUISITOS DE VERIFICACIÓN DE LA PROPUESTA
Los proponentes deben acreditar los siguientes requisitos de verificación: la capacidad Jurídica,
financiera, de organización operacional, técnica y experiencia acreditada específica. Estos requisitos
serán verificables por los integrantes de los diferentes comités, analizando si los proponentes
CUMPLEN O NO CUMPLEN con los requisitos y especificaciones mínimos exigidos por la entidad en
el pliego de condiciones.
Los proponentes interesados en la presente convocatoria deberán acreditar los requisitos habilitantes
que a continuación se describen, los cuales se verificarán principalmente con la información que obra
en el RUP y con aquella documentación adicional requerida por la Entidad.
De igual forma la Procuraduría General de la Nación verificará con el contenido que obre en el RUP,
la información relativa a multas, sanciones e inhabilidades.
9.1 CAPACIDAD JURÍDICA
Los proponentes deben cumplir con los siguientes requisitos de orden jurídico, para lo cual aportará
los siguientes documentos:
En el proceso podrán participar personas naturales o jurídicas, nacionales o extranjeras, en consorcio
o unión temporal o promesas de sociedad futura, cuyo objeto social o actividad comercial les permita
cumplir con el objeto del contrato. La figura jurídica a través de la cual se presente el oferente, debe
tener una duración igual al plazo del contrato y un (1) año más. La sociedad prometida, debe
constituirse de inmediata a adjudicación del contrato.
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GENBtAL DE LA KACIOM
La Procuraduría General de la Nación verificará el contenido que obre el RUP, la información relativa
a multas, sanciones e inhabilidades.
Así mismo en cuanto a la capacidad jurídica. Se verificarán siguientes aspectos:
9.1.1 Oferta debidamente firmada
Requisito que se cumple con la firma de la carta de presentación de la oferta por parte de la persona
legalmente facultada, la cual debe allegarse con la propuesta que se presenta dentro del plazo y en el
sitio fijado.
Debe ser firmada por el proponente: persona natural, representante legal para personas jurídicas,
persona designada para representarlo en caso de consorcio o unión temporal, o apoderado
debidamente constituido, evento en el cual se debe anexar el poder debidamente conferido ante
notario público o autoridad judicial competente donde se indique expresamente cuales son las
facultades con que cuenta respecto a la suscripción de la propuesta en el monto señalado y en caso
de ser beneficiario de la adjudicación, si cuenta poder para suscribir el contrato y representar al
contratista en su ejecución. En este evento el poder deberá ser anexado con esas formalidades junto
con la carta de presentación de la propuesta.
El representante legal debe encontrarse debidamente facultado para representar legalmente a la
sociedad y para celebrar todos los actos y contratos que se relacionen con el objeto de la misma.
Antecediendo a la firma, se debe indicar en forma clara el nombre de la persona que suscribe la
oferta.
En la carta de presentación de la propuesta el proponente manifestará de manera expresa que no se
encuentra incurso en las causales de inhabilidad, incompatibilidad o prohibiciones para contratar,
establecidas en la Constitución Política o en la Ley.
Junto con la carta de presentación, el proponente debe aportar fotocopia de la cédula de ciudadanía
de quien suscribe la oferta.
La carta de presentación se deberá diligenciar de conformidad con el formato del anexo No.1 carta de
presentación, adjunto al pliego de condiciones.
9.1.2 Documento de conformación del consorcio o unión temporal o promesa de sociedad
futura.
Si la oferta es presentada por un Consorcio o una Unión Temporal, en la carta de presentación se
debe indicar el nombre del consorcio o unión temporal y además el nombre de los integrantes del
mismo. De acuerdo con lo establecido en la ley 80 de 1993, artículo 7, en el documento de
conformación del Consorcio o Unión Temporal se debe:
a) Indicar en forma expresa si su participación es a título de CONSORCIO O UNIÓN TEMPORALO PROMESA DE SOCIEDAD FUTURA.
b) Designar la persona, que para todos los efectos representará el consorcio o la unión temporal
o promesa de sociedad futura.
c) Señalar las reglas básicas que regulen las relaciones entre los miembros del Consorcio o la
Unión Temporal y sus respectivas responsabilidades.
d) En el caso de la UNIÓN TEMPORAL señalar en forma Clara y precisa, los términos yextensión de la participación en la propuesta y en su ejecución y las Obligaciones y
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PROCUGBERALDEUNACION
responsabilidades de cada uno en la ejecución del contrato (ACTIVIDADES), los Cuales no
podrán ser sin el consentimiento privo de la Entidad contratante.
e) Señalar la duración del mismo que no deberá ser inferior a la del contrato y un (1) año más.
f) En atención a lo dispuesto en el artículo 11 del Decreto 3050 de 1997, los integrantes del
Consorcio o Unión Temporal en el documento de constitución para efectos del pago, en
relación con la facturación deben manifestar:
■ Si la facturación la va a efectuar en representación del consorcio o la unión
temporal uno de sus Integrantes, caso en el cual se debe informar el número del
NIT de quien factura.
■ Si la realizar el Consorcio o unión temporal con su propio NIT, hecho que Se
debe indicar en el documento de conformación. Además Se debe señalar el
porcentaje o valor del Contrato que corresponda a cada uno de los integrantes,
el nombre o razón social y el NIT Cada uno ellos. En este Caso, para efectos de
la inscripción en el Registro Único Tributario deberán tener en Cuenta lo
dispuesto en el Decreto 2645 de 2011.
El impuesto sobre las ventas discriminado en la factura que expida el Consorcio o Unión Temporal,
deberá ser distribuido a cada uno de sus miembros de acuerdo con su participación en las actividades
gravadas que dieron lugar al impuesto, para efectos de ser declarado.
En cualquiera de las alternativas anteriores, las facturas deberán cumplir los requisitos establecidos
en las disposiciones legales.
g) Suscribir por todos sus integrantes y el representante del mismo.
9.1.3. Certificado de existencia y representación legal y/o documento legal idóneo
Si la propuesta la presenta una persona jurídica, debe allegar el certificado de existencia y
representación legal, expedido por la respectiva Cámara de Comercio dentro de los quince (15) días
hábiles anteriores al cierre de la presente selección, donde conste quién ejerce la representación
legal, las facultades del mismo, el objeto social, dentro del cual se debe hallar el objeto del presente
proceso y la duración de la sociedad.
En el caso de uniones temporales o consorcios, sus miembros deberán acreditar que dentro de su
objeto social se encuentra comprendida la actividad que se comprometen a desarrollar en el acuerdo
de conformación correspondiente. En todo caso el consorcio o la unión temporal deberá en conjunto,
acreditar que sus objetos sociales comprenden el objeto de la presente selección abreviada.
La sociedad debe tener una duración no inferior al plazo del contrato y un año más (artículo 6o Ley 80
de 1993).
Cuando el monto de la propuesta fuere superior al límite autorizado al Representante Legal, el
oferente deberá allegar la correspondiente autorización la cual debe ser impartida por la Junta de
Socios o el estamento de la sociedad que tenga esa función.
En el evento que del contenido del Certificado expedido por la Cámara de Comercio se haga la
remisión a los estatutos de la Sociedad para establecer las facultades del Representante Legal, el
oferente deberá anexar copia de la parte pertinente de dichos estatutos, y si de éstos se desprende
que hay limitación para presentar la propuesta en cuanto a su monto, se deberá igualmente allegar la
correspondiente autorización la cual debe ser impartida por la Junta de Socios o el estamento de la
sociedad que tenga esa función.
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PROCURADURÍAGENERAL DEUHACIWI
Si la propuesta se presenta a nombre de una Sucursal, se deberán anexar los Certificados tanto de la
Sucursal como de la Casa principal.
En ofertas conjuntas, cuando los integrantes del consorcio o unión temporal, o uno de ellos, sea
persona jurídica, debe aportar el citado certificado, cumpliendo además con todos los requisitos
señalados con antelación.
9.1.4. Registro Nacional de Turismo
El proponente debe anexar copia vigente de su Registro Nacional de Turismo expedido por el
Ministerio de Comercio, Industria y Turismo o la cámara de comercio que lo acredite como
establecimiento de alojamiento - Hotel.
En ofertas conjuntas, todos los integrantes del consorcio o unión temporal, deben aportar el citado
Registro.
9.1.5. Certificado de inscripción en el registro único de proponentes (RUP), acorde con lo
establecido por el la subsección 5, sección 1, capitulo 1 titulo 1 parte 2 del Decreto 1082 de
2015.
El proponente debe aportar el certificado de inscripción en el Registro Único de Proponentes expedidopor la Cámara de Comercio del domicilio del oferente, expedido dentro de los quince (15) días hábiles
anteriores al cierre de la presente selección.
Se tendrá en cuenta la información que se encuentre registrada en el RUP y que esté en firme para la
fecha de adjudicación del proceso, relacionada con la inscripción, actualización o renovación hecha
bajo el régimen del Decreto 1510 de 2013 y acorde con lo establecido por Decreto 019 de 2012.
Tanto en el evento de presentación de la oferta en forma individual como conjunta (consorcios,
uniones temporales o promesas de sociedad futura), el oferente y cada uno de los integrantes de
dicha persona, debe estar inscrito en el RUP.
En caso de prórroga del plazo del proceso, el certificado RUP tendrá validez con la primera fecha
prevista para la entrega de la propuesta.
9.1.6. Garantía de seriedad de la oferta
De conformidad con lo señalado en el decreto 1082 de 2015, artículo 2.2.1.2.3.1.2, los proponentes
podrán otorgar para asegurar el cumplimiento de sus obligaciones, una de las siguientes garantías:
Contrato de seguro contenido en una póliza
Patrimonio autónomo
Garantía bancaria
Para evaluar la suficiencia de la garantía se aplicaran las reglas establecidas en el artículo
2.2.1.2.3.1.9 del referido Decreto.
Cuando la oferta es presentada por un proponente plural, como Unión Temporal, Consorcio o
Promesa de sociedad futura, la garantía debe ser otorgada por todos sus integrantes.
La garantía de seriedad de la oferta debe cubrir la sanción derivada del incumplimiento de la oferta, en
los siguientes eventos:
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PROCUFeQEMLDEUNACION
i) La no ampliación de la vigencia de la garantía de seriedad de la oferta cuando el plazo para la
adjudicación o para suscribir el contrato es prorrogado, siempre que tal prórroga sea inferior a tres (3)
meses.
ii) El retiro de la oferta después de vencido el plazo fijado para la presentación de las ofertas,
iii) La no suscripción del contrato sin justa causa por parte del adjudicatario.
iv) La falta de otorgamiento por parte del proponente seleccionado, dentro del plazo señalado en el
Contrato, de la garantía de cumplimiento del contrato.
La garantía de seriedad de la oferta debe estar vigente desde la presentación de la oferta y hasta la
aprobación de la garantía de cumplimiento del contrato (3 meses) y su valor debe ser de por lo menos
el diez por ciento (10%) del valor del presupuesto oficial. Las cifras del valor de la garantía deben
expresarse en pesos, sin utilizar decimales, para lo cual se aproximará al múltiplo de mil inmediato,
teniendo en cuenta reducir al valor inferior si el decimal es de 1 a 49 y aproximar al siguiente superior,
si el decimal es de 50 a 99.
Dicha garantía debe estar constituida a favor de la Procuraduría General de la Nación y en caso de
que la fecha de cierre del proceso se amplíe, debe tenerse en cuenta la nueva fecha para efecto de la
vigencia de la garantía.
Cuando no se allegue la garantía de seriedad o en la que se presente con la oferta obren datos
incorrectos en el nombre del beneficiario, tomador, vigencia, monto asegurado, no estar referida al
presente proceso de selección, la Entidad solicitará al oferente el documento o la modificación del
caso.
9.1.7. Certificación expedida sobre pago de aportes al sistema de seguridad social y parafiscal.
El proponente debe acreditar con la certificación respectiva, estar dentro de los seis (6) meses
anteriores a la fecha de presentación de la oferta, a paz y salvo con el pago de obligaciones asumidas
por concepto de aportes parafiscales relativos al Sistema de Seguridad Social Integral, así como los
propios del Sena, ICBF y Cajas de Compensación Familiar, cuando corresponda (Articulo 50 Ley 789
de 2002, Ley 1607 de 2012 y demás normas complementarias y modificatorias). Dicha certificación
deberá encontrarse suscrita por la persona natural o su contador, o por el revisor fiscal o
representante legal de la persona jurídica, según sea el caso.
En caso de ofertas conjuntas, cada uno de los integrantes del consorcio o unión temporal debe allegareste documento.
De acuerdo con lo establecido en el Decreto Reglamentario No. 2286 de 2003, los proponentes que
se encuentren excluidos del pago de los aportes al régimen de subsidio familiar, SENA e ICBF,
deberán acreditar dicha situación presentando el certificado de exclusión emitido por la Caja de
Compensación Familiar a la cual se encuentren afiliados o por el SENA y el ICBF cuando les
corresponda certificarlo.
La Entidad se reserva el derecho de verificar con las respectivas Entidades la información que
suministran los proponentes.
Cuando el proponente no allegue con su oferta la certificación de que trata este numeral o la misma
requiere aclaraciones, la Procuraduría las solicitará dentro de los términos previstos para solicitar
aclaraciones.
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PROCÜfGENERAL DEUHACIOK
9.1.8. Verificación responsables fiscales y antecedentes disciplinarios
La Procuraduría General de la Nación se reserva el derecho de verificar si el proponente o cualquiera
de los integrantes del consorcio o unión temporal, se encuentra (n) reportado (s) en el último boletín
de responsables fiscales de la Contraloría General de la República o si aparece como inhabilitado
para contratar en el Sistema de Información de Registro de Sanciones y Causas de Inhabilidad "SIRI"
de la Entidad.
En caso que el proponente o alguno de los integrantes del Consorcio o Unión Temporal, se
encuentren relacionado en el boletín o se encuentre inhabilitado, no podrá contratar con la
Procuraduría General de la Nación, salvo que acredite que se encuentra habilitado para contratar.
9.1.9. Certificaciones para acreditar la condición de discapacidad y de Mipyme
Para efecto de los factores de desempate relacionados con la condición de discapacidad, en el caso
de empresas que en sus nóminas por lo menos un diez por ciento (10%) de sus empleados se
encuentren en las condiciones de discapacidad enunciadas en la Ley 361 de 1997, deberán acreditar
con la oferta el certificado expedido por la Oficina del Trabajo de la respectiva zona y con las
constancias firmadas por el representante legal y/o por el revisor fiscal de la contratación en las que
conste la contratación del personal por lo menos con un (1) año de anterioridad y la condición de
mantenerlo por un lapso igual al de la contratación
En el caso de consorcios o uniones temporales cada uno de los integrantes que tenga esta condición,
debe acreditarla.
La condición de Mipyme se verificará directamente con la información que obre en el RUP.
9.2 CAPACIDAD FINANCIERA
Los requisitos financieros para participar en el presente proceso de selección, serán verificados a
partir de la información sobre capacidad financiera con corte a diciembre 31 de 2014 que obra en el
Certificado de Inscripción RUP.
En el caso de Consorcios o Uniones Temporales el RUP será presentado por cada uno de los
integrantes con el lleno de los requisitos exigidos en el pliego de condiciones; la PGN verificará la
información financiera, de acuerdo a lo certificado por la Cámara de Comercio.
La Procuraduría General de la Nación efectuó el análisis para establecer los indicadores para
verificar la capacidad financiera, de acuerdo con la obligación prevista en el Decreto1082 de 2015.
Se evaluarán con CUMPLE o NO CUMPLE los siguientes indicadores financieros:
jndice de Liquidez
índice de EndeudamientoRazón de cobertura de intereses
ÍNDICE
LIQUIDEZ
(Activo corriente/Pasivo corriente)
REQUERIDO
Mayor o igual a
1,0
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PROCUI6BOM.KUIHCI0N
Endeudamiento
(Pasivo total/ Activo total)*100
Razón de cobertura de Intereses
( Utilidad Operacional/ gastos de intereses)
Menor o igual a
65%
Mayor o igual a
2
Los proponentes que no tengan gastos de intereses y cuya utilidad operacional sea positiva, quedan
habilitados respecto el indicador de Cobertura de Intereses.
Los proponentes que presenten una utilidad operativa negativa o igual a cero, NO cumplirán con el
indicador solicitado.
Cuando se trate de consorcios o uniones temporales, los índices de Liquidez, Endeudamientoy Razón de Cobertura de Intereses, cada uno de los integrantes de la asociación deberá
cumplir con el mínimo requerido. Lo mismo aplica, para quienes presenten su propuesta bajo la
premisa de Sociedad Futura, en caso de adjudicársele el proceso, como quiera que de esta
circunstancia nace el hecho de la constitución de la sociedad, razón por la cual cada uno de los
integrantes ya sea persona natural o jurídica, deberán cumplir con el mínimo requerido para cada uno
de los indicadores.
9.3 CAPACIDAD ORGANIZACIONAL
La Capacidad de Organización se verificará con base en la información financiera con corte a
Diciembre 31 de 2014 que obre en el RUP respecto de los siguientes indicadores financieros.
(a) Rentabilidad del Activo:
El proponente deberá acreditar una rentabilidad del activo mayor o igual a 4%.
La utilidad operacional sobre los activos indica qué tan rentable es una empresa respecto de sus
activos totales, por lo tanto muestra que tan eficientemente usa sus activos para generar ganancias.
Los proponentes que presenten una utilidad operativa negativa, NO cumplirán con el indicador
solicitado al mostrar rendimientos negativos.
(b) Rentabilidad del Patrimonio:
El proponente deberá acreditar una rentabilidad del patrimonio mayor o igual a 7%.
La utilidad operacional sobre el patrimonio indica qué tan rentable es una empresa respecto de su
patrimonio, por lo tanto muestra que tan eficientemente usa su patrimonio para generar ganancias.
Los proponentes que presenten una utilidad operativa negativa, NO cumplirán con el indicador
solicitado al mostrar rendimientos negativos.
Cuando se trate de consorcios o uniones temporales, los Indicadores de Rentabilidad del
Activo y Rentabilidad del Patrimonio, cada uno de los integrantes de la asociación deberá
cumplir con el mínimo requerido. Lo mismo aplica, para quienes presenten su propuesta bajo la
premisa de Sociedad Futura, en caso de adjudicársele el proceso, como quiera que de esta
circunstancia nace el hecho de la constitución de la sociedad, razón por la cual cada uno de los
integrantes ya sea persona natural o jurídica, deberán cumplir con el mínimo requerido para cada uno
de los indicadores.
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GENERAL DE LA HACIOM
INDICADOR
Rentabilidad del Activo
(utilidad operacional /activo)
Rentabilidad del Patrimonio
(utilidad operacional/patrimonio)
REQUERIDO
Mayor o igual a
4%
Mayor o igual a
7%
9.4 EXPERIENCIA
La acreditación de la experiencia se verificará sobre la información que obra en el Registro Único de
Proponentes, en el cual se deben evidenciar hasta dos (2) contratos, ejecutados y terminados por el
proponente y registrados en cualquiera de los siguientes códigos.
CLASIFICADOR
UNSPSC
80141607
90111601
90121502
80141902
90111501
SEGMENTO
(80)Servicios de Gestión, Servicios
Profesionales de Empresa y Servicios
Administrativos
(90)Servicios de viajes, alimentación,
alojamiento y entretenimiento
(90)Servicios de viajes, alimentación,
alojamiento y entretenimiento
(80)Servicios de Gestión, Servicios
Profesionales de Empresa y Servicios
Administrativos
(90)Sérvicios de viajes, alimentación,
alojamiento y entretenimiento
FAMILIA
(14) Comercialización y
distribución
(11) Instalaciones
hoteleras, alojamientos y
centros de encuentros
(12) Facilitación de viajes
(14) Comercialización y
distribución
(11) Instalaciones
hoteleras, alojamientos y
centros de encuentros
CLASES
(16) Actividades de
ventas y promoción
de negocios
(16) Facilidades para
encuentros
(15) Agentes de
viajes
(19) Exhibiciones y
ferias comerciales
(15) Hoteles y
moteles y pensiones
Nota: La Procuraduría aceptará la inscripción de la experiencia de los proponentes en
cualquier otro código, siempre y cuando, el objeto del contrato que se registre sea el requerido
por la Entidad en el presente numeral.
Teniendo en cuenta lo anterior, el Proponente deberá diligenciar el anexo EXPERIENCIA
PROPONENTE, relacionando en. el mismo los contratos registrados en el RUP con los cuales
acreditará a la Entidad el cumplimiento de la experiencia. De manera adicional deberá incluir en el
mismo anexo, la siguiente información correspondiente a los contratos que relaciona, toda vez que la
misma no se encuentra registrada en el RUP:
Nombre de la entidad o empresa contratante, dirección, teléfono, correo electrónico y nombre
de la persona que expide la certificación.
Número y fecha de suscripción.
Objeto del contrato: igual o relacionado con el objeto del proceso contractual, es decir
operación logística para eventos que incluya servicios de hospedaje y alimentación por lo
menos en diez (10) ciudades.
Fecha de iniciación. Posterior al 1o de enero de 2010
Fecha de terminación. Los contratos deben encontrarse terminados a la fecha de cierre de la
Selección Abreviada.
Valor de los contratos. Los contratos sumados deben acreditar un valor total igual o superior a
453,69 SMLMV, que equivale a una (1) vez el presupuesto estimado para el contrato.
• Porcentaje de participación si el contrato fue ejecutado en consorcio o unión temporal
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PROCUIGENERAL DE U NACIÓN
En el caso de propuestas presentadas por consorcios o uniones temporales, cada uno de los
integrantes debe acreditar el cumplimiento de por lo menos un (1) contrato con el lleno de los
requisitos establecidos en este numeral, salvo lo relativo al valor del contrato, ya que éste se puede
acreditar en conjunto.
Si los documentos presentados por el proponente no precisan el número de SMMLV, la entidad los
calculará, utilizando el valor del salario para la época de terminación del contrato que se esté
relacionando o certificando, proyectado a valor presente. El valor de los salarios mínimos mensuales
legales vigentes que se tendrán en cuenta, será el valor del salario para la época de terminación del
contrato, actualizado a valor presente.
En los contratos que fueron ejecutados bajo la figura de consorcio o unión temporal, deberá indicarse
el porcentaje de participación de cada uno de ellos en dicho contrato, valor que debe discriminarse en
pesos colombianos y será el que se aplique al proponente para verificar la experiencia teniendo en
cuenta lo señalado en este numeral. Así mismo, en caso de personas jurídicas cuando no tengan más
de tres (3) años de constituidas, se les podrá acumular la experiencia de los accionistas, socios o
constituyentes, de acuerdo con lo señalado en el Decretal082 de 2015 artículo 2.2.1.1.1.5.2. Numeral
2.5.
En el caso que el proponente haya participado en procesos de fusión o escisión empresarial, debe
tomar para estos efectos, exclusivamente los contratos o el porcentaje de los mismos, que le hayan
asignado en el respectivo proceso de fusión o escisión, para ello debe aportar el certificado del
contador público o del revisor fiscal (si la persona jurídica tiene revisor fiscal) que así lo acredite.
LAS COPIAS DE CONTRATOS, CERTIFICACIONES EXPEDIDAS POR EL CONTRATANTE, ACTAS
DE LIQUIDACIÓN, RELACIÓN DE CONTRATOS, REFERENCIAS COMERCIALES, ETC., SÓLO SEACEPTARÁN COMO DOCUMENTOS ACLARATORIOS.
La Entidad se reserva el derecho de verificar la información suministrada por los oferentes a través de
las certificaciones o de la relación presentada.
En caso de requerirse aclaraciones sobre datos contenidos en las certificaciones o en el anexo de
relación de experiencia, o si el anexo no se presenta, la Procuraduría podrá solicitarlas al proponente
por escrito, quien contará con el término establecido en el cronograma del proceso para
suministrarlas.
En el período de verificación de las propuestas, los oferentes podrán allegar el formato e incluir
nuevos contratos o presentar nuevas certificaciones para acreditar este requisito, siempre y cuando
cumplan con los requerimientos exigidos por la Entidad en este numeral.
JUSTIFICACIÓN DE LA EXPERIENCIA REQUERIDA
Para garantizar la idoneidad y capacidad del oferente para atender el objeto del contrato, se considera
que las condiciones exigidas en cuanto al número de contratos (hasta dos (2)), el alcance de éstos, la
fecha a partir de la cual se acredita la experiencia y la condición de estar terminados los contratos, es
adecuada y proporcional al contrato que se pretende suscribir y a la* información de antigüedad y
experiencia de los cotizantes. »
"■'% •No se aceptan contratos en ejecución, pues al tratarse de eventqs de capacitación dirigidos a
servidores y ciudadanía en general, se requiere que los contratos estén concluidos para garantizar la
competencia del contratista para ejecutar el contrato.
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PROCURADURÍAGENERALDELANACKW
Se pudo constatar además, que de acuerdo con el estudio del sector y lo manifestado por las
personas que allegaron cotización para el estudio del mercado, los posibles oferentes cumplen con los
requerimientos. Según la verificación realizada en el estudio del sector, a otros procesos de
contratación de características similares en otras entidades públicas y en la PGN, se observa que se
exigen certificaciones de experiencia de contratos celebrados, ejecutados y terminados en un 100%.
En consecuencia, del análisis efectuado, se tiene que estas estipulaciones no limitan la libre
concurrencia y garantizan la idoneidad requerida por la Entidad.
Finalmente en relación con el término de suscripción, a partir del 1 de enero de 2010, e iniciación de
los contratos, en el estudio del sector se evidenció que se trata de un rango que respeta el tiempo de
creación y la experiencia con que cuentan los posibles oferentes y que garantizaría, además de la
libre concurrencia en el proceso de selección, la idoneidad del oferente seleccionado para ejecutar el
objeto del contrato.
10. REQUISITOS HABILITANTES DE PERSONAS EXTRANJERAS NO INSCRITAS EN EL
REGISTRO ÚNICO DE PROPONENTES POR NO TENER DOMICILIO O SUCURSAL EN ELPAÍS.
Cuando se trate de proponentes extranjeros no obligados a estar inscritos en el Registro Único de
Proponentes, por no tener domicilio o sucursal en el país, la Procuraduría General de la Nación,
verificará directa y únicamente la información sobre la capacidad jurídica, y las condiciones de
experiencia, capacidad financiera y de organización de los proponentes bien sea individuales o
integrantes de una unión temporal, consorcio o promesa de sociedad futura.
Las personas naturales o jurídicas extranjeras sin domicilio o sucursal en Colombia, no están
obligadas a estar inscritas en el RUP, por lo cual las Entidades Estatales deben verificar directamente
el cumplimiento de los requisitos habilitantes.
De acuerdo con el Manual para determinar y verificar los requisitos habilitantes en los Procesos de
Contratación, la capacidad jurídica de las personas jurídicas extranjeras sin sucursal en Colombia se
acredita mediante los documentos previstos por la legislación del país de origen, los cuales deben
aportarse al Proceso de Contratación.
De conformidad con lo establecido en el inciso del artículo 2.2.1.1.1.5.2 del Decreto 1082 de 2015, las
sucursales de sociedad extranjera sin domicilio o sucursal en el país deben presentar para registro la
información contable o financiera de su casa matriz.
Capacidad Jurídica.
Se deberán aportar los documentos que acrediten la existencia y representación legal de la sociedad
extranjera en el país de origen. Así mismo, su decisión de establecer negocios en Colombia deberá
cumplir con los requisitos señalados en el artículo 472 del Código de Comercio, que indica:
"ARTÍCULO 472. La resolución o acto en que la sociedad acuerda conforme a la ley de su domicilioprincipal establecer negocios permanentes en Colombia, expresará:
1) Los negocios que se proponga desarrollar, ajustándose a las exigencias de la ley colombiana
respecto a la claridad y concreción del objeto social;
2) El monto del capital asignado a la sucursal, y el originado en otras fuentes, si las hubiere;
3) El lugar escogido como domicilio;
4) El plazo de duración de sus negocios en el país y las causales para la terminación de los mismos;
5) La designación de un mandatario general, con uno o más suplentes, que represente a la sociedad
en todos los negocios que se proponga desarrollar en el país. Dicho mandatario se entenderá
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PROCUGENERAL K LA NACIOM
facultado para realizar todos los actos comprendidos en el objeto social, y tendrá la personería judicial
y extrajudicial de la sociedad para todos los efectos legales, y
6) La designación del revisor fiscal, quien será persona natural con residencia permanente en
Colombia."
Experiencia
Se verificará con certificaciones de contratos allegados por los proponentes, las cuales deben cumplir
los requisitos establecidos en el numeral 8.1.5 del presente documento.
Capacidad financiera y de organización
De conformidad con el Decreto 1082 de 2015, artículo 2.2.1.1.1.5.2, los estados financieros de las
sociedades extranjeras deben ser presentados de conformidad con las normas aplicables en el país
en el que son emitidos.
El proponente extranjero debe adjuntar con su propuesta, los Estados financieros de la sociedad, con
sus notas explicativas, estos deben ser firmados por el Representante Legal, el contador y Revisor
Fiscal si la persona jurídica está obligado a tenerlo.
Para efectos de la verificación de los indicadores de capacidad financiera y de organización, deberá
anexar el formato CERTIFICADO DE ACREDITACIÓN DE LA CAPACIDAD FINANCIERA Y
CAPACIDAD ORGANIZACIONAL.
Consularización
De conformidad con lo previsto por el artículo 480 del Código de Comercio, "los documentos
otorgados en el exterior se autenticarán por los funcionarios competentes para ello en el respectivo
país, y la firma de tales funcionarios lo será a su vez por el cónsul colombiano o, a falta de éste, por el
de una nación amiga, sin perjuicio de lo establecido en convenios internacionales sobre el régimen de
los poderes. Al autenticar los documentos a que se refiere este artículo los cónsules harán constar
que existe la sociedad y ejerce su objeto conforme a las leyes del respectivo país."
Surtido el trámite señalado en el presente numeral, estos documentos deben ser presentados ante el
Ministerio de Relaciones Exteriores de Colombia para la correspondiente legalización de la firma del
cónsul y demás trámites pertinentes.
Apostille
Cuando se trate de documentos de naturaleza pública otorgados en el exterior, de conformidad con lo
previsto en la Ley 455 de 1998, no se requerirá del trámite de Consularización señalado en este
numeral, siempre que provenga de uno de los países signatarios de la Convención de La Haya del 5
de octubre de 1961, sobre abolición del requisito de legalización para documentos públicos
extranjeros, aprobada por la Ley 455 de 1998. En este caso solo será exigible la apostille, trámite que
consiste en el certificado mediante el cual se avala la autenticidad de la firma y el título a que ha
actuado la persona firmante del documento y que se surte ante la autoridad competente en el país de
origen.
Atendiendo las recomendaciones dadas por Colombia Compra Eficiente en el Manual para determinar
y verificar los requisitos habilitantes en los Procesos de Contratación la siguiente información es
relevante para la presentación de ofertas por parte de proponentes extranjeros:
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Idioma - Los documentos con los cuales el proponente acredite sus requisitos habilitantes que hayan
sido escritos originalmente en una lengua distinta al castellano, deben ser traducidos al castellano y
ser presentados en su lengua original junto con la traducción al castellano. El proponente puede
presentar una traducción simple al castellano. Si el proponente resulta adjudicatario para firmar el
contrato debe presentar la traducción oficial al castellano de los documentos presentados en idioma
extranjero. La traducción oficial debe ser el mismo texto presentado para acreditar los requisitos
habilitantes.
Legalización de documentos - Los documentos presentados por los proponentes no requieren
legalización alguna salvo los documentos otorgados en el exterior y los poderes generales o
especiales que deben ser otorgados ante Notario Público.
Los proponentes pueden entregar con su oferta los documentos otorgados en el exterior sin que sea
necesaria su legalización. Para firmar el Contrato, el oferente que resulte adjudicatario debe presentar
los documentos otorgados en el extranjero, legalizados de conformidad con la Convención de la
Apostilla o legalizados ante cónsul colombiano.
Fecha de corte de los Estados Financieros - Los oferentes extranjeros deben presentar sus estados
financieros a la fecha de corte establecida en los países de origen o en sus estatutos sociales.
Moneda - Los oferentes deben presentar sus estados financieros en la moneda legal del país en el
cual fueron emitidos y adicionalmente en pesos colombianos. El proponente y la Entidad Estatal para
efectos de acreditar y verificar los requisitos habilitantes tendrán en cuenta la tasa representativa del
mercado vigente en la fecha en la cual los estados financieros fueron expedidos. Para el efecto, el
proponente y la Entidad Estatal tendrán en cuenta las tasas de cambio certificadas por la
Superintendencia Financiera.
11. CRITERIOS PARA SELECCIONAR LA OFERTA MÁS FAVORABLE (ART. 2.2.1.1.2.1.1.NUM. 5 DECRETO 1082 DE 2015).
El procedimiento de selección del contratista se desarrollará bajo los principios de transparencia,
selección objetiva e igualdad de derechos y oportunidades de los que se deriva la obligación de
someter a todos los oferentes a las mismas condiciones definidas en la ley y en el pliego de
condiciones. El pliego de condiciones forma parte esencial del contrato; es la fuente de derechos y
obligaciones de las partes y elemento fundamental para su interpretación e integración, pues contiene
la Voluntad de la administración a la que se someten los proponentes y el futuro contratista.
La Ley 1474 de 2011, artículo 88, que modificó el numeral 2 del artículo 5 de la Ley 1150 de 2007
estipula que: "La oferta más favorable será aquella que, teniendo en cuenta los factores técnicos y
económicos de escogencia y la ponderación precisa y detallada de los mismos, contenida en los
pliegos de condiciones o sus equivalentes, resulte ser la más ventajosa para la entidad, sin que la
favorabilidad la constituyan factores diferentes a los contenidos en dichos documentos.".
De conformidad con la mencionada norma y el artículo 2.2.1.1.2.2.2. del Decreto 1082 de 2015, en los
procesos de selección en los que se tengan en cuenta los factores técnicos y económicos, la oferta
más ventajosa será la que resulte de aplicar alguna de las siguientes alternativas:
a) La ponderación de los elementos de calidad y precio soportados en puntajes o fórmulas señaladas
en el pliego de condiciones; o
b) La ponderación de los elementos de calidad y precio que representen la mejor relación de costo-
beneficio para la entidad.
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PROCURADURÍAGENERAL DE LA NACIÓN
En virtud de las normas expuestas con antelación y atendiendo el objeto de la contratación, se
considera que para seleccionar la oferta más ventajosa para la entidad se debe aplicar la ponderación
de los elementos de calidad y precio, soportadas en puntajes, teniendo en cuenta que a mayor
calidad y mejor precio se alcanzan mayores niveles de eficiencia.
11.1 FACTOR PRECIO (600 PUNTOS)
Se tendrá en cuenta que se otorga el máximo puntaje de SEISCIENTOS (600) puntos a la propuesta
que ofrezca menor valor, y a los demás oferentes en forma descendente, utilizando para ello la regla
de tres inversa, es decir, a mayor valor propuesta menor puntaje obtenido. Para las operaciones
matemáticas realizadas se tomarán para su apreciación dos decimales.
Dentro de la evaluación económica la Entidad verificará que los proponentes no ofrezcan precios
artificialmente bajos, dentro de los parámetros establecidos en el artículo 2.2.1.1.2.2.4 del Decreto
1082 de 2015, según el cual: «Si de acuerdo con la información obtenida por la Entidad Estatal en su
deber de análisis de que trata el artículo 2.2.1.1.1.6.1. del presente decreto, el valor de una oferta
parece artificialmente bajo, la Entidad Estatal debe requerir al oferente para que explique las razones
que sustentan el valor ofrecido. Analizadas las explicaciones, el comité evaluador de que trata el
artículo anterior, o quien haga la evaluación de las ofertas, debe recomendar rechazar la oferta o
continuar con el análisis de la misma en la evaluación de las ofertas».
Para efecto del señalamiento del precio ofrecido, el proponente debe tener en cuenta todos los costos,
gastos, impuestos, valor del IVA, seguros, pago de salarios, prestaciones sociales y demás
emolumentos que considere necesarios para la fijación de la propuesta económica.
los oferentes deberán incluir e identificar detalladamente cuales servicios presta directamente y cuales
a través de terceros, sobre ellos se debe indicar cuál será el porcentaje de intermediación.
El operador logistico debe facturar por cuenta de terceros cada uno de los servicios con cada uno con
los que sub-contrate y a su vez facturar como ingreso propio la comisión un (porcentaje) por la
intermediación, sobre el cual se le efectúa una retención en la fuente del 11% correspondiente a
honorarios si es declarante de renta, o del 10%, si no lo es. Así mismo debe facturar como ingreso
propio, la tarifa administrativa, por la tramitación de los pasajes.
De tal forma que:
- Sobre los ingresos por Cuenta de Terceros, no se efectúa ninguna Retención.
Sobre la Tarifa Administrativa, se efectúa una Retención en la Fuente del 4%.
Sobre el Valor de los Honorarios (Operación Logística), una Retención en la Fuete por
concepto de Renta del 11% si es Declarante de Renta o 10% si no lo es.
- Sobre el Valor Facturado por concepto de IVA, sobre la Tarifa Administrativa, una Retención
del 15%.
- Sobre el Valor de la Tarifa Administrativa, una Retención por concepto de ICA, del 9.66 por mil
(0.966%).
- Sobre el Valor de Honorarios (Operación Logística), una Retención en la Fuente por ICA, del
6.9 por mil (0.690%).
Las bases mínimas son para efectuar Retención en la Fuente son:
parencia y de
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Bogotá D.C
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GENERAL DE LA NACIOM
Tarifa Administrativa 4 UVT ($28.279 x 4 = $113.116)
En el caso de Honorarios NO, tiene base mínima.
La Entidad verificará las operaciones aritméticas de los componentes de los valores. En caso de
presentarse error de esta índole y/o de la multiplicación de los valores que señale el proponente en el
cuadro presentado, la Entidad los corregirá y se tendrá en cuenta el valor corregido para efectos de la
adjudicación.
El precio ofrecido en la propuesta debe expresarse en pesos colombianos.
EL VALOR TOTAL DE LA PROPUESTA NO PODRÁ SUPERAR EL MONTO TOTAL DELPRESUPUESTO OFICIAL DESTINADO PARA EL PROCESO CONTRACTUAL, SO PENA DE
RECHAZO DEL OFRECIMIENTO.
El proponente deberá diligenciar en su totalidad la información que se solicita en el Anexo FORMATO
DE PROPUESTA ECONÓMICA, e indicar el precio que se ofrece, el cual se debe expresar en pesoscolombianos, indicando el valor del IVA. En el evento que el proponente no cotice algún ítem, su
propuesta será objeto de rechazo.
LA PROPUESTA DEBERÁ PRESENTARSE EN FORMA TOTAL Y ASÍ SERÁ LA ADJUDICACIÓN.
Se señala como opción el otorgar el mayor puntaje a quien ofrezca el menor precio, ya que la Entidad
indica en forma clara las especificaciones técnicas de los servicios que se pretenden adquirir, por lo
que resulta ventajoso evaluar el menor precio ajustado a los precios reales del mercado.
11.2 FACTOR DE CALIDAD (300 PUNTOS)
Las condiciones a evaluar por este aspecto se entienden adicionales a los requerimientos mínimos
exigidos al proponente. En este sentido, los ofrecimientos que por este aspecto de calidad formule por
escrito el oferente no tendrán ningún costo adicional para la Procuraduría.
A la propuesta que ofrezca mejorar la calidad del servicio se le asignará un puntaje máximo de 300
puntos y su ponderación se realizará de acuerdo a la siguiente tabla:
N°.
1
ASPECTO
SUMINISTRO DE
KIT (BLOCK DE
NOTAS,
BOLÍGRAFO Y
NORMAS
IMPRESAS)
SUB - ASPECTO
EL PROPONENTE QUE OFREZCA MEJORAR LA
ATENCIÓN DENTRO DEL EVENTO DE CAPACITACIÓN
SUMINISTRANDO SIN COSTO ADICIONAL EL KIT DE
CAPACITACIÓN COMPUESTO POR UN BLOCK DE
NOTAS, UN BOLÍGRAFO Y NORMAS IMPRESAS PARA
CADA ASISTENTE A LOS 21 EVENTOS DE
CAPACITACIÓN
PUNTAJE A
ASIGNAR
300 PUNTOS
El oferente para obtener el puntaje asignado a cada uno de los anteriores sub aspectos, debe cumplir lo
siguiente:
• La persona que represente al proponente y que suscriba la carta de presentación de la
oferta, deberá hacer la manifestación expresa dentro de su propuesta, del ofrecimiento de
cada uno de los sub aspectos ofrecidos.
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GÉIRAL DE UIUCIOII
SI NO CUMPLE CON LO ANTERIOR, NO SE OTORGARÁ PUNTAJE
PRECIOS DEL MERCADO DE LOS ADICIONALES
N°.
1
ASPECTO
SUMINISTRO DE
KIT (LIBRETA,
ESFERO.MEMORIA
USB)
SUB - ASPECTO
EL PROPONENTE QUE OFREZCA MEJORAR LA
ATENCIÓN DENTRO DEL EVENTO DE CAPACITACIÓN
SUMINISTRANDO SIN COSTO EL KIT DE CAPACITACIÓN
COMPUESTO POR BLOCK DE NOTAS, UN BOLÍGRAFO
Y NORMAS IMPRESAS PARA CADA ASISTENTE A LOS
21 EVENTOS DE CAPACITACIÓN
VALOR
PROMEDIO
Entre el 3% v
el 6% del
presupuesto
oficial
JUSTIFICACIÓN DEL FACTOR DE CALIDAD
Los aspectos incluidos como factor de calidad, constituyen un valor agregado al objeto contractual y a
su obligación principal (logística para eventos de capacitación). Contar con estos elementos garantiza
mejores condiciones para los asistentes a los eventos de capacitación y a su vez permite interactuar
con el capacitador teniendo acceso a las normas objeto de divulgación.
11.3 ESTÍMULO A LA INDUSTRIA NACIONAL
Para la calificación de este aspecto se asignará un puntaje máximo de cien (100) puntos y se tendrá
en cuenta lo establecido en la Ley 816 de 2003, artículo 1, parágrafo, modificado por el Decreto Ley
19 de 2012 y el Decreto 1082 de 2015, artículo 2.2.1.1.1.3.1, que define los servicios nacionales,
disponiendo que "(...) son los servicios prestados por personas naturales colombianas o residentes en
Colombia o por personas jurídicas constituidas de conformidad con la legislación colombiana (...)" y
artículo 2.2.1.2.4.1.3 que indica la existencia de trato internacional así "(...) La Entidad Estatal debe
conceder trato nacional a : (a) los oferentes, bienes y servicios provenientes de Estados con los
cuales Colombia tenga Acuerdos Comerciales, en los términos establecidos en tales Acuerdos
Comerciales; (b) a los bienes y servicios provenientes de Estados con los cuales no exista un Acuerdo
Comercial pero respecto de los cuales el Gobierno Nacional haya certificado que los oferentes de
bienes y servicios nacionales gozan de trato nacional, con base en la revisión y comparación de la
normativa en materia de compras y contratación pública de dicho Estado; y (c) a los servicios
prestados por oferentes miembros de la Comunidad Andina de Naciones teniendo en cuenta la
regulación andina aplicable a la materia.
El Ministerio de Relaciones Exteriores debe expedir el certificado por medio del cual se acredite la
situación mencionada en el literal (b) anterior en relación con un Estado en particular, lo cual no es
requerido para acreditar las situaciones a las que se refieren los literales (a) y (c) anteriores. Para
constatar que los oferentes de bienes y servicios nacionales gozan de trato nacional en un Estado, el
Ministerio de Relaciones Exteriores debe revisar y comparar la normativa en materia de compras y
contratación pública del respectivo Estado para lo cual puede solicitar apoyo técnico del Ministerio de
Comercio, Industria y Turismo o de Colombia Compra Eficiente, dentro de sus competencias legales.
Los certificados para acreditar la condición a la que se refiere el literal (b) anterior deben ser
publicados en la forma y oportunidad que para el efecto disponga Colombia Compra Eficiente. La
vigencia de los certificados será de dos años contados a partir de su expedición, sin perjuicio de que
el Ministerio de Comercio, Industria y Turismo o Colombia Compra Eficiente puede determinar vía
circular la forma como el Ministerio de Relaciones Exteriores debe constatar que los oferentes de
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PROCUFGENERALDEUNACKW
bienes y servicios nacionales gozan de trato nacional y de revisar y comparar la normativa en materia
de compras y contratación pública para la expedición del certificado.
Para personas naturales, la cédula de ciudadanía certifica la nacionalidad y la visa de residente
certifica la residencia. Para personas jurídicas se verifica con el certificado de existencia y
representación legal, si el domicilio de la persona está dentro del territorio nacional.2
El puntaje se asignará en cada uno de los casos será el siguiente:
Protección a la Industria Nacional
Servicios nacionales
Servicios extranjeros que incorporen componente colombiano
de bienes y servicios profesionales, técnicos y operativos
Servicios extranjeros
Puntaje máximo
100
50
0
12. FACTORES DE DESEMPATE.
Con el fin de dirimir un empate cuando respecto del puntaje total se llegue a presentar esta situación
en la puntuación de dos o más ofertas de manera que una y otra queden ubicadas en el primer orden
de elegibilidad, se escogerá al proponente que tenga el mayor puntaje en la evaluación del factor
precio. De continuar el empate, se seleccionará la oferta que haya obtenido mayor puntaje en el factor
de calidad.
Si persiste el empate, la Entidad utilizará las reglas señaladas en el Decreto 1082 de 2015, artículo
2.2.1.1.2.2.9. En caso tal que se requiera, el método aleatorio a utilizar será el sorteo por balota.
13. MECANISMO DE COBERTURA QUE GARANTIZA LAS OBLIGACIONES SURGIDAS CON
OCASIÓN DEL CONTRATO A CELEBRAR.
Con el fin de amparar los perjuicios de naturaleza contractual, derivados del incumplimiento del
contrato y de su liquidación que pueda surgir para la administración por las actuaciones, hechos u
omisiones del contratista, éste debe presentar como mecanismo de cobertura del riesgo, cualquiera
de las garantías que de conformidad con el Decreto 1082 de 2015 sean aplicables, con la siguiente
cobertura:
AMPARO
Devolución del Pago Anticipado
Cumplimiento del contrato
Calidad del Servicio
Pago de salarios, prestaciones
Sociales e Indemnizaciones
laborales
PORCENTAJE (%)
SOBRE EL VALOR
TOTAL DEL CONTRATO
(100%) del valor girado en
calidad de pago anticipado
30%
30%
5%
VIGENCIA
Plazo de ejecución del contrato y seis (6)
meses mas
Tiempo de ejecución del contrato y seis (6)
meses más, contados a partir de la suscripción
del acta de inicio.
Plazo de ejecución del contrato (desde la
fecha del primer evento) y seis (6) meses,
contados a partir de la terminación del
contrato.
Tiempo de ejecución del contrato y tres (3)
años más, a partir de la suscripción del
contrato.
Manual para el manejo de los incentivos en los procesos de Contratación - Colombia Compra Eficiente, actualizado el 15 de diciembre de 2014
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GBEMLDELAIttCION
Responsabilidad Civil
Extracontractual3200 SMMLV
Tiempo de ejecución del contrato a partir de la
suscripción del mismo.
Se estima la inclusión de estos amparos, en los porcentajes y vigencias antes señalados, ya que
teniendo en cuenta la naturaleza del contrato a celebrar y las obligaciones a cargo del contratista, la
Entidad debe estar cubierta de los perjuicios derivados por el incumplimiento total o parcial a cargo del
contratista; garantizar la calidad del servicio; el pago del valor de las multas y de la cláusula penal
pecuniaria; y el cumplimiento de las obligaciones laborales derivadas de la contratación de personal
para la ejecución del contrato. La póliza de RCE debe cubrir los eventos previstos en el Decreto 1082
de 2015
Nota: En todo caso, el contratista se compromete a ajustar la vigencia de los amparos de la garantía a
partir de la suscripción del acta de inicio, así como a ampliar el valor de la misma o su vigencia, en el
evento en que se aumente o adicione el valor del contrato o se prorrogue su término, en virtud de lo
consagrado en el artículo 2.2.1.2.3.1.18 del Decreto 1082 de 2015.
14. ANÁLISIS DEL RIESGO
De acuerdo con la evaluación del riesgo que el proceso representa para el cumplimiento de las metas
y objetivos de acuerdo con el manual y guías de Colombia Compra Eficiente, se elaboró la matriz:
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3
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Descripción
(Qué puede
pasar y, cómo
puede ocurrir)
Problemas de
orden público en
los sitios destino
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capacitación
Variación de los
precios de los
¡nsumos
necesarios para
la ejecución del
contrato
Cancelación del
vuelo a la
ciudad a
capacitar
Consecuencia
déla
ocurrencia del
evento
Imposibilidad de
desplazamiento
o de realización
Rompimiento
del equilibrio
económico del
contratista para
cumplir con lo
pactado
Imposibilidad de
realizar la
capacitación
programada
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Reprogramar el
evento sin costo
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Diseño de planes
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Diseño de plan de
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Impacto
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Monitoreo y
revisión
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Seman
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' Esta póliza deberá contener en forma expresa y en adición a la cobertura básica de predios, labores y operaciones, los amparos
estipulados por el Decreto 1510 de 2013, artículo 137. En esta póliza de responsabilidad extracontractual, el Contratista debe aportar la
constancia de pago de la prima correspondiente.
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Monitoreo y
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15. REQUISITOS DE LEGALIZACIÓN Y EJECUCIÓN DEL CONTRATO
En contrato se entenderá legalizado con la suscripción del mismo y cuando se efectúe el
correspondiente registro presupuestal por parte de la Procuraduría General de la Nación.
En el momento de la firma del contrato el contratista deberá:
Diligenciar el formulario Beneficiario-cuenta en el cual indicará el número de cuenta corriente o de
ahorros y la entidad bancaria en donde pueda consignarse el valor del contrato, cuenta que debe
figurar a nombre y con el NIT del contratista.
Para efectos de la expedición del certificado de registro presupuestal del contrato, debe anexar una
certificación de la entidad bancaria en la que conste el nombre del cuenta habiente, su número de
identificación, número de cuenta, tipo de cuenta y si a la fecha está activa. Ésta documentación
formará parte integral del contrato. El nombre del contrato y el número de identificación debe ser el
mismo en el contrato, en el formulario Beneficiario Cuenta, en la certificación del banco y en las
facturas que posteriormente se presenten.
Allegar la certificación que acredite que el contratista se encuentra al día con el pago de aportes
parafiscales relativos al Sistema de Seguridad Social Integral, así como los propios del Sena, ICBF y
Cajas de Compensación Familiar, según corresponda.
16. CONDICONES DEL CONTRATO A CELEBRAR
a. Plazo de ejecución
El plazo de ejecución del contrato será de tres meses contados a partir de la legalización del contrato,
las fechas probables de realización de las jornadas de divulgación se encuentran establecidas de
acuerdo al cronograma de eventos debidamente informado por la Procuraduría General de la Nación
en el anexo No. 1, Especificaciones Técnicas Mínimas del Servicio de este documento, en todo caso
no podrá exceder el 31 de Diciembre de 2015. El acta de inicio, se suscribirá dentro de los tres (3)
días hábiles siguientes a la fecha de legalización del contrato.
b. Lugar de ejecución
Aunque los eventos se desarrollaran en veintiún (21) Ciudades, se tendrá como domicilio contractual
para todos los efectos legales la ciudad de Bogotá D.C.
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41
PROCURADURÍAGENERALDELANACION
17. CLAUSULA DE INDEMNIDAD
EL CONTRATISTA está en la obligación de mantener a LA PROCURADURÍA libre de cualquier daño
o perjuicio originado en reclamaciones de terceros y que se deriven de sus actuaciones o de las de
sus subcontratistas o dependientes.
18. CLÁUSULA DE SUBCONTRATACIÓN
En caso que el CONTRATISTA subcontrate con terceros la ejecución de actividades relacionadas
con el objeto del contrato, no exonerará a éste de la responsabilidad de ejecución del contrato ni del
cumplimiento de la totalidad de las obligaciones derivadas de este. LA PROCURADURÍA no tendrá
ninguna vinculación con el subcontratista.
19. SUPERVISIÓN DEL CONTRATO
Para el presente proceso no se requiere de interventoría externa, la Entidad considera que no se
requiere de interventoría externa debido a que se cuenta con personal de planta idóneo y suficiente
para realizar el seguimiento técnico, financiero y jurídico sobre el cumplimiento del contrato.
La coordinación general del contrato será ejercida por la Viceprocuradora General de la Nación -
Coordinadora del Grupo de Transparencia y el Derecho de acceso a la información pública de la
Entidad.
La supervisión del contrato estará a cargo de funcionarios adscritos al Grupo de Transparencia y el
Derecho de acceso a la información pública de la Entidad.
El (los) funcionario(s) designado(s) como supervisor(es) deberá(n) llevar a cabo el seguimiento y
control del contrato de conformidad con lo dispuesto por la Ley 1474 de 2011[1] y el Manual de
contratación de la Entidad, sin perjuicio de las responsabilidades que le asisten a la Coordinadora del
Grupo de Transparencia y el Derecho de acceso a la información pública de la Entidad en relación con
la supervisión de la contratación solicitada.
20. LIQUIDACIÓN Y CIERRE DEL EXPEDIENTE
La liquidación del contrato se llevará a cabo bajo los parámetros establecidos en los artículos 60 de la
Ley 80 de 1993 y 11 de la Ley 1150 de 2007, modificado por el artículo 217 del Decreto Ley 019 de
2012. La liquidación por mutuo acuerdo podrá efectuarse dentro de los ocho (8) meses siguientes a
la fecha de terminación del plazo de vigencia establecido en el contrato. En aquellos casos en que el
contratista no se presente a la liquidación previa notificación o convocatoria que le haga la entidad, o
las partes no lleguen a un acuerdo sobre su contenido, la entidad tendrá la facultad de liquidar en
forma unilateral dentro de los dos (2) meses siguientes, de conformidad con lo dispuesto en el Código
de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo. Los amparos de la garantía única
que se constituyan, relacionados con las obligaciones a cargo del contratista, que queden pendientes
a la fecha de la suscripción del acta de liquidación, deberán permanecer vigentes hasta la satisfacción
total de las mismas. Culminado el término de vigencia del último de los amparos de la garantía de
cumplimiento, el supervisor deberá presentar un informe de cumplimiento, con el fin que se lleve a
cabo el cierre del expediente, lo anterior en cumplimiento de lo establecido en el artículo 2.2.1.1.2.4.3
del Decreto 1082 de 2015.
21. RESPONSABILIDAD DEL PROPONENTE
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Bogotá D.C.
«AGENERAL DEUHUCKHI
El proponente y posterior contratista responderá por haber ocultado inhabilidades, incompatibilidades
o prohibiciones, o por haber suministrado información falsa (numeral 7 artículo 26 de la ley 80 de
1993).
22. INDICACIÓN SI EL PROCESO DE CONTRATACIÓN ESTÁ COBIJADO POR UN ACUERDOCOMERCIAL
De conformidad con lo consagrado en los artículos 2.2.1.2.4.2.2 y 2.2.1.2.4.2.4 del Decreto 1082 de
2015, la presente convocatoria no puede limitarse a Mipymes, en atención a que el presupuesto de
este proceso de selección abreviada no se encuentra dentro del rango establecido en dicha norma.
De conformidad con el Manual para el manejo de los acuerdos Comerciales en proceso de
contratación, versión M-MACPC-06 publicado por Colombia Compra Eficiente, el presente proceso de
selección se encuentra cobijado por los siguientes Acuerdos comerciales.
ACUERDO
COMERCIAL
Canadá
Chile
Estados Unidos
El Salvador
Guatemala
Honduras
Estados AELC
México
Unión Europea
Comunidad Andina
de Naciones
ENTIDAD
ESTATAL
INCLUIDA
SI/NO
SI
SI
SI
Si
Si
NO
SI
NO
SI
SI
PRESUPUESTO DEL
PROCESO DE
CONTRATACIÓN SUPERIOR
AL VALOR DEL ACUERDO
COMERCIAL SI/NO
NO
NO
NO
NO INLUYE VALORES
NO INCLUYE VALORES
N/A
NO
N/A
NO
SI
EXCEPCIÓN
APLICABLE AL
PROCESO DE
CONTRATACIÓN
SI/NO
NO
NO
NO
SI
NO
N/A
NO
N/A
NO
NO
PROCESO DE
CONTRATACIÓN
CUBIERTO POR EL
ACUERDO
^COMERCIAL SI/NO
NO
NO
NO
NO
SI
N/A
NO
N/A
NO
SI
Teniendo en cuenta que al presente proceso le aplican los tratados de Guatemala y la
Comunidad Andina de Naciones, la Procuraduría General de la Nación establecerá los plazos
mínimos en ellos requeridos, teniendo en cuenta en todo caso, que el proceso fue publicado
en el Plan Anual de Adquisiciones de la Entidad.
L CASTAÑEDA
dora General de la
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GEMERAL DE LA NACIÓN
ANEXO N° 1
ESPECIFICACIONES TÉCNICAS MÍNIMAS DEL SERVICIO
Los eventos de capacitación y promoción se desarrollaran en las siguientes ciudades, fechas
y contarán con el siguiente número estimado de asistentes; Tendrán una duración de cuatro
(4) horas a partir de su instalación, la cual no será después de las nueve (9:00 am) de la
mañana.
CALENDARIO DE EVENTOS DE CAPACITACIÓN PROYECTO DE INVERSIÓN
EVENTO
1
2
3
4
5
6
7
8
9
10
11
12
13
14
15
16
17
18
19
20
21
DEPARTAMENTO-CIUDAD
VAUPES-MITU
VICHADA - PUERTO
CARREÑO
CÓRDOBA-MONTERÍA
SAN ANDRÉS
GUAVIARE - SAN JOSÉ
VALLE DEL CAUCA -
BUENAVENTURA
CHOCO -QUIBDO
PUTUMAYO -PUERTOASÍS
META - ACACIAS
BOLÍVAR -CARTAGENA
GUAVIARE-FONSECA
QUINDIO -DOSQUEBRADAS
CAQUETA- FLORENCIA
CAUCA-POPAYAN
NORTE DE STDER - CUCUTA
TOLIMA-MARQUETALIA
NARINO - PASTO
ARAUCA - TAME
SANTANDER-SAN GIL
AMAZONAS- LETICIA
CUNDINAMARCA- UBATE
FECHA DE VIAJE DEL
CAPACITADOR
OCTUBRE 05 DE 2015
OCTUBRE 06 DE 2015
OCTUBRE 07 DE 2015
OCTUBRE 13 DE 2015
OCTUBRE 14 DE 2015
OCTUBRE 19 DE 2015
OCTUBRE 20 DE 2015
OCTUBRE 21 DE 2015
OCTUBRE 26 DE 2015
OCTUBRE 27 DE 2015
OCTUBRE 28 DE 2015
NOVIEMBRE 3 DE 2015
NOVIEMBRE 4 DE 2015
NOVIEMBRE 9 DE 2015
NOVIEMBRE 10 DE 2015
NOVIEMBRE 11 DE 2015
NOVIEMBRE 17 DE 2015
NOVIEMBRE 18 DE 2015
NOVIEMBRE 23 DE 2015
NOVIEMBRE 24 DE 2015
NOVIEMBRE 25 DE 2015
FECHA DEL EVENTO
DE CAPACITACIÓN
OCTUBRE 06 DE 2015
OCTUBRE 07 DE 2015
OCTUBRE 08 DE 2015
OCTUBRE 14 DE 2015
OCTUBRE 15 DE 2015
OCTUBRE 20 DE 2015
OCTUBRE 21 DE 2015
OCTUBRE 22 DE 2015
OCTUBRE 27 DE 2015
OCTUBRE 28 DE 2015
OCTUBRE 29 DE 2015
NOVIEMBRE 4 DE 2015
NOVIEMBRE 5 DE 2015
NOVIEMBRE 10 DE 2015
NOVIEMBRE 11 DE 2015
NOVIEMBRE 12 DE 2015
NOVIEMBRE 18 DE 2015
NOVIEMBRE 19 DE 2015
NOVIEMBRE 24 DE 2015
NOVIEMBRE 25 DE 2015
NOVIEMBRE 26 DE 2015
TOTAL CAPACITADOS
FUNCIONARIOS Y
CIUDADANOS A
CAPACITAR
100
100
250
100
100
200
150
150
200
250
150
250
150
250
250
200
200
200
200
100
200
3.750
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JRIAGENERAL DEUIUCION
Las fechas de los eventos establecidas en el cuadro "calendario de eventos de
capacitación provecto de inversión" detallado anteriormente, podrán ser modificadas por
parte del área encargada de capacitar según su agenda y compromisos a cumplir, sin que
las mismas se reprogramen en días viernes a portas de fin de semana. Estas modificaciones
serán notificadas al contratista como mínimo con 10 (diez) días hábiles de anterioridad,
para realizar la reprogramación del evento y su costo deberá ser atendido en su
totalidad por el contratista.
Del mismo modo, cuando por diferentes circunstancias se deba cancelar un evento de
capacitación, la PGN deberá informar de la cancelación con 10 días hábiles de
anterioridad al contratista, quien asumirá los gastos en que se haya incurrido.
La Procuraduría General de la Nación no asumirá ningún costo por reprogramación de
eventos.
RECURSO HUMANO POR EVENTO
1. Dos (2) meseros durante toda la duración del evento.
2. Dos (2) relacionistas para realizar la gestión administrativa de convocatoria (confirmación
de asistencia), el registro de los asistentes conforme al formato REG-PR-00-010 de la
Procuraduría General de la Nación, que será entregado por el Grupo de Transparencia.
Así mismo los relacionistas deberán entregar los materiales de apoyo a los asistentes,
tomar las fotos y video del evento para la elaboración de los registros de los eventos.
3. Un (1) jefe de sala que coordine las actividades logísticas del evento como, distribución
de materiales, ubicación y funcionamiento de los equipos audiovisuales, presentación del
evento siguiendo para ello el protocolo establecido por la Oficina de Prensa de la
Procuraduría General de la Nación, entre otras.
4. Un (1) auxiliar general durante el evento para atender las necesidades como, movilización
del micrófono inalámbrico a los asistentes, tomar nota de las preguntas de los asistentes,
entre otras actividades que se puedan presentar en el desarrollo del evento.
RECURSOS FÍSICOS POR EVENTO
5. Suministro de Auditorio con capacidad establecida para el número de personas referidas
en el cuadro "calendario de eventos de capacitación provecto de inversión" detallado
anteriormente en esta misma sección. El auditorio deberá estar debidamente dotado con
sillas cómodas, limpias y en buen estado, mesa principal y atril. El auditorio debe brindar
condiciones óptimas de calidad, comodidad y seguridad para los asistentes tales como
iluminación natural y artificial suficiente y adecuada, ventilación que incluye aire
acondicionado y aislamiento de ruidos exteriores, disponibilidad de mínimo dos (2)
baterías de baños para hombres y dos (2) para mujeres y salida(s) de emergencia. La
ubicación del lugar debe ser aprobada previamente por el Supervisor.
6. Las mesas de trabajo deben tener capacidad de ocho (8) a diez (10) personas.
7. Lugar para realizar inscripciones y acreditación incluyendo mesa, sillas y conexiones
eléctricas.
8. Mesas para la distribución de los refrigerios.
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9. Estación de café para suministrar agua, café, aromática para mínimo 100 personas y
máximo 250 personas. Bebida mínimo 75 ce.
10. Conexión a Internet gratuita o WiFi.
GESTIÓN ADMINISTRATIVA POR EVENTO
El operador deberá prestar el apoyo realizando la confirmación de los asistentes a los
eventos de capacitación de acuerdo a la lista que le será entregada vía email por parte del
Grupo de Transparencia y del Derecho de Acceso a la Información Pública al contratista
con no menos de diez (10) días hábiles de anticipación al evento.
La capacitación debe estar programada con quince (15) días hábiles de antelación como
mínimo. Cancelaciones diez (10) días hábiles antes.
Cuando por razones de fuerza mayor no se pueda realizar el evento de capacitación en la
fecha indicada, se podrá pactar por las partes una nueva fecha sin que exceda los cinco
días (5) días hábiles siguientes a la fecha inicialmente programada para el evento.
El proponente debe garantizar con su oferta, que dentro de las instalaciones donde se
ejecutará cada evento, cuenta con el servicio de primeros auxilios y de atención médica
inmediata y permanente, con el fin de brindar un mejor servicio en beneficio de la salud y
bienestar de las personas que participarán en las capacitaciones.
El operador en los casos que sea necesario deberá coordinar con la Policía Nacional,
Cruz Roja, Defensa Civil y Bomberos, el apoyo requerido para la realización del evento,
según necesidades requeridas por el número de asistentes y teniendo en cuenta las
disposiciones de seguridad para eventos masivos establecidas en el lugar de realizacióndel mismo.
EQUIPOS TÉCNICO POR EVENTO (AUDIO/ SONIDO):
11. Mínimo Un (1) Video beam.
12. Dos (2) computadores.
13. Mínimo Una (1) pantalla de proyección.
14. Dos (2) micrófonos inalámbricos.
15. Sonido básico para el auditorio.
16. Cámara fotográfica y de video de alta resolución
TRANSPORTE POR EVENTO:
17.Transporte aéreo para un (1) capacitador ida (un día antes del evento) y regreso (el
mismo día del evento) desde la ciudad de Bogotá a la ciudad destino de la capacitación.
18.Transporte Terrestre al capacitador dentro de la ciudad de la capacitación, a los lugares
que resulten necesarios; aeropuerto-hospedaje, hospedaje - lugar del evento, lugar del
evento- hospedaje y hospedaje - aeropuerto, y las demás contingencias que se presenten
en el desarrollo del evento.
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19. En el caso de que se cancele el vuelo por motivos ajenos a la voluntad de la Procuraduría
General de la Nación, o del Grupo de Transparencia y del Derecho de Acceso a la
Información Pública o del capacitador, el operador debe realizar la reprogramación del
vuelo para el viaje del capacitador y asumirá todos los costos de transporte, alimentación
y hospedaje.
20. Para aquellas ciudades en las cuales no existan vuelos diarios o frecuentes de ida y
regreso a Bogotá, el operador deberá prever tal circunstancia y correrá con los gastos de
hospedaje, trasporte y de alimentación al capacitador por el tiempo que resulte necesario
hasta su regreso a Bogotá.
Cualquier cambio por solicitud del capacitador en el itinerario en tiquetes u hospedajes por
causas ajenas a la Procuraduría General de la Nación o al organizador del evento, deberá ser
asumido por el capacitador incluyendo gastos de alimentación, estadía y transporte.
El operador deberá garantizar en su oferta la entrega de los pasajes a la entidad con una
antelación de 48 horas a la salida del vuelo.
La Procuraduría General de la Nación comunicará con mínimo con diez (10) días
hábiles de antelación a la realización del evento, cualquier modificación respecto a las
fechas, al tiempo de duración del mismo, así como cualquier modificación que
considere necesaria; para que el operador realice la reprogramación respectiva del
evento. En ningún caso la Procuraduría General de la Nación reconocerá valor alguno
por reprogramación de eventos.
HOSPEDAJE POR EVENTO:
21. Hospedaje de una (1) noche para el capacitador, que llegará a la ciudad con un día de
anticipación al evento. En ciudades en las cuales no exista posibilidad de que el
capacitador regrese al día siguiente, el operador deberá brindar hospedaje por dos
noches, transporte y alimentación hasta el regreso a Bogotá del capacitador.
22. El contratista debe disponer en las diferentes ciudades de un hotel con condiciones de
habitabilidad, seguridad, comunicación, higiene y calidad, con clasificación mínima de tres
(3) estrellas. En ausencia de la clasificación de estrellas en la Ciudad del evento, debe
tener los mismos servicios y calidad referidos en la resolución No. 657 del 8 de abril de
2005 y la resolución 320 del 21 de febrero de 2006, del Ministerio de Comercio, Industria y
Turismo.
23. El operador deberá garantizar la alimentación para el capacitador, una vez éste llegue a la
ciudad del evento de capacitación y hasta su partida a la ciudad de Bogotá,
(cena/desayuno/almuerzo, etc.).
El operador deberá comunicar al supervisor del contrato con antelación, las diferentes
opciones a escoger en los que se alojará el capacitador, los cuales deben cumplir con las
condiciones establecidas en los estudios previos.
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En ningún caso la Procuraduría General de la Nación asumirá gastos por servicios que no
estén previamente autorizados, tales como: mini bar, lavandería, llamadas telefónicas a
celulares o larga distancia nacional o internacional, alimentación diferente a la contratada y en
general servicios no autorizados.
REFRIGERIOS Y ESTACIÓN DE CAFÉ POR EVENTO:
24. En el evento de capacitación el operador deberá contar con una estación de café para
suministrar agua, café y aromática para mínimo 100 personas y máximo 250 personas.
25. Del mismo modo, el operador debe suministrar un refrigerio en bandeja que contenga un
carbohidrato (pastel, dona, croissant, ponqué), una proteína (jamón, queso, carne), una
vitamina (fruta), una bebida Ougo, gaseosa), para mínimo 100 personas y máximo 250
personas.
El operador deberá comunicar con antelación al supervisor del contrato para su aceptación,
las diferentes opciones de los refrigerios y las características físicas del auditorio o lugar de la
conferencia, cumpliendo con las condiciones establecidas en los estudios previos.
Los alimentos, bebidas, refrigerios y menaje para los asistentes serán cancelados al
contratista según el consumo final certificado por el capacitador del evento previo informe del
contratista.
MATERIAL DIDÁCTICO:
26. El operador se compromete a armar y entregar un kit de apoyo a los asistentes al inicio de
cada evento, el cual debe contener como mínimo una carpeta identificada con los colores y el
logo institucional de la Procuraduría General de la Nación, el nombre del Grupo de
Transparencia y del Derecho de Acceso a la Información Pública de la Procuraduría General
de la Nación y deberá contener impresa la Ley 1712 de 2014, el Decreto 103 de 2015 y la
conferencia que será dictada por el capacitador, un bolígrafo y un block de notas.
27. El kit descrito en el numeral que antecede deberá ser aprobado previamente por el Grupo
de Transparencia y del Derecho de Acceso a la Información Pública de la Procuraduría
General de la Nación.
28. Así mismo, el operador se obligará a entregar a la Procuraduría General de la Nación -
Grupo de Transparencia y del Derecho de Acceso a la Información Pública, un DVD que
contenga las memorias de los eventos de capacitación en fotos y videos de cada uno de las
presentaciones de capacitación. Igualmente, el operador entregará a la Procuraduría General
de la Nación estas memorias fotográficas de los eventos de capacitación en una carpeta de
manera impresa.
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