Implicaciones en la eficiencia y la competencia económica de la Reforma Energética
Marco Legal de las Empresas Subsidiarias y Filiales de PEMEX y CFE
Seminario Subsidiarias y Filiales de PEMEX y CFE: Obligaciones de Transparencia y Rendición de Cuentas
6 de diciembre de 2016
Benjamín Contreras AstiazaránComisionado en la Comisión Federal de Competencia Económica
CofeceÓrgano autónomo, independiente en sus decisiones yfuncionamiento, profesional en su desempeño, imparcial en susactuaciones.
Garantizar la libre concurrencia y competencia económica.
Prevenir, investigar y combatir monopolios, prácticas monopólicas, concentraciones y demás restricciones al funcionamiento eficiente de los mercados.
Ob
jeto
En
té
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os
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la L
ey
La LFCE otorga a la Cofece atribuciones en tres grandes vertientes
Cofece
Atribuciones de la Cofece
Castigo a prácticas monopólicas y otro tipo de
conductas ilícitas
Medidas para eliminar barreras a la competencia,
regular insumos esenciales y ordenar desincorporación
Promoción de la cultura de la competencia (abogacía y
prevención de riesgos)
Cofece.- Estructura orgánica
Pleno
Secretaría Técnica
Estudios Económicos
Asuntos Jurídicos
Concentraciones Contencioso
Inteligencia de
Mercados
Autoridad investigadora
Oficina de Coordinación
Contraloría Interna
Siete comisionados incluyendo al
Presidente
Independiente en decisiones y funcionamiento
Inv. de Mercado Inv. PMA
Mercados Regulados
Comisionado Presidente
Unidad de Planeación,
Vinculación y Asuntos
Internacionales
Promoción a la
competencia
Planeación y Evaluación
Administración
Concentraciones
Fusión, adquisición del control o cualquier acto por el cualse unan sociedades, asociaciones, acciones, partes sociales,fideicomisos o activos en general, que se realice entrecompetidores, proveedores, clientes o cualesquiera otrosagentes económicos.
No se autorizarán o en su caso investigará y sancionaráaquellas concentraciones cuyo objeto o efecto seadisminuir, dañar o impedir la competencia y la libreconcurrencia respecto de bienes o servicios iguales,similares o sustancialmente relacionados
Conductas anticompetitivas
Están prohibidos los monopolios, las prácticas monopólicas, las concentraciones ilícitas y las
barreras que, en términos de la LFCE, disminuyan, dañen, impidan o condicionen de cualquier forma la libre concurrencia o la competencia económica en la producción, procesamiento, distribución o
comercialización de bienes o servicios
Conductas anticompetitivas
Prácticas monopólicas absolutas
Contratos, convenios, arreglos o combinaciones entre Agentes Económicos competidores
entre sí, cuyo objeto o efecto sea cualquiera de las siguientes:
Fijar, elevar, concertar o
manipular el precio de venta o compra de bienes o servicios al que son ofrecidos o demandados en
los mercados
Establecer la obligación de no
producir, procesar, distribuir,
comercializar o adquirir sino
solamente una cantidad restringida o limitada de bienes o la
prestación o transacción de un
número, volumen o frecuencia restringidos o limitados de servicios
Dividir, distribuir, asignar o imponer
porciones o segmentos de un mercado actual o
potencial de bienes y servicios, mediante
clientela, proveedores,
tiempos o espacios determinados o determinables
Establecer, concertar o
coordinar posturas o la abstención en
las licitaciones, concursos, subastas o almonedas
Intercambiar información con
alguno de los objetos o efectos
antes referidos
Se castigan Per Se
Conductas anticompetitivas
Encuadre en alguno de los supuestos a que se refiere el artículo artículo 56 de la LFCE
Lleve a cabo uno o más Agentes Económicos que individual o conjuntamente tengan poder sustancial en el mismo mercado relevante en que se realiza la práctica
Tenga o pueda tener como objeto o efecto, en el mercado relevante o en algún mercado relacionado, desplazar indebidamente a otros Agentes Económicos, impedirles sustancialmente su acceso o establecer ventajas exclusivas R
eg
las
de
ra
zón
Prácticas monopólicas relativas
Cualquier acto, contrato, convenio, procedimiento o combinación que:
Procedimientos especiales
Investigaciones para determinar insumos esenciales o barreras
a la competencia
(arts. 94 y 95 de la LFCE)
Procedimiento para resolver sobre condiciones de
mercado
(arts. 96 y 97 de la LFCE)
Procedimiento para la emisión de opiniones o
resoluciones en el otorgamiento de
licencias, concesiones, permisos y análogos
(arts. 98 y 99 de la LFCE)
Procedimiento de solicitudes de opinión formal y orientaciones generales en materia
de libre concurrencia y competencia
económica
(arts. 104 a 110 de la LFCE)
Participación Cofece Hidrocarburos
Cofece puede solicitar a Sener para que instruya a a las empresasproductivas del Estado a realizar acciones para garantizar que susactividades y operaciones no obstaculicen la competencia y el desarrolloeficiente de los mercados
(Aguas arriba- artículo 42, fracción III- y Aguas abajo –artículo 80, fracción III)
Participación Cofece Hidrocarburos
Contratos para la Exploración y
Extracción
Deben de adjudicarse mediante licitaciónCNH.- Encargada de la licitación
Sener.- Lineamientos técnicos
SHCP.- Condiciones económicas
Cofece.- Opinión (exclusivamente sobre los criterios de precalificación y mecanismo de adjudicación)
Participación CofeceDemás actividades de la industria de hidrocarburos (Título Tercero)
Contraprestaciones, precios y tarifas
CRE EMITE DISPOSICIONES
Incluyendo términos y condiciones de la prestación
de los servicios *
La regulación se aplica a menos que la Cofece determine que
existen condiciones de competencia efectiva
Disposiciones para promover el desarrollo eficiente de mercados
CRE CON OPINIÓN DE LA COFECE
Permisionarios de Transporte, Almacenamiento, Distribución,
Expendio al Público y comercialización de Hidrocarburos,
Petrolíferos y Petroquímicos, así como sus usuarios
Participacióncruzada
AUTORIZA LA CRE CON OPINIÓN PREVIA DE
COFECE
Solo cuando no afecte la competencia, la eficiencia
en los mercados y el acceso abierto efectivo
* Con excepción de las actividades de Expendio al Público de GLP, gasolinas y diésel, cuyos precios sedeterminarán conforme a las condiciones de mercado
Gasolina y Diésel (precios)
Décimo cuarto transitorio Ley de Hidrocarburos
• 2014: Conforme a disposiciones vigentes a ese momento
• A partir del 1 de enero de 2015 y, como máximo, hasta el 31 de diciembre de 2017: Regulación establecida por el Ejecutivo Federal mediante acuerdo
• A partir del 1 de enero de 2018 : Bajo condiciones de mercado.
Décimo Segundo TransitorioLey de Ingresos 2017
• Durante 2017 y 2018: CRE, tomando encuenta opinión de Cofece, emitecronogramas o acuerdos –por regiones-de flexibilización para que los precios sedeterminen bajo condiciones demercado
• En las regiones en las que no sedeterminen bajo condiciones, SHCPestablece los precios.
Importación de gasolinas y diésel
Décimo cuarto transitorio Ley de Hidrocarburos
Hasta el 31 de diciembre de 2016: únicamente a Petróleos Mexicanos o sus empresas productivas subsidiarias.
A partir del 1 de enero de 2017, o antes si las condiciones de mercado lo permiten: A cualquier interesado que cumpla con las disposiciones jurídicas aplicables
Acuerdo Secretaría Energía DOF 23 febrero 2016
A partir del 1 de abril de 2016: Sener puedeotorgar permisos de importación degasolinas y diésel a cualquier interesado
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Reto
Los generadores pueden subir precios para retener poder del
mercado.
La retención de la energía que se encuentra por debajo de la demanda, elevaría los costos
marginales (precios de la energía). *
* Y producir un patrón de generaciónmenos eficiente
Retención de capacidad de generación
0
500
1,000
1,500
2,000
2,500
3,000
3,500
4,000
4,500
Costo de energía eléctrica despachada
($/ MWh), algún mes de 2011
Carbón Nacional
Carbón Importado
CC PEECC CFETermoeléctrica CombustóleoTermoeléctrica Gas Natural
TG Gas NaturalTG DieselCosto medio ponderado (564.8 $/MWh)
Participación a Cofece en el Mercado Eléctrico
Evaluar condiciones de competencia efectiva (Ley de la Industria Eléctrica, artículo 105, + LFCE).
Autorización de transferencias de centrales de CFE entre empresas filiales o fusiones entre éstas cuando tengan centrales (Ley de la CFE, artículo 73, + LFCE)
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UN MÉXICO MEJOR ES COMPETENCIA DE TODOS
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