UNIVERSIDAD RAFAEL LANDÍVAR
FACULTAD DE CIENCIAS JURÍDICAS Y SOCIALES
"El Consejo Nacional de Atención al Migrante de
Guatemala, Su Estructura y Funcionamiento." TESIS
HUGO OSWALDO RECINOS PÉREZ
Carné: 12504-00
Guatemala, Noviembre 2011
Campus Central
UNIVERSIDAD RAFAEL LANDÍVAR
FACULTAD DE CIENCIAS JURÍDICAS Y SOCIALES
"El Consejo Nacional de Atención al Migrante de
Guatemala, Su Estructura y Funcionamiento." TESIS
Presentada al Consejo de la Facultad de Ciencias Jurídicas y Sociales de
la Universidad Rafael Landívar
Por:
HUGO OSWALDO RECINOS PÉREZ Carné: 12504-00
Al conferírsele el grado académico de:
LICENCIADO EN CIENCIAS JURÍDICAS Y SOCIALES
Guatemala, Noviembre 2011
Campus Central
Facultad de Ciencias Jurídicas y Sociales
Teléfono: (502) 2426-2626 ext. 2407 Fax: (502) 2426-2544
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RECTOR
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UNIVERSITARIA
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DECANO Dr. Rolando Escobar Menaldo
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DIRECTOR DE ÁREA PÚBLICA Lic. José Alejandro Villamar González
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DIRECTOR DE CRIMFOR Lic. José Eduardo Martí Guilló
DIRECTOR DEL INSTITUTO DE INVESTIGACIONES JURÍDICAS Dr. Larry Andrade Abularach
DIRECTORA DEL BUFETE POPULAR Licda. Claudia Abril Hernández DIRECTORA DE PROYECTOS Y SERVICIOS Licda. Vania Carolina Soto Peralta
REPRESENTANTES DE CATEDRATICOS Lic. Alfonso Godinez Arana
Lic. Gabriel Estuardo García Luna
REPRESENTANTES ESTUDIANTILES Anna María Córdova Noguera Luis Rodrigo Molina López
DEDICATORIA
Al CRISTO NEGRO DE ESQUIPULAS y a la VIRGEN DE GUADALUPE, porque han
sido el motor de mi fe, para superar todo obstáculo en el camino.
A mis PADRES que siempre a lo largo del camino de la vida me han acompañado y
enseñado que todo en la vida requiere de sacrificio y esfuerzo para alcanzar la meta.
A mi ESPOSA CELESTE que ha tenido la paciencia de aguantarme y me ha dado todo
el amor y apoyo desde nuestro noviazgo para que juntos salgamos adelante.
A mis HERMANOS, HERMANAS y SOBRINOS por toda su ayuda incondicional, que
prevalezca entre nosotros la solidaridad en cualquier evento de nuestras vidas.
Especialmente a HUGO EMILIO que este éxito hijo sea ejemplo para ti.
A MIS SUEGROS y CUÑADOS por haberme dado toda la confianza para ser parte de
su familia.
A MIS AMIGOS con quienes compartimos a lo largo de esta carrera.
A TODOS LOS MIGRANTES DE GUATEMALA Y DEL MUNDO.
RESPONSABILIDAD, el autor es el único responsable del contenido y
conclusiones del presente trabajo de tesis.
LISTADO DE ABREVIATURAS UTILIZADAS
AC: Antes de Cristo
CONAMIGUA: Consejo Nacional de Atención al Migrante de Guatemala
ASI: Asociación de Salud Integral
CDHG: Comisión de Derechos Humanos de Guatemala
USAC: Universidad de San Carlos de Guatemala
IPS: Instituto de Protección Social
MSPAS: Programa de Población Migrante del Ministerio de Salud y Asistencia Social
STM: Sindicato de trabajadores de la Dirección General de Migración
STCSG: Sindicato de Trabajadores de la Construcción y Servicios de Guatemala
INCEDES: Instituto Centroamericano de Estudios Sociales y Desarrollo
GREDEMIG: Grupo Regional de Organizaciones Protectoras de los Derechos Humanos
de los Migrantes
CARECEN: Centro de Recursos Centroamericanos Internacional El Salvador
ANN: Partido Alianza Nueva Nación
OIM: Organización Internacional para las Migraciones
SEGLEPLAN: Secretaría de Planificación y Programación de la Presidencia
CONALFA: Comité Nacional de Alfabetización
INTECAP: Institución Técnico en Capacitación y Productividad
INDICE
INTRODUCCIÓN…………………………………………………………………… I CAPITULO I ANTECEDENTES…….……………………………………………………..……...
1
1. Antecedentes históricos de la migración humana…………………..………..
1.1 El Consejo Nacional de Atención al Migrante de Guatemala: Origen de la
Institución…………………………………………………………………………….
CAPITULO II
CONSEJO NACIONAL DE ATENCIÓN AL MIGRANTE DE
GUATEMALA.……………………………………………………………………….
2. 1. Características…………………………………………………………..…….
2.1.1. Marco Legal…………………………………………………………………..
2.1.2. Definición y naturaleza jurídica……………………………………………..
2.1.3. Misión y visión del CONAMIGUA…………………………………………..
2.1.4. Valores del Consejo Nacional de Atención al Migrante de Guatemala..
2.1.5 Integración Actual del Consejo Nacional del Migrante de Guatemala….
2.1.6. Atribuciones…………………………………………………………………..
2.1.7. Requisitos para optar a los cargos…………………………………………
2.1.8. Convocatorias y Sesiones…………………………………………………..
2.2. Estructura organizativa………………………………………………………...
CAPÍTULO III
EL CONSEJO NACIONAL DE ATENCIÓN AL MIGRANTE DE
GUATEMALA EN LA ACTUALIDAD……………………………………….........
3.1. Integración y representación en el Consejo Nacional de Atención al
Migrante de Guatemala……………………………………………………………..
3.2. Funcionamiento del Consejo Nacional de Atención al Migrante de
Guatemala……………………………………………………………………….......
3.3. Cumplimiento de las funciones…………………………………………….
1
4
13
13 13
14 14
15 15
20 26
26 27
30
34
37 51
3.4. Programas de fortalecimiento institucional y organizacional………………
CAPÍTULO IV
PRESENTACIÓN, DISCUSIÓN Y ANÁLISIS DE RESULTADOS…………..
CONCLUSIONES…………………………………………………………………...
RECOMENDACIONES……………………………………………………………..
REFERENCIAS……………………………………………………………………...
ANEXOS……………………………………………………………………………..
a) Decreto Número 46-2007 del Congreso de la República
“Ley del Consejo Nacional de Atención al Migrante de
Guatemala”
b) Decreto Número 24-2008 del Congreso de la República
“Reformas a la Ley del Consejo Nacional de Atención al
Migrante de Guatemala”
c) Acuerdo Gubernativo Número 106-2009 del Presidente de
la República “Reglamento de la Ley del Consejo Nacional
de Atención al Migrante de Guatemala”
d) Acuerdo Número 01-2009 del Consejo Nacional de
Atención al Migrante de Guatemala “Reglamento interno
del Consejo Asesor del CONAMIGUA”
e) Cuadro de cotejo número uno
f) Cuadro de cotejo número dos
g) Guía de entrevista
62
64
71 73
75
81
RESUMEN
La dispersión de la humanidad entre continentes y regiones se ha dado a lo largo de la
historia y es lo que hoy conocemos como migraciones. Las causas por las cuales las
personas migran de un país a otro son, muchas veces, por causas de orden natural, de
orden social, de orden económico y en ocasiones por el clima de inseguridad que viven
en el país de origen.
El objetivo de este trabajo de investigación es proporcionar los elementos históricos,
teóricos y legales que sirven de base para determinar la estructura y funcionamiento del
Consejo Nacional de Atención al Migrante de Guatemala. La metodología aplicada fue
la jurídica descriptiva, que permitió hacer un análisis de los distintos instrumentos
utilizando dos cuadros de cotejo y una entrevista que permitió explicar los resultados.
Las conclusiones y recomendaciones tratan de reflejar la realidad actual de la
estructura y funcionamiento del Consejo Nacional de Atención al Migrante de
Guatemala, que devienen negativas para el fin con el que fue creado, tomando en
consideración sus escasos cuatro años en la vida jurídica del Estado de Guatemala y el
escaso éxito alcanzado en la aplicación de sus políticas, especialmente cuando las
mismas solo son aplicadas en Estados Unidos de América y en parte en el territorio
nacional, pero se deja al margen a todos aquellos migrantes guatemaltecos que se
encuentran en un país distinto al mencionado.
I
INTRODUCCIÓN
El Consejo Nacional de Atención al Migrante de Guatemala, conocido por sus siglas
como CONAMIGUA, tiene su fundamento legal en el Decreto Número 46-2007 del
Congreso de la República de Guatemala, en el cual se contempla su estructura y
funcionamiento. Este Consejo tiene como fin ser el ente gubernamental que coordina,
define, supervisa y fiscaliza las acciones y actividades de los órganos y entidades del
Estado tendientes a proteger, atender y brindar asistencia y auxilio a los migrantes
guatemaltecos y sus familias en Guatemala, así como los migrantes que se encuentran
en el territorio nacional. La ley de creación del CONAMIGUA fue reformada mediante el
Decreto Número 24-2008 del Congreso de la República de Guatemala.
Este Consejo se rige también por el Reglamento de la Ley del Consejo Nacional de
Atención al Migrante de Guatemala, disposición legal que se encuentra registrada con
el Acuerdo Gubernativo Número 106-2009 dictado por el Presidente de la República de
Guatemala y por el Reglamento Interno del Consejo Asesor del CONAMIGUA el cual
fue emitido por el Consejo Nacional de Atención al Migrante de Guatemala mediante el
Acuerdo Número 01-2009 de fecha 17 de junio de 2,009. Estos instrumentos son los
que le dan personalidad jurídica al Consejo Nacional de Atención al Migrante de
Guatemala.
El Consejo Nacional de Atención al Migrante de Guatemala, objeto de esta
investigación, nace de la necesidad causada por la poca asistencia que el Estado de
Guatemala estaba brindando al tema de migrantes, tema que estaba siendo abordado
por instancias y organizaciones no gubernamentales.
El análisis del cuerpo legal que rige al Consejo Nacional de Atención al Migrante de
Guatemala, denota que su creación fue por presiones ejercidas por organizaciones de
migrantes radicados en Estados Unidos de América, país donde se concentra el mayor
número de migrantes guatemaltecos, por ende los planes, proyectos y políticas públicas
II
de CONAMIGUA las desempeña en aquel país, dejando al margen a los guatemaltecos
migrantes radicados en otros países del mundo, y por eso se hace importante
establecer si el Consejo Nacional de Atención al Migrante de Guatemala, único ente
gubernamental especializado en el tema de migrantes del Estado de Guatemala, podrá
en un futuro no muy lejano perfeccionarse y alcanzar sus fines, pues el mismo es parte
integrante de la política pública que tiene el Gobierno de Guatemala en materia de
migración; Tomando en cuenta la importante labor que desempeña el CONAMIGUA, el
presente trabajo de investigación pretende responder a la siguiente pregunta:
¿Cuál es la esencia, atribuciones, roles, principales funciones, debilidades y alcances
del Consejo Nacional de Atención al Migrante de Guatemala?
Para dar respuesta a esta pregunta, se estableció como objetivo general analizar y
estudiar al Consejo Nacional de Atención al Migrante de Guatemala.
Como objetivos específicos, se planteó establecer el origen del Consejo Nacional de
Atención al Migrante de Guatemala, su naturaleza jurídica, sus características, su
integración actual, sus atribuciones, los requisitos para optar a los cargos, sus sesiones
y convocatorias, dar a conocer su estructura y funcionamiento.
El alcance de la investigación es el estudio de la legislación que le da vida jurídica al
Consejo Nacional de Atención al Migrante de Guatemala.
Los elementos de estudio de esta investigación, son: a) Consejo Nacional de Atención
al Migrante de Guatemala, su estructura y funcionamiento, cuyo contenido se define a
lo largo de la investigación.
La presente investigación es un estudio jurídico descriptivo sobre la situación actual del
Consejo Nacional de Atención al Migrante de Guatemala. El procedimiento para
realizarla consistió en la recopilación de fuentes bibliográficas y normativas sobre la
materia de estudio, de las cuales se extrajo la información pertinente para establecer el
marco histórico y conceptual del tema.
III
Como instrumento de investigación se diseñaron dos cuadros de cotejo,
estableciéndose en el primero las normas jurídicas, para describir e indicar los artículos
y su contenido, concernientes a los cuerpos legales que regulan lo relativo a la
estructura y funcionamiento del Consejo Nacional de Atención al Migrante de
Guatemala, y en el segundo cuadro de cotejo se estableció la naturaleza, propósito,
objetivos y fines, para establecer la estructura y funcionamiento de instituciones
gubernamentales que se dedican al tema de migrantes en el Estado de Guatemala;
además se dirigió una entrevista a la Secretaria Ejecutiva del Consejo Nacional de
Atención al Migrante de Guatemala, lo que sirvió de base para realizar el análisis y
discusión de los resultados obtenidos.
Los límites de la presente investigación radican en la poca información que existe
acerca del CONAMIGUA en Guatemala.
Esta tesis constituye un estudio crítico que expresa los comentarios, las conclusiones y
recomendaciones del autor sobre el Consejo Nacional de Atención al Migrante de
Guatemala y la forma en que éste se estructura y funciona; por lo que ello es el aporte
de la investigación, además de ser una fuente de consulta fácil que pretende la
divulgación en el campo jurídico y educativo, por tanto, da acceso sobre la situación
actual de CONAMIGUA.
1
CAPÍTULO I: ANTECEDENTES
1. Antecedentes históricos de la migración humana
La mayoría de personas que tienen un profundo conocimiento acerca de las
migraciones, suelen estar de acuerdo en considerar Asia como el centro primitivo de
dispersión de la humanidad hacia otros continentes.1 En la antigüedad, en el año
3,000 AC, los libros donde se hallan consignados los más viejos recuerdos de la
humanidad, aparecen llenos de los relatos de estas primeras migraciones.2
La historia de las migraciones suele dividirse en tres grandes fases: la prehistórica,
la histórica y la contemporánea o estadística. Sobre los primeros movimientos
migratorios sólo pueden formularse hipótesis. Los desplazamientos humanos venían
determinados por la obsesión de encontrar alimentos o buscar tierras fértiles, así
como por los cataclismos naturales.3
Las grandes líneas de los movimientos migratorios prehistóricos e históricos,
pueden resumirse en algunos rasgos fundamentales: “En primer lugar, la gran
importancia de la divergencia periasiática. Del Centro y Este de este continente se
propagan oleadas sucesivas de pueblos que se dirigen a Europa y a América
respectivamente, y de sus costas sudoccidentales infiltraciones hacia África y el
Mediterráneo. El continente americano se comporta, desde un punto de vista de las
migraciones históricas, como un gran receptor. Europa, en un principio, constituyo el
término final de la emigración procedente de Asia y más tarde desempeñó el papel
de cabeza de puente de la emigración al continente americano. Por último, África
representa el continente de la pasividad, ya que fue primero desposeído de sus
hombres (tráfico de esclavos) y más tarde colonizado”.4
1 Dollot, Louis. LAS MIGRACIONES HUMANAS, traducción de Rafael Bofill. Editorial Industrias Gráficas
García, Barcelona, España, 1971, Pág. 13. 2 Ibid., Pág. 15.
3 Gran Enciclopedia del Rialp; Tomo XV, Madrid, España, 1989, Pág. 782.
4 Ibid., Pág. 783.
2
La historia ha conocido migraciones no sólo voluntarias, sino también forzadas,
habitualmente de carácter colectivo. Cabe oponer también las migraciones violentas
que actúan como mareas, migraciones lentas, regulares, metódicas, de masas,
individuales, espontáneas, internas y las internacionales. En la mayoría de países
las migraciones humanas plantean graves problemas que, en muchos de ellos, a
partir de 1918 y singularmente de 1945, han adquirido considerable agudeza.5
Las migraciones humanas no sólo atañen a las ciencias demográficas, económicas
y políticas, sino que afectan asimismo al derecho internacional, y no pueden dejar
indiferentes a la moral ni a la religión.6
Las Migraciones en Guatemala, a casi 200 años de la constitución de las repúblicas
en el continente americano, las pasiones que despertó ese movimiento han
amainado, y en su lugar aparece una valoración más clara sobre la amplitud social
que tuvieron las ideas de la ilustración sobre las elites independentistas.7
En el caso de Guatemala, no existe estudio alguno sobre las características de la
inmigración española al Reino de Guatemala (sobre las expediciones de conquista y
tampoco acerca de los colonizadores de las primeras décadas).8
El tema de las inmigraciones españolas al Nuevo Mundo está todavía lejos de
conocerse a fondo, y es probable que nunca se pueda reconstruir en forma
completa a causa de las grandes lagunas de información de salida, por la numerosa
migración clandestina que no dejó huellas, y porque muchas veces se
proporcionaron a las autoridades datos no verídicos. Son admirables los esfuerzos
5 Dollot, Louis. Op. Cit., Pág. 7.
6 Ibid., Pág. 10.
7 Mosquera Aguilar, Antonio. Regulación Jurídica de la Migración en Guatemala. Editorial Caudal,
Guatemala, 2004, Pág. 10. 8 Historia General de Guatemala; Tomo II, Guatemala. 1994. Pág. 219.
3
del investigador Boyd-Bowman y de otros autores, pero aun así la información
tiende a ser incompleta. La única forma de mejorar el panorama es por medio de
investigaciones en los archivos americanos (regionales, nacionales y locales), con
especial interés en la documentación notarial, y sobre tasaciones, para así lograr
una perspectiva que refleje la situación real de cada localidad, y también detecte las
movilidades interregionales americanas que existieron y tuvieron alguna
importancia.9
La expansión comercial e industrial de Alemania durante las últimas décadas del
siglo XIX, favoreció el espíritu aventurero y el deseo de inmigración de muchos
alemanes que, en busca de un nuevo horizonte y de nuevos mercados para la
pujante industria de su país, encontraron una acogida en Guatemala, que tenía un
régimen liberal impulsador de una política general de desarrollo, con el deseo de
una mayor participación y vinculación al mercado mundial. En suma, se puede decir
que la inmigración europea hacia Guatemala, fomentada por los liberales, no obtuvo
los resultados deseados en sus objetivos generales, que eran lograr el desarrollo
económico social del país a través de una fuerte inyección de tecnología, ideas y
capitales, pensando que se erradicaría así la ignorancia y el atraso del
campesinado.10
La población en Guatemala nunca ha mostrado una gran vocación por la migración.
No fue sino hasta mediados del siglo pasado, con el desarrollo de las plantaciones
de café, que el guatemalteco empezó a desplazarse permanente o estacionalmente
para adaptarse a las modalidades de una agricultura de exportación de ascenso. La
información recolectada en el censo de población de 1950 permitió, por primera vez,
analizar las corrientes de migración interna11.
El estudio de las corrientes migratorias en Guatemala encuentra más de una
dificultad, pues si bien los cuatro censos de la segunda mitad del siglo XX
9 Ibid., Pág. 220.
10 Historia General de Guatemala; Tomo IV, Guatemala. 1994. Pág. 455.
11 Loc. cit.
4
investigaron dicha variable hay problemas que se derivan de la calidad incierta de la
información, lo que ha hecho más difícil la interpretación de las tendencias y
patrones de dichas corrientes. Además, no se cuenta con criterio alguno diferencial,
es decir no se puede establecer si se omitieron más los migrantes que los no
migrantes, o viceversa. Otro factor de diferencia se encuentra en haber realizado
dos censos de hecho y dos de derecho, lo que hace imprecisa la comparación de
los dos primeros de hecho con los dos segundos de derecho, al censar a las
personas por lugar de enumeración o por lugar de residencia. Otro factor es que no
ha habido uniformidad en la publicación de las tabulaciones por características de
los migrantes como sucede con la edad y el nivel educacional12.
1.1. El Consejo Nacional de Atención al Migrante de Guatemala: Origen de la
Institución
El Consejo Nacional de Atención al Migrante de Guatemala conocido por sus siglas
como CONAMIGUA, tema central del presenta trabajo de investigación, tiene su
origen durante la administración del Gobierno del Lic. Oscar Berger Perdomo,
periodo comprendido durante los años 2,004-2,008 de conformidad con la sanción,
promulgación y publicación realizada por el Organismo Ejecutivo en el Diario Oficial
de Centro América el 8 de noviembre de 2007 del Decreto Número 46-2007 del
Congreso de la República de Guatemala, decreto legislativo que nace por la falta de
implementación de políticas migratorias integrales de Guatemala hacia otras
naciones en el marco de los derechos económicos, políticos y sociales que
disminuyan el flujo migratorio y la situación que viven los deportados y en general
las familias de todas las personas migrantes13.
12
Historia General de Guatemala; Tomo VI, Guatemala. 1997. Pág. 204. 13
Congreso de la República de Guatemala. Análisis del Comunicado del Partido Alianza Nueva Nación –ANN- ante las deportaciones masivas de ciudadanas y ciudadanos guatemaltecos desde los Estados Unidos y la ausencia de políticas públicas en materia migratoria por parte del Gobierno de Guatemala. Partido Alianza Nueva Nación. Guatemala, 2007. Disponible en http://congreso.gob.gt/uploadimg/documentos/n3633.doc. consultada el 28 de mayo de 2011.
5
Esta reseña histórica pretende esbozar brevemente el origen del Consejo Nacional
de Atención al Migrante de Guatemala y la evolución que ha tenido a sus escasos
cuatro años de funcionamiento, haciendo mención de los elementos que le dieron
nacimiento a la vida jurídica en el Estado de Guatemala.
A principios del año 2007, la preocupación en materia migratoria era latente y el
tema se estaba desarrollando por varias instancias y organizaciones no
gubernamentales que actualmente trabajan y abordan el fenómeno migratorio en
Guatemala para la protección de los derechos de los Migrantes, pero el Estado de
Guatemala en poca medida colaboraba con las mismas.
Importante es mencionar algunas de las organizaciones que se dedican al tema
migratorio de las cuales se destacan las siguientes: a nivel nacional,
La Mesa Nacional para las Migraciones en Guatemala que aglutina a varias
instituciones: Asociación de Salud Integral (ASI), Asociación Refugio de la
Niñez, Conferencia Nacional de Ministros y Espiritualidad Maya de
Guatemala (OXLAJUJ AJPOP), Comisión de Derechos Humanos de
Guatemala (CDHG), Defensoría de la Población Desarraigada y Migrante de
la Procuraduría de los Derechos Humanos, Federación Guatemalteca de
Escuelas Radiofónicas, Instituto de Investigación de la Escuela de Historia y
Antropología de la Universidad de San Carlos (USAC), Instituto de
Investigaciones Económicas y Sociales Universidad Rafael Landívar, Instituto
de Protección Social (IPS), Programa de Población Migrante del Ministerio de
Salud y Asistencia Social (MSPAS), Sindicato de trabajadores de la Dirección
General de Migración, (STM) y Sindicato de Trabajadores de la Construcción
y Servicios de Guatemala (STCSG)14;
el Grupo Binacional Guatemala-México,15
14
Mesa Nacional para las Migraciones en Guatemala. Miembros. Mesa Nacional para las Migraciones en Guatemala. Guatemala, 2011. Disponible en http://www.menamig.org/es/institucion/miembros. consultada el 28 de mayo de 2011. 15
Cuadernos de Trabajo sobre migración. Organización Internacional para las migraciones. Acuerdos del Grupo Binacional Guatemala-México sobre asuntos migratorios. Guatemala. 2002. Disponible en http://www.acnur.org/biblioteca/pdf/3968.pdf. Consultada el 28 de mayo de 2011.
6
Instituto Centroamericano de Estudios Sociales y Desarrollo –INCEDES-16,
en materia de protección y asistencia directa en derechos humanos destacan
la labor de la Pastoral de Movilidad Humana de la Conferencia Episcopal de
Guatemala a través de las casas del Migrante en Tecún Umán, San Marcos y
Defensoría de la Población Desarraigada y Migrante de la Procuraduría de
Derechos Humanos del Migrante17.
Estas organizaciones actualmente desarrollan como ejes de trabajo la prestación de
ayuda humanitaria, la defensa de los derechos humanos de los migrantes, la
provisión de información y conocimiento para el estudio y la investigación de las
migraciones en Guatemala y en la región centroamericana, la generación de
propuestas de abordaje del tema y el registro de denuncias hecho por los migrantes.
Es importante mencionar que a nivel internacional existen también Instituciones
que velan por los derechos del migrante, a nivel regional se puede mencionar: El
Grupo Regional de Organizaciones Protectoras de los Derechos Humanos de los
Migrantes (GREDEMIG)18 que aglutina al Centro de Derechos Humanos Fray Matías
de Córdova, de Chiapas, México, Casa del Migrante Tecún Umán, Casa del
Migrante de la Conferencia Episcopal de Guatemala, Defensoría de Población
Desarraigada y Migrante de la Procuraduría de los Derechos Humanos, Centro de
Recursos Centroamericanos Internacional El Salvador (CARECEN) y Casa del
Migrante Parroquia San José de Nueva Ocotepeque Honduras, Instituto de
Derechos Humanos de la Universidad Centroamericana José Simeón Cañas El
Salvador.
16
Instituto Centroamericano de Estudios Sociales. INCEDES. Instituto Centroamericano de Estudios Sociales. Guatemala, 2011. Disponible en http://www.incedes.org.gt. Consultada el 28 de mayo de 2011. 17
Conferencia Episcopal de Guatemala. Comisión Pastoral de Movilidad Humana. Conferencia Episcopal de Guatemala. Guatemala, 2011. Disponible en http://www.iglesiacatolica.org.gt/cmovhu.htm. consultada el 28 de mayo de 2011. 18
Agencia Pulsar. Migración y Derechos Humanos, ponencia completa de Nancy Maritza Sandoval Valdez, encargada del tema migraciones de AMARC - Guatemala y miembro del Instituto Centroamericano en Estudios Sociales y Desarrollo. Agencia Pulsar. Guatemala, 2011. Disponible en http://www.agenciapulsar.org/nota.php?id=12419. Consultada el 28 de mayo de 2011.
7
En el año 2007, la necesidad de crear un ente institucional de naturaleza pública
que se encargara de velar por los migrante en Guatemala y en otros Estados del
mundo era latente, a tal grado que en un comunicado del Partido Político Alianza
Nueva Nación, emitido en febrero de dos mil siete, proclamaba la ausencia de
políticas públicas en materia migratoria por parte del gobierno de Guatemala,
comunicado que nació a raíz de las deportaciones masivas de ciudadanas y
ciudadanos guatemaltecos desde el país de los Estados Unidos de América en
dicha época19.
En el comunicado arriba mencionado se pronunciaba “el deterioro de la situación
económico-social producto de la imposición de las políticas neoliberales en el
continente había provocado serios desajustes sociales, lo que complicaba o
agravaba problemas ya existentes y que no tenían expectativas de solución a corto
o a mediano plazo. El aumento general del desempleo, la pobreza, la extrema
pobreza, la exclusión, marginación, discriminación y crecimiento demográfico, eleva
considerablemente la migración de las áreas rurales hacía las ciudades, y la presión
migratoria irregular del sur hacía el norte”20. En dicho comunicado el Partido Alianza
Nueva Nación aseveraba que Guatemala generaba una gran cantidad de migración
interna y externa, más que ningún país de la zona y, que enfrentaba problemas
humanitarios y de seguridad como consecuencia de la misma.
El contexto anti migratorio desencadenado durante la última década en los Estados
Unidos de América ha dado como resultado una serie de acciones, reacciones,
movilizaciones y procesos que pusieron el tema migratorio en el debate
internacional, regional, nacional y local.
19
Congreso de la República de Guatemala. Comunicado del Partido Alianza Nueva Nación –ANN- ante las deportaciones masivas de ciudadanas y ciudadanos guatemaltecos desde los Estados Unidos y la ausencia de políticas públicas en materia migratoria por parte del Gobierno de Guatemala. Partido Alianza Nueva Nación. Guatemala, 2007. Disponible en http://congreso.gob.gt/uploadimg/documentos/n3633.doc. consultada el 28 de mayo de 2011. 20
Loc. cit.
8
En un boletín de información y análisis de la Mesa Nacional para las Migraciones en
Guatemala emitido en el año 2006, y citado en el Comunicado del Partido Alianza
Nueva Nación –ANN- ante las deportaciones masivas de ciudadanas y ciudadanos
guatemaltecos desde los Estados Unidos y la ausencia de políticas públicas en
materia migratoria por parte del Gobierno de Guatemala establece que en materia
migratoria, Guatemala experimentó un saldo negativo que se expresó en diversas
formas: definición e implementación de políticas abiertamente anti migratorias,
aprobación de la construcción del muro fronterizo entre Estados Unidos de América
y México, patrullaje del ejército de los Estados Unidos de América en la frontera
mexicano-estadounidense, incremento en el cobro del “coyotaje”, utilización de rutas
más largas y peligrosas, elevación de riesgos, incremento y persistencia de muertes
de emigrantes, más asaltos y extorsiones, mayores cantidades de deportados desde
Estados Unidos y México, operativos anti migratorios en Guatemala, incertidumbre
institucional en la Dirección General de Migración y resultados negativos de las
gestiones gubernamentales en materia migratoria ante las autoridades
estadounidenses, entre otros factores.
Es por lo anterior, que el Partido Alianza Nueva Nación establecía en su
comunicado la enorme preocupación debido que el Gobierno de Guatemala no
había tomado en dicha fecha las medidas que resolvieran el fenómeno migratorio,
pues era urgente implementar políticas migratorias integrales en el marco de los
derechos humanos, económicos, políticos y sociales, para disminuir el flujo
migratorio, debido que las pocas medidas que se habían tomado a la fecha no
resolvían en profundidad la situación de los deportados.
En virtud a lo anterior, el Partido Alianza Nueva Nación solicitaba al Gobierno de
Guatemala que de urgencia nacional se abordara en el Congreso de la República,
particularmente en la Comisión del Migrante, la discusión y aprobación de la
iniciativa de Ley para la creación del Consejo Nacional de Atención del Migrante
9
Guatemalteco –CONAMIGUA-, enviada por esa Comisión a Dirección Legislativa el
25 de octubre del 2006.21
El 14 de noviembre del año 2,006, en el periodo legislativo 2,006-2,007 el Congreso
de la República de Guatemala celebro su Sesión Ordinaria numero 053, sesión en la
cual se agendó en el punto 5 inciso c, la iniciativa de ley presentada por el Diputado
Julio Cesar López Villatoro que disponía aprobar la Ley del Consejo Nacional de
Atención al Migrante Guatemalteco; en dicha fecha el Diputado López Villatoro hizo
la exposición de motivos que impulso la ley de estudio de la presente
investigación22.
Dentro de las consideraciones que motivaron la Ley del Consejo Nacional de
Atención al Migrante de Guatemala, de manera general se contempla la crisis
económica en América Latina, el movimiento migratorio regional y sus efectos en
Guatemala.
En relación a la crisis económica en América Latina, establecía que el deterioro de
la situación económica en el continente ha provocado serios desajustes sociales, lo
que implicaba o agravaba problemas que existen y que tienen expectativas de
solución a corto plazo.
El aumento general del desempleo, la pobreza y el crecimiento demográfico elevaba
considerablemente la migración de áreas rurales hacia las ciudades, y la presión
migratoria irregular del sur hacia el norte del hemisferio. De conformidad con la
exposición de motivos de la Ley del Consejo Nacional de Atención al Migrante de
Guatemala, el país genera gran cantidad de migración interna y externa, más que
ningún país de la zona, que enfrenta problemas humanitarios y de seguridad como
consecuencia de la misma, lo que ha desencadenado problemas de índole políticos
21
Loc. cit 22
Congreso de la República de Guatemala. Diario de Sesiones del Congreso de la República de Guatemala. Editorial Congreso de la República de Guatemala, Guatemala, 2006.
10
internos y externos, principalmente con los países vecinos más próximos, como lo
son México, Estados Unidos de América y la región centroamericana.23
En la referida exposición de motivos se cita a la Organización Internacional para las
Migraciones (OIM), quienes dentro de sus estudios realizados en Latinoamérica en
relación a Migración, “consideran que las economías latinoamericanas se han visto
golpeadas por la contracción mundial y el incremento del precio del petróleo, el
impacto de la globalización ha sido negativo en virtud del deterioro de los términos
de intercambio, especulación sobre las monedas, erosión de su capacidad industrial,
la desaceleración de la economía norteamericana, el tema de seguridad que la OIM
hace relación que Guatemala, con otros países centroamericanos, es, como se
sabe, país expulsor de migración irregular hacia Estados Unidos de América, en tal
sentido establece la OIM que Guatemala tiene una compleja agenda de
necesidades institucionales presupuestarias de atención, tanto a los guatemaltecos
que viven en el exterior como para los que retornan deportados, en materia de
desarrollo local y prevención de migración irregular”24.
Guatemala es igualmente considerada dentro de la exposición de motivos de la Ley
del Consejo Nacional de Atención al Migrante de Guatemala “el país de paso
favorito para la migración irregular hacia los Estados Unidos de América, tanto de
centroamericanos y de países andinos, como de india y de países asiáticos”25, el
estudio de la OIM arriba citado establece que Guatemala no está preparada para
hacer frente a una compleja problemática.
23
Exposición de motivos de iniciativa de la “Ley del Consejo Nacional de Atención al Migrante de Guatemalteco” realizada el 24 de octubre de 2,006 por el Diputado ponente Julio Cesar López Villatoro realizada el 14 de noviembre del año 2,006 en el periodo legislativo 2,006-2,007 del Congreso de la República de Guatemala en su Sesión Ordinaria numero 053, sesión en la cual se agendó, en el punto 5 inciso c. 24
Loc. cit 25
Organización Internacional para las Migraciones. PANORAMA SOBRE LA TEMÁTICA MIGRATORIA
DESDE LA VISIÓN DE LA OIM, citada en la Exposición de motivos de iniciativa de la “Ley del Consejo Nacional de Atención al Migrante de Guatemalteco” realizada el 24 de octubre de 2,006 por el Diputado ponente Julio Cesar López Villatoro realizada el 14 de noviembre del año 2,006 en el periodo legislativo 2,006-2,007 del Congreso de la República de Guatemala en su Sesión Ordinaria numero 053, sesión en la cual se agendó, en el punto 5 inciso c.
11
Las instancias gubernamentales vinculadas directa o indirectamente con el
fenómeno migratorio, tanto del Organismo Ejecutivo como del Legislativo, reciben
una serie de demandas de los guatemaltecos residentes en los Estados Unidos de
América, a efecto que se actué con responsabilidad para apoyarles ante las
diferentes acciones y problemas migratorios que se realizan en su contra por
autoridades de los Estados Unidos de América y buscan encontrar en las
autoridades gubernamentales el respaldo que logre minimizar los efectos de los
cambios y políticas migratorias en dicho país, y de esa forma proteger a sus
familiares en el extranjero.
La administración del Gobierno de Guatemala en el año 2,006, consideraba a través
del Ministerio de Relaciones Exteriores que era una política de Estado propiciar el
diálogo permanente y la negociación con los Estados involucrados en el tema
migratorio. Esa era la línea por la cual se debían orientar todos los esfuerzos y
recursos para la protección, asistencia y atención a los guatemaltecos en el exterior,
para lograr de manera sostenible la estabilidad económica, social y la seguridad de
los mismos.
Los miembros de la Comisión de Migrantes del Congreso de la República, de
conformidad con las atribuciones que le otorga la Constitución Política de la
República y la ley que los rige establecieron que la política gubernamental aplicada
por el Gobierno de turno no se hacía efectiva a la fecha, pues habían corroborado
mediante su verificación “in situ” en reuniones con líderes de organizaciones de
migrantes guatemaltecos en el extranjero y en nuestro país, llevadas a cabo en el
curso del año 2,006 que en la práctica no existían acciones conjuntas, coordinadas
y el aprovechamiento de los recursos técnicos y económicos para la correcta,
inmediata y debida protección de los derechos de los guatemaltecos en Estados
Unidos de América, ni en ningún otro país.26
26
Loc. cit.
12
Los anteriores acontecimientos vividos por los migrantes en el extranjero, las causas
por las cuales las personas se movilizan de un lugar a otro, los estudios realizados
por entes no gubernamentales y gubernamentales sobre migrantes guatemaltecos
en el extranjero y las de sus familias en Guatemala, dieron como culminación la
creación del Consejo Nacional de Atención al Migrante de Guatemala.
13
CAPÍTULO II: CONSEJO NACIONAL DE ATENCIÓN AL
MIGRANTE DE GUATEMALA.
2.1. Características
2.1.1. Marco Legal
El fundamento Legal del Consejo Nacional de Atención al Migrante de Guatemala
descansa en el Decreto Número 46-2007,27 promulgada en el año 2,007, modificada en
el año 2,008 mediante el Decreto Número 24-2008 del Congreso de la Republica de
Guatemala respectivamente, reforma que nace por la dificultad para poder integrar el
Consejo Nacional de Atención al Migrante de Guatemala, el Consejo Asesor y el
nombramiento del Secretario y Subsecretario Ejecutivo del Consejo Nacional de
Atención al Migrante de Guatemala –CONAMIGUA-, con la participación efectiva de los
lideres guatemaltecos que residen en los Estados Unidos de América28.
El Consejo Nacional de Atención al Migrante de Guatemala se rige también por el
Acuerdo Gubernativo del Presidente de la República de Guatemala número 106-
200929 de fecha 7 de abril del año 2009, el cual se refiere al Reglamento de la Ley del
Consejo Nacional de Atención al Migrante de Guatemala y por el Acuerdo Numero 01-
2009 emitido por el Consejo Nacional de Atención al Migrante de Guatemala que regula
el Reglamento Interno del Consejo Asesor del CONAMIGUA30.
27
Congreso de la República de Guatemala. Decreto Numero 46-2007, “Ley del Consejo Nacional de Atención al Migrante de Guatemala, 2,007. 28
Congreso de la República de Guatemala. Decreto Numero 24-2008, “Reformas a la Ley del Consejo Nacional de Atención al Migrante de Guatemala, 2,007. 29
Presidente de la República. Acuerdo Gubernativo Número 106-2009, “Reglamento de la Ley del Consejo Nacional de Atención al Migrante de Guatemala, 2,009. 30
Consejo Nacional de Atención al Migrante de Guatemala. Acuerdo Numero 01-2009 “Reglamento Interno del Consejo Asesor de CONAMIGUA”, 2,009.
14
2.1.2. Definición y naturaleza jurídica
De conformidad con el artículo 2 del Decreto número 46-2007 del Congreso de la
República el Consejo Nacional de Atención al Migrante de Guatemala al que también se
puede denominar CONAMIGUA se puede definir que “es el ente gubernamental que
coordina, define, supervisa y fiscaliza las acciones y actividades de los órganos y
entidades del Estado tendientes a proteger, atender y brindar asistencia y auxilio a los
migrantes guatemaltecos y su familias en Guatemala, así como los migrantes que se
encuentran en el territorio nacional31.”
Su naturaleza jurídica es ser un ente de derecho público, de carácter administrativo,
cuyo campo y objeto radica en cumplir con las responsabilidades frente a los migrantes
guatemaltecos.
2.1.3. Misión y visión del CONAMIGUA
El Consejo Nacional de Atención al Migrante de Guatemala tiene como misión “Definir,
coordinar, supervisar y fiscalizar las acciones del Estado de Guatemala tendientes a
prestar asistencia, protección, atención y auxilio a los migrantes guatemaltecos en el
exterior y a sus familias, así como a los retornados a territorio nacional y a los migrantes
que se encuentran en Guatemala”32.
El Consejo Nacional de Atención al Migrante de Guatemala tiene como visión ser “Una
institución fortalecida, capaz de promover la garantía de la dignidad, seguridad e
31
Congreso de la República de Guatemala. Ley del Consejo Nacional de Atención al Migrante de Guatemala y su reforma, capítulo I, articulo 2. 32
Consejo Nacional de Atención al Migrante de Guatemala. Misión. Consejo Nacional de Atención al Migrante de Guatemala. Guatemala, 2011. Disponible en http://conamigua.gob.gt/index.php?option=com_content&task=view&id=1&Itemid=78 consultada el 15 de agosto de 2011.
15
integridad de los migrantes guatemaltecos, con base en una política integral del Estado
de Guatemala para abordar el fenómeno migratorio y sus consecuencias”33.
2.1.4. Valores del Consejo Nacional de Atención al Migrante de Guatemala
El grupo de valores morales por los cuales se rige el Consejo Nacional de Atención al
Migrante de Guatemala se agrupan de la forma siguiente34:
a. Solidaridad y apoyo incondicional con las entidades estatales encargadas de abordar
el fenómeno migratorio y con los guatemaltecos migrantes en el exterior;
b. Vocación de servicio, eficiencia y eficacia en el cumplimiento de nuestros objetivos.
c. Espíritu de trabajo y dedicación para mejorar la institucionalidad del Consejo y con
ello las condiciones de los guatemaltecos en el exterior, sus familias y los extranjeros
en territorio nacional.
d. Integridad, probidad, responsabilidad y transparencia en la gestión institucional.
2.1.5 Integración Actual del Consejo Nacional del Migrante de Guatemala
El Actual Consejo Nacional de Atención al Migrante de Guatemala está integrado por35
el Ministro de Relaciones Exteriores, quien lo preside, un diputado electo por el Pleno
del Congreso de la República, quien deberá ser integrante de la comisión legislativa de
Migrantes, el Secretario de la Secretaría de Planificación y Programación de la
33
Consejo Nacional de Atención al Migrante de Guatemala. Visión. Consejo Nacional de Atención al Migrante de Guatemala. Guatemala, 2011. Disponible en http://conamigua.gob.gt/index.php?option=com_content&task=view&id=1&Itemid=78 consultada el 15 de agosto de 2011. 34
Consejo Nacional de Atención al Migrante de Guatemala. Valores. Consejo Nacional de Atención al Migrante de Guatemala. Guatemala, 2011. Disponible en http://conamigua.gob.gt/index.php?option=com_content&task=view&id=1&Itemid=78 consultada el 15 de agosto de 2011. 35
Congreso de la República de Guatemala. Ley del Consejo Nacional de Atención al Migrante de Guatemala y su reforma, capítulo I, articulo 5.
16
Presidencia (SEGLEPLAN), el Procurador Adjunto de los Derechos Humanos, a cargo
de la atención a los derechos humanos de los migrantes.
Es importante aclarar en este apartado que el Procurador Adjunto de los Derechos
Humanos, a cargo de la atención a los derechos humanos de los migrantes, está dentro
las personas que integran el Consejo Nacional de Atención al Migrante de Guatemala,
ya que así lo establece el artículo 5 inciso d) del Decreto Número 46-2007 del Congreso
de la República, pero dicha disposición fue expulsado del ordenamiento legal vigente de
conformidad con la sentencia emitida por la Corte de Constitucionalidad de la República
de Guatemala el catorce de octubre de dos mil nueve.
En dicho expediente el Procurador de Derechos Humanos establece que “impugna la
norma porque considera que viola los siguientes artículos de la Constitución Política de
la República: i) el 274, que establece: “El Procurador de los Derechos Humanos es un
Comisionado del Congreso de la República para la defensa de los Derechos Humanos
que la Constitución garantiza. Tendrá facultades de supervisar la administración…”; en
ese contexto constitucional, la disposición legal objetada deviene inconstitucional, ya
que al incluirse al indicado Procurador Adjunto como uno de los miembros que integran
el Consejo Nacional de Atención al Migrante de Guatemala (CONAMIGUA), se limita al
Procurador la facultad constitucional de supervisar la administración, que incluye, al
propio ente que se integra por el Procurador Adjunto, dado que su función no la realiza
desde la institución del Procurador, sino dentro de otro ente que, por mandato del
artículo 8 de la Ley de la Comisión de Derechos Humanos del Congreso de la
República de Guatemala y del Procurador de los Derechos Humanos, está impedido a
integrar dado que el Procurador debe actuar sin estar supeditado a organismo,
institución o funcionario alguno; ii) el 275, que regula:”El Procurador de los Derechos
Humanos tiene las siguientes atribuciones: a) Promover el buen funcionamiento y la
agilización de la gestión administrativa gubernamental, en materia de Derechos
Humanos; b) Investigar y denunciar comportamientos administrativos lesivos a los
intereses de las personas; c) Investigar toda clase de denuncias que le sean planteadas
por cualquier persona, sobre violaciones a los Derechos Humanos; d) Recomendar
17
privada o públicamente a los funcionarios la modificación de un comportamiento
administrativo objetado; e) Emitir censura pública por actos o comportamientos en
contra de los derechos constitucionales; f) Promover acciones o recursos, judiciales o
administrativos, en los casos en que sea procedente; y g) Las otras funciones y
atribuciones que le asigne la ley…”; de lo anterior, se puede apreciar que dentro de las
atribuciones del Procurador de los Derechos Humanos no se encuentra la de integrar
otros organismos o entidades, cualquiera que sea su naturaleza; además, el artículo 9
de la Ley ordinaria que regula la institución, prevé que el cargo de Procurador es
incompatible con el desempeño de otros cargos públicos, lo que es así precisamente
por las funciones esenciales que le asigna la Constitución, en particular, la de
supervisar a la administración; iii) 5º, 152, 154 y 155, conforme los cuales el principio
de legalidad implica que el ejercicio del poder está sujeto a las limitaciones señaladas
por la Constitución y la ley, lo que significa que la función pública debe estar
debidamente establecida, con la finalidad de hacer dinámica la toma de decisiones;
asimismo, dicho principio implica que la actividad de cada uno de los órganos del
Estado debe mantenerse dentro del conjunto de atribuciones expresas que le son
asignadas por la Constitución y las leyes; en ese sentido, se puede establecer que la
norma impugnada vulnera tales artículos constitucionales, debido a que, como quedó
expuesto, la designación para integrar un ente distinto del de la institución del
Procurador de los Derechos Humanos, no es una función que se le encomiende
constitucionalmente al Procurador, dado que no está previsto dentro del mandato
supremo ni legal; y iv) 44, 175 y 204 constitucionales, los cuales establecen y
garantizan el principio de supremacía constitucional y jerarquía normativa, en virtud que
la disposición impugnada al incluirlo dentro de un órgano gubernamental distinto del de
la institución del Procurador de los Derechos Humanos al Procurador y, además, incluir
en este al Procurador Adjunto, se le limita la facultad de supervisar la administración y,
por otro lado, se establece una función que no reconoce ni recoge la Constitución, todo
lo cual no es posible, dadas las funciones absolutamente independientes que debe
tener en el ejercicio de su función, tal como lo establece el artículo 8 del Decreto 54-86
del Congreso de la República de Guatemala”36.
36
Expediente 206-2009 de la Corte de Constitucionalidad de la República de Guatemala.
18
En base a lo expuesto por el Procurador de Derechos Humanos en el expediente
identificado con el número 206-2009 que fue donde se conoció la Inconstitucionalidad
General Parcial de la referida norma, la Corte de Constitucionalidad considero que “La
norma cuestionada mediante la acción que se analiza se inserta en la Ley del Consejo
Nacional de Atención al Migrante de Guatemala, Decreto 46-2007 del Congreso de la
República, cuya naturaleza –según se estipula en su artículo 2- lo es el ser un “…ente
gubernamental que coordina, define, supervisa y fiscaliza las acciones y actividades de
los órganos y entidades del Estado tendientes a proteger, atender y brindar asistencia y
auxilio a los migrantes guatemaltecos y sus familias en Guatemala, así como los
migrantes que se encuentren en el territorio nacional“. A la vez, en su artículo 4 se
determina que es la instancia nacional que reúne a las autoridades del Estado
responsables de la atención y protección de los derechos humanos y garantías
individuales del guatemalteco en el extranjero, con el objetivo de “…propiciar y
fortalecer los mecanismos de coordinación interinstitucional y el cumplimiento de las
funciones que se establecen en la presente ley y los compromisos del Estado de
Guatemala derivados de convenios, tratados y otras obligaciones internacionales en la
materia…” .
El carácter que reviste el mencionado Consejo de ente gubernamental y de instancia
nacional que reúne autoridades del Estado con responsabilidades en la atención y
protección de los derechos humanos del guatemalteco en el extranjero, es lo que
denota que la norma que impone la participación del Procurador de los Derechos
Humanos, por medio del procurador adjunto a cargo de los derechos humanos de los
migrantes, como integrante del mismo, deviene contraria al artículo 274 constitucional
por cuanto que restringe el ejercicio de la función de supervisar la administración que le
asigna al mencionado Procurador, función que –tal y como propone en su
planteamiento el accionante- involucra no solo los actos o actividad de la administración
central, sino la de todas las entidades autónomas o descentralizadas de origen
constitucional o legal, así como también compromete la independencia con que debe
actuar al ejercer tal función, incluso respecto del actuar del propio Consejo en mención.
En efecto, el cargo de Procurador de Derechos Humanos es personal y al formar parte
19
del Consejo Nacional de Atención al Migrante de Guatemala, su función en este ámbito
no la estaría realizando desde la institución de Procurador de los Derechos Humanos,
sino dentro de otro ente que, por mandato del artículo 8 de la Ley de la Comisión de
Derechos Humanos del Congreso de la República, está impedido a integrar, dado que
debe de actuar de forma independiente”37.
en virtud de lo anterior y luego de haber escuchado los argumento de las partes
integradas por Procurador de Derechos Humanos, el Congreso de la República, El
Ministerio de Relaciones Exteriores y el Ministerio Público en el presente asunto la
Corte de Constitucionalidad declaro con lugar la acción de inconstitucionalidad general
parcial del articulo 5 inciso d, de la Ley de la Ley del Consejo Nacional de Atención al
Migrante de Guatemala, Decreto 46-2007 del Congreso de la República de Guatemala,
que dice: “d) El Procurador Adjunto de los Derechos Humanos, a cargo de la atención a
los derechos humanos de los migrantes;”, promovida por el Procurador de los Derechos
Humanos, Sergio Fernando Morales Alvarado; y como consecuencia de tal declaratoria
la Corte de Constitucionalidad ordeno que se expulsara del ordenamiento jurídico la
disposición legal indicada, por lo tanto es importante tener claro que, el Procurador
Adjunto de los Derechos Humanos a cargo de la atención a los derechos humanos de
los migrantes no forma parte de la integración del Consejo Nacional de Atención al
Migrante de Guatemala, y en base a lo anterior sigue en su orden el Viceministro de
Economía a cargo de la política económica exterior de Guatemala , el Viceministro de
Trabajo y Previsión Social a cargo de la atención a los trabajadores guatemaltecos en el
extranjero, el Gerente General del Banco de Guatemala y el Secretario Ejecutivo del
CONAMIGUA, quien participará con voz pero sin voto, y también será Secretario de
dicho Consejo.38
37
Expediente 206-2009 de la Corte de Constitucionalidad de la República de Guatemala. 38
Congreso de la República de Guatemala. Ley del Consejo Nacional de Atención al Migrante de Guatemala y su reforma, capítulo II, articulo 5.
20
2.1.6. Atribuciones
La Ley del Consejo Nacional de Atención al Migrante de Guatemala le otorga al
CONAMIGUA diferentes niveles de atención, coordinación y supervisión; para que
dichos niveles funcionen los divide en cuatro siendo estos los siguientes:
1) A nivel nacional39 el Consejo Nacional de Atención al Migrante de Guatemala,
funciona conforme la integración que se detalló anteriormente y que se encuentra
regulado en el artículo 5 de la Ley del Consejo Nacional de Atención al Migrante de
Guatemala, sus principales funciones40 son las siguientes:
a) Preparar, supervisar y proponer las acciones necesarias en los planes y políticas
públicas de atención al guatemalteco en el extranjero;
b) Promover y recomendar las acciones y mecanismos de verificación, cumplimiento y
protección de los Derechos Humanos, Civiles y Laborales de los migrantes y de los
trabajadores guatemaltecos en el extranjero;
c) Proponer, facilitar y coordinar las mesas de trabajo interinstitucional para la consulta,
gestión y elaboración de iniciativas e impulso de acciones y consensos para la mejora
en la atención y servicio a los guatemaltecos en el extranjero;
d) Elaborar las propuestas de acciones conjuntas a desarrollar por las entidades y
órganos del Estado guatemalteco así como por las autoridades de otros Estados e
instancias internacionales, para la correcta y mejor atención y servicio al migrante
guatemalteco en el extranjero;
39
Congreso de la República de Guatemala. Ley del Consejo Nacional de Atención al Migrante de Guatemala y su reforma, capítulo II, articulo 6. 40
Congreso de la República de Guatemala. Ley del Consejo Nacional de Atención al Migrante de Guatemala y su reforma, capítulo II, articulo 7.
21
e) Dar seguimiento y establecer el debido cumplimiento de la política pública, planes,
programas y proyectos nacionales de atención al nacional en el extranjero y, de los que
se lleven a cabo en el país en comunidades de familiares de migrantes guatemaltecos;
f) Velar por la correcta y más amplia atención al fortalecimiento económico y desarrollo
nacional, mediante la inclusión de planes, programas, proyectos que privilegien esta
clase de acciones y el fomento a la inversión y el crecimiento económico del país con
dichos recursos e inversiones de migrantes guatemaltecos;
g) Apoyar e incentivar las acciones, planes y programas que brinden beneficios y
oportunidades de desarrollo en el país, a los familiares de migrantes guatemaltecos y, a
quienes hubieran sido deportados;
h) Propiciar la participación y generar los más amplios mecanismos de expresión de los
migrantes guatemaltecos, especialmente frente a las autoridades del gobierno
guatemalteco y de los gobiernos de otros países;
i) Mantener un sistema actualizado de información, como mínimo, de:
i.i) los guatemaltecos en el extranjero; i.ii) sus organizaciones y asociaciones
comunitarias en otros países; i.iii) el impacto económico de remesas familiares y envío
de dinero al desarrollo y economía nacional; i.iv) el establecimiento y crecimiento
económico en las regiones del país con mayor número de guatemaltecos migrantes; i.v)
Consulados, funcionarios y sedes de oficinas de atención al guatemalteco en el
extranjero; y, i.vi) cualquier otra información que CONAMIGUA considere necesario
para mejorar la atención y ayuda al migrante guatemalteco en el país y fuera del mismo;
j) Proponer al Organismo Ejecutivo y a las demás dependencias del Estado de
Guatemala, los mecanismos más adecuados y expeditos, para atender las necesidades
de los migrantes guatemaltecos, así como el fortalecimiento de la relación de éstos con
su familia en nuestro país;
22
k) Promover y convocar a los Consejos Regionales de Desarrollo Urbano y Rural para
la designación de su delegado, en su respectiva jurisdicción, a efecto de promover y
lograr la coordinación interinstitucional regional de acciones, planes y programas que
lleve a cabo CONAMIGUA en beneficio del migrante guatemalteco en el extranjero y
sus familias en nuestro país, así como darle posesión en el cargo a esos delegados;
l) Asesorar y apoyar a las autoridades y órganos de dirección a cargo de la política
nacional e internacional y de las acciones públicas en materia migratoria, con el fin de
proteger los Derechos Humanos del migrante guatemalteco, así como beneficiar y
contribuir a la atención efectiva y eficiente de las necesidades del guatemalteco en el
extranjero;
m) Promover, proponer y plantear a los ministerios y demás dependencias de gobierno
nacional, las acciones, planes, proyectos y programas que brinden beneficios y
oportunidades de desarrollo y mejora en las condiciones de vida en el país, para los
familiares de migrantes guatemaltecos;
n) Sugerir, recomendar y opinar sobre la celebración, modificación o denuncia de
convenios, tratados, instrumentos, o cualquier otro arreglo o compromiso binacional o
internacional, que afecte al guatemalteco en el extranjero o a sus familiares en el país;
ñ) Requerir la colaboración, apoyo, opinión, información o asistencia de las entidades
públicas o privadas, nacionales o internacionales, que estime necesarias, a efecto de
cumplir sus funciones;
o) Realizar, coordinar y propiciar el permanente análisis, discusión, estudio y evaluación
de las causas, fenómenos y circunstancias que motivan, originan y propician la
migración del guatemalteco, así como el impacto en su comunidad, en el desarrollo
económico y social de movilidad humana;
23
p) Colaborar y coadyuvar en la definición de políticas públicas de atención y protección
a los migrantes internacionales que se encuentran o transitan en el país;
q) Promover, cooperar y apoyar a las instancias gubernamentales y del Estado para la
debida defensa y protección de los derechos humanos de los migrantes internacionales
y sus familias, que se encuentren y transitan por el país; y,
r) Promover y proponer al Ministerio de Educación de Guatemala la generación, puesta
en práctica y ejecución de programas y actividades de alfabetización para
guatemaltecos en el extranjero.
2) El Consejo Asesor del CONAMIGUA, que será integrado por los representantes
institucionales y por los delegados de migrantes guatemaltecos que viven en el
extranjero, conforme su participación detallada en la Ley del CONAMIGUA tiene como
denominación “Consejo Asesor para la Coordinación Internacional e Interinstitucional y
Regional de Atención al Migrante de Guatemala y sus familias en Guatemala”41, y tiene
como función principal la coordinación y atención internacional e interinstitucional y, la
pronta atención del migrante guatemalteco en el extranjero y de sus familias en
Guatemala, con el apoyo de un Consejo Asesor, que está integrado por los funcionarios
y representantes siguientes:
a) Un representante titular y un suplente de las organizaciones de guatemaltecos
radicados en el extranjero, en donde Guatemala tenga Consulados Generales,
quienes serán electos por un período de dos años y podrán ser reelectos. Para el
efecto se procederá de la siguiente manera42:
a.1) Los Consulados Generales deberán convocar a las organizaciones de
guatemaltecos bajo su circunscripción, a registrarse en cada uno de ellos, presentando
41
Congreso de la República de Guatemala. Ley del Consejo Nacional de Atención al Migrante de Guatemala y su reforma, capítulo III, articulo 8. 42
Congreso de la República de Guatemala. Ley del Consejo Nacional de Atención al Migrante de Guatemala y su reforma, capítulo III, articulo 8.
24
toda la documentación necesaria que compruebe su constitución; dicha convocatoria
deberá ser divulgada por los medios de comunicación necesarios.
a.2) Posteriormente, los Cónsules Generales deberán evaluar y calificar la constitución
de cada una de las organizaciones, de acuerdo a los parámetros que para el efecto
norme el Ministerio de Relaciones Exteriores.
a.3) Luego de ello, los Cónsules Generales convocarán a las Juntas Directivas de las
organizaciones debidamente constituidas, para que elijan a su representante titular y
suplente.
a.4) Los Cónsules Generales deberán notificar inmediatamente los nombres de los
representantes titulares y suplentes electos al Ministerio de Relaciones Exteriores, para
que éste lo traslade de forma oficial al CONAMIGUA.
a.5) Se establece un plazo al Ministerio de Relaciones Exteriores, de treinta días
calendario, para la realización del proceso anteriormente expuesto.
b) Un representante de cada uno de los Consejos Regionales de Desarrollo
Urbano y Rural del país, quienes serán los responsables de la coordinación
interinstitucional del CONAMIGUA en su respectiva jurisdicción;
b.c) Un Viceministro de: Gobernación, Salud Pública y Asistencia Social, y, Cultura y
Deportes, responsables de actividades con la comunidad, la prevención de la violencia
y las actividades deportivas y culturales;
b.d) Un delegado nombrado por la Secretaría de Obras Sociales de la Esposa del
Presidente;
b.e) Un delegado de la Junta Directiva del Instituto Guatemalteco de Turismo; y,
25
b.f) Los delegados de cualquier otra instancia u organismo de Estado, a quien el
Consejo Nacional de Atención al Migrante de Guatemala invite.
3) A nivel regional el CONAMIGUA funcionará con los delegados de los Consejos
Regionales de Desarrollo Urbano y Rural, quienes serán designados por cada Consejo
Regional para integrar en su jurisdicción la Coordinación Interinstitucional del
CONAMIGUA; tienen como funciones43 fundamentales las siguientes:
a) Servir como vía de comunicación y coordinación interinstitucional de las acciones,
planes y programas que lleve a cabo CONAMIGUA en su región;
b) Apoyar, proponer y recomendar las actividades, acciones y proyectos que
CONAMIGUA debe realizar en la jurisdicción a la que pertenece, a fin de lograr
mantener una adecuada y eficiente labor de atención y protección de los derechos de
los migrantes guatemaltecos en el extranjero y sus familiares en el país; y,
c) Cualquier otra que defina CONAMIGUA.
4) La Secretaría Ejecutiva funcionará con los profesionales y técnicos necesarios para
el cumplimiento de sus objetivos y de conformidad con Ley del CONAMIGUA y sus
reformas; tiene como funciones principales las administrativas, de representación, de
ejecución y las tareas y actividades que se le asignen por parte del CONAMIGUA; de
conformidad con el reglamento aprobado por el Presidente de la República mediante
Acuerdo Gubernativo Número 106-2009, la Secretaria Ejecutiva está integrada por el
Secretario Ejecutivo, Subsecretario Ejecutivo y por las Direcciones de Asuntos
Jurídicos, de Estudios sobre Migraciones Internacionales, Administrativa y Financiera y
de Gestión Social y Coordinación Interinstitucional, teniendo cada uno de estos órganos
funciones especificas además de las establecidas en la Ley del CONAMIGUA.
43
Congreso de la República de Guatemala. Ley del Consejo Nacional de Atención al Migrante de Guatemala y su reforma, capítulo III, articulo 9.
26
2.1.7. Requisitos para optar a los cargos
La Ley y Reglamento únicamente establece requisitos para uno de los integrantes del
Consejo Nacional de Atención al Migrante de Guatemala, siendo este Miembro el
Secretario Ejecutivo del CONAMIGUA, persona que de conformidad con las reformas a
la Ley del Consejo Nacional de Atención al Migrante de Guatemala, Decreto Numero
46-2007 del Congreso de la República de Guatemala debe tener una experiencia
minina comprobada de tres años en el tema migrantes, a propuesta de la Comisión de
Migrantes del Congreso de la República44, tal como lo establece el artículo 11 del
Decreto Número 24-2008 del Congreso de la República reformas a la Ley del Consejo
Nacional de Atención al Migrante de Guatemala, Decreto Numero 46-2007 del
Congreso de la República de Guatemala, los demás miembros del Consejo Nacional de
Atención al Migrante de Guatemala únicamente necesitan estar en funciones del cargo
para el cual fueron electos o nombrados.
2.1.8. Convocatorias y Sesiones
Las convocatorias o consultas sociales, las podrá llevar a cabo el Consejo Nacional de
Atención al Migrante de Guatemala invitando y convocando en calidad de observadores
a su Consejo Asesor, a representantes de entidades y asociaciones de migrantes
guatemaltecos o defensa de los derechos humanos de los migrantes, a efecto que
contribuyan y presenten iniciativas, planes, proyectos, programas y gestionen la
canalización de ayuda a los connacionales que se encuentran fuera del territorio
nacional o de sus familias en su país.45
La convocatoria a sesiones del Consejo Nacional de Atención al Migrante de
Guatemala le corresponde al Secretario Ejecutivo, en caso de ausencia del Secretario
Ejecutivo las convocatorias las efectúa el Subsecretario Ejecutivo. Las agendas de las
44
Congreso de la República de Guatemala.Ley del Consejo Nacional de Atención al Migrante de Guatemala y su reforma, capítulo IV, articulo11. 45
Congreso de la República de Guatemala.Ley del Consejo Nacional de Atención al Migrante de Guatemala y su reforma, capítulo III, articulo10.
27
sesiones se conforman con los puntos que cada uno de los integrantes del Consejo
Nacional de Atención al Migrante de Guatemala solicite. El plazo para hacer la
convocatoria de sesión debe hacerse con ocho días46 de anticipación, salvo cuando se
trate de una sesión extraordinaria, cuyo plazo se podrá reducir hasta un día.
Las convocatorias deben ir acompañadas de la documentación de soporte de los
puntos a tratar según la agenda propuesta. Las agendas de cada sesión son conocidas
y aprobadas al inicio de cada sesión, misma que puede ser modificada según la
decisión de los Miembros del CONAMIGUA.
Dichas sesiones, las lleva a cabo el Consejo Nacional de Atención al Migrante de
Guatemala, de forma ordinaria y extraordinaria. Las sesiones ordinarias las celebra
como mínimo una47 vez al mes, y las sesiones extraordinarias las pueden celebrar
cuantas veces sea necesario, según se solicite por algunos de los integrantes del
CONAMIGUA.
Las sesiones del CONAMIGUA podrán ser en su sede o en otro lugar que consideren
necesario, debiendo la Secretaría Ejecutiva asentar el acta de la sesión respectiva en
libro autorizado para el efecto por la Contraloría General de Cuentas. En este mismo
libro los miembros del CONAMIGUA pueden razonar sus votos o hacer las objeciones
que se quieran hacer constar, actas que serán firmadas por los miembros del
CONAMIGUA que hayan participado en la respectiva sesión.
2.2. Estructura organizativa
Los órganos que integran el Consejo Nacional de Atención al Migrante de Guatemala
son los encargados de velar por el cumplimiento de los objetivos, y funciona en los
46
Consejo Nacional de Atención al Migrante de Guatemala. Acuerdo Numero 01-2009 “Reglamento Interno del Consejo Asesor de CONAMIGUA”, Articulo 4, 2,009. 47
Presidente de la República. Acuerdo Gubernativo Numero 106-2009, “Reglamento de la Ley del Consejo Nacional de Atención al Migrante de Guatemala, 2,009, Artículo 3.
28
niveles de atención, coordinación y supervisión, siendo los siguientes: El Consejo
Nacional de Atención al Migrante de Guatemala -CONAMIGUA-, el Consejo Asesor del
CONAMIGUA, los delegados de los Consejos Regionales de Desarrollo Urbano y Rural
y la Secretaría Ejecutiva.
a. Consejo Nacional de Atención al Migrante de Guatemala: constituye la autoridad
máxima y está integrado por los miembros de conformidad con la ley y que se
describió anteriormente.
b. El Consejo Asesor del CONAMIGUA: constituye el órgano que apoya y asesora
al Consejo Nacional de Atención al Migrante de Guatemala y está integrado por
los representantes institucionales y delegados de los migrantes guatemaltecos
que viven en el extranjero.
c. Los delegados de los Consejos Regionales de Desarrollo Urbano y Rural esta
integrado por: cada delegado designado por cada Consejo Regional de
Desarrollo Urbano y Rural es el órgano que atiende y colabora con la verificación
y cumplimiento de las acciones, planes y programas aprobados por
CONAMIGUA, especialmente aquellos destinados a atender las necesidades en
el país tendientes a promover el desarrollo, crecimiento, educación y demás
necesidades individuales, familiares o comunitarias, que contribuyan a la
prevención y disminución de la migración nacional, y la debida y pronta atención
y defensa de sus derechos humanos.48
d. Secretaría Ejecutiva: es el órgano del CONAMIGUA que se encarga de cumplir
la funciones administrativas que la ley y el reglamento le asigna, teniendo su
Secretario Ejecutivo la representación legal del CONAMIGUA conforme a los
preceptos del ordenamiento jurídico nacional.
48
Congreso de la República de Guatemala.Ley del Consejo Nacional de Atención al Migrante de Guatemala y su reforma, capítulo III, articulo 8.
29
A continuación se presenta el organigrama49 del Consejo Nacional de Atención al
Migrante de Guatemala:
49
Consejo Nacional de Atención al Migrante de Guatemala. Organigrama. Consejo Nacional de Atención al Migrante de Guatemala. Guatemala, 2011. Disponible en http://conamigua.gob.gt/index.php?option=com_content&task=view&id=16&Itemid=38 consultada el 22 de septiembre de 2011.
30
CAPÍTULO III: EL CONSEJO NACIONAL DE ATENCIÓN AL
MIGRANTE DE GUATEMALA EN LA ACTUALIDAD.
Dentro de las funciones del Presidente de la República el artículo 183, inciso i) de la
Constitución Política de la República de Guatemala establece los siguientes: … i)
presentar un informe al Congreso de la República al iniciarse su periodo de sesiones ,
informe escrito sobre la situación general de la República y de los negocios de su
administración realizado durante el año anterior (…) y de conformidad con lo dispuesto
en la Carga Magna, en su informe correspondiente al año dos mil nueve, el Presidente
de la República informo al Congreso de la República la asistencia y protección que se
les ha dado a los migrantes durante su administración correspondiente al año dos mil
nueve, y destaca que en su administración gubernamental “es fundamental velar por la
situación de nuestros conciudadanos en el exterior, especialmente en temas de
promoción, protección y defensa de sus derechos humanos. En este sentido, se ha
dado particular énfasis a la defensa de los derechos de quienes se encuentran en
condición de vulnerabilidad por carecer de un estatus migratorio vigente en los Estados
Unidos de América, al transitar por México u otros territorios”.50
En relación al Consejo Nacional de Atención al Migrante de Guatemala, en su segundo
informe, del Presidente de la República al Congreso de la República informa que “El
Consejo Nacional de Atención al Migrante de Guatemala (Conamigua), conformado por
distintas instituciones, ha generado logros concretos en materia de su propio
fortalecimiento institucional, concluyendo procesos administrativos y financieros
necesarios para su buen funcionamiento. En el mes de mayo, Conamigua inició una
serie de actividades para incidir a favor de la comunidad migrante guatemalteca que
reside en los Estados Unidos”51
50
Colom Caballeros, Alvaro. Segundo Informe del Presidente de la República al Congreso de la República de Guatemala. Secretaría de Planificación y Programación de la Presidencia, Gobierno de Guatemala. Guatemala, 2010. Disponible en http://www.segeplan.gob.gt/downloads/informe_presidencial.pdf. consultada el 25 de junio de 2011. 51
Loc. cit.
31
Las Actividades desarrolladas por el Consejo Nacional de Atención al Migrante de
Guatemala, de conformidad con el segundo informe del Presidente de la República al
Congreso de la República destacan las siguientes: “la primera y segunda mesa de
trabajo y diálogo con líderes migrantes en aquel país. Las actividades se llevaron a
cabo en Chicago, Illinois, el 24 y 25 de julio; y en la Ciudad de Guatemala, el 14 de
agosto. Por primera vez, líderes de organizaciones de guatemaltecos en el exterior
fijaron posturas conjuntas y lograron consensos alrededor de la visión que debía seguir
el Estado de Guatemala en materia de la Reforma Migratoria.
La posición del Estado de Guatemala frente a la Reforma Migratoria Integral está
contenida en once puntos y fue remitida vía diplomática a la Secretaria de Estado de
Estados Unidos de América, Hillary Clinton, y a la Secretaria de Seguridad Interna de
Estados Unidos de América, Janet Napolitano.
En el seno de la Secretaría General del Sistema de la Integración Centroamericana, se
definió una posición regional ante la reforma migratoria, partiendo de la iniciativa
guatemalteca.
El 24 de septiembre, el Presidente Álvaro Colom y miembros de su equipo
gubernamental participaron, en Nueva York, en una reunión de trabajo con integrantes
de la Comisión Guatemalteca sobre Reforma Migratoria, con el propósito de dialogar
con sus miembros sobre los esfuerzos emprendidos para brindar a los migrantes
atención y asesoría en los Estados Unidos.
Otro propósito de esa visita fue realizar acciones conjuntas de cabildeo para lograr una
reforma migratoria justa e integral.
Los programas de trabajadores temporales a Canadá se han incrementado para el
presente año; en efecto, 3348 trabajadores han viajado a las provincias de Quebec,
Ontario, Alberta y British Columbia. Adicionalmente, se han identificado otros países
potenciales para recibir a trabajadores guatemaltecos y crear programas similares52”.
52
Loc. cit.
32
Por su parte, en el informe correspondiente al año dos mil diez, el Presidente de la
República informo al Congreso de la República la asistencia y protección que se les ha
dado a los migrantes durante el año dos mil diez, y destaca la labor del Consejo
Nacional de Atención al Migrante de Guatemala en virtud que durante dicho periodo
este organismo gubernamental “publicó en idiomas mayas (quiché, mam, kackchiqel,
canjobal y quechí) la legislación guatemalteca sobre migración y los derechos que
asisten a la comunidad maya guatemalteca. Asimismo, se presentó el Marco General y
Descripción de Acciones del Estado de Guatemala en materia migratoria, documento
que contiene un análisis histórico, estrategias, contextualización, legislación interna e
internacional aplicable y competencia de las instituciones. Por otra parte, se ha iniciado
un proceso para la emisión de la Política Pública de la República de Guatemala sobre
migraciones”53.
A sus escasos cuatro años de creación, el Consejo Nacional de Atención al Migrante de
Guatemala ha tratado y abordado el fenómeno migratorio de forma integral y se ha
enfocado desde la perspectiva de los Derechos Humanos, con énfasis en la
coordinación, definición, supervisión y fiscalización de las acciones y actividades que
realizan entidades del Estado, en busca del desarrollo de los migrantes, es por ello que
en el año dos mil diez realiza acciones concretas dentro del territorio nacional creando
dos sedes54 regionales una en Sacatepéquez y otra en Alta Verapaz y en el dos mil
once abre dos sedes más una en el Municipio de Todos Santos Cuchumatán,
departamento de Huehuetenango y la más reciente sede regional creada tiene su sede
en el departamento de Zacapa.
53
Colom Caballeros, Alvaro. Tercer Informe del Presidente de la República al Congreso de la República de Guatemala. Secretaría de Planificación y Programación de la Presidencia, Gobierno de Guatemala. Guatemala, 2011. Disponible en http://www.guatemala.gob.gt/14012011.pdf , consultada el 25 de junio de 2011. 54
Heyddie Alejandra Gordillo Tovar, Secretaria Ejecutiva del CONAMIGUA, entrevista en la Ciudad de Guatemala, Octubre 2011.
33
Las ubicaciones55 de las sedes del Consejo Nacional de Atención al Migrante de
Guatemala -CONAMIGUA- a la fecha son:
Sede central: Consejo Nacional de Atención al Migrante de Guatemala,
CONAMIGUA dirección: 2ª. Avenida 4-17 zona 10, Ciudad de Guatemala,
Teléfono: 2410-0000 extensión 1508.
Región II Cobán: Dirección: 6ta. Calle 1-76 zona 4, Edificio Consejo Regional de
Desarrollo Urbano y Rural Telefax: 79521373.
Región III Zacapa: Dirección: 13 calle y 16Av. Zona 3 Edificio Centro de
Gobierno de Zacapa Of.201 Consejo Regional de Desarrollo Urbano y Rural
Teléfono de planta: 79414356.
Región V Antigua Guatemala 6ª. Avenida norte No.80 Interior Consejo Regional
de Desarrollo. Antigua Guatemala, departamento de Sacatepéquez. Teléfono
40318033 y 40422815 Región VII Todos Santos Cuchumatán, Huehuetenango
Dirección: Calle principal, frente al parque municipal, Palacio Municipal de Todos
Santos Cuchumatán. Huehuetenango. Teléfono: 77830606
El CONAMIGUA fiscaliza que las diferentes entidades del Estado de Guatemala,
competentes en materia migratoria, observen y apliquen adicionalmente a la legislación
interna que rige en la materia, toda aquella normativa internacional en materia de
protección al migrante de la que el Estado de Guatemala es parte.
Como parte de las actividades del Consejo Nacional de Atención al Migrante de
Guatemala en el año dos mil nueve, el Licenciado Erick Mauricio Maldonado Ríos quien
fungía como Secretario Ejecutivo del CONAMIGUA, presentaba el compendio de
Tratados Internacionales vigentes para Guatemala y que reconocen, expresa o
indirectamente, derechos fundamentales de la población migrante, estableciendo el
entonces Secretario Ejecutivo del CONAMIGUA lo siguiente “que esta publicación
coadyuvara para que los funcionarios de las entidades vinculadas a la materia,
sociedad civil, lideres migrantes, juzgadores, entre otros conozcan y hagan valer dichos
55
Loc. cit.
34
derechos de la población migrante guatemalteca en el exterior, así como de los
extranjeros que se encuentran en territorio nacional56”.
3.1. Integración y representación en el Consejo Nacional de Atención al Migrante
de Guatemala.
El Consejo Nacional de Atención al Migrante de Guatemala es un ente oficial de
reciente creación y ha estado integrado de la forma siguiente: el Ministro de Relaciones
Exteriores, quien lo preside, el Secretario de Planificación y Programación de la
Presidencia, el Viceministro de Economía encargado de la política exterior de
Guatemala, el Viceministro de Trabajo y Previsión Social a cargo de la atención a los
trabajadores en el extranjero, un Diputado representante del Congreso de la República,
y el Gerente General del Banco de Guatemala. Asimismo, participa con voz, pero sin
voto, dentro del Consejo, el Secretario Ejecutivo del mismo, quien junto con el
Subsecretario Ejecutivo es electo por el Congreso de la República57.
La presidencia del CONAMIGUA de conformidad con la ley de materia la tiene el
Ministro de Relaciones Exteriores, siendo ocupado este cargo por el Licenciado Roger
Haroldo Rodas Melgar58.
56
Presentación realizada por el Licenciado Erick Mauricio Maldonado Ríos, quien fungía en el año dos mil nueve como Secretario Ejecutivo del Consejo Nacional de Atención al Migrante de Guatemala del compendio denominado “Tratados Internacionales en Materia de Protección al Migrante” el cual comprende y está integrado por los siguientes instrumentos: a) Declaración Universal de Derechos Humanos; b) Convenio Internacional sobre Protección de los Derechos de todos los Trabajadores Migrantes y sus Familias; c) Convención Sobre el Estatuto de Refugiados; d) Protocolo Contra el Tráfico Ilícito de Migrantes por Tierra, Mar y Aire, que Complementa la Convención de las Naciones Unidas contra la Delincuencia Organizada Transnacional; e) Protocolo para Prevenir, Reprimir y Sancionar la Trata de Personas, Especialmente Mujeres y Niños, que complementa la Convención de Naciones unidas contra la Delincuencia Organizada Transnacional; e) Convención de Viena sobre Relaciones Consulares; f) Convenio Número 97 de la Organización de Internacional del Trabajo –OIT- Relativo a los Trabajadores Migrante. 57
Consejo Nacional de Atención al Migrante de Guatemala. Antecedentes. Consejo Nacional de Atención al Migrante de Guatemala. Guatemala, 2011. Disponible en http://conamigua.gob.gt/index.php?option=com_content&task=view&id=12&Itemid=33. consultada el 18 de junio de 2011. 58
Consejo Nacional de Atención al Migrante de Guatemala. Miembros. Consejo Nacional de Atención al Migrante de Guatemala. Guatemala, 2011. Disponible en http://conamigua.gob.gt/index.php?option=com_content&task=view&id=17&Itemid=58. consultada el 18 de junio de 2011.
35
Los demás miembros que integran a la fecha el Consejo Nacional de Atención al
Migrante de Guatemala, en su orden de conformidad con la Ley son un diputado electo
por el Pleno del Congreso de la República, de una terna propuesta por la Comisión de
Migrantes del Congreso de la República, estando este organismo representado ante el
CONAMIGUA por el diputado Julio CésarLópez Villatoro; el Secretario de la Secretaría
de Planificación y Programación de la Presidencia (SEGEPLAN), secretaría que ha
estado en los últimos cuatro años a cargo de la Doctora Karin Slowing Umaña59; el
Viceministro de Economía a cargo de la política económica exterior de Guatemala, vice
ministerio que ha estado a cargo de Licenciado Raúl Trejo Esquivel60; El Viceministro
de Trabajo y Previsión Social a cargo de la atención a los trabajadores guatemaltecos
en el extranjero, Vice ministerio que ha venido fungiendo bajo el mando del Doctor Noé
Leopoldo Boror Hernández61 y actualmente es integrante del CONAMIGUA por el Vice
Ministerio de Trabajo el Doctor Carlos Humberto Castillo y Castillo62; el Gerente General
del Banco de Guatemala, gerencia que ha estado a cargo los últimos cuatro años por
los señores Manuel Augusto Alonzo Araujo y Sergio Francisco Recinos Rivera63; y el
Secretario Ejecutivo del CONAMIGUA, cargo que a la fecha ha sido ocupado por el
Licenciado Erick Mauricio Maldonado Ríos y por la Licenciada Alejandra Gordillo Tovar.
Cabe señalar que la Comisión de Migrantes del Congreso de la República en su boletín
identificado con el número 43/1164 de fecha 23 de agosto de agosto de 2011 hizo la
59
Consejo Nacional de Atención al Migrante de Guatemala. Miembros. Consejo Nacional de Atención al Migrante de Guatemala. Guatemala, 2011. Disponible en http://conamigua.gob.gt/index.php?option=com_content&task=view&id=21&Itemid=62. consultada el 18 de junio de 2011. 60
Consejo Nacional de Atención al Migrante de Guatemala. Miembros. Consejo Nacional de Atención al Migrante de Guatemala. Guatemala, 2011. Disponible en http://conamigua.gob.gt/index.php?option=com_content&task=view&id=22&Itemid=63. consultada el 18 de junio de 2011. 61
Consejo Nacional de Atención al Migrante de Guatemala. Miembros. Consejo Nacional de Atención al Migrante de Guatemala. Guatemala, 2011. Disponible en http://conamigua.gob.gt/index.php?option=com_content&task=view&id=23&Itemid=64. consultada el 18 de junio de 2011. 62
Fernando Castro Molina, Asesor de la Dirección de Comunicación del CONAMIGUA, entrevista en la Ciudad de Guatemala, noviembre 2011. 63
Banco de Guatemala. Cronología de Autoridades Superiores del Banco de Guatemala, Presidentes, Vice Presidentes y Gerentes Generales. Banco de Guatemala. Guatemala, 2011. Disponible en http://www.banguat.gob.gt/inc/ver.asp?id=info/presidente&e=39068. Consultada el 18 de junio de 2011. 64
Comisión de Migrantes del Congreso de la República de Guatemala. Convocatoria para Secretario y Subsecretario de CONAMIGUA. Comisión de Migrantes. Guatemala, 2011. Disponible en
36
convocatoria para optar a los cargos de Secretario y Sub Secretario de CONAMIGUA,
con el objeto de lograr una participación masiva para optar a dichos cargos, la
convocatoria se realizo a través de un medio de comunicación escrito, conteniendo los
requisitos para poder optar a dichos cargos y el lugar para la recepción de expedientes;
esta convocatoria la hace dicha Comisión en base a lo preceptuado en el artículo 11 de
la ley del CONAMIGUA, teniendo como fecha límite para la presentación de
expedientes hasta el 9 de septiembre de 2011, persona que al ser electa se convertirá
en el tercer Secretario Ejecutivo del CONAMIGUA.
Es importante mencionar que todos los miembros del Consejo Nacional de Atención al
Migrante de Guatemala desempeñan sus funciones durante el tiempo que se
encuentren en ejercicio del cargo para el cual fueron electos o nombrados, con
excepción del integrante electo por el Pleno del Congreso de la República, quien dura
en funciones dos años65 y debe ser integrante de la comisión legislativa de Migrantes y
el Secretario Ejecutivo quien desempeña sus funciones por un período de tres años,
pudiendo renovarse la designación de este último por una única vez66.
La funciones Administrativas y de Representación ante el Consejo Nacional de Atención
al Migrante de Guatemala son de vital importancia, pues a través de las mismas se dan
a conocer las múltiples actividades que realiza y lleva a cabo el Consejo, la
Representación Administrativa que es aquella que dentro del CONAMIGUA se encarga
de cumplir la funciones administrativas que la ley y el reglamento le asigna, teniendo su
Secretario Ejecutivo la representación legal del CONAMIGUA conforme a los preceptos
del ordenamiento jurídico nacional.
http://www.comision-migrantes.info/wp-content/uploads/2011/08/BOLETÍN+43.pdf. Consultada el 3 de septiembre de 2011. 65
Congreso de la República de Guatemala.Ley del Consejo Nacional de Atención al Migrante de Guatemala y su reforma, capítulo II, articulo 5. 66
Congreso de la República de Guatemala.Ley del Consejo Nacional de Atención al Migrante de Guatemala y su reforma, capítulo IV, articulo11.
37
3.2. Funcionamiento del Consejo Nacional de Atención al Migrante de Guatemala
Varias son las funciones que tiene a su cargo el Consejo Nacional de Atención al
Migrante de Guatemala, la mayoría de ellas están reguladas en el Decreto Número 46-
2007 del Congreso de la República de Guatemala, pero algunas de sus funciones
también se encuentran en el Acuerdo Gubernativo Número 106-2009 del Presidente de
la República. A continuación se individualiza y se considera cada una de las funciones
del CONAMIGUA que se encuentran reguladas en la ley de su creación.
3.2.1 Función de preparar, supervisar y proponer las acciones necesarias
en los planes y políticas públicas de atención al guatemalteco en el extranjero67.
Esta función realizada por el CONAMIGUA se puede considerar apegada a su
naturaleza jurídica de conformidad como lo establece el artículo 4 de la Ley del
CONAMIGUA, y en función de preparar planes y políticas públicas de atención al
guatemalteco en el extranjero; su objetivo debe enfocarlo a prevenir o hacer algo que
visualice la disminución de vejámenes que sufren los migrantes guatemaltecos en el
extranjero; en su función de supervisar los planes y políticas públicas de atención al
guatemalteco en el extranjero; el CONAMIGUA conforme lo estipula el artículo 3 del
Decreto Número 46-2007 del Congreso de la República se encargara de velar por la
correcta aplicación de las leyes y tratados que le sean aplicados a guatemaltecos en el
extranjero; en su función de proponer las acciones necesarias en los planes y políticas
públicas de atención a los guatemaltecos en el extranjero, debe recomendar e inducir al
Organismo Ejecutivo a que los migrantes guatemaltecos conozcan cuales son los
planes y políticas públicas que el Gobierno de Guatemala tiene para sus connacionales
en el extranjero y que las mismas sean fácil de conocer e interpretar y adaptarlas a
dicho conglomerado.
67
Congreso de la República de Guatemala.Ley del Consejo Nacional de Atención al Migrante de Guatemala y su reforma, capítulo II, articulo7 inciso a.
38
3.2.2 Promover y recomendar las acciones y mecanismos de verificación,
cumplimiento y protección de los derechos humanos, civiles y laborales de los
migrantes y de los trabajadores guatemaltecos en el extranjero68.
El CONAMIGUA de conformidad con los artículos 2, 3, 4 de la Ley de CONAMIGUA
debe impulsar y procurar que mediante sus acciones y recomendaciones, el Organismo
Ejecutivo a través del Ministerio de Relaciones Exteriores dignifique en sus Derechos
Humanos, Civiles y Laborales a los migrantes guatemaltecos en el extranjero, y que la
competencia que se le otorga es de verificar el cumplimiento y protección de los
migrantes en sus diferentes derechos sea utilizada para establecer si a los migrantes
guatemaltecos en el extranjero se les respetan o violan sus derechos.
3.2.3 Proponer, facilitar y coordinar las mesas de trabajo interinstitucional
para la consulta, gestión y elaboración de iniciativas e impulso de acciones y
consensos para la mejora en la atención y servicio a los guatemaltecos en el
extranjero69.
Una de las razones por la que nace el Consejo Nacional de Atención al Migrante de
Guatemala según el considerando número tres de la Ley de CONAMIGUA, se debió a
que diferentes entidades del Estado en forma aislada y descoordinadas trataban de
atender y canalizar las demandas de los migrantes guatemaltecos , sin que ninguna de
ellas en la práctica atendiera sus necesidades y demandas; ahora le corresponde al
CONAMIGUA ser el ente institucional capaz de facilitar los mecanismos para que las
diferentes instituciones velen por el tema migratorio, y tengan la confianza de presentar
sus planes entre sí, todo con el ánimo de beneficiar a los guatemaltecos en el
extranjero y sus familias en Guatemala.
68
Congreso de la República de Guatemala.Ley del Consejo Nacional de Atención al Migrante de Guatemala y su reforma, capítulo II, articulo7 inciso b. 69
Congreso de la República de Guatemala.Ley del Consejo Nacional de Atención al Migrante de Guatemala y su reforma, capítulo II, articulo7 inciso c.
39
3.2.4 Elaborar las propuestas de acciones conjuntas a desarrollar por las
entidades y órganos del Estado guatemalteco así como por las autoridades de
otros Estados e instancias internacionales, para la correcta y mejor atención y
servicio al migrante guatemalteco en el extranjero70.
A través de esta función que se regula en el artículo 7 inciso d, del Decreto Número 46-
2011 del Congreso de la República, el CONAMIGUA como ente especializado en
materia de atención y protección de los Derechos Humanos y garantías individuales del
guatemalteco en el extranjero, deberá presentar sus acciones de forma clara ante los
entes nacionales y extranjeros, para mejorar los servicios que el Organismo Ejecutivo
presta a los guatemaltecos migrantes en el extranjero.
3.2.5 Dar seguimiento y establecer el debido cumplimiento de la política
pública, planes, programas y proyectos nacionales de atención al nacional en el
extranjero y, de los que se lleven a cabo en el país en comunidades de familiares
de migrantes guatemaltecos71.
En esta función dada en el artículo 7 inciso e, del Decreto Número 46-2011 del
Congreso de la República, el CONAMIGUA se convierte en un ente fiscalizador, por lo
que deberá acompañar en su informe anual que hace al Congreso de la República, si
se cumplieron o no con las políticas públicas, planes, programas y proyectos realizados
en Guatemala y en el extranjero.
3.2.6 Velar por la correcta y más amplia atención al fortalecimiento
económico y desarrollo nacional, mediante la inclusión de planes, programas,
proyectos que privilegien esta clase de acciones y el fomento a la inversión y el
70
Congreso de la República de Guatemala.Ley del Consejo Nacional de Atención al Migrante de Guatemala y su reforma, capítulo II, articulo7 inciso d. 71
Congreso de la República de Guatemala.Ley del Consejo Nacional de Atención al Migrante de Guatemala y su reforma, capítulo II, articulo7 inciso e.
40
crecimiento económico del país con dichos recursos e inversiones de migrantes
guatemaltecos72.
El segundo considerando del Decreto Número 46-200773 del Congreso de la República
literalmente establece “que en los últimos años nuestro país ha recibido el beneficio y
ayuda de más de un millón y medio de guatemaltecos que vive, trabajan y residen en el
extranjero, quienes con su contribución especialmente económica, mediante el envió de
remesas familiares, contribuyen al desarrollo y estabilidad económica y crecimiento del
país”. Es por ello que el CONAMIGUA en el artículo 7 inciso f, del Decreto Número 46-
2011 del Congreso de la República, debe observar atentamente las recomendaciones
que en materia económica, de a los migrantes guatemaltecos en el extranjero,
fomentando entre ellos la inversión en el país, no obstante deberá ser claro, en cuanto
al clima económico que se vive en Guatemala, para hacer inversiones y sus
consecuencias.
3.2.7 Apoyar e incentivar las acciones, planes y programas que brinden
beneficios y oportunidades de desarrollo en el país, a los familiares de migrantes
guatemaltecos y, a quienes hubieran sido deportados74.
Esta función regulada en el artículo 7 inciso g, del Decreto Número 46-2011 del
Congreso de la República, se enfoca en ayudar, patrocinar o favorecer con las acciones
y programas a los familiares de los migrantes guatemaltecos, otorgándoles
capacitaciones para su desarrollo propio, con el objeto que cada una de estas familias
sepa invertir lo que recibe de su familiar migrante en el extranjero, y crear programas de
reinserción social para todos aquellos migrantes guatemaltecos que son deportados al
país, con el objeto que los mismos sean personas que coadyuven al desarrollo del país
72
Congreso de la República de Guatemala.Ley del Consejo Nacional de Atención al Migrante de Guatemala y su reforma, capítulo II, articulo7 inciso f. 73
Congreso de la República de Guatemala.Ley del Consejo Nacional de Atención al Migrante de Guatemala y su reforma, Segundo Considerando. 74
Congreso de la República de Guatemala.Ley del Consejo Nacional de Atención al Migrante de Guatemala y su reforma, capítulo II, articulo7 inciso g.
41
y prevenir que no se conviertan por la falta de políticas del Gobierno de Guatemala en
una carga para sus familias o para el Estado de Guatemala.
3.2.8 Propiciar la participación y generar los más amplios mecanismos de
expresión de los migrantes guatemaltecos, especialmente frente a las autoridades
del gobierno guatemalteco y de los gobiernos de otros países75;
A través de esta función establecida en el artículo 7 inciso h, del Decreto Número 46-
2011 del Congreso de la República,, el CONAMIGUA debe buscar la ejecución de los
planes, proyectos y planes que el Gobierno de Guatemala elabora a favor de los
migrantes guatemaltecos en el extranjero, accionando e instando a los migrantes a
participar en todo aquel acto en el cual se soliciten las mejoras de los derechos
humanos y garantías individuales de los migrantes, sea esto en el territorio nacional o
en el extranjero.
3.2.9 Mantener un sistema actualizado de información, como mínimo, de:
i.i) los guatemaltecos en el extranjero; i.ii) sus organizaciones y asociaciones
comunitarias en otros países; i.iii) el impacto económico de remesas familiares y
envío de dinero al desarrollo y economía nacional; i.iv) el establecimiento y
crecimiento económico en las regiones del país con mayor número de
guatemaltecos migrantes; i.v) Consulados, funcionarios y sedes de oficinas de
atención al guatemalteco en el extranjero; y, i.vi) cualquier otra información que
CONAMIGUA considere necesario para mejorar la atención y ayuda al migrante
guatemalteco en el país y fuera del mismo76.
Esta, sin duda alguna es una función bastante amplia que CONAMIGUA debe ejecutar,
y se solicita que como mínimo lo cumpla, lo debe hacer en coordinación con los entes
75
Congreso de la República de Guatemala.Ley del Consejo Nacional de Atención al Migrante de
Guatemala y su reforma, capítulo II, articulo7 inciso h. 76
Congreso de la República de Guatemala.Ley del Consejo Nacional de Atención al Migrante de Guatemala y su reforma, capítulo II, articulo7 inciso i.
42
que integran el Consejo Nacional de Atención al Migrante de Guatemala, pues los
registros que deben mantener actualizados, son para beneficio de los migrantes
guatemaltecos en el país y fuera del mismo, registros que se encuentran en el
Ministerio de Relaciones Exteriores, Banco de Guatemala, Instituto Nacional de
Estadística, Tribunal Supremo Electoral, Registro de Ciudadanos, Registro Nacional de
la Personas y las organizaciones que se dedican al registro y estudio de los migrantes
guatemaltecos o los que utilizan el país como paso a los países del norte de América,
funciones reguladas en el artículo 7 inciso i, del Decreto Número 46-2011 del Congreso
de la República,.
3.2.10 Proponer al Organismo Ejecutivo y a las demás dependencias del
Estado de Guatemala, los mecanismos más adecuados y expeditos, para atender
las necesidades de los migrantes guatemaltecos, así como el fortalecimiento de la
relación de éstos con su familia en nuestro país77.
Las recomendaciones que CONAMIGUA haga al Organismo Ejecutivo y demás
entidades del Estado de Guatemala de conformidad con en el artículo 7 inciso j, del
Decreto Número 46-2011 del Congreso de la República, deben enfocarse a darle
continuidad de planes, proyectos y políticas públicas de pronto cumplimiento, con el
ánimo de fortalecer los lazos familiares de los migrantes que se encuentren en el
extranjero con sus respectivas familias en el país.
3.2.11 Promover y convocar a los Consejos Regionales de Desarrollo
Urbano y Rural para la designación de su delegado, en su respectiva jurisdicción,
a efecto de promover y lograr la coordinación interinstitucional regional de
acciones, planes y programas que lleve a cabo CONAMIGUA en beneficio del
migrante guatemalteco en el extranjero y sus familias en nuestro país, así como
darle posesión en el cargo a esos delegados78.
77
Congreso de la República de Guatemala.Ley del Consejo Nacional de Atención al Migrante de Guatemala y su reforma, capítulo II, articulo7 inciso j. 78
Congreso de la República de Guatemala.Ley del Consejo Nacional de Atención al Migrante de Guatemala y su reforma, capítulo II, articulo7 inciso k.
43
El CONAMIGUA, debe dentro de sus objetivos, impulsar la defensa de los migrantes en
el país y en el extranjero a través de iniciativas que presente en las convocatorias que
realice a los Consejos Regionales de Desarrollo urbano y Rural que de conformidad con
el artículo 5 del Decreto Número 11-2002 del Congreso de la República “Ley de los
Consejos de Desarrollo Urbano y Rural” está integrado de forma siguiente a) El
Presidente de la República, quien lo coordina. b) Un alcalde en representación de las
corporaciones municipales de cada una de las regiones; c) El Ministro de Finanzas
Públicas y los ministros de Estado que el Presidente de la República designe. d) El
Secretario de Planificación y Programación de la Presidencia, quien actúa como
secretario. e) El Secretario de Coordinación Ejecutiva de la Presidencia. f) Los
Coordinadores de los Consejos Regionales de Desarrollo Urbano y Rural. g) Cuatro
representantes de los pueblos Maya, uno del Xinca y uno del Garífuna. h) Un
representante de las organizaciones cooperativas. i) Un representante de las
asociaciones de micro, pequeñas y medianas empresas de los sectores de la
manufactura y los servicios. j) Dos representantes de las organizaciones campesinas.
k) Un representante de las asociaciones agropecuarias, comerciales, financieras e
industriales. l) Un representante de las organizaciones de trabajadores. m) Un
representante de las organizaciones guatemaltecas no gubernamentales de desarrollo.
n) Dos representantes de las organizaciones de mujeres. o) Un representante de la
Secretaría Presidencial de la Mujer. p) Un representante de la Universidad de San
Carlos de Guatemala; y, q) Un representante de las universidades privadas del país,
que con actores que intervienen en el desarrollo de las comunidades resulta un
escenario propicio para llevar a cabo a través de ellos la promoción de los programas,
planes y acciones a favor de los migrantes guatemaltecos en el país y en el extranjero,
aprovechando dichas convocatorias para darles posesión a quienes resulten
designados de conformidad con la sesión que se celebre con los representantes del
citado consejo.
44
Los Consejo Municipales de Desarrollo y los Consejos Comunitarios de Desarrollo
juegan dentro de las comunidades roles importantes, pues es a través de éstos que los
entes gubernamentales reciben las diferentes demandas y denuncias de lo que pasa en
el seno de sus comunidades, se hace necesario la inclusión de los mismos para
desarrollar los diferentes programas que CONAMIGUA lleva a cabo en Guatemala, la
función anterior la desarrolla CONAMIGUA en base a lo que se establece en el artículo
7 inciso k, del Decreto Número 46-2011 del Congreso de la República,.
3.2.12 Asesorar y apoyar a las autoridades y órganos de dirección a cargo
de la política nacional e internacional y de las acciones públicas en materia
migratoria, con el fin de proteger los derechos humanos del migrante
guatemalteco, así como beneficiar y contribuir a la atención efectiva y eficiente de
las necesidades del guatemalteco en el extranjero79.
Los dictámenes u opiniones que emita CONAMIGUA deben enfocarse a la
armonización de las leyes nacionales y los preceptos internacionales, con el ánimo que
los derechos de los migrantes guatemaltecos no sean violados en Guatemala o en el
extranjero, y probar ante los migrantes que dicho consejo trabaja a favor de los
derechos y garantías individuales de ellos, recomendar a los entes institucionales del
Gobierno de Guatemala que prestan servicios en el extranjero a guatemaltecos
mecánicas de fácil ejecución y al alcance de los migrantes; función que tiene sustento
legal en el en el artículo 7 inciso l, del Decreto Número 46-2011 del Congreso de la
República,
3.2.13 Promover, proponer y plantear a los ministerios y demás
dependencias de gobierno nacional, las acciones, planes, proyectos y programas
que brinden beneficios y oportunidades de desarrollo y mejora en las condiciones
de vida en el país, para los familiares de migrantes guatemaltecos80.
79
Congreso de la República de Guatemala.Ley del Consejo Nacional de Atención al Migrante de Guatemala y su reforma, capítulo II, articulo7 inciso l. 80
Congreso de la República de Guatemala.Ley del Consejo Nacional de Atención al Migrante de Guatemala y su reforma, capítulo II, articulo7 inciso m.
45
El vinculo que debe existir entre CONAMIGUA y las instituciones del Estado de
Guatemala tiene que ser estructurado de forma que las familias de migrantes
guatemaltecos encuentren la forma de poder subsistir en sus comunidades, obteniendo
los beneficios de los proyectos propuestos por los entes encargados en el tema, con la
finalidad que el Consejo Nacional de Atención al Migrante de Guatemala se convierta
en un ente preventivo en materia migratoria, de tal forma que las acciones, planes,
proyectos y programas que promueva, proponga o plantee sean sustentables para las
familias de migrantes guatemaltecos, cumpliendo con el ello con la función establecida
en el artículo 7 inciso m, del Decreto Número 46-2011 del Congreso de la República,
3.2.14 Sugerir, recomendar y opinar sobre la celebración, modificación o
denuncia de convenios, tratados, instrumentos, o cualquier otro arreglo o
compromiso binacional o internacional, que afecte al guatemalteco en el
extranjero o a sus familiares en el país81.
El conjunto de leyes sobre Derechos Humanos es exhaustivo y bien conformado. Existe
un número considerable de convenciones y tratados internacionales que de
conformidad con la Constitución Política de la República de Guatemala se incorporan a
la vida jurídica del Estado de Guatemala mediante los procesos que establecen los
artículos 171 inciso l, 183 incisos k y o, 272 inciso e, para culminar y establecerse como
principio general en materia de Derechos Humanos como se establece en el artículo 46
de la Carta Magna, tratados y convenciones que especifican en detalle obligaciones en
cuanto a Derechos Humanos, y proporciona los mecanismos para su ejecución. Sin
embargo, un número significativo de Estados no se han adherido a muchos de los
tratados y por lo tanto, no están obligados con éstos. Es por esta razón que
CONAMIGUA de conformidad con lo regulado en el artículo 7 inciso n, del Decreto
Número 46-2011 del Congreso de la República, debe establecer si existe un grupo
81
Congreso de la República de Guatemala.Ley del Consejo Nacional de Atención al Migrante de Guatemala y su reforma, capítulo II, articulo7 inciso n.
46
esencial de derechos, tan fundamentales que deban ser conocidos por los migrantes
guatemaltecos en el extranjero y en el país.
Todas las personas involucradas en el proceso migratorio, sin distingo de edad, sexo,
nacionalidad, origen étnico, o condición migratoria gozan de derechos fundamentales,
pero muchas veces ignoran hasta los más básicos, por tanto CONAMIGUA según lo
regulado el artículo 2, del Decreto Número 46-2011 del Congreso de la República, se
convierte en el ente encargado de velar que cualquier acto que provenga en contra de
dichos derechos no afecte a los guatemaltecos en el extranjero o a sus familiares en el
país.
3.2.15 Requerir la colaboración, apoyo, opinión, información o asistencia de
las entidades públicas o privadas, nacionales o internacionales, que estime
necesarias, a efecto de cumplir sus funciones82.
Es importante que CONAMIGUA, a sabiendas que es el ente gubernamental encargado
de conformidad con la ley en materia y en base a lo establecido en los artículos 2 y 7
inciso ñ, del Decreto Número 46-2011 del Congreso de la República, de coordinar,
definir, supervisar y fiscalizar las acciones y actividades de los órganos y entidades del
Estado tendientes a proteger, atender y brindar asistencia y auxilio a los migrantes
guatemaltecos y su familias en Guatemala, así como los migrantes que se encuentran
en el territorio nacional se hace importante que trabaje de cerca con organizaciones que
se dedican al tema migratorio, de las cuales se destacan las siguientes: a nivel
nacional, a) La Mesa Nacional para las Migraciones en Guatemala que aglutina a varias
instituciones: Asociación de Salud Integral (ASI), Asociación Refugio de la Niñez,
Conferencia Nacional de Ministros y Espiritualidad Maya de Guatemala (OXLAJUJ
AJPOP), Comisión de Derechos Humanos de Guatemala (CDHG), Defensoría de la
Población Desarraigada y Migrante de la Procuraduría de los Derechos Humanos,
82
Congreso de la República de Guatemala.Ley del Consejo Nacional de Atención al Migrante de Guatemala y su reforma, capítulo II, articulo7 inciso ñ.
47
Federación Guatemalteca de Escuelas Radiofónicas, Instituto de Investigación de la
Escuela de Historia y Antropología de la Universidad de San Carlos (USAC), Instituto de
Investigaciones Económicas y Sociales Universidad Rafael Landívar, Instituto de
Protección Social (IPS), Programa de Población Migrante del Ministerio de Salud y
Asistencia Social (MSPAS), Sindicato de trabajadores de la Dirección General de
Migración, (STM) y Sindicato de Trabajadores de la Construcción y Servicios de
Guatemala (STCSG); el Grupo Binacional Guatemala-México, Instituto
Centroamericano de Estudios Sociales y Desarrollo –INCEDES-, en materia de
protección y asistencia directa en derechos humanos destacan la labor de la Pastoral
de Movilidad Humana de la Conferencia Episcopal de Guatemala a través de las casas
del Migrante en Tecún Umán y Defensoría de la Población Desarraigada y Migrante de
la Procuraduría de Derechos Humanos del Migrante.
Estas organizaciones actualmente desarrollan como ejes de trabajo la prestación de
ayuda humanitaria, la defensa de los derechos humanos de los migrantes, la provisión
de información y conocimiento para el estudio y la investigación de las migraciones en
Guatemala y en la región centroamericana, la generación de propuestas de abordaje
del tema y el registro de denuncias hecho por los migrantes, lo que vendría a
enriquecer los registros que genere CONAMIGUA.
Es importante recalcar que a nivel internacional existen también Instituciones que
velan por los derechos del migrante, con las cuales CONAMIGUA puede trabajar de
cerca, destacando entre estas: a) a nivel Regional el Grupo Regional de
Organizaciones Protectoras de los Derechos Humanos de los Migrantes (GREDEMIG)
que aglutina al Centro de Derechos Humanos Fray Matías de Córdova, de Chiapas,
México, Casa del Migrante Tecún Umán, Casa del Migrante de la Conferencia
Episcopal de Guatemala, Defensoría de Población Desarraigada y Migrante de la
Procuraduría de los Derechos Humanos, Centro de Recursos Centroamericanos
(CARECEN) Internacional El Salvador y Casa del Migrante Parroquia San José de
48
Nueva Ocotepeque Honduras, Instituto de Derechos Humanos de la Universidad
Centroamericana José Simeón Cañas el Salvador83.
3.2.16 Realizar, coordinar y propiciar el permanente análisis, discusión,
estudio y evaluación de las causas, fenómenos y circunstancias que motivan,
originan y propician la migración del guatemalteco, así como el impacto en su
comunidad, en el desarrollo económico y social de movilidad humana84.
El CONAMIGUA según lo regulado el artículo 7 inciso o, del Decreto Número 46-2011
del Congreso de la República,debe detenidamente analizar, discutir, estudiar y evaluar
las causas que indujeron a los guatemaltecos a migrar hacia el extranjero, mediante los
cuales pueda determinar si la causa es de orden natural, por hambruna o por
fenómenos naturales, o la causa es que la persona pudo ser atraída por la perspectiva
de una vida más fácil en otra parte, u obedece a causas de orden social en donde
sobresalen las persecuciones políticas, religiosas y también por motivos de orden
económico; o establecer que causas incitan o fuerzan a las personas a desplazarse del
territorio guatemalteco a otros Estados del hemisferio.
El CONAMIGUA debe analizar, discutir, estudiar y evaluar los fenómenos y
circunstancias que motivan, originan y propician la migración del guatemalteco, si estos
son por fenómenos de factores de carácter interno o externo, que mediante los mismos
se pueda identificar fácilmente los motivos que hacen que el guatemalteco se movilice
de su país a otro, e informar de manera clara a los migrantes guatemaltecos en el
extranjero y a sus familias en el país la forma como las comunidades han evolucionado
en su economía y en sus niveles de vida.
83
Agencia Pulsar. Migración y Derechos Humanos, ponencia completa de Nancy Maritza Sandoval
Valdez, encargada del tema migraciones de AMARC - Guatemala y miembro del Instituto Centroamericano en Estudios Sociales y Desarrollo. Agencia Pulsar. Guatemala, 2011. Disponible en http://www.agenciapulsar.org/nota.php?id=12419. Consultada el 28 de mayo de 2011. 84
Congreso de la República de Guatemala.Ley del Consejo Nacional de Atención al Migrante de Guatemala y su reforma, capítulo II, articulo7 inciso o.
49
3.2.17 Colaborar y coadyuvar en la definición de políticas públicas de
atención y protección a los migrantes internacionales que se encuentran o
transitan en el país85.
Las políticas públicas que desarrolle CONAMIGUA deben enfocarse a políticas
coherentes e integrales, que definan lo ideal y lo viable con respecto a la población
migrante, con el fin de obtener el bien común de los mismos, protegiendo los derechos
humanos de los migrantes en el extranjero o a sus familias en el país, con el fin de
contribuir a la consecución de las políticas que en su momento se pretenda
implementar, cumpliendo con lo establecido en el artículo 7 inciso p, del Decreto
Número 46-2011 del Congreso de la República,.
3.2 18 Promover, cooperar y apoyar a las instancias gubernamentales y del
Estado para la debida defensa y protección de los derechos humanos de los
migrantes internacionales y sus familias, que se encuentren y transitan por el
país86.
La debilidad en las instituciones del Estado de Guatemala que trabajan en materia
migratoria son evidentes, por lo que es propicio que CONAMIGUA en base a lo
regulado en el artículo 7 inciso q, del Decreto Número 46-2011 del Congreso de la
República, promueva el fortalecimiento institucional para beneficio de los migrantes con
fin que los derechos se respeten y no se violen, evitando la impunidad y promoviendo
mejorar todas aquellas deficiencias que a la vista promueven la corrupción de los
funcionarios públicos que se encargan de tratar a los migrantes internacionales que
utilizan el país para paso a otro Estado o deciden radicar en el mismo.
85
Congreso de la República de Guatemala.Ley del Consejo Nacional de Atención al Migrante de Guatemala y su reforma, capítulo II, articulo7 inciso p. 86
Congreso de la República de Guatemala.Ley del Consejo Nacional de Atención al Migrante de Guatemala y su reforma, capítulo II, articulo7 inciso q.
50
3.2.19 Promover y proponer al Ministerio de Educación de Guatemala la
generación, puesta en práctica y ejecución de programas y actividades de
alfabetización para guatemaltecos en el extranjero87.
La promoción de la educación a los migrantes guatemaltecos en el extranjero y de sus
familias en Guatemala es una labor que debe priorizar el CONAMIGUA, en virtud que la
historia nos indica que entre los guatemaltecos hay grandes índices de analfabetismo,
razón por la cual se hace necesario que se implemente más programas como el
celebrado entre CONAMIGUA y el Instituto Técnico de Capacitación y Productividad –
INTECAP- que de la mano buscan “Implementar programas conjuntos de formación
profesional, capacitación técnica y certificación de competencias, dirigidos a migrantes
en general y sus familias.”88
Es oportuno indicar en este apartado que CONAMIGUA, en virtud de sus funciones
también llevo a cabo la suscripción de un convenio en materia de educación con el
Comité Nacional de Alfabetización –CONALFA-, dicho convenio tiene como fin principal
“Dentro del objetivo general del convenio está el establecer y adquirir compromisos de
cooperación conjuntos para el desarrollo del proceso de alfabetización de migrantes
guatemaltecos en los Estados Unidos de América y sus familiares en Guatemala; y
dentro de los específicos el ejecutar proyectos conjuntos para alfabetizar y brindar
educación con pertinencia, calidad y significado, en el marco de las metas de educación
para todos y todas, especialmente en relación a los migrantes en general…”89
Las anteriores funciones del Consejo Nacional de Atención al Migrante de Guatemala
están contenidas en la Ley, pero el Reglamento de dicho Consejo le da otras funciones
reguladas en el artículo 2 del Acuerdo Gubernativo Número 106-2009 del Presidente de
87
Congreso de la República de Guatemala.Ley del Consejo Nacional de Atención al Migrante de Guatemala y su reforma, capítulo II, articulo7 inciso r. 88
Consejo Nacional de Atención al Migrante de Guatemala. CONAMIGUA e INTECAP suscriben Carta de Entendimiento en Beneficio de Inmigrantes Guatemaltecos. Guatemala, 2011. Disponible en http://conamigua.gob.gt/index.php?option=com_content&task=view&id=248&Itemid=67 .consultada el 16 de julio de 2011. 89
Consejo Nacional de Atención al Migrante de Guatemala. CONVENIO DE ALFABETIZACIÓN, EN BENEFICIO DE INMIGRANTES, SUSCRIBEN CONAMIGUA Y CONALFA. Guatemala, 2011.
Disponible en http://conamigua.gob.gt/index.php?option=com_content&task=view&id=247&Itemid=67. consultada el 16 de julio de 2011.
51
la República en el cual establece que le compete al Consejo Nacional de Atención al
Migrante de Guatemala también:
a) Aprobar las políticas y estrategias en materia de atención al migrante de
Guatemala;
b) Conocer el proyecto de informe del Presidente de CONAMIGUA debe rendir al
Congreso de la República;
c) Aprobar los reglamentos internos, el manual de puestos y salarios de los
funcionarios y trabajadores de CONAMIGUA;
d) Conocer y gestionar la aprobación del presupuesto anual de CONAMIGUA;
e) Definir y orientar la agenda de trabajo del Grupo Técnico Interinstitucional, así
como conocer los resultados de su gestión;
f) Nombrar al Auditor interno
3.3. Cumplimiento de las funciones
La forma de evaluar al CONAMIGUA se hace en base a lo que para el efecto regula el
artículo 14 del Decreto Número 46-2007 del Congreso de la República que literalmente
establece lo siguiente “En el mes de junio de cada año el Presidente del CONAMIGUA,
deberá informar al Congreso de la República, sobre el cumplimiento de las funciones
establecidas en esta ley y, el alcance de los objetivos de dicha entidad. Dicho informe
deberá contener como mínimo el avance en las tareas asignadas al Consejo, los
obstáculos o mecanismos necesarios para el desarrollo, cumplimiento o ejecución de
los planes, proyectos y programas aprobados, el listado y montos de los cooperantes
internacionales que desarrollen o se encuentren apoyando las tareas del Consejo y las
actividades aprobadas por el mismo”90.
90
Congreso de la República de Guatemala.Ley del Consejo Nacional de Atención al Migrante de Guatemala y su reforma, capítulo IV, articulo14.
52
Por su reciente creación, CONAMIGUA, a la fecha ha presentado dos informes
ejecutivos, en el año 2009 informa de las acciones llevadas a cabo por dicho Consejo,
entre las que se hace importante individualizar las siguientes91:
Durante 2009 el Consejo Nacional de Atención al Migrante de Guatemala
(CONAMIGUA) ha generado logros concretos en materia de fortalecimiento institucional
y definición de políticas nacionales para la asistencia al migrante guatemalteco en el
exterior, sus familiares en Guatemala y de los extranjeros en territorio nacional92.
Así, el Consejo, a través de su Secretaría Ejecutiva, concluyó todos los procesos
administrativos y financieros necesarios para su funcionamiento, tomando en
consideración que se trata de una institución de reciente creación, estableciendo toda la
estructura administrativa requerida para el desarrollo de sus actividades, misma que
quedó formalizada en su totalidad. Igualmente se concluyó la reglamentación de la Ley
del CONAMIGUA, al ser elaborados dos reglamentos: el Reglamento a la Ley,
aprobado por el Presidente de la República, mediante el Acuerdo Gubernativo 106-
2009, mismo que entró en vigor recién el 16 de abril de 2009 y el Reglamento del
Consejo Asesor, aprobado por el CONAMIGUA el 17 de junio de 200993.
Asimismo, con fecha 27 de febrero de 2009, se llevó a cabo en la ciudad de Chicago,
Illinois, Estados Unidos de América, una reunión de trabajo con representantes de la
sociedad guatemalteca en dicha circunscripción consular y en la que se hicieron
presentes los Miembros del Consejo Asesor de CONAMIGUA y representantes de la
Comunidad guatemalteca en los Estados Unidos de América. Con dicho Consejo
Asesor ha existido una permanente interactuación por parte de la Secretaría Ejecutiva,
91
Las acciones de CONAMIGUA que posteriormente se individualizan forman parte del Informe presentado por CONAMIGUA el 17 de diciembre de 2009, en el referido informe no se hace mención a quien se le informa y por formar parte importante dentro del presente estudio el autor considera necesario detallar cada una de ellas para una mejor comprensión, mismo que fue citado de: Consejo Nacional de
Atención al Migrante de Guatemala. INFORME ANUAL. Guatemala, 2011. Disponible en http://conamigua.gob.gt/index.php?option=com_remository&Itemid=51&func=fileinfo&id=17. consultada el 16 de julio de 2011. 92
Consejo Nacional de Atención al Migrante de Guatemala. Informe Ejecutivo de las acciones del Consejo Nacional de Atención al Migrante de Guatemala (CONAMIGUA) -2009-, Guatemala, 2,009. 93
Loc. cit.
53
habiéndose celebrado diversas reuniones posteriores, la última el pasado 11 de
diciembre, de las que han derivado acciones concretas, tales como la definición del
Plan del Consejo Asesor para el próximo año94.
Un logro especialmente importante del CONAMIGUA, conjuntamente con el Ministerio
de Relaciones Exteriores, fue la celebración de los eventos denominados Primera y
Segunda Mesas de Trabajo y Diálogo con Líderes Migrantes en los Estados Unidos de
América, llevadas a cabo en Chicago el 24 y 25 de julio y en la Ciudad de Guatemala el
14 de agosto de 2009, respectivamente, siendo que por vez primera en la historia
reciente guatemalteca los líderes y representantes de las mayores organizaciones de
guatemaltecos en el exterior fijaron posturas conjuntas y lograron consensos alrededor
de la posición que debía seguir el Estado de Guatemala en materia de reforma
migratoria en los Estados Unidos de América. Durante dichas reuniones se contó con la
participación de representantes de las organizaciones de guatemaltecos más
importantes y de mayor representación en los Estados Unidos de América, así como de
diputados representantes de 5 partidos políticos, todos miembros de la Comisión de
Migrantes del Congreso de la República, representantes del SICA y de la Unión
Internacional de Empleadores de Servicios (SEIU, por sus siglas en inglés). Dicha
Comisión se ha reunido periódicamente con el Consejo95.
Derivado de dichas reuniones y como un resultado concreto y sobresaliente del
CONAMIGUA y del Ministerio de Relaciones Exteriores derivó la Definición de la
Posición del Estado de Guatemala frente a la Reforma Migratoria Integral en los
Estados Unidos de América, misma que fue consensuada con los líderes migrantes y
que se refleja en las comunicaciones oficiales enviadas vía diplomática a las
Secretarias de Estado y de Seguridad de los Estados Unidos de América, expresando
que para el Estado de Guatemala la referida reforma migratoria debe enfocarse a
promover la regularización migratoria de todos los inmigrantes, quienes actualmente
residen en los Estados Unidos de América, así como la incorporación de procesos
94
Loc. cit. 95
Loc. cit.
54
migratorios para la reunificación familiar y el otorgamiento de la residencia permanente
a los migrantes que han estudiado en Estados Unidos y que viven en ese país, entre
otros aspectos96.
Derivado de lo anterior, el Estado de Guatemala, a través del CONAMIGUA y del
Ministerio de Relaciones Exteriores, impulsó en el seno de la Secretaría General del
Sistema de la Integración Centroamericana (SG-SICA) la definición de una posición
regional ante la reforma migratoria en los Estados Unidos de América, partiendo de la
iniciativa guatemalteca, derivándose de ello la reunión del 22 de octubre de 2009,
celebrada en la sede de la SG-SICA en San Salvador, en donde se acordó el
documento denominado “Propuesta de puntos a abogarse en la reforma integral
migratoria en los Estados Unidos de América”, avalada por los Gobiernos de Guatemala
y El Salvador y apoyada preliminarmente por la República Dominicana97.
Igualmente, con fecha 24 de septiembre de 2009 se desarrolló en Nueva York una
reunión de trabajo entre el Presidente de la República, Ingeniero Álvaro Colom, el
Ministro de Relaciones Exteriores y el Secretario Ejecutivo de CONAMIGUA, en la que
se contó con la participación del Presidente del Consejo Asesor de CONAMIGUA y de
todos los integrantes de la Comisión Guatemalteca Coordinadora para la Reforma
Migratoria en los Estados Unidos de América, ocasión en que se discutió ampliamente
sobre los esfuerzos que realiza el Gobierno de la República de Guatemala para brindar
a los migrantes la atención y asesoría en ese país y sobre las acciones de cabildeo
conjunto para una reforma migratoria integral98.
Por otra parte, como otro éxito adicional, el 30 de octubre de 2009 se llevó a cabo en la
sede del Consulado General de la República de Guatemala en Los Ángeles, Estados
Unidos de América, el Taller de Sensibilización, previo a la elección de los
representantes del Consejo Asesor de CONAMIGUA en dicha circunscripción consular,
misma que concluyó exitosamente el pasado 4 de diciembre, con la elección de los
96
Loc. cit. 97
Loc. cit. 98
Loc. cit.
55
representantes titular y suplente del Consejo Asesor de CONAMIGUA, habiendo
quedado plenamente integrado el mismo99.
Hasta diciembre de 2009 las acciones anteriores fueron las ejecutadas por
CONAMIGUA, y establecía en el referido informe que “durante 2010 el CONAMIGUA
seguiría coordinando las acciones del Gobierno de la República de Guatemala en favor
de la población migrante guatemalteca en el exterior, sus familiares en territorio
nacional y de los extranjeros que están en nuestro país y pondrá especial énfasis en la
definición de la Política Pública del Estado de Guatemala en Materia Migratoria,
habiéndose creado para el efecto la comisión de trabajo dentro de Secretaría Ejecutiva
que la elaborará dicha Política, la que establecerá los compromisos, acciones y
estrategias que cada entidad del Estado deberá realizar sobre el tema migratorio, desde
sus respectivas competencias”100.
En el mes de agosto del año 2010 se presento por parte del CONAMIGUA, el segundo
informe101 al Congreso de la República, el cual comprende el período de julio de 2009
a junio de 2010, en el cual se individualizan los avances y resultados obtenidos por
dicho Consejo, mismos que se resumen a continuación.
En el mes de junio de 2009 y agosto de 2010 el CONAMIGUA, lleva a cabo la primera
y segunda mesa de trabajo y diálogo con líderes migrantes en los Estados Unidos de
América, las cuales fueron desarrollas en conjunto con el Ministerio de Relaciones
Exteriores, en las cuales se fijaron las posturas y consensos alrededor de la posición
que debe seguir el Estado de Guatemala en materia de una reforma migratoria integral
en los Estados Unidos de América102, postura que reflejo el Estado de Guatemala a
través de notas diplomáticas dirigidas a las Secretarias de Estado y Seguridad Interna
de los Estados Unidos de América y se participó activamente a través de su Secretaría
99
Loc. cit. 100
Loc. cit. 101
Consejo Nacional de Atención al Migrante de Guatemala. Segundo informe del Presidente del Consejo Nacional de Atención al Migrante de Guatemala (CONAMIGUA) a el Honorable Congreso de la República (julio de 2009 a junio de 2010), Guatemala, 2,010. 102
Ibid., Pág. 5.
56
Ejecutiva en la marcha por la reforma migratoria que se llevo a cabo en marzo de 2010
en Washington D.C.; de dichas mesas de trabajo se derivó la creación de la Comisión
Coordinadora Guatemalteca para la Reforma Migratoria, grupo no permanente
integrado por líderes guatemaltecos representantes de las organizaciones más
representativas en los Estados Unidos de América y representantes del Consejo
Asesor de CONAMIGUA, Comisión que tiene como fin proponer al Gobierno de
Guatemala iniciativas, estrategias y acciones que deberán seguirse, tanto a nivel
nacional y regional para abordar el bilateral y multilateralmente el tema.
En el mes de octubre de 2009 CONAMIGUA en conjunto con la Cancillería participaron
en San Salvador, República de El Salvador ante la sede del Sistema de la Integración
Centroamericana en la definición de la posición regional del Estado de Guatemala
respecto a la reforma integral en los Estados Unidos de América103.
Durante el período comprendido de julio de 2009 a junio de 2010 CONAMIGUA logró
formalizar la conclusión del proceso de integración de su Consejo Asesor mediante la
elección de todos sus representantes titulares y suplentes, lo que ha fortalecido
institucionalmente, pues el Consejo Asesor constituye el vínculo directo entre las
organizaciones de guatemaltecos en el exterior, la comunidad no organizada
guatemalteca y demás actores sociales con el Consejo Nacional de Atención al
Migrante de Guatemala104. En abril de 2010 se lleva a cabo la primera reunión formal
entre el pleno de CONAMIGUA y su Consejo Asesor.
La presentación de propuestas de reforma a la Ley del Consejo Nacional de Atención al
Migrante de Guatemala están enfocadas que CONAMIGUA cuente con los recursos
privativos propios, independientes del presupuesto de ingresos y egresos del Ministerio
de Relaciones Exteriores y que se le otorgue la calidad de entidad descentralizada al
Consejo, con el ánimo que el mismo pueda tener mayores márgenes de acción a favor
de los migrantes guatemaltecos105.
103
Ibid., Pág. 7. 104
Ibid., Pág. 9 105
Ibid., Pág. 15
57
CONAMIGUA ha considerado prioritario la definición de una política pública integral de
Estado en materia migratoria y lo ha formalizado en la definición del Protocolo
Guatemalteco de Atención al Migrante, el cual recopila las atribuciones de las
instituciones estatales competentes en materia migratoria y su fundamento legal
contenido en la legislación de Guatemala y en tratados internacionales en materia de
asistencia y atención a migrantes de los que Guatemala es parte, mismo que se
socializó con las instituciones competentes en mayo de 2010106.
Durante los meses de abril y mayo de 2010 la Dirección de Estudios Migratorios de la
Secretaría Ejecutiva de CONAMIGUA visito puntos fronterizos en el sur de de los
Estados Unidos Mexicanos con el fin de monitorear las acciones de algunas entidades
del Estado de Guatemala y de parte del vecino país en los procedimientos que se dan
en el abordaje y entrega oficial de los deportados guatemaltecos a las autoridades
migratorias de Guatemala; establecer el contenido de la Política Pública de la
República de Guatemala, concluyendo de tal visita que hay una falta total de control de
las autoridades migratorias guatemaltecas sobre la salida de niños guatemaltecos hacia
territorio mexicano107.
CONAMIGUA conjuntamente con Organizaciones No Gubernamentales ha llevado a
cabo talleres para dar a conocer la nueva normativa guatemalteca contra trata de
personas dirigido a instituciones de Estado relacionadas al tema, ha coordinado con
instituciones los mecanismos y acciones de forma directa verificando periódicamente la
situación de las personas detenidas en el Albergue para migrantes extranjeros de la
Dirección General de Migración con el fin de mediar en situaciones que lo requieran108.
CONAMIGUA a través de su Secretaría Ejecutiva ha dado asistencia legal a deportados
con miras a evitar las estafas a este grupo por parte de abogados y prestamistas, la
pérdida de sus bienes inmuebles, denuncia penal realizada en el 2009 por los casos de
106
Ibid., Pág. 16 107
Ibid., Pág. 17 108
Ibid., Pág. 19
58
estafa que fueron víctimas los guatemaltecos que fueron deportados desde Postville
antes de irse a los Estados Unidos de América. En el 2010 en relación al tema suscribió
el Convenio Interinstitucional entre CONAMIGUA y la Universidad Rafael Landivar para
que a través de los estudiantes que realizan su práctica supervisada en el Bufete
Popular de dicha universidad se brinde asistencia jurídica gratuita en la tramitación,
orientación y diligenciamiento de casos que se atienden en CONAMIGUA vinculados al
tema de los guatemaltecos deportados109.
En mayo de 2010 CONAMIGUA suscribió con la Academia de Lenguas Mayas de
Guatemala un Convenio Marco y un Convenio Específico Interinstitucional de
Cooperación que tienen por objeto la traducción y divulgación de la Ley de
CONAMIGUA y sus reglamentos a los idiomas mayas, también contempla la traducción
de dicho cuerpo legal al idioma inglés. Durante este período ha llevado a cabo acciones
conjuntas para la apertura de sedes de Atención al Migrante a cargo de CONAMIGUA
en el interior de la República110.
Entre julio de 2009 a junio de 2010 CONAMIGUA desarrollo y finalizo todos los
procesos administrativos necesarios para la institucionalidad y funcionamiento del
Consejo y su Secretaría Ejecutiva, se creó la Unidad de Información Pública de
CONAMIGUA en base a lo establecido en la Ley de Acceso a la Información Pública, se
pronunció a través de la emisión de comunicados, boletines de prensa y conferencias
ante medios de comunicación social sobre temas migratorios de interés nacional111.
El presupuesto de CONAMIGUA ha estado marcado por la falta de partida
presupuestaria dentro de la Ley del Presupuesto General de Ingresos y Egresos de
Estado para el Ejercicio Fiscal 2009 y 2010 respectivamente, para que la Cancillería
traslade Al Consejo los montos establecidos en la Ley, ha sido el Ministerio de
109
Ibid., Pág. 21 110
Ibid., Pág. 22 111
Ibid., Pág. 24
59
Relaciones Exteriores de su propio presupuesto el que ha hecho los aportes a
CONAMIGUA112.
El informe arriba resumido también incluye documentos de soporte, como el Plan
Operativo Anual del CONAMIGUA, documentos relativos a la Reforma Migratoria, las
actas de elección de los representantes del Consejo Asesor de CONAMIGUA en los
Estados Unidos de América.
Durante el período comprendido de diciembre de 2010 a abril de 2011CONAMIGUA a
través de su primera revista113 informa que ha propiciado iniciativas relacionadas con la
asistencia al migrante, al deportado, al retornado, celebrando alianzas estratégicas que
permiten mantener la vigilancia sobre el tema migratorio, mejorar las condiciones de los
migrantes y su familias, contrarrestando actitudes y modos de obrar en el campo social
y político basados en el mandato supremo de la realización del bien común. A
continuación se individualizan los avances y resultados obtenidos por dicho Consejo en
el plazo arriba citado, los cuales se resumen a continuación.
Dentro de las acciones concretas llevadas a cabo en este período destacan la elección
del Secretario y Sub Secretario de CONAMIGUA por el Congreso de la República con
el fin de complementar el período de tres años en dichos cargos, por renuncia
presentada por sus antecesores, la suscripción de Convenio entre CONAMIGUA y
CONALFA con el objetivo de alfabetizar a guatemaltecos migrantes en Estados Unidos
de América, carta de entendimiento suscrita entre CONAMIGUA e INTECAP.
Se hizo entrega del marco general y descripción de acciones del Estado de Guatemala
en materia migratoria, acercamiento con Cónsules de Guatemala en Estados Unidos de
América por videoconferencias para discutir aspectos logísticos para el abordaje del
fenómeno migratorio de forma integral y coordinado entre Cancillería y CONAMIGUA,
llamado a la población guatemalteca y latina residente en Estados Unidos de América
112
Ibid., Pág. 26 113
Consejo Nacional de Atención al Migrante de Guatemala. Revista de CONAMIGUA, volumen 1, año 1, Guatemala, 2011, Consejo Nacional de Atención al Migrante de Guatemala.
60
en abril de 2011exigiendo detener las deportaciones de migrantes en solidaridad con
las mujeres migrantes en dicho país.
Se elaboraron iniciativas de ley a favor de los migrantes guatemaltecos deportados
denominada “Ley de Exoneración Tributaria Para Los Migrantes Guatemaltecos”114,
apoya la iniciativa de organizaciones de inmigrantes guatemaltecos en Estados unidos
de América para crear bibliotecas con autores guatemaltecos, se informa de los
programas de vivienda, salud y educación que se desarrollarán en beneficio de
desplazados del conflicto armado en Nueva Concepción, Escuintla115.
Asesoró a deportados afectados por compra-ventas ilegales, se sostuvo reunión de
trabajo con funcionarios de la OIM con el fin de concretar alianzas estratégicas para la
atención de la población migrante, se dialogó a través de FGER en su programa
denominado “Contacto con el Migrante” sobre las deportaciones de mujeres desde
Estados Unidos de América.
Se desarrollaron temas de desarrollo y trabajo, salud, educación, derechos humanos,
seguridad y legislación, protección y justicia con las 32 entidades del Estado vinculadas
a la temática migratoria, se informo a los guatemaltecos que radican indocumentados
en México y a sus familiares que permanecen en Guatemala sobre la implementación
del Programa de Regularización Migratoria en México vigente desde noviembre de
2008116.
Juntamente con la Comisión de Migrantes del Congreso de la República se propuso
solicitar a la suscripción de Convenio entre Guatemala y México para el intercambio de
información financiera para realizar investigaciones de extorciones a familiares de
migrantes, crear una cultura de denuncia por parte de los migrantes afectados,
implementar un observatorio para la vigilancia de los derechos humanos, implementar
una fiscalía para las persecución de delitos en contra de migrantes, se realiza un plan
114
Ibid., Pág. 7 115
Ibid., Pág. 8 116
Ibid., Pág. 9
61
de monitoreo anual a las instituciones de competencia migratoria tanto en Guatemala
como en el extranjero117.
Se contempla la elaboración de perfiles de víctimas y victimarios en el tema de
secuestros, trata de personas y extorsiones con el fin que los migrantes conozcan a
través de campañas de divulgación los riesgos que podrían afrontar en su viaje, se
contempla solicitar incremento de puestos de trabajo en relación al Programa de
Trabajadores Temporales que otorga el Gobierno de Canadá.
Se solicitó la colaboración del Presidente del Banco de Guatemala118 en relación a
brindar estadísticas de envió de remesas con el objeto de conocer la concentración de
guatemaltecos inmigrantes en Estados Unidos de América para enfocar estudios para
el desarrollo en las comunidades, durante este período se apertura la Sede119 de
CONAMIGUA en Todos Santos Cuchumatan, Huehuetenango, también se llega a los
beneficiarios a través de los medios de comunicación y se informa a los migrantes de
los lugares donde se ubican los consulado de la República de Guatemala en México y
en Estados Unidos de América, da a conocer quiénes son los miembros del Consejo
Asesor de CONAMIGUA en Estados Unidos de América y detalla el mapa de Estados
Unidos de América en relación a los consulados generales de Guatemala y la
circunscripción consular en aquel país.
3.4. Programas de fortalecimiento institucional y organizacional
Las competencias otorgadas al CONAMIGUA en la ley de su creación, y toda la
estructura legal bajo la cual se rige resulta importante, pues da la oportunidad al
migrante guatemalteco en el extranjero o sus familias en Guatemala de poder
pronunciar las demandas en el tema migratorio, de generar la información y la
comunicación que nazca entre CONAMIGUA y los migrantes guatemaltecos en el
117
Ibid., Pág. 10 118
Ibid., Pág. 12 119
Ibid., Pág. 14
62
extranjero y de su familias en Guatemala sea la base fundamental para crear e
implementar programas que giren en beneficio de dicho conglomerado social.
El CONAMIGUA dentro de sus programas de fortalecimiento destacan el de
alfabetización, Apoyo a Ministerio de Educación e INCEDES en el “Análisis y Estudio
de las Migraciones (AEM) según el Curriculum Nacional Base (CNB), una visión desde
la perspectiva de Guatemala”; Programa de Capacitación con el Institución Técnico en
Capacitación y Productividad -INTECAP-; Programa de fomento a la cultura
guatemalteca y a la lectura de libros de autores guatemaltecos; Programa de
Orientación y Asesoría Jurídica; Política Migratoria; Trabajadores Migratorios en
Canadá; Programa de gestión social local; Programa de Información y Comunicación120.
Las herramientas están dadas mediante la Ley y sus Reglamentos para la ejecución de
los programas citados, no se vislumbra a corto plazo la modernización de dicho
Consejo, pues las decisiones del Consejo Nacional de Atención al Migrante de
Guatemala no son públicas, debido a que las mismas solo figuran en las actas de las
sesiones en el libro autorizado para el efecto, si dichas decisiones son razonadas u
objetadas solo figuran en el acta respectiva, por lo que a la fecha no existe un registro
electrónico de las actas celebradas por el Consejo Nacional de Atención al Migrante de
Guatemala, por lo que deberá contemplarse dentro de las reformas que a futuro se
contemple a la ley y reglamentos del Consejo en estudio.
A su reciente creación el CONAMIGUA ha elaborado guías prácticas enfocadas
principalmente a la defensa de los derechos fundamentales de los migrantes
guatemaltecos en el exterior y de los extranjeros que se encuentran en el territorio
nacional, cabe destacar los siguientes: “El Consejo Nacional de Atención al Migrante de
Guatemala, CONAMIGUA te orienta en la forma de actuar, si eres detenido por
autoridades en Estados Unidos Mexicanos”, “Consulados de la República de
120Heyddie Alejandra Gordillo Tovar, Secretaria Ejecutiva del CONAMIGUA, entrevista en la Ciudad de Guatemala, facilita el resumen de evaluación de programas que se implementaron por la Secretaría Ejecutiva de CONAMIGUA, estableciéndose en el mismo quienes son los beneficiarios de dichos programas, los cursos impartidos y el número de personas beneficiadas en cada programa, Octubre 2011.
63
Guatemala en Estados Unidos de América”, “Embajadas y Consulados de la República
de Guatemala en México”, “Casas de Migrantes en Guatemala y México”, “ Programa
de Formación Cívica conoce tus derechos y tus obligaciones, si eres testigo o víctima
de un crimen y testificas, no será investigada tu situación migratoria en la ciudad de Los
Ángeles, California, Estados Unidos de América basado en relación al orden especial
número 40”, el compendio de Tratados Internacionales vigentes para Guatemala,
difundido ampliamente a los distintos sectores que velan en este tema, el cual pretende
que funcionarios de las entidades vinculadas a la materia, sociedad civil, lideres
migrantes, juzgadores, entre otros entes conozcan y hagan valer los derechos de los
migrantes.
Asimismo, es importante establecer que CONAMIGUA funciona en un lugar que no fue
diseñado para dicho Consejo, a la fecha funciona dentro del Edificio del Ministerio de
Relaciones Exteriores, lo que le da el carácter de encontrarse dentro de otro ente
gubernamental, con lo que viene a debilitar la definición de una política que conlleve
velar por los connacionales en el extranjero, pues se encuentra dentro de las
instalaciones de la Cancillería que tiene como deber principal ser el representante del
Estado para velar por los intereses de los guatemaltecos en el exterior.
64
CAPÍTULO IV: PRESENTACIÓN, DISCUSIÓN Y ANÁLISIS DE
RESULTADOS
En el primer capítulo del presente trabajo, se presentó un bosquejo de los antecedentes
históricos a grandes rasgos de las migraciones humanas, dispersión que han realizado
las personas desde la antigüedad en todos los continentes del planeta Tierra; las
causas han sido diversas, desde la búsqueda de alimentos, tierras fértiles o por
cataclismos naturales, de forma voluntaria, forzada y casi siempre de carácter colectivo.
En Guatemala, la vocación por migrar ha sido escasa a lo largo de la historia, es en las
últimas décadas que el guatemalteco, empezó a desplazarse permanente o
estacionalmente dentro y fuera del Estado de Guatemala, por razones de problemas
humanitarios y de seguridad;
También se esboza en el citado capítulo el origen del Consejo Nacional de Atención al
Migrante de Guatemala, tanto desde un punto de vista histórico, que remarca la
preocupación que existía por las instituciones que defienden los derechos de los
migrantes, por los acontecimientos vividos por los migrantes en el extranjero, las
causas por las cuales las personas se movilizan de un lugar a otro, los estudios
realizados por entes no gubernamentales y gubernamentales sobre migrantes
guatemaltecos en el extranjero y las de sus familias en Guatemala, dieron como
culminación, establecer la poca colaboración del Estado de Guatemala, en materia
migratoria, la falta de un ente institucional de naturaleza pública que se encargara de
los migrantes en Guatemala y en otros Estados del mundo; y desde el punto de vista
teórico que esboza las acciones llevadas a cabo por personas individuales y jurídicas
para que de urgencia nacional se abordara en el Congreso de la República, la discusión
y aprobación de la iniciativa de Ley para la creación de CONAMIGUA .
En el capítulo II, se relató teóricamente las características, marco legal, definición y
naturaleza jurídica, misión y visión, valores, integración actual, atribuciones, requisitos
para optar a los cargos, convocatorias y sesiones, estructura organizativa de
CONAMIGUA
65
Enseguida, en el Capítulo III, se describió la estructura y funcionamiento en la
actualidad del Consejo Nacional de Atención al Migrante de Guatemala, a escasos
cuatro años de su creación, a través de la cual se busca establecer si CONAMIGUA
esta apegada en su estructura y funcionamiento a la normativa legal vigente por la cual
se rige. Se individualizó y considero detalladamente cada una de las funciones
reguladas en la Ley de creación de CONAMIGUA.
En el Capítulo IV, se ha analizado de manera sucinta los Programas de fortalecimiento
institucional y organizacional que a la fecha ha desarrollado CONAMIGUA en beneficio
de los migrantes guatemaltecos y sus familias en Guatemala, así como los migrantes
que se encuentran en el territorio nacional.
Además se realizó el análisis de dos instrumentos que consisten en dos cuadros de
cotejo que identifican las normas, para describir e indicar su contenido, concernientes a
los cuerpos legales que regulan lo relativo a la estructura y funcionamiento del Consejo
Nacional de atención al Migrante de Guatemala en el contexto legal vigente, aunado a
lo anterior se analizó la estructura y funcionamiento de tres instituciones oficiales que se
dedican al tema de migrantes en el Estado de Guatemala; y por último se llevo a cabo
como parte del trabajo de campo de la presente investigación una entrevista estructura
con preguntas abiertas.
La presente tesis de investigación enfoca su análisis en la estructura y funcionamiento
del Consejo Nacional de Atención al Migrante de Guatemala y la necesidad de
establecer si dicho Consejo esta apegado a la normativa legal vigente por la cual se
rige.
Del estudio realizado en el cuadro de cotejo número uno, nos da la pauta que en el
contexto jurídico vigente en el Estado de Guatemala, coexisten dos consejos creados
con estructuras diferentes pero con funciones similares, denota por tanto que los
elementos propios del Consejo Nacional de Atención al Migrante de Guatemala no
66
fueron tomados en consideración a profundidad al momento de su creación, pues debió
derogarse en su oportunidad lo regulado en la Ley de Migración y su Reglamento, todo
lo relacionado con el Consejo Nacional de Migración, debido que al crear la estructura
del Consejo Nacional de Atención al Migrante de Guatemala se estaban duplicando las
funciones dentro del marco jurídico vigente en materia de migrantes y migración y, en
consecuencia, la ausencia de una actitud responsable del Congreso de la República al
crear leyes se hace visible en el presente estudio.
Este ha sido precisamente el objetivo del presente trabajo. La estructura y
funcionamiento del Consejo Nacional de Atención al Migrante de Guatemala, es
muchas veces desconocido por las personas y entes a quien va dirigido beneficiar y es
tal el desconocimiento de los procesos de estructura y funcionamiento de dicho
Consejo, que provoca la carencia de voluntad política del Estado de Guatemala e
impiden llevar a la práctica la misión y visión que han soñado los que dirigen dicho
Consejo, perjudicando el progreso y el bienestar de nuestros migrantes.
Queda demostrado a través del referido cuadro, la contradicción jurídica y política
existente entre el Consejo Nacional de Migración regulado en el Decreto Número 95-98
del Congreso de la República Ley de Migración y lo regulado en la ley que crea el
Consejo Nacional de Atención al Migrante de Guatemala.
Al analizar el contenido del cuadro de cotejo número dos, nos muestra que el
CONAMIGUA, la Dirección General de Migración y la Comisión de Migrantes del
Congreso de la República, examinadas desde el marco de su naturaleza, principios,
objetivos y fines fueron creados con estructuras y con funciones diferentes, por lo que
se establece que no se están duplicando las funciones, sino que cada una de las
instituciones dentro del marco jurídico vigente en materia de migrantes y migración se
desarrolla sin usurpar funciones una de otra y, en consecuencia, cada una desempeña
su planes operativos de forma distinta y en materias diferentes.
Como parte del trabajo de campo en esta investigación, se aplico el instrumento de
entrevista como trabajo de campo, la cual está estructurada por preguntas abiertas con
67
el fin de obtener los puntos de vista de forma objetiva de la Secretaria Ejecutiva de
CONAMIGUA, persona experta en el tema por su conocimiento laboral y por ser parte
de los integrantes del Consejo en estudio; y establecer mediante la misma, el que hacer
actual de dicho Consejo en cuanto a su estructura y funcionamiento, a quien se le
pregunto específicamente en temas relacionados sobre la situación actual e importancia
del Consejo Nacional de Atención al Migrante de Guatemala, la ubicación de las sedes,
y quiénes son los beneficiados directos, la función principal, la estructura orgánica,
espacio físico, mobiliario, equipo, recursos o partidas presupuestarias y los alcances y
límites que tiene a la fecha el Consejo Nacional de Atención al Migrante de Guatemala.
La entrevista realizada se hizo con el objetivo de analizar la estructura y funcionamiento
del Consejo Nacional de Atención al Migrante de Guatemala a la fecha y ampliar la
investigación con los aportes vertidos por la entrevistada con el ánimo de fortalecer los
mecanismos que ayuden a una mejor estructura y funcionamiento de dicho Consejo.
De las respuestas dadas por la entrevistada, se pudo deducir que CONAMIGUA, es un
ente creado recientemente en el año 2007, asentado administrativamente a la fecha,
que dentro la legislación que los rige existen lagunas legales y que existe por parte de
los beneficiados directos que son los migrantes guatemaltecos y sus familias,
desconocimientos de dicho ente institucional.
Que es el ente rector de la política pública en materia de migrantes y que su
importancia radica en ser un ente capaz de exigir al Estado de Guatemala, que
responda a los intereses de los migrantes.
Indica que, CONAMIGUA, además de su sede central tiene sedes regionales en
Sacatepéquez, Alta Verapaz, en el Municipio de Todos Santos Cuchumatán,
departamento de Huehuetenango y en el departamento de Zacapa, siendo los
beneficiados directos los migrantes de origen, en tránsito, los deportados, y lo que
tienen a Guatemala como destino.
68
El Consejo tiene como función principal la supervisión del cumplimiento de la Ley, su
estructura está basada en la ley, que no cuentan con el espacio físico suficiente pero si
con el equipo suficiente, que carecen de falta de partida presupuestaria dentro de la
Ley del Presupuesto General de Ingresos y Egresos de Estado y consideran oportuno
crear más sedes regionales.
Plasma la necesidad de reformar la Ley de CONAMIGUA en relación a poder ejecutar
directamente y no a través de organizaciones no gubernamentales, no hay una consulta
ni hay peticiones de bases comunitarias sino que muchas veces vienen de
organizaciones que no tienen contacto con las comunidades, se hace importante que
CONAMIGUA empiece a contactar y a organizar comunidades para que las
organizaciones tengan de alguna manera intervención y se puedan escuchar sus
demandas.
Establece que las limitaciones de CONAMIGUA, radican que dentro de los
representantes titulares y suplentes en Estados Unidos de América hay diversidad de
intereses políticos e ideológicos, que no hacen que el tema llegue a consenso y las
decisiones son difíciles de coordinar y concretizar.
Enfatiza que entre los avances de CONAMIGUA está la apertura de varias sedes, los
convenios celebrados con CONALFA e INTECAP, pues a través de de éstos convenios
los migrantes obtienen que se les certifique en sus estudios o en cursos que ellos
ubiquen como necesidad.
DISCUSIÓN FINAL
Guatemala, en materia migratoria, es un país donde se originan migrantes a otros
Estados del mundo, es considerado de paso para migrantes de otros Estados, y su
territorio también en muchas ocasiones se convierte en el destino final de muchos
migrantes del mundo; no obstante, Guatemala como Estado tiene políticas públicas
débiles ante los migrantes y las familias de éstos que se quedan a radicar en sus
69
comunidades; existen políticas que dejan de cumplirse no porque los mecanismos
legales no existan, sino porque los entes gubernamentales obligados a ejecutar dichas
políticas carecen de algunos o todos aquellos elementos fundamentales para hacer lo
que manda la ley.
Es importante que el Congreso de la República de Guatemala, a través de su Comisión
de Migrantes, establezca reglas claras al momento de crear un ente gubernamental en
beneficio de los migrantes o mejorar el ya existente, debido que al crear el Consejo
Nacional de Atención al Migrante de Guatemala surgieron lagunas legales al no haber
contemplado la derogación de normas vigentes en Guatemala, que en su momento
vienen a duplicar funciones entre entes de naturaleza pública, pues en el contexto
jurídico vigente del Estado de Guatemala coexisten dos consejos creados con
estructuras diferentes pero con funciones similares, por tanto se debió derogar en su
oportunidad lo regulado en la Ley de Migración y su Reglamento, todo lo relacionado
con el Consejo Nacional de Migración. Aunado a lo anterior, la referida comisión del
Congreso de la República debe constantemente revisar y actualizar las partidas
presupuestarias asignadas a CONAMIGUA con el fin de que el ente funcione y
estableciéndose que los migrantes aportan grandes beneficios al país a través de sus
remesas, y no menos importante se hace necesario ante los migrantes guatemaltecos y
sus familias que el CONAMIGUA deje de ser ente politizado al ser influenciado por el
Congreso de la República, que no le basta con nombrar al secretario y subsecretario de
CONAMIGUA, sino que dentro de las filas de dicho ente tiene un diputado que lo
representa.
La estructura del Consejo Nacional de Atención al Migrante de Guatemala está bien
definida en su marco legal, no obstante se hace difícil que sus miembros ejecuten cada
una de las políticas, teniendo en cuenta que las funciones dadas a dicho Consejo son
demasiadas y extensas, lo que convierte a CONAMIGUA en una segunda opción para
ejecución de planes operativos, teniendo en cuenta que las personas que integran el
referido Consejo primero ejecutan sus amplios trabajos para lo cual fueron nombrados o
designados, y es bien sabido las cargas de trabajo que tiene en Guatemala un Ministro,
70
un diputado del Congreso de la República, un vice ministerio y la gerencia del Banco de
Guatemala.
Por lo tanto, las reformas a la Ley del Consejo Nacional de Atención al Migrante de
Guatemala a plantear, son que la misma sea incluyente para el sector migrante en
general, debiéndose derogar cantidades para la conformación del Consejo Asesor y la
coordinación interinstitucional y social, toda vez que la misma se puede convertir en un
acto de discriminación para todos aquellos migrantes guatemaltecos que no cumplen
con el requisito establecido en ley para ser representantes de una organización de
guatemaltecos radicados en el extranjero y no únicamente se piense en todos aquellos
migrantes radicados en los Estados Unidos de América.
Es evidente, por lo aquí discutido y analizado, que el Consejo Nacional de Atención al
Migrante de Guatemala tiene viabilidad a corto o mediano plazo mediante la estructura
y funciones que la legislación actual le otorga, dejando a un lado la politización del
mismo, pues contempla dentro de su marco jurídico vigente normas positivas en pro de
los migrantes, debiendo el CONAMIGUA tomar en cuenta la actualización de las
mismas desde los supuestos de la movilidad de las personas y que Guatemala reúne
las categorías de ser un país de origen, tránsito y destino de migrantes.
71
CONCLUSIONES.
1. Al vincular la Ley del Consejo Nacional de Atención al Migrante de Guatemala y
los reglamentos bajo los cuales se rige el CONAMIGUA, se establece que dicho
conjunto de normas armoniza, y que es un avance positivo en materia de
migrantes y migración que el Estado de Guatemala haya creado un ente
gubernamental capaz de darle atención a los migrantes guatemaltecos que se
encuentran en el extranjero y a las familias de los mismos que se que quedan a
vivir en sus comunidades.
2. La voluntad política del Congreso de la República de Guatemala al crear entes
públicos como CONAMIGUA es aun deseable, pues se vislumbra que dejan al
margen el estudio concienzudo del marco jurídico general del Estado de
Guatemala en materia de migrantes y migración, debido que al crear
CONAMIGUA debieron adecuar las normas con el ánimo de no duplicar
funciones entre entes de naturaleza pública.
3. El Congreso de la República de Guatemala a través de su Comisión de
Migrantes impulsan que CONAMIGUA atienda eficientemente el tema de
migrantes, por lo que se hace necesario que se legisle para que dicho ente no se
politice, debido que a través del presente estudio se establece que el Congreso
de la República crea CONAMIGUA, que incluye dentro de los integrantes del
CONAMIGUA a uno de sus diputados y se despreocupa por atender a
CONAMIGUA en el tema de presupuesto, pues este último es un bastión
importante para garantizar el efectivo cumplimiento de la ley y su reglamento.
4. Al analizar detenidamente la estructura de los integrantes del CONAMIGUA se
establece que el mismo está integrado por personas que tienen a su cargo un
Ministerio del Estado, un diputado del Congreso de la República, una Secretaría
del Estado, Vice ministerios del Estado, la Gerencia del Banco de Guatemala,
funcionarios que dentro del ejercicio para el cual fueros electos o nombrados
72
cuentan con grandes cargas de trabajo, lo que convierte a CONAMIGUA en un
ente eminentemente burocrático.
5. Las funciones del CONAMIGUA contempladas en la ley y su reglamento son
demasiadas, y al vincularlas, considerarlas y enumerarlas a lo largo del
desarrollo de la presente investigación se concluye que CONAMIGUA podría
convertirse en un ente que realice funciones de carácter administrativos
emitiendo dictámenes u opiniones relacionados al tema de migrantes a través de
su Secretaría Ejecutiva, pues carece de los elementos legales para tomar
decisiones y no cuenta con los recursos económicos suficientes para ejecutar las
políticas públicas que nazcan a la luz de las grandes necesidades que tienen en
atención y apoyo todos aquellos guatemaltecos que viven en el extranjero.
6. El Estado de Guatemala a través de CONAMIGUA debe centrar su atención en
todos los migrantes guatemaltecos alrededor del mundo, no convertirse en un
Estado que solo incluya a todos aquellos guatemaltecos que viven en Estados
Unidos de América, pues con las acciones y políticas públicas que a la fecha ha
tomado en el tema de migrantes y migración lo convierten en un país excluyente
para todos aquellos guatemaltecos que no viven en el país mencionado.
73
RECOMENDACIONES.
1. Se recomienda al Consejo Nacional de Atención al Migrante de Guatemala
incrementar a través de todos los medios de comunicación social posibles en el
idioma español y los idiomas mayas, garífuna y xinca la divulgación de
información y políticas públicas que CONAMIGUA esté llevando a cabo tanto en
Guatemala como en el extranjero, con el fin de crear consciencia en la sociedad
nacional e internacional de la importancia que representan los migrantes para el
Estado de Guatemala.
2. Al Congreso de la República de Guatemala se recomienda plantear una iniciativa
de reformar la Ley de Migración y su reglamento, con el ánimo que dichos
cuerpos legales armonicen con la Ley del Consejo Nacional de Atención al
Migrante de Guatemala, debiendo adecuar dichas normas con el ánimo de no
duplicar funciones entre el Consejo Nacional de Migración regulado en Ley de
Migración y su reglamento y el CONAMIGUA regulado en el Decreto Número 46-
2007 y sus reformas del Congreso de la República.
3. El Congreso de la República de Guatemala a través de su Comisión de
Migrantes, debe impulsar bajo su competencia que se legisle para que
CONAMIGUA no se convierta en un ente politizado, preocuparse por revisar el
presupuesto asignado a CONAMIGUA, con el fin de garantizar el efectivo
cumplimiento del mandato de las normas vigentes y derogar la cuantificación
establecida como requisito para integrar el Consejo Asesor para la Coordinación
Internacional e Interinstitucional y Regional de Atención al Migrante de
Guatemala y sus Familias en Guatemala .
4. El Estado de Guatemala a través de CONAMIGUA debe impulsar de forma
inmediata que las políticas públicas que se pretendan implementar giren en
atención en todos los migrantes guatemaltecos alrededor del mundo, con el fin
de no convertirse en un Estado excluyente y discriminatorio hacia sus propios
74
migrantes, con lo cual estaría garantizando y adoptando las obligaciones
adquiridas al crear el Consejo Nacional de Atención al Migrante de Guatemala
bajo el marco de los principios internacionales del derecho.
75
REFERENCIAS
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Universidad Rafael Landívar. Guatemala, 2000.
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Editorial Caudal, Guatemala, 2004.
Normativas:
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Ley del Consejo Nacional de Atención al Migrante de Guatemala y sus
Reformas. Decreto Número 46-2007 del Congreso de la República.
Ley de Migración, Decreto Número 95-98 del Congreso de la República.
Reglamento de la Ley de Migración, Acuerdo Gubernativo Número 529-
99.
Reglamento de la Ley del Consejo Nacional de atención al Migrante de
Guatemala (Acuerdo Gubernativo numero 106-2009)
76
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Número 01-2009 del Consejo Nacional de Atención al Migrante de
Guatemala.
Electrónicas:
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77
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Consejo Nacional de Atención al Migrante de Guatemala. Valores. Consejo Nacional de Atención al Migrante de Guatemala. Guatemala, 2011. Disponible en http://conamigua.gob.gt/index.php?option=com_content&task=view&id=1&Itemid=78 consultada el 15 de agosto de 2011.
Consejo Nacional de Atención al Migrante de Guatemala. Organigrama. Consejo Nacional de Atención al Migrante de Guatemala. Guatemala, 2011. Disponible en http://conamigua.gob.gt/index.php?option=com_content&task=view&id=16&Itemid=38 consultada el 22 de septiembre de 2011.
Consejo Nacional de Atención al Migrante de Guatemala. Antecedentes. Consejo Nacional de Atención al Migrante de Guatemala. Guatemala, 2011. Disponible en http://conamigua.gob.gt/index.php?option=com_content&task=view&id=12&Itemid=33. consultada el 18 de junio de 2011. Consejo Nacional de Atención al Migrante de Guatemala. Miembros. Consejo Nacional de Atención al Migrante de Guatemala. Guatemala, 2011. Disponible en http://conamigua.gob.gt/index.php?option=com_content&task=view&id=17&Itemid=58. consultada el 18 de junio de 2011.
Consejo Nacional de Atención al Migrante de Guatemala. Miembros. Consejo Nacional de Atención al Migrante de Guatemala. Guatemala, 2011. Disponible en http://conamigua.gob.gt/index.php?option=com_content&task=view&id=21&Itemid=62. consultada el 18 de junio de 2011.
Consejo Nacional de Atención al Migrante de Guatemala. Miembros. Consejo Nacional de Atención al Migrante de Guatemala. Guatemala, 2011. Disponible en
78
http://conamigua.gob.gt/index.php?option=com_content&task=view&id=22&Itemid=63. consultada el 18 de junio de 2011.
Consejo Nacional de Atención al Migrante de Guatemala. Miembros. Consejo Nacional de Atención al Migrante de Guatemala. Guatemala, 2011. Disponible en http://conamigua.gob.gt/index.php?option=com_content&task=view&id=23&Itemid=64. consultada el 18 de junio de 2011.
Consejo Nacional de Atención al Migrante de Guatemala. Misión. Consejo Nacional de Atención al Migrante de Guatemala. Guatemala, 2011. Disponible en http://conamigua.gob.gt/index.php?option=com_content&task=view&id=1&Itemid=78 consultada el 15 de agosto de 2011.
Consejo Nacional de Atención al Migrante de Guatemala. CONAMIGUA e INTECAP suscriben Carta de Entendimiento en Beneficio de Inmigrantes Guatemaltecos. Guatemala, 2011. Disponible en http://conamigua.gob.gt/index.php?option=com_content&task=view&id=248&Itemid=67 .consultada el 16 de julio de 2011.
Consejo Nacional de Atención al Migrante de Guatemala. CONVENIO DE ALFABETIZACIÓN, EN BENEFICIO DE INMIGRANTES, SUSCRIBEN CONAMIGUA Y CONALFA. Guatemala, 2011. Disponible en http://conamigua.gob.gt/index.php?option=com_content&task=view&id=247&Itemid=67. consultada el 16 de julio de 2011.
Cuadernos de Trabajo sobre migración. Organización Internacional para las migraciones. Acuerdos del Grupo Binacional Guatemala-México sobre asuntos migratorios. Guatemala. 2002. Disponible en http://www.acnur.org/biblioteca/pdf/3968.pdf. Consultada el 28 de mayo de 2011.
Instituto Centroamericano de Estudios Sociales. INCEDES. Instituto Centroamericano de Estudios Sociales. Guatemala, 2011. Disponible en http://www.incedes.org.gt. Consultada el 28 de mayo de 2011.
Las acciones de CONAMIGUA que posteriormente se individualizan forman parte del Informe presentado por CONAMIGUA el 17 de diciembre de 2009, en el referido informe no se hace mención a quien se le informa y por formar parte importante dentro del presente estudio el autor considera necesario detallar cada una de ellas para una mejor comprensión, mismo que fue citado de: Consejo Nacional de Atención al Migrante de Guatemala. INFORME ANUAL. Guatemala, 2011. Disponible en http://conamigua.gob.gt/index.php?option=com_remository&Itemid=51&func=fileinfo&id=17. consultada el 16 de julio de 2011.
79
Mesa Nacional para las Migraciones en Guatemala. Miembros. Mesa Nacional para las Migraciones en Guatemala. Guatemala, 2011. Disponible en http://www.menamig.org/es/institucion/miembros. consultada el 28 de mayo de 2011.
Otras Referencias:
Expediente 206-2009 de la Corte de Constitucionalidad de la República de Guatemala.
Exposición de motivos de iniciativa de la “Ley del Consejo Nacional de Atención
al Migrante de Guatemalteco” realizada el 24 de octubre de 2,006 por el
Diputado ponente Julio Cesar López Villatoro realizada el 14 de noviembre del
año 2,006 en el periodo legislativo 2,006-2,007 del Congreso de la República de
Guatemala en su Sesión Ordinaria numero 053, sesión en la cual se agendo en
el punto 5 inciso c.
Consejo Nacional de Atención al Migrante de Guatemala. Revista de
CONAMIGUA, volumen 1, año 1, Guatemala, 2011, Consejo Nacional de
Atención al Migrante de Guatemala.
Presentación realizada por el Licenciado Erick Mauricio Maldonado Ríos, quien
fungía en el año dos mil nueve como Secretario Ejecutivo del Consejo Nacional
de Atención al Migrante de Guatemala del compendio denominado “Tratados
Internacionales en Materia de Protección al Migrante” el cual comprende y está
integrado por los siguientes instrumentos: a) Declaración Universal de Derechos
Humanos; b) Convenio Internacional sobre Protección de los Derechos de todos
los Trabajadores Migrantes y sus Familias; c) Convención Sobre el Estatuto de
Refugiados; d) Protocolo Contra el Tráfico Ilícito de Migrantes por Tierra, Mar y
Aire, que Complementa la Convención de las Naciones Unidas contra la
Delincuencia Organizada Transnacional; e) Protocolo para Prevenir, Reprimir y
Sancionar la Trata de Personas, Especialmente Mujeres y Niños, que
complementa la Convención de Naciones unidas contra la Delincuencia
Organizada Transnacional; e) Convención de Viena sobre Relaciones
80
Consulares; f) Convenio Número 97 de la Organización de Internacional del
Trabajo –OIT- Relativo a los Trabajadores Migrante.
Congreso de la República de Guatemala. Diario de Sesiones del Congreso de la
República de Guatemala. Editorial Congreso de la República de Guatemala,
Guatemala, 2006.
81
ANEXOS. a) Decreto Número 46-2007 del Congreso de la República “Ley del
Consejo Nacional de Atención al Migrante de Guatemala”
b) Decreto Número 24-2008 del Congreso de la República “Reformas a la
Ley del Consejo Nacional de Atención al Migrante de Guatemala”
c) Acuerdo Gubernativo Número 106-2009 del Presidente de la República
“Reglamento de la Ley del Consejo Nacional de Atención al Migrante
de Guatemala”
d) Acuerdo Número 01-2009 del Consejo Nacional de Atención al
Migrante de Guatemala “Reglamento interno del Consejo Asesor del
CONAMIGUA”
e) Cuadro de cotejo número uno
f) Cuadro de cotejo número dos
g) Guía de entrevista
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CUADRO DE COTEJO NÚMERO UNO
“EL CONSEJO NACIONAL DE ATENCIÓN AL MIGRANTE DE GUATEMALA, SU
ESTRUCTURA Y FUNCIONAMIENTO.”
UNIDADES DE
ANÁLISIS
INDICADORES
Constitución
Política de la
República
de
Guatemala
Ley del
Consejo
Nacional de
Atención al
Migrante de
Guatemala
Ley de
Migración
Reglamento de
la Ley del
Consejo
Nacional de
Atención al
Migrante de
Guatemala
Reglamento de
la Ley de Migración
Estructura del
Consejo
Nacional de
Atención al
migrante de
Guatemala
No se
contempla
dentro de la
Constitución
Política de la
República de
Guatemala
artículo
alguno que
se refiera a la
estructura del
Consejo
Nacional de
Atención al
Migrante de
Guatemala,
la Carta
Magna
Contempla
la forma
como se
estructura
el Consejo
Nacional de
Atención al
Migrante de
Guatemala
y lo regula
en los
artículos 5
y 6 de la
citada Ley y
su reformas
No se
contempla
dentro de la
Ley de
Migración
artículo
alguno que
se refiera a
la estructura
del Consejo
Nacional de
Atención al
Migrante de
Guatemala,
pero es
importante
mencionar
que en esta
Ley, en los
artículos 9,
10 y.
Contempla la
forma como se
estructura la
Secretaría
Ejecutiva y lo
regula en el
artículo 7 del
citado
Reglamento.
No se contempla dentro del
Reglamento de Ley de
Migración artículo alguno que
se refiera a la estructura del
Consejo Nacional de Atención
al Migrante de Guatemala, el
Reglamento de la Ley de
Migración regula en los
artículos 6, 7,8 y 9 lo
relacionado al Consejo
Nacional de Migración.
Cuadro de cotejo sigue en la página siguiente
100
únicamente
se invoca en
la creación
de la ley del
referido
Consejo.
11 se regula
el Consejo
Nacional de
Migración
Función del
Consejo
Nacional de
Atención al
migrante de
Guatemala
No se
contempla
dentro de la
Constitución
Política de la
República de
Guatemala
artículo
alguno que
se refiera a la
función del
Consejo
Nacional de
Atención al
Migrante de
Guatemala,
la Carta
Magna
únicamente
se invoca en
la creación
de la ley del
referido
Consejo.
Contempla
la forma
cómo
funciona el
Consejo
Nacional de
Atención al
Migrante de
Guatemala
y lo regula
en el
artículo 7
de la citada
Ley.
No se
contempla
dentro de la
Ley de
Migración
artículo
alguno que
se refiera a
la función
del Consejo
Nacional de
Atención al
Migrante de
Guatemala,
pero es
importante
mencionar
que en esta
Ley, en los
artículos 9,
10 y 11 se
regula el
Consejo
Nacional de
Migración.
Contempla otras
funciones que
en la Ley de su
creación no se
contemplaron
estando
reguladas en el
artículo 2 del
citado
Reglamento.
No se contempla dentro del
Reglamento de Ley de
Migración artículo alguno que
se refiera a las funciones del
Consejo Nacional de Atención
al Migrante de Guatemala,
pero es importante mencionar
que en este Reglamento en
los artículos 6,7,8 y 9 se
regula el Consejo Nacional de
Migración
101
CUADRO DE COTEJO NÚMERO DOS
“EL CONSEJO NACIONAL DE ATENCIÓN AL MIGRANTE DE GUATEMALA, SU
ESTRUCTURA Y FUNCIONAMIENTO.”
UNIDADES DE
ANÁLISIS
INDICADORES
Consejo Nacional de
Atención al Migrante de
Guatemala
Dirección General de
Migración
Comisión de
Migrantes del Congreso
de la República
NATURALEZA
Definir, coordinar,
supervisar y fiscalizar las
acciones del Estado de
Guatemala tendientes a
prestar asistencia,
protección, atención y
auxilio a los migrantes
guatemaltecos en el
exterior y a sus familias,
así como a los retornados
a territorio nacional y a los
migrantes que se
encuentran en
Guatemala.
Ser una institución de
seguridad, encargada
de controlar, verificar y
garantizar a nacionales
y extranjeros, su
entrada, permanencia y
salida del territorio
nacional.
La Comisión de Migrantes del Congreso de la
Republica de Guatemala es el órgano técnico de
estudio y conocimiento que dentro de la estructura
administrativa del Organismo Legislativo
guatemalteco propicia, canaliza, apoya y gestiona
todas aquellas acciones que, en el marco de las
funciones legislativas, de representación, control
político y presupuestario, correspondan al abordaje
integral e institucional de los temas de las
migraciones nacionales e internacionales y la
defensa, garantía y protección de los Derechos
Humanos de las poblaciones en desplazamiento
en, desde y hacia el territorio guatemalteco.
PROPÓSITOS
Una mejor y mayor
coordinación
interinstitucional entre
todos los órganos y
autoridades
gubernamentales del
Estado de Guatemala,
para así cumplir con las
responsabilidades frente a
los migrantes
guatemaltecos y las
naciones del mundo.
Garantizar un eficaz
ordenamiento
migratorio, regulando la
entrada y salida de
nacionales y
extranjeros del territorio
nacional, así como la
permanencia de estos
últimos en nuestro país.
Promover y realizar funciones de representación,
legislación, control político y presupuestario de
todas aquellas acciones e
instituciones/organizaciones relacionadas a los
temas de las migraciones nacionales e
internacionales, que en el marco de su
competencia, se propicien, canalicen, apoyen y/o
gestionen a través de la Comisión de Migrantes
debidamente fortalecida.
Dar a conocer que las
disposiciones de la ley
son de orden público y
su observancia se
extiende a todas las
personas nacionales y
extranjeras,
exceptuándose a los
funcionarios
102
diplomáticos y
consulares extranjeros,
a los representantes o
funcionarios de otros
Estados y a
funcionarios de
Organismos
Internacionales
acreditados en el país y
sus familias, mientras
permanezcan en sus
funciones. Ellos estarán
sujetos a la ley y a las
disposiciones de los
Convenios, Acuerdos y
Tratados
Internacionales de los
que Guatemala sea
parte.
PRINCIPIOS
Solidaridad y apoyo
incondicional con las
entidades estatales
encargadas de abordar el
fenómeno migratorio y
con los guatemaltecos
migrantes en el exterior;
- Vocación de servicio,
eficiencia y eficacia en el
cumplimiento de nuestros
objetivos.
-Espíritu de trabajo y
dedicación para mejorar la
institucionalidad del
Consejo y con ello las
condiciones de los
guatemaltecos en el
exterior, sus familias y los
extranjeros en territorio
nacional.
-Integridad, probidad,
responsabilidad y
transparencia en la
gestión institucional
Ser una institución de
servicio, con principios
y valores de eficiencia y
eficacia, apegada a la
ley.
La Comisión de Migrantes del Congreso de la
República no contempla principios dentro du plan
operativo, por lo tanto se estima que se rige por los
principios del Congreso de la República.
OBJETIVOS
El Consejo Nacional de
Atención al Migrante de
Guatemala, es la instancia
nacional que reúne a las
autoridades del Estado de
Guatemala responsables
de la atención y
protección de los
derechos humanos y
1. Desarrollar funciones de representación
legislativa e intermediación ciudadana tanto a nivel
nacional e internacional para el impulso de
iniciativas de
ley y políticas encaminadas al abordaje integral de
las migraciones.
2. Propiciar y gestionar incitativas legislativas
relacionadas con el abordaje integral de las
migraciones en, desde y hacia Guatemala.
103
garantías individuales del
guatemalteco en el
extranjero, con el objetivo
de propiciar y fortalecer
los mecanismos de
coordinación
interinstitucional y el
cumplimiento de las
funciones que se
establecen en la presente
ley y los compromisos del
Estado de Guatemala
derivados de convenios,
tratados y otras
obligaciones
internacionales en la
materia.
3. Desarrollar acciones de control político y
presupuestario a las instituciones públicas
relacionadas con el tema de migraciones.
4. Fortalecimiento institucional de la Comisión de
Migrantes del Congreso de la Republica de
Guatemala.
FINES
Una institución fortalecida,
capaz de promover la garantía
de la dignidad, seguridad e
integridad de los 1. Desarrollar
funciones de representación
legislativa e intermediación
ciudadana tanto a nivel
nacional e internacional para
el impulso de iniciativas de ley
y políticas encaminadas al
abordaje integral de las
migraciones.
2. Propiciar y gestionar
incitativas legislativas
relacionadas con el abordaje
integral de las migraciones en,
desde y hacia Guatemala.
3. Desarrollar acciones de
control político y
presupuestario a las
instituciones públicas
relacionadas con el tema de
migraciones.
4. Fortalecimiento institucional
de la Comisión de Migrantes
del Congreso de la Republica
de Guatemala, con base en
una política integral del Estado
de Guatemala para abordar el
fenómeno migratorio y sus
consecuencias.
Ser una institución de
servicio, con principios
y valores, eficiente y
eficaz, apegada a la
ley, para el desarrollo
de las políticas
migratorias.
Realizar una labor de conocimiento, estudio,
representación, control político y presupuestario, en
el marco de las funciones legislativas, para que las
garantías constitucionales de las poblaciones
migrantes en, desde y hacia Guatemala sean
respetadas.
104
GUÍA DE ENTREVISTA
Buen día, el objetivo de la entrevista es conocer sobre el Consejo Nacional de
Atención al Migrante de Guatemala y las actividades que se realizan.
1. ¿Cuál es la situación actual del Consejo Nacional de Atención al Migrante de
Guatemala?
2. ¿Cuál es la importancia del Consejo Nacional de Atención al Migrante de
Guatemala?
3. ¿En dónde tiene sedes el Consejo Nacional de Atención al Migrante de
Guatemala?
4. ¿Quiénes son los beneficiados directos del Consejo Nacional de Atención al
Migrante de Guatemala?
5. ¿Cuál es la función principal del Consejo Nacional de Atención al Migrante de
Guatemala?
6. ¿Cuál es la estructura orgánica de su unidad?
7. ¿Con qué espacio físico cuenta la unidad, y si la misma cuenta con el
mobiliario y equipo suficiente?
8. ¿Considera suficientes los recursos o partidas con los que cuenta la unidad?
9. Considera usted que la estructura y recurso humano actual es adecuado y
suficiente. Si – no Explique
10. ¿Qué mejoras considera usted que se deberían implementar en su unidad?
11. ¿Cuáles son limitaciones que a la fecha ha tenido el CONAMIGUA?
12. ¿Cuáles son los avances que a la fecha ha tenido el CONAMIGUA?
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