I M P U G N A C I Ó N
A
ANTONIO GAGLIARDO
Razones ético-jurídicas
María Paula RomoAsambleísta
POR QUÉ ANTONIO GAGLIARDO
NO DEBE SER
FISCAL GENERAL DEL ESTADO
RazonesÉtico-jurídicas
Por tener un deficientedesempeño como Fiscal
Distrital del Guayas
Por haber demostradofavoritismo y discriminación
en causa penal
Por desconocersus roles como fiscal y
promover la impunidaden la comisión de delitos
Por haber sido sancionadopor su falta de ética
en sus funciones
Por violarla independencia interna
y externa de las Funciones delEstado
RazonesÉtico-jurídicas
Por tener un deficientedesempeño como Fiscal
Distrital del Guayas
Por haber demostradofavoritismo y discriminación
en causa penal
Por desconocersus roles como fiscal y
promover la impunidaden la comisión de delitos
Por haber sido sancionadopor su falta de ética
en sus funciones
Por violarla independencia interna
y externa de las Funciones delEstado
MIENTRAS….
Un buen servidor público y ciudadano
Exigencia de eficacia y eficienciaen la Administración Pública
Art. 227 Constitución de la República
Deber de todo servidor públicode cumplir sus ocupaciones
con solicitud, eficiencia y diligencia
Art. 22 (b) Ley Orgánica de Servicio Público
debe cumplir las obligaciones de su puesto con
EFICIENCIA
MIENTRAS….
En el Ecuador hay más de
1´130.811
CAUSAS PENDIENTES(sólo en el 2008)
Informe Luis Pásara, El Funcionamiento de la justicia del Estado,Naciones Unidas y Ministerio de Justicia, Derechos Humanos y Cultos,
Quito, 2011, p. 26
Antonio Gagliardo
(postulante a Fiscal General delEstado)
Asistió a sólo
TRES AUDIENCIAS
(como Fiscal Distrital del Guayas)
Entonces, ¿cuáles deberían ser las
prioridades del próximo Fiscal
General?
RazonesÉtico-jurídicas
Por tener un deficientedesempeño como Fiscal
Distrital del Guayas
Por haber demostradofavoritismo y discriminación
en causa penal
Por desconocersus roles como fiscal y
promover la impunidaden la comisión de delitos
Por haber sido sancionadopor su falta de ética
en sus funciones
Por violarla independencia interna
y externa de las Funciones delEstado
MIENTRAS….
Gagliardo promete evitar la impunidad en un delitoaduanero
Diario Expreso, 4 de noviembre de 2009
se
ABSTIENE
de seguir
procesando
el
mismo
caso
REVOCA
dictamen abstentivo de Gagliardo
por no fijarse con claridad
de sus elementos de convicción
Revocatoria de dictamen abstentivo de Fiscal Distrital del GuayasExpediente de desestimación de indagación previa 029-2010
Fiscal General Subrogante
¿Necesitamos un
Fiscal General
que con claros elementos de
convicción
NO INVESTIGUE o ACUSE?
RazonesÉtico-jurídicas
Por tener un deficientedesempeño como Fiscal
Distrital del Guayas
Por haber demostradofavoritismo y discriminación
en causa penal
Por desconocersus roles como fiscal y
promover la impunidaden la comisión de delitos
Por haber sido sancionadopor su falta de ética
en sus funciones
Por violarla independencia interna
y externa de las Funciones delEstado
MIENTRAS….
Un buen servidor público y ciudadano
Ninguna Función, órgano o autoridad delEstado podrá interferir en el ejercicio delos deberes y atribuciones de la Función
Judicial
Art. 8 COFJ
Toda violación a este principioconllevará
responsabilidad administrativa,civil y/o penal
Art. 8 COFJ
RESPETA
la independencia interna y externa delas Funciones del Estado
Antonio Gagliardo
"Mordaza" a los fiscales
Los fiscales de Guayas tienen su propia norma"mordaza", ordenada desde el 11 de enero porAntonio Gagliardo. El fiscal provincialprohibió a sus subalternos dar opiniones ocualquier tipo de declaraciones a losmedios de comunicación sin suautorización, advirtiendo con sanciones aquienes incumplan. La medida no fue bienvista por algunos. (CHM)
Cita textual, diario Hoy, 31 de enero de 2010
RazonesÉtico-jurídicas
Por tener un deficientedesempeño como Fiscal
Distrital del Guayas
Por haber demostradofavoritismo y discriminación
en causa penal
Por desconocersus roles como fiscal y
promover la impunidaden la comisión de delitos
Por haber sido sancionadopor su falta de ética
en sus funciones
Por violarla independencia interna
y externa de las Funciones delEstado
MIENTRAS….
Un buen servidor público y ciudadano
Es prohibido a las servidoras yservidores de la Función Judicial:
“Discriminar…a los usuarios”
Art. 103.2 COFJ
No debe ser servidor público:
Quien discrimine a las personas
Art. 230.3 de la Constitución de la República
NO DEBE FAVORECER NI DISCRIMNARA NADIE
Declaraciones ante losmedios de comunicación
Comunicado de Prensadel 19 de enero de 2010
FAVORECIÓa la esposa del Fiscal General
y
DISCRIMINÓa los testigos del accidente de tránsito donde estaba involucrada
Antonio Gagliardo
(postulante a Fiscal General delEstado)
A pesar que la Constitución señalaexpresamente que
NADIE PODRÁ SER DISCRIMINADO PORRAZONES DE…
…lugar de nacimiento…pasado judicial
…condición migratoria
Art. 11.2 Constitución de la República
¿Necesitamos un
Fiscal General
que demuestre FAVORITISMOS
en causas penales
y DISCRIMINE a sus sujetos
procesales o testigos?
RazonesÉtico-jurídicas
Por tener un deficientedesempeño como Fiscal
Distrital del Guayas
Por haber demostradofavoritismo y discriminación
en causa penal
Por desconocersus roles como fiscal y
promover la impunidaden la comisión de delitos
Por haber sido sancionadoen sus funciones de Fiscal Distrital
Por violarla independencia interna
y externa de las Funciones delEstado
Por haberemitido un comunicado de prensa
en el que DISCRIMINA yFAVORECE
a una de las partes
FUE SANCIONADO
(insuficientemente)
Recordemos que
Antonio Gagliardo
Top Related