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I.9. SECRETARÍA DE CULTURA
I.9.1. AUDITORÍA FINANCIERA
I.9.1.1. CAPÍTULO 3000 “SERVICIOS GENERALES”
Auditoría ASCM/32/18
FUNDAMENTO LEGAL
La auditoría se llevó a cabo con fundamento en los artículos 122, apartado A, base II, sexto
y séptimo párrafos, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 62 de la
Constitución Política de la Ciudad de México; 13, fracción CXI, de la Ley Orgánica del
Congreso de la Ciudad de México, 1; 2, fracciones XIV y XLII, inciso a); 3; 8, fracciones I,
II, IV, VI, IX, XXVI y XXXIII; 9; 10, incisos a) y b); 14, fracciones I, VIII, XVII, XX y XXIV; 22;
24; 27; 28; 30; 32; 33; 34; 35; 36; 37; 61; y 62 de la Ley de Fiscalización Superior de la
Ciudad de México; y 1; 4; 5, fracción I, inciso b); 6, fracciones V, VIII y XXXV; y 30 del
Reglamento Interior de la Auditoría Superior de la Ciudad de México.
ANTECEDENTES
La Secretaría de Cultura (SECULT) ocupó el decimoquinto lugar respecto del presupuesto
ejercido en 2018 por las 22 dependencias de la Ciudad de México (82,316,737.9 miles de
pesos), con un monto de 665,538.0 miles de pesos, de acuerdo con lo reportado en la
Cuenta Pública de la Ciudad de México del mismo año. Ese importe representó el 0.8% del
total erogado por dichas dependencias y fue inferior en 3.7% (25,366.0 miles de pesos) al
presupuesto asignado originalmente (690,904.0 miles de pesos) y en 11.5% (86,411.6 miles
de pesos) al ejercido en 2017 (751,949.6 miles de pesos). Asimismo, reportó economías
por 15,111.0 miles de pesos en 2018.
En el capítulo 3000 “Servicios Generales”, la SECULT ejerció 271,871.9 miles de pesos,
que representan el 40.8% del total erogado (665,538.0 miles de pesos) y fue superior en
2.6% (6,924.2 miles de pesos) al presupuesto aprobado (264,947.7 miles de pesos), e
inferior en 20.4% (69,781.1 miles de pesos) al ejercido en 2017 (341,653.0 miles de pesos).
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Asimismo, el rubro presentó economías por 11,640.4 miles de pesos en el ejercicio en
revisión; en dicho capítulo, destacó la partida 3821 “Espectáculos Culturales”, con
184,762.0 miles de pesos, que representa el 68.0% del total erogado en el capítulo.
CRITERIOS DE SELECCIÓN
Esta auditoría se propuso de conformidad con los siguientes criterios generales de selección,
contenidos en el Manual de Selección de Auditorías de esta entidad de fiscalización superior:
“Importancia Relativa”. Se consideró el capítulo 3000 “Servicios Generales”, porque el
presupuesto ejercido en 2018 (271,871.9 miles de pesos) fue inferior en 20.4% (69,781.0 miles
de pesos) en relación con lo ejercido en 2017 (341,653.0 miles de pesos).
“Exposición al Riesgo”. Se eligió el capítulo 3000 “Servicios Generales”, toda vez que, por
su naturaleza y características, puede estar expuesto a riesgo de errores, mal uso,
ineficiencias e incumplimiento de metas y objetivos.
OBJETIVO
El objetivo de la revisión consistió en verificar que el presupuesto aplicado por la Secretaría
de Cultura con cargo al capítulo 3000 “Servicios Generales” se haya registrado, aprobado,
modificado, comprometido, devengado, ejercido y pagado de acuerdo con la normatividad
y ordenamientos aplicables.
ALCANCE Y DETERMINACIÓN DE LA MUESTRA
Se revisó, en cuanto a los elementos que integran el objetivo de la auditoría, de manera
enunciativa, mas no limitativa, lo siguiente:
Registros Contable y Presupuestal
Se verificó que las operaciones del sujeto fiscalizado se encontraran registradas contable y
presupuestalmente, que los registros reflejaran las operaciones de cada uno de los
momentos contables del gasto y que explicaran la evolución del ejercicio presupuestal.
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Gasto Aprobado
Se verificó que el proceso de programación, presupuestación, integración y autorización del
presupuesto se haya ajustado a la normatividad aplicable; y que exista congruencia entre
la documentación soporte, como el Programa Operativo Anual (POA), el techo
presupuestal, el Anteproyecto de Presupuesto de Egresos y la autorización de la Asamblea
Legislativa del Distrito Federal (ALDF).
Gasto Modificado
Se verificó que el origen y destino de los recursos, materia de las afectaciones del
presupuesto se hayan justificado y autorizado, y que se hayan orientado al cumplimiento
de las metas y objetivos, de acuerdo con la normatividad aplicable.
Gasto Comprometido
Se verificó que los procesos de programación (Programa Anual de Adquisiciones,
Arrendamientos y Prestación de Servicios, PAAAPS), solicitud, autorización, adjudicación,
contratación y reporte de las operaciones a las instancias correspondientes se hayan
sujetado a la normatividad que los regula.
Gasto Devengado
Se verificó que los pagos realizados con cargo al presupuesto se encontraran debidamente
soportados con la documentación e información que comprobaran la recepción de los
servicios, conforme a la normatividad aplicable y en cumplimiento de los instrumentos
jurídicos formalizados.
Gasto Ejercido
Se verificó, mediante la revisión de la información del sujeto fiscalizado, que se haya
expedido y resguardado la documentación soporte justificativa y comprobatoria de las
operaciones y que ésta haya cumplido los requisitos establecidos en la normatividad
aplicable.
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Gasto Pagado
Se verificó que las obligaciones a cargo del sujeto fiscalizado se hayan extinguido mediante
el pago, y que éste se haya acreditado y realizado en cumplimiento de la normatividad
aplicable y de los instrumentos jurídicos que dieron origen a la obligación.
El gasto de la SECULT con cargo al capítulo 3000 “Servicios Generales” ascendió a
271,871.9 miles de pesos, mediante 1,149 Cuentas por Liquidar Certificadas (CLC)
y 5 documentos múltiples, los cuales 252,341.0 miles de pesos se pagaron con recursos
fiscales y 19,530.9 miles de pesos con recursos de origen federal. Derivado de los trabajos
que se llevaron a cabo en la fase de planeación de la auditoría y del estudio y evaluación
del diseño del control interno, se determinó revisar un monto de 95,662.3 miles de pesos,
por medio de 578 CLC expedidas con cargo a una de las 37 partidas de gasto que integraron
el presupuesto ejercido en el rubro sujeto a revisión, así como su documentación justificativa
y comprobatoria, los cuales representaron 36.8% del total ejercido en el rubro examinado.
Para determinar la muestra sujeta a revisión, se consideraron los criterios siguientes:
1. Se integraron las cifras consignadas en la Cuenta Pública de la Ciudad de México de
2018 y en la base de datos de las CLC que la Secretaría de Administración y Finanzas
proporcionó a esta entidad de fiscalización, correspondientes a la SECULT.
2. Se integró el presupuesto ejercido por partida de gasto del capítulo 3000 “Servicios
Generales” y se seleccionó la partida de gasto más representativa.
3. Se eligió la partida 3821 “Espectáculos Culturales”, que representó 68.0% (184,762.0 miles
de pesos) del total ejercido en el capítulo 3000 “Servicios Generales”.
4. Se integraron las CLC emitidas con cargo a la partida 3821 “Espectáculos Culturales”,
en la que se ejercieron recursos con cargo al capítulo 3000 “Servicios Generales”; y los
contratos de prestación de servicios celebrados por la SECULT con cargo a dicha
partida, y se seleccionó el contrato más representativo en cuanto a presupuesto ejercido.
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Derivado de los trabajos que se llevaron a cabo en la fase de planeación de la auditoría, se
determinó revisar un monto de 95,662.3 miles de pesos, como se detalla a continuación:
(Miles de pesos y por cientos)
Partida
Universo Muestra
Cantidad Presupuesto ejercido
% Cantidad Presupuesto ejercido
Porcentaje de la partida CLC Documento
Múltiple CLC Documento
Múltiple
3821 “Espectáculos Culturales” 754 1 184,762.0 68.0 578 0 95,662.3 51.8
Otras 36 partidas del capítulo 3000 “Servicios Generales” 395 4 87,109.9 32.0 0 0 0.0 0.0
Total del capítulo 3000 “Servicios Generales” 1,149 5 271,871.9 100.0 578 0 95,662.3 35.2
Respecto al origen de los recursos, el universo del presupuesto ejercido (271,871.9 miles
de pesos) y la muestra sujeta a revisión (95,662.3), correspondieron a los recursos y fondos
o programas siguientes:
(Miles de pesos)
Origen de los recursos Fondo o programa al que pertenecen
los recursos de origen federal
Locales Federales Universo Muestra
Universo Muestra Universo Muestra Denominación del fondo
o programa
Importe Denominación del fondo
o programa
Importe
252,341.0 81,161.9 19,530.9 14,500.4 Consejo Nacional para la Cultura y las Artes, Apoyo a Instituciones Estatales de Cultura
9,942.8 Consejo Nacional para la Cultura y las Artes, Apoyo a Instituciones Estatales de Cultura
9,626.3
Consejo Nacional para la Cultura y las Artes, La Traza del 68, Ciudad, Arte y Diseño 2018
2,000.0 Consejo Nacional para la Cultura y las Artes, La Traza del 68, Ciudad, Arte y Diseño 2018
2,000.0
Consejo Nacional para la Cultura y las Artes, por 100 Años más de Esperanza Iris 2018
2,485.9 Consejo Nacional para la Cultura y las Artes, por 100 Años más de Esperanza Iris 2018
2,485.9
Fondo para la modernización del patrimonio Cultural Federal 2018 5,102.2
Fondo para la modernización del patrimonio Cultural Federal 2018 388.2
252,341.0 81,161.9 19,530.9 14,500.4 19,530.9 14,500.4
El contrato seleccionado fue el siguiente:
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(Miles de pesos)
Número de contrato Nombre del prestador
de servicios Objeto del contrato
Importe
Total* Muestra
FIS-FED-AUT/DEA/DRMSG/011/2018 Viajes Premier, S.A. Servicio integral de organización de eventos culturales de la Secretaría de Cultura de la Ciudad de México para el Ejercicio Fiscal de 2018 124,898.0 95,662.3
Total 124,898.0 95,662.3
* El contrato de prestación de servicios seleccionado como muestra fue de tipo abierto con un monto mínimo de 42,754.5 miles de pesos y uno máximo de 124,898.0 miles de pesos.
Del contrato seleccionado, se integró la totalidad de los eventos llevados a cabo en 2018,
se integraron por tema y se seleccionaron aquellos que fueron los más representativos, en
cuanto a presupuesto ejercido.
El muestreo de auditoría permite al auditor obtener y evaluar la evidencia de auditoría sobre
una determinada característica de los elementos seleccionados con el fin de alcanzar o
contribuir a alcanzar, una conclusión respecto de la población de la que se ha extraído la
muestra; y puede aplicarse utilizando enfoques de muestreo estadístico o no estadístico.
Tanto la muestra del universo por auditar de la partida 3821 “Espectáculos Culturales”,
como la selección del contrato de prestación de servicios, se determinó mediante un método
de muestreo no estadístico, con fundamento en la Norma Internacional de Auditoría (NIA)
530, “Muestreo de Auditoría”, emitida por la Federación Internacional de Contadores (IFAC),
en la Norma Internacional de las Entidades Fiscalizadoras Superiores (ISSAI) 1530,
“Muestreo de Auditoría”, emitida por el Comité de Normas Profesionales de la Organización
Internacional de Entidades Fiscalizadoras Superiores (INTOSAI); y en el Manual del
Proceso General de Fiscalización de la Auditoría Superior de la Ciudad de México (ASCM).
Los trabajos de auditoría se efectuaron en las unidades administrativas de la SECULT y de
la Dirección Ejecutiva de Administración en dicha dependencia, por ser las unidades
administrativas encargadas del registro, aprobación, modificación, compromiso, devengo,
ejercicio y pago de las operaciones con cargo al capítulo 3000 “Servicios Generales”, según
las atribuciones y funciones previstas en los manuales administrativos de la SECULT y de
la Dirección Ejecutiva de Administración en la dependencia, vigentes en 2018.
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PROCEDIMIENTOS, RESULTADOS Y OBSERVACIONES
Evaluación del Control Interno
1. Resultado
A fin de evaluar el diseño y la efectividad del control interno implementado por la SECULT
y por la Dirección Ejecutiva de Administración en la dependencia, y contar con una base
para determinar la naturaleza, extensión y oportunidad de las pruebas de auditoría, en
cuanto al diseño, se analizaron las atribuciones de la dependencia y de la Dirección
Ejecutiva de Administración en ésta, su marco normativo y manual administrativo, vigentes
en 2018; se aplicó un cuestionario de control interno, en particular, a servidores públicos de
la SECULT responsables del registro, aprobación, modificación, compromiso, devengo, y
ejercicio del presupuesto, así como del pago de las operaciones con cargo al capítulo 3000
“Servicios Generales” en relación con los cinco componentes del control interno (Ambiente
de Control, Administración de Riesgos, Actividades de Control Interno, Información y
Comunicación, y Supervisión y Mejora Continua). Además, se requisitó la cédula de
evaluación del ambiente de control con base en las respuestas obtenidas de los servidores
públicos; y se elaboraron tres matrices: una de riesgos, para identificar los riesgos a que
están sujetas las operaciones del rubro en revisión; otra de control, para analizar la
probabilidad de ocurrencia y el impacto de cada riesgo; y una de unidades administrativas,
para determinar la participación conforme a las funciones y atribuciones de cada una de las
áreas de la dependencia relacionadas con las operaciones del rubro en revisión.
En cuanto a la efectividad del control interno, durante la etapa de ejecución de la auditoría,
se aplicaron pruebas de controles y procedimientos sustantivos, que incluyeron pruebas de
detalle y analíticos sustantivos, para determinar la idoneidad, eficacia, eficiencia en la
aplicación del control interno en las unidades administrativas, así como en los procesos,
funciones y actividades de la dependencia.
La evaluación se realizó tomando como parámetro de referencia la Ley de Auditoría y
Control Interno de la Administración Pública de la Ciudad de México, publicada en la Gaceta
Oficial de la Ciudad de México núm. 146 Ter el 1o. de septiembre de 2017 y el Decreto por
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el que se Reforman, Adicionan y Derogan, Diversas Disposiciones de la citada Ley,
publicado en el mismo medio el 27 de noviembre de 2018; los Lineamientos de Control
Interno de la Administración Pública de la Ciudad de México, publicados en la Gaceta Oficial
de la Ciudad de México el 8 de enero de 2018; el Manual del Proceso General de Fiscalización,
en lo relativo a la evaluación del ambiente de control, y el Modelo de Evaluación del Control
Interno para la Fiscalización Superior de la Cuenta Pública de la Ciudad de México de la
ASCM, elaborado con base en el Marco Integrado de Control Interno, para ser aplicado a
los sujetos de fiscalización de la Ciudad de México, con objeto de diagnosticar el estatus de su
control interno establecido y proponer acciones de mejora dirigidas a su fortalecimiento.
Ambiente de Control
Se identificaron las unidades administrativas de la SECULT y de la Dirección Ejecutiva de
Administración en la dependencia que estuvieron relacionadas con el registro, aprobación,
modificación, compromiso, devengo y ejercicio del presupuesto, así como con el pago de
las operaciones con cargo al rubro en revisión; las funciones, objetivos, actividades y
procedimientos aplicados; las normas, procesos y estructura orgánica que proporcionan la
base para llevar a cabo el control interno en el sujeto fiscalizado, así como la normatividad
que proporciona disciplina y estructura para apoyar al personal en la consecución de los
objetivos institucionales; y se verificó si la dependencia y su Dirección Ejecutiva de
Administración, establecieron y mantuvieron un ambiente de control que implicara una
actitud de respaldo hacia el control interno, como se indica a continuación:
Secretaría de Cultura
1. Durante 2018, la SECULT dispuso de la estructura orgánica núm. 20/2008, dictaminada
favorablemente por la Oficialía Mayor del Gobierno de la Ciudad de México (OM) y
notificada a la dependencia por medio del oficio núm. OM/2445/2008 del 12 de diciembre
de 2008, vigente a partir del 1o. de diciembre de 2008 y su actualización con el oficio
núm. CG/530/2012 del 20 de noviembre de 2012, vigente a partir del 16 de noviembre
de 2012.
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En dicha estructura orgánica se previeron 69 plazas: 13 en la Oficina del Secretario de
la SECULT; 3 en la Coordinación Interinstitucional; 13 en la Coordinación de Vinculación
Cultural Comunitaria; 12 en la Coordinación de Patrimonio Histórico, Artístico y Cultural;
4 en la Coordinación del Sistema de Teatros de la Ciudad de México; 7 en la
Coordinación de Producción en Espacios Públicos; 4 en la Dirección de Divulgación
Cultural; 12 en la Dirección Académica y 1 en la Dirección de Operación de la Orquesta
Filarmónica de la Ciudad de México.
2. En 2018, la SECULT contó con un manual administrativo (apartados de organización y
de procedimientos) elaborado conforme al dictamen de estructura orgánica núm.
20/2008, registrado por la Coordinación General de Modernización Administrativa
(CGMA) con el núm. MA-18/200715-D-SECULT-20/2008; notificado al titular de la
SECULT con el oficio núm. OM/CGMA/1326/2015 del 20 de julio de 2015; publicado en
la Gaceta Oficial del Distrito Federal el 14 de agosto de 2015, con el “Aviso por el que
se da a conocer el enlace electrónico al manual administrativo de la Secretaría de
Cultura con número de registro MA-18/200715-D-SECULT-20/2008”, en cuya consulta
se comprobó su publicación y vigencia a partir del día siguiente de su publicación; y
difundido a los servidores públicos encargados de su aplicación, con la circular
núm. SCA/DEA/0888/2015 del 26 de agosto de 2015, y con su incorporación en
el portal de transparencia de su página de internet
https://www.cultura.cdmx.gob.mx/secretaria/marco-normativo para consulta de los
servidores públicos.
El manual citado, se integró por los apartados de marco jurídico de actuación;
atribuciones; misión, visión y objetivos institucionales; organización, y procedimientos;
glosario; y aprobación del manual administrativo.
Sin embargo, dicho manual administrativo no se encontró actualizado, debido a que su
último registro (núm. MA-18/200715-D-SECULT-20/2008) se realizó en 2015.
En la reunión de confronta, celebrada el 11 de diciembre de 2019, la Directora General
de Administración y Finanzas, en representación del titular de la SECULT, proporcionó
el oficio núm. SC/DGAyF/3610/2019 del 4 del mismo mes y año, al que anexó copia del
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oficio núm. OM/CGMA/3415/2018 del 30 de noviembre de 2018, mediante el cual el
Coordinador General de Modernización Administrativa y Titular de la Unidad de Mejora
Regulatoria de la Ciudad de México comunicó al Secretario de Cultura que cancelaba
el “proceso de registro del Manual Administrativo de la [SECULT], en virtud de no haber
cumplido los tiempos para el registro del Manual Administrativo que nos ocupa previstos
en el Cronograma para la Substanciación de los Procesos de Registro de los Manuales
Administrativos de la Administración Pública de la Ciudad de México durante el ejercicio
de 2018”, lo que confirma que el manual administrativo no se encuentra actualizado,
por lo que la presente observación no se modifica.
Por no actualizar el manual administrativo en el período establecido, la SECULT incumplió
los lineamientos Quinto, fracciones I y III; y Décimo Segundo, fracción III, inciso h), de los
Lineamientos Generales para el Registro de Manuales Administrativos y Específicos de
Operación de la Administración Pública de la Ciudad de México, publicados en la Gaceta
Oficial de la Ciudad de México el 1o. de junio de 2018, que establece lo siguiente:
“Quinto. Los Órganos de la Administración Pública y los Órganos Administrativos
tendrán las siguientes obligaciones, según corresponda:
”l. Realizar el proceso de registro de sus Manuales conforme a los presentes
Lineamientos y demás disposiciones aplicables, a fin de mantenerlos actualizados y
vigentes, en estricto apego al marco jurídico vigente [...]
”III. Elaborar y aprobar, en los términos de los presentes Lineamientos, el Manual
Administrativo por conducto de la persona servidora pública que sea titular del Órgano de
la Administración Pública, en estricto apego a la estructura orgánica dictaminada vigente.”
“Décimo segundo. Los Órganos de la Administración Pública y los Órganos
Administrativos iniciarán el proceso de registro de sus Manuales ante la Coordinación
General cuando se configuren los supuestos siguientes: […]
”III. Se requiera actualizar los contenidos de los Manuales derivado de los siguientes
supuestos:
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”h) Que hayan transcurrido 2 años a partir del último registro del Manual.”
Dirección Ejecutiva de Administración en la Secretaría de Cultura
1. En 2018, la Dirección Ejecutiva de Administración en la SECULT contó con dos
estructuras orgánicas autorizadas por la OM con los dictámenes núms. D-SEFIN-
27/010917 y D-SEFIN-13/160618; la primera estructura orgánica estuvo vigente a partir
del 1o. de septiembre de 2017 hasta el 15 de junio de 2018, y la segunda, vigente a
partir del 16 de junio hasta el 31 de diciembre de 2018. Dichas estructuras fueron
notificadas al titular de la Secretaría de Finanzas (SEFIN) con los oficios núms.
OM/0616/2017 del 16 de octubre de 2017 y OM/0431/2018 del 20 de julio de 2018.
En dichas estructuras orgánicas, se previeron 23 plazas: 12 en la Dirección Ejecutiva
de Administración en la SECULT; 4 en la Dirección de Recursos Financieros; 3 en la
Dirección de Recursos Humanos, y 4 en la Dirección de Recursos Materiales y
Servicios Generales.
2. En 2018, la Dirección Ejecutiva de Administración en la SECULT dispuso de un manual
administrativo (apartados de organización y de procedimientos) elaborado conforme al
dictamen de estructura orgánica núm. D-OM-4/2014, el cual fue registrado por la CGMA
con el núm. MA-28/300715-D-OM-4/2014; notificado al titular de la OM con el oficio
núm. OM/CGMA/1427/2015 del 30 de julio de 2015; y publicado en la Gaceta
Oficial del Distrito Federal el 27 de agosto de 2015, con el “Aviso por el cual se da a
conocer el Manual Administrativo de la Oficialía Mayor, con número de registro
MA-28/300715-D-OM-4/2014, validado por la Coordinación General de Modernización
Administrativa, mediante oficio número Om/Cgma/1427/2015 de fecha 30 de julio
de 2015, a través de su enlace electrónico”, en el cual se menciona que se anexó dicho
manual en archivo digital, y que su vigencia sería a partir del día siguiente de su
publicación. La difusión del manual administrativo a los servidores públicos encargados
de su aplicación se realizó mediante 24 oficios, todos del 11 de septiembre de 2015, y
con su incorporación en el portal de transparencia de su página de internet
www.finanzas.cdmx.gob.mx/secretaria/marco-normativo para consulta de los
servidores públicos.
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El manual citado se integró por los apartados de marco jurídico de actuación;
atribuciones; misión, visión y objetivos institucionales; organigrama de la estructura
básica; organización y procedimientos; glosario; y aprobación del manual
administrativo. Sin embargo, dicho manual no se encontró actualizado con base en la
última estructura orgánica autorizada (núm. D-SEFIN-13/160618).
No obstante lo anterior, la referida deficiencia de control interno ya se encuentra
subsanada, toda vez que, en el portal de internet de la Secretaría de Administración y
Finanzas, se verificó que en la liga electrónica https://cdmxassets.s3.amazonaws.com
/media/files/pdf/manual_admin/33_DIRECCION_GENERAL_DE_ADMINISTRACION_
Y_FINANZAS_EN_LA_SECRETRIA_DE_CULTURA.pdf, se encuentra el manual
administrativo de la Dirección General de Administración y Finanzas en la SECULT con
registro núm. MA-12/200919-D-SEAFIN-02/010119, de acuerdo con la estructura
orgánica núm. D-SEAFIN-02/010119. Además, dicho manual administrativo fue
publicado en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México núm. 193 el 7 de octubre de
2019, para consulta de los servidores públicos, por lo que no se emite recomendación.
3. En 2018, los servidores públicos de la Administración Pública de la Ciudad de México,
incluidos los de la SECULT, contaron con un código de ética publicado en la Gaceta
Oficial del Distrito Federal el 9 de julio de 2014, y si bien en 2018 el sujeto fiscalizado
no estaba obligado a tener un código de conducta, a partir del 6 de febrero de 2019
dispuso de él, toda vez que dicha obligación surgió en 2019, de acuerdo con el artículo
segundo transitorio del Código de Ética de la Administración Pública de la Ciudad de
México, publicado en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México núm. 26 el 7 de febrero
de 2019, en donde se indica que la dependencia lo debería publicar a más tardar dentro de
los 90 días naturales siguientes a su entrada en vigor (8 de febrero de 2019). Además,
la SECULT contó con unidades administrativas encargadas de cumplir las obligaciones
en materia de transparencia y acceso a la información, fiscalización, rendición de
cuentas y armonización contable, así como de administrar los recursos humanos y
financieros, para lo cual implementó procedimientos específicos que se formalizaron
con su registro ante la CGMA, y se incorporaron a su manual administrativo; y dispuso
de un programa de capacitación.
259 VOLUMEN 2/14
Con base en lo anterior, se determinó que la SECULT y la Dirección Ejecutiva de Administración
en la dependencia contaron con una estructura orgánica, un manual administrativo
dictaminado por la CGMA, con unidades administrativas encargadas de atender, dar cumplimiento
a las obligaciones en materia transparencia y acceso a la información, fiscalización,
rendición de cuentas y armonización contable, y con un programa de capacitación, por lo
que estableció y mantuvo un ambiente de control que implicó una actitud de respaldo hacia
el control interno; no obstante, que en el ejercicio de 2018 los manuales administrativos de
la SECULT y de la Dirección Ejecutiva de Administración en la dependencia no se
encontraron actualizados.
Administración de Riesgos
Se revisó si la dependencia contó con un Comité de Administración de Riesgos y Evaluación
de Control Interno (CARECI) que le haya permitido desarrollar respuestas al riesgo, así
como administrarlo y controlarlo; y con un Órgano Interno de Control que lo vigile y, en su
caso, que hubiese practicado auditorías al rubro sujeto a revisión. Los resultados se indican
a continuación:
1. La SECULT dispuso de un CARECI, el cual fue constituido el 15 de enero de 2018 de
conformidad con los Lineamientos de Control Interno de la Administración Pública de la
Ciudad de México, publicados en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México el 8 de enero
de 2018; y de unidades administrativas encargadas de atender, dar seguimiento y
cumplir las obligaciones en materia de transparencia y acceso a la información; de un
portal de transparencia y de ventanilla única en el sitio web de la SECULT; de un área
de armonización contable, y de áreas para la administración de recursos humanos
y financieros.
En el CARECI participó el Órgano Interno de Control en la dependencia, y tuvo
un Programa de Revisión de Control Interno, integrantes nombrados o ratificados, y un
manual de integración y funcionamiento; y en su operación dio seguimiento a las
observaciones determinadas por el Órgano Interno de Control en las revisiones de
control interno practicadas y en áreas identificadas de alto riesgo, lo cual propició la
implementación de controles internos.
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2. El Órgano Interno de Control en la SECULT, adscrito a la Secretaría de la Contraloría
General de la Ciudad de México (SCGCDMX), contó con atribuciones para inspeccionar
y vigilar que la dependencia cumpliera las normas y disposiciones en materia de
información, estadística, organización, procedimientos, sistemas de registro y
contabilidad, contratación y pago de personal, contratación de servicios, obra pública,
adquisiciones, arrendamientos, conservación, uso, destino, afectación, enajenación y
baja de bienes muebles e inmuebles, almacenes y demás activos. Aunque en su
Programa de Auditorías no consideró revisiones a la dependencia relativas al capítulo
3000 “Servicios Generales” por el ejercicio de 2018, sí realizó dos auditorías de control
interno a diversas unidades administrativas de la dependencia en dicho ejercicio.
Asimismo, en la revisión del Programa Anual de Control Interno (PACI) de la
dependencia proporcionado por la SCGCDMX, no se observó la implementación de
controles internos relacionados con el rubro en revisión.
Con base en lo anterior, se determinó que la dependencia contó con mecanismos de control
efectivos para asegurar el control de sus operaciones, como son el CARECI, que le permitió
desarrollar respuestas al riesgo, así como administrarlo y controlarlo; con un Órgano Interno
de Control que lo vigiló, el cual no auditó el rubro sujeto a revisión en el ejercicio de 2018,
pero sí realizó dos auditorías de control interno a la dependencia; y con un PACI, en el que
no se observó la implementación de controles internos relacionados con el rubro en revisión.
Actividades de Control Interno
Se verificó si la SECULT y la Dirección Ejecutiva de Administración en la dependencia
dispusieron de procedimientos que les hayan permitido prevenir, minimizar y responder a
los riesgos que pudieran afectar el cumplimiento y logro de los objetivos del rubro en
revisión y garantizar la eficacia y eficiencia de las operaciones; y si contaron con actividades
de control para asegurarse de que los informes y los reportes que generó el sujeto
fiscalizado fueran presentados oportunamente y con información confiable. Los resultados
se indican a continuación:
261 VOLUMEN 2/14
1. En 2018, la SECULT dispuso de 76 procedimientos integrados al manual administrativo
que la CGMA registró con el núm. MA-18/200715-D-SECULT-20/2008. Por su parte, la
Dirección Ejecutiva de Administración en la SECULT contó con 39 procedimientos integrados
al manual administrativo que la CGMA registró con el núm. MA-28/300715-D-OM-4/2014.
Del total de 115 procedimientos que estuvieron vigentes en 2018, 12 tienen relación
con los momentos contables del gasto en las operaciones del capítulo 3000 “Servicios
Generales” y son los que se describen a continuación:
Momento contable Procedimiento
Gasto aprobado “Elaboración del Programa Operativo Anual”**
Gasto modificado “Afectaciones Programático-Presupuestarias”**
Gasto comprometido y devengado
“Revisión de Convenios”* “Revisión de Contratos”* “Adquisición de Bienes o Contratación de Servicios por Adjudicación Directa”** “Adquisición de Bienes y/o Servicios por Licitación Pública”** “Adquisición de Bienes y/o Servicios por Invitación Restringida”** “Gestión de Apoyos para la Realización de Festivales, mediante la Elaboración de Convenios de Colaboración con la Secretaría de Cultura”* “Elaboración de Convenios y/o Contratos de la Coordinación del Sistema de Teatros de la Ciudad de México”*
Gastos ejercido “Elaboración de Cuentas por Liquidar Certificadas”** “Elaboración de Documentos Múltiples”**
Gasto pagado “Trámite de Pago de los Prestadores de Servicios Culturales de la Partida Presupuestal 3821 Espectáculos Culturales”**
* Procedimiento de la SECULT. ** Procedimiento de la Dirección Ejecutiva de Administración en la SECULT.
2. Para la operación y desarrollo de sus actividades sustantivas, administrativas y financieras,
la Dirección Ejecutiva de Administración en la SECULT dispuso del Sistema de Planeación
de Recursos Gubernamentales (SAP-GRP), cuyas políticas y lineamientos de seguridad
fueron establecidos por la SEFIN, como autoridad administradora del sistema.
Con base en lo anterior, se determinó que la SECULT y la Dirección Ejecutiva de
Administración en la dependencia contaron con procedimientos que regularon las
actividades de los servidores públicos encargados de llevar las operaciones respecto de los
momentos contables del gasto aprobado, modificado, comprometido, devengado, ejercido
y pagado y, por tanto, de mecanismos que les permitieran prevenir, minimizar y responder
a los riesgos que pudieran afectar el cumplimiento y logro de los objetivos del rubro sujeto a
revisión, y garantizar la eficacia y eficiencia de las operaciones.
262 VOLUMEN 2/14
Información y Comunicación
Se revisó si la SECULT y la Dirección Ejecutiva de Administración en la dependencia
contaron con líneas de comunicación e información reguladas entre los mandos medios y
superiores con las personas servidoras públicas a su cargo que les permitieran
comunicarles sus responsabilidades, así como los objetivos y metas institucionales; y si
generaron información necesaria, oportuna, veraz y suficiente, tanto al interior como al
exterior del sujeto fiscalizado. Los resultados se indican a continuación:
1. De las respuestas al cuestionario de control interno, así como de la información y
documentación analizadas, se observó que la SECULT dispuso de líneas de
comunicación e información reguladas entre los mandos medios y superiores con el
personal a su cargo que le permitieron comunicarles sus responsabilidades, así como
los objetivos y metas institucionales.
2. La dependencia generó reportes e informes de la gestión de los recursos humanos y
financieros, así como en materia de transparencia y acceso a la información,
fiscalización, rendición de cuentas y contabilidad gubernamental. Sin embargo, la SECULT
presentó deficiencias en la entrega de informes, las cuales se detallan en el resultado
núm. 5 del presente informe.
3. La Dirección Ejecutiva de Administración en la SECULT contó con el SAP-GRP para
gestionar la información relativa a los recursos financieros y presupuestales con
unidades administrativas externas.
Por lo que corresponde al Sistema de Armonización de Información y Control (SAIC),
la dependencia informó que aún no se ha implementado.
Con base en lo anterior, se determinó que, aun cuando la dependencia y la Dirección
Ejecutiva de Administración en ésta dispusieron de líneas de comunicación e información
reguladas, no generaron información necesaria, oportuna y suficiente al interior y al exterior,
como se describe en el resultado núm. 5 del presente informe.
263 VOLUMEN 2/14
Supervisión y Mejora Continua
Se verificó si los manuales administrativos de la SECULT y de la Dirección Ejecutiva de
Administración en la dependencia consideraron actividades de supervisión, a fin de verificar
si las operaciones institucionales relacionadas con el rubro en revisión se ajustaron a las
líneas de mando y actividades establecidas en los citados manuales administrativos. Los
resultados se indican a continuación:
1. Con base en las respuestas al cuestionario de control interno y la información y
documentación analizadas, se determinó que la dependencia promovió el seguimiento
y mejora de los controles internos, y supervisó las actividades de los servidores públicos
respecto de sus funciones y atribuciones.
2. El CARECI de la dependencia no estableció controles para supervisar las actividades
susceptibles de corrupción, ni contó con planes y programas para supervisar las
actividades de control interno y las operaciones del rubro en revisión; asimismo, no llevó
a cabo autoevaluaciones para el mejor desarrollo del control interno y cumplimiento de
metas y objetivos, y no elaboró un programa de acciones para resolver las
problemáticas detectadas.
En la reunión de confronta, celebrada el 11 de diciembre de 2019, la Directora General
de Administración y Finanzas, en representación del titular de la SECULT, proporcionó
el oficio núm. SC/DGAyF/3610/2019 del 4 del mismo mes y año, al cual anexó copia de
la documentación siguiente:
a) Oficio núm. SAE/SSCHA/CGEMDA/1622/2019 del 30 de septiembre de 2019,
mediante el cual la Coordinación General de Evaluación, Modernización y
Desarrollo Administrativo comunicó a la SECULT y al Comité de Administración de
Riesgos y Evaluación de Control Interno Institucional de la SECULT, que se registró
el Manual de Integración y Funcionamiento del Comité de Administración de
Riesgos y Evaluación del Control Interno Institucional de la SECULT.
264 VOLUMEN 2/14
b) Gaceta Oficial de la Ciudad de México del 18 de octubre de 2019, núm. 202 Bis,
mediante la cual se comunicó el “Aviso por el que se da a conocer el enlace
electrónico donde podrá ser consultado el Manual de Integración y Funcionamiento
del Comité de Administración y Riesgos y Evaluación del Control Interno
Institucional, con número de registro MEO-229/300919-D-SECULT-14/010119”.
c) Manual de Integración y Funcionamiento del Comité de Administración y Riesgos y
Evaluación del Control Interno Institucional núm. MEO-229/300919-D-SECULT-14/010119.
Del análisis a la documentación proporcionada por la SECULT, se constató que aun
cuando dispuso en 2019 de un Manual de Integración y Funcionamiento del Comité de
Administración y Riesgos y Evaluación del Control Interno Institucional, la dependencia
no proporcionó evidencia documental de haber establecido, en 2018, controles para
supervisar las actividades susceptibles de corrupción, contar con planes y programas
para supervisar las actividades de control interno y las operaciones del rubro en
revisión, llevar a cabo autoevaluaciones para el mejor desarrollo del control interno y
cumplimiento de metas y objetivos ni elaborar un programa de acciones para resolver
las problemáticas detectadas, por lo que la presente observación no se modifica.
3. En el manual administrativo de la SECULT se encuentran plasmados los tramos de
control y supervisión en los diferentes niveles jerárquicos para el cumplimiento de los
objetivos de la dependencia; sin embargo, se presentaron deficiencias en las operaciones
de los momentos contables del gasto aprobado, modificado, comprometido, devengado y
ejercido, lo que denotó debilidades en los procesos de supervisión establecidos, como
se detalla en los resultados núms. 3, 4, 5, 6, 7 y 8 del presente informe.
Con base en lo anterior, se determinó que la dependencia acreditó haber emprendido
acciones de supervisión y mejora continua para el ejercicio de 2018; sin embargo, el
CARECI no estableció controles para supervisar las actividades susceptibles de corrupción,
no contó con planes y programas para supervisar las actividades de control interno y las
operaciones del rubro en revisión, no llevó a cabo autoevaluaciones para el mejor desarrollo
del control interno y cumplimiento de metas y objetivos, y no elaboró un programa de
acciones para resolver las problemáticas detectadas.
265 VOLUMEN 2/14
Por lo expuesto, se determinó que el diseño del control interno del sujeto fiscalizado no fue
apropiado, toda vez que se observaron deficiencias en los componentes Ambiente de
Control, pues no acreditó que el manual administrativo de la dependencia y de la Dirección
Ejecutiva de Administración en la SECULT fueran actualizados; en Información y Comunicación,
debido a que la dependencia no generó información necesaria, oportuna y suficiente hacia
el exterior; y en Supervisión y Mejora Continua, ya que el CARECI en la dependencia no
estableció controles para supervisar las actividades susceptibles de corrupción, no contó
con planes y programas para supervisar las actividades de control interno, no llevó a cabo
autoevaluaciones para el mejor desarrollo del control interno y cumplimiento de metas y
objetivos, y no elaboró un programa de acciones para resolver las problemáticas detectadas.
En cuanto a su efectividad, el control interno de la SECULT no fue apropiado, ya que la
dependencia no se ajustó a los controles establecidos ni cumplió la normatividad aplicable
a los momentos contables del gasto aprobado, modificado, comprometido, devengado y
ejercido como se detalla en los resultados núms. 3, 4, 5, 6, 7 y 8 del presente informe.
Como resultado del estudio y evaluación del control interno establecido y con base en las
herramientas utilizadas, se determinó que, en general, el sujeto fiscalizado no tuvo un
control interno apropiado, lo que impidió garantizar el cumplimiento a la normatividad, debido a
que las condiciones de los elementos de control no estuvieron documentadas; ello generó
deficiencias en la ejecución de las operaciones y la consecución de objetivos del rubro
sujeto a revisión, pues las observaciones señaladas impactaron en el cumplimiento de éstos.
Recomendación ASCM-32-18-1-SECULT
Es necesario que la Secretaría de Cultura implemente mecanismos de control y supervisión
para asegurarse de que su manual administrativo se encuentre actualizado, conforme a los
Lineamientos Generales para el Registro de los Manuales Administrativo y Específicos de
Operación de las Dependencias, Órganos, Entidades de la Administración Pública de la
Ciudad de México; así como de las Comisiones, Comités, Institutos y cualquier otro Órgano
Administrativo Colegiado o Unitario que Constituya la Administración Pública de la Ciudad
de México.
266 VOLUMEN 2/14
Recomendación ASCM-32-18-2-SECULT
Es conveniente que la Secretaría de Cultura implemente mecanismos de control y
supervisión para asegurarse de que su Comité de Administración de Riesgos y Evaluación
del Control Interno establezca controles para supervisar las actividades susceptibles de
corrupción, cuente con planes y programas para supervisar las actividades de control interno,
lleve a cabo autoevaluaciones para el mejor desarrollo del control interno, promueva el
seguimiento de metas y objetivos, y elabore un programa de acciones para resolver
problemáticas detectadas, a fin de fortalecer el control interno.
Registros Contable y Presupuestal
2. Resultado
Con objeto de verificar que las operaciones del sujeto fiscalizado se encuentren registradas
contable y presupuestalmente, que reflejen las operaciones de cada uno de los momentos
contables del gasto y que expliquen la evolución del ejercicio presupuestal, se revisó que
la SEFIN haya efectuado los registros contable y presupuestal de los momentos contables
del gasto aprobado, modificado, comprometido, devengado, ejercido y pagado del sujeto
fiscalizado con cargo al capítulo 3000 “Servicios Generales”, en las cuentas contables y de
orden presupuestarias y por los importes correspondientes. Lo anterior, de conformidad con
el Manual de Contabilidad de la Ciudad de México Poder Ejecutivo, publicado en la Gaceta
Oficial de la Ciudad de México núm. 53 del 24 de abril de 2017, en correspondencia con las
normas Quinta a la Undécima de las Normas y Metodología para la Determinación de los
Momentos Contables de los Egresos, emitidas por el Consejo Nacional de Armonización
Contable (CONAC), publicadas en la Gaceta Oficial del Distrito Federal núm. 674, el
11 de septiembre de 2009, y de las Normas y Metodología para la Determinación de los
Momentos Contables de los Egresos del Distrito Federal implementadas por el Consejo de
Armonización Contable del Distrito Federal (CONSAC-DF) el 7 de noviembre de 2011,
ambos vigentes en 2018.
Asimismo, se constató que la SECULT haya registrado el gasto en la partida que le
corresponde de acuerdo con su naturaleza y con el Clasificador por Objeto del Gasto del
Distrito Federal, publicado en la Gaceta Oficial del Distrito Federal el 1o. de julio de 2010
267 VOLUMEN 2/14
y sus modificaciones publicadas por el mismo medio el 31 de diciembre de 2014 y
21 de septiembre de 2015. Además, se verificó que los registros contables y presupuestales
del rubro sujeto a revisión contenidos en reportes auxiliares coincidieran con los importes
consignados en la Cuenta Pública de la Ciudad de México de 2018.
En respuesta al oficio núm. ACF-A/19/0554 del 28 de junio de 2019, mediante los oficios
núms. SAF/SE/DGACyRC/3389/2019, SAF/SE/DGACyRC/3489/2019 y SAF/SE/DGACyRC/3702/2019
del 8 y 12 de julio, y 6 de agosto de 2019, en ese orden, la Dirección General de
Armonización Contable y Rendición de Cuentas de la Secretaría de Administración y
Finanzas proporcionó las pólizas de diario y de egresos por medio de las cuales se
realizaron los registros contable y presupuestal, en cuentas contables y de orden
presupuestarias de los momentos contables del gasto aprobado, modificado,
comprometido, devengado, ejercido y pagado de la dependencia. En su análisis, se
determinaron los registros contables y presupuestales siguientes:
Gasto Aprobado
(Miles de pesos)
Cuenta Importe
Debe Haber
8211000000 “Presupuesto de Egresos Aprobado Sector Central” 690,904.0
8221000000 “Presupuesto de Egresos por ejercer Sector Central” 690,904.0
Total 690,904.0 690,904.0
Gasto Modificado
(Miles de pesos)
Cuenta Importe*
Debe Haber
8221000000 “Presupuesto de Egresos por ejercer Sector Central” 18,564.7
8231000000 “Modificaciones al Presupuesto de Egresos Aprobado Sector Central” 18,564.7
Total 18,564.7 18,564.7
* El monto registrado corresponde al rubro sujeto a revisión.
268 VOLUMEN 2/14
Gasto Comprometido
(Miles de pesos)
Cuenta Importe*
Debe Haber
8221000000 “Presupuesto de Egresos por ejercer Sector Central” 95,662.3
8241000000 “Presupuesto de Egresos Comprometido Sector Central” 95,662.3
Total 95,662.3 95,662.3
* El monto registrado corresponde a la muestra seleccionada.
Gasto Devengado
1. Registro contable:
(Miles de pesos)
Cuenta Importe*
Debe Haber
5138138211 “Espectáculos Culturales” 95,662.3
2112100001 “Proveedores por pagar a Corto Plazo Sector Central” 95,662.3
Total 95,662.3 95,662.3
* El monto registrado corresponde a la muestra seleccionada.
2. Registro presupuestal:
(Miles de pesos)
Cuenta Importe*
Debe Haber
8241000000 “Presupuesto de Egresos Comprometido Sector Central” 95,662.3
8251000000 “Presupuesto de Egresos Devengado Sector Central” 95,662.3
Total 95,662.3 95,662.3
* El monto registrado corresponde a la muestra seleccionada.
269 VOLUMEN 2/14
Gasto Ejercido
(Miles de pesos)
Cuenta Importe*
Debe Haber
8251000000 “Presupuesto de Egresos Devengado Sector Central” 95,662.3
8261000000 “Presupuesto de Egresos Ejercido Sector Central” 95,662.3
Total 95,662.3 95,662.3
* El monto registrado corresponde a la muestra seleccionada.
Gasto Pagado
1. Registro contable:
(Miles de pesos)
Cuenta Importe*
Debe Haber
5138138211 “Espectáculos Culturales” 95,662.3
2112100001 “Proveedores por pagar a Corto Plazo Sector Central” 95,662.3
Total 95,662.3 95,662.3
* El monto registrado corresponde a la muestra seleccionada.
2. Registro presupuestal:
(Miles de pesos)
Cuenta Importe*
Debe Haber
8261000000 “Presupuesto de Egresos Ejercido Sector Central” 95,662.3
8271000000 “Presupuesto de Egresos Pagado Sector Central” 95,662.3
Total 95,662.3 95,662.3
* El monto registrado corresponde a la muestra seleccionada.
Las cuentas contables y de orden presupuestarias afectadas, así como los asientos
realizados para registrar contable y presupuestalmente las transacciones en el SAP-GRP
fueron los que establece la normatividad; los montos registrados fueron congruentes con la
documentación justificativa y comprobatoria de la muestra seleccionada para su revisión,
con la Cuenta Pública de la Ciudad de México de 2018 y con los informes y registros
270 VOLUMEN 2/14
auxiliares de la dependencia; además, los recursos ejercidos fueron registrados por la
SECULT en las partidas presupuestales, atendiendo la naturaleza de las operaciones,
conforme a lo establecido en el Clasificador por Objeto del Gasto del Distrito Federal vigente
en 2018.
Por lo anterior, se concluye que el gasto se registró en las partidas correspondientes, de
acuerdo con su naturaleza, al Clasificador por Objeto del Gasto del Distrito Federal y el
Manual de Contabilidad de la Ciudad de México Poder Ejecutivo, en correspondencia con
las normas quinta a la undécima de las Normas y Metodología para la Determinación de los
Momentos Contables de los Egresos emitidas por el CONAC y las implementadas por el
CONSAC-DF; y que las operaciones reflejaron el momento contable del gasto y su
evolución dentro del ejercicio presupuestal. Asimismo, los asientos realizados para registrar
contable y presupuestalmente las transacciones, contenidos en reportes auxiliares del rubro
sujeto a revisión, coincidieron con los importes consignados en la Cuenta Pública de la
Ciudad de México de 2018. La información contable y financiera se concentró en la SEFIN,
según lo establecido en los artículos 122 y 124 de la Ley de Presupuesto y Gasto Eficiente
de la Ciudad de México vigente en 2018.
Gasto Aprobado
3. Resultado
De conformidad con la norma sexta de las Normas y Metodología para la Determinación de
los Momentos Contables de los Egresos del Distrito Federal implementadas por el
CONSAC-DF y vigente en 2018, el momento contable del gasto aprobado considera
el registro de las asignaciones presupuestarias anuales contenidas en el Decreto de
Presupuesto de Egresos de la Ciudad de México.
Con objeto de comprobar que el proceso de programación, presupuestación, integración,
autorización del presupuesto se haya ajustado a la normatividad aplicable; y que exista
congruencia entre la documentación soporte, como el POA, el techo presupuestal, el
Anteproyecto de Presupuesto de Egresos y la autorización de la ALDF, se verificó que en
el POA del sujeto fiscalizado se haya reflejado de forma desglosada el presupuesto
271 VOLUMEN 2/14
asignado al rubro en revisión y que éste haya servido de base para la integración de su
anteproyecto de presupuesto anual; que se hayan considerado elementos de valoración
para la determinación de sus metas físicas y financieras, y que éstas hayan sido
congruentes con las necesidades operativas del sujeto fiscalizado; y que se haya tramitado
oportunamente ante la SEFIN la aprobación del anteproyecto y proyecto de presupuesto de
egresos del sujeto fiscalizado, conforme a la normatividad aplicable. Al respecto, se
determinó lo siguiente:
1. Con el oficio núm. SFCDMX/SE/5105/2017 del 3 de noviembre de 2017, la
Subsecretaría de Egresos de la SEFIN comunicó al titular de la SECULT el techo
presupuestal preliminar, por un monto de 664,737.1 miles de pesos; de los cuales,
280,788.5 miles de pesos se destinarían a otros gastos, entre ellos, al capítulo 3000
“Servicios Generales”.
Asimismo, la SEFIN indicó que los plazos establecidos para la entrega de los Módulos de
Integración por Resultados y de Integración Financiera serían el 10 y 17 de noviembre
de 2017, respectivamente, y para la versión impresa el 22 de noviembre de 2017.
Mediante el oficio núm. DEA/0861/2017 del 22 de noviembre 2017, con sello de
recepción de la misma fecha, la Dirección Ejecutiva de Administración en la SECULT
remitió a la Subsecretaría de Egresos de la SEFIN, en forma impresa, el Anteproyecto
de Presupuesto de Egresos para 2018, en el que se incluyó la información de los
Módulos de Integración por Resultados y de Integración Financiera, por un monto de
664,737.1 miles de pesos, de los cuales 280,788.5 miles de pesos se destinaron a otros
gastos, entre ellos, al capítulo 3000 “Servicios Generales”, por 241,532.7 miles de pesos.
2. La estructura del anteproyecto de presupuesto de egresos para 2018 consideró las
bases para la programación; es decir, incluyó los objetivos, políticas, prioridades y
metas del sujeto fiscalizado, y el rubro sujeto a revisión se programó en 20 actividades
institucionales, de conformidad con el Manual de Programación-Presupuestación para
la Formulación del Anteproyecto de Presupuesto de Egresos 2018, emitido por la
Subsecretaría de Egresos de la SEFIN.
272 VOLUMEN 2/14
No obstante, en el análisis de la información y documentación proporcionadas por la
SECULT, se determinó que para el ejercicio fiscal de 2018 no se consideraron
elementos de valoración para planear la contratación de servicios con cargo al capítulo
3000 “Servicios Generales”.
En la reunión de confronta, celebrada el 11 de diciembre de 2019, la Directora General
de Administración y Finanzas, en representación del titular de la SECULT, no presentó
información relacionada con la presente observación, por lo que ésta no se modifica.
Por no haber considerado elementos de valoración en su proceso de programación-
presupuestación, la SECULT incumplió la fracción VI, “De los Lineamientos para la
Presupuestación”; numeral 1, “Lineamientos Generales”, párrafo decimoquinto, del
Manual de Programación-Presupuestación para la Formulación del Anteproyecto de
Presupuesto de Egresos 2018, que establece lo siguiente:
“VI. Lineamientos para la Presupuestación […]
”1. Lineamientos Generales
”En la formulación de su respectivo Anteproyecto de Presupuesto, las Unidades
deberán atender los siguientes Lineamientos Generales […]
”Al presupuestar los bienes y servicios por adquirir, se deberán considerar elementos
reales de valoración, tales como: catálogos de precios unitarios […] cotizaciones con
proveedores […] así como licitaciones del ejercicio anterior y su comportamiento
histórico.”
3. En la Gaceta Oficial de la Ciudad de México núm. 230, tomo II, del 31 de diciembre de 2017,
se publicó el Decreto por el que se Expide el Presupuesto de Egresos de la Ciudad de
México para el Ejercicio Fiscal 2018, en cuyo artículo 5 y Anexo VI, “Convenios”, se
estableció que a la SECULT se le asignó un presupuesto de 690,904.0 miles de pesos.
273 VOLUMEN 2/14
4. Mediante el oficio núm. SFCDMX/SE/0180/2018 del 8 de enero de 2018, la
Subsecretaría de Egresos de la SEFIN comunicó al titular de la SECULT el Analítico de
Claves y el Decreto por el que se expide el Presupuesto de Egresos de la Ciudad
de México para el Ejercicio Fiscal 2018, correspondiente al presupuesto aprobado por
la ALDF, por 690,904.0 miles de pesos, de los cuales, 309,581.4 miles de pesos se
destinaron a otros gastos y, de ese monto, 264,947.7 miles de pesos al capítulo 3000
“Servicios Generales”, de los cuales 162,190.8 miles de pesos, fueron para la partida
3821 “Espectáculos Culturales” y se etiquetaron recursos por 15,500.0 miles de pesos
para el evento “Día de Muertos, Magna Ofrenda y Desfile”.
5. Con el oficio núm. SFCDMX/SE/476/2018 del 29 de enero de 2018, la Subsecretaría
de Egresos de la SEFIN comunicó al titular de la SECULT el calendario presupuestal y
el POA definitivos para el ejercicio fiscal de 2018, por un monto de 690,904.0 miles
de pesos, importe que coincidió con el indicado en la Cuenta Pública de la Ciudad de
México de 2018.
6. En el Analítico de Claves, se asignaron 264,947.7 miles de pesos al capítulo 3000
“Servicios Generales”, los cuales fueron reportados en el Informe de Cuenta Pública
2018 de la SECULT. En específico, a la partida 3821 “Espectáculos Culturales”,
seleccionada como muestra, se asignaron 162,190.8 miles de pesos, y en otras
39 partidas se destinaron 102,756.9 miles de pesos, los que se programaron ejercer en
los ejes, finalidades, funciones, subfunciones y actividades institucionales del POA que
se indican a continuación:
274 VOLUMEN 2/14
(Miles de pesos)
Eje / Finalidad / Función / Subfunción / Actividad institucional Importe
Partida 3821 “Espectáculos Culturales”
1 “Equidad e Inclusión Social para el Desarrollo Humano”
1 “Gobierno”
2 “Justicia”
4 “Derechos Humanos”
313 “Fomento a la corresponsabilidad con OSC para beneficio de las mujeres” 1,115.0
318 “Seguimiento y coordinación de políticas de atención, prevención y acceso a la justicia de las mujeres víctimas de violencia” 300.0
2 “Desarrollo Social”
4 “Recreación, Cultura y otras Manifestaciones Sociales”
2 “Cultura”
407 “Acciones de apoyo al desarrollo de filmaciones” 2,510.2
408 “Acciones de apoyo para la creación de empresas culturales” 1,000.0
409 “Acciones de vinculación cultural en comunidades marginadas” 15,153.4
410 “Acciones de vinculación cultural interinstitucional” 2,460.0
411 “Acciones para el desarrollo cultural comunitario” 6,150.0
412 “Agrupaciones musicales de la Ciudad de México” 3,510.5
414 “Divulgación y promoción del patrimonio de la Ciudad de México” 4,522.0
415 “Exposiciones en espacios públicos” 500.0
416 “Fomento a la lectura y el libro” 3,220.7
419 “Operación de biblioteca y archivo histórico del Distrito Federal” 1,373.4
420 “Operación de centros culturales” 7,910.0
421 “Operación de la red de fábricas de artes y oficios” 19,055.0
422 “Operación de museos” 8,753.8
423 “Operación de teatros” 29,834.4
427 “Orquesta filarmónica de la Ciudad de México” 11,605.8
428 “Promoción de espectáculos artísticos y culturales en espacios públicos” 18,712.0
3 “Radio, televisión y editoriales”
431 “Acciones de divulgación cultural” 5,495.6
5 “Educación”
6 “Otros servicios educativos y actividades inherentes”
455 “Operación de escuelas de educación artística y cultural” 19,009.0
Subtotal 162,190.8
Otras 39 partidas 102,756.9
Total 264,947.7
Por lo anterior, se concluye que la SECULT estimó originalmente recursos para el capítulo
3000 “Servicios Generales” por 264,947.7 miles de pesos, los cuales programó ejercer con
cargo a 40 partidas de gasto, entre ellas, la 3821 “Espectáculos Culturales”, seleccionada
para su revisión; sin embargo, la dependencia no consideró elementos de valoración para
planear la contratación de servicios en la presupuestación de los recursos del capítulo 3000
“Servicios Generales”.
275 VOLUMEN 2/14
Recomendación ASCM-32-18-3-SECULT
Es necesario que la Secretaría de Cultura establezca mecanismos de supervisión para
asegurarse de que en la elaboración de su Anteproyecto de Presupuesto de Egresos se
consideren elementos de valoración al presupuestar los servicios a contratar con recursos
del capítulo 3000 “Servicios Generales”, en cumplimiento del Manual de Programación-
Presupuestación para la Formulación del Anteproyecto de Presupuesto de Egresos del
ejercicio que corresponda.
Gasto Modificado
4. Resultado
De conformidad con la norma séptima de las Normas y Metodología para la Determinación
de los Momentos Contables de los Egresos del Distrito Federal implementadas por el
CONSAC-DF y vigentes en 2018, el momento contable del gasto modificado refleja la
asignación presupuestaria que resulta de incorporar el registro de las adecuaciones
presupuestarias autorizadas por la SEFIN y que afectan las asignaciones previstas en el
presupuesto aprobado.
Con objeto de comprobar que el origen y destino de los recursos materia de las afectaciones del
presupuesto se hayan justificado y autorizado, y que se hayan orientado al cumplimiento
de metas y objetivos, de acuerdo con la normatividad aplicable, se analizaron 52 afectaciones
presupuestarias y su documentación soporte, a fin de verificar que las modificaciones
al presupuesto original asignado al rubro en revisión se hayan sujetado a los montos
aprobados y contado con las justificaciones y autorizaciones correspondientes, en las que
se identifiquen las causas que las originaron. Asimismo, que dichas afectaciones presupuestarias
hayan sido consecuencia de un proceso de programación, presupuestación y/o calendarización
eficiente, y hayan contribuido al cumplimiento de las metas y objetivos del sujeto fiscalizado.
Al respecto, se observó lo siguiente:
1. En la Cuenta Pública de la Ciudad de México de 2018, la SECULT reportó en el capítulo
3000 “Servicios Generales” un presupuesto original de 264,947.7 miles de pesos, el
cual se incrementó en 18,564.7 miles de pesos (7.0%), para quedar en 283,512.4 miles
276 VOLUMEN 2/14
de pesos, de los cuales únicamente ejerció 271,871.9 miles de pesos, ya que presentó
economías por 11,640.5 miles de pesos. Los datos se muestran a continuación:
(Miles de pesos)
Concepto Cantidad
de movimientos
Importe
Parcial Total
Presupuesto original 264,947.7
Más:
Adiciones compensadas 15 11,741.7
Adiciones líquidas 8 22,920.6
Ampliaciones compensadas 253 204,420.5
Ampliaciones líquidas 2 89.8 239,172.6
Menos:
Reducciones compensadas 269 (212,925.0)
Reducciones líquidas 33 (7,682.9) (220,607.9)
Modificación neta 18,564.7
Presupuesto modificado 283,512.4
Economías (11,640.5)
Presupuesto ejercido 271,871.9
Los movimientos se soportaron con 52 afectaciones presupuestarias autorizadas por la
SEFIN, por conducto de la Dirección General de Egresos “A”, en el caso de las
afectaciones compensadas; y por medio de la Dirección General de Política Presupuestal,
cuando se trató de afectaciones líquidas, ambas áreas de la Subsecretaría de Egresos
de la SEFIN, en cumplimiento de los artículos 68, fracción V; y 70, fracción VI, del
Reglamento Interior de la Administración Pública del Distrito Federal; y de los
numerales 77 y 79 del apartado A, “Adecuaciones Presupuestarias Compensadas”; y
80 y 83 del apartado B, “Adecuaciones Presupuestarias Líquidas”, de la sección tercera,
“Adecuaciones Presupuestarias”, del Manual de Reglas y Procedimientos para el Ejercicio
Presupuestario de la Administración Pública del Distrito Federal, publicado en la Gaceta
Oficial del Distrito Federal el 4 de diciembre de 2012, vigente hasta el 30 de octubre de 2018.
Además de los numerales 78 y 80 del apartado A, “De las Adecuaciones Presupuestarias
Compensadas”; y 81 y 84 del apartado B, “De las Adecuaciones Presupuestarias Líquidas”,
de la sección tercera, “Adecuaciones Presupuestarias”, del Manual de Reglas y
Procedimientos para el Ejercicio Presupuestario de la Administración Pública de la
Ciudad de México publicado en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México el 30 de octubre
de 2018, vigente a partir del día siguiente de su publicación.
277 VOLUMEN 2/14
Las afectaciones programático-presupuestarias con las que se modificó el presupuesto
asignado al capítulo 3000 “Servicios Generales” fueron elaboradas, autorizadas y
tramitadas por los servidores públicos facultados para ello, en cumplimiento del artículo
78 de la Ley de Presupuesto y Gasto Eficiente de la Ciudad de México vigente en 2018.
2. En el análisis de las afectaciones presupuestarias con las que se modificó el
presupuesto asignado al capítulo 3000 “Servicios Generales”, se observó que las
justificaciones de los movimientos consistieron en lo siguiente:
a) Las adiciones compensadas, por un monto de 11,741.7 miles de pesos, tuvieron
por objeto la contratación de servicios de difusión para la promoción de las
actividades de la dependencia; asimismo, la distribución de recursos a distintos
proyectos culturales que llevó a cabo la SECULT.
b) Las adiciones líquidas, por un monto de 22,290.6 miles de pesos, tuvieron por
objeto llevar a cabo el proyecto denominado “Eventos culturales por el inicio de la
nueva administración del Gobierno de la Ciudad de México”.
c) Las ampliaciones compensadas, por un monto de 204,420.5 miles de pesos,
tuvieron por objeto atender diversas actividades de los espectáculos y eventos
culturales en óptimas condiciones de calidad, seguridad e higiene al público que
asiste, debido a que en algunos casos no fue posible contratar servicios integrales.
d) Las ampliaciones líquidas, por un monto de 89.8 miles de pesos, tuvieron por objeto
asignar recursos a la partida 3951 “Penas, Multas, Accesorios y Actualizaciones”
con la finalidad de cubrir actualizaciones y recargos por concepto del Impuesto
sobre la Renta (ISR).
e) Las reducciones compensadas, por un monto de 212,925.0 miles de pesos, se
gestionaron para atender los compromisos por concepto de sueldos y salarios y
otras prestaciones sociales y económicas.
f) Las reducciones líquidas, por un monto de 7,682.9 miles de pesos, se tramitaron
en razón de los recursos que no fueron ejercidos por la dependencia.
278 VOLUMEN 2/14
3. Los movimientos registrados en las afectaciones no fueron consecuencia de un proceso
de programación, presupuestación y calendarización eficiente, ni contribuyeron al
óptimo cumplimento de metas y objetivos programados, pues si bien dichas
afectaciones tuvieron las justificaciones correspondientes, se tramitaron 537 movimientos
compensados, y la SECULT no acreditó que haya realizado una evaluación respecto
del cumplimiento de metas y objetivos y, en su caso, obtenido el resultado
correspondiente y considerado situaciones coyunturales, contingentes y extraordinarias
que incidieron en el desarrollo de sus funciones.
En la reunión de confronta, celebrada el 11 de diciembre de 2019, la Directora General
de Administración y Finanzas, en representación del titular de la SECULT, no presentó
información relacionada con la presente observación, por lo que ésta, no se modifica.
Por no haber realizado una evaluación respecto del cumplimiento de los objetivos y
metas y, en su caso, dispuesto del resultado correspondiente y considerado las
situaciones coyunturales, contingentes y extraordinarias que incidieron en el desarrollo
de sus funciones, la SECULT incumplió los artículos 77, fracciones I y II, de la Ley de
Presupuesto y Gasto Eficiente de la Ciudad de México; y 37, fracción IV, de su
Reglamento, ambos vigentes en 2018.
El artículo 77, fracciones I y II, de la Ley de Presupuesto y Gasto Eficiente de la Ciudad
de México vigente en 2018 establece lo siguiente:
“Artículo 77. Las adecuaciones presupuestarias, se realizarán siempre que permitan
un mejor cumplimiento de los objetivos y metas de las funciones a cargo de las
Dependencias […] mismas que tomarán en cuenta:
”I. El resultado de la evaluación que realicen respecto del cumplimiento de los objetivos
y metas que lleven a cabo mensualmente, y
”II. Las situaciones coyunturales, contingentes y extraordinarias que incidan en el
desarrollo de las funciones.”
279 VOLUMEN 2/14
El artículo 37, fracción IV, del Reglamento de la Ley de Presupuesto y Gasto Eficiente
de la Ciudad de México vigente en 2018 establece lo siguiente:
“Artículo 37. En la elaboración de sus respectivos calendarios presupuestarios,
las dependencias […] deberán estar a lo siguiente: [...]
”IV. Se procurará una presupuestación eficiente que reduzca las solicitudes de
Adecuaciones Presupuestarias.”
Por lo expuesto, se determinó que el incremento neto por 18,564.7 miles de pesos,
realizado al presupuesto asignado al capítulo 3000 “Servicios Generales” (264,947.7 miles
de pesos), para quedar en un presupuesto modificado de 283,512.4 miles de pesos, de los
cuales únicamente se ejercieron 271,871.9 miles de pesos, ya que la dependencia generó
economías por 11,640.5 miles de pesos, se sujetó a los montos aprobados; que contó con
las justificaciones correspondientes, conforme al Manual de Reglas y Procedimientos para
el Ejercicio Presupuestario de la Administración Pública del Distrito Federal y al Manual
de Reglas y Procedimientos para el Ejercicio Presupuestario de la Administración Pública de la
Ciudad de México, vigentes en 2018; y que los montos de los presupuestos autorizado,
modificado, y ejercido por la dependencia coincidieron con los reportados en la Cuenta
Pública de la Ciudad de México de 2018. Sin embargo, la SECULT tramitó adecuaciones
presupuestarias sin acreditar que realizó una evaluación respecto del cumplimiento de sus
objetivos y metas ni que tomó en cuenta las situaciones coyunturales, contingentes y
extraordinarias que incidieran en el desarrollo de sus funciones.
Recomendación ASCM-32-18-4-SECULT
Es necesario que la Secretaría de Cultura establezca mecanismos de control para asegurarse
de que, previo al trámite de afectaciones programático-presupuestarias, se evalúe el
cumplimiento de sus objetivos y metas, así como las situaciones coyunturales, contingentes
y extraordinarias que incidan el desarrollo de sus funciones para que permitan un mejor
cumplimiento de los objetivos y metas de las funciones a su cargo y una calendarización
eficiente, en cumplimiento de la Ley de Austeridad, Transparencia en Remuneraciones,
Prestaciones y Ejercicio de Recursos de la Ciudad de México y su Reglamento.
280 VOLUMEN 2/14
Gasto Comprometido
5. Resultado
De conformidad con la norma octava de las Normas y Metodología para la Determinación
de los Momentos Contables de los Egresos del Distrito Federal implementadas por el
CONSAC-DF y vigentes en 2018, el momento contable del gasto comprometido refleja
el registro de los documentos que considera la aprobación de la autoridad competente de
un acto administrativo, u otro instrumento jurídico que formaliza una relación jurídica con
terceros para la contratación de servicios.
Con objeto de comprobar que los procesos de programación y reporte de las operaciones
a las instancias correspondientes se hayan sujetado a la normatividad que los regula, se
verificó que los reportes mensuales de presupuesto comprometido se hayan presentado a
la SEFIN en los plazos establecidos y que las cifras reportadas concordaran con las
operaciones del sujeto fiscalizado; que el PAAAPS se haya presentado a la instancia
administrativa correspondiente y publicado en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México en
los plazos establecidos, que sus modificaciones se hayan capturado en el sitio web
establecido para tal efecto y que las cantidades reportadas concordaran con las operaciones
del sujeto fiscalizado; y que los informes de las operaciones realizadas al amparo de los
artículos 54 y 55 de la Ley de Adquisiciones para el Distrito Federal se hayan presentado a
la instancia administrativa correspondiente. Al respecto, se observó lo siguiente:
Programa Anual de Adquisiciones, Arrendamientos y Prestación de Servicios
1. Mediante el oficio núm. DEA/083/2018 del 24 de enero de 2018, la Dirección Ejecutiva
de Administración en la SECULT remitió el PAAAPS de 2018 de la dependencia a la
Dirección General de Política Presupuestal de la Subsecretaría de Egresos de
la SEFIN, para su validación y autorización, de acuerdo con el artículo 19, primer
párrafo, de la Ley de Adquisiciones para el Distrito Federal vigente en 2018.
Con el oficio núm. SFCDMX/SE/DGPP/0245/2018 del 7 de febrero de 2018, la SEFIN
comunicó a la Dirección Ejecutiva de Administración en la SECULT la aprobación del
PAAAPS, por un importe de 279,488.1 miles de pesos, en virtud de que se sujetó a los
281 VOLUMEN 2/14
importes autorizados mediante el Decreto de Presupuesto de Egresos de la Ciudad
de México para el Ejercicio Fiscal 2018.
2. De conformidad con el artículo 44 del Decreto de Presupuesto de Egresos de la Ciudad
de México para el Ejercicio Fiscal 2018, los montos máximos de adjudicación directa
y de adjudicación mediante invitación restringida a cuando menos tres proveedores
aplicables a la SECULT ascendieron a 290.0 miles de pesos y 4,390.0 miles de pesos,
respectivamente, para el ejercicio de 2018.
3. Con el oficio núm. DEA/124/2018 del 8 de febrero de 2018, la Dirección Ejecutiva de
Administración en la SECULT remitió a la Dirección General de Recursos Materiales y
Servicios Generales de la OM, con sello de recibido del 12 de febrero de 2018, su
PAAAPS de 2018, con copia de la validación y autorización presupuestal de la SEFIN,
sin embargo, fue presentado el 12 de febrero en lugar del 31 de enero de 2018.
En la reunión de confronta, celebrada el 11 de diciembre de 2019, la Directora General
de Administración y Finanzas, en representación del titular de la SECULT, no presentó
información relacionada con la presente observación, por lo que ésta, no se modifica.
Por no presentar a la OM el PAAAPS con copia de la validación y autorización
presupuestal de la SEFIN en el plazo establecido, la SECULT incumplió el numeral
4.2.1, párrafo segundo, de la Normatividad en materia de Administración de Recursos
para las Dependencias, Unidades Administrativas, Unidades Administrativas de Apoyo
Técnico Operativo, Órganos Desconcentrados y Entidades de la Administración Pública
del Distrito Federal (Circular Uno), publicada en la Gaceta Oficial del Distrito Federal
núm. 179, tomo I, el 18 de septiembre de 2015, vigente en 2018, que establece lo
siguiente:
“4.2.1. De la versión definitiva del PAAAPS acompañada del oficio de validación emitido
por la SF [Secretaría de Finanzas], se deberá enviar copia a la DGRMSG [Dirección
General de Recursos Materiales y Servicios Generales] a más tardar el 31 de enero del
ejercicio presupuestal reportado y atendiendo la autorización presupuestal que le
corresponde, que emita la SF [Secretaría de Finanzas].”
282 VOLUMEN 2/14
4. La SECULT publicó su PAAAPS de 2018 en la Gaceta Oficial la Ciudad de México el
30 de enero de ese año, en cumplimiento del artículo 19, párrafo segundo, de la Ley de
Adquisiciones para el Distrito Federal vigente en 2018, así como una Nota aclaratoria al
Aviso por el cual se dio a conocer el PAAAPS el 21 de marzo de 2018 en el mismo medio.
5. El PAAAPS de 2018 de la SECULT y los montos máximos de actuación, se presentaron
al Subcomité de Adquisiciones, Arrendamientos y Prestación de Servicios en la
segunda sesión ordinaria de 2018, celebrada el 28 de febrero de 2018, en cumplimiento
del numeral 4.1.10, fracciones V y IX, de la Normatividad en materia de Administración de
Recursos para las Dependencias, Unidades Administrativas, Unidades Administrativas
de Apoyo Técnico Operativo, Órganos Desconcentrados y Entidades de la Administración
Pública del Distrito Federal (Circular Uno), vigente en 2018.
6. La Dirección Ejecutiva de Administración en la dependencia capturó en el sitio web
establecido por la Dirección General de Recursos Materiales y Servicios Generales de
la OM, las modificaciones trimestrales de su PAAAPS de 2018, así como las síntesis
que identificaron los movimientos efectuados, dentro del plazo establecido, en
cumplimiento del numeral 4.2.1, párrafo quinto, de la Normatividad en materia de
Administración de Recursos para las Dependencias, Unidades Administrativas,
Unidades Administrativas de Apoyo Técnico Operativo, Órganos Desconcentrados y
Entidades de la Administración Pública del Distrito Federal (Circular Uno), vigente
en 2018.
Informes sobre las Adquisiciones, Arrendamientos y Prestación de Servicios
La Dirección Ejecutiva de Administración en la SECULT presentó a la SEFIN los informes
mensuales (de enero a diciembre de 2018) de las adquisiciones, arrendamientos y
prestación de servicios realizadas con fundamento en los artículos 54 y 55 de la Ley de
Adquisiciones para el Distrito Federal, dentro del plazo establecido, y consideró las
operaciones de la partida 3821 “Espectáculos Culturales”; sin embargo, no acreditó que
dichos informes se hayan remitido en copia a la SCGCDMX y a la OM.
283 VOLUMEN 2/14
En la reunión de confronta, celebrada el 11 de diciembre de 2019, la Directora General de
Administración y Finanzas, en representación del titular de la SECULT, proporcionó el oficio
núm. SC/DGAyF/3610/2019 del 4 del mismo mes y año, al cual anexó la Circular por medio de
la cual se Racionaliza la Generación y Entrega de Copias de Conocimiento, derivadas
de la Actuación de los Servidores Públicos de la Administración Pública del Distrito Federal,
publicada en la Gaceta Oficial del Distrito Federal del 1o. de octubre de 2015, así como
copia de los correos electrónicos enviados a una dirección electrónica con terminación
@finanzas.cdmx.gob.mx de enero, mayo y septiembre de 2018.
Del análisis a la documentación proporcionada por la SECULT, se determinó que los
correos electrónicos sólo fueron dirigidos a la entonces SEFIN y no incluían copia a la
SCGCDMX y a la OM, por lo que la presente observación no se modifica.
Por no haber remitido a la SCGCDMX y a la OM copia de los Informes sobre las
Adquisiciones, Arrendamientos y Prestación de Servicios, la SECUTL incumplió el artículo
53 de la Ley de Adquisiciones para el Distrito Federal vigente en 2018, que establece lo
siguiente:
“Artículo 53. Los titulares de las dependencias […] a más tardar dentro de los primeros diez
días naturales de cada mes, enviarán un informe a la Secretaría, una copia a la Contraloría
y otra a la Oficialía, en el que se referirán las operaciones autorizadas de conformidad con
los artículos 54 y 55 de la Ley, realizadas en el mes calendario inmediato anterior…”
Reportes Mensuales del Presupuesto Comprometido
La SECULT presentó a la Dirección General de Gasto Eficiente “A” de la SEFIN los reportes
mensuales del presupuesto comprometido de enero a diciembre de 2018 en el plazo
establecido, de conformidad con el artículo 56 de la Ley de Presupuesto y Gasto Eficiente
de la Ciudad de México vigente en 2018.
Los reportes del presupuesto comprometido consignaron los recursos fiscales, crediticios y
provenientes de transferencias federales que se encontraban comprometidos a la fecha de
su presentación por la SECULT. En los informes correspondientes a los meses de marzo a
284 VOLUMEN 2/14
diciembre de 2018, se incluyó la información relativa al contrato seleccionado como
muestra, relacionada con la partida 3821 “Espectáculos Culturales”, por un monto de
95,662.3 miles de pesos, por lo que sí reflejaron las operaciones de la dependencia.
Por lo anterior, se concluye que la SECULT elaboró y publicó en la Gaceta Oficial de la
Ciudad de México su PAAAPS de 2018, obtuvo su validación presupuestal de la SEFIN;
capturó las modificaciones de su PAAAPS en el sitio web establecido para tal efecto;
además, presentó los reportes mensuales del presupuesto comprometido y los informes
sobre las adquisiciones, arrendamientos y prestación de servicios en el plazo establecido,
y todos los reportes reflejaron las operaciones de la dependencia, en específico de la partida
3821 “Espectáculos Culturales”. Sin embargo, no remitió a la OM su PAAAPS de 2018 con
la copia de la validación y autorización presupuestal de la SEFIN en el plazo establecido; y
no remitió copia de los Informes sobre las Adquisiciones, Arrendamientos y Prestación de
Servicios a la SCGCDMX y a la OM.
Recomendación ASCM-32-18-5-SECULT
Es necesario que la Secretaría de Cultura establezca mecanismos de control y supervisión
a fin de asegurarse de que la copia del Programa Anual de Adquisiciones, Arrendamientos
y Prestación de Servicios, con su validación presupuestal, se remita a la autoridad
administrativa competente en el plazo establecido en cumplimiento a la Circular Uno 2019,
Normatividad en Materia de Administración de Recursos.
Recomendación ASCM-32-18-6-SECULT
Es necesario que la Secretaría de Cultura implemente mecanismos de control y supervisión
a fin de asegurarse de que se remita una copia de los Informes sobre las Adquisiciones,
Arrendamientos y Prestación de Servicios realizadas por excepción a la licitación pública
se presenten a las autoridades administrativas competentes en el plazo establecido, en
cumplimiento de la Ley de Adquisiciones para el Distrito Federal.
285 VOLUMEN 2/14
6. Resultado
Con objeto de comprobar que los procesos de solicitud, autorización, adjudicación y
contratación de las operaciones se hayan sujetado a la normatividad que los regula, se
verificó que las solicitudes de servicios hayan contado con suficiencia presupuestal en la
partida seleccionada como muestra; que la contratación de servicios se haya ajustado a los
procedimientos de adjudicación (directa, invitación restringida a cuando menos tres
proveedores y licitación pública nacional o internacional) y que dichos procedimientos se
hayan sujetado a lo establecido en la normatividad aplicable; que los contratos se hayan
elaborado y formalizado con prestadores de servicios en los plazos y con los requisitos
establecidos en la normatividad, que hayan entregado la totalidad de la documentación
relativa, que hayan manifestado que se encuentran al corriente en el pago de sus
obligaciones fiscales, que no se encuentren inhabilitados por las autoridades administrativas
correspondientes y que hayan presentado las garantías correspondientes en los plazos
establecidos conforme a la normatividad aplicable; que no se hubieran contraído
compromisos que impliquen obligaciones anteriores a la fecha en que se suscribieron los
instrumentos jurídicos correspondientes; que el sujeto fiscalizado no haya suscrito
convenios modificatorios de los contratos con prestadores de servicios por montos y plazos
superiores al 25.0%; que la documentación legal y administrativa de los prestadores de
servicios adjudicados se haya recabado, y se encuentre debidamente integrada y
resguardada; y que se haya contado con la autorización expresa por el titular del sujeto
fiscalizado y con la justificación fundada y motivada para realizar un procedimiento de
adjudicación directa por excepción a la licitación pública.
En 2018, la SECULT ejerció 271,871.9 miles de pesos con cargo al capítulo 3000 “Servicios
Generales”, de dicho monto se determinó revisar 95,662.3 miles de pesos (35.1% del total
del capítulo), con cargo a la partida 3821 “Espectáculos Culturales”.
En la revisión del expediente del instrumento jurídico núm. FIS-FED-AUT/DEA/DRMSG/011/2018,
por un importe de 95,662.3 miles de pesos, seleccionado como muestra y adjudicado
mediante el procedimiento de licitación pública nacional, formalizado con cargo a la partida
3821 “Espectáculos Culturales”, se constató que el sujeto fiscalizado llevó a cabo el
procedimiento de contratación como sigue:
286 VOLUMEN 2/14
1. Mediante 32 requisiciones de servicios elaboradas entre el 28 de febrero y el
25 de marzo de 2018, las diferentes unidades administrativas de la SECULT solicitaron
el servicio integral de organización de eventos culturales para el ejercicio de 2018.
Dichas requisiciones contaron con el visto bueno de la Jefatura de Unidad
Departamental de Almacenes e Inventarios y de la Dirección de Recursos Financieros,
y la autorización de la Dirección Ejecutiva de Administración en la SECULT.
2. Las 32 requisiciones contaron con sello de autorización de suficiencia presupuestal de
la Dirección de Recursos Financieros para contratar los servicios solicitados, en
cumplimiento del artículo 25 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios
del Sector Público vigente en 2018.
3. En la revisión del expediente de licitación pública nacional núm. LPN-431C000-03-2018
se observó lo siguiente:
a) La SECULT llevó a cabo el procedimiento de licitación pública nacional conforme
a la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, en
cumplimiento del artículo 4, párrafo último, de la Ley de Adquisiciones para el
Distrito Federal vigente en 2018.
b) La SECULT no realizó de manera previa el estudio de mercado para el procedimiento
de licitación pública nacional, toda vez que el estudio que obra en el expediente
data de 2016.
En la reunión de confronta, celebrada el 11 de diciembre de 2019, la Directora
General de Administración y Finanzas, en representación del titular de la SECULT,
proporcionó el oficio núm. SC/DGAyF/3610/2019 del 4 del mismo mes y año, con
el que informó lo siguiente:
“… el procedimiento del cual se hace referencia se ejecutó con recurso federal, por
lo que la normatividad aplicable es la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y
Servicios del Sector Público y su Reglamento, del cual el artículo 28, establece:
287 VOLUMEN 2/14
”Para efectos de lo dispuesto en el sexto párrafo del artículo 26 de la Ley, la
investigación de mercado que realicen las dependencias y entidades deberá
integrarse de acuerdo con las características del bien o servicio a contratar, con
información obtenida de cuando menos dos de las fuentes siguientes:
”I. La que se encuentre disponible en CompraNet;
”II. La obtenida de Organismos especializados; de cámaras, asociaciones o
agrupaciones industriales, comerciales o de servicios, o bien de fabricantes,
proveedores, distribuidores o comercializadores del ramo correspondiente y
”III. La obtenida a través de páginas de Internet, por vía telefónica o por algún otro
medio, siempre y cuando se lleve registro de los medios y de la información que
permita su verificación.
”Para la debida integración de la investigación de mercado, en todos los casos
deberá consultarse la información a que hace referencia la fracción I de este
artículo. En el supuesto de que la información no se encuentre disponible en
CompraNet, se deberá consultar la información histórica con la que cuente el Área
contratante u otras áreas contratantes de la dependencia o entidad de que se trate.”
Del análisis a la información proporcionada por la SECULT se determinó que si bien
es cierto el citado Reglamento permite la utilización de expedientes históricos para
integrar la investigación de precios de mercado, también lo es que establece que
se deben de utilizar cuando menos dos fuentes de información, y la SECULT sólo
utilizó una, por lo que la presente observación persiste.
Por no acreditar que realizó un estudio de precios de mercado previo a la
celebración del procedimiento de licitación pública nacional, con al menos dos
fuentes de información, la SECULT incumplió el artículo 26, párrafo sexto, de la Ley
de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, en relación con
el artículo 28 del Reglamento de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y
Servicios del Sector Público, ambos vigentes en 2018.
288 VOLUMEN 2/14
El artículo 26, párrafo sexto de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios
del Sector Público vigente en 2018 establece lo siguiente:
“Artículo 26. […] Previo al inicio de los procedimientos de contratación previstos en
este artículo, las dependencias […] deberán realizar una investigación de mercado
de la cual se desprendan las condiciones que imperan en el mismo, respecto del
bien, arrendamiento o servicio objeto de la contratación, a efecto de buscar las
mejores condiciones para el Estado.”
El artículo 28 del Reglamento de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y
Servicios del Sector Público vigente en 2018 dispone lo siguiente:
“Artículo 28. Para efectos de lo dispuesto en el sexto párrafo del artículo 26 de la
Ley, la investigación de mercado que realicen las dependencias y entidades deberá
integrarse, de acuerdo con las características del bien o servicio a contratar, con
información obtenida de cuando menos dos de las fuentes siguientes:
”I. La que se encuentre disponible en CompraNet;
”II. La obtenida de organismos especializados; de cámaras, asociaciones o
agrupaciones industriales, comerciales o de servicios, o bien de fabricantes,
proveedores, distribuidores o comercializadores del ramo correspondiente, y
”III. La obtenida a través de páginas de Internet, por vía telefónica o por algún otro
medio, siempre y cuando se lleve registro de los medios y de la información que
permita su verificación.
”Para la debida integración de la investigación de mercado, en todos los casos
deberá consultarse la información a que hace referencia la fracción I de este
artículo. En el supuesto de que la información no se encuentre disponible en
CompraNet, se deberá consultar la información histórica con la que cuente el Área
contratante u otras áreas contratantes de la dependencia o entidad de que se trate.”
289 VOLUMEN 2/14
c) El 7 de marzo de 2018, la SECULT publicó la convocatoria de la licitación pública
nacional núm. LPN-431C000-03-2018 en el portal de CompraNet de la Secretaría
de la Función Pública, y con el oficio núm. DEA/0220/2018 de la misma fecha, la
Dirección Ejecutiva de Administración en la dependencia remitió a la Dirección
General Adjunto del Diario Oficial de la Federación la solicitud de publicación de la
citada convocatoria; y el 13 de marzo de 2018, se publicó en el Diario Oficial de
la Federación la convocatoria número LA-909012954-E1-2018 relativa al servicio
integral de organización de eventos culturales para el ejercicio de 2018, en
cumplimiento del artículo 30 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y
Prestación de Servicios del Sector Público vigente en 2018.
d) En la convocatoria a la licitación pública se establecieron las bases en las que se
desarrolló el procedimiento para la contratación del servicio integral de organización
de eventos culturales de la SECULT para el ejercicio de 2018, relativos a la
licitación pública nacional núm. LPN-431C000-03-2018, en la cual se describieron
las etapas del procedimiento y los requisitos para participar. Dichas bases cumplieron
con los requisitos establecidos en el artículo 29 de la Ley de Adquisiciones,
Arrendamientos y Prestación de Servicios del Sector Público vigente en 2018.
e) La junta y acta de aclaraciones de bases se celebró en la fecha establecida en las
bases del concurso (15 de marzo de 2018, en la Dirección de Recursos Materiales
y Servicios Generales de la SECULT); y el 22 de marzo de 2018, se llevó acabo el
acto de presentación y apertura de proposiciones, en el cual los interesados
entregaron a la convocante las proposiciones técnica y económica, en cumplimiento
de los artículos 33 Bis, 34 y 35 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y
Servicios del Sector Público vigente en 2018.
f) El 27 de marzo de 2018, la SECULT emitió el fallo de la licitación pública nacional
núm. LPN-431C000-03-2018, en el que participó el representante del Órgano
Interno de Control en la dependencia, con el cual se adjudicó a la persona jurídica
Viajes Premier, S.A., el servicio integral de organización de eventos culturales de
la SECULT para el ejercicio fiscal de 2018, toda vez que cumplió cuantitativamente
y cualitativamente todos los requisitos de la documentación legal y administrativa,
290 VOLUMEN 2/14
propuestas técnica y económica requeridas en la convocatoria y bases del
concurso; así como por haber ofertado las mejores condiciones en cuanto precio,
de conformidad con los artículos 36 Bis y 37 de la Ley de Adquisiciones,
Arrendamientos y Servicios del Sector Público vigente en 2018.
El 27 de marzo de 2018, la SECULT suscribió el contrato abierto núm.
FIS-FED-AUT/DEA/DRMSG/011/2018 con el prestador de servicios Viajes
Premier, S.A., por un monto mínimo y máximo de 49,959.2 miles de pesos y
124,898.0 miles de pesos (IVA incluido), respectivamente, para la prestación del
servicio integral de organización de eventos culturales de la SECULT para
el ejercicio de 2018, con vigencia del 27 de marzo al 31 de diciembre de 2018.
Dicho contrato fue suscrito por el Director Ejecutivo de Administración en la SECULT
y por el apoderado legal de Viajes Premier, S.A., así como por las áreas: Dirección
General de Recursos Materiales y Servicios General; Coordinación Interinstitucional;
Coordinación de Producción en Espacios Públicos; Vinculación Cultural
Comunitaria; Coordinación de Patrimonio Histórico, Artístico y Cultural; Dirección de
Divulgación Cultural; Dirección Académica del Centro Cultural Ollin Yoliztli; Subdirección
de Enlace Administrativo de la Orquesta Filarmónica de la Ciudad de México; Dirección de
la Red de Faros de la Ciudad de México; Dirección General de la Comisión
de Filmaciones de la Ciudad de México y la Coordinación del Sistema de Teatros de
la Ciudad de México, todas de la SECULT y responsables de administrar y verificar el
cumplimiento del presente contrato. El contrato se celebró dentro del plazo establecido
en las bases de la licitación pública nacional y en el artículo 46, párrafo primero, de la Ley
de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público vigente en 2018; además,
cumplió los requisitos establecidos en los artículos 45 y 47 del mismo cuerpo normativo.
g) El prestador de servicios presentó a la SECULT en tiempo la garantía de cumplimiento
(póliza de fianza) por un importe de 10,767.1 miles de pesos, equivalente al 10.0%
del importe del contrato (sin considerar contribuciones), la cual fue expedida en favor de
la SEFIN por una afianzadora autorizada para garantizar el cumplimiento del
instrumento jurídico celebrado, de acuerdo con el artículo 48, fracción II, de la Ley
de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público vigente en 2018.
291 VOLUMEN 2/14
h) El prestador del servicio adjudicado presentó póliza de seguro de responsabilidad
civil, por la cantidad de 5,000.0 miles de pesos, contra daños a terceros, en su
persona y/o en sus bienes, en cumplimiento del numeral 3.5 “Garantías” de las
bases de la convocatoria de la licitación pública nacional núm. LPN-431C000-03-2018.
i) El prestador de servicios adjudicado contó con los acuses de recibo de las opiniones
ante la autoridad competente, respecto del cumplimiento de sus obligaciones fiscales,
según el artículo 51, último párrafo, de la Ley de Presupuesto y Gasto Eficiente de
la Ciudad de México vigente en 2018.
j) De acuerdo con el escrito “Bajo protesta de decir verdad” y de la consulta realizada
al portal de internet de la Secretaría de la Función Pública en la liga:
https://directoriosancionados.funcionpublica.gob.mx/SanFicTec/jsp/Ficha_Tecnica
/SancionadosN.htm el 11 de noviembre de 2019, se constató que el prestador de
servicios adjudicado no se encontró inhabilitado para celebrar contratos en materia
de prestación de servicios, de conformidad con el artículo 50, fracción IV, de la Ley de
Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público vigente en 2018.
Con base a lo anterior, se concluye que la SECULT cumplió con el proceso de contratación
del servicio integral de organización de eventos culturales para el ejercicio de 2018, que
contó con la documentación justificativa legal y administrativa que soporta el compromiso,
y que el instrumento jurídico que ampara los servicios en comento fue suscrito por los
servidores públicos facultados para tal efecto; sin embargo, no realizó el estudio de precios
de mercado de manera previa a la celebración del procedimiento de licitación pública
nacional, con al menos dos fuentes de información.
Recomendación ASCM-32-18-7-SECULT
Es necesario que la Secretaría de Cultura establezca mecanismos de control y supervisión
a fin de asegurarse de que, previo al inicio de los procedimientos de contratación de
servicios, se realice una investigación de mercado con al menos dos fuentes de información
de conformidad con la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público
y su Reglamento.
292 VOLUMEN 2/14
Gasto Devengado
7. Resultado
De conformidad con la norma novena de las Normas y Metodología para la Determinación
de los Momentos Contables de los Egresos del Distrito Federal implementadas por el
CONSAC-DF y vigentes en 2018, el momento contable del gasto devengado refleja
el registro de la solicitud de la CLC o documento equivalente, debidamente aprobado por la
autoridad competente de las Unidades Responsables del Gasto, mediante el cual
reconocen una obligación de pago a favor de terceros por la recepción de conformidad de
servicios contratados; así como de las obligaciones que derivan de leyes, decretos,
resoluciones y sentencias definitivas.
Con objeto de comprobar que los pagos realizados con cargo al presupuesto del sujeto
fiscalizado se encuentren debidamente soportados con la documentación e información que
compruebe la recepción de los servicios, conforme a la normatividad aplicable y en
cumplimiento del instrumento jurídico formalizado, se verificó que el servicio se haya
recibido oportunamente a entera satisfacción de la SECULT y que correspondan al objeto
y a las condiciones establecidas en el contrato celebrado con cargo a la partida 3821
“Espectáculos Culturales.
En 2018, la SECULT realizó un total de 578 eventos culturales al amparo del instrumento
jurídico núm. FIS-FED-AUT/DEA/DRMSG/011/2018, de los cuales se seleccionaron como
muestra 9 de ellos, por un importe de 36,209.8 miles de pesos (19.6% del total ejercido en
la partida 3821 “Espectáculos Públicos”), que se enlistan a continuación:
(Miles de pesos)
Evento Descripción del servicio prestado Período Importe
XVII Feria internacional del libro en el Zócalo de la Ciudad de México
Reservación de hospedaje para invitados, preproducción de la programación artística, dictaminadores de proyectos para propuestas realizadas por expositores, museografía y curaduría de la exposición “Mitología, Vida Material y Medio Ambiente entre los Humanos de Baja California, Ideas y Materia”, vitrinas, sistema de anclaje para cetario, sistema de ampliación fotográfica, mamparas, montaje de colección dentro de vitrinas, sistema de iluminación, cancha de juego de pelota, realización de proyectos electrónicos, preproducción y producción de impresos para difusión, entre otros.
Del 1/VIII/18 al 14/VIII/18 1,764.5
Continúa…
293 VOLUMEN 2/14
… Continuación
Evento Descripción del servicio prestado Período Importe
Servicio de hospedaje para prensa, servicios para proyecto electrónico, servicio de realización de proyecto arquitectónico y diseño, servicio de preproducción para operación foro para “Leer en Libertad” y preproducción y producción de impresos para difusión del evento, entre otros.
Del 1/IX/18 al 15/IX/18 1,463.6
Servicio de carpas de domo articulado, carpas convencionales, carpas tipo Jamaica, bidones, aperturas de carpas, procesador de video, pantallas, control remoto, distribuidor de video laptop, lote de cableado y operadores, entre otros.
Del 2/X/18 al 3/X/18 6,328.0
Renta de unidades sanitarias tipo estándar y móviles, caseta y cabina sanitarias, entre otros.
Del 12/X/18 al 24/X/18 430.0
3ra Feria del migrante Preproducción y apoyo logístico, lona, sillas, amplificador instrumentos musicales, entre otros.
Del 17/VIII/18 al 19/VIII/18 27.8
Feria del libro Enseñanza artística de talleres de artes, oficios e infantiles, enseñanza de reciclado, talleres ludotecas comunitarias, coordinación del 7° Festival Internacional de Poesía de la Ciudad de México, presentación de varios elencos, recital poético musical, presentación y concierto del método de educación musical, talleres, fábrica de libros, espectáculo escénico, espectáculo noche de leyendas y recorridos por el Centro Histórico, concierto Rafael Mendoza y concierto con Jaime Ades, entre otros.
Del 13/X/18 al 21/X/18 603.2
Día de muertos magna ofrenda y desfile 2018
Primera etapa de la conceptualización de desfile, temática propuesta de diseño logístico y operacional, entre otros.
Del 15/V/18 al 15/VI/18 2,060.0
Primera producción de vestuario, empujable segmento 1 “Gran Tenochtitlán”, producción segmento 2 “Los que llegaron para Quedarse”, y construcción de carro alegórico.
Del 2/VI/18 al 30/VI/18 2,389.6
Día de muertos magna ofrenda y desfile 2018, producción 2
Producción y construcción de carro alegórico, segmento 1. “Leyenda volcanes”, producción y construcción de carro alegórico segmento. 3. “Ciudad diversa” y producción y construcción de arcos del desfile, entre otros.
Del 1/VIII/18 al 31/VIII/18 2,249.2
Producción técnica, montaje y operación, composición musical y elaboración de pistas, elaboración, gestión y tramitación del plan de protección civil, carpas y estructuras de servicios médicos y protección civil, entre otros.
Del 10/IX/18 al 4/XI/18 502.3
Ensayos fotográficos, impresiones, instalación, armado y desarmado de carpas, plantas eléctricas, sillas, mesas, servicios médicos, indumentaria escénica, servicio de fletes, alimentación, baños móviles, elementos de seguridad, video memoria y registro fotográfico, entre otros.
Del 1/X/18 al 27/X/18 2,996.5
Conferencia de prensa, gafetes, tarjetones de desfile, postales, lonas, impresos, letreros, playeras y coordinación de logística.
Del 8/X/18 al 4/XI/18 816.1
Producción ejecutiva, diseño artístico, coordinación logística y programación para diferentes presentaciones artísticas, entre otros.
Del 27/X/18 al 4/XI/18 2,234.3
Celebración del día de muertos
Elementos del desfile “Sirena mercante”, elementos de utilería del desfile, composición, derechos de música, y reproducción de piezas musicales para los segmentos del desfile, diseño e implementación de elementos para la sonorización, audiciones y selección de voluntarios, producción y operación, entre otros.
Del 1/IX/18 al 30/IX/18 2,249.8
Ofrenda de muertos Presentación y montaje de la Compañía Teatro en Espiral, montaje de la exposición temporal ofrenda de muertos, presentación y montaje de la obra “Memorias de una catrina”, entre otros.
Del 20/X/18 al 28/X/18 30.0
Día de muertos Presentación y montaje de la Compañía Teatro en Espiral, montaje de la exposición temporal ofrenda de Muertos, presentación y montaje de la obra “Las Leyendas del abuelo”, entre otros.
Del 1/XI/18 al 16/XI/18 65.0
Eventos culturales por el inicio de la nueva administración del Gobierno de la Ciudad de México
Servicio de cuidado de plantas, árboles monumentales, diseño y supervisión de árboles cósmicos, exhibidores museográficos, diseño del operativo, conceptualización y curaduría de concierto “Voces de mujeres” (producción ejecutiva), elaboración del esquema general de requerimientos, preproducción logística, realización del plan de protección civil, entre otros.
Del 17/XI/18 al 4/XII/18 5,713.5
Valla de popotillo metálica, tablones, sillas, equipo de trazo y diseño de jardín, elementos de seguridad, nochebuenas, parrilla, bocinas, rack, procesador, motores, set de cableado, torre para anclaje, micrófonos, cajas directas, entre otros.
Del 6/XII/18 al 18/XII/18 4,286.4
Total 36,209.8
294 VOLUMEN 2/14
En la revisión de cada uno de los eventos seleccionados como muestra, se determinó lo siguiente:
1. La SECULT generó y presentó evidencia fotográfica, videográfica y de audio de los
eventos antes mencionados, como seguimiento al cumplimiento del contrato, con los
que se comprobó que se llevaron a cabo de acuerdo con las especificaciones señaladas
en el anexo 3 del contrato abierto núm. FIS-FED-AUT/DEA/DRMSG/011/2018 y, por
tanto, los servicios se encontraron devengados, en cumplimiento del artículo 69, fracción I,
de la Ley de Presupuesto y Gasto Eficiente de la Ciudad de México vigente en 2018.
2. El prestador de servicios presentó 19 comprobantes fiscales para el pago del servicio, los
cuales tienen la leyenda “Recibí de conformidad, en cantidad y en calidad a satisfacción
los bienes y servicios descritos en esta factura” y con la firma de cada uno de los responsables
de las áreas requirentes de la SECULT, de conformidad con la cláusula Tercera, “Forma
de pago”, párrafo tercero, del contrato abierto núm. FIS-FED-AUT/DEA/DRMSG/011/2018.
3. La SECULT no acreditó haber llevado a cabo la supervisión de la prestación del servicio
integral de organización de eventos culturales del ejercicio de 2018 de acuerdo con la cláusula
Quinta, “Supervisión”, del contrato abierto núm. FIS-FED-AUT/DEA/DRMSG/011/2018.
En la reunión de confronta, celebrada el 11 de diciembre de 2019, la Directora General
de Administración y Finanzas, en representación del titular de la SECULT, proporcionó
el oficio núm. SC/DGAyF/3610/2019 del 4 del mismo mes y año, con el cual informó
que “realizó una búsqueda exhaustiva en el Archivo de Trámite de [esa] Dirección
General, a fin de localizar las documentales públicas que acreditaran la supervisión de
los eventos […] y únicamente se localizaron dos solicitudes de pago correspondientes
al evento XVIII Feria Internacional del Libro en el Zócalo de la Ciudad de México”.
Lo anterior confirma que la SECULT no supervisó la prestación del servicio integral de
organización de eventos culturales, por lo que la presente observación no se modifica.
Por no acreditar la supervisión de los servicios adquiridos mediante el contrato
núm. FIS-FED-AUT/DEA/DRMSG/011/2018, la SECULT incumplió la cláusula Quinta,
“Supervisión”, que señala:
295 VOLUMEN 2/14
“Quinta. ‘Supervisión’. El servicio que proporcione ‘El Prestador del Servicio’ será
supervisado por ‘La Secretaría’ a través de las áreas técnicas y requirentes […] con el
objeto de verificar el control, calidad y avances del mismo; quienes además serán las
responsables de administrar y verificar el cumplimiento del presente contrato
conjuntamente con la DRMSG.”
4. Para llevar a cabo cada evento, la SECULT elaboró las fichas técnicas, en las cuales
se plasma el período y lugar sede para el mismo, así como los requerimientos (número,
cantidad, fecha de abastecimiento, especificaciones, costo por unidad, subtotal e
importe total), con la finalidad de que sean consideradas por el prestador de servicios,
y que éste presente a la dependencia por lo menos dos cotizaciones diferentes, para
seleccionar la más conveniente. Sin embargo, la SECULT no acreditó que el prestador
de servicios hubiese presentado dichas cotizaciones por los eventos revisados.
En la reunión de confronta, celebrada el 11 de diciembre de 2019, la Directora General
de Administración y Finanzas, en representación del titular de la SECULT, no presentó
información relacionada con la presente observación, por lo que ésta, no se modifica.
Por no acreditar que el prestador de servicios hubiese expuesto al menos dos
cotizaciones previo a llevar a cabo los nueve eventos culturales revisados, la SECULT
no vigiló el cumplimiento del Anexo 3, “Condiciones y Especificaciones Técnicas del
Servicio”; numeral 2, “Organización de eventos”, segundo párrafo, del contrato abierto
núm. FIS-FED-AUT/DEA/DRMSG/011/2018, que señala lo siguiente:
“2. Organización de Eventos […]
”Para la organización de cualquier evento requerido por la convocante, el prestador de
servicios adjudicado se compromete a presentar a la Dirección de Recursos Materiales
y Servicios Generales por lo menos dos diferentes cotizaciones, realizadas a partir de
la ficha técnica que elabore el área solicitante, de las cuales se elegirá la que presente
las mejores condiciones de contratación para la dependencia, en función de la relación
de costo-beneficio.”
296 VOLUMEN 2/14
Por lo expuesto, se determinó que si bien los servicios contratados por la SECULT al
amparo del contrato abierto núm. FIS-FED-AUT/DEA/DRMSG/011/2018 correspondientes
a la muestra sujeta a revisión, se recibieron a entera satisfacción de la dependencia y se
encuentran devengados; la SECULT no acreditó haber realizado la supervisión de la
prestación del servicio integral de organización de eventos culturales ni que el prestador de
servicios le hubiese presentado al menos dos cotizaciones previas a los eventos revisados.
Recomendación ASCM-32-18-8-SECULT
Es necesario que la Secretaría de Cultura establezca mecanismos de control y supervisión
para asegurarse de que se supervise la prestación de los servicios contratados, de
conformidad con los instrumentos jurídicos que se suscriban.
Recomendación ASCM-32-18-9-SECULT
Es necesario que la Secretaría de Cultura establezca mecanismos de control y supervisión
para garantizar que los prestadores de servicios contratados presenten cotizaciones previo
a los eventos culturales solicitados, de conformidad con los instrumentos jurídicos que se
suscriban.
Gasto Ejercido
8. Resultado
De conformidad con la norma décima de las Normas y Metodología para la Determinación
de los Momentos Contables de los Egresos del Distrito Federal implementadas por el
CONSAC-DF y vigentes en 2018, el momento contable del gasto ejercido refleja el registro
de una CLC o documento equivalente debidamente aprobado por la autoridad competente.
Con objeto de comprobar que se haya expedido y resguardado la documentación soporte
justificativa y comprobatoria de las operaciones y que ésta reúna los requisitos establecidos
en la normatividad aplicable, se verificó que no se hayan efectuado pagos de adeudos de
ejercicios anteriores o de pasivos sin que éstos se hubieran registrado y reportado a la
SEFIN en el ejercicio en que se devengaron; que se hayan aplicado las penas convencionales
297 VOLUMEN 2/14
y/o sanciones a los prestadores de servicios por incumplimiento de los contratos; que los
prestadores de servicios hayan entregado comprobantes de pago a nombre del Gobierno
de la Ciudad de México, con los requisitos fiscales que establece el Código Fiscal de la
Federación vigente en 2018; que se haya resguardado y conservado la documentación
original justificativa y comprobatoria de los pagos realizados; que los recursos no devengados
al 31 de diciembre del ejercicio fiscalizado hayan sido enterados a la SEFIN en los plazos
establecidos; que las CLC indiquen el importe, fuente de financiamiento, temporalidad,
número de oficio mediante el cual se autorizó por el titular y hayan cumplido los requisitos
establecidos en la normatividad aplicable. Al respecto se determinó lo siguiente:
1. Las 578 CLC emitidas entre el 5 de julio y el 31 de diciembre de 2018, por un monto de
95,662.3 miles de pesos (IVA incluido), con cargo a la partida 3821 “Espectáculos
Culturales”, fueron tramitadas para pagar al prestador de servicios Viajes Premier, S.A.,
el servicio integral de organización de eventos culturales de la SECULT para el ejercicio
de 2018, que amparan el contrato núm. FIS-FED-AUT/DEA/DRMSG/011/2018, seleccionado
como muestra, y se encuentran soportadas con los 578 comprobantes fiscales
expedidos a nombre del Gobierno de la Ciudad de México, junto con los documentos que
acreditaron la prestación de los servicios. Las CLC fueron elaboradas y autorizadas por
los servidores públicos facultados para ello, y tienen los comprobantes fiscales
correspondientes a resguardo de la SECULT.
2. Los comprobantes fiscales revisados reunieron los requisitos fiscales y administrativos
establecidos en los artículos 29 y 29-A del Código Fiscal de la Federación vigente en 2018; y
se confirmó su autenticidad mediante la consulta realizada en la página del Sistema de
Administración Tributaria (SAT) de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público.
3. Las cifras reportadas por la SECULT coinciden con lo reflejado en la Cuenta Pública de
la Ciudad de México de 2018, en cumplimiento del artículo 44 de la Ley de Presupuesto
y Gasto Eficiente de la Ciudad de México, y con el Manual de Reglas y Procedimientos
para el Ejercicio Presupuestario de la Administración Pública de la Ciudad de México,
ambos vigentes en 2018.
298 VOLUMEN 2/14
4. Mediante el oficio núm. SC/DGAF/0054/2019 del 10 de enero de 2019, la SECULT
remitió a la Subsecretaría de Egresos, el pasivo circulante el cual incluyó las
operaciones de la partida 3821 “Espectáculos Culturales”, seleccionada como muestra.
El pasivo correspondió a los compromisos no cubiertos por la SECULT durante el
ejercicio de 2018, y se reportó dentro del plazo establecido en el oficio circular de cierre
núm. SFCDMX/SE/4461/2018 del 19 de octubre de 2018, firmado por la Subsecretaría
de Egresos de la SEFIN, en cumplimiento de los artículos 60 y 70 de la Ley de
Presupuesto y Gasto Eficiente de la Ciudad de México vigente en 2018.
5. En 2018, la SECULT generó economías por 11,640.5 miles de pesos con cargo
al capítulo 3000 “Servicios Generales”; sin embargo, no acreditó haber puesto a
disposición de la SEFIN dichos recursos.
En la reunión de confronta, celebrada el 11 de diciembre de 2019, la Directora General
de Administración y Finanzas, en representación del titular de la SECULT, no presentó
información relacionada con la presente observación, por lo que ésta no se modifica.
Por no haber puesto a disposición de la SEFIN 11,640.5 miles de pesos, relativos a
economías generadas en el capítulo 3000 “Servicios Generales” en 2018, la SECULT
incumplió el artículo 71, párrafo cuarto, de la Ley de Presupuesto y Gasto Eficiente de
la Ciudad de México vigente en 2018, que establece lo siguiente:
“Artículo 71. […] Las unidades responsables del gasto que por cualquier motivo al
término del ejercicio fiscal que corresponda conserve fondos presupuestales o recursos
que no hayan sido devengados y, en su caso, los rendimientos obtenidos, los enterarán
a la Secretaría dentro de los 15 días naturales siguientes al cierre del ejercicio…”
Por lo anterior, se determinó que la SECULT dispuso de la documentación comprobatoria
original de los pagos efectuados por los servicios contratados, la cual cumplió los requisitos
fiscales y administrativos establecidos en la normatividad aplicable, y reportó cifras que
coinciden con lo reflejado con la Cuenta Pública de la Ciudad de México de 2018; sin embargo,
no puso a disposición de la SEFIN el monto de 11,640.5 miles de pesos, correspondientes
a las economías generadas en el capítulo 3000 “Servicios Generales” en 2018.
299 VOLUMEN 2/14
Recomendación ASCM-32-18-10-SECULT
Es necesario que la Secretaría de Cultura implemente mecanismos de control y supervisión
para asegurarse de que, al término del ejercicio fiscal que corresponda, los fondos
presupuestales o recursos que no hayan sido comprometidos ni devengados y, en su caso,
los rendimientos obtenidos se enteren a la Secretaría de Administración y Finanzas dentro
del plazo establecido, en cumplimiento de la Ley de Austeridad, Transparencia en
Remuneraciones, Prestaciones y Ejercicio de Recursos de la Ciudad de México.
Gasto Pagado
9. Resultado
De conformidad con la norma undécima de las Normas y Metodología para la Determinación de
los Momentos Contables de los Egresos del Distrito Federal implementadas por el CONSAC-DF
y vigentes en 2018, el momento contable del gasto pagado refleja el registro de la cancelación
total o parcial de las obligaciones de pago documentadas mediante CLC o documento
equivalente, que se concreta mediante el desembolso de efectivo o cualquier otro medio de pago.
Con objeto de comprobar que las obligaciones a cargo del sujeto fiscalizado se hayan
extinguido mediante el pago, y que éste se haya acreditado y realizado en cumplimiento de
la normatividad aplicable y de los instrumentos jurídicos que dieron origen a la obligación,
se verificó la efectiva extinción de las obligaciones de pago a cargo del sujeto fiscalizado; y
que dichos pagos se hayan realizado por los medios establecidos en la normatividad
aplicable. Al respecto, se determinó lo siguiente:
1. Con el oficio núm. ACF-A/19/1015 del 30 de octubre de 2019, se solicitó a Viajes
Premier, S.A., información de las operaciones realizadas con la SECULT por el período
del 1o. de enero al 31 de diciembre de 2018.
En respuesta, mediante escritos del 8 y 11 de noviembre de 2019, dicho prestador de
servicios remitió contrato, su documentación legal y administrativa, comprobantes fiscales y
los estados de cuenta bancarios que acreditaron la recepción total de los recursos, los cuales
coincidieron con los montos registrados en las CLC seleccionadas para su revisión.
300 VOLUMEN 2/14
2. De acuerdo con los “Reportes de Pago de 2018” emitidos por el SAP-GRP, las
obligaciones derivadas de la contratación del servicio integral de organización de
eventos culturales de la SECULT para el ejercicio de 2018 fueron cubiertas mediante
transferencias electrónicas, por un importe de 95,662.3 miles de pesos, de la partida
3821 “Espectáculos Culturales”.
3. En las operaciones revisadas como muestra de auditoría, se comprobó que el prestador
de servicios cumplió sus obligaciones contractuales, por lo que no fue necesario
aplicarle sanciones o penas convencionales.
Con base en lo anterior, se concluye que el prestador del servicio integral de organización
de eventos culturales de la SECULT para el ejercicio de 2018, recibió el pago por las
cantidades pactadas en el instrumento jurídico correspondiente.
RESUMEN DE OBSERVACIONES Y ACCIONES
Se determinaron 9 resultados; de éstos, 7 resultados generaron 11 observaciones, las
cuales corresponden a 10 recomendaciones.
Del total de observaciones identificadas y mencionadas en el párrafo anterior, de una
observación no se emite recomendación debido a que la deficiencia de control interno
detectada ya fue subsanada.
La información contenida en el presente apartado refleja las acciones derivadas de la
auditoría que hasta el momento se han detectado por la práctica de pruebas y
procedimientos de auditoría; sin embargo, podrían sumarse observaciones y acciones
adicionales a las señaladas, producto de los procesos institucionales, de la recepción de
denuncias y del ejercicio de las funciones de investigación y sustanciación a cargo de esta
entidad de fiscalización superior.
301 VOLUMEN 2/14
JUSTIFICACIONES Y ACLARACIONES
La documentación e información presentadas por el sujeto fiscalizado mediante el oficio
núm. SC/DGAyF/3610/2019 del 4 de diciembre de 2019, aclaró y justificó parcialmente las
observaciones incorporadas por la Auditoría Superior de la Ciudad de México en el Informe
de Resultados de Auditoría para Confronta, por lo que se modificaron los resultados como
se plasman en el presente Informe Individual, que forma parte del Informe General Ejecutivo
del Resultado de la Fiscalización Superior de la Cuenta Pública de la Ciudad de México.
DICTAMEN
La auditoría se realizó con base en las guías de auditoría, manuales, reglas y lineamientos
de la Auditoría Superior de la Ciudad de México; las Normas Profesionales del Sistema de
Fiscalización; las Normas Internacionales de las Entidades Fiscalizadoras Superiores,
emitidas por la Organización Internacional de Entidades Fiscalizadoras Superiores; y
demás disposiciones de orden e interés públicos aplicables a la práctica de la auditoría.
Este dictamen se emite el 17 de enero de 2020, una vez concluidos los trabajos de la
auditoría, la cual se practicó sobre la información proporcionada por el sujeto fiscalizado,
que es responsable de su veracidad. Con base en los resultados obtenidos en la auditoría,
cuyo objetivo fue verificar que el presupuesto aplicado por la Secretaría de Cultura con
cargo al capítulo 3000 “Servicios Generales” se haya registrado, aprobado, modificado,
comprometido, devengado, ejercido y pagado de acuerdo con la normatividad y
ordenamientos aplicables, y específicamente respecto de la muestra revisada que se
establece en el apartado relativo al alcance y determinación de la muestra, se concluye
que, en términos generales, el sujeto fiscalizado cumplió parcialmente las disposiciones
legales y normativas aplicables en la materia.
302 VOLUMEN 2/14
PERSONAS SERVIDORAS PÚBLICAS A CARGO DE REALIZAR LA AUDITORÍA
En cumplimiento del artículo 36, párrafo decimotercero, de la Ley de Fiscalización Superior
de la Ciudad de México, se enlistan los nombres y cargos de las personas servidoras
públicas de la Auditoría Superior de la Ciudad de México involucradas en la realización de
la auditoría:
Persona servidora pública Cargo
L.C. María Guadalupe Xolalpa García Directora General
L.C. y L.D. Christian Tinajero Santana Director de Auditoría “C”
C.P. Patricia Carmela Rodríguez Pérez Subdirectora de Área
L.A. Maricela Garibay Carrillo Auditora Fiscalizadora “A”
C.P. Laura González Martínez Auditora Fiscalizadora “C”
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