Download - Exoneraciones Sin Plazo de Vencimiento

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  • b2 I EL COMERCIO martes 30 de agosto del 2011

    Una norma aprobada al fi-nal de la anterior legislatura ha generado imprecisiones en la aplicacin de los bene-ficios tributarios y un limbo legal en el que las exonera-ciones no tienen fecha de vencimiento.

    Podra pensarse que es-ta es una situacin perfecta para los inversionistas [pro-longar indefinidamente una exoneracin]. Sin embargo, el Gobierno puede decidir retomar los plazos para esas exoneraciones en cualquier momento, generando in-certidumbre sobre el flujo de ingresos esperado en los sectores afectados, explica Indira Navarro, especialista tributaria de Torres y Torres

    Lara Abogados.

    LeyesEsto es lo que ha ocurrido con el Decreto Legislativo 29472, que rige desde el pasado 10 de julio (y que pa-radjicamente restituy las exoneraciones tributarias a la selva). Adems, elimin el plazo de culminacin de las

    exoneraciones y beneficios tributarios contenidos en el D.L. 777.

    Esto est causando in-certidumbre entre ciertos inversionistas, que no saben cun prolongados son esos beneficios. Ello porque toda exoneracin debe tener un plazo lmite, porque si no se convertira en una inafecta-

    cin, seala Navarro.

    sectoresEntre los beneficios cuyas fechas de culminacin que-daron en el aire estn las exoneraciones al Impues-to Temporal a los Activos Netos (ITAM), a las Inver-siones en la Educacin (a excepcin de las academias de preparacin) y otras que indica la Ley 28424.

    Tambin estaran en en-tredicho las aplicadas al IGV en las prestaciones de servi-cios de hospedaje y alimen-tacin de no residentes.

    InversIonIstasLa opinin privada deman-da definiciones.

    Si las cosas son incier-tas, nadie va a invertir en general. Un ejemplo es el sector minero, que ya se sabe el volumen del aporte extraordinario que tendrn [S/.3.000 millones]; necesi-tamos las mismas definicio-nes [para las exoneraciones] en educacin, sostiene Jos Miguel Morales, presidente de Empresarios por la Edu-cacin.

    La indefinicin genera

    interpretaciones, como en el caso del turismo.

    Para nosotros, los servi-cios brindados a extranjeros [hospedaje y comidas dentro de los hoteles] y todo el turis-mo receptivo est inafecto al IGV. La Ley de Exportacin de Servicios as lo indica, porque no podemos expor-tar impuestos, explic Car-los Canales, presidente de la Cmara Nacional de Turis-mo (Canatur).

    Agreg que su gremio trabaja con el Ministerio de Comercio Exterior y Turis-mo el reglamento que per-mitir que los turistas pue-dan reclamar la devolucin del IGV.

    Se tiene que definir un paquete completo de servi-cios tursticos en los que se aplicar esta devolucin. Es-to lo hemos visto la semana pasada, explic.

    Cabe precisar que no to-dos apoyan estos beneficios. A inicios de julio la Cmara de Comercio de Lima (CCL) rechaz la iniciativa que res-tituy las exoneraciones a la selva y demand que tales medidas tengan sustento tcnico.

    Economa

    Exoneraciones tributarias no tienen plazo de vencimiento

    Beneficio sin lmite genera incertidumBre entre especialistas y gremios

    Las normas tributarias fueron aprobadas por el anterior congreso

    Se trata de beneficios en IGV e Impuesto a los activos netos

    Alberto limAche rAmrez

    Archivo

    exonerados. las indefiniciones en el tratamiento de las exoneraciones pueden afectar los flujos de inversin en proyectos en los sectores educacin y turismo.

    Luego de los mensajes con-fusos por parte del Poder Ejecutivo sobre el tema, el secretario general de la Jun-ta Nacional de Caf, Lorenzo Castillo, demand al Congre-so no eliminar la ley aproba-da en la anterior legislatura, la que precisa la naturaleza del acto cooperativo.

    El Consejo de Minis-tros present el ltimo 15 de agosto un proyec-to de ley para derogar la Ley 29683, que permite la inafectacin del Impuesto General a las Ventas y del Impuesto a la Renta a las operaciones internas de las cooperativas. El minis-

    tro de Economa y Finan-zas, Luis Miguel Castilla, dijo que la norma atenta contra la recaudacin fis-cal; mientras que el titular de Agricultura, Miguel Caillaux, sostuvo que fue una metida de pata pro-poner su derogacin.

    Al parecer para el MEF

    solo existen las sociedades annimas y las mypes, y excluye a las cooperativas como organizaciones, la-ment Castillo.

    En tanto, el dirigente de la Federacin Nacional de Cooperativas de Ahorro y Crdito, Marco Romo, re-salt que la bancada nacio-nalista respald la norma en la anterior legislatura y tambin seal que la ley fue el resultado de un deba-te parlamentario que dur dos aos.

    Por su parte, Carlos To-rres, especialista en dere-cho cooperativo del estu-dio Torres Lara, dijo que en el resto de pases est claro que las operaciones internas de las cooperati-vas no tienen fines de lu-cro y deben tener un trata-miento tributario distinto. Record que el entonces candidato y hoy presidente Ollanta Humana firm el 2 de febrero un compromiso para apoyar la naturaleza de las cooperativas.

    Solicitan al Parlamento apostar por las cooperativas

    el mensaje es confuso desde el ejecutivo

    caf. en este sector abun-dan las cooperativas

    el ministerio de eco-noma estima que las exoneraciones tributa-rias generan una prdida fiscal (ingresos no cobra-dos) de s/.8.000 millones anuales.

    el dato