Organización de las Naciones Unidas para la Alimentación y la Agricultura Representación de la FAO en COLOMBIA
Licitación No. 077/ 2012
Fecha: 25 de octubre de 2012
INVITACIÓN A LICITAR / LICITACIÓN EN PLIEGO CERRADO DE LA FAO FECHA LÍMITE: 6 DE NOVIEMBRE DE 2012 HORA: 12:00 M
La Organización de las Naciones Unidas para la Alimentación y la Agricultura (FAO) es una Organización intergubernamental con más de 180 países miembros. Desde sus inicios, la FAO ha trabajado para aliviar la pobreza y el
hambre promoviendo el desarrollo agrícola, mejorando la nutrición y buscando la seguridad alimentaria – definida como el acceso de todas las personas, en todo momento, a los alimentos necesarios para llevar una vida activa y sana.
Para lograr estas metas, FAO coopera con miles de socios alrededor del mundo, desde grupos de agricultores hasta
comerciantes, desde organizaciones no gubernamentales hasta otras Agencias de las Naciones Unidas, desde bancos
para el desarrollo hasta empresas agroindustriales (Puede encontrar información más detallada y extensa sobre FAO a través de Internet en la siguiente página web: http://www.fao.org).
A través del presente, FAO le invita a presentar una propuesta sellada en pesos colombianos para la adquisición de:
Descripción Especificaciones
Técnicas
Lugar de
Entrega
Plazo de
entrega
COMPRA DE HERRAMIENTAS Y MATERIALES
Ver apéndice 1 Montería Cordoba 8 días a partir de
la firma de la
orden de compra
Su oferta ha de basarse en todos los requisitos incluidos en la presente invitación a licitar, entre ellos:
APÉNDICE 1 – Términos de Referencia ANEXO 1 – Formato de Cumplimiento y Especificaciones Técnicas
APÉNDICE 2 – Condiciones generales Aplicables a los Contratos de Compra en la FAO
Y debe incluir los requisitos generales de licitación y los requisitos y condiciones especiales de licitación que se especifican
a continuación:
REQUISITOS GENERALES DE LICITACIÓN
1. Nombre completo, números de fax y teléfono de su empresa y de las personas de contacto.
2. Indique si la FAO tiene derecho a un descuento especial. 3. Aceptación de las “Condiciones generales aplicables a los contratos de compra en la FAO”, incluidas las
condiciones de pago. (Ver apéndice 2). (Las condiciones de pago locales de la Representación de la FAO en que son pagaderas mediante cheque o transferencia bancaria dentro de un plazo de 15 días a partir de la recepción de
su factura, y una declaración del consignatario o los consignatarios en que se reconozca la recepción de los
bienes/servicios). 4. Sírvase tomar nota de que la FAO efectuará el pago a la cuenta bancaria indicada por el proveedor seleccionado en
su factura, a condición de que el proveedor sea el titular de la cuenta bancaria y que dicha cuenta esté establecida en el país de residencia del proveedor. Toda solicitud de pago a una cuenta bancaria diferente a la del proveedor o
a un banco que no estuviere situado en el país de residencia del proveedor ha de especificarse en la oferta con los motivos que expliquen este cambio con respecto a las condiciones de pago habituales.
5. Aceptación de los requisitos de licitación de la FAO, incluidas las especificaciones técnicas. Si su oferta no es
conforme con ninguno de estos requisitos, dicha falta de conformidad debe indicarse claramente en su oferta. Si en su oferta no se hace mención a este respecto, se supondrá que todos los requisitos incluidos en la presente
invitación a licitar han sido aceptados.
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6. El precio unitario y el subtotal deben ser sin impuestos, sin embargo en el precio total se debe detallar si aplica
algún impuesto y el valor por este concepto.
7. Precios: Su oferta deberá aparecer en condiciones DAP1 (Incoterms 2010) y por lo tanto deberá incluir: a) el precio FCA2 (Incoterms 2010) de cada artículo, b) el costo del transporte hasta el destino especificado anteriormente, c) el
precio del seguro, d) el precio total de los artículos cotizados entregados “en destino”, con el seguro incluido. (Nota: En el caso de orden de compra, FAO se reserva el derecho de otorgar orden(es) en condiciones DAP o FCA
y en este segundo caso, FAO se encargará del seguro y transporte de la mercancía. En caso de que se solicite al
proveedor organizar el transporte y seguro de la carga, la Organización pagará solamente a la recepción efectiva de la carga en su destino final).
8. Tiempo de entrega: Los servicios requeridos deberán entregarse en el lugar de destino dentro de los siguientes ocho (8) días, a partir de la fecha de emisión del Contrato. Por lo tanto, se ruega a los proveedores citen su
plazo de entrega según día/semana exacto respecto al calendario tan pronto reciban el eventual Contrato. 9. Condiciones del Contrato: En el caso de que FAO decidiese adquirir los bienes en condiciones de entrega DAP,
el contrato (Orden de Compra), será también de acuerdo con los términos DAP (Incoterms 2010).
10. Validez: las ofertas deben permanecer válidas con los precios firmes y fijados hasta los 60 días después de la fecha límite para la presentación de ofertas.
11. País de Origen.
REQUISITOS Y CONDICIONES ESPECIALES
1. FAO se reserva el derecho de ajustar las cantidades requeridas y adjudicar contratos parciales si lo considerase
necesario y/o adecuado;
2. Inspección: En el caso de una orden, un organismo supervisor o un funcionario designado por FAO, se encargará a expensas de la FAO, de inspeccionar la calidad, cantidad, de conformidad con las especificaciones técnicas.
3. Daños y perjuicios: A discreción de FAO, se pueden aplicar deducciones por daños y perjuicios a toda Orden de Compra, por las razones siguientes:
a. Calidad/Rendimiento inferior: FAO, a su absoluta discreción, se reserva el derecho de rechazar cualquier entrega que no se ajuste a las especificaciones técnicas o de aceptar dicha entrega y aplicar la deducción correspondiente que FAO
determine;
b. Entrega tardía: En el caso de retraso en la entrega, se aplicará una deducción del 2,5% del valor de los bienes por semana de retraso. La deducción por entrega tardía aplicada no superará el 10% del valor total del Contrato;
4. Los licitadores deberán completar el “Formato de Cumplimiento y Especificaciones Técnicas” (Anexo 1) y presentar esto como parte de y junto con su oferta;
5. Aunque los resultados de la licitación no se harán públicos, a los proveedores que no resultasen elegidos se les
notificará en su debido momento.
6. El Contratista se compromete a realizar todos los esfuerzos razonables para asegurar que ninguno de los fondos
recibidos de FAO, en virtud del presente contrato, sean utilizados para brindar apoyo a las personas o entidades asociadas con el terrorismo, incluidas en la lista que conserva el Comité del Consejo de Seguridad, establecido en
virtud de la resolución 1267 (1999). Esta disposición se debe incluir en todos los subcontratos o sub-acuerdos
celebrados bajo el presente Contrato.
7. Las ofertas debe llevar el número y el sello en todas sus páginas para facilitar la verificación de su comprensión, así
como el nombre del licitador.
REQUERIMIENTOS DE LA OFERTA
1. Que apliquen los criterios de ley de acuerdo a los distintos regímenes tributarios.
2. Que se presente en papel membrete de la empresa. 3. Llevar la fecha de cotización.
1 DAP: “Delivered, at Place” – Entregado derechos no pagados. El vendedor entrega los bienes al comprador en el lugar de destino acordado, sin descargarlos del
medio de transporte y sin las formalidades aduaneras realizadas. El vendedor asume todos los gastos y riesgos implicados en el transporte de la mercancía hasta el lugar
de entrega, excepto, cuando sea aplicable, los pagos por formalidades aduaneras, derechos aduaneros, impuestos y otras cargas oficiales exigibles a la importación. 2 FOB: Free on Board/Franco a Bordo
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4. Detallar los productos ofertados, con presentación y marcas ofrecidas.
5. Detallar valor unitario y por la cantidad total de cada insumo.
6. Indicar la forma de pago, fecha posible de la entrega después de definido el pedido, discriminar el IVA, tiempo de la vigencia de los precios de la cotización.
7. Datos completos de la empresa. Presentación de la oferta: Su oferta debe ser presentada en sobre sellado marcado de la siguiente manera:
CONFIDENCIAL
¡No abrir por el Registro! OFERTA SELLADA / LICITACION No.77
COMPRA DE HERRAMIENTAS Y MATERIALES
Para entregar a Representación FAO en Colombia - OSRO/COL/201/EC
FECHA LIMITE: 6 DE NOVIEMBRE DE 2012 HORA: 12:00 M
NOMBRE DE LA EMPRESA:_______________________
A más tardar en la UNICA fecha y la hora límites a:
Organización de las Naciones Unidas para la Alimentación y la Agricultura
Representación de FAO en Colombia Calle 72 No. 7-82 Oficina: 702. Edificion Acciones y Valores.
BOGOTÁ – COLOMBIA
(¡Se rechazarán las ofertas presentadas por otros medios!)
Todo pedido de aclaración respecto de los requisitos incluidos en la presente invitación a licitar, salvo sobre las cuestiones relacionada con la fijación de precios, debe dirigirse al abajo firmante y presentarse por correo electrónico
a nombre de [email protected] ASUNTO: LICITACION 77 COMPRA DE HERRAMIENTAS Y
MATERIALES PROYECTO OSRO/COL/201/EC inmediatamente después de la recepción de la presente invitación a licitar y sin sobrepasar el 31 de octubre de 2012 a las 10:00 am.
A todas las empresas que han sido invitadas a licitar se les dará, si hubiere lugar, una respuesta a sus pedidos de
aclaración.
En el caso de que su empresa no presentara una oferta, la FAO le agradecería que lo notifique mediante una breve
explicación. En este caso, se le pide encarecidamente que rellene la “Notificación de no presentación de oferta” que se adjunta a la presente invitación, y enviarla por fax al número indicado en la “Notificación de no presentación
de oferta”
Le saluda
REPRESENTANTE FAO EN COLOMBIA
Organización de las Naciones Unidas para la Alimentación y la Agricultura Representación de la FAO en COLOMBIA
NOTIFICACIÓN DE NO PRESENTACIÓN DE OFERTA
Sírvase rellenar la siguiente nota y devolverla a:
Representación de la FAO en Colombia Dirección: Calle 72 # 7 – 82 Oficina 702. Edificio Acciones & Valores
Para entregar a: Servicio de Compras
Asunto: LICITACION No. 77/12 - OSRO/COL/201/EC
Fax : 2103064
De:
(Nombre de la empresa)
No hemos presentado una oferta en respuesta a su invitación porque:
_______ Los requisitos no se ajustan a nuestras actividades habituales _______ No hubo tiempo suficiente para preparar una oferta
_______ Insuficiencia actual de recursos para emprender más trabajos _______ Otros (sírvase indicar brevemente los motivos)
Firma y fecha
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Apéndice 1
APÉNDICE 1 – TÉRMINOS DE REFERENCIA
A. Descripción y Cantidad:
Item Producto Unidad de
Medida
1 Alicate Universal de 8 pulgadas con mango de caucho Unidad
2 Azadón forjado 4230 de 242 mm X 100 mm sin cabo Incolma Unidad
3 Barretón de 2 1/2 libras sin cabo bellota o herragro o incolma Unidad
4 Machete de 20 Pulgadas pulido incolma o herragro con funda Unidad
5 Pala Redonda No. 2 sin cabo bellota o herragro o incolma Unidad
6 Paladraga incolma Unidad
7 Palin ahoyador sin cabo bellota o herragro o incolma Unidad
8 Rastrillo Metálico Bellota o herragro o incolma de 16 dientes sin cabo Unidad
9 Serrucho de 24 pulgadas con mango plástico - afilado stanley o bellota o incolma
Unidad
10 Tijeras para podar de 21 cm (aprox 8 ”) - de una mano Marca Bellota ref. 352321, Truper o Incolma
Unidad
11 Martillo constructor tubular de 29 mm, con mango de hierro, Incolma Unidad
12 Aceite para automotores grado 140 Litro
13 Alambre de púa calibre 12 Rollo X 350
metros
14 Alambre para cultivo de Maracuyá calibre 12 Kilogramo
15 Alambre quemado calibre 18 Kilogramo
16 Balanza de reloj por 12,5 Kilos Unidad
17 Baldes aforados de 12 litros Imusa Unidad
18 Bandejas de germinación de 52 cm X 26 cm profundidad de 8 cm con 50 celdas
Unidad
19 Bandejas de germinación de 53 cm X 27 cm profundidad 4 cm con 162 celdas Unidad
20 Bidones con tapa de 20 Litros - garrafas con tapa 5 galones Unidad
21 Bomba fumigadora de espalda manual 20 litros marca ROYAL CONDOR Unidad
22 Caneca plástica con tapa roscada y aro metálico de 55 Galones. Azul Unidad
23 Carretillas de llanta maciza , con platón metálico, calibre 17 a 20 entre 65 y 76 litros mango en madera
Unidad
24 Cinta métrica X 30 metros Unidad
25 Colador metálico en acero inoxidable de 14 cms de diámetro Unidad
26 Fibra para amarrar tesicol ref.: Por 130 Mtrs X 130
metros
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Item Producto Unidad de
Medida
27 Grapa de 1/2 x 12 pulgada Kilogramo
28 Guantes de caucho para uso domestico LATEXPORT Caja X 100
Pares
29 Jabón líquido para lavado de manos (con dispensador) X 500 cc Unidad
30 Kit de Jardinería (Tenedor, pala cuadrada,. Pala redonda) Unidad
31 Malla metálica para gallinero X 1,50 Ojo de 1 1/4 de pulgada Rollo x 36
mts
32 Malla Zaranda (angeo metálico) en acero de 4 mm X 4 mm X 1 metro de ancho
Metro
33 Manguera negra para riego de 1 " calibre 60 Rollo X 100
metros
34 Puntilla 2,5" Libra
35 Puntilla 4" Libra
36 Tapabocas Caja X 100 Unidades
37 Tensores para alambre liso para cercas electrificadas Unidad
38 Toallas para lavado de manos entre 30-40 cm X 70 cm Unidad
39 Bolsa negra vivero para almacigo de 30 cm de largo total X 15 cm ancho de fuelle abierto a 4 cms, calibre 2,5, con 6 perforaciones. Material virgen.
Ciento
40 Bolsa negra vivero para almacigo de 8 cm de ancho total X 15 cm de largo - incluyendo fuelle, calibre 2, con 4 perforaciones. Material virgen.
Ciento
41 Frascos plásticos Blancos de 100 cc con tapa en plástico. Unidad
42 Frascos plásticos Blancos de 50 cc con tapa en plástico. Unidad
43 Plástico amarillo en lamina de 30 cm de ancho. Calibre 3. Material virgen. Metro
44 Plástico azul en lamina de 30 cm de ancho. Calibre 3. Material virgen. Metro
45 Plástico negro calibre 6 protección UV, abre en 6 metros, material virgen Metro
46 Polisombra negra al 35 % de 4 Metros de Ancho con protección UV. Rollo X 100
mtrs
47 Vaso plástico desechable de 7 onzas. Blanco. Paquete X
50 Unidades
B. Lugares y fechas de entrega:
El sitio de entrega es la ciudad de Montería - Córdoba.
Fecha de entrega: 8 días después de notificado el proveedor mediante la respectiva orden de
compra.
REPRESENTACION FAO EN COLOMBIAFax: 210 30 64-PBX: 346 51 01, Calle 72 No. 7-82, EDIFICIO ACCIONES & VALORES, Oficina 702 - Bogotá D.C., Colombia
E.M AIL: F A O-C O@fao .o rg
INFORMACION ADICIONAL:
Los costos de transporte hasta las direcciones suministradas en el Apéndice 1, así como el cargue y
descargue, corren por cuenta y riesgo del proveedor.
Favor tener en cuenta que estos insumos son requeridos con urgencia, por lo que al
momento de cotizar debe tener en cuenta las existencias de sus productos, en caso de
demoras FAO aplicará sanciones tales como:
a. Entrega tardía: En el caso de entrega tardía, se aplicará una sanción del 2,5% del valor de
los bienes por semana de retraso. La sanción por entrega tardía aplicada no superará el
10% del valor total de la orden;
Las ofertas deben indicar (cuando se solicite), la marca del insumo cotizado, los
productos que no cuenten con esta información no se tendrán en cuenta al momento del
análisis del comité de compra.
Se aceptan ofertas parciales.
FORMA DE PAGO:
De acuerdo a los numerales tres (3) y cuatro (4) de los Requisitos Generales de la Licitación. A la
entrega y recibido a satisfacción de todos los insumos del Apéndice 1 con previa verificación y visto
bueno del Oficial y/o técnico a Cargo.
REQUISITOS DEL PROVEEDOR
Cumplir con las disposiciones legales expedidas por las autoridades colombianas.
ANEXAR A LA PROPUESTA:
Junto con la propuesta económica, el proveedor deberá anexar los documentos mínimos que exige la
FAO para poder proseguir con un proceso de selección y contratación de la propuesta más favorable.
1. Fotocopias de Cámara y comercio vigente.
2. Fotocopia de la cédula del representante legal.
3. Fotocopia del NIT.
4. Fotocopia del RUT.
REPRESENTACION FAO EN COLOMBIAFax: 210 30 64-PBX: 346 51 01, Calle 72 No. 7-82, EDIFICIO ACCIONES & VALORES, Oficina 702 - Bogotá D.C., Colombia
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ANEXO 1 – FORMATO DE CUMPLIMIENTO DE ESPECIFICACIONES TÉCNICAS
“FORMATO DE CUMPLIMIENTO DE ESPECIFICACIONES TÉCNICAS”
1. ¿Su oferta cumple con los requisitos TÉCNICOS según las especificaciones de la invitación a licitar?
SI _____ NO _____
Si su respuesta es NO, indique por favor las razones:
________________________________________________________________________________________ ________________________________________________________________________________________
________________________________________________________________________________________ ________________________________________________________________________________________
Al presentar su oferta, tenga en cuenta todos los aspectos relacionados con la ejecución de la orden de compra o contrato . En caso de adjudicación, por favor obtenga toda la información y los datos necesarios en cuanto a los riesgos,
contingencias y otras circunstancias que puedan influir o afectar su oferta.
TOTALIDAD DE LA OFERTA
Su oferta sólo se considerará si contiene toda la información, documentos y disposiciones mencionados anteriormente.
De lo contrario, no será posible evaluarlos en igualdad de condiciones.
Ciudad y fecha______________________________________
Nombre de la empresa________________________________
Firma y sello________________________________________
(AVISO IMPORTANTE:. Si su oferta es diferente en cualquiera de los requisitos que figuran en este documento,
deberán especificar claramente lo que esta ofertando a menos que se acuerde algo contrario por escrito con la FAO, los requisitos anteriores son obligatorios y serán la base para la evaluación de su oferta, independientemente de cualquier declaración en sentido contrario contenida en sus especificaciones técnicas / documentos que puedan presentar junto con su oferta.)
REPRESENTACION FAO EN COLOMBIAFax: 210 30 64-PBX: 346 51 01, Calle 72 No. 7-82, EDIFICIO ACCIONES & VALORES, Oficina 702 - Bogotá D.C., Colombia
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APÉNDICE 2 – CONDICIONES GENERALES APLICABLES A LOS CONTRATOS DE COMPRA EN LA FAO
1. DEFINICIONES: “Contrato” significa esta orden de compra o contrato, y cualquier cambio o enmienda al mismo, incluyendo todos los documentos, pruebas y adjuntos mencionados en los
mismos. “FAO” significa la Organización para la Agricultura y la Alimentación de las Naciones Unidas. “Contratista significa la parte con la cual la FAO está contratando la provisión de
bienes o servicios. “Bienes” incluye sin limitaciones a equipos, repuestos, insumos, plantas o animales vivos, semilla, materias primas, componentes, productos intermedios, o productos, tal
como están especificados en el Contrato. “Servicios” significa el tiempo y esfuerzo del Contratista como está mencionado en este Contrato, según sea requerido.
2. GENERAL:
2.1 Impuestos y derechos aduaneros: La Sección 7 de la Convención sobre Privilegios e Inmunidades de las Naciones Unidas establece, entre otros, que las Naciones Unidas de las cuales FAO
es parte integrante, están exentas de todo impuesto directo, excepto cargos por servicios de utilidad pública, y está exenta de derechos aduaneros y cargos de naturaleza similar con respecto a
artículos importados o exportados para su uso oficial. En caso de que la autoridad tributaria se niegue a reconocer la exención de la FAO de tales impuestos, el Contratista deberá
inmediatamente consultar con la FAO para determinar un procedimiento mutuamente aceptable para liquidar el monto involucrado. Por consiguiente, el Contratista autoriza a la FAO a deducir
de la factura del Contratista cualquier monto que represente tales impuestos, derechos o cargo, a menos que el Contratista hubiera consultado con la FAO antes del pago en cuestión y la FAO
hubiera, en cada caso, autorizado específicamente al Contratista pagar tales impuestos, derechos o cargos bajo reclamo. En ese caso, el Contratista deberá proporcionar a la FAO evidencia
escrita de que el pago de tales impuestos, derechos o cargos se ha realizado con la debida autorización.
2.2 Términos de entrega y aseguramiento:
a) Terminas de Entrega: El Contratista deberá entregar los bienes en conformidad con los términos especificados en la Orden de Compra. El tiempo de entrega tal como se especifica en la
Orden de Compra es un término esencial de la Orden de Compra. Cuando sea que se use un INCOTERM [Internacional Comercial Term] (cláusula de Comercio Internacional) en este
Contrato, este deberá ser interpretado de conformidad con la última versión de los INCOTERMS adoptada por la Cámara Internacional de Comercio.
b) Aseguramiento: A menos que esté especificado de otra manera en la orden, la FAO normalmente dispondrá todo el aseguramiento de los bienes. Sin considerar lo dicho anteriormente, la
FAO se reserva el derecho de solicitar al Contratista proporcionar la cobertura apropiada de seguros.
2.3 Licencias de Exportación o autorizaciones gubernamentales: Si se requiere licencia(s) de exportación u otra autorización(es) gubernamental para los Bienes, es la obligación del Contratista
obtener tales licencias o autorizaciones oportunamente. El Contratista deberá notificar inmediatamente a la FAO si encuentra dificultades en obtener una licencia de exportación requerida o
una autorización gubernamental. La emisión demorada o negativa de cualquiera de tales licencias o autorizaciones para todos los Bienes o parte de ellos deberá ser considerada como un
incumplimiento [default] del Contratista y se aplicarán las disposiciones del Articulo 18 de este Contrato.
2.4 Aceptación de los términos del Contrato: Este Contrato podrá ser aceptado solamente mediante la firma del Contratista y la devolución de una copia de acuse de recibo del mismo, por
inicio del desempeño de manera oportuna o por entrega oportuna de los Bienes en conformidad con los términos de este Contrato, según lo especificado en el mismo. La aceptación de este
Contrato efectivizará un contrato entre la FAO y el Contratista bajo el cual los deberes y obligaciones de las partes deberán estar regidas únicamente por los términos y condiciones de este
Contrato, incluyendo estos Términos y Condiciones Generales. Ninguna disposición propuesta por el Contratista en cualquier momento obligará a la FAO a menos que sea acordada por escrito
por un oficial de la FAO debidamente autorizado.
2.5 Cláusula derogatoria: Cada uno de estos Términos y Condiciones deberá aplicarse a menos que sean enmendados o sustituidos por cualquier otro documento o disposición que forme parte
de este Contrato.
2.6 Cumplimiento con la ley: El Contratista deberá cumplir con todas las leyes, ordenanzas, reglas y regulaciones que tengan que ver con el desempeño de sus obligaciones bajo los términos y
condiciones de este Contrato.
3. SITUACIÓN LEGAL: Para los propósitos de este Contrato, el Contratista deberá tener el status de un Contratista independiente y deberá asumir completa responsabilidad, en particular por
los actos u omisiones, de su personal u otros representantes. El Contratista, sus empleados u otros representantes y subcontratistas autorizados no serán considerados bajo ningún aspecto como
empleados o agentes de la FAO. El Contratista, sus agentes u otros representantes, y subcontratistas autorizados, deberán cumplir con toda la legislación nacional aplicable en sus relaciones
con terceras partes, incluyendo sus empleados, o cualquier otra ley nacional aplicable a estos por motivo de su oficio, negocio o actividad. El Contratista deberá corregir rápidamente
cualquier violación a las mismas y deberá mantener informada a la FAO de cualquier conflicto o problema emergente en relación con autoridades nacionales.
4. PRIVILEGIOS E INMUNIDADES: Nada de lo contenido o relacionado con este Contrato deberá considerarse como una exención expresa o implicada de los privilegios e inmunidades de la
FAO, ni tampoco como la otorgación de ningún privilegio o inmunidad al Contratista o sus empleados.
5. INDEMNIZACIÓN: El Contratista debela indemnizar, mantener a salvo y sin daño, a su propio costo, a la FAO, su personal y cualquiera de sus estados miembros u organizaciones
miembros (“Miembros”) u otros beneficiarios finales de y en contra de todas los juicios, demandas, y obligaciones de cualquier naturaleza emergentes de actos u omisiones del Contratista o sus
empleados o subcontratistas autorizados en el desempeño de cualquiera de los términos y condiciones de este Contrato. Esta disposición se extenderá a demandas y obligaciones de tipo
compensatorio a trabajadores, y aquellas emergentes del uso de inventos patentados o con derechos de autor en conformidad con las disposiciones del Artículo 6 abajo.
6. INDEMNIZACIÓN DE PROPIEDAD INTELECTUAL: El contratista deberá defender a su propio costo, cualquier juicio o proceso levantado en contra de la FAO, sus Miembros u otros
beneficiarios finales, en cuanto estuviera basado en un reclamo de que los Bienes otorgados bajo este Contrato, o el uso normal de los mismos, constituyen una infracción de cualquier patente,
derecho de autor, marca comercial o cualquier otro derecho de propiedad intelectual. La FAO deberá notificar rápidamente de tal suceso al Contratista y darle autoridad, información y apoyo
(a costo del Contratista) como se requiera para la defensa adecuada de tal juicio o proceso. El Contratista deberá pagar todos los daños y costos ocasionados por los mismos en contra de la
FAO, sus Miembros u otros beneficiarios finales. En caso de que tales Bienes, o cualquier parte de ellos, estén impuestos, el Contratista deberá a su propio costo y opción, ya sea adquirir para
la FAO, sus Miembros u otros beneficiarios finales, el derecho de continuar usando los Bienes; o, con la aprobación de la FAO, modificar los Bienes de modo que se hagan no infractores; o
remover tales Bienes y reponer el precio de la orden y los costos de transporte e instalación de los mismos y cualquier otro daño sufrido por la FAO, sus Miembros o beneficiarios finales.
7. TAREA, SUBCONTRATACIÓN: El Contratista tendrá la única y completa responsabilidad por el desempeño de sus obligaciones bajo este Contrato. El Contratista no podrá delegar,
transferir, prometer, subcontratar, o disponer de otra manera este Contrato o cualquier parte de el; o cualquiera de los derechos u obligaciones del Contratista bajo este contrato sin el
consentimiento previo escrito de la FAO. Cualquier asignación del Contratista que no esté autorizada por la FAO será nula y la FAO se reserva el derecho en tal caso y sin perjuicio de otros
derechos o resoluciones, de cancelar el Contrato sin obligación efectiva en cuanto el Contratista haya recibido la notificación de terminación. La aprobación de la FAO de un concesionario o
subcontratista no exonerará al Contratista de ninguna de sus obligaciones bajo este Contrato.
El Contratista acuerda que la FAO puede, a su discreción, asignar, transferir, prometer, subcontratar o realizar otra disposición de este Contrato o partes de el; o de cualquiera de los derechos y
obligaciones de la FAO bajo este Contrato, mediante comunicación escrita dentro de un periodo razonable de tiempo ya sea antes o a continuación de tal arreglo de asignación, transferencia,
promesa o subcontrato.
Los términos de cualquier convenio de subcontrato en conformidad con este Artículo 7 deberán estar sujetos y en conformidad con las disposiciones de este Contrato.
8. CAMBIO DE CONTROL, INSOLVENCIA, QUIEBRA: El Contratista deberá informar inmediatamente de cualquier cambio en su estado legal o en su control a la FAO. En caso de que el
Contratista se vuelva insolvente o quiebre, o el control o estado legal del Contratista cambien por cualquier razón. FAO puede terminar el Contrato sin perjuicio de cualquier otro derecho y
resoluciones, dando al Contratista aviso escrito de la terminación.
9. FUENTE DE INSTRUCCIONES: El Contratista no deberá buscar ni aceptar instrucciones de ninguna autoridad fuera de la FAO en conexión con el desempeño de este Contrato. El
Contratista deberá abstenerse de cualquier acción que afecte adversamente a la FAO y deberá cumplir con sus cometidos con la más completa observancia de los intereses de la FAO.
10. LEGISLACIÓN APLICABLE: No obstante cualquier disposición específica incluida, este Contrato y cualquier disputa emergente del mismo deberán ser regidas por principios legales
generales, con exclusión de cualquier sistema legal nacional.
11. NO BENEFICIOS PARA FUNCIONARIOS: El Contratista garantiza que ningún funcionario, miembro del personal o ninguno de ese tipo tendrá intereses, o habrá recibido o se le habrá
ofrecido ningún beneficio directo o indirecto de ningún tipo, o ningún regalo, pago u otro en conexión con o emergente de este Contrato o su otorgación. En particular, el Contratista garantiza
que ningún funcionario, miembro del personal o representante de la FAO o ningún miembro de la familia de tal persona tenga o tendrá ningún interés financiero directo o indirecto en los
negocios del Contratista. Para los propósitos de este articulo, la simple posesión de acciones en compañía registrada públicamente no será considerada como interés financiero, siempre que
tales acciones no le confieran poder para controlar, o de otro modo influir significativamente en el manejo de los negocios del Contratista. Si el Contratista no cumpliera con esta obligación, la
FAO tendrá el derecho de terminar este Contrato en cualquier momento, en conformidad con las disposiciones del Artículo 22.
REPRESENTACION FAO EN COLOMBIAFax: 210 30 64-PBX: 346 51 01, Calle 72 No. 7-82, EDIFICIO ACCIONES & VALORES, Oficina 702 - Bogotá D.C., Colombia
E.M AIL: F A O-C O@fao .o rg
12. USO DE NOMBRE, EMBLEMA O SELLO OFICIAL DE LA FAO: El Contratista no deberá usar, de ninguna manera, el nombre, la abreviación del nombre, emblema o sello oficial de la
FAO para cualquier propósito. A menos que sea autorizado por la FAO por escrito, el Contratista no deberá publicitar o hacer público el hecho de que está proporcionando o ha proporcionado
bienes o servicios a la FAO.
13. NATURALEZA CONFIDENCIAL DE LOS DOCUMENTOS: Todos los diseños, dibujos, especificaciones, informes, datos, programas de computación, y otra información técnica o
patentada recolectada o desarrollada por el Contratista o proporcionada o revelada al Contratista por la FAO bajo este Contrato son de propiedad de la FAO y deberán ser tratados como
confidencial y resguardados por el Contratista. A menos que lo contrario sea autorizado por escrito por la FAO, el Contratista deberá usar tal información solamente en el desempeño de este
Contrato, el Contratista deberá devolver tal información a la FAO.
A menos que lo contrario sea autorizado por escrito por la FAO, el Contratista no podrá comunicar en ningún momento a ninguna otra persona, gobierno o autoridad externa a la FAO,
cualquier información de su conocimiento en razón de su asociación con la FAO, la misma que no haya sido hecha pública. El Contratista no deberá en ningún momento usar tal información
para ventaja propia. Estas obligaciones no caducan al completarse el Contrato o a la terminación del mismo.
14. CAMBIOS: La FAO podrá en cualquier momento mediante instrucciones escritas, realizar cambios dentro del marco general del Contrato y el Contratista estará obligado a ejecutar esos
cambios de manera oportuna. Si cualquiera de tales cambios causa un incremento o decremento en el precio o tiempo requeridos para el desempeño de este Contrato, se hará un ajuste
equitativo en la orden de precio o el cronograma de entrega, o en ambos, y en consecuencia, el Contrato será enmendado, terminado, o se lo volverá a emitir.
Cualquier reclamo del Contratista por ajuste bajo este párrafo debe ser validado dentro de treinta (30) días desde la fecha de recepción por el Contratista de la notificación de cambio;
previendo, sin embargo, que la FAO podrá, a su discreción, recibir y actuar sobre cualquier reclamo validado en cualquier momento previo al pago final bajo este Contrato. El no aceptar
cualquier ajuste deberá ser una disputa sujeta a las disposiciones del Articulo 21 (“RESOLUCIÓN DE DISPUTAS”) de este Contrato. Sin embargo, nada en este párrafo deberá eximir al
Contratista de su obligación de proseguir con el desempeño del Contrato modificado. Ninguna modificación o cambio en los terminas del Contrato deberá ser válida o
Exigible en contra de la FAO a menos que sea por escrito y firmada por el mismo Oficial de la FAO que firmó este Contrato, el Jefe del Servicio de Adquisiciones de la FAO, o su superior.
15. INSPECCIÓN Y ACEPTACIÓN:
15.1 La FAO se reserva el derecho a inspeccionar y probar todos los Bienes ordenados bajo este Contrato en cualquier momento y lugar. El Contratista, sin cargo adicional, deberá
proporcionar todas las facilidades para la inspección y todo el apoyo necesario para asegurar que las inspecciones se realicen de tal manera que no perjudiquen indebidamente la entrega.
15.2 La aceptación de los Bienes por la FAO no significará que el Contratista ha cumplido sus obligaciones especificadas en el Contrato.
15.3 Rechazo: La FAO podrá rechazar cualquiera de los Bienes provistos bajo este Contrato que no cumplan con los requisitos contractuales o aplicar una sanción por los Bienes que no
cumplan totalmente con los requisitos contractuales de acuerdo con los artículos 18 y 19. Se hará el rechazo de los Bienes tan pronto como sea posible luego de la entrega de los Bienes a su
destino final. Ni la inspección realizada por representantes de la FAO ni la omisión de la FAO de inspeccionar y aceptar o rechazar los Bienes, exonerará al Contratista de responsabilidad por
tales Bienes que no estén en conformidad con los requisitos del Contrato, incluyendo garantías, o impondrán obligaciones a la FAO por este motivo.
El Contratista deberá proporcionar y mantener un sistema de inspección, calidad y proceso de control aceptable para la FAO que cubra los Bienes bajo cobertura. Los registros de todo trabajo
de inspección del Contratista deberán mantenerse completos y disponibles para la FAO durante el desempeño de este Contrato y por veinticuatro (24) meses luego de su cumplimiento, si no se
especifica lo contrario en este Contrato. Se presentará a requerimiento de la FAO copias de todas las certificaciones materiales y resultados de los tests.
16. SERVICIO POST VENTA: Para los Bienes ordenados, el Contratista deberá proporcionar o mantener una organización de servicio constituida razonablemente para atender requerimientos
de asistencia técnica en mantenimiento, servicio de reparación, y rehabilitación de los Bienes de la FAO o sus Miembros o beneficiarios finales. Si la FAO ha solicitado la presencia de un
agente local de servicios y esto ha sido confirmado por el Contratista, su presencia en el país se hace una condición de este Contrato. El Contratista debe informar a la FAO de cualquier
cambio en su estructura local de servicios previo a la entrega de los Bienes.
17. IDONEIDAD DE LOS BIENES INCLUYENDO EL EMPAQUE: El Contratista garantiza que los Bienes, incluyendo su empaque, cumplen con las especificaciones incluyendo cualquier
estándar aplicable contemplado en el Contrato o, si no se proporcionan estándares aplicables, los más recientes estándares autorizados emitidos por la institución pertinente en el país de origen
de los Bienes. Además el Contratista garantiza que los Bienes son apropiados para los propósitos para los cuales tales Bienes se utilizan normalmente y para propósitos dados a conocer
expresamente al Contratista por la FAO, son de manufactura regular y están libres de defectos en diseño, elaboración y materiales.
El Contratista también garantiza que los Bienes están contenidos, empaquetados y marcados con seguridad en conformidad con estándares comerciales normales de empaque para exportación
para este tipo de bienes y de una manera tal que se protejan los Bienes mientras estén en almacenaje o en tránsito hasta su destino final.
Todas las tales garantías para los Bienes quedaran en efecto por un periodo de un año (1) o por el periodo mayor que el Contratista proporcione para tales bienes o un periodo mayor acordado
en este Contrato luego de que los Bienes hayan sido puestos en uso (el “Periodo de Garantía”).
Si, durante el Periodo de Garantía, los Bienes o alguna parte de ellos adquirida bajo este Contrato, son encontrados defectuosos, en disconformidad con las especificaciones, o dañados, como
resultado de un empaque malo o inadecuado o de otro modo en violación de las garantías de idoneidad provistas por este Articulo 17, el Contratista deberá a su propio costo bajo notificación
escrita de la FAO, prontamente corregir o reparar los Bienes de tal defecto, no conformidad o violación o de otra manera reemplazar tales Bienes a la discreción de la FAO. En caso de que el
Contratista no repare o reemplace los Bienes defectuosos o en disconformidad dentro de un tiempo razonable, la FAO podrá reemplazar o reparar los Bienes y cargar o debitar al Contratista
por todos los costos conectados con ello o, si tal reemplazo o reparación no es factible, ejercitar sus derechos bajo el Articulo 18 y/o Articulo 19 de este Contrato.
18. CORRECTIVOS PARA EL INCUMPLIMIENTO: En caso de falla del Contratista de desempeñarse bajo los términos y condiciones de este Contrato, incluyendo, pero no limitado a
incumplimiento en la entrega de todos o parte de los Bienes en las fechas estipuladas, o completar los Servicios requeridos dentro de las fechas estipuladas, la FAO podrá imponer la
liquidación de daños en conformidad con el Articulo 19 o, luego de dar al Contratista aviso escrito para cumplir y sin perjuicio a ningún otro derecho o correctivo, ejercitar uno o más de los
siguientes derechos: (1) adquirir todos o parte de los Bienes de otras fuentes, en cuyo caso la FAO podrá hacer responsable al Contratista de cualquier costo y daños ocasionados como
consecuencia; (2) rehusar aceptar entrega de todos o parte de los Bienes y reducir el precio del Contrato conforme con esto; (3) solicitar al Contratista el envío mediante transporte expreso a
costo del Contratista, para cumplir con el cronograma de entrega; o (4) terminar este Contrato sin obligaciones para la FAO.
Nada en este Articulo 18, incluyendo pero no limitado a la aceptación de Bienes o Servicios sin conformidad con los términos de este Contrato o entregados o completados con demora, deberá
ser considerado como exención de los derechos de la FAO de considerar al Contratista responsable de cualquier pérdida y/o daño resultante de cualquier incumplimiento o violación, o como
una modificación de las obligaciones del Contratista bajo este Contrato.
19. DAÑOS LIQUIDADOS POR DEMORA, BIENES EN DISCONFORMIDAD, INSUFICIENCIAS: El Contratista reconoce que este Contrato se refiere a entrega de Bienes donde “el
tiempo es esencial” y que la falla en entregar los Bienes en las fechas programadas o en conformidad con las cantidades y/o calidad especificados en este Contrato podría causar daño
irreparable a la FAO. En consecuencia, con sujeción al Articulo 20 (“FUERZA MAYOR”), si el Contratista no cumple con la entrega de cualquiera o todos los Bienes o Servicios dentro del
periodo de tiempo especificado en el Contrato o en la cantidad o calidad especificados en este Contrato, la FAO podrá a su discreción, rechazar los bienes en su totalidad o en parte y deducir,
liquidar daños del precio total de los bienes no rechazados como se establece a continuación:
(1) para entrega demorada, una suma equivalente a 2,5% por semana del precio total del Contrato por cada semana de demora hasta la entrega real, hasta una deducción máxima de 10% del
precio total;
(2) para Bienes en disconformidad o insuficiencias con las cantidades ordenadas, un porcentaje determinado como equitativo por la FAO hasta una deducción máxima del 10% del precio total
de aquellas cantidades entregadas.
Los daños liquidados reclamados por la FAO se consideraran como aceptados por el Contratista si no se refutan por escrito dentro de los 30 días de recibo de pago de la FAO. Este correctivo
no perjudica ningún derecho o correctivo que la FAO tenga disponible, incluyendo terminación, por el incumplimiento o violación de cualquier término o condición del Contrato por parte del
Contratista.
20. FUERZA MAYOR: El Contratista deberá notificar por escrito a la FAO tan pronto como sea posible luego de la ocurrencia de cualquier suceso que constituya Fuerza Mayor (como de
define aquí) dando todas las particularidades por las cuales el Contratista se declara inhábil, total o parcialmente, de desempeñar sus obligaciones y cumplir con sus responsabilidades bajo este
Contrato. El Contratista también deberá notificar a la FAO de cualquier otro cambio en condiciones o la ocurrencia de cualquier evento que interfiera o amenace con interferir con su
desempeño bajo este Contrato. Al recibo del aviso requerido por este Artículo, la FAO tomará la acción, que a su discreción considere apropiada o necesaria en las circunstancias, incluyendo
el otorgar al Contratista una razonable extensión de tiempo para cumplir con sus obligaciones bajo este Contrato o la terminación bajo el Artículo 22.
Si la FAO determina que el Contratista se ha inhabilitado, total o parcialmente, por motivos de Fuerza Mayor de desempeñar sus obligaciones o cumplir con cualquiera de sus responsabilidades
bajo este Contrato, la FAO tendrá el derecho de suspender o terminar este Contrato sin obligaciones para la FAO y con efecto inmediato al recibo por el Contratista del aviso de suspensión o
REPRESENTACION FAO EN COLOMBIAFax: 210 30 64-PBX: 346 51 01, Calle 72 No. 7-82, EDIFICIO ACCIONES & VALORES, Oficina 702 - Bogotá D.C., Colombia
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terminación. Ninguna de las partes deberá ser tomada como responsable por incumplir en el desempeño de cualquiera de sus obligaciones bajo este Contrato si tal falla es resultado de un
acontecimiento de Fuerza Mayor.
“Fuerza Mayor,” como se usa en este Articulo 20 deberá significar actos de Dios, guerra (declarada o no), invasión, revolución, insurrección u otros actos de naturaleza o fuerza similar. Un
incumplimiento o demora de un proveedor o subcontratista autorizado del Contratista, entre otras, no deberá constituir un acontecimiento de Fuerza Mayor.
No obstante cualquier cosa en contrario de este Contrato, el Contratista reconoce que el Trabajo y Servicios pueden ocasionalmente ser realizados bajo condiciones duras u hostiles, incluyendo
conmoción civil. En consecuencia, las demoras o incumplimiento causados por acontecimientos emergentes de, o en conexión con, tales condiciones difíciles no deberán, por sí mismas,
constituir Fuerza Mayor bajo este Contrato.
21. RESOLUCIÓN DE DISPUTAS, CONCILIACIÓN Y ARBITRAJE: Cualquier disputa entre las partes con relación a la interpretación y ejecución del Contrato será resuelta, o si no es
resuelta por negociación entre las partes o mediante otro modo de resolución acordado, a pedido de cualquiera de las partes, ser sometida a un conciliador. Si las partes no llegaran a un
acuerdo a nombre de un conciliador único, cada parte deberá nombrar un conciliador. Se deberá llevar a cabo la conciliación en conformidad con las Reglas de Conciliación de la Comisión de
las Naciones Unidas sobre Derecho de Comercio Internacional, actualmente en vigencia.
Cualquier disputa entre las partes relativa a la interpretación y ejecución del Contrato, que no sea resuelta luego de la conciliación será, a pedido de cualquiera de las partes, resuelta por
arbitraje en conformidad con las Reglas de Arbitraje de la Comisión de las Naciones Unidas sobre Derecho de Comercio Internacional actualmente en vigencia.
Los procesos de conciliación o arbitraje deberán ser conducidos en el idioma en el cual está redactado el contrato, siempre que este sea de alguna manera uno de los cinco idiomas oficiales de
la Organización (árabe, chino, inglés, francés y español). En los casos en los cuales el idioma del Contrato no es un idioma oficial de la Organización, los procesos de conciliación y arbitraje
deberán conducirse en inglés.
Las partes pueden solicitar conciliación durante la ejecución del Contrato o dentro de un periodo que no exceda los doce meses luego de la expiración o terminación del Contrato, la cual en
cualquier caso deberá incluir algún Periodo de Garantía como se define en el Artículo 17. Las partes pueden solicitar arbitraje hasta noventa días después de la terminación de los
procedimientos de conciliación.
Las decisiones del tribunal de arbitraje serán definitivas y vinculantes para las partes. El tribunal de arbitraje no tendrá autoridad para conceder daños punitivos y, a menos que sea
expresamente previsto en este Contrato, a otorgar intereses.
22. TERMINACIÓN POR CONVENIENCIA: La FAO podrá, a su discreción, terminar este Contrato, total o parcialmente, por cualquier razón bajo aviso escrito al Contratista sin otra
obligación que las establecidas aquí. Al recibo del aviso de terminación, que será considerado como la fecha efectiva de terminación, el Contratista deberá tomar medidas inmediatas para
limitar el incurrir en cualquier costo adicional, llevar el Trabajo y los Servicios a su terminación de manera pronta y ordenada, reducir gastos al mínimo y no deberá asumir ningún compromiso
futuro desde la fecha de recibo del aviso de terminación. En caso de Terminación por Conveniencia, no se deberá ningún pago de la FAO al Contratista excepto lo previsto a continuación: (i)
por trabajo y servicios realizados satisfactoriamente o en proceso antes de la terminación y cualquier gasto de materiales relacionado; (ii) por gastos razonables necesarios para la terminación
pronta y ordenada del trabajo, y (iii) por el costo del trabajo necesario que la FAO pueda requerir del Contratista para completarlo. En ningún caso la FAO estará obligada a pagar al
Contratista cualquier monto en exceso del precio total indicado en el Contrato por los Bienes y Servicios ni este Articulo 22 será considerado aplicable en casos en que la FAO termine el
Contrato por otros motivos que la conveniencia. Los costos atribuibles a la terminación en conformidad con esta disposición, deberán ser computados y justificados en conformidad con
prácticas contables estándar.
23. BONO DE DESEMPEÑO Y GARANTÍA BANCARIA: Si se requiere específicamente un Bono de Desempeño o una Garantía Bancaria bajo los términos del Contrato, entonces tal Bono
o Garantía, en el monto especificado en este contrato, deberá ser emitida por el Contratista a través de un banco primario de elección del Contratista a Banca IntesaBCI, 226 Vía del Corso,
Roma, Italia. El Bono o Garantía será emitido en formas ya sea proporcionadas por o aceptables para la FAO. El incumplimiento en entregar un bono o garantía aceptables dentro de dos
semanas desde la fecha de recepción de este Contrato por parte del Contratista, a menos que se especifique lo contrario en el Contrato, habilitará a la FAO a terminar este Contrato en
conformidad con el Articulo 18 (“CORRECTIVOS PARA EL INCUMPLIMIENTO”) de este Contrato.
24. COLABORACIÓN CON CIERTOS PAÍSES: La FAO se reserva el derecho de comunicar por escrito al Contratista, los países de los cuales no deberán adquirirse Bienes o Servicios
directa o indirectamente para propósitos de entrega, distribución, instalación, o uso bajo este Contrato. Estas comunicaciones deberán ser consideradas una condición de este Contrato y ser
incorporadas por el Contratista en cualquier contrato con subcontratistas autorizados.
25. AVISOS Y COMUNICACIONES: Todos los avisos y otras comunicaciones vinculantes deberán estar en idioma inglés, o en el idioma del Contrato, y deberán ser consideradas como
validas si fueron enviadas por correo registrado, por fax, por correo electrónico con aviso de recepción o por cable a la otra parte a la dirección y números de cada una de las partes indicados en
el Contrato.
26. DOCUMENTOS DE ENTREGA: Inmediatamente, al embarque de Bienes, el Contratista deberá enviar lo siguiente al consignatario: (a) un Conocimiento de Embarque o Guía Aérea; (b)
dos copias de la Factura Comercial; (c) una copia de la Factura Consular o Legalizada, si es requerida por este Contrato; (d) un Certificado de Origen; (e) una copia de la Lista de Empaque; (f)
Certificado Original de Seguro, si se ha pedido al Contratista proporcionar seguro.
El flete será prepagado por el Contratista. Los cargos de flete deberán mostrarse por separado en la factura. Los documentos de soporte, ej., facturas originales de cargos por flete, deberán ser
proporcionados con la factura.
27. PAGO Y DOCUMENTACIÓN DE RESPALDO: El pago por la FAO de las facturas presentadas no implica aceptación de los Bienes, o ningún trabajo o Servicios relacionados, bajo este
Contrato. A menos que se especifique lo contrario en este Contrato, las siguientes disposiciones aplicarán en lo concerniente al pago y documentos de respaldo.
La FAO hará pagos al Contratista ya sea mediante cheque o a través de canales bancarios generalmente dentro de treinta días del recibo de los siguientes documentos y de cualquier otro
documento/informe que pueda estar especificado en el Contrato, a ser enviados directamente al Jefe del Servicio de Adquisiciones, Organización de las Naciones Unidas para la Alimentación y
la Agricultura, Viale delle Terme di Caracalla, 00100 Roma, Italia.
(a) Las copias restantes del Conocimiento de Embarque o Guía Aérea negociables & no negociables; (b) Copia de la Factura Comercial; (c) Dos copias de la Factura Consular o Legalizadas, si
es requerida por este Contrato; (d) Dos copias del Certificado de Origen; (e) Dos copias de la Lista de Empaque; (f) Una copia del Certificado de Seguro, si se ha solicitado al Contratista
proporcionar seguro. Se deberán enviar simultáneamente dos Facturas Originales a: Grupo de Cuentas por Pagar, AFFR, Organización de las Naciones Unidas para la Alimentación y la
Agricultura, Viale delle Terme di Caracalla, 00100 Roma, Italia.
En caso de Instalación, se aplicaran los siguientes términos de pago: la FAO pagara y/o reembolsara al Contratista, al recibo por la Sede de la FAO de los documentos especificados arriba, un
monto total que no exceda el 90% del Precio FOB del equipo, mas costos totales de flete. El saldo de 10% y el Precio del servicio técnico serán pagados por la FAO a la instalación
satisfactoria de los bienes y su aceptación por la FAO pero en ningún caso no antes del final del periodo de garantía.
La FAO hará el pago a la cuenta bancaria indicada por el Contratista en su factura, siempre que la cuenta bancaria esté en nombre del Contratista y ubicada en su país de residencia. Cualquier
solicitud de pago a una cuenta bancaria diferente a aquella del Contratista o a un banco diferente al ubicado en el país de residencia del Contratista, debe ser especificada y justificada por el
Contratista a tiempo de hacer su oferta.
La FAO podrá retener el pago, total o parcialmente, sin obligación y sin perjuicio a cualquier otro derecho o resolución bajo este Contrato si el Contratista no proporciona los documentos
requeridos por este Articulo 27 o como se explica de otra manera en este Contrato o en caso de que el Contratista incumpla su desempeño o sus obligaciones bajo este Contrato, incluyendo sin
limitación las garantías de idoneidad establecidas en el Articulo 17.
28. CLÁUSULA LABORAL: El Contratista deberá: (a) respetar la prohibición de emplear niños menores de 14 años o la edad mínima de empleo permitida por la ley o la edad al final del ciclo
obligatorio de educación en el área en cuestión, la que fuera la mayor; (b) respetar la prohibición de trabajo forzado u obligado en todas sus formas; (c) respetar el derecho libremente ejercido
por los trabajadores, sin distinción, para organizarse, avanzar y defender sus intereses así como la protección de aquellos trabajadores que ejercen su derecho a organizarse; (d) asegurar la
igualdad de oportunidades y tratamiento con respecto a empleo y ocupación; (e) asegurar condiciones de seguridad, sanidad y bienestar justas y razonables.
El Contratista garantiza que ni la compañía del Contratista, ni ninguno de sus afiliados ni subsidiarias controladas por esta compañía, están comprometidas en la venta o manufactura de minas
antipersonales o de componentes primariamente utilizados para la manufactura de minas antipersonales.
Cualquier violación de estas obligaciones y garantías habilitarán a la FAO para terminar la orden de compra inmediatamente previo aviso al Contratista, sin ninguna obligación por costos de
terminación u otra obligación de cualquier tipo para la FAO.
DISPOSICIONES ESPECIALES APLICABLES A SERVICIOS
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A. RESPONSABILIDAD DEL CONTRATISTA POR SUS EMPLEADOS: Para los propósitos de este Contrato, el Contratista deberá proporcionar todo el personal necesario y deberá ser
completamente responsable de sus empleos, permisos de trabajo, pagos y administración en estricta conformidad con todas las leyes y regulaciones pertinentes, incluyendo cualquier acuerdo
laboral colectivo aplicable.
El Contratista deberá ser responsable de la competencia profesional y técnica de sus empleados y seleccionará, para trabajar bajo ese Contrato, individuos confiables quienes se desempeñarán
con efectividad en la implementación del Contrato, respetaran las costumbres locales y se someterán a un alto estándar de moral y conducta ética. Los empleados del Contratista que trabajen
en establecimientos de la FAO acataran las reglas, políticas y procedimientos de la FAO con respecto a conducta y seguridad. Todas estas garantías para los Servicios permanecerán en efecto
por un periodo de un (1) año o por tal otro periodo acordado en este Contrato después de que los Servicios se hayan concluido.
B. COMPENSACIÓN Y OTROS SEGUROS PARA LOS TRABAJADORES: El Contratista y sus subcontratistas autorizados deberán adquirir y mantener todas las compensaciones,
obligaciones del empleador, seguros con obligación global integral (daños físicos) y obligación global automovilística (daños físicos y daños a la propiedad), y tomar cualquier medida
necesaria para asegurar el cumplimiento con las leyes laborales del país del Contratista. El Contratista también deberá proporcionar cualquier otro seguro que la FAO pueda requerir, en el
alcance y montos especificados en este Contrato. Si alguno de los seguros requeridos de parte del Contratista son cancelados o su duración reducida, se pide que el Contratista y la compañía de
seguros del Contratista den diez días de notificación previa a la FAO. A demanda de la FAO, el Contratista deberá hacer que su asegurador proporcione una copia de un “Certificado de
Seguro” que evidencie el cumplimiento de parte del Contratista con los requisitos de aseguramiento de este Contrato. En caso de que el Contratista incumpla el mantener tal seguro, la FAO
puede adquirir tal seguro, pagar tales primas como sea necesario y deducir el monto pagado por la FAO de cualquier monto que se deba o que pueda ser debido al Contratista o recuperar el
mismo mediante una deuda del Contratista.
C. TITULO DE PROPIEDAD DEL EQUIPO: El título de propiedad de cualquier equipo o insumos que puedan ser proporcionados por la FAO permanece con la FAO y cualquiera de estos
equipos deberá ser devuelto a la FAO a la conclusión de este Contrato o cuando ya no lo necesite el Contratista. Tal equipo al ser devuelto a la FAO deberá estar en las mismas condiciones en
las que se entrego al Contratista, salvo uso y desgaste normal.
D. DERECHOS DE AUTOR, PATENTES Y OTROS DERECHOS PROPIETARIOS: La FAO deberá tener el derecho a toda la propiedad intelectual y otros derechos propietarios incluyendo
pero no limitados a patentes, derechos de autor y marcas registradas, con relación a documentos y otros materiales que se preparen en el curso de la ejecución de este Contrato. A solicitud de
la FAO, el Contratista deberá tomar todos los pasos necesarios, ejecutar todos los documentos necesarios, y en general asistir en asegurar tales derechos de propiedad y transferirlos a la FAO
en cumplimiento con los requisitos de la legislación aplicable.